Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6627-III-2, miércoles 2 de octubre de 2024
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Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6627-III-2, miércoles 2 de octubre de 2024
Con punto de acuerdo, para exhortar al IMSS a realizar un diagnóstico de las unidades médicas y administrativas de la delegación Guanajuato a fin de que instale salas de lactancia, con objeto de garantizar los derechos humanos y laborales de las madres trabajadoras en periodos de lactancia, así como promover la lactancia materna entre su personal, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Honorable asamblea de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La lactancia materna es parte fundamental de las primeras etapas de crecimiento de los seres humanos, promueve el desarrollo físico y emocional adecuado en el lactante y se consolida como un factor protector para evitar la presencia de enfermedades no transmisibles a lo largo de la vida.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) recomiendan que las y los bebés sean alimentados única y exclusivamente con lecha materna hasta los seis meses de edad, a pesar de esto, en México, solamente 1 de cada 3 bebés recibe leche materna como alimento exclusivo hasta los 6 meses. Muchos reciben alimentos o líquidos adicionales desde su primer mes de vida como fórmulas, leche de vaca u otro animal y bebidas azucaradas.1
Por su parte, la Organización Mundial de la Salud ha recomendado a los gobiernos implantar mecanismos sólidos y sostenibles de vigilancia y control de la aplicación del cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna; cuyo objetivo es contribuir a proporcionar a los lactantes una nutrición segura y suficiente, protegiendo y promoviendo la lactancia natural y asegurando el uso correcto de los sucedáneos de la leche materna, cuando éstos sean necesarios, tal y como se establece en la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria.
Este punto de acuerdo surge como un compromiso ante los testimonios de trabajadoras y madres lactantes de la delegación del IMMS Guanajuato, quienes han manifestado que sus centros de trabajo no cuentan con los espacios dignos y exclusivos para la extracción de leche materna, teniendo que realizar dicha actividad en sanitarios, oficinas o incluso en sus automóviles, situación que además de ser contraria a la normatividad en la materia, vulnera su derecho humano a la salud y el de la alimentación de sus hijas e hijos establecido en el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dicho lo anterior, miles de mujeres en México se enfrentan diariamente a múltiples barreras en sus centros de trabajo que disminuyen de manera importante sus probabilidades de tener una lactancia exitosa, motivo por lo cual es apremiante que todos los actores que influyen de manera directa o indirecta en este proceso sean sensibles y congruentes ante la importancia de la lactancia, por lo que el IMSS como una de las principales instituciones encargadas de brindar servicios de salud a la población mexicana, debe servir como un modelo a seguir en la implementación de políticas que garanticen la salud y el bienestar de sus empleados y de los derechohabientes.
Según el comunicado de prensa No. 031/2023 del IMSS, dicha institución cuenta con 1,535 unidades de Primer Nivel de atención, 249 de Segundo Nivel y 36 de Tercer Nivel, que en su régimen ordinario se compone por un equipo de salud integrado con cerca de 140 mil enfermeras y enfermeros; 85,118 médicas y médicos que laboran en alguna de las 1,535 unidades de Primer Nivel de atención, 249 de Segundo Nivel y 36 de Tercer Nivel, compuesta por 25 Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE) y 11 complementarias.2
Por su parte, la Unidad de Comunicación Social del IMSS, a través del boletín de prensa 432/2024, ha señalado que dicha institución cuenta con un poco más de 200 espacios para ejercer el derecho a la lactancia materna, contando con 126 lactarios en unidades médicas con atención de gineco obstetricia y 76 salas de lactancia en Unidades de Medicina Familiar3 , estas cifras, si bien representan un avance en la materia, dejan de manifiesto sus alcances, mismos que son insuficientes ante el número de personal que labora y atiende el instituto.
En este entendido, una sala de lactancia debe entenderse como “el área asignada, digna, privada, higiénica y accesible para que las mujeres en periodo de lactancia amamanten o extraigan y conserven adecuadamente su leche durante su jornada laboral, con el objetivo de dar continuidad a la lactancia materna ”.4
Por lo tanto, la instalación continua de lactarios en las dependencias y entidades de la administración pública y en particular en las unidades del IMSS, debe establecerse como una política permanente que garantice a las madres trabajadoras sus derechos establecidos en el inciso c), fracción XI, apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su correlativo 170 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo el cual establece que:
“En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado ;” ...
Asimismo, es de resaltar la obligación del Estado en cuanto a la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno infantil, en los términos de la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud, el cual establece de manera explícita la obligación de las autoridades sanitarias de impulsar la instalación de lactarios en los centros de trabajo de los sectores público y privado en los siguientes términos:
“II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil, además de impulsar, la instalación de lactarios en los centros de trabajo de los sectores público y privado ;”
El apoyo a la lactancia en los centros de trabajo es fundamental, proveer de estos espacios a las madres trabajadoras ayuda a mejorar la salud materna y reduce el riesgo de desarrollar cáncer de mama, cáncer de ovario, hipertensión y enfermedades cardiovasculares, por lo que es necesario que el IMSS realice evaluaciones periódicas de los lactarios con los que actualmente cuenta y en su caso realice la instalación de nuevos espacios en base a las necesidades de su personal y derechohabiencia, garantizando que estos espacios cumplan con los estándares necesarios de dignidad, privacidad y accesibilidad que se establecen en la denominada Guía Rápida para la Implementación de Salas de Lactancia en Centros de Trabajo generada por el propio IMMS y el Programa de Entornos Laborales Seguros y Saludables.
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a realizar un diagnóstico de las unidades médicas y administrativas de la Delegación Guanajuato del Instituto para que realice la instalación de salas de lactancia con la finalidad de garantizar los derechos humanos y laborales de las madres trabajadoras en períodos de lactancia, así como para promover la lactancia materna entre su personal
Notas:
1. https://www.unicef.org/mexico/lactancia-materna
2. https://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202301/031
3. https://imss.gob.mx/prensa/archivo/202408/432
4. https://www.unicef.org/mexico/informes/lactancia-en-el-lugar-de-trabajo
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2024.
Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat y la Profepa a realizar un estudio de riesgo e impacto ambiental e implantar acciones que garanticen el derecho a la salud y al ambiente con trabajos de remediación de residuos tóxicos en la empresa Química Central de México, SA de CV, situada en San Francisco del Rincón, Guanajuato, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Honorable asamblea de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La empresa Química Central de México S.A. de C.V. fue construida en el estado de Guanajuato en 1978. La compañía se dedicaba a la fabricación de productos químicos básicos como sulfato básico de cromo líquido y sólido y dicromato de sodio, utilizados en la industria curtidora y de calzado de la ciudad León.
Después de 36 años de operación, en fecha 4 de junio de 2014, la Profepa clausuró de manera permanente a la empresa Química Central de México, S.A. de C.V., ubicada en el municipio de San Francisco del Rincón, Guanajuato, por diversas irregularidades entre las que destacaba el almacenamiento de residuos peligrosos a cielo abierto sin las condiciones de seguridad que establece la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, cuantificando un total de dos pasivos ambientales conformados por 340 mil toneladas de residuos tóxicos dentro y fuera de sus instalaciones.
Durante la visita de inspección efectuada por la Profepa en 2014, se observó que la empresa no cumplió con sus obligaciones para el tratamiento y/o disposición final de 104 mil toneladas de residuos peligrosos con cromo hexavalente o alúmina, mismas que fueron enviadas para su tratamiento a la empresa ARGES AMBIENTAL DE MÉXICO, S.A. de C.V.1
La clausura fue condicionada al cumplimiento de diversas medidas tendientes al retiro de la totalidad de toneladas de residuos peligrosos que por muchos años estuvieron depositados inadecuadamente, así como a caracterizar el sitio en donde fueron depositadas y en su caso, realizar las actividades de remediación, de acuerdo con lo establecido en la normatividad aplicable.
Por ello la Subprocuraduría de Inspección Industrial de la Profepa, precisó que uno de los pasivos era de alrededor de 300,000 toneladas de desechos tóxicos ubicados al interior de las instalaciones de la empresa; y el segundo de 40,000 toneladas que ilegalmente fueron enterradas en derecho de vía de ferrocarriles, a 1.5 kilómetros de la planta.
Es importante mencionar que además de la clausura y sanción correspondiente, Química Central debía remover las 300,000 toneladas de residuos peligrosos, y realizar un estudio de caracterización de los sitios donde se encuentran los pasivos ambientales para identificar si los suelos se encuentran contaminados, de conformidad a lo establecido en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; el Reglamento de esta Ley; y la Norma Oficial Mexicana 147-SEMARNAT-2004.2
En dicho sentido, si bien es cierto que la imposición de remover los residuos contaminantes recae en la persona moral denominada Química Central de México, es responsabilidad de las autoridades federales su seguimiento, verificación y atención del proceso de remediación, de conformidad a lo establecido en las estrategias del Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados, el cual contempla dentro de sus objetivos prioritarios el compromiso de mejorar la calidad de vida de las personas a través de acciones para remediar sitios contaminados3 , señalando lo siguiente:
“(...)
Los sitios contaminados en México poseen una variedad de riesgos en la salud de las personas y en el ambiente. El contacto con contaminantes puede dañar la salud de la población, en este caso la de la población aledaña a sitios contaminados. Es difícil calcular el número de habitantes que pueden ser afectados por sitios contaminados ya que establecer los efectos negativos relevantes en la salud es muy complejo (por ejemplo, presencia de múltiples substancias y combinación de distintas formas de exposición a ellas). El PNUMA (2017) señala que la contaminación puede tener impactos negativos de manera desproporcionada en mujeres y hombres, y particularmente en las personas pobres y vulnerables como los adultos mayores, niños y personas con discapacidad, afectando su derecho a la salud, agua, alimento, vida, casa y desarrollo.
Por lo anterior, si la contaminación de suelo ocurre debe realizarse su remediación. La remediación se define como un conjunto de medidas a las que se someten los sitios contaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud y el ambiente o prevenir su dispersión en el ambiente sin modificarlos.
(...)”
Por su parte, el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las personas tienen derecho a la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, estableciendo la obligatoriedad del Estado Mexicano de salvaguardar ambas potestades; además, el artículo séptimo fracciones I, VIII y XIX de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, señala las facultades de la federación en materia de remediación de sitios contaminados, especificando lo siguiente:
(...)
Artículo 7.- Son facultades de la Federación:
I. Formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de residuos así como elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial y el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados y coordinar su instrumentación con las entidades federativas y municipios, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
(...)
VIII. Regular los aspectos ambientales relativos al transporte de los residuos peligrosos;
IX. Verificar el cumplimiento de la normatividad en las materias de su competencia e imponer las medidas correctivas, de seguridad y sanciones que en su caso correspondan;
(...)
Los pasivos ambientales y los incumplimientos a la legislación ambiental representan un riesgo inminente de desequilibrio ecológico, daño y deterioro grave a los recursos naturales del lugar y a la salud pública, por lo anterior, se hace un llamado a las autoridades federales en la materia, para que en el ámbito de su competencia realicen un estudio del riesgo ambiental para determinar el impacto ecológico ocasionado en el aire, el suelo y los mantos acuíferos, pues a la fecha persiste la problemática poniendo en riesgo la salud y la vida de las y los ciudadanos que viven en la zona, quienes han solicitado en múltiples ocasiones el auxilio de las autoridades federales para que por su conducto se realicen los trabajos de remediación de los residuos tóxicos.
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) para que realicen un estudio de riesgo e impacto ambiental e implementen acciones que garanticen el derecho a la salud y al medio ambiente con trabajos de remediación de residuos tóxicos en la empresa Química Central de México S.A. de C.V. ubicada en el municipio de San Francisco del Rincón, Guanajuato y lo informen a la opinión pública.
Notas:
1. https://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/6032/1/mx.wap/
clausura_profepa__instalaciones_de_quimica_central_de_mexico_en_guanajuato.html
2. https://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/6032/1/mx.wap/
clausura_profepa__instalaciones_de_quimica_central_de_mexico_en_guanajuato.html
3. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/681183/PNRSC-2021-2024.p df
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2024.
Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SCT, la Semar y el AICM a instalar una mesa de trabajo con la comisión correspondiente para establecer comunicación y coordinación efectivas en la regulación de los servicios de los taxis de plataforma, así como revisar y actualizar los protocolos de actuación de estos servicios para garantizar la seguridad de los usuarios y mantener el orden en las operaciones, a cargo del diputado Fidel Daniel Chimal García, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Daniel Chimal García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I; 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración el siguiente punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, al titular de la Secretaría de Marina y al Director del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, a que se instale una mesa de trabajo con la comisión correspondiente para establecer una comunicación y coordinación efectiva en la regulación de los servicios de los taxis de plataforma; revisar y actualizar los protocolos de actuación de estos servicios para garantizar la seguridad de los usuarios y mantener el orden en las operaciones, lo anterior de conformidad con lo siguiente
Consideraciones
El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) es uno de los aeropuertos más transitados de América Latina, con un flujo constante en pasajeros nacionales e internacionales, la seguridad y eficiencia en los servicios de transporte terrestre que prestan son indispensables para el bienestar de las personas.
La diversidad de servicios de transporte terrestre disponibles como son los taxis concesionados y taxis de plataforma entre ellas Uber y Didi son esenciales para satisfacer las necesidades de todos los usuarios.
El pasado 13 de septiembre, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) reiteró que los servicios de taxis por aplicación no tienen permitido recoger pasajeros dentro del aeródromo, ya que se trata de una zona federal y en caso de incumplimiento, se impondrán multas que pueden alcanzar los 43 mil pesos.1
Se comunicaron los “lugares oficiales” donde se pueden solicitar taxis mediante plataforma, los cuales se encuentran fuera del aeropuerto. Sin embargo, estos puntos requieren que los pasajeros caminen varios minutos para llegar, carecen de señalización adecuada, no cuentan con medidas de seguridad y no son de fácil acceso2 . Es fundamental que todos los servicios de transporte terrestre sigan protocolos rigurosos para salvaguardar a los usuarios de posibles peligros, como robos, fraudes y accidentes. La implementación de medidas de seguridad adecuadas puede prevenir incidentes y garantizar un viaje seguro para todos. Aunque la ley de Caminos y Puentes Federales prohíbe a los usuarios utilizar un taxi por aplicación dentro del aeropuerto ya que estos últimos no cuentan con los permisos necesarios y licencia federal que hasta la fecha solo los taxis concesionados pueden tramitar, también lo es que tengan la libertad de elegir la opción de transporte que mejor se adapte a sus posibilidades y necesidades.
En la Terminal 1, los usuarios de taxis de plataforma deberán dirigirse a Circuito Interior Boulevard Puerto Aéreo y los pasajeros que soliciten su Uber o Didi en la Terminal 2, deberán abordarlo sobre la Avenida Fuerza Aérea. Dificultando el acceso al trasporte terrestre de aplicación en especial a discapacitados o personas con capacidades diferentes3 .
Ante esto, a los usuarios se les debe respetar la libertad de seleccionar entre diversas opciones de transporte sin ser obligados a utilizar un tipo específico de servicio. La igualdad en el acceso a taxis concesionados y plataformas de transporte es primordial para garantizar que todos los pasajeros, sin importar sus preferencias o necesidades, puedan acceder a un servicio de transporte seguro y adecuado.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) había propuesto un proyecto de reforma ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer). que permitiría que los taxis de plataforma puedan circular dentro del aeropuerto, pero por presiones de los taxistas concesionados el proyecto fue cancelado dejando en estado de indefensión a miles de personas, pese a que en varias ocasiones los taxistas permisionarios que operan en aeropuertos como en la Ciudad de México y Cancún han sido investigados y sancionados por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) por celebrar acuerdos ilegales con puertos aéreos e imponer barreras a la entrada de nuevos competidores, lo que ha generado cobros indebidos y prácticas monopólicas que afectan a los viajeros4 . El proyecto no debió cancelarse sino reevaluarse de manera exhaustiva.
En la actualidad, tanto los usuarios como los conductores de estas plataformas se encuentran en una situación de incertidumbre debido a esta restricción. En el AICM hay por lo menos mil 500 autos registrados como taxis oficiales, los cuales, no son suficientes para satisfacer la demanda, y limitar el acceso de los taxis de plataformas digitales creando monopolios que dañan la libre competencia y perjudican al pasaje.5
La protección de los pasajeros en el aeropuerto de la Ciudad de México es de suma importancia, es necesario llegar a un acuerdo que permita la operación de taxis de plataforma dentro del AICM no solo para beneficiar a los clientes al ofrecer más opciones y mejorar la calidad del servicio, sino que también fomenta una competencia justa y ayuda a satisfacer la alta demanda de transporte en el aeropuerto.
Este punto de acuerdo se someterá a votación y, en caso de ser aprobado, se enviará a las instancias correspondientes para su seguimiento y acción.
Por lo antes expuesto solicito se someta a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.- La H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, al titular de la Secretaría de Marina y al Director del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México a que se instale una mesa de trabajo con la Comisión correspondiente para establecer una comunicación y coordinación efectiva en la regulación de los servicios de los taxis de plataforma; revisar y actualizar los protocolos de actuación de estos servicios para garantizar la seguridad de los usuarios y mantener el orden en las operaciones.
Notas:
1. Multas a Uber y Didi que accedan al aeropuerto de la Ciudad de México -El País-https://elpais.com/mexico/2022-06-27/multa-de-43000-pesos-a-los-ve hiculos-de-uber-o-didi-que-accedan-al-aeropuerto-de-ciudad-de-mexico.ht ml
2. https://youtube.com/shorts/e2V3TbAyEtA?si=UTqbEUHssuq0kWnr
3. aquí podrán tomar un taxi or aplicación en el aeropuerto -NMás- https://www.facebook.com/nmas.com.mx/videos/
aqu%C3%AD-podr%C3%A1s-tomar-tu-taxi-por-aplicaci%C3%B3n-en-el-aeropuerto-cdmx/1571413410391609/
4. Taxis vs Uber y Didi-El Financiero-https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/2024/09/16/taxistas -vs-uber-y-didi-sict-suspende-reforma-para-que-apps-recojan-pasaje-en-a eropuertos/
5. Demandamos usar el trasporte de nuestra preferencia- Activate- https://activate.org.mx/public/activacion/defendamos-la-libertad-de-usa r-el-transporte-de-nuestra-preferencia-66edc15a3e269
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre 2024
Diputado Fidel Daniel Chimal García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al INE a cumplir la suspensión judicial que le ordena abstenerse de implantar el proceso extraordinario de 2024-2025 en que se elegirán ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistraturas de las Salas Superior y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y magistraturas de circuito y juzgadores de distrito, suscrita por los diputados Héctor Saúl Téllez Hernández y Ernesto Sánchez Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN
Los suscritos, Héctor Saúl Téllez Hernández y Ernesto Sánchez Rodríguez , diputados en la LXVI Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, someten a la consideración del pleno, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), a dar cumplimiento a la suspensión judicial que ordena al INE se abstenga de implementar el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, en el que se elegirán los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las Magistraturas de las Salas Superior y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y Magistraturas de Circuito y personas juzgadoras de Distrito , al tenor de las siguientes
Consideraciones
La historia de la reforma judicial obedece al revanchismo de Andrés Manuel López Obrador a un Poder Judicial que se ha encargado de ser contrapeso en decisiones del Poder Ejecutivo que afectaban a la ciudadanía; desde otorgar amparos para que personas con discapacidad tuvieran acceso a vacunas por COVID, acceso a tratamientos por cáncer, evitar la destrucción de la selva por la construcción del Tren Maya entre otras decisiones autoritarias.
Finalmente ante una serie de irregularidades y desacato de la Cámara de Diputados y Senadores a las suspensiones judiciales sobre la discusión y aprobación de la Reforma Judicial, esta fue aprobada por ambas Cámaras, y por los Congresos locales y publicada el pasado 15 de septiembre.
Cabe destacar que existe una suspensión definitiva que concedió una jueza federal que ordena al Director del Diario Oficial de la Federación eliminar la publicación de la reforma judicial del pasado 15 de septiembre.
A esto le siguió lo acontecido el 23 de septiembre donde el Consejo General del INE arrancó con el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 para la elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación, en la cual estableció la ruta para llegar a la elección del domingo 1 de junio de 2025.
A pesar de que el INE no cuenta con presupuesto etiquetado para empezar a ejecutar el proceso electoral de jueces, magistrados y ministros, el Consejo General determinó iniciar debido a que los artículos transitorios de la reforma ordenan al árbitro electoral pronunciarse en un plazo menor a siete días después de la publicación en el Diario Oficial de la Federación .
Consecuencia de ello el 24 de septiembre un juez federal concedió una suspensión provisional en la cual ordena al INE abstenerse de implementar el proceso electoral como establece la reforma al Poder Judicial.
Esta situación fue ignorada por el INE y el 27 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo General del INE, por el que se emite la declaratoria del inicio del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 en donde se elegirán juzgadores del Poder Judicial de la Federación.
La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, y las consejeras Dania Ravel, Carla Humphrey y Claudia Zavala comentaron que el INE aún no ha sido notificado de la suspensión dictada por un juez, relativo a la organización de las elecciones para el Poder Judicial, sin embargo, hay tesis que sustenta que la suspensión de amparo indirecto surte efectos desde que se concede y no cuando es notificada a las partes y a la autoridad responsable.
La propia Consejera Presidenta del INE mencionó que “Si calculamos que son mil 760 cargos , estaríamos hablando de 880 cargos que estarían en el proceso de elección en el próximo primero de junio del 2025. Y en esos estarán incluidas, entendería, de manera inicial, todas las vacancias . Esa es una información que el Consejo de la Judicatura deberá de entregarle al Senado, y el Senado hacer las valoraciones correspondientes”, es decir, el Consejo del INE emitió un acuerdo sin tener información precisa sobre los cargos que se van a elegir, sin tener el presupuesto para dicho efecto y sin haber hasta el día de hoy las reformas a la legislación secundaria. Todo esto resulta en el inicio de un proceso electoral viciado, y que puede llegar a transgredir los derechos político-electorales de los aspirantes a dichos cargos.
No hay que dejar de lado que el posible desacato a la resolución judicial en el que incurren los consejeros y consejeras del INE, constituye de conformidad con el artículo 262 de la Ley de Amparo penas de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.
Nos encontramos ante un desacato masivo de suspensiones a la reforma judicial, una suspensión contra la discusión, aprobación y entrada en vigor de la reforma judicial, misma que no fue acatada por las Cámaras de Diputados y Senadores, por los Congresos locales de los 32 estados, por el director del Diario Oficial de la Federación y tampoco por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, quien ordenó la publicación del decreto respectivo.
Se observa un inédito autoritarismo y vulneración a las instituciones, pues el desacato que se ha dado a todas estas suspensiones ahora lo lleva a cabo un órgano constitucional autónomo, el cual debe ser garante de los derechos electorales, por lo que en primera instancia, debe observar las decisiones judiciales y no dar por iniciado un proceso con falta de certeza presupuestal y jurídica.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), a dar cumplimiento a la suspensión judicial que ordena al INE se abstenga de implementar el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, en el que se elegirán los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las Magistraturas de las Salas Superior y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y Magistraturas de Circuito y personas juzgadoras de Distrito.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2024
Diputados: Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbrica), Ernesto Sánchez Rodríguez
Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Jucopo de esta soberanía que considere la realización de una sesión solemne con motivo del inicio de las celebraciones del 200 aniversario de la Constitución federal de 1824, a cargo de la diputada Margarita Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN
Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en las fracciones I del numeral 1 del artículo 6 y III del numeral 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política que considere la celebración de una sesión solemne con motivo de la conmemoración de los 200 años de la Constitución Federal de 1824, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El 12 de junio de 1823, ante la inquietud que movía a diversas entidades a proponer, incluso, su separación del antiguo Imperio y, con ello, la desmembración de México, el primer Congreso Constituyente de nuestro país se pronunció por el sistema de república federada. Con ello dio un mensaje claro, que debemos honrar en toda circunstancia: las provincias y los habitantes de México estamos hechos para permanecer unidos.
Desde entonces la discusión en México y, particularmente en el Congreso, fue ardua y mes con mes se discutieron muchos temas hasta llegar a la certeza de estar preparados para llevar a la definición del Estado Mexicano.
Gracias a ello, y a la inteligente adaptación del modelo doceañista gaditano de las diputaciones provinciales que en buena medida fue obra, en Cádiz, de nuestro diputado José Miguel Ramos Arizpe, quien ahora se integraba a los trabajos del nuevo Congreso Constituyente como presidente de la Comisión de Constitución, pudimos discutir un proyecto, primero, de Acta Constitutiva de la Nación Mexicana, que cedió ante el hecho evidente de que la Nación mexicana ya se hallaba constituida y había proclamado su Independencia en septiembre de 1821. Por ello, los constituyentes prefirieron expedir un Acta Constitutiva de la Federación Mexicana el 31 de enero de 1824 y, por fin, tres años después de consumada la emancipación, la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos el 4 de octubre de 1824.
La Constitución de 1824, si bien sufrió muchas críticas por su carácter cuasi confederal y fue abrogada en 1835, sirvió como lazo de unión entre las antiguas intendencias y diputaciones provinciales, “independientes entre sí en lo respectivo a su gobierno interior” (artículo 49, fr. III). El esquema convenció a varias provincias ariscas de permanecer unidas a México, dando cumplimiento a la Unión, tercera y principal garantía de Iguala, y mantuvo a Chiapas en el seno de la República, a pesar de su antigua adscripción al reino de Guatemala. Restringió adecuadamente las facultades del “Presidente de la Federación”, que no podía “mandar en persona las fuerzas de mar y tierra sin previo consentimiento del Congreso general” ni “privar a ninguno de su libertad, ni imponerle pena alguna” u “ocupar la propiedad de ningún particular o corporación” ni, mucho menos “impedir las elecciones” (artículo 112).
Una Constitución de libertades y para las libertades, que reconoció su lugar al Congreso y al Poder Judicial, con ministros y fiscales de la Suprema Corte electos por las Legislaturas de los Estados (artículos 125 a 134) y tribunales de circuito y de distrito designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Corte Suprema de Justicia (artículos 140 y 143). Se establecieron, además, unas Reglas o principios generales “a que se sujetará en todos los Estados y territorios de la federación la administración de Justicia” (artículos 145 a 156), con un espíritu profundamente garantista, que echa por tierra la idea de que nuestra primera Constitución no se hizo cargo de los derechos fundamentales.
Por todo lo anterior presento ante el pleno de la Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se solicita a la Junta de Coordinación Política que el próximo jueves 3 de octubre considere celebrar una sesión solemne con motivo del inicio de las celebraciones del 200 aniversario de la Constitución Federal de 1824.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2024
Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo de esta soberanía a celebrar sesión solemne por los 500 años del inicio de la evangelización en México, a cargo de la diputada Margarita Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable asamblea, el siguiente punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
En este año 2024 se celebran 500 de la llegada de las primeras misiones evangelizadoras a lo que es hoy México y lo que era entonces la Nueva España.
Fue la orden de los franciscanos quienes llegaron primero por mandato del Rey Carlos V, en el año de 1824. Fueron doce frailes, encabezados por fray Martín de Valencia quienes iniciaron el proceso evangelizador cuyo objetivo fue convertir a los indígenas a la religión cristiana.
Con la evangelización se dio un proceso de interacción entre dos religiones y civilizaciones totalmente distintas, un proceso único, interesante y forzado si se quiere decir, pero que nos formó a lo que hoy en día somos. Por poner un ejemplo, hubo una transición del politeísmo al monoteísmo, que sería del culto a varios dioses y diosas incluso, al culto a un solo Dios.
No debemos de rechazar ni negar la evangelización en México, es parte de nuestra historia, historia que compartimos con toda Latinoamérica que nos une y fraterniza con ella, es parte de nosotros. Permeó y moldeó nuestra conciencia y nuestro espíritu. Tanto así, que aún y 500 años después, el cristianismo en la vertiente del catolicismo es la religión que más se practica en México: poco más del 78% de la población nacional practica el catolicismo1 .
Es así que, para abrazar nuestra historia y reconciliarnos con nuestro pasado y nuestro origen como mexicanos y como latinoamericanos, creo necesario reconocer a los más de 70 millones de mexicanos cristianos y el origen de su fe, iniciando con una sesión solemne.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se solicita a la Junta de Coordinación Política de esta honorable Cámara de Diputados que este año 2024 considere la celebración de una sesión solemne conmemorando los 500 años del inicio de la Evangelización en México.
Nota:
1. De acuerdo con datos del INEGI. Ver en: https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/mex/poblacion/div ersidad.aspx?tema=me&e=15
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2024
Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa y la SHCP a garantizar durante 2025 la implantación de suficientes programas institucionales que permitan cumplir la cobertura, las metas, los objetivos y las acciones en materia de salud para la población sin seguridad social, otrora realizados por el Seguro Popular, considerando adicionalmente la ampliación de los servicios que presta en las entidades federativas, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe Miguel Ángel Monraz Ibarra , diputado integrante de la LXVI Legislatura, con fundamento en la facultad que otorga el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme a los artículos 77, 78. 99, párrafo 1, fracción II y correlativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de este pleno, la siguiente iniciativa a mi cargo, con proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que en ejercicio de sus atribuciones garanticen durante el año 2025 la implementación de los programas institucionales suficientes que permitan cubrir y cumplir con la cobertura, metas, objetivos y acciones en materia de salud para la población sin seguridad social, que anteriormente realizaba el “Seguro Popular”, considerando adicionalmente la ampliación de los servicios que presta en las entidades federativas, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de conformidad con los siguientes
Considerandos
En México, la salud pública es un tema en el que se deben romper inercias para recomponer el camino. Lo anterior recordando que conforme al artículo cuarto constitucional, toda persona tiene derecho a la protección de la salud.
Y en ese sentido, una de las situaciones que más lastiman a la sociedad es qué por revanchismos, se hayan desbaratado esquemas que tal vez no eran perfectos, pero que apoyaban a los mexicanos que no se encontraban inscritos a alguno de los esquemas de salud oficiales. Nos referimos al Seguro Popular.
Frente a la pretensión de contar con un sistema de salud a semejanza de los países nórdicos, organizaciones como Acción Ciudadana contra la Pobreza, el Centro de Estudios Espinosa Yglesias y México Evalúa alertan que el actual sistema de salud excluye a 33 millones de mexicanos (el 26% de la población) profundizando la brecha social y afectando a los más pobres. Destacan que solo el 45% de la población, es decir, 56 millones de personas, está afiliada a algún servicio de salud de la seguridad social.1
Por eso es urgente el regreso del Seguro Popular, implementado en 2004, en el marco de la estrategia del Programa Nacional de Salud 2001-2006, con el objetivo específico de brindar acceso a los servicios de salud a aquellas personas que carecen de seguridad social.
Como sabemos, más de la mitad de los mexicanos trabajan en la informalidad y no tienen acceso a los servicios de salud que proporcionan el IMSS o el ISSSTE. El Seguro Popular pretendía atender a esta población no derechohabiente mediante un seguro de salud, público y voluntario, orientado a reducir los gastos médicos de bolsillo y fomentar la atención oportuna a la salud.
Un gran logro del Seguro Popular fue su amplia cobertura que para 2019 contaba con 10 veces más afiliados que en 2004, pasando de 5.2 millones a 52 millones de beneficiarios. Esta cantidad representa a casi la mitad de la población mexicana. Cuatro de cada diez personas en México contaban en 20019 con seguro popular.2
Todo se perdió el 1 de enero de 2020 cuando desaparecieron las unidades médicas de los módulos de afiliación al Seguro Popular. Las modificaciones a la Ley General de Salud crearon el Instituto de Salud para el Bienestar para sustituir este programa, con nulos resultados hasta el momento.
De hecho, el INSABI, que ha sido uno de los programas principales de la actual administración federal, solamente sirvió para financiar la estancia de 585 médicos cubanos por un monto de 135 millones de pesos, dejando en el olvido a médicos mexicanos por demás calificados.
Siguiendo a las organizaciones civiles ya mencionadas México es de los países de la OCDE que menos gasta en salud, destinando el 2.8% del PIB, cuando el promedio de estos países es del 6.6%, lo cual se refleja en las debilidades del sistema, como la falta de hospitales y de recursos humanos calificados suficientes para atender las necesidades de los pacientes.
Es por ello que consideramos que es momento de replantear el camino, romper inercias y reconocer los errores. Y un gran error fue la desaparición del Seguro Popular, lo que se ha reconocido con la reciente extinción del Instituto de Salud para el Bienestar y su sustitución con el Programa IMSS-Bienestar.
Lo anterior implica materializar compromisos para enmendar el camino y transitar a una gestión pública que garantice el acceso a la salud, uno de los más grandes débitos de la gestión pública federal que recién ha terminado. Hoy, los representantes del Estado tenemos el gran compromiso de implementar acciones, desde las diversas áreas de participación en las funciones estatales, que permitan a más de 50 millones de personas, acceder a la sanidad pública en México.
Por lo anteriormente expuesto, y dando seguimiento a los trabajos desarrollados en la legislatura inmediata anterior, someto a la elevada consideración de esta asamblea legislativa la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que en ejercicio de sus atribuciones garanticen durante el año 2025 la implementación de los programas institucionales suficientes que permitan cubrir y cumplir con la cobertura, metas, objetivos y acciones en materia de salud para la población sin seguridad social, que anteriormente realizaba el “Seguro Popular”, considerando adicionalmente la ampliación de los servicios que presta en las entidades federativas.
Notas:
1. Ver: https://www.swissinfo.ch/spa/coronavirus-m%C3%A9xico_m%C3%A9xico-enfren ta-crisis-sanitaria-por-covid-y-otras-enfermedades—alertan-ong/46512932
2. ¿Quiénes están en riesgo con la llegada del INSABI?: Lo que sabemos sobre el extinto Seguro Popular. Georgina Jiménez. Nexos. Enero 21 de 2020. Ver: https://datos.nexos.com.mx/quienes-estan-en-riesgo-con-la-llegada-del-i nsabi-lo-que-sabemos-sobre-el-extinto-seguro-popular/
Dado en la Cámara de Diputados, a 2 de octubre de 2024
Diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat, la Conagua y la Profepa a implantar acciones y protocolos de actuación inmediata para que las mineras realicen diligencias de remediación que garanticen el cauce natural hídrico en el río Sabinas, con objeto de alcanzar niveles óptimos de almacenamiento en la presa Venustiano Carranza, de Juárez, Coahuila, a cargo del diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Theodoros Kalionchiz De la Fuente, así como las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, fracción XX; 6, fracción I, numeral 1; 62 y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que exhorta respetuosamente, a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), para que desde el ámbito de sus respectivas competencias, implementen acciones y protocolos de actuación inmediata para que las empresas mineras realicen las diligencias de remediación necesarias que garanticen el cauce natural hídrico en el Río Sabinas, con el objeto de alcanzar niveles óptimos de almacenamiento en la “Presa Venustiano Carranza”, ubicada en el Municipio de Juárez, Coahuila, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La actividad de la minería del carbón ha sido clave y estratégica en la organización económica de la Cuenca Carbonífera del estado de Coahuila. Justo de esa región proviene el 99% de la producción nacional de ese mineral, que es fundamental en su uso como combustible para generar electricidad, así como para producir acero en nuestro país1 . Si bien, esta actividad es una fuente generadora de empleo y de ingresos para muchas familias en esa zona del país; lo cierto, es que también la minería carbonífera ha dejado a través de los años un alto impacto ambiental.
Tal es el caso del Río Sabinas, que ha sido afectado a lo largo de su afluente por la industria minera a cielo abierto, quien ha alterado su cauce natural; pues a través del tiempo las mineras han dejado tajos que no permiten la provisión de agua suficiente para alcanzar niveles óptimos de almacenamiento en la “Presa Venustiano Carranza”, ubicada en el Municipio de Juárez, Coahuila, también conocida como “Presa Don Martín”, y cuyo nivel de almacenamiento es de 1,322 millones de metros cúbicos.
La técnica de tajo a cielo abierto y la minería submarina son las más devastadoras para las regiones. Propician la erosión y contaminación de los suelos, además de que arrasan con la orografía de los territorios en donde se realizan esas prácticas, más allá, que la deforestación causada por esta industria afecta tanto el hábitat local de cientos de especies, así como los flujos de agua que abastecen a presas y con ello, del vital líquido para diversas comunidades2 .
Otras problemáticas que también se presentan a lo largo del Río Sabinas, son las relacionadas con las tomas clandestinas de agua, así como la construcción de bordes realizados por la actividad minera carbonífera, que en definitivo también contribuyen a que el caudal del río no llegue de manera natural a suministrar el almacenaje en la “Presa Venustiano Carranza”.
Cabe señalar, que en esta región de Coahuila el carbón es producido por 51 empresas, seis de ellas pertenecientes a la gran minería y el resto son pequeños y medianos productores. La empresa más importante es Altos Hornos de México (Amhsa) que, por medio de sus filiales Minera Río Escondido (Micare) y de Minerales Monclova (Mimosa), operan las minas Tajo, La Sauceda, Las Conchas y La Mina, y tres plantas lavadoras de carbón en los municipios de Múzquiz, Nava, Sabinas y Progreso, así como dos plantas coquizadoras localizadas en Monclova. Este consorcio concentra la producción carbonífera al extraer aproximadamente 73 por ciento del total estatal, mientras que las empresas medianas participan con 16 por ciento, las pequeñas con 8 por ciento y las microempresas con 3 por ciento3 .
La minería es una de las industrias más intensivas en el consumo y bombeo de agua, y la afectan tanto en su disponibilidad, como en su calidad. Y que amparadas en las concesiones y asignaciones que se establecieron en la Ley Minera de 1992, prácticamente mercantilizan el agua y la alejan de su naturaleza de bien común no renovable indispensable para la vida; impidiendo con ello, el ejercicio del derecho humano al agua y al derecho humano a un medio ambiente sano y sustentable. Cabe recalcar, que una de las regiones con mayor impacto de escasez hídrica es el norte del país, justo donde se localizan seis de los siete estados donde se concentra la explotación minera.
Con datos de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), en su apartado Sistema Nacional de Información y Monitoreo del Agua de las Principales Presas de México, al segundo trimestre del año 2024, la Presa Venustiano Carranza aparece como de las más vacías de Coahuila, al mantener tan solo entre 20 y 30 por ciento de su capacidad. Cabe señalar, que esta presa es la principal fuente de abastecimiento de agua del Distrito de Riego 004 Don Martín con una superficie de riego total de 4,195 hectáreas y volumen distribuido de 91,250 metros cúbicos en los estados de Coahuila y Nuevo León4 , y cuyos cultivos principales son: sorgo en grano, maíz, soya, pastos y trigo5 .
La Conagua es el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), con funciones en materia de gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, presupuestal y de gestión para la consecución de su objeto, la realización de sus funciones y la emisión de los actos de autoridad que le corresponden conforme a la Ley de Aguas Nacionales, y cuya misión es administrar y preservar las aguas nacionales para lograr su uso sustentable con la responsabilidad de los tres órdenes de gobierno y la sociedad en general6 .
Conagua tiene entre otras facultades expresadas en la Ley de Aguas Nacionales, las siguientes7 :
• Fungir como la autoridad en materia de la cantidad y de la calidad de las aguas y su gestión en el territorio nacional y ejercer en consecuencia aquellas atribuciones que conforme a la ley corresponden a la autoridad en materia hídrica.
• Formular la política hídrica nacional, así como dar seguimiento y evaluar de manera periódica el cumplimiento de dicha política.
• Programar, estudiar, construir, operar, conservar y mantener las obras hidráulicas federales directamente o a través de contratos o concesiones con terceros, y realizar acciones que correspondan al ámbito federal para el aprovechamiento integral del agua, su regulación y control, y la preservación de su cantidad y calidad.
• Vigilar el cumplimiento y la aplicación de la Ley de Aguas Nacionales, interpretarla para efectos administrativos, aplicar las sanciones y ejercer los actos de autoridad en la materia.
• Proponer al Titular del Poder Ejecutivo federal la expedición de Decretos para el establecimiento, modificación o extinción de zonas de veda y de zonas reglamentadas para la extracción y distribución de aguas nacionales y de zonas de desastre.
• Presentar las denuncias que correspondan ante las autoridades competentes cuando, como resultado del ejercicio de sus atribuciones, tenga conocimiento de actos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación administrativa en materia de aguas o a las leyes penales.
Asimismo, la Ley de Aguas Nacionales, su reglamento, y el Reglamento Interior de Semarnat facultan a la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa), a realizar acciones de inspección y vigilancia para el cumplimiento de la normatividad ambiental en materia de descargas de aguas residuales a cuerpos de aguas nacionales.
Bajo este contexto, cabe hacer mención que la Profepa en el año 2015 ejecutó una orden de clausura temporal a nueve minas de extracción de carbón mineral en los municipios de Escobedo, San Juan de Sabinas y Sabinas, en el estado de Coahuila, dada la afectación ambiental de 60,031 mts2 en las que habitan especies de flora y fauna protegidas, además del incumplimiento de criterios normativos para llevar a cabo esa actividad, como lo representa la falta de vigencia de la manifestación de impacto ambiental emitido por Semarnat8 .
Habida cuenta de ello, queda claro que en la problemática ambiental que se expone en el presente recurso legislativo; tanto la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Comisión Nacional del Agua (Conagua), y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), son autoridad competente y facultada para garantizar el estricto cumplimiento de lo expresado en la Ley de Aguas Nacionales, la Ley de Minería, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como de las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, y con ello, atender de manera integral la problemática del Río Sabinas asociada a la industria minera de la cuenca carbonífera del estado de Coahuila.
Como ya se señaló con anterioridad, la explotación minera del carbón ha impactado de forma significativa el ecosistema del Río Sabinas, al alterar su cauce hidrológico natural a causa de tajos, por la extracción de material pétreo, así como por el vertido de desechos industriales sólidos y aguas residuales con altos contenidos de metales contaminantes en sus afluentes, sin ningún tratamiento previo, ni con la más mínima responsabilidad ambiental de esa industria.
Por ello, resulta impostergable poner un alto y exigir a la industria minera asentada en la región carbonífera de Coahuila, implemente planes específicos de acción inmediata para mitigar y compensar sus impactos ambientales. Y que sus empresas se desarrollen bajo estrictas políticas de sostenibilidad y responsabilidad social con su entorno.
Expuesto lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente, a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), para que desde el ámbito de sus respectivas competencias, implementen acciones y protocolos de actuación inmediata para que las empresas mineras realicen las diligencias de remediación necesarias que garanticen el cauce natural hídrico en el Río Sabinas, a objeto de alcanzar niveles óptimos de almacenamiento en la “Presa Venustiano Carranza”, ubicada en el Municipio de Juárez, Coahuila.
Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), para que desde el ámbito de sus respectivas competencias realice de manera permanente inspecciones de verificación en las empresas mineras asentadas en la Cuenca Carbonífera del estado de Coahuila, con la finalidad de verificar que cuenten con las autorizaciones actualizadas en materia de manifestación de impacto ambiental y den cabal cumplimiento a legislación ambiental aplicable.
Tercero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, implemente acciones, medidas y políticas públicas que tengan como objetivo mitigar y resarcir el daño ambiental en acuíferos, aguas superficiales y ecosistemas a lo largo del afluente del Río Sabinas, en el estado de Coahuila.
Notas:
1. Región Carbonífera de Coahuila: problemas estructurales y perspectivas.
https://ru.iiec.unam.mx/6134/1/6.%20072-T%C3%A9llez-S%C3%A1nchez.pdfLa
2. Así se ve la minería en México.-https://asisevelamineriaenmexico.org.mx/contaminacion-ambiental /
3. https://ru.iie.unam.mx/134/1/6.%20072-T%C3%A9llez-S%C3%A1nchez.pdf
4. Almacenamiento en presas de uso agricola.- https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/443934/
Bolet_n_de_presas_28_Feb_2019.pdf
5. Desarrollo Regional y Agropecuario Nuevo León.- https://cao.nl.gob.mx/pdf/DonMartin.pdf
6. CONAGUA.- https://www.gob.mx/conagua
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-08/Derecho-Humano-Agua-PS.pdf
7. Ley de Aguas Nacionales.- https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAN.pdf
8. https://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/7749/1/mx.wap/clausuraprofepa9_minas_de_extraccion_de_carbon
_mineral_por_afectacion_a_superficie_total_de_60_mil_m2 en coahuila_de_zaragoza.html
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 octubre de 2024
Diputado Theodoros Kalionchiz De la Fuente (rúbrica)