Conclusiones
DE LA COMISION DE ECONOMIA, DEL FORO REPERCUSIONES DEL CONTRABANDO COMO DELINCUENCIA ORGANIZADA Y SU AFECTACIÓN EN LA COMPETITIVIDAD INTERNACIONAL, REALIZADO EL MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2004
Panel I
"Acciones y repercusiones en el combate al contrabando"
Ponente: Diputado federal Cruz López Aguilar. Presidente de la Comisión de Agricultura
Su intervención fue enfocada al tema relacionado con el campo, ¿como nos afecta, repercusiones importantes en varias ramas de producción en el campo, como consecuencia del contrabando?
Este asunto de competitividad quizá se vea de manera distinta, evidentemente uno de los problemas del contrabando en la rama de producción agropecuaria proviene de la falta de control. El paso que se tuvo en un principio mediante el permiso de importación, significo efectivamente una apertura total e indiscriminada y no se puede asociar, una apertura total e indiscriminada con la competitividad, se abrieron fronteras de manera importante, para que al mundo no le quedara duda de que teníamos disposición para el comercio internacional. Pero en este momento el descontrol de una apertura mantenida, total indiscriminada no son sinónimo de competitividad
Me parece que ya estamos después de 10 años en condiciones de hacer una revisión y en consecuencia contando con un diagnóstico claro de lo que esta sucediendo en la rama de producción, no ignorando la situación que se tiene y esto no solo sucede en las ramas agropecuarias se debiera hacer una rectificación responsable y tener una relación clara de entre estas situaciones que se están dado y efectivamente la de competitividad
En cualquier rama económica, el proyecto es México, en el caso particular de la leche de las preparaciones alimenticias, en donde el problema inicia desde el nombre que les llaman bebidas lácteas y que significa que son leche pero no son leche y no lo son, porque provienen de grasas vegetales. Desde el momento en que no somos capaces de identificar cual es el origen de la bebida o de la preparación alimenticia que esta entrando a competir con nuestros productores de México y que los tienen prácticamente en la quiebra y que han provocado que los productores de leche en este país estén vendiendo sus unidades productivas para pagar adeudos que tienen como consecuencia de la inviabilidad financiera de este sistema productor, parece que se tendría que revisar, ¿cuál es la situación? y si no somos capaces de identificar cual es el origen, no el origen del problema, sino el origen de los productos, ¿de dónde vienen?, porque hay actitudes delincuenciales, en el caso de algunos brokers y algunos comerciantes en Estados Unidos que están exportando a México y que no les importa nuestro país, nuestro proyecto y menos nuestras ramas de producción y lo que ha estado sucediendo es que entran estas preparaciones alimenticias de terceros países a través del cobijo del acuerdo comercio o bien del Tratado de Libre Comercio con América del Norte y afectan de manera importante a nosotros.
Nosotros, tenemos lo que se llama un circulo pernicioso, en el caso de las ramas de producción agropecuarias, el origen es esa triangulación que comentaba, en seguida y como consecuencia de una actividad comercial alejada totalmente de la ética, se transforma esta triangulación en una facturación fraudulenta, ingresa el producto a México y una de la primeras consecuencias que tenemos es que desplomen los precios. Cómo se imaginan que nuestros productores mexicanos de leche si tienen del orden de $3.50 (tres pesos con cincuenta centavos), de cuartos de producción por litro, con este tipo de cosas, en virtud de que estamos en primera instancia compitiendo con algo que no es ni cercanamente a la calidad del producto que nosotros vendemos, como productores nacionales; cómo vamos a pensar que una circunstancia de esas nos va a permitir vender el producto a $2.20 (dos pesos con veinte centavos) el origen de la cadena alimenticia, de la cadena productiva no empieza en terceros países con esta manipulación perversa a través de los estados unidos sino el proyecto de la rama de producción de leche empieza en México y empieza con los productores nacionales.
Después del desplome de precios, como si esto no fuera suficiente, se provoca la quiebra de los nacionales, otro efecto de este circulo pernicioso es, que en el caso de los productos agropecuarios por su naturaleza, lo que estamos importando en el caso de leche y de otros productos son plagas y enfermedades que ponen en peligro la sanidad la inocuidad y la calidad agroalimentaria de los productos mexicanos.
Comentemos este asunto, que es también tema de este foro de la delincuencia organizada, ¿cómo calificamos eso?, tiene sus implicaciones, si lo vemos estrictamente con el criterio de esta gente que se organiza tendríamos que llegar necesariamente a la conclusión de que efectivamente hay delincuencia organizada, no solo hay descontrol, no solo hace falta revisión hay una serie de elementos que se integran a través de un sistema orgánico que opera de manera maravillosa y estructurada y que da como resultado lo que comento, y en este caso podríamos decir que efectivamente se da como delincuencia organizada. El asunto es el siguiente, ya nos ha sucedido en otros casos que tienen relación con el campo, que si no precisamos de manera profunda e intensa esta presión del concepto de delincuencia organizada, entonces los productores de la frontera, a la hora de que no tengan manera de probar origen de una sembradora o de un implemento agrícola que están pasando para llevar a cabo sus actividades productivas pues se corre el riesgo de que automáticamente se califique a esta actividad y a la persona como delincuente organizado y va directo a la cárcel, esto es un peligro, de verdad es un riesgo, y ya nos ha sucedido en algunas disposiciones jurídicas que hemos aprobado en la cámara de Diputados y que al final de cuentas afectan lógicamente a la parte más vulnerable, al eslabón mas débil de las personas que intervienen en la actividad económica. Yo les ponía un ejemplo en una comparecencia que tuvo el Secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales muy recientemente, porque el hablaba de que había que combatir la impunidad, y que Profepa estaba combatiendo la impunidad.
Yo le pongo como ejemplo que la Profepa no esta exigiendo el estudio de impacto ambiental para hacer las exploraciones y perforaciones en la Cuenca de Burgos, por lo que se refiere a la explotación del gas natural; sin embargo, Profepa es extremadamente enérgica con los productores mexicanos que están fabricando carbón en los ejidos y que ese carbón de los ejidos que se hace de mesquite y de ébano, van y lo comercian a las poblaciones aledañas a las áreas rurales. Este es el riesgo, este es el peligro y se le ha manifestado a la diputada Nora Yu, todas estas inquietudes que tenemos sobre esta cuestión que requiere mayor preciso.
Yo creo por la gravedad, por los tentáculos, por toda la organización que existe a través de todo el país, en relación a este ejercicio del contrabando, que hace falta un sistema institucional perfectamente vertebrado, porque tiene que ver el asunto del contrabando, con la seguridad, con aduanas, con un sin número de actividades, que hace falta que el gobierno se ponga a diseñar este sistema para tener éxito en el combate al contrabando si esto no sucede si no nos ponemos la camiseta de México, el contrabando va a terminar siendo un cáncer, que va a contrariar, que va a nulificar todos los efectos benéficos del comercio internacional y eso ya lo saben los textileros, ya lo saben los productores del fríjol, ya lo saben los productores de manzana, ya lo saben todos las ramas de producción los productores que tienen que ver con el campo. Señores el proyecto es México y nosotros tenemos que proteger a nuestro país y principalmente proteger a las ramas de producción, las ramas de producción que importan, son las ramas de producción de México, estamos abiertos al comercio internacional, pero estamos en contra del desorden, estamos en contra de una apertura comercial total e indiscriminada.
Conclusión
1.- Se estima que como ya ha sucedido en otros casos, y por ejemplo en el caso del campo, se corre el riesgo que de aprobarse la reforma que se propone de reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, si no se precisa y se analiza la propuesta de manera profunda, se podría correr el riego de afectar a los productores de la frontera, a la hora de que no tengan manera de probar origen de una sembradora o de un implemento agrícola que están pasando para llevar a cabo sus actividades productivas y que consecuentemente se califique a esta actividad y a la persona como delincuente organizado y vaya directo a la cárcel, se debe actuar con responsabilidad para no afectar a la parte más vulnerable, al eslabón mas débil de las personas que intervienen en la actividad económica, en este caso el campo mexicano.
2.- Hace falta un sistema institucional perfectamente vertebrado, porque tiene que ver el asunto del contrabando, con seguridad, con aduanas, con un sin número de actividades. Si esto no sucede, el contrabando va a terminar siendo un cáncer, que va a contrariar, que va a nulificar todos los efectos benéficos del comercio internacional por lo que se tiene que proteger el país y principalmente proteger a las ramas de producción, se esta a favor del comercio internacional, pero estamos en contra del desorden, estamos en contra de una apertura comercial total e indiscriminada.
Panel I
"Acciones y repercusiones en el combate al contrabando"
Ponente: Licenciado Joaquín Arenal Romero. Administrador Central de Investigación Aduanera
Lo que hoy se viene a exponer, es la necesidad que se ha detectado por parte de la Administración General de Aduanas, de realizar acciones conjuntas entre sociedad y gobierno, para combatir el delito de contrabando.
Al respecto de estas acciones, en nuestra tarea de coordinación se ha llevado acabo acciones tanto con la PGR, con el propio Instituto Nacional de Migración, con la Procuraduría Fiscal, con la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales (Caaarem), para desarrollar junto con los diferentes sectores que nos atañen, programas y acciones que nos permitan combatir este delito, en el cual nos hemos encontrado cotidianamente en un caso mayoritario con triangulaciones, que me atrevo a decir, bien hechas, que nos impiden legalmente encontrar acciones efectivas que le aporten un valor a la sociedad.
Y pongo un ejemplo, están algunos eventos en los que hemos estado trabajando con el sector cárnico, historias de esfuerzo junto con ellos, que nos han llevado a descubrir un contrabando técnico, muy bien hecho; las triangulaciones son efectivas y que lo que nosotros hemos podido hacer es, en este compartimiento de información, acciones que han dejado una huella y lo que les permite a los delincuentes hacer una tarea mas sofisticada.
Otra de las acciones por la autoridad aduanera, es que al día de hoy, con la colaboración del Servicio de Aduanas Estadounidense, hemos podido concretar que en el caso de productos cárnicos vienen varios documentos falsificados y que entran a nuestro país y al detectarse estos documentos, nos damos cuenta de que son situaciones que ponen en riesgo además de la economía nacional, la salud de miles de mexicanos se han llevado acciones realizadas en Nuevo León Tamaulipas aseguramientos de cargamentos con cárnicos, "descubrimientos" de situaciones que pasan por las aduanas principalmente el pollo, algunos productos textiles, zapatos, que pasan en camionetas van a deshoras o en horarios hábiles, se han encontrado irregularidades en las adunas con lo moduladores cuando en lugar de darles un pedimento lo que les dan es un papel periódico para que las Cámaras que vigilan las acciones de los funcionarios eviten que se den cuenta de lo que hacen.
Sólo se podrá combatir ese flagelo con la ayuda de la sociedad, ejemplo la detención y aseguramiento de muchos bienes de uno de los principales contrabandistas del país en materia de textiles... trabajo que llevo casi tres años.
Por parte de la Administración General de Aduanas, su convocatoria es de que de manera coordinada se tenga información de la sociedad para poder concretar acciones, también se están realizando en chihuahua aseguramiento importante de contrabando principalmente 8 contenedores de productos textiles que vienen incubiertos porque se descubrió que su origen es de China y la ropa viene sobreetiquetada, debajo de la etiqueta que dice España dice made in China, mercancía que se distribuye en tiendas departamentales.
Conclusión
Por parte de la Administración General de Aduanas, su convocatoria es de que de manera coordinada se tenga información de la sociedad, organismos de la iniciativa privada y sectores económicos, para poder concretar acciones.
Una de las intervenciones de los participantes consistió en proponer que el Valunet, pudiera aplicarse para el caso de productos agropecuarios preventivamente.
Panel I
"Acciones y repercusiones en el combate al contrabando"
Ponente: Licenciado Luis Fernando Barbosa Sahagún, director general de Caaarem
Consideramos que efectivamente el tema de reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, sin duda alguna permite hacer una profunda reflexión, acerca de las repercusiones e impacto que puedan tener estas reformas de aprobarse en relación con una actividad económica en el país que es tan importante.
La actividad de comercio exterior, según las estadísticas y datos que arroja el Banco de México, se estima que esta alrededor del 60% del PIB Nacional, esta indexado con la actividad de comercio exterior, lo que nos da la pauta de que el comercio exterior para nuestro país es una actividad económica de primer nivel, por lo que se debe tener mucho cuidado con la reforma que se pretende, ya que puede impactar en todos los procesos en que se interviene hablándose de comercio exterior
La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, es un ordenamiento, especial diseñado bajo unas circunstancias especiales en el país para atacar delitos como el narcotráfico y los delitos periféricos a este como lavado de dinero, trafico de armas, etc., que efectivamente requerían de una reforma que diera facultades extraordinarias y que fueran más allá de las previstas por las normas legales vigentes en nuestro país, con dicha justificación el legislador, contemplo la creación de esta figura, inspirada en el delito de conspiración en Estados Unidos, figura controversial para nuestro Sistema Jurídico y régimen Constitucional de nuestro país, de ahí que se buscara una figura a modo en el régimen jurídico mexicano.
Se aplaude que la problemática del contrabando sea un tema de estudio incesante, en Caaarem, hemos estado atentos a la presentación de Iniciativas tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores, se ha participado con opiniones, estudios constitucionales, sociales económicos que puedan brindar mayores elementos de juicio y criterios para que el Poder Legislativo pondere en su justa medida, las reformas que del país y buscar el equilibrio en el control de las operaciones de comercio exterior y la facilitación
No hay que dejar a un lado el tema de competitividad en el país, ya que en la carrera internacional, nos damos cuenta de que los países de la comunidad internacional, socios o rivales comerciales van a pasos agigantados y México con problemas para la aprobación de reformas necesarias para el país y que no se han dado y que muy seguramente se darán a corto o mediano plazo tendrán que darse.
Sin embargo, esta reforma, tendría muy probablemente los siguientes efectos como lo son:
Intervención de las cuentas de los participantes
La figura del arraigo se daría de forma indiscriminada durante las investigaciones en periodos de hasta (90 días) y que son prorrogables por el mismo tiempo en el lugar y condiciones que determinara el Ministerio Público.
Intervenciones telefónicas, aunque en la Minuta se precisa que no podrían intervenirse, sin embargo, el Ministerio Público esta facultado para autorizar la intervención por los delitos periféricos como lavado de dinero
Mantener bajo reserva la identidad de los testigos, hasta el ejercicio de la acción penal, ya que en este materia la denuncia puede ser anónima y con un solo señalamiento se desencadenaría toda una investigación y se estaría presa de que un enemigo industrial o comercial denunciara.
Acceso limitado al expediente, el indiciado no tendría conocimiento de la demás información como todos los demás inculpados en este país, tienen acceso. Únicamente de aquellas actuaciones relacionadas con hechos imputados al indiciado.
En un periodo de doce horas, los Jueces y magistrados de distrito deben otorgar o negar una orden de cateo, pero a solicitud del Ministerio Público, pudieran solicitar ordenes de cateo exprés, para domicilios negocios etc... Hay investigaciones cuyos expedientes son un legajos completos que se podrían examinar en tres o cuatro meses.
Imponer todas aquellas particularidades de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, como métodos de valoración de pruebas especiales, y sanciones más severas de hasta 180 años de prisión, sanciones distintas a las contempladas en el Código Federal de Procedimientos Penales, lo que hace que sea un ordenamiento jurídico especial.
El delito de contrabando, es en esencia un delito patrimonial, que tiene que ver con un perjuicio al Fisco Federal, que tiene que ser tratado en el ámbito de su área de aplicación, que es el comprobar mediante una declaratoria de perjuicio de la SHCP, a través de una querella en que grado y como se perjudicaron los intereses del Fisco Federal.
Caaarem, está a favor de atacar el contrabando y evitar que se siga dañando la planta productiva nacional; sin embargo, creemos que para el ataque al contrabando, hoy existen figuras jurídicas que pueden utilizarse y evitar en la medida de lo posible, dar un paso como este, por que no se sabe las consecuencias que la reforma pudiera tener, en manos del una institución de Procuración de Justicia.
Es importante ponderar, las facultades extraordinarias que se pudieran generar y que podrían generar un grado importante de corrupción en las aduanas.
Se finaliza, haciendo referencia a que en el comercio exterior mexicano en 1987, nuestro país dio un paso decisivo mediante su adición en relación con el acuerdo de aranceles y comercio OMC, somos un país con vocación abierta al comercio internacional, tal cual lo demuestra nuestra política comercial y económica, con la suscripción de diversos Tratados Internacionales, la implantación de programas de apoyo a la exportación como la Industria Maquiladora, la formación de las empresas Pitex, todo ello alineado para fortalecer el camino iniciado, por lo que estas reformas sería una mala señal de cierta inseguridad jurídica, por lo que se deben buscar las herramientas más adecuadas.
Conclusión
Caaarem, esta a favor de atacar el contrabando y evitar que se siga dañando la planta productiva nacional; sin embargo, se cree que para el ataque al contrabando, hoy existen figuras jurídicas que pueden utilizarse y evitar en la medida de lo posible, dar un paso como lo es la reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que es un ordenamiento, especial diseñado bajo unas circunstancias especiales en el país para atacar delitos como el narcotráfico y los delitos periféricos a este como lavado de dinero, trafico de armas, etcétera.
Esta reforma, tendría muy probablemente los siguientes efectos como lo son:
Intervención de las cuentas de los participantes
La figura del arraigo se daría de forma indiscriminada durante las investigaciones en periodos de hasta (90 días) y que son prorrogables por el mismo tiempo en el lugar y condiciones que determinara el Ministerio Público.
Intervenciones telefónicas, aunque en la Minuta se precisa que no podrían intervenirse, sin embargo, el Ministerio Público esta facultado para autorizar la intervención por los delitos periféricos como lavado de dinero
Mantener bajo reserva la identidad de los testigos, hasta el ejercicio de la acción penal, ya que en este materia la denuncia puede ser anónima y con un solo señalamiento se desencadenaría toda una investigación y se estaría presa de que un enemigo industrial o comercial denunciara.
Acceso limitado al expediente, el indiciado no tendría conocimiento de la demás información como todos los demás inculpados en este país, tienen acceso. Únicamente de aquellas actuaciones relacionadas con hechos imputados al indiciado.
En un periodo de doce horas, los Jueces y magistrados de distrito deben otorgar o negar una orden de cateo, pero a solicitud del Ministerio Público, pudieran solicitar ordenes de cateo exprés, para domicilios negocios etc... Hay investigaciones cuyos expedientes son un legajos completos que se podrían examinar en tres o cuatro meses.
Imponer todas aquellas particularidades de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, como métodos de valoración de pruebas especiales, y sanciones más severas de hasta 180 años de prisión, sanciones distintas a las contempladas en el Código Federal de Procedimientos Penales, lo que hace que sea un ordenamiento jurídico especial.
Panel I
"Acciones y repercusiones en el combate al contrabando"
Ponente: Licenciado Javier Mancera de Arrigunaga.- Socio consultor de De la Calle, Madrazo, Mancera Consultores
Se debe reflexionar sobre el entorno en que se da hoy el contrabando y qué se puede hacer en paralelo para tener normas sólidas y sólidas en materia de persecución del delito.
No sólo endureciendo las penas o permitiendo a la justicia actuar con mayor severidad, es como se puede combatir el contrabando y formaría parte de una serie de medidas que serian necesarias
¿Cuál es el entorno? ¿Porqué el incremento brutal de contrabando y piratería en México?.
México inicio su apertura hace 10 años con el ingreso al GATT, negociación del TLCAN, TLCUE, próximo acuerdo con Japón, que es lo que ha cambiado?, existen varios cambios importantes que han creado un desbalance en el tipo de regulación que del comercio internacional
Cuando se negocio con EUA, México se encontraba en una situación de privilegio, en la que en el arbitraje regulatorio y arancelario que hacen las empresas al tomar decisiones, México tenia posición claramente favorable, lo que nos hizo muy atractivos para la inversión extranjera, para la creación del sector maquilador sector de Prosecs, Pitex.
En el camino hubo sectores importantes de acompañamiento que requería de una apertura que no se dio, desde la carencia de recursos financieros que se necesitaban para la transformación del campo, no hubo recursos para hacer del campo una vocación competitiva, pero si se les solicitaba competitividad, al mismo tiempo no hay reformas estructurales, lo que implica que se importen las reformas estructurales de alguien más, en donde tienen menores costos de producción, son mas competitivos, se esta al mismo tiempo en un proceso de exportación de inversión (grandes empresas mexicanas) fuera de México en países donde bajo el propio entorno regulatorio se tiene un entorno mas favorable, dado que la energía es mas barata insumos, dándole principal valor agregado en otro país y no son susceptibles de inversión privada.
Paralelamente se ha sentido el embate de la creciente competitividad y el crecimiento del contrabando chino, y lo que en México se hizo es que diversos sectores productivos han iniciado casos de subsidios antidumping, en contra de importaciones chinas, aranceles altísimos, se tiene una estructura jurídica que permite a ciertos países que se amparen en contra de estas medidas para poder seguir con sus importaciones.
No se permite que la Administración General de Aduanas cumpla con su cometido. Por lo que la estructura jurídica en materia de amparo, requiere ser modificada, a efecto de atender esta problemática, se tiene un problema de competitividad general en la cual, se están importando las reformas estructurales de alguien más, al mismo tiempo se tienen medidas en contra de China que simplemente hacen que el único mecanismo en que la demanda por esos tipos de acciones, sea satisfecha sea a través del contrabando. Es decir, si hubiese un balance en el tamaño del arancel que se impuso y la conveniencia de contrabandear la Administración General de aduanas podría cumplir con su cometido porque habría poco de desborde de contrabando de algunos productos, pero la mayoría estaría pagando sus aranceles altos, en el momento en que se imponen aranceles al mil o 2 mil por ciento, la única posibilidad de importación es mediante triangulación, mediante engaño de dobles etiquetas lo que convierte a esa demanda como contrabando.
Se debe reflexionar sobre el castigo que se impone cuando hay violaciones a las practicas comerciales internacionales, de tal manera que el castigo sea lo suficiente para permitir a los sectores industriales sean competitivos.
¿Qué hacer?
En razón del endurecimiento del trabajo del Estado en contra del contrabando, dándole mayores elementos al Estado para poderlo hacer, queda claro que se tiene que trabajar en varias cosas, sobre todo incrementar la competitividad, mediante la productividad, dándoles mayores elementos, sobre todo en invertir en la logística y trabajar hacia debajo de las cadenas de tal manera que cuando se tiene un problema, por ejemplo, la leche en donde se tiene una oferta internacional barata de leche, otros productos que no son leche, producción cara de leche en México que tiene que ver mucho el costo de producción de México, por lo que lo que se tiene que hacer es que esa leche sea competitiva para que pueda competir con otros países y competir con otros productos, para construir desde la base de la cadena y aquellas cosas que no se puedan producir si importarlas, pero no encareciendo el producto al que le mete mas valor agregado...
Otra de las cosas que se tienen que hacer es el mejoramiento de la infraestructura logística del país, por ejemplo, altos costos de transporte
Se tiene que trabajar en la institucionalización del sistema de comercio exterior, es decir se deben poder aplicar las leyes antidumping en frontera, las ordenes antidumping, la ejecución del régimen arancelario en frontera, simplificando los regímenes. Es importante fortalecer la estructura y quizá cambios en la legislación comercial para reforzar la legislación en materia de dumping y que sean menos amparables
Profesionalizar a la UPCI, permitir que el consumidor este también representado como contrabalanza en la toma de decisiones por ejemplo del Cocex, quizá en la Profeco y transparentar estas decisiones.
Finalmente estas medidas tiene que ir en paralelo al endurecimiento de la procuración de justicia, pues esta no se debe ir hacia un solo lado.
Conclusión
Es indispensable tomar las siguientes medidas en paralelo con la procuración de justicia:
1.- Mejorar la Competitividad
2.- Mejoramiento de la Infraestructura logística
3.- Simplificación del régimen de comercio exterior
4.- Aplicación auténtica de medidas en Frontera
5.-Institucionalización
6.- Acuerdo Sanitario con EU
Panel II
"Sería eficaz combatir el contrabando considerándose delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado Alberto Valle Gay. Titular de la Unidad Especializada en la Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la Procuraduría General de la República.
Antes de entrar en materia, resulta oportuno comentar, que con el propósito de atender los reclamos sociales de una procuración de Justicia pronta y expedita y brindar un servicio de calidad y de atención especializada por género de delitos, la Procuraduría General de la República llevó acabo una reestructuración organizacional a su interior, creando nuevas áreas para el cumplimiento de esos objetivos, la cual se cristalizó con la entrada en vigor del nuevo reglamento de su Ley Orgánica, a partir del 25 de julio de 2003, donde, entre otras unidades administrativas, entró en funciones la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales (SIEDF)
Para el cumplimiento de las diversas tareas encomendadas a la Procuraduría General de la República, y más concretamente al Ministerio Público de la Federación, la reestructuración actual de la Institución pretende imprimir mayor eficacia y atención a los delitos que mayor incidencia tienen en el país y que por su complejidad y resultados lesivos en los ámbito político, jurídico, económico y social, ameritan una atención diligente, cuidadosa y tendiente a disminuir e inhibir su comisión y lograr la efectiva sanción a los mismos, por parte del órgano jurisdiccional, por lo que se han distribuido las cargas de trabajo de manera equilibrada y estructurando la organización de tal forma que los resultados sean positivos.
La Subprocuraduría de Investigación Especializada en delitos Federales, tiene a su cargo, cuatro Unidades Administrativas Especializadas (Art. 29 del Reglamento de la Ley Orgánica de la PGR) que a saber son:
A) En investigación de delitos cometidos contra los derechos de autor y la propiedad industrial (fracción I);
B) En Investigación de Delitos Fiscales y Financieros (Fracción II).
C) En investigación de delitos cometidos por servidores públicos y contra la administración de Justicia (fracción III) y
D) En investigación de delitos contra el ambiente y previstos en leyes especiales (fracción IV)
Por lo que respecta a la Unidad Especializada en Investigación de delitos Fiscales y Financieros la cual me honro en dirigir, se encuentra integrada por dos áreas: Una Financiera y otra Fiscal, por lo que se refiere a ésta última, cuenta con catorce mesas investigadoras y quien se encarga de la persecución de los delitos de contrabando y defraudación fiscal.
Respecto al delito de contrabando, es claro advertir que la comisión de este ilícito, es bastante perniciosa para el mercado formal legal de México, ya que ocasiona pérdidas millonarias a las empresas establecidas y genera graves perjuicios en materia fiscal.
Por consiguiente, mientras el vendedor de contrabando, obtiene ingresos libres que llegan a quintuplicar su inversión, los cuales no están gravados por ningún concepto de pago de derechos ni de contribuciones fiscales, las escasas ganancias o nulas, que obtiene el empresario o industrial, se ven todavía más reducidas con erogaciones a las que sus actividades les obligan a realizar.
Ahora bien, la competencia desleal en el ámbito del comercio tanto interior como exterior, con motivo del contrabando y la explotación y comercialización de mercancía apócrifa repercute lesivamente en la industria mexicana y consecuentemente, en la economía del país.
El erario Federal, es quien mayormente resiente la actividad del contrabando, pues enfrenta la introducción clandestina al país de mercancías, productos, insumos, materia prima, etc.., de procedencia extranjera por introductores y comerciantes que no únicamente burlan los controles de las autoridades aduanales, sino que eluden el pago de aranceles y contribuciones fiscales, práctica que prolifera sobre todo en las Fronteras Norte y Sur del país, así como en las principales Ciudades de la República Mexicana como son: Monterrey, Guadalajara y la Ciudad de México, en donde existe una clara y perniciosa evasión de impuestos, pues además de la omisión del pago de contribuciones fiscales y la introducción clandestina de mercancía y productos provenientes del extranjero. Los introductores han encontrado una aceptación y rápida colocación de sus mercancías, pues dicho comercio informal es por hoy un sitio propicio para el tráfico, de todo tipo de mercancías ilegales.
Este comercio informal, ha impactado sobremanera al mercado y la producción nacional legal del país, ocasionando una competencia desleal en el intercambio y tráfico de mercancías, generando múltiples problemas incluso en la importación de mercancías, pues es una actividad que se ha desplazado adueñándose de las calles, los centros turísticos y fronteras territoriales, convirtiéndose en el principal enemigo del comercio formal establecido, ya que este ultimo no solo ve reducidas sus ventas y mermadas sus ganancias, sino además paga sus impuestos, lo que lo coloca en desventaja extrema porque sus niveles de producción observan perdidas que neutralizan sus perspectivas de competitividad y no igualan a los costos de su inversión, en tanto que el comercio informal evade el pago de impuestos y lucra ilícitamente, obteniendo hasta en un 200% mayores ganancias que la industria formal, de las cuales el erario federal no recibe un solo peso como pago de contribuciones.
De acuerdo con el INEGI, el 12% de PIB es generado por la economía informal.
Además tan solo en la industria textil y el vestido, se han perdido más de 218,000 plazas laborales de diciembre de 2000 a julio de 2004, de acuerdo a información proporcionada por el IMSS.
Es importante señalar, que no solo la zona fronteriza del país para el intercambio de introducción de mercancías, es la única ruta utilizada por los contrabandistas, pues las aeronaves y zonas de tránsito aéreo internacional, así como las portuarias en el Golfo de México y Océano Pacífico, han sido vertientes empleadas por los contrabandistas en el Norte del país, el paso por Tamaulipas, Sonora Nuevo León y Baja California, son campo propicio de invasión de productos extranjeros ilegales en grandes cantidades y de ahí donde son transportadas y ubicadas en las principales Ciudades y Zonas Urbanas.
Es de advertirse que durante los últimos años el comercio informal se ha visto abastecido con productos de procedencia China, de Corea y de Taiwán, los cuales no solo son rechazados por la sociedad mexicana, ya que sus cotos son accesibles, sino que han crecido e impactado de tal forma al mercado productivo de México, que el consumo nacional es rechazado por la propia población consumidora.
Por consiguiente es de señalar que para el combate a este delito es necesario la participación de autoridades locales, municipales, federales y se debe partir de la premisa de considerar a éste como un asunto de seguridad nacional, en razón de que ha trascendido en forma negativa en la economía nacional.
Por lo anterior y en virtud de lo establecido en el artículo 50, fracción I inciso a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el cual señala cuales son los delitos federales , la Procuraduría General de la República es competente para conocer de la investigación y persecución de este delito.
Sin embargo, para que el Ministerio Público pueda iniciar la investigación y probable comisión del ilícito de contrabando, y equiparable al contrabando, es necesario cumplir con el requisito de procedibilidad consistente en que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule la declaratoria respectiva en los casos de contrabando de mercancía y que exige así el artículo 92, fracción II del Código Fiscal de la Federación y el 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, siendo este un delito que se persigue únicamente por querella de parte ofendida.
Es en razón de lo anterior, que el inicio de la acción persecutoria del ilícito de contrabando y contrabando equiparable, por parte del Ministerio Público de la Federación, lo tiene que realizar conforme a lo establecido en el Código Tributario y con base en la querella respectiva para así poder iniciar la investigación de los hechos, procediendo a la integración de la averiguación previa correspondiente, y una vez acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad de los indiciados formula la ponencia de consignación ante el órgano jurisdiccional.
Resulta que la PGR, requiere para poder actuar la presentación de la declaratoria de perjuicio por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acciones instrumentadas por la PGR
Es así que dentro del marco normativo que sujeta el actuar del Agente del Ministerio Público de la Federación se han logrado instrumentar las siguientes acciones por parte de la PGR
a) Existe una participación activa de la PGR con las autoridades de la Administración General de Aduanas, derivada de la necesidad de combatir conjuntamente al contrabando.
Lo anterior, ha permitido a través del intercambio oportuno de información focalizar las zonas de mayor incidencia de contrabando y atacar los puntos críticos.
b) Se han conformado "Células Especializadas" integradas por elementos de la Agencia Federal de Investigación las cuales llevan a cabo Investigación de campo y gabinete en materia de contrabando.
c) Se han propuesto reformas a diversos ordenamientos legales , a efecto de contar con los tipos penales que se adecuen a las conductas ilícitas, para asegurar que los productos que se ofrecen no se hayan introducido al país de contrabando.
d) Se han llevado a cabo campañas publicitarias de concientización y difusión de los tipos penales en coordinación con los principales afectados , tales como son: las distintas Cámaras Nacionales de a Industria y de Comercio a través de medios impresos y de radio y televisión abierta.
e) Se esta promoviendo la denuncia ciudadana contra este tipo de conductas ilícitas.
Operativos
En lo que va del año, se han realizado por la Unidad a mi cargo 56 operativos permanentes en diversas entidades Federativas, en los que han intervenido Agentes del Ministerio Publico de la Federación, personal de la Agencia de Investigación y de la Administración General de Aduanas, que han representado hasta el momento el aseguramiento de 3`136,962 artículos que representan 4,411 toneladas y 575 kilos de peso aproximado.
Averiguaciones previas relevantes en materia de contrabando
En el presente año, la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, ha presentado a la fecha 21 querellas por contrabando, habiéndose ejercido en el mismo periodo la acción penal en 17, de las cuales 12 han sido consideradas como relevantes en materia de contrabando, que representan como perjuicio fiscal para el erario federal cerca de tres mil quinientos millones de pesos, destacando de ellas la consignación y detención de uno de los principales contrabandistas del país, el señor Assa Baranz quien se encuentra sujeto a proceso en Matamoros, Tamaulipas.
Por otro lado, se continúa con la investigación de otros posibles contrabandistas, para lo cual se integran diversas averiguaciones previas en contra de quienes de forma organizada dañan la economía nacional y la planta laboral del país.
En la medida en que se sumen esfuerzos entre las diversas dependencias de la Administración Publica Federal y las gubernaturas estatales y autoridades locales y municipales, en coordinación con los detentadores de los derechos y titulares de los bienes jurídicos protegidos por las leyes penales y fiscales, así como con la participación y colaboración de la sociedad mexicana, se considera que los resultados van a ser satisfactorios para todos.
Conclusión
1.- La Procuraduría General de la República, llevó acabo una reestructuración organizacional a su interior, donde, entró en funciones la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales (SIEDF) que tiene a su cargo cuatro Unidades Administrativas Especializadas.
2.- Para el combate a este delito es necesario la participación de autoridades Locales, Municipales, Federales y se debe partir de la premisa de considerar a éste como un asunto de seguridad nacional, en razón de que ha trascendido en forma negativa en la economía nacional.
3.- Existen acciones claras en la materia, ya que para que el Ministerio Público pueda iniciar la investigación y probable comisión del ilícito de contrabando, y equiparable al contrabando, es necesario cumplir con el requisito de procedibilidad consistente en que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule la declaratoria respectiva en los casos de contrabando de mercancía, siendo este un delito que se persigue únicamente por querella de parte ofendida.
Es en razón de lo anterior, que el inicio de la acción persecutoria del ilícito de contrabando y contrabando equiparable, por parte del Ministerio Público de la Federación, lo tiene que realizar conforme a lo establecido en el Código Tributario y con base en la querella respectiva para así poder iniciar la investigación de los hechos, procediendo a la integración de la averiguación previa correspondiente, y una vez acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad de los indiciados formula la ponencia de consignación ante el órgano jurisdiccional.
La PGR, requiere para poder actuar la presentación de la declaratoria de perjuicio por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
4.- En el presente año, la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, ha presentado a la fecha 21 querellas por contrabando, habiéndose ejercido en el mismo periodo la acción penal en 17, de las cuales 12 han sido consideradas como relevantes en materia de contrabando, que representan como perjuicio fiscal para el erario federal cerca de tres mil quinientos millones de pesos, destacando de ellas la consignación y detención de uno de los principales contrabandistas del país, el señor Assa Baranz quien se encuentra sujeto a proceso en Matamoros, Tamaulipas.
Panel II
"Sería eficaz combatir el contrabando considerándose delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado René Ortiz Muñiz.- Secretario nacional de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación
Se comparte entre los organismos de representación empresarial y sociedad civil, el deseo de consolidar el patrimonio común de la legalidad y la seguridad pública.
Hay una percepción relevante sobre lo que es contrabando, no se ha llegado a definir, genéricamente se habla de contrabando bronco que se ha reducido y el contrabando técnico y aduanero, es realmente el que ha proliferado y que cada vez es mas difícil de combatir.
Canacintra no considera que el convertir el delito de contrabando en delincuencia organizada vaya no solo a ayudar a las empresas, va a afectar la competitividad, va a afectar la imagen del país y la promoción de inversiones.
Hay que combatir frontalmente el contrabando, la piratería y el robo de mercancías, que es otra fuente que no se ha mencionado , pero también hay que irse la las causas y no confundir las causas y los efectos, si se piensa solamente en los efectos se va a pensar en mayores penas, represión más policías. Canacintra piensa en mayor promoción, se hablaba que no hay una política industrial y política de campo, acertadamente, es claro que mientras no exista tal, será difícil atacar el fondo del problema, será difícil atacar las cusas, solo se atacan las causas. Se habla de acciones concretas para incrementar la competitividad y de promoción.
El establecimiento de acciones conjuntas que hagan eficiente y eficaz la investigación y persecución de delitos, tanto del orden común como del Federal y acorde con la intención de los Legisladores que buscan combatir los delitos contra los derechos de autor, contrabando, venta y distribución de drogas y cualquier otro delito federal, porque constituyen un problema de seguridad pública.
Se conoce que la Iniciativa busca que la Federación, los Estados y el Distrito Federal, tengan competencia concurrente para investigar y perseguir delitos contra la Federación; siendo las leyes federales las que establezcan las competencias de las autoridades estatales y del DF para realizar dicha investigación y la posterior persecución de los inculpados en coordinación con las autoridades federales; y al Ministerio Público de la Federación le corresponderá solicitar las órdenes de aprehensión contra los inculpados, así como buscar y presentar las pruebas que acrediten su responsabilidad.
En este orden, el delito de "delincuencia organizada" se considera un delito grave que pondría en riesgo la actividad comercial de la que México forma parte fundamental ya que ante el mundo somos la economía, más plural con más de 30 Tratados o acuerdos comerciales signados.
De esta manera, se puede decir que nunca es ni ha sido interés de la actividad comercial internacional el defraudar, los Tratados que se firman con la intención firme de actuar en un mercado de legalidad, nunca se firman con el propósito de violarse.
Los actos delictivos están presentes desde que la historia se ha escrito, es por ello, los principios fundamentales de la legalidad.
Por eso, lo que nos debe preocupar y concentrar todos los esfuerzos tanto de los legisladores y de la sociedad que representan, es la de establecer programas que eleven la calidad de los procedimientos e instrumentos de capacitación dirigidos a los servidores públicos de la PGR, y en general de los cuerpos de seguridad que fortalezcan el combate frontal a la delincuencia, y no actuar con medidas que ostenten un espíritu represivo que amenazan las actividades lícitas del comercio exterior. Hay que hacerles saber, a los Legisladores y a los impartidores de Justicia que la estructura jurídica que regula hoy las actividades de importación y exportación en México, fácilmente propician que por un error, se caiga en figuras que la Ley de la materia hoy se tipifica como contrabando.
Para acreditar un delito fiscal como lo es el delito de contrabando, es necesario una querella o declaratoria de perjuicio formulada por la SHCP que demuestre el daño causado, principio fundamental de legalidad, para lo cual se deben fortalecer las áreas de inteligencia de la Administración General de Aduanas.
Hoy tenemos que realizar esfuerzos enfocados a fortalecer sus áreas de investigación y persecución del tráfico de mercancías de manera ilícita, pero no como delincuencia organizada.
Además de capacitar a su personal para asegurar que no se violentará la actividad comercial lícita, asegurarse que ningún servidor público transgreda la ley en perjuicio de los derechos de persona alguna y que en el Estado de Derecho, es precisamente la aplicación estricta de la ley, pero impartida ésta con justicia y humanidad, salvaguardando la dignidad de las personas involucradas, como activos o como víctimas, en este delito en el cual se inmiscuir de manera incidental o accidental.
Por último, adecuar la Legislación aduanera haciendo de Aduana México, la entidad integral de combate e investigación de todos los actos del comercio exterior mexicano y no que participen en ella tantas autoridades como hoy día que propicia confusión y fomenta la corrupción.
La simplificación, la transparencia, gravámenes acordes con nuestro grado de apertura y aplicación de revisión a en cuanto a regulaciones y restricciones no arancelarias, serán más efectivas en el combate al contrabando que las prácticas de calificar los actos de comercio como delito grave flagelando las garantías individuales que consagra nuestra Constitución.
El hecho de perseguir el delito de contrabando de oficio, traerá consigo serio problemas, que en lugar de abatirlo, se crearán serios problemas y con ello se va a magnificar.
Para entender porque, es conveniente explicar primero la situación actual ya que para acreditar un delito de naturaleza fiscal, es necesaria una querella o declaratoria de perjuicio formulada por la SHCP que demuestre el daño al Fisco Federal.
Además, en los delitos que se persiguen mediante querella o declaratoria de perjuicio, la acción penal se extingue por perdón del ofendido o del legitimado a otorgarlo ante el Ministerio Público o ante el órgano jurisdiccional.
Conclusión
Convertir el delito de contrabando en delito bajo el rubro de Delincuencia Organizada y perseguible de oficio, tendría las siguientes implicaciones:
1.- Coloca en un serio riesgo penal a actores inocentes del comercio exterior, ya que en toda operación de importación/exportación intervienen al menos tres partes y es frecuente que, como en cualquier trámite en cualquier parte del mundo, se cometan errores.
- Convertir las posibles discrepancias en el despacho aduanero en "delincuencia organizada", pone en manos del Ministerio Público a todos los usuarios del comercio exterior.
- El contrabando es un delito por posesión, por lo que siempre existirá flagrancia.
- Se podrá proceder en contra de todos los usuarios del comercio exterior a consideración del Ministerio Público, sin que en ningún caso se requiera la querella o declaratoria de perjuicio por parte del Fisco Federal.
- En ningún caso, procedería otorgar el perdón, toda vez que al ser un delito perseguible de oficio no sería aplicable dicha prerrogativa. (incluso en el Poder Judicial hay retrasos y tampoco se conoce del todo la materia de comercio exterior).
2.- Se permitirá a las autoridades competentes en la persecución de este delito practicar indagatorias invocando esta Ley, incluso a pasajeros internacionales a empresas establecidas con programa de Maquila y Pitex, y a los terceros que intervienen las operaciones aduaneras, como los agentes o apoderados aduanales, transportistas y recintos fiscalizados.
3.- Se puede prestar a denuncias de competidores comerciales que pretendan dañar la imagen de un importador, afectando de manera irreparable a una negociación mercantil.
4.- Ya las reformas penales al Código Fiscal de la Federación del año pasado relacionadas con el contrabando, provocaron una fuerte protesta de parte del gremio maquilador por el temor de que se iba a paralizar su operación.
5.- Una mayor vulnerabilidad de los funcionarios a las extorsiones que pueden ser objeto de parte de algunos Ministerio Públicos carentes de ética, en cuyas manos quedaría el nuevo y enorme poder en la persecución de este delito.
6.- Derivado de la firma de Convenios de Colaboración con los estados, las autoridades fiscales de las entidades Federativas, también quedarían expuestas a hostigamiento de parte del Ministerio Público.
Panel II
"Sería eficaz, combatir el contrabando considerándose delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado Jorge Montañez Ojeda.- Asesor de la CNIME
En primer término deseo manifestar que estamos a favor de que se sancione el delito de contrabando. Es una práctica ilícita que nuestras autoridades deben combatir.
Sin embargo, es indispensable evitar a toda costa que cualquier modificación legislativa que se realice con el objetivo loable de combatir el contrabando, se vaya a convertir en la práctica, en la realidad de los hechos, sea un instrumento que vulnere la seguridad jurídica de miles de empresas legalmente constituidas, que pagan sus impuestos y generan inversión y empleo. Es indispensable evitar que se ponga a los empresarios y a su personal en una situación de amenaza en la cual, por un error de operación o por diferencias en la interpretación de algún precepto, enfrenten el riesgo inminente de acusaciones penales desmedidas, mientras por otro lado y de manera paradójica, sigue prosperando el verdadero contrabando que ha inundado los canales de comercialización de la economía informal.
Estamos de acuerdo, entonces, en el fin, entendido como la acción decidida de nuestras autoridades para combatir y castigar el delito de contrabando. Pero sí pedimos con toda claridad, que los medios que se utilicen para ello, en este caso la intención legislativa de reformar a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se ejerzan con gran responsabilidad, para evitar a toda costa que los instrumentos penales se desvirtúen y se perviertan, y sirvan mas para hostilizar y reprimir al sector empresarial legalmente establecido, que para combatir efectivamente el verdadero contrabando, ligado profundamente a la economía informal.
Esta es una premisa que considero fundamental, sobre la que girará mi intervención.
Para evaluar si la Ley contra la Delincuencia Organizada puede ser eficaz para combatir el contrabando, quisiera resumir primeramente algunos los aspectos medulares de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
A riesgo de equivocarme por incursionar en un tema tan técnico y delicado, ante personalidades tan conocedoras y distinguidas como las que están aquí reunidas, puedo afirmar que la Ley contra la Delincuencia Organizada establece básicamente dos cuestiones:
En primer término establece un tipo penal especial, un delito específico, al que por cierto la Ley no le puso nombre, pero que para efectos de este panel podríamos denominar como "delito por pertenecer a la delincuencia organizada". El artículo 2 de la Ley establece que este delito innominado, se configura cuando tres o mas personas acuerdan organizarse o se organizan para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por si o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos que señala el mismo artículo 2, que son los siguientes:
Terrorismo; narcotráfico; falsificación o alteración de moneda; lavado de dinero; acopio y trafico de armas; trafico de indocumentados; trafico de órganos; asalto; secuestro; trafico de menores; y robo de vehículos.
Nótese que aquí existen 2 elementos esenciales: Se trata de un delito especial que consiste en "pertenecer a la delincuencia organizada". Y en segundo lugar, para que el delito se perfeccione, dicha pertenencia a la delincuencia organizada tiene que relacionarse con la comisión de delitos especialmente graves, como el secuestro, el narcotráfico, terrorismo, etcétera.
La segunda cuestión sui-géneris que establece la Ley contra la Delincuencia Organizada, es un conjunto de medidas de excepción que pueden aplicar las autoridades investigadoras del delito o los jueces. Dichas medidas son especialmente delicadas, y algunas de ellas constituyen verdaderas excepciones a las garantías individuales, por lo que incluso se encuentran previstas a nivel constitucional.
Entre tales medidas destacan el arraigo del inculpado, la intervención en las comunicaciones privadas, los testigos de cargo con identidad bajo reserva, la infiltración de agentes durante la investigación, el aseguramiento de bienes susceptibles de decomiso y el decomiso mismo de los bienes del sentenciado, la recompensa a quienes auxilien para la localización y aprehensión de presuntos responsables, etcétera, etcétera.
Las medidas excepcionales a que he mencionado solamente están previstas para ser aplicadas cuando se perfecciona este delito especial de delincuencia organizada, pero ni la ley vigente, ni la doctrina, aceptan que puedan aplicarse a cualquier otro delito, por muy grave que este sea.
Una vez repasados estos aspectos básicos de la Ley contra la Delincuencia Organizada, veamos las implicaciones de la pretendida incorporación del delito de contrabando:
Como dije antes, todos los delitos previstos actualmente en el artículo 2 de la Ley, (terrorismo, narcotráfico, secuestro, etc.) son delitos de gravedad extrema y de un alto impacto en contra de la sociedad. Su forma típica de comisión se realiza precisamente por verdaderas organizaciones del crimen. Esto hace que haya una lógica en la estructura legislativa vigente, ya que al aplicar la Ley contra la Delincuencia Organizada en contra de los narcos o secuestradores, tenemos la seguridad de que se trata no solo de sujetos que cometen un ilícito cualquiera, sino son claramente miembros de la delincuencia organizada. Hay una clara relación entre los delitos del artículo 2, y la delincuencia organizada. Dicho en otras palabras, en el artículo 2 están previstos delitos típicamente cometidos por la delincuencia organizada. Y al mismo tiempo, son delitos que para cometerlos, es casi un requisito necesario formar parte de una organización que constituye delincuencia organizada.
En cambio en el caso del contrabando, las circunstancias son distintas. Permítanme mencionar brevemente tres razones por las que el contrabando tiene un status distinto al narcotráfico, el secuestro o los demás delitos previstos en el artículo 2 a que nos referimos:
En primer lugar, tengamos en cuenta que el contrabando es un ilícito que está vinculado a una de las actividades económicas mas importantes y dinámicas del país, esto es, el comercio exterior.
Las importaciones y exportaciones del país ascendieron en 2003 a mas de 335 millones de dólares. En dichas operaciones participan muchas de las empresas públicas y privadas, de capital nacional o extranjero, mas importantes del país.
Según información del Banco de México, solamente la industria maquiladora representa cerca del 10% del empleo formal del país, siendo una de las principales fuentes de divisas con mas de 18 mil millones de dólares en 2003, y participa con el 55% de las exportaciones manufactureras del país.
Pues bien, el proyecto de reforma no toma en cuenta que este importante sector de la economía, las empresas que importan y exportan, están regidas por un marco jurídico sumamente complejo y permanentemente en movimiento, que es campo propicio para errores e interpretaciones que pueden llevarlas a riesgos penales. Además, las disposiciones sustantivas que regulan el delito de contrabando, en especial los supuestos de presunción de contrabando previstos en el artículo 103 del CFF, los equiparables al contrabando del artículo 105 y las nuevas conductas tipificada en el artículo 109, fracciones VI y VII, son tan vagos y generales, que se prestan a considerar como delitos a conductas que no necesariamente ocasionan omisión de impuestos, ni denotan intención delictiva alguna.
Lo anterior genera el riesgo real de que se ponga como sujetos potenciales de la aplicación de la Ley contra la Delincuencia Organizada, a todo un sector de la economía nacional, que son los importadores y exportadores del país. ¿podemos decir que un importador o exportador típico de nuestro país forma parte de la delincuencia organizada, es decir, su empresa está organizada explícitamente para el crimen? Evidentemente no. Entonces, el primer requisito para calificar la aplicación de la Ley de Delincuencia Organizada no se cumple.
Ya se ha dicho en diversas ocasiones, es evidente, que la normatividad aduanera en su conjunto es cada vez mas compleja y cambiante. Casi a diario se publican nuevas disposiciones en el Diario Oficial por diversas dependencias normativas, que impactan en el comercio exterior, además de cantidad de circulares y criterios que emiten las autoridades administrativas, todas ellas importantes. Esta complejidad normativa es campo propicio para confusiones y errores que pueden ser cuestionados penalmente.
Pero además, existe el problema de que las conductas que están previstas como presunción de contrabando en el artículo 103 del CFF son excesivas, porque ponen como delincuente a cualquier empresario que cometa algún error. Veamos solo 2 ejemplos típicos:
En el primer caso, una maquiladora que tiene miles de partes registradas en su programa de maquila, cada una de ellas identificada con su fracción arancelaria específica, introduce un nuevo producto a su línea de producción, y en consecuencia debe dar de alta nuevas partes y materiales a su programa de maquila. Clasifica uno de tantos materiales en la fracción digamos XX.01 y da de alta ante la Secretaría de Economía esta fracción arancelaria. Al presentar la mercancía en cuestión en la aduana durante el despacho para la importación, el personal de la aduana considera, quizás fundadamente, que la fracción arancelaria correcta no es XX.01, sino XX.99, por diversas razones de carácter técnico. Por ese solo hecho, la empresa ya se encuentra en el supuesto de presunción de contrabando previsto en la fracción XV del artículo 105 del CFF, que se refiere al supuesto de realizar importaciones temporales de mercancías que no se encuentren amparadas en los programas autorizados por la Secretaría de Economía. En el ejemplo, la empresa dio de alta la fracción .01, pero no la .99. ¿Tiene la conducta descrita algún rasgo de criminal? Finalmente la mercancía se va a utilizar para producir cierta mercancía que se va a exportar del país. No hay omisión de impuestos ni intención delictiva alguna. Pero está prevista como presunción de contrabando en la fracción XV del artículo 103 del CFF. Y ahora con la propuesta de reforma, puede pasar a ser parte del selecto grupo de actos de la delincuencia organizada.
Un último ejemplo, para no abusar de su paciencia:
Una empresa ordena a su proveedor que le envíe digamos 10 mil piezas que se incorporarán como partes de una manufactura. El proveedor genera la factura correspondiente por las 10 mil piezas, pero por algún error de embarque envía solo 7 mil. El pedimento de importación temporal se formula con base en los documentos y se presenta por las 10 mil piezas. Al recibir la mercancía en la planta productiva, la maquiladora detecta de inmediato el faltante y lo reporta al proveedor, quien reconoce el error, corrige la factura y cobra solo las 7 mil piezas efectivamente enviadas. Primer problema: en este caso, el artículo 89 de la Ley Aduanera prohíbe expresamente que la maquiladora corrija el pedimento de importación para que se registre la importación de 7 mil piezas en vez de 10 mil. Sin embargo, si la autoridad inicia una auditoria y detecta el aparente faltante en los inventarios (en bodega solo tiene 7 mil piezas, debiendo tener 10 mil con base en el pedimento que sabemos está equivocado), se aplica la presunción de contrabando prevista en la fracción XVII del artículo 103 del CFF.
Como vemos en estos dos ejemplos (les aseguro que podría darles muchos mas), la conducta prevista como presunción del delito de contrabando es inadecuada, porque prevé conductas que ni siquiera debieran ser consideradas como delito, mucho menos formar parte del selecto catálogo de crímenes de la delincuencia organizada.
Con base en todo lo anterior, en mi opinión, si se incorpora el delito de contrabando en el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se va a poner al sector de comercio exterior en su conjunto en una situación de extrema vulnerabilidad e inseguridad jurídica, y también, tengo que decirlo, se va a alentar la corrupción.
Es fácil prever que esta reforma va a generar desconfianza, lo que evidentemente no promoverá la inversión ni el empleo formal.
Es necesario, señores legisladores, que la política criminal se inserte en congruencia con la política económica nacional. ¿Qué sentido tiene firmar tratados de libre comercio, abrir la economía, apostarle como país al comercio exterior y al mismo tiempo reprimir los actos de comercio internacional con una política criminal que sanciona severamente cualquier error formal como el peor de los delitos?
Con base en lo anterior, el análisis de costo-beneficio de la propuesta de reforma definitivamente arroja un resultado negativo. De aprobarse, se incurrirá en una contradicción clara y delicada con la política económica de nuestro país.
Y por último, en cuanto a otro ángulo del complejo problema del contrabando, que se relaciona con proliferación de bienes de consumo final en las mas importantes ciudades del país, donde se distribuye por igual mercancía robada, que piratería o contrabando, se evaden impuestos y se alimenta una nueva y creciente economía de la ilegalidad, hace falta investigar su verdadera integración y operación, con base en lo cual se adopten medidas integrales que permitan a la sociedad esperar resultados satisfactorios en contra de esta manifestación, ahí sí, de delincuencia organizada.
Desafortunadamente la propuesta de reforma, en los términos en que está presentada, no va a los orígenes ni a la esencia de este problema, sino que se corre el riesgo de confundir el blanco y terminar penalizando a empresarios que definitivamente no son parte de la delincuencia organizada.
Panel II
"Sería eficaz, combatir el contrabando considerándose delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado Fernando Ramos Casas.- Presidente del IMECE
Después de participar en diversos Foros, la pregunta es ¿Cómo enfocar correctamente el problema del contrabando?, cuando muchas de las voces de lo que hablan es de la falta de competitividad del país, por la ilegal introducción de mercancías, o porque no pueden competir en igualdad de condiciones con los competidores de terceros países, me preocupa que se manejan cifras muy alegres, tratándose de contrabando de textiles y confecciones las cifras van desde el 90% de la producción nacional hasta el 50%, y cada vez se manejan cifras diferentes, hay quienes dicen que el contrabando representa el 30% de las importaciones, es decir más de 50 mil millones de dólares, cifra impensable considerando el tamaño de nuestra economía.
Necesitamos saber de que tamaño es el problema, porque lo que no se puede medir no se puede controlar , y eso en parte pasa con el contrabando.
En los foros que se han organizado existen voces que exigen la inmediata introducción del delito de contrabando como delincuencia organizada ya que consideran es la única forma para combatir este flagelo eficientemente que sin duda lastima a la economía nacional y pone en riesgo el desarrollo económico del país.
Pero habemos otras voces que consideramos que el asunto debe revisarse de forma integral ya que podemos evitar caer en generalizaciones que pueden acarrear situaciones de injusticia en ocasiones de imposible reparación, antes de entrar de lleno al tema de esta ponencia, parece necesario plantear algunas interrogantes ¿por qué la necesidad de incluir el contrabando en esta ley, ¿cuantas Averiguaciones Previas se han iniciado en materia de contrabando y sus modalidades? hace un momento el representante de la PGR dijo que en este año van 21, 21 Averiguaciones Previas en un problema tan grande, parece que aquí se tiene un problema.
¿Qué obstáculos ha encontrado la autoridad, que justifiquen incluir el delito de contrabando en le Ley Federal contra la Delincuencia Organizada? ¿en que medida han disminuido los delitos desde que contempla la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada desde que esta Ley se creo, porque el contrabando desde la perspectiva que se esta analizando, sin duda es un delito novedoso, mientras México vivió en la política distribución de las importaciones, el contrabando realmente no afectaba, paradójicamente empieza a crecer en importancia a partir de que nos abrimos al mundo.
En este punto quisiera detenerme, como se comento en un foro anterior al que fui invitado, desde el ingreso de nuestro país a GATT el gobierno trazo una clara política de apertura comercial, el sistema aduanero mexicano se transformo a partir de 1990 y en los siguientes años, sin embargo, desde que se firmo el TLCAN, los cambios en la aduana han sido muy pausados y se dejaron transcurrir mucho tiempo para hacerle frente a los retos que venían y hoy estamos viviendo las consecuencias reales que trae consigo la apertura comercial sin el diseño de una clara política aduanera.
La apertura comercial, ha traído como consecuencia grandes oportunidades para muchos que las han sabido aprovechar y perdidas y desventajas para otros que por falta de apoyos gubernamentales o porque se negocio de forma errónea la apertura de su sector, han perdido competitividad o han tenido que cerrar la fuentes de empleo. Esto pasó mucho con el tema de la industria azucarera.
Sin embargo debido a las presiones que han ejercido los sectores industriales y agrícola, el comercio exterior mexicano se encuentra sobre regulado, hoy se enfrenta un verdadero vía crucis regulatorio cuando no se requiere cumplir con una norma, un aviso o una autorización, se debe estar inscrito en el padrón de importadores o en el sectorial, no es posible despachar cualquier mercancía en cualquier aduana, etcétera, las cuotas compensatorias están a la orden del día alcanzando incluso casos como del 1005 %.
El comercio exterior mexicano definitivamente se encuentra sobre regulado, y la sobre regulación provoca falta de competitividad, corrupción y desde luego contrabando.
Por otro lado, el contrabando se encuentra ligado a la economía informal, es un efecto de esta, no su principal causa, ¿qué se ha hecho para combatir la economía informal?, ¿qué tenemos que hacer?, ¿sería eficaz, combatir el contrabando considerándose delincuencia organizada? desde mi punto de vista NO.
En primer lugar, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, tiene vicios de inconstitucionalidad, si bien el articulo 16 y 22 Constitucional menciona la delincuencia organizada, todos los preceptos que regula esta ley, no se encuentran debidamente fundamentados en la Constitución.
Segundo, en todas las operaciones de comercio exterior que se tramitan diariamente en las aduanas del país, concurren directa o indirectamente tres o más personas, que se organizaron, el importador, el agente aduanal, el tramitador , al apoderado aduanal. Ejemplo: error en clasificación arancelaria, en donde el Ministerio Público solicitara arraigo, aseguramiento de bienes del inculpado.
Tercero, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, prevé un régimen penal especial, que implícitamente autoriza a las autoridades de perseguir a la delincuencia organizada, sustraerse del estado de derecho con la inminente violación a las garantías individuales de los gobernados so pretexto del combate al crimen. El supuesto indiciado tendría que probar su inocencia.
Conclusión
Se concluye que incluir el delito de contrabando como delincuencia organizada no solucionaría el problema y se propone que las partidas relacionadas el derecho de trámite aduanero, cuotas compensatorias y lo que recaude el Estado por la aplicación del artículo 303 del TLCAN, se apliquen a combatir el contrabando.
Panel II
"Sería eficaz, combatir el contrabando considerándose delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado José Othón Ramírez.- Asesor Jurídico de la ANIERM
Es fundamental señalar lo que ya se ha citado que el contrabando de una u otra manera, se ha constituido ahora por bandas permanente bien organizadas.
Se debe precisar que es delincuencia organizada, porque al parecer faltaron elementos muy objetivos, para que exista delincuencia organizada, el tipo es que se trata de un delito autónomo, en los términos de la Ley, que se consuma en el momento en que existen tres o mas personas para cometer el delito pero que además es una organización delictiva, es una organización permanente, constante y que además la finalidad la finalidad perseguida por la por la asociación criminal es la comisión del delito permanentemente.
En materia de delincuencia organizada, los tipos que aparecen en la Ley son conductas ilícitas que son muy difíciles de integrar, estas son el lavado de dinero, que en ocasiones por lo menos tres años y el arraigo no se dicta si no hay investigación inicial porque se pone a consideración de un Juez y el determina si puede dictarse en razón de los fundamentos que le presente el Ministerio Público la existencia de daño. Las autoridades han sido omisas, en si están de acuerdo o no con la propuesta.
Para combatirlo se presentan inconvenientes, y que se han señalado incluso en los ejemplos que antecedieron, entre estos:
Identificarlo como un problema real que ataca la sociedad, y
Que tiene una naturaleza diferente al delito de contrabando considerado en años atrás.
Es necesaria una organización que jurídicamente pueda combatir al contrabando como delincuencia organizada. Se deben tomar decisiones jurídicas importantes dado la sofisticación de estas bandas delictivas: la triangulación, falsificación, etiquetado etcétera, por lo que se debe:
Crear de un grupo de expertos en materia aduanal y penal
Es fundamental establecer, si es que se fuera a determinar como delincuencia organizada limitantes al tipo penal, para evitar injusticias al inocente y a los más débiles.
Lo anterior, porque se sanciona tanto el contrabando como a una conducta que se asimila al contrabando, partiendo del texto siguiente del proyecto
"Artículo 102.- Comete el delito de contrabando quien introduzca al país o extraiga de él mercancías"
"Artículo 105.- Será sancionado con las mismas penas del contrabando, quien:
a. enajene,
b. comercie,
c. adquiera
d. tenga en su poder mercancía extranjera.
IV. Tenga mercancías extranjeras de tráfico prohibido.
X. Siendo el exportador o productor de mercancías certifique falsamente su origen.
XIII. Presente ante las autoridades aduaneras documentación falsa o alterada
por ejemplo:
En este sentido es necesario:
Quien adquiera o tenga en su poder mercancía, (se afectaría a comerciante, un industrial, productor que adquiera mercancía durante un año y en un momento la SHCP le dice las facturas son falsas) elementos no previstos en la reforma y que son fundamentales
Se sanciona al exportador mexicano, por lo que se debe prever que el tratado o acuerdo respectivo, prevea la aplicación de sanciones similares, que exista reciprocidad con el país de procedencia de los bienes. Se deben armonizar las legislaciones.
Que la autoridad competente del país que procedan las mercancías, proporcione los elementos necesarios para demostrar que se ha cometido el delito.
Se deben fijar limitantes, mismas que ya existían en el Código Fiscal de la Federación
Que no se trate de una inexacta clasificación arancelaria por diferencia de criterio en la interpretación de la Ley.
Que la falsedad o alteración de los documentos en importaciones, se encuentre probada en el país de origen.
Respecto de inseguridad jurídica, bajo la base de delincuencia organizada, el artículo 89 de la Ley Aduanera, no podría existir dado que prohíbe rectificar diversos datos que se declaran en el pedimento: (pues siempre se sería infractor y consecuentemente delincuentes)
Las unidades de medida,
El número de piezas, o
Descripción de la mercancía
Origen
El régimen aduanero
La integración de la Averiguación Previa, no puede darse de manera directa al Ministerio Publico, esta debe ser fundamentalmente la autoridad aduanera, la que puede proporcionar cada uno de los elementos necesarios para la investigación del Ministerio Público, no debe iniciarse de oficio.
Hay elementos fundamentales como lo son:
La determinación del origen de las mercancías para ello hay que establecer una correcta clasificación arancelaria,
Determinar el valor correcto de la mercancía a través de aplicar acuerdos internacionales, el sistema armonizado , GATT
Las visitas domiciliarias no pueden realizarse por el Ministerio Público o las visitas de Verificación a nivel internacional que prevén los Tratados
Las facturas no pueden ser revisadas por el Ministerio Público y determinar si es falsa, necesita de la información de la autoridad aduanera fundamentalmente.
El delito no puede ser perseguible de oficio, ya que el Ministerio el Ministerio Público, no podría integrar la Averiguación, serian delitos de mucho tiempo, por la investigación, debe revisar primeramente el Ministerio Publico que el presunto delincuente o contrabandista lo haya hecho en repetidas ocasiones, porque si fuera la única ocasión entonces no es delincuencia organizada.
La propuesta también daría lugar a la corrupción, tanto en ámbito penal como aduanero, la figura del contrabando como delincuencia organizada debe ser analizado con mucho cuidado.
Conclusión
De la propuesta derivan varios inconvenientes por lo que se destaca:
Es necesaria una organización que jurídicamente pueda combatir al contrabando como delincuencia organizada. Se deben tomar decisiones jurídicas importantes dado la sofisticación de estas bandas delictivas: la triangulación, falsificación, etiquetado, etcétera, por lo que se debe considerar un grupo de expertos en materia aduanal y penal
Es fundamental establecer, si es que se fuera a determinar como delincuencia organizada limitantes al tipo penal, para evitar injusticias al inocente y a los más débiles.
Quien adquiera o tenga en su poder mercancía, (se afectaría a comerciante, un industrial, productor que adquiera mercancía durante un año y en un momento la SHCP le dice las facturas son falsas) elementos no previstos en la reforma y que son fundamentales.
Se sanciona al exportador mexicano, por lo que se debe prever que el tratado o acuerdo respectivo, prevea la aplicación de sanciones similares, que exista reciprocidad con el país de procedencia de los bienes. Se deben armonizar las legislaciones.
Que la autoridad competente del país que procedan las mercancías, proporcione los elementos necesarios para demostrar que se ha cometido el delito.
Se deben fijar limitaciones, que ya existían en el Código Fiscal de la Federación.
Que no se trate de una inexacta clasificación arancelaria por diferencia de criterio en la interpretación de la ley.
Que la falsedad o alteración de los documentos en importaciones, se encuentre probada en el país de origen.
Panel III
"Afectación de la competitividad de México en el ámbito internacional, considerándose el contrabando como delincuencia organizada"
Ponente: Licenciada Rocío Ruiz Chávez.
En la Secretaría de Economía ha sido una preocupación que nuestro país tenga la competitividad que se requiere. La principal función es la generación de empleo e inversión para una mejor posición competitiva de nuestro país, sobre todo para la generación de empleo y empleos mejor remunerados que los mexicanos requieren.
Se hará un enfoque un poco diferentes, se hablara del contrabando, de cómo afectan este tipo de regulaciones en la competitividad.
Primeramente, se verá qué es el contrabando. Se sabe que es una conducta delictiva evidentemente ilícita, que debe castigarse.
Donde empieza la diferencia, es respecto de cuáles son los efectos y como debe controlar el contrabando.
Los efectos que genera son:
Genera una economía subterránea, porque aquel que trae contrabando difícilmente va a pasar a la cadena legal, dado que no tiene ni pedimento ni factura, sobre todo en tratándose de productos manufacturados; por ejemplo, calzado y ropa; entraría en la economía informal tampoco se paga IVA e ISR, e incluso se involucraría Seguro Social por lo de los trabajadores.
Afectación en la propiedad intelectual, ya que también implica piratería;
Evasión fiscal, competencia inicua para los productores nacionales que sí pagan impuestos;
Afectación en los ingresos del Estado, pérdida de empleo.
Problemas con el consumidor final, ya que quien compra mercancía de contrabando no tendrá garantía sobre el bien.
¿Qué se ha hecho al respecto?
El Gobierno Federal ha trabajado primero en establecer una serie de sanciones administrativas tanto penales como fiscales, existen problemas en como controlarlo, a través de visitas, a través de cuestiones informáticas que permitan conocer como operan las importaciones en general en el país.
La Secretaría de Economía, ha trabajado en lo que sería el Acuerdo de Servicios, para aquellas Maquiladoras que entran nada mas por ejemplo a hacer el bordado de prendas y que no hubiera desvío del producto.
Se han hecho reformas al Decreto de Pitex y Maquila, dado que se pensó en algún momento dado que se podía utilizar para dejar en México, productos que se tenían que retornar; se hizo un Acuerdo de sensibles para aquellos productos como el azúcar, maíz como telas, etcétera.
Se ha trabajado en una Comisión Intersecretarial junto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, específicamente la Administración General de Aduanas, lo que se ha llamado la Comisión Mixta para el combate de la economía informal.
Sin embargo, se tiene que ver un enfoque integral del contrabando, ver cuáles son sus causas y cuáles sus efectos, es decir si el contrabando es una causa o también es un enfoque de la sobre regulación que se tiene.
Se tienen acciones para combatir el efecto del contrabando, sin embargo hay que analizar las causas, se debe ver lo que propicia el contrabando en ciertos productos. Se ha denotado que lo más contrabandeado son aquellos productos con impuestos impagables, como cuotas compensatorias del 1000% o del 500% como las telas o calzado o que tienen impuestos altos en IEPS.
En esta exposición se deja fuera el contrabando de droga o de armas, se habla del contrabando de productos industrializados. Hay problemas con regulaciones no arancelarias; por ejemplo, para importar telas se tienen que cumplir 12 regulaciones no arancelarias y con impuestos compensatorios elevados.
En lo que hace a las causas que originan el contrabando, se ve la proliferación de instrumentos se tienen regulaciones arancelarias básicamente con la SHCP, se tienen instrumentos no arancelarios que regulan el comercio exterior, en donde se tienen diferentes aranceles que en ocasiones son difíciles de manejar si ni se tienen un conocimiento de cómo operan, se tienen aranceles generales, que es el arancel a terceros países (DOF), con aranceles diferenciado para cada uno de los tratados.
Existen los aranceles Prosecs, los que se dan por medio de cupos, o aranceles que se dan por medio de regla octava, e infinidad de regulaciones no arancelarias como son permiso, aviso previo, NOM, certificado de origen, las salvaguardas, cuotas compensatorias, padrón de importadores, precios estimados, datos de identificación individual padrones sectoriales, aduanas exclusivas y otras más.
Por otro lado, se tienen otras restricciones no arancelarias que aplica la Secretaria de Economía, como los permisos de importación, permiso de exportación, avisos automáticos, constancia de producto nuevo, normas oficiales, certificado de país de origen y algunas otras que tiene que cubrir el importador al llegar su producto a la aduana, regulaciones sanitarias, zoosanitarias, ecológicas, fitosanitarias, las que regula las sustancias toxicas o peligrosas, los químicos radioactivos, explotación de monumentos históricos, precios estimados que son disposiciones de la SHCP, para evitar la subvaluaciones, etcétera.
De alguna forma, lo que se está trabajando es en incentivar el cumplimiento a estas disposiciones, haciendo mas fácil su cumplimiento para el particular, parte de incentivar su cumplimiento, referiré la facilitación comercial, que tiene grandes beneficios para el país, no solo se habla de las aduanas, se habla de eficiencia en los puertos, el ambiente en la aduana, el ambiente regulatorio y la infraestructura en el sector de los servicios para el importador y para el exportador... (se muestra cuadro de cambios que porcentualmente generarían miles de millones de dólares en beneficio de la economía del país, grafica hecha por el Banco Mundial, donde se resalta que diminuyendo y dando facilitaciones comerciales se incrementaría el flujo comercial en 17 mil millones de dólares), es decir se tiene que ver como se facilita no solo el cumplimiento si no se hace que el país recupere la competitividad. Como trabajar alguna de las causas del contrabando... hacer un comercio exterior que facilite las operaciones a importadores y exportadores.
La acumulación de regulaciones genera el efecto de prohibición al importar.
Se tienen que modernizar los esquemas de revisión, tendiendo a medios electrónicos a medios con costo para la autoridad no con costo para el industrial, siendo eficientes y con una rápida actuación.
Conclusión
Se debe incentivar el cumplimiento de las restricciones y regulaciones no arancelarias, haciendo más fácil su cumplimiento para el particular, mediante la facilitación comercial, que tiene grandes beneficios para el país, no solo se habla de las aduanas, se habla de eficiencia en los puertos, el ambiente en la aduana, el ambiente regulatorio y la infraestructura en el sector de los servicios para el importador y para el exportador...
Se resalta que disminuyendo y dando facilitaciones comerciales se incrementaría el flujo comercial, es decir se tiene que ver como se facilita no solo el cumplimiento si no se hace que el país recupere la competitividad.
Se tienen que modernizar los esquemas de revisión, tendiendo a medios electrónicos a medios con costo para la autoridad no con costo para el industrial, siendo eficientes y con una rápida actuación.
Intervención del secretario de Economía
Panel III
"Afectación de la competitividad de México en el ámbito internacional, considerándose el contrabando como delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado León A. Flores González, Presidente de la Canacar.
Se reconoce que el contrabando entendido como la introducción o extracción ilegal de mercancías a un país, representa uno de los mayores flagelos para la economía nacional que afecta de manera directa a la productividad, la generación de empleos, la recaudación fiscal.
Para el caso del autotransporte, la realización de los trámites aduanales se lleva a cabo por terceras personas, de ahí que los documentos son suministrados o por el importador, exportador o su agente aduanal quien a su vez también recibe la documentación de manos del importador o exportador.
Respecto del contenido de los embarques, el auto transportista esta impedido física y jurídicamente para verificar la autenticidad de lo declarado tanto en los manifiestos de mercancías, o incluso no puede conocer si las mercancías transportadas están destinadas a programas de maquila o de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, o bien si las mercancías están siendo retornadas al extranjero oportunamente en un régimen de importación temporal, sin embargo el auto transporte de carga en su calidad de poseedor de las mercancías, es blanco ineludible del ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad aduanera tanto de las mercancías que transporta como de los vehículos en que lo realizan.
El autotransporte federal de carga, al ser una actividad encomendada por el Estado Mexicano, es un servicio público que se presta a terceros en forma masiva y de buena fe, donde los prestadores del servicio confían en la veracidad de la información y documentación que proporcionan los usuarios, tanto remitentes como destinatarios y que ampara la mercancía que se transporta es legítima y auténtica.
En relación con la propuesta de reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se estima por el gremio del auto transporte de carga que se produciría de aprobarse un clima de incertidumbre e inseguridad jurídica, toda vez que se retoman los supuestos que previstos en el Código Fiscal de la Federación con elementos que permiten "presumir" la comisión del delito de contrabando, elevándolos a la categoría de delincuencia organizada cuando tres o más personas acuerden organizarse para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno de los delitos entre los que se encontrarían, además del terrorismo, el acopio y tráfico de armas, el tráfico de indocumentados, el tráfico de órganos y el secuestro, el contrabando y los diversos supuestos por los cuales se presume y equipara ese mismo delito.
El tipo penal del contrabando se centra en la introducción o extracción de mercancías de comercio exterior. Cabe señalar que en materia de comercio exterior, el auto transporte federal de carga, participa de manera preponderante ya que es responsable de la transportación de más del 86% de las mercancías tanto de carácter nacional como internacional con una flota cercana a los 440 mil vehículos del servicio público federal que realizaron en el 2003, tan solo por la frontera norte de nuestro país con los Estados Unidos de América, 4 millones 775 mil cruces, lo que representa un promedio de 398 mil cruces mensuales de los cuales el 77% corresponden a exportaciones y 33% a importaciones, mismos que se realizan a través del intercambio de remolques de procedencia extranjera que se importan en forma temporal a nuestro país de conformidad con la Ley Aduanera.
El intercambio comercial con los Estados Unidos de América, registró a octubre del 2003 un flujo del orden de los 209 mil millones de dólares, de los cuales el auto transporte de carga mexicano, movilizó mercancías por un equivalente a los 166 mil 699 millones de dólares que representan el 80% de la totalidad del comercio exterior, vía terrestre con nuestro principal socio comercial.
El uso discrecional que brindaría la iniciativa de reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, permitiría además el decomiso de los objetos o instrumentos del delito, es decir, de los medios de transporte y en el ámbito personal, permitirá el procesamiento penal en primer orden de los chóferes y enseguida de las personas que tengan funciones de administración, dirección o supervisión dentro de las empresas con lo cual, se introduce un elemento de grave riesgo y de inseguridad jurídica en la operación de las empresas o la responsabilidad de las personas que trabajan dentro de las empresas de transporte y más aún de aquellas que son propietarias de estas fuentes de empleo.
Caer dentro de la esfera de presunción del crimen organizado, trae aparejadas severas repercusiones en las que la Procuraduría General de la República, contará con facultades para la intervención de comunicaciones privadas, la infiltración de agentes, el arraigo domiciliario y el aseguramiento de los bienes de la persona involucrada, por el sólo hecho de encontrarse en alguno de los supuestos que "presumen" la comisión del delito de contrabando.
En un extremo bastará la participación de un operador del servicio público federal, el almacenista y el Jefe de Tráfico de cualquier empresa de auto transporte para que sus conductas por sí o unidas a otras, tengan como resultado, voluntaria o involuntariamente, la comisión del delito de contrabando para que se consideren a estas personas como miembros de la delincuencia organizada.
Se considera que el combate frontal al contrabando como forma de evasión fiscal no se logra provocando un clima de terror en el manejo de las mercancías de comercio exterior que, de proceder esta iniciativa de reforma, será sin duda considerada como una actividad de alto riesgo para cualquiera de las personas que participan en el transporte internacional de mercancías. Por lo expuesto se estima adoptar medidas concretas, tales como:
La adquisición de equipos de alta tecnología, para revisar los cargamentos, sin necesidad de la apertura de contenedores o remolques.
Realización de operativos en estrecha coordinación con las autoridades encargadas de perseguir el delito, que cuenten en el lugar mismo del operativo, con las bases de datos para validar la legal estancia o no de mercancías y vehículos.
Depurar, con estricto rigor, el padrón de contribuyentes para abatir la venta informal de mercancías de procedencia ilegal.
Atacar los centros de distribución y consumo de mercancías de procedencia ilícita.
Difundir con amplitud los supuestos que pueden provocar la violación a las disposiciones aduaneras y la evasión fiscal.
Adicionalmente, se debe alertar respecto de cualquier género de disposición o iniciativa que pretenda la inscripción o regularización de vehículos de procedencia extranjera que no acrediten, previamente, su legal estancia dentro del territorio nacional como una forma de instigar el contrabando de vehículos.
Acciones de la Canacar
La Cámara Nacional de Auto transporte de Carga, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito público, la Secretaría de Economía, Nafinsa y las armadoras de camiones y tractocamiones, han puesto en marcha con el irrestricto apoyo del Presidente de la República el Programa de Financiamiento para la Modernización y Competitividad del Autotransporte de Carga acompañado de un estímulo para deschatarrización de unidades cuyo valor se estima equivalente al 15% del valor de la unidad nueva o seminueva que se pretenda adquirir.
El programa persigue la renovación de más de 230 mil unidades de auto transporte en un periodo de 10 años, lo que llevará al país a tener una flota vehicular en una edad promedio similar a la que tienen EUA, nuestros socios comerciales.
Para el buen logro de esta acción, el Presidente de la República giró instrucciones a los Secretarios de Comunicaciones y Transportes y de Hacienda y Crédito Público, para asegurar que el emplacamiento de vehículos, procediera únicamente respecto de las unidades que se encuentren legalmente en territorio nacional.
Conclusión
Se estima que las Iniciativas de reforma en materia de Delincuencia Organizada, constituyen un retroceso a los esfuerzos que el Gobierno Federal y los empresarios mexicanos están llevando a cabo para promover la competitividad de México por lo siguiente:
1. El hecho de que tal cual se indica en los proyectos, sea flagrante la práctica de corrupción en las que participan autoridades de los tres niveles de gobierno, las prácticas de extorsión o la asociación delictuosa para introducir vehículos ilegales o que se haya sobrepasado la capacidad de la autoridad, no justifica que se pretenda legalizar lo que evidentemente tiene un origen ilegal.
2. Con la propuesta, se desalienta cualquier acción gubernamental ya sea federal o estatal o de la Banca de Desarrollo, para la renovación o modernización del parque vehicular, así como la aplicación de estímulos fiscales.
Panel III
"Afectación de la competitividad de México en el ámbito internacional, considerándose el contrabando como delincuencia organizada"
Ponente: Licenciado Ricardo Navarro Benítez, Presidente de la Comisión de Enlace Legislativo de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, establece reglas procesales específicas, distintas a las contenidas en el Código Penal Federal para otro tipo de delitos. Algunas de las características de esta Legislación son las siguientes:
1. Su objeto, es establecer reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada.
2. Existe delincuencias organizada, cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tiene como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes:
- Terrorismo
- Operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero)
- Delitos contra la salud
- Falsificación o alteración de moneda
- Acopio y tráfico de armas
- Tráfico de indocumentados
- Tráfico de órganos
- Asalto y secuestro
- Tráfico de menores
- Robo de vehículos
- Venta al consumidor final en vías o lugares públicos, en forma dolosa, con fines de especulación comercial, de copias de obras, programas de cómputo, fonogramas, videogramas o libros (piratería)
3. Todos estos delitos son perseguidos de oficio (sin necesidad de querella) y técnicamente son considerados como graves, por lo que no procede la libertad bajo caución, ni tampoco se tiene derecho a la libertad preparatoria o condena condicional. Tampoco cabe el tratamiento preliberacional o la remisión parcial de la pena.
4. Los plazos para la prescripción se duplicarán respecto de los delitos antes mencionados.
5. En la investigación de estos delitos, puede el juez decretar el arraigo del indiciado hasta por 90 días. En materia penal federal el arraigo puede ser hasta de 30 días.
6. Igualmente, a petición del Ministerio Público Federal, el juez puede emitir órdenes de cateo e inclusive autorizar la intervención de comunicaciones privadas.
7. El inculpado y su defensa tendrán acceso al expediente, sólo en aquellas actuaciones que a juicio del Ministerio Público Federal procedan, por estar relacionadas con los hechos que se le atribuyen. En el ámbito Penal Federal, el inculpado y su defensa tiene acceso a todo el expediente, sin limitación alguna.
En lo que se refiere al delito de contrabando y su equiparable, el Código Fiscal de la Federación establece diversas disposiciones:
1. para proceder penalmente por los delitos fiscales, será necesario cumplir con tres requisitos:
- Que previamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule la querella respectiva.
- Que exista declaración de que el Fisco ha sufrido o pudo sufrir un perjuicio.
- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule la declaratoria correspondiente.
2. Comete el delito de contrabando quien introduzca al país o extraiga de él mercancías:
- Omitiendo el pago total o parcial de contribuciones o cuotas compensatorias que deban cubrirse.
- Sin permiso de autoridad competente, cuando sea necesario este requisito.
- De importación prohibida.
- Quien interne mercancías extranjeras procedentes de las zonas libres al resto del país.
3. Algunas conductas que se asimilan al contrabando (equiparable) son las siguientes:
- Enajene, comercie, adquiera o tenga en su poder por cualquier título, mercancía extranjera que no sea para su uso personal, sin la documentación correspondiente o de bebidas que no contengan marbetes o precintos o de importación prohibida.
- La introducción ilegal de vehículos de procedencia extranjera, en el que incurran funcionarios públicos o particulares.
- La posesión de vehículos extranjeros, fuera de las franjas fronterizas o no retornar los vehículos al extranjero.
- Siendo el exportador o productor de mercancías, certifique falsamente el origen de dichas mercancías.
- Introduzca mercancías hacia otro país, omitiendo el pago total o parcial de los impuestos al comercio exterior que correspondan.
- Señalar en el pedimento datos falsos o inexistentes.
- Presentar documentación falsa.
4. Se considera contrabando calificado, cuando se cometa:
- Con evidencia física o moral de las personas.
- De noche o por lugar no autorizado.
- Ostentándose el autor como funcionario o empleado público.
- Usando documentos falsos.
5. Los inculpados en el delito de contrabando pueden gozar de la libertad provisional, cuando garanticen mediante caución la reparación del daño, excepto en delitos fiscales considerados como graves.
Conclusión
La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en resumen, tiene las características siguientes:
- Es un régimen jurídico especial que aplica normas procesales específicas que se apartan del sistema penal federal ordinario.
- Estos delitos son perseguidos de oficio, a través de la Subprocuraduría Especializada en Delincuencia Organizada (Siedo) de la Procuraduría General de la República.
- Algunos especialistas consideran que esta Ley es inconstitucional al contravenir los artículos 20 (garantía del debido proceso, al no poder acceder a todo el expediente que lo inculpa), 14 (no se cumplen las formalidades esenciales del procedimiento), y 16 (que prohíbe la intercepción de comunicaciones privadas) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- No existe la posibilidad de libertad bajo caución.
2. El contrabando y su equiparable son conductas ilícitas que desde siempre han sido perseguidas a petición de parte, por cuanto tienen un carácter eminentemente patrimonial y no de peligro como lo son los delitos contenidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
3. Sin dejar de reconocer la necesidad de combatir el contrabando "bronco" y "documentado" o "técnico", por ser conductas que dañan al erario, a los sectores productivos y a la sociedad en general, también debe tenerse presente que en la actualidad pueden presentarse situaciones que den lugar a abusos, excesos y actos de corrupción, así como a conductas de los particulares, que en sí mismos son actos esporádicos o sin dolo, como es el caso de importadores, pasajeros que retornan al país, transportistas y almacenistas de mercancía de origen extranjero, que actualmente pueden ser inculpados de contrabando, según lo dispone el Código Fiscal de la Federación, por cuanto no existe una cuantía mínima para su configuración.
Panel III
"Afectación de la competitividad de México en el ámbito internacional, considerándose el contrabando como delincuencia organizada"
Ponente: Lic. Sergio Peralta Sandoval, vicepresidente de la Confederación Patronal de la Republica Mexicana.
La Coparmex es un sindicato empresarial que representa a más de 36 mil empresas a nivel nacional de todos los tamaños y de todos los giros económicos y que tiene como función principal, el promover la excelencia empresarial y promover también el beneficio del país a través de la generación de riqueza y de empleos productivos.
El contrabando constituye un delito que perjudica seriamente la economía nacional, afectando sobre todo al sector productivo de la población que emplea su capital, esfuerzo, trabajo en impulsar la productividad de su producto o empresa.
Esta conducta ilícita se realiza por grupos organizados que internan mercancía de procedencia extranjera a territorio nacional y que cuentan con los medios para su distribución dentro del país, haciendo llegar ésta mercancía hasta el consumidor final.
Los bienes que ingresan al país a través de las fronteras son variados y destacan bienes como vehículos automotores, textiles, calzado, juguetes, por citar algunos productos que con su ilegal comercialización dentro del país afectan a las respectivas industrias formalmente instaladas.
Es preocupante el paso de bienes a territorio nacional a través del contrabando, y de igual manera, que estas mercancías circulen y se distribuyan a los largo y ancho del país, ubicándose en puntos públicamente conocidos y determinados.
Estos puntos de venta no sólo afectan a los productores de los bienes, a los que corresponden las industrias de las mercancías que son ilegalmente internadas y comercializadas, también afectan a los comerciantes formalmente establecidos que pagan sus impuestos, que pagan electricidad, que pagan el servicio de agua, que pagan predial, y demás gastos de operación, para que unos sujetos comercialicen mercancías provenientes de contrabando o de la piratería, justamente afuera de sus establecimientos, con la tolerancia y a veces el consentimiento total de las autoridades tanto locales como federales.
En México, las autoridades no han podido combatir eficazmente ni el contrabando de mercancías, ni la piratería, mucho menos su distribución mediante el comercio informal, a pesar de los esfuerzos realizados.
Por estos motivos, esta actividad ilícita del contrabando, afecta de manera grave la competitividad de las empresas no solamente en el ámbito nacional, repercute en la competitividad internacional debido a que las empresas en su propio país se encuentran en plena desventaja ante el contrabando, debido principalmente al consentimiento de las autoridades.
En México no existe escuela de aduanas, no hay forma de preparar a los agentes del Ministerio Público, en número suficiente para poder hacer frente a más de 11 millones de operaciones de comercio exterior que se realizan anualmente para las 48 aduanas de nuestro país.
Vale la pena hacer una reflexión: ¿en dónde se capacitarán los ministerios públicos en temas como certificación de origen, clasificación arancelaria, valoración aduanera, normas oficiales mexicanas, restricciones y regulaciones no arancelarias?
Poner en manos de agentes del Ministerio Público posibles discrepancias, errores o problemas de información en la importación o exportación de mercancías nos pondría en situaciones de delincuencia organizada. Todos los usuarios de comercio exterior serán indiciados hasta demostrar su inocencia.
Resulta muy complicado para la empresa formalmente establecida enfrentarse a ese comercio informal y competir en un ambiente en donde el mercado informal vende mercancías a un precio inferior, y no paga nada en absoluto al Estado por el ejercicio de su actividad, es decir se beneficia completamente de la realización del delito de contrabando y de la piratería.
La empresa establecida conforme a Derecho, en México, se encuentra un entorno adverso, lo que les impide crecer y poder aspirar a los mercados internacionales con empresas que si cuentan con el soporte de un marco legal de competencia en sus respectivos países que los impulsan a crecer y los protege de actividades ilícitas como el contrabando.
El Estado debe dar certidumbre y seguridad jurídica a las empresas nacionales, mediante reformas legales que incentiven la creación de fuentes de empleo y la inversión privada, mediante la acción efectiva de las autoridades aduaneras y policíacas para detener la entrada, distribución y comercialización de mercancías de procedencia extranjera de ilegal estancia en el país.
Principalmente en México, se presenta en la actualidad un grave problema con los productos procedentes de China.
- Según cálculos de la industria privada mexicana, el 50% del vestido y de calzado que se venden en México fue fabricado en China.
- Tarifas arancelarias establecidas hasta del 500% en algunos casos, para contrarrestar el impacto económico de las mercancías provenientes de mercados de competencia desleal, no están siendo aplicadas efectivamente, por lo que su precio final resulta muy inferior al del resto del mercado.
- China está produciendo desde artesanías mexicanas fabricadas en arcilla y sandalias de cuero hasta sarapes.
- Los productos chinos resultan baratos gracias a los incentivos fiscales que da su gobierno a la industria china, además de que cuentan con mano de obra barata.
Otra industria afectada es la disquera, donde se presenta también una repercusión negativa del contrabando y la piratería, ya que 69% de los discos de música interpretada por artistas hispanohablantes es adquirido en el mercado ilegal, y únicamente 31% corresponde a productos originales.
Por otra parte, la proporción es inversa para los discos de música interpretada por artistas de habla inglesa, debido a que el 78% de los títulos musicales en inglés son comprados en discos originales y sólo el 22% corresponde a música proveniente del mercado pirata.
Es urgente que nuestros gobernantes pongan alto al contrabando, a la piratería y a su comercialización a través del mercado informal, mediante el cumplimiento del estado de derecho.
Mediante la aplicación efectiva del estado de derecho se debe combatir el contrabando, desde luego respetando siempre las garantías individuales en los procesos penales.
Ante esto y la necesidad imperiosa de establecer medidas que combatan eficazmente el contrabando, se estudian actualmente en ésta Legislatura reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada para considerar al delito de contrabando como delincuencia organizada.
Es menester de los legisladores consideren que si bien es cierto, que se requieren medidas contundentes en contra del contrabando, no es con medidas que alteren la seguridad jurídica de las personas involucradas en la actividad del comercio exterior, ya que entre estas personas se encuentran empresas que legalmente se dedican a la importación de mercancías, maquiladoras y comercios que ofrecen productos legalmente importados al país y que correrían el riesgo de perder su libertad ya que siempre en una operación de comercio exterior intervienen tres o más personas.
Nos parece que la autoridad debe implementar una vigilancia mayor, constante y adecuada en las fronteras, puertos y aeropuertos del país, así como en los puntos de concentración, distribución y venta de los productos de contrabando, públicamente conocidos y determinados.
En el mismo sentido, se debe perseguir, investigar y sancionar conforme a derecho, a quienes intervienen en algún momento del proceso de contrabando, para generar una conciencia de respeto de la ley y las instituciones del Estado, velando siempre en cada proceso administrativo y judicial la observancia del estado de derecho.
Desde nuestro punto de vista, la reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, resulta inconstitucional, debido principalmente a las siguientes razones:
- Viola el artículo 20 constitucional, en su apartado A, que se refiere a las garantías que cualquier persona debe contar en todo proceso de orden penal, en donde no existe ninguna limitación para su defensa, como es el de informarse de todas las actuaciones que integren la Averiguación Previa, la reforma que se pretende llevar a cabo restringe derecho caprichosamente para que sea el Ministerio Público el que decida cuáles actuaciones pueden ser consultadas y cuales no por el indiciado y su defensor.
- Viola los artículos 14 y 16 constitucionales pues no se cumplen con las formalidades esenciales del procedimiento, ni con el debido proceso a prever la posibilidad de intervenciones telefónicas privadas.
- Se pretende revertir la naturaleza del contrabando para que sea considerado perseguible de oficio y sea contenido en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada con las graves consecuencias que dicha reforma conlleva.
En este caso, el delito de contrabando no es delito del crimen organizado, sino fraude específico a los que se les ha denominado contrabando o equiparable al mismo, pues a través de argucias o maquinaciones el indiciado evade impuestos, sin soslayar el gravísimo daño que dicha evasión ocasiona a la economía nacional.
Sin embargo, al ser delito de resultado material o de daño, el propio Código Fiscal de la Federación establece la obligación para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Procuraduría Fiscal de la Federación formule querella o declaratoria de perjuicio para que el Ministerio Público de la Federación inicie la correspondiente Averiguación Previa y se avoque a la investigación de los hechos.
Consideramos que si se legisla para que el delito de contrabando se persiga de oficio, se generará una gran incertidumbre jurídica para quienes participan en el comercio exterior de manera legal y responsable, pues quedara al arbitrio de la autoridad detener bajo cualquier sospecha a quien sea, creando el ambiente propicio para la corrupción y la extorsión por parte de las autoridades.
En las reformas se debe combatir el contrabando enfocándose en la protección del sector formal, que es quien paga impuestos y se sujeta a un régimen de respeto a la Ley y debe ser una reforma inteligente, eficiente y moderna que no caiga en el absurdo de restringir derechos a la generalidad de la población por carácter de medidas efectivas y que realmente ofrezcan una solución en el marco del estado de derecho.
Incluir el delito de contrabando en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, solo creará un ambiente de terror, de miedo a las operaciones de comercio exterior, encareciendo las mismas y desalentándolas.
Por lo anterior, nos pronunciamos en contra de las reformas, que se pretenden llevar a cabo, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, pues prevén un régimen especial que solo la contempla dicha legislación y ninguna otra ley.
Conclusión
La reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada resulta inconstitucional, debido principalmente a las siguientes razones:
- Viola el artículo 20 constitucional, en su apartado A, que se refiere a las garantías que cualquier persona debe contar en todo proceso de orden penal, en donde no existe ninguna limitación para su defensa, como es el de informarse de todas las actuaciones que integren la Averiguación Previa, la reforma que se pretende llevar a cabo restringe derecho caprichosamente para que sea el Ministerio Público el que decida cuáles actuaciones pueden ser consultadas y cuales no por el indiciado y su defensor.
- Viola los artículos 14 y 16 constitucionales pues no se cumplen con las formalidades esenciales del procedimiento, ni con el debido proceso a prever la posibilidad de intervenciones telefónicas privadas.
- Se pretende revertir la naturaleza del contrabando para que sea considerado perseguible de oficio y sea contenido en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada con las graves consecuencias que dicha reforma conlleva.
Se considera que de aprobarse las reformas propuestas, en el sentido de que el delito de contrabando se persiga de oficio, se generará una gran incertidumbre jurídica para quienes participan en el comercio exterior de manera legal y responsable, pues quedara al arbitrio de la autoridad detener bajo cualquier sospecha a quien sea, creando el ambiente propicio para la corrupción y la extorsión por parte de las autoridades.
Convocatorias
DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS
A su octava reunión plenaria, que tendrá lugar el miércoles 13 de octubre, a las 9 horas, en la zona C del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
a) Lista de asistencia y, en su caso, verificación del quórum.
b) Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
c) Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la séptima reunión plenaria.
d) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la Subcomisión Jurídico-Legislativa de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.
e) Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Javier Manzano Salazar
Presidente
DE LA COMISION DE ECONOMIA
Al seminario México, hacia un modelo de competitividad global, que se efectuará el miércoles 13 de octubre, de las 9 a las 13:30 horas, en el auditorio Carlos Castillo Peraza, situado en el edificio B, planta baja.
Atentamente
Dip. Manuel López Villarreal
Presidente
DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Al foro Energías renovables, que se efectuará el miércoles 13 de octubre, de las 9 a las 16 horas, en el auditorio norte.
Atentamente
Dip. Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán
Presidenta
DE LA COMISION DE POBLACION, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS
Al Foro de análisis sobre la legalidad y consecuencias de considerar el contrabando como delincuencia organizada para la población y sectores económicos, que se verificará el miércoles 13 de octubre, a las 10 horas, en el auditorio del edificio E, planta baja.
Atentamente
Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-BULGARIA
A su reunión de instalación, que se efectuará el miércoles 13 de octubre, a las 10:45 horas, en el salón A del edificio G (Los Cristales).
Atentamente
Dip. Salvador Márquez Lozornio
Presidente
DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL
Al Taller de presupuesto rural 2005, que se realizará el miércoles 13 -de las 11 a las 20:30 horas- y el jueves 14 de octubre -de las 9 a las 21 horas-, en la zona C del edificio G (Los Cristales), en el marco de las Comisiones Unidas del Sector Rural.
Atentamente
Dip. Miguel Luna Hernández
Presidente
DE LA COMISION ESPECIAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO
A su reunión de trabajo, que tendrá lugar el miércoles 13 de octubre, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, primer piso) del Palacio Legislativo.
Orden del Día
1. Presentación de conclusiones de las audiencias públicas Gobernabilidad democrática: ¿qué reforma?, para definir la estrategia por seguir sobre la reforma del Estado.
2. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Manuel Camacho Solís
Presidente
DE LA SECCION INSTRUCTORA
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 13 de octubre, a las 11 horas, en la sede de la Sección Instructora, situada en el edificio F, primer nivel.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Instalación de la sesión.
3. Informe de la Presidencia.
4. Acuerdos.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Horacio Duarte Olivares
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-BÉLGICA
A su reunión de instalación, que se llevará a cabo el miércoles 13 de octubre, a las 11 horas, en la sala de reuniones de la Comisión de Relaciones Exteriores (edificio D, planta baja).
Atentamente
Dip. Raúl Paredes Rangel
Presidente
DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
A su reunión extraordinaria, que se realizará el miércoles 13 de octubre, a las 15 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, segundo nivel).
Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
DE LA COMISION DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 13 de octubre, a las 16 horas, en los salones C y D del edificio G (Los Cristales).
Atentamente
Dip. Gustavo Madero Muñoz
Presidente
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO
A la reunión de trabajo que llevará a cabo con asociaciones municipalistas de México el miércoles 13 de octubre, a las 17 horas, en el salón Libertadores (edificio H, primer piso) del Palacio Legislativo.
Atentamente
Dip. Ramón Galindo Noriega
Presidente
DE LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Al Diplomado en derechos humanos, que tendrá verificativo el miércoles 13 de octubre, a partir de las 17 horas, en el auditorio norte, situado en el segundo piso del edificio A.
Atentamente
Dip. Rebeca Godínez y Bravo
Presidenta
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE DESARROLLO SOCIAL, Y DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL
A la comparecencia de la secretaria de Desarrollo Social, licenciada Josefina Vázquez Mota -sobre la Glosa del IV Informe de Gobierno del Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada-, que se llevará a cabo el miércoles 13 de octubre, a las 17 horas, en el salón Legisladores de la República de la Cámara de Diputados.
Atentamente
Dip. Beatriz Zavala Peniche
Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social
Dip. Francisco Javier Saucedo Pérez
Presidente de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social
DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 13 de octubre, a las 18 horas, en la sala de juntas del sector obrero del grupo parlamentario del PRI, situada en el primer piso del edificio B.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
4. Análisis y, en su caso, aprobación de los proyectos de actas levantadas con motivo de las sesiones de la Comisión realizadas los días 14 y 28 de abril, y 27 de mayo de 2004.
5. Exposición de servidores públicos de la Oficina de Investigación Gubernamental de la Presidencia de la República en relación con la iniciativa sobre seguridad pública presentada por el Ejecutivo federal.
6. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del primer informe semestral de actividades de la Comisión.
7. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen negativo respecto de la iniciativa de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
8. Asuntos generales.
9. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Francisco C. Frías Castro
Presidente
DEL GRUPO DE TRABAJO PARA LA EVALUACION DE PROGRAMAS GUBERNAMENTALES SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN
Al Seminario de programas gubernamentales con reglas de operación, que se realizará el miércoles 13 de octubre, a las 19 horas, en las salas 1 y 2 del edificio B, planta baja.
Atentamente
Dip. Rosario Herrera Ascencio
Presidenta
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GÉNERO
Al panel Mujeres en el poder que, con motivo del 51 aniversario del reconocimiento constitucional del derecho de las mujeres a votar y ser elegidas, se verificará el jueves 14 de octubre, a las 9 horas, en el auditorio del edificio E.
Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta
DE LA COMISION ESPECIAL DE GANADERÍA
A su séptima reunión ordinaria, que se llevará a cabo el jueves 14 de octubre, a las 10 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).
En la reunión se presentarán los proyectos de modificaciones y adiciones a diversas leyes relacionadas con el sector ganadero, así como la propuesta de presupuesto a programas de apoyo a dicho sector para incluirlos en el ejercicio fiscal de 2005.
Atentamente
Dip. Gonzalo Alemán Migliolo
Presidente
DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA
A la presentación del libro El sector agropecuario mexicano frente al nuevo milenio, en coordinación con el Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, que se realizará el jueves 14 de octubre, a las 19 horas, en el auditorio norte del edificio A.
Programa
19:00-19:20 horas: Comentarios del doctor Enrique Serrano Gálvez, director general de Investigación y Postgrado de la Universidad Autónoma Chapingo.
19:20-19:40 horas: Comentarios del maestro Luciano Concheiro, profesor del Postgrado en Desarrollo Rural de la UAM-X.
19:40-20:00 horas: Comentarios del diputado Víctor Suárez Carrera, Presidente del Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural y la Soberanía Alimentaria.
20:00-20:20 horas: Doctora Blanca Rubio, coordinadora del libro. Respuesta a los comentarios.
20:20-20:40 horas: Preguntas y comentarios.
20:40-21:00 horas: Respuesta por parte de los panelistas y los autores.
21:00 horas: Vino de honor.
Atentamente
Dip. Víctor Suárez Carrera
Presidente
DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Al Foro-audiencia pública sobre la iniciativa de Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes, que tendrá verificativo el lunes 18 de octubre, a las 10 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde), situado en el edificio A, segundo nivel.
Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
DE LAS COMISIONES BICAMARAL DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS; DE CULTURA; Y DE REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS
A la conferencia que dictará el doctor Miguel León Portilla sobre Nezahualcóyotl, que tendrá lugar el lunes 18 de octubre, a las 12 horas, en el auditorio del edificio E, con motivo de la aprobación de la inscripción del nombre de esa gran figura de nuestra historia prehispánica en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados.
Atentamente
Dr. Francisco Luna Kan
Director General de Bibliotecas
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES
A su séptima sesión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 19 de octubre, a las 11 horas, en el salón de reuniones de la Comisión (edificio D, planta baja).
Atentamente
Dip. Adriana González Carrillo
Presidenta
DE LA COMISION DE POBLACION, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS
A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva, que se llevará a cabo el 19 de octubre, a las 12 horas, en el salón A del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Análisis y discusión de la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, remitida en la LVIII Legislatura por la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2002 a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y Crédito Público; y ampliado el turno a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios el 27 de abril de 2004.
4. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa
Presidente
DE LA COMISION DE POBLACION, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS
A su reunión de trabajo, que se verificará el 19 de octubre, a las 15 horas, en el lobby del edificio E.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Análisis y discusión de la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, remitida en la LVIII Legislatura por la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2002 a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y Crédito Público; y ampliado el turno a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios el 27 de abril de 2004.
4. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A la vigésima reunión de su Mesa Directiva, que se realizará el martes 19 de octubre, a las 16 horas, en la sala de juntas de la Presidencia de la Comisión.
Orden del Día
1. Verificación de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Revisión de los anteproyectos de dictamen.
5. Acuerdos.
Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA
A la comparecencia del secretario de la Reforma Agraria, ciudadano licenciado Florencio Salazar Adame, que tendrá lugar el martes 19 de octubre, a las 17 horas, en el salón Legisladores de la República, en el marco de la Glosa del Cuarto Informe de Gobierno.
Atentamente
Dip. Manuel García Corpus
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A su decimotercera reunión plenaria, que se realizará el martes 19 de octubre, a las 17 horas, en las salas 1 y 2 del edificio B, planta baja.
Orden del Día
1. Verificación de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Desahogo de punto de acuerdo con funcionarios de las Secretarías de Salud, y de Educación Pública.
Concluye reunión con funcionarios de comisiones unidas, e inicia reunión plenaria.
4. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
5. Lectura y, en su caso, aprobación de los asuntos turnados a la Comisión de Salud.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA
A su reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 20 de octubre, a las 10 horas, en el salón A del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura y aprobación del orden del día.
4. Minuta:
Sobre la Procuraduría Agraria (dictaminar).
5. Iniciativas:
5.1. Reforma al artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios (dictaminar); y
5.2. Reforma al artículo 94 de la Ley Agraria, en materia de expropiación (información avances).
6. Punto de acuerdo:
Para solicitar la comparecencia de diversos funcionarios ante la problemática en la zona selva Lacandona (información).
7. Comparecencia del C. secretario de la Reforma Agraria en la Glosa del Cuarto Informe de Gobierno (información).
8. Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005 (información).
9. Asuntos generales:
9.1. Página web de la Comisión.
Atentamente
Dip. Manuel García Corpus
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MEXICO-POLONIA
A su reunión de instalación, que se efectuará el miércoles 20 de octubre, a las 13 horas, en el salón de protocolo del edificio A.
Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
A su vigésima reunión ordinaria, que se verificará el miércoles 20 de octubre, a las 15 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, segundo nivel).
Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
DE LA COMISION DE ASUNTOS INDÍGENAS
A la reunión de trabajo que sostendrá con la secretaria de Desarrollo Social, licenciada Josefina Vázquez Mota, el miércoles 20 de octubre, a las 17 horas, en el salón de protocolo situado en el edificio A, planta principal, del Palacio Legislativo.
Atentamente
Dip. Javier Manzano Salazar
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A la 2ª jornada de vacunación contra la hepatitis B, que se realizará el jueves 21 de octubre, de las 9 a las 21 horas, en el vestíbulo del edificio E.
Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL
A petición de los diputados integrantes de la Junta Directiva de ésta Comisión, se modifica la fecha de la convocatoria a la séptima reunión plenaria, la cual se llevará a cabo el próximo viernes 22 de octubre a las 9:30 horas, en el salón B del edificio G del restaurante Los Cristales.
Se recuerda a los CC. diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal que, de acuerdo con la práctica que se sigue en esta Comisión, se da un término de 20 minutos de espera para que haya quórum y, en su caso, iniciar la sesión.
Orden del Día
1. Bienvenida
2. Lista de asistencia y verificación del quórum.
3. Dar cuenta del proyecto de modificación del Estatuto del Distrito Federal para dotar de personalidad jurídica y patrimonio a las delegaciones.
4. Dar cuenta de la propuesta con punto de acuerdo mediante el cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicita se realicen acciones que incrementen sustancialmente el presupuesto de salud asignado al Gobierno del Distrito Federal.
5. Dar cuenta del acuerdo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal relativo a la desconcentración educativa integral para el Distrito Federal para que no solo se transfiera a las entidades locales los servicios educativos, sino también la administración de los recursos financieros necesarios para una educación pública de calidad.
6. Dar cuenta del punto de acuerdo para reiterar al Congreso de la Unión el exhorto a que se incluya al Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para el ejercicio fiscal de 2005. Remite la Asamblea del Distrito Federal.
7. Dar cuenta de la iniciativa que reforma el inciso a) del sexto párrafo del artículo 37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, presentada por el diputado Jorge Legorreta Ordorica del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
8. Dar cuenta de la iniciativa que adiciona un artículo decimoséptimo transitorio al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, presentada por el diputado Jorge Legorreta Ordorica del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
9. Fecha de instalación y programa de trabajo para las diversas subcomisiones.
10. Metodología para integrar los trabajos y hacer más eficiente su desempeño.
11. Informe sobre las conferencias magistrales durante el mes de septiembre.
12. Asuntos generales.
13. Clausura.
Atentamente
Dip. José Agustín Ortiz Pinchetti
Presidente
DE LA COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE COADYUVAR Y DAR SEGUIMIENTO A LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DE DESARROLLO REGIONAL DEL SUR-SURESTE DE MÉXICO
A su novena sesión ordinaria, que tendrá verificativo el miércoles 27 de octubre, a las 10 horas, en el salón Fundadores (edificio H, cuarto piso) del Palacio Legislativo.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Lectura y, en su caso, aprobación del informe de actividades de la Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional del sur-sureste de México correspondiente al periodo abril-diciembre de 2004.
5. Propuesta de proyectos adicionales para el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005, en materia de desarrollo regional del sur-sureste de México.
6. Seguimiento a la iniciativa por la que se reforma y adiciona la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos a fin de que la Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional del sur-sureste de México adquiera el carácter de comisión ordinaria.
7. Asuntos generales.
8. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Ángel Alonso Díaz-Caneja
Presidente
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A la reunión de su Junta Directiva, que se efectuará el jueves 28 de octubre, a las 8:30 horas, en el salón A del edificio G (Los Cristales).
Atentamente
Dip. Miguel Alonso Raya
Presidente
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión ordinaria, que se efectuará el jueves 28 de octubre, a las 16 horas, en el salón E del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, de las actas de las reuniones realizadas los días 24 y 25 de agosto, y 2 de septiembre de 2004.
4. Anteproyecto de opinión de la Comisión de Seguridad Social a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública en relación con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, en materia de seguridad social.
5. Informe de los grupos de trabajo de la Comisión de Seguridad Social.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Dip. Miguel Alonso Raya
Presidente
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión de trabajo con el presidente de la Consar, que se efectuará el jueves 4 de noviembre, a las 17 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
1. Registro de asistencia.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Presentación a cargo del licenciado Mario Gabriel Budebo, presidente de la Consar.
4. Sesión de preguntas y repuestas.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Dip. Miguel Alonso Raya
Presidente