Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a homologar y armonizar sus lineamientos normativos conforme a la resolución de la SCJN, donde se establece la despenalización del aborto a nivel federal, a cargo del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, diputado Francisco Favela Peñuñuri, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La lucha por la despenalización del aborto en México no es un tema reciente. Este debate ha tenido lugar en la opinión pública durante más de 80 años.

La legislación de nuestro país, señala en el Código Penal Federal, en su artículo 329 que el “aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”.

El aborto sin duda, es la interrupción de una acción o un proceso antes de que se complete el embarazo. Así mismo, el término aborto proviene del latín ab (privativo), y de ortus (nacimiento), significa “privar el nacimiento” o “no nacer”.

Independientemente de su concepto y definición, la interrupción del embarazo es un tema que se ha politizado en diversas áreas del conocimiento, en discusiones morales, éticas, médicas y sociales, que involucran a la sociedad entera y principalmente a sus protagonistas, que son la voz principal para determinar su autonomía física y la libertad de decisión para elegir sobre su propio cuerpo.

El tema a lo largo de estos últimos años sigue cobrando un interés en todas las sociedades a nivel mundial y en nuestro país no es la excepción. Las instituciones de impartición de justicia se han convertido en la instancia o alternativa jurídica para definir su penalización o despenalizar la práctica de su interrupción, tomando en consideración las múltiples voces y opiniones de la sociedad y principalmente del género femenino.

Antecedentes

La lucha por la despenalización del aborto en México no es un tema reciente, se vienen realizando acciones administrativas y jurídicas para manifestar la violación directa los derechos humanos, de libertad para decidir, libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la igualdad, a la no discriminación y a la autonomía reproductiva. Un debate que ha tenido lugar en la opinión pública durante muchas décadas.

La discusión del aborto inicia en 1936, derivada de una ponencia titulada “Aborto por causas sociales y económicas”, realizada por la maestra y escritora cubana radicada en México, Ofelia Domínguez Navarro, en la convención de unificación del Código penal, al señalar que el aborto era una acción que atentaba contra la salud de las personas y sobre todo, atentaba contra las clases de escasos recursos. Enfatiza en la necesidad de la legalización del aborto, acompañada de una campaña de educación sexual y de la provisión de métodos anticonceptivos para la población.

En este sentido, se afirma que la legalización del aborto no significaría hacer una invitación abierta a realizarlo; sino por el contrario, sería un medio de regulación y reglamentación que garantizaría la seguridad de las personas que lo practican.

Posteriormente, la discusión sobre el aborto permaneció con mayor pasividad, hasta que en la década de los 70, donde colectivas y grupos feministas, destacaron y promovieron por primera vez el término “maternidad voluntaria”.

En 1976 se llevó a cabo la Primera Jornada Nacional sobre aborto, se impulso el Proyecto de Ley de Maternidad Voluntaria en 1979, se fundó el Frente Nacional para la Maternidad Voluntaria y la despenalización del aborto en 1991. Se realizó la campaña de acceso a la Justicia para las mujeres en 1998, en la que se promovieron reformas en 5 áreas distintas. Una muy significativa fue el aborto voluntario .

En 2000 un acontecimiento público con una adolescente de 13 años de nombre Paulina, víctima de abuso sexual, en donde resultó embarazada la menor, ocasionó que la joven y su madre presentaron la denuncia y solicitaron el acceso a una interrupción del embarazo.

Paulina tuvo que soportar el acoso de la iglesia y ver un video con un mensaje anti-derechos. Además, el personal del hospital aterrorizó a Paulina y a su madre con riesgos exagerados y falsos de la intervención hasta hacerlas desistir de interrumpir el embarazo.

Por otra parte, el 18 de agosto de 2000 se aprobó la Ley Robles, que agregó 3 causales para autorizar el aborto:

• Riesgo de muerte o salud de la mujer

• Malformaciones del producto

• Inseminación artificial no consentida.

Avances significativos para la época y empezar a sentar las bases hacia políticas públicas y normas jurídicas, en defensa de los derechos humanos de las mujeres y protección de riesgos de su estado de salud física y emocional.

En la Ciudad de México, el 26 de abril de 2007 se lograron avances fundamentales gracias a las reformas al Código Penal y adiciones a la Ley de Salud, reconociendo el derecho de las mujeres a interrumpir legalmente su embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación.

Iniciaron años y fechas importantes para que la despenalización del aborto y se consiguiera más avances importantes y sustantivos. El 25 de septiembre de 2019, en el Congreso de Oaxaca, se aprobó la despenalización del aborto por voluntad propia hasta la semana 12 de gestación.

En estos años, la interrupción legal del embarazo parece ser más visible que nunca:

• El 14 de junio se publicó el Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México , este documento establece los criterios básicos para proveer atención oportuna e integral, con perspectiva de género y con respeto hacia los derechos humanos. El lineamiento busca garantizar que los servicios de aborto se realicen con estándares de calidad, con personal capacitado e informado, así como la tecnología e insumos adecuados, bajo las directrices de la Organización Mundial de la Salud y otros organismos internacionales, logrando así dar un paso más en el alcance del aborto seguro en todo el país. Además, establece que:

Se reconoce a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluido el aborto, como servicios esenciales.

- La objeción de conciencia de profesionales de la salud es un derecho que tienen los profesionales de la salud para no realizar el procedimiento; sin embargo, el personal tiene la obligación de referir a las pacientes con centros que realicen el servicio.

- No debe existir un plazo para acceder a procedimientos de aborto seguro cuando el embarazo es producto de violación.

- La auto-gestión y la telemedicina son una opción para garantizar la continuidad y la seguridad de la atención al aborto.

- Se debe proveer una atención sin juicios, ni estigma, ni discriminación, atendiendo la salud mental de las personas que buscan interrumpir su embarazo.

• El 30 de junio, el estado de Hidalgo aprobó la despenalización del aborto por voluntad propia hasta la semana 12 de gestación. Las reformas finalmente se publicaron el 6 de julio.

• El 7 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el artículo 181 del Código Penal del estado de Chiapas, que considera como delito el aborto en casos de violación, si este se solicita después de los primeros 90 días de gestación. De esta manera, se eliminan los plazos para realizar el procedimiento.

• El 20 de julio el Congreso de Veracruz votó a favor de despenalizar el aborto por voluntad propia hasta las 12 semanas de gestación. Ese día se publicó la reforma en la Gaceta Oficial del estado, por lo que ya es ley.

Fue así como Veracruz se sumó a la lista en la que se encuentran la Ciudad de México desde 2007, Oaxaca desde 2019 y recientemente, el estado de Hidalgo. Como los estados que protegen la libertad y el derecho a decidir sobre los cuerpos y futuros de las mujeres y personas gestantes; garantizando así las maternidades deseadas, libres y voluntarias.

Las acciones realizadas por los congresos estatales, autoridades de Salud, grupos sociales, organizaciones e instituciones de la sociedad civil, aún no estaban bien definidas para la despenalización del aborto, si establecieron las bases normativas y un marco jurídico de forma parcial; Exigía que de manera contundente los ministros de la Suprema Corte de Justicia también debían pronunciarse ante los recursos jurídicos presentados y por la relevancia del tema. La despenalización gradual del aborto que se venía gestando en algunos estados del país era insuficiente.

Por ello, sin lugar a dudas, el hecho más significativo de la despenalización del aborto en México, y uno de los logros jurídicos más importantes y trascendentales, fue la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete, en dónde la Procuraduría General de la República promovió acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 13, apartado A, 195, 196 y 224, fracción II, del Código Penal del estado de Coahuila de Zaragoza, contenidos en el Decreto 990, publicado en el correspondiente, Periódico Oficial el veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, y señaló como autoridades emisora y promulgadora a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de dicha entidad federativa.

En consecuencia y derivado de lo anterior, se procedió ha realizar un análisis y estudio del trámite, dándose un fallo histórico y sin precedentes, ya que, por decisión unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México determinó que es inconstitucional penalizar el aborto por considerar que se violan los derechos de las mujeres y personas gestantes.

Al respecto el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señaló que el resultado fue una decisión sin precedentes en América Latina. El Tribunal Pleno reconoció, por primera vez y de manera unánime, el derecho fundamental a interrumpir el embarazo.

A partir de este fallo histórico no se podrá, sin violar la Constitución, procesar a mujer alguna por interrumpir su embarazo en los supuestos reconocidos como válidos. Esta decisión es trascendental en favor de los derechos de las mujeres y de las personas gestantes y un paso definitivo para cimentar una sociedad más justa e igualitaria.

La postura histórica de los ministros integrantes del máximo tribunal de la nación, por primera vez reconoce que las mujeres y las personas gestantes en México tienen derecho a decidir sobre sus cuerpos y que al no permitir que estas personas accedan a una interrupción legal del embarazo no solo se vulneran sus libertades reproductivas consagradas en el artículo 4 de la carta Magna, sino que además pone en riesgo a las personas más pobres, vulnerables y marginadas, incluyendo al personal de servicios salud.

“Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”, sentenció el ministro de la Suprema Corte, Luis María Aguilar, autor del proyecto”.

A pesar de nuestros esfuerzos para legislar en la materia y definir elementos constitutivos que permiten la despenalización del aborto, se siguen realizando practicas de abortos clandestinos , que de acuerdo algunas cifras oscilan entre 750 a un millón , sin obtener datos más exactos; defunciones por aborto 4 por causa de muerte materna, defunciones por aborto una diaria ; presas por aborto en los últimos 10 años, 220 aproximadamente; criminalizadas por aborto en 10 años , 4 mil aproximadamente ; hombres presos por obligar abortar cero ; personal médico sentenciado cero, cifras señaladas por la compañera Legisladora del PRD en tribuna Guadalupe Almaguer. Y que resaltan de manera estadística que el tema del aborto requiere la responsabilidad comprometida, aún de toda la sociedad.

En resumen, ya existían avances significativos en la despenalización del aborto, faltaba la resolución histórica y de vital importancia para la defensa de los derechos humanos en favor de las mujeres. La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió un amparo a una asociación civil quejosa, que impugno el sistema jurídico del Código Penal Federal que criminaliza el aborto y al personal médico que lo practica, por atentar contra el derecho de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar a decidir interrumpir o continuar un embarazo, lo que a su vez considera que vulnera los derechos al libre desarrollo de la personalidad, discriminación y a la autonomía reproductiva.

El máximo tribunal del país declarará inconstitucional su prohibición. En una sentencia emitida por la Primera Sala de la SCJN, los ministros resolvieron “que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal”. Argumentaron que la criminalización “viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar” .

Asimismo, determinó que la norma que impone la suspensión del ejercicio de la profesión al personal médico a las comadronas, y parteras que practiquen un aborto o proporcionen ayuda para su ejecución también es inconstitucional, ya que genera un efecto discriminatorio. Por otra parte, la primera Sala determinó que el requisito que obliga al personal médico que asiste a una mujer o persona gestante en grave peligro de muerte recabe el dictamen de otro médico para autorizar la interrupción del embarazo, atenta contra sus derechos ya que obstaculiza de forma excesiva el acceso efectivo sin dilaciones a un aborto por motivos de salud.

Con esta decisión, la interrupción voluntaria del embarazo no podrá ser castigada si se practica en instituciones de salud administradas por el gobierno federal. Hechos sin precedentes en la Administración de la justicia nuestro País, que afecta no solo a las normas establecidas y dictadas en algunos Congresos Locales, ahora exige la obligatoriedad de derogar aquellas normas que tipifican y sancionan la penalización del aborto. El criterio de la corte al considerar la penalización del aborto inconstitucional, deja en claro que los artículos del Código Penal Federal ya no tienen razón lógica ni jurídica para seguir vigentes, y por lo tanto debemos proceder a dar cumplimiento.

Como legisladores federales, tenemos la obligación constitucional de exhortar a que se dé cumplimiento y se armonicen las normas jurídicas dictadas en este tema, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el fin de que el país, este a la altura de las demandas jurídicas que aquejan a la Sociedad.

El presente punto de acuerdo se ajusta a las resoluciones vertidas en materia de aborto por el máximo tribunal, no sólo por los argumentos fundados y que se han citado en apartados previos, sino también en los razonamientos jurídicos expuestos en el proyecto de resolución de la acción de inconstitucionalidad en la despenalización del aborto a nivel nacional.

Por todo lo expuesto, someto a consideración del pleno la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las entidades federativas, congresos estatales, instituciones, órganos de la administración pública federal, autoridades de Salud y su personal, a homologar y armonizar sus lineamientos normativos conforme a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se establece la despenalización del aborto a nivel federal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre del 2023.

Diputado Francisco Favela Peñuñuri (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE a implementar subsidios que beneficien a los ciudadanos de Sonora en el pago de electricidad derivado a los climas extremos, a cargo de la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, diputada e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, conforme a lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, bajo la las siguientes

Consideraciones

En México, la generación y distribución de electricidad está a cargo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que es una empresa estatal.

La CFE es responsable de suministrar electricidad a todo el país, incluido el estado de Sonora. Sin embargo, en algunos casos, existen empresas privadas que pueden operar en el sector eléctrico, pero la CFE sigue siendo la entidad principal encargada de la electricidad en México.

Sonora, situado en el noroeste de México, presenta una amplia variedad de climas debido a su topografía, ubicación geográfica y condiciones atmosféricas.

Nuestro estado se encuentra en una región semiárida y desértica, con la Sierra Madre Occidental al este y el Golfo de California al oeste. Esta ubicación entre montañas y océano influye en la circulación de los vientos y la humedad, lo que da lugar a climas extremos.

Gran parte del estado está cubierto por el desierto de Sonora, uno de los desiertos más cálidos y secos de América del Norte. Esto se debe a que el desierto recibe muy poca precipitación y las temperaturas pueden ser extremadamente altas durante el verano.

Como se menciona en el párrafo anterior, los veranos suelen ser muy calurosos, con temperaturas que superan los 40 grados Celsius en algunas áreas, mientras que los inviernos son más suaves y pueden incluso experimentar heladas en las regiones montañosas.

La inconformidad de los habitantes de Sonora y de otras partes de México con respecto a los recibos de luz es un tema que ha sido motivo de debate y protesta en el país. Esta inconformidad se centra en varios aspectos:

Tarifas eléctricas elevadas: Uno de los principales puntos de descontento es el costo elevado de la electricidad en México. Las tarifas eléctricas en algunas regiones, incluyendo Sonora, pueden ser más altas en comparación con otras áreas del país. Esto puede generar dificultades económicas para las familias y las empresas.

Subsidios y apoyos gubernamentales insuficientes : A pesar de los esfuerzos del gobierno para proporcionar subsidios y apoyos a las tarifas eléctricas, muchas personas consideran que estos no son suficientes para aliviar la carga económica que representa el pago de la electricidad.

Variabilidad en el suministro eléctrico : Algunas áreas de Sonora han experimentado problemas con la calidad y la confiabilidad del suministro eléctrico, lo que también contribuye a la insatisfacción de los consumidores.

Falta de transparencia en la facturación : Otra preocupación es la falta de claridad y transparencia en la facturación de la electricidad. Los consumidores a menudo se quejan de que los recibos no son fáciles de entender, lo que dificulta la verificación de los cargos.

Aumento en los costos de producción para empresas: Las tarifas eléctricas elevadas también afectan a las empresas en Sonora, lo que puede dificultar su competitividad y crecimiento.

Para abordar estas preocupaciones, se han llevado a cabo protestas y manifestaciones en diferentes partes del país, incluyendo Sonora.

Los manifestantes han demandado una revisión de las políticas tarifarias, una mayor transparencia en la facturación eléctrica y un mayor apoyo gubernamental para aliviar la carga financiera de las familias y las empresas.

En los últimos meses muchas de las familias sonorenses y de la zona norte de nuestro país, se han visto afectadas por el aumento a su tarifa eléctrica, ya que estás se han multiplicado hasta seis veces más con la que estaban acostumbrados, los montos van desde los 3 mil pesos hasta los 20 mil y en algunos casos más, volviéndolos casi imposibles de pagar.

A pesar de la denominada “Tarifa 1 F” o las que la CFE implementaron para el verano en este 2023, no han sido suficientes ya que, los costos lejos de bajar se han incrementado.

Por las consideraciones expuestas, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Federal de Electricidad, para que dentro de sus atribuciones sigan implementando subsidios como el de las tarifas 1A a 1F (tarifa de verano) con una duración de 8 meses y no de 6 como actualmente se establece, con el objetivo de beneficiar a las ciudadanas y los ciudadanos de Sonora, para que las economías de estos no se vean tan afectadas. Asimismo, que implemente la creación de planes de pago, para todas aquellas familias que no han podido pagar dicho servicio y así no se queden sin electricidad.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero (rúbrica)


Inklusion
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