Gaceta Parlamentaria, año XXIV, número 5659-I, miércoles 25 de noviembre de 2020
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Gaceta Parlamentaria, año XXIV, número 5659-I, miércoles 25 de noviembre de 2020
De la Mesa Directiva
Honorable Asamblea:
La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno del siguiente asunto:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social, presentada por la diputada Mirtha Iliana Villalvazo Amaya, Morena, el 18 de noviembre de 2020.
“Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Seguridad Social, para opinión.”
Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2020.
Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica)
Presidenta
De la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, por la que solicita retiro de iniciativa
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de noviembre de 2020.
Diputada Dulce María Sauri
Presidenta de la Honorable Cámara de Diputados
Presente
Sirva la presente para enviarle un cordial saludo, al tiempo que me permito solicitarle de la manera más atenta, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, que la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 66, 67 y 68 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, presentada por una servidora el 21 de abril del presente año, sea retirada de la Comisión de Gobernación y Población. para efecto de profundizar sobre su contenido y, en su caso, poder presentarla posteriormente.
Sin otro asunto más por el momento, quedo a sus más distinguidas y finas consideraciones.
Atentamente
Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica)
Del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, mediante la cual remite sus calendarios de difusión de información estadística y geográfica, y de interés nacional correspondientes al segundo semestre de 2020 y primero de 2021, con ajustes en las fechas de publicación de algunos programas a causa de la contingencia sanitaria
Aguascalientes, Aguascalientes, a 12 de noviembre de 2020.
Diputada Dulce María Sauri Riancho
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Estimada diputada Sauri:
El artículo 87 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica señala que el Instituto (Inegi) deberá dar a conocer a los Poderes de la Unión y al público en general el calendario que contenga las fechas de publicación de la información de interés nacional a que habrá de sujetarse el instituto, aprobado por la Junta de Gobierno, mismo que podrá ser revisado en forma trimestral.
Adjunto sírvase encontrar los Calendarios de difusión de información estadística y geográfica, y de interés nacional del Inegi del segundo semestre de 2020 y primer semestre de 2021, con ajustes en las fechas de publicación de algunos programas a causa de la contingencia sanitaria.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Doctor Julio A. Santaella Castell (rúbrica)
Presidente del Inegi
Del Congreso de la Ciudad de México, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 29 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Congreso de la Ciudad de México, Recinto Legislativo, a 10 de noviembre de 2020.
Diputada Dulce María Sauri Riancho
Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
El Congreso de la Ciudad de México, I Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 326 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con la siguiente:
Exposición de Motivos
Ante las diversas problemáticas que giran en torno a la adopción de NNA, es necesario que desde el Estado mexicano se impulsen procedimientos, mecanismos y herramientas que contribuyan en aminorar los tiempos que estos pasan en los centros de asistencia social, lo anterior, entre otras cuestiones, con la finalidad de evitar la institucionalización que tiene efectos negativos y diferentes, dependiendo la edad de las personas menores, que afecta como enfatiza el médico psiquiatra Alejandro Morton, en los cuatro pilares fundamentales de su desarrollo.
Buscando disminuir dicha institucionalización, se plantea establecer que el Sistema Nacional DIF sea la instancia encargada de coordinar, a nivel nacional, campañas de información que contribuya a erradicar prejuicios respecto a la adopción de personas menores, para contribuir de forma paulatina a que la adopción sea observada desde el imaginario colectivo, como la oportunidad para las personas adultas, de ser empáticas y poder brindar un lugar de resguardo y afecto a otra persona que no tuvo la posibilidad de contar con un espacio de soporte y crecimiento.
A efecto de facilitar la identificación de la reforma propuesta, se inserta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto, el Congreso de la Ciudad de México, I Legislatura, somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de:
Decreto
Único. Se reforma el primer párrafo y se adiciona una fracción IV al artículo 29 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 29. Corresponde al Sistema Nacional DIF, así como a los Sistemas de las Entidades federativas y los Sistemas Municipales, en coordinación con las Procuradurías de Protección, en el ámbito de sus respectivas competencias:
I. a III. ...
IV. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras Leyes, corresponde al Sistema Nacional DIF Coordinar campañas de información masiva a nivel nacional, respecto a la adopción de niñas, niños y adolescentes, con el objetivo de erradicar prejuicios y contribuir a observar la adopción desde la pluralidad de los tipos de familias, como una figura de protección y garantía de derechos de la infancia y adolescencia.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Se anexan, en copia simple, iniciativa, dictamen, reserva y versión estenográfica de la aprobación del dictamen para mayor referencia.
Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veinte.
Por la Mesa Directiva
Diputada Margarita Saldaña Hernández (rúbrica)
Presidenta
Diputada Donají Ofelia Olivera Reyes (rúbrica)
Secretaria
Diputado Héctor Barrera Marmolejo
Secretario
Del Congreso de Jalisco, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 120 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Diputada Dulce María Sauri Riancho
Presidenta de la Cámara de
Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Enviándole un atento saludo, hago de su conocimiento que la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado de Jalisco, en sesión verificada el día 29 de octubre de 2020, aprobó el acuerdo legislativo número 1675-LXII-20 del que le adjunto copia, en el cual, de manera atenta y respetuosa, se le exhorta a efecto de que en términos que a su representación compete se atienda lo expuesto en el punto resolutivo del acuerdo legislativo de referencia para los efectos procedentes.
Por instrucciones de la directiva de esta soberanía, hago de su conocimiento lo anterior, para efectos de la comunicación procesal respectiva.
Sin otro en particular, propicia hago la ocasión para reiterarle las seguridades de mi consideración.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco, a 13 de noviembre de 2020.
Abogado Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes
Secretario General del Honorable Congreso