Proposiciones

Con punto de acuerdo, relativo al homicidio de la diputada local de Morelos, Gabriela Marín Sánchez, y el esclarecimiento de estos lamentables hechos, así como para emprender acciones dirigidas a combatir la inseguridad en el estado, suscrita por el diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena, y diputados de Morelos

Los suscritos diputados Klaus Ritter Owe Ocampo, en representación de las y los diputados del Estado de Morelos , integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6o, numeral 1, fracción I, 79 numeral 2, fracción III y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, hace una enérgica condena respecto del homicidio de la diputada local al Congreso del Estado de Morelos, Gabriela Marín Sánchez y se realicen las investigaciones correspondientes a fin de que se esclarezcan estos lamentables hechos, así como para emprender acciones dirigidas a combatir la inseguridad en el estado, con base en las siguientes

Consideraciones

1. La Seguridad Pública es una función coordinada a cargo de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios y tiene por objeto, el mantenimiento del orden, la paz, la estabilidad y la preservación de los derechos fundamentales de los gobernados, generando con ello las condiciones idóneas que permitan el cumplimiento de la ley y, por ende, la preservación del Estado de Derecho en un entorno social determinado.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, define a la Seguridad Pública en el párrafo noveno del Artículo 21 de la siguiente manera:

Artículo 21 ...

(...)

La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución .

(...)

De esta manera, la Seguridad Pública implica de manera clara, la conformación de acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, e implica la participación de los sectores público, privado y social, en la definición de las acciones tendientes a la salvaguarda de la vida y las libertades de los mexicanos.

2. El pasado mes de julio del presente año, en el Congreso del Estado de Morelos, rindió protesta de ley la diputada Gabriela Marín Sánchez, ante la LV Legislatura Local, luego de que el pasado 13 de julio el Tribunal Estatal Electoral determinara revocar el Acuerdo Parlamentario por el cual se asignaba a Roberto Carlos Yáñez Moreno la curul que dejara vacante el diputado Juan José Yáñez Vázquez al fallecer y fue nombrada Coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Partido Morelos Progresa.

La diputada local, originaria del municipio de Jantetelco, Morelos, contaba con las licenciaturas en Derecho y en Educación y se desempeñó como funcionaria de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

3. El día 5 de octubre del presente año, la legisladora fue asesinada en el Municipio de Cuernavaca, Morelos tras ser atacada por un grupo de sicarios a bordo de una motocicleta, quienes lograron darse a la fuga; fuentes locales informaron que la diputada fue interceptada en la colonia El Empleado sobre la avenida Poder Legislativo, alrededor de las dieciocho horas, específicamente en el exterior de un estacionamiento. Dicho crimen fue realizado a plena luz del día, en un sitio público y conocido, a pesar de ello y de que el ataque fue captado por cámaras de videovigilancia, los perpetradores lograron huir con total impunidad del lugar de los hechos; al momento, se sabe que la fiscalía general cuenta con una línea de investigación derivada de su cargo político.

4. El cobarde y artero asesinato de la diputada Gabriela Marín Sánchez, es muestra de la problemática de violencia e inseguridad que afecta diversas regiones de nuestro país, lamentablemente ese clima de violencia se intensifica cuando las víctimas son mujeres que, en el caso de la víctima, participan de manera activa en política.

Para esta Cámara de Diputados, el cobarde asesinato de la Diputada Marín Sánchez no puede quedar impune; la violencia no debe ser jamás el costo que las mujeres deban de pagar por el ejercicio activo de sus derechos políticos ya que en el caso que nos ocupa, se trata del ataque directo perpetrado a una representante de la ciudadanía en el ejercicio del cargo público y en una región que cuenta desde hace tiempo con alerta de género.

Este hecho evidencia la misoginia y la violencia política y de todo tipo en contra de las mujeres y su avance en la toma de decisiones y en la ocupación de espacios estratégicos de toma de decisiones, al tiempo que deja en entredicho las fallas del sistema de procuración de justicia, abonando a una cultura de impunidad.

Por esta razón, es urgente que desde el Congreso de la Unión se tomen cartas en el asunto, debido a que los lamentables hechos son muestra clara del clima de inseguridad y de la falta de mecanismos de coordinación interinstitucional entre los tres niveles de gobierno, aunado al recrudecimiento de un clima de inseguridad que afecta y pone en riesgo la tranquilidad de todas y todos los habitantes del Estado de Morelos.

5. Que siendo la Seguridad Pública una función coordinada entre los tres órdenes de gobierno, se vuelve indispensable que las autoridades competentes en la investigación de estos lamentables hechos, investiguen a fondo, se establezcan todas y cada una de las líneas de investigación y desde la perspectiva y protocolos especializados en materia de feminicidios y delitos relacionados de género, se activen los procedimientos a que haya lugar a fin de que se ubique y castigue de manera ejemplar a los responsables, ya que se trata de un ataque directo en contra de una persona que ostento una representación social y al mismo tiempo, con los hechos suscitados, se afecta a la totalidad de la sociedad.

Es fundamental que, en la investigación de los hechos, las autoridades agoten todas las etapas y líneas de investigación, especialmente las que correspondan a las del desempeño de su cargo público.

Finalmente, estos lamentables acontecimientos dan muestra de la necesidad de establecer mecanismos de coordinación interinstitucional que permitan recuperar la tranquilidad y la paz social, enviando un mensaje claro de trabajo para lograr la estabilidad social, la seguridad y la paz pública; en este sentido para esta Cámara de Diputados resulta determinante que, en el ejercicio de sus atribuciones y con pleno respeto a su autonomía constitucional y legal, las autoridades municipales lleven a cabo las acciones que permitan una fluida y eficaz coordinación con las autoridades Locales y Federales, y en su caso se solicite la presencia de los elementos de las corporaciones que conforman la Guardia Nacional a fin de brindar soporte y apoyo en el estado de fuerza de este importante municipio y sus habitantes.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. El pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión condena enérgicamente el cobarde y artero crimen perpetrado en contra de la diputada Gabriela Marín Sánchez, integrante del Congreso del Estado de Morelos.

Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a las autoridades del Estado, con el objeto de establecer los mecanismos correspondientes de colaboración y coordinación con la Federación, a fin de que se esclarezcan estos lamentables hechos que afectan la estabilidad y tranquilidad de los habitantes del Estado, así como para emprender acciones dirigidas a combatir la inseguridad en el estado.

Tercero. Esta H. Cámara de Diputados hace un respetuoso exhorto a las autoridades Municipales y Estatales de Morelos, en el estado de Morelos, con el objeto de llevar a cabo de inmediato los procedimientos y acciones tendientes a contar con el apoyo del estado de fuerza de los elementos de las corporaciones integrantes de la Guardia Nacional, a fin de efectuar una intensa labor de pacificación de la región y no se afecte la tranquilidad y la calidad de vida de los habitantes de este importante municipio.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 11 de octubre de 2022.

Diputados: Klaus Uwe Ritter Ocampo, Jorge Alberto Barrera Toledo, Alejandra Pani Barragán, José Guadalupe Ambrocio Gachuz, Juanita Guerra Mena (rúbricas)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a modificar los términos del acuerdo de apertura contra la inflación y la carestía para no eximir los trámites o permisos sanitarios; asimismo, a la Ssa a informar a los consumidores sobre los riesgos a la salud que implica la exención de los controles sanitarios en los productos de la canasta básica, a cargo del diputado Enrique Godínez, del Río, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Enrique Godínez del Río, diputado federal por el estado de Michoacán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo federal a modificar los términos del acuerdo de apertura contra la inflación y la carestía para no eximir los trámites o permisos sanitarios, a la Secretaría de Salud a informar a los consumidores sobre los riesgos a la salud que implica la exención de los controles sanitarios en los productos de la canasta básica y a notificar de forma inmediata a la Organización Mundial de la Salud la decisión de eximir los trámites y permisos sanitarios para las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para su envase, y al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a agilizar la atención de los trámites a su cargo, lo anterior al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El artículo tercero de la Ley General de Salud considera que es materia de salubridad general el control sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación. Compete a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ejercer el control y vigilancia sanitarios de diversos productos, incluyendo alimentos, de las actividades relacionadas, de su importación y exportación, así como de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos y los establecimientos de salud.

El artículo 353 de la Ley General de Salud señala que las actividades de sanidad internacional apoyarán a los sistemas nacionales de vigilancia epidemiológica y de regulación, control y fomento sanitarios, por lo que la omisión de estas actividades, además de suponer un riesgo para la salud de los consumidores, implica un riesgo epidemiológico.

La Secretaría de Salud es responsable de adoptar las medidas que procedan para la vigilancia sanitaria de personas, animales, objetos o substancias que ingresen al territorio nacional y que, a su juicio constituyan un riesgo para la salud de la población.

El 3 de octubre del año en curso, estas importantes atribuciones de las autoridades sanitarias fueron arrebatadas cuando el presidente de la República anunció que llegó a un acuerdo con algunas empresas para contener los efectos de la inflación en los productos de la canasta básica ya que los productos agrícolas han tenido un aumento de 4.2 puntos porcentuales.1

Debido a que la inflación en México es por oferta, el gobierno federal está considerando que la mejor respuesta consiste en producir más alimentos y reducir costos regulatorios y logísticos por parte del gobierno y los productores, para fortalecer esta oferta de alimentos.

En este acuerdo, el gobierno federal otorga a las empresas firmantes una Licencia Única Universal que las exime de todo trámite o permiso, incluyendo aquellos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) y de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), así como del impuesto general de importación en las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para el envase de alimentos. Se les confía la responsabilidad de asegurar que las mercancías que comercian cumplen con las normas sanitarias, de inocuidad y calidad, dejando en indefensión a los consumidores y eliminando toda certeza de llevar a sus familias productos seguros para su consumo.

En el mismo acuerdo, en el numeral 9 se reconoce que es posible que se presenten casos de abusos en todas y cualesquiera de las etapas de la cadena de intermediación y distribución de alimentos. Asimismo, el numeral 10 contempla la revisión permanente al desempeño de las empresas. Todo esto implica horas de trabajo para el gobierno federal, que, si bien no implican un obstáculo en la entrada y la distribución de los alimentos en el país, se traduce en horas de trabajo que serían de mejor uso en inspecciones sanitarias.

En este sentido, la Unión Ganadera Regional de Porcicultores de Michoacán reconoce el esfuerzo que se ha hecho para mantener al país libre de las principales enfermedades en cerdos y que les ha permitido incrementar cada año su producción y obtener el reconocimiento mundial de sus socios comerciales, generando seguridad económica para miles de familias. Se sensibilizan ante la urgencia económica actual prevaleciente, no solo en nuestro país, sino a nivel mundial y que ha llevado a la instrumentación de políticas públicas que buscan hacer frente al crecimiento constante del precio de los alimentos que vulnera el acceso a los bienes básicos mínimos indispensables.2

Sin embargo, la situación sanitaria alcanzada por nuestro país bajo el esquema de inspección y vigilancia sanitaria tutelado por el Senasica, permite certificar que los alimentos producidos y movilizados en México, así como los comercializados por otros países, aseguren su sanidad e inocuidad. Esto es, cinco décadas de esfuerzo y recursos invertidos que nos han colocado en un lugar privilegiado del mercado mundial y que no podemos perder hoy los productores mexicanos.

La ineficiente atención y resolución de trámites y permisos a cargo de la Cofepris y el Senasica es un factor importante que genera costos a las empresas y, en consecuencia, un aumento del precio que paga el consumidor final, por lo que implementar procedimientos que permitan agilizar estas funciones y contar con más servidores públicos capacitados en la materia es una forma más acertada para evitar gastos a las empresas y así reducir el costo de la canasta básica. Sin duda, la negligencia ante la prevención de riesgos sanitarios generará costos más elevados, tanto a las autoridades como a los consumidores, si las empresas no cumplen con la verificación necesaria que asegure que los alimentos e insumos que se importen y distribuyan sean de calidad y se encuentren libres de contingencias sanitarias.

Este acuerdo pone en riesgo el patrimonio agroalimentario nacional y vulnera nuestro derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es urgente que se modifiquen sus términos.

Finalmente, el artículo 359 la Ley General de Salud mandata que la Secretaría de Salud notificará a la Organización Mundial de la Salud de todas medidas que haya adoptado, de modo temporal o permanente, en materia de sanidad internacional. Además, informará a esta misma organización y con la oportunidad debida, sobre cualquier caso que sea de interés en la vigilancia epidemiológica de las enfermedades que se citan en el Reglamento Sanitario Internacional, las que puedan originar epidemias o cualesquiera otras que considere de importancia notificar. Somos una sociedad globalizada, por lo tanto, cualquier asunto sanitario dentro de un país puede convertirse en una amenaza para la sanidad internacional, algo que ha quedado más que claro con la pandemia aún vigente por la enfermedad covid 19 y que impactó enormemente en todos los sectores de todos los países, siendo el nuestro especialmente afectado.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo federal a modificar los términos del Acuerdo de Apertura Contra la Inflación y la Carestía para no eximir los trámites o permisos a cargo del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad y de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a informar a los consumidores sobre los riesgos a la salud que implica la exención de los controles sanitarios en los alimentos de la canasta básica.

Tercero.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad y a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios a agilizar la atención de los trámites a su cargo.

Cuarto.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a notificar de forma inmediata a la Organización Mundial de la Salud la decisión de eximir los trámites y permisos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) y de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para su envase.

Notas

1 https://www.gob.mx/presidencia/documentos/acuerdo-de-apertura-contra-la -inflacion-y-la-carestia-apecic

2 Oficio firmado por el presidente de la Unión Ganadera Regional de Porcicultores de Michoacán con fecha 4 de octubre de 2022.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2022.

Diputado Eenrique Godínez del Río (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se conmemora el Día Mundial de la Parálisis Cerebral, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Norma Angélica Aceves García, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1 y fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo en el marco de la conmemoración del Día Mundial de la Parálisis Cerebral, al tenor de la siguientes:

Consideraciones

1. El día 6 de octubre de cada año, por iniciativa de diversas organizaciones de la sociedad civil a nivel mundial, se conmemora el Día Mundial de la Parálisis Cerebral, fecha dedicada a los pacientes con esta condición y a sus familias con el objetivo de visibilizar y reivindicar la condición, así como reflexionar respecto de la importancia de del apoyo que necesitan.1

La parálisis cerebral (PC) es un término que define una serie de trastornos motores de origen cerebral, que constituyen la causa más frecuente de discapacidad motora en la infancia, tiene su origen en 1862 con William John Little, cirujano ortopedista inglés, quién presentó sus observaciones a un grupo de niños con alteraciones de tono muscular, definiéndolo como <<rigidez espástica>>; fue hasta 1897 que, el neurólogo Sigmund Freud planteó en su obra “Parálisis cerebral” que estas dificultades perinatales eran resultado de anormalidades preexistentes en el feto.2

En este sentido, la parálisis cerebral causa un deterioro del movimiento asociado con reflejos exagerados, distensión o espasticidad de las extremidades y el tronco, postura inusual, movimientos involuntarios, marcha inestable o alguna combinación de estos.

Niñas, niños, jóvenes y personas adultas con parálisis cerebral tienen dificultad para controlar su movimiento, esto se debe a una lesión cerebral o un desarrollo anormal del cerebro a una edad temprana o antes del nacimiento. La parálisis cerebral es la discapacidad más común que afecta el control motor; puede afectar de diversas maneras a niñas y niños.3

La población mundial con parálisis cerebral excede los 17 millones de personas al día de hoy, cabe aclarar que en las últimas décadas se ha producido un aumento de la prevalencia, que probablemente obedezca a un mejor registro de los casos y a los avances en los cuidados neonatales4 . Según el artículo “Toxina botulínica A y terapia física, en la marcha en parálisis cerebral” de la Revista Médica del Instituto Mexicano de Seguro Social, la incidencia aproximada de la Parálisis Cerebral es de 2-3 por cada 1000 nacidos vivos.

La parálisis cerebral puede ser tipo5 :

• Parálisis cerebral espástica: Es el tipo más común. Provoca un aumento del tono muscular, rigidez de los músculos y dificultad con los movimientos. A veces, solo afecta a una parte del cuerpo. En otros casos, puede afectar tanto a los brazos como a las piernas, el tronco y la cara.

• Parálisis cerebral discinética: Causa problemas para controlar el movimiento de manos, brazos, pies y piernas. Esto puede dificultar estar sentado y caminar.

• Parálisis cerebral atáxica: Causa problemas de equilibrio y coordinación.

• Parálisis cerebral mixta: Significa que tiene síntomas de más de un tipo.

De conformidad con diversos estudios, hay tres motivos diferentes por los cuales una niña o niño puede desarrollar parálisis cerebral6 :

Parto prematuro. Esta es la causa más común de parálisis cerebral en los Estados Unidos.

Problemas médicos durante el embarazo o cerca del nacimiento.

Enfermedades o lesiones de recién nacido o lactante, por ejemplo, ictericia muy grave, accidentes cerebrovasculares o infecciones cerebrales.

Quienes viven con esta condición, al representar un cuadro médico crónico, a largo plazo y que no tiene cura, para alcanzar su máximo potencial, pueden auxiliarse en los tratamientos siguientes7 :

• Intervención temprana.

• Fisioterapia.

• Terapia ocupacional.

• Terapia del lenguaje.

• Dispositivos de ayuda. Ortopédicos, teclados de comunicación, sillas de ruedas especiales y sillas para ayudar a sentarse.

• Medicamentos.

2. En México, la parálisis cerebral es la primera causa de discapacidad infantil, pues alrededor del 10 por ciento de los pacientes con discapacidad tienen el diagnóstico de parálisis cerebral infantil; de ellos, más del 60 por ciento de los casos son pacientes con parálisis cerebral infantil de tipo espástico.8

De acuerdo con las cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) para el censo de Población y Vivienda de 2010 y 2020, los individuos que declararon formar parte de la población con limitación en la actividad para caminar o moverse pasaron de 2,437,397 (dos millones cuatrocientos treinta y siete mil trescientos noventa y siete) en 2010 a 4,365,234 (cuatro millones trescientos sesenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro) en 2020, por lo que el exponencial crecimiento de esta cifra pone en evidencia la necesidad de la atención integral para esta población en el país.

3 . La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) tiene como propósito promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, y fomentar el respeto de su dignidad inherente.

El derecho a ser incluido en la comunidad se refiere al principio de inclusión y participación plenas y efectivas en la sociedad que incluye llevar una vida social plena y tener acceso a todos los servicios que se ofrecen al público, así como a los servicios de apoyo proporcionados a las personas con discapacidad para que puedan ser incluidas y participar plenamente en todos los ámbitos de la vida social, en todos los ámbitos y servicios, tales como vivienda, transporte, educación, empleo, actividades recreativas y acontecimientos de la vida política y cultural de la comunidad, como reuniones públicas, eventos deportivos, festividades culturales y religiosos y cualquier otra actividad en la que la persona con discapacidad desee participar.9

El comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas afirma que a lo largo de la historia se ha negado a las personas con discapacidad la posibilidad de tomar opciones y ejercer el control de manera personal e individual en todas las esferas de su vida, al suponerse que muchas de ellas eran incapaces de vivir de forma independiente la comunidad.10

Lo anterior, entre otras razones, debido a que los estados no cuentan con mecanismos de apoyo o su prestación está vinculada a determinados sistemas de vida y la infraestructura no se ajusta al diseño universal, aunado a que los recursos se invierten generalmente de manera directa en instituciones y no en el desarrollo de las posibilidades que tienen las personas con discapacidad de vivir de forma independiente, lo que ha dado lugar al abandono, la dependencia de los familiares, la institucionalización, el aislamiento y la segregación.11

4. En México, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía hay un total de 6,179,890 (seis millones ciento setenta y nueve mil ochocientas noventa) personas con discapacidad, más 13,934,448 (trece millones novecientas treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho) personas que dijeron tener alguna limitación para realizar actividades de la vida diaria (caminar, ver, oír, autocuidado, hablar o comunicarse, recordar o concentrarse), que en suma se traducen en un segmento de más de 20 millones de personas.12

En ese grupo poblacional se encuentran las personas que viven con parálisis cerebral, quienes de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 201713 , en conjunto con las personas con discapacidad, se enfrentan en nuestro país a las siguientes situaciones:

• Tres de cada 10 personas con discapacidad tienen dos o más condiciones que dan origen a su discapacidad.

• Una de cada 10 personas con discapacidad carece de servicios básicos en su vivienda.

• Siete de cada 10 personas con discapacidad se encuentran en los estratos socioeconómicos medio bajo y bajo.

• Una de cada dos personas con discapacidad intelectual no sabe leer ni escribir.

• Una de cada dos personas con discapacidad en edad escolar asiste a la escuela.

• Las personas con discapacidad enfrentan mayores obstáculos para incorporarse al mercado de trabajo.

• Una de cada 10 personas de 18 años y más no estaría de acuerdo en que su hijo(a) se casara con una persona con discapacidad.

• Casi nueve de cada 10 personas con discapacidad enfrentan barreras de accesibilidad cuando buscan información sobre algún trámite, servicio o programa gubernamental.

• Tres de cada 10 mujeres de 18 años o más con discapacidad no tienen libertad para decidir si pueden salir de su casa.

• Tres de cada 10 personas con discapacidad de 18 años y más consideran que se les ha negado sin justificación al menos un derecho básico en los últimos cinco años.

De igual manera, “(D)de acuerdo con el Anexo Estadístico de Pobreza en México del CONEVAL14 2010-2016, el 49.4 por ciento de las personas con discapacidad —alrededor de 4.3 millones de mexicanos— se encuentra en situación de pobreza y las principales brechas entre la población con y sin discapacidad se ubican en rubros de suma importancia. 15

En ese contexto, atendiendo las diversas dificultades particulares que viven, además de las condiciones de exclusión social y las barreras a las que se enfrentan como personas con discapacidad, en el marco del Día Mundial de la Parálisis Cerebral, se somete a consideración de la asamblea, el presente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los tres órdenes de gobierno a:

a) Diseñar, implementar y fortalecer campañas de concienciación destinadas a la inclusión de las personas con parálisis cerebral.

b) Crear, impulsar, perfeccionar y difundir acciones específicas que tengan como finalidad la inclusión de las personas con parálisis cerebral, su desarrollo, empoderamiento y acceso a una vida independiente, y

c) Diseñar, incentivar, fortalecer y financiar esquemas de investigación sobre la parálisis cerebral, a fin de conocer más información sobre esta condición, con la finalidad de que exista un mayor índice de prevención y mejoras en su atención y tratamiento.

Notas

1 Visto en: https://www.diainternacionalde.com/ficha/dia-mundial-paralisis-cerebral Consultado el 29 de septiembre de 2022.

2 Visto en:
https://www.revistapediatria.cl/volumenes/2014/vol11num2/pdf/PARALISIS_CEREBRAL.pdf Consultado el 04 de Octubre de 2023.

3 Visto en https://www.healthychildren.org/spanish/health-issues/conditions/develo pmental-disabilities/paginas/cerebral-palsy.aspx

4 Ibidem.

5 Visto en: https://medlineplus.gov/spanish/cerebralpalsy.html

6 Visto en: https://www.healthychildren.org/spanish/health-issues/conditions/develo pmental-disabilities/paginas/cerebral-palsy.aspx#:~:text=Parto%20premat uro.,accidentes%20cerebrovasculares%20o%20infecciones%20cerebrales

7 Ibidem

8 Consultado el 01 de Octubre de 2023. Visto en: http://revistamedica.imss.gob.mx/editorial/index.php/revista_medica/art icle/view/1129/1908

9 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 5 (2017) sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad”, CRPD/C/GC/5. 27 de octubre de 2017.

10 Ibidem.

11 Ibid.

12 Visto en: http://www.cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P Consultado el 24 de agosto de 2021.

13 Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Resultados sobre personas con discapacidad.

14 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

15 Aceves García Norma Angélica, C. (2019). Incertidumbre y contradicción en las políticas para la inclusión. Revista Nexos (agosto 4 de 2019), visto en: Incertidumbre y contradicción en las políticas para la inclusión | (Dis)capacidades (nexos.com.mx)

Dado en el pleno de la honorable Cámara de Diputados, a los 11 días del mes de octubre de 2022.

Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los tres Poderes de la Unión, así como a los poderes de las treinta y dos entidades federativas, a implementar, organizar y distribuir el material gráfico y didáctico que contiene la clasificación de las diversas manifestaciones de violencia, conocido como “violentómetro”, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del PVEM

Los que suscriben, diputado Juan Carlos Natale López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y diputada Julieta Kristal Vences Valencia, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La violencia contra las mujeres en nuestro país es un fenómeno que se ha exacerbado durante los últimos años. Así lo muestran los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh 2021), llevada a cabo por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) en su más reciente presentación dada a conocer el 30 de agosto del presente año.

Dicha medición resaltó que de un total de 50.5 millones de mujeres mayores de 15 años, el 70.1 por ciento ha experimentado por lo menos una situación de violencia durante su vida. En primer orden aparece la violencia psicológica con un 51.6 por ciento, posteriormente la violencia sexual con un 49.7 por ciento, seguida de la violencia física con 34.7 por ciento y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación con el 27.4 por ciento.

Con respecto a la edición anterior del año 2016, los resultados actuales pusieron de relieve un incremento de cuatro puntos porcentuales en la violencia total contra la población de mujeres.

A nivel de entidades federativas se registraron los primeros lugares en el Estado de México con 78.7 por ciento, la Ciudad de México con 76.2 por ciento y Querétaro con 75.2 por ciento. Por otro lado, los estados con menor incidencia son Tamaulipas con 61.7 por ciento, Zacatecas con 53.9 por ciento y Chiapas al tener 48.7 por ciento.

Estas cifras nos arrojan la importancia de dar a conocer todas las manifestaciones de violencia hacia la mujer, incluyendo aquéllas que se ocultan bajo la “normalización” de ciertas conductas.

Para ello, el Instituto Politécnico Nacional desarrolló una investigación en el año de 2009, a cargo de la directora de la Unidad Politécnica de Gestión con Perspectiva de Género, Dra. Martha Alicia Tronco Rosas, mediante la cual se estudió la dinámica en las relaciones de pareja a través de la aplicación de una encuesta a más de 14 mil estudiantes de nivel medio superior y superior.

Los datos vertidos llevaron a crear una herramienta útil e innovadora denominada como “violentómetro”, que mide la violencia que puede existir no sólo en la pareja, sino también en el trabajo, escuelas e instituciones.

Dicha herramienta nos sirve como material gráfico y didáctico en forma de regla que consiste en visualizar las diferentes manifestaciones de violencia que se encuentran ocultas en nuestra vida diaria y que muchas veces se confunden o desconocen. Y, ante todo, permite prevenir.

El violentómetro se divide en tres niveles o escalas de colores, de menor a mayor, y que pueden culminar lamentablemente en feminicidio.

La métrica consiste en la siguiente escala:

1. Bromas hirientes
2. Chantajear

3. Mentir
4. Ignorar

5. Celar
6. Culpabilizar

7. Descalificar
8. Ridiculizar, ofender

9. Humillar en público
10. Intimidar, amenazar

11. Controlar, prohibir
12. Destruir artículos personales

13. Manosear
14. Caricias agresivas

15. Golpear “jugando”
16. Pellizcar, arañar

17. Empujar, jalonear
18. Cachetear

19. Patear
20. Encerrar, aislar

21. Amenazar con objetos o armas
22. Amenazar de muerte

23. Forzar una relación sexual
24. Abuso sexual

25. Violar
26. Mutilar

27. Asesinar

El año pasado (2021) el IPN agregó nuevos elementos como parte de la era digital en la que también se ve manifestada la violencia, como son:

28. Difundir contenido íntimo sin consentimiento por medios digitales

29. Sextorsión

30. Acechar, stalkear redes sociales

En esta etapa que incluye violencia digital, el primer nuevo elemento hace referencia a compartir imágenes y/o videos de índole sexual sin el consentimiento de la persona. Por otra parte, la sextorsión es una forma de chantajear con publicar contenido íntimo si no se accede a lo solicitado. Y, stalkear en redes sociales, se refiere a espiar, vigilar o acechar a alguien mediante las redes sociales.

Asimismo, con la intención de visibilizar la expresión más cruenta de violencia contra las mujeres se incluye el término feminicidio.

Tomando en consideración lo anterior, podemos visualizar que el objetivo del violentómetro es invitar a todas las personas, principalmente a las mujeres, pero ya sea también hombres, adultos mayores, grupos vulnerables, etc., a hacer conciencia e identificar desde dónde comienza la violencia.

En definitiva, el violentómetro muestra las diferentes formas de violencia que se manifiestan en la vida cotidiana de mujeres y hombres, y que la mayoría de las veces no se tienen en cuenta o se confunden o desconocen.

En razón de lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los tres Poderes de la Unión, así como a los Poderes del Estado de las treinta y dos entidades federativas, para que implementen, organicen y distribuyan el material gráfico y didáctico que contiene la clasificación de las diversas manifestaciones de violencia, conocido como “violentómetro”, con la finalidad de crear consciencia respecto a los niveles de violencia existentes en el trabajo, las escuelas y las instituciones públicas.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputados: Julieta Kristal Vences Valencia, Juan Carlos Natale López, Adriana Campos Huirache, Melissa Vargas Camacho, Marina Valadez Bojorquez, Irma Yordana Garay Loredo, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Claudia Alejandra Hernández Sáenz (rúbricas)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Registro Agrario Nacional, con sede en el Edomex, a implementar la capacitación y protocolos de actuación de su personal, a fin de que brinden un trato apegado al respeto de los derechos humanos a sus usuarios para prevenir abusos y discriminación en la prestación de los servicios y trámites a los grupos vulnerables de la población, a cargo del diputado Armando Reyes Ledesma, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, Armando Reyes Ledesma, diputado federal de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones III y IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se recomienda a al comisionado del Registro Agrario Nacional (RAN) con sede en el estado de México para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente la capacitación y protocolos de actuación de su personal a fin de que brinden un trato apegado al respeto de los derechos humanos a sus usuarios a fin de prevenir abusos y discriminación en la prestación de los servicios y trámites a los grupos vulnerables de la población, principalmente los adultos mayores al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La figura del ejido mexicano ostenta raíces históricas profundas, podemos entenderlas desde distintas perspectivas; podemos entenderla no sólo como el espacio amplio y extenso que ocupan los terrenos en los diferentes estados y por consiguiente en la geografía nacional, su objeto primario es que esta figura ha sido creada para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de los mexicanos.

Sin embargo, desde el punto de vista social y cultural podemos mencionar lo siguiente: “...el núcleo agrario es el territorio que sustenta el modo de vida de la comunidad ejidal a la que se integran las familias de los propios productores y los avecindados del lugar formando juntos lo que se conoce como el centro de población ejidal.”1

Es en ese tenor que, derivado de diversos estudios y artículos de investigación estamos de acuerdo en que el ejido en la actualidad abarca los derechos de un amplio sector poblacional que está conformado de primera mano por grupos socialmente vulnerables como lo son primordialmente adultos mayores que, en la mayoría de los casos pertenecen a etnias indígenas es por lo anterior, que estamos de acuerdo con la siguiente opinión:

“Apreciado en su forma moderna el ejido es resultado de una de las reivindicaciones sociales centrales derivadas de la exigencia de dotar y restituir las tierras agrícolas a los campesinos durante el periodo revolucionario y post-revolucionario hasta 1992, año en el cual se decreta la terminación del reparto agrario. La importancia del ejido en México trasciende las fronteras agrarias al pasar a ser una de las piezas fundamentales de la estructura social del país. Hoy, las tierras ejidales proporcionan sustento de vida a un gran número de familias pertenecientes a la población rural, la que representa 23% de la población total. El sentido de identidad y de emancipación social que el ejido ha proporcionado a sus habitantes tiene un alto valor para este segmento de la población, pese a las fuertes limitaciones que en muchos de ellos existe para el desarrollo de la agricultura de gran escala.”2

Ahora bien, como sabemos el artículo 27 constitucional; y la Ley Agraria brindan fundamento legal y regulatorio a la vida ejidal en México; es por ellos que el RAN es el órgano desconcentrado que se encarga de salvaguardar y garantizar los derechos de los ejidos mexicanos, y su misión es la de “...ser guardián del patrimonio territorial en manos de ejidos y comunidades, brindar certeza jurídica a la propiedad social mediante el registro de actos jurídicos, el resguardo documental y la asistencia técnica y catastral, a fin de contribuir al ordenamiento territorial y a la justicia social con igualdad de género.”3

En el marco de mis obligaciones como legislador federal y representante electo del pueblo, se encuentra principalmente la de responder a las demandas de la población, alzar la voz por aquellos que no pueden aquellos que son ignorados y a quienes muchas veces los servidores públicos minimizan por su clase social; aquellos quienes que por su ardua labor y años de trabajo en el campo mexicano nuestro país puede exportar diversos productos, frutas y verduras de calidad innegable.

Es por el anterior hecho que he tenido un acercamiento con varias personas que han requerido este tipo de servicios en el RAN con sede en el Estado de México; quienes me habían hecho llegar sus incomodidades respecto al actuar de dichas autoridades registrales, por lo tanto, se hizo una investigación de campo la cual arrojó los resultados siguientes:

En los últimos años y derivado de la pandemia de Covid 19, se ha venido registrando un trato deficiente en el RAN; en cuanto a atención y servicios para el público en general, ya que ha imperado un ambiente despotismo por parte de los empleados y servidores públicos que atienden a los ciudadanos desde el simple hecho de pedir información se nota un trato de hastío hacia las personas.

Cuando uno se acerca para solicitar información, son los propios integrantes de las largas filas quienes de manera amable dan informes, cabe señalar qué estás filas llegan incluso a más de 300 personas de izquierda a derecha y otras 200 formadas en otra fila de un parque cercano. Estos ciudadanos nos especifican qué para poder acceder a solicitar cita para algún tipo de trámite solo se brindan máximo 15 fichas por tramite y mínimo 8 para lo cual las personas que principalmente son adultos mayores deben hacer fila desde antes de las 3 de la mañana exponiéndose a todo tipo de peligros que esto conlleva.

Así en la página de internet se pueden leer comentarios sobre el trato hacia el público en general como los siguientes:

2. Sin embargo, lo que más nos preocupa es el trato que se le brinda a las personas adultas mayores que, cabe señalar muchas pertenecen a diversas etnias indígenas o de escolaridad muy baja y con graves problemas de discapacidad.

Debido a que no se cuenta con la infraestructura para atender este grupo poblacional, ellos tienen que formarse desde las altas horas de la madrugada e incluso desde un día antes para solicitar la primera cita ya gastan sus pocos ahorros en alojarse en un hotel o incluso quedarse en la intemperie; hasta la apertura de las oficinas a las 9 a.m. del día posterior.

3. En ese tenor, es menester señalar como ya se había comentado que para poder solicitar cualquier tipo de trámite se debe agendar una cita y sí se tiene suerte y se accede a dicha cita, la fecha se agenda mínimo un mes después de la solicitud.

4. El equipo de investigación regreso un mes después para verificar el cumplimiento de la cita y descubrimos que a pesar de tener que soportar las filas tan largas el personal es déspota y el trato y responde de manera ambigua la solicitud de los asistentes; tampoco da instrucciones precisas para los tipos de trámites generando caos entre todos los presentes y qué las personas que están formadas todas desde una noche anterior pierdan incluso su lugar.

5. Después de que se realizan los pasos pertinentes para el trámite en específico, y si no lo regresan por falta de un documento o incluso por una letra, una y otra vez Se debe esperar otra fecha posterior que es tentativamente menor al mes, lo anterior para realizar el trámite qué se solicita.

6. Para recoger dicho trámite se debe agendar una nueva cita formándose a las 3 de la mañana para sacar una ficha y posteriormente se brinda la cita con el término mínimo de un mes siguiente; y se repite el llegar antes de las 3 am para ser de los primeros en poder recoger.

Como legislador no soy omiso, ni indiferente ante el trato que se le brinda a los más vulnerables, a los más humildes; a quienes por generaciones y décadas nos han brindado alimento, y han hecho del campo mexicano su modo de vida; esos adultos mayores que han cimentado las bases de la célula primordial de la actual sociedad mexicana como hoy la conocemos, ¡sí! Hablo de aquellos trabajadores del campo mexicano quienes en su mayoría no pudieron continuar con sus estudios por amor a las tierras, a las parcelas por las que los grandes héroes de la Revolución Mexicana como Emiliano Zapata dieron su vida, es por ello que hoy atiendo a la legitima demanda de los usuarios del RAN con esta proposición con punto de Acuerdo.

Del mismo modo, no podemos seguir permitiendo que se vulneren las diversas leyes que protegen a estos grupos vulnerables primordialmente Nuestra Carta Magna es decir la Constitución Política de 1917; en sus artículos 1o. y 27.

Así como la Ley de Derechos de los Adultos Mayores, La Ley General para la Inclusión para las Personas con Discapacidad y La Ley de Protección de Derechos Indígenas.

Por todo lo anterior, se exhorta respetuosamente al titular del organismo desconcentrado del Registro Agrario Nacional con sede en el estado de México cuya dirección es: calle Josefa Ortiz de Domínguez 105, barrio de Santa Clara, 50000 Toluca de Lerdo, Méx. Para que atendiendo los valores que señala nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador en su Guía ética para la transformación de México, los servidores públicos que trabajan en el RAN con sede en el estado de México puedan crear nuevas estrategias y protocolos para el trato digno de los grupos vulnerables en dicha entidad :

<<El poder sólo tiene sentido y se convierte en virtud cuando se pone al servicio de los demás. El poder es la facultad de actuar y tomar decisiones en nombre de otros. La autoridad es la confianza que otros depositan en ti para que actúes en función de sus necesidades y de su interés. Ni el poder ni la autoridad son derechos o atributos de tu persona. Uno y otra sólo tienen sentido ético cuando se ejercen para servir a los demás. Si lo usas en provecho propio o de tus allegados incurres en corrupción, perviertes el cargo, traicionas la confianza depositada en ti, destruyes tu dignidad y tu prestigio, dañas a tu familia y a tus personas cercanas y no conocerás la satisfacción de servir a los demás. Si llegas a un cargo público deberás recordar siempre que estás allí como representante y ser fiel a tus representados; tener en mente que eres el mandatario o la mandataria y que tus mandantes son los que te mandan; en otros términos, debes apegarte siempre al principio de mandar obedeciendo.>>4

Estamos de acuerdo con el presidente en que todo poder debe ponerse al servicio principalmente de los más vulnerables; no puede ser posible que en esta legislatura siga existiendo este trato inhumano para nuestros viejecitos.

“No hay mayor satisfacción que tener trabajo y disfrutarlo Al igual que el poder, el trabajo adquiere su pleno sentido cuando se realiza para los demás. El trabajo nos asegura el sustento; nos vincula con nuestros semejantes y nos ofrece una forma de realización personal; es universal como derecho y como un deber del que quedan excluidos menores de edad, adultos mayores y personas con alguna discapacidad. Del más humilde al más prestigioso, el trabajo articula a los humanos en sociedad. Cuando realices el tuyo, ten siempre presente a tu cliente, a tu consumidora, a tu paciente, a tu educando, y pon en tu tarea lo mejor de ti mismo.”5

Por lo anteriormente expuesto un servidor presentó a esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Comisionado del Registro Agrario Nacional del estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente la capacitación y protocolos de actuación de su personal a fin de que brinden a sus usuarios un trato apegado al respeto de los derechos humanos a fin de prevenir abusos y discriminación en la prestación de los servicios y trámites a los grupos vulnerables de la población, principalmente los adultos mayores.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Comisionado del Registro Agrario Nacional del estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones y salvaguardando la salud de los servidores públicos y de los usuarios, analice la viabilidad de aumentar el número de citas y asuntos que atiende la dependencia a su cargo.

Notas

1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, y Roberto CANDELAS Ramírez. La relevancia de los ejidos y las comunidades rurales en la estructura social de México. 1ra ed., vol. Documento de trabajo núm. 319, CDMX, Alejandro López Morcillo, diciembre 2019. www.diputados.gob.mx/cesop,http://www5.diputados.gob.mx/index.php/camar a/Centros-de-Estudio/CESOP/Novedades/Documento-de- trabajo.-La relevancia-de-los-ejidos-y-las-comunidades-rurales-en-la-estructura-soc ial-de-México. Acceso 05 octubre 2022.

2 Ibíd.

3 https://www.gob.mx/ran/

4 GUÍA ÉTICA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE MÉXICO; GALVÁN Ochoa, Enrique et. al; Ciudad de México, noviembre de 2020.https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/594790/GMX_GUIA_ETI CA.pdf

5 Ibíd.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a los 11 días del mes de octubre del 2022.

Diputado Armando Reyes Ledesma (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR y a diversas autoridades del estado de Baja California a capacitar, investigar y emitir las sentencias con base en la perspectiva de género, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Amalia Dolores García Medina, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La perspectiva de género no es una moda de la cual las autoridades pueden o no hacer uso. Los impartidores de justicia deben tener conocimiento pleno de lo que la perspectiva de género significa, para que los procesos y sentencias sean justas.

El 12 de diciembre de 2019 en la colonia Santa Rosa, los servicios de emergencia acudieron a una llamada de emergencia, en el lugar encontraron a Alina Narciso una mujer policía del municipio de Tijuana, que presentaba muestras visibles de las agresiones (frente hinchada, sangre seca en los labios, moretones en cachetes, un seno y tórax; además de señales de un posible estrangulamiento, por las marcas que presentaba en el cuello) que había recibido por parte de su pareja y también superior jerárquico con el que vivía en dicho domicilio.

Al llegar al domicilio también encontraron a Luis Rodrigo, pareja de Alina, quien de acuerdo con lo que ella comentó se encontraba bajo los efectos de sustancias nocivas (lo cual más tarde con el cateo a la casa e investigación, se comprobó que consumió cocaína). Luis Rodrigo estaba muerto a causa de un arma de fuego, su pareja le había disparado en legítima defensa como había declarado; las muestras de las agresiones y violencia quedarían como antecedente de este hecho.1 Sin embargo, la Fiscalía General del estado desestimó estos hechos y pese a que la hoy sentenciada, indicó que fue la única manera que encontró de salir con vida de aquella situación al defenderse de su agresor, y no terminar como un feminicidio más, las autoridades no la escucharon y el proceso se llevó a cabo sin tomar en cuenta la perspectiva de género.

Para entender este concepto, a continuación, cito a qué se refiere la perspectiva de género de acuerdo con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicarla Violencia contra las Mujeres: “Cuando se habla de perspectiva de género, se hace alusión a una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres se dan no solo por su determinación biológica, sino también por las diferencias culturales asignadas a los setes humanos”.2 El analizar una situación desde esta perspectiva nos permite entender a profundidad la vida de las mujeres y los hombres y su relación entre ambos; así como cuestionar los estereotipos con que fuimos educados, así como lograr ejecutar de manera imparcial investigaciones, así como la impartición de justicia.

Este caso ha conmocionado a la opinión pública, ya que la inculpada era subordinada de su agresor y su pareja sentimental, lo que la ponía en estado de vulnerabilidad mayor; la hoy sentenciada, es originaria de Córdoba Veracruz, trabajaba en Tijuana como policía. Pese a que el caso inició en 2019, se convirtió en un caso mediático ya que los certificados de integridad física que le realizaron a Alina al momento de ser detenida indicaron de manera detallada las lesiones que presentaba, sin embargo, el anterior fiscal Hiram Sánchez Zamora en una entrevista realizada en 2019, mencionó que era falso y que ella no presentaba golpes.

Para octubre de 2020 la alcaldesa Karla Patricia Ruiz Macfarland, quien es la primera mujer en este cargo, inauguró la Plaza del Policía III, participando junto con elementos de la corporación policial y residentes de la colonia Cacho, realizaron un reconocimiento y develaron una placa conmemorativa con foto en honor Juárez Arellanes.

Este 2022 el 4 de octubre, se dictó sentencia para Alina y a pesar de que la Fiscalía General del estado pidió la pena máxima, el juez le dio 45 años de prisión, sin tomar en cuenta las pruebas, la vulnerabilidad de la joven, así como el contexto domestico que vivía con el hoy occiso; es decir fue juzgada sin perspectiva de género, como lo indica Harlene Arriaga, presidenta de la Barra de Abogadas María Sandoval de Zarco.3

La joven es condenada por asesinar a su agresor en defensa propia, el mensaje que se está mandando con esta condena es muy grave, la justicia no debe estar del lado de quien tenga mayor jerarquía en el proceso o de quien su nombre pese más, la justicia debe ser imparcial, y en este caso hay muchas dudas sin resolver.

La joven lo dijo al final de la sentencia: “Agradezco a la fiscalía y a este juzgador que abonaron a mi teoría de que este sistema machista favorece a los hombres”.4

La justicia debe ser para todos, sin embargo, se debe aplicar de acuerdo con las necesidades de cada caso, para que sea justa e imparcial.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. – La Cámara de Diputados emite un exhorto al titular de la Fiscalía General de la República a que haga uso de su facultad de atracción para que investigue el caso de Alina Narciso -policía municipal de Tijuana- y se lleve el proceso con perspectiva de género.

Segundo. – La Cámara de Diputados emite un exhorto a la alcaldesa de Tijuana, para que garantice que acompañará a Alina Narciso -policía de su municipio- en los recursos jurídicos a los que haya lugar, con el fin de asegurar que su caso contará con el análisis de perspectiva de género que se requiere, para que se pueda acceder a una sentencia justa.

Tercero. - La Cámara de Diputados emite un exhorto al titular del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Baja California, para que analice y participe en el caso de Alina Narciso, proporcionando los recursos jurídicos a los que haya lugar, para que su caso sea analizado y juzgado con perspectiva de género.

Cuarto. - La Cámara de Diputados emite un exhorto al titular de Fiscalía General del estado (FGE) de Baja California, para que capacite a todo su personal sobre la perspectiva de género y garantice que los casos que lo ameriten serán tratados desde esta perspectiva, con personal capacitado que investigue sin que interfieran sus creencias personales.

Quinto. - La Cámara de Diputados emite un exhorto al Poder Judicial del estado de Baja California para que garantice la perspectiva de género en el proceso judicial y emisión de sentencias.

Notas

1 Noticieros Televisa. (2022). Juez da 45 años de cárcel policía de Tijuana que afirma que mató a su agresor en defensa propia. https://noticieros.televisa.com/historia/condenan-a-policia-alina-narci so-a45-anos-de-carcel/

2 Comisión Nacional para Prevenir y Erradicarla Violencia contra las Mujeres. (2022). ¿Qué es la perspectiva de género? www.gob.mx

3 El Financiero. (2022). Alina, policía de Tijuana, es condenada a prisión por asesinar a su agresor en defensa propia. https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2022/10/06/alina-policia-de -tijuana-es-condenada-a-prision.por-asesinar-a-su-agresor-en-defensa-pr opia/

4 Noticieros Televisa. (2022). Juez da 45 años de cárcel policía de Tijuana que afirma que mató a su agresor en defensa propia. https://noticieros.televisa.com/historia/condenan-a-policia-alina-narci so-a45-anos-de-carcel/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputada Amalia Dolores García Medina (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a hacer del conocimiento público las afectaciones a las áreas naturales protegidas, y al INAH, las afectaciones a las zonas arqueológicas en la ruta de construcción del Tren Maya, a cargo de la diputada María Macarena Chávez Flores, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada Macarena Chávez Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, haga del conocimiento público las afectaciones a las áreas naturales protegidas y al Instituto Nacional de Antropología e Historia las afectaciones a las zonas arqueológicas en la ruta de construcción del Tren Maya. Con base a la siguiente:

Exposición de Motivos

La tierra se estremece, el mar gime y el cielo llora

De lo general a lo particular es necesario tomar en cuenta el estado en que se encuentran los bosques de todo tipo, por todo el planeta, para ello es pertinente acudir a los organismos internacionales y a las organizaciones por la lucha en defensa del medio ambiente, pues son ellos quienes han trabajado durante décadas vigilando el avance del daño a nuestra madre tierra.

Posteriormente revisaremos en este mismo documento la situación de la selva Maya, su afectación a la fecha por el proyecto de construcción de infraestructura vial y ferroviaria planteándolo como motor de desarrollo inmobiliario, pues esta región verde es considerada por diferentes organismos internacionales, como el segundo pulmón de Hispano-américa después de la selva de las Amazonas en Brasil.

La destrucción de los bosques primarios aumentó un 12 % de 2019 a 2020.

De acuerdo con datos de la Universidad de Maryland publicados hoy en Global Forest Watch, en el 2020, los trópicos perdieron 12.2 millones de hectáreas de cobertura arbórea. De estas hectáreas, 4.2 millones, una superficie del tamaño de los Países Bajos, pertenecían a bosques primarios tropicales húmedos, los cuales son especialmente importantes para el almacenamiento de carbono y la biodiversidad. Las emisiones de carbono resultantes de esta pérdida de bosque primario (2.64 Gt CO2) equivalen a las emisiones anuales de 570 millones de autos, más del doble del número de autos que circulan por las carreteras de Estados Unidos.

En 2020, la pérdida de bosque primario fue un 12% mayor que el año anterior, y fue el segundo año consecutivo en que la pérdida de bosque primario empeoró en los trópicos.

El año 2020 debió ser un hito en la lucha contra la deforestación, pues fue un año en el que muchas empresas, países y organizaciones internacionales se habían comprometido a reducir a la mitad o detener por completo la pérdida de bosques. Las continuas pérdidas de bosques tropicales primarios dejan claro que la humanidad se ha quedado corta en el cumplimiento de estos objetivos.

Al igual que en años anteriores, la deforestación impulsada por los productos de consumo básicos fue la causa principal de la pérdida de cobertura arbórea (tanto en los bosques primarios como en los secundarios) en América Latina y el sudeste asiático, mientras que la agricultura migratoria fue la causa dominante en el África tropical. Adicionalmente, los incendios y otros impactos relacionados con el clima desempeñaron nuevamente un rol importante, tanto en los trópicos como fuera de ellos.1

La pérdida de bosques se mantuvo obstinadamente elevada en 2021

De acuerdo con los datos más recientes de la Universidad de Maryland, y disponibles en Global Forest Watch, en el 2021 los trópicos perdieron 11,1?millones de hectáreas de cobertura arbórea.

Los 3,75?millones de hectáreas perdidas en bosques tropicales primarios –áreas de importancia clave para el almacenamiento de carbón y la biodiversidad– son de especial preocupación. Estas pérdidas son el equivalente a un promedio de pérdida de 10?canchas de fútbol americano por minuto. La pérdida de bosques tropicales primarios en 2021 generó 2,5 Gt de emisiones de dióxido de carbono, lo que equivale a la emisión anual a partir de combustibles fósiles de India.

La taza de pérdida de bosques primarios en los trópicos se ha mantenido consistente a lo largo de los últimos años. Aunque los trópicos perdieron 11?% menos de bosques primarios en 2021 comparado con el 2020, eso ocurrió tras el incremento de 12?% de pérdida entre 2019 y 2020, debido principalmente a un incremento de pérdidas relacionadas con incendios.

Sin embargo, los bosques tropicales no son la única preocupación. Los bosques boreales (principalmente los bosques en Rusia) experimentaron una pérdida de cobertura arbórea sin precedentes en 2021, debido en gran medida a los incendios.

Estas tendencias destacan la cantidad de medidas que deben tomarse para logran los objetivos globales de deforestación cero. En la Declaración de los Líderes de Glasgow sobre los Bosques y el Uso del Suelo de 2021, 141?países se comprometieron de forma colectiva a “detener y revertir la pérdida de bosques para 2030”. Para cumplir este compromiso, será necesario que la pérdida de bosques disminuya consistentemente cada año durante el resto de la década, una disminución que todavía no está ocurriendo en todos los trópicos. Las excepciones están ocurriendo en países determinados, sobre todo en Indonesia y Malasia, donde la pérdida de bosques primarios ha disminuido considerablemente en los últimos años, y países como Gabón y las Guayanas, que perdieron 1?%, o menos, de sus bosques primarios en las últimas dos décadas.

El ejemplo positivo de Indonesia

Indonesia redujo la pérdida de bosques primarios por quinto año consecutivo

La tasa de pérdida de bosques primarios en Indonesia continuó decreciendo en 2021 por quinto año consecutivo, con una disminución de 25?% en comparación con 2020. Un año más de descenso es motivo de celebración e indica que Indonesia va en la dirección correcta para cumplir algunos de sus compromisos climáticos. El año pasado, Indonesia actualizó su plan nacional de clima (NDC) con el compromiso de reducir las emisiones de los sectores de bosques y de uso de suelo para convertirse en un sumidero de carbono neto para el 2030.

La tendencia de disminución también indica que los compromisos corporativos y las acciones gubernamentales están funcionando. Investigación reciente muestra que la deforestación relacionada con plantaciones de palma aceitera se encuentra en su punto más bajo en 20?años. Los compromisos de No Deforestación, No Turba y No Explotación (NDPE) abarcan ahora el 83?% de la capacidad de refinado de aceite de palma en Indonesia y Malasia, y más del 80?% de la industria de la pulpa y papel en Indonesia. La Mesa Redonda sobre Aceite de Palma Sostenible reforzó los requisitos de certificación sostenible en 2018 para prohibir la deforestación o tala de turberas.

El descenso también refleja los esfuerzos por parte del gobierno de Indonesia para reducir la pérdida de bosques. El Ministerio de Ambiente y Silvicultura incrementó el monitoreo de incendios y los esfuerzos de prevención luego de los incendios generalizados de bosques y de turba en 2015. El gobierno también emitió una moratoria permanente de la conversión de bosques primarios y turbas, y amplió el mandato de la Agencia de Restauración de Turbas para incluir la protección y restauración de manglares y turbas. Los manglares son ecosistemas importantes para la biodiversidad y para regular los impactos de eventos climáticos extremos.

Si bien Indonesia tiene motivos para celebrar el quinto año consecutivo de disminución en la pérdida de bosques, el país deberá reforzar las medidas de protección de bosques para mantener esta tendencia positiva. Los precios del aceite de palma, que tienden a estar correlacionados con la deforestación asociada con las plantaciones de aceite de palma, comenzó a crecer en 2020 y ahora está en su punto más alto en 40?años. La suspensión temporal de la emisión de permisos para nuevas plantaciones de aceite de palma no se renovó el año pasado, lo que permitió que se expandieran las plantaciones en respuesta al incremento de precios.

Además, el gobierno de Indonesia revocó recientemente cientos de permisos para operaciones de explotación forestal, plantaciones y actividades mineras en áreas de bosques. Si los permisos se redistribuyeran a comunidades locales e indígenas para la gestión forestal comunitaria, las revocaciones podrían demostrar ser un hito importante en el camino hacia un reconocimiento mayor de los derechos tradicionales y la protección de bosques. No obstante, también cabe la posibilidad de que estas áreas se reasignen a empresas y se talen rápidamente, lo que resultaría en una mayor pérdida de bosques.2

2022 el ejemplo negativo de México

La situación de la selva en la región compuesta por Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo presenta focos rojos. Es tristemente el caso de nuestro país que, a diferencia del ejemplo de Indonesia, y a través de las decisiones de nuestro gobierno, que la ruta de la llamada mega-obra Tren Maya fue trazada sin un verdadero estudio de impacto ambiental, no hubo un verdadero análisis del daño y del costo ecológico, económico, social, y político que esto traería.

Con la construcción del Tren Maya, no se va a tirar un sólo árbol sino al contrario, serán sembradas un millón de hectáreas de árboles frutales y maderables para así cuidar el medio ambiente, aseguró el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Estas declaraciones hechas en torno a la presentación del proyecto Tren Maya, en medio de una ceremonia colmada de argumentos y promesas con la finalidad de ganar el apoyo de la sociedad mexicana en cuanto a la construcción del medio de transporte que más daño ha representado para México históricamente.

A continuación, algunos de los problemas que se han registrado hasta la fecha;

• Deforestación de 2 mil 500 hectáreas de selvas húmedas y secas.

• Conflictos sociales por tenencia de la tierra 53% del trazo del Tren Maya se encuentra sobre terrenos ejidales.

• Generación de ruido que puede afectar particularmente la orientación de los murciélagos.

• Desabasto de agua en la zona de Calakmul.

• Pérdida de hábitat, fragmentación, atropellamiento y bloqueos de paso de fauna.

El gobierno federal se ha destacado hasta la fecha por la opacidad en la que ha envuelto los datos previos y los datos resultado de la construcción de esta obra, hay un reporte por vía de fuentes con un origen en organizaciones por la defensa del medio ambiente en que, 83 defensores del ambiente y el territorio, fueron asesinados entre 2012 y 2019 ligados de manera directa o indirecta al caso de la construcción del Tren Maya.

El estado de Quintana Roo será surcado por el trazo de la ruta del Tren Maya la cual contempla tocar cuevas y cenotes de formación milenaria, a lo que los especialistas arqueólogos y otros sectores elevan casi día a día con el clamor de “ALTO AL TREN MAYA” la petición en lo general es que se considere la modificación de la ruta del proyecto, pues el riesgo pende sobre “uno de los sitios arqueológicos subterráneos más importantes” en toda la región. Todo tipo de construcción en áreas ubicadas dentro de bosques y selvas, y su paralela urbanización, conlleva afectaciones de profundas hasta devastadoras, es así como la construcción de este proyecto por su propia naturaleza carente de una correcta planeación, llevará tanto a los ecosistemas y su biodiversidad, como a la conservación de la fauna y de los mantos acuíferos, -los cuales son fundamentales para el atractivo turístico y para la naturaleza- a un colapso irreversible.

Diferentes voces además de los protectores de la naturaleza han expresado su indignación y su preocupación, es el caso de destacados arqueólogos como Leonardo López Luján, quien se tomó el tiempo necesario para plantear en redes sociales que se encuentra “en riesgo uno de los sitios arqueológicos subterráneos más importantes de Quintana Roo por el nuevo trazo del Tren Maya. El trazo recién propuesto cruzaría los sistemas de cuevas más grandes de México, como el Garra de Jaguar”.

Es innecesario mencionar que, de la mano con la afectación a las áreas naturales protegidas, el costo en cuanto a la devastación a los vestigios arqueológicos es transmitido a toda la humanidad por ser la Cultura Maya y sus rastros históricos considerados dentro del patrimonio histórico-cultural de la humanidad a lo cual la historia y nuestros descendientes nos lo van a reclamar por ser hoy día nuestra responsabilidad.

A la fecha de elaboración de este exhorto, no existen datos reales ni confiables por parte de Segob, Secretaría de Turismo ni de Semarnat en cuanto a las peticiones ciudadanas relativas al estado de las afectaciones y el ecocidio causado por la construcción del Tren Maya.

Por lo tanto y con base en los argumentos expuestos, es que someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura, exhorta al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, haga del conocimiento público las afectaciones a las áreas naturales protegidas y al Instituto Nacional de Antropología e Historia las afectaciones a las zonas arqueológicas en la ruta de construcción del Tren Maya.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 11 de octubre de 2022.

Diputada Macarena Chávez Flores (rúbrica)

FUENTES

Cibergrafía

1 https://www.globalforestwatch.org/blog/es/data-and-research/datos-globa les-de-perdida-de-cobertura-arborea-2020/

2 https://www.globalforestwatch.org/blog/es/data-and-research/datos-globa les-de-perdida-de-cobertura-arborea-2021/

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SCJN y al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México a intervenir ante las evidentes irregularidades cometidas por servidores públicos del Poder Judicial en el asunto concerniente al predio ubicado en Calzada de la Virgen y Canal Nacional, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se al Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a intervenir ante las evidentes irregularidades cometidas por servidores públicos del Poder judicial en el asunto concerniente al predio ubicado en Calzada de la Virgen y Canal Nacional, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. El día 22 de Junio del 2015, ROSA CARRILLO DAGDA, acompañada por varias personas ocupó de manera ilegal el terreno ubicado en Calzada de la Virgen y Canal Nacional, colonia Unidad CTM Culhuacán, Alcaldía de Coyoacán Ciudad de México, argumentando que ella era la propietaria y que tenía sus escrituras de propiedad sobre el referido inmueble y de inmediato cercó dicho terreno con malla ciclónica.

Segundo. El terreno antes indicado es propiedad de la Ciudad de México, pues forma parte de los terrenos que pertenecieron al ejido del Poblado de Tomatlán de la delegación de Iztapalapa Ciudad de México (este poblado de Tomatlán se ubica en Iztapalapa pero su ejido se ubicó en Coyoacán) y fueron expropiados a favor del entonces Departamento del Distrito Federal en el año de 1965, el cual se ubica en la franja que limítrofe al Canal Nacional y que en el propio decreto se destinó para áreas deportivas, por lo que en dicho terreno desde el año antes citado, es decir, 1965, siempre ha existido una cancha de futbol soccer en la cual niños y jóvenes de Coyoacán e Iztapalapa siempre han practicado ese deporte y nunca nadie se había opuesto a esa práctica en razón de que como ya se dijo, ese predio es del Gobierno del Distrito Federal (hoy Ciudad de México).

Tercera. Por lo narrado en el numeral uno de este escrito, los ejidatarios del poblado de Tomatlán y los papás de los niños que practican el deporte indicado en dicho terreno, se opusieron al cercado del mismo, por lo que fue necesaria la presencia de las autoridades de la Agencia del Ministerio Público Coy. 5, quienes al día siguiente de lo sucedido y en una mesa de negociaciones que se llevó a cabo en las propias oficinas de dicha agencia, manifestaron que a fin de evitar problemas y durante el tiempo que duraran las investigaciones quedaría el citado terreno bajo su resguardo y trasladándose al mismo, procedieron a sacar a los trabajadores de la señora Rosa Carrillo Dagda y a colocar sellos y cinta de resguardo alrededor de dicho terreno.

Cuarto. Con posterioridad los trabajadores de la señora mencionada volvieron a ingresar al terreno y en la agencia del Ministerio Público de Coyoacán, informaron a los ejidatarios que la señora Carrillo Dagda acreditaba con una sentencia derivada de un Juicio de Prescripción Positiva tramitado ante el Juzgado Décimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal bajo el expediente número 59/12, el cual fue seguido por la señora Rosa Carrillo Dagda en contra de Paula Vargas Valverde y otros, la propiedad de dicho terreno. Al parecer lo anterior lo manifestó en la Indagatoria FCY/COY-2/T2/00742/15-06.

Quinto. Por lo anterior, los ejidatarios del poblado antes indicado, enviaron un escrito al entonces Jefe Delegacional en Coyoacán, en el cual le explicaron lo antes narrado y le solicitaron que defendiera ese terreno, que es propiedad del Gobierno del Distrito Federal y le adjuntaron a dicho escrito el oficio número 3653/98/DIIYSI de fecha 30 de septiembre de 1998, mediante el cual el entonces Director de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario del Distrito Federal le hace saber al Lic. LUIS BRAVO PÉREZ en ese tiempo SUBDELEGADO DE LOS CULHUACANES EN COYOACÁN, que el predio de referencia es propiedad del entonces Departamento del Distrito Federal. Asimismo, se giró otro escrito al Director de Patrimonio Inmobiliario mediante el cual se le solicitó que actualizara la información que se contiene en el oficio antes indicado. Del escrito antes indicado se le marco copia al C. Jefe de Gobierno.

Sexto. La entonces Delegación de Coyoacán, contestó a los ejidatarios mediante oficio DGJG/DJ/SAL/UDRT/188/15 de fecha 25 de Julio de 2015, firmado por el Licenciado Freddy Vergara Palomino Jefe de la Unidad Departamental de Regularización Territorial, en el cual les hizo saber que realizó “una consulta en el portal de ciudadmx.df.gob.mx de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, donde el inmueble motivo del presente se identifica con el Número de Cuenta catastral 160-539-10 y con uso de suelo de equipamiento (E), por lo que es aplicable lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.

Séptimo. El día 9 de octubre del año 2015, la entonces Directora General de Patrimonio Inmobiliario de la CDMX Licenciada Marlene Valle Cuadras envió al Licenciado José Valentín Maldonado Salgado, el oficio OM/DGPI/3384, en el cual después de proporcionar los antecedentes, le pide que inicie el procedimiento administrativo de recuperación del predio tantas veces indicado.

Octavo. En noviembre de 2015, vecinos de Coyoacán e Iztapalapa y al ver que las autoridades no hacen nada, tomaron el predio ya indicado, sin embargo, con posterioridad y con ayuda de la policía la C. ROSA CARRILLO DAGDA, nuevamente se metió al terreno y lo volvió a enmallar.

Noveno. La señora ROSA CARRILLO DAGDA, cuenta con un título de propiedad producto de un juicio de Prescripción positiva en el que ella fue la parte actora y los demandados fueron el Gobierno del Distrito Federal, la Dirección General de Regularización Territorial, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, así como cuatro particulares, el cual se tramitó ante el Juzgado Décimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal, bajo el expediente número 59/12, del cual se hizo una defensa muy deficiente pues para que opere la prescripción positiva respecto de un bien inmueble se requiere que la parte que lo promueve tenga la posesión del inmueble que pretende prescribir y en el presente caso la señora ROSA CARRILLO DAGDA, nuca tuvo posesión alguna sobre dicho terreno, lo cual era muy fácil demostrar con una fe de hechos de algún notario público.

Décimo. El Gobierno de la Ciudad de México demandó en el año 2018 a ROSA CARRILLO DAGDA, bajo el expediente 564/2018, en el Juzgado Décimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad de México, la declaración judicial de que el Gobierno de la Ciudad de México es el legítimo propietario del inmueble ubicado entre las esquinas de Calzada de la Virgen, Candelaria Pérez y Calle de la Virgen, s/n, Colonia CTM Culhuacán, Alcaldía Coyoacán y la desocupación y entrega del Inmueble citado.

Décimo primero. Mediante sentencia de fecha 30 de noviembre de 2020, el Juez Décimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad de México resolvió declarar que el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO es propietario y, por ende, tiene pleno dominio sobre el bien de mérito; y por consiguiente se condenó a la enjuiciada ROSA CARRILLO DAGDA, a desocupar y entregar a la parte actora GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, el inmueble en cita.

Décimo segundo. Mediante sentencia de fecha 24 de junio de 2021, la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, bajo el toca 121/2021, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la demandada, confirmando la sentencia de primera instancia y condenando a la C. Rosa Carrillo Dagda al pago de costas en ambas instancias.

Décimo tercero. Inconforme con la resolución emitida por la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, la demandada promovió juicio de Amparo Directo, el cual fue admitido a trámite mediante proveído de fecha 24 de septiembre de 2021, ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil de la Ciudad de México bajo el número de expediente 427/2021.

Décimo cuarto. Mediante resolución de fecha 21 de abril de 2022, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil en la Ciudad de México otorgó el amparo y protección de la justicia federal a efecto de que: 1. Deje insubsistente la sentencia de veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, dictada en el toca 291/2021; 2. Dicte una nueva sentencia en la que conforme a los lineamientos establecidos en la ejecutoria, examine las ya mencionadas pruebas conforme a lo dispuesto por el artículo 402 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, esto es, las valore en su conjunto, atendiendo a las reglas de la lógica y la experiencia; exponiendo cuidadosamente los fundamentos de la valoración jurídica de cada prueba y fijando el resultado final de dicha valoración, determinando si con el resultado de ese análisis se probaron o no y en qué medida los hechos fundatorios de la acción reivindicatoria, así como si se acreditaron o no las excepciones y defensas opuestas. Medios de prueba sujetos a valoración: a) El Decreto Presidencial de 11 de agosto de 1965; b) El Decreto Presidencial de 27 de junio de 1970; c) Las copias certificadas de las constancias de juicio 59/2012; d) La prueba pericial emitida por los tres peritos. 3. Con plenitud de jurisdicción resuelva lo que en derecho proceda.

Décimo quinto. En cumplimiento a la ejecutoria de amparo, la Sexta Sala Civil de la Ciudad de México, mediante sentencia de fecha 20 de junio de 2022, determinó declarar infundada la acción interpuesta por el Gobierno de la Ciudad de México.

Décimo sexto. En virtud de lo anterior, el Gobierno de la Ciudad de México interpuso el recurso de inconformidad en contra del cumplimiento de la ejecutoria emitido por la Sexta Sala Civil, el cual se encuentra radicado ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil en la Ciudad der México, bajo el expediente 19/2022.

Décimo séptimo. Asimismo, el Gobierno de la Ciudad de México interpuso juicio de amparo directo en contra de la sentencia de fecha 20 de junio de 2022, emitida por la Sexta Sala Civil de la Ciudad de México, el cual se encuentra radicado ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil en la Ciudad de México, bajo el expediente 555/2022, mismo que se encuentra pendiente de resolver. Con fecha 12 de septiembre se turnó con el Magistrado Ponente J. Refugio Ortega Marín.

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, al Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a intervenir ante las evidentes irregularidades cometidas por servidores públicos del Poder judicial en el asunto concerniente al predio ubicado en Calzada de la Virgen y Canal Nacional.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a intervenir ante las evidentes irregularidades cometidas por servidores públicos del Poder judicial en el asunto concerniente al predio ubicado en Calzada de la Virgen y Canal Nacional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de las entidades federativas a armonizar su marco normativo, a fin de establecer en sus legislaciones correspondientes protección a periodistas y personas protectoras en derechos humanos, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Gina Gerardina Campuzano González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes:

Consideraciones

En México, de acuerdo con reporte de la organización internacional Global Witness, registró en la última década el asesinato de 154 activistas ambientales, 131 de ellos entre 2017 y 2021. Casi la mitad de los activistas asesinados en México eran indígenas, y los conflictos por la tierra y la minería estuvieron relacionados en dos tercios de estos homicidios, y esa misma proporción de asesinatos se concentraron en Oaxaca y Sonora.1

Tan sólo en 2021, México fue el país con mayor número de asesinatos de este tipo, al sumar 54, por encima de los siguientes: Colombia, con 33 asesinatos, Brasil, con 26 asesinatos, Filipinas, con 19 asesinatos.2

De entre los casos, está el de José Santos Isaac Chávez, opositor a un proyecto minero en Jalisco y asesinado en 2021. Dirigente indígena y abogado, era candidato a encabezar el comisariado ejidal de Ayotitlán.3

Global Witness advierte también sobre las desapariciones forzadas de activistas ambientales, dice, para sembrar el temor entre familias y comunidades, de las cuales documentó 19 en el año pasado. Sostiene que las desapariciones son perpetradas por funcionarios estatales corruptos y grupos de la delincuencia organizada.4

Se refiere en particular al caso de 10 hombres desaparecidos en julio de 2021 en territorio yaqui, en el sur de Sonora, y al hallazgo de los restos de 6 personas en la zona, en septiembre del mismo año.5

Un par de periodistas asesinados más y 2022 será el año más sangriento del siglo XXI para el gremio de comunicadores mexicanos; a la fecha, van 11 homicidios relacionados con la labor periodística, según datos de la organización artículo 19. Pese a ello, 13 estados de la República no cuentan con leyes de protección en materia.6

Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Guerrero, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas son las entidades federativas sin legislaciones propias sobre seguridad para defensores de derechos humanos e informadores.7

No obstante, el total de estados sin mecanismos de protección para dichas personas asciende a 17, porque cuatro de los 19 territorios con leyes enfocadas en el tema no contemplan tal figura, de acuerdo con estudios realizados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.8

De acuerdo con Luis Knapp, coordinador de Defensa en artículo 19, menciona que existan leyes así brinda certeza jurídica y amparo a los periodistas y defensores ante el contexto de riesgo y violencia prevalente en su trabajo, sin embargo, no asegura un ejercicio de su labor sin riesgo y sin agresiones.9

Múltiples esfuerzos se necesitan para resguardar la actividad periodística y el activismo en favor de los derechos humanos, agregó el especialista; de entrada, que las autoridades cumplan cabalmente sus funciones, dijo, así como coordinación entre cada nivel de gobierno federal, estatal y municipal.10

“El que exista una legislación así es un paso a favor, pero no es una solución. Las soluciones para tratar de afrontar este clima de violencia e inseguridad contra periodistas requieren muchos esfuerzos, y no solo de una institución o una autoridad, sino un trabajo de Estado”.11

Un mecanismo de protección local tampoco es una solución porque las agresiones contra periodistas y defensores, en su mayoría, provienen de servidores públicos pertenecientes a los municipios o estados.12

Se necesita una estructura normativa homologada a nivel estatal para proteger a los defensores y a los periodistas, pues el mecanismo nacional de Segob no basta para la terrible cantidad de ataques y de asesinatos vistos en la actualidad, aseveró en entrevista Kenia López Rabadán, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República.13

De acuerdo con Luis Knapp, al no existir una ley, pues, las autoridades dicen “bueno, yo no estoy obligado a nada, no hay ninguna ley, no hay ninguna norma que me obligue a hacer esto’. Entonces, las autoridades tienen ahí un incentivo perverso para lavarse las manos”.14

Tres son los principales problemas de las leyes estatales en materia, abundó: agresores dentro de los mecanismos de resguardo, falta de coordinación entre las autoridades locales y federales y poco presupuesto destinado para su operación.15

A pesar de que 2022 ya es, con al menos 15 periodistas asesinados en 9 meses, el año más letal para periodistas en México desde que se tiene registro, el nuevo Proyecto de Egresos 2023 prevé un aumento mínimo para la fiscalía encargada de investigar los ataques a la prensa.16

De acuerdo con datos de la Secretaría de Hacienda, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) proyecta un presupuesto de 16 millones 272 mil pesos.

Esta cifra supone en términos reales, es decir, calculando ya la inflación, un aumento del 5 por ciento. Sin embargo, en términos prácticos se trata de un aumento de apenas 800 mil pesos más en comparación con el presupuesto que se solicitó para este 2022.17

De hecho, el presupuesto de la FEADLE es, junto al de la Fiscalía especializada en investigar delitos contra las personas migrantes (con unos 3 millones de pesos), uno de los más bajos en toda la Fiscalía General de la República (FGR), a pesar de que organizaciones como artículo 19, Amnistía Internacional o Reporteros Sin Fronteras llevan años catalogando a México como uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo, y como un país donde prevalece la impunidad, ya que de 140 mil investigaciones abiertas entre 2010 y 2018 por crímenes en contra de comunicadores, solo se han obtenido 10 sentencias condenatorias, lo que arroja unos niveles de impunidad superiores al 99 por ciento.18

Cabe señalar que esta Fiscalía especializada tiene como responsabilidad investigar los homicidios, desapariciones y ataques en contra de periodistas y también de activistas y defensores de derechos humanos, otro sector muy golpeado por la violencia.19

Por ejemplo, 2021 fue el año más violento para defensores ambientales en México con 25 asesinatos, mientras que en lo que va del sexenio de Andrés Manuel López Obrador suman al menos 58 personas defensoras ambientales asesinados, de acuerdo con datos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).20

Es por ello, que presento el presente exhorto para que los congresos de las entidades federativas armonicen su marco normativo a fin de establecer en sus legislaciones correspondientes protección a personas periodistas y personas protectoras en derechos humanos y los que han sido omisos en legislar en esta materia, expidan su Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Por lo antes expuesto y fundamentado, someto respetuosamente a la consideración de esta Honorable Asamblea para pedir la solidaridad de ustedes para que los congresos de las entidades federativas armonicen y expidan su ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, por lo que me permito proponer, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a los congresos de las entidades federativas, para que dentro de sus atribuciones y facultades, armonicen su marco normativo a fin de establecer en sus legislaciones correspondientes protección a personas periodistas y personas protectoras en derechos humanos y los que han sido omisos en legislar en esta materia, expidan su Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Notas

1 Texto íntegro: México el más letal para activistas y periodistas; Estados sin leyes en protección a defensores, Por Editor_Pxp, punto por punto, consultado por última vez el 02 de octubre de 2022 en https://www.puntoporpunto.com/noticias/politica/13-estados-de-la-republ ica-sin-legislaciones-en-materia-de-proteccion-para-defensores-de-dh-y- periodistas/

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Texto íntegro: México el más letal para activistas y periodistas; Estados sin leyes en protección a defensores, Por Editor_Pxp, punto por punto, consultado por última vez el 02 de octubre de 2022 en https://www.puntoporpunto.com/noticias/politica/13-estados-de-la-republ ica-sin-legislaciones-en-materia-de-proteccion-para-defensores-de-dh-y- periodistas/

5 Ibídem.

6 Ibídem.

7 Ibídem.

8 Ibídem.

9 Texto íntegro: México el más letal para activistas y periodistas; Estados sin leyes en protección a defensores, Por Editor_Pxp, punto por punto, consultado por última vez el 02 de octubre de 2022 en https://www.puntoporpunto.com/noticias/politica/13-estados-de-la-republ ica-sin-legislaciones-en-materia-de-proteccion-para-defensores-de-dh-y- periodistas/

10 Ibídem.

11 Ibídem.

12 Ibídem.

13 Texto íntegro: México el más letal para activistas y periodistas; Estados sin leyes en protección a defensores, Por Editor_Pxp, punto por punto, consultado por última vez el 02 de octubre de 2022 en https://www.puntoporpunto.com/noticias/politica/13-estados-de-la-republ ica-sin-legislaciones-en-materia-de-proteccion-para-defensores-de-dh-y- periodistas/

14 Ibídem.

15 Ibídem.

16 Ibídem.

17 Texto íntegro: México el más letal para activistas y periodistas; Estados sin leyes en protección a defensores, Por Editor_Pxp, punto por punto, consultado por última vez el 02 de octubre de 2022 en https://www.puntoporpunto.com/noticias/politica/13-estados-de-la-republ ica-sin-legislaciones-en-materia-de-proteccion-para-defensores-de-dh-y- periodistas/

18 Ibídem.

19 Ibídem.

20 Ibídem.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 3 días del mes de octubre de 2022.

Diputada Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, a través del SAT y en coordinación con el gobierno de Nayarit, a tomar medidas para prevenir, detectar, investigar y sancionar los actos de corrupción relacionados con la gestión de citas para atención a la ciudadanía, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que a través del Sistema de Administración Tributaria y en coordinación con el gobierno del estado de Nayarit tomen medidas para prevenir, detectar, investigar y sancionar los actos de corrupción relacionados con la gestión de citas para atención a la ciudadanía, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El 27 de mayo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos, en materia de combate a la corrupción”, mediante el cual se forma, entre otros, el artículo 113 constitucional, constituyéndose así el sistema nacional anticorrupción como la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y canción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

Adicional a la legislación secundaria en la materia, a nivel local se promulgó el decreto por el cual reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en la constitución política del estado libre y soberano de Nayarit, en materia de combate a la corrupción”. Entre otras disposiciones, el artículo 127 fija la creación del sistema local anticorrupción, siendo la instancia de coordinación entre las autoridades estatales y municipales en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos.

Estas disposiciones comprenden parte del andamiaje normativo que busca contrarrestar los efectos de la corrupción en el actuar gubernamental y sus profundos impactos en los servicios y condiciones que garantiza el gobierno a la ciudadanía.

Estas disposiciones se acompañan por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la cual está constituida como un organismo público descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica funcional y de gestión, especializado en materia tributaria, que proporciona de forma gratuita, ágil y sencilla servicios de orientación, asesoría, consulta, representación legal y defensa, investigación, recepción y trámite de quejas y reclamaciones contra actos u omisiones de las autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyentes, así como de acuerdos conclusivos como un medio alternativo para resolver de forma anticipada y consensuada las diferencias que durante el ejercicio de las facultades de comprobación surjan entre las autoridades fiscales los contribuyentes, o bien, para regularizar la situación fiscal de estos últimos.

Mediante la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente este organismo público cuenta con un marco normativo que le permite regular los derechos y garantías básicos de los contribuyentes en sus relaciones con las autoridades fiscales.

Lo anterior resulta relevante pues el gobierno federal y el gobierno local cuentan con un amplio número de instituciones, políticas y legislación que buscan reducir al mínimo la corrupción en el actuar gubernamental y respetar los derechos de las y los contribuyentes.

Frente a las denuncias que se han presentado en redes sociales, particularmente en el estado de Nayarit se busca dar eco a dicha situación para que las autoridades correspondientes solucionen y atiendan las denuncias de corrupción en el sistema de gestión de citas del Sistema de Administración Tributaria.

Estos actos reprobables realizados por parte de los trabajadores del SAT en Nayarit tienen como objetivo cobrar una cantidad de dinero injustificada para poder otorgarles una cita que requieren para cumplir con el pago de sus obligaciones, corrompiendo con la ley federal de los derechos del contribuyente en sus artículos art 2 fracción IX y el artículo 4.

Artículo 2o.- Son derechos generales de los contribuyentes los siguientes:

IX. Derecho a que las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran su intervención se lleven a cabo en la forma que les resulte menos onerosa.

Artículo 4o.- Los servidores públicos de la administración tributaria facilitarán en todo momento al contribuyente el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Desde la pandemia por covid-19 los actos de corrupción relacionados con las citas se han exacerbado a tal punto que resulta prácticamente imposible para la ciudadanía cumplir con sus obligaciones fiscales sin tener algún tipo de contacto con la corrupción.

Lo anterior es aún más preocupante, pues genera un impacto en las arcas públicas e incumple con lo estipulado en la normatividad en la materia que señala que las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran la intervención de los contribuyentes deberán de llevarse a cabo en la forma que resulte menos gravosa para éstos, siempre que ello no perjudique el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Ante estas denuncias se requiere que la autoridad fiscal realice las investigaciones internas pertinentes que permitan identificar de manera plena a las y los involucrados en dicho esquema, así como diseñar nuevos mecanismos transparentes y eficientes que permitan a la ciudadanía cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Finalmente, esta situación se ha visto reflejada en todo el territorio nacional e impacta profundamente en los bolsillos de las familias mexicanas.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al gobierno del estado de Nayarit para que en coordinación del Sistema de Administración Tributaria detecten, investiguen y en su caso sancionen las denuncias emitidas por los contribuyentes nayaritas sobre posibles actos de corrupción por parte del personal de la institución en el sistema de gestión de citas.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Servicio De Administración Tributaria del estado de Nayarit a reforzar sus sistemas de gestión de citas, de forma que sea mucho más transparente, eficiente y accesible para las y los contribuyentes

Tercero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría de la Defensa al Contribuyente a investigar y atender las denuncias emitidas por los contribuyentes nayaritas sobre posibles actos de corrupción en la designación de citas para trámites ante el Sistema de Administración Tributaria.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión,11 de octubre de 2022

Diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Oaxaca y a diversas autoridades a investigar y sancionar las suplantaciones de identidad dadas en el Registro Civil del estado de Oaxaca, alteraciones a la Base Nacional de Actas de Nacimiento y del Registro Nacional de Población, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Margarita García García, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo que exhorta al gobernador del estado de Oaxaca, a la Fiscalía General de la República, a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, a la Secretaría de Gobernación y al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, investigue y sancione las suplantaciones de identidad dadas en el Registro Civil del Estado de Oaxaca, alteraciones a la Base Nacional de Actas de Nacimiento y del Registro Nacional de Población, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Recientemente el Gobierno de México y esta soberanía hemos emprendido importantes esfuerzos para prevenir la suplantación de Identidad, prueba de ello, la discutida (y aprobada) miscelánea fiscal que implementa la obligación de todos los ciudadanos (mayores de 18 años) de inscribirse en el RFC precisamente para evitar estas prácticas ilícitas.

Esto es así, pues como parte de los Derechos Humanos reconocidos por la comunidad internacional se encuentra el Derecho a la Identidad, en donde el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés) reconoce el derecho a la identidad de las personas desde que nacen, a tener un nombre, nacionalidad, etcétera.

En el caso, de conformidad con el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar el derecho humano a la identidad de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que este derecho no puede entenderse únicamente como el nombre de la persona, sino en la integridad de sus atributos como lo son el patrimonio, capacidad, nacionalidad, estado civil, domicilio y familia, tal y como lo ha reconocido la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto para estar en condiciones de prevenir, investigar, sancionar y reparar de manera integral las violaciones que a este derecho humano se infrinjan.

Esto, dado que es un derecho humano contemplado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4, párrafo 8, que establece:

“Art. 8. ...

....

Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.”

Para dar cumplimiento a lo anterior, los Estados Unidos Mexicanos implementaron diversos planes y programas sobre el derecho a la identidad, entre ellos, el Gobierno Federal celebró Convenios de Coordinación y Colaboración para Implementar la Consulta e Impresión de Actas del Registro del Estado Civil de las Personas en Línea con las 32 entidades federativas; en cuyo marco se ha firmado una decena de Anexos de Transferencia de Recursos al Estado de Oaxaca, siendo el último el publicado el 26 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aportó el 70% de los recursos necesarios para el Fortalecimiento del Registro Civil del Estado de Oaxaca, mismos que conservan su naturaleza Federal.

Así mismo, el derecho a la propiedad también es un derecho humano que conforme la Declaración Universal de los Derechos Humanos, consiste en que toda persona puede usar, gozar, disfrutar y disponer sus bienes de acuerdo a la ley, el cual debe estar protegido por el Estado, por lo que nadie podrá ser privado, ni molestado en sus bienes, a menos que haya un juicio que cumpla con las formalidades esenciales del procedimiento; solo en caso de interés público y observado la debida indemnización, el Estado puede restringir el derecho a disponer de ella.

Este derecho humano a tener un patrimonio, como atributo del diverso derecho a la Identidad, también se encuentra plasmado en nuestra Constitución, en su artículo 27, que a la letra dice:

“Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.”

No obstante el Estado también podrá imponer modalidades de propiedad privada que tenga que ver con el interés público, además de la Constitución tenemos leyes secundarias que también velan por este derecho, como son el Código Civil y la Ley de Expropiación.

Se reconoce que las personas físicas pueden adquirir la propiedad de bienes inmuebles por sí mismas o por medio de sus representantes legales conforme las disposiciones aplicables.

Para ejercer este derecho frente a terceros, se acredita la propiedad mediante una escritura pública a nombre del propietario debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad, requisito indispensable para ostentarse públicamente como propietario y ejercer de manera real el derecho humano a la propiedad, como atributo de la identidad de las personas.

De igual forma la dependencia encargada de registrar y custodiar los datos del nombre como atributo del derecho a la identidad de una persona, es el Registro Civil, misma que es una institución de carácter público y de interés social, mediante la cual el Estado da fe pública, inscribe, registra, autoriza, certifica, da publicidad y solemnidad a los actos y hechos relativos al estado civil de las personas, expide las actas relativas al nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, matrimonio, divorcio, fallecimiento; asimismo inscribe las resoluciones que la ley autoriza, en la forma y términos que establezca el reglamento, proporciona información socio demográfica y asigna la Clave Única de Registro de Población.

Esto, sin soslayar que en su origen es la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad, quien tiene dentro de sus atribuciones asignar la Clave Única de Registro de Población, así como organizar, integrar y administrar el Registro Nacional de Población, el cual es alimentado con la Base de Datos Nacional de la Clave Única de Registro de Población y actualizado por la Base de Datos Nacional del Registro Civil, mismas que se integran, sincronizan y actualizan permanentemente a través de la conexión interestatal implementada por dicha Dirección General con los 32 registros civiles del país, el Instituto Nacional de Migración, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados y con la Secretaría de Relaciones Exteriores, relativo a la funciones que realizan en materia de registro civil y las oficinas consulares de México en el exterior.

Ahora bien, en relación con los citados artículos 8 y 27 de la Constitución, para ejercer el derecho de propiedad y poder tener una escritura pública que lo acredite, esta se debe hacer mediante un proceso en donde se solicita una serie de documentos, entre ellos documentos que acrediten la identidad de las personas como el acta de nacimiento que expide el Registro Civil.

El problema surge cuando las instituciones encargadas de realizar alguno de los registros antes mencionados, caen en actos de corrupción como es el caso de Oaxaca, en donde se han denunciado el robo de inmuebles mediante cambios de identidad en el Registro Civil.

Tal es el caso, en que con fines de despojo a los hermanos Herbé, Caleb y Ashmar de apellidos Gómez Conzatti y Martínez les fueron borradas sus identidades y suplantadas por otras que ya han sido dictaminadas falsas por la Fiscalía General de la República, para que no pudieran acreditar su personalidad ni la titularidad de 2 inmuebles en el Centro Histórico de la capital del Estado, de los cuales son copropietarios por donación hecha en vida ante Notario Público, por su padre Víctor Manuel Gómez Conzatti.

Estos inmuebles se encuentran inscritos en el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca (IFREO) quien, después de que en noviembre de 2020 le “fallara” quirúrgicamente el sistema, afectando únicamente los inmuebles donde los hermanos Gómez Conzatti son copropietarios, ya reconoció que desde 2012 constan en su sistema las escrituras de donación a favor de los señores Herbé, Caleb y Ashmar de apellidos Gómez Conzatti y Martínez.

Sin embargo, también en el Instituto Catastral del Estado de Oaxaca (ICEO) desaparecieron los expedientes de esos mismos 2 inmuebles de los que los Hermanos Gómez Conzatti son copropietarios, informando que los agraviados no tenían ningún inmueble y que supuestamente en 2011 fueron inscritas compraventas a favor del notario público Jorge Alberto Merlo Gómez y Elizabeth Shamosh Gómez, con escrituras del Notario 106, Alejandro José Vidaña Luna, aunque después se comprobó que el último movimiento no fue en 2011 sino en enero de 2021 y que el Jefe de la Unidad Jurídica del ICEO, José Antonio Lara Rodríguez declaró en falsedad ante la Fiscalía General del Estado de Oaxaca con información que no consta en el sistema ni en archivos de dicho Instituto. Cabe mencionar que José Antonio Lara quiso obligar a declarar falsamente al os trabajadores del archivo del ICEO y estos la negarse fueron despedidos injustificadamente.

Sobre esta situación se presentaron denuncias correspondientes ante la Fiscalía del Estado y la Fiscalía de la República, así como juicios de amparo para que el Registro Civil les rescriba y les restituya su identidad, quien a pesar de que se le ordenó por medio de un Juez de Distrito restituir los derechos fundamentales de los quejosos se negaron a ello.

Este es un ejemplo de la gran corrupción que existe dentro de estas oficinas del gobierno del Estado, ya que no es la primera denuncia pública que hacen sobre el Registro Civil, tal es el caso que en agosto del año pasado se hicieron públicos los cobros excesivos por actas de defunción, cuando el portal menciona que el costo es de $100 pesos, en el Registro se cobraban de 2,000 a 3,000 pesos.

Este caso documentado es la ventana a una problemática de interés nacional, y es que falsificar información en el Registro Civil trae una serie de consecuencias graves, ya que se transfiere información falsa a la Secretaria de Gobernación, quien es responsable de generar el Registro Nacional de Población y de la Base Nacional de Actas de Nacimiento, etc.

Cabe mencionar que Jorge Alberto Merlo Gómez es el responsable de la Notaría 135 de Nochixtlán, Oaxaca; fue Director del Registro Público de la Propiedad de Oaxaca en 2004; es señalado por alterar registros de nacimiento de menores de edad en otros estados de la República Mexicana, como es el caso de su propia hija a quien modificó, en el Registro Civil del Estado de Nuevo León el nombre de la madre de nacionalidad cubana, Patricia Rodda por Patricia Nani, ello con la consecuencia de privarla de sus derechos de mujer como el ejercicio de la patria potestad, etc.; es fundador de la Fundación Jorge Merlo cuyo domicilio, ha servido de fachada para salones de belleza e inmobiliarias como Taglio Constructora SA de CV, Serenity Spa & Beauty; está relacionado con otras empresas fachada como Nouvo Health and Beauty, Infraestructura Izcally SA de CV y con simulaciones de actos a través de la empresa Infra Logística Croacia SA de CV y su representante Héctor Alejandro Sánchez Piña; recientemente Jorge Alberto Merlo Gómez ha sido relacionado con la ejecución del Magistrado Enrique Pacheco Martínez, cuyos inmuebles tampoco aparecen en el Instituto de la Función Registral.

En el caso de los hermanos Gómez Conzatti y Martínez están comprobados la suplantación de identidad, la falsedad de claves únicas de registro de población, la alteración de la base nacional, el fraude inmobiliario y las falsedades de informes ante Juzgados de Distrito. Se pudo comprobar gracias a documentos que fueron solicitados al INE en donde se resguardan archivos con documentos personales de los ciudadanos cuando solicitan su credencial de elector y el Propio Registro Nacional de Población.

Además, en fechas recientes se difundieron en redes sociales videos y audios donde se aprecia, al ahora Coordinador de Enlace Municipal del ICEO, José Antonio Lara Rodriguez y otros servidores, solicitando a los trabajadores de archivo declarar falsamente sobre las investigaciones del caso de los hermanos Gómez Conzatti y Martínez y estos, al reusarse fueron despedidos injustificadamente y sin aviso alguno, impidiéndoles el acceso a su espacio de trabajo.

Pero lo más preocupante es la inacción del Fiscal General del Estado de Oaxaca, Arturo Peimbert Calvo, quien, ante el cúmulo de datos de prueba aportados por las víctimas en las carpetas de investigación, desde agosto de 2021 a la fecha, ha sido omiso en ejercer acción penal. Estas omisiones de la Fiscalía han permitido el perfeccionamiento de más ilícitos a través de más instituciones del Gobierno de Oaxaca, pues es el caso, que ahora Jorge Alberto Merlo Gómez desnuda nuevamente la red de corrupción en el Gobierno de Oaxaca y alega ahora ser el titular de los inmuebles propiedad de los Hermanos Gómez Conzatti y Martínez, por efectos de un laudo arbitral supuestamente dictado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca, en la que se hace pasar por trabajador y acreedor del padre de los hermanos Gómez Conzatti, pero que no existe en ningún archivo ni registro de dicha Junta.

Es así, como el notario 135 de Oaxaca, Jorge Alberto Merlo Gómez ha puesto al descubierto una elaborada red de despojo a través de una organización de hecho que incluye actos del Registro Civil, IFREO, ICEO, Catastro Municipal y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Oaxaca para ocultar el origen ilícito de bienes de naturaleza inmobiliaria que se despojan en ese Estado, pues denuncias anónimas de diversas víctimas han documentado la forma en como Jorge Alberto Merlo Gómez trianguló bienes inmuebles a través de su madre Martha Merlo Reyes, quien siendo ama de casa ha cumulado más de una decena de inmuebles en la Ciudad de Oaxaca, algunos de los cuales son transmitidos con posterioridad al notario 135 a través de la simulación de un embargo practicado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, en la que Jorge Merlo Gómez se hace pasar por trabajador de su madre. Y más aún, donaciones simuladas en 2019 ante la fe del mismo notario 106 de Cosolapa, Alejandro Vidaña Luna mediante las cuales despoja del inmueble sito en Belisario Domínguez 203, Colonia Reforma, Oaxaca, a los herederos de su hermano Víctor Manuel Gómez Merlo, fallecido en 2017, es decir, 2 años antes de celebrada la escritura.

El actuar reiterado de esta delincuencia ha quedado evidenciada también con la violación sistemática del derecho a la identidad en Oaxaca, así, el pasado 2 de julio de 2020 se dio a conocer que el Registro Civil dio muerte legal a 1,013 comuneros mixtecos de Santo Domingo Ixcatlán, Oaxaca, para despojarlos de sus tierras confabulados con el Registro Agrario Nacional y la Procuraduría Agraria, entre ellos declararon fallecidos y sepultados a 22 beneficiarios de la medida cautelar MC-113-08 concedida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los cuales se encuentran con vida.

Además, existen otros casos en los que los ciudadanos han sido víctimas de estas mafias que se apoyan en la fe pública de Notarios cómo el fedatario número 106 de Cosolapa, Oaxaca, Héctor Alejandro Vidaña Luna; 135, Jorge Merlo Gómez;100, David Vásquez Urdiales; 133, Rafael Avilés Alvares; 84, Jorge Zárate Ramírez, 38, Omar Abacuc Sánchez Heras, etc. a quienes las víctimas no han podido denunciar o simplemente la Fiscalía ha hecho caso omiso a las denuncias de falsificación de firmas, simulación de ventas, ante-fechados de actas notariales, otorgamientos falsos de poderes, etc.

Tal es el caso de un supuesto poder otorgado en la Cd. de Oaxaca por la Sra. María de Monserrat Chávez López ante el notario 38, Omar Abacuc Sánchez Heras el 25 de agosto de 2011, mediante el cual fue vendido un terreno de su propiedad en el Municipio de Huajolotitlán, Huajapan de León, Oaxaca a Daniel Lenin Chávez López, despojando de esta manera a su cónyuge y copropietario supérstite Alfonso Corro Sánchez, sin embargo, resulta que en esa fecha la poderdante se encontraba medicamente imposibilitada para otorgar dicho poder debido a la metástasis por cáncer terminal, falleciendo el 27 de ese mismo mes y año;

El mismo notario 38, fue quien formalizó en 2004 una doble venta de terrenos situados en Cuilapam de Guerrero, Oaxaca, despojando con ello a los pobladores y descendientes que habían adquirido desde 1951, terrenos que posteriormente fueron hipotecados para garantizar la libertad de la exdirectora del Archivo General de Notarias, Escarlett Vásquez Guerra, detenida por certificar documentos falsos utilizados en un litigio de terrenos propiedad de la empresa NOVOPAN DE MÉXICO SA DE CV, en el que con escrituras del notario 100, David Vásquez Urdiales, se llevó a cabo el mismo esquema de alteración de registros públicos y falsificación de escrituras, defraudando en aquella ocasión al Instituto Mexicano del Seguro Social.

Por último, nuevo escándalo se ha producido en Oaxaca a partir de la muerte del Dr. Gerardo Ricardez Bernardino a cuya viuda intentan despojar 7 terrenos en ese estado, mismos que presuntamente fueron vendidos a precios irrisorios ante la fe del notario 84, Jorge Zárate Ramírez a diversas personas, entre ellas a Roxana Amerlinck Pratz Jarquin, quien es pareja sentimental del Director del Instituto Catastral del Estado de Oaxaca, Jorge Zarate Medina.

Además de la inseguridad jurídica que reina en el Estado de Oaxaca, son de destacar las recientes ejecuciones en dicha entidad, en particular, el asesinato del magistrado de Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa de Oaxaca, Enrique Pacheco Martínez, ya que aunado al repudio que merece tal acción, toma especial relevancia para el caso: i. el hecho de que son los mismos notarios de Oaxaca, el 106, Alejandro José Vidaña Luna, el 135, Jorge Alberto Merlo Gómez (involucrados en el intento de despojo a los Hermanos Gómez Conzatti) y 100, David Vasquez Urdiales (por el caso de Novopan), los que se encuentran involucrados a esta ejecución, por notas informativas que adjudican al Magistrado ejecutado un escrito que pretende convertir a estos notarios sin mayor explicación en víctimas, y; ii.l Magistrado Enrique Pacheco Martínez era propietario de un valioso inmueble ubicado en el centro histórico de la Ciudad de Oaxaca, cuyo registro a desaparecido del Instituto de la Función Registral y del Catastro del Estado, que además colinda con uno de los inmuebles que se intenta despojar a los hermanos Gómez Conzatti y del que ahora tiene posesión el notario 133, Rafael Avilés Álvarez.

Después de varios años de denuncias públicas, demandas y quejas hace algunas semanas se ha comenzado a tomar importancia, tal es el Caso que el Congreso del Estado de Oaxaca llamó a comparecer al Fiscal General del Estado de Oaxaca en sobre estas tema el pasado 30 de agosto del año en curso, quien acepto que se encuentran 1467 carpetas de investigación abiertas por los delitos de despojo de inmuebles, delitos contra el patrimonio y suplantación de identidad de las cuales 200 son en contra de notarios, así mismo el Fiscal Especial en materia de combate a la corrupción confirmó que existen 5 carpetas de investigación contra funcionarios del Instituto Catastral y del Registro Civil por los delitos de abuso de autoridad, tráfico de influencias, ejercicio ilícito del servicio público, falsificación de documentos, fraude específico y suplantación de identidad, relacionados con el despojo de bienes en Oaxaca .

Ahora bien, confirmado estos hechos denunciados ante esta soberanía desde hace un año, el pasado 15 de septiembre de 2022 en la mañanera del Presidente, el subsecretario de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, Ricardo Mejía Berdeja detalló cómo opera este grupo criminal, señalando que el asesinato del magistrado Enrique Pacheco Martínez está vinculado con despojo de bienes inmuebles y con ello, el peligro que corren las víctimas de este delito.

Además, como fue dado conocer posterior a esta declaración realizada por el subsecretario de Seguridad Pública, el Gobernador del Estado de Oaxaca solicitó al Registro Civil de ese Estado una nueva revisión de los archivos y registros de esa institución, así como de las pruebas aportadas por las víctimas, de lo que se concluyó la preexistencia de los registros de nacimiento y la posterior supresión de identidad, ordenando por ello la reposición de las actas de nacimiento de los hermanos Gómez Conzatti después de dos años de haber interpuesto juicios por violación a su derecho humano a la identidad, cuyos daños deberán ser resarcidos de manera integral.

Como legisladores y garantes del cumplimiento de la ley, no podemos seguir permitiendo que este tipo de injusticias y actos de corrupción se sigan maquinando desde oficinas de gobierno que se crearon para garantizar derechos fundamentales del ser humano, sobre todo por la afectación que se da al patrimonio, a las familias y a las personas.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Fiscal General del Estado de Oaxaca, Arturo Peimbert Calvo, ejerza acción penal sobre las 200 carpetas de investigación en contra de fedatarios públicos y solicitar órdenes de aprehensión anunciadas el 30 de agosto en la comparecencia ante el Congreso del Estado de Oaxaca.

Segundo. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca vigile el actuar de los jueces y les otorgue las garantías necesarias a fin de que puedan determinar conforme a derecho de ser conducentes las ordenes de aprensión anunciadas por el Fiscal General del Estado de Oaxaca en las carpetas relacionadas a los delitos de despojo.

Tercero. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República para que a través de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada, y de la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción atraiga las carpetas de investigación correspondiente por los delitos de delincuencia organizada, operación con recursos de procedencia ilícita, cohecho, tráfico de influencias, falsificación de documentos, falsedad de declaraciones, y se ejerza acción penal en contra de personal de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Oaxaca, Notarios y servidores públicos por las alteraciones a la Base Nacional de Actas de Nacimiento y al Registro Nacional de Población a cargo de la Secretaría de Gobernación, cometidas al amparo del Convenio de Coordinación y Colaboración para Implementar la Consulta e Impresión de Actas del Registro del Estado Civil de las Personas en Línea, simulación de laudos y actos jurídicos, blanqueo de capitales de naturaleza inmobiliaria a través de escrituraciones notariales y los demás que se deriven.

Cuarto. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a que implemente medidas de seguridad en la integración, sincronización y actualización del Registro Nacional de Población a través de la Conexión Interestatal con el Registro Civil del Estado de Oaxaca, así como investigar los hechos descritos en la presente proposición y sancionar a los involucrados en dichos actos y realizar las denuncias penales que correspondan.

Quinto. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado de Oaxaca para que se investigue y en su caso retire las patentes a los notarios involucrados en los casos de suplantación de identidad y despojos; denunciados al interior del Registro Civil del Estado de Oaxaca; revisar las actividades e irregularidades del Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca; y las omisiones de la Consejería Jurídica, así como interponer las denuncias penales que correspondan.

Sexto. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado de Oaxaca instruya al Secretario de Finanzas, cumpla con sus obligaciones de vigilar, supervisar y practicar visitas de inspección del Instituto Catastral del Estado de Oaxaca a fin de garantizar en el ámbito de su competencia, los derechos humanos del Pueblo de Oaxaca, así mismo ordene la reinstalación de los trabajadores del archivo que fueron despedidos injustificadamente por no acceder a declarar falsamente dentro de las investigaciones que se han abierto por los hechos descritos en la presente proposición.

Bibliografía

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Amparo Indirecto 575/2020, radicado en el 2º Juzgado de Distrito del Décimo Tercer Circuito.

Amparo Indirecto 832/2020, radicado en el 8º Juzgado de Distrito del Décimo Tercer Circuito.

Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para la Modernización Integral del Registro Civil, que para el Ejercicio Fiscal 2017 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca. Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017.

Convenio de Coordinación y Colaboración para Implementar la Consulta e Impresión de Actas del Registro del Estado Civil de las Personas en Línea, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca. Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2016.

Página oficial de la UNICEF. https://www.unicef.org/mexico/informes/derecho-la-identidad

Página Oficial de RENAPO.

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Página Oficial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Recuperado de : https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derecho-la-propiedad

Revista mujeres (mayo20,2021) Mafia en Registro Civil borra identidad y roba inmuebles.

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Pedro Matías (2 de julio, 2021) Pagina 3 Recuperado de: https://pagina3.mx/2021/07/otra-mas-del-registro-civil-da-muerte-legal- a-mil-13-comuneros-mixtecos-para-despojarlos-de-sus-tierras/

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 11 días del mes de octubre de 2022.

Diputada Margarita García García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR a hacer públicos los informes sobre los contratos realizados por la APF en la última década con las empresas encargadas de la venta de la licencia y uso del malware vía Pegasus, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Amalia Dolores García Medina, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Pegasus se ha convertido en el caso de espionaje cibernético más grande y peligroso conocido hasta ahora. El Malware vía Pegasus se instala en el teléfono celular sin que la víctima se dé cuenta, a través de un mensaje invisible, el cual permite que puedan ingresar a todos los datos, desde documentos, fotos, contraseñas, incluso micrófono y cámara sin que la víctima se percate de nada de esto.1

La fundadora de la Organización Civil francesa Forbidden Stories, Sandrine Rigaud, explicó cómo es y cómo actúa el programa Pegasus: “Es totalmente invisible, así que no sabes si te atacan o cuándo te atacan”, menciona que, “si tu teléfono está infectado, básicamente, cuando este software espía se instala en tu teléfono, puede extraer cualquier cosa de él: fotos, correos electrónicos, códigos de acceso que hayas instalado. Incluso pueden ver los mensajes que intercambias en aplicaciones encriptadas, como Signal o WhatsApp, así que básicamente toda tu vida está en sus manos.ii

En una entrevista el 19 de julio de 2021, Edith Olivares, directora ejecutiva de Amnistía Internacional México, comentó que México es uno de los países más afectados por el uso de este malware; también mencionó que a pesar de que su contratación se llevó a cabo en el año 2017 bajo el gobierno de Enrique Peña Nieto expresidente de México, por la Fiscalía General de la República entonces encabezada por el licenciado Jesús Murillo Karam; la investigación realizada por Amnistía internacional y Forbidden Stories arroja que la actual administración no ha terminado el contrato con la compañía israelí NSO Group, lo que es realmente preocupante, ya que no existe hasta el momento ningún documento que aseguré que no se sigue usando recurso público para mantener el software.iii Más aún con las crecientes filtraciones por el hackeo a la Secretaría de la Defensa Nacional.

El 29 de septiembre de 2022, se dio a conocer el ciberataque más grande que del que ha sido protagonista el Gobierno de México. El grupo internacional de hackers denominado “Guacamaya”, conocido por haber burlado la seguridad virtual de otros países en Latinoamérica; envío seis terabytes de información que se compartió el portal de noticias Latinus. El portal reveló parte del contenido que recibieron, dando detalles que incluyen la salud del Presidente de la República, así como datos que van desde el 2016 hasta septiembre de este año; en los que se menciona la versión completa del “Culiacanazo”, la seguridad en las aduanas, así como el poder con el que cuenta el Ejercito en la actual administración, espionaje a colectivos feministas, entre otros.iv

Al mismo tiempo el día 4 de octubre del 2022, la empresa R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, Article 19 México y Centroamérica, y SocialTIC, que contaron con el apoyo del Citizen Lab de la Universidad de Toronto, en colaboración con Animal Político, Aristegui Noticias y la revista Proceso, dieron a conocer la investigación Ejército Espía en la que se revelan tres nuevos casos de espionaje en contra de periodistas y personas defensoras de derechos humanos en México, con el uso del malware Pegasus, de la empresa NSO Group entre 2019 y 2021, es decir, durante este sexenio.v

De acuerdo con el actual gobierno, el contrato con la empresa Pegasus venció en 2013, indican que los contratos encontrados son públicos, se tienen contabilizadas 37 solicitudes de información realizadas a través del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, esto declaró la Secretaría de la Defensa Nacional a través de un comunicado publicado el día 4 de octubre del presente año.vi

Sin embargo, de acuerdo con la investigación de la empresa R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, NSO Group ha recibido contratos públicos por 681 millones de pesos desde 2008 a la fecha; esto por medio de “30 empresas fachada constituidas en México, Panamá y Estados Unidos, así como una serie de transferencias de dinero entre compañías fachada. En este rubro destacan pagos de las compañías mexicanas a NSO Group y una transferencia adicional a las cuentas bancarias de Shalev Hulio, uno de los creadores del software espía y director ejecutivo de la compañía”.vii

Este ataque cibernético realizado por los hackers Guacamaya ha proporcionado evidencia de que el gobierno mexicano sigue utilizando el Malware vía Pegasus, para realizar espionaje contra periodistas, activistas de derechos humanos, e incluso políticos.

El 13 de octubre de 2021durante la comparecencia del titular de la Secretaría de la Función Pública, mencioné que la función fundamental de la secretaria es vigilar que los servidores públicos se apeguen a la legalidad durante sus funciones; esto es indispensable para cualquier administración, por lo que se requiere investigar, tener resultados y sancionar, para que no reine la impunidad; y con mayor razón en esta época donde las tecnologías de la información han diseñado mecanismos extraordinariamente patentes e invasivas en la vida de Las personas; en esa ocasión me refería al Malware vía Pegasus; en ese momento requería atención urgente y medidas que ahora son indispensables, para transparentar la información respecto a los contratos, sobre todo los adquiridos en la administración anterior, pero sobre todo en la actual.

El hackeo realizado por el grupo Guacamaya dejó al descubierto que el sistema Pegasus se sigue usando por el actual gobierno, así como por el ejército; y de acuerdo con Citizen Lab ha sido utilizado para el espionaje contra periodistas, activistas y personas defensoras de derechos humanos, políticos, entre otros.

Durante la comparecencia del secretario de la Función Pública realicé unas preguntas que ahora cobran vigencia y cito a continuación:

- ¿Cómo es que se dio esta adquisición, para los organismos de seguridad del Estado?

- ¿Cuáles eran los protocolos que normaban su actuación?

- ¿Quiénes deciden el manejo de este software? ¿Qué no era para la delincuencia y terrorista? sino que afecto a personas en nuestro país con un manejo político.

En octubre del 2021 esto parecía ser una herramienta que solo se había usado en la administración anterior, incluso el secretario Roberto Salcedo Aquino respondió que la investigación estaba abierta, y que sería la Fiscalía General de la República la encargada de dar a conocer los informes. Los informes existieron, sin embargo, no se mostró la finalización de contratos de manera definitiva y en ningún momento se informó que se realizarían nuevos contratos y el uso que se le daría.

La Constitución Política en el artículo 16, establece que nadie puede ser molestado en su persona, excepto con mandamiento judicial, es una garantía extraordinaria. México ha firmado la Alianza de Países Abiertos, para evitar el espionaje, lo cual es un delito y la opacidad y simulación en el tema, así como la inversión de recursos públicos y poder a las instituciones para la utilización de este malware, debe ser prioridad para el gobierno.

Dentro del programa anual de trabajo correspondiente al primer año de ejercicio de la LXV Legislatura, de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción (octubre 2021-agosto2022); propuse con fundamento en el artículo 152 del Reglamento Interior de la honorable Cámara de Diputados, poner a consideración de los integrantes de la Comisión, la creación de una subcomisión que dé seguimiento al caso del programa informático Pegasus. Sin embargo, al día de la presentación de este punto de acuerdo, no se ha llevado a cabo.viii

De acuerdo con el informe de transparencia y responsabilidad de NSO Group, publicado en junio de 2021, la compañía tiene 60 clientes en 40 países. En dicho informe la empresa creadora de Pegasus menciona que la finalidad de este programa es rastrear terroristas y criminales, la cuestión es que cada cliente define sus categorías como y contra quien usarlo. En nuestro país por ejemplo se demostró que se usó para vigilar Periodistas, activistas pro-Derechos Humanos, empresarios y políticos.ix

Las investigaciones realizadas por Amnistía Internacional y Forbidden Stories indican que tuvieron acceso a una lista de hasta 50 mil números seleccionados para ser infiltrados con este sistema de espionaje, de los cuales por lo menos 15mil de estos números corresponden a México.x

El 29 de julio de 2021 en un documento emitido por Amnistía Internacional le hace un llamado al gobierno mexicano en el cual “solicita a la Presidencia de la República revelar información sobre todos los contratos –pasados, vigentes o futuros- con NSO Group o con otras empresas privadas de vigilancia”.xi Al mismo tiempo menciona que los objetivos de esta vigilancia y hostigamiento pone en peligro su seguridad, libertad e incluso su vida. Existen casos como el del periodista independiente Marroquí Omar Radi o el defensor de los derechos humanos Anand Teltumbde que han sido encarcelados por la información recopilada de sus intervenciones telefónicas. En México en 2016 se descubrió que se investigaba a la periodista Carmen Aristegui, su equipo e incluso su familia incluyendo a su hijo menor de edad en ese momento; o el caso Jorge Carrasco, el director del semanario mexicano Proceso, quien de acuerdo con el Security Lab de Amnistía Internacional se descubrió que fue víctima en 2016 de un intento de infección por el software Pegasus, entre muchos otros defensores, activistas, periodistas, empresarios y políticos.

Forbidden Stories menciona que las autoridades estadounidenses indican que los cárteles del narcotráfico han tenido acceso a este programa con ayuda de funcionarios corruptos. John Scott-Railton funcionario de la DEA, Agencia Antidroga Estadounidense, menciona que varias empresas privadas de software han vendido sus programas a varios servicios de Policías Federales y de Estados mexicanos.xii

El uso y compra de instrumentos de vigilancia debe parar hasta que se cree un marco que lo regule en total apego a los Derechos Humanos. La información sobre este tipo de contratos, vigencia y terminación debe ser pública y en total apego a la ley, la cual deberá prevenir, delimitar y sancionar el abuso de este tipo de herramientas.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Fiscal General de la República para que haga públicos los informes sobre los contratos realizados por la administración pública federal en la última década hasta la actual administración con la empresa o empresas, encargadas de la venta de la licencia y uso del malware vía Pegasus u otros con la misma finalidad.

Segundo. - La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a Secretaría de la Función Pública del gobierno federal, para que haga pública la documentación que compruebe que las dependencias públicas cancelaron y/o suspendieron el uso del malware de espionaje como Pegasus y demás, así como las fechas de terminación de la vigencia contratada.

Tercero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República para que investigue, compruebe y sancione a servidores públicos, instituciones o quien resulte responsable, por los probables delitos de espionaje contra periodistas, personas activistas de derechos humanos y políticos por el uso del Malware Pegasus; desde el inicio del programa en 2016 a la fecha 2022.

Notas

i Amnistía Internacional. (2021). Proyecto Pegasus: Una filtración de datos masiva revela que el software espía de la empresa israelí NSO Group se utiliza para atacar a activistas, periodistas y figuras políticas en todo el mundo. Recuperado en:

https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/noticias/notic ia/articulo/proyecto-pegasus-una-filtracion-de-datos-masiva-revela-que- el-software-espia-de-la-empresa-israeli-nso-group-se-utiliza-para-ataca r-a-activistas-periodistas-y-figuras-politicas-en-todo-el-mundo/

iii Forbidden Stories. (2021). Espionaje en periodistas mexicanos: Una investigación sobre el rentable negocio del ciberespionaje . Recuperado de: https://forbiddenstories.org/es/espionaje-de-periodistas-mexicanos-una- investigacion-sobre-el-rentable-negocio-del-ciberespionaje/

iv Latinus. (2022) Loret capítulo 96.

https://latinus.us/2022/09/29/loret-capitulo-96/

v Amnistía Internacional (2022, 4 de octubre). Nuevos casos de espionaje con Pegasus en México no deben quedar en la impunidad https://amnistia.org.mx/contenido/index.php/nuevos-casos-de-espionaje-c on-pegasus-en-mexico-no-deben-quedar-en-la-impunidad/

vi Latinus. (2022, 4 de octubre). Sedena niega que se espíe a periodistas y activistas en el actual gobierno: “El contrato de Pegasus venció en 2013” https://latinus.us/2022/10/04/sedena-niega-espie-periodistas-activistas -actual-gobierno-contrato-pegasus-vencio-2013/

vii Aristegui Noticias. (2021). Pegasus Project: la red de empresas que vendió Pegasus al gobierno de Peña Nieto https://aristeguinoticias.com/2107/mexico/pegasus-project-la-red-de-emp resas-que-vendio-pegasus-al-gobierno-de-pena-nieto/

viii Programa anual de trabajo correspondiente al primer año de ejercicio de la LXV Legislatura. (2021) página 42 https://portalhcd.diputados.gob.mx/PortalWeb/Comision/5dd9143b-3d39-448 3-8818-deb1314a8282/ProgramaTrabajo/284d4f94-0aff-4adf-b762-0b63641dfb0 4.pdf

ix Forbidden Stories. (2021). Pegasus: La nueva arma mundial para silenciar a los periodistas . Recuperado de: https://forbiddenstories.org/pegasus-the-new-global-weapon-for-silencin g-journalists/

x Amnistía Internacional (2021, 29 de julio). Amnistía Internacional hace un llamado al gobierno mexicano a publicar el contrato con Pegasus y a legislar para proteger a la población de la cibervigilancia. Recuperado de: https://amnistia.org.mx/contenido/index.php/amnistia-internacional-hace -un-llamado-al-gobierno-mexicano-a-publicar-el-contrato-con-pegasus-y-a -legislar-para-proteger-a-la-poblacion-de-la-cibervigilancia/

xi Amnistía Internacional (2021, 29 de julio). Amnistía Internacional hace un llamado al gobierno mexicano a publicar el contrato con Pegasus y a legislar para proteger a la población de la cibervigilancia. Recuperado de: https://amnistia.org.mx/contenido/index.php/amnistia-internacional-hace -un-llamado-al-gobierno-mexicano-a-publicar-el-contrato-con-pegasus-y-a -legislar-para-proteger-a-la-poblacion-de-la-cibervigilancia/

xii Forbidden Stories. (2021). El Proyecto Pegasus. Recuperado de: https://forbiddenstories.org/es/espionaje-de-periodistas-mexicanos-una- investigacion-sobre-el-rentable-negocio-del-ciberespionaje/F

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2020.

Diputada Amalia Dolores García Medina (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al INPI a apoyar las peticiones de diversas comunidades indígenas de Chiapas, a cargo de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución , por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para que en el ámbito de sus atribuciones apoye las peticiones de diversas comunidades indígenas del estado de Chiapas , al tenor de las siguientes

Consideraciones

Por la cercanía con las personas y sus necesidades, el gobierno municipal y sus representantes, conforman uno de los pilares más importantes para la continuidad de la paz social y el bienestar común, en razón de que es a través de ellos que se externan las necesidades más sentidas de la comunidad.

Son los presidentes municipales, como representantes populares, quienes de primera mano escuchan este tipo de peticiones y en su calidad de líderes naturales, realizan las gestiones necesarias para el bienestar de sus pueblos.

Esta gestión, además de extenuante, resulta sumamente compleja, ya que deben lidiar no solo con la actividad administrativa de su encargo, sino que además deben buscar los canales mecanismos públicos para llevar sus peticiones a los oídos de diversas autoridades públicas.

Sin embargo, es común que por la apretada agenda de los servidores públicos, sea difícil instalar mesas de trabajo entre los diversos órdenes de gobierno para escuchar y atender las necesidades más básicas del primer eslabón de gobierno, en perjuicio de las comunidades que ven postergada en el tiempo la atención de sus demandas.

Ello resulta particularmente grave cuando se trata de comunidades indígenas, las cuales históricamente han sido olvidadas, convirtiéndolas en una población vulnerable que por su condición de pobreza extrema, requiere no solo de ser escuchada en el momento en que los líderes indígenas levantan la voz, sino además, de la atención inmediata de sus necesidades para combatir las desigualdades históricas a las que se enfrentan.

En ese sentido, el día de ayer, 10 de octubre de 2022, tuve la oportunidad de reunirme personalmente con los presidentes municipales de las siguientes comunidades:

Roberto Pérez Rodríguez
Presidente Municipal Constitucional de Chanal

Ignacio Álvarez Pérez
Presidente Municipal Constitucional de Huixtan

Jeronimo Luna Sánchez
Presidente Municipal Constitucional de Chalchihuutan

Angelina Diaz Mendez
Presidente Municipal Constitucional del Aldama

Así como con el Director General del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes y personal de esa dependencia, a quienes les expusimos las necesidades más sentidas de las comunidades indígenas de Chiapas, para darle a conocer el estado actual de dichos municipios, así como entregarle diversos documentos en donde se exponen claramente las peticiones que redunden en el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes ahí habitan y garantizar el estado de bienestar a que constitucionalmente tienen derecho.

Se considera que dicha reunión fue prolífica gracias a la abierta disposición del Director General del INPI, quien amablemente escuchó uno a uno a los presidentes municipales de las comunidades señaladas; sin embargo, también se estima que es necesario que este cuerpo legislativo haga un respetuoso llamado a esa Institución, para que los resultados de la reunión del día de ayer se materialicen en acciones que permitan llevar resultados a estas comunidades, tanto a través del Instituto, como de las propias actividades de la Cámara de Diputados, ya que este órgano legislativo también puede conforme a sus atribuciones constitucionales y legales dotar lo necesario a INPI y a nuestras comunidades indígenas.

El apoyo que hoy se pide ante esta H. asamblea, es el respaldo directo a nuestras comunidades indígenas y pueblos originarios, que solo será posible mediante el compromiso y esfuerzo colectivo de los tres ordenes de gobierno.

Por todo lo antes expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición de urgente u obvia resolución

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para que en el ámbito de sus atribuciones apoye las peticiones de diversas comunidades indígenas del estado de Chiapas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022

Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Nuevo León a que, en relación con la iniciativa que crea la Ley para la Atención, Protección e Inclusión de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo, publique la convocatoria con agenda de sesiones de trabajo y modalidad de participación de las personas con dicha condición, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, Héctor Israel Castillo Olivares, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El de 7 de junio de 2022, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró la invalidez del decreto número 323, que expide la Ley para la Atención y Protección de las Personas con Condición del Espectro y Trastornos del Neurodesarrollo para el estado de Nuevo León.1 Al considerar procedente y fundada la Acción de Inconstitucionalidad 255/2020.2

El resolutivo tercero de la citada resolución, establece que la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a los doce meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Nuevo León, en la inteligencia de que, dentro del plazo referido, previo desarrollo de la respectiva consulta a las personas con condición del espectro autista y trastornos del Neurodesarrollo, ese congreso deberá legislar en los términos precisados en los apartados VI y VII de esta ejecutoria.

Ahora bien, mediante oficio SGA/MOKM/210/2022 de fecha 13 de junio de 2022, se dio cuenta con los puntos resolutivos dictados y notificados al Poder Legislativo del estado de Nuevo León, el 8 de junio del presente año, y por el que se le requirió:

Informe sobre las acciones tendentes al cumplimiento dado al fallo constitucional, debiendo acompañar copia certificada de las constancias correspondientes, en la inteligencia, que la declaratoria surtirá sus efectos a los doce meses siguientes a la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Nuevo León, notificación que tuvo lugar el 8 de junio de 2022, por lo que a partir de esa fecha, el referido congreso quedó vinculado a desarrollar las referidas consultas a las personas con condición del espectro autista y trastornos del Neurodesarrollo.

Para dar cumplimiento al requerimiento mencionado, en sesión ordinaria de Congreso del Estado de Nuevo León del 3 de agosto de 2022, las diputadas Gabriela Govea López; Ana Isabel González González y el Ricardo Canavati Hadjópulos integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la LXXVI Legislatura y, la ciudadana Eunice Ileana Mares (sic), presentaron ante el pleno de dicha soberanía, iniciativa que crea la Ley para la Atención, Protección e Inclusión de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo, para el estado de Nuevo León, la cual consta de 16 artículos y 4 artículos transitorios.3 Turnada a las comisiones de Salud y Grupos Vulnerables

En la exposición de motivos del proyecto de iniciativa de ley en comento,4 se confirma el compromiso de sus proponentes para garantizar en su momento la realización de consultas y mesas de trabajo necesarias para lograr una legislación en términos de los apartados VI y VII de la ejecutoria del Tribunal Pleno y de igual, forma, la obligación del órgano transformador de leyes para adecuar la normativa vigente a las condiciones actuales que guarda el Estado y a las necesidades que se requieran para atender con prontitud las problemáticas sociales para su debida atención y solución oportuna.

En este contexto, el 13 de septiembre del presente año, la SCJN solicitó al Congreso del Estado de Nuevo León, otro requerimiento para efectos de informar en un término de 10 días, las acciones en vías de cumplimiento para legislar en la materia de espectro autista.

Como respuesta, en sesión ordinaria de fecha 26 de septiembre de 2022, la LXXVI Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, aprobó el acuerdo administrativo número 525, en los siguientes términos:

Único.- La LXXVI Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León , aprueba realizar mesas de trabajo en fechas por definir en donde se convoque a todas las personas con la condición del espectro autista y trastornos del neurodesarrollo, incluyendo a niñas, niños y adolescentes por conducto de sus legítimos representantes y a las organizaciones de la sociedad civil que se encuentren legalmente constituidas en nuestro Estado, especializadas en la atención a personas con la condición del espectro autista y trastornos del Neurodesarrollo, así como a las autoridades del sector salud y educativo del Estado competentes, para que manifiesten su opinión sobre el expediente 15524/LXXVI relativo a la iniciativa que crea la Ley Para la Atención, Protección e Inclusión de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo, para el Estado de Nuevo León.

Ahora bien, de acuerdo con el Centro de Investigación y Desarrollo en Ciencias de la Salud de la Universidad Autónoma del Estado de Nuevo León, el trastorno del espectro autista (TEA) es una condición neurológica y de desarrollo que comienza en la niñez y dura toda la vida. Las personas con este trastorno tienen dificultades para interactuar con otras, para comunicarse y aprender. El síndrome de Asperger integra la categoría del TEA, es decir, es un tipo de Autismo.5

En México se ha realizado un estudio de prevalencia del autismo en el país, lo cual arrojó que 1 de cada 115 niños estarían en esta condición. Este estudio fue financiado por Autism Speaks y también demostró que la mayoría de los niños con alguna condición, ubicada dentro del espectro autista, fueron detectados en escuelas regulares, sin que nunca hubieran sido siquiera diagnosticados.6

En este orden de ideas y como diputado federal por el Distrito 01 de Santa Catarina y San Pedro Garza García, Nuevo León; estoy convencido de la oportunidad histórica de las diputadas y diputados integrantes de la LXXVI Legislatura del Congreso del Estado, para legislar con perspectiva garantista e inclusiva en aras de incorporar a las personas con la condición del espectro autista y trastornos del neurodesarrollo a la vida plena y productiva del país y de nuestra entidad.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;7 V de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad y la Jurisprudencia del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es urgente garantizar para la realización de consultas en el maco del análisis, discusión y aprobación de la Iniciativa que crea la Ley para la Atención, Protección e Inclusión de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo, que sea accesible, adecuada, efectiva, informada, previas, pública y transparentes.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente Proposición

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la LXXVI Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León para que, en el ámbito de sus atribuciones y en el marco del proceso de consulta de la Iniciativa que crea la Ley para la Atención, Protección e Inclusión de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo, publique convocatoria con agenda de sesiones de trabajo y modalidad de participación de las personas con dicha condición, sus representantes legítimos, organizaciones que las representen, autoridades del sector salud y educativo en la entidad.

Notas

1 Publicada en el Periódico Oficial de la entidad, el 05 de agosto de 2020.

2 El 04 de septiembre de 2020, María del Rosario Piedra Ibarra, Presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Acción de Inconstitucionalidad contra el Decreto 323.

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2 020-11/Acc_Inc_2020_255.pdf

3 Iniciativa que crea la Ley para la Atención, Protección e Inclusión de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo, para el Estado de Nuevo León, Expediente No. 15524/LXXVI, 2022.

https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/iniciativas/ pri.php

4 Idem, p. 5.

5 Conozcamos del autismo. http://cidics.uanl.mx/nota-46/

6 Ibidem.

7 La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se integra de un Preámbulo, 50 Artículos y un Protocolo Facultativo; es el primer tratado internacional del Siglo XXI, el octavo sobre derechos humanos y el primero jurídicamente vinculante (obligatorio) sobre Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad; es claramente tributaria del modelo social y señala el vínculo entre las barreras sociales, la exclusión y las limitaciones al pleno goce o ejercicio de los derechos de las Personas con Discapacidad. Suscrita por el Estado mexicano el 30 de marzo del 2007; aprobada por el Senado de la República, el 27 de septiembre de 2007 y en vigor a nivel mundial a partir del 03 de mayo de 2008. Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. https://www.gob.mx/conadis/articulos/la-convencion-de-los-derechos-de-l as-personas-con-discapacidad

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 10 de octubre de 2022.

Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a la SHCP a garantizar suficiencia presupuestal permanente a Hidalgo en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, y se realice el pago de prestaciones laborales correspondientes al sector educativo, a cargo de la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Sayonara Vargas Rodríguez, diputada federal indígena del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente:

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación pública y de Hacienda y Crédito Público a realizar las acciones administrativas correspondientes para garantizar suficiencia presupuestal permanente a Hidalgo, en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo y se realice el pago de prestaciones laborales correspondientes al sector educativo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La asignación de los recursos en materia de educación es una de las principales variables que determinan el desarrollo y desempeño del sistema educativo. El proceso mediante el cual se formula el esquema de asignación de recursos y el financiamiento educativo es una etapa crucial del ciclo del presupuesto educativo.

Es en esta instancia donde se permite la reflexión sobre el gasto realizado previamente y las necesidades de recursos incrementales a futuro, con el propósito de desarrollar presupuestos sustentables en término de calidad, pero sobre todo, de equidad y justicia en el presupuesto y las prioridades de política educativa.

En este contexto de planificación del presupuesto se pueden presentar un conjunto de interrogantes que guían la asignación y el financiamiento de los programas educativos:

- ¿Cuánto nos están dando las niñas y niños? ¿Cuánto les estamos dando nosotros?

Las interrogantes anteriores, buscan poner a relieve dos temas que hacen ver que al estado de Hidalgo no se le están reconociendo los esfuerzos y logros en materia de eficiencia educativa y contrastan con otras entidades federativas que reciben más recursos económicos con muchos menos resultados.

En efecto, empecemos por el primer cuestionamiento: ¿Cuánto nos están dando las niñas y niños? Y para ello, se debe tomar como ejemplo al estado de Hidalgo, una entidad federativa que al 2021, acumula 871 mil alumnos de educación pública, de los cuales 574 mil son de educación básica.

Se debe destacar que, gracias a nuestros cuerpos docentes y educandos, Hidalgo está ubicado en este 2021 en las más altas cifras del sistema educativo nacional.

Para conocimiento de esta comisión se deben enunciar los siguientes ejemplos:

- Hidalgo tiene un porcentaje más alto que el nivel nacional en cobertura de educación básica y en la tasa de escolarización, con 93 por ciento en ambos rubros;

- En educación primaria tenemos un 0% de abandono escolar y estamos por encima del 100 por ciento en eficiencia terminal, tasa de terminación y cobertura;

- El indicador de abandono en educación secundaria es inferior al 1 por ciento;

Lo anterior, reafirma categóricamente la calidad de niñas y niños que tenemos en Hidalgo; son ellos los que realmente están aportando grandes esfuerzos a la entidad, para que ésta sobresalga en diversos rubros.

Para los hidalguenses, son un orgullo estos logros, por demostrar un legítimo interés en la igualdad de oportunidades respecto a la educación básica, resultado del esfuerzo conjunto de los actores estatales.

Ahora, ¿cuánto les estamos dando a nuestros niños?:

El Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo mejor conocido como “Fone ” otorga recursos a las entidades federativas para poder pagar salarios al personal y que las escuelas de educación básica y normal puedan funcionar.

En 2014 la SEP federal y la SHCP realizaron una conciliación de plazas y prestaciones pero, en este proceso, no le reconocieron a Hidalgo catorce prestaciones, de manera que el gobierno estatal debe solventarlas por diferentes medios, lo que significa una presión constante a las finanzas de la entidad. Es así que únicamente se reciben gastos de operación .

Adicionalmente, se etiquetan recursos compensatorios para ciertos estados como son “Otros de Gasto Corriente ” y el “Fondo de Compensación ”, no obstante, Hidalgo ha sido excluido1 y segregado sin fundamentación ni motivación alguna, y el monto asignado para gastos de operación, le resulta insuficiente para administrar los 5 mil 250 servicios de educación básica y normal federalizados , de una matrícula que crece de manera continua.

Es indispensable que Hidalgo sea considerado e incluido en los rubros de Gasto Corriente y Fondo de Compensación, pues no existen razones jurídicas para mantener al margen de estos beneficios a esta entidad federativa.

Por otro lado, para este ejercicio, se estima que tan solo el 43.5 por ciento de estos gastos de operacio?n se destinara?n únicamente para el pago de energi?a ele?ctrica de las escuelas.

Desde la creación del Fone en 1998, Hidalgo se encuentra entre los dos estados que menos gasto de operación por alumno recibe, el promedio nacional es de $970, mientras que Hidalgo solo puede ejercer 373 pesos por alumno.

La situacio?n en el sur de la entidad se agrava, debido a que esta región, es receptora de un gran nu?mero de personas que inmigran del Estado de Me?xico y la Ciudad de Me?xico.

Además, es la tercera entidad en el pai?s con mayor proporcio?n de poblacio?n rural, despue?s de Oaxaca y Chiapas, lo que eleva los costos de brindar servicios educativos a localidades dispersas. Mientras que Oaxaca tiene un gasto de operación por alumno de 776 pesos y Chiapas 627 pesos, en Hidalgo solo les pueden dar 373 pesos por alumno.

Los magníficos resultados de desempeño han sido gracias al empeño y esfuerzo que han impuesto nuestros niños y niñas, lo que ha significado que sobresalgan por encima del promedio nacional en lenguaje y comunicación, así como en matemáticas en la extinta, -pero aún necesaria- prueba Planea:

- En 2017 fueron los de educación primaria;

- En 2018 fue educación media superior;

- Y en 2019 fueron los de educación secundaria;

Hidalgo, sus autoridades educativas, sus docentes y sus alumnos cumplen con su labor y entregan resultados favorables a la educación básica, pero es necesario reconocerles sus logros, y no existe mejor forma que incrementando los recursos que en justicia deben corresponderles.

En ese sentido, si la escuela es nuestra segunda casa, nuestros docentes y personal de apoyo conforman una segunda familia y ellos son quienes fortalecen la formación de nuestras hijas e hijos en una etapa tan trascendental como es su educación básica.

? Hidalgo y sus educandos necesitan que se contemple dentro del Fone el pago de estas prestaciones que actualmente no son reconocidas; necesita al menos 340 millones de pesos adicionales, en un presupuesto asignado de manera inequitativa.

La federación necesita del ejemplo que los docentes, así como las niñas y niños de Hidalgo, han impuesto con su esfuerzo, con su trabajo y con su empeño por sobresalir a pesar de la limitación de recursos.

No se está pidiendo nada que no sea justo y equitativo. Estamos exigiendo que se invierta con justicia en aquellas entidades que demuestran tener un mayor aprovechamiento y un mayor esfuerzo por quienes conforman esta segunda familia, desde aquí, pedimos que se les reconozca a nuestros docentes, niños y niñas ese empeño que han tenido dándonos tanto, a cambio de tan poco.

Es necesario considerar la inclusión del estado de Hidalgo en los rubros “Gasto Corriente” y “Fondo de Compensación” del Fone para coadyuvar con el desempeño y desarrollo educativo de la entidad.

Se requiere en el Fone para el estado de Hidalgo 340 millones de pesos con el objeto de hacer frente a las prestaciones que han sido excluidas derivada de la conciliación de plazas y prestaciones efectuada en el año 2014:

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único.- Se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública, y de Hacienda y Crédito Público a realizar las acciones administrativas correspondientes para garantizar suficiencia presupuestal permanente a Hidalgo, en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo y se realice el pago de prestaciones laborales correspondientes al sector educativo.

Notas

1 Véase DOF https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5608315&fecha=21/12/ 2020 web [27/09/21]

Palacio Legislativo San Lázaro, 11 de octubre del 2022

Diputada Sayonara Vargas Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la colegisladora a emitir la convocatoria para nombrar a los magistrados electorales del estado de Oaxaca, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Margarita García García, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Senado de la República a emitir la convocatoria para nombrar a los Magistrados Electorales del Estado de Oaxaca, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En 1987 se reforma el artículo 60 Constitucional para crear el Tribunal de lo contencioso Electoral (Tricoel), el cual era el organismo garante de las actuaciones electorales, en aquel entonces los magistrados tuvieron que empezar a crear jurídicamente una materia totalmente nueva para nuestro país, para 1990 se crea el Tribunal Federal Electoral (Trife) como un órgano jurisdiccional autónomo en materia electoral quien fue responsable de construir una institución profesional y responsable, para 1993 una reforma Constitucional se convierte en la máxima autoridad en materia electoral y se crea una Sala de Segunda Instancia.

En 1996 se da origen al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) órgano especializado electoral, se maximizaron los derechos político-electorales el cual garantiza los derechos democráticos de cualquier proceso electoral, se considera que como su primer gran lo gro fue el de definir la primera calificación judicial de la elección presidencial del 2000, desde entonces el tribunal se consideró un Tribunal Constitucional y de convencionalidad que maximiza los derechos políticos-electorales de la ciudadanía.

En el caso de los estados los tribunales surgieron como parte de la reforma constitucional de 1987, ya que comenzaron las entidades federativas a reformar sus Constituciones locales para implementar un sistema de medios de impugnación en materia electoral de carácter autónomo.

Tal es el caso que las Constituciones locales establecen de 2 a 5 Magistrados según correspondan, en el caso de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca se hace mención de 3 magistrados en la fracción IX, del artículo 114 BIS, a saber:

“Artículo 114 BIS. El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, es un órgano especializado, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral del Estado de Oaxaca y tendrá las siguientes atribuciones:

I. a X. ...

IX. Las demás atribuciones que le confieran esta Constitución, y las leyes.

El Tribunal funcionara en pleno, sus resoluciones se tomaran por mayoría de votos y sus sesiones serán públicas. El pleno del tribunal, estará integrado por tres magistrados quienes elegirán dentro de sus integrantes al Presidente del Tribunal conforme a su Ley Orgánica, duraran en su cargo siete años y serán designados conforme a la Ley General de Instituciones y procedimientos Electorales; percibirán una remuneración conforme a la legislación que establezca el Estado.

El Tribunal respetará los sistemas normativos indígenas en el marco del pluralismo jurídico.”

Así como se muestra en el organigrama que presenta el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca y se establece el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, a saber:

“Artículo 19. El Pleno es el órgano de mayor jerarquía y estará integrado por tres Magistradas o Magistrados.

...

...”

Para el nombramiento de estos tres Magistrados se designan por el Senado conforme el artículo 255 fracción II del Reglamento del Senado de la República:

“Artículo 255 1. Conforme lo disponen los artículos relativos de la Constitución, el Senado realiza los nombramientos para los siguientes cargos:

I. ...

II. Magistrados de las salas Superior y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;

III. al V. ...

Y conforme lo mencionado en los artículos 108 y 109 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos electorales:

“Artículo 108.

1. Para la elección de los magistrados electorales que integren los organismos jurisdiccionales locales, se observará lo siguiente:

a) La Cámara de Senadores emitirá, a propuesta de su Junta de Coordinación Política, la convocatoria pública que contendrá los plazos y la descripción del procedimiento respectivo, y

b) El Reglamento del Senado de la República definirá el procedimiento para la emisión y desahogo de la convocatoria respectiva.

2. El magistrado presidente será designado por votación mayoritaria de los magistrados del organismo jurisdiccional correspondiente.

Artículo 109.

1. En caso de presentarse alguna vacante temporal de alguno de los magistrados que componen los organismos jurisdiccionales locales, ésta se cubrirá de conformidad con el procedimiento que dispongan las leyes electorales locales.

2. Tratándose de una vacante definitiva de magistrado, ésta será comunicada a la Cámara de Senadores para que se provea el procedimiento de sustitución. Las vacantes temporales que excedan de tres meses, serán consideradas como definitivas.

3. Las leyes locales establecerán el procedimiento de designación del magistrado presidente, así como las reglas para cubrir las vacantes temporales que se presenten. La presidencia deberá ser rotatoria.”

Como bien se menciona las vacantes deberán ser cubiertas conforme lo establezca las leyes locales, sin embargo, en el caso del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, existe una vacante que no ha sido cubierta, por lo que de 3 magistrados solo existen 2 en funciones.

Lo anterior deriva de la reforma Constitucional de 2014 en donde se establece la forma de integración de los tribunales de las entidades federativas, por lo que se nombraron tres magistrados, uno por 3 años, otro por 5 años y el ultimo por 7 años para que hubiera una renovación de los magistrados de forma escalonada, el primer magistrado fue sustituido por la actual Magistrada Presidenta, al sustituir al Magistrado con duración de 5 años el Senado designó a un hombre, pero esta decisión fue impugnada por una participante alegando el principio de alternancia de género, esta impugnación se resolvió en febrero del 2021.

Cabe mencionar que desde ese entonces el Senado no ha abierto convocatoria para poder cubrir el espacio del Magistrado vacante, por esta situación se hizo un exhorto al Senado por el Congreso del Estado de Oaxaca en el pasado mes de septiembre.

Cabe mencionar que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ha sido reconvenido en varias ocasiones la Sala Regional Jalapa del Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sobre todo en temas de paridad de género.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Senado de la República a iniciar el procedimiento respectivo de convocatoria para designar al Magistrado faltante del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca.

Bibliografía

- Página oficial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Recuperado de: https://www.te.gob.mx/front3/listElectoralInstitution/index/1

- Constitución artículo

- Constitución del Estado de Oaxaca

- Página Oficial del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca

- Reglamento del Senado

- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

- Matus Fuentes, María Luisa, Punto de acuerdo, 6-sep-2022, Congreso del Estado de Oaxaca, LXV Legislatura. Recuperado de: https://congresooaxaca.gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/iniciativasy acuerdos/927.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputada Margarita García García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a Pemex a indemnizar a las víctimas y reparar los daños de las viviendas afectadas por la explosión de un ducto en el ejido de San Fernando del municipio de Huimanguillo, Tabasco, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos (Pemex), a indemnizar a las víctimas y reparar los daños de las viviendas afectadas por la explosión de un ducto en el ejido de San Fernando del municipio de Huimanguillo, Tabasco, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado viernes 7 de octubre del presente en varios medios de comunicación se dio a conocer la terrible noticia de la explosión de un ducto de Petróleos Mexicanos (Pemex), en el ejido de San Fernando del municipio de Huimanguillo, Tabasco.1

Con la información proporcionada por parte Instituto de Protección Civil del Estado de Tabasco, se trató de una fuga de etano líquido de una línea de 20 pulgadas de diámetro que va hacia el complejo petroquímico Pajaritos de Coatzacoalcos, Veracruz.2

Con este lamentable suceso se reportó la muerte de un hombre de 55 años de edad; además se realizó una revisión de 11 casas en la que se observaron con afectaciones por la onda expansiva de la explosión del ducto, como desprendimiento de láminas en techos, por lo que tuvieron que ser desalojadas aproximadamente más de 100 personas.

Cabe mencionar que estos accidentes se han ido incrementando, el martes 20 de septiembre del presente, se registró una fuerte explosión de un ducto de gas en Huimanguillo, Tabasco, en la Estación de Paredón Pemex.3

En lo que va de esta administración federal, desafortunadamente el estado de Tabasco ha registrado varias explosiones en los ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex), con ello dejando como resultado afectaciones al medio ambiente, daños a propiedades y heridos.

Las explosiones, fugas y derrames de hidrocarburos son constantes en el estado de Tabasco, esta soberanía tiene que actuar de manera inmediata e intervenir ya que está en riesgo el daño de los ecosistemas, la salud y afectaciones económicas.

Ante este suceso es importante que Petróleos Mexicanos (Pemex) presente una propuesta de mantenimiento a los ductos y contar con una estrategia medible en sus alcances y que primordialmente deje de poner en riesgo inminente la vida y el patrimonio de los tabasqueños.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a Petróleos Mexicanos (Pemex) a indemnizar a las víctimas y reparar los daños de las viviendas afectadas por la explosión de un ducto en el ejido de San Fernando del municipio de Huimanguillo, Tabasco.

Notas

1 Consultado: https://www.eluniversal.com.mx/estados/
tabasco-explosion-en-ducto-de-pemex-deja-un-muerto-y-100-personas-desalojadas

2 Consultado: https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2022/10/8/
explosion-de-ducto-de-pemex-en-huimanguillo-deja-un-muerto-danos-en-viviendas-294816.html

3 Consultado: https://mexico.as.com/videos/
explosion-en-huimanguillo-tabasco-que-sucedio-afectaciones-y-ultimas-noticias-v/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Oaxaca, a la Comisión Estatal de Derechos Humanos y al Poder Judicial local a respetar el principio de garantía del debido proceso, así como el derecho a la presunción de inocencia del ciudadano Hipólito Rojas, a cargo del diputado Mauricio Cantú González, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Mauricio Cantú González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Gobierno del estado de Oaxaca, a la Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado de Oaxaca y al Poder Judicial Local del estado de Oaxaca a que se respete el principio de garantía al debido proceso y el derecho a la presunción de inocencia del C. Hipólito Rojas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Estado de Derecho mexicano es el principal medio de garantía del cumplimiento cabal de los Derechos Humanos de todas las personas que habitamos este país. El respeto a estos Derechos Humanos, con especial atención al marco jurídico nacional e internacional en la materia, implica, en sí mismo, la consolidación de condiciones materiales de acceso a la justicia y legalidad para todas las personas.

En ese sentido, tanto el derecho a la presunción de inocencia, como el principio de garantía al debido proceso, son preceptos y principios constitucionales y convencionales que forman parte de la protección de la esfera jurídica de las personas. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce y garantiza la protección de estos derechos en sus artículos 17 y 20.

Así, el principio de garantía al debido proceso se reconoce y materializa como un conjunto de procesos y formalidades esenciales y necesarias que deben observarse en cualquier procedimiento legal. Estos requerimientos procesales existen con el objetivo, también, de asegurar y defender los Derechos Humanos de toda persona acusada de cometer un delito o, en dado caso, que fuera detenida ilegalmente, violentando, así, este derecho.

Por su parte, el derecho a la presunción de inocencia implica que, toda persona que sea acusada de haber cometido un hecho ilícito debe tener la garantía de que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante una sentencia emitida por un juez de la causa.

El Gobierno saliente del estado de Oaxaca no debe perpetrar una injusticia en contra el C. Hipólito Rojas, adulto mayor con problemas de salud y movilidad, trabajador jubilado de PEMEX y líder sindical respetado de más de 20 años de actividades públicas (nacionales y estatales) y que, junto con su acompañante, el C. José Manuel Vázquez Liñas, han sido víctimas de una detención arbitraria, con presuntas violaciones a sus Derechos Humanos desde el pasado mes de junio.

Las y los oaxaqueños decidieron en las urnas que un nuevo gobierno, representativo de la Cuarta Transformación, construya instituciones que velen por las y los ciudadanos de ese Estado, en aras de consolidar a las instituciones locales y evitar continúen las presuntas violaciones de derechos humanos. Sin embargo, el viejo régimen todavía no ha garantizado el principio de garantía al debido proceso y el derecho a la presunción de inocencia.

Relativo a los hechos suscitados el día 23 de junio de este año, el Juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Oaxaca resolvió la no-vinculación a proceso, tanto del ciudadano, como de su asistente, ex integrante de las Fuerzas Armadas Mexicanas en retiro, ordenando así levantar la medida cautelar de prisión preventiva que les fue impuesta y ordenó su Inmediata libertad, lo que a la fecha no ha sucedido.

Las autoridades del fuero local han rechazado, injustamente, la incorporación de elementos probatorios contundentes: evidencia videográfica que prueba lo mencionado por el ciudadano. Estas autoridades han demostrado la mala voluntad de sus acciones, al grado de desestimar jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Derivado de lo anteriormente expuesto y en consideración de todas las arbitrariedades que se han llevado a cabo por parte de las autoridades del fuero local, se busca exhortar a que se lleve un proceso jurídico transparente, apegado de manera completa e irrestricta al marco jurídico en materia de Derechos Humanos, con total apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las leyes de nuestro país que de ella emanan.

Así también, se pide que las autoridades impartidoras de justicia del fuero local se conduzcan con pulcritud y admitan anexar todas y cada una de las pruebas que sustentan y exhiban la inocencia del C. Hipólito Rojas y del C. José Manuel Vásquez Liñas presentadas por sus defensores a la Fiscalía General de la República, a través de sus servicios periciales profesionales, recabaron. Y, con ello, sean absueltos de todo delito que, injustamente, se les busca imputar.

Con fundamento en lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta H. asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Oaxaca para que en el ámbito de su competencia y de sus obligaciones legales establezca la garantía del debido proceso y presunción de inocencia del C. Hipólito Rojas, privado de su libertad desde el mes de junio y a su acompañante el C. José Manuel Vázquez Liñas.

Segundo. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Oaxaca para que en el ámbito de su competencia y de sus obligaciones legales atienda el caso del C. Hipólito Rojas y el C. José Manuel Vázquez Liñas y exija a las autoridades el respeto al debido proceso y la presunción de inocencia de ambos ciudadanos.

Tercero. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Judicial del Estado de Oaxaca para que en el ámbito de su competencia y de sus obligaciones garantice el debido proceso para el C. Hipólito Rojas y el C. José Manuel Vázquez Liñas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre del 2022.

Diputado Mauricio Cantú González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a llevar a cabo las medidas correspondientes respecto a las irregularidades detectadas a consecuencia de la caída del portal CompraNet, suscrito por integrantes de Grupo Parlamentario del PAN y de diversos grupos parlamentarios

Los que suscriben, diputados Juan Carlos Romero Hicks, Brasil Acosta Peña, Olga Luz Espinosa Morales, Éctor Jaime Ramírez Barba, Mario Alberto Rodríguez Carrilo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Agustín Carlos Basave Alanís, Yesenia Galarza Castro, Norma Angélica Aceves García, Patricia Terrazas Baca, Esther Mandujano Tinajero, Roman Cifuentes Negrete y Carmen Rocío González Alonso, de diversos grupos parlamentarios, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; y 79, numeral 2, fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de del pleno de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a llevar a cabo las medidas correspondientes respecto a las irregularidades detectadas a consecuencia de la caída del portal CompraNet, así como a tomar medidas técnicas para evitar su repetición, conforme a lo siguiente:

Consideraciones

Durante el 15 de julio de 2022, se comenzaron a presentar fallas técnicas en el funcionamiento de la plataforma digital CompraNet; fue hasta el día 18 de julio del mismo año que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Unidad de Política de Contrataciones Públicas comunicó la suspensión temporal de la plataforma para todos los actos de los procedimientos de contratación que se deban desarrollar mediante la plataforma, así como para la carga de información, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su reanudación.

El día 20 de julio del mismo año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación1 , los criterios por suspensión temporal del sistema CompraNet, donde establece los efectos y procedimientos para las autoridades usuarias de la plataforma; cabe mencionar que en el numeral 10 de dichos criterios, se establece que una vez levantada la suspensión las dependencias y entidades deberán cargar la información correspondiente a las operaciones realizadas, sin embargo en ningún momento se fija un plazo para dicho acto, lo cual vulnera la seguridad jurídica. Las actividades de la plataforma fueron reanudadas el día 1 de agosto del 2022, por medio de un oficio2 publicado por la Unidad de Política de Contrataciones Públicas.

Durante 17 días se registraron más de 1000 compras, donde aproximadamente 900 de ellas fueron mediante adjudicación directa, las irregularidades de tales hechos son notorias al realizar el análisis del procedimiento de adquisición pues existen compras registradas con fechas de inicio y término no coinciden con las fechas publicadas en el expediente disponible en CompraNet, adicionalmente se puede observar un gran número de compras realizadas por adjudicación directa; sin embargo no proporcionan los documentos mínimos, conforme a lo señalado en el artículo 70, fracción XXVIII, inciso b), de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; en su mayoría de los expedientes, son creados sin subir la documentación mínima o inclusive se llegan a subir documentos vacíos.

La obligación de transparentar el ejercicio de todo gasto público no está a consideración del servidor público, ya que es un mandato estipulado así por el artículo 6o constitucional y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al establecer obligaciones para una autoridad implica una carga para su esfera de competencias la cual debe ser cumplida cabalmente, de no ser así la autoridad sería acreedora de una causa de responsabilidad administrativa, tal como es señalado por los preceptos contenidos en Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas; el sistema de vigilancia en materia de fiscalización debe proceder eficientemente si buscamos combatir el mal manejo de recursos públicos y los posibles hechos de corrupción, el andamiaje normativo está construido y debe ser puesto en operación.

Debe resaltarse la estrecha relación entre la transparencia y el combate a los actos de corrupción, sobre todo en materia de gasto público, pues ante mayor transparencia y publicidad se otorgue al actuar de la autoridad, mayor es su incidencia de manera favorable en la ciudadanía. La participación ciudadana se ve favorecida en un régimen democrático en tanto se realicen mejores ejercicios de transparencia y rendición de cuentas por parte de los sujetos obligados; situación que se ve interrumpida al registrarse adjudicaciones directas en un 90 por ciento, impidiendo la transparencia que se obtiene de las licitaciones públicas.

Dentro del marco de las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación se encuentra el de fiscalizar la gestión financiera de las entidades fiscalizadas para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos para ejercer el gasto público, en consonancia tiene la facultad de revisar el manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, así como de la demás información financiera y contable que las entidades fiscalizadas deban incluir en la documentación entregada, conforme a las disposiciones aplicables. En el proceso de revisión, tiene la facultad de investigar las posibles irregularidades o faltas en materia de rendición de cuentas, asegurando un actuar ético y responsable por parte de los sujetos obligados por la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Por todo lo anterior, estimamos pertinente y necesaria esta proposición con punto de acuerdo, ya que el combate a la corrupción debe hacerse de manera activa, así como incentivar la participación ciudadana de nuestro régimen democrático de manera tal que se favorezcan mejores ejercicios de transparencia y rendición de cuentas. por parte de los sujetos obligados

Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero .- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Auditoría Superior de la Federación, a que conforme a sus atribuciones y, en aras de proteger y asegurar el acceso al derecho a la información pública, verifique y se pronuncie respecto de las irregularidades encontradas en la información publicada en plataforma digital de CompraNet durante la suspensión del 15 de julio al 01 de agosto del 2022.

Segundo .- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que en el ámbito de sus competencias y por conducto de las dependencias a su cargo, tome medidas de verificación y actualización del cuerpo y desarrollo tecnológico que le da funcionamiento a la plataforma digital de CompraNet, a fin de que se eviten en lo posible, fallas que impidan el acceso a la información albergada en dicha plataforma.

Tercero .- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a todas las dependencias, entidades y organismos de la administración pública de los tres órdenes de gobierno que se encuentran en obligación de cargar información a la plataforma digital CompraNet, a dar cumplimiento cabal con los requisitos legales señalados para las adquisiciones y arrendamientos así como a proporcionar la información de manera clara, completa, accesible y oportuna conforme lo establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación, edición matutina, 20 de julio de 2022. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5658725&fecha=20/07/ 2022#gsc.tab=0

2 Oficialía Mayor, oficio número OM/UPCP/086/2022, 01 de agosto de 2022.
https://compranetinfo.hacienda.gob.mx/descargas/Oficio_No._OM_UPCP_0086_2022.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 11 de octubre de 2022.

Diputados: Juan Carlos Romero Hicks (rúbrica), Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica), Olga Luz Espinosa Morales (rúbrica), Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica), Mario Alberto Rodríguez Carrillo (rúbrica), María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (rúbrica), Agustín Carlos Basave Alanís (rúbrica), Yesenia Galarza Castro, Norma Angélica Aceves García (rúbrica), Patricia Terrazas Baca (rúbrica), Esther Mandujano Tinajero (rúbrica), Román Cifuentes Negrete (rúbrica), Carmen Rocío González Alonso (rúbrica).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE, a la Sedena, a la STPS y a la CNDH a transparentar la información del Acuerdo de Cooperación Bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba y de proteger los derechos de los colaboradores de dicho país, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Salvador Caro Cabrera, diputado federal de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En 2020 el Ministerio de Salud Pública de Cuba firmó diferentes versiones del Acuerdo de Cooperación Bienal con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, la de Tabasco, la de Veracruz y la de Quintana Roo. Lo hicieron con el objetivo de colaborar en el tratamiento de COVID-19.1 Por lo cual llegaron 585 profesionistas de Cuba a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo.2 Sin embargo, el proceso contó con poca transparencia, desembocando en violaciones migratorias y de derechos humanos (DDHH) que han puesto en riesgo al personal médico cubano y al mexicano, así como a las y los pacientes.

En primer lugar, se explicará el problema de la falta de transparencia en el proceso, así como el proceso migratorio irregular. De igual modo, se abordará la ilegalidad del tema, al aplicarse leyes cubanas en territorio mexicano. Posteriormente, se hablará del problema de la contratación de personal no capacitado y no perteneciente al personal médico, con la llegada de personas militares, técnicos y químicos. Finalmente, se explicará por qué la solución no es traer a médicos cubanos, sino las malas condiciones laborales que afectan al personal médico en México, sin distinción de origen.

A continuación, se explicarán cada uno de los problemas y sus implicancias para México.

• Falta de transparencia y migración irregular

El Gobierno Federal, así como los gobiernos de las entidades federativas, fueron omisos en transparentar la información y hacer públicos los acuerdos sostenidos con Cuba. De este modo, son desconocidos cada uno de los acuerdos que se llevaron a cabo.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” con fecha de 29 de marzo de 2022, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores,3 contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano. Sin embargo, no se mencionan los acuerdos bienales en comento, ni se hace alusión a las misiones médicas. Esto mismo ocurre con la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba”, del 30 de marzo al 2 de abril de 2022, la cual sí menciona las misiones médicas, pero no hace alusión a los acuerdos bienales, ni a la llegada de militares, químicos y técnicos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas.4

Por otro lado, al no encontrar información específica sobre los acuerdos, se hicieron diversas peticiones de información por medio de los Servicios de Información y Análisis Especializados (SIAE) de la Cámara de Diputados, al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) y por solicitudes de acceso a la información en la Plataforma Nacional de Transparencia.

El SIAE informó el 5 de octubre del 2022, en el oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22 que no se encontró nada al respecto de dichos acuerdos:

“se hizo una búsqueda exhaustiva en diarios oficiales de las entidades federativas en comento, en los informes de gobierno, en los boletines informativos y portales institucionales de las secretarías de salud, así como boletines de comunicación de los gobiernos ejecutivos estatales.”

También se le solicito información al CEDIP de la Cámara de Diputados, el cual reporto el 7 de octubre de 2022, expediente 349/2022, dicho centro tampoco encontró información al respecto.

“El estudio no obtuvo resultados con respecto a la existencia de acuerdos de cooperación bienal entre la Secretaria de Salud del Estado de Tabasco, la Secretaria de Salud del Estado de Veracruz, y el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba”.

Por su parte, las solicitudes de acceso a la información hechas directamente a los gobiernos federal y estatales mediante la Plataforma Nacional de Transparencia fueron infructíferos, en las cuales se pidieron los acuerdos bienales. Particularmente, con respecto a las respuestas emitidas a las solicitudes con folio 331000122001526 y 330018022028649, hechas a la Presidencia de la República y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respectivamente. En ambas, dichos órganos federales resolvieron que no es su competencia proporcionar los acuerdos.

Finalmente, es relevante mencionar que, aunado a la poca transparencia del proceso, el estatus migratorio de las y los ingresantes cubanos es incierta. La asociación civil Prisoners Defenders dio a conocer que en los meses de abril y mayo de 2020 arribaron 585 médicos y enfermeros a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo.5 Sin embargo, entre las irregularidades que existen se encuentra que ciertos profesionales de la salud provenientes de Cuba ingresaron al país en aviones militares de las fuerzas áreas mexicanas que aterrizaron en aeropuertos militares, sin llevar a cabo ninguno de los procedimientos migratorios, como la revisión obligatoria.6 Incluso se les quitó el pasaporte, lo cual consta en las denuncias interpuestas en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19).

• Personal no especializado y no médico, discriminación al personal mexicano

Los reportes que mencionan la llegada del personal médico cubano refieren a la recepción de personal “médico especializado” para mejorar la respuesta gubernamental ante la contingencia generada por la pandemia del Covid-19.7 Un ejemplo de esto lo encontramos en la Carpeta informativa, XVII Reunión Interparlamentaria México–Cuba:

“En marzo de 2020, alrededor de 124 colaboradores de la brigada médica cubana del Contingente de Médicos Especializados en Situaciones de Desastres y Graves Epidemias Henry Reeve”.8

Sin embargo, la asociación civil Prisoners Defenders recopiló diferentes reportes de hospitales y personal médico, así como entrevistas de gobiernos locales, en donde señalan que entre los supuestos médicos especialistas que llegaron había personas de diversas profesiones, como químicas y químicos e incluso militares de la Inteligencia Cubana , a quienes se les pidió practicar cirugías resultando en malas prácticas y muertes.9

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano, pero en ninguno de estos se establece que en las misiones medicas lleguen militares de la Inteligencia Cubana o G2.10 Por su parte, en la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México-Cuba”, tampoco se hace alusión a la llegada de militares cubanos a territorios mexicanos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas de Cuba.11

Del mismo modo, la organización recopiló información mediante entrevistas a personal médico, de enfermería y técnico, en las cuales afirman que casi ninguno de los cooperantes tenía experiencia probada ni conocimientos suficientes para afrontar la pandemia en México, donde la tecnología y capacitación son diferentes a los utilizados en Cuba. Este hecho no sólo ha limitado el trabajo del personal médico, sino que ha puesto en riesgo a las y los pacientes.12 Agregado a la falta de transparencia que existe con respecto a los acuerdos y el intercambio de personal médico, es imposible asegurar que todas las personas que han entrado al país cuentan con la capacitación necesaria para ejercer la práctica.

Finalmente, cabe señalar que la contratación de personal médico proveniente de Cuba se hizo, según el Presidente López Obrador, por la necesidad de contar con “el apoyo de médicos especialistas que no tenemos en el país”. Esto se debe a que en mayo de 2022 se puso en marcha la Jornada Nacional de Reclutamiento de Médicos Especialistas, con la cual se licitaron 13,765 plazas de médicos especialistas,13 de los cuales se llenaron vacantes de menos del 5%, según Zoé Robledo, titular del IMSS.14 Sin embargo, los filtros por los cuales pasaron los médicos mexicanos y los cubanos difieren, ya que a los primeros se les pidió requisitos que a los segundos no.

• Aplicación de las leyes cubanas en México

Entre los problemas de la llegada de supuesto personal médico cubano a México se encuentran la aplicación de leyes laborales cubanas en territorio mexicano, ya que su estatus laboral está regulado por Cuba y no por México. A los colaboradores cubanos se les aplican diversos ordenamientos jurídicos, lo cuales no forman parte del ordenamiento jurídico mexicano, y son violatorios del mismo. Cabe destacar entre los ordenamientos jurídicos cubanos la “Ley de los 8 años”.

Ley de los 8 años: Es una regulación interna del Ministerio del Interior que está protegida por la Ley de Secreto de Cuba (lo que implica que no es pública, pero se ejerce), aunque diversos certificados consulares16 la mencionan como la Ley por la que:

El ciudadano cubano que es declarado como Desertor por las autoridades competentes cubanas, pierde su residencia en Cuba de manera automática y se le deniega la entrada a Cuba por un periodo de 8 años a partir de la fecha que se declaró el Abandono de la Misión Estatal. Esta es una regulación interna del Ministerio del Interior de Cuba.”17

El hecho de que a los colaboradores cubanos se les aplican leyes cubanas, es una violación a la soberanía, la cual está plasmada en la Carta Magna.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.18

De igual manera, se establece en la siguiente tesis:

Novena Época. Registro digital: 180240. Instancia: Primera Sala. Tipo: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XX, octubre de 2004, página 264. Materias(s): Constitucional. Tesis: 1a./J. 80/2004

Supremacía constitucional y orden jerárquico normativo, principios de. Interpretación del artículo 133 constitucional que los contiene.

(...) lo dispuesto en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Estados que constituyen la República son libres y soberanos, dicha libertad y soberanía se refiere a los asuntos concernientes a su régimen interno, en tanto no se vulnere el Pacto Federal, porque deben permanecer en unión con la Federación según los principios de la Ley Fundamental , por lo que deberán sujetar su gobierno, en el ejercicio de sus funciones, a los mandatos de la Carta Magna, de manera que si las leyes expedidas por las Legislaturas de los Estados resultan contrarias a los preceptos constitucionales, deben predominar las disposiciones del Código Supremo y no las de esas leyes ordinarias, aun cuando procedan de acuerdo con la Constitución Local correspondiente, pero sin que ello entrañe a favor de las autoridades que ejercen funciones materialmente jurisdiccionales, facultades de control constitucional que les permitan desconocer las leyes emanadas del Congreso Local correspondiente, pues el artículo 133 constitucional debe ser interpretado a la luz del régimen previsto por la propia Carta Magna para ese efecto.

Finalmente, cabe mencionar que por las restricciones que establece esta “Ley”, fue interpuesta una denuncia el 16 de junio de 2022 ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, las observaciones de dicho órgano al Gobierno Cubano, fueron:

Preocupa al Comité: (...)

La prohibición de facto para los padres que terminaron un contrato civil en el extranjero de reunirse con sus hijos, a veces durante hasta ocho años, y el impacto que tienen en la salud y el bienestar de los niños los años de separación de sus padres;

(...) y recomienda al Estado parte que: (...)

(c) Ponga fin a toda separación de niños de sus padres por la decisión de estos de terminar un contrato laboral, y modifique el artículo 135, párrafo 1, del Código Penal a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la reunificación familiar”19

En tales denuncias quedo asentado que uno de los lugares en los que se cometieron las violaciones es México.

• Violaciones a los DDHH

Otro de los problemas que se tiene por la llegada del personal médico de Cuba es la violación de DDHH de los cuales han sido víctimas. La Ley Fundamental establece que todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales, así como gozaran de todas las garantías.

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.20

A pesar de lo anterior, las y los colaboradores cubanos fueron víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos. Entre ellas, se encuentran el haber sido obligadas y obligados a participar en dichas misiones. A continuación, se recopilan algunas de las declaraciones de las víctimas de las denuncias interpuestas ante la Corte Penal Internacional:

“Las misiones médicas son un acto de coacción por muchas vías, si te niegas eres marcado y/o discriminado , obligado a asumir los peores trabajos y la peor ubicación laboral sin tener en cuenta ni tu capacidad ni tu desempeño. Básicamente puedes ser muy buen profesional, pero si no aceptas sus condiciones eres castigado tanto abiertamente como de manera solapada por las autoridades del Ministerio de salud que obviamente responden al gobierno.”

“Si no te enrolabas en misión no te dejaban salir a más ningún lado , además siempre ejercen presión y no te dejan escoger nada.”

Esto viola al derecho a elegir empleo libremente, el cual está consagrado en el Artículo 5 de la Carta Magna:

Artículo 5: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.21

También se encuentra plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.22

Por otro lado, a las y los colaboradores cubanos se les negaron las condiciones mínimas de trabajo. En lugar de un trabajo digno, fueron sometidas y sometidos a condiciones denigrantes, esclavistas y obligados a falsificar información. Entre los testimonios, se encuentran los siguientes:

“Yo puse 11 horas, pero hay días que se llega a trabajar hasta 12h especialmente en puertos donde montan muchísimas personas, esas horas no son pagas. El trabajo es extremadamente agotador e inhumano porque no tienes si quiera un día de descanso. Yo viví muchísimo acoso sexual por parte de los jefes. Empiezan a ponerte el trabajo muchísimo más difícil y fuerte para que hagas todo lo que te piden.”

“La misma historia se repetía una y otra vez para mantenerse en la misión había que hacer lo establecido dentro de ellos falsificar estadísticas.”

“Mis guardias eran de 48 horas y descansaba 20 horas aproximadamente o en caso de déficit de médicos trabajaba durante 5 días seguidos y descansaba 24 horas.”

Esto viola la Ley Federal del Trabajo, ya que atenta contra el trabajo digno:

Artículo 2o. (...) Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador ; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. (...)

Artículo 3o. El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta (...). Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes.

No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

Por último, pero no menos importante, hubo casos de mujeres pertenecientes a la delegación cubana que fueron víctimas de violencia sexual:

“Tuve la mala experiencia de vivir acoso sexual por parte del jurídico de mi estado y al no ceder a lo que él quería me sancionó 2 veces, me cambio del lugar donde estaba y me hicieron un escarmiento público en presencia de todos los jefes del estado en aquel momento. Fue una experiencia horrible.”

Debido a las graves violaciones a los derechos humanos, el 8 y 10 de mayo de 201923 se interpusieron denuncias en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19), y el 24 de agosto de 202024 en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19). Dichas denuncias forman en conjunto un único cuerpo de denuncia en contra del trabajo forzado y la esclavización. Ambos constituyen crímenes de lesa humanidad, según el Artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

(...)

Si bien la participación en las misiones de internacionalización es oficialmente voluntaria, muchos médicos se sienten presionados para acogerse a dichas misiones y temen represalias por parte de Gobierno de Cuba si no participan; (...)

El Gobierno de Cuba recibiría una suma de dinero de los gobiernos anfitriones y pagaría a los trabajadores una parte de dichos fondos . Sin embargo, el Gobierno de Su Excelencia retendría un porcentaje significativo del salario que los países anfitriones pagan por los profesionales cubanos que hacen parte de una misión de internacionalización . En los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano , éste debe devolver al Gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que aumentaría al 75% o hasta el 90% de su salario mensual. En muchos casos, el salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente; Además, el Gobierno de Cuba estaría “congelando” una parte del salario que los médicos pueden acceder únicamente tras su regreso al país, pero, según información recibida, muchas veces no reciben de la totalidad del monto que les corresponde;

Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16 adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales , muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos en el exterior;

(...)

Si un profesional decide retirarse del trabajo en el exterior, se califica como “abandono de misión de trabajadores civiles” bajo del Código Penal de Cuba que en su artículo 135 (1) estipula que “el funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”. Las mismas sanciones son aplicadas a profesionales que después de cumplir una misión en el extranjero deciden establecerse en otro país. Como consecuencia, muchas familias están separadas lo cual tiene un fuerte impacto negativo en su bienestar. Los médicos considerados desertores no están autorizados de regresar a Cuba durante ocho años y los familiares que permanecen en Cuba estarían sujetos a señalamientos y repercusiones por parte de entidades gubernamentales. Según anunció el vicepresidente del Consejo de Estado de Ministros, Roberto Morales Ojeda en febrero de 2019, el retorno de los médicos que se quedaron en Brasil desde la descontinuación del programa Más Médicos está autorizado. Sin embargo, muchos de los profesionales afectados temen represalias si vuelven a Cuba.

Muchos profesionales reportaron recibir amenazas regulares por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y mujeres médicas han sufrido acoso sexual mientras se encontraban participando en misiones de internacionalización.25

El Poder Legislativo no debe de permanecer indiferente ante las violaciones cometidas que afectan tanto al personal médico como a las y los pacientes. Asimismo, violentan la soberanía y la seguridad nacional y a las garantías constitucionales.

Por lo expuesto, se somete a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que, con base a sus atribuciones, regularice el estatus migratorio de las y los cooperantes cubanos referentes al Acuerdo de Cooperación Bienal.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional para que, con base a sus atribuciones, haga público un informe detallado sobre la entrada de militares de Inteligencia Cubana al territorio nacional, especificando el motivo de su estancia en el país, cuáles son las actividades que realizan y su estatus migratorio.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, para que, con base a sus atribuciones, haga público un informe detallado explicando el motivo de la llegada colaboradores cubanos en aviones y aeropuertos militares.

Cuarto. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente al titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que, con base a sus atribuciones, tome las medidas necesarias para asegurar que se respeten los derechos humanos de los colaboradores cubanos.

Quinto. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que, con base a sus atribuciones, tome las medidas necesarias para garantizar los derechos laborales de las y los colaboradores cubanos y regular su situación laboral conforme a la legislación mexicana.

Notas

1 Acuerdo de Cooperación Bienal que celebran, por una parte, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México a la que en adelante se le denominara “Sedesa”, representada por su Titular la Dra. Olivia López Arellano, asistida por el Lic. Jesús Antonio Garrido Ortigosa, Director General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, a la que en adelante se le denominara “DGAF” y, por la otra, el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, representado por el C. Pedro Núñez Mosquera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Cuba en los Estados Unidos Mexicanos que en adelante se le denominará “LAS PARTES”, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y clausulas:

2 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders. https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar-detras- de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

3 Secretaria de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

4 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/assets/
documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

5 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders. https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar-detras- de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

6 Ibíd.

7 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/
assets/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

8 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/
assets/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

9 Ibídem.

10 Secretaria de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

11 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/
assets/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

12 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/
assets/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

13 Gob.mx. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://presidente.gob.mx/presentan-jornada-nacional-de-reclutamiento-y -contratacion-de-medicos-especialistas-para-fortalecer-sistema-de-salud /

14 Robledo, Zoé [@zoerobledo] (2022). Recuperado el 7 de octubre del 2022, de
https://twitter.com/zoerobledo/status/1559560086988652547

15 Secretaría de Salud (2022). JORNADA NACIONAL DE RECLUTAMIENTO Y CONTRATACIÓN DE MÉDICAS Y MÉDICOS ESPECIALISTAS. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://www.gob.mx/insalud/articulos/jornada-nacional-de-reclutamiento- y-contratacion-de-medicas-y-medicos-especialistas-303021

16 Embajada de la República de Cuba (2020). Certificado Consular Ampliado. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://drive.google.com/file/d/1T90Y_C44vTcbJChlx77EVB18G9GOfxka/view

17 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders. https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar-detras- de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

18 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 40).

19 Órganos de tratados. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/
Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fCUB%2fCO%2f3-6&Lang=en

20 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1)

21 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 5)

22 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 23)

23 Comunicación Procedimiento Especial Naciones Unidas 3.0.pdf Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://drive.google.com/file/d/12Zcf9idaIVESXZAbuJGI0Mx5SV887CeE/view

24 Es caso de denuncia 622 médicos cubanos contra el gobierno cubano v5.0.pdf de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5 pQOwHgSEa/view

25 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra del Estado de México y al gobierno de dicha entidad a instruir que se revise y continué la reparación de toda la estructura del puente vehicular del Periférico Oriente, que sirve como vena de comunicación vial entre la Ciudad de México y la zona norte del municipio de Nezahualcóyotl, a cargo de la diputada Susana Cano González y diputados del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Susana Cano González diputada, e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1 fracción I; artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente, proposición con punto de acuerdo por el que la H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Director de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra del Estado de México, el Licenciado Rafael Díaz Leal Barrueta, así como al Titular del Ejecutivo del Estado de México, el Licenciado Alfredo del Mazo Maza, para que en uso de sus facultades y competencia, instruyan a que se revise y continúe la reparación de toda la estructura del puente vehicular del Periférico oriente, que sirve como vena de comunicación vial entre la Ciudad de México y la Zona norte del Municipio de Nezahualcóyotl al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera.- El puente de Periférico Oriente pasa por los brazos izquierdo y derecho del río Churubusco, durante el temblor registrado el pasado 20 de septiembre del 2017, se detuvo la obra de mantenimiento a dicha estructura, su conexión consta de la Avenida Bordo de Xochiaca y la Autopista Texcoco, en los límites del Municipio de Nezahualcóyotl Zona Norte.

Segunda.- Aunque los habitantes y automovilistas han hecho reiteradamente la petición en conjunto con las autoridades del Gobierno Municipal de Nezahualcóyotl, pasaron más de ocho meses para que la reestructuración iniciará y continuarán a marchas forzadas los trabajos, durante un lapso de tres años hasta que abriera nuevamente y reanudará sus funciones en 2020, sin embargo, el 7 de septiembre del 2021 se vería en la necesidad una vez más de cerrar, derivado de los daños causados por el sismo en esa fecha.

Tercera.- La Dirección de Obras Públicas del Estado de México, tiene por objeto planear, dirigir y evaluar las acciones relativas a la administración, construcción y control de obras que realiza el gobierno estatal, también realiza concursos, contratos, estimaciones y desarrollo de proyectos arquitectónicos y de ingeniería, además que su finalidad es la de atender la problemática de las ciudades desde una visión integral y con un enfoque multisectorial. Las estrategias y líneas de acción de la secretaría, están enfocados a los objetivos de desarrollo sostenible de la agenda 2030, principalmente en la construcción de infraestructura social e incluyente, que fomente la prosperidad de las ciudades y su entorno1 .

Cuarta.- En virtud de lo anterior y con fundamento en el artículo 2 de la Ley de Planeación del Estado de México y sus Municipios, que advierte lo siguiente:

Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado de México y los ayuntamientos de los municipios de la entidad, se coordinarán para participar en la organización del Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México, con objetividad y transparencia, con la participación responsable y consciente de los habitantes y de los diversos grupos y organizaciones sociales y privados, en el que se recogerán sus aspiraciones y demandas para incorporarlas a la estrategia de desarrollo2 .

Consideramos que es óptimo dar prioridad atención a la problemática planteada y es tanto de amplia como total competencia del Director de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra del Estado de México, Licenciado Rafael Díaz Leal Barrueta, así como al Titular del Ejecutivo del Estado de México, el Licenciado Alfredo del Mazo Maza , dar trámite al asunto que hemos motivado y fundamentado.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al, Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra del Estado de México, licenciado Rafael Díaz Leal Barrueta para que, en uso de sus facultades y competencia, instruya a que se revise y continúe con la reparación de toda la estructura del puente vehicular del periférico oriente, que sirve como vena de comunicación vial entre la Ciudad de México y la Zona Norte del Municipio de Nezahualcóyotl.

Segundo.- La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Titular del Ejecutivo del Estado de México, licenciado Alfredo del Mazó Maza para que en uso de sus facultades y competencia, instruya a que se revise y continúe con la reparación de toda la estructura del puente vehicular del periférico oriente, que sirve como vena de comunicación vial entre la Ciudad de México y la Zona Norte del Municipio de Nezahualcóyotl.

Notas:

1. Información obtenida de; https://seduo.edomex.gob.mx/obra

2. Información Obtenida de:

https://legislacion.edomex.gob.mx/leyes/vigentes

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputada Susana Cano González (rúbrica)

Diputadas: Alma Delia Navarrete Rivera, Celestina Castillo Secundino, Graciela Sánchez Ortiz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Ángel Miguel Rodríguez Torres, Karla Yuritzi Almazán Burgos, César Agustín Hernández Pérez, Veronica Collado Crisolia, Gustavo Contreras Montes, Juan Pablo Sánchez Rodríguez, Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, Juan Angel Bautista Bravo, Martha Robles Ortíz, María Guadalupe Román Ávila (rúbricas)

Con punto de acuerdo, para exhortar al INM y al Sistema Nacional DIF a rendir un informe a la opinión pública sobre la detención y retención de menores de edad judíos integrantes de la comunidad Lev Tahor, a cargo de la diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II ,y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 77, numeral 1; artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Cámara, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Migración y al Sistema Nacional para el Desarollo Integral de la Familia para rendir un informe a la opinión pública sobre la detención y retención de menores de edad judíos integrantes de la Comunidad Lev Tahor conforme a los siguientes:

Antecedentes

I. El 23 de septiembre de 2022, un grupo de migrantes judíos ortodoxos pertenecientes a la comunidad Lev Tahor, fueron detenidos tras un operativo migratorio realizado por autoridades mexicanas, después de una redada realizada en un campamento de la comunidad ortodoxa cerca de la frontera con Guatemala. Fueron trasladados al Centro de Atención Integral al Tránsito Fronterizo (CAITF), ubicado en el municipio de Huixtla en el estado de Chiapas. Entre los detenidos en el operativo migratorio se encontraban menores de edad y mujeres.

Posterior a su detención fueron puestos bajo custodia del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), en el interior del Centro de Atención al Tránsito Fronterizo.

II. En la madrugada del 29 de septiembre entre gritos y empujones salieron decenas de judíos priorizando a menores de edad y mujeres, que se encontraban detenidos en el Centro de Atención al Tránsito Fronterizo, tomando la carretera con rumbo desconocido.

El intento por salir de las instalaciones del Centro de Atención al Tránsito Fronterizo comenzó la tarde del miércoles, cuando se amotinaron y protestaron causando destrozos al interior del centro, argumentando que no les habían dado comida y atención médica, aparte de no conocer la razón por la que se encontraban detenidos.

III. Según información del medio digital BBC Mundo, el operativo se dio a raíz de la orden de aprehensión en contra de varios líderes de la agrupación Lev Tahor por parte de un juez federal. Dichos líderes han sido acusados de abuso de menores, después de una investigación de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada; de igual manera, se sospecha de su participación en el delito de tráfico de personas.

IV. El grupo Lev Tahor es conocido por sus prácticas extremas, por abogar a favor del matrimonio infantil, por imponer sanciones severas a transgresiones que se podrían considerar menores y por imponer un régimen estricto a sus seguidores; es considerado como un “culto peligroso” por una corte de Israel. En enero del presente año, entre 40 y 50 miembros, cruzaron la frontera entre México y Guatemala de manera ilegal e instalaron un campamento en el estado de Chiapas, en la zona selvática.

V. Según información del mismo medio, la policía entró al campamento situado a 17 kilómetros de al norte de Tapachula, Chiapas, donde procedieron al arresto de dos miembros acusados de estar involucrados en tráfico de personas y cometer ofensas sexuales graves, incluyendo violación, informó el Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel. Se encontró a 26 miembros del grupo en el campamento, entre quienes había ciudadanos con doble nacionalidad de países que incluyen a Canadá, Estados Unidos y Guatemala. Se arrestó a un ciudadano canadiense y a uno israelí, otros dos miembros se dieron a la fuga y otros cinco fueron detenidos por violar las leyes migratorias.

VI. El Instituto Nacional de Migración dijo no tener registro de personas de la comunidad judía, detenidos en sedes migratorias del estado de Chiapas.

VII. En la actualidad, son cada vez mayores los flujos migratorios en donde participan niñas, niños y adolescentes, en el primer trimestre de 2022 se reportaron 77 mil 626 capturas de migrantes, de acuerdo con las estadísticas oficiales de la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Las detenciones de migrantes menores de edad hasta marzo de 2022 han sumaron 11 mil 271 cifra nunca antes registrada, 54 por ciento son niños de entre cero y 11 años.

VIII. Los migrantes menores de edad se han convertido en el punto más vulnerable de la defensa de los derechos humanos, el desconocimiento del idioma y las leyes del lugar donde arriban son factores que muchas veces los convierte en víctimas de violación a sus derechos humanos, que van desde maltrato, explotación sexual, trabajo forzado, abusos por parte de las autoridades, deportación o encarcelamiento.

Considerandos

I.- El artículo 6, fracción I, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, establece que la presentación de proposiciones es un derecho de las y los diputados.

II.- Conforme al artículo 1o de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

III.- Conforme al artículo tercero, de la Convención sobre los Derechos del Niño.

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Parte se comprometen a asegurar al nin?o la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

3. Los Estados Parte se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, nu?mero y competencia de su personal, asi? como en relacio?n con la existencia de una supervisión adecuada.

IV.- Conforme al artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las personas que se encuentren dentro del país gozarán de los derechos humanos reconocidos tanto en la constitución, como en los tratados internacionales.

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Asimismo, en el párrafo segundo se establece:

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

V.- Conforme al artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Asimismo, en el onceavo párrafo se establece:

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

VI.- Conforme al artículo segundo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios establecidos en la presente ley. Para tal efecto, deberán:

I. Garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno;

II. Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, y

III. Establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas, programas gubernamentales, legislación y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.

Asimismo, en el quinto párrafo se establece:

El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se atenderá a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales de que México forma parte.

Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, con el siguiente resolutivo:

Punto de Acuerdo

Único. – Se exhorta Instituto Nacional de Migración para que, en coordinación con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, rindan un informe a la opinión pública sobre la detención y retención de los menores de edad judíos integrantes de la comunidad Lev Tahor, con la finalidad de saber si se respetó el debido proceso, y si se llevó a cabo salvaguardando su integridad física, protegiendo el interés superior de la niñez y garantizando los derechos humanos de los menores de edad detenidos.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 11 días del mes de octubre del año 2022.

Diputada Mariana Gómez del Campo Gurza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a retirar la solicitud al Senado de la Republica de ratificar el acuerdo entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de la Federación de Rusia sobre cooperación en la explotación y utilización del espacio ultraterrestre para fines pacíficos, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, con el carácter de diputado de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La Agencia Espacial Mexicana y la Corporación Espacial Estatal de Rusia firmaron el 28 de septiembre del 2022 el Acuerdo sobre Cooperación en la Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre para fines Pacíficos, el cual contempla el permiso de uso del espacio ultraterrestre y promoción y uso de la tecnología, mediante el intercambio entre ambas agencias espaciales. Sin embargo, también manifiesta la posibilidad de generar información clasificada y no compartirla con la otra parte, sin limitar el tipo de información que se pueda generar . Asimismo, en el contexto de la guerra entre Rusia y Ucrania, es sensible llegar a acuerdos con dicho país que ha violado el derecho humanitario . Por lo tanto, se propone un Punto de Acuerdo en el cual se retire la solicitud de ratificación al Senado.

Contexto: Guerra Rusia-Ucrania

En 2014 Rusia invadió y anexó la península de Crimea, que forma parte del territorio de Ucrania. Meses después rebeldes prorrusos se levantaron en el este del país, formando las repúblicas separatistas de Donetsk y Luhansk, apoyados por el gobierno ruso.1 Así, el 21 de febrero de 2021, Vladimir Putin, presidente de Rusia, firmó decretos que reconocen a la República Popular de Donetsk y la República Popular de Luhansk.2

El 24 de febrero de 2022, el Presidente ruso anunció el inicio de una operación militar especial en territorio ucraniano. Al poco tiempo, tropas rusas invadieron dicho país al tiempo que se reportaban bombardeos en las principales ciudades ucranianas. Ante esta situación, el Presidente de Ucrania, Volodymyr Zelensky, ordenó movilizar militarmente general para garantizar la defensa del Estado.3

A partir de la invasión rusa, la población de Ucrania se ha enfrentado a una crisis de derechos humanos y a la muerte con diversos eventos, como el 6 de marzo en que un ataque ruso impactó un punto de evacuación civil en las afueras de Kiev y mató a personas entre las que se incluían niños cuando intentaban huir de sus hogares. Posteriormente, el 9 de marzo Ucrania y Rusia acordaron un alto al fuego de 12 horas para permitir la huida de civiles por medio de corredores humanitarios. Sin embargo, el ejército ruso bombardeo un hospital materno infantil en Mariupol, en el sur de Ucrania.4 De este modo, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reportó que más de 3.6 millones de personas han huido de Ucrania desde que comenzó la invasión rusa,5 y UNICEF reportó que la guerra se ha cobrado la vida de por lo menos 243 niños y más de 2.2 millones de niños refugiados.6

Así, el 23 de septiembre de 2022 se hizo público que la ONU investigó los crímenes de Guerra en Ucrania. La Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre Ucrania concluyó que, en efecto, en Ucrania se cometieron crímenes de guerra. El presidente de la Comisión, Erik Møse, dijo:

Sobre la base de las pruebas reunidas hasta ahora durante la existencia de la Comisión, después de haber realizado las investigaciones en estos cuatro ámbitos que acabamos de mencionar, constatamos que se han cometido crímenes de guerra en Ucrania. 7

Mientras que el Consejo de Derechos Humanos refirió:

Nos llamó la atención un gran número de ejecuciones y otras violaciones por parte de las fuerzas rusas , y la Comisión recibió relatos constantes de tortura y malos tratos. 8

Por su parte, la Misión de Observación de los Derechos Humanos de la ONU en Ucrania (HRMMU) documentó asesinatos ilegales.9 Por tanto, se concluye que se han efectuado violaciones a los derechos humanos en contra de los ucranianos, además de que se han cometido crímenes de guerra, los cuales están plasmados en el artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Uso del espacio ultraterrestre por parte de la Federación Rusa

El gobierno ruso ha firmado en los años recientes diversos acuerdos de cooperación para la exploración y la utilización del espacio ultraterrestre para fines pacíficos. Los países latinoamericanos con los que se ha acordado son Nicaragua, en 2015,10 y Brasil, en 2021.11

En virtud del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, de 1967, el espacio exterior solo puede utilizarse con fines pacíficos.12 Sin embargo, los acuerdos han permitido que Rusia instale satélites del Sistema Global de Navegación por Satélite (GLONASS) tanto en Brasil como en Nicaragua, y demás países con los que ha convenido acuerdos como Sudáfrica.

Creado en 1982, Glonass es el equivalente ruso al Global Positioning System (GPS) y al igual que este, nació por interés militar en el contexto de la Guerra Fría. Glonass proporciona un posicionamiento preciso de un objeto en el espacio con un error mínimo. Para determinar las coordenadas, se utilizan equipos especiales que, con el apoyo de la infraestructura terrestre, se comunican con una red de satélites lanzados a la órbita cercana a la Tierra.13

De este modo, al no limitar en los diversos acuerdos el uso específico que estos deben de tener, se le permite a la Federación Rusa lanzar dichos satélites de geolocalización. Este hecho se vuelve aún más sensible en tiempos de guerra, y tras el debilitamiento de las relaciones ultraterrestres entre la Federación Rusa y Estados Unidos.

Por otro lado, cabe mencionar que se han comprobado las que, tanto en 2016, como en 2020, fueron llevadas a cabo para la manipulación de las elecciones estadounidenses por parte del Kremlin.14 Por tanto, es preocupante que, de cara a las elecciones de 2023 y 2024 se le dé acceso a dicho país de recabar información en el espacio ultraterrestre mexicano.

Acuerdo México Rusia

Los gobiernos de México y Rusia firmaron un Acuerdo de Cooperación sobre Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre con fines pacíficos. Al respecto, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) emitió un comunicado en el que especifica que dicho acuerdo fue firmado el 28 de septiembre de 2022, también menciono que el acuerdo en comento no ha entrado en vigor.15 Cabe aclarar que el Presidente ruso, Vladimir Putin, ya ratificó el acuerdo y el documento fue publicado el viernes en el portal de información jurídica del Gobierno Ruso.16

La agencia oficial de noticias rusa Sputnik, también aseveró que el acuerdo “prevé la instalación en México de estaciones del sistema ruso de navegación por satélite Glonass y de sistemas óptico-electrónicos para prevenir situaciones de peligro en el espacio cercano a la Tierra”.17 Por su parte, la embajada rusa en México confirmó que el Estado Mexicano usara el sistema satelital Glonass, que de acuerdo con los servicios de inteligencia de Estados Unidos dicho sistema podría ser usado por el gobierno de Rusia para labores de espionaje.18

Lo anterior es preocupante tomando en cuenta los incisos b y c del numeral 1, artículo 10 del Acuerdo:

b) “información clasificada” - la información de acceso y uso restringido, que no sea información secreta, que esté debidamente marcada como tal y sus medios de almacenamiento deberán entregarse con la indicación:

en los Estados Unidos Mexicanos - “Información Reservada” () o “Información Confidencial” ();

c) “información secreta” - la información presentada en cualquier forma, protegida de conformidad con la legislación del Estado de cada una de las Partes, transferida (recibida) en el curso de implementación de este Acuerdo, así como formada en el proceso de cooperación de las Partes, cuya divulgación no autorizada pueda causar daños a la seguridad o los intereses de los Estados Unidos Mexicanos y/o la Federación de Rusia y que deberá marcarse debidamente como tal.

El acuerdo en comento se destaca porque los países usarán información reservada o clasificada, lo cual incluso sigue en el anexo de dicho Acuerdo que se da el lujo de dedicar la sección tercera al uso de información comercial clasificada. Sin embargo, el Acuerdo es omiso en especificar quién decide si la información es confidencial, reservada o clasificada. Además, olvida que el artículo 6 de la Carta Magna establece el derecho la información:

Artículo 6. (...) El derecho a la información será garantizado por el Estado.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.19

Por lo tanto, dicho acuerdo viola el derecho a la información consagrado en la Ley Fundamental.

Cabe mencionar que el Acuerdo, en su artículo 3, menciona las áreas de cooperación entre los Estados, en áreas como la ciencia y el uso de tecnologías de la información. Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado Mexicano garantizara el acceso abierto a la información que derive de la ciencia, así como el acceso a las tecnologías de la información

Artículo 3o. (...)

V. Toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica. El Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive de ella, para lo cual deberá proveer recursos y estímulos suficientes, conforme a las bases de coordinación, vinculación y participación que establezcan las leyes en la materia; además alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;20

Artículo 6o. (...)

El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet.21

Negar el acceso a la información científica, así como restringir, limitar o quitar el acceso al uso de las tecnologías de la información, viola la Carta Magna. Sumado a que la información clasificada o reservada no abona en nada al principio de transparencia, pilar fundamental en la Carta Magna y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Otro punto para mencionar es que el Acuerdo nunca menciona procedimientos específicos que regulen la información clasificada, ni la información. Lo único que menciona son cuestiones generales que solo dan paso a la falta de certeza y seguridad jurídica, principios plasmados en la Carta Magna. Asimismo, el Acuerdo tampoco establece procedimientos de protección a los datos personales, el cual es un derecho consagrado en el segundo párrafo del artículo 16 de la Ley Fundamental.

Artículo16. (...)

Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.22

El no establecer en el Acuerdo procedimientos que garanticen la protección de sus datos personales tiene como consecuencia directa que los datos de las personas queden expuestos y se violente el derecho a la privacidad plasmado en la fracción II del inciso a del artículo 6 y en el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Un Acuerdo no puede ni debe violar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni posicionarse por encima de la esta, permitir esto sería un atentado a la soberanía nacional. Además de que daría paso a que otro Estado intervenga en el sistema normativo mexicano y disponga que hacer.

El Estado Mexicano no está sublevado a ningún país, es una nación independiente.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.23

El Poder Legislativo no debe de permanecer indiferente ante las violaciones cometidas que afectan tanto al personal médico como a las y los pacientes. Asimismo, violentan la soberanía y la seguridad nacional y a las garantías constitucionales, en este sentido es válido recordar el artículo 39 constitucional.

Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. (...)24

Como queda claro en dicho artículo la soberanía reside en el pueblo mexicano no en otro Estado.

Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, (...).25

Ratificar el acuerdo en comento sería igual a renuncia a nuestra soberanía, dejar que otro Estado venga a dar órdenes, a violentar la legislación mexicana y a pisotear los derechos humanos de los mexicanos.

Por las razones expuestas en el presente, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular del Ejecutivo federal para que retire la solicitud al Senado de la República de ratificar el acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Federación de Rusia Sobre Cooperación en la explotación y utilización del espacio ultraterrestre para fines pacíficos.

Notas

1 Padinger, G. (2022b, julio 23). Así ha sido, día a día, la guerra en Ucrania: datos y cronología sobre la invasión rusa. CNN. Recuperado 9 de octubre de 2022, de

https://cnnespanol.cnn.com/2022/07/23/guerra-ucrania-cro nologia-orix/

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Ibídem.

5 Ibídem.

6 Padinger, G. (2022, 23 julio). Así ha sido, día a día, la guerra en Ucrania: datos y cronología sobre la invasión rusa. CNN. Recuperado 9 de octubre de 2022, de

https://cnnespanol.cnn.com/2022/07/23/guerra-ucrania-cro nologia-orix/

7 Una investigación de la ONU concluye que se han cometido crímenes de guerra en Ucrania. (2022, 23 septiembre). Noticias ONU. Recuperado 9 de octubre de 2022, de

https://news.un.org/es/story/2022/09/1515171

8 Una investigación de la ONU concluye que se han cometido crímenes de guerra en Ucrania. (2022, 23 septiembre). Noticias ONU. Recuperado 9 de octubre de 2022, de

https://news.un.org/es/story/2022/09/1515171

9 Una investigación de la ONU concluye que se han cometido crímenes de guerra en Ucrania. (2022, 23 septiembre). Noticias ONU. Recuperado 9 de octubre de 2022, de

https://news.un.org/es/story/2022/09/1515171

10 Asamblea de Nicaragua (2015). Acuerdo por el entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la Federación Rusa para la exploración y la utilización del espacio ultraterrestre para fines pacíficos. Recuperado el 9 de octubre del 2022, de

http://legislacion.asamblea.gob.ni/Instrumentos.nsf/d9e9b7b996023769062578b80075d821/
7e1102f06bc31a7e06257e500053c072?OpenDocument&ExpandSection=-1&Click=

11 Asamblea General de la ONU (2022). Cooperación internacional para la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos: actividades de los Estados Miembros. Recuperado el 9 de octubre de 2022, de

https://cms.unov.org/dcpms2/api/finaldocuments?Language= es&Symbol=A/AC.105/1248

12 ONU (2002). Tratados y Principios de las Naciones Unidas sobre el Espacio Ultraterrestre. Recuperado el 9 de octubre del 2022, de https://www.unoosa.org/pdf/publications/STSPACE11S.pdf

13 . Recuperado el 9 de octubre del 2022, de https://eraglonass.ru/sistema-glonass-chto-eto-i-kak-rabotaet/

14 Barnes, Julian (2021). Russian Interference in 2020 Included Influencing Trump Associates, Report Says. Recuperado el 9 de octubre del 2022, de https://www.nytimes.com/2021/03/16/us/politics/election-interference-ru ssia-2020-assessment.html

15 Expansión (2022). SRE: Acuerdo entre Rusia y México en materia espacial no incluye sistema Glonass. Recuperado 9 de octubre de 2022, de

https://politica.expansion.mx/mexico/2022/10/08/sre-acue rdo-entre-rusia-y-mexico-en-materia-espacial-no-incluye-sistema-glonass

16 . Recuperado 9 de octubre de 2022, de https://www.pnp.ru/politics/rossiya-i-meksika-dogovorilis-o-bessrochnom -sotrudnichestve-v-kosmose.html

17 Agencias, R. Y. (2022, 9 octubre). Controversia en México por Glonass. El Universal. Recuperado 9 de octubre de 2022, de https://www.eluniversal.com.mx/nacion/controversia-en-mexico-por-glonas s

18 Rusia ratifica acuerdo con México que incluye instalar un sistema satelital que Washington considera que se usa para espionaje. (2022, octubre 8). Latin US. https://latinus.us/2022/10/08/mexico-rusia-ratifican-acuerdo-incluye-in stalar-sistema-satelital-washington-cree-que-se-usa-para-espionaje/

19 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 6)

20 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3, fracción V)

21 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3 párrafo 3)

22 (Constitución política de los Estados Mexicanos, artículo 16, párrafo segundo).

23 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 40)

24 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 39)

25 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 41)

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT, en colaboración con la Guardia Nacional, a fin de implementar un plan de acción antirrobo para transporte de carga a nivel nacional y estrategias de recuperación de mercancías ante el delito de robo a transporte de carga, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Mario Alberto Torres Escudero, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo, por el cual la H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en colaboración con la Guardia Nacional, a fin de implementar un plan de acción antirrobo para transporte de carga a nivel nacional y estrategias de recuperación de mercancías ante el delito de robo a transporte de carga, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El gobierno mexicano ha implementado diversos mecanismos para atender las problemáticas más constantes que se reportan en las carreteras, como es el caso de robo de transporte de carga, si bien es cierto que, en los últimos trimestres, el robo a transporte de carga dentro del país ha aumentado de manera significativa. En parte, la incidencia ha incrementado debido a las nuevas manifestaciones laborales y de movilidad tras la pandemia de Covid-19. Incluso podría decirse que el crimen organizado se ha logrado adaptar de la misma forma que los trabajadores y las empresas. La crisis económica actual ha llevado a las empresas a adoptar nuevas modalidades de funcionamiento, haciendo que las entregas a distancia de mercancías sean más comunes, por cuestiones de salubridad y mejoras de costos. Sin embargo, la mayor afluencia de transporte de carga ha desencadenado también en una serie creciente de atraco a transportistas.

El aumento se estableció como 5% superior comparando el primer trimestre del año en curso con el mismo periodo de 2021, según el Centro de Inteligencia de Cadena de Suministro Sensitech (SCIC). De acuerdo con los informes emitidos por dicha organización, durante 2022, el 87% de todos los robos de mercancías a transportistas se registraron en la Región Centro del país.

Las entidades más afectadas actualmente por este delito son el Estado de México (34%), Puebla (13%), Guanajuato (9%), Jalisco (7%) y Veracruz (5%), debido a la importancia de las rutas comerciales terrestres que conectan dichos estados y el importante tránsito de mercancías.

La configuración de estos robos obedece a una planeación sistematizada, diseñada por los criminales en razón de las ubicaciones más vulnerables de los trayectos por los que los transportistas se ven obligados a transitar. Los atracos se llevan a cabo en diversas locaciones, con incidencias mayores durante el tránsito de la unidad (69%), en estacionamientos no seguros (21%) o dentro de las instalaciones de la empresa o propietario (6%).

Según datos de la Fiscalía General de la República y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el primer semestre del año se han registrado 6389 robos a autotransporte de carga en todo el país. Esto representa un aumento de 3.1% respecto al mismo periodo en 2021. El robo a transporte de carga ya puede, por la incidencia y las consecuencias, ser considerado un problema de seguridad nacional.

Del 11 al 13 de mayo de este año, los directivos de la CANACAR presentaron un plan que busca disminuir los robos al transporte de mercancías en territorio nacional. Aunque existe colaboración en el diseño e implementación de medidas estratégicas para la recuperación de unidades y mercancías (por ejemplo, con tecnología GPS), la realidad de la incidencia delictiva no ha reflejado ni la implementación oportuna de dichos protocolos, ni reducido el número de crímenes.

El impacto en la economía mexicana es enorme, pues las empresas presentan pérdidas millonarias que afectan directamente al mercado, perdiendo insumos y compradores, generando multas administrativas y un consecuente aumento de precios, haciendo que, de forma indirecta, quienes absorban el gasto implicado sean los consumidores finales; considerando todas las extensiones del robo de mercancías, las pérdidas totales se estiman en 290 millones de dólares anuales.

También es importante tomar en cuenta que no sólo las empresas son víctimas de este delito, pues también existen pequeños productores cuyo ingreso total depende de las mercancías transportadas y la unidad de carga. Su ingreso y subsistencia depende directamente de esta fuente de trabajo y el robo del vehículo representa directamente la pérdida total de su patrimonio.

El simple hecho, visible por los registros, de que el 69% de los robos a transporte de carga suceden en algún tramo de la vialidad a recorrer, denota una necesidad urgente de implementar medidas de seguridad. De hecho, con la información proporcionada por las mismas denuncias, es posible averiguar cuáles son los lugares más inseguros y comenzar a tomar medidas efectivas para eliminar este delito. Se requiere elaborar sin demora un Plan Antirrobo para el Transporte de Carga, que funcione de manera conjunta entre las operaciones logísticas de las empresas y los elementos de seguridad nacional, ya que es imposible evitar la movilidad de mercancías. Así mismo, urge un Plan de Recuperación para las mercancías robadas, pues el porcentaje de recuperación disminuye con el paso de las primeras horas después del robo. Pasadas cinco horas, las probabilidades de hallar la mercancía son prácticamente nulas.

La vigilancia de los corredores que presenten mayor riesgo debe ser constante y garantizar la seguridad de los transportistas: aunque se violenta la economía y el mercado, no debemos perder de vista que se atenta también contra la integridad y la vida de las personas.

En apego al Artículo 4o Constitucional, que determina que “toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial , accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, inclusión en igualdad”, debe implementarse un sistema conjunto de alerta y monitoreo de las unidades, debido a que actualmente no existe la atención necesaria a este fenómeno. No existe una aplicación directa de las tecnologías de rastreo para disminuir la vulnerabilidad de los transportistas, y se violenta consecuentemente el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad.

El artículo 115 constitucional, a su vez, indica que “los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, así como los planes en materia de movilidad y seguridad vial .”

Es fundamental resaltar que la constante colaboración por parte de las diversas entidades gubernamentales ha permitido atender y comenzar a hacer frente a esta problemática que deriva desde hace sexenios.

Ante este constante trabajo es importante reforzar los mecanismos que contribuyan a solucionar y atacar de raíz este hecho. Se debe resaltar que la actual administración ha visibilizado dicha problemática y por ello es que resulta esencial que las áreas competentes unifiquen esfuerzos.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en colaboración con la Guardia Nacional, a fin de implementar un plan de acción antirrobo para transporte de carga a nivel nacional y estrategias de recuperación de mercancías ante el delito de robo a transporte de carga

Bibliografía:

LOCKTON, El robo a transporte de carga, un “dolor de cabeza” para las empresas, https://global.lockton.com/mx/es/noticias/el-robo-a-transporte-de-carga -un-dolor-de-cabeza-para-las-empresas

ANTP, Estadísticas de robo al Transporte de Carga, 2021, https://www.antp.org.mx/nd_img/indicadores/transportes/documentos/febre ro2022/antp_SeguridadPatrimonial_Enero2022.pdf

SAFELINK MÉXICO, Robo de Mercancías a Transportistas en México durante el primer cuatrimestre del 2022, https://www.safelinkmexico.com/robo-de-mercancias-a-transportistas-en-m exico-durante-el-primer-cuatrimestre-del-2022/

EXPANSIÓN, Empresas alertan que el robo de alimentos en carretera puede afectar el abasto, https://expansion.mx/empresas/2022/07/13/robo-transporte-carga-alimento s-bebidas-suministro-inflacion

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022

Diputado Mario Alberto Torres Escudero (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SFP a investigar los contratos por adjudicación directa con la empresa Cyber Robotic Solutions, durante la suspensión de la plataforma Compranet, a cargo del diputado José Mauro Garza Marín, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, José Mauro Garza Marín, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de la Comisión Permanente la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 20 de julio de 2022, se informó en el Diario Oficial de la Federación (DOF)1 la suspensión temporal del sistema Compranet, por lo que todas las transacciones electrónicas realizadas al amparo de esta plataforma quedan suspendidas, por lo que estas deberán realizarse de forma presencial, con los riesgos de corrupción y transparencia que implica esta decisión.

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el portal de Compranet: “es un sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación.”2 Tan solo en 2021, se realizaron 173 mil 501 contratos por un monto de 473 mil 391 millones de pesos mediante esta plataforma.3

Compranet es un sistema indispensable para conocer los procedimientos de compras públicas del sector público. Durante la suspensión de 17 días de esta plataforma casualmente se realizaron contratos por adjudicación directa a empresas señaladas de corrupción, o de ser beneficiarias de funcionarios de esta o de administraciones pasadas.4

Por ejemplo, entre el 15 de julio y el 1 de agosto, fueron otorgados contratos por más de 20 millones de pesos a la compañía Cyber Robotic Solutions, SA de CV, propiedad de León Manuel Bartlett Álvarez, hijo del director general de la Comisión Federal de Electricidad, Manuel Bartlett Díaz.5

En específico, el 26 de julio pasado el Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío reportó el procedimiento de adjudicación directa AA-012NBQ001-E119-2022, para adquirir con la citada razón social los servicios de “mantenimiento del equipo médico del HRAEB”, por un monto total de 9 millones 19 mil 584 pesos. Un día después, el 27 de julio, Cyber Robotic Solutions fue beneficiado con la contratación AA-012NAW001-E531-2022, por un monto de 11 millones 346 mil 207 pesos, correspondiente al servicio de “mantenimiento preventivo y correctivo del equipo Acelerador Lineal Radixact X9 y equipos periféricos marca Accuray”, del Hospital Juárez de México.6

Cabe señalar que esta empresa ha sido fue inhabilitada durante 24 meses por vender ventiladores “viejos, usados y en mal estado” para atender a los pacientes por Covid-19 en Hidalgo, estos respiradores nunca llegaron a tiempo y tenían un sobreprecio de 31 millones de pesos fuera del rango del mercado.7

Cyber Robotics Solutions fue constituida el 20 de marzo de 2010 por Alejandro Marina Vales, socio de Bartlett Álvarez, según consta en el acta constitutiva con folio mercantil 414723 inscrita en el Registro Mercantil de la Ciudad de México. Ambos son los apoderados generales de una filial espejo registrada en Panamá el 11 de marzo de 2019, en la que figuran como supuestas accionistas dos empleadas de un despacho legal especializado en crear empresas offshore “o de gaveta” (es decir, que carecen de instalaciones y sólo existen en el papel).8

A estas adjudicaciones, operadas manualmente durante la notable ‘ausencia’ de CompraNet, habrá que sumar la adquisición que Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, SA de CV, mejor conocidos como Birmex, hizo a la empresa Grupo Dequivamed, SA de CV, para asegurar la distribución de la vacuna antirrábica canina.9 La firma (por cierto, propiedad del dueño de futbol Atlante de la Liga de Expansión MX, Emilio Escalante Méndez) fue beneficiada con contratos por más de mil millones de pesos durante los gobiernos de Enrique Peña Nieto y de Felipe Calderón, se adjudicó este 29 de julio un negocio por 17 millones 917 mil pesos, con el procedimiento AA-012NEF001-E96-2022.

Este gobierno, está lleno de casualidades, la caída del sistema de Compranet permitió que se realizarán adjudicaciones directas a empresas señaladas por ser empresas gaveta; y beneficiar en un claro conflicto de interés en este caso al hijo del titular de la Comisión Federal de Electricidad. No podemos permitir que las compras públicas se conviertan en el negocio de unos cuantos.

Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Honorable Comisión Permanente la siguiente proposición con

Punto se Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de la Función Pública para que, con base en sus atribuciones legales, realice una investigación respecto a las adjudicaciones directas a Cyber Robotics Solutions durante la suspensión de la plataforma Compranet.

Notas

1 DOF (2022). Criterios para la suspensión temporal del Sistema CompraNet. Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5658725&f echa=20/07/2022#gsc.tab=0

2 Artículo 2. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/14_200521.p df

3 IMCO (2022). Índice de Riesgos de Corrupción 2022.Disponible en: https://imco.org.mx/indice-de-riesgos-de-corrupcion-2022/

4 Milenio (2022). Megaadjudicaciones durante ¨caída” de Compranet. Disponible en: https://www.milenio.com/opinion/oscar-cedillo/contrasena/megaadjudicaci ones-durante-caida-de-compranet

5 Ibíd.

6 Ibíd.

7 Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad. (2020) Disponible en: https://contralacorrupcion.mx/hijo-bartlett-ventilador-covid-19/

8 Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad. (2020) Disponible en: https://contralacorrupcion.mx/hijo-bartlett-ventilador-covid-19/

9 Milenio (2022). Megaadjudicaciones durante ¨caída” de Compranet. Disponible en: https://www.milenio.com/opinion/oscar-cedillo/contrasena/megaadjudicaci ones-durante-caida-de-compranet

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado José Mauro Garza Marín (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y a la SE a establecer el acceso a mejores estrategias comerciales para la exportación de artículos mexicanos de alta producción, a través de capacitaciones enfocadas en los pequeños y medianos productores, garantizando la inclusión de sectores vulnerables, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Mario Alberto Torres Escudero, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo, por el cual la H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como a la Secretaría de Economía a fin de establecer el acceso a mejores estrategias comerciales para la exportación de productos mexicanos de alta producción, a través de capacitaciones enfocadas en los pequeños y medianos productores, garantizando la inclusión de sectores vulnerables, con base en las siguientes

Consideraciones

Las exportaciones de México han crecido de 21,800 millones de dólares a alrededor de 400,000 millones de dólares en los últimos treinta años. La economía mexicana, de hecho, tiene un ingreso reflejado en su Producto Interno Bruto de alrededor del 38.18% según datos 2021. Es claro que la atención al comercio internacional es clave para el correcto desarrollo del país y un futuro fortalecimiento de la economía. Existen áreas de oportunidad en las que un amplio sector mundial está dispuesto a invertir, propiciando oportunidades para una gran cantidad de localidades dentro de nuestro territorio.

México posee una amplia gama de recursos naturales, llevándolo a convertirse en líder exportador del sector agrícola. Según el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), uno de cada tres aguacates consumidos a nivel mundial procede de nuestro país.

Cómo se muestra en la tabla anterior, los productos exportados por México representan una gran variedad a partir de la enorme diversidad de ecosistemas existentes, pese a que dicha diversidad representa una oportunidad para muchos sectores, existe uno que pese a aprovechar la naturaleza no cuenta con la posibilidad de ser contemplado dentro de la comercialización exterior a raíz de la falta de conocimientos para llevarlo a cabo por lo que se ven en la necesidad de comercializarlo de manera local y en apego a la competencia existente.

La atención enfocada al comercio exterior mexicano no ha sido la mejor posible. Si es fácil reconocer una capacidad en la producción agrícola que pocos países tienen, también es evidente que existen barreras que aún no logran superarse.

Por ejemplo, el valor de las exportaciones es menor al de las importaciones: aún con toda la potencialidad para generar productos de alta calidad que otros países no pueden generar, México es deficitario en el mercado internacional. Los valores de las importaciones según el INEGI alcanzan los 450,572 millones de dólares, contra 464,277 millones de dólares de importación. Para una salud financiera más sana, es necesario rescatar los productos que no están siendo importados en medida suficiente.

Otro factor determinante en la limitación de la producción y el nivel de vida es la pobreza. Las fortalezas comerciales derivadas del campo no están directamente ligadas a un salario competitivo: a veces, ni siquiera digno. La constante compra de productos primarios a agricultores a precios bajos conlleva intrínsecamente una notable precariedad para la vida de los trabajadores.

Existen disparidades regionales y sectoriales relacionadas a la distribución de los ingresos generados por el comercio exterior. La propia naturaleza competitiva del mercado global crea con el tiempo sectores ganadores y perdedores, en una estructura que conduce a una mayor vulnerabilidad a las micro, pequeñas y medianas empresas, incapaces de insertarse por medios propios en el mercado internacional a menos que se deje en manos de terceros la distribución de sus productos. Los pequeños productores, por tanto, se encuentran inmersos en una ola creciente de compra-venta, sin poder obtener realmente una cantidad de recurso económico acorde a su trabajo. Según las bases del comercio internacional, en un país con abundante tierra y recursos, la expansión comercial debería consolidar una mayor calidad de vida para los trabajadores al ofrecer mayor cantidad de trabajo: los ingresos obtenidos al exportar productos primarios deberían fortalecer la economía general. Sin embargo, existen imperfecciones en los modelos de exportación, pues los miles de millones de dólares en transacciones no se ven reflejados en la vida diaria del pequeño productor. La asimetría existente en la distribución de recursos obtenidos deriva de anomalías en los modelos de exportación y en nulas prácticas de política fiscal y monetaria, pues a nivel macroeconómico, son los pequeños productores quienes absorben la transmisión de los precios internacionales, establecidos en el mercado global. El sector agrícola es, de hecho, el que presenta las mayores distorsiones y brechas entre el recurso monetario entrante y la pobreza de los productores.

Estas brechas deben reducirse y enfocar mejores políticas comerciales en beneficio de los trabajadores agrícolas.

Crear mejores medidas y estrategias para los productos agrícolas en los que México es el principal productor resulta imperante, así como la inclusión de los sectores vulnerables en una adecuada distribución del recurso entrante. Se precisa capacitar íntegramente al sector agrícola para así garantizar al pequeño y mediano productor una mejor calidad de vida.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y a la Secretaría de Economía a fin de establecer el acceso a mejores estrategias comerciales para la exportación de productos mexicanos de alta producción, a través de capacitaciones enfocadas en los pequeños y medianos productores, garantizando la inclusión de sectores vulnerables.

Bibliografía

CEDRSSA, (2020) La Agricultura y su Relación con la Pobreza en México. Cámara de Diputados.

Escobar, A., (2021) La Agricultura de la Exportación y la Pobreza de sus Trabajadores. CIESAS.

INEGI Reina, M, & Zuluaga, S,. (2008) Comercio y Pobreza: Análisis comparativo de la evidencia para América Latina. CEPAL.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado Mario Alberto Torres Escudero (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Oaxaca y al Congreso local a garantizar el derecho a una igualdad sustantiva a las mujeres indígenas de dicho estado, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Evangelina Moreno Guerra, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 28 de septiembre de 2022, en el Congreso de Oaxaca se aprobó con 23 votos a favor y 14 en contra la modificación al artículo transitorio tercero del Decreto 1511, relativo a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, expedido el 28 de mayo de 2020 por la LXV Legislatura, con el erróneo argumento del respeto a la libre determinación y la prevención de la violencia política contra las mujeres.

Esto es un falso argumento jurídico, porque el artículo 1o de la Constitución Federal establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad a la Constitución y a los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, este artículo estipula que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Bajo esta tesitura, considero que las y los legisladores del Congreso de Oaxaca no favorecieron la protección más amplia para las mujeres indígenas. Esto es, la reforma aprobada no garantiza el derecho a la igualdad sustantiva y, por consecuencia, dicha reforma dista de tener perspectiva de género. Por el contrario, es una legislación que atenta y violenta las democracias paritarias y comunitarias. Incluso, va en contra del principio gubernamental correspondiente a primero los pueblos indígenas.

A los miembros de las comunidades indígenas el Estado mexicano les debe garantizar el derecho a la libre determinación y, por consecuencia, a la autonomía indígena en todos los ámbitos. Sin embargo, la observancia del principio de paridad no atenta contra estos derechos sustantivos de los pueblos indígenas. Todo lo contrario, la igualdad sustantiva para las mujeres, particularmente para las mujeres indígenas, es un derecho humano que en la ponderación de derechos supera por mucho la modificación aprobada en el Artículo Tercero Transitorio, de acuerdo con el principio pro-persona y el principio de convencionalidad estipulados en el artículo 1o de la Constitución Federal.

Por lo que, instamos a las y los legisladores para que el decreto 1511 quede sin modificaciones para que la totalidad de los ayuntamientos por sistemas normativos indígenas cuente con una integración paritaria de forma total en el año 2023. Es de sabiduría rectificar y ser congruentes con los cambios jurídicos que nivel federal se llevan a cabo, no puede haber legislaciones regresivas ni restrictivas y, mucho menos, se puede ir en contra de los principios del gobierno federal, ni violentar políticamente a las mujeres indígenas de Oaxaca y de nuestro país.

Si las y los diputados de la LXV Legislatura del Congreso del estado de Oaxaca están preocupados por respetar y garantizar la libre determinación y autonomía de las comunidades indígenas, los invitamos a reformar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y sus leyes secundarias para que las comunidades indígenas tengan el derecho de postular a candidatas y candidatos a las diputaciones locales por el principio de mayoría y el principio de representación proporcional.

Esto significa que tanto los partidos políticos como las comunidades indígenas puedan postular fórmulas de candidaturas de personas indígenas para las diputaciones locales. Con esta propuesta, las y los legisladores podrían garantizarían la libredeterminación y autonomía indígena.

Asimismo, la mencionada reforma aprobada por el Congreso del estado de Oaxaca tampoco realizó la consulta indígena, la cual es una obligación que tiene el Poder Legislativo de Oaxaca. Así lo establece el 6 artículo del Convenio 169 de la OIT para nuestro país y las entidades federativas. Un concepto jurídico que es muy claro porque establece que se debe de consultar a los pueblos indígenas cuando los actos administrativos o legislativos afecten sus derechos, a fin de llegar a un Acuerdo o al Consentimiento.

Así es que, la falta de consulta indígena es una omisión del Congreso del estado de Oaxaca. Esto significa que se debe de reponer el procedimiento legislativo, por lo que consecuentemente se invalidaría dicha reforma aprobada al Artículo Transitorio Tercero del Decreto 1511, relativo a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

La lucha por la igualdad sustantiva es un tema que lleva décadas, misma que se remonta a la firma de la Carta de las Naciones Unidas de 1945. De hecho, la Recomendación General 23 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) señala que “Todos los Estados Parte deben idear y ejecutar medidas temporales especiales para garantizar la igualdad de representación de las mujeres en todas las esferas de la vida política y pública”. Podemos hacer un recuento de las luchas, pero no es el caso, lo importante es saber que todas las luchas tienen como objetivo final: lograr la igualdad sustantiva entre los géneros.

El sentido común de la igualdad sustantiva propone una plena transformación de las instituciones sociales, de los marcos jurídicos nacionales y estatales, de sus leyes y normas culturales, así como de las prácticas que son discriminatorias. Por ello, en los últimos años se realizaron reformas, en 2016 y 2019, a las fracciones III y VII del artículo 2º de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reconocer y garantizar en el marco de la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía indígena en materia de igualdad sustantiva y el principio de paridad de género, que a la letra dice:

“III. Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así? como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal, la soberanía de los Estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.

VII. Elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables”.

Nuestra Constitución claramente establece los límites y alcances de la libredeterminación y autonomía de los pueblos indígenas en la nación. Como se observa, en la fracción tercera del Apartado A del artículo 2o, las comunidades y pueblos indígenas pueden elegir a sus autoridades o representantes como ellos decidan, siempre y cuando, se garantice la igualdad de género.

Una igualdad sustantiva que está sumamente fortalecida con la proposición que estípula que ninguna práctica comunitaria podrá limitar los derechos políticos durante las elecciones indígenas. Así es que, el espíritu final de esta fracción III es el derecho que tienen las comunidades indígenas a elegir, el cual está supeditado a la salvaguarda de la igualdad sustantiva de los géneros.

Mientras que la facción VII brinda la oportunidad de elegir representantes en todos los ayuntamientos con población indígena observando el principio de paridad de género. Esto es, que las y los representantes elegidos tendrán que mantener el equilibrio para que participen los dos géneros de manera paritaria. Por lo que, se requiere que sean elegidos de manera igualitaria.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Estatal de Oaxaca, para que no publique en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, la reforma al Artículo Transitorio Tercero del Decreto 1511, relativo a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca en materia de paridad de género en los municipios indígenas por ser contraria a los estándares internacionales.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Congreso de Oaxaca para que, en el caso de que se reformen leyes o conceptos jurídicos del corpus iuris del Estado de Oaxaca que afecten los derechos de las comunidades y pueblos indígenas, garantice en todo momento el derecho a la consulta indígena bajo los principios del consentimiento, libre, previo e informado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputada Evangelina Moreno Guerra (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Inegi a realizar los cambios administrativos y la actualización de la base de datos en materia de nombres geográficos, a fin de nombrar a la Sierra Mazateca de Oaxaca como la “Sierra Mazateca de Flores Magón”; y al Ejecutivo Federal, para que en coordinación con el gobierno de Oaxaca, establezcan un programa a fin de conmemorar el 21 de noviembre el centenario luctuoso de Ricardo Flores Magón, a cargo del diputado Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Armando Contreras Castillo diputado de la LXV Legislatura, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1 fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para realizar los cambios administrativos y la actualización de la base de datos en materia de nombres geográficos, a fin de nombrar a la Sierra mazateca del estado de Oaxaca, como la “Sierra Mazateca de Flores Magón” y al poder Ejecutivo federal, para que en coordinación con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, establezcan un programa a fin de conmemorar el 21 de noviembre el Centenario luctuoso de Ricardo Flores Magón”, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera.- La ideología de los hermanos Jesús, Enrique y Ricardo Flores Magón, ha sido estudiada durante muchos años por haber transfigurado la historia de nuestro país. Hijos del militar liberal mexicano Teodoro Flores Martínez, mestizo y avecindado entre indígenas Mazatecos y la activista social Margarita Magón Grajales, se convertirían en los precursores intelectuales de la revolución mexicana.

Nacieron en los poblados de la Sierra Mazateca; San Jerónimo Tecoatl, Teotitlán del camino y San Antonio Eloxochitlán, lugares místicos llenos de cultura, costumbres y tradiciones, enclavados entre montañas, ríos y bosques, autodenominándose como: “gente que cuida, protege y trabaja el monte”.

Los hermanos Flores Magón, pertenecientes a la Sierra Mazateca, un lugar lleno de cultura y tradiciones, donde el Pueblo Mazateco, a quién siempre he expresado mi respeto y más grande admiración, tuvo contacto y notable influencia entre los precursores de la Revolución Mexicana, y no es para menos.

El pueblo mazateco (Ha Shuta Enima ) “los que trabajamos en el monte, humildes, gente de costumbre”. Se ubica en el Estado de Oaxaca, en las regiones de la Cañada y el Valle de Papaloapan-Tuxtepec, ponderantemente. Sus poblaciones pueden ser compactas, semidispersas o dispersas, dependiendo si se localizan en pendientes o en las planicies. Los principales poblados mazatecos son Teotitlán de Flores Magón, Santa Cruz Acatepec, Santa Ana Ateixtlahuaca, San Bartolomé Ayautla, San Juan Coatzaspam, Santa María Magdalena Chilchotla, San Lorenzo Cuahnecuiltitla, San Mateo Yoloxochitlán, Eloxochitlán de Flores Magón, San Francisco Huehuetlán, San Cristóbal Mazatlán, San Pedro Ocopetatillo, San Jerónimo Tecoatl, San José Tenango, Santiago Texcaltzingo, San Lucas Zoquiapam, Huautla de Jiménez.

Tal como lo menciona Luna Ruiz1 , la identidad mazateca se establece primordialmente a partir del idioma propio, indicador de pertenencia la cultura del grupo y del conocimiento que de éste se tiene, aunado a esto debemos reconocer el temple y la valentía de todas las mujeres y hombres mazatecos, quienes por generaciones, han resistido el impacto cultural neoliberal y han mantenido su cultura, sus tradiciones, incluido claro la lengua que hablan la cual siguen empleando para comunicarse entre sí.

“La identidad mazateca se establece primordialmente a partir del idioma propio, indicador de pertenencia a la cultura del grupo y del conocimiento que de éste se tiene. En el espacio regional, la lengua sirve como identificador y diferenciador...”2

Segunda.- Diversos autores que han dedicado sus obras a hablar sobre el Pueblo Mazateco, tal como Eckart Boege, reconoce que el indicador más importante de la identidad mazateca, es el trabajo, en donde “trabajar en el monte y transformar la naturaleza es muy importante para el mazateco”.3 Y es justamente eso lo que ha caracterizado a nuestros pueblos y comunidades indígenas, el trabajo, el amor por su tierra, por sus tradiciones, ya que no podemos olvidar que la cosmología mazateca ésta profundamente arraigada a la práctica de diversos rituales tradicionales, donde también tienen un gran bagaje simbólico en honor a la vida, que aporta a su gran identidad colectiva, ejemplo de ellos, es el ritual de los huehuentones para celebrar a aquellos que ya no están en el mundo de los vivos, pero que siguen cerca de sus seres queridos.

Los mazatecos, en especial los de mi tierra, Oaxaca, comparten una zona geográfica “accidentada”, es decir, hay montañas y centros de culto que se han vuelto muy importantes, tal como “El Cerro de la Adoración” o el “Cerro Rabon”, donde el pueblo mazateco lleva a cabo rituales relacionados con la prosperidad, la abundancia y la fertilidad, esto aunado a su gran tradición narrativa, a través de cuentos, o historias que han trascendido de generación en generación.

En la actualidad, el Pueblo Mazateco ha seguido con ese espíritu revolucionario y de cambio, no por nada ha contribuido a esta gran transformación de la vida pública, apoyando siempre a los que menos tienen y compartiendo con nosotros como sus representantes, su necesidad de justicia y de respeto a sus instituciones.

Un análisis de la distribución de mazatecos a nivel nacional revela que en Oaxaca residen 146,928 hablantes de esta lengua y 6,755 en Puebla, lugar cercano al territorio tradicional del grupo, donde se adscriben principalmente en el sector de servicios. En el estado de Veracruz residen 6,533 mazatecas debido a que la construcción de la presa Miguel Alemán desplazó a los mazatecos hacia nuevos asentamientos (Nuevo Soyaltepec). En la Ciudad de México y en el Estado de México también reciben la migración de mujeres mazatecas, que se emplean en el servicio doméstico. Generalmente esta migración es temporal. Se calcula que hay unos 1,000 mazatecos que trabajan como braceros en Estados Unidos y Canadá.4

Tercera.- La Sierra Mazateca de Oaxaca, en la cual podemos encontrar el poblado de San Antonio Eloxochitlán, ahora conocido como “Eloxochitlán de Flores Magón”, es un Municipio fundado por personas de origen Mazateco y cuna del ilustre Ricardo Flores Magón, abogado, periodista, pionero de la lucha contra el Porfirismo, creador del Periódico Regeneración, precursor del Anarquismo en nuestro país, y férreo defensor de los derechos de los jornaleros.

El poblado del que es oriundo, está cercado por la Sierra Mazateca, que a su vez es parte de la Sierra de Oaxaca, por ello, en virtud de la importancia que tiene Ricardo Flores Magón y sus aportaciones al movimiento de la Revolución Mexicana y a la historia de nuestro país, es que debe reconocérsele no sólo en calles, escuelas, o auditorios, sino también en el lugar de su nacimiento y entre las comunidades del Pueblo Mazateco, mismas que guardan respeto y reconocimiento a nuestro honorable revolucionario, por ello es necesario reconocer a la Sierra Mazateca que colinda con este poblado, como la “Sierra de los Hermanos Flores Magón”, en virtud de que en este año, 2022 será el centenario de su aniversario luctuoso de Ricardo Flores Magón, dado que murió el 21 de noviembre de 1922 en la cárcel de Leavenworth Kansas, en Estados Unidos, cumpliendo su última condena.

Los hermanos Flores Magón, hijos de Teodoro Flores Martínez, quien luchó en Puebla contra las tropas francesas, y Margarita Magón Grajales, nacida en San Antonio Eloxochitlán, Teotitlán, Oaxaca, el 6 de enero de 1871, muriendo en la Ciudad de México el 7 de diciembre de 1930, tras una vida dedicada a ayudar a su familia y participar en la revolución.

El líder anarquista Ricardo Flores Magón, ha sido un personaje ampliamente estudiado por su aportación a la historia política de nuestro país, no sólo por ser uno de los iniciadores de la Revolución Mexicana, debido a sus ideales radicales para aquella época, y su abierta oposición a los abusos cometidos durante el Porfiriato (1877 a 1880 y de 1884 a 1911)5 sino porqué su lucha social, llevó a sentar las bases para las normas de “derecho social” establecidas en la Constitución de 1917, Constitución que ha sido catalogada internacionalmente como “revolucionaria”.

Jesús y Ricardo Flores Magón fueron encarcelados, (el primero de muchos encarcelamientos que tendrían a causa de la manifestación de sus ideales), un año después Jesús y Ricardo, fundaron “El Demócrata”, periódico que alcanzó los “10,000 ejemplares”6 , y que tal como se menciona en la Biografía de Ricardo Flores Magón por el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, era una cifra muy grande para aquella época.

El periódico “El Demócrata” fue el antecedente del periódico Regeneración, en el cuál fue publicado en 1900, y que, durante su efímera existencia, hizo públicas las arbitrariedades e injusticias de los poderosos durante el gobierno de Porfirio Díaz, incluyendo a los terratenientes y aquellos propietarios de los medios de producción, los cuales abonaban a la miseria y fortalecían la servidumbre de los jornaleros, del pueblo.

“Era un periódico para leerse en público. La gente se reunía, en grupos de más de 50 personas, para escuchar lo que ahí se publicaba”

Cuarta.- El periódico Regeneración de los hermanos Flores Magón, del cual es inspiración el actual periódico de Regeneración, del Movimiento de Regeneración Nacional, es un ejercicio que en su momento y hasta nuestros días, han causado una fuerte movilización en el pueblo, y que han resonado en las mentes de aquellos que están hartos de los abusos de aquellos que ostentan el poder, y no sólo fue esta la aportación de Ricardo Flores Magón que permea hasta nuestros días, sino que tal como lo muestra la Lic. Adriana Berrueco, las aportaciones del Partido Liberal Mexicano (PLM), que gestó importantes aportaciones a la legislación mexicana.

Ricardo Flores Magón, precursor del Partido Liberal Mexicano, bajo el lema de “Reforma, Libertad y Justicia”, también pregonaron con la abolición de las deudas de los campesinos, que más que campesinos, eran esclavos, con respecto a sus amos, ya que recordemos que la figura de tienda de raya, y las relaciones laborales de aquel entonces, hacían que los trabajadores, estuvieran eternamente endeudados para con sus patrones, siendo un círculo vicioso que lastimaba a la sociedad y que impedía la liberación laboral de los jornaleros, haciendo más y más notable la explotación laboral.

La participación política y periodística de Ricardo Flores Magón, ha quedado como uno de los luchadores más íntegros y consecuentes de la causa de los trabajadores, durante la Revolución Mexicana, su pensamiento y su lucha inspiraron muchas de las conquistas obreras y algunos derechos que quedarían plasmados en nuestra Constitución Política al día de hoy-

No olvidemos que la fragua de las ideas revolucionarias en contra del gobierno de Díaz, está dada por los hermanos Flores Magón, incluso, tal como lo mencionó el historiador Fernando Zertuche Muñoz:

“Este ilustre mexicano fue el primer revolucionario del Siglo XX y su lucha se dirigió por el sendero de la prensa, lo cual era todo un reto, ya que el 96% de la población era analfabeta”7

El movimiento creado por los hermanos Flores Magón, bajo el liderazgo de Ricardo Flores Magón, denominado “Magonismo” influyó también, en la ideología de los movimientos anticapitalistas de entre 1910 y 1920, tal como el movimiento zapatista, agrupado en el Ejercito Libertador del Sur, donde Magonistas y Zapatistas, colaboraron en distintas ocasiones.

Entre esas dos organizaciones hubo múltiples, fructíferos y fraternales contactos y colaboraciones durante esa década convulsa. Algunos vínculos son los siguientes:

“...los magonistas apoyan activamente la ruptura político-militar de los zapatistas con Francisco I. Madero en noviembre de 1911, cuando éste, después del triunfo contra la dictadura de Porfirio Díaz, no cumple su ofrecimiento de restituir la tierra a los campesinos despojada durante décadas por las haciendas; el PLM decide unirse a la lucha armada zapatista en agosto de ese año; Emiliano Zapata adopta la bandera de lucha de Tierra y Libertad, propósito que los magonistas habían formulado desde 1907, y que, según los zapatistas, expresaba las esperanzas y los anhelos del pueblo mexicano;...”8

Ricardo Flores Magón, fue un férreo defensor de los derechos de los mexicanos, de los jornaleros mexicanos y de su identidad como oaxaqueño y cómo mazateco, logrando movilizar a miles de trabajadores de la industria textil, en la huelga de Río Blanco de Veracruz, por las condiciones inhumanas a las que eran sometidos los obreros quienes trabajaban y literalmente, se dejaban la vida por obtener un sustento para su familia, aguantando hasta 14 horas de trabajo seguidas.

Son diversas las aportaciones que dejaron en los planos, jurídico, político y social, el movimiento magonista, que si bien, tuvo un final trágico al morir Ricardo Flores Magón, el más destacado de los tres hermanos, el 21 de noviembre de 1922 en la cárcel de Leavenworth Kansas, en Estados Unidos, finalmente fue grabado en su tumba aquella frase que decía:

“Aquí yace un soñador”, y sus enemigos: “Aquí yace un loco”. Pero no habrá nadie que se atreva a estampar esta inscripción: “Aquí yace un cobarde y traidor a sus ideas”.

Quinta.- Al ser la Sierra Mazateca del Estado de Oaxaca, un lugar con gran arraigo e importancia histórica para nuestro país, y guardar una fuerte relación con la vida y obra de los hermanos Flores Magón, es pertinente y necesario, homenajear a estos personajes trascendentales para la revolución mexicana, y la historia de nuestro país, en este sentido, nombrar a la Sierra Mazateca, como “La Sierra Mazateca de los Hermanos Flores Magón”, en este orden de ideas, la institución competente para realizar tal modificación, es el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, cuya naturaleza jurídica, atiende a la de un Organismo Constitucional Autónomo (OCA) y cuya base operativa, se encuentra regulada en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Lsnieg), la cual es reglamentaria del Apartado B del artículo 26 de la Constitución Federal, y cuyo objetivo enunciado en la fracción I, del artículo 1 de la mencionada Ley, es la regulación del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

De acuerdo con lo establecido por el artículo 26 de la LSNIEG, el Subsistema Nacional de Información Geográfica y del Medio Ambiente en su componente geográfico, generara como mínimo los siguientes grupos de datos; marco de referencia geodésico; limites costeros; internacionales, de las entidades federativas, municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; datos de relieve continental, insular y submarino; datos catastrales, topográficos, de recursos naturales y clima, así como nombres geográficos.

Mencionando también, que de conformidad por lo establecido por el artículo 92 de la LSNIEG el Instituto deberá:

“establecer, operar y normar el Registro Nacional de Información Geográfica, en el que deberá incluirse por lo menos la información proveniente de los temas geográficos a que se refiere el artículo 26 de esta Ley, así como el Registro Estadístico Nacional, en el que deberá asentarse por lo menos el Registro de Instituciones y Unidades Administrativas con Funciones Estadísticas del Sector Público y el Inventario Nacional de Estadística del Sector Público”

Y que, además, de acuerdo con el artículo 94 de la LSNIEG, el instituto establecerá, operará y normará otros registros que para fines estadísticos o geográficos estime necesarios. Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para realizar los cambios administrativos y la actualización de la base de datos en materia de nombres geográficos, a fin de nombrar a la Sierra Mazateca del Estado de Oaxaca, como la “Sierra Mazateca de Flores Magón”.

Segundo.- La H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo Federal, para que, en coordinación con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, establezcan un programa a fin de conmemorar el 21 de noviembre el centenario luctuoso de “Ricardo Flores Magón”.

Notas:

1. Mazatecos. Pueblos Indígenas del México Contemporáneo. pp. 6. Consultado de:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/11676/maz atecos.pdf.

2. Ídem pp. 6.

3. Idem. pp.7.

4. Etnografía del Pueblo Mazateco de Oaxaca-Ha Shuta Enima. Consulado de: https://www.gob.mx/inpi/articulos/etnografia-del-pueblo-mazateco-de-oax aca-ha-shuta-enima

5. Porfiriato e Inicio de la Revolución Mexicana, Gobierno de México, Fascículo 4, Momentos Estelares. pp. 1. Recuperado el 07 de febrero de 2021 de: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/3174/fasciculo_4_momento s_estelares.pdf

6. Biografía para niños de Ricardo Flores Magón, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. pp. 11 Recuperado el 08 de febrero de 2021 de: https://inehrm.gob.mx/recursos/BibliotecaBicentenario/JovenesYNinios/RI CARDO_FLORES_MAGON_1986.pdf

7. Boletín No. 2555. Aportaciones de Flores Magón a la Constitución de 1917 permitieron mayores derechos laborales. Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. Recuperado el 08 de febrero de 2021, de: http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2016/ Noviembre/16/2555-Aportaciones-de-Flores-Magon-a-la-Constitucion-1917-p ermitieron-mayores-derechos-laborales

8. Vínculos entre los Zapatistas y los Magonistas durante la Revolución Mexicana. Rubén Trejo Muñoz. Recuperado de: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7524769

Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.

Diputado Armando Contreras Castillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la alta prevalencia de consumo de cigarros con cápsulas de sabor entre adolescentes y adultos jóvenes del país, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Laura Imelda Pérez Segura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 2, fracción II, del reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, relativo a la alta prevalencia de consumo de cigarros con cápsulas de sabor entre adolescentes y adultos jóvenes del país, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. Consumo de tabaco entre la población joven del país.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat), en su edición 2016-2017 (la última disponible) 684 mil adolescentes, de entre 12 y 17 años, eran consumidores de tabaco, de los cuales, 210 mil son mujeres y 474 mil son hombres. Además, dicha encuesta muestra que la edad promedio de inicio de consumo de tabaco entre las y los adolescente es a los 14 años.1

Asimismo, la mencionada encuesta indica que la población joven presenta una exposición recurrente al humo de tabaco de segunda mano, siendo los lugares de mayor prevalencia los bares, con un 38%, restaurantes, con 24.8%, transporte público, con un 20.6%, escuelas, con 22.6%, su hogar, con 19.4% y su lugar de trabajo, con 17.9% respectivamente.

Es importante mencionar que, de acuerdo con la ENCODAT, más de 25 mil fumadoras y fumadores adolescentes mexicanos fumaron su primer cigarro del día dentro de los primeros 30 minutos después de levantarse de la cama.2

Lo anterior expuesto cobra gran relevancia ya que, de acuerdo con el estudio realizado por la Universidad de Pennsylvania y publicado en la revista, “Cancer, Epidemiology, Biomarkers and Prevention” la población fumadora que tiende a fumar su primer cigarro pronto después de levantarse presenta un mayor riesgo de desarrollar diversos tipos de cáncer, entre los que se encuentran, de pulmón, cabeza y cuello.3

Por último, la ENCODAT concluye que el promedio de cigarros fumados al día por las y los fumadores adolescentes es de 5.8 cigarrillos, además que, 2.5 millones de adolescentes mexicanos son expuestos al humo de segunda mano.4

II. Cigarros con cápsulas de sabores y su prevalencia de consumo entre la población joven.

Los cigarros con cápsula de sabores son una variante del cigarrillo tradicional, los cuales tienen la particularidad de contener cápsulas dentro del filtro que, al romperlas, liberan saborizantes que se mezclan con el humo del tabaco, dándole un sabor más llamativo al cigarrillo. Entre los diversos sabores que contienen las mencionadas cápsulas podemos encontrar de cereza, pepino, menta, uva, fresa chocolate, entre muchos otros.5

Los cigarros con cápsulas de sabor son una innovación de productos de tabaco relativamente reciente que ha capturado una cuota importante del mercado de los cigarros en todo el mundo, particularmente en América Latina, lo anterior, de acuerdo con el artículo “La cuota de mercado de los cigarrillos con cápsulas de sabor está creciendo rápidamente, especialmente en América Latina” por su traducción, publicado por la Revista Británica de Medicina.6

Igualmente es vitar mencionar que dicho tipo de cigarrillo es altamente consumido por la población adolescente y de adultos jóvenes del país, convirtiendo a México en uno de los cinco países de Latinoamérica en donde se presenta mayor crecimiento de mercado con respecto a este producto.7

En México, las variedades de cigarros con cápsulas de sabor de “Marlboro” se introdujeron en 2011, “Camel” y “Pall Mall” lo hicieron en 2012. Para el 2013, “Pall Mall” tenía en el mercado 16 variedades de cajetillas con una cápsula de sabor, y era la única marca internacional en México con precios con descuento.8

De acuerdo con el artículo “Atractivo y voluntad de probar cigarrillos con cápsulas de sabor: evaluación del impacto de la innovación de un producto de tabaco entre los adolescentes ” por su traducción, publicado por la Revista Británica de Medicina, menciona que los cigarros con cápsulas son más atractivos para las y los adolescentes, así como para jóvenes adultos, debido a la variedad de sabores disponibles y el llamativo diseño de sus empaques.

A continuación, un ejemplo de empaque de cigarros con cápsula de sabor y otro de cigarros tradicionales:

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2018-2019, se estima que en México hay 1 millón 304 mil fumadores adolescentes, de los cuales, 1 millón 14 mil son hombres y 290 mil, mujeres.9

Con respecto al consumo de cigarrillos con cápsulas de sabor, dicha encuesta menciona que 72.4% de la población adolescente ha probado este tipo de producto. Mientras que la prevalencia entre fumadores adolescentes es de un 41.2%, siendo 34.1% mujeres y 44.7%, hombres.

A su vez, de acuerdo con el artículo “Cigarros con cápsulas de sabor en México: prevalencia, proporción de uso entre fumadores y predictores de consumo. ”, se estimó que 43% de las y los fumadores mexicanos de 10 años o más habían reportado haber fumado cigarrillos con cápsulas de sabor durante el último mes previo al levantamiento de la ENSANUT 2018-2019. Lo anterior equivale a 6.9 millones de mexicanos, de los cuales, 5 millones eran adolescentes y adultos jóvenes.10

Dicho artículo también estimó que la prevalencia de consumo de cigarrillos con cápsula es mayor entre las mujeres, con un 55%, en cambio, la prevalencia entre los hombres es de 39% respectivamente. Para muestra de ello, el siguiente cuadro comparativo:

Fuente: Artículo “Cigarros con cápsulas de sabor en México: prevalencia, proporción de uso entre fumadores y predictores de consumo.” Con datos recabados de la ENSANUT 2018-2019

Complementando lo anterior expuesto, el artículo “¿Todos los cigarrillos son iguales? Percepciones femeninas de cigarrillos delgados, de color, aromatizados y en cápsulas .” por su traducción, publicado por la Academia de Oxford, estima que existe una mayor aceptación de los cigarrillos con cápsula entre la población femenina ya que, debido a su sabor, son percibidos como de menor daño a la salud, además que los paquetes de este tipo de cigarrillos influyen en la percepción de las jóvenes, haciendo a estos productos más atractivos.11

Por su parte, el artículo “Evaluación de los efectos de las políticas de empaquetado y etiquetado de cigarrillos en los adolescentes: resultados de un experimento de elección discreta ” por su traducción, publicado por la Revista Británica de Medicina, concluye que las y los adolescentes mexicanos tienen una tendencia a preferir los cigarrillos con cápsula, ya que los consideran de menor riesgo que los cigarrillos tradicionales sin cápsula saborizante. Esta preferencia, sumado al atractivo del empaque, incrementa el interés de las y los jóvenes a experimentar y fumar por primera vez, haciendo que, una vez iniciado el consumo, el producto sea más fácil de recordar y, por ende, incrementar la probabilidad de compra.12

Aunado a lo anterior, el estudio “No llaman la atención”: Los jóvenes fumadores mexicanos dicen que el impacto de los pictogramas en las cajetillas de cigarros está debilitado por la marca ” elaborado por el Instituto de Control Mundial del Tabaco, encontró que las características llamativas de la cajetilla desvían la atención de las advertencias sanitarias contenidas en las mismas.

De acuerdo con el testimonio de una mujer adolescente recabado por el mencionado estudio, se dijo lo siguiente: “Lo primero que veo son los colores y el diseño de la cajetilla. Realmente no percibo estas imágenes .”13

Conociendo lo previamente expuesto, diversos estudios concluyen que los cigarros con cápsula de sabor funcionan como un producto que atrae la atención inicial de las y los adolescentes, así como de los adultos jóvenes hacia el consumo habitual de tabaco.14

III. Consecuencias del consumo de tabaco a una temprana edad.

Los problemas de salud que se pueden originar en las y los jóvenes por un habitual consumo de tabaco son diversos, muchos de ellos no solo se presentan a largo plazo, sino que las afectaciones pueden presentarse a corto plazo.

Primeramente, en cuanto a las afectaciones a corto plazo, es vital mencionar que el consumo de tabaco durante la adolescencia afecta el correcto desarrollo del cerebro. De acuerdo con un estudio realizado por la Universidad de California, cuanto más es la adicción del adolescente a los cigarrillos, menos activa es su corteza prefrontal, por lo que dicho estudio concluye que el hábito de fumar entre los adolescentes afecta directamente sus funciones cerebrales.15

A su vez, el artículo “Efectos del tabaquismo sobre la función pulmonar en niños y niñas adolescentes ” por su traducción, publicado por la revista médica New England Journal of Medicine, concluye que fumar a una temprana edad provoca en los adolescentes obstrucción moderada de las vías respiratorias y un lento crecimiento de la función pulmonar. Además, dicho estudio también menciona que las adolescentes mujeres son más vulnerables que los adolescentes hombres a los efectos del tabaquismo en el desarrollo de la función pulmonar.16

Mencionando otro efecto a corto plazo, el artículo “Cómo el humo del tabaco causa enfermedades: la biología y la base conductual de las enfermedades atribuibles al tabaquismo ” por su traducción, publicado por la Librería Nacional de Medicina de los Estados Unidos, estipula que la frecuencia cardíaca en reposo de los adolescentes y adultos jóvenes fumadores es tres latidos más rápida por minuto que de aquellos no fumadores.

Además, se concluye que dicha sintomatología se asocia a los primeros signos de padecimientos cardiacos e incluso con afectaciones cerebrovasculares.17

Otro efecto a corto plazo del tabaquismo en adolescentes es el trastorno del sueño que, de acuerdo con el estudio “Tabaco y trastorno del sueño ” publicado en los Archivos de Bronconeumología, el consumo de tabaco se asocia con cambios que perjudican en ciclo del sueño, ya que se presenta mayor dificultad de iniciar el descanso, además de mantener un dormir “más ligero”, impidiendo un descanso reparador.18

Con respecto a las afectaciones a largo plazo para las y los adolescentes fumadores, diversos estudios concluyen que estas son más severas y contundentes para la salud. Ya que el consumo habitual de tabaco desde una temprana edad provoca diversos tipos de cáncer, como cáncer de pulmón, cáncer gástrico, de estómago, de garganta, de laringe, de cuello uterino, de hígado, entre muchos otros. Además, se presenta una alta posibilidad de padecer diversas enfermedades crónicas, como enfermedad coronaria, bronquitis, enfisema pulmonar, hipertensión, trombosis, embolias, entre muchas otras.19

IV. Necesidad de contar con datos más concretos y actualizados.

El estudio “Cigarros con cápsulas de sabor en México: prevalencia, proporción de uso entre fumadores y predictores de consumo. Ensanut 2018-19 ” elaborado por diversos especialistas en la materia y el cual analiza los datos obtenidos por la Ensanut con respecto al consumo de tabaco, señala que la principal evidencia sobre el consumo de cigarros con cápsula de sabor se encuentra en estudios de grupos focales, muestreo por conveniencia o encuestas a nivel local.20

Añadiendo que, una de las limitaciones de dicho estudio es que la propia Ensanut carece de preguntas específicas sobre la preferencia de sabores, presentación o la marca de cigarrillos.

Dicho estudio concluye que, para futuras encuestas nacionales en la materia, por ejemplo, en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, se debe incluir un apartado de preguntas en donde se aborde el consumo de cigarros con cápsula, a fin de contar con una mejor estimación de la prevalencia nacional en el consumo de estos productos.

Es importante mencionar que contar con datos más específicos y actualizados sobre la prevalencia de los cigarrillos con cápsula de sabor servirá para poder considerar e implementar eficientemente futuras políticas públicas y reformas normativas en la materia.

En ese sentido, contar con información veraz, concreta y actualizada se convierte en una herramienta clave para el diseño de políticas públicas más realistas, funcionales y eficientes.

V. Objetivo

La presente proposición con punto de acuerdo tiene la finalidad de coadyuvar en la lucha y concientización de la problemática del tabaquismo en la población joven del país, lo anterior dado que los cigarrillos con cápsulas de sabores presentan una gran prevalencia entre las y los adolescentes y adultos jóvenes que, por los diversos factores anteriormente expuestos, demandan en gran medida estos productos.

En ese sentido, se hace un llamado a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública a fin de implementar y reforzar acciones claves que permitan brindar una eficiente información y concientización a las niñas, niños, adolescentes y adultos jóvenes acerca de estos productos, con la intención de prevenir su consumo y contribuir en la atención del problema de salud pública que se ha convertido el consumo de tabaco entre la población joven de la nación.

Además, se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) a implementar, en la próxima ENSANUT, preguntas concretas acerca del consumo de cigarrillos con cápsula de sabor entre la población adolescente y de adultos jóvenes. Lo anterior, con el objetivo de contar con información actualizada y especifica acerca del consumo de estos productos, como lo es, conocer el sabor de cápsula más demandado, el tipo de presentación, número de cápsulas, preferencia de marca, etc.

Finalmente, es importante mencionar que el presente punto de acuerdo va encaminado a contribuir con el cumplimiento eficiente de El Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT OMS), el cual México ratificó en el 2004 y que tiene como objetivo proteger a las generaciones presentes y futuras contra las diversas consecuencias que trae consigo el consumo de tabaco.21

Es por lo anteriormente expuesto y fundado, que atentamente pongo a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública dentro del ámbito de sus atribuciones, establezcan o, en su caso, fortalezcan la implementación de acciones que permitan brindar una eficiente información, capacitación y concientización a la población joven del país acerca de las consecuencias del consumo de cigarros con cápsulas de sabores, a fin de evitar su consumo y disminuir la alta prevalencia de estos productos entre este sector de la población.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que, dentro del ámbito de sus atribuciones, implemente en la próxima Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT), un apartado de preguntas sobre el consumo de cigarros con cápsulas de sabores. Lo anterior, a fin de contar con datos precisos y actualizados acerca del consumo de este tipo de productos entre la población del país, con especial énfasis, en la población adolescente y adulta joven.

Notas:

1. ENCODAT. 2016-2017. (2022) Disponible en: https://encuestas.insp.mx/repositorio/encuestas/
ENCODAT2016/doctos/informes/reporte_encodat_tabaco_2016_2017.pdf

2. Ibidem

3. PennState Cancer Institute. (2022) Disponible en: https://cancer.psu.edu/researchers/individual/
-/researcher/5B6500F63D2538DBE0540010E056499A/joshua-muscat-phd-mph

4. ENCODAT. 2016-2017. (2022) Disponible en: https://encuestas.insp.mx/repositorio/encuestas/
ENCODAT2016/doctos/informes/reporte_encodat_tabaco_2016_2017.pdf

5. Scielo. Cigarros con cápsulas de sabor en México: prevalencia, proporción de uso entre fumadores y predictores de consumo. (2022) Disponible en:

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S0036-36342020000600820&script=sci_arttext#
:~:text=Dependiendo%20de%20la%20marca%20y,humo%20del%20tabaco%20al%20romperlas.

6. Market share for flavour capsule cigarettes is quickly growing, especially in Latin America. James F Thrasher, Farahnaz Islam, Joaquin Barnoya, Raúl Mejía, María Teresa Valenzuela, Frank J Chaloupka. (2022) Disponible en:

https://tobaccocontrol.bmj.com/content/26/4/468

7. Ibidem.

8. Ibidem.

9. ENSANUT. 2018-2019. (2022) Disponible en:

https://ensanut.insp.mx/encuestas/ensanut2018/doctos/inf ormes/ensanut_2018_informe_final.pdf

10. Cigarros con cápsulas de sabor en México: prevalencia, proporción de uso entre fumadores y predictores de consumo. Luis Zavala-Arciniega, Daniela Sarahí Gutiérrez-Torres, Luz Myriam Reynales-Shigematsu, Inti Barrientos-Gutiérrez, Nancy L Fleischer, Rafael Meza, James F Thrasher. (2022) Disponible en: https://www.saludpublica.mx/index.php/spm/article/view/11566/11982

11. Oxford Academic. ¿Are all cigarettes just the same? Female’s perceptions of slim, coloured, aromatized and capsule cigarettes. (2022) Disponible en: https://academic.oup.com/her/article/30/1/1/2845941

12. BMJ. Assessing cigarette packaging and labelling policy effects on early adolescents: results from a discrete choice experiment. Inti Barrientos-Gutierrez, Farahnaz Islam, Yoo Jin Cho, Ramzi George Salloum, Jordan Louviere, Edna Arillo-Santillán, Luz Myriam Reynales-Shigematsu, Joaquin Barnoya, Belen Saenz de Miera Juarez, James Hardin, James F. Thrasher. (2022) Disponible en: https://tobaccocontrol.bmj.com/content/30/5/505

13. Instituto de Control Mundial del Tabaco. “No llaman la atención”: Los jóvenes fumadores mexicanos dicen que el impacto de los pictogramas en las cajetillas de cigarros está debilitado por laMarca. (2022) Disponible en: https://globaltobaccocontrol.org/sites/default/files/2021-04/mexico_pac k_appeal_factsheet_esp.pdf

14. BMJ. Evaluación de los efectos de las políticas de empaquetado y etiquetado de cigarrillos en los adolescentes jóvenes. (2022) Disponible en: https://tobaccocontrol.bmj.com/content/30/5/505

15. UCLA Health. Tobacco smoking impacts teens’ brains. (2022) Disponible en: https://www.uclahealth.org/news/tobacco-smoking-impacts-teens-brains-uc la-study-shows

16. The New England Jurnal of Medicine. Effects of Cigarette Smoking on Lung Function in Adolescent Boys and Girls. (2022) Disponible en:

https://www.nejm.org/doi/full/10.1056/nejm199609263351304#:~:text=Cigarette%20smoking%
20is%20associated%20with,the%20growth%20of%20lung%20function.%20.

17. National Library of Medicine. How Tobacco Smoke Causes Disease: The Biology and Behavioral Basis for Smoking-Attributable Disease. (2022) Disponible en:

https://www.ncbi.nlm.nih.gov/books/NBK53012/

18. Archivos de Bronconeumología. Tabaco y trastornos del sueño. (2022) Disponible en: https://www.archbronconeumol.org/es-tabaco-trastornos-del-sueno-articul o-S0300289609001938

19. National Library of Medicine. How Tobacco Smoke Causes Disease: The Biology and Behavioral Basis for Smoking-Attributable Disease. (2022) Disponible en:

https://www.ncbi.nlm.nih.gov/books/NBK53012/

20. Salud Pública de México. Cigarros con cápsulas de sabor en México: prevalencia, proporción de uso entre fumadores y predictores de consumo. Ensanut 2018-19. Luis Zavala-Arciniega, Daniela Sarahí Gutiérrez-Torres, Luz Myriam Reynales-Shigematsu, Barrientos-Gutiérrez, Nancy L Fleischer, Rafael Meza, James F Thrasher. (2022) Disponible en: https://www.saludpublica.mx/index.php/spm/article/view/11566/11982

21. FCTC. Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco. (2022) Disponible en: http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/42813/
9243591010.pdf;jsessionid=8D82454763AB7A8544D434DC0031C03C?sequence=1

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022

Diputada Laura Imelda Pérez Segura (rúbrica)


Inklusion
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