- De la Presidencia de la Comisión Permanente del H. Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos que funciona durante el Primer Periodo de Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura.
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DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL H. CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS QUE FUNCIONA DURANTE EL PRIMER PERIODO DE RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA LIX LEGISLATURA
De conformidad con los artículos 121 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 174 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se cita a las Senadoras y Senadores de la República y a las Diputadas y Diputados Federales integrantes de la Comisión Permanente que funciona durante el Primer Periodo de Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura, a la sesión que se celebrará el próximo martes 23 de diciembre de 2003 a las 17:00 horas, en el salón Legisladores de la República.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de diciembre de 2003.
El Presidente de la Comisión Permanente
Dip. Juan de Dios Castro Lozano (rúbrica)
ACTA DE LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNION, CELEBRADA EL MIERCOLES DIECISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES, CORRESPONDIENTE AL PRIMER RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGESIMA NOVENA LEGISLATURA
Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano
En el Salón Legisladores de la República de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con la asistencia de treinta y tres legisladores, a las once horas con treinta y tres minutos del miércoles diecisiete de diciembre dos mil tres, el Presidente declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día.
La Secretaría da lectura al acta de la sesión de instalación y la Asamblea la aprueba en votación económica.
Comunicación de la Secretaría de Cultura del gobierno del Distrito Federal por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del centésimo octogésimo séptimo aniversario luctuoso del Generalísimo José María Morelos y Pavón. Se designa comisión para representar a la Comisión Permanente.
La Secretaría da lectura a una iniciativa suscrita por legisladores de los diversos grupos parlamentarios, con proyecto de decreto por el que se convoca al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Receso del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.
La Asamblea, en votación económica, dispensa todos los trámites a la iniciativa.
A discusión en lo general, hablan en pro las diputadas Minerva Hernández Ramos y María de los Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática.
La Asamblea considera suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general en votación económica.
El Presidente informa que se reserva para su discusión en lo particular el artículo tercero del proyecto de decreto.
La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por treinta y cinco votos en pro y ninguno en contra.
Para referirse al artículo tercero del proyecto de decreto reservado, se concede la palabra a la diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática, y propone una adición que la Asamblea desecha en votación económica; y al diputado Luis Antonio Ramírez Pineda, del Partido Revolucionario Institucional, quien propone dos adiciones que la Asamblea admite en sendas votaciones económicas.
Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, en votación económica la Asamblea considera suficientemente discutido el artículo tercero reservado, mismo que se aprueba, con las adiciones admitidas, por treinta y seis votos en pro.
El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el decreto que convoca al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Receso del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
El Presidente informa de la recepción de una iniciativa suscrita por legisladores del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes: del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto sobre la Renta, del Seguro Social y de la Ley Federal de Derechos; se expiden la Ley del Impuesto a la Comercialización de Bienes y Servicios Específicos y la Ley de los Impuestos a las Ventas y Servicios al Público; y se establecen diversos subsidios, y la turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.
Desde su curul el diputado Rogelio Humberto Rueda Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, hace comentarios en relación con la iniciativa de referencia y el Presidente informa que ha sido turnada.
Desde su curul la diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática, solicita se distribuya copia de la iniciativa presentada y el Presidente instruye atender la solicitud.
El Presidente informa de la recepción de un escrito del coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, por el que comunica cambios de diputados de ese grupo en las comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Turismo y de Comunicaciones, al que la Secretaría da lectura. Se turna a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente levanta la de hoy a las doce horas con veinte minutos e informa que con oportunidad se citará a la próxima sesión.
HONORABLE ASAMBLEA:
A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que remite la Honorable Cámara de Senadores con oficio número I-473.
Estas Comisiones, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70 párrafo primero, 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por los artículos 39, 40 y 45 numeral 6 incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 60, 62, 63, 65, 85, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen, enunciando a continuación los siguientes:
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 09 de diciembre de 2003 el Senador Carlos Chaurand Arzate Vicepresidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Senadores, suscribió oficio por el que remite a los CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el expediente que contiene Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 22, numeral 1; 24, numeral 1, inciso b); 28, numeral 1, inciso a); 35, numeral 1, inciso a); 38, numeral 1, inciso d); y se adiciona un numeral 2 al artículo 30 y un numeral 4 al artículo 56, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
2.- Con fecha 11 de diciembre de 2003 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha Minuta Proyecto de Decreto se turnara a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana.
3.- Habiendo sesionado por separado las Comisiones de Gobernación y de Participación Ciudadana acuerdan someter a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el presente Dictamen.
En tal virtud se procede a analizar la Minuta Proyecto de Decreto, formulando las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 41 que, el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión, y que la renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas. Ahora bien, los instrumentos jurídicos que los ciudadanos tienen para acceder al ejercicio del poder son precisamente los partidos políticos, a los que la Carta Magna les concede la calidad jurídica de entidades de interés público.
Establece también la norma constitucional, que los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con lo programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.
De lo anterior se infiere la importancia que nuestra legislación concede a los partidos políticos en el desarrollo de la vida democrática del país y corresponde a esta soberanía perfeccionar las normas secundarias con el fin de adecuar el texto legal a la realidad nacional, ésto es, establecer los mecanismos jurídicos para que los partidos políticos cuenten con una auténtica y real representatividad.
2.- En este sentido la Cámara de Diputados retoma conceptos expresados en la Iniciativa que dio origen a la Minuta Proyecto de Decreto materia de este estudio, resultando que:
La Iniciativa refiere que es una característica singular de la democracia en México durante la última década, la evolución de sus instituciones políticas y de los ordenamientos legales que regulan los procesos electorales, propiciando un sistema político pluripartidista.
Dice también que el cambio que vive México es irreversible, que es necesario consolidar el ejercicio de libertades y avanzar en la modernización de nuestras instituciones fundamentales. Sin embargo, es indispensable que ese ejercicio se fundamente en organizaciones políticas que respondan de manera responsable a las verdaderas preferencias de los ciudadanos, a fin de fomentar una participación consciente en los procesos políticos del país y fortalecer la transición democrática que actualmente se está dando en nuestro sistema político nacional.
De este modo, sigue diciendo la iniciante, los partidos políticos, como instrumentos de la sociedad para el ejercicio de la democracia se convierten en instituciones de la mayor importancia. Hasta aquí la argumentación citada en la Iniciativa.
En efecto estas Comisiones camerales conscientes de la importancia de consolidar nuestro régimen de libertades y participación ven en los partidos políticos una expresión real y auténtica de la pluralidad de la sociedad, en consecuencia encontramos que es necesario revisar el conjunto de requisitos para constituirse como partido político nacional, instrumentando los mecanismos normativos adecuados para conseguir la certidumbre que la sociedad requiere en esta figura jurídica.
No pasa desapercibido para esta Cámara de Diputados que la Iniciativa que dio origen a la Minuta sujeta a estudio, propone reformar los artículos 24, numeral 1, inciso b); 28, numeral 1, inciso a); 38, numeral 1, inciso d); 49, numeral 8, inciso a); y propone adicionar el 30 con un numeral 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
3.- El Dictamen que elaboran las Comisiones Senatoriales recoge el sentido de la Iniciativa, pero va más allá para establecer como presupuesto previo que solamente las agrupaciones políticas nacionales son las que puedan constituirse en partidos políticos, retirando los términos organización o agrupación política a que se refiere el artículo 22 del código en comento.
Como se ha dicho anteriormente, el establecimiento de estos requisitos nos permite contar con partidos políticos de auténtica representatividad y por ello la Cámara de origen establece en la Minuta aumentar el número de entidades federativas y de distritos electorales uninominales en los que debe tener afiliados la agrupación política nacional que pretenda constituirse en partido político.
Cabe resaltar en este punto que la Iniciativa propone contar con 3,000 afiliados en por lo menos 15 entidades federativas o bien tener 300 afiliados en por lo menos 150 distritos electorales uninominales, proponiendo que en ningún caso el número total de sus afiliados en el país pueda ser inferior al 0.13 por ciento del padrón electoral federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud. Sin embargo el Senado aprobó que sea en 20 entidades federativas o en su caso 200 distritos electorales uninominales como requisito y del 0.13 por ciento que establece el artículo 24 del código de la materia lo lleva al 0.26 por ciento para darle cohesión y proporcionalidad a la reforma.
Otro de los aspectos relevantes que contiene la Minuta lo apreciamos en el artículo 28, al establecer que sólo el Instituto Federal Electoral a través de un funcionario, certificará el cumplimiento de los requisitos a que se refieren las fracciones I y II del inciso a) numeral 1 de dicho precepto, derogando la disposición de que pueda ser un juez municipal, de primera instancia o de distrito o un notario público como lo establece el código electoral actualmente. Reforma que concreta la especialización de la función electoral.
4.- Estas Comisiones de la Cámara revisora coinciden en el sentido de la reforma; en el texto establecido; y en la técnica legislativa empleada, sin embargo advertimos la necesidad de realizar modificaciones adicionales a los artículos 24, numeral 1; 28, numeral 1; 29, numeral 1 y 30 , numeral 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales a fin de establecer una homologación de términos y conceptos acordes con la reforma que la Minuta establece en el artículo 22, es decir sustituir el término "organización" por el de agrupación política nacional y de que exista concordancia en los términos empleados, con el objeto de evitar interpretaciones diferentes del texto legal.
A mayor abundamiento recogemos como argumentación para establecer esta modificación adicional concordante con la Minuta aprobada por el Senado de la República, el concepto establecido en el numeral 2 del artículo 3 del código electoral, que dispone que la interpretación de estas normas se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución General de la República, y es responsabilidad de los órganos legislativos ser bien claros en el texto de la norma jurídica, a fin de evitar en lo posible interpretaciones que no correspondan al espíritu y sentido de la reforma, es por lo que proponemos esta modificación al Pleno de la Cámara de Diputados y que en el caso de ser aprobada, deberá seguir el procedimiento a que se refiere el artículo 72, inciso e) Constitucional.
Así también este Dictamen se refiere a la necesidad de modificar el texto de la Minuta en el numeral 2 que adiciona al artículo 30, cuando se refiere al proceso de verificación de los documentos para constituirse en partido político en donde la Minuta establece como instrumento a verificar al Padrón Electoral que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la solicitud de que se trate. Sin embargo y a fin de no conculcar los derechos de quienes se encontraren en el supuesto de una inscripción reciente, específicamente de los jóvenes, este Dictamen propone al Pleno de la Cámara de Diputados que la redacción sea sustituida para referirse al Padrón Electoral Federal "actualizado a la fecha de" la presentación de la solicitud de que se trate.
Atendiendo a lo anteriormente expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana nos permitimos poner a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de:
DECRETO:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 22 numeral 1; 24, numeral 1, inciso B); 28, numeral 1, inciso A); 29, numeral 1; 30, numeral 1; 35, numeral 1, inciso A); 38, numeral 1, inciso D); y se adiciona el artículo 30 con un numeral 2 y el artículo 56 con un numeral 4, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo22.-
1.- La agrupación política nacional que pretenda constituirse en partido político para participar en las elecciones federales deberá obtener su registro ante el Instituto Federal Electoral.
Artículo 24.-
1.- Para que una agrupación política nacional pueda ser registrada como partido político nacional, deberá cumplir los siguientes requisitos:
b) Contar con 3,000 afiliados en por lo menos 20 entidades federativas, o bien tener 300 afiliados, en por lo menos 200 distritos electorales uninominales, los cuales deberán contar con credencial para votar con fotografía correspondiente a dicha entidad o distrito, según sea el caso; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus afiliados en el país podrá ser inferior al 0.26 por ciento del Padrón Electoral Federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate.
1.- Para constituir un partido político nacional, la agrupación política nacional interesada notificará ese propósito al Instituto Federal Electoral entre el 1o. de enero y el 31 de julio de año siguiente al de la elección y realizará los siguientes actos previos tendientes a demostrar que se cumple con los requisitos señalados en el artículo 24 de este Código:
I. a II. .......
b).......
2 a 3. ...........
1.- Una vez realizados los actos relativos al procedimiento de constitución de un partido político nacional, la agrupación política nacional interesada, en el mes de enero del año anterior al de la elección, presentará ante el Instituto Federal Electoral la solicitud de registro, acompañándola con los siguientes documentos:
1.- El Consejo General del Instituto, al conocer la solicitud de la agrupación política nacional que pretenda su registro como partido político nacional, integrará una Comisión para examinar los documentos a que se refiere el artículo anterior a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos y del procedimiento de constitución señalados en este Código. La Comisión formulará el proyecto de dictamen de registro.
2.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral por conducto de la comisión a que se refiere el párrafo anterior, verificará la autenticidad de las afiliaciones al nuevo partido, ya sea en su totalidad o a través del establecimiento de un método aleatorio, conforme al cual se verifique que cuando menos el 0.026 por ciento corresponda al padrón electoral actualizado a la fecha de la solicitud de que se trate, cerciorándose de que dichas afiliaciones cuenten con un año de antigüedad como máximo dentro del partido político de nueva creación.
Artículo 35.-
1.- Para obtener el registro como agrupación política nacional?
1. .........
d) Ostentarse con la denominación, emblema y color o colores que tengan registrados, los cuales no podrán ser iguales o semejantes a los utilizados por partidos políticos nacionales ya existentes;
e) a s) ..........
Artículo 56.-
1. a 3. .......
4. No podrán realizar un frente, coalición o fusionarse los partidos políticos nacionales durante su primera elección federal inmediata posterior a su registro como partido político nacional.
TRANSITORIO
UNICO.-El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil tres.
Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora, Presidente (rúbrica); Francisco Cuauhtémoc Frías Castro, secretario (rúbrica); Claudia Ruiz Massieu Salinas, secretaria; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, secretaria (rúbrica); Miguelángel García-Domínguez, secretario (rúbrica); Maximino Alejandro Fernández Avila, secretario (rúbrica); José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica); Fernando Alvarez Monje (rúbrica); Omar Bazán Flores (rúbrica); Pablo Bedolla López (rúbrica); Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica); José Luis Briones Briceño (rúbrica); Socorro Díaz Palacios; Luis Eduardo Espinoza Pérez; Fernando Fernández García (rúbrica); Patricia Garduño Morales (rúbrica); José González Morfín (rúbrica); Jesús Porfirio González Schmal; Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza; Pablo Alejo López Núñez (rúbrica); Germán Martínez Cázares (rúbrica); Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica); Rubén Mendoza Ayala (rúbrica); Consuelo Muro Urista (rúbrica); Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica); José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti; María Sara Rocha Medina (rúbrica); Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica); Sergio Vázquez García (rúbrica); Wintilo Vega Murillo (rúbrica).
Comisión de Participación Ciudadana, diputados: Jaime Miguel Moreno Garavilla, Presidente (rúbrica; voto particular); Juan Bustillos Montalvo, secretario (rúbrica); María del Carmen Izaguirre Francos, secretaria (rúbrica; abstención); María Angélica Ramírez Luna, secretaria (rúbrica); Susana Guillermina Manzanares Córdova, secretaria (rúbrica en contra); Francisco Javier Alvarado Villazón (rúbrica); Virginia Yleana Baeza Estrella (rúbrica); Oscar Bitar Hadad (rúbrica); José Luis Briones Briseño (rúbrica); Santiago Cortés Sandoval; María del Carmen Escudero Fabre (rúbrica); Rogelio Franco Castán; Jorge Fernando Franco Vargas (rúbrica); María Elba Garfias Maldonado; Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica); Magdalena Adriana González Furlong (rúbrica); José Julio González Garza (rúbrica); Alfonso González Ruiz; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica; abstención); Marco Antonio Gutiérrez Romero; Omar Ortega Alvarez; María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica); Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica); Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica); Rosario Sáenz López (rúbrica); Norma Patricia Saucedo Moreno (rúbrica); Edgar Torres Baltasar; Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica); Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica); Omar Bazán Flores (rúbrica).
DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICA LA SIGUIENTE LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS
SECRETARIA GENERAL
ASISTENCIA DE LA SESION DEL PERIODO EXTRAORDINARIO DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2003
PARLAMENTARIO |
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POR CEDULA |
COMISION |
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JUSTIFICADA |
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Listado de Asistencia día 20 de diciembre de 2003 doc
Listado de Inasistencias día 20 de diciembre de 2003 doc
Nota: Las diferencias que existen entre las listas de asistencia y el número de votos pueden variar conforme a los diputados presentes al momento de la votación.
Dentro de 6 días se publicarán las inasistencias justificadas respecto a la presente lista.
DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA, ANUAL DE TRABAJO
La Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados, previo análisis, discusión, modificaciones y aportaciones de sus integrantes, presenta su programa de trabajo, a fin de dar cumplimiento al marco jurídico en la materia.
Marco Jurídico
La existencia de las Comisiones encuentra su fundamento constitucional en el último párrafo del artículo 71, el cual les asigna una función eminentemente dictaminadora, así como en el inciso i) del artículo 72 del propio ordenamiento, que prescribe que las comisiones tendrán un mes para presentar dictamen sobre los asuntos que les sean turnados; igualmente, se prevé que las Comisiones tienen a su cargo realizar el control evaluatorio sobre el estado que guarda la administración pública, de conformidad con el artículo 93 constitucional.
Las disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos encomiendan a las Comisiones funciones de dictamen y, adicionalmente, se crean para cumplir con una formalidad de investigación y requerir información a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Asimismo, tienen facultades para entrevistarse con los servidores públicos, de tal forma que puedan allegarse información para el análisis de los asuntos que se les encomiendan.
En el caso de la Cámara de Diputados, el Capítulo Sexto de la Ley Orgánica en cita, regula la integración y actividad de las Comisiones y los Comités; respecto de las primeras, las divide en diversos tipos, ubicándose dentro de las ordinarias, la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía. En términos generales, la regulación sobre las Comisiones se encuentra en los artículos 39 al 45 del ordenamiento de referencia.
Entre las tareas que tienen encomendadas se encuentran:
f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; y
g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia.
La variedad de responsabilidades que debe cumplir la Cámara de Diputados deriva, de manera lógica, en el trabajo que se les asigna a las Comisiones; por otra parte, la práctica legislativa les asigna una importante participación en el análisis del Informe que de su ejercicio de Gobierno presenta anualmente el titular del Poder Ejecutivo Federal ante el Congreso de la Unión. Asimismo, realizan un trabajo permanente a lo largo de la legislatura que no se interrumpe en los recesos legislativos.
El trabajo en Comisiones permite organizar y dividir las tareas de la Cámara; organiza y sistematiza los asuntos que se reciben ante el Pleno, de manera que se puedan conocer en situación de que la Cámara se pronuncie sobre ellos en forma segura y ordenada; condensa las posiciones y opiniones que se generen en torno a una propuesta, de manera que sus motivos se puedan conocer y razonar a través de un análisis fundado y motivado; tiene una considerable actividad de campo que les permite el trato directo con el asunto que está bajo su estudio, es decir, no se limita únicamente a un análisis de gabinete, sino que procura la recopilación de información directa y especializada que sirva para fundar sus resoluciones.
En ese sentido, debemos tener presente que las materias que corresponde analizar a esta Comisión, por razones metodológicas, se tienen que dividir en dos partes: por un lado, la radio y la televisión, y por otro, la cinematografía. Respecto del primer rubro, se tiene que subdividir la materia en lo concerniente al sistema abierto y al sistema restringido.
Realizada esta separación, es necesario detallar cuáles son los temas que se tienen que abordar:
Radio y televisión
C. Convergencia tecnológica de la radio y televisión abiertas.
D. Uso de la banda "L".
E. Tratados bilaterales e internacionales en materia de radiodifusión.
F. Radio Satelital Digital (DARS).
G. Estudio de estaciones que operan sin concesión, permiso o ambos.
H. Análisis de la actividad de la AMARC.
I. Caso Imer (concesiones).
J. Caso Cerro del Chiquihuite.
K. Lineamientos de clasificación para televisión restringida.
L. Canales reservados al Estado en televisión de paga.
C. Política de fortalecimiento del cine nacional.
D. Derechos de autor en materia cinematográfica.
E. Inconstitucionalidad del peso en taquilla.
F. Comisión Binacional México-Estados Unidos.
G. Festival de Cine.
Esta Comisión recibió un informe completo de las actividades de la anterior, correspondiente a la LVIII Legislatura, el cual fue entregado a todos los integrantes de la Comisión.
En dicho informe se comenta que la principal aportación de la mencionada Comisión, consistió en haber logrado sentar las bases para una eventual reforma a la legislación en materia de radio y televisión, participando activamente en la Mesa de Diálogo para la Revisión Integral de la Legislación de los Medios Electrónicos, convocada por la Secretaría de Gobernación. Se señala también que las propuestas acordadas en dicha Mesa de Diálogo fueron integradas a la discusión que se llevó a cabo en el seno de la Comisión, para el análisis de las iniciativas turnadas.
En materia de cinematografía, se destaca el trabajo de cabildeo realizado para lograr la aprobación anual del presupuesto para el Fidecine y la aprobación de la disposición legal por virtud de la cual los industriales del sector deben aportar un peso por cada boleto vendido, a los fondos que establece la ley y que apoyan los proyectos de películas nacionales.
Sin embargo, aún cuando varios temas se abordaron, no cristalizaron en leyes o decretos. Entre ellos, podemos mencionar los relacionados con las 20 Iniciativas de reformas y adiciones a las Leyes de la materia, que fueron turnadas a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la LVIII Legislatura, relativas a las siguientes materias:
2. Iniciativa de reformas a la Ley Federal de Cinematografía;
3. Iniciativa para reformar la Ley General de Salud;
4. Iniciativa de reformas a los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
5. Iniciativa de Ley General para la Regulación y Control de la Publicidad Gubernamental en materia de Prensa, Radio y Televisión;
6. Iniciativa de Ley de Garantías a las Libertades de Expresión e Información y del Derecho a la Información, Reglamentaria de los Artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
7. Iniciativa de Ley Federal de Radio y Televisión.
De igual manera, se hace necesario fiscalizar el reparto, uso y destino de los tiempos oficiales en radio y televisión, con el ánimo de promover la protección civil, la difusión de programas sociales y la orientación al público.
Por otra parte, en materia de cinematografía debe realizarse un análisis profundo que permita fomentar la producción y la inversión en este sector, mediante un sistema de estímulos e incentivos fiscales, revisando también los aspectos relativos al Fidecine, Foprocine y el llamado "peso en taquilla".
Hoy estamos en nuevo siglo, donde el desarrollo tecnológico en materia de comunicación e informática no tiene más límites que la imaginación; donde el acceso a Internet y otros medios electrónicos se convierte en algo rutinario para millones de personas.
Estamos sin duda en el umbral de un desarrollo científico y tecnológico sin precedentes. Los cambios que antes se producían en generaciones o en décadas, hoy se logran y consolidan en cuestión de años o en meses.
Por ello, el presente programa de trabajo tiene como principal objetivo el que esta Comisión promueva todas las acciones tendientes a lograr el consenso necesario para impulsar el desarrollo de las industrias de radiodifusión y cinematografía nacionales.
Indudablemente, este programa deberá estar sujeto a una revisión permanente, ajustándolo a los cambios y necesidades que vayan surgiendo, consecuencia de la constante innovación tecnológica que estamos viviendo en esta materia.
Objetivos de la Comisión
La Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía tiene como objetivos principales los siguientes:
2. Recibir, analizar y dictaminar sobre cualquier iniciativa de ley, decreto o modificaciones y reformas presentados al pleno de la Cámara de Diputados, relacionados con Radio, Televisión y Cinematografía.
3. Dar seguimiento al artículo 76, fracción I de la Constitución que establece como una facultad exclusiva del Senado "aprobar los tratados internacionales y las convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión". Lo anterior, referido a tratados o convenios relacionados con Radio, Televisión y Cinematografía.
Acciones
Analizar toda la legislación vigente en materia de radio, televisión y cinematografía, para buscar su permanente actualización, de acuerdo con las necesidades que va planteando el desarrollo nacional e internacional.
Relacionarse con todas las instituciones, dependencias y organismos educativos, científicos y de investigación, y con el sector productivo nacional, para impulsar los cambios e iniciativas que requiera el desarrollo de la radio, televisión y cinematografía.
Analizar las necesidades de presupuesto en la materia, para impulsar su elevación y adecuada distribución.
Los demás asuntos relacionados que le sean encomendados por el pleno de la Cámara de Diputados, la Mesa Directiva y la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
Agenda Legislativa
1. Analizar el tercer Informe de Gobierno en lo referente al ámbito de su competencia, para preparar un documento de conclusiones, con la evaluación de la Comisión.
2. Citar a los servidores públicos de la Administración Pública Federal, relacionados con las tareas de radio, televisión y cinematografía.
3. Analizar el proyecto de reformas a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, en lo relativo, a las disposiciones que impacten con los sectores relacionados a nuestra materia.
4. Establecer un programa de reuniones con los diversos sectores que forman los ámbitos de la radio, televisión y cinematografía, para mantener actualizados a los miembros de la Comisión sobre los temas relevantes en la materia, como concesionarios, permisionarios, productores, distribuidores, exhibidores, cámaras industriales y sindicatos.
5. Visitar instalaciones de radio, televisión (públicas y privadas); así como, áreas cinematográficas (estudios, centro de capacitación, salas), así como entidades federativas, para analizar sus características y condiciones que permita valorar si es posible destinar recursos locales a la producción de cine nacional.
6. Organizar o asistir a conferencias, seminarios o talleres sobre temas relacionados, tanto a nivel nacional, como internacional.
7. Revisar los documentos relativos a foros, consultas y mesas de trabajo realizados en otras Legislaturas.
8. Establecer diagnósticos sobre la situación de la radio, televisión y cinematografía en México y hacer estudios sobre temas específicos.
9. Análisis de la situación jurídica de las radiodifusoras denominadas "comunitarias" (sic), logrando ubicar su función en el marco normativo vigente.
10. Reunión con la Comisión de Comunicaciones y Transportes del Senado, a fin de analizar sus avances en la adecuación del marco jurídico.
11. Vigilar el debido cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006, en lo concerniente a la materia.
12. Revisar las iniciativas de ley o modificaciones, a las distintas normas jurídicas de las ramas de Radio, Televisión y Cinematografía, que se encuentran en el informe final de la Comisión conformada en la LVIII Legislatura y las que se presenten.
13. Analizar y revisar todas las legislaciones de otros países sobre la materia, para conocer e intercambiar experiencias y buscar la adecuación y actualización de nuestra legislación vigente.
14. Establecer convenios y acuerdos de colaboración en materia de apoyo y asesoría para esta Comisión, con todos los centros e institutos educativos y de investigación nacionales.
15. Realizar el foro "El Nuevo Marco Jurídico de los Medios de Comunicación", dirigido a la sociedad en general, servidores públicos federales y estatales, concesionarios y permisionarios, y especialistas en la materia.
16. Realizar el foro "Cine Mexicano: Realidad, Perspectivas y Alternativas para su Fortalecimiento".
17. Estudio sobre el establecimiento de la figura de los medios públicos del Estado.
18. Establecimiento de Subcomisión de Análisis y Clasificación de las Iniciativas a la LFRT o creación de tres Subcomisiones: Radio, Televisión y Cinematografía. Se evaluará más adelante su establecimiento, toda vez, analizados diversos temas de la materia y llevado a cabo reuniones con los sectores involucrados.
19. Elaboración de una propuesta de "Política de Fortalecimiento del Cine Nacional".
20. Analizar y en su caso, considerar una reforma a la Ley Federal de Cinematografía.
21. Realizar los estudios pertinentes sobre la naturaleza y funciones de las agencias de noticias públicas y privadas, considerando su vinculación que tienen con la radio y la televisión.
22. Analizar la normatividad del Canal del Congreso de la Unión; así como, tener reuniones de comisiones unidas, con la Comisión Bicamaral, para abordar el tema.
(Aprobado en la sesión plenaria de la Comisión, realizada el martes 16 de diciembre de 2003.)
Comunicado, con carácter de urgente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que presenta la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, a efecto de que el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal 2004 se considere un incremento al gasto de las dependencias que ejecutan programas sociales de vital importancia, muy especialmente aquellos que tienen que ver con la atención de la población en situación de vulnerabilidad.
Dip. Fed. Francisco Rojas Gutiérrez
Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
Presente
Los CC. legisladores federales que suscribimos la presente, Mesa Directiva y miembros integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Quincuagésima Novena Legislatura de esta H. Cámara de Diputados, atenta y respetuosamente comunicamos a usted lo siguiente:
Cuando existe una sensibilidad compartida por los legisladores, tal y como se manifestó en el apoyo al otorgar un día de dieta y se invitara a mandos medios y superiores de ésta soberanía a colaborar con la noble y loable causa del Teletón,1 en la cual quedó patente la alta disposición personal, institucional y pecuniaria; con esa voluntad, consideramos que ahora es el momento oportuno para retomar la guía y ayuda en atención y apoyo a los órganos e instituciones gubernamentales creados para la atención de la población en situación de vulnerabilidad, a fin de proporcionarles un presupuesto acorde con los principios de racionalidad, transparencia y eficacia, en congruencia con los objetivos de la política de gasto público para 2004.2
Ello, en razón de dos vertientes que invariablemente deben ser consideradas. En primer lugar, un presupuesto que mínimamente sea acorde con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) con la finalidad de mantener al menos el poder adquisitivo del año anterior y, en segundo lugar, de las obligaciones de las dependencias e instituciones involucradas.
Exposición de Motivos
La vulnerabilidad se define como un fenómeno multidimensional que da cuenta de los sentimientos de riesgo, inseguridad, indefensión y desventaja.3 De ahí que generalmente se acepta que forman parte de los grupos vulnerables las niñas, los niños y adolescentes en situación de riesgo social, las personas con discapacidad, los adultos mayores y la mujer pobre jefe de hogar con niños a su cargo y responsables del sostenimiento familiar, entre otros grupos (Véase anexo 1).
En este sentido, se están implementando políticas públicas en atención de los grupos vulnerables a través de diferentes instancias tales como la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), la Secretaría de Salud (SSA), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), organismos descentralizados y organizaciones de la sociedad civil; Trabajo que, en definitiva, no resulta conveniente que sea desvirtuado por un presupuesto no sólo austero, sino además, inoperable (Véase Anexo 2).
Al respecto cabe hacer mención que no son grupos vulnerables, por así decirlo, pequeños o minoritarios. Prueba de ello es lo siguiente:
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), 2.3 por ciento de la población total posee alguna discapacidad, sin embargo, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se trata de más del 9 por ciento de la población. La problemática de este grupo se refleja en el hecho de que sólo 45 por ciento de la población con discapacidad tenía derechohabiencia a servicios de salud; sabían leer y escribir 67 por ciento de los mayores de 15 años; de las personas de 6 a 29 años, 34.5 por ciento asistían a la escuela; y participaban en actividades económicas 25 de cada 100 personas de 12 años y más con alguna discapacidad.7
Actualmente en nuestro país hay 7 millones 627 mil personas con 60 años o más, esto es, el 7.32 por ciento de la población total con un crecimiento demográfico que, en promedio anual, asciende 583 mil adultos mayores más al año.8
Propuesta Presupuestal para la Atención a Grupos Vulnerables
Por lo expuesto y con base en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal 2004 (Véase Anexo 3), las diputadas y diputados que integramos la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables hacemos a usted la propuesta siguiente, a efecto de se sirva tomarla en consideración en el proyecto respectivo.
Primero.- Que se incremente el presupuesto en, al menos, la inflación estimada para el presente año por el Banco de México, es decir, 4.2 por ciento;11 con la finalidad de mantener el poder adquisitivo de los recursos que habrán de ser erogados por las dependencias e instituciones involucradas.
Segundo.- En virtud de los decrementos significativos que se presentan en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2004 y en congruencia con el numeral primero, se proponen los incrementos y transferencias en beneficio de los programas siguientes:
Toda vez que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) cuenta con una experiencia de más de 26 años y es una institución de asistencia más no de desarrollo social, se considera prudente se realice en su favor la transferencia por $ 466 millones de pesos del Programa de Apoyo Alimentario Diconsa de la Sedesol.
No obstante, cabe señalar que con el presupuesto proyectado para 2004 de 1,003,717,574, dado que el gasto corriente asciende a 1,012,802,000, el gasto de operación es prácticamente nulo y supera, de hecho, el gasto corriente de la institución lo que, por ende, impacta directamente a los Sistemas Estatales y Municipales del Desarrollo Integral de la Familia mexicana.
Cuarto.- Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que en el Dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2004, considere las ampliaciones a las partidas presupuestales solicitadas en los numerales 1º y 2º del presente comunicado.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 18 días del mes de diciembre de 2003.
Notas:
1 Gaceta Parlamentaria. Año VII, Palacio Legislativo de San Lázaro, 27 de noviembre de 2003.
2 Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, p. 6.
3 Véase La vulnerabilidad social y sus desafíos: Una mirada desde América Latina, 2001, y Panorama social de América Latina 1999-2000. Ambos documentos de la CEPAL.
4 Véase: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 2000.
5 565 mil 344 niñas y niños, entre 12 y 14 años, edad prohibida para laborar, trabajan. XII Censo General de Población y Vivienda. INEGI, 2000.
6 No obstante, un punto vulnerable al respecto lo constituye el que, de acuerdo con estimaciones del programa Oportunidades de la Sedesol, más del 40 por ciento de las niñas y niños menores de 5 años viven en los hogares del primer cuartil de ingreso, lo que equivale a estar en condiciones de pobreza prácticamente extrema.
7 Tercer Informe de Gobierno de la Presidencia de la República, septiembre de 2003.
8 Estimación promedio del crecimiento demográfico anual con base en: Indicadores Demográficos para los Adultos Mayores, 2000-2050. Conapo, 2000.
9 Estimaciones del Consejo Nacional de Población (Conapo) con base en el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, diciembre de 2002.
10 Boletín de Prensa. Conapo, marzo de 2002.
11 Indice Nacional de Precios al Consumidor, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 2003.
12 La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, publicada el 25 de junio de 2002, establece en su artículo 25 la obligación del Estado de proteger, promover y respaldar los niveles de bienestar de los adultos mayores para lo cual la instancia encargada de la rectoría de la política nacional es el Inapam.
Diputados: Magdalena Adriana González Furlong (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica), secretario; Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), secretaria; Homero Ríos Murrieta (rúbrica), secretario; Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), secretario; Pablo Anaya Rivera (rúbrica), Gaspar Avila Rodríguez, María Avila Serna, Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), Virginia Yleana Baeza Estrella (rúbrica), Abraham Bagdadi Estrella, Alvaro Burgos Barrera (rúbrica), Santiago Cortés Sandoval (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu, Manuel González Reyes (rúbrica), María del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), María Isabel Maya Pineda (rúbrica), Alfonso Moreno Morán (rúbrica), José Naranjo Quintana (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Omar Ortega Alvarez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), Martha Leticia Rivera Cisneros (rúbrica), Benjamín Sagahón Medina, Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Norma Elizabeth Sotelo Ochoa, Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (rúbrica).
A su reunión plenaria, que tendrá lugar el martes 23 de diciembre, a las 9 horas, en el auditorio norte (edificio A, segundo nivel).
Atentamente
Dip. Fernando Fernández García
Presidente
DE LA COMISION DE TURISMO
A la reunión de su Mesa Directiva, que se efectuará el viernes 26 de diciembre, al término de la sesión extraordinaria del Pleno de la H. Cámara de Diputados, en las oficinas de la Comisión.
Atentamente
Dip. Francisco Xavier López Mena
Presidente