Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Carlos Humberto Castaños Valenzuela , quien suscribe, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción V del artículo 24, el primer párrafo del artículo 25, el segundo párrafo del artículo 40, la fracción IV del artículo 50, y se adiciona una fracción IV Bis al artículo 37, todos de la Ley de Ciencia y Tecnología, y de la misma forma se agrega un párrafo al artículo 99 de la Ley General de Salud, con la finalidad de crear un programa , al tenor del siguiente;

Planteamiento del Problema

La iniciativa busca que se desarrolle un programa para poner a disposición de los ciudadanos mecanismos basados en la aplicación de la inteligencia artificial para diagnosticar enfermedades, así como generar un programa en el que participen diversas universidades de todo el país, áreas de investigación y desarrollo de tecnología, de inteligencia artificial, y que tengan como finalidad estimular la investigación científica y tecnológica para la realización de actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de enfermedades. Este programa deberá ser revisado y actualizado anualmente por las autoridades que dirijan el programa.

Una aplicación muy importante que se plantea es que exista un bot que brinde consultas médicas en línea para detección y tratamiento de diversos padecimientos, y su adecuada canalización con un especialista médico.

Se plantea esta iniciativa al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En México se ha padecido en muchos sentidos la nula aplicación de políticas públicas estratégicas y la falta total de acciones eficientes, sobre todo en materia de salud.

En nuestro país se vivió la más fuerte epidemia de influenza de la que tengamos registro, ocasionada por el virus H1N1, que en ese momento era completamente desconocido a nivel mundial, esta terrible situación dejó muchas experiencias, que parecen haber quedado en el olvido. Las consecuencias económicas y la falta de previsión sin duda impacta de manera negativa en las finanzas públicas.

La Organización Mundial de la Salud, en diversos foros, ha alertado con insistencia a las naciones a prepararse contra diversas epidemias, por lo que es necesario realizar acciones frontales para revertir la debilidad que afecta al sistema de salud mexicano. Por ello es necesario hacer una propuesta que tenga visión de Estado y desarrollo a futuro, la cual involucre innovación y desarrollo en nueva tecnología.

Se deben tomar decisiones partiendo desde el concepto de que la salud pública es un tema de seguridad nacional1 y ante este reto, se planeta en este trabajo parlamentario una propuesta para discutir el uso e inclusión de la inteligencia artificial en las áreas de salud y de la vida diaria de todas y todos los mexicanos.

La falta de previsión y diseño de estrategias de políticas públicas traen profundas consecuencias en la salud pública, se generan problemas como el rezago de comunidades enteras, la pobreza, pérdidas económicas, afectaciones en la formación del núcleo familiar, y desgraciadamente, como estamos viendo en la emergencia sanitaria provocada por el SARS-CoV-2, causante de Covid-19, y la afectación de la economía al encontrarnos en una parálisis.

Como ya hemos referido, durante la emergencia sanitaria por la influenza humana, se expuso la fragilidad del sistema nacional de salud y se vivió una de las peores crisis económicas de la historia.

El sistema nacional de salud está generando infinidad de datos, experiencias e informaciones que deben ser interpretadas y utilizadas para tomar mejores decisiones y así reaccionar. Ésta es precisamente una de las situaciones que a nivel mundial ayuda a resolver la inteligencia artificial, la cual puede alimentarse con esos datos y comenzar a generar algoritmos que den soluciones para enfrentar un virus tan terrible como ha sido el SARS-CoV-2, causante de Covid-19.

Debemos plantearnos que frente a la evidencia, vale la pena preguntarse si en la respuesta a la emergencia haría una gran diferencia en los diagnósticos el uso de inteligencia artificial para reconocer las deficiencias, para construir una estrategia más sólida.

En las informaciones a las que hemos tenido acceso, se plantea como un grave problema la falta de inversión en infraestructura en salud para construir, ampliar y equipar hospitales de tercer nivel de atención así como diversos establecimientos, consideramos que se debe agregar a la problemática la falta de desarrollo e inversión en materia de investigación y desarrollo de tecnología, incluida la falta de desarrollo en materia de inteligencia artificial.

Se debe garantizar la disponibilidad de vacunas, sueros y reactivos que demandan los programas de salud y para ello se debe interpretar de manera adecuada toda la información generada hasta ahora.

Utilizar inteligencia artificial podría generar estudios para identificar cómo y qué medicamentos ya existentes en el mercado pueden utilizarse para paliar y luchar contra enfermedades como el coronavirus causante del Covid-19. La eficiencia de técnicas de diseño de fármacos asistidas por ordenador para identificar rápidamente candidatos prometedores de reutilización de fármacos, especialmente después de que se resuelven las estructuras 3D detalladas de las proteínas virales clave, así como el desarrollo de simulaciones de dinámica molecular, seguidas de cálculos de energía libre, que se utilizan para el desarrollo de muchas medicinas, en México no se ha invertido en generar ni recursos humanos, ni se ha invertido en generar proyectos importantes de inteligencia artificial para generar resultados que beneficien a la población.

Generar simulaciones para conocer las cantidades de medicamentos que pueden actuar de manera más eficiente en le combate de muchas enfermedades, seria mejor si tuviéramos proyectos funcionales apoyados con el desarrollo de inteligencia artificial.2

Es importante invertir con visión a crear independencia, invertir en investigación, en desarrollo de ciencia mexicana, lo que podría desembocar en, por ejemplo, la producción de nuestras propias vacunas, o bien en métodos de diagnóstico más eficientes, en donde no sería necesario que el paciente vaya a un hospital, la inteligencia artificial estudiaría detalles que escapan a la percepción humana, salvando vidas.

La tecnología debe ser involucrada en el Sistema Nacional de Salud.

En la creciente crisis por coronavirus en el mundo la inteligencia artificial ayudó a identificar el brote días antes que la OMS emitiera un comunicado sobre le nuevo coronavirus y para detectarlo con un 96 por ciento de precisión; en Panamá, la OPS ha activado a la Doctora ROSA (Respuesta Operativa de Salud Automática), el cual es un bot que funciona en un número de Whatsapp para conversar con los ciudadanos y practicarles un tamizaje virtual e identificar aquellos casos, que según el protocolo definido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) deben ir a hacerse la prueba, y en aquellos casos en los que no deben practicárselas la Doctora ROSA les reitera la instrucción de quedarse en casa.3

Permítanme señalar en esta investigación más datos, el tamizaje virtual realizado con inteligencia artificial permite evitar la sobrecarga del sistema de salud, utilizar las pruebas para detectar el coronavirus como indican los protocolos internacionales de la OMS y brindarle tranquilidad a los ciudadanos atendiéndolos de una manera masiva.

Esta es una innovadora medida que libera de una carga importante de trabajo al personal de salud y permite cerrar el ciclo a los pacientes que resulten negativos que además de sentirse atendidos, verán disminuida su ansiedad al recibir su diagnóstico y recomendaciones sanitarias para cumplir las disposiciones en las que se encuentra ahora mismo el país y el mundo4

Para los pacientes que resulten positivos la Secretaría de Salud seguirá el protocolo de atención dispuesto. Se necesita llevar a cabo acciones coordinadas entre las entidades federativas, las universidades, los centros de investigación científica y tecnológica y las dependencias del gobierno federal, a fin de avanzar en la prevención de epidemias y tener una autosuficiencia en la investigación y elaboración de medicamentos y vacunas, así como generar un proyecto de inteligencia artificial que apoye a la población a obtener atención médica efectiva, y así tener la respuesta oportuna ante epidemias como la que estamos viviendo.

Además, en estos tiempos en los que debemos pensar en como enfrentar la terrible crisis económica, estaríamos ante la posibilidad de generar nuevos empleos para especialistas en estos temas y se ahorraría a largo plazo el Estado muchos recursos consumiendo medicamentos, vacunas y estrategias nacionales, incluso podríamos vender estos productos y obtener recursos adicionales por ello.

Por lo anterior, se vuelve indispensable realizar acciones legislativas, con la mira en eliminar las deficiencias descritas en este trabajo parlamentario,

En esta iniciativa se propone crear un programa en el que participen diversas áreas de investigación, a fin de generar e invertir en investigación científica y el desarrollo tecnológico y de inteligencia artificial para lograr actividades de reacción y vigilancia en materia epidemiológica, de prevención y control de enfermedades transmisibles, en el que participen profesionales médicos, biólogos, médicos infectólogos, especialistas en temas de inteligencia artificial, matemáticos, y diversos analistas e investigadores mexicanos en general, este nuevo panorama podría generar muchas oportunidades para nuestros jóvenes.

Por lo expuesto y fundado, someto a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforman la fracción V del artículo 24, el primer párrafo del artículo 25, el segundo párrafo del artículo 40, la fracción IV del artículo 50, y se adiciona una fracción IV Bis al artículo 37, todos de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la misma forma se agrega un párrafo al artículo 99 de la Ley General de Salud

Primero. Se reforman la fracción V del artículo 24, el primer párrafo del artículo 25, el segundo párrafo del artículo 40, la fracción IV del artículo 50, y se adiciona una fracción IV Bis al artículo 37, todos de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:

Artículo 24. El establecimiento y operación de los Fondos Institucionales del Conacyt se sujetará a las siguientes bases:

I. a IV. ...

V. El objeto de cada fondo invariablemente será el otorgamiento de apoyos y financiamientos para: actividades directamente vinculadas al desarrollo de la investigación científica y tecnológica; becas y formación de recursos humanos especializados; realización de proyectos específicos de investigación científica, desarrollo tecnológico, innovación y modernización tecnológica; la realización de proyectos que impulsen el uso ético de la inteligencia artificial en el desarrollo de proyectos de alto impacto económico y social; el registro nacional o internacional de los derechos de propiedad intelectual que se generen; la vinculación de la ciencia y la tecnología con los sectores productivos y de servicios; la divulgación de la ciencia, la tecnología y la innovación; creación, desarrollo o consolidación de grupos de investigadores o centros de investigación, así como para otorgar estímulos y reconocimientos a investigadores y tecnólogos, en ambos casos asociados a la evaluación de sus actividades y resultados.

Artículo 25. Las secretarías de Estado y las entidades de la administración pública federal podrán celebrar convenios con el Conacyt, cuyo propósito sea determinar el establecimiento de fondos sectoriales Conacyt que se destinen a la realización de investigaciones científicas, desarrollo tecnológico, innovación, de proyectos que impulsen el uso ético de la inteligencia artificial en el desarrollo de proyectos de alto impacto económico y social; el registro nacional o internacional de propiedad intelectual, y la formación de recursos humanos especializados, becas, creación, fortalecimiento de grupos o cuerpos académicos o profesionales de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, divulgación científica, tecnológica e innovación y de la infraestructura que requiera el sector de que se trate, en cada caso. Dichos convenios se celebrarán y los fondos se constituirán y operarán con apego a las bases establecidas en las fracciones I y III del artículo 24 y las fracciones I, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX del artículo 26 de esta Ley y a las bases específicas siguientes:

I. a V.

...

...

Artículo 37. El Foro Consultivo Científico y Tecnológico tendrá las siguientes funciones básicas:

I. a IV. ...

IV Bis. Sugerir acciones, políticas públicas y reformas legales que impulsen el uso ético de la Inteligencia Artificial en el desarrollo de proyectos de alto impacto económico y social en el ámbito de la investigación científica, el desarrollo tecnológico, y la innovación;

V. a VI. ...

Artículo 40. Para la creación y la operación de los instrumentos de fomento a que se refiere esta Ley, se concederá prioridad a los proyectos cuyo propósito sea promover la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológicos que estén vinculados con empresas o entidades usuarias de la tecnología, en especial con la pequeña y mediana empresa.

De igual forma serán prioritarios los proyectos que se propongan lograr un uso racional, más eficiente y ecológicamente sustentable de los recursos naturales, los que impulsen el uso ético de la inteligencia artificial en el desarrollo de proyectos de alto impacto económico y social, las asociaciones cuyo propósito sea la creación y funcionamiento de redes científicas y tecnológicas, así como los proyectos para la vinculación entre la investigación científica y tecnológica con los sectores productivos y de servicios que incidan en la mejora de la productividad y la competitividad de la industria nacional.

...

...

Artículo 50. El establecimiento y operación de los Fondos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico se sujetará a las siguientes bases:

I. a III. ...

IV. El objeto del fondo será financiar o complementar financiamiento de proyectos específicos de investigación, de desarrollo tecnológico y de innovación, en especial de aquellos que impulsen el uso ético de la inteligencia artificial en el desarrollo de proyectos de alto impacto económico y social, la creación y mantenimiento de instalaciones de investigación, su equipamiento, el suministro de materiales, el otorgamiento de becas y formación de recursos humanos especializados, la generación de propiedad intelectual y de inversión asociada para su potencial explotación comercial, la creación y apoyo de las unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, el otorgamiento de incentivos extraordinarios a los investigadores que participen en los proyectos, y otros propósitos directamente vinculados para proyectos científicos, tecnológicos o de innovación aprobados. [...]

...

V. a VI. ...

Segundo. Se reforma el artículo 99 de la Ley General de Salud, adicionándole un párrafo, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 99. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y con la colaboración del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y de las instituciones de educación superior, realizará y mantendrá actualizando un inventario de la investigación en el área de salud del país.

Atendiendo a lo señalado en el primer párrafo de este artículo, se creará un programa en el que participen diversas Universidades de todo el país, áreas de investigación y desarrollo de tecnología, de Inteligencia Artificial, y que tengan como finalidad estimular la investigación científica y tecnológica para la realización de actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de enfermedades. Este programa deberá ser revisado y actualizado anualmente por las autoridades que dirijan el programa.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo no mayor a noventa días, el Conacyt y la Secretaría de Salud deberán realizar los cambios a las normas y reglamentación correspondiente acorde con lo establecido en el presente decreto.

Notas

1 https://www.scielosp.org/pdf/rcsp/2014.v40n4/247-248/es

2 https://www.revista.unam.mx/2020v21n1/inteligencia-artificial-en-todo-y -para-todos/

3 https://www.paho.org/pan/index.php?option=com_content&view=article&id=
1355:inteligencia-artificial-la-herramienta-de-panama-para-contener-el-covid-19&Itemid=442

4 https://www.paho.org/pan/index.php?option=com_content&view=article&id=
1355:inteligencia-artificial-la-herramienta-de-panama-para-contener-el-covid-19&Itemid=442

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril del 2020.

Diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica)

Que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por la diputada Saraí Núñez Cerón e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscribimos, diputada federal Saraí Núñez Cerón y las y los diputados pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, por el que se deroga del artículo 2o., el inciso D), fracción I, y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H), y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2o.-A, todos ellos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) es el impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos. El IEPS es un impuesto indirecto, por tanto, los contribuyentes no lo pagan, lo trasladan o cobran a sus clientes.

En vista de que entre los productos gravados con el IEPS el único que puede considerarse de primera necesidad es la gasolina, el gobierno suele aplicar por temporadas estímulos fiscales sobre el impuesto en este producto, es decir, apoyos económicos con los que se busca reducir el pago final del impuesto a los consumidores.

Estos se pagan de forma mensual a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

Según la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, se actualizan las cuotas que se especifican en el IEPS y serán vigentes a partir del 1 de enero de 2020.

El IEPS se aplica en personas físicas o morales que enajenen los siguientes bienes:

-Bebidas con contenido alcohólico y cerveza

-Tabacos labrados

-Gasolina

-Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes

-Es decir, las personas físicas o morales que vendan estos bienes estarán obligados al pago del IEPS.

La tabla que se presenta a continuación es la tabla de los porcentajes para determinar el IEPS a pagar en el ejercicio 2020 para los contribuyentes que opten por el Régimen de Incorporación Fiscal, tras la publicación del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020.

Para entrar en materia, el IEPS de las gasolinas queda de la siguiente manera para el año 2020.

-Gasolina Magna (menos a 92 octanos): 4.95 pesos por litro.

-Gasolina Premium (mayor o igual a 92 octanos): 4.18 pesos por litro.

-Diésel: 5.44 pesos por litro.

-Combustibles no fósiles: 4.18 pesos por litro.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) estima obtener ingresos por 342 mil 53.6 millones de pesos a través del IEPS que se cobra en cada litro de gasolina y diésel.

Dicho monto es 22.6 por ciento mayor en términos reales a lo que se contempla para el cierre del 2019 por un total de 278 mil 900 millones de pesos; es decir, esperan obtener 63 mil 153.1 millones de pesos más que en este año.

Sería la recaudación más alta que se haya tenido en este gravamen desde 1990, año hasta donde tiene registro la Secretaría de Hacienda.

La recaudación por el impuesto a combustibles representa 66.3 por ciento de los ingresos que se obtengan por el IEPS en general y significará 9.7 por ciento de los ingresos tributarios que se estima obtener en el 2020, por 3.49 billones de pesos.

En este contexto, el economista del Tecnológico de Monterrey Raymundo Tenorio “duda que el incremento en la recaudación de 22.6 por ciento provenga de un aumento en el consumo, pues los últimos datos de Petróleos Mexicanos indican que el consumo por litro de gasolina no ha subido en más de 6.1 por ciento entre el 2018 y el 2019.

Agregó que el incremento en recaudación tampoco provendrá de un alza en el precio final, pues el gobierno aseguró que los precios de la gasolina no subirán más que la inflación.

Entonces, si no es a través del consumo o de un mayor precio, lo que creo es que van a quitar el estímulo fiscal y van a subir el IEPS para lograr ese nivel de recaudación”:1

recordemos que en la última actualización del estímulo fiscal entre el 14 y 20 de septiembre del 2019, el estímulo fiscal en la Magna fue de 0.724 pesos, con lo que el consumidor pagó en impuesto 4.086 pesos el litro; en la Premium se pagó el IEPS completo de 4.06 pesos, y en el diésel, 4.29 pesos.

En este contexto, en entrevista para El Universal, comento, “Víctor Rodríguez Padilla, catedrático de la UNAM y fundador del observatorio ciudadano de energía, y Ramsés Pacheco Razo, consultor del sector energético, mencionan que la alternativa para bajar el costo de venta de la gasolina es eliminar el IEPS, al eliminar este impuesto ayudará a la economía de los mexicanos, asimismo, menciona Ramsés el cual menciona que será un paso importante en la política pública del país y una verdadera ayuda al pueblo de México ya que el combustible mueve las mercancías de consumo y trasporte”.2

En este tenor, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional ha presentado en esta y en anteriores legislatura la presente iniciativa para la eliminación del IEPS, el cual el gobierno en turno junto, con su mayoría en el Congreso, no las quieren aprobar, ya que afecta a sus intereses.

El mundo y el país están cruzando por una crisis sanitaria por el brote de la pandemia del Covid -19. El 11 de marzo, la OMS emite la declaratoria de pandemia. El 24 de marzo, la Secretaría de Salud anunció que México entró al escenario 2 de transmisión comunitaria, establecido por la OMS.

La Secretaria de Salud menciona que al 17 de abril de 2020, “a nivel mundial se han reportado 2 millones 74 mil 529 casos confirmados (82 mil 967 casos nuevos) de Covid-19 y 139 mil 378 defunciones (8 mil 493 nuevas defunciones). Tasa de letalidad global: 6.7 por ciento.

Hasta la fecha, se han reportado casos en 212 países, notificados en las seis regiones de la OMS (América, Europa, Asia sudoriental, Mediterráneo oriental, Pacífico occidental y África).

En México, hasta el día de hoy se han confirmado 6 mil 875 casos y 546 defunciones por Covid-19.

Es por lo anterior que el gobierno federal y el Consejo de Salubridad General reconocen la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) y en México se emite el “Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)”, el cual estableció las medidas preventivas que los sectores público, privado y social deberán poner en práctica, entre otras, suspender temporalmente las actividades que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor del propio Acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020, con la salvedad de que las dependencias y entidades de la administración pública federal y las organizaciones de los sectores social y privado instrumenten planes que garanticen la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras.

Asimismo, dicho acuerdo establece que las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a los contratos individuales, colectivos, contratos ley o condiciones generales de trabajo que correspondiera, durante el plazo al que se refiere el Acuerdo ya citado y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.”.3

Por lo anterior, la pandemia afecta indudablemente la salud pero tenemos esperanzas de que pronto pase con los cuidados necesarios y la vacuna adecuada, pero estamos en una crisis económica que perdurará en años, y solo con una voluntad política podemos salir adelante. Y ya que en muchos no podrán levantarse de este impacto económico tan grave que vamos a atravesar, el cual se deberá de realizar varias acciones de rescate económico del país para proteger los empleos formales y las Mypimes de miles de familias mexicanas así como a las personas que trabajan en lo informal estarán gravemente afectados.

Es por lo anterior, que es imperante la necesidad de eliminar el IEPS de las gasolinas para que estas sean más económicas y accesibles a los ciudadanos, es de lógica simple que la gasolina mueve todo los productos y servicios y si la gasolina baja su precio al público por ende bajarán los precios de los productos y servicios que se ofrecen en el país y así se ayudará directamente a las familias mexicanas sin condicionante y no a un solo sector y condicionado como es el clientelismo de los programas sociales que el gobierno federal reparte a unos cuantos.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto que se deroga del artículo 2, el inciso D), fracción I, y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H) y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2-A, todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo Único. Se deroga del artículo 2o., el inciso D) fracción I y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2o.-A todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I. ...

A) a C)...

D) (Se deroga)

E) a G)...

...

...

I) ...

II. a III. ......

Artículo 2o.-A. (Se deroga).

Transitorio

Primero. La reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.eleconomista.com.mx/economia/
Preven-captar-342000-millones-de-pesos-por-IEPS-a-gasolinas-en-2020-20190919-0123.html

2 https://www.eluniversal.com.mx/elecciones-2018/bajar-gasolina-es-posibl e-pero-costoso-advierten-expertos

3 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590787&fecha=31/03/2020&print=true

Palacio Legislativo de San Lázaro, 28 de abril de 2020.

Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica)

Que reforma los artículos 109 y 112 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Janet Melanie Murillo Chávez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Janet Melanie Murillo Chávez , diputada federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional e integrante de la LXIV Legislatura, con fundamento en las fracciones II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 109 y 112 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes , al tenor de la siguiente,

Exposición de Motivos

Los centros de asistencia social resultan ser un espacio vita para albergar a niñas, niños y adolescentes que sen encuentran en situación de vulnerabilidad, como abandono, violencia, entre otros.

La Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes define a los centros de asistencia social como el espacio de cuidado alternativo que brinda una medida especial de protección de carácter subsidiario, de ultimo recurso y temporal a niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental.1

Con la entrada en vigor de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se ha buscado implementar una mejor regulación de los centros de asistencia social, que, sin duda, resultan indispensables para garantizar la protección de los derechos de la niñez y adolescencia mexicana.

De tal forma que, gracias a este cuerpo normativo, aparece el Registro Nacional de Centros de Asistencia Social, el cual fue actualizado por ultima vez el 20 de marzo del 2020 con un total de 113 centros registrados.2

Sin embargo, esta información es totalmente contraria a lo que contiene el informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), donde se tienen contabilizados 877 centros de asistencia social, es decir, tienen contabilizados 764 registros más que las autoridades federales.3

Como ejemplo tenemos que la CNDH reporta en Ciudad de México 118 albergues, mientras que el registro nacional no reporta ninguno; para el caso de Baja California, la CNDH reporta 96 mientras que nuestro Registro Nacional solo reporta 42, por mencionar algunos.

Lo anterior, visibiliza la falta de operación y veracidad en los permisos y autorizaciones para operar como centro de asistencia social y, por otra parte, la falta de articulación para contar con un registro veraz.

Por otra parte, la misma CNDH ha emitido diferentes propuestas a diferentes instancias federales, estatales y municipales para garantizar el buen funcionamiento de estos centros, en este informe se hace incapie a la ausencia de políticas públicas integrales para la atención de población menor de edad; se carece de información precisa y desagregada que permita identificar cuántos son, dónde están, y cuál es la situación jurídica de las niñas, niños y adolescentes que residen en ellos; falta trabajar en la prevención de las causas de los ingresos de niñas, niños y adolescentes a los CAS, y las instancias de procuración de justicia no cuentan con registros adecuados sobre la incidencia de delitos cometidos contra la población residente en CAS y albergues, ni de las personas menores de edad que se canalizan a ellos.4

Además de lo anterior, se hace la observación de la falta de capacitación del personal que opera estos centros, así como la falta de supervisión de estos.

Como ejemplo de lo antes mencionados tenemos que los estados de Hidalgo, Michoacán y Yucatán no informaron si cuentan con bases de datos de las personas menores residentes en sus centros y solo 15 entidades aportaron información sobre los motivos de ingreso.

La falta de información, recopilación y compromiso pr parte de los centros de asistencia social nos lleva a no poder contra con las herramientas necesarias para garantizar el derecho a vivir en familia de las niñas, niños y adolescentes albergados, por el contrario, prolongan su estancia incluso hasta la mayoría de edad donde enfrentamos otros retos. Esta es la primera vulneración a sus derechos.

Hasta julio del año pasado (2019), la CNDH recibió 169 quejas por violaciones a derechos de menores que habitaban en albergues.

Los números nos dejan ver que aun nos queda mucho por hacer para alcanzar una correcta regulación de los centros de asistencia social, sin embargo, el tiempo es enemigo de nuestras niñas, niños y adolescentes que habitan en ellos, por eso, es necesario continuar legislando con mejoras en el marco legal para fortalecer los trabajos que realizan.

Debemos garantizar que su estancia sea temporal y, a su vez, esa estancia sea con pleno respeto a sus derechos, otorgando espacios amigables y adecuados para un desarrollo integral.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforma los artículos 109 y 112, fracción II de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo Único. Se reforman los artículos 109 y 112 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 109. Todo centro de asistencia social es responsable de garantizar la integridad física y psicológica de las niñas, niños y adolescentes que tengan bajo su custodia.

...

I. ... XI.

...

La niña, niño o adolescente deberá contar con expediente completo para efectos de que su situación sea revisada y valorada de manera particular, así como para determinar procedimientos de ingreso y egreso con el apoyo de las autoridades competentes que faciliten su reincorporación familiar o social.

Este expediente deberá contemplar Nombre, nacionalidad, origen étnico, en su caso, datos de identificación y estado de salud; fotografía de la niña, niño o adolescente al momento de su ingreso, la cual será actualizada cada seis meses hasta su egreso; fecha, hora y circunstancias específicas de ingreso; nombre y domicilio de la persona que hace entrega de la niña, niño o adolescente, en su caso; nombre y domicilio de las personas que ejerzan la custodia, tutela o patria potestad sobre la niña, niño o adolescente y, fecha y circunstancias de egreso, así como datos de la persona a la que sea entregada.

...

Artículo 112. Las Procuradurías de Protección de las entidades federativas, en coordinación con la Procuraduría de Protección Federal, serán las autoridades competentes para autorizar, registrar, certificar y supervisar los centros de asistencia social destinados a brindar los servicios descritos en el presente Capítulo, para lo cual conformarán el Registro Nacional de Centros de Asistencia Social.

El Registro Nacional de Centros de Asistencia Social deberá contar por lo menos con los siguientes datos:

I. ... IV.

V. Cartas de antecedentes no penales de todo el personal

Al efecto, las Procuradurías de Protección de las entidades federativas deberán reportar semestralmente a la Procuraduría Federal de Protección, la actualización de sus registros, así como los resultados de las visitas de supervisión efectuadas como coadyuvantes.

El Registro a que hace referencia este artículo deberá ser actualizado de forma oportuna en carácter de público y consultable en la página de internet del Sistema Nacional DIF.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/542462/RNCAS_20Mar2020.p df

2 https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-11/Com_2019 _433.pdf

3 https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-11/Com_2019 _433.pdf

4 https://www.razon.com.mx/mexico/violan-derechos-de-menores-en-centros-d e-asistencia-social-cndh/

5 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_171019.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, 28 de abril del 2020.

Diputada Janet Melanie Murillo Chávez (rúbrica)

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, suscrita por el diputado Jesús Guzmán Avilés e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jesús Guzmán Avilés , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se adiciona diversos artículos de la Ley de Seguridad Nacional , bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

La situación a la que se enfrenta la actividad ganadera en México y la sanidad alimentaria es preocupante debido a que desde hace algunos meses se ha incrementado la entrada a nuestro país de ganado ilegal proveniente de Centroamérica; las condiciones en las que entra, deriva en una afectación económica para los ganaderos mexicanos.

Parte de los objetivos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) es que todo ganado que entre a México cumpla con los requerimientos zoosanitarios establecidos, a fin de garantizar la salud del ganado mexicano y, como consecuencia, del sistema zoosanitario, la higiene de los alimentos y la salud de mexicanos.

Debido a las afectaciones económicas que trae consigo la entrada ilegal del ganado centroamericano y al riesgo que puede existir para la sanidad animal y la salud de los mexicanos, la situación se convierte en un problema de seguridad nacional que requiere de la participación conjunta de autoridades sanitarias y de los cuerpos de seguridad, como los encargados de salvaguardar la seguridad en las fronteras de nuestro país, especialmente la de la frontera sur.

Es evidente que los esfuerzos que ha llevado a cabo el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria -Senasica- para controlar las enfermedades en el territorio mexicano, pueden ser afectados si no se controla el status zoosanitario del ganado centroamericano, mediante los controles establecidos por la dependencia; ejemplo de lo anterior es el caso del estado de Sinaloa, que durante 2019 perdió el status zoosanitario afectando con ello al hato ganadero de la región, la producción y exportación de ganado hacia los Estados Unidos.

Por lo que es fundamental que la vigilancia de la frontera sur de nuestro país este constantemente monitoreada, toda vez que si se pierde el control de la frontera se incrementará la introducción ilegal del ganado de contrabando, el robo y venta de aretes y guías sanitarias, además del abigeato y otros elementos que están afectando al sector ganadero del país, México estaría en crisis sanitaria y alimentaria, por ello la propuesta para declarar alerta zoosanitaria como un asunto de seguridad nacional.

Por ello es importante que el Senasica mantenga constantemente las inspecciones zoosanitarias que garanticen el mantenimiento del status sanitario que hasta ahora ha conservado la ganadería mexicana.

La ley de Seguridad Nacional, en su artículo tercero, señala que la Seguridad Nacional se entiende como las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, asimismo considera que existen acciones que amenazan la seguridad nacional del Estado mexicano. La entrada de ganado de contrabando por la frontera sur de México es una amenaza a la seguridad nacional, como lo han señalado diversos actores y especialistas en el tema.

Por su parte, la Ley de Sanidad Animal establece que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) es la encargada de realizar acciones para vigilar la sanidad animal: lo anterior se establece en el artículo 19. el cual señala que:

La Secretaría establecerá mediante disposiciones de sanidad animal, las características y especificaciones que deberán observarse para procurar el bienestar que todo propietario o poseedor de animales debe proporcionarles, a fin de que los inmunice contra las enfermedades y plagas transmisibles que los afecten y les proporcione la alimentación, higiene, transporte y albergue y en su caso entrenamiento apropiados conforme a las características de cada especie animal, con el objeto de evitar su estrés y asegurar su vida y su salud.

La entrada de ganado proveniente de Centroamérica se ha convertido en un verdadero reto, que deben enfrentar las autoridades sanitarias mexicanas, este tema en conjunto con el robo de aretes, el abigeato han pegado duros golpes a la industria ganadera, principalmente por que se ha incrementado el mercado ilegal de aretes, uso de documentación falsificada de ranchos perfectamente establecidos, ya sea para retirar aretes de manera “legal” o en algunos otros casos se roban los aretes o simplemente se clonan, además de estos delitos hay quienes practican el abigeato considerado como la acción que tiene por objetivo la sustracción de vacas, ovejas, caballos u otros animales que son propiedad de una persona ya sea física o moral. El delito es frecuente y se comete en estados que disponen de una gran actividad ganadera y donde los abigeos en muchos casos han logrado corromper a las autoridades para actuar de manera impune y cometer una cadena de delitos descritos, que afectan la producción ganadera. Así mismo han desarrollado otras técnicas para hacerse de “ganado legal” mediante el robo, compra, registro o adquisición de aretes de identificación, estos aretes sirven para identificar a cada animal y sus movimientos.

Diversas uniones ganaderas han hecho visible el problema del abigeato, el robo o clonación de aretes identificadores, así como el uso de guías, la colusión de autoridades sanitarias y la entrada de ganado ilegal por la frontera sur de nuestro país, todo lo anterior atenta contra las actividades productivas del sector y pone en riesgo la actividad agroalimentaria y la salud de quienes consumen carne pues al no saber qué tipo de enfermedades puedan traer consigo el ganado de contrabando podría generarse una crisis sanitaria al romperse el cerco sanitario implementado por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, lo que debería declararse un tema de seguridad nacional, por ello la presente iniciativa tiene por objeto, en primera instancia reforzar las inspecciones zoosanitarias que lleva a cabo el Senasica y mantener vigilada la frontera sur del país, evitar la introducción de ganado ilegal que realizan bandas organizadas y que ponen en riesgo el status zoosanitario por lo que en caso de romperse ese cerco sea declarada alerta nacional y en consecuencia un asunto de seguridad nacional.

Fundamento Legal

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 17, señala que:

-Ninguna persona podráì hacerse justicia por siì misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartir en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio seráì gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

-Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.

Asimismo, el artículo 21 señala que:

-La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, asíì como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, asíì como la sanción de las infracciones administrativas, en los teìrminos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitucioìn senÞala. La actuacioìn de las instituciones de seguridad puìblica se regiraì por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitucioìn.

Derivado de los artículos antes mencionados son los tres niveles de gobierno quienes deben garantizar seguridad y justicia.

Con la finalidad de impulsar el campo uno de los planteamientos que hizo la actual administración federal fue la de combatir la pobreza e impulsar al sector ganadero y para ello se implementaron programas como crédito a la palabra, Producción para el Bienestar y Precios de Garantía. Estos atienden principalmente a pequeños y medianos productores y productoras, cuya mayoría ha vivido históricamente en condiciones de rezago y marginación. Este fenómeno se aprecia, sobre todo, en la región sur-sureste del país, pero también son quienes más sufren la crisis de la entrada de ganado ilegal por la frontera sur del país, pues son precisamente los estados del sur donde más se ha dado este fenómeno.

El programa de crédito a la palabra se implementó con el propósito de contribuir al bienestar de los pequeños productores de las áreas de menor desarrollo del país, con un presupuesto asignado de 4 mil millones de pesos en 2019. El objetivo del programa es el incremento y desarrollo del hato ganadero, mediante la inversión en especie de ganado de cría.

La ganadería es una palanca de desarrollo, es un componente importante de la economía del país, pues sus niveles de exportación hacia el vecino país del norte abonan al desarrollo económico nacional y local, así mismo es parte importante de la cadena alimenticia de los mexicanos.

La Encuesta Nacional Agropecuaria 2017 señala que, sobre el ganado bovino, porcino y aves de corral, se observa que en 2014 se reportaron 28.4 millones de cabezas de bovinos, aumentando en 2017 a 31.9 millones. La producción de leche se incrementó de 31.4 en 2014 a 37.6 millones de litros en promedio diario; en tanto que la producción de huevo reportó el mismo comportamiento al pasar de 7 mil 632 a 8,101 huevos promedio diarios.

En el sector agropecuario, existen factores que pueden afectar la producción de las unidades de producción, el más común, es el incremento de costos en servicios e insumos, como son combustible, energía eléctrica, semillas, fertilizantes y mano de obra, los cuales fueron utilizados por el 75.7 por ciento de las UP; sin embargo, a diferencia de 2014 su uso ha disminuido, pues en ese año, representaba el 83.4 por ciento.

La misma situación se observa con la pérdida de la cosecha o animales por fenómenos naturales, no controlables por el hombre como inundaciones, sequías, heladas y granizo, el cual preocupa a 74.7 por ciento de los productores en 2017.

Un elemento que afecta al campo y a la ganadería es el fenómeno climático, factor por el cual el 74.7 por ciento de las UP reportan pérdidas, siendo los más comunes las sequías que representan el 45.0 por ciento; los fenómenos naturales relacionados con el viento afectan al 31.9 por ciento, mientras que el exceso de humedad afecta al 25.8 por ciento. Las pérdidas biológicas son el problema más frecuente con el 44.2 por ciento, reportadas por un 40.3 por ciento de productores, mientras que las enfermedades afectan al 21.6 por ciento, impidiendo, ambas el desarrollo de actividades normales de las UP.

Las pérdidas por robo de aretes, ganado o abigeato según datos oficiales, se estima que, en 2018, el valor del robo de ganado superó 100 millones de pesos. Las cifras podrían aumentar, si se toma en cuenta que muchos robos no se denuncian, y que también hay hurtos de sementales de entre 50 mil y hasta 200 mil pesos si son importados.

Según los datos del Secretariado Ejecutivo de Seguridad Pública, en enero de 2019 se reportaron 472 robos de ganado en el país, y en enero de 2020 se reportaron 418 robos de ganado en el país, datos que sólo son superados en octubre de 2018 con 493 hurtos.

Tanto el abigeato, como el contrabando de cabezas de ganado que entran por la frontera sur de nuestro país y de lo cual tiene conocimiento el titular del ramo, ingeniero Víctor Manuel Villalobos, quien en comparecencia ante el pleno de la Cámara de Diputados el pasado 8 de octubre de 2019, en el marco de la glosa del primer informe de gobierno de la administración pública federal, señaló que están tomando acciones en conjunto con su similar de Guatemala para establecer tres ranchos cuarentenarios del lado de Guatemala, para acopiar el ganado y establecer un esquema de sanidad así como mecanismos transparentes para poder incorporar el ganado que es necesario, pero que sea sano y que sea de la calidad genética que demanda el mercado mexicano, compromiso que hasta el día de hoy no se ha cumplido por quien dirige el Senasica.

De todo lo anterior es que proponemos que previendo que se pueda dar una crisis sanitaria en nuestro territorio, es que se realiza la siguiente propuesta que es la de modificar la Ley de Seguridad Nacional.

Decreto por el que se adiciona una fracción XIV al artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional

Artículo 5. Para los efectos de la presente ley, son amenazas a la seguridad nacional:

I. a XIII. ...

XIV. Cuando al menos una tercera parte de los estados del país pierdan el status sanitario o se presente contingencia en alguna región del país.

Artículo 12. Para la coordinación de acciones orientadas a preservar la Seguridad Nacional se establece el Consejo de Seguridad Nacional, que estará integrado por:

I. a XI. ...

XII. El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, en su caso.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Bibliografía

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Seguridad Nacional

Ley de Sanidad Animal

https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/incidencia-delictiva

https://www.gob.mx/agricultura/prensa/inicia-encuesta-na cional-agropecuaria-ena-2019

https://www.elsoldemazatlan.com.mx/local/buscan-recupera r-estatus-sanitario-del-ganado-4703525.html

https://www.alcalorpolitico.com/informacion/

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Jesús Guzmán Avilés (rúbrica)

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal; General de Bienes Nacionales; y de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por la diputada Karen Michel González Márquez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Karen Michel González Márquez , diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, en ejericio de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se modifica el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales y se reforman los artículos 2, 5 y 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federa l, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El Estado mexicano incorpora en su orden jurídico una serie de derechos que, de ser justiciables, nos situarían como uno de los países más garantistas en el orbe, ello incluso sin considerar la vasta ampliación de derechos que resulta de nuestra profusa actividad como suscriptor de instrumentos internacionales -instrumentos que generan derechos y compromisos- sin embargo, debido a problemas de diseño institucional o deficiencias normativas, muchos de los derechos que nos han sido reconocidos, que hemos conquistado, se mantienen como letra muerta.

Un claro ejemplo de ello es la movilidad sustentable, que constituye uno de los derechos sociales menos factibles de pleno ejercicio para las mexicanas y los mexicanos a consecuencia de la inadecuada infraestructura vial con la que contamos a nivel nacional, misma que ha sido enfocada, por la federación, las entidades federativas y los municipios, al tránsito de vehículos motorizados de uso particular o comercial, relegando la movilidad peatonal, el transporte colectivo y el transporte no motorizado a un nivel muy bajo dentro de la escala de prioridades urbanas.

Lejos estamos como nación de poder compararnos con otros Estados que han apostado por reducir el número de vehículos automotores en circulación, convirtiendo o adaptando sus redes viales (troncales, primarias y secundarias) para el uso equitativo del espacio vial y la operación de redes de transporte eficientes, suficientes y seguras. Desde que se empezaron a formar y crecer las grandes urbes, no se apostó decididamente a procurar el desplazamiento de personas por medios colectivos y no motorizados, lo que ha resultado en la saturación y en muchos casos, prácticamente el colapso, de nuestras vialidades. Prácticamente todas las grandes ciudades del país han abrazado como parte de su rutina los problemas de tránsito.

Vías que se podrían recorrer en unos minutos están habitualmente estancadas, quizá el más claro ejemplo de ello es la Ciudad de México y área metropolitana, donde en promedio, los usuarios de automotores pierden 146 horas al año en embotellamientos viales.1 Casi una semana efectiva o 18 jornadas de trabajo.

El hacer caso omiso a este problema conlleva otros problemas: grandes costos de productividad, falta de seguridad en las calles, mayores costos de mantenimiento de la infraestructura vial, acumulación de estrés en las personas y daños continuos al medio ambiente, entre otros.

Por ello, resulta urgente ampliar los derechos ciudadanos en materia de movilidad y establecer mecanismos para:

1. Garantizar la movilidad peatonal sin riesgo;

2. Fomentar del uso de transporte no motorizado, y

3. Fortalecer nuestra red de transporte.

Tales son los objetivos de la presente iniciativa.

En este tenor y considerando que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes es la responsable de “formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte, (...), de acuerdo a las necesidades del país”,2 bajo esta dependencia recae en principio la tarea de garantizar la movilidad sustentable a nivel nacional, con independencia de la responsabilidad que tienen cada una de las entidades federativas en el ámbito de su competencia.

Sin embargo, y como bien se consigna en la plataforma “sin tráfico, por una movilidad inteligente”, lo que los gobiernos no miden, no se puede mejorar. Bajo esta premisa, la primera necesidad evidente, es la de contar con un instrumento público específico que analice la problemática descrita y proponga soluciones.

Por supuesto, una de las principales intenciones debe ser la de reducir el parque vehicular en rodamiento, pero incluso sobre esto, debe privilegiarse el acceso efectivo a un derecho, para ello es necesario un cambio de enfoque en cómo se concibe la movilidad. Es ilustrativo que Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal concibe actualmente como vehículos a los motorizados. Esta concepción resulta ya anacrónica, pues si bien durante el siglo pasado no se consideró a las bicicletas como medio efectivo de transporte, esta visión ha sido derrumbada y ciudades como Amsterdam, Copenhague, Londres, Milán, San Francisco o París son claro ejemplo de ello.

Ahora bien, pudiera pensarse que estos conceptos son efectivos solamente en ciudades con estructuras urbanas sumamente avanzadas, sin embargo, al otro extremo del mosaico, vemos que en muchos municipios de nuestro país, ya sea porque no se cuenta con medios de transporte público o porque estos son caros o poco confiables, la bicicleta es un medio efectivo para desplazarse entre poblaciones, aunque su uso constituye un riesgo para la persona, que comparte camino con carros, camiones y traileres.

Es evidente la necesidad de reconocer a peatones y vehículos no motorizados, el derecho al acceso equitativo a las vías y considerar este enfoque en la elaboración de políticas públicas y en la planeación de obras. En este particular, la generación de una cultura de movilidad sustentable es tan importante como el generar condiciones para que el transporte público sea digno y con precios justos.

De ahí la importancia de contar con una estrategia de movilidad sustentable, que es el centro nodal de esta iniciativa. Establecer un instrumento nacional que aborde este tema, nos acercaría al cumplimiento de compromisos internacionales, particularmente los establecidos en los Objetivos 9.1, 11.2 y 11.6 de desarrollo sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, que a la letra dicen:

“9.1 Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de calidad, incluidas infraestructuras regionales y transfronterizas, para apoyar el desarrollo económico y el bienestar humano, haciendo especial hincapié en el acceso asequible y equitativo para todos.

11.2 De aquí a 2030, proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial, en particular mediante la ampliación del transporte público, prestando especial atención a las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad, las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las personas de edad.

11.6 De aquí a 2030, reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo.”

El adoptar un instrumento permanente de mediano y largo alcance, permitiría establecer metas que van, desde la gratuidad de servicios de transporte a adultos mayores y personas con discapacidad, hasta establecer una red nacional, planificada por las entidades federativas, los municipios y la Federación, para garantizar la movilidad inteligente para el descongestionamiento de vías y la continua mejora de la infraestructura y servicios viales y de transporte. Todo esto debe tener un enfoque de protección ambiental, razón por la que se deberá considerar la opinión de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la elaboración y actualización de la Estrategia.

De ser adecuadamente diseñada e implementada, se podrán establecer metas claras con resultados cuantificables, lo que se traducirá en una movilidad más segura, más incluyente, que reduzca los tiempos de traslado y considere la importancia del transporte como servicio público esencial y soporte de la economía nacional.

Asimismo, con el acuerdo de las entidades federativas, se podría lograr un mayor control de nuestra red de transporte público, con costos de transporte justos, calculados con bases objetivas pero considerando la economía regional. Recordemos que México es uno de los pocos países que han delegado en empresas particulares una parte o la totalidad de un servicio público básico, como lo es el de transporte de pasajeros, lo que ha generado, según el caso, situaciones de franco abuso al usuario y deficientes condiciones de las unidades. Basta ver el contraste entre una ciudad emblemática, como lo es San Francisco, California, en que la autoridad del transporte opera una red que incluye tranvía, cable car, metro y autobús, conectando a prácticamente la totalidad de la ciudad, al no existir distrito o colonia que no tenga al menos dos opciones de traslado. La red de transporte, debe ser considerada estratégica por ser el pilar de la movilidad.

En suma, la presente propuesta promueve las creación de infraestructura conectada y segura para peatones y ciclistas y la transición gradual hacia esquemas que incorporen formas de movilidad colectivas, no motorizadas, motorizadas no contaminantes y peatonales, con base en un instrumento de planeación eficaz y evaluable.

Cabe mencionar finalmente, que debido a que no se establecen facultades en esencia distintas a las que ya tiene la Secretaría, sino que se enfocan las ya existentes a objetivos específicos, la presente propuesta no conlleva impacto presupuestario, pero sí nos acerca al cumplimiento de compromisos internacionales, mediante la ampliación de derechos de la ciudadanía.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se modifica el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales y se reforman los artículos 2, 5 y 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Artículo Primero. Se modifican las fracciones XXII, XXV y XXVI, y se adiciona una fracción XXVII, recorriendo en su numeración la actual XXVII, para quedar como XXVIII, todas del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administracón Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 36. (...)

I. a XXI. (...)

XXII. Construir y conservar caminos y puentes, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, fomentando la inclusión de vías seguras para el uso de transporte no motorizado y garantizando la movilidad peatonal sin riesgo;

XXIII. y XXIV. (...)

XXV. Cuidar de los aspectos ecológicos y los relativos a la planeación del desarrollo urbano y la movilidad sustentable , en los derechos de vía de las vías federales de comunicación;

XXVI. Promover y, en su caso, organizar la capacitación, investigación y el desarrollo tecnológico en materia de comunicaciones y transportes, fomentando una cultura de movilidad sustentable;

XXVII. Definir, en coordinación con las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y escuchando la opinión de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la estrategia de movilidad sustentable, como instrumento de planeación a mediano y largo plazo para la operación, funcionamiento y mantenimiento de redes de movilidad seguras, accesibles, eficientes y sustentables, y

XXVIII. Los demás que expresamente le fijen las leyes y reglamentos.

Artículo Segundo. Se modifica la fracción XI del artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 7. (...)

I. a X. (...)

XI. Los caminos, carreteras, puentes, vías para el tránsito de vehículos no motorizados y vías férreas que constituyen vías generales de comunicación, con sus servicios auxiliares y demás partes integrantes establecidas en la ley federal de la materia;

XII. a XIV. (...)

Artículo Tercero. Se modifican las fracciones VII y XIII del artículo 2o., las fracciones I y II del artículo 5o. y el párrafo primero del artículo 30; se adiciona una fracción XVI al artículo 2o., recorriendo en su numeración a la actual XVI para quedar como XVII, y un parrafo tercero a la fracción VII del artículo 5o., todas de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 2o. (...)

I. a VI. (...)

VII. Servicios Auxiliares: Los que sin formar parte del autotransporte federal de pasajeros, turismo o carga, complementan su operación y explotación, incluyendo, en su caso, las vías o carriles confinados para el tránsito de vehículos no motorizados y la infraestructura necesaria para su funcionamiento;

VIII. a XII. (...)

XIII. Tránsito: Cualquier tipo de circulación, motorizada o no motorizada que se realice en las vías generales de comunicación;

XIV. (...)

XV. Vehículo: Medio de transporte motorizado, incluidos los medios o remolques que arrastren;

XVI. Vehículo no motorizado: Medio de transporte que utiliza la fuerza humana como medio de propulsión. Excluye los medios de tracción animal, y

XVII. Vías generales de comunicación: Los caminos y puentes tal como se definen en el presente artículo.

Artículo 5o. (...)

(...)

I. Planear, formular y conducir la Estrategia de Movilidad Sustentable y las demás políticas y programas para el desarrollo de los caminos, puentes, servicios de autotransporte federal y sus servicios auxiliares;

II. Construir y conservar directamente caminos y puentes, de conformidad con lo establecido en la Estrategia de Movilidad Sustentable y las demás políticas y programas que emita la Secretaría;

III. a VII. (...)

VIII. (...)

Las motocicletas deberán pagar el 50 por ciento del peaje que paguen los automóviles.

Los vehículos no motorizados quedan exentos del pago de peaje, y

IX. (...)

Artículo 30. La Secretaría podrá otorgar concesiones para construir, mantener, conservar y explotar caminos y puentes a los particulares, estados o municipios, conforme al procedimiento establecido en la presente Ley; así como para mantener, conservar y explorar caminos federales construidos o adquiridos por cualquier título por el Gobierno Federal. En este último caso, las concesiones no podrán ser por plazos mayores a 20 años. La Secretaría garantizará, cuando haya vías alternas, la operación de una libre de peaje. De conformidad con lo establecido en la Estrategia de Movilidad Sustentable, se incluirán carriles confinados para el tránsito de vehículos no motorizados en los caminos cuyas especificaciones lo permitan.

(...)

(...)

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitirá, en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto, previa consulta con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, la Estrategia de Movilidad Sustentable, que deberá contener, cuando menos:

I. La metodología para su elaboración, implementación y actualización;

II. Su horizonte de planeación;

III. Una descripción suscinta de los retos y problemáticas que se enfrentan en materia de movilidad;

IV. Los programas, políticas y proyectos a implementar para hacer efectivo el derecho de toda persona a la movilidad segura, accesible, eficiente e incluyente;

V. La adopción de políticas de movilidad, acordadas con las Entidades Fedrativas, que consideren el aspecto estratégico del transporte público;

VI. Los programas específicos para el uso racional de los medios de transporte;

VII. Metas para la conversión del parque vehícular a opciones menos contaminantes;

VIII. El cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de movilidad sustentable;

IX. Las herramientas a implentar para fomentar una cultura de movilidad sustentable, y

X. Los mecanismos y periodicidad para su evaluación.

Tercero. Una vez emitida la Estrategia de Movilidad Sustentable, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes informará anualmente al Congreso de la Unión sobre su actualización y los resultados de su evaluación.

Notas

1 Fuente: 1er Estudio Nacional del Costo de la Congestión para el Transporte Público y Privado, elaborado por la plataforma de Big Data 'Sin Tráfico' y el Instituto Mexicano para la Competitividad. Ver: http://sintrafico.com/congestion/ (consultado por última vez el 25 de marzo de 2020).

2 Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, Artículo 5, fracción I.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril del año 2020.

Diputada Karen Michel González Márquez (rúbrica)

Que reforma el artículo 17 de la Ley de General de Salud, suscrita por la diputada María del Rosario Guzmán Avilés e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, María del Rosario Guzmán Avilés , diputada federal en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 la Ley de General de Salud , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Durante la última década, nuestro país ha vivido dos pandemias, la primera dio inicio en 2009 conocida como gripe porcina A o AH1N1 y actualmente atravesamos por la pandemia del virus SARS-CoV2 o Covid-19.

Los primeros casos detectados de la influenza AH1N1 fueron en el estado de Veracruz, en el municipio de Perote, se especuló que su origen pudo haber sido las granjas de ganado porcino ubicadas en ese municipio, posteriormente se detectó un caso más en el estado de Oaxaca y durante la primera quincena de marzo se detectó el primer caso en la Ciudad de México expandiéndose hacia los demás estados de la República Mexicana.

Las autoridades de salud señalaron que nuestro país había sido receptor y no el origen de la influenza AH1N1 pues ésta había entrado por los estados de Texas y California de Estados Unidos. Durante mayo ya se había extendido hacia otros países; sin embargo, en nuestro país, el secretario de Salud en turno, doctor José Ángel Córdoba, declaraba el 24 de abril de 2009, que México estaba tratando con un nuevo virus de la gripe porcina que constituye una epidemia respiratoria pero que, en términos generales era controlable.

Este acontecimiento quedó marcado en la historia de nuestro país porque se decidió cerrar escuelas, suspender actividades de la administración pública federal y se cerraron, al igual que ahora, centros de esparcimiento, centros religiosos, cantinas, bares, cines, etcétera, prohibiéndose reuniones de personas que pudieran ser fuente de contagio.

Ciertamente los avances tecnológicos en conjunto con la vigilancia epidemiológica han permitido saber y conocer sobre el avance y mutación de las pandemias. En el 2006, con base en la amenaza de pandemia que representaba el virus de la influenza aviar H5N1, el Consejo de Salubridad General estableció el Acuerdo por el que se indica la necesidad de contar con un instrumento para la preparación y respuesta ante una pandemia de influenza y el cual dice lo siguiente:

“Se establece como medida indispensable para prevenir y controlar los daños a la salud, la instrumentación de un Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Influenza, en el que se establezcan las actividades necesarias para evitar el riesgo de la enfermedad y su diseminación en el territorio nacional; cuya ejecución será coordinada por el Comité Nacional para la Seguridad en Salud, presidido por la Secretaría de Salud”.1

Bajo esta premisa, la Secretaría de Salud implementó el Plan Nacional para la preparación y respuesta ante la intensificación de la Influencia Estacional o ante una pandemia de influenza, el cual señala que:

El objetivo es reducir la morbilidad y la mortalidad que provoquen trastornos sociales y económicos causados por un evento epidémico o pandémico, por lo que el contenido proporcionará una referencia para las actividades de preparación y respuesta, estableciendo las funciones para la realización de la vigilancia, investigación de casos y el tratamiento así como para prevenir la propagación de la enfermedad en la comunidad, mantener los servicios esenciales y otras acciones para el antes, durante y después de la pandemia.2

Anterior al brote de influenza AH1N1 que vivió nuestro país, han existido una serie de pandemias a través de la historia que han dejado miles de pérdidas de vidas humanas, de este tipo de pandemias se ha detectado que se pueden desarrollar más fácilmente en ambientes fríos y húmedos, sin embargo los últimos brotes de influenza han sucedido en estaciones del año contracíclicas es decir en épocas de calor, se ha observado que uno de los factores comunes es que estos virus tienden a propagarse en individuos que poseen niveles variables de inmunidad a partir de infecciones adquiridas tempranamente en la vida. Otro factor que se observa es que el transporte aéreo acelera la propagación del virus y disminuye el tiempo para preparar las intervenciones, teniendo como consecuencia que los sistemas de la salud se saturen rápidamente y las economías se dañen, así como la vida cotidiana.

La observación y vigilancia epidemiológica han permitido el conocimiento sobre la mutación de estos virus, por lo que no es un tema acabado, por el contrario, es algo que hay que estar vigilando constantemente pues el riesgo mayor es que ahora la mutación se propicia de animales a humanos, esta evolución requiere necesariamente de acciones tendientes a la prevención, contención, protección y actuación, antes durante y después de las pandemias, por ello la necesidad de implementar en nuestro país los protocolos necesarios para poder mitigar sus efectos.

La experiencia que hoy vivimos es un evento totalmente diferente al ocurrido en 2009, el brote de Covid-19 se originó fuera de nuestro territorio, se tuvo conocimiento del hecho con varios meses de anticipación; expertos en el tema señalaron en diversas entrevistas durante los primeros días del mes de febrero que nuestro país en las semanas posteriores -marzo- podría tener sus primeros casos, pues como ya se ha mencionado el transporte aéreo es un factor que ayuda en la aceleración de la importación, también cabe señalar que ya se tenía conocimiento de que no existe una vacuna para combatir la epidemia, por lo que la forma más eficaz para combatir la pandemia que se veía venir, era la higiene pública, la contención epidemiológica y la participación de la sociedad, nada diferente a lo sucedido en el año 2009.

Fue el 28 de febrero cuando se declaró oficialmente el primer caso de Covid-19 en nuestro país, declarándose así la fase 1, porque se trataban de casos importados, en ese momento no se cancelaron eventos públicos ni concentraciones ya que se consideraba algo innecesario. Asimismo se prohibió a los laboratorios y hospitales privados realizar pruebas, y únicamente podrían realizar estas pruebas los laboratorios autorizados por la Secretaria de Salud.

Ante el desconocimiento y la incertidumbre sobre cómo actuar, el ministro en retiro, José Ramón Cossío Díaz, señaló en un foro realizado el 4 de marzo del año en curso, por el Colegio de México, “la importancia de implementar un protocolo de actuación para enfrentar este tipo de contingencias, y ahí mismo, señaló también, que el Consejo de Salubridad General está facultado para participar en este tipo de eventos pero lamentablemente está desorganizado”.3

Ya estando en la fase 1, usuarios se quejaban de la poca vigilancia que se tenía en el Aeropuerto de la Ciudad de México, fue el 23 de marzo cuando la Organización Mundial de la Salud declaró a México en fase 2 y un día después nuestro país declaró oficialmente estar en fase 2, la cual consiste en la dispersión social, cancelación de eventos masivos y la implementación de filtros sanitarios, es en esta fase cuando se inicia la transmisión comunitaria, sin embargo, no existió en ese momento, claridad en las medidas a seguir, es decir, faltaron los protocolos.

Sin embargo, lo que sí se anunció como una medida es que existirían apoyos para las micro y pequeñas empresas y se implementó el plan DN-III, el cual se aplica cuando existen desastres naturales y tiene que ver con la activación del plan a nivel nacional, la coordinación con autoridades estatales y municipales, censo de capacidades: instalaciones hospitalarias, de transportación, medicamentos y necesidades, así como la determinación, ubicación e instalación de hospitales provisionales.4

Es el 23 de marzo, mediante acuerdo publicado en el DOF, cuando el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, y se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia5 que consisten en lo siguiente:

-Se enumeran las medidas de preparación, prevención y control de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2, Covid-19, diseñadas, coordinadas y supervisadas por la Secretaría de Salud e implementadas por las dependencias y entidades de la administración pública federal, los poderes Legislativo y Judicial, las instituciones del Sistema Nacional de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y diversas organizaciones de los sectores social y privado.

-Exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, en su calidad de autoridades sanitarias, y en general, a los integrantes del Sistema Nacional de Salud a definir a la brevedad, planes de reconversión hospitalaria y expansión inmediata de capacidad que garanticen la atención oportuna de los casos de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2, Covid-19, que necesiten hospitalización.

El 24 de marzo, se da a conocer mediante publicación en el DOF, por parte de la Secretaria de Salud el decreto por el que se sanciona el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)6 y que señala como punto principal el siguiente:

-El objeto de dicho decreto es que realizará todas las acciones que resulten necesarias, a efecto de dar seguimiento a las medidas previstas en el presente Decreto e informará cada veinticuatro horas al presidente de la república sobre la situación existente.

Hasta el momento de su publicación todas estas medidas son de carácter general.

El 27 de marzo se publica en el DOF el decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19),7 en el mismo se señalan acciones específicas en su artículo segundo:

I. Utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes en las regiones afectadas y en las colindantes;

II. Adquirir todo tipo de bienes y servicios, a nivel nacional o internacional, entre los que se encuentran, equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías y objetos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de llevar a cabo el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla;

III. Importar y autorizar la importación, así como la adquisición en el territorio nacional de los bienes y servicios citados en la fracción anterior, sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontar la contingencia objeto de este Decreto;

IV. Llevar a cabo las medidas necesarias para evitar la especulación de precios y el acopio de insumos esenciales necesarios de los bienes y servicios a que se refiere la fracción II del presente artículo, y

V. Las demás que se estimen necesarias por la Secretaría de Salud.

Finalmente, es el 30 de marzo cuando se publica en el DOF, el “acuerdo que da a conocer el Consejo de Salubridad General por el que se declara emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)”8 en el que se incluyen medidas de carácter general.

Es hasta el 31 de marzo, mediante publicación en el DOF, cuando la Secretaría de Salud a través de su titular, da a conocer el “acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”9 y en el que se da a conocer una serie de actividades no esenciales y que debían suspender actividades.

Se ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales. Solamente podrán continuar en funcionamiento las siguientes actividades, consideradas esenciales:

-Las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria, como son las actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud.

-Las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana; en la defensa de la integridad y la soberanía nacionales; la procuración e impartición de justicia; así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal;

-Las de los sectores fundamentales de la economía: financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos,

-Las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno, y

-Las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables; a saber: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros más que pudieran listarse en esta categoría;

-En todos los lugares y recintos en los que se realizan las actividades definidas como esenciales, se deberán observar, de manera obligatoria, las siguientes prácticas:

-No se podrán realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas;

-Las personas deberán lavarse las manos frecuentemente;

-Las personas deberán estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo);

-No saludar de beso, de mano o abrazo (saludo a distancia), y

-Todas las demás medidas de sana distancia vigentes, emitidas por la Secretaría de Salud Federal.

El 6 de abril, se publica en el DOF, Acuero por el que se establecen los Lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del artículo primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo del 2020.1o es decir, una ampliación del documento publicado el 31 de mayo, para continuar con las obras emblemáticas del presidente de la república y que de esta manera pudieran operar toda la industria que estuviera relacionada con la misma.

Se han enumerado las acciones más relevantes que ha dado a conocer el gobierno federal en materia jurídica respecto a cómo enfrentar la pandemia del coronavirus, sin embargo, como se observa, los mismos especialistas en derecho de la salud, afirman que no existen los protocolos que den sustento en las actuaciones de todas las áreas involucradas.

Se reconoce que existe el andamiaje jurídico para implementar este tipo de protocolos, como lo señaló el ministro en retiro José Ramón Cossío Díaz y la especialista en derecho de la Salud Lorena Von Aguilar, sin embargo señalan que hacen falta protocolos integrales que determinen el quehacer de cada área involucrada, sobre todo teniendo ya la experiencia de 2009 aunada a la actual.

Es el Consejo de Salubridad General quien debe encabezar estos esfuerzos y debe ser de manera inmediata al conocimiento del surgimiento de una epidemia o pandemia siendo este el caso; y es precisamente el objetivo de esta iniciativa, facultar al CSG para que éste nombre las comisiones y los comités necesarios para la realización de protocolos inmediatos y en donde se determinen las dependencias que deben estar involucradas, considerando las experiencias antes mencionadas.

Esto en virtud que la inactividad por parte de las autoridades sanitarias y en este caso del Consejo de Salubridad General puede generar daños de difícil e imposible reparación, como lo es la vida de cientos y miles de mexicanos.

El tiempo es el principal factor en estos temas, y va de la mano con el actuar inmediato y la ruta a seguir para la oportuna detección, contención y mitigación de virus como el Covid-19 que en estos momentos nos tiene en la ya citada emergencia sanitaria.

La pronta reacción del estado mexicano ante estas amenazas contribuirá en una mejor planeación del manejo de epidemias o pandemias como en este caso, donde se orientará de mejor forma las regiones con más peligro de contagio, la ubicación de posibles víctimas dependiendo de su edad y condiciones sociales, las autoridades que ejecutarán acciones de detección, contención, mitigación y en qué medida, así como la estimación idónea de los recursos presupuestarios a destinar para atender estas emergencias y la reconversión hospitalaria, dando prioridad en todo momento el salvaguardar las vidas de todos los mexicanos.

Es por ello que propongo la adición de una fracción al artículo 17 para dotar al Consejo de Salubridad General de la facultad inmediata al momento de conocer de una epidemia o pandemia que afecten a nuestro país, actuar de manera inmediata estableciendo protocolos idóneos y correspondientes a la amenaza que se enfrente, teniendo en cuenta los elementos mencionados en el párrafo anterior con el fin de proteger la vida de todos los mexicanos.

Aunado a lo anterior, propongo de igual manera se establezca de manera clara y firme en esta reforma, que al momento de dictar los protocolos indicados, se realice un protocolo en específico donde se dicten las medidas de protección y seguridad para todo el personal de la salud, incluyendo practicantes y personal administrativo sin distinción de instituciones públicas o privadas, ante las epidemias o pandemias que se vayan a tratar.

Esto con el fin de darles seguridad jurídica y certeza a todos los trabajadores de la salud de que el estado se verá obligado a crear protocolos que velarán por la protección de su integridad y la de sus familias, respetando en todo momento sus derechos humanos y su dignidad.

Me veo obligada a proponer lo mencionado, ya que como ha pasado en la pandemia y emergencia epidemiológica que vivimos en este momento, han sido demasiadas las denuncias hechas por personal médico, a través de redes sociales, medios informativos y manifestaciones que nosotros mismos nos encontramos en calles y avenidas de diferentes ciudades de nuestro país.

No podemos dejar solos y abandonar a los principales actores en esta batalla, médicos, practicantes, estudiantes de medicina, enfermeros, camilleros, personal administrativo y en general todo el personal que tiene a su cargo el cuidado y recuperación de toda la ciudadanía en caso de contagio.

Es inverosímil ver el desprecio con el que la actual administración federal les ha dejado sin equipo de seguridad, sin las mínimas medidas de cuidado para su persona, faltando el respeto a su integridad y su dignidad.

Todos los trabajadores de la salud merecen nuestro reconocimiento, respeto y agradecimiento por sus sacrificios y su noble labor.

Por lo expuesto y fundado propongo reformar el artículo 17 de la Ley General de Salud de la siguiente forma:

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de:

Decreto

Único. Se reforma el artículo 17 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Ley General de Salud

Artículo 17. Compete al Consejo de Salubridad General:

I. al VIII...

VIII Bis Sesionar de manera inmediata en caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia o catástrofe que afecten al país, a fin de nombrar las comisiones y comités técnicos necesarios para elaborar protocolos para la detección, protección y contención de la amenaza correspondiente, así como la estimación de los recursos suficientes para la debida atención. En todo momento, se garantizará la seguridad y protección del personal de salud incluyendo practicantes y personal administrativo que atienda las amenazas mencionadas, respetando en todo momento su integridad física y su dignidad.

IX. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.cenaprece.salud.gob.mx/programas/interior/emergencias/descargas/pdf/Plan_Nacional_Influenza.pdf

2 op cit.

3 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/urgen-crear-protocolo-para-contin gencias

4 https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/sociedad/
mexico-inicia-fase-2-de-covid-19...-sin-medidas-claras-5014167.html

5 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590161&fecha=23/03/2020

6 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590340&fecha=24/03/2020

7 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590673&fecha=27/03/2020

8 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590745&fecha=30/03/2020

9 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020

10 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591234&fecha=06/04/2020

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputada María del Rosario Guzmán Avilés (rúbrica)

Que reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se permite presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Planteamiento del problema

En la actualidad México es azotado por la pandemia del virus Covid-19, por lo cual se han implementado una serie de medidas para evitar la propagación entre la población, derivado del mismo, es la publicación de la declaratoria de emergencia sanitaria emitida en marzo por el Ejecutivo federal.

Las recomendaciones hechas por la autoridad, las medidas tomadas contra la pandemia y la baja del precio del petróleo, han desembocado en un panorama nada favorable para el país que afecta a toda persona en su economía. Debido a la presente situación miles de personas se han visto desempleadas o con ingresos menores a los mínimos para el sustento de su familia.

El funcionamiento de los programas sociales es en beneficio de la sociedad con base en leyes y reglas de operación, pero como lo es en la mayor parte de la normatividad, el funcionamiento del programa social es insuficiente en estas circunstancias, quedando muy lejos del beneficio de la sociedad.

Los programas sociales en circunstancias de crisis, como la que hoy vivimos, resultan ser insuficientes, por lo cual no logran el bienestar de la sociedad y distan mucho de encontrarse a la vanguardia del funcionamiento requerido.

Exposición de Motivos

Un programa social es una iniciativa que está destinada a mejorar las condiciones de vida de la población, está orientado a la sociedad, a su generalidad, o a un sector de la población con ciertas características y necesidades en común.

El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) tiene por objetivo fundamental el financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social.

El FAIS se determina anualmente por el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, y se compone de dos fondos, el Fondo de Infraestructura Social Estatal (FISE) y el Fondo de Infraestructura Social Municipal y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal (FISMDF).

Conforme al acuerdo por el que se emiten los lineamientos del FAIS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2020, el presupuesto con el que cuenta este fondo se podrá destinar para agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud y educación, mejoramiento de vivienda, mantenimiento de infraestructura conforme lo señalado en el catálogo de acciones establecido en los lineamientos. Por otra parte, se podrá destinar en obras y acciones de beneficio preferente a la población de los municipios, demarcaciones territoriales y localidades que presenten un mayor nivel de rezago social y pobreza extrema.

El problema real, en el FAIS, lo encontramos en la rigidez de manejo del presupuesto, lo que hace difícil el beneficio a la sociedad en circunstancias extraordinarias como lo es la contingencia de salud que vivimos, donde lo que se necesita es la rapidez de acciones por parte de la autoridad con un respaldo normativo.

El derecho debe encontrarse al par de la realidad y cuando se trata de facultades de la autoridad resulta imperante para resguardar la seguridad jurídica, que es garantía del gobernado y característica primordial de un estado de derecho.

Al entender al gobernado como ente de beneficio y protección del Estado, es como se entiende la existencia de programas sociales, como lo es el FAIS, en atender las marcadas desigualdades que busca la mejora de condiciones de las personas con la finalidad de lograr el bienestar de la sociedad.

Con fundamento en los principios de los derechos humanos; y el objeto de la dignidad como eje y fin de los derechos, es que se busca el beneficio de las personas por medio del presupuesto del FAIS en circunstancias extraordinarias como lo es en la actualidad con la pandemia de Covid-19, para que este presupuesto pueda ser ejercido de manera distinta en beneficio de la sociedad.

Dignidad humana. Constituye una norma jurídica que consagra un derecho fundamental a favor de las personas y no una simple declaración ética.

La dignidad humana no se identifica ni se confunde con un precepto meramente moral, sino que se proyecta en nuestro ordenamiento como un bien jurídico circunstancial al ser humano, merecedor de la más amplia protección jurídica, reconocido actualmente en los artículos 1o., último párrafo; 2o., apartado A, fracción II; 3o., fracción II, inciso c); y 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En efecto, el pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido que la dignidad humana funge como un principio jurídico que permea en todo el ordenamiento, pero también como un derecho fundamental que debe ser respetado en todo caso, cuya importancia resalta al ser la base y condición para el disfrute de los demás derechos y el desarrollo integral de la personalidad . Así las cosas, la dignidad humana no es una simple declaración ética, sino que se trata de una norma jurídica que consagra un derecho fundamental a favor de la persona y por el cual se establece el mandato constitucional a todas las autoridades, e incluso particulares, de respetar y proteger la dignidad de todo individuo, entendida ésta –en su núcleo más esencial– como el interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. (artículo 1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, CPEUM).

La presente iniciativa tiene como finalidad garantizar la dignidad de las personas a través del beneficio por parte del gobierno local de la administración del presupuesto del FAIS y programas sociales de manera inmediata a la población en caso de presentarse una emergencia sanitaria, como lo es en la actualidad con la pandemia de Covid-19, por lo que se presenta un cuadro comparativo:

La presente iniciativa tiene como objetivo: reformar la Ley de Coordinación Fiscal para que el presupuesto del FAIS se pueda utilizar de distinta forma a lo previsto con su catálogo en caso de presentarse una emergencia sanitaria.

La presente iniciativa tiene como finalidad: el beneficio directo e inmediato de las localidades perjudicadas por una emergencia sanitaria.

Fundamento legal

Lo constituyen los artículos 5; 71, fracción X; 78, fracción III, y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Por lo expuesto, se presenta el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal

Artículo 33. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban las entidades, los municipios y las demarcaciones territoriales, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social, y en las zonas de atención prioritaria. En caso de presentarse un Estado de Emergencia declarada por la autoridad competente, las aportaciones con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social que reciban las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, se podrán destinar a objetivos distintos a los establecidos por esta ley durante el periodo que dure la declaratoria, previa aprobación de la respectiva autoridad sanitaria.

...

...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión hará las adecuaciones pertinentes para garantizar la finalidad del decreto.

Tercero. El Ejecutivo federal hará las adecuaciones pertinentes a fin de garantizar el fin del decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada (rúbrica)

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se permite presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 216-A de la Ley del Seguro Social, 31 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 153 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Planteamiento del problema

En la actualidad el país atraviesa una realidad demasiado difícil en el combate de la pandemia del virus Covid-19. Esta epidemia está por llegar a su punto crítico (al mayor crecimiento de enfermos), donde el principal riesgo es que se saturen las instalaciones médicas para atender a la población. El peligro actual no es la mortalidad de la enfermedad, es la capacidad de mantenerse, en teoría, oculto hasta que rebasa los sistemas de salud de sistemas completos.1

El sistema de salud se puede ver rebasado aun cuando sea menor el porcentaje de personas que necesiten hospitalización. En un escenario presentado por la Secretaría de Salud, donde 10 mil 500 personas necesiten hospitalización y servicios intensivos de manera simultánea, habría un problema real en los hospitales públicos, para atender a la sociedad.2

Es por lo anterior descrito que debemos buscar la manera de expandir la cobertura hospitalaria en el país, para atender, en un caso extremo, a la totalidad de los enfermos de Covid-19.

Exposición de Motivos

En México los primeros casos de pacientes con Covid-19 se dieron en el mes de febrero, y su crecimiento ha ido incrementando exponencialmente. Se advierte que aún no se ha llegado al punto máximo de la epidemia, por lo que se deben buscar medidas extraordinarias para la atención de los pacientes enfermos y en las medidas de atención a la epidemia.

El acceso de salud es un servicio que debe prestar el Estado en su tarea de garante del derecho, por lo que se prevé en la Constitución y tratados internacionales en donde el Estado mexicano es parte, y se convierte por ello, en un derecho fundamental.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general... (Artículo 4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, CPEUM).

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad (artículo 25 Declaración Universal de los Derechos Humanos, DUDH).

Es bajo el tenor de la temática, se debe señalar que el acceso a la salud pública es un derecho fundamental, que bajo la Ley General de Salud establece la finalidad del sistema de salud pública y su sistema de coordinación, que es la garantía de acceso a un derecho humano y fundamental.

Las instituciones de seguridad social, como lo son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), son instituciones que brindan servicios de seguridad devenida del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y de convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Dentro de los servicios que prestan las instituciones de seguridad social se encuentran los de salud, el servicio hospitalario y de recuperación, ya que se tiene como finalidad un nivel digno de vida de los derechohabientes, así como el bienestar colectivo de la sociedad como es señalado en la Ley del Seguro Social (LSS)

Artículo 2. La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo , así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso, y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado (artículo 2 LSS).

Lo que se propone en esta iniciativa es dar acceso al público en general, sin ser derechohabientes del IMSS, ISSSTE e ISSFAM, al servicio de hospitalización y recuperación para los enfermos por una epidemia. Esta propuesta es en atención al derecho fundamental del acceso a la salud bajo los principios de universalidad y progresividad, así como en interpretación de la finalidad de la seguridad social conforme la ley y tratados internacionales.

La reforma constitucional de 2011 en derechos humanos significó un cambio de paradigma en beneficio de los gobernados. La reforma al artículo 1 de la Constitución en 2011 consagró la protección a los derechos humanos y la obligación de las autoridades de promover, respetar y proteger los mismos.

Todas las autoridades , en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley (artículo 1 CPEUM).

El IMSS, ISSSTE e ISSFAM son organismos públicos descentralizados que obedecen a la figura de autoridad y conforme la fuerza vinculante de la Constitución deben “promover, respetar, proteger y garantizar” los derechos humanos en el ámbito de sus competencias. Es por ello y en apego al principio de legalidad (que es principio rector de un estado de derecho) que se propone reformar la LSS, LISSSTE y la LISSFAM para que puedan atender y coadyuvar al sector salud en atención de una epidemia como lo es el Covid-19 en la actualidad.

Esta reforma es benéfica en conseguir la universalidad del derecho y por lo tanto un beneficio en la progresividad de las garantías para el ejercicio del derecho humano. Buscamos que se atienda la totalidad de la sociedad mexicana para un acceso a la salud eficaz, y, por lo tanto, la reforma es un avance sustancial en las condiciones sociales.

Principios de optimización interpretativa de los derechos humanos reconocidos en la Constitución federal (universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad) orientan la interpretación de los preceptos constitucionales en esa materia y son de ineludible observancia para todas las autoridades.

El 10 de junio de 2011 se promulgaron reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos, de las que sobresale la modificación de su artículo 1o. que establece la obligación de toda autoridad, de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, favoreciendo la protección más amplia posible a favor de la persona, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En virtud de éstos, la valoración de los derechos fundamentales queda vinculada a la premisa de que deben respetarse en beneficio de todo ser humano, sin distinción de edad, género, raza, religión, ideas, condición económica, de vida, salud, nacionalidad o preferencias (universalidad); además, tales derechos han de apreciarse como relacionados de forma que no sería posible distinguirlos en orden de importancia o como prerrogativas independientes, prescindibles o excluyentes unas ante otras, sino que todos deben cumplirse en la mayor medida posible, así sea en diferente grado por la presencia de otro derecho fundamental que también deba respetarse y que resulte eventualmente preferible, por asegurar un beneficio mayor al individuo, sin que el derecho fundamental que ceda se entienda excluido definitivamente (indivisibilidad e interdependencia); asimismo, con el entendimiento de que cada uno de esos derechos, o todos en su conjunto, obedecen a un contexto de necesidades pasadas y actuales, mas no niegan la posibilidad de verse expandidos, por adecuación a nuevas condiciones sociales que determinen la necesidad y vigencia de otras prerrogativas que deban reconocerse a favor del individuo (progresividad). De esta guisa, los referidos principios orientan la interpretación de los restantes preceptos constitucionales en materia de derechos fundamentales, conduciendo a su realización y observancia más plena e inmejorable posibles, vinculando el proceder de toda autoridad en el cumplimiento del mandato de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales de la materia, por lo que se constituyen como auténticos principios de optimización e interpretación constitucional que el legislador decidió objetivar en la norma suprema y, que por ende, resultan de ineludible observancia para todas las autoridades, y más aún para las jurisdiccionales.

Es por lo anterior que se presenta un cuadro comparativo entre la legislación vigente y la propuesta de reforma

La iniciativa tiene por objeto: reformar la LSS, LISSSTE y LISFAM para que en caso de presentarse una epidemia de carácter grave los institutos puedan brindar servicios médicos a la población en general.

La iniciativa tiene como finalidad: que en caso de presentarse una epidemia de carácter grave las autoridades del Estado mexicano puedan garantizar el acceso a la salud, a la totalidad de la sociedad.

Fundamento legal

Lo constituyen los artículos 5; 71, fracción X; 78, fracción III, y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Por lo expuesto, se presenta el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforma el artículo 216 A de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:

Artículo 216 A. El Instituto deberá atender a la población no derechohabiente en los casos siguientes:

I.

...

II. Tratándose de epidemias de carácter grave , campañas de vacunación, atención o promoción a la salud, y

...

...

Segundo. Se reforma el artículo 31 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para quedar como sigue:

Artículo 31 Bis. Para el Instituto, será obligatoria la atención de las mujeres embarazadas que presenten una urgencia obstétrica, solicitada de manera directa o a través de la referencia de otra unidad médica, en las unidades con capacidad para la atención de urgencias obstétricas, independientemente de su derechohabiencia o afiliación a cualquier esquema de aseguramiento.

En caso de presentarse una epidemia de carácter grave el Instituto deberá brindar los servicios de esta sección a la población no derechohabiente respecto la atención de la epidemia.

...

...

Tercero. Se reforma el artículo 153 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para quedar como sigue:

Artículo 153. Los familiares de un militar en activo o en situación de retiro comprendidos en el artículo 142 de esta Ley y los pensionistas, tendrán derecho a que se les proporcione gratuitamente el servicio médico.

En caso de presentarse una epidemia de carácter grave el Instituto deberá brindar los servicios de esta sección a la población no derechohabiente respecto la atención de la epidemia.

...

Artículo transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación.

Notas

1 https://www.excelsior.com.mx/opinion/pascal-beltran-del-rio/un-sistema-de-salud-en-riesgo-de-colapso/1370983, 20.04-2020

2 Ibídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada (rúbrica)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jorge Arturo Espadas Galván e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El diputado Jorge Arturo Espadas Galván y las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

El 29 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma constitucional que cambió la denominación de Distrito Federal a Ciudad de México. Aunque dicha reforma no implicó cambios fundamentales en su naturaleza, la Ciudad de México sigue siendo la capital de los Estados Unidos Mexicanos, así como sede de los Poderes de la Unión.

La Ciudad de México se volvió una entidad federativa con autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y su organización política administrativa, con un gobierno republicano, representativo, democrático y laico y tendrá mayor autonomía con los Poderes federales.

Por su parte, el artículo décimo cuarto transitorio señala que, a partir de la entrada en vigor del decreto, las referencias constitucionales y de cualquier otro ordenamiento jurídico al Distrito Federal, deberán entenderse hechas a la Ciudad de México. Aunque esta reforma implica cambios de fondo, que se aparejan de un cambio de forma, tiene un trasfondo jurídico, político y social de relevancia, pero como elemento esencial el cual requiere el cambio de denominación.

Por tal motivo, consideramos adecuado y necesario que una vez que estamos realizando diversos cambios a la presente ley en beneficio de la sociedad, generar una actualización para cambiar el nombre sería oportuno para cumplir con lo publicado desde hace varios años.

Ahora bien, el otro tema fundamental de la iniciativa va relacionado con el esquema de coordinación fiscal. En la actualidad estamos viviendo momentos complicados en diversos ámbitos de la vida política y económica tanto en el país como en el mundo.

Uno de los debates que ha ido en aumento en el transcurso de los días es la forma de distribución de los presupuestos participables entre las entidades federativas y municipios. Las reglas para la redistribución de los impuestos que recaudan los gobiernos locales son desiguales debido a que no se encuentran reguladas de manera adecuada y por tanto la organización tributaria y de gasto se ven afectadas con los años y no se ve reflejado un aumento en recursos que represente un fortalecimiento de las entidades federativas y municipios del país para solventar sus crecientes necesidades.

Existen varios gobernadores que han solicitado una revisión y actualización de la Ley de Coordinación Fiscal para una reconsideración del Pacto Fiscal debido a que los recursos que les entrega la federación no son suficientes y no corresponden con los ingresos que aportan las entidades que actualmente gobiernan.

Según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2018, 10 entidades aportaron aproximadamente 86 por ciento de los impuestos tributarios y únicamente recibieron el 54 por ciento de participaciones y 39 por ciento de aportaciones.

42 por ciento de la recaudación de impuestos a nivel nacional fue la Ciudad de México, sin embargo, únicamente tuvo 11 por ciento de participaciones y 2.8 de las aportaciones.

En el estado de Tamaulipas, con el gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, tiene 9 por ciento de la recaudación seguido de Nuevo León, Veracruz y estado de México.

Las entidades federativas que menos han aportado han sido Tlaxcala, Durango, Nayarit, Campeche, Guerrero, Hidalgo, entre otras.

Estas cifras afectan de manera directa a cada estado pues no pueden cumplir con las necesidades que les exigen sus gobernantes por falta de recursos.

Algunos de los gobernadores han declarado que de ser necesario abandonarían el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, pero si esa situación llegara a ocurrir sería un caos para el país, esto se debe a que en la mayoría de los estados los niveles de pobreza son superiores. Es por eso que en la presente iniciativa planteamos soluciones que beneficien por igual a todas las entidades federativas y municipios, que tengan un crecimiento equitativo, así como un debate de la ley y evitar un colapso en la economía.

La situación por la que está pasando el mundo ante la pandemia del Covid-19 así como la caída de los precios del petróleo ha traído diversas complicaciones económicas mundiales, pero será necesario trabajar con medidas de carácter tributario y tratar de incentivar una liquidez ante la situación que se venga a futuro.

La emergencia sanitaria del Covid-19 ha provocado incertidumbre en varios sectores de la población, en materia laboral han sido varias las personas que se han quedado sin empleo y lamentablemente, el trabajo informal ha afectado sueldos y seguros de las personas. Las medidas sanitarias que se han tomado en consideración para salvaguardar ciertos derechos humanos ha afectado otros y provocado una parálisis en la economía, ante esta situación los estados y municipios están trabajando para evitar colapsos económicos y laborales y en contrapartida el gobierno federal ha sido ausente en apoyo de las y los mexicanos y por eso estamos tratando de organizar nuestras leyes.

Las leyes tienen que ir cambiando conforme avanza la sociedad, hoy tenemos la pandemia a nivel mundial y tenemos que trabajar sobre ella después no sabemos qué otra situación nos puede afectar en la economía o en la salud, pero se debe estar preparado para los cambios. Los estados y municipios deben estar protegidos ante la crisis y saber que están respaldados por el gobierno ante cualquier emergencia que se suscite, a nivel mundial o nacional.

El Inegi ha informado que la economía de México decreció -0.1 por ciento en este año y se tiene pronosticado que, en el mejor de los casos, no se va a rebasar el 1 por ciento, volviendo la situación más complicada para cada uno de los estados y otro factor importante de analizar es que uno de los rubros con mayor afectación será el del turismo por lo tanto los estados no van a tener a la misma cantidad de personas que esperan año con año.

La situación en las entidades federativas se compone de participaciones en ingresos federales y los incentivos que se hacen a través de los fondos como:

• Fondo General de Participaciones

• Fondo de Fomento Municipal Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

• Fondo de Fiscalización y Recaudación

• Fondo de Compensación

• Fondo de Extracción de Hidrocarburos

• Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y;

• El 0.136 por ciento de la RFP

El Fondo General de Participaciones está compuesto por 20 por ciento de la recaudación federal participable y es la cantidad que obtenga la federación por todos sus impuestos y se divide en: 45.17 por ciento del mismo, en proporción directa al número de habitantes que tenga cada entidad en el ejercicio de que se trate; 45.17, la eficiencia recaudatoria de cada estado, dando más a los que recaudaron más y por último: 9.66 por ciento se distribuirá en proporción inversa a las participaciones por habitante que tenga cada estado.

El Fondo de Fomento Municipal está integrado con una fracción de 1 por ciento de la recaudación federal participable, que corresponde a los municipios del país (dichos recursos son entregados a los gobiernos de los estados y a su vez estos se encargan de transferirlos) y así es como la Ley de Coordinación Fiscal va realizando el cálculo de cada situación y fondo.

Y son esas mismas las que se tienen que modificar y adecuar para mantenerse vigentes y aprovechar cada uno de los beneficios y lograr cosas positivas de los cambios que vendrán a raíz de lo sucedido en estos meses de año 2020.

Por todo lo anterior, consideramos que aumentar la proporción del Fondo General de Participaciones, del Fondo de Fiscalización y recaudación, así como en la recaudación que se obtenga del impuesto especial sobre producción y servicios y con ello lograr un equilibrio entre los estados y un desarrollo general del país.

Cuadro comparativo entre el texto vigente y el texto propuesto sobre los artículos de Ley de Coordinación Fiscal:

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto que reforma diversos artículos de la Ley de Coordinación Fiscal

Artículo Único. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1o., 2o., 3-A, 3-B, 4, 4-A, 6o., 25, 26, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46 y 47, y se adiciona un artículo 53, todos de la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo 1o. ...

Cuando en esta Ley se utilicen los términos entidades federativas o entidades, éstos se referirán a los Estados y a la Ciudad de México .

...

...

Artículo 2o. El Fondo General de Participaciones se constituirá con el 40 por ciento de la recaudación federal participable que obtenga la federación en un ejercicio.

La recaudación federal participable será la que obtenga la Federación por todos sus impuestos, así como por los derechos de minería, disminuidos con el total de las devoluciones por dichas contribuciones y excluyendo los conceptos que a continuación se relacionan:

I. ...;

II. El impuesto sobre la renta por concepto de salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado causado por los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como de sus organismos autónomos y entidades paraestatales;

III. a X. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Artículo 3-A. ...

I. El 35 por ciento de la recaudación si se trata de cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas.

II. El 12 por ciento de la recaudación si se trata de tabacos labrados.

...

Los municipios recibirán como mínimo el 30 por ciento de la participación que le corresponda al estado.

Artículo 3-B. Las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal participarán al 100 por ciento de la recaudación que se obtenga del impuesto sobre la renta que efectivamente se entere a la Federación, correspondiente al salario del personal que preste o desempeñe un servicio personal subordinado en las dependencias de la entidad federativa, del municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México , así como en sus respectivos organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales, siempre que el salario sea efectivamente pagado por los entes mencionados con cargo a sus participaciones u otros ingresos locales.

...

...

...

Artículo 4o. El Fondo de Fiscalización y Recaudación estará conformado por un monto equivalente al 2.5 por ciento de la recaudación federal participable de cada ejercicio.

...

...

...

...

...

...

...

Los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México recibirán como mínimo el 30 por ciento de la recaudación que del Fondo de Fiscalización y Recaudación corresponda a las entidades.

...

Artículo 4o-A. La recaudación derivada de la aplicación de las cuotas previstas en el artículo 2o-A, fracción II de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se dividirá en dos partes:

I. ...

II. ...

...

Las entidades deberán incluir en las publicaciones a que se refiere el artículo 6o., último párrafo de esta Ley, los recursos que en términos de este artículo correspondan a sus municipios, y en el caso de la Ciudad de México , a sus demarcaciones territoriales, así como acreditar su cumplimiento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 6o. Las participaciones federales que recibirán los Municipios del total del Fondo General de Participaciones incluyendo sus incrementos, nunca serán inferiores al 30 por ciento de las cantidades que correspondan al Estado, el cual habrá de cubrírselas. Las legislaturas locales establecerán su distribución entre los Municipios mediante disposiciones de carácter general, atendiendo principalmente a los incentivos recaudatorios y principios resarcitorios, en la parte municipal, considerados en el artículo 2o. del presente ordenamiento.

...

Los municipios y, tratándose de la Ciudad de México , sus demarcaciones territoriales, recibirán como mínimo el 30 por ciento de la recaudación que corresponda al Estado en los términos del último párrafo del artículo 2o. de esta Ley.

...

...

Artículo 25. Con independencia de lo establecido en los capítulos I a IV de esta Ley, respecto de la participación de los Estados, Municipios y la Ciudad de México en la recaudación federal participable, se establecen las aportaciones federales, como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Ciudad de México , y en su caso, de los Municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece esta Ley, para los Fondos siguientes:

I a VIII. ...

...

...

Artículo 26. ...

...

En el caso de la Ciudad de México , el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo incluirá los recursos correspondientes a las plazas federales que sean transferidas a éste, mediante el convenio de descentralización correspondiente y registradas en el Sistema a que se refiere el párrafo anterior.

...

Artículo 33. ...

A. ...

B. ...

I. De la Secretaría de Desarrollo Social:

a) ...

b) Proporcionar capacitación a las entidades y a sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales, sobre el funcionamiento del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México , del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de las Entidades y del Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México , en términos de lo establecido en los Lineamientos del Fondo que emita la Secretaría de Desarrollo Social;

II. ...

III. ...

Artículo 34. ...

Donde:

Y las variables de cálculo se definen de la siguiente manera:

Fi,t= Monto del FAIS de la entidad i en el año t.

Fi,2013= Monto del FAIS de la entidad i en 2013, en el caso de la Ciudad de México dicho monto será equivalente a 686,880,919.32 pesos.

...

La fórmula del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social no será aplicable en el evento de que en el año de cálculo dicho Fondo sea inferior a la participación que la totalidad de los Estados hayan recibido en el 2013 por concepto del mismo Fondo. En dicho supuesto, la distribución se realizará en función de la cantidad efectivamente generada en el año de cálculo y de acuerdo con el coeficiente efectivo que cada Estado haya recibido por concepto del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social en el año 2013. De cumplirse dicho supuesto la Ciudad de México recibirá la proporción que representen los 686,880,919.32 pesos que recibirá de Fi,2013.

...

Artículo 35. Las entidades distribuirán entre los municipios y las demarcaciones territoriales los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México , con una fórmula igual a la señalada en el artículo anterior, que enfatice el carácter redistributivo de estas aportaciones hacia aquellos municipios y demarcaciones territoriales con mayor magnitud y profundidad de pobreza extrema. Para ello, utilizarán la información de pobreza extrema más reciente a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales, a que se refiere el artículo anterior, publicada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

...

Las entidades, con base en lo previsto en los párrafos anteriores y previo convenio con la Secretaría de Desarrollo Social, calcularán las distribuciones del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México correspondientes a sus municipios y demarcaciones territoriales, debiendo publicarlas en sus respectivos órganos oficiales de difusión, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cada elemento.

A más tardar el 25 de enero del ejercicio fiscal de que se trate, los convenios referidos en el párrafo anterior deberán remitirse a la Secretaría de Desarrollo Social, a través de sus Delegaciones Estatales o instancia equivalente en la Ciudad de México , una vez que hayan sido suscritos por éstas y por el gobierno de la entidad correspondiente, con el fin de que dicha Secretaría publique las distribuciones convenidas en su página oficial de Internet a más tardar el 31 de enero de dicho ejercicio fiscal.

En caso de que así lo requieran las entidades, la Secretaría de Desarrollo Social podrá coadyuvar en el cálculo de la distribución del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México correspondientes a sus municipios y demarcaciones territoriales.

...

Artículo 36. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 3 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Este Fondo se enterará mensualmente por partes iguales a los Municipios, por conducto de los Estados y la Ciudad de México, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo aquellas de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que se establecen en el artículo 37 de este ordenamiento.

Al efecto, los Gobiernos Estatales y de la Ciudad de México deberán publicar en su respectivo Periódico Oficial las variables y fórmulas utilizadas para determinar los montos que correspondan a cada Municipio o Demarcación Territorial por concepto de este Fondo, así como el calendario de ministraciones, a más tardar el 31 de enero de cada año.

Artículo 37. Las aportaciones federales que, con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México , reciban los municipios a través de las entidades y las demarcaciones territoriales por conducto de la Ciudad de México , se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, descargas de aguas residuales, a la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este artículo, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tendrán las mismas obligaciones a que se refiere el artículo 33, apartado B, fracción II, incisos a) y c), de esta Ley.

Artículo 38. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México a que se refiere el inciso a) del artículo 36 de esta Ley, en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada Entidad Federativa, de acuerdo con la información estadística más reciente que al efecto emita el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Para el caso de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México , su distribución se realizará considerando el 75 por ciento correspondiente a cada Demarcación Territorial será asignado conforme al criterio del factor de población residente y el 25 por ciento restante al factor de población flotante de acuerdo con las cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Las Entidades a su vez distribuirán los recursos que correspondan a sus Municipios y las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México , en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada uno de los Municipios y Demarcaciones Territoriales antes referidos.

Artículo 39. El Fondo de Aportaciones Múltiples se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 1.2 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base a lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

Artículo 40. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación y la Ciudad de México se destinarán en un 46 por ciento al otorgamiento de desayunos escolares; apoyos alimentarios; y de asistencia social a través de instituciones públicas, con base en lo señalado en la Ley de Asistencia Social. Asimismo, se destinará el 54 por ciento restante a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel.

...

Artículo 41. El Fondo de Aportaciones Múltiples se distribuirá entre las entidades federativas y la Ciudad de México en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada Entidad Federativa, de acuerdo con la información estadística más reciente que al efecto emita el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática a las asignaciones y reglas que se establezcan en el Presupuesto de Egresos de la Federación .

...

Artículo 42. Con cargo a las aportaciones del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos que les correspondan, los Estados y la Ciudad de México , recibirán los recursos económicos complementarios para prestar los servicios de educación tecnológica y de educación para adultos, cuya operación asuman de conformidad con los convenios de coordinación suscritos con el Ejecutivo Federal, para la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para la prestación de dichos servicios.

Artículo 44. El Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y de la Ciudad de México se constituirá con cargo a recursos federales, mismos que serán determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. La Secretaría de Gobernación formulará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una propuesta para la integración de dicho Fondo, dicho fondo deberá ser creciente en términos reales cada ejercicio fiscal al menos en la misma proporción en la que se incremente el Presupuesto de Egresos de la Federación.

...

...

...

...

Los Estados y la Ciudad de México reportarán trimestralmente a la Secretaría de Gobernación, a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el ejercicio de los recursos del Fondo y el avance en el cumplimiento de las metas, así como las modificaciones o adecuaciones realizadas a las asignaciones previamente establecidas en los convenios de coordinación y sus anexos técnicos en la materia; en este último caso deberán incluirse la justificación y la aprobación del Consejo Estatal de Seguridad Pública correspondiente, o la opinión favorable del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública dará respuesta en un plazo no mayor a 30 días hábiles.

...

Artículo 45. Las aportaciones federales que, con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y de la Ciudad de México , reciban dichas entidades se destinarán exclusivamente a:

I. ...;

II. Al otorgamiento de percepciones extraordinarias para los agentes del Ministerio Público, los peritos, los policías ministeriales o sus equivalentes de las Procuradurías de Justicia de los Estados y de la Ciudad de México , los policías de vigilancia y custodia de los centros penitenciarios; así como, de los centros de reinserción social de internamiento para adolescentes;

III. a VI. ...

Los recursos para el otorgamiento de percepciones extraordinarias para los agentes del Ministerio Público, los policías ministeriales o sus equivalentes, los policías de vigilancia y custodia y los peritos de las procuradurías de justicia de los Estados y de la Ciudad de México , tendrán el carácter de no regularizables para los presupuestos de egresos de la Federación de los ejercicios subsecuentes y las responsabilidades laborales que deriven de tales recursos estarán a cargo de los gobiernos de los Estados y de la Ciudad de México .

...

Los Estados y la Ciudad de México proporcionarán al Ejecutivo Federal, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la información financiera, operativa y estadística que les sea requerida.

Artículo 46. ...

Los montos del fondo a que se refiere este artículo se enterarán mensualmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los Estados y a la Ciudad de México de manera ágil y directa, de acuerdo con la fórmula siguiente:

...

...

Artículo 47. Los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas se destinarán:

I. y II. ...

III. Para apoyar el saneamiento de pensiones y, en su caso, reformas a los sistemas de pensiones de los Estados y de la Ciudad de México , prioritariamente a las reservas actuariales;

IV. a IX. ...

...

Artículo 53. Las aportaciones que con cargo a los fondos de aportaciones para para la Infraestructura Social de las Entidades, para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México y para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas que correspondan a las Entidades Federativas y municipios, en caso de desastres naturales, contingencias o emergencias sanitarias, podrán destinarse para atender las, causas efectos y consecuencias de los mismos, siempre que la entidad federativa y municipios donde se presenten estas circunstancias lo soliciten a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien deberá emitir anuencia o negativa dentro de los cinco días naturales siguientes a que se presente la solicitud y en caso de no emitir la anuencia o negativa, operará la afirmativa ficta.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las proporciones establecidas en los artículos de la Ley de Coordinación Fiscal se aplicarán a la determinación del gasto federalizado conforme al Ramo 28 en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2021 que el Ejecutivo federal presente a la Cámara de Diputados en los términos de la legislación vigente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica)



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Proposiciones

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a instruir al Sipinna y el Inmujeres para coordinarse con el SPR, Televisión Educativa y el Canal Once Niñas y Niños a efecto de establecer un plan de acción dirigido a mitigar la violencia y los riesgos a la salud mental de las mujeres, niños y adolescentes ante la emergencia sanitaria generada por el SARS-Cov2, a cargo del diputado Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos, diputado Adolfo Torres Ramírez y legisladoras y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esa soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a que instruya al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y al Instituto Nacional de las Mujeres a que se coordinen con el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, la Dirección General de Televisión Educativa y el Canal Once Niñas y Niños, a fin de establecer un plan de acción que permita mitigar la violencia y los riesgos a la salud mental de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, que incluya, entre otros, campañas de comunicación masiva y el uso de aplicaciones móviles, ello ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA de 1999 define a la violencia familiar como “el acto u omisión único o repetitivo, cometido por un miembro de la familia, en relación de poder en función del sexo, la edad o la condición física, en contra de otro u otros integrantes de la misma, sin importar el espacio físico donde ocurra el maltrato físico, psicológico, sexual o abandono”.1

En este contexto, el secretario general de las Naciones Unidas, “pidió que se adopten medidas para hacer frente a un estremecedor repunte global de la violencia doméstica contra mujeres y niñas ocurridos durante las últimas semanas, debido a los confinamientos decretados por los gobiernos durante la pandemia del Covid-19”.2

“Según informaciones que maneja la Organización de las Naciones Unidas (ONU), desde el inicio de la pandemia y en comparación con el año pasado, se ha duplicado el número de llamadas a las líneas de ayuda en el Líbano y Malasia; en China se han triplicado; y en Australia, los motores de búsqueda como Google experimentaron el mayor volumen de consultas de ayuda por violencia doméstica de los últimos cinco años”.3

Estas cifras nos dan una idea sobre la magnitud del problema, pero sólo incluyen a los países en que existen sistemas de denuncia. A medida que el virus se propague en países con instituciones precarias, se prevé que disminuirá la información y la cantidad de datos y crecerá la vulnerabilidad de las mujeres y las niñas.

Otro punto a resaltar es que la violencia de género en América Latina y en otras partes del mundo se elevó inconmensurablemente a raíz de la implementación de las medidas de aislamiento impuestas por la pandemia del Coronavirus. Países como Argentina, Australia, Brasil, Colombia y Francia son los que más reportes de violencia en contra de la mujer presentan.

Por lo antes mencionado en México a casi un mes de haber dado inicio a la Jornada Nacional de Sana Distancia contra el Covid-19 por parte del gobierno federal, se estima un incremento entre 30 y cien por ciento en la violencia contra la mujer, por lo que el Grupo Parlamentario de Acción Nacional exige un plan de apoyo hacia ese sector tan vulnerable que son las mujeres, niñas, niños y adolescentes.

En todo el país la estimación en el aumento se basa en las llamadas de emergencia que se realizan al 911, según datos de la Secretaría de Gobernación (Segob), a pesar de brindar orientación a las víctimas y de hacer una valoración de nivel de riesgo, no es suficiente.

Por lo anterior, es imperante la creación de campañas y que esta se difundan con el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, la Dirección General de Televisión Educativa, Canal Once Niñas y Niños y en línea así como la realización de una aplicación móvil de ayuda, entre otras acciones, es lo que debe contener el plan de apoyo para las mujeres que son vulneradas día con día ante esta situación.

Cabe destacar que el Grupo Parlamentario de Acción Nacional ya había presentado una propuesta el 28 de marzo para establecer albergues y refugios para mujeres violentadas durante la cuarentena, además de mecanismos para facilitar y difundir estratégicamente los medios para las denuncias por violencia de género a través de mensajes de texto y páginas de internet.

En este orden de ideas, la ONU recomienda algunos puntos a implementar en los tres niveles de gobierno para reducir la violencia doméstica en esta situación de confinamiento en nuestros hogares para el reducir el contagio del Covid -19, las cuales son:

• “Aumentar la inversión en servicios de ayuda en línea y en organizaciones de la sociedad civil,

• Garantizar que los sistemas judiciales sigan procesando a los abusadores,

• Establecer sistemas de alerta de emergencia en farmacias y tiendas de comestibles,

• Declarar los centros de acogida como servicios indispensables,

• Crear formas seguras para que las mujeres busquen apoyo, sin alertar a sus abusadores,

• Evitar la liberación de prisioneros condenados por cualquier tipo de violencia contra la mujer, y ;

• Ampliar las campañas de concienciación pública, en particular las dirigidas a hombres y niños”.4

Por lo anterior, quiero concluir con el siguiente mensaje del secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, el cual dice:

“La violencia no siempre se limita a los campos de batalla y que la amenaza sobre mujeres y niñas se cierne precisamente en el lugar donde deberían estar más seguras, en sus propios hogares”.5

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara del Diputados de Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a que instruya al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y al Instituto Nacional de las Mujeres a que se coordinen con el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, la Dirección General de Televisión Educativa y el Canal Once Niñas y Niños, a fin de establecer un plan de acción que permita mitigar la violencia y los riesgos a la salud mental de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, que incluya, entre otros, campañas de comunicación masiva y el uso de aplicaciones móviles, ello ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2.

Notas

1 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/190ssa19.html, La Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA de 1999

2 https://news.un.org/es/story/2020/04/1472392

3 https://news.un.org/es/story/2020/04/1472392, La presión sobre los servicios obstaculiza la respuesta.

4 https://news.un.org/es/story/2020/04/1472392, Recomendaciones de la ONU para la reducción de la violencia doméstica.

5 https://news.un.org/es/story/2020/04/1472392.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a informar a la opinión pública por el SAT, a través de los medios oficiales respectivos, sobre el monto de devoluciones del IVA pendiente de aplicar en favor de los contribuyentes desde la declaratoria de emergencia sanitaria dictada por el CSG, a cargo del diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal, del Grupo Parlamentario del PAN

Ernesto Alfonso Robledo Leal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 y los artículos 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria para que informe a la opinión pública a través de los diferentes medios de información oficial, sobre el monto de devoluciones del Impuesto al Valor Agregado pendientes de aplicar a favor de los contribuyentes desde la declaratoria de emergencia sanitaria dictada por el Consejo de Salubridad General; así como también que lleve a cabo un procedimiento de agilización de las devoluciones pendientes o saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado durante el ejercicio 2020; y que dicte las reglas de carácter general que permitan que los contribuyentes en su carácter de personas morales, apliquen la compensación universal de impuestos en los pagos provisionales a que están obligados por el resto del año 2020, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la conferencia de prensa del 2 de abril del presente año, el Presidente de la República reconoció que el gobierno federal adeuda a los contribuyentes millones de pesos por conceptos de devolución de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Como sabemos, las distintas reglas y tasas que aplican en materia del Impuesto al Valor Agregado, provocan que muchos contribuyentes generen saldos a favor de esta contribución que deben ser devueltos por el Estado conforme a las reglas del Código Fiscal de la Federación.

Durante la mañana del 14 de abril, el Presidente reconoció que los montos de IVA pagados en exceso son recursos de los contribuyentes y que el Servicio de Administración Tributaria está obligado a restituirlos ya que, de otra forma, el gobierno federal estaría reteniendo indebidamente recursos de los particulares o, como se dice en lenguaje coloquial, estaría “jineteando” recursos de los particulares.

Esta retención nunca es justa ni apegada a derecho. Sin embargo, en los tiempos de crisis que vivimos, con los negocios, pequeños, medianos y grandes obligados a suspender sus actividades por una crisis sanitaria, sin ventas, sin ingresos, sin recibir insumos de los proveedores y sin clientes, resulta criminal que el Estado se retrase en la devolución de los importes pagados por los particulares en exceso a sus obligaciones.

Sin embargo, en lugar de un compromiso claro y expreso de devolución de estos recursos, el Presidente se limitó a afirmar que serán devueltos en cuanto sea posible.

Esto es relevante porque antes de la reforma al Código Fiscal de la Federación y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado de finales de 2019 funcionaba un mecanismo conocido como “Compensación Universal”, mediante el cual los contribuyentes podían compensar saldos a favor de impuestos federales contra el Impuesto sobre la Renta a cargo y retenido.

La eliminación de este esquema provocó que los contribuyentes tengan que pagar el total de los impuestos generados y retenidos y que, posteriormente, acudan a solicitar la devolución.

La exigencia que durante la contingencia sanitaria hemos escuchado insistentemente de las empresas y de las organizaciones empresariales de que se realice la devolución inmediata del IVA se debe a que el gobierno federal está retrasando las devoluciones mediante dos mecanismos:

1. Incrementando los requisitos y la información requerida a los contribuyentes; y

2. Ampliando los plazos de devolución previstos en la ley (40 días hábiles) hasta plazos de tres meses.

El retraso en la devolución del IVA afecta de manera más evidente a las industrias que tributan en tasa cero, tales como las empresas altamente exportadoras que están en el programa IMMEX (Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera Maquiladora y de Servicios de Exportación y empresas que se acojan a él), las del sector primario que se dedican a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura, así como todos aquellos contribuyentes que llegan a realizar importaciones periódicas o esporádicas y cuyo pago del IVA, con motivo de la importación de bienes generen saldos a favor.

Pero, indudablemente, todas las ramas económicas que han sido detenidas por el decreto de contingencia sanitaria claman porque la devolución sea inmediata para contar con la liquidez que les permita mantener suspendidas sus actividades, pagando salarios y conservando sus plantillas laborales.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados hace un atento exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria para que informe a la opinión pública a través de los diferentes medios de información oficial, sobre el monto de devoluciones del Impuesto al Valor Agregado pendientes de aplicar a favor de los contribuyentes desde la declaratoria de emergencia sanitaria dictada por el Consejo de Salubridad General;

Segundo. La honorable Cámara de Diputados hace un atento exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria para que lleve a cabo un procedimiento de agilización de las devoluciones pendientes o saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado durante el ejercicio 2020;

Tercero. La honorable Cámara de Diputados hace un atento exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria, a que dicte reglas de carácter general que permitan que los contribuyentes en su carácter de personas morales, apliquen la compensación universal de impuestos en los pagos provisionales a que están obligados por el resto del año 2020.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a informar a la opinión pública por la SHCP cuáles son los fideicomisos, mandatos o análogos cuya extinción se deriva del decreto del 2 de abril de 2020 y los argumentos que dieron cauce a ésta, a cargo del diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal, del Grupo Parlamentario del PAN

Ernesto Alfonso Robledo Leal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 y los artículos 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informe a la opinión pública cuáles son los fideicomisos, mandatos o análogos cuya extinción se derivan del decreto del 2 de abril de 2020; así como también los argumentos que dieron cauce a la extinción o terminación de los fideicomisos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

• Los fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos creados por el Ejecutivo federal son instrumentos para cumplir fines de interés público.

• La terminación o extinción de esos instrumentos jurídicos debe ser fundada y justificada por razones de interés social, por lo que el decreto debe ser explícito en estas razones.

• La ambigüedad jurídica del decreto puede permitir al Ejecutivo utilizar los recursos que reciba la Tesorería de la Federación para propósitos distintos al combate a los efectos de la pandemia y la crisis económica, ya que no existe ningún mecanismo de transparencia en el destino de los recursos.

• Si esos recursos, originalmente destinados a fines de interés público, acaban siendo utilizados como mecanismos de apalancamiento de inversiones de baja calidad del gobierno federal (Pemex, Tren Maya o Dos Bocas), se estará cometiendo una violación directa al artículo 134 constitucional en materia de eficiencia en el gasto público.

A lo largo de las semanas de la crisis sanitaria producida por el Covid-19, el Gobierno mexicano ha mandado señales erráticas en la conducción y atención de los temas sanitarios y económicos derivados.

En materia sanitaria, sin embargo, parece claro que las dimensiones de la emergencia significarán un reto mayúsculo para el Estado, para las que el sistema nacional de salud no está preparado. Fue sintomático que en la primera reunión del Presidente de la República con el G-20, uno de sus planteamientos centrales fuera que la Organización de las Naciones Unidas estableciera mecanismos para garantizar a todos los países acceso a insumos de salud en condiciones de equidad.

En materia económica, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estima que el rango de crecimiento del producto interno bruto (PIB) para 2020 fluctuará entre el -3.9 y 0.1 por ciento.1

La estimación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para 2020, que es coincidente con las estimaciones de organismos internacionales y de analistas del sector privado, anuncian con claridad la dimensión de la crisis económica que vivirá nuestro país.

La sociedad mexicana reclama, cada vez con mayor fuerza, que el gobierno adopte medidas precisas para lograr que la crisis económica inminente no produzca el cierre de las micro, pequeñas y medianas empresas que sostienen el mayor porcentaje de empleos formales existentes en México.

El Gobierno mexicano parece desoír este reclamo. En todas sus oportunidades el Presidente de México ha insistido en que no se otorgarán apoyos de tipo fiscal a las empresas y que no instrumentará un programa de rescate para las empresas mexicanas.

Sin embargo, el gobierno de la República anunció que el domingo 5 de abril anunciará su programa de rescate económico.

En este contexto, el pasado 2 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se ordena la extinción o terminación de los fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos.

Se trata de un decreto ambiguo que genera dudas sobre su objeto y aplicación.

Según el artículo 3, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los fideicomisos forman parte de las entidades de la administración pública paraestatal. El artículo 47 de la misma ley define a esos fideicomisos como aquellos que el gobierno federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos.

Ahora bien, el artículo 9 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone la existencia de dos tipos de fideicomisos públicos, los que se consideran entidades de la administración pública paraestatal en términos de la ley orgánica, y los que constituye el gobierno federal para impulsar las áreas prioritarias y estratégicas del desarrollo que sólo podrán constituirse con la autorización expresa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

De la lectura del artículo 1 del decreto de extinción se despende que quedan fuera de la orden presidencial todos los fideicomisos o mandatos y análogos que cuenten con estructura orgánica. Es decir, todos los que se constituyeron al amparo del artículo 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que formen parte de la administración pública paraestatal quedan, aparentemente, excluidos del decreto de extinción.

Por su parte, el artículo 5 del propio decreto excluye todos los fideicomisos o mandatos públicos que constituidos por mandato de ley o decreto legislativo, cuya extinción o terminación requiera de reformas constitucionales o legales, así como los instrumentos jurídicos que sirvan como mecanismos de deuda pública, o que tengan como fin atender emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones.

Como podemos observar en el decreto del Presidente de la República, no se destina una sola palabra para justificar las razones de interés público que motivan la extinción o terminación de estos instrumentos, lo que significa que el decreto tiene vicios de inconstitucionalidad.

Además de no estar debidamente fundado y motivado, el decreto no establece el destino de los recursos públicos que serán reintegrados a la Tesorería, lo cual vicia el proceso de extinción al violar las disposiciones de transparencia en el manejo de los recursos públicos que obligan al gobierno federal.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que informe a la opinión pública cuáles son los fideicomisos, mandatos o análogos cuya extinción se derivan del decreto del 2 de abril de 2020.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que informe a la opinión pública los argumentos que dieron cauce a la extinción o terminación de los fideicomisos .

Nota

1 Comunicado No. 034 Ejecutivo Federal, por conducto de la SHCP, entrega al H. Congreso de la Unión el documento de “Pre-Criterios 2021”

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a considerar la inclusión de herramientas de inteligencia artificial para atender la emergencia sanitaria por Covid-19, a cargo del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, integrante del Grupo Parlamentario de del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La inteligencia artificial (IA) puede ayudarnos a hacer frente a los problemas acuciantes generados por la pandemia del Covid-19. Pero no será la tecnología propiamente dicha la que marque la diferencia, sino el conocimiento y la creatividad de los humanos que la utilicen.

De hecho, lo más probable es que la crisis del Covid-19 ponga de manifiesto algunas de las limitaciones más importantes de la IA. El aprendizaje automático, la forma actual de IA, funciona mediante la identificación de patrones en datos históricos de formación. Si se usa acertadamente, la IA puede convertirse en una importante herramienta en la detección de patrones en esos datos.

El aprendizaje automático de la inteligencia artificial también asume implícitamente que las condiciones actuales son las mismas que las representadas en los datos de entrenamiento. Es decir, los sistemas de IA asumen implícitamente que lo que ha funcionado en el pasado seguirá funcionando en el futuro.

¿Qué tiene esto que ver con la crisis actual? Estamos viviendo una situación sin precedentes. Nuestras circunstancias han cambiado drásticamente en tan sólo unas semanas y debemos echar mano de todas las herramientas, y la inteligencia artificial es uno de los apoyos que se están perdiendo de vista. Lo que ha funcionado en el pasado podría no funcionar ahora.

En la problemática actual, las hipótesis tradicionales sobre la causa y el efecto puede que ya no se cumplan. Es importante sumar todas las lecciones de un contexto y aplicarlas a las situaciones actuales, basado en nuestro conocimiento abstracto para formular las mejores hipótesis sobre lo que podría funcionar o suceder y utilizar los programas de IA, que por el contrario, tienen que partir de cero cada vez que se produce un cambio, por pequeño que sea, en un contexto o una tarea. La crisis actual del Covid-19 puede ser el escenario donde la Inteligencia Artificial sea una herramienta muy valiosa para la atención y control de los tratamientos de los pacientes.

En la emergencia actual del Covid-19, sería posible analizar los textos de miles de artículos de investigación, la generación de un sistema que permita detectar de manera remota el Covid-19 o bien, que basado en las radiografías de tórax pueda emitir un diagnóstico, que facilite a los médicos tomar decisiones.

La aportación y análisis de datos que permitan codificar las formas y sistemas de contagio, podrían ser apoyados por sistemas de IA, lo que se traduciría en nuevas hipótesis y las posibilidades de descubrir conexiones sorprendentes.

La colaboración humana en conjunto con la IA se convierte definitivamente en una potente herramienta que podría dar nuevas respuestas a los problemas que estamos enfrentando en este momento.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, sometemos a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal, y al titular de la Secretaría Salud a que, en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología generen los acuerdos necesarios para que se incorpore el uso de Inteligencia Artificial en la atención de la emergencia provocada por el Covid 19 en nuestro país, con la finalidad de generar una mejor atención de la emergencia que se enfrenta en este momento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a redireccionar a la Ssa los recursos del programa Jóvenes Construyendo el Futuro para que ésta los destine a prevenir y atender la emergencia ocasionada por el Covid-19, a cargo del diputado Miguel Alonso Riggs Baeza, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Miguel Alonso Riggs Baeza, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral I, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con base en las siguientes

Consideraciones

México ha sido golpeado por la pandemia y en este contexto es indispensable entender que debemos encaminar todas nuestras capacidades y todos nuestros esfuerzos a combatir los daños que cause. En el mundo el Covid-19 ha golpeado por distintos flancos: la salud, el económico, el social. Nunca habíamos visto algo similar y, por tanto, es dable creer que las repercusiones que nos esperan sean imprevisibles.

En ese sentido, debemos entender que el recurso en nuestro país no puede seguir siendo destinado a los programas clientelares, cuando existe un desabasto y un déficit en el sector salud de niveles alarmantes.

Ante los fallos y las carencias del gobierno federal, heredadas de otros gobiernos o provocadas por la ignorancia e incapacidad de éste, la respuesta ha sido la misma: demagogia sin soluciones porque el Presidente cada que tiene un micrófono acude al pasado para justificarse y decir que como antes estábamos mal, ahora él tiene todo el derecho a gobernar peor. Es verdaderamente vergonzoso y grave.

El programa Jóvenes Construyendo el Futuro es un programa del gobierno federal destinado a personas de entre 18 y 29 años, que no estudian y no trabajan, por el cual reciben un apoyo mensual de $3,748.00 y un seguro médico contra enfermedades, maternidad y riesgos de trabajo. Se le destinaron para este 2020, en números redondos, 25 mil millones de pesos.

En el contexto en el que nos encontramos es imperdonable que exista un programa como el que acabo de mencionar, que cuenta con 25 mil millones de pesos disponibles, mientras los hombres y mujeres que están arriesgando la vida (en el sentido literal de la expresión) en el Sector Salud, no cuentan con los insumos mínimos necesarios para hacer frente a la enfermedad.

Cubre bocas que parecen de papel, caretas que se rompen antes de ponértelas, uniformes transparentes. Los trabajadores del Sistema de Salud Mexicano, sean doctores, doctoras, enfermeras, enfermeros o administrativos, no se merecen trabajar en esas condiciones. Es inhumano, es detestable y absolutamente nadie debería estar de acuerdo en que para el gobierno sea prioritario un programa clientelar, antes que la atención a la pandemia.

Resulta pues imperdonable que México destine 25 mil millones de pesos para mantener un programa asistencialista, destinado a personas de 18 a 29 años que ni estudian y que no trabajan, con una intención claramente electoral.

Resulta pues imperdonable que en México la prioridad sea entregar $3,748.00 y un seguro médico contra enfermedades, maternidad y riesgos de trabajo a los clientes del sistema, en lugar de redirigir el recurso al sector que más lo necesita en este momento, el Sector Salud de nuestro país.

En momentos como este, la tónica no debiera ser el populismo y la demagogia; en momentos como este, lo que hace falta es la acción decidida, el compromiso solidario y, sobre todo, la responsabilidad en el ejercicio de los recursos públicos y en el manejo del gobierno. Hace falta que el Presidente deje de pensar en la próxima elección y empiece a ocuparse de gobernar para todos y atender con responsabilidad y con visión la emergencia ocasionada por el Covid-19.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Presidente, licenciado Andrés Manuel López Obrador, para que gire las instrucciones pertinentes a efecto de que se redireccionen los recursos del programa Jóvenes Construyendo el Futuro a la Secretaría de Salud para que ésta los destine a la prevención y atención de la emergencia ocasionada por el Covid-19.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al IMSS y el ISSTE a realizar e intensificar labores de supervisión y verificación en hospitales, clínicas y centros de salud a su cargo a escala nacional para garantizar la cobertura y prestación de servicios a sus derechohabientes y beneficiarios en general mientras perdure la emergencia sanitaria por el Covid-19, a cargo del diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN

Presentación

El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social. Casi 70 años después de que se adoptara la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), esas palabras resuenan con más fuerza y pertinencia que nunca.

Desde el primer día, el derecho a la salud ha sido un aspecto fundamental de la identidad y el mandato de la OMS, y también es el elemento primordial de mi máxima prioridad: la cobertura sanitaria universal.

El derecho a la salud para todas las personas significa que todo el mundo debe tener acceso a los servicios de salud que necesita, cuando y donde los necesite, sin tener que hacer frente a dificultades financieras.

Toda persona tiene derecho a la intimidad y a ser tratada con respeto y dignidad. Nadie debe ser sometido a experimentación médica, a exámenes médicos contra su voluntad o a tratamiento sin consentimiento informado.

Por ello la OMS defiende la idea de la atención centrada en la persona, que es la materialización de los derechos humanos en la práctica clínica.

La marginación, la estigmatización y la discriminación tienen consecuencias nefastas para la salud física y mental del individuo. La discriminación en el contexto de la atención de salud es inaceptable y constituye un obstáculo importante para el desarrollo.

Tenemos un largo camino por recorrer hasta que todo el mundo, con independencia de quien sea, donde viva o cuáles sean sus recursos económicos, goce de esos derechos humanos fundamentales. El principio básico de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es garantizar que nadie se quede atrás.

Es por ello que no sólo en las declaraciones universales el derecho a la salud aparece entre los primeros derechos fundamentales, sino también en las constituciones o cartas magnas que vertebran las distintas normativas nacionales y que finalmente acaban asumiendo las distintas estructuras de gobiernos regionales y locales, más cercana al usuario de todo servicio de salud.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos este derecho viene desarrollado en el artículo 25: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.”

Por su parte, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, en su artículo 12, se describe así: “Los estados parte en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”.

La Ley General de Salud en su artículo 6o., fracción I, contempla que el Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:

I. Proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas;

De acuerdo a la publicación de la Secretaría de Salud con fecha del 3 de enero de 2020, la atención a personas sin seguridad social, está garantizada en nuestro país, en centros públicos de salud, según el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).

El Insabi informó a través de su portal electrónico que todas las personas que se encuentran en el país y no dispongan de seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita los servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Salud, cuyas modificaciones se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de noviembre de 2019 y entraron en vigor el pasado 1 de enero de 2020.

El sistema de salud pública en México está compuesto por dos rubros de atención: la que se brinda a personas sin seguridad social y la que se ofrece a derechohabientes. En el caso de las personas que no cuentan con seguridad social, recibirán atención gratuita a través del Insabi en centros de salud, Centros de Salud con Servicios Ampliados (CESSA), Unidades Médicas de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Bienestar, Unidades de Especialidades Médicas (UNEMES) y en los hospitales rurales, comunitarios y generales.

De igual forma la Ley General de Salud en su artículo 34, fracción II, nos menciona que para los efectos de esta ley, los servicios de salud, atendiendo a los prestadores de los mismos, se clasifican en:

II. Servicios a derechohabientes de instituciones públicas de seguridad social o los que con sus propios recursos o por encargo del Poder Ejecutivo federal, presten las mismas instituciones a otros grupos de usuarios;

Para obtener los servicios del Insabi las personas ya no necesitan afiliarse ni tienen que pagar cuota de ningún tipo y recibirán todos los medicamentos gratuitos, así como análisis, estudios y diagnósticos clínicos, intervenciones quirúrgicas y hospitalización sin costo alguno si el padecimiento lo amerita.

A esto se suma el anuncio con fecha de 13 de abril de 2020, sobre el convenio establecido entre el Presidente de nuestro país, Andrés Manuel López Obrador, con el sector privado para que se otorgue atención en hospitales privados durante un mes para atender a derechohabientes del IMSS y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), debido a que las unidades, clínicas, hospitales y unidades de medicina familiar, estarán enfocados a la atención de pacientes con coronavirus.

De acuerdo al convenio, el sector privado apoyará con 3 mil 115 camas de 146 hospitales en las que atenderán a personas afiliadas al IMSS e ISSSTE lo que permitirá liberar camas para atender a 12 mil 500 pacientes con Covid-19 en el sector público. Entre los hospitales que prestarán sus camas están el Centro Médico ABC, Hospitales Ángeles, Hospital Médica Sur, Hospital San Javier, Hospital MAC, entre otros.

Cabe mencionar que las cifras y datos estadísticos en nuestro país de Covid-19 con fecha del viernes 17 de abril 2020, son las siguientes:

• Fallecimientos: 546

• Casos confirmados: 6 mil 875

• Casos negativos: 28 mil 126

• Casos sospechosos: 13 mil 364

* Total de casos confirmados a nivel mundial: 2.074,529.

Asimismo, la Ley General de Salud en su artículo 27, nos menciona que para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:

II. La prevención y el control de las enfermedades transmisibles de atención prioritaria, de las no transmisibles más frecuentes y de los accidentes.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los titulares del Instituto Mexicano de Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que en el ámbito de sus competencias realicen e intensifiquen labores de supervisión y verificación en los diversos hospitales, clínicas y centros de salud a su cargo, a nivel nacional, con el fin de garantizar la cobertura y la prestación de los servicios de salud pública tanto a sus derechohabientes y beneficiarios en general, en tanto perdure la emergencia sanitaria por el virus Covid-19.

Fuentes

-https://www.gob.mx/salud/prensa/
002-atencion-a-personas-sin-seguridad-social-se-garantiza-en-los-centros-publicos-de-salud-insabi

- https://politica.expansion.mx/presidencia/2020/04/13/afiliados-de-imss- e-issste-podran-atenderse-en-hospitales-privados

- http://www.salud.gob.mx/cnts/pdfs/LEY_GENERAL_DE_SALUD.pdf

- https://www.who.int/mediacentre/news/statements/fundamental-human-right /es/s

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Ricardo García Escalante (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y diversas autoridades a crear un programa urgente que responda a las necesidades del sector turístico, afectado de manera grave por la pandemia ocasionada por el Covid-19, a cargo del diputado Sergio Fernando Ascencio Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Sergio Fernando Ascencio Barba, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I, el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, en nombre de todos los integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, a los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Turismo, de Salud, y al coordinador general del Consejo de Diplomacia Turística, para crear un programa emergente que responda a las necesidades del sector turístico, que se ha visto afectado de manera severa por la pandemia ocasionada por el coronavirus (Covid-19), en nuestro país, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con la Organización Mundial del Turismo (OMT), en el año 2019, se registraron mil 500 millones de turistas internacionales en el mundo, teniendo un avance de 3.8 por ciento respecto de 2018, además se pronosticó un incremento de 4 por ciento para este año 2020.

Mientras que, por áreas geográficas, Carvao destacó el gran avance de Oriente Medio, debido en gran medida a la recuperación de Egipto y el buen comportamiento de Arabia Saudí, lideró el crecimiento, con 7.6 por ciento. En lo que se refiere a Asia-Pacífico mostró también un gran dinamismo, con una expansión de 4.6 por ciento. Al igual que África, con 4.2 por ciento. Respecto del continente americano entendiendo la parte norte y sur del continente, se aprecia una cierta desaceleración, con un incremento de sólo 2 por ciento, aunque se registraron crecimientos muy dispares, con cifras récords en algunos enclaves y retrocesos en otros. Es importante hacer notar que al cierre del periodo antes señalado, Europa creció por encima de la media, cerca de 4 por ciento.

Es importante mencionar que el turismo es un sector que genera riqueza y empleo en los países que más turistas logran captar, lo que ha ocasionado que las principales economías del mundo con vocación turística quieran posicionar este sector en sus países y con ello generar una economía de competencia.1

De acuerdo con datos del Consejo Mundial de Viajes y Turismo (WTTC), el sector turístico es el generador de 1 de cada 10 empleos del planeta y representa 10.4 por ciento del producto interno bruto (PIB) mundial, con 8.8 billones de dólares, asimismo, se posiciona como uno de los sectores con mayor crecimiento del mundo, siendo superado únicamente por el sector manufacturero.2 Para darnos una idea del tamaño que tiene el turismo, en países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), como en España donde el turismo representa cerca de 15 por ciento de su PIB; otros países europeos, por citar algunos, Francia o Portugal, la aportación del turismo en estos representa, respectivamente, 7.3 y 13.7 por ciento del PIB. En México, en la actualidad el sector turístico representa 8.7 por ciento del PIB, sólo rebasado por la inversión extranjera y las remesas enviadas por mexicanos en el extranjero a sus familias en nuestro país.

Por otra parte, en el año 2019, México recibió a 45 millones 23 mil 665 turistas, representando un incremento de 8.9 por ciento, situándonos en la posición número 7 del ranking mundial de turismo internacional, mientras que la captación de divisas fue equivalente a 24 mil 562.5 millones de dólares representando un incremento de 9 por ciento respecto de 2018, lo que nos ubicó en el lugar número 16 del ranking mundial de turismo internacional, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Para el cierre de 2019, la actividad turística sumó más de 4 millones 431 mil empleos; durante este año este sector generó alrededor de 95 mil empleos nuevos. Es importante mencionar que el transporte aéreo en México genera alrededor de 1.4 millones de empleos, con una contribución de 37.4 miles de millones de dólares (mmd), equivalentes a 3.5 por ciento del PIB.3 Durante este mismo año, se incrementaron en 2.5 por ciento los establecimientos de hospedaje, reflejando un total 24 mmd, con 850 mil cuartos.

La tendencia aumentará en 2020. Es de destacar tres rubros: la captación de divisas que crecieron en 9 por ciento; el consumo promedio per cápita (sólo turismo de internación) en 7.1 por ciento; y la balanza turística en 30.2 por ciento.

En cuanto a la balanza turística los resultados son también significativos, a manera de ejemplo se estructura la siguiente tabla.

Balanza Turística

Es importante reiterar que la generación de divisas por parte del sector turístico en México ocupa el tercer lugar del PIB, sólo por debajo de la inversión extranjera directa y las remesas.

Por otra parte, hoy en día el mundo es afectado por un virus conocido como coronavirus (Covid-19), mismo que ha puesto en estado de alerta al mundo por la cantidad de contagios y velocidad de transmisión y que ha provocado el aislamiento de decenas de millones de personas en países europeos como España, Italia, Alemania, entre otros, así como la suspensión de actividades económicas con repercusiones drásticas en sectores como el de la aviación, turismo, industria manufacturera, entre otros.

El origen de este virus tuvo su origen en Hubei, China, conocida como Wuhan, en diciembre del año pasado, sin embargo, al 18 de abril de 2020, a nivel mundial existen un total de más de 2 millones 347 mil casos de coronavirus; Estados Unidos de América (EAU) se mantiene como el país más infectado con más de 732 mil contagios, seguido de España, Francia e Italia que registran cifras entre los 150 y 200 mil contagios, en cuanto a muertes a nivel mundial se superan las 159 mil, de nueva cuenta Italia, España, Francia y EUA son los países más afectados; en ese mismo orden de ideas, México ya vive un ascenso en la curva de casos positivos y decesos, con 7 mil 497 contagios y 650 defunciones.4

Ahora bien, las consecuencias para el turismo por el coronavirus son alarmantes en todo el mundo, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), calcula que los ingresos del transporte aéreo se reducirán 5 por ciento este año, lo que corresponde a la cantidad de 27 mil millones de euros. Asimismo, la Organización Mundial de Turismo (OMT), en colaboración con Oxford Economics, realizaron un cálculo preliminar, en el que se estima que la crisis de coronavirus costará unos 45 mil millones de euros al sector, a la par de que la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), redujo la oferta mundial del petróleo en 19 por ciento.

En México, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), estimó que el impacto inicial en México por los paros parciales o totales en los diversos sectores productivos será de 30 por ciento del PIB (a precios constantes); el tercero más alto después de Japón y Grecia que son de 31 y 34 por ciento, respectivamente.5

La pandemia de Covid-19, provocará una caída histórica de 5.3 por ciento de la economía de América Latina y el Caribe en 2020, que habrá de traducirse en la peor crisis social de la región nunca antes vista en varias décadas, con millones de nuevos pobres y desempleados, afirmó la Comisión Económica para América Latina (Cepal).

La Cepal, en un informe que evalúa los efectos de la pandemia, revisó a la baja las cifras regionales alertando que el mayor impacto recaerá sobre América del sur, por su alta dependencia de las exportaciones hacia China y a los precios de las materias primas, y en México, con una contracción prevista de 6.5 por ciento este año.

En diciembre, la Cepal había estimado que la economía regional crecería en 1.3 por ciento este año en medio de una desaceleración generalizada. Para 2020, prevé que caerán 19 de las 20 economías latinoamericanas y 31 de las 33 de la región más el Caribe.

“La crisis que sufre la región en 2020, con una caída del PIB de 5.3 por ciento, será la peor en toda su historia”, sostuvo la Cepal. “Para encontrar una contracción de magnitud comparable hace falta retroceder hasta la Gran Depresión de 1930 (-5 por ciento) o más aún hasta 1914 (-4,9 por ciento)”, añadió.6

Como dato adicional, la institución rectora de la política monetaria en el país (Banxico) recortó este martes 21 de abril su tasa de interés en 50 puntos base, para quedar en un nivel de 6 por ciento.

“Considerando los riesgos derivados de la pandemia del Covid-19 para la inflación, la actividad económica y los mercados financieros, se plantean retos importantes para la política monetaria y la economía en general”, indicó en organismo en un comunicado.7

Bajo estas proyecciones y atendiendo la demanda del mercado que sigue tendencias de visita-consumo en novedosos destinos y atractivos turísticos, siendo este último sector uno de los motores de crecimiento más rentables para la economía global, por lo que en este momento el gobierno de México debería estar priorizando sus esfuerzos para apoyar este sector, fundamental para el crecimiento y desarrollo de nuestro país. Es por ello que surge la necesidad imperiosa de contar con una política pública para protegerlo.

México, gracias a su ubicación geográfica y los atractivos turísticos con los que cuenta podría posicionarse como una de las principales potencias turísticas, ya que este sector es muy rentable pues no sólo genera capital para el país, sino que representa uno de los mayores motores de crecimiento y desarrollo económico del planeta. Cabe señalar que nuestro país ya ha realizado una gran inversión en este sector, por lo que resulta fundamental contar con una estrategia donde se privilegie un correcto y sustentable aprovechamiento de los recursos del Sector Turístico México, más por el entorno que vive nuestro país.

Nuestro país es reconocido por su alto potencial y riqueza de recursos naturales y culturales, goza con la imagen de ser un país multidiverso a nivel mundial, lo que ha generado amplias expectativas en torno al desarrollo de Sector Turístico.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en la actualidad México cuenta con 35 patrimonios culturales de la humanidad, de los cuales 6 son naturales, 27 culturales y 2 son mixtos, posicionándonos como el primer país en América con más patrimonios de la humanidad, mientras que a nivel mundial ocupamos la posición número 6.

De acuerdo con el Sistema de Información Cultural México, se cuenta con un mil 397 museos, con 677 teatros, mil 255 festividades, y distintas zonas arqueológicas dispersas en todo el territorio nacional.

Nuestro país tiene 11 mil 592 kilómetros de litorales, cabe mencionar que contamos con la barrera arrecifal más grande de América, 12 mil 500 kilómetros cuadrados de superficie de lagunas costeras y esteros, 6 mil 500 kilómetros de aguas interiores como lagos, selvas tropicales, desiertos, montañas, arquitectura prehispánica, colonial, moderna, historia y cultura.

Del mismo modo, tenemos 121 localidades denominadas Pueblos Mágicos en todo el país, las cuales cuentan con atractivos naturales y culturales propios del lugar que los hacen únicas.

Gracias a la diversidad con la que cuenta México se pueden desarrollar diversas variantes turísticas como son: turismo de sol y playa, turismo cultural, turismo gastronómico, turismo médico, turismo deportivo, turismo de negocios, turismo religioso, senderismo, turismo rural, entre otras.

En el mismo orden de ideas, el estado Guanajuato del cual soy originario, durante el primer semestre del año pasado registró la llegada de 14.9 millones de visitantes, los cuales dejaron una derrama económica de 41 mil 811 millones de pesos, los atractivos o lugares que se pueden visitar en el estado son: el Callejón del Beso, el Cerro del Cubilete, la Universidad de Guanajuato, Museo de las Momias, el Mercado Hidalgo, la presa de La Olla, la Basílica de Guanajuato, el Rally Guanajuato etcétera, por sólo mencionar algunos. Estos atractivos contemplan una gama muy diversa para cualquier gusto del turista.8

En resumen, el turismo es un pilar fundamental para el crecimiento económico, llegando a representar una gran parte del PIB nacional como ya se dijo en líneas anteriores; además es uno de los sectores que no pierde el dinamismo que lo lleva a crecer de forma exponencial año con año, como dijo Zurab Pololikashvili, secretario general de la OMT “En estos tiempos de incertidumbre y volatilidad, el turismo sigue siendo un sector económico fiable”, es por ello que resulta necesario gestionar el crecimiento y aprovechar las oportunidades que el sector turístico ofrece en cada uno de los estados de México.

Finalmente, derivado de la desaparición del Consejo de Promoción Turística de México (CPTM), es complicado dar a conocer los atractivos turísticos con los que cuenta el país, pese a la creación del Consejo de Diplomacia Turística por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SER), en coordinación con la Secretaría de Turismo (Sectur), que desde su creación no se ha conocido un programa de trabajo, programa o línea de acción para promocionar a México en el mundo. Inclusive en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020 no le fueron asignados recursos para realizar esta importante tarea.

Es claro, el Ejecutivo federal no contempla al turismo como un sector estratégico generador de riqueza como otros países lo han hecho, por el contrario, ha priorizado proyectos que parecieran elefantes blancos, como lo son el Tren Maya, el Tren Transístmico o la refinería de Dos Bocas, mismos que necesitan miles de millones de pesos para impulsarlos, perdiendo totalmente de vista la gran riqueza y diversidad con la que ya cuenta nuestro país.

De tal manera que resulta necesario hacer notar todas las ventajas comparativas y competitivas que tiene el sector turístico en nuestro país, priorizarlo y llevarlo como insignia para impulsar la economía de México tras la recesión económica en la que ya está inmerso, derivado del coronavirus y la caída de los precios del petróleo, en el entendido, de que a la fecha aún no se definen medidas concretas y congruentes para salir de este “choque extremo”, por lo que el tener una estrategia clara respecto del impulso del turismo, reitero, podría ser parte de las soluciones económicas que necesitará México.

Así los hechos y conforme al artículo 79, numeral 3, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, en nombre de todos los integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, la aprobación de los resolutivos del siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, y al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que definan una estrategia integral de fortalecimiento al desarrollo del sector turístico, a fin de canalizar mayores recursos al Ramo 21, y con ello contribuir con el desarrollo y crecimiento económico de México, ante la situación actual que enfrenta nuestro país.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Turismo para que desarrolle un programa sectorial especial emergente para impulsar al sector turístico.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud para que diseñe una estrategia para combatir la pandemia del Covid-19, dentro del país.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente al coordinador general del Consejo de Diplomacia Turística para que bajo sus atribuciones formule un programa estratégico para promocionar a México en el mundo, y que responda a las necesidades que México tendrá tras la pandemia del Covid-19.

Quinto. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, reasigne los recursos necesarios a la Secretaría de Turismo y al Consejo de Diplomacia Turística, para que puedan establecer los programas necesarios para impulsar al Sector Turístico, como un motor generador de riqueza para el país, tras la pandemia del Covid-19.

Notas

1 https://www.unwto.org/es

2 https://wttc.org/en-gb/

3 IATA. México, Dinámica de la industria Aérea. Versión en Power Point, para la Cámara de Diputados. 25 de febrero de 2019.

4 https://www.marca.com/claro-mx/trending/2020/04/06/5e8b934d22601d215a8b4575.html

5 http://www.oecd.org/perspectivas-economicas/marzo-2020/

6 https://www.cepal.org/es/comunicados/
pandemia-covid-19-llevara-la-mayor-contraccion-la-actividad-economica-la-historia-la

7 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/banxico-recorta-tasa-de-intere s-en-50-puntos-base-queda-en-6

8 https://lanzateyviaja.com/guanajuato/lugares-turisticos

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Sergio Fernando Ascencio Barba (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la STPS y la SHCP para crear y coordinar el programa salario solidario, y convocar a los actores de la iniciativa privada a sumarse a éste a efecto de salvaguardar el aparato productivo mexicano y asegurar el bienestar de miles de trabajadores ante la crisis económica generada por el Covid-19, a cargo del diputado Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos, diputado Adolfo Torres Ramírez y legisladoras y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esa soberanía la siguiente proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Titular del Ejecutivo Federal para que instruya a las Secretarías del Trabajo y Prevención Social y a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a crear y coordinar el programa salario solidario, y convocar a los actores de la iniciativa privada a sumarse a este programa para salvaguardar el aparato productivo mexicano y asegurar el bienestar de miles de trabajadores ante la crisis económica generada por el Covid-19, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

México es uno de los países miembros adheridos a la “Declaración de la Organización Internacional del Trabajo” (OIT), relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, adoptada en 1998, establece claramente los derechos de los trabajadores son universales y que se aplican a todas las personas en todos los países independientemente del nivel de desarrollo económico.

En este contexto, recalca en particular a los grupos con necesidades especiales, tales como los desempleados y los trabajadores migrantes.

Es por lo anterior, “ante los desafíos generados por la situación global del Covid-19, la Dirección General de la OTI, ha elaborado un conjunto de informes para analizar la repercusión de la crisis en varios sectores sociales y económicos, en particular en los servicios públicos de emergencia (SPE), los servicios sanitarios y educativos, el comercio minorista de alimentos, la industria automovilística, el turismo, la aviación civil, la agricultura, la navegación marítima y la pesca, así como las industrias textil y de fabricación de prendas de vestir, cuero y calzado.

También revelan pérdidas a gran escala, tanto en materia de productividad como de empleo, en todos los sectores. Los países en desarrollo van a ser los más afectados, y el nivel de pobreza será cada vez mayor. Asimismo, hace diferentes recomendaciones medidas adoptadas por gobiernos, empleadores y trabajadores para detener la propagación del virus y mitigar su incidencia en empresas y medios de subsistencia, así como en la economía en su conjunto.

Dichas medidas han hecho hincapié en cuatro objetivos a corto plazo, a saber: la protección de los trabajadores en el lugar de trabajo; el apoyo a las empresas, al trabajo y al mantenimiento de los ingresos; el fomento de la economía y del empleo; y la promoción del diálogo social sobre la base de las normas internacionales del trabajo para que todos los países y sectores se recuperen de forma rápida y eficaz”. 1

El Covid-19 ha desatado una crisis económica mundial claro ejemplo son estos sectores laborales según datos de la OTI:

• “El sector turístico y de los viajes, que antes del brote del Covid-19 se preveía que constituyese el 11,5% del producto interno bruto (PIB) mundial, se ha visto especialmente afectado. Se estima que el sector turístico en la Unión Europea pierde alrededor de 1.000 millones de euros de ingresos mensuales como consecuencia de la pandemia.

• Los efectos en el empleo en el sector del transporte marítimo, que cuenta con dos millones de trabajadores como gente de mar, son notables. En particular, se han visto afectados los viajes en crucero, que dan empleo a 250.000 personas, puesto que varios países han desaconsejado dichos viajes y las principales compañías de cruceros han suspendido sus operaciones.

• El sector automovilístico debe hacer frente asimismo a un súbito y generalizado estancamiento de su actividad económica, habida cuenta del confinamiento de los trabajadores en su hogar, la interrupción de las cadenas de suministro y el cierre de fábricas. Se estima que en 2017 este sector industrial empleaba directamente a casi 14 millones de trabajadores en todo el mundo.

• Como consecuencia de las estrictas restricciones de viaje impuestas y la recesión económica a escala mundial que se prevé, la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) estima que los ingresos del sector en concepto de transporte de pasajeros podrían reducirse en 252.000 millones de dólares, lo que constituye una disminución del 44% con respecto a 2019.

• En los sectores textil y fabricación de prendas de vestir, cuero y calzado, las medidas de cuarentena han mermado la demanda de los consumidores. En Bangladesh, las cancelaciones de pedidos han provocado una pérdida de ingresos de unos 3.000 millones de dólares, y han afectado a alrededor de 2,17 millones de trabajadores.

• La agricultura y la seguridad alimentaria también se han visto gravemente afectadas. Por ejemplo, la reciente suspensión temporal de una de las mayores subastas de té del mundo en Mombasa (Kenya), en la que se comercializa té de muchos países de África oriental, podría tener un efecto económico devastador a escalas local, nacional y regional si esa suspensión se prolonga”.2

Es por lo anterior, la imperante necesidad de implementar estrategias de salvar a los empleos y los trabajadores como las Mypimes y que el Gobierno Federal se involucre en realidad con el pueblo mexicanos, y no estar con otras estrategias de posición policía como la liberación de reos o gastar recursos en la construcción de su refinaría el cual es un negocio que no le dejara ganancias a Pemex ni a México.

Es por ello, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional está preocupado por las decisiones del actual gobierno y hemos actuado en entregarle una serie de propuestas para rescatar a México del impacto económico que está dejando esta pandemia mundial, una de ellas es coordinación con el sector empresarial es decir, el Gobierno Federal crear y coordinar un programa denominado salario solidario , y convocar a los actores de la iniciativa privada a sumarse a este programa para salvaguardar el aparato productivo mexicano y asegurar el bienestar de miles de trabajadores ante la crisis económica generada por el Covid-19.

Dicho programa se ha hecho en países de Europa y América Latina, tal es el caso de Chile, Argentina, Brasil, Perú y Asia que están cuidando a sus pequeñas y medianas empresas, con el fin de salvaguardar el aparato productivo mexicano construido por años y que miles de mexicanos no pierdan su empleo en empresas del sector automotriz, hotelero, restaurantero y demás servicios.

Esta propuesta consiste en que el Gobierno Federal le paga al trabajador una parte de su salario y los empresarios a su vez pagan otra, con la finalidad de que las y los trabajadores conserven su empleo.

La petición al Gobierno Federal es que invierta una parte del recurso público para cuidar el salario de los trabajadores y éstos no pierdan su ingreso, no pierdan su empleo y que, además, no cierren las empresas, porque una empresa que entra en un proceso de liquidación, es muy difícil que supere y que vuelva nuevamente a echarse a andar y abrir nuevamente al público.

En este orden de ideas, la Coparmex detalla que debemos garantizar el trabajo formal en México con un método innovador como es el salario solidario en el que participen patrones, gobierno y trabajadores.

Que se escuche fuerte y claro: los diputados federales de Acción Nacional le pedimos al Gobierno Federal que cancele sus obras faraónicas como el Tren Maya, Dos Bocas y el aeropuerto de Santa Lucía y en su lugar destine esos recursos para cuidar la vida de las personas y para garantizar la sobrevivencia de las empresas que dan trabajo a miles de mexicanos.

De esta manera, México podría evitar la caída estrepitosa que ya pronostican varios analistas económicos y organismos internacionales, entre los que están el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.

Aprendamos de los resultados que han aplicado diferentes países en la protección de trabajo y el trabajador ante esta crisis económica generada por el Covid-19 como es el caso de:

• “España ha ampliado una línea de crédito de 400 millones de euros destinada a empresas y trabajadores autónomos de dicho país en los sectores del transporte de pasajeros, hostelería y restauración.

• En Namibia, se ha aprobado un Paquete de asistencia y ayuda económicas de 200 millones de dólares de Namibia (NAD) en concepto de garantías para préstamos a bajo interés para agricultores y empresas agrícolas, en particular agricultores y PYMES del sector agrícola con dificultades de liquidez cuyos ingresos se han visto sustancialmente reducidos. Por otro lado, se concederá una subvención única de 750 NAD en concepto de ingresos de emergencia a todos los trabajadores, tanto de la economía formal como de la informal, que hayan perdido su empleo.

• El gobierno de Japón, en colaboración con la Asociación de Fabricantes de Automóviles de dicho país (JAMA), ha constituido un innovador Consejo para el examen de contramedidas frente al coronavirus en el sector automovilístico, con objeto de facilitar el intercambio de información entre fabricantes de automóviles y proveedores de piezas y componentes de vehículos.

• Además de aumentar el gasto en servicios sanitarios, algunos países también han asignado más recursos a sus cuerpos policiales para facilitar la aplicación de medidas mitigadoras de los efectos de la pandemia. Por ejemplo, en Australia, Estados Unidos y Reino Unido se han fortalecido los cuerpos policiales para facilitar la aplicación de las medidas de mitigación de la pandemia, en particular mediante actividades de capacitación y el suministro de equipos de protección personal.

• En Argentina, en virtud de un acuerdo alcanzado entre el Gobierno y la Federación de Asociaciones de Trabajadores sanitarios, se garantiza a todos los trabajadores del sector sanitario el cobro de su sueldo íntegro mientras se encuentren en cuarentena, así como el derecho a transporte gratuito, subvencionado por el Gobierno, hasta que termine la pandemia.

• Las fábricas textiles de varias regiones de Sri Lanka han cerrado temporalmente a raíz de la promulgación de diversas directivas gubernamentales, en virtud de las cuales los trabajadores tienen derecho a vacaciones remuneradas. En Camboya, los trabajadores cuya labor profesional se haya interrumpido pueden percibir el 40% de su salario de su empleador y un 20% adicional que aporta el Gobierno. Camboya también suspendió las cotizaciones al Fondo Nacional de la Seguridad Social de las fábricas de prendas de vestir y textiles que se han visto afectadas por la escasez de materias primas como consecuencia del Covid-19”.3

Es por lo antes menciona que tenemos que establecer los criterio necesarios para enfrentar esta crisis económica, el Gobierno Federal no debe de implementar oídos sordos ni la “opresión y miseria que unos seres humanos infligen a otros”,4 porque estas decisiones estarán afectado a la posteridad de varias generaciones de mexicanos, es un gran reto para nuestra “nación es el transcender el simplismo del aislamiento o la sumisión, proponiendo alternativas humanistas a esta realidad”.5

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que instruya a las Secretarías del Trabajo y Prevención Social y a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a crear y coordinar el programa salario solidario, y convocar a los actores de la iniciativa privada a sumarse a este programa para salvaguardar el aparato productivo mexicano y asegurar el bienestar de miles de trabajadores ante la crisis económica generada por el Covid-19.

Notas

1 https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_742318/lang--es/index.htm

2 https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_742318/lang--es/index.htm

3 https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_742318/lang--es/index.htm

4 https://almacenamientopan.blob.core.windows.net/pdfs/documentos/
toqfeHtQI8xfmvAAiJNc5U6xqTHiSO.pdf, política y responsabilidad social, Pág. 3.

5 https://almacenamientopan.blob.core.windows.net/pdfs/documentos/
toqfeHtQI8xfmvAAiJNc5U6xqTHiSO.pdf, Macion y Mundializacion, Pág. 6.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a tomar medidas sanitarias para seguir atendiendo de manera oportuna la salud materno-infantil en las instituciones del sector salud dedicadas a este servicio derivado de la contingencia, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita Diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en las fracciones IV y V del numeral 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta Honorable Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud, ha establecido que la atención materno-infantil debe ser proporcionada por personal sanitario con capacitación adecuada y atribuciones inherentes en la atención oportuna al recién nacido y la mujer, durante el embarazo, el parto y el posparto. Así como, tener el conocimiento para identificar las complicaciones que requieran una atención integral que les permitan procurar los servicios adecuados, acompañados de una atención especializada.i

De igual manera, este organismo internacional ha dado a conocer relevantes datos sobre la atención de las instituciones de primer nivel y de segundo nivel en cuanto al servicio materno - infantil, mismos que se muestran en la siguiente tabla:ii

Lo anterior, refleja una problemática de insatisfacción e irregularidades en la atención médica en Instituciones de primer y segundo nivel, situación que deriva en la falta de respeto a los derechos humanos de quienes acuden a solicitar este servicio, por lo que ha recomendado mejorar los sistemas de salud en esta especialidad.

En México, como parte de la responsabilidad del estado para otorgar y garantizar el derecho a la salud, la atención materno- infantil es considerada una especialidad con carácter prioritario por la Ley General de Salud, por lo que este servicio se otorga en el noventa y seis por ciento de los hospitales de segundo nivel.

Es posible hablar de una consolidación continua que requiere algo más que una mejora de la atención primaria de la salud; sin embargo, se deben dirigir políticas públicas que generen entornos propicios para las madres, los niños y las niñas que salvaguarden su integridad, en razón de los Derechos Humanos de las Mujeres y del Interés Superior de la Niñez.

Al ser la salud materno - infantil una especialidad en la que convergen dos derechos, como la dedicada a proporcionar cuidados para los problemas de salud de la mujer y garantizar los servicios en recién nacidos, es necesario tener la atención esencial de urgencias en los distintos sectores de la salud, por lo que se debe estrictamente reservar los espacios adecuados en las distintas instituciones del sector salud, especialmente en las áreas dedicadas a la prestación de estos servicios.

Derivado de los actuales acontecimientos, respecto del SARS-Cov2 que provoca la enfermedad llamada Covid-19, declarada pandemia global por la Organización Mundial de la Salud, a nivel internacional y nacional se han implementado diversos protocolos de protección ante esta contingencia.

En México a partir del veintiuno de abril del presente año, el gobierno declaró la fase III como medida sanitara ante el riesgo de contagios por el Covid-19, que consiste en el registro máximo de transmisión del virus, por lo que las autoridades sanitarias y epidemiológicas han estimado una saturación en la atención y hospitalización en el sistema de salud.

A pesar de las medidas de prevención, la infraestructura con que cuenta el personal sanitario para hacer frente a esta contingencia es mínima, en virtud de que se ha reportado la falta de materiales que cumplan con las normas sanitarias de protección y los insumos médicos, como camas y ventiladores, para otorgar la atención adecuada en los casos de pacientes graves que presentan esta enfermedad.

Por lo anterior, el gobierno federal en coordinación con las autoridades sanitarias debe actuar de manera oportuna para atender los problemas y riesgos que conlleva la presencia del Covid-19 en el sistema nacional de salud. De igual manera, es obligatorio, que salvaguarde la salud de las mujeres y de los niños para evitar cualquier tipo de riesgo tomando en consideración las medidas sanitarias para atender la salud materno - infantil.

En suma, es necesario que se tomen medidas drásticas y así, asignar espacios específicos para la atención de quienes se tengan conocimiento estén detectados con el Covid-19 en el caso de declarar una fase III, y procurar que los pacientes que presenten síntomas de la enfermedad no sean atendidos por las instituciones especiales y las áreas dedicadas al servicio materno – infantil, a fin de no poner en riesgo la salud de las mujeres como de los recién nacidos.

Lo anterior, hará posible que se cumplan las líneas de acción que conlleva el cumplimiento al derecho a la protección de la salud, en especial aquella que tiene que ver con los cuidados y servicios en hospitales del Sistema Nacional de Salud, respecto de la atención materno-infantil.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que, derivado de la contingencia generada por el virus SARS-Cov2 y en atención al Interés Superior de la Niñez y el respeto de los Derechos Humanos de la Mujer, se tomen las medidas sanitarias adecuadas para seguir atendiendo de manera oportuna la salud materno - infantil en las instituciones del sector salud de México dedicadas a este servicio.

Notas

1 https://www.who.int/topics/midwifery/es/

2 https://www.who.int/maternal_child_adolescent/topics/maternal/mdg/es/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020

Diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los órganos operadores de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la Ciudad de México, de los estados o los municipios a implantar programas de condonación y descuentos del pago del servicio con motivo del efecto económico ocasionado por las medidas sanitarias decretadas para contener la pandemia por Covid-19, a cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del PAN

José Martín López Cisneros, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los órganos operadores de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la Ciudad de México, estatales o municipales del país, a implantar programas de condonación y descuentos para el pago del servicio de agua potable, con motivo del efecto económico ocasionado por las medidas sanitarias decretadas para contener la pandemia por Covid-19., con base en las siguientes:

Consideraciones

La Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando el derecho que tiene toda persona para contar con agua potable limpia y el respectivo servicio de saneamiento; señalando que ambos servicios son esenciales para la realización de las personas.

Dicha Resolución exhorta a los Estados miembros de la ONU a garantizar el suministro de agua potable y un servicio de saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para los pobladores.

En este mismo sentido la Observación General No. 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, define el derecho humano al agua como: el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico.

Por suficiente se debe entender que el abastecimiento de agua debe ser bastante y continuo para el uso personal y doméstico.

Saludable se entiende libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una amenaza para la salud humana.

Aceptable, se hace referencia a que el agua debe presentar un color, olor y sabor aceptables para el uso personal y doméstico.

Accesible se refiere a que todo el mundo tiene derecho a servicios de agua y saneamiento físicamente accesibles, situados en la inmediata cercanía del hogar.

Y, por último, pero no menos importante, debe ser asequible para toda la población; sobre lo cual, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sugiere que el costo del agua no debe superar el 3 por ciento de los ingresos del hogar. Dicha situación, se encuentra actualmente comprometida por la súbita falta de ingresos o una importante disminución de los mismos, en millones de hogares mexicanos.

Hoy, como consecuencia de las rígidas medidas sanitarias de distanciamiento social, millones de mexicanos han visto afectados sus ingresos económicos, la inmensa mayoría de los hogares en nuestro país han resentido en sus bolsillos las consecuencias de la parálisis económica decretada por las autoridades sanitarias, para impedir el avance del Covid-19.

Así, millones de mexicanos han perdido sus trabajos o se encuentran imposibilitados para autoemplearse en la economía formal e informal; otros tantos, han visto disminuir sus ingresos por la mengua producto de los llamados salarios solidarios.

Esta situación amenaza con imposibilitar que muchos mexicanos puedan cumplir con el pago del servicio de agua potable; lo anterior, en razón de que hoy para millones de mexicanos no resulta asequible el pago del servicio de agua, pues no tienen ingresos o los mismos son insuficientes para hacer frente a las necesidades de sus hogares.

En consecuencia, es urgente y necesario, que los organismos de los sistemas de agua y alcantarillado de todo el país sean sensibles a la situación económica que afecta a la gran mayoría de los mexicanos. Por lo anterior, se exhorta a los mismos, a que a la brevedad posible establezcan programas sociales para la condonación o descuentos en el pago de los derechos por el servicio de agua potable y alcantarillado, la emergencia sanitaria y económica lo amerita.

Así mismo, debemos tener en cuenta que son muy pocos los organismos de sistemas de agua y alcantarillado que proporcionan a sus usuarios agua apta para el consumo humano, la gran mayoría del agua que se suministra a los hogares mexicanos no cumple con los requisitos sanitarios para ser consumida directamente del grifo.

En casos extremos, debido a la enorme cantidad de partículas que llega a contener el agua, no puede ser consumida por las personas, quienes deben comprar agua embotellada para cubrir las necesidades de consumo humano, hay que decir que éste es el caso de la inmensa mayoría de los hogares mexicanos, no por nada ocupamos los primeros lugares mundiales en consumo de agua embotellada.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Al tenor del siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente a los órganos operadores de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la Ciudad de México, estatales o municipales del país, a implantar programas de condonación y descuentos para el pago del servicio de agua potable, con motivo del efecto económico ocasionado por las medidas sanitarias decretadas para contener la pandemia por Covid-19.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado José Martín López Cisneros (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, el IMSS y el Ejecutivo federal a aclarar y replantear los criterios de elegibilidad y entrega de créditos en el contexto de la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19, a cargo de la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. Los primeros pacientes por Covid-19, en México se registraron el último día del mes de febrero. La epidemia por el virus rápidamente se propagó a lo largo del país aumentando el riesgo y evolucionado las fases de contingencia hasta llegar a la fase 3, el día 21 de abril. Es por ello, y en atención a las medidas de seguridad sanitaria, que el día 31 de marzo se declaró estado de emergencia sanitaria.

2. En respuesta a la pandemia el Gobierno Mexicano adoptó diversas medidas para combatirla. Las medidas preventivas iniciaron con la invitación a las personas de no salir de sus hogares, y posteriormente con la suspensión de labores de todas actividades no esenciales.

3. Debido a las acciones preventivas y sus efectos, ha disminuido el flujo económico nacional y como resultado, en reportes de la Secretaría del Trabajo y Previsión social de principios del mes de abril se perdieron, en tres semanas, una cantidad mayor a 300 mil empleos.

4. Como respuesta del Gobierno el 15 de abril del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación, por parte de la Secretaría de Economía, el “Acuerdo por el que se adicionan los transitorios de las reglas de operación del programa de microcréditos para el Bienestar” por el cual se establecen créditos para las personas que tengan un micronegocio con préstamos que van de 6 mil a 20 mil pesos.1

5. El 20 de abril del presente año se anunció, en conferencia por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que a partir del 21 de abril las empresas formales podrían acceder a un crédito con fondos del gobierno federal siempre y cuando, las empresas no hayan recortado su planta laboral desde el mes de enero. El crédito, se anunció, podrá ser de una cantidad inicial de 25 mil pesos.2

6. Desde la vigencia de los créditos señalados por el numeral 4 y 5 del presente documento, se han percibidos quejas de la ciudadanía, por los criterios de elegibilidad de las personas que puedan verse beneficiadas por el crédito, así también como su pago, lo que pone en riesgo la universalidad del beneficio.

Consideraciones

El plan de créditos anunciado por la Secretaría de Economía consta en ocupar un programa social ya existente el cual es el programa de microcréditos para el bienestar, que otorga créditos a personas formales e informales que tengan un micro negocio. La entrega de créditos, como medidas subsidiarias ante la situación económica dentro de la epidemia, busca que estas personas puedan acceder a un crédito y, de esta manera, que su negocio se salvaguarde ante la mala situación económica.

Lo que se cuestiona de los criterios para la entrega de los microcréditos, es la forma de elección de los beneficiarios, pues los requisitos son, entre otros, encontrarse ya inscrito en el censo hecho con antelación a la pandemia por parte de la Secretaría de Bienestar integrado en un expediente electrónico, es por ello que queda excluida una gran parte de la sociedad y micronegocios al no estar inscrito en el expediente.

Con respecto al requisito de inscripción en el expediente, deja ver que no se pretende en ningún momento lograr una universalidad de apoyo al sector de la población a beneficiarse, pues se restringe la posibilidad del beneficio a las personas no inscritas con anterioridad, y no abrir la oportunidad a nuevas personas, por lo que se es cuestionable el criterio de elegibilidad.

Los beneficiados por estos créditos serán contactados por vía telefónica, lo cual pone en riesgo la seguridad jurídica del acto, dado a que no se puede asegurar que la aceptación sea plena y, por otra parte, que el acto de notificación sea objetivo, pues se realiza por servidor público que no tienen fe legal, y no hay una manifestación de la voluntad plena y objetiva por parte del beneficiado.

Los créditos otorgados son, en la mayoría de las ocasiones, insuficientes. Los créditos que se pretende otorgar son insuficientes al tratar de salvaguardar a las familias del beneficiado y de su negocio, ya que seis mil pesos en los tres meses de gracia y, rembolsar el crédito, en caso de seguir con bajos ingresos, es por mucho insuficiente la cantidad monetaria otorgada.

La forma de reembolso resulta ser exagerada para varias personas. El reembolso de un microcrédito es por medio de exhibiciones de 600 pesos al mes, lo que en ocasiones resulta ser una cantidad exagerada para los que inician un negocio, pues estos viven al día por la falta de comercio y la situación económica actual.

Lo que se exige, es que la Secretaría de Economía aclare y adecue los criterios de elegibilidad, las cantidades dadas, y la forma de reembolsar los créditos por parte de los beneficiados por el programa, a razón de adecuarse a la realidad del combate a la pandemia de Covid-19. Que el programa tienda a la cobertura universal del sector al que se dirige y que se dé seguridad jurídica en la elección y entrega de apoyos, conforme al principio de legalidad en el que deben actuar las autoridades.

Por otra parte, como se señaló en los antecedentes del presente documento, el IMSS dará créditos a los patrones, para evitar despidos de su planta laboral, donde el requisito primordial es que no hayan reportado bajas en su planta desde el mes de enero.

Los errores a señalar en esta acción de gobierno, se dan en el tiempo que se dan los apoyos, la insuficiencia y las causales de disminución de la planta laboral reportada ante el IMSS, lo que hace subjetivo e insuficiente la elegibilidad de los beneficiarios.

Una de los criterios para ser elegido y se conceda al patrón un crédito por parte del IMSS, es que no haya disminuido su planta en esta emergencia sanitaria, pero, hay diversas cuestiones que no reflejan un despido, pues no se contempla el cese voluntario de los trabajadores, o en dado caso, la necesidad en que se ven involucrados los patrones al dar de baja del instituto a su empleado, pero seguir contando con su trabajo para lograr solventar el pago del salario.

El requisito de no recorte de plantilla, se exige desde el mes de enero, por lo que va más allá del tiempo de la pandemia. La epidemia de Covid-19 empezó a despuntar en el mes de marzo, por lo que, al abarcar esa línea temporal, abarca muchos motivos más que los causados por la epidemia.

Con el requisito principal se castiga más a la empresa afectada por la epidemia. Con los requisitos exigidos por el IMSS no se busca realmente ayudar a la empresa afectada por los efectos económicos de la epidemia, pues al verse en situación crítica, despiden personal para poder mantener su existencia y muchas de estas ocasiones requieren un crédito para poder subsistir.

Es por lo descrito anteriormente que por esta proposición con punto de acuerdo se busca exhortar a la Secretaría de Economía, al IMSS y al titular del Ejecutivo Federal para que se aclaren los criterios de elegibilidad y acceso a los créditos dados en consecuencia de la epidemia de Covid-19, así como una restructuración para abarcar el universo de la población afectada conforme a la naturaleza del programa.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Honorable Cámara de diputados exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Economía, el Instituto Mexicano del Seguro Social y del Ejecutivo Federal para aclarar, y replantear los criterios de elegibilidad y entrega de créditos otorgados en el contexto de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus de Covid-19, a fin de garantizar el bienestar de la sociedad mexicana.

Notas

1 https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/
entrega-microcreditos-micronegocios-afectados-covid-19-programa-de-microcreditos-para-el-bienestar-2020-tandas-bienestar-5105210.html

2 https://www.jornada.com.mx/ultimas/politica/2020/04/20/
arranca-manana-el-registro-para-creditos-ante-la-crisis-del-covid-19-9245.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril del 2020.

Diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, la Segob y la SSPC a garantizar la seguridad de las mujeres víctimas de violencia, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jorge Arturo Espadas Galván, y las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, a la titular la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Seguridad Pública para garantizar la seguridad de las mujeres víctimas de violencia, al tenor de lo siguiente:

Antecedentes

El pasado 8 de marzo del presente año se realizó una marcha histórica donde varias mujeres asistieron para exigir a las autoridades que pongan un alto ante el alza de la violencia que está ocurriendo en nuestro país, las cifras en ese momento era un aproximado de 10 muertes al día, la mayoría víctimas de violencia feminicida.

Un día después, el 09 de marzo, se realizó el primer Paro Nacional “Un día sin mujeres” donde la finalidad era que todas las mujeres del país “desaparecieran” y así crear conciencia sobre la importancia de todas y cada una de ellas en los diferentes ámbitos de la sociedad, se realizó para protestar en contra de la violencia de género, la desigualdad, la cultura del machismo y lograr un apoyo de las autoridades para garantizar una mayor protección a los derechos de todas las mujeres.

Aunque la lucha ha sido constante y se han unido varias mujeres y hombres para proteger y garantizar dichos derechos, la situación por la que está pasando el país y el periodo de auto confinamiento por el Covid-19 ha aumentado de forma significativa la violencia intrafamiliar en hogares de toda la República Mexicana.

La mayoría de las mujeres sufren de violencia psicológica, lesiones y en algunos casos violaciones, aunque son varias las que pueden y deciden denunciar, lamentablemente, existe un número elevado de mujeres que no denuncian debido a que el agresor se encuentra en el domicilio y se vuelve más complicado denunciarlos ya que no se les permite salir, no tienen a donde ir y las amenazas cada día son más violentas.

Esta no es una problemática novedosa, es un tema que ha preocupado desde años anteriores, pero en estos momentos las mujeres que viven en una situación de maltrato por parte de su pareja se encuentran en mayor riesgo y son más vulnerables a dicha violencia debido al aumentado en los niveles de estrés, ansiedad, preocupaciones y por estar en un mismo espacio de convivencia por tanto tiempo.

Durante la Fase 1 y 2, en la Ciudad de México, la Fiscalía General de Justicia incrementó en 7.2 por ciento el número de carpetas de investigación tan solo por el delito de violencia familiar. En el mes de marzo se iniciaron 1608 carpetas de investigación mientras que en el mes de febrero habían sido 1581.

Ahora bien, en el Informe sobre la Incidencia Delictiva del Fuero Común publicado el 20 de abril, se muestran los delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación, reportadas por las Procuradurías de Justicia y Fiscalías Generales de las entidades federativas.

Los reportes en las cifras en el delito de violencia familiar son lamentables, en el mes de enero con un total de 15,851, febrero con 17,794 y marzo con 20,232, en tan solo tres meses ese delito ha logrado un total de 53, 877 casos. Adicional a eso, los demás delitos contra la familia (Violencia de género en todas sus modalidades distinta a la violencia familiar, Incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar y otros delitos contra la familia) han dado un total de 63,104.1 Por su parte el delito de feminicidio en estos tres meses ha dado un total de 240. Y eso solo son los números de los que las autoridades están notificadas, no tenemos un conocimiento sobre todas aquellas mujeres que sufren día con día sin encontrar una solución o sin saber dónde acudir para sentirse seguras.

Por otro lado, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México reportó en días pasados un aumento en el número de llamadas recibidas a la línea del 911, donde nueve de cada diez llamadas son hechas por mujeres víctimas de violencia. La hora con mayor número de cantidad de llamadas de este delito se reciben entre las 18:00 y 04:00 horas de la mañana siguiente, por lo que es necesario dar mayor atención a todas aquellas mujeres que realizan llamadas y darles el apoyo e información necesaria, por lo que será indispensable capacitar al personal y que exista una sororidad por parte de las autoridades.

Otro de los factores que ha afectado a este grupo vulnerable es la diminución en los recursos para los refugios que son utilizados por las mujeres víctimas de violencia.

Es indispensable que en los 32 estados de la República se tengan refugios especializados, que se cuente con el presupuesto adecuado e indispensable para garantizar la protección de todas aquellas mujeres víctimas de violencia y que tengan el personal necesario para atender a todas aquellas personas que lo necesiten, los pocos refugios que quedan no cuentan con los elementos indispensables para dar la atención a las víctimas, lo que ha provocado una mayor preocupación en las personas y que no puedan contar con el apoyo necesario o en otros casos que ni siquiera exista en sus localidades estos Centros de Apoyo.

En el Partido Acción Nacional nos preocupan cada uno de los mexicanos, sin embargo, sabemos que hoy en día las mujeres son unos de los grupos más vulnerables ante la situación que se vive por el Covid-19 y queremos garantizarles sus derechos, así como una vida libre de violencia y que sepan que pueden contar con las autoridades para su protección y la de sus hijos.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable asamblea proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la titular de la Secretaría de Gobernación, quien preside el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, para que en el uso de sus atribuciones vigile el cumplimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia por parte de los tres órdenes de gobierno.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Seguridad Pública para que todo su personal se encuentre debidamente capacitado para recibir y atender de manera adecuada a todas aquellas víctimas de violencia y que las llamadas que se reciban al 911 sean atendidas con sororidad.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo Federal para que en el uso de sus atribuciones asigne los recursos necesarios con la finalidad de fortalecer el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, Sus Hijas e Hijos, para el Ejercicio Fiscal 2020 y en términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Nota

1 Incidencia delictiva del Fuero Común, nueva metodología. Disponible en línea:

https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/incidenci a-delictiva-del-fuero-comun-nueva-metodologia 24/04/2020

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la CNDH a formular recomendaciones a las autoridades respectivas sobre la falta de material de protección del personal médico de los hospitales públicos a cargo de la Ssa y rendir a la opinión pública un informe pormenorizado de las acciones para prevenir la discriminación de ese personal, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, 65, numeral 4, 79, numeral 1, fracción 2, y numeral 2, 100, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra, a que emita las recomendaciones pertinentes a las autoridades responsables, sobre la falta de material de protección al personal médico de los hospitales públicos a cargo de la Secretaría de Salud y rinda a la opinión pública un informe pormenorizado de las acciones para prevenir la discriminación del mismo personal, al tenor de los siguientes los siguientes

Antecedentes

El 11 de marzo del presente año, la Organización Mundial de la Salud declaró al Coronavirus Covid-19 oficialmente como una pandemia mundial. Tras la declaración de la OMS, diversos países pusieron en marcha medidas para prevenir contagios masivos, incluidos México.

Hasta el domingo 26 de abril de 2020, se han registrado un total de 14,677 contagios, así como 1351 decesos, lo que indica que estamos a punto de entrar en la Fase 3 de la epidemia, por lo que el sistema de Salud pública debe estar preparado para la parte más difícil.

En conferencia de prensa, el lunes 30 de marzo, las autoridades federales, por conducto del Secretario de Relaciones Exteriores y del Consejo de Salubridad tomaron la medida de declarar el estado de emergencia sanitaria nacional por causa de fuerza mayor, proponiendo un regreso paulatino de las actividades en los meses de abril y mayo.

Esto es una medida que puede tomar el gobierno de un país en una situación excepcional y se dicta generalmente en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un estado, ya sea a consecuencia de catástrofes naturales, circunstancias políticas o civiles que afecten o impidan la vida de la Nación.

Aunado a lo anterior, el pasado 17 de abril, el Ejecutivo Federal, a través del Subsecretario de Salud, Hugo López Gatell, manifestó que el regreso a las actividades paulatino se extenderá hasta el 30 de mayo, por lo que se espera que la tasa de contagios alcance su punto máximo a finales del mes de mayo y principios de junio.

Durante el mes que han durado las medidas de prevención por parte de las autoridades de salud, se han presentado diversas manifestaciones en diferentes hospitales de la república mexicana, debido a la falta de insumos y material médico de contención y seguridad para el personal que labora en los hospitales públicos del país.

En diferentes entrevistas, los manifestantes, han expresado que el gobierno no ha brindado los materiales necesarios para las y los médicos y enfermeros de los hospitales. Por el contrario, en muchos casos, los responsables de los hospitales han sido omisos en atender a su personal médico.

Por lo anterior, se han presentado quejas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, misma que solo ha atendido 2, emitiendo medidas cautelares.

Una recomendación por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos constituye la más severa expresión de la labor de la Comisión en la lucha contra la impunidad y la defensa de los derechos humanos en nuestro país y tienen como características principales ser públicas y no vinculatorias. No obstante, derivado de la reforma constitucional de junio de 2011, la CNDH cuenta con la facultad de solicitar al Congreso la comparecencia de aquellos titulares de las autoridades responsables que se nieguen a aceptar o cumplir con las recomendaciones que emita este organismo nacional. Lo anterior, otorga mayor fuerza para que se creen los mecanismos que permitan una eficiente lucha contra la impunidad y por el respeto de los derechos humanos en el territorio nacional.1

En entrevista con un medio de comunicación, la Titular de la CNDH confirmó que, si han recibido quejas por parte de personal médico, pero que cuando hay queja fundamentada o hay cuestiones o hay queja grave que afecta la vida de la persona y se actúa de oficio (sic) Se emiten medidas cautelares, no recomendaciones.

¿Qué son las medidas?

con base en el artículo 40 de la Ley de la CNDH y los artículos 116 y 117 de su Reglamento Interno, son requeridas a las autoridades competentes medidas precautorias o cautelares, cuando son necesarias acciones o abstenciones por parte de las y los servidores públicos a fin de evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos, o la producción de daños de difícil reparación a las personas afectadas, así como para solicitar su modificación cuando cambien las situaciones que las justificaron.2

Dichas medidas pueden ser de conservación o restitutorias, según lo requiera la naturaleza del asunto, para que sin sujeción a mayores formalidades sea procurada la conservación o restitución a las personas en el goce de sus derechos humanos.

En centros de salud, se emitió medida cautelar de oficio en un enfermero que murió.

Hasta el día 10 de abril de 2020 se han recibido 44 quejas que concluyeron en diferentes resoluciones. solo 3 medidas cautelares.

Amnistía Internacional, publicó el pasado mes de marzo, un comunicado en el que recomendaba seguir un decálogo de Derechos Humanos en tiempos de crisis, donde enfatizan lo siguiente:

“5. Los trabajadores y trabajadoras de la salud están en primera línea frente a esta epidemia, pues tienen que continuar prestando servicios a pesar de los riesgos personales para ellos y para sus familias. Entre los riesgos que corren figuran la posibilidad de contraer Covid-19 al realizar su trabajo, el exceso de horas de trabajo, la angustia sicológica y el cansancio. Es necesario proporcionar equipo de protección personal adecuado y de calidad, información, formación y apoyo sicológico para facilitar la labor de enfermeros y enfermeras, médicos y demás personal implicado en la respuesta. Estos aspectos han de tenerse en cuenta también en el caso de otros profesionales que corren especial riesgo de exposición, como los guardias y otros empleados de prisiones u otro personal encargado de hacer cumplir la ley que se ocupe de aplicar y hacer cumplir las medidas de salud pública, así como profesionales que no pertenecen al sector público que están trabajando para garantizar el acceso a servicios básicos. Los Estados deben garantizar también que se establecen mecanismos para prestar apoyo a las familias de trabajadores y trabajadoras de la salud y otras personas que han fallecido o caído enfermas como consecuencia de su exposición a Covid-19.”3

Aunado a lo anterior, se han registrado diversos ataques en el país al personal médico por parte de la sociedad, mismos que claramente han visto vulnerables sus derechos y que las Comisión ha hecho caso omiso de estas llamadas de atención.

Se han registrado al menos 44 ataques contra personal médico en todo el país desde mediados de marzo, según datos proporcionados por el Consejo Nacional de México para Prevenir la Discriminación.4

Los tipos de ataques varían, pero incluyen a las enfermeras y los médicos que son golpeados en la cara y a los que arrojan líquidos abrasadores sobre sus cuerpos.

Las autoridades dicen que los ataques probablemente estén motivados por rumores de que el personal médico es responsable de propagar el virus en todo México.

Por lo anterior, es importante que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, empiece a emitir las recomendaciones pertinentes a las autoridades responsables de proporcionar los insumos necesarios a los hospitales públicos, y emitir mensajes a la sociedad para erradicar la falsa información y respetar al personal médico en general, a fin de que se protejan sus derechos fundamentales, al tenor de los siguientes

Considerandos

Primero. Qué de conformidad con el artículo 102 apartado B, párrafo onceavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas o las Legislaturas de éstas

Segundo. Que con fundamento en el artículo 43 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión, podrá dictar acuerdos de trámite, que serán obligatorios para las autoridades y servidores públicos para que comparezcan o aporten información o documentación. Su incumplimiento acarreará las sanciones y responsabilidades señaladas en el Título IV, Capítulo II de la misma Ley.

Tercero. Que de conformidad con el artículo 44 de la Ley antes referida, se hace mención del procedimiento cuando concluya la investigación por parte del personal de la Comisión Nacional, que a la letra indica:

“Concluida la investigación, el Visitador General formulará, en su caso, un proyecto de Recomendación, o acuerdo de no responsabilidad en los cuales se analizarán los hechos, los argumentos y pruebas, así como los elementos de convicción y las diligencias practicadas, a fin de determinar si las autoridades o servidores han violado o no los derechos humanos de los afectados, al haber incurrido en actos y omisiones ilegales, irrazonables, injustas, inadecuadas, o erróneas, o hubiesen dejado sin respuesta las solicitudes presentadas por los interesados durante un período que exceda notoriamente los plazos fijados por las leyes.

En el proyecto de Recomendación, se señalarán las medidas que procedan para la efectiva restitución de los afectados en sus derechos fundamentales, y si procede en su caso, para la reparación de los daños y perjuicios que se hubiesen ocasionado. Los proyectos antes referidos serán sometidos al presidente de la Comisión Nacional para su consideración final.”

Cuarto. Que con fundamento con el artículo 46 de la misma Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se establece que la recomendación será pública y no tendrá carácter imperativo para la autoridad o servidor público a los cuales se dirigirá y, en consecuencia, no podrá por sí misma anular, modificar o dejar sin efecto las resoluciones o actos contra los cuales se hubiese presentado la queja o denuncia.

“En todo caso, una vez recibida, la autoridad o servidor público de que se trate informará, dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación, si acepta dicha Recomendación. Entregará, en su caso, en otros quince días adicionales, las pruebas correspondientes de que ha cumplido con la Recomendación. Dicho plazo podrá ser ampliado cuando la naturaleza de la Recomendación así lo amerite.”

Quinto. Que con fundamento en el artículo 15 de la Ley antes citada, son facultades de la o el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos:

I.- ... VI

...

VII. Aprobar y emitir las recomendaciones públicas y acuerdos que resulten de las investigaciones realizadas por los visitadores;

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado someto a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Por el cual se exhorta a la titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra, a que emita las recomendaciones pertinentes a las autoridades responsables, sobre la falta de material de protección al personal médico de los hospitales públicos a cargo de la Secretaría de Salud y rinda a la opinión pública un informe pormenorizado de las acciones para prevenir la discriminación del mismo personal.

Notas

1 Comisión Nacional de los Derechos Humanos:
http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=119

2 Comisión Nacional de los Derechos Humanos 2020:
http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=10047

3 Amnistía Internacional 2020: https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/noticias/noticia/articulo/amn istia-internacional-presenta-un-decalogo-de-derechos-humanos-para-afron tar-la-pandemia/

4 CNN español 2020:

https://cnnespanol.cnn.com/2020/04/24/
docenas-de-trabajadores-medicos-han-sido-atacados-en-mexico-en-medio-de-temores-de-coronavirus/

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, a los 28 días del mes de abril del 2020.

Diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a utilizar los recursos de los fideicomisos en reactivar la economía y adquirir insumos para el personal médico de los hospitales públicos, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, 65, numeral 4, 79, numeral 1, fracción 2, y numeral 2, 100, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta al presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, a que los recursos de los fideicomisos se utilicen en reactivar la economía y en insumos para el personal médico de los hospitales públicos, al tenor de los siguientes los siguientes

Antecedentes

El 11 de marzo del presente año, la Organización Mundial de la Salud declaró al Coronavirus Covid-19 oficialmente como una pandemia mundial.

Tras la declaración de la OMS, diversos países pusieron en marcha medidas para prevenir contagios masivos. Sin embargo, en México, hubo omisión por parte del Gobierno Federal y permitieron se llevarán a cabo actividades de manera normal. Esto, sin duda provocó el aumento inmediato de contagios.

Hasta el día domingo 19 de abril de 2020, se han registrado un total de 8261 contagios, así como 686 decesos, lo que indica que estamos a punto de entrar en la Fase 3 de la epidemia, por lo que el sistema de Salud pública debe estar preparado para la parte más difícil.

En conferencia de prensa, el lunes 30 de marzo, las autoridades federales, por fin admitieron que la pandemia es una realidad, y por conducto del Secretario de Relaciones Exteriores y del Consejo de Salubridad tomaron la medida de declarar el Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por Causa de Fuerza Mayor, prolongando el regreso paulatino de las actividades hasta el 30 de abril, y no el 19 como se tenía pensado. Esto es una medida que puede tomar el gobierno de un país en una situación excepcional y se dicta generalmente en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un estado, ya sea a consecuencia de catástrofes naturales, circunstancias políticas o civiles que afecten o impidan la vida de la Nación.

Por lo anterior, el gobierno mexicano tomará las medidas siguientes:

• Suspensión de todas las actividades no esenciales del 30 de marzo hasta el 30 de abril. Las esenciales son las que de manera directa son necesarias para atender la emergencia médica y las involucradas en materia de seguridad pública.

• No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas, además del acato de las medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de Salud.

• Se exhorta a toda la población a no participar en actividades no esenciales, a resguardo voluntario permaneciendo en el domicilio.

• Esta medida se aplica de manera estricta a las personas mayores de 60 años, embarazadas y a personas con hipertensión, diabéticos, problemas cardiacos y respiratorios, etc.

• Una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales, la Secretaría de Salud y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitirán lineamientos para el regreso escalonado de actividades.

• Se suspenderán todos los censos y encuestas que requieran entrevistas de manera presencial cara a cara.

• Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respecto a los derechos humanos.

Aunado a lo anterior, el pasado jueves 17 de abril, el ejecutivo federal, a través del Subsecretario de Salud, Hugo López Gatell, manifestó que el regreso a las actividades paulatino se extenderá hasta el 30 de mayo, por lo que se espera que la tasa de contagios alcance su punto máximo a principios de mayo y finalice a principios de junio.

Esto indica que el gobierno tiene preparado lo peor para los siguientes meses, en materia de contagios y decesos.

En el marco del informe de actividades del presidente López Obrador, dónde se esperaba un mensaje sobre la contingencia sanitaria en México por el Covid-19, el mandatario anunció diversas acciones para reactivar la economía entre ellas, decreto “extinguir o dar por terminados todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal” y solicitar a las dependencias encargadas de manejo y administración de fideicomisos, que en un lapso de 15 días, tendrían que regresar los montos que les correspondía de acuerdo a los instrumentos señalados en el presupuesto de egresos 2020.

El Presidente hizo una recomendación a la Secretaría de Hacienda para que los recursos obtenidos de los fideicomisos sirvan para atender cuatro propósitos: primero, fortalecer los programas sociales que se destinan a las personas de escasos recursos; segundo, que otra parte se destine a la reactivación económica (como los créditos que impulsen a la industria de la construcción para reactivar la economía). Como tercer propósito, dijo que se podría apuntalar a Petróleos Mexicanos (Pemex) ante la caída en los precios a nivel internacional. Y cuarto, que se destine al pago de la deuda.

Con estos fondos, subrayó, “podemos reunir en total alrededor de 250 mil millones de pesos. Es importante, estaríamos hablando como de un punto porcentual del Producto Interno Bruto. Eso nos ayuda, más otras medidas de ahorro que ya el domingo explicaré (en su informe)”.

La orientación del recurso que se transfiere a los Servicios Estatales de Salud de las 32 entidades federativas, a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (Fassa) del Ramo 33 “Aportaciones Federales Para Entidades Federativas y Municipios”, está destinada a cubrir las necesidades de salud de la población sin seguridad social, mediante acciones fundamentales de atención, prevención y promoción de la salud; fomento y riesgo sanitario, capacitación y formación para la salud, todas ellas encaminadas a cumplir con la directriz de “Bienestar social e igualdad” hacia el Plan Nacional de Desarrollo 2019- 2024.1

El Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (Fassa) tiene como principal objetivo aportar recursos a las entidades federativas para la prestación de servicios de salud a la población que no cuenta con empleo formal o no está incorporada en algún régimen de seguridad social que incluya el acceso a servicios de salud. Este objetivo se lleva a cabo mediante:2

a) La implementación de mecanismos que apoyan las actividades de protección contra riesgos sanitarios

b) La promoción de la salud y la prevención de enfermedades

c) La mejora en la calidad de la atención y la seguridad en salud

d) El abasto y entrega oportuna y adecuada de medicamentos

Con los recursos que las entidades federativas reciben a través del Fassa, se busca favorecer la consolidación de los sistemas estatales de salud y con ello coadyuvar al fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud. Además, este fondo busca una mayor equidad en el gasto público otorgado a entidades.

El compromiso del Fassa es contribuir a asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad, mediante la disminución de la Razón de Mortalidad Materna, a través de la atención de la incidencia de las causas directas e indirectas de la mortalidad materna, por un lado, es importante que las embarazadas busquen la atención de manera oportuna y permitan la atención del embarazo, parto y puerperio.

Fondos como el Fassa, nos dan una idea de la importancia de que los FIDEICOMISOS estén bien destinados, pues se ha dejado desamparos diversos rubros que estos financiamientos aportaban a los estados y municipios.

Inyectar recursos a Pemex o a obras de infraestructura no esenciales, sería destinar recursos a la pérdida, debido a que la paraestatal no ha tenido los resultados esperados, y aunado a eso, las calificadoras mundiales, posicionan a Pemex en una degradación de su capacidad crediticia.

Fitch Ratings degradó la calificación de Petróleos Mexicanos (Pemex) Infraestructura Energética Nova, Comisión Federal de Electricidad y Cometa Energía.

La calificadora de riesgo crediticio bajó la nota de la empresa productiva del Estado a ‘BB-’ desde ‘BB’ con una perspectiva estable; la compañía encabezada por Manuel Bartlett pasó de ‘BBB’ a BBB-, mientras que la empresa que dirige Tania Ortiz y Cometa cayeron de ‘BBB+’ a ‘BBB’.3

Asimismo, insistir en elevar la refinación será más caro para Pemex, advierten expertos, pues en la negativa del Gobierno Federal ante la OPEP+ de no reducir la producción de crudo, hizo que se perdiera el grado de inversión por las calificadoras mundiales.

“Forzar a Pemex a maximizar producción a costa de tener pérdidas millonarias fue la causante principal. Difícilmente veo a la administración cambiando de rumbo y priorizando rentabilidad a producción. La oportunidad dorada para hacerlo sin costo político era el acuerdo de la OPEP+”, afirmó Pablo Medina, vicepresidente de la consultora Welligence.4

En conclusión, la refinería de Dos Bocas es, como se supo desde un principio, una obra inviable y que solo desperdiciara el dinero de los mexicanos.

Por lo anterior, es menester que los recursos que se han devuelto a la Tesorería de la Federación sean destinados a todo lo referente para recuperar los empleos, reactivar la economía y darle los insumos suficientes al sector salud para que en el mes de mayo. Este punto de acuerdo busca que los recursos sean bien manejados y destinados para esta emergencia, al tenor de los siguientes:

Considerandos

Primero. Qué de conformidad con el Decreto publicado el 4 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Ejecutivo Federal instruyó a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Oficina de la Presidencia de la República, así como a los tribunales Agrarios lleven a cabo los procesos para extinguir o dar por terminados todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal en los que funjan como unidades responsables o mandantes.

Segundo. Que de conformidad con el artículo segundo del Decreto antes mencionado, es a través de la Tesorería de la Federación, que los ejecutores de gasto, por conducto de las unidades responsables, coordinen las acciones que correspondan con las instituciones fiduciarias, mandatarias o comisionistas, para que a más tardar el día 15 de abril del ejercicio fiscal 2020, se concentren la totalidad de los recursos públicos federales que formen parte de los fideicomisos, mandatos o análogos referidos en el considerando anterior.

Que será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la que interpretará los efectos administrativos del Decreto, por lo que será la dependencia la que destine y asigne recursos, de conformidad con el artículo 11 párrafo quinto de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Tercero. Que de conformidad con el artículo 9 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, son fideicomisos públicos los que constituye el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría en su carácter de fideicomitente única de la administración pública centralizada, o las entidades, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias y estratégicas del desarrollo. Asimismo, son fideicomisos públicos aquéllos que constituyan los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos.

Cuarto. Que de conformidad con el artículo 13 de la misma Ley de Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los ejecutores de gasto estarán facultados para realizar los trámites presupuestarios y, en su caso, emitir las autorizaciones correspondientes en los términos de esa Ley, mediante la utilización de documentos impresos con la correspondiente firma autógrafa del servidor público competente, o bien, a través de equipos y sistemas electrónicos autorizados por la Secretaría, para lo cual, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán medios de identificación electrónica.

Quinto. Que con fundamento en el artículo 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los fideicomisos públicos a que se refiere el artículo 3o., fracción III, de esa Ley, son aquellos que el gobierno federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos. En los fideicomisos constituidos por el gobierno federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fungirá como fideicomitente único de la Administración Pública Centralizada.

Sexto. Que los precios del crudo a nivel mundial han alcanzado su precio más bajo en la historia moderna, aunado que las calificadoras, han otorgado desconfianza a Pemex, convirtiéndola en una empresa con una calificación que la hace desconfiar de los inversionistas y convirtiendo sus bonos sin ningún valor en el mercado; por lo que invertir en refinar petróleo, es una decisión errónea y por demás inviable por el Gobierno Federal.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado someto a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el cual se exhorta al presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, a que los recursos de los fideicomisos se utilicen en reactivar la economía y en insumos para el personal médico de los hospitales públicos.

Notas

1 Proyecto de Presupuestos de Egresos para la Federación 2019.- Estrategia Programática. -

https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF2019/do cs/33/r33_epr.pdf

2 Dirección General de Evaluación del Desempeño 2015.- Página web:
http://www.dged.salud.gob.mx/contenidos/deppes/fassa.html

3 El Financiero 2020.- “Fitch castiga a empresas energéticas. Página web:

https://www.forbes.com.mx/fitch-ahora-castiga-a-empresas -energeticas-degrada-calificacion-de-pemex-ienova-y-cfe/

4 El Financiero 2020.- “Insistir en elevar refinación será más caro para Pemex”. Página web:

https://elfinanciero.com.mx/economia/insistir-en-elevar- refinacion-sera-mas-caro-para-pemex-advierten-expertos

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, a los 28 días del mes de abril del 2020.

Diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a emitir por el Sepomex una estampilla postal y, por la Lotenal, un billete de lotería conmemorativos de “los 500 años de los escudos de Veracruz y Medellín de Bravo, Veracruz, y de la Ciudad de México”, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Diputada Mariana Dunyaska García Rojas, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

A . Escudo de Armas de Veracruz. 1

La Villa Rica de la Veracruz fue el primer Municipio constituido en América Continental, fue fundada por el capitán Español Hernán Cortés el 22 de abril de 1519. El 4 de julio de 1523 el rey de España, Carlos I (Emperador Carlos V) le otorgó escudo de armas por medio de cédula real.

La villa estaba asentada en Quiahuiztlán, dos años más tarde, en 1525, toda la población se mudó a la orilla del río Huitzilapan, llevándose consigo el escudo. En 1527 se le concedió el título de ciudad y así inicio la epopeya de la conquista y la consolidación de la unidad territorial que daría forma al Virreinato de la Nueva España y, más tarde, a la Nación Mexicana.

La descripción del escudo de armas en la cédula señala que “... el medio de él a la parte de arriba un castillo dorado en campo verde, y el otro medio a la parte de abajo dos columnas blancas que son divisas de mí, el Rey, en campo azul, con letra que dice Plus Ultra, y en el alto del escudo una cruz colorada, y por orla de él trece estrellas azules en campo dorado ...”

En la última década del siglo XVI, empieza a tomar fuerza al hacer la descarga de las flotas en Buitrón, frente de la isla de San Juan de Ulúa. El rey Felipe II ordena a los virreyes Luis de Velasco y Gaspar de Zúñiga y Acevedo, realizar diversas obras para concretar el proyecto. En los siguientes años hay un gran crecimiento de la población. El 2 de mayo de 1599 el rey envía una carta al conde de Monterrey para acelerar los trabajos y que toda la descarga se realice en Buitrón, además, le pide fortalecer el acrecentamiento de la población.

El 28 de marzo de 1600, el virrey conde de Monterrey decide que Buitrón se convierta en ciudad y le da el nombre de Nueva Veracruz y le concede “... todas las gracias, privilegios y libertades, honras y franquezas ...” que tenía la ciudad de Veracruz. Las autoridades de la Nueva Veracruz pensaron que entre estas cosas estaba el escudo. Así que el 20 de junio de 1618, Alonso de Aybar, procurador de la ciudad de la Nueva Veracruz solicita y obtiene en Madrid un duplicado de la cédula real de 1523.

De ello se colige que la cédula real que debía estar en poder del cabildo de Veracruz (la antigua o vieja Veracruz), ya no existía; y que requerían este duplicado para algo. Es muy probable esta copia se haya usado para que el rey le concediera permiso para usar el escudo a la nueva ciudad llamada Nueva Veracruz. La confirmación se concedió entre 1621 y 1635. Lo que no se sabe es si dicho permiso incluía despojar a la ciudad de Veracruz (ya conocida como la antigua o vieja Veracruz) de su escudo, tal como sucedió.

A partir de aquel momento, la ciudad llamada Nueva Veracruz se apropió del escudo dado a la ciudad de Veracruz en 1523, que aún existía (y existe). En los siglos posteriores, le arrebataría hasta el nombre.

La representación gráfica del escudo de los primeros casi 300 años no es conocida. Las primeras imágenes que se conocen relacionadas con el escudo son de la primera mitad del siglo XVIII, en unas medallas españolas que muestran fragmentos del escudo - se representa solo el castillo con tres torres y en la parte superior la cruz.

El escudo más antiguo conocido data de 1789, año en que se emite una medalla que contiene el escudo completo de Veracruz, tiene cierta semejanza al actual, pero en los detalles se notan varias diferencias. Todas las armas “crecieron” hasta ocupar todo el campo. Las columnas, aunque en la parte superior tocan la división con el cuartel, en la parte inferior no están apoyadas en otro elemento. El castillo es de forma cilíndrica y conserva sus tres torres. La cruz, aunque se sale del cuartel y se dibujó sobre la orla, aun no sobresale del límite del escudo. La ornamentación exterior consta de unas cintas entrelazadas a dos guirnaldas que bordean el escudo desde la parte superior hasta el extremo inferior, donde rematan con una flor de margarita cada uno.

En la alegoría heráldica del Consulado de Veracruz de 1795, aparece el escudo completo, pero, a diferencia de la medalla de 1789, aquí el escudo no tiene adornos exteriores. Esta representación es importante porque refleja lo que dice el texto de la cédula de 1523. Sin embargo, tiene algunas diferencias: la cruz siguió aumentado de tamaño y sobresale a la orla, las columnas aparecen apoyadas sobre un piso representado con una línea horizontal.

El 27 de noviembre de 1792, el cabildo de Veracruz envía una carta al virrey Juan Vicente Güemes Pacheco, Conde de Revillagigedo, consultando si debe pagarse por el título de ciudad, incluyendo el texto completo de la copia de la cédula obtenida en 1618. Este documento es el único que se conoce que tiene completo el texto de la cédula real de 1523.

Con la independencia y el rechazo a todo lo español se borró el escudo real español de algunos edificios. La principal diferencia de los escudos usados en la época independiente de México y los últimos años de dominio español son los adornos exteriores: desaparecen los listones y la peana, los festones de hojas de laurel se han llenado de flores y en la parte superior e inferior aparecen las volutas. Este elemento con volutas podría intentar representar que era de cuero o papel tipo pergamino.

Hacia los años 1920’s, los adornos exteriores del escudo se habían simplificado, los festones dan la impresión que surgen de las volutas inferiores y los roleos superiores son lisos. En 1935, Juan Klunder propuso una interpretación simbólica del escudo, misma que perdura hasta la actualidad.

El 8 de octubre de 1954, el Congreso de Veracruz aprobó la Ley del Escudo enviada por el gobernador Marco Antonio Muñoz Turnbull, donde se estableció que el escudo de la ciudad de Veracruz, también, serviría como emblema para el estado. A pesar de que el estado ya tenía un escudo propio. En la descripción del escudo dada en la Ley se repiten los elementos definidos por la cédula real de 1523 y añaden los adornos exteriores de las volutas, adornos florales y la palabra “vera” en la cruz.

Alrededor de estas fechas aparece el escudo con el elemento de las volutas en color rosa mismo que aún se conserva en algunas representaciones como en el que está en un patio del Palacio de Gobierno en Xalapa. En este diseño aparece por primera vez la palabra Vera en la cruz.

A partir de 1954 se pueden encontrar muchos “diseños” del escudo, donde cada gobierno estatal lo ha adaptado a sus gustos particulares. A partir de 2010 los arreglos florales del exterior son demasiado curvos dando la impresión de que el escudo es casi redondo al contrario de los más antiguos que tienden a ser alargados. Otra modificación que se le ha hecho es trazarle algunas líneas con tonos degradados buscando dar la impresión de reflejos. En el futuro se verá que otras modificaciones se le hacen al escudo otorgado originalmente a la ciudad de Veracruz (hoy, La Antigua) que está próximo a cumplir sus primeros 5 siglos.

B. Escudo de armas de Medellín (Veracruz). 2

La villa de Medellín fue fundada por Gonzalo de Sandoval en 1521, en la provincia indígena de Tatatetelco. El escudo de Medellín fue otorgado por el rey Carlos I de España (Emperador Carlos V) el 4 de julio de 1523. El mismo día se dieron los escudos de la Villa Rica de la Veracruz, la ciudad de México, la villa de Espíritu Santo (hoy, Coatzacoalcos) y la villa de Segura de la Frontera.

El escudo actual utilizado por la ciudad y municipio, aunque respeta todos los elementos mencionados en la cédula real, el diseño del águila no corresponde al siglo XVI y tiene añadido en la orla “Medellín de Bravo”.

En 1523, Hernán Cortés funda otra villa cerca de la costa y ordenó que la villa de Medellín se mudase al nuevo sitio. En 1527, la villa de Medellín se fusiona con la Villa Rica de la Veracruz, ya establecida a orillas del río Huitzilapan, dando origen a la ciudad de la Veracruz. En 1528, la villa de Medellín es abandonada. En 1531, la ciudad de Veracruz aún conservaba 12 regidores, como resultado de la fusión: 6 de la Villa Rica y 6 de Medellín, el Rey ordenó que se fueran reduciendo hasta quedar los 6 regidores.

La orden de Hernán Cortés para la mudanza al nuevo sitio es dada en 1523, pero lo informa al Rey hasta el 15 de octubre de 1524; en la cuarta carta de relación se puede determinar que el escudo se pidió y dio cuando la villa de Medellín estaba asentada en la provincia Tatatetelco.

No se conoce nada sobre el uso del escudo por el ayuntamiento de Medellín, ni que pasó después de su fusión con la Villa Rica. El documento original no se ha localizado en el Archivo General de Indias, ni la cédula real entregada a la villa, pero, seguramente y con tantos cambios del asentamiento, se perdió.

Actualmente, el documento más antiguo que se conoce relacionado con este escudo es el extracto realizado por Antonio de León Pinelo en su Recopilación de Indias terminado en 1636:

“Que la villa de Medellín en Nueva España tenga el escudo que se declara. El Emperador don Carlos, allí, Nueva España 518, folio 166. Acatando los servicios de los vezinos y pobladores de la villa de Medellín en la Nueva España, le señalamos por sus armas conocidas como escudo el campo blanco y en medio un águila coronada y pico y uñas doradas; y por orla ocho trosacules en campo dorado. 1.65,77. 2, lib. 8”3

A pesar de que el documento donde está el extracto fue hallado hasta la década de 1980 y publicado por primera vez en 1992, la descripción del escudo la publicaron otros autores que, seguro, conocieron alguna copia antigua de la Recopilación de Pinelo, por ejemplo, Antonio de Herrera: A la villa de Medellín el campo blanco en el escudo, y en medio un águila con corona, pico y uñas doradas; y por orla ocho taos azules, en campo dorado 4

Actualmente, Medellín de Bravo y su municipio ocupan un escudo que sigue la descripción de la cédula, que al parecer se empezó a ocupar durante el siglo XX. Quien lo diseñó sabia de heráldica, y quedó muy apegado al posible original, sin ningún tipo de ornamentación añadida. Ahora, con la disponibilidad de documentos originales vía internet, pueden determinarse los detalles que difieren con el estilo que se usaba en el siglo XVI, sobre todo en el águila.

En internet circulan tres diseños del escudo. El oficial es el que aparece al principio5 y coincide con el plasmado en la fachada del palacio municipal.

Ninguno de los tres refleja exactamente lo que dice la cédula real de 1523. En el oficial la iconografía del águila no es la usada en el siglo XVI, además de tener añadido en la orla “Medellín de Bravo”.

En los escudos localizados en internet uno tiene unas piedras entre cada tao que no están en la descripción de la cédula, pero el águila, tiene un estilo muy parecido al usado en el siglo XVI; en el otro y último diseño, la orla respeta lo que dice la cedula, pero el estilo del águila no corresponde al siglo XVI.

El escudo tiene por única arma, un águila coronada y Teo o Tau es una cruz, también conocida como cruz de san Antonio, en referencia a san Antonio Abad. Es un símbolo usado por la orden franciscana.

Se refieren dos diseños que difieren sólo en la forma del escudo, estas fueron muy usuales en la primera mitad del siglo XVI, para los dibujos del águila y teos se utilizaron los que están en las imágenes previas, semejante al diseño de las águilas del siglo XVI.

C. Escudo de armas de la Ciudad de México 6

El escudo de armas de la Ciudad de México fue concedido por Carlos V de Alemania y I de España el 4 de junio de 1523 a solicitud de Hernán Cortés. Cuando el rey español concedió tal honor se refirió a estas tierras como “Ciudad tan insigne y Noble y el más principal Pueblo”. Se usó durante toda la Nueva España, sin embargo, en la época independiente fue constantemente abandonado durante los periodos republicanos donde se prefería el escudo del Ayuntamiento de México, el cual incluía el águila nacional. Su uso se abandonó durante el porfiriato y se utilizó únicamente para papeles oficiales y ceremonias.

En 1929 los ayuntamientos que conformaban el Distrito Federal se transforman en las delegaciones políticas - hoy alcaldías - y se retoma el escudo de armas de la Ciudad de México como emblema del gobierno local y comienza a utilizarse como emblema no oficial del Distrito Federal por particulares. La Ciudad de México, con sus nuevas identidades y cambios sociales, continúa siendo una ciudad insigne y noble.7

En su diseño destacan el puente central, que se representa de frente como una faja que se cierra, mientras los laterales sólo presentan un arco entero y uno cortado que no toca el basamento cuadrado con semiarcos a los costados que sirve de base a una torre con una puerta y sin ventanas, coronado con tres almenas cuadradas, a sus lados se ubican las siluetas de dos leones rampantes, todo este conjunto se inscribe en un escudo español de color blanco, mientras las figuras antes mostradas son delineadas por líneas dobles rellenas con color negro al 100%, al exterior y como una orla el escudo lleva una franja en color negro al 100% sobre las cuales se sitúan diez pencas de nopal las cuales son delineadas por líneas dobles rellenas de color blanco, como diseño alterno la orla es de color blanco con un reborde con doble línea rellena en negro al 100% y de igual manera con las pencas de nopal.8

Este diseño ha sufrido modificaciones por parte del Gobierno del Distrito Federal - hoy Ciudad de México - las cuales se han dado a conocer públicamente por medio del Manual de Identidad Gráfica.

Uno de los autores que han investigado sobre el escudo de la Ciudad de México, ha sido el historiador, investigador y académico mexicano, Antonio Benigno Rubial García, quien dedujo que la religión fue un componente vital en el trasfondo del emblema, ya que a través de ésta, los conquistadores procuraban que los antiguos mexicanos tuvieran temor al castigo divino en caso de desobediencia hacia los reyes españoles, que ya de hecho demostraban su poderío económico sobre los indígenas.

Los dos leones rampantes, plasmados en el emblema de la Ciudad de México, definieron el dominio de la ideología religiosa que los conquistadores españoles importaban de sus tierras natales. Si bien es cierto que tal escudo, otorgado desde sus inicios, representó la paz y la unión para los pueblos súbditos, también entrañaba el significado del temor a un dios poderoso: la conquista a nivel terrenal y la conquista a nivel celestial. Le llamaría una “conquista integral”, la cual no permitiera ningún ápice de rebeldía al sistema de la dinastía extranjera dominante.

Entre 1325 y 1521 la Ciudad de México o México-Tenochtitlan se identificaba en códices a través la representación toponímica de un nopal de tres hojas con fruto en flor sobre el signo de la tierra, como se puede ver, por ejemplo, en los códices Ramírez, Osuna y Durán.

Representación topográfica de la Ciudad de México en el Códice Osuna.

Al conquistar la Ciudad de México y el imperio Mexica, el monarca español, en la tradición europea, otorga un escudo de armas a la Ciudad de México, y en su decreto señala que:

“Don Carlos, por la Gracia de Dios, Rey de Romanos Emperador. Semper Augusto, y Doña Juana su Madre, y el mismo Don Carlos, por la misma Gracia: Reyes de Castilla de León, de Aragón, de las dos Sicilias... en nombre de Vos, el Consejo, Justicia, Regidores, Caballeros, Escuderos, Oficiales y Hombres buenos, de la Gran Ciudad de ‘’’Tenoxtitlán-México’’’, que es, en la Nuestra Nueva España, que es fundada, en la Gran Laguna, nos hicieron relación, que después, que la dicha Ciudad, fue ganada, por los Cristianos españoles, Nuestros Vasallos; en nuestro Nombre, hasta ahora no habíamos Mandado, dar, y Señalar Armas, y Divisas, que trajesen, en sus Pendones, y pusiesen en sus Sellos, y en otras, partes, donde las Ciudades, y Villas, de estos Reynos las acostumbran poner y traer, y nos suplicaron, por Merced; diésemos, y señalásemos Armas, para que trajesedes, en los Pendones, de la dicha Ciudad, y se pusiesen, en su sello; y en las otras Cosas, partes, y lugares, donde fuese necesario; y Nos, considerando, como la dicha Ciudad, es tan insigne, y Noble, y el más principal Pueblo, que hasta ahora, en la dicha Tierra, por Nos, se ha hallado Poblado; que esperamos, que será, para Servicio Nuestro, Señor, y enzalzamiento de su Santa Fe Católica, y honra, y acrecentamiento, de Nuestros Reynos, acatando los trabajos y peligros, que en ganalla, los Cristianos españoles, Nuestros Vasallos han, pasado, y sus servicios, y porque, es cosa justa, y razonable, que los que bien sirven, sean honrados y favorecidos de sus Príncipes; por la mucha voluntad, que tenemos, que la dicha Ciudad, sea más noblecida y honrada, tovímoslo por bien y por la presente, hacemos Merced, y señalamos,”9

Para luego proseguir con el diseño del escudo “...que tengan por sus Armas conocidas un escudo, azul, de color de Agua, en señal de la Gran Laguna, en, que la dicha Ciudad está edificada, y un Castillo, dorado, en medio, y tres Puentes de Piedra de cantería, y en que van a dar en el dicho castillo, las dos, sin llegar a él, en cada una de las dichas dos Puentes, que han de estar a los lados, un León Rampante, que hazga con la uñas en dicho castillo, de manera, que tengan los pies, en la puente, y los brazos en el castillo, en señal, de la Victoria, que en ella hubieron los dichos, Cristianos, y por la Orla, Diez hojas de Tuna, verdes, con sus abrojos, que nacen, en la dicha Provincia en Campo Dorado; en un Escudo a tal como éste, las cuales Armas y Divisa, damos a la dicha Ciudad, por sus Armas conocidas, por las que podáis traer, poner, e trayais, é pongais, en los Pendones, y Sellos, y Escudos, y Banderas, de ella, y en otras partes, donde quisiederes, y fueren menester; e según e como e de la forma y manera, que las traen, y ponen las otras ciudades, de estos dichos nuestros Reinos de Castilla, a quien tenemos dado armas... Dada en la Villa de Valladolid, a cuatro días del mes de Julio; Año del Nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo, de mil e quinientos veinte e tres años. Yo el Rey.”

El uso del escudo se mantuvo durante toda la Nueva España, como se puede ver en las banderas realistas de la Guerra de Independencia y en las representaciones de las procesiones del 13 de agosto a San Hipólito, más en la época independiente éste era constantemente abandonado durante los periodos republicanos, y se prefería entonces el escudo del Ayuntamiento de México, el cual, como ya hemos dicho, incluía un águila nacional.

Escudo dado al Ayuntamiento de la Ciudad de México por la monarquía española en 1534.

Entre 1929 y 1995 el Departamento del Distrito Federal estableció diferentes símbolos como escudo oficial, la mayor parte de los cuales eran compuestos por las letras de sus iniciales (D.D.F.), y se usaban, para la composición, las combinaciones de colores negro y blanco, negro y anaranjado o negro y rosa mexicano, y esta última era la más común. En 1970, con la desaparición del Departamento Central y su división en las delegaciones Miguel Hidalgo, Benito Juárez, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza y con la modificación del artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, el escudo de la Ciudad de México empezó a ser usado indistintamente por las dependencias del Departamento del Distrito Federal como escudo del Distrito Federal.10

En el 670o. aniversario de la fundación de la Ciudad de México, celebrada el 13 de marzo de 1995,11 el entonces jefe del Departamento del Distrito Federal, el licenciado Óscar Espinosa Villarreal, establece oficialmente al escudo de la Ciudad de México como escudo del Distrito Federal de México, con base en la modificación del artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Este escudo se caracterizaba por tener nueve pencas de nopal en vez de las tradicionales diez que tenía el diseño original, y representaba además a los leones con una lengua. En marzo de 1997, el entonces jefe de Gobierno del Distrito Federal, el ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, modificó el decreto del 13 de marzo de 1995, con el cual se agregó la décima hoja de nopal, la firma del jefe de gobierno del Distrito Federal y una pleca inferior, esta última para conferirle estabilidad al diseño.12

Con el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, en el 2000, se le agrega al escudo una estilización de la primera hoja del Códice Mendocino y se representa con colores ocre, verde y negro sobre fondo blanco. Esta forma del escudo no fue bien aceptada y se dejó como un logotipo de la administración 2000 – 200613

Con la entrada de la administración 2006-2012 se volvió al escudo en negro y blanco, sin la estilización del Códice Mendocino, y se estableció el uso de una representación de la victoria alada presente en el Monumento a la Independencia de la Ciudad de México como logotipo de esa administración. Es interesante el hecho de que desde el año 2000 las administraciones del Distrito Federal han agregado una especie de sello, llamado oficialmente complemento, usada en papelería y documentación no oficial (en la publicidad, por ejemplo). El complemento dice: “Ciudad con Equidad ”.

Folio 2 del Códice Mendoza usado como escudo no oficial de la Ciudad de México.

Con la conmemoración que se propone respecto de estos 3 Escudos de Armas, sin duda, tenemos ante nosotros la oportunidad de destacar la grandeza, la identidad y el reconocimiento de tres de las más antiguas e importantes ciudades de nuestro país, dos en el Estado de Veracruz y de la Ciudad de México, capital de nuestro país. Por ello, es que a través del presente proyecto se propone:

1. La emisión de una Estampilla Postal conmemorativa, y

2. La expedición de un Billete de Lotería, conmemorativo.

Estas acciones permitirán resaltar acontecimientos de importancia nacional y en el caso concreto, se pretende reconocer uno de suma importancia: el cumplimiento de 5 siglos de los escudos de las Ciudades de Veracruz y Medellín de Bravo, Ver., así como del de la Ciudad de México dado que se trata de un aspecto muy importante de nuestros orígenes, de la identidad municipal y capital, que representa una etapa trascendental en nuestra historia.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través del Servicio Postal Mexicano emita una estampilla postal conmemorativa de los 500 años de los Escudos de Veracruz y Medellín de Bravo, Veracruz; y de la Ciudad de México.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal para que, a través de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, expida un billete de lotería conmemorativo de los 500 años de los escudos de Veracruz y Medellín de Bravo, Veracruz; y de la Ciudad de México.

Notas

1 https://aguapasada.wordpress.com/2012/07/08/breve-historia-del-escudo-d e-veracruz/

2 https://aguapasada.wordpress.com/2012/07/25/1523-escudo-de-armas-de-med ellin-veracruz/

3 De León Pinelo, Antonio, Rec0p9lación de Indias, Edición y estudio preliminar de Ismael Sánchez Bella, t. III, México 1992 p. 2040.

4 Herrera y Tordesillas, Antoni de, Historia general de los hechos de los castellanos en las islas y tierra firme del mar océano, o, “Décadas”, Universidad Complutense de Madrid, 1991, p. 443.

5 http://www.e-local.gob.mx.

6 https://www.archivo.cdmx.gob.mx/cdmx/escudo-de-armas

7 https://www.archivo.cdmx.gob.mx/cdmx/escudo-de-armas

8 https://es.wikipedia.org/wiki/Escudo_de_la_Ciudad_de_M%C3%A9xico

9 Historia de la Ciudad de México, en www.df.gob.mx

10 https://web.archive.org/web/20090419215048/

http://www.diputados.gob.mx/cedia/biblio/archivo/SAD-09- 08.pdf

11 Dirección de Comunicación Social G.D.F., Colección de acuerdos, decretos, circulares de la administración pública del D.D.F., 1994 a 1997, tomo XVII; México, D.F., Imprenta Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V., 1997, pp. 523-530.

12 Historia de la Ciudad de México, en www.df.gob.mx

13 Ídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputada Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal, la SE y el Infonavit a rectificar el criterio para otorgar los créditos de vivienda en el país, a cargo de la diputada Nohemí Alemán Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Nohemí Alemán Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 1, fracción I, del artículo 6, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes:

Consideraciones

Uno de los principales riesgos del Covid-19 sobre las condiciones de la salud pública es la aceleración del contagio entre personas, lo que ha provocado una rápida trasmisión del coronavirus a nivel internacional. Desde el 30 de diciembre de 2019, cuando la República de China reportó a la Organización Mundial de la Salud (OMS) los casos de neumonía, la propagación del Covid-19 se dio rápidamente dentro de ese país y en otros de Asia, Europa y América.1

La primera persona con Covid-19 en México se identificó el 27 de febrero de 2020. Al 18 de marzo se habían confirmado 118 casos, se habían descartado 787 y se tenían 314 bajo estudio; asimismo, se notificó la primera defunción.2

En México, en medio de la emergencia sanitaria que enfrenta el país y el mundo, para alentar la reactivación económica el Ejecutivo anuncio recientemente el 23 de abril, que otorgara un millón de créditos para vivienda, pero no desea que profesionales de la construcción sean parte de la iniciativa, pues su objetivo es eliminar a las empresas intermediarias con los créditos para vivienda, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) .3

Es lamentable que el Ejecutivo insista con otorgar los recursos de manera directa, sobre todo en créditos para vivienda, los cuales suelen ser más complejos y en muchas ocasiones requieren de ingenieros y arquitectos.4 Al evitar los procesos técnicos, solamente lograra encarecer los costos de las mismas al romper la cadena productiva de un sector tan importante como lo es el de la construcción, esto implica hacer obras sin proyectos ni estudios.

Los arquitectos e ingenieros somos responsables de garantizar la seguridad, calidad y bajo costo de las obras a nuestro cargo, por lo que la idea de la autoconstrucción, de entregar el dinero del Infonavit directamente a los trabajadores para que ellos construyan por sí mismos su vivienda, es un gran error que causará graves daños a los propios trabajadores y al país.

Pude tener grandes consecuencias, viviendas de mala calidad, viviendas con alto riesgo estructural, de siniestros o fallas en sus instalaciones, viviendas en posibles ubicaciones de alto riesgo, terrenos irregulares o sin servicios, viviendas sin ninguna figura jurídica con la responsabilidad civil, viviendas con mucho menor valor comercial.

Se perderá el dinero que se les entregará so pretexto de eliminar la intermediación, y si alguno llega a construir su casa con sus propias manos será una obra deficiente, ya que nadie puede ser al mismo tiempo albañil, plomero, electricista, carpintero, yesero, y menos aún contratista, arquitecto o ingeniero, los pobres serán los primeros perjudicados por esta medida, es por completo desconocedora de la realidad.5

Es entonces, que la construcción de casas es una actividad sumamente especializada que sólo la pueden hacer bien quienes se dedican profesionalmente a ella. Ciertamente ha habido casos -y no pocos- de constructores ineficiente o inmorales, pero no autoriza al presidente a generalizar, y menos aún y a poner en manos de los trabajadores una tarea que no están preparados para hacer.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y fundadas, someto respetuosamente a la consideración de esta Honorable Asamblea para pedir la solidaridad de ustedes y lograr que se realicen las adecuaciones necesarias para que los profesionales de la construcción sean parte de la iniciativa de créditos para la vivienda, debido a la contingencia sanitaria actual, por lo que me permito proponer, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal y al Titular de la Secretaría de Economía (SE) y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), para que rectifique el criterio para otorgar los créditos de vivienda en nuestro país.

Notas

1 Martínez Soria, Jesuswaldo, Características, medidas de política pública y riesgos de la pandemia del Covid-19, Dirección General de Investigación Estratégica, Instituto Belisario Domínguez, Legislatura LXIV, 20 de marzo de 2020.

2 Martínez Soria, Jesuswaldo, Características, medidas de política pública y riesgos de la pandemia del Covid-19, Dirección General de Investigación Estratégica, Instituto Belisario Domínguez, Legislatura LXIV, 20 de marzo de 2020.

3 Por La Otra Opinión, ¿Y los Ingenieros y arquitectos? Así anuncia AMLO la entrega de créditos para vivienda, periódico la Otra Opinión, consultado por última vez el 24 de abril de 2020 en https://laotraopinion.com.mx/y-los-ingenieros-y-arquitectos-asi-anuncia -amlo-la-entrega-de-creditos-para-vivienda/

4 Ibídem.

5 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de abril de 2020.

Diputada Nohemí Alemán Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a instruir al Sipinna para diseñar y ejecutar una estrategia urgente que garantice medidas que protejan a las familias, particularmente niños y adolescentes, ante la contingencia sanitaria por el Covid-19, a cargo de la diputada Nohemí Alemán Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Nohemí Alemán Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 1, fracción I, del artículo 6, y en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

Uno de los principales riesgos del Covid-19 sobre las condiciones de la salud pública es la aceleración del contagio entre personas, lo que ha provocado una rápida trasmisión del coronavirus a nivel internacional. Desde el 30 de diciembre de 2019, cuando la República China reportó a la Organización Mundial de la Salud los casos de neumonía, la propagación del Covid-19 se diorápidamente dentro de ese país y en otros de Asia, Europa y América.1

La primera persona con Covid-19 en México se identificó el 27 de febrero de 2020. Al 18 de marzo se habían confirmado 118 casos, se habían descartado 787 y se tenían 314 bajo estudio; asimismo, se notificó la primera defunción.2

La crisis que enfrenta la sociedad mexicana como producto de la pandemia del Covid-19 exige tomar medidas urgentes que protejan de manera amplia a las familias mexicanas. En este contexto, uno de los temas olvidados es el relativo a la salud mental de la población, y particularmente de las niñas, niños y adolescentes.3

De manera sorprendente, no se percibe una estrategia ni nacional ni regional dirigida a explicar a las niñas y niños qué está pasando con el Covid-19; cómo procesar este difícil momento; y también, llegado el momento, cómo regresar a la normalidad de una vida cotidiana en la que habrá, muy probablemente, más pobreza y más desigualdad.

Desde esta perspectiva, es urgente poner atención a indicadores como el relativo a la violencia que se perpetra al interior de las familias, yque en la estadística delictiva del país se expresa en cuatro categorías: a) violencia familiar; b) violencia de género distinta a la violencia familiar; c) incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar; y d) otros delitos contra la familia.4

De acuerdo con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre enero y febrero de este año se iniciaron 33 mil 645 carpetas de investigación por el delito de violencia familiar; esta cifra implica un promedio diario, considerado que febrero tuvo 29 días, de 560.75 denuncias, o bien, de 23.3 por hora.5

En el apartado de “otros delitos contra la familia”, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública cuenta con el registro de 2 mil 77 denuncias, lo que equivale a un promedio de 34.61 casos al día; mientras, por el delito de violencia de género distinta de los otros delitos contra la familia se contabilizaron 482 casos, es decir, un promedio de 8 denuncias por día.

De acuerdo con las estadísticas de incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 14 entidades del país en el primer bimestre del año se rebasaron mil denuncias, en cada una, por el delito de violencia familiar. La que tiene la cifra más elevada es la Ciudad de México, con 4 mil 546 casos. En segundo lugar se encuentra Nuevo León, con 2 mil 570; en el tercero, el estado de México, con mil 879 casos; en el cuarto, Jalisco, con mil 728; y en el quinto, Guanajuato, con mil 640.6

En orden descendente, a estas entidades les siguen Baja California, con mil 639 denuncias por el delito señalado; Chihuahua, con mil 553; Coahuila, con mil 542; Veracruz, con mil 538; Puebla, con mil 533; San Luis Potosí, con mil 243; Tabasco, con mil 165; Oaxaca, con mil 73; y Tamaulipas, con mil 42.

Vienen semanas de confinamiento, en pésimas condiciones de marginación y hacinamiento para millones de familias y hogares. En esa lógica, es urgente que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes diseñe una estrategia urgente que garantice las mejores condiciones de salud mental para las niñas, niños y adolescentes; y que se reactive al Sistema Nacional DIF para dar acompañamiento a las familias más vulnerables ante esta dura coyuntura.

De acuerdo con el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes es la instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Es por ello, que presento el presente exhorto para que se tomen medidas urgentes que protejan de la manera más amplia posible a las familias mexicanasparticularmente de las niñas, niños y adolescentes ante la contingencia sanitaria por el Covid-19.

Por las consideraciones expuestas y fundadas someto respetuosamente a consideración de esta asamblea para pedir la solidaridad de ustedes y lograr que se tomen medidas urgentes que protejan de la manera más amplia posible a las familias mexicanas, debido a la contingencia sanitaria actual, por lo que me permito proponer el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a instruir al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para diseñar y ejecutar una estrategia emergente que garantice medidas urgentes que protejan de la manera más amplia posible a las familias mexicanas, particularmente niñas, niños y adolescentes, ante la contingencia sanitaria Covid-19.

Notas

1 Martínez Soria, Jesuswaldo. Características, medidas de política pública y riesgos de la pandemia del Covid-19, Dirección General de Investigación Estratégica, Instituto Belisario Domínguez, LXIV Legislatura, 20 de marzo de 2020.

2 Martínez Soria, Jesuswaldo. Características, medidas de política pública y riesgos de la pandemia del Covid-19, Dirección General de Investigación Estratégica, Instituto Belisario Domínguez, LXIV Legislatura, 20 de marzo de 2020.

3 Mario Luis Fuentes. “En la crisis del Covid-19 urge proteger a las familias, MS”, en Excélsior, México Social, 24 de marzo de 2020. Consultado por última vez en mexicosocial.org/en-la-crisis-urge-proteger-a-las-familias/

4 Mario Luis Fuentes. “En la crisis del Covid-19 urge proteger a las familias, MS”, en Excélsior, México Social, 24 de marzo de 2020. Consultado por última vez en mexicosocial.org/en-la-crisis-urge-proteger-a-las-familias/

5 Ibídem.

6 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputada Nohemí Alemán Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa, el Insabi, el IMSS y el ISSSTE a implantar programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el SARS-Cov2 en las estaciones migratorias y estancias provisionales del país, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PAN

Raúl Gracia Guzmán, en su carácter de integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo donde se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a implantar en sus respectivos ámbitos de competencia programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el SARS-Cov2 (Covid-19) en todas las estaciones migratorias y las estancias provisionales del país.

Exposición de Motivos

1. El informe especial Situación de las estaciones migratorias en México, hacia un nuevo modelo alternativo a la detención, publicado es 2019 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), señala: “Actualmente están en funcionamiento 30 estaciones migratorias, en su mayoría instaladas entre el periodo 2000 a 2010 (20 estaciones). Las que tienen mayor capacidad de alojamiento son Siglo XXI (960), Acayucan (836) e Iztapalapa (430), que conjuntamente suman 2226. Sin embargo, hay estaciones migratorias que tienen una capacidad de tan 46 sólo 18 personas, como la de Los Cabos, Baja California Sur, 21 la de San Luis Potosí y 24 la de Nuevo Laredo”.

Referente a las estaciones provisionales, el informe indica: “El Reglamento de la Ley de Migración (artículo 3, fracción XI) y luego en las Normas de 2012 (artículo 5) señalan que son “la instalación física que el Instituto establece o habilita para alojar de manera provisional a las personas extranjeras que no acrediten su situación migratoria regular, hasta en tanto sean trasladados a una estación migratoria o sea resuelta su situación migratoria”. Adicionalmente las Normas las clasifican de acuerdo a sus características físicas en

I. Estancias provisionales A, que permiten una estancia máxima de cuarenta y ocho horas; y

II. Estancias provisionales B, que permiten una estancia máxima de siete días” (CNDH, 2019).1

Vale la pena mencionar que las estaciones provisionales surgen por la carencia o insuficiencias de estaciones migratorias en algunos estados de la república.

2. El informe detalla que en las estaciones provisionales hay muchas carencias, físicas, estructurales y de operación. También señala que el modelo carcelario sigue siendo una forma de mantener a los migrantes; “continúa un modelo carcelario en el que se mantiene a las personas en celdas con barrotes y bajo llave, y sometidas a rutinas propias de centros de reinserción social, basado en un esquema de protección de la seguridad nacional en detrimento de la seguridad humana y de respeto a sus derechos humanos” (CNDH, 2019).

En todas las estaciones migratorias y estaciones provisionales, el efecto de la política migratoria dirigida desde Estados Unidos a partir de 2016 motivó cambios en el flujo migratorio. Como consecuencia se incrementó el número de personas que buscaba llegar a Estados Unidos. De acuerdo con lo que establece el informe especial Situación de las estaciones migratorias en México, las estaciones migratorias y estancias provisionales son “rebasadas en su capacidad, obligando a las autoridades a improvisar lugares de alojamiento” (CNDH, 2019).

3. A partir de 2018, el flujo migratorio se incrementó de manera exponencial. Las caravanas migrantes mostraron la debilidad de las autoridades al verse rebasadas por la gran cantidad de personas que ingresaban de manera ilegal al territorio nacional. Por ello, 2019 fue un año complejo en materia migratoria, el Instituto Nacional de Migración incrementó las detenciones y el número de personas que fueron detenidas y trasladadas a las estaciones migratorias y a las estaciones provisionales; en consecuencia, incrementó el número de población y el hacinamiento en todas las Estaciones.

El enero de 2020, caravanas migrantes intentaron ingresar en territorio nacional con la intención de llegar a Estados Unidos o pretender quedarse en México. Sin embargo, integrantes de la Guardia Nacional sirvieron de muro de contención reprimiendo y haciendo distintas detenciones a los grupos de migrantes, situación que se dio a conocer por todos los medios de comunicación en México y en el mundo. Lo que provocó que se volteara a ver las estaciones migratorias y las provisionales para conocer cuáles eran sus condiciones; durante los meses de enero y febrero se documentó que existían condiciones inhumanas en prácticamente todas las estaciones migratorias, por ello, se pensó en dotar a las estaciones de mayor personal y mucho más recursos económicos para hacer frente al problema que se vivía.

4. La llegada del SARS-Cov2 (Covid-19) a México, en febrero, podría colocar a los migrantes que se encuentran en las estaciones migratorias y las estaciones provisionales en una situación de vulnerabilidad y riesgo, mayor a la que actualmente tienen.

La Organización Internacional para las Migraciones, en su representación en México, publicó las Consideraciones de protección para personas migrantes en el contexto del Covid-19, donde señala lo siguiente: “Vulnerabilidades socioeconómicas, culturales y comunitarias pre-existentes se verán exacerbadas frente a la contingencia por el Covid-19, y es probable que se desarrollen otras. Todos los factores de riesgo deberán ser monitoreados y tomados en consideración por parte de los actores humanitarios para la respuesta a corto, mediano y largo plazo” (OIM, 2020).2

Referente a los albergues y el riesgo que se presenta en ellos, la OIM hace especial énfasis enlos factores de riesgo de contagio de Covid-19: “Se ven incrementados en los albergues debido a las características y dinámicas de sus espacios, como por ejemplo la rotación y número de personas albergadas, gestión de espacios comunes, distribución de asistencia y disponibilidad de servicios de agua y saneamiento.

No siempre será posible realizar adaptaciones a las estructuras, por ello es de suma importancia poder llevar a cabo ejercicios de planificación en la gestión de los espacios para una mejor implementación de la política de la sana distancia entre las personas albergadas y comprometerlas activamente en las estrategias de prevención y respuesta comunitaria. Esto, aunado a un sistema de vigilancia para la detección temprana de casos, puede reducir significativamente la propagación del Covid-19 en espacios colectivos” (OIM, 2020).

Considerandos

I. Como diputado federal, considero de gran importancia ser sensible a los acontecimientos sociales que afectan nuestra localidad y ser la voz de quien no la tiene para dar a conocer y exigir estabilidad social, transparencia y liderazgo.

II. El artículo 27 de la Ley de Migración establece que corresponde a la Secretaría de Salud, diseñar y difundir campañas en los lugares destinados al tránsito internacional de personas, parala prevención ycontrol de enfermedades, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y el artículo 107 del mismo ordenamiento, establece que las estaciones migratorias, deberánprestar servicios de asistencia médica, psicológica y jurídica, sin embargo, esto en pocos casos se lleva a cabo. Considerando que las condiciones de las Estaciones Migratorias son deficientes y, como se observa en el informe especial Situación de las estaciones migratorias en México, persiste el hacinamiento y la falta de espacios.

III. El informe especial Situación de las estaciones migratorias en México, hacia un nuevo modelo alternativo a la detención, señala con toda claridad que “en México, un número indeterminado de personas migrantes se encuentran alojadas en las estaciones migratorias y estancias provisionales del Instituto Nacional de Migración en condiciones de hacinamiento y sobrepoblación que interfieren con el pleno acceso a sus derechos humanos, circunstancia que ha derivado en eventos violentos en ellos, poniendo en riesgo la seguridad e integridad personal, tanto de quienes prestan sus servicios en dichos sitios para instituciones públicas o privadas, como para las mismas personas detenidas” (CNDH, 2019).

Por lo anterior es urgente la actuación de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar; el Instituto Mexicano del Seguro Social, y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que implementen programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el SARS-Cov2 (Covid-19) en todas las estaciones migratorias del país, a fin de evitar un focos de contagio que se pueden presentar en todas las estaciones migratorias y en las estancias provisionales.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar; del Instituto Mexicano del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a implantar en sus respectivos ámbitos de competencia programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el SARS-Cov2 (Covid-19) en todas las estaciones migratorias y las estancias provisionales del país.

Notas

1 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Informe especial Situación de las estaciones migratorias en México, hacia un nuevo modelo alternativo a la detención, recuperado de

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2 019-11/Informe-Estaciones-Migratorias-2019.pdf Revisión hecha el 16 de abril de 2020.

2 Organización Internacional para las Migraciones. Consideraciones de protección para personas migrantes en el contexto del Covid-19, recuperado de

https://mexico.iom.int/system/files/Publicaciones/
COVID%20y%20Recomendaciones%20de%20Proteccio%CC%81n%20VF.pdf Revisión hecha el 16 de abril de 2020.

Fuentes consultadas

CNDH, C. N. (2019). Informe especial Situación de las estaciones migratorias en México, hacia un nuevo modelo alternativo a la detención. Obtenido de

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2 019-11/Informe-Estaciones-Migratorias-2019.pdf

OIM, O. I. (abril de 2020). Consideraciones de protección para personas migrantes en el contexto del Covid-19. Obtenido de

https://mexico.iom.int/system/files/Publicaciones/
COVID%20y%20Recomendaciones%20de%20Proteccio%CC%81n%20VF.pdf

Ciudad de México, a 28 de abril de 2020.

Diputado Raúl Gracia Guzmán (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa, el Insabi, el IMSS y el ISSSTE a implantar programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el SARS-Cov2 tanto en los pueblos y las comunidades indígenas como entre la población afrodescendiente, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PAN

Raúl Gracia Guzmán, en su carácter de integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo donde se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar; del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a implantar en sus respectivos ámbitos de competencia programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el virus SARS-Cov2 (Covid-19) en los pueblos y las comunidades indígenas, así como en la población afrodescendiente.

Exposición de Motivos

1. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer en el Análisis situacional de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas los aspectos relevantes de las personas que forman parte de estos pueblos y comunidades. Detalla la situación actual por la cual atraviesan y presenta un panorama extenso de la dificultadpara hacer valer sus derechos; en lo referente a su composición y sus características se expone lo siguiente:

De acuerdo con los Indicadores Socioeconómicos de los Pueblos Indígenas de México, 2015, elaborados por la entonces Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a partir de la Encuesta Intercensal de 2015, del Inegi, y del criterio “de hogar indígena”, cuantifican una población indígena de 12 millones 25 mil 947 personas, quienes representan 10.1 por ciento de la población del país, de la cual 4 millones 623 mil 197 no hablan una lengua indígena y 7 millones 387 mil 341 son personas mayores de 3 años de edad hablantes de lenguas indígenas. El país posee gran diversidad lingüística: según el Inali hay 11 familias lingüísticas, 68 pueblos originarios, que aportan una armonía que se produce al nombrar las más de 364 lenguas indígenas (CNDH, 2019).1

Referente a la situación que impera en la población afrodescendiente, el Análisis situacional informa:

La Encuesta Intercensal de 2015 (Inegi), hasta 1.38 millones de mexicanos se identificaron como afrodescendientes. Representan 1.2 de la población del país; en la nación, 1 de cada 100 personas se considera afrodescendiente. De los casi 1.4 millones de afrodescendientes, 304 mil 274 radican en el estado de México, 266 mil 163 en Veracruz de Ignacio de la Llave, 229 mil 514 en Guerrero, 196 mil 213 en Oaxaca, 160 mil 353 en Ciudad de México, 76 mil 241 en Nuevo León y 61 mil 140 en Jalisco (CNDH, 2019).

2. En México, los pueblos y las comunidades indígenas, así como la población afrodescendiente, son discriminados de diferentes maneras. La Encuesta Nacional Indígena, los Mexicanos Vistos por sí Mismos . Los Grandes Temas Nacionales seña: “43.2 por ciento de las personas entrevistadas opinan que el mayor obstáculo a que se enfrentan las personas por pertenecer a un pueblo originario es la discriminación. Además, 21.6 considera que hay que tener en cuenta que tanto la pobreza como la marginación son elementos que siempre van acompañados cuando se habla de pueblos indígenas” (CNDH, 2019).

3. Entre las principales dificultades que padecen los integrantes de los pueblos y las comunidades indígenas se encuentra el acceso al derecho a la salud, al cual por lo general no tienen la posibilidad de acceder de manera segura. Respecto a este tema, la CNDH dio a conocer en el informe El derecho a la salud de los pueblos indígenas. Servicios y atención en las clínicas de las comunidades, las principales violaciones del derecho a la salud, donde se expone lo siguiente:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos conoce de quejas contra autoridades sanitarias de carácter federal a las que se les atribuyan violaciones al derecho a la protección de la salud, que se traducen en negativa o inadecuada prestación del servicio público de salud.

Los hechos de mayor recurrencia denunciados en la CNDH son los siguientes:

a) Negativa o inadecuada prestación del servicio público de salud.

b) Negativa de atención médica.

c) Prestación indebida del servicio público o ejercicio indebido de la función pública.

d) Negligencia médica.

e) Discriminación.

f) Contracepción forzada.

g) Desabasto de medicamentos.

h) Violación de la confidencialidad y atención a pacientes con VIH/sida.

i) Integración irregular de expedientes.

j) No proporcionar información sobre el estado de salud.

k) Falta de la infraestructura necesaria para una adecuada prestación de los servicios de salud.2 (El derecho a la salud, 2018).

4. Con la llegada del SARS-Cov2 (Covid-19) a México, los habitantes de los pueblos y las comunidades indígenas, así como la población afrodescendiente, se encuentran en una posición de vulnerabilidad y riesgo. Como se expone en el numeral anterior, el derecho a la salud de todas las personas que habitan en los pueblos y las comunidades indígenas no se garantiza, en caso de propagarse el Covid-19 entre la población de estas comunidades se propagaría de manera inmediata y esto podría acarrear un problema de características poco conocidas, considerando que en muchas ocasiones no existen unidades de atención médica en estos pueblos y comunidades.

Durante marzo y abril del año en curso se ha documentado por diversos medios de comunicación la falta de insumos, médicos, enfermeros y personal para hacer frente al Covid-19, esto generalmente derivado de muchas protestas de los empleados de diversos centros de salud, quienes son la primera línea para enfrentar la pandemia, lo que demuestra una desorganización y una falta de coordinación para comprar los insumos necesarios y tener preparado al personal para hacer frente al Covid-19.

Considerandos

I. Como diputado federal, considero de gran importancia ser sensible a los acontecimientos sociales que afectan nuestra localidad y ser la voz de quien no la tiene para dar a conocer y exigir estabilidad social, transparencia y liderazgo.

II. En caso de que se presentara un brote en un pueblo y comunidad indígena, pondría en un grave riesgo a las personas que habitan estas comunidades, si bien es cierto, el artículo 6, fracción IV Bis, de la Ley General de Salud establece: “Impulsar el bienestar y el desarrollo de las familias ycomunidades indígenas que propicien eldesarrollo de sus potencialidadespolítico sociales y culturales; con su participación y tomando en cuenta sus valores y organización social”; esto por lo general no se cumple y como se puede observar el derecho a la salud, es una de las principales carencias de los Pueblos y Comunidades Indígenas así como de la población afrodescendiente.

III. El Programa Nacional de los Pueblos Indígenas 2018-2024 establece en los objetivos específicos, numeral 3. “Acciones de infraestructura social, de comunicaciones, conectividad y radiodifusión en comunidades indígenas y afromexicanas”, lo siguiente:

Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, 2018.3

A pesar de las buenas intenciones del gobierno federal, esto no se traduce en el garantizar el derecho humano a la salud de los pueblos y las comunidades indígenas ni de la población afromexicana. Como se deja ver en toda la exposición de motivos de esta proposición, el derecho a la salud sigue siendo una aspiración que no se cumple, esto sin considerar que existen otros derechos que tampoco son garantizados como el acceso al agua potable, al drenaje, el derecho a una vivienda, derechos que van de la mano a garantizar el derecho a la salud.

Los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad establecen que no se pueden dividir los derechos humanos, no se puede garantizar un derecho y dejar de lado otro, como tampoco se puede excluir de derechos a las personas. Por ello es importante que los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado implanten en sus respectivos ámbitos de competencia programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el virus SARS-Cov2 (Covid-19) en los pueblos y las comunidades indígenas, así como en la población afrodescendiente.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a implantar en sus respectivos ámbitos de competencia programas de difusión y respuesta institucional para atender y combatir la enfermedad grave generada por el virus SARS-Cov2 (Covid-19) en los pueblos y las comunidades indígenas, así como en la población afrodescendiente.

Notas

1 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Análisis situacional de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas. Recuperado de

http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=50067 Revisión hecha el 14 de abril de 2020.

2 Comisión Nacional de los Derechos Humanos, El derecho a la salud de los pueblos indígenas. Servicios y atención en las clínicas de las comunidades. Recuperado de El derecho a la salud de los pueblos indígenas. Servicios y atención en las clínicas de las comunidades,

file:///C:/Users/ernes/Downloads/04-Salud-Pueblos-Indige nas.pdf Revisión hecha el 14 de abril de 2020.

3 Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Programa Nacional de los Pueblos Indígenas 2018-2024. Recuperado de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/423227/
Programa-Nacional-de-los-Pueblos-Indigenas-2018-2024.pdf Revisión hecha el 14 de abril de 2020.

Fuentes consultadas

CNDH, CN (2019). Análisis situacional de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas. Obtenido de

http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=50067

El Derecho a la Salud, CN (julio de 2018). El derecho a la salud de los pueblos indígenas. Servicios y atención en las clínicas de las comunidades. Obtenido de file:///C:/Users/ernes/Downloads/04-Salud-Pueblos-Indigenas.pdf

Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (2018). Programa Nacional de los Pueblos Indígenas 2018-2024. Obtenido de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/423227/Pr ograma-Nacional-de-los-Pueblos-Indigenas-2018-2024.pdf

Ciudad de México, a 28 de abril de 2020.

Diputado Raúl Gracia Guzmán (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SHCP y la Ssa a considerar un programa especial coordinado de subsidio para realizar pruebas de laboratorio de Covid-19 en hospitales privados, a cargo del diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Ricardo García Escalante, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con una encuesta realizada por la empresa consultora Gabinete de Comunicación Estratégica al menos 7 de cada 10 mexicanos consideran que la emergencia sanitaria debido a la pandemia del coronavirus Covid-19 afectó ya su economía familiar.

Apenas el pasado lunes 20 de abril de 2020 fue declarada la tercera fase de la pandemia en México, por lo que el gobierno federal estima que el pico más alto de la enfermedad ocurrirá en agosto y que la epidemia culminará entre septiembre y octubre. Esto se traduce en la detección de un mayor número de casos para lo cual, será necesaria la realización de la costosa prueba del coronavirus en hospitales y laboratorios autorizados por la Secretaría de Salud.

Con su elevado precio (aunque es variado y oscila entre mil 300 y 9 mil pesos), los ciudadanos con posibles síntomas deben considerar un gasto que no previeron, en medio una de las peores etapas de la economía de este año.

Los ciudadanos apenas tienen dinero para acudir a una consulta médica general, por lo que pensar en una prueba para la detección del coronavirus resulta sumamente complicado, tomando en cuenta que debido al cierre de negocios y pequeñas empresas, un gran porcentaje ha pasado a ocupar la estadística de desempleo en el país.

De estas afectaciones económicas, 86.5 por ciento está relacionado con cuestiones laborales (26.2), menores ingresos (24.9), situación económica general (18.6), incremento de precios (9.1) y reducción de ventas en comercios (7.7).

El ejercicio apunta que 92.6 por ciento de los mexicanos está de acuerdo con negar el acceso a vacacionistas a pueblos turísticos y 81.3 apuntó que las autoridades deberían empezar a sancionar a las personas que salgan de vacaciones o acudan a eventos durante la cuarentena por el coronavirus.

De los 82 laboratorios autorizados para aplicar la prueba de coronavirus, 25 pertenecen al sector privado.

La llegada del Covid-19 a México ha provocado que instituciones médicas y académicas unan esfuerzos para crear soluciones que ayuden a combatir, y mitigar el número de contagios por coronavirus.

Ante ello, hospitales y laboratorios del sector público y privado actualmente realizan diagnósticos de Covid-19a través de la prueba PCR, una de las más utilizadas para diagnosticar coronavirus alrededor del mundo.

Los laboratorios que se encargan de realizar dichas pruebas tienen que contar con la aprobación del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (INDRE), que a lo largo de la pandemia ha actualizado la lista de laboratorios certificados para dicha prueba.

La autorización de los diferentes laboratorios se da con fines de “vigilancia epidemiológica”, para llevar un control de las pruebas realizadas y para que éstas cumplan con los protocolos de precisión, y seguridad establecidos por la Secretaría de Salud.

La lista de laboratorios reconocidos para la detección de SARS-Cov2 incluye laboratorios estatales de salud pública, laboratorios de apoyo a la vigilancia epidemiológica, laboratorios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), laboratorios privados, laboratorios académicos y hospitales públicos.

De los 82 laboratorios aprobados en México para la detección de Covid-19, son 25 los que corresponden a la iniciativa privada. Estas instituciones ofrecen diferentes servicios y costos para la detección oportuna de coronavirus. En cualquiera de los laboratorios disponibles para este estudio es necesario que la persona sea identificada como un caso sospechoso de covid-19, y tiene que contar con una orden médica para realizarse la prueba.

Los costos en las instituciones privadas varían dependiendo de cada empresa, pero algunos de los servicios que ofrecen estos laboratorios son

- Salud Digna: Este laboratorio obtuvo recientemente la autorización para aplicar la prueba de covid-19, por lo que sólo se tiene acceso a ella en dos de sus sucursales, una en Coyoacán, Ciudad de México, y una más en Sinaloa.

Esta prueba tiene un costo de mil 300 pesos y sus resultados se obtienen alrededor de 48 horas después de realizar el estudio.

- Hospital Ángeles de México: La aplicación de la prueba de coronavirus en esta unidad médica tiene un costo de 5 mil 200 pesos, lo que no incluye valoración médica ni insumos.

- Hospital Español: Para la aplicación de la prueba de covid-19 es necesaria una valoración previa, además, al solicitar la prueba de covid-19, también se aplica un panel viral respiratorio, para descartar cualquier otra enfermedad respiratoria.

Este servicio tiene un costo de alrededor de 9 mil pesos, dependiendo de si es necesario aplicar otros estudios.

- Laboratorio de Biología Molecular Diagnóstica: En este laboratorio la prueba de covid-19 se hace únicamente con previa cita, su costo es de 3 mil 500 pesos y los resultados tardan un día hábil.

- Olartey Akle: En este centro la prueba de coronavirus tiene un costo de 3 mil 800 pesos y los resultados tardan alrededor de 5 días después de que se realizó el estudio.

- Hospital ABC: Debido a que esta institución presenta un protocolo de atención completo, no da un precio estimado para la aplicación de la prueba de coronavirus, pues dependerá de la valoración médica.

Laboratorios estatales de salud pública

- Correspondientes a los 32 estados de la República Mexicana.

Laboratorios de apoyo a la vigilancia epidemiológica

- Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias.

- Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán.

- Hospital General de México.

- Hospital 20 de noviembre.

- Laboratorio Central de Epidemiología, Centro Médico Nacional La Raza.

Laboratorios del IMSS

- Laboratorios de Apoyo a la Vigilancia Epidemiológica del Centro de Investigación Biomédica de Occidente, Guadalajara, Jalisco.

- Laboratorios de Apoyo a la Vigilancia Epidemiológica del Centro de Investigación Biomédica del Noreste, Monterrey, Nuevo León.

- Laboratorios de Apoyo a la Vigilancia Epidemiológica del de la Unidad Médica de Alta Especialidad en Yucatán.

Laboratorios privados

- Centro Médico ABC, Campus Observatorio.

- Hospital Ángeles Interlomas.

- Olartey Akle, Bacteriólogos, SA de CV.

- Laboratorios Lister (Lister Laboratorios de Referencia, SA de CV).

- Laboratorios Biomédicos de Mérida (Biomédicos de Yucatán, SA de CV).

- Labiomola, SA de CV.

- Hospital Español de la Ciudad de México.

- Médica Sur, SAB de CV.

- Grupo Diagnóstico Aries.

- Laboratorio Carpermor (Grupo Diagnóstico Médico Proa, SA de CV).

- Orthin Referencia Especializada, SA de CV.

- Unidad de Patología Clínica.

- Laboratorios Clínicos de Puebla, SA de CV (Clínica Ruiz).

- Salud Digna, AC.

- Laboratorio Juárez, SA de CV.

- Grupo Corporativo Bioquimia, Siglo XXI, SA de CV.

- LSG Clínicos Mexicali, BC (LSG Clínicos, S de RL de CV).

- Lans, Laboratorios de Referencia.

- Laboratorio de Diagnóstico Molecular AL Genós.

- Biología Molecular Diagnóstica, SA de CV.

- Patología Genética Molecular, SA de CV (Laboratorio PGM).

- Central ADN, SA de CV.

- Asesores Diagnóstico Clínico.

- Vitagénesis, SA de CV/Innbiogem, SC.

- Genodiagnóstica, SA de CV.

Laboratorios académicos

- Centro de Investigación en Ciencias de la Salud y Biomedicina, Universidad Autónoma de San Luis Potosí

- Departamento de Genética y Fisiología Molecular del Instituto de Biotecnología de la Universidad Autónoma de México (UNAM).

- Unidad de Desarrollo e Investigación en Bioprocesos de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas, Instituto Politécnico Nacional.

- Laboratorio de Bioseguridad para el Diagnóstico e Investigación de Enfermedades Emergentes, Cinvestav, Ciudad de México.

- Departamento de Biología Celular y del Desarrollo. Instituto de Fisiología Celular, UNAM, Ciudad Universitaria, Ciudad de México.

- Laboratorio de Virología, Instituto de Investigaciones Biomédicas, UNAM, Ciudad Universitaria, Ciudad de México.

-Laboratorio de Inmunología Molecular Microbiano del Departamento de Microbiología y Parasitología de la Facultad de Medicina, UNAM.

- Laboratorio de Investigación en Enfermedades Infecciosas. División de Investigación de la Facultad de Medicina, UNAM.

- Instituto de Investigación Inmunodeficiencias y VIH del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, Universidad de Guadalajara.

- Laboratorio de Diagnóstico de Enfermedades Emergentes y Reemergentes, Centro Universitario de Ciencias de la Salud, Universidad de Guadalajara.

- Laboratorio de Virología CIR-Biomédicas de la Universidad Autónoma de Yucatán.

Laboratorios de hospitales públicos

- Hospital Infantil de México Federico Gómez.

- Hospital Central Sur Alta Especialidad Pemex.

- Nuevo Hospital Civil de Guadalajara Doctor Juan I. Menchaca.

- Laboratorio de Biología Molecular y Bioseguridad 3 del Centro Médico Naval.

- Laboratorio de Microbiología y Diagnóstico Molecular del Departamento de Inmunobioquímica. Instituto Nacional de Perinatología.

Con los datos anteriores, conociendo la problemática económica y de salud que se vive actualmente en el país, lo que se busca es que el gobierno federal a través de la Secretaría de Salud utilice los recursos del Fondo de Salud para el Bienestar para subrogar la realización de pruebas de laboratorio de Covid-19 en hospitales privados, como marca la Ley General de Salud en el siguiente artículo:

Artículo 77 Bis 29. El Fondo de Salud para el Bienestar, es un fideicomiso público sin estructura orgánica, constituido en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en una institución de banca de desarrollo, en el que el Instituto de Salud para el Bienestar funge como fideicomitente, y que tiene como fin destinar los recursos que integran su patrimonio a

I .La atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos;

...

III. Complementar los recursos destinados al abasto y distribución de medicamentos y demás insumos, así como del acceso a exámenes clínicos, asociados a personas sin seguridad social.

Por lo expuesto pongo a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Salud a considerar de manera coordinada un programa especial de subsidio para realizar pruebas de laboratorio de Covid-19 en hospitales privados.

Notas

https://sumedico.lasillarota.com/especialidades/
cuanto-cuesta-hacerse-una-prueba-de-covid-19-coronavirus-covid-19-sars-cov-2/322545

https://politica.expansion.mx/mexico/2020/04/15/7-de-cad a-10-mexicanos-dicen-que-el-covid-19-ya-afecto-su-economia

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_240120.p df

Palacio Legislativo de San lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Ricardo García Escalante (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sectur a realizar un plan nacional de acción urgente dirigido a la promoción turística donde se incluya la participación de todas las entidades para fortalecer la economía del sector, a cargo del diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Ricardo García Escalante, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El turismo es uno de los principales receptores de divisas en el país junto con las remesas, las exportaciones automotrices y los ingresos petroleros. Con el cierre de hoteles, museos o grandes atractivos cerrados y las playas completamente vacías por la pandemia del coronavirus, el sector turístico, clave en la economía, está recibiendo un duro golpe cuyas consecuencias todavía son imposibles de calcular. Llegará el momento en que la sociedad comience a recuperar el pulso, y, para reactivar este sector, será necesario apostar por la promoción del turismo nacional.

De acuerdo con un documento del Centro de Investigación y Competitividad Turística de la Universidad Anáhuac (Cicotur), en un escenario de impacto severo en el turismo en México por la pandemia de Covid-19, el producto interno bruto turístico (PIB) puede caer hasta 5 por ciento este año y mantenerse en números negativos hasta 2021.

Los primeros datos sobre el efecto probable en la industria turística son alarmantes y hablan de la necesidad de estructurar políticas públicas para acompañar al sector en los difíciles meses por venir, a fin de preservar los empleos y reducir las pérdidas, señala el estudio Coronavirus y turismo, que configura tres escenarios probables de afectación para el turismo en México por la pandemia de Covid-19.

Todas las empresas turísticas del país sufrirán en mayor o menor medida daños por la pandemia, aunque las aerolíneas enfrentarán los retos mayores, establece Cicotur en el documento. En el peor de los escenarios para el país, la pandemia continuará su propagación por el mundo y los efectos más graves trascenderán a los países que hasta ahora han sufrido más. Además de haber un notable avance de la enfermedad en Estados Unidos, los casos registrados en México se multiplican por miles y se tienen que tomar medidas de mitigación similares a las que ahora se observan en otras latitudes, indicó el reporte en el que visualiza un escenario severo.

En este escenario, la combinación del impacto económico global y la afectación directa en México haría caer las llegadas de turistas internacionales en más de 10 por ciento, en tanto que el mercado doméstico se paralizaría por algunas semanas y se reduciría significativamente el consumo turístico interno, sin que el consumo en viajes al exterior se redireccione. Esto afectará el PIB turístico de México en una contracción de entre 3 y 5 por ciento para 2020 y se mantendrá en terrenos negativos en 2021, previó el Cicotur en su peor escenario.

El Cicotur instó en el estudio a una “profunda reflexión” por parte del gobierno mexicano para “redireccionar un porcentaje relevante” de los recursos captados por el Derecho de No Residentes, y aplicarlos a acciones de mercadotecnia con la finalidad de impulsar la demanda en los meses subsecuentes a la crisis.

Los recursos del derecho de no residentes, que pagan los viajeros internacionales cuando ingresan en el país, se gastan en la construcción del Tren Maya.

El Cicotur propuso utilizar recursos públicos para la promoción provenientes del impuesto hotelero, “que debería aplicarse en su totalidad a la promoción turística y no como algunos gobiernos estatales” que ocupan esos dineros para otros fines.

“Al mismo tiempo, los destinos deben ser capaces de mejorar su presencia pública en medios digitales para mantener un espacio de información oportuna y certera sobre las condiciones que en ellos prevalecen, de cara a la enfermedad”, dijo el organismo de la Universidad Anáhuac.

Efecto mundial

Los efectos del Covid-19 dejarán un “gran impacto” en la industria turística mundial y no se puede descartar que los daños económicos serán los más cuantiosos sufridos por la industria desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, consideró el Cicotur. Hace unos días, el Consejo Mundial de Viajes y Turismo dijo que están en riesgo más de 50 millones de empleos a escala global y la industria de la aviación comercial previó pérdidas hasta por 113 mil millones de dólares.

La Organización Mundial del Turismo (OMT) estimó que los flujos turísticos mundiales pueden caer entre 1 y 3 por ciento con una caída en la derrama económica mundial de entre 30 y 50 mil millones de dólares en este año, como consecuencia de la propagación del Covid-19.

La OMT insta al sector y a los viajeros a hacer frente a este desafío con sentido común y medidas proporcionales. El turismo es en la actualidad uno de los sectores más afectados y la OMT ha revisado su previsión de 2020 para las llegadas internacionales y los ingresos por turismo internacional, aunque hace hincapié en que es probable que haya que revisar esas predicciones.

En el contexto de las restricciones a los viajes que se están introduciendo, la OMT subraya la importancia del diálogo y la cooperación internacionales y destaca que el desafío del Covid-19 representa también una oportunidad para mostrar cómo la solidaridad puede ir más allá de las fronteras.

El objetivo principal de lo anterior es buscar que la Secretaría de Turismo establezca un plan de acción para reactivar el sector turístico en todo el país, de conformidad con el título cuarto, capítulo II, de la Ley General de Turismo, en los artículos 42 a 44, como se menciona a continuación:

Artículo 42. El fondo contribuirá a la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística y de los recursos turísticos, así como a la promoción del financiamiento de las inversiones privadas y sociales.

El fondo estará sectorizado, para todos los efectos legales, en el ámbito de la secretaría.

El director general del fondo será designado por el presidente de la República.

Artículo 43. El patrimonio del fondo se integrará con

I. Las aportaciones que efectúen el gobierno federal, los gobiernos locales, los municipios, las entidades paraestatales y los particulares;

II. Los créditos que obtenga de fuentes nacionales e internacionales;

III. Los productos de sus operaciones y de las inversiones de fondos; y

IV. Los ingresos fiscales que se obtengan de manera proporcional por la recaudación del Derecho por la autorización de la condición de estancia a los extranjeros, en los términos establecidos por la Ley Federal de Derechos, y Fracción reformada DOF 25-05-2011 V. Los demás recursos que obtenga por cualquier otro concepto.

Artículo 44. El fondo tendrá las siguientes funciones:

I. Elaborar estudios y proyectos que permitan identificar las zonas y áreas territoriales y de servicios susceptibles de ser aprovechadas en proyectos productivos y de inversión en materia turística;

II. Crear y consolidar desarrollos turísticos conforme a los planes maestros de desarrollo, en los que habrán de considerarse los diseños urbanos y arquitectónicos del lugar, preservando el equilibrio ecológico y garantizando la comercialización de los servicios turísticos, en congruencia con el desarrollo económico y social de la región; y

III. Coordinar con las autoridades federales, de los estados, municipios y la Ciudad de México las gestiones necesarias para obtener y simplificar las autorizaciones, permisos o concesiones que permitan el desarrollo de proyectos productivos y de inversión turística así como la prestación de servicios turísticos.

Por lo expuesto pongo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Turismo a realizar un plan de acción urgente para promoción turística a escala nacional, en el cual se incluyan la participación de todas las entidades del país, para fortalecer la economía turística.

Notas

http://www.sectur.gob.mx/wp-content/uploads/2018/01/II.1 .1-Ley-General-de-Turismo-ultima-reforma-2015.pdf

https://www.unwto.org/es/turismo-covid-19

Palacio Legislativo de San lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputado Ricardo García Escalante (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal y la SHCP a informar a la opinión pública sobre el efecto en las finanzas públicas causado por la disminución de la cotización del barril de la mezcla mexicana de petróleo crudo, en función de los precios observados y previstos durante 2020, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Silvia Guadalupe Garza Galván, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 3, fracción XX, 6, numeral primero, 62, numeral segundo, 65, numeral cuarto, 79 numerales primero, fracción II, y segundo, fracción III, y los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno federal y al secretario de Hacienda y Crédito Público a informar a la opinión pública sobre el impacto en las finanzas públicas causado por la disminución de la cotización del barril de la mezcla mexicana de petróleo crudo, en función de los precios observados y previstos durante 2020; informar a la opinión pública sobre las medidas que tomará la SHCP para subsanar la disminución en ingresos federales debajo de lo previsto en el Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020; y redireccionar los recursos presupuestarios considerados en 2020 para el Tren Maya, la refinería Dos Bocas y el aeropuerto internacional Felipe Ángeles hacia un plan de inversión verde para el país, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 11 de diciembre de 2019, la Cámara de Diputados aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el Ejercicio Fiscal de 2020.1 El artículo 3o. del decreto del PEF de 2020 aprueba un gasto neto total de 6 107 732.4 millones de pesos, cifra que corresponde al total de los ingresos aprobados por la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020. De igual forma, se señala en dicho artículo que para el gasto neto total de 2020 se considera un déficit presupuestario de 547 mil 140.8 millones de pesos. De acuerdo con la Guía para el Cálculo de Metas Fiscales de 2020 (RFSP y balance público) y sus proyecciones de mediano plazo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el precio del barril de petróleo crudo mexicano se estimó en un promedio de 49 dólares por barril2 para generar una parte de estas cifras. Este precio es menor al que inicialmente se había considerado de 55 dólares por barril dentro del documento de precriterios 20203 que la SHCP prepara en cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 42, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Según el artículo 1o. del decreto de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020,4 un total de 342 mil 53.6 millones de pesos, equivalentes a 5.6 por ciento de los de ingresos, provienen del impuesto especial sobre producción y servicios, aplicable a combustibles automotrices; y 574 mil 535 millones de pesos serían ingreso de Petróleos Mexicanos (Pemex) por la venta de bienes y prestación de servicios como empresa productiva del Estado. El mismo artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020 señala que los ingresos propios de Pemex que se generen por encima de un precio promedio anual de 49.01 dólares y hasta 55.00 por barril de petróleo crudo mexicano se destinarán a mejorar el balance financiero de la empresa.

Los acontecimientos recientes de una menor actividad económica, propiciada por la epidemia del Covid-19, han modificado los patrones de movilidad de personas y empresas; ha reducido los volúmenes de producción de bienes y la provisión de servicios y, en suma, ha modificado la demanda de productos petrolíferos tanto en México como en el mundo. Así, en México se ha reportado que para marzo de 2020 se ha registrado una reducción cercana a 80 por ciento en la demanda de gasolinas. Mientras tanto, a nivel global se ha identificado una sobreoferta de petróleo crudo. Esto ha llevado a negociaciones internacionales para discutir recortes a la producción global de petróleo crudo. El pasado 13 de abril se anunció un acuerdo global para recortar en 10 por ciento la producción de crudo; como parte de dicho acuerdo, México se comprometió a reducir su producción anual en 100 mil barriles diarios a partir de mayo de 2020. A pesar de acuerdo, los inventarios de petróleo crudo se han incrementado alrededor del mundo dada la deprimida demanda hacia petrolíferos. El lunes 20 de abril las cotizaciones internacionales de los principales productos utilizados como referencia registraron precios negativos por primera vez en los poco más de 130 años de historia de la industria del petróleo y del gas. Dicha reducción, hacia precios negativos, se debió no sólo al excedente de producción que se tiene sino al intento de colocar rápidamente en el mercado los volúmenes de petróleo crudo que se tenían en inventario para venta y entrega en mayo de 2020. La dinámica global del excedente de producción y la volatilidad de los precios hasta cifras negativas han sido cubiertas ampliamente por gran número de medios informativos nacionales e internacionales.

El efecto general de la dinámica descrita es en sí una caída en el precio actual de la mezcla de petróleo crudo de México, con efecto directo para los precios en lo que resta de abril y para mayo de 2020, y una alta probabilidad de que el precio de dicha mezcla se mantenga durante el resto del año muy por debajo de la cifra de 49 dólares por barril empleada para calcular metas fiscales y las proyecciones de mediano plazo.

Un tema relevante para el país es el impacto esperado en las finanzas públicas derivadas de las varias condiciones que se presentan en estos momentos y desde hace algunas semanas:

• Una disminución importante en la demanda de productos petrolíferos al interior del país.

• Una reducción en la venta de gasolinas y diésel para uso vehicular (combustibles automotrices).

• Una reducción en la cotización internacional de la mezcla mexicana de petróleo crudo durante 2020.

• Una posible reducción en la demanda internacional de la mezcla mexicana de petróleo crudo.

• Un incremento en la competencia internacional entre países productores de petróleo para colocar los excedentes de petróleo durante 2020.

• Un acuerdo que lleva a México a reducir su producción en 100 mil barriles de petróleo por día.

• La consideración de un precio de 49 dólares por barril para la mezcla mexicana de petróleo crudo para el PEF de 2020, que es casi 11 por ciento inferior a los 55 dólares por barril considerados por la SHCP en sus “precriterios 2020”.

El Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria señala en el artículo 11 que el déficit presupuestario deberá ser igual a cero para lograr un equilibrio presupuestario. En casos excepcionales se podrá prever un déficit presupuestario distinto de cero. Uno de los supuestos considerados como casos excepcionales corresponde a la previsión de una caída de los ingresos presupuestarios no petrolero que exceda de 2.5 por ciento real del monto aprobado en la Ley de Ingresos por un débil desempeño de la economía, así como previsiones de una caída en el precio del petróleo mayor de 10 por ciento respecto al precio previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal inmediato anterior, o una caída transitoria de la plataforma de producción de petróleo en el país.

Dadas las circunstancias actuales, como se describe párrafos arriba, durante 2020 se cumplen las previsiones que llevarían a un déficit presupuestario. Sin embargo, en el propio decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2020 ya se considera un déficit presupuestario de 547 mil 140.8 millones de pesos. Es decir, el PEF aprobado para 2020 ya asumía alguna de dichas condicionantes del artículo 11 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Por tanto, las nuevas circunstancias observadas a partir de marzo de 2020 son adicionales a las consideraciones previstas para aprobar el PEF de 2020.

Adicionalmente, el PEF de 2020 considera recursos para gasto de inversión por un total de 55 mil 296 millones de pesos destinado a los “proyectos emblemáticos” de la presente administración: esto es un monto de 46 mil 256 millones de pesos hacia el ramo 18, “Energía”, correspondiente al proyecto de la refinería Dos Bocas; 6 mil 540 millones de pesos hacia el ramo 07, “Defensa nacional”, correspondiente al proyecto del aeropuerto internacional Felipe Ángeles, y 2 mil 500 millones de pesos al ramo 21, “Turismo”, destinados al proyecto del Tren Maya. Estos montos podrían reasignarse a sectores prioritarios que faciliten un desarrollo sostenible e incluyente, como lo es el apoyo a micro, pequeña y mediana empresa, equipamiento en el sector salud, educación y formación para el trabajo, seguridad ciudadana, energía limpia y turismo.

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno federal y al secretario de Hacienda a informar a la opinión pública sobre el impacto previsto o estimado en las finanzas públicas causado por la disminución de la cotización por barril de la mezcla mexicana de petróleo mexicano, en función de los precios observados durante 2020 y según la prospectiva de precios de mayo y hasta diciembre de 2020, así como informar a la opinión pública sobre las medidas que la SHCP y el gobierno federal tomarán para subsanar la disminución de ingresos federales por debajo de lo previsto en el Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, en el marco de la pandemia del Covid-19 y hasta que termine la contingencia. Igualmente, se le exhorta respetuosamente a reasignar los recursos presupuestarios de gasto de inversión que se pretende destinar durante 2020 al Tren Maya, el aeropuerto internacional Felipe Ángeles y la refinería Dos Bocas, para apoyar la reactivación económica y fomentar un desarrollo sostenible basado en actividades de bajo impacto ambiental y con incorporación de energía limpia a la generación eléctrica en el país.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2020_111219.pdf

2 SHCP. (2019). “Guía para el Cálculo de Metas Fiscales 2020 (RFSP y Balance Público) y sus Proyecciones de Mediano Plazo. https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finanzas_Publicas/docs/paquete_economico/cgpe/Guia_Metas_Fiscales_2020.pdf. Página 9

3 https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finanzas_Publicas/
docs/paquete_economico/precgpe/precgpe_2020.pdf

4 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2020_251119.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2020.

Diputada Silvia Guadalupe Garza Galván (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a considerar como medida un “ingreso único vital”, temporal y no condicionado, para personas cuyos ingresos disminuirán ante la emergencia sanitaria por el Covid-19, suscrita por las diputadas Laura Angélica Rojas Hernández, Silvia Lorena Villavicencio Ayala y Martha Angélica Tagle Martínez, de los Grupos Parlamentarios del PAN, Morena y Movimiento Ciudadano, respectivamente

Las que suscriben, diputadas de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, Laura Angélica Rojas Hernández, Presidenta de la Mesa Directiva e integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional; Silvia Lorena Villavicencio Ayala, integrante del Grupo Parlamentario de Morena; Martha Tagle Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; numeral 1, fracción 2, y numeral 2, fracción III, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera . La emergencia sanitaria por la pandemia global de Covid-19 requiere una respuesta extraordinaria, rápida y contundente.1 Se han implementado medidas de distanciamiento social en muy poco tiempo, en todo el país, y se han activado procesos para fortalecer al sistema de salud. La emergencia económica —y sus consecuencias sociales— que ocurrirá por la disminución de la actividad productiva, la reducción de la inversión privada y las remesas, y la contracción del consumo durante varios meses requiere intervenciones igualmente extraordinarias, rápidas y contundentes.

Los niveles de desigualdad, pobreza y vulnerabilidad en el ingreso de millones de hogares mexicanos los hacen particularmente susceptibles de ver afectado su bienestar inmediato y futuro por los efectos de la recesión económica y la pérdida de empleos. A menos que se compense (así sea parcialmente) el ingreso que perderán millones de hogares en los próximos meses, los efectos negativos no solo serán inmediatos, sino que tendrán consecuencias de largo plazo en el bienestar de las personas y en los niveles de pobreza. Al menos el 30 por ciento de los hogares mexicanos están jefaturados por una mujer, que por condiciones de género tiene mayores desigualdades para acceder a ingresos, lo hacen en la informalidad y en medio de la precariedad.

El gobierno federal ha reconocido la importancia de atender emergencias sociales con apoyos extraordinarios, como adelantar los pagos de programas sociales u otorgar microcréditos. La escala de la emergencia social, sin embargo, requerirá medidas de mayor magnitud y alcance. Tanto personas trabajadoras informales como formales corren el riesgo de perder su empleo o ver sus ingresos fuertemente reducidos como resultado de las medidas sanitarias tomadas para evitar la expansión del virus.

En complemento a las medidas económicas para apoyar a las empresas en la retención de su fuerza laboral en todo el mundo, las transferencias monetarias directas a las personas han sido la medida de respuesta más común, fácil de implementar y efectiva ante la emergencia, especialmente en países que no cuentan con un sistema de seguridad social que, por sí sólo, garantice a las personas un nivel mínimo de ingreso y salud.

El gobierno federal puede implementar un apoyo extraordinario y temporal que, de manera solidaria, ofrezca un ingreso para compensar las pérdidas económicas de las familias mexicanas. Esto podría evitar que las personas caigan en pobreza, que profundicen su situación de pobreza, o que tomen decisiones que afecten su capital humano, su patrimonio o sus derechos (sacar a hijos e hijas de las escuelas, reducir la variedad de la alimentación, hipotecar o vender sus bienes, entre otros). Además, una vez que se levanten las medidas sanitarias, esto podría fomentar una recuperación más pronta de las familias más vulnerables.

Segunda. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) estima que, en 2018, en México había 52.4 millones de personas en situación de pobreza y 9.3 millones de personas en pobreza extrema.2 Pese a avances en los últimos años en la atención a carencias específicas, los principales retos en el combate a la pobreza continúan siendo aumentar el ingreso de las familias y ampliar la cobertura de la seguridad social. Son estos dos temas, precisamente, los que se verán más afectados por la pérdida de empleos, la reducción de ingresos laborales y las consecuencias de ello en el acceso a seguridad social.

Las medidas de salubridad implementadas, indispensables para contener la pandemia y proteger las vidas, están teniendo, sin embargo, efectos inmediatos en los ingresos laborales de las 55,683,450 personas que estaban ocupadas a finales del 2019.3 Pero la magnitud de ese efecto será distinto para cada una de esas 55 millones de personas: habrá quienes conserven su empleo formal (y sigan recibiendo su salario y prestaciones), quienes pierdan su empleo (y, con ello, su ingreso y su seguridad social) y quienes sigan laborando en la medida en la que sus productos y servicios sean solicitados, pues son quienes dependen de ingresos variables.

Alrededor del 16% de los hogares mexicanos reciben al menos el 50% de sus ingresos de empleos en sectores altamente vulnerables y afectados por la pandemia —como el trabajo doméstico, el comercio ambulante, los pequeños negocios de servicio, el comercio en establecimientos, otros sectores vulnerables— y/o de las remesas provenientes de otros países.4 Además de sectores típicamente identificados como vulnerables, la mayoría de los trabajadores mexicanos tienen condiciones laborales poco seguras. El 74% del total de personas trabajadoras pertenece a una de las siguientes poblaciones vulnerables: por cuenta propia, quienes laboran sin remuneración, personas dueñas de un micronegocio o personas asalariadas sin contrato o con contrato por obra determinada. No todas estas personas son pobres, pero sí tienen fuentes de ingreso poco estables que corren el riesgo de reducirse o ser eliminadas en esta crisis.

Evidencia preliminar muestra que los efectos de la crisis ya se están sintiendo, incluso en el sector formal: según la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), “este abril podría cerrar con una baja de 744 mil 225 empleos [formales]”.5 Además, los empleos se están perdiendo sobre todo en los rangos salariales más bajos –—es decir, probablemente personas con menos ahorros y en mayor necesidad inmediata de recibir apoyo— y en las edades más jóvenes —lo cual puede mermar sus carreras laborales durante un tiempo considerable—.6 En teoría, los créditos a micro y pequeños empleadores solidarios y las facilidades otorgadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para el pago de las cuotas patronales deben atender a esta población para que se dejen de perder empleos en el sector formal. Pero no todas las empresas lograrán sobrevivir ni todos los empleos serán preservados. Esta población —los nuevos desempleados— no se verá beneficiada por los microcréditos ni por los programas sociales existentes. Sumados al sector informal, son un grupo de personas —y familias que dependen de ellas— en necesidad de apoyo económico inmediato.

Tercera. Para cualquier país, la crisis del coronavirus representa un reto formidable, por el número de infectados, por la presión que enfrentarán los sistemas de salud y por el impacto económico de las medidas sanitarias implementadas. Sin embargo, países con sistemas de protección social universales están mejor preparados para responder, tanto en la atención a salud como en la mitigación de efectos económicos, pues sólo requieren activar o aumentar beneficios ya establecidos.7 En contraste, México tiene un sistema de seguridad social fragmentado, que deja sin protección social a 71.7 millones de personas.8

Esto implica que utilizar las herramientas existentes, aún en su mayor capacidad, no será suficiente, por lo que se necesitan herramientas temporales que permitan hacer frente a la crisis. A nivel internacional, se han anunciado un total de 684 medidas de protección social para responder al Covid-19; 113 de ellas en América Latina.9

En concordancia con las prioridades de este gobierno, en todo el mundo se ha hecho un llamado a proteger primordialmente las fuentes de ingreso de las poblaciones más vulnerables, pues son ellas quienes son menos capaces de quedarse en casa, más susceptibles de contagiarse sin tener acceso a atención médica adecuada y son también quienes cuentan con menos activos económicos para hacer frente a este tipo de impacto económico.10

En México, como en otros países, ya se han anunciado medidas para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia, tanto en asistencia social (adelanto en el pago de pensiones a personas con discapacidad, créditos a microempresas, apoyo en créditos para la vivienda, créditos para trabajadores del sector público, apoyo a asociaciones de padres de familia para trabajar en el mantenimiento de escuelas públicas, ampliación del programa Sembrando Vida), seguridad social (adelanto en el pago de pensiones para personas adultas mayores) y apoyo al mercado laboral (prohibición de despidos de trabajadores del Estado).11

En todo el mundo, las medidas de asistencia social han sido las más utilizadas (representan el 60% de todas las medidas) y, dentro de estas, las transferencias monetarias (Tabla 1), las cuales representan un tercio del total de medidas implementadas.12

Tabla 1. Medidas de asistencia social implementadas a nivel mundial, por tipo

En América Latina varios países han impulsado ingresos extraordinarios: Ingreso familiar de emergencia en Argentina; Seguro de desempleo temporal en Belice; Transferencia monetaria de emergencia en Brasil; Transferencia monetaria para el sector informal en Chile; Ingreso solidario en Colombia; Transferencias monetarias de emergencia en Costa Rica; Transferencias para trabajadores informales en Ecuador; y una Transferencia única para hogares pobres en Ecuador. Dentro de las medidas de transferencias monetarias hay múltiples opciones de diseño, tanto en la definición de la población objetivo, el método de identificación de la población las vías de distribución, la temporalidad y el monto.

Así, las transferencias monetarias son un instrumento cada vez más utilizado para responder a crisis humanitarias o desastres naturales, pues ofrecen varios beneficios:13 además de apoyar a quienes lo necesitan, inyectan dinero a la economía local y permiten a las y los beneficiarios mayor libertad de elección que las transferencias en especie; son, generalmente, más sencillos de implementar, requieren de menos infraestructura y son programas más flexibles/fáciles de modificar.

Cuarta. Implementar medidas de apoyo económico frente a la pandemia Covid-19 es factible y asequible para el país. Como lo muestran los ejemplos de otros países de la región, existe una variedad de diseños e instrumentos que se pueden adaptar a las necesidades del caso mexicano y que pueden ayudar a las familias a sobrellevar esta crisis.

En México, el mercado laboral está dividido por la condición de formalidad de los empleos. Esto significa que no hay un registro único de trabajadores y trabajadoras que se pueda utilizar para hacer llegar un apoyo a quienes lo necesiten. Además, no contamos con un registro que identifique y clasifique a toda la población según su condición de pobreza (como sí lo tiene Colombia, por ejemplo). Aunque estas dos características complican el diseño de una única medida de apoyo a la ciudadanía, existen varias opciones que la siguen haciendo posible. Las personas con un empleo formal tendrían que estar recibiendo apoyos a través del IMSS o el SAT, ya sea con las facilidades para el pago de impuestos o contribuciones o con los créditos previstos para atender a las pequeñas empresas. Las personas que ya son beneficiarias de programas sociales podrían recibir apoyos adicionales como parte de los propios programas (adelantos de pagos o ampliación temporal de montos).14

Quinta. Para las personas que son trabajadores informales y las personas que pierden su trabajo formal se propone un ingreso único vital, temporal y no condicionado. Se propone entregar un apoyo econo?mico directo a través de tarjetas o los medios que sean necesarios por un monto de $3,746.00 pesos, por tres meses.

Existe ya un programa presupuestario que puede servir como vía de implementación (el Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural), así como la información, la estructura administrativa y los canales de pago para llegar a millones de hogares rápidamente. En 2019, la administración actual creó el Programa de Emergencia Social o Natural, bajo la responsabilidad de la Secretaría de Bienestar. El objetivo de este programa es actuar desde una “perspectiva de protección social” para mitigar los efectos adversos que circunstancias extraordinarias puedan tener sobre el bienestar de las familias y, así, ayudar a garantizar “las condiciones mínimas para el bienestar integral”.15 Bajo el marco de este programa, se considera una emergencia social cualquier “situación adversa producto de la actividad humana que haya generado una situación de vulnerabilidad en los derechos sociales de las personas o familias” y/o las situaciones que sean así determinadas por la Secretaría. Este programa puede funcionar como el instrumento administrativo para desplegar el ingreso único vital para las medidas económicas y de apoyo en especie ante la emergencia ante Covid-19.16

Para seleccionar a las personas beneficiarias, el programa extraordinario incorporaría a aquellas personas que lo soliciten, que no cuenten con seguridad social ni sean ya beneficiarios de algún programa social, utilizando la CURP de las personas solicitantes para corroborar su falta de derechohabiencia en el Seguro Social, y los registros de los programas sociales para identificar su condición de no beneficiarios.

Sexta. Como parte de un conjunto de medidas para proteger a las empresas y el empleo y contener los costos sociales de la emergencia, el ingreso único vital reduciría los efectos negativos de la pandemia y aceleraría la reactivación económica. Invertir en estas medidas, como ha sugerido Gerardo Esquivel, “implica un costo perfectamente asequible para un país como el nuestro. No aumentaría significativamente la deuda y no se convertiría en una carga insostenible para el futuro. Su costo estaría acotado y los beneficiarios estarían claramente definidos. No sería un rescate de empresas inviables ni se trataría de un despilfarro de recursos públicos”.17

Séptima. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 tiene un compromiso central con el bienestar de las personas. El Plan establece que “una sociedad que se desentiende de sus miembros más débiles y desvalidos rompe el principio de empatía que es factor indispensable de cohesión”. Un ingreso único vital es indispensable para que la pandemia no condene la pobreza y a la vulnerabilidad a millones de hogares.

Por lo expuesto, considerando las evidencias científicas actuales, las recomendaciones de investigadoras, los consensos internacionales de organismos especializados e iniciativas de la sociedad civil, ponemos a consideración de esta asamblea, la presente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que contemple como medida un “ingreso único vital”, temporal y no condicionado, a personas que tendrán una disminución en sus ingresos ante la emergencia sanitaria por Covid-19.

Notas

1 OIT. Guy Ryder, director general de la Organización Internacional del Trabajo. Relación entre la pandemia del coronavirus y el mundo del trabajo. En

https://news.un.org/es/story/2020/03/1471862.

2 Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (Coneval) (25 de agosto de 2019). Diez años de medición de pobreza multidimensional en México: avances y desafíos en política social. Medición de la pobreza serie 2008-2018.

https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Documents/Pobreza _18/Pobreza_2018_Coneval.pdf Consultado el 25 de abril de 2020.

3 Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 4to trimestre de 2019.

https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/default.h tml#Tabulados

4 Cejudo, G. y Torres, N. (15 abril 2020). La pandemia como un nuevo motor de desigualdad. Animal Político.

https://www.animalpolitico.com/intuiciones-y-evidencia/l a-pandemia-como-un-nuevo-motor-de-desigualdad/. Consultado el 25 de abril de 2020.

5 Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) (24 abril 2020). Proteger el salario, tan importante como el empleo. Boletín No. 11/2020.

https://www.gob.mx/conasami/prensa/proteger-el-salario-t an-importante-como-el-empleo. Consultado el 25 de abril de 2020.

6 Ibídem.

7 Organización Internacional del Trabajo (OIT) (23 abril 2020). Social protection responses to the Covid-19 crisis: Country responses and policy considerations.

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/- --soc_sec/documents/publication/wcms_742337.pdf. Consultado el 25 de abril de 2020.

8 Coneval, 2019.

9 Gentilini, U., Almenfi, M., y Dale, P. (23 abril 2020). Social Protection and Jobs Responses to Covid-19: A Real-Time Review of Country Measures.

http://www.ugogentilini.net/wp-content/uploads/2020/04/C ountry-SP-Covid-responses_April23-1.pdf. Consultado el 25 de abril de 2020.

10 OIT, 2020. Diwakar, V. (10 marzo 2020). From pandemics to poverty: the implications of coronavirus for the furthest behind. Overseas Development Institute.

https://www.odi.org/blogs/16754-pandemics-poverty-implic ations-coronavirus-furthest-behind. Consultado el 25 de abril de 2020.

11 Gentilini et al., 2020.

12 Gentilini et al., 2020.

13 Overseas Development Institute (ODI) (septiembre, 2015). Doing cash differently: How cash transfers can transform humanitarian aid. Report of the High Level Panel on Humanitarian Cash Transfers. https://www.odi.org/sites/odi.org.uk/files/odi-assets/publications-opin ion-files/9828.pdf. Consultado el 25 de abril de 2020.

14 Además de incorporar a beneficiarios de programas sociales, se pueden considerar otras medidas para llegar a poblaciones vulnerables: esto se puede hacer con esfuerzos adicionales en zonas rezagadas, incorporando automáticamente a los beneficiarios de algunos programas sociales, usando registros administrativos locales de poblaciones informales y/o con el uso de medidas creativas como cuantificar el uso de electricidad y otras utilidades en los hogares.

15 Diario Oficial de la Federación (DOF) (28 febrero 2020). ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural para el ejercicio fiscal 2020.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5587923&fe cha=28/02/2020

16 De la mano de las medidas económicas, varios países han entregado apoyo alimentario en especie con el fin de evitar consecuencias adversas en la nutrición de la población, específicamente la que menos acceso tiene a ingredientes y alimentos sanos y asequibles (Gentilini, Almenfi y Dale, 2020).

17 Esquivel, G. (7 abril 2020). Pandemia, confinamiento y crisis: ¿Qué hacer para reducir los costos económicos y sociales? Nexos.

https://www.nexos.com.mx/?p=47731. Consultado el 25 de abril de 2020.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 28 de abril de 2020.

Diputadas:

Laura Angélica Rojas Hernández, Martha Tagle Martínez, Silvia Lorena Villavicencio Ayala (rúbricas)
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