Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades federales y del estado de Coahuila a investigar, esclarecer y sancionar, en el ámbito de sus respectivas competencias, los posibles delitos en materia de corrupción cometidos por servidores públicos en dicha entidad, durante los ejercicios fiscales a partir de 2013 a 2022, que motivaron el quebranto de la hacienda pública estatal, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente al Consejo de Participación Ciudadana del Estado de Coahuila, a la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, a la Auditoría Superior de la Federación, así como a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza y a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, a investigar, esclarecer y sancionar en el ámbito de sus respectivas competencias, los posibles delitos en materia de corrupción cometidos por servidores públicos del Estado de Coahuila durante el los ejercicios fiscales a partir del año 2013 al 2022, que motivaron el quebranto de la hacienda pública estatal ; conforme a los siguientes

Antecedentes

1. En octubre de 2025 se dio a conocer que el Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Coahuila (CPC Coahuila) alertó que los actos de corrupción en ese estado podrían ascender a 14.5 mil millones de pesos , basándose en cifras de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila (dicho órgano fiscalizador ha interpuesto denuncias por una afectación que equivale a poco menos de la mitad de la deuda pública de la entidad, que actualmente asciende a 37 mil millones de pesos) .1

2. En marzo de 2025 se tomaron protesta los nuevos integrantes del CPC Coahuila para los periodos correspondientes, con el mandato de impulsar resultados concretos en la lucha contra la corrupción en la entidad.2

3. En informes institucionales del Sistema Anticorrupción Estatal (por ejemplo, del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de Coahuila) se reconoce que el sistema local ha tenido avances, pero también retos en su consolidación (por ejemplo, en la coordinación de municipios, cierre de procedimientos administrativos, etc.).3

4. Estudios de organismos internacionales como la OCDE sobre Coahuila, han señalado que, aunque el estado ha avanzado en materia de transparencia e integridad institucional, aún enfrenta desafíos estructurales para consolidar un sistema anticorrupción eficaz y de alto impacto.4

Consideraciones

Que el CPC de Coahuila ha emitido señalamientos públicos respecto a presuntos actos de corrupción en ese Estado, estimando que los montos involucrados ascienden a la cantidad de 14.5 mil millones de pesos, debido las denuncias interpuestas por la Auditoria del Estado de Coahuila (ASEC) , las cuales fueron remitidas a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza. Sin embargo, estas no han tenido avance.5

Que la credibilidad y eficacia de los Sistemas Estatales Anticorrupción dependen de la transparencia, la rendición de cuentas y la vigilancia ciudadana , como lo prevén el Sistema Nacional Anticorrupción y las leyes secundarias en la materia.6

De acuerdo con el artículo 21, fracción XV de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza , el CPC estatal tiene entre sus funciones vigilar el funcionamiento del Sistema Anticorrupción Local y proponer políticas, metodologías e indicadores de evaluación, así como la emisión de recomendaciones no vinculantes.7

De acuerdo con artículos 6o y 134o constitucionales , los gobiernos estatales pueden rendir informes públicos ante denuncias respecto a presuntos actos de corrupción , incluso a solicitud de órganos de participación ciudadana, fiscalización o del Congreso, por medio de una recomendación, con fundamento en los principios constitucionales de transparencia y rendición de cuentas . Dicho principio de rendición de cuentas es inherente al sistema democrático y al gobierno responsable, y los gobernantes están obligados a explicar, justificar y transparentar sus actos ante la sociedad .8

Que eventos de esta naturaleza, si no son esclarecidos con prontitud y con mecanismos de participación ciudadana, erosionan la legitimidad del gobierno estatal y la confianza pública en las instituciones .

Que corresponde al Poder Legislativo -en todos sus ámbitos- impulsar mecanismos de control democrático y de fiscalización política hacia los gobiernos estatales , especialmente cuando hay denuncias serias de mal manejo o impunidad.

Que, en atención al sistema federal que nos rige , resulta pertinente que el Congreso de la Unión , en su carácter representativo de la nación, exija transparencia y acciones correctivas ante posibles irregularidades en las entidades federativas , para preservar la integridad del gasto público tanto a nivel local como federal.

Las denuncias sobre el mal manejo del erario, ameritan una revisión exhaustiva por parte de la Auditoría Superior del Estado (ASEC) , la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en coordinación con la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República , con el fin de dar cauce legal a estas denuncias y así garantizar la prevención, detección y sanción de hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos .

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo de Participación Ciudadana del Estado de Coahuila para que en el ámbito de sus atribuciones emita una recomendación al Gobierno de Coahuila, para que proceda a rendir un informe público, debidamente documentado y sustentado, ante las denuncias Interpuestas por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila ante la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza respecto a presuntos actos de corrupción cometidos por servidores públicos locales durante los ejercicios fiscales 2013 al 2022.

Segundo. La Cámara de Diputados del H Congreso de la Unión exhorta respetuosamente la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, para coordinar esfuerzos con la Auditoría Superior de la Federación en el ámbito de sus respectivas competencias, con el fin de realizar las auditorías, revisiones o investigaciones pertinentes, bajo los principios constitucionales de máxima publicidad, transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información pública y así poder robustecer las carpetas de investigación radicadas tanto en la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado de Coahuila así como la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, relacionadas con hechos de corrupción que derivaron en el quebranto patrimonial a la hacienda pública del Estado de Coahuila de Zaragoza durante los ejercicios fiscales 2013 al 2022.

Tercero. La Cámara de Diputados del H Congreso de la Unión, exhorta a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza, para que en coordinación con la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, den cauce legal y procesal a las carpetas de investigación derivadas de las denuncias hechas por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, para garantizar el combate a los hechos de corrupción y la impunidad cometidos por servidores públicos del estado de Coahuila de Zaragoza del ejercicio fiscal 2013 al 2022.

Notas:

1. Camelia Muñoz, Actos de corrupción en Coahuila ascienden a 14.5 mmdp: Consejo de Participación Ciudadana, Proceso, publicado el 4 de octubre de 2025, 12:11 hrs, [en línea] https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2025/10/4/actos-de-corrupci on-en-coahuila-ascienden-145-mmdp-consejo-de-participacion-ciudadana-36 0069.html?utm_source=.com [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

2. Consejo de Participación Ciudadana del Estado de Coahuila, Sesión Ordinaria 2 de marzo de 2025, [en línea] https://www.cpccoahuila.org.mx/sesiones/ [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

3. Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del Estado de Coahuila de Zaragoza, Informe Anual, 2021-2022, pp. 44-45, [en línea] https://www.seacoahuila.org.mx/_nuxt/img/informeCC-2022.77b162f.pdf?utm _source=.com [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

4. OECD, Public Governance Reviews, OECD Integrity Review of Coahuila, México, 2017, p. 73 [en línea] https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publications/reports/2017/10/o ecd-integrity-review-of-coahuila-mexico_g1g834de/9789264283091-en.pdf?u tm_source=.com [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

5. Auditoria del Estado de Coahuila (ASEC), Informe de Actividades 2024 y del Estado que guardan las Cuentas Públicas, 30 de abril de 2025, p.38 [en línea] https://portal-asec-almacenamiento-0aeffea.s3.us-east-2.amazonaws.com/s hared/IAA/IAA_2024.pdf [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

6. Sistema Nacional Anticorrupción, Plan de Acción para fortalecer los procesos de contrataciones públicas en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, 2024, p. 7 [en línea] https://www.sna.org.mx/wp-content/uploads/2024/04/Plan-de-Accion-contra taciones-publicas_250324.pdf [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

7. Cfr., Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Coahuila, Programa de implementación de la Política Estatal Anticorrupción de Coahuila, 2021, p. 34 [en línea] https://firebasestorage.googleapis.com/v0/b/transparenciaseac.appspot.c om/o/I7kmevbBVPO8yR9G0mK9%2FswfaOcLHsuCV2XHVVKDL%2FPIPEAC%202024.pdf?al t=media&token=59aab632-463f-4eb0-9fb7-8625c438182d [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

8. Cfr., Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 113 [en línea] https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]

Dado en el Palacio de San Lázaro, el 8 de octubre de 2025

Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)


Inklusion
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