Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la gobernadora de Campeche a disculparse por sus comentarios racistas y discriminatorios referente a las mujeres indígenas, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo PT

La que suscribe, diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el numeral 1, fracción XX, del artículo 3; numeral 1 del artículo 6; y numeral 1, fracciones I y II, numeral 2, fracciones III y IV del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo, la cual solicito sea tramitada como de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes

Considerandos

El pasado 16 de agosto, en Calakmul, Campeche, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo inauguró el Centro Libre para las Mujeres, un espacio que otorga gratuitamente servicios de asesoría legal, psicológica, trabajo social y empoderamiento económico, con el objetivo de que las mujeres de la región alcancen su derecho a ser libres.

En dicho evento estuvo la gobernadora del estado de Campeche, Layda Elena Sansores San Román, quien expreso “Ser mujer, ser indígena y ser pobre es lo peor que te puede pasar”, añadiendo que, “más difícil que salir de la pobreza, resulta romper el silencio para poder expresarse, y destacó que la presidenta ha logrado llegar a las cuevas de la oscuridad en donde viven los indígenas, donde residen mujeres indígenas en condiciones de pobreza”.

Las palabras pronunciadas no sólo son profundamente desafortunadas, sino también inaceptables, por la carga discriminatoria, racista y clasista que tienen, reflejando una visión violenta sobre sectores históricamente vulnerados en México, particularmente las mujeres indígenas en situación de pobreza.

La expresión referida fue pronunciada desde una posición de poder y privilegio, que refuerza estereotipos que han contribuido durante siglos a la exclusión y marginación de los pueblos originarios, de las mujeres y de las personas en situación de pobreza.

Emitir tales comentarios desde el cargo de una gobernadora –cargo que debe estar comprometido con la inclusión, el respeto y la equidad– es no sólo preocupante, sino una falta grave al respeto de los derechos humanos y a los principios fundamentales establecidos en nuestra Constitución y en los tratados internacionales que México ha suscrito.

México es un país multicultural y pluriétnico, y las mujeres indígenas no son sinónimo de “lo peor que le puede pasar a alguien”, muy por el contrario: son portadoras de culturas, saberes, lenguas, resistencias y luchas fundamentales para la historia y el futuro del país. Ser mujer, ser indígena y vivir en pobreza no es una tragedia personal; es, más bien, el resultado de un sistema estructural de desigualdad, discriminación institucional y políticas públicas históricamente excluyentes.

Por ello, desde este espacio, exhortamos con firmeza a la gobernadora Layda Sansores a ofrecer una disculpa pública, clara, directa y sin ambigüedades a todas las mujeres de los pueblos indígenas, y a las personas que enfrentan condiciones de pobreza. No se trata de un acto simbólico, sino de un primer paso para reconocer el daño causado, asumir la responsabilidad política y moral de sus palabras, y comprometerse con un cambio de fondo en su actuar público.

Las palabras tienen peso y las de una gobernadora aún más, pues retumban en el ámbito político y social. Estos discursos no ayudan a combatir y erradicar los estigmas que han costado vidas, oportunidades y dignidad a millones de mujeres indígenas, al contrario, normalizan el discurso de odio hacia ellas.

El momento actual exige altura ética, sensibilidad social y compromiso con la justicia. No podemos permitir que desde el poder se minimicen las luchas de las mujeres indígenas, ni que se refuercen estructuras de opresión mediante discursos estigmatizantes. En un país donde ser mujer, ser indígena y ser pobre efectivamente implica enfrentar múltiples violencias, es imperativo que quienes gobiernan sean parte de la solución, no de la perpetuación del problema.

En este sentido, lo que verdaderamente “es lo peor que te puede pasar” es ser gobernado por autoridades que desprecian y menosprecian la dignidad de sus mujeres; es imperdonable que desde un espacio que debería estar al servicio del pueblo, se transmita un mensaje que hiere, excluye y reproduce violencia simbólica.

Finalmente, recordamos a la gobernadora Sansores y a toda la clase política que, los derechos humanos no son negociables, y que la dignidad de ninguna persona está sujeta a discursos discriminatorios ni a visiones excluyentes. La historia de las mujeres indígenas en México es una historia de lucha, dignidad y resistencia, y debe ser reconocida como tal.

No hay justicia sin dignidad. No hay igualdad sin respeto. No hay transformación sin inclusión.

Por lo anteriormente expuesto se presenta el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la gobernadora Layda Elena Sansores San Román, que ofrezca una disculpa pública inmediata, sin justificaciones ni evasivas, por sus comentarios del 16 de agosto de 2025, respecto de las mujeres indígenas.

Asimismo, pedimos que se comprometa de manera firme y verificable de que este tipo de discursos no se repetirán.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2025.

Diputada Martha Aracely Cruz Jiménez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Oaxaca, a derogar el decreto 24, que suprime 1344 plazas de trabajadores del estado, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca para que derogue el decreto 24 que suprime mil 344 plazas de trabajadores del estado, al tenor de la siguiente

Antecedentes

La actual Constitución de Oaxaca fue promulgada en el Periódico Oficial del Estado el 15 de abril de 1922 por el entonces gobernador Manuel García Vigil, se considera que ésta refleja los valores y principios de la sociedad oaxaqueña.

En su Sección Cuarta se hace mención de las facultades del Congreso específicamente en el artículo 59, el cual ha ido creciendo para dar facultades sobre los temas en los que el Congreso puede legislar, entre ellas se encuentra la fracción XXXVIII, lo siguiente:

“XXXVIII. Crear y suprimir, con las limitaciones que establezcan las leyes, empleos públicos del Estado, y señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones”.

A finales del año pasado, en la madruga del 12 de diciembre de 2024 el Congreso del Estado de Oaxaca aprobó el decreto 24, enviado por el consejero jurídico Geovany Vázquez Sagrero, en representación del gobernador de Oaxaca, Salomón Jara, por medio del cual quedaron suprimidas mil 344 plazas administrativas pertenecientes al estado de Oaxaca.

Sin embargo, esta decisión de aprobar el decreto ocasionó que los trabajadores afectados comenzaran a manifestarse y movilizarse por esta injusticia hacia la pérdida indebida de su trabajo, que no tenía sustento legal, ya que dentro de sus argumentos se mencionaba la austeridad republicana con el objetivo de optimizar el uso de los recursos públicos, además de que acusó que estas plazas que se habían otorgado durante el periodo 2013 a 2022 eran ocupadas en su mayoría por aviadores.

Los trabajadores, al enterarse de sus despidos por redes sociales y medios de comunicación, comenzaron a organizarse para manifestarse y movilizarse por esta injusticia, tal fue la presión que a unos días de la aprobación del decreto se reinstalaron a 667 trabajadores, además de que el Gobierno del estado creó mesas de negociación en donde acordó analizar cada uno de los casos.

Durante varios meses los trabajadores no supieron de los funcionarios que quedaron de analizar estos casos, por lo que se vieron obligados a salir de nuevo a las calles para ser escuchados nuevamente, ya que no habían sido tomados en cuenta enfermos, discapacitados, madres solteras o quienes ya están en edad de jubilación, es decir a los grupos vulnerables.

Aún quedaban pendientes un poco más de 600 trabajadores sin ser reinstalados, los cuales fueron ignorados, por lo que el 3 de julio del año en curso se movilizaron a las afueras del Senado de la República que era la sede de Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión y fueron recibidos por una comisión de diputados y senadores para escuchar sus solicitudes en una mesa de trabajo.

Posteriormente, el 28 de agosto del año en curso el gobernador anunció en su mañanera la reincorporación de los trabajadores faltantes, después de nueve meses podrían regresar a trabajar respetando todos sus derechos laborales y su antigüedad.

Exposición de Motivos

Se considera que la aprobación de este decreto si bien está dentro de las facultades que le otorga la Constitución del Estado de Oaxaca al Congreso, es violatoria de instrumentos internacionales, leyes federales entre otras, a saber:

1. Carta de los Derechos Humanos sobre el derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus párrafos 1o., 2o. y 3o., ya que quita el derecho humano de los trabajadores al trabajo precisamente.

3. Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

Además de los preceptos violentados en comento, se atenta en contra de otros derechos sociales como el derecho a la salud, a la seguridad social y la vivienda.

Por otro lado, se excluye a los trabajadores del acceso a un debido proceso, mismo que está garantizado en el artículo 14, párrafo segundo, de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se prohíbe la privación de cualquier derecho sin que éste no sea mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, y en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

La redacción que actualmente presenta la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca en el artículo 39 inciso j) se hace mención de que ningún empleado de los Poderes del Estado podrá ser cesado o despedido sin causa justa incluida la supresión de plazas por el honorable Congreso del Estado, que fue lo que sucedió con el decreto 24, sin embargo, este se contrapone con la tesis aislada marcada con el número 173992 de la Suprema Corte de la Nación que habla de la supresión de las plazas del gobierno del estado de Sonora que violenta la garantía social de estabilidad en el empleo prevista en el artículo 123, apartado B, fracción IX, constitucional; la supresión de plazas se deberá dar por otros argumentos y no como el resultado de un mal gobierno estatal anterior, ya que como lo dice claramente el artículo 15 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca, en ningún caso, el cambio de funcionarios de los Poderes del Estado afectará a los empleados correspondientes y que se refuerza la no renuncia de los derechos de esta misma ley en el artículo 7.

“Artículo 7o. En ningún caso serán renunciables las disposiciones de esta Ley que favorezcan a los empleados de base. Los casos no previstos en esta Ley se resolverán de acuerdo con los lineamientos generales de la misma y supletoriamente por la Ley Federal del Trabajo en lo que no se oponga a la presente.

Artículo 15. En ningún caso, el cambio de funcionarios de los Poderes del Estado afectará a los empleados correspondientes.

Artículo 39. Ningún empleado de los Poderes del Estado podrá ser cesado o despedido sino por justa causa. El nombramiento de los empleados dejará de surtir efectos sin responsabilidad para el Estado en los siguientes casos:

I. a IV. ...

V. Por revocación de los nombramientos, en los siguientes casos:

a) a i) ...

j) Por supresión de plazas por el honorable Congreso del Estado.

Artículo 40. Si el empleado reclama la revocación de su nombramiento y aquella resulta injustificada, tendrá derecho a que se le reinstale en su empleo o a que se le indemnice con tres meses de sueldo. En uno y otro caso, se le abonarán los sueldos dejados de percibir. El Estado se librará de la obligación de reinstalar cubriendo la segunda de las prestaciones indicadas”.

Por lo anteriormente expuesto someto ante esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca para que derogue el decreto 24 que suprime mil 344 plazas de trabajadores al servicio del Estado, asimismo a reformar el artículo 39, inciso j), de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca, por ser violatorio a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Bibliografía

- Ley de Servicio Civil para los Empleados de Gobierno del Estado https://www.oaxaca.gob.mx/ifpa/wp-content/uploads/sites/46/2023/07/LEY- DEL-SERVICIO-CIVIL-PARA-LOS-EMPLEADOS-DE-GOBIERNO-DEL-ESTADO.pdf.

- Tesis aislada número 173992 de la Suprema Corte de la Nación https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/173992.

- Congreso del Estado de Oaxaca (2025) LA SEXAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, DECRETA LA SUPRESIÓN DE PLAZAS ADMINISTRATIVAS, PRECISADAS EN EL LISTADO REMITIDO AL H. CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA, POR EL MAESTRO GEOVANY VÁSQUEZ SAGRERO, CONSEJERO JURÍDICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO, EN REPRESENTACIÓN DEL INGENIERO SALOMÓN JARA CRUZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, Y CONFORME A LAS CONSIDERACIONES VERTIDAS EN EL DICTAMEN DEL EXPEDIENTE NÚMERO 01 DEL ÍNDICE DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA LEGISLATURA EN FUNCIONES. Disponible en: https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/decretos /DLXVI_0024.pdf

- La Jornada (2025) Reinstalarán en Oaxaca a la mitad de los burócratas recién despedidos. Disponible en: https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/12/30/estados/reinstalaran-en-o axaca-a-la-mitad-de-los-burocratas-recien-despedidos-2763

- Noticias de México (2025) Diputados del PT exigen justicia para trabajadores despedidos en Oaxaca. Disponible en: https://noticiasdemexico.com.mx/principal/diputados-del-pt-exigen-justi cia-para-trabajadores-despedidos-en-oaxaca/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2025.

Diputada Margarita García García (rúbrica)


Inklusion
Loading