Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 5977-X, martes 8 de marzo de 2022
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Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 5977-X, martes 8 de marzo de 2022
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al ayuntamiento de Ecatepec de Morelos y la Secretaría de Salud mexiquense a dictar medidas para potabilizar el agua utilizada en el Centro Médico Issemym local, a cargo de la diputada Alma Delia Navarrete Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Alma Delia Navarrete Rivera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción III y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo mediante el cual, exhorta al H. Ayuntamiento del municipio de Ecatepec de Morelos para que a través de su organismo público desconcentrado SEPASE instruya e implemente las medidas sanitarias pertinentes para el mantenimiento y consumo de agua en el municipio de Ecatepec de Morelos. Al tenor de las siguientes
Consideraciones
México ha logrado avanzar en materia de derechos humanos de manera progresiva, sustentando su compromiso desde diferentes acciones, y una de las más revolucionarias y reconocidas, ha sido la suscripción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Que en el artículo 25 señala:
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez, u otro caso de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
En este sentido, se reconoce el derecho humano al agua en nuestra Carta Magna, la cual señala en el artículo 4, párrafo 6:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
Por último, en el artículo 115, fracción III, inciso a, se establece la facultad que tienen los municipios para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
“Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales”.
Es así que se introduce la importancia de estos derechos tan básicos y vitales para el pleno desarrollo de toda persona. Sin embargo y dada la importancia del uso del recurso hídrico en todas las comunidades, es que resulta necesario señalar la problemática que día a día vive la población del municipio de Ecatepec de Morelos, el cual radica en la insuficiencia del suministro de agua potable, en los hogares y diferentes comunidades del municipio.
Ante esta problemática, los centros de salud del municipio, concretamente ISSEMyM denunció ante la autoridad correspondiente los bajos parámetros de cloración con los que se está suministrando el agua en las áreas del centro de salud. Lo anterior preocupa, ya que el consumo o uso de este vital líquido en malas condiciones generará infecciones nosocomiales, que afectarán la salud de toda la población. Y un compromiso como legisladora de esta LXV legislatura es velar por la salud de todas y todos los mexicanos.
Cabe señalar que existe la normatividad que vigila la calidad del agua. En este sentido, la NOM-127-SSA1-1994, establece que:
El abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere establecer límites permisibles en cuanto a sus características bacteriológicas, físicas, organolépticas, químicas y radiactivas.
Con el fin de asegurar y preservarla calidad del agua en los sistemas, hasta la entrega al consumidor, se debe someter a tratamientos de potabilización.
Ante estos hechos y en consecuencia de lo anterior, se presentaron diversas solicitudes, dirigidas al ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, para verificar que el suministro del agua fuera de calidad, y especialmente en el caso de los hospitales, ya que demanda los más altos parámetros de cloración para su uso. Sin embargo, es difícil concebir que el tratamiento de agua que se le otorga a los hospitales no es el suficiente, por lo tanto, el agua que es distribuida en su totalidad en el municipio, no tiene las mejores condiciones para su uso y consumo, lo que generaría un daño a la salud de la población, entonces qué se puede esperar de las demás zonas a donde es distribuida el agua como; el hogar, escuelas, oficinas, etcétera.
A raíz de este cuestionamiento, se solicitó la toma de muestras de agua para su análisis y conocer si los parámetros de consumo eran los permisibles dentro de lo establecido en la NOM-127-SSA1-1994.
En respuesta a estas solicitudes, se recibieron los informes emitidos por parte del área de jurisdicción de regulación sanitaria del estado de México, manifestando su preocupación hacia los resultados encontrados en las pruebas del “agua potable” suministrada en los sistemas hídricos del municipio de Ecatepec de Morelos.
Dado que se detectaron residuos de coliformes fecales en los depósitos de agua. Esto indica la presencia potencial de bacterias causantes de enfermedades por el consumo de esta agua. De hecho, las bacterias coliformes generalmente persisten en el agua más tiempo que la mayoría de los organismos que causan otro tipo de enfermedades. Por lo tanto, las bacterias coliformes fecales deben estar totalmente ausentes del agua potable. (Se adjunta oficio de informe bacteriológico)
Lo anterior es alarmante, es así que se requiere urgentemente la atención de las autoridades correspondientes para instruir las acciones y de ser necesario emitir las sanciones, por la deficiencia en el suministro de agua que es consumida y utilizada por los habitantes del municipio de Ecatepec de Morelos y especialmente por los centros hospitalarios. Poniendo en riesgo el cuidado de su salud y atentando contra sus derechos.
Lo anterior con fundamento y acorde con el artículo 4 antes señalado y la alineación internacional que adquiere el país en conjunción con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en su resolución 64/292 reconoce:
Explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. La Resolución exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el presente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al H. Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos y a su organismo desconcentrado S.A.P.A.S.E. para que se implementen las medidas y acciones necesarias para el saneamiento, cloración, distribución y suministro de agua suministrada en el centro médico ISSEMyM.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud del estado de México a que en el ámbito de sus atribuciones y facultades emita las acciones y medidas pertinentes para proteger el derecho humano al acceso salubre, aceptable y potable del agua.
Notas:
I Declaración Universal de los Derechos Humanos
https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of- human-rights
II Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_Politica.pdf
III NOM-127-SSA1-1994 https://www.pediatria.gob.mx/archivos/burbuja/
13.4_NOM-127-SSA1-1994_Salud_Ambiental_Agua_limites_permisibles_de_calidad.pdf
IV Organización de las Naciones Unidas (ONU) en su resolución 64/292
https://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/6 4/292&Lang=S
Diputada Alma Delia Navarrete Rivera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y las instituciones de seguridad social a restablecer el suministro de tratamientos a pacientes con insuficiencia renal en Jalisco, a cargo de la diputada Ana Laura Sánchez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Ana Laura Sánchez Velázquez, integrante del Grupo Parlamentario del PAN en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes
Consideraciones
Nuestra Carta Magna nos establece en su cuarto párrafo, del artículo 4o., que “Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
En efecto, nuestro derecho a la salud ha sido reconocido a lo largo del tiempo, plasmado principalmente en las declaraciones universales de derechos humanos, por lo que tiene más de medio siglo que se considera legítimamente como un pleno derecho social.
Sin embargo, hoy en día, en México, hay personas que padecen diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades renales, y que desafortunadamente también han golpeado a nuestros niños, y sobre todo que no tienen acceso a medicamentos precisamente porque todo está volcado a la atención de la pandemia, o porque simple y sencillamente no se ha destinado el recurso correspondiente por parte del Ejecutivo Federal, el no haber destinado una partida especial, ha traído consecuencias, hay subejercicio y la gente que desgraciadamente sufre por cualquiera de los males mencionados lo está padeciendo y sufriendo.
El Poder Ejecutivo, no se ha dado cuenta el daño tan grave y delicado que está ocasionando, sencillamente las acciones o no acciones del presidente, han venido a causar descalificaciones por parte de la sociedad, le exigen respuestas y claridad por los tantos medicamentos que son necesarios para el combate de dichas enfermedades, y simplemente no están.
Así es, es la realidad por la que está atravesando y viviendo México, y estamos hablando de una mala conducción del país por parte del presidente, al que nos queda claro que el sector campo, económico, educación, y salud no le importa; lo que acontece es más delicado de lo que parece, lo que el ejecutivo está haciendo está dentro de lo que se considera como crimen, los están dejando morir, y a las cuestiones que se le han hecho saber al Gobierno Federal, no ha respondido, no está atendiendo esta petición a sabiendas de que ocurre, sabe que se están vulnerando derechos humanos y continúa en esa inacción sistemática.
En Jalisco, no se han hecho esperar las manifestaciones y quejas por parte de familiares de personas con trasplantes renales, han solicitado a gritos la intervención del Gobierno Federal para llevar a cabo la compra y abastecimiento de medicamentos que requieren para su atención médica; además se han manifestado para solicitar con prontitud y eficiencia que haya clínicas más cerca, esto para atender con prontitud las demandas en materia de salud, y evitar poner en riesgo la salud de las personas con enfermedades renales.
La falta de medicamentos y de hemodiálisis ha creado una crisis en la salud y en la economía de las familias que tiene a un integrante con estés problema de salud; por ello, exigimos al Estado garantizar la atención a pacientes con insuficiencia renal y que requieren de un trasplante.
Sin sumar, que quienes padecen enfermedad renal crónica son más susceptibles al nuevo coronavirus, lo cual agrava aún más la triste situación, incluso la Organización Panamericana de la Salud (OPS) manifiesta que las personas con enfermedad renal crónica tienen una probabilidad aproximadamente tres veces mayor que otras personas de presentar COVID-19 grave.
Estudios multidisciplinarios comprobaron que el epicentro de las enfermedades renales en México (que ocupa el segundo lugar mundial en este tipo de padecimientos) se localiza en varias de las rancherías más marginadas de Poncitlán, en la ribera del lago de Chapala, donde a la pobreza y altas tasas de natalidad se suman el abandono de todos los niveles de gobierno, la contaminación del agua y el uso de agroquímicos como glifosato, entre otras variables.
Expertos demostraron también, con base en un seguimiento iniciado el año pasado, que en localidades de Poncitlán como Aguacaliente y Chalpicote existe un evidente deterioro neurocognitivo entre los niños en edad escolar directamente relacionado con los factores anteriores, a los que hay que sumar la desnutrición y metales pesados detectados en sus organismos por el consumo de agua o peces de la contaminada laguna.
Los expertos dieron a conocer que en Poncitlán los marcadores de daño renal entre los menores estudiados son 10 veces mayores que en el resto del estado.
El municipio tiene una población de 53 mil 659 personas, según datos del censo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía de 2020, pero 17 mil 565 de ellas (casi 33 por ciento) no están afiliadas a algún servicio de salud. Además, el promedio de hijos por familia es uno de los más altos del estado: 2.58.
Un estudio de daño renal realizado por la UdeG y la Secretaría de Salud Jalisco que incluyó a 463 menores de entre seis y 17 años encontró que 47 por ciento de aquellos a quienes se aplicaron pruebas para diagnosticar estos padecimientos presentó algún grado de insuficiencia. También se hizo una batería de análisis para encontrar pesticidas en la orina y se hizo una evaluación cognitiva.
La falta de recursos obligó a que los científicos se concentraran en 15 niños de los 199 que mostraron mayor deterioro renal y quienes pueden llegar a presentar insuficiencia renal grave.1
En Acción Nacional tenemos un interminable compromiso con la sociedad, pero aún más con aquellos sectores vulnerables de nuestro país, es por ello que, con lo anteriormente expuesto, sometemos al pleno de esta soberanía para su aprobación el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de los titulares de la Secretaría de Salud y de las Instituciones Públicas de Seguridad Social, se restablezca el servicio y suministro de tratamientos a personas que padezcan problemas de insuficiencia renal en el estado de Jalisco, así como a fortalecer la atención a pacientes con enfermedad Renal Crónica de Jalisco.
Nota
1 https://amp.jornada.com.mx/notas/2022/01/17/estados/
alta-incidencia-de-padecimientos-renales-en-rancherias-de-poncitlan/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Ana Laura Sánchez Velázquez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y la SEP a modificar las Reglas de Operación del programa La Escuela es Nuestra para mantener las políticas de ampliación de la jornada escolar y los servicios de alimentación, a cargo de la diputada Laura Barrera Fortoul, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y a la titular de la Secretaría de Educación Pública, a modificar las reglas de operación del programa La Escuela es Nuestra, a fin de mantener las políticas de “ampliación de la jornada escolar” y los “servicio de alimentación”, que garantizan el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes en condición de pobreza.
Consideraciones
I. El 28 de febrero de 2022 se publicaron las “Reglas de Operación del Programa la Escuela es Nuestra para el Ejercicio Fiscal de 2022”, mediante el cual se da cumplimiento al transitorio vigésimo primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022 (PEF2022), que establece como fecha límite para este acto el último día del febrero.
II. Según el PEF2022 , el programa La Escuela es Nuestra contará con 13 mil 964.32 millones de pesos, lo que representa 13.71 por ciento más recursos que lo destinado en el año 2021 . Igualmente, se detalla en los anexos transversales que la totalidad del recurso se destina para la atención de niñas, niños y adolescente y que, de estos, se emplearán específicamente 656.23 millones de pesos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas; 3 mil 770.36 millones para el desarrollo de los jóvenes; 10 mil 054.31 millones para la prevención del delito y combate a las adicciones.
En 2021, el programa tuvo recursos por 12 mil 280.25 millones de pesos. Según las reglas de operación, se destinaron para tres componentes dentro del mismo programa : 1) Infraestructura y Equipamiento; 2) Ampliación de la Jornada Escolar y 3) Servicio de Alimentación. Para la ampliación de la jornada, se asignaban recursos para el apoyo de profesores y el servicio de alimentación, se asignaban 10 pesos para alimentos calientes y bebidas saludables. El programa se dirigía a todos los niveles educativos.
En 2022 , las reglas de operación únicamente contemplan como objetivo mejorar las condiciones de infraestructura física , equipamiento y materiales de apoyo educativo en la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria.
Como es observable, del año 2021 al año 2022 aumentaron los recursos en más de 13 por ciento, pero se disminuyó el número de beneficiarios al limitar el programa hasta educación secundaria. Igualmente, se eliminaron los componentes de ampliación de jornada y alimentación. Hay más dinero, pero menos beneficios y beneficiarios.
III. En el avance de la Cuenta Pública de 2021 , la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de Transparencia Presupuestaria, informa que el “Programa la Escuela es Nuestra” tuvo un gasto de más del 110 por ciento, respecto de lo aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal del año analizado. El detalle del gasto no permite conocer cómo se distribuyó el recurso entre los distintos componentes, pero se tiene la información de que los estados de Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Guerrero y Puebla son las entidades que reciben el 53.72 por ciento de los recursos aprobados y 48.69 por ciento de los recursos totales ejercidos.
Los cinco estados antes referidos , corresponden a las entidades federativas con más rezago escolar, más abandono y el mayor índice de pobreza y pobreza extrema del país . Eliminar los recursos para la jornada extendidas para estas entidades, representa (además de las violaciones a disposiciones que obligan al Estado a la progresividad de los derechos y las políticas públicas) un atentado al Interés Superior de la Niñez .
IV. La desaparición de los componentes Ampliación de la Jornada Escolar y Servicio de Alimentación, deviene en inconstitucional y contraviene los principios generales establecidos en la Ley General de Desarrollo Social y la Ley General de Educación.
El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , en su párrafo quinto, señala que “El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.” Igualmente, en el inciso e) de la fracción II de ese mismo artículo, se establece que “en las escuelas de educación básica de alta marginación, se impulsarán acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario . Asimismo, se respaldará a estudiantes en vulnerabilidad social, mediante el establecimiento de políticas incluyentes y transversales”.
El artículo 9 de la Ley General de Educación , en su fracción VIII, instruye que “las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia, deberá (...) establecer, de forma gradual y progresiva de acuerdo con la suficiencia presupuestal, escuelas con horario completo en educación básica , con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para promover un mejor aprovechamiento del tiempo disponible, generar un mayor desempeño académico y desarrollo integral de los educandos.
El artículo 18 de la Ley General de Desarrollo Social , establece que “Los programas, fondos y recursos destinados al desarrollo social son prioritarios y de interés público , por lo cual serán objeto de seguimiento y evaluación de acuerdo con esta ley; y no podrán sufrir disminuciones en sus montos presupuestales , excepto en los casos y términos que establezca la Cámara de Diputados al aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación”, y el artículo 19 de ese mismo ordenamiento establece que “son prioritarios y de interés público: I. Los programas de educación obligatoria (...) V. Los programas y acciones públicas para asegurar la alimentación nutritiva y de calidad y nutrición materno-infantil .
V. Como se exhibe en el considerando anterior, otorgar el servicio de alimentación a niñas, niños y adolescentes (especialmente a aquellos en mayor vulnerabilidad), responde al principio constitucional de Derecho a la Educación. Los programas relacionados con estos tópicos se consideran como programas prioritarios y de interés público y no pueden ser desaparecidos, tampoco disminuir sus montos en términos reales y el avance en su cobertura debe ser progresivo y no puede retroceder . La desaparición que hace el Poder Ejecutivo federal es, por tanto, contrario a los principios constitucionales y atenta contra la progresividad en el avance de los derechos de estos grupos en vulnerabilidad.
VI. El artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su fracción III, establece que la disminución de gastos, en el caso de que la contingencia sea de tal magnitud que represente una reducción equivalente a un monto superior al 3 por ciento de los ingresos por impuestos a que se refiera el calendario de la Ley de Ingresos, el Ejecutivo federal enviará a dicha Cámara en los siguientes 15 días hábiles a que se haya determinado la disminución de ingresos, el monto de gasto a reducir y una propuesta de composición de dicha reducción por dependencia y entidad. De la lectura de este ordenamiento, se desprende que la modificación que se hace respecto de la partida para el programa.
Por todo lo anterior se somete a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal y a la titular de la Secretaría de Educación Pública, a modificar las reglas de operación del programa La Escuela es Nuestra, a fin de mantener las políticas de “ampliación de la jornada escolar” y los “servicio de alimentación”, que garantizan el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes en condición de pobreza.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Laura Barrera Fortoul (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la FGE de Puebla a hacer públicos los resultados de la investigación relacionada con el degollamiento del perro Luk, difundido en los medios locales y redes sociales, a cargo de la diputada Esther Martínez Romano, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, diputada Esther Martínez Romano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del artículo 6 y en las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Fiscalía General del Estado de Puebla a hacer público los resultados de la investigación relacionada con el caso del degollamiento del perro Luk, difundido profusamente en los medios locales y redes sociales, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En el portal de noticias Alcance, Diario, se da cuenta de los actos de crueldad animal sufridos por el perro Luk, quien fue degollado por dos jóvenes en el municipio de Amixtlán, Puebla.
En el video que circula en redes sociales se observa a dos jóvenes cortando con un cuchillo, la cabeza de un cachorro de raza pitbull, sin que mediara de por medio alguna razón para justificar tan atroz acto.
Los rostros del perpetrador y su cómplice aparecen en el video, lo que facilita su pronta ubicación; además, sirve para evidenciar su falta de empatía y remordimiento por tan horrible acto.
El hecho causo gran indignación entre pobladores de la Sierra Norte de Puebla, así como de activistas y protectores de animales de todo el país, quienes interpusieron la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General del Estado de Puebla con número de folio DL/FIR/Zacatlán/266230/2022.
Es importante recordar que el Código Penal de Puebla, en su Capítulo Vigésimo Cuarto, Delitos en contra de los animales, prevé en su artículo 470, el delito de maltrato y crueldad animal, mismo que señala a la letra:
Artículo 470.- Al que mediante acción u omisión, realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal con la intención de ocasionarle dolor, sufrimiento o afectar su bienestar, de manera ilícita o sin causa justificada, provocándole lesiones que no pongan en peligro la vida, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario.
Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, las penas se incrementarán en una mitad.
Si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de dos a cuatro años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario.
De su lectura podemos concluir, que los actos captados en el video actualizan el tipo penal contenido en el artículo antes transcrito.
En este mismo orden de ideas, el artículo 472 del mismo ordenamiento, establece las agravantes del delito de maltrato o crueldad animal, señalando lo siguiente:
Artículo 472.- Las sanciones previstas en el artículo 470 se incrementarán en una mitad en los supuestos siguientes:
I. Si se prolonga innecesariamente la agonía o el sufrimiento del animal;
II. Si se utilizan métodos de extrema crueldad; o
III. Si además de realizar los actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, el sujeto activo los capta en imágenes, fotografía o videograba para hacerlos públicos por cualquier medio.
El video prueba que los responsables del degollamiento de Luk actualizaron cada una de las tres agravantes previstas por el artículo 472 del Código Penal de Puebla, otorgándonos la razón, a quienes consideramos que se trató de un acto brutal que merece ser severamente castigado por las autoridades correspondientes.
La aplicación de la ley es la mejor manera para disuadir la comisión de cualquier delito, la saña y crueldad padecida por Luk, no es un hecho aislado en nuestro país, ya en otras ocasiones se ha evidenciado en redes sociales el maltrato a mascotas o animales de trabajo; por eso, es necesario, la aplicación de penas ejemplares que contribuyan a concientizar a la población de los derechos que tienen los animales y con ello erradicar el maltrato y crueldad que sufren los mismos.
Bajo ninguna circunstancia podemos tolerar tan reprobables acciones, solo la aplicación de la justicia podrá evitar que se presente otro caso como el de Luk en los próximos días, semanas o meses.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor del siguiente resolutivo:
Único. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General del Estado de Puebla a hacer público los resultados de la investigación relacionada con el caso del degollamiento del perro Luk, difundido profusamente en los medios locales y redes sociales.
Referencias
https://twitter.com/_AnimalHeroes_/status/14984790133287 89505?s=20&t=XEOboHdwQtoLtzOY8bbHJg
https://twitter.com/MovimientoAP/status/1498472517714857 984?s=20&t=XEOboHdwQtoLtzOY8bbHJg
https://www.alcancediario.mx/puebla/56829-video-deguella n-vivo-a-perrito-en-la-sierra-norte-exigen-justicia-para-luk/
https://twitter.com/MTPNoticias/status/14962386105925017 64?s=20&t=XEOboHdwQtoLtzOY8bbHJg
https://twitter.com/SintesisMexico/status/14966181107151 50337?s=20&t=XEOboHdwQtoLtzOY8bbHJg
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo 2022.
Diputada Esther Martínez Romano (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar Ejecutivo federal y diversas autoridades a garantizar el derecho de asociación y reunión de las mujeres que protestan en el marco del 8 de marzo, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente:
Exposición de Motivos
I. A nivel mundial, hoy se conmemora, como cada año, el Día Internacional de la Mujer, y el movimiento #8M se vuelve cada vez más importante para el empoderamiento de las mujeres que luchan a diario por terminar con las violencias, desigualdades, abusos, acosos, feminicidios, falta de oportunidades y todos aquellos problemas a los que se enfrentan en su vida cotidiana.
Lamentablemente, este día también nos recuerda que en México el gobierno ha sido omiso y en ocasiones desacredita al movimiento, protege de mejor manera los monumentos que la integridad de las mujeres durante las marchas organizadas; y minimiza los testimonios y denuncias que se realizan en torno a la represión que sufren durante los contingentes.
El pasado 6 de marzo de este año, la Secretaría de Desarrollo Institucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, Marcela Figueroa Franco, informó que desplegarán a 3 mil policías mujeres, equipadas con casco, escudo, coderas, rodilleras y extintores para la vigilancia de las marchas programadas en la Ciudad de México este 8 de marzo de 2022.
Al respecto, la directora general de Gobierno de la Ciudad de México no descartó que se tengan actos de violencia como ha sucedido en otras marchas derivados de la presencia de grupos violentos.1 Asimismo se han colocado vallas para la protección de monumentos para evitar daños.
Por su parte, el lunes 7 de marzo, el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador desacreditó las manifestaciones a realizar por parte de las mujeres para el día 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Textualmente el titular del Ejecutivo federal señaló lo siguiente:
“¿De qué se trata? Ya eso no es defender a las mujeres, ni siquiera es feminismo, eso es una postura conservadora, reaccionaria en contra nuestra, en contra de la política de transformación”2
Ese tipo de ataques representa acciones directas que el Estado mexicano ha realizado contra las feministas, como parte del principal movimiento social del país. Entre otras, están: desacreditación social, represión policial en protestas, persecución judicial, cateo ilegal y criminalización de activistas en la capital previo a la marcha del 8M de 2022, exigimos que existan acciones encaminadas a la protección y garantía de los derechos humanos de cada una de las asistentes, con el fin de que la marcha sea un evento pacífico y únicamente de protesta.3
Además de las declaraciones del presidente, el pasado 6 de marzo Ingrid Gómez Saracíbar, titular de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, llamó a las mujeres a que marchen con paz, alegría y libertad. Dicha declaración en el contexto y objeto de las marchas demuestra un profundo desconocimiento no sólo sobre el origen de la conmemoración del 8 de marzo, sino también es una ofensa para las miles de mujeres y familias que exigen justicia por las múltiples situaciones de violencia en contra de mujeres, incluyendo desapariciones, feminicidios y delitos de tipo sexual.4
En un país donde asesinan a 10 mujeres al día en promedio, resulta inadmisible el comportamiento del gobierno federal frente a las exigencias que realizan las mujeres este día. En el año 2021, en la Ciudad de México, las mujeres tuvieron que enfrentar agresiones por parte de autoridades de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, así como la presencia de artefactos para tirar drones desde Palacio Nacional.
De igual manera, el año pasado, el presidente de la república aseguró sobre los grupos feministas que marchan el 8M lo siguiente: “Son grupos manipulados por los conservadores y sus exigencias son ataques políticos.”5 Afirmación que revictimiza a todo este movimiento feminista y a todo lo que representa esta marcha de conmemoración, pues objetiviza la voluntad de las mujeres como una cosa que puede ser utilizada o manipulada para un supuesto ataque a su gobierno, aseveraciones que resultan completamente inaceptables en el contexto de violencia hacia la mujer en México.
Ese mismo año, diversas colectivas feministas denunciaron la utilización de gas lacrimógeno, cápsulas y granadas durante la protesta que se realizaba en el Zócalo capitalino y se registraron al menos 19 personas heridas. Asimismo, han precisado que las mujeres que asisten a las manifestaciones han sido acosadas de manera sistemática por las instituciones del Estado con el propósito de criminalizarlas.
II. En cuanto al marco jurídico, en primer lugar, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 9o. el derecho de asociación. En este sentido, nuestra Carta Magna prohíbe que se coarte el ejercicio de este derecho humano.
“Artículo 9o. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.”6
Por su parte, las declaraciones del presidente resultan graves en un contexto de violencia generalizada en contra de las mujeres. Además no sólo contribuyen a perpetuar estereotipos, sino que estas declaraciones en sí mismas constituyen una forma de violencia en contra de las mujeres.
De igual forma, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, instrumento internacional firmado y ratificado por el Estado mexicano, reconoce en su artículo 20 el derecho de asociación y de reunión. A la letra dicho artículo establece lo siguiente:
“Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.”7
De igual manera, la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define en su artículo 18 la violencia institucional como “aquellos actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”.8 En este sentido, las declaraciones del presidente no sólo carecen de perspectiva de género al criticar negativamente un movimiento que busca la reivindicación de derechos de la mujer, sino que también representan una forma de violencia institucional en contra de las mujeres.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y los titulares de los Poderes Ejecutivos locales a garantizar el derecho a la asociación y reunión de las mujeres que protestan en el marco del 8 de marzo Día Internacional de la Mujer.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal, así como a sus homólogas de las 32 entidades federativas, a la creación de mecanismos y protocolos de actuación que garanticen la seguridad e integridad de cada una de las mujeres asistentes a la marcha del 8 de marzo Día Internacional de la Mujer, así como a no replicar los ataques por parte de la policía a mujeres asistentes a la marcha que se presentaron en años pasados.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República, así como a sus homólogas de las 32 entidades federativas, a no criminalizar a las mujeres que ejercen el derecho humano a la asociación y reunión, el cual es reconocido en el artículo 9o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Notas
1 [1] El Universal, Desplegarán a 3 mil policías mujeres por marcha del 8M en la CDMX, 6 de marzo de 2022, disponible en https://pulsoslp.com.mx/nacional/desplegaran-a-3-mil-policias-mujer es-por-marcha-del-8m-en-la-cdmx-/1451453
2 [1] Redacción El Economista. (2022). #8M: AMLO llama a manifestarse sin violencia y sin caer en provocaciones. El Economista. Recuperado de: https://www.eleconomista.com.mx/politica/
8M-AMLO-llama-a-manifestarse-sin-violencia-y-sin-caer-en-provocaciones-20220307-0056.html
3 [1] Aquino, E. (2022). “Hay una cacería de brujas contra las feministas”: fiscalías criminalizan mujeres por protestar. Animal Político. Recuperado de:
https://www.animalpolitico.com/2022/03/feministas-autoridades-criminalizan-mujeres-protestas/
4 [1] El Universal, Desplegarán a 3 mil policías mujeres por marcha del 8M en la CDMX, 6 de marzo de 2022, disponible en https://pulsoslp.com.mx/nacional/desplegaran-a-3-mil-policias-mujeres-p or-marcha-del-8m-en-la-cdmx-/1451453
5 [1] Redacción, “Encapsulamientos, detenciones, vallas y gas lacrimógeno en marcha del 8M” CimacNoticias. Reacuperado de: https://cimacnoticias.com.mx/2021/03/08/encapsulamientos-detenciones-va llas-y-gas-lacrimogeno-en-marcha-del-8m
6 [1] Cámara de Diputados. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. Recuperado de:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
7 [1]Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Organización de las Naciones Unidas. Recuperado de: <https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-right s>
8 [1] Cámara de Diputados. (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Cámara de Diputados. Recuperado de:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_010621.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la reducción de gases de efecto invernadero producidos por Pemex para mitigar el calentanamente global y el cambio climático, a cargo de la diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del PRD
Edna Gisel Díaz Acevedo, diputada a la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo relativa a la reducción de gases de efecto invernadero producidas por la empresa productiva del Estado Petróleos Mexicanos, Pemex, a fin de mitigar el calentamiento global y los efectos del cambio climático al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Petróleos Mexicanos, Pemex, empresa productiva del Estado, tiene por objeto llevar a cabo, en términos de la legislación aplicable, la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su recolección, venta y comercialización.
De acuerdo con el artículo 5, fracción, de la Ley de Petróleos Mexicanos, la empresa tiene, entre sus actividades, la refinación, transformación, transporte, almacenamiento, distribución, venta, exportación e importación de petróleo e hidrocarburos y los productos que se obtengan de su refinación o procesamiento y sus residuos, y la prestación de servicios relacionados con dichas labores.
Conforme al Plan de negocios 2021-2025, en 2018 Pemex fue de las empresas más rentables del país con ingresos del orden de 1.6 billones de pesos1 . Según el informe 2019 de la empresa, Pemex “estableció en su Plan de Negocios la estrategia reducir el impacto ambiental de las actividades industriales y mejorar la gestión energética de la empresa, con lo que busca lograr una operación con un enfoque sustentable al realizar el manejo integral del agua, reducir las emisiones de bióxido de carbono equivalente y el pasivo ambiental, dando cumplimiento a la regulación ambiental.II
Sin embargo, en ese mismo informe, la empresa reconoció que el índice de emisiones de los procesos de Pemex, al 2019, sufrió un aumento en relación a la extracción de crudo y gas, el proceso de crudo en las refinerías y la producción de petroquímicos.
Para 2020, Pemex emitió 105 millones de toneladas dióxido de carbono equivalente en el total de sus actividades productivas. La cifra representa un aumento de 12.75% respecto a un año antes, según los datos del informe anual.III
Preocupados de lo anterior, el movimiento climático juvenil Viernes por el Futuro (Fridays For Future) tiene legítimas inquietudes por esta situación de Pemex que abona a la aceleración del cambio climático. Este movimiento lleva tres años trabajando en nuestro país e insiste a insistente política energética centrada en combustibles fósiles. Viernes por el Futuro alza la voz para que Pemex reduzca las emisiones de gases de efecto invernadero al ser la novena productora de gases de efecto invernadero a nivel mundial. A lo largo de los años, Pemex ha sido productor de al menos 23,000 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente al total del 1.63% de todas las emisiones del mundo.
A esto se suma que Pemex tiene una larga lista de desastres socio ambientales antropogénicos, atribuidos a diferentes causas, que representan un daño irreparable al medio ambiente del país y sus habitantes. Según Viernes por el Futuro, estos desastres incluyen:
• La fuga e incendio de gas en un ducto marino ubicado en el Golfo de México (2021).
• El incendio y explosión de la Plataforma E-Ku-A2, Campeche (2021).
• Explosión en la refinería de Minatitlán, Veracruz (2021).
• Los incendios en la refinería de Salina Cruz, Oaxaca (2020, 2021).
• El incendio de la plataforma Akal-C6, Campeche (2020).
• La explosión del oleoducto de Tlahuelilpan, Hidalgo (2019).
• Incendio de la plataforma Abkatún A Compresión (2016).
• Incendio en la refinería de Tula, Hidalgo (2015).
• Incendio de la plataforma Abkatun Alfa-Permanente en la Sonda de Campeche (2015).
• La explosión de San Juanico, Estado de México (1984).
Viernes por el Futuro estima argumentos claros con la convicción de contribuir a impedir la degradación ambiental del país, por lo que este movimiento estima necesario:
• Reducir de forma inmediata de las emisiones de Pemex.
• Reporte transparente y accesible sobre el inventario de Gases de Efecto Invernadero y otros contaminantes producidos por Pemex en las décadas pasadas, que deberá mantenerse actualizado.
• Planes e inventarios que incluyan estimaciones anuales de emisiones para Pemex, es decir, límites anuales a sus emisiones en el marco de las negociaciones climáticas de la Conferencia de Cambio Climático de las Naciones Unidas COP26.
• Creación de una agenda climática urgente que responda al contenido del sexto informe del grupo 1 del Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC), donde se asegure la contribución de Pemex en el cumplimiento de las obligaciones de México para limitar el calentamiento a 1.5°C, además de contribución para implementar las medidas de adaptación que las comunidades precisan.
• Detener la inversión pública en nuevos proyectos e infraestructura para energía fósil.
• Creación de un sistema de inspección y vigilancia, con participación de la sociedad civil y académica, que verifique que las plantas de Pemex cumplan con las regulaciones ya existentes sobre contaminantes.
En su último reporte, el Panel Intergubernamental de Expertos Sobre Cambio Climático (IPCC) IV dejó en claro que las emisiones deben reducirse inmediatamente. En el informe se ofrecen nuevas estimaciones sobre las probabilidades de sobrepasar el nivel de calentamiento global de 1,5ºC.
A menos que las emisiones de gases de efecto invernadero se reduzcan de manera inmediata, limitar el calentamiento a cerca de 1,5ºC o incluso a 2ºC será un objetivo inalcanzable, los gases de efecto invernadero resultado de actividades humanas provocan el calentamiento de aproximadamente 1,1°C y se prevé que la temperatura mundial alcance con un calentamiento global de 2°C. Como sociedad es necesario cambiar el paradigma de consumo energético con acciones inmediatas para asegurar un futuro digno. Aún estamos a tiempo.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Asamblea la siguiente proposición con puntos de:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Director General de Pemex a formular un plan vinculante que incluya estimaciones anuales para la reducción inmediata de emisiones de gases de efecto invernadero de la empresa Petróleos Mexicanos conforme a los criterios y resultados de los acuerdos emisiones en el marco de las negociaciones climáticas de la Conferencia de Cambio Climático de las Naciones Unidas COP26 de Glasgow 2021.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Director General de Pemex a elaborar y desarrollar una agenda climática urgente de reducción de gases de efecto invernadero que responda al contenido del sexto informe del grupo 1 del Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC) de agosto de 2021 para asegurar la contribución de Petróleos Mexicanos en el cumplimiento de las obligaciones de México para limitar el calentamiento global a 1.5 °C.
Notas:
1 Plan de negocios de PEMEX 2021-2025, p. 9 en:
https://www.pemex.com/acerca/plan-de-negocios/Paginas/de fault.aspx
2 PEMEX. Informe 2019, 6.2 Protección ambiental, p.72, en:
https://www.pemex.com/acerca/informes_publicaciones/Documents/Informe-Anual/Informe%20Anual%202019.pdf
3 Expansión Noticias. PEMEX eleva a máximos emisiones de gases contaminantes, en:
https://expansion.mx/empresas/2021/06/14/pemex-como-cont amina-el-medio-ambiente
4 El sexto reporte, publicado el 9 de agosto de 2021, se encuentra en:
https://www.ipcc.ch/report/sixth-assessment-report-cycle/
Palacio Legislativo de San Lázaro.- Ciudad de México a ocho de marzo de dos mil veintidós.
Diputada Edna Gisel Díaz Acevedo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Chiapas y autoridades federales a participar en la solución del conflicto que afecta a Altamirano y lograr la liberación inmediata de los transportistas retenidos como consecuencia de él, a cargo de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a diversas autoridades para que participen en la solución del conflicto que afecta al municipio de Altamirano, Chiapas; así como para lograr la inmediata liberación de los transportistas retenidos como consecuencia de dicho conflicto, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Durante los últimos meses el municipio de Altamirano, en el estado de Chiapas, se ha visto envuelto en un conflicto social y político derivado de los comicios electorales del 6 de junio de 2021, lo que ha resultado en la creación de un nuevo grupo de autodefensas en la entidad, mediante la cual, las comunidades tzeltales y tojolabales han expresado diversas demandas políticas y sociales por la vía de la fuerza, particularmente la relativa a la celebración de elecciones extraordinarias en dicho municipio.
En el desarrollo de este conflicto se han visto atrapados pobladores de la región, pero también terceros ajenos a dicha comunidad, cuya integridad se ve amenazada por la limitación a sus derechos.
Tal es el caso de diversos transportistas que circulan por el estado de Chiapas y que forman parte de la cadena de suministros alimenticios que surte a la entidad, quienes durante el último mes han sido desviados de sus rutas, saqueados y posteriormente retenidos para escalar sus demandas.
La retención de todos estos transportistas se ha extendido en el tiempo y con cada día que pasa se pone en riesgo su integridad física y emocional, ya que quienes permanecen retenidos se encuentran incomunicados, por lo que sus familiares desconocen el estado de salud de las personas retenidas y en general sobre el destino que enfrentan.
En ese tenor, el pasado 18 de febrero, el Consejo Coordinador Empresarial de Chiapas, AC, solicitó mi apoyo para dar atención a este asunto, velando principalmente por la inmediata liberación de los transportistas retenidos, así como para colaborar en su llamado a las autoridades locales y federales encargadas de dar solución a los problemas relatados.
No obstante lo anterior, considero imperativo activar los mecanismos que nos proporcionan los ordenamientos jurídicos federales y locales para contribuir a los procesos de reconciliación del municipio de Altamirano, así como para impulsar, promover y defender la pacificación de esta zona del estado que represento, cuyo conflicto ha propiciado la incertidumbre en cientos de familias chiapanecas y para brindar certeza jurídica a los sectores productivos chiapanecos que permitan continuar las actividades económicas y el suministro de alimentos en esta entidad federativa.
Insistir en la resolución pacífica de los conflictos, por más complejos que éstos parezcan, es toral para mi entidad, razón por la cual se considera que además de hacer un llamado al gobierno estatal, es necesaria la intervención de la Secretaría de Gobernación, ya que además de procurar la vigilancia de los derechos humanos de las comunidades indígenas, también han diseñado mecanismos especializados para dirimir esta clase de conflictos, sin dejar de lado que conforme a lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la encargada de fomentar el desarrollo político, así como de facilitar acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y las leyes, se mantengan las condiciones de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad democrática.
Asimismo se considera importante incluir a las Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, por ser la encargada del fortalecimiento de capacidades para la construcción de paz y a la Fiscalía General de la República en caso de que resulte necesaria la presentación de denuncias por los hechos que ocurren en dicho municipio.
Considerando el asunto de urgente y obvia resolución, con la finalidad de evitar que siga en riesgo la vida de las personas retenidas, así como para dirimir la escalada de la violencia política-electoral del municipio de Altamirano, con la finalidad de normalizar la vida pública y el regreso de la tranquilidad de las y los habitantes chiapanecos, por medio del restablecimiento del orden público y la efectiva y pronta aplicación del Estado de Derecho.
Por todo lo antes expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
De urgente u obvia resolución
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Chiapas, a las Secretarías de Gobernación, y de Seguridad y Protección Ciudadana federales y a la Fiscalía General de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones, participen en la solución del conflicto que afecta al municipio de Altamirano Chiapas, así como para lograr la inmediata liberación de los transportistas retenidos como consecuencia de dicho conflicto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 8 de marzo de 2022
Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos locales a legislar sobre el servicio de estacionamientos públicos y privados respecto a tarifas, registro, funcionamiento, verificación y seguridad, a cargo de la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de está soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de las Entidades Federativas a legislar en materia de servicios de estacionamientos públicos y privados en lo referente a las tarifas, registro, funcionamiento, verificación y seguridad, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La historia sobre el surgimiento de los estacionamientos tiene diversos referentes, el argumento más destacado lo es, que la proliferación del uso del automóvil en las grandes ciudades, trajo consigo la falta de espacios donde aparcar, con lo que se incentivó el auge de este tipo de establecimientos como una forma de responder a la problemática de reducir la congestión vial que se generaba por falta de espacios, sin embargo, lo anterior trajo consigo una falta de regulación clara, precisa y contunde sobre la prestación del servicio.
La falta de una reglamentación que atiendan esta problemática ha permitido que muchos estacionamientos abusen en cobros excesivos, tarifas desiguales, falta de seguridad dentro y fuera del establecimiento, robos al interior de este, daños en el automóvil, sin que nadie responda por ello, siendo estos algunos de los motivos que tienen los automovilistas para estar en contra de este pago, al no contar con mecanismos que garanticen un servicio justo y de calidad.
En términos regulatorios, existen los estacionamientos privados y públicos quienes ofrecen un servicio de aparcamiento con un costo por el servicio, si bien existen los estacionamientos en vía pública que funcionan a través de parquímetros, en su mayoría no cuentan con lineamientos específicos por ser espacios considerados para transitar y no para este fin, espacios en vía pública que funcionan como estacionamientos con un costo por el uso del espacio mismo que cobran personas que se apropian indebidamente del espacio público. Como señala Ramiro Ríos “Una política adecuada de estacionamiento debe cumplir con requisitos específicos, teniendo en cuenta los diferentes tipos de estacionamiento y que cada uno tiene condiciones distintas de operación, regulación y funcionamiento.”1
El fuerte crecimiento de las principales urbes ha tenido un impacto importante en los sistemas viales, la congestión vehicular, el estado del transporte, los servicios públicos y los índices de accidentes. Las estimaciones demográficas describen un crecimiento aún mayor para las próximas décadas.”2
Uno de los temas más recurrentes y que más quejas tiene, lo es, la falta de regulación en el cobro de las tarifas. Los precios desmedidos y desiguales que se aplican en miles de establecimiento han dado pie a una queja constante por parte de los usuarios, los precios son tan variados que se puede cobrar el uso del estacionamiento por horas completas, cuando en ocasiones solo se utilizó el servicio unos minutos, existen estacionamientos con tarifas base que van desde 30 pesos hasta 100 pesos, sin embargo, si en el establecimiento existe algún evento las tarifas se duplican o triplican. Por ejemplo, el estacionamiento nacional del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México cobra de 1 a 30 minutos, 24 pesos, 48 por hora y la estancia de 7 a 24 horas (iniciando nuevo ciclo a partir del primer minuto del siguiente día de la hora de entrada) $316.00 pesos, por boleto perdido $357.00 pesos más permanencia.”3 Centros comerciales llegan a cobrar hasta $ 300.00 pesos por boleto perdido más el pago por la estancia.
Los más recurrentes son los hospitales, aeropuertos, centrales de autobuses, centros comerciales, entre otros, que cobran elevadas tarifas sin que nadie los regule.
Otra de las problemáticas a la que nos enfrentamos es que en que la mayoría de los estacionamientos que prestan este tipo de servicio, indican que “no se hacen responsables por daños dentro del establecimiento” como puede ser robo parcial o total del vehículo o de objetos dejados dentro del mismo, daños por golpes u otros accidentes por lo que nos preguntamos ¿Si es legal que cobren, también lo es que se hagan responsables por daños dentro de las instalaciones?, Sin embargo, si extravías el boleto de estacionamiento ese si estás obligado a pagarlo y ante todas estas irregularidades, ¿Quién protege al usuario?
La seguridad dentro de los establecimientos es otro de los problemas no resueltos, falta de vigilancia, sin cámaras de seguridad, se tolera que personas ajenas o no reconocidas por el establecimiento laboren prestando diversos servicios, con lo que se permite que los usuarios queden expuestos y que puedan existir daños, hurtos incluso discusiones con personas que ofrecen productos diversos.
El sobrecupo, los estacionamientos no autorizados, lotes baldíos sin registro quienes ofrecen servicios al amparo de la ilegalidad ante la falta de regulación y que ponen en peligro el patrimonio de muchas personas que requieren estos servicios, son una constante en todo el país.
Si bien, existen estados que sí regulan las diversas problemáticas expuestas no siempre se cumplen, algunos reglamentos señalan que están obligados a hacerse responsables por los daños que pudieran causarle al usuario por robo parcial y total cuando se deje el vehículo en custodia del establecimiento, los boletos señalan todo lo contrario.
Las propuestas legislativas para regular esta problemática a nivel federal y estatal no han faltado, pero estas solo han quedado en eso, solo propuestas.
Existen mecanismos de tipo económico, regulatorio y físico que sirven para intervenir sobre una política de estacionamiento en general. La política de estacionamiento se usa con mayor regularidad para reducir el estacionamiento ilegal; reducir la circulación en busca de un lugar; incrementar o generar ganancias, lo que contribuye a una indeseada congestión y emisiones de contaminantes innecesarias; mitigar las disrupciones en el tejido urbano; y recalibrar la asignación de suelo entre usuarios de todos los modos (Weinberger, Kaehny et al. 2010).4
En un marco de justicia se debe legislar para que los titulares o los operadores de los estacionamientos estén obligados a fraccionar el cobro de las tarifas cada 15 minutos desde la primera hora, generar una estructura de precios para el tipo de estacionamiento, establecer tarifas mínimas y máximas, exigir la entrega de boleto de estacionamiento, prohibir leyendas que atenten contra la seguridad del usuario, determinar gratuidad en hospitales, en centros comerciales y restaurantes que por el consumo se excluya el cobro, tarifas razonables en aeropuertos y centrales camioneras, establecer como prioridad la seguridad, entre otros.
De seguir estas tendencias en la región, muy pronto estaremos llegando a casos en donde sea prácticamente imposible movilizarnos dentro de las ciudades. Por este motivo, más que prohibir el uso del automóvil particular, se trata de buscar medidas para racionalizar su uso y aplicar el instrumento específico de estacionamiento para generar cambios positivos en estas tendencias negativas.5
Este es un exhorto que me comprometí a impulsar, por y para los ciudadanos juarenses y para todos los mexicanos, porque miles de ciudadanos son afectados diariamente en sus ingresos y en su patrimonio. Con ello también, se le da seguimiento e impulso a un trabajo realizado desde años atrás en donde promoví se adoptarán las medidas correspondientes sobre esta problemática.
Por lo expuesto someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los Congresos de las Entidades Federativas a legislar en materia de servicios de estacionamiento público y privado en lo referente a las tarifas, registro, funcionamiento, verificación y seguridad.
Notas
1 Ríos, R. A. Banco Interamericano de Desarrollo. (2013). Guía práctica estacionamiento y políticas de reducción de congestión en América Latina. Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo. Recuperado de http://mexico.itdp.org/wp-content/uploads/Guia-practica-estacionamiento s-LAC.pdf
2 https://scioteca.caf.com/bitstream/handle/123456789/419/omu.pdf?sequenc e=1
3 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (2022, enero 10). Estacionamiento. Recuperado de
https://www.aicm.com.mx/pasajeros/estacionamientos
4 Ríos, R. A. Banco Interamericano de Desarrollo. (2013). Guía práctica estacionamiento y políticas de reducción de congestión en América Latina. Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo. Recuperado de http://mexico.itdp.org/wp-content/uploads/Guia-practica-estacionamiento s-LAC.pdf
5 Ibídem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 08 de marzo de 2022
Diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a establecer las reglas de operación de 2022 sobre los componentes del programa Escuelas de Tiempo Completo respecto a la extensión de las jornadas escolares y los servicios de alimentación, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
El programa de Escuelas de Tiempo Completo comenzó su operación en el ciclo escolar 2007-2008, en ese entonces la secretaria de Educación Pública y actual senadora Josefina Vázquez Mota, prendió los motores de un programa que se convertiría en uno de los pilares estratégicos para el impulso de la educación básica, otorgando a las madres trabajadoras opciones extracurriculares y servicios de alimentación mediante la ampliación del horario escolar de sus hijos y permitiéndoles cumplir con jornadas laborales completas.
Dicho programa trascendió ideologías partidistas y administraciones, durante la administración del presidente Felipe Calderón Hinojosa se inició con 6 mil 708 planteles y para el sexenio del presidente Enrique Peña Nieto se incrementaron a más de 25 mil 134 planteles de educación básica, beneficiando a 3.6 millones de alumnos.1
El programa de Escuelas de Tiempo Completo se convirtió en una política integral y funcionaba porque sus beneficios eran transparentes y tangibles, pues en horario ampliado se brindaba alimentación gratuita a menores en situación de pobreza, se aseguraba su permanencia en la escuela, se facilitaba la inclusión laboral de madres y padres, además de garantizar ingresos adicionales a las y los maestros participantes.
Desgraciadamente el pasado 28 de febrero fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 05/02/22 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa la Escuela es Nuestra para el Ejercicio Fiscal de 2022 .2 Con este acuerdo el gobierno federal a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP) dio la estocada final a las Escuelas de Tiempo Completo, programa que desde que comenzó la administración actual ha estado en la mira del gobierno no para fortalecerlo sino para desaparecerlo.
La muerte de las Escuelas de Tiempo Completo fue anunciada con hechos por el partido oficialista y al parecer el objetivo principal siempre fue desaparecerlo. Los rastros se encuentran en la aprobación del Presupuesto de Egresos. Este programa en 2018 fue recibido con un presupuesto de 12 mil 441 millones de pesos (mdp); en 2019 el grupo mayoritario lo recortó a 10 mil 915 mdp; para 2020 sólo le dejaron 5 mil 273 mdp y en 2021, de plano, quitaron la etiqueta presupuestal para únicamente mencionarlo en un artículo transitorio.
Para PEF 2022 la Cámara de Diputados aprobó un presupuesto para el programa Escuela es Nuestra, partiendo del hecho que éste contendría los componentes de Escuelas de Tiempo Completo. Hoy nos damos cuenta que esto fue simplemente una simulación para convertir a este programa cuyo objetivo era ayudar a madres trabajadoras, niñas, niños y adolescentes y maestras y maestros, en un simple programa de infraestructura clientelar cuya responsabilidad pasa a las y los padres de familia.
La titular de la Secretaría de Educación Pública durante la conferencia mañanera del Ejecutivo federal indicó que “Efectivamente, el esquema estaba dentro de la Escuela es Nuestra. Haciendo una valoración sobre todo de tomar las necesidades que presentan las instituciones, a través de las visitas que se han hecho, realmente aún faltan muchas escuelas para poder mejorar las instalaciones básicas que es agua, que son aulas, sanitarios, que esto era algo que se pedía y se reclamaba y era un reclamo justo de tenerlo bien en el regreso a clases”.
Lo anterior desnuda la mala estrategia implementada cuyos criterios presupuestales hoy las autoridades deben escoger entre ofrecer escuelas con infraestructura adecuada o brindar apoyo a la educación básica, alimentación, a las mujeres y maestras y maestros. Considero que hoy no existe justificación para una regresión de este tamaño, cuando el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) registra cifras sin precedentes de abandono escolar: 5.2 millones de estudiantes que dejaron las aulas por Covid o falta de recursos y 3.6 millones adicionales que abandonaron la escuela para empezar a trabajar.
Adicionalmente, no deja de extrañar que durante la pandemia se suspendieron las clases presenciales en los planteles educativos de todo el país, lo que seguramente tuvo un impacto en los recursos destinados en los componentes de alimentación y expansión del horario escolar del programa La Escuela es Nuestra y entonces cuál fue el destino de estos recursos y por qué las escuelas no cuentan con una estructura educativa, cuando se tuvo más de un año para plantear una estrategia de regreso seguro a clases.
No obstante lo anterior, la SEP está apostando al programa de La Escuela es Nuestra, el cual de conformidad con la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en el informe de la Cuenta Pública de 2020 reportó que “tuvo irregularidades en el ejercicio del presupuesto de 2020, ya que la SEP no ha podido acreditar que 573 millones 605 mil 778.38 pesos hayan sido usados para mejorar las condiciones de infraestructura y equipamiento de las escuelas, como lo mandata el programa”.3
También la ASF reportó que la normativa la cual regula la operación del programa carece de mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar su operación y tampoco se establecen los plazos máximos para que los planteles beneficiarios de los apoyos ejerzan y comprueben la aplicación de los recursos, ni se señalan posibles causales de incumplimiento en la aplicación de los apoyos.
Dentro de las irregularidades observadas destaca que la autoridad no proporcionó la documentación que acredite el reintegro a la Tesorería de la Federación de 9 millones 450 mil pesos correspondientes a los apoyos otorgados a 40 beneficiarios que no activaron las tarjetas bancarias en las que se les depositaron los apoyos del programa.4
A una semana de la desaparición del programa Escuelas de Tiempo Completo, el reclamo social plenamente justificado ha sido fuerte, ejemplo de ello han sido las organizaciones como Save de Children quienes emitieron un comunicado manifestando que:
“Eliminar las escuelas de tiempo completo y los servicios de alimentación escolar, agravia de manera directa a las niñas y niños que viven en condiciones de pobreza y sin acceso a una alimentación nutritiva en el país”.
“Exhortamos respetuosamente a la SEP, para que modifique las Reglas de Operación del Programa La Escuela es Nuestra (PLEEN) y se vuelva a incluir entre sus objetivos la extensión de las jornadas escolares y los servicios de alimentación. Bajo ningún motivo debe desatenderse el interés superior de la niñez, por lo que retroceder en materia de derechos nunca debe ser una opción”.
“Suprimir la extensión de la jornada escolar desatiende la obligación que la Ley General de Educación les confiere a las autoridades educativas de establecer escuelas con horario completo en educación básica, reconocido hasta 2021 en los Lineamientos de Operación del PLEEN”.5
Otro ejemplo es la Red por los Derechos de la Infancia en México quien en un comunicado manifestó que la decisión de la SEP “viola los derechos humanos a la salud y a la educación de 3.6 millones niñas, niños y adolescentes en el país y restringe la estancia de los menores en lugares libres de diversos tipos de violencia”, además de resultar contrario a los artículos primero y cuarto constitucional; relacionados con las garantías de la progresividad de derechos y la obligación de las autoridades de tomar decisiones en términos de un mayor beneficio hacia las infancias”.6
Además de resaltar que la eliminación del programa afecta a los municipios con más alta marginación del país; pues 87.3 por ciento de las 27 mil 063 escuelas que estaban inscritas se localizaban en zonas rurales y 21 por ciento daban educación indígena; sin contar con que 65.8 por ciento de los menores que asistían a esas escuelas aceptaron que la alimentación que recibían en esos espacios era la primera del día.7
De igual forma Mexicanos Primero manifestó que la desaparición de este programa es violatoria de los derechos humanos de niñas, niños particularmente al derecho de aprender y al principio de progresividad.8
Por otro lado, es importante hacer mención que la desaparición del Programa de Escuelas de Tiempo Completo desacata la resolución del Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa consecuencia del juicio de amparo promovido por “Aprender Primero” contra el presupuesto económico de 2021. Dicha resolución ordenó al Ejecutivo federal, al Legislativo y a la Secretaría de Educación Pública garantizar los recursos económicos para que las escuelas que estaban adscritas al programa de tiempo completo cumplan sus objetivos.9
Finalmente, la decisión de las autoridades federales ha generado reacciones a nivel local pues algunas entidades federativas han tenido que anunciar que el programa de Escuelas de Tiempo Completo será garantizado mediante recursos locales, con ellos una solución provisional a un problema generado desde el Ejecutivo cuya visión de los programas sociales es tan corta que únicamente piensan en objetivos clientelares y no en garantizar derechos, el interés de este gobierno sin duda está en la próxima elección y no en la próxima generación.
Lo que es un hecho es que en la discusión del próximo Presupuesto de Egresos de la Federación no debemos permitir que se continue con esta destrucción de programas sociales que benefician y garantizan la progresividad de los derechos de la ciudadanía, no podemos confiar más en que el bloque oficialista continue pretendiendo fusionar programas y establecer criterios en artículos transitorios que después no respetarán en las reglas de operación, por ello debemos de exigir con claridad el etiquetado correcto de estos programas y garantizar así el futuro de nuestra niñez. Si la mayoría insiste en no asignar recursos implicaría incluso violentar una resolución judicial y los principios de progresividad de las niñas, niños y adolescentes.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que realice, de manera urgente, las acciones necesarias para establecer Reglas de Operación para el 2022 a los componentes relacionados con el programa "Escuelas de Tiempo Completo" respecto a la extensión de las jornadas escolares y los servicios de alimentación con la finalidad de garantizar el interés superior de la niñez, continuar apoyando a las maestras y maestros y a las madres trabajadoras.
Segundo. - La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que en la estructura programática del Proyecto de Presupuesto de la Federación del 2023 se etiquete el programa Escuelas de Tiempo Completo por separado del programa La Escuela es Nuestra, con la finalidad de transparentar el destino de dichos recursos mediante reglas de operación específicas para dicho programa y garantizar la progresividad de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Tercero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que haga publica la información sobre el destino de los recursos del programa la Escuela es Nuestra en sus componentes de alimentación y horarios extendidos durante el ciclo escolar 2020-2021 toda vez que durante ese periodo por la contingencia sanitaria las escuelas permanecieron cerradas y se exhorta la Auditoria Superior de la Federación a realizar una auditoria pormenorizada de la ejecución de dichos recursos durante la pandemia.
Notas
1 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/escuelas-de-tiempo-completo-el-di a-que-josefina-vazquez-mota-puso-en-marcha-el-programa
2 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5643991&fecha=28/02/2022
3 https://www.milenio.com/politica/asf-reporta-irregularidades-en-la-escu ela-es-nuestra
4 Ibídem
5 https://www.alcaldesdemexico.com/notas-principales/save-the-children-llama-a-no-eliminar-
escuelas-de-tiempo-completo/#:~:text=La%20organizaci%C3%B3n%20Save%20the%20Children,
alimentaci%C3%B3n%20nutritiva%20en%20el%20pa%C3%ADs.
6 https://www.proceso.com.mx/nacional/2022/3/3/
la-redim-condena-que-la-sep-elimine-el-programa-escuelas-de-tiempo-completo-281915.html
7 https://faroinforma.com.mx/2022/03/03/redim-condena-eliminacion-de-escu elas-de-tiempo-completo/
8 https://twitter.com/Mexicanos1o/status/1498431777479798785/photo/1
9 https://www.eleconomista.com.mx/politica/Juez-ordena-al-Gobierno-entregar-recursos-para-
garantizar-objetivos-del-extinto-programa-Escuelas-de-Tiempo-Completo-20210922-0110.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a poner en marcha un programa para la rehabilitación inmediata de los planteles de nivel básico, a cargo de la diputada Esther Martínez Romano, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, diputada Esther Martínez Romano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del artículo 6 y en las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a fin de poner en marcha un programa para la rehabilitación inmediata de los planteles de educación pública básica, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Secretaría de Educación Pública (SEP), publicó el 16 de marzo de 2020, en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo número 02/03/20 por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, mediante dicho documento, la SEP dictó las primeras medidas, tomadas por el gobierno mexicano, para enfrentar la pandemia por coronavirus, estableciéndose la suspensión de clases en todos los niveles educativos:
Artículo Primero.- Se suspenden las clases del periodo comprendido del 23 de marzo al 17 de abril de 2020 en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, a excepción del Instituto Politécnico Nacional, como una medida preventiva para disminuir el impacto de propagación de la Covid-19 en el territorio nacional.
Artículo Segundo.- Durante el periodo comprendido del 17 al 23 de marzo, para las escuelas de preescolar, primaria y secundaria, las madres y padres de familia o tutores deberán evitar llevar a sus hijas, hijos o pupilos, cuando estos presenten algún cuadro de gripa, fiebre, tos seca, dolor de cabeza y/o cuerpo cortado.
Para esos efectos, la Comisión de Salud instalada en cada escuela, misma que funcionará conforme a los lineamientos que para tal efecto se emitan, deberá determinar lo que en su caso corresponda para evitar riesgos en los demás miembros de la comunidad escolar. Atendiendo, en todo momento, lo que indiquen las autoridades en materia de salud.
Tratándose de los tipos medio superior y superior, las alumnas y alumnos mayores de dieciocho años, deberán evitar acudir a sus escuelas y/o planteles donde reciban el servicio público educativo, en aquellos casos donde presenten los síntomas señalados en el primer párrafo del presente artículo.
El próximo 23 de marzo, se cumplirán dos años de que el gobierno federal, a través de la SEP decreto la primera suspensión de clases presenciales, como medida sanitaria para disminuir los contagios de la Covid-19.
El 15 de abril de 2020, la SEP anunció el regreso a clases bajo la modalidad semipresencial, a través del programa Aprende en Casa, mismo que dio inicio el 20 de abril, concluyendo el ciclo escolar 2019-2020, bajo la modalidad de clases a distancia, como consecuencia del agravamiento de la pandemia por coronavirus.
Para el inicio del ciclo escolar 2020-2021, la SEP publicó la Estrategia Nacional para el Regreso Seguro a Clases Presenciales en las Escuelas de Educación Básica; sin embargo, la aparición de la primera ola de contagios por coronavirus, en agosto de 2020 y posteriormente la segunda ola, en febrero de 2021, hizo imposible el regreso a clases presenciales de los alumnos. Estableciéndose en dicho documento lo siguiente:
El presente documento tiene el objetivo de proponer los principios y las acciones que conduzcan a reabrir las escuelas de forma gradual y escalonada con base en el comportamiento del Semáforo de Riesgo Epidémico. Asimismo, busca contribuir a orientar las acciones que las autoridades educativas estatales han planeado para garantizar las mejores condiciones para el regreso de NNA a las aulas.
En ese sentido, se proponen una serie de sugerencias sobre seguridad e higiene y estrategias académicos —previos y durante la apertura de escuelas— que buscan orientar y dar respuesta a la necesidad de asegurar el regreso a clases de la comunidad educativa en condiciones de higiene y salud. Así, la apertura de las escuelas se muestra como una ventana de oportunidad para fortalecer la relación escolar y formar una comunidad resiliente, inclusiva y equitativa. Cabe señalar que su ámbito de aplicación es nacional en el marco del federalismo educativo.
Sabemos que el éxito en la implementación de las acciones aquí sugeridas, dependerá de la capacidad de coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno, así como de los consensos y compromisos que se establezcan con la comunidad escolar. La corresponsabilidad de madres, padres de familia o tutores, es fundamental para que el regreso a la escuela ofrezca las garantías de seguridad sanitaria y tranquilidad social que son necesarias para que el proceso educativo cumpla sus propósitos de formación integral.
Es por eso que, las acciones propuestas en esta estrategia utilizan como marco de referencia la Guía de orientación para la reapertura de las escuelas ante Covid-19 en donde se establece una ruta de regreso seguro a clases con base en la instrumentación de nueve intervenciones y cinco momentos clave.
Aunado a lo anterior, la puesta en marcha de una estrategia de la complejidad que implica regresar a clases en medio de una pandemia exige un reconocimiento del contexto social, demográfico, cultural y de la infraestructura física en el que se desarrollan las actividades escolares.
Es difícil pensar en el regreso a clases presenciales cuando todavía no se ha controlado la pandemia en todo el mundo. Sin embargo, algunas regiones del país han logrado remontar la etapa crítica, de modo que continuar sin actividades escolares presenciales o semipresenciales implica riesgos muy graves para el desarrollo de las personas y el país. Es inminente la posibilidad de perder una generación de estudiantes que probablemente decidan dejar la escuela ante las dificultades que conlleva un modelo educativo únicamente bajo la modalidad a distancia.
Es por ello que, este documento servirá de guía para la toma de decisiones y para el diseño de los procesos de planeación que las autoridades educativas estatales, y la comunidad escolar, definan para el regreso seguro a las escuelas considerando sus contextos y necesidades.
A pesar del plan implementado por la SEP, al no presentarse un descenso considerable en los contagios por la Covid-19 fue imposible conseguir el regreso a clases presenciales durante el ciclo escolar 2020-2021.
Debido a lo anterior, las autoridades educativas pusieron sus esfuerzos por conseguir, que el inicio del presente ciclo escolar 2021-2022, fuera con clases presenciales; para lo cual, la SEP publicó la segunda versión de la Estrategia Nacional para el Regreso Seguro a las Escuelas de Educación Básica Versión 2.0, con la finalidad de crear las condiciones que aseguraran el inicio del nuevo ciclo escolar en forma presencial, indicando esta segunda versión de la estrategia, lo siguiente:
El presente documento tiene el objetivo de establecer los principios y las directrices que conduzcan a reabrir las escuelas de forma responsable y ordenada. Asimismo, busca contribuir a orientar las acciones que las autoridades educativas estatales han planeado para garantizar las mejores condiciones para un regreso incluyente de NNA a las aulas.
En ese sentido, se proponen una serie de orientaciones para la organización del regreso seguro a las escuelas y el trabajo académico que buscan apoyar al personal educativo, de todos los niveles, para conducirse antes, durante y después de la reapertura de las escuelas. Se pretende que, desde la diversidad de condiciones de operación de cada plantel, el regreso se convierta en una oportunidad para repensar la relación escolar y formar una comunidad resiliente, inclusiva y equitativa con la participación de todas y todos los integrantes.
Sabemos que el éxito en la implementación de las acciones aquí sugeridas, dependerá de la capacidad de coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno, de la correcta implementación de las estrategias por parte de la autoridad educativa local, así como de los consensos y compromisos que se establezcan con la comunidad escolar. En este sentido, cabe señalar que su ámbito de aplicación es nacional en el marco del federalismo educativo.
La corresponsabilidad de madres, padres de familia o tutores y estudiantes, es fundamental para que el regreso a la escuela ofrezca las garantías de seguridad sanitaria y tranquilidad social que son necesarias para que el proceso educativo cumpla sus propósitos de formación integral.
Las acciones propuestas en esta estrategia recuperan las experiencias y opiniones de diversos actores educativos de las distintas entidades del país, así como las directrices que han publicado organismos internacionales a los que México pertenece como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Además, se contempla la Guía para el regreso responsable y ordenado a las escuelas. Ciclo escolar 2021-2022 en su versión v.3.0 —que dieron a conocer la SEP y la Secretaría de Salud (SSA)— en donde se establece una ruta de regreso seguro a clases con base en la instrumentación de nueve intervenciones y cinco momentos clave.
Aunado a lo anterior, la puesta en marcha de una estrategia de la complejidad que implica regresar a la escuela en medio de una pandemia exige un reconocimiento del contexto social, demográfico, cultural y de la infraestructura física en el que se desarrollan las actividades escolares.
Es difícil pensar en el regreso a la escuela cuando todavía no se ha controlado la pandemia en todo el mundo. Sin embargo, algunas regiones del país han logrado remontar la etapa crítica, de modo que continuar sin actividades escolares presenciales o semipresenciales implica riesgos muy graves para el desarrollo de NNA del país, objetivo central de la educación que imparte el Estado. Es inminente la posibilidad de perder una generación de estudiantes que probablemente deban dejar la escuela ante las dificultades que conlleva un modelo educativo únicamente bajo la modalidad a distancia.
Es por ello que este documento servirá de guía para la toma de decisiones y para el diseño de los procesos de planeación que las autoridades educativas estatales, y la comunidad escolar, definan para el regreso seguro e incluyente a las escuelas considerando sus contextos y necesidades, capacidades y fortalezas específicas.
Desafortunadamente no se ha logrado concretar el regreso a clases presenciales, debido a la tercera ola de contagios que se presentó entre julio, agosto y septiembre de 2021 y la cuarta ola que nos encontramos padeciendo y que ocasiono el regreso a clases semipresenciales o suspensión de clases, en muchas entidades federativas, durante el mes de enero de 2022.
A dos años del inicio de la pandemia, no ha sido posible conseguir el regreso a clases presenciales en todo el país, no solo por el hecho de que la pandemia no haya cedido, también por la lastimosa condición en que se encuentran una gran mayoría de la infraestructura educativa pública.
Sobre el particular, debemos reconocer que la condición de las escuelas públicas es lamentable debido al abandono y descuido que han sufrido como consecuencia de su cierre casi permanente en los dos años que lleva la pandemia.
Dicha situación, se agrava en las zonas rurales del país, los planteles de educación pública en localidades rurales no cuentan con las condiciones mínimas para garantizar la seguridad de los alumnos, falta servicio de agua potable, aulas y servicios sanitarios salubres y dignos, materiales, así como, herramientas de apoyo para la enseñanza, etcétera.
Debemos recordar que, como consecuencia del cierre prolongado de las instalaciones educativas, muchas de los planteles de educación fueron vandalizados y/o sufrieron el robo de equipo de cómputo, cancelería, tuberías, grifería, cables eléctricos, etcétera.
Debido a lo anterior, un buen porcentaje de los planteles de educación básica en el país, no están en condiciones operativa, para garantizar la seguridad y aprendizaje de los educandos.
En razón de lo anterior, el presente punto de acuerdo busca exhortar a la SEP a implementar un programa para la rehabilitación urgente de los planteles de educación pública básica, a fin de proporcionar a nuestras niñas, niños y adolescentes, instalaciones seguras y dignas para su optimo aprendizaje.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor del siguiente resolutivo:
Único. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública, a fin de poner en marcha un programa para la rehabilitación inmediata de los planteles de educación pública básica .
Referencias
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5589479&fecha=16/03/
2020#:~:text=%2D%20Se%20suspenden%20las%20clases%20del,medio%20superior%20y%20superior%20dependientes
https://www.gob.mx/segob/documentos/impacto-de-la-pandemia-en-ninas-y-ninos-13-de-agosto-2021
https://educacionbasica.sep.gob.mx/multimedia/RSC/BASICA/Documento/202105/
202105-RSC-qOIksgis3w-ESTRATEGIANACIONAL_REGRESO_CLASES.pdf
https://educacionbasica.sep.gob.mx/multimedia/RSC/BASICA/Documento/202105/
202105-RSC-Lz0fiisOtD-Estgia_Nac.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo 2022.
Diputada Esther Martínez Romano (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para solicitar a la Jucopo de esta soberanía que se cree una comisión especial de impulso del cacao y el chocolate, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta asamblea las siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se crea la Comisión Especial del Impulso al Cacao y el Chocolate , al tenor de las siguientes.
Consideraciones
El cacao es nutricionalmente rico, es una fuente natural de vitaminas como B1 y ácido fólico y minerales como fósforo, potasio y magnesio.1 Es un cultivo representativo y originario de nuestro país, cultivado por los pueblos olmecas, mayas, aztecas y mokayas, quienes fueron sus primeros productores.
Por la importancia de sus raíces históricas y culturales de los pueblos mesoamericanos el cacao se consideró como un regalo de los dioses prehispánicos, lo usaban simbólicamente para ceremonias y celebraciones, además de emplear su semilla como unidad monetaria.
Cabe señalar que el primero de octubre de cada año se lleva a cabo la celebración del “Día del Cacao y Chocolate” con la finalidad de promover la protección, uso y consumo sostenible a nivel nacional, y dar a conocer sus beneficios en cuanto a la salud humana, medio ambiente, generación de empleo y biodiversidad.
Un estudio realizado por el Centro de Estudios de Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria (Cedrssa) arroja que el cacao se encuentra dentro de la lista de los principales productos consumidos a nivel mundial, con una producción realizada en países en desarrollo y comprado en países industrializados.2
De acuerdo al seminario “El Cacao, Historia y Relevancia para América Latina y el Caribe”, la producción del cacao en el mundo alcanza 4.84 millones de toneladas por año, así como 5.5 millones de pequeños productores en una superficie aproximada de 0.2 a 1.5 hectáreas por productor.3
México se posicionó en el undécimo lugar, de la escala de producción a nivel mundial, los datos más actuales del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera señalan que en nuestro país se producen 29 mil 457 toneladas por año de Cacao, en una superficie de 59 mil 655 hectáreas, pero necesita mejorar los niveles para cubrir la demanda interna. Para poder satisfacer su demanda interna, le compra el cacao a los mayores productores como lo son Costa de Marfil, República Dominicana y Ghana.4
Los tres estados principales productores de cacao son: Tabasco, con 14 mil toneladas por año, seguido de Chiapas y Guerrero, quienes en conjunto suman una producción de 28,452 toneladas.5
Por otra parte, el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias refiere más del 60 por ciento de las plantaciones nacionales representan una edad mayor de 25 años y más del 65 por ciento de los productores presentan una edad mayor de 50 años. Ambos datos reflejan que se requiere de una serie de medidas focalizadas que atiendan el tipo de plantaciones con las que actualmente nuestro inventario cuenta y se prioricen las políticas para los productores que desarrollan esta actividad de manera competitiva, en donde se fortalezca el mercado nacional y se diseñen estrategias para posicionar al cacao y chocolate mexicano en el exterior.
El Programa de Producción para el Bienestar que actualmente se entrega por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de manera directa a quienes producen miel, maíz, café y cacao para la autosuficiencia alimentaria sólo apoya el ingreso de los productores sin enfocarse en la productividad y en el desarrollo de la actividad, por lo que ante la crisis económica que ha generado la pandemia es indispensable impulsar estrategias que permitan la atención de un producto como lo es el cacao y el chocolate.
Actualmente el consumo de cacao per cápita en México es de 0.5 kg y representa 0.6 por ciento del gasto total realizado en alimentos y bebidas por las familias mexicanas,6 el desarrollo permitiría mejorar la calidad de vida de sus productores, generar beneficios asociados a la salud de los consumidores, ya que a partir de un estudio realizado el 24 de enero de 2020, por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria7 señala que posee propiedades antiinflamatorias para regular los lípidos, triglicéridos y el colesterol por el valor nutrimental que se aporta; además de fortalecer al sector mediante esquemas que incentiven la actividad a nivel nacional y la comercialización de manera rentable y sostenible en el extranjero.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana 186-SSA1/SCFI-20136 otro de los beneficios para la salud es el aumento de los niveles de serotonina y de endorfina en el cerebro mejorando el humor, es rico en magnesio que ayuda a prevenir el envejecimiento reduciendo el colesterol, además de fortalecer al sector mediante esquemas que incentiven la actividad a nivel nacional y la comercialización de manera rentable y sostenible en el extranjero.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura entregó un informe sobre la 2da reunión de especialistas del proyecto “La ruta del Cacao en América Latina y el Caribe, donde se abordó: (Vecino, 2021).
-Fomentar el interés y la solidaridad en torno al patrimonio compartido por distintos pueblos y naciones del territorio americano.
-Retomar el valor del cacao y la trascendencia del producto como es el chocolate y en otras esferas populares y académicos: la culinaria, la oralidad, la literatura, la música, las artes plásticas, las artes escénicas y otras expresiones de un valor patrimonial.
Por lo tanto, es necesario incluir este tema en los trabajos que se desarrollen en la LXV Legislatura, lo anterior, mediante la creación de una Comisión Especial, ya que, esta sería la encargada de promover una agenda horizontal en donde se aborde la reactivación e impulso al cacao y chocolate en México, la salud, economía, el campo y la cultura en donde se reconozca su importancia y se fortalezcan sus capacidades técnicas, directivas, comerciales de todos los actores que intervienen en la producción y su transformación, además de proporcionar el respaldo político y jurídico que dé certidumbre a esta cadena productiva y se otorgue el valor agregado que merece.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del pleno el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura acuerda la creación de la Comisión Especial del Impulso al Cacao y Chocolate para impulsar la agenda horizontal que aborde sistemáticamente su reactivación, la incidencia en la salud, su aportación económica en el campo y el sector industrial, así como en la preservación cultural y contará para su desempeño con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para el desempeño de sus funciones.
La Comisión Especial objeto del presente punto de acuerdo funcionará de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de los Estados Unidos Mexicanos y el periodo de funciones comprenderá desde su aprobación en el pleno hasta el término de la LXV Legislatura.
Segundo. En el marco de los trabajos de esta comisión se llevará a cabo seminarios, foros y encuentros necesarios con productores, agricultores e industriales, así como con académicos, investigadores y organizaciones de la sociedad civil para colaborar de forma integral con el sector, quienes podrán reunirse cuando se considere necesario con autoridades federales, estatales o municipales para promover acuerdos que den cumplimiento al objeto de su creación, además deberán rendir de forma periódica un informe de actividades ante la Junta de Coordinación Política.
Tercero. La comisión estará conformada bajo los criterios de pluralidad y proporcionalidad que así determine la Junta de Coordinación Política.
Notas
1 Biodiversidad Mexicana, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio).
2 Industria del cacao en México. Disponible:
http://www.cedrssa.gob.mx/files/b/9/71Industria%20del%20cacao%20en%20M%C3%A9xico.pdf
3 Industria del cacao en México. Disponible:
http://www.cedrssa.gob.mx/files/b/9/71Industria%20del%20cacao%20en%20M%C3%A9xico.pdf
4 Barómetro del Cacao. Disponible: https://voicenetwork.cc/wp-content/uploads/2021/04/2020-Baro%cc%81metro -del-Cacao-ES.pdf
5 La Producción del cacao en México. Disponible: http://comisiones.senado.gob.mx/relext_alyc/docs/cacao/8.pdf
6 Cedrssa. Industria del cacao en México. Disponible: http://www.cedrssa.gob.mx/post_industria_del_-n-cacao_en_mn-xico-n.htm
7 6 Cedrssa. Industria del cacao en México. Disponible: http://www.cedrssa.gob.mx/post_industria_del_-n-cacao_en_mn-xico-n.htm
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Consejo General y la Comisión de Quejas y Denuncias del INE a conducirse de acuerdo con los principios de legalidad, certeza, independencia e imparcialidad en el proceso de revocación de mandato en curso, a cargo del diputado Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena a la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, para exhortar al Consejo General y a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), a conducirse de acuerdo con los principios de legalidad, certeza, independencia e imparcialidad durante el proceso de revocación de mandato en curso, aplicando la normatividad en materia de propaganda política electoral de manera objetiva, a efecto inhibir conductas que puedan constituir violaciones a la veda electoral, bajo las siguientes:
Consideraciones
Nuestro país ha sido ejemplo en el mundo contemporáneo, ya que ha cumplido uno de los objetivos principales de la democracia, que es dotar a las y los mexicanos de herramientas que les permitan participar de manera directa en la toma de las decisiones más relevantes de nuestro país y de la gestión pública. Ejemplo de ello, es la inclusión de los ciudadanos en los debates parlamentarios, así también, el reconocer diversos procedimientos de carácter constitucional y legal que han dado una inigualable participación de las y los mexicanos en la vida política y toma de decisiones del país, como es participar en la consulta popular y la revocación del mandato.
Con la llegada de la Cuarta Transformación es que estas dos figuras han cobrado relevancia, ya que a través de ellas se garantiza la participación directa de las y los ciudadanos, favoreciendo la rendición de cuentas y el control social de la función pública.
La trascendencia de la revocación de mandato en la vida pública de México, la podemos definir como el procedimiento a través del cual las y los ciudadanos deciden, de manera directa, si un gobernante que ha sido electo popularmente concluye o no el ejercicio del cargo público de que se trate antes de que expire el periodo para el cual fue elegido.
Se señala en la Ley Federal de Revocación de Mandato, que dicha revocación es decidida por medio de la emisión de un voto ciudadano; es decir, a través del mismo procedimiento por el cual fue designado, sin que exista de por medio una acción judicial.
Aunado lo anterior, al solicitarse el proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, se hará mediante la solicitud de firmas que que se llevó a cabo durante los meses de noviembre y hasta el 15 de diciembre del an?o 2021. Así en este ejercicio público ciudadano, se determinó que sí se cumplió con los requisitos, por tanto el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó procedente y emitió la convocatoria, por lo que el proximo 10 de abril de este año se realizará este hecho histórico para México y su ciudadanía.
En un firme cumplimiento de la Ley Federal de Revocación de Mandato, el INE anunció que el plazo para la prohibición de propaganda gubernamental o veda electoral, iniciaría a partir del pasado 4 de febrero, y concluirá hasta el 10 de abril, día en que se realizará la consulta.
Esta medida será aplicada a nivel nacional en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) así como en los tres poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de acuerdo a la normativa aprobada por este Congreso de la Unión.
Será el INE y, en específico a través de la Comisión de Quejas y Denuncias de ese Instituto, el denunciar cualquier irregularidad para dictar las medidas cautelares correspondientes. Sin embargo, hemos dado cuenta en este Grupo Parlamantario de Morena, que tanto el INE como la oposición conducida por la política de derecha, han sido omisos en acatar el mandato de la Ley que este Congreso aprobó.
En primer lugar hacemos un llamado desde la más alta tribuna del país, para que el INE termine con el hostigamiento político y que actúe con imparcialidad, neutralidad y que ponga piso parejo durante el proceso de la revocación de mandato, cuya jornada se realizará el próximo 10 de abril del presente año. Lo anterior, lo mencionamos ya que es notorio que el INE a través de su Presidencia y algunos consejeros han insistido en querer aplicarnos ley mordaza para las y los legisladores de Morena, tanto federales como locales.
Por ello, exhortamos al organismo electoral que evite con todo el rigor de la ley y en pleno proceso de veda electoral, el inhibir conductas que puedan manchar el próximo proceso de revocación de mandato, como lo es la campaña de desprestigio que ha iniciado la oposición de Acción Nacional en contra del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
Todo servidor público debe ser respestuoso de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las leyes que emanen de ella, y los consejeros electorales son servidores públicos y están sujetos al control constitucional y legal, por lo que deben ejercer su función de manera transparente, legítima, justificada y con rendición de cuentas. Pero en los hechos, tenemos que tanto el consejero presidente, como algunos otros consejeros electorales, han dejado de observar en su función electoral el principio de imparcialidad, y han iniciado una casería de brujas a quienes obstentamos o formamos parte de la Cuarta Transformación del país, lo que ha repercutido en implementar diversas medidas cautelares que de una manera injustificada e improcedente buscan sancionar a toda persona que ostente un cargo público, tanto en la administración federal o local emanados de Morena, como de las y los legisladores federales y locales de este grupo parlamentario.
Por otro lado, ese instituto se niega a bajar spots realizados por la oposición pertenecientes al PAN, y que desde Morena hemos solicitado a través de nuestro representante en el INE, que no respetan la veda electoral.
Lo anterior, lo señalamos por que el Partido Acción Nacional (PAN), difunde spots que dañan la imagen presidencial y el instituto considera que las afirmaciones del PAN están amparadas en la libertad de expresión y que no se trata de calumnias, sino posturas críticas.
A lo que señalamos que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, no actua con imparcialidad, equidad, certeza, objetividad en la contienda, ya que lo señalado y divulgado por Acción Nacional constituye uso indebido de la pauta, ya que lejos de ser genéricos, contienen expresiones que vinculan a procesos electorales y promocionan la alternancia en periodo prohibido, por ello en Morena hemos insistido el retiro de los spots y las publicaciones tanto en los medios de comuniciación ordinarios, como en las redes sociales.
Por las consideraciones antes expuestas, someto a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes:
Puntos de Acuerdo
De urgente y obvia resolución
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Consejo General y a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), a conducirse de acuerdo con los principios de legalidad, certeza, independencia e imparcialidad durante el proceso de revocación de mandato en curso, aplicando la normatividad en materia de propaganda política electoral de manera objetiva, aun en contra de legisladores, funcionarios públicos y actores políticos que se han posicionado en contra de la reforma constitucional en materia eléctrica, a través de medios de comunicación y redes sociales.
Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Consejo General y a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral a hacer cumplir lo dispuesto en la base III, apartado C, segundo párrafo del artículo 41 constitucional, y del numeral 2 del artículo 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a efecto de inhibir conductas violatorias de la veda electoral durante el proceso de revocación de mandato y a suspender y retirar la difusión en medios de comunicación de mensajes por parte de legisladores, funcionarios públicos y actores políticos posicionándose en contra de la reforma constitucional en materia eléctrica.
Tercera. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Consejo General y a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral a hacer cumplir lo dispuesto en los artículos 209; 449, numeral 1, inciso c); y demás aplicables de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a efecto de sancionar a aquellos funcionarios públicos y actores políticos que, incumpliendo la veda electoral durante este proceso de revocación de mandato, difunden posicionamientos contrarios a los procesos deliberativos de la reforma constitucional en materia eléctrica.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 8 días del mes de marzo de 2022.
Diputado Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a suscribir un convenio de coordinación con el gobierno de NL para la continuidad del programa Escuelas de Tiempo Completo, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN
Héctor Israel Castillo Olivares, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El 28 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo número 05/02/22 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa la Escuela es Nuestra,1 para el presente ejercicio fiscal mismo que se encuentra previsto en el Anexo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación vigente, que tiene como objetivo mejorar las condiciones de infraestructura y equipamiento de los planteles públicos de nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria en sus diferentes modalidades y comunidades de aprendizaje.
Con la participación directa de las comunidades escolares en acciones de construcción, mantenimiento, rehabilitación, equipamiento, adquisición de equipo, material didáctico, deportivo y artístico; se priorizará la atención de las comunidades educativas con mayor grado de vulnerabilidad y a través de la organización popular, el trabajo colectivo y la capacitación de niñas, niños, jóvenes y sus familias en los procesos de toma de decisiones, administración de recursos y participación ciudadana, se pretende disminuir las carencias y necesidades de los planteles de educación básica y garantizar el derecho a la educación previsto en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, en el contenido del Acuerdo 05/02/22, se observa la eliminación del Programa Escuelas de Tiempo Completo (PETC), que en la presente administración se solventaba con recursos del programa La Escuela es Nuestra. Sin embargo, con la entrada en vigor del Acuerdo mencionado, la prioridad se limita a la satisfacción de necesidades básicas como agua y sanitarios en planteles de municipios que forman parte de la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2022,2 entre los que destacan:
Gráfico de elaboración propia.3
A partir de 2007 el Estado mexicano a través de la coordinación de la Secretaría de Educación Pública (SEP), puso en marcha un Programa piloto denominado PETC, en 500 escuelas de 15 entidades federativas, como estrategia educativa encaminada a generar ambientes educativos propicios para mejorar las condiciones de aprendizaje y el desarrollo de competencias de los alumnos de las escuelas de educación pública de nivel básico a través de una propuesta pedagógica diversificada en actividades formativas a partir de seis líneas de trabajo: Fortalecimiento de aprendizaje sobre contenidos curriculares; Uso didáctico de las Tecnologías de la Información y la Comunicación; Aprendizaje de lenguas adicionales; Arte y cultura; Vida saludable y Recreación y desarrollo físico.4
Pese a que la cobertura nacional del PETC se alcanzó en 2012, el programa detonó un cambio fundamental no sólo en el aprendizaje de niñas, niños y adolescentes con la ampliación del tiempo dedicado al horario escolar (entre seis y ocho horas diarias) y en la alimentación de los educandos, sino también en el acceso al trabajo remunerado de miles de madres jefas de familia, al sincronizarse la jornada escolar ampliada con el horario laboral.
De acuerdo con datos del Segundo Informe de Gobierno 2019-2020. “En el ejercicio fiscal 2019 se ejercieron 9,564.6 millones de pesos. En 2020, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación, se dispuso de 5,100 millones de pesos y se ejercieron 4,829 millones de pesos al 30 de junio de 2020.
Durante el ciclo escolar 2019-2020 operaron 27,063 Escuelas de Tiempo Completo (ETC) en todo el país, de las cuales 19,091 fueron escuelas indígenas y rurales, lo que representó 70.5% del total de las escuelas beneficiadas con este programa. Se garantizó la alimentación en 14,554 en beneficio de un millón 397 mil niñas, niños y adolescentes, esto representó 53.8% del total de escuelas participantes que, en su mayoría, se encuentran en condición de pobreza extrema con carencia de acceso a la alimentación.
En 2020, se alimentaron a 14,163 alumnos, en 1,308 escuelas comunitarias de Campeche, Coahuila, Chihuahua, Durango, Jalisco, Oaxaca, Tlaxcala y Yucatán, fortaleciendo la equidad y la inclusión del Servicio Educativo Nacional.
Durante el ciclo escolar 2019-2020 operaron 1,663 ETC de todos los niveles y modalidades educativas, en beneficio de 534,638 estudiantes. Estas ETC se distribuyeron de la siguiente forma: 656 preescolares, 766 primarias, 175 secundarias y 66 planteles de educación especial.”5
De manera específica, en el estado de Nuevo León, el PETC ha beneficiado a más de 115 mil estudiantes en un horario ampliado, que ofrece materias adicionales como actividades artísticas y didácticas para fortalecer la calidad de la enseñanza y del aprendizaje.6
De las 842 escuelas registradas en el programa, cancelado por la Federación por motivos de Covid-19, 541 escuelas eran de tiempo completo, con clases de 8 horas e ingesta de alimentos, y 301 con jornada ampliada de 6 horas y sin alimentación.7
Actualmente, el Área Metropolitana de Monterrey, tiene programado reactivar el programa de escuelas con jornada ampliada (seis horas) en 464 escuelas con jornada ampliada y 139 escuelas de tiempo completo, (ocho horas y con alimento en la zona sur de Nuevo León) por lo que se destinarán aproximadamente, 120 millones de pesos. Lo anterior de acuerdo con la titular de la Secretaría de Educación Sofía Leticia Morales.
Respecto al regreso presencial a clases, el 96.17 por ciento de las escuelas en Nuevo León ya se encuentran abiertas, con una asistencia de 881 mil 336 alumnos, lo que representa el 84.19 por ciento de estudiantes, quienes se verán afectados y con ellos, miles de madres de familia que trabajan todo el día y no tienen con quien dejar a sus hijos e hijas.
Ahora bien, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, es urgente que la SEP, como instancia responsable de la cancelación del PETC, reconozca el impacto negativo directo en dos sectores vulnerables de la población: las mujeres y las niñas, niños y adolescentes y, por ende, reconsidere la suscripción de convenios de coordinación con estados como Nuevo León, que ha decido darle continuidad a este modelo educativo que beneficia a dichos sectores.
Por lo anterior, resulta indispensable garantizar el cumplimiento del principio constitucional del Interés Superior de la Niñez, a través de la satisfacción de necesidades de alimentación y educación contenidos en el PETC para alcanzar su desarrollo integral.
Como Diputado Federal por el Distrito 1 de Santa Catarina y San Pedro Garza García, Nuevo León; estoy convencido que la decisión de eliminar de las reglas de operación al PETC en el Acuerdo 05/02/22, violenta psicológica, económica y patrimonialmente a las mujeres que forman parte del mercado laboral, además de considerarse una decisión regresiva ante el clima de inseguridad que enfrenta el país y el riesgo que enfrentarán miles de niñas, niños y adolescentes ante la falta de una jornada escolar ampliada o extendida que les permitía contar con espacio seguro y alimentación, después de concluir sus clases.
La crisis de seguridad predominante en la mayor parte del territorio nacional, ha rebasado a las instituciones de seguridad pública y protección ciudadana, misma que se confirma con las cifras al alza en seis de 11 delitos del fuero común, entre ellos el robo, la extorsión y la violación, de acuerdo con el Consejo Nacional de Seguridad Privada. En 2021, la media de homicidios a nivel nacional fue de 2 mil 428 casos al mes, mientras que, a nivel estatal, Guanajuato y Michoacán acumularon el 32 por ciento del total y Nuevo León, se perfiló como el estado más rojo desde 2012 con un aumento de más del triple de homicidios al día en tan sólo una semana, de acuerdo con datos de Semáforo Delictivo.8
En materia de feminicidios, nuestro país registró más de 10 mujeres asesinadas al día en 2021, los estados con el mayor número acumulado de casos en el año fueron Estado de México con 132, Jalisco y Veracruz con 66 casos ambas entidades; la Ciudad de México registró 64 asesinatos de mujeres por razones de género y Nuevo León, 57.9
La ola de violencia que actualmente enfrenta México, indiscutiblemente impactará negativamente en la vida e integridad física de millones de niñas, niños y adolescentes quienes estarán expuestos en calles o lugares peligrosos ante la falta de espacios seguros como las escuelas de tiempo completo, mientras sus madres, padres o tutores cumplen la jornada laboral.
En este contexto, resulta indiscutible enfatizar la responsabilidad internacional del Estado mexicano en materia de Derechos Humanos de las Mujeres, contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de la Niñez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem Do Pará) y por ende, debe garantizarlos a través de medidas o acciones que permitan a las mujeres transitar de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de autodeterminación, autonomía, a través del ejercicio pleno de sus derechos y libertades.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Educación Pública del gobierno Federal para que, en ámbito de sus atribuciones, suscriba un Convenio de Coordinación con el Estado de Nuevo León para la continuidad del Programa de Escuelas de Tiempo Completo.
Notas
1 Acuerdo número 05/02/22 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa la Escuela es Nuestra para el ejercicio fiscal 2022. Diario Oficial de la Federación, 28 de febrero de 2022.
2 Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2022. Diario Oficial de la Federación, 29 de noviembre de 2021.
3 Acuerdo número 05/02/22, Antecedentes, p. 10.
4 Buenas Prácticas Educativas en la Jornada Escolar Ampliada, Volumen I, Secretaría de Educación Pública, 2010, p. 10.”
5 Segundo Informe de Gobierno 2019-2020, Presidencia de la República, 1º de septiembre de 2020, p. 230.
6 https://elporvenir.mx/local/inyecta-nl-recursos-a-escuelas-de-tiempo-co mpleto
7 https://lostubos.com/2022/02/25/volveran-escuelas-de-tiempo-completo-a- nl/
8 https://www.infobae.com/america/mexico/2022/01/01/
cnsp-violencia-en-mexico-podria-aumentar-en-2022-tras-alza-de-delitos-de-2021
9 https://www.infobae.com/america/mexico/2022/01/01/
la-brutal-realidad-de-los-feminicidios-en-mexico-mas-de-10-mujeres-fueron-asesinadas-al-dia-en-2021/
Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 8 de marzo de 2022.
Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica)
Con punto de acuerdo, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, en materia de centros de justicia para ella, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Norma Angélica Aceves García, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, en materia de Centros de Justicia para Mujeres, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. En México, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), hay 64 millones 540 mil 634 mujeres, que representan 51.2 por ciento de la población total, de las cuales 3 millones 275 mil 342, es decir, 5.07 por ciento, viven con discapacidad.1
La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2017, reporta que2 :
• 20.1 por ciento de las mujeres de 18 años y más percibieron haber sido discriminadas en los últimos 12 meses, por los siguientes motivos:
- 51.3 por ciento de las mujeres por su apariencia (tono de piel, forma de vestir, peso o estatura).
- 25.9 por ciento de las mujeres por su edad.
- 16.7 por ciento de las mujeres por su manera de hablar.
- 32.3 por ciento de las mujeres por sus creencias religiosas.
- 29.5 por ciento de las mujeres por su sexo.
- 17.7 por ciento de las mujeres por el lugar en donde vive.
- 16 por ciento de las mujeres por su clase social.
2. De acuerdo con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), la violencia contra las mujeres es de tipo estructural y sigue la dinámica que se ha insertado en las sociedades a partir de prácticas culturales, creencias, costumbres, lenguaje y mitos, que han normalizado el uso de la fuerza en detrimento de su dignidad.3
En ese sentido, la Comisión advierte que la desigualdad por razón de género y la discriminación son los principales detonantes de su evolución, por lo que a partir de ello, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer –también conocida como la Convención Belém do Pará–, define la violencia contra las mujeres como: “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.4
En México, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007, retomó los principios y bases de la mencionada Convención, así como la definición de lo que debe entenderse por violencia contra las mujeres.5
3. Históricamente, la violencia en contra de las mujeres representa uno de los más graves atentados en contra de la humanidad y un pendiente que al día de hoy no hemos sido capaces de erradicar. A ello deben sumarse diversos contextos sociales que han repercutido negativamente en la incidencia y nos han permitido observar que los avances que se creían tener tienen una base muy endeble que en cualquier cambio de dinámica de la vida diaria, pueden ser fácilmente superados.
Por ejemplo, desde el año 2020, con la adopción de las medidas restrictivas y de confinamiento para hacer frente contra el Covid-19, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce, en tema de género, que las citadas medidas han afectado a las mujeres en tres sentidos: por la salud, por la violencia doméstica y por cuidar de los otros.6
Así, el organismo señala que estas medidas restrictivas intensifican el riesgo de violencia doméstica, incluyendo la potencialidad de que ocurran más feminicidios de parejas íntimas, ante lo cual los gobiernos deben defender los derechos humanos de las mujeres y proponer medidas urgentes para las víctimas de esa violencia.7
De conformidad con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las llamadas de emergencia al 911 por violencia contra las mujeres se consideran un dato relevante para visibilizar este fenómeno, en tanto que las mujeres llaman para pedir ayuda con mayor frecuencia en lugar de denunciar. Ante ello, se registran incrementos importantes en el número de llamadas de emergencia relacionadas con violencia contra la mujer, ya que se observa que de enero a abril de 2016 el total de llamadas fue de 16 mil 370, mientras que en 2020 fue casi cuatro veces mayor con 67 mil 81 llamadas.8
4. Estas situaciones se agravan tratándose de mujeres con discapacidad, quienes además de padecer el contexto desigual que vive la mujer en el mundo, y particularmente en nuestro país, deben de enfrentar discriminación multifactorial e invisibilidad, dado que no se cuentan con datos precisos oficiales y actualizados del complejo entorno que viven y las condiciones que afrontan. Prueba de ello, es el tercer Informe de Gobierno 2020-2021, en el que no se señala ninguna acción focalizada en favor de las mujeres con discapacidad.
Las mujeres con discapacidad son objeto de discriminación múltiple, no sólo en el ámbito público, sino también en la esfera privada sufren desigualdades en la contratación, remuneración por igual trabajo y enfrentan dificultades como obstáculos en el acceso a una vivienda adecuada, así como a los servicios de salud, educación, formación profesional y empleo y, por las visiones médicas asistencialistas de muchos países, tienen más posibilidades de ser internadas en instituciones.9
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su artículo 6, reconoce que las mujeres con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación, por lo que los estados parte deben adoptar medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.10
Al respecto, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, señala que la discriminación contra mujeres y niñas con discapacidad puede adoptar muchas formas11 :
a) Discriminación directa: cuando las mujeres con discapacidad reciben un trato menos favorable que otra persona en una situación similar e incluye los actos u omisiones que causen perjuicio.
b) Discriminación indirecta: hace referencia a leyes, políticas o prácticas en apariencia neutras pero que influyen de manera desproporcionadamente negativa en las mujeres con discapacidad.
c) Discriminación por asociación: contra personas a causa de su asociación con una persona con discapacidad. Las mujeres que desempeñan una función de cuidadoras suelen sufrir discriminación por asociación.
d) Denegación de ajustes razonables: constituye discriminación cuando no se realizan las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas a pesar de que se requieran para garantizar que las mujeres con discapacidad gocen, en igualdad de condiciones con las demás, de sus derechos humanos o libertades fundamentales.
e) Discriminación estructural o sistémica: se manifiesta a través de patrones ocultos o encubiertos de comportamiento institucional discriminatorio, tradiciones culturales discriminatorias y normas y/o reglas sociales discriminatorias. La falta de concienciación a menudo puede dar lugar a la violación de derechos.
Asimismo, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en las Observaciones realizadas sobre el informe inicial de México, señaló lo siguiente:
“Mujeres con discapacidad (artículo 6)
13. Al Comité le preocupa la falta de acciones de atención específica implementadas por el Estado parte para prevenir y combatir la discriminación interseccional que enfrentan las mujeres y niñas con discapacidad, así como la ausencia de información al respecto.
14. El Comité recomienda al Estado parte a:
(a) Poner en marcha la legislación y todos los programas y acciones previstas para las mujeres y niñas con discapacidad, incluidas medidas de nivelación y acción afirmativa, para erradicar su discriminación en todos los ámbitos de la vida, tanto en las zonas urbanas como en las rurales, garantizando su participación efectiva en su diseño e implementación.
(b) Recopilar sistemáticamente datos y estadísticas sobre la situación de las mujeres y niñas con discapacidad con indicadores que puedan evaluar la discriminación interseccional”.
5. De acuerdo con la Conavim, los Centros de Justicia para las Mujeres representa la concentración de instancias gubernamentales, del Poder Judicial y de asociaciones de la sociedad civil que brindan servicios de manera coordinada y bajo un mismo techo a mujeres víctimas de violencia y a sus hijas e hijos, a fin de fortalecer el acceso a la justicia por medio de un proceso de autovaloración que les lleve a detener la violencia que viven, así como a proporcionar herramientas que propicien la toma de decisiones informada y encaminada a construir un nuevo proyecto de vida en entornos libres de violencia.12
En México, la implementación de los Centros de Justicia para las Mujeres se dio como resultado del trabajo vinculado con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y ONU-Hábitat, priorizando que todas las instituciones representadas, así como las personas que laboran en ellos, trabajen coordinada y alineadamente hacia un fin común, unificando los criterios en la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres en todas sus formas y ámbitos bajo las perspectivas de derechos humanos, género e interés superior de la niñez.13
Así, los Centros de Justicia para las Mujeres son una política pública promovida desde 2010 por el gobierno federal como una respuesta a la falta de acceso a la justicia que enfrentan las mujeres en nuestro país, que pretende integrar servicios multidisciplinarios de atención integral de: psicología, jurídica y médica; albergues temporales, ludoteca con personas expertas en temas de desarrollo infantil, y talleres de empoderamiento social y económico para busca fortalecer el acceso a la justicia por medio de un proceso de autovaloración, así como proporcionar herramientas que propicien la toma de decisiones informada y encaminada a construir un proyecto de vida en entornos libres de violencia.14
Sin embargo, a más de 10 años de su puesta en marcha, nos encontramos con diversas problemáticas:
• Al día de hoy, los Centros de Justicia para las Mujeres no están contemplados dentro de la política general en materia de atención, prevención y erradicación de las violencias contra las mujeres establecida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• En el país, de acuerdo con la Conavim, hay únicamente 56 Centros de Justicia para las Mujeres en el país, lo cual, por las diversas cifras y la dinámica nacional, es un número muy reducido.15
• Los Centros de Justicia para las Mujeres no cuentan con elementos y criterios de accesibilidad, tanto arquitectónicos como para la atención e información –materiales en formatos accesibles como el Sistema de Escritura Braille, de fácil lectura o intérpretes de Lengua de Señas Mexicana), que permitan el acceso a este modelo a las mujeres con discapacidad que así lo requieran.
6. Al respecto, en el Poder Legislativo se ha trabajado en impulsar una propuesta que tenga como finalidad que los Centros de Justicia para las Mujeres sean integrados dentro de la política general en materia de atención, prevención y erradicación de las violencias contra las mujeres; asimismo, impulsar su fortalecimiento, perfeccionamiento en funcionalidad y la creación de un mayor número de Centros que responda a las necesidades de nuestro país y finalmente, que contemple la interseccionalidad, interculturalidad y el enfoque diferenciado, que permita atender a las mujeres con discapacidad y a todas las mujeres con una necesidad particular, que requieran acceder a los servicios otorgados en las citadas instituciones.16
Antecedentes Legislativos 17:
• Con fecha 7 de abril de 2016, la diputada Claudia Edith Anaya Mota, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• Con fecha 29 de abril de 2016, la diputada Markela Emilse Etcheverry Aranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 38 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• Con fecha 20 de septiembre de 2016, la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario de Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 42 y 49 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• Con fecha 8 de noviembre de 2016, el pleno de la honorable Cámara de Diputados, aprobó con 425 votos a favor el dictamen de las iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• Con fecha 9 de octubre de 2018, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, turnó la minuta a la Cámara de Diputados.
• El 3 de marzo de 2020, la diputada Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario Morena, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de Centros de Justicia.
• En fecha 7 de abril de 2020, la diputada María Wendy Briceño Zuloaga, del Grupo Parlamentario Morena, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de Centros de Justicia.
• El 14 de octubre de 2020, la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen conjunto de las iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• El 8 de diciembre de 2020, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de Centros de Justicia para las Mujeres.
• Con fecha 11 de noviembre de 2021, el Senado de la República aprobó el dictamen por unanimidad y enviado a la Cámara de Diputados para sus efectos legales.
Objeto de la reforma (dictamen aprobado en el Senado de la República) 18:
• En el artículo 5 se definen los Centros de Justicia para las Mujeres, como espacios multidisciplinarios e interinstitucionales donde se atienden de forma gratuita e integral a mujeres víctimas de violencia de género, así como sus hijas e hijos menores de edad. Asimismo, se específica que estarán a cargo de las entidades federativas y los enfoques desde las cuales se realzará la atención.
• En el artículo 7 se adiciona un segundo párrafo a fin de establecer, para el caso de las mujeres con discapacidad, que también se considerará violencia en el ámbito familiar cuando es cometida por personas que realizan labores de cuidado, sin importar que tengan o no una relación de parentesco.
• En el artículo 8, se especifican los enfoques desde los cuales deberán elaborarse los modelos de atención.
• En los artículos 34 Ter y Quáter, a fin de incorporar un enfoque diferencial en las medidas de protección, se establece como una que podrá solicitarse u ordenarse, por la autoridad administrativa o jurisdiccional según corresponda, la suspensión del régimen de tutela o curatela que ejerza la persona agresora.
• En el artículo 38 se establece que los diagnósticos estadísticos deberán realizarse con un enfoque diferencial e interseccional; que el modelo integral de los Centros de Justicia deberá ser diseñado desde un enfoque diferencial y especializado. Asimismo, se incorporan el deber de realizar estudios sobre los efectos de la violencia y la discriminación desde una perspectiva interseccional; realizar evaluaciones permanentes sobre los Centros de Justicia y difundir los servicios especializados que se brindan en los mismos.
• En el artículo 41, a fin de incorporar puntualmente el enfoque diferencial en la ley, se establece que la federación deberá educar en materia de derechos humanos, usando formatos accesibles, de lectura fácil, lenguaje de señas, entre otros.
• Al artículo 42, respecto de las atribuciones de la Secretaría de Gobernación, se establece que administrará y operará el Banco Nacional de Datos e Información de Casos de Violencia, una reforma que resultaba necesaria, a fin de armonizarla con el Reglamento vigente de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y ajustar el marco normativo a la realidad, ya que esta Secretaría es quien desde hace 9 años se encarga de la operación del Banco. Además, se incorporan las atribuciones a la Secretaría de Gobernación de promover la creación y equipamiento de Centros de Justicia para las Mujeres y diseñar el Modelo de Gestión Operativa de los mismos, a fin de garantizar lineamientos comunes con los que deberán operar dichos mecanismos.
• En el artículo 44 se actualiza el nombre de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y se deroga la fracción III que atribuye a la Secretaría la integración del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.
• El artículo 47 se específica la importancia de contar con registros públicos sistemáticos de delitos desde un enfoque diferencial.
• En el artículo 49, se establece como una atribución de las entidades federativas, el crear, operar y fortalecer los Centros de Justicia para las Mujeres.
• En el artículo 52, se establece el derecho de las mujeres con discapacidad a que los procedimientos sean accesibles y se realicen los ajustes de procedimiento necesarios a fin de garantizar el acceso a los distintos servidos en condiciones de igualdad. Asimismo, se establece que las mujeres sordas tendrán derecho a contar con un intérprete en lenguaje de señas mexicano.
• En el artículo 54 se establece que las acciones que desarrollen los refugios y Centras de Justicia para las Mujeres deberán ser realizadas con perspectiva de género, interseccionalidad e interculturalidad.
• Se incorpora un Capítulo VI denominado “De los Centros de Justicia para las Mujeres” en el que se establecen las características, atribuciones, organización y funcionamiento.
Al respecto, en relación a la integración y organización administrativa pormenorizada de los Centros de Justicia se propone que sea materia del Reglamento, ya que desde la Ley se deben establecer los lineamientos generales con los que deberán operar estos mecanismos y que deben comunes entre ellos; asimismo al considerar la diversidad de nuestro país en cuanto a sus características geográficas, de mujeres y manifestaciones de la violencia y problemáticas específicas que viven !as víctimas de acuerdo a la región, es fundamental dejar a las entidades federativas la toma de decisiones en aspectos de organización interna, que les permitan hacer ágil y oportuna la atención a las víctimas.
Para tal efecto, textualmente, el dictamen referido establece lo siguiente:
“Capítulo VI De los Centros de Justicia para las Mujeres
Artículo 59 Bis. Corresponde a los Centros de Justicia para las Mujeres, con base en los principios establecidos en la presente ley:
I. Diseñar y ejecutar acciones orientadas a la prevención de la violencia contra las mujeres y la atención de las mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia;
II Diseñar e implementar acciones que eviten la victimización secundaria de las mujeres víctimas de violencia;
III. Proporcionar atención integral a las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia, así como a sus hijas e hijos menores de edad;
IV. Facilitar a las mujeres víctimas de violencia el acceso a la justicia con la debida diligencia y desde la perspectiva de género, así como el ejercicio efectivo de sus derechos humanos y asegurar un acceso rápido y eficaz a los programas establecidos para ello, realizando las gestiones ante las autoridades competentes;
V. Garantizar a las mujeres inf01·mación sobre los mecanismos de acceso a la justicia. A las mujeres con discapacidad, se les podrá brindar asistencia temporal, y a las mujeres sordas, en su caso, teléfonos de emergencias adaptados;
VI. Promover ante las autoridades competentes las órdenes y medidas provisionales necesarias para salvaguardar la integridad de las mujeres, así como la de sus hijas e hijos menores de edad, incluyendo su solicitud y prorroga;
VII. Proporcionar orientación y asesoría jurídica, así como representación legal a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijas e hijos menores de edad;
VIII. Facilitar a las mujeres víctimas de violencia, así como a sus hijas e hijos menores de edad, el acceso a los servicios de salud, trabajo social y de empoderamiento económico y social¡
IX. Solicitar los mecanismos de financiamiento con recursos federales a través de los programas estatales y municipales para mejorar el funcionamiento y equipamiento de sus instalaciones;
X. Para su debido funcionamiento, los Centros de Justicia para las Mujeres deben contar con la certificación que determine la Secretaría de Gobernación;
XI. Asegurar la aplicación de los ajustes de procedimiento para que las mujeres con discapacidad puedan ejercer efectivamente sus derechos;
XII. Gestionar ante autoridades públicas e instituciones privadas los apoyos necesarios para que las mujeres con discapacidad puedan tener acceso a los servicios que proporcionan los Centros de Justicia para las Mujeres;
XIII. Realizar visitas domiciliarias en hogares, instituciones públicas o privadas, donde se encuentren mujeres con discapacidad que probablemente estén siendo víctimas de violencia, así como gestionar los apoyos y medidas de protección necesarias para salvaguardar su integridad personal. Se podrán realizar estas visitas cuando exista información suficiente sobre la ocurrencia de los hechos, incluso· mediante denuncia anónima. Las mujeres con discapacidad pueden rehusarse a la entrevista durante estas visitas cuando estén en condiciones de manifestarlo, y
XIV. Las demás que le confieran los ordenamientos legales aplicables, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras autoridades en el ámbito de sus competencias.
Artículo 59 Ter. Los Centros de Justicia para las Mujeres deberán proporcionar, de manera gratuita, como mínimo los siguientes servicios:
I. Atención médica y psicológica, incluyendo atención terapéutica de contención emocional;
II. Asesoría y orientación jurídica;
III. Representación legal en materias penal, familiar, civil y/o las que se requieran;
IV. Gestión de expedición de documentación oficial;
V. Servicios de albergue temporal o tránsito;
VI. Servicios de cuidado y atención infantil;
VII. Servicios de trabajo social;
VIII. Servicios de protección de seguridad a víctimas en situación de riesgo grave o falta de red de apoyo familiar o comunitario para lo cual se coordinarán con los refugios para víctimas de violencia;
IX. Acceso a la justicia a través de agencias del Ministerio Público especializadas en violencia contra las mujeres;
X. Asesoría, capacitación y servicios para el empoderamiento social y económico;
XI. Gestionar el acceso a servicios educativos;
XII. Programas de incorporación de las mujeres víctimas de violencia al mercado laboral, y
XIII. los demás servicios que contribuyan al acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
Los Centros de Justicia para las Mujeres facilitarán el acceso a la justicia las 24 horas todos los días del año, y se deberá garantizar que en los servicios que se brinden se cuente con personas intérpretes de lenguas indígenas, así como condiciones de accesibilidad para mujeres con discapacidad, incluidas personas intérpretes de lengua de señas mexicana y asistencia personal en caso de que se requiera.
Los servicios se proporcionarán con independencia de que exista o no una denuncia por los hechos de violencia.
Artículo 59 Quáter. Los servicios que brinden los Centros de Justicia para las Mujeres deberán ejecutarse bajo los principios previstos en el Artículo 4 de esta ley.
Artículo 59. Quinquies. La atención brindada por los Centros de Justicia para las Mujeres se realizará a través de la participación coordinada de las secretarías y dependencias públicas estatales cuya competencia incida en la atención integral a mujeres víctimas de violencia, y previa firma de los convenios correspondientes, con otras secretarías y dependencias del sector público federal y municipal.
Las instituciones estatales encargadas de brindar los serv1c1os en los Centros de Justicia para las Mujeres, como mínimo, son las siguientes o sus equivalentes en las entidades federativas:
I. Secretaría de Gobierno;
II. Secretaría de Seguridad Pública o Ciudadana;
III. Secretaría de Salud;
IV. Secretaría de Trabajo;
V. Secretaría de Educación;
VI. Secretaría de Desarrollo Social o Económico;
VII. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia;
VIII. Secretaría o Instituto de las Mujeres;
IX. Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas;
X. Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes;
XI. Instituto de la Defensoría Pública;
XII. Instituto de Pueblos Indígenas, y
XIII. Consejos o institutos para personas con discapacidad.
Se celebrarán convenios de colaboración con Fiscalías, los Poderes Judiciales estatales, otros órganos autónomos estatales y organizaciones de la sociedad civil, a fin de brindar servicios interinstitucionales, especializados y de calidad, desde los enfoques de género, intercultural, diferencial e interseccional.
Para el debido cumplimiento de este artículo las secretarías, dependencias y entidades gubernamentales de la entidad, comisionarán personal especializado a los Centros de Justicia para las Mujeres conforme a las · normas específicas y a esta ley.
Artículo 59 Sexies. La persona que ocupe la Dirección del Centro, deberá reunir los siguientes requisitos:
I. Tener pleno goce de sus derechos;
II. Contar con un título profesional;
III. Tener experiencia comprobable en e! ramo de derechos humanos de las mujeres y atención a mujeres víctimas de violencia con perspectiva de género;
IV; No desempeñar ningún otro puesto, empleo, cargo o comisión, con excepción de los honoríficos y los relacionados con la docencia;
V. No estar condenada por delito relacionado con violencia contra las mujeres en razón de género;
VI. No estar inhabilitada para el ejercicio de un cargo público a nivel estatal o federal, y
VII. Los demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables.
Artículo 59 Septies . La persona titular de la Dirección General tendrá las siguientes atribuciones:
I. Representar legalmente al Centro de Justicia para las Mujeres;
II. Coordinar las actividades que realice el personal de las secretarías, dependencias y entidades de la administración pública estatal, Fiscalía, Poder Judicial, órganos autónomos; así como otras instituciones del sector público federal y municipal, y organizaciones de la sociedad civil que, por colaboración interinstitucional, laboren en el Centro de Justicia para las Mujeres;
III. Elaborar convenios de colaboración interinstitucional con dependencias de la administración pública estatal, otras instituciones del sector público federal y municipal, y organizaciones de la sociedad civil;
IV. Dar seguimiento a los planes y programas de atención a mujeres víctimas de violencia, con la finalidad de evaluar su eficacia y rediseñar las acciones y medidas para avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres, así como establecer las medidas de protección necesarias y acceso efectivo a los procedimientos de procuración y administración de justicia;
V. Difundir los servicios que se proporcionan en el Centro de Justicia para las Mujeres a las mujeres víctimas de violencia;
VI. Elaborar la propuesta del ejercicio del presupuesto del Centro de Justicia para las Mujeres y aplicar los recursos financieros adoptados a los proyectos institucionales;
VII. Rendir a la persona titular del Poder Ejecutivo estatal y al Congreso de la entidad federativa, un informe anual sobre las actividades realizadas en el Centro de Justicia para las Mujeres, y
VIII. Elaborar los protocolos o manuales para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres, que deberá cumplir con los modelos de gestión operativa y atención emitidos por la Secretaria de Gobernación.
Artículo 59 Octies. Todo el personal adscrito y designado en un Centro de Justicia para las Mujeres deberá estar sensibilizado y profesionalizado en atención a víctimas de violencia de género desde la perspectiva de género, y en derechos humanos de las mujeres, además de recibir capacitación permanente para su actualización.
El personal adscrito y designado a cada Centro de Justicia para las Mujeres mantendrá su vínculo jerárquico y laboral con cada una de las dependencias de donde procedan, deberán ajustar su desempeño a los reglamentos, lineamientos y demás reglas de operación que se emitan para sus funciones dentro del Centro de Justicia para las Mujeres. El personal adscrito y designado a cada Centro de Justicia para las Mujeres regirá su relación laboral conforme a las disposiciones legales aplicables, según sea el caso.
El personal adscrito y designado a cada Centro de Justicia para las Mujeres deberá contar con el perfil requerido para el puesto y deberá ser evaluado y capacitado periódicamente.
Artículo 59 Nonies. Para el funcionamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres se contará con los recursos que asigne el gobierno de la entidad federativa en el Presupuesto de Egresos, así como los ingresos derivados de convenios que celebren con el Gobierno Federal y otras dependencias públicas o privadas, y los que obtengan por cualquier otro medio legal, provenientes de personas físicas o morales que tengan interés en apoyar en la realización de sus actividades.
Artículo 59 Decies. Para la creación de los Centros de Justicia para las Mujeres, se deberán priorizar los municipios con mayor índice de violencia contra las mujeres”.
Con fecha 23 de noviembre de 2021, se recibió en esta Cámara la minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de centros de justicia para ellas, siendo turnada a la Comisión de Igualdad de Género, por lo que resulta preponderante que trabajemos en su aprobación y abonemos al fortalecimiento de los Centros de Justica.19
Como se lee, estamos a días de cumplir 6 años de que dieron inicio los trabajos parlamentarios para fortalecer a los Centros del Justicia, por lo que debemos acelerar el proceso y trabajar en la aprobación del dictamen para que las reformas sean una realidad y se traduzcan en un mecanismo que abone de manera más eficaz, en la erradicación y atención de la violencia en contra de las mujeres, atendiendo sus diferencias y necesidades.
Paralelamente a este trámite legislativo, es oportuno que desde la Cámara vayamos impulsando todo aquello que sea necesario para que la reforma que está próxima a ser una realidad, cuente con los elementos que permitan entrar en operación de la mejor manera y en el menor tiempo posible, dado que la problemática que aborda requiere de una atención inmediata.
Por todo lo anterior, el presente punto de acuerdo tiene dos finalidades: la primera de ellas tiene como propósito incidir en el fortalecimiento de la política nacional de los Centros de Justicia para Mujeres. La segunda, preparar e ir generando las condiciones que garanticen que la política propuesta en el dictamen referido sea puesta en marcha con celeridad y efectividad.
Es por lo anterior que en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, se somete a consideración de la asamblea el presente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y en trabajo conjunto con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) y Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS), trabaje en el Reglamento y demás normatividad que se requieran para el fortalecimiento y perfeccionamiento de los Centros de Justicia para Mujeres, considerando la interseccionalidad, la interculturalidad y el enfoque diferenciado que viven las mujeres en nuestro país.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas para que, en el marco de sus atribuciones, trabajen en el fortalecimiento y perfeccionamiento de la política estatal en materia de Centros de Justicia para Mujeres en coordinación con la autoridad nacional.
Notas
1 Tomando como referencia el Censo de Población y Vivienda 2020 que establece que hay 6,179,890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9 por ciento de la población total del país. De ellas 53 por ciento son mujeres y 47 por ciento son hombres. Visto en: http://www.cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P Consultado el 24 de agosto de 2021.
2 Visto en:
http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/tarjetas/Discriminacion.pdf Consultado el 4 de septiembre de 2021.
3 “Centros de Justicia para las Mujeres: Lineamientos para su Creación y Operación”. Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. 2012. Visto en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/139384/
3._lineamientosCJMVF21mar2013.pdf consultado el 03 de marzo de 2022.
4 Ibídem.
5 Ibíd.
6 Visto en: https://news.un.org/es/story/2020/03/1471872 Consultado el 03 de marzo de 2022.
7 Ibídem.
8 “La violencia contra las mujeres en el contexto del COVID-19”, Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Mayo 2020. P.p. 22 a 24. Visto en:
https://igualdaddegenero.cndh.org.mx/Content/doc/Publica ciones/COVID-Mujeres.pdf consultado el 03 de marzo de 2022.
9 Visto en: Las mujeres y las niñas con discapacidad | Disabilities ES (un.org) Consultado el 4 de septiembre de 2021.
10 Artículo 6
Mujeres con discapacidad
1. Los Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención.
11 Observación general núm. 3 (2016), sobre las mujeres y las niñas con discapacidad, párrafos 16 y 17. Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
12 “Centros de Justicia para las Mujeres: Lineamientos para su Creación y Operación”. Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. 2012, pág. 5 Visto en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/139384/3._lineamientosCJMVF21mar2013.pdf consultado el 03 de marzo de 2022.
13 Ibídem.
14 Visto en: https://www.gob.mx/conavim/acciones-y-programas/centros-de-justicia-par a-las-mujeres?idiom=es consultado el 03 de marzo de 2022.
15 Directorio De Los Centros de Justicia para las Mujeres (última actualización 2 de marzo de 2022). Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Visto en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/707198/directorio_cjm_20322_VF.pdf consultado el 03 de marzo de 2022.
16 Dictamen De Las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda, De las minutas con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de Centros de Justicia para las Mujeres. Aprobado por el Senado de la República con unanimidad de votos el 11 de noviembre de 2021. Visto en: https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2021-11-11-1/assets/docu mentos/Dict_Igualdad_Centros_Justicia_Mujeres.pdf consultado el 02 de marzo de 2022.
17 Ibídem.
18 Ibíd.
19 Visto en:
http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/65/2021/nov/20211123-I.html#Minuta1 consultado el 02 de marzo de 2022.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversos gobiernos locales a exentar el pago por la expedición de placas de circulación, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT
Diputada Lilia Aguilar Gil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 fracción I, 65 numeral 4 y 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los gobiernos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas a exentar el pago por la expedición de placas de circulación.
Consideraciones
Que con fundamento en el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 30 Bis, 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 39, fracciones II y III del Código Fiscal de la Federación, con fecha 18 de octubre de 2021 el presidente de los Estados Unidos Mexicanos publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación con la importación definitiva de vehículos usados, cuyo propósito es otorgar seguridad a todos los habitantes del país, así como continuar con la implementación de mecanismos que coadyuven a las familias más necesitadas a obtener certeza jurídica sobre los vehículos que adquieran.
Que con fecha 19 de enero de 2022, el Ejecutivo federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.
Que dicho decreto contempla los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.
Que dicho decreto se encuentra motivado en la importancia de implementar estrategias que permitan mejorar el bienestar de la población, dar certeza jurídica y protección del patrimonio familiar, así como garantizar la seguridad pública; de donde se desprende la importancia de regularizar los vehículos usados de procedencia extranjera que no hayan tramitado su importación definitiva al país.
Que el incremento de los delitos en contra de la seguridad y patrimonio de las personas está vinculado, entre otros factores, al uso de vehículos de procedencia extranjera que circulan de manera irregular en México y que se estima que existen cerca de dos millones que circulan en las entidades federativas consideradas en el decreto.
Que, para abatir este fenómeno, es menester registrar y controlar la estancia y circulación en el país de todos los vehículos, permitiendo así su rastreabilidad como instrumento auxiliar de las actividades en materia de seguridad pública de los tres ámbitos de gobierno, para la prevención e investigación de los delitos del orden federal y del fuero común.
Que tan solo en el estado de Chihuahua circulan más de ciento diecinueve mil quinientos vehículos de procedencia extranjera que circulan de manera irregular y que, para su inscripción en el Registro Público Vehicular, se requiere del apoyo y colaboración de las autoridades federales y las entidades federativas, lo que tendrá como consecuencia que, efectivamente, el Registro Público Vehicular funja como instrumento auxiliar de la seguridad.
Que conforme al artículo 3 del decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, ha quedado establecido el pago por concepto de aprovechamiento de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N).
Que a efecto de lograr el más amplio alcance del programa de regularización de vehículos usados importados irregularmente, otorgar seguridad a los habitantes del país y continuar con la implementación de mecanismos que coadyuven a que las familias más necesitadas obtengan certeza jurídica sobre sus vehículos, el gobierno federal, consideró conveniente otorgar un estímulo fiscal y facilidades administrativas que permitan a los propietarios de los vehículos lograr la legal estancia de los mismos en el país.
Que con fecha 27 de febrero de 2022, se publicó el decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2022.
Que el decreto publicado el pasado 27 de febrero de 2022 contempla, también a los estados de Sinaloa y Zacatecas y, en el artículo 9 de dicho decreto, establece que los ingresos que se obtengan por el aprovechamiento de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) serán destinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para acciones de pavimentación en los municipios que correspondan, conforme a una distribución porcentual basada en el número de vehículos regularizados y registrados de acuerdo con el domicilio del importador con el que se haya realizado el trámite respectivo.
Que conforme a lo establecido en el cuarto transitorio del decreto de fecha 27 de febrero de 2022, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana promoverá con los gobiernos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, el otorgamiento de estímulos, condonaciones y exenciones, así como facilidades administrativas relativas a la expedición de placas y demás mecanismos para control vehicular de carácter local.
Que las personas físicas que realizan la regularización a que se refiere este decreto cubren diversas cantidades por la expedición de placas de circulación y demás derechos e impuestos de control vehicular de carácter local, lo cual resulta gravoso y afecta la economía de las familias mexicanas, por lo que es necesario impulsar el otorgamiento exenciones para el pago de trámites como lo es el de expedición de la placa vehicular.
Que mediante publicación de una nota periodística, de fecha 2 de marzo de 2022, titulada “Desestiman exentar el pago de matrículas”, El Diario de Chihuahua informa que el gobierno de ese estado desestimó exentar el pago de placas a los propietarios de vehículos importados, lo que hace necesario hacer un llamado al gobierno de Chihuahua y a los gobiernos contemplados en los decretos en comento para que consideren condonar y exentar el pago relativo a la expedición de placas y demás mecanismos de control vehicular de carácter estatal.
Por todo lo anteriormente expuesto, en mi condición de diputada federal emanada de la voluntad popular, presento ante esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
De urgente u obvia resolución
Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas a exentar el pago por la expedición de placas de circulación, en el marco de la aplicación del decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2022, así como el decreto por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2022.
Dado en la Cámara de Diputados, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP y las autoridades educativas estatales y municipales a asegurar los elementos mínimos de infraestructura escolar para prevenir la violencia de niños y adolescentes en los planteles, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta asamblea las siguiente, proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
En el análisis de estudio titulado “Infraestructura Escolar y Aprendizajes en la Educación Básica Latinoamericana: Un análisis a partir de Serce”, se concluyó que con base en los datos obtenidos de las pruebas del Segundo Estudio Regional Comparativo y Explicativo (Serce), que las escuelas en Latinoamérica presentan un déficit en los servicios públicos básicos como electricidad, agua potable, alcantarillado así como en la infraestructura física (baños adecuados, bibliotecas, salas de cómputo entre otras).1
Estas carencias se reflejan de acuerdo a la zona geográfica, tipo de gestión y grupo socioeconómica y se agrava en escuelas rurales debido a que la mitad de las escuelas de este sector no cuentan con electricidad y agua. De acuerdo con este mismo estudio, los datos reflejan que el 19 por ciento tienen desagüe y el 4 por ciento acceso a la línea telefónica.
Es importante destacar que en esta investigación se menciona que en numerosos análisis se ha demostrado la relación que existe entre infraestructura escolar y los resultados académicos, entre los que se destacan: Berner (1993), Cash (1993), Earthman et al (1996), Hines (1996), (Andersen, 1999; Ayres, 1999, O’Neill, 2000, y Earthman, 1998). Rydeen (2009) quienes realizaron pruebas en varias ciudades de Estados Unidos (Washington D.C, Virginia, Dakota del Norte y Virginia, respectivamente).2 Los resultados arrojaron, que los edificios escolares nuevos, con mayor confort, influye sobre los logros y el desempeño de los estudiantes.
De acuerdo con la evolución publicada en la revista Iberoamericana para la Investigación y el Desarrollo Educativo ISSN 2007-7467 titulada “Evaluación del impacto de la infraestructura física educativa en la educación”, 3 se observó la infraestructura física educativa y sus consecuencias en la educación a nivel preescolar.
El objeto de estudio fueron jardines de niños públicos de la región central de la México en 18 instituciones de diferentes estados: Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Querétaro, Morelos y Tlaxcala.4
El artículo 99 de la Ley General de Educación establece que los muebles e inmuebles deberán cumplir con los requisitos de “calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad, resiliencia, pertinencia, integridad, accesibilidad, inclusividad e higiene”.
Lo anterior demuestra la obligación de las escuelas de brindar servicios básicos, espacios escolares adecuados y accesibles, en condiciones basicas de salud y seguridad.
A pesar de lo anterior en la evaluación señala que los objetos de estudios tuvieron resultados nulos en el cumplimiento y ningún plantel llegó a la media promedio, se adjunta el gráfico del reflejo de resultados.
Asimismo, una alta proporción (cerca de 70 por ciento) de las escuelas de la región reporta déficit de baños para los alumnos, pero la situación es peor en Centroamérica, Perú, Paraguay, Ecuador, Colombia y México: 68 por ciento de baños en cantidad suficiente en este país.
Aunado a lo anterior no hay una planeación ni proyección adecuada ya que las escuelas carecen de consideración con relación a la demanda escolar, la capacidad de instalación, reparaciones, selección de terrenos y modalidad de los diferentes niveles educativos, que repercuten inevitablemente en la infraestructura y a su vez en el alumnado, al carecer de las condiciones básicas para el estudio.
Otro aspecto relevante de la evaluación, consideró que el mobiliario debe ser elegido según la edad de los alumnos, el tamaño de las aulas y el número de estudiantes, ya que es importante que los niños y niñas se encuentren en un ambiente adaptado a sus medidas corporales (ergometría y discapacidades).5
Por otra parte, la falta de infraestructura para las personas con capacidades diferentes, quienes se encuentran reconocidos en el Artículo 7 de la ley General de Educación:
“Artículo 7. Corresponde al Estado la rectoría de la educación; la impartida por éste, además de obligatoria, será:
II. Inclusiva, eliminando toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, por lo que:
b) Eliminará las distintas barreras al aprendizaje y a la participación que enfrentan cada uno de los educandos, para lo cual las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables;
c) Proveerá de los recursos técnicos-pedagógicos y materiales necesarios para los servicios educativos, y
d) Establecerá la educación especial disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, la cual se proporcionará en condiciones necesarias, a partir de la decisión y previa valoración por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, personal docente y, en su caso, por una condición de salud;
III. Pública, al ser impartida y administrada por el Estado, por lo que:
a) Asegurará que el proceso educativo responda al interés social y a las finalidades de orden público para el beneficio de la nación, y
b) Vigilará que, la educación impartida por particulares, cumpla con las normas de orden público que rigen al proceso educativo y al Sistema Educativo Nacional que se determinen en esta Ley y demás disposiciones aplicables”.
Además, el Artículo 33 de la citada Ley menciona que, para lograr los objetivos del Sistema Educativo Nacional, se llevará a cabo una programación estratégica para que la formación docente y directiva, la infraestructura, así como los métodos y materiales educativos, se armonicen con las necesidades de la prestación del servicio público de educación y contribuya a su mejora continua.
En este sentido es indispensable encaminar acciones que fortalezcan la infraestructura escolar que asegure la prevención de la violencia al interior de los planteles.
Es decir que se cuente con baños en condiciones dignas para las y los estudiantes de todos los niveles educativos ; así como alumbrado público, cercas perimetrales tomando en cuenta las caracteristicas y necesidades de los alumnos para favorecer su educación y la dignidad humana, tomando en consideración aquellos planteles con educación especial que requieran adaptar su infraestructura para mejorar las condiciones de accesibilidad.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) establece que: Existen al menos cinco elementos clave que afectan la calidad de la educación: lo que el estudiante trae consigo, el entorno, los contenidos, los procesos y los resultados. Estos elementos constituyen una base que permite supervisar la calidad”. Dentro del entorno hay que preguntarse si es “... saludable, seguro, protector y estimulante...” entre otras cosas (2016).
Lo anterior recalca la importancia de atender la infraestructura física de las escuelas, ya que de acuerdo con datos de la evaluación: El 67 por ciento de las escuelas en el estado de Chihuahua cuenta con casa del maestro, sólo el 13 por ciento está en buenas condiciones, el 45 por ciento en regulares condiciones y el 42 por ciento en malas condiciones.
Del total de escuelas, el 92 por ciento de las escuelas tienen sanitarios para el alumnado y el profesorado, pero solo el 36 por ciento está en buenas condiciones, el 46 por ciento en regulares condiciones y el 18 por ciento en malas condiciones. El 68 por ciento de las escuelas tienen letrinas, de estas el 54 por ciento están en buenas y regulares condiciones, por lo que el 46 por ciento están en malas condiciones. El 8 por ciento de las escuelas primarias federalizadas multigrado que no cuenta con sanitarios solo tienen letrinas. Los porcentajes pueden exceder el 100 por ciento debido a que algunas escuelas cuentan con letrinas y sanitarios. Aspectos como los bebederos, sanitarios y letrinas debe prestársele especial atención, debido a que su inexistencia y/o condiciones deplorables, expone a los usuarios a enfermedades tales como la diarrea, debido a las situaciones insalubres que genera la defecación al aire libre Unesco (1986).
Por lo anteriormente expuesto, someto al honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades educativas estatales y municipales a asegurar elementos mínimos de infraestructura escolar para prevenir la violencia de niñas, niños y adolescentes al interior de las escuelas públicas de nuestro país y a fomentar ambientes adecuados de estudio de acuerdo a la población escolar en los planteles de educación básica.
Notas
1 [1]Infraestructura escolar y aprendizajes en la educación básica latinoamericana: Un análisis a partir del SERCE. Disponible: https://publications.iadb.org/es/infraestructura-escolar-y-aprendizajes -en-la-educacion-basica-latinoamericana-un-analisis-partir
2 [1]Infraestructura Escolar y Aprendizajes en la Educación Básica Latinoamericana: Un análisis a partir del SERCE. Disponible: https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Infraestructura_escolar_y_aprendizajes_en_la_
educaci%C3%B3n_b%C3%A1sica_latinoamericana_Un_an%C3%A1lisis_a_partir_del_SERCE.pdf
3 [1]Pacheco, J. (2021). Evaluación del impacto de la infraestructura física educativa en la educación. Revista Iberoamericana para la Investigación y el Desarrollo Educativo.
https://www.ride.org.mx/index.php/RIDE/article/view/940/3008
4 Pacheco, J. (2021). Evaluación del impacto de la infraestructura física educativa en la educación. Revista Iberoamericana para la Investigación y el Desarrollo Educativo. Disponible: https://www.ride.org.mx/index.php/RIDE/article/view/940/3008
5 [1] Evaluación del impacto de la infraestructura física educativa en la educación. Disponible: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S2007-74672021000100166&scr ipt=sci_arttext_plus&tlng=es
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de solicitar al Ejecutivo federal que emita el decreto por el cual se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de concesiones o asignaciones de aguas nacionales a los usuarios que cuenten con títulos vigentes a partir del 1 de enero de 2004, a cargo de la diputada Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita diputada Juanita Guerra Mena, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79 numeral 1, fracción II y demás relativos aplicables del reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás relativos y aplicables, someto a consideración de esta Honorable Cámara, la presente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, a emitir el Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de Aguas Nacionales a los usuarios que cuenten con títulos cuya vigencia hubiera expedido a partir del 1 de enero de 2004 a fin de apoyar a los concesionarios que no renovaron sus títulos con motivo de la pandemia global de COVID 19, con base en las siguientes
Antecedentes
I. De acuerdo con lo que se establece en el artículo 27, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Nación tiene en todo tiempo el derecho de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de cuidar su conservación y lograr el desarrollo equilibrado del país y, en consecuencia, dictar las medidas necesarias para establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de aguas de propiedad nacional, entre las que se encuentran las previstas en el párrafo quinto del mencionado precepto constitucional, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, preservar y restaurar el equilibrio ecológico, y evitar la destrucción de los elementos naturales;
En ese mismo sentido, el párrafo quinto del citado precepto constitucional faculta al Ejecutivo federal para reglamentar la extracción y utilización de las aguas superficiales de propiedad nacional, cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos.
II. Por su parte, el artículo 6, fracción III de la Ley de Aguas Nacionales, prevé la expedición, modificación o supresión de zonas de reserva de aguas nacionales superficiales, como una atribución que el Ejecutivo federal puede ejercer siempre que existan causas de utilidad pública, por lo que en congruencia con ello, el mismo ordenamiento en su artículo 7, fracciones I, II, IV, V y VI considera que es de utilidad pública, entre otras, la gestión integrada de los recursos hídricos, superficiales y del subsuelo, a partir de las cuencas hidrológicas en el territorio nacional, como prioridad y asunto de seguridad nacional; la protección, mejoramiento, conservación y restauración de las mismas; el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales superficiales, incluidas las reservas; el restablecimiento del equilibrio de los ecosistemas vitales vinculados con el agua, así como las acciones para hacer eficientes y modernizar los servicios de agua domésticos y públicos urbanos para contribuir al mejoramiento de la salud y el bienestar social;
A mayor precisión, en el mismo ordenamiento legal se señala en su artículo 7 BIS, fracciones I, VII, VIII y XI como causa de interés público, la cuenca como unidad territorial básica para la gestión integrada de los recursos hídricos; el control de la extracción y de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas superficiales; la incorporación plena de la variable ambiental en acciones en materia de gestión de los recursos hídricos, y la sustentabilidad ambiental.
III. En su momento, el pasado 7 de abril de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas a los usuarios de aguas nacionales”, con el objeto de beneficiar a los usuarios que contaban con títulos de concesión o asignación y cuya vigencia expiró a partir del 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2014, así como de aquellos que contando con títulos vigentes, no solicitaron su prórroga en los términos que establece la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables, mismo que estableció en un artículo de carácter transitorio su vigencia de dos años.
IV. Como consecuencia de la finalización de la vigencia del Decreto expedido en el año 2014, el 17 de mayo de 2016, se publicó nuevamente en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales a los usuarios que cuenten con títulos cuya vigencia hubiera expirado a partir del 1 de enero de 2004”, con el objeto de que un mayor número de usuarios estuviera en posibilidad de obtener nuevamente las concesiones o asignaciones de aguas nacionales vencidas, a partir del 1 de enero de 2004, mismo que finalizó su vigencia en el año 2018.
V. El 23 de marzo del año 2018 se expidió un tercer “Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales a los usuarios que cuenten con títulos cuya vigencia hubiera expirado a partir del 1 de enero de 2004” con la finalidad de establecer de manera coordinada los mecanismos para que los concesionarios pudiesen, por tercera ocasión, renovar sus títulos de concesión, sin embargo dicho Decreto finalizó su vigencia el 31 de diciembre del 2018 sin que a la fecha se hubiese emitido uno nuevo.
VI. En el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2019, se expidió “Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales”, para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales a los usuarios que cuenten con títulos para uso doméstico o público urbano cuya vigencia hubiere expirado a partir del 1 de enero de 2019, así como respecto de dichos títulos vigentes cuya prórroga no se solicitó en los plazos señalados en la Ley de Aguas Nacionales. Sin embargo, en su artículo Primero Transitorio, señala que el mencionado Decreto tendrá una vigencia hasta el 30 de noviembre de 2021.
VII. Lamentablemente la falta de emisión de un Decreto que renovara el que ha quedado sin vigencia coincidió con la pandemia global de SARS-CoV-2 que afectó y prácticamente frenó la operación del gobierno y la posibilidad de que un número importante de ejidatarios concesionarios se vieran imposibilitados a realizar los trámites de renovación de su concesión. Cabe señalar que estos ejidatarios no recibieron respuesta favorable por parte de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) que, simplemente cerró y dio por concluidos los trámites para la renovación de las concesiones bajo el argumento de que el plazo se venció, a pesar de que la llegada de la pandemia a nuestro país, tuvo como consecuencia, la actividad limitada del gobierno en lo que respecta a trámites de carácter administrativo.
Consideraciones
Primera . Para esta H. Cámara de Diputados, los esfuerzos por construir mecanismos gubernamentales de apoyo y cercanía a la ciudadanía transita por generar las condiciones para que accedan sin obstáculos a los servicios básicos a fin de desarrollar plenamente sus actividades.
En el caso de ejidatarios tenedores de concesiones de agua, es claro que realizan una actividad preponderante para el país, su actividad relacionada con los usos del agua implica que desde el gobierno se les dote de certeza jurídica ya que sus actividades impactan en la vida del país.
Segunda . Para las y los legisladores, resulta fundamental brindar apoyo y certeza jurídica a quienes de buena voluntad buscan regularizar sus títulos de concesión o asignación para uso, explotación o aprovechamiento de las aguas nacionales; sobre todo porque considerando que los volúmenes registrados en los títulos de concesión y asignación de aguas nacionales vencidos se encuentran considerados en los estudios de actualización de la disponibilidad de agua en cuencas y acuíferos, resulta factible que la Autoridad del Agua los otorgue nuevamente, en términos de las disposiciones aplicables, a efecto de proteger y conservar cuencas hidrológicas y acuíferos, cuidar y preservar el medio ambiente para un desarrollo sustentable, así como promover el uso eficiente de los recursos hídricos.
Tercera . Que para esta H. Cámara de Diputados resulta fundamental brindar apoyo y dar seguimiento a la realización de acciones de política pública, a fin de que los sectores productivos del país cuenten con las herramientas legales que les permitan la plena realización de sus actividades; en el caso de los tenedores de los títulos de concesión hídrica que pretenden ser renovados, es fundamental que sea el propio gobierno quien no obstaculice y permita la regularización de los mismos sin invocar artilugios legales.
Por lo anteriormente expuesto, la que suscribe, somete a consideración de esta H. Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, a que en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, emita el Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de Aguas Nacionales a los usuarios que cuenten con títulos cuya vigencia hubiera expedido a partir del 1 de enero de 2004, a fin de apoyar a los concesionarios que no renovaron sus títulos con motivo de la pandemia global de Covid 19.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 8 de marzo de 2022.
Diputada Juanita Guerra Mena (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y la SEP a reconsiderar la desaparición del programa Escuelas de Tiempo Completo, a cargo del diputado Lilia Caritina Olvera Coronel, del Grupo Parlamentario del PAN
La diputada Lilia Caritina Olvera Coronel y Las Diputadas y Los Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 6 numeral 1 fracción I, articulo 79 numeral 1 fracción II y 79 numeral 2 fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta al Ejecutivo Federal y a la Secretaria de Educación Pública Federal, se reconsidere la determinación de desaparecer el programa escuelas de tiempo completo (PETC) y se replantee una nueva estrategia que no vulnere los derechos de la educación y a la alimentación de los estudiantes de nuestro país.
Consideraciones
El pasado 28 de febrero, la Secretaría de Educación Pública (SEP) compartió en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo 05/02/2022, en donde se publicaron las Reglas de Operación para el programa La Escuela es Nuestra del 2022, y en donde desaparece el Programa Escuelas de Tiempo Completo.
Este programa, ya desde el año pasado se veía amenazado y se perfilaba a ser uno más de los programas benéficos para miles de estudiantes, madres de familia trabajadoras, familias enteras, docentes y directivos, que serían borrados por el Ejecutivo Federal y la Secretaria de Educación Pública, sin importarles la opinión de sus beneficiarios. Un programa que atendía una necesidad social real, pues en las últimas décadas, las mujeres comenzaron a incorporarse en el mercado laboral, haciendo de este programa un medio de gran apoyo para las familias, pues ahora con ambos padres trabajando, los menores podían permanecer seguros dentro de las escuelas, además de continuando con el aprendizaje.
La titular de la Secretaria de Educación Pública, en su intento de justificar esta decisión, manifestó que debía de priorizarse la mejora de las Instituciones Educativas para garantizar el regreso seguro a las aulas de los alumnos después de las graves secuelas que la pandemia ha dejado en este sector. La funcionaria señaló que al hacer una valoración en las instituciones educativas se determinó darle prioridad a aquellas que necesitan recursos para garantizar un regreso seguro a ellas.
Textualmente refirió que: “haciendo una valoración, sobre todo de tomar en cuenta las necesidades que presentan las instituciones a través de las visitas realizadas, (vimos) que todavía faltan muchas escuelas para poder mejorar las instalaciones básicas en agua, aulas y sanitarios”, dijo.
Delfina Gómez refirió que “los servicios básicos es algo que se ha reclamado por parte de los padres de familia y autoridades educativas para el regreso a las escuelas, por lo que esto se volvió prioritario para destinar recursos”.
Y es verdad que las instituciones educativas de todo el país desde hace ya tiempo tienen dentro de sus necesidades básicas la mejora de su infraestructura, situación que hemos venido advirtiendo desde el comienzo de esta administración federal, sin embargo, hemos de recordar que los las Diputadas y Diputados del partido Morena y sus aliados, prefirieron destinar la mayoría de los recursos federales para este 2022, a la construcción de obras con demostrada inviabilidad y falta de sustento; prefirieron aprobar un presupuesto que no atiende las necesidades reales de las y los mexicanos impuesto por el Ejecutivo Federal, sin cambiarle ni una coma, sin permitir el debate ni la construcción de acuerdos en base a argumentos sólidos y reales, atendiendo una voluntad centralista y electorera, apapachando el capricho de uno y despareciendo el derecho de miles; pero ahora sí, ya se dieron cuenta que es indispensable la priorización de recursos en las necesidades básicas de la sociedad.
Las diputadas y diputados de Acción Nacional les advertimos que la educación debería estar en el centro de los planes prioritarios de recuperación de este gobierno, sin embargo, se ha tomado esta determinación causando un claro agravio a un sector bastante vulnerable en nuestro país, porque no solo lacera los intereses de alumnos, madres y padres de familia trabajadores, sino también a las maestras, maestros y directivos que laboran en escuelas de este tipo, quienes dejarán de recibir los apoyos económicos adicionales por las horas extra de aprendizaje, una parte importante de sus ingresos.
En el contexto del inminente regreso a clases presenciales en todo el país por parte de la totalidad de los alumnos, las escuelas de tiempo completo representaban una sólida ventana de oportunidad para revertir la desnutrición y malnutrición de miles de niños inmersos en los crecientes niveles de pobreza en México, así como a la recuperación de aprendizajes académicos y la salud socioemocional de niñas, niños y adolescentes.
El programa de Escuelas de Tiempo Completo, inicio operaciones en 2007 con 441 planteles, alcanzando en 2012 más de 6 mil, hasta llegar a tener 27 mil 067 planteles de educación básica, favoreciendo a más de 3.6 millos de niñas y niños en todo el país, niños para los que, en muchas ocasiones, en específico, para el 65.8 de los beneficiarios, este programa representaba la oportunidad de tener su único alimento en el día.
Para muchos de estos niños, este programa representaba también la oportunidad de mejorar en su desempeño académico, la oportunidad de apoyar directamente a estudiantes rezagados y su continuidad en el siguiente grado, según lo determinado por el Consejo nacional de evaluación de la política de Desarrollo Social.
Las escuelas adscritas a este programa, funcionaban como un factor protector, como espacio de contención y cuidado para quienes viven en condiciones de marginación, permitía a niñas y niños de todo el país, que se alejaran de condiciones de crimen y violencia. “Una de las políticas centrales profesadas en el discurso por parte de este gobierno”.
Para millones de madres de familia, solteras en su mayoría, este sistema representaba la oportunidad de darles una mejor vida a sus hijos, pues la participación laboral en estas escuelas se incrementó un 5% gracias a dicho programa.
Esta decisión es apática y contraria al interés superior de la niñez, principio establecido en el artículo 4o. constitucional, que establece que las decisiones de las autoridades deben ser analizadas y evaluadas en términos de un mayor beneficio hacia las infancias, con esta determinación, solo se actúa en su perjuicio.
Claramente la eliminación de las escuelas de tiempo completo es un error, además de una nueva trasgresión a una determinación judicial, pues en septiembre de 2021, el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó un amparo en el que ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador, a todos los legisladores y a la SEP, a garantizar los recursos necesarios para las escuelas beneficiarias del programa; esta decisión mal analizada, traerá serias consecuencias para millones de familias mexicanas y un impacto negativo en su futuro, el cual sin duda, se hubiera podido evitar.
En tiempos en que la deserción escolar se encuentra en su punto más alto, donde 5.2 millones de estudiantes se han visto obligados a abandonar sus estudios en gran medida, por los estragos de la pandemia, en lugar de incentivarlos y apoyar a sus familias para lograr revertir esta problemática, con esta determinación el gobierno está dificultado aún más su reinserción al sistema educativo.
El Ejecutivo Federal y la Secretaria de Educación Pública, sustentan su decisión en la necesidad de mejora de las infraestructuras, argumentando un “reclamo por parte de los padres de familia y autoridades educativas”, pero en ningún momento, han tenido la sensibilidad de priorizar la atención a los problemas que han obstaculizado el regreso a las aulas.
Esta determinación representa una regresión gravísima e inconstitucional, la cual deberá resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Además, no debemos olvidar que el programa “La Escuela es Nuestra”, según el informe de la cuenta pública 2020 presentado por la Auditoria Superior de la Federación, expuso grandes irregularidades en el manejo de los recursos por parte de la Secretaria de Educación Pública, ya que no pudo acreditar que 573 mil millones de pesos se hayan usado para mejorar la Infraestructura y equipamiento de las escuelas como lo señala el programa.
La decisión de cancelar el programa no se sustentó en algún estudio, consulta o proceso de revisión o evaluación, no se tomó en aras de apoyar la infraestructura educativa, pero si se tomó sin considerar los daños directos o colaterales al estudiantado y a sus familias; sin embargo, las Diputadas y Diputados de Acción Nacional, creemos que la educación debería estar en el centro de los planes prioritarios de recuperación de este gobierno, y creemos, que aún se tiene la capacidad de enmendar esta decisión y catalogarla como un “error”; ya que no se trata de un conflicto político, sino del derecho a la educación y a la alimentación de 3.6 millones de estudiantes.
Es necesario remediar el aprendizaje perdido, hacer que la escuela sea gratuita y accesible para todos...Porque la austeridad mal entendida, con esta decisión, está pasando por encima del estudiantado y las familias de este país.
Por lo anteriormente expuesto, las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único: Se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Educación Pública Federal, se reconsidere la determinación de desaparecer el programa Escuelas de Tiempo Completo y replanteen sus estrategias, para que no vulneren los derechos a la educación y a la alimentación de los estudiantes de nuestro país.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los ocho días del mes de marzo de 2022.
Diputada Lilia Caritina Olvera Coronel (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se condenan enérgicamente los actos violentos ocurridos el pasado 5 de marzo en el estadio Corregidora; y se exhorta a diversas autoridades de Querétaro a investigar y sancionar con la mayor brevedad a los responsables de ellos, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, María Rosete, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, ambos preceptos del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La noche del sábado 5 de marzo del presente año, en el Estadio Corregidora se llevó a cabo un partido entre Gallos y Atlas, evento deportivo que terminó en tragedia al suscitarse una serie de actos violentos entre los aficionados de ambos equipos.
El conato de violencia entre los aficionados comenzó a crecer dejando 26 personas lesionadas, 24 hombres y 2 mujeres; tres de ellos reportados con gravedad. Situación que informó el gobernador de Querétaro, Mauricio Kuri en conferencia de prensa del 6 de marzo.
Sin embargo, diversos medios de comunicación reportaron el fallecimiento de por lo menos 17 personas, derivado de los actos violentos, existiendo una clara discrepancia entre la información difundida y las declaraciones del gobernador de dicha entidad.
El citado suceso es el resultado de la inaplicación de las leyes, protocolos y operativos por parte de las autoridades correspondientes, aunado a la falta de preparación de los pocos elementos de seguridad que se encontraban en el lugar, quienes fueron incapaces de impedir la brutalidad con la que se agredían los aficionados.
Las contiendas deportivas deben reflejar los valores, disciplina, educación y entrega de los jugadores, creando un ambiente familiar y no así, un ambiente de terror, caos, pánico y violencia.
El deporte es una actividad que fomenta valores, forma mejores ciudadanos y contribuye a que los jóvenes no sean presas de la delincuencia o la violencia.1
Por lo anterior, no debe ser letra muerta lo establecido para proteger el bienestar de las y los ciudadanos; es muy clara la legislación federal, convenios, tratados internacionales, protocolos y asimismo, la Ley del Deporte del Estado de Querétaro, la cual, en su artículo 29 refiere que quienes organicen competencias o eventos de espectáculos deportivos masivos, procurarán evitar conductas violentas o intolerantes, debiendo adoptar las medidas de seguridad establecidas en dicha ley y en las demás disposiciones aplicables.2
El gobierno del estado de Querétaro debe dar cumplimiento a los compromisos asumidos, velando y salvaguardando los derechos de los ciudadanos y la unión familiar.
Debe existir la práctica regular y organizada del deporte, y en caso de existir violencia, se deben investigar y sancionar a los ciudadanos partícipes, así como a los servidores públicos responsables, fortaleciendo las acciones necesarias para salvaguardar la seguridad de la gente en los eventos deportivos.
El campo de juego no debe mancharse de rojo; los eventos familiares no deben convertirse en una tragedia y los padres no deben correr con sus hijos para evitar ser golpeados.
Por lo antes expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión condena enérgicamente los actos violentos ocurridos el pasado 5 de marzo en el Estadio Corregidora y hace un llamado al gobierno de Querétaro a hacer del conocimiento público y con veracidad sobre el número de personas fallecidas y lesionadas.
Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta la Fiscalía General del Estado de Querétaro, para que, con base en sus atribuciones, investigue y sancione a la brevedad a los responsables de los actos violentos ocurridos el pasado 5 de marzo en el Estadio Corregidora.
Tercero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Querétaro a que investigue y, en su caso, aplique las sanciones administrativas correspondientes a los servidores públicos que hayan incurrido en omisión de sus funciones, derivado de los actos violentos ocurridos el pasado 5 de marzo en el Estadio Corregidora.
Cuarto. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro a llevar a cabo las medidas preventivas necesarias para salvaguardar la integridad de los asistentes a eventos deportivos.
Notas
1 https://www.gob.mx/conade/articulos/el-deporte-fomenta-valores-y-forma- mejores-ciudadanos-alfredo-castillo-cervantes-83147
2 http://legislaturaqueretaro.gob.mx/app/uploads/2016/01/LEY084.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada María Rosete (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a respetar la asignación presupuestaria del programa Escuelas de Tiempo Completo, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, Amalia Dolores García Medina , diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
El 28 de febrero de 2022, la Secretaría de Educación Pública (SEP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número 05/02/22 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa la Escuela es Nuestra para el ejercicio fiscal 2022. En dichas Reglas de Operación se elimina el componente de Escuelas de Tiempo Completo que operaba dentro del Programa la Escuela es Nuestra.
Lo anterior es la desaparición de jure de la estrategia de escuelas de tiempo completo, lo cual se había dado de facto a través de drásticas reducciones en su presupuesto. El Escuelas de Tiempo Completo sufrió un recorte del 50 por ciento en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) del año 2020 [al pasar de 10 mil 189 millones de pesos (mdp) asignados en 2019 a 5 mil 100 mdp para 2020].1 Para el año 2021 se asignaron al Programa 5 mil mdp pero condicionados al Programa la Escuela es Nuestra.2 Se esperaba que en el PEF 2022 una parte de los casi 14 mil mdp aprobados para el Programa la Escuela es Nuestra se destinarán a las Escuelas de Tiempo Completo, pero con la publicación referida en el DOF esa posibilidad queda cancelada.
El argumento que justifica tal medida es, de acuerdo con declaraciones de la titular de la SEP, que “los recursos del Programa de Escuelas de Tiempo Completo se enfocarán a mejorar la infraestructura de escuelas que carecen de servicios básicos (agua, sanitarios), en especial en las comunidades lejanas en Chiapas, Yucatán, y Oaxaca. Nadie puede estar en contra de que se atiendan las necesidades infraestructura de las escuelas públicas, pero no a costa de un programa que tiene múltiples efectos positivos en distintos ámbitos de la vida social e individual de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
El Programa de Escuelas de Tiempo Completo comenzó a operar en 2007 con 441 planteles de educación básica; para 2012 ya eran más de 6 mil escuelas y en 2016 más de 25 mil. En esta expansión se dio prioridad a las áreas marginadas del país teniendo para 2017 un alcance de 51 por ciento de escuelas en localidades marginadas.3
Dentro del Programa de Escuelas de tiempo Completo se incluye el servicio de alimentación escolar el cual tiene operando en diferentes países más de un siglo, dando excelentes resultados en la salud y nutrición de los beneficiarios, además de fomentar la asistencia y permanencia escolar; incluso ha logrado incrementar la matrícula y retención escolar especialmente en niñas, como lo menciona un estudio realizado por el Unicef (Evaluación del Servicio de Alimentación del Programa de Escuelas a Tiempo Completo); el “65.8 por cientode la población encuestada señala que el primer alimento que consume en el día es brindado por el Servicio de Alimentación del Programa Escuelas de Tiempo Completo”.4
Una de las funciones de las escuelas de tiempo completo es implementar acciones para cerrar las brechas educativas entre estudiantes pobres y no pobres, mejorando los aprendizajes en comunidades marginadas y fomentando la equidad educativa, proporcionando a través de políticas públicas bien enfocadas un piso parejo para que todas las niñas y niños tengan igualdad de oportunidades y puedan acceder a un mejor futuro.5
Al desaparecer las escuelas de tiempo completo se está dejando a 3.6 millones de niñas, niños y familias en total vulnerabilidad; ya que dentro de las escuelas las y los alumnos se encuentran en un entorno seguro, alejados de vicios, ocios nocivos, peligros y además, les permite fomentar hábitos alimenticios adecuados.6
La eliminación de las escuelas de tiempo completo es un duro golpe para los profesores que recibían un ingreso extra por esas horas de trabajo; así como, para las familias que quedaron en precariedad económica con la pandemia y para los niños que recibían alimentos nutritivos; y acceso a cursos extra para evitar el rezago escolar grave a causa de las clases en línea por la pandemia de Covid: y al mismo tiempo, lograr fortalecer su estabilidad emocional a causa del encierro.7
Las escuelas de tiempo completo se han convertido no solo en una oportunidad para que los docentes obtengan más ingresos, sino también para los padres de familia, al poder trabajar unas horas extra o conseguir empleos mejor remunerados sin descuidar a su familia, pasando tiempo de calidad con sus hijos.
Asimismo, las escuelas de tiempo completo permiten reducir la sobrecarga de trabajos de cuidado que tiene las mujeres, y que les impide incorporarse al mercado laboral, tener oportunidades de tiempo para ellas, estudiar o aprender una profesión que les abona para tener mejores oportunidades e independencia económica. Es decir, las escuelas de tiempo completo son una estrategia que también contribuye a reducir las desigualdades entre mujeres y hombres.8
En septiembre de 2021 el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó un amparo en el que “ordenó al presidente, a los legisladores y a la SEP garantizar los recursos necesarios para que las escuelas beneficiarias del programa La Escuela es Nuestra (LEEN) cumplan con los objetivos del extinto Programa Escuelas de Tiempo Completo (PETC)”.9 El amparo fue promovido por la Organización Aprender Primero, argumentando que con la eliminación del Programa Escuelas de Tiempo Completo se atenta contra el derecho a aprender de 3.6 millones de niñas y niños beneficiarios del programa, además de violar el principio constitucional en materia de derechos humanos de progresividad, el cual indica la “obligación del Estado de generar en cada momento histórico una mayor y mejor protección y garantía de los derechos humanos, de tal forma, que siempre estén en constante evolución y bajo ninguna justificación en retroceso”.10
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública a modificar las reglas de operación del programa La Escuela Es Nuestra, con la finalidad de respetar los términos de la asignación presupuestaria y no eliminar el Programa Escuelas de Tiempo Completo, el cual ya estaba contemplado dentro de dicha asignación.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública a participar en una Mesa de trabajo con legisladoras de la LXV Legislatura que integran el Grupo de Igualdad Sustantiva, para abordar estrategias de políticas públicas transversales en beneficio de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública a acatar el amparo dictado por el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgado en septiembre de 2021, para garantizar los recursos necesarios para que las escuelas beneficiarias del programa La Escuela Es Nuestra (LEEN) cumplan con los objetivos del extinto Programa Escuelas de Tiempo Completo (PETC) y se cumpla con el principio constitucional en materia de derechos humanos de progresividad.
Notas
1 [1]Ordaz, A. (2020) El Programa Escuelas de Tiempo Completo peligraría por falta de presupuesto, alertan. Forbes, 16 de julio. https://www.forbes.com.mx/noticias-programa-escuelas-tiempo-completo-peligraria-falta-presupuesto/
#:~:text=Record%C3%B3%20que%20el%20plan%20Escuelas,a%205%2C100%20mdp%20para%202020
2 [1]http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Agencia-de-N oticias/2020/Noviembre/13/7687-Aprueba-Pleno-reserva-al-PEF-2021-para-a signar-recursos-por-5-mil-mdp-para-el-programa-Escuelas-de-Tiempo-Compl eto
3 [1] De Hoyos, R. (2018). Las escuelas de tiempo completo y la equidad educativa. Blog de Educación. Nexos. https://educacion.nexos.com.mx/las-escuelas-de-tiempo-completo-y-la-equ idad-educativa/.
4 [1] Unicef-SEP-INSP. (2019). Evaluación del Servicio de Alimentación del Programa Escuelas de Tiempo Completo. México: Unicef-SEP-INSP. Disponible en: https://www.unicef.org/mexico/media/1031/file/Fichas_SA_PETC.pdf
5 [1] De Hoyos, R. (2018). Las escuelas de tiempo completo y la equidad educativa. Blog de Educación. Nexos. https://educacion.nexos.com.mx/las-escuelas-de-tiempo-completo-y-la-equ idad-educativa/
6 [1] Mexicanos Primero. (2022). Revisado en: https://www.mexicanosprimero.org/wp-content/uploads/2022/02/Posicionami ento-de-Mexicanos-Primero-sobre-Escuelas-de-Tiempo-Completo-.pdf
7 [1] Mexicanos Primero. (2022). Revisado en: https://www.mexicanosprimero.org/wp-content/uploads/2022/02/Posicionami ento-de-Mexicanos-Primero-sobre-Escuelas-de-Tiempo-Completo-.pdf.
8 [1] Animal Político. (2022). 10 razones para mantener el Programa Escuelas de Tiempo Completo. Revisado en:
https://www.animalpolitico.com/aprender-es-mi-derecho/10-razones-para-mantener-el-programa-escuelas-de-tiempo-completo/
9 [1] Animal Político. (2022). SEP elimina las Escuelas de Tiempo Completo, pese a mandato judicial para conservarlas. Revisado en: https://www.animalpolitico.com/2022/02/sep-escuelas-tiempo-completo-mandato/
#:~:text=En%20septiembre%20de%202021%2C%20el,cumplan%20con%20los%20objetivos%20del
10 [1] Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco. Revisado en: http://cedhj.org.mx/principios_constitucionales.asp
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Amalia Dolores García Medina (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno del estado de México y el ayuntamiento de Ecatepec de Morelos a instruir e implantar medidas sanitarias en los alrededores de hospitales y centros de salud para prevenir contagios de Covid-19, a cargo de la diputada Alma Delia Navarrete Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Alma Delia Navarrete Rivera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable Asamblea la presente proposición con punto de acuerdo mediante el cual, se exhorta al Gobierno del Estado de México y al Gobierno de Ecatepec de Morelos a instruir e implementar las medidas sanitarias pertinentes en los alrededores de hospitales y centros de Salud, con el objeto de coadyuvar en la disminución de contagios causados por el virus Covid-19. Por ello se somete a consideración de la Honorable Asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Con la llegada del virus SARS-CoV2 la realidad del país cambio drásticamente, trayendo nuevas adaptaciones y medidas de convivencia que en su conjunto hoy conocemos como la “nueva realidad”.
Aunado a ello, la preocupación manifestada por los médicos, enfermeras y todo el cuerpo de salud involucrado en la atención y combate del virus SARS-CoV2 se ha pronunciado con respecto al tema de la concentración masiva de puestos y vendedores ambulantes en el perímetro de las instalaciones hospitalarias.
Mismo fenómeno que al día de hoy, ha contraído mayores implicaciones en el tema de la prevención y seguimiento de las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud. Ya que la falta de regulación sanitaria observada en los asistentes y vendedores ambulantes ha convertido este fenómeno en latentes focos de infección, que aunado a ello la inmediación con los centros médicos de atención de casos contraídos por el virus del Covid-19 aumentan o equiparan el riesgo de contagios de manera significativa.
En consecuencia, se crea una zona de alto riesgo para todos los asistentes como; doctores, enfermeras, vendedores, comerciantes, y cualquier otra persona que transite cerca de los establecimientos concentrados alrededor de centros hospitalarios, tales como; ISEM, ISSSTE, ISSEMyM.
De acuerdo con el Reglamento de Salud del Estado de México en su Capítulo II del Comercio en vía pública menciona de manera expresa la prohibición a establecimientos ambulantes:
Artículo 123.- La “Coprisem” no expedirá autorizaciones sanitarias a para el ejercicio del comercio en vía pública, en el primer cuadro de cabeceras municipales, escuelas, oficinas públicas, centros hospitalarios, terminales de transporte, mercados públicos, centros de reunión, espectáculos, vías principales y otras que determine la autoridad sanitaria competente.
Artículo 124.- En los lugares en donde se manipulen alimentos o bebidas deberán existir dispositivos para el aseo de las manos, limpieza y desinfección de utensilios y equipos de trabajo; con materiales resistentes a la corrosión y que puedan limpiarse fácilmente. Dichos dispositivos contarán con agua, jabón y sustancias desinfectantes.
Por lo anteriormente expuesto, se fija con mayor persistencia la instrucción de reubicar los comercios ambulantes establecidos en la entrada y perímetro de los centros hospitalarios.
Así como un estricto apego a las medidas generales recomendadas por la Secretaría de Salud para la prevención y protección del virus Covid-19. Reiterando que estas deben ser aplicadas tanto al interior como al exterior de los centros hospitalarios.
Asimismo, el presente punto de acuerdo pretende resaltar que el virus del Covid-19 es sumamente inhóspito e incierto, su llegada aún está reciente y se desconoce en su totalidad el comportamiento a futuro que pueda presentar el desenlace de esta pandemia.
Por ello resulta apremiante, validar las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud y los Organismos Mundiales expertos en la materia. Puesto que la mejor medida para el combate a esta pandemia, es la “prevención”. Misma que puede ser implementada a través de las ya recomendadas como; la sana distancia, evitar aglomeraciones, uso de cubre bocas, lavado de manos frecuentemente, limpiar y desinfectar constantemente las superficies.
Reiteramos que cualquier medida de prevención debe ser atendida a cabalidad para poder contrarrestar los efectos de la pronosticada “cuarta ola” por ello es importante hacer un llamado al Gobierno del Estado de México y al Gobierno del municipio de Ecatepec de Morelos para anticipar este tipo de medidas y lograr una oportuna prevención, haciendo un llamado a las autoridades correspondientes para evitar la concentración del comercio informal concentrado en los alrededores de los centros hospitalarios.
Con la intención de fortalecer el objetivo de este punto de acuerdo, se adjunta copia de los oficios expedidos por el personal del servicio de salud. Conformando un antecedente a la problemática que sustentan estas consideraciones.
Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. – La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Gobierno del Estado de México y al Gobierno del municipio de Ecatepec de Morelos para que en el ámbito de sus competencias instruya e implemente las medidas sanitaras en los alrededores de los hospitales y centros de Salud (ISEM, ISSSTE, ISSEMyM) para liberar el perímetro de los asentamientos comerciales y vendedores ambulantes. A fin de coadyuvar en la disminución de contagios causados por virus Covid-19. Y enfrentar de manera oportuna la lucha contra éste, a través de la prevención.
Nota :
Gobierno del Estado de México. (2002). Reglamento de Salud del Estado de México. Estado de México: Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. https://legislacion.edomex.gob.mx/node/420
Diputada Alma Delia Navarrete Rivera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno federal y diversas autoridades a implantar políticas públicas adecuadas para reducir la violencia familiar durante la pandemia de Covid-19, a cargo de la diputada Mariana Mancillas Cabrera, del Grupo Parlamentario del PAN
Mariana Mancillas Cabrera, en mi carácter de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo, en el que se exhorta respetuosamente al Gobierno federal, los Gobiernos estatales y municipales, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y al Instituto Nacional de las Mujeres, a implementar políticas públicas adecuadas para reducir la violencia familiar en el contexto de la pandemia del Covid-19.
Consideraciones
1. A partir del 2020, las denuncias por violencia familiar han aumentado considerablemente en comparación con años anteriores. El acumulado de denuncias por presuntos delitos de violencia familiar, en el comparativo de enero a mayo para los años 2019, 2020 y 2021, es de 83 mil 914, 84 mil 997 y 106 mil 103, respectivamente. Las cifras muestran el aumento de los casos registrados en el SESNSP, sobre todo en lo matriculado durante el 2021.
1El incremento en las cifras, coincide con la llegada de la pandemia de Covid-19 a México.
De acuerdo a datos proporcionados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los presuntos delitos de violencia familiar muestran un incremento en el período que llevamos de pandemia, llegando a su punto más alto el mes de mayo del año en curso:
2El Informe del Secretariado Ejecutivo con corte al 30 de septiembre de 2021, señala que existe un aumento de 28,872 denuncias presentadas, si comparamos los meses de enero a septiembre de 2020 con el mismo período del 2021, esta cifra representa un 17.6% de aumento:
2. La Organización Mundial de la Salud, considera a la violencia como un problema de salud pública: La violencia es un importante problema de salud pública en todo el mundo, insta a los Estados Miembros a que evalúen el problema de la violencia en sus territorios y comuniquen a la OMS la información de que dispongan sobre ese problema y su manera de afrontarlo, así lo refiere en el Informe mundial sobre la violencia y la salud. 3 Para atender este problema es necesario implementar políticas públicas adecuadas, considerando todas las características de la población, pero también los contextos donde se presenta la violencia.
3. El 7 de mayo de 2020, la Comisión Nacional de Derechos Humanos realizó un exhorto a los Gobiernos federal, estatal y municipal a reconocer y emprender planes emergentes para combatir el grave problema de violencia contra las mujeres en el marco de la contingencia sanitaria por el Covid-19. En el exhorto, la CNDH señala: “Los planes emergentes a implementar, deberán poner al centro las necesidades específicas de las mujeres para hacer frente a la contingencia del Covid 19, a partir de un enfoque interseccional, teniendo en cuenta los distintos contextos y condiciones que potencializan la vulnerabilidad a las que están expuestas; brindando los servicios presenciales en las Fiscalías y Ministerios Públicos e instancias competentes para las mujeres en condición de violencia, además de implementar campañas de comunicación dirigidas a hombres como generadores de violencia con el objeto de hacerlos corresponsables para frenar este flagelo y construir nuevas masculinidades.”4
A pesar del exhorto realizado por la Comisión, la situación no cambió y contrario a ello el aumento en la violencia familiar y principalmente contra la mujer se incrementó durante la pandemia.
4. Es importante que el Gobierno federal, los gobiernos estatales y municipales, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y el Instituto Nacional de las Mujeres, implementen políticas públicas adecuadas en el contexto de la pandemia del Covid-19. Si bien es cierto, el confinamiento de las personas en sus hogares se ha relajado, no se tiene certeza de que esto podría reducir el número de denuncias presentadas por violencia familiar, los números hasta el mes de septiembre demuestran que el incremento en las denuncias no ha cambiado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con:
Punto de acuerdo
Que exhorta respetuosamente al gobierno federal, los gobiernos estatales y municipales, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y al Instituto Nacional de las Mujeres, a implementar políticas públicas adecuadas para reducir la violencia familiar en el contexto de la pandemia del Covid-19
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Gobierno federal y a los Gobiernos estatales y municipales, para que, en el ámbito de sus atribuciones legales implementen políticas públicas adecuadas para reducir la violencia familiar, en el contexto de la pandemia de Covid-19.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a desarrollar políticas públicas adecuadas en materia de prevención social del delito.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de las Mujeres, para que en el ámbito de sus atribuciones legales apoye en la formulación de políticas públicas gubernamentales para reducir la violencia familiar en el contexto de la pandemia del Covid-19.
Notas
1 Sánchez Ramírez María Cristina. Violencia familiar: legislación nacional y políticas públicas Cuaderno de investigación, agosto de 2021, número 77 recuperado de:
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/5339/
CI_77.pdf?sequence=1&isAllowed=y revisión hecha el 27 de octubre de 2021.
2 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública Información sobre violencia contra las mujeres Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1 Centro Nacional de Información con corte al 30 de septiembre de 2021, recuperado de: https://drive.google.com/file/d/1Nvhace2unfMepby3Z95uxcJBcF1SSHjf/view revisión hecha el 28 de octubre del 2021.
3 Organización Mundial de la Salud Informe mundial sobre la violencia y la salud recuperado de: https://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_report/es /summary_es.pdf revisión hecha el 27 de octubre de 2021.
4 Comisión Nacional de Derechos Humanos Exhorta CNDH a los Gobiernos federal, estatal y municipal a reconocer y emprender planes emergentes para combatir el grave problema de violencia contra las mujeres en el marco de la contingencia sanitaria por el Covid-19 recuperado de:
file:///C:/Users/mariana.mancillas/Downloads/COM_2020_15 0%20(1).pdf revisión hecha el 28 de octubre de 2021.
Fuentes consultadas
Cristina, S. R. (agosto de 2021). Violencia familiar: legislación nacional y políticas públicas Cuaderno de Investigación. Obtenido de http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/5339/C I_77.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Humanos, C. N. (7 de mayo de 2020). Exhorta CNDH a los gobiernos federal, estatal y municipal a reconocer y emprender planes emergentes para combatir el grave problema de violencia contra las mujeres en el marco de la contingencia sanitaria por el Covid. Obtenido de file:///C:/Users/mariana.mancillas/Downloads/COM_2020_150%20(1).pdf
Pública, S. E. (septiembre de 2021). Información sobre violencia contra las mujeres Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1 Centro Nacional de Información con corte al 30 de septiembre de 2021. Obtenido de https://drive.google.com/file/d/1Nvhace2unfMepby3Z95uxcJBcF1SSHjf/view
Salud, O. M. (2002). Informe mundial sobre la violencia y la salud. Obtenido de https://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_report/es /summary_es.pdf
Ciudad de México, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Mariana Mancillas Cabrera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades de los tres niveles de gobierno a llevar a cabo la liberación inmediata de las personas obligadas a permanecer en Altamirano, Chiapas, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, diputada Dionicia Vázquez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y los demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las autoridades de los tres niveles de gobierno para que, en el marco de sus respectivas atribuciones, se realicen las acciones necesarias para llevar a cabo la liberación inmediata de las personas obligadas a permanecer en contra de su voluntad en el municipio de Altamirano, estado de Chiapas; asimismo, se garantice su integridad física y sus derechos humanos, con base en las siguientes
Consideraciones
En México se gesta un episodio más del eterno estira y afloja por el control político y territorial de caciques locales, en el caso que hoy nos ocupa, en el municipio de Altamirano, en el estado de Chiapas, existe un conflicto que hoy atenta contra los derechos humanos e integridad física de más de 50 personas que nada tienen que ver con los intereses de los grupos políticos y las cuales están detenidas en el municipio señalado, quienes están enfrentando condiciones climáticas extremas y falta de alimentos.
En días recientes por redes sociales y diversos medios informativos se difundió que un grupo de transportistas detenidos por pobladores de este municipio, piden de manera urgente al gobierno su intervención para poder ser liberados.1
De acuerdo con un medio de comunicación, cerca de 100 representantes de organizaciones sociales solicitaron al gobierno del estado de Chiapas su intervención para que sean liberadas las personas detenidas desde hace más de dos meses por un grupo de pobladores del municipio de Altamirano.2
Por su parte, un grupo de mujeres indígenas exigieron al gobierno federal y estatal su intervención para lograr la liberación de las personas detenidas en Altamirano, asimismo, condenan las acciones del consejo municipal “ya que desde su nombramiento se ha generado violencia, retenciones, muertes, bloqueos carreteros, quemas de casas y vehículos”.3
Un antecedente a estas detenciones arbitrarias de población que no tiene nada que ver con el conflicto político se dio a inicios del mes de febrero del presente año, en donde otro medio de comunicación informó que una niña que viajaba con su madre y su hermano, en una unidad de transporte público, sufrió dos heridas de bala en el marco de un enfrentamiento entre grupos antagónicos que se disputan el poder político en el municipio de Altamirano.4
De acuerdo con la periodista Ángeles Mariscal, Altamirano es uno de los cinco municipios que el Ejército Zapatista de Liberación Nacional tomó en enero de 1994. “Fue en enero de 1994 cuando también destacaron los opositores al movimiento zapatista y sus medidas reivindicativas, como la toma de ranchos y haciendas que estaban en posesión de latifundistas donde los indígenas trabajaban como peones acasillados [sic]...”5
“...Jorge Constantino Kanter fue uno de ellos. Encabezó a los hacendados de Altamirano, Comitán y Las Margaritas, en las marchas y protestas para exigir que el Ejército Mexicano entrara a la selva a combatir a los zapatistas...”6
La periodista señala que, en el municipio de Altamirano, la familia Kanter gobierna desde 2002:
“...Armando Pinto Kanter ocupó la presidencia municipal de Altamirano en el periodo 2002-2004; Jorge Constantino Kanter la presidencia de Comitán entre 2005-2007. Heidi Pino Escobar, esposa de Armando Pinto Kanter, ocupó la presidencia de Altamirano entre 2007-2010; luego le dejó el cargo a su cuñado, Roberto Pinto Kanter.
En 2015, la esposa de Roberto, Gabriela Roque Tipacamú, quedó en la presidencia; sin embargo, en esta ocasión fue impugnada por la relación marital directa con su antecesor, pero Roberto Pinto Kanter volvió a recuperar la presidencia en 2018, y se la heredó de nuevo a Gabriela Roque, su esposa, para el periodo que iniciaría el pasado 1 de octubre...”7
Por si esto no fuera suficiente, los pobladores del municipio referido están sufriendo de la escasez no sólo por la detención de transportistas de alimentos y víveres de primera necesidad, sino de diversos servicios como el agua potable, en donde se lleva más de 20 días sin abastecimiento del vital líquido.8
La importancia de la presente proposición reside en la urgencia de impedir una escalada de violencia en la localidad con lamentables e incalculables consecuencias, en virtud de la importancia de que las autoridades competentes coadyuven a facilitar la resolución del conflicto entre los diferentes grupos sociales de la comunidad de Altamirano para el restablecimiento de la armonía y privilegiando en todo momento el diálogo.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades de los tres niveles de gobierno para que, en el marco de sus respectivas atribuciones, se realicen las acciones necesarias para llevar a cabo la liberación inmediata de las personas obligadas a permanecer en contra de su voluntad en el municipio de Altamirano, estado de Chiapas; asimismo, se garantice su integridad física y sus derechos humanos.
Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades de los tres niveles de gobierno para que, en el marco de sus respectivas atribuciones, se lleven a cabo mesas de diálogo para la resolución del conflicto comunitario y con ello, garantizar el estado de derecho, la estabilidad y la paz social en el municipio de Altamirano.
Notas
1 El Heraldo de Chiapas. Retenidos en Altamirano vuelven a pedir intervención del gobierno. Disponible en:
https://cutt.ly/KAQybLW. Consultado el 5 de marzo de 2022.
2 El Heraldo de Chiapas. Organizaciones y ejidatarios exigen liberar a retenidos en Altamirano. Disponible en: https://cutt.ly/2AQuKiV. Consultado el 5 de marzo de 2022.
3 El Heraldo de Chiapas. Mujeres indígenas exigen liberación de retenidos en Altamirano. Disponible en: https://cutt.ly/sAQsFEG. Consultado el 7 de marzo de 2022.
4 Proceso. Niña recibe dos balazos durante bloqueo carretero en Altamirano, Chiapas. Disponible en: https://cutt.ly/gAQi4S2. Consultado el 7 de marzo de 2022.
5 Aristegui Noticias. Chiapas: Pobladores de Altamirano recurren a las autodefensas armadas para sacudirse cacicazgos. Disponible en: https://cutt.ly/fAQgRzI. Consultado el 7 de marzo de 2022.
6 Íbid.
7 Ibídem.
8 El Heraldo de Chiapas. Pobladores de Altamirano sufren escasez de agua. Disponible en: https://cutt.ly/JAQahCF. Consultado el 7 de marzo de 2022.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Dionicia Vázquez García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SICT a adoptar acciones para reparar de inmediato la carretera federal número 131, en el tramo de Veracruz de Ignacio de la Llave, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Federal Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena integrante de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes
Consideraciones
En filosofía política, de acuerdo con el filósofo político Jean-Jacques Rousseau, se reconoce el contrato social como un acuerdo que se adquiere en un Estado en relación con sus derechos y deberes y sus ciudadanos. Parte de la idea de que todos los ciudadanos del Estado están de acuerdo en admitir la existencia de una autoridad, de unas normas morales y de unas leyes a las que se someten, y que dicho contrato les otorga derechos a cambio de obligaciones sobretodo de carácter recaudatorias y de conducta entre la sociedad.
Que de acuerdo con información publicada por el Inegi, al año 2018, México cuenta con 407,959 kilómetros de carreteras, de los cuales 51,198 kilómetros corresponden a los corredores troncales1 , algunas de esas carreteras están a cargo del gobierno federal y constituyen los corredores carreteros que proporcionan acceso y comunicación a las principales ciudades, fronteras y puertos marítimos del país, y por lo tanto, registran la mayor parte del transporte de pasajeros y carga.
De acuerdo con el artículo tercero de la Ley de Vías Generales de Comunicación, las vías generales de comunicación en el país están sujetos exclusivamente a los Poderes Federales, y el Ejecutivo ejercitará sus facultades por conducto de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes, principalmente en los casos relacionados con la Construcción, mejoramiento, conservación y explotación de vías generales de comunicación.
Que la carretera federal número 131 es uno de los corredores troncales de carreteras del país, y es la que comunica al pacifico en el municipio de Puerto Escondido Oaxaca, con el Golfo de México en el municipio de San Rafael, Veracruz.
Dicha vía de comunicación se compone de dos tramos, uno que va de Puerto Escondido a la Ciudad de Oaxaca, y el otro que va del municipio de Perote al de Tlapacoyan, Veracruz, que es precisamente el tramo que motiva este exhorto.
En el caso del tramo ubicado en el estado de Veracruz, esta sirve para comunicar a los municipios de la costa central del Estado de Veracruz con el altiplano central de nuestro país y sus principales ciudades, así como entronca esta región con las principales vías de comunicación como el Arco Norte y otras autopistas lo que les permite mantener esa vital comunicación.
Este camino beneficia a más de 400 mil habitantes de los municipios de: Altotonga, Atzalan, Tlapacoyan, Martínez de la Torre, San Rafael, Misantla, Jalacingo y Perote, quienes a diario transitan por esa vía y que, debido al pésimo estado de la vía han sufrido accidentes y pérdidas económicas. Esta vía también beneficia a los productores de Cítricos, Plátano, Café, Chile, Hule, Maderas y Flores que por ese ruta sacan sus mercancías de los municipios antes mencionados, para llevarlas a el centro del país, así como personas de todo el país que por ese camino viajan a las playas de la Costa Esmeralda, Veracruzana.2
Que debido a las inclemencias del tiempo y derivado de los fenómenos meteorológicos que azotaron el estado de Veracruz en el año 2020 y 2021, la zona que recorre el tramo carretero que nos ocupa, ha sufrido deslaves y erosiones en la cinta asfáltica que ha dejado esa vía de comunicación casi intransitable, lo que provoca accidentes y retrasos en los viajes de los habitantes de esa región, pero sobre todo grandes pérdidas económicas a los pequeños y medianos productores de la región3 .
Debido a lo anterior, los habitantes de estos municipios han realizado múltiples manifestaciones públicas expresando su descontento con esta situación y han reclamado la atención de los órganos encargados del mantenimiento de las vías de comunicación para llamarlos a cumplir con la obligación que les marca la ley de reparar y mantener e óptimas condiciones dichas vías, ya que es peligroso tener en esas condiciones esa carretera y les está generando muchas pérdidas a las industrias que ahí están establecidas, al campo y al turismo que viene de otros lados, que prefiere no viajar a esa hermosa región de Veracruz por el pésimo estado que guardan las carreteras.
Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para este año 2022, se aprobaron para la conservación y mantenimiento de la red carretera nacional un total de $8,600.000.000.00 (Ocho mil seiscientos millones de pesos)4 mismos que permitirán la conservación de los tramos carreteros a cargo de la federación, para que cumplan con la misión de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transporte, de implementar estrategias que contribuyan al crecimiento sostenido de la economía y el desarrollo social equilibrado del país y con el numeral 3 del Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2024 de impulsar la reactivación económica y lograr que la economía vuelva a crecer a tasas aceptables.
Como órgano legislativo es nuestro deber escuchar al pueblo en sus requerimientos y hacer las gestiones y llamados a las instituciones correspondientes, a fin de lograr que el ejecutivo, a través de sus secretarías, brinde a la población las condiciones óptimas de vida que reclaman, y que, en su desempeño, estas instituciones observen un ejercicio responsable y productivo del gasto público aprobado por esta soberanía.
Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único . La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaria de Infraestructura Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, para que, en el ámbito de sus atribuciones, adopten las acciones necesarias para que se repare de manera inmediata la carretera federal número 131 en el tramo ubicado en el Estado de Veracruz.
Notas :
1. https://cuentame.inegi.org.mx/economia/terciario/transporte/carre teras.aspx?tema=E.
2. https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/ver/territorio/di v_municipal.aspx?tema=me&e=30 [1]
3. https%3A%2F%2Fsmn.conagua.gob.mx%2Ffiles%2Fpdfs%2Fcomunicados-de-prensa%
2FComunicado0951-21.pdf&clen=429574&chunk=true [1]
4. https%3A%2F%2Fwww.ppef.hacienda.gob.mx%2Fwork%2Fmodels%2FbzPX2qB5%2FPPEF2022%
2Fqgp8v2PM%2Fdocs%2F09%2Fr09_ep.pdf&clen=12180&chunk=true [1]
Ciudad de México, a 8 de marzo del 2022
Diputada Mónica Herrera Villavicencio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos locales y el INE a ejecutar programas y medidas para evitar y, en su caso, sancionar cualquier violencia contra de mujeres participantes en las elecciones de 2022, a cargo de la diputada Mónica Becerra Moreno, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, Mónica Becerra Moreno, y diputadas y diputados de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas así como al Instituto Nacional Electoral, para que, lleven a cabo los programas y medidas necesarias a fin de evitar y en su caso, sancionar cualquier violencia contra de las mujeres que participen en las elecciones del 2022 al tenor de las siguientes:
Consideraciones1
Con el transcurso de los años, las mujeres hemos luchado y logrado un gran cambio en el país. Se ha avanzado en garantizar los derechos político- electorales de cada una de las mexicanas. Hace casi 67 años, la mujer estaba ejerciendo por primera vez su derecho al voto, uno de los mayores reconocimientos a los derechos políticos.
La exigencia por todas las mujeres de la época ayudó para que hoy se pudieran mejorar y garantizar más derechos para todas y cada una de las mexicanas. Aunque las reformas a la Constitución para garantizar los derechos de la mujer empezaron desde 1937, durante el gobierno del presidente Lázaro Cárdenas, no fue sino hasta el 17 de octubre de 1953, con el presiente Adolfo Ruíz Cortines que publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto donde anunciaba la promulgación de las reformas constitucionales, otorgando el derecho a votar y ser votadas en puestos de elección popular.1
La primera mujer que logró ser diputada federal fue la política Aurora Jiménez de Palacios, por el estado de Baja California, durante su mandato defendió diversos derechos de las mexicanas. En el Senado de la República las mujeres también fueron representadas por Alicia Arellano Tapia y por María Lavalle Urbina, que tenían un mismo fin, las mujeres.
Desde hace años, en el Poder Legislativo se han logrado avances que han traído grandes y mejores cambios para la sociedad, por citar un ejemplo, la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados cuenta con un total de 250 diputadas y 250 diputados; en el Senado de la República también se cuenta con la mitad de las legisladoras mujeres; y, de las 32 Entidades Federativas, 7 cuentan con Gobernadoras.
La participación femenina en los diversos aspectos de la sociedad ha consolidado mejoras en la vida política, toma de decisiones, mejoramiento en los niveles económicos y sociales y se ha desarrollado de manera significativa la igualdad y la equidad de género. La reforma político- electoral del 2014 hizo necesaria la apertura plena a una mayor participación de las mujeres, obligando a los partidos políticos a garantizar la participación en un 50 por ciento de las mujeres en sus candidaturas a legisladores federales y locales, así como el aumento en el porcentaje utilizado en el financiamiento político para la promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.2
La presencia de las mujeres en los cargos políticos se ha vuelto una realidad y parte de la cultura política en México, sin embargo, es importante que las autoridades se encarguen de realizar revisiones periódicas para evitar que sigan existiendo fallas en los procedimientos y que las mujeres ya no sean víctimas de ningún tipo de violencia política.
Lo anterior no solo se encuentra en ordenamientos nacionales, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 21 se establece que: “1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. ...”;3 y, de conformidad con los establecido en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que en su artículo 7 establece que: “Los Estados Parte tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;
c) Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.”4
En los procesos electorales del 2017-2018, hubo un registro de 237 agresiones contra las mujeres políticas, de los cuales 127 fueron intimidaciones y amenazas, 29 lesiones dolosas, 23 asesinatos, entre otros.5
Ahora bien, en próximos meses se llevará un proceso electoral donde serán elegidos nuevos gobernadores en los Estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, así como elecciones extraordinarias en los Estados de Puebla, Veracruz y Chiapas, resulta relevante que las cifras que se han suscitado en anteriores elecciones, hoy ya no existan.
El reconocimiento y la representación de las mujeres que participan en procesos de elección pública deben ser cada vez más garantizados y protegidos por todos los miembros de la sociedad. Si se realizan los programas adecuados y se sancionan de manera adecuada a todos aquellos que incumplan será un gran avance para las próximas elecciones, evitando cifras que lamentar y velando por un futuro mejor para todas aquellas mujeres que han decidido dar un paso en los procesos políticos.
Por lo anteriormente descrito, y con fundamento en las disposiciones señaladas, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Gobiernos de las entidades federativas de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Puebla, Veracruz y Chiapas, así como al Instituto Nacional Electoral, con pleno respeto a su autonomía, para que, en el ámbito de sus atribuciones y a través de sus estructuras de control, lleven a cabo los programas y medidas necesarias a fin de prevenir y en su caso, sancionar cualquier acto de violencia contra las mujeres por razón de género a todas aquellas que tengan algún tipo de participación en los procesos electorales del 2022, garantizando los derechos político-electorales de todas las participantes.
Notas
1 Primera vez que la mujer vota en México, Ana Güezmes, CNDH, Disponible en línea: https://www.cndh.org.mx/noticia/primera-vez-que-la-mujer-vota-en-mexico , 04 de febrero de 2022
2 Reforma política-electoral, Gobierno de la Republica, Disponible en línea:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/3080/
EXPLICACION_AMPLIADA_REFORMA_POLITICA_ELECTORAL.pdf, 04 de febrero de 2022.
3 La Declaración Universal de los Derechos Humanos, Naciones Unidas, Disponible en línea: https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights, 04 de febrero de 2022
4 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres, Naciones Unidas Derechos Humanos, Disponible en línea: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx, 04 de febrero de 2022
5 Diseño de una metodología triangulada de indicadores cualitativos y cuantitativos, que evalúe la prevalencia de la Violencia Política por Razón de Género en México y su impacto en el ejercicio de los derechos políticos de las candidatas a puestos de elección popular. Proceso Electoral Federal 2020 2021. Disponible en línea:
https://igualdad.ine.mx/wp-content/uploads/2021/12/Resum en_ejecutivo_INE_revisiones_FINAL-18112021.pdf 04 de febrero de 2022.12
Palacio Legislativo de San Lázaro, 8 de marzo de 2022.
Diputada Mónica Becerra Moreno (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la FMF y la Liga Mx a desafiliar al Querétaro FC por los terribles hechos ocurridos este 5 de marzo en el estadio Corregidora, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Ana Laura Bernal Camarena, diputada de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, así como 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente
Exposición de motivos
El deporte es uno de los medios de más socialización en la actualidad en el mundo. Considerándose uno de los deportes más bellos y pasionales que existen.
La Fédération Internationale de Football Association (FIFA) realizó una encuesta en el 2007, establecía que más de 265 millones de personas juegan de forma reglada al fútbol en el mundo, por lo que este número ha ido incrementando exponencialmente con el paso de los años, hasta nuestros días.1
La primera división de México, denominada actualmente Liga MX, se compone por 18 equipos de fútbol de primera división. Disputándose 17 partidos de liga para llegar a una etapa conocida como “liguilla” en la que 8 equipos de los 18 clasifican para conseguir el tan anhelado campeonato.2
Dentro de los 17 partidos que se juegan de la Liga MX, de manera aleatoria compiten todos los equipos contra todos, llevándose a cabo en los estadios de los mismos, ya sea de local o visitante. Aunado a ello, tradicionalmente cada equipo maneja un grupo de aficionados conocidos como “porras” que asistan para apoyar a cada club de fútbol que disputa el partido.
Aunque existen referencias que estos grupos de aficionados (porras) llegan a cometer actos vandálicos antes, durante y después de cada partido disputado, se ha hecho caso omiso por parte de las autoridades en poder controlar este grupo de aficionados.
El pasado 5 de marzo del presente año, se suscitaron hechos que pasaron de un domingo familiar a hechos lamentables y terribles dentro del Estadio Corregidora, en Querétaro, cuando se disputó el partido de los clubes de Querétaro vs. Atlas.
De acuerdo con narraciones de diferentes personas que acudieron al encuentro de fútbol, el brote de violencia comenzó cuando aficionados de los dos equipos comenzaron a discutir entre ellos hasta los golpes durante el partido. Aunque a más de la mitad del tiempo del partido, esta pelea se acrecentó con más y más aficionados que se unían a la disputa, trajeron como consecuencia uno de los sucesos más terribles y lamentables en la historia del fútbol mexicano.3
Aunado a ello, el problema no se concentró en las gradas, sino que se trasladó hasta el terreno de juego, en la que el poco personal de seguridad que se encontraba vigilando dio acceso para que aficionados del equipo del Atlas se resguardaran en la cancha de fútbol, pero no fue suficiente porque los aficionados del equipo de Querétaro pudieron burlar los pocos círculos de seguridad que resguardaban a la afición como a los jugadores y público en general. Poniendo en enorme riesgo la integridad física de todas las personas que asistieron al estadio, incluyendo a mujeres, menores de edad y adultos mayores. Reportándose oficialmente 22 lesionados y nueve de ellos en estado de gravedad.4
Aunque este hecho se suscitó hace pocos días, no es la primera vez que la barra brava del Club Querétaro participa en actos de violencia en las tribunas, cabe recordar en la jornada 14 del Apertura 2019, en el Estadio Alfonso Lastras del Atlético de San Luis, en un partido entre Atlético de San Luis vs. Querétaro, donde también se suspendió el partido por enfrentamientos de barras bravas en las tribunas, provocando que la afición tuviera que bajar al campo de juego a protegerse de la violencia ocurrida durante este evento deportivo.5
Diversas autoridades gubernamentales ya se pronunciaron por los hechos ocurridos el pasado sábado 5 de marzo, quienes tienen una obligación moral y jurídica de sancionar a los clubes que participaron en dicho encuentro, son la Federación Mexicana de Fútbol, AC, así como el presidente de la Liga MX, Mikel Arriola.
Conforme al Reglamento de Afiliación, Nombre y Sede de la Federación Mexicana de Fútbol, Asociación, AC, es contundente y menciona en su artículo 66, inciso b, lo siguiente:
“Artículo 66. Un afiliado a la FMF perderá su afiliación si:
...
b. Cometa una falta grave y/o viole o incumpla en más de una ocasión cualquier disposición de este Reglamento, el Estatuto Social, las Directivas o las decisiones de la FIFA, Concacaf y/o la propia FMF
...”.6
Mencionado todo lo anterior es necesario que la Federación Mexicana de Fútbol, AC, tome las medidas necesarias para mejorar las condiciones de seguridad para los asistentes en todos sus estadios de fútbol en el país, así como sancionar a quien trasgreda la seguridad física y emocional de los asistentes en los eventos deportivos de fútbol que se disputen.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.- Por el que se exhorta a la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, AC, y a Mikel Arriola Peñalosa, presidente de la Liga MX, a desafiliar al equipo de Querétaro, FC, por los terribles hechos ocurridos el pasado 05 de marzo del presente año en el estadio “Corregidora”, en la ciudad de Querétaro.
Notas
1 Infobae, Cuántas personas juegan al fútbol en el mundo, 31 de mayo de 2007.
https://www.infobae.com/2007/05/31/319469-cuantas-personas-juegan-al-futbol-el-mundo/
#:~:text=Seg%C3%BAn%20la%20encuesta%20efectuada%20por,reglada%2C%20en%20todo%20el%20mundo.
2 Reglamento. https://ligamx.net/
3 ESPN, ¿qué originó la invasión de campo en el estadio La Corregidora durante el Querétaro vs. Atlas? 7 de marzo de 2022.
https://www.espn.com.mx/futbol/mexico/nota/_/id/10026500/queretaro-vs-atlas-pelea-aficionados-invasion-
cancha-cronologia-liga-mx-clausura-2022-liga-mx
4 Aristegui Noticias, Condenan la violencia en el estado La Corregidora, 5 de marzo de 2022.
https://aristeguinoticias.com/0503/deportes/condenan-la- violencia-en-el-estadio-la-corregidora-video-imagenes-sensibles/
5 El Universal, Suspenden partido en San Luis por brutal pelea, 21 de octubre de 2019.
https://www.eluniversal.com.mx/universal-deportes/futbol /violencia-suspende-el-atletico-de-san-luis-vs-queretaro
6 Reglamento de Afiliación, Nombre y Sede de la FMF, Asociación, AC, 2021.
Dado en el Palacio de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Ana Laura Bernal Camarena (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno, la SSP y los directores de la policía de Guanajuato a impulsar una planeación y gestión de estrategias contra el abuso de autoridad por elementos policiacos, a cargo del diputado Alfredo Vázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Alfredo Vázquez Vázquez, diputado de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo del Gobierno del estado de Guanajuato, Lic. Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, al Secretario de Seguridad Pública del estado de Guanajuato, Alvar Cabeza de Vaca Appendini y a los Directivos de las Policías Municipales de los Municipios del estado de Guanajuato a que impulsen una planeación y gestión de estrategias que eviten el abuso de autoridad por elementos policiacos en los Municipios del estado de Guanajuato, bajo las siguientes
Consideraciones
La cuarta transformación ha generado una dinámica que implica cambios en los sistemas administrativos de las entidades federativas, las cuales estaban a acostumbradas a una forma de proceder típica de regímenes políticos de un pasado que todavía no se va, esta nueva administración prepondera en todo momento el respeto a los derechos humanos fundamentales. Así como privilegia el modo honesto de vivir, y generar las condiciones para que una economía establezca las condiciones en donde quienes generan fuentes de empleo y comercio, tengan garantías de seguridad que les permitan seguir generando riqueza para México. Así entonces la seguridad jurídica, política, social y publica a que tienen derecho las ciudadanas y ciudadanos Mexicanos, se hace indispensable, por lo que fomentar siempre un sistema de justicia pronta y expedita, es una prioridad de la cuarta transformación y un derecho que tiene todo mexicano, dentro del territorio y sus traslados por las vías de comunicación, sea por motivos recreativos o de trabajo. Luego entonces, para que este objetivo de seguridad en los traslados por el territorio mexicano, debe de contar con sus el amparo y protección de instituciones y corporaciones policiacas, que brinden al ciudadano la seguridad de que su persona será el bien jurídico tutelado de mayor importancia, que siempre actuaran con rectitud y responsabilidad en todas las circunstancias en las que intervengan, y que estas autoridades administrativas van a desempeñar su trabajo y facilitarle las condiciones de que puedan realizar su movilidad por el territorio mexicano en un ambiente seguro que permita el impulso económico del País, un ambiente institucional que no tolere la corrupción y falta de ética profesional.
En ese orden, existe una preocupación actual que se ha venido dando en territorio Guanajuatense, pues existen alarmantes noticias, no solo de robo de transporte de carga, sino de corrupción de las autoridades del estado de Guanajuato, por despojar de sus productos en caso de no aceptar tratos corruptos, en detrimento de la economía de México, al afectar a transportistas que transitan por el estado de Guanajuato, el abuso de autoridad por parte de elementos policiacos y directivos, quienes lejos de generar confianza a la ciudadanía han generado pánico, de tal manera que varias víctimas de delito se han abstenido de denunciar a los elementos policiacos que han abusado de sus derechos.
De esta manera, se hace especial referencia a los hechos acontecidos en el estado de Guanajuato, donde se ha visto involucrados elementos policiacos cuyo abuso de autoridad faltan al cumplimiento responsable de la ley aplicable a las funciones de los elementos policiacos y directivos a cargo de la Seguridad del estado de Guanajuato.
Esta propuesta de punto de acuerdo, tiene como fin salvaguardar los derechos de las personas que transitan por las vías carreteras del estado de Guanajuato, preservar la libertad, el orden, la paz pública, prevención de los diversos delitos en que incurren las autoridades en materia de seguridad pública del estado de Guanajuato, dentro del margen de sus competencias.
Esta proposición se enfoca en las necesidades de los municipios del estado de Guanajuato, donde se ha visto transgredida los trabajadores del transporte de carga y sociedad en general, y en general a la sociedad que ha dejado de creer en la seguridad pública a la que tiene derecho, por lo que se expone, a manera de ejemplo, las siguientes referencia de un caso concreto en el cual se basa para emitir este punto de acuerdo:
Robo de autotransporte de carga: con fecha del 8 de diciembre de 2021 en Celaya, Guanajuato. Sirva de muestra el caso contexto siguiente: Con fecha 8 de diciembre de 2021 la empresa “Servicios Aduanales Vidaña S.C trasportaba la carga de artículos deportivos, con destino final a Aguascalientes / Torreón en un trailer, sin embargo, tuvo un percance en la carretera, lo cual impidió que siguiera avanzando, entonces, personal que se identificó como policía estatal, empezó a extorsionar al dueño de la unidad pidiéndole diecisiete mil pesos, para que no llevaran la unidad al corralón, posterior a esto ya que no se accedió a su extorsión, decidieron llevar la unidad a un supuesto corralón, sin embargo no les decían donde se encontraba la unidad, hasta que por cuenta propia la encontraron, los trabajadores de la empresa Vidaña, en una calle de terracería lateral a “Grúas Aramburu”, iniciaron el trámite correspondiente en las oficinas de tránsito y en el Ministerio Público correspondiente con numero de carpeta 132188, donde en todo momento les indicaron que el tráiler estaba dentro de las instalaciones de Grúas Aramburu y que la caja del tráiler estaba cerrada y sellada; fue hasta el 23 de diciembre de 2021 que obtuvieron la liberación de la mercancía, cabe mencionar que ya se había hecho los peritajes correspondientes de la unidad (tractor y caja), después de muchos pretextos por parte del personal de las grúas para impedirles abrir el tráiler para traspalear la carga, se logró abrir el tráiler el mismo 23 de diciembre a las 19 horas aproximadamente, y se percataron que la mercancía estaba revuelta, incompleta, había cajas vacías, cajas rotas etc, estando la caja del tractor aun con los sellos, y pudieron darse cuenta, de que habían quitado las puertas por completo, las desoldaron y las volvieron a colocar pudiendo así robarse gran parte de la mercancía.
Se inició una carpeta por el robo de la mercancía en la agencia 3 de la unidad de trámite común de robo en Celaya, misma que fue remitida a la fiscalía de Apaseo el Grande con número 138801/2021.
Por lo que las acciones que implican el exhorto del presente punto de acuerdo vayan encaminadas a evitar cualquier tipo de abuso de autoridad que violente los derechos humanos fundamentales, y en especial para los trasportistas que transitan por el estado de Guanajuato, quienes se quejan de las condiciones de inseguridad por parte de elementos policiacos y autoridades de tránsito, quienes por miedo no denuncian los hechos, y desvirtúan en la ciudadanía la seguridad jurídica y social que merecen.
Por lo antes expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. - Se exhorta al Gobernador del estado de Guanajuato, así como a la Titular de la Secretaría de Seguridad Pública de estado de Guanajuato, autoridades de tránsito y Directores de la Policía en los distintos Municipios que integran la entidad guanajuatense a impulsar una planeación y gestión de estrategias, que eviten el abuso de autoridad por elementos policiacos en los municipios del estado de Guanajuato, que violentan el derecho al libre tránsito, por motivos de recreación o laborales, ya que consideramos que las instituciones de seguridad pública, fueron creadas con el objetivo principal de dar seguridad a la ciudadanía y esta se sienta respaldada y protegida por las autoridades policiacas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 8 de marzo de 2022
Diputado Alfredo Vázquez Vázquez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a participar en una reunión con esta soberanía relativa a la postura y las acciones del Ejecutivo federal en apoyo de Ucrania respecto a la agresión por Rusia, a cargo del diputado Riult Rivera Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Riult Rivera Gutiérrez, las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a participar una reunión de trabajo con la honorable Cámara de Diputados para explicar la postura y acciones del Ejecutivo federal en apoyo a Ucrania respecto de la agresión por Rusia, con base en los siguientes:
Considerandos
México y Ucrania, comparten grandes lazos, no sólo comerciales y culturales sino de amistad, pues en México albergamos a los primeros ucranianos del Imperio austrohúngaro y que se establecieron en el estado mexicano de Campeche.
México, ha apoyado a Ucrania desde 1991, pues fue de los primeros países que reconoció a Ucrania como una nación independiente después de la Disolución de la Unión Soviética, tan es así, que un año después estableció relaciones diplomáticas con Ucrania.
En 1997, el presidente ucraniano Leonid Kuchma realizó una visita oficial a México, lo que ayudó a aumentar las relaciones bilaterales entre las dos naciones, y dos años después (1999), Ucrania abrió una embajada en la Ciudad de México, mientras que México abrió un consulado honorario en Kiev en el año 2000 y siguió manteniendo relaciones oficiales con Ucrania desde su embajada en Varsovia, Polonia.1
En junio de 2005, el presidente mexicano Vicente Fox realizó una visita oficial al país y asistió a la apertura de la embajada de México en Kiev junto con el presidente ucraniano Viktor Yushchenko.
En febrero de 2008, el Congreso de la Unión de México aprobó la resolución que reconoce el Holodomor como un genocidio y acto criminal cometido contra el pueblo ucraniano por la Unión Soviética.
En 2014 durante la crisis por la anexión de Crimea entre Ucrania y Rusia; México instó a ambas partes a buscar el diálogo y una solución pacífica al asunto. El gobierno mexicano también apoyó la petición de las Naciones Unidas de que la comunidad internacional “respete la unidad y la integridad territorial de Ucrania”.
Para muestra de toda la historia anterior, en este año 2022, ambas naciones celebramos 30 años de relaciones diplomáticas, bajo la gestión de un Servidor como presidente del Grupo de Amistad México-Ucrania.
Pese a todo ello y los múltiples acuerdos firmados por ambas naciones, en el ámbito económico, México es el segundo socio comercial más importante de Ucrania entre los países de América Latina y el Caribe, pues dos grandes empresas mexicanas “Bimbo y Gruma”, se encuentran presentes en Ucrania.2
Hoy en día con profundo dolor y decepción nos damos cuenta que el gobierno federal lastimó ese lazo fraternal que mantenemos con Ucrania desde hace décadas, al no establecer una decisión clara ni firme en apoyo a Ucrania, respecto de los ataques emitidos por Rusia desde la noche del 23 de febrero de 2022.
Luego de que la noche del miércoles 23 de febrero de 2022, se reportaron los primeros ataques en Kiev, capital de Ucrania, por parte del ejército de Rusia, el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Marcelo Ebrard Casaubón, señaló que México rechazaba el uso de la fuerza bélica.3
A través de su cuenta de Twitter, el canciller hizo un llamado a ambos países a encontrar una salida pacífica, por lo que se colaborará con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para encontrar un espacio de diálogo.4
“México rechaza el uso de la fuerza, reitera su llamado a una salida política al conflicto en Ucrania y respalda al Secretario General de la ONU en pro de la paz. Trabajamos con otros países para encontrar un espacio de diálogo.”
El canciller mexicano aseguró que la SRE mantuvo comunicación con la Embajada de México en Kiev, donde los diplomáticos mexicanos se reportaban “bien”. Informó que mantendría la relación diplomática con Rusia, pero no apoyará ninguna decisión bélica.
En videoconferencia, acompañado por Juan Ramón de la Fuente, representante permanente de México ante la ONU y la embajadora de México en Ucrania, Olga García Guillén, Ebrard Casaubón, sostuvieron que seguía adelante el nombramiento del embajador de México en Rusia, Eduardo Villegas.
“Si, sí va a seguir adelante. No está contemplado que se interrumpa”, dijo el canciller. Refirió que México ha externado su rechazó al uso de la fuerza para resolver los conflictos. “La postura de México es firme y enérgica en favor de la paz”,5 enfatizó
En medio de esas declaraciones, la Embajadora Ucraniana Oksana Dramaretska pidió a México romper relaciones con Rusia y que condene la agresión bélica que sufrió su país la madrugada del jueves 24 de febrero:
“Hoy necesitamos una declaración en la que condene la agresión rusa. De México esperamos una posición clara”6
En conferencia, la embajadora declaró que su país rompió relaciones diplomáticas con Rusia, por lo que llamó a todas las naciones que apoyen a Ucrania, dar el mismo paso.
Este martes 8 de marzo del presente año, se cumplen trece días de conflicto bélico entre Ucrania y Rusia y a pesar de que dos delegaciones de ambas naciones sostuvieron una reunión el pasado lunes 28 de febrero, en Bielorrusia, los ataques en tierras ucranianas no cesan, violando derechos humanos no solo de ucranianos sino de mexicanos que se encuentran en ucrania, vulnera la soberanía y la integridad de Ucrania, por lo que México siendo un país con principios pacifistas, condenamos los actos bélicos realizados por Rusia.
En ese tenor, debemos condenar los ataques militares que Rusia ha ejercido en contra de Ucrania, además de exhortar al Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que participe en una reunión de trabajo con este órgano de gobierno para explicar la poca claridad que ha tomado la postura y las acciones del Gobierno de México en apoyo a Ucrania, además de dar una explicación sobre la ausencia del Embajador titular en las dos primeras reuniones del Consejo de Seguridad de la ONU convocadas de urgencia por Ucrania.
Por lo anteriormente expuesto fundado y motivado someto a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXV Legislatura la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión reprueba y condena las agresiones que Rusia ha esgrimido en contra de Ucrania, atentando contra la soberanía e integridad de dicho país, violando derechos humanos de mexicanos y ucranianos.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que participe en una mesa de trabajo con este órgano de gobierno, respecto de la postura y acciones que el Ejecutivo federal ha tomado en apoyo a Ucrania entorno de la agresión por Rusia.
Notas
1 https://mexico.mfa.gov.ua
2 https://mexico.mfa.gov.ua
3 https://www.infobae.com/america/mexico/2022/02/24/mexico-rechaza-el-uso -de-la-fuerza-ebrard-se-pronuncio-sobre-los-bombardeos-en-ucrania-del-e jercito-de-rusia/
4 https://twitter.com › m_ebrard › status
5 https://elcodigolibre.com/2022/02/24/mexico-no-rompe-relaciones-diploma ticas-con-rusia-ebrard/
6 https://www.jornada.com.mx/notas/2022/02/24/politica/embajada-de-ucrani a-llama-a-mexico-a-asumir-posicion-clara-en-conflicto/
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 8 de marzo de dos mil veintidós.
Diputado Riult Rivera Gutiérrez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SSP y la FGE de Guanajuato a generar una estrategia preventiva de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mediante la sensibilización, capacitación, campañas y programas, a cargo del diputado Pedro David Ortega Fonseca, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Pedro David Ortega Fonseca, integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Morena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
Una máxima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en distintos instrumentos internacionales de derechos humanos, es la protección al trato digno de las personas, como lo establece el artículo 1° constitucional, párrafo quinto, la cual señala que “queda prohibida toda discriminación motivada por [...] cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas ”1 .
Es por ello que, el derecho a la integridad personal se entiende como “un conjunto de condiciones físicas, psíquicas y morales que le permiten al ser humano su existencia, sin sufrir ningún tipo de menoscabo en cualquiera de esas tres dimensiones”.2
No obstante, la situación en los últimos años en el estado de Guanajuato, se han suscitado actos de tortura, entendiéndola como: “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia ”3 .
Ahora bien, de acuerdo con el artículo 1° de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, señala que: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán promover, respetar, proteger y garantizar en todo momento el derecho de toda persona a que se respete su integridad personal, protegiéndosele contra cualquier acto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ”.4
Sin embargo, a pesar de la obligación por parte de las autoridades de prevenir, investigar, juzgar y sancionar los delitos de tortura y otros tratos penas crueles, inhumanos o degradantes; en el caso concreto de Guanajuato, “hasta octubre de 2021 se habían registrado 76 casos de masacres; 78 hallazgos de fosas clandestinas, 110 eventos que involucraron mutilación, descuartizamiento y destrucción de cadáveres; 38 eventos que implicaron víctimas calcinadas; 66 casos de tortura; 39 eventos relacionados con asesinatos de niños y adolescentes; y 20 casos de asesinatos de mujeres con crueldad extrema ”.5
Asimismo, el 25 de febrero de 2022, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), a través de un comunicado señaló que: “el colectivo Una promesa por cumplir , que aglutina a familias de personas desaparecidas de Celaya y Pénjamo, dio a conocer que un integrante del grupo y tres familiares más fueron golpeados y torturados el 31 de enero en Pénjamo por elementos de la Agencia de Investigación Criminal adscritos a la Fiscalía General del estado de Guanajuato”.6
En ese tenor, es indispensable que las autoridades de la Secretaría de Seguridad Pública y la Fiscalía General del Estado de Guanajuato sumen esfuerzos, para que se dirijan bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos fundamentales.
Ahora bien, con el fin de contrarrestar y prevenir actos de tortura y malos tratos, es importante que se generen estrategias de sensibilización y capacitación tanto al personal de las instituciones responsables, así como a la población en general que permitan identificar las prácticas de tortura y que se conozcan los mecanismos de denuncia, a efecto de visibilizar su prohibición absoluta.
Existe una clara necesidad, de generar acciones preventivas en el Estado de Guanajuato, ya que de acuerdo con el informe elaborado por la asociación México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), señala que, en los últimos tres años, Guanajuato ha sido la entidad más violenta del país, pues ha alcanzado la cifra más elevada de homicidios con 4 mil 964 víctimas (28 por ciento más que el año anterior), es así que logró concentrar el 14 por ciento de los homicidios a nivel nacional. 7
En definitiva, es importante que se vele la importancia de un trato digno y que la tortura no es aceptable en ningún caso; recordando que es la obligación de las autoridades respetar, promover y garantizar los derechos humanos consagrados en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Fiscalía General del estado de Guanajuato, para que generen una estrategia preventiva sobre los actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mediante la sensibilización, capacitación, campañas y programas, con el objetivo que se proteja y respete su derecho a la integridad personal de la ciudadanía guanajuatense.
Notas :
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Última reforma en materia de seguridad privada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2021. Fecha de consulta 01 de marzo de 2022, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
2. Guzmán, José Miguel, Centro de Salud Mental y Derechos Humanos, “El derecho a la integridad personal”.
http://cintras.org/textos/congresodh/elderechoalaintegri dadjmg.pdf, página.1
3. Ídem
4. Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes;
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPIST_2005 21.pdf
5. Causa común. Atrocidades y eventos de alto impacto registrados en medios periodísticos, enero-septiembre 2021
http://causaencomun.org.mx/beta/wpcontent/uploads/2021/10/2021.10.04_Informe_atrocidades-1.pdf
6. Proceso, “La CNDH denuncia tortura y detención de buscadores de desaparecidos en Guanajuato”
https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2022/2/26/
la-cndh-denuncia-tortura-detencion-de-buscadores-de-desaparecidos-en-guanajuato-281616.html
7. México Unido, Homicidios en México durante 2020, https://www.mucd.org.mx/2021/12/comunicado-homicidios-en-mexico-durante -2020/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputado Pedro David Ortega Fonseca (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SSPC a publicar los programas especiales de seguridad pública; prevención social de la delincuencia; y prevención, investigación y sanción del secuestro y para la seguridad nacional, a cargo del diputado Román Cifuentes Negrete, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe Román Cifuentes Negrete, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que forma inmediata expida y publique los programas especiales de seguridad pública; de prevención social de la delincuencia; para prevenir, investigar y sancionar el delito de secuestro y para la seguridad nacional, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Nuestra Carta Magna declara una serie de derechos humanos y garantías para su cumplimiento y le señala a las autoridades de los tres niveles de gobierno las obligaciones a su cargo, en donde la referida a la seguridad pública corresponde su ejercicio en coordinación a la federación, las entidades federativas y a los Municipios, función en la que deben salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
Adicionalmente, la Constitución Política establece que el Estado debe organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, que se debe plasmar en el Plan Nacional de Desarrollo.
La elaboración del citado Plan Nacional está a cargo del Poder Ejecutivo Federal y su aprobación corresponde a esta Cámara de Diputados como lo señala la Ley de Planeación. Por ministerio constitucional los programas de la Administración Pública Federal están obligatoriamente sujetos a lo que disponga el Plan Nacional de Desarrollo.
De conformidad a lo que establece la Ley de Planeación y su reforma del 16 de febrero de 2018, el Presidente de la República debía enviar a la Cámara de Diputados el Plan Nacional de Desarrollo a más tardar el último día hábil del mes de abril del año siguiente al de su toma de posesión, teniendo la Cámara un plazo de dos meses a partir de su recepción para proceder a su aprobación, lo que en la especie ocurrió con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 cuyo Decreto de aprobación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de julio de 2019.
Es el caso que la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana en ejecución del citado Plan Nacional publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 2 de julio de 2020, el Programa Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana 2020-2024. Este programa se publicó, casi un año después de la publicación del citado Plan Nacional en transgresión de lo señalado por el artículo 30 de la Ley de Planeación, disposición que con toda claridad señala que los programas sectoriales y los programas especiales deben publicarse dentro de los seis meses posteriores a la publicación del Plan.
En su contenido, el Programa Sectorial señalado dispone en el párrafo undécimo del numeral 5 (Análisis del estado actual) la existencia de cinco programas especiales, a saber Programa Nacional de Seguridad Pública; Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia; Programa Nacional para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Secuestro; Programa para la Seguridad Nacional, y Programa Nacional de Protección Civil, siendo la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana la responsable de coordinar lo necesario para su publicación, ejecución y seguimiento, lo que al día de presentación de esta proposición no ha ocurrido, lo que no solamente transgrede el mandato dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Planeación, sino que también hace evidente la omisión en que ha incurrido la titular de la citada dependencia que incide en la obligación a cargo del Ejecutivo Federal en la rendición de cuentas, ya que la propia Ley de Planeación ordena que se deberá informar a esta Cámara de Diputados las acciones y resultados obtenidos en la ejecución de los programas sectoriales y de los especiales como los enunciados, que al no estar aprobados y publicados no podrán ser considerados en la Cuenta Pública, cuestiones que también hacen evidente la falta de programación y ejecución de acciones y políticas concretas para asumir la responsabilidad que tiene el Estado Mexicano a través de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana para combatir el delito de secuestro y la prevención social de la violencia y delincuencia que ante el incremento de estos delitos y el consecuente perjuicio que ello ocasiona en la población es por lo que resulta necesario exhortar a la citada dependencia del Ejecutivo Federal a que en forma inmediata expida y publique como es su obligación los programas especiales en materia de Seguridad Pública; Prevención Social de la Violencia y Delincuencia; para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Secuestro y para la Seguridad Nacional, los que debieron publicarse en cumplimiento a lo que establece la Ley de Planeación desde el pasado mes de diciembre de 2020, esto es, la dependencia que por esta vía se exhorta tiene un retraso de más de un año en el cumplimiento de su obligación.
La falta de planeación y de rendición de cuentas en materia de seguridad pública, prevención del delito, del secuestro y de la seguridad nacional ha generado y sigue generando un grave daño en la población, al no tenerse claros los objetivos que se persigue por parte de la presente administración para lograr las metas que se ha impuesto en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana.
No hay una propuesta concreta de objetivos específicos para garantizar la seguridad y la paz públicas, no existe una estrategia específica que las mexicanas y los mexicanos podamos medir, exigir y sancionar su incumplimiento en materia de secuestro o una política específica para prevenir la violencia y la delincuencia.
Con abrazos no se solucionan estás problemáticas, es necesario que el Gobierno Federal asuma su responsabilidad en materia de planeación democrática y con la transparencia y rendición de cuentas,
su omisión en las materias señaladas como ya se dijo impide que la Auditoría Superior de la Federación ejerza las atribuciones que le corresponden e incide en el incremento de las conductas delictivas como el secuestro, conducta que el propio Ejecutivo Federal reconoce como la que causa mayor exasperación social y se comprometió en su programa de gobierno a poner “especial énfasis” en su combate y reducirlo en 50 por ciento en comparación con los cometidos en el año 2018, sin embargo, en el cuarto año de su gobierno las mexicanas y los mexicanos no sabemos cómo va a lograr esa meta, pues no se observa un objetivo, ni una estrategia clara, medible y auditable y en consecuencia también se carece de las líneas de acción que se habrán de ejecutar para combatir la problemática del secuestro, entre otros delitos que tanto aquejan a la sociedad mexicana.
Exigimos que la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana emita los programas especiales, en los que deberá señalar por lo menos los elementos que señala el artículo 26 Bis de la Ley de Planeación y se nos señalen los objetivos específicos, las estrategias, las líneas de acción y los indicadores estratégicos que habrá de implementar en la prevención de la violencia y la delincuencia, en materia de secuestro y de seguridad pública y nacional, que ante su carencia mantienen el ejercicio de sus atribuciones en total opacidad y en incumplimiento de la ley, lo que a nuestro juicio ha parado perjuicio en la vida, la economía y la seguridad de la población.
No hay paz en el país, sirvan de ejemplo los hechos de violencia en diversas entidades del país y ello en gran medida se debe a la falta de planeación y ejecución adecuada del gasto público, no es admisible que, al día de hoy en el cuarto año de gobierno, el único plan para disminuir la violencia y el delito sea la Guardia Nacional cuya actividad no podemos seguir, mucho menos auditar por la falta de la planeación aludida.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la proposición con
Punto de acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión exhorta a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que, en forma inmediata, expida y publique los programas especiales de Seguridad Pública; de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia; para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Secuestro y para la Seguridad Nacional.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2022.
Diputado Román Cifuentes Negrete (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno del estado de México a acatar las recomendaciones de la CEDAW sobre empoderamiento de las mujeres rurales y hacer públicas las acciones realizadas para eliminar la diaria discriminación de que son víctimas, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1 fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de México, a que acate las recomendaciones de la CEDAW en materia de Empoderamiento de las Mujeres Rurales y que haga públicas las acciones que ha realizado para eliminar la discriminación de la que diariamente son víctimas, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera . - Actualmente, las mujeres rurales constituyen una cuarta parte de la población mundial. En México, de los 61.5 millones de mujeres, 23 por ciento habitan en localidades rurales. También. representan el 34 por ciento de la fuerza laboral, por lo que esta población es responsable de más del 50 por ciento de la producción de alimentos en México.
En México, 27.4 millones de personas viven en zonas rurales, definidas como localidades de menos de 2 mil 500 habitantes. La mitad de ellas (50.7%) son mujeres. Las mujeres rurales constituyen casi una cuarta parte de la población femenina nacional.1
Sin embargo, es una realidad que las mujeres y niñas rurales enfrentan particularidades y mayores obstáculos para ejercer sus derechos. Esto significa que las vidas de poco más de 10 millones de mujeres están determinadas por un territorio, condicionamientos culturales y redes de dependencia de producción y supervivencia radicalmente diferentes a las mujeres que viven en zonas urbanas.
Tal como lo establece la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés):
“La eliminación de todas las formas de discriminación en contra de las mujeres-niñas, adolescentes, jóvenes, adultas mayores-continúa siendo uno de los compromisos fundamentales de la comunidad internacional con miras a alcanzar la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y una meta para garantizar a las mujeres el derecho a una vida libre de violencia.” 2
La aprobación de la Convención por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979 y suscrita por México en 1981, en concordancia con lo establecido por la Agenda 2030 para el Desarrollo sostenible, y los compromisos internacionales que nuestro país adquirió por la firma de esos instrumentos, llevaron a presentar el 6 de julio de 20 18 el Noveno Informe Ordinario ante el Comité de la Cedaw, y en respuesta, el Comité de Expertas Cedaw, emitió observaciones, las cuáles no han sido aplicadas (aparentemente) en su totalidad por la Federación, ni mucho menos, por el Estado de México.
Segunda . - En las observaciones generales emitidas por la Cedaw se resaltan “motivos de preocupación y recomendaciones” los cuales parten por rubros, especial mención para efectos de esta proposición, tienen las recomendaciones realizadas por el organismo internacional respecto a las mujeres rurales:
Mujeres del medio rural y mujeres indígenas
45. El Comité acoge con satisfacción el establecimiento del sistema de transferencias monetarias condicionadas, la estrategia “Cruzada Nacional Contra el Hambre” y el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario y a la Mujer Rural. Sin embargo, le preocupa que las mujeres de las zonas rurales, sobre todo las de comunidades aisladas, las indígenas y las afromexicanas, sigan afrontando formas interseccionales de discriminación. Al Comité le preocupa especialmente:
a) La manera desproporcionada en que la pobreza afecta a esas mujeres y los obstáculos que afrontan en el acceso a la atención de la salud, la educación y las oportunidades de empleo en el sector formal;
b) El hecho de que, a pesar de las mejoras recientes en el acceso a la tierra, las mujeres indígenas y del medio rural todavía tienen escaso acceso a los títulos de propiedad de la tierra y siguen estando insuficientemente representadas en las instancias de decisión sobre el acceso a los ejidos y otros tipos de tierras comunales;
c) El escaso respeto del principio del consentimiento libre, previo e informado y el hecho de que no se consulte a las mujeres indígenas y afromexicanas en relación con los proyectos de desarrollo que afectan a sus derechos colectivos a la propiedad de la tierra, así como por los desalojos forzosos de esas mujeres de las tierras tradicionalmente ocupadas o utilizadas por ellas y las expropiaciones de tierras a raíz de proyectos de desarrollo, sin que se ofrezcan medios de subsistencia alternativos;
d) La falta de apoyo institucional necesario para que las mujeres indígenas tengan un acceso adecuado a la atención de la salud, la educación y las oportunidades de empleo y puedan preservar y transmitir sus estilos de vida tradicionales.
46. De conformidad con la Convención y su recomendación general núm. 34 (2016) sobre los derechos de las mujeres rurales, el Comité recomienda al Estado parte que:
a) Incremente los recursos financieros, humanos y técnicos asignados a la educación y la atención de la salud de las mujeres indígenas y del medio rural, y adopte medidas específicas para garantizar, en la práctica, la igualdad de oportunidades de las mujeres indígenas, las afromexicanas y las mujeres del medio rural en el mercado de trabajo;
b) Amplíe el acceso de las mujeres indígenas y del medio rural a la propiedad y la tenencia de la tierra, entre otros medios velando por que tengan una representación adecuada en las instancias de decisión sobre el acceso a los ejidos y otros tipos de tierras comunales;
c) Establezca un marco jurídico para regular los proyectos de desarrollo, agroindustriales y empresariales de otro tipo, y garantizar que solo puedan ejecutarse con el consentimiento libre, previo e informado de las mujeres indígenas, las afromexicanas y las mujeres del medio rural afectadas y que conlleven el establecimiento de medios de subsistencia alternativos y acuerdos de participación en los beneficios derivados del uso de las tierras y recursos naturales, de conformidad con el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169) de la OIT;
d) Fortalezca el apoyo institucional para garantizar el acceso de las mujeres indígenas a servicios básicos como el agua y el saneamiento y a oportunidades de empleo, y mejore el reconocimiento y la preservación de sus prácticas culturales tradicionales .”3
Tercera . - En este sentido, debemos visibilizar las problemáticas que enfrentan las mujeres rurales, entre ellas la constante discriminación de la que son parte, donde la sociedad minimiza los beneficios que tenemos por contar con ellas, entre los tantos, mencionamos la implicación en la producción de alimentos, la conservación de ecosistemas, el aprovechamiento de servicios ambientales y el uso sustentable de los recursos naturales.
La vida en los entornos rurales y agrarios, es sumamente complicada, un contexto que a pesar de que vivimos en 2022, sigue lastimándolas, a través de actos de violencia, discriminación y marginación.
Hago un enérgico llamado al Gobierno del Estado de México, a que realice las acciones correspondientes para acatar las recomendaciones realizadas por la Cedaw, donde el señalamiento, también involucra a los Gobiernos de las Entidades Federativas, mencionando que, en el Estado de México a pesar de ya contar con una gran “urbanización”, tenemos que el 13% de la población, vive en localidades rurales, siendo que nuestra entidad, tiene 4215 localidades rurales, de acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi.4
Debemos considerar que el Estado de México, es el Estado más poblado de todo el país, y que colinda con la Ciudad de México, quien es el gran centro económico al que migran las mujeres rurales, buscando más y mejores oportunidades laborales, dejando atrás las actividades primarias y la conservación de los recursos naturales de sus comunidades.
Por ello, partiendo de las recomendaciones realizadas por la Cedaw, es necesario que en nuestro Estado de México se camine a tener un entorno más competitivo y accesible para brindar las mejores condiciones a las mujeres rurales, donde se implementen políticas públicas que fomenten su autonomía económica, en donde entre muchas otras cosas, la inversión en infraestructura básica y el impulso de acciones que involucren a las mujeres rurales en los papeles de toma de decisiones de sus comunidades.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. - La H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de México, a que acate las recomendaciones de la CEDAW en materia de Empoderamiento de las Mujeres Rurales y que haga públicas las acciones que ha realizado para eliminar la discriminación de la que diariamente son víctimas.
Notas :
1. Instituto Mexicano para la Competitividad. Mujer rural en la economía . Consultado de: https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2020/10/20201015_Mujer-rural-en- la-economi%CC%81a_InformacionIMCO.pdf
2. ONU Mujeres; México ante la CEDAW. pp. V. Consultado de:
https://www.onu.org.mx/wp-content/uploads/2019/04/MEXICO-ANTE-LA-CEDAW-2018-web.pdf
3. Ibidem. ONU Mujeres pp. 17.
4. Localidades Rurales en el Estado de México. Consultado de:
https://www.cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/mex/poblacion/distribucion.aspx?tema=me&e=
15#:~:text=En%20el%20estado%20de%20M%C3%A9xico,de%20Poblaci%C3%B3n%20y%20Vivienda%202020.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Susana Cano González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la STPS, el Inmujeres y la colegisladora a firmar y apoyar el Convenio sobre la Violencia y el Acoso de 2019, de la OIT, a cargo del diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo, del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice en el artículo 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley. El artículo 123 señala en el primer párrafo que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
El 3 de septiembre de 1981 entró en vigor la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, donde se protege a las mujeres en el empleo:
Artículo 11
1. Los Estados parte adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, mismos derechos, en particular:
a) El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;
...
2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para
a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, o Convención de Belém do Para, dice:
Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:
...
b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y
II. La legislación federal mexicana también incluye el tema de la violencia en los centros de trabajo
a) Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Artículo 11. Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, las conductas referidas en la Ley Federal del Trabajo, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género.
Artículo 13. El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.
El acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos
b) Ley Federal del Trabajo
Artículo 3o. Bis. Para efectos de esta ley se entiende por
a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; y
b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos
Artículo 47. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
...
VIII. Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo;
Artículo 51. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:
...
II. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos;
Artículo 132. Son obligaciones de los patrones
....
XXXI. Implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil;
c) Código Penal Federal
Artículo 225. Son delitos contra la administración de justicia cometidos por servidores públicos los siguientes:
...
XXXIV. Obligue a una persona a renunciar a su cargo o empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo.
III. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo de 2005 al primer trimestre de 2021, el número de mujeres que han tenido que abandonar su empleo por discriminación o acoso suman más de 330 mil, como puede verse en la siguiente tabla:
IV. De allí se desprende la necesidad de reforzar el marco normativo y la importancia de firmar el C190-Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (número 190), de la Organización Internacional del Trabajo, para
a) Velar por que las políticas pertinentes aborden la violencia y el acoso;
b) Adoptar una estrategia integral a fin de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso;
c) Establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los mecanismos existentes;
d) Velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo;
e) Prever sanciones más efectivas;
f) Desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y actividades de sensibilización, en forma accesible, según proceda; y
g) Garantizar que existan medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso.
Finalmente, es importante mencionar que el Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190) de la Organización Internacional del Trabajo, se adoptó el 21 de junio de 2019, y entró en vigor dos años después.
La OIT señala que es el primer tratado internacional sobre la violencia y el acoso en el ámbito laboral, además de que reconoce “el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género”.
La OIT también menciona que el Convenio proporciona la primera definición de violencia y acoso en el mundo del trabajo.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 79 del Reglamento, numeral 1, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, el suscrito pone a consideración del pleno la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Instituto Nacional de las Mujeres que impulsen la firma del Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (número 190), de la Organización Internacional del Trabajo.
Segundo. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la honorable Cámara de Senadores que apoye la ratificación del Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (número 190), de la Organización Internacional del Trabajo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador y la Secretaría de Finanzas y Administración de Durango a no retrasar la dispersión de las participaciones federales a los ayuntamientos, a cargo del diputado René Galindo Bustamante, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, René Galindo Bustamante, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena a la LXV Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de la honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes
Considerandos
Primero. Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cumple mensualmente el pago de participaciones federales para el Estado de Durango y el correspondiente a los 39 municipios que lo conforman.
Segundo. Que es el Estado de Durango, a través de la Secretaría de Fianzas y de Administración, quien recibe y distribuye las participaciones de los 39 municipios de Durango (Durango, 2022).
Tercero. Que, en Durango, diversos Presidentes Municipales se han quejado en repetidas ocasiones, que el Gobernador del Estado y el Secretario de Finanzas, de manera recurrente, irresponsable, dolosa e ilegal, retrasan las participaciones federales que les corresponden, haciendo un daño al erario público municipal.
Cuarto. Toda vez que no existe razón alguna para que dichos retrasos se generen, ya que el Gobierno del Estado, solo es un medio para hacer llegar los recursos a los municipios y la apropiación de ellos, aunque sea temporal, es ilegal.
Quinto. Que la retención de los recursos federales, afecta fuertemente las finanzas públicas de los municipios, coartando su sana planeación financiera y que a su vez, pueda afrontar sus obligaciones para con sus acreedores, trabajadores y mucho menos obras públicas de infraestructura o mantenimiento.
Sexto. Que, por ejemplificar, al municipio cabecera de mi distrito, el cual es Gómez Palacio, al día de la fecha se le adeuda, por parte del Gobierno del Estado, poco más de 50 millones de pesos, cantidad que pone en graves apuros a las finanzas de este municipio.
Séptimo. Que, en mi calidad de diputado federal por el distrito 2, del Estado de Durango, es mi deber, llevar a esta máxima tribuna el sentir de las y los ciudadanos de mi Estado y exhortar a las autoridades estatales que dejen de dañar al sano desarrollo de los ciudadanos, de los municipios y del pueblo en general, pues su actuar irresponsable, solo provoca la pobreza y el crecimiento de las deudas y pasivos en los municipios, sin una razón justa.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y al titular de la Secretaría de Finanzas y de Administración, del mismo estado, para que eviten retrasar la dispersión de las Participaciones federales a los Municipios.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el 8 de marzo de 2022.
Diputado René Galindo Bustamante (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la FGE de Querétaro y diversas autoridades a adoptar medidas para prevenir, investigar, sancionar y reparar actos de violencia en cotejos deportivos, a cargo del diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en las la fracciones I del artículo 6 y I del Apartado 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía los presentes puntos de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General del Estado de Querétaro, la Comisión Especial contra la Violencia en el Deporte, los gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a adoptar medidas para prevenir, investigar, sancionar y reparar actos de violencia en encuentros deportivos, con base en las siguientes
Consideraciones
Ante los hechos ocurridos en el estadio La Corregidora, de Querétaro, el pasado 5 de marzo, esta soberanía no puede más que condenar de la forma más categórica los actos de violencia suscitados en el marco del encuentro deportivo. En este país, no puede tolerarse ni ampararse manifestación alguna de violencia en contra de un ser humano. Como Estado mexicano, el deber primordial de la totalidad del aparato público, como garante de los derechos fundamentales de la ciudadanía, es la de prevenir con todos los medios jurídicos, administrativos o de otra índole cualquier acto que atente contra la vida o la integridad de una persona, y en caso de que esta violación se haya consumado, investigar con la debida diligencia y en un plazo razonable, para la determinación de los hechos y la atribución de responsabilidades, para de ese modo sancionar a quien haya perpetrado dichas violaciones y reparar a las víctimas.
Ésta es la ratio principal de la obligación estatal, y el fundamento mismo del Estado, frente al cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, y así lo determinó con tajante claridad la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia condenatoria emitida contra nuestro país en el caso González y otras vs. México, mejor conocido como caso del Campo Algodonero. 1
La Organización Mundial de la Salud define violencia como el “uso intencional de la fuerza física o el poder real o como amenaza contra uno mismo, una persona, grupo o comunidad que tiene como resultado la probabilidad de daño psicológico, lesiones, la muerte, privación o mal desarrollo”.2
Los hechos objeto de la presente proposición con punto de acuerdo, y que son ya del dominio público, se refieren al brote generalizado de violencia suscitado en el desarrollo del partido de fútbol entre el Querétaro Futbol Club y el Club Atlas de Guadalajara, llevado a cabo en la cancha del estadio La Corregidora, de Querétaro. Fue al minuto 63 del desarrollo de la justa deportiva que las denominadas “barras” de ambos equipos comenzaron una trifulca que habría de descender en una riña generalizada, que acabaría de sumir a la totalidad de las personas presentes en una vorágine de violencia. Los actos desmedidos de barbarie y la sanguinaria actitud de las personas que agredieron a la afición, de medieval proporción, han conmocionado profundamente la conciencia de los mexicanos y mexicanas, marcando un episodio obscuro que habrá de dejar huella indeleble en la historia del deporte mexicano.
Estos hechos de violencia dieron rápidamente la vuelta al mundo. Los medios de comunicación de México y el extranjero publicaron fotografías y vídeos que mostraba la violencia que se dio en el estadio. La Federación Mexicana de Futbol, corresponsable de garantizar la seguridad en los eventos realizados por sus organizaciones afiliadas conforme al artículo 51 de la legislación general del deporte, señaló en un comunicado:
La Federación Mexicana de Futbol lamenta y condena los hechos acontecidos esta tarde en el Estadio La Corregidora de Querétaro, en el partido entre Querétaro y Atlas.
El fútbol debe ser un espacio de sana convivencia donde es inadmisible cualquier tipo de violencia. La FMF vigilará y coadyuvará en el proceso de investigación con las instancias correspondientes para que se sancione de manera ejemplar a quienes resulten responsables.3
De conformidad con el último reporte rendido por las autoridades del estado de Querétaro, 26 personas resultaron lesionadas durante los hechos de violencia, de las cuales siete ya han sido dadas de alta de las instituciones hospitalarias donde fueron atendidas, y 3 se encuentran en estado de especial gravedad. Se reconoce que en la actualidad el gobierno del estado de Querétaro, encabezado por Mauricio Kuri González, ha manifestado su voluntad de realizar las gestiones necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la sanción de quienes resulten responsables. Así, en entrevista para Noticieros televisa señaló:
“Tengan confianza, vamos a dar con ellos. La investigación va en serio, vamos a tener todos los elementos para que no puedan salir. Les pido paciencia, los vamos a agarrar, les pido unos cuantos días para poder tener resultados. Ya los tenemos muy identificados. En Querétaro no hay impunidad”, dijo.
La Ley General de Cultura Física y Deporte castiga con hasta 4.5 años de prisión a los aficionados que generen violencia en los estadios de futbol o cualquier recinto deportivo.
Hay amplia legislación en la determinación jurídica de las conductas que la ley califica como “actos o conductas violentas o que incitan a la violencia en el deporte”, mismos supuestos que se detallan en el artículo 138 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, y que van desde la entonación de cánticos que inciten a la violencia, hasta la participación en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a ellos.
La historia de este tipo de hechos deplorables de violencia en eventos deportivos no es nueva en nuestro país. Desde el incendio del Parque Asturias en marzo de 1939, pasando por la tragedia del túnel 29 en el Estado Olímpico Universitario de 1985 y hasta la tragedia nacional que ha significado la riña en el estadio Corregidora. La incentivación de formación de organizaciones radicales de aficionados, denominadas “barras”, en conjunto con la negligencia de parte de autoridades y organizadores en la implantación de controles y protocolos adecuados de seguridad, han sido una constante en el deporte mexicano, y una bomba de tiempo cuyas catastróficas consecuencias se han desatado finalmente.
En tiempo reciente, se suscitó en el estadio Jalisco, un altercado entre aficionados del Club Deportivo Guadalajara y el Club Atlas de Guadalajara, una riña que resultó en un policía lesionado, lo que llevó al entonces dueño de la institución, Jorge Vergara, a promover la adopción de fuertes medidas de seguridad, como la prohibición absoluta de las denominadas “barras”, hasta la imposición de fuertes medidas de seguridad, dobles filtros, prohibición de acceso con objetos peligrosos, entre otras medidas. Sin embargo, estas fundadas preocupaciones han sido desoídas por las organizaciones deportivas, lo que ha resultado en un riesgo creado que alcanzó proporciones desmesuradas.
Precisamente este peligro latente, que constituye un riesgo creado por las directivas de las organizaciones deportivas, y fomentado por la inactividad de los aparatos públicos, llevó a la legislatura federal a adoptar, mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2018, modificaciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, estableciendo la coordinación entre los tres niveles de gobierno para garantizar la seguridad en el interior de los recintos deportivos, y para la creación de la Comisión Especial contra la Violencia en el Deporte, formada por representantes de la Conade, autoridades locales y representantes de las Asociaciones Deportivas Nacionales y Ligas Profesionales, que desde el 6 de abril de 2018 no pudo sesionar para tener su reglamento.
Como Estado mexicano, no puede conminarnos un deber más inmediato que el de salvaguardar la integridad y la vida de la ciudadanía, especialmente en eventos masivos de esta naturaleza, cuya vocación de entretenimiento debe convocar a la sana convivencia y al cultivo de los valores familiares; y mucho menos tratándose de eventos deportivos, que se supone buscan elevar la condición humana a través de la sana competencia y el desarrollo de hábitos de cultura física y salud.
Por lo anterior y con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, el suscrito pone a consideración del pleno la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General del Estado de Querétaro a realizar con la debida diligencia y en un plazo razonable las gestiones necesarias a fin de esclarecer los hechos ocurridos en el estadio La Corregidora, durante el partido de futbol llevado a cabo el 5 de marzo del 2022, determinar la existencia de actos que la ley señala como delito, y sancionar a quienes resulten responsables; desde las personas que perpetraron actos de violencia, hasta las autoridades deportivas y administrativas cuyas omisiones hayan resultado en la violación de bienes jurídico-penales.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Especial contra la Violencia en el Deporte a aprobar de inmediato un plan de política general contra la violencia en el deporte, orientado a erradicar todas las formas de violencia en eventos deportivos multitudinarios. Asimismo, se exhorta a la Comisión Especial contra la Violencia en el Deporte, a que formule y emita a la opinión pública un informe pormenorizado sobre las acciones y medidas que la comisión ha realizado y realizará para erradicar todas las formas de violencia e inseguridad en eventos y recintos deportivos.
Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las y los titulares del Poder Ejecutivo de las 31 entidades federativas y de la Ciudad de México, para que lleven a cabo todas las acciones de carácter normativo, administrativo y de otra índole, dentro de su esfera de competencias, a fin de erradicar todas las formas de violencia en eventos deportivos y garantizar el desarrollo pacífico en los recintos donde se celebren eventos deportivos masivos y con fines de espectáculo y en sus inmediaciones, así como la seguridad y patrimonio de las personas, en coordinación con las autoridades de seguridad pública y privada y de protección civil correspondientes.
Cuarto . La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a realizar todas las gestiones para garantizar que las asociaciones deportivas nacionales debidamente reconocidas en términos de la ley, que ejerzan, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, cumplan con todos los requerimientos establecidos en la Ley General de Cultura Física y Deporte y su reglamento, en materia de seguridad en eventos deportivos; y en su caso, sancionar a las asociaciones deportivas nacionales que no cumplan con dichas obligaciones, aplicando las sanciones que señala la normativas aplicable.
Notas
1 Corte IDH. Caso González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México. Excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Serie C, número 205
2 Organización Mundial de la Salud. Global consultation on violence and health. Violence: a public health priority (WHO/EHA/SPI.POA.2). Ginebra: World Health Organization; 1996.
3 Federación Mexicana de Futbol, La FMF lamenta y condena los hechos sucedidos en Querétaro, 5 de marzo de 2022, recuperado de https://fmf.mx/Noticia/24472
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputado Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al ayuntamiento de Chihuahua a detener el programa Formando Corazones en las escuelas; y tanto a la Secretaría de Educación y Deporte de la entidad como a la SEP, a intervenir en su revisión, suscrita por las diputadas María Clemente García Moreno, Susana Prieto Terrazas y Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena
Las que suscriben, María Clemente García Moreno, Susana Prieto Terrazas y Andrea Chávez Treviño diputadas de la LXV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes.
Consideraciones
El pasado 7 de diciembre activistas protestaron contra la decisión del alcalde de la Ciudad de Chihuahua, Marco Bonilla Mendoza de destinar recursos para la aprobación del programa “Formando Corazones”1 .
De acuerdo con su página web, de dicho programa académico es “participar activamente en la formación de su carácter y voluntad, reconociendo e identificando sus emociones, para que aprendan a manejarlas dentro del contexto amplio del amor, especialmente en esta época de cambios constantes. Nos enfocamos en la formación de hábitos a través de la ciencia y el sentido común y así, empoderar a las niñas, niños y adolescentes en la toma de decisiones y construcción de un proyecto de vida”2 .
El programa “Formando Corazones”, tiene como antecedente el programa “Saber amar” que se implementó en escuelas privadas en el año 2012. Posteriormente se introdujo a escuelas públicas en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y bachillerato. La implementación del programa “Formando Corazones” inició en Chihuahua capital, donde actualmente más de 120 escuelas llevan en los contenidos.
Cabe destacar que dicho programa originalmente fue auspiciado por “Vida y Familia. A.C. Actualmente recibe apoyo financiero por parte de la Fundación del Empresariado Chihuahuense Fechac y por la Asociación Gonzalo Ríos Arronte I.A.P, así como el DIF Municipal desde el 3 de febrero de 2019.
“Formando corazones” a través de sus textos y metodología educativa busca generar un programa académico integral de afectividad y sexualidad, que ha producido 14 libros con los que se imparten cursos a estudiantes y docentes, incluyendo una guía para padres y madres.
En los textos se destacan definiciones de figuras civiles como el matrimonio, donde se considera que: “es la unión estable y libre de un varón y una mujer para siempre y con el fin de formar una familia”. Lo anterior, es excluyente y contrario a la definición de matrimonio aprobada por la Suprema Corte de Justicia en la tesis aislada P. XXI/2011, 9a época, aprobada por el Pleno el 4 de julio de 2011, vinculada a la resolución de la acción de inconstitucionalidad 2/2010, bajo el rubro: MATRIMONIO. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS NO ALUDE A DICHA INSTITUCIÓN CIVIL NI REFIERE UN TIPO ESPECÍFICO DE FAMILIA, CON BASE EN EL CUAL PUEDA AFIRMARSE QUE ÉSTA SE CONSTITUYE EXCLUSIVAMENTE POR EL MATRIMONIO ENTRE UN HOMBRE Y UNA MUJER 3 .
Así mismo, dicho programa carece de la autorización por parte de la Secretaría de Educación Pública, para su difusión en escuelas por lo que se percibe una violación a la Ley General de Educación. Igualmente se considera que se violenta el contenido del artículo 3ero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual sostiene que será el Estado quien provea de la educación en todos sus niveles desde el preescolar hasta la universidad, siendo obligatoria, universal, inclusiva, pública y laica.
En ese sentido, es preocupante que desde el gobierno municipal se promueva una visión única y discriminatoria de la familia, del matrimonio así como de los roles de los hombres y las mujeres en la sociedad.
Chihuahua, registró en 2019 153 homicidios dolosos en contra de mujeres, en consecuencia dicha entidad ocupó el lugar 11 según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) al reportar una tasa de 1.52 casos por cada 100 mil mujeres4 .
Así mismo, las ciudades de Juárez, Chihuahua y Cuauhtémoc aparecen dentro de las 100 ciudades del país con presuntos delitos de feminicidios registrados de enero a diciembre de 2019; con una tasa de 1.65, 1.87 y 3.26 delitos – respectivamente –
Así mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 22 de la Ley General de educación, los libros de texto que se usen para el desarrollo de los planes y programas de estudio en las escuelas de nivel básico, debe cumplir con la característica de contar con la autorización de la Secretaría de Educación Pública federal, a saber:
“Artículo 22. - ...
Los libros de texto que se utilicen para cumplir con los planes y programas de estudio para impartir educación por el Estado y que se derive de la aplicación del presente Capítulo, serán los autorizados por la Secretaría en los términos de esta Ley, por lo que queda prohibida cualquier distribución, promoción, difusión o utilización de los que no cumplan con este requisito. Las autoridades escolares, madres y padres de familia o tutores harán del conocimiento de las autoridades educativas correspondientes cualquier situación contraria a este precepto.”
Que la Ley General de Educación vigente, en su artículo 16, fracciones III y IV, refiere que entre otros criterios, las instituciones educativas públicas y privadas, tiene que promover una educación que “...luchará contra la ignorancia, sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, debiendo implementar políticas públicas orientadas a garantizar la transversalidad de estos criterios en los tres órdenes de gobierno.”
Artículo 16. - ...
Además, responderá a los siguientes criterios:
...
III. Será humanista, al fomentar el aprecio y respeto por la dignidad de las personas, sustentado en los ideales de fraternidad e igualdad de derechos, promoviendo el mejoramiento de la convivencia humana y evitando cualquier tipo de privilegio de razas, religión, grupos, sexo o de personas;
IV. Promoverá el respeto al interés general de la sociedad, por encima de intereses particulares o de grupo, así como el respeto a las familias, a efecto de que se reconozca su importancia como los núcleos básicos de la sociedad y constituirse como espacios libres de cualquier tipo de violencia;
Que corresponde a la autoridad educativa federal, exclusivamente, conforma a la fracción IV del artículo 113 de la Ley General de Educación, actualizar y dar visto bueno de los contenidos de los libros y materiales educativos del sistema educativo.
“Artículo 113. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:
...
IV. Elaborar, editar, mantener actualizados y enviar a las entidades federativas en formatos accesibles los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación. Al inicio de cada ciclo lectivo, la Secretaría deberá poner a disposición de la comunidad educativa y de la sociedad en general los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, a través de plataformas digitales de libre acceso;”
Que los Ayuntamientos tienen, conforme la concurrencia de obligaciones para con el sistema educativo, la posibilidad editar y producir otros materiales, siempre y cuando tengan autorización de la Secretaría federal del ramo educativo y no transgredan con los principios del artículo 3 Constitucional.
“Artículo 115. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 113 y 114, corresponde a las autoridades educativas federal, de los Estados y Ciudad de México, de manera concurrente, las atribuciones siguientes:
...
VIII. Editar libros y producir otros materiales educativos, distintos de los señalados en la fracción IV del artículo 113 de esta Ley, apegados a los fines y criterios establecidos en el artículo 3o. constitucional y para el cumplimiento de los planes y programas de estudio autorizados por la Secretaría;”
Por lo anteriormente expuesto, presento ante el pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Autoridad Educativa Estatal de Chihuahua y al ayuntamiento de Chihuahua, Chihuahua, para que detenga la operación del programa “Formando Corazones” en las escuelas de su entidad y municipio, así como la entrega de todo tipo de materiales de apoyo y promoción del mismo, hasta que la autoridad educativa federal determine que no transgrede con los principios constitucionales de no discriminación, igualdad y educación laica en el nivel básico del sistema educativo.
Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que emita opinión referente al programa “Formando Corazones”, a efecto de que con la misma se determine si los materiales, contenidos, promoción y vigencia del mismo en las escuelas del sistema educativo de Chihuahua, transgreden o no, con los principios constitucionales de no discriminación, igualdad y educación laica de manera que la autoridad estatal y municipal se encuentren en condiciones de interrumpir o en su caso seguir el curso de operación del programa.
Notas:
1. Flores, Ana “Chihuahua: Alcalde quiere dar dinero a programa escolar anti derechos” en Homosensual
https://www.homosensual.com/lgbt/chihuahua-alcalde-quiere-dar-dinero-a-formando-corazones-
programa-escolar-antiderechos/ , 8 de diciembre de 2021.
2. Formando Corazones en https://formandocorazones.org/ 8 de diciembre de 2021.
3. Flores Mancilla, César “Igualdad y Diversidad” en Suprema Corte de Justicia
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/derechos_humanos/articulosdh/documentos/2016-12/
IGUALDAD%20Y%20DIVERSIDAD.pdf
4. Empresarios de Chihuahua “Los delitos de feminicidio y violencia familiar en el estado de Chihuahua” en https://ficosec.org/los-delitos-de-feminicidio-y-violencia-familiar-en- el-estado-de-chihuahua/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputadas: María Clemente García Moreno, Susana Prieto Terrazas, Andrea Chavéz Treviño (rúbricas)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno federal a modificar el decreto de estímulos fiscales para la región fronteriza norte e incluir a BCS, a cargo de la diputada Sonia Murillo Manríquez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Sonia Murillo Manríquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Históricamente, en México se ha tenido una tasa de impuesto al valor agregado (IVA) diferenciada entre la frontera y el resto del país. De 1990 a 1994, la tasa en la frontera era de 6 por ciento, mientras que en el resto del país de 15 hasta 1991, y de 10 de 1992 a 1994. Posteriormente, de 1995 a 2009, la tasa en la frontera aumentó a 10 y la del resto del país a 15. Finalmente, de 2010 a 2013, la tasa en la frontera fue de 11, mientras que en el resto del país aumentó a 16. Hasta la reforma fiscal de 2014 no se homologaron las tasas, siendo de 16 por ciento en todo el país.
Con antecedentes relativos a tratamientos fiscales diferenciados que vienen desde la administración del presidente Lázaro Cárdenas, la Ley del Impuesto al Valor Agregado publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978, contemplaba desde el texto original en su artículo 2o. una tasa diferenciada para el cálculo del impuesto, que para ese año se determinó en un 10 por ciento, estableciendo además, una tasa del 6% en región fronteriza, para la enajenación, uso o goce de bienes y prestación de servicios independientes, siempre que se cumplieran dos requisitos: el primero, que estas actividades fueran realizadas por residentes en la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional del norte del país, o en las zonas libres de Sonora, Baja California y Baja California Sur, y el segundo que la entrega de bienes o prestación de servicios se realizara en dichas zonas.
Las modificaciones de la Ley del IVA han considerado consistentemente la implementación de esta medida de diferenciación en la tasa del Impuesto al Valor Agregado para la región fronteriza, atendiendo a la necesidad e importancia que para los habitantes de la región significa, así como de respuesta al reclamo social por ellos generado.
Para el caso de Baja California Sur, el aumento de la tasa de IVA a 16% significó un lastre sobre las ya difíciles condiciones de competencia respecto de las empresas del resto del país, pues las personas físicas y morales del estado tienen que añadir siempre a sus costos, altos precios de traslado de mercancías.
El decreto de estímulos fiscales de la región fronteriza norte, que aplica en más de 40 municipios fronterizos de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas en materia del Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado publicado en el DOF1 el 31 de diciembre de 2018, Se emitió con la finalidad de promover el desarrollo de la frontera norte del país, combatir la economía informal, hacer más competitivas a las empresas ubicadas en la zona que colinda con Estados Unidos de Norteamérica, estimular la inversión y fomentar la productividad, además de contribuir a la creación de nuevas fuentes de trabajo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha expresado a través de diversas tesis aisladas, en el sentido de que la tasa menor aplicable a las operaciones gravadas por el IVA en la región fronteriza atienden a las distintas condiciones de mercado especiales de la zona, definidas por las características geográficas, naturales, de infraestructura, etc., que distinguen a dicha región del resto del país por tanto, se consideran válidas y no contraponen el sentido de equidad tributaria, establecido en la Constitución, ya que dichas condiciones especiales, derivan en la necesidad de otorgar diferentes consecuencias jurídicas a desiguales supuestos de hecho.
Sin embargo, la condición insular de Baja California Sur y su proximidad con los estados fronterizos dejan al comercio local en severa desventaja, puesto que se tiene acceso a comprar bienes en el mercado estadounidense, por lo que la sustitución de compras locales por importaciones es una afirmación razonable, esto implica una disminución de consumo local, lo que a su vez tiene repercusiones en el comercio al por menor, lo cual deteriora la dinámica económica local en el Estado.
El encarecimiento de los artículos de consumo es una condición indeseable para cualquier hogar y para cualquier gobierno, no obstante, por tratarse de hogares fronterizos, tienen la posibilidad de importar los bienes que de manera local se encarecen, en su defecto, los oferentes de bienes y servicios locales se ven afectados si el mercado local decide comprar en el exterior bienes que en el pasado compraba en el mercado nacional, en el caso de Baja California Sur, las condiciones geográficas, permiten que se tenga este tipo de efecto.
Después de la entrada en vigor de la reforma fiscal en que se homologa el IVA en la Frontera con el resto del país y la exclusión de Baja California sur del decreto de estímulos fiscales de la frontera norte, los bienes que sufrieron un mayor impacto negativo están ligados de manera directa e indirecta a los procesos de distribución de bienes y servicios, tales como el combustible, mantenimiento de vehículo y comunicación, razones por las que es importante tener la tasa del IVA diferenciada en BCS, como en la región fronteriza, aunado a que en el estado, las condiciones geográficas, y la propia irregularidad del territorio demarca las distancias que tienen que recorrerse para llevar productos del centro y sur del país hacia el Estado.
Los legisladores del PAN sabemos del impacto negativo que esto ha generado en la economía de las familias habitantes de la región sudcaliforniana.
Por ello, desde el inicio expresamos nuestro rechazo a la propuesta del Ejecutivo Federal de homologar las tasas del Impuesto al Valor Agregado, pues como se advirtió generó un impacto totalmente negativo en la exportación, en la economía de las clases bajas y medias, en el turismo y en general en el consumo de bienes y servicios en la región de Baja California Sur, provocando déficit inflacionario, menor inversión, pérdida de fuentes de empleo, entre otros efectos negativos que nos han repercutido.
Por ello debemos pugnar porque se apliquen las políticas públicas para el regreso de la tasa preferencial de IVA de Baja California Sur como región fronteriza norte, de tal manera que pueda restaurarse el consumo de los hogares, incluso una tasa más baja que la anterior impulsaría los incentivos para consumir e invertir en la región, debido a que los mismos productos podrían abaratarse para los extranjeros.
Incluir a Baja California Sur en este beneficio consiste en un crédito fiscal equivalente a 50 por ciento del IVA que, como una facilidad, se aplicará en forma directa sobre la tasa de 16 por ciento, a fin de que resulte una tasa disminuida de 8 por ciento, siempre que el local o establecimiento de la persona contribuyente que la aplique esté dentro de la región fronteriza norte o sur del país y que la entrega del bien o servicio sea dentro de dichas regiones.
Esta medida coadyuvará a fortalecer el poder adquisitivo de la población, principalmente la de menores ingresos, sin que la reducción de los ingresos públicos que se deriven de la propuesta afecte los programas de desarrollo, modernización y ampliación de los servicios públicos que se tienen programados.
Estos beneficios están orientados a estimular y aumentar la inversión; mejorar y reactivar la economía doméstica regional y, de esta manera, elevar los ingresos con motivo de una mayor actividad económica; multiplicar el número de empleos; atraer al turismo al ofrecer amplia diversidad de servicios y productos de alta calidad; crear condiciones y medios efectivos para atraer la inversión y, con ello, generar riqueza y bienestar para la población, con una visión de futuro basada en lograr una economía sólida y, por ende, incrementar la recaudación fiscal.
En virtud de lo expuesto solícito a esta soberanía que se aprueben los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal a modificar el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2018, e incluir Baja California Sur a fin de que le sean aplicados los estímulos fiscales en materia de ISR e IVA.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía para que, a fin de incentivar la atracción de inversión, crear más y mejores empleos, y activar el potencial productivo y comercial, incluya al estado de Baja California Sur como zona fronteriza dentro del Programa Zona Libre de la Frontera Norte.
Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al gobernador de Baja California Sur, Víctor Manuel Castro Cosío, a realizar acciones pertinentes y presente ante el Titular del Poder Ejecutivo Federal y la Secretaría de Hacienda la propuesta de reducción a 8 por ciento del impuesto al valor agregado; asimismo, haga público su plan de reactivación económica para el estado ante la pandemia ocasionada por el Covid-19.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Sonia Murillo Manríquez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Profeco y la Cofepris a llevar a cabo acciones que garanticen el uso seguro de productos desinfectantes con metanol u otra sustancia nociva para las personas, a cargo de la diputada Claudia Selene Ávila Flores, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Claudia Selene Ávila Flores, integrante del Grupo Parlamentaria de Morena de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Consideraciones
I. La crisis económica y sanitaria de Covid-19 generada por el virus SARS-CoV2 fue declarada como pandemia el 11 de marzo de 2020 por la Organización Mundial de Salud (OMS), existiendo para ese entonces más de 118,000 casos en 114 países y 4,291 habían perdido la vida.1
En México, el 27 de marzo de 2020, el Diario Oficial de la Federación publicó decreto de nuestro Presidente Constitucional, Andrés Manuel López Obrador, a través del cual declaró acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus mencionado, dentro de las cuales se incluyó el cumplir con las medidas básicas de higiene, entre ellas, el lavado frecuente de manos.2
II. Es por lo tanto, que en camino hacia la nueva normalidad, las personas han tenido que seguir adelante en sus vidas y actividades, por lo cual han empleado el uso de elementos sanitizantes como son los spray, toallitas, tapetes, geles antibacteriales, entre muchos otros productos que se han utilizado con el propósito de mantener nuestra salud y evitar ser contagiados con la enfermedad en cuestión.
El gel antibacterial o sanitizante pese a no ser imperativo ha facilitado la forma de mantener nuestras manos desinfectadas en cualquier lugar y momento, no sólo al viajar en el transporte público, en la oficina, escuela, etc., lo cual ha provocado que su consumo haya proliferado y numerosas empresas se hayan dedicado a producir dicho elemento con el propósito de que exista el abasto suficiente para cubrir dicha demanda.
III. En dicha tesitura, los días 19 y 29 de junio de 2020, la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés), emitió alerta de los desinfectantes para las manos de algunas marcas de empresas mexicanas por lo que fueron retirados del mercado, en razón de la posibilidad de contener metanol, sustancia que puede ser tóxica cuando se absorbe por la piel o se ingiere. En ese sentido, indicó que el metanol no es un ingrediente aceptable para los desinfectantes para manos y no deben utilizarse debido a sus efectos tóxicos, siendo en el peor de los casos, la muerte .3
En relación a lo anterior, la Profeco publicó un boletín de prensa de fecha 10 de septiembre de 2020 a través del cual hizo referencia a la advertencia de la FDA sobre los riesgos de contaminación por metanol de algunos geles antibacteriales para manos, a lo cual la Procuraduría realizó una investigación sobre siete productos comercializados en México, y de su análisis concluyó que ninguno rebasa la especificación temporal establecida por las autoridades sanitarias de EE.UU , dicha especificación establece un límite provisional para metanol que no es más de 630 ppm (mg/l), a lo cual la Profeco precisó que en México no existe una norma que establezca parámetros de calidad para el gel antibacterial .4
Asimismo, el 22 de septiembre de 2020, la Cofepris emitió una alerta sanitaria , en el marco de sus acciones de control sanitario en lo concerniente al gel desinfectante, respecto diferentes marcas de gel antibacterial indicando que contienen metanol por lo que representan un riesgo para la salud de la población y entre sus principales efectos posibles, en la inhalación están: la asfixia, vértigo, tos, dolor cabeza, náuseas, vómito, convulsiones e inconsciencia; en la indigestión: dolor abdominal, diarrea, vómito, inconsciencia, y en casos graves: coma, paro respiratorio, ceguera, convulsiones, acidosis metabólica severa y muerte .5
Continuando con el punto anterior, la Cofepris indicó que continuaría con las acciones de vigilancia para evitar que los productos, empresas o establecimientos incumplieran con la legislación sanitaria vigente y que no representen un riesgo a la salud de la población.
No obstante lo anterior, el 26 de enero de 2021, la FDA situó a todos los desinfectantes de manos a base de alcohol provenientes de México en una alerta de importación nacional, lo que señalaron, fue para ayudar a detener los productos que parecen estar en violación de la ley al ingresar a EE.UU., dichos productos etiquetados con contener etanol (conocido como alcohol etílico) pero que habían dado positivo por contaminación por metanol.
Dicha agencia indicó que de los análisis de los desinfectantes de manos a base de alcohol importados de México, encontraron que el 84% de las muestras analizadas de abril a diciembre de 2020 no cumplían con las regulaciones. Asimismo, señalan que encontraron que más de la mitad de las muestras contenían ingredientes tóxicos, incluyendo metanol y/o 1-propanol, en niveles peligrosos.6
Si bien es cierto que únicamente se han emitido alertas sanitarias de los productos denominados geles antibacteriales, es imprescindible que respecto de los demás productos deban tomarse las acciones necesarias que permitan asegurar el uso seguro de otros productos sanitarios como los sprays, tapetes, toallitas, que utilicen sustancias que puedan considerarse como nocivos o dañinos contra la salud.
IV. Al respecto, resulta pertinente recordar que acorde a nuestra Carta Magna en su artículo 1º dispone que todas las personas gozarán de los derechos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales en lo que México sea parte, así como de las garantías para su protección , y no podrá restringirse ni suspenderse su ejercicio.
En relación a ello, el artículo 4, párrafo cuarto del mismo ordenamiento, determina que toda persona tiene derecho a la protección de la salud , por lo que el Estado es aquel reponsable de garantizarlo sin que sea limitado, en consecuencia, debe perseguir como uno de los fines para lograr un Estado de bienestar. De igual forma, la Declaración Universal de Derechos Humanos reitera en su artículo 25, que toda persona tiene derecho a la salud y el bienestar .7
En ese orden de ideas, y retomando la señalado en tesis jurisprudencial en el sentido de que el derecho a la protección de la salud es un objetivo que el Estado puede perseguir legítimamente, al tratarse de un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución, el cual cuenta con dos facetas, una individual y otra social o pública, siendo la primera, en la que el Estado tiene un interés en procurar un adecuado estado de salud y bienestar; y la segunda, en la que el Estado tiene deber de atender los problemas de salud que afectan a la sociedad en general, que puede traducirse en el deber de emprender las acciones necesarias para alcanzar ese fin .8
El artículo 2º de la Ley General de Salud indica que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidades , entre ellas, el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, así como, la promoción de la salud y prevención de las enfermedades . Por otro lado, el artículo 3º, en su fracción XXII del citado ordenamiento, dispone que es materia de salubridad general: el control sanitario del proceso y uso , materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos .
En ese sentido, la Cofepris es el órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud que dentro de su ámbito de competencia determinado en el artículo 17 bis cuenta, entre ellas, las siguientes facultades: la regulación, control y vigilancia sanitarios respecto de productos en materia de insumos para la salud y la evaluación de riesgos a la salud, dentro de los que se pueden encontrar los productos desinfectantes .
Por otra parte, la Profeco tiene determinadas sus atribuciones en el artículo 24 de la Ley Federal del Consumidor, cuya función principal es la de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, implementar medidas necesarias para propiciar la seguridad jurídica entre proveedores y consumidores; divulgar información para facilitar al consumidor un mejor conocimiento de los bienes que se ofrecen en el mercado; además, realizar estudios e investigaciones en materia de protección al consumidor ; y ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que representen un riesgo para la vida, la salud o seguridad .
En conclusión, estamos ante un grave problema que atenta la salud y la vida de las personas, de urgente atención, motivo por el cual solicito urgentemente la implementación de acciones que permitan garantizar el uso de productos sanitizantes que las personas emplean en su día a día en nuestro país, en el contexto de Covid-19, de forma que no afecten su derecho a la salud.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Federal del Consumidor y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para que, dentro de sus competencias y atribuciones legales, realicen acciones que garanticen el uso seguro de productos desinfectantes con contenido de metanol o cualquier otra sustancia nociva para las personas.
Notas:
1 OMS. Alocución de apertura del Director General de la OMS en la rueda de prensa sobre la COVID-19 celebrada el 11 de marzo de 2020, recuperado de: https://www.who.int/es/director-general/speeches/detail/who-director-ge neral-s-opening-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19—-11-march-202 0
2. DOF. Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), recuperado de: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590673&fecha=27/03/2 020, 27 de marzo de 2020.
3. FDA. La FDA aconseja a los consumidores no usar productos para desinfectar manos que hayan sido fabricados por Eskbiochem, recuperado de: https://www.fda.gov/drugs/drug-safety-and-availability/la-fda-aconseja- los-consumidores-no-usar-productos-para-desinfectar-manos-que-hayan-sid o-fabricados
4. Profeco, Boletín de Prensa: Analiza Profeco geles antibacteriales; descarta riesgo por metanol, recuperado de: https://www.gob.mx/profeco/prensa/analiza-profeco-geles-antibacteriales -descarta-riesgo-por-metanol, 10 de septiembre de 2020.
5. Cofepris, Alerta Sanitaria: La Cofepris alerta sobre las diferentes marcas de gel antibacterial que contiene metanol en sus ingredientes, recuperado de: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/579385/Alerta_gel_antiba cterial.pdf, 22 de septiembre de 2020.
6. FDA. Actualización sobre el coronavirus (COVID-19): La FDA toma medidas para poner en alerta de importación a todos los desinfectantes de manos a base de alcohol provenientes de México, recuperado de: https://www.fda.gov/news-events/press-announcements/actualizacion-sobre -el-coronavirus-covid-19-la-fda-toma-medidas-para-poner-en-alerta-de-im portacion, de 26 de enero de 2021.
7. ONU. Declaración Universal de Derechos Humanos, recuperado de: https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
8. “Derecho a la Protección de la Salud. Dimensiones Individual y Social.” Primera Sala, Tesis: 1a./J. 8/2019 (10a.), Tipo: Jurisprudencia, Gaceta del Seminario Judicial de la Federación. Libro 63, febrero de 2019, Tomo I, página 486. Reg. Digital 2019358, Recuperado de: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2019358
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022.
Diputada Claudia Selene Ávila Flores (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a distintas instituciones a realizar acciones concretas sobre lo ocurrido este 5 de marzo en el estadio Corregidora, de Querétaro, a cargo del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito Hirepan Maya Martínez, diputado federal del grupo parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Pleno Proposición con Punto de Acuerdo, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Los acontecimientos del pasado 5 de marzo del año en curso en el Estadio La Corregidora, de Querétaro, durante el partido Atlas-Querétaro son motivo de la más profunda indignación a nivel nacional e internacional: una violencia nunca antes vista en estadios o eventos deportivos, una situación de impunidad, ausencia de autoridades, complicidad y violencia de los pocos elementos de cuerpos de seguridad privados, aunado a las escenas terribles en las que integrantes de la llamada “barra” del Querétaro golpearon de manera criminal a seguidores del Atlas. La indefensión total de familias, mujeres y niños; la violencia atroz contra seres humanos que fueron desnudados y golpeados de una manera difícil de entender en sus motivos, más allá de que el fanatismo generado por las grandes empresas televisivas, los interese millonarios del consumo alrededor del futbol y la omisión y complicidad de la Federación Mexicana de Fútbol (Femexfut) con estas conductas sea más que evidente.
Estos acontecimientos no se deben partidizar y mucho menos lucrar con el dolor ajeno. Necesitamos una acción de Estado para detener este proceso de violencia creciente en los estadios; es urgente que, ahora más que nunca, se imponga la aplicación de la ley a todos los involucrados: los que cometieron delitos ese día en el estado La Corregidora, pero también a quienes están implicados por acciones u omisiones para que tal situación fuera posible, como autoridades, empresas y organismos como la Femexfut. Tiene que haber justicia, ésa es la demanda de la sociedad mexicana.
Recordemos que han pasado casi 37 años de la tragedia suscitada en el túnel 29 del Estadio Olímpico Universitario en la Ciudad de México. El 26 de mayo de 1985 se jugaba el partido de vuelta de la final entre los equipos de fútbol Pumas y América, sin embargo, miles personas dieron un portazo, quedando sin eficacia las medidas de seguridad y las personas quedaron atrapadas en el túnel mencionado. Este suceso provocó la muerte de 8 personas y 70 resultaron heridos.
El pasado 5 de marzo de este año, durante el encuentro entre Atlas y Querétaro celebrado en el estadio de fútbol La Corregidora, ubicado en el Estado de Querétaro, las barras de ambos equipos tuvieron una riña, de la cual, varias personas sufrieron lesiones, robo, entre otros delitos y posiblemente la pérdida de la vida, en virtud de que estos hechos se reflejan en los vídeos, las imágenes y los testimonios que se han difundido a través de las redes sociales y los medios de comunicación.
El gobernador del Estado de Querétaro, Mauricio Kuri, reportó que hubo 26 heridos por los hechos mencionados y que no hubo personas fallecidas; lo cual debe ser investigado por la autoridad competente, ya que hay presunción de fallecimientos y desaparición de persona. No obstante, el mismo gobernador refirió que los elementos de la seguridad estatal no actuaron correctamente ante estos sucesos. En ese sentido, mediante la conferencia de prensa dada el 6 de marzo de 2022, dijo que: “la seguridad del estadio es privada, principalmente, por lo que hoy he citado al presidente de la Liga MX y el Club Querétaro, pero también, no se actuó como se debía en seguridad pública”. También mencionó que continuará con todas las líneas de investigación y determinará a los responsables por acción u omisión y que nadie quedará impune.
Se debe considerar la aplicación de medidas drásticas para detener estos comportamientos y la red de relaciones empresariales y estatales alrededor de la impunidad con la que el fútbol en México se maneja respecto a la complicidad con estas violencias, pero también con el estímulo de un fanatismo que estimula el consumo masivo de productos, pero también las condiciones para que se den este tipo de violencias. Las violencias no son algo ajeno al fútbol en su condición de espectáculo y consumo. Se debe considerar que estos responsables de “cuello blanco”, así como autoridades involucradas, sean sancionados, además de aquellos que cometieron delitos graves y que fueron identificados en flagrancia en redes sociales. Se debe considerar medidas drásticas como:
1.- La suspensión definitiva de los torneos del fútbol mexicano profesional hasta que haya sanciones a los responsables de estas violencias y condiciones incontrovertibles para que no se repitan.
2.- Se deben abrir investigaciones sobre las razones y responsables que dieron lugar a procesos como la criminalidad en el fútbol en el contubernio entre “barras” y Directivas de los equipos profesionales.
3.- Se debe suspender la participación de México como país sede del Mundial 2006.
4.- Se debe intervenir para su resguardo e investigación judicial y fiscal, por parte del Gobierno de México, las instalaciones de la Femexfut.
En razón de lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por medio del pronunciamiento DGDDH/012/2022, inició una queja de oficio ante los graves hechos de violencia ocurridos en el Estadio Corregidora de Querétaro1 , cita en extenso:
“La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condena enérgicamente los graves hechos de violencia ocurridos el día 05 de marzo en el estadio Corregidora de Querétaro, derivado del enfrentamiento entre supuestas barras de aficionados de dos equipos de futbol, cuyo saldo de personas agraviadas es aún indeterminado.
Considerando la gravedad de los hechos, la trascendencia de los mismos a nivel nacional y el referente que puede constituir, pero sobre todo la necesidad de atender y proteger a la ciudadanía, este Organismo Nacional iniciará queja de oficio para investigar y determinar la responsabilidad de las autoridades involucradas y defender a las víctimas para asegurar su acceso a la justicia y la reparación.
De acuerdo a la información que se ha difundido en los medios de comunicación, la brutalidad de los hechos ocurridos puso en máximo riesgo a cientos de niñas, niños y adolescentes, mujeres, hombres, adultos mayores y familias enteras que se encontraban presenciando el evento deportivo, quienes incluso tuvieron que despojarse de su ropa alusiva al equipo de su preferencia, para resguardarse y evitar ser blanco de las agresiones.
Si bien, la Comisión Disciplinaria de la Federación Mexicana de Futbol Asociación (Femexfut) y la Liga BBVA MX informaron en sus redes sociales que iniciarán una investigación a fondo de lo acontecido, no puede pasarse por alto que la principal responsabilidad recae en las autoridades, obligadas a garantizar la seguridad de las personas en los eventos masivos tanto dentro como fuera de las instalaciones donde se lleven a cabo, lo que implica intervenir para contener y detener las agresiones, preservando los derechos humanos de los involucrados y protegiendo a todas las personas.
Aunque la Femexfut y los equipos deportivos, así como los estadios e instalaciones que se utilizan, son empresas privadas, no debe perderse de vista que el Estado tiene, entre otras obligaciones, la de establecer un marco regulatorio adecuado que proteja la seguridad y los derechos humanos ante la actividad empresarial, la de supervisar su cumplimiento y garantizar la reparación del daño en los casos en que esta cause alguna afectación a las personas.”
(El subrayado es añadido).
El pronunciamiento de la CNDH es fundamental para el avance de las investigaciones sobre estos hechos, tanto para la Fiscalía General del Estado de Querétaro como para la Fiscalía General de la República, con el fin de que las víctimas y la sociedad conozcan la verdad de esta situación y tengan acceso a la justicia.
Una aficionada del Atlas “sostuvo que su amigo, identificado como Arturo Buenrostro, había perdido la vida derivado de las heridas que le fueron infringidas por los fanáticos de los Gallos Blancos.”2 También diversos medios de comunicación han realizado diversas entrevistas a aficionados y familiares de víctimas que se encuentran desaparecidas y/o no localizadas varias personas del Atlas que acudieron a este partido de fútbol.
Por ello, se solicita que intervenga la Comisión Nacional de Búsqueda, la Comisión Local de Búsqueda de Personas del Estado de Querétaro y la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Jalisco, para que, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, determinen, ejecuten y den seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas derivado de los hechos ocurridos el 5 de marzo del presente año en el estadio “La Corregidora”, ubicado en el Estado de Querétaro.
También se solicita a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las del Estado de Jalisco y Querétaro que acompañen, participen, apoyen y asesoren a las víctimas directas e indirectas en este proceso que se está llevando a cabo por las autoridades correspondientes.
A mayor precisión, es de señalar que existe un vasto andamiaje legal que sustenta los razonamientos de este cuerpo expositorio, basta señalar:
I. Que conforme al artículo 1o constitucional “todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
II. Que la Comisión Nacional de Búsqueda es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley. Tiene por objeto impulsar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participan en la búsqueda, localización e identificación de personas.
III. Que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las Locales deben proporcionar, en el ámbito de sus atribuciones, medidas de ayuda, asistencia y atención, por sí mismas o en coordinación con otras instituciones competentes.
IV. Que el gobernador del Estado de Querétaro, a través de su Secretaría de Seguridad Ciudadana, omitió hacer efectivos los derechos humanos de todas las personas que se encontraban en el estadio La Corregidora, en virtud de que no había suficientes cuerpos de seguridad para salvaguardar a los aficionados que acudieron al evento masivo.
V. Que el derecho a la verdad se satisface con la investigación, la sanción y la reparación de las violaciones de derechos humanos.3 A su vez, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha mencionado que el derecho a la verdad tiene dos esferas: una dimensión individual (el derecho de los familiares de las víctimas a conocer la verdad de los hechos) y una dimensión colectiva (el derecho de la sociedad a conocer la verdad).4
VI. Que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometidas por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas dispone que la verdad es el derecho de conocer con certeza lo sucedido y recibir información sobre las circunstancias en que se cometieron los hechos constitutivos de los delitos previstos en esta Ley, en tanto que el objeto de la misma es el esclarecimiento de los hechos, la protección de las Víctimas, el castigo de las personas responsables y la reparación de los daños causados, en términos de los artículos 1o. y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII. Que la Corte Interamericana manifestó que “[L]a obligación de investigar conlleva el deber de dirigir los esfuerzos del aparato estatal para desentrañar las estructuras que permitieron esas violaciones, sus causas, sus beneficiarios y sus consecuencias, y no sólo descubrir, enjuiciar y en su caso sancionar a los perpetradores inmediatos. [...] [S]ólo puede resultar efectiva si se realiza a partir de una visión comprehensiva de los hechos, que tenga en cuenta los antecedentes y el contexto en el que ocurrieron y que busque develar las estructuras de participación”.[5] Además, mencionó en otro caso que “[L]os hechos del presente caso se mantienen en la impunidad y que ello viola el derecho de los familiares de las víctimas y propicia la repetición crónica de las violaciones... toda la actividad procesal desplegada por las autoridades hondureñas se dirigió a establecer la responsabilidad penal del entonces director del Centro... no se investigó con la debida diligencia a ninguna otra autoridad. Por otra parte, han transcurrido más de siete años sin haberse deslindado las responsabilidades correspondientes... Por lo anterior, el Estado no proveyó a los familiares de las víctimas de un recurso efectivo para esclarecer lo sucedido y determinar las responsabilidades correspondientes, lo cual violó los derechos consagrados en los artículos 8.1 y 25.1...6
VIII. Que el acceso a la justicia es la debida diligencia encaminada al esclarecimiento de los hechos y la sanción de los responsables, requiere que todos los recursos, herramientas y cooperación por diversos órganos del Estado que puedan ser necesarios para la conclusión de la misma.7 Los Estados tienen la obligación de identificar y sancionar a todos los responsables de violaciones de derechos humanos.8
IX. Que el artículo 2° de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas refiere que se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.
X. Que en términos del artículo 102, Apartado B, último párrafo, refiere que la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas o las Legislaturas de éstas.
XI. Que la CNDH es competente para conocer de violaciones a derechos humanos derivadas de las actividades empresariales, en virtud de que, en julio de 2018, la CNDH creó el Programa de Empresas y Derechos Humanos, publicado en la Gaceta de la Comisión, en el número 336, con el objetivo principal de proteger los derechos humanos frente a la actividad empresarial, dentro del ámbito de sus competencias, la CNDH crea un Programa con las funciones de transversalizar el enfoque de derechos humanos y empresas, incidir en las políticas públicas en materia de empresas y derechos humanos y promover la cultura de los derechos humanos en las empresas públicas y privadas.
En razón de lo anterior, la Federación Mexicana de Fútbol y los equipos deportivos junto con las autoridades estatales omitieron hacer efectivos los derechos de seguridad pública y privada para las personas que acudieron al estadio “La Corregidora”, ubicado en Querétaro, el día 5 de marzo de 2022.
XII. Que los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos9 refieren que los Estados deben proteger contra las violaciones de los derechos humanos cometidas en su territorio y/o su jurisdicción por terceros, incluidas las empresas. A tal efecto deben adoptar las medidas apropiadas para prevenir, investigar, castigar y reparar esos abusos mediante políticas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento a la justicia.
Así mismo, mencionan que las empresas deben respetar los derechos humanos. Eso significa que deben abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros y hacer frente a las consecuencias negativas sobre los derechos humanos en las que tengan alguna participación.
Por último, dicen que como parte de su deber de protección contra las violaciones de derechos humanos relacionadas con actividades empresariales, los Estados deben tomar medidas apropiadas para garantizar, por las vías judiciales, administrativas, legislativas o de otro tipo que correspondan, que cuando se produzcan ese tipo de abusos en su territorio y/o jurisdicción los afectados puedan acceder a mecanismos de reparación eficaces.
XIII. Que la reparación integral comprende las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima teniendo en cuenta la gravedad y magnitud del hecho victimizante cometido o la gravedad y magnitud de la violación de sus derechos, así como las circunstancias y características del hecho victimizante.
XIV. Que conforme al artículo 17 constitucional “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.”
XV. Que la Corte Interamericana ha definido la impunidad como “la falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de las violaciones de los derechos protegidos por la Convención Americana, toda vez que el Estado tiene la obligación de combatir tal situación por todos los medios legales disponibles ya que la impunidad propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos y la total indefensión de las víctimas y de sus familiares”10 .
XVI. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 refiere que “la delincuencia de cuello blanco habrá desaparecido y la corrupción política y la impunidad que han prevalecido como norma hasta 2018 habrán quedado reducidas a casos excepcionales, individuales e inmediatamente investigados y sancionados. Las instituciones estarán al servicio de las necesidades del pueblo y de los intereses nacionales, el principio de la separación de poderes y el respeto al pacto federal serán la norma y no la excepción, el acatamiento de las leyes regirá el comportamiento de los servidores públicos...”.11
Por lo antes expuesto y fundado, se somete a consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero . La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de México para que se consideren las siguientes acciones: a) la suspensión definitiva de los torneos del fútbol mexicano profesional hasta que haya sanciones a los responsables de estas violencias y condiciones incontrovertibles para que no se repitan; b) abrir investigaciones sobre las razones y responsables que dieron lugar a procesos como la criminalidad en el fútbol en el contubernio entre “barras” y Directivas de los equipos profesionales; c) suspender la participación de México como país sede del Mundial 2026; d) intervenir para su resguardo e investigación judicial y fiscal las instalaciones de la FEMEXFUT.
Segundo. La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República (FGR) y a la Fiscalía General del Estado de Querétaro para que, en el ámbito de sus atribuciones y competencias, atiendan y ejerciten las acciones correspondientes sobre los hechos ocurridos el 5 de marzo del presente año en el estadio La Corregidora, ubicado en el Estado de Querétaro, en aras de hacer efectivos los derechos humanos de las víctimas que acudieron al evento masivo.
Tercero. La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para que, desde el ámbito de sus atribuciones y competencias, que ejerza la facultad de investigación a raíz de los sucesos del 5 de marzo del presente año en el estadio La Corregidora, ubicado en el Estado de Querétaro, a efecto de determinar si ha lugar al fincamiento de responsabilidades administrativas, resarcitorias, penales y/o políticas contra quienes resulten responsables de las violaciones graves de derechos humanos de las víctimas. Además, la CNDH tiene competencia para conocer de violaciones a derechos humanos derivadas de las actividades empresariales.
Cuarto. La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Búsqueda y las Comisiones de Búsqueda del Estado de Jalisco y Querétaro para que, desde el ámbito de sus atribuciones y competencias, determinen, ejecuten y den seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas derivado de los hechos ocurridos el 5 de marzo del presente año en el estadio “La Corregidora”, ubicado en el Estado de Querétaro.
Quinto. La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y a las Comisiones del Estado de Querétaro y Jalisco para que, desde el ámbito de sus atribuciones y competencias, proporcionen medidas de ayuda, asistencia y atención, por sí mismas o en coordinación con otras instituciones competentes.
Notas:
1. https://www.cndh.org.mx/documento/la-cndh-inicia-queja-de-oficio-ante-l os-graves-hechos-de-violencia-ocurridos-en-el
2. https://www.infobae.com/america/mexico/2022/03/07/tragedia-en-queretaro -fge-identifico-a-los-lesionados-uno-fue-trasladado-a-la-cdmx/
3. CoIDH, Caso Barrios Altos , párrafo 48; CoIDH, Caso Almonacid Arellano y Otros , párrafo 148.
4. CoIDH, Caso de la Masacre de la Rochela , párrafo 195.
5. CoIDH, Caso Cepeda Vargas , párrafo 118.
6. CoIDH, Caso Pacheco Teruel y otros , párrafo 62.
7. CoIDH, Caso Tiu Tojín , párrafo 77.
8. CoIDH, Caso de la Masacre de Mapiripán , párrafo 236.
9. https://www.ohchr.org/Documents/Publications/GuidingPrinciplesBusinessH R_SP.pdf
10. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r24428.pdf
11. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2 019
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2022
Diputado Hirepan Maya Martínez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades federales y locales a atender la problemática político-social en Coyomeapan, Puebla, a cargo de la diputada Inés Parra Juárez, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Inés Parra Juárez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente
Exposición de motivos
Antecedente: se tuvo un Proceso Municipal Electoral fraudulento en junio de 2021, correspondiente al periodo 2021-2024, en las cuales se suscitó un conflicto político originado por el cacicazgo político, entre familia la Celestino/Rosas, que han mantenido el poder en el gobierno municipal; iniciando con David Celestino Rosas (2011-2014), Araceli Celestino Rosas (2014- 2018), David Celestino Rosas (2017- 2021) y Rodolfo García López (esposo de Araceli Celestino Rosas) (2021-2024). Coyomeapan y que, hasta la fecha presente, no ha tenido una solución.
El domingo 6 de junio del 2021, un grupo de pobladores mantuvieron tomadas las oficinas del Consejo Municipal Electoral, debido a que durante las votaciones en las que resultara ganador Rodolfo García López, él y su equipo de campaña compraron votos y días antes recurrieron a la intimidación de los habitantes. Incurriendo en los siguientes delitos electorales:
a) Condicionamiento.
b) Coerción.
Los cuales no fueron atendidos, ni perseguidos por la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales (Feide) del Estado de Puebla.
Lo que generó un fuerte descontento social que como consecuencia de ello condujera a que el día 22 de agosto del 2021, la Manifestación de la población en contra de la imposición del sucesor del cacique municipal Rodolfo García cuñado del presidente saliente David Celestino Rosas, tomaran las instalaciones del Ayuntamiento y otros edificios públicos de la cabecera de manera pacífica en la que no se presentó vandalismo en esos hechos y los bienes públicos muebles e inmuebles se tomaran bajo resguardo de la comunidad.
Rodolfo García López tuvo que asumir el cargo en el Centro Integral de Servicios de Ajalpan, lugar en el cual ha mantenido la gestión del municipio ante la imposibilidad de su ingreso a la cabecera municipal de Coyomeapan.
Ante los hechos de protesta social, conferidos por los artículos 6,7 y 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el ejercicio constitucional de libre expresión, manifestación y exigencia de democracia, el gobierno del Estado de Puebla intervino a través de una delegación de la Secretaria de Gobernación que citó a ciudadanos inconformes, bajo el supuesto de dialogar y distender la situación; por lo que la comunidad nombró una comisión ciudadana para el dialogo con los funcionarios enviados por parte de la Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla, misma que se efectuó en el Centro Integral de Servicios (CIS) de Ajalpan, ubicado en Dirección Carretera Tehuacán Teotitán Km 16.2, Esquina del Ejido, Ajalpan, resultando una emboscada política en la que agentes de la Fiscalía Estatal de Puebla y Policías Estatales, detuvieran a los ciudadanos: Basilisa Montaño Gutiérrez, Adán Anastasio González Sanguines, Eruviel Aguilar Gómez y Gonzalo Martínez Herrera. Mismos hechos que se catalogan como anticonstitucionales y violatorios de sus derechos cívicos, políticos y humanos, suscitándose estas violaciones entre el 1 y el 5 de septiembre y que acrecentara la desconfianza en el Gobierno Municipal y Estatal que mermó la posibilidad de generar un ambiente de Gobernabilidad con el actual Ayuntamiento.
Se presume la Fabricación de delitos y pruebas simuladas por parte de la FGEP, así como falsos testigos con declaraciones ilegitimas en contra de los 4 presos políticos. El juzgado de control y de oralidad penal de Tehuacán del Poder Judicial del Estado de Puebla ha instrumentado una estrategia perversa de descalificación y desestimación, contraria a la correcta impartición de justicia, basada en la dilación y obstrucción. Se ha aplazado el proceso de impartición expedita de justicia, del cual han transcurrido ya cinco meses de un proceso lleno de dilaciones sin sentencia, en el que se ha violado en todo momento el debido proceso y el principio de la presunción de inocencia.
En la Carpeta de investigación FGEP/CDI/FIR/1/10156/2021, se presenta un Golpe a la defensa de los presos políticos con la revocación de su abogado en acuerdo emitido por el juez el 06 de enero, en el que, de manera tendenciosa y arbitraria, con la intención de afectar a los detenidos en su correcta defensa y la intención del mismo juez de imponer a un defensor de oficio a modo para los detenidos. Dicha determinación unilateral y extra legal por parte del juez de decidir el abogado o defensor que llevara el proceso de defensa violando flagrantemente el juez con esto la libertad de los acusados de determinar su defensa o que abogado de su confianza es un hecho corrupto y deshonesto por parte del Juez Gabriel Rocha Pérez JUEZ DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN DEL SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL DE LA REGIÓN JUDICIAL SUR ORIENTE, CIUDAD DE TEHUACÁN, está violentando a todas luces la libertad de elección de defensa.
Ante las condiciones actuales de crispación social e ingobernabilidad en el municipio de Coyomeapan Puebla, el H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en el ámbito de sus atribuciones debe INTEGRAR UN CONSEJO MUNICIPAL, como condición necesaria para permitir la distención social, que genere armonía, tranquilidad y paz social en el municipio de Coyomeapan Puebla. Esto para reponer el proceso electoral viciado de junio de 2021 sustentado en la coacción y el condicionamiento del voto, permitiendo nuevamente el nepotismo político en Coyomeapan, sustentado en la sucesión de linaje familiar “Celestino Rosas” de tipo caciquil. La integración de un consejo municipal facilitara la gobernabilidad democrática en el municipio de Coyomeapan Puebla donde el Congreso del estado de Puebla debe atender su integración atreves de la representación indígena que permita la libre determinación de los pueblos originarios de Coyomeapan
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo.
Punto de Acuerdo
Primero. - La Cámara de Diputados exhorta al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para que en el ámbito de sus atribuciones integre un Consejo Municipal en Coyomeapan de conformidad con el Artículo 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Segundo. - La Cámara de Diputados exhorta a la Fiscalía General de la Republica a que de conformidad con el Articulo 19, fracción XIX y demás ordenamientos jurídicos aplicables de la LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ejerza su facultad de atracción para la liberación de los presos políticos contenidos en la lista de personas detenidas en la causa penal 347/2021 del juzgado de oralidad penal de la región de Tehuacán, Puebla; que deseche la imputación, contenida en la carpeta de investigación número FGEP/CDI/FIR/TEHUACAN-1/0156/2021; retire las órdenes de aprehensión causa penal 347/2021, del Juzgado de Oralidad Penal de la Región Sur Oriente con sede en Tehuacán, Puebla, y la lista de ciudadanos con amparo indirecto 887/2021 del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal del estado de Puebla relativo a la orden de aprehensión de la causa penal 347/2021 del juzgado de control de Tehuacán, Puebla.
Tercero. - La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación Federal y a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, a que conforme a lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17, 17 Bis, 18 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y REGLAMENTO Interior de la Secretaría de Gobernación, a través de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos, la Dirección General Adjunta de Recepción de Casos y Reacción Rápida, la Dirección General Adjunta de Prevención, Seguimiento y Análisis, la Dirección General Adjunta de Investigación y Atención a Casos, la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos, la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia y la Dirección General para la Reconciliación y Justicia, implementen las acciones y/o protocolos necesarios para la atención y defensa de los derechos humanos de los citados presos políticos y los ciudadanos de Coyomeapan; así mismo, funja como enlace para la concordia y la pacificación en Coyomeapan, Puebla.
Cuarto. - La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el puntual seguimiento y atención a las violaciones de derechos humanos cometidas por la Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla, la Fiscalía General del Estado de Puebla y el poder Judicial del Estado de Puebla.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 8 de marzo de 2022
Diputada Inés Parra Juárez (rúbrica)
Con motivo del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena
La conmemoración del 8 de marzo de cada año como el Día Internacional de la Mujer, tiene como primer antecedente histórico a la declaración del Partido Socialista de Estados Unidos relativa a la celebración del Día Nacional de la Mujer que sería celebrado el 28 de febrero de 1909.
En dicho contexto, miles de mujeres salieron a protestar en contra de las condiciones laborales en Nueva York, exigiendo mejores salarios y también su derecho al voto. Posteriormente, en 1910 mujeres de 17 países se atendieron a la convocatoria de la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, en la cual establecieron llevar a acabo una jornada de la mujer con la finalidad de que sus derechos políticos fueran reconocidos.
A partir de 1911 diversos países de Europa, así como Estados Unidos comenzaron a conmemorar el Día Internacional de la Mujer en consonancia con la celebración de la Revolución de 1848 y de la Comuna de París. Después de la Segunda Guerra Mundial, el Consejo General de las Naciones Unidas decidió celebrar el Día Internacional de la Mujer el 8 de marzo.
Desde entonces esta conmemoración se ha convertido en una fecha para generar conciencia sobre la relevancia que tiene el empoderamiento de las mujeres, en términos de garantizar y proteger sus derechos humanos. A su vez, visibilizar todas las estructuras políticas y sociales que mantienen condiciones de desigualdad entre mujeres y hombres, así como prácticas de discriminación que no permiten alcanzar una igualdad sustantiva.
Son diversos los compromisos que han asumidos los gobiernos con los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes, tales como la aprobación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, o la inclusión de la igualdad de género en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
En este sentido, es importante resaltar la importancia de seguir fomentando acciones y políticas encaminadas a garantizar los derechos humanos de las mujeres, erradicar todo tipo de violencia por motivos de género, y fomentar una cultura de respeto a los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes.
Palacio Legislativo, a los 8 días del mes de marzo de 2022.
Diputada Julieta Kristal Vences Valencia (rúbrica)