Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6869, jueves 4 de septiembre de 2025


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Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6869, jueves 4 de septiembre de 2025
De la Mesa Directiva
Presidente de Comisión
Presente
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención a efecto de que presente los dictámenes correspondientes a los asuntos turnados a la comisión siguiente:
1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo vigésimo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de energía eléctrica).
Enviada por el Congreso de Chihuahua.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 698.
Séptima sección.
2. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Presentada por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 705.
Séptima sección.
3. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 706.
Primera sección.
4. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por la diputada Lilia Aguilar Gil, PT.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 709.
Cuarta sección.
5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 712.
Séptima sección.
6. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Suscrita por la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, PRI.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 731.
Quinta sección.
7. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, PRI.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 742.
Segunda sección.
8. Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de lenguaje inclusivo).
Enviada por la Cámara de Senadores.
Turno a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Expediente 745.
Segunda sección.
Ciudad de México, a 4 de septiembre de 2025.
Atentamente
Diputada Kenia López Rabadán (rúbrica)
Presidenta
De la junta directiva de la Comisión de Movilidad, por el que se prorroga la resolución de cuatro iniciativas turnadas por la Presidencia de la Mesa Directiva a este órgano legislativo, para dictamen
La junta directiva de la Comisión de Movilidad de la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numerales 1y2, fracción XXXI y 45, numeral 6, incisos e) y f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, numeral 1, fracción II, 146, numeral 3, 149, numerales 1 y 2, fracciones X y X I, 157, numeral 1, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV, 182, numeral 1 y 183, numeral 1, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, y
Considerando
1. Que a la Comisión de Movilidad le fueron turnadas, para su estudio y dictamen, las siguientes iniciativas por las que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial:
2. Que el adecuado estudio de las iniciativas referidas requiere un análisis exhaustivo y se ha estimado necesario llevar a cabo consultas adicionales con especialistas, así como recibir opiniones de diversas dependencias involucradas en las materias objeto de las propuestas.
3. Que, para garantizar un estudio responsable, incluyente y suficientemente deliberado, resulta indispensable contar con un plazo adicional a los cuarenta y cinco días señalados en el artículo 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados para la elaboración de un dictamen que refleje adecuadamente las diversas posturas y cumpla con los principios de calidad legislativa.
Por lo expuesto y fundado, la junta directiva de la Comisión de Movilidad emite el siguiente:
Acuerdo
Primero. Las diputadas y diputados que integramos la junta directiva de la Comisión de Movilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados y con el fin de cumplir cabalmente con las atribuciones que esta Cámara nos confiere, hemos considerado conveniente prorrogar la decisión de las siguientes iniciativas:
1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo primero del artículo 12, la fracción 1 del artículo 11, las fracciones I y III del artículo 66, la fracción II del artículo 71 y la fracción III del artículo 73, y se adiciona el último párrafo del artículo 37, de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, presentada por el diputado David Azuara Zúñiga y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
2. Iniciativa con proyecto decreto por el que se adiciona una fracción VII al artículo 11 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, presentada por la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
3. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, presentada por el diputado Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
4. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan un artículo 22 Ter a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y un quinto párrafo al artículo 37 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, presentada por el diputado Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Segundo. Comuníquese mediante oficio a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para su conocimiento.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de agosto de 2025.
Diputadas y diputados de la Junta Directiva: Abigaíl Arredondo Ramos (rúbrica), César Agustín Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Leticia Garfias Alcántara, Hugo Manuel Luna Vázquez (rúbrica), Iván Millán Contreras (rúbrica), Iván Peña Vidal (rúbrica), Marcela Michel López (rúbrica), Mayra Espino Suárez (rúbrica), Nancy Aracely Olguín Díaz (rúbrica) y Patricia Mercado Castro (rúbrica).
Que reforma la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de integración de jóvenes en gestión pública local, presentada por el diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente efectuada el miércoles 20 de agosto de 2025
Quien suscribe, diputado Juan Moreno de Haro, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8, numeral 2, fracción III, 33 y 40, numeral 3, del acuerdo de la Mesa Directiva por el que se establecen las reglas básicas para el funcionamiento de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Nuestro país atraviesa un momento clave en su historia demográfica: cerca de 25?por ciento de su población, es decir, en México viven 31.2 millones de personas adolescentes y jóvenes de 15 a 29 años, de las cuales 10.8 millones son adolescentes (15 a 19 años). Respecto a la ubicación geográfica de las personas adolescentes y jóvenes, el 52.9 por ciento de las personas adolescentes y jóvenes en México radican en 8 entidades federativas (estado de México, Ciudad de México, Jalisco, Veracruz, Puebla, Guanajuato Nuevo León y Chiapas)1 , es decir, en las entidades con las ciudades más densamente pobladas, como Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey, entre otras.
Este bono demográfico representa una oportunidad única para canalizar el potencial de esta generación en progreso económico, cohesión social y desarrollo sostenible.
Sin embargo, este potencial se encuentra amenazado por la falta de políticas públicas efectivas que vinculen a la juventud con oportunidades reales de participación, empleo digno y formación cívica.
De acuerdo con datos de la OIT en el informe Tendencias Mundiales del Empleo Juvenil 2024 (Get for Youth), a nivel mundial, sólo 6 por ciento de la población de jóvenes estaba desempleada, pero más grave aún, una proporción mucho mayor, 20.4 por ciento no tenía empleo, ni estudiaba ni recibía formación. Esta situación, además de constituir un drama social, representa una pérdida incalculable de talento, energía y creatividad para el país.
Por lo que respecta a México, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de abril de 2025, nuestro país tiene una tasa de desempleo de 2.6 por ciento. Tener una tasa de desempleo baja como la de México puede ser una buena señal. Significa que más personas están trabajando y que hay mayores oportunidades laborales. Esto también ayuda a la economía del país, ya que cuando la gente tiene trabajo, puede gastar, ahorrar y contribuir con impuestos.
Sin embargo, algunos especialistas señalan que no todo es positivo. A pesar de que hay pocas personas sin empleo, muchos mexicanos trabajan en condiciones informales, sin contrato, prestaciones o seguridad social. Es decir, tienen empleo, pero no necesariamente en buenas condiciones. Por eso, aunque México aparece bien posicionado en las cifras de la OCDE, todavía hay retos que resolver en términos de calidad del empleo.2
Esta disparidad demuestra las barreras estructurales que enfrentan los jóvenes para insertarse en el mercado laboral formal. La informalidad afecta a 54?por ciento de la población económicamente activa, y los jóvenes no son la excepción: muchos trabajan sin contratos, sin prestaciones sociales, sin derechos y, por tanto, sin futuro.
Los retos que enfrentan las juventudes mexicanas no se limitan al acceso al trabajo. La calidad del empleo, la estabilidad, la seguridad social y la perspectiva de desarrollo profesional son factores clave que, en la mayoría de los casos, están ausentes.
En México hay 15.6 millones de jóvenes en edad de trabajar, pero más de la mitad de ellos (8 millones) lo hace en condiciones precarias, sin seguridad social y sin ingresos suficientes, debido a barreras estructurales que contribuyen a una situación de “desventaja” en el mercado laboral, esto de acuerdo con la organización YouthBuild México.
De ese grupo de casi 8 millones de personas de entre 15 y 29 años en esa condición, 50 por ciento labora jornadas excesivas superiores a las 48 horas, lo que va en contra de la Ley Federal del Trabajo.
Esta situación se profundiza entre jóvenes que no cuentan con estudios universitarios y las principales entidades que concentran este tipo de jornadas laborales son el estado de México, Puebla, Guanajuato, Ciudad de México y Veracruz.
En la presentación del Tercer Reporte de Jóvenes Oportunidad, esta organización, detalló que 7.6 millones no tienen un ingreso suficiente o acceso a seguridad social; 4.4 millones que se encuentran fuera de la escuela o del trabajo y 3.1 millones en una condición de pobreza por ingresos.3
Estas condiciones de informalidad implican que no cuentan con seguridad social, acceso a créditos, ahorro para el retiro o posibilidad de ascenso laboral.
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Inegi de 2024, la mayoría de las y los jóvenes se concentra en actividades de baja remuneración y escaso valor agregado, como ventas ambulantes, servicios informales o trabajos temporales. Esta tendencia no solo limita el desarrollo personal, sino que mina la productividad y competitividad del país.
A pesar de este panorama complejo, como diputado joven estoy convencido de que existen áreas de oportunidad que podemos aprovechar para da un impulso importante para la juventud mexicana. La digitalización, la transición verde, la expansión de los servicios y el crecimiento de la economía del conocimiento son espacios donde la juventud puede insertarse de manera estratégica.
De acuerdo con el, “Estudio prospectivo del empleo juvenil en América Latina: La educación y la formación para el trabajo como eje clave” publicado a finales de noviembre por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y Ayuda en Acción, para 2030, el 70?por ciento de los jóvenes latinoamericanos trabajará en el sector servicios. Esto puede ser una palanca de inclusión social o un factor de exclusión, dependiendo de las condiciones que el Estado establezca.4
Si bien este traslado de sectores podría ofrecer mayores oportunidades de empleo a esta población a corto plazo, el informe subraya el riesgo de que, a mediano plazo, ante la falta de políticas públicas, podría haber un aumento de la precariedad laboral y un hacinamiento aún mayor en las ciudades. En un lustro, sólo uno de cada diez jóvenes se dedicará al campo, según el informe.
Como representante popular de la juventud estoy convencido que si bien existen esfuerzos por revertir estos números, estas políticas deben ir más allá de esquemas asistenciales o de corto plazo. Es indispensable dar un salto institucional que integre a la juventud como actor estratégico del desarrollo local.
Es por ello que, la presente iniciativa parte de un principio fundamental: la juventud no es un problema, sino una oportunidad. Pero esta oportunidad solo se materializa si se crean las condiciones estructurales para que los jóvenes participen activamente en la construcción de su entorno.
Por ello, planteo la adición de una fracción XIII Bis al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para que este organismo tenga la facultad de promover, en coordinación con las Entidades Federativas, de la Ciudad de México y Municipales, la incorporación de jóvenes en tareas de gestión pública a nivel local, mediante programas de capacitación, vinculación institucional y esquemas de servicio público joven, con énfasis, de manera enunciativa mas no limitativa, en temas ambientales, de salud, educación y justicia social.
La participación institucionalizada tiene efectos múltiples: fortalece la democracia, impulsa la corresponsabilidad, mejora la efectividad de las políticas públicas y construye ciudadanía desde la raíz. A través de programas de capacitación, esquemas de servicio público juvenil y mecanismos de vinculación entre academia, sociedad civil y gobiernos, se puede convertir a los jóvenes en agentes de transformación en áreas prioritarias como medio ambiente, salud, derechos humanos, inclusión social y justicia territorial.
Con esta reforma, el gobierno federal, en coordinación con las entidades federativas y los municipios, promoverán la incorporación de las personas jóvenes en tareas de gestión pública a nivel local, mediante acciones tales como:
• Programas de capacitación en administración pública, políticas públicas y participación ciudadana.
• Procedimientos de vinculación entre instituciones educativas, organismos de juventud y dependencias gubernamentales.
• Esquemas de servicio público juvenil centrados en temas como medio ambiente, salud, educación, justicia social y equidad territorial.
• Un enfoque transversal de inclusión, perspectiva de género, interculturalidad, equidad y pertinencia territorial.
Con esta reforma se permitirá institucionalizar la participación de los jóvenes en el servicio público local, generando beneficios tanto individuales como colectivos:
• Se fortalecerán las capacidades técnicas y cívicas de la juventud.
• Se reducirá la brecha entre jóvenes y gobierno.
• Se impulsará una nueva cultura de corresponsabilidad y democracia local.
• Se contribuirá a la construcción de una juventud con sentido de comunidad, liderazgo social y visión de futuro.
Esta iniciativa constituye una respuesta estructural, legal y programática a una necesidad histórica: la de incorporar a los jóvenes en el corazón del Estado y sus políticas. Es hora de pasar del discurso a la acción, de la queja a la propuesta. Y esta es una propuesta concreta, realizable y propositiva.
No se trata solo de abrir espacios, sino de construir caminos. Caminos que permitan a los jóvenes ser parte del presente y protagonistas del porvenir de México.
En razón de lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona la fracción XII Bis al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud
Único. Se adiciona la fracción XIII BIS al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:
Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:
I. A XIII. ...
XIII Bis. Promover, en coordinación con las entidades federativas, de la Ciudad de México y municipales, la incorporación de jóvenes en tareas de gestión pública a nivel local, mediante programas de capacitación, vinculación institucional y esquemas de servicio público joven, con énfasis, de manera enunciativa mas no limitativa, en temas ambientales, de salud, educación y justicia social.
XIV a XVI. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las modificaciones necesarias al Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Juventud se harán dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los recursos aprobados expresamente para para el Instituto Mexicano de la Juventud, por lo que en ningún caso se autorizarán ampliaciones a sus presupuestos de egresos para el ejercicio fiscal posterior inmediato.
Cuarto. El Instituto Mexicano de la Juventud, podrá celebrar convenios de colaboración con las entidades federativas, de la Ciudad de México o municipales, para efectos de dar cumplimiento al mandato del presente decreto.
Notas
1. https://mexico.unfpa.org/es/topics/adolescencia-y-juventud#:~:text=En%20M%C3%A9xico%20viven%2031.
2%20millones,(15%20a%2019%20a%C3%B1os).
2. https://www.imagenradio.com.mx/desempleo-en-mexico-cae-26-y-lo-coloca-e ntre-los-mejores-del-mundo
3. https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/03/05/sociedad/trabajan-en-condiciones-precarias-156-millones
-de-jovenes-mexicanos
4. https://elpais.com/america-futura/2024-12-04/el-70-de-los-jovenes-de-america-latina-trabajaran-en-el-sector
-servicios-para-2030.html
Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 20 de agosto de 2025.
Diputado Juan Moreno de Haro (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Juventud. Agosto 20 de 2025.)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, recibida del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2025
Quien suscribe, diputado Noel Chávez Velázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, numeral I, de la Ley Orgánica del Congreso General; 55, fracción II, y 179, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General; así como en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos apartados de los artículos de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
I. En las últimas décadas, el acelerado desarrollo tecnológico y la expansión industrial, junto con la disminución de los costos de producción y el auge de la transformación digital, han impulsado de manera sostenida el crecimiento del sector de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE),1 transformando la forma en que trabajamos, estudiamos y nos comunicamos.
II. Esta evolución ha generado, sin embargo, una creciente cantidad de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE),2 cuya gestión y reciclaje representa un reto cada vez más complejo y urgente. El Global E-Waste Monitor 2024 documenta esta realidad, estimando que en 2022 la generación mundial de RAEE alcanzó 62 millones de toneladas, de las cuales sólo 22.3 por ciento fue adecuadamente recolectado y reciclado, evidenciando una brecha creciente entre la producción y las tasas de reciclaje, y dejándonos en la necesidad de reforzar los instrumentos normativos y operativos para garantizar su manejo responsable.
Según el mismo informe, la generación mundial de RAEE incluyó aproximadamente 31 millones de toneladas de metales, 17 millones de toneladas de plásticos y 14 millones de toneladas de otros materiales como vidrio y minerales. Esta diversidad responde a la propia complejidad técnica de los AEE, que pueden contener hasta 69 elementos distintos de la tabla periódica, entre ellos metales preciosos, materias primas críticas y metales no críticos, todos ellos con potencial de recuperación y valorización.
III. De ahí que resulte indispensable replantear la visión que tenemos sobre los residuos electrónicos, pues lejos de ser simples desechos, pueden transformarse en una fuente estratégica de recursos a través de la minería urbana, un concepto que se refiere al aprovechamiento y recuperación de materiales valiosos contenidos en productos y equipos que han llegado al final de su vida útil. Según la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU), por ejemplo, una tonelada de teléfonos inteligentes puede contener hasta 100 veces más oro que una tonelada de mineral extraído directamente de la tierra.3
Además, se estima que el valor económico de los residuos electrónicos asciende a cerca de 62 mil 500 millones de dólares anuales, una cifra que supera el producto interno bruto (PIB) de varios países y triplica la producción mundial de todas las minas de plata.4 De aprovecharse correctamente bajo un modelo de economía circular, permitiría no sólo recuperar materiales cada vez más escasos y generar empleos verdes,5 sino también disminuir la presión sobre los recursos vírgenes mediante el uso de materias primas secundarias extraídas de los propios residuos.
IV. En este sentido, México es el tercer mayor generador de residuos de RAEE en América y el segundo en Latinoamérica, solo detrás de Brasil,6 debido en gran parte al crecimiento del consumo de aparatos electrónicos y a que muchos están diseñados para durar poco tiempo y ser reemplazados con frecuencia.
Aunque parte de estos residuos es procesada actualmente en centros informales, estos suelen carecer de medidas técnicas y sanitarias adecuadas que garanticen la correcta separación y el aprovechamiento eficiente de los materiales. Las prácticas más comunes incluyen el desarme manual sin equipo de protección, la quema de cables para extraer cobre o el uso de ácidos y solventes altamente contaminantes para recuperar metales preciosos, lo que representa riesgos graves para la salud de los trabajadores y para el medio ambiente.
V. Esta falta de control y regulación ha limitado seriamente el aprovechamiento de los recursos que contienen los RAEE. Hoy, apenas alrededor de 10 por ciento de estos residuos logra reciclarse de manera formal en México, lo que significa que toneladas de materiales valiosos terminan desaprovechadas o mal gestionadas, con las consecuencias ambientales y de salud que ello implica. Es por esto que resulta fundamental actualizar y fortalecer el marco normativo a fin de promover y crear medidas que permitan que la recuperación de materiales sea segura para el ambiente, justa para las personas y rentable para la economía.
VI. En este esfuerzo, la reforma contempla medidas para el establecimiento y fortalecimiento de centros de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos que operen bajo estándares técnicos y ambientales rigurosos. Con ello, se facilita la recuperación segura de metales y otros materiales de valor, además del manejo adecuado de componentes peligrosos, evitando que sustancias contaminantes lleguen a afectar tanto al ambiente como a la salud de las y los trabajadores.
De igual forma, al prever mecanismos que den mayor visibilidad y accesibilidad a estos centros, se fomenta la transición hacia un sector más formalizado, capaz de generar empleos verdes y calificados, y de aprovechar el potencial económico derivado de una gestión responsable de residuos. Todo ello sin desplazar a quienes actualmente realizan estas actividades, sino ofreciendo la posibilidad de integrarse a procesos más seguros y organizados, en beneficio del desarrollo local y nacional.
VII. Cabe señalar que esta reforma no busca autorizar ni incentivar la modificación o reparación de aparatos eléctricos y electrónicos durante su vida útil, actividad que se encuentra regulada por medidas de protección tecnológica previstas en el Tratado entre México, Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) y otras normas de propiedad intelectual.
Por el contrario, su objetivo se centra exclusivamente en el manejo responsable, valorización y reciclaje de los residuos generados una vez concluida la vida útil de dichos productos. Con ello, se busca reducir los impactos ambientales de su disposición final, recuperar materiales estratégicos y dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por México en materia ambiental, sin contravenir las disposiciones vigentes en materia comercial y de derechos de autor.
VIII. Adicionalmente, el fomento de prácticas responsables de recuperación y valorización de los RAEE contribuye de manera directa al cumplimiento de diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos en la Agenda 2030, particularmente el ODS 12, relativo a la producción y consumo responsables, y el ODS 8, orientado a la generación de empleo decente y crecimiento económico, ambos mediante actividades ambientalmente sostenibles.
IX. Ahora bien, es importante reconocer que la minería urbana no se limita exclusivamente a los RAEE. También incluye otros materiales que, dentro del modelo de economía circular, pueden convertirse en nuevas materias primas, como chatarra metálica, plásticos técnicos, baterías usadas y escombros de construcción. Sin embargo, esta iniciativa pone especial atención en los RAEE por su alto valor económico, la concentración de metales críticos y preciosos que contienen, y la importancia estratégica de recuperarlos de manera adecuada para fortalecer la sostenibilidad ambiental y el desarrollo tecnológico del país.
X. Tomando en cuenta los elementos previamente expuestos y reconociendo la urgencia de fortalecer las estrategias de manejo y aprovechamiento de residuos, se propone reformar la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
En particular, se propone incorporar el concepto de minería urbana en la legislación, con el propósito de fomentar y promover el aprovechamiento de materiales contenidos en los residuos, contribuyendo así a reducir la dependencia de la extracción tradicional de recursos y a prevenir los impactos ambientales y sociales asociados a su disposición final inadecuada. Para alcanzar este objetivo, resulta esencial fortalecer la infraestructura existente y consolidar centros de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos que operen bajo estándares técnicos y ambientales rigurosos, asegurando así un manejo responsable y sostenible de estos materiales valiosos.
En tal virtud, esta iniciativa propone los siguientes cambios a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos:
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Decreto
Artículo Único. Se reforman la fracción XIII del artículo 1; las fracciones IV y XXIV del artículo 7; las fracciones VII y XXI del artículo 9; la fracción VIII del artículo 19 y el primer párrafo del artículo 98; y se adicionan la fracción XIV al artículo 1; las fracciones IV y XXII al artículo 5; y la fracción XXIII al artículo 9, todos de la Ley General Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el territorio nacional.
Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, valorización y gestión integral de los residuos peligrosos, mineros y metalúrgicos, sólidos urbanos, de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación, así como establecer las bases para:
I. a XI. (...)
XII. Fortalecer la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para reducir la generación de residuos y diseñar alternativas para su tratamiento, orientadas a procesos productivos más limpios.
XIII. Promover, regular y fomentar el desarrollo de la Minería Urbana y la creación, operación y fortalecimiento de Centros de Reciclaje de Aparatos Eléctricos y Electrónicos que permita recuperar materiales valiosos y reducir el impacto ambiental de los residuos, y
XIV. Establecer medidas de control, medidas correctivas y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones que corresponda.
Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. a III. (... )
IV. Centro de Reciclaje de Aparatos Eléctricos y Electrónicos: Establecimiento que cuenta con infraestructura y procesos especializados para recolectar, desmontar, separar, reciclar y valorizar componentes y materiales provenientes de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, bajo estándares técnicos, ambientales y de salud que garanticen su adecuada gestión;
V. a XXI. (... )
XXII. Minería Urbana: Conjunto de acciones y procesos dirigidos al desmontaje y reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y otros productos desechados al término de su vida útil, con el fin de recuperar materiales valiosos, reducir la extracción de recursos naturales y minimizar impactos ambientales y riesgos a la salud.
XXIII. a XLVIII. (... )
Artículo 7. Son facultades de la Federación:
I. a III. (...)
IV. Expedir las normas oficiales mexicanas relativas al desempeño ambiental que deberá prevalecer el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y de manejo especial; así como emitir las disposiciones para la implementación y operación de los centros de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos, conforme a criterios técnicos, sanitarios y ambientales.
V. a XXIII. (...)
XXIV. Promover, difundir y facilitar el acceso a la información a todos los sectores de la sociedad sobre los riesgos y efectos en el ambiente y la salud humana de los materiales, envases, empaques, embalajes, así como los aparatos eléctricos y electrónicos que, al desecharse se convierten en residuos, en colaboración y coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, de otras dependencias y entidades involucradas;
XXV. a XXIX. (...)
Artículo 9. Son facultades de las Entidades Federativas:
I. a VI. (...)
VII. Promover, en coordinación con el Gobierno federal y las autoridades correspondientes, la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y residuos peligrosos, en las entidades federativas y municipios, con la participación de los inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados;
VIII. a XX. (...)
XXI. Fomentar el aprovechamiento de la materia orgánica de los residuos sólidos urbanos en procesos de generación de energía, en coordinación con los municipios.
XXII. Promover, en coordinación con los municipios, distribuidores, fabricantes e importadores, la instalación y operación de centros de reciclaje destinados al manejo integral de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; y
XXIII. Las demás que se establezcan en esta ley, las normas oficiales mexicanas y otros ordenamientos jurídicos que resulten aplicables.
Artículo 19. Los residuos de manejo especial se clasifican como se indica a continuación, salvo cuando se trate de residuos considerados como peligrosos en esta Ley y en las normas oficiales mexicanas correspondientes:
I. a VII. (...)
VIII. Residuos tecnológicos provenientes de las industrias de la informática, fabricantes de aparatos eléctricos y electrónicos , vehículos automotores y otros, que al transcurrir su vida útil, por sus características, requieren de un manejo específico que garantice su recolección, tratamiento, recuperación, reciclaje y disposición final ambientalmente segura ;
IX. a XI. (...)
Artículo 98. Para la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos de manejo especial, en particular de los neumáticos usados y los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos , las entidades federativas establecerán las obligaciones de los generadores, distinguiendo grandes y pequeños, y las de los prestadores de servicios de residuos de manejo especial, y formularán los criterios y lineamientos para su manejo integral.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal, dentro de un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberá armonizar el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a efecto de incluir las disposiciones necesarias que regulen y promuevan la minería urbana, el manejo integral y valorización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como establecer los criterios técnicos, sanitarios y ambientales aplicables para la operación de centros de reciclaje especializados.
Notas
1 De ahora en adelante AEE.
2 De ahora en adelante RAEE.
3 (Quiñones, 2019)
4 (Quiñones, 2019)
5 Nota: se consideran empleos verdes aquellos trabajos que contribuyen de forma directa a reducir la contaminación, conservar recursos naturales o fomentar el reciclaje y la eficiencia energética, impulsando así una economía más sostenible.
6 (Ferreira Medina. Cendejas. & Valencia García, 2019)
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 20 de agosto de 2025.
Diputado Noel Chávez Velázquez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Agosto 20 de 2025.)
Que reforma y adiciona la Ley Federal de Derechos, recibida del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2025
Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 78, párrafo segundo fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que México es una nación que:
“[...] tiene una composición pluricultural y multiétnica sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellas colectividades con una continuidad histórica de las sociedades precoloniales establecidas en el territorio nacional; y que conservan, desarrollan y transmiten sus instituciones sociales, normativas, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”.1
Este principio constitucional marca el reconocimiento de los pueblos originarios y la necesidad de preservar la historia y cultura de los mismos. Ante todo, reconoce que se trata de culturas vivas que forman parte de nuestro presente y que tienen el derecho de desarrollarse de manera integral en el territorio nacional.
Así, de acuerdo con el censo nacional 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), actualmente en México hay un total de 23.2 millones de personas mayores a 3 años que se identifica como parte de un pueblo originario, esto significa que dos de cada 10 mexicanos se considera parte de una comunidad.2
Además, existen 71 pueblos originarios y un millón 774 mil 845 hablantes de alguna lengua originaria.
Si bien es cierto que a todos ellos se les reconoce el derecho de autodeterminarse y se respeta su desarrollo social y cultural, también es una realidad que muchas veces no pueden acceder de forma gratuita a sus centros ceremoniales ancestrales, lo cual se considera un acto que afecta sus derechos, pues los sitios y zonas arqueológicas forman parte de su identidad cultural e histórica.
Es precisamente por lo anterior, que el 13 de noviembre de 2023 se promovió una reforma a la Ley Federal de Derechos para establecer que las y los integrantes de comunidades indígenas que vivieran cerca de una zona arqueológica tengan derecho a ingresar gratuitamente siempre que acrediten su residencia.
La reforma refiere lo siguiente:
“Artículo 288. Están obligados al pago del derecho por el acceso a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas propiedad de la Federación, las personas que tengan acceso a las mismas, conforme a las siguientes cuotas:
...
...
...
...
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...
...
...
Las personas que pertenezcan a comunidades indígenas ubicadas en municipios colindantes a sitios y zonas arqueológicas a que se refiere el presente artículo, no pagarán el derecho por su acceso, siempre que acrediten su domicilio en dichos municipios con una identificación oficial vigente”.3
Si bien esta reforma fue muy importante para el reconocimiento del arraigo e identidad de los grupos originarios hacia los sitios arqueológicos, lo cierto es que es insuficiente para garantizar su reconocimiento cultural, pues la exención del pago se limita únicamente para aquellas personas que vienen en localidades cercanas a las zonas arqueológicas.
Actualmente –y derivado de los fenómenos de migración– existen muchas personas que forman parte de pueblos originarios y que, sin embargo, no viven cerca de su lugar de origen. Ya sea por necesidad o por desplazamientos forzados, suelen buscar nuevas oportunidades en distintos estados de la República o incluso fuera del país. A pesar de ello, la lejanía física nada tiene que ver con el arraigo y la identidad cultural, de ahí que es importante permitir que las y los mexicanos pertenecientes a un pueblo originario puedan ingresar gratuitamente a las zonas arqueológicas independientemente de su residencia.
Lo anterior se advierte porque todas estas personas son descendientes de civilizaciones prehispánicas que construyeron y desarrollaron las grandes ciudades que hoy preservamos. Ellos, independientemente de su origen étnico y su residencia, son personas que tienen un vínculo con el pasado y la historia de nuestro país; para ellos, los sitios son más que patrimonio nacional (como lo es para la mayoría de los mexicanos), son fuente de identidad y arraigo, los sitios arqueológicos son parte de su memoria histórica.
Así, la presente iniciativa busca modificar el párrafo dieciséis del artículo 288 de la Ley Federal de Derechos para garantizar que las personas integrantes de los pueblos originarios tengan derecho a ingresar a los sitios arqueológicos a fin de reconocer su herencia y arraigo cultural. Esta modificación se hace a fin de que cualquier persona de origen étnico nacional pueda ingresar gratuitamente independientemente de su residencia, tal y como se observa a continuación:
Ley Federal de Derechos
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el párrafo dieciséis de la Ley Federal de Derechos
Artículo Único. Se reforma el párrafo dieciséis de la Ley Federal de Derechos para quedar como sigue:
Artículo 288. Están obligados al pago del derecho por el acceso a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas propiedad de la Federación, las personas que tengan acceso a las mismas, conforme a las siguientes cuotas:
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
No pagarán el derecho a que se refiere este artículo, las personas mayores de 60 años, menores de 13 años, jubiladas, pensionadas, con discapacidad, docentes y estudiantes en activo, así como pasantes o dedicadas a la investigación que cuenten con permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia, para realizar estudios afines a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas a que se refiere este artículo. Asimismo, estarán exentos del pago de este derecho, los visitantes nacionales y extranjeros residentes en México que accedan a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas los domingos.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable para las categorías previstas en el presente artículo, en las visitas después del horario normal de operación.
Las personas que pertenezcan a comunidades indígenas no pagarán el derecho por su acceso a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Segundo. En un plazo no mayor a 180 días de la entrada en vigor del decreto el Instituto Nacional de Antropología e Historia emitirá los criterios necesarios para determinar cómo se acreditará la pertenencia a un grupo originario a efecto de garantizar la exención del pago.
Notas
1 Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
2 https://cuentame.inegi.org.mx/explora/poblacion/pueblos_indigenas/
3 Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de noviembre del 2023.
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 20 de agosto de 2025.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Agosto 20 de 2025.)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, y del Código de Comercio, recibida del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2025
Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 78, párrafo segundo fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En ocasiones es normal que las personas como consumidores o clientes no cuenten con el suficiente efectivo para comprar algún producto o bien que necesitan para su hogar o sus actividades diarias, por lo que optan por pagar a crédito o en abonos. Es así que diversas instituciones de crédito y empresas de bienes, productos o servicios ofrecen créditos que facilitan su adquisición.
Algunas veces suele ocurrir que las personas que adquieren un crédito no cuentan con lo suficiente para poder pagar la mensualidad o la parcialidad del pago correspondiente y esto genera que la deuda en lugar de disminuir comience a ser mayor porque se acumulan intereses, provocando finalmente, que la deuda sea impagable.
Ante esta situación el acreedor buscará reclamar el dinero y entre el tercer y el sexto impago, probablemente iniciará un proceso de reclamación judicial. Es importante advertir que en algunos casos de préstamos personales se pone en garantía los bienes presentes y futuros, de tal forma que se puede llevar un juicio en el que se resuelva el embargo de los bienes de una persona o familia.
El procedimiento del embargo en México es una medida judicial que afecta los bienes de un deudor y se utiliza para garantizar el pago de la deuda.
Actualmente en la legislación nacional existen dos tipos de embargo: el preventivo (que se realiza antes de la sentencia y es para asegurar que los bienes no sean ocultados) y el ejecutivo (que se da cuando se ejecuta una sentencia y es para obligar el pago.
Si bien es claro que los embargos se realizan para garantizar el pago de una deuda, existen bienes que no deberían ser embargables por atentar contra el bienestar y el desarrollo de las personas. En concreto, el embargo del patrimonio familiar, pues éste está destinado para garantizar la vivienda y los medios indispensables para garantizar una vida digna y el desarrollo de la familia.
En principio el patrimonio de la familia puede ser definido como:
“... un conjunto de bienes destinados a proteger y asegurar el bienestar de una familia, especialmente en lo que respeta a su vivienda y otros activos esenciales. Esta figura jurídica permite que ciertos bienes sean resguardados para evitar que sean afectados por deudas o embargos, protegiendo así a los miembros del grupo familiar”.1
Esto es porque el patrimonio de la familia es una figura jurídica que cumple la función de dar seguridad y estabilidad, ante todo se centra en dar permanencia al hogar; es así que, si se embargan, entonces se pone en riesgo la capacidad de las y los integrantes de cubrir las necesidades básicas como vivienda, alimentación y seguridad, afectando el derecho al desarrollo de una vida digna.
Por lo anterior, el Estado tiene la obligación de proteger el patrimonio de las personas y garantizar que éste sea inembargable. Así, el Código Civil Federal plantea un capítulo referente al Patrimonio de la Familia, ahí define en qué consiste el patrimonio y establece en su artículo 727 que dicho patrimonio no puede ser embargado:
Artículo 727. Los bienes afectos al patrimonio de la familia son inalienables y no estarán sujetos a embargo ni a gravamen alguno.2
Si bien es cierto que el Código Civil Federal protege el patrimonio, también es una realidad que la materia civil se regula de manera autónoma en cada uno de los estados de la República de tal forma que la protección al patrimonio de la familia es distinta en cada entidad federativa, e incluso existen estados en donde no está protegida, lo que provoca que las empresas acreedoras de una deuda puedan proceder a embargar el patrimonio familiar poniendo así en riesgo a la institución social.
En torno a ello, es importante advertir que en los últimos años se ha promovido la centralización de los procedimientos civiles y el fortalecimiento del derecho a la propiedad en favor de las familias y en contra de los acreedores, de hecho el 15 de septiembre de 2017 se promovió una reforma constitucional a los artículos 16, 17 y 73 que buscó centrar la protección del patrimonio y conformar las bases para que los procedimientos civiles en todos los estados sean iguales, garantizando siempre el bienestar de las personas.
Con esta reforma se modificó el primer párrafo del artículo 16 constitucional quedando de la siguiente forma:
“Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo”.3
A su vez, se adicionó un tercer párrafo al artículo 17 que reza así:
“Artículo 17. ...
...
Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales”.
Finalmente se promovió una reforma al artículo 73 para facultar al Congreso en la creación de una legislación única en materia civil a fin de evitar que existan criterios procesales en la materia y en el ámbito familiar en cada entidad federativa. Así, el 7 de junio de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, mismo que establece cómo se desarrollarán los procesos civiles.
Este Código es importante porque constituye una legislación única en todo el país y marca la pauta de la materia civil en el plano adjetivo, garantizando así los mismos derechos en todos los estados pues homologa el proceso judicial civil.
Si bien es claro que esto es importante, este código actualmente prevé el juicio de embargo, pero no advierte cuáles son los bienes sujetos de embargo, de tal forma que aún hoy las resoluciones judiciales pueden determinar el embargo del patrimonio familiar afectando el bienestar de las familias, atentado contra los derechos previstos en la Constitución y afectando las garantías de los artículos 16 y 17.
Precisamente por lo anterior, la presente iniciativa busca modificar el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para que la cláusula de protección del patrimonio familiar se encuentre prevista en la norma adjetiva a fin de que sea obligatoria en todas las entidades federativas, logrando así garantizar la protección del patrimonio y el bienestar de las personas.
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Siguiendo este mismo orden de ideas, se propone a través de esta iniciativa adicionar un párrafo séptimo, recorriéndose el subsecuente del artículo 1395 del Código de Comercio, para establecer también que en los juicios mercantiles ningún caso podrá proceder el embargo sobre el patrimonio de la familia.
Código de Comercio
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el último párrafo del artículo 478, y se adiciona un segundo párrafo al artículo 477, así como un artículo 485 Bis del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; y se adiciona un séptimo párrafo, recorriéndose el subsecuente, al artículo 1395 del Código de Comercio
Artículo Primero. Se reforma el último párrafo del artículo 478; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 477, y un artículo 485 Bis, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para quedar como siguen:
Artículo 477. Cuando el documento contenga la obligación de entregar bienes muebles que sin ser dinero se cuentan por número, peso o medida, o inmuebles se observará lo siguiente:
I. ...
II. ...
III. ....
Queda prohibido el embargo de bienes producto del patrimonio de la familia.
Artículo 478. ...
Si la cosa, bien mueble o inmueble ya no existe, se embargarán bienes suficientes, excepto los que sean parte del patrimonio de la familia, que cubran su valor fijado por la persona ejecutante y los daños y perjuicios como en las demás ejecuciones, pudiendo ser moderada la cantidad por la autoridad jurisdiccional. La ejecutada puede oponerse a los valores fijados, y rendir las pruebas que juzgue convenientes durante la tramitación del juicio. Para el caso de pruebas periciales se estará a las disposiciones del Libro respectivo de este Código Nacional en relación a la vía de apremio y ejecución de sentencia.
485 Bis. En ningún caso será sujeto de embargo el patrimonio de la familia.
Artículo Segundo. Se adiciona un séptimo párrafo, recorriéndose el subsecuente, al artículo 1395 del Código de Comercio, para quedar como sigue:
Artículo 1395. En el embargo de bienes se seguirá este orden:
I. a IV. ...
...
...
...
...
...
En ningún caso podrá proceder el embargo sobre el patrimonio de la familia.
Cometerá el delito de desobediencia el ejecutado que transmita el uso del bien embargado sin previa autorización judicial.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://lupitamartinezabogada.com/derecho-civil/patrimonio-familiar/#:~:text=Casos%20en%20los%20que%20se,
ser%20objetivo%20de%20sucesi%C3%B3n%20hereditaria
2 Código Federal de Procedimientos Civiles
3 Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Cotidiana (Solución de Fondo del Conflicto y Competencia Legislativa sobre Procedimientos Civiles y Familiares), Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día viernes 15 de septiembre del 2017.
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 20 de agosto de 2025.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia. Agosto 20 de 2025.)
Que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud y la Ley de Educación a fin promover el tratamiento del trastorno del déficit de atención e hiperactividad en niñas, niños y adolescentes, recibido del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2025
Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 78, párrafo segundo fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56 Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El Trastorno por Déficit de Atención (TDA) es un trastorno del neurodesarrollo que se caracteriza fundamentalmente por la dificultad para mantener la atención; puede ir acompañado de hiperactividad (TDAH) e impulsividad.
En el primer caso se observa una incapacidad por permanecer quieto o en silencio. La hiperactividad se manifiesta por un estado de actividad excesiva de desarrollo físico o mental. Por su parte la impulsividad se manifiesta como un rasgo de personalidad caracterizado por reacción rápida, inesperada y desmedida ante cualquier situación.
Si bien el origen del TDAH es multifactorial, las investigaciones más recientes advierten que tiene una base orgánica, a su vez se observa que tiene una carga genética porque el 70 por ciento de los casos son hereditarios.
Además de ello, las investigaciones neurobiológicas han identificado que en el trastorno existen alternaciones de hecho las neuroimágenes de un cerebro de unas personas con TDAH muestran alteraciones en áreas cerebrales como la región prefrontal, los ganglios basales y el cerebelo, afectando la función de neurotransmisor clave (dopamina y noradrenalina) y la regulación de mecanismos de autocontrol y función ejecutiva.1
Estas alteraciones biológicas, se manifiestan en comportamientos que afectan el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes, dificultando su efectiva integración en sociedad.
Lo anterior se debe a que las funciones ejecutivas del cerebro, ubicadas en el lóbulo central, afectan habilidades cognitivas esenciales como son organización, planificación y autorregulación, lo cual a su vez se traduce en dificultad para poner atención en un entorno escolar y en integrarse en ciertos sistemas de control, es decir que les cuesta trabajo seguir el orden de las reglas marcadas por la sociedad, se les dificulta concentrarse, gestionar el tiempo, completar las tareas asignadas y controlar los impulsos.
Si bien es cierto que se trata de una afección neurobiológica, cuando se detecta y se trabaja de manera temprana, es posible que las niñas, niños y adolescentes que lo padecen puedan desarrollarse de manera exitosa en la sociedad, pues el trastorno no afecta la capacidad intelectual de las personas; sin embargo, cuando no hay atención o tratamiento, puede generar un alto índice de fracaso escolar, lo que a su vez genera dificultad en la adopción social.
En este último aspecto se advierte que existe una estrecha relación entre la depresión infantil y el TDAH, de hecho, la fundación Cantabria Ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad2 advierte que existen estudios en los que el 70 por ciento de los encuestados presentan síntomas de depresión, esto se debe, en principio a que: “los problemas académicos y sociales que experimentan los niños con TDAH pueden provocar síntomas de indefensión (excesiva preocupación por los acontecimientos específicos, ansiedad de separación, fobia social...) que van a incidir de forma negativa en la percepción de la competencia personal.”3
Precisamente por lo anterior, resulta fundamental atender de manera temprana a las niñas, niños y adolescentes con TDA y TDAH a fin de que puedan integrarse de manera adecuada en sociedad y puedan comenzar a percibirse como personas integrales capaces de actuar en el entorno social.
En torno a ello, es necesario reconocer el trastorno en la ley y establecer mecanismos para que se atienda tanto en salud y como en el educativo, pues el 7 por ciento de los menores en edad escolar lo padecen y éste constituye una de las principales causas de fracaso escolar.
Por todo lo anterior, la presente iniciativa busca reformar la Ley General de Educación y la Ley General de Salud para reconocer el Trastorno por Déficit de Atención y así establecer mecanismos que permitan una educación integral para las niñas, niños y adolescentes que lo padecen. Es importante advertir que la reforma que se presenta retoma algunos de los puntos planteados por la iniciativa presentada durante la LIX Legislatura de la diputada María Cristina Díaz Salazar, quien fue de las primeras en advertir la problemática en México.4
Ley General de Salud
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 3, y se adiciona la fracción XII al artículo 27 y un párrafo cuarto al artículo 72, de la Ley General de Salud; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley General de Educación
Artículo Primero: Se reforma la fracción VI del artículo 3 y se adiciona la fracción XII al artículo 27 y un párrafo cuarto al artículo 72 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 3°. - En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:
I a V. ...
VI. La salud mental, incluyendo la atención de trastornos y neurodivergencias.
VII a XXIII. ...
Artículo 27.- Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I a XI...
XII. La atención del trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad.
Artículo 72.- ...
...
Para los efectos de esta ley, se entiende por salud mental un estado de bienestar físico, mental, emocional y social determinado por la interacción del individuo con la sociedad y vinculado al ejercicio pleno de los derechos humanos; y por adicción a la enfermedad física y psicoemocional que crea una dependencia o necesidad hacia una sustancia, actividad o relación.
La atención y el cuidado de la salud mental también cubrirá la atención y apoyo de las neurodivergencias y los distintos trastornos asociados a problemas de aprendizaje.
Artículo Segundo: Se adiciona un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 2. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional.
La educación se impartirá bajo un enfoque de interseccionalidad en donde se reconozcan las necesidades de una educación especial de conformidad con las neurodivergencias, los problemas de aprendizaje y la discriminación.
Transitorios
Artículo Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Artículo Segundo. La Secretaría General de Salud contará con un año a partir de la entrada en vigor del presente decreto para adecuar servicios de salud mental orientados en diagnosticar a niñas, niños y adolescentes con neurodivergencias, como pueden ser trastorno por déficit de atención, dislexia, autismo, síndrome de Tourette, discalculia, trastorno Obsesivo-Compulsivo (TOC) entre otras.
Artículo tercero. La Secretaría de Educación pública contará con un año a partir de la entrada en vigor del presente decreto a fin de adecuar los programas y planes de estudio para conformar una educación con enfoque diferenciado e intersecciones en donde se atiendan a las distintas neurodivergencias.
Notas:
1. Concepción Escofet Soteras (1), Manuel Antonio Fernández Fernández (2), Carme Torrents Fenoy (1), Fernando Martín del Valle (3), Gonzalo Ros Cervera (4), Irene Sofía Machado Casas (Trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) https://www.aeped.es/sites/default/files/documentos/09.pdf
2. https://nesplora.com/que-tiene-en-comu-la-depresion-y-el-tdah/#:~:text=Entonces%2C%20%C2%BFqu%C3%A9%20
relaci%C3%B3n%20hay%20entre,percepci%C3%B3n%20de%20la%20competencia%20personal.&text=La
%20similitud%20de%20algunos%20s%C3%ADntomas,una%20intervenci%C3%B3n%20precisa%20e%20individualizada.
3. Ibíem.
4.https://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/200 5/02/asun_1709687_20050217_1717830.pdf
Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, a 20 de agosto de 2025.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)
(Turnada a las Comisiones Unidas de Salud y de Educación. Agosto 20 de 2025.)
Que reforma el artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, recibida del diputado Mario Alberto López Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2025
El que suscribe, diputado Mario Alberto López Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la fracción I, numeral 1, del artículo 6; y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, al tenor del siguiente:
Planteamiento del problema
La trata de personas es un delito y violación a los derechos humanos con presencia en todo el mundo, que afecta a miles de personas cada día, siendo México un país de origen, tránsito y destino de víctimas de seres humanos con fines de explotación.
Las cifras oficiales muestran un aumento en las víctimas detectadas en México, con 575 en 2018, 668 en 2019 (incremento del 16 por ciento) y 578 en 2020 en los primeros diez meses.
La vulnerabilidad de ciertos grupos (niños, niñas, mujeres, indígenas, personas con discapacidades, migrantes y comunidad LGBTTI) facilita la comisión de estos delitos.
Internacionalmente, México ratificó en 2003 el Protocolo de Palermo, que firmó el 13 de diciembre del 2000 y que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, estableciendo medidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata.
En el ámbito nacional, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (2012) define los tipos penales y las obligaciones de las autoridades en los tres órdenes de gobierno.
La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (United Nations Office on Drugs and Crime en inglés) reporta un incremento en la detección de víctimas en Norteamérica, con un aumento del porcentaje de víctimas explotadas sexualmente del 55 por ciento en 2016 al 70 por ciento en 2018; las víctimas en esta región también sufren formas mixtas de explotación, incluyendo trabajo forzado y actividades delictivas, con una presencia significativa de hombres (56 por ciento), seguidos por mujeres, niños y niñas.
A nivel mundial, el número de víctimas detectadas alcanzó su punto más alto en 2016, con más de 24,000 víctimas, siendo el 72 por ciento mujeres, con un incremento en la detección de niñas y mujeres adultas.
Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a junio de 2024 se reportaron 185 casos de víctimas del delito de trata de personas en México. Al final del año 2023 se reportaron 382 casos y en los últimos 6 meses se registraron más delitos en contra de las infancias y adolescencias que durante los mismos meses del año 2023, así mismo, se reportó que el 81.1 por ciento fueron mujeres y el 18.9 por ciento hombres.
Los estados en los que se han registrado más casos de víctimas de trata de personas de entre 0 y 17 años en lo que va del año han sido Quintana Roo (33), Ciudad de México (27) y Chihuahua (21).
Respecto a los casos de 18 o más años reportados de enero a junio de 2024 se encontró que el 87.4 por ciento fueron mujeres.
Argumentos que sustentan la iniciativa
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) puede contribuir en la lucha contra la trata detectando recursos ilícitos provenientes de la explotación de víctimas y denunciando operaciones sospechosas a las autoridades de justicia.
La agenda 2030, en donde México tiene un compromiso para cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, los cuales incluyen la protección de sectores vulnerables y la lucha contra modalidades de trata como la explotación sexual, el trabajo forzoso y la esclavitud, cuenta con solo cinco años para cumplir con las metas establecidas.
La Comisión Intersecretarial, creada por la Ley General, coordina las políticas públicas en materia de trata de personas a nivel nacional, integrando diversas instancias gubernamentales.
La trata de personas es una problemática compleja que requiere esfuerzos coordinados y efectivos tanto a nivel nacional como internacional. La existencia de marcos normativos, informes y seguimiento constante son esenciales, pero aún persisten desafíos como la corrupción, la impunidad y la vulnerabilidad de ciertos grupos. La participación de organismos, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), es fundamental para fortalecer las acciones de prevención, persecución y protección de las víctimas, así como para garantizar que se ejerzan plenamente sus derechos.
En México, la trata de personas ha sido principalmente considerada desde una perspectiva criminal, dejando de lado las raíces sociales, económicas y culturales del problema. La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos entró en vigor en 2012, aunque define los tipos penales y las obligaciones de las autoridades, el país aún no cuenta con una política pública preventiva integral que aborde las causas estructurales de este delito.
La presente iniciativa destaca la necesidad de fortalecer las acciones institucionales, cumplir con los compromisos internacionales y mejorar la atención a las víctimas para avanzar en la erradicación de la trata de personas en México.
Por lo anterior, propongo modificar el artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
A continuación, se presenta el cuadro comparativo entre el texto vigente de la ley y la propuesta de reforma que se plantea:
Por lo aquí expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:
Decreto por el que se reforma el artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Artículo Único. Se reforma el artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para quedar como sigue:
Artículo 10.- Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 15 a 20 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en esta ley y en los códigos penales correspondientes.
Se entenderá por explotación de una persona a:
I. a XI ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1. https://www.urbanopuebla.com.mx/sociedad/trata-de-personas-crece-86-en- puebla-y-casi-desaparece-en-tlaxcala-segun-cifras-de-igavim/
2. https://www.gob.mx/ceav/acciones-y-programas/tlaxcala-160720
3. https://consejociudadanomx.org/media/pdf/9/3ER%20REPORTE%20TRATA.pdf
4. https://www.cndh.org.mx/programa/35/contra-la-trata-de-personas
Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 20 de agosto de 2025
Diputado Mario Alberto López Hernández (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Derechos Humanos. Agosto 20 de 2025.)
De la Comisión de Movilidad, correspondiente a la octava reunión ordinaria, llevada a cabo el jueves 24 de julio de 2025
En la Ciudad de México, a las 17:30 horas del jueves 24 de julio de 2025, en el salón E del edificio G, planta baja de este recinto legislativo, se reunieron las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Movilidad, de acuerdo con la convocatoria de fecha 16 de junio de 2025, emitida por la diputada Patricia Mercado Castro, en su calidad de presidenta de la Comisión.
Según consta en el registro de asistencia mediante el sistema APRAV, estuvieron presentes las
Diputadas y diputados: Patricia Mercado Castro (por sistema), Abigail Arredondo Ramos (por sistema), Mayra Espino Suárez (por sistema), Claudia Leticia Garfias Alcántara (de viva voz), César Agustín Hernández Pérez (por sistema), Marcela Michel López (de viva voz), Iván Millán Contreras (inasistencia), Nancy Aracely Olguín Díaz (de viva voz), Hugo Manuel Luna Vázquez (inasistencia), Iván Peña Vidal (inasistencia), Hilda Araceli Brown Figueredo (por sistema), Alma Delia Navarrete Rivera (por sistema), Samantha Margarita Garza de la Garza (por sistema), María del Carmen Nava García (por sistema), Alejandro Pérez Cuéllar (inasistencia), Santy Montemayor Castillo (por sistema), Fátima Almendra Cruz Peláez (por sistema), Miguel Ángel Guevara Rodríguez (por sistema), Luis Fernando Vilchis (de viva voz).
Para iniciar la octava reunión ordinaria de la Comisión de Movilidad, la presidenta, diputada Patricia Mercado Castro , agradeció la asistencia de las diputadas y diputados integrantes y solicitó a la Secretaría, a cargo de la diputada Mayra Espino Suárez , dar cuenta del resultado del cómputo previo de asistencia a esta reunión y verificar el quórum necesario para llevarla a cabo.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez, señaló el registro de 13 diputadas y diputados, por lo tanto, comunicó a la Presidencia la existencia de quórum.
La presidenta, diputada Patricia Mercado Castro, expresó que, verificado el quórum necesario para llevar a cabo la reunión, se procedía al punto dos del orden del día correspondiente a la Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día , por lo que solicitó a la Secretaría dar lectura, someterlo a discusión y consultar si era de aprobarse en votación económica.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez , dio lectura al proyecto de orden del día:
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la séptima reunión ordinaria de la Comisión de Movilidad.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y IX del artículo 1; las fracciones XXIII, XLVI, LXVII del artículo 3; la fracción VII del artículo 25; y se reforma el artículo 78, todos de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y por las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en materia de prevención de hechos delictivos como parte de la seguridad vial.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 50 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para prohibir el alertamiento de presencia de programas preventivos de seguridad vial en las aplicaciones de navegación asistida, a cargo del diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
6. Asuntos generales.
7. Clausura y cita para la próxima reunión.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez , sometió a discusión el orden del día. Al no haber intervenciones, en votación económica, consultó si era de aprobarse el proyecto de orden del día. Se aprobó por mayoría.
La presidenta, diputada Patricia Mercado Castro , señaló que, aprobado el orden del día, proseguía el punto número 3, correspondiente a la Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la séptima reunión ordinaria de la Comisión de Movilidad . Al respecto, solicitó a la Secretaría consultar a las diputadas y diputados integrantes, en votación económica, si se dispensaba su lectura y someterla a discusión.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez , consultó en votación económica si se dispensaba la lectura del acta. Se dispensó la lectura por unanimidad. Asimismo, señaló que estaba abierta la discusión del acta. No hubo intervenciones.
La presidenta, diputada Patricia Mercado Castro, solicitó a la Secretaría consultar a las diputadas y diputados, si era de aprobarse el acta de la séptima reunión ordinaria de la Comisión de Movilidad en votación nominal, a través del sistema APRAV, hasta por tres minutos.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez , solicitó habilitar el sistema APRAV hasta por tres minutos para capturar la votación del acta. Informó que se emitió un total de 13 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Se aprobó por unanimidad.
La presidenta, diputada Patricia Mercado Castro , dio paso al numeral 4 del orden del día, relativo a la Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y IX del artículo 1; las fracciones XXIII, XLVI, LXVII del artículo 3; la fracción VII del artículo 25; y se reforma el artículo 78, todos de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y por las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en materia de prevención de hechos delictivos como parte de la seguridad vial.
Informó que se recibieron dos opiniones en contra de la iniciativa por parte de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) y de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), por lo que el proyecto de dictamen se realizó con base en las siguientes consideraciones:
La iniciativa propone incluir como parte de la política de movilidad y seguridad vial, la prevención de hechos delictivos; y que, en la gestión de factores de riesgo, se consideren los efectos del quehacer delincuencial en carreteras, caminos y puentes en los tres órdenes de gobierno.
Se propone modificar la definición de “seguridad vial”, a fin de adicionar como una de sus finalidades la prevención de eventos delictivos dentro de las vías; así como la definición de “vía”, para agregar que es el espacio físico destinado al tránsito de personas peatonas y vehículos “con o sin mercancías”.
Que la Estrategia Nacional de Movilidad observe la instalación de puestos de control carreteros de monitoreo eficaz de carácter permanente con personal capaz, certificado y comprometido con el orden, justicia y paz social; e incluir, como parte de las actividades de los Observatorios Ciudadanos de Movilidad y Seguridad Vial, el entrenamiento especializado a quienes tienen a su cargo el resguardo de las carreteras, caminos y puentes en los tres órdenes de gobierno.
Dijo que si bien la Comisión reconoce la importancia de la propuesta planteada por el diputado porque responde a preocupaciones legítimas sobre la seguridad pública y patrimonial; se consideró que el enfoque de la seguridad vial previsto en la Ley General de Movilidad se dirige a la prevención de los siniestros de tránsito y a la reducción del riesgo de lesiones y muertes, en congruencia con los instrumentos internacionales en la materia. Por eso, también se consideró que, con la adición de contenidos sobre seguridad pública, se corre el riesgo de desnaturalizar la esencia y finalidad de la seguridad vial.
La SICT emitió opinión “en contra” de la iniciativa en ese mismo sentido. Señala que, de acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud, la seguridad vial se refiere a aquellas medidas adoptadas para reducir el riesgo de lesiones y muertes causadas por el tránsito; es decir, es un sistema normativo diseñado con el fin de prevenir siniestros de tránsito y minimizar sus consecuencias, tal como también lo define la Ley General de Movilidad como factores de riesgo. Esto cobra relevancia, dado que la Ley General tiene por objeto sentar las bases para una política de movilidad y seguridad vial; lo que hace notable la diferencia sustancial entre la seguridad vial y la seguridad pública, sobre la que versa la propuesta legislativa.
La Secretaría considera que la seguridad pública en carreteras federales, vías férreas y en general, en medios de transporte que operen en vías generales de comunicación, se encuentran regulados en la Ley de la Guardia Nacional y su Reglamento, así como en Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. De modo que la Ley General de Movilidad no aborda asuntos inherentes a la seguridad pública, por estar fuera de su objeto.
Sedatu emitió opinión “en contra” de la iniciativa en el mismo sentido. Al considerar que es materia de otras leyes, no de la Ley General de Movilidad. También enfatiza sobre la diferencia entre el concepto de “seguridad vial” y la seguridad pública, pues las directrices están técnicamente orientadas a la seguridad vial en términos de infraestructura, tránsito, ingeniería, normatividad vial, atención prehospitalaria y control del riesgo de siniestros, no de prevención de delitos.
Señala que conforme al artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana la dependencia a la que corresponde formular la Estrategia Nacional y la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública; así como, dirigir las políticas, programas y acciones para coordinar la prevención del delito y proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos.
Respecto de las consideraciones de la Comisión, dijo que en el contexto de la Ley General de Movilidad, la seguridad vial es un pilar fundamental y transversal que impregna la totalidad de los principios, objetivos y criterios, buscando proteger la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos mediante el enfoque de la prevención de siniestros viales y la garantía de un entorno de circulación ordenado y seguro, sin que ello implique acciones de seguridad pública que corresponden a otras autoridades.
Por ello, se consideró que el contenido de la iniciativa no guarda relación directa ni material con los fines y objetivos de la Ley General, cuyo objeto es garantizar el derecho humano a la movilidad mediante un diseño estructural y preventivo de los sistemas de movilidad, no a través de tareas de control, inspección o contención de tipo penal o policial.
Esta Ley es, por esencia, un instrumento jurídico de vocación garantista, orientado a la planeación urbana, al desarrollo territorial, a la protección de los grupos de atención prioritaria y a la coordinación institucional entre los órdenes de gobierno para mejorar las condiciones del desplazamiento humano.
La inserción de elementos normativos asociados a la prevención, detección o persecución del delito –como serían los eventos delictivos en carreteras, caminos y puentes, o la protección del patrimonio y mercancías transportadas– desplaza el eje rector de la norma hacia objetivos que corresponden al Sistema Nacional de Seguridad Pública y a la Guardia Nacional, no al Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial.
Dijo que por estas razones, se elaboró el proyecto de dictamen en sentido negativo, e hizo constar que el diputado promovente no pudo asistir ni conectarse a la sesión para exponer los argumentos de su iniciativa.
Finalmente, solicitó a la Secretaría consultar en votación económica si se dispensaba la lectura del proyecto de dictamen y someterlo a discusión y votación nominal a través del sistema APRAV hasta por tres minutos.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez , consultó en votación económica si se dispensaba la lectura del dictamen. Se dispensó su lectura. Asimismo, sometió el dictamen a discusión. No hubo intervenciones.
Acto seguido, solicitó habilitar el sistema APRAV hasta por tres minutos para capturar la votación del proyecto de dictamen. Informó a la Presidencia que se emitieron 12 votos a favor, 3 votos en contra y 0 abstenciones. Se aprobó el dictamen con 12 votos a favor.
La presidenta, diputada Patricia Mercado Castro, continuó con el numeral 5 del orden del día, correspondiente a la Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 50 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para prohibir el alertamiento de presencia de programas preventivos de seguridad vial en las aplicaciones de navegación asistida, a cargo del diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional .
Informó que el proyecto de dictamen se realizó con base en las siguientes consideraciones:
La iniciativa propone adicionar un artículo 50 Bis a la Ley General de Movilidad para establecer la prohibición de emisión de alertas sobre controles de tránsito en aplicaciones de navegación y asistencia en tiempo real. Por ejemplo, cuando una persona bebe en una reunión y decide volver a casa en su coche. Antes de arrancar, abre Waze para ver la mejor ruta. Mientras revisa el mapa, nota que hay un ícono con una alerta que dice “Punto de control policial” (alcoholímetro) reportado por otros usuarios. Esto puede tener dos salidas: Sabiendo que ha bebido, decide pedir un taxi en lugar de arriesgarse a conducir; o bien, tomar una ruta alterna para evadir el punto de control. Aquí es donde está la problemática planteada por el diputado.
Dijo que la Comisión coincide con la preocupación planteada por el diputado respecto a la importancia de la seguridad vial para salvaguardar la vida de todas las personas en sus desplazamientos, así como del cumplimiento de la obligación del Estado mexicano para garantizar el derecho a la vida y la integridad física de sus habitantes; sin embargo, se ha considerado que el contenido de la propuesta podría incurrir en una colisión de derechos, pues se restringiría el libre acceso a la información; el derecho de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, y de acceso a las tecnologías de la información y comunicación.
Sedatu emitió opinión “en contra” de la iniciativa al considerar que contraviene lo dispuesto por los artículos 6o., 7o., 14 y 16 de la Constitución federal. El artículo 6o. porque reconoce el derecho a la información. También implica la obligación del Estado de garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, lo que es materia de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El artículo 7o. constitucional es categórico al establecer la inviolabilidad de la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio; por lo que el Estado está impedido constitucionalmente para restringir este derecho. El artículo 14 protege los derechos humanos y las garantías para hacerlos efectivos, por ello, ninguna persona podrá ser privada de sus libertades ni derechos, sino mediante juicio seguido ante tribunales. El artículo 16 es parte del mecanismo de la Carta Magna para proteger los derechos y libertades consagradas constitucionalmente, por lo que ninguna persona podrá ser molestada a menos de que exista mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
En este orden de ideas, Sedatu considera que aun cuando la propuesta del legislador, en esencia, contiene una preocupación legítima y nobles intenciones, prohibir los alertamientos en los términos planteados podría considerarse una restricción directa a derechos humanos consagrados en la Constitución, y podría ser objeto de controversias ante autoridades jurisdiccionales. Esto, sobre todo porque la difusión de información relacionada con alertas de alcoholímetros a través de plataformas, medios o aplicaciones digitales cuyo funcionamiento sea con base satelital, es realizada por particulares. Finalmente, considera pertinente realizar un análisis mucho más amplio dentro del marco legal aplicable en la materia, ya que la Ley General de Movilidad no es el instrumento legal idóneo para contemplar restricciones relacionadas con “alertamientos de alcoholímetros”.
La SICT emitió opinión en el sentido de que la materia de la iniciativa no es de su competencia; sin embargo, señaló que si bien se considera loable el contenido porque busca garantizar que las personas circulen a una velocidad segura y así reducir el número de siniestros viales, lesiones graves y muertes evitables en carreteras y vialidades federales, estatales y municipales, la Ley General de Movilidad no regula el contenido de las aplicaciones y programas de navegación asistida por GPS, por lo que se considera que el proyecto rebasaría el objeto de la Ley.
Señaló que, estando de acuerdo, la Comisión confirma que la Ley General de Movilidad no es el instrumento jurídico para regular el tipo de aplicaciones contenidas en la iniciativa, ya que no las contempla.
Además, se consideró que asumir que la ciudadanía evade los controles simplemente por conocer su ubicación, parte de una lógica punitiva del comportamiento social, cuando en realidad el acceso a esa información también puede generar una mayor consciencia de la presencia de dispositivos y, por tanto, un cambio en la conducta.
Los operativos como los alcoholímetros forman parte de un programa preventivo, no punitivo. La difusión de su ubicación también puede fortalecer su objetivo disuasorio, pues si una persona conductora decide no consumir alcohol o no conducir al saber que existe un operativo, se logra la prevención sin necesidad de sanción. El solo hecho de difundir una alerta sobre un operativo visible no implica estrictamente la evasión, encubrimiento u obstrucción de justicia.
Expresó el reconocimiento por parte de la Comisión respecto a que los datos presentados por el diputado en la exposición de motivos son alarmantes. El hecho de que la siniestralidad vial siga siendo una de las principales causas de muerte y discapacidad en México exige que se fortalezcan las medidas para garantizar la seguridad vial; sin embargo, aun cuando las disposiciones de la Ley General de Movilidad se orientan a prevenir siniestros, a través de controles viales, no es posible hacerlo en detrimento del ejercicio de otros derechos. Sobre todo, cuando no existe evidencia de que el alertamiento por parte de las aplicaciones en tiempo real reduzca la eficacia de las medidas de control y, en su caso, aumente el riesgo vial.
Por todo lo anterior, y una vez agotado el análisis del fondo y la forma de la propuesta, dijo que la Comisión estimaba que la iniciativa no guarda congruencia con los principios, objeto y alcance de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial; por tanto, se dictaminó en sentido negativo.
Concluyó solicitando a la Secretaría consultar, en votación económica, si se dispensaba la lectura del proyecto de dictamen, y someterlo a discusión y a votación nominal a través del sistema APRAV hasta por tres minutos.
La secretaria, diputada Mayra Espino Suárez , consultó en votación económica si se dispensaba la lectura del dictamen. Se dispensó su lectura. Asimismo, sometió el dictamen a discusión. No hubo intervenciones.
Acto seguido, solicitó habilitar el sistema APRAV hasta por tres minutos para capturar la votación del dictamen. Informó a la Presidencia que se emitió un total de 14 votos a favor, 1 voto en contra y 0 abstenciones. Se aprobó el dictamen con 14 votos.
La presidenta, diputada Patricia Mercado Castro, continuó con el numeral 6 del orden del día, relativo a Asuntos generales . Consultó si alguna diputada o diputado deseaba incluir algún Asunto general. No hubo intervenciones, por lo que solicitó el uso de la palabra.
Dijo que, como presidenta de la Comisión, propondría ante la junta directiva, convocar a mesas de trabajo con diferentes actores e instituciones para generar ideas sobre la posibilidad de modificar la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de motocicletas. Señaló que, si bien la ley ya cuenta con medidas mínimas para el uso de motocicletas, es necesario analizar la pertinencia de ampliar ese marco general para que se fortalezcan las capacidades de las entidades federativas y municipios en sus reglamentos de tránsito.
Subrayó la preocupación compartida por distintos sectores, incluyendo a la propia Comisión, organizaciones de la sociedad civil, grupos parlamentarios y el Poder Ejecutivo, particularmente en relación con la iniciativa anunciada por la Presidenta de la República, doctora Claudia Sheinbaum, para reforzar esta regulación. Aclaró que, aunque dicha iniciativa está próxima a presentarse, la Comisión no debe esperar pasivamente su llegada, sino iniciar desde ahora un diálogo abierto con todos los actores involucrados para escuchar sus experiencias, preocupaciones y propuestas.
Entre los temas relevantes, destacó la ausencia de una reglamentación específica para los servicios que ofrecen aplicaciones relacionadas con motocicletas, las cuales actualmente operan bajo condiciones que pueden resultar peligrosas, no por la aplicación en sí, sino por el uso que se da a los vehículos.
Al no haber más intervenciones ni más asuntos por tratar, la presidenta, diputada Patricia Mercado Castro, dio por terminada la sesión de la octava reunión ordinaria de la Comisión de Movilidad, correspondiente a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, a las 18:23 horas del jueves 24 de julio de 2025; y citó a la novena reunión ordinaria de la Comisión para el 26 de agosto de 2025, en modalidad semipresencial.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de julio de 2025.
Votación del acta
A favor
Diputados: Patricia Mercado Castro, Mayra Espino Suárez, César Agustín Hernández Pérez, Hugo Manuel Luna Vázquez, Marcela Michel López, Iván Millán Contreras, Nancy Aracely Olguín Díaz, Iván Peña Vidal, Hilda Araceli Brown Figueredo, Almendra Cruz Peláez Fátima, Samantha Margarita Garza de la Garza, Miguel Ángel Guevara Rodríguez, Santy Montemayor Castillo, María del Carmen Nava García, Alma Delia Navarrete Rivera, Luis Fernando Vilchis Contreras.
Ausentes
Diputados: Alejandro Pérez Cuéllar, Claudia Leticia Garfias Alcántara.
De la diputada Petra Romero Gómez, correspondiente a la sesión ordinaria de la Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud del Parlatino, llevada a cabo el jueves 7 y el viernes 8 de agosto de 2025 en Panamá, República de Panamá
1. Antecedentes
• Orígenes
El Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino) se creó el 7 de diciembre de 1964 con el objetivo de ser un organismo regional, permanente y unicameral, integrado por los parlamentos nacionales de los países soberanos e independientes de América Latina y el Caribe, elegidos democráticamente mediante sufragio popular, cuyos países suscribieron el correspondiente Tratado de Institucionalización el 16 de noviembre de 1987, en Lima, Perú. Su sede permanente se encuentra en Panamá.
• Relevancia
México es parte del Parlatino desde su fundación y tiene un papel preponderante dentro de las Comisiones y los órganos directivos, siendo promotor de distintas Leyes Modelo.
El Congreso mexicano ha presidido el Parlatino en tres ocasiones: del 25 de abril de 1977 al 16 de julio de 1979, con el diputado Augusto Gómez Villanueva y sustituido por el ex diputado Víctor Manzanilla Schaffer; del 18 de marzo de 2000 al 8 de noviembre de 2002, con la Senadora Beatriz Paredes Rangel; y del 2015 al 2017 con la entonces Senadora, y actual diputada, Blanca Alcalá Ruiz (2015-2017).
En el caso de la Secretaría General se ha presidido en dos periodos consecutivos del 2011 al 2012 y del 2012 al 2015, así como la Secretaría de Comisiones a través de la exsenadora María de los Ángeles Moreno Uriegas del 2006 al 2010. De manera reciente, ocupó la Secretaría de Relaciones Interparlamentarias con la entonces Senadora María del Rocío Pineda Gochi (noviembre de 2017-agosto de 2018).
• Objetivos
a. Fomentar el desarrollo económico y social integral de la comunidad latinoamericana y pugnar porque alcance, a la brevedad posible, la plena integración económica, política y cultural de sus pueblos;
b. Defender la plena vigencia de la libertad, la justicia social, la independencia económica y el ejercicio de la democracia representativa con estricto apego a los principios de no intervención y de libre autodeterminación de los pueblos;
c. Velar por el estricto respeto a los derechos humanos fundamentales, y porque no sean afectados en ningún Estado latinoamericano en cualquier forma que menoscabe la dignidad humana;
d. Luchar por la supresión de toda forma de colonialismo, neocolonialismo, racismo y cualquier otra forma de discriminación en América Latina;
e. Oponerse a la acción imperialista en América Latina, recomendando la adecuada legislación normativa y programática que permita a los pueblos latinoamericanos el pleno ejercicio de su soberanía permanente sobre los recursos naturales y su mejor utilización y conservación;
f. Luchar en favor de la cooperación internacional, como medio para instrumentar y fomentar el desarrollo armónico de la comunidad latinoamericana, en términos de bienestar general;
g. Contribuir a la afirmación de la paz, la seguridad y el orden jurídico internacionales y luchar por el desarme mundial, denunciando y combatiendo el armamentismo y la agresión de quienes sustenten la política de la fuerza, que son incompatibles con el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico a que tienen derecho los pueblos de América Latina;
h. Canalizar y apoyar las exigencias de los pueblos de América Latina, en el ámbito internacional, respecto al justo reconocimiento de sus derechos en la lucha por la instauración de un Nuevo Orden Económico Internacional;
i. Propugnar, por todos los medios posibles, el fortalecimiento de los parlamentos de América Latina, para garantizar la vida constitucional y democrática de los Estados, así como propiciar, con los medios a su alcance y sin perjuicio del principio de la no intervención, el restablecimiento de aquellos que hayan sido disueltos;
j. Apoyar la constitución y fortalecimiento de los Parlamentos subregionales de América Latina, que coincidan con el Parlamento en sus principios y propósitos;
k. Mantener relaciones con parlamentos de todas las regiones geográficas, así como con organismos internacionales; y
l. Difundir la actividad legislativa de sus miembros.
• Competencia de la Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud
Deliberar sobre la necesidad de lograr la plena participación de la mujer en la vida de los pueblos, en igualdad de oportunidades y derechos. Abarca consecuentemente, aspectos tales como mujer y trabajo; mujer y educación; mujer y política (toma de decisiones, participación en el poder); maternidad y derecho de la familia.
Revisará las materias referentes a la juventud y sus derechos, su organización, su movilización y, en general su plena participación en los procesos de desarrollo e integración. Comprende también la promoción de políticas, planes, programas y proyectos de protección a la infancia, especialmente en lo relacionado a su rápida inserción al sistema educativo.
• Reuniones celebradas
La Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud, del Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino) celebra semestralmente reuniones, regularmente en su sede permanente en la Ciudad de Panamá, República de Panamá.
• Última reunión
La reunión de la Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud, más reciente se realizó en las instalaciones de la sede del Parlatino, el 20 y 21 de marzo de 2025.
Donde se plantearon los siguientes temas:
1. Ley Modelo para la Prevención de Embarazos en la Adolescencia en América Latina y el Caribe.
2. Equidad de bienes de Consumo e impuesto Rosa.
3. Cooperación internacional aplicada a políticas públicas en niñez y adolescencia.
4.Juventud. Elaboración y discusión de acciones en políticas que contribuyan a garantizar los derechos y el desarrollo de adolescentes y jóvenes en América Latina y el Caribe.
5. Migración, niños no acompañados, jóvenes y mujeres.
6. Declaración de Oslo: Seguimiento y elaboración de una posible hoja de ruta legislativa o regional.
7. Pacto para el futuro (acuerdo global de las Naciones Unidas que busca construir un futuro más justo, inclusivo, y sostenible).
Integrantes de la Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud
Primer Vicepresidente: Senador Frenciss Lourens, Curaçao
Segundo Vicepresidente: Diputado Mane Osorio, Uruguay
Secretaria: Diputada Arelys Santana Bello, Cuba
Integrante: Senador Ishahier Monte, Curaçao
Integrante: Asambleísta Camila León, Ecuador
Integrante: Asambleísta Naila Victoria Quintana: Ecuador
Integrante: Diputada Ana Olivera, Uruguay
Integrante: Congresista Patricia Rosa Chirinos, Perú
Integrante: Senador Shurendi Pieternella, Curaçao
Integrante: Diputado Gonzalo Adolfo Mendoza, Bolivia
Iintegrante: Viceprimera Ministra Verónica Jansen, San Martin
Integrante: Diputada Petra Romero Gómez, México
Desarrollo del programa
6 de agosto
– Llegada de los parlamentarios y traslado a hoteles oficiales
7 de agosto
8:30. Traslado de los parlamentarios desde Hoteles oficiales a la Sede
9:00. Instalación conjunta de las Comisiones de Igualdad de Género, Niñez y Juventud; Agricultura, Ganadería y Pesca; y Seguridad Ciudadana; Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado
• Diputado Juan Martín Rodríguez, secretario general; diputado Didiano Pinilla, secretario alterno de Comisiones; Elías A. Castillo G., secretario ejecutivo del Parlatino.
9:30. Tema I.
Analizar la ley modelo de embarazo adolescente(devuelta a la comisión con observaciones)
10:30. Tema II
– Declaración de Oslo
– Informe a cargo de la diputada Arelys Santana Bello, secretaria de la comisión
11:00. Tema III
– Cooperación internacional
– Informe a cargo del diputado Marné Osorio, segundo vicepresidente de la comisión
13:00. Almuerzo
14:30. Tema III
– Derechos de la Juventud en América Latina y el Caribe.
• Expositora: Galo Delgado, asociada del Programa para Juventud UNFPA México
15:30. Tema IV
– Debatir propuesta de estructura de Ley Modelo sobre juventudes considerando acciones del Pacto del Futuro
17:00. Tema V
– Exposición digital y efectos en concentración, rendimiento académico y salud mental en niños y adolescentes
• Expositor: Señora Verónica Violant Holz, directora del Observatorio Internacional en Pedagogía Hospitalaria. Universidad de Barcelona.
18:00. Fin de jornada.
8 de agosto
8:30. Traslado de los parlamentarios desde Hoteles oficiales a la Sede para ser trasladados al Museo de la Libertad
9:00. Agenda de campo
– Visita al Museo de la Libertad
10:30. Oficinas del Parlatino
– Conversatorio con la licenciada Mayra Silvera, directora de la Oficina Contra la Trata de Personas
– Carlos Pérez, de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)
– Licenciado Bolívar Rodríguez, de Servicio Nacional de Migración
10:45. Fin de la jornada
Traslado de los parlamentarios (as) a sus hoteles.
Actividades en las que participe con ideas centrales de cada uno de los bloques
Tema I. Analizar la ley modelo de embarazo adolescente (devuelta a la comisión con observaciones)
Se aprobó el proyecto de Ley Modelo de Embarazo Adolescente, con las observaciones y/o correcciones enviadas por la asesoría jurídica del Parlatino. Dada la concurrencia por primera vez de algunos miembros de la comisión, decidimos dar un plazo de 30 días para poder proponer reconsideración, si no lo hubiera en ese plazo el proyecto se daría por aprobada definitivamente por la comisión.
En este punto, mencioné que el embarazo adolecente es un problema significativo en América Latina y el caribe, lo cual genera consecuencias sociales y económicas. Cuando una adolescente queda embarazada, su salud, educación, ingresos y todo su futuro pueden estar en peligro, y puede quedar atrapada en una vida sumida en la pobreza, la exclusión y la impotencia.
Es por ello que se debe apoyar a nuestras adolescentes en la toma de decisiones sobre su vida, incluida su salud sexual y reproductiva. Igualmente, se les debe empoderar ofreciéndoles oportunidades reales para que puedan ver que la maternidad no es su único destino. Por lo cual, es muy satisfactorio para mi aprobar esta ley que será un modelo para los países que somos parte del Parlamento Latinoamericano y Caribeño.
Tema II. Declaración de Oslo - Informe a cargo de la diputada Arelys Santana Bello, secretaria de la comisión
Dado que la diputada informante no pudo concurrir, y frente a dificultades de conectividad al intentar hacerlo vía zoom, no se pudo realizar el informe, por lo que se incluirá en la siguiente reunión de la comisión.
Tema III. Cooperación internacional - Informe a cargo del diputado Marne Osorio, segundo vicepresidente de la comisión
Se realizó el informe referente a la cooperación internacional, y la comisión decidió solicitar a la Secretaria de Comisiones los siguientes trabajos:
• Elaborar un mapa regional de necesidades y oportunidades en Cooperación Internacional.
• Crear un observatorio parlamentario de cooperación internacional.
• Generar una instancia de capacitación a los parlamentarios referente a Cooperación Internacional.
Tema III. Derechos de la Juventud en América Latina y el Caribe.
Expositora: Galo Delgado, Asociada del Programa para Juventud UNFPA México.
La expositora abordó el tema de las Juventudes en perspectiva de derechos, respetando las diferencias entre los jóvenes y sus dimensiones.
En este tema se mencionó la importancia de promover instrumentos de orientación política, instrumentos de orientación técnica y participación de los jóvenes en forma efectiva.
En este sentido los parlamentos pueden:
1. Abordar el tema desde un enfoque generacional e intersecciones.
2. Armonizar con instrumentos internacionales.
3. Institucionalizar la participación.
4. Crear instrumentos de monitoreo.
En este tema resalte que una de las situaciones a las que se enfrentan los jóvenes es la falta de empleo, la mayoría de los jóvenes trabajan en la informalidad, sin protección social ni estabilidad por falta de oportunidades.
Así como el problema de las drogas, la violencia y la criminalización, pues en América Latina y el caribe enfrentan una crisis estructural de violencia y consumo de drogas que afecta gravemente a la población joven. Esta situación está vinculada a factores como la desigualdad, la falta de oportunidades educativas y laborales.
Muchos jóvenes, especialmente de zonas marginadas, son reclutados por el crimen organizado desde los 12 años y son utilizados como sicarios o distribuidores de drogas. Por ello debemos trabajar para brindarles a nuestros jóvenes una educación accesible y verdaderas oportunidades laborales para evitar que los jóvenes lleguen hasta este punto.
Tema IV. Debatir propuesta de estructura de Ley Modelo sobre juventudes considerando acciones del Pacto del Futuro
La comisión ha decidido avanzar en la hoja de ruta propuesta por UNFPA en los siguientes puntos:
A. Mapeo de Ley existentes en la región.
B. Definición de la estructura base de la Ley marco.
Para ello se solicitó a la secretaria de comisiones que coordine con UNFPA para la próxima sesión de la comisión poder participar proponiendo estos dos temas.
Tema V. Exposición digital y efectos en concentración, rendimiento académico y salud mental en niños y adolescentes
Expositora: Señora Verónica Violant Holz, directora del Observatorio Internacional en Pedagogía Hospitalaria. Universidad de Barcelona.
La presentación abordo temas como:
• Redes Sociales y su impacto en la educación.
• Dificultades en la salud por la exposición prolongada a redes.
• Efectos por la exposición prolongada a la televisión.
• Cómo promover la salud mental en los adolescentes.
• Situaciones de crisis de la salud mental en los adolescentes.
• Cómo mejorar el crecimiento psicoemocional en la adolescencia.
• Bienestar integral.
• Impacto de las tecnologías en el rendimiento académico.
En este tema mencione que en la actualidad, las redes sociales se han convertido en un elemento central en la vida de las y los adolescentes, todos los jóvenes hacen uso del internet en todo momento y aunque estas herramientas ofrecen oportunidades valiosas para el acceso a información y el aprendizaje, también representan retos para la educación y la salud integral de esta población.
En cuanto a la salud mental, el uso excesivo de redes sociales puede generar ansiedad, depresión y baja autoestima, por lo cual es importante trabajar en el buen uso del internet.
Los compañeros compartieron sus comentarios y no habiendo más temas a tratar el presidente levantó la sesión.
El día 8 de agosto los parlamentarios visitamos el Museo de la Libertad, cuyas exposiciones ilustran cómo se viven los derechos humanos hoy en día y la lucha continua por el reconocimiento universal de conceptos que definen la libertad, la dignidad y la igualdad.
Posteriormente participamos en los trabajos de las tres unidades legislativas que incluyeron un conversatorio sobre trata de personas, que impartieron Moisés Chanis de la Oficina contra la Trata de Personas del Ministerio de Seguridad
Pública de Panamá y Mario Cordero, representante de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Finalmente se dieron por terminados los trabajos y se realizó la clausura.
• Inauguración
El secretario general del Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino), diputado Juan Martín Rodríguez, dio apertura oficial a las sesiones de trabajo de tres importantes comisiones permanentes del organismo
• Agricultura, Ganadería y Pesca.
• Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado.
• Igualdad de Género, Niñez y Juventud.
La instalación contó además con la participación del MP Frenciss Lourens, primer vicepresidente de la Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud del Parlamento de Curazao; y del diputado Carlos Reutor, presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento del Uruguay.
Mencionaron que el objetivo de estas reuniones es avanzar en la revisión y debate de proyectos de ley modelo que forman parte de sus respectivas agendas legislativas.
Las y los parlamentarios de los países miembros trabajarán de manera conjunta para intercambiar experiencias, fortalecer marcos normativos y proponer soluciones legislativas regionales en temas clave para América Latina y el Caribe. Resaltando la importancia de los temas que se abordarán y asegurando que se tendrá un trabajo muy fructífero.
• Conclusiones y resultados
En el marco de la reunión ordinaria de la Comisión de Igualdad de Género, Niñez y Juventud del Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino), se alcanzaron acuerdos de gran trascendencia para nuestra región. Entre los resultados más relevantes destaca la aprobación de la Ley Modelo para la Prevención de Embarazos en Adolescentes en América Latina y el Caribe, un instrumento jurídico que busca brindar a los congresos nacionales una guía integral para legislar en favor de las juventudes.
Las conclusiones de esta sesión reflejan la voluntad política de los países miembros de atender de manera prioritaria una problemática que impacta directamente en el desarrollo humano, la salud y las oportunidades de vida de millones de adolescentes en nuestra región. Se enfatizó la necesidad de adoptar políticas públicas basadas en la evidencia, con perspectiva de género y con un enfoque de derechos humanos, que garanticen el acceso a la educación integral en sexualidad, la atención en salud reproductiva y la prevención de la violencia de género.
Asimismo, se subrayó la importancia de fortalecer la cooperación entre los parlamentos nacionales para adaptar la Ley Modelo a los marcos legislativos internos, siempre considerando la diversidad cultural y social de cada país. Con ello, se busca promover un marco común de acción regional que contribuya a reducir las brechas de desigualdad y a garantizar a las y los adolescentes un futuro con mayores oportunidades.
El resultado de esta reunión constituye un avance significativo en la agenda del Parlatino y reafirma el compromiso de seguir trabajando conjuntamente por una región más justa, inclusiva y con pleno respeto a los derechos humanos.
• Apreciaciones y recomendaciones personales
El Encuentro Internacional del Parlamento Latinoamericano y Caribeño fue una experiencia sumamente enriquecedora, tanto en lo personal como en lo legislativo. Considero que espacios como este son fundamentales para fortalecer la cooperación entre nuestros países, ya que permiten intercambiar visiones, analizar problemáticas comunes y encontrar soluciones conjuntas que fortalezcan a la región.
Entre mis apreciaciones más relevantes destaco la apertura al diálogo, la diversidad de perspectivas y el compromiso mostrado por cada representante en torno a temas prioritarios como la democracia, la igualdad de género, el desarrollo sostenible y la protección de los derechos humanos. Estos elementos refuerzan la importancia de trabajar con una visión regional, entendiendo que los desafíos actuales no reconocen fronteras.
En cuanto a mis recomendaciones, considero necesario:
1. Dar seguimiento puntual a los acuerdos alcanzados para que trasciendan más allá del intercambio académico y se conviertan en acciones legislativas concretas.
2. Impulsar mesas de trabajo permanentes entre comisiones afines de los congresos nacionales y el Parlatino, a fin de mantener la continuidad de los debates.
3. Fortalecer la participación ciudadana y académica, incorporando voces de la sociedad civil y de especialistas que enriquezcan las discusiones con evidencia y propuestas innovadoras.
Estoy convencida de que encuentros como este nos motivan a seguir legislando con responsabilidad y visión de futuro, con la certeza de que la integración latinoamericana es clave para avanzar en justicia social, equidad y desarrollo sostenible.
• Recomendaciones administrativas
El personal del Parlatino fue muy amable en todo momento, solo sugiero que se mencione que la terminal 2 del aeropuerto es en donde se recoge a los parlamentarios, ya que nos fue difícil encontrarlos, todo lo demás estuvo muy bien, el personal estuvo muy al pendiente de nuestros traslados y las dudas que surgieran.
• Evaluación personal de los resultados
El Encuentro Internacional del Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino) representó una experiencia sumamente nutritiva y enriquecedora para nuestro trabajo legislativo. Como diputada federal, reconozco que este espacio de diálogo e intercambio de ideas permitió fortalecer la cooperación entre naciones hermanas, compartir buenas prácticas parlamentarias y profundizar en los retos comunes que enfrentamos en materia de democracia, desarrollo sostenible y justicia social.
Los aportes de especialistas, legisladores y representantes de distintos países abrieron nuevas perspectivas que sin duda contribuirán a enriquecer nuestra labor legislativa en México, siempre en beneficio de las y los ciudadanos. Este encuentro no solo reafirma la importancia de la integración regional, sino también el compromiso de trabajar de manera conjunta por un futuro más justo y próspero para América Latina y el Caribe.
Anexos
• Video
https://www.facebook.com/share/v/1AmSDwb4dn/?mibextid=wwXIfr
• Reuniones anteriores
https://parlatino.org/wp-content/uploads/2017/09/acta-igualdad-20-21mar2025.pdf
• Declaraciones anteriores
Declaracion-DEMOCRACIA-IGUALDAD-COOPERACION.pdf
Atentamente
Diputada Petra Romero Gómez (rúbrica)
De la Comisión de Juventud
A la octava reunión de junta directiva, que se realizará el martes 9 de septiembre, a las 9:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión, situada en el primer piso del edificio D, en modalidad presencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quorum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día de la octava reunión de junta directiva de la Comisión de Juventud.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la séptima reunión de junta directiva.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto orden del día de la sexta reunión ordinaria de la Comisión de Juventud.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Diputado Carlos Gutiérrez Mancilla
Presidente
De la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos
A la octava reunión ordinaria, que tendrá lugar el martes 9 de septiembre, a las 9:30 horas, en los salones C y D del edificio G, de manera semipresencial.
Orden del Día
I. Registro de asistencia y declaración de quórum.
II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día de la octava reunión ordinaria.
III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior.
IV. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de dictamen iniciativa.
A) En sentido positivo, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 12 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena.
V. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de opinión.
A) En sentido positivo, con modificaciones, a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 42 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. diputado Alfredo Vázquez Vázquez y diputadas Evangelina Moreno Guerra, María Magdalena Rosales Cruz y Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
VI. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de segundo informe semestral del primer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
VII. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del programa anual de trabajo y del calendario de reuniones de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura
VIII. Asuntos generales.
IX. Clausura
Atentamente
Diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vázquez
Presidenta
De la Comisión de Juventud
A la sexta reunión ordinaria, que se realizará el martes 9 de septiembre, a las 10:15 horas, en la sala de juntas de la Comisión, situada en el primer piso del edificio D, en modalidad presencial.
Orden del Dia
1. Registro de asistencia y declaración de quorum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día de la sexta reunión ordinaria de la Comisión de Juventud.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la quinta reunión ordinaria.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de dictámenes de la Comisión de Juventud.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Diputado Carlos Gutiérrez Mancilla
Presidente
De la Comisión de Igualdad de Género
A la undécima reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 10 de septiembre, a las 9:30 horas, en la sala principal de la biblioteca, situada en el segundo piso del edificio C, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
l. Registro de asistencia y declaración de quorum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, votación del acta de la sesión anterior.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de la opinión, en sentido positivo, a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de promoción de igualdad sustantiva, suscrita por la diputada Olga Lidia Herrera Natividad, del PT.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de la opinión, en sentido positivo, a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 20 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, suscrita por la diputada María Teresa Ealy Díaz, de Morena.
6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de la opinión, en sentido positivo, a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el segundo párrafo del artículo 1679 del Código Civil Federal, en materia de derecho civil y familiar, suscrita por el diputado Alejandro Peña Villa, de Morena.
7. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe semestral de la Comisión de Igualdad de Género.
8. Informe del Foro Parlamentario de América Latina y el Caribe, en el marco de la XVI Conferencia Regional sobre la Mujer.
9. Asuntos generales.
• Información sobre el Foro Avances Legislativos sobre Derechos Sexuales y Reproductivos “Despenalización del aborto”.
10. Clausura y cita para la próxima reunión.
Atentamente
Diputada Anaís Miriam Burgos Hernández
Presidenta
De la Comisión de Deporte
A la octava reunión de junta directiva, que se realizará el martes 30 de septiembre, a las 9:00 horas, en el salón de protocolo del edificio C, de manera presencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la séptima reunión de junta directiva. celebrada el 20 de mayo de 2025.
4. Informe de seguimiento de los asuntos turnados por la Mesa Directiva de esta honorable Cámara para dictamen.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen en sentido positivo de la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 63, 63 Bis y 63 Ter de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para que los centros deportivos y gimnasios cuenten con equipo y personal capacitado en primeros auxilios, suscrita por las diputadas Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Amancay González Franco y Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Diputada Paola Michell Longoria López
Presidenta
De la Comisión de Deporte
A la séptima reunión plenaria, que se efectuará el martes 30 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón de protocolo del edificio C, de manera presencial.
Orden del Día
l. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sexta reunión plenaria de la Comisión de Deporte. celebrada el 20 de mayo de 2025.
4. Informe de seguimiento de los asuntos turnados por la Mesa Directiva de esta honorable Cámara para dictamen.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen en sentido positivo de la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 63, 63 Bis y 63 Ter de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para que los centros deportivos y gimnasios cuenten con equipo y personal capacitado en primeros auxilios, suscrita por las diputadas Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Amancay González Franco y Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Diputada Paola Michell Longoria López
Presidenta
De la diputada Rosalía León Rosas
A la conferencia Hacia una formación médica con perspectiva de derechos humanos, responsable y humanista”, que tendrá lugar el martes 9 de septiembre, a las 15:00 horas, en el auditorio norte del edificio A, segundo piso.
Atentamente
Diputada Rosalía León Rosas (rúbrica)