Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6891-III-1, martes 7 de octubre de 2025
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Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6891-III-1, martes 7 de octubre de 2025
Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la SICT y a la Sedvi del Estado de México, a que, en el marco de sus funciones, el adoquín sea más utilizado en la pavimentación de calles y avenidas, a cargo del diputado Iván Millán Contreras, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Iván Millán Contreras, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 6, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a las Secretarías de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; y de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado de México que, en el marco de sus funciones, el adoquín sea más utilizado en la pavimentación de calles y avenidas, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Las calles en nuestro país son la base de cualquier sistema de movilidad urbana, así como pilares para el desarrollo económico de las ciudades, además, la vialidad es el eje para el crecimiento de una zona o comunidad, debido a que brinda a sus habitantes un mejor nivel de vida y accesibilidad más fácil y cómoda en distintas zonas. Por lo que un proyecto vial de alta calidad hace más eficaz el tránsito de personas y mercancías, y atiende a un contexto social y necesidades particulares de los usuarios de la calle.
Es esencial que las calles de los municipios cuenten con un pavimento de alta calidad, duradero y resistente, esto para evitar la formación de baches en las vialidades, y que además los costos de reparación sean bajos.
El pavimento articulado es un sistema para pisos muy efectivo, seguro y moderno, posee importantes ventajas que se demuestran con soluciones técnicas y decorativas para todo tipo de tránsito pedestre y vehicular.
El pavimento articulado está compuesto por pequeños bloques prefabricados, normalmente de concreto, que se denominan “adoquines”; se asientan sobre un colchón de área soportado por una capa de sub-base o directamente sobre la subrasante. Su diseño, como todo pavimento, debe estar de acuerdo con la capacidad de soporte de la subrasante para prevenir su deformación.1
El adoquín es la combinación perfecta entre solidez y belleza, su calidad y nobleza lo sitúan como el producto para piso de menor costo por su larga vida útil y su bajo mantenimiento. Además, el pavimento intertrabado posee un exclusivo sistema de construcción totalmente en seco, lo que permite liberar el tránsito inmediatamente, ya sea al colocarlos por primera vez o en futuras reparaciones subterráneas (sistema de drenaje o de agua) reutilizando las mismas piezas, logrando el mismo acabado estético original.2
Los adoquines destinados a pavimento se los puede utilizar en cualquier tipo de tráfico, ya sea en vías internas de urbanizaciones, avenidas y calles con tráfico que puede ser liviano, o en ocasiones llegar hasta un gran número de vehículos pesados, lo que hace al adoquín un material versátil en la pavimentación de vialidades. Además la principal ventaja del adoquinado es su alta resistencia. esto debido a que se trata de piezas perfectamente unidad que, además filtran hasta el suelo el agua de la lluvia. Con lo cual, no se ven afectados por ningún tipo de filtración que pueda ocasionar grietas, aunado a que reduce el riesgo de inundaciones.
Otra de sus principales virtudes a la hora de emplearlos en una construcción, es que su emplazamiento no requiere de maquinaria pesada ni de expertos. Se trata de un proceso sencillo, barato.3 Además, por sus características pueden ser colocados en zonas con diferentes intensidades de tráfico, debido a que resisten fácilmente cargas pesadas concentradas en ruedas y carretillas.
Aunado a lo anterior, al estar compuesto por un gran número de piezas el tráfico sobre un pavimento de adoquines genera más ruido sobre los otros tipos de pavimento e induce mayor vibración al vehículo. Por esas razones no es aconsejable para velocidades superiores a 80 kilómetros por hora.4 Ello podría funcionar para regular la velocidad de los vehículos en zonas escolares, de hospitales o el general para zonas donde la velocidad límite a que deben circular los vehículos sea igual o inferior a 80 kilómetros por hora.
En ese sentido, pongo a consideración de esta honorable asamblea el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado de México, para que en el marco de sus funciones cree normativa para la mayor uso del pavimento articulado.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado de México, para que en el marco de sus funciones, el adoquín sea más utilizado en la pavimentación de calles y avenidas.
Notas
1 Diseño geométrico y estructural de pavimento articulado en el barrio Sandino, caso urbano de Ocotal, Nueva Segovia. https://core.ac.uk/download/pdf/336876614.pdf
2 Pavimento Articulado https://www.adoquinesdehormigon.com.ar/
3 Adoquines de hormigón https://www.cleannox.com/historia-de-los-adoquines-la-evolucion-del-pav imento/
4 Diseño de pavimentos articulados para tráficos medio y alto. https://repositorio.uniandes.edu.co/server/api/core/bitstreams/6f011213 -8675-4efb-be13-9a294063ecb5/content
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2025.
Diputado Iván Millán Contreras (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar respetuosamente al director general de Pemex a otorgar una plaza de base, libre de conflictos legales, a los trabajadores transitorios que resultaron beneficiados y se les había otorgado plaza de base en la refinería Ing. Héctor R. Lara Sosa de Pemex, al amparo del programa Bienestar Laboral implementado por instrucciones del expresidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y que por estar en litigio esas plazas desde antes de su otorgamiento, se las quitaron para reinstalar a los extrabajadores que obtuvieron resoluciones favorables con motivo de los juicios laborales que perdió Pemex, a cargo del diputado Francisco Javier Velázquez Vallejo, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Francisco Javier Velázquez Vallejo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, fracción I, 79, numeral I, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al director general de la empresa pública del Estado Petróleos Mexicanos (Pemex) que otorgue una plaza de base, libre de conflictos legales, a los trabajadores transitorios que resultaron beneficiados y se les había otorgado plaza de base en la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa, al amparo del programa Bienestar Laboral, implantado por instrucciones del ex presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, y que por estar en litigio esas plazas desde antes de su otorgamiento, se las quitaron para reinstalar a los extrabajadores que obtuvieron resoluciones favorables, con motivo de los juicios laborales que perdió Pemex.
Al tenor de las siguientes
Consideraciones
I. En régimen laboral de trabajadores de planta o base en Pemex se sustenta principalmente en dos modalidades: personal de base de confianza y personal de base sindicalizado. Los trabajadores de confianza se rigen por el Reglamento de Trabajo para el Personal de Confianza;1 y los trabajadores de sindicalizados, por el contrato colectivo de trabajo2 celebrado con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.
También existen trabajadores de confianza y sindicalizados que no son de base, sino que son transitorios o eventuales, esto es, no ocupan una plaza definitiva, sino que trabajan esporádicamente por medio de contratos por tiempo determinado y en diversas áreas, cuando hay oportunidad y requerimiento de personal, y gran cantidad de esos trabajadores tienen muchos años de antigüedad en la empresa, pero sin contar con una plaza de base.
Existen derechos laborales de los que únicamente pueden gozar los trabajadores al ser de base y no así los trabajadores transitorios, como lo son: la estabilidad en el empleo, escalafón, ascensos, jubilación, pensiones post mortem, entre muchos otros.
II. El programa Bienestar Laboral implantado en Pemex desde 2019, por instrucciones del ex presidente Andrés Manuel López Obrador, fue con el objetivo de otorgar plazas de base a trabajadores transitorios o eventuales, cuya meta era beneficiar a 30 mil trabajadores, tanto sindicalizados como de confianza; con criterios que priorizaran la antigüedad, evitar el favoritismo y mejorar la equidad en la empresa.3
Dicho Programa de Bienestar Laboral, no únicamente contempló el tema de basificación de trabajadores, sino que, también incluyó acciones para mejorar la operatividad, abordar problemas relacionados con la jubilación, otorgar ascensos según el escalafón y reducir la burocracia. La iniciativa buscaba garantizar el respeto y cumplimiento de los derechos y prestaciones establecidos por ley para todos los trabajadores de Pemex.
Para hacer posible tales trámites y facilitar el acceso a los trabajadores, la empresa implementó una aplicación digital denominada Pemex Asiste,4 mediante la cual los trabajadores podían solicitar su base y adquirirla sin que hubiera intermediarios. Esta aplicación se lanzó en 2020 y cuenta con más de 220 mil usuarios, entre trabajadores activos, jubilados y transitorios. Estos últimos, a través de esta aplicación reciben los mensajes para su contratación definitiva e información relacionada con su situación laboral.
III. Con motivo de ese programa, a varios trabajadores transitorios se les otorgaron plazas de base en la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa, de Cadereyta Jiménez, Nuevo León (aproximadamente 195 plazas en esa refinería); sin embargo, muchas de esas plazas ya se encontraban demandadas o en litigio cuando las firmaron los trabajadores beneficiados en el programa, ya que esas plazas habían sido de otros trabajadores que fueron rescindidos por Pemex con anterioridad al programa; por lo que, después de pocos meses de estar trabajando en esos puestos como trabajadores de base, se han emitido resoluciones de autoridades laborales, derivadas de los juicios llevados cabo, en las que se condena a Petróleos Mexicanos a reinstalar en esos puestos a los extrabajadores que previamente las había ocupado. Lo anterior ha provocado que los trabajadores a los que se les habían asignado tales plazas de base, nuevamente han quedado sin empleo definitivo. Por lo anterior, se puede deducir que el programa Bienestar Laboral implantado por el licenciado Andrés Manuel López Obrador no se ha cumplido en su totalidad en este centro de trabajo.
El Programa Bienestar Laboral implementado por instrucciones del expresidente Andrés Manuel López Obrador, en realidad ha sido ilusorio para ellos, dado que, si bien en un momento se les había otorgado una plaza de base, las han tenido que desocupar, ya que Petróleos Mexicanos perdió los respectivos juicios laborales a que estaban sujetas dichas plazas.
Dado que la problemática mencionada de los juicios laborales no es responsabilidad de los trabajadores supuestamente ya beneficiados con el otorgamiento de una plaza de base, es necesario que Petróleos Mexicanos subsane esta irregularidad otorgándoles a estos trabajadores una plaza de base libre de conflictos legales, y así dar cumplimiento al programa ordenado por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al director general de la empresa pública del Estado Petróleos Mexicanos (Pemex) que otorgue una plaza de base, libre de conflictos legales, a los trabajadores transitorios que resultaron beneficiados y se les había otorgado plaza de base en la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa de Pemex, al amparo del programa Bienestar Laboral implementado por instrucciones del expresidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, y que por estar en litigio esas plazas desde antes de su otorgamiento, se las quitaron para reinstalar a los extrabajadores que obtuvieron resoluciones favorables, con motivo de los juicios laborales que perdió Pemex.
Notas
1 https://www.pemex.com/acerca/marco_normativo/Documents/reglamentos/RTPC _30_sept_2019.pdf
2 https://www.stprmnacional.org/Documentos/70%20I/CCT2023-2025.pdf
3 https://www.pemex.com/gentepemex/bienestarlaboral/estabilidadlaboral/Pa ginas/default.aspx
4 https://www.pemex.com/gentepemex/apppemexasiste/Paginas/default.aspx
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2025.
Diputado Francisco Javier Velázquez Vallejo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Cultura y al INBAL a considerar la realización de un homenaje en vida, en el Palacio de Bellas Artes, que honre a la artista multidisciplinaria mexicana Carmen Parra, para celebrar 60 años de su notable trayectoria artística, a cargo de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Cultura y al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, considerar la realización de un homenaje en vida, en El Palacio de Bellas Artes, que honre a la artista multidisciplinaria mexicana Carmen Parra, para celebrar 60 años de su notable trayectoria artística.
Consideraciones
Carmen Parra, nacida en la Ciudad de México en 1944; hija del arquitecto Manuel Parra y de María del Carmen Rodríguez Peña, 1 es una artista multidisciplinaria con una trayectoria académica notable; egresada de la Escuela Nacional de Antropología e Historia en la Ciudad de México; de la Escuela Nacional de Pintura, Escultura y Grabado “La Esmeralda”; del Royal College of Arts de Londres; de la Academia de Bellas Artes de Roma y del Instituto Villalobos de Río de Janeiro.
Trayectoria intelectual que ha nutrido profundamente la creatividad que la artista plasma en cada una de sus obras, las cuales son referentes a nivel mundial del arte mexicano y novohispano, mediante el cual, ha llevado México a diversos rincones del mundo.
Su pictórica ha sido expuesta en algunos de los museos más importantes del Planeta, mientras que, en nuestro país, hemos tenido el privilegio de contemplar su arte en diversos museos como el Universum o el Museo Nacional de Arte (Munal); dos espacios culturales capitalinos, que ha hechizado a miles de visitantes que encuentran en su obra una visión sensible y estética de lo que significa México y sus iconos.
A lo largo de 60 años de trayectoria artística y 80 años de vida, tal y como lo afirmó Carmen durante la inauguración de la exposición “Carmen Patria. Carmen Parra. Suave Patria”, en la Cámara de Diputados, el pasado martes 26 de agosto de 2025, se ha dedicado a rescatar artísticamente la simbología del México mestizo, tal y como lo declaró recientemente para La Jornada; 2 etapa que constituye uno de los pilares fundamentales de lo que hoy conocemos como México y que forma parte de la génesis de nuestras instituciones políticas y sociales.
En ese sentido y de la misma forma que nuestro Estado mexicano, la obra de Carmen constituye un vestigio viviente que evoluciona constantemente para reflejar la realidad de lo que significa México, pero también para retratar los antecedentes de nuestra nación.
Ante tal trascendencia histórica -que por sí misma constituye una justificación sobrada para dar origen a esta petición- y tomando como argumento los 60 años de su notable trayectoria, quien suscribe, estima necesario hacer un respetuoso llamado a la Secretaría de Cultura y al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), para que estas autoridades culturales valoren la realización de un Homenaje en Vida en el Palacio de Bellas Artes, para honrar el legado cultural que Carmen Parra continua aportando a México, para la inspiración de las nuevas generaciones de artistas mexicanos.
Por todo lo anterior, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único . La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Cultura y al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, considerar la realización de un homenaje en vida, en El Palacio de Bellas Artes, que honre a la artista multidisciplinaria mexicana Carmen Parra, para celebrar 60 años de su notable trayectoria artística.
Notas
1 Información disponible en: http://carmenparra.com.mx/carmen-parra última fecha de consulta: 30 de agosto de 2025.
2 Ángel Vargas. 2024. Carmen Parra, “una rebelde total” del arte. La Jornada, 14 de septiembre de 2024, Cultura, disponible en: https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/09/14/cultura/carmen-parra-una- rebelde-total-del-arte-2191 última fecha de consulta: 30 de agosto de 2025
Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2025.
Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la CFE, a la CNE y a la SHCP para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, realicen una revisión integral y evalúen la pertinencia de reclasificar las tarifas eléctricas vigentes, a efecto de reconsiderar la aplicación del subsidio de verano en los 11 municipios del estado de Quintana Roo, a cargo de la diputada Freyda Marybel Villegas Canché, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Freyda Marybel Villegas Canché, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones III y IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La energía eléctrica se constituye como un elemento fundamental de servicios básicos para satisfacer las necesidades principales de la población y los sectores productivos.
En ese sentido, a partir de la entrada en vigor del nuevo marco jurídico del sector eléctrico, se reconoció la rectoría del Estado en la prestación de los servicios públicos de generación, transmisión, distribución y suministro de energía eléctrica. La Ley del Sector Eléctrico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2025 y en vigor desde el 19 de marzo del mismo año, 1 y la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, 2 refuerzan el mandato del Estado mexicano y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para garantizar el acceso universal, eficiente y equitativo al servicio eléctrico.
En efecto, no debe pasar desapercibido que el servicio público de energía eléctrica tiene dos aspectos fundamentales en las actividades de cualquier sociedad, por un lado, recae en la prestación de dicho servicio la enorme responsabilidad estratégica de ser un medio por el que se contribuye al mejoramiento del nivel de vida de las poblaciones más desprotegidas y, en donde el Estado, es el principal responsable de garantizar los medios y mecanismos para proveer dicho servicio en cuanto a su generación, transmisión y distribución para los diversos usos domésticos y públicos.
Y por otro lado, tiene la función prioritaria como elemento principal de la planta productiva nacional de bienes y servicios, que le permite a nuestra nación competir en el entorno internacional, ubicándose en la práctica, en los diversos usos como el comercial, agrícola o industrial, por mencionar solamente algunos de ellos.
Sin duda alguna, estamos siendo testigos de nuevos paradigmas, de transformaciones profundas y firmes en las instituciones del Estado mexicano; instituciones que como ésta honorable soberanía, no pueden permanecer indolentes ante las necesidades apremiantes de los ciudadanos, quienes esperan de nosotros como sus representantes, el más firme compromiso y lealtad para atender oportunamente los reclamos de aquellas regiones que tienen el legítimo derecho de contar con los apoyos necesarios para garantizar el acceso equitativo a servicios básicos como la energía eléctrica.
Al respecto, es importante mencionar que, de acuerdo con el artículo 7, de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, establece que dicha empresa “en la ejecución de su objeto, se rige por los principios de transparencia, honestidad, eficiencia, equidad, sostenibilidad, rendición de cuentas y responsabilidad social para procurar que se provea al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos de la electricidad al menor precio posible y contribuir con ello al desarrollo nacional.” 3
La recién creada Comisión Nacional de Energía (CNE), sectorizada en la Secretaría de Energía (SENER), asumió las funciones de regulación incluyendo la definición de metodologías tarifarias, regulación de precios y emisión de disposiciones generales para el suministro básico. 4 Por su parte, el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) continúa con la operación del Sistema Eléctrico Nacional.
En ese marco, el Acuerdo CNE A/158/2024 , vigente para el ejercicio fiscal 2025 , establece las tarifas para el suministro básico por región, incluyendo la zona peninsular donde se encuentra el estado de Quintana Roo. Este acuerdo reconoce la aplicación del subsidio estacional de verano únicamente para los usuarios domésticos con tarifa 1F , durante el periodo abril-octubre 2025. Sin embargo, dicho subsidio tiene carácter temporal y no permanente, además de excluir a los usuarios clasificados como DAC (de alto consumo), así como a aquellos con uso comercial o turístico.
Lo anterior implica que, aunque algunos municipios de Quintana Roo se encuentran contemplados dentro del esquema de subsidio estacional, su carácter limitado en el tiempo y la falta de criterios diferenciados a nivel municipal generan una situación de inequidad para comunidades que enfrentan condiciones climáticas severas y pobreza estructural. Por tanto, existe materia sustantiva para impulsar una reclasificación tarifaria que garantice justicia energética y equidad territorial.
Asimismo, la Ley de Planeación y Transición Energética, también en vigor desde marzo de 2025, 5 establece que la política energética nacional deberá observar criterios de justicia energética, equidad, sostenibilidad ambiental y protección de los sectores más vulnerables. Esta disposición ofrece un respaldo normativo claro a la necesidad de focalizar subsidios para el consumo doméstico en condiciones climáticas extremas.
Por ello, el subsidio que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad a la población con altas temperaturas, es con el objeto de apoyar a la población con un descuento en el precio de luz durante el verano, mismo que se aplica a los servicios que se destinen a la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC), las cuales son conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda apoyando la economía de los ciudadanos, en localidades cuya temperatura media mensual en verano es de 30 grados centígrados como mínimo.
Es importante señalar que, en los últimos años se han presentado diversos golpes de calor en el estado de Quintana Roo, registrando altas temperatura que van desde los 30 a 40 grados centígrados, sin ser la excepción este 2025, ya que en estos últimos tres meses de esto año, el estado de Quintana Roo ha alcanzado alturas por encima de los 30°C. 6
De modo que, no debe pasar desapercibido para ninguno de nosotros, y por supuesto, para la Comisión Federal de Electricidad, que en el estado de Quintana Roo, por razones geográficas, prevalecen prácticamente en todo su territorio altas temperaturas, mismas que se recrudecen en esta época del año, lo cual se traduce en altos consumos de electricidad, entre otras razones, debido a la utilización, prácticamente imprescindible, de aires acondicionados, situación que aunada con los problemas económicos y sociales de la zona, se conjugan negativamente con el aumento desmedido de precios aplicado por la Comisión Federal de Electricidad, sin considerar, por un lado, la necesidad que tienen las familias consumidoras, y por el otro, su estado económico de suma precariedad.
Por ejemplo, los Municipios como Othón P. Blanco y José María Morelos registran las temperaturas más elevadas de la entidad y concentran poblaciones con altos índices de pobreza, marginación y rezago en servicios públicos. Sin una política tarifaria diferenciada, estos hogares quedan en situación de desventaja frente a otros estados del país que ya cuentan con tarifas subsidiadas.
Por tanto, se plantea que el subsidio de verano sea focalizado y limitado a:
• Usuarios con tarifa doméstica individual (no DAC);
• Consumos dentro de un umbral razonable (hasta 300 kWh bimestrales);
• Domicilios ubicados en zonas habitacionales no turísticas;
• Contratos asociados a personas físicas con residencia permanente acreditada.
Este enfoque garantizará que el beneficio llegue efectivamente a quienes más lo necesitan, sin distorsionar el mercado eléctrico ni beneficiar indebidamente a zonas turísticas o usuarios de alto consumo.
Esta situación me obliga como legisladora comprometida con los quintanarroenses, a dotar de las herramientas necesarias para coadyuvar con las instancias involucradas a dar una solución al problema, por lo que se solicita la intervención de las autoridades competentes, para que de acuerdo a sus facultades y competencias se lleve a cabo una revisión y evalúen la pertinencia de reclasificar las tarifas eléctricas aplicadas en los Municipios del Estado de Quintana Roo, garantizando que dicho subsidio se focalice exclusivamente en beneficio de las familias quintanarroenses en situación de vulnerabilidad económica.
Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a la consideración del Pleno de esta Soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), a la Comisión Nacional de Energía (CNE), y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, realicen una revisión integral y evalúen la pertinencia de reclasificar las tarifas eléctricas vigentes, a efecto de reconsiderar la aplicación del subsidio de verano en los 11 municipios del estado de Quintana Roo.
Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Energía (CNE), y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para que, conforme al marco normativo vigente y a los principios de justicia energética establecidos en la Ley de Planeación y Transición Energética, emita un acuerdo mediante el cual se establezca un mecanismo de subsidio estacional focalizado exclusivamente en usuarios domésticos no DAC, con consumos moderados y residencia permanente, garantizando que dicho apoyo beneficie a las familias quintanarroenses en situación de vulnerabilidad y no a sectores empresariales o turísticos de alto consumo.
Tercero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a efecto de instalar una mesa técnica interinstitucional, para que informe, revise y actualice los criterios climatológicos que sirven como base y referencia para para dar certeza al cálculo de la tarifa eléctrica en el estado de Quintana Roo, incluyendo las mediciones termométricas registradas por el Servicio Meteorológico Nacional.
Notas
1 Ley del Sector Eléctrico. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSE.pdf
2 Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf
3 Ley de la Comisión Federal de Electricidad. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf
4 Artículos 20, 24 y 25 de la Ley del Sector Eléctrico. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf
5 Ley de Planeación y Transición Energética. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPTE.pdf
6 Temperatura máxima por entidad federativa y nacional, 2025, Disponible en: https://smn.conagua.gob.mx/tools/DATA/Climatología/Pronóstico%20climáti co/Temperatura%20y%20Lluvia/TMAX/2025.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2025.
Diputada Freyda Marybel Villegas Canché (rúbrica)
Con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se hace la atenta y respetuosa invitación a los Tribunales Locales de Justicia de las diversas entidades de la república para que, en los procesos de designación y/o relevo de quienes presidan, ya sea como presidentas, magistradas o magistradas presidentas o, en su caso, titulares de los Poderes Judiciales locales, se priorice la designación y el nombramiento de mujeres como representantes y titulares de dichos poderes judiciales a nivel local, con el objetivo de avanzar en la igualdad sustantiva y la paridad de género en la función jurisdiccional, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, María Teresa Ealy Díaz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en los arti?culos 6, numeral 1, fraccio?n I; y 79, numeral 2, fraccio?n III, y dema?s aplicables del Reglamento de la Ca?mara de Diputados, someto a consideracio?n de la honorable asamblea la presente proposicio?n con punto de acuerdo de urgente resolución, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Primero . La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce y protege los derechos humanos y prohíbe toda forma de discriminación por motivo de género; además establece la igualdad entre el hombre y la mujer como principio rector. Estas disposiciones obligan a todas las autoridades a garantizar igualdad de oportunidades y trato.
Segundo . La legislación secundaria en materia de igualdad y derechos de las mujeres, entre ellas, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, establece el deber del Estado de adoptar medidas afirmativas y acciones afirmativas para eliminar desigualdades y promover la igualdad de facto en todos los ámbitos, incluyendo el acceso a cargos públicos y de toma de decisiones.
Tercero . México es Estado Parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), lo que implica el compromiso internacional de adoptar medidas concretas para eliminar la discriminación y promover la participación plena de las mujeres en la vida pública y política. Estas obligaciones internacionales complementan y refuerzan el marco jurídico interno.
Cuarto . La política de paridad de género ha evolucionado en nuestro país y se ha consagrado en reformas constitucionales y en la práctica normativa como un principio que debe orientar la asignación de cargos de representación y dirección pública. Promover que más mujeres presidan los Poderes Judiciales locales contribuye a la representación igualitaria, mejora la perspectiva de género en la impartición de justicia y refuerza la confianza de las mujeres en las instituciones.
Quinto . La inclusión de mujeres en puestos de alta responsabilidad en el Poder Judicial local de cada entidad favorece una justicia más sensible a la perspectiva de género, facilita la atención especializada en temas como violencia contra las mujeres y derechos humanos, y contribuye a eliminar estereotipos y barreras estructurales que limitan su acceso a la toma de decisiones. (Doctrina y mejores prácticas internacionales en materia de equidad.)
Sexto . Se realiza la atenta invitación a los Tribunales locales de Justicia de las diversas entidades federativas para que, en los procesos de elección, designación o ratificación de quienes presidan habrán de fungir como magistradas presidentas, presidentas de Tribunal o titulares del Poder Judicial local, se privilegie la designación de mujeres aptas, con trayectoria profesional y carrera judicial, con la finalidad de avanzar en la igualdad sustantiva y la paridad de género en la administración de justicia.
Séptimo . Invitar a los Congresos locales y a los órganos de designación correspondientes para que, en los procedimientos de selección de quienes integran los órganos de gobierno de los Poderes Judiciales locales, consideren e instrumenten medidas afirmativas y criterios de paridad que permitan incrementar la presencia de mujeres en cargos de dirección y Presidencia judicial.
Octavo . Solicitar a los Tribunales Superiores de Justicia y Órganos de Administración Judicial que, en un plazo no mayor a sesenta días naturales, informen a esta soberanía sobre las acciones que han tomado o vayan a tomar para cumplir con la presente invitación, incluyendo: a) los criterios aplicados para la selección; b) medidas afirmativas implementadas; y c) cronograma previsto para alcanzar mayor paridad en la Presidencia de los Poderes Judiciales locales.
Noveno . Remitir copia del presente acuerdo a la Secretaría de Gobernación (Segob), a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), al Consejo de la Judicatura Federal, a las Presidencias de los Tribunales Supremos de Justicia de las entidades federativas y a las Comisiones de Justicia y de Igualdad de Género de los Congresos locales y federales, para su conocimiento y efectos correspondientes.
Décimo . Este pleno hace la más atenta y respetuosa invitación a las autoridades judiciales y legislativas locales a que, de manera coordinada, implementen programas de capacitación con perspectiva de género, bancos de candidatas calificadas, y mecanismos transparentes de selección que eliminen sesgos de género y garanticen la idoneidad profesional de las mujeres candidatas.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace la atenta y respetuosa invitación a los Tribunales locales de Justicia de las diversas entidades federativas para que, en los procesos de designación o relevo de quienes presidan, ya sea como presidentas, magistradas o magistradas presidentas o, en su caso, titulares de los Poderes Judiciales locales, se priorice la designación y el nombramiento de mujeres como representantes y titulares de dichos Poderes Judiciales a nivel local, con el objetivo de avanzar en la igualdad sustantiva y la paridad de género en la función jurisdiccional.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2025.
Diputada María Teresa Ealy Díaz (rúbrica)