Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6368-II-5, miércoles 20 de septiembre de 2023
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Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6368-II-5, miércoles 20 de septiembre de 2023
Que deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de despenalización del aborto, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, diputada Ana Karina Rojo Pimentel, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de despenalización del aborto, con base en lo siguiente
Exposición de Motivos
En México, durante la última década, se ha planteado con mayor fuerza el tema del aborto; este tema tiene complicaciones políticas jurídicas, socioeconómicas y de salud, la estigmatización de la mujer en materia de aborto, es un problema de discriminación hacia su género, violando constantemente sus derechos humanos, el tema del aborto es un tema que se ha convertido en un tabú en México y al cual no se le ha dado la importancia que debe tener ya que debe verse como un derecho el cual no debe verse limitado ni obstruido.
El embarazo adolecente representa un grave riesgo para las jóvenes, ya que, en la actualidad, es el grueso de la población con mayores riesgos al llevar a cabo este tipo de prácticas.
El derecho al aborto, debe ser una decisión de la persona gestante, en este derecho debe prevalecer la igualdad y la no discriminación hacia las mujeres que tomen la decisión de abortar ya que su autonomía reproductiva no debe ser una limitante para su desarrollo personal.
No debe ser que ningún legislador local o federal el que tome un derecho que contraviene a la constitución y que limite el derecho de decidir cuando inicia una vida humana, así como castigar un delito, que puede acontecer por muchas circunstancias, es por ello que muchas mujeres gestantes se deciden a tomar medidas para abortar clandestinamente, arriesgando su vida para llevar acabo dicho procedimiento y que en muchos casos les provoca la muerte.
Seamos realistas en México no existen cifras exactas de esta lamentable circunstancia por la que la mujer mexicana tiene que pasar, los esfuerzos deben enfocarse en la protección de sus derechos, tanto para recibir información en materia de métodos anticonceptivos, así como de reproducción asistida o la de interrumpir un embarazo.
Las personas gestantes no deben ser perseguidas penalmente si toman la decisión de interrumpir un embarazo, porque ello las pone en riesgo y no deben de limitarse sus derechos humanos, ya que estos derechos deben otórgales progresividad, universalidad, así como seguridad jurídica.
El poder legislativo ha rebasado su ámbito, al regular los derechos de las mujeres gestantes ya que intenta definir cuando inicia la vida humana imponiéndole límites a decidir sobre su cuerpo, así como decidir los hijos que ha de tener, aquí es donde se está violando su voluntad de interrumpir el embarazo y se está atentando en contra de su dignidad humana, a su libre desarrollo de su personalidad, y a su libertada reproductiva.
Hay que reconocer que la carga moral y social que orillan a las mujeres a tomar esta decisión aumentan, conforme a otros factores como son la pobreza y la falta de oportunidades de educación, laborales y de un entorno que les brinde protección, por ello no se debe penalizar el aborto ni limitarles su libertad sexual y reproductiva.
Lo que se debe es crear un nuevo enfoque, para otórgales derechos a la salud y las facilidades dentro del sector salud para llevar a cabo un aborto seguro e igualitario a favor de las mujeres gestantes.
Aunado a todo ello la Suprema corte de justicia de la nación se ha pronunciado para que todas las juezas y jueces invaliden todas las normas en materia de aborto por ello con esta resolución, no se podrá procesar a persona gestante alguna.
Lo que buscamos con esta iniciativa, es evitar una persecución penal, derivada del derecho al aborto como derecho humano, y así; contribuir en el tema de los embarazos no deseados, situación que arrastra graves afectaciones, tanto físicas como psicológicas que desafortunadamente y derivado de la falta de apoyo, culminan con el abandono de los recién nacidos, o también la situación de la maternidad forzada, que produce un rechazo afectivo que en muchas veces provoca un daño irreversible para el menor.
Por lo anteriormente expuesto, consideramos en el presente proyecto de iniciativa plantear la eliminación del delito de Aborto en Materia Federal, por lo que deben ser derogados los artículos del 329 al 334 del Código Penal Federal.
Por lo antepuesto, someto a consideración de esta asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:
Código Penal Federal
Capítulo VIAborto
Fundamento legal
La suscrita, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 77, numeral I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía el siguiente:
Decreto por el que se derogan diversos artículos del Código Penal Federal, en materia de Aborto
Único. Se derogan los artículos 329, 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal para quedar como sigue:
Artículo 329. Derogado
Artículo 330. Derogado
Artículo 331. Derogado
Artículo 332. Derogado
Artículo 333. Derogado
Artículo 334. Derogado
Transitorio
Único. El presente decreto entrara en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de septiembre de 2023.
Diputada Ana Karina Rojo Pimentel (rúbrica)