Comunicaciones oficiales

De la Junta de Coordinación Política

Palacio Legislativo, Ciudad de México, a 12 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que el diputado Alfonso Pérez Arroyo cause baja como integrante de la Comisión de Educación.

• Que el diputado Alfonso Pérez Arroyo cause alta como integrante en la Comisión de Federalismo y Desarrollo Municipal.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

De los diputados Adriana Gabriela Medina Ortiz, Ximena Puente de la Mora, Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, Marco Antonio Carbajal Miranda, Sergio Pérez Hernández, Ana Priscila González García, Verónica Beatriz Juárez Piña, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas y Mario Alberto Rodríguez Carrillo, por las que solicitan el retiro de iniciativas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

LXIV Legislatura

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted el retiro de la siguiente iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria el día 10 de diciembre de 2019, la cual fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos.

- Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 9o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Asimismo, solicito se realicen las acciones conducentes y se actualicen los registros parlamentarios.

Sin otro particular, quedo a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Por medio del presente, la que suscribe, diputada Ximena Puente de la Mora, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita atentamente tenga a bien girar sus instrucciones a efecto de que: sea retirada la iniciativa de ley que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, misma que fue presentada en fecha 5 de septiembre 2019 y turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Sin más por el momento le envío un saludo cordial, reiterándole la seguridad de mi consideración más distinguida.

Atentamente

Diputada Ximena Puente de la Mora (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Encuentro Social, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita el retiro del asunto a continuación mencionado:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 48 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de maltrato infantil.

Dicha iniciativa se encuentra tunada para dictamen en la Comisión de Derechos de la Niñez.

Agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro a 18 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, Diputada Federal integrante del Grupo Parlamentario Encuentro Social, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita el retiro del asunto a continuación mencionado:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 12 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

Dicha iniciativa se encuentra tunada para dictamen en la Comisión de Pueblos Indígenas.

Agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro a 18 de febrero de 2020

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Sirvan estas líneas para enviarle un cordial saludo y al mismo solicitarle de la manera más atenta, que con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Tribu Yaqui, presentada el pasado 28 de enero del año en curso.

Agradeciendo de antemano las atenciones brindadas, reciba mis más sinceras consideraciones.

Atentamente

Diputado Marco Antonio Carbajal Miranda (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Por este medio reciba un cordial saludo, al mismo tiempo le solicito de la manera más atenta, y con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, que sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, de mi autoría, misma que fue presentada el pasado 5 de diciembre de 2019.

Agradeciendo de antemano las atenciones brindadas, reciba mis más sinceras consideraciones.

Atentamente

Diputado Sergio Pérez Hernández (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la LXIV Legislatura

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito atentamente ordene se retire de los registros parlamentarios, la siguiente:

Iniciativa que reforma la fracción III del artículo 61 de la Ley General de Salud, para hacer obligatoria la prueba de tamiz auditivo neonatal antes de que el menor cumpla 3 meses de edad, publicada en la Gaceta Parlamentaria número 5336-1, el 7 de agosto de 2019.

Presentada por la diputada Ana Priscila González García del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y turnada a la Comisión de Salud.

Sin otro particular por el momento, le envío cordiales saludos.

Atentamente

Diputada Ana Priscila González García (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle atentamente que sea retirada la siguiente iniciativa:

Que reforma y adiciona los artículos 15, 22 y 26 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, en sesión ordinaria del día 5 de septiembre de 2019, misma que fue turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis Saludos

Atentamente

Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)


Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Por este conducto, me permito solicitar a usted, de conformidad con lo establecido por el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tenga a bien girar sus apreciables instrucciones, a efecto de retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y de Migración, en materia de protección de niños migrantes no acompañados, a cargo de una servidora diputada María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Partido Acción Nacional, la cual fue registrada en el orden del día de la sesión de 26 de Septiembre de 2019 y turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia el 24 de octubre de 2019.

Atentamente

Diputada María Eugenia Leticia Espinosa Rivas (rúbrica)


Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Me dirijo a usted, de la manera más atenta; de conformidad con el numeral segundo del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; solicito a usted lo siguiente:

Retire la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Ciencia y Tecnología, de la cual soy iniciante y la cual fue turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Lo anterior, con la finalidad de reforzar y desarrollar de mejor forma la iniciativa.

Sin más por el momento, le envío un afectuoso saludo.

Atentamente

Diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (rúbrica)

De la Cámara de Senadores, mediante la cual devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones V y VI del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ciudad de México, a 6 de febrero de 2020.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Educación; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reformaban las fracciones V y VI del artículo 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida el 30 de abril de 2018.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Senador Primo Dothé Mata (rúbrica)

Secretario

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a enero de 2020, desagregada por tipo de fondo

Ciudad de México, a 14 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a enero de 2020, desagregada por tipo del fondo, de acuerdo con establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando comparación correspondiente al mismo mes de 2019.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Gabriel Yorio González (rúbrica)

Subsecretario de Hacienda y Crédito Público

De la Secretaría General de Gobierno de Puebla, con la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a los ayuntamientos a incluir en su normativa medidas respecto a la obstrucción de la vía pública y la libertad de tránsito mediante objetos, vehículos o señalizaciones para reservar espacios de estacionamiento

María de los Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Ciudad de México

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y 22 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, en relación con los transitorios séptimo y décimo de la citada ley, y en atención al oficio PGPL- 64-II-5-1192 de fecha 01 de octubre de 2019, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar SSP/07/012071/2019 suscrito por Rozzina Dumit Bortolotti, Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, mediante el cual informa de las acciones desarrolladas con relación al Acuerdo: “Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a todos los municipios, alcaldías o localidades de las zonas metropolitanas o urbanizadas de las entidades federativas a cumplir con la normativa vigente o, en su caso actualizar su normatividad o reglamentación respectiva, mediante medidas pertinentes en materia de tránsito movilidad, con el objeto de reforzar y establecer mecanismos para evitar la obstrucción de la vía pública mediante objetos, vehículos o señalización para reservar o delimitar espacios de estacionamiento. Segundo. La Cámara de Diputados, exhorta de manera respetuosa a todos los municipios de la República Mexicana, para que realicen operativos de manera constante de liberación de vialidades y retiren cualquier objeto que impida el libre tránsito en la vía pública; obstruya o reserve espacios de estacionamiento en la calle y retire los autos abandonados o chatarra de cualquier tipo que afecte al medio ambiente, además de interponerse las sanciones correspondientes conforme a la normativa vigente”.

Lo anterior a efecto que se tenga por atendido el referido acuerdo.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

José Othón Carriles Hanan (rúbrica)

Subsecretario Jurídico


Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 11 de noviembre de 2019.

Maestra Laura Elisa Morales Villagrán

Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación del estado de Puebla

Presente

La suscrita abogada Rozzina Dumit Bortolotti, en mi carácter de directora general de Asuntos Jurídicos, en términos de los artículos 31, fracción XV, y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado; 7 y 55, fracciones III y IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado; en cumplimiento al oficio SGG/ SJ/ DGAJ/ DPL/ 0356-2019, referente al punto de acuerdo aprobado por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y signado por la diputada Dolores Padierna Luna.

En este orden de ideas, a fin de cumplir con su petición, mediante el diverso SSP!07/011209!2019 dirigido al Contra Almirante Adalberto Arauz Arredondo, Director de Vialidad, se le solicitó informara las acciones que se han realizado a efecto de dar cumplimento al Punto de Acuerdo aprobado, mismo que dio contestación con el diverso DV/09818/2019.remitiendo a esta Dirección General de Asuntos Jurídicos, información y evidencia respecto de las acciones que se llevan a cabo a dicho punto de acuerdo, adjunto al presente copia simple del oficio en mención para mejor referencia.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Abogada Rozzina Dumit Bortolotti (rúbrica)

Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla


Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 25 de octubre de 2019.

Abogada Zita Garcilazo González

Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado

Presente

Con fundamento en lo establecido en el artículo 8, fracciones XIII y XV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública y en atención al oficio SSP/ 07/ 0011209/ 2019, que adjunta el oficio SG/ SJ/ DGAJ/ DPL/ 00356/ 2019, signado por Laura Elisa Morales Villagrán, directora general de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Gobernación, mediante el cual remite copia del oficio DGPL-64-II-5-1192, rubricado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la LXIV, Legislatura, referente al punto de acuerdo que a la letra dice:

Primero. La Cámara de Diputados, exhorta de manera respetuosa a todos los municipios, alcaldías o localidades de las zonas metropolitana; o urbanizadas de las entidades federativas, a cumplir con la normativa vigente o, en su caso actualizar la normativa o reglamentación respectiva, mediante medidas pertinentes en materia ¡de transito movilidad, con el objeto de reforzar y establecer mecanismos para evitar la obstrucción de la vía pública mediante objetos, vehículos o señalización para reservar o delimitar espacios de estacionamiento.

Segundo. La Cámara de Diputados, exhorta de manera respetuosa a todos los municipios de la república mexicana, para que realicen operativos de manera constante de la liberación de vialidades y retiren cualquier objeto que impida el libre tránsito en la vía pública, obstruya o reserve espacios de estacionamiento en la calle y retire los autos abandonados o chatarra de cualquier tipo de que afecte al medio ambiente, además de interponerse a las sanciones, correspondientes conforme a la normativa vigente.

En razón de lo anterior informo a usted las acciones que se tienen contempladas a implementar por parte de esta dirección, tanto en zona metropolitana como en el interior del estado a través de sus 26 regiones viales, basadas en todo momento en el fundamento legal que nos faculta para al cumplimiento del mismo, corno a continuación se describe:

Reglamento a la Ley de Vialidad para el estado libre y soberano de Puebla

Artículo 27. En las vías públicas está prohibido:

II. Colocar cualquier objeto que obstaculice o afecte la vialidad,

III. Arrojar residuos o abandonar vehículos que puedan entorpecer la circulación.

Los policías de vialidad están facultados para retirar cualquier objeto que obstaculice, afecte la vialidad o se coloque para reservar espacios de estacionamientos en la vía pública y que no cuente con la autorización correspondiente.

Cuando algún vehículo sea reportado corno abandonado, teniendo en el lugar más de 3 días, se procederá a realizar una investigación y de no localizar al propietario se llevara al depósito vehicular oficial correspondiente, así mismo en un término de 10 días hábiles, de no solicitarse su devolución, se notificara al domicilio donde fueron registradas las placas y se turnara el asunto a la autoridad competente, a fin de que se inicie el procedimiento correspondiente.

Ley de Vialidad para el estado libre y soberano de Puebla

Artículo 40. Queda prohibido reservar lugares de estacionamiento en la vía pública, poner objetos que obstaculicen el estacionamiento de vehículos o el libre tránsito o de los peatones, así como utilizar las vías para el establecimiento de cualquier obstáculo fijo, semifijo o móvil que impida la debida circulación, a menos que para hacerlo se cuente con permisos otorgados por la autoridad correspondiente.

Artículo 41. Los vehículos indebidamente estacionados, los que se encuentren presuntamente abandonados, los que estén en condiciones de circular y aquellos que sean reparados en las vías públicas sin tener el carácter de urgente, serán retirados y trasladados a los depósitos vehiculares que disponga la autoridad de vialidad, atenta a lo dispuesto en la reglamentación aplicable. Los gastos que se generen por el traslado y resguardo del vehículo correrán por cuenta del propietario o poseedor del vehículo.

Acciones a implantar

• Se realizarán visitas a los locatarios para invitarlos al no apartado de lugares para el estacionamiento.

• Se coordinaran acciones entre la policía municipal y vialidad estatal; para el retiro de apartado de lugares.

• Se coordinara con personal de grúas; para el retiro de vehículos chatarra, los cuales obstruyen la vialidad.

• Se coordinaran acciones y operativos con personal de Seguridad Pública, Protección Civil y Regiduría de Desarrollo, Urbano Ecología y Medio Ambiente y Servicios Públicos del municipio que corresponda.

• Se realizara proximidad social para lograr una concientización entre los vecinos de los municipios correspondientes a la Jurisdicción territorial, respecto al beneficio para todos los ciudadanos.

• Se impartirán talleres de educación vial para que a través de los alumnos de las diferentes escuelas se llegue a todos los sectores de la población y uno a uno lo difunda entre todos sus familiares y conocidos.

• Se gestionara en reuniones con las autoridades de los diferentes órdenes de gobierno campañas de difusión del citado acuerdo para un bien común.

• Implantar Operativos Chatarra para el retiro de vehículos que obstruyan la libre circulación o tránsito, y que puedan ser utilizados para la comisión de delitos.

• En algunos municipios que nos corresponden jurisdiccional mente, se podrá utilizar la Ley Bando de Policía y Gobierno del municipio, para llevar a cabo el punto de acuerdo.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Contralamirante CGDEM.RET

Adalberto Arauza Arredondo (rúbrica)

Director de Vialidad Comisario Jefe

(Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su conocimiento. )

De la Secretaría General de Gobierno de Puebla, con la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar tanto a la Ssa como a los gobiernos y las universidades públicas locales a impulsar un programa de realización de prácticas profesionales y servicio social de estudiantes de medicina, enfermería y trabajo social dirigido a comunidades con vulnerabilidad social

Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 20 de noviembre de 2019.

María de los Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Ciudad de México

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y 22 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, en relación con los transitorios séptimo y décimo de la citada Ley, y en atención al oficio D.G.P.L. 64-11-7-1075, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar 5013/DAJ/JAl1512/2019 suscrito por José Alberto Poumián Toledo, director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud y de los Servicios de Salud del estado de Puebla, mediante el cual informa de las acciones desarrolladas con relación al Acuerdo: Único. La Cámara de Diputados, con pleno respeto a la división de poderes, a la soberanía de las entidades federativas y a la autonomía universitaria, exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal, a los gobiernos locales y a las universidades públicas de los estados, para que, en el ámbito de sus competencias, impulsen un programa de realización de prácticas profesionales y servicio social de estudiantes de medicina, enfermería y de trabajo social dirigido a comunidades con vulnerabilidad social.

Lo anterior a efecto que se tenga por atendido el referido acuerdo.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida.

Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 13 de noviembre de 2019.


Laura Elisa Morales Villagrán

Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación

Hago referencia al oficio número EN-1512/732-2019 de fecha 10 de octubre 2019, y recibido en ésta a mi cargo el día 16 del mes y año, suscrito por el jefe de la Oficina del Gobernador, mediante el cual remite copia del oficio número DGPL 64-II-7-1075 dirigido al gobernador del estado de Puebla, firmado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, relativo al siguiente punto de acuerdo aprobado por dicho órgano:

Único. La Cámara de Diputados, con pleno respeto a la división de poderes, a la soberanía de las entidades federativas y a la autonomía universitaria, exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal, a los gobiernos locales y a las universidades públicas de los estados para que, en el ámbito de sus competencias, impulsen un programa de realización de prácticas profesionales y servicio social de estudiantes de medicina, enfermería y de trabajo social dirigido, a comunidades con vulnerabilidad social.

Al respecto informo, que a efecto de brindar la atención pertinente por parte de esta dependencia y entidad, el asunto citado fue remitido oportunamente a la Subsecretaría de Servicios. de Salud de la Secretaría de Salud y Coordinación de Servicios de Salud de los Servicios de Salud del estado de Puebla, por ser ésta la unidad administrativa en cuyo ámbito de competencia incide. En este sentido dicha área a través del memorándum número SSSYCSS/AJ/267/2019 de fecha 12 de noviembre del presente año, envió el informe que emite la Dirección .de Atención a la Salud de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, mediante el similar SEI/DSSYRM/349/2019 del 1 del presente mes y año, en el que manifiesta entre otras cosas que:

Dicho exhorto se cumple cabalmente en los Servicios de Salud del estado de Puebla, bajo los siguientes acuerdos:

• Se trabaja con la universidad pública y con las universidades e instituciones educativas privadas bajo convenios específicos de colaboración para campos clínicos y servicio social.

• En conjunto con las 10 Jurisdicciones Sanitarias del Estado se trabaja en la detección de necesidades para campos ciclos clínicos y servicio social, priorizando facilidades de alta y muy alta marginación.

En el caso de prácticas clínicas y servicio social de enfermería, se trabaja la regionalización por escuelas y municipios para brindar mayor cobertura.

Como se puede corroborar con los memorándums mencionados, los cuales se anexan al presente.

Asimismo, adjunta copia de los oficios números DGCES-DG0086-2019 y DGCES-DES-0680- 2019, suscritos por el director de Educación en Salud de la Secretaría de Salud del gobierno federal, de los que se desprende que esta entidad realiza acciones referentes a prácticas profesionales y servicio social de estudiantes de medicina, enfermería y de trabajo social.

Lo expuesto se acredita con los memorándums de referencia, mismos que se adjuntan al presente.

Lo anterior, a efecto de que se tenga a esta Entidad impuesta respecto del asunto citado y se brinde la atención que se estime conducente; esto con fundamento en los artículos 32 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, en relación con el Segundo Párrafo del Décimo Transitorio del Decreto del honorable congreso del estado, por el que expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Puebla, de fecha veintiséis de julio de dos mil diecinueve, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 del mismo mes y año.

José Alberto Poumián Toledo

Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud y de los Servicios de Salud del estado de Puebla


Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 12 de noviembre de 2019.

Para: José Alberto Paumián Toledo

Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud y de los SSEP


De: Yasmín Méndez Domínguez

Apoyo Administrativo en Salud A1 de la Subsecretaría
y Coordinación de la Secretaría de Salud de los SSEP

Por instrucciones superiores y en atención a su similar CI-DAJ-JA-0922/2019, por medio del cual hace referencia Punto de Acuerdo de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión que a la letra dice:

Único. La Cámara de Diputados, con el pleno respeto a la división de poderes, a la Soberanía de las entidades federativas y a la autonomía universitaria, exhorta a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, a los Gobiernos locales y a las universidades de los Estados para que, en el ámbito de sus competencias, impulsen un programa de realización de prácticas profesionales y servicio social de los estudiantes de medicina, enfermería y de trabajo social dirigido a comunidades con vulnerabilidad social.

Adjunto al presente le remito copia del memorándum SEI/DSSYRMl349/2019, signado por la Directora de Atención a la Salud de los SSEP donde da respuesta a lo solicitado.

Agradeciendo la atención que se sirva prestar al presente, quedo de usted.

Yasmín Méndez Domínguez (rúbrica)


Doctor Jorge Manuel Ramírez Sánchez

Subsecretario de Servicios de Salud y Coordinador de Servicios de Salud de los SSEP

Presente

Estimado doctor Ramírez:

En respuesta al memorándum N. CI-DAJ-0922/2019-0922/2019 referente al punto de acuerdo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión:

Único. La cámara de Diputados, con el pleno respeto a la división de poderes, a la soberanía de las entidades federativas y a la autonomía universitaria, exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal, a los gobiernos locales ya las universidades públicas de los estados para que, en el ámbito de sus competencias, impulsen un programa de realización, de prácticas profesionales y servicio social de los estudiantes de medicina, enfermería y de trabajo social dirigido a comunidades con vulnerabilidad social.

Al respecto, me permito informar a Usted, que dicho exhorto se cumple, cabalmente en los Servicios de Salud del Estado de Puebla bajo los siguientes acuerdos:

a) Se trabaja con la universidad pública y con las universidades e instituciones educativas privadas bajo convenios específicos de colaboración para campos clínicos y servicio social.

b) En conjunto con las diez jurisdicciones sanitarias del estado se trabaja la detección de necesidades para campos clínicos y servicio social, priorizando las localidades de alta y muy alta marginación.

c) Con base en dicha programación se capturan en el Sistema de Administración de Servicio Social federal las localidades que se cubrirán, dando prioridad a aquellas con alto y muy alto índice de marginación y a través de oficio, la Dirección General de Calidad y Educación en Salud la autorización de plazas por tipo de beca siendo en su mayoría plazas tipo C y ce que corresponden, con base en Conapo a las localidades antes mencionadas. En el caso de enfermería, las plazas tipo B son asignadas a hospitales comunitarios en general de todo el estado.

Dando así cumplimiento a lo establecido en la Normatividad Federal ya la Ley General de Salud en materia de Servicio Social.

d) En el caso de prácticas clínicas y servicio social de enfermería, se trabaja la regionalización por Escuelas y Municipios para brindar mayor cobertura.

e) En el área de servicio social de Medicina, se asigna a las escuelas mayor porcentaje en áreas rurales.

f) En el área de Trabajo Social, los alumnos realizan servicio social en Hospitales localizados en área de vulnerabilidad social.

Se anexa copia simple de los oficios número DGCES-DG-Op86-2019 Y DGCES-DES-0680-2019.

Sin más por el momento, le reitero mis más distinguidas consideraciones.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Rosaura Rosas González (rúbrica)

Directora de Atención a la Salud


Ciudad de México, a 2 de febrero de 2020.

Doctor Rodolfo Martínez Fernández

Subdirector de Investigación y Enseñanza en Posgrado de los Servicios de Salud en Puebla

Puebla, Puebla

Con base en el Programa Nacional de Servicio Social en el Sistema Nacional de Salud, anexó a usted cuadro de distribución de campos clínicos autorizados de la promoción Febrero 2019, correspondiente al Programa de Medicina, Investigación, Atención Médica y Regulación Sanitaria, de acuerdo al tabulador vigente:

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo

Atentamente

Licenciado Severino Rubio Domínguez (rúbrica)

Director de Educación en Salud


Ciudad de México, a 19 de agosto de 2019.

Doctora Fabiola Trujeque Palacios

Subdirectora de Innovación y Enseñanza en Posgrado de los Servicios de Salud en Puebla

Presente

En seguimiento al Oficio-Circular OGCES-OG-1337-20l9, en el que se le comunicó que, para la promoción de agosto 2019 de servicio social para medicina, enfermería, estomatología, carreras afines a la salud y regulación sanitaria, dispondría del mismo número de becas de la promoción agosto 2018.

Sobre el particular, él continuación, encontrará el número de becas para pasantes que ocuparán los campos clínicos en la promoción agosto 2019, por carrera, tipo de beca y fuente de financiamiento.

Lo anterior con la finalidad de que en su entidad federativa se dé seguimiento puntual al pago de las prerrogativas de acuerdo él la normatividad establecida en la materia.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente


Maestro Ricardo Morales (rúbrica)

Director de Educación Salud


Maestra Claudia Leija Hernández (rúbrica)

Directora de Enfermería

(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento.)

De la Secretaría General de Gobierno de Puebla, con la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a los 32 gobiernos locales a aplicar efectivamente los recursos del Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público de las Personas con Discapacidad según los criterios de legalidad, honestidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas

“Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza”, a 7 de enero de 2020.

Diputado Marco Antonio Adame Castillo

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Puebla; y 22 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y en atención al oficio D.G.P.L 64-II 7-692, me permito remitir para los fines procedentes copia de los similares SIMT/CGJ/097/2019 y SFA-CGJ-27-5840/2019, mediante los cuales se informa de las acciones desarrolladas con relación al acuerdo: “Único.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas a aplicar efectivamente los recursos del Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad bajo los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas, sujetándose a los objetivos que el mismo fondo procura para beneficiar sustancialmente a la población con discapacidad”.

Lo anterior a efecto de que se tenga a esta entidad federativa atendiendo el referido acuerdo.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

José Othon Carriles Hanan (rúbrica)

Subsecretario Jurídico


Laura Elisa Morales Villagrán

Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 5, fracción V, 18 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del gobierno del estado de Puebla, en atención a su similar SGG/SJ/DGAJ/DPL/820/2019, en el cual anexa copia del oficio D.G.P.L. 64-II-3-692, suscrito por el diputado Marco Antonio Adame Castillo, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y en el cual solicita se le informe de las acciones realizadas y las medidas tomadas respecto al exhorto que hacen los diputados para ... aplicar efectivamente los recursos del Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad bajo los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas, sujetándose a los objetivos que el mismo fondo procura, para beneficiar sustancialmente a la población con discapacidad..” Sic, hago de su conocimiento lo siguiente:

El fondo descrito en el párrafo que antecede no fue asignado a esta secretaría en el año que transcurre, no obstante a lo anterior, remito a usted copia simple de la ficha técnica a través de la cual se solicitó la asignación de recursos al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla para el año 2019, lo anterior para los efectos legales conducentes.

Sin otro particular, quedo a sus órdenes.

Atentamente

Héctor Guillermo Bermúdez Tena (rúbrica)

Coordinador General Jurídico

A 13 de junio de 2019.

(Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a liberar con la mayor brevedad por la Segob los recursos del Fonden para atender la devastación originada por el huracán Lorena en Jalisco

Ciudad de México, a 13 de diciembre de 2019.

Diputada María de los Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Hago referencia al oficio SG/UE/31l/2507/l9, suscrito por el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, en el que hace del conocimiento el diverso D;G.P.L. 64-11-4-1315 signado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados por el que se “exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, libere a la brevedad los recursos del Fondo de Desastres Naturales, destinados a atender la problemática que dejo las lluvias e inundaciones del huracán Lorena categoría 7 en los municipios afectados de Jalisco.”

Al respecto, y derivado de una consulta con la Dirección General para la Gestión de Riesgos y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 22 y 24, fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, comunico atentamente lo siguiente:

I. En el marco del Fondo de Desastres Naturales (Fonden) y para la atención de algún fenómeno natural perturbador, con base en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010 la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), emite Declaratorias de Desastre Natural, que tienen como finalidad la autorización de recursos económicos destinados a la restitución de los daños ocasionados en la infraestructura pública de los sectores de competencia federal, de las entidades federativas, municipios u órganos político-administrativos de la Ciudad de México, así como también a la mitigación de los daños en las viviendas clasificadas en pobreza patrimonial afectadas por tales fenómenos.

II. En el marco del Fonden, la evaluación y cuantificación de los daños ocasionados en la infraestructura pública de orden local y sector vivienda, lo realiza el correspondiente Comité de Evaluación de Daños que se instala a nivel estatal, integrado por servidores públicos estatales y federales de las instancias encargadas de los sectores afectados y funcionando a través de subcomités1 agrupados por materia o sector.

Visto lo anterior, se informa que, cumplido el procedimiento establecido en las Reglas Generales, el 30 de septiembre de 2019, se emitió Declaratoria de Desastre Natural para el estado de Jalisco por efectos del huracán Lorena , misma que se publicó en el Dario Oficial de la Federación el 4 de octubre de 2019, del cual se autorizaron los siguientes recursos:

No se omite señalar que los recursos que se autorizan a través del Fondo de Desastres Naturales en ningún caso se entregan directamente. a las autoridades estatales, municipales, o bien, a la población en general para que procedan a su ejercicio, ya que en términos del Anexo XVII de los también vigentes Lineamientos de Operación del Fondo de Desastres Naturales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2011, el ejercicio de los recursos autorizados mediante el Fondo de Desastres Naturales lo realizan directamente las instancias ejecutoras,2 ante el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC, en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso 2003.- Fonden (fuente de financiamiento del Fondo de Desastres Naturales). -

Dicho anexo establece de igual forma que sustentación de obra pública, prestación de servicios relacionados con la misma, adquisiciones y otros conceptos, así como su cabal administración, las llevarán a cabo las instancias ejecutoras y las contrataciones que formalicen deberán observar lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sus respectivos Reglamentos y demás normativa aplicable, siendo de igual forma responsables de que los contratos que celebren se apeguen al programa de obras y acciones autorizado y no rebasen los importes asignados; en su caso, el excedente no podrá ser cubierto con recursos del Fondo de Desastres Naturales.

De igual manera el anexo de mérito establece que las instancias ejecutoras son las únicas responsables del cumplimiento de las obligaciones contractuales y fiscales que genere el ejercicio de los recursos, así como del cumplimiento del programa de obras y acciones de reconstrucción autorizado.

En ese contexto, dicho anexo dispone el Fiduciario del Fideicomiso 2003.-Fondo de Desastres Naturales paga las cantidades correspondientes directamente a los contratistas de obra pública o bien a los prestadores de servicios de que se trate, por cuenta y orden de la instancia ejecutora respectiva.

Atendiendo a lo anterior, se hace de su conocimiento que esta Coordinación Nacional de Protección Civil se encuentra a sus órdenes para atender cualquier duda que tenga respecto al tema.

Sin otro particular, reitero a usted mi más atenta y distinguida consideración.

Notas

1 Los subcomités que se podrán constituir para cada uno de los sectores, son los siguientes: vivienda; infraestructura urbana; residuos sólidos; carreteras hidráulico; educativo; salud; monumentos históricos, artísticos y arqueológicos; áreas naturales protegidas pesquero, y acuícola; forestal y de viveros y zonas costeras entre otros.

2 Que pueden ser la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), para atención de vivienda e infraestructura vial urbana; la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para el caso de la atención hidráulica, atención hidroagrícola, cauces, ríos y lagunas; la Secretaría de Salud, en el caso del sector salud, y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, tratándose de a la infraestructura carretera, entre otras.

Atentamente

Licenciado César Omar Morales Suárez (rúbrica)

Coordinador Jurídico Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana,

Coordinación Nacional de Protección Civil

(Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Movilidad y Transporte de Chiapas, con la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a los ayuntamientos a incluir en su normativa medidas respecto a la obstrucción de la vía pública y la libertad de tránsito mediante objetos, vehículos o señalizaciones para reservar espacios de estacionamiento

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 6 de diciembre 2019.

Diputada María de los Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

LXIV Legislatura

Presente

Por instrucciones del doctor Rutilio Cruz Escandón Cadenas, titular del Ejecutivo del estado de Chiapas, y atento al exhorto formulado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, referido en su oficio número D.G.P.L. 64-II-5-1192, de fecha 1 de octubre de 2019, relativo a movilidad y tránsito, el gobierno del estado de Chiapas ha realizado las siguientes acciones:

En cuanto al punto primero del Acuerdo:

1. Con fecha 8 de diciembre de 2018, se publicó la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Chiapas, en la que se observa el cambio de denominación de la Secretaría de Transportes a Secretaría de Movilidad y Transporte del estado. En la citada Ley se le otorgó a esta dependencia del Ejecutivo del estado atribuciones para la atención de los temas en materia de movilidad. Como consecuencia la Secretaría de Movilidad y Transporte elaboró el proyecto de Ley de Movilidad y Transporte y su Reglamento, en dichos instrumentos se establece la vinculación y corresponsabilidad entre autoridades de la materia.

2. En el marco del 14 Encuentro de la Asociación Mexicana de Autoridades de Movilidad (AMAM), celebrado el 14 de junio de 2019, el estado de Chiapas se incorporó a dicho organismo, cuya representación se encuentra a cargo del titular de la Secretaría de Movilidad y Trasporte, quien da seguimiento a los acuerdos específicos de la AMAM, como lo es integrar al proyecto de Ley de Movilidad y Transporte, los elementos necesarios para cumplir con el proceso nacional de armonización normativa en materia de movilidad, demarcado por la Segob, Sedatu y Semarnat.

3. La Secretaría de Movilidad y Transporte, en coordinación con el ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, a través de su Secretaría de Medio Ambiente y Movilidad Urbana, realiza la revisión del Reglamento de Movilidad Urbana propuesto para la ciudad capital del estado de Chiapas, el cual, una vez validado, dará la pauta para la coordinación con otras autoridades municipales.

En cuanto al segundo punto de acuerdo.- En atención primaria a las necesidades de la población local y flotante de la ciudad de San Cristóbal de las Casas, se instaló la mesa de trabajo para la liberación del bulevar Juan Sabines Gutiérrez y reordenamiento de la terminal de corto recorrido, en coordinación con los tres órdenes de gobierno en los que participan en Centro SCT del gobierno federal y la Secretaría de Movilidad y Transporte, la Fiscalía General del Estado de Chiapas y el ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas, instancias que han llevado a cabo acciones para habilitar de manera ordenada terminales de ascenso y descenso del transporte público y reordenar el transporte concesionado, permisionado e irregular, que mantienen invadidas vialidades, particularmente las de acceso hacia el centro histórico de la ciudad de San Cristóbal de las Casas, catalogada como la capital cultural y principal destino turístico del estado de Chiapas, además de contar con las denominaciones como Pueblo Mágico y Ciudad Creativa por la Unesco.

En este sentido, informo que la ejecución de esta estrategia con estricta aplicación del estado de derecho, se encuentra programada para la última semana del mes de diciembre del presente año.

Aprovecho la ocasión para reiterar a Usted, la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Licenciado Aquiles Espinosa García (rúbrica)

Secretario de Movilidad y Transporte de Chiapas

(Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su conocimiento.)

De la Consejería Jurídica de Oaxaca, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a las universidades públicas estatales a suscribir acuerdos de colaboración para realizar servicio social y prácticas profesionales en materia de salud en municipios y rancherías alejados de las ciudades

Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, diciembre 17 de 2019.

Diputada María de los Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Por instrucciones del maestro José Octavio Tinajero Zenil, consejero jurídico del gobierno del estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 98 Bis, de la Constitución Política del estado libre y soberano de Oaxaca y 49, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca, se da respuesta al oficio D.G.P.L. 64-II-7-1075, de fecha 1 de octubre de 2019, mediante el cual se comunica al titular del Poder Ejecutivo del estado, punto de acuerdo.

En seguimiento al oficio CJGEO/DGSDI/646-11/2019 , adjunto copia del oficio CG/UJT/425/2019 y anexos, signado por la licenciada Getsemani Adriana Villanueva Flores, jefa de la Unidad Jurídica de la Coordinación General de Educación Media Superior y Superior Ciencia y Tecnología, en el cual expone: “.. remito: Cuadernillo de copias fotostáticas de veinticuatro impresiones generadas a través del correo electrónico coepes.oaxaca@hotmail.com que consta de veinticuatro fojas útiles por el anverso, correspondiente a la Carpeta Institucional a la Práctica de Enfermería Comunitaria de los estudiantes del tercer semestre de la licenciatura de Enfermería, durante el período comprendido del 5 de febrero al 1 de marzo de 2019, en la Unidad Médica Rural de Santa Catarina Mechoacán, Oaxaca.”; por lo que se solicita se tenga al titular del Poder Ejecutivo del estado cumpliendo con lo exhortado en el diverso de cuenta.

Sin otro particular, le reitero mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Licenciada Maricarmen Cejudo Gallardo (rúbrica)

Directora general de Supervisión y Desarrollo Institucional de la Consejería Jurídica del gobierno de Oaxaca


Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 5 de diciembre del 2019.

Maesro Carlos Melgoza Martín del Campo

Secretario Técnico del Titular del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca

Presente

Con fundamento en el artículo 13 del Reglamento Interno de la Coordinación General de Educación Media Superior y Superior, Ciencia y Tecnología a usted respetuosamente expongo:

Por medio del presente y por instrucciones del licenciado Manuel Francisco Márquez Méndez, coordinador general de Educación Media Superior y Superior, Ciencia y Tecnología, y en atención a su oficio GU/SPRPEEO/STTPE/G1/2019/2055 remito:

Cuadernillo de copias fotostáticas de veinticuatro impresiones generadas a través del correo electrónico coepes.oaxaca@hotmail.com que consta de veinticuatro fojas útiles por el anverso, correspondiente a la Carpeta Institucional a la Práctica de Enfermería Comunitaria de los estudiantes del tercer semestre de la licenciatura de Enfermería, durante el período comprendido del 5 de febrero al 1 de marzo de 2019, en la Unidad Médica Rural de Santa Catarina Mechoacán, Oaxaca.

Sin más por el momento aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo

Atentamente

Licenciada Getsemani Adriana Villanueva Flores (rúbrica)

Jefa de la Unidad Jurídica de la Coordinación General de Educación Media Superior y Superior de Ciencia y Tecnología de Oaxaca

(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento.)

De la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, a fin de exhortar a diversas autoridades a realizar de manera permanente en las escuelas el programa Mochila Segura para salvaguardar a niños y adolescentes

Monterrey, Nuevo León, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

En razón del oficio número DGPL 64-II-6-1653, recibido por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, correspondiente al expediente 349, me permito comunicar las acciones que este organismo ha implantado para fomentar la cultura de la paz y la resolución pacífica de conflictos, así como la prevención de la violencia en el entorno escolar.

Como parte de las estrategias de educación en derechos humanos, la comisión lleva a cabo conferencias y capacitaciones a maestros y maestras, padres y madres de familia, y alumnos y alumnas de diferentes niveles de educación, abordado los derechos y las obligaciones en el ámbito educativo, con la intención de fomentar una cultura de respeto de los derechos humanos.

Además, el pasado 30 de enero, en el marco del Día Escolar de la no Violencia y la Paz, se inauguró un proyecto que tiene como objetivo promover los derechos de niños, niñas y adolescentes para fomentar la construcción de entornos escolares armónicos e incluyentes, libres de violencia y acoso. La Ludoteca Derechos Humanos Itinerante consiste en un equipo de personas de esta comisión que se transporta en camioneta a las escuelas del estado para llevar a cabo actividades lúdicas, juegos interactivos, sketches, escenificaciones y demás ejercicios que permiten a los participantes conocer los derechos humanos de manera dinámica, tomar conciencia sobre los valores incluyentes y fomenten la de cultura de paz en los entornos donde se desarrollan.

Es de nuestro mayor interés emprender y fortalecer estrategias para afianzar la cultura de respeto de los derechos humanos en Nuevo León. A través de estos programas de educación es nuestra intención abordar las causas profundas de las violaciones de los derechos humanos y empoderar a las personas a que exijan el respeto de sus derechos.

Sin más por el momento, quedo al pendiente de cualquier otra cuestión.

Atentamente

Maestra Sofía Velasco Becerra (rúbrica)

Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

(Se remite al Promovente.)

De la Secretaría de Gobierno de Guanajuato, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a la Ssa y sus homólogas locales a fortalecer los programas de detección y tratamiento tempranos de cáncer en niños y adolescentes

Guanajuato, Guanajuato, a 11 de diciembre de 2019.

Diputado Marco Antonio Adame Castillo

Vicepresidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Por instrucciones del licenciado Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, gobernador constitucional del estado de Guanajuato y en respuesta al oficio número D.G.P.L.-64-II-7-1077, través del cual comunica el acuerdo en el cual se determinó lo siguiente:

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud federal y sus homólogas en las entidades federativas a fortalecer los programas destinados a la detección y el tratamiento oportuno de cáncer en niñas, niños y adolescentes.”

Al respecto manifestamos:

El estado de Guanajuato reconoce y garantiza la protección constitucional de los derechos de las niñas, niñas y adolescentes, es por ello que trabajamos de manera constante y continúa para que puedan ejercer plenamente su derecho a la salud.

A través de Secretaría de Salud de Guanajuato, mediante el Programa de Prevención y Tratamiento del Cáncer Infantil, realizamos actividades de sensibilización y concientización a la población guanajuatense, sobre la detección oportuna del cáncer en la infancia y adolescencia, mediante la difusión de signos y síntomas de alarma en la persona menor de 18 años.

Contamos con más de 600 unidades médicas, entre unidades médicas de atención primaria a la salud (Umaps), centros de atención integral en servicios esenciales de salud (Caises), así como hospitales comunitarios, generales y de especialidad, para la atención de primer contacto.

De igual forma, mediante la Red de Atención del Cáncer Infantil, la cual tiene como objetivo principal el referir oportunamente a los pacientes con sospecha de algún tipo de cáncer, logrando con ello que sean valorados por el especialista dentro de las primeras 48 horas de detección de la sospecha.

Además, tenemos 2 unidades médicas con acreditación vigente especializada en el servicio de oncología, dicha acreditación está a cargo de la Dirección General de Calidad y Educación en la Salud, para la atención del Cáncer en la Infancia y en la Adolescencia:

1. Hospital General de Celaya (acreditado para la atención de homeopatías malignas, tumores sólidos fuera del SNC y tumores sólidos del SNC).

2. Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío (acreditado para la atención de homeopatías malignas, tumores sólidos fuera del SNC, tumores sólidos del SNC y trasplante de médula ósea).

Asimismo, realizamos capacitación al personal médico de primer contacto con el paciente en temas de:

1. Detección Oportuna de Cáncer en la Infancia y Adolescencia;

2. Signos y síntomas de alarma para cáncer en el menor de 18 años; y

3. Actualización en oncología pediátrica para el personal de enfermería.

Impartimos el curso de Cáncer Infantil en el aula virtual del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, el cual se abre los primeros 5 días de cada mes para que el personal de salud lo pueda tomar desde sus unidades médicas, mismo que ha sido cursado por 423 personas.

Actualmente estamos trabajando en la implementación de la “búsqueda intencionada de casos de sospecha de cáncer”; en todas las escuelas primarias del estado de Guanajuato y en coordinación con la Secretaría de Educación del estado de Guanajuato, cuyo objetivo es aplicar la cédula de sospecha para signos y síntomas de alarma, y orientaciones a todo personal docente y padres de familia, por ahora se ha distribuido material de difusión como mantas de signos y síntomas de alarma para cáncer en niños.

Cabe señalar que, la atención del cáncer en la infancia y la adolescencia en menores de 18 años es gratuita, desde el diagnóstico de la enfermedad hasta la remisión de la misma, y está cubierta por el Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos del Seguro Popular.

Por lo anterior, la Administración Pública Estatal 2018-2014 ratifica su compromiso de continuar implementando políticas y acciones, con el fin de prevenir el cáncer infantil.

Licenciado Luis Ernesto Ayala Torres (rúbrica)

Secretario de Gobierno de Guanajuato

(Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobierno de Guanajuato, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a los gobernadores y los congresos locales a promover la creación de ordenamientos protectores de los usuarios de medios de transporte no motorizados

Guanajuato, Guanajuato, a 9 de diciembre de 2019.

Diputado Marco Antonio Adame Castillo

Vicepresidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Por instrucciones del licenciado Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, gobernador constitucional del estado de Guanajuato y en atención a su oficio número D.G.P.L. 64-II-7-1078, a través del cual la Cámara de Diputados aprobó el siguiente punto de acuerdo:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas y a los honorables congresos, para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones, promuevan la creación de ordenamientos jurídicos y normativos, en su caso, se revisen los vigentes, con el objeto de promover y reforzar la protección de los usuarios de vehículos no motorizados”.

Al respecto me permito señalar lo siguiente:

El 18 de marzo de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del estado número 45, segunda parte, la Ley de Movilidad del estado de Guanajuato y sus municipios cuyo objeto de la misma es establecer las bases y directrices para planificar, regular y gestionar la movilidad de las personas que se encuentren en el Estado, las condiciones y derechos para su desplazamiento por el territorio especialmente por los centros de población y las vías públicas, de manera segura, igualitaria, sustentable y eficiente.

De esta manera, en la citada Ley se establece:

“Capítulo II
Transporte no motorizado

Obligación para conductores de vehículos no motorizados

Artículo 51. Los conductores de vehículos no motorizados deberán hacer uso de las áreas destinadas para ello. En caso de no existir estas, deberán circular en las vías públicas siempre por su derecha respetando el sentido de la circulación, a una distancia no mayor de un metro a partir de la banqueta circulando en línea, no más de un vehículo de este tipo a la vez.

Tránsito seguro

Artículo 52. Las autoridades estatales y municipales propiciarán y fomentarán el tránsito seguro de este tipo de transporte, mediante la infraestructura, mobiliario y el señalamiento vial necesarios, los cuales se regularán en el reglamento respectivo. En el caso de las ciclovías deberán garantizar que estas se mantengan libres de obstáculos, propiciando su uso y diseño en los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial estatal y municipales.

Derechos de los ciclistas

Artículo 53. Los ciclistas que transiten por las vías públicas, gozarán de los siguientes derechos:

I. Contar con la infraestructura necesaria para su correcta y segura movilidad;

II. Contar preferentemente con servicios que le permitan realizar trasbordos con otros modos de transporte; para ello se destinarán áreas de estacionamiento gratuitas, seguras y estratégicas, dejando sus bicicletas resguardadas;

III. Transportar su bicicleta en las unidades de transporte público en las modalidades que lo permitan, de acuerdo a la norma técnica correspondiente; y

IV. Los demás que establezca esta Ley u otros ordenamientos jurídicos. Las personas con discapacidad o movilidad reducida que utilicen como medio de transporte bicicletas modificadas para su condición, gozarán, en todo lo que les beneficie, de los mismos derechos señalados en el presente artículo.

Centros de alquiler de bicicletas

Artículo 54. La unidad administrativa de transporte y los municipios podrán establecer centros de alquiler de bicicletas y establecerán los requisitos y condiciones para emitir autorización a centros particulares de alquiler.”

También, la misma Ley establece -entre otros principios- los siguientes:

I. Accesibilidad: como el derecho de las personas a desplazarse por las vías públicas sin obstáculos y con seguridad, independientemente de su condición;

II. Calidad: procurar que los elementos del sistema de movilidad cuenten con los requerimientos y las propiedades aceptables para cumplir con su función, ofrecer un espacio apropiado y confortable para las personas y encontrarse en buen estado , en condiciones higiénicas, de seguridad y con mantenimiento regular para proporcionar una adecuada experiencia de viaje;

III. Igualdad: generar las condiciones para que la población ejerza su derecho a la movilidad , atendiendo especialmente a los grupos que por sus condiciones sean catalogados como vulnerables;

IV. Respeto al medio ambiente: a partir de políticas públicas que incentiven el cambio del uso del transporte particular de motor de combustión interna, traslado peatonal y tracción física por aquellos de carácter colectivo y tecnología sustentable, o de propulsión distinta a aquellos que generan emisión de contaminantes atmosféricos y de gases de efecto invernadero a la atmósfera; y

V. Sustentabilidad: dirigir acciones al respeto y atención prioritaria del derecho a la movilidad , considerando el impacto que las mismas tendrán en el desarrollo social, económico y ambiental, a fin de no comprometer su disfrute por las generaciones futuras.

De igual forma, es importante señalar que esta normativa contempla las bases de la movilidad para la protección de usuarios de vehículos no motorizados:

I. Movilidad sustentable:

a) Las autoridades estatales y municipales competentes, son responsables del diseño y aplicación de las políticas públicas en materia de protección al medio ambiente, equidad de género, infraestructura peatonal, de accesibilidad universal, transporte público y especial, transporte privado, ciclovías , estacionamientos y vialidades para la movilidad integrada . Asimismo, se encargarán de la adecuación, construcción y mantenimiento de la infraestructura para la movilidad;

b) Las autoridades estatales y municipales competentes impulsarán y ejecutarán programas y campañas de educación vial que garanticen la seguridad de las personas y sus bienes con la participación de los prestadores de servicios;

d) El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarán las acciones correspondientes para la elaboración de planes encaminados a mejorar la movilidad y su integración con los diferentes medios y modalidades de transporte .

II. Preferencia vial de movilidad:

a) Tienen uso preferencial del espacio público , las personas con discapacidad, los peatones, los usuarios de bicicletas, transporte no motorizado y el servicio público y especial de transporte de personas frente a otro tipo de vehículos; y

b) Tiene preferencia vial el servicio público de transporte con mayor capacidad de movilidad de pasajeros y aquel que cuente con algún sistema de eficiencia energética o que utilice combustibles que generen una menor emisión de contaminantes atmosféricos y de gases de efecto invernadero, frente a cualquier otro tipo de modalidad de transporte motorizado que se encuentre regulado por esta Ley.

III. Capacitación y seguridad:

a) El Ejecutivo del Estado diseñará y desarrollará programas y campañas permanentes de educación, seguridad vial y cuidado del medio ambiente.

IV. Infraestructura y factibilidad:

a) La infraestructura para todas las formas de movilidad deberá contar con los elementos que sean necesarios para la accesibilidad universal , segura, cómoda, confortable y de calidad para sus desplazamientos; y

b) Para optimizar la vía pública y reducir los costos generalizados de los viajes, se buscará que la infraestructura a desarrollar para los diferentes modos de transporte permitan la integración e interconexión entre ellos.

Asimismo, en el arábigo 9 de la citada Ley, se determina esencialmente que para el establecimiento de la política pública de movilidad, se otorgará prioridad en la utilización de la vía pública y se valorará la distribución de los recursos presupuestales de acuerdo a la siguiente jerarquía de la movilidad.

I. Peatones, en especial, escolares, personas con discapacidad o movilidad reducida ;

II. Ciclistas;

III. Prestadores del servicio público y especial de transporte de personas, y aquel que cuente con algún sistema de eficiencia energética o que utilice combustibles que generen una menor emisión de contaminantes;

IV. Prestadores del servicio público de cosas y bienes;

V. Conductores del transporte particular automotor; y

VI. Usuarios de maquinaria agrícola y maquinaria pesada.

Esta jerarquía permite además el fomento a la concientización y respecto peatonal, y a los demás usuarios de vehículos no motorizados.

Es así, que aparte de fortalecer la normativa en la materia, también en el estado de Guanajuato, para brindar seguridad a los usuarios de un medio de transporte ágil y muy común como lo es la bicicleta, se realizaron trabajos de construcción y rehabilitación de ciclovías en los municipios de Cuerámaro, León, San Francisco del Rincón, San Diego de la Unión, Uriangato y Victoria, beneficiamos así a más de 363 mil 371 personas, con una inversión de 30 millones 981 mil 888 pesos’.

Es así que la administración pública 2018-2024 refrenda su compromiso para promover y reforzar las acciones de protección de vehículos no motorizados, lo cual también permite que más usuarios hagan uso de éstos medios de transporte, que contribuye a luchar (entre otras cosas) en contra del cambio climático.

Reciba un saludo, y a la vez, encomiamos la labor de ese órgano legislativo al que representa.

Respetuosamente

Licenciado Luis Ernesto Ayala Torres (rúbrica)

Secretario de Gobierno de Guanajuato

(Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobierno de Guanajuato, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar tanto a la Ssa como a los gobiernos y las universidades públicas locales a impulsar un programa de realización de prácticas profesionales y servicio social de estudiantes de medicina, enfermería y trabajo social dirigido a comunidades con vulnerabilidad social

Diputada María de los Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Por instrucciones del licenciado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, gobernador constitucional del estado de Guanajuato y en respuesta al oficio número DGPL.64-II-7-1075, a través del cual comunica el acuerdo aprobado, mediante el cual se determinó lo siguiente:

Único. La Cámara de Diputados, con pleno respeto a la división de poderes, a la soberanía de las entidades federativas y a la autonomía universitaria, exhorta a la Secretaria de Salud del gobierno federal, a los gobiernos locales y a las universidades públicas de los estados para que, en el ámbito de sus competencias, impulsen un programa de realización de prácticas profesionales y servicio social de estudiantes de medicina, enfermería y de trabajo social dirigido a comunidades con vulnerabilidad.

Al respecto me permito manifestar lo siguiente:

En el estado de Guanajuato, reconocemos lo. importancia que tienen las prácticas profesionales y el servicio social, como complemento adicional a los estudios de las y los guanajuatenses, que permiten forjar su desarrollo profesional y personal.

Referente a la materia del exhorto, la Ley General de Educación,1 en su artículo 137, establece:

«Artículo 137. Las personas beneficiadas directamente por los servicios educativos de instituciones de los tipos de educación superior y, en su caso, de media superior que así lo establezcan, deberán prestar servicio social o sus equivalentes, en los casos y términos que señalen las disposiciones legales. En éstas se preverá la prestación del servicio social o sus equivalentes como requisito previo para obtener título o grado académico correspondiente.

Las autoridades educativas, en coordinación con las instituciones de educación respectivas, promoverán lo necesario a efecto de establecer diversos mecanismos de acreditación del servicio social o sus equivalentes y que éste sea reconocido como parte de su experiencia en el desempeño de sus labores profesionales.»

Por su parte el artículo 8, fracción XII de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato2 se define el servicio social como:

«Servicio social: A la actividad temporal y obligatoria que ejecuten y presten los educandos beneficiados directamente por los servicios educativos de los tipos medio superior y superior a favor de la sociedad y del Estado.»

Asimismo, se establece en el artículo 47 de la Ley de Educación, que el objeto del servicio social, es permitir a los beneficiados directamente por los servicios educativos, consolidar su formación académica, llevando a la práctica sus conocimientos adquiridos sobre ciencia, técnica y cultura, tomando conciencia de la realidad internacional, nacional y de la entidad, en un ámbito de solidaridad, reciprocidad y trabajo comunitario.

Es por ello que, a través de la Secretaría de Educación de Guanajuato, buscamos contribuir de manera fundamental en la formación del capital humano que requiere el desarrollo integral de nuestro Estado; procurando que las y los estudiantes guanajuatenses tengan acceso al conocimiento útil para la vida, para el trabajo y para convivir en sociedad.

Mediante dicha secretaría impulsamos y promovemos que estudiantes de educación media superior, realicen actividades que les permitan consolidar los conocimientos adquiridos mediante su formación académica y que, además, a través de dicha actividad, se apoye a las personas vulnerables.

Es importante señalar que el estado de Guanajuato cuenta con 8 jurisdicciones sanitarias las cuales abarcan los distintos municipios del estado, es por ello que, de manera coordinada a través de la Secretaría de Salud del estado de Guanajuato, contamos anualmente con aproximadamente de 330 a 340 pasantes de medicina en cada una de estas jurisdicciones sanitarias, específicamente en las unidades sedes de Servicio Social, que son de primer nivel de atención. Prioritariamente en aquellas poblaciones vulnerables y que solo tienen a un médico pasante y menos de 2,500 habitantes.

Los pasantes de medicina en su mayoría son de las Escuelas de Medicina locales: Universidad de Guanajuato, Universidad Quetzalcóatl, Universidad Latina de México y Universidad de Celaya; y algunas foráneas como la Universidad Autónoma de Guadalajara, así como de la Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía del Instituto Politécnico Nacional.

Para apoyar a las poblaciones rurales vulnerables, el gobierno del estado está financiando un proyecto de fortalecimiento de estas Unidades, mismas que están ubicadas principalmente en las jurisdicciones sanitarias I, II, IV, y VI, y que son en donde frecuentemente, no cuentan con médico pasante, el proyecto dio inicio en el año 2016, con la contratación de 41 médicos generales para cubrir las vacantes, brindando el apoyo en forma continua y progresiva, actualmente están contratados 45 médicos generales en estas unidades rurales.

A continuación, se describen las unidades en que se implementa el (Proyecto Q2104 Fortalecimiento a Unidades Vulnerables):

Los médicos generales en sus Unidades Dispersas Rurales y Vulnerables, realizan actividades de Atención Médica, enfocada a los Programas Prioritarios de la Secretaría de Salud del Estado, además de realizar acciones de promoción de la salud. La población beneficiada asciende a 1,039,148 habitantes guanajuatenses, en el año 2019.

Asimismo, en nuestra entidad contamos con 32 escuelas formadoras del recurso humano de enfermería, cuyos alumnos también realizan las actividades correspondientes al servicio social profesional. La distribución de estos becarios se regionaliza en base a la sede de la institución educativa, el número de alumnos que seleccionan realizar su servicio social en la Secretaría de Salud es aproximadamente 1,000 alumnos anualmente, desempeñándose en las diferentes Unidades de Salud de primero y segundo nivel. Del total de becarios, el 16 por ciento realiza sus actividades en las Unidades Rurales del Primer Nivel de Atención, que están ubicadas en la 8 Jurisdicciones Sanitarias que conforman el Estado, sus acciones son de prevención, curación, rehabilitación y paliativas.

Por lo que respecta a la formación del recurso humano de Trabajo Social, este recurso existe en nuestra entidad, sin embargo, las instituciones educativas no solicitan campos clínicos para realizar el servicio social en el área de la salud.

La administración pública estatal 2018-2024, ratifica su compromiso de implementar políticas públicas en apoyo a comunidades con vulnerabilidad.

Notas

1 Consultable:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE_300919.pdf

2 Consultable:https://congresogto.s3.amazonaws.com/uploads/ley/pdf/18/Ley _de_Educaci_n_D63_1).0._15 may2019.pdf

Guanajuato, Guanajuato, a 4 de enero de 2020.

Licenciado Luis Ernesto Ayala Torres (rúbrica)

Secretario de Gobierno

(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento.)

Del gobierno de Morelos, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a la Ssa y sus homólogas locales a fortalecer los programas de detección y tratamiento tempranos de cáncer en niños y adolescentes

Cuernavaca, Morelos, a 9 de diciembre de 2019.

Diputado Marco Antonio Adame Castillo

Vicepresidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

LXIV Legislatura del Congreso de la Unión

Presente

Por instrucciones del doctor Marco Antonio Cantú Cuevas, secretario de Salud del gobierno del estado de Morelos, con fundamento en el artículo 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en atención a su oficio número D.G.P.L.64-II-7-1077, por medio del cual hace de conocimiento que en sesión celebrada el 1 de octubre de 2019, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, aprobó el Acuerdo que se cita continuación:

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud federal y sus homologas en las entidades federativas a fortalecer los programas destinados a la detección y el tratamiento oportuno de cáncer en niñas, niños y adolescentes.”

Derivado de lo anterior, conforme a las atribuciones con las que cuentan los organismos públicos descentralizados denominados Hospital del Niño Morelense y Servicios de Salud de Morelos, los cuales cuentan con patrimonio propio y personalidad jurídica propia, se solicitó la información técnica referente sobre el tratamiento de cáncer en la infancia y adolescencia. En seguimiento a ello, tengo a bien informarle lo siguiente:

El cáncer es un problema de salud pública que en los últimos años ha aumentado su incidencia y prevalencia, generando la transición epidemiológica, y con ello el posicionamiento de las enfermedades crónico degenerativas sobre las enfermedades infecto-contagiosas. En niñas, niños y adolescentes representa una de las principales causas de morbi-mortalidad.

En el estado de Morelos, el Hospital del Niño y Adolescente Morelense se encuentra acreditado para brindar atención del cáncer a estos grupos etarios. El cual trabaja en conjunto con el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud de Morelos, mediante el Programa de Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, trabaja de manera conjunta para detectar de manera oportuna y generar la referencia a la Unidad Médica Acreditada para la atención del cáncer a niñas, niños y adolescentes.

En Morelos, de acuerdo al Registro del Cáncer en Niños y Adolescentes, durante el año 2019 se han registraron 52 niñas, niños y adolescentes atendidos por cáncer siendo la leucemia aguda la más frecuente. Teniendo un total de 199 casos en seguimiento los cuales el 75 por ciento se encuentran en remisión y seguimiento.

Para dicha atención, se cuenta con un equipo multidisciplinario que atiende de manera integral a los pacientes y a sus familiares, con la finalidad de dar resolución oportuna, dentro del recurso humano contamos con los siguientes profesionales:

Los recursos presupuestales para el diagnóstico y tratamiento de cáncer en la infancia y la adolescencia, en el año 2019 fueron financiados por el Sistema de Protección Social en Salud (Seguro Popular) por medio de las carteras del Seguro Médico Siglo XXI y del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, el cual será financiado en este próximo 2020 por el Insabi, administrados por el Área de Gobierno del Hospital del Niño y del Adolescente Morelense, aunado al recurso de prevención y promoción que realiza el Programa de Atención a la Infancia y Adolescencia.

En materia de equipos tecnológicos para el diagnóstico y tratamiento, el Hospital del Niño Morelense cuenta con los siguientes servicios:

-Área específica para la hospitalización de pacientes oncológicos con 14 camas disponibles para menores de 18 años.

-Área específica para la aplicación de quimioterapia para el paciente oncológico con 6 reposets o sillones para su aplicación, 10 bombas de infusión, 3 camillas para la aplicación de la quimioterapia y 1 silla de ruedas para el traslado de pacientes en caso necesario.

-Unidad quirúrgica y Unidad de Terapia Intensiva.

-Equipo de rayos X, ultrasonido, ecocardiografía, tomografía axial computarizada, electrocardiograma, laboratorio de hematología especializada para marcadores celulares propios para leucemias y linfomas, quimioterapia ambulatoria pediátrica en la unidad.

-Servicios subrogados: Resonancia magnética, tomografía por emisión de positrones (PET-CT) y gamagrama, radioterapia con acelerador lineal, determinación de alteraciones moleculares y cariotipo, enfermedad mínima residual (PCR citometría de flujo).

No omito mencionar que el financiamiento se realiza por distintos recursos, tanto estatales como federales para garantizar la atención de los pacientes, de tal manera que los familiares de los pacientes no tengan que pagar por el tratamiento médico farmacológico y quirúrgico, siendo financiado por el gobierno estatal y federal.

Morelos cuenta con la capacidad instalada y con el capital humano para continuar otorgando la atención integral a los pacientes pediátricos oncológicos. Informando sus acciones y generando estrategias puntuales en el Comité Estatal para la prevención y tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia (COECIA), así como el Comité Técnico, Normativo y Financiero del COECIA, los cuales sesionan dos veces al año cada uno, trabajando de manera intersectorial e interinstitucional.

Quedando atento sobre el particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Daniel Alberto Madrid González (rúbrica)

Director general de Coordinación y Supervisión, Secretaría de Salud de Morelos

(Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento.)

Del gobierno de Morelos, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a diversas dependencias a promover actividades que desarrollen valores cívicos para inhibir conductas antisociales derivadas de delitos cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos

Cuernavaca, Morelos, a 14 de noviembre de 2019.

Diputada María Dolores Padierna Luna
Vicepresidenta de la Mesa Directiva del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por indicaciones del licenciado Luis Arturo Cornejo Alatorre, secretario de Educación del estado de Morelos, y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, fracción VI, 9, fracción XVII, 15 y 17, fracciones XIII, XIX y XXIII y 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación; en atención al punto de acuerdo del oficio D.G.P.L.64-II-7-1076.

Me permito informar a usted que, mediante oficio SE/UEJ/1007/2019, de fecha 8 de octubre del presente año, esta Secretaría de Educación solicitó a los organismos sectorizados a la misma se atendieran el exhorto en mención.

Derivado de lo anterior dan cumplimiento a las disposiciones señaladas mediante los siguientes oficios:

• DGCM/SFTCPyV/1190/2019

• CECYTE/DG/689/19

• CESPA/DG/799/2019

• UPEMOR/REC/628/2019

• UTEZ/REC/522/2019

• DPE/5276/2019

• DDE/1104/2019

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciada Diana Belem Sánchez Martínez (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Jurídico de la Secretaría de Educación del Estado de Morelos

(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento. )

Del gobierno de Morelos, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a diversas dependencias a implantar acciones para erradicar el ciberacoso en escuelas públicas y privadas

“2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria”

Cuernavaca, Morelos, a 5 de febrero de 2020.

Diputada María Dolores Padierna Luna

Vicepresidenta de la Mesa Directiva del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por indicaciones del licenciado Luis Arturo Cornejo Alatorre, secretario de Educación del estado de Morelos, y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, fracción VI, 9, fracción XVII, 15 y 17, fracciones XIII, XIX y XXIII y 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación; en atención al punto de acuerdo oficio D.G.P.L.64-II-5-1196.

Me permito informar a usted que mediante oficio SE/UEJ/1036/2019, de fecha 15 de octubre de 2019, esta Secretaría de Educación solicitó a los organismos sectorizados a la misma que se atendiera el exhorto en mención.

Derivado de lo anterior dan cumplimiento a las disposiciones señaladas mediante los siguientes oficios:

UTEZ/REC/527/2019

CECYTE/DG/687/19

DPE/5670/2019

DG/1169/2019

CESPA/DG/038/2020

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciada Diana Belem Sánchez Martínez (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Jurídico de la Secretaría de Educación del Estado de Morelos

(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento.)



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Del Congreso de Oaxaca, con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VII al artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

Por instrucciones de los ciudadanos diputados secretarios de la Sexagésima Cuarta Legislatura constitucional del estado, remito a usted iniciativa ante el Congreso de la Unión número 6/LXIV. Lo anterior para los efectos del artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales consiguientes.

Atentamente

“El respeto al derecho ajeno es la paz”

San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca, a 8 de enero de 2019.

Licenciado Jorge Abraham González Illescas (rúbrica)

Secretario de Servicios Parlamentarios del Honorable Congreso del Estado


Iniciativa ante el Congreso de la Unión número 6/LXIV

La Sexagésima Cuarta Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Aprueba

Único. La Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, aprueba remitir Iniciativa con proyecto de decreto ante el honorable Congreso de la Unión por la que se adiciona la fracción VII al artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Proyecto de Decreto

Artículo 162. ...

I. a la VI. ...

VII. La prima de antigüedad es imprescriptible.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Transitorio

Único. Remítase la presente iniciativa por la que se adiciona la fracción VII al artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para los trámites legislativos correspondientes.

Dado en el recinto legislativo del honorable Congreso del estado.– San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca, a 8 de enero de 2020.

Diputados:



Jorge Octavio Villacaña Jiménez, presidente; Migdalia Espinosa Manuel, Primera, Inés Leal Peláez Segundo, Saúl Cruz Jiménez, secretarios (rúbricas).
Iniciativa de ley o decreto de senadores

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por el senador Ismael García Cabeza de Vaca, del Grupo Parlamentario del PAN

Ciudad de México, a 6 de febrero de 2020.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ismael García Cabeza de Vaca, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador Primo Dothé Mata (rúbrica)

Secretario


El que suscribe, Ismael García Cabeza de Vaca, senador por el estado de Tamaulipas e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Por medio del impuesto especial sobre producción y servicios, el actual gobierno federal ha incumplido su promesa de disminuir el valor de la gasolina a un costo de 10 pesos por litro.

Contrario a lo dicho, a través de este impuesto se grava la enajenación de combustibles automotrices como la gasolina de 87 y 92 octanos y el diésel.

El incremento en los costos de los combustibles afecta directamente el bolsillo de os mexicanos, al producirse en cadena un impacto en el costo de los productos que se transportan vía terrestre en todo el territorio nacional, como el transporte púbico, alimentos, medicinas y la canasta básica de los ciudadanos.

Por ello es que por medio de esta iniciativa se pretende eliminar el impuesto sobre producción y servicios para los combustibles a fin de que se beneficie a la población en general y a los que menos tienen.

El argumento de gravar los combustibles a fin de desincentivar el uso del automóvil y promover la protección al medio ambiente ha generado el alto impacto en el bolsillo de los ciudadanos

En Acción Nacional por supuesto que estamos a favor de la protección al medio ambiente y en el fomento en el uso del transporte público y de las energías limpias, sin embargo, no se ve por parte del gobierno federal una política pública enérgica de inversión en medio ambiente ni en transporte público, que invite a la ciudadanía a no utilizar su automóvil, por el contrario, estamos inmersos en un círculo vicioso en el que los más afectados son los que menos tienen.

Para este año 2020, de conformidad con la cuota actualizada al 24 de diciembre de 2019 por acuerdo del Diario Oficial de la Federación, el impuesto aplicable a los combustibles fósiles es el siguiente:

Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios

Artículo 2. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

D) Combustibles automotrices:

1. Combustibles fósiles

Cuota Unidad de medida

a. Gasolina menor a 91 octanos: 4.95 pesos por litro.

Cuota del inciso actualizada por acuerdo DOF 27-12-2016,29-12-2017,28-12-2018. Reformado DOF 09-12-2019.

Cuota actualizada por acuerdo DOF 24-12-2019

b. Gasolina mayor o igual a 91 octanos: 4.18 pesos por litro.

Cuota del inciso actualizada por acuerdo DOF 27-12-2016,29-12-2017,28-12-2018. Reformado DOF 09-12-2019.

Cuota actualizada por acuerdo DOF 24-12-2019

c. Diésel: 5.44 pesos por litro.

Cuota del inciso actualizada por acuerdo DOF 27-12-2016,29-12-2017,28-12-2018,24-12-2019

En 2019 se pagaba de IEPS por la gasolina Magna 4.81 pesos y en 2020 se paga 4.95 pesos lo que representa un incremento de 14 centavos. El impuesto a la gasolina Premium fue de 13 centavos al pasar de 4.06 pesos de impuesto a 4.18 pesos de impuesto por litro. El Diésel pasó de 5.28 pesos de IEPS por litro a 5.44 pesos de IEPS por litro.

Por lo que actualmente el costo de la gasolina Magna que es menor a 91 octanos es de alrededor de 20.79 pesos el litro y de la gasolina Premium que es igualo mayor a 91 octanos es de alrededor de 21.79 pesos el litro.

De aprobarse la eliminación del impuesto especial sobre producción y servicios a los combustibles que se pretende se lograría una disminución en el precio de la gasolina Magna y Premium, para quedar en promedio un costo en la Magna de 15.84 pesos y en la Premium de 17.61 pesos por litro.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo Único. Se deroga el inciso D del artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para quedar como sigue:

Artículo 2. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

A) a C) ...

D) (Se Deroga)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, a los 5 días de febrero de 2020.

Senador Ismael García Cabeza de Vaca

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Ricardo Velázquez Meza, del Grupo Parlamentario de Morena

Ciudad de México, a 13 de febrero de 2020.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ricardo Velázquez Meza, del Grupo Parlamentario Morena, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 9 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)

Vicepresidente


El que suscribe, Ricardo Velázquez Meza , senador de la república de la LXIV legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción 1, 164, numeral 1, 169, y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 9o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta , de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

El impuesto sobre la renta (ISR) es una contribución que grava de manera directa los ingresos netos de todo tipo que perciben las personas físicas y morales residentes en el país y fue introducido por primera vez en México el año de 1925 durante el periodo del presidente Plutarco Elías Calles.

El ISR se cobra a las personas que perciben ingresos, ya sean residentes del país o que residan en el extranjero pero que su fuente de riqueza provenga de México.

Históricamente, la frontera norte del país se ha enfrentado con una situación adversa e inequitativa por su naturaleza limítrofe y de composición territorial, exclusiva de la geografía del territorio nacional que la obliga a competir con la economía de los Estados Unidos de América lo que aumenta la fuga de consumidores nacionales y extranjeros.

Respondiendo a la pérdida de dinamismo en la actividad económica y al rezago entre los estados fronterizos de la zona norte, el 1 de enero de 2019, impulsado por el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, entró en vigor el decreto de estímulos fiscales de la región norte, en donde se incluyeron 43 municipios de la zona libre fronteriza con el estímulo fiscal del pago de únicamente dos terceras partes por concepto de impuesto sobre la renta, beneficiando al contribuyente y en el que uno de los principales objetivos del decreto antes referido es elevar los ingresos por mayor actividad, generación de empleos, mayor bienestar general en la población y aumentar la recaudación fiscal; recuperar la actividad comercial y de servicios, atrayendo turismo y ofreciendo mayor diversidad de atractivos, variedad y mejores productos e impulsar la economía regional en la frontera norte.

La cuarta transformación busca aminorar y evitar la desigualdad tan marcada que impera en ciertas zonas del país, por lo que reducir del 30 al 20 por ciento el pago del impuesto sobre la renta a las personas morales en los municipios de San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, del estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyarne del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, del estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, del estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, del estado de Nuevo León, y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, del estado de Tamaulipas, y en los estados de Baja California y Baja California Sur, ayudará a incentivar la inversión y la generación de empleos en la zona, lo -que traería aparejado aumentos de sueldos y como resultado final, la disminución de pobreza.

De igual manera, se pretende que haya una mejora en la actividad comercial y la calidad de los servicios, así como mantener y mejorar la competitividad con el mercado del país vecino del norte y de esa manera captar y retener a los consumidores y productores en el comercio mexicano.

Por último, resulta prioritario para la actual administración del gobierno federal estimular y acrecentar la inversión, generar empleos y aumentar los índices de bienestar, a través de mecanismos que fortalezcan la economía de los contribuyentes.

En resumidas cuentas, la presente reforma representaría un mayor flujo de capital en el territorio mexicano, así como una oportunidad de competitividad y una reducción de fuga de capitales en los estados y municipios que se verían beneficiados con la reducción del pago del impuesto sobre la renta.

En virtud de lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 8, numeral 1, fracción I, del Reglamento del Senado de la República, se propone la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 9o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar de la siguiente manera:

Artículo 9o. ...

Las personas morales que acrediten su residencia en la franja fronteriza norte del país, así como en los estados de Baja California y Baja California Sur, deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 20%.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del 01 de enero del año 2021.

Segundo. Se considera como región fronteriza norte a los municipios de San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, del estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, del estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, del estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac del estado de Nuevo León, y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, del estado de Tamaulipas.

Dado en el salón de sesiones a los 11 días de febrero del 2020.

Senador Ricardo Velázquez Meza (rúbrica)

Con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 34 de la Ley General de Cambio Climático, presentada por el senador Juan José Jiménez Yáñez, del Grupo Parlamentario de Morena

Ciudad de México, a 13 de febrero de 2020.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Juan José Jiménez Yáñez, del Grupo Parlamentario Morena, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 34 de la Ley General de Cambio Climático.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara la parte relativa a la Ley del Impuesto sobre la Renta se remite a la Cámara de Diputados; la que reforma las Leyes Generales de Equilibrio Ecológico y de Cambio Climático se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático; y de Estudios Legislativos, Segunda.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 34 de la Ley General de Cambio Climático

El suscrito, Juan José Jiménez Yáñez integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción 11, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por los artículos 8, párrafo 1, fracción 1, y 164, párrafo 3, del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta asamblea la presente siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 34 de la Ley General de Cambio Climático, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé y protege los derechos humanos entre los que se encuentran, para los fines de la presente iniciativa, el derecho a un medio ambiente sano, contenido en su artículo 4° y el derecho a la movilidad, en su artículo 11.

Ambos derechos son importantes para el ejercicio de otros y es necesario que el Estado establezca reglas claras que los fortalezcan.

En diversas ciudades del país es preocupante el grado de contaminación que se registra, en su acepción más amplia, no obstante, el fenómeno no es privativo de México sino de todo el mundo, siendo urgente desarrollar y aplicar medidas que la disminuyan, procurando políticas que aminoren sus efectos.

En este sentido, resulta necesario atender con una visión de largo alcance las crecientes problemáticas en materia de movilidad, donde el tráfico o congestión vehicular es cada vez mayor en las urbes de cualquier tamaño, generando pérdidas y afectaciones de todo tipo al incrementarse los tiempos de traslado ante el crecimiento descontrolado del parque vehicular acompañados de superficies de rodamiento limitadas o saturadas.

Una de las grandes consecuencias es el incremento de la contaminación, principalmente la atmosférica.

Actualmente nuestro país se encuentra comprometido con el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la Capa de Ozono1 , siendo un acuerdo ambiental internacional que logró ratificación universal para proteger la capa de ozono de la tierra, con la meta de eliminar el uso de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO).

Esta preocupación no es reciente, organismos internacionales y el gobierno mexicano han realizado estudios del impacto del uso de transporte:

Como reconoce un documento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, “el principal reto que se enfrenta en el diseño de las políticas de transporte y uso del suelo, consiste en asegurar que la creciente cantidad de asentamientos urbanos y suburbanos (que se presentan en todos los estratos socio-económicos) tengan un acceso integral a los servicios y actividades en sus vidas cotidianas, mientras que se minimizan los impactos negativos que la realización de los viajes pueden tener en el ambiente, la equidad, la economía y la salud.” En ese sentido, se intenta hacer un primer análisis de las condiciones que se deben tomar en cuenta para el diseño de un proceso de gestión de estrategias para la movilidad sustentable en México. Es necesario contar con paquetes integrales de políticas (compuestos de una mezcla inter-sectorial de medidas regulatorias, tarifarías y tecnológicas) tales que envíen las señales correctas a los mercados de uso del suelo y del transporte.

Especial atención se ha dado en los últimos años al tema de la emisión de gases de efecto invernadero (GEI) y el calentamiento global, como lo señala el estudio “México: estudio sobre la disminución de emisiones de carbono (MEDEC)” (Johnson, 2009), auspiciado por el Banco Mundial, señala que “el sector del transporte en América Latina está creciendo velozmente en términos de emisiones de GEI debido al rápido crecimiento económico y en la utilización de vehículos. En México el número de vehículos está previsto que crezca a un ritmo anual de 5 por ciento, pasando de una flota de 24 millones en 2008 a 70 millones en 2030”. De igual forma, Johnson menciona que “un análisis de las opciones de mitigación para el transporte en México demuestra que hay numerosos beneficios conjuntos en estas opciones”, que incluyen beneficios financieros, ahorros de tiempo y el mejoramiento ambiental local. Entre las opciones que pueden proporcionar las reducciones más grandes de GEI en México están la inspección de vehículos y los programas de mantenimiento, una planificación optimizada del transporte, normas de eficiencia vehicular y políticas de densificación. Los beneficios económicos resultantes de estas intervenciones incluyen a los beneficios financieros en comparación con los medios alternativos de transporte, el ahorro de tiempo para los individuos, por ejemplo, reduciendo los congestionamientos, así como la salud local se beneficia debido a las menores emisiones de contaminantes.

Otro elemento de gran importancia es .el energético, pues actualmente las emisiones contaminantes están fuertemente asociadas al autotransporte, como lo señala Flavin (2008) “las emisiones derivadas de combustibles derivados del petróleo se verán seriamente limitadas por su producción en un futuro de mediano plazo, pues se espera que dentro de las siguientes dos décadas se inicie su declinación en el ámbito mundial. De esta forma se requiere que los servicios de transporte inicien lo antes posible su cambio al uso de otras fuentes de energía, siendo la electricidad (producida por fuentes renovables) la de mayor importancia, además de los bio-combustibles avanzados y el gas natural comprimido”.

Dentro de este contexto es de suma importancia el apoyo al mejoramiento del servicio de transporte público masivo.2

El estudio “Movilidad de pasajeros en México: Implicaciones ambientales y económicas”, realizado por el Instituto Mexicano de Transporte en 20123 , realiza una descripción de los gases de efecto invernadero (GEI) que emite el transporte:

Emisiones GEI del transporte

De acuerdo con el Instituto Nacional de Ecología (INE, www.ine.gob.mx). Los GEI son componentes gaseosos de la atmósfera, naturales y antropogénicos, que absorben y emiten radiaciones a longitudes de ondas específicas (dentro del espectro de la radiación infrarroja emitida por la superficie de la Tierra, la atmósfera y las nubes; estas propiedades originan el efecto invernadero”. Los principales GEI son el vapor de agua (H20), dióxido de carbono (C02), óxido nitroso (N20), metano (CH4) y ozono (03). Por su parte, el Protocolo de Kyoto contabiliza también los siguientes gases de efecto invernadero: hexafluoruro de azufre, hidrofluorocarbonos y perifluorocarbonos. Es necesario señalar que el vapor de agua no se contabiliza en la metodología de estimación de GEI aceptada por la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático Movilidad de pasajeros en México: Implicaciones ambientales y económicas (UNFCCC, por sus siglas en inglés) debido a su rápida rotación a través del ciclo del agua ya que éste es visto más como un efecto del cambio de la temperatura ambiental, así, no tiende a acumularse en el largo plazo como sucede con los otros gases mencionados.

En México, se ha realizado el Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (INEGEI) para el periodo 1990-2006, coordinado por el Instituto Nacional de Ecología, aplicando el marco metodológico sugerido por la UNFCCC.

De acuerdo con el Grupo Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC, 2008) “la mayor parte del aumento observado en las temperaturas medias mundiales desde mediados del siglo XX, se debe muy probablemente al aumento de las concentraciones de GEI de origen antropogénico”. De esta forma, es posible señalar que “la evidencia disponible indica que la tasa de calentamiento durante los últimos 50 años ha sido en promedio 0.13°C ± las precipitaciones más intensas han crecido de una manera alarmante desde 1950, incluso en regiones donde las precipitaciones eran menores.

Por otro lado, se han presentado aumentos en las sequías desde 1970, particularmente en los trópicos y subtrópicos, que están relacionadas con las disminuciones de las precipitaciones y con temperaturas más altas” (Galindo, 2009).

De acuerdo con el IPCC, en el ámbito mundial, en 2004, la contribución de las emisiones de GEI por el sector transporte fue de 13.1 por ciento, mientras que en México su aportación al total de las emisiones fue de 20 por ciento en 2006, siendo el autotransporte el principal emisor con 19 por ciento del total de emisiones GEI en el país, de acuerdo con la publicación “México, cuarta comunicación nacional ante la convención marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático” (Semarnat, 2009). De acuerdo con el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) 2009-2012 (DOF, 2009), su meta principal es limitar las emisiones GEI, medidas en millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtC02e) a 339 en el año 2050, es decir, aproximadamente a la mitad del total emitido en 2000. Debido a que en 2000 se ponderó una emisión de GEI de 644 MtC02e, para 2012 se pretende producir 735 MtC02e (correspondiente a reducir 51 MtC02e del escenario tendencia/), así, para 2020 se pretende reducir las emisiones a 700 MtC02e (182 MtC02e menos con respecto a la línea base), mientras que para 2030 se limitarían las emisiones a 572 MtC02e, es decir una reducción de 397 MtC02e de la línea base y finalmente para 2050 tan sólo se emitirían 339. De acuerdo con las anteriores cifras, se pretende disminuir el ritmo de crecimiento en una primera fase y reducir las emisiones a partir de la década de 2020. Asimismo, el transporte se resalta por ser uno de los sectores con mayor dinamismo en el crecimiento de emisiones, pues entre 1990 y 2006 presentó una tasa media de crecimiento anual (TMCA) de 3. 1 por ciento, pasando de una participación en el total nacional de 18 a 20 por ciento. Al parecer en los últimos años se ha incrementado su ritmo de crecimiento, pues durante el periodo 2001-2006, fue de 4.6 por ciento (OOF, 2009).

Movilidad y contaminación en México

Con respecto a las emisiones por modo de transporte..., el autotransporte ha mostrado un ritmo de crecimiento muy alto con una tasa anual de 3.6 por ciento, en el periodo 1990-2007, mientras que el ferrocarril muestra una contracción de sus emisiones a una tasa anual de 0.3 por ciento. Dichos comportamientos se manifiestan en un incremento de la participación del autotransporte en las emisiones GEI dentro del sector transporte, pasando de 91.1 por ciento en 1990 a 93.0 por ciento en 2007, mientras que el ferrocarril pasó de 2.2 por ciento a sólo 1.2 por ciento en el mismo periodo.”

No obstante las normativas internacionales anteriores, factores como una negativa percepción de la calidad del transporte público, incluyendo una mayor inseguridad en él mismo, acompañado de una mayor accesibilidad para el uso de vehículos particulares no contribuyen a las soluciones que se pudieran plantear para combatir el problema atmosférico, dado el incremento del tráfico especialmente en las zonas urbanas.

De acuerdo con información del Inegi el total nacional de vehículos de motor registrados en circulación ha incrementado considerablemente, para 1980 eran 5 millones 758 mil; en 1990 estaban registrados casi 10 millones; en 2010, 31 millones 635mil; y en mayo de 2019 había registrados en circulación 32 millones de automóviles, 408 mil camiones de pasajeros y 11 millones 463 mil camiones de carga.

De acuerdo con información de la ONU “Las ciudades mexicanas padecen serios problemas de contaminación ambiental, y el sector transporte es una de sus principales causas al contribuir con 20.4 por ciento de la emisión de GEI, de los cuales el 16.2 por ciento proviene del subsector automotor, en su mayoría, por viajes en transporte individual motorizado.”4 , además refiere de los problemas que el congestionamiento vial ocasiona en la salud, mortalidad, así como el impacto económico:

En algunas zonas metropolitanas como en el Valle de México las emisiones generadas por vehículos, representan hasta un 60 por ciento de la contaminación total por partículas suspendidas gruesas (PM-10), y lo más grave, es que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año mueren en nuestro país 14 mil 700 personas a causa de enfermedades asociadas a la contaminación del aire, y es que los congestionamientos viales en las principales arterias que comunican los centros urbanos conllevan a un deterioro de la calidad del aire y por ende de la salud de la población.

Paradójicamente, para atender la movilidad urbana, se han destinado cuantiosos recursos públicos a la construcción de infraestructura vial en beneficio del transporte en automóvil privado, que contrariamente, han agravado el problema y hoy, el panorama diario de las ciudades de más de un millón de habitantes es la congestión vial, producto de la cantidad de vehículos particulares en donde se trasladan en promedio 1.2 personas por unidad; diariamente se pierden millones de horas/hombre, los ingresos de las personas disminuyen por los costos crecientes del transporte, y se incrementan los niveles de contaminación ambiental y auditiva que afectan la salud.

A pesar de esto, existe un consenso en el tema de que la movilidad urbana sostenible es factor de desarrollo económico y social. Es por ello que actualmente las ciudades mexicanas enfrentan diversos retos caracterizados por la congestión vial, los altos costos de movilidad, pérdidas de tiempo en traslados, invasión de espacios públicos, accidentes, contaminación, inseguridad y rechazo al transporte público por lento y peligroso, lo que vulnera particularmente a los sectores de bajos ingresos y a las mujeres, e implica condiciones de exclusión y poca accesibilidad para personas con alguna discapacidad.

Los automóviles particulares generan 18 por ciento de las emisiones de C02, principal gas causante del efecto invernadero.

Este fenómeno podría costar al país hasta 6 por ciento del PIB, si no se toman las medidas de prevención adecuadas. En las cinco zonas metropolitanas del país que concentran 40 por ciento de la población urbana nacional, las pérdidas por externalidades negativas alcanzan costos que rondan 4 por ciento del PIB.5

Los problemas en la salud y el impacto al medio ambiente demandan toda nuestra atención, el documento “Los vehículos automotores como fuentes de emisión6 ” realiza algunas reflexiones:

Hidrocarburos (HC): Las emisiones de hidrocarburos resultan cuando no se quema completamente el combustible en el motor. Existe una gran variedad de hidrocarburos emitidos a la atmósfera y de ellos los de mayor interés, por sus impactos en te salud y el ambiente, son los compuestos orgánicos volátiles (Ca V). Estos compuestos son precursores del ozono y algunos de ellos, como el benceno, formaldehído y acetaldehído, tienen una alta toxicidad para el ser humano.

Monóxido de carbono (Ca): El monóxido de carbono es un producto de la combustión incompleta y ocurre cuando el carbono en el combustible se oxida sólo parcialmente. El monóxido de carbono se adhiere con facilidad a la hemoglobina de la sangre y reduce el flujo de oxígeno en el torrente sanguíneo ocasionando alteraciones en los sistemas nervioso y cardiovascular.

Óxidos de nitrógeno (NOx): Bajo las condiciones de alta temperatura y presión que imperan en el motor, los átomos de nitrógeno y oxígeno del aire reaccionan para formar monóxido de nitrógeno (NO), bióxido de nitrógeno (N02) y otros óxidos de nitrógeno menos comunes, que se conocen de manera colectiva como NOx. Los óxidos de nitrógeno, al igual que los hidrocarburos, son precursores de ozono. Asimismo, con la presencia de humedad en la atmósfera se convierten en ácido nítrico, contribuyendo de esta forma al fenómeno conocido como lluvia ácida. La exposición aguda al N02 puede incrementar las enfermedades respiratorias, especialmente en niños y personas asmáticas. La exposición crónica a este contaminante puede disminuir las defensas contra infecciones respiratorias.

Bióxido de azufre (S02): El S02 es un gas incoloro de fuerte olor, que se produce debido a la presencia de azufre en el combustible. Al oxidarse en la atmósfera produce sulfatos, que forman parte del material particulado. Este compuesto es irritante para los ojos, nariz y garganta, y agrava los síntomas del asma y la bronquitis. La exposición prolongada al bióxido de azufre reduce el funcionamiento pulmonar y causa enfermedades respiratorias.

Partículas (PM): Las partículas también son producto de los procesos de combustión en el motor de los vehículos. Este contaminante es uno de los que tiene mayores impactos en la salud humana; ha sido asociado con un aumento de síntomas de enfermedades respiratorias, reducción de la función pulmonar, agravamiento del asma, y muertes prematuras por afecciones respiratorias y cardiovasculares.

Plomo (Pb) Y otros aditivos metálicos: Su empleo como antidetonante en la gasolina ha propiciado durante mucho tiempo emisiones que han demostrado tener impactos nocivos en el coeficiente intelectual de los niños. Sin embargo, desde 1998 las gasolinas que se comercializan en México no contienen plomo.

Amoniaco (NH3 ): Las emisiones de amoniaco cobran importancia ambiental por el hecho de que este contaminante suele reaccionar con SOx y NOx para formar partículas secundarias tales como el sulfato de amonio (NH4)2 S04 y el nitrato de amonio (NH4 N03), las cuales tienen un impacto significativo en la reducción de la visibilidad. La exposición a concentraciones altas de este contaminante puede provocar irritación de la piel, inflamación pulmonar e incluso edema pulmonar.

Bióxido de carbono (C02): El bióxido de carbono no atenta contra la salud pero es un gas con importante efecto invernadero que atrapa el calor de la tierra y contribuye seriamente al calentamiento global.

Metano (CH4): El metano es también un gas de efecto invernadero generado durante los procesos de combustión en los vehículos. Tiene un potencial de calentamiento 21 veces mayor al del bióxido de carbono.

Óxido nitroso (N2 O): Este contaminante, que pertenece a la familia de los óxidos de nitrógeno, también contribuye al efecto invernadero y su potencial de calentamiento es 310 veces mayor que el bióxido de carbono.7

En México se han realizado esfuerzos por mejorar la movilidad y la protección del medio ambiente, teniendo dentro de las políticas públicas la inversión en infraestructura para el transporte público, que como debe enfrentar retos de mejora de la calidad del servicio y seguridad, como ya expusimos, para que pueda ser elegible como opción primera de movilidad para ir al trabajo, a la escuela y demás actividades cotidianas de la población.

También se han implantado medidas como el llamado “Hoy no circula” que parece haberse agotado particularmente en la Ciudad de México, en donde se proyecta contribuir con el programa de auto compartido, para lograr la reducción de emisión de contaminantes, establecido en el Plan de Reducción de Emisiones del Sector Movilidad en la Ciudad de México, aplicable en algunas vías de acceso controlado obligatorio de 7 a 10 horas, a partir de 2020.

Lo anterior se propone pudiera aplicarse en todas las ciudades del país de forma obligatoria, incluso en aquellas que no enfrentes contingencias ambientales, atendiendo a la importancia de la prevención y al reconocimiento de que la contaminación es un problema global que debe aminorar en un esfuerzo coordinado.

Adicionalmente, es necesario considerar de gran trascendencia la cultura vial, reconociendo la existencia de retos importantes en la materia, pues como apreciamos los vehículos circulan en promedio solo con su conductor, por lo que se requiere modificar la manera en cómo estamos acostumbrados a viajar, pasar del individualismo y cierta comodidad inmediata o en el corto plazo, a considerar la vida comunitaria, con beneficios a mediano y largo plazo.

La cultura vial propone también manejar a una velocidad adecuada, disminuyendo el número de veces de frenado, cesión del paso, así como la costumbre de dar mantenimiento a los vehículos para una emisión menor de contaminantes como una obligación más ecológica que tributaria.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ya prevé criterios de la política ambiental respecto del transporte, que es necesario complementar.

En el mismo orden de ideas se propone que se incentive a los usuarios, investigadores, desarrolladores y empresas de vehículos automotores de combustión interna que lleven a cabo actividades con el objetivo de implementar medidas tecnológicas para la reducción de emisión de gases de efecto invernadero, por ejemplo el Start&Stop y los modos de manejo Eco (Ecológicos)8 el primero funciona cuando un vehículo está en pausa, en un semáforo o embotellamiento, situaciones en que el sistema entra en stand by y apaga el motor, pero con solo pisar nuevamente el embrague el motor se activa otra vez y el segundo se ha convertido en una práctica responsable para quienes saben que van a rodar a baja velocidad. Actualmente en Europa uno de cada dos autos de los que se fabrican incluyen ésta tecnología, que permite ahorrar un 8 por ciento de combustible en entornos urbanos.9 Otra opción es el de automóviles híbridos, que combinan “...dos o más sistemas que a su vez consumen fuentes de energía diferentes. Uno de los sistemas contiene el generador de energía eléctrica que consiste en un motor de combustión interna pequeño y de alta eficiencia combinado con baterías eléctricas y ultra condensadores. El otro sistema está compuesto por la batería eléctrica y los motogeneradores instalados en las ruedas. Una gran ventaja es que estos vehículos no tienen que conectarse a una fuente externa de electricidad o recargarse porque el generador del automóvil produce la energía necesaria para mantener cargadas las baterías”10 y así todos aquellos productos o materiales que reduzcan la contaminación.

Se propone que los incentivos fiscales se encuentren previstos en los programas que se estipula sean generados por la Ley General de Cambio Climático, con el objetivo de reducir las emisiones que se generan en el sector transporte.

Es por lo expuesto, que presentamos la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 34 de la Ley General de Cambio Climático

Primero. Se reforma el Artículo 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 112. En materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, los gobiernos de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con la distribución de atribuciones establecida en los artículos 7o., 8o. y 9o. de esta ley, así como con la legislación local en la materia:

I. a VI. ...

VII. Establecerán requisitos y procedimientos para regular las emisiones del transporte público, excepto el federal, y las medidas de tránsito y, en su caso, la suspensión de circulación, en casos graves de contaminación;

Las legislatura de los estados establecerán en sus leyes locales, en materia de protección al ambiente y demás que corresponda, disposiciones que regulen el uso de los vehículos automotores para reducir la emisión de contaminantes, sin perjuicio de las facultades que conforme a esta ley corresponde a la federación.

Respecto del uso de vehículos de transporte privado la legislación referida establecerá medidas para reducirlo y/o para disminuir los niveles de contaminación, como las que a continuación se enuncian:

a) Difusión de la cultura vial, a realizar de forma obligatoria durante los trámites de licencias, permisos, verificación vehicular y demás relacionados con el uso de vehículos.

b) Uso de vehículo compartido, que podría ser obligatorio en días y horarios específicos y/o ser incentivado a través de medidas administrativas y/o fiscales que beneficien a los usuarios al momento de pagar los impuestos de tenencia o denominación equivalente y los derechos correspondientes al uso de vehículos.

c) Suspensión o limitación de la circulación en vías primarias de vehículos que superen los límites máximos permisibles de emisiones de contaminantes detectados en la verificación vehicular y sanciones en caso de incumplimiento.

d) Suspensión de circulación en vías primarias de los vehículos que no hayan pagado los impuestos de tenencia o denominación equivalente y los derechos correspondientes al uso de vehículos y sanciones en caso de incumplimiento.

e) Fomento al uso de vehículos eléctricos, para lo cual podrán emitir incentivos fiscales.

f) Fomento al uso de transporte público y de la movilidad no motorizada.

g) Fomento al uso de transporte escolar, así como creación de programas públicos de transporte escolar gratuito o a menor costo.

h) Uso de tecnologías en los vehículos automotores de combustión interna que reduzcan la emisión de contaminantes, así como incentivos administrativos y/o fiscales para quienes así lo demuestren.

VIII. a XII. ...

Segundo. Se adiciona una fracción al Artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

I. a X. ...

XI. Los gastos realizados por 105 propietarios de vehículos que tengan como objetivo la reducción de emisión de contaminantes, a excepción del vehículo mismo.

XII. Los gastos por el uso de tecnologías en 105 vehículos automotores de combustión interna que reduzcan la emisión de contaminantes. Cuando el vehículo automotor contenga la tecnología desde el momento de su adquisición y no sea posible establecer su valor de forma autónoma podrá deducirse 10 por ciento del valor del vehículo, sin perjuicio de las demás deducciones que prevé esta ley.

Tercero. Se reforma el inciso b), de la fracción II del artículo 34 de la Ley General de Cambio Climático, para quedar como sigue:

Artículo 34. ...

I. ...

II. Reducción de emisiones en el Sector Transporte:

a) ...

b) ...

Los programas incluirán incentivos fiscales para los propietarios de vehículos automotores de combustión interna para uso particular o de transporte público, cuando estos demuestren el uso de tecnologías en los que reduzcan la emisión de contaminantes.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https:ljaplicaciones.sre.gob.mx/tratados/ARCHIVOS(CAPA%200Z0NO-PROTOCOL O%20MONTREAL.pdf

2 https:ljimt.mx/archivos/Publicaciones/PublicacionTecnic a/pt372.pdf

3 Ibídem.

4 https:Uanuhabitat.arg.mx/index.php/cantaminacian-automoviles-y-calidad- del-aire

5 https:Uonuhabitat.org.mx/index.php/contaminacion-auto m oviles-y-calidad-del-aire

6 http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/618/vehiculos.pdf

7 http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/618/vehiculos.pdf

8 https://www.mator.com.co/actualidad/industrial acho-a portes-industria-automotriz-reducir-contaminacion/25985

9 https://noticias.universia.ad/actualidad/noticia/2015/02/24/1120393/
soluciones-tecnologicas-reducir-contaminacion-ambiental-grandes-ciudades.html

10 http://www.economia.unam.mx/publicaciones/reseconinforma/pdfs/330/06Lou rdesalvarez.pdf

Senadores:

Juan José Jiménez Yáñez, Ernesto Pérez Astorga, Alejandro Armenta, María Antonia Cárdenas y Joel Molina Rodríguez (rúbricas).
Inklusion
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