Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos locales a adoptar esquemas promotores de la certificación y acreditación de los establecimientos médicos que atienden pacientes con enfermedades metabólicas y lisosomales, suscrita por los diputados María Eugenia Hernández Pérez, Mónica Herrera Villavicencio y Jesús Roberto Briano Borunda, del Grupo Parlamentario de Morena, y Eunice Monzón García, del PVEM

Los que suscriben, las diputadas María Eugenia Hernández Pérez, Eunice Monzón García y Mónica Herrera Villavicencio y el diputado Jesús Roberto Briano Borunda, del Grupo Parlamentario de Morena, todos integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en el 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Consideraciones

La Agenda 2030 en su tercer Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) “Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades”1 reconoce que se necesitan muchas más iniciativas para erradicar por completo una amplia gama de enfermedades y hacer frente a numerosas y variadas cuestiones persistentes y emergentes relativas a la salud. Para ello, la Agenda 2030 plantea una meta para que aquí al 2030, se logre la cobertura sanitaria universal, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas inocuos, eficaces, asequibles y de calidad para todos.2

Las enfermedades raras son conocidas por ser distintos padecimientos con baja prevalencia en la población. La Organización Mundial de la Salud (OMS) las reconoce como aquellas enfermedades que se presentan en menos de cinco personas por cada 10 mil habitantes, y se calcula que, a nivel mundial, existen más de siete mil de ellas3 .

El 16 de diciembre del 2021, la Asamblea General de la Naciones Unidas emitió la resolución 6/132 “Abordar los retos de las personas que viven con una enfermedad rara y de sus familias”, con la que se exhorta a los Estados Miembros a que aceleren los esfuerzos encaminados a lograr la cobertura sanitaria universal para 2030 con el fin de garantizar la vida sana y promover el bienestar de todas las personas, incluidas las que viven con alguna enfermedad rara durante toda su vida.

Asimismo, las Naciones Unidas alientan a ofrecer progresivamente cobertura a las personas que viven con una enfermedad rara, proporcionándoles productos y servicios de salud esenciales de calidad y medicamentos, medios de diagnóstico y tecnologías sanitarias esenciales de calidad, inocuos, eficaces, y asequibles, con miras a lograr la cobertura de todas las personas que viven con una enfermedad rara para 20304 .

Cabe destacar que, en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Para eso, la regulación secundaria define las bases y modalidades para garantizar el acceso a los servicios de salud y establecer la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.

En la Ley General de Salud, su artículo 224 Bis, reconoce a los medicamentos huérfanos como aquellos que estén destinados a la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades raras. Además, el artículo 224 Bis 1 establece que la Secretaría de Salud debe implementar las medidas y acciones necesarias a efecto de impulsar y fomentar la disponibilidad de los medicamentos huérfanos, haciéndolos asequibles para la población. Asimismo, la Ley General de Salud faculta a la Secretaría para poder emitir recomendaciones a los Institutos Nacionales de Salud para la investigación y el desarrollo de medicamentos con potencial en su efectividad.

Con base en las disposiciones citadas, el Gobierno Federal, a través de la Comisión para el Análisis, Evaluación, Registro y Seguimiento de las Enfermedades Raras, ha implementado del Registro Nacional de Enfermedades Raras para mejorar las estrategias de su detección y tratamiento. Actualmente, esa Comisión reconoce 20 padecimientos para su análisis y tratamiento5 .

El gobierno de México con el apoyo de las instituciones de salud y asociaciones civiles, han implementado el Registro Nacional de Enfermedades Raras, para llevar a cabo la identificación de casos, con el fin de mejorar las estrategias de detección y tratamiento. Además, de reforzar la prevención a través del asesoramiento en materia genética.

Si bien, con esta acción del gobierno federal se provee de más información sobre los pacientes con enfermedades raras, también es necesario contar con mayor número de establecimientos acreditados para la atención de estas enfermedades con apoyo del gobierno de las Entidades Federativas. En la actualidad, en el país existen 25 hospitales acreditados, y quince Entidades Federativas no cuentan con establecimientos de atención médica con certificación para atender pacientes con alguna enfermedad de baja prevalencia.

Con esta información nos damos cuenta que son solo 16 las entidades federativas que cuentan con al menos un centro acreditado para la atención de pacientes con enfermedades, dejando a los pacientes que viven en resto de las entidades federativas, vulnerables para la atención de su padecimiento.

A continuación lo desglosamos de manera gráfica con lo cual podemos ver los estados que tenemos que poner énfasis en lograr, al menos, contar con un centro acreditado

Es menester lograr la especialización tecnológica y académica de los centros que atienden pacientes con enfermedades raras, y por ello vemos la necesidad de replicar la experiencia de esto en las ciudades principales de todas las entidades del país, a través de la acreditación de hospitales y de esta manera, una mejora en la calidad de vida de los pacientes y de sus familias, se vería significativamente reflejada.

Ante ese contexto, es necesario mencionar lo dispuesto por el artículo 77 bis 5 de la Ley General de Salud en el que se establece la competencia entre la Federación y las entidades federativas en la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados. En la fracción VII del artículo citado, se señala que corresponde a los gobiernos de las Entidades Federativas, dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, adoptar esquemas de operación que mejoren la atención, modernicen la administración de servicios y registros clínicos, alienten la certificación de su personal y promuevan la certificación y acreditación de establecimientos de atención médica; para tal efecto podrán celebrar convenios entre sí y con instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud con la finalidad de optimizar la utilización de sus instalaciones y compartir la prestación de servicios, en términos de las disposiciones y lineamientos aplicables.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los gobiernos de las treinta y dos entidades federativas para que, en el ámbito de sus atribuciones, adopten esquemas que promuevan la certificación y acreditación de los establecimientos médicos que atienden pacientes con enfermedades metabólicas y lisosomales.

Notas

1 Naciones Unidas (2018), La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible: una oportunidad para América Latina y el Caribe (LC/G.2681-P/Rev.3), Santiago

2 Naciones Unidas. Objetivo de Desarrollo Sostenible 3. Salud y Bienestar. Consultado el 5 de febrero de 2022. Disponible en el siguiente sitio web:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/health/

3 UNAM (2019) Mi hija tiene una enfermedad rara. Disponible en el siguiente sitio web: http://ciencia.unam.mx/leer/842/hoy-en-el-dia-de-las-enfermedades-raras -mi-hija-tiene-una-enfermedad-rara#:~:texto=Las%20 enfermedades%20raras%20son%20padecimientos,en%20un%20mill%C3%B3n%20de%2 0personas.

4 Naciones Unidas (2021) REV A/RES/76/132. Disponible en: https://undocs.org/es/A/RES/76/132

5 Insabi (2021) 059 Avances en la creación del Registro Nacional de Enfermedades Raras. Disponible en: https://www.gob.mx/insabi/prensa/059-avances-en-la-creacion-del-registr o-nacional-de-enfermedades-raras

Ciudad de México, a 24 de febrero de 2022.

Diputadas y diputado: María Eugenia Hernández Pérez, Eunice Monzón García, Mónica Herrera Villavicencio, Jesús Roberto Briano Borunda (rúbricas).

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SICT a modificar por la Dirección General de Autotransporte Federal la NOM-001-SCT-2-2016 para sustituir el término capacidades diferentes por personas con discapacidad, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 34, numeral 1, inciso B; el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal, modifique la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2-2016, Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, calcomanía de verificación físico-mecánica, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de gobierno, especificaciones y método de prueba, con el objetivo de sustituir el término “capacidades diferentes” por “personas con discapacidad”.

Antecedentes

1. La discriminación es un problema que se ha presentado en la convivencia de los seres humanos desde tiempos muy lejanos.

2. Los grupos vulnerables han sido, desde hace muchísimos años, apartados y discriminados de la sociedad en general.

3. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos indica que los sectores pertenecientes a dicho grupo son: personas migrantes, víctimas del delito, niñas y niños, comunidades indígenas, personas con discapacidad, entre otras.1

4. Uno de los sectores más vulnerables que, de igual manera, de los mayormente discriminados es el que contiene a las personas con discapacidad.

5. A estas personas se les ha denominado de diversas maneras, como discapacitado, minusválido, inválido o impedido, sin embargo, son erróneas.2

6. Para 2020, 5.7 por ciento de la población mexicana, es decir, poco más de 7 millones de personas tenían discapacidad y/o algún problema o condición mental.3

7. La actividad con dificultad más reportada entre las personas con discapacidad y/o condición mental es caminar, subir o bajar.4

8. 19 por ciento de las personas con discapacidad y/o algún problema o condición mental de 15 años y más son analfabetas.5

Consideraciones

Como se mencionó en la parte de antecedentes, en México tenemos una gran cantidad de personas con discapacidad y, como bien sabemos, en pleno siglo XXI sigue habiendo una enorme discriminación arraigada en la población hacia este sector vulnerable.

Además de las dificultades por las que tienen que pasar día con día porque el gobierno no les ha garantizado una plena movilidad, también deben soportar que se les llame de formas incorrectas. Esto, incluso, desde las propias instituciones gubernamentales, como es el caso que expondré a continuación.

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el 24 de junio de 2016 publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana (NOM) relativa a la regulación de placas metálicas de circulación, calcomanías de identificación, tarjetas de circulación, entre otras cosas.

Respecto a las placas de circulación, en dicha NOM se especifican los tipos de placas que habrá en el territorio nacional, tales como las normales, las de motocicletas, las de vehículos híbridos, las de patrullas, ambulancias y demás vehículos que transitarán por las calles mexicanas.

Sin embargo, resalta la presencia de las placas para personas con discapacidad, pero no por ser algo bueno, sino por denominarlas como “capacidades diferentes”, un término totalmente erróneo en virtud de que es un eufemismo que no reconoce la diversidad, ya que, al fin y al cabo, todos tenemos capacidades diferentes.6

En ese sentido, presento un cuadro comparativo que creó la Universidad Anáhuac7 :

Derivado de lo anterior, considero que es necesario modificar la NOM en materia de esta proposición con punto de acuerdo para que se utilice el lenguaje correcto con las personas con discapacidad y no se les siga llamando con palabras incorrectas desde el propio gobierno.

Por lo anteriormente expuesto someto a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal, modifique la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2-2016, Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, calcomanía de verificación físico-mecánica, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de gobierno, especificaciones y método de prueba, con el objetivo de sustituir el término “capacidades diferentes” por “personas con discapacidad”.

Notas

1 Comisión Nacional de los Derechos Humanos (N/A). Grupos en Situación de Vulnerabilidad y otros Temas. 16 de febrero de 2022, de CNDH. Sitio Web:

http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=23

2 Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (N/A). Cómo se Dice: Discapacitado, Persona con Discapacidad o con capacidades Diferentes. 16 de febrero de 2022, de ASDRA. Sitio Web:

https://www.asdra.org.ar/destacados/como-se-dice-discapacitado-persona-con-discapacidad-o-con-capacidades-diferentes/
#:~:text=Se%20han%20difundido%20conceptos%20como,%2C%20inv%C3%A1lido%2C%20impedido%20o%20deficiente.
&text=La%20forma%20en%20que%20nos,de%20entender%20a%20las%20personas.

3 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2021). Estadísticas a Propósito de las Personas con Discapacidad (Datos Nacionales). 16 de febrero de 2022, de INEGI. Sitio Web:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/EAP_PersDiscap21.pdf

4 Ídem.

5 Ídem.

6 Asociación Síndrome de Down de la República Argentina... Op. Cit.

7 Comité de Accesibilidad para Personas con Discapacidad (N/A). Personas con discapacidad, ¿qué lenguaje debo utilizar para hablar de ellas? 16 de febrero de 2022, de Universidad Anáhuac. Sitio Web:

https://www.anahuac.mx/mexico/noticias/Personas-con-disc apacidad-lenguaje-para-hablar-de-ellas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Bienestar, la SEP y la Ssa a coordinar acciones tendentes a la atención integral de las personas con discapacidad auditiva, a cargo de la diputada Laura Barrera Fortoul, del Grupo Parlamentario del PRI

Las que suscribe, Diputada de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a las secretarías de Bienestar, Educación Pública y Salud, a fin de coordinar acciones integrales tendientes a la inclusión de las Personas con Discapacidad Auditiva, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

I. En el censo 2020, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) registró que en el país viven 2.9 millones de personas con limitaciones para oír, aún con un aparato auditivo, 1.3 millones de personas tienen discapacidad auditiva, por lo que no puede oír, aún con un dispositivo auxiliar y 900 mil personas son sordociegas. El acumulado de persona con discapacidad o dificultades auditivas, alcanza los 5.15 millones de personas. Con estos datos, se puede afirmar que una de cada cuatro personas con discapacidad en el país, lo son relacionados a la perdida sensorial del oído.

II. Las personas con discapacidad auditiva, por la heterogeneidad de la composición de este segmento de población, no constituyen un grupo social de composición y características únicas y las políticas públicas planteadas para este segmento, deben tener en cuenta la diversidad cultural de personas que la integran. Los primeros segmentos que podemos identificar, es el de las personas sordas que forman parte de familias de personas sordas o aquellas no cuentan con antecedentes familiares. Igualmente, debemos segmentarlas por sordas congénitas o que adquirieron la discapacidad por enfermedad o accidente. A su vez, las personas que adquirieron la discapacidad, si esto sucedió a edad temprana (pre-oralidad) o después de haber adquirido el lenguaje oral (post-oralidad) También se puede segmentar por las habilidades personales para superar las barreras de la comunicación, que pueden ser: usuarias de la lengua de señas; lectura de labios y oralización, y aquellas que ocupan la lectoescritura o que no cuentan con herramientas.

En la política pública, estas diferencias redundan en la necesidad de respuestas diversas; lo que obliga a protocolos que respondan a la exigencia de encontrar las diversas respuestas necesarias y posibles para la diversidad de la discapacidad auditiva.

III. Que para generar conciencia respecto a la consideración anterior, el 9 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se declara la última semana de febrero de cada año como la Semana Nacional de la Salud Auditiva.

El decreto, propuesto de origen en el Congreso de la Unión, atendió a la exigencia de las organizaciones de sociedad civil para generar la atención general a esta problemática. La última semana de febrero de 2021 se llevó a cabo la primera edición de esta estrategia de concienciación.

IV. En la primera Semana Nacional de la Salud Auditiva, que se llevó a cabo en el 2021, se dejó manifiesto la necesidad de recuperar las políticas públicas que han dejado de implementarse por parte del Estado y construir una política pública integral y adecuada para las distintas Personas con Discapacidad Auditiva. También se concluyó sobre la necesidad de políticas públicas para prevenir la perdida de la audición y la implantación de auxiliares auditivos en los neonatos.

V. La salud auditiva se compone en lo médico en 1) la medicina preventiva y de diagnóstico temprano, y 2) lo terapéutico y la habilitación o rehabilitación. En lo social, la salud auditiva se constituye de las políticas para reducir obstáculos; dotar de las ayudas técnicas, los apoyos y/o ajustes razonables que permitan el pleno desarrollo de las personas sordas.

VI. El Estado, con la capacidad institucional existente, puede proporcionar un esquema integral de atención a las personas con dificultad o discapacidad auditiva, pero hace falta un plan integral, que integre la oferta de política pública (educativa, asistencia social y de salud) adecuada y accesible para quien presenta dificultades o discapacidad para oír.

No es una cuestión de más recursos, lo es de ordenar los recursos actuales y ofertarlos atendiendo a la diversidad de los beneficiarios y una cultura de inclusión.

Por todo lo anterior se somete a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Bienestar, de Educación Pública y de Salud , a elaborar un esquema integral para la atención integral de los neonatos, niñas, niños y adolescentes con discapacidad auditiva, a fin de garantizar el acceso e información de las políticas públicas existentes, para satisfacer necesidades comunicativas de los beneficiarios.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación a diseñar (al menos) dos estrategias de inclusión educativa, atendiendo la primera lengua y necesidades de la persona con discapacidad auditiva: 1) a través de una educación bilingüe en Lengua de Señas Mexicana y 2) inclusión educativa en el sistema regular escolarizado con oralización.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Laura Barrera Fortoul (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conavi a promover mecanismos legales que permitan a las mujeres ejercer el derecho humano a una vivienda adecuada, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, María Rosete, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la Cámara de Diputados en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral I, artículo 6, fracción I y el artículo 79, numeral 1, fracción II, ambos preceptos del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Todas las personas tienen derecho a la vivienda adecuada como un derecho humano. Los derechos a la tierra, la propiedad y la vivienda son esenciales para la igualdad y el bienestar de las mujeres, sin embargo, este sector carece de manera desproporcionada de la tenencia de los bienes.

El derecho y acceso de las mujeres a una vivienda, es fundamental para la realización de otros derechos y de sus actividades cotidianas que permiten la promoción de la autonomía en todas las áreas de su vida.

En el año 2015 se registró en México que los hombres eran propietarios únicos de 56.6 por ciento y las mujeres únicamente de 35.3 por ciento,1 por su parte, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) reportó que, en el año 2020, 34 por ciento de los créditos se otorgaron a mujeres y 66 por ciento a hombres.

La Encuesta Nacional de Vivienda (ENVI) 2020, registró que a nivel nacional hay 23.9 millones de viviendas particulares, 17.4 millones tienen escritura de las cuales, 41.5 por ciento de las personas propietarias son mujeres y 56.9 por ciento son hombres.2 Demostrando con lo anterior que, entre las desigualdades de género, la vivienda y como consecuencia, tener un lugar seguro y adecuado donde vivir, es uno de los mayores problemas que enfrentan las mujeres.

El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 11 reconoce, “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia”.3

Asimismo, el artículo 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que:

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.4

Sin embargo, el derecho a la vivienda comúnmente es inasequible para las personas a las que se les niega el derecho a la educación, trabajo o seguridad social; en México las grandes brechas de género en el acceso a la vivienda y su financiamiento deriva de los diversos problemas que enfrentan las mujeres como lo son la desigualdad salarial, el menor número de semanas cotizadas y los bajos incrementos salariales que reciben las mujeres.

Estas desigualdades sociales se traducen en espacios insuficientes en la vivienda y hacinamiento, que traen como consecuencia el incremento de la violencia intrafamiliar y el deterioro de la salud mental de las mujeres, que se ven en la necesidad de permanecer en un lugar donde son violentadas, porque no tienen los recursos o las oportunidades para acceder a una vivienda adecuada.

La adquisición de una vivienda para las mujeres es desproporcionadamente inferior al de los hombres, por los diversos factores discriminatorios que contribuyen a la desigualdad.

Por lo anterior, es necesario promover acciones que promuevan los mecanismos legales para la adquisición de una vivienda adecuada, a fin de impulsar la equidad, proteger la vida y la salud de sus ocupantes, incorporando a las mujeres en la transformación social del país y cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que en el punto 11 establece que todo ser humano tiene derecho a habitar en una ciudad o comunidades sostenibles.

Sin soslayar que el Programa Nacional de Vivienda 2019-2024 establece como uno de los objetivos prioritarios, garantizar el derecho a una vivienda adecuada para todas las personas, especialmente para los sectores de la población en mayor situación de discriminación y vulnerabilidad, contrarrestando la desigualdad en el financiamiento y atendiendo las necesidades de vivienda como lo son, el mejoramiento, ampliación o autoconstrucción.5

El derecho a una vivienda adecuada no debe limitarse a un espacio físico de resguardo, sino que debe permitir el pleno desarrollo de las personas que la habitan, tal y como lo establece la Observación General número 4 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU.6

El Estado tiene la obligación de lograr condiciones de inclusión, equidad e igualdad de género para lograr el bienestar de todas y todos, colocando a las mujeres en el eje rector de las políticas públicas para erradicar las grandes desigualdades sociales.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . La LXV Legislatura de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Vivienda, promueva mecanismos legales que les permitan a las mujeres ejercer su derecho humano a una vivida adecuada.

Notas

1 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/BoletinN2_2016.pdf

2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/envi/EN VI2020.pdf

3 https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cescr.aspx

4 https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/Discapacidad/Declaracio n_U_DH.pdf

5 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5620388&fecha=04/06/2 021

6 https://conf-dts1.unog.ch/1%20spa/tradutek/derechos_hum_base/cescr/
00_1_obs_grales_cte%20dchos%20ec%20soc%20cult.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada María Rosete (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia a fortalecer por el Sistema Nacional DIF a escalas federal, estatal y municipal las acciones preventivas de violencia escolar contra niños y adolescentes, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La educación es el proceso a través del cual una persona adquiere conocimientos intelectuales y morales que les permite desarrollar aprendizajes, hábitos y habilidades para desarrollarse en la vida social. La educación funciona como un mecanismo de movilidad social y elimina el círculo vicioso de la pobreza, además de promover oportunidades para lograr mayores niveles de bienestar social y crecimiento económico.

El artículo 3o. constitucional señala que todas y todos los mexicanos tenemos derecho a la educación sin distinción de raza o género, así como al respeto de la libertad de enseñanza y aprendizaje al ser garantías individuales consagradas en la Carta Magna.

La Ley General de Educación es la norma que da sustento a los preceptos constitucionales de dicho artículo y reconoce la importancia del ejercicio de la educación para alcanzar el bienestar de todas las personas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece, que todas las personas tienen el derecho a la educación, esta educación debe ser gratuita al menos en primaria y secundaria. El objetivo es establecer el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales; promoviendo la comprensión, tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos nacionales o religiosos, y contribuyendo al desarrollo de los esfuerzos de paz de Naciones Unidas.

La educación en México, en años recientes, ha realizado importantes esfuerzos y ha generado recursos para avanzar en el desarrollo de un sistema educativo incluyente y de calidad para mejorar la calidad de la educación y lograr el acceso universal.

En el país, el ciclo escolar 2020-2021 tuvo 32.9 millones de alumnos entre un rango de 3 a 29 años.1 De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, México ocupa el primer lugar internacional en casos de bullying en educación básica y afecta a 18 millones 781 mil 875 alumnos de primaria y secundaria de escuelas públicas y privadas.2

Si bien las políticas de seguridad han privilegiado el uso de la fuerza por encima de la ley, la violencia y su multiplicación en todos los espacios sociales hacen que se reproduzcan y establezcan en instituciones públicas como las escuelas.

En este contexto la vida de los estudiantes en los centros educativos puede llegar a ser complicada, las diferencias que tiene que ver con cuestiones de raza, religión, género, origen, estatus económico, discapacidad, orientación sexual, así como características físicas y estéticas, entre otras, hacen que las relaciones con sus compañeros, al no ser reconocidos como iguales, se vuelven víctimas de violencias y agresiones, las cuales llevan por nombre bullying.

Bullying es “todo acto u omisión que agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño o adolescente, realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares públicas y privadas” (Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH).

La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio aplicable al caso concreto que es de gran utilidad, determinó que el bullying, además de violar la dignidad, la integridad y el derecho a la educación de un niño, puede constituir una forma de discriminación.

De acuerdo con la CNDH se dieron a conocer las diversas manifestaciones del bullying: 3

Verbales: insultar, humillar, esparcir rumores o decir palabras hirientes para lastimar a un compañero o compañera.

Físicas: golpear, jalonear, pellizcar, morder, empujar, escupir al otro, realizar conductas que lo avergüenzan frente a sus compañeros, como despeinarlo, arrojarle agua o pintura, o quitarle sus zapatos.

Psicológicas: amenazar, manipular, chantajear o intimidar constantemente a un compañero, con el argumento de causarle un daño si pide ayuda o dice a otra persona lo que le hacen.

Exclusión social: ignorar y excluir a los compañeros de la amistad, convivencia o actividades escolares.

Sexuales: asediar, presionar o incitar la práctica de actos sexuales.

Cyberbullying: publicar comentarios, fotos en redes sociales, mensajes de celular o correo electrónico, que contengan mensajes ofensivos, de burla, o que revelen información privada de algún alumno;

Un niño que sufre de bullying no solamente disminuye sus ganas de asistir a su colegio, sino que, además, se ve afectado en su rendimiento escolar.4

El bullying pone a la persona acosada en una posición vulnerable con relación a la persona acosadora, es evidente una desigualdad entre el agresor y la víctima, niños y adolescentes que han sufrido bullying pueden desencadenar ansiedad frecuente, depresión, baja autoestima, autolesiones, anorexia, falta de interés, ausentismo escolar y deserción escolar, disminución del rendimiento escolar, involucramiento en acciones violentas, uso lúdico de sustancias nocivas y repercusiones en la salud física y mental. En casos muy severos, puede derivar en enfermedades como el alcoholismo, la drogadicción e incluso depresión suicida.

Datos del Inegi de 2008 a 2018 registran 52 suicidios cada mes, de los cuales 15 por ciento se debe al bullying, lo cual nos dice que alrededor de 7 mil niños y adolescentes se han quitado la vida por este motivo. Actualmente, a raíz de la pandemia la problemática ha aumentado.5

Durante 2014, en México 32.2 por ciento de los adolescentes entre 12 y 18 años sufrieron acoso escolar. Las ciudades de mayor incidencia fueron la zona metropolitana de Veracruz, Manzanillo, Colima, y Ciudad Nezahualcóyotl, México.6

Según la organización no gubernamental Bullying sin Fronteras para América Latina y España,7 en 2020 y 2021, en México 7 de cada 10 niños sufrieron de algún tipo de acoso, lo que deja a México en primer lugar mundial en casos de bullying, o acoso escolar, seguido de Estados Unidos de América, donde 6 de cada 10 lo sufren.

El bullying sigue incrementando día a día y es lamentable saber que en este momento alguna niña, niño o adolescente están siendo violentado y sufriendo en silencio el abuso de un compañero de clases.

La Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 19)8 y la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (artículo 46, LGDNNA)9 garantizan el derecho humano de niñas, niños y adolescentes a tener una vida libre de violencia. Las autoridades educativas, los profesores y los padres de familia pueden involucrarse para prevenir dichas acciones. En las instituciones escolares, los directivos son los responsables directos de supervisar los comportamientos de los alumnos, así como de generar mecanismos de prevención de violencia en las instalaciones.

Para prevenir el bullying en el salón de clases se pueden desarrollar estrategias preventivas, por ejemplo: focalizar factores que fortalezcan la convivencia con el otro, fomentar el respeto y la tolerancia, generar actividades en donde a través de medios de resolución de conflictos se genere cooperativismo,10 así como capacitar al personal institucional conforme a los estándares de violencia que se pueden generar dentro de las escuelas.

Las instituciones educativas son un espacio de socialización donde se debe detener y prevenir las relaciones desiguales que favorecen la generación y la reproducción de conductas violentas que contribuyen con el orden social establecido, cambiar estos parámetros dentro de las escuelas posibilitará que las manifestaciones de violencia entre alumnos disminuyan y mejores sus relaciones entre ellos y en su espacio social.

Quienes ejercen bullying son el resultado de una situación extraescolar que les afecta en su contexto de vida cotidiana, por ejemplo, sufren de violencia física, mental, emocional o abuso sexual, falta o exceso de límites, divorcio y/o separación de sus padres o alguna relación familiar conflictiva y después como consecuencia, se manifiesta con otra violencia.

El núcleo familiar del alumno juega un papel importante en la comprensión de cómo hacer frente a la intimidación en las escuelas porque ayuda a detectar y tratar este tipo de incidentes, por lo que debe existir una comunicación directa entre la familia y la institución educativa para obtener la información necesaria del estudiante.

El papel de la familia como medida preventiva consiste en la capacidad de desempeñar un papel activo y responsable en la eliminación del bullying, los padres, cuidadores y otros adultos involucrados deben reconocer la clave para evitar todas las formas de violencia, cuando un menor ejerce el uso del poder en una relación interpersonal, el niño sufrió antes una agresión, que le permitió adquirir la experiencia para ejercer abuso. La mayoría de las violencias son conocimientos adquiridos previamente en el contexto familiar, el cual reproducen y desarrollan en el ambiente escolar.

Finalmente, “aprender debe ser una experiencia alegre y no es posible aprender si un niño tiene miedo de lo que sucederá en la escuela o si sufre violencia en la escuela o cuando va hacia ella”.

La presente proposición constituye una aportación que servirá de base para generar elementos que permitan una solución integral al problema de violencia escolar.

Por lo expuesto se somete a consideración del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las autoridades educativas a supervisar y aplicar las normas de convivencia en las escuelas y generar un programa focalizado de prevención y acción sobre violencia escolar en cada entidad federativa, municipios y localidades del país, así como fortalecer las acciones de prevención del abandono escolar por motivo de acoso escolar, bullying o cualquier otra problemática social manifestada por violencias en el contexto escolar.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría de la Defensa del Menor y sus homólogas de cada estado para realizar visitas de supervisión en el que revisen los casos de niñas, niños y adolescentes que son víctimas o victimarios de bullying, a fin de proporcionar atención inmediata y salvaguardar la integridad física, psicológica y emocional de los menores o personas en estado de vulnerabilidad.

Notas

1 Situación nacional: ¿cuántos jóvenes estudian en México?, disponible en https://www.unila.edu.mx/cuantos-jovenes-estudian-en-mexico/

2 Milenio (2018), “Bullying, el terror escolar en México”, disponible en https://www.milenio.com/ciencia-y-salud/bullying-el-terror-escolar-en-m exico 2022

3 Contra el bullying. “El bullying sí afecta el rendimiento escolar de los alumnos”, disponible en

https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/Ninez_fa milia/Material/cuadri-contra-bullying.pdf

4 “El bullying sí afecta el rendimiento escolar de los alumnos”, disponible en https://www.grupoeducar.cl/noticia/el-bullying-si-afecta-el-rendimiento -escolar-de-los-alumnos/

5 Información disponible en la siguiente nota periodística de El Sol de México:
https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/sociedad/inegi-cada-mes-se-registran-52-suicidios-infantiles-
bullying-cifras-en-mexico-josefina-vazquez-mota-pan-4959128.html

6 Contra el bullying. “El bullying sí afecta el rendimiento escolar de los alumnos”, disponible en
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Programas/Ninez_familia/Material/cuadri-contra-bullying.pdf

7 Bullying. México. Estadísticas 2020/2021. 180 mil casos, disponible en
https://bullyingsinfronteras.blogspot.com/2017/03/bullying-mexico-estadisticas-2017.html#:~:text
=Seg%C3%BAn%20el%20estudio%20de%20la,alg%C3%BAn%20de%20tipo%20de%20acoso

8 Convención sobre los Derechos del Niño, disponible en https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

9 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_1101 21.pdf

[1]10 Bullying: una problemática para solucionar en conjunto, disponible en
https://www.sinohacesnadasosparte.org/Download/Bullying.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos federal y de Michoacán a generar condiciones que garanticen la seguridad de inspectores mexicanos y estadounidenses, cortadores, productores, empacadores y exportadores dedicados a la actividad agrícola en la entidad, a cargo de la diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, Edna Gisel Díaz Acevedo, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1 y 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y al gobierno del estado de Michoacán para generar acciones que garanticen la seguridad de inspectores mexicanos y estadounidenses, así como de cortadores, productores, empacadores y exportadores que se dedican a la actividad agrícola en la entidad, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La creciente ola de violencia que azota al país ha dejado estragos económicos y sociales muy marcados en nuestro país, esto sin que los gobiernos municipales, estatales y el gobierno federal logren tener una coordinación para hacer frente al problema. Esto es consecuencia de las decisiones tomadas desde el Ejecutivo federal, creando una estrategia fallida en materia de seguridad y permitir el debilitamiento de los cuerpos de seguridad ciudadana de estados y municipios, quienes no tienen capacidad técnica ni financiera para hacer frente a la inseguridad que viven en sus territorios.

El crimen organizado quiere tomar el control de gran parte del territorio michoacano; hay diversos episodios donde la población ha tenido que renunciar a sus bienes y a su vida porque el crimen organizado llega a apoderarse de los lugares sin que exista cuerpo de seguridad ciudadana o Guardia Nacional que les haga frente.

El pasado 8 de diciembre, el secretario de Agricultura y Desarrollo Rural estatal, Cuauhtémoc Ramírez Romero, señaló que en Aguililla los campesinos no pudieron sembrar cerca de 500 hectáreas de jitomate por la presencia del crimen organizado, que ha bloqueado la carretera y brechas saca-cosechas. Mientras que los vecinos han denunciado despojos.

En Tepalcatepec, los productores no pudieron cosechar –en la temporada pasada– unas 700 hectáreas de arroz, caña, limón y maíz, por la presencia de grupos armados. Lo mismo ha ocurrido en parte de Chinicuila, Coalcomán, y Buenavista, donde cientos de familias han sido desplazadas.

En la cabecera municipal de Tancítaro, grupos de autodefensa de la Tierra Caliente entregaron a los propietarios 25 huertas de aguacate que les fueron despojadas por la organización criminal Caballeros Templarios. La superficie recuperada fue de 265 hectáreas.

Lo anterior sumado a las extorsiones y el llamado “derecho de piso” que exige el crimen organizado que se pague en el estado, donde tanto productores, como empacadores y exportadores ven frecuentemente las afectaciones a sus actividades. Recordemos que Michoacán es el máximo productor y exportador de aguacate, además de ocupar el primer lugar a nivel nacional en la producción de fresa, zarzamora, lenteja, durazno y ciruela.

Es exportador de limón y mango, siendo este último fruto una cadena productiva que representa alrededor de 500 mil millones de pesos al año. En el caso de la zarzamora, más de 90 por ciento de la producción mexicana se da en Michoacán, con casi 250 mil toneladas al año.

Michoacán es un estado con vocación agrícola y el crimen organizado está poniendo en riesgo las fuentes de empleo y las actividades que los michoacanos tienen para salir adelante.

Es necesario tomar acciones decididas para recuperar el territorio perdido en manos de la delincuencia organizada, no podemos seguir con la estrategia fallida de “abrazos, no balazos” ni el debilitamiento institucional a los gobiernos subnacionales porque así conviene al presidente.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a las autoridades federales que se coordinan a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a que implementen acciones que permitan generar condiciones de seguridad para el desarrollo de las labores de productores, cortadores, empacadores, exportadores e inspectores que se dedican a la actividad agrícola en Michoacán.

Segundo. Se exhorta al gobierno del estado de Michoacán para que, de acuerdo a sus facultades, se coordine con el gobierno federal y establezcan medidas que permitan generar condiciones de seguridad para el desarrollo de las labores de productores, cortadores, empacadores, exportadores e inspectores que se dedican a la actividad agrícola dentro del territorio de esa entidad federativa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Edna Gisel Díaz Acevedo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR, la SE y la Profeco a realizar acciones preventivas y atender las denuncias presentadas por probable fraude financiero de la franquicia española Jeff, a cargo de la diputada Diana María Teresa Lara Carreón, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Diana María Teresa Lara Carreón, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Fiscalía General de la República, así como al titular de la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor, a que, en sus respectivas áreas de competencias, realicen acciones de prevención, y atiendan de manera pronta y expedita las denuncias presentadas por la probable comisión del delito de fraude financiero cometidos por la franquicia española JEFF (antes MR JEFF), al tenor de los siguientes

Antecedentes

“La delincuencia financiera supone una amenaza para las personas en todos los aspectos de sus vidas: en sus casas, en el trabajo, en línea y fuera de ella. Robo, fraude, engaño, chantaje, corrupción, blanqueo de capitales... Las posibilidades para obtener dinero de forma ilícita son interminables . Para los denominados delincuentes de cuello blanco los riesgos no son elevados, pero los beneficios sí.

La delincuencia financiera abarca desde el robo o el fraude cometido por individuos malintencionados hasta operaciones a gran escala planeadas por grupos de delincuencia organizada presentes en todos los continentes . Se trata de actividades delictivas graves cuya importancia no debería minimizarse pues, más allá del impacto social y económico, por lo general están estrechamente vinculadas con la delincuencia violenta e incluso el terrorismo .

La delincuencia financiera nos afecta a todos. Esta modalidad delictiva ha adquirido una dimensión totalmente nueva gracias al rápido avance de la tecnología digital.

Las bandas delictivas operan a nivel transnacional a fin de evitar ser detectados, y los fondos robados atraviesan muchas fronteras físicas y virtuales antes de llegar a su destino final. Es aquí donde nuestras redes policiales mundiales desempeñan un papel esencial”.1 En México, 40 por ciento de las transacciones de comercio electrónico no son autorizadas porque son potencialmente un fraude.

La franquicia española Jeff (antes conocida como Mr Jeff) llegó a México hace aproximadamente tres años para impulsar su primer modelo de negocio, en el rubro de lavanderías. Actualmente la empresa ya se expandió a otros giros adicionales: Relax (masajes), FIT (gimnasios) y Beauty (estéticas).

Apoyándose en una costosa estrategia de marketing para engañar a las personas, la empresa ha constituido lo que podría denominarse El Fraude Mundial del Siglo.

A decir de los denunciantes, lo consideran un fraude por las siguientes razones, en las que se evidencia el engaño y el incumplimiento deliberado de lo que ofrecieron:

1) Los franquiciados mantienen con dinero de su bolsillo hasta más de dos años el negocio, sin nunca percibir una sola ganancia, lo cual los ha llevado a endeudarse, llegar a la bancarrota y perder sus ahorros de años, o el patrimonio familiar.

2) La franquicia no proporciona capacitación, asesoría, ni apoyo (know how ), lo cual es fundamental en una franquicia.

3) Cuentan con varios domicilios fiscales y en ninguno de ellos están establecidos físicamente, por lo que se presume evasión y delitos del orden fiscal, ante lo cual ya existe una denuncia de hechos ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

4) Existen casos en los que a pesar de que alguna sucursal ya había cerrado operaciones, meses después en el sistema seguían apareciendo pedidos “falsos”, dados de alta por el corporativo de la empresa, por lo que se presume lavado de dinero.

5) El principal atractivo de la franquicia era su aplicación tecnológica (APP), que ellos injustamente la comparan con la de UBER, y la cual atraería a la mayoría de los clientes del negocio, pero se tiene evidencia que en algunas sucursales durante varios meses consecutivos no llegó ni un solo pedido por la APP.

6) La franquicia cobra una regalía mensual fija a cada sucursal de alrededor de 9 mil pesos mexicanos (que se incrementan cada año de acuerdo a la inflación) que se ocuparía en redes sociales, pero se tiene evidencia de que la empresa no generó ninguna difusión en redes para promover servicios de cada sucursal, salvo la publicidad corporativa para seguir captando más franquiciados, lo cual no beneficia directamente a los franquiciados en operaciones.

7) La franquicia ha entorpecido la terminación anticipada del contrato pese a que es la responsable del fracaso de las sucursales. Al contrario, establece penalizaciones jurídicas y económicas excesivamente exageradas a quienes se ven en la necesidad de cerrar el negocio y ha ejercido intimidación mediante cartas a través de despachos legales para evitar que los franquiciados no abandonen el negocio, a pesar de que estén en quiebra total.

8) El contrato es “leonino” (totalmente desfavorable para el franquiciado). La versión completa y final del contrato fue entregada para firma a los franquiciados una vez que ya habían realizado el depósito bancario del pago total de la cuota de franquicia, por lo que, si existía desacuerdo por parte del franquiciado al momento de la firma, la empresa se negaba a regresar dicho depósito.

9) Se tiene evidencia de casos en los que la franquicia solicitaba a los franquiciados que modificaran la cantidad real de las facturas, por lo que se presume evasión fiscal.

10) La franquicia está revendiendo sucursales que están en litigio.

Según el dicho de los denunciantes, los diez elementos antes descritos son sólo algunos de los más relevantes, pero existen más. Existe registro que en Colombia hay más de cuarenta demandas contra JEFF , más de una decena en España , además de Chile, Bolivia, Portugal, Uruguay, Marruecos, Argentina, y personas en miras a demandar en Chile, Perú, Costa Rica, etcétera. Es necesario que las autoridades mexicanas intervengan, a fin de evitar que el número de afectados crezca.

Muchos de los defraudados ni siquiera lograron abrir la sucursal, por los excesivos candados administrativos y falta de apoyo de la franquicia. Más de la mitad de las sucursales que lograron abrir fracasaron; y las que siguen abiertas la mayoría están en números rojos; no todas han demandado aún, dado que la empresa ha intensificado su acoso a las sucursales abiertas para evitar que cierren, y ha aumentado su difusión mediática positiva para tratar de distraer a las autoridades, seguir defraudando a emprendedores y minimizar el creciente descontento de sus franquiciados.

Se tienen identificadas las siguientes empresas a nivel mundial, relacionadas con Mr Jeff y que actualmente están demandadas:

1. Niewe Husset SA de CV

2. Mr. Jeff Labs SL

3. Mercados y Productos Globales SA de CV

4. Corporate Management Consulting Sarl

5. J Labs Maroc

6. Ur Global

7. Mr Jeff Chile Spa

8. Mr Jeff Labs Bolivia SRL

9. Jeff España, S.L.

10. Mr Jeff España, S.L.

11. Mr Jeff Labs, S.L.

En México la franquicia Jeff ha sido demandada penal y civilmente en decenas de sucursales. Jeff y sus principales fundadores, socios y directivos (entre ellos Eloi Gómez Cal, Adrián Lorenzo, Rubén Muñoz Trapote, Miguel Jarabú Fuentes y el mexicano Ahmer David Dodero López), han sido demandados y están siendo investigados por la justicia mexicana por presunto fraude, lavado de dinero, evasión fiscal, falsificación de firmas, y daños y perjuicios. Actualmente están siendo remitidas a la Fiscalía de Investigación Estratégica de Delitos Financieros de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, las siguientes carpetas de investigación:
CI-FIMH/MH-2/UI-1-SD/00460/04-2020; CI-FIMH/MH-2/UI-1-SD/00023/01-2021;CI.FIBJ/UAT-BJ-1/
UI-1-SD/D/061/02-2021;CI-FIBJ/URI-B-J-4/UI-1-SD/00044/11-2020;CI-FIMH7MH-2/UI-2-SD/00180/
01-2021; CI-CUH7/UI-1/S/D/00447/03-2021;CI-FIMH/MH-2/UI-1/DD/00247/03-2021; CI-FIMH/MH-2/
UI-1S/D/00108/02-2021. En la Fiscalía General de la República, se ha abierto la siguiente carpeta: FGR/FECOR/DFE/2026/21

Consideraciones

Los franquiciados se acercaron a esta soberanía, compartieron: a) fotos y videos de las protestas en algunas instituciones mexicanas para demandar imparcialidad, celeridad y evitar corrupción en la sentencia de este asunto, b) copia de las demandas contra JEFF en México, España, Bolivia y Marruecos; c) la denuncia de hechos presentada ante la UIF; y, d) ligas de notas periodísticas y publicaciones en redes sociales que versan sobre el fraude de JEFF2 :

Adicionalmente a las demandas por fraude en varios países, la franquicia Jeff enfrenta otros escándalos en España por deudas a terceros, y problemas legales laborales: todo ello como un ejemplo de lo que pudiera significar el despliegue de acción de lo que parece ser un fraude internacional.3

El presente punto de acuerdo pretende apoyar a los ciudadanos afectados, pues resulta indispensable que las familias afectadas puedan recibir justicia y la debida protección de su patrimonio. Las familias de los afectados merecen ver reparado el daño que les causaron por quien resulte responsable.

Es necesario que de manera decidida y efectiva se otorgue la debida atención a las denuncias de los ciudadanos afectados. A pesar de haber recurrido a las autoridades, no han logrado ser atendidos de manera que les haya sido satisfactoria. Han solicitado en reiteradas ocasiones la intervención de la Secretaría de Hacienda y de la Unidad de Inteligencia Financiera y de la Fiscalía General de la República.

Es necesario que nuestro país ofrezca un ambiente de plena certeza de la legalidad de las inversiones que realizan los ciudadanos. Uno en el que se promueva la creación de empleos sin temor. Para lo anterior, la impartición de justicia pronta y expedita es un punto nodal contra la impunidad.

Con base en los argumentos aquí expuestos, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Fiscalía General de la República, así como al titular de la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor, a que, en sus respectivas áreas de competencias, realicen acciones de prevención, y atiendan de manera pronta y expedita las denuncias presentadas por la probable comisión del delito de fraude financiero cometidos por la franquicia española JEFF (antes MR JEFF), con el objeto de proteger los derechos humanos y el patrimonio de las personas afectados por dichas conductas, así como para erradicar la afectación a la seguridad pública que se pudiere estar generando en el país, por la comisión de dichos actos ilícitos.

Notas

1 Interpol. Delincuencia Financiera.

https://www.interpol.int/es/Delitos/Delincuencia-financi era

2 https://internationalthenews.com/?2021/08/15/05242900

https://www.eldiario.es/economia/franquiciados-mundo-reb elan-rey-gallego-lavanderias-engano_1_7904257.html

https://www.iberianpress.es/noticia/admitida-a-tramite-l a-querella-por-estafa-contra-mr-jeff/35670

https://valenciaplaza.com/citacion-afectados-mr-jeff

https://www.elpais.com.co/colombia/
la-pesadilla-que-viven-decenas-de-inversionistas-de-la-prometedora-franquicia-mr-jeff.html

https://www.cuartaplana.com/nota.php?n=26681

https://www.103malaga.com/2021/05/08/segun-el-colectivo-de-mexicanos-defraudado-por-jeff
-franquicia-espanola-defrauda-a-cientos-de-mexicanos/

https://www.tintoreriaylavanderia.com/actualidad/noticia s/864-millonario-fraude-con-franquicias-de-lavanderia.html

https://www.linkedin.com/pulse/fraud-class-action-lawsui t-filed-against-mr-jeff-spain-enriquez

https://www.youtube.com/watch?v=qLzMGuDXGww

https://www.youtube.com/watch?v=RZIXKpmfyng

https://youtu.be/CxV2o-rykoY

https://www.facebook.com/Mr-Jeff-Franquicias-fraude-1142 15403756980/

3 https://valenciaplaza.com/ex-accionistas-de-entrenarme-reclaman-a-jeff- retrasos-en-los-pagos-por-la-compra-de-la-startup

https://valenciaplaza.com/la-compania-valenciana-jeff-in icia-un-ere-por-la-caida-de-las-ventas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Diana María Teresa Lara Carreón (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al ISSSTE a instaurar lineamientos internos sobre el otorgamiento de licencias laborales para padres y madres de niños y adolescentes con cáncer, a cargo del diputado Tereso Medina Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Tereso Medina Ramírez, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En México, el cáncer infantil representa la segunda causa de muerte en los niños de 5 a 14 años de edad y la cuarta en la población de 1 a 4 años, cada 4 horas muere una niña o niño por cáncer. En la última década, México ha registrado un promedio anual de 2 mil 150 muertes por cáncer infantil.1

El Instituto de Salud para el Bienestar estima que cada año se diagnostican 5 mil y 7 mil nuevos casos de cáncer infantil y aproximadamente, 2 mil defunciones por causa de esta enfermedad.2 De acuerdo con los datos del Registro de Cáncer en Niños y Adolescentes (RCNA),3 en México, las tasas de incidencia (por millón) hasta el 2017 fueron: 89.6 nacional, 111.4 en niños (0 a 9 años) y 68.1 en adolescentes (10-19 años). El 56 por ciento de los casos registrados corresponde a varones y 44 por ciento a mujeres. La mayor tasa de mortalidad (6.79) ocurrió en adolescentes hombres y la mayoría de los casos del RCNA fueron: leucemias (48 por ciento), linfomas (12 por ciento) y tumores del sistema nervioso central (9 por ciento).

La sobrevida nacional en niños y adolescentes registrados en el RCNA es de 57.5 por ciento, en comparación con la de países con altos ingresos donde la probabilidad de que una niña, niño o adolescente diagnosticado con cáncer sobreviva es del 90 por ciento.

El 15 de febrero de 2018, un grupo de senadores de distintos grupos parlamentarios presentaron la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, cuyo objetivo es que los padres y madres de niñas, niños o adolescentes diagnosticados con cáncer en México puedan gozar de una licencia por cuidados médicos. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en el mes de abril del mismo año por el Senado, y en 2019 fue aprobada, también por unanimidad, en la Cámara de Diputados.

Posteriormente, el decreto por el que se expiden las licencias laborales fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de junio de 2019.

Las licencias laborales otorgadas a padres y madres de niños, niñas y adolescentes diagnosticados con cáncer, serán para cuidados médicos de 1 a 28 días prorrogables por hasta 364 días (se podrán utilizar, sin tener que ser continuos, en un periodo de tres años); para trabajadoras o trabajadores, afiliados al IMSS o al ISSSTE, que tengan a una hija o hijo menor de 16 años diagnosticado con cualquier tipo de cáncer y se otorgarán solo a uno de los padres.

Las licencias tienen aplicación en todo el territorio nacional, es decir, en las 32 entidades federativas de México y se entregarán en caso de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización incluyendo, en su caso, tratamientos paliativos.

Según información de la Fundación Cáncer Warriors de México, AC, la empresa ENKOLL realizó una evaluación de impacto en la calidad de vida de todos los involucrados en la implementación de las licencias laborales, tales como la familia, empleadores y oncólogos. Los resultados de esta evaluación han sido muy alentadores, ya que por un lado las familias sienten la tranquilidad y seguridad de que no perderán sus empleos, y, por otro lado, el estado emocional, animo, de los niños, niñas y adolescentes diagnosticados con cáncer ha mejorado, por lo tanto han respondido mejor al tratamiento, ya que es un aspecto fundamental para una buena respuesta al mismo, esto derivado de que los pacientes al estar acompañados por sus padres, se sienten más fuertes para combatir la enfermedad.

El pasado mes de octubre de 2021, el director de Prestaciones Económicas y Sociales del Instituto Mexicano del Seguro Social compartió cifras relativas al otorgamiento de estas licencias al interior de la institución, señalando que desde junio de 2019 hasta octubre de 2021 se habían entregado un total de 4 mil 334 licencias, beneficiando a más de 804 padres y madres de familia (445 mujeres y 312 hombres), otorgando un total de 61 mil 580 días de permiso para acompañar a los menores de edad durante su tratamiento.

Problemática

El 4 de junio de 2019, se publicaron las reformas a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en donde se adiciona un artículo 37 Bis a la presente ley, para quedar como sigue:

Artículo 37 Bis. Para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta dieciséis años hayan sido diagnosticados por el Instituto con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente diagnosticado requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento médico, de acuerdo a la prescripción del médico tratante, incluyendo, en su caso, el tratamiento destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.

El Instituto podrá expedir a alguno de los padres trabajadores asegurados, que se situé en el supuesto previsto en el párrafo que antecede, una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento respectivo, a fin de que el patrón o patrones de éstos tengan conocimiento de tal licencia.

La licencia expedida por el Instituto al padre o madre trabajador asegurado tendrá una vigencia de uno y hasta veintiocho días. Podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que excedan trescientos sesenta y cuatro días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.

Los padres o madres trabajadoras asegurados ubicados en el supuesto establecido en los párrafos que anteceden y que hayan cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el periodo de doce meses anteriores a la fecha del diagnóstico por los servicios médicos institucionales, y en caso de no cumplir con este periodo, tener al menos registrada cincuenta y dos semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia, gozarán de un subsidio equivalente al sesenta por ciento del último salario diario de cotización registrado por el patrón.

La licencia a que se refiere el presente artículo únicamente podrá otorgarse a petición de parte, ya sea al padre o madre que tenga a su cargo el ejercicio de la patria potestad, la guarda y custodia del menor. En ningún caso se podrá otorgar dicha licencia a ambos padres trabajadores del menor diagnosticado.

Las licencias otorgadas a padres o madres trabajadores previstas en el presente artículo, cesarán:

I. Cuando el menor no requiera de hospitalización o de reposo médico en los periodos críticos del tratamiento;

II. Por ocurrir el fallecimiento del menor;

III. Cuando el menor cumpla dieciséis años;

IV. Cuando el ascendiente que goza de la licencia sea contratado por un nuevo patrón.

En virtud de lo antes expuesto, queda asentado que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, está obligado a expedir las licencias antes mencionadas, a los padres y madres de menores diagnosticados con cáncer.

Sin embargo, dichas licencias no han sido otorgadas por este Instituto, según lo afirman padres y madres de niños, niñas y adolescentes diagnosticados con cáncer, así como por diferentes actores de la Sociedad Civil, quienes son representados por el maestro Kenji López Cuevas, presidente y fundador de Cáncer Warriors de México, AC, y consejero de la Unión Internacional para el Control del Cáncer, quien ha lanzado un llamado a través de redes sociales y medios de comunicación, solicitando se les dé una pronta respuesta, a quienes se les han negado las licencias laborales, derivado de que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, manifiesta no cuenta con los lineamientos internos para la expedición de las licencias.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a que realice las gestiones necesarias para instrumentar los lineamientos internos para el otorgamiento de las licencias laborales para padres y madres de niños, niñas y adolescentes diagnosticados con cáncer.

Notas

1 Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades, “Niños y niñas con cáncer”. 2018.

https://salud.edomex.gob.mx/cevece/docs/tripticos/2018/S emana%2007.pdf

2 Instituto de Salud para el Bienestar.15 de febrero- Día Internacional del Cáncer Infantil. 2021. https://www.gob.mx/insabi/articulos/15-de-febrero-dia-internacional-del -cancer-infantil-263815

3 Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia. “Cáncer infantil en México”. 2019. https://www.gob.mx/salud%7Ccensia/articulos/cancer-infantil-en-mexico-1 30956

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputado Tereso Medina Ramírez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a no desaparecer el IMTA como centro público de investigación descentralizado e institución primordial para la investigación y seguridad hídrica del país, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a no desaparecer al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua como Centro Público de Investigación Descentralizado, por su importancia como una institución primordial para la investigación y seguridad hídrica del país, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado mes de diciembre de 2021, en varios medios de comunicación se dio a conocer la noticia que el presidente Andrés Manuel López Obrador confirmó la desaparición del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), con la justificación, “utilizar los recursos públicos en objetivos claros, evitar la duplicidad de funciones y cerrar espacios a la corrupción”.

Además, que el presidente Andrés Manuel López Obrador, hace resaltar su política de austeridad en la administración pública, exponiendo: “Entre más se ahorre, más dinero liberamos para el bienestar de la gente. Y no es un asunto administrativo, es un asunto de principios, no puede haber duplicidad de funciones”.

De la misma forma, la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores, expresa que “resulta necesario continuar la transformación y el fortalecimiento de las dependencias con alternativas que implican reformas administrativas profundas y eficientar la labor para atender las causas de los problemas ambientales”.1

El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), fue creado en 1986 por decreto presidencial como órgano desconcentrado a partir de la Comisión del Plan Nacional Hidráulico (CPNH) y el Programa de Desarrollo Rural Integrado del Trópico Húmedo (Proderith), (DOF 07/08/1986).

En 2001 se convierte en un organismo público descentralizado del gobierno federal (DOF 30/10/2001). En 2009 se le reconoce como Centro Público de Investigación (DOF 14/07/2017). De 2004 a 2018 genera ingresos suficientes para cubrir sus costos de operación, desarrollar investigación, tecnología e innovación para atender los principales problemas del agua del país, así como formar capacidades, cuadros técnicos y especialistas a través de un programa de posgrado de alto nivel para el sector hídrico y equipar de laboratorios necesarios para atender las necesidades en los sistemas de agua y saneamiento, además de un laboratorio de alto nivel para el diseño y revisión de los grandes proyectos hidráulicos del país.

Su misión es producir, implantar y diseminar conocimiento, tecnología e innovación para la gestión sustentable del agua en México.

Tiene los siguientes objetivos:

• Contribuir a la gestión sustentable del agua a través del conocimiento, la tecnología, la formación de recursos humanos y la innovación.

• Incorporar al sector hídrico en la sociedad del conocimiento.

• Crear un alto valor agregado para las instituciones del sector hídrico mediante el conocimiento, la creación y adaptación de tecnologías, y el suministro de servicios tecnológicos altamente especializados.

Impulsar el desarrollo de la ciencia y la tecnología del agua, en especial desde la formación de personal altamente capacitado en los niveles de especialización y posgrado.2

Es importante dar a conocer que las capacidades del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), tienen que ver con su alto potencial para desarrollar tecnología nacional, gracias a su personal altamente especializado y capacitado para brindar soluciones técnico-científicas y con un componente social a la problemática del sector agua.

Desde diversos ámbitos del conocimiento: su infraestructura de 11 laboratorios; la formación de capacidades técnicas y científicas de alto nivel; colaboraciones internacionales; generación de patentes para el beneficio del sector agua del país; atención a problemáticas nacionales actuales, como el desarrollo de tecnologías apropiadas para la atención del servicio de abastecimiento y tratamiento de agua en zonas vulnerables, que incluyen captación y almacenamiento de agua de lluvia, baños secos, humedales artificiales; estudios socio-hídricos con participación social y enfoque en los derechos humanos, igualdad de género. Así como incidencia en las políticas públicas; nexo agua-energía para apoyar la electrificación rural y la producción de alimentos, algunos de los cuales son en la zona de influencia del Tren Maya tramo Palenque-Carrillo Puerto; monitoreo de sequía de Mesoamérica en México; proyectos de potabilización para la eliminación de arsénico; saneamiento y la reutilización del agua y su monitoreo desde una visión ecohidrológica; modelación física e innovación de la gran infraestructura hidráulica del país; estudios de aguas subterráneas y superficiales para monitorear sus condiciones y disponibilidad; estudios de potencial de energía oceánica y de monitoreo climático; revisión mediante indicadores anuales de la gestión y eficiencia de los organismos operadores de agua potable, alcantarillado y saneamiento; entre más de 4 100 proyectos que el IMTA ha llevado a cabo a lo largo de 35 años de investigación científica y tecnológica.

Asimismo, el desarrollo del sector hídrico mexicano no se puede entender sin el IMTA. El Instituto ha elaborado los modelos de pronóstico y las herramientas de interpretación de imágenes de radar y satélite que se emplean cotidianamente en el Servicio Meteorológico Nacional (SMN).

También ha actualizado las avenidas de diseño y las políticas de operación de decenas de presas, todo lo cual ha contribuido a salvar centenares de miles de vidas humanas en nuestro país ante la ocurrencia de fenómenos hidrometeorológicos extremos.

El Instituto se ha ocupado de atender la severa problemática de salud pública en zonas con presencia de contaminantes altamente tóxicos como el arsénico. Ha desarrollado el protocolo completo de localización, caracterización y control de fugas en sistemas de abastecimiento de aguas municipales. Ha mediado en conflictos por el agua entre usuarios del recurso y entre éstos y la Conagua. Ha incrementado la eficiencia y la productividad del agua en diversas zonas de riego del país. Ha contribuido a la recuperación ambiental de cuencas y ha alertado a la población sobre la importancia y urgencia de su activa y comprometida participación en la solución de la problemática hídrica del país.

Conforme al artículo 14 Bis de la Ley Nacional de Aguas, el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público descentralizado sectorizado a “la Secretaría”, que tiene por objeto, de acuerdo con su instrumento de creación y estatuto orgánico, realizar investigación, desarrollar, adaptar y transferir tecnología, prestar servicios tecnológicos y preparar recursos humanos calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua y su entorno, a fin de contribuir al desarrollo sustentable.

Las atribuciones del Instituto son las siguientes:

I. Coordinar, fomentar y dirigir las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua, incluyendo su difusión, y la formación y capacitación de recursos humanos a nivel nacional.

II. Certificar personal para instrumentar el Sistema Nacional de Servicio Civil de carrera del sector agua.

III. Constituirse en el centro de excelencia en el conocimiento actualizado de la gestión integrada de los recursos hídricos.

IV. Integrar y mantener actualizado el Centro Nacional Documental Técnico y Científico sobre Gestión Integrada de los Recursos Hídricos.3

Por su parte, en artículo 9 del capítulo III de la misma ley, se indica que “La Comisión” es un órgano administrativo desconcentrado de “la Secretaría”, que se regula conforme a las disposiciones de esta ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de su Reglamento Interior.

“La Comisión” tiene por objeto ejercer las atribuciones que le corresponden a la autoridad en materia hídrica y constituirse como el órgano superior con carácter técnico, normativo y consultivo de la federación, en materia de gestión integrada de los recursos hídricos, incluyendo la administración, regulación, control y protección del dominio público hídrico.4

Por lo anterior, no existe duplicidad de funciones con Conagua:

• El IMTA realiza investigación científica, desarrollo tecnológico y formación de recursos humanos de alto nivel en materia de agua para contribuir al desarrollo sustentable del país.

• La Conagua administra, regula, controla y protege las aguas nacionales.

Si el IMTA se incorpora a la Conagua desaparecerán: los programas de maestría y doctorado de excelencia reconocidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt); la capacidad de acreditar pruebas de laboratorio y de acreditar personal de las diferentes instituciones, aparte de la Conagua, que constituyen el sector hídrico de México; la posibilidad de actuar como árbitro científico-tecnológico y como mediador en conflictos por el agua; la posibilidad de reparar estaciones climatológicas automáticas del Sistema Meteorológico Nacional (SMN) y de calibrar y reparar molinetes para el aforo de caudales; la capacidad de generar ingresos propios y tener una operación adecuada, apoyando a los diversos actores del sector hídrico nacional, la capacidad de innovar y aplicar enfoques multi- e interdisciplinarios a la solución de los grandes problemas nacionales en materia de agua.

Finalizando, México no puede darse el lujo de perder al IMTA, institución estratégica del sector hídrico nacional. Su incorporación a la Conagua redundaría en su dilución estructural y operativa dentro la Comisión, lo cual produciría su muerte y extinción. Esto provocaría una mayor dependencia científico-tecnológica del país con respecto al extranjero, con los considerables y siempre crecientes costos que esto implica.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a no desaparecer al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua como centro público de investigación descentralizado, por su importancia como una institución primordial para la investigación y seguridad hídrica del país.

Notas

1 Consultado: El economista-19/12/2022 https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Cientificos-y-ONG
-rechazan-desaparicion-del-Instituto-Nacional-de-Ecologia-y-Cambio-Climatico-y-el-Instituto-Mexicano
-de-Tecnologia-del-Agua-20211219-0020.html

2 Consultado: Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, Fecha: 15/02/2022https://www.gob.mx/imta

3 Consultado: Ley de Aguas Nacionales

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_060120.p df

4 Consultado: Ley de Aguas Nacionales

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_060120.p df

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la FGR a investigar los casos abiertos de agresiones contra periodistas para identificar y procesar a los responsables y garantizar el libre ejercicio de su labor, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Gina Gerardina Campuzano González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo conforme a las siguientes

Consideraciones

En México, el ejercicio periodístico se ha visto amenazado desde hace varios años, ya que los asesinatos a comunicadores se han vuelto más comunes y salen cada vez más a la luz.1

El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por su sigla en inglés) informó que en los últimos 30 años cerca de 140 periodistas fueron asesinados en México, lo que convierte al país en uno de los más peligrosos para ejercer la profesión.2

La organización Reporteros sin Fronteras (RSF) consideró a México por tres años seguidos como el “país más mortífero para la prensa”. En 2019 registró diez asesinatos a periodistas, ocho en 2020 y siete en 2021, además de tres desaparecidos.

Asimismo, de acuerdo con autoridades de la Secretaría de Gobernación, de diciembre de 2018 al 26 de enero de 2022 se tienen contabilizados 52 asesinatos de periodistas y 97 de personas defensoras de derechos humanos.3

El Mecanismo de Protección a Periodistas considera que 57 por ciento de las agresiones a periodistas se concentra en el Estado de México, Guerrero, Michoacán, Sonora, Oaxaca y Veracruz.4

El primer caso de ataque contra un periodista se registró en Tijuana, en el estado de Baja California, cuando el 17 de enero, el fotoperiodista Margarito Martínez fue al exterior de su casa.5

El 24 de enero, la Fiscalía de Baja California reveló que tienen las primeras líneas de investigación del asesinato y aseguró que es posible que su asesinato tenga que ver con algún cártel de la droga.6

Días después del ataque a Margarito Martínez, la comunicadora María de Lourdes Maldonado López fue asesinada afuera de su domicilio. La periodista habría muerto a causa de las heridas resultantes al haber sido atacada con un arma de fuego. La Fiscalía General del Estado abrió una carpeta de investigación. En 2019 la periodista pidió justicia al Presidente Andrés Manuel López Obrador durante la mañanera en Palacio Nacional, y advirtió que desde ese tiempo temía por su vida. Anteriormente, había sido blanco de atentados intimidatorios.7

El 27 de enero, Eduardo Edmar Pérez confirmó que dejaría el caso de la comunicadora, que llevó por varios años, debido a amenazas, por las cuales también tendrá que salir del país.8

También el 17 de enero, la Fiscalía de Veracruz confirmó el asesinato del periodista José Luis Gamboa , que murió tras ser atacado con un arma blanca durante un supuesto asalto.9

Ese día, la FGE dio a conocer que José Luis Gamboa fue hallado malherido en una calle del fraccionamiento Floresta, tras un presunto asalto, y posteriormente fue llevado a un hospital donde falleció.10

El caso más reciente de un ataque a periodistas se registró el primero de febrero, cuando el reportero Nezahualcóyotl Cordero ‘G’ sufrió una amenaza de muerte en la zona continental de Rancho Viejo, en los límites con Cancún. De acuerdo con el reporte de la Secretaría de Seguridad Pública, vecinos de la zona reportaron a gente armada amenazando al comunicador, posteriormente se informó que, al llegar los primeros respondientes de seguridad, se encontraron con que los vecinos ya habían logrado desarmar al presunto agresor, a quien también dejaron lesionado.11

2022 en pocos días se ha convertido en un año oscuro para la prensa de México y del mundo. En lo que va del año, cinco periodistas han sido asesinados en este país. Marcos Solís Islas , en la noche del sábado, de 31 años, hijo y sobrino de los periodistas, Marco Antonio Solís y Víctor Islas, respectivamente. Solís recibió cuatro tiros a las afueras de su casa en la ciudad de Tijuana, fue su padre quien lo encontró sin vida y lo notificó por Facebook.12

El homicidio más reciente fue el del periodista Heber López, asesinado el jueves 10 de febrero, cuando ingresaba a un domicilio en el barrio El Espinal, del municipio Salina Cruz, Oaxaca, y hay dos detenidos como presuntos responsables del homicidio, de acuerdo con la Fiscalía General del Estado de Oaxaca. Se trata del quinto periodista asesinado en lo que va de 2022.13

Pese a lo anterior, el Ejecutivo federal ha mostrado su talante autoritario y su intolerancia ante los medios y los periodistas que critican sus políticas o cuestionan las acciones y conductas de sus seres queridos.

“La Mañanera” es y se ha convertido cada vez más en un espacio para detonar la provocación –más que la polémica– en voz del Ejecutivo. Andrés Manuel López Obrador (AMLO) impone a los medios su agenda, sus posturas, su moral y actos de fe; pero es una agenda de provocación, descalificación y polarización política y social.14

Al margen de sus contrincantes políticos, que los tiene todo gobernante en cualquier país, AMLO arremete contra los medios y los comunicadores, a quienes considera oponentes de su movimiento.15

Lo hace en un país que es el segundo a nivel mundial con más asesinatos de periodistas, atentados y agresiones contra la libertad de expresión. Ojalá fuera tan enfático en rechazar y actuar contra los crímenes de periodistas como lo es en acusar a conservadores y neoliberales de todos los males.16

Pese a esto, el presidente sale a atacar sin freno, a periodistas mañaneras tras mañanera, pero no se mata la verdad, matando a periodistas, por lo que como legisladores debemos hacer un llamado a las autoridades mexicanas a nivel federal y estatal para que investiguen “exhaustivamente” los casos abiertos de agresiones contra periodistas “con el fin de identificar y procesar a los responsables y defender la libertad de prensa”.17

Es por ello que presento el presente exhorto a la Fiscalía General de la República, para que se investigue “exhaustivamente” los casos abiertos de agresiones contra periodistas con el fin de identificar y procesar a los responsables a efecto de garantizar el libre ejercicio de la labor periodística, así como la vida, seguridad e integridad de los profesionales de la comunicación en todo el país.

Por lo antes expuesto y fundamentado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea para pedir la solidaridad de ustedes y se investigue “exhaustivamente” los casos abiertos de agresiones contra periodistas con el fin de procesar a los responsables, por lo que me permito proponer, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República, para que se investigue “exhaustivamente” los casos abiertos de agresiones contra periodistas, con el fin de identificar y procesar a los responsables a efecto de garantizar el libre ejercicio de la labor periodística, así como la vida, seguridad e integridad de los profesionales de la comunicación en todo el país.

Notas

1 Milenio , De 2018 a 2022, 52 periodistas han sido asesinados en México; este año van tres, Milenio digital consultado por última vez el 07 de febrero de 2022, en https://www.milenio.com/estados/cuantos-periodistas-han-sido-asesinados -en-mexico

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Milenio, De 2018 a 2022, 52 periodistas han sido asesinados en México; este año van tres, Milenio digital consultado por última vez el 07 de febrero de 2022, en https://www.milenio.com/estados/cuantos-periodistas-han-sido-asesinados -en-mexico

5 Ibídem.

6 Ibídem.

7 Ibídem.

8 Milenio, De 2018 a 2022, 52 periodistas han sido asesinados en México; este año van tres, Milenio digital consultado por última vez el 07 de febrero de 2022, en https://www.milenio.com/estados/cuantos-periodistas-han-sido-asesinados -en-mexico

9 Ibídem.

10 Ibídem.

11 Ibídem.

12 Mayra Escobar Hidalgo, La prensa en México sigue de luto: asesinaron a otro periodista en Tijuana, El Espectador, consultado por última vez el 13 de febrero de 2022 en https://www.elespectador.com/mundo/america/la-prensa-en-mexico-sigue-de -luto-asesinaron-a-otro-periodista-en-tijuana-noticias-hoy/

13 Roselia Chaca y Fernando Miranda, Matan al periodista Heber López en Oaxaca; hay dos detenidos, consultado la última vez el 12 de febrero de 2022 en https://www.eluniversal.com.mx/estados/periodistas-asesinados-matan-al- periodista-heber-lopez-en-su-estudio-de-grabacion-en-oaxaca

14 Jorge Bravo, AMLO vs. Aristegui: el poder contraataca, Revista Proceso, consultado por última vez el 12 de febrero de 2022 en https://www.proceso.com.mx/opinion/2022/2/9/amlo-vs-aristegui-el-poder- contraataca-280598.html

15 Ibídem.

16 Ibídem.

17 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y la Secretaría de Bienestar a aclarar las observaciones formuladas por la ASF en los informes de la Cuenta Pública de 2020 sobre el programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Norma Angélica Aceves García, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal, así como a la titular de la Secretaría de Bienestar, a aclarar las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación en los informes de la Cuenta Pública de 2020, respecto del programa “Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Uno de los proyectos eje de la presente administración es el “Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”, el cual de acuerdo con información oficial tiene los siguientes elementos:1

• Monto de la pensión: 2 mil 550.00 pesos bimestrales;

• 8.5 millones de beneficiarios;

• Edad requisito: 68 años cumplidos y 65 para habitantes de comunidades indígenas; y

• Personas mayores de 65 a 67 años de edad, incorporadas en el padrón de beneficiarios del programa Pensión para Adultos Mayores, activos a diciembre de 2020.

Acorde con esta política, el 8 de mayo de 2020 se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre las que se adicionó un párrafo décimo quinto que establece:

Artículo 4o. [...]

Las personas mayores de sesenta y ocho años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la ley. En el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos, esta prestación se otorgará a partir de los sesenta y cinco años de edad.

[...]

2. De acuerdo con el tercer Informe de Gobierno 2020-2021, el “Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” tiene como objetivo mejorar la situación de protección social de la población adulta mayor. El ingreso económico pasó de $1,160.00 (un mil seiscientos pesos 00/100 m.n.) en 2018 a $3,100.00 (tres mil cien pesos 00/100 m.n.) y se incrementó en más de tres millones de personas del 2018 a 2021.2

Las cifras que señala dicho informe, indican que:

• De septiembre de 2020 a junio de 2021, recibieron el pago de la pensión 8 millones 352 mil 10 personas adultas mayores; de éstas 865 mil 878 residen en municipios o localidades indígenas o afromexicanas.

• De enero a junio de 2021 se ejercieron recursos por 89 mil 989 millones de pesos, para la entrega de apoyos económicos.

Asimismo, el informe señala que el programa contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas, de manera directa al Objetivo 1: “Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo” y, de manera indirecta, al Objetivo 2: “Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, y promover la agricultura sostenible”, así como al Objetivo 10: “Reducir la desigualdad en y entre los países”.3

3. La Cuenta Pública es el informe que integra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y presenta a la Cámara de Diputados para su revisión y fiscalización. El informe contiene la información contable, presupuestaria, programática y complementaria de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los órganos autónomos, así como de cada ente público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 74, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos4 y en los artículos 46 y 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.5, 6

La Auditoría Superior de la Federación (ASF), órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, encargada de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos, los estados y municipios,7 es la encargada de realizar el análisis de la Cuenta Pública.

En ese contexto, el 20 de febrero de 2022, la ASF rindió a la a la Cámara de Diputados, a través de su Comisión de Vigilancia, el “Informe General Ejecutivo sobre los Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2020”, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.8

Así, al analizar los resultados entregados por la ASF, encontramos situaciones preocupantes en materia de política social, por ejemplo, las observaciones señaladas para la “Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”, respecto de la cual se señala:9

ix. Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores

Se revisaron los apoyos otorgados del programa de “Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” para garantizar el derecho a la protección social de la población indígena de 65 años o más de edad, así como a la población no indígena de 68 años o más. Al respecto, se observó que se otorgaron apoyos económicos por 22.6 millones de pesos (mdp) a mil 575 beneficiarios que no presentaron la clave única de registro de población (CURP), que es un requisito indispensable establecido en las reglas de operación para acreditar el cumplimiento de la edad requerida para recibir los apoyos. Con base en la comparación del padrón de beneficiarios que recibieron apoyos del programa, contra la información proporcionada por el Registro Nacional de Población (Renapo), se identificaron, en 2 mil 55 casos, pagos por 10.1 mdp a personas que fallecieron antes de recibir los apoyos. Por otra parte, se otorgaron apoyos por concepto de “pago de marcha” a 7 mil 874 beneficiarios, por un importe de 10.2 mdp, respecto a los cuales la Secretaría del Bienestar no acreditó su procedencia mediante las actas de defunción respectivas.

De igual manera, dentro del “Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2020”, la ASF señala:10

Resultados

El diseño del control interno implementado por la Secretaría de Bienestar para la operación del Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es suficiente; sin embargo, se determinó que su aplicación no es apropiada para contribuir al logro de los objetivos del programa, ya que, con la ejecución de los procedimientos de auditoría, se observó lo siguiente:

• No se establecieron mecanismos de control que permitieran a la Secretaría de Bienestar registrar los momentos contables del presupuesto comprometido, devengado, ejercido y pagado; a partir de la información de los solicitantes de los apoyos que cumplieron con los requisitos de elegibilidad, y hasta el momento en el que se les depositaron los recursos, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables en materia de contabilidad gubernamental.

• Se determinó la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y supervisión que aseguren el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad para realizar los pagos de las pensiones, toda vez que se identificaron pagos por 25,226.1 miles de pesos, de las cuales 22,587.7 miles de pesos correspondieron a mil 575 personas de las que la Secretaría de Bienestar no acreditó que cuentan con la clave única de registro de población.

• De 2,638.4 miles de pesos pagados a 189 personas que se incorporaron al programa entre 2008 y 2015, el ente fiscalizado no acreditó, mediante los respectivos expedientes que éstos cumplieron con los requisitos para el otorgamiento de la pensión.

• Se otorgaron apoyos por concepto de pago de marcha a 7 mil 874 personas por 10,153.4 miles de pesos sin acreditar la procedencia de pago

• Se pagaron pensiones por un monto de 10,084.2 miles de pesos a 2 mil 55 beneficiarios que fallecieron entre 1950 y 2020, según la información proporcionada por el Registro Nacional de Población.

• Se observaron pagos duplicados a 85 beneficiarios por 762.4 miles de pesos, por tener 2 números de identificador (ID) diferentes y pagos por 535.2 miles de pesos a 109 personas de las que el ente fiscalizado no acreditó que cumplieron con el requisito de vivir en algún municipio o pueblo indígena, como se estableció en las reglas de operación.

• Las conciliaciones efectuadas entre el ente fiscalizador con las instancias liquidadoras, carecen de registros que permitan identificar plenamente la información de las personas que no cobraron los apoyos y que fueron reintegrados a la Tesorería de la Federación.

• Los informes trimestrales no fueron entregados a la honorable Cámara de Diputados en los términos señalados en la normativa aplicable, y no se acreditó que el ente fiscalizado envió sus padrones de beneficiarios a la Secretaría de la Función Pública.

Montos por aclarar

• Se determinaron 46 millones 761 mil 265.00 pesos pendientes por aclarar.

4. Al respecto, el titular del Ejecutivo federal se ha limitado a señalar que se realizarán las aclaraciones correspondientes, siendo urgente conocer la razón de dichas observaciones y con base a ello contar con la evidencia que permita a la ASF validar la información y el adecuado funcionamiento del programa o, en su defecto, confirmar los alarmantes hallazgos y conocer las razones de su origen, para que se tomen las acciones y medidas administrativas y legales a las que haya lugar.

Bajo esos argumentos, el presente punto de acuerdo tiene como finalidad que el titular del Poder Ejecutivo federal, así como a la titular de la Secretaría de Bienestar, aclaren las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación en los informes de la Cuenta Pública de 2020, respecto del programa “Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, así como a la titular de la Secretaría de Bienestar, a:

a) Aclarar las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación en el “Informe General Ejecutivo de la Cuenta Pública de 2020” y en el “Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2020”, respecto del programa “Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”; y

b) En su caso, a iniciar los procedimientos legales a los que haya lugar por la responsabilidad administrativa y el daño patrimonial señalado en los referidos informes.

Notas

1 Visto en: https://presidente.gob.mx/programa-de-pension-para-el-bienestar-de-las- personas-adultas-mayores/ consultado el 21 de febrero de 2022.

2 Tercer Informe de Gobierno 2020 – 2021, 1 de septiembre de 2021. Páginas 210 y 211.

3 Ibídem.

4 Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

[...]

VI. Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

La revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la Auditoría Superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha autoridad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la ley.

La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada a la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año siguiente. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación en los términos de la fracción IV, último párrafo, de este artículo; la prórroga no deberá exceder de 30 días naturales y, en tal supuesto, la Auditoria Superior de la Federación contará con el mismo tiempo adicional para la presentación del Informe General Ejecutivo del resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del Informe General Ejecutivo del resultado de la Fiscalización Superior, a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la Auditoría Superior de la Federación, seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo.

La Cámara de Diputados evaluará el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación y al efecto le podrá requerir que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización;

[...]

5 Artículo 46.- En lo relativo a la federación, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las entidades de la administración pública paraestatal y los órganos autónomos, permitirán en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala:

I. Información contable, con la desagregación siguiente:

a) Estado de actividades;

b) Estado de situación financiera;

c) Estado de variación en la hacienda pública;

d) Estado de cambios en la situación financiera;

e) Estado de flujos de efectivo;

f) Informes sobre pasivos contingentes;

g) Notas a los estados financieros;

h) Estado analítico del activo; e

i) Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual se derivarán las clasificaciones siguientes:

1. Corto y largo plazo, así como por su origen en interna y externa;

2. Fuentes de financiamiento;

3. Por moneda de contratación; y

4. Por país acreedor;

II. Información presupuestaria, con la desagregación siguiente:

a) Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados;

b) Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las clasificaciones siguientes:

1. Administrativa;

2. Económica;

3. Por objeto del gasto; y

4. Funcional.

El estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos deberá identificar los montos y adecuaciones presupuestarias y subejercicios por ramo y programa;

c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, del que derivará la clasificación por su origen en interno y externo;

d) Intereses de la deuda; y

e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones;

III. Información programática, con la desagregación siguiente:

a) Gasto por categoría programática;

b) Programas y proyectos de inversión; y

c) Indicadores de resultados.

IV. La información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México es miembro.

Los estados analíticos sobre deuda pública y otros pasivos, y el de patrimonio deberán considerar por concepto el saldo inicial del ejercicio, las entradas y salidas por transacciones, otros flujos económicos y el saldo final del ejercicio.

En las cuentas públicas se reportarán los esquemas bursátiles y de coberturas financieras de los entes públicos.

Artículo 53.- La cuenta pública del gobierno federal, que será formulada por la Secretaría de Hacienda, y las de las entidades federativas deberá atender en su cobertura a lo establecido en su marco legal vigente y contendrá como mínimo:

I. Información contable, conforme a lo señalado en la fracción I del artículo 46 de esta Ley;

II. Información Presupuestaria, conforme a lo señalado en la fracción II del artículo 46 de esta Ley;

III. Información programática, de acuerdo con la clasificación establecida en la fracción III del artículo 46 de esta Ley;

IV. Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual:

a) Ingresos presupuestarios;

b) Gastos presupuestarios;

c) Postura Fiscal;

d) Deuda pública, y

V. La información a que se refieren las fracciones I a III de este artículo, organizada por dependencia y entidad.

6 Visto en https://www.cuentapublica.hacienda.gob.mx/ consultado el 21 de febrero de 2022.

7 Visto en: https://www.asf.gob.mx/Default/Index consultado el 21 de febrero de 2022.

8 Artículo 33.- La Auditoría Superior de la Federación tendrá un plazo que vence el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública, para rendir el informe general correspondiente a la Cámara, por conducto de la Comisión, mismo que tendrá carácter público.

La Cámara remitirá copia del Informe General al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y al Comité de Participación Ciudadana.

A solicitud de la Comisión o de su junta directiva, el auditor superior de la Federación y los funcionarios que éste designe presentarán, ampliarán o aclararán el contenido del informe general, en sesiones de la Comisión cuantas veces sea necesario a fin de tener un mejor entendimiento del mismo, siempre y cuando no se revele información reservada o que forme parte de un proceso de investigación. Lo anterior, sin que se entienda para todos los efectos legales como una modificación al Informe General.

Artículo 34.- El informe general contendrá como mínimo:

I. Un resumen de las auditorías realizadas y las observaciones realizadas;

II. Las áreas claves con riesgo identificadas en la fiscalización;

III. Un resumen de los resultados de la fiscalización del gasto federalizado, participaciones federales y la evaluación de la deuda fiscalizable;

IV. La descripción de la muestra del gasto público auditado, señalando la proporción respecto del ejercicio de los Poderes de la Unión, la administración pública federal, el gasto federalizado y el ejercido por órganos constitucionales autónomos;

V. Derivado de las auditorías, en su caso, y, dependiendo de la relevancia de las observaciones, un apartado donde se incluyan sugerencias a la Cámara para modificar disposiciones legales a fin de mejorar la gestión financiera y el desempeño de las entidades fiscalizadas;

VI. Un apartado que contenga un análisis sobre las proyecciones de las finanzas públicas contenidas en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio fiscal correspondiente y los datos observados al final del mismo; y

VII. La demás información que se considere necesaria.

9 Informe General Ejecutivo sobre los Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2020. Auditoría Superior de la Federación. Febrero 2022. Página 29.

10 Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2020. Auditoría Superior de la Federación. Febrero 2022. Páginas 226 y 227.

Dado en el pleno de la honorable Cámara de Diputados, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a autoridades federales a realizar acciones conducentes a la protección y conservación de la presa mexiquense Madín, a cargo del diputado Rodrigo Herminio Samperio Chaparro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Rodrigo Herminio Samperio Chaparro, diputado integrante de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instituciones de los tres ámbitos de gobierno a realizar las acciones necesarias para la protección y conservación de la presa Madín, ubicada en el Estado de México, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El estado actual de la presa Madín, ubicada en la zona metropolitana del Valle de México, es un tema que debería de atender una preocupación nacional no sólo por un aspecto ambiental, sino también por un desarrollo urbano gentrificador que agota los recursos naturales de una comunidad a expensas de un fenómeno inmobiliario desmedido. La Comisión Nacional del Agua (Conagua) revela que, de 2018 a la fecha, el crecimiento inmobiliario ha sido de 300 por ciento aproximadamente, reconociendo a la zona de la cuenca hídrica como zona en condición de absoluta escasez.1

La presa Madín es un área natural cuyo estado afecta directamente a los municipios de Atizapán de Zaragoza, Naucalpan de Juárez y Jilotzingo. De ella depende el abasto de agua de ciertas de sus comunidades, y además es un cuerpo de agua que nutre al ecosistema que la rodea.

A pesar de la dependencia que estos municipios tienen por el abasto de la presa, en abril del año pasado se hizo pública la intención de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, en colaboración con la exalcaldesa de Atizapán de Zaragoza, Ruth Olvera Nieto, de construir una planta potabilizadora en la presa Madín, para así, enviar agua en 2022 hacia algunas zonas de la Ciudad de México que ya padecen de escasez de agua como Iztapalapa,2 asunto que parece representar más un problema que una solución para atender el problema de la escasez, ya que la presa Madín cuenta con una capacidad de 25 millones de metros cúbicos, mientras que la Ciudad de México tiene una demanda de 480 billones de agua al año, generando la siguiente pregunta: ¿presa Madín será suficiente para atender ambas demandas (Atizapán de Zaragoza, zona metropolitana y Ciudad de México?3

De acuerdo a una investigación por contaminación realizada en diciembre de 2021 a la presa Madín, por la maestra en Toxicología por el Instituto Politécnico Nacional (IPN), Marcela Galar, se reveló la presencia de metales y fármacos como el aluminio, mercurio, hierro, diclofenaco, naproxeno, acetaminofén, antraceno, fenantreno e hidrocarburos en el agua de la presa. Entre las declaraciones de la maestra Galar, destaca que: “hay descargas que no reciben un tratamiento adecuado, se apropiaron de muchas zonas que deberían ser de preservación ecológica como las barrancas; en algunos casos las han rellenado para construir, han rellenado los lechos de los ríos para poder construir ahí y, bueno, prácticamente no tenemos áreas verdes... porque vemos muchas más construcciones que están descargando directamente al cuerpo de agua y sin tratamiento, entonces ahí llevas una descarga importante de contaminantes que están terminando de matar a los peces”.4 La investigadora señala que 37 por ciento del agua contaminada es destinada al consumo de los habitantes de Atizapán, mientras que 79 por ciento de esta es para los habitantes de Naucalpan.5 Por otro lado, vale la pena mencionar que la presa Madín, recibe al menos 17 descargas de drenajes que contribuyen a su contaminación,6 y que ante ello, la planta potabilizadora existente ha mostrado no ser suficiente para solventar este problema.

Tal y como se ha mencionado en párrafos anteriores, una de las razones por las que la presa Madín sufre de problemas de escasez y contaminación es el crecimiento desmedido de paraísos inmobiliarios, que poco a poco se han ido apoderado de los alrededores de dicha cuenca hidráulica.

En marzo del año pasado, fue aprobado a través de “consultas a modo”7 el Plan de Desarrollo Urbano Naucalpan,8 el cual, previamente en diciembre de 2020 había sido aprobado por el cabildo municipal con 13 votos a favor: 9 Morena, 3 PRI y 1 PES.9 Dicho plan propone un cambio de uso de suelo para su explotación (zonas urbanizables) a más de 3 mil hectáreas, de las cuales, algunas estaban catalogadas como “zonas territoriales de reserva para la conservación ecológica”. También propone cambios de uso de suelo de “Habitacional exclusivo” a “mixto”. Con esto, se podrían transformar inmuebles unifamiliares en torres o edificios en donde puedan habitar más personas, causando un impacto en la demanda de recursos como el agua, impactos en movilidad y en temas ambientales (sobrepoblación). Estos cambios de uso de suelo proyectan a su vez la construcción de 150 mil casas en algunas localidades de la cuenca como son: La concordia, la sexta sección de lomas verdes y zona esmeralda.

Además de la explotación desmedida del suelo, que desembarcará en la sobrepoblación del municipio, otra de las principales críticas a este Plan de Desarrollo Urbano es la falta de estudios de impacto ambiental de acuerdo a normas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la falta de estudios en infraestructura hidráulica del área para el suministro de agua y la falta de estudios de movilidad, sin los cuales, no se puede garantizar que este plan sea en beneficio de la comunidad a la que impactará, ni que tampoco este plan se haya elaborado con las máximas de transparencia necesarias.10

Hasta el momento, el Plan de Desarrollo Urbano Naucalpan no ha entrado en vigor gracias a que un juez federal del Juzgado Décimo de Distrito del Segundo Circuito del Poder Judicial de la Federación, declaró insubsistente el Plan Municipal de Desarrollo Urbano y ordenó se reponga el procedimiento de consulta ciudadana el pasado mes de octubre, más no declaró inconstitucional el plan en sí mismo.11

Por todo lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de la Función Pública federal, a realizar las acciones necesarias para investigar probables irregularidades relativas al funcionamiento de la presa Madín, ubicada en el Estado de México, así como para su protección, saneamiento y conservación.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, así como a la Secretaría de la Contraloría de la misma entidad, a realizar las acciones necesarias para investigar probables irregularidades relativas al funcionamiento de la presa Madín, ubicada en esa entidad federativa, así como para su protección, saneamiento y conservación.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a los municipios de Atizapán de Zaragoza, Naucalpan de Juárez, Jilotzingo y Xonacatlán, que integran la cuenca hídrica de la presa Madín, a realizar las acciones necesarias para investigar probables irregularidades relativas al funcionamiento de ésta, así como para su protección, saneamiento y conservación.

Notas

1 Claudia Terrón. Insisten vecinos en atender problemática en Presa Madín. El Sol de Toluca. 02/11/2021. Disponible en:
https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/insisten-vecinos-en-atender-problematica-en-presa-madin-7424193.html (Recuperado el: 20/02/2022).

2 Patricia Venegas. Gobierno del EDOMEX confirma dotación de agua de la Presa Madín para la CDMX. El Sol de Toluca. 02/04/2021. Disponible en:

https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/gobierno-del-edom ex-confirma-dotacion-de-agua-de-la-presa-madin-para-la-cdmx-6626354.htm l (Recuperado el: 20/02/2022).

3 Teresa De Miguel. La Presa Madín, el plan b para abastecer de agua a la Ciudad de México. El País. 29/04/2021. Disponible en: https://elpais.com/elpais/2021/04/28/album/1619628211_819401.html#foto_ gal_8 (Recuperado el: 20/02/2022).

4 Ángeles Velasco. Presa Madín coloca en más riesgo a población y entorno. Excelsior. 04/11/2021. Disponible en: https://www.excelsior.com.mx/nacional/presa-madin-coloca-en-mas-riesgo- a-poblacion-y-entorno/1480705 (Recuperado el: 20/02/2022).

5 Patricia Venegas. Vecinos de Naucalpan y Atizapán consumen agua tóxica de la Presa Madín. El Sol de Toluca. 30/09/2021. Disponible en: https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/vecinos-de-naucalpan-y-atizapan- consumen-agua-toxica-de-la-presa-madin-7277592.html (Recuperado el: 20/02/2022).

6 Rebeca Jiménez. Presa Madín recibe descarga de 17 drenajes. El Universal. 06/10/2021. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/presa-madin-rec ibe-la-descarga-de-17-drenajes (Recuperado el: 20/02/2022).

7 Isaac Ramírez. Luchan contra cambio de uso de suelo en Satélite y lomas verdes. La Silla Rota. 11/11/2021. Disponible en: https://lasillarota.com/metropoli/luchan-contra-cambio-de-uso-de-suelo- en-satelite-y-lomas-verdes/454221 (Recuperado el: 20/02/2022).

8 Verónica Méndez Borja. Vecinos buscan tumbar Plan de Desarrollo Urbano Naucalpan. WRadio. 02/06/2021. Disponible en: https://wradio.com.mx/radio/2021/06/03/nacional/1622683102_298210.html (Recuperado el: 20/02/2022).

9 Silvia Chávez González. Aprueba cabildo de Naucalpan urbanizar mil 200 hectáreas. La Jornada. 22/12/2020. Disponible en: https://www.jornada.com.mx/notas/2020/12/22/estados/aprueba-cabildo-de- naucalpan-urbanizar-mil-200-hectareas/ (Recuperado el: 20/02/2022).

10 S/N. Piden cancelar la consulta ciudadana del Plan de Desarrollo Urbano en Naucalpan. El Sol de Toluca. 17/11/2020. Disponible en: https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/piden-cancelar-la-consulta-ciuda dana-del-plan-de-desarrollo-urbano-en-naucalpan-6027922.html (Recuperado el: 20/02/2022).

11 Carlos Medellín. El Plan de Desarrollo Urbano Municipal de Naucalpan sigue vigente. La silla rota. 01/10/2021. Disponible en: https://lasillarota.com/metropoli/el-plan-de-desarrollo-urbano-municipa l-de-naucalpan-sigue-vigente/566522 (Recuperado el: 20/02/2022).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputado Rodrigo Herminio Samperio Chaparro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al INM a designar titular de la oficina de representación en NL, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

Héctor Israel Castillo Olivares, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con cifras del Censo Nacional de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el estado de Nuevo León, ocupa el primer lugar a nivel nacional, con 12 por ciento del total de población mayor a 5 años de connacionales y extranjeros en busca de una oportunidad laboral.

Nuevo León, si bien comparte una escasa frontera con el estado de Texas de 14.48 kilómetros o 9 millas y el puente internacional Bernardo Reyes o puente Colombia, en el municipio de Anáhuac; en los últimos tres años, ha registrado un incremento exponencial en las cifras de niñas, niños y adolescentes no acompañados, comparado con Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Chihuahua, Sonora y Tamaulipas. Tal y como lo confirma el Boletín Mensual de Estadísticas Migratorias de agosto de 2021 (BMEM), de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (Segob), que revela que la población menor de 18 años, presentada ante autoridad migratoria bajo el procedimiento administrativo por no acreditar su situación migratoria es de 20 mil 186 niñas, niños y adolescentes, de los cuales 8 mil 611 tienen entre 11 y 17 años; 2 mil 930 de ellos están acompañados de por lo menos de una persona adulta y, finalmente, 5 mil 681 se encuentran solos; 11 mil 575 tienen entre 0 y 11 años y al menos 10 mil 780 se encuentra acompañado de una persona adulta y 795 no se encuentra acompañado.

En este contexto, albergues como Casa Indi y Casa Monarca en la entidad, han recibido a miles de migrantes en tránsito por nuestro país; como por ejemplo, la ola de dos mil migrantes haitianos que llegaron a Monterrey, Nuevo León, en septiembre de 2021, para solicitar asilo ante la Comisión Nacional para los Refugiados (Comar), quienes ante la larga espera de una respuesta, o posibilidad mínima de audiencia y de resolución a la solicitud de asilo al gobierno de los Estados Unidos de América (EUA) –como parte del Programa Migration Protection Protocols (MPP) y Remain in Mexico (Quédate en México), que a partir del 20 de diciembre de 2018 el Ejecutivo federal aceptó aduciendo razones humanitarias y que suscribió el 7 de junio de 2019–, esperan por semanas o meses junto a los mil 300 migrantes que aproximadamente permanecen en los refugios.1 Lo anterior, debido la insuficiente atención de los 183 albergues a cargo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), estatal y municipales, con capacidad para refugiar a 20 mil 803 personas.2

El tsunami migratorio que enfrenta México ha puesto en evidencia la crisis institucional que prevalece en el Instituto Nacional de Migración (INM), misma que ha sido reconocida por el doctor Tonatiuh Guillén López, quien fuera el Comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), de diciembre de 2018 hasta junio de 2019, en los siguientes términos:

“Las olas migrantes en la frontera sur han evidenciado que el INM sigue sin capacidad para atender ese fenómeno, al grado de que ahora echa mano de personal administrativo y hasta de la Guardia Nacional, de la que reciben apoyo permanente.

Al inicio el sexenio, el INM tenía alrededor de 5 mil 800 empleados, entre agentes migratorios y personal administrativo . Sin embargo, más de mil han sido dados de baja como parte de la estratega anticorrupción de la actual administración, y de ellos al menos 600 eran agentes migratorios .

Personal administrativo está saliendo a operativos de contención , lo que creo es que el Instituto está movilizando a cuanta gente tiene”.3

La crisis institucional en materia de control migratorio no es ajena al estado de Nuevo León, en donde al frente de la Oficina de Representación del INM en el estado el licenciado Jesús Macías Sánchez, se encuentra como encargado de la oficina, ante la falta de nombramiento del titular para ocupar la Oficina de Representación. Asimismo, es necesario señalar que en la entidad las personas que han sido designadas o encargadas del despacho, han renunciado en más de cinco ocasiones y que a la fecha, el organismo nacional continúe sin manifestar una postura al respecto, tal y como se acredita en la publicación del periódico El Norte , del 14 de enero de 2022, en los siguientes términos:

“...

...

En diciembre nombraron a Jesús Macías Sánchez como encargado de la oficina y es la quinta persona al frente en esta administración federal.

En marzo del año pasado, José de Jesús Barajas, general de la Fuerza Aérea del Ejército Mexicano, tomó protesta como titular del INM en Nuevo León y nueve meses después en noviembre, en plena crisis por la llegada masiva de haitianos, se informó que ya no estaba en el cargo.

...

...

Al inicio del actual gobierno federal, el puesto estuvo acéfalo hasta que en abril de 2019 fue nombrada Gabriela Zamora, quien dejó su cargo en agosto de ese año.

La sustituyó Daniel Torres Cantú y dejó el puesto en octubre de 2020, para buscar la alcaldía de Guadalupe. Se quedó como encargado de la oficina Gil Rodríguez, para luego nombrar en marzo del 2021 a Barajas.

...”.4

La necesidad de garantizar el nombramiento de la persona que ocupe la representación del INM en el estado de Nuevo León, obedece a las funciones relevantes que desempeña, mismas que se encuentran previstas en el Manual de Organización General del Instituto Nacional de Migración, V. Estructura orgánica, 1.0.0.19. publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 2 de noviembre de 2020, entre las que destacan:

“1.0.0.19. Oficina de Representación en Nuevo León

Objetivo

Proporcionar en la entidad federativa bajo su circunscripción, los servicios migratorios de manera eficiente, eficaz y transparente, con estricto apego a los derechos humanos de las personas migrantes, conforme a los acuerdos delegatorios vigentes en la materia.

Funciones

- Sustanciar y resolver los procedimientos administrativos de conformidad con lo establecido en la Ley de Migración y demás disposiciones jurídicas aplicables.

- Sustanciar y resolver los procedimientos administrativos migratorios de personas extranjeras presentadas, así como de aquéllos que opten por el beneficio del retorno asistido, de conformidad con la Ley de Migración y demás disposiciones jurídicas aplicables.

- Atender y resolver las solicitudes de trámite migratorio relacionadas con las condiciones de estancia establecidas en la Ley de Migración, en el ámbito territorial de su competencia.

- Ejecutar los actos que en su ámbito de competencia confiere a la autoridad migratoria la Ley de Migración y demás disposiciones jurídicas aplicables.

- Imponer y ejecutar las sanciones administrativas previstas en la Ley de Migración.

- Administrar las estaciones migratorias y estancias provisionales de su adscripción, de conformidad con lo previsto en la Ley de Migración y demás disposiciones jurídicas aplicables.

- Suscribir, previo dictamen de la persona que tiene el carácter de Sub Comisionado Jurídico, los contratos de obra pública, arrendamiento, adquisiciones o servicios, o cualquier otro acto jurídico de administración que celebre el Instituto Nacional de Migración y que vinculen a la Oficina de Representación que corresponda, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

- Formular, presentar y, en su caso, ratificar denuncias y querellas por conductas probablemente constitutivas de delitos, en los asuntos en que tenga injerencia el Instituto Nacional de Migración, por lo que deberá informar periódicamente a la persona que tiene el carácter de Sub Comisionado Jurídico respecto del número de denuncias y querellas presentadas, así como su estado procesal. Esta atribución se confiere sin perjuicio del ejercicio directo que, en su caso, haga la persona que tenga el carácter de Sub Comisionado Jurídico.

- Recibir, resguardar, custodiar y en los casos procedentes, cancelar, hacer efectivas o determinar la prescripción de las garantías constituidas respecto al cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley de Migración, en su ámbito territorial de competencia. Esta atribución se confiere sin perjuicio de su ejercicio directo por parte de la persona que tendrá el carácter de Sub Comisionado Jurídico.

- Sustanciar y resolver, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, los recursos administrativos que interpongan los particulares contra actos y resoluciones que emitan los servidores públicos de su adscripción.

- Proporcionar el servicio de bibliotecas en las estaciones migratorias, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

- Coordinar las actividades del Instituto Nacional de Migración en el ámbito territorial de su competencia.

- Informar a las unidades administrativas a que se refiere el artículo 124, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, sobre asuntos de su competencia y, en su caso, remitir las actuaciones respectivas cuando así lo requieran.

- Recopilar y registrar en los sistemas disponibles, la información de los trámites y procedimientos administrativos migratorios que lleven a cabo las Oficinas de Representación del Instituto Nacional de Migración, en el marco de su circunscripción territorial, así como la gestión de la operación migratoria de las estaciones migratorias y estancias provisionales de las mismas.

- Expedir certificaciones de los documentos existentes en el archivo a su cargo, y

- Dirigir en su circunscripción territorial la instrumentación de los procesos, procedimientos y programas que emita el Instituto Nacional de Migración, que garanticen la promoción, protección y el respeto de los derechos humanos de los migrantes”.

Como puede observarse, la designación de la persona titular de la oficina de representación del INM, resulta urgente por lo que su carácter de instancia responsable de implementar la política en materia migratoria bajo los principios de respeto y seguridad de las personas migrantes nacionales y extranjeras con independencia de su situación migratoria durante su ingreso, tránsito y salida del territorio nacional, lleve a cabo la designación de la persona titular de la Oficina de Representación, para estar en condiciones de garantizar que la movilidad y migración internacional sea ordenada, segura, regular y de estricto respeto a los derechos humanos.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Comisionado del Instituto Nacional de Migración, para que, en el ámbito de sus atribuciones, designe a la brevedad a la persona titular de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración en el estado de Nuevo León.

Notas

1 https://www.vozdeamerica.com/a/miles-migrantes-haitianos-radicarse-mont errey-mexico/

2 https://www.nl.gob.mx/publicaciones/albergues

3 ttps://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/tema-migratorio-220921/

4 Imelda Robles, Deja 4T a la deriva a migrantes en NL, Periódico EL NORTE, 14 de enero de 2022. https://www.elnorte.com/deja-4t-a-la-deriva-a-migrantes-en-nl/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a realizar una revisión salarial de los trabajadores docentes y administrativos de los institutos tecnológicos descentralizados del país para garantizar igualdad en la materia, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, María del Refugio Camarena Jáuregui, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a realizar en el ámbito de sus atribuciones una revisión salarial para los trabajadores docentes y administrativos de los institutos tecnológicos descentralizados del país, a fin de garantizar la igualdad salarial en el nivel de educación superior federal, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura considera que la educación es un derecho humano para todas y todos, la cual debe garantizarse y procurarse a lo largo de toda la vida, y que su acceso debe ir acompañado de la calidad, de este modo, la educación transforma y es un instrumento para consolidar la paz, erradicar la pobreza e impulsar el desarrollo sostenible en el mundo.

Segunda. Para lograr, los fines educativos, se debe contar con docentes capacitados y comprometidos, debido a que los cambios en la educación no son posibles sin ellos. Por ello, el Estado a través de políticas públicas debe fortalecer el rol de los docentes para que acompañen e instruyan a los estudiantes para prepararos para los retos presentes y futuros del siglo XXI.

Tercera. Las demandas sociales, económicas, políticas y científicas, requieren que la educación tenga mayor infraestructura, libros de texto, nuevas formas de organización y administración de los sistemas educativos, ampliación de la cobertura escolar y mantener la calidad e igualdad de los salarios para docentes y planta administrativa.

Cuarta. Las transformaciones del sistema educativo tienen a los alumnos como eje central, pero el factor docente que forma e instruye y el personal administrativo que organiza y ejecuta todos los trámites para el funcionamiento óptimo de las escuelas son indispensables para lograr los mejores niveles de aprendizajes, mejor gestión de las escuelas y mayor efectividad en los sistemas educativos.

Quinta. En México, las transformaciones del sistema educativo en 1990 vieron nacer el sistema de institutos tecnológicos descentralizados o estatales, que cuentan con la participación de los estados y municipios en donde se ubican, teniendo esquemas distintos a los que operan los institutos tecnológicos federales. Con la apertura del primer tecnológico descentralizado, en Ecatepec, México, se dio inicio a una opción profesional en el sistema de los institutos tecnológicos, que a partir de ese año evolucionaría en paralelo al modelo federal iniciado en 1948.

Esa determinación en educación tecnológica también dio paso a una nueva organización académico-administrativa, que abrió espacios para la participación de las autoridades educativas de las entidades federativas donde se ubicarían los tecnológicos descentralizados iniciando la concurrencia de recursos, como alternativa para enfrentar eficientemente la ampliación de las oportunidades en la formación profesional para los estudiantes dándoles herramientas técnico-académicas para forjar capital humano de alta especialización y calidad para las empresas.

Sexta. Datos que a partir de 1990 hasta 2017, funcionan en todo el país 122 institutos tecnológicos descentralizados que atienden a una matrícula escolar de más 247 mil 735 estudiantes. Cabe señalar, que estos institutos tecnológicos desde sus inicios han tenido académicos especializados en las áreas de conocimiento, han ofrecido a estudiantes bolsas de trabajo, residencias profesionales en la industria y estancias en el extranjero, así como estadías técnicas en las empresas, facilidades para proyectos de investigación, desarrollo tecnológico para los profesores, educación continua, cursos de idiomas, nuevas carreras e especialidades que en su conjunto han impulsado por más de 30 años la implantación de centros de incubación empresarial y ha preparado a profesionales que dan productividad y empleos a México.

Séptima. Un ejemplo es el Instituto Tecnológico José Mario Molina Pasquel y Henríquez, fundado el 23 de agosto de 2016, cuya creación respondió a la iniciativa de unificar a los 13 tecnológicos descentralizados. Los primeros, los Institutos Tecnológicos Superiores de Puerto Vallarta y de Zapopan, iniciaron funcionamiento en 1999, con la finalidad de tener una administración central, con el objetivo de hacer más eficiente la estructura académica y administrativa.

Este trabajo fue el cimiento para que hoy sea una red de 13 campus con una cobertura de educación superior en 11 de las 12 regiones de Jalisco, con más de 15 mil estudiantes, es decir, el 9.74 por ciento de la matrícula de educación superior de la entidad, ofreciendo opciones en educación superior tecnológica mediante ingenierías, licenciaturas y posgrados. Los 13 campus del Instituto Tecnológico José Mario Molina Pasquel y Henríquez son Arandas, Chapala, Cocula, El Grullo, La Huerta, Lagos de Moreno, Mascota, Puerto Vallarta, Tala, Tamazula, Tequila, Zapopan y Zapotlanejo.

El Instituto Tecnológico Superior de Zaplotanejo ha marcado desde 2004 un impacto social desde la visión aprender, ser y trascender; desde las dimensiones filosófica, académicas y organizacional; que forman parte de un proceso para c en alcanzar el bien. Cabe señalar, que los docentes y alumnos han tenido una sinergia en el ámbito de la investigación y desarrollo, lo cual, ha dejado resultados favorables en diversos eventos internacionales, nacionales, estatales y regionales en eventos científicos, tecnológicos y educativos.

Octava. La creación de los institutos tecnológicos descentralizados fue un acierto en la década de los noventas, siendo los docentes y la estructura administrativa pilares en el éxito de los profesionistas en el ámbito empresarial y laboral. Los institutos tecnológicos descentralizados están ligados firmemente a la evolución de la educación tecnológica de México para enfrentar año con año la creciente oferta educativa para esta modalidad. Por eso constituye un ejemplo que demuestra en la práctica de éxito de una política pública que evolucionó la enseñanza ligada a los procesos del trabajo, a la modernización industrial, a la prosperidad y la permeabilidad social y al desarrollo regional.

Novena. Por lo anterior, es necesario que en los institutos tecnológicos descentralizados sigan manteniendo la calidad educativa para que las y los estudiantes sigan teniendo acceso a mejores condiciones laborales, pero, también los docentes y los trabajadores administrativos deben contar con igualdad salarial, es decir, a “trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual” (artículo 86, Ley Federal del Trabajo).

La Federación de Sindicatos de Tecnológicos Descentralizados ha señalado desde su conformación, la necesidad de revisar las condiciones del salario de los docentes y personal administrativo que trabajan en los institutos tecnológicos del país, con la finalidad de homologar el salario con el que recibe el personal docente y administrativo de los institutos tecnológicos federales.

En la mayor parte de puestos laborales de los institutos tecnológicos descentralizados hay una brecha salarial de entre 18 y 22 por ciento con respecto a los salarios de los docentes y administrativos de los institutos tecnológicos federales, si bien ambos pertenecen al Tecnológico Nacional de México.

Ejemplo de ello, es que un técnico especializado que labora en algún Instituto Tecnológico Descentralizado en promedio gana un poco más de 9 mil pesos, mientras los que trabajan en un Instituto Tecnológico Federal gana más de 11 mil pesos, es decir, una diferencia del 22 por ciento.

Otro ejemplo, un doctor que trabaja en un tecnológico descentralizado gana 10 mil 600 pesos en promedio y el que labora en un tecnológico federal su sueldo es de 12 mil 500 pesos, una diferencia de 19 por ciento.

También la secretaria de subdirección gana más de 6 mil pesos en un instituto tecnológico descentralizado y en el tecnológico federal tiene un sueldo de 8 mil pesos doscientos pesos; es decir, 18.50 por ciento más.

Por lo anterior, los docentes y el personal administrativo de los institutos tecnológicos descentralizados han solicitado una revisión salarial para llegar a una homologación con los institutos tecnológicos federales.

Décima. El Grupo Parlamentario del PRI reconoce que durante más de tres décadas los docentes y la planta administrativa de los institutos tecnológicos descentralizados, han trabajado para forjar y guiar en los trámites correspondientes a los estudiantes que posteriormente egresan siendo profesionistas capacitados con herramientas técnicas para emprender y laborar en cualquier empresa del país.

También reconocemos, que los docentes y la planta administrativa de los institutos tecnológicos descentralizados deben tener la posibilidad de platicar con las autoridades educativas a nivel federal para que puedan revisar su situación salarial para tener opciones de homologarla con el salario que recibe el personal docente y administrativo de los institutos tecnológicos federales, lo anterior, a fin de garantizar la igualdad salarial en el nivel de educación superior.

Por lo expuesto, fundado y motivado se propone ante la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a realizar en el ámbito de sus atribuciones una revisión salarial para homologar el pago de los docentes y trabajadores administrativos de los institutos tecnológicos descentralizados del país, a fin de garantizar la igualdad salarial en el nivel de educación superior federal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a respetar las labores del INECC y no promover su desaparición debido a la emergencia climática del planeta, a cargo de la diputada Julieta Mejía Ibáñez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La diputada Julieta Mejía Ibáñez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. El 16 de diciembre de 2021, el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, criticó en su habitual conferencia matutina la existencia de diversos organismos públicos tales como el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático.

En este tenor, cuestionó su existencia dado que, desde su perspectiva, llevan a cabo las mismas funciones que otros entes. A la letra mencionó lo siguiente:

“A parte de la Secretaría de Medio Ambiente, ese organismo y dos o tres organismos más para lo mismo, para cuidar el medio ambiente, para protegerlo, ¿qué no lo puedes hacer con uno?”.

En este sentido, la Red de Género y Medio Ambiente (RGEMA) mencionó que eliminar la institución “no abona a terminar con la corrupción, la ineficiencia y las perspectivas neoliberales”.1

Es importante señalar que gran parte de la comunidad científica, así como diversas organizaciones no gubernamentales han criticado la propuesta de desaparecer al Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, ya que generaría graves problemáticas ambientales.

Por su parte, el Centro Interdisciplinario de Biodiversidad y Ambiente refirió su “más alta preocupación” ya que esta determinación sería “contraria a la lógica de separar las funciones de política, gestión y regulación ambiental, climática e hídrica”.2

Por otro lado, se debe considerar que el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático ha tenido enormes recortes presupuestarios durante la presente administración. En 2017 recibió 310 millones de pesos mientras que para 2021 sólo le fueron asignados 100 millones de pesos.3 Esto es sumamente preocupante debido a que se requieren más recursos para hacer frente a la crisis climática.

II. Ahora bien, de acuerdo con Amnistía Internacional, el cambio climático agrava las desigualdades ya existentes. Por ejemplo, las mujeres y las niñas se ven mucho más afectadas por el cambio climático ya que tienen mayores posibilidades de padecer condiciones de pobreza y marginación social.4

Por otro lado, de acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del gobierno federal, el cambio climático no sólo abarca consecuencias sociales, sino también ambientales. Una de las más evidentes sería el derretimiento de los glaciares que esto a su vez, provocaría que el nivel del mar suba y cause que zonas costeras se vean profundamente afectadas. Asimismo, señalan que el cambio climático en los próximos años provoque fenómenos climáticos cada vez más extremos e intensos.5

En este sentido, resulta evidente que las acciones tendientes a mitigar los efectos del cambio climático deben de ser robustecidas, no reducidas o, peor aún, eliminadas. Por ello, es importante que no se elimine el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático.

III. En cuanto al marco jurídico, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o. el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano. A la letra dicho artículo constitucional refiere lo siguiente:

Artículo 4o. ( ...)

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

(...)”.6

Por su parte, el artículo 13 de la Ley General de Cambio Climático establece la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. A la letra dicho artículo establece lo siguiente:

Artículo 13. Se crea el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático como un organismo público descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión, sectorizado en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales”.7

De igual manera, el artículo 15 también del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático establece el objeto de dicho instituto. Textualmente dicho artículo refiere lo siguiente:

Artículo 15. El Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) tiene por objeto:

I. Coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica con instituciones académicas, de investigación, públicas o privadas, nacionales o extranjeras en materia de cambio climático, protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico.

II. Brindar apoyo técnico y científico a la secretaría para formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de equilibrio ecológico y protección del medio ambiente.

III. Promover y difundir criterios, metodologías y tecnologías para la conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

IV. Coadyuvar en la preparación de recursos humanos calificados, a fin de atender la problemática nacional con respecto al medio ambiente y el cambio climático.

V. Realizar análisis de prospectiva sectorial, y colaborar en la elaboración de estrategias, planes, programas, instrumentos, contribuciones determinadas a nivel nacional y acciones relacionadas con el desarrollo sustentable, el medio ambiente y el cambio climático, incluyendo la estimación de los costos futuros asociados al cambio climático, y los beneficios derivados de las acciones para enfrentarlo.

VI. Evaluar el cumplimiento de los objetivos de adaptación y mitigación previstos en esta Ley, así como las metas y acciones contenidas en la Estrategia Nacional, el Programa y los programas de las entidades federativas a que se refiere este ordenamiento, y

VII. Emitir recomendaciones sobre las políticas y acciones de mitigación o adaptación al cambio climático, así como sobre las evaluaciones que en la materia realizan las dependencias de la administración pública federal centralizada y paraestatal, de las entidades federativas y de los municipios”. 8

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal a respetar las labores que realiza el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, así como a no promover la desaparición de dicho instituto como organismo público descentralizado de la administración pública federal, debido a su importancia en la atención de la emergencia climática que enfrenta el planeta.

Notas

1 Toche, N. (2021). Científicos y ONG rechazan desaparición del INECC y el IMTA. El Economista. Recuperado de:

https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Cientificos-y-ONG-rechazan-desaparicion-del-Instituto
-Nacional-de-Ecologia-y-Cambio-Climatico-y-el-Instituto-Mexicano-de-Tecnologia-del-Agua-20211219-0020.html

2 Ídem.

3 Torres, I. (2022). Desaparición del INECC, congruente con la irrelevancia del medio ambiente para el gobierno. Crónica. Recuperado de:

<https://www.cronica.com.mx/academia/desaparicion-ine cc-congruente-irrelevancia-medio-ambiente-gobierno.html>

4 Amnistía Internacional. (2022). El Cambio Climático. Amnistía Internacional. Recuperado de: https://www.amnesty.org/es/what-we-do/climate-change/

5 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2009). Cambio Climático Ciencia, evidencia y acciones. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Recuperado de: <https://www.conafor.gob.mx/biblioteca/cambio_climatico_09-web.pdf>

6 Cámara de Diputados. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

7 Cámara de Diputados. (2012). Ley General de Cambio Climático. Cámara de Diputados. Recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCC_061120.pdf

8 Cámara de Diputados. (2012). Ley General de Cambio Climático. Cámara de Diputados. Recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCC_061120.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Julieta Mejía Ibáñez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a remover del cargo al director general de Segalmex e informar a la opinión pública sobre los apoyos económicos de los programas en beneficio del campo entregados en 2020, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Sonia Rocha Acosta, así como las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El campo en México es un sector productivo muy importante y uno de los mayores activadores de la economía a pesar de las adversidades meteorológicas a las que se ha estado enfrentando y la contingencia sanitaria que tanto ha afectado a nuestro país, el sector agrícola es vital para el desarrollo de México y nuestro principal proveedor de alimentos, sin embargo, esto no lo es todo, ya que este sector sigue siendo afectado porque no cuenta con el apoyo para continuar adelante, por lo menos por parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

En relación a lo anterior, el portal de noticias Eje Central , en su publicación “ASF Tercera Entrega 2020: Acumula Agricultura anomalías por 127 mdp”, nos hace ver que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a cargo de Víctor Manuel Villalobos Arámbula, es una de las que más irregularidades presupuestales tiene, según la Auditoría Superior de la Federación (ASF), pues estas irregularidades no han sido aclaradas por la Sader y de acuerdo a ello, se encontró lo siguiente1 :

• Se entregaron casi 80 millones de pesos a beneficiarios sin confirmar; casi un millón de pesos a trabajadores del campo que ya están muertos; así como irregularidades en cuatro programas que superan los 42 millones de pesos, según detectó la ASF.

En relación a ello, para los cuatro programas señalados, se encontró lo siguiente:

1. Programa de producción para el Bienestar: el pago a 13 mil 783 productores por 79 millones 620 mil 400 pesos, sin contar con las confirmaciones bancarias de que dicho dinero fue entregado.

2. La Sader, entregó 959 mil 400 millones de pesos a otros 143 productores fallecidos entre 8 y 287 días antes del pago de los apoyos. Esto se suma a la falta de documentación que justifique y compruebe 42 mil millones 623 mil 600 pesos, que es la diferencia entre el presupuesto ejercido en la partida 43101, correspondiente a los Programas Subsidios para la Protección, Productores de Café y Productores de Caña de Azúcar y que se reportó pagado en el padrón de beneficiarios.

• Se entregaron más de 18 millones de pesos a personas que no cumplían con los requisitos; 150 expedientes que no cuentan con la información completa y representa más de 84 millones de pesos, así como 4 millones de pesos que no han sido devueltos a la Tesorería de la Federación, de acuerdo a la ASF, suma anomalías por 127 millones 235 mil 252 pesos pendientes de aclarar.

• La ASF identificó 2 mil 547 apoyos por 18 millones 567 mil 800 pesos los cuales no correspondieron a la población objetivo por no ser productores de pequeña y mediana escala, tal como lo establecen las reglas de operación que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 7 de febrero de 2020, en el que se emitió el “Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Producción para el Bienestar, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el Ejercicio Fiscal 2020”.2

• En la revisión que realizó la ASF, en la última etapa de la Cuenta Pública de 2020, detectaron que la Sader, no lleva un adecuado control del registro de los productores del Programa Producción para el Bienestar, ya que identificaron duplicidad de productores y registros con Clave Única de Registro de Población (CURP), inválida o sin ella, además de proporcionar el acompañamiento a personas que no forman parte del Padrón de Beneficiarios de dicho programa y no cuentan con un mecanismo para identificar cuál fue la estrategia de acompañamiento técnico adoptada por el productor.

• 150 expedientes de predios y productores beneficiados que engloban la entrega de apoyos por 837 mil 700 pesos de los que no se documentó con uno o más de los tres documentos que son relevantes para el otorgamiento de los apoyos directos, tales como la ubicación geográfica del predio, la acreditación de la propiedad del terreno y la CURP del productor beneficiado.

Como podemos observar, esta información es de vital importancia y un problema muy grave, porque las y los campesinos de nuestro país requieren de una buena explicación que aclare en dónde quedaron esos recursos que la Sader dice que fueron entregados y que la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en su Informe General de Cuenta Pública de 2020, hace una solicitud de aclaración a esta dependencia.

Por otra parte, la ASF, también encontró inconsistencias por parte de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), que integra la cadena de tiendas Diconsa y Liconsa y opera el programa Precios de Garantía, que tiene irregularidades por 8 mil 636 millones de pesos y que no ha aclarado el destino de estos recursos. De esta cantidad, Segalmex tiene pendiente justificar el gasto de 5 mil 640 millones de pesos, mientras que Diconsa no ha informado sobre mil 413 millones y por su parte Liconsa de mil 583 millones de pesos,3 según detalla en su Informe General de acuerdo a lo siguiente:

Gestión Financiera de Seguridad Alimentaria Mexicana 4:

Se revisó la Gestión Financiera de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), en los rubros de efectivo, inversiones, cuentas por cobrar, inventarios, cuentas por pagar, ingresos, pagos por adquisición de bienes y prestación de servicios, así como registro contable y presupuestal, de conformidad con las disposiciones normativas. Al respecto se determinaron observaciones por 5 mil 640 millones de pesos, por concepto de:

1. Adquisición y pagos sin soporte documental de maíz, frijol, canasta básica, leche y subsidios de arroz, trigo y maíz;

2. Pagos que excedieron el tonelaje o precio de garantía establecidos para maíz y frijol;

3. Pagos sin acreditar la prestación del servicio de subcontratación de personal y recepción de pesticidas;

4. Pagos fuera de la vigencia del contrato de servicios de fletes;

5. Faltantes de maíz y frijol en inventarios;

6. Productos de canasta básica sin acreditar la entrada a almacenes;

7. Salidas de efectivo no identificadas con su concepto de, y

8. Penalizaciones no aplicadas en arrendamiento vehicular.

Gestión Financiera de Diconsa, SA de CV.:

Se revisó la Gestión Financiera de Diconsa SA de CV, en los rubros de efectivo inversiones, cuentas por cobrar, inventarios, cuentas por pagar, ingresos, pagos por adquisición de bienes y prestación de servicios, así como su registro contable y presupuestal, de conformidad con las disposiciones normativas. Al respecto, se determinaron observaciones por mil 413 millones de pesos por los siguientes conceptos:

1. Falta de toma física de inventarios;

2. Salidas de mercancía de canasta básica sin facturar;

3. Faltantes de maíz y frijol en inventarios;

4. Pagos sin acreditar la prestación del servicio de subcontratación de personal, recepción de tarimas, ni recuperación por devoluciones de bolsas de invernadero, y;

5. Adeudos sin recuperar de exfuncionarios, impuestos y productos caducos (cárnicos y abarrotes).

Gestión Financiera de Liconsa, SA de CV.:

Se revisaron las operaciones en relación con los activos, pasivos, ingresos y gastos de Liconsa SA de CV, así como su registro contable y presupuestal. Se determinaron observaciones por mil 583 millones de pesos por concepto de inversiones en Certificados Bursátiles Fiduciarios privados, sin observar lo establecido en la normativa aplicable. Al respecto, cabe señalar que el monto principal de dichas inversiones fue recuperado, sin embargo:

1. No se acreditó el importe de los rendimientos generados por uno de los certificados cuyo vencimiento ocurrió el 10 de diciembre del 2020;

2. No se presentó la documentación justificativa y comprobatoria que acredite la procedencia de los pagos de “Anticipo a Proveedores”, y la realización de pagos por servicios asociados con el proceso de coproducción de lácteos y derivados lácteos, en el marco de los Convenios Generales de Colaboración celebrados con diversas personas morales, e incumplimiento de la legislación aplicable;

3. No se presentó la documentación que acredite los pagos por la recepción de la leche fresca y los servicios de maquila de secado de la misma;

4. No se entregó documentación certificada respecto de los pagos por la prestación del servicio de subcontratación de personal;

5. Se realizó el registro del devengo sin contar con documentación que acredite la recepción de los servicios de transporte de productos lácteos, y

6. Se realizaron pagos sin contar con los certificados de análisis de su laboratorio de control de calidad, establecidos como parte de los entregables en los instrumentos jurídicos celebrados con los proveedores, los cuales además fueron formalizados por servidores públicos que no contaban con las facultades legales para ello.

Cabe señalar, que tan solo los gastos de operación, entre 2019 y 2020, crecieron 186.4 por ciento con un total de 3 mil 289 millones de pesos, lo que equivale a una tercera parte de los subsidios entregados e impactaría en el cumplimiento del objetivo del programa de precios de garantía, también señalado en el informe general de la ASF, según señala La Jornada , en su publicación “Anomalías múltiples en Segalmex por 8.6 mil mdp: ASF”.

De las cinco auditorías de cumplimiento, desempeño y una de ellas forense realizadas a Segalmex, Diconsa y Liconsa, se desprende que hubo un pago por mil 352 millones de pesos por maíz, arroz y trigo a medianos productores sin las facturas correspondientes.

Por otra parte, los documentos muestran que en los inventarios de maíz hubo una diferencia por 185 millones de pesos en los pagos y en tres contratos por 909 millones de pesos no se comprobó la prestación del servicio.

No se acreditó la recepción de pesticidas por 49 millones de pesos; se hicieron pagos por 9 millones a contratos fuera de vigencia; no se registró la entrada a almacenes de productos de la canasta básica por un monto de 4 millones de pesos; “no hubo boletas de recepción y liquidación” de productores de maíz por un monto de 531 millones de pesos, y 190 millones de productores de frijol.

Además, la Auditoría Superior de la Federación, refirió que Segalmex no acreditó con documentación que los recursos transferidos a Liconsa por 445 millones de pesos correspondieron a 520 millones de litros de pequeños y medianos ganaderos y no se pudo identificar a los beneficiarios.

Pago alrededor de 2 mil 650 millones a medianos productores de maíz, arroz y trigo sin que se precisará cuál fue la normativa para otorgar el subsidio, lo que quiere decir, que la Segalmex, no se apegó a lo disponible en la Normatividad.

En lo que respecta a Diconsa, se encontró que en cinco almacenes hubo productos cárnicos caducos o en mal estado como se mencionó anteriormente, por un valor de 4 millones de pesos, no acreditó el proceso de planeación para adquisiciones y tampoco probó la prestación de servicios por 180 millones.

Se encontraron deficiencias en la organización, así como en la integración y registro de información contable y financiera presente en los estados financieros.

Por lo que ante tal y alarmante problemática, es prioritario que tanto la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), como Seguridad Alimentaria de México (Segalmex), aclaren de manera pronta y expedita esta situación, ya que no podemos dejar del lado todas las inconsistencias suscitadas en este Informe y tampoco podemos dejar a nuestros campesinos en el abandono y sin los apoyos económicos que tanto requieren para seguir con el desarrollo de nuestro país, recordemos que el campo es una de nuestras principales prioridades para una alimentación sana, no sólo a nivel nacional, sino a nivel internacional, lo que nos permite ser un país productivo con oportunidades de crecimiento y es lamentable que la corrupción salga por delante y esté siendo un obstáculo que impide este desarrollo, sobre todo en las comunidades más pobres del país, por lo que se exige se tomen las medidas necesarias para destituir de su cargo al director general de Segalmex.

Por lo anteriormente expuesto es que la que suscribe, Sonia Rocha Acosta, las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, exhortamos a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de acuerdo al siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, en el ámbito de su respectiva competencia, remover de su cargo al director general del organismo descentralizado denominado Seguridad Alimentaria de México (Segalmex), Ignacio Ovalle Fernández.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, a que informe a la opinión pública los apoyos económicos de los programas en beneficio al campo, que fueron entregados durante el ejercicio fiscal de 2020, a las y los campesinos del país en el que incluya la población objetivo, municipios, criterios establecidos y la manera en cómo se dio cumplimiento a las reglas de operación aplicables, así como los procesos internos de licitación y del control de mercancía y destino final de productos.

Notas

1 https://www.ejecentral.com.mx/acumula-agricultura-anomalias-por-127-mdp /

2 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585830&fecha=07/02/2020

3 https://www.jornada.com.mx/notas/2022/02/21/politica/anomalias-multiple s-en-segalmex-por-8-6-mil-mdp-asf/

4 file:///C:/Users/mary_/Downloads/2020_IGE_a%20(2).pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputados: Sonia Rocha Acosta (rúbrica), Mario Mata Carrasco, Sonia Murillo Manríquez, Rodrigo Sánchez Zepeda, Patricia Terrazas Baca, Carlos Alberto Valenzuela González, Esther Mandujano Tinajero, Anabey García Velasco.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a modificar la política nacional de vacunación anticovid para autorizar la inmunización de todos los niños a partir de cinco años de edad, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Las suscritas, diputadas y diputados Justino Eugenio Arriaga Rojas, Itzel Josefina Balderas Hernández, Román Cifuentes Negrete, Jorge Arturo Espadas Galván, Ana María Esquivel Arrona, Karen Michel González Márquez, Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, Esther Mandujano Tinajero, Berenice Montes Estrada, Saraí Núñez Cerón, Éctor Jaime Ramírez Barba, Juan Carlos Romero Hicks, Fernando Torres Graciano, José Salvador Tovar Vargas y Ricardo Villarreal García, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta Cámara, proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente se exhorta a la Secretaría de Salud para que modifique la Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-CoV-2, para la Prevención de la Covid-19 en México, a fin de que se autorice la vacunación a toda la población infantil, a partir de los cinco años de edad, con las vacunas que ya han sido autorizadas para dicho segmento etario por las Agencias Internacionales Regulatorias reconocidas por nuestro país, entre las que se encuentran la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos de América (Food and Drug Administration ), la Agencia Europea del Medicamento (European Medicines Agency ) y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios; conforme a los siguientes

Antecedentes

La pandemia de Covid-19 y sus efectos

Han pasado más de dos años desde que se conoció que en Wuhan, China, una nueva enfermedad se estaba propagando de manera rápida y sin que existieran tratamientos médicos para atender a las personas contagiadas.

Desde entonces, el virus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad Covid-19 ha transformado el mundo y nos ha puesto en una realidad muy diferente a la que teníamos al cierre del año 2019.

De acuerdo con la recopilación de cifras oficiales que realiza Our World in Data , al 21 de febrero de 2022, en el mundo se contabiliza un total de 425.94 millones de casos positivos confirmados,1 desde el inicio de la pandemia.

Esta cifra global es evidentemente menor a la realidad, pues sólo refleja los casos positivos confirmados de manera oficial, pero al existir un sesgo derivado de que no todos los países del mundo cuentan con sistemas confiables de pruebas y de información sanitaria, es posible asumir que debe existir muchos casos más.

Esto se aprecia de forma contundente cuando se comparan las cifras por continente:

1. Europa, 152.76 millones de casos positivos;

2. Asia excluyendo China, 112.89 millones;

3. América del norte, 92.33 millones;

4. América del sur, 53.34 millones;

5. África, 11.18 millones;

6. Oceanía, 3.34 millones; y

7. China, 107,989.2

Esto ha provocado la infortunada pérdida de 5.89 millones de vidas en todo el mundo, que se distribuyen de la siguiente forma:

1. Europa, 1.69 millones de muertes;

2. América del Norte, 1.39 millones;

3. Asia excluyendo China, 1.34 millones;

4. América del Sur, 1.25 millones;

5. África, 247,241 muertes;

6. Oceanía, 7,516 muertes; y

7. China, 4,636 muertes.3

Las vacunas han sido un elemento indispensable para salvar vidas

Desde que el mundo se percató de los terribles efectos de la Covid-19, los científicos iniciaron una carrera para entender al virus, desarrollar tratamientos y, por supuesto, vacunas.

A la fecha, 62.5 por ciento de la población mundial ha recibido al menos una dosis de alguna de las muchas vacunas contra Covid-19 que ya han sido aprobadas.4

Las cifras acumuladas muestran que, al 21 de febrero de 2022, 10.6 billones de dosis han sido administradas a nivel mundial, mientras que 33.18 millones se administran cada día.5

Pero estas cifras muestran una realidad, de nueva cuenta, parcial, pues los países con mayor desarrollo han avanzado mucho más en esta labor, mientras que los países con bajo nivel de ingresos apenas han podido vacunar a 12 por ciento de su población con al menos una dosis.6

En México, Our World in Data , que recoge las cifras oficiales del gobierno federal, muestra que el 65.29 por ciento de la población ya cuenta con alguna protección contra la Covid-19. De dicha cifra, 60.40 por ciento tiene ya un protocolo completo de vacunación, mientras que 4.89 por ciento tiene un protocolo aún incompleto.7

Sin duda alguna, a pesar de todas las adversidades que se han tenido en los últimos dos años, se ha hecho un esfuerzo mundial, incluyendo a México, para avanzar en la vacunación de ciertos grupos poblacionales, tales como las personas adultas mayores o las personas con alguna comorbilidad o, incluso, las personas mayores de edad.

Pero en nuestro país hemos atestiguado una constante negativa a vacunar a uno de los grupos poblacionales en mayor situación de vulnerabilidad: las niñas, niños y adolescentes.

En países con mayor desarrollo, tales como nuestro vecino, los Estados Unidos de América (EUA), la vacunación para niñas, niños y adolescentes ha sido una realidad desde que se aprobó la primera vacuna para este segmento poblacional.

El 29 de octubre de 2021, la FDA (Food and Drug Administration , por su sigla en inglés), anunció que se autorizó la vacuna desarrollada por Pfizer-BioNTech contra Covid-19, para su inoculación a niñas y niños de cinco a 11 años de edad.8

De acuerdo con la FDA, en EUA, al 17 de octubre de 2021, los casos de niñas y niños de cinco a 11 años de edad representaban 39 por ciento de los casos de personas menores de 18 años. Esto derivó en la hospitalización de alrededor de 8 mil 300 niñas y niños, con 146 sensibles fallecimientos en este segmento poblacional.9

Esa situación llevó a la FDA a autorizar el uso de la vacuna en niñas y niños de cinco a 11 años de edad y, con ello prevenir más hospitalizaciones y muertes.

Pero en México, como ya se había señalado en párrafos anteriores, la realidad ha sido muy distinta, pues el gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, se ha negado sistemáticamente a vacunar a la población menor a 18 años y sólo accedió a generalizar la vacuna para mayores de 14 años, después de la interposición de cientos de juicios de amparo en contra de tal omisión.

En el caso de las niñas y niños de cinco a 11 años, la Secretaría de Salud aún no ha permitido la vacunación generalizada, a pesar de que también se han presentado demandas de juicio de amparo.

Estas demandas de amparo ya han rendido frutos para las niñas y niños de cinco a 11 años que acudieron a esta instancia, representados por sus padres o madres, pues ya se han dictado sentencias que les otorgan la suspensión para el efecto de que se les garantice el derecho a su salud.

La negativa a vacunar a niñas y niños de cinco a 11 años viola derechos humanos y pone en riesgo sus vidas.

El 18 de febrero de 2022 se publicó en el Semanario Judicial de la Federación, una tesis de jurisprudencia de aplicación obligatoria a partir del lunes 21 de febrero de este año, que es muy relevante en esta materia.

La tesis señala textualmente lo siguiente:

Suspensión de oficio y de plano en el juicio de amparo. Procede concederla contra la omisión de aplicar la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 a los menores que conforman el grupo etario de cinco a once años, al advertirse que compromete su vida e integridad personal, privilegiando el interés superior del menor de edad y el derecho a la salud contenidos en el artículo 4o. constitucional .

Hechos: Los menores quejosos, pertenecientes al grupo etario de cinco a once años de edad, reclamaron en amparo la omisión de las autoridades de salud del Estado mexicano de aplicar la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19, por no estar comprendido en la política pública de prevención de la enfermedad, mediante la aplicación de alguna de las vacunas disponibles, lo que les mantiene en riesgo de contagio y de afectación, que por su gravedad puede afectar no sólo su salud, sino su vida e integridad física, por las severas secuelas que pueden ocasionarse. Las autoridades sanitarias se han negado a aplicar a los menores de ese grupo de edad las vacunas, señalando que no les resulta necesario, en tanto que el virus indicado no les afecta, ni se trata de un producto aprobado por ellas para ese rango de edad. La experiencia ha mostrado que es ascendente la tendencia de incremento de afección a los integrantes de ese sector de la población, y se han registrado numerosos casos de deceso. El estudio realizado por uno de los laboratorios productores de la vacuna para prevenir la Covid-19 ha demostrado que se trata de una medida segura y eficaz para los menores de edad del grupo de cinco a doce años en una dosificación diferenciada de la prevista para el resto de la población.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede conceder la suspensión de oficio y de plano contra la omisión de vacunar contra el virus SARS-CoV-2 para prevenir la Covid-19 a los quejosos, pues la decisión de no hacerlo compromete gravemente su vida, salud e integridad personal, siendo que, en observancia del mandato constitucional de proteger y concretar los derechos fundamentales de los menores de edad en el más alto grado posible, la autoridad sanitaria está obligada a su aplicación.

Justificación: En términos del artículo 126 de la Ley de Amparo, interpretado en forma extensiva, en aplicación del principio pro persona, la suspensión debe concederse de oficio y de plano, entre otros casos, contra actos que importen peligro de privación de la vida, dentro de los que se consideran los actos reclamados que niegan a los menores quejosos el acceso a la vacuna contra la Covid-19. Es un hecho notorio que esa enfermedad, causante de la epidemia mundial que actualmente acontece, puede tener efectos notables en la salud de los menores quejosos y provocarles daños irreparables o, incluso, la muerte. Entre las vacunas hasta ahora producidas, autorizadas para uso de emergencia, la desarrollada por los laboratorios Pfizer-BioNTech se ha considerado segura y eficaz para ser utilizada en el grupo de menores de cinco a doce años, y ese reconocimiento motivó que las autoridades sanitarias de otros países, destacadamente la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos de América y la Agencia Europea del Medicamento –Food and Drug Administration y European Medicines Agency, respectivamente– y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, ordenaran la inoculación de la población que se encuentra en ese rango etario. En México, las autoridades sanitarias no se han pronunciado al respecto, por lo cual, habiendo solicitado este órgano judicial a expertos de instituciones médicas enfocadas a la atención de pacientes con esa afección en los ámbitos público y privado, opinión sobre la viabilidad del empleo de esa vacuna en nuestro país, éstos coincidieron en que se trata de una medida de protección utilizable a nivel global. Se considera que es un deber de las autoridades de salud velar por la mayor protección disponible en favor de los menores quejosos, lo que implica aplicarles la vacuna que se encuentra disponible en la dosificación y bajo las condiciones que se han identificado como favorables al fin perseguido. En esta decisión convergen tanto el interés superior del menor de edad como el derecho a la salud reconocidos en el artículo 4o. constitucional, cuyo contenido ordena a las autoridades garantizar el más alto nivel de salud, por todos los medios apropiados, hasta el máximo de los recursos de que disponga, garantizando la práctica de todas las medidas necesarias para ello. Las diversas opiniones científicas emitidas por autoridades expertas en materia de salud, tanto a nivel nacional como internacional, evidencian los serios riesgos y peligros de no administrar el biológico Pfizer-BioNTech a menores que conforman el grupo etario de cinco a once años y, en contrapartida, los riesgos y contraindicaciones son de mucho menor entidad, lo que permite ponderar la razonabilidad y conveniencia de aplicarles la vacuna a los menores quejosos. Es decir, la evaluación ponderada de ventajas, desventajas, daños previsibles y riesgos conduce a considerar preferible aplicar la vacuna y no negarla, acorde con lo solicitado por los padres en pleno ejercicio de su autonomía, como responsables de la salud e integridad de sus menores hijos. De ahí que se considere oportuna la medida cautelar de oficio y de plano pues, de lo contrario, indebidamente se preservaría una situación de riesgo para la vida e integridad personal de los menores quejosos, dado que su petición se funda en la condición de peligro grave que implica no recibir el esquema de vacunación anti Covid-19, con lo cual se surte uno de los supuestos previstos en el artículo 126, en armonía con los diversos preceptos 15 y 147, párrafo último, de la Ley de Amparo, al indicar que el órgano jurisdiccional tomará las medidas necesarias para evitar que se defraude el derecho de los menores, en tanto se dicte sentencia definitiva en el juicio de amparo.

Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito”.10

Esta tesis jurisprudencial es absolutamente relevante porque obliga a todos los juzgados de distrito y a todos los tribunales federales, en todo el territorio nacional, para otorgar la suspensión de oficio y de plano, en todos los juicios de amparo promovidos a causa de la omisión o negativa de vacunación en contra de la covid-19, a niñas y niños de cinco a 11 años.

Ello, en razón de que esta negativa vulnera claramente sus derechos humanos y pone en riesgo su vida de manera innecesaria. Y en este punto hay que ser enfáticos: ya no está a discusión si existe o no una violación a sus derechos humanos, el Poder Judicial de la Federación ya lo ha establecido de manera clara en jurisprudencia obligatoria.

Por ello, es previsible que una gran cantidad de padres y madres en todo el país, promuevan, a partir de esta tesis, las demandas de amparo necesarias para defender y garantizar los derechos de sus hijas e hijos, pero, como es evidente, la gran mayoría de las familias en este país no cuenta con los recursos para sufragar abogados que les formulen las demandas y lleven los juicios.

En ese contexto, si no cambia la postura gubernamental, en los próximos meses se creará una gran brecha de discriminación entre las niñas y niños cuyos padres pudieron presentar una demanda de amparo y la enorme mayoría de niñas y niños que no accederán a la vacuna por no tener los medios para defender sus derechos ante los tribunales federales.

Por ello, esta proposición pretende que esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorte respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, de manera urgente, modifique la Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-CoV-2, para la Prevención de la Covid-19 en México, a fin de que se autorice la vacunación a toda la población infantil, a partir de los cinco años de edad, con las vacunas que ya han sido aprobadas para dicho segmento etario.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos el presente instrumento parlamentario, a consideración del pleno de esta Cámara, con el siguiente resolutivo:

Punto de Acuerdo

Único . El pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que modifique la Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-CoV-2, para la Prevención de la Covid-19 en México, a fin de que se autorice la vacunación a toda la población infantil, a partir de los cinco años de edad, con las vacunas que ya han sido autorizadas para dicho segmento etario por las Agencias Internacionales Regulatorias reconocidas por nuestro país, entre las que se encuentran la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos de América (Food and Drug Administration ), la Agencia Europea del Medicamento (European Medicines Agency ) y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Notas

1 Cumulative confirmed COVID-19 cases by world region. Our World in Data. Disponible en https://ourworldindata.org/grapher/cumulative-covid-cases-region

2 Ídem.

3 Ibídem.

4 Coronavirus (COVID-19) Vaccinations. Our World in Data. Disponible en https://ourworldindata.org/covid-vaccinations#what-share-of-the-populat ion-has-received-at-least-one-dose-of-the-covid-19-vaccine

5 Ídem

6 Ibídem.

7 Ibídem.

8 FDA Authorizes Pfizer-BioNTech COVID-19 Vaccine for Emergency Use in Children 5 through 11 Years of Age. US Food and Drug Administration. Disponible en
https://www.fda.gov/news-events/press-announcements/fda-authorizes-pfizer-biontech-covid-19-vaccine-emergency
-use-children-5-through-11-years-age#:~:text=Press%20Announcements-,FDA%20Authorizes%20Pfizer%
2DBioNTech%20COVID%2D19%20Vaccine%20for%20Emergency%20Use,through%2011%20Years%20of%20Age&
text=Today%2C%20the%20U.S.%20Food%20and,through%2011%20years%20of%20age.

9 Ídem.

10 Registro digital: 2024193. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Undécima Época. Materia(s): Común. Tesis: I.4o.A. J/1 K (11a.). Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tipo: Jurisprudencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputados: Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica), Itzel Josefina Balderas Hernández (rúbrica), Ana María Esquivel Arrona (rúbrica), Román Cifuentes Negrete, Karen Michel González Márquez (rúbrica), Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica), Éctor Jaime Ramírez Barba, Esther Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Carlos Romero Hicks, Berenice Montes Estrada, Fernando Torres Graciano, Saraí Núñez Cerón (rúbrica), José Salvador Tovar Vargas, Ricardo Villarreal García.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a crear por la SE un programa urgente de apoyo financiero y facilidades fiscales para las micro, pequeñas y medianas empresas, a cargo de la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Itzel Josefina Balderas Hernández, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las micro, pequeñas y medianas empresas en México, mantienen un rol de vital importancia para la economía de nuestro país a través de la generación de empleos, ingresos y fortalecer la actividad productiva de las economías locales.

Tristemente, después de la pandemia muchas de estas empresas se vieron afectadas e incluso tuvieron que cerrar, sin embargo, son quienes generan 72 por ciento de empleo y más de 50 por ciento del producto interno bruto (PIB).

Ante la importancia que radica el mantenimiento de las pequeñas y medianas empresas el gobierno federal debe concretar acciones a su favor y fortalecer su existencia en nuestro país.

Considerando que para este año no existen recursos etiquetados para este objeto debemos pensar detalladamente en la reactivación económica y generar una política pública integral que les permita subsistir en momentos tan críticos para la sociedad mexicana.

Debemos recalcar que como antecedente, de cada 100 pequeñas y medianas empresas mexicanas, sólo 7 por ciento pudo acceder a algún apoyo por parte del gobierno federal desde el comienzo de la pandemia causada por el Covid-19, en contraste con 33.6 por ciento que en promedio mantienen los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).1

Para el año en curso desapareció el programa de Microcréditos para el Bienestar, conocido como las Tandas para el Bienestar, la única estrategia identificada para el fortalecimiento de las Pymes en el marco de la pandemia por Covid-19 y, no se ha logrado identificar apoyo alguno para su protección en el ejercicio de este 2022.

A través del estudio global Mastering a comeback (Dominando un regreso), realizado por KPMG Private Enterprise y STEP Project Global Consortium, se identificó que los emprendedores son responsables de 99 por ciento de las unidades productivas del país, situación que visibiliza la enorme necesidad de que sean respaldados por el propio gobierno para coexistir.2

Además, debemos destacar que ante la desaparición del Instituto Nacional del Emprendedor (Inadem), el gobierno mexicano no cuenta con ningún estímulo para creación de empresas, empleos, innovación y, mucho menos, el mantenimiento de las ya existentes.

Lo anterior intensifica el problema del trabajo informal ya que desde el año pasado éste aumentó a 31.8 millones de personas en este sector, es decir, 56.4 por ciento de la población en el país y, en consecuencia, el resultado es la poca recaudación de impuestos.

En virtud de lo antes expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Economía, para crear un programa emergente de apoyo financiero y de facilidades fiscales para las micro, pequeñas y medianas empresas en México.

Notas

1 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2021/06/29/gobierno-de-mexico- apoya-solo-a-7-de-cada-100-pymes/

2 https://www.altonivel.com.mx/economia/apoyo-a-pymes-estara-casi-extinto -en-el-presupuesto-2022/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputada Itzel Josefina Balderas Hernández (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del 28 de febrero, Día Internacional de la Lucha contra las Enfermedades Raras, a cargo del Grupo Parlamentario del PAN

La Organización Mundial de la Salud (OMS) explica que las enfermedades raras son las que se presentan en menos de cinco por cada 10 mil habitantes y aún así se calcula que en el mundo existen entre 5 mil y 8 mil enfermedades catalogadas como raras que afectan a entre 6 y 8 por ciento de la población mundial.

Actualmente, hay más de siete mil enfermedades raras que son reconocidas por este organismo,1 sin embargo, solamente 10 por ciento de éstas cuenta con respaldo científico, y menos de 400 tienen un tratamiento específico, es decir, para la mayor parte de estas enfermedades no existe cura, pero sí tratamientos específicos que han demostrado la mejoría de los síntomas y de la calidad de vida de las personas que las padecen.

En México, de acuerdo con la Federación Mexicana de Enfermedades Raras (Femexer) aproximadamente 7 millones de personas sufren de estos padecimientos y 80 por ciento de ellos se debe a causas genéticas, razón por la cual una familia puede tener más de un integrante con la misma patología.2

Este tipo de padecimientos se clasifican como males crónicos graves que en muchas ocasiones tienen una elevada mortalidad y pueden manifestarse desde el nacimiento, durante la infancia o en la edad adulta. Por lo general, se comportan con una evolución crónica muy severa, con múltiples deficiencias motoras, sensoriales y cognitivas, y por lo tanto suelen presentar un alto nivel de complejidad clínica que dificultan su diagnóstico y reconocimiento.

Las enfermedades raras más graves presentan una alta tasa de mortalidad, aunque una baja prevalencia, razón por la que los costos de atención médica son apenas recuperables, causando que los pacientes que las padecen se vean, de manera desproporcionada, privados de un tratamiento que les salve la vida.

Además, esta baja prevalencia genera en quienes padecen este tipo de enfermedades raras una brecha del conocimiento, y, por lo tanto, surgen dificultades relacionadas al acceso en materia de equidad, en comparación con pacientes con otro tipo de enfermedades, de la información y de profesionales o centros especializados para la atención médica.

De esta forma, destacan una serie de problemas para poder atender eficientemente a la población que padece este tipo de enfermedades, entre las que debemos señalar obstáculos referentes al acceso a los tratamientos –o la ausencia de ellos– la enorme carencia de especialistas, la necesidad de certificación de hospitales para atender a estos pacientes, y la falta de información e investigación respecto a las dolencias.

Hoy en día en México, de acuerdo con la lista presentada por el Consejo de Salubridad General de 2018, se reconocen sólo 20 enfermedades raras, entre las cuales están: el Síndrome de Turner, Enfermedad de Pompe, Hemofilia, Espina Bífida, Fibrosis Quística, Histiocitosis, Hipotiroidismo Congénito, Fenilcetonuria, Galactosemia, Enfermedad de Fabry, Hiperplasia Suprarrenal Congénita, Homocistinuria, Atrofia Muscular Espinal, entre otras.3

La mayoría de las enfermedades raras tienen la característica de ser genéticas y están presentes en toda la vida de una persona, incluso si los síntomas no aparecen inmediatamente. Además, se caracterizan por una diversidad amplia de desórdenes y síntomas que varían no sólo según la enfermedad sino también según el paciente que sufre de la misma, e incluso, unos síntomas relativamente comunes pueden ocultar enfermedades raras subyacentes, lo que muchas veces conduce a un diagnóstico erróneo.

Por lo anterior, las enfermedades raras que afectan a nuestra población deben ser consideradas prioritarias para el Sistema Nacional de Salud, razón por la cual debemos fortalecer las estructuras que nos permitan tener un padrón confiable que establezca la prevalencia y la incidencia de este tipo de enfermedades en las diferentes regiones de nuestro país, así como tener una identificación certera y mejores diagnósticos, reduciendo así las consecuencias adversas en la salud de la población afectada.4

Debido a que más de 80 por ciento de estas enfermedades es de origen genético, una de las estrategias fundamentales para la detección oportuna es a través del tamiz neonatal metabólico, prueba que consiste en tomar una muestra de sangre, generalmente del talón del recién nacido y analizarla para encontrar enfermedades específicas.5

El tamiz metabólico neonatal es una prueba que se realiza a recién nacidos en México desde 1998, y éste implica la realización de exámenes de laboratorio practicados al recién nacido para detectar padecimientos de tipo congénito o metabólico, con el objetivo de que los bebés que lo requieran puedan ser tratados oportunamente para prevenir daños irreversibles, sin embargo, lo cierto es que no se ha logrado la universalización de esta prueba en las unidades médicas del país, por lo que miles de niños continúan viviendo sin un diagnóstico oportuno.

Es por esto por lo que es indispensable que se tomen las medidas para que las instituciones de salud pública cuenten con los recursos necesarios para este fin, de tal manera que esto permita el desarrollo de investigación en materia de detección de estos padecimientos a temprana edad.

Desde 2017 este procedimiento detecta seis enfermedades: hipotiroidismo congénito, hiperplasia suprarrenal congénita, fenilcetonuria, galactosemia, fibrosis quística y deficiencia de glucosa fostato deshidrogenasa.

Lo anterior deja en evidencia que las pruebas de tamiz metabólico que se aplican tienen un alcance limitado por la poca cantidad de enfermedades que puede detectar, por lo que es necesaria la instrumentación del tamiz metabólico ampliado, mismo que puede generar un diagnóstico mucho más amplio de enfermedades, entre las que se encuentran6 :

1. Hipotiroidismo congénito

2. Fenilcetonuria por deficiencia de biopterina III (PAH)

3. Hipertirotropinemia

4. Hiperplasia suprarrenalcongénita variedad perdedora de sal

5. Fenilcetonuria por deficiencia de biopterina IV (PCD)

6. Tirosinemia transitoria neonatal

7. Tirosinemia tipo I (hepatorrenal)

8. Galactosemia variante Duarte

9. Acidemia argininosuccínica

10. Argininemia

11. Hiperplasia suprarrenal congénita variedad virilizante simple

12. Tirosinemia tipo III (hawkasinuria 4HPPD)

13. Tirosinemia tipo II (oculocutánea)

14. Fibrosis quística

15. Deficiencia de glucosa 6-fosfato deshidrogenasa

16. Galactosemia clásica (deficiencia de galactosa 1- fosfato uridiltransferasa)

17. Fenilcetonuria clásica (deficiencia de fenilalanina hidroxilasa)

18. Fenilcetonuria por deficiencia de biopterina II (DHPR)

19. Citrulinemia por deficiencia de argininosuccinato sintetasa

20. Citrulinemia por deficiencia de citrina

21. Fenilcetonuria por deficiencia de biopterina I (GTPDH)

22. Atrofia girata

23. Síndrome HHH

24. Homocistinuria

25. Hipermetioninemia neonatal

26. Enfermedad de orina con olor a jarabe de maple clásica

27. Enfermedad de orina con olor a jarabe de maple intermedia

28. 3-metilcrotonilglicinemia

29. Acidemia glutárica I

30. Acidemia 3 hidroxi-3-metilglutárica

31. Acidemia isobutírica

32. Acidemia isovalérica

33. Acidemia malónica

34. Deficiencia de holocarboxilasa sintetasa

35. Deficiencia de biotinidasa

36. Acidemia metilmalónica mut –

37. Acidemia metilmalónica mut 0

38. Defectos de síntesis/ingesta de vitamina B12 materna

39. Acidemia propiónica

40. Acidemia 2- metil-3-hidroxibutírica

41. Deficiencia de SCAD (acil-CoA deshidrogenasa, deshidrogenasa de cadena corta)

42. Deficiencia de MCA (acil-CoA deshidrogenasa de cadena media)

43. Acidemia glutárica II

44. Acidemia etilmalónica

45. 2-4-dienoil-CoA reductasa

46. Deficiencia de LCA (acil-CoA deshidrogenasa de cadena larga)

47. Deficiencia de VLCAD (acil-CoA deshidrogenasa de cadena muy larga)

48. Deficiencia sistémica de carnitina

49. Defectos de síntesis/ingesta de carnitina materna

50. Defecto de captación de carnitina

51. Hiperglicinemia no cetósica

52. Deficiencia de 3-hidroxi-acil CoA deshidrogenasa de cadena corta (SCHAD)

53. 2- metilbutirilglicinuria 2MBG

54. Enfermedad de hemoglobina S

55. Enfermedad de hemoglobina C

56. Enfermedad de hemoglobina S/C

57. Enfermedad de hemoglobina E

58. Enfermedad de hemoglobina D

59. Enfermedad de células falciformes con beta talasemia

60. Enfermedad de hemoglobina C con beta talasemia

61. Enfermedad de hemoglobina E con beta talasemia

62. Enfermedad de hemoglobina H

63. Enfermedad de hemoglobina S con rasgo de alfa talasemia

64. Enfermedad de hemoglobina S/C con rasgo de alfa talasemia

65. Enfermedad de hemoglobina G Filadelfia

66. Enfermedad de hemoglobina G con rasgo de alfa talasemia

67. Beta talasemia mayor

En esta línea, consideramos que debemos trabajar para que toda la población que sufra de estos padecimientos tenga un acceso temprano y oportuno a los servicios de salud de calidad que necesitan y, de la misma forma, se garantice que se reduzca la brecha del conocimiento para eliminar acciones discriminatorias de tal forma que se asegure que los pacientes cuenten con oportunidades equitativas e igualdad de condiciones para su desarrollo y bienestar.

Por lo que, en el marco del Día Internacional de la Lucha contra las Enfermedades Raras, celebrado este 28 de febrero de 2022, y derivado de los hechos aquí expuestos, la conmemoración de este día implica la visibilidad de todas y cada una de estas enfermedades, así como hacer visible la necesidad de continuar luchando para garantizar el mejor estado de salud posible para todas nuestras niñas y niños que lidian contra las enfermedades raras, asegurándoles una universalización de los servicios de diagnóstico y un acceso temprano a los servicios de salud necesarios para salvar sus vidas.

¡Garanticemos un acceso universal para los servicios de diagnósticos oportunos y poder combatir las enfermedades raras!

¡Debemos garantizar el acceso a la información para lograr servicios de salud equitativos en las instituciones de salud!

Notas

1 https://www.who.int/bulletin/volumes/90/6/12-020612/es/

2 https://tecreview.tec.mx/las-10-enfermedades-mas-raras-de-mexico/

3 http://www.csg.gob.mx/descargas/pdf/priorizacion/enfermedades-raras/Listado/
LISTADO_ENFERMEDADES_RARAS.pdf

4 https://www.gob.mx/salud/prensa/090-se-levantara-padron-de-enfermedades -raras-en-mexico

5 http://revistamedica.imss.gob.mx/editorial/index.php/revista_medica/art icle/view/2447/2978

6 https://www.genosmedica.com/servicios/tamiz-metabolico-ampliado/
enfermedades-detectadas-en-el-tamiz-neonatal-ampliado/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)

Con motivo del 24 de febrero, con motivo del bicentenario del Primer Congreso Mexicano, a cargo del diputado Mauricio Cantú González, del Grupo Parlamentario de Morena

Un día como hoy, el 24 de febrero de 1822 en la Ciudad de México, tuvo lugar nuestro origen como Poder Legislativo nacional, exactamente un año después de que en esa fecha fuera proclamado el Plan de Iguala, que abrió las puertas hacia la consumación de la independencia de nuestro país, el 27 de septiembre de 1821, con la entrada triunfal a la capital del Ejército Trigarante, o de las Tres Garantías, que en ese momento eran independencia, religión y unión, como podían leerse alrededor de una corona, en el centro de la bandera tricolor, lábaro patrio que se ha conservado hasta nuestros días en el Museo Nacional de Historia.

De acuerdo al punto número 23 de las bases de este plan, que a la letra establecía: Como las Cortes que se han de formar son constituyentes, deben ser elegidos los diputados bajo este concepto , en el entendido de que la denominación española de Cortes correspondía al de una asamblea representativa; fue así que se convocó a un Congreso constituyente con la finalidad de crear una Constitución para establecer el orden legal, indispensable y soberano, como máximo instrumento de gobierno, al naciente Imperio Mexicano, que con esta denominación se integró incluyendo también a las entonces provincias centroamericanas que se unieron a este Imperio en 1821.

Como era de esperarse, el Congreso inició sus funciones conformado por diputados que se identificaron con las tres tendencias políticas imperantes en ese primer año del México independiente.

Fueron los llamados iturbidistas, partidarios de proclamar al autor del Plan de Iguala, Agustín de Iturbide, como emperador; los borbonistas, partidarios de que el país volviera a ser parte de la monarquía española de la dinastía de los Borbones; ambas tendencias que eran mayoría; y los republicanos, que eran minoría, partidarios de hacer a México una república democrática para favorecer al pueblo.

Algunos de estos primeros diputados de la tendencia republicana tuvieron tan destacada participación, antes, durante y después de 1822, que sus nombres trascendieron y quedaron inscritos para la posteridad en el muro de honor del recinto del Congreso, no sólo por su relevante actuación legislativa, sino también militar y política, que desempeñaron cuando las circunstancias del momento histórico que les tocó vivir se los demandaron.

Así hoy podemos leer en letras de oro los nombres de Servando Teresa de Mier y Valentín Gómez Farías, cuyos méritos excepcionales están más allá de nuestras palabras, pero que ahora los recordamos en esta justa conmemoración del primer Congreso mexicano, entre aquellos diputados republicanos que hace doscientos años impulsaron y fueron iniciadores de una institución básica para construir el Estado nacional que, desde entonces, hemos mantenido para que el país de las mexicanas y los mexicanos exista y se preserve, en el concierto de las naciones libres y soberanas, como un Estado federal.

Vale precisar que este primer Congreso fue unicameral, sólo integrado por diputados de las provincias que los eligieron como sus representantes para un Congreso constituyente, porque su misión consistiría en definir cómo podría constituirse la nación en torno a un orden constitucional definido, como sería en una Carta Magna que sustituyera el orden jurídico imperante, todavía, con la vigencia de la Constitución expedida en Cádiz, en 1812, para los territorios bajo la Corona española. Así pues, la necesidad de contar con una Constitución propia era perentoria.

Sin embargo, el desempeño de este primer Congreso mexicano hubo de afrontar las presiones que, dentro y fuera de él, provenían de quienes buscaban mantener una situación más afín a un gobierno monárquico que, tras la declaración de Independencia y formalmente, ya no se reconocía como tal; pero que en las circunstancias de transición política hacia un Estado nacional independiente, había fuertes intereses para interferir en esta transición, como los representados por el conjunto de los grandes propietarios y la Iglesia que, como corporación, también formaba parte de ellos y, para tratar de lograr sus propósitos, contaban con diputados afines a sus intereses entre los congresistas.

La principal presión a este Congreso se manifestó ruidosamente cuando irrumpió en el recinto legislativo un tumulto, encabezado por partidarios de Agustín de Iturbide, para conminar a los diputados a proclamarlo emperador, lo que ocurrió el 19 de mayo de 1822, no sin que la voz de la prudencia parlamentaria se impusiera, en esa crítica circunstancia, por la propuesta del diputado Valentín Gómez Farías, que fue aceptada en el sentido de que tal proclamación estaría condicionada al juramento de Iturbide para someterse a la Constitución que el Congreso emitiera, y las leyes derivadas de la misma, con lo cual se evitó que la prepotencia política, por las vías de hecho, se pusiera por encima de las del derecho que debe prevalecer en una soberanía legislativa.

La relación entre Agustín de Iturbide y el Congreso fue ríspida y las fricciones escalaron hasta llegar a una situación de ruptura el 31 de octubre, fecha en que por decreto del emperador fue disuelto el Congreso y se dio lugar a la persecución y el encarcelamiento contra los diputados opositores a sus designios autoritarios. Iturbide repetía así la actitud monárquica de poder absoluto que asumió Fernando VII, cuando volvió al trono en España, en 1814, suspendió la vigencia de la Constitución de 1812, desconoció a las Cortes y puso en prisión a los diputados que no aceptaron someterse a él, como fue el muy notorio caso de Miguel Ramos Arizpe, que rechazó el soborno que le ofrecieron y fue diputado preso durante los seis años de la ruptura del orden constitucional, hasta que un pronunciamiento militar en 1820 obligó al rey a restablecerlo.

Iturbide sustituyó a este primer Congreso disuelto mediante una Junta Nacional Instituyente, con diputados adictos al emperador. Resultado de ello fue la redacción de un Proyecto de Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano , que constaba de cien artículos en ocho secciones, que apareció fechado el 18 de diciembre con los nombres de Toribio González, Antonio J. Valdés y Ramón Martínez de los Ríos; un documento que no tuvo mayor efecto que el de exponer a sus autores al escarmiento público.

Tal y como lo hizo, por su oposición política, uno de los diputados perseguidos y encarcelados por ello, como fue Servando Teresa de Mier, quien, a la par de su memorable elocuencia en la tribuna legislativa, no lo fue menos al escribir y difundir sus palabras al tenor de la siguiente décima:

Un obispo presidente,

dos payasos secretarios,

cien cuervos estrafalarios,

es la junta instituyente.

Tan ruin y villana gente

cierto es que legislarán,

a gusto del Gran Sultán;

un magnífico sermón

será la Constitución,

que estos brutos formarán.

A diferencia de lo ocurrido en España, no duró mucho en México el atentado al primer Congreso, porque su restablecimiento fue reclamado el 2 de diciembre por el militar Antonio López de Santa Anna, al mando de su regimiento en el Ejército, mediante un pronunciamiento armado en Veracruz, en pro de una república, movimiento que luego se conoció y secundó como el Plan de Casa Mata. Un movimiento en el que tuvo una destacada participación Guadalupe Victoria, quien había encabezado la resistencia insurgente en la ruta de Puebla a Veracruz, en la reciente lucha por la Independencia nacional.

Así entró en crisis el efímero imperio de Iturbide, quien, ante un descontento creciente, sobre todo entre las fuerzas armadas, no tuvo otra alternativa más que reinstalar el 3 de marzo de 1823 al Congreso disuelto, el que reasumió sus funciones y ante el cual Iturbide presentó su abdicación como emperador, para partir luego a un exilio con destino a Europa. Por su parte, el 29 de marzo el Congreso declaró nulo el Imperio, y nombró a un triunvirato militar designado como Supremo Poder Ejecutivo, integrado por Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria y Pedro Celestino Negrete.

El Congreso se hizo eco de las voces que, principalmente desde las provincias mexicanas, demandaban un nuevo orden para el país. Estas demandas al Congreso fueron en el sentido de que ya no era viable como constituyente porque había sido disuelto y no había cumplido con su objetivo constitucional original, pero también porque crecía la convicción en las provincias de que deberían tener en el órgano legislativo una representación más equitativa y acorde a sus necesidades políticas. En este proceso Guatemala empezó a buscar una opción más cercana a su contexto centroamericano, en tanto en provincias como Jalisco, Michoacán, San Luis Potosí, Oaxaca, Yucatán y Zacatecas, surgieron o se asumieron reclamos de soberanía territorial.

En este contexto latente de inestabilidad social que podría traer como consecuencia la fragmentación del país, al Congreso reinstalado no se le reconocía ya como constituyente sino solamente como convocante para un nuevo Congreso constituyente, ante lo cual hubo de procederse, y en cuya conformación serían determinantes las diputaciones provinciales que inclinarían la balanza política para retomar el destino legislativo, donde los protagonistas principales serían los diputados que, en el nuevo Congreso constituyente, a partir del 5 de noviembre de 1823, hicieron historia al expedir en 1824 el Acta Constitutiva de la Federación y nuestra primera Carta Magna, la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Una historia que empezó con el primer Congreso mexicano, el 24 de febrero de 1822, cuyo bicentenario nos honramos en conmemorar en la presente Legislatura.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2022.

Diputado Mauricio Cantú González (rúbrica)


Inklusion
Loading