Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6210-III, miércoles 8 de febrero de 2023
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6210-III, miércoles 8 de febrero de 2023
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a capacitar y certificar a los ganaderos de Sonora de bajos recursos económicos que así lo soliciten, en la colocación de aretes de identificación de ganado, a cargo del diputado Bernardo Ríos Cheno, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito Bernardo Ríos Cheno, diputado por el distrito IV, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a escrutinio de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes
Consideraciones
La ganadería, Es una actividad del sector primario que consiste en el cuidado y alimentación de cerdos, vacas, pollos, borregos, abejas, entre otros animales, para aprovechar su carne, leche, huevos, lana, miel y otros derivados para consumo humano. En 2019, En 2019, había 34,037,141 cabezas de ganado bovino de las cuales el 45.3 % eran vacas para cría de becerros o producción de leche, en cuanto a ganado porcino, se estimaron 14 millones de cabezas en México, de las cuales el 66.8 % estaban en desarrollo o engorda.1
Según datos publicados por Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, la ganadería es una actividad del sector primario que consiste en la cría, tratamiento y reproducción de animales domésticos con fines de producción para el consumo humano. Esta práctica es muy antigua y forma parte importante de nuestra economía.2
Para entender la importancia de una fecha como esta es necesario conocer los números que presenta el subsector, y que se mencionan a continuación:
• En nuestro país, se destinan alrededor de 109.8 millones de hectáreas para el sector ganadero.
• 842 mil personas alimentan y cuidan al hato ganadero.
• México es el 11 productor mundial de ganadería primaria.
• De los 51.9 millones de mexicanos que trabajan, 739 mil se dedican a la cría y explotación de especies ganaderas.
• En 2017, se produjeron 11,807.5 millones de litros de leche provenientes del bovino.
La ganadería en México, se ha convertido en una actividad fundamental para la economía del país, se considera como un soporte importante en el proceso de captación de divisas, que se basan en la exportación de ganado en pie como en productos procesados.
El Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, señala que la ganadería en México, como proveedora de alimentos y materias primas de origen animal, constituye una de las principales actividades económicas del sector primario del país. El inventario de la población ganadera registra el número de cabezas por especie-producto en un momento determinado del año, para tener una referencia de la capacidad productiva con la que cuenta cada entidad para el periodo de producción que está por iniciar.
Lo anterior, conlleva a que se requiera un sistema de identificación y registro muy detallado del ganado, situación por la que surge el “Sistema de Identificación Individual del ganado” que permite establecer las bases para mejorar, fortalecer y enlazar otros sistemas de información relacionados con el ganado. Contempla asignar una numeración única, permanente e irrepetible durante toda la vida del animal para conformar un banco central de información.3
EL Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado (Siniiga) es un programa que responde a una política de Estado, con el propósito de identificar animales, recabando, integrando y administrando la información desde su origen (nacimiento o importación) hasta su baja (muerte o exportación); estableciendo un Banco Central de Información.
Es importante destacar, que los aretes para la identificación de ganado constituyen un elemento fundamental para la producción ganadera: son los registros de identidad de los animales. Estos aretes, que son requisito legal en muchos países, ayudan a identificar a individuos específicos y a la manada a la que pertenecen. Aunque anteriormente existían limitaciones en la marcación de estos aretes, hoy en día existen muchas maneras de hacerlo.4
En 2015, la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación (Sagarpa) anunció la expedición de la Norma Oficial Mexicana (NOM) para hacer obligatorio el uso de aretes de identificación para el hato ganadero y aseguró que entregaría de manera gratuita aretes, con una inversión, en 2015, de alrededor de 120 millones de pesos. Con esta medida, se pretendió que el aretado de animales ayudará a atacar el abigeato (robo de ganado) y brindará certeza a productores, comercializadores y consumidores de productos cárnicos, ya que mediante este mecanismo de trazabilidad podrán identificar de dónde viene y a quién pertenecen los animales que se consumen.
En 2019, La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) informó que aplicará en todo México un precio único de 30 pesos para el areteo de ganado, con el fin de combatir la corrupción y transparentar el servicio5 .
Debido a las numerosas quejas y demandas de ganaderos de diferentes estados tanto del norte como del sur de la República Mexicana, como son: Sonora, Veracruz, Oaxaca, etc, en las que se inconforman por los abusos por parte de las ventanillas del SINIIGA y de las asociaciones ganaderas, por lo que hace al cobro por la colocación de los medios de identificación (aretes), es que, se considera importante que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), establezca campañas de capacitación y que ésta sea certificada para que, los ganaderos que sí lo consideren y soliciten, puedan colocar los aretes o medios distintivos y de identificación requeridos así como elaborar los registros necesarios para que sean entregados de manera puntual a la institución o secretaria correspondiente.
Con lo anterior, se busca romper con los patrones de corrupción y abuso que se dan por parte de los encargados y facultados de la venta y colocación de aretes o de cualquier medio identificación del ganado; y a su vez, impulsar y proteger la economía de los ganaderos.
Cabe mencionar que, el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado (Siniiga), lo inició el estado mexicano operando incluso con la distribución de aretes para la identificación del ganado gratuitos, después le agregaron una pequeña cuota de recuperación de 5 pesos, después lo ascendieron a 10, para luego concesionarlo a la Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas (CNOG) y de ésta hacer una normativa, un negocio. El arete una vez concesionado le cuesta 6 pesos a la CNOG y no obstante recibe apoyos de SADER para la adquisición de los mismos y la CNOG se los vende a las Uniones Ganaderas Regionales en 16 pesos. En Sonora la UGRS se los vende en 30 pesos a las 98 Asociaciones Ganaderas Locales (AGL) de la entidad, para que ésta última, que es la que hace la labor de venta entre sus agremiados, los acomode en 40 pesos.6
El tesorero de la Unión Ganadera Regional de Querétaro (UGRQ), Benito Sánchez Sanabria, dio a conocer que el precio del arete del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado (Siniiga), registró un incremento en los últimos meses provocando con ello una afectación entre el sector ganadero para llevar a cabo el aretado.7
Las afectaciones que ha tenido el sector ganadero a causa de la pandemia Covid-19, se agudiza con el aumento en el costo del arete, identificación que para muchos productores pecuarios es imposible costear dado el número de animales que tienen, pues de 30 a 45 pesos aumentó el costo del arete, adicional a los gastos de colocación.
Motivo por el cual, la capacitación certificada a ganaderos o apicultores para la colocación de los sistemas de identificación de su ganado o colmenas, resulta ser imperante, y que dicha capacitación sea conforme a lo dispuesto a la Norma Oficial Mexicana por parte del Sistema para Identificación Animal para Bovinos y Colmenas.
En dicha capacitación se debe realizar una evaluación técnico-práctica, para que se garantice la correcta aplicación del identificador, así como del llenado de las cédulas de identificación y la caligrafía y el cumplimiento de los requisitos señalados en la NOM, situación que representará un ahorro en dinero y tiempo, pues, no existirá la necesidad de estar esperando a un técnico, el cual aplica una tarifa por ese trabajo.
De acuerdo a la Ley Federal de Sanidad Animal, se especifica el uso de campañas y de certificación que deben estar basadas en las normas oficiales mexicanas o las disposiciones de sanidad animal o de buenas prácticas pecuarias que emita la Secretaría.
Por lo tanto, el objetivo del presente punto de acuerdo es que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) realice una serie de talleres de capacitación en donde se certifique a los ganaderos de bajos recursos económicos, que así lo soliciten, en la colocación de aretes de identificación de ganado, a efecto de que, de manera complementaria y paralela a las Asociaciones Ganaderas, puedan realizar la colocación de aretes de identificación al ganado de su propiedad, con lo cual puedan hace frente a las condiciones naturales y económicas a las que se enfrentan los ganaderos del estado de Sonora.
Con la capacitación y certificación, los pequeños productores podrán comprar los aretes identificadores en las ventanillas o con las asociaciones ganaderas, ahorrándose el costo de colocación de los aretes identificadores, pero también se estarían ahorrando el tiempo de espera del personal Técnico Autorizado, desde luego con esta acción se evitaría un tema de corrupción y abuso hacia los pequeños ganaderos.
Por lo anterior, someto a consideración de las y los legisladores que integran el pleno de la Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) para que, en el ámbito de su competencia y facultades, capacite y certifique a los ganaderos de Sonora de bajos recursos económicos que así lo soliciten, en la colocación de aretes de identificación de ganado, a efecto de que, de manera complementaria y paralela a las Asociaciones Ganaderas, puedan realizar la colocación de aretes de identificación al ganado de su propiedad.
Notas:
1. https://www.cuentame.inegi.org.mx/Economia/primarias/gana/default.aspx
2. https://www.gob.mx/siap/articulos/la-ganaderia-simbolo-de-fortaleza-del-campo-mexicano#:~:text=
1%20En%20nuestro%20pa%C3%ADs%2C%20se%20destinan%20alrededor%20de,y%20explotaci%C3%B3n%20de%
20especies%20ganaderas.%20Mas%20cosas...%20
3. https://www.siniiga.org.mx/
4. https://www.interempresas.net/Plastico/Articulos/165894-Aretes-para-la- identificacion-de-ganado.html
5. https://www.20minutos.com.mx/noticia/840145/0/establece-sader-30-pesos-colocacion-arete
-identidad-ganado/#:~:text=La%20Secretar%C3%ADa%20de%20Agricultura%20y%20Desarrollo%20Rural%20%
28Sader%29,de%20combatir%20la%20corrupci%C3%B3n%20y%20transparentar%20el%20servicio
6. https://elsoberano.mx/plumas-patrioticas/siniiga-un-negociazo-al-margen -de-la-ley/
7. https://www.revistacebu.com/noticias/item/6146-incremento-precio-de-are tes-de-ganado
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Bernardo Ríos Cheno (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a abstenerse de realizar opiniones relativas al régimen interno de Nuevo León, respetando el régimen federalista, la autonomía, las rendiciones de cuentas, la gobernabilidad y los procesos correspondientes a dicha entidad, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal se abstenga de opinar simplemente por afinidad política en cuanto a los problemas de Nuevo León, respetando la autonomía y la división de poderes de los estados libres y soberanos, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1.- La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece en artículo, 27, fracción I, lo siguiente:
“Artículo 27.- A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Formular y conducir la política interior que competa al Ejecutivo federal y no se atribuya expresamente a otra dependencia; fomentar el desarrollo político; contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la formación cívica y la participación ciudadana, salvo en materia electoral; facilitar acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y las leyes, se mantengan las condiciones de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad democrática;”
Más adelante, en la fracción III del citado artículo, de la misma Ley, se establece:
“III. Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo federal. Asimismo, conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones del Poder Ejecutivo con los partidos políticos, organizaciones sociales y demás instituciones de la sociedad civil. Los titulares de las unidades de enlace legislativo de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal serán designados por el secretario de Gobernación y estarán adscritos administrativa y presupuestalmente a la secretaría o dependencia respectiva;”
De conformidad a dicho fundamento, se realiza la presente propuesta.
En Nuevo León, estado libre y soberano conforme a la Constitución federal, es un estado que ha vivido el cambio democrático con interés y con profunda decepción, hemos pasado del experimento independiente hasta el hoy gobierno basado en podcast y en likes de redes sociales.
Hoy sufrimos en Nuevo León, lo peor de la vieja política llevada a cabo por jóvenes que desconocen la realidad del estado, ni siquiera saben cómo viven los pobres, carentes de toda sensibilidad y repetidores de prácticas donde la mentira dicha mil veces pretende venderse como verdad, el aplauso es reemplazado por el like y la propaganda es la única política pública en el gobierno.
2.- El gobierno de Samuel García ha llegado a gastar 8 millones de pesos al mes según el periódico El Financiero para sus “pautas” , solo en Facebook, además de instagram y tiktok. Un gobierno que en 2022 tuvo el año más violento en los últimos 10 años, por el número de homicidios dolosos que ocurrieron en nuestro estado. Solo en enero de este año cerramos con 90 asesinatos y acabamos de abrir febrero con una nueva masacre en el municipio de Guadalupe. Este es el gobierno de la nueva política que solo sabe de anunciar y nunca de dar cuentas, que pretende ser influencer cuando deberían ser gobierno de seriedad atendiendo problemas urgentes y dándoles solución.
Nuevo León fue en 2022 el estado con más feminicidios del país, por increíble que parezca. Es hoy tristemente uno de los cuatro estados que más pobreza ha creado en 2022 según el último informe del Coneval y un estado que padece de la falta de sensibilidad social en todo el gabinete de gobierno estatal. Se recordará cuando el gobernador y su esposa jugaron a la casita con un infante que tomaron sin seguir ningún control y fuera de toda legalidad de un Centro Capullos solo para vestirlo de color naranja y ponerle una camisa de los tigres y claro, tomarse selfies con él.
3.- Nuestro estado esta lleno de contaminación que apenas concede 30 millones de pesos anuales para mejorar el ambiente y que le concede a las empresas más contaminantes y a los casineros del Estado descuentos en los impuestos que servirían para obtener recursos necesarios para atender la remediación de niveles tan graves y alarmantes altos de contaminación ambiental, como que en 2022 el 100 por ciento de los meses de todo el año se tuvo mala calidad del aire en la zona metropolitana de Monterrey afectando siempre más a los menores de 6 años y mayores de 60.
Tenemos un pésimo transporte público que, debido a su poca capacidad y desgobierno, está en el peor momento de su historia, con una línea completa del metro detenida, un déficit de 1 mil 600 camiones de ruta que hoy ocasionan esperas y filas de hasta 2 horas para la gente que no tiene otra forma de trasladarse si no es en este medio de transporte y las tarifas más caras del país. Solo anuncios, anuncios y más anuncios en lugar de respuestas claras es lo que ofrece el gobernador Samuel García.
Sufrimos la indignante falta de agua por casi 90 días en toda la zona metropolitana por falta total de prudencia, entendimiento y el amiguismo como práctica de gobierno al instalar un urbanista sin experiencia alguna en el tema en la empresa Agua y Drenaje de Monterrey. Imagine usted no tener agua corriente una semana, ahora imagine 3 meses sufriendo uno de los calores más agobiantes de todo México, sin agua, en medio de toneladas de explicaciones sin sentido y total falta de técnica y profesionalismo para resolver este grave problema que vino a resolverse temporalmente solo porque la naturaleza llegó milagrosamente y dejó que la lluvia llenara de agua un poco las presas, mismas que apenas en enero ya están al 15 por ciento de su capacidad. Nos volveremos a quedar sin agua por culpa de un muchacho que prefiere hablar del nuevo estadio de fútbol que de la estrategia y la inversión en infraestructura necesaria para que la región más importante para hacer negocios no se quede sin lo mínimo necesario para vivir: el Agua Potable.
4.- Así las cosas, no puede aceptarse que el Presidente de la República diga que el juicio político para el supuesto gobernador de Nuevo León tiene qué ver con grilla.
El gobierno federal, debería mejor atender los reportes de su Sistema Nacional de Seguridad Pública, del Coneval, de la Conagua, de la Secretaría de Medio Ambiente y todas las instituciones de su gobierno, para darse cuenta que el juicio político es por el desgobierno de alguien incapaz e insensible, alguien a quien el mismo secretario de gobernación federal acusó de ser una persona que no cumple, cuando le ofreció los votos de los diputados y senadores de su partido para apoyar la permanencia en las calles de la Guardia Nacional y simplemente no le dio ninguno finalmente.
Por todo lo anterior Samuel García se gana el sólo un juicio político. Para evitar que su superficialidad, incapacidad, su lejanía de los más necesitados, su soberbia y su obvia frivolidad destruya más a nuestro estado, cuna de muchas de las más grandes empresas de México y de una de las sociedades más productivas de toda Latinoamérica.
Exigimos al titular del Ejecutivo federal, que deje de intervenir en Nuevo León sin antes revisar la información completa de lo que acontece en el estado. Deje de acusar sin saber y mejor señale con nosotros las causas de su notoria incapacidad, para que en Nuevo León apoye a quienes quieren lo mejor para su pueblo. Que el gobierno federal decida si quiere estar de lado de quienes gobiernan de espaldas a su pueblo o de frente a él. Decida apoyar a Nuevo León, en lugar de a su pésimo gobernador que hoy nos tiene como nunca, exigiendo que se ponga orden en uno de los estados más importantes de nuestro país.
Todo ello, sin olvidar que, es el congreso local del Estado al que conforme a sus facultades, y la gravedad de los hechos denunciados, al que le corresponde procesar esa denuncia de juicio político, respetando en todo momento el derecho de audiencia y la aportación de las pruebas correspondientes.
Por lo anteriormente expuesto se presenta la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que se abstenga de realizar opiniones relativas al régimen interno de Nuevo León, respetando el régimen federalista, la autonomía, la rendición de cuentas, la gobernabilidad, los procesos correspondientes en dicha entidad.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Ciudad de México, a 8 de febrero de 2023.
Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT, en coordinación con el estado de Nuevo León, a realizar acciones de mantenimiento y conservación de las carreteras y caminos rurales del sur de la entidad, a cargo del diputado Juan Francisco Espinoza Eguía, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Juan Francisco Espinoza Eguía, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Las vías de comunicación principalmente las carreteras, constituyen obras de infraestructura básica y elemental para promover y detonar el crecimiento económico de un país, un estado o un municipio, dado que a través de estos caminos y carreteras ya sean federales, estatales o rurales, es donde transitan miles de bienes y/o productos de consumo, así como permite el desplazamiento de personas.
Vale la pena destacar que la Red Nacional de Caminos cuenta con un total de 780 mil 511 kilómetros de infraestructura que incluyen carreteras pavimentadas y caminos rurales. De forma detallada, 174 mil kilómetros corresponden a carreteras pavimentadas, 50 mil kilómetros a carreteras federales; 102 mil a carreteras estatales; 21 mil son municipales; y 10 mil kilómetros son carreteras de cuota.
De forma particular, el estado de Nuevo León se encuentra intercomunicado tanto al interior de la República como con los Estados Unidos a través de los más de 5 mil 655 kilómetros de carreteras que se encuentran en la entidad y que contemplan caminos rurales, carreteras municipales, estatales y federales, así como de cuota.
Desde la carretera número 54 y 40 que conecta con el norte y noreste del estado, y por las cuales se llega a transportar hasta el 30 por ciento de las importaciones del país con destino a la Ciudad de México; hasta la carretera 57 (materia de este exhorto) que conecta con la zona citrícola al sur del estado; todas y cada una de las carreteras y caminos son de vital importancia para mantener en movimiento a Nuevo León.
De lo anterior, las carreteras al sur del estado cuentan con el mismo nivel de importancia que las carreteras del norte y noreste, dado que la conexión con los municipios de esta parte del estado es de gran aportación al sector primario.
Sin embargo, en los últimos meses se ha observado que el estado en el que se encuentran es por demás deplorable e implican un serio riesgo a la seguridad e integridad de quienes transiten por estas vías de comunicación, particularmente hablando de la carretera conocida como “El Salero”, que va desde Sandía el Grande, hasta su conexión con la carretera federal No. 57.
Desde mediados de 2022 habitantes de los municipios del sur del estado han manifestado su inquietud sobre el estado en el que se encuentran las carreteras locales y federales que atraviesan sus municipios, señalando entre otras cosas, que debido a su condición la movilidad y el comercio se ha visto afectado y también pueden ser puntos frágiles para la seguridad de quien transite por estos caminos.
Por lo que, se vuelve indispensable que desde todas las aristas posibles se pueda atender la situación de las carreteras y caminos del sur del estado, es urgente que las autoridades en todos sus niveles puedan actuar en favor de la conservación y mantenimiento de esta infraestructura en beneficio no solo de las y los habitantes de los municipios afectados, sino de la economía local y nacional que transita por esta región del estado y del país.
Reconocemos que, de acuerdo con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se establecen competencias claras en cuanto a las facultades que tiene cada nivel de gobierno respecto al mantenimiento y conservación de las carreteras y caminos, sin embargo, existen casos en los que se requiere de una coordinación interinstitucional con el objetivo de poder atender situaciones como las que presentan las carreteras del sur; y con ello evitar afectaciones al tránsito que circula tanto por vías locales como federales.
En este sentido, me refiero al artículo 25 de la ley citada, que corresponde al título segundo “De los caminos y puentes”, Capítulo Único “De la construcción, conservación y explotación de los caminos y puentes”, que señala lo siguiente:
“Artículo 25.- La Secretaría, tomando en cuenta las circunstancias de cada caso, podrá prever la construcción de los libramientos necesarios que eviten el tránsito pesado por las poblaciones.
La Secretaría, considerando la importancia del camino, la continuidad de la vía y la seguridad de los usuarios, podrá convenir con los municipios, su paso por las poblaciones, dejando la vigilancia y regulación del tránsito dentro de la zona urbana a las autoridades locales.
Asimismo, la secretaría podrá convenir con los estados y municipios la conservación, reconstrucción y ampliación de tramos federales;”
Si bien, el artículo 25 señala que se podrá convenir con los estados y municipios la ejecución de acciones en materia de conservación de tramos federales, se debe tomar en consideración que las condiciones en las que se encuentran los entronques y carreteras que conectan con las carreteras federales (en este caso la carretera No. 57) implica afectar la movilidad de la zona el dinamismo de las vías federales, por lo que se requiere de una coordinación mayor entre autoridades federales y locales para lograr ofrecer a la población de los municipios afectados una solución en materia de movilidad.
En este mismo sentido, la intención de solicitar que exista coordinación interinstitucional en el ámbito local y federal en materia de mantenimiento y conservación de las carreteras del sur del estado de Nuevo León, es velar y respetar el derecho a la movilidad contemplada en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la cual establece en su artículo 9 que:
“Artículo 9. La movilidad es el derecho de toda persona a trasladarse y a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías, el cual deberá contribuir al ejercicio y garantía de los demás derechos humanos, por lo que las personas serán el centro del diseño y del desarrollo de los planes, programas, estrategias y acciones en la materia.”
En la medida que las personas cuenten con una infraestructura robusta y de calidad en materia de movilidad y comunicación, se logrará incentivar el desarrollo y bienestar de la entidad y el país, toda vez que estaremos garantizando el derecho a la movilidad y la facilidad para acceder a bienes y servicios a través de caminos y carreteras seguras y eficientes.
Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de este pleno, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes del Ejecutivo federal para qué en el ámbito de sus respectivas funciones y atribuciones y en coordinación con las autoridades en la materia del estado de Nuevo León, realicen acciones de mantenimiento y conservación de las carreteras y caminos rurales del sur del estado de Nuevo León, atendiendo principalmente las vías de comunicación localizadas en los municipios de Aramberri, Doctor Arroyo, Galeana, Iturbide, Mier y Noriega, y General Zaragoza de este mismo estado, para garantizar y proteger el derecho a la movilidad de sus habitantes.
Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, 1 de febrero de 2023.
Diputado Juan Francisco Espinoza Eguía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a diseñar una hoja de ruta para proteger por lo menos 30 por ciento de la superficie nacional terrestre y marina para 2030, a cargo de la diputada Karen Castrejón Trujillo, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputada Karen Castrejón Trujillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Debido a su gran riqueza biológica, representada por una amplia variedad de ecosistemas, especies y grupos taxonómicos superiores de animales y plantas, muchas de las cuales son endémicas, México es considerado un país megadiverso, ocupando el quinto lugar mundial en diversidad de plantas, tercero en mamíferos, décimo primero en aves, segundo en reptiles y quinto en anfibios.1
A fin de proteger esta gran riqueza biológica, nuestro país cuenta con diversos instrumentos, dentro de los cuales destacan las Áreas Naturales Protegidas (ANP), que se encuentran definidas por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en su artículo 3o, fracción II:
Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
...
II. Áreas naturales protegidas: Las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas al régimen previsto en la presente Ley;
...
La misma LGEEPA establece en su artículo 46 que existen diversas categorías de ANP, a saber:
• Reservas de la Biosfera;
• Parques Nacionales;
• Monumentos Naturales;
• Áreas de Protección de Recursos Naturales;
• Áreas de Protección de Flora y Fauna;
• Parques y Reservas Estatales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales;
• Zonas de conservación ecológica municipales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales, y
• Áreas destinadas voluntariamente a la conservación.
Cabe destacar que, con excepción de los parques y reservas estatales, así como las zonas de conservación ecológica municipales, el resto de las categorías de ANP son competencia de la Federación.
Actualmente, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) administra 186 áreas naturales protegidas, de las cuales 149 cuentan con una superficie exclusivamente terrestre, 31 cuentan con una superficie terrestre-marina y 6 exclusivamente marina, las cuales abarcan un total de 90,962,486 hectáreas. Asimismo, la Conanp apoya 389 Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación (ADVC), con una superficie de 648,585.21 hectáreas.2
De la superficie total de ANP, 21,503,873 hectáreas corresponden a superficie terrestre, lo cual representa el 10.94 por ciento de la superficie terrestre nacional, y 69,458,613 hectáreas corresponden a superficie marina, lo que representa el 22.05 por ciento de la superficie marina nacional.
Por otra parte, en el ámbito internacional también se han creado diversos instrumentos para proteger la riqueza biológica. Entre ellos destaca el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), primer tratado multilateral que aborda la biodiversidad como un asunto de importancia mundial, lo cual demuestra la preocupación ante su deterioro y reconoce su importancia para la viabilidad de la vida en la Tierra y el bienestar humano.
El CDB fue uno de los principales acuerdos firmados en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, conocida como “Cumbre de la Tierra”, realizada en Río de Janeiro, Brasil, en 1992. El CDB entró en vigor el 29 de diciembre de 1993 y a la fecha cuenta con 196 Estado parte. Sus 3 objetivos son:3
• La conservación de la diversidad biológica;
• El uso sostenible de los componentes de la diversidad biológica y;
• La participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos.
El Gobierno de México firmó el CDB el 13 de junio de 1992, siendo aprobado por el Senado de la República el 3 de diciembre del mismo año. El instrumento de ratificación fue firmado el 24 de febrero de 1993 y el Decreto de promulgación fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo del mismo año.4
Posteriormente, se llevó a cabo la Décima Conferencia de las Partes (COP10) del CDB, la cual tuvo lugar en Nagoya, Japón, en octubre de 2010. Derivado de esta conferencia se adoptó el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, así como las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica, las cuales son 20 metas organizadas en 5 objetivos estratégicos para dar cumplimiento al Plan Estratégico. Entre las Metas de Aichi destaca la siguiente:5
Meta 11: Para 2020, al menos el 17 por ciento de las zonas terrestres y de aguas continentales y el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan por medio de sistemas de áreas protegidas administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos y bien conectados y otras medidas de conservación eficaces basadas en áreas, y están integradas en los paisajes terrestres y marinos más amplios.
Es importante destacar que el Plan Estratégico brindó un marco flexible para establecer metas nacionales y regionales, por lo que México estableció las siguientes metas nacionales derivadas de la Meta 11 de Aichi:6
Meta Nacional 11.1 Para 2020, al menos 17 por ciento de las zonas terrestres y de aguas continentales y 10 por ciento de las zonas marinas y costeras se conservan y manejan de manera eficaz y equitativa por medio de áreas naturales protegidas y otros instrumentos de conservación (corredores biológicos, UMA, áreas comunitarias de conservación, PSA, áreas destinadas voluntariamente para la conservación), fomentando su conectividad e integridad paisajística y la continuidad de los servicios ambientales que proveen.
Meta Nacional 11.2 Para 2020, todas las ANP cuentan con un programa de manejo.
A pesar de que la Meta 11 de Aichi cumplió su vigencia en 2020, el CDB continúa monitoreando su cumplimiento en los diversos países. En el caso de México, el reporte más reciente es de mayo de 2021, indicando la siguiente cobertura de superficie protegida:7
• 14.5 por ciento terrestre (1,079 áreas protegidas - 284,801 km2)
• 21.6 por ciento marina (76 áreas protegidas - 707,956 km2)
Es de destacar que las cifras de cobertura reportadas por la Conanp son menores debido a que solamente incluyen las ANP, mientras que las cifras del CDB incluyen las ANP y otros mecanismos de conservación indicados en la Meta Nacional 11.1.
Con base en estas cifras, se observa que nuestro país no alcanzó en 2020 la meta de 17 por ciento de superficie terrestre protegida; por otra parte, la meta de 10 por ciento de superficie marina protegida se cumplió e incluso se duplicó.
Debido a que las metas de Aichi concluyeron su vigencia en 2020, se requiere su actualización, por lo que, en diciembre de 2022, al concluir la 15ª Conferencia de las Partes (COP15) del CDB, fue adoptado el Marco Mundial Kunming-Montreal de la Diversidad Biológica, que se utilizará como plan estratégico para el periodo 2022-2030, estableciendo 4 objetivos y 23 metas de acción para el año 2030, entre las que destaca la siguiente:8
Meta 3
Conseguir y hacer posible que, para 2030, al menos el 30 por ciento de las zonas terrestres, de aguas continentales y costeras y marinas, especialmente las zonas de particular importancia para la biodiversidad y las funciones y los servicios de los ecosistemas, se conserven y gestionen eficazmente mediante sistemas de áreas protegidas ecológicamente representativos, bien conectados y gobernados de forma equitativa, y otras medidas eficaces de conservación basadas en zonas geográficas específicas, el reconocimiento de los territorios indígenas y tradicionales, cuando proceda, integrados en paisajes terrestres, marinos y oceánicos más amplios, velando al mismo tiempo porque todo uso sostenible, cuando proceda en dichas zonas, sea plenamente coherente con los resultados de la conservación, reconociendo y respetando los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales.
Cabe resaltar que, incluso antes de la adopción del Marco Mundial Kunming-Montreal, 112 países ya se habían comprometido de manera informal a apoyar la meta de proteger al menos 30 por ciento de la superficie terrestre y marina para 2030, conocida comúnmente como meta 30X30.9
En el ámbito nacional, previo a la COP15 del CDB, el titular de la Conanp anunció que se trabaja para que al final de la presente administración el número de ANP se incremente a 190,10 lo cual, sin duda, representa un esfuerzo importante para ampliar la superficie protegida del territorio nacional. Sin embargo, con la aprobación del Marco Mundial Kunming-Montreal, México ha adquirido el compromiso de proteger al menos 30 por ciento de la superficie terrestre y marina para 2030.
En este sentido, nuestro país debe estar preparado para actualizar sus metas de cobertura de superficie protegida terrestre y marina. Por ello, proponemos exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por ésta ser la máxima autoridad en materia de biodiversidad, a diseñar una hoja de ruta con el propósito de cumplir efectivamente con la meta 30X30.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a diseñar una hoja de ruta para proteger por lo menos el 30 por ciento de la superficie nacional terrestre y marina del país para el año 2030, en concordancia con la Meta 3 del Marco Mundial Kunming-Montreal de la Diversidad Biológica.
Notas
1 Conabio. (2 de junio de 2020). México Megadiverso. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.biodiversidad.gob.mx/pais/quees
2 Conanp. (Enero de 2023). Áreas Naturales Protegidas decretadas. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: http://sig.conanp.gob.mx/website/pagsig/datos_anp.htm
3 Conabio. (11 de marzo de 2021). Convenio de la Diversidad Biológica. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.biodiversidad.gob.mx/planeta/internacional/cbd
4 Secretaría de Relaciones Exteriores. 7 de mayo de 1993. Decreto de promulgación del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4735670&fecha=07/05/1 993
5 CDB. (27 de octubre de 2010). Decisión adoptada por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica en su décima reunión. X/2. El Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-10/cop-10-dec-02-es.pdf
6 Convention on Biological Diversity. (13 de septiembre de 2020). México - National Targets. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.cbd.int/countries/targets/?country=mx
7 Convention on Biological Diversity. (2021). Aichi Biodiversity Target 11 Country Dossier: MEXICO. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.cbd.int/pa/doc/dossiers/mexico-abt11-country-dossier2021.pd f
8 CDB. (18 de diciembre de 2022). Marco mundial Kunming-Montreal de la diversidad biológica. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.cbd.int/doc/c/0671/4456/ff4979877c8a9a910912689e/wg2020-03- 03-es.pdf
9 Campaign for Nature. (7 November de 2022). Heads of State and Ministers Announce New Support for 30x30 Targets, Bringing 112 Countries Now Committed to Protecting at least 30% of Land and Ocean by 2030. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.campaignfornature.org/heads-of-state-ministers-announce-new -support-for-30x30-targets-bringing-112-countries-now-committed-to-prot ecting-at-least-30-of-land-and-ocean-by-2030
10 Conanp. (25 de octubre de 2022). Inaugura Semarnat la Semana Nacional por la Conservación en el Bosque de Chapultepec. Recuperado el 23 de enero de 2023, del sitio web: https://www.gob.mx/conanp/prensa/inaugura-semarnat-la-semana-nacional-p or-la-conservacion-en-el-bosque-de-chapultepec
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputada Karen Castrejón Trujillo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y a la Semarnat, a través de la Conafor, a coordinarse en la implementación de un programa presupuestario permanente, para desarrollar la producción del cultivo de piñón en el país, a cargo de la diputada Esther Martínez Romano, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, diputada Esther Martínez Romano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional Forestal, a coordinarse en la implementación de un programa presupuestario permanente, para desarrollar la producción del cultivo de piñón en el país, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pino piñonero (Pinus pinea ) es una especie arbórea perenne que pertenece a la familia de las pináceas, llega a medir entre 8 y 25 metros de altura, con una vida de 40 años.
Las copas del pino piñonero tienen una forma ancha y plana; tienen como fruto una piña dentro de la cual se encuentra el piñón recubierta de una cascara dura, cabe hacer mención que, el piñón es la semilla del pino.
La germinación del pino piñonero es compleja, para tener un mayor éxito se hace uso de la germinación estratificada durante 90 días a una temperatura de entre 4 y 5 grados centígrados, siendo lo más óptimo sembrarlos en semilleros a finales de la estación invernal. Deben permanecer mínimo dos años en ambiente controlado para su posterior plantación en el lugar donde deberá crecer cada pino.
El pino piñonero se adapta a zonas secas, climas tropicales y semitropicales; soporta las altas temperaturas y es resistente a los climas fríos; además de poder desarrollarse en terrenos pobres con un amplio margen de altitudes –desde el nivel del mar hasta los 1,700 metros de altura. Se trata de una especie de pino que necesita de luz y se desarrolla muy bien en suelos arenosos ácidos o neutros, sin dejar de mencionar que soporta suelos con substratos ligeramente calizos.
En México, se produce piñón en los estados de Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Puebla (en su Sierra Nororiental), Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, y Yucatán.
El piñón tiene diversos usos, tiene un amplio uso como ingrediente en la repostería y gastronomía por su inigualable sabor, cremosidad y alto contenido de nutrientes; 32% de proteínas y 42% de lípidos, así como vitaminas B1 y B2. Asimismo, es importante señalar que su consumo reduce el riesgo de enfermedades coronarias, debido a su alto contenido de ácido linolénico.
Por otro lado, también se utiliza la resina y la corteza del pino piñonero para extraer taninos; los cuales, son metabolitos secundarios que ayudan a conservar las pieles animales posterior al proceso de curtido.
Es importante señalar, que en nuestro país, ya existe la tecnología para producir biocombustible a partir de la biomasa y el aceite de las semillas de piñón; se trata de una alternativa de producción de biocombustibles amigables con nuestro medioambiente.
El piñón siempre ha sido un producto de alto valor comercial debido a su legendario uso en la preparación de alimentos en las regiones donde proliferan bosques de pinos, por tal razón, suele ser muy importante en la gastronomía mediterránea y de otras regiones del orbe, incluida la de nuestro país.
Además de lo anterior, la razón más importante de su alto costo es la poca cantidad de especies de pinos que producen el piñón comestible; también, su cosecha debe realizarse trepando a los pinos para tomar las piñas aún verdes, evitando con ello que se descomponga la semilla o sea consumida por la fauna del lugar; sin dejar de mencionar que, el piñón es un producto que no resiste su almacenamiento pues se arrancia con mucha facilidad.
Aunado a lo anterior, la creciente demanda de piñón en los mercados internacionales, ocasiona que la oferta sea muy inferior a su demanda, particularmente en otoño e invierno, épocas del año donde se incrementa sustancialmente su consumo, en todo el mundo.
Debemos tener claro que el piñón es un producto forestal no maderable, que contribuye económicamente al ingreso de muchos pequeños productores agrícolas en el país, que se dedican principalmente a la agricultura de temporal de granos básicos y quienes tienen como actividad complementaria la cosecha y venta del piñón.
El hecho de que la gran mayoría de los productores son de pequeña escala, ocasiona que, tanto la cosecha como la comercialización se realicen de forma desordenada, impidiendo conseguir mejores ganancias.
En términos generales los productores de piñón reciben poco más del 20% del precio final que se alcanza en el mercado al menudeo; lo cual, es debido al alto costo del pelado, selección y almacenamiento del producto.
Normalmente, el productor entrega el piñón sin pelar ni seleccionar, como consecuencia los intermediarios asumen dicho costo, mermando así las ganancias de los productores.
Al respecto, debemos tener en cuenta que al tratarse de pequeños productores no les resulta costeable pelar y seleccionar su producto, por lo que prefieren castigar su ganancia y vender al precio que les ofrecen.
En vista de lo expuesto, es que la presente proposición con Punto de Acuerdo, busca exhortar a las Secretarias de Agricultura y Desarrollo Rural, junto con la de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional Forestal, para que se coordinen en la creación e implementación de un programa presupuestal permanente, encargado de crear la condiciones necesarias y óptimas para impulsar el desarrollo en la producción de piñón en nuestro país.
Como ya se dijo, es un recurso forestal no maderable de alto valor comercial, por tal razón, el implementar siembra de pinos piñoneros no solo contribuye a la conservación del medio rural, además contribuye a mejorar las condiciones económicas y sociales de las localidades donde se cosecha.
Asimismo, el programa que se propone deberá tener como ejes el financiamiento para la adquisición de maquinaria para el pelado, selección y almacenamiento del piñón, con la finalidad de poder garantizar mejores precios de venta a los productores.
En este sentido, el programa que se propone para apoyar a los productores de piñón, deberá incluir:
• Recursos financieros y asistencia técnica para la plantación de pinos piñoneros.
• Recursos financieros y apoyos de gestión para la adquisición de la maquinaria necesaria para el pelado, clasificación y almacenamiento de la producción de piñón, con la finalidad de conseguir mejores precios de venta
• Apoyo para gestionar ante las autoridades competentes los registros de marcas y permisos sanitarios y de exportación, con la finalidad de posibilitar la creación de pequeñas empresas o cooperativas que se encarguen directamente de la comercialización del piñón que se produzca en sus localidades en los mercados nacionales e internacionales.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Soberanía la presente Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor del siguiente resolutivo
Único.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a las Secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural y Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional Forestal a trabajar en la creación e implementación de un programa presupuestal permanente para fomentar y desarrollar el cultivo y la producción del piñón en nuestro país.
Referencias:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/726309/Pi _on.pdf
https://www.elfinanciero.com.mx/tech/investigadores-mexi canos-desarrollan-biocombustible-a-partir-del-pinon/
https://meditts.com/propiedades-pinones/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero 2023.
Diputada Esther Martínez Romano (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a los entes públicos a realizar una reestructuración a las medidas de austeridad que han venido implementando, con la finalidad de realizar un análisis más detallado de las mismas, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Jorge Álvarez Máynez y en nombre de las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración proposición con puntos de acuerdo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
I. Desde 2019, fecha en la que entró vigor de la Ley Federal de Austeridad Republicana, diversas dependencias del sector público han padecido la disminución del gasto en diversos rubros, pues de acuerdo con la Ley en comento, estas medidas deben ser adoptadas de manera obligatoria por los entes públicos así como los Poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos, esto con la finalidad de combatir la desigualdad, la corrupción y el despilfarro de bienes y recursos de la nación, además de que los recursos económicos deben ser manejados con eficiencia, economía , transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.1
Asimismo, sumado a dicho ordenamiento, la política de austeridad trató de ser fortalecida mediante la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Si bien esto resultó ser un buen avance en la materia, también comenzó a generar desconfianza en diversos sectores, ya que la presión ejercida para disminuir el gasto público se concentró en la disminución de personal y de recursos para órganos autónomos.2
De acuerdo con el titular del Poder Ejecutivo, la autoridad que se ha venido implantando ha generado ahorros por más de 2 billones de pesos, sin embargo, de acuerdo con académicos de la Universidad Nacional Autónoma de México, esta cifra resulta ser ambigua, pues no existe un monto exacto de lo que se ha ahorrado. Por ejemplo, tan sólo el Informe de Evaluación de la Política y las Medidas de Austeridad Republicana 2019 y 2020 indica que, en los dos primeros años de la actual administración federal se tuvieron ahorros de poco más de 188 mil millones de pesos, por lo que los 1.8 billones de pesos restantes tuvieron que haber sido ahorrados entre 2021 y 2022, algo que no se refleja de manera clara en las finanzas públicas.3
II. Aun cuando se ha optado por una disminución del gasto en diversos sectores, los recursos erogados no han dejado de disminuir. Tan sólo de 2018 a 2023, el Presupuesto de Egresos de la Federación creció en 57.2 por ciento: pasó de 5.2 billones de pesos4 a 8.3 billones,5 respectivamente.
Esto resulta contradictorio cuando se realiza un análisis más a fondo del tema, ya que las medidas de austeridad llevadas a cabo se han concentrado en sueldos, salarios, contratación de servicios e insumos básicos para el funcionamiento del todo el sistema público donde se han tenido recortes de hasta 80 por ciento en diversas dependencias como Función Pública y Relaciones Exteriores6
De acuerdo al último informe de gobierno, los ahorros por las medidas de austeridad establecidas ascienden a 300 mil millones de pesos, algo que resulta benéfico en cierta medida, sin embargo, la estrategia para disminuir el gasto público han traído consecuencias negativas en casi todas las dependencias y los servicios que ofrecen éstas.
Las afectaciones, derivadas de la mala estrategia de austeridad, han tocado temas tan delicados como la ciberseguridad, las remuneraciones a funcionarios públicos, el mantenimiento a carreteras y los servicios públicos, así como a órganos constitucionales autónomos.
Tan sólo en septiembre de 2022, el hackeo a la Secretaría de la Defensa Nacional dejó ver de manera clara, como la austeridad mal planeada ha afectado la propia seguridad del país, pues la falta de recursos destinados a mantenimiento preventivo para equipos de seguridad lógica de la Secretaría, propició que se extrajeran 6 terabytes de información de dicha dependencia.7
Otra dependencia afectada por este tipo de recortes fue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en su plataforma de Compranet, donde la falta de mantenimiento a su infraestructura tecnológica generó la falla en el sistema dejándolo inhabilitado por varios días.8
También, los recortes han afectado, incluso, los servicios básicos como la electricidad, el internet o el agua. La austeridad llevada a cabo en todos estos rubros ha propiciado un incremento en las denuncias por la inadecuada prestación de servicios públicos o, en el peor de los casos, ni siquiera se brinda el servicio, según datos del Censo Nacional de Derechos Humanos del Inegi, han aumentado en 38 por ciento desde que se comenzaron a implantar las medias de austeridad, además de que la violación del principio de legalidad en el desempeño de la función pública creció en 17 por ciento de 2018 a 2020.9
En la bancada naranja consideramos que una verdadera política de austeridad debe ir de la mano con un correcto desempeño de los servicios y funciones de cualquier dependencia y que, además, esto debe verse reflejado en las finanzas públicas sin que por ello se vulneren los derechos y la seguridad de la ciudadanía, esto por medio de un diagnóstico correcto y un análisis de las implicaciones que trae consigo cualquier tipo de recorte.
Por lo expuesto someto a su consideración la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a los entes públicos, así como a los Poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos, a realizar una reestructuración de las medidas de austeridad que han venido implantando, a fin de que realicen un mejor diagnóstico y un análisis más detallado de las mismas para que éstas no generen afectaciones en su operatividad.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a los entes públicos, así como a los Poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos a realizar una reestructuración de las medidas de austeridad para que se destinen los recursos adecuados a los rubros destinados a ciberseguridad, mantenimiento a infraestructura digital y personal especializado en la materia, a fin de evitar la vulneración y el mal desempeño en los servicios que brindan.
Notas
1 Ley Federal de Austeridad Republicana, Cámara de Diputados, 2023. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAR.pdf
2 “AMLO ofrece más austeridad; expertos alertan riesgos”, en Expansión Política, 2022. Recuperado de https://politica.expansion.mx/presidencia/2022/08/02/amlo-ofrece-pobrez a-franciscana-expertos-alertan-riesgos
3 Ibídem.
4 Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018, Cámara de Diputados, 2018. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/pef_2018/PEF_2018_orig_29 nov17.pdf
5 Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018, Cámara de Diputados, 2023. Recuperado de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018, Cámara de Diputados, 2018. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/pef_2018/PEF_2018_orig_29 nov17.pdf
6 “La costosa ‘austeridad republicana’: recortes de 90 por ciento golpean la operación del gobierno y dejan peores servicios a ciudadanos”, en Animal Político, 2022. Recuperado de https://www.animalpolitico.com/politica/costosa-austeridad-republicana- recortes-gobierno-servicios
7 “‘Sistemas del Ejército mexicano, vulnerables a los ciberataques’: ASF”, en El Economista, 2022. Recuperado de https://www.eleconomista.com.mx/politica/Sistemas-del-Ejercito-vulnerab les-a-los-ciberataques-ASF-20220225-0015.html
8 “El secretario de Hacienda fue alertado sobre las fallas en Compranet siete meses antes del colapso de la plataforma”, en Animal Político, 2022. Recuperado de
https://www.animalpolitico.com/politica/secretario-hacie nda-fallas-compranet
9 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a modificar el plazo para solicitar la prórroga de una concesión o asignación, de 6 meses a 1 mes previo al término de su vigencia, debiendo notificar personalmente a los promoventes la resolución sobre las solicitudes, a cargo del diputado Bernardo Ríos Cheno, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito Bernardo Ríos Cheno, diputado federal por el distrito 4, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a escrutinio de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 27 que: las aguas y mares territoriales son propiedad de la nación. Las aguas nacionales a las que se refiere la constitución política son: i) Aguas superficiales: Se refieren a Ríos, Arroyos, Presas, Lagos, Manantiales. ii) Aguas subterráneas: Se refieren a Pozos, Cenotes, Norias, Galerías Filtrantes, iii) Aguas Residuales: Se refiere a descarga de diferentes usos, Industriales y Público urbano.
Que, de acuerdo al párrafo sexto, del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las aguas nacionales, son inalienables e imprescriptibles y pueden ser explotadas, usadas o aprovechadas por particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, mediante concesiones que al efecto otorgue el Ejecutivo Federal de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.
Además de nuestra Carta Magna, el uso y aprovechamiento del agua se encuentra regulado por La Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, siendo estos ordenamientos los que regulan la explotación uso y aprovechamiento del agua, así como su distribución y control; de igual forma se cuenta con la Ley Federal de Derechos, la cual se encarga de regular la recaudación, que por derechos en materia de agua, pagan los contribuyentes a la Conagua.
Que en concordancia con la Constitución federal, la Ley de Aguas Nacionales en su artículo 20, establece que la explotación, uso o aprovechamiento de las mismas por parte de personas físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal a través de la Comisión Nacional del Agua y que una vez otorgado el título correspondiente el concesionario tendrá derecho a explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales durante el término de la concesión en los términos de la propia Ley y su Reglamento, pudiendo afectarse su derecho sólo por causas establecidas en dicha Ley, debidamente fundadas y motivadas. Esto último conforme a lo que establecen los párrafos primero y tercero del artículo 25 de la Ley mencionada;
Que es importante saber que una concesión en materia de agua, es el documento otorgado por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), que es la autoridad que autoriza a las personas físicas o morales para usar las aguas de ríos, lagos, presas, pozos o norias. Mientras que un título de asignación se otorga exclusivamente a los municipios, estados o al gobierno de la Ciudad de México para brindar servicio de agua potable a centros de población y asentamientos humanos, a través de una red de distribución.1
La concesión al ser el documento que otorga derechos a personas, físicas o morales para usar, explotar y aprovechar aguas nacionales y bienes inherentes,2 con su expedición otorga derechos para usos determinados, siendo estos:
1. Agrícola
2. Doméstico
3. Público urbano
4. Industrial
5. Servicios
6. Múltiples
En ese sentido, y derivado del artículo 20 de la misma Ley, el recurso hídrico, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o asignación otorgada por el Ejecutivo Federal a través de “la Comisión” por medio de los Organismos de Cuenca, o directamente por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que dispone la presente Ley y sus reglamentos. Las concesiones y asignaciones se otorgarán después de considerar a las partes involucradas, y el costo económico y ambiental de las obras proyectadas.
La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de personas físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal a través de “la Comisión” por medio de los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta Ley, sus reglamentos, el título y las prórrogas que al efecto se emitan.
Por su parte, el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, establece:
“El término de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales no será menor de cinco ni mayor de treinta años, de acuerdo con la prelación del uso específico del cual se trate, las prioridades de desarrollo, el beneficio social y el capital invertido o por invertir en forma comprobable en el aprovechamiento respectivo. En la duración de las concesiones y asignaciones, “la Autoridad del Agua” tomará en consideración las condiciones que guarde la fuente de suministro, la prelación de usos vigentes en la región que corresponda y las expectativas de crecimiento de dichos usos.
Las concesiones o asignaciones en los términos del Artículo 22 de esta Ley, serán objeto de prórroga hasta por igual término y características del título vigente por el que se hubieren otorgado, siempre y cuando sus titulares no incurrieren en las causales de terminación previstas en la presente Ley, se cumpla con lo dispuesto en el Párrafo Segundo del Artículo 22 de esta Ley y en el presente Artículo y lo soliciten dentro de los últimos cinco años previos al término de su vigencia, al menos seis meses antes de su vencimiento.”
Que los concesionarios tienen como derecho: explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales, realizar a su costa las obras o trabajos para ejercitar el derecho de explotación, uso o aprovechamiento del agua, y a solicitar prórroga de los títulos que les hubiesen sido expedidos, hasta por igual término de vigencia por el que se hubieran emitido y bajo las condiciones previstas en la presente Ley de Aguas Nacionales vigente.
Considerando que el tema hídrico, en los últimos años ha tomado mucha importancia, debido al crecimiento poblacional que ha generado una disyuntiva de tal magnitud, que se tiene que poner en la balanza, entre garantizar el acceso humano al agua, o, preservar los recursos hídricos, por tal motivo, una forma de mantener en control la explotación del vital líquido, es la cantidad de agua que cada concesión obtiene, procurando por todos los medios evitar la contaminación de los mismos.
Por ello, para el Grupo Parlamentario de Morena, resulta importante juntar esfuerzos entre usuarios (concesionarios), la Conagua y Organismos de Cuenca, como órganos reguladores, para que se puedan construir mecanismos gubernamentales de apoyo y cercanía a la ciudadanía, y con ello, velar por la conservación del vital líquido, sin afectar derechos de terceros.
Ante esta situación, como representantes sociales, debemos velar por el cumplimiento y observancia de los ordenamientos jurídicos vigentes, dotando de certeza jurídica a quienes de manera honesta y buena voluntad pretenden obtener una prórroga de sus títulos de concesión o asignación para uso, explotación o aprovechamiento de las aguas nacionales; sobre todo, porque los concesionarios presentan su solicitud en tiempo y forma como lo marca la Ley, pero las autoridades u órganos competentes, quizá, debido a la carga de trabajo, no dan respuesta pronta a dichas solicitudes, con ello afectan no solo a los usuarios, sino a los mismos registros que se llevan, como lo es, el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), el cual proporciona información y seguridad jurídica a los usuarios de aguas nacionales y bienes inherentes a través de la inscripción de los títulos de concesión, asignación y permisos de descarga, así como las modificaciones que se efectúen en las características de los mismos.
Un ejemplo de la importancia del REPDA, son los datos publicados desde 1993 hasta enero de 2020, en los que se establece que la Conagua ha otorgado a escala nacional, un total de 514 mil 684 títulos y permisos, repartidos entre 361 mil 600 usuarios.
Que observando la fracción XXX del artículo 12 bis 6, en el que se establece que los Organismos de Cuenca, de conformidad con los lineamientos que expida “la Comisión”, deberán resolver de manera expedita las solicitudes de prórroga de concesión, asignación o permiso de descarga que le sean presentadas en los plazos establecidos en la presente Ley, sin embargo, esta situación no acontece de manera regular, y se retrasan tanto las respuestas, que se pierde el tiempo de vigencia de la concesión y con ello se obliga al usuario a realizar nueva solicitud de concesión
Para dar respuesta de manera adecuada y ágil a las solicitudes de prórroga, la “Autoridad del Agua” está obligada a notificar personalmente a los promoventes la resolución sobre las solicitudes respectivas referidas, sin embargo, al no hacerlo, ya sea por la carga de trabajo o por posible negligencia, la solicitud se considerará hecha en sentido negativo, lo cual representa una total violación de derechos de los peticionarios, y que debiera traer aparejados responsabilidades a los servidores públicos a quienes competa tal resolución, conforme a lo dispuesto en las leyes aplicables.
Por lo antes expuesto, considero que resulta fundamental realizar acciones urgentes, como la de reducir el tiempo fijado en la ley para solicitar, la prórroga de concesión o asignación correspondiente; disminuyendo el tiempo de 6 meses, y se pueda realizar la solicitud dentro del último mes, previo al término de su vigencia, con ello, se evitaría el trámite burocrático engorroso, debiendo exigirse como una obligación de las autoridades competentes el notificar personalmente a los promoventes la resolución sobre las solicitudes, a efecto de evitarles afectaciones de difícil o imposible reparación
Dicha acción, sería en apoyo y como seguimiento a la realización de acciones de política pública de la 4 T., a efecto de que los concesionarios, cuenten con los estímulos, herramientas legales y de certeza jurídica, que les permitan tener plena seguridad de que a las solicitudes de prórroga de los títulos de concesión hídrica que pretenden ser renovados, van a obtener una respuesta pronta y que no sean las propias autoridades, quienes obstaculicen o impidan la regularización o continuación de los mismos.
Por lo anterior, someto a consideración de las y los legisladores que integran el pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para que en el ámbito de su competencia y en tanto se emita la nueva Ley de la materia, en términos constitucionales como lo mandata la Suprema Corte de Justicia, se pueda modificar plazo para solicitar la prórroga de la concesión o asignación, de 6 meses a 1 mes previo al término de su vigencia, debiendo notificarse personalmente a los promoventes la resolución sobre las solicitudes, a efecto de evitarles afectaciones de difícil o imposible reparación.
Notas:
1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/150097/PREGUNTAS.pdf
2 https://www.hidraulicafacil.com/2015/06/
concesionesagua.html#:~:text=Es%20un%20documento%20que%20otorga,Agr%C3%ADcola
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Bernardo Ríos Cheno (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo de la colegisladora a emitir el acuerdo para proponer al pleno el nombramiento de los dos comisionados vacantes que tiene el pleno del INAI, a cargo de la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura federal, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de ésta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores a efecto de que emita el acuerdo para proponer al pleno del Senado el nombramiento de la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que tiene el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai); garantizando la imparcialidad, independencia y transparencia del proceso, bajo las siguientes:
Consideraciones
“Después de innumerables abusos de poder cometidos a lo largo del siglo pasado, México transitó hacía un largo proceso de liberalización política que parece haber sido interrumpido en 2018”.1
“Una muestra representativa de la coordinación entre poderes que fomenta la Constitución es el sistema de nombramientos. Actualmente existe casi una treintena de procedimientos específicos a nivel constitucional para el nombramiento de los integrantes de distintos órganos o agencias del Estado, de los cuales aproximadamente la mitad corresponde a cambios constitucionales realizados entre 2000 y 2018”.
“La finalidad del sistema de nombramientos consiste en limitar el arbitrio presidencial en la designación de los titulares encargados de decidir e implementar políticas públicas. Así, la operación independiente y especializada de los miembros de los órganos constitucionales autónomos es fundamental para el adecuado funcionamiento de nuestro sistema democrático al atribuir a estos órganos mandatos constitucionales que van desde la organización de elecciones y el conteo de votos, el manejo de la política monetaria del país, la protección de los derechos humanos frente a los abusos de las autoridades, hasta la vigilancia y regulación del mercado para que la actividad económica se conduzca de manera eficiente y equitativa”.
De acuerdo a los autores del artículo citado, entre los enemigos del actual titular del poder ejecutivo se encuentran los órganos constitucionales autónomos. El presidente Andrés Manuel López Obrador los entiende lejanos a su agenda. Los acusa de facilitar privatizaciones, permitir despojo de bienes nacionales y ser parte de la política neoliberal. Para el Ejecutivo federal, estos organismos deberían desaparecer, porque en la práctica lo que le incomoda es que no se ciñen a sus caprichos.
La situación actual de estos organismos es preocupante, se requiere de acciones urgentes para dar cabal cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales y así lograr activar los procesos de designación de las vacantes de comisionadas y comisionados. Es un hecho que tanto el Ejecutivo federal como el Senado de la República, se han negado a cumplir los procesos para designarlos.
En el caso del Inai, este órgano podría quedar inoperante si no se nombran a la comisionada y al comisionado faltantes ya que, actualmente, el pleno del Inai está funcionando con cinco de siete comisionados, desde el 1 de abril de 2022. El próximo 31 marzo, otro comisionado concluye su periodo, por lo que el Inai quedaría solo con cuatro comisionados, esto es, no podría sesionar a falta de quórum, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Es importante tener en cuenta que, actualmente, el Pleno atiende en promedio 300 asuntos semanalmente.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala, en el párrafo primero de su artículo 18, que: “ El instituto estará integrado por siete comisionados; para su nombramiento, la Cámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad, a propuesta de los grupos parlamentarios y con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, nombrará al comisionado que deba cubrir la vacante; garantizando la imparcialidad, independencia y transparencia del proceso”.
Además, el mismo precepto establece, en el segundo párrafo, que el proceso de nombramiento se hará de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y el Reglamento del Senado de la República; y que deberá iniciarse en un plazo no mayor a sesenta días anteriores a la fecha en que concluya su periodo el comisionado que deje su puesto.
La omisión en el nombramiento de los comisionados no sólo ignora una responsabilidad constitucional, sino que entorpece todo el funcionamiento del órgano regulador en cuestión; anula por completo las atribuciones y medidas que exigen una mayoría calificada para poder dictarse.
La realidad indica que el funcionamiento de los órganos constitucionales autónomos hoy en día depende de la voluntad del Ejecutivo federal y de la disposición de la mayoría oficialista para alcanzar el consenso en la Cámara de Senadores. La omisión, en el caso que nos ocupa, se ha dado en el Senado de la República en materia de nombramientos de dos integrantes del pleno del Inai derivado del no consenso para ratificar o designar a los comisionados.
La falta de nombramiento de los integrantes del instituto debilita a la institución y vulnera su independencia frente a las decisiones que adopta el poder Ejecutivo federal.
Como sociedad democrática demandante de un Estado constitucional de derecho, debemos insistir para que los procesos políticos constitucionales se cumplan y estén sustentados en argumentos, en razones y no en arbitrariedades e ideologías.
Es claro que la omisión de selección del Senado de la República, incide en el ámbito competencial del órgano autónomo al poner en riesgo facultades orgánicas y funciones esenciales que les han sido conferidas por la Constitución y por las leyes, lo que deriva en afectaciones a la autonomía otorgada por la Constitución y le impide ejercer a través de sus órganos de gobierno, cada una de las atribuciones que le son encomendadas por la legislación.
Como legisladores, tenemos que estar vigilantes de que los órganos autónomos no tengan que llegar a la instancia de presentar una controversia constitucional, para que sean nombrados sus integrantes como fue el caso de la Comisión Federal de Competencia (Cofece), en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional la omisión en que ha incurrido el presidente Andrés Manuel López Obrador, desde hace dos años, de enviar a la Cámara de Senadores sus propuestas de dos comisionados de ese órgano. En ese sentido, lo conminaba para que la subsanara dentro del plazo de 30 días naturales2 y del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), controversia pendiente de resolución por parte del alto tribunal.
Derivado de la sentencia de la SCJN, el Ejecutivo federal remitió las propuestas de comisionados de la Cofece y, el pasado 2 de febrero, el pleno del Senado de la República ratificó los nombramientos de los dos comisionados de dicho órgano constitucional autónomo, regresando así al pleno de la comisión a la normalidad institucional.
Es por todo esto que se presenta esta proposición con punto de acuerdo, ya que el objetivo que se busca con el mismo, es evitar que el órgano constitucional autónomo tenga que interponer controversias constitucionales ante la omisión de la Cámara de Senadores de designar a los dos comisionados faltantes en el Inai y que, en consecuencia, los procesos constitucionales establecidos se cumplan.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores a efecto de que emita el acuerdo para proponer al pleno del Senado el nombramiento de la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que tiene el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; garantizando la imparcialidad, independencia, transparencia y pronta culminación del proceso.
Notas:
1 Inchaustegui Arroyo, Sebastián (et. al). (2022). Guía para desmantelar órganos constitucionales autónomos. Revista Nexos, febrero 2022. Consultada en: https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/guia-para-desmantelar-organos-con stitucionales-autonomos/
2 Revisado en: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7157
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 8 de febrero de 2023.
Diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al INAH y a la Guardia Nacional a emprender acciones a efecto de reforzar la protección y resguardar zonas arqueológicas que forman parte del patrimonio cultural del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Lorena Piñón Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a escrutinio de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Según el Sistema de Información Cultural del Gobierno de México, el estado de Veracruz cuenta con dos sitios reconocidos como patrimonio cultural de la humanidad,1 además este mismo sistema reporta que la entidad también cuenta con once ceremonias que forman parte del Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de México,2 dicho lo anterior podría considerarse que el estado de Veracruz se caracteriza por albergar una enorme riqueza cultural que ha sido reconocida por una importante cantidad de países y organizaciones internacionales.
Así se considera que es necesario que el Estado mexicano implemente medidas más eficaces para resguardar y proteger de robos o actos vandálicos el material y zonas arqueológicas que forman parte del legado histórico de las civilizaciones que se ubicaron dentro del territorio que conforma el Estado de Veracruz; ante esta problemática el Instituto Nacional de Antropología e Historia en coordinación con la Guardia Nacional pueden emprender acciones orientadas a salvaguardar el patrimonio cultural de Veracruz para el mundo.
Esta defensa planteada al legado cultural y arqueológico de Veracruz, se encuentra fundada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), misma que manifiesta en su artículo 4 la importancia de la cultura en el desarrollo de la población mexicana y el derecho que tiene ésta a un disfrute libre y adecuado de la misma
... Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural ...
Por su parte, la Ley de la Guardia Nacional expresa lo siguiente:
Artículo 9. La Guardia Nacional tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
(...)
XXV. Colaborar con otras autoridades federales en funciones de vigilancia, verificación e inspección que tengan conferidas por disposición de otras leyes;
Es necesario remarcar la facultad concedida a este Congreso para legislar en favor de la protección del patrimonio histórico de la nación y que es expresada en la fracción XXV del artículo 73 de la CPEUM.
El Congreso tiene facultad:
“... para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República, y para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad...”
La Ley Orgánica del Instituto Nacional Antropología e Historia (INAH) en su artículo 2 estipula la obligación de este organismo estatal para proteger y resguardar los elementos arqueológicos que forman parte de la herencia cultural de nuestra nación.
Son objetivos generales del Instituto Nacional de Antropología e Historia la investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población del país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e histórico, así como el paleontológico; la protección, conservación, restauración y recuperación de ese patrimonio y la promoción y difusión de las materias y actividades que son de la competencia del Instituto...
De igual manera en la fracción IX de este mismo artículo se remarca el deber que tiene esta institución para velar por la preservación de los monumentos y zonas arqueológicas de nuestro país.
... Para cumplir con sus objetivos, el Instituto Nacional de Antropología e Historia tendrá las siguientes funciones:
...
IX. Identificar, investigar, recuperar, rescatar, proteger, restaurar, rehabilitar, vigilar y custodiar en los términos prescritos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, los respectivos monumentos y zonas, así como los bienes muebles asociados a ellos.
Por otro lado la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos plasma en su artículo 2 el valor que tienen para la nación los monumentos y las zonas en las que se encuentran los elementos arqueológicos:
Es de utilidad pública, la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos.
El artículo 44 de este mismo marco normativo define la autoridad de este instituto sobre las zonas de monumentos arqueológicos las cuales abarcan una importante cantidad de elementos que forman parte de los vestigios de antiguas culturas y civilizaciones que se encontraban en el territorio nacional.
El Instituto Nacional de Antropología e Historia es competente en materia de monumentos y zonas de monumentos arqueológicos e históricos.
El artículo 49 de este marco legal define las sanciones para la persona que lucre con el patrimonio arqueológico mexicano.
Al que efectúe cualquier acto traslativo de dominio de un monumento arqueológico mueble o comercie con él y al que lo transporte, exhiba o reproduzca sin el permiso y la inscripción correspondiente, se le impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a tres mil días multa.
Mientras que el artículo 52 de esta ley expone las penas que podría contraer una persona que vandalice o perjudique materiales arqueológicos que le pertenecen a la nación.
Al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado...
Recientemente se ha reportado la venta ilegal de piezas que forman parte del patrimonio arqueológico del estado de Veracruz, dichos actos dañan el legado histórico de esta entidad federativa a la vez que menoscaba el derecho de los mexicanos a gozar del patrimonio histórico de las civilizaciones que radicaron en esta demarcación.
Este año la venta de arte prehispánico veracruzano en el extranjero se calculó en 1.7 millones de pesos en países como Francia, Países Bajos y Estados Unidos.3
Si bien se reconoce la voluntad del gobierno federal para recuperar piezas arqueológicas que han sido obtenidas de forma irregular es preciso remarcar que dichas acciones no han resultado suficientes como para evitar que el patrimonio histórico de la nación esté en constante riesgo, pues existen reportes que informan de la recurrencia de subastas de piezas arqueológicas en diferentes países.4
Al observar los reportes que dan cuenta de la venta ilegal de piezas arqueológicas puede advertirse que existe una actividad económica ilícita cuya dinámica de distribución dificulta la recuperación de los materiales arqueológicos, por lo tanto se vuelve fundamental hacer un énfasis en la prevención de dicho acto ilícito en orden de salvaguardar el derecho constitucional de los mexicanos de gozar de la cultura que proviene de su legado histórico.
En la segunda mitad del año 2022 el gobierno federal ordenó el despliegue de la Guardia Nacional en zonas arqueológicas con el fin de prevenir actos ilícitos que dañen monumentos o zonas arqueológicas del país.5 El gobierno de México detalló que las acciones de la Guardia Nacional en zonas arqueológicas consistieron en realizar recorridos por los circuitos de las zonas arqueológicas, control de tránsito en las inmediaciones de estos lugares, vigilancia en estacionamientos de estas zonas y en el apoyo a las áreas de protección de las zonas arqueológicas. De igual manera se detalló que este cuerpo de seguridad también se encuentro realizando estas operaciones dentro de las inmediaciones de la zona arqueológica del “Tajín” en Veracruz.6
Cabe resaltar que la sola presencia de las fuerzas de la Guardia Nacional no es suficiente para evitar que se dañe material histórico dentro de las zonas arqueológicas, un ejemplo de esto es el incendio que aconteció en la zona del Tajín,7 el Sindicato Nacional de Restauradores del Instituto Nacional de Antropología e Historia expresó en un comunicado en redes sociales que dicho incendio fue provocado por actos vandálicos,8 conviene subrayar que dicho incidente se produjo al momento en que elementos de la guardia nacional se encontraban resguardando la zona, por este motivo es necesario reforzar la colaboración de este cuerpo de seguridad con las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Por las razones previamente expuestas el Estado debe de realizar esfuerzos contundentes con el fin de evitar el robo y distribución ilegal del patrimonio arqueológico, de esta manera el presente punto de acuerdo busca que el Instituto de Antropología e Historia junto con los elementos de la Guardia Nacional establezcan acciones con el fin de salvaguardar piezas arqueológicas que formen parte del patrimonio cultural del Estado de Veracruz.
En tal virtud, se somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de forma respetuosa al Instituto Nacional de Antropología e Historia para que en el ámbito de sus atribuciones coordine acciones con la Guardia Nacional a fin de reforzar la protección de los vestigios y piezas arqueológicas del estado Veracruz de Ignacio de la Llave.
Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Guardia Nacional para que en atención a sus atribuciones y en coordinación con el Instituto Nacional de Antropología, refuerce las acciones con el fin de garantizar la protección del legado histórico del Estado de Veracruz en zonas arqueológicas que se encuentran en su territorio.
Notas:
1 https://sic.cultura.gob.mx/lista.php?table=patrimonio_humanidad&dis ciplina=&estado_id=30
2 http://sic.gob.mx/lista.php?table=frpintangible&estado_id=30
3 https://www.eldictamen.mx/noticias-de-veracruz/estatal/
piezas-arqueologicas-de-veracruz-se-subastan-en-el-extranjero-de-forma-ilegal/
4 https://elpais.com/mexico/2022-11-30/
de-piezas-aztecas-a-teotihuacanas-mexico-busca-detener-una-subasta-de-85-objetos-arqueologicos-en-francia.html
5 https://www.cronica.com.mx/cultura/guardia-nacional-vigilara-zonas-arqu eologicas-teotihuacan-tajin-calakmul.html
6 https://seguridad.sspc.gob.mx/contenido/1996/guardia-nacional-refuerza- seguridad-en-zonas-arqueologicas-para-prevenir-delitos-al-patrimonio-cu ltural
7 https://www.proceso.com.mx/cultura/2022/12/29/especialistas-de-zona-arq ueologica-el-tajin-del-inah-opinan-que-danos-por-incendio-son-reversibl es-299389.html
8 https://www.facebook.com/plugins/post.php?href=https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2FINAH.
SINAR%2Fposts%2Fpfbid02vUf377v8ai3RLvBRNQeZJFdfdkChmZ6HmRUA6qcCVnXsny4xaWCumgHst9hFNMCPl&show
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los ocho días del mes de febrero del año 2023.
Diputada Lorena Piñón Rivera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco, en coordinación con los gobiernos de las 32 entidades federativas, a llevar a cabo acciones de inspección en los establecimientos comerciales del país, con la finalidad de detectar y sancionar actos y cobros abusivos hacia los consumidores en relación al cumplimiento de la prohibición de entregar bolsas plásticas de un solo uso, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La correcta disposición final de los residuos sólidos urbanos ha sido y es uno de los principales problemas ambientales a nivel local, nacional e internacional, por lo que su tratamiento resulta un importante reto para cualquier gobierno.
A nivel mundial la problemática de la llamada “basura” representa un impacto negativo altamente preocupante; datos de la Organización de las Naciones Unidas señalan que cada año se recolecta en el mundo una cantidad estimada de 11 mil 200 millones de toneladas de residuos sólidos, mientras que la desintegración de la proporción orgánica de estos residuos sólidos contribuye aproximadamente al 5 por ciento de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero.1
Nuestro país está lejos de encontrarse en una mejor posición, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), para el mes de junio del año pasado (2022), en promedio, cada día se recolectaron más de 106 mil toneladas de residuos sólidos en los municipios y demarcaciones territoriales donde se presta el servicio de recolección de basura.2
Para la atención de esta problemática los esfuerzos no sólo se han centrado en las tareas de los gobiernos locales –por ser quienes legalmente tienen la atribución–, sino que se han implementado acciones conjuntas de los diferentes órdenes de gobierno e incluso desde la colaboración con este Poder Legislativo para la construcción de reformas legales que, además de generar certeza legal y armonización de las tareas gubernamentales a nivel nacional, permitan hacer un frente sólido para combatir la contaminación provocada por la mala disposición de los residuos, especialmente los residuos sólidos urbanos a nivel nacional.
Con el paso de los años se ha descubierto que uno de los materiales cuya concentración en basureros se encuentra en mayor volumen son los plásticos; hoy en día diversos especialistas afirman que para el año 2050 habrá más plásticos que peces en el mar.
Dicha afirmación puede parecer alarmista o exagerada, pero, desgraciadamente, no lo es. De acuerdo a un estudio de la Universidad de Viena: “aunque no lo notemos, comemos y bebemos microplásticos cada día hasta un total de cinco gramos a la semana, el equivalente al peso de una tarjeta de crédito”.
Como bien lo refiere dicha Universidad, aun cuando seamos parte del grupo de la sociedad que hoy en día se encuentra mucho más informada y, por ende, ha tomado consciencia sobre la gravedad de la contaminación por plásticos en el planeta y realiza esfuerzos por reducir sustancialmente su consumo personal de los mismos, es tal el grado del volumen de residuos plásticos acumulados en nuestras calles y mares que hoy incluso actividades tan elementales como respirar y comer representan un riesgo por las micropartículas de estos que se encuentran en el aire y en los alimentos.
En nuestro país ha habido esfuerzos importantísimos para reducir el consumo de aquellos plásticos considerados de un solo uso, esos que fácilmente pueden ser reemplazados por otro material menos contaminante y brindarnos el mismo servicio; el ejemplo más claro son las bolsas plásticas.
Hoy en prácticamente todas las entidades de nuestro país existe una regulación sobre las mismas y la prohibición de entregarlas en los establecimientos comerciales ha resultado una alternativa viable para comenzar a poner un alto al problema de contaminación causada por los plásticos y logra que las personas asumamos el compromiso de hacer un consumo más responsable y amigable con el medio ambiente.
Según datos de la Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis (SEDIA) de la Cámara de Diputados, retomados por el periódico Milenio,3 para enero de 2022 las entidades que prohibían el uso de las bolsas plásticas de acuerdo con sus normas eran:
1. Sonora (Prohibió la distribución de bolsas de plástico el 25 de abril de 2018 y entró en vigor el 12 de diciembre del mismo año);
2. Veracruz (14 de mayo de 2018; fue el primer estado en prohibir todos los plásticos de un solo uso y entró en vigor en noviembre del mismo año);
3. Quintana Roo (29 de mayo de 2019, entra en vigor en junio del mismo año);
4. Chihuahua (el 30 de agosto de 2018 prohibió la distribución de popotes y el 16 de julio de ese año el uso de bolsas de plástico);
5. Durango (El gobierno anunció un programa para restringir las bolsas de plástico el 1 de septiembre de 2018);
6. Jalisco (29 de septiembre de 2018; entró en vigor en 2020);
7. Tamaulipas (4 de octubre de 2018, entró en vigor el 1 de enero de 2019);
8. Baja California (30 de octubre de 2018, entró en vigor el 6 de marzo de 2019);
9. Nayarit (21 de mayo de 2019, comenzó a regir paulatinamente hasta que la medida aplique de manera total 18 meses después);
10. Coahuila (18 de diciembre de 2018, entró en vigor al día siguiente);
11. Tlaxcala (12 de marzo de 2019, entró en vigor al día siguiente);
12. Guerrero (19 de marzo de 2019, entró en vigor al día siguiente);
13. Baja California Sur (25 de enero de 2019, entró en vigor el 16 de septiembre);
14. Guerrero (19 de marzo de 2019, entró en vigor en septiembre del mismo año);
15. Oaxaca (11 de abril de 2019, entró en vigor al día siguiente);
16. Puebla (24 abril de 2019, entró en vigor al día siguiente);
17. Tabasco (2 de mayo de 2019, entró en vigor en 2020);
18. Ciudad de México (9 de mayo de 2019, entró en vigor en 2020);
19. San Luis Potosí (2 de febrero de 2019, entró en vigor en octubre de 2022);
20 Nuevo León (25 de marzo de 2019, entró en vigor en 2020);
21. Hidalgo (19 de marzo de 2019, entró en vigor el 15 de abril);
22. Colima (El 19 de octubre de 2019 se reformó la Ley de Residuos Sólidos del Estado);
23. Michoacán (Entró en vigor en abril del 2021);
24. Morelos (Entró en vigor a partir del 18 de enero de 2022);
25. Querétaro (Entró en vigor el 18 de julio del 2019);
26. Yucatán (El 12 de junio de 2019 se aprobó la Ley General para la Gestión Integral de los Residuos en el Estado), y
27. Zacatecas (Entró en vigor partir del primero de julio de 2021).
En el mismo sentido, entidades como Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Guerrero, Jalisco, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Sonora, Veracruz, Yucatán y Zacatecas también prevén el uso de bolsas reutilizables o hechas con materiales biodegradables.
Indudablemente, lo anterior nos habla del interés y compromiso de los gobiernos de los Estados para implementar acciones que tienen como objetivo evolucionar hacia una convivencia más armónica de los seres humanos con el medio ambiente, logrando minimizar el impacto negativo de nuestras actividades y reduciendo el nivel de contaminación que hoy el planeta entero experimenta.
No obstante, los avances en la legislación y de las prohibiciones expresas en las leyes locales de todas las entidades mencionadas, la contaminación por plásticos sigue siendo un problema, Durante 2022 México registró un consumo de plásticos de 5.9 millones de toneladas y una producción de 3.8 millones de toneladas, equivalentes a 400 mil millones de dólares, según datos de Asociación Nacional de Industrias del Plástico (ANIPAC).4
Esto habla de que aún nos falta redoblar esfuerzos para lograr funcionar en concordancia a la tendencia mundial sobre la eliminación de los plásticos de un solo uso.
A pesar de ello, tenemos que ser enfáticos en lo que sí se está haciendo bien y en el incremento del sector poblacional que hoy se encuentra mucho más comprometido con el medio ambiente.
Al menos en las principales ciudades del país hoy ya no resulta ajeno ver a las personas hacer sus compras y no recibir bolsas plásticas, por el contrario, hemos adoptado con responsabilidad el uso de bolsas reutilizables que abonan a generar menos residuos.
Desafortunadamente, algunas veces la buena voluntad y el compromiso de las personas que sí cumplen con las leyes y que adoptan genuinamente la consciencia de contaminar menos se ve afectada por prácticas abusivas de los negocios que han hecho de estas prohibiciones una oportunidad para beneficiarse económicamente y vender alternativas menos contaminantes, pero en ocasiones, mucho más caras, valiéndose de la necesidad de sus clientes de transportar sus compras. Lo anterior representa un desincentivo para las personas que tienen la voluntad de cambiar sus hábitos de consumo por otros más amigables con el entorno.
Otra denuncia común de los consumidores es que, a partir de la entrada en vigor de las prohibiciones de entregar bolsas de plástico de un solo uso, algunos de los comercios que previo de las prohibiciones ya entregaban o empacaban sus productos en bolsas de papel hoy han impuesto un costo por la misma bolsa que antes era entregada de manera gratuita como contraprestación a la compra de sus productos.5
Cabe resaltar que no se trata de estigmatizar a un material o a una industria, el objetivo primordial es salvaguardar dos derechos humanos importantes para la sobrevivencia humana: la salud y el acceso a un medio ambiente sano.
Para cumplir con lo anterior se requiere tomar decisiones determinantes que abonen a poner un alto a la contaminación por plásticos en nuestro país, pero, sobre todo, de la corresponsabilidad de todos.
Generar consciencia en la sociedad ha sido un paso importantísimo en nuestro país, por ello, nuestra obligación como legisladores también es garantizar que no exista un abuso en contra de ella.
Sin duda, la implementación de nuevos hábitos en ocasiones generará incomodidades e incluso gastos para la introducción de nuevas tecnologías y materiales menos contaminantes, lo inadmisible es que se quiera lucrar con algo que ya se venía haciendo de manera gratuita, como lo es la entrega de bolsas de otro material, o bien, que se exagere en los precios de bolsas de materiales alternativos y menos contaminantes.
En la protección de nuestro entorno la responsabilidad compartida es vital para lograr su recuperación y conservación, abusar de quienes quieren ser más respetuosos con el medio ambiente es algo que no se debe permitir. En el contexto de la limitación del uso de bolsas plásticas de un solo uso, las empresas y comercios deben poner de su parte para buscar alternativas sostenibles y económicamente justas para ellos y sus clientes.
Por lo aquí expuesto, se somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados de honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, de conformidad con sus atribuciones y en coordinación con los gobiernos de las 32 entidades federativas, lleve a cabo acciones de inspección en los establecimientos comerciales del país con la finalidad de detectar y sancionar actos y cobros abusivos hacia los consumidores en relación al cumplimiento de la prohibición de entregar bolsas plásticas de un solo uso.
Notas
1 Véase, “Todos podemos cambiar la situación en los siguientes ámbitos”. ONU. Disponible en:
https://www.un.org/es/actnow/facts-and-figures#:~:text=Becca%20McChaffie%2FUnsplash.-,
Residuos,de%20gases%20de%20efecto%20invernadero.
2 Véase, “Estadísticas a propósito del día mundial del medio ambiente”. Inegi. Comunicado de prensa 310/22 del 02 de junio de 2022. Diponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/EAP_Me dAmb22.pdf
3 Véase, “¡Más verdes! Estos estados prohíben los plásticos de un solo uso. Milenio. Disponible en:
https://www.milenio.com/estados/que-estados-ya-aprobaron-prohibir-los-popotes-y-bolsas-de-plastico#:~:text=
Morelos%20(Entr%C3%B3%20en%20vigor%20a,primero%20de%20julio%20de%202021)
4 Véase, “Industria del plástico en México cierra 2022 con números positivos”. Plastics Technology México. 22 de diciembre de 2022. Disponible en: https://www.pt-mexico.com/noticias/post/industria-del-plastico-en-mexic o-cierra-2022-con-numeros-positivos
5 Véase, “Inditex anunció que cobrará por las bolsas que entregue a sus clientes. La medida se aplicará desde el 18 de octubre en estos mercados. Zara no entregará más bolsas gratis para que los consumidores lleven sus compras”. Disponible en https://www.merca20.com/zara-comienza-a-cobrar-por-las-bolsas-cuanto-y-por-que/#:~:text=Inditex%20anunci%
C3%B3%20que%20cobrar%C3%A1%20por,los%20consumidores%20lleven%20sus%20compras.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a diseñar e implementar un registro integral de productores agrícolas, con objeto de contar con información precisa y actualizada del sector, que permita conocer las necesidades particulares de los productores, a cargo de la diputada Esther Martínez Romano, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, diputada Esther Martínez Romano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a diseñar e implementar un registro integral de productores agrícolas, con el objeto de contar con información precisa y actualizada del sector, que permita conocer las necesidades particulares de los productores, para optimizar el diseño y ejecución de las políticas públicas y programas que requieren de manera diferenciada los pequeños, medianos y grandes productores agrícolas del país, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En nuestro país se carece de un padrón integral de productores agrícolas, dicha situación no contribuye a la planeación e implementación de políticas públicas adecuadas y focalizadas para las necesidades de la vocación productora de cada una de las regiones del país, menos aún, atiende las carencias particulares que tienen los pequeños, medianos y grandes productores del país.
Si bien, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) realiza cada 10 años el Censo Agrícola-Ganadero, con el objetivo de brindar un panorama del comportamiento de las unidades de producción agrícola y ganadera en el país, este ejercicio de encuesta, no puede cumplir con el objetivo de un auténtico registro.
El INEGI recaba, durante el censo, datos sobre la forma en que están organizadas las unidades productivas, el uso del suelo, la infraestructura con la que cuentan, la cantidad de hombres y mujeres que participan en los procesos de producción, la tenencia de la tierra, la superficie sembrada, la disponibilidad de agua, la cría y explotación de animales y la tecnología empleada, entre otros datos más.
Toda la información recopilada en el Censo Agrícola-Ganadero es muy relevante y de gran utilidad, para la implementación de programas y políticas públicas a cargo de secretarías y organismos públicos relacionados con el sector; sin embargo debemos tener en cuenta, que al tratarse de un censo, el INEGI debe confiar en la buena voluntad de las respuestas del encuestado; por tal razón el censo otorga un panorama vago del sector.
Por otra parte la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) cuenta con el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios , mismo que tiene como finalidad garantizar la transparencia en la ejecución de los recursos públicos y evitar triangulaciones; con lo cual, los productores no pueden acceder a los recursos de los componentes si no están inscritos en dicho padrón.
Como se puede observar, la única finalidad del Padrón de Solicitantes y Beneficiarios , es tener un registro de los productores que reciben algún tipo de apoyo o programa gubernamental, quedando fuera del listado aquellos productores que no han solicitado o recibido algún apoyo.
De igual manera, el gobierno federal cuenta con el Registro Agrario Nacional, mismo que es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y tiene a su cargo el control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal.
Asimismo, existe el Registro Nacional Agropecuario que es un órgano técnico responsable de los servicios registrales relativos a la organización de los productores agrícolas y ganaderos, así como de las inscripciones en materia de variedades vegetales.
Si bien todos los registros y padrones antes mencionados, son de gran utilidad para el desarrollo y control de la actividad del sector agrícola del país, ninguno de ellos cumple con la amplitud y especificidad que debe tener un padrón de productores agrarios.
Un auténtico padrón debe tener registro de todos los pequeños, medianos y grandes productores del campo, con el fin de conocer el nivel de productividad, tipo de producción, situación de formalidad, apoyos gubernamentales o fiscales que se reciben, y demás datos de cada uno de los productores; lo anterior, para contar con un diagnóstico actualizado que permita identificar las necesidades reales de cada región y productor del país.
Con un registro nacional de productores agrícolas, se podría facilitar el apoyo a los productores agrarios de autoconsumo, pequeño, mediano y grandes, atendiendo de mejor manera las necesidades y particularidades de cada uno de ellos y sobre todo, se garantiza la creación de políticas públicas y programas que verdaderamente atiendan con eficiencia y prontitud las necesidades del sector agrario nacional.
En este sentido, un adecuado registro de productores permitirá mejorar el sistema de entrega de apoyos, al posibilitar que se entreguen los subsidios y programas a los productores que más lo necesitan, eliminando con ello la subjetividad en la asignación de los beneficiarios.
Igualmente, permitirá la entrega eficiente y equitativa de semillas y fertilizantes, así como prestar, de manera más adecuada, la asistencia técnica que cada región o cultivo requiere para aumentar su productividad.
Asimismo, se posibilita que los productores puedan comercializar sus productos mediante programas de crédito que les permita financiar la maquinaria necesaria para el embalado y transporte de su producción a los mercados tradicionales y digitales.
En razón de lo antes expuesto es que la presente proposición con punto de acuerdo, exhorta a la SADER a diseñar e implementar un padrón integral de productores agrícolas, con el objeto de contar con información precisa y actualizada del sector, que permita atender de manera diferenciada por tamaño de productor, tipo de cultivo y región, para crear políticas y programas diferenciados para atender las necesidades particulares de cada región y productor del país.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor del siguiente resolutivo
Único.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a diseñar e implementar un registro integral de productores agrícolas, con el objeto de contar con información precisa y actualizada del sector, que permita conocer las necesidades particulares de los productores, para optimizar el diseño y ejecución de las políticas públicas y programas que requieren de manera diferenciada los pequeños, medianos y grandes productores agrícolas del país.
Referencias:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/ contenidos/espanol/bvinegi/productos/metodologias/est/sm_agricola.pdf
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2047405&fecha=23/10/2001#gsc.tab=0
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2047405&fecha=23/10/2001#gsc.tab=0
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero 2023.
Diputada Esther Martínez Romano (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a distribuir preservativos en farmacias, supermercados, estaciones de transporte público y tiendas de autoservicio, a fin de facilitar el acceso a estos y contribuir así a la educación sexual y reproductiva de la población, a cargo del diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Salomón Chertorivski Woldenberg, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
El uso correcto de preservativos o condones reduce el riesgo de contraer alguna de las enfermedades de transmisión sexual (ETS), el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) o de tener un embarazo no deseado, con una efectividad que va de 85 a 95 por ciento.1 Dada su importancia, los países miembros de la Organización Mundial de Salud (OMS), principalmente aquellos de América Latina y el Caribe se han comprometido con programas de distribución de preservativos.2
En México, la Secretaría de Salud desde hace más de una década distribuye preservativos de manera gratuita a través de los centros ambulatorios para la prevención y atención en sida e infecciones de transmisión sexual. De acuerdo con información de la secretaria,3 en 2021 se repartieron más de 36 millones de condones en las 32 entidades federativas. Pese a ello y a que los condones gratuitos también son distribuidos en los centros de salud, en clínicas del Instituto de Seguridad y servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, pero son lugares a los que población clave como: personas trabajadoras sexuales, indígenas, migrantes, personas privadas de la libertad y la comunidad trans difícilmente acuden, situación que se traduce en una barrera de acceso a los preservativos gratuitos otorgados por el Estado.
La propia OMS reconoce que “incluso donde existen políticas públicas de distribución gratuita de preservativos, el suministro suele ser insuficiente para satisfacer las necesidades de los grupos de población con más riesgo de contraer una ETS”,4 debido, entre otros factores, a la dificultad para acceder a dichos productos. Debido a esto, es imperativo emprender acciones que faciliten la obtención de los condones gratuitos disponibles brindados por el sistema público de salud.
Además, enfrentamos un contexto en donde, de acuerdo con la Encuesta Nacional Salud y Nutrición (Ensanut) de 2021,5 sólo 36.3 por ciento de la población adolescente en el país conoce sobre la utilidad de los preservativos y 19.3 usa algún método anticonceptivo en su primera relación sexual. Mientras, la misma encuesta reveló que 36 por ciento de las mujeres adolescentes de 12 a 19 años ha estado embarazada alguna vez. Estos datos no sólo demuestran la falta de conocimiento sobre la utilidad de los preservativos, sino la disponibilidad gratuita del mismo en las y los adolescentes mexicanos.
Es pertinente impulsar estrategias focalizadas que atiendan el acceso a la información y a los preservativos gratuitos que ya se distribuyen en las distintas instituciones sanitarias de nuestro país. Una de estas estrategias, con el objetivo de realizar campañas de concientización más intensas, se propone acercar los condones gratuitos a la población mediante su disponibilidad en sitios concurridos como farmacias, supermercados, estaciones de transporte público, así como tiendas de autoservicio, a fin de facilitar la obtención de los mismos y promover su uso entre los adolescentes y población vulnerable.
El artículo 157 Bis de la Ley General de Salud6 obliga a que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas promuevan el uso del condón, priorizando a las poblaciones de mayor vulnerabilidad y riesgo de contraer la infección del VIH/SIDA y demás enfermedades de transmisión sexual. Bajo esta misma línea, la estrategia propuesta coadyuva al cumplimiento del marco legal y se inscribe dentro de las funciones otorgadas por el mismo.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud a distribuir preservativos en farmacias, supermercados, estaciones de transporte público y tiendas de autoservicio a fin de facilitar el acceso a ellos y contribuir así a la educación sexual y reproductiva, especialmente en adolescentes y población vulnerable.
Notas
1 IMSS. Preservativo, o condón masculino. Recuperado de
http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/planificacion-familiar/preservativo
2 OMS. Programas integrales de distribución de preservativos y lubricantes. Recuperado de https://www.paho.org/es/temas/prevencion-combinada-infeccion-por-vih/pr ogramas-integrales-distribucion-preservativos
3 Gobierno federal. Comunicado Secretaría de Salud. Recuperado de https://www.gob.mx/salud/prensa/
066-utilizan-condon-75-de-hombres-y-51-de-mujeres-adolescentes?idiom=es#:~:text=En%20el%
20pa%C3%ADs%2C%20la%20Encuesta,cond%C3%B3n%20en%20su%20pr%C3%A1ctica%20sexual
4 OMS. Programas integrales de distribución de preservativos y lubricantes. Recuperado de https://www.paho.org/es/temas/prevencion-combinada-infeccion-por-vih/pr ogramas-integrales-distribucion-preservativos
5 Instituto Nacional de Salud Pública. Encuesta Nacional de Salud y Nutrición de 2021. Recuperado de https://ensanut.insp.mx/encuestas/ensanutcontinua2021/doctos/informes/2 20804_Ensa21_digital_4ago.pdf
6 Ley General de Salud. Publicado en el Diario el 7 de febrero de 1984. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_de_Salud.p df
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Salomón Chertorivski Woldenberg (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a investigar y sancionar el desvío de recursos públicos del alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, para pintar de azul unidades habitacionales, monumentos históricos, escuelas y bardas con el fin de promover al PAN, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.
Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, investigue y sancione el desvío de recursos públicos del Alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, para pintar de azul unidades habitacionales, monumentos históricos, escuelas y bardas con el fin de promover al Partido Acción Nacional, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primero. Durante nueve meses, José Giovani Gutiérrez Aguilar , Alcalde de Coyoacán , ha gastado más de 50 millones de pesos en un programa de pinta de fachadas de Unidades Habitacionales, Monumentos Históricos, Escuelas y Bardas en flagrante promoción del Partido Acción Nacional.
Segundo. Dicho programa es parte de la acción social “Pintando Coyoacán Contigo”, mediante la cual se pretende pintar 550 mil metros cuadrados de fachadas de viviendas de escasos recursos, principalmente.
Tercera. Supuestamente el objetivo es mejorar la imagen urbana de las unidades habitacionales y viviendas particulares para garantizar un entorno social positivo para la población y el correcto desarrollo de la misma.
Cuarto. Sin embargo, en realidad está haciendo una indebida utilización de los recursos públicos para promover su imagen personal y la del Partido Acción Nacional.
Quinto. De esta manera, José Giovani Gutiérrez Aguilar , Alcalde de Coyoacán , viola flagrantemente lo estipulado por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala:
“Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados .”
Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, investigue y sancione el desvío de recursos públicos del Alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, para pintar de azul Unidades Habitacionales, Monumentos Históricos, Escuelas y Bardas con el fin de promover al Partido Acción Nacional.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al INAI a promover ante la SCJN una controversia constitucional, a efecto de que la colegisladora designe a la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que tiene, a cargo de la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura federal, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de ésta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que, interponga ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional a efecto de que la Cámara de Senadores designe a la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que tiene el pleno, y se evite que ese instituto entre en fase de inoperancia a partir del 1 de abril de 2023; y, en su caso, dé a conocer a través de su página de Internet, los motivos por los que no ha promovido la referida controversia constitucional, a pesar de que su Consejo Consultivo le recomendó considerar promoverla a fin de que el Senado de la República, designe a la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que actualmente tiene el pleno de ese instituto, bajo las siguientes:
Consideraciones
Como es del conocimiento público, desde el 31 de marzo del año 2022, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (en lo sucesivo Inai), ha funcionado con cinco comisionadas y comisionados en lugar de los siete que dispone en su artículo sexto., literal A, fracción VII, párrafo octavo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no obstante que dicha integración no es la óptima para salvaguardar las políticas públicas y derechos fundamentales a cargo del instituto.
Si bien el instituto ha podido seguir operando ya que, para la toma de decisiones y adopción de resoluciones, se requiere de un mínimo de cinco integrantes, debe tenerse en consideración que el 31 de marzo de 2023, uno de los actuales comisionados concluirá su encargo al cumplirse el término de su nombramiento y, de no realizarse las designaciones correspondientes, se estaría ante la posibilidad de que el pleno se integre solo por cuatro comisionadas y comisionados, lo que resultaría en la inoperancia del instituto a partir del primero de abril del año en curso.
Valdría la pena mencionar que para ejercer algunas de sus facultades legales se requieren cinco votos en un mismo sentido. De manera que un pleno integrado con cuatro de siete comisionados restaría facultades al Inai. En este sentido, resulta importante señalar que el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece que:
“El pleno del instituto, integrado por siete Comisionados con voz y voto, incluido su presidente, es el órgano superior de dirección del instituto, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales...
El pleno tomará sus decisiones... de manera colegiada...
Las sesiones del pleno serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco comisionados , incluyendo al comisionado presidente.
Las decisiones y resoluciones se adoptarán por mayoría simple...”
Como resulta evidente, en el supuesto de que el Senado de la República persista en la omisión de designar a la comisionada y el comisionado cuyos espacios en el Pleno del Inai se encuentren vacantes todavía al próximo 31 de marzo, se estaría ante la posibilidad real de que el primero de abril del presente año, el pleno del instituto no cuente con el número mínimo (cinco) de comisionadas y comisionados para que sus sesiones sean válidas, situación que resultaría en la inoperancia del Inai, lo que impediría salvaguardar las políticas y derechos fundamentales a cargo de este instituto.
Ahora bien, resulta importante señalar que las Comisiones de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana y de Justicia de la Cámara de Senadores, el 2 de abril de 2022, emitieron y turnaron a la Junta de Coordinación Política el dictamen con el listado de las y los candidatos con las condiciones de elegibilidad para ocupar el cargo de comisionada y comisionado del Inai,1 y que, desde esa fecha, no se ha presentado ante el pleno de ese cuerpo legislativo para que se concluya con el respectivo proceso de designación.
De igual forma, es significativo referir que una situación similar ha acontecido respecto a la designación de comisionadas y comisionados de los plenos del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). En el caso de este último órgano constitucional autónomo, el proceso de designación fue concluido el pasado dos de febrero como consecuencia del cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación recaída a la respectiva controversia constitucional de la que: “...las Comisiones Dictaminadoras recibieron el oficio ... suscrito por ... directora general de Asuntos Jurídicos del Senado de la República, por el que se informa respecto de los puntos resolutivos aprobados por el pleno de la SCJN en la sentencia relativa a la controversia constitucional 207/2021 promovida por la Cofece en contra de “La omisión del Ejecutivo federal de seleccionar, de entre los aspirantes que obtuvieron las calificaciones aprobatorias más altas”...”.2
No obstante que aquellos órganos constitucionales autónomos no desahogan el mismo procedimiento de designación que las comisionadas y comisionados del INAI, toda vez que sus respectivos procesos de designación dependen de la actuación de un órgano legislativo (al efecto el Senado de la República) y del titular del Ejecutivo federal, la omisión de nombramiento de los integrantes de sus órganos de dirección ha resultado en la incapacidad de dichas instancias de llevar a cabo las facultades orgánicas y funciones esenciales que disponen las leyes respectivas; motivos por los cuales promovieron las respectivas controversias constitucionales a efecto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera ordenar a los entes competentes, dieran cause a la designación de las personas comisionadas de cada uno de los respectivos cuerpos colegiados.
En este orden de ideas, no es óbice destacar que el Inai, en términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción VI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, puede promover, previa aprobación del pleno, las controversias constitucionales en términos de lo establecido en el artículo 105, fracción I, inciso k), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Resulta importante señalar, a mayor abundamiento, que el Consejo Consultivo del INAI ante la próxima salida de otro comisionado y vislumbrando una eventual inoperancia del Instituto, recomendó el pasado 22 de diciembre, al pleno de Comisionados, que “...a la par de las gestiones que viene realizando, considere la posibilidad de promover, en el momento oportuno, una controversia constitucional a fin de que el Senado de la República designe a la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que actualmente tiene el pleno y evitar que el instituto entre en fase de inoperancia el 1 de abril de 2023.”, y que, a la fecha, el pleno ha sido omiso en promover la acción legal que le recomendó su propio Consejo Consultivo.
Es preocupante la falta de acción legal del Inai respecto a la omisión de promover la demanda de controversia constitucional que coadyuve a destrabar el nombramiento de la comisionada y el comisionado vacantes, en especial cuando ha dado cumplimiento a su obligación de notificar a la Cámara de Senadores de la próxima salida de su órgano de dirección de otro de sus integrantes y el riesgo real de que el Instituto, como lo ha advertido su Consejo Consultivo, se encuentre en un estado de inoperancia que afecte el ejercicio de los derechos fundamentales de los que el Inai es garante.
En este orden de ideas, desde el momento en que el pleno del Inai, optó por no presentar la Controversia Constitucional que le recomendó su Consejo Consultivo, y con conocimiento de que a partir del 1 de abril de 2023, su pleno sería inoperante por la falta de tres comisionados, dejó a los ciudadanos sin la posibilidad de ejercer sus derechos humanos de acceso a la información y a la protección de datos personales consagrados en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que promueva ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una controversia constitucional a efecto de que, ante la constante omisión por parte de la Cámara de Senadores de nombrar a las personas que integran los organismos constitucionales autónomos, la Suprema Corte de Justicia constriña a la colegisladora a designar a la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que tiene el pleno del instituto y se evite que entre en fase de inoperancia a partir del 1 de abril de 2023.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que informe a la sociedad, a través de su página de Internet, las acciones que ha llevado a cabo para promover la designación de la comisionada y del comisionado faltantes desde el 1 de abril de 2022, así como los motivos por los que, no obstante que su Consejo Consultivo le recomendó considerar promover una controversia constitucional a fin de que el Senado de la República designe a la comisionada y el comisionado que ocuparán las dos vacantes que actualmente tiene el pleno de ese Instituto, no la ha promovido.
Notas:
1 Fuente: https://comisiones.senado.gob.mx/justicia/docs/nombramientosLXV/NCINTAIPDP2022/
1_dictamen.pdf consultada el 31 de enero de 2023
2 Dictamen de las Comisiones Unidas de Economía y de Estudios Legislativos, Segunda, respecto al nombramiento del comisionado Giovanni Tapia Lezama a Comisionado de la Comisión Federal de Competencia Económica. Gaceta del Senado, 2 de febrero de 2023.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 8 de febrero de 2023.
Diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT y a la SSPC a diseñar e implementar un plan de seguridad vial en el que se determine que solamente podrá transitar por el tramo “los chorros” de la carretera federal 57, el transporte de carga que cuente con permiso de conectividad, a cargo del diputado Jaime Bueno Zertuche, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Jaime Bueno Zertuche, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración el siguiente documento, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes:
Consideraciones
El tramo conocido como Los Chorros de la carretera Saltillo – Matehuala sigue siendo escenario de lamentables accidentes que ponen en riesgo la vida de familias enteras, así como de trabajadores y trabajadoras, obstaculizan el tránsito carretero, dejan sin comunicación a comunidades enteras y generan significativas pérdidas económicas millonarias.
Hace apenas un par de semanas, durante las sesiones de la Comisión Permanente, presenté una proposición con punto de acuerdo para exhortar a las autoridades federales competentes a implementar acciones para prevenir los accidentes en el referido tramo carretero; sin embargo, nada se ha resuelto al respecto y el pasado 5 de febrero esta locación volvió a ser escenario de un grave suceso.
De acuerdo con diversas fuentes informativas, luego de volcar, un tráiler terminó sobre una camioneta en el kilómetro 231 del tramo Los Chorros, por lo menos hubieron 3 personas lesionadas y el tránsito quedó interrumpido por horas. Las imágenes de lo sucedido son impactantes, ponen de manifiesto el grave e inminente riesgo en el que nos encontramos quienes transitamos esa carretera de perder la vida o resultar gravemente heridos.
Lo más grave de esta situación es que el gobierno federal no hace más que mandar a la Guardia Nacional a desviar el tráfico después de los accidentes. En esta tribuna las y los legisladores del PRI hemos dado múltiples propuestas para solucionar de raíz el problema en esta carretera, desde asignaciones presupuestales para verificar el trazo, hasta un nueva configuración de competencias entre los órdenes de gobierno para atender puntualmente este problema.
Sin embargo, para el gobierno federal los cientos de accidentes en esta zona no son una prioridad, ni la población afectada, ni las vidas perdidas. Es lamentable que, a pesar de nuestras solicitudes, no exista a la fecha un plan que busque mejorar la seguridad vial y que traiga tranquilidad a las personas usuarias y sus familias.
Las y los legisladores del PRI seguiremos denunciando los accidentes en el tramo carretero Los Chorros, y no nos cansaremos de proponer alternativas para prevenirlos. En este tenor, la presente proposición con punto de acuerdo tiene por objeto solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal diseñe e implemente un plan de seguridad vial en el que se determine que solamente podrá transitar por la Carretera Federal 57 en el sentido Matehuala- Saltillo el transporte de carga que cuente con permiso de conectividad.
Con esta medida se busca aligerar el transporte de carga por la zona, promoviendo el tránsito por la carretera libre de quienes no cuenten con el referido permiso. Esta es una alternativa viable, que de aplicarse demostraría la voluntad del gobierno federal de proteger a la ciudadanía y brindar mejores condiciones para el flujo carretero y la seguridad vial.
Se busca que la circulación de transporte de carga sea estrictamente aquel que cuente con operaciones en la región de Arteaga evitando que transporte foráneo que desconoce las condiciones, peligros y riesgos de la carretera el cual pone en riesgo a todos los usuarios.
Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único.- Se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Seguridad Pública para que diseñe e implemente un plan de seguridad vial en el que se determine que solamente podrá transitar por el tramo “Los Chorros” de la Carretera Federal 57 el transporte de carga que cuente con permiso de conectividad.
Ciudad de México, a 6 de Febrero de 2023.
Diputado Jaime Bueno Zertuche (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las dependencias encargadas de la movilidad en las 32 entidades del país a llevar a cabo operativos para impedir que los conductores circulen a exceso de velocidad y con ello evitar la ocurrencia de siniestros viales, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El exceso de velocidad es uno de los mayores responsables de causar numerosos accidentes de tránsito; de acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Transporte durante 2019 fallecieron en nuestro país 14,673 personas y otras 100,274 resultaron heridas a causa de eventos viales, entre las causas atribuibles se encuentra el factor humano, desde el punto de vista del comportamiento de los usuarios, como el principal elemento que origina dichos siniestros.1
Al analizar a detalle las conductas del factor humano que derivaban en accidentes viales se encontró que el exceso de velocidad representó un importante porcentaje en las causas asociadas a los accidentes viales.
En este sentido, el exceso de velocidad resulta un factor crítico de riesgo en los siniestros de tránsito al incrementar de manera considerable la posibilidad de que ocurra un accidente con consecuencias fatales. De acuerdo con estudios especializados en la materia, cuando se conduce a velocidad excesiva aumenta significativamente la probabilidad de que el conductor pierda el control del vehículo, ya que reduce su capacidad de anticiparse a los peligros, asimismo, a mayor velocidad aumenta la inseguridad y el riesgo en la aproximación de una curva y en una intersección se reduce la posibilidad de realizar maniobras evasivas de emergencia en caso de que otro vehículo se vea involucrado.2
A continuación, se enlistan cuatro elementos estrechamente relacionados con el exceso de velocidad los cuales incrementan el peligro de sufrir algún percance:
• El vehículo se vuelve menos estable a mayor velocidad.
• La gravedad del percance aumenta.
• Otros usuarios tienen menos capacidad de reaccionar ante la amenaza.
• El conductor tiene menos tiempo para reaccionar.
En esa misma línea, los usuarios más vulnerables de la vía pública son los peatones, los ciclistas y los conductores de motocicletas, los cuales tienen un alto riesgo de sufrir lesiones graves o mortales cuando los automóviles chocan en contra de ellos; la probabilidad de que un peatón fallezca en un siniestro vial aumenta considerablemente con la velocidad.3
En la siguiente imagen se muestra la posibilidad que tiene un peatón de sufrir una lesión mortal en caso de ser atropellado por un vehículo a exceso de velocidad:
Se ha demostrado que una gran parte de los peatones logran sobrevivir si son atropellados por un automóvil que vaya a 30 kilómetros por hora, sin embargo, si el vehículo excede los 50 kilómetros por hora las consecuencias para los peatones pueden resultar fatales.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), durante 2021 en nuestro país se registraron un total de 340,415 accidentes de tránsito, de los cuales 275,982 correspondieron a daños materiales, en 60,584 de los incidentes las víctimas presentaron heridas, mientras que los 3,849 restantes fueron eventos donde al menos se presentó una persona fallecida.4
Según el estudio Velocidad y usuarios vulnerables en México ,5 realizado en 2018 por la Fundación Mapfre, aproximadamente el 30% de los vehículos que circulan en las principales ciudades del país rebasan los límites de velocidad permitidos, uno de cada cuatro excede hasta en 50% dicho límite, fundamentalmente en vías donde el máximo permitido es de 40 kilómetros por hora.
En el mismo estudio se revela que, de acuerdo con información de la Organización Mundial de la Salud, una de cada tres víctimas de accidentes de tránsito a nivel mundial se debe a la conducción de los vehículos a exceso de velocidad.
Como se puede observar, conducir a exceso de velocidad es una irresponsabilidad de la persona que va al volante, sin embargo, cuando se trata de un conductor de transporte público la irresponsabilidad es mayor ya que las consecuencias fatales pueden multiplicarse considerablemente, tal fue el caso de lo sucedido el pasado 16 de enero en Naucalpan, en el Estado de México, donde una unidad de transporte público que conducía a exceso de velocidad se impactó contra dos vehículos. Lo anterior derivó en que tanto la unidad de transporte público como uno de los vehículos siniestrados cayeran a una barranca, dejando un saldo de al menos cuatro personas fallecidas y diez pasajeros heridos.
Por su parte, el pasado 23 de enero, nuevamente en el Estado de México, en el municipio de Ecatepec, una unidad del servicio de transporte de pasajeros se vio involucrada en una volcadura; de acuerdo con información de diversos medios de comunicación el conductor perdió el control de la unidad debido al exceso de velocidad, la unidad de transporte conducía a dieciséis pasajeros de los cuales diez fueron trasladados al hospital para recibir atención médica.
Siniestros como los aquí descritos, lamentablemente ocurren a diario en diversas ciudades del país, por este motivo, resulta fundamental que las autoridades estatales encargadas de la movilidad implementen y, en su caso refuercen, en sus respectivos territorios las acciones orientadas a vigilar que los conductores respeten los límites permitidos de velocidad y con ello se reduzca la incidencia de accidentes viales que muchas veces tienen consecuencias fatales.
En virtud de lo anterior, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados de Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las dependencias encargadas de la movilidad en las 32 entidades del país para que lleven a cabo de manera permanente y, en su caso, refuercen los operativos para impedir que los conductores circulen a exceso de velocidad y con ello se evite la ocurrencia de siniestros viales que pueden resultar fatales.
Notas
1 La velocidad como factor de riesgo en la seguridad vial, Instituto Mexicano del Transporte. Disponible en: https://imt.mx/resumen-boletines.html?IdArticulo=534&IdBoletin=192
2 La velocidad y los siniestros viales, OMS. Disponible en: file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Hoja-informativa-velocidad-siniestro s.pdf
3 Ibídem.
4 Estadísticas a propósito del Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidentes de Tránsito, Inegi. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/EAP_VI CACCT22.pdf
5 Disponible en: https://documentacion.fundacionmapfre.org/documentacion/publico/i18n/ca talogo_imagenes/grupo.cmd?path=1099180
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Derechos Humanos de esta soberanía a invitar a una reunión de trabajo a la Conagua, a informar a la opinión pública sobre el grado de avance y resultados de las acciones implementadas en el cumplimiento de la Recomendación 10/2017 de la CNDH, sobre la violación al derecho a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información en relación con la contaminación de los ríos Atoyac, Xochiac y sus afluentes, a cargo del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, Jaime Baltierra García, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados invite a una reunión de trabajo al titular de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), en su carácter de ente coordinador del Grupo de Trabajo Específico para el Saneamiento de la Cuenca del Río Atoyac, a celebrar una reunión de trabajo para que informe a la opinión pública sobre el grado de avance y resultados hasta ahora obtenidos de las acciones implementadas en el cumplimiento de la Recomendación 10/2017 emitida por la comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre la violación, de diversas dependencias de los tres ordenes de gobierno, a los derechos humanos a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información en relación con la contaminación de los ríos Atoyac, Xochiac y sus afluentes, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) recibió, en julio de 2011, queja en contra de autoridades federales, estatales y municipales, por actos y omisiones en perjuicio de los habitantes de los municipios de Huejotzingo y San Martín Texmelucan, en el estado de Puebla; e Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Nativitas y Tepetitla de Lardizábal en el estado de Tlaxcala, por la contaminación ambiental de los Ríos Atoyac y Xochiac, y sus afluentes, derivado del desarrollo industrial y crecimiento desmesurado de la región.
Después de un largo estudio de la zona, verificar evidencias y conocer la situación en general, la CNDH evidenció que las comunidades localizadas en los límites de los Ríos Atoyac y Xochiac y sus afluentes están expuestas a los contaminantes procedentes de descargas municipales e industriales sin tratamiento previo, con deficiencias y en algunos casos no se cuenta con plantas de tratamiento de aguas residuales, en otros no se tiene la capacidad suficiente o se encuentran fuera de operación.
De las evidencias observadas por la CNDH se acreditó la responsabilidad de servidores públicos de la Federación tales como SEMARNAT, CONAGUA, PROFEPA, COFEPRIS, de los gobiernos estatales de Puebla y Tlaxcala, así como de las autoridades municipales de Huejotzingo y San Martín Texmelucan en el Estado de Puebla, e Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Nativitas y Tepetitla de Lardizábal en el Estado de Tlaxcala, que por acción y omisión no se garantizó el derecho a un medio ambiente sano, al saneamiento del agua y al acceso a la información.
Derivado de lo anterior, y con la convicción de la certeza de la información obtenida, la CNDH emitió en marzo de 2017 la Recomendación 10/2017 a las dependencias de los tres ordenes de gobierno arriba señaladas por ser omisos en garantizar los derechos humanos a un medio ambiente sano, al saneamiento del agua y al acceso a la información.1
Entre los puntos de la Recomendación, la CNDH señaló que se “Instruya a quien corresponda a efecto de que en un plazo de seis meses contado a partir de la aceptación de la presente Recomendación, el Organismo de cuenca del Balsas a su cargo celebre un convenio y/o acuerdo de coordinación interinstitucional y cooperación técnica, entre esa CONAGUA, la SEMARNAT, la PROFEPA, la COFEPRIS, los gobiernos de los estados de Puebla y Tlaxcala, y los municipios colindantes con el Río Atoyac y Xochiac, y sus afluentes, y las empresas que descargan sus aguas residuales a los citados cuerpos de agua o a las redes de alcantarillado municipales, así como con las organizaciones de la sociedad civil que así lo deseen; con el objeto de elaborar e implementar un Programa Integral de Restauración Ecológica o de Saneamiento de la cuenca del Alto Atoyac, en términos de los establecido en el apartado de Reparación del Daño de esta Recomendación; y se remitan las pruebas de su cumplimiento a esta Comisión Nacional”.
Es pertinente apuntar que es en la actual administración del gobierno del estado de Puebla y del gobierno federal, por conducto de CONAGUA, que se han realizado esfuerzos encaminados al saneamiento tendientes a disminuir enfermedades entre la población cercana a la ribera del río Atoyac, además de evitar la contaminación de cultivos y abonar a la protección y recuperación de los mantos acuíferos.
Así mismo, y en atención a la recomendación 10/2017 de la CNDH, en septiembre de 2021 se instaló el Grupo de Trabajo Especifico para el Saneamiento de la Cuenca del Alto Atoyac, coordinado por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a través de la Dirección de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento del Organismo de Cuenca Balsas.
El grupo se integra por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), las Comisiones Estatales del Agua de los Estados de Puebla y Tlaxcala, el Centro de Servicio Integral para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala (Csitaret), los organismos operadores de los municipios de Huejotzingo, Puebla y San Martín Texmelucan, de Puebla, así como Nativitas, Ixtacuixtla y Tepetitla, del Estado de Tlaxcala.
De acuerdo a lo informado, el propósito general del grupo es “impulsar las acciones de saneamiento de la cuenca, mediante la planeación, instalación y operación de infraestructura eficiente, en el ámbito de las atribuciones de las dependencias que lo integran, y en el marco de la normatividad y reglas de operación de los programas en la materia, vigentes”2
También se destacó que si bien el convenio fue firmado solo por los municipios involucrados en la recomendación de la CNDH, el grupo tendrá como ámbito territorial toda la Cuenca del Alto Atoyac, “Así -se dijo- el grupo se tendrá un mayor impacto y se irá mucho más allá de la exigencia del organismo, ya que el interés primordial de la CONAGUA y, sobre todo el gobierno de México, es mejorar las condiciones hídricas en todas las comunidades, especialmente las que han sido abandonadas o desatendidas históricamente, como ocurre con muchas de las colindantes con este emblemático cuerpo de agua”.
Es de aplaudirse la suma de esfuerzos, particularmente en un tema en materia ecológica de particular relevancia. La demanda del rescate y saneamiento del río Atoyac es un acto de beneficio no solo para los habitantes de la zona sino, además, para el país por su valor medioambiental.
Así también es congruente con el debate en el ámbito internacional sobre la legítima demanda de acciones en favor de vivir en un medio ambiente sano, sin riesgos, limpio, saludable y sostenible. Es decir, el derecho humano a vivir en un ambiente sano.
Más aún, si se considera que el Río Atoyac y su afluente, el Río Xochiac o Hueyapan, fueron catalogados como propiedad de la nación, mediante declaratorias publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de diciembre de 1937 y 15 de diciembre de 1923, respectivamente. En este sentido, de conformidad con los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o de la Ley de Aguas Nacionales, corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la CONAGUA, su administración, gestión y conservación.
Por todo lo anterior, la presente proposición se sustenta en el derecho al acceso a la información que se encuentra amparado en los artículos 6o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o, párrafo segundo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en los que se garantiza el acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier autoridad.
Así mismo se señala en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que en su artículo 159 BIS 3 dispone:
Artículo 159 BIS 3. Toda persona tendrá derecho a que la Secretaría, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México pongan a su disposición la información ambiental que les soliciten, en los términos previstos por esta Ley
Más adelante, en un siguiente párrafo, se agrega “Para los efectos de lo dispuesto en el presente ordenamiento, se considera información ambiental, cualquier información escrita, visual o en forma de base de datos, de que dispongan las autoridades ambientales en materia de agua, aire, suelo, flora, fauna y recursos naturales en general, así como sobre las actividades o medidas que les afectan o puedan afectarlos”.
Una sociedad informada y participativa es capaz de prevenir daños ambientales o una deficiente gestión ambiental, lo que redunda en una mejor gobernabilidad ambiental. Es por eso que la difusión es fundamental para que la población tenga acceso a participar e incidir en los procesos de toma de decisiones en el diseño e implementación de políticas públicas relacionadas en la materia.
Es claro que todas las dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Asimismo a garantizar el derecho de acceso a la información pública y poner a disposición del público toda la información relacionada con el estado actual del ambiente, sobre las implicaciones que tiene la degradación del mismo en la salud y otros factores, así como de las acciones llevadas a cabo para su protección, conservación y/o rehabilitación. Ambas responsabilidades se encuentran consagradas en los artículos 1o y 6o de la Carta Magna.
Es así como desde esta perspectiva, resulta necesario que las autoridades y servidores públicos hagan extensivo a los ciudadanos las condiciones ambientales imperantes en las zonas afectadas por la contaminación en los ríos mencionados, así como las acciones que se están realizando para su rescate y conservación, como un ejercicio democrático de difusión en el marco del derecho a la información y procurar su participación para implementar acciones de mejoramiento ambiental.
Adicionalmente es preciso apuntar que el Reglamento de la Cámara de Diputados, en su fracción VIII del artículo 158, dispone:
Artículo. 158. Para el cumplimiento de sus tareas, las comisiones ordinarias de dictamen deberán realizar las siguientes actividades:
...
VIII. Elaborar el acuerdo para solicitar la comparecencia de servidores públicos, invitaciones a reuniones de trabajo o encuentros, para solicitarles información, opinión o aclaración sobre asuntos que sean competencia de la comisión;
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta Honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único . La H. Cámara de Diputados solicita a la Comisión de Derechos Humanos de esta Legislatura invite a una reunión de trabajo al titular de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), en su carácter de ente Coordinador del Grupo de Trabajo Específico para el Saneamiento de la Cuenca del Río Atoyac, a celebrar una reunión de trabajo para que informe a la opinión pública sobre el grado de avance y resultados hasta ahora obtenidos de las acciones implementadas en el cumplimiento de la Recomendación 10/2017 emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre la violación de diversas dependencias de los tres ordenes de gobierno a los derechos humanos a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información en relación con la contaminación de los ríos Atoyac, Xochiac y sus afluentes.
Notas:
1. https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones/2017/Re c_2017_010.pdf
2. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/669977/Comunicado_de_pre nsa_0759-21.pdf
Dado en la Cámara de Diputados, a 8 de febrero de 2023
Diputado Jaime Baltierra García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar Ssa y al Insabi a elaborar y hacer público un informe sobre las razones de los distintos niveles de abasto de medicamentos entre las entidades federativas durante el periodo 2020-2022, a cargo del diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Salomón Chertorivski Woldenberg, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
El Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) publicó el 26 de diciembre de 2022 información referente al abasto de medicamentos durante 2022, en la cual se muestra que, en promedio, no se surtió 25 por ciento de las claves médicas solicitadas.1 De acuerdo con el Sistema Nacional de Indicadores de Calidad en Salud (Indicas), a cargo de la Secretaría de Salud, durante el segundo cuatrimestre de 2022 esa cifra fue de 27 por ciento.2
Los datos publicados por Indicas muestran que el desabasto de medicamentos es generalizado en el sistema de salud, pero las personas que más lo padecen son aquellas que no cuentan con seguridad social y por ende acceden a servicios de salud brindados por el Insabi que, desde su implantación, en 2020, ha presentado niveles de desabasto cercanos a 30 por ciento, mientras que en dependencias como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o el Instituto Mexicano del Seguro Social sólo 1 de cada 10 claves médicas no es surtida.
Con base en el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en México 54 por ciento de la población no tiene seguridad social,3 por lo que el desabasto de medicamentos en el Insabi afecta potencialmente a cerca de 66 millones de personas. Por ello, la atención a esta problemática debe ser prioritaria.
Además, la información presentada por el Insabi no sólo demuestra la desventaja de sus beneficiarios frente a los derechohabientes de la seguridad social en materia de suministro de medicamentos, sino que presenta los desiguales niveles de abasto entre las entidades.
Por ejemplo, durante 2022, en Coahuila el desabasto alcanzó 47.6 por ciento y estados como Zacatecas (37.9), Nayarit (32.6), Michoacán (31.7), Puebla (30.8), estado de México (30.4), Veracruz (30), Guerrero (29.3) y Baja California (28.3) superaron el promedio nacional. Mientras, Guanajuato (0.9 por ciento), Aguascalientes (1.8), Nuevo León (1.9) y Tamaulipas (5) presentan los mejores niveles de abasto de medicinas.
Si bien hay evidencia de la disparidad entre las entidades federativas, es indispensable contar con información detallada sobre las razones de esta problemática a fin de encontrar alternativas de solución frente a esta realidad. Es pertinente solicitar a la Secretaría de Salud y el Insabi que hagan público un informe que incluya y abarque los siguientes rubros:
1. Niveles de abasto de medicamentos en cada una de las entidades federativas.
2. Diagnóstico sobre las diferencias en los niveles de abasto en las entidades federativas adheridas al Insabi.
3. Explicación de la manera en que el INSABI surte medicamentos a los estados no adheridos.
4. Acciones y estrategias emprendidas para homologar los niveles de abasto entre las entidades federativas.
Con dicha información, esta soberanía podrá contar con evidencia sólida que permita realizar un análisis de la situación que lleven a la construcción de acciones que contribuyan a resolver esta problemática y garantizar así el derecho a la protección de la salud, establecido en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y el Instituto de Salud para el Bienestar a elaborar y hacer público un informe sobre las razones de los distintos niveles de abasto de medicamentos entre las entidades federativas durante el periodo 2020-2022.
Notas
1 Instituto de Salud para el Bienestar. Estatus General de Abasto 2022. Recuperado de
https://www.gob.mx/insabi/acciones-y-programas/estatus-general-de-abasto-2022
2 Secretaría de Salud. Surtimiento completo de medicamentos. Recuperado de
https://dgces.salud.gob.mx/INDICASII/indicaII.php?P=202202&N=00&G=TD&E=N00000&
radiobutton=J&I=i3&C=c10&V=v28&Submit=Consultar
3 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Medición de la pobreza 2020. Recuperado de https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/PobrezaInicio.aspx
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Salomón Chertorivski Woldenberg (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la UNAM y a la ministra Yasmín Esquivel Mossa a realizar diversas acciones derivado de la resolución emitida por el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, a cargo del diputado Román Cifuentes Negrete, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe Román Cifuentes Negrete, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Universidad Nacional Autónoma de México y a la ministra Yasmín Esquivel Mossa a realizar diversas acciones derivado de la resolución emitida por el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Es un hecho público y notorio que el pasado 21 de diciembre de 2022 el periodista Guillermo Sheridan emitió el resultado de una investigación realizada que tituló “Una ministra pasante: Yasmín Esquivel, candidata a presidir la SCJN, plagió su tesis de licenciatura”1 en el que denuncia “...un acto de corrupción cometido por la pasante Yasmín Esquivel Mossa.
Ese acto consiste en que la tesis para obtener la licenciatura en derecho que la pasante Yasmín Esquivel Mossa defendió en la Escuela Nacional de Estudios Profesionales (ENEP) Aragón de la UNAM, en septiembre de 1987, titulada Inoperancia de los sindicatos en los trabajadores de confianza del Artículo 123 Apartado A es plagio de una tesis previa, la titulada Inoperancia del sindicato de los trabajadores de confianza del Artículo 123 Constitucional Apartado “A”, que en julio de 1986, defendió el Lic. Edgar Ulises Báez Gutiérrez en la Facultad de Derecho de la UNAM...”.
La respuesta de la Ministra Esquivel Mossa se realizó a través de su cuenta personal de la plataforma Twitter, argumentando la falsedad del reportaje presentado a través de Latinus.us y presentando en un primer momento una carta de la persona que en su momento fungió como su asesora2 en la que se sostiene que la tesis de la Ministra “no es un plagio”, argumento que se pretendió fortalecer con la exhibición de otros escritos; uno de ellos emitido por una de las personas que en su momento integró el sínodo de su examen profesional en el cual nada se señala respecto de la autenticidad y originalidad de la tesis de licenciatura3 y el otro por quien en su momento fungió como director del Seminario del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social durante el período 1982-1996 en el que sostuvo que en ningún momento hubo “duda sobre la originalidad de su trabajo”,4 expresiones de apoyo que no aportaron elementos de convicción que permitieran deducir la originalidad de la tesis de la ministra y controvertir el resultado de la contundente investigación realizada por Guillermo Sheridan.
En forma adicional, la ministra Esquivel hizo público su posicionamiento ante lo que denominó “supuesto plagio de su proyecto de tesis”5 en el que a través de diez puntos sostuvo su originalidad, anunció la apertura por parte de la UNAM de un proceso de revisión, hizo pública la denuncia presentada ante la fiscalía de la Ciudad de México por el supuesto plagio del que ella se asumió como víctima y acusó una campaña perversa en su contra para intervenir en el proceso de elección de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación, entre otros aspectos.
Posteriormente, a través de un nuevo comunicado6 del 30 de diciembre de 2022, la servidora pública sostuvo la originalidad de su tesis, se reiteró como víctima de plagio y señaló que a través de vías institucionales había presentado pruebas que así lo acreditaban las que agrupó en un total de cinco puntos entre las que destacan las relativas a la aparente declaración ante notario público del alumno involucrado en el que supuestamente reconocía haber tomado “...varias referencias y texto...” de la tesis de la ministra y tres dictámenes periciales en informática en los que aparentemente se “...concluyen que mi tesis se cargó al repositorio TESIUNAM previo al del otro alumno. También se acreditó que el archivo que contiene mi tesis fue indebidamente y de forma ilegal modificado el 22 de diciembre de 2022...”.
Por su parte la UNAM a través de diversos comunicados señaló que el resultado del cotejo realizado por la Dirección General de Bibliotecas y Servicios Digitales de Información se “encontró que existe un alto nivel de coincidencias”7 entre el texto de la tesis de la ministra Esquivel Mossa sustentada en el año de 1987 y la presentada por un alumno de la Facultad de Derecho en el año de 1986, lo que se hizo del conocimiento del Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón, instancia que finalmente fue la encargada de realizar la revisión del caso en apego a los procedimientos y tiempos establecidos en la normatividad universitaria.
En relación con las expresiones vertidas por la ministra Esquivel, el doctor Enrique Graue en su calidad de rector de la UNAM emitió el día 31 de diciembre de 2022 un comunicado8 en el que a través de siete puntos sostuvo el alto nivel de coincidencias entre las tesis objeto de revisión, señalando la existencia de plagio respecto de la tesis original sustentada en el año de 1986 y confirmando que el Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón había recibido el testimonio notarial referido por la servidora pública. En forma adicional aclaró la aparente “modificación” denunciada y mencionó que ante los hechos contradictorios era evidente la necesidad de recabar información adicional para profundizar en el análisis documental, labor que seguiría realizando el Comité de Integridad Académica y Científica una vez que se retomarán las actividades académico-administrativas.
Así las cosas el pasado día 11 de enero del presente año, el rector de la UNAM hizo del conocimiento público9 que el director de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón le comunicó el resultado del análisis realizado por el Comité de Integridad Académica y Científica, sobre la apropiación indebida de los textos de las tesis de 1986 y 1987, de los entonces estudiantes Edgar Ulises Báez y Yasmín Esquivel Mossa, para el que se realizaron análisis comparados de contenidos, cronología y estilos de escritura y de los que se concluyó que la entonces alumna “...Yasmín Esquivel Mossa, copió parte sustancial del contenido de la tesis presentada un año atrás...” por el alumno señalado y que al carecer la normatividad universitaria de los mecanismos para invalidar un título expedido “aún y cuando el plagio de una tesis esté documentado” es la razón por la que el contenido de la resolución del Comité de Integridad Académica y Científica se turnó a la Secretaría de Educación Pública para los efectos a que haya lugar.
En respuesta a dicha petición la Titular de la Secretaría de Educación Pública del gobierno federal emitió el oficio UR-100/OCSEP/0013/202310 de fecha 16 de enero del año en curso en el que se señaló que de las constancias del expediente turnado el Comité multireferido estimó que el asunto “deberá ser valorado” por las instancias universitarias competentes para que se proceda conforme a la legislación universitaria de lo que “...no hay constancia de que autoridad universitaria competente haya hecho dicha valoración y tomado una valoración al respecto...” por lo que le regresó la documentación exhibida para el efecto de que en apego a la normatividad universitaria se emita la resolución que en derecho corresponda, no sin antes señalarle que en el “...supuesto de que la autoridad universitaria competente resuelva que la conducta que se le impute a Yasmin Esquivel Mossa es susceptible de ser considerada como constitutiva de un acto ilícito, lo procedente será ejercer la acción correspondiente ante el órgano de procuración de justicia o autoridad jurisdiccional competentes... ...porque en tanto que el título expedido, en su momento, por el rector de la UNAM a Yasmin Esquivel Mossa, no sea declarado inválido por autoridad jurisdiccional competente, la Dirección General de Profesiones (DGP) carece de facultades para intervenir en forma alguna en el asunto en cuestión...”.11
Ante tal circunstancia el pasado 20 de enero el rector de la Universidad Nacional Autónoma de México emitió un mensaje en el que hizo del conocimiento público que:
“...En breve estaré convocando al Comité Universitario de Ética que deriva de la Comisión de Honor del Consejo Universitario para que revise los dictámenes y documentación del que se allegó el Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón y las evidencias que continúan surgiendo para su análisis y así dar cabida al debido proceso al que toda persona tiene derecho.
Con determinación y libertad, y respetando siempre las normas que nos rigen, simultáneamente estamos estudiando las distintas alternativas y las consecuencias que pudieran darse como resultado de acciones sancionadoras adicionales.
Cuando el debido proceso haya concluido, convocaré a la Comisión de Honor del Consejo Universitario para analizar en conjunto las diversas opciones y acciones que puedan eventualmente llevarse a cabo...”.
Es consideración del que suscribe que con la resolución del Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón de la UNAM se acredita el plagio de la tesis sustentada por el alumno de la facultad de derecho en el año de 1986 cuyo texto se copió en forma sustancial por la ministra Esquivel Mossa, lo que es contrario a la ética y a la integridad académica que fomenta la UNAM y hace evidente que la servidora pública obtuvo de manera fraudulenta su título profesional y mintió durante el proceso para su designación como ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que a su vez contraviene lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se dispone que los nombramientos para esa alta magistratura deben recaer en personas que se distingan por su honorabilidad y antecedentes profesionales de los cuales a juicio del Partido Acción Nacional la ministra Yasmín Esquivel Mossa carece, afirmación a la que se arriba no solamente como se deduce de la resolución de la Universidad Nacional Autónoma de México, sino también de sus propias manifestaciones a lo largo del proceso que ella misma hizo público para su defensa y que la desacreditan por la falsedad y contradicciones en las que incurrió.
Hoy gran parte de la población demanda y exige su separación del cargo, no solamente por su falta de honorabilidad, sino también porque se considera que su título profesional obtenido con una tesis plagiada debe ser revocado, cuestión que está clara por parte de la autoridad universitaria habrán de explorarse “...diversas opciones y acciones que puedan eventualmente llevarse a cabo...”,12 por ello es que se propone exhortar, con pleno respeto a su autonomía, a la Universidad Nacional Autónoma de México a que agote todas y cada una de las acciones que su régimen interno y vigente le permita para no dejar impune la conducta tan reprochable en que incurrió en su momento la ministra Esquivel y la que demostró en su “defensa”; una persona que miente y engaña no puede, de ninguna forma, seguir al frente del cargo que se le confirió mucho menos pude continuar ejerciendo como licenciada en derecho. El exhorto que proponemos se realice, no debe entenderse como un llamado de atención, ni tampoco como una invitación a la acción, en Acción Nacional tenemos plena confianza en que el Rector y las autoridades universitarias harán lo jurídicamente necesario para preservar su prestigio e identidad, entiéndase esta propuesta como un llamado respetuoso y solidario del Poder Legislativo federal para la prevalencia de la justicia y la honestidad que forman parte de la identidad de la UNAM.
El procedimiento universitario que habrá de instaurarse respecto de la ministra Esquivel le permitirá a la servidora pública argumentar en su defensa, lo que sin duda absorberá parte de su tiempo y que deberá solventar con recursos propios, cuestión que hace incompatible su continuidad en el desempeño del cargo que ejerce y en el que por su calidad de ministra del Tribunal Constitucional afecta la honorabilidad, credibilidad e integridad de tan importante cuerpo colegiado, por ello sabedores que al igual que a toda persona, también le asiste el derecho a ser oída y vencida en el referido procedimiento es por lo que se propone formularle un respetuoso llamado para el efecto de que en términos del cuarto párrafo del artículo 98 de la Constitución Federal presente al presidente de la República licencia para separarse del cargo, la que en congruencia con los principios que dice defender y enarbolar el Ejecutivo federal debe conceder para el efecto de que el Senado de la República en ejercicio de sus atribuciones la apruebe.
El Partido Acción Nacional es respetuoso de los derechos humanos y de las garantías que asisten a la todavía ministra Esquivel Mossa, lo correspondiente sería que ante la resolución de la UNAM fuera ella misma quien decidiera presentar su dimisión al cargo, la que muy seguramente no le sería aceptada por el Presidente de la República a quien le corresponde ese trámite (artículo 98, tercer párrafo CPEUM). Lo anterior resulta de las expresiones que en torno al caso ha expresado, en las que en lugar de condenar la mentira y el fraude, criminaliza a quien hizo público el plagio de la tesis profesional “Considero que cualquier error, anomalía, cometida por la ministra Yazmín cuando fue estudiante, cuando presentó su tesis de licenciatura es infinitamente menor al daño que han ocasionado a México Krauze y el señor que hace la denuncia, Sheridan”.13
Invitamos a la ministra Esquivel Mossa a que en apego a la ética universitaria de la Máxima Casa de Estudios y de la correspondiente al Poder Judicial de la Federación14 se separe por tiempo indefinido del cargo de ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y hasta en tanto se resuelva en definitiva el procedimiento universitario y en su momento, el de carácter administrativo que habrá de instaurarse indudablemente ante la Dirección General de Profesiones y el de Juicio Político15 que en su contra iniciará el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; la Suprema Corte de Justicia de la Nación no puede ni debe verse afectada, con su presencia y ejercicio de su encargo, al carecer de la honorabilidad necesaria para ello.
Por lo anteriormente expuesto consideramos oportuno que se exhorte a la Universidad Nacional Autónoma de México y a la ministra Yasmín Esquivel Mossa a realizar diversas acciones derivado de la resolución emitida por el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México en la que se resuelve que la ministra incurrió en plagio al presentar su tesis de licenciatura, por lo que me permito someter a la consideración de esta soberanía la proposición con:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con plena conciencia de su autonomía, exhorta, respetuosamente, a la Universidad Nacional Autónoma de México para que en estricto apego a su normatividad vigente y previo desahogo del debido proceso, la autoridad universitaria competente sancione a la servidora pública Yasmín Esquivel Mossa por haber obtenido su título profesional de licenciada en derecho en contravención a la ética, la moral y la norma jurídica de tan noble y alta institución académica.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto al principio de división de poderes exhorta a la ministra Yasmín Esquivel Mossa para el efecto de que en términos del cuarto párrafo del artículo 98 de la Constitución Federal presente al presidente de la República licencia para separarse del cargo que ostenta, para que esté en aptitud de ejercer en libertad de tiempo y con recursos propios la defensa que en derecho le asiste y con ello se evite afectar la continuidad de los trabajos del pleno y de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Notas:
1 https://latinus.us/2022/12/21/una-ministra-pasante/
2 https://twitter.com/YasminEsquivel_/status/1605672808427786240?s=20&t=D0om9R0u36tr37q3XC5Q5w
3 https://twitter.com/YasminEsquivel_/status/1605804643027587073?s=20&t=D0om9R0u36tr37q3XC5Q5w
4 https://twitter.com/YasminEsquivel_/status/1606104658698608640?s=20&t=D0om9R0u36tr37q3XC5Q5w
5 https://twitter.com/YasminEsquivel_/status/1607158487502716929?s=20&t=D0om9R0u36tr37q3XC5Q5w
6 https://twitter.com/YasminEsquivel_/status/1609016940235837441?s=20&t=D0om9R0u36tr37q3XC5Q5w
7 https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2022_1063bis.html
8 https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2022_1085.html
9 https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2023_023.html
10 https://www.gob.mx/sep/es/articulos/
boletin-9-remite-sep-a-unam-oficio-por-el-caso-del-presunto-plagio-de-tesis?idiom=es
11 https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2023_045.html
12 Idem.
13 https://aristeguinoticias.com/2312/mexico/
sheridan-y-krauze-han-causado-mas-dano-que-ministra-acusada-de-plagio-amlo/
14 https://jufed.org/wp-content/uploads/2019/12/
C%C3%93DIGO-DE-%C3%89TICA-DEL-PODER-JUDICIAL-DE-LA-FEDERACI%C3%93N.pdf
15 En la fecha de la presente proposición se tiene noticia de que se han presentado dos demandas de Juicio Político en contra de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Román Cifuentes Negrete (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a Segalmex a instalar más puntos de venta del programa de abasto social de leche, a cargo de Liconsa en la Ciudad de México, a cargo de la diputada Cynthia Iliana López Castro, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Cynthia Iliana López Castro, diputada a la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 fracción I; y 79 numerales 1, fracciones II y III, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, para que se exhorte al director general de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), Leonel Cota Montaño, se instalen más puntos de venta del Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa en la Ciudad de México, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Liconsa es una empresa de participación estatal mayoritaria que tiene como objetivo industrializar leche de elevada calidad, que la distribuye a precio subsidiado en apoyo a la nutrición de millones de niñas y niños de hasta 12 años, de familias en condiciones de pobreza, a fin de contribuir a su adecuado desarrollo y a la justicia social en México.
Por disposición oficial, en 1961 se constituyó la Compañía Rehidratadora de Leche CEIMSA, S. A.; en 1963, esta empresa cambió su denominación por la de Compañía Rehidratadora de Leche Conasupo, S. A. En 1972 se modificó para quedar como Leche Industrializada Conasupo, S. A. de C. V., y a partir de 1995, con su resectorización en la Secretaría de Desarrollo Social cambió su denominación a Liconsa, S. A. de C.V.
Es decir, durante los gobiernos del PRI esta empresa pública surgió con el objetivo de apoyar a los grupos más vulnerables, ampliando su actuación y presencia gradualmente en cada administración.
Sin embargo, en la actual administración pública federal la realidad ha sido otra.
De acuerdo con el Ranking de la Pobreza en Primera Infancia, realizado por Pacto por la Primera Infancia a partir de los datos del Coneval 2018-2020, ser niña o niño en México te hace más vulnerable a presentar condiciones de pobreza, pues de acuerdo con el estudio 1 de cada 2 niños menores de 6 años vive pobreza (54.3 por ciento) y 1 de cada 10 en pobreza extrema (11.8 por ciento).
La pobreza infantil constituye la negación de cualquier derecho humano y es una violación explícita a la máxima de garantizar el desarrollo con plenitud. Ello se debe a que en los primeros años de vida se pueden generar daños irreversibles derivado de desnutrición crónica, lo que debiera hacer urgente y prioritaria su prevención, pero lamentablemente no es así actualmente en México.
Lo anterior porque 43.9 por ciento de la población en México es pobre, elevándose ese porcentaje a 54.3 por ciento cuando se trata de niñas y niños.
Entre 2018 y 2020 la pobreza y pobreza extrema en niñez temprana se agudizaron, incrementándose alrededor de 2 puntos porcentuales en ese periodo, al pasar la pobreza de 52.5 por ciento a 54.3 por ciento. En 20 de las 32 entidades del país se incrementó el porcentaje de pobreza en menores de 6 años.
Al igual que en todo el país, en la Ciudad de México la pobreza afecta particularmente a la niñez, siendo quien tiene mayor probabilidad de padecerla frente a la población adulta.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) de 2018, la pobreza afecta a 70.2 por ciento de las niñas y los niños, lo cual equivale a 1 millón 398 mil 376 infantes, representando 30.3 por ciento de toda la población pobre que residente en la capital.
Cuando se mide la intensidad de las carencias, la proporción de niños y niñas en pobreza extrema es mucho mayor que la población adulta.
En Ciudad de México hay 397 mil 387 niñas y niños en primera infancia (0 a 5 años) en situación de pobreza, lo que equivale a 77.4 por ciento de todos ellos.
Lo anterior pone de relieve la gravedad del problema y la profundidad de las acciones que el gobierno debe emprender para remediar la situación y evitar urgentemente que millones de vidas de niñas y niños se vean truncadas por el hambre y el sufrimiento.
En esa tarea la leche de Liconsa constituye la piedra angular del cambio.
Estudios elaborados por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) demuestran que la leche Liconsa, líquida y en polvo, está fortificada con hierro, zinc, ácido fólico y vitaminas A, C, D, B2 y B12, nutrientes que no están presentes en la dieta de un gran número de mexicanos, especialmente niñas y niños.
El INSP ha analizado que los menores que consumen de manera constante la leche fortificada Liconsa tienen menos tasa de anemia, deficiencia de hierro y desnutrición crónica; alcanzan más estatura y masa muscular; desarrollan mayor actividad física y registran mejor desarrollo mental.
El consumo diario de medio litro de leche fortificada Liconsa (dos vasos aproximadamente) cubre un porcentaje importante de los nutrientes que requieren los niños para crecer y mantenerse sanos. Esta práctica nutricional ha hecho que los niños lleguen a crecer hasta 2.5 centímetros más y a desarrollar una masa muscular de 700 gramos adicionales.
De las solo 6 millones 365 mil 322 personas que actualmente conforman a nivel nacional el Padrón de Beneficiarios del Programa de Abasto Social de Leche Liconsa, 3 millones 483 mil 963 son niñas y niños a cuyas edades fluctúan entre los 6 meses y los 12 años de edad. Es decir, la cobertura no es suficiente para atender las necesidades nacionales ni las de la Ciudad de México.
Hasta el 30 de septiembre de 2022, en la Ciudad de México existían 522 lecherías Liconsa, anunciándose que durante los siguientes meses se abrirían 165 más para sumar 687. Sin embargo, no existe la confirmación de que sea apertura se haya concretado y se esté avanzando en el abatimiento de la pobreza infantil.
Por tal motivo, a través de la presente Proposición con Punto de Acuerdo se exhorta al director general de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), Leonel Cota Montaño, se instalen más puntos de venta del Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa en la Ciudad de México para sumar mil 500 lecherías en total, a fin de garantizar que la niñez capitalina cuente con los nutrientes necesarios para su sano desarrollo.
Lo anterior debido a que el organismo descentralizado Segalmex, sectorizado a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), se encuentra constituido por Diconsa y Liconsa.
En virtud de lo anteriormente fundado y motivado, se somete a consideración de esta honorable representación nacional la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta al director general de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), Leonel Cota Montaño, se instalen más puntos de venta del Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa en la Ciudad de México para sumar mil 500 lecherías en total, a fin de garantizar que la niñez capitalina cuente con los nutrientes necesarios para su sano desarrollo.
Segundo. Se exhorta al director general de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), Leonel Cota Montaño, a adquirir la leche que requerirá para la instalación de mayores puntos de venta del Programa de Abasto Social de Leche en la Ciudad de México, a los establos ubicados en la propia capital del país.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero del año 2023.
Diputada Cynthia Iliana López Castro (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a hacer público el informe del cumplimiento, avance y resultados de lo dispuesto en el decreto por el que se reformó el párrafo primero, el inciso C) de la fracción II y la fracción V del artículo 3o., así como la fracción I del artículo 31 de la CPEUM, a cargo de la diputada María del Carmen Pinete Vargas, del Grupo Parlamentario del PVEM
La que suscribe, diputada María del Carmen Pinete Vargas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Una de los principales ejes que ha considerado el Estado mexicano como primordial para el desarrollo de nuestra sociedad es la educación, con motivo de ello, no solo se contempla en el máximo ordenamiento legal de nuestro país que es la Constitución Política de México, desde su promulgación en 1917, en donde se reconoce con rango normativo constitucional a la educación, sino también en las reformas al artículo 3o. de la Carta Magna y en las modificaciones a las leyes secundarias que de ella emanan, las cuales han tenido la teleología de que las niñas, los niños, así como las y los jóvenes gocen de las oportunidades que solo la educación puede brindar en una sociedad en la que no se ha logrado la igualdad entre las diferentes clases que la conforman.
En este sentido, uno de los grandes intentos que el Poder Legislativo ha realizado para mejorar la educación en México se encuentra la obligatoriedad de la educación, cuyo primer origen, por razones de contexto social, se constriñó a la educación básica, contemplada en un primer momento por la etapa primaria y secundaria.
Sin embargo, como objetivos de nuestro quehacer legislativo se exalta la tarea de armonizar la normatividad a los contextos sociales cambiantes y a las necesidades de una sociedad globalizada; por lo que el 9 de febrero de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformó el párrafo primero; el inciso c) de la fracción II y la fracción V del artículo 3o., así como la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde resalta la responsabilidad del Estado para garantizar la obligatoriedad de los niveles educativos referidos, incluyéndose el Nivel Medio Superior.
En dicho Decreto se estableció en su artículo segundo transitorio lo siguiente:
“Segundo. La obligatoriedad del Estado de garantizar la educación media superior, como deber del mismo de ofrecer un lugar para cursarla a quien teniendo la edad típica hubiera concluido la educación básica, se realizará de manera gradual y creciente a partir del ciclo escolar 2012-2013 y hasta lograr la cobertura total en sus diversas modalidades en el país a más tardar en el ciclo escolar 2021-2022, con la concurrencia presupuestal de la Federación y de las entidades federativas, y en los términos establecidos en los instrumentos del Sistema Nacional y los Sistemas Estatales de Planeación Democrática del Desarrollo.”
En virtud de lo anterior, además de la pertinencia de que este Poder Legislativo vele por el cumplimiento de las reformas originadas en sí mismo; así como de la obligación que la misma Constitución Política señala en su artículo primero, párrafo tercero, respecto a que todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, promuevan y garanticen los derechos humanos, siendo la educación uno de éstos, se considera importante conocer el estado actual de cumplimiento de las obligaciones legales en la materia referida.
En ese sentido, de acuerdo con el indicador principal de seguimiento a la mejora continua de la educación, publicado en los Indicadores nacionales de la mejora continua de la educación en México, edición 2022, para 2020 la población atendible en educación media superior –aquella de entre 15 y 17 años con educación básica completa– no presentó cambios significativos, es decir, se estancó en poco más de 81 por ciento. En este caso, esta proporción indica que 1 de cada 5 jóvenes con edad para cursar ese tipo educativo no podía hacerlo al no cumplir el antecedente de tener finalizada la educación secundaria.”1
Estos resultados que reflejan una realidad que aún no cumple con el objetivo de la actual administración, mismo que busca que todas y todos vivamos en un entorno de bienestar, con un desarrollo humano integral, lo que hace necesario garantizar una educación obligatoria de calidad con pertinencia y relevancia, como derecho humano fundamental, con carácter universal, inclusivo, público, gratuito y laico”.2
Con esta precisión, la política pública que debe regir a la educación en México, en este contexto de transformación, se ciñe al espíritu de la reforma publicada el 9 de febrero del 2012 por cuanto hace a la obligatoriedad de la educación media superior y a las medidas que el transitorio transcrito del decreto multicitado, las cuales debieron haberse cumplido y generado resultados para el presente 2023.
Con base en lo anterior y atendiendo a que el ciclo escolar 2021-2022 terminó oficialmente el 28 de julio del año pasado y al no encontrar de manera pública un informe al respecto, existe la posibilidad de que no se haya dado cumplimiento al imperativo legal que mandata a la Secretaría de Educación Pública en el plazo fijado a realizarlo, es decir, que para la presente anualidad no se ha alcanzado la cobertura total en educación media superior.
Por lo anteriormente expuesto, con la finalidad de dar claridad sobre el cumplimiento de las medidas ordenadas con el objetivo de lograr la obligatoriedad de la educación media superior en nuestro país, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que haga público el informe del cumplimiento, avance y resultados de lo dispuesto en el decreto por el que se reformó el párrafo primero; el inciso c) de la fracción II y la fracción V del artículo 3o., así como la fracción I del artículo 31, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, especificando, de ser el caso, los motivos por lo que no se ha alcanzado la cobertura total en el nivel medio superior del sistema educativo nacional, tal como mandata la Constitución.
Notas
1 Indicadores nacionales de la mejora continua de la educación en México. Edición 2022. Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación. Página 39.
2 Programa Sectorial de Educación 2020-2024, Secretaría de Educación Pública Programa Sectorial derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Página 12.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputada María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al IMPI a iniciar los estudios y trámites necesarios, a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen o indicación geográfica correspondiente a la Sidra de Huejotzingo y Zacatlán de las Manzanas, municipios de Puebla, a cargo del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, Jaime Baltierra García, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que, en usos de sus atribuciones y facultades, inicie los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen o indicación geográfica correspondiente a la Sidra de Huejotzingo y Zacatlán de las Manzanas, municipios ambos del Estado de Puebla, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La sidra es una bebida de baja graduación alcohólica fabricada con el jugo de la manzana. De acuerdo a estudios su nombre proviene del griego sikera que pasado al latín se nombra “sicera” lo que significa bebida embriagadora, calificativo atribuido también a la palabra francesa “cidre” y la inglesa “cider”. En Asturias España se empieza a pronunciar sidre y finalmente se queda con el nombre de sidra.
Los historiadores coinciden en que la sidra se originó en los años anteriores a Cristo, al parecer en los períodos de las civilizaciones de Egipto y Bizancio y más tarde a las griegas. Los romanos, que consumían vino, conocieron de la sidra por las tierras que conquistaron, sin embargo la llegaron a emplear con fines curativos.
Otras investigaciones señalan que el origen de la sidra proviene de una bebida que los celtas extraían de las manzanas. Según algunos autores, fue dicha civilización quien dio a conocer esta bebida por toda Europa sin embargo fueron los árabes quienes, mediante avanzados sistemas agrarios, extendieron las clases de manzanas y las técnicas para su producción por todo el continente.
Con la conquista de América los europeos llevaron consigo las técnicas de cultivo de manzanas y elaboración de la sidra. Para el año 1629 los manzanos estaban completamente implantados en las colonias de Virginia y Massachusetts. Las manzanas que estos árboles daban no eran dulces por esa razón fueron destinadas a la elaboración de sidra.
En cuanto a sus propiedades, investigaciones han probado que la sidra muestra altos niveles de antioxidantes, tan solo una copa de esta bebida contiene la misma cantidad de oxidantes que una copa de vino tinto con la diferencia de menos cantidad alcohol.
Esas propiedades antioxidantes ayudan a proteger contra enfermedades cardiovasculares; también se le considera eficaz en combatir el colesterol, por su contenido en aminoácidos alto y variado.
Si a esto le sumamos los principios activos en minerales, vitaminas, su contenido en fósforo, calcio y potasio que ayudan a mantener en niveles óptimos la presión sanguínea, la sidra se considera una mejor opción a los licores u otras bebidas de alta graduación alcohólica.
Además las enzimas digestivas que contiene impacta favorablemente en la regulación intestinal, absorción del agua, efectos laxantes e incluso puede tener efectos preventivos del cáncer de colon.
Así pues, tanto por su bajo contenido de alcohol como por los beneficios que aporta a la salud, la sidra ha sido incorporada a la pirámide alimentaria de algunos países.
En México dos municipios de Puebla son considerados la cuna de la sidra , cuya elaboración data de la época colonial. Ellos son; Huejotzingo y Zacatlán de las Manzanas , que se encuentran entre los principales municipios donde se produce la sidra, bebida que forma parte principal en los brindis de Navidad y Año Nuevo.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural ha destacado que en México hay importantes productores de sidra en estos dos municipios. En Huejotzingo, por ejemplo, existen más de 40 empresas dedicadas a la elaboración de este producto.
En cuanto a su origen, de acuerdo a algunas versiones, en México se empezó a elaborar Sidra cuando la corona española prohibió el trasiego del vino y su posterior aumento de impuesto, por lo que los frailes empezaron la elaboración de este producto como una bebida para sustituir al vino. No obstante es en las primeras décadas del siglo XX cuando se da su mejor auge y repunte con empresas principalmente familiares.
En el caso de la Sidra producida en los municipios de Huejotzingo y Zacatlán de las Manzanas, en el Estado de Puebla, familias enteras han heredado de generación en generación el arte de elaborarla, algunos de manera artesanal, otros con métodos que datan del siglo pasado y otros más han innovado en el uso de nuevas tecnologías.
En años anteriores diversas autoridades locales han realizado esfuerzos para que a está bebida se le otorgue la Denominación de Origen, lo que permitiría que tenga un impulso en el sector comercial en el país.
De conformidad al Artículo 264 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial “Se entiende por denominación de origen, el producto vinculado a una zona geográfica de la cual éste es originario, siempre y cuando su calidad, características o reputación se deban exclusiva o esencialmente al origen geográfico de las materias primas, los procesos de producción, así como los factores naturales y culturales que inciden en el mismo”.
Por otra parte, de acuerdo con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, una denominación de origen es un signo distintivo con el cual se reconoce un producto característico de una región. Para el Instituto la denominación de origen es un bien de dominio del poder público de la Federación y sólo podrá usarse mediante la autorización que expida éste mismo.
Es importante señalar que calidad de dicho producto se debe al medio geográfico, es decir, a los factores naturales; el clima, el suelo, los minerales, el agua y al factor humano que conoce las formas de elaboración. Cuando un producto cuenta con denominación de origen su calidad está certificada y puede comercializarse en mejores condiciones que otros similares.
La denominación de origen promueve la formación y conservación de los recursos locales, ayuda al desarrollo de tecnologías para la producción sustentable y genera capital humano capacitado en la elaboración de productos calificados.
La Secretaría de Economía refiere que las denominaciones de origen no se obtienen o se conceden por decreto ni por ninguna autoridad, sólo existen por situaciones de hecho. Esto quiere decir que primero se usan, son reconocidas por el público que las consume y, posteriormente, se les protege mediante la declaración correspondiente.
Es así como la vigencia de la protección de una denominación de origen se encuentra determinada por las condiciones y requisitos que la motivaron.
En México, la Sidra de Huejotzingo y Zacatlán de las Manzanas reúnen de sobra con estas condiciones, por lo que se considera que puede obtener merecidamente la Denominación de Origen.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, competente para emitir las declaratorias de protección de denominaciones de origen y autorizar su uso, así como tramitar y en su caso otorgar registros de marca.
Así lo especifica la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en su Artículo 5 que señala:
Artículo 5. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá las siguientes facultades:
I.- Tramitar y, en su caso, otorgar patentes de invención, registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, certificados complementarios, marcas, marcas colectivas o marcas de certificación; publicar nombres comerciales; así como inscribir sus renovaciones, transmisiones o licencias de uso y explotación; estimar o declarar la notoriedad o fama de marcas; emitir las declaraciones de protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas y autorizar el uso de las mismas , y las demás que le otorga esta Ley y su Reglamento para el reconocimiento y conservación de los derechos de propiedad industrial.
Por su pare el artículo 268 dispone que “Las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas son bienes nacionales y solo podrán usarse mediante la autorización que expida el Instituto. Corresponderá al Instituto ejercer las acciones de protección y defensa de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas. Dichas facultades podrán ser delegadas a un tercero, de conformidad con lo que disponga el Reglamento de esta Ley”.
Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en la fracción V del artículo 273 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial someto a consideración de esta Honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La H. Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que, en usos de sus atribuciones y facultades, inicie los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen o indicación geográfica correspondiente a la Sidra de los municipios de Huejotzingo y Zacatlán de las Manzanas, a fin de proteger, incentivar y dar a conocer la riqueza material de uno de los productos emblemáticos del Estado de Puebla.
Dado en la Cámara de Diputados, a 8 de febrero de 2023
Diputado Jaime Baltierra García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a incorporar dentro de la estrategia de vacunación contra Covid-19 a la población de 6 meses a 4 años, a cargo del diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Salomón Chertorivski Woldenberg, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Las vacunas contra Covid-19 son una herramienta vital para superar la pandemia, pues disminuyen la propagación del virus, reducen las posibles complicaciones en caso de contagio y sobre todo evitan los fallecimientos en caso de padecer dicha enfermedad. Un estudio publicado por la revista The Lancet 1 reveló que sólo durante 2021, la vacunación evitó 20 millones de fallecimientos a causa del SARS-Cov2 en más de 185 países.
En México, hasta enero de 2021, de acuerdo con datos recopilados por la Universidad de Oxford,2 78 por ciento de la población cuenta con al menos 1 dosis de la vacuna contra Covid-19 y 65 por ciento tiene esquema completo, considerando los refuerzos necesarios recomendados para cada tipo de biológico.
La estrategia de vacunación comenzó a inicios de 2021, priorizando al personal de las instituciones de salud pública y a los adultos mayores. Conforme fueron arribando las vacunas, estas fueron aplicadas para los distintos grupos de edad y para junio de 2022 la población mayor de 5 años pudo tener acceso a la inmunización.
Sin embargo, la población de entre 6 meses y 4 años de edad no ha sido considerada para ser vacunada. Esto pese a que, desde junio de 20223 en Estados Unidos de América, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) autorizó que todos los niños y niñas de dicha edad reciban la vacuna contra el Covid-19, incluso si ya han contraído el virus, elaboradas por los laboratorios Pfizer-BioNTech o Moderna. Inclusive, el pasado 9 de diciembre de 2022,4 el propio CDC mencionó que los niños y las niñas en esa edad son elegibles para recibir una dosis de refuerzo bivalente de Moderna o Pfizer, 2 meses después de haber recibido la segunda dosis.
La Agencia Europea de Medicamentos autorizó desde el 19 de octubre de 20225 el uso de estas vacunas en el grupo de edad antes mencionado y desde entonces los países de la Unión Europea comenzaron la inmunización.
Pese a estas referencias, el país no ha incluido en la estrategia de vacunación contra Covid-19 a los menores que van de 6 meses a 4 años de edad que, tomando en cuenta el Censo de Población y Vivienda,6 levantado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía representan cerca de 8 por ciento de la población mexicana. Es decir, aproximadamente 10 millones de personas se encuentran en riesgo de sufrir complicaciones graves en caso de padecer Covid-19.
En la actualidad se cuenta con evidencia suficiente sobre la efectividad de las vacunas y la seguridad de estas para, prácticamente, toda la población. Si bien, los niños y niñas tienen un menor riesgo de sufrir una enfermedad grave por Covid-19,7 no son inmunes a la enfermedad y las variantes altamente contagiosas, como delta y ómicron, aumentan la cantidad de casos y, por ende, aquellos no vacunados tienen mayores probabilidades de ser hospitalizados. Además, de que aún se están realizando diversos estudios para medir los efectos a largo plazo del SARS-Cov2 en los menores.
La Organización Mundial de la Salud instó a los países miembros, a través de la Estrategia Mundial contra Covid-19,8 a distribuir vacunas a los grupos de alta prioridad, sobre todo en los entornos en que la cobertura es incompleta y donde no se puede garantizar la sostenibilidad del proceso de vacunación en el largo plazo, algo que no puede realizarse sí se continúa excluyendo de la vacunación a la población con una edad superior a 6 meses e inferior a 5 años.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a incorporar en la estrategia de vacunación contra Covid-19 a la población de 6 meses a 4 años.
Notas
1 Watson, O., Barsnsley, G., Toor, J., A., Hogan., Winskill, P. y Ghani, A. “Global impact of the first year of Covid-19 vaccination: a mathematical modelling study”, en The Lancet. Recuperado de https://www.thelancet.com/journals/laninf/article/PIIS1473-3099(22)0032 0-6/fulltext
2 University of Oxford. Coronavirus (Covid-19) Vaccinations. Recuperado de https://ourworldindata.org/covid-vaccinations?country=MEX
3 CDC. Los CDC recomiendan las vacunas contra el Covid-19 para los niños pequeños. Recuperado de https://www.cdc.gov/spanish/mediosdecomunicacion/comunicados/d_ninos-va cunas_061822.html
4 CDC. Los CDC amplían el uso de las vacunas actualizadas contra el Covid-19 para incluir a los niños de 6 meses a 5 años. Recuperado de https://www.cdc.gov/spanish/mediosdecomunicacion/comunicados/d_vacunas- covid_120922.html
5 EMA. EMA recommends approval of Comirnaty and Spikevax Covid-19 vaccines for children from 6 months of age. Recuperado de https://www.ema.europa.eu/en/news/ema-recommends-approval-comirnaty-spi kevax-covid-19-vaccines-children-6-months-age
6 Inegi. Censo de Población y Vivienda de 2020. Recuperado de https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/
7 Swann, O, Holden, K, Turtle, L, Pollock, L, Fairfiel y Drake, T. (agosto de 2020). “Clinical characteristics of children and young people admitted to hospital with Covid-19 in United Kingdom: prospective multicentre observational cohort study”, en British Medical Journal. Recuperado de https://www.bmj.com/content/370/bmj.m3249
8 OMS. Reseña normativa de la OMS: Lograr las metas de vacunación contra Covid-19. Recuperado de https://www.who.int/es/publications/i/item/WHO-2019-nCoV-Policy_Brief-V accination-2022.1
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Salomón Chertorivski Woldenberg (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a crear una NOM para la promoción de la medicina de precisión, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Consideraciones
De acuerdo con la Clínica Mayo el cáncer “se refiere a cualquiera de un gran número de enfermedades que se caracterizan por el desarrollo de células anormales que se dividen sin control y tienen la capacidad de infiltrarse y destruir el tejido corporal normal”1 . En este sentido el cáncer es fundamentalmente una enfermedad genética, esto porque es resultado de cambios a nivel del ácido desoxirribonucleico (ADN) lo que provoca que genes asociados a la regulación de nuestras células sean afectados. Cuando esto sucede, las células comienzan a comportarse de forma anormal para crecer y dividirse sin control (masas sólidas, tumores), lo que puede provocar una invasión a tejidos circundantes (in-situ) o lejanos (metástasis).
Actualmente el cáncer representa la segunda causa de muerte en el mundo, siendo los países con ingresos medios y bajos, los llamados países en vías de desarrollo, los que experimentan el mayor número de casos, lo que demuestra una relación entre el nivel de desarrollo y la salud. En el caso de México el cáncer representa la tercera causa principal de muertes. De acuerdo con datos de la Secretaría de Salud se estima que hay más de 80,000 defunciones y 160,000 casos nuevos cada año. El cáncer más frecuente en México es el de mama, con 27,500 casos por año; seguido del de próstata con 25,000; colon 15,000; tiroides 12,000; cervicouterino 7,870 y pulmón 7,810.
Una manera de prevenir y atender el cáncer es a través de la llamada Medicina de Precisión (MP). La medicina de precisión implica realizar tratamientos personalizados a partir de las características genómicas y moleculares de los tumores de cada paciente para así identificar el riesgo de enfermedades, lo que les permitirá tomar mejores decisiones terapéuticas ya que se podría tener un diagnóstico temprano o una terapia génica dirigida con el genotipo y fenotipo como base fundamental para el manejo médico individualizado del paciente.
El Instituto Nacional de Cáncer de los Estados Unidos señala que la MP utiliza información específica del tumor de una persona a fin de facilitar el diagnóstico, planificar el tratamiento, determinar si el tratamiento es eficaz o dar un pronóstico para posibles tratamientos más efectivos contra el cáncer2 . Se estima que, en nuestro país de los cánceres señalados, serían candidatos a prueba de MP, al menos, 7,150 casos por año de cáncer de mama; 6,639 casos de cáncer de pulmón; 3,480 casos de cáncer de tiroides; 3,300 de cáncer colorrectal y 2,500 de próstata.
Gobiernos de todo el mundo han iniciado programas nacionales de medicina genómica para aprovechar los beneficios de la MP. En Singapur, la MP ha sido identificada como una prioridad por el Ministerio de Salud, con el objetivo final de hacer la transición a la atención médica individualizada de manera sostenible y rentable. En Tailandia, está en marcha una iniciativa para implementar una tarjeta de identidad fármaco genómica para identificar el riesgo adverso de los medicamentos comunes en un programa de fármaco vigilancia a nivel nacional. Mientras tanto, Australia, Bélgica, Canadá, Francia, Japón, Corea y los EE. UU. han realizado un esfuerzo sustancial y han introducido iniciativas para implementar programas nacionales de MP.
Es por lo anterior, y con el fin de contribuir a la salud y calidad de vida de las personas que se propone la creación de una norma oficial para la Promoción de la Medicina de Precisión. Esta acción ayudará a sistematizar un acceso a tecnologías de alta calidad para los pacientes y sus médicos tratantes, lo que les permitirá tomar una decisión informada a partir de múltiples terapias compatibles, o si no hay terapias dirigidas disponibles, puede dirigir al paciente a un ensayo clínico local relevante.
Diversas investigaciones realizadas en el mundo han determinado que la medicina de precisión es una herramienta muy útil en la atención y tratamiento del cáncer. Al respecto en un estudio realizado por la Asociación Mexicana de lucha contra el Cáncer A.C señala lo siguiente:
El futuro de la medicina de precisión es prometedor y muchos países apuestan por ello, invirtiendo en investigación y desarrollo. En los últimos 5 años, 14 países han invertido casi 4 mil millones de dólares. En China, hay un programa de medicina de precisión que para el año 2030 tiene el gran objetivo de secuenciar el genoma de 100 millones de individuos, con una inversión de más de 9 mil millones de dólares. Para que nuestro país pueda estar a la vanguardia, se necesita inversión y establecer mediante leyes y normas las bases para su implementación sobre todo en la práctica clínica3 .
Finalmente, es importante señalar que con la implementación de la MP en nuestro país se podría generar un ahorro del 22% para el gobierno federal, esto solamente en pacientes con cáncer avanzado. De igual forma se lograría que México fuera la primera entidad de América Latina en establecer MP dentro de su ley de salud nacional.
Con base en lo antes dicho se presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para crear una Norma Oficial Mexicana que regule la Medicina de Precisión.
Notas:
1. Cáncer, descripción general. Disponible en: https://www.mayoclinic.org/es-es/diseases-conditions/cancer/symptoms-ca uses/syc-20370588
2. https://www.cancer.gov/espanol/publicaciones/diccionarios/diccionario-c ancer/def/medicina-personalizada-de-precision
3. Asociación Mexicana de lucha contra el cáncer A.C. Medicina de precisión en oncología: Importancia y retos para su implementación en México. Disponible en: https://www.congresopacientes.org/wp-content/uploads/2021/09/Medicinade Precision.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades deportivas y a la FMN a apoyar a atletas y entrenadores de las disciplinas acuáticas, a cargo del diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo, integrante de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por parte del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, incisos I, II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo.
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4 reconoce el derecho de toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. También indica que corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
En este sentido la Ley General de Cultura Física y Deporte establece como uno de sus objetivos la de fomentar, ordenar y regular a las Asociaciones y Sociedades Deportivas, Recreativo-Deportivas, del Deporte en la Rehabilitación y de Cultura Física-Deportiva (artículo 2, fracción VIII)
El artículo 50 de la Ley General de Cultura Física y Deporte reconoce a las Federaciones Deportivas a establecer que se “reconoce a las Federaciones Deportivas Mexicanas el carácter de Asociaciones Deportivas Nacionales, por lo que todo lo previsto en esta ley para las Asociaciones Deportivas, les será aplicable”.
El Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte indica que.
Artículo 23. Los organismos, instituciones públicas y privadas integrantes del Sinade, que reciban recursos públicos federales con cargo al presupuesto de la Conade, se sujetarán a las disposiciones jurídicas presupuestarias aplicables, a las condiciones establecidas en los convenios de coordinación y concertación celebrados con ésta, así como a las reglas de operación aprobadas.
El mes pasado las y los deportistas y entrenadores de las disciplinas acuáticas fueron informados, sobre la problemática que se tiene actualmente con la Federación Mexicana de Natación.
Por lo que varios de las y los deportistas han acudido conmigo para externar su preocupación, por la posible la suspensión de los recursos financieros y deportivos.
Finalmente, como ex deportista olímpico quiero decir que me duele mucho esta situación y más porque es directamente al deporte que tantos años represente. Debemos siempre procurar por el bienestar de las y los deportistas; y, el deporte de México como lo he repetido hasta el cansancio es la mejor forma de prevención para una buena salud y una mejor sociedad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXV Legislatura exhorta, respetuosamente, a las autoridades del Comité Olímpico Mexicano y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para entablar el diálogo entre ellas y buscar la mejor solución para resolver el problema y apoyar a las y los deportistas y entrenadores de las disciplinas acuáticas.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXV Legislatura exhorta, respetuosamente, a las autoridades de la Federación Mexicana de Natación, por ser un ente colaborado del Estado mexicano por recibir recursos de la federación, para entablar el diálogo con las autoridades del Comité Olímpico Mexicano y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para entablar el diálogo con ellas y buscar la mejor solución para resolver el problema y apoyar a las y los deportistas y entrenadores de las disciplinas acuáticas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 08 de febrero de 2023
Diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT a continuar realizando el Programa de Auscultación; asimismo, llame la atención de los concesionarios que no atienden de manera puntual los lineamientos de mantenimiento, conservación y operación de los tramos carreteros que les corresponden, a cargo del diputado Yericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Yericó Abramo Masso diputado federal por el estado de Coahuila de Zaragoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, mediante la cual se exhorta a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes para que de manera general continúe realizando el Programa de Auscultación; llame la atención de los concesionarios que no atienden de manera puntual los lineamientos de mantenimiento, conservación y operación de los tramos carreteros que les corresponden y exija a la concesionaria “Súper Carreteras del Norte” que mejore de manera inmediata las condiciones de la carretera Allende Nueva Rosita, proveyendo de mantenimiento, conservación y operación óptima de manera constante, al tenor de la siguiente
Exposición de motivos
El concesionamiento de una carretera se trata de un acto mediante el cual el Estado otorga a un particular el derecho a prestar un servicio público y a explotar bienes del dominio público, durante un tiempo determinado (hasta 30 años en México), sujeto a diversas condiciones que pretenden preservar el interés público. El nuevo esquema de concesionamiento otorga a los particulares el derecho a construir, operar, conservar, mantener y explotar una autopista de cuota. Al concluir el plazo de concesión, tanto la carretera como los derechos que fueron concesionados regresan al control directo del Estado.1
Jorge Nuño Lara, encargado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y de Transportes (SICT) al inaugurar el VII Seminario Internacional del Asfalto/ Conservación de la Infraestructura Vial, resaltó que las carreteras son fundamentales para el éxito de todos los demás sectores de la economía, ya que por ellas se mueven más de 2 mil 200 millones de pasajeros y más de 513 millones de toneladas de bienes y mercancías en el país, es decir, a través de la red carretera del país se transporta el 96.4 por ciento del total de pasajeros y el 68.5 por ciento de la carga nacional.2
La Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes en su portal de internet indica que la Red Nacional de Carreteras cuenta con una longitud total de 788,323 kilómetros, de los cuales 10,923 kilómetros son carreteras de cuota con mil 333 plazas de cobro.
Si bien muchas de estas carreteras de cuota cuentan con un adecuado mantenimiento y conservación, también hay algunos tramos que no corresponden de manera adecuada al costo beneficio, pues los concesionarios no realizan las labores de mantenimiento y conservación de manera frecuente y esto provoca un rezago en la infraestructura carretera, sin embargo, el cobro sigue siendo obligatorio para quienes transiten por ahí, ya sea de manera cotidiana o de manera ocasional.
A 2020, se encontraban vigentes siete NOM vinculadas a la política, las cuales se orientaron a la seguridad del uso de las carreteras y se relacionaron con señalamientos, rampas de emergencia, barreras de protección, señalamientos en zonas de obras y amortiguadores de impacto. En suma, la estructura legal estableció a los responsables de la política que tienen entre sus atribuciones formular y conducir la política de infraestructura federal carretera; así como su regulación, supervisión y operación. El ordenamiento principal es la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que se complementa con la Ley de Vías Generales de Comunicación y la Ley de Asociaciones Público-Privadas.3
Según la Auditoría Superior de la Federación en su Evaluación Núm. 1516-DE “Política Pública de Infraestructura Carretera”, a 2020, se encontraron vigentes 75 concesiones correspondientes a 136 tramos carreteros y 50 puentes, que pertenecen a la infraestructura federal carretera, distribuidas en las 32 entidades federativas del país, de las cuales 26 (34.7 por ciento) concesiones fueron otorgadas a entidades gubernamentales y 49 (65.3 por ciento) al sector privado.
Respecto de las carreteras que no han tenido un adecuado mantenimiento y un correcto plan de conservación quiero hacer referencia a la Autopista Premier Allende – Nueva Rosita en el estado de Coahuila de Zaragoza,4 que se encuentra en un estado de gran deterioro y con mala calidad de los servicios, ya el mismo Gobierno del Estado se ha pronunciado para ver cuáles podrían ser las vías jurídicas para que los concesionarios puedan invertir más en su mantenimiento, conservación y operación.
Los indicadores de desempeño del programa de auscultación de la red federal carretera, 2012-2020 de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes los cuales se mencionan en la Evaluación núm. 1516-DE “Política Pública de Infraestructura Carretera” de la Auditoria Superior de la Federación5 son los siguientes:
• Índice de Regularidad Internacional (IRI)
Se refiere a la medida que representa la regularidad de la superficie de un pavimento a través de un estadístico del perfil longitudinal del mismo. Con lo cual se mide la comodidad de los usuarios frente a las vibraciones en el recorrido.
• Profundidad de Rodaderas (PR)
Se trata de la medida sobre la deformación vertical permanente del pavimento que se refleja en el perfil transversal y se presenta como un surco longitudinal a lo largo del camino bajo las huellas de rodamiento.
• Macrotextura (MAC)
Mediante la evaluación de la macrotextura, que se refiere a la textura superficial del pavimento según en su granulometría, se analiza si las condiciones del pavimento previenen que se derrapen los vehículos.
• Deterioros superficiales de la carretera (DET)
Se refiere al nivel de servicio del pavimento y de su capacidad estructural y funcional, por medio del análisis del deterioro visible en la superficie del pavimento por efecto de las cargas del tránsito, los agentes medioambientales, las características de los materiales o el tiempo de servicio.
• Coeficiente de Fricción (CF)
Se trata de un parámetro que valora la resistencia al deslizamiento de los vehículos en operación sobre un pavimento.
• Estado del drenaje
Se analiza la situación de las alcantarillas y cunetas que forman parte de las carreteras.
• Estado del derecho de vía
Se examina la presencia de vegetación crecida y peligros al tránsito, que se encuentren en el derecho de vía de las carreteras.
• Señalamiento vertical y horizontal Se refiere a la evaluación que analiza el cumplimiento de la NOM-034-SCT2-2011, referente al establecimiento de señales verticales (restrictivas, informativas, preventivas, y de servicios) y horizontales (marcas en el pavimento).
Esto lo menciono porque la autopista Premier Allende –Nueva Rosita, concesionada a Súper Carreteras del Norte no cumple con varios de estos indicadores.
Sobre este tema hay ya una amplia cobertura en medios de comunicación,6 pues es una carretera de mucho tránsito en la que constantemente circulan, familias mexicanas que viven en los Estados Unidos y son migrantes circulares, además de la población del norte del estado y una importante cantidad de carga de mercancía que conecta a esta región fronteriza de Coahuila.
En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para presentar la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes para que:
a) De manera general continúe realizando el Programa de Auscultación, que supone una revisión de tramos carreteros con una base de indicadores para evaluar el estado de la Red Nacional de Carreteras.
b) Llame la atención de los concesionarios que no atienden de manera puntual los lineamientos de mantenimiento, conservación y operación de los tramos carreteros que les corresponden.
c) Exija a la concesionaria “Súper Carreteras del Norte” que mejore de manera inmediata las condiciones de la carretera Allende Nueva Rosita, proveyendo de mantenimiento, conservación y operación óptima de manera constante.
Notas:
1 http://dictyg.fi-c.unam.mx/~disyp/lecturas/111preguntas.pdf
2 https://www.jornada.com.mx/notas/2022/09/22/economia/presupuesto-para-c arreteras-en-2023-sera-de-9-mil-500-mdp/
3 https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2020c/Documentos/Auditorias/202 0_1516_a.pdf
4 https://www.elheraldodesaltillo.mx/2020/02/26/plantean-cancelar-concesi on-de-autopista-premier/
5 https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2020c/Documentos/Auditorias/202 0_1516_a.pdf
6 https://atiempo.tv/coahuila/autopista-premier-en-coahuila-entre-la-opac idad-y-el-mal-estado/
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los ocho días del mes de febrero de 2023.
Diputado Yericó Abramo Masso (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al ISSSTE a suscribir un programa para que nadie se quede sin medicamentos, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Margarita García García, diputada del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Director General del ISSSTE a suscribir un programa para que nadie se quede sin medicamentos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En 1925 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación de la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro la cual tenía como principal objetivo el de recaudar el fondo de pensiones y otorgarlas, posterior a esto en 1947 se crean las leyes que regula a esta Dirección y le manejo que se le deben de dar a los recursos, para el 13 de diciembre de 1959 se crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, para administrar los seguros, prestaciones y servicios, su ley fue publicada en 1983 y en 2007 fue abrogada y publicada una nueva ley, la cual establece las siguientes prestaciones y servicios para los trabajadores al servicio del Estado.
Dentro de la ley se enumeran las siguientes, préstamos hipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisición en propiedad de terrenos o casas habitación, construcción, reparación, ampliación o mejoras de las mismas; así como para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos, préstamos personales, servicios sociales, servicios culturales, seguridad social, y establece como obligatorio la atención a la salud, riesgos de trabajo, retiro cesantía, vejes, invalidez y vida.
Por lo que podemos observar que la atención médica para los derechohabientes del ISSSTE es obligatoria, ya que así lo enmarca su ley, esta atención medica incluye los medicamentos para atender los padecimientos, sin embargo, desde hace ya varios años, los gobiernos neoliberales empezaron a subrogar todos los servicios que el ISSSTE prestaba, para compañías de sus amigos y familiares, lo que volvió al ISSSTE un cascaron, cuando el gobierno de la 4T llega al poder se da cuenta de esto comienza a retomar que los servicios sea dados por el instituto y no por terceros, de igual manera se dan cuenta de las mafias que tenían las instituciones de salud con algunas farmacéuticas por lo que se pidió apoyo de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) para poder adquirir insumos médicos sin sobre precios y con ahorros, en 2021 se da a conocer por el Secretario de Salud Jorge Alcocer que adquirir 950 claves, 639 de medicamentos y 311 de material, significa un volumen de mil 729 millones de piezas, entre 816 millones de medicamentos y 912 millones de material de curación.
Estos insumos médicos son repartidos entre las diversas instituciones médicas incluyendo al Instituto mexicano del Seguro Social (IMSS) e ISSSTE, sin embargo, se da a conocer por diferentes medios que sigue habiendo insuficiencia en medicamentos, que también se conjunto con la pandemia que se sigue enfrentado en el país.
En el este caso del IMSS en 2015 estableció un programa llamado “Tu receta es tu vale” el cual es una estrategia para lograr el abasto oportuno y completo de medicamentos a sus derechohabientes, el cual por el momento solo se aplica en clínicas de la Ciudad de México, Estado de México y Querétaro.
Para que este programa entre en funcionamiento comienza cuando la Unidad de Medicina Familiar no cuente con el o los medicamentos participantes y el medicamento participe en el programa, se solicita al personal de la farmacia la activación de una receta electrónica en su sistema y un sello con la leyenda “Vale de Medicina” con el fin de convertirse en receta-vale, estas pueden ser canjeadas en las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en los Centros de Canje y Farmacias Reforzadas.
Lo anterior ha ayudado a que los derechohabientes del IMSS de los estados en donde el programa está activo no se queden sin medicamento y puedan seguir sus tratamientos médicos, vía que deberían de seguir el ISSSTE que al verse afectado por la pandemia y su reestructuración para fortalecerlo se han visto afectado en el suministro de medicamentos, y así evitar manifestaciones por falta de medicamentos en sus Unidades Médicas.
Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.- La H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Doctor Pedro Zenteno, a realizar un programa de canje de medicamentos para que ningún derechohabiente se quede sin medicamentos en la institución.
Bibliografía:
- Página Oficial de ISSSTE. https://www.gob.mx/issste
- Programa “Tu receta es tu vale” IMSS. Recuperado de: http://www.imss.gob.mx/vales/
preguntas-frecuentes#:~:text=%C2%BFQu%C3%A9%20es%20el%20programa%20%E2%80%9CTu,
de%20medicamentos%20a%20sus%20derechohabientes
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputada Margarita García García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar Poder Judicial de Oaxaca a garantizar a la ciudadana María Elena Ríos Ortiz el derecho humano de acceso a la justicia, a cargo de la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial del Estado de Oaxaca, a garantizar a la ciudadana María Elena Ríos Ortiz el derecho humano de acceso a la justicia, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
I. El 10 de junio de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se modifica la denominación del capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, en materia de derechos humanos1 .
Dicha reforma tuvo como objetivo reconocer a nivel constitucional los derechos humanos de las personas, así como establecer las garantías para lograr su apropiada protección.
De las modificaciones realizadas al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), se destaca el reconocimiento de los derechos humanos, mediante el principio pro persona como rector de la interpretación y aplicación de la norma jurídica y, en segundo lugar, la prohibición de todo tipo de discriminación.
En ese sentido, de conformidad con los artículos 1 y 133 de la CPEUM, el Estado mexicano tiene la obligación de observar los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de los que sea parte.
II. El acceso a la justicia es un derecho humano protegido por diversos instrumentos internacionales de los que México es Estado parte. Asimismo, se encuentra garantizado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El acceso a la justicia se puede definir como “...la obligación del Estado consistente en garantizar que todas las personas que lo requieran puedan someter sus conflictos a los tribunales, en condiciones de equidad, y que las respuestas que obtengan de estos últimos resuelvan los conflictos en forma efectiva, tanto para los individuos involucrados como para la sociedad en general.”2
Asimismo, es un derecho fundamental que se considera la piedra angular para la protección de los derechos humanos que permite a las personas acudir a los tribunales para hacer valer y respetar los mismos
En ese sentido, el poder judicial es el depositario de la confianza de todas las personas y la última instancia para que sus derechos sean garantizados a través de una tutela judicial efectiva.
De la misma forma, se trata de un asunto que trasciende del ámbito normativo y que incide directamente en la conformación de la democracia constitucional como régimen político. El acceso efectivo a la justicia establece mecanismos a través de los cuales puede garantizarse la normalidad democrática, así como sancionarse cualquier hecho ilícito. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido la siguiente interpretación sobre el Derecho Humano referido a través de la siguiente jurisprudencia:
“Por otro lado, la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han precisado que la obligación de los Estados no sólo es negativa –de no impedir el acceso a esos recursos–, sino fundamentalmente positiva, esto es, a través de la organización del aparato institucional, de modo que todos los individuos puedan acceder a esos recursos. De igual manera, han reconocido como componentes del debido proceso el derecho a contar con una decisión fundada relativa al fondo del asunto, así como el derecho al plazo razonable del proceso. Con base en esos estándares constitucionales y convencionales, es de suma relevancia que los Estados remuevan cualquier obstáculo que limite la posibilidad de acceso a la justicia completa.”4
Esto significa que la consolidación de la justicia como Derecho Humano depende no sólo de eliminar cualquier obstáculo ejercido desde el Estado, sino de una promoción activa de esta norma fundamental
En el caso del derecho humano de acceso a la justicia, México forma parte de diversos instrumentos internacionales para su protección, entre ellos
• Declaración Universal de los Derechos Humanos. (1948)
• Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966)
• Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969
Asimismo, este derecho fundamental se encuentra consagrado en el párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 17. ...
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
...4
III. A través de su cuenta de Twitter, el pasado 21 de enero de 2023 la ciudadana María Elena Ríos Ortiz anunció la determinación jurisdiccional del Juez de Control del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, Teódulo Pacheco Pacheco, de determinar la medida de prisión domiciliaria para el imputado Juan Antonio Vera Carrizal, denunciado por el siguiente caso
“La Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) informó que fue vinculado a proceso el exdiputado local Juan Antonio “N” por tentativa de feminicidio contra la saxofonista María Elena Ríos.
Además, el juez dictó prisión preventiva al imputado, por lo que permanecerá en prisión durante los 3 meses en los que se realizará la investigación complementaria.
La saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos había exigido a las autoridades que se hiciera justicia contra su agresor, el exlegislador, en la audiencia que inició ayer y terminó este viernes.
Juan Antonio “N” es el presunto autor intelectual de que la artista fuera quemada con ácido ocurrido en septiembre de 2019 y perpetrado por terceros, quienes también ya se encuentran detenidos.”5
En este sentido, estas actuaciones jurisdiccionales se vuelven de la mayor relevancia en un país que no ha logrado resolver violencias estructurales contra niñas y mujeres. De hecho, tan sólo en 2022, se registraron más de 900 feminicidios.6 Esta situación, más allá del impacto social evidente, también debe ser atendido desde la arena jurisdiccional para proteger la vida e integridad de cada una de las víctimas. De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció lo siguiente en el caso González y Otras (“Campo Algodonero”) versus México
“133. Distintos informes coinciden en que aunque los motivos y los perpetradores de los homicidios en Ciudad Jua?rez son diversos, muchos casos tratan de violencia de ge?nero que ocurre en un contexto de discriminacio?n sistema?tica contra la mujer. Segu?n Amnisti?a Internacional, las caracteri?sticas compartidas por muchos de los casos demuestran que el ge?nero de la vi?ctima parece haber sido un factor significativo del crimen, influyendo tanto en el motivo y el contexto del crimen como en la forma de la violencia a la que fue sometida. El Informe de la Relatori?a de la CIDH sen?ala que la violencia contra las mujeres en Ciudad Jua?rez “tiene sus rai?ces en conceptos referentes a la inferioridad y subordinacio?n de las mujeres”. A su vez, el CEDAW resalta que la violencia de ge?nero, incluyendo los asesinatos, secuestros, desapariciones y las situaciones de violencia dome?stica e intrafamiliar “no se trata de casos aislados, espora?dicos o episo?dicos de violencia, sino de una situacio?n estructural y de un feno?meno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades” y que estas situaciones de violencia esta?n fundadas “en una cultura de violencia y discriminacio?n basada en el ge?nero”7
El ilícito comentido en contra de María Elena Ríos Ortiz debe entenderse en una situación de violencias estructurales contra niñas y mujeres en México, por lo que las determinaciones jurisdiccionales deben proteger a toda costa los derechos y la integridad de las víctimas, especialmente su Derecho de Acceso a la Justicia que guarda íntima relacion con el Debido Proceso.
IV. La Ley Orgánica del Poder judicial del Estado de Oaxaca8 establece en su artículo 4 que el Poder Judicial se ejerce, entre otros, por el Pleno de Tribunal Superior de Justicia y por el Consejo de la Judicatura
Asimismo, en su artículo 48 establece que “El Consejo de la Judicatura es el órgano del Poder Judicial del Estado con independencia técnica, de gestión y capacidad para emitir resoluciones y acuerdos generales. Es el encargado de conducir la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial, con excepción del Tribunal Superior de Justicia, en los términos que señala la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y esta ley.
Entre las atribuciones del pleno del Consejo de la Judicatura, se encuentra la supervisión de los órganos que integran el Poder Judicial, así como el desempeño de sus servidores públicos
El debido proceso es un derecho humano (artículo 14 y 16 constitucional) Estado democrático de derech
Por eso, es de interés general de la sociedad investigar la actuación y determinación del Juez referido, para saber si esta garantizó el acceso a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, y descartar cualquier hecho de corrupción o de falta de ética jurisdiccional, cuya consecuencia pueda ser negarle la justicia a María Elena Ríos Ortiz.
Por lo expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de esta Honorable soberanía, la siguiente proposición con:
Puntos de Acuerd0
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Poder Judicial del Estado de Oaxaca, para que a través del Consejo de la Judicatura y de sus demás instancias competentes, investiguen las actuaciones y determinaciones del juez de Control Teódulo Pacheco Pacheco, en el proceso penal de la C. María Elena Ríos Ortiz y determinar si se actuó con perspectiva de género y se garantizó el acceso a la justicia efectiva y el debido proceso
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Poder Judicial del Estado de Oaxaca, para que a través del Consejo de la Judicatura y de sus demás instancias competentes, aplique las sanciones correspondiente en caso de acreditarse que el juez de Control Teódulo Pacheco Pacheco, ha vulnerado los derechos humanos de la ciudadana María Elena Ríos Ortiz.
Notas
1 Cámara de Diputados. Reforma 194: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_194_10jun11.p df Consultada: 1 de febrero de 2023.
2 Cappelletti, Mauro y Brian Garth. “General Report”, en Mauro Cappelletti y Brian Garth (editores), Access to Justice. A World Survey. Milán: Dott. A. GiuffréEditore. 1978 citado por Caballero, José Antonio. 2016. Derechos del Pueblo Mexicano. México a través de sus constituciones, coords. Cámara de Diputados del H Congreso de la Unión, LXIII Legislatura; Suprema Corte de justicia de la Nación; Senado de la República, LXIII Legislatura; Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; Instituto Nacional Electoral; y Comisión Nacional de los Derechos Humanos. México: Miguel Ángel Porrúa. Consultado: 01 de febrero de 2023.
3 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tesis: PC.III.A. J/10 A (11a.), disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2024104 Consultada: 23 de enero de 2023.
4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2022. México: Cámara de Diputados. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
5 Animal Político, “Vinculan a proceso a ex diputado por ataque con ácido contra saxofonista oaxaqueña”, disponible en: https://www.animalpolitico.com/2020/04/vinculan-proceso-exdiputado-ataq ue-acido-contra-saxofonista-oaxaquena consultada: 23 de enero de 2023.
6 El Economista, “Subió incidencia delictiva 5 por ciento durante el 2022”, disponible en: https://www.eleconomista.com.mx/politica/Subio-incidencia-delictiva-5-d urante-el-2022-20230118-0017.html consultada: 23 de enero de 2023.
7 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Gonza?lez y Otras (“Campo Algodonero”) versus Me?xico, párrafo 133, disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_205_esp.pdf consultada: 23 de enero de 2023.
8 Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Oaxaca. 2022. México: H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. Disponible en https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.htm l Consultada el 1 de febrero de 2023.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa, a sus homólogas en los estados, al IMSS y al ISSSTE a generar campañas de información y realización de pruebas para el diagnóstico oportuno de cáncer de próstata, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), citados por la Secretaría de Salud (SSA) en el Programa de Acción Específico de Prevención y Control de Cáncer 2021 – 2024 (PAE)1 , el cáncer en México ocupa la cuarta causa de muerte y en materia de enfermedades sólo está por debajo de las cardiovasculares y la diabetes mellitus. En cuanto a mortalidad se refiere, en 2020 más de un millón de personas murieron por cáncer, siendo próstata, mama, colorrectal y pulmón los tipos más letales.
El cáncer de próstata (CaP), específicamente, es uno de los problemas de salud masculina con mayor impacto en México, no sólo por el gran número de nuevos casos que se detectan en el país, sino por las altas tasas de mortalidad que tiene debido a su diagnóstico tardío. Este tipo de cáncer se genera en esta glándula pequeña con forma de nuez, responsable de la producción del líquido seminal que nutre y transporta el esperma2 , y aparece mayoritariamente en personas con próstata mayores de 50 años y alcanza su máximo de casos a los 65 años.
En nuestro país, este tipo de cáncer ha tenido un incremento en su incidencia y mortalidad a lo largo de los últimos 15 años. Esta situación lo ha convertido en el segundo cáncer con más número de muertes, de acuerdo con la Agencia Globocan (2020), solo ligeramente por debajo de cáncer de mama, sin embargo, estos datos pueden ser mayores si se consideran los problemas causados por la pandemia de COVID-19.
El motivo principal del aumento sostenido observado en la mortalidad de cáncer de próstata es la dificultad para realizar diagnósticos oportunos cuando este padecimiento se encuentra todavía en etapas con una alta expectativa de curación, ya que es asintomático. Autoridades sanitarias y organizaciones civiles estiman que el 70% de los cánceres de próstata son diagnosticados en estados tardíos; es decir, cuando el tumor ha salido ya de la glándula prostática, invadido otros tejidos y con ello compromete las posibilidades de curación y reduciendo la expectativa de vida.
El cáncer de próstata es el cáncer más común en hombres en el país, representa prácticamente un tercio de todos los tipos de cáncer (gráfica 1), de ahí la importancia de implementar las acciones necesarias para abordar el padecimiento desde etapas tempranas y con ello reducir el número de muertes evitables, sobre todo priorizando aquellos estados donde existen mayor índice de marginación, toda vez que el Instituto Nacional de Salud Pública ha encontrado que existe una correlación entre una alta mortalidad y el grado de marginación de los estados. Traducido en términos llanos podría afirmarse que, a mayor pobreza en los estados o regiones, mayor probabilidad de morir por cáncer de próstata, de ahí se desprende la necesidad de que las autoridades de salud respectivas a las distintas entidades federativas en el país implementen esfuerzos para una pronta identificación del cáncer de próstata en la población.
La clave para revertir el alza en la mortalidad reside en fortalecer el diagnóstico oportuno. Las autoridades sanitarias en conjunto con la sociedad civil organizada han avanzado en los últimos años en la creación de instrumentos y acciones para aumentar el número de casos detectados con oportunidad. Uno de los ejemplos más emblemáticos en este sentido fue la creación y entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 048 SSA2 2017 Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, vigilancia epidemiológica y promoción de la salud sobre el crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata) y cáncer de próstata (tumor maligno de la próstata)5 . En ella se establece que las pruebas diagnósticas a realizar a los hombres que cumplan con ciertos criterios para generar una sospecha de cáncer creíble e incrementar el número de diagnósticos de cáncer de próstata son, en resumen, dos: la prueba de tacto rectal (TR) y la prueba del Antígeno Prostático Específico (APE). Ambas pruebas pueden realizarse en los primeros niveles de atención y si bien no confirman de manera definitiva el padecimiento, sí pueden generar un alto nivel de sospecha que ahorra tiempo significativo en el proceso de referencia del paciente a un especialista que pueda elaborar pruebas más sofisticadas para la posible confirmación diagnóstica y eventual tratamiento.
El problema del diagnóstico tardío es multifactorial, sin embargo, a pesar de que las pruebas del TR y el APE para detectarlo a tiempo requieren poca sofisticación técnica, son ambulatorias y no representan mayor intervención física para las personas a las que se les aplican, aún hay una gran cantidad de prejuicios, barreras culturales y mitos que limitan que los hombres acudan de forma habitual a realizarse chequeos de salud rutinarios después de los 45 años de edad, ya sea a centros de salud o con médicos privados. Por lo general, las personas sólo acuden al doctor cuando existe ya alguna molestia y hablando de cáncer de próstata, en ocasiones éstas pueden ser consecuencia ya de una evolución avanzada de la enfermedad.
El reto hoy es cambiar la realidad actual para que el 70% de los casos sean oportunos y no tardíos como ocurre ahora. Para que esto suceda, es fundamental actuar con determinación desde las instituciones de salud para fortalecer en todos los niveles de salud la implementación de mecanismos que permitan la detección temprana del cáncer de próstata.
En este sentido, la administración actual ha emprendido una cruzada de transformación del sistema de salud que busca transitar de un modelo curativo como el anterior a un modelo preventivo. En este marco de transformación es imperativo no dejar de lado la importancia de considerar el cáncer de próstata en los programas de detección oportuna desde el primer nivel de atención y de referenciar en el menor tiempo posible a los pacientes con sospecha o confirmación diagnóstica.
Esta propuesta es consistente con los objetivos, estrategias y metas del Programa Sectorial de Salud 2020 – 2024, que en su meta 2.2, establece con toda claridad el objetivo de “disminuir la probabilidad de muerte entre los 30 y los 70 años por enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes o enfermedades respiratorias crónicas”6 , siendo el cáncer de próstata, como ya se ha expuesto, una de las neoplasias de mayor mortalidad. Esta meta también la retoma el Programa de Acción Específico para la Prevención y Control del cáncer el cual tiene por objetivo: “contribuir a la disminución de la mortalidad de los principales tipos de cáncer en México, a través de un tamizaje poblacional organizado, detección oportuna, confirmación diagnóstica y referencia pronta y articulada de casos a tratamiento multidisciplinario en unidades especializadas, con enfoque de curso de vida y perspectiva de género”
Con base en los argumentos presentados, se presenta a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, a sus 32 homologas en las entidades federativas, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y facultades, implementen campañas de información y realización de pruebas para el diagnóstico oportuno de cáncer de próstata.
Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, a sus 32 homologas en las entidades federativas, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y facultades, realicen acciones permanentes de prevención respecto al cáncer de próstata en beneficio de la población mexicana.
Notas:
1. Programa de Acción Específico de Prevención y Control de Cáncer 2021 – 2024. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/706943/PAE_CAN_cF.pdf
2. Cáncer de Próstata. Clínica Mayo. Disponible en: https://www.mayoclinic.org/es-es/diseases-conditions/prostate-cancer/sy mptoms-causes/syc-20353087
3. Globocan 2020, Mexico fact sheet. Disponible para consulta en: https://gco.iarc.fr/today/data/factsheets/populations/484-mexico-fact-s heets.pdf
4. Globocan
5. NOM 048 SSA2 2017. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5507972&fecha=15/12/2017
6. PROSESA 2020 – 2024. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598474&fecha=17/08/2020
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 días de febrero de 2023.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Nuevo León y a diversas autoridades de dicha entidad a informar a la opinión pública del estatus en el que se encuentra la Pensión Universal que recibirán las personas con discapacidad permanente de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años, a cargo del diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Pedro Salgado Almaguer, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador del estado de Nuevo León, Samuel García; a la titular de la Secretaría de Igualdad e Inclusión del estado, Martha Patricia Herrera González, y a la delegada estatal de Programas para el Desarrollo en el Estado de Nuevo León, licenciada Blanca Judith Díaz Delgado, a informar a la opinión pública, del estatus en el que se encuentra la pensión universal que recibirán las personas con discapacidad permanente de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad, establecida en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente para el ejercicio fiscal 2023, publicado el 30 de diciembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación, conforme a las siguientes
Consideraciones
La discapacidad es un término en el que se incluyen un conjunto diverso de condiciones que limitan la interacción en el entorno social de las personas que la viven.
De acuerdo con el artículo 1o. de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre las condiciones que pueden vivir las personas con discapacidad, se incluyen “deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.1
Las personas con discapacidad históricamente han sido víctimas de rechazo, falta de respeto, intolerancia, humillación, segregación, discriminación, y violación a sus derechos humanos debido a la falta de información, sensibilización y concientización, así como a actitudes negativas o desfavorables acerca de este grupo poblacional. En la actualidad se calcula que mil millones de personas en todo el mundo viven con discapacidad enfrentándose a diversas y complejas barreras sociales (ONU, 2015).2
Por lo regular este tipo de personas se ven violentados sus derechos económicos, sociales y culturales, generándoles una condición de pobreza. Además, diariamente se enfrentan a la discriminación social y a la falta de legislación adecuada para proteger sus derechos (ONU, 2015).
Los nuevos ordenamientos jurídicos en el mundo cada vez se inclinan más por posicionar a las personas con discapacidad como sujetas de derecho, con inalienables libertades fundamentales que convergen en un sistema jurídico e institucional evolutivo cada vez más garantista.
De acuerdo con el Informe Mundial sobre la Discapacidad de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Banco Mundial (2011), la discapacidad afecta de manera desproporcionada a las poblaciones en situación de vulnerabilidad. Los resultados de la Encuesta Mundial de Salud (2002-04), indican que la prevalencia de la discapacidad es mayor en los países de ingresos bajos que en los de ingresos más elevados.
Datos del Informe Mundial sobre la Discapacidad de la Organización Mundial de la Salud (OMS) reportaron que, en 2010, 15 por ciento de la población mundial tenía alguna discapacidad, dicha cifra representa un incremento de 5 por ciento de la población mundial con relación a la medición realizada por la OMS en el año de 1970, cuando la cifra de personas con discapacidad representaba 10 por ciento.
A nivel nacional, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), a través del Censo de Población y Vivienda 2020, informó que habitaban 6.2 millones de personas con discapacidad en México; de las cuales 3.3 millones son mujeres y 2.9 millones son hombres, representando 5.1 por ciento y 4.7 por ciento de la población total de cada género respectivamente.
Con respecto a su concentración, 52 por ciento de la población con discapacidad reside en 8 entidades de la república: Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, y Veracruz; mientras que 30.7 por ciento reside en 11 entidades: Baja California, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, Nuevo León, Guerrero, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas; y 17.1 por ciento residen en Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Durango, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.3
Por grupo poblacional a nivel nacional, de los 6.2 millones de personas con discapacidad, 10.3 por ciento son niñas, niños y adolescentes de cero a catorce años, 9.8 por ciento son jóvenes de 15 a 29 años, 29.8 por ciento son personas adultas de 30 a 59 años y 50.1 por ciento son personas adultas mayores de 60 años o más de edad.
En lo que respecta a la prevalencia de la discapacidad en los pueblos indígenas y los pueblos afromexicanos, el Inegi señala que la población que habla alguna lengua indígena de 3 años y más con discapacidad es de 482 mil personas, equivalente a 6.6 por ciento del total de la población indígena, mientras que la población que se identificó como afromexicana con discapacidad fue de 144 mil personas que representaron 5.8 por ciento de la población afromexicana total. Estos grupos poblacionales tienen una doble condición de vulnerabilidad; al ser grupos que históricamente tenían poca importancia dentro de las políticas de desarrollo y combate a la pobreza, lo que representa un reto fundamental para la atención de este sector de la población.
De acuerdo con el Inegi, a través del Censo de Población y Vivienda 2020 del total de personas con discapacidad, 2.9 millones de personas presentan discapacidad para caminar, subir o bajar; 2.7 millones para ver aun usando lentes; 1.1 millones para recordar o concentrarse; 1.4 millones para oír aun usando aparato auditivo; 1.2 millones para bañarse, vestirse o comer; 0.9 millones para hablar o comunicarse y; por último, 1.6 millones presenta problemas emocionales o mentales.
En base a ello en 2011 se publicó la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, la cual armoniza el marco jurídico con las disposiciones contenidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y reglamenta en lo relativo el Artículo 1o. Constitucional y reconoce a las personas con discapacidad, sus derechos humanos y mandata el establecimiento de las políticas públicas necesarias para su ejercicio.
Esta Ley tiene como finalidad promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales, asegurando la plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad, que les permita el ejercicio pleno de todos sus derechos mediante las acciones que implemente el estado.
En 2014, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad recomendó establecer presupuesto específico para cumplir con las obligaciones estipuladas en la Convención en materia de igualdad y garantizar la consideración de los niños y niñas con discapacidad en la legislación, políticas y medidas dirigidas a la infancia bajo el principio de igualdad de condiciones con las demás niñas y niños e inclusión en la comunidad, así como prestar particular atención a quienes viven en zonas rurales y en comunidades indígenas.
De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en 2020 84.7 por ciento de la población con discapacidad se encontraba en situación de vulnerabilidad o pobreza, 10.2 por ciento en pobreza extrema, 39.3 por ciento en pobreza moderada, 7 por ciento no presenta carencias sociales, pero es vulnerable por ingresos, mientras que 28 por ciento no es vulnerable por ingresos, pero presenta una o más carencias sociales.
Lo anterior, señala la importancia de implementar acciones con el propósito crear condiciones favorables, que contribuyan a asegurar que este sector de la población tenga inclusión plena dentro del desarrollo de la sociedad.
Es por ello que en 2019 se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se eleva la pensión a rango constitucional.
En ese sentido, el 8 de mayo de 2020 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma y adiciona el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se eleva a rango constitucional el derecho a la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente, establecido su párrafo décimo cuarto y con ello se crea la pensión para el Bienestar de la personas con discapacidad permanente, a fin de buscar mejorar el ingreso monetario de las personas con discapacidad permanente y contribuir a lograr la vigencia efectiva de los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas indígenas y afromexicanas que viven con discapacidad y con ello eliminar la marginación, la discriminación y el racismo que enfrentan.
Con esta pensión se busca mejorar el ingreso monetario de las personas que forman parte de este sector de la y con ello contribuir a eliminar la marginación, la discriminación y el racismo de las y los mexicanos con discapacidad.
De igual manera se pretende garantizar un conjunto básico de derechos humanos de manera efectiva y progresiva comenzando por quienes más lo necesitan, e instrumentar las pensiones solidarias no contributivas, con pertinencia cultural, para personas con discapacidad y adultas mayores, a fin de mejorar su bienestar garantizando la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente en los términos que fije la Ley, siendo prioridad para recibir esta prestación las personas menores de dieciocho años, las personas indígenas y las personas afromexicanas hasta la edad de sesenta y cuatro años; así como las personas que se encuentren en condición de pobreza.
Con la finalidad de contribuir a mejorar el ingreso monetario de los hogares de las personas mexicanas con discapacidad permanente de niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años de edad y personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad, que habiten en municipios y localidades indígenas o afromexicanas o en municipios o localidades con alto o muy alto grado de marginación, o personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad que residan en una entidad federativa cuyo gobierno haya firmado el Convenio para la Universalización de la Pensión para personas con discapacidad permanente, el 30 de diciembre de 2022, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente para el ejercicio fiscal 2023.
En el objetivo de dicho acuerdo se establece que las personas destinadas a recibir este beneficio, son las personas con discapacidad permanente de origen mexicano por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana; niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años de edad cumplidos; y personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad que habiten en municipios o localidades indígenas o afromexicanas o en municipios o localidades con alto y muy alto grado de marginación, o personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad que residan en una entidad federativa cuyo gobierno haya firmado el Convenio para la Universalización de la Pensión para personas con discapacidad permanente, convenio del cual a la fecha no se sabe del estatus en el que se encuentra el estado de Nuevo León.
A pesar de que en Nuevo León, desde el 3 de julio de 2014, fue publicada la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad, buscando la defensa de los derechos humanos de las personas con discapacidad y el establecimiento de políticas públicas al respecto y de que en la Constitución de del estado en su artículo primero establezca el principio de no discriminación poniendo como eje principal de la normativa constitucional del Estado la no discriminación de personas o grupos que históricamente han sido vulnerados por sus características, como lo son las personas con discapacidad y se establece el respeto a los derechos humanos por parte de todas las autoridades públicas del Estado, en conjunto con el principio de no discriminación, a fin de que en Nuevo León se proteja, respete y garantice plenamente los derechos de las personas con discapacidad, a la fecha el apoyo en relación al tema de discapacidad ha sido nulo.
Muestra de ello ha sido el mal manejo de los recursos destinado para este sector tan vulnerable en nuestro estado.
Como ejemplo es el bajo recurso destinado para personas con discapacidad durante el gobierno de Jaime Rodríguez Calderón, del cual a la fecha no se sabe con exactitud el destino del mismo,4 ya que a pesar de los recursos asignados de manera extraordinaria al presupuesto de Egresos de 2018 y 2019 por parte de diversas legislaturas del Congreso, en los informes de gobierno de la administración anterior no se detalla nada al respecto y después de realizar diversas solicitudes de información para ubicar dicho recurso, la Secretaría de Desarrollo Social (Secretaría de Igualdad e Inclusión, actualmente), aseguró que lo autorizado en 2018 fue transferido a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) mediante la Convocatoria para la Atención de Personas con Discapacidad, ocurriendo algo similar con los recursos de 2019, los cuales tampoco fueron auditados en su momento.5
Hoy en día, a pesar de que el actual Gobernador del estado, el 4 de mayo de 2021 recorriendo las instalaciones del Instituto Nuevo Amanecer, una asociación que brinda servicios médicos, educación especial y desarrollo humano a personas con parálisis cerebral, se comprometió que al llegar a la gubernatura gestionaría los recursos y desarrollaría un nuevo Plan de Desarrollo Social para la inclusión y el desarrollo de personas con esta condición, a la fecha no queda claro dicho compromiso con todas las personas que padecen discapacidad en Nuevo León.
De igual manera el 26 de septiembre de 2022, al tomar protesta al Consejo para las Personas con Discapacidad del Estado, el Gobernador Samuel García, reiteró su compromiso, a fin de mejorar el presupuesto, así como el impulso de nuevas acciones y programas en beneficio de personas que padecen este tipo de condición.
A pesar de que en diciembre de 2022, la delegada federal de Programas para el Desarrollo, Blanca Judith Díaz, tras celebrar la Jornada Nacional de Entrega de Pensiones en el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad mencionó que gracias a la constitucionalidad de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, en Nuevo León se benefician más de 33 mil derechohabientes al cierre de 2022, haciendo referencia de que el padrón anteriormente era de 31 mil 283 derechohabientes, y con la incorporación de dos mil 635 personas durante el 2022, dio un de los 33 mil 918, comentó que se espera incrementar en 2023 debido a que se realizarán nuevos esfuerzos institucionales para incorporar a más personas a este derecho que entrega dos mil 800 pesos bimestrales durante el 2022, cantidad que en 2023 incrementó a 2 mil 950 pesos bimestrales, a partir de enero, a la fecha no se ha informado en relación a la pensión que recibirán las personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad que residan en una entidad federativa cuyo gobierno haya firmado el Convenio para la Universalización de la Pensión para personas con discapacidad permanente, establecida en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente para el ejercicio fiscal 2023, publicado el 30 de diciembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación.
Convenio al cual hace referencia el Presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 15 de diciembre de 2021, en la 47 Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad, donde lo mencionó como un acuerdo de unidad nacional con gobernadores donde se concretó la pensión a personas con discapacidad de todo el país, donde la franja de población de 30 a 64 será atendida a fin de que la pensión a personas con discapacidad sea universal, es decir para todos, acción que será financiada por la federación y por los gobiernos estatales, 50 y 50 por ciento cada uno.
El 25 de febrero de 2022 la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, encabezó la segunda reunión de trabajo hacia una Pensión Universal para las Personas con Discapacidad con 29 representantes de gobiernos estatales, a fin de dar seguimiento y materializar los objetivos firmados en el convenio marco, el pasado 15 de diciembre en Tabasco, entre la federación y 29 gobernadores, con el objetivo de que la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad se amplíe y llegue a más personas, con la finalidad es que el Gobierno de México aporte 50 por ciento y los gobiernos estatales el otro 50 por ciento del presupuesto que se requiere para que todas las personas con discapacidad permanente puedan acceder a la pensión, sin distinción. Durante la reunión, los representantes de los estados se comprometieron a trabajar en conjunto con el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Bienestar, para determinar las acciones en materia económica y de planeación que permitan la universalidad de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente en el país.
En el comunicado 047 del Gobierno Federal, con fecha del 6 de junio de 2022, la Secretaría de Bienestar mencionó que los gobiernos de Baja California, Baja California Sur, Colima, Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Guerrero, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Puebla y Zacatecas realizarán del 6 al 30 de junio, el registro de solicitantes a la Pensión Universal para Personas con Discapacidad Permanente de 0 a 64 años, donde a esta estrategia se sumarían seis estados, entre los que se encuentran Michoacán, Morelos, Querétaro, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán, que iniciarán el registro y donde el estado de Nuevo León no es mencionado.
En relación a ello, cabe recordar que el pasado 25 de octubre de 2022 la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel, en la primera ronda de respuestas durante su comparecencia ante el Pleno del Senado, detalló que ya ha estado en pláticas con Gobierno de Nuevo León, quien ha firmado el convenio, pero aclaró que aún no han dispuesto recursos para ello.6
Posteriormente el 16 de diciembre de 2022, el presidente hizo un llamado para que los mandatarios estatales que se comprometieron a entregar su aportación para la pensión universal para discapacidad y no lo han hecho, lo hicieran, ya que únicamente 14 entidades tienen la universalidad de esta pensión entre los cuales no se encuentre el estado de Nuevo León.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta honorable Comisión Permanente, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Nuevo León, Samuel García, a la titular de la Secretaría de Igualdad e Inclusión del estado, Martha Patricia Herrera González y a la delegada estatal de Programas para el Desarrollo en el Estado de Nuevo León, licenciada Blanca Judith Díaz Delgado, a informar a la opinión pública del estatus en el que se encuentra la pensión universal que recibirán las personas con discapacidad permanente de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad, establecida en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente para el ejercicio fiscal 2023, publicado el 30 de diciembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
2 https://www.cedhnl.org.mx/bs/images/posters/
DiagnosticoSobreAplicacionConvencionDHPersonasConDiscapacidadNL.pdf
3 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5676229&fecha=30/12/2022 #gsc.tab=0
4 https://www.infobae.com/america/mexico/2022/05/02/
nuevo-leon-no-sabe-donde-quedo-el-dinero-para-personas-con-discapacidad/
5 https://www.infobae.com/america/mexico/2022/05/02/
nuevo-leon-no-sabe-donde-quedo-el-dinero-para-personas-con-discapacidad/
6 https://www.xevt.com/nacional/en-nuevo-leon-y-jalisco-aun-no-hay-pensio n-universal/236966
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Pedro Salgado Almaguer (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a solidarizarse y brindar ayuda humanitaria a los países de Turquía y Siria por el terremoto ocurrido, a cargo del diputado Javier Casique Zárate, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Javier Casique Zárate, diputado federal de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; con fundamento en lo dispuesto por lo establecido en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados; someto a consideración de esta soberanía, la presente proposición de conformidad con la siguiente:
Exposición de Motivos
Un terremoto de magnitud 7,8 en la escala de Richter ha sacudido en la madrugada de este lunes el sureste de Turquía y el norte de Siria y ha dejado más de 2 mil 200 muertos y miles de heridos y desaparecidos de acuerdo a cifras preliminares dadas a conocer por las autoridades de esos países.
El epicentro del temblor principal, que duró unos 30 segundos en torno a las 4.17 hora local, fue la región de Kahramanmaras, a unos 600 kilómetros al sudeste de Ankara, a una profundidad de siete kilómetros;
En Turquía hay al menos mil 498 fallecidos y 5 mil 383 heridos, según las autoridades, que han afirmado que hay también 2 mil 834 edificios derrumbados.
Por su parte, las autoridades turcas han afirmado que hay también 2 mil 824 edificios derrumbados debido al sismo. En Siria todavía no hay cifras claras, pero la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la ONU en el país ha afirmado que, en el noroeste del mismo, una zona mayoritariamente controlada por los rebeldes, hay al menos 170 edificios dañados.
La Unión Europea ha informado de que 13 Estados miembros han ofrecido equipos de búsqueda y rescate para ayudar en las tareas de salvamento que se llevan a cabo en Turquía y Siria. Bruselas ha informado de la rápida movilización de 10 unidades procedentes de Bulgaria, Croacia, Chequia, Francia, Grecia, Países Bajos, Polonia y Rumanía para apoyar a los socorristas sobre el terreno en las primeras tareas.
Al menos 120 réplicas se han producido tras el fuerte terremoto de este lunes en el sur de Turquía, según una actualización de la Agencia de Gestión de Desastres y Emergencias de Turquía (AFAD).
Tres de las réplicas fueron de 6,0 o más, incluida la de 7,5 que se produjo 95 kilómetros al norte del epicentro del seísmo principal de la mañana, según el USGS.
Las réplicas se extienden a lo largo de más de 300 kilómetros a lo largo de la zona de la falla que se rompió en el sur de Turquía, orientada de suroeste a noreste y que se extiende desde la frontera con Siria hasta la provincia de Malatya.
La embajada de México en Turquía señaló que hasta el momento, no hay registro de mexicanos o mexicanas afectadas por el terremoto.
Debemos recordar que la historia de la protección civil en el mundo inició al concluir la Segunda Guerra Mundial por la necesidad de dar atención a las víctimas civiles, personal de salud, miembros de organizaciones humanitarias, prisioneros de guerra que estuvieron involucrados en algún conflicto.
Que además en el marco del Protocolo 2 de los Tratados de Paz en Ginebra del 12 de agosto de 1949 se estableció el concepto de la “protección civil” para proteger a la población civil y evitar ataques, destrucción o inutilizar los medios de supervivencia en casos de actos o amenazas de violencia.1
En el caso mexicano, el plan de auxilio es brindado desde 1966, a través de la Secretaría de la Defensa Nacional.
El objetivo del presente punto de acuerdo es que México como país, se sume a las muestras de solidaridad y para ello mande ayuda humanitaria a los países de Turquía y Siria.
Ahora bien, de conformidad con lo establecido por el artículo 79, numeral 2, fracción III, solicito que el presente punto de acuerdo se califique como de urgente u obvia resolución, al tratarse sobre un asunto de un desastre natural.
Por lo antes expuesto, presento el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. - Punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al Poder Ejecutivo federal para solidarizarse y brindar ayuda humanitaria a los países de Turquía y Siria por el terremoto ocurrido.
Notas:
1 http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/4052/m irada%20150.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Javier Casique Zárate (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de México y a las 32 entidades federativas a llevar a cabo las acciones necesarias para generar condiciones óptimas para la atracción de inversión extranjera directa en la coyuntura denominada nearshoring, suscrita por los diputados Andrés Pintos Caballero y Manuel Jesús Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quienes suscriben, diputados Andrés Pintos Caballero y Manuel Jesús Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno de México, a los 32 gobiernos de las entidades federativas, a los gobiernos de los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México; para que lleven a cabo las acciones necesarias para generar condiciones óptimas para la atracción de inversión extranjera directa en la coyuntura denominada nearshoring , al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La recepción de inversión extranjera directa en cualquier país conlleva la aparición de múltiples beneficios sociales y económicos, entre los que se encuentran el mejoramiento de las capacidades locales, el acceso a capital para financiar proyectos públicos y privados, la generación de empleos, la formación de recursos humanos, la adquisición de conocimientos, el acceso a nuevas tecnologías, la incorporación a cadenas productivas y de distribución y por ende el crecimiento de la actividad económica del país receptor.
Siendo tantos los beneficios aparejados a la atracción de inversiones, es fácil advertir por qué los países se encuentran en constante competencia por atraer la mayor cantidad de inversiones posibles a su territorio. En este contexto, los gobiernos se enfrentan a la necesidad de establecer políticas que ofrezcan ventajas comparativas para hacer más atractiva su oferta frente a otros países competidores y fomentar así la atracción de inversiones.
Como consecuencia de la pandemia causada por el covid-19, las empresas transnacionales están en una constante búsqueda y evaluación de nuevas ubicaciones geográficas para establecer sus inversiones, buscando tener localizaciones geográficas estratégicas que les permitan acceder a todos los componentes de su cadena de suministro de manera rápida y eficaz.
El nearshoring es una alternativa de crecimiento económico que, dada la pandemia y su efecto económico, ha tomado una posición relevante a nivel mundial, la cual consiste en la relocalización de empresas e industrias (o partes de estas) hacia otros países en donde la mano de obra y la energía son más accesibles. Se convierte en un modelo que permite generar empleos, inversión extranjera, infraestructura y desarrollo económico general.1
Derivado de la guerra comercial con China y la reciente aprobación del T-MEC, Estados Unidos y Canadá ven a México como una opción viable para reubicar sus centros de producción y/o distribución, con el objetivo de reducir costos económicos, problemas administrativos, de logística comercial y por supuesto afianzar su alianza comercial de América del Norte.
La vecindad y cercanía entre países es una de las principales razones que ha despertado el interés para mudar cadenas de producción, asimismo, contrario a lo que pasa con países asiáticos, EUA y México comparten zonas horarias por lo que permite una mejor coordinación de operaciones.2
Por lo anterior, el nearshoring permitió una derrama económica de más de 30 mil millones de dólares en 2022 para México, con la llegada de alrededor de 100 empresas provenientes de diversos países, de la misma manera el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) calcula que la ganancia potencial para América Latina y el Caribe de las oportunidades de nearshoring en el corto y mediano plazo pueden representar un aumento de hasta 78 mil millones de dólares, siendo México y Brasil los países más beneficiados2 .
Estados como Nuevo León y Jalisco han destacado por ser de las principales entidades federativas con mayor atracción de inversión extranjera. Por un lado, en Jalisco se han generado las mejores condiciones para la llegada de inversión extranjera directa, de acuerdo con la Secretaría de Economía, Jalisco registró en el segundo trimestre de 2022, 547.6 millones de dólares de Inversión Extranjera Directa (IED), lo que representa una captación de 330.06 millones de dólares o 151.7 por ciento respecto al mismo trimestre del año anterior4 . Ejemplo de ello es la atracción de inversiones para el mercado de fabricación de autopartes. En el corredor de El Salto se prevé una inversión de 500 millones de dólares, que creará más de 6 mil empleos directos.5
Mientras que, Nuevo León, captó mil 448.4 millones de dólares en inversión extranjera directa, cifra que lo sitúa como la entidad que más capital atrajo en este periodo6 . Tan solo el sector automotriz trajo a la entidad más de mil millones de dólares y la creación de 7 mil 292 empleos en 2022 a través de 23 diferentes proyectos de nearshoring , como los impulsados por la empresa Tesla.7
Queda claro, que la competencia por atraer inversión extranjera directa (IED) está en constante aumento, y en este contexto la tendencia es avanzar hacia marcos de políticas para la atracción de inversiones cada vez más sofisticados e integrados con el resto de las políticas de desarrollo de los países.
Para incrementar llegada de inversión extranjera directa y la relocalización de empresas multinacionales, México debe de estar preparado en materia de infraestructura, energía y seguridad para garantizar las condiciones que requieren las cadenas de producción y distribución. El gobierno federal, a través de sus entidades e instituciones, tales como la CFE, la Cenace y la CRE, quienes deben de establecer políticas y programas que faciliten la llegada de más inversión, derrama económica y por ende una mayor cantidad de empleos formales que beneficien a más connacionales.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al gobierno de México, a los gobiernos de las entidades federativas, a los municipios y a las alcaldías de la Ciudad de México para que lleven a cabo las acciones necesarias para generar condiciones óptimas para la atracción de inversión extranjera directa en la coyuntura denominada nearshoring .
Segundo . La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al gobierno de México para que, a través de sus entidades, dependencias e instituciones, especialmente a la Comisión Federal de Electricidad adopten las medidas suficientes, expeditas y estratégicas para favorecer y detonar el crecimiento económico de México y para hacer de nuestra economía un espacio atractivo para la inversión.
Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al Centro Nacional de Control de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones realicen y tomen las medidas necesarias, que generen las mejores condiciones para la atracción de inversión extranjera directa.
Notas
1 Lázaro, E. (2022) ¿Qué es el nearshoring? El Economista. Empresas. México. Fecha de Consulta: 1 de febrero de 2023. Disponible en: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Que-es-el-nearshoring-20221108 -0093.html
2 Obra citada.
3 Expansión, El nearshoring cobra fuerza en México gracias al T-MEC, disponible en: https://expansion.mx/economia/2022/06/13/el-nearshoring-cobra-fuerza-en -mexico-gracias-al-t-mec
4 Instituto de Información Estadística y Geográfica de Jalisco. Ficha informativa sobre inversión extranjera directa en el segundo trimestre de 2022. Fecha de Consulta: 1 de febrero de 2023. Disponible en: https://iieg.gob.mx/ns/wp-content/uploads/2022/08/Ficha-informativa-IED -segundo-trimestre-20220822.pdf
5 Romo, P. (2023) Corredor industrial de El Salto recibirá inversión de US500 millones por nearshoring. El Economista. Estados. Fecha de Consulta: 1 de febrero de 2023. Disponible: https://www.eleconomista.com.mx/estados/Corredor-industrial-de-El-Salto -recibira-inversion-de-US500-millones-por-nearshoring-20230124-0146.htm l
6 Gobierno de Nuevo León. Lidera NL captación de IED a nivel nacional con 1,448 mdd al segundo trimestre de 2022.
Fecha de Consulta: 1 de febrero de 2023. Disponible en: https://www.nl.gob.mx/boletines-comunicados-y-avisos/lidera-nl-captacio n-de-ied-nivel-nacional-con-1448-mdd-al-segundo
7 Gobierno de Nuevo León (2023) Amplía operaciones Yanfeng Seating en Nuevo León con apertura de segunda planta. Publicaciones. Boletines. México. Fecha de Consulta: 1 de febrero de 2023. Disponible: https://www.nl.gob.mx/boletines-comunicados-y-avisos/amplia-operaciones -yanfeng-seating-en-nuevo-leon-con-apertura-de
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputados: Andrés Pintos Caballero y Manuel Jesús Herrera Vega (rúbricas).
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Mesa Directiva a aplicar lo establecido en la Ley General para el Control del Tabaco, en las instalaciones de este recinto legislativo, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El pasado 15 de enero del presente año entró en vigor el DECRETO por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que expidió el Presidente Andrés Manuel López Obrador y que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 16 de diciembre de 2022.
Este Reglamento establece en su artículo 51, fracción primera, el derecho de todas las personas a la protección “contra la exposición al humo de tabaco y emisiones en cualquier área física con acceso al público, en los espacios cerrados, en todo lugar de trabajo, en transporte público, en espacios de concurrencia colectiva, o en las escuelas públicas y privadas de todos los niveles educativos”. En su fracción segunda establece que esta protección se extenderá también al lugar de trabajo de las personas.
Esta acción es de suma importancia si consideramos los efectos negativos que tiene el consumo de cigarro y la exposición a su humo. Sobre las afectaciones del tabaco a la salud la Organización Mundial de Salud señala lo siguiente:
Los productos de tabaco que se fuman, incluso con pipas de agua, contienen más de 7000 sustancias químicas, entre ellas como mínimo 250 que son tóxicas o cancerígenas. El consumo de productos de tabaco sin humo también puede causar problemas de salud graves (y, en ocasiones, mortales), y se ha demostrado que el tabaquismo pasivo también es perjudicial para la salud y puede causar la muerte. Incluso los nuevos productos de tabaco dañan la salud, porque contienen sustancias químicas similares a los tradicionales. Los fumadores crónicos pierden un promedio de 10 años de vida como mínimo, y cada día, más de 22 000 personas (es decir, una cada cuatro segundos) fallecen como consecuencia del consumo de tabaco y de la exposición al humo ajeno. El consumo de tabaco afecta prácticamente a la totalidad de los órganos de nuestro organismo1 .
Además de lo mencionado el consumo de tabaco puede también manchar los dedos, causar mal olor bucal, generar afectaciones en los dientes, arrugas en la piel, así como también afectaciones más graves a la salud como aumentar el riesgo de padecer psoriasis, Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), además de ser uno de los principales causantes de padecer problemas cardiacos y diferentes tipos de cáncer, sobre todo el de pulmón.
En México se calculaba que en 2021 aproximadamente existían cinco millones de fumadores, de los cuales 684 mil (5%) son adolescentes de 12 a 17 años, siendo los hombres más proclives a fumar que las mujeres. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT 2016-2017) los fumadores en nuestro país consumen diariamente en promedio 6.4 cigarros en el caso de las mujeres y 7.7 en el caso de los hombres.
La ENCODAT también indica que los lugares públicos donde más se consume tabaco y se genera humo de tabaco de segunda mano (HTSM) son bares, restaurantes, transporte público, escuela y trabajo. Respecto al HTSM casi 10 millones de personas no fumadores reportaron estar expuestas a éste, por lo cual casi el 92% de los mexicanos estaba a favor de aplicar la ley de espacios 100% libres de humo de tabaco.
La organización Salud Justa ha señalado que el consumo de cigarro en nuestro país causa cada año las siguientes victimas:
• 196,576 casos de enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC),
• 138,930 casos de enfermedades cardíacas,
• 43,966 casos de neumonías,
• 34,810 casos de accidente cerebrovascular (ACV),
• 8,975 casos de cánceres, incluyendo 6,123 de pulmón,
• 19,469 muertes anuales por enfermedades cardíacas;
• 17,425 muertes por enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC);
• 5,165 muertes por cáncer de pulmón;
• 5,763 muertes por otros cánceres;
• 7,275 muertes por tabaquismo pasivo y otras causas;
• 4,077 muertes por neumonía;
• 4,060 muertes por accidente cerebrovascular (ACV)2 .
Con el fin de reducir el consumo de tabaco por parte de fumadores, como proteger a las personas del HTSM e informar sobre las afectaciones que genera el tabaco en la salud se presenta el siguiente punto de acuerdo que busca que se implementen en las instalaciones de la Cámara de Diputados acciones para inhibir el consumo de tabaco, así como para lograr que este recinto legislativo sea un espacio 100% libre de humo de tabaco.
Por lo anterior, y con base en lo antes señalado, se somete a consideración la proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura a implementar las acciones necesarias y conducentes para hacer efectivas en las instalaciones de esta Cámara de Diputados las reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2022, para así lograr que este recinto sea un espacio 100% libre del humo de tabaco.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura a desarrollar acciones tendientes a reducir el consumo de tabaco e informar de las afectaciones a la salud que genera su consumo entre las personas que asisten y laboran en las instalaciones del recinto legislativo.
Notas:
1. OMS, El tabaco y el cuerpo humano. Disponible en: https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/324847/WHO-NMH-PND-19. 1-spa.pdf?ua=1
2. Salud justa. El tabaquismo mata a 63,200 personas al año en México y cuesta más de 116 mil millones por año. Disponible en: https://saludjusta.mx/el-tabaquismo-mata-a-63200-personas-al-ano-en-mex ico-y-cuesta-mas-de-116-mil-millones-por-ano/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la SEP, a revisar el perfil de las personas designadas para elaborar el contenido de los libros de texto gratuito, suscrita por las diputadas Melissa Vargas Camacho y Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quienes suscriben, Melissa Estefanía Vargas Camacho y Sayonara Vargas Rodríguez, diputadas federales, integrante de esta LXV Legislatura y del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo que disponen los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 2, fracción II, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la presente propuesta con punto de acuerdo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
La Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, subraya que “La educación es un derecho humano inalienable, imprescriptible e inherente a la persona. También se entiende que es un derecho clave: un derecho bisagra cuyo cumplimiento permite el ejercicio de los otros derechos humanos”.
El organismo sostiene que, entre otros aspectos, un sistema educativo de calidad es aquel que establece un currículo adecuado a las necesidades individuales de los alumnos (pertinencia) y a las de la sociedad: no sólo una mayor productividad económica, sino también la democracia política, el respeto a los derechos humanos, el desarrollo de la ciencia, el cuidado del ambiente y la preservación y enriquecimiento de la diversidad cultural (relevancia).
Como sabemos, la calidad de la educación depende de una serie de elementos que es indispensable considerar para un análisis integrador del tema, tales como la capacitación y profesionalización de los docentes, la infraestructura, la gestión escolar y los contenidos educativos, entre otros.
Ello es importante, si tomamos en cuenta que México cuenta con uno de los sistemas educativos más grandes y complejos del mundo. Para poner el tema en su justa dimensión, basta señalar que en el ciclo escolar 2022-2023 la matrícula total fue de 34.9 millones de alumnos, poco más de 2 millones de docentes y 260 mil planteles. Particularmente, el nivel de educación básica cuenta con una matrícula de 24.5 millones de alumnos, cifra que representa 69 por ciento de la matrícula total y poco más de 1.2 millones de docentes.
Por otra parte, nuestra Constitución Política establece en su artículo 3, entre otras cuestiones, que “La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje”.
Asimismo, menciona que el Ejecutivo federal determinará los principios rectores y objetivos de la educación inicial, así como los planes y programas de estudio de la educación básica y normal; para lo que considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de diversos actores sociales involucrados, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos, regionales y locales.
Por último, establece que los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lecto-escritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filosofía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras.
Pese a la relevancia del tema, según medios periodísticos, la Secretaría de Educación Pública (SEP) informó a través que mil 882 personas crearon en cinco días los contenidos de los nuevos libros de texto gratuito que serán entregados en el ciclo escolar que iniciará en agosto próximo.
La dependencia abrió una convocatoria para que cualquier interesado creara los contenidos de los nuevos libros de texto, en lugar de contratar a expertos en pedagogía y diseño editorial, como en sexenios previos. Se recibió un total de mil 92 materiales que formarán parte de los nuevos libros de texto para español, ciencias naturales, historia, geografía y atlas, de tercero a sexto grado de primaria; pero, la SEP no desagregó el tipo de proyectos, ni el tipo de profesional seleccionados, pese a que se emitieron dos convocatorias, una para creadores de contenidos, es decir, los textos, y otra para los diseñadores que harían el material gráfico.
La convocatoria no sólo indignó a varios actores educativos, pues no contemplaba un pago por el trabajo especializado, sino que también se reconoció la intención de modificar la perspectiva sobre la cual se basan los contenidos en un tiempo récord, para incorporar diversos elementos que la administración actual considera relevantes para asumir las condiciones sobre las que se dio el triunfo de la 4T.
Al respecto, consideramos que los contenidos de los libros de texto deben ser de calidad, relevantes y pertinentes, ajenos a toda ideología, pero, sobre todo, apegados a los fines establecidos en nuestra Constitución Política, que contribuyan al desarrollo integral de los millones de niñas y niños del país.
Los libros de texto gratuitos representan una pieza fundamental en el sistema educativo mexicano. Además de ser un derecho social, son un vehículo que permite el diálogo y la equidad de contenidos en todas las escuelas del país. Para miles de escuelas en el país los libros de texto son la única herramienta didáctica y basan enteramente su docencia en el contenido de los libros. Sin distinción alguna, los libros de texto gratuitos llegan a todas las aulas del país y significan una herramienta indispensable para la comunidad estudiantil que hasta el ciclo escolar pasado sumaba 26.2 millones de alumnos y 1.5 millones de maestros.
Los libros de texto gratuitos necesitan tener un contenido objetivo e imparcial, así como alejarse de toda corriente ideológica o esfuerzos por matizar o interpretar la historia según diversas líneas historiográficas. Los alumnos mexicanos deben de tener el derecho a un libro de texto imparcial, el cual narre la historia desde el punto de vista más objetivo y deje de lado toda creencia. El manipular el contenido de los libros de texto gratuitos, que son pieza angular del sistema educativo mexicano, es sinónimo de manipular y adoctrinar a los jóvenes hacia una corriente de pensamiento particular.
No se trata de defender una corriente histórica o decir cuál línea de pensamiento es mejor, sino que se trata de blindar a los libros de texto y a la educación pública de la ideología o corriente de pensamiento del Ejecutivo federal en turno, cualquiera que sea. El contenido de los libros no debe ser el resultado de pugnas políticas sino el resultado de un proceso académico y pedagógico tanto objetivo, como transparente.
A lo anterior se suma que el periódico Reforma el día 31 de enero del presente año señaló en un artículo titulado “Cuestionan a SEP mano de chavista”, la presencia del exfuncionario chavista Sady Arturo Loaiza Escalona, en el diseño de contenidos de la Secretaría de Educación Pública (SEP) a causado inconformidad entre especialistas educativos.
Loaiza quien fuera hasta 2018 funcionario en el gobierno venezolano de Nicolás Maduro, labora desde 2022 como subdirector de Materiales Educativos de la SEP encargado del “análisis y rediseño pedagógico de materiales” de la dependencia.
Loaiza Escalona actualmente es el subdirector de Materiales Educativos de la Secretaría de Educación Pública (SEP), cuya área es encabezada por su amigo Marx Arriaga Navarro, puesto que ha ocupado desde enero de 2022, según información de su declaración patrimonial entregada a la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Expertos han consideraron que el gobierno federal echa por la borda una tradición histórica de elaboración de libros de texto y contenidos educativos que no debería darse a ideólogos de cualquier tendencia, sino expertos en pedagogía.
Alma Maldonado, investigadora del Departamento de Investigaciones Educativas del Cinvestav, señaló que los libros deben ser tratados con la elaboración más cuidadosa posible, hay gente que ha trabajado en los libros públicos, en los libros privados; tenemos toda clase de profesionistas.
Eduardo Andere, analista de la política educativa, mencionó que no se deberían tener a pensadores ni de izquierda ni de derecha ni neomarxistas ni neoliberales redactando libros de texto, sino a psicólogos del aprendizaje y expertos en pedagogía.
Carolina Crowley, especialista en pedagogía, indicó que llama la atención que un funcionario sin antecedentes de trabajo educativo en el país, llegue a México con un puesto directivo en la SEP.
Por lo tanto, no se vislumbra nada bueno para la educación. Una y otra vez se ha dicho que una parte importante de la problemática educativa es que cada nuevo gobierno cree que debe borrar todo lo anterior, que nada de lo hecho anteriormente vale la pena ser rescatado. La llamada cuarta transformación parece sentir que en ello radica su originalidad, pero es más de lo mismo, con el agravante del retorno del componente populista de convocar a las masas, bajo el supuesto derecho a opinar que todas y todos tenemos. Sin embargo, no todos están facultados para opinar sobre educación; no se requiere de opiniones de sentido común o con base en la práctica docente que supone que los niños y jóvenes aprenden a través de recibir información organizada del conocimiento socialmente validado y su consecuente repetición. Nada de esto asume que el aprendizaje sucede de la interacción del sujeto con el objeto de conocimiento, y que su posicionamiento sobre el aprendizaje es realizable en el salón de clases.
Lo que se necesita son opiniones sustentadas en el conocimiento generado por las investigaciones en didácticas específicas, en práctica docente, en currículo y desarrollo curricular, por mencionar algunas. Es decir, en el conocimiento de cómo se aprende y en consecuencia cómo debería organizarse la enseñanza; qué pueden aprender los niños y jóvenes en función del tipo de pensamiento característico de su edad; la redefinición del conocimiento disciplinario como un objeto de enseñanza, y la consideración de los tiempos previstos por las jornadas escolares para la enseñanza y el aprendizaje. Para quienes no se han enterado, es conocimiento que subyace en las reformas educativas nacionales de los últimos veinte años, salvo en la llamada Reforma Integral de la Educación Básica (que retornó al enciclopedismo) que, aunque indiscutiblemente era una reforma necesaria, fue mal lograda por la administración de Fernando González Sánchez.
Así que estaremos muy pendientes de este proceso de cambio de los libros de texto sin esperar, desafortunadamente, las mejores noticias para la educación mexicana y aceptando que las niñas, los niños y los docentes tendrán que usar los materiales resultantes de este cuestionable proceso
Por lo antes expuesto sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. - La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Educación Pública, a tomar las medidas pertinentes para que se revise el perfil de las personas designadas para elaborar el contenido de los libros de texto gratuito, que deberán ser expertos en pedagogía y psicólogos del aprendizaje y no se acepte la intromisión de extranjeros en la elaboración del contenido de los libros de texto gratuito.
Segundo. - La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Educación Pública, a remover de su cargo de Sady Arturo Loaiza Escalona, quien funge como subdirector de Materiales Educativos de la SEP encargado del “análisis y rediseño pedagógico de materiales” de la dependencia.
Palacio Legislativo, a 2 de febrero de 2023.
Diputadas: Melissa Estefanía Vargas Camacho (rúbrica), Sayonara Vargas Rodríguez (rúbrica).
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a proponer directrices generales, con la finalidad de que las universidades e instituciones de educación superior públicas o privadas que no gocen de autonomía constitucional eliminen la elaboración de los trabajos de investigación denominados “Tesis”, como forma de titulación profesional, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Arturo Roberto Hernandéz Tapia , diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 numeral 1 fracción I y 79 numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a que proponga directrices generales con la finalidad de que las universidades e instituciones de educación públicas o privadas que no gocen de autonomía constitucional, eliminen la elaboración de los trabajos de investigación denominados “tesis”, como forma de titulación profesional en los subsistemas de educación superior, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La educación es un derecho humano fundamental, por lo que debe estar al alcance de todos los mexicanos. Corresponde al Estado la rectoría de la educación.
La investigación científica, la creación y ampliación del conocimiento además de su adecuada aplicación, es la manera en la que una sociedad avanza firmemente en la solución de sus conflictos.
La tesis como método o forma de titulación es un trabajo de investigación documental que se realiza al término de una carrera universitaria. Debe ser un trabajo escrito de alta calidad técnica, científica y metodológica que se utiliza en este ámbito académico como instrumento para presentar un replica oral o examen que exige una universidad a afecto de demostrar conocimientos y criterio profesional para obtener el título de una licenciatura.
Es el último esfuerzo para lograr el objetivo principal, titularse de la universidad, pero debe incluir un análisis personal y el mayor nivel posible de originalidad, todo ello implica elegir el tema de estudio, investigarlo, desarrollarlo y por supuesto sustentarlo o defenderlo ante un jurado o sínodo.
La tesis se instituyó de manera formal en el siglo XX en prácticamente todas las licenciaturas, como una forma de valorar la capacidad para ejercer una carrera, pero la falta de titulados, a principios de los años setenta, comenzó a generar preocupación. Entre 1959 y 1983 sólo concluyó los estudios el 48.5% del total de los ingresantes en la UNAM (540,013 alumnos) y se tituló el 27.5% de ellos (149,823 estudiantes)1 .
Esta inquietud educativa derivó -varias décadas después- en la aprobación de 10 opciones de titulación por el consejo universitario de la UNAM2 . La tesis pasó a ser sólo una posibilidad entre otras para obtener el grado, ya que también se podía presentar un examen general de conocimientos, cursar créditos de posgrado, hacer una memoria del servicio social, etc. En 2011, la UNAM publicó un documento en el que integró todas las opciones autorizadas por las facultades y escuelas de todos sus campus para difundirlas entre sus estudiantes “...a fin de motivarlos a realizar las acciones encaminadas a la obtención de un título universitario”3 .
También en la UNAM (DGP, 2019), durante 2005, 65% de los titulados optó por la tesis como la vía para obtener el título y en 2018 cayó a 26%, al tiempo que otras opciones (especialidad, maestría y exámenes colegiados) pasaron de 33 a 74%, que, si bien cumple con un propósito numérico de desarrollo institucional, afecta crucialmente el propósito de generar y difundir el conocimiento4 .
Las universidades públicas amalgaman estos factores y cumplen con este propósito, ya que tienen como objetivos sustanciales impartir docencia, generar investigación y extender el conocimiento y la cultura con la más alta calidad. Al hacerlo, cumplen su función de formar mejores seres humanos y profesionistas comprometidos y competitivos capaces de resolver problemas, pero sobre todo de ofrecer soluciones eficaces ante los desafíos de la realidad.
De acuerdo con algunas cifras consultadas, la titulación por medio de la elaboración de una tesis ha perdido importancia, y se han abierto otras opciones para conseguir que los estudiantes terminen en tiempo y forma su ciclo educativo a nivel superior. Así, estas alternativas se han convertido en la opción que han tomado decididamente las universidades particulares para no afectar sus indicadores y métricas5 .
Por lo general, los alumnos ingresan a la universidad con la intensión de incorporarse al mercado laboral en los sectores público y privado y relegan el académico al final de sus opciones. Elaborar una tesis es una buena oportunidad de mostrarle a los alumnos cómo es el ámbito académico y de investigación y presentarles una opción más para su desarrollo profesional que podría haberse descartado erróneamente sin siquiera conocerla.
La tesis es útil, entonces, tanto para quienes decidan seguir una carrera académica como para quienes escojan otras direcciones al tener una mejor formación para plantear proyectos y realizar informes de trabajo en cualquier sector donde se desempeñen, convirtiéndose en mejores profesionales, ya sea para generar nuevos conocimientos en una institución educativa o para desenvolverse en el ámbito gubernamental, privado o de consultoría6 .
Es cierto que una enorme parte de los alumnos de licenciatura e incluso una parte importante de alumnos de posgrado, presentan graves deficiencias de escritura, redacción y ortografía cuando llega el momento de hacer la tesis. La tesis es, en ese sentido, en muchas ocasiones es la última oportunidad que tienen para adquirir estas habilidades indispensables, antes de ingresar al mercado laboral7 .
Ahora bien, es cierto que algunos tesistas logran la manera de “copiar” trabajos de investigación, libros o incluso otras tesis que ya fueron presentadas con anterioridad y que las autoridades escolares o sus propios asesores o directores no lo notaron.
En los últimos días de 2022, conocimos a través de los medios nacionales de comunicación el entonces supuesto plagio cometido por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Yasmín Esquivel, en su tesis de licenciatura en derecho que elaboró hace 36 años.
Este plagio se confirmó cuando la Facultad de Estudios Superiores Aragón, perteneciente a la UNAM, concluye, tras un análisis del citado trabajo de investigación, que la tesis de la ministra “es una copia sustancial” de la presentada un año antes por otro estudiante de la misma facultad.
También es cierto que el costo económico de todo el proceso de titulación por tesis puede ser muy elevado para los estudiantes o pasantes, y aunque se pueden aprovechar todos los recursos públicos como bibliotecas físicas o virtuales, documentos especializados de organismos nacionales o internacionales de acceso público y muchos materiales que no implican un costo elevado, la impresión de hasta 10 ejemplares de la tesis y versiones en memorias USB y CD´s, pasando por los pagos de derechos, constancias de no adeudo y uso de instalaciones, todos ellos costos abusivos que cobran la gran mayoría de las universidades privadas, implica en ocasiones para los tesistas que la titulación sea prácticamente imposible.
De la misma forma, es bien conocido que escuelas particulares que imparten educación superior obtienen jugosas ganancias económicas en detrimento de los bolsillos de los pasantes y de las familias de los pasantes, al condicionar la entrega de su título profesional a cambio de cursar, y por supuesto pagar, un posgrado, que en la mayoría de las ocasiones se ven orillados a tomar, atentando contra su voluntad, toda vez que lo ven como la única forma de obtener su título, ya que no cuentan con los recursos económicos para cubrir en una exhibición los altos costos que estas escuelas imponen para todo el proceso de titulación y solo alargan el tiempo para obtener su documento que les permitiría acceder al campo laboral, que en la mayoría de los casos les urge hacer.
Una auténtica tesis es un trabajo de investigación que necesitará de bastante tiempo y calidad que los pasantes en estos momentos no poseen. Una verdadera titulación profesional no puede considerarse como un mero trámite formal porque no lo es, una verdadera titulación profesional es un proceso complejo en el que los auténticos tesistas primero estudian y analizan, y después con una metodología definida producen y construyen conocimiento, dominando no solo los conceptos, sino los significados, apropiándose de ellos y plasmándolos de manera original en la propia tesis a través de una escritura semiprofesional que debería ser solo solicitada en los grados de especialización, maestrías y doctorados.
Es posible que -a dos décadas del inicio del siglo XXI- nos encontremos ante la inminente desaparición de esta opción de titulación por supuesto en el nivel de licenciatura, pues ya algunas universidades mexicanas aplican la titulación cero, esta consiste en que el estudiante puede obtener su título al cubrir los requisitos de la carrera, sin tener la necesidad de realizar un trabajo escrito o examen profesional[8], además de que tecnológicos, normales e instituciones de educación superior, publicas y privadas, incluyendo a la UNAM, ofrecen otras formas de titulación en la licenciatura además de la elaboración de tesis, a saber, titulación por examen general de conocimientos, titulación por promedio, titulación por estudios de posgrado y/o titulación por experiencia profesional.
Ante ello, solicito a la Secretaría de Educación Pública que proponga directrices generales con la finalidad de que las universidades e instituciones de educación públicas o privadas que no gocen de autonomía constitucional, eliminen la elaboración de los trabajos de investigación denominados “tesis”, como forma de titulación profesional en los subsistemas de educación superior.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía el presente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que proponga directrices generales con la finalidad de que las universidades e instituciones de educación públicas o privadas que no gocen de autonomía constitucional, eliminen la elaboración de los trabajos de investigación denominados “tesis”, como forma de titulación profesional en los subsistemas de educación superior
Notas:
1. Carpizo, Jorge, citado en Ma. Nora Marisa López Bedoya, Benjamín Salvo Aguilera, Guadalupe García Castro, “Consideraciones en torno a la titulación en las Instituciones de Educación Superior”, Revista de la Educación Superior, vol. 18, núm. 69, enero – marzo de 1989, p. 1.
2. Cfr. Secretaría General/Dirección General de Administración Escolar UNAM. Opciones de titulación en la UNAM. Cuadernos básicos de administración escolar 04, México, D.F, febrero de 2011.
3. Ibídem, p. 7.
4. Consúltese en: https://www.redalyc.org/journal/104/10459650012/html/
5. Ídem.
6. Ídem.
7. Ídem.
8. Ivonne Vargas Hernández. “Consigue tu título de una vez por todas”, Expansión, 17 de noviembre de 2009.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Arturo Roberto Hernández Tapia (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE y a la Ssa a que de manera conjunta trabajen en la actualización de la NOM-071-SCFI-2008 Prácticas comerciales – Atención médica por cobro directo, para garantizar que los pacientes que han sido dados de alta, o los cadáveres de quienes fallecieron durante su atención médica, no sean retenidos por los hospitales y clínicas en que recibieron este servicio como garantía de pago, a cargo del diputado Yericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Yericó Abramo Masso, diputado federal por el estado de Coahuila de Zaragoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, mediante la cual se exhorta a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Salud a que de manera conjunta trabajen en la actualización de la norma oficial mexicana: NOM-071-SCFI-2008 Prácticas comerciales – Atención médica por cobro directo, para garantizar que los pacientes que han sido dados de alta, o los cadáveres de quienes fallecieron durante su atención médica, no sean retenidos por los hospitales y clínicas en que recibieron este servicio como garantía de pago, analizando y previniendo otras medidas de garantía y cobranza, que no violenten las garantías individuales como la de libertad de tránsito consagrada en la el artículo 11 constitucional, ni el Código Penal Federal en su artículo 230, al tenor de la siguiente
Exposición de motivos
En México el sistema de salud presume ser gratuito para todas todos los mexicanos, esto se ha enarbolado con programas como el Seguro Popular (SP) que entró en funcionamiento en 2004 para proporcionar el sistema nacional de salud a toda la población hasta el hoy conocido Insabi.
El Seguro Popular era un esquema de aseguramiento público en salud a través de afiliación voluntaria, dirigido a la población que no contaba con seguridad social vía una relación laboral, con el fin de disminuir sus gastos en salud. La incorporación al SP tenía una vigencia de tres años. Mediante esta afiliación, las familias beneficiarias recibían el acceso a un conjunto de beneficios de atención médica comprendidos en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (Causes) que contemplaba 284 intervenciones médicas hasta 2019, agrupadas en 5 conglomerados: prevención y promoción en salud, medicina general y de especialidad, urgencias, cirugía general y obstetricia.1
Este esquema cambió por el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) que entró en funciones en enero de 2020 y la Secretaría de Salud en la página oficial del gobierno federal describe así el objetivo de este modelo de salud pública.
“Garantizar por el Estado la protección a la salud, bajo criterios de universalidad e igualdad, donde todas las personas, de todas las edades y en toda la geografía del país, sin excepciones de ninguna clase y sin catálogos limitantes, reciban servicios de salud gratuitos, con manejo eficiente de los recursos, de manera digna, oportuna, con calidad y eficacia.
Se propone fortalecer la atención primaria de salud como estrategia para la salud y el bienestar de las personas, familias y comunidades, satisfaciendo las necesidades sanitarias a lo largo de la vida, no solo de un conjunto de enfermedades; velando que las personas reciban una atención integral, desde la promoción y la prevención hasta el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos; brindando acceso gratuito, efectivo y de calidad que satisfaga las necesidades y demandas de los beneficiarios del sistema público de salud”2
Sin embargo, aun con este modelo de salud pública gratuito y universal existen muchas carencias en el sistema de salud que se brinda a la población en general, desde tiempos de espera para citas de especialidad e intervenciones quirúrgicas, hasta el abasto de medicamentos de toda índole, básicos y controlados, motivo por el cual frecuentemente se utilizan los servicios de salud privados, mayormente de consultas y surtido de medicamentos.
En el caso de intervenciones quirúrgicas o tratamientos de enfermedades crónicas, quienes acceden a los servicios de salud privados comúnmente cuentan con un seguro de gastos médicos mayores con diferentes cláusulas sobre el pago de deducible o coaseguro según lo hayan contratado.
Es importante destacar que la población total en México para el año 2020 fue de 126,014,024 personas según el Inegi y que de ese total 32,999,713 no contaban con ningún servicio de salud, lo que representa un 26.18 por ciento de la población.
Mientras que 92,582,812 ciudadanos sí reportaron contar con algún servicio de salud, es decir, el 73.47 por ciento de la población total.
De este último número de habitantes que, sí cuentan con algún servicio de salud 2,615,213 cuentan con un servicio privado, derivado en la mayoría de los casos de la contratación de algún tipo de seguro que significa un 2.82 por ciento.
Para julio de 2022 a 27 meses de la pandemia, los seguros de gastos médicos y de vida han respaldado financieramente a más de 202,000 familias en México. La pandemia ha costado al sector asegurador 3,035 millones de dólares, informó Norma Alicia Rosas, directora general de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) en entrevista para el periódico El Financiero.3
En este contexto es que hospitales, clínicas y consultorios privados atienden a una gran cantidad de la población en México de algún padecimiento de salud que va desde una molestia menor hasta intervenciones quirúrgicas de alta especialidad y tratamientos permanentes de enfermedades crónicas.
Uno de los problemas contractuales que afectan a la población que utiliza estos servicios de salud privados, específicamente alguna cirugía o algún tratamiento, tiene que ver con la liquidación del servicio prestado para poder generar el alta médica y la salida del hospital.
Esto puede deberse a insolvencia por parte del usuario o por demora en los servicios de cobertura de los seguros con los que puede contar la persona que utilizó el servicio privado de salud.
La solución que muchos hospitales y clínicas utilizan de manera recurrente es la de retener al paciente aún dado de alta por la situación médica por la que ingresó, e incluso retener el cadáver de alguien que falleció durante su estancia y atención en estos establecimientos.
La Ley General de Salud en su Capítulo III denominada: Prestadores de Servicios de Salud dentro de los artículos 38, 40 y 41 definen que es un servicio de salud privado, la relación que debe establecerse entre los prestadores de servicios y los usuarios y que deberán regirse por las disposiciones de esta misma ley y demás normas aplicables.
Una de las normas aplicables a los servicios de salud privados es la NOM-071-SCFI-2008 que se refiere a las Prácticas comerciales – Atención médica por cobro directo,4 en la cual no se menciona ninguna prohibición respecto de la retención del paciente o del cadáver para garantizar el pago de la atención médica prestada.
En este sentido la misma norma, pero del año 1994 mencionaba esta prohibición en su numeral cuarto, señalando lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, queda prohibido que el establecimiento de atención médica retenga o pretenda retener a cualquier usuario o cadáver para garantizar el pago de la atención médica prestada, o cualquier otra obligación. En caso de hacerlo se hará acreedor a las sanciones ahí previstas, sin perjuicio de las penas a que se haga acreedor de conformidad con lo establecido en la legislación penal.
Por su parte el Código Penal Federal en su artículo 230 señala lo siguiente:
Artículo 230.- Se impondrá prisión de tres meses a dos años, hasta cien días multas y suspensión de tres meses a un año a juicio del juzgador, a los directores, encargados o administradores de cualquier centro de salud, cuando incurran en alguno de los casos siguientes:
I.- Impedir la salida de un paciente, cuando éste o sus familiares lo soliciten, aduciendo adeudos de cualquier índole;
II.- Retener sin necesidad a un recién nacido, por los motivos a que se refiere la parte final de la fracción anterior;
III.- Retardar o negar por cualquier motivo la entrega de un cadáver, excepto cuando se requiera orden de autoridad competente.
La misma sanción se impondrá a los encargados o administradores de agencias funerarias que retarden o nieguen indebidamente la entrega de un cadáver, e igualmente a los encargados, empleados o dependientes de una farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina, específicamente recetada por otra que cause daño o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el cual se prescribió.
En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para presentar la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Salud a que de manera conjunta trabajen en la actualización de la norma oficial mexicana: NOM-071-SCFI-2008 Prácticas comerciales – Atención médica por cobro directo, para garantizar que los pacientes que han sido dados de alta, o los cadáveres de quienes fallecieron durante su atención médica, no sean retenidos por los hospitales y clínicas en que recibieron este servicio como garantía de pago, analizando y previniendo otras medidas de garantía y cobranza, que no violenten las garantías individuales como la de libertad de tránsito consagrada en la el artículo 11 constitucional, ni el Código Penal Federal en su artículo 230.
Notas:
1 https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/IEPSM/Documents/Seguro_Popular_Se guro_Medico_Siglo_XXI.pdf
2 https://www.gob.mx/insabi/articulos/atencion-ciudadana-281735.
3 https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Contratacion-de-seguro s-de-gastos-medicos-crecio-60-en-la-ultima-decada-20220719-0056.html.
4 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5073045&fecha=10/12/ 2008#gsc.tab=0.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dos días del mes de febrero de 2023.
Diputado Yericó Abramo Masso (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP, así como a sus homólogas de las 32 entidades federativas, a promover dentro del programa de estudios la incorporación de la educación en nutrición en todos los niveles educativos, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe diputado Raymundo Atanacio Luna , integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 , fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública federal así como a sus homologas de las 32 entidades federativas, promover dentro del programa de estudios, la incorporación de la Educación en Nutrición, en los todos los niveles educativos.
Exposición de Motivos
Que México se encamina a uno de los mayores problemas de salud de los últimos años: se estima que el 70 por ciento de la población padece sobrepeso u obesidad y en particular la segunda condición afecta a más del 30 por ciento, ocupando el quinto lugar de obesidad en el mundo, después de Estados Unidos.
Que de acuerdo a estimaciones realizadas por la Organización Mundial de la Salud desde 1975, la obesidad se ha casi triplicado en todo el mundo, en 2016 más de 1900 millones de adultos de 18 o más años tenían sobrepeso, de los cuales, más de 650 millones eran obesos, 41 millones de menores de cinco años tenían sobrepeso o eran obesos y 340 millones de niños y adolescentes (de 5 a 19 años) presentaban la misma condición.
Se estima que para el año 2030, el 36.8% de las personas de nuestro país tengan obesidad, con un incremento anual del 1.6%.
Que tan solo los países que conforman la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, dedican el 8.4% de su presupuesto total en salud, al tratamiento de enfermedades relacionadas con la obesidad, padecimiento que está detrás del 70% de todos los costos de tratamientos relacionados con la diabetes, 23% con enfermedades cardiovasculares y 9% del cáncer.
En el caso de México, las principales causas de defunción en 2019, fueron las enfermedades del corazón, la diabetes y tumores malignos, padecimientos asociados con el sobrepeso y obesidad.
Que la ingesta inadecuada de alimentos y el sedentarismo son algunas de las causas que están detrás de las altas tasas de obesidad.
Razón por la cual la educación en nutrición se ha convertido en uno de los elementos esenciales para contribuir a la prevención y control de los problemas relacionados con la alimentación.
Por lo que las niñas, niños y adolescentes en edad escolar constituyen uno de los grupos prioritarios, porque la nutrición apropiada es crucial para su desarrollo físico y mental saludable; ya que los escolares son consumidores actuales y futuros y constituyen un importante vínculo entre la escuela y el hogar, así como con la comunidad.
Que frente a la diversidad de factores ambientales que afectan la calidad de la alimentación, se considera que la educación en nutrición en la escuela, representa una manera eficiente de alcanzar a un amplio sector de la población, que incluye no solo a los escolares, sino también a sus maestros, sus familias y la comunidad de la que forman parte.
Por lo que las niñas, niños y adolescentes en edad escolar, constituyen uno de los grupos prioritarios que deben recibir una educación en nutrición.
Y para ello, es importante impartir esta formación de forma efectiva porque:
• Una nutrición apropiada es fundamental para el desarrollo físico y mental de niños y adolescentes;
• Los escolares son consumidores actuales y futuros que necesitan información y educación específicas para adquirir patrones alimentarios saludables y perdurables;
• Como futuros padres, los escolares jugarán un importante papel en el desarrollo de sus descendientes;
• Como miembros de la unidad familiar, los escolares constituyen un importante vínculo entre la escuela y el hogar, así como con la comunidad.
Se estima que los enfoques basados en los alimentos que reflejan los cambios del contexto sociocultural en que viven los escolares, tienen mejores posibilidades de ayudar a éstos y a otros niños y adultos.
Ya que ellos desarrollan hábitos de alimentación saludables, contribuyendo a su desarrollo físico, mental y social y a la prevención de las enfermedades relacionadas con la dieta.
Ante estos hechos, es necesario consolidar los esfuerzos para enfrentar los problemas nutricionales y prevenir las enfermedades crónicas relacionadas con la dieta.
Por lo que el propósito de este punto de acuerdo es impartir la materia de Educación en Nutrición en la escuelas de los 3 niveles de educación, con el objetivo de lograr que las niñas, niños y adolescentes en edad escolar, adquieran una capacidad crítica para elegir una alimentación saludable en un mundo que cambia rápidamente y en el cual se observa una continua diversificación de los alimentos procesados y una pérdida de los estilos de alimentación familiar.
Para lograr este objetivo, la educación alimentaria representa la mejor estrategia.
Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a esta Honorable asamblea, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único .- la Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaria de Educación Pública federal así como a sus homologas de las 32 Entidades federativas, promover dentro del Programa de estudios, la incorporación de la Educación en Nutrición, en todos los niveles educativos.
Referencia
Obesidad y sobrepeso. Menos kilos, más vida | Procuraduría Federal del Consumidor | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)
Art 7.P65 (fao.org)
México ocupa el 5o lugar de obesidad en el mundo - Alianza por la Salud Alimentaria (alianzasalud.org.mx)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Raymundo Atanacio Luna (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a los 3 niveles de gobierno a vigilar y fortalecer las estrategias de seguridad, a fin de combatir la clonación de vehículos oficiales que están siendo utilizados para delinquir, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe diputado Raymundo Atanacio Luna , integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 , fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a los Gobiernos federal, estatal y municipal, vigilar y fortalecer las Estrategias de seguridad, con el fin de combatir la clonación de vehículos oficiales que están siendo utilizados para delinquir.
Exposición de Motivos
La facilidad con la que hoy en día son adquiridas torretas, luces y otras características propias de un vehículo oficial ya sea de las Fuerzas Armadas o Instituciones de Seguridad Pública, han generado intranquilidad en las y los mexicanos.
Y es que esas condiciones, han permitido que integrantes de cédulas delictivas clonen los vehículos oficiales para cometer actos ilícitos en contra de las y los conductores y sus acompañantes como: secuestros, robos, violaciones e incluso terminar con la vida de una o varias personas.
Que clonar vehículos oficiales es una práctica recurrente por parte de estos grupos delincuenciales, haciéndose pasar por personal de las diferentes Instituciones de Seguridad Pública, de los Gobiernos federal, estatal y municipal para delinquir.
Además de los vehículos oficiales, los delincuentes también usan uniformes clonados de las diversas Corporaciones de Seguridad Pública federal, estatal y municipal.
Dichos uniformes aparentemente son para que los delincuentes se hagan pasar por Soldados, Policías federales, estatales y municipales para sorprender a la ciudadanía.
Casos como estos, hay muchos que se han difundido por los diferentes medios de comunicación de las 32 Entidades federativas.
Como los hechos más recientes se dieron en los siguientes Estados:
Amozoc-Puebla
Con patrulla falsa sujetos roban camioneta y matan a conductor, publicado en el medio Municipios Puebla, hace 5 días.
Zempoala, Hidalgo.
Presuntos elementos de la Guardia Nacional dispararon en contra de una familia sobre la carretera México-Tuxpan, publicado en el medio Infobae, hace 8 días.
Veracruz-Puebla
Con falsas patrullas de Guardia Nacional, asaltan a conductores, publicado en el medio Al Calor Político hace 11 días.
México
Sicarios a bordo de patrullas clonadas emboscaron y asesinaron a tres militares en México, publicado por el medio La Opinión hace 27 días.Motivo por el cual es fundamental que las autoridades competentes vigilen a diario la circulación de los vehículos oficiales que puedan ser clonados en los retenes, carreteras, caminos, brechas o terracerías en donde se pueden dar este tipo de situaciones que pongan en peligro la vida de las y los conductores así como de sus acompañantes.
Por lo que el propósito de este punto de acuerdo es emprender acciones preventivas que permitan detectar los vehículos oficiales que han sido clonados y que están siendo utilizados para delinquir en las 32 entidades federativas.
Para la tranquilidad de las y los mexicanos, la mejor estrategia es la seguridad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a esta Honorable asamblea, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a los Gobiernos federal, estatal y municipal, vigilar y fortalecer las Estrategias de seguridad, con el fin de combatir la clonación de vehículos oficiales que están siendo utilizados para delinquir.
Referencias
https://www.milenio.com/estados/hallan-patrullas-clonada s-guerrero-usaban-criminales
Clona delincuencia patrullas y uniformes – Sentido Común (sentido-comun.com.mx)
Casos de patrullas clonadas en México - Bing News
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.
Diputado Raymundo Atanacio Luna (rúbrica)