Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6892-III-3, miércoles 8 de octubre de 2025
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Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6892-III-3, miércoles 8 de octubre de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades del estado de Coahuila a garantizar la protección y el derecho a la educación de las niñas y niños víctimas de violencia en el Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. Que el artículo 1o constitucional obliga a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Por lo cual, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias deben prevenir y sancionar cualquier forma de violencia en contra de la niñez.
2. Que el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el principio del interés superior de la niñez, disponiendo que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Además, dispone que las personas tienen derecho a vivir una vida libre de violencia.
3. Que el artículo 123 contempla que la seguridad social de las personas trabajadoras debe incluir el servicio de guardería. Servicio que, según el texto constitucional, se regulará en la Ley del Seguro Social.
4. Que el artículo 3o constitucional reconoce el derecho de toda persona a recibir educación, y establece que el Estado garantizará la calidad de la misma, lo cual implica, condiciones de seguridad, dignidad y respeto en los espacios educativos, incluida la educación inicial.
5. Que de conformidad con la Ley del Seguro Social, el ramo de guarderías constituye una prestación de seguridad social que cubre los cuidados, durante la jornada laboral, de las hijas e hijos en la primera infancia de las personas trabajadoras aseguradas, garantizando no sólo el resguardo, sino también la atención integral que comprende la salud, la alimentación, la educación inicial y la recreación de las y los menores.
6. Que conforme a la Ley General de Educación, la educación inicial es un nivel educativo que pertenece al tipo educativo básico. En estos términos y con base en el artículo 113 le corresponde a la Secretaria de Educación Pública determinar los principios rectores y objetivos de la educación inicial, además de regular un sistema integral de formación, capacitación y actualización para docentes de educación básica. Dicho sistema deberá sujetarse a los lineamientos, medidas, programas, acciones y demás disposiciones generales.
7. Que el artículo 74 de la Ley General de Educación establece que las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, deberán promover la cultura de la paz y la no violencia.
8. Que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes mandata en su artículo 13 que toda niña, niño o adolescente tiene derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal, lo que implica la obligación del Estado de establecer medidas de protección eficaces y mecanismos de actuación inmediatos frente a cualquier situación de riesgo.
9. Que México es parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual en su artículo 19 establece la obligación de los Estados parte de adoptar todas las medidas apropiadas para proteger a la niñez contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de sus padres, tutores o de cualquier otra persona encargada de su cuidado.
Exposición de motivos
El pasado 26 de septiembre de 2025, madres y padres de familia bloquearon la entrada de Matamoros, para exigir justicia, pues sus hijos fueron víctimas de maltrato físico y psicológico, por parte de dos maestras de la guardería “Centro de Desarrollo Infantil”, la cual presta el servicio a derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).1
Los padres de familia relataron que las sospechas comenzaron cuando dos menores de apenas tres años empezaron a mostrar conductas inusuales, cambios emocionales y marcas en el cuerpo. Señalaron que se observaron lesiones en brazos y manos semejantes a “picaduras” provocadas con algún objeto punzante, además de que una niña comenzó a presentar tartamudez al hablar, síntoma que relacionan con el estrés y la violencia a la que habría estado sometida.2
Las personas inconformes manifestaron que, pese a que en su momento interpusieron denuncias ante la Fiscalía del Estado y la Procuraduría del Niño, la Niña y la Familia (Pronnif), y a que el maltrato quedó evidenciado en los videos de las cámaras de vigilancia de la estancia infantil, hasta el pasado 26 de septiembre no se había detenido a las presuntas agresoras. Aseguran, incluso, que se enteraron de que ya no se encuentran en la ciudad, lo que aumenta su temor de que el caso quede en la impunidad.3
Además de la importancia de llevar a cabo con diligencia el proceso penal, es importante señalar que las personas trabajadoras que reciben los servicios de seguridad social al inscribir a sus hijas e hijos, han señalado que la guardería no se ha reabierto, lo que viola diversos derechos humanos, tanto de las personas trabajadoras como de las niñas y niños que no han podido acceder a los servicios educativos.
En concreto, la falta de apertura de las guarderías vulnera los derechos de las madres y padres de familia, al impedirles desarrollarse profesionalmente en condiciones adecuadas. Esta afectación impacta de manera más severa a las mujeres, quienes enfrentan mayores obstáculos para incorporarse y permanecer en el mercado laboral.
De acuerdo con datos de la Universidad Nacional Autónoma de México4 , entidades como Chiapas, Oaxaca, Tabasco y Guerrero son las entidades con una menor cobertura de educación básica. Coincidentemente, estas mismas entidades registran una baja tasa de participación femenina en la población ocupada, lo que evidencia la estrecha relación entre la disponibilidad de guarderías y el ejercicio efectivo del derecho al trabajo, particularmente de las mujeres.
Por otro lado, la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes constituye un mandato constitucional y un deber prioritario para todas las autoridades del Estado mexicano. En particular, el artículo 4o de la Constitución, como ya se mencionó, reconoce el principio del interés superior de la niñez y garantiza su derecho a la alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, disponiendo además que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencia.
En este sentido, los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) cumplen un papel fundamental no sólo como prestación laboral vinculada a la seguridad social de las personas trabajadoras, en términos del artículo 123 constitucional y la Ley del Seguro Social, sino también como espacios educativos de la primera infancia, en los que se brinda atención integral que abarca alimentación, salud, educación inicial y recreación.
Por otro lado, la Ley General de Educación reconoce la educación inicial como parte de la educación básica y establece, en su artículo 74, la obligación de las autoridades educativas de promover la cultura de la paz y la no violencia en los entornos escolares. De manera complementaria, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes mandata que toda niña y niño tiene derecho a una vida libre de violencia, lo cual impone al Estado la obligación de establecer medidas de protección eficaces y mecanismos de actuación inmediata frente a cualquier situación de riesgo.
Por ello, resulta indispensable que las autoridades educativas federales y estatales, en coordinación con el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Fiscalía General de Justicia del Estado, implementen protocolos de actuación, refuercen la supervisión y dispongan las medidas necesarias para garantizar la seguridad y el derecho a la educación de la niñez, así como la protección de las madres y padres trabajadores en su acceso al servicio de guarderías.
La reapertura del Centro de Desarrollo Infantil de Matamoros, Coahuila, bajo condiciones de plena seguridad, con personal capacitado y especializado en la atención de la niñez, constituye no sólo un acto de justicia para las familias derechohabientes, sino también un paso necesario para salvaguardar los derechos fundamentales de las niñas y los niños afectados.
En consecuencia, esta proposición con punto de acuerdo busca que, en el ámbito de sus respectivas competencias, las autoridades competentes adopten acciones inmediatas y coordinadas que aseguren entornos escolares libres de violencia y garanticen la continuidad del derecho a la educación inicial de la niñez coahuilense.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública y a la autoridad educativa del Estado de Coahuila, a través del Gobierno del Estado, para que, en el ámbito de sus atribuciones, emita los lineamientos para los protocolos de actuación que sean necesarios para la prevención y atención de la violencia que se genere en el entorno escolar de la educación inicial.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la autoridad educativa del Estado de Coahuila, a través del Gobierno del Estado, para que, en el ámbito de su competencia, refuerce la supervisión de las escuelas y centros de educación inicial, garantizando condiciones de seguridad y atención integral, a fin de proteger la seguridad y el derecho a la educación de las niñas y los niños.
Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Coahuila para que, en el ámbito de sus atribuciones, continúe y agilice las investigaciones relacionadas con las denuncias de violencia física y psicológica cometida contra menores en el Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, Coahuila.
Cuarto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social y a la autoridad educativa del Estado de Coahuila, a través del Gobierno del Estado para que, en el ámbito de sus atribuciones, disponga las medidas necesarias para la reapertura inmediata del Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, Coahuila, garantizando que la operación se realice con personal capacitado y especializado en la atención de la niñez, de modo que no se continúe afectando el derecho al trabajo de las madres y padres derechohabientes, ni el acceso de sus hijas e hijos a la educación inicial.
Notas:
1. MARY VÁZQUEZ, Familiares exigen justicia para menores víctimas de violencia en guardería de Matamoros, El Siglo se Torreón, 26 de septiembre de 2025, [En línea], https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2025/familiares-exigen-just icia-por-menores-victimas-de-violencia-en-guarderia-de-matamoros.html [consultado: 28 de septiembre de 2025].
2. Ibidem
3. Ibidem
4. Martínez, Alicia, Estancias infantiles, participación laboral y movilidad social de las mujeres en México, UNAM, México, [en línea] https://ru.iiec.unam.mx/6308/1/2.%20234-Mart%C3%ADnez-Salgado.pdf [consultado: 28 de septiembre de 2025].
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 8 de octubre de 2025
Diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y a la SICT a iniciar la obra pública necesaria para la adecuación de la ex Garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo, a cargo del diputado Carlos Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Carlos Canturosas Villarreal, diputado a la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a asignar recursos presupuestarios e iniciar la obra pública necesaria para la adecuación de la ex - garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey – Nuevo Laredo, respectivamente, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En 1976 fue construido en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey – Nuevo Laredo, la garita como un punto de revisión aduanera que se ha desarrollado y adaptado a lo largo del tiempo, conforme ha crecido el comercio entre México y Estados Unidos.
Esta garita funcionaba como un punto de control para monitorear y regular el flujo vehicular en la carretera Monterrey-Nuevo Laredo, especialmente para el transporte de carga.
Este punto de revisión sirvió durante casi 40 años, hasta 2014, como centro de reconocimiento y exploración de las mercancías de comercio exterior que entraban o salían de territorio nacional, hasta hace 11 años que dejó de servir para su propósito original.
La presencia de la garita también tenía como objetivo mejorar la seguridad en la carretera, permitiendo la inspección de vehículos y la identificación de posibles riesgos.
El cierre de la garita buscaba agilizar el tráfico, especialmente para los vehículos pesados que transitan por la carretera.
Hoy en día el inmueble que ocupó algún día la garita, es un montón de escombros y hasta un edificio que es utilizado por el personal diversas autoridades, como el Instituto Nacional de Migración (INM), Guardia Nacional, (GN), Ejército Mexicano, Protección Civil (PC) y las distintas corporaciones de seguridad, como resguardo ante las altas o bajas temperaturas, pues ya no tiene puertas ni ventanas, incluso no hay sanitarios ni oficinas, sino solo una vieja estructura.
Al retirar las funciones del punto de control que anteriormente realizaban las autoridades en la garita, alteró la dinámica del tráfico en la zona, lo que pudo haber requerido ajustes en la infraestructura vial y en la gestión del flujo vehicular.
La saturación que hoy presenta esta vialidad no solo afecta la economía, sino también la seguridad y calidad de vida de los habitantes de Nuevo Laredo y de quienes transitan por la región.
Esta proposición con punto de acuerdo tiene como propósito, sensibilizar a las autoridades correspondientes, a efecto de destinar recursos presupuestarios para la adecuación de la ex - garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey – Nuevo Laredo, para la habilitación o construcción de un paradero que permita a los operadores de transporte de carga, pasajeros y conductores de vehículos particulares, tomar un descanso, antes de continuar con su viaje.
Es importante señalar que además, al reducir el flujo vial en un paradero, se reducirán también los accidentes, conflictos viales, vialidades deterioradas que están dentro de la zona urbana con la cual coexiste el tráfico pesado.
Es en este sentido que los paraderos proporcionan un espacio adecuado para que los conductores descansen, ayudando a reducir la fatiga al volante, una de las principales causas de accidentes viales. Según datos1 de la SICT, el 80% de los accidentes de tránsito son atribuibles a errores humanos, muchos de los cuales están relacionados con la falta de descanso adecuado.
Además, ofrecen servicios esenciales como áreas de descanso, instalaciones sanitarias, alimentos y seguridad, lo que no solo mejora la calidad de vida de los conductores, sino que también protege las cargas y vehículos de robos y otros delitos. Esto es especialmente importante en un país donde la seguridad en las carreteras es una preocupación constante.
Con la aprobación de esta proposición se busca utilizar una infraestructura desaprovechada para establecer un punto de descanso, información turística, seguridad y auxilio vial para los operadores y conductores, así como agilizar el tránsito en ambos sentidos, permitiendo que la logística de transporte de mercancías que transitan por esa vía fluya con una rapidez.
Por estas razones y ante el creciente tránsito de autocamiones de carga y de vehículos particulares próximos al cruce fronterizo, es urgente tomar medidas para optimizar medidas para la adecuación de la ex - garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey – Nuevo Laredo.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a destinar recursos presupuestarios para la adecuación de un parador turístico en la ex-garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo.
Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a comenzar el proceso de estudio y análisis de factibilidad o, en su caso, con la obra pública necesaria para la adecuación de un parador turístico en la ex-garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo.
Nota:
1. Véase https://ciaointermodal.mx/importancia-del-desarrollo-de-paraderos-segur os/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.
Diputado Carlos Canturosas Villarreal (rúbrica)