Iniciativas

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marisela Garduño Garduño, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Marisela Garduño Garduño , diputada federal de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La iniciativa de reformas a la fracción II del apartado B del artículo 123 constitucional tiene la intención, en apoyo de los trabajadores al Servicio del Estado, de reducir los días de trabajo que se establece en dicha fracción para pasar de 6 a 5 días laborables y, en consecuencia, aumentar los días de descanso en favor de la clase trabajadora para pasar de 1 a 2 días de descanso.

Es conveniente mencionar que, mediante el Decreto de reformas al artículo 123 constitucional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 1960 se adicionó el apartado B, en el que se regulan las relaciones de trabajo entre los Poderes de la Unión, los gobiernos del Distrito y de los territorios federales y sus trabajadores.

Dicho decreto, conforme a lo establecido en el artículo transitorio primero, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, esto es, está en vigor desde el 6 de diciembre de 1960.

En la presente LXV Legislatura y a partir de iniciativas presentadas por las diputadas Araceli Celestino Rosas y Susana Prieto Terrazas , que propusieron la reforma de la fracción IV del “apartado A del artículo 123” , se propuso reducir los días de trabajo previstos en dicha fracción de seis a cinco y aumentar los días de descanso en favor del trabajador de uno a dos días, de manera análoga a como lo hicieron mis compañeras legisladoras ya citadas, yo propongo la reforma del apartado B, fracción II, en los mismos términos.

Es cierto que, en el sector burocrático y derivado de la firma de las condiciones generales del trabajo por parte de la representación sindical con la parte patronal, en muchos de ellos establece que los trabajadores gozarán de dos días de descanso por cada cinco de trabajo.

Esta conquista laboral forma parte de lo que en la doctrina del derecho laboral se denomina “derechos adquiridos” sin embargo la disposición constitucional antes citada establece claramente que serán seis días de trabajo por uno laborable.

De ser aprobada la reforma propuesta los trabajadores al servicio del Estado contarán con más tiempo para dedicarlo a sus familias o a las actividades que ellos consideren oportuno.

Si se aprueba, como seguramente así ocurrirá, la reforma a la fracción IV del apartado B, no debería existir ninguna objeción para aprobar la reforma aquí propuesta a la fracción II del apartado B del propio artículo 123 de nuestra norma fundamental.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto, por el que se reforma la fracción II del apartado B del artículo 123 constitucional

Artículo Único. Se reforma la fracción II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 123. ...

Apartado A. ...

I. a XXXI. ...

Apartado B. Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores.

I. ...

II. Por cada cinco días de trabajo, disfrutará el trabajador de dos días de descanso, cuando menos, con goce de salario íntegro;

III. a XIV. ...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2024.

Diputada Marisela Garduño Garduño (rúbrica)

Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Shirley Guadalupe Vázquez Romero , diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley General de Educación, en materia del derecho humano al agua su urgente cuidado y valoración , bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

El agua es un elemento fundamental para la existencia y la salud del ser humano. Desde tiempos inmemoriales, ha sido un recurso vital que ha influido en todos los aspectos de la vida humana, así como en la supervivencia básica de la mismo hasta en su desarrollo económico y social.

Nuestros cuerpos están compuestos principalmente de agua, y la necesitamos para realizar una variedad de funciones biológicas vitales, como la regulación de la temperatura corporal, la digestión, la circulación sanguínea y la eliminación de desechos. Sin un suministro adecuado de agua, nuestro organismo no puede funcionar correctamente y la deshidratación puede llevar a graves problemas de salud e incluso a la muerte.

Además de ser esencial para la supervivencia física, el agua también juega un papel crucial en la nutrición humana, ya que muchos alimentos contienen este vital líquido, en este sentido el agua se convierte en un componente clave y fundamental para la preparación de alimentos y la cocción de los mismos, y así poder ingerirlos. Sin acceso a agua potable limpia, la nutrición adecuada se vuelve difícil de alcanzar, lo que puede conducir a deficiencias nutricionales y problemas salud derivados de una mala alimentación.

Asimismo, debemos tener presente que el agua tiene papel crucial en la salud pública y la prevención de enfermedades transmitidas por la misma si esta se encuentra contaminada, como lo es la cólera, la disentería y la fiebre tifoidea, por ello, es de vital importancia tener acceso a agua potable limpia y segura.

Igualmente, el agua se utiliza en prácticas de higiene personal, como el lavado de manos y la limpieza, que son fundamentales para prevenir la propagación de enfermedades infecciosas.

En este sentido no debemos olvidar que la agricultura depende en gran medida del agua para el riego de cultivos, la cría de ganado y la producción de alimentos básicos. Sin un suministro adecuado de agua, la producción agrícola se vería gravemente afectada, lo que podría conducir a la escasez de alimentos y a crisis alimentarias en todo el mundo. Además, el agua también se utiliza en la industria alimentaria para la producción de alimentos procesados y envasados.

También hoy en día el agua sirve para la generación de energía hidroeléctrica, que es una fuente importante de energía en muchas partes del mundo. Asimismo, se utiliza en una amplia gama de industrias, desde la fabricación y la construcción hasta la minería y el turismo. Es importante recalcar que, sin un suministro adecuado de agua, muchas de estas industrias no podrían funcionar, lo que afectaría negativamente a la economía y el empleo.

Desde luego que, no podríamos olvidar que el agua también desempeña un papel crucial en la preservación del medio ambiente. Los ecosistemas acuáticos, como ríos, lagos y océanos, son hábitats vitales para una amplia variedad de especies de plantas y animales. El agua también es fundamental para mantener el equilibrio de los ecosistemas terrestres a través de la regulación del clima y la hidrología. Por ello, sin este vital líquido los ecosistemas acuáticos se verían amenazados, lo que podría tener graves consecuencias para la biodiversidad y el medio ambiente en general.

Ahora bien, la presente iniciativa tiene el objetivo principal de incluir una nueva materia en el plan de estudios en educación básica denominada “El derecho humano al agua, su urgente cuidado y valoración”.

Ya que, la educación sobre el cuidado del agua es esencial, y las escuelas desempeñan un papel fundamental en la transmisión de este conocimiento a las generaciones futuras. Enseñar a niñas y niños sobre la importancia de conservar y proteger el agua no solo tiene beneficios inmediatos para el medio ambiente, sino que también contribuye significativamente al bienestar de la sociedad en general.

En primer lugar, al educar a los niños sobre el cuidado del agua desde una edad temprana, ayuda a fomentar una cultura de responsabilidad ambiental y sostenibilidad.

Los niños son receptivos al aprendizaje y pueden internalizar hábitos y comportamientos que promuevan el uso responsable del agua. Al comprender la importancia del agua como un recurso limitado y vital, los niños están más inclinados a adoptar prácticas que minimicen el desperdicio y la contaminación del agua en su vida cotidiana.

Además, la educación sobre el cuidado del agua en las escuelas puede tener un impacto directo en la conservación de los recursos hídricos locales y globales. Los niños son agentes de cambio dentro de sus comunidades y pueden influir en el comportamiento de sus familias y amigos. Al llevar a casa conocimientos sobre la importancia de reparar fugas, reducir el consumo de agua, y utilizar prácticas de irrigación eficientes, pueden contribuir significativamente a la conservación del agua en sus hogares y comunidades.

Asimismo, la educación sobre el cuidado del agua en las escuelas puede tener beneficios económicos a largo plazo para la sociedad. El agua es un recurso precioso y su escasez puede tener graves implicaciones económicas, desde el aumento de los costos de suministro hasta la pérdida de ingresos en sectores dependientes del agua, como la agricultura y el turismo. Al cultivar una generación de niños conscientes del valor del agua y las repercusiones económicas de su mal uso, se puede promover una gestión más eficiente y sostenible de este recurso, lo que a su vez puede generar ahorros significativos para la sociedad en su conjunto.

Además, al enseñar a los niños sobre la importancia de consumir agua potable segura y practicar hábitos de higiene adecuados, se pueden reducir significativamente los riesgos de enfermedades relacionadas con el agua, mejorando así la salud y el bienestar de las comunidades.

En conclusión, la educación sobre el cuidado del agua en las escuelas es esencial para cultivar una sociedad más consciente, responsable y sostenible. Al otorgarles a niñas y niños los conocimientos y las habilidades necesarias para comprender, valorar y conservar el agua, se puede promover un uso más eficiente y equitativo de este recurso vital. Esto no solo beneficia al medio ambiente, sino que también contribuye al bienestar económico y la salud pública de la sociedad en general, asegurando un futuro más próspero y sostenible para las generaciones venideras.

Asimismo, es importante resaltar que el desarrollo de la conciencia de la valoración y cuidado del agua, se hace desde la primera infancia hasta la Universidad y posgrados porque los temas y asignaturas de reflexión y propuestas del cuidado del agua deben ser motivo de una asignatura real y adecuada a los enfoques de los planes y programas en todos los niveles de enseñanza, por ello, la importancia de la presente iniciativa.

Para mejor entendimiento de la presente iniciativa se presenta a continuación un cuadro comparativo:

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley General de Educación

Único. Se adiciona una nueva fracción XXV, pasando a ser la actual XXV a XXVI, y así subsecuentemente las siguientes fracciones del artículo 30 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 30 . Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:

I. al XXIII. ...

XXIV. El fomento de los principios básicos de seguridad y educación vial,

XXV. El derecho humano al agua, su urgente cuidado y valoración indispensable, y

XXVI. Los demás necesarios para el cumplimiento de los fines y criterios de la educación establecidos en los artículos 15 y 16 de la presente Ley.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones legales que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril del 2024.

Diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero (rúbrica)


Inklusion
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