Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6372-II-3, martes 26 de septiembre de 2023
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Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6372-II-3, martes 26 de septiembre de 2023
Que adiciona los artículos 36 y 38 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal Mariana Erandi Nassar Piñeyro, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VIII Bis del artículo 36, y una fracción XVII del artículo 38 de la Ley de General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En México la pobreza tiene rostro de mujer. Según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social , en su informe de pobreza multidimensional 2022, en nuestro país existen 46.8 millones de personas en situación de pobreza y 9.1 millones en pobreza extrema, representando el 36.3 y 7.1 por ciento de la población respectivamente.1 De los primeros, 24.8 millones son mujeres, lo que representa el 50.2 por ciento.
Esta situación refleja ampliamente la imposibilidad de ejercer los derechos sociales de quienes se encuentran en esta condición afectando en mayor proporción a las mujeres, tal como el derecho a la salud, a la vivienda, a la educación, a una alimentación nutritiva y a la seguridad social, entre otros; tendencia que lamentablemente se presenta también a nivel mundial.2
México es firmante de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer , conocida como Convención de Belém do Pará , que en su artículo 5 precisa que “...Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos “...3 por ello, nuestro país, está obligado a generar las condiciones y mecanismos para que este sector de la población tenga la posibilidad de ejercer los referidos derechos sociales, particularmente el derecho de una actividad productiva que le dé la oportunidad de un ingreso digno y le permita una vida plena. Al presentarse limitaciones para el ejercicio de este derecho, promueve diversas condiciones de dependencia como son ante la pareja o la asistencia pública de un programa social o de otras fuentes externas, situación que derivar en relaciones asimétricas de poder, de vulnerabilidad o de violencia en el hogar.
Si bien el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024 ,4 propone entre sus objetivos prioritarios potenciar la autonomía económica de las mujeres para cerrar las brechas de igualdad, mejorar las condiciones para que las mujeres, niñas y adolescentes accedan al bienestar y a la salud sin discriminación desde una perspectiva de derechos y posicionar la participación igualitaria de las mujeres en la toma decisiones en el ámbito político, social, comunitario y privado, entre otros; aún falta mucho por conseguir este objetivo. Por lo que es necesario que las políticas públicas se complementen, pues la estructura económica no contempla roles socialmente “asignados” a las mujeres como el trabajo doméstico, los cuidados y las tareas de reproducción, circunstancias que evidentemente son más exigidas para ellas.
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2023 ,5 la Población Económicamente Activa es de 60.3 millones de personas de 15 años y más, con una Tasa de Participación por sexo, donde los hombres representan el 76.2 por ciento y las mujeres el 46 por ciento, lo que evidencia la desigualdad que se presenta en los ámbitos laborales. Desigualdad que también se traduce que en México se tenga el 29 por ciento de mujeres de 15 años y más que no reciben un ingreso propio, en contraste con el 8 por ciento de los hombres, proporción que aumentó 15 por ciento de 2018 a 2020, siendo nuestro país el octavo lugar en Latino América con mayor porcentaje de mujeres sin ingreso propio y el segundo con la mayor brecha de género, según una nota publicada por el Instituto Mexicano de la Competitividad con datos de la Comisión Económica para América Latina, CEPAL .6
En este escenario, es fundamental que los mecanismos de protección y acompañamiento que se describen en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia , en el caso particular del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres , sean reforzados a partir de las disposiciones normativas de la misma ley sobre la coordinación interinstitucional para garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, expedir normas legales y medidas presupuestarias para garantizar el ejercicio de una vida libre de todo tipo de violencia, entre ellas, la violencia económica.
Por lo que pensamos que es fundamental incorporar en dicho sistema los mecanismos que la Secretaría de Economía propone a través de su Programa Sectorial de Economía 2020-2024 , cuyo fundamento es el Plan Nacional de Desarrollo , y los Objetivos de la Agenda 2030 , en particular al Objetivo 5 que precisa “...Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a las mujeres y a las niñas. Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública...”.7
En este Programa Sectorial, el Objetivo Prioritario 3 , promueve la creación y consolidación de las Micros, Pequeñas y Medianas Empresas productivas para una mayor inclusión, bajo el eje de la Acción Puntual 3.1.3 . que establece los instrumentos que facilitan a mujeres y jóvenes el acceso a financiamiento productivo; son dos líneas de trabajo prioritarias para que las mujeres particularmente víctimas de violencia, tengan el acceso a esquemas de financiamiento y acompañamiento para el emprendimiento de una actividad económica que las empodere y les reintegre su dignidad.
Objeto de la iniciativa
Incorporar a la Secretaría de Economía como integrante del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres , puesto que las políticas implementadas por esta dependencia en el marco de su programa sectorial y en las políticas de emprendimiento, capacitación, herramientas empresariales y cultura financiera, son elementales para que las mujeres puedan ejercer plenamente el derecho a un ingreso digno y decoroso para ellas y sus familias, así como erradicar las circunstancias que las orillan a una dependencia económica que muchas veces es acompañada de violencia.
Para una mayor claridad de la propuesta legislativa, se presenta un cuadro comparativo del texto actual vigente y la adición propuesta:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Honorable Soberanía el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona una fracción VIII Bis del artículo 36 y se adiciona una fracción XVII del artículo 38, todos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Artículo Único . Se adiciona una fracción VIII Bis del artículo 36 y una fracción XVII del artículo 38, todos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para quedar como sigue:
Artículo 36. El Sistema se conformará por las personas titulares o representantes legales de: ...
I. a VII.
VIII. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
VIII Bis. La Secretaría de Economía
IX. El Instituto Nacional de las Mujeres...
Artículo 38. El Programa contendrá las acciones con perspectiva de género para:
I. a XVI.
XVII. Implementar programas de emprendimiento, capacitación, inclusión financiera, herramientas digitales y acompañamiento, para las víctimas de todo tipo de violencia de género.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Medición de la pobreza 2022. Coneval. En www.coneval.org.mx (Consultado en agosto de 2023).
2 Mujer, empresa y derecho. Banco Mundial. En www.openknowledge.worldbank.org (Consultado en agosto de 2023)
3 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belém do Pará). En www.oas.org (Consultado en agosto de 2023).
4 Instituto Nacional de las Mujeres. En www.inmujeres.gob.mx (Consultado en agosto de 2023)
5 Encuesta Nacional de Ocupación Empleo. En www.inegi.org.mx (Consultado en agosto de 2023).
6 García, Fernanda, “Las mexicanas necesitan tener autonomía económica. y aún falta mucho por hacer”. Artículo en www.imco.org.mx (Consultado en agosto de 2023).
7 Secretaria de Economía, en www.gob.mx/se/ (Consultado en agosto de 2023).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.
Diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro
Que reforma el artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Red Nacional de Carreteras de México, también conocida como la “Red Carretera Federal,” es una extensa red de carreteras y autopistas que conecta todo el territorio mexicano. Esta red es administrada y mantenida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de México y su objetivo principal es facilitar el transporte de personas y mercancías a lo largo y ancho del país.
La Red Nacional de Carreteras de México se compone de diferentes tipos de carreteras, que varían en términos de tamaño y capacidad. Incluye carreteras de alta velocidad (autopistas), carreteras federales, carreteras estatales y caminos rurales. Estas carreteras juegan un papel fundamental en la movilidad y la economía de México al permitir el transporte de mercancías y el acceso a diversas regiones del país.
La red se extiende desde las zonas urbanas más grandes hasta áreas rurales y regiones remotas, facilitando la conectividad y el desarrollo económico en todo México.
Actualmente y de acuerdo con datos de la Red Nacional de Caminos (RNC), México cuenta con un total de 780,511 kilómetros (km) de infraestructura vial, de los cuales, 174,779 km son de carreteras pavimentadas, de las que, a su vez, 50,658 km conforman las carreteras federales y 102,719 km pertenecen a carreteras estatales; así mismo, 21,375 km son carreteras municipales o particulares y 10,767 kilómetros son de carreteras.
En concreto, México, es un país vasto y diverso en términos geográficos y demográficos, que depende en gran medida de su red de carreteras y autopistas para la movilidad de personas y mercancías.
Si bien han existido esfuerzos notables en la expansión de esta infraestructura en las últimas décadas, aún persisten desafíos significativos relacionados con el volumen de tráfico y la inseguridad en las vías.
La presente iniciativa explora la importancia de la extensión de carreteras y autopistas en México, analiza los problemas actuales y propone posibles soluciones.
La extensión de carreteras y autopistas en México: Una necesidad vital y los problemas por el volumen de tráfico diario
La red de carreteras y autopistas de México es una arteria esencial para la economía y el bienestar de su población. El crecimiento demográfico y económico ha impulsado la demanda de movilidad, especialmente en áreas urbanas y metropolitanas. Para mantenerse competitivo a nivel nacional e internacional, México debe contar con una infraestructura de transporte eficiente y extensa.
La expansión de carreteras y autopistas es esencial para:
1. Promover el Comercio: México es un importante socio comercial de Estados Unidos y otros países. El transporte eficiente de mercancías es vital para el flujo económico y el empleo en el país.
2. Desarrollo Regional: La conectividad es esencial para el desarrollo equitativo de las diversas regiones de México. La infraestructura de transporte adecuada es un impulsor clave para atraer inversiones y promover el crecimiento económico en áreas menos desarrolladas.
3. Movilidad de la Población: La expansión de carreteras y autopistas permite a las personas acceder a empleos, educación y servicios de salud. Facilita la vida cotidiana y reduce los tiempos de viaje.
Sin embargo, el éxito de la infraestructura de transporte también ha llevado a desafíos significativos relacionados con el volumen de tráfico:
1. Congestión: Las carreteras y autopistas en áreas metropolitanas están saturadas de vehículos, lo que resulta en congestión crónica. Los tiempos de viaje más largos, el aumento del estrés y los costos operativos adicionales son solo algunas de las consecuencias negativas.
2. Accidentes de Tráfico: La congestión excesiva y la falta de capacidad de algunas carreteras aumentan el riesgo de accidentes. La seguridad vial se ve comprometida debido a la densidad del tráfico y la necesidad de una conducción más agresiva.
Además de los problemas de volumen de tráfico, la inseguridad en las carreteras es un problema persistente en México, principalmente aquellos relacionados a lo siguiente:
1. Robo y Asaltos: Los conductores y las empresas de transporte a menudo enfrentan la amenaza de robos y asaltos en las carreteras, particularmente en áreas remotas o menos vigiladas.
2. Falta de Iluminación y Vigilancia: La falta de iluminación adecuada y la vigilancia insuficiente en algunas carreteras propician la actividad delictiva, creando un entorno inseguro para los usuarios.
3. Corrupción y Extorsión: La corrupción en puntos de control y casetas de peaje también es una preocupación. La extorsión y el soborno pueden aumentar los costos operativos y minar la confianza en las vías de comunicación.
Posibles soluciones
Para abordar estos desafíos, México debe considerar una serie de medidas en materia de inversión en infraestructura con el objetivo de aumentar la inversión en la expansión y el mantenimiento de carreteras y autopistas para aumentar su capacidad y eficiencia.
Asimismo, se deben enfocar recursos y esfuerzos en mejorar la seguridad vial con mayor presencia policial, iluminación adecuada y tecnología de vigilancia pueden mejorar la seguridad en las carreteras.
Por último y no menos importante, se deben tomar medidas concretas para combatir la corrupción en los puntos de control y casetas de peaje.
La extensión de carreteras y autopistas en México es una necesidad evidente; pero los desafíos de volumen e inseguridad deben abordarse para garantizar su efectividad. La inversión, la mejora de la seguridad y la lucha contra la corrupción son pasos esenciales en el camino hacia una infraestructura de transporte que respalde el crecimiento económico y mejore la calidad de vida de la población mexicana.
Por tal motivo, la propuesta materia de esta iniciativa es que, dentro de la propia ley en materia de carreteras y autotransporte federal, se incluyan acciones para la implementación de sistemas de gestión de tráfico inteligente, es decir, utilizar tecnologías avanzadas para mejorar la gestión del tráfico, reducir la congestión y aumentar la seguridad vial.
Esta propuesta nace de un inminente y constante crecimiento del parque vehicular y la congestión del tráfico en las carreteras federales y locales de México, lo cual representa un desafío significativo para la movilidad, la seguridad vial y la eficiencia del transporte.
La incorporación de sistemas de Gestión Inteligente de Tráfico Vehicular (GITV) puede mejorar no solo la operación de las vías federales, si no que ayudará a reducir la congestión, prevenir accidentes y sobre todo mejorar la movilidad de las y los usuarios.
Un estudio de la Universidad de Valladolid señala que los sistemas de GITV, son soluciones tecnológicas que cualquier gobierno a nivel local o federal pueden implementar en la red vial y carretera para lograr una mayor eficiencia del flujo vehicular y generar ahorros con su implementación.1
Los sistemas de GITV, se componen de sensores, cámaras, semáforos, routers y antenas celulares que en su conjunto ayudan a dirigir y controlar de forma automática el tráfico vehicular, logrando así evitar congestionamientos, posibles accidentes y una mayor seguridad en la red de caminos.
De igual forma, este mismo estudio señala que los problemas en la actualidad van más allá de solo el tráfico inusual y sobrecargado, sino que también se trata de un problema medioambiental por la alta emisión de contaminantes por los miles de vehículos que circulan a diario, por lo que la implementación de soluciones tecnológicas de GITV, son una propuesta viable que se puede ajustar a los presupuestos acotados de los gobiernos para combatir la sobre carga de tráfico vehicular y ayudar a reducir las emisiones contaminantes.
En materia de accidentes, resultan preocupantes los indicadores relativos a los incidentes viales que ocurren en el país. De acuerdo con la estadística de accidentes de tránsito, para el año 2021 publicado por el Instituto Mexicano del Transporte, siendo este el último documento disponible y actualizado, se revela la siguiente información a nivel nacional:
De la tabla anterior, se revela que los meses de agosto y diciembre son los periodos donde más incidentes se suscitan, siendo el mismo caso para el caso de personas fallecidas y lesionadas a causa de un accidente de esta naturaleza.
Respecto a los incidentes por tipo de circunstancia, se puede observar que la mayoría de los accidentes están relacionados al conductor, principalmente a acciones de imprudencia, invasión de carriles y reducción de distancia.
Con la información de los dos recuadros anteriores, resulta entonces necesario que se refuercen los mecanismos de control y gestión vehicular, toda vez que los sistemas de GITV están precisamente diseñados para reducir accidentes, lo cual se traduciría en una reducción sobre todo de personas lesionadas y fallecidas.
Contenido de la iniciativa
La iniciativa tiene por objeto integrar a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, una nueva facultad a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para que en coordinación con gobiernos locales y municipales evalúen la integración de sistemas de Gestión Inteligente de Tráfico Vehicular, con la intención de mejorar el dinamismo en las carreteras y caminos federales y estatales.
Con esta modificación, se garantizaría que desde el Ejecutivo Federal se promueva la adopción de nuevas herramientas y tecnologías para el control vehicular y que tenga impacto en todas las latitudes de nuestro país.
En la medida que se adopten y apliquen nuevas tecnologías orientadas a mejorar el flujo del parque vehicular en México, se podrán optimizar distintos sectores sociales y económicos.
Por lo anterior, sometemos a consideración de esta Asamblea, el siguiente comparativo:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto
Único. Se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue
Artículo 25. La Secretaría, tomando en cuenta las circunstancias de cada caso, podrá prever la construcción de los libramientos necesarios que eviten el tránsito pesado por las poblaciones.
...
Asimismo, la Secretaría podrá convenir con los estados y municipios la conservación, reconstrucción y ampliación de tramos federales, así como la implementación de mecanismos y herramientas de Gestión Inteligente de Tráfico Vehicular.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 Ver, https://uvadoc.uva.es/bitstream/handle/10324/37784/TFG-I-1306.pdf?seque nce=1
Suscrito el 26 de septiembre de 2023 en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados.
Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista; Federal del Trabajo; y del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo de la diputada Carolina Dávila Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Carolina Dávila Ramírez, diputada federal de la LXV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente “iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en materia de inclusión”, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El autismo es una afección neurológica permanente que se manifiesta en la primera infancia, independientemente del género, la raza o la condición social y económica, caracterizada por algún grado de dificultad en la interacción social y la comunicación teniendo como consecuencia particularidades psicológicas, conductuales, cognoscitivas y emocionales. También se pueden presentar afecciones comórbidas, como epilepsia, depresión, ansiedad y trastorno de déficit de atención e hiperactividad.
Referirnos al espectro autista es hablar de un grupo de particularidades, ya que existe una amplia variación en el tipo y la gravedad de los síntomas que experimentan las personas con este trastorno, así mismo, el nivel intelectual varía de un caso a otro, desde la existencia de un profundo deterioro hasta aptitudes cognitivas altas como las personas con Síndrome de Asperger.
A pesar del amplio espectro que abarca el TEA, se presentan rasgos comunes en tres campos:
• Alteraciones en el desarrollo de la interacción social
• Dificultades en la comunicación verbal y no verbal
• Repertorio restringido de interés y conductas
En la resolución 67/82, la Asamblea General de Naciones Unidas ha reconocido el desafío que representa atender las necesidades de las personas con trastornos del espectro autístico, trastornos del desarrollo y discapacidades conexas, especialmente en los países en desarrollo, aumentando las dificultades para las personas y sus familias.
Aunado a lo anterior, la Asamblea toma nota de la Declaración de Dhaka sobre los trastornos del espectro autístico y las discapacidades del desarrollo al reconocer la necesidad de un enfoque innovador e integrado que, entre otros aspectos, aumente la conciencia pública y profesional acerca de estos trastornos reduciendo el estigma; y ponga de relieve las necesidades específicas de cada persona con autismo en todo un espectro de características y experiencias diferentes.
Por otro lado, en el Plan de acción mundial de la OMS sobre discapacidad 2014-2021: mejor salud para todas las personas con discapacidad, se señala que se ha observado a nivel mundial un aumento en el número de niños detectados con TEA existiendo la posibilidad de que existan más personas no diagnosticadas o mal diagnosticadas que, junto a sus familias, se enfrentan a graves problemas como la estigmatización social, el aislamiento y la discriminación.
Datos de la Organización Mundial de la Salud estiman que uno de cada 100 niños tiene autismo, en México aproximadamente 400 mil niñas y niños mexicanos viven con trastorno del espectro autista, sin embargo, sólo uno de cada 115 es diagnosticado.
La conmemoración del año 2023 del Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo se centró en la contribución de las personas autistas en el hogar, el trabajo, las artes y la formulación de políticas. Entre las actividades realizadas se celebró el evento “Por un mundo neuroinclusivo para todos” que llama a la inclusión de personas con diferencias neurocognitivas al considerar el paradigma de la neurodiversidad que se apoya en que todas las personas tenemos un sistema nervioso único, aunque compartimos una estructura similar, con funcionalidad diversa y por lo tanto reaccionamos a la realidad de manera distinta.
Este enfoque permite entender al trastorno del espectro autista desde una perspectiva de oportunidades y no de limitaciones para diseñar programas educativos y laborales que permitan potencializar las capacidades de las personas con TEA facilitando su inclusión y desarrollo con miras a obtener la máxima autonomía posible.
Dentro de los esfuerzos enfocados al acompañamiento de las personas con TEA juegan un importante papel los “maestros sombra”, que son psicólogos, educadores infantiles o pedagogos especialistas en educación especial y trastornos del neurodesarrollo, que son auxiliares en la educación de las personas con la condición del espectro autista con el objetivo de favorecer el desarrollo cognitivo y social, entre las actividades que realiza se encuentran:
• Apoyar al alumno
• Promover el progreso hacia la autonomía
• Entender el proceso de alumno
• Mediar entre la familia y el centro educativo
• Reducir las barreras
Aunado a lo anterior, otra figura clave de acompañamiento es la persona cuidadora, que proporciona asistencia, cuidado y apoyo a las personas con la condición del espectro autista para la realización de sus actividades diarias. Las personas cuidadoras son generalmente familiares y es necesario reconocer el rol que desempeñan en el desarrollo y comprensión del TEA desde una perspectiva vivencial, ya que el trastorno del espectro autista involucra a todo el círculo cercano de la persona que lo padece.
Diversas iniciativas de legisladores y legisladores de ambas cámaras han buscado visibilizar las barreras y la exclusión que sufren las personas con TEA y sus familias, sin embargo, el involucramiento de la sociedad es clave para avanzar en mejorar la calidad de vida este sector; entender, aprender y comprender a las personas con la condición de espectro autista y sus particularidades es el primer paso para incluirlos en el ámbito social, educativo y laboral.
Iniciativas como “Espacio Azul” de McDonald´s, presente por lo menos en 64 restaurantes en México e implica la implementación de áreas acondicionadas y exclusivas para personas con TEA en sus locales de comida rápida, evidencia la importancia de sumar esfuerzos desde lo empresarial para mejorar las experiencias de las personas con la condición del espectro autista y sus familias en una actividad tan cotidiana como ir a comer.
En este orden de ideas, la llamada “hora silenciosa” es una iniciativa que busca establecer horarios específicos en tiendas de conveniencia como supermercados con el objetivo de adecuar el entorno y eliminar la estimulación sensorial para que personas con TEA y sus familias pueda acudir a realizar sus compras con tranquilidad.
En nuestro país, el Instituto Federal de Defensoría Pública del Poder Judicial presentó en 2022 una demanda colectiva contra Walmart México en representaciones de diversas familias que piden a la empresa adopte una “hora silenciosa” en todas sus tiendas para reducir la sobreestimulación sensorial y permitir que personas con TEA y sus familias acudan a realizar sus compras.
En países como Argentina esta iniciativa surgió desde una acción privada que años después se convirtió en ordenanza en distintos municipios, llegando a ser proyecto de ley provincial; en Holanda la filial del supermercado Albert Heijn (HJ) adoptó en 2018 la hora silenciosa, mientras que la cadena más grande de supermercados en Nueva Zelanda la introdujo en 2019; esta iniciativa ayuda a concientizar sobre el tema y los obstáculos que enfrenta en sus actividades cotidianas las personas con la condición del espectro autista y sus familias.
Por otro lado, se estima que en Europa entre el 76 y el 90% de personas adultas con TEA están desempleadas como consecuencia de la alta tasa de abandono escolar, la falta de departamentos de orientación vocacional cualificados y la presencia de titulaciones académicas por debajo del potencial de la persona con TEA. En México no se cuenta con datos oficiales sobre la situación laboral de personas con TEA, pero se considera que este sector es uno de los más excluidos en esta materia ante el desconocimiento de sus aptitudes y la falta de capacitación laboral enfocada en las áreas de oportunidad.
En el Estudio sobre las alternativas socio-laborales para personas con TEA en Castilla y León (2007), se señala que existe una estrecha relación entre la integración en contextos laborales y el aumento de la calidad de vida de personas con la condición de espectro autista. Este sector presenta un conjunto de potencialidades que pueden ser aprovechadas en diversas actividades profesionales y laborales en áreas como cálculo, memoria numérica, tareas mecánicas y habilidades visoespaciales.
Para aprovechar estas particulares es necesario que los empleadores conozcan los perfiles laborales concretos y las competencias cognitivas de las personas con TEA para generar entornos y jornadas laborales adaptadas a las necesidades específicas de las personas con la condición de espectro autista, incluyendo un alto grado de estructuración que les permita mantener la concentración y disminuir al mínimo la estimulación sensorial y la necesidad de aplicar habilidades sociales.
En el marco internacional, el pasado 2 de marzo, el presidente Gabriel Boric promulgó la Ley que Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación en Chile; esta ley dispone la obligación del Estado de asegurar el desarrollo personal, la vida independiente, la autonomía y la igualdad de oportunidades de las personas del espectro autista; y se basa en los principios de trato digno, autonomía progresiva, perspectiva de género, interculturalidad, participación y diálogo social, neurodiversidad, detección temprana y seguimiento continuo.
Esta Ley incluye una adición al Código de Trabajo, la cual establece que los trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad diagnosticados con trastorno del espectro autista, están facultados para acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos educativos, considerando el tiempo destino por el trabajador para la atención de estas emergencias como tiempo trabajado.
Especialistas han considerado qué en sus 25 artículos, esta ley visibiliza las necesidades, demandas y realidades de las personas con TEA, sus familias y/o cuidadores y que disminuye las brechas consecuencia de la falta de apoyos y reconocimiento de las particulares de este trastorno, lo anterior con un enfoque inclusivo que reta a la sociedad a sumarse a un cambio de paradigma.
Derivado de lo anterior, la presente propuesta tiene por objeto abonar a la construcción de una sociedad más inclusiva brindando mejores herramientas para la integración socio-laboral de las personas con trastorno de espectro autista y reforzando el papel del Estado como garante y promotor de sus derechos.
En la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, se incorpora al catálogo de conceptos de la Ley los términos “maestro sombra” y “persona cuidadora”, que son dos figuras fundamentales para el desarrollo e inclusión de las personas con la condición de espectro autista con un enfoque basado en competencias y habilidades.
Se reconoce como derechos fundamentales de las personas con TEA y sus familiares, contar con el apoyo de profesionales de la educación capacitados en el trastorno del espectro autista, tener el acompañamiento de un maestro sombra y recibir capacitación laboral basada en intereses, destrezas, actitudes y habilidades.
Se establece como derecho de los familiares y persona cuidadora gozar de permisos laborales con goce de sueldo para atender emergencias que pongan en peligro la integridad de la persona con la condición del espectro autista, esta reforma se replica en la Ley Federal del Trabajo.
Se establece la obligación de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social de promover la inclusión laboral de las personas con TEA y se le faculta para celebrar convenios de coordinación con el sector privado con el objetivo de implementar programas de formación en el empleo e implementar protocolos de adaptación laboral.
Se faculta a la Comisión Intersecretarial para promover convenios de colaboración con el sector de servicios con el objetivo de establecer las denominadas “horas silenciosas” en beneficio de las personas con TEA y sus familias.
Con la propuesta de reforma a la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica se incluye como parte de los indicadores del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social el relativo al trastorno del espectro autista, esta adición permitirá contar con datos fiables y actualizados sobre la prevalencia del trastorno de espectro autista en la población mexicana para contar con bases sólidas en la planeación, diseño y ejecución de políticas públicas a favor de este sector poblacional.
Para una mayor comprensión de las reformas propuestas se presenta los siguientes cuadros comparativos:
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de ésta H. Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en materia de inclusión
Artículo Primero. Se adiciona una fracción XI Bis y XII Bis al artículo 3, se reforma y adiciona el artículo 10, se adiciona un artículo 10 Bis, se adiciona un artículo 11 Bis y se reforma y adiciona una fracción VII al artículo 14 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, para quedar como sigue:
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. a XI. ...
XI Bis. Maestro sombra: Psicólogo, educador infantil o pedagogo especialistas en educación especial y trastornos del neurodesarrollo,
XII. ...
XII Bis. Persona cuidadora: Toda persona que proporcione asistencia o cuidado a personas con la condición del espectro autista para la realización de actividades de la vida diaria, de manera temporal o permanente, y con la cual puede o no existir un vínculo de parentesco,
XIII. a XIX. ...
Artículo 10. Se reconocen como derechos fundamentales de las personas con la condición del espectro autista, de sus familias y/o persona cuidadora , en los términos de las disposiciones aplicables, los siguientes:
I. a IX. ...
IX. Bis. Contar con profesionales de la educación capacitados en herramientas de apoyo a las personas con la condición del espectro autista para su inclusión y acompañamiento;
IX. Ter. Tener el acompañamiento de un maestro sombra con base en el diagnóstico particular de la persona con la condición de espectro autista;
X. a XIV. ...
XV. Recibir formación y capacitación para obtener un empleo adecuado, sin discriminación ni prejuicios, basado en una valoración funcional de intereses, destrezas, actitudes y habilidades ;
XVI a XXII. ...
Artículo 10 Bis. Es un derecho de los familiares y/o persona cuidadora, gozar de los permisos con goce de sueldo a que se refiere el artículo 170 Ter de la Ley Federal del Trabajo, para atender emergencias en materia de salud, laboral o educativa que pongan en peligro la integridad de la persona con la condición del espectro autista.
Es obligación del trabajador dar aviso al empleador de la situación de emergencia.
Artículo 11 Bis. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá la inclusión de personas con la condición del espectro autista en el sector laboral público y privado, así como la adaptación de los espacios de trabajo y las condiciones de la jornada laboral a las características del trabajador.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el ámbito de sus competencias, podrá celebrar convenios de coordinación con el sector privado para la implementación de programas de formación en el empleo y la implementación de protocolos de adaptación a las competencias cognitivas en el entorno laboral.
Artículo 14. Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión tendrá las siguientes funciones:
I. a IV. ...
V. Proponer al Ejecutivo Federal las políticas y criterios para la formulación de programas y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de atención de las personas con la condición del espectro autista,
VI. Las demás que determine el Titular del Poder Ejecutivo Federal, y
VII. Promover la celebración de convenios con el sector privado que preste servicios comerciales, para el establecimiento de horarios con bajo estímulo sensorial u hora silenciosa, en beneficio de las personas con hipersensibilidad sensorial.
Artículo Segundo. Se adiciona un artículo 170 Ter de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 170 Ter. Los familiares y/o persona cuidadora de personas diagnosticadas con la condición del espectro autista, gozarán de permisos con goce de sueldo para ausentarse de sus centros de trabajo con el objetivo de atender emergencias en materia de salud, laboral o educativa que pongan en peligro la integridad de la persona con la condición del espectro autista.
Es obligación del trabajador dar aviso al empleador de la situación de emergencia.
Artículo Tercero. Se reforma el artículo 21 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, para quedar como sigue:
Artículo 21. El Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social deberá generar un conjunto de indicadores clave, que atenderán como mínimo los temas siguientes: población y dinámica demográfica, prevalencia y características de la población con la condición del espectro autista, salud, educación, empleo, distribución de ingreso y pobreza, seguridad pública e impartición de justicia, gobierno y vivienda.
Artículos Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social, en un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente reforma, deberá elaborar los programas y protocolos a que hace referencia el artículo 11 Bis de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.
Tercero. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía incluirá el indicador relativo al trastorno del espectro autista a que hace referencia el artículo 21 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica en el Censo de Población y Vivienda 2030.
Fuentes
– Domínguez, D. (s.f.). ¿Qué es un maestro sombras y cuáles son sus funciones? [publicación en un blog]. Blogs de sociocultural. https://medac.es/blogs/sociocultural/maestro-sombra
– Espinosa, A. (19 de enero de 2023). Buscan que Walmart México implemente ‘hora silenciosa’ para reducir los impactos sensoriales. Once Noticias Digital . https://oncenoticias.digital/nacional/walmart-mexico-empleara-la-hora-s ilencia-para-reducir-los-impactos-sensoriales/214595/
– Federación de Autismo de Castilla y León. (2007). Estudio sobre alternativas socio-laborales para personas con TEA en Castilla y León. España: Junta de Castilla y León. https://autismocastillayleon.com/wp-content/uploads/2016/06/estudio_alt ernativas_socio_laborales_personas_con_tea.pdf
– Flier, D. (21 de junio de 2021). La hora silenciosa: una acción para que las personas con autismo no sufran cuando van de compras. Infobae . https://www.infobae.com/america/soluciones/2021/06/21/la-hora-silencios a-una-accion-para-que-las-personas-con-autismo-no-sufran-cuando-van-de- compras/
– Fundación ConecTEA. (s.f.). Empleo y autismo, un reto de inclusión social de gran importancia en los próximos años. https://www.fundacionconectea.org/2020/12/02/empleo-y-autismo-un-reto-d e-inclusion-social-de-gran-importancia-en-los-proximos-anos/
– García, C. (19 de marzo de 2023). Por un Chile más justo: Nueva ley de promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista. EstadoDiario.com .
– https://estadodiario.com/columnas/por-un-chile-mas-justo-nueva-ley-de-p romocion-de-la-inclusion-la-atencion-integral-y-la-proteccion-de-los-de rechos-de-las-personas-con-trastorno-del-espectro-autista/
– Ley 21545 de 2023. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación. 2 de marzo de 2023. D. O. No. 43.498
– Naciones Unidas. (s.f.). Por un mundo neuroinclusivo para todos. https://www.un.org/es/observances/autism-day
– Organización Mundial de la Salud. (29 de marzo de 2023). Autismo. https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/autism-spectrum-dis orders
– Resolución WHA67.7 de 2014 [Asamblea Mundial de la Salud]. Plan de acción mundial de la OMS sobre discapacidad 2014-2021: mejor salud para todas las personas con discapacidad. 24 de mayo de 2014. Organización Mundial de la Salud.
– Resolución 67/82 de 2013 [Asamblea General de Naciones Unidas]. Atención de las necesidades socioeconómicas de las personas, las familias y las sociedades afectadas por los trastornos del espectro autístico, los trastornos del desarrollo y las discapacidades conexas. 19 de marzo de 2013. Organización de Naciones Unidas.
– Sánchez Sosa, S. (2020). Paradigma de la neurodiversidad: una nueva forma de comprender el trastorno del espectro autista. Revista de Estudiantes de Terapia Ocupacional, 7 (1), 19-35. http://www.reto.ubo.cl/index.php/reto/article/view/90
– Yo también. (4 de abril de 2023). McDonald’s México presenta “Espacio Azul” para personas con TEA. https://www.yotambien.mx/negocios/espacio-azul-de-mcdonalds-mexico-para -personas-con-autismo/
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, septiembre de 2023.
Diputada Carolina Dávila Ramírez (rúbrica)