Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6488-III-6, miércoles 20 de marzo de 2024
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Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6488-III-6, miércoles 20 de marzo de 2024
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a intensificar acciones integrales para la prevención, detección, tratamiento y control del virus del dengue a nivel nacional, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Ma Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente:
Exposición de Motivos
El dengue es una enfermedad que se transmite a través de la picadura de un mosquito infectado y afecta a personas de todas las edades, con síntomas que varían entre una fiebre leve hasta una fiebre incapacitante, dolor de cabeza, dolor de huesos y articulaciones, erupción en la piel, dicha enfermedad puede progresar y ser más grave causando daño en órganos y dificultad para respirar.1
Según la Organización Mundial de la Salud el dengue es una de las diez principales amenazas para la salud en el mundo ya que su incidencia ha aumentado 30 veces en los últimos 50 años,2 cada año se estiman alrededor de 390 millones de infecciones de dengue en todo el mundo y más de 36 mil fallecimientos. El 2023 fue el año de mayor registro de casos de dengue en la región de las Américas con 4,565.911 casos de los cuales 7,653 casos graves y 2,340 fallecidos, dicha situación se extiende al 2024 puesto que se han notificado 673.267 casos de dengue, de los cuales 700 son graves y 102 casos fatales.
En México el dengue es una de las principales enfermedades de transmisión, pues en los últimos diez años se han incrementado los casos, a pesar de los esfuerzos de prevención y control. Por condiciones sociales y económicas la situación del dengue en México ha cambiado con el paso de los años, debido al crecimiento de zonas urbanas y costeras, el desarrollo de puertos industriales y el aumento poblacional.3
De ahí que, la situación para México es preocupante, el 2023 fue el año en el que se registraron tres veces más casos de dengue y las diez entidades en las que se concentraron más casos detectados, Yucatán (9,406), Veracruz (8,951), Quintana Roo (4,046), Morelos (3,307), Puebla (2,753), Chiapas (2,649), Tabasco (1,887), Guerrero (1,876), Oaxaca (1,562) y Campeche (1,451).4
Además, en lo que va del 2024 se ha registrado un aumento del 468 por ciento en los casos de dengue. Dando un total de 6.173 casos de los cuales 2.959 presentan datos de alarma, siendo Guerrero el estado con mayor número de casos, seguido por Tabasco y Quintana Roo.5
El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social”.6
De modo que, la Secretaría de Salud ha llevado a cabo diversas acciones con el propósito de combatir el dengue, como la eliminación de criaderos de mosquito para evitar su crecimiento y reproducción, implementado campañas enfocadas en sensibilizar a las personas para reducir el número de depósitos de agua que pueden servir de criadero y lleva un panorama epidemiológico de fiebre por dengue con información del sistema especial de vigilancia epidemiológica de dengue.7
Sin embargo, las estadísticas dejan ver el incremento de casos, por lo cual el dengue debe ser visto como un grave problema de salud pública y obliga a las autoridades a instrumentar las medidas de detección y prevención, fortalecer las campañas de limpieza y promover la participación ciudadana como una estrategia de control en las entidades de riesgo, con el fin de erradicar la transmisión de la enfermedad y salvaguardar la salud de toda la población.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. – La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal para que, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, se intensifiquen acciones integrales para la prevención, detección, tratamiento y control del virus del dengue a nivel nacional, con un enfoque de atención equitativa a las poblaciones de áreas suburbanas y rurales.
Notas:
1 Organización Panamericana de la Salud. “Dengue” [En Línea] Disponible en Internet: Dengue - OPS/OMS | Organización Panamericana de la Salud (paho.org)
2 World Mosquito Program. “Dengue” [En Línea] Disponible en Internet: Dengue | World Mosquito Program
3 Piña, S. (2024) “Dengue en México, tema de salud pública” [En Línea] Disponible en Internet: Dengue en México, tema de salud pública - Gaceta UNAM
4 Fundación io. (2023) “Situación del dengue en México” [En Línea] Disponible en Internet: 15 noviembre 2023. Situación del dengue en México - Fundación iO (fundacionio.com)
5 Leyva, J. (2024) “Alarma en América del Sur por casos de dengue”. [En Línea] Disponible en Internet: ALARMA en América del Sur por casos de dengue ¿México cómo está? (debate.com.mx)
6 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (diputados.gob.mx)
7 Gobierno de México. (2024) “Panorama epidemiológico de dengue 2024” [En Línea] Disponible en Internet: Panorama Epidemiológico de Dengue 2024 | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2024 .
Diputada Ma Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Cajeme, Sonora, y al Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de dicha entidad a reparar y dar mantenimiento al drenaje del municipio, a cargo de la diputada María Fernanda Félix Fregoso, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada María Fernanda Félix Fregoso, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente, al presidente municipal de Cajeme, sonora y al organismo operador municipal de agua potable, alcantarillado y saneamiento de Cajeme a reparar y dar mantenimiento al drenaje del municipio, con base a la siguiente:
Exposición de Motivos
El estado de Sonora es el segundo más grande del país; dentro de este se encuentra el municipio de Cajeme ubicado en el sur del estado, en la parte baja del río Yaqui, con una extensión territorial de 4,037.11km2, que cuenta con una población registrada de 409,310 habitantes.1
Del municipio, la inseguridad y la violencia son los principales problemas que los cajemenses perciben en su hogar; sin embargo, en el último año ha habido otro problema que se ha puesto en la mira de todas y todos los habitantes: para ellos ya no es anormal presentar problemas serios con el drenaje.
En colonias como Alameda, Villa Bonita, Villa California, Miravalle, Benito Juárez, Valle Dorado, Fraccionamiento las misiones, Aves del castillo, Real de Sevilla, Beltrones y entre otras los reportes de drenajes colapsados son incontables, y las consecuencias apenas las están afrontando. En temporada de lluvias, la problemática se agudiza y año con año las infecciones y enfermedades aumentan, los drenajes están colapsados, los reportes con los meses aumentan y las autoridades correspondientes no han realizado esfuerzos para corregir la situación.
Los problemas de drenajes colapsados son una preocupación seria para propiedades residenciales, comerciales e infraestructuras públicas en Cajeme. Estos colapsos pueden ser causados por una variedad de factores, desde obstrucciones por acumulación de residuos hasta corrosión y defectos de construcción. Las obstrucciones son una causa común, ya que las tuberías pueden bloquearse con sedimentos, residuos u objetos extraños. Las raíces de los árboles también pueden infiltrarse en las tuberías, provocando obstrucciones y eventualmente el colapso de las mismas. Además, la corrosión a lo largo del tiempo puede debilitar las tuberías, especialmente en áreas con suelos ácidos o con alto contenido mineral. En particular en el municipio en el que hacemos hincapié, las autoridades han manifestado que los drenajes ya no tienen vida útil, adicionado al factor humano.
El Organismo Operador Municipal De Agua Potable Alcantarillado Y Saneamiento de Cajeme (OOMAPASC), es el encargado de todos los temas que tienen que ver con la instalación y construcción, la limpieza, desbloqueo, con las reparaciones, mantenimiento, regulación y cumplimiento del drenaje del municipio.
De acuerdo con reportajes, la deuda acumulada del Oomapas de Cajeme, es por el orden de los 900 millones de pesos. Durante esta administración municipal, la deuda creció 262 millones de pesos más y actualmente enfrenta una demanda por la empresa tratadora de aguas negras de 235 mdp.
El organismo enfrenta un grave problema económico que, además, se ha visto reflejado en la falta de solución a drenajes colapsados que mantienen al Municipio sumergido en aguas negras.2
En el municipio y en general en el estado completo no se están midiendo las consecuencias de este suceso. Los drenajes colapsados pueden desencadenar una serie de consecuencias adversas que afectan tanto a nivel local como a la comunidad en general.3 Los drenajes colapsados pueden provocar inundaciones repentinas, lo que resulta en daños materiales significativos para las propiedades circundantes, así como riesgos para la seguridad de los residentes. La acumulación de agua estancada puede erosionar el suelo, debilitando las bases de las estructuras y aumentando el riesgo de deslizamientos de tierra. Además, la contaminación del agua se convierte en una preocupación, ya que los drenajes colapsados pueden permitir que aguas residuales no tratadas se filtren en el medio ambiente, comprometiendo la calidad del agua potable y amenazando la salud pública. Estos problemas pueden tener impactos a largo plazo en la infraestructura local y la ecología del área, requiriendo esfuerzos significativos de reparación y mitigación.
Los folios que se reforman al Oomapas, son imperceptibles para las autoridades, miles de familias han sido vulneradas con la condición de los drenajes, las familias que enfrentan problemas de drenaje experimentan una serie de dificultades que afectan su vida diaria y su bienestar. Algunas de ellas son:
Inundaciones en el hogar: Los drenajes colapsados o bloqueados pueden provocar inundaciones dentro de la casa, lo que resulta en daños materiales a los muebles, pisos, paredes y otros objetos personales. Esto puede generar costos de reparación significativos y causar estrés emocional para la familia afectada.
Malos olores y humedad: Los problemas de drenaje pueden causar malos olores debido al estancamiento del agua, así como humedad excesiva en el interior de la casa. Esto no solo es incómodo para la familia, sino que también puede crear un entorno propicio para el crecimiento de moho y hongos, lo que puede ser perjudicial para la salud.
Problemas de salud: El agua estancada puede convertirse en un caldo de cultivo para bacterias y patógenos, lo que aumenta el riesgo de enfermedades transmitidas por el agua, alergias respiratorias y problemas de salud relacionados con el moho. Esto puede afectar especialmente a niños pequeños, personas mayores y aquellos con sistemas inmunológicos comprometidos.
Daños a la propiedad y pérdida de bienes: Las inundaciones repetidas debido a problemas de drenaje pueden resultar en daños estructurales permanentes en el hogar, así como en la pérdida de objetos personales y bienes de valor. Esto puede generar dificultades financieras adicionales para la familia, especialmente si no cuentan con un seguro adecuado.
Inconvenientes en la vida cotidiana: Los problemas de drenaje pueden interferir con las actividades diarias de la familia, como cocinar, limpiar y bañarse. La presencia constante de agua estancada y malos olores puede hacer que el hogar sea menos habitable y afectar la calidad de vida de sus habitantes.
En resumen, los problemas de drenaje pueden tener un impacto significativo en la vida de las familias, causando estrés emocional, dificultades financieras y preocupaciones relacionadas con la salud y la seguridad. Es importante abordar estos problemas de manera oportuna y buscar soluciones efectivas para proteger el bienestar de la familia y preservar la integridad de su hogar.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al presidente municipal de Cajeme, licenciado Carlos Javier Lamarque Cano, para que en el marco de sus atribuciones legales establezca las medidas necesarias para actualizar, reparar y dar mantenimiento constante a al drenaje sanitario y pluvial del municipio de Cajeme, Sonora.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cajeme a reparar, dar mantenimiento constante y atender urgentemente los folios al drenaje del municipio de Cajeme, Sonora, para garantizar el bienestar de los habitantes.
Notas:
1 n.d.). IMIP Cajeme. Retrieved March 13, 2024, from
https://www.imipcajeme.org/pdf/POT_DEL_MUNICIPIO_DE_CAJE ME.pdf
2 (2017, November 9). YouTube: Home. Retrieved March 13, 2024, from
https://diariodelyaqui.mx/ciudadobregon/oomapa+s-de-cajeme-entre-numeros-rojos-y-aguas-negras/49882
3 Drenaje profundo, ¿Riesgo de Colapso? (n.d.). Real Estate Market & Lifestyle. Retrieved March 13, 2024, from https://realestatemarket.com.mx/articulos/infraestructura-y-construccio n/11361-drenaje-profundo-riesgo-de-colapso
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2024.
Diputada María Fernanda Félix Fregoso (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a publicar el informe sobre la condición en que se encuentran las estaciones de monitoreo de calidad del aire, a fin de mitigar los embates del cambio climático, a cargo de la diputada Karen Itzamna Moreno Mora y Zepeda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Federal Karen Itzamna Moreno Mora Y Zepeda, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables somete a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La mala calidad del aire es un problema de índole mundial que afecta principalmente a las grandes ciudades de los países; estas afectaciones se ligan directamente a la industria, el parque vehicular, contaminación derivada de las actividades del ser humano y a los factores naturales (emisiones de gases y cenizas volcánicas, el humo de incendios no provocados, entre otros), los cuales agravan de sobremanera el problema.1
En este siglo, uno de los retos más apremiantes para las sociedades es la protección del medio ambiente; con ello, uno de los principales problemas a los que se enfrenta el ser humano es la contaminación ambiental, la cual, puede ser nociva para la salud, la seguridad o para el bienestar de la población, debido a los efectos perjudiciales que causa a la vida vegetal o animal.2
En esta tesitura, la contaminación del aire genera graves problemas al medio ambiente, tales como el smog, el efecto invernadero, la lluvia ácida y la disminución de la capa de ozono, provocando así enormes consecuencias para los ecosistemas, poblaciones, e incluso construcciones.3
Por ello y a través de un convenio de coordinación entre el gobierno federal por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y los gobiernos del entonces Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, se creó la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), este es un organismo de coordinación política que tiene como objetivo llevar a cabo la planeación, coordinación y ejecución de acciones en materia de protección al ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico en la región que se extiende a las 16 demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y 224 municipios en total entre el Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.4
Para cumplir con lo anterior, la CAMe emplea 34 estaciones de monitoreo, además trabaja en temas prioritarios como lo son: mejoramiento de la calidad de aire, combate al cambio climático, gestión integral de recursos hídricos y restauración de la biodiversidad.5
Por otro lado, la actividad diaria en la Zona Metropolitana del Valle de México genera una gran cantidad de sustancias que modifican la composición natural del aire, de los principales factores que contribuyen a ello es la quema de combustibles fósiles para el transporte y la generación de energía, tanto a nivel industrial como doméstico, esta actividad produce miles de toneladas de contaminantes que diariamente son emitidos a la atmósfera,6 siendo los vehículos automotores la principal fuente de emisión, seguidos en orden de relevancia por las emisiones de fuentes naturales o biogénicas.7
El deterioro de la calidad del aire por la presencia de contaminantes tiene un efecto negativo en la salud humana y en el medio ambiente; como resultado existe una relación directa entre el incremento en la concentración de los contaminantes del aire y el aumento de enfermedades respiratorias y cardiovasculares; algunos contaminantes como las partículas suspendidas están asociados con la deposición o lluvia ácida, erosión del suelo, la eutrofización, entre otros.8 Por lo anterior, se vuelve imprescindible conocer el estado en que se encuentran las estaciones y equipos de monitoreo de calidad del aire, para tener certeza en que se encuentren muestreando de manera óptima.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González, a publicar informe sobre la condición en que se encuentran las estaciones de monitoreo de calidad del aire, a fin de mitigar los embates del cambio climático.
Notas:
1 De La Megalópolis, C. A. (n.d.). La calidad del aire y tu salud. gob.mx.
https://www.gob.mx/comisionambiental/articulos/la-calidad-del-aire-y-tu-salud?idiom=es
2 ¿Qué es la contaminación del aire? | Red Automática de Monitoreo Atmosférico de la ZMVT. (n.d.).
https://rama.edomex.gob.mx/que_es
3 De Áreas Naturales Protegidas, C. N. (n.d.). El aire: elemento de vida en la Tierra. gob.mx.
https://www.gob.mx/conanp/articulos/el-aire-elemento-de- vida-en-la-tierra
4 Comisión Ambiental de la Megalópolis | Gobierno | gob.mx. (n.d.). https://www.gob.mx/comisionambiental/que-hacemos
5 Ibíd.
6 Ibíd.
7 Ibíd.
8 De La Megalópolis, C. A. (n.d.). IMECA: Índice Metropolitano de la Calidad del Aire. gob.mx.
https://www.gob.mx/comisionambiental/articulos/imeca-indice-metropolitano-de-la-calidad-del-aire?idiom=es
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2024.
Diputada Karen Itzamna Moreno Mora Y Zepeda (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Poder Legislativo de las 32 entidades federativas a establecer en sus leyes locales la definición de acoso escolar que emitió la SCJN en 2016, a cargo de la diputada Taygete Irisay Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, Taygete Irisay Rodríguez González, diputada federal del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Poderes Legislativos de las 32 entidades federativas a establecer en sus leyes locales la definición de acoso escolar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El acoso escolar es una problemática que ha estado recibiendo cada vez más atención en años recientes. Se trata de una modalidad de violencia infantil y escolar que hasta hace algunas cuantas décadas había pasado desapercibida, tolerada incluso como parte normal de la vida y de la infancia, pero que es capaz de tener el mismo impacto negativo en la vida de las personas que cualquier otra modalidad de violencia. Además, esta problemática ha causado daños de enorme magnitud en muchas personas; por esta razón, es necesario erradicarla como cualquier otra forma de violencia que afecte a niñas, niños y adolescentes.
El acoso escolar es una forma de violencia infantil, como lo muestra la Observación General 13 del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en su inciso IV sección A numeral 1 párrafos 19-32.1 En dicha observación, el Comité de los Derechos del Niño identifica una serie enunciativa más no limitativa de formas de violencia infantil, entre las cuales se encuentra la violencia entre niños. De acuerdo con dicho Comité, si bien aquí la violencia se produce entre niñas, niños y adolescentes sin que los adultos estén directamente relacionados, los adultos aun así tienen un papel en esa forma de violencia, pues su inacción ante dichas situaciones constituye implícitamente una promoción de la violencia hacia la niñez, y es por lo tanto su responsabilidad combatir y prevenir adecuadamente estos actos de violencia, sin acciones punitivas que resulten en una respuesta a la violencia con más violencia.
Es incierto el origen del acoso escolar; quizá sea tan viejo como la humanidad y no haya realmente surgido algún día, sino que simplemente se haya trasladado desde la sociedad general hacia las aulas cuando se formaron las primeras escuelas,2 siendo las escuelas de primeras letras de Nueva España las primeras en nuestro país que tenían los elementos de existencia de una “escuela primaria”: espacio físico cerrado, distribución de tiempo estructurada, grupos de alumnos de edades similares, profesores especializados, y planes y programas de estudio cíclicos. Dichas escuelas comenzaron a surgir en las últimas décadas del virreinato, generalmente auspiciadas por la Iglesia o por los gobiernos municipales,3 y fueron continuadas por los gobiernos nacionales y locales una vez establecida la República Mexicana independiente.4
En aquellos tiempos, probablemente el acoso escolar se manifestaba en los recintos escolares y en las escuelas de primeras letras, pero éste simplemente se desconocía; los docentes y administradores simplemente no mostraban ningún interés por actividades diferentes de impartir conocimientos académicos que debían ser memorizados exactamente y sin error, y todavía no existían las corrientes modernas de pedagogía y educación que consideran el desarrollo del alumno como una esfera integral que incluye conocimientos, habilidades personales, emociones, relaciones sociales, y muchos otros factores. Por lo anterior, los conflictos entre alumnos se ignoraban como “juegos de niños inconsecuentes”, se reprimían sin mayor atención al detalle y sin jamás atender las causas raíz de dichos conflictos, o en el peor de los casos se toleraban e incluso se promovían como algo bueno, bajo la creencia de que vivir dichos conflictos endurecería a los niños y los prepararía para la dura y difícil vida adulta. Todo ello se agravaba con la práctica entonces perfectamente aceptable del castigo violento, que involucraba desde humillar y tratar de forma denigrante a los alumnos involucrados en peleas, o en el peor de los casos, maltratarlos físicamente.
No fue sino hasta el año 1970, en una de las naciones entonces más acomodadas del mundo como lo fue Noruega, que el psicólogo Dan Olweus finalmente identificó el acoso escolar que se infligían los alumnos entre sí, y le puso un breve y sencillo nombre en inglés para que esta práctica tuviera reconocimiento internacional: bullying.5 Olweus había identificado que entre alumnos había una tendencia a que algunos de ellos recibieran agresiones más fuertes y repetidas que otros, lo cual los ponía en una situación de la cual difícilmente podían salir por sí mismos, y que tenía efectos profundamente negativos en su esfera psicológica: baja autoestima, ansiedad, depresión, estrés postraumático, y muchos otros trastornos que dificultaban su evolución escolar a mediano plazo, y que en algunas ocasiones, representaban cargas que arrastraban ya entrada su edad adulta.
Al ponerle un nombre conciso a una problemática que no sólo afectaba a todas las niñas, niños y adolescentes, sino que incluso resonó en la mente de muchos adultos en posiciones de autoridad y que habían vivido el acoso escolar ellos mismos, el doctor Olweus inició con ello una lucha social contra esta problemática en todo el mundo. Desde los gobiernos, las organizaciones civiles, los padres de familia, los individuos afectados y el personal docente y administrativo de las escuelas, poco a poco el mundo fue adquiriendo conciencia acerca del acoso escolar, y éste comenzó a ser documentado en informes de autoridades en educación y derechos humanos.
Si bien hubo algunos informes sobre acoso escolar desde que Dan Olweus lo identificó, la investigación de dicho fenómeno se detonó en 1999 a raíz del tiroteo masivo que sucedió ese año en la preparatoria de Columbine en Estados Unidos, el cual se cree que fue motivado en gran parte por el acoso escolar que sufrían sus perpetradores.6 En 2003, el jurista brasileño Paulo Sérgio Pinheiro fue designado personalmente por el Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, para dirigir un estudio a gran escala de la problemática de la violencia contra la niñez, con el apoyo de la Oficina de la UNICEF, la OMS, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y una junta editorial multidisciplinaria de expertos, el cual fue presentado en 2006.7 Con base en diversos estudios realizados en países tales como Suecia, Estados Unidos, Kenya, Laos, Israel, o la región de Europa del Este, dicho estudio dio cuenta de la importancia que tiene el acoso escolar tanto en el Primer como en el Tercer Mundo como fuente de violencia contra la niñez, junto con dimensiones específicas tales como el acoso relacionado con la sexualidad, la discriminación étnica, el acoso por medios electrónicos, el pandillerismo, la delincuencia, y las actitudes del personal docente y administrativo de las escuelas ante el acoso escolar que con frecuencia son de indiferencia, y en ocasiones incluso de complicidad. Finalmente, el 2 de mayo de 2011, con el auspicio de más de tres mil organizaciones civiles de todo el mundo, la UNESCO declaró ese día del año como el Día Internacional de la Lucha contra el Acoso Escolar,8 con el objetivo no sólo de generar conciencia acerca del acoso escolar y el bullying, sino también con el fin de generar discusiones encaminadas a buscar mecanismos y establecer protocolos de actuación ante casos de este tipo.
A nivel nacional, uno de los primeros esfuerzos en ese sentido se encuentra un informe del año 2007 del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) sobre conductas destructivas en las escuelas primarias y secundarias, en el cual, entre otras cosas, se reportó que la violencia entre alumnos era un problema cotidiano que debía ser atendido desde distintos frentes.9 Posteriormente, en 2010, la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) arrojó que un 25.3 por ciento de las niñas y los niños encuestados reportaron haber sido blanco de groserías, 19.1 por ciento reportaron haber sido objeto de burlas, 15.3 por ciento reportaron haber sido objeto de bromas pesadas, 14.6 por ciento reportaron haber sido ignorados, y 12.7 por ciento reportaron haber sido golpeados.10 En 2013, la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública realizó una Encuesta Nacional sobre Exclusión, Intolerancia y Violencia en Escuelas de Educación Media Superior,11 la cual arrojó que 72 por ciento de los jóvenes varones y 65 por ciento de las jóvenes mujeres encuestados señalaron haber experimentado algún tipo de agresión o violencia de parte de sus compañeros escolares en los últimos 12 meses; que 40 por ciento de los varones jóvenes encuestados y 25.8 por ciento de las mujeres jóvenes encuestadas señalaron haber experimentado 4 o más situaciones de violencia en un periodo de un año; y que el ausentismo escolar era 30 por ciento más elevado en alumnos que sufrieron algún tipo de violencia.
Como lo demostró Dan Olweus en 1970, el primer paso para luchar contra una problemática generalizada es ponerle nombre y definición; y para eso, en México contamos con una definición que emitió en 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el amparo directo 35/2014,12 para la cual fue necesario que ésta desarrollara una definición del fenómeno del acoso escolar: todo acto u omisión que, de manera reiterada, agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño o adolescente, realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares. 13
A pesar de que esta definición fue emitida desde el año 2015, apenas hasta hace poco han comenzado los trabajos legislativos por integrarla a las leyes mexicanas; lo cual es particularmente apremiante, pues en estos momentos, hoy más que nunca, es necesario trabajar en la formación de una cultura de la paz. Es bien sabido que lo que no se define no existe; y si la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya elaboró una definición consistente con el rigor que exige la ley, queda claro que adoptar dicha definición a nivel nacional representa el primer paso para luchar de forma efectiva contra el acoso escolar. Para ello, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 27 de febrero de 2024 una iniciativa para integrar dicha definición a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;14 sin embargo, queda claro que esta definición es tan sólo el principio, pues hace falta implementar dicha definición no sólo en otras leyes que cubran los lugares donde ocurre dicha forma de violencia como lo es la Ley General de Educación, o que cubran otras formas de violencia que se intersecan con el acoso escolar como la Ley General de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sino también en las leyes de otras jurisdicciones encargadas de los espacios donde éste ocurre, como lo son las leyes estatales.
Al definir en sus leyes el concepto de acoso escolar, las entidades federativas podrán tener una base formal sobre la cual desarrollar los mecanismos de atención y protocolos de actuación sobre situaciones de acoso escolar que marcan sus leyes, y que también servirá para que desarrollen futuras reformas a otras leyes que también tienen capacidad para incidir sobre el acoso escolar, de esa forma contribuyendo junto con las autoridades federales a erradicar esa forma de violencia que no sólo ha marcado con traumas de por vida a muchas personas que hoy se encuentran en edad adulta, sino que incluso ha llegado a cobrar la vida de niñas, niños y adolescentes.
Expuesto lo anterior, me permito someter a consideración la siguiente:
Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Legislativos de las 32 entidades federativas a establecer en sus leyes locales la definición de acoso escolar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Punto de Acuerdo
Único. – La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Poderes Legislativos de las 32 entidades federativas a adoptar en sus leyes locales la definición del acoso escolar que emitió la Suprema Corte de Justicia en el año 2016, en la cual éste se define como todo acto u omisión que, de manera reiterada, agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño o adolescente, realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares.
Notas:
1 Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. (2011). Observación general Nº 13 (2011): Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia. 26 de julio de 2021, de la Organización de las Naciones Unidas. Sitio web: https://www.refworld.org/cgi-bin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc =y&docid=4e6da4d32
2 Fundación en Movimiento. (14 de mayo de 2018). Un breve repaso a través de la historia del acoso escolar. Obtenido del sitio web de Fundación en Movimiento: https://www.fundacionenmovimiento.org.mx/blog/medios/968-un-breve-repas o-a-trav%C3%A9s-de-la-historia-del-acoso-escolar
3 Estrada, D. T. (2002). El gobierno municipal y las escuelas de primeras letras en el siglo XVIII mexicano. Revista Mexicana de Investigación Educativa, volumen 7 número 15. Obtenido de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=281113
4 García, R. C. (4 de mayo de 2023). La educación pública en la transición al México independiente. Escuelas de primeras letras y colegios. México: Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación. Obtenido del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación: https://www.iisue.unam.mx/publicaciones/libros/la-educacion-publica-en- la-transicion-al-mexico-independiente-escuelas-de-primeras-letras-y-col egios
5 Fundación en Movimiento. (14 de mayo de 2018). Un breve repaso a través de la historia del acoso escolar. Obtenido del sitio web de Fundación en Movimiento: https://www.fundacionenmovimiento.org.mx/blog/medios/968-un-breve-repas o-a-trav%C3%A9s-de-la-historia-del-acoso-escolar
6 The New York Times. (30 de abril de 1999). Estudiantes de Columbine hablan del desastre y de la vida. The New York Times. Obtenido de https://archive.nytimes.com/www.nytimes.com/library/national/043099colo -voices.html
7 Pinheiro, P. S. (2006). Informe mundial sobre la violencia contra los niños y niñas. Nueva York, Estado de Nueva York, EEUU: Asamblea General de las Naciones Unidas.
8 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2 de mayo de 2022). Día Internacional del contra (sic) el Bullying o el Acoso Escolar. Obtenido de sitio web de la CNDH: https://www.cndh.org.mx/noticia/dia-internacional-del-contra-el-bullyin g-o-el-acoso-escolar
9 Aguilera García, M. A. (2007). Disciplina, violencia y consumo de sustancias nocivas a la salud en escuelas primarias. Ciudad de México: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
10 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED). (2011). Encuesta Nacional sobre Discriminación en México. Ciudad de México: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).
11 Subsecretaría de Educación Media Superior. (2013). Encuesta de Exclusión, Intolerancia y Violencia en la Educación Media Superior, 2013. Ciudad de México: Secretaría de Educación Pública.
12 Suprema Corte de Justicia de la Nación. (8 de enero de 2016). Amparo directo 35/2014 “Acoso escolar”. Obtenido de sitio web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: https://desc.scjn.gob.mx/sites/default/files/2021-09/M%C3%89X16-S%C3%AD ntesis.pdf
13 Zaldívar Lelo de Larrea, A. (15 de mayo de 2015). Resolutivo del amparo directo 35/2014 aprobado por mayoría de los ministros de la Primera Sala. Obtenido de sitio web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: https://www2.scjn.gob.mx/ConsultaTematica/PaginasPub/DetallePub.aspx?As untoID=166050
14 Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (27 de febrero de 2024). Votaciones de la sesión del martes 27 de febrero. Obtenido de Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6473, martes 27 de febrero de 2024: https://gace
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2023.
Diputada Taygete Irisay Rodríguez González (rúbrica)