Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 5922-VI, martes 7 de diciembre de 2021
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Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 5922-VI, martes 7 de diciembre de 2021
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a establecer mecanismos para que los extranjeros que se encuentran aquí, independientemente del estatus migratorio, tengan acceso a la vacuna anticovid, a cargo del diputado Navor Alberto Rojas Mancera, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Navor Alberto Rojas Mancera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a esta soberanía, para su resolución, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud para que en el ejercicio de sus atribuciones establezcan los mecanismos necesarios a efecto de que los ciudadanos extranjeros que se encuentran en el territorio nacional, independientemente de su estatus migratorio, puedan acceder al esquema de vacunación contra el virus Sars CoV-2 que el gobierno federal está implementando a nivel nacional, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Actualmente se vive a nivel mundial, la pandemia de COVID-19 que inició en China el año 2019. Para enfrentar adecuadamente esta pandemia, se implementó, a nivel nacional una campaña de vacunación que dio inicio el mes de diciembre del año 2020.
Desde la aparición de este mal en nuestro país, el Gobierno federal en coordinación con la Secretaría de Salud, implementó una serie de medidas sanitarias a efecto de controlar los contagios en México, destacándose entre otras la limitación de actividades económicas, la recomendación hecha a la población en general a permanecer en casa y no salir a menos de que fuera estrictamente necesario, la limitación de las reuniones multitudinarias y en su momento la aplicación a nivel nacional de vacunas contra el Sars CoV-2
Dentro de estas acciones sanitarias, y una vez que se contó con los mecanismos de vacunación aprobados por la Organización Mundial de la Salud, se inició la aplicación con la vinculación de varias secretarías la primera etapa de aplicación de la vacuna contra el virus que provoca el Covid-19 tuvo en primera instancia a más de dos mil trabajadoras y trabajadores del sector salud que están en primera línea de atención a las personas infectadas con este virus.
Desde diciembre del año pasado, el titular del Ejecutivo dio instrucciones muy precisas a efecto que sea vacunada toda la población de la República Mexicana.
Sin embargo, existe un grupo muy numeroso de ciudadanos de diversas nacionalidades o que son residentes en nuestro país o que están de paso por el mismo, y que, por su estatus migratorio, no pueden acceder a los esquemas de vacunación planteados y se convierten en un grupo muy vulnerable.
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se consagra:
Título Primero
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Es decir, la Carta Magna consagra que todos somos iguales.
En referencia a la vacunación, el portal de noticias Infobae menciono que1 :
“La vacuna va a ser gratuita y universal ... va a depender solo de la disponibilidad de la vacuna, porque ya contamos con el presupuesto para la adquisición para todas las dosis que se requieren para vacunar a todos los mexicanos”, reiteró el presidente López Obrador .
Debemos hacer una precisión de este grupo poblacional, ya que por una parte están los extranjeros radicados en México legal e ilegalmente y por otra parte aquellos que transitan por nuestro país generalmente en busca del sueño americano y que permanecen en territorio nacional por tiempo indefinido en condiciones de hacinamiento, insalubres y sin atender las mínimas medidas sanitarias tales como la sana distancia y el uso del cubre bocas.
La casa consultora especializada en temas de migración Statista, en publicación dada a conocer por su departamento de investigación el 2 de julio de 2021, nos señala que2 :
En 2020, alrededor de 1,2 millones de extranjeros residían en México, de los cuales 65,8% eran de nacionalidad estadounidense, mientras que el 4,7% de extranjeros residentes en México eran guatemaltecos y el 4,4% eran venezolanos.
El dato anterior nos da un 70.5%, el 29.5% se compone de habitantes de países tales como, entre otros, Colombia, Honduras, Cuba, El Salvador, Argentina, Haití, Perú, etc.
Haciendo énfasis que no todas las personas que residen en México se encuentran de manera legal.
Por otra parte, se encuentran las personas que transitan a lo largo y ancho del territorio nacional, buscando o no cruzar a territorio estadounidense y de los cuales no se tiene un número preciso.
Sin embargo, la oficina de drogas y crimen de las Naciones Unidas, Unodc por sus siglas en inglés, señala que3 :
• Se estima que anualmente hay alrededor de 3 millones de entradas ilegales en los Estados Unidos: la mayoría de los migrantes entran clandestinamente en camiones que pasan la frontera, si bien se han observado casos en que los viajes se han hecho a pie, por ferrocarril. . .
Dándose el caso que la gran mayoría de estas entradas ilegales se dan por la frontera norte de nuestro país.
El Instituto Nacional de Migración en un documento intitulado “Derechos Humanos de las Personas Migrantes que Transitan por México”4 , tienen entre otros el Derecho a la Salud, puntualizando que:
• Los migrantes tienen derecho a recibir atención médica y los medicamentos adecuados para tratar su enfermedad, si padecen alguna.
La licenciada Patricia Martínez Cranss, Subsecretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en artículo publicado por el periódico Excelsior5 comento que:
• Para acceder a bienes, servicios o beneficios de los diversos programas que ofrecen los tres órdenes de gobierno, se hace necesario que las personas reúnan ciertos requisitos, uno de ellos es contar con la Clave Única de Registro de Población, mejor conocida como CURP, que es la llave que permite el registro de la población objetivo de los programas y servicios públicos en los sistemas informáticos de las dependencias y entidades.
. . . sólo los extranjeros con residencia permanente en México podían obtener una CURP. La carencia de ella para el resto de los extranjeros que viven en México (excluidos los turistas) generaba serios problemas al no poder contar con un trabajo formal, abrir una cuenta bancaria, acceder a un crédito, entre otros.
En dicha entrevista, la Subsecretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos, apunto que:
•. . . por conducto de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (Renapo), se dio a la tarea de instrumentar las acciones necesarias para garantizar el ejercicio de los derechos de los extranjeros que se encuentran en el país de forma regular , bajo la tutela del derecho a la identidad consagrado en el artículo 4º constitucional y en los instrumentos internacionales de los que México forma parte.
Es decir, la obtención de la CURP solo es posible para aquellos extranjeros que se encuentran en el territorio nacional de forma “regular”, dejando fuera de este beneficio a aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentran en situación ilegal o a los que están en tránsito por México y que por alguna situación ajena a ellos se encuentran en el país de manera indefinida.
La Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Gobernación reiteran que México actúa de forma soberana e independiente al implementar su nueva política migratoria —una que pone al centro la protección de los derechos humanos y la expansión de un desarrollo económico igualitario en la región.
En ese contexto la Organización Mundial de la Salud, considera que “el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano. Esto incluye el acceso a servicios de salud de calidad, y por eso, se debe promover una cobertura sanitaria universal 6 .
El propósito fundamental de esta proposición con punto de acuerdo es el de garantizar que todos los extranjeros que se encuentran en nuestro país, independientemente de su situación migratoria, puedan acceder a los esquemas de vacunación contra el SARS CoV-2 que lleva a cabo el Gobierno federal.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en el ámbito de sus facultades, implementen acciones que garanticen el acceso a los esquemas de vacunación contra el COVID-19 a todos aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentran en el territorio nacional, independientemente de su situación migratoria.
Notas:
1. https://www.infobae.com/america/mexico/2020/12/24/en-vivo-inicia-la-vac unacion-contra-el-covid-19-en-mexico/
2. https://es.statista.com/estadisticas/1190260/poblacion-extranjera-de-me xico-por-nacionalidad/
3. https://www.unodc.org/toc/es/crimes/migrant-smuggling.html
4. https://www.inm.gob.mx/static/pdf/DH_PERSONAS_MIGRANTES_TRANSITAN_MEXIC O.pdf
5. La CURP para solicitantes de refugio en México (excelsior.com.mx)
6. https://www.axahealthkeeper.com/blog/la-definicion-de-salud-segun-la-om s-infografia/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de diciembre de 2021.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y diversas autoridades estatales y municipales a incluir en los reglamentos correspondientes el perfil profesional de los aspirantes a directores de organismos operadores de agua y saneamiento, a cargo del diputado Enrique Godínez del Río, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Enrique Godínez del Río, diputado federal por Michoacán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, por el que el la Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a los titulares del Ejecutivo y a laslegislaturas estatales de las 32 entidades federativas y a los municipios a incluir en sus reglamentos de agua potable y alcantarillado el perfil profesional que deberán cumplir los aspirantes al cargo de directores de los organismos operadores de agua y saneamiento y garantizar un periodo de prestación de servicio de al menos 3 años, lo anterior al tenor de las siguientes
Consideraciones
El derecho humano al agua
Dentro de los mayores retos que enfrenta la humanidad son los relativos a la calidad y gestión del agua, debido a que se han convertido en factores limitantes para la salud e higiene de las personas, la producción de alimentos y las estabilidades social y política de los pueblos1 .
En palabras del Secretario General de las Naciones Unidas, “Un agua potable segura y un saneamiento adecuado son cruciales para la reducción de la pobreza, para un desarrollo sostenible y para lograr todos y cada uno de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.”
Es por esto que dentro de la Agenda 2030 está el objetivo 6 Agua limpia y saneamiento. Sus metas incluyen lograr el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos, el acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todos2 .
El 28 de julio de 2010, la Asamblea General de la ONU reconoció explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, a través de la Resolución 64/292, donde se expresa que el agua potable limpia y el saneamiento son esenciales no sólo para la vida, sino para la realización y cumplimiento de todos los derechos humanos3 .
Esto dio origen a la reforma constitucional del párrafo sexto del artículo cuarto, para quedar como sigue:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la Ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
A pesar de que el Estado es el responsable de garantizar este derecho, esta recae en los municipios, quienes dependen de las aportaciones y participaciones federales y programas presupuestarios en la materia para atender esta necesidad básica de sus habitantes.
Los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento para cada persona deben ser continuos y suficientes para el uso personal y doméstico. Estos usos incluyen normalmente agua de boca, saneamiento personal, lavado de ropa, preparación de alimentos, higiene personal y limpieza del hogar. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), son necesarios entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para garantizar que se cubren las necesidades básicas y que no surjan grandes amenazas para la salud4 .
Todas las personas tienen derecho a unos servicios de agua y saneamiento físicamente accesibles, que se encuentren dentro o en las inmediaciones de su hogar, su lugar de trabajo o las instituciones educativas o de salud. Unos ajustes relativamente pequeños a los servicios de agua y saneamiento pueden garantizar que las necesidades de las personas con discapacidad, los ancianos, las mujeres y los niños sean tenidas en cuenta, mejorando así la dignidad, la salud y sobre todo la calidad de vida de todo el mundo.
Según la OMS, la fuente de agua debe encontrarse a menos de 1.000 metros del hogar y el tiempo de recogida no debe superar los 30 minutos5 .
El servicio de agua y saneamiento en los hogares mexicanos
Hay 6 millones 811 mil 616 habitantes sin servicio público domiciliario de agua potable y 7 millones 825 mil 198 sin cobertura de alcantarillado. Además, 38 por ciento del agua potable se pierde por fugas en las tomas y fugas en la red6 .
Según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, en 2020, 69 por ciento de la población urbana recibía agua diariamente y 77 por ciento el habitaba en viviendas con drenaje conectado a la red pública7 .
El servicio público domiciliario de agua potable requiere construir y conservar infraestructura, instalar y mantener maquinaria, pagar servicios personales, energía y reactivos químicos, y cubrir los derechos fiscales por el uso de las aguas nacionales, lo que tiene un alto costo para los prestadores del servicio, sean públicos, privados, comunitarios o mixtos.
El artículo 47 de la Ley de Aguas Nacionales establece que “La Autoridad del Agua promoverá el aprovechamiento de aguas residuales por parte de los municipios, los organismos operadores o por terceros provenientes de los sistemas de agua potable y alcantarillado”.
Organismos operadores
Según la Asociación Nacional de Empresas de Agua y Saneamiento (ANEAS), hay 3 mil 501 prestadores de servicios, de los cuales 672 son organismos operadores formales.
De forma general, los organismos operadores municipales se integran por:
1. Una junta de gobierno
2. Un administrado o director
3. Un consejo consultivo municipal
4. Uno o varios comisarios
5. Personal técnico y administrativo
Se recomienda que el director del organismo operador municipal cuente con experiencia técnica y administrativa comprobable en materia de agua, ya que tiene las siguientes atribuciones:
1. Representar legalmente al organismo operador
2. Coordinar las actividades técnicas, administrativas y financieras
3. Gestionar y obtener el financiamiento para obras, servicios y amortización de pasivos, así como suscribir títulos de crédito, contratos u obligaciones ante instituciones públicas y privadas
4. Vigilar el pago de los derechos por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales
5. Ejecutar los acuerdos de la junta de gobierno municipal
6. Establecer relaciones de coordinación con las dependencias y entidades
7. Nombrar y remover al personal del organismo operador municipal8
En el caso de Michoacán, el artículo 32 de la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el estado de Michoacán establece que:
“Los municipios, los prestadores de los servicios o contratistas deberán adoptar las medidas necesarias para que se alcance la autonomía financiera en la prestación de los servicios públicos y establecerán los mecanismos de control para su eficacia técnica y administrativa.
Los municipios, los prestadores de los servicios o contratistas estarán obligados a diseñar y revisar periódicamente un proyecto estratégico de desarrollo, tomando en cuenta las proyecciones de incremento de la demanda, la disponibilidad del recurso, en estricto apego a los planes ambientales y de desarrollo urbano, que contenga la definición de acciones que se requieran para incrementar la eficiencia física y comercial, así como la cobertura de los servicios públicos en el corto, mediano y largo plazo”.
Por lo anterior, lo más recomendable es que los organismos operadores tengan un periodo de permanencia que les permita cumplir con estas obligaciones.
Situación de los organismos operadores
Los organismos operadores en México se encuentran en desventaja porque presentan diversas deficiencias significativas que les impiden cumplir adecuadamente con sus objetivos y el mandato constitucional al respecto9 . Las principales dificultades son:
1. Insuficiencia de recursos económicos
2. Falta de continuidad de sus administraciones y profesionalización del personal
3. Deficiencia en la gestión de funcionamiento y prestación de los servicios
4. Ineficiencia en las gestiones de organización, técnica y comercial
5. Carencia de un marco regulatorio de los servicios de agua potable y saneamiento
6. Rigidez en los esquemas de autorización de tarifas
7. Endeudamiento excesivo por falta de liquidez
8. Baja o nula disposición de pago por parte de los usuarios
9. Politización de las decisiones y de los programas operativos anuales
10. Estructuras y niveles tarifarios que no reflejan los costos reales de operación para la prestación del servicio
Además de esto, se necesita un marco jurídico que respalde la certidumbre de su existencia y permanencia estable y prolongada y libertad para el ejercicio de sus funciones técnico operativas, administrativas, financieras y de inversión debido a que al ser creados por decreto municipal, no se sabe por cuánto tiempo persistirán, siendo altamente vulnerables, lo que trae como consecuencia la falta de interés y seguridad de las inversiones en infraestructura hidráulica necesaria para mejorar los servicios.
Garantía de un periodo mínimo de operación
Contar con una garantía de tiempo podría asegurar el periodo de retorno de inversiones y la posible obtención de recursos que generen utilidad para las reinversiones, indispensable para aplicar en desarrollos tecnológicos de punta, rehabilitación de la infraestructura, modernización que facilite la operación del sistema con oportunidad para beneficio de los usuarios y garantía de un buen servicio, fomentando la recaudación, reducción del rezago y la disminución de los costos de operación; principalmente, la energía eléctrica, optimizando el empleo de los recursos humanos, materiales, económicos, financieros, orientados hacia una transición integral que permita la autosostenibilidad y la solución a las dificultades enunciadas sobre el cumplimiento al derecho humano al agua.
Perfil del director del organismo operador
Como se mencionó anteriormente, es necesario que la persona que tenga el cargo de director cuente con experiencia técnica y administrativa comprobable en materia de agua para garantizar que tenga la capacidad de cumplir con todas las funciones que demanda el cargo, ya que de él depende el éxito o fracaso del organismo.
Finalmente, la pandemia de la Covid-19 ha puesto de manifiesto la importancia vital del saneamiento, la higiene y un acceso adecuado a agua limpia para prevenir y contener las enfermedades.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el lavado de manos es una de las acciones más efectivas que se pueden llevar a cabo para reducir la propagación del virus de la Covid-19. Aun así, hay miles de millones de personas que carecen de este servicio básico.
La Covid-19 no desaparecerá sin acceso a agua salubre para las personas que viven en situaciones de vulnerabilidad, de acuerdo con los expertos de Naciones Unidas10 .
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a los titulares del Ejecutivo y legislaturas estatales de las 32 entidades federativas y a los municipios, a incluir en sus leyes y reglamentos de agua potable y alcantarillado el perfil profesional que deberán cumplir los aspirantes al cargo de directores de los organismos operadores de agua y saneamiento.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a los titulares del Ejecutivo y legislaturas estatales de las 32 entidades federativas y a los municipios, a garantizar a los organismos operadores de agua y saneamiento un periodo de prestación de servicio de al menos 3 años con el objetivo de poder concluir con sus proyectos de inversión, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en el reglamento municipal.
Notas
1 Regulación de los servicios de agua potable y saneamiento en México. IMTA, 2017.
https://www.imta.gob.mx/biblioteca/libros_html/regulacio n-servicios/files/assets/common/downloads/publication.pdf
2 Organización de las Naciones Unidas. Objetivo 6: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos.
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/water-and-s anitation/
3 El derecho humano al agua y al saneamiento. Nota para los medios. Organización de las Naciones Unidas.
https://www.un.org/spanish/waterforlifedecade/pdf/human_ right_to_water_and_sanitation_media_brief_spa.pdf
4 Ídem
5 Ídem
6 Presentación “Panorama del agua en México”. Jaime Collado. Noviembre 2021.
7 Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH). 2020 Nueva serie.
https://www.inegi.org.mx/programas/enigh/nc/2020/
8 Manual de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento. Integración de un Organismo Operador. Comisión Nacional del Agua.
https://files.conagua.gob.mx/conagua/mapas/SGAPDS-1-15-L ibro1.pdf
9 Regulación de los servicios de agua potable y saneamiento en México. IMTA 2017
https://www.imta.gob.mx/biblioteca/libros_html/regulacio n-servicios/files/assets/common/downloads/publication.pdf
10 Organización de las Naciones Unidas. Objetivo 6: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/water-and-s anitation/
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el 7 de diciembre de 2021.
Diputado Enrique Godínez del Río (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE sobre el Pacto Mundial de la ONU respecto a la migración segura, ordenada y regular, adoptado en Marruecos el 10 de diciembre de 2018, suscrita por las diputadas Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y María Elena Serrano Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI
Quienes suscriben, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y María Elena Serrano Maldonado, diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
En el marco de la crisis de salud y económica ocasionada por la propagación exponencial del coronavirus SARS-CoV-2, las prioridades de los gobiernos han respondido a cada una de las etapas de la evolución de la pandemia. Si bien existen importantes avances en los procesos de vacunación, aún es prematuro pensar que esta situación adversa estará erradicada en el corto y mediano plazo.
Las mutaciones del virus y el reto de vacunar a toda la población mundial estarán marcando la pauta de las prioridades de cada nación y de la agenda internacional. Aunado a esta incertidumbre, estos dos factores han exacerbado y detonado otros fenómenos sociales que, de no atenderse y tomarse en cuenta, estarán comprometiendo la gobernanza y la paz mundial.
Bajo esta premisa, el fenómeno migratorio será en lo inmediato un tema crítico que afectará principalmente a los países pobres y en vías de desarrollo, que son los que sufren los mayores estragos económicos por la parálisis económica, las medidas de aislamiento y distanciamiento social.
México, al ser un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes tiene que fortalecer su política en la materia, ante probables incrementos del flujo migratorio. Es importante reconocer el nuevo enfoque de esta administración en su política migratoria donde el “...centro es la persona migrante y el desarrollo social y económico como sustento de la movilidad humana de una manera regular, ordenada y segura”. Estamos convencidos que los siete componentes de este paradigma (1) Responsabilidad compartida; 2) movilidad y migración internacional regular, ordenada y segura; 3) atención a la migración irregular; 4) fortalecimiento institucional; 5) protección de connacionales en el exterior; 6) integración y reintegración de personas en contextos de migración; y 7) movilidad internacional y el desarrollo sostenible) abordan cada una de las problemáticas y aristas de este fenómeno complejo y multifactorial.1
En este tenor, saludamos la participación de México en el proceso de negociación y adopción del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, suscrito en Marruecos el 10 de diciembre de 2018.
Como es de conocimiento público, este acuerdo se instituye como el primer acuerdo global de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) con una visión común sobre la migración internacional en todas sus dimensiones. A decir de este organismo “...representa una oportunidad histórica para mejorar la cooperación internacional en materia de migración y para fortalecer las contribuciones de los migrantes y la migración al desarrollo sostenible”.2
Asimismo, el Pacto Mundial es acorde con el Objetivo 10.7 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en que los estados miembros se comprometieron a cooperar a nivel internacional para facilitar una migración ordenada, segura y responsable.
De acuerdo con sus cifras existen más de 258 millones de migrantes que viven fuera de su país de nacimiento. Ante los cambios vertiginosos que ocasiona el crecimiento poblacional, la mundialización económica, la globalización, la desigualdad, los desequilibrios demográficos, el cambio climático y el impacto socioeconómico de la pandemia se deduce que está cifra crecerá.
Por ello, se vuelve primordial que nuestro país acelere el proceso de análisis y ratificación de este instrumento para tener mayores elementos que fortalezcan la política migratoria de nuestro país.
Este instrumento internacional cuenta con importantes elementos que serán fundamentales para complementar el enfoque de nuestra política migratoria, así como para afrontar los retos que tendremos como país en el futuro inmediato.2
Para tener una mejor dimensión del instrumento internacional y sus alcances, me permito enunciar los 23 objetivos del Pacto para tener una mejor dimensión de su importancia y alcances:
1. Recopilar y utilizar datos exactos y desglosados para formular políticas con base empírica.
2. Minimizar los factores adversos y estructurales que obligan a las personas a abandonar su país de origen.
3. Proporcionar información exacta y oportuna en todas las etapas de la migración.
4. Velar porque todos los migrantes tengan pruebas de su identidad jurídica y documentación adecuada.
5. Aumentar la disponibilidad y flexibilidad de las vías de migración regular.
6. Facilitar la contratación equitativa y ética y salvaguardar las condiciones que garantizan el trabajo decente.
7. Abordar y reducir las vulnerabilidades en la migración.
8. Salvar vidas y emprender iniciativas internacionales coordinadas sobre los migrantes desaparecidos.
9. Reforzar la respuesta transnacional al tráfico ilícito de migrantes.
10. Prevenir, combatir y erradicar la trata de personas en el contexto de la migración internacional.
11. Gestionar las fronteras de manera integrada, segura y coordinada.
12. Aumentar la certidumbre y previsibilidad de los procedimientos migratorios para la adecuada verificación de antecedentes, evaluación y derivación.
13. Utilizar la detención de migrantes solo como último recurso y buscar otras alternativas.
14. Mejorar la protección, asistencia y cooperación consulares a lo largo de todo el ciclo migratorio.
15. Proporcionar a los migrantes, acceso a servicios básicos.
16. Empoderar a los migrantes y las sociedades para lograr la plena inclusión y la cohesión social.
17. Eliminar todas las formas de discriminación y promover un discurso público con base empírica para modificar las percepciones de la migración.
18. Invertir en el desarrollo de aptitudes y facilitar el reconocimiento mutuo de aptitudes, cualificaciones y competencias.
19. Crear las condiciones necesarias para que los migrantes y las diásporas puedan contribuir plenamente al desarrollo sostenible en todos los países.
20. Promover transferencias de remesas más rápidas, seguras y económicas y fomentar la inclusión financiera de los migrantes.
21. Colaborar para facilitar el regreso y la readmisión en condiciones de seguridad y dignidad, así? como la reintegración sostenible.
22. Establecer mecanismos para la portabilidad de la seguridad social y las prestaciones adquiridas.
23. Fortalecer la cooperación internacional y las alianzas mundiales para la migración segura, ordenada y regular.4
Fronteras integradas, tráfico ilícito de personas, seguridad, servicios consulares, repatriación son algunos tópicos que forman parte de nuestros retos y problemáticas como nación. Por ello, en el marco del trabajo y coordinación entre Poderes de la Unión, es fundamental trabajar de manera conjunta para fortalecer la legislación y las acciones gubernamentales en la materia.
Cabe destacar que el Senado de la República inició este proceso de análisis de manera oportuna desde el año 2017.5 Sin embargo, ante el cambio de legislatura y el desarrollo de cada una de las etapas del proceso de negociación y adopción no se le ha dado continuidad en el análisis del alcance y los retos de este importante Pacto, por lo que llamamos a la Cancillería mexicana a implementar las acciones necesarias encaminadas a la ratificación por parte del gobierno de México del Pacto Mundial de la Organización de las Naciones Unidas, para la migración segura, ordenada y regular.
Ante la situación crítica que vivimos en nuestro país en la frontera sur y norte, con la llegada masiva de ciudadanos centroamericanos y caribeños, la cual ha rebasado las capacidades del Instituto Nacional de Migración (INM) y se han dado casos de violación de derechos humanos, se estima imprescindible que nuestro país ratifique este importante instrumento, que coadyuvará a resolver diversas problemáticas de este fenómeno multifactorial, fortaleciendo nuestros instrumentos jurídicos y la propia política migratoria.
A partir de la fecha de la adopción del Pacto antes citado, los titulares de las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, han anunciado diversas acciones encaminadas a reorientar la política migratoria de nuestro país en términos de dicho instrumento lo cual es plausible y esperemos se reflejen en resultados concretos, en beneficio de las personas migrantes, sin embargo a efecto de que el Pacto adoptado tenga plenos efectos, resulta necesaria su ratificación por parte del Senado de la Republica, en términos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra señala:
Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:
I. Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el secretario del despacho correspondiente rindan al Congreso.
Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos;
II. a XIV.
Como legisladora que impulsa los temas de la agenda migrante y como promotora de los derechos humanos, del multilateralismo y la cooperación internacional considero fundamental atender las problemáticas que giran en torno al fenómeno migratorio, atendiendo a nuestros mandatos constitucionales y compromisos internacionales para el bien de México y de la gobernanza mundial
El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, refrenda su compromiso con los mexicanos migrantes en el exterior, así como por el respeto de sus derechos humanos.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores a implementar las acciones necesarias encaminadas a la ratificación por parte del gobierno de México, del Pacto Mundial de la Organización de las Naciones Unidas, para la Migración Segura, Ordenada y Regular, suscrito en Marruecos el 10 de diciembre de 2018.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Gobernación, para que estructuren un plan de acción para dar seguimiento y orientar la política migratoria de nuestro país, a los objetivos del Pacto Mundial de la Organización de las Naciones Unidas, para la Migración Segura, Ordenada y Regular, escuchando las propuestas de las organizaciones de migrantes mexicanos, así como de la sociedad civil.
Notas
1 Secretaría de Gobernación. Nueva Política Migratoria del Gobierno de México 2018-2024. Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad del Personas. 2019. Pp. 9 y 19. [En línea] [Fecha de consulta: 21-septiembre-2021] Disponible en:
http://politicamigratoria.gob.mx/work/models/PoliticaMig ratoria/Documentos/NPM/npm2018-2024.pdf
2 ONU. El Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular. Conferencia Intergubernamental para el Pacto Mundial sobre Migración. [En línea] [Fecha de consulta: 21- septiembre-2021] Disponible en:
https://www.un.org/es/conf/migration/global-compact-for- safe-orderly-regular-migration.shtmlç
3 Debandi, Natalia y Sander, Joanna. Proceso de adopción del Pacto Mundial sobre Migración. Actores, tramas y repercusiones en Sudamérica. Revista Diarios del Terruño, número 10, julio-diciembre 2020, primera época. Pp. 79 y 80. [En línea] [Fecha de consulta: 21- septiembre-2021] Disponible en:
https://www.revistadiariosdelterruno.com/wp-content/uplo ads/2020/10/02NataliaDebandiJoannaSander.PactoMundial.DT_.10.juldic.202 0.UAM_.C.58.87.pdf
4 ONU. Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Conferencia Intergubernamental encargada de Aprobar el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular Marrakech (Marruecos). 10 y 11 de diciembre de 2018. P. 7
5 Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques. Jornadas de Análisis del Senado de la República de cara a la adopción del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Senado de la República. 29 y 30 de noviembre de 2017. [En línea] [Fecha de consulta: 21-septiembre-2021] Disponible en: https://centrogilbertobosques.senado.gob.mx/docs/291117_1.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputadas:Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno y el IEEPC de Oaxaca a garantizar el derecho femenino al voto en Concepción Bamba, suscrita por los diputados Ángel Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PT
Los suscritos, diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura, de conformidad con lo establecido por los artículos 62, numeral 3, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En Concepción Bamba, comunidad que se rige por usos y costumbres, perteneciente al municipio de Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, un grupo de por lo menos 30 mujeres denuncian que desde 2019 se les ha impedido votar en elecciones de agente municipal.
Su denuncia se ha dado a conocer en medios de comunicación locales y nacionales que dan cuenta del testimonio de algunas de estas mujeres, quienes señalan que en el padrón para elecciones de agente municipal no se permite incluir a mujeres casadas, a menos que sus esposos sean candidatos dentro del proceso electoral; tampoco se incluye a aquéllas que son madres solteras.
Este grupo de mujeres señala que en 2020 el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ventiló un expediente sobre este asunto, identificado con el número JDCI/75/2020, en el que emitió una resolución donde reconoció un acto de violencia política en razón de género.
A pesar de que el asunto llegó al conocimiento de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que emitió resolución ratificando la existencia de violencia política de género, las mujeres no han sido restituidas en su derecho al voto.
Denuncian también haber sido objeto de amenazas y agresiones con motivo de sus denuncias públicas, pese a lo cual este grupo de mujeres mantiene firme su lucha en defensa de su elemental derecho a votar, consagrado en la Constitución federal, la Constitución del Estado de Oaxaca, así como en diversos tratados internacionales de los que nuestro país forma parte.
El derecho de las mujeres al voto fue una de las conquistas civiles y políticas más trascendentes del siglo XX, resultado de largos años de lucha contra la resistencia de un sistema machista arraigado y ancestral que aún hoy sigue vigente. Fue una conquista progresiva, paulatina, que encontró muchas resistencias y tuvo que ir avanzando y ganando terreno, primero con la modificación del artículo 115 constitucional en 1947 para que la mujer pudiera participar como votante y candidata en elecciones municipales. Tuvieron que pasar otros 8 años para que, en 1955, por fin pudieran ejercer su derecho al voto en una elección federal.
En un contexto como el actual, en el que la lucha por los derechos de las mujeres es cada vez más visible y extendida, esta clase de actos retrógrados resultan inaceptables, máxime cuando se incumple con mandatos de autoridad judicial tendientes a restituir dichos derechos.
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno el presente punto de acuerdo en los siguientes términos:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Oaxaca y al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca a realizar las acciones necesarias para que a la brevedad se lleven a cabo las elecciones de agente municipal en la comunidad de Concepción Bamba, en el municipio de Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, garantizando el pleno ejercicio del derecho al voto de todas las mujeres a las que les fue conculcada esa prerrogativa.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Oaxaca y al gobierno del municipio de Santo Domingo Tehuantepec a adoptar las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad de las mujeres de la comunidad de Concepción Bamba a las que se les ha impedido votar, ante cualquier posible amenaza o represalia derivada de sus denuncias.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputados:Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los congresos locales a homologar y fortalecer la legislación para prevenir la violencia contra niños y adolescentes con perspectiva de género, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes señala que son niñas y niños los menores de doce años, y adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.
Los principios rectores de universalidad, independencia, indivisibilidad, progresividad e integralidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes se encuentran reconocidos conforme a lo dispuesto por los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Artículo 13, fracción VII refiere como Derecho, a vivir libre de violencia y a la integridad personal, por lo que las autoridades federales, estatales y municipales en el ámbito de sus competencias adoptarán las medidas que sean necesarias para garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos, así como a prever acciones y mecanismos que les permitan un desarrollo pleno.
En este sentido la propia ley en su artículo 47 señala que las autoridades están obligadas a tomar medidas para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se ven afectados por:
“I. El descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico o sexual;
II. La corrupción de personas menores de dieciocho años de edad;
III. Trata de personas menores de 18 años de edad, abuso sexual infantil, explotación sexual infantil con o sin fines comerciales, o cualquier otro tipo de explotación, y demás conductas punibles establecidas en las disposiciones aplicables;
IV. El tráfico de menores;
V. El trabajo antes de la edad mínima de quince años, prevista en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables;
VI. El trabajo en adolescentes mayores de 15 años que pueda perjudicar su salud, su educación o impedir su desarrollo físico o mental, explotación laboral, las peores formas de trabajo infantil, así como el trabajo forzoso, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las demás disposiciones aplicables
VII. La incitación o coacción para que participen en la comisión de delitos o en asociaciones delictuosas, en conflictos armados o en cualquier otra actividad que impida su desarrollo integral, y
VIII. El castigo corporal y humillante.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante.
Castigo corporal o físico es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.”
Dichas disposiciones permiten el establecimiento de políticas de prevención, protección, sanción y erradicación de los supuestos anteriores, además de orientar el impulso de medidas especiales para quien presente condiciones de discapacidad.
Con el fin de identificar la inclusión y adecuación legislativa respecto a la Ley General, se realizó el siguiente comparativo:
Aguascalientes
Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes .1
Capítulo IX
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores Condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad. (Adicionado, P.O. 19 de abril de 2021)
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no sufrir violencia en el ámbito digital .Tanto las autoridades como quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o custodia o Bien, quienes, sin tener dicho carácter, los tengan bajo su cuidado, deberán tomar acciones para detectar y atender en forma integral aquellos casos en que se utilicen las tecnologías de la información y comunicación para amenazar, acosar, agredir o vulnerar la dignidad, intimidad, libertad, desarrollo psicosexual y vida privada de niñas, niños y adolescentes.
(Adicionado, P.O. 26 De Agosto De 2021)
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza positiva de la madre, el padre, de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia o de cualquier otra persona que los tenga a su cuidado, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, estos Puedan hacer uso del castigo corporal y humillante.
Baja California
Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 2
Capítulo IX
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 44. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Baja California Sur
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 3
Capítulo IX Del Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia Y a la Integridad Personal
Artículo 39.- Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, física y emocional a fin de lograr las condiciones más propicias para su bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Campeche
Ley De Los Derechos De La Niñez Y La Adolescencia 5
No se contempla en su legislación
Ciudad de México
Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes 5
Capítulo VIII
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Coahuila
Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas .6
No se contempla en su legislación .
Colima
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes .7
Capítulo IX
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 48 . Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda
forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las
Mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Chiapas
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 8
No contempla en su legislación
Chihuahua
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 9
No contempla en su legislación
Durango
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 10
No contempla en su legislación
Guanajuato
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 11
Capítulo IX
Derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal Derecho a una vida libre de violencia
Artículo 48. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un ambiente de paz y armonía, libres de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y desarrollo integral.
Quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o custodia de niñas, niños y adolescentes, deberán ejercer su derecho de educación, formación y enmienda atendiendo siempre al interés superior de éstos, quedando prohibidos los castigos corporales así como los tratos humillantes o degradantes como formas de corrección disciplinaria.
Guerrero
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 12
Capitulo VIII
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Articulo
Artículo 45. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Hidalgo
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 13
VIII Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 45. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Jalisco
Ley de los Derechos de las Niñas, Los Niños Y Adolescentes 14
No lo contempla en su legislación
Michoacán de Ocampo
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado 15
Capítulo III
Acciones De Protección
Artículo 34. Cualquier persona, servidor público, autoridad o dependencia que tenga conocimiento de que alguna niña, niño y adolescente fueron víctimas de maltrato y violencia o que esto ponga en riesgo su integridad física, psicológica, emocional y sexual, tendrá la obligación de hacerlo del conocimiento del Ministerio Público o autoridad municipal correspondiente.
Morelos
Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes 16
VIII Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 42. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Nayarit
Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y los Adolescentes 17
No se contempla en su legislación
Nuevo León
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 18
X Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 48. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y su desarrollo integral.
De conformidad con este derecho, la educación, la crianza, la corrección de niñas, niños y adolescentes no pueden ser considerados como justificante para tratarlos con violencia.
En el Estado se asegurará que todas las niñas, niños y adolescentes, no sufran violencia en el seno de sus familias, en los centros de enseñanza, en los lugares de trabajo, en las calles ni en ningún otro lugar.
Oaxaca
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 19
Capítulo X
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 37 . Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad. La integridad personal, incluye el pleno y sano desarrollo físico, psicológico y sexual.
Puebla
Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes 20
XIII Del Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 61. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo integral.
(Adicionado, p.o. 30 de diciembre de 2016)
Asimismo, quienes tengan trato con niñas, niños y adolescentes deberán abstenerse de ejercer cualquier tipo de violencia en su contra, en específico castigo corporal.
Querétaro
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 21
Capítulo IX
Del derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal
Artículo 42 . Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, física y emocional, a fin de lograr las mejores condiciones para favorecer su bienestar y desarrollo integral.
Quintana Roo
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 22
Capítulo VIII
Derecho de acceso a una Vida libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 35 . Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
San Luis Potosí
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 23
Capítulo VIII
Del Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 42. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones para favorecer su bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Sinaloa
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 24
No lo contempla en su legislación
Sonora
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 25
Capítulo VIII
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 35. En los casos en que las niñas, niños y adolescentes sean víctimas de delitos se aplicarán las disposiciones aplicables. En todo caso, los protocolos de atención deberán considerar su edad, desarrollo. Evolutivo, cognoscitivo y madurez para la implementación de las acciones de asistencia y protección respectivas, así como la reparación integral del daño, resguardando en todo momento el interés superior del niño. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Sistema Estatal de Protección a que se refiere la presente Ley se coordinará con las autoridades encargadas de la atención a víctimas y ofendidos del delito en términos de la legislación aplicable.
Tabasco
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 26
Capítulo VIII
Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 36 . Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Tamaulipas
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 27
Capítulo VIII
Del Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 31. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad. Además, tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y disciplina de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, de cuidado, penales o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni humillante. (Se párrafo 2do. POE No. 37 del 30-Mar-2021).
Tlaxcala
Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes 28
Capítulo IX
Derecho De Acceso A Una Vida Libre De Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 46. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Veracruz De Ignacio De La Llave.
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 29
Capítulo VIII
Del Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal
Artículo 40. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad. (Adicionado, G.O. 30 DE MARZO DE 2016)
Artículo 40 Bis. Queda prohibida la asistencia y entrada de menores de edad a las corridas de toros, procurando la seguridad de aquéllos y sus valores humanos, garantizando así el acceso a una vida libre de violencia, correspondiendo la observancia y acatamiento de este precepto al Sistema Estatal de Protección Integral al que se refiere la presente Ley.
Yucatán
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 30
No se contempla en su legislación
Zacatecas
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 31
Capítulo IV
Derechos A Una Vida Libre De Violencia, Integridad Personal Y Protección
Artículo 30: Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una vida libre de violencia y a que se resguarde su integridad personal, física y emocional, a fin de lograr las mejores condiciones para favorecer su bienestar y desarrollo integral.
De conformidad con este derecho, ni la crianza, educación o corrección puede ser considerada como justificante para tratarlos con violencia.
Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a:
I. Adoptar las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a niñas, niños y adolescentes contra toda forma de violencia física, psicológica o sexual, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, en todos los entornos incluyendo el seno familiar ya sea Familia de Origen, Familia Extensa o Ampliada, de Acogida o de Acogimiento Pre- Adoptivo o a las que se haya asignado un menor en adopción o cualquier institución pública, privada, social, o en su caso, las de reintegración social u otros centros alternativos;
II. Adoptar las medidas apropiadas para promover la recuperación física, psicológica y la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes para lograr el pleno ejercicio de sus derechos y garantizar su reincorporación a la vida cotidiana, y
III. Llevar a cabo la recuperación y restitución de derechos a que se refiere la fracción anterior, se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud física y psicológica, el respeto y la dignidad de niñas, niños y adolescentes.
A partir de la revisión de las leyes estatales en la materia podemos identificar que los Estados de Chihuahua, Durango, Nayarit, Sinaloa, Yucatán y Chiapas no reconocen el acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal conforme a la Ley General.
El Estado de Durango considera un apartado sobre los Centros de Asistencia Social que incluye el cuidado y protección contra actos u omisiones que afecten la integridad física o psicológica.
La Legislación del Estado de Jalisco contempla en su artículo 35 que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser sujetos de protección, atención y asistencia social por parte de sus padres o tutores y de las autoridades cuando se encuentren en situaciones difíciles.
Nayarit, únicamente considera un Capítulo sobre las obligaciones de Ascendientes, Tutores y Custodios trasladando la protección contra toda forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata y explotación, lo que implica que dicha facultad no podrá ejercerla quien ejerza la patria potestad y atente contra la integridad física o mental.
Sinaloa, contempla un capítulo donde aborda la protección como Derecho a la Protección, integridad, libertad y contra el maltrato y abuso sexual.
En el Estado de Yucatán, el Artículo 17 de la Ley hace referencia del Programa Especial de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes a través del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
En la legislación del Estado de Chiapas se incluye un apartado que aborda la denuncia ante las autoridades competentes sobre casos de maltrato, lesiones, abuso físico o psíquico, sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y en general cualquier acción que los perjudique.
Mientras que en los Estados de Chihuahua y Campeche han sido omisas en la adaptación de dicha normatividad general.
En cuanto a Morelos, Zacatecas, Guanajuato y Puebla establecen artículos pro derechos sin señalar las referencias específicas respecto a la Ley General.
Con el fin de identificar y comparar si se encuentran homologados dichos preceptos en las legislaciones estatales se encuentra que:
Con datos del último Censo de Población y Vivienda 2020, en nuestro país existen 15´670,451 niñas, 16´084,833 niños y 8´573,813 mujeres adolescentes; 8’775,678 jóvenes adolescentes; están concentrados mayormente en tres Estados: Estados de México 5´598,732 niños, niñas y adolescentes; en Ciudad de México 2´303162 niños, niñas y adolescentes; y en Jalisco 2´802,248 niños, niñas y adolescentes.32
De acuerdo con datos del documento de Análisis y Estadística de INEGI, titulado “En Números-Violencia contra niñas, niños y adolescentes: consideraciones conceptuales, metodológicas y empíricas para el caso de México”, nos dice que la tasa nacional es de 335 víctimas por cada 100 mil personas menores de 18 años, los reportes indican que hay más victimas en los estados de Yucatán y Tamaulipas.33
En base a datos de diversas fuentes existe el siguiente registro a nivel nacional sobre los preceptos establecidos en la Ley General, los cuales se ubican de la siguiente manera:
Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a los Congresos de las 32 entidades federativas a fortalecer la legislación para prevenir la violencia contra niños, niñas y adolescentes con perspectiva de género, así como a integrar medidas especiales para menores que presentan condiciones de discapacidad en nuestro país.
Segundo.- LA honorable Cámara de Diputados exhorta a los Congresos de Chihuahua, Campeche, Durango, Nayarit, Sinaloa, Yucatán y Chiapas a incluir en su legislación un apartado para prevenir, atender, erradicar y sancionar la violencia contra niñas, niños o adolescentes en sus entidades federativas.
Notas
1 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Aguascalientes. 22 de noviembre de 2021 Sitio web: Disponible: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_110121.pdf
2 Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Baja de California. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Baja%20California/wo 110623.pdf
3 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Baja California Sur. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/1536-ley-derechos-ninas-bcs
4 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Campeche. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/1536-ley-derechos-ninas-bcs
5 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad De México. 22 De Noviembre De 2021, De Cámara De Diputados Sitio Web:
Https://Paot.Org.Mx/Centro/Leyes/Df/Pdf/2018/Ley_Derecho s_Ninas_Ninos_%20adolescentes_29_12_2017.Pdf
6 Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del estado de Coahuila. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible:
https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_C oahuila/coa200.pdf
7 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Colima. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: http://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/LeyesEstatales/
Derechos%20ni%C3%B1os,%20ni%C3%B1as%20y%20adolescentes_10sep2016.pdf
8 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Chiapas 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: http://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/LeyesEstatales/
Derechos%20ni%C3%B1os,%20ni%C3%B1as%20y%20adolescentes_10sep2016.pdf
9 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Chihuahua. 22 de noviembre de 2021 Sitio web: Disponible: http://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/legislacionAbrogada/arc hivosPdf/33.pdf
10 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Durango. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: http://transparencia.municipiodurango.gob.mx/articulo65/I/anual/2017/le y-de-los-derechos-de-nias-nios-y-adolecentes-del-estado-de-durango.pdf
11 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato. 22 de noviembre de 2021 Sitio web: Disponible:
http://transparencia.guanajuato.gob.mx/bibliotecadigital/mot/FraccionI/SDSyH/
Ley_de_los_Derechos_de_Ninas_Ninos_y_Adolescentes_del_Estado_de_Guanajuato.pdf
12 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guerrero. 22 de noviembre de 2021, de cámara de Diputados Sitio web: Disponible: https://armonizacion.cndh.org.mx/Content/Files/LGBTTTI/NNA/14Ley_DNNA_G ro.pdf
13 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Hidalgo 22 de Noviembre del 2021 Sitio web: Disponible
https://armonizacion.cndh.org.mx/Content/Files/LGBTTTI/N NA/15Ley_DNNA_Hgo.pdf
14 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/leyes/
Ley_de_los_Derechos_de_las_Ninas_los_Ninos_y_Adolescentes_en_el_Estado_de_Jalisco_0.pdf.
15 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Michoacán De Ocampo. 22 de noviembre de 2021 Sitio web: Disponible: https://educacion.michoacan.gob.mx/wp-content/uploads/2015/03/leyprotec cion.pdf
16 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Morelos. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible: Disponible:http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/leyes/pdf/LDERE CHOSNINOSMO.pdf
17 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Nayarit. 22 de noviembre de 2021, de Sitio web: Disponible: https://docs.mexico.justia.com/estatales/nayarit/ley-de-proteccion-de-l os-derechos-de-las-ninas-ninos-y-los-adolescentes-del-estado-de-nayarit .pdf
18 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado Nuevo León. 22 de noviembre de 2021, Sitio web: Disponible:
http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/leyes/
ley_de_los_derechos_de_ninas_ninos_y_adolescentes_para_el_estado_de_nuevo_leon/
19 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado Oaxaca. 22 de noviembre de 2021, de Sitio web: Disponible: https://www.oaxaca.gob.mx/transparencia/wp-content/uploads/sites/3/infa ntil/leyes/LeydeDNNyA.pdf
20 Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado Puebla. 22 de noviembre de 2021 de Sitio web: Disponible: https://www.oaxaca.gob.mx/transparencia/wp-
21 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Querétaro .22 de noviembre de 2021 de Sitio web: http://legislaturaqueretaro.gob.mx/app/uploads/2016/01/LEY054.pdf
22 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Quintana Roo. 22 de noviembre de 2021 de Sitio web .Disponible:http://documentos.congresoqroo.gob.mx/leyes/L97-XV-29122017 -623.pd
23 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado de San Luis Potosí. 22 de noviembre de 2021 de Sitio web Disponible: http://www.stjslp.gob.mx/transp/cont/marco%20juridico/pdf-zip/leyes/LDN NA/LDNNA.pdf
24 Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Sinaloa, 22 de noviembre de 2021 de Sitio web Disponible:
https://www.cedhsinaloa.org.mx/index.php/normativa/interna-2/legislacion-sobre-derechos-de-las-mujeres/
legislacion-estatal/69-ley-para-la-proteccion-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes-del-estado-de-sinaloa/
file#:~:text=La%20presente%20ley%20es%20de,Art%C3%ADculo%202
25 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado Del Sonora. 22 de noviembre de 2021 de Sitio web
http://transparencia.esonora.gob.mx/NR/rdonlyres/E76EB7DE-A419-4CFC-8EE9-FF6763DDF91D/178617/
LeydelosDerechosdelasni%C3%B1asni%C3%B1osyadolescentesdelest.pdf
26 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tabasco. 22 de Noviembre del 2021 Disponible en sitio Web: https://tsj-tabasco.gob.mx/uigdh/resources/docs/leyes/2019/
Ley-de-los-Derechos-de-Ninas-Ninos-y-Adolescentes-del-Estado-de-Tabasco.pdf
27 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Tamaulipas. 22 De Noviembre del 2021. Disponible en Web:http://po.tamaulipas.gob.mx/wpcontent/uploads/2021/04/Ley_Ninasos_A dolesc-1.pdf
28 Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Tlaxcala. 22 De Noviembre del 2021, Disponible en Web:
https://armonizacion.cndh.org.mx/Content/Files/LGBTTTI/N NA/30Ley_DNNA_Tlax.pdf
29 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Veracruz. 22 De Noviembre del 202, Disponible en web: https://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/LDNNA291118.pdf
30 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Del Estado De Yucatán. 22 de noviembre del 2021, Disponible: https://www.poderjudicialyucatan.gob.mx/digestum/marcoLegal/02/2021/DIG ESTUM02381.pdf
31 Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Zacatecas, 22 de noviembre de 2021, Disponible:
https://www.congresozac.gob.mx/64/ley&cual=121
32 Censo de Población y Vivienda 2020, disponible en: https://www.inegi.org.mx/app/tabulados/interactivos/
?pxq=Poblacion_Poblacion_01_e60cd8cf-927f-4b94-823e-972457a12d4b&idrt=123&opc=t
33 En Números-Violencia contra niñas, niños y adolescentes: consideraciones conceptuales, metodológicas y empíricas para el caso de México, INEGI, 2014
http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenidos/espanol/
bvinegi/productos/nueva_estruc/702825088927.pdf
34 En México existen 1.6 millones de menores en orfandad: UNICEF, disponible en:
http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/ boletines/35729-en-mexico-existen-1-6-millones-de-menores-en-orfandad-u nicef.html
35 El 90% de las violaciones contra niñas en México sucede en el entorno familiar, disponible en: https://elpais.com/mexico/2021-11-03/el-90-de-las-violaciones-contra-ni nas-en-mexico-sucede-en-el-entorno-familiar.html
36 Diagnóstico sobre la situación de trata de personas 2019, disponible en:
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-07/DIAGNOSTICO-TDP-2019-RE_0.pdf
37 https://iieg.gob.mx/ns/wp-content/uploads/2021/07/trata_2021.pdf
38 De mil denuncias de violencia sexual contra niñas y niños, solo uno llega a condena en México, disponible en: https://www.animalpolitico.com/2019/08/casos-abuso-sexual-menores-mexic o/
39 Menores que han delinquido, referencia:
https://www.milenio.com/policia/mas-de-980-menores-han-d elinquido-en-el-estado-de-mexico-en-un-ano , 2021.
40 Reporte sobre delitos de alto impacto en marzo de 2021 disponible en:
https://onc.org.mx/uploads/RM-mar21.pdf
41 Durante el confinamiento se disparó pornografía infantil, disponible en:
https://www.24-horas.mx/2021/07/19/durante-el-confinamie nto-se-disparo-pornografia-infantil/
42 Segundo Informe de Gobierno Federal, disponible en: https://presidente.gob.mx/wp-content/uploads/2020/09/
PRESIDENTE%20AMLO%202INFORME%20DE%20GOBIERNO%202019-2020.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro a 7 de Diciembre de 2021.
María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades locales de derechos humanos a implantar programas y difundir aquéllos desde la perspectiva de protección de pueblos y comunidades afromexicanos e indígenas, a cargo del diputado Sergio Peñaloza Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Sergio Peñaloza Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, y con fundamento en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el cual se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de las entidades federativas a que implementen programas y, a su vez realicen actividades de promoción y difusión de los derechos humanos, bajo la perspectiva de protección a los pueblos y comunidades afromexicanas así como de los pueblos indígenas, a cargo del diputado Sergio Peñaloza Pérez del Grupo Parlamentario de Morena, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Al interior de la República, México es hogar de 681 pueblos indígenas, cada uno de ellos tiene su propia lengua, y aproximadamente representan un total de 3642 variantes. El Inegi en su labor estadística ha realizado un censo, donde mayores a 53 años, hablan una lengua nativa, siendo un aproximado de 7.3 millones de personas las que se identificaron.
De acuerdo con este censo que se llevó a cabo en 2020, se identifico que 11.8 millones de personas viven en zonas geográficas asentadas en pueblos indígenas. De estos idiomas nativos, el Náhuatl es el más hablado, con un aproximado de 1.65 millones de hablantes, seguido del Maya, con aproximadamente 774,000. A esto se le suma un 2% de personas con ascendencia Africana. Los datos proporcionados por otras instituciones como el INALI, dan a conocer que cerca de 25 millones de personas se identifican con algún pueblo o comunidad indígena.4
En estas líneas de acción, a finales de febrero de 2020 en la Ciudad de México, se firmo la Declaración de Chapultepec5 , siendo un documento que sentó las bases para la visibilizarían de las lenguas indígenas a nivel internacional. Lo que se traduce en líneas de acción de gran relevancia que tiene por objetivo que se tomen en cuenta a las personas en las políticas públicas de los Estados.
La pandemia ocasionada por la COVID 19, ha incrementado las desigualdades6 existentes en el país respecto de este sector tan vulnerable y que en los hechos se enfrenta a retos impresionantes, pues la comunicación es fundamental para hacer validos ciertos derechos.
Diversos indicadores tanto nacionales como externos, ponen en un grado importante de vulnerabilidad a las personas pertenecientes a este grupo vulnerable, entre esos factores se encuentra el económico, social, cultural. Datos recopilados por el Inegi y diversas instancias ponen de manifiesto que cerca de un 30%, en 2018, no contaban con empleo. Lo que en los hechos se traduce en dignidad y desarrollo para quienes pueden acceder a estos.
A los gobiernos de todos los países, tomo por sorpresa la pandemia, no se diga a estos pueblos que por diversas situaciones no pueden acceder a la información en su idioma, o no cuentan con traductores o intérpretes que les puedan dar la información de manera pronta y expedita.
De acuerdo con el Inegi, la mayoría de los pueblos, no cuentan con un sistema de agua corriente, lo que se traduce en los hechos en zoonosis parasitarias o en diferentes afecciones médicas que trastocan la salud de quienes habitan estas comunidades. Siguiendo a la Unesco, nos dice que, El agua es de gran valor en la actual crisis de salud .
Otro de los datos que tenemos a la mano es el de la población afectada por la COVID 19, pues la población más afectada es la masculina pues a septiembre de 2020, de los 91797 casos de COVID positivos, fueron hombres. Afectándose primordialmente las personas en edad productiva de entre 45 y 49 años.
Como podemos entender, las comunidades indígenas se encuentran mayor mente afectadas por diversos factores, como el de salud, acceso a sus derechos, a servicios, y a un reconocimiento pleno de sus prerrogativas, por eso le compete a cada gobierno, llámese municipal, estatal y federal, crear las condiciones necesarias para este caso. Desde la tribuna de la cámara de diputados, creemos que aportar desde nuestras obligaciones como representantes, es contribuir al estado de derecho que juntos construimos.
Creemos que los órganos no jurisdiccionales, como las comisiones de derechos humanos, representan una oportunidad viable y consolidada para que las personas puedan acceder a la protección y garantía de sus derechos humanos.
Por ende, crear mecanismos apropiados dentro de estos organismos constitucionalmente contemplados, elevará los estándares de protección y garantía, visibilizando en todo momento las prerrogativas de estos grupos históricamente vulnerables. Reforzar las facultades de estas comisiones, hará que poco a poco se vayan estrechando las desigualdades que tienen estos pueblos y comunidades. Creemos que, desde el Estado, debemos apostar por la pluriculturalidad y el gran aporte que dan a nuestro país y retomar con ello la cosmovisión que los hace únicos y peculiares en las Américas.
Por tal motivo someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. – La H. Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de las entidades federativas, a que implementen programas y, a su vez, realicen actividades de promoción y difusión de los derechos humanos, bajo la perspectiva de protección a los pueblos y comunidades afromexicanas, así como de los pueblos indígenas.
Notas:
1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2020/indige nas2020.pdf
2. Ibídem
3. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2020/indige nas2020.pdf
4. https://www.inali.gob.mx/comunicados/70120190208152250.html#:~:text=
%2D%20En%20el%20pa%C3%ADs%2025%20millones,)%2C%20Alma%20Rosa%20Esp%C3%ADndola%20Galicia.
5. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=60&lID= 2
6. https://iwgia.org/doclink/iwgiabooktheindigenousworld2021eng/eyJ0eXAiOiJKV1QiLCJhbGciOiJIUzI1NiJ9.
eyJzdWIiOiJpd2dpYS1ib29rLXRoZS1pbmRpZ2Vub3VzLXdvcmxkLTIwMjEtZW5nIiwiaWF0IjoxNjI4ODM5NjM2LCJle
HAiOjE2Mjg5MjYwMzZ9.z1CuM7PcT5CPkV0evx8ve88y6v0vmwDu_51JQ_lwAkM , página 420
7. Ibidem, página 421
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputado Sergio Peñaloza Pérez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat y el gobierno de NL a suscribir un convenio de coordinación para crear la comisión ambiental del área metropolitana de Monterrey, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN
Héctor Israel Castillo Olivares, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En 2018, el Centro Mario Molina publicó el estudio Análisis de la contaminación por PM2.5 en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, enfocado a la identificación de medidas estratégicas de control, en el que evaluó y propuso medidas de reducción de emisiones de PM2.5 primarias y de sus precursores en el área metropolitana de Monterrey (AMM) mediante un análisis histórico de datos de calidad del aire y meteorología, una campaña de monitoreo de PM2.5 dentro del AMM y estimaciones de mortalidad debido a PM2.5 para la población expuesta.
En el apartado 5. Resultados,1 el mencionado estudio sostiene que “la dirección predominante en la que se desplaza el aire, va del sector este y sureste hacia el noroeste, por lo que los municipios ubicados en ese sector (municipio de García) serán, por buena parte del año, sitios receptores de parcelas de aire cargadas de contaminantes atmosféricos, que se emiten desde el Este y Sureste de Monterrey (municipio de Cadereyta y Pesquería), en donde se ubica la refinería de petróleo de Cadereyta y la Central Termoeléctrica de Ciclo Combinado de Pesquería respectivamente.
A las emisiones de estas industrias en el sureste del AMM, se les suman aquellas a su paso dirigiéndose hacia el noroeste, provenientes de fuentes fijas y móviles que operan y circulan en el centro de la ciudad, por lo que usualmente los niveles más altos de PM10 y PM2.5 se registran justamente en la zona de García, ubicada al Noroeste, debido a este arrastre de contaminantes, además de la contribución de fuentes locales de actividad extractiva que ahí se desarrollan (pedreras).”
El 13 de febrero de 2019, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de un comunicado oficial2 en el marco de la reunión presidida por el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, con la participación del subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental de la Semarnat, Sergio Sánchez, y el secretario de Desarrollo Sustentable del estado, José Manuel Vital Couturier, “quedó asentado que el AMM enfrenta uno de los mayores retos de calidad del aire del país. Las partículas respirables son el principal contaminante en la región y constituyen un severo problema de salud pública.
En este marco, las autoridades locales reconocieron que durante 2018, la calidad del aire en Monterrey fue mala en 204 días. En 2019, los altos niveles de la calidad del aire motivaron la activación de una alerta a nivel metropolitano y la Semarnat subrayó que para cumplir con las metas del programa ProAire de Nuevo León 2016-2025 y la Estrategia de Calidad del Aire de Nuevo León, se requiere acelerar el establecimiento de medidas prioritarias de alto impacto que reduzcan emisiones en todos los sectores.
Que el AMM cuenta con una de las redes de monitoreo más grandes del país, sin embargo es indispensable que el gobierno de Nuevo León asegure y mejore el control de calidad de los datos para reforzar la medición y difusión de la información.”
Por otra parte, datos del Observatorio Ambiental del Instituto de Investigaciones Sociales de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Nuevo León, revelan que en materia de degradación ambiental, el deterioro de los recursos hídricos; la conservación y restauración de suelos; la pérdida de la cubierta vegetal original; la contaminación del aire especialmente en las zonas urbanas; la generación y manejo de desechos sólidos urbanos; los residuos industriales peligrosos y el consumo de energía en la entidad, han adquirido mayor relevancia por la agudización de problemas de carácter social, como aumento de la pobreza extrema, desempleo y precarización laboral, desorden en el uso territorial, metropolización y abandono del medio rural.
Adicionalmente a esta problemática local y nacional, nuestro planeta se encuentra inmerso en dos obstáculos que indudablemente amenazan el desarrollo en términos de bienestar y el de las futuras generaciones. La emergencia climática y de salud pública derivada de la Pandemia por Covid-19, demandan una serie de acciones de las diputadas y diputados que conformamos la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, encaminadas a contrarrestar las emisiones de gases de efecto invernadero, a través de estrategias y procesos acelerados de descarbonización de los sectores esenciales de la economía como el transporte, la electricidad y la deforestación.
En este contexto y en mi calidad de Secretario de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, considero fundamental que el titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León, inicie un proceso de integración y coordinación de una agenda transversal y multisectorial enfocada a la gestión de la calidad del aire y la protección de la salud de quienes habitamos en el estado para tratar de contrarrestar los efectos de cambio climático, incentivando en todo momento la participación de la sociedad civil organizada, las universidades, empresas y a los expertos que nos permita transitar de un modelo de sustentabilidad económica y empresarial.
El artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece como parte de las diversas atribuciones a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales:
I. Fomentar la protección, restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano;
II. Formular, conducir y evaluar la política en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades;
V. Vigilar, promover y estimular, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas, programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques y demás materias competencia de la Secretaría, así como, en su caso, iniciar los procedimientos de inspección respectivos, imponer las sanciones y ordenar las medidas de seguridad que resulten procedentes;
X. Promover el ordenamiento ecológico del territorio nacional, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, y con la participación de los particulares;
XVII. Promover la participación social y de la comunidad científica en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental, y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente;
XXII. Coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales; estimular que las instituciones de educación superior y los centros de investigación realicen programas de formación de especialistas, proporcionen conocimientos ambientales e impulsen la investigación científica y tecnológica en la materia; promover que los organismos de promoción de la cultura y los medios de comunicación social contribuyan a la formación de actitudes y valores de protección ambiental y de conservación de nuestro patrimonio natural; y en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, fortalecer los contenidos ambientales de planes y programas de estudios y los materiales de enseñanza de los diversos niveles y modalidades de educación;
Por su parte, el artículo 115, fracciones V inciso g) y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que en materia de asentamientos humanos; protección al ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte, agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y seguridad pública, la Federación, las entidades federativas y los municipios respectivos gobiernos podrán suscribir convenios para la creación de comisiones metropolitanas en las que concurran con apego a la ley federal de la materia.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al titular del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Nuevo León para que en el marco de sus atribuciones, suscriban un Convenio de Coordinación, para crear la Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, Nuevo León como órgano de coordinación en la planeación y ejecución de acciones relacionadas con la protección al ambiente, la preservación, restauración del equilibrio ecológico y la sustentabilidad.
Segundo. Se exhorta a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en el ámbito de sus atribuciones, determine la viabilidad técnica de incorporación de Coahuila y Tamaulipas, como entidades federativas generadoras de la contaminación ambiental en la región norte del país al Convenio de Coordinación mencionado.
Notas
1 Centro Mario Molina, (2018). Análisis de la contaminación por PM2.5 en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, enfocado a la identificación de medidas estratégicas de control. Resumen Ejecutivo, México. 2 páginas.
2 Comunicado de Prensa Núm. 32/19 https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-y-gobierno-de-nuevo-leon-pi den-a-empresarios-sumarse-para-contrarrestar-contaminacion-del-aire
Dado en la Cámara de Diputados, el 7 de diciembre de 2021.
Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública mexiquense a investigar y sancionar los hechos de maltrato animal, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Los animales son criaturas indefensas que se encuentran en un nivel de inferioridad dentro de la escala evolutiva; como seres humanos, somos responsables de contribuir para el bienestar de todas las especies y fomentar un ambiente libre de violencia en donde se proporcionen tratos y cuidados dignos.
El maltrato animal es un comportamiento irracional de las personas con el objeto de causar sufrimiento, estrés, daño o muerte a un animal, el abuso de poder aplicando la fuerza física en animales genera como consecuencia la crueldad hacia ellos, pero también se realiza con fines de diversión o satisfacción. (N.A, 2016)
La crueldad animal no sólo provoca daños, también abandonarlos o mantenerlos en deplorables condiciones o estados de salud refleja la falta de responsabilidad con quien adquiere o adopta un animal, pues no son conscientes de todas las implicaciones que conlleva, lo que en múltiples casos provoca que los animales lleguen a las calles de las ciudades.
La situación de abandono en la que los animales se encuentran genera hambre y sufrimiento a causa del clima, reproduciéndose generacionalmente.
Nuestro país, ocupa un lugar predominante en maltrato animal, siendo los perros los que más padecen de esta situación. Tan sólo en la Ciudad de México existen 120 mil perros callejeros y cada año 18 mil se pierden o son abandonados por sus dueños, principalmente en las alcaldías de Iztapalapa, Magdalena Contreras y Milpa Alta.1
En el Estado de México no se cuenta un censo sobre mascotas o animales domésticos, sin embargo, la Asociación Mexicana de Médicos Veterinarios Especialistas en Pequeñas Especies (AMMVEPE) estima que hay alrededor de 500 mil perros, de los cuales el 150,000, o sea, el 30 % se encuentran en la calle y la cifra crece un 20 % anual.2
Los actos de maltrato en contra de los animales son un reflejo de los valores que les inculcan a los agresores en su entorno social. Cuando un perro es brutalmente golpeado, física y emocionalmente, evidenciamos el potencial moral que se aprende además de mostrar el fracaso ético de nuestra sociedad al no fomentar la armonía con especies vulnerables.
No obstante, cuando esta agresión es generada por un servidor público encargado de proteger y garantizar la seguridad de la población además de hacer cumplir la ley refleja el grado de descomposición social, pues tienen que conducirse Íntegramente conforme a la normatividad que establece el ejercicio del cargo, de manera congruente ajustando su conducta a principios y valores éticos además de actuar responsablemente en la posesión de armas y conducirse con un trato respetuoso hacia las personas.
Sin embargo, el pasado 26 de noviembre de 2021, una perra en situación de calle fue víctima de maltrato animal a causa de un disparo por un policía adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de México en la colonia Benito Juárez del municipio de Nezahualcóyotl, además de generar una profunda indignación, también genera la preocupación entre la sociedad pues el servidor público amenazó a los vecinos que presenciaron los hechos.
El artículo 235 Bis del Código Penal del Estado de México reconoce como delito el maltrato animal a quien cause lesiones dolorosas a cualquier animal que no constituye plaga e impone una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 185 días de salario mínimo general vigente.
No obstante, dicha agresión fue realizada por un servidor público, por lo que el artículo 215 del mismo código hace referencia al uso indebido de la fuerza pública cuando en el ejercicio de sus funciones ejerce violencia sin causa legítima.
Desde el año 2012, en el Estado de México se creó la Subprocuraduría de Protección a la Fauna, dependiente de la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México, por lo que al ser la entidad facultada para sancionar el maltrato animal requiere de los elementos que acrediten la comisión de dicho delito y que el responsable sea sancionado por maltrato, crueldad animal y ejercicio indebido de la fuerza. (Ambiente, 2017)
Gracias a la intervención de las asociaciones protectoras de animales como Protección Animal Nitin México AC, las organizaciones y sociedad civil del Estado de México, se atiende una parte del grave problema de maltrato animal, ya que de acuerdo con el INEGI, el 70% de las mascotas viven en situación de calle y 6 de cada 10 son maltratados.3
Con el firme compromiso de fomentar el respeto a los animales y a las diversas especies, así como a promover y respaldar acciones afirmativas en la procuración de los derechos de los animales y prevenir casos de violencia a futuro someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de México a investigar y sancionar los hechos ocurridos el 26 de noviembre del 2021, en las calles de Laureles y avenida Chimalhuacán, de la Colonia Benito Juárez, municipio Nezahualcóyotl del estado de México, en la que un elemento policiaco ejerció maltrato animal, así como el uso indebido de la fuerza pública.
Notas
1 En la Ciudad de México, 120 mil perros callejeros. (2021). Recuperado 3 de diciembre de 2021, de muy interesante web site: https://www.muyinteresante.com.mx/cuerpo-mente/perros-abandonados/amp
2 Incrementa el abandono de perros y gatos en la vía pública. (2020). Recuperado 8 de diciembre de 2021, de El sol de Toluca web site: https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/incrementa-el-abandono-de-perros -y-gatos-en-la-via-publica-4808304.html
3 https://estepais.com/sociedad_nueva/mascotas-otra-forma-de-compania/la-relacion-de-los-mexicanos/
#:~:text=Polly%20Jim%C3%A9nez-,Se%20calcula%20que%20en%20M%C3%A9xico%207%20de%20cada%2010%20hogares,
hurones%2C%20peces%20beta%2C%20etc%C3%A9tera.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 7 de Diciembre de 2021.
María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sala Superior del TEPJF a realizar un estudio amplio y profundo de los recursos de reconsideración constitucional de los expedientes relativos a la elección del ayuntamiento de Salina Cruz, Oaxaca, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena
Carol Antonio Altamirano y los suscritos diputados a la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 fracción I y articulo 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta asamblea, el punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se exhorta respetuosamente a la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), a que realice un estudio amplio y profundo de los recursos de reconsideración constitucional con números de expedientes: SUP-REC-2116/2021 y SUP-REC-2117/2021, acreditando las violaciones a principios constitucionales, revocando en su caso la sentencia emitida por la sala regional de la ciudad de Xalapa, Veracruz, resultando que se confirme la constancia de mayoría, respetando la voluntad y los resultados de la elección del ayuntamiento de Salina Cruz, en el estado de Oaxaca, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
En el mes de junio del año 2021 se llevaron a cabo elecciones en el estado de Oaxaca, incluyendo la elección constitucional del Ayuntamiento de Salina Cruz; en esta jornada electoral celebrada el día seis de junio se registró en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (Prep), una diferencia entre Morena y la alianza PRI-PAN- PRD, de 1,867 votos, en donde MORENA registraba 12,179 votos y alianza PRI-PAN-PRD registraba 10,312 votos.
El día 10 de junio inició el cómputo definitivo, pero este procedimiento fue suspendido ante irregularidades y alteraciones de las boletas electorales que empezaron a registrarse.
La coalición del PRI, PAN y PRD ingresaron a la bodega de la paquetería electoral, en complicidad con integrantes del consejo municipal electoral, para alterar boletas y querer cambiar el sentido de la votación, sobre estos funcionarios existen y pesan denuncias por delitos electorales.
El día 11 de junio, se trasladó la paquetería electoral al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana de Oaxaca (Ieepco), para el cómputo final, siendo que el sábado 12 de junio se reinicia el cómputo final, con las actas originales de escrutinio y cómputo y cotejo de las actas entregadas a los partidos políticos el día de la jornada electoral, además de las documentales públicas que nunca fueron controvertidas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Debe destacarse que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana de Oaxaca (Ieepco) destituyó de sus cargos al Presidente y a la Secretaria del Consejo Municipal Electoral de Salina Cruz, ante las anomalías detectadas; nombrando nuevos funcionarios para reiniciar el cómputo final en su sede de la capital del estado, concluyendo con la entrega de la Constancia de Mayoría a favor del candidato de MORENA, con base en los siguientes resultados:
• 1er lugar: MORENA 13,462 votos (trece mil cuatrocientos sesenta y dos).
• 2do lugar: alianza PRI-PAN-PRD 11,359 votos (once mil trescientos cincuenta y nueve).
• Diferencia final de votos: 2,103 votos (dos mil ciento tres), a favor de MORENA.
Aunque el PRI impugnó el resultado ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (Teeo), éste ratificó la Constancia de Mayoría a favor de Morena.
Un elemento fundamental que no debe pasarse por alto es que la actuación indebida de los funcionarios del consejo municipal electoral no solo motivó su substitución, sino que ha tenido consecuencias y denuncias fundadas.
De esta manera, el 22 de julio de 2021, el Secretario Ejecutivo del Ieepco presentó denuncia por la comisión de delitos electorales ante la FEDE de la Fiscalía General del Estado en contra de quienes fungieron como Presidente y Secretaria del primer Consejo municipal electoral, lo que dio origen a la Carpeta de Investigación 24358/FEDE/FEDE/2021
De igual manera se abrió una segunda Carpeta de Investigación, con número 20584/FIST/SALINA/2021 que presentó la secretaria del Consejo Distrital 19 con cabecera en Salina Cruz, Lic. Donaji Amor Hernández Soto, por robo de documentos oficiales.
En segunda instancia el PRI recurrió a la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) Expediente SX-JRC-518/2021.
La Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), resolvió el 23 de noviembre la nulidad de la elección municipal de Salina Cruz, Oaxaca, realizada el seis de junio de 2021, bajo supuestos de falta de legalidad, imparcialidad y certeza.
El fallo de la Sala de Xalapa revoca la Constancia de Mayoría emitida a favor del partido de MORENA y declara la nulidad de la elección municipal, violando principios de orden constitucional, rectores del sistema del derecho electoral mexicano como son: Sufragio universal, Certeza, Congruencia, Legalidad y Exhaustividad.
Además, la Sala Regional de Xalapa no valoró y no fue exhaustiva para hacerse llegar de pruebas y elementos relativos a la reconstrucción de la jornada electoral y sus resultados, que otorgaron el triunfo a la planilla municipal de MORENA, la cual se realizó pacíficamente.
Lo anterior se demuestra y confirma, por ejemplo, con el resultado plasmado en las actas de escrutinio y cómputo de la jornada electoral, las sábanas de resultados preliminares que pegaron en cada una de las casillas instaladas, las copias al carbón de las actas entregadas a los representantes de los partidos políticos, las actas originales escaneadas que se encuentran en la página y en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (Prep) del órgano electoral local de Oaxaca y el cotejo de las mismas en el cómputo final, entre otros elementos y documentales públicas que no fueron controvertidas en los tribunales electorales por el PRI.
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), incurrió en un error judicial evidente, al decretar la nulidad y actuar de oficio, porque ninguna de las partes planteó la nulidad de la elección municipal.
Con esta decisión, la Sala Regional de Xalapa violó principios constitucionales; no se está respetando la voluntad ciudadana y la decisión de la mayoría de las habitantes que participaron en dicha jornada electoral, expresada pacíficamente el pasado seis de junio en donde resultó ganadora la planilla postulada por MORENA, por una diferencia de 2,103 votos.
El día 26 de noviembre, se hace valer RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONSTITUCIONAL ante la Sala Superior del TEPJF, la representación del partido de Morena y el Arq. Daniel Méndez Sosa (candidato de Morena a la Presidencia Municipal), presentaron RECURSO DE RECONSIDERACION CONSTITUCIONAL para que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), revise y estudie a fondo la resolución emitida por la Sala Regional Xalapa.
En este orden de ideas, existen dos escenarios y opciones a partir de la resolución que le corresponderá tomar a la mencionada Sala Superior.
Sus integrantes pueden respaldar el proceso democrático y pacífico en el cual el pueblo emitió su voto y así respetar un triunfo alcanzado con más de dos mil votos de diferencia a favor de la planilla registrada por MORENA en el municipio de Salina Cruz, Oaxaca.
La otra alternativa seria un agravio, porque los llevaría a convalidar una estrategia de adulteración de los votos realizada por un Consejo Municipal cuyos integrantes fueron destituidos por el Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana de Oaxaca
Debe considerarse también que esas conductas irregulares ya fueron denunciadas por el Secretario Ejecutivo del Ieepco, por tratarse de delitos electorales ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, lo que dio origen a la Carpeta de Investigación 24358/FEDE/FEDE/2021 y que se ha abierto una segunda Carpeta de Investigación, 20584/FIST/SALINA/2021 presentada por la secretaria del Consejo Distrital 19 con cabecera en Salina Cruz, por el robo de documentos oficiales.
En atención a lo anterior, es pertinente que se realice un exhorto respetuoso de los ámbitos de competencia, pero a la vez claro y firme para que la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación respete los principios democráticos y la voluntad de los ciudadanos a favor de la candidatura de MORENA en la elección del Ayuntamiento de Salina Cruz, Oaxaca.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta Cámara de Diputados, la presente proposición de urgente u obvia resolución, con
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que, en ejercicio de sus facultades, admita y de trámite de estudio a los RECURSOS DE RECONSIDERACION CONSTITUCIONAL con número de EXPEDIENTE SUP-REC-2116/2021 y SUP-REC-2117/2021, turnados, el pasado 27 de noviembre, al Magistrado Lic. Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a los integrantes de la Sala Superior del TEPJF para que entren al estudio de fondo de las violaciones a principios de orden constitucional, rectores del sistema del derecho electoral mexicano, por parte de la Sala Regional de Xalapa en su resolución al EXPEDIENTE: SX-JRC-518/2021.
Tercero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Sala Superior del TEPJF, a que pondere los hechos y en su caso, revoque la sentencia emitida por la Sala Regional de Xalapa, en su resolución al EXPEDIENTE: SX-JRC-518/2021,
Cuarto.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta de igual manera a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca a que de seguimiento a las carpetas de investigación 24358/FEDE/FEDE/2021 y 20584/FIST/SALINA/2021 por tratarse de graves acciones contra la democracia.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre del año 2021
Diputados:Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno de NL a iniciar un análisis y llevar a cabo acciones para sustituir de manera gradual el cableado aéreo por sistemas subterráneos, a cargo del diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Pedro Salgado Almaguer, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo que exhorta al gobierno de Nuevo León, para que a través de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, establecida en la Ley de Desarrollo Urbano del estado de Nuevo León, en el ámbito de las atribuciones de los ahí representados, se inicie un análisis y se lleven a cabo las acciones necesarias, a fin de que el cableado aéreo, sea sustituido de manera gradual, por sistemas subterráneos en todo el estado, a cargo del diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
En 1843, Samuel Finley Breese Morse instaló la primera línea de telégrafo del mundo, dando origen a los postes de teléfono. La idea de colgar los cables en lo alto de largos postes de madera, nació debido a que los intentos que Morse tuvo instalando los cables bajo tierra resultaron fallidos, debido a que algunos cables salieron defectuosos, lo cual comenzó a peligrar el proyecto, otro de los motivos fue que el presupuesto y el plazo de ejecución dictados por el Congreso de Estados Unidos se terminaban, razón por la cual Morse y sus ingenieros optaron por la solución menos elegante, pero más efectiva: los postes de telégrafo.
A principios del siglo XX, el despliegue de las redes de luz eléctrica y teléfono se encontró con una gran infraestructura ya existente a la que solo había que añadir más cables. El cielo de las ciudades se llenó de líneas que pintaron un extraño paisaje de modernidad, lo que al día de hoy los postes representan un cúmulo de cables eléctricos, de internet, televisión y de teléfono entre otros servicios, lo cual obstaculiza y peligra a la vista de todos.
El artículo 4. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que en el territorio nacional, todas las personas tienen derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y el estado garantizará el respeto a este derecho.
Es por ello que las diversas autoridades deben adoptar las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, con el objetivo de satisfacer las necesidades ambientales y de seguridad para el desarrollo de las generaciones presentes y futuras.
Desde que se incorporó la electricidad y el teléfono a nuestros días, el cableado se volvió uno de los mayores aliados. Como seres humanos comenzamos a construir redes entre los edificios, con el objetivo de hacer cada vez más accesibles los servicios públicos. Para muchas personas, estos cambios fueron algo nuevo, al encontrar de la noche a la mañana cables negros atravesados junto a los techos de las ciudades. No obstante, la electricidad, el teléfono y, posteriormente el internet, se volvieron necesidades innegables que volvieron el cableado un “mal necesario”.
Posteriormente las ciudades crecieron y los proveedores de servicios de telecomunicaciones se multiplicaron exponencialmente, así como las áreas que era necesario incorporar a la red eléctrica. Actualmente en México donde antes solo había sido necesario un cable, ahora se juntan docenas de ellos, algunos funcionales y otros que ya no se encuentran conectados o están descompuestos, pero ahí continúan, donde muchas veces en los días de tormenta, los fuertes vientos y la lluvia ocasionan constantemente cortes de energía donde algunas conexiones quedan expuestas y se convierten en un accidente en potencia, ya que solo basta que un cable defectuoso roce a una persona para que pueda ocasionar una catástrofe.
El cableado elevado al llevar líneas de alta tensión, representa un riesgo permanente para la población, lo cual genera altos costos de mantenimiento y produce una afectación a la imagen urbana en general.
Los cables que se alzan sobre las calles son los encargados de distribuir energía y señales a los hogares desde las centrales eléctricas, sin embargo, ese servicio que se realiza de manera directa si no se mantiene correctamente puede ocasionar serios daños, incluso la muerte a quienes toquen accidentalmente o tengan contacto con los conductores. Por este motivo las líneas que salen desde el tendido eléctrico a las casas o edificios deben estar cubiertas con material aislante con el fin de que se mantengan en una condición segura. De igual manera, aunque no se manipulen los cables, si estos llegaran a resultar dañados por condiciones climáticas o accidentes, se producen explosiones y extensos cortes de luz que alteran el suministro.
Los cables pueden volverse un gran problema para la limitada fauna que se tiene en las ciudades. Ejemplo de ello son las ardillas, quienes han convertido el cableado público en corredores para desplazarse entre los árboles. Esto algunas veces se vuelve un grave problema cuando muerden los cables y tendidos eléctricos al pasar por ellos, acabando muchas veces con sus vidas y dañando la calidad de los servicios con cortes e interrupciones esporádicas, otro ejemplo son las palomas, que llegan a establecerse en los cables y muchas veces causan accidentes inevitables.
Otro problema al que nos enfrentamos día a día es el robo de material de cableado, el cual se posiciona como un problema crítico, ya que tanto las redes de fibra óptica como los cables de cobre, son el objetivo principal de delincuentes que los sustraen dejando sin conexión a diversos sectores de la población.
El problema que genera el tendido de cableado aéreo en vía pública por los prestadores de servicios como internet, teléfono y televisión por cable, es cada vez más frecuente en muchas ciudades del mundo, atendiendo a ello, algunos países ya han tomado acciones legislativas y reglamentarias para solucionar este problema que se observa de forma reiterada en zonas comerciales, turísticas, habitacionales y arqueológicas.
Actualmente ya no es suficiente contar con servicios mínimamente sostenibles para el mayor número de personas, sino que se requiere garantizar a cada uno de los habitantes la disponibilidad de servicios de calidad. Hemos visto los esfuerzos aislados de algunos gobiernos locales como en la Ciudad de México, Durango, Jalisco, Puebla y en nuestro estado en San Pedro Garza García, Nuevo León, sobre todo en centros económicos y turísticos de nuestro país, donde importantes cabeceras municipales y Pueblos Mágicos han comenzado a utilizar el cableado subterráneo en sus zonas céntricas.
Las instalaciones subterráneas hoy en día han sido empleadas en zonas donde por razones de urbanismo, estética, congestión o condiciones de seguridad no es aconsejable el sistema aéreo. Actualmente el sistema subterráneo es competitivo frente al sistema aéreo en zonas urbanas céntricas, ya que estas instalaciones son son más estéticas, pues no están a la vista, son mucho más seguras, no están expuestas al vandalismo, son mucho más confiables ya que la mayoría de las contingencias mencionadas en las redes aéreas no afectan a las redes subterráneas, entre otras.
La instalación tuberías subterráneas de cableados es una de las últimas tendencias avaladas por arquitectos e ingenieros. Si bien, para hacer ese tipo de trabajos se necesita una buena inversión, el proceso ha sido adoptado por muchas ciudades en el mundo gracias a los beneficios que otorga.
Principales ventajas en las instalaciones de cables subterráneos:
1. Baja probabilidad de rotura y cortocircuito
El sistema de cables subterráneos tiene mayor vida útil que el cableado aéreo, pues está en menor medida expuesto a los desgastes producidos por contaminantes, ramas, rayos ultravioleta o componentes medioambientales corrosivos. Generalmente, los cables que van bajo tierra están insertos dentro de un ducto para resguardarlos, esto permite un mejor ordenamiento en el cableado, previniendo cortocircuitos y rasgaduras.
2. Mejor aspecto del espacio abierto
Los cables soterrados proporcionan mayor visibilidad en general, es decir, dan mayor respiro visual a las panorámicas urbanas/rurales. Fomentan la conservación de la belleza estética en los lugares u otorgan más espacio al no necesitar de postes ni torres de alta tensión en las calles que los sostengan. De esta forma, evitan la contaminación visual y favorecen a los peatones porque pueden disfrutar de los paisajes en el sitio.
3. Mayor seguridad y protección
La seguridad y protección de los ciudadanos es un aspecto fundamental, en este sentido, el cableado bajo tierra representa la mejor alternativa puesto que disminuye notoriamente el riesgo de tocar accidentalmente cables de alta tensión en balcones o terrazas.
También, reduce el peligro de ocasionar accidentes por un derrumbe de postes con cables de telefonía/luz, donde igualmente quedarían a la vista de los transeúntes, sobre todo al alcance de niños pequeños, quienes pueden eventualmente manipular estos peligrosos elementos.
4. Continuidad de servicio y funcionalidad a 100 por ciento
En la mayoría de los casos de accidentes o desplome de postes eléctricos, el servicio, sea cual sea, se ve inmediatamente afectado, muchas veces ocasionando retrasos y contratiempos. Por el contrario, el cableado subterráneo resulta óptimo debido a las pocas veces donde el servicio se ve alterado o interrumpido por imprevistos. Su funcionalidad es prácticamente inalterable e ininterrumpida.
5. Moderado costo de mantención
Este tipo de sistema no requiere de grandes sumas de inversión en mantenimiento al no tener exposición ni contacto directo con la superficie.
6. Inocua intervención del suelo
Este proceso no impide el paso de automóviles o peatones, básicamente, sólo se necesita una abertura pequeña de inicio y otra para sacar la maquinaria. Existen varios métodos para hacer la instalación pero, en todos los casos, la alteración de los suelos es casi invisible.
7. Reducción significativa de riesgos en incendios
A diferencia del sistema de cables aéreos, cuya probabilidad de producir incendios por tormentas eléctricas, vientos fuertes u otros factores es sumamente alta, la instalación tuberías subterráneas reduce los riesgos de generar algún incidente a causa de un desastre natural.
Aunque este sistema continúa siendo un pendiente para muchos países subdesarrollados, cuyos presupuestos para políticas en infraestructura pública son sumamente reducidos, las autoridades han comprendido que representa un aspecto relevante y un gasto necesario para fomentar la mejora en la calidad de vida de los individuos que componen las sociedades.
Definitivamente, trabajar en pro de implementar la instalación de tuberías subterráneas en el cableado puede traer grandes beneficios a las ciudades y a todos sus habitantes.
Una solución temporal implementada en algunos países como Panamá, es la de podar los árboles alrededor de los cables para evitar que sus ramas los dañen y que los roedores puedan acceder a ellos. Otros gobiernos han iniciado campañas para eliminar los cables en desuso o malas condiciones. Estas posibles soluciones requieren de mantenimiento e inversión constante.
Si bien algunos países más desarrollados han logrado esta transición paulatinamente, en México son esfuerzos que todavía se encuentran con severo retraso. Conforme pasa el tiempo, hemos comprendido la importancia de contar con espacios libres de contaminación visual y con una mayor calidad de servicios.
Nueva Zelandia, cuenta desde el año 2012 con la regulación de electricidad segura, que promueve la salud y seguridad de la ciudadanía frente a las instalaciones. Este cuerpo legal no solo establece normas para el despliegue seguro de la infraestructura eléctrica, sino que también sugiere la construcción de redes subterráneas que permita ocultar cables que puedan significar un riesgo latente para la población.
El sistema de producción eléctrica en Nueva Zelandia se concentra principalmente en la Isla Sur, desde donde se traslada hacia la Isla Norte a través de líneas de alta tensión y subestaciones que alimentan de energía a ciudades pequeñas, sin embargo, en la medida que las ciudades crecen, la Regulación de Electricidad Segura plantea que la transmisión eléctrica sea subterránea.
Según un informe publicado en 2013 por Transpower, la empresa estatal de electricidad, la acción de ocultar las líneas eléctricas bajo tierra se ha podido realizar de manera parcial, aunque progresiva cuando el crecimiento de las ciudades ha sido planificado, no obstante, en muchos casos esto no ha sucedido en el corto plazo, ya que el costo ha sido un poco elevado, pero lo que se ha logrado ha sido muy satisfactorio y benéfico para los habitantes.
La necesaria instalación de cables subterráneos en aquel país encuentra su explicación en la regulación de dos temas importantes, el aislamiento y el calor. La aislación de las líneas de transmisión cumple con la función de evitar cortes o que tomen contacto con la tierra y electrocuten a personas. Por su parte el calor, debido a que la propia transmisión eléctrica genera altas temperaturas, si los cables se encuentran ocultos del sol y son fabricados de un material que no se sobrecaliente como el cobre pueden evitar recargas.
Otras ciudades como Londres, París y Buenos Aires no cuentan con cables a la vista desde hace tiempo, pero esto se debe a que poco a poco han ido resolviendo este problema.
Argentina ha sido uno de los países que ha regulado esta problemática desde el 2015, a partir de ese año se legisló sobre este el cableado aéreo en desuso, y se prohibió.
Chile, es otro caso en particular, donde en el año 2019 se promulgó una reforma que contempla modificaciones a la Ley de Telecomunicaciones de la República Chilena, misma que tiene por objetivo erradicar la contaminación visual que los cables en desuso generan y que incluso llegan a ocasionar diversos accidentes.
Ya basta de hacer tantos recorridos, sabemos que no hay una calle que no tenga el problema de cables encimados, colgados, trozados, entrelazados entre los árboles, donde se han dejado rollos en postes, residuos tirados en vía pública, aun más peligroso el que se entrelacen sobre los cables de electricidad, o el que saturen los postes de tal forma que la mayoría están en pésimas condiciones, muchos solo sostenidos por los mismos cables o totalmente inclinados, representando un gran riesgo de que se caigan, en otras calles están al alcance de vehículos o motos que transitan y que están tan bajos que impiden la circulación ocasionando accidentes y afectaciones no solo de interrupción de servicio de internet y televisión de cable, sino también de luz y peor aún sin que nadie que se responsabilice por este tipo de accidentes y daños.
Sin lugar a duda, el desorden del cableado se ha convertido en una especie de cáncer en toda la ciudad, basta salir a la calle para presenciar dicha situación; decenas de ellos sobre un poste, encimados unos con otros, lo que pone en riesgo latente a las y los ciudadanos que viven y transitan por diferentes calles.
Nuevo León se caracteriza por su belleza y potencial turístico, pero un factor negativo es la saturación de cables para prestación de servicios como la electricidad y telecomunicaciones.
Es necesario encontrar el mayor equilibrio posible entre la conectividad, el acceso a las telecomunicaciones, a la información y la comunicación, cuidando la imagen urbana, así como realizando un claro análisis de la inversión y presupuesto requerido para dicho tema, anteponiendo siempre los beneficios a los usuarios finales.
Trabajando en conjunto con empresas privadas de telefonía y televisión de paga, se puede eliminar este tipo de problemática y se pueden evitar los riesgos antes mencionados, sería conveniente el establecer mesas de trabajo con diferentes compañías que brindan los servicios involucrados, a fin de suprimir las líneas muertas y las que se ubican por debajo de la altura establecida por la Comisión Federal de Electricidad.
Trabajando en conjunto con empresas privadas de telefonía y televisión de paga, se puede eliminar este tipo de problemática y se pueden evitar los riesgos antes mencionados, sería conveniente el establecer mesas de trabajo con las diferentes compañías de los servicios involucrados, a fin de suprimir las líneas muertas y las que se ubican por debajo de la altura establecida por la Comisión Federal de Electricidad.
De igual forma es muy importante proceder a la revisión de la ubicación y mantenimiento de la infraestructura de postes para saber el estado en el que se encuentran y tomar decisiones al respecto.
Es fundamental mantener una coordinación entre los tres ámbitos de gobierno, con la finalidad de que en base de sus facultades se implementen estrategias del uso y aprovechamiento del subsuelo y se puedan establecer directrices y mecanismos para dicha acción.
De igual forma el Congreso del estado, debe de impulsar y trabajar en reglamentos y leyes actualizados, los cuales garanticen una ciudad ordenada, limpia con seguridad y se logre manejar una buena calidad de vida.
La ciudadanía merece un servicio óptimo, sin cortes, sin pérdidas y sin riesgos, sobre todo, se debe formalizar el sistema, reduciendo la gran cantidad de conexiones clandestinas que abundan en la red de distribución, las cuales son pérdidas no técnicas.
El retiro de cables aéreos en desuso debe de ser una prioridad, con la finalidad de generar espacios públicos más seguros y evitar que se provoquen riesgos para la población.
Limpiar nuestras ciudades de escombros aéreos, debe ser una de las misiones que se deben de tener para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Es fundamental formalizar la responsabilidad de las empresas de telecomunicaciones en cuanto al ordenamiento y retiro de líneas aéreas o subterráneas de cables en desuso.
En la actualidad realizar las adecuaciones necesarias para que todo el cableado de la ciudad sea subterráneo, representa una inversión importante y los ayuntamientos no cuenta con los recursos suficientes para hacer esto en el corto y mediano plazo, por lo que es importante considerar la posibilidad de que se pueda realizar mediante un esquema de inversión pública privada que pueda generar las circunstancias y los recursos suficientes para habilitar ductos y colocación de conductos de la infraestructura subterránea con la finalidad de hacerlo más rentable y costeable para el municipio.
Es por ello que se exhorta a las autoridades competente y a todos los sectores involucrados en el tema, para que se trabaje en la recuperación de los espacios y áreas públicas, tanto el espacio aéreo como áreas de tránsito en vía pública, ya que no puede haber un espacio vulnerado y trasgredido.
Se requiere de mayor coherencia para que los logros que se alcancen en este tema, se mantengan y no se vean obstaculizados a falta de normativa y políticas públicas pertinentes, en materia de urbanismo se necesita prevenir en lugar de corregir.
Si logramos una cultura y consciencia de transformación social, todos los ciudadanos podremos impulsar el cambio para que este tipo de mejoras no se limiten a las mega ciudades, sino en cada rincón de todo nuestro país.
A través de la presente propuesta se hace un llamado para que el Consejo Estatal de Participación Ciudadana para el Desarrollo Urbano, el cual es la instancia de coordinación institucional y de participación técnica especializada en temas inherentes al desarrollo urbano en el estado, integrada por el gobernador del estado, el titular de la dependencia estatal competente en materia de desarrollo urbano, el secretario de finanzas y tesorero general del estado, el titular de la Secretaría de Obras Públicas del estado, el titular de los Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, el titular de la dependencia responsable de la Racionalización y Modernización del Sistema de Transporte Público en el estado, el titular de la dependencia para la protección del medio ambiente en el estado, el titular del Instituto de la Vivienda del estado, los presidentes municipales, el presidente del Consejo Estatal de Transporte y Vialidad, presidente del Consejo Estatal de Participación Ciudadana para el Desarrollo Urbano, un representante ciudadano miembro del Consejo de Planeación Estatal, Un Diputado representante del honorable congreso del estado, que será el Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, representantes de la Comisión Federal de Electricidad, la Comisión de Nacional del Agua, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de la Secretaría de Desarrollo Social, así como a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal relacionadas con el Desarrollo Urbano, para que en base a sus ámbitos de competencia y facultades, cumplan con los compromisos y obligaciones estipulados en el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Urbano del estado de Nuevo León, con la finalidad de analizar, evaluar, proponer acciones, acuerdos de inversiones y se busquen mecanismos de financiamiento y coordinación adecuados, para la ejecución de proyectos que ayuden a la sustitución de manera gradual del cableado aéreo que forma parte de la infraestructura urbana, por sistemas de cableado subterráneos, en todo el estado de Nuevo León (http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/).
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la consideración del pleno, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Gobierno del estado de Nuevo León, para que a través de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, establecida en la Ley de Desarrollo Urbano del estado de Nuevo León, en el ámbito de las atribuciones de los ahí representados, se inicie un análisis y se lleven a cabo las acciones necesarias, a fin de que el cableado aéreo, sea sustituido de manera gradual, por sistemas subterráneos en todo el estado.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputado Pedro Salgado Almaguer (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Presidencia de la colegisladora a emitir excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, para la Igualdad de Género, y de Estudios Legislativos Segunda, a efecto de dictaminar la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del sistema nacional de cuidados, recibida el 26 de noviembre de 2020, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Laura Imelda Pérez Segura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta a la presidencia de la mesa directiva del Senado de la República, a emitir excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Para La Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos Segunda, para dictaminar la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional de Cuidados, misma que recibieron con fecha 26 de noviembre de 2020, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 18 de noviembre de 2020, la Cámara de Diputados aprobó por 329 votos a favor y turno al Senado de la República, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional de Cuidados.
El Senado de la República de la LXIV Legislatura, recibió la minuta el pasado 26 de noviembre de 2020, cuyo objeto fundamental radica en establecer que, en todas las decisiones y actuaciones del Estado mexicano, se vele y cumpla con el principio del interés superior de la niñez, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos, así como los de todas las personas.
Dicha minuta fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Para La Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos Segunda, para su estudio, análisis y elaboración de dictamen.
Al día de hoy, ha pasado más de 1 año, sin que las Comisiones dictaminadoras de la minuta, se hayan pronunciado respecto de este asunto que fue aprobado por esta Cámara de Diputados, violentando lo dispuesto por la normatividad estipulada en el Reglamento del Senado de la República, que establece un plazo no mayor a 30 días hábiles para dictaminar, y una prórroga de hasta 30 días hábiles más.
Por lo anterior y en virtud de la importancia que reviste el objetivo de la minuta, y con fundamento en los argumentos señalados en la misma, tengo a bien exponer lo siguiente:
En la actualidad, nuestro marco normativo, necesita urgentemente continuar actualizándose, con el propósito de garantizar eficazmente que el Estado Mexicano, vele en todo momento por el interés superior de las niñas y niños, así como por los derechos de todas las mujeres y hombres.
La reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, dejo en claro que las autoridades mexicanas están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos contenidos tanto en la Constitución, como en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En este sentido, las mexicanas y los mexicanos, tenemos el derecho a ser cuidados al amparo de la Constitución, toda vez que el Estado Mexicano ya ha ratificado una serie de convenios y tratados internacionales, que aluden a este derecho, como el que a continuación expongo:
1. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Artículo 3. ...
...
3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.
Asimismo, en el ámbito nacional existen normas generales mexicanas, que hacen alusión al tema de cuidados, como lo son la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
De dicho marco normativo, se desprenden los principios rectores del interés superior de la niñez, el derecho a la vida, supervivencia, al desarrollo y a la corresponsabilidad de los integrantes de la familia, la sociedad y las autoridades.
Además, se establece la obligación, para que las autoridades locales y federales, implementen acciones que permitan ofrecer servicios de cuidados elementales gratuitos, servicios de salud, rehabilitación, esparcimiento, así como la capacitación para el trabajo, entre otros.
En este tenor, resulta indispensable reformar la Constitución, a fin de establecer en su contenido de manera explícita, el acceso efectivo de la niñez, al gozo pleno de sus derechos, así como el derecho de todas las personas, a recibir cuidados que garanticen su bienestar.
Con ello, se logrará reconocer expresamente el derecho de toda persona, a recibir cuidados dignos, que sustenten su vida y les otorgue los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad a lo largo de toda su vida, así como el derecho a cuidar, siempre y cuando lo hagan en ejercicio de su libertad para decidir, promoviendo en todo momento la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en actividades de cuidado.
Asimismo, esta reforma busca implementar el Sistema Nacional de Cuidados, el cual tendrá como prioridad, atender a las personas más vulnerables, que requieran recibir cuidados por enfermedad o discapacidad, así como a niñas y niños, adultos mayores, personas en condiciones de extrema pobreza, y a las personas que realicen actividades de cuidado, sin remuneración alguna.
En este sentido, de aprobarse la minuta, además de garantizar los derechos antes mencionados, se facultará al Congreso de la Unión, para expedir la Ley General Cuidados, misma que establecerá la concurrencia entre la Federación, Entidades Federativas, Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en materia del Sistema Nacional de Cuidados.
Dicha ley deberá tener por objeto, establecer los mecanismos para garantizar el derecho al cuidado, y coordinar a las autoridades de los diversos órdenes de gobierno, a fin de que se presten servicios públicos universales, accesibles, pertinentes, suficientes y de calidad, así como la promoción y desarrollo de políticas públicas efectivas, que beneficien a la ciudadanía.
Es por ello, que hoy hago un llamado a la presidenta de la Mesa Directiva del Senado de la República, la senadora Olga Sánchez Cordero, para que emita una excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Para La Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos Segunda, a fin de que se dictamine a la brevedad la minuta en cuestión.
Toda vez que, sin duda alguna, considero que de ser dictaminada la presente minuta y aprobada en los términos presentados, se logrará contribuir de manera importante en favor de los derechos y el bienestar de niñas, niños, adolescentes, hombres y mujeres, que requieran de cuidados efectivos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pongo a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la presidencia de la mesa directiva del Senado de la República, para que con fundamento en el artículo 67, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 214 del Reglamento del Senado de la República, emita excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Para La Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos Segunda, con la finalidad de que dictaminen la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional de Cuidados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputada Laura Imelda Pérez Segura
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Presidencia de la colegisladora a someter a discusión y votación del pleno el dictamen relativo a la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de institutos de investigación de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Laura Imelda Pérez Segura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta a la Mesa Directiva del Senado de la República, a someter a discusión y votación del pleno, el dictamen de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos Segunda, relativo a la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Institutos de Investigación de la Cámara de Diputados, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado miércoles 4 de noviembre de 2020, la Cámara de Diputados aprobó con 431 votos en pro, 1 en contra y 4 abstenciones, y turnó a la Cámara de Senadores, el dictamen relativo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de institutos de investigación de la Cámara de Diputados.
El Senado de la República de la LXIV Legislatura, recibió la minuta el pasado 5 de noviembre de 2020, la cual tiene por objetivo, la creación de 3 importantes Institutos de Investigación de la Cámara de Diputados, fusionando tres de los centros de estudios actuales, en uno llamado “Instituto de Estudios Parlamentarios”, convertir el de Finanzas Públicas en el “Instituto de Estudios de la Hacienda Pública” y el de Logro para la Igualdad de Género, en el “Instituto de Estudios para el logro de la Igualdad de Género”.
Dicha minuta fue turnada a las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos Segunda, para su estudio, análisis y elaboración de dictamen.
El pasado 10 de marzo de 2021, en reunión de Comisiones Unidas, fue discutido y aprobado por las y los Senadores integrantes de dichas comisiones, el dictamen relativo a la minuta por la que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de institutos de investigación de la Cámara de Diputados.
Por lo que en fecha 18 de marzo de 2021, dicho dictamen fue publicado en la Gaceta del Senado de la República, cumpliendo así el requisito legislativo de primera lectura.
Al día de hoy, han pasado más de ocho meses, sin que la colegisladora haya continuado con el trámite legislativo de dicho dictamen, pues desde esa fecha, el proyecto ha quedado paralizado sin que se haya sometido a discusión y votación por el pleno del Senado de la República.
Por lo anterior, en virtud de la importancia que reviste el objetivo de la minuta, y con fundamento en los argumentos sostenidos en el dictamen de la misma, tengo a bien exponer lo siguiente:
En la actualidad, es indispensable otorgar nuevas herramientas técnicas y analíticas a las y los diputados, a fin de brindar mayores elementos, que permitan una mejor toma de decisiones y enriquecer la forma de legislar, en favor de la ciudadanía.
Es necesario que las instancias legislativas de apoyo de la Cámara de Diputados, se adecuen a la realidad actual, por lo que el funcionamiento de los Centros de Estudios, hoy más que nunca exigen un mayor profesionalismo, transparencia y condiciones, que garanticen una mayor eficacia en las actividades que realizan día con día.
Es por ello que, la Cámara de Diputados requiere urgentemente la creación de los Institutos de Estudios de la Hacienda Pública, de Estudios Parlamentarios y para el logro de la Igualdad de Género, pues dichos órganos de análisis, apoyo técnico e investigación, sin duda alguna contribuirán para el mejor ejercicio de las funciones legislativas de la Cámara de Diputados.
El Instituto de Estudios de la Hacienda Pública, será un órgano de alta especialidad, que tendrá por objeto coadyuvar en el ejercicio eficaz de las facultades constitucionales en materia hacendaria y presupuestaria.
Por su parte, el Instituto de Estudios Parlamentarios, será un órgano especializado, dedicado a la realización de estudios jurídicos, de carácter legislativo y constitucional, así como de impacto, social, político y económico, coadyuvando a su vez, en la formación y capacitación constante de diputadas, diputados y personal de Cámara.
Asimismo, el Instituto de Estudios para el logro de la Igualdad de Género, será un órgano de apoyo técnico, conformado por especialistas, en la elaboración de estudios, análisis e investigaciones con perspectiva de género, quienes trabajarán de la mano con diputadas y diputados, en la búsqueda de reconocer y garantizar de la mejor manera, los derechos humanos de las mujeres.
Es importante mencionar, que dichas adecuaciones a la legislación, no generarán ningún impacto presupuestal, toda vez que lo que se plantea realizar, es una compactación de los actuales Centros de Estudios de la Cámara, y convertirlos en tres instancias especializadas.
Finalmente, para cumplir eficazmente con los objetivos propuestos, la minuta garantiza, que los institutos contarán con personal profesional especializado, altamente capacitado e imparcial, dedicados exclusivamente a las materias señaladas, evitando cualquier tipo de intromisión con fines partidistas, dentro de las funciones sustanciales de dichos órganos.
Por ello, se pretende instaurar nuevamente el Servicio Civil de Carrera, mismo que debió funcionar desde hace 20 años, para que sean servidores públicos de carrera, los elegidos para ocupar los cargos en las áreas de investigación y análisis de los institutos.
Lo anterior con la firmeza de reorganizar, fortalecer y profesionalizar la investigación, unificar la política de estudio, análisis y emisión de opiniones en la Cámara de Diputados, con el ideal de contribuir en la mejora de los procesos legislativos de reforma o creación de nuevas leyes.
Es por ello, en coincidencia con la exposición de motivos expuesta en la minuta y el proyecto de dictamen emitido por las Comisiones Unidas del Senado turnadas, que hago un llamado a la Mesa Directiva del Senado de la República, para que en cumplimiento de sus atribuciones, a la brevedad, sometan a discusión y votación del pleno, el dictamen relativo a la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Institutos de Investigación de la Cámara de Diputados.
Toda vez que, sin duda alguna, de ser aprobada en los términos del dictamen, la presente minuta contribuirá de manera importante, en pro de las funciones legislativas de la Cámara de Diputados.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pongo a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Mesa Directiva del Senado de la República, para que en pleno uso de sus atribuciones, presente a discusión y votación del pleno, el dictamen de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos Segunda, relativo a la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Institutos de Investigación de la Cámara de Diputados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputada Laura Imelda Pérez Segura
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades ambientales federales y de QR competentes a detener con urgencia la tala indiscriminada de la selva baja, a cargo de la diputada Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Alma Anahí González Hernández , integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Considerando que México es un país megadiverso con una tercera parte de su territorio cubierto por bosques y selvas1 que albergan a una importante biodiversidad del planeta.
Que al hablar de su caracterización forestal, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que, México cuenta con aproximadamente 64 millones de hectáreas de bosques de clima templado y selvas que abarcan el 32 por ciento del territorio nacional. Adicionalmente el país cuenta con 56 millones de matorrales y cerca de 2 millones de hectáreas de vegetación hidrófila. Recursos de gran importancia desde el punto de vista social, económico y ambiental.
Que alrededor del 80 por ciento de los bosques y selvas del país se encuentran bajo régimen de propiedad social, constituidos en alrededor de 8 mil 500 núcleos agrarios.
Que por su crucial función en la economía nacional y la regulación del clima, los bosques y las selvas representan para nuestro país su extraordinaria capacidad para absorber y fijar el CO2, generar agua y purificar el aire que respiramos, por lo que al hablar de biodiversidad, alimentación y turismo, es inconcebible que México, en las últimas décadas, sea de los países más abandonados a la deforestación.
Global Forest Watch (GFW) afirma que México es el decimoséptimo país que más cobertura forestal perdió en 2018, con 267 mil 731 hectáreas, el tercer registro más alto de la década y el cuarto desde 2001.
Este sistema interactivo de monitoreo y alerta forestal también arroja que de 2001 a 2019, Campeche fue el Estado con mayor pérdida de cobertura forestal, seguido de Chiapas, Quintana Roo y Yucatán.2
En el estado de Quintana Roo, por ejemplo, aún existe vasta selva baja, virgen, en la que la altura de los árboles oscila entre 3 y 8 metros y dónde viven diversas especies endémicas en peligro de extinción, amenazadas por la deforestación causada por el hombre, debido a tres incidencias:
1) Tipo de vegetación con poco arraigo. Crece en “leptosoles” (del griego leptos, delgado) un suelo entre calizo y permeable que se caracteriza por su escasa profundidad (menor a 25 cm).
2) El ecocidio por la urbanización turístico-costera que acaba con los manglares frente al mar.
3) Devastación ambiental. Causada por agricultura intensiva y ganadería (practicadas por menonitas, entre otros perpetradores); los informes refieren que en 2017 se devastaron 130.73 hectáreas en San Fernando; 637.5 en El Paraíso y 678.50 en el ejido El Bajío, suman mil 446.73 hectáreas, y la situación que empeora, por lo que, agricultores y apicultores del municipio de Bacalar, nos piden ayuda, para que se legisle por la conservación tanto a nivel federal en armonía con la estatal y entre tanto, pedir la pronta intervención a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que frene la devastación de la Selva Bacalar.
La “Selva Maya”, es uno de los sistemas ecológicos de mayor importancia del mundo y el segundo macizo de selva tropical más grande del continente americano con 20 ecosistemas distintos y gran diversidad de especies endémicas amenazadas por la devastación.3
La población local ha alzado la voz para denunciar que pese al confinamiento por el Covid-19 que detuvo el turismo y la construcción, la deforestación avanzó a ritmos muy acelerados.
De acuerdo con Global Forest Watch, en 2020, Quintana Roo perdió 55.1 miles de hectáreas de bosque, lo que equivale a 24.3 Mt de CO2 de emisiones. Se afirma que, Othón P. Blanco tuvo la mayor pérdida de vegetación con 207 miles de hectáreas, seguido de Felipe Carrillo Puerto con 120 miles de hectáreas, las dos regiones causantes del 59 por ciento de toda la pérdida de cobertura arbórea entre 2001 y 2020.4
Gracias a la tecnología y mapas satelitales, se ilustra la devastación en la entidad.
Imagen extraída de: Global Forest Watsch
En la imagen satelital se aprecia que en la zona maya la deforestación se extiende peligrosamente.
En 18 años, de 2002 a 2020 la entidad perdió 98.9 miles de hectáreas de bosque primario húmedo, el 18 por ciento de su pérdida total de cobertura arbórea en el mismo periodo de tiempo.
Y aunque se destaca el esfuerzo del gobierno para el cumplimiento del compromiso que adquirió en la Cumbre del Clima de París en 2015, (la meta de deforestación cero en 2030), se debe subir la guardia y detener a la brevedad posible la devastación forestal, en Quintana Roo y el resto del país.
En función de lo anterior descrito, como diputada federal que represento un distrito que están afectando con la deforestación, es que, debidamente fundado y motivado, presento la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y a la Comisión Nacional Forestal para que, desde el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con sus homólogas del estado de Quintana Roo, se frene inmediatamente la devastación de la selva maya, que representa uno de los sistemas ecológicos más grandes del continente americano.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría Agraria y la Fiscalía General de la República para que, en coordinación con sus homólogas del estado de Quintana Roo, lleven a cabo las investigaciones correspondientes, a fin de detener la tala indiscriminada e ilegal en los municipios de: Othón P. Blanco, Bacalar, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, y Cozumel.
Fuentes consultadas
1 https://wrimexico.org/bloga/reporta-global-forest-watch-
mporcientoC3porcientoA1ximos-en-pporcientoC3porcientoA9rdida-de-cobertura-forestal-desde-2001
2 https://www.bbc.com/mundo/noticias-52915114
3 https://www.ccmss.org.mx/wp-content/uploads/CuadernilloCONAFOR-una-pagi na.pdf
4 https://www.fao.org/3/j2215s/j2215s04.htm
5 https://www.globalforestwatch.org/dashboards/country/MEX/23/?lang=es_MX
6 https://www.24horasqroo.mx/blog/2021/09/16/avanza-deforestacion-en-quin tana-roo-pese-a-pandemia/
7 https://www.greenpeace.org/mexico/blog/10540/5-datos-sobre-la-deforesta cion-en-mexico/
Notas
1 https://wrimexico.org/bloga/
reporta-global-forest-watch-m%C3%A1ximos-en-p%C3%A9rdida-de-cobertura-forestal-desde-2001
2 https://www.bbc.com/mundo/noticias-52915114
3 Op. Cit.
4 https://www.globalforestwatch.org/dashboards/country/MEX/23/?lang=es_MX
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre del 2021.
Diputada Alma Anahí González Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos locales a adoptar convenios con la CFE para invertir en una política de energía estratégica respecto a las necesidades ambientales de cada región que garantice el acceso a la electricidad y reditúe económicamente a los usuarios, a cargo de la diputada Judith Celina Tánori Córdova, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Judith Celina Tánori Córdova , diputada federal del Grupo Parlamentario de Morena, integrante de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes.
Consideraciones
Antecedente
El clima desértico de Sonora resulta un reto incluso para quienes han vivido ahí toda su vida. Sonora cuenta con altas temperaturas que oscilan en temperaturas promedio superiores a 38º C durante verano, y en invierno bajando hasta temperaturas promedio de los 5ºC.1 Es debido a estas variaciones, que el estado se ubica en el primer lugar de México en consumo eléctrico por habitante, lo cual impacta directamente en la economía de las personas sonorenses: en promedio, un hermosillense gasta de 2 mil a 3 mil pesos bimestrales en el consumo de electricidad, esta cifra a pesar de contar previamente con un subsidio gubernamental que se gestiona cada año con la CFE.
Resulta de vital importancia garantizar el acceso a las familias sonorenses durante todo el año a electricidad con precios asequibles, no solamente por los cambios de temperatura, sino también porque el acceso a la energía eléctrica está directamente relacionado con necesidades humanas básicas entre las que son de resaltarse la seguridad, la alimentación y el bienestar en términos de salud a partir del confort térmico, la iluminación y el funcionamiento de aparatos electrodoméstico como refrigeradores y estufas. Por otra parte, el acceso a energía eléctrica está estrechamente relacionada con comenzar a erradicar niveles de pobreza en los estados:
De acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en América Latina la falta de acceso regular a servicios eléctricos ha demostrado tener un impacto directo en el abandono escolar de las niñas y los niños durante los primeros años de su educación. Por otra parte, está también relacionado con un aumento en los indicadores de trabajo infantil así como, en el mantenimiento de la pobreza a nivel rural.2 El acceso a la energía eléctrica en el hogar está contemplado dentro del derecho humano a la vivienda digna, debido a la importancia que tiene en el libre desarrollo de los individuos.
En los últimos años los precios de la energía han aumentado de manera importante, a partir de la reforma energética aprobada durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, hubo un aumento de 35 por ciento en el precio de las tarifas para las y los mexicanos. De seguir así se calcula que en México 43 millones de usuarios estarían imposibilitados a pagar la luz en sus propios hogares.3
Por ello resulta fundamental que sean los gobiernos de los estados, en coordinación con el gobierno federal y la CFE, quienes se hagan cargo del sistema eléctrico y garanticen la certidumbre y la confiabilidad energética así como que, a partir de una lógica de bienestar público, realicen políticas públicas y acciones de gobierno dirigidas a hacer asequibles los precios eléctricos para las personas mexicanas.
Un punto importante que puede ser clave para los gobiernos es poner atención en los potenciales energéticos del estado debido a su clima. En el caso de Sonora, de acuerdo al Balance de Energía para el estado, realizada por la COEES4 únicamente el 4.8 por ciento de la energía consumida a en el estado durante 2016 se produjo a partir de hidroelectricidad y biomasa, mientras tanto, el 94 por ciento de la energía procede del extranjero o bien fue traída desde otros estados del país.
De esta forma, la política energética de Sonora durante varios años desaprovechó la posibilidad de incursionar en energías limpias que no requirieran un traslado. Esto incluyendo la energía fotovoltaica que -de acuerdo con Hiriart, G., Espíndola, S- tiene uno de los potenciales más grandes a nivel mundial en esta región.5
Frente a estos dos planteamientos, el gobierno de Sonora hace unos meses anunció un proyecto energético innovador cuyos objetivos son en primer lugar bajar las tarifas económicas para las familia sonorenses sin la necesidad de subsidiar desde el gobierno con recursos públicos, en dar certidumbre energética a los pobladores, y de apostar por esquemas energéticos congruentes con las condiciones de recursos energéticos regionales disponibles a favor de las energías limpias que abonen en poner un alto a los efectos del calentamiento global.
El primer proyecto contemplado para Sonora, se basa en instalar 40 plantas solares en los municipios ubicados al norte del estado, que son los municipios que alcanzan las temperaturas más frías en invierno. En promedio, cada una de estas plantas tendrá una extensión de 2 o 3 hectáreas, teniendo capacidad de producir hasta medio gigawatt. Esto, con el fin de que el proyecto se mantenga por debajo de los acuerdos de grandes productores con CFE, para mayor beneficio de las y los sonorenses.
Se tiene contemplado que, a partir de la energía que se genere de estas plantas -misma que será entregada a la CFE-, el monto económico que se genere será descontado de manera progresiva del recibo de vecinos de la planta fotovoltaica, de tal forma que aquellas personas que tengan menores posibilidades de adquisición económica recibirán un cobro menor.
Este proyecto está planeado para realizarse a lo largo del sexenio, la inversión incluirá entre 10 a 12 millones de pesos por municipio y se tiene calculado que generará ahorros de hasta 50 por ciento en el consumo de energía eléctrica de las familias del estado.
El proyecto piloto de estas cuarenta plantas fotovoltaicas, mismo estará ubicado en Bavispe, municipio que tiene una irradiación solar anual promedio de 6.67 kWh/m2/día de acuerdo al Inegi. Este Proyecto solar en Bavispe plantea la generación de 905,500 kWh/año en modalidad fija o 1’503,861 kWh/año en móvil.
El segundo proyecto se está trabajando entre el gobierno de México, la CFE y el gobierno del estado de Sonora, y es el de la planta Solar fotovoltaica de Puerto Peñasco que va a producir mil gigawatts. Será la planta solar más grande de Latinoamérica, y contará con 2 mil hectáreas de paneles solares. El gobierno del estado será propietario del 46 por ciento de la empresa y el resto será propiedad de la CFE. De igual manera, los beneficios económicos que traiga consigo esta planta, serán utilizados para amortiguar los altos costos de las tarifas en todo el estado.
El proyecto total de esta planta solar está calculado en una inversión de diez mil millones de pesos. No obstante, se tiene contemplado que para la primera fase de este proyecto se invertirá 9 mil 641 millones de pesos (alrededor de 465 millones de dólares) misma que se calcula que esté terminada en 2024. Esta planta solar no solamente beneficiará a nuestro estado sino que también interconectará a Baja California con el resto del país, ya que actualmente se trata de una entidad opera de manera aislada del Sistema Eléctrico Nacional.
Aprovechar este potencial energético no es una característica única del estado de Sonora, se tiene calculado que en nuestro país el 85 por ciento del territorio resulta “óptimo” para desarrollar estos proyectos energéticos.6 Por lo tanto, resulta viable reproducir en otros estados estas apuestas por la energía fotovoltaica, la hidroelectricidad y a través de otros esquemas de energías limpias con acuerdos que beneficien económicamente al pueblo de México.
Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. Esta soberanía reconoce los proyectos energéticos en Sonora orientados a garantizar precios en materia eléctrica más accesibles, al tiempo que impulsa las energías limpias en el estado para una transición energética soberana.
Segundo. Se exhorta de manera respetuosa a los gobiernos de los estados a generar reuniones y acuerdos estratégicos con la CFE con respecto a las necesidades ambientales de cada región, al mismo tiempo que garantice el acceso a la energía eléctrica y reditúe económicamente a los usuarios.
Notas
1 http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/son/territorio/cli ma.aspx (Consultado el 30 de noviembre de 2021)
2 [1] https://blogs.iadb.org/energia/es/que-tiene-que-ver-la-energia-y-la-pob reza/ (30 de noviembre 2021)
3 Suplemento Especial de la Jornada: La Electricidad era tuya y te la vamos a devolver. CFE. 3 de noviembre de 2021.
4 Balance Estatal de Energía del Estado de Sonora (BEES) 2011, de la Comisión de Energía del Estado de Sonora (COEES) citado por
http://irsitio.com/refbase/documentos/278_TaddeiBringas_ etal2016.pdf (Consultado el 30 de noviembre de 2021)
5 https://biblat.unam.mx/hevila/EpistemusCienciatecnologiaysalud/2014/no1 7/13.pdf (Consultado el 30 de noviembre de 2021)
6 https://elpais.com/mexico/2021-07-16/
el-gesto-del-gobierno-mexicano-hacia-las-renovables-el-gran-parque-solar-del-desierto-de-sonora.
html#:~:text=El%20Gobierno%20que%20so%C3%B1aba%20con,se%20ha%20revelado%20esta%20semana.
(30 de noviembre 2021)
Palacio Legislativo de San Lázaro, 7 de diciembre de 2021.
Diputada Judith Celina Tánori Córdova (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE y la Sader a no permitir el uso de concentrados de proteína en la PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018, “Yogurt. Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba”, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Francisco Javier Borrego Adame , integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la secretaria de Economía, maestra Tatiana Clouthier Carrillo, y al secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Víctor Manuel Villalobos Arámbula, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, no se permita el uso de concentrados de proteína en la norma oficial PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018, Yogurt-Denominación, Especificaciones Fisicoquímicas y Microbiológicas, Información Comercial y Métodos de Prueba , al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Las normas oficiales mexicanas son las regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las autoridades normalizadoras competentes, cuyo fin esencial es el fomento de la calidad para el desarrollo económico y la protección de los objetivos legítimos de interés público previstos en este ordenamiento, mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información esto de acuerdo a la Ley de la Infraestructura de la Calidad.1
En ese sentido, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, otrora Sagaroa, ha impulsado en conjunto con la Secretaría de Economía, normalizar todo los productos y procesos, relativos al tema de los productos derivados del campo.
En materia de lácteos, nuestro país ha sido el más abierto al tema de las importaciones en estos productos, lo que ha traído en primera instancia una competencia desleal hacia nuestros productores, ya que otros países de alguna manera otorgan grandes subsidios a sus productores o tienen cadenas de comercialización más constantes y sobre todo sin intermediarios.
Desde la administración anterior, los diferentes sectores lecheros del país han pujado con las autoridades federales, la normalización de los productos pecuarios, pero sobre todo aquellos como la leche, leche en polvo, queso, crema y yogurt, entre otros.
Es importante mencionar que el cumplimiento de estas normas garantiza la certeza de la calidad de los productos que consumen las y los ciudadano de nuestro país y en espécifico el PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018, yogurt-denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba, le da las herramientas jurídicas a las Profeco, para regular un mercado de lácteos que por muchos años tuvo deslealtad por parte de algunos competidores del mercado. Es decir, vendían productos como yogurt cuando no lo eran y tuvieron que corregir su composición.2
Así pues, en los últimos días diferentes organizaciones de lecheros del país me han manifestado su inconformidad al existir la intención de llevar a cabo modificaciones esta norma, para que en la elaboración de yogurt se permita el uso de concentrados de proteína, lo que sin duda pondría en entredicho el cumplimiento de los objetivos del Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación 25 de junio de 2020, en materia de autosuficiencia alimentaria.
Quiero enfatizar que solo son algunos actores del mercado de lácteos extranjero y nacionales quienes están propugnado por esta oscura intención, sin importarles en el interés superior de la salud y bienestar de todas y todos los consumidores mexicanos.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la secretaria de Economía, maestra Tatiana Clouthier Carrillo, y al secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Víctor Manuel Villalobos Arámbula, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, no se permita el uso de concentrados de proteína en la norma oficial PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018, Yogurt-Denominación, Especificaciones Fisicoquímicas y Microbiológicas, Información Comercial y Métodos de Prueba.
Notas
1 Marco Jurídico / Normas Oficiales Mexicanas / Profeco
2 Corrigen anomalías 13 productores de quesos y yogurt - MVS Noticias
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputado Francisco Javier Borrego Adame (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat a coordinar con las autoridades estatales el refuerzo de las medidas para reducir el riesgo de los pastizales chihuahuenses, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Daniel Murguía Lardizábal , integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a coordinar los esfuerzos conducentes con las autoridades estatales para intensificar las medidas necesarias que contribuyan a la reducción del riesgo en el que se encuentran los pastizales en el estado de Chihuahua, lo anterior, debido al papel fundamental que estos ecosistemas representan para la entidad federativa , bajo las siguientes:
Consideraciones
Los pastizales, con base a información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi, por sus siglas en lo subsecuente), “se caracterizan por su vegetación predominantemente gramínea, como pastos y zacates. Es abundante en regiones semiáridas y de clima seco; es común en zonas planas o de topografía ligeramente ondulada. Los suelos derivados de roca volcánica son propicios para su crecimiento”.1
En el Atlas de Pastizales, publicado en colaboración por el Instituto Internacional de Investigación Ganadera, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, WWF, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Coalición Internacional para la Tierra con contribuciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), se detalla que, estos ecosistemas, albergan algunos de los hábitats más preciados de la tierra y son el sustento de millones de personas alrededor del mundo.
La importancia de los pastizales radica en que son “fuentes de alimentos, fibras y combustibles, contribuyen a la regulación del clima, la polinización, la purificación y recarga de acuíferos, el control de especies invasoras y captura de carbono. Tienen valor cultural, espiritual y recreativo” (Conabio).
La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad ha establecido que, los pastizales en México ocupan el 6.1 por ciento (118, 320 km cuadrados) del territorio nacional...y que, se [...] encuentran en regiones semiáridas y de clima templado frio. Están muy extendidos en el norte del país y cubren amplias zonas en Chihuahua, Coahuila, Sonora, Durango, Zacatecas, San Luis Potosí y Jalisco”.2
Fuente:
https://www.biodiversidad.gob.mx/media/1/ecosistemas/fil es/EyDist_Pastizales.pdf
Cierto es que, el uso irracional de los pastizales ha ocasionado una ruptura en su equilibrio de funcionamiento, lo que conlleva a procesos de degradación en la mayoría de los casos irreversible. La riqueza natural de los mismos en los años recientes se ha visto comprometida por fenómenos como el calentamiento global y actividades antropogénicas.
Pastizales en el estado de Chihuahua
Con una superficie de 247,455 km cuadrados, el estado de Chihuahua (Inegi) presenta tres grandes ecorregiones; sierras y llanuras tarahumaras, mesetas centrales o región semidesértica y la región del desierto,3 y que lo clasifican como uno de los espacios naturales con mayor presencia de pastizales y que albergan un amplia biodiversidad, considerada de las más importantes del mundo.
Desafortunadamente, “la extracción no sustentable de agua de los acuíferos, particularmente en zonas donde se ha cambiado el uso de suelo de pastizal a agricultura”,4 paralelo a la prevalencia de especies invasoras, y eventos climáticos extremos ocasionados por el cambio climático ha convertido a este ecosistema en uno de los más amenazados (Andrea Becerra, Andrés Anchondo, de ABC, y Gabriela Rendón Herrera, de Pronatura Noreste).
Se proyecta que, de continuar este ritmo de degradación de estos espacios naturales en el estado, los pastizales van a desaparecer por completo en un plazo no superior a los diez años.
Ante la pérdida gradual de pastizales en Chihuahua, es urgente tomar medidas inmediatas y establecer e intensificar las políticas que garanticen su conservación; y se aumenten las investigaciones para su manejo, aprovechamiento y vigilancia.
Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, elevo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a coordinar los esfuerzos conducentes con las autoridades estatales para intensificar las medidas necesarias que contribuyan a la reducción del riesgo en el que se encuentran los pastizales en el estado de Chihuahua, lo anterior, debido al papel fundamental que estos ecosistemas representan para la entidad federativa.
Notas
1 Cuentame de México. [en línea], [consultado el 01 de diciembre de 2021]. Disponible en:
http://cuentame.inegi.org.mx/territorio/vegetacion/pasti zal.aspx?tema=
2 “Pastizales”. CONABIO. [en línea], [consultado el 01 de diciembre de 2021]. Disponible en:
https://www.biodiversidad.gob.mx/ecosistemas/pastizales
3 Diagnóstico actual y sustenatbilidad de los Pastizales en el Estado de Chihuahua ante el Cambio Climático. [en línea], [consultado el 02 de diciembre de 2021]. Disponible en:
http://fz.uach.mx/investigacion/2013/05/22/Diagn%C3%B3st ico%20final%20PASTIZALES-%20SEQUIA.pdf
4 Pastizales de Chihuahua. WWF. [en línea], [consultado el 01 de diciembre de 2021]. Disponible:
https://wwflac.awsassets.panda.org/downloads/fs05_dch_pa stizales.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputado Daniel Murguía Lardizábal (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la GN y las 43 unidades de Policía Cibernética articuladas como parte del SNSP a garantizar que la Campaña Nacional Antifraude Cibernético sea permanente para intensificar su difusión, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Daniel Murguía Lardizábal , integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Guardia Nacional y a las 43 unidades de Policía Cibernética que se articulan como parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para que, en el ámbito de sus competencias, la Campaña Nacional Antifraude Cibernético, que en una primera instancia se implementó del 1 de noviembre del 2020 hasta el 31 de enero del 2021, se establezca como una campaña permanente, a fin de intensificar una mayor difusión de los protocolos de actuación que se deben seguir para evitar ser víctima de un delito cibernético o en su defecto, aquellos que permitan brindar herramientas necesarias a las personas sobre el proceder ante estos ciberdelitos , bajo las siguientes:
Consideraciones
“El ciberespacio se considera como un espacio virtual que mantiene una conexión directa y constante de personas a través de redes”,1 su desarrollo y transformación al paso del tiempo ha sido tal, que al momento se desconoce cuáles serán sus alcances en un futuro próximo. La interacción dentro del propio ciberespacio ha acortado distancias, presentado a desconocidos y modificado estilos de vida, pero sobre todo, ha permitido un importante flujo de información sea de consulta, diversión, laboral, académica, económica, estableciendo diversos métodos para acceder a ella, pero en ocasiones, sin la mínima seguridad para el usuario; comprometiéndose en algunas situaciones, información sensible.
Este libre flujo de información se convierte en una oportunidad para la denominada ciberdelincuencia, misma que trasciende fronteras y se transforma de una manera vertiginosa, afectando a gobiernos, dañando negocios y vulnerando la tranquilidad de las personas.
A pesar de las múltiples recomendaciones que se realizan a través de diferentes plataformas para que el usuario proteja su información y evite ser víctima de algún delito, la delincuencia cibernética continúa obteniendo ganancias anuales sustanciales.
Según el Pronóstico de Ciberseguridad del 2020 para América Latina, elaborado por la compañía de seguridad informática Kaspersky, la ciberseguridad para México y América Latina enfrentará tres grandes desafíos: a vulnerabilidad de las aplicaciones de mensajería instantánea, el uso de ransomwarwe2 dirigido y los ataques a entornos corporativos y cadenas de suministros.
En el primer Estudio de Ciberseguridad elaborado por la Asociación de Internet MX, en colaboración con la empresa de normalización y certificación Nyce, se destaca que, de las y los usuarios de internet en México, más del 53 por ciento de los encuestadores refirió que en los doce meses recientes, fueron víctimas de vulneración. “Las principales afectaciones de las que se quejan los usuarios son la pérdida de información (21 por ciento); fraude y pérdida financiera (14 por ciento); phishing (10 por ciento); fuga de información sensible (9 por ciento) y suplantación de identidad 5 por ciento”.3
En los meses recientes, se han dado diversas vulneraciones a plataformas públicas y privadas, un ejemplo de ello, es el hackeo al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en donde se comprometió información sensible con un alto riesgo de filtraciones. Los ataques que sufrió el INAI se dieron de manera reiterada durante cuatro días, presentando cerca de 10 millones de ciberataques tan sólo en el mes de septiembre del corriente.
En días pasados, el gobierno de Guerrero fue hackeado, sumándose a los ataques a páginas oficiales en meses pasados tales como Condusef, Conapred, CFE, Pemex, Economía, Lotería Nacional, así como de sitios de gobiernos estatales y municipales; presentando preferentemente- secuestro de información y pago de un rescate para su liberación.
Los particulares, en su defecto, son susceptibles a una vulneración de información en redes sociales, situación que los expone ante un riesgo de estafas, extorsiones, robo de credenciales de servicios en streaming y robo de identidad personal.
En fechas recientes, las cuentas de Whatsapp de diversos usuarios de la aplicación de mensajería instantánea fueron hackeadas, constituyéndose con esto una vulneración a su información personal para ser usada en la comisión de delitos.
Cierto es que, los usuarios, al no contar a detalle con la información sobre los protocolos de actuación durante y posterior a las vulneraciones a sus cuentas tanto de correo, redes sociales, como de sus números personales, los coloca en un estado de vulnerabilidad; arriesgando su integridad y patrimonio.
A pesar de los grandes esfuerzos emprendidos por las autoridades en materia para reducir el impacto de este importante delito, cabe mencionar que aún falta mucho por hacer, en tanto que no existe suficiente información de cómo denunciar o a quién recurrir en caso de ser víctima de algún delito, lo que expone la poca claridad sobre los mecanismos que la ciudadanía tiene para entablar comunicación con la autoridad correspondiente.
Por lo anterior y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, elevo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Guardia Nacional y a las 43 unidades de Policía Cibernética que se articulan como parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para que, en el ámbito de sus competencias, la Campaña Nacional Antifraude Cibernético, que en una primera instancia se implementó del 1 de noviembre del 2020 hasta el 31 de enero del 2021, se establezca como una campaña permanente, a fin de intensificar una mayor difusión de los protocolos de actuación que se deben seguir para evitar ser víctima de un delito cibernético o en su defecto, aquellos que permitan brindar herramientas necesarias a las personas sobre el proceder ante estos ciberdelitos.
Notas
1 “El ciberespacio, fuente de control y vigilancia para los ciudadanos”. Escuela de Inteligencia y contrainteligencia. [en línea], [consultado el 08 de noviembre de 2021] Disponible: https://revistascedoc.com/index.php/pei/article/view/39
2 El malware de rescate, o ransomware, es un tipo de malware que impide a los usuarios acceder a su sistema o a sus archivos personales y que exige el pago de un rescate para poder acceder de nuevo a ellos, [en línea], [consultado el 10 de noviembre de 2021]. Disponible en: https://es.malwarebytes.com/ransomware/
3 La mitad de los usuarios de Internet en México sufrió una vulneración de ciberseguridad: Asociación de Internet MX. El Economista. [en línea], [consultado el 10 de noviembre de 2021]. Disponible en:
eleconomista.com.mx/economia/La-mitad-de-los-usuarios-de -internet-en-Mexico-sufrio-una-vulneracion-de-ciberseguridad-Asociacion -de-Internet-MX-202110615-0029.html
Palacio Legislativo de San Lázaro,a 7 de diciembre de 2021.
Diputado Daniel Murguía Lardizábal (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a implantar acciones que impulsen el cultivo y aprovechamiento del cempasúchil en el país, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, la diputada Susana Cano González , del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a implementar acciones que impulsen el cultivo y aprovechamiento de la flor de cempasúchil en nuestro país , al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Primera. La flor de cempasúchil es considerada como símbolo de identidad nacional, no debemos olvidar que esta flor que adorna nuestra tradición del Día de Muertos y que se encuentra presente en las ofrendas que realizamos los mexicanos cada año en honor a nuestros difuntos, justamente entre los días 1 y 2 de noviembre es cuando podemos apreciar más su aroma y color, recordemos que las hay en diversas tonalidades de naranja y amarillo, y es una flor endémica del continente americano y se compone de 58 especies, de las que 35 habitan en México.
En el Día de Muertos, las almas de los difuntos regresan a casa; para no perderse en este viaje, sus familiares les dejan un camino hecho de flores de cempasúchil que los lleva hasta las ofrendas. La tradición mexicana dice que se guían por el olor de los pétalos.
El cempasúchil es una planta cultivada en la cuenca del valle de México vinculada con el festejo más importante de México: el Día de Muertos, dijo Andrés Medina Hernández, del Instituto de Investigaciones Antropológicas de la UNAM.1
Nuestro país es considerado como centro nativo del cempoalxochitl (su nombre en náhuatl). La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural refiere que hay “evidencias arqueológicas que indican que el cempasúchil se domesticó y era usado en Mesoamérica desde hace 3 mil años”. Es una flor muy mexicana, pero que ha sido tomada por países como China, que hoy es potencia en su producción.2
La flor de cempasúchil es originaria de México, su nombre proviene del náhuatl cempohualxochitl , que significa “veinte flores” o “varias flores”.
Nuestros antepasados asimilaban el color amarillo de la flor de cempasúchil con el sol, razón por la que la utilizaban en las ofrendas dedicadas en honor a sus muertos. La tradición marca hacer senderos con las flores de cempasúchil, desde el camino principal hasta el altar de la casa con la finalidad de guiar a las almas hacia los altares. La flor era considerada por los mexicas como un símbolo de vida y muerte.3
Segunda. México, a pesar de tener la tradición de Día de Muertos y por ende el uso generalizado de la flor de cempasúchil, no es el principal productor de esta flor. El cempasúchil tiene otros usos y no sólo marca el camino para que nuestros fieles difuntos puedan visitarnos cada año durante los dos primeros días de noviembre, el cempasúchil es un carotenoide, y ese pigmento característico de sus pétalos es usado en diversas industrias para dar color a innumerables productos.
De acuerdo con el sitio web Presslibre Innovación Digital, México destina una cifra absurda para importaciones de la flor de cempasúchil:
“De acuerdo con el investigador de la UNAM, actualmente el valor de mercado del pigmento que se obtiene a partir del cempasúchil está entre 25 y 26 centavos de dólar por gramo. Estimaciones del también investigador de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán indican que México importa aproximadamente 100 millones de gramos de pigmento al año (90 por ciento procede de China). A un costo de 26 centavos de dólar por gramo, estaríamos hablando de una inversión de 26 millones de dólares que México destinada a importar un producto derivado de una flor de la que es centro nativo en el mundo.
...Hoy México sólo produce flores de cempasúchil con fines ornamentales (para uso en Día de Muertos). Si bien de 2015 a 2020, según informó la Sader a Forbes México, “la producción de cempasúchil se ha incrementado 7.5 por ciento, al pasar de 17 mil 163 toneladas a 18 mil 464 toneladas”, ha dominado en los últimos años el uso de semilla extranjera o industrializada, como la conocen los propios productores de Xochimilco, quienes adquieran las semillas a Grupo Akiko, “fundada en la Ciudad de México en 1990 por la ingeniera Akiko Ma. Eugenia Lee Basurto, representando 2 compañías holandesas dedicadas a la venta de bulbos y plántulas para la producción de diversos cultivos en maceta”, según describe la empresa en su sitio de internet.”4
Tercera. Nuestro país cuenta con las condiciones climáticas, agrícolas, ecológicas, sociales y económicas para poder impulsar el cultivo, producción y comercialización de cempasúchil, en las distintas industrias y para sus diferentes usos, por ello necesitamos reforzar nuestros sistemas de protección al campo y revalorizar nuestra cultura, para darnos cuenta que nuestra hermosa flor de cempasúchil no solo se usa el 1 y 2 de noviembre y nunca más en el año volvemos a saber de ella, podemos aprovechar el conocimiento técnico de nuestros científicos mexicanos, para poder explotar en beneficio de todas y todos, nuestra flor de cempasúchil.
Por otro lado, si bien es cierto que existe la red cempoalxochitl, dedicada a la colecta, conservación y aprovechamiento sustentable del cempasúchil nativo de México, y que siendo un proyecto que cuenta con la existencia de un banco de germoplasma de 2 mil muestras de semilla colectadas en la mayor parte de los estados del país donde crecen silvestres las diferentes especies del género Tagetes, no es suficiente para lograr que nuestro país transite hacia una predominancia en su estudio y aprovechamiento.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a implementar acciones que impulsen el cultivo de la flor de cempasúchil en nuestro país y que comunique de los próximos planes, programas y proyectos que desarrollará para el cultivo, conservación y aprovechamiento de la flor de cempasúchil en México.
Notas
1 Flor de cempasúchil: icono del dio de muertos. Consultado de: https://unamglobal.unam.mx/flor-de-cempasuchil-icono-del-dia-de-muertos /
2 Cempasúchil: una flor muy mexicana...hecha en china. Consultado de: https://www.inforural.com.mx/cempasuchil-una-flor-muy-mexicana-hecha-en -china/
3 La flor de cempasúchil, un icono de México. Consultado de: https://www.gob.mx/siap/articulos/la-flor-de-cempasuchil-un-icono-de-me xico?idiom=es
4 Cempasúchil: una flor muy mexicana...hecha en china. Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputada Susana Cano González (rúbrica)
Con motivo del aniversario del natalicio del doctor Maximiliano Ruíz Castañeda, a cargo del diputado Miguel Sámano Peralta, del Grupo Parlamentario del PRI
El 5 de diciembre de 1898, el Valle de los Espejos fue testigo del nacimiento del hijo pródigo de Acambay, Estado de México; un gran médico, investigador, académico y político: don Maximiliano Ruiz Castañeda.
Mexicano por patria y provincia, Ruiz Castañeda aportó a la humanidad la vacuna contra el tifo, que no sólo consiguió abatir los estragos de esa epidemia que azotó a nuestro país en los albores del siglo XX, sino más allá de nuestras fronteras, especialmente en el marco de la Segunda Guerra Mundial.
La vacuna del tifo también fue enviada a países del continente africano y de Latinoamérica entre 1940 y 1950, salvando incontables vidas.
Publicó cuatro libros y más de 100 artículos sobre tifo y brucelosis, y otros orientados a técnicas de laboratorio que sirvieron de base para la operación de las “tiras reactivas”, utilizadas actualmente para el diagnóstico de múltiples padecimientos, como la diabetes.
Fue un médico e investigador de talla internacional con estudios en Harvard y Boston; conferencista en la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura e instituciones superiores del Medio Oriente. Realizó visitas de estudio a universidades de más de diez países, lo que le permitió obtener el reconocimiento de la Academia de Medicina de Nueva York y la Medalla Luis Pasteur, otorgada por el gobierno de Cuba.
En México, obtuvo el Premio Nacional de las Ciencias y el Premio del Consejo para la Investigación Médica; además, recibió el reconocimiento de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística; así como el título de Hijo Predilecto del Estado de México, por mencionar algunas distinciones.
En el marco de un aniversario más de su natalicio, debemos aprovechar para rendir homenaje a todos los médicos mexicanos y de cualquier parte del mundo, que están luchando en los hospitales, en los laboratorios y en otros campos de batalla, en contra de un enemigo común: la Covid-19.
A 123 años de su nacimiento, su legado nos motiva a seguir fomentando en la juventud el respeto por el conocimiento y la investigación científica.
Compañeras, compañeros diputados: como legisladores compartimos la responsabilidad de seguir respaldando a la ciencia, a fin de impulsar el talento, reconocer el esfuerzo y fomentar la creación de nuevo conocimiento por parte de los científicos e investigadores mexicanos.
Los invito a que le demos la mano a las nuevas generaciones, para que continúen preparándose y trabajando a favor de la humanidad, justo como lo hizo el doctor Maximiliano Ruiz Castañeda.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputado Miguel Sámano Peralta (rúbrica)
Con motivo del 9 de diciembre, Día Internacional contra la Corrupción, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, diputada Ana Karina Rojo Pimentel, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción XI; 62, numeral 2 y 76, fracción VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía efeméride con motivo del Día Internacional contra la Corrupción.
“La corrupción engendra más corrupción y fomenta una cultura destructiva de impunidad”.
António Guterres
En México, la corrupción tiene altos costos sociales, políticos y económicos que trasgreden el estado de derecho y democrático, en la que predominan el abuso, la impunidad y la apropiación indebida de los recursos de la ciudadanía. Todo ello se ha traducido en un enojo social y de desconfianza que resulta en una demanda al gobierno para combatir la corrupción a través de acciones específicas y efectivas. Contextos que han impedido alcanzar los niveles de bienestar a que tiene derecho la población, al deteriorar la calidad de vida de los mexicanos al restar recursos para impulsar programas en su beneficio.
Es por ello, que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó en reunión del 31 de octubre de 2003 la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y designo el 9 de diciembre contra el Día Internacional contra la Corrupción.
Acuerdo que hace hincapié en la responsabilidad de los gobiernos de implementar medidas efectivas de protección a los denunciantes, para así garantizar que los mismos estén protegidos contra cualquier posible represalia. Estas medidas contribuyen a que las instituciones sean eficaces, responsables y transparentes, y a que haya una cultura de integridad y equidad.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, también conocida como la Convención de Mérida, por haber sido adoptada en esa Ciudad de México, en diciembre de 2003, y que entró en vigor el 14 de diciembre de 2005, señala en sus objetivos adoptar medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción, así como el fortalecimiento de las normas existentes. Fomentar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción y; promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y bienes públicos.
Reconoce que una función pública eficiente y transparente es la base de un buen gobierno, para evitar los efectos nocivos de la corrupción, precisa que sus normas sean aplicables también al sector privado e involucre a la sociedad en el diseño y ejecución de estrategias en la materia.
Es en las últimas décadas, particularmente desde el inicio del periodo neoliberal, la corrupción creció hasta alcanzar magnitudes alarmantes. Las prácticas que en el pasado fueron toleradas por la sociedad como un mal necesario para aceitar la maquinaria gubernamental que terminaron por dañar severamente la capacidad de las instituciones para desarrollar sus tareas y atender las necesidades de la población, también minaron la confianza en el gobierno y propiciaron inseguridad jurídica, injusticia e incapacidad para garantizar y ejercer derechos fundamentales a plenitud; además de que incidieron de manera perniciosa en el desarrollo económico nacional.
Con objeto de acatar el mandato del pueblo de construir un México justo, pacífico, solidario, democrático, próspero y feliz, el actual gobierno se enfrenta a la enorme responsabilidad de construir un modelo viable de desarrollo económico, ordenamiento político y convivencia entre los sectores sociales, reflejado en el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024.
Por lo anterior, el gobierno federal seguirá impulsando valores tan importantes como la honradez y la honestidad para toda la administración pública, pues este gobierno frenará el robo de los recursos públicos, por parte de los servidores públicos de alto nivel, en especial, se prevendrán y castigarán las conductas corruptas, nadie gozará de privilegios indebidos o ilícitos. No al gobierno rico con pueblo pobre.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2021.
Diputada Ana Karina Rojo Pimentel (rúbrica)