Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6484-III-1, miércoles 13 de marzo de 2024
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Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6484-III-1, miércoles 13 de marzo de 2024
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y al INE a fortalecer las acciones de difusión y promoción de los procedimientos que deben seguir los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero para tramitar su credencial para votar y, en los procesos electorales, emitir su voto, en el marco de la legislación vigente, a cargo de la diputada Yolis Jiménez Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Yolis Jiménez Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de está soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Al año 2021 de acuerdo con datos proporcionados por el Instituto de los Mexicanos en el Exterior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, son más de 12 millones de mexicanos que residen en el exterior, siendo casi un 99 por ciento en los Estados Unidos de América.1
De acuerdo con el numeral I del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es derecho de los ciudadanos mexicanos votar en las elecciones para elegir a sus representantes. Además, el artículo 329 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que los ciudadanos mexicanos que residen en el extranjero tienen el derecho de votar desde el exterior en las elecciones para la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, las diputaciones y senadurías. También, las leyes electorales de cada entidad federativa establecen las condiciones para la participación de los ciudadanos en las elecciones locales, incluyendo diputaciones y otros cargos a nivel estatal y municipal.2
Conforme al establecido en el Libro Sexto, Capítulo Único de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los mexicanos residentes en el extranjero tienen habilitadas distintas modalidades para ejercer su derecho al voto en elecciones federales y locales. El artículo 329 estipula las bases generales para este proceso, permitiendo el sufragio en elecciones para presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores, gobernadores de entidades federativas y el jefe de gobierno de la Ciudad de México.
En cuanto a las modalidades de voto, el artículo 329 especifica que los ciudadanos pueden votar por correo, entregando personalmente la boleta en módulos ubicados en embajadas y consulados, o mediante voto electrónico, según lo establecido en el artículo 329, el cual señala que el voto electrónico se sujetará a lineamientos que aseguren la certeza y seguridad del voto de los mexicanos en el exterior.3
Para poder ejercer este derecho, los mexicanos residentes en el extranjero deben tramitar su credencial para votar en las embajadas o en los consulados de México en el extranjero, de acuerdo con el párrafo 1 del artículo 136 Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales de la siguiente forma:
1.- Solicitar cita
2.- Acudir al consulado con documentación
3.- Esperar credencial y confirmar recepción
Se evidenció que durante el periodo establecido del 20 de octubre de 2023 al 25 de febrero de 2024 para que los mexicanos residentes en el extranjero realizaran el trámite de la credencial para votar, además de la falta de información y promoción de los procesos, se desencadenaron diverso número de dificultades que provocaron que un gran número de conciudadanos no lograran la conclusión de este.4
Según la información proporcionada por el Sistema de Registro para Votar desde el Extranjero (SRVE) del Instituto Nacional Electoral (INE), hasta el 31 de octubre de 2023, se han inscrito un total de 226,661 ciudadanos mexicanos en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (LNE-Extranjero). Aunque se reconoce que entre la población de 12 millones de mexicanos en el exterior se incluyen menores de edad no elegibles para votar, el número de registrados en la LNE-Extranjero sugiere un bajo nivel de participación electoral entre la diáspora mexicana, lo cual resalta la necesidad de fortalecer las estrategias de inclusión y promoción del voto en el extranjero para asegurar una mayor representatividad y participación democrática de nuestros connacionales en los procesos electorales.5
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al Instituto Nacional Electoral para que se fortalezcan las acciones de difusión y promoción de los procedimientos que deben seguir los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero para tramitar su credencial para votar, y, en los procesos electorales, emitir su voto, en el marco de la legislación vigente.
Notas:
1 Secretaría de Relaciones Exteriores. (2021) Población Mexicana en el Mundo. Recuperado el 28 de febrero de 2024 en https://nextcloud.sre.gob.mx/index.php/s/gLPJrZF4BsxxiJD
2 Instituto Nacional Electoral. (S.f.) Voto de las y los residentes en el extranjero. Consultado el 28 de febrero de 2024 en https://www.votoextranjero.mx/web/vmre/preguntas-frecuentes
3 Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. https://www.ine.mx/wp-
content/uploads/2020/07/Despen-LEGIPE-NormaINE.pdf
4 Mares, T. 2024 “No sólo enviamos remesas”: mexicanos en EU piden facilidades para tramitar su INE, Sin Embargo MX, consultado el 28 de febrero de 2024 en https://www.sinembargo.mx/28-01-2024/4457585
5 FORBES (2023) Más de 226,000 mexicanos en el extranjero solicitaron su voto para las elecciones del 2 de junio https://www.forbes.com.mx/mas-de-226000-mexicanos-en-el-extranjero-soli citaron-su-voto-en-las-elecciones-del-2-de-junio-ine/
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 13 días del mes de marzo de 2024.
Diputada Yolis Jiménez Ramírez (rúbrica)