Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a distintas autoridades federales y de Tamaulipas a garantizar el interés superior de la niñez, erradicar la violencia contra las mujeres y juzgar con perspectiva de género, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Olga Juliana Elizondo Guerra, diputada por el estado de Tamaulipas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

A lo largo de la historia, la familia mexicana se ha caracterizado por mantener una estructura rígida, en donde, cualquier actitud que salga de lo tradicional debía de ocultarse. Se normalizaban las tradiciones patriarcales de los ancestros por más crueles, violentas o conservadoras que éstas fueran. Entre los males del sistema machista se encuentra la violencia hacia la mujer en una de sus múltiples caras, una de ellas, la VIOLENCIA VICARIA , aquella que tiene por objeto dañar a la mujer por medio de sus familiares más cercanos, principalmente, a través de las hijas e hijos.

De acuerdo con la organización Amnistía Internacional, la violencia vicaria es una forma de violencia de género por la cual las hijas y los hijos son instrumentalizados como objeto para maltratar y ocasionar dolor a sus madres. En la actualidad, algunas entidades federativas, como es el caso de Tamaulipas, han incluido en su marco jurídico la definición como:

?Violencia Vicaria es la utilización que hace por sí mismo o por interpósita persona, el padre, ex esposo, ex pareja, o quien haya tenido una relación sentimental o sexual con la madre, utilizando a los hijos y las hijas para causar daño, dolor, angustia o cualquier tipo de afectación a la madre .?.

En este sentido y en el marco del 8 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó el Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia en materia de violencia vicaria. Es de señalar que este tipo de Violencia se encuentra legislada y sancionada en 21 entidades hasta el día de hoy y en 11 aún se encuentra pendiente legislar entre los que se encuentran: Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Querétaro, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz.

Datos proporcionados por la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, informaron que durante el año 2020, cerca de 47 mil mujeres y niñas en todo el mundo fueron asesinadas por su pareja u otros miembros de la familia; es decir que, en promedio, una mujer o niña es asesinada por alguien de su propio núcleo familiar cada 11 minutos1 .

Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía informó que en 2021 vivíamos cerca de 65.5 millones de mujeres, de las cuales, 77 por ciento tenía 15 años o más de edad. Con respecto a la violencia contra las mujeres, especificó que del total de este grupo de edad, 70 por ciento ha experimentado al menos un incidente de violencia que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminación en al menos un ámbito. En el caso del estado de Tamaulipas, a pesar de ser uno de las entidades con los menores índices de violencia contra la mujer, es inaceptable que más de 61 por ciento de la población femenina aseguró haber sufrido al menos un incidente de violencia a lo largo de su vida2 .

Asimismo, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021, sacó a la luz que, la mayor parte de la violencia que se ejerce contra las mujeres se da cuando tienen una situación conyugal como separada, divorciada o viuda, mientras que 59.6 por ciento aseguró ser víctima de violencia psicológica, 44.9 por ciento violencia económica patrimonial y/o discriminación, 43.9 por ciento física, 48.1 por ciento sexual.

Para muestra, un botón: el caso de la ciudadana Christian Flores Guzmán a quien le fue arrebatado su hijo de las manos por parte de su expareja, Román Pérez Luevano, quien trabaja el día de hoy en la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del municipio de Reynosa y es hermano del actual diputado local por el Partido Acción Nacional, Raúl Pérez Luevano e hijo de la Regidora panista Ana Lidia Luevano de los Santos. Acto que constituye entre otros delitos, violencia vicaria.

Hombre que ha hecho uso de su poder personal y familiar, así como de influencias, para intentar arrebatar a su menor hijo de las manos de su madre. Tal como sucedió el pasado 5 de marzo de 2023, cuando el padre del menor asistió a un colegio particular de la ciudad de Reynosa para que, junto a la autoridad, retuvieran y posteriormente le entregaran al niño quien se encontraba bajo los cuidados de la madre hasta ese momento. Asimismo, la madre denunció el uso de influencias para verse afectada en el Juicio Ordinario Civil por custodia en el que la justicia violó sus derechos como madre y los de su hijo menor, al determinar la custodia al padre con el argumento no sustentado de que ella no contaba con solvencia económica para cuidar del menor. Aplicando al caso concreto una flagrante violencia económica e institucional en contra de la madre.

Desafortunadamente, existen miles de casos como éstos a nivel nacional; sin embargo, es de vital importancia reconocer que las personas con mayores afectaciones serán siempre las niñas, niños y adolescentes quienes son utilizados por los padres como instrumentos con el objetivo de causar daño a sus parejas. Las situaciones de violencia a las que son sometidos los menores causan en ellos violaciones a sus derechos humanos, como afectaciones a la salud mental, emocional y a su bienestar.

La Organización Mundial de la Salud define al maltrato hacia los menores como:

?cualquier forma de abuso o desatención que afecte a un menor de 18 años, abarca todo tipo de maltrato físico o afectivo, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otra índole que vaya o pueda ir en perjuicio de la salud, el desarrollo o la dignidad del menor o poner en peligro su supervivencia en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder ?.3

La violencia infantil trae aparejada una serie de consecuencias mayúsculas como problemas a la salud física y mental, así como efectos negativos que deterioran su desarrollo cognitivo. Un niño violentado durante su vida infantil, tiene mayor probabilidad de violentar a otros cuando llega a la edad adulta, por lo que es menester de esta representación federal exhortar a las diferentes instituciones a que en el ámbito de sus atribuciones reconozcan a las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, garanticen el pleno goce, ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de los infantes, así como garanticen la protección y restituyan íntegramente los derechos de quienes hayan sido vulnerados.

Asimismo, la Corte Suprema de nuestro país ha establecido que el interés superior del menor, constituye una directriz para decidir en los casos en los que se involucre a menores de edad, en el que las y los jugadores deberán procurar su protección ante cualquier riesgo en su integridad física o emocional sin que baste la afirmación de algunos de los padres o se basen en elementos aislados.

De igual manera, este exhorto tiene por objeto que el poder judicial de Tamaulipas garantice los derechos de las mujeres que se han visto vulnerados durante años por la falta de aplicación del protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género 4 , publicado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el año 2013 y de carácter obligatorio para todos los juzgadores en nuestro país. Que los casos González y otras (Campo Algodonero), Fernández Ortega y otros, y Rosendo Cantú y otra, todos contra México, nos sirvan como base para entender la gravedad y la sistematicidad de la violencia contra las mujeres en nuestro país.

Aunado a lo anterior, la misma Corte antes citada, ha emitido tesis de rubro: ?PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. SU SIGNIFICADO Y ALCANCES? y ?ACCESO A LA JUSTICIA EN CONDICIONES DE IGUALDAD. TODOS LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL PAÍS DEBEN IMPARTIR JUSTICIA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO?, en las que se sostuvo que a partir de la explicación específica de hombre y mujer, se reconoce la forma en la que cada uno enfrenta una situación en concreto y los efectos diferenciados que producen las disposiciones legales; de igual manera se reconoce la importancia de la perspectiva de género en el acceso de las mujeres a la justicia partiendo de una interpretación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Por lo anterior, es que las autoridades están obligadas a analizar el marco normativo e institucional a fin de identificar la posible utilización de estereotipos sobre las funciones de uno u otro género.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable asamblea, con carácter de urgente u obvia resolución el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero . La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las personas titulares del Instituto Nacional de Mujeres, del Instituto de las Mujeres en Tamaulipas, del Sistema DIF Nacional, del Sistema DIF Tamaulipas, del Sistema DIF Reynosa, así como al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Tamaulipas para que, con base en sus atribuciones, garanticen el interés superior de la niñez, erradiquen la violencia contra las mujeres y juzguen con perspectiva de género.

Segundo. La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Tamaulipas a que investigue el abuso de poder de la familia Pérez Luevano y, en su caso, de resultar responsables, sean destituidos de sus cargos y sancionados conforme a derecho.

Notas:

1. https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/statistics/crime/UNOD C_BriefFemicide_ESP_CA.pdf

2. https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/vcmm/

3. https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/child-maltreatment

4. https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/statistics/crime/UNOD C_BriefFemicide_ESP_CA.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de septiembre de 2023.

Diputada Olga Juliana Elizondo Guerra (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública a considerar emitir un billete conmemorativo de lotería por la incorporación de Chiapas a México, a cargo del diputado Ismael Brito Mazariegos, del Grupo Parlamentario de Morena

Ismael Brito Mazariegos , en mi calidad de diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena ante la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero. A partir del triunfo de la independencia nacional, en 1821, México debió definir sus límites, en un territorio que le permitiría organizarse como nación; lo mismo sucedió con aquellas regiones de Centro y Suramérica tras sus propias victorias insurgentes.

En este sentido, la antigua capitanía de Guatemala conformó las Provincias Unidas de Centroamérica, pero, de ellas, Chiapas buscó integrarse al México independiente desde, la proclamación del Plan de Iguala.1 Así, el 28 de agosto de 1821, se declaró la independencia de Chiapas y su adhesión al Plan de Iguala . Este hecho quedó formalizado el 16 de enero de 1822, mediante decreto firmado por Agustín de Iturbide,2 el cual establecía:

?1822 Decreto por el que se incorpora Chiapas al Imperio Mexicano. Enero 16 de 1822.?

?La regencia del imperio mejicano, gobernadora interina por falta de Emperador á todos los que las presenten vieren y entendieren, sabed: Que el presbítero Dn. Pedro Solórzano, individuo de la diputación provincial de la provincia de Chiapas , en nombre y legítima representación de dicha provincia, como acreditan los poderes é instrucciones que presentó por el Ministerio de Relaciones interiores y exteriores, ha solicitado que la nominada provincia que antes de ahora pertenecía á Guatemala quede separada perpetuamente del gobierno de este reino y admitida en el número de las que componen el imperio mejicano y proclamado su independencia de la monarquía española bajo el plan de Iguala y tratado de Córdova; y respecto á que la junta soberana provisional en sesión de 12 del último Noviembre otorgó la misma solicitud instaurada entonces por varias autoridades de la repetida provincia, se declara ésta incorporada para siempre en el imperio, en cuya virtud gozará de los derechos y prerrogativas que correspondan á las demás provincias mejicanas, será gobernada por las mismas leyes y protegida con todos los auxilios que necesitare para su seguridad y conservación. Y esta declaración se trasladará á los ministerios de Estado y se hará saber el mencionado presbítero, dándole los testimonios fehacientes que pida para su satisfacción y las de sus comitentes.? Dado en el palacio imperial de México, á 16 de Enero de 1822, segundo de la Independencia .? Agustin de Iturbide, presidente.? Manuel de la Bárcena.? José Isidro Yáñez.? Manuel Vazquez de Leon.? Antonio, obispo de la Puebla.? José Manuel de Herrera.

Al año siguiente, la abdicación de Iturbide provocó que los chiapanecos se dividieran y de nuevo surgió la cuestión de la anexión o separación.

El 26 de octubre de 1823, se proclamó el Plan de Chiapas Libre, el cual declaraba a la provincia ?en entera libertad para constituirse libremente en la forma que creyera conveniente ?.3

El 22 de marzo de 1824 se convocó a un plebiscito en Chiapas, para qué, a través de un ejercicio democrático, e innovador para su momento histórico, sus habitantes pudieran expresar libremente su voluntad acerca de cómo debía permanecer Chiapas: si independiente, anexada a Guatemala o incorporada a México.

El 12 de septiembre de 2024, en aquel entonces Chiapas tenía 172,953 (ciento setenta y dos mil novecientos cincuenta y tres) habitantes y 104 pueblos, de los cuales votaron 96,829 (noventa y seis mil ochocientos veintinueve) personas, a favor de anexarse a México , equivalentes al 56 % por ciento; 60,400 (sesenta mil cuatrocientos) chiapanecos , votaron por unirse a Guatemala, es decir el 35% por ciento; y sólo 15,724 (quince mil setecientos veinticuatro) habitantes o 9% por ciento, sufragaron por mantenerse como nación libre y soberana.

Por ello, el 14 de septiembre de 1824, los habitantes de Chiapas formalizaron ante el Congreso mexicano su disposición y deseo de incorporarse al México independiente, como estado federal más.

Su calidad como Estado de la república mexicana fue confirmada en las distintas constituciones posteriores:

En la Constitución de 1824,4 en su título II, referido a la ?forma de gobierno de la nación, de sus partes integrantes y división de su poder supremo? , en su el artículo 5 a la letra señalaba:

?Artículo 5 . Las partes de esta federación son los Estados y territorios siguientes: el estado de las Chiapas , el de Chihuahua, el de Coahuila y Tejas, el de Durango, el de Guanajuato, el de México, el de Michoacán, el de Nuevo León, el de Oajaca, el de Puebla de los Ángeles, el de Querétaro, el de San Luis Potosí, el de Sonora y Sinaloa, el de Tabasco, de las Tamaulipas, el de Veracruz, el de Xalisco, el de Yucatán y el de los Zacatecas; el territorio de la Alta California, el de la Baja California, el de Colima, y el de Santa Fe de Nuevo México. Una ley constitucional fijará el carácter de Tlaxcala.?

Así mismo, la Constitución de 18575 , en su título segundo, sección I, ?de la soberanía nacional y de la forma de gobierno? que en su artículo 43 señalaba:

?Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son: los Estados de Aguascalientes, Colima, Chiapas , Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México Michoacán, Nuevo León y Coahuila, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Valle de México, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Territorio de la Baja California.?

Igualmente, la actual Constitución vigente en el país, promulgada el 5 de Febrero de 1917,6 en su artículo 43, a la letra, establece:

?Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas , Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas; así como la Ciudad de México.?

Segundo. A partir de la adhesión de Chiapas a la República Mexicana, las aportaciones de recursos humanos, materiales, energéticas, historia, cultura, identidad, y en todos los ámbitos que quehacer social para la conformación del México actual son enormes e invaluables.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Chiapas tiene una extensión de 73,311.0 km2 lo que representa 3.7 % de la superficie del territorio nacional, y en 2020 tenía 5,543,828 (cinco millones quinientos cuarenta y tres mil ochocientos veintiocho) habitantes, de los cuales 2,837,881 (dos millones ochocientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y uno) eran mujeres, y 2,705,947 (dos millones setecientos cinco mil novecientos cuarenta y siete) eran hombres,7 por lo que ocupa el lugar 8 a nivel nacional por su número de habitantes.

La aportación al Producto Interno Bruto Nacional en 2020 fue 1.5 %, y el sector de la economía que más aporta al PIB estatal es el comercio.

Con 81 cuencas hidrográficas, Chiapas aporta el 30 por ciento de agua dulce del país a lo que se suma una gigantesca reserva de agua subterránea.8

Chiapas se encuentra entre los estados con mayor diversidad lingüística del país; en Chiapas un tercio de su población se identifica o habla un idioma originario, en contraste con el resto del país donde la relación promedio de persona hablante del español vs hablante de un idioma nacional originario en México es solo de un 10%.9

De las 69 lenguas nacionales que se hablan en México (68 indígenas y el español),10 en Chiapas se hablan doce, que son: 1) Ch?ol; 2) Chuj; 3) Jakalteco; 4) Lacandón; 5) Mam; 6) Q?anjob?al; 7) Qato?k; 8) Teko; 9) Tojolabal; 10) Tseltal; 11) Tsotsil; y 12) Zoque.11

En materia de biodiversidad y el grado de endemismos es tan alto que Chiapas, después de Oaxaca, figura como el estado con mayor grado de biodiversidad, siendo un estado no solo mega biodiverso.12

En el ámbito cultural existen muy diversas manifestaciones culturales que caracterizan a Chiapas y que forman parte del patrimonio de todos los mexicanos como la Danza de los Parachicos, la cual que se encuentra inscrita en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la marimba , la fabricación de máscaras, la creación de textiles de telar de cintura, tejidos y bordados.13

Entre los grandes poetas y escritores Chiapanecos del siglo XX, que han nutrido y enriquecido la cultura mexicana, podemos mencionar, entre otros a Santiago Serrano Ruiz, Armando Duvalier, José Falconi Castellanos, Rosario Castellanos Figueroa, Jaime Sabines Gutiérrez, Enoch Cancino Casahonda (1928-2010) y Juan Bañuelos Chanona, Óscar Oliva Ruiz y Eraclio Zepeda.

Tercero. La incorporación de Chiapas a México represento un profundo cambio en la conformación de México y el destino del Estado. Esta incorporación decidida en aquel 1824 mediante un plebiscito, debe verse como un acto de libertad. En aquel entonces, el pueblo chiapaneco se transformó en un pueblo soberano.

La soberanía de los Estados denota el derecho legal inalienable, exclusivo y supremo de ejercer poder dentro del área de su poder. El poder del pueblo chiapaneco transfirió su ejercicio a un ámbito nacional mayor y de enormes alcances.

Un Estado, como una persona moral, debe tener el derecho y la autoridad para actuar. La soberanía es exactamente este derecho legal y autoridad. Si un Estado no tuviera soberanía, éste no tendría fundamentos legales para el ejercicio de sus poderes.

En este sentido, a partir del momento de la federalización de Chiapas en 1824, el 14 de septiembre de cada año, en Chiapas se festeja su incorporación a México. Así está señalado en el artículo 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas,14 mismo que a la letra establece:

?Artículo 1. El Estado de Chiapas es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, desde el 14 de septiembre de 1824, por voluntad del pueblo chiapaneco, expresada por votación libre y directa.

Chiapas es un Estado Democrático de Derecho de composición pluricultural que reconoce los sistemas normativos internos de sus pueblos y comunidades indígenas, de acuerdo a lo establecido en esta Constitución y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y está comprometido con la protección de su biodiversidad.?

Por las consideraciones y fundamentos arriba expresados, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública para que, en el ámbito de sus competencias considere emitir de un billete conmemorativo de lotería por la incorporación de Chiapas a México, por voluntad libre y soberana de su pueblo.

Notas:

1. CNDH. Incorporación de Chiapas al Pacto Federal. https://www.cndh.org.mx/noticia/incorporacion-de-chiapas-al-pacto-feder al

2. Memoria Política de México. 1822. Decreto por el que se incorpora Chiapas al Imperio Mexicano. https://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/2ImpDictadura/1822DICHM. html

3. Ibid.

4. Decreto de 4 de octubre de 1824, Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. https://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1824.pdf

5. Constitución de 1857. (Con sus adiciones y reformas hasta el año 1901). https://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1857.pdf

6. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Artículo 43, reformado DOF 07-02-1931, 19-12-1931, 16-01-1935, 16-01-1952, 08-10-1974, 13-04-2011, 29-01-2016, 17-05-2021. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf CNDH. Incorporación de Chiapas al Pacto Federal. Ob. cit.

7. INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/chis/poblacion/

8. Chiapas aporta 30% del agua del país. Ríos, agua subterránea. ¿Por qué sus habitantes tienen sed? https://www.sinembargo.mx/22-03-2021/3954360

9. Manrique Castañeda, 1997; Stavenhagen y Carrasco, 1997.

10. Gobierno de México. ¿Sabías que en México hay 68 lenguas indígenas, además del español? https://www.gob.mx/cultura/articulos/lenguas-indigenas#:~:text=%C2%BFSa b%C3%ADas%20que%20en%20M%C3%A9xico%20hay,gob.mx

11. Gobierno de México. Cultura. Sistema de Información Cultural. Lenguas Indígenas. https://sic.cultura.gob.mx/lista.php?table=inali_li&estado_id=7&municipio_id=-1

12. CONABIO, 2013; Toledo, 1997.

13. UNESCO. La UNESCO y el Gobierno de Chiapas establecen nueva alianza por el desarrollo sostenible, con la cultura como eje transversal.https://www.unesco.org/es/articles/la-unesco-y-el-gobierno- de-chiapas-establecen-nueva-alianza-por-el-desarrollo-sostenible-con-la #:~:text=Adem%C3%A1s%20de%20manifestaciones%20culturales%20como,de%20ci ntura%2C%20tejidos%20y%20bordados.

14. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas. https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0002.pdf? v=NDM=

Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 septiembre de 2023.

Diputado Ismael Brito Mazariegos (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la Ssa de Veracruz a realizar y hacer público un informe sobre la calidad de agua potable y sobre las descargas de aguas residuales en los municipios de Veracruz y Medellín, a cargo de la diputada Rosa Hernández Espejo, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Rosa Hernández Espejo , diputada del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaria de Salud federal y a la Secretaria de Salud de Veracruz, a realizar y hacer público un informe sobre la calidad de agua potable y sobre las descargas de aguas residuales en los municipios de Veracruz y Medellín, al tenor de las siguientes

Exposición de Motivos

Desde el 2015, en los municipios de Veracruz y Medellín del Estado de Veracruz, el servicio de agua potable y saneamiento se encuentra concesionado a la empresa Grupo Metropolitano de Agua y Saneamiento S.A.P.I. de C.V., la cual es considerada el peor sistema de agua potable del país.1

Con base en las auditorías realizadas por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, la empresa no cuenta con el certificado de calidad de agua potable expedido por la COFEPRIS. Además, no existe certeza de que la concesionaria cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas en materia de agua potable y saneamiento.2 Asimismo, la empresa no invierte en nueva infraestructura hidráulica y tampoco da el mantenimiento correspondiente a la ya existente.3

Aunado a lo anterior, de acuerdo a la base de datos de la CONAGUA, en la mayoría de los lagos, ríos, playas y arroyos de los municipios de Veracruz y Medellín, existen altos índices de coliformes fecales4 . Por lo anterior, es urgente que se lleven a cabo estudios para determinar el impacto a la salud y al medio ambiente que esto ocasiona.

Cabe mencionar, que la Observación General no.15 relativa al derecho al agua previsto en los artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, afirma que el agua es un elemento necesario e indispensable para que el individuo pueda tener salud y una vida digna.5

En México, el derecho humano al agua reconocido en el artículo 4, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el acceso al agua salubre, segura, suficiente y asequible para usos personales y domésticos es un requisito fundamental para el ejercicio de otros derechos humanos.

En este sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación manifiesta que:

?El mandato estatal de proteger el derecho humano a un ambiente sano, respecto de la protección ecológica de las aguas, implica que asuma las siguientes conductas: I) proteger la prestación de servicios de agua y saneamiento; II) proteger los recursos o infraestructura necesarios contra la contaminación o la injerencia, y III) proteger al ambiente y a los recursos hídricos contra las conductas indebidas de los actores no estatales?.6

Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Honorable Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud y a la Secretaria de Salud de Veracruz, a realizar y hacer público un informe sobre la calidad de agua potable y sobre las descargas de aguas residuales en los municipios de Veracruz y Medellín.

Notas:

1. ?Exponen en mañanera mal servicio de Grupo MAS; AMLO revisará?. La Silla Rota. 2023. Fuente: https://lasillarota.com/veracruz/local/2023/7/24/exponen-en-mananera-ma l-servicio-de-grupo-mas-amlo-revisara-439469.html

2. ?Informes de las Auditorías derivadas del exhorto del H. Congreso del Estado de Veracruz, contenido en el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de 14 de junio de 2022?. ORFIS. 2023. Fuente:

http://www.orfis.gob.mx/CuentasPublicas/informeGrupoMas2 022/GrupoMas.pdf

3. ?Informe Individual: Instituto Metropolitano del Agua?. ORFIS. 2022. Fuente:

http://www.orfis.gob.mx/CuentasPublicas/informe2021/arch ivos/Tomo%20III/Volumen%2032/014%20IMA.pdf

4. ?Indicadores sobre los coliformes fecales?. CONAGUA. 2021. Fuente:

http://sina.conagua.gob.mx

5. ?Observación General no. 15. El derecho al agua?. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 2002. Fuente:

https://desc.scjn.gob.mx/derecho-al-agua

6. ?Cuaderno de Jurisprudencia no. 12. Derecho humano al agua?. SCJN. 2021. Fuente:

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/publicaciones_scjn/publicacion/2022-02/
CJ%20DERECHO%20HUMANO%20AL%20AGUA_VOBO.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro a 12 de septiembre de 2023

Diputada Rosa Hernández Espejo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para manifestar a la canciller Alicia Bárcena Ibarra el beneplácito de la honorable Cámara de Diputados por su ratificación como secretaria de Relaciones Exteriores, así como para expresar la voluntad de cooperación y trabajo en conjunto, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6o, numeral 1, fracción I, 79 numeral 1, fracción II y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

1. El 13 de junio de 2023, el Presidente Andrés Manuel López Obrador informó durante su conferencia matutina, que la Embajadora Alicia Bárcena Ibarra sería designada como titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Dicha designación fue ratificada por el Senado de la República el día 5 de septiembre del presente año.

En el año 2022 fue propuesta por el presidente López Obrador y ratificada el 13 de septiembre de ese mismo año por el Senado de la República, como embajadora de México en Chile.

2. La maestra Alicia Bárcena es bióloga de profesión y cuenta con una maestría en Administración Pública por la Universidad de Harvard. En 2006, el entonces Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, Kofi Annan, la nombró su Jefa de Gabinete, también se desempeñó como Secretaria General Adjunta de Gestión. Desde 2008 hasta 2022 se desempeñó como Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Dentro de su trayectoria también destaca el haber sido Coordinadora para el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y Coordinadora del Proyecto Ciudadanía Ambiental del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

En septiembre de 2014 fue investida como doctora honoris causa en la Universidad de Oslo, Noruega, y en julio de 2015 fue nombrada por la Universidad Nacional Autónoma de México, como profesora extraordinaria para colaborar en la Facultad de Economía y otras entidades de esa casa de estudios. A su vez, ha publicado diversos artículos acerca del desarrollo sostenible, políticas públicas, medio ambiente y participación pública.

Fue fundadora y dirigió el Consejo de la Tierra, organización no gubernamental con sede en Costa Rica, encargada del seguimiento de los acuerdos suscritos en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en Río de Janeiro, Brasil, en 1992.

3. A causa del perfil de la Canciller en lo que se refiere a su trayectoria en múltiples mecanismos multilaterales, las y los diputados de la LXV Legislatura consideramos que la presencia y participación de México en los distintos foros y organismos multilaterales seguirá siendo destacada y muy puntual en torno a los intereses de México en el exterior, así como de los desafíos y oportunidades que México comparte con el resto de la comunidad internacional.

Asimismo, la probada experiencia y contundentes resultados que ha demostrado tener la actual Secretaria de Relaciones Exteriores durante su desempeño en la CEPAL, y mientras fungió como embajadora en Chile, son antecedentes que garantizan continuidad e incluso fortalecimiento en la sólida y fraterna relación que se ha efectuado con la región de América Latina y el Caribe, a partir de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador.

De igual manera, la amplia formación diplomática de la que goza la canciller Alicia Bárcena es garantía de que la conducción de la relación bilateral con Estados Unidos y los diversos temas comunes y de trascendencia que de esta emanan, continuarán con un sentido de responsabilidad y profesionalismo, así como con un espíritu de fraternidad y cooperación. En consecuencia, se confía en que la relación con Canadá, por ser un socio estratégico y parte fundamental del T-MEC, permanecerá consolidándose como se ha logrado en los años recientes. Cabe destacar que la región norteamericana de la que nuestro país también es parte, es una de las regiones económicas más dinámicas e importantes del mundo, materia que no es ajena al expertise de la Canciller Bárcena.

4. La Honorable Cámara de Diputados confía en que el nombramiento de Alicia Bárcena como Secretaria de Relaciones Exteriores enriquecerá aún más la conducción de la diplomacia mexicana con apego irrestricto a los principios de política exterior plasmados en nuestra Constitución, y fortalecerá la política exterior feminista. Esta Asamblea también da un voto de confianza respecto a la atención y protección que desde la titularidad de la Canciller Bárcena, se garantizará hacia nuestras y nuestros connacionales en el exterior, a través de la red consular mexicana. En adición, esta soberanía también celebra la atracción de inversiones e intercambio tecnológico que desde la cancillería sin duda continuarán siendo temas prioritarios.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión manifiesta su beneplácito a la Canciller Alicia Bárcena Ibarra por su designación como titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por parte del Presidente Andrés Manuel López Obrador, así como por su ratificación por parte del Senado de la República.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión confía en que la titular de la Cancillería mexicana sabrá conducir con eficacia y dinamismo la importante relación que México tiene con América Latina y el Caribe, así como con Estados Unidos y Canadá, y en general; la pacífica, propositiva y fraterna relación que México mantiene con todos los países del mundo.

Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión augura éxito en los temas que México contempla en su agenda internacional en áreas como cambio climático, migración, seguridad, atracción de inversiones, intercambio tecnológico, la política exterior feminista, entre otras.

Cuarto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión refrenda su ánimo de cooperación para trabajar en conjunto con la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, en beneficio de las y los mexicanos.

Dado en el salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, el 12 de septiembre de 2023.

Diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades de las 32 entidades federativas a coordinar acciones con el gobierno federal para prevenir y atender la mendicidad infantil, con enfoque de derechos humanos, a cargo de la diputada Martha Robles, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Martha Robles Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario Morena en la Honorable Cámara de Diputados de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

La mendicidad se refiere a la situación dónde las niñas, los niños y los adolescentes se ven obligados a realizar actividades o acciones constantes en demandas o en pedido de dinero en la vía pública o a transeúntes, siendo un tipo de maltrato que se encuentra muy relacionado con la explotación infantil y constituyendo una problemática social que se encuentra directamente relacionada con la desigualdad y la pobreza. Es la práctica de pedir dinero en puntos específicos de las calles. Es un fenómeno que resulta de diversos aspectos de la pobreza, del desplazamiento, de los conflictos armados y de los flujos migratorios y no es, en sí, una vulneración de los derechos; pero definitivamente expone a las niñas, niños y adolescentes, a situaciones de amenaza y vulnerabilidad.

Existen diversas razones por las que una niña, un niño o un adolescente terminan ejerciendo la mendicidad, en primer lugar, ésta práctica se constituye como la única forma de ayudar a su familia generando un ingreso adicional, siendo este tipo de mendicidad la llamada ?MENDICIDAD PROPIA?.

En segundo lugar está la ?MENDICIDAD AJENA? en la que los menores de edad son coaccionados por terceras personas a realizar esta conducta, afectando así su salud física y mental. Este tipo de mendicidad es considerada como delito y tiene consecuencias penales.

Las niñas, niños y adolescentes que se ven expuestos a contextos de mendicidad, enfrentan dificultades en:

-Vida en la calle.

-Alta permanencia en la calle.

-Trabajo infantil ilícito.

-Violencia sexual.

-Trata de personas.

-Maltrato.

-Utilización por grupos de la delincuencia organizada al margen de la ley.

-Otro tipo de violencias generadas por los diferentes escenarios públicos donde son ubicados por sus padres o cuidadores, siendo que todo lo que experimentan en la calle incide de manera importante en su desarrollo integral y al identificar una situación de amenaza o vulneración de sus derechos en el contexto de la mendicidad, ¡¡No denuncian!!

Es importante resaltar que la mendicidad representa una forma de escasez de recursos económicos y no se puede criminalizar esta situación ni revictimizar a la población que se encuentra bajo estas circunstancias.

Entendiendo la mendicidad infantil como problemática social y no como actos de negligencia de la sociedad en su conjunto, es posible establecer programas y estrategias de transparencia y acceso a la información pública así como atención eficaz y con servicios eficientes a la ciudadanía para promover y coaccionar elementos que permitan la erradicación de dicho fenómeno a través de los conceptos que a continuación propongo:

? Primero. A las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, a las Secretarías Ejecutivas Estatales del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como a las Procuradurías Estatales de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes u homólogas a impulsar campañas de sensibilización a servidores públicos y tomadores de decisiones sobre la mendicidad infantil, desde el enfoque de derechos humanos y del interés superior de la niñez.

? Segundo. A las Secretarías Ejecutivas Estatales del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como a las Procuradurías Estatales de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes u homólogas a promover programas, acciones y protocolos de acción con enfoque de derechos y no revictimización para la canalización y atención de la mendicidad infantil, involucrando la participación de niñas, niños y adolescentes, así como a organizaciones de la sociedad civil.

? Tercero. A las Secretarías Ejecutivas Estatales del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como a las Procuradurías Estatales de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes u homólogas a facilitar y fortalecer espacios de coordinación con los sectores público, privado y social para llevar a cabo acciones de prevención, atención y canalización de casos de mendicidad infantil.

? Cuarto. A los Sistemas Estatales de Desarrollo Integral de la Familia u homólogos, así como a las Procuradurías Estatales de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes u homólogas, a garantizar el enfoque de derechos, el interés superior de la niñez y la no revictimización en protocolos o guías para la canalización y restitución de derechos frente a casos de mendicidad infantil.

? Quinto. A la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes así como a fuerzas de Seguridad Pública, a coordinar líneas de reporte y canalización de Niñas, Niños y Adolescentes en situación de mendicidad infantil, garantizando el interés superior de la niñez y la no revictimización.

? Sexto. A la Secretarías Estatales del Bienestar, de Desarrollo Social u homólogas así como a las Secretarías Ejecutivas Estatales del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes u homólogas a impulsar estrategias para la prevención y atención de la mendicidad infantil.

? Séptimo. A las Secretarías Ejecutivas Estatales del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como a las Procuradurías Estatales de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes u homólogas a impulsar campañas de sensibilización ciudadana para la prevención de la mendicidad infantil.

Por lo expuesto con antelación, con el objetivo de coadyuvar a la erradicación de este flagelo que atañe a la niñez y a la adolescencia del país, solicito a esta Soberanía se sirva aprobar el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los Titulares de las Autoridades Estatales de las 32 Entidades Federativas de la República Mexicana, a coordinar acciones con el Gobierno Federal para prevenir y atender la mendicidad infantil, con enfoque de Derechos Humanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, septiembre 12 de 2023.

Diputada Martha Robles Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y al Conacyt a analizar y resolver la problemática referente a las becas para estudiantes de posgrado, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Lidia García Anaya, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 8 de mayo del 2023, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGMHCTI), por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación.

En días posteriores a esa fecha la comunidad científica y académica se inconformó, decenas de científicos promovieron juicios de amparo al menos en 16 estados de la República.

Dentro del proceso de inconformidades, el 6 de junio de 2023 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, encabezada por el diputado Santiago Creel Miranda, con el apoyo de diversos grupos parlamentarios, enviaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un documento para promover la inconstitucionalidad del Decreto por la que se expidió la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.

El Juez Cuarto de Distrito en materia administrativa en el Estado de Nuevo León otorgó el pasado 6 de julio la primera suspensión provisional contra la Ley, la cual fue promovida por un investigador, y a partir de dicha resolución no se le pudieron aplicar al promovente los efectos administrativos de la nueva Ley.

El CONAHCYT publicó el 7 de julio de 2023 un comunicado en que se establece que no ha sido notificado de ninguna determinación judicial que suspenda con efectos generales la aplicación de la Ley, y desconoce el expediente, quejosos, así como juzgado o tribunal que supuestamente emitió dicha determinación.

La Institución señaló en dicho comunicado que de ser el caso impugnará las resoluciones judiciales que pretendían detener la aplicación de la ley y realizará todas las acciones jurídicas en el ámbito de su competencia para defender su aplicación, en tanto seguirá actuando con fundamento en la LGMHCTI, así como en las demás normas vigentes y válidas que rigen su competencia.

Sin embargo, para la implementación de esta Ley, se expidieron los Lineamientos del Sistema Nacional de Posgrados del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías; así como el Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.

Con la implementación de estos instrumentos normativos se produjeron diversas contradicciones que en la práctica están dejando sin acceso a las becas que otorga el Instituto a miles de estudiantes en la República Mexicana.

Para ejemplificar lo anterior, se hace referencia al Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías, ?en términos del artículo 39 de la Ley General, el Consejo Nacional otorgará becas nacionales y apoyos complementarios con base en las categorías del Sistema Nacional de Posgrados y de sus correspondientes criterios de asignación, incluyendo a los estudiantes de programas de posgrado de universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación del sector privado, siempre que estas instituciones asuman el compromiso de no cobrar colegiaturas ni conceptos equivalentes a las personas becarias?1 .

Sin embargo, y aún con la aprobación de la reforma al artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se establece la gratuidad de la educación a nivel superior, no existe suficiencia presupuestaria para poder implementarla.

De la misma forma, el Reglamento anteriormente señalado establece que ? el Reglamento de Becas debe atender a la diferencia existente entre las universidades, instituciones de educación superior o centros de investigación del sector público y el sector privado, debido a que estas últimas generan ganancias a través del cobro de colegiaturas y otras aportaciones por parte de los clientes que adquieren sus servicios educativos; además de que generan plusvalía al explotar el trabajo y la producción intelectual de las personas humanistas, científicas, tecnólogas e innovadoras que laboran en ellas, por lo que es indispensable que el Estado genere un equilibrio en las instituciones del sector público, las cuales no tienen como finalidad el lucro ni la especulación comercial, a efecto de garantizar los derechos humanos a la ciencia y a la educación?2 , adicional a lo anterior no se ha realizado ningún estudio concreto para efectuar dicha valoración, y actualmente se aplica esta normativa de manera general.

Es por lo anterior, que se debe trabajar para hacer valer los derechos de los estudiantes, así como de la comunidad académica y científica del país, garantizando el acceso a las becas que otorga el CONAHCYT sin condicionamiento alguno.

Expuesto lo anterior, me permito someter a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Consejo Nacional de Humanidades Ciencias y Tecnologías para que analicen y resuelvan la problemática referente a las becas para estudiantes de posgrado.

Notas:

1. DOF - Diario Oficial de la Federación

2. DOF - Diario Oficial de la Federación

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de septiembre de 2023.

Diputada Lidia García Anaya (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al CSG a valorar la incorporación de la atrofia muscular espinal (AME) en el listado de enfermedades raras, a cargo de la diputada Olegaria Carrazco Macías, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Olegaria Carrazco Macías , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México una población considerable ha visto disminuidas sus capacidades motrices por la falta de atención médica oportuna y de medicamentos especializados que les ayuden a combatir el mal que les aqueja.

Las enfermedades a las que se hace referencia se deben a trastornos musculoesqueléticos, o bien, por enfermedades genéticas. Las primeras, generadas a partir de fenómenos que afectan en mayor medida el sistema locomotor que, de acuerdo con lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ?abarcan desde trastornos repentinos y de corta duración, como fracturas, esguinces y distensiones, a enfermedades crónicas que causan limitaciones de las capacidades funcionales e incapacidad permanentes .?

Los mencionados trastornos suelen cursar con dolor y limitan la movilidad, así como el nivel general de funcionamiento, lo que reduce la capacidad de las personas que las padecen para realizar cualquier actividad.

En segundo lugar, se localizan aquellas que se relacionan con enfermedades genéticas, siendo un caso de especial atención, la atrofia muscular espinal (AME).

La AME, es reconocida debido a que daña y extermina las neuronas motoras encargadas de controlar el movimiento de los brazos, piernas, cara, pecho, garganta y lengua, de tal forma que a medida que las referidas neuronas motoras mueren, los músculos se desgastan, situación que con el paso del tiempo empeora y puede afectar diversas funciones básicas, entre las cuales se encuentran el habla, la respiración, el caminar, e incluso el tragar.

Según datos aportados por la National Institutes of Health , de la U.S. Department of Health and Human Services , a través de su Biblioteca Nacional de Medicina, la AME se divide en diferentes tipos, de acuerdo con la gravedad y los síntomas que se presentan, conforme a lo siguiente:

?El tipo 1 también se llama enfermedad de Werdnig-Hoffmann o AME de inicio infantil. Es el tipo más grave y el más común. En general, los bebés con este tipo muestran signos de la enfermedad antes de los 6 meses de edad. En casos más serios, los signos aparecen incluso antes o justo después del nacimiento (tipos 0 o 1A). Los bebés pueden tener problemas para tragar y respirar y es posible que no se muevan mucho. Tienen un acortamiento crónico de músculos o tendones (llamado contracturas). Por lo general, no pueden sentarse sin ayuda. Sin tratamiento, muchos niños con este tipo morirán antes de cumplir los 2 años

El tipo II es un tipo de AME de moderado a grave. Por lo general, se nota por primera vez entre los 6 y los 18 meses de edad. La mayoría de los niños con este tipo pueden sentarse sin apoyo, pero no pueden pararse ni caminar sin ayuda. También pueden tener problemas para respirar. Usualmente, pueden vivir hasta la adolescencia o la edad adulta.

El tipo III también se conoce como enfermedad de Kugelberg-Welander. Es el tipo más leve que afecta a los niños. Los signos de la enfermedad suelen aparecer después de los 18 meses. Los niños con este tipo pueden caminar solos, pero pueden tener problemas para correr, levantarse de una silla o subir escaleras. También pueden tener escoliosis (curvatura de la columna), contracturas e infecciones respiratorias. Con tratamiento, la mayoría de los niños con este tipo tienen una expectativa de vida normal

El tipo IV es poco común y, a menudo, leve. Por lo general, causa síntomas después de los 21 años. Los síntomas incluyen debilidad leve a moderada de los músculos de las piernas, temblores y problemas respiratorios leves. Los síntomas empeoran lentamente con el tiempo. Las personas con este tipo de AME tienen una expectativa de vida normal? 1

Asimismo, y de acuerdo con información proporcionada por organizaciones de la sociedad civil como la Asociación Mexicana de Atrofia Muscular Espinal (AMAME) o la Fundación CURAME, la AME no figura en los esquemas de atención que se brindan por parte del sector salud a las personas que tienen dicho padecimiento, aspecto que complica su atención y tratamiento, pese a que la misma es un derecho constitucional establecido en nuestra Carta Magna.

El tratamiento médico que requieren las personas con el mencionado padecimiento es diverso y debe otorgarse, atendiendo al tipo de atrofia que se presenta en cada una ellas, no obstante es preciso señalar que, al ser una enfermedad de tipo genético, ésta no tiene una cura, sino que únicamente se cuenta con tratamientos que hacen llevadera la enfermedad, y que pueden incluir lo siguiente:

?Medicamentos para ayudar al cuerpo a producir más proteínas necesarias para las neuronas motoras.

Terapia genética para niños menores de 2 años

Terapia física, ocupacional y de rehabilitación para ayudar a mejorar la postura y la movilidad de las articulaciones. Estas terapias también pueden mejorar el flujo sanguíneo y retrasar la debilidad y atrofia muscular. Algunas personas también pueden necesitar terapia por problemas para hablar, masticar y tragar

Dispositivos de asistencia como soportes o aparatos ortopédicos, órtesis, sintetizadores de voz y sillas de ruedas para ayudar a las personas a ser más independientes

Buena nutrición y una dieta equilibrada para ayudar a mantener el peso y la fuerza. Algunas personas pueden necesitar una sonda de alimentación para obtener la nutrición que necesitan

Apoyo respiratorio para personas que tienen debilidad muscular en el cuello, la garganta y el pecho. El apoyo puede incluir dispositivos para ayudar con la respiración durante el día y prevenir la apnea del sueño durante la noche. Algunas personas pueden necesitar un ventilador ?2

En ese orden de ideas, es evidente que los mencionados tratamientos son de índole especializada, y por tanto, muy costos, lo cual aumenta la carga económica para quienes buscan dar atención oportuna y una mejor calidad de vida a sus familiares.

Dicha situación es, para la gran mayoría de las personas imposible de sostener, puesto que el costo que conllevan dichos tratamientos, terapias y medicamentos, son por demás insostenibles, lo que se traduce en un urgente llamado al Gobierno para que revise e incluya esta enfermedad en el listado de padecimientos y, con ello se proporcione a los pacientes con AME una debida atención e insumos médicos necesarios.

Hasta el momento, no se ha encontrado una cura para la AME y, si bien ?la incidencia de esta enfermedad es relativamente baja, se encuentra posicionada como la segunda en frecuencia después de la fibrosis quística, entre las enfermedades genéticas graves con herencia autosómica recesiva, y es la causa más frecuente de muerte genéticamente determinada ?.3

De manera reciente, se dispone y se comercializa el medicamento Nusinersen (Spinraza®), del laboratorio Biogen, el cual es utilizado en pacientes pediátricos con AME, no obstante, este fármaco se importa principalmente desde EEUU, se comercializa en viales de 12 mg en 5 ml para administración por vía intratecal y, su costo aproximado es de US $100.000 por ampolla.

Según la ficha técnica del producto ?deben utilizarse cuatro ampollas para el tratamiento de inducción más una dosis de mantenimiento cada cuatro meses ?4 , por lo que el costo anual sólo del medicamento (sin contar otros costos de aplicación) asciende estratosféricamente para familias de los pacientes que, en su mayoría, son de escasos recursos.

En México, la AME no se contempla en el listado de las enfermedades que se han determinado como raras, por parte del Consejo de Salubridad General, situación que resulta complicada para las familias y personas con dicho padecimiento.

Como enfermera de profesión he tenido la oportunidad de conocer a personas de diferentes edades que han padecido la AME, y he visto con mis propios ojos a niños y niñas que sufren la enfermedad, siendo estos últimos los más lamentables, pues a su corta edad ven limitados, no solo sus movimientos, sino sus sueños y metas.

Por lo anterior, se solicita respetuosamente a la autoridad en salud, a que analice la presente coyuntura y proponga la incorporación justificada de dicho padecimiento en el listado de enfermedades raras, a fin de respaldar y cumplir con la obligación constitucional de dar una atención y tratamientos óptimos a quienes padecen AME, conforme al siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Consejo de Salubridad General, a evaluar e identificar la situación presente con el padecimiento de la Atrofia Muscular Espinal, y con base en los resultados, se instrumenten las acciones necesarias en favor del registro e incorporación de dicho padecimiento en el Listado de Enfermedades Raras.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud y a las homólogas en los Estados de la República, a fortalecer la capacitación del personal multidisciplinario de la salud, en favor de la detección oportuna de la AME.

Notas:

1. CITATION Nat \l 1034 (National Institutes of Health)

2. CITATION Bib \l 1034 (Biblioteca Nacional de Medicina)

3. Guías de Atención Pediátrica (GAP), Hospital Garrahan. Disponible en:
http://garrahan.gov.ar/images/intranet/guias_atencion/GAP_2019_-_MANEJO_AME.pdf

4. Ficha técnica Spinraza. Disponible en: https://ec.europa.eu/health/documents/community-register/2017/201705301 37918/anx_137918_es.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de septiembre de 2023.

Diputada Olegaria Carrazco Macías (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a realizar acciones puntuales en favor de la detección oportuna de la disautonomía, a cargo de la diputada Olegaria Carrazco Macías, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Olegaria Carrazco Macías , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Reconocer las enfermedades especiales o raras ha sido y será de gran importancia, ya que este tipo de padecimientos, representan un mal que afecta a un número considerable de personas, y a menudo pueden ser difíciles de diagnosticar, debido a los altos costos que implica su tratamiento y, en su mayoría, alteran de manera negativa la forma de vida para quienes los padecen.

Una de estas enfermedades que es poco conocida y que afecta a un gran número de personas es la disautonomía, mejor conocida como cualquier trastorno del sistema nervioso autónomo que afecta la capacidad del cuerpo para regular sus funciones involuntarias, como la frecuencia cardíaca, la presión arterial y la temperatura corporal.

Sobre el particular, ?la Organización Mundial de la Salud (OMS) define a los trastornos del Sistema Nervioso autónomo como un grupo de condiciones caracterizadas por estar dentro, o asociadas, con el sistema nervioso autónomo ?1 . Los diferentes tipos de disautonomía se caracterizan por ser una manifestación crónica, además de multisistémica, debido a que afecta a más de un órgano, y presenta una alta variabilidad de síntomas o manifestaciones.

De manera especializada, la disautonomía puede ser primaria, lo que significa que es causada por una disfunción del sistema nervioso autónomo en sí mismo, o secundaria, lo que significa que es causada por otra afección médica.

A nivel mundial, la disautonomía es una problemática que afecta a un número importante de personas y puede tener un impacto significativo en la calidad de vida de quienes la padecen. No obstante, a menudo se sub-diagnostica y se malinterpreta, lo cual puede llevar a un tratamiento inadecuado y a una falta de comprensión sobre las necesidades específicas de las personas que la padecen.

De acuerdo con la Dysautonomia International, ?la disautonomía la padecen poco más de 70 millones de personas en todo el mundo, y pueden ser afectadas sin distinción por edad, sexo o raza 2 ?

A nivel internacional son diversas voces de profesionales y de especialistas en salud, quienes advierten la importancia de velar por la investigación y difusión de los avances en la detección oportuna de la disautonomía, entre ellos se encuentra el Dr. Phillip A. Low, fundador de la Clínica Mayo Autonomic Disorders, quien ha realizado una importante investigación sobre los trastornos autonómicos y ha sido un defensor de una mayor conciencia sobre la disautonomía.

Otros expertos en señalar la importancia de contemplar esta enfermedad es el Dr. Blair Grubb, y la Dra. Satish R. Raj, ambos especialistas en cardiología e investigadores en trastornos autonómicos, especialmente en el estudio de la enfermedad en comento, y para la cual han desarrollo técnicas de evaluación y tratamiento.

En nuestro país, la propia Secretaría de Salud reconoce e informa que algunos de ?los síntomas más comunes de la enfermedad de referencia son la taquicardia, mareo, debilidad o cansancio, dificultad cognitiva, visión borrosa y puede presentarse a cualquier edad 3 ?.

Dicha autoridad también ha señalado que, entre los riesgos de dicha enfermedad, se encuentran el de las fracturas a consecuencia de desmayos, los cuales sobrevienen al bajar la presión arterial y disminuye la frecuencia cardiaca.

No obstante, y de acuerdo con los avances en la materia a nivel internacional, en nuestro país, poco se ha estudiado y registrado respecto de la disautonomía, esto a pesar de las estadísticas mundiales de las personas que padecen o padecerán esta enfermedad.

En virtud de lo anterior, resulta indispensable y obligado, el que nuestra autoridad en materia de salud genere información detallada que pueda servir, tanto a la población, como a los profesionales de la salud, para generar diagnósticos oportunos, con la finalidad de que se proporcionen los tratamientos adecuados.

Por todo lo expuesto, se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud, para que se analice la situación presente con respecto a la enfermedad de la disautonomía , y se lleven a cabo campañas de información dirigidas a la ciudadanía, relacionadas con el cuadro sintomático de la misma, conforme al siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud, a evaluar e identificar la situación presente con el padecimiento de la disautonomia, y con base en los resultados, se instrumenten campañas informativas, respecto al cuadro sintomático que se le atribuye, y se generen recomendaciones puntuales para su diagnóstico oportuno.

Notas:

1. Véase. ¿Qué es Disautonomía?; Consultado: 29 de mayo de 2023. Disponible en: https://disautonomia.cl/que-es-disautonomia/#:~:text=nervioso%20autónom o.,con%20el%20sistema%20nervioso%20autónomo.

2. Véase. dysautonomia international; What is dysautonomia?. Disponible en:
http://www.dysautonomiainternational.org/page.php?ID=34

3. Véase. Secretaria de Salud. ?Disautonomía: la falla del sistema nervioso central autónomo?; 29 de mayo de 2023. Disponible en: https://www.gob.mx/salud/articulos/disautonomia-la-falla-del-sistema-ne rvioso-central-autonomo?idiom=es

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de Septiembre de 2023.

Diputada Olegaria Carrazco Macías (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader, a la Conapesca y al Inapesca a presentar información pública, referente a la especie Coryphaena Hippurus, mejor conocida como Pez Dorado, a cargo de la diputada Olegaria Carrazco Macías, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Olegaria Carrazco Macías , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde tiempos muy remotos, la actividad pesquera ha desempeñado un papel crucial como base para la alimentación a nivel mundial. Actualmente, las especies marinas son fuente de nutrientes esenciales e importantes para el suministro alimentario y, por consiguiente, son una fuente de empleo y medio de vida.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, por sus siglas en inglés (FAO) la pesca tiene una gran importancia social y económica, ello debido a que ?la producción mundial de animales acuáticos se estimó en 178 millones de toneladas en 2020; la pesca de captura contribuyó con 90 millones de toneladas y la acuicultura con 88 millones de toneladas; donde el valor total de la producción mundial se estima en 406,000 millones de dólares .?1

Dicha Organización ha sido enfática en la importancia que tiene la pesca en la forma de vida de las personas, toda vez que se estima que poco más de ?58,5 millones de personas trabajaban en 2020 a tiempo completo o parcial en la pesca y la acuicultura .?2

Lo anterior, tiene una razón esencial de ser, debido a que las especies marinas han sido, son y seguirán fungiendo como fuente significativa de proteínas, nutrientes esenciales y ácidos grasos omega-3 en la dieta de millones de personas en todo el mundo, aspecto que coloca a la actividad pesquera y sus recursos, como una fuente de seguridad alimentaria a nivel global y, de manera especial, de los países y comunidades con vocación pesquera.

En ese orden de ideas, se han emitido tratados internacionales que velan por la pesca sostenible y responsable, como medio que garantiza la seguridad alimentaria, tal es el caso de la ?Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial ? en 1996, la cual reconoce la pesca como un componente relevante para lograr la seguridad alimentaria a nivel mundial.

En el caso concreto de nuestro país, la pesca es un componente de suma relevancia, y es que nuestra ubicación geográfica ofrece espacios muy diversos para las distintas especies de organismos acuáticos, debido a la variedad de climas y las condiciones ecológicas existentes.

Lo anterior, se encuentra previsto en el ?Programa Nacional de Pesca y Acuacultura 2020-2024?, de cuyo contenido se advierte que la extensión territorial de nuestro país, al conformarse de ?1,964,375 km² el cual a su vez ostenta una gran variedad de sistemas costeros y marinos dentro de sus aguas territoriales: 12,500 km² de superficie de lagunas costeras y esteros; 6,500 km² de aguas interiores como lagos, lagunas, represas y ríos; además de la extensión de sus Litorales: 629,925 ha al Litoral del Pacífico y 647,979 ha al Litoral del Golfo de México y el Mar Caribe; y una Zona Económica Exclusiva de 200 millas marinas. ?3

Por lo anterior, un gran número de personas en México se dedican a esta actividad, ya que de conformidad con estimaciones realizadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ?a nivel nacional existen 213,246 personas que trabajan en la actividad pesquera, la cual, en comparación con otros sectores de la economía, esta ocupa el séptimo lugar por el número de personas que trabajan en ella. ?4

En nuestro país, se reconoce la explotación pesquera de 589 especies marinas, aunque las principales pesquerías se concentran en alrededor de 112 especies, no obstante, de manera reciente se ha generado la formalización de peticiones de organizaciones pesqueras para incluir especies que actualmente están catalogadas para la pesca deportiva exclusivamente, donde se requiere específicamente la apertura pesquera del coryphaena hippurus , mejor conocida como pez dorado.

Al dorado se le considera un pez que alcanza la madurez sexual en torno a los cuatro meses de vida y que crece muy rápido, y su pesca no se torna complicada debido que es una especie que vive cerca de la superficie (a no más de 10 metros de profundidad) y que para el ámbito culinario resulta de gran valor por su sabor único, lo que le hace muy versátil en la cocina, fungiendo en platillos tradicionales de algunos países como México, Panamá o Argentina.

El dorado es una especie altamente valorada en el mercado pesquero debido a su sabor, textura y versatilidad culinaria. En voz de las y los pescadores, la pesca comercial del dorado puede generar ingresos significativos para ellos y las comunidades pesqueras, contribuyendo así al desarrollo económico y a la sustentabilidad de tales actividades.

Actualmente, la mencionada especie se encuentra protegida bajo la disposición normativa del artículo 68 de la Ley General de Pesca y Acuicultura Sustentable para la pesca deportiva, por lo que para efectuar una posible modificación legal y consecuente apertura comercial, se requieren de elementos técnicos y científicos que fortalezcan las decisiones legislativas en un marco de publicidad y apertura total a la población.

Por lo anteriormente expuesto, y ante la demanda social que representa la apertura de la pesca comercial de la especie coryphaena hippurus , mejor conocida como pez dorado, se requiere que la autoridad cabeza de sector, y sus órganos públicos descentralizados, presenten públicamente los estudios y demás información consistente a la biología y ecología poblacional de dicha especie, al tenor del siguiente

Punto de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a que, en el ámbito de sus atribuciones y, de conformidad con sus programas y proyectos de investigación regulares, haga públicos los muestreos biológicos más recientes de las capturas de la pesca deportiva del pez dorado.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) así como al Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) a presentar públicamente la información sobre la biología y ecología poblacional de la especie coryphaena hippurus , mejor conocida como pez dorado.

Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) a emitir opinión técnica y científica respecto a la liberación del pez dorado de pesca deportiva a pesca comercial, y la haga pública.

Notas:

1. Véase. El Estado Mundial de la Pesca y la Acuicultura 2022; Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura; Consultado 17 de julio de 2023. Disponible en: https://www.fao.org/3/cc0461es/online/sofia/2022/world-fisheries-aquacu lture.html

2. Op. Cit.

3. Véase. Programa Nacional de Pesca y Acuacultura 2020-2024; Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca; Consultado 17 de julio de 2023. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609194&fecha=30/12/ 2020#gsc.tab=0

4. Véase. Cuéntame de México / Pesca y Acuacultura; INEGI; Consultado Disponible en: https://cuentame.inegi.org.mx/economia/primarias/pesca/default.aspx?tem a=e

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de septiembre de 2023.

Diputada Olegaria Carrazco Macías (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y a la CNSF a materializar acciones en favor de la noción pública del aseguramiento de siembras, especialmente en Sinaloa, a cargo de la diputada Olegaria Carrazco Macías, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Olegaria Carrazco Macías , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El aseguramiento de siembras, también conocido como seguro agrícola, es un proceso mediante el cual los agricultores protegen sus cultivos y su inversión contra los riesgos asociados a desastres naturales y eventos climáticos adversos.

Dicha forma de seguro agrícola tiene varios beneficios importantes tanto para los agricultores, como para los gobiernos en general, entre otros, la protección contra pérdidas económicas, la estabilidad y la seguridad alimentaria, el estímulo a la inversión agrícola, la estabilización económica regional y, la reducción de la pobreza rural.

Uno de los beneficios más evidentes del aseguramiento de siembras es que proporciona protección financiera a los agricultores, en caso de pérdidas causadas por desastres naturales como sequías, inundaciones, tormentas u otras condiciones climáticas extremas. Esto les permite recuperarse económicamente y continuar con sus actividades agrícolas, sin sufrir una crisis financiera.

Los desastres naturales pueden tener un impacto significativo en la producción de alimentos y la seguridad alimentaria de un país. El aseguramiento de siembras ayuda a garantizar una producción agrícola más estable al proporcionar a los agricultores los recursos necesarios para recuperarse rápidamente después de un desastre y reiniciar sus operaciones, lo cual también contribuye a mantener un suministro constante de alimentos y reducir la dependencia de las importaciones en momentos de crisis.

Al contar con la protección del seguro agrícola, los agricultores se sienten más seguros para invertir en sus cultivos y adoptar prácticas agrícolas más modernas y eficientes por lo que, cuando los productores están cubiertos en caso de desastres, se asumen mayores riesgos y se realizan inversiones que podrían aumentar la productividad y la rentabilidad a largo plazo.

El aseguramiento de siembras ayuda a mitigar los impactos catastróficos de la naturaleza, al proporcionar una red de seguridad financiera, por lo que en caso de la ocurrencia de un suceso adverso, los pagos de los seguros pueden ayudar a mantener la estabilidad económica, de tal forma que se evita una caída brusca en los ingresos agrícolas, así como efectos negativos en otros sectores económicos relacionados.

En América Latina, varios países han implementado programas de aseguramiento de siembras con resultados positivos. En países como Colombia y Perú, los programas de seguro agrícola han demostrado ser efectivos para enfrentar los riesgos asociados con los desastres naturales y han contribuido a la resiliencia del sector agrícola.

En el caso de México, se ha establecido un sistema de seguros agrícolas que ha beneficiado a miles de agricultores, ya que les ha proporcionado determinada protección y estabilidad económica. Lo anterior, debido a su ubicación geográfica y tipos de clima, además de que en las diversas regiones se desarrolla una agricultura de elevado riesgo climático, ello debido a que, con frecuencia la producción se ve afectada por bajos rendimientos en los cultivos y hasta la pérdida total de las cosechas, entre otros fenómenos dañinos, derivados de las intensas sequías, las inundaciones, las heladas tempranas y tardías, los vientos extremos y los huracanes destructivos.

El mercado de seguros agropecuarios en México tiene una amplia gama de producto, entre otros, los seguros comerciales de cosechas y ganado que se ofrecen por parte de las Instituciones de Seguros, las Sociedades Mutualistas de Seguros y por los Fondos de Aseguramiento.

En ese sentido, en el mercado de seguros en nuestro país, coexisten diversos actores que participan en el esquema de aseguramiento agrícola, entre los cuales destacan los Fondos de Aseguramiento, las Instituciones Seguros y la Agroasemex que funge como institución nacional de seguros.

Ahora bien, pese a la existencia de mecanismos financieros que atienden las posibles coyunturas ecológicas o desastres naturales que pudieran afectar las siembras, y demás aspectos agrícolas y ganaderos, se tiene noción de un amplio desconocimiento o reticencia de parte de los productores para el acceso a estos elementos de respaldo.

Aunado a lo anterior, se suman aspectos de riesgo como son los pronósticos negativos de la temporada de lluvias y ciclones tropicales para 2023, tal y como lo han señalado algunos expertos del Instituto de Ciencias de la Atmósfera y Cambio Climático (ICAyCC) de la UNAM al mencionar que ?el pronóstico para la temporada de huracanes 2023 en México, se sitúa dentro del rango histórico promedio; sin embargo, la intensidad de estos fenómenos podría aumentar debido al cambio climático ?1

Aunado a lo anterior, están las consideraciones de la propia Comisión Nacional del Agua (Conagua) la cual ha señalado que, para esta temporada de lluvias y ciclones tropicales, la posible ocurrencia es de entre ?16 y 22 sistemas por el Pacífico y entre 10 y 16 por el Atlántico .?2

Pese a las bondades del aseguramiento de siembras, la amplia disposición de tales mecanismos y los riesgos inminentes de las lluvias y tormentas para 2023, se conoce que son pocos los agricultores de que tienen aseguradas sus siembras ante alguna eventualidad por el clima.

Tan solo en mi estado, Sinaloa, y de acuerdo con las declaraciones del presidente de la Asociación de Agricultores del Río Presidio, Héctor Mario García Olvera, en entrevista a medios de comunicación, ha señalado que ?los productores de chile, hortalizas y maíz no tienen aseguradas al cien por ciento sus tierras ?3 .

Por todo lo expuesto, y ante la importancia económica que representa la vida agrícola para el estado de Sinaloa, y la gran cantidad de productos de consumo primario que se derivan de las cosechas en esta temporada, y la importante inversión que significa para productores y eventuales consumidores, se solicita respetuosamente a la autoridad en la materia, a que se amplíe la difusión pública de los beneficios de los seguros agrícolas, conforme al siguiente

Punto de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a ejecutar campañas informativas a los productores nacionales, especialmente a productores sinaloenses, respecto a los beneficios del aseguramiento de siembras.

Segundo . La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a ampliar el rango de cobertura y de beneficio del programa de seguro agrícola, en favor de cultivos de pequeños productores en el estado de Sinaloa.

Notas:

1. Véase: Disponible en: https://www.atmosfera.unam.mx/

2. Véase. CONAGUA; Gobierno de México, preparado para brindar apoyo a la población esta temporada de lluvias y ciclones tropicales 2023; 29 de mayo 2023. Disponible en: https://www.gob.mx/conagua/prensa/gobierno-de-mexico-preparado-para-bri ndar-apoyo-a-la-poblacion-esta-temporada-de-lluvias-y-ciclones-tropical es-2023?idiom=es

3. Véase. Marimar Toledo; Pocos agricultores aseguran sus siembras en época de huracanes; 16 de mayo 2023. Disponible en: https://www.elsoldemazatlan.com.mx/local/pocos-agricultores-aseguran-su s-siembras-en-epoca-de-huracanes-10070006.html

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de septiembre de 2023.

Diputada Olegaria Carrazco Macías (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE y a la CRE a revisar las fórmulas y recalcular las tarifas de energía eléctrica en Sinaloa, a cargo de la diputada Olegaria Carrazco Macías, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Olegaria Carrazco Macías , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A partir del 1 de mayo de 2023, entró en vigor el subsidio de verano de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para las cuales y dependiendo de cada localidad, se contempla el periodo de verano entre febrero y octubre, y para ellas se ofrece determinadas tarifas dependiendo el promedio mínimo de temperatura.

De acuerdo a lo anterior, las tarifas se aplican dependiendo de la temperatura que se registre en cada ubicación, conforme a lo siguiente:

? Tarifa 1A, 25 grados centígrados de temperatura media mínima en verano.

? Tarifa 1B, 28 grados centígrados.

? Tarifa 1C, 30 grados centígrados.

? Tarifa 1D, 31 grados centígrados.

? Tarifa 1E, 32 grados centígrados.

? Tarifa 1F, 33 grados centígrados.

El subsidio a que se hace referencia, es una estrategia del Gobierno federal, en la cual se emplean recursos públicos, con los cuales la Federación asume propio un porcentaje del costo total del consumo de la luz eléctrica para uso doméstico, durante los meses de temperaturas más altas.

Para el caso del estado de Sinaloa, se aplican diferentes tarifas en cada uno de los municipios: la tarifa 1D para Badiraguato, Concordia, Cosalá, Elota, Escuinapa, Mazatlán, San Ignacio y Rosario; la tarifa 1E en Angostura, Choix, El Fuerte, Mocorito, Sinaloa Municipio, y en las zonas rurales de Ahome, Guasave y Salvador Alvarado.

Si bien la medida se entiende como un apoyo económico para las y los habitantes que radican en localidades que registran altas temperaturas, para que sus bolsillos no se vean afectados por el uso de aire acondicionado y sistemas de refrigeración, lo cierto es que, derivado del uso de tales dispositivos puede superarse el límite del consumo y perder el beneficio de las tarifas más económicas.

Al respecto, la CFE explicó la forma en que operaría el subsidio de luz eléctrica para 2023, y precisó que respecto de la tarifa 1F , la aportación gubernamental se incrementa de 200 kilowatt-hora (kwh) a 2 mil 500 kwh de manera mensual y, en el caso de los clientes que reciben la facturación bimestral, aumenta de 400 kwh a 5 mil kwh.

Para el caso de la tarifa 1E , el respaldo federal aumenta de 200 a 900 kwh mensual y de 400 a mil 800 kwh bimestral; y en la tarifa 1D la aportación gubernamental se incrementa de 200 kwh a 600 mensual y de 400 kwh a mil 200 bimestral

En muchos hogares, especialmente de esta región, se usan ventiladores o, en algunos casos, aires acondicionados, mejor conocidos como ?minisplits? con el propósito de minimizar los estragos del calor.

Si bien, la CFE ha emitido recomendaciones que pudieran implementarse durante los meses en que se aplica el subsidio, como son el generar mantenimiento al aire acondicionado al iniciar la temporada de calor y limpieza periódica a los filtros; mantener el equipo de refrigeración a una temperatura entre 24 y 25 grados, además de encenderlo por periodos y al apagarlo apoyarse con abanicos o ventiladores, lo cierto es que tales consideraciones son inviables cuando, se carece de los medios económicos para soportar nuevas adquisiciones o mantenimientos, o cuando la temperatura hace imposible suspender el uso de climas o aires acondicionados.

Dicha situación genera angustia en las familias debido a la pérdida del subsidio, lo cual tiene como consecuencia el incremento que genera el consumo del servicio energético, además de su obligada carga económica para las y los pobladores que, en su mayoría, hacemos uso de tales electrodomésticos.

Es importante señalar que, de manera reciente en nuestro país, hemos padecido una ola de calor presente desde el 1 de junio, y que diversos estados como Sinaloa, ha experimentado temperaturas máximas de 38 grados centígrados durante el día, de acuerdo con los datos recabados en la Estación Climatológica, ubicada en la Facultad de Biología de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Por su parte, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) emitió una alerta para 30 de los 32 estados que conforman la República, donde sobresale Sinaloa con un pronóstico máximo de 45 grados centígrados.

Sobre el particular, la autoridad local en materia de salud ha informado que, durante esta ola de calor, siete personas han manifestado síntomas de golpe de calor, las cuales han tenido que ser atendidas en hospitales, y se ha registrado un deceso a causa de las altas temperaturas.

Derivado de lo anterior, esta representación busca que Sinaloa sea favorecida por la CFE, respecto a la reconsideración de la tarifa eléctrica de nuestra región, ya que con ello se coadyuvaría en la reducción del impacto de la ola de calor en nuestra entidad y se generaría un apoyo significativo en el bolsillo de las y los ciudadanos que en su mayoría hacemos uso de electrodomésticos para reducir los efectos del calor en nuestros hogares.

Por todo lo expuesto, y con el propósito de beneficiar a la población del norte del país, especialmente del estado de Sinaloa, a que se generen acciones que permitan beneficiar a la mayor parte del territorio de dicha entidad federativa con una tarifa homologada en el territorio, y reconsiderar las fórmulas y recalcular las tarifas de energía eléctrica, conforme al siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Comisión Federal de Electricidad, a reconsiderar la homologación de la tarifa 1F para todos los municipios de Sinaloa.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Comisión Reguladora de Energía, a revisar las fórmulas y recalcular las tarifas de energía eléctrica en el Estado de Sinaloa.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de septiembre de 2023.

Diputada Olegaria Carrazco Macías (rúbrica)


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