Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Consar a modificar la redacción del sexto párrafo del artículo 387 de la circular única operativa, publicada por la SHCP el 8 de agosto de 2023, donde realizó modificaciones y adiciones a disposiciones de carácter obligatorio para los sistemas de ahorro para el retiro, a cargo de la diputada Mariana Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada federal Mariana Erandi Nassar Piñeyro, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 79, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

1. El 1 de julio de 1997 entró en vigor la nueva Ley del Seguro Social, que cambió el sistema pensionario del IMSS, creando un sistema de cuentas individuales administradas por instituciones financieras privadas y una del Estado, las Administradoras de Fondos para el Retiro, Afores; dejando atrás un esquema de beneficio definido que garantizaba una pensión de casi el total del promedio del último salario recibido.1

2. A partir de esta reforma, el monto de la pensión se constituyó de un porcentaje aportado por el empleador y otro por el trabajador, además de generar una opción -obligación- para hacer aportaciones voluntarias con el objetivo de aumentar la pensión. Este sistema inició con 22 Afores, 10 millones de trabajadores y poco más de 500 millones de pesos. Actualmente el Sistema de Ahorro para el Retiro, SAR; gestiona 73.7 millones de cuentas con 55.4 millones de trabajadores registrados con un monto aproximado de 5.5 billones de pesos.2

3. Bajo este esquema, los montos de pensiones se reducen significativamente, para la llamada “Generación Afore” que ya arroja a los primeros pensionados, estos han recibido entre el 20 y 30 por ciento de su último salario promedio, según datos de la propia Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, esto es que con la Ley 73, un pensionado con 500 semanas de cotización, puede tener acceso a una pensión promedio de 7 mil a 8 mil pesos, con la opción de incrementarse por las semanas cotizadas y el último salario recibido llegando a cobrar 30 mil pesos mensuales. Sin embargo, en la Generación Afore, las pensiones promedio se encontraban entre 4 mil y 5 mil pesos, además de que el mínimo para pensionarse era de 1250 semanas de cotización, pero gracias a la reforma del 2021 este requisito es de 750 semanas con lo que el monto de la pensión ha llegado a 8 mil pesos mensuales en promedio.

4. Sin embargo, cuando el trabajador o pensionado fallece, inicia un proceso para las personas beneficiarias, que puede tardar varios meses o en su caso años dependiendo de la calidad de beneficiario; legal o sustituto. En este último caso, el procedimiento es de carácter jurídico, pues se requiere una resolución de autoridad judicial determinando dicho vínculo con el trabajador o pensionado fallecido.

5. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, complicó aún más el proceso para los beneficiarios, ya que en su Circular Única Operativa, de fecha 8 de agosto de 2023, en su quinto párrafo dispuso que: “...Cuando la Cuenta Individual aun tenga recursos cuyo fin sea específico, pero que no existan Beneficiarios legales, la Administradora de que se trate podrá entregarlos a los Beneficiarios designados en términos del segundo párrafo del artículo 193 de la Ley del Seguro Social, siempre que exista resolución emitida por una autoridad competente que resuelva sobre la inexistencia de Beneficiarios legales en términos de la normatividad aplicable...”.3

6. Este último enunciado del sexto párrafo de la referida Circular Única Operativa, contradice lo que determina el segundo párrafo del artículo 193 de la Ley del Seguro Social, donde afirma que: “...En caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual que en términos de las disposiciones legales puedan entregarse en una sola exhibición por no tener otro fin específico, a los beneficiarios designados expresamente en los contratos de administración de fondos para el retiro que las Administradoras de Fondos para el Retiro celebren con los trabajadores, en la proporción estipulada para cada uno de ellos...” Es decir, no se contempla ninguna resolución de autoridad competente que resuelva sobre la inexistencia de beneficiarios legales.

7. El artículo 193, fue reformado en la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, presentada por el titular del Poder Ejecutivo, aprobada por la Cámara de Diputados y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020.4 Y en la exposición de motivos, expresamente se afirma que: “...en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, los beneficiarios designados, no tengan que acudir a una instancia judicial para ejercer sus derechos, respetando los que les corresponden a estos...”.5

8. Sin embargo, los propios institutos de seguridad social en sus diferentes esquemas de información prevén que, en caso del fallecimiento del trabajador o pensionado, se consiga la designación de beneficiario por parte de la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, con lo que en los hechos no se aplica la normatividad en la materia y se vulneran los derechos de las personas designadas como beneficiarios, conforme al artículo 193 de la Ley del Seguro Social.

9. Por lo tanto, se exhorta a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, que modifique la redacción del sexto párrafo del artículo 387 de la Circular Única Operativa, publicada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha 8 de agosto de 2023, donde realizó modificaciones y adiciones a disposiciones de carácter obligatorio para los sistemas de ahorro para el retiro

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único . Se exhorta a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, para que modifique la redacción del sexto párrafo del artículo 387 de la Circular Única Operativa, publicada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha 8 de agosto de 2023, donde realizó modificaciones y adiciones a disposiciones de carácter obligatorio para los sistemas de ahorro para el retiro, y dé cumplimiento al segundo párrafo del artículo 193 de la Ley del Seguro Social.

Notas:

1 www.dof.gob.mx

2 www.gob.mx/consar/

3 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/848505/Modificaciones_CU O_20230808.pdf

4 Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, en http://gaceta.diputados.gob.mx/ consultado en octubre de 2023.

5 Idem, página 9

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2023.

Diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la SRE a realizar las acciones necesarias para rescatar a los mexicanos que se encuentran atrapados o desaparecidos en la zona de conflicto israelí y palestino, a cargo de la diputada Laura Barrera Fortoul, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Laura Barrera Fortoul, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 65, numeral 4; 79, numeral 2; 82, numeral 2, 100, numeral 2; 113 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a la persona titular del Poder Ejecutivo federal y a la persona titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores para que realicen todas las acciones necesarias para rescatar a los mexicanos que se encuentran atrapados o desaparecidos en la zona de conflicto Israelí y Palestino.

Consideraciones

I. El pasado 7 de octubre, Israel fue atacado por las organizaciones terroristas dirigidas por Hamás, sin ningún motivo, ni acción preliminar por parte de Israel. Además, este ataque se produce después de un largo período en el que Israel ha estado tratando de lograr la calma en la Franja de Gaza mientras realiza grandes esfuerzos para mejorar la situación de los civiles en este territorio, el ataque demuestra una vez más, que Hamás no está interesado en lo más mínimo en el bienestar de los civiles de la Franja de Gaza, y los ve como meros peones en sus esfuerzos por dañar a los civiles israelíes. Las organizaciones terroristas son un brazo del régimen de los ayatolás en Irán, que promueve activamente la actividad terrorista en Israel y contra objetivos israelíes y judíos en todo el mundo.

II. Derivado de estos aberrantes ataques, cientos de civiles murieron, otros tantos fueron tomados como rehenes, a través de los medios de comunicación hemos visto imágenes completamente inhumanas que muestran a niños, muchos de ellos ahora huérfanos y a mujeres siendo tomadas a la fuerza por este grupo extremista, hemos sido testigos de crímenes de guerra y violaciones flagrantes a derechos humanos.

III. En consecuencia, un número aún indeterminado de connacionales fue sorprendido por estos hechos y se encuentran atrapados entre los ataques o en calidad de desaparecidos.

IV. Informes periodísticos informan de un número aproximado de quinientos mexicanos en los territorios de Palestina e Israel.

V. La protección de los mexicanos en el exterior, es una facultad establecida para la Secretaría de Relaciones Exteriores en el artículo 28, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en el artículo 2, fracción II de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, especialmente en casos como el que se está viviendo en los territorios de Palestina y el estado de Israel.

VI. Se han documentado solicitudes a través de redes sociales, que señalan el deseo y necesidad de asistencia a mexicanos que se encontraban de visita, en tránsito o radicados en la zona de guerra; es el caso del equipo mexicano de gimnasia rítmica femenil.

VII. Ante la gravedad y urgencia de la lamentable situación que se vive en esa región es fundamental que las autoridades correspondientes actúen de la manera más pronta y expedita, no podemos ser indiferentes a la situación de riesgo en la que se encuentran nuestros connacionales.

Por todo lo anterior, se somete a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición, de urgente y obvia resolución, con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la persona titular del Poder Ejecutivo federal y a la persona titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores para que realicen de manera urgente todas las acciones necesarias para rescatar a los mexicanos que se encuentran atrapados o desaparecidos en la zona de conflicto Israelí y Palestino.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2023

Diputada Laura Barrera Fortoul (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a implementar las acciones necesarias para la restauración de viviendas, escuelas, carreteras y negocios de las zonas afectadas en el estado de Guerrero por el paso de la tormenta tropical Max, a cargo del diputado Reynel Rodríguez Muñoz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Reynel Rodríguez Muñoz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción ll, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Derivado de la localización geográfica del estado de Guerrero año con año es uno de los más afectados por desastres naturales. Para este 2023 la situación no es excepcional, pues la tormenta tropical Max ha dejado estragos de relevancia para las familias guerrerenses.

Esta vez fue en Petatlán, en la Costa Grande donde tocó tierra el pasado lunes 10 de octubre dejando a su paso inundaciones, derrumbes de viviendas, cortes carreteros, deslaves, caídas de bardas, árboles, postes, ríos desbordados, lo más lamentable personas lesionadas y desaparecidas.

Los mayores daños se reportaron en el municipio de Tecpan, donde al menos 79 casas se inundaron, mientras que otras cuatro se derrumbaron. Lamentablemente estos no son sucesos que las y los guerrerenses no conozcamos.

Respecto a las afectaciones en las carreteras, se reportó que el tramo federal Acapulco-Zihuatanejo está gravemente dañado haciendo difícil el acceso para ayuda y comunicación con nuestros paisanos y paisanas.

Esta misma situación se vivió en por lo menos seis municipios más, estimando afectaciones de por lo menos tres mil 800 viviendas y negocios, y esto sin contar los daños en 300 comunidades serranas, que de por sí es difícil el acceso, con estas condiciones se complica aún más.

Algunos de los municipios que más daños han presentado hasta el momento son de 37 derrumbes de los cuales 12 son de Acapulco, 14 de Atoyac de Álvarez, cinco en Petatlán, uno en Coyuca de Benítez y uno en Tecpan de Galeana.

Aunado a ello se presentaron lluvias fuertes en 17 municipios más, esto durante seis días. Y no solo hablamos de las viviendas dañadas, sino también de las escuelas, según reportes de protección civil cinco escuelas presentan inundaciones, cuatro en Acapulco y una en Tecpan.

Desafortunadamente no solo se han vivido afectaciones en las zonas de Costa Grande y Acapulco, sino también en Tierra Caliente, aquí encontramos que el camino que va desde la comunidad de El Paraíso en Atoyac de Álvarez, hasta Lindavista en San Miguel Totolapan quedó destruido luego de las intensas lluvias, dejando incomunicadas a una decena de poblaciones.

Es lamentable la situación que se vive en Guerrero año con año, y más desafortunado aunque ya no exista el Fideicomiso de Fondo de Desastres Naturales (Fonden), que en gran parte era el que hacía frente a este tipo de fenómenos. Sin duda el estado de Guerrero reciente este tipo de decisiones que se han venido tomando, porque somos de los más afectados año con año por desastres naturales, esta vez fue una tormenta tropical, pero no se descartan los huracanes, olas de calor y sismos.

Se entiende que ya fueron asignados con medida de urgente la entrega kits de higiene, utensilios de limpieza como escobas y cubetas, además de otros insumos, sin embargo, tenemos que ser claros que con eso no se reconstruyen las casas, carreteras, escuelas y negocios.

Por lo cual, solicito de manera puntual y urgente el apoyo para la región de la Costa Grande de Guerrero y todas las zonas afectadas. Entendamos que esta es una población que subsiste por medio de la agricultura y como segunda actividad principal tienen a la ganadería, por lo tanto, con este tipo de fenómenos naturales sus ingresos quedan totalmente a la deriva.

Según la Encuesta Nacional de Empleo, las ocupaciones con más trabajadores durante el segundo trimestre de 2023 en Guerrero fueron: trabajadores en el cultivo de maíz y/o frijol y en segundo lugar los trabajadores de apoyo en actividades agrícolas y en tercero los comerciantes en establecimientos.

Cada una de estas actividades el día de hoy se encuentran paralizadas, por lo que se debe priorizar el recurso para que puedan reparar sus viviendas, escuelas, negocios y carreteras

Es por lo anteriormente expuesto, que el diputado que suscribe pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno federal a implementar las acciones necesarias para la restauración de viviendas, carreteras y negocios de las zonas afectadas en el estado de Guerrero por el paso de la Tormenta Tropical Max.

Notas:

1 El Financiero, Enrique Villagómez, Guerrero activa ‘emergencia’ en 4 municipios tras paso de ‘Max’; ayudará a damnificados, 12-10-2023, disponible en; https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2023/10/12/guerrero-activa-emer gencia-en-4-municipios-tras-paso-de-max-ayudara-a-damnificados/

2 El Universal, Rocío Melgoza Delgado, Tormenta tropical “Max”. Emiten declaratoria de emergencia para 4 municipios de Guerrero, 10-12-2023, disponible en; https://www.eluniversal.com.mx/estados/tormenta-tropical-max-emiten-dec laratoria-de-emergencia-para-4-municipios-de-guerrero/

3 Gobierno de México, Guerrero, disponible en; https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/guerrero-gr?redir ect=true#population-and-housing

4 Milenio, Javier Trujillo y Amílcar Salazar Méndez, Tormenta Tropical Max deja daños a carreteras de Guerrero, 11-10-2023, disponible en; https://www.milenio.com/estados/en-guerrero-municipios-tienen-afectacio nes-por-tormenta-tropical

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, 12 de octubre de 2023.

Diputado Reynel Rodríguez Muñoz (rúbrica)


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