Gaceta Parlamentaria, año XXII, número 5382-I, martes 8 de octubre de 2019
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Gaceta Parlamentaria, año XXII, número 5382-I, martes 8 de octubre de 2019
Desde la tribuna, del ciudadano Maximino Pérez Maldonado, en el marco de la celebración de 2019 como el Año Internacional de las Lenguas Indígenas
Buenos días diputadas y diputados
Con el deseo que se encuentren bien, vengo como portador del saludo de los ciudadanos del pueblo ngigua-ngiba (chocholteco), que se encuentra en la Mixteca Alta de Oaxaca, territorialmente en el Distrito de Coixtlahuaca y parte norte de Teposcolula, comprendido por 18 municipios.
Agradezco a las personas que hicieron posible que hoy, pueda subir a la tribuna más alta de la nación, donde hablan las personas de cómo son las cosas y que se debe hacer por México para que estemos bien. Hoy se podrá escuchar nuestro idioma en todo México, que sepan todos los mexicanos que seguimos vivos los ngigua (chocholtecos) por eso estoy contento con ustedes que hoy me escuchan.
Nosotros tenemos nuestro propio modo de pensar, nuestros usos y costumbres, cómo entendemos al mundo a través de nuestra cosmovisión, es decir, una sociedad diferente a la que ustedes viven.
Como se conservan nuestras formas para celebrar fiestas y ceremonias tradicionales, el tequio, nombramiento de las autoridades, la siembra, la fiesta del pueblo, el día de muertos, la mayordomía, el casamiento, el bautizo, nuestra medicina tradicional, la gastronomía y, como educar a nuestros hijos pequeños y a los jóvenes, para que el día de mañana sean los que vean por nuestros pueblos en los años venideros, porque así son nuestras formas de trabajo, de organización y de convivencia.
Necesitamos caminos transitables en las temporadas de lluvias, casas en condiciones dignas, queremos herramientas de trabajo, que haya centros de salud con medicamentos necesarios, una radio comunitaria indígena para difundir nuestros valores culturales y escuelas de nivel superior para nuestros jóvenes.
Queremos que destinen recursos para conservar los terrenos que trabajamos para producir nuestro alimento como el maíz y el frijol, porque sí podemos trabajar solo que nos faltan recursos.
Pensamos, que si hubiera forma de juntar las aguas pluviales para cultivar nuestros suelos, tendríamos alimentos para nuestras gentes y así no existirá necesidad de que salgan a otros lugares en busca de trabajo.
Necesitamos fuentes de trabajo remunerativo, es en nuestros pueblos donde más afecta el fenómeno de la migración, las comunidades se quedan casi fantasmas porque las familias no tienen que comer y emigran a otros lugares.
Solicito a cada uno de ustedes, ayuden a nuestros pueblos ngigua-ngiba para que no se pierda nuestro idioma, que los niños y jóvenes aprendan a hablar y escribir el idioma, necesitamos recursos económicos para pagar a maestros comunitarios originarios de nuestras comunidades.
Gracias por haber escuchado mi palabra, nuevamente reciban el saludo de los ngigua-ngiba (chocholteco).
De la Mesa Directiva
Honorable Asamblea:
La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno de los siguientes asuntos:
• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 50 Bis y 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, presentada por la diputada Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, el 18 de septiembre de 2019.
“Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos, para opinión.
• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, presentada por el diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla y suscrita por el diputado Mario Delgado Carrillo y la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, del Grupo Parlamentario de Morena, el 10 de septiembre de 2019.
“Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión Economía de Comercio y Competitividad, para opinión.”
Ciudad de México, a 8 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta
De la Junta de Coordinación Política
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 2 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Morena.
• Que el diputado Eleuterio Arrieta Sánchez cause baja como integrante de la Comisión de Federalismo y Desarrollo Municipal.
• Que el diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla cause baja como secretario de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
• Que el diputado José Luis Elorza Flores cause baja como secretario de la Comisión de Asuntos Frontera Sur.
• Que el diputado Eleuterio Arrieta Sánchez cause alta como integrante en la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
• Que el diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla cause alta como secretario en la Comisión de Pesca
• Que el diputado José Luis Elorza Flores cause alta como secretario en la Comisión de Gobernación y Población.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 2 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración del Grupo de Amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
• Que el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-República Árabe Saharaui.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 2 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
• Que el diputado Mario Alberto Ramos Tamez cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Armenia.
• Que el diputado Mario Alberto Ramos Tamez cause alta como integrante del el Grupo de Amistad México-Australia
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 27 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
• Que la diputada Julieta Macías Rábago cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-República Árabe Saharaui.
• Que la diputada Julieta Macías Rábago cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Malasia
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 27 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
• Que el diputado Jesús Carlos Vidal Peniche cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Colombia.
• Que el diputado José Ricardo Gallardo Cardona cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Portugal.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Morena.
• Que la diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Dinamarca.
• Que el diputado Maximino Alejandro Candelaria cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Ecuador.
• Que el diputado Julio Carranza Aréas cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Alemania.
• Que la diputada Adriana Espinoza de los Monteros García cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Alemania.
• Que la diputada Adriana Espinoza de los Monteros García cause alta como presidenta del Grupo de Amistad México-Georgia.
• Que la diputada Adriana Espinoza de los Monteros García cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Italia.
• Que la diputada Adriana Espinoza de los Monteros García cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Portugal.
• Que la diputada Adriana Espinoza de los Monteros García cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Vietnam.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 3 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
• Que el diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Cuba.
• Que el diputado Irineo Molina Espinoza cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-España.
• Que el diputado Miguel Ángel Márquez González cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-España.
• Que el diputado Irineo Molina Espinoza cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Cuba.
• Que el diputado Miguel Ángel Márquez González cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México- Cuba.
• Que el diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza cause alta como vicepresidente del Grupo de Amistad México-Cuba.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
Palacio Legislativo, San Lázaro, Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
• Que el diputado Alfredo Femat Bañuelos cause alta como presidente del Grupo de Amistad México-Vietnam.
• Que el diputado Benjamín Robles Montoya cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Vietnam.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Respetuosamente
Diputado Mario Martín Delgado Carrillo (rúbrica)
De los diputados Olga Patricia Sosa Ruiz, Reginaldo Flores Sandoval, Ana Priscila González García, Verónica Beatriz Juárez Piña y Emmanuel Reyes Carmona, por las que solicitan el retiro de iniciativas y proposición con punto de acuerdo
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley General de Turismo, y que fue turnada para su dictamen a la Comisión de Turismo, con el compromiso de continuar trabajando en la materia con la asesoría de las comisiones y de la Secretaría de Turismo.
Agradezco tenga a bien girar las debidas instrucciones a quien corresponda para la logística de dicha actividad.
Sin más por el momento quedo de usted para cualquier aclaración o duda al respecto.
Atentamente
Diputada Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro a 7 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para eliminar las medidas arbitrarias que restringen el libre acceso de todos los servidores de autotransporte en cualquiera de sus modalidades a puertos marítimos y aeropuertos federales, con el compromiso de continuar trabajando en la materia con la asesoría de la Comisión de Comunicaciones y Transportes.
Agradezco tenga a bien girar las debidas instrucciones a quien corresponda para la logística de dicha actividad.
Sin más por el momento quedo de usted para cualquier aclaración o duda al respecto.
Diputada Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
Presente
Sirva la presente para enviarle un cordial saludo y solicitarle amablemente y con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de Cámara de Diputados, que la iniciativa con:
Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 26, fracción I, de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural.
Del diputado proponente Reginaldo Flores Sandoval.
Presentada el 17 de julio de 2019.
Turnada a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.
La cual pretende eliminar de los requisitos para ser socio de un. fondo de aseguramiento la cláusula de exclusión de extranjeros.
Publicada en la Gaceta Parlamentaria del 23 de julio de 2019.
Sea retirada, para efecto de profundizar sobre su contenido y, en su caso, poder presentarla posteriormente.
Sin más por el momento, agradezco su atención y le reitero mis más apreciables consideraciones.
Atentamente
Diputado Reginaldo Flores Sandoval (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito atentamente, ordene se retire de los registros parlamentarios, la siguiente:
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, publicada en la Gaceta Parlamentaria número 5248-VII, el 2 de abril de 2019.
Presentada por la diputada Ana Priscila González García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Sin otro particular por el momento, le envío cordiales saludos.
Atentamente
Diputada Ana Priscila González García (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2019,
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle atentamente que sea retirada la siguiente iniciativa suscrita por una servidora y la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora:
• Que reforma, y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, presentada el 27 de noviembre de 2018 ante el pleno de esta soberanía, misma que fue turnada a la Comisión de Justicia con opinión de la Comisión de Salud.
Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.
Atentamente
Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle atentamente que sea retirada la siguiente iniciativa suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario PRD:
• Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley de Impuesto al Valor agregado, a fin que las librerías tengan un régimen “tasa cero”, presentada el 11 de diciembre de 2018, ante el pleno de esta soberanía, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.
Atentamente
Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle atentamente que sea retirada la siguiente iniciativa suscrita reforma por una servidora y diputados integrantes del Grupo Parlamentario PRD:
• Que reforma, diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 18 de octubre de 2018 ante el pleno de esta soberanía, misma que fue tunada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.
Atentamente
Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de octubre del 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Por este conducto me dirijo a usted para solicitar el retiro de un punto de acuerdo que exhorta al gobernador del estado de Guanajuato para que establezca una estrategia preventiva en las políticas públicas en materia de derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género, así como emitir órdenes de protección y generar campañas de prevención.
Lo anterior con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un afectuoso saludo.
Atentamente
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a los gobiernos locales a implantar campañas encaminadas a prevenir la desaparición de niños y adolescentes
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
En ejercicio de la facultad conferida a la licenciada Rosa Icela Rodríguez Velázquez, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción II del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, relativa a la conducción de las relaciones de la jefa de Gobierno con los organismos y poderes públicos locales y federales; y a lo dispuesto en los artículos 7, fracción I, inciso B), y 55, fracciones XVI y XVII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, por este medio adjunto el oficio DIF-CDMX/DG/DEJN/169/2019, de fecha 24 de septiembre de 2019, signado por el doctor Francisco Antonio Santamaría Damián, director ejecutivo jurídico y normativo en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, mediante el cual remite la respuesta al punto de acuerdo emitido por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y comunicado mediante el similar D.G.P.L.64-II-2-413.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez (rúbrica)
Director General Jurídico y de Enlace Legislativo
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019
Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez
Director General Jurídico y de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México
Presente
Por instrucciones de la licenciada Esthela Damián Peralta, directora general del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, me dirijo a usted en relación a su oficio SG/DGJyEL/PA/DIP/00083.1/2019, mediante el cual refiere el similar D.G.P.L.64-II-2-413, suscrito por la vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por el que se hace del conocimiento un punto de acuerdo aprobado en los siguientes términos:
“Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las entidades federativas a implementar las campañas informativas y de orientación encaminadas a prevenir la desaparición de niñas, niños y adolescentes.” (sic)
Al respecto, me permito hacer de su conocimiento que este Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, a través de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se adhiere a las actuaciones que en el marco de su competencia establece la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de Derechos de Niña, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, así como el Estatuto Orgánico de este organismo, en ese sentido las campañas de prevención relacionadas con derechos de niñas, niños y adolescentes son generadas por el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes (Sipinna), diseñado para la alineación, transversalización e implementación de las políticas públicas con perspectiva de derechos humanos de la infancia y adolescencia en los Órganos, Entidades, mecanismos, instancias, leyes, normas, políticas, servicios y presupuestos en todos los niveles de gobierno, para respetar, proteger, restituir y restablecer los derechos de las niñas, niños y adolescentes y reparar el daño ante la vulneración de los mismos.
En tal contexto, el 25 de abril de 2019 se instaló la Comisión de Prevención de Todo Tipo de Violencia del Sipinna, Ciudad de México, espacio de deliberación, discusión y análisis donde convergen secretarías, representantes de la sociedad civil, especialistas en la materia, así como niñas, niños y adolescentes integrantes de los espacios de participación infantil del DIF-Ciudad de México.
Dicha comisión contará con un apartado para la discusión, análisis y diseño de campañas informativas y de orientación encaminadas a prevenir la desaparición de Niñas, Niños y Adolescentes.
Con independencia de lo anterior, los 35 centros asistenciales de desarrollo infantil de este sistema se encuentran con vigilancia y con medidas de prevención y seguridad, tales como el registro de las personas autorizadas para la recepción y entrega de las niñas y niños beneficiarios; en caso de que la persona autorizada no se presente a recoger a la niña o niño al término de la jornada escolar, se procede a localizar a la madre, padre y/o tutor vía telefónica, en caso de no obtener respuesta, se notifica a la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, o bien, a la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes para~ atención procedente.
Es importante mencionar que para el DIF-Ciudad de México es prioritario dar continuidad a todas y cada una de las acciones encaminadas a la protección de las niñas, niños y adolescentes de la Ciudad de México, trabajando de manera conjunta y coordinada con todos los actores de la sociedad, a fin de evitar todo tipo de violencia principalmente en este sector de la población, teniendo como base fundamental el respeto a los derechos humanos.
Sin más por el momento aprovecho la ocasión para mandarle un cordial saludo.
Atentamente
Doctor Francisco Antonio Santamaría Damián (rúbrica)
Director Ejecutivo Jurídico y Normativo
(Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento.)
De la Comisión Nacional del Agua, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortarla a emitir la declaratoria de clasificación de zona de alto riesgo por inundación del arroyo Topo Chico, elaborar el atlas de riesgo respectivo e implantar acciones para revestir y ampliar el cauce de aquél, en San Nicolás de los Garza, NL
Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2019.
Diputada María de los Dolores Padierna Luna
Cámara de Diputados LXIV Legislatura
Presente
Distinguida diputada
Me refiero a su oficio D.G.P.L. 64-II-8-2079, dirigido a la doctora Blanca Jiménez Cisneros, directora general de esta Comisión Nacional del Agua, en donde remite el punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Conagua a emitir la declaratoria de clasificación de zona de alto riesgo por inundación al arroyo Topo Chico, elabore el atlas de riesgo correspondiente e implemente las acciones necesarias para el revestimiento y ampliación del cauce del arroyo Topo Chico en San Nicolás de los Garza, Nuevo León.
Anexa le hago llegar la comunicación emitida por la Subdirección General Técnica y por la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Doctor José Antonio Barrios Pérez (rúbrica)
Jefe de la Oficina de la Dirección General
Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2019.
Doctor. José Antonio Barrios Pérez
Jefe de la Oficina de la Dirección General
Presente
Me refiero a su atento memorando número B00.00.01.-352, de fecha 10 de septiembre del presente, mediante el cual solicita elaborar nota informativa sobre el punto de acuerdo donde se exhorta a la Conagua, a emitir la declaratoria de clasificación de zona de alto riesgo por inundación del arroyo Topo Chico, elaborar el atlas de riesgo correspondiente e implementar las acciones necesarias para el revestimiento y ampliación del cauce del arroyo en comento.
A ese respecto, me permito comentar lo siguiente:
• En 2014 se realizó la caracterización fluvial e hidráulica de la zona metropolitana de Monterrey: Ríos Pesquería, Santa Catarina y Río San Juan, determinando que el arroyo Topo Chico se encuentra en una zona de peligro por inundación. Los resultados de dicho análisis se pueden consultar en la siguiente dirección:
http://atlasnacionalderiesgos.gob.mx/archivo/visor-capa s.html.
• Para la implementación de acciones necesarias para el revestimiento y ampliación del cauce, el municipio deberá acercarse ante esta Conagua, a través del Organismo de Cuenca Río Bravo, con el objetivo de formular el anteproyecto de ampliación del cauce del arroyo Topo Chico, así como para la gestión del recurso necesario.
Sin otro particular y en espera de que la información sea de utilidad, le envío un cordial saludo. Atentamente
Doctor Víctor Hugo Alcocer (rúbrica)
Subdirector General Técnico
(Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para su conocimiento)
De la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortarla a levantar con la SEP y autoridades universitarias públicas y privadas un censo en las instituciones escolares de ambos tipos y determinar si cuentan o no con espacio propicio para desarrollar los programas de activación física de los educandos en el país
Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Por medio del presente, y en atención al oficio número D.G.P.L. 64-II-1-0796, en el cual se informa sobre el acuerdo aprobado en la sesión celebrada el 25 de abril del presente año, el cual se transcribe a continuación:
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, así como a las autoridades universitarias públicas y privadas para que fortalezcan la promoción y la aplicación de conocimientos científicos en materia de activación física, cultura física y deporte.
Al respecto, me permito adjuntar 2 fojas útiles en las cuales se informa por parte de la Subdirección de Cultura Física de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte la situación del exhorto previamente mencionado.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Marisela Rafael de la Cruz (rúbrica)
Coordinadora de Normatividad y Asuntos Jurídicos
Ciudad de México, a 23 de agosto de 2019.
Nancy Shycarú García Ibarra
Subdirectora de Normatividad y Enlace Interinstitucional
Presente
En atención a su memorándum número CNyAJ/SNyEI/266/20l9, mediante el cual hace alusión al oficio número D.G.P.L. 64-II-1-0796, signado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, vicepresidenta de Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el cual se informa el punto de acuerdo aprobado en la sesión del día 25 de abril del presente año, que a la letra dice:
“Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, así como a las autoridades universitarias públicas y privadas para que fortalezcan la promoción y la aplicación de conocimientos científicos en materia de activación física, cultura física y deporte.”
Al respecto, hago de su conocimiento que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a través de la coordinación de la Dirección de Proyectos Especiales y la Dirección de Activación Física y Recreación en conjunto con la Dirección de Activación Física y Recreación, iniciará las gestiones con la Secretaría de Educación Pública para dar inicio a las reuniones de trabajo, a fin de establecer los mecanismos de operación para la promoción y aplicación de la activación física, la cultura física, el deporte y conocimientos científicos en matera de activación física.
En ese sentido, la Dirección de Activación Física y Recreación estará al pendiente de que se lleve a cabo dicha promoción.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Merle Romero Jaimes (rúbrica)
Coordinadora Ejecutiva
Subdirección de Cultura Física
(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento.)
De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a la Coordinación Nacional de Protección Civil a emitir la declaratoria de emergencia para San Nicolás de los Garza, NL, y liberar los recursos del Fonden, ante los devastadores efectos de la depresión tropical Fernand
Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2019.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presentes
En respuesta del oficio número DGPL 64-II-8-2078, signado por la diputada Dolores Padierna Luna, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar SSPC/ SPPPCCP/ CNCP/ DGGR/ 00770/ 2019, suscrito por la doctora Brisna Michelle Beltrán Pulido, directora general para la Gestión de Riesgos de la Coordinación Nacional de Protección Civil, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a emitir la declaratoria de emergencia para San Nicolás de los Garza, Nuevo León, y liberen los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, ante los efectos devastadores ocasionados por la depresión tropical Fernand.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2019.
Emilio de Jesús Saldaña Hernández
Titular de la Unidad de Enlace
Secretaría de Gobernación
Presente
Hago referencia al oficio número SG/ UE/ 311/ 1280/ 19, respecto al cual comunica el siguiente punto de acuerdo:
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, y de Hacienda y Crédito Público, para que en el marco de sus atribuciones, emitan la declaratoria de emergencia para San Nicolás de los Garza, Nuevo León, y liberen los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, ante los efectos devastadores ocasionados por la depresión tropical Fernand y el inminente auxilio de la población cuya seguridad e integridad están en riesgo.
Al respecto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 24, fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y toda vez que la solicitud que nos ocupa fue turnada a la Dirección General para la Gestión de Riesgos para su atención, se emiten las siguientes consideraciones:
I. Para la atención de algún fenómeno natural perturbador, con base en el acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias Fonden (DOF, 3 de julio de 2012), la Coordinación Nacional de Protección Civil emite declaratorias de emergencia, a solicitud del titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa afectada (o, en su caso, por el servidor público del nivel jerárquico inmediato inferior con facultades para ello) y que tienen como finalidad el suministro de insumos (productos consumibles –despensas alimenticias, agua para beber, medicamentos, etcétera–, productos duraderos –artículos de abrigo y protección como colchonetas, cobertores, láminas, bolsas para cadáveres, costales, hule o plásticos para evitar que traspase el agua proveniente de lluvias o fenómenos naturales similares en las viviendas de los damnificados. herramientas, artículos de limpieza. artículos de aseo personal, mochilas aspersoras para la atención de incendios forestales– y servicios –fletes o transportes, combustible, etcétera–, según el anexo l de los lineamientos) para responder de manera inmediata y oportuna a las necesidades urgentes para la protección de la vida y la salud de la población ante la inminencia, la alta probabilidad u ocurrencia de tales fenómenos.
Visto lo anterior, le comunico que durante el ejercicio fiscal de 2019 el gobierno de Nuevo León no ha solicitado la emisión de alguna declaratoria de emergencia por la ocurrencia del fenómeno natural perturbador que menciona en el punto de acuerdo, por lo cual no se ha iniciado el procedimiento de acceso a los recursos económicos con cargo al Fondo de Desastres Naturales en dicha demarcación territorial.
No obstante, se informa que el 20 de septiembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de desastre natural por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial en 34 municipios de Nuevo León (entre ellos San Nicolás de los Garza). Se anexa declaratoria para su pronta referencia.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Doctora Brisna Michelle Beltrán Pulido (rúbrica)
Directora General para la Gestión de Riesgos
(Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para su conocimiento.)
De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a la Secretaría de Bienestar a cumplir las “propuestas” formuladas por la CNDH en el Informe especial sobre el desplazamiento forzado interno en México
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
En respuesta al oficio número DGPL 64-II-2-408 signado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGVI/913/2019 suscrito por el maestro Iván Rico López, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Bienestar, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo a dar cumplimiento a las “propuestas” formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su Informe Especial sobre el Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México, publicado en mayo de 2016.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace de la Subsecretaría de Gobierno
Ciudad de México, a 10 de septiembre de 2019.
Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández
Titular de la Unidad de Enlace de la Subsecretaría de Gobierno
Secretaría de Gobernación
Presente
En respuesta a su oficio número UAGCT/500/08309/2019, en el cual solicita atender el oficio número DGPL 64-II-2-408, signado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el que comunica que el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 14 de febrero del actual, cuyos resolutivos cito:
“Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las autoridades federales (en su denominación actual), a efecto de que en los ámbitos de sus respectivas competencias y en la manera que les fue indicado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México, publicado en mayo de 2016, den cumplimiento a las “propuestas” formuladas en el citado informe. Igual exhorto se realiza a la Fiscalía General de la República, bajo los lineamientos indicados, no obstante que no fue mencionada de manera expresa en dicho informe. Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas que enfrentan una situación de desplazamiento forzado interno, así como a sus respectivos congresos, a efecto de que en el ámbito de sus competencias den cumplimiento a lo indicado en los puntos 10 y 11 del apartado de propuestas del Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México; publicado en mayo de 2016, por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a los municipios del país que enfrentan una situación de desplazamiento forzado interno, a efecto de que en el ámbito de sus competencias den cumplimiento a lo indicado en el punto 12 del apartado de propuestas del Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México, publicado en mayo de 2016, por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.”
Respecto al primer punto del acuerdo, se advierte que, en el informe señalado sobre el DFI, la Secretaría de Desarrollo Social hoy Secretaría de Bienestar, solamente posee una sola recomendación: “Coordinarse con las instituciones gubernamentales competentes para implementar mecanismos que faciliten el acceso directo de la población desplazada a programas sociales en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, agua, saneamiento, empleo y fomento a la producción”.
En este sentido, le comentó que en este ejercicio fiscal la Secretaría de Bienestar ha implementado las siguientes acciones en beneficio de las personas desplazadas, en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca.
Derivado del nuevo enfoque de la política de bienestar que actualmente se implementa, la Secretaría de Bienestar enfoca la mayor parte de su presupuesto asignado a los siguientes programas prioritarios: Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, Programa de Pensión para el Bienestar de Personas con Discapacidad Permanente y Sembrando Vida, los cuales dan prioridad a la población indígena y de zonas de alta marginación.
A pesar de que la Secretaría de Bienestar ya no cuenta con programas destinados al empleo, vivienda, mejoramiento urbano o con herramientas como IMSS-Prospera, ha estado al pendiente de la situación, por ejemplo, la Secretaría de Salud, en conjunto con otras dependencias federales, puso en marcha un modelo de atención médica a través de unidades móviles itinerantes conocido como Salud Pacífica para la población desplazada de la zona de los Altos de Chiapas, atendiendo a 18 localidades de Aldama y Chenalhó, con estas acciones se ha reportado un avance en la reconstrucción del tejido social.
Atención
Maestro Iván Rico López (rúbrica)
Director General
(Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas, para su conocimiento.)
De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a la SEP a realizar una campaña informativa dirigida a niños y adolescentes para crear conciencia sobre los principales riesgos del uso desmedido de plásticos y la importancia de cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
En respuesta al oficio número DGPL 64-II-6-0752 signado por la diputada Dulce María Sauri Riancho, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 JOS/CECU/1416/19 suscrito por la ciudadana Maricela Contreras Julián, coordinadora de Enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a realizar una campaña informativa dirigida a las niñas, niños y adolescentes, a través de la cual se concientice sobre los principales riesgos del uso desmedido de plásticos y la importancia de cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
Ciudad de México, a 17 de septiembre de 2019.
Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente
En atención al oficio número SELAP/UEL/311/1075/19 del 29 de abril del presente año, mediante el cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación informó al maestro Esteban Moctezuma Barragán, secretario de Educación Pública, el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, que refiere el exhorto para realizar una campaña informativa dirigida a las niñas, niños y adolescentes, a través de la cual se concientice sobre los principales riesgos del uso desmedido de plásticos y la importancia de cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
Sobre el particular, remito copia de nota informativa signada por el licenciado Orlando Ríos Méndez, director de área de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa de la Subsecretaría de Educación Básica, a través del cual da respuesta al resolutivo.
Finalmente, a través de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa, y esta Coordinación de Enlace, estaremos atentos a la resolución que adopte la Subsecretaría de Educación Media Superior.
Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Maricela Contreras Julián (rúbrica)
Coordinadora de Enlace
Ciudad de México, a 25 de junio de 2019.
Para: Miguel Enrique Lucia Espejo
Titular de la Unidad de Enlace
De: Orlando Ríos Méndez
Director de Área de la DGDGE
En atención a su oficio SELAP/UEL/311/1075/19, por el cual comunica el acuerdo aprobado por el pleno del honorable Congreso de la Unión el 25 de abril de 2019, que a continuación transcribo:
“Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de Poderes, exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que realice una campaña informativa dirigida a las niñas, niños y adolescentes, a través de la cual se concientice sobre los principales riesgos del uso desmedido de plásticos y la importancia, de cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.”
Informo a usted que la Secretaría de Educación Pública en el compromiso de alcanzar la meta de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en específico la de “Mejorar la educación, la sensibilización y la capacidad humana e institucional respecto de la mitigación del cambio climático, la adaptación a él, la reducción de sus efectos, y la alerta temprana, está en un proceso de reorganización del funcionamiento de la escuela, por lo tanto, las acciones de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión emprende a través de sus diferentes programas favorecen a la atención a la problemática del cambio climático, no sólo a través de una campaña, sino en lograr mejores aprendizajes a través de una educación con una orientación integral contribuyendo a fortalecer el aprecio y respeto a la naturaleza.
Sin otro particular, reciba un afectuoso saludo.
Atentamente
Orlando Ríos Méndez (rúbrica)
Director de Área de la DGDGE
(Se turna a la Comisión de Educación, para su conocimiento.)
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe bimestral sobre la ejecución de los programas y las actividades gubernamentales correspondiente al cuarto bimestre del ejercicio fiscal de 2019
Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2019.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presentes
Por este medio me permito hacer de su conocimiento que mediante el oficio número UNM/ DGNC/ 1150/ 19, el maestro Rafael Márquez Meza, director general de Normatividad de Comunicación de la Unidad de Normatividad de Medios, envía el informe bimestral sobre la ejecución de los programas y las actividades gubernamentales correspondiente al cuarto bimestre del ejercicio fiscal de 2019, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Comunicación Social, a efecto de que por su amable conducto sea enviado a la Comisión de Radio y Televisión de ese órgano legislativo.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes copia del oficio a que me he referido, así como el anexo que en él se cita, y disco compacto.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2019
Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Comunicación Social, adjunto en medio electrónico el informe bimestral sobre la ejecución de los programas y las actividades gubernamentales registrados en esta dirección general correspondiente al cuarto bimestre del ejercicio fiscal de 2019.
Lo anterior, con la atenta solicitud de que por su amable conducto esta información sea remitida a la Comisión de Radio y Televisión competente de la Cámara de Diputados, de conformidad con lo previsto en la fracción IX del artículo 17 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Maestro Rafael Márquez Meza (rúbrica)
Director General de Normatividad de Comunicación
De la Cámara de Senadores, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a los gobiernos locales; titulares de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles; y organismos autónomos federales y estatales a promover el respeto de los ciclistas a fin de reducir el número de accidentes, especialmente en zonas urbanas, e implantar mobiliario destinado al estacionamiento de bicicletas en edificios públicos
Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Por este medio, y en atención del oficio número DGPL 64-II-6-0759, de fecha 25 de abril de 2019, signado por la diputada Dulce María Sauri Riancho, me permito remitirle de manera anexa a la presente la información relativa a la infraestructura con que cuenta el Senado de la República en materia de estacionamiento para bicicletas, derivado del exhorto emitido por el pleno de la Cámara de Diputados en la misma fecha, que a la letra dice:
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezcan las acciones que ayuden a promover el respeto de los ciclistas, a fin de reducir el número de accidentes, especialmente en las zonas urbanas.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, así como de los organismos autónomos federales y estatales, a promover e implantar mobiliario urbano para el estacionamiento de bicicletas en los edificios públicos que ocupan.
Asimismo, le solicito atentamente que remita dicha información a las Comisiones de Comunicaciones y Transportes; y de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, a que puedan analizarla.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Senadora Patricia Mercado Castro (rúbrica)
Presidenta de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad
(Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su conocimiento.)
De la Cámara de Senadores, mediante la cual remite proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a adicionar en el proceso de elaboración, discusión y aprobación del dictamen con proyecto de decreto de la LIF de 2020 un artículo transitorio sobre el financiamiento de las instituciones, asociaciones y sociedades deportivas del sector privado, presentada por el senador Juan Manuel Fócil Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Juan Manuel Fócil Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para que en el proceso de discusión y aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, adicione un artículo transitorio.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
El suscrito, senador integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II; 108, numerales 1 y 2; 109 y 276 numeral 1, fracción I, del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta honorable soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que en el proceso de discusión y aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, adicione un artículo transitorio, en los siguientes términos:
Antecedentes
1. El 12 de octubre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona un párrafo décimo al artículo 4o. y se reforma la fracción XXIX-J del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quedando constituido el derecho humano a la cultura física y deporte, quedando el Estado como el responsable para su promoción, estímulo y fomento; a fin de lograr dicho objetivo, atendiendo a la estructura orgánica de la administración pública federal, será la Secretaría de Educación Pública, por medio de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), quien desempeñe tal labor, a través de diversas políticas públicas.
Cabe mencionar que, desde la creación de la Conade, ha sido rectora de distintos programas, en el 2010 que se implementó el programa Sistema Mexicano de Alto Rendimiento, cuyo principal objetivo versaba en el mejoramiento de los resultados deportivos de atletas de las preselecciones y selecciones nacionales en las disciplinas del ciclo olímpico y paralímpico, vigente hasta 2015.
Exposición de Motivos
2. Conforme a la Estructura Programática a emplear en el Presupuesto de Egresos 2016 , el Sistema Mexicano de Alto Rendimiento pasó a fusionarse con otros dos programas (Cultura Física y Deporte), conglomerando sus objetivos respectivos, para dar nacimiento al actual Programa de Cultura Física y Deporte, atendiendo al sentido común podemos advertir que aunque los tres programas compartían un área específica como lo son las actividades físicas y el deporte, su línea de acción estaba enfocada a distintas poblaciones objetivo, entre los que se encuentran todos aquellos atletas, que por sus condiciones y cualidades físicas destacan del resto, a quienes denominamos como atletas de alto rendimiento, atendiendo la lógica, un solo programa no puede abarcar todos los objetivos que de manera individual pretendían cada uno de los programas fusionados, si bien se sigue considerando el apoyo y estímulo al deporte de alto rendimiento, no se hace de forma concreta.
3. En la última década, la inversión de recursos públicos en infraestructura y gastos de operación de diversas instituciones deportivas del sector privado se ha vuelto una constante, en un periodo que abarca de 2011 a 2017, se tuvo un gasto de 6 mil 719 millones de pesos en remodelación, construcción y mantenimiento de 39 estadios de futbol y beisbol, paradójicamente la escena del deporte nacional ha sido objeto de disminuciones en el presupuesto que se le otorga cada año, pasando de 5 mil 437 millones de pesos (PEF 2011) a mil 722 millones de pesos (PEF 2019) .
Para el Ejercicio Fiscal de 2020, se pretende destinar un monto total de 2, 775, 204,320 millones de pesos al rubro de deporte, de los cuales 2, 099, 973,808 millones de pesos serán para el Programa de Cultura Física y Deporte, cantidad que, aunque se incrementó respecto del ejercicio pasado, sigue siendo menor en comparación de los primeros años de esta década.
4. De 2011 a 2015, del monto asignado al deporte , sólo una décima parte se destinó al Programa Sistema Mexicano de Alto Rendimiento, es decir, un promedio de 620 millones de pesos, muestra clara del desinterés que impera en la mayoría de los gobernantes, despreocupados por fomentar el desarrollo de la escena deportiva nacional.
5. De conformidad con la fracción IV del artículo, 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el pasado 8 de septiembre de 2019, el titular del Ejecutivo federal hizo llegar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la iniciativa de la Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.
A través de estas políticas de ingreso y gasto es posible alcanzar los objetivos del gobierno, entre ellos, garantiza; la satisfacción de los derechos fundamentales que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (libertad, seguridad, alimentación, educación, salud, vivienda digna, etcétera), siempre y cuando tengan un adecuado manejo y asignación para lograr el Estado eficaz.
Ahora bien, para poder aprobar el gasto de un ejercicio fiscal, es necesario que primero se apruebe el origen de los recursos.
6. Cabe mencionar que en la Ley de Ingresos de la Federación se señalan los conceptos sobre los cuales se captarán recursos para cubrir los gastos de la Federación para el ejercicio fiscal posterior (ingresos del Gobierno federal; ingresos de organismos y empresas; e ingresos derivados de financiamientos), haciendo evidente la necesidad de trazar una planeación estratégica, programática y presupuestal, a fin de contar con una distribución eficaz de los recursos públicos, que permita cumplir con las demandas sociales.
7. En ese orden de ideas, para el Ejercicio Fiscal de 2020 se tiene una proyección de ingresos superior a los 6 billones de pesos , por tal motivo, el presente punto de acuerdo busca exhortar a la Cámara de Diputados, considere adicionar un décimo cuarto artículo transitorio a la Ley de Ingresos, para que del total de estos ingresos, no se destine un solo peso al financiamiento de instituciones deportivas del sector privado , pretendiendo con ello, que las autoridades en sus respectivas competencias fomenten el desarrollo de políticas deportivas, que fortalezcan a los atletas de alto rendimiento a nuestro país.
8. A manera de conclusión, podemos constatar que no es una prioridad de los gobiernos tanto federal, estatal y municipal fomentar de manera real el deporte, y mucho menos el deporte de alto rendimiento, haciendo caso omiso a las obligaciones que la Constitución le ha conferido al Estado, por tal motivo, aún estamos a tiempo de cambiar esta situación, debemos darle importancia a aquellas personas que dejan en alto el nombre de México en el mundo.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de esta honorable Cámara de Senadores, de urgente resolución la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que en el proceso de elaboración, discusión y aprobación del dictamen con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, adicione un artículo transitorio a efecto de establecer que no se destinarán recursos públicos para financiar a las instituciones, asociaciones y sociedades deportivas del sector privado reconocidas en el capítulo II del título segundo de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Senado de la República, a 23 de septiembre de 2019.
(Rúbrica)
De la Cámara de Senadores, mediante la cual remite siete proposiciones con puntos de acuerdo a fin de solicitar a la Cámara de Diputados que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del PEF de 2020 considere y destine recursos para varios rubros, suscritas por senadores de diversos grupos parlamentarios
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Nuvia Mayorga Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo a fin de solicitar a la Cámara de Diputados y, en específico, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que en el proceso de discusión y aprobación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020 se destinen recursos suficientes al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que en el ejercicio del presupuesto se asignen recursos suficientes para el cumplimiento de los objetivos del mismo instituto.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
La suscrita, senadora Nuvia Mayorga Delgado, del Grupo Parlamentario del PRI en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno del Senado de la República la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Cámara de Diputados y, en específico, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que durante el proceso de discusión y aprobación del PPEF de 2020 y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que durante el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020 se asignen recursos por la cantidad de 8 mil 485 mdp, recursos suficientes para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, al tenor de los siguientes
Antecedentes
1. El 8 de septiembre del presente año, el secretario de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera Gutiérrez, entregó a la Cámara de Diputados el paquete económico de 2020.
2. En el ejercicio presupuestal de 2019 se destinaron recursos por 6 000.5 millones de pesos.
3. En el PPEF de 2020 se está considerando la cantidad de 3 mil 515.3 millones de pesos para el cumplimiento de los objetivos del INPI.
Consideraciones
Como se detalla en los antecedentes, el Congreso de la Unión recibió el pasado 8 de septiembre el paquete presupuestal de manos del secretario de Hacienda. Dicho paquete incluye los Criterios Generales de Política Económica, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.
El proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación destina recursos por 6 billones 96 mil 335 millones 800 mil pesos para 2020 (PPEF 2020), el cual presenta un incremento de 4 por ciento nominal respecto a 2019, el cual presentó recursos por 5 billones 838 mil 059 millones 700 mil pesos.
Sin embargo, aunque se presenta un aumento en cuanto al recurso total, ciertos rubros resultan afectados por disminuciones en el gasto público, entre los que resaltan áreas de salud, turismo, pero sobre todo preocupa el recorte que se está realizando al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.
Dicho instituto es la autoridad del Poder Ejecutivo federal en los asuntos con pueblos indígenas y afromexicanos, el cual tiene como objeto definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, los programas, los proyectos, las estrategias y las acciones públicas para garantizar el ejercicio y la implantación de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, así como el desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los pueblos indígenas son los que asumen una identidad étnica con base en su cultura, sus instituciones y una historia que los define como los pueblos autóctonos del país.
El Estado mexicano reconoce a los pueblos indígenas al definirse en el artículo 2o. de la Constitución Política como una nación multicultural fundada en sus pueblos indígenas. De hecho, este año se realizó una modificación para incluir a los pueblos afromexicanos entre los pueblos indígenas del país.
De igual modo, la federación deberá establecer las políticas necesarias para el desarrollo integral de los pueblos y las comunidades, a fin de abatir las carencias y los rezagos que afectan a los pueblos y las comunidades. Para esto, la autoridad tiene la obligación de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas, garantizar el incremento de los niveles de escolaridad, asegurar el acceso a los servicios de salud, extender la red de comunicaciones, apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable. Para todo esto, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión establecerá las partidas específicas para el cumplimiento de estas obligaciones. Dichas partidas tendrán que estar en los Presupuestos de Egresos que aprueben.
Como marca la Carta Magna, es necesario brindar los recursos necesarios al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Sin embargo, en el proyecto de Presupuesto de Egreso de la Federación para 2020 que se presenta, dichos recursos son menores en 41.4 por ciento a este año. A continuación se muestra cómo se ha comportado el Presupuesto durante los últimos 7 años:
Como se observa en la gráfica anterior, el presupuesto que se otorga a los pueblos indígenas es cada vez menor. Para el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020 se destinan 3 mil 515 millones de pesos; mientras, en 2019 se destinaron recursos por 6 mil millones de pesos. Esto quiere decir que hoy el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas presenta un recorte de 41.4 por ciento, el cual asciende a 2 mil 485 millones de pesos que se recortaron.
Consideramos necesarios respetar el presupuesto que se asignó en 2019, e incrementándolo con el valor inflacionario de 3 por ciento, lo que nos daría una cantidad de 6 mil 180.5 millones de pesos.
Es muy preocupante cómo hoy se presenta dicho recorte, pues el país es el tercero con mayor número de pueblos indígenas en América Latina, con 68 pueblos indígenas, justo después de Brasil, con 241 pueblos, y Colombia, con 83.
Los pueblos indígenas son un eslabón fundamental en el arduo e imparable proceso de trasmutación de la vida nacional y la evolución de la vida pública, son vivos ejemplos del devenir de la historia mexicana. Su protección jurídica, operacional y presupuestal debe ser materia constante del Congreso.
No destinar recursos suficientes para el año siguiente significaría exponer las lenguas originarias que se encuentran en riesgo a su completa desaparición, las cuales son chinanteco central bajo, chontal de Oaxaca bajo, ayapaneco, chocho o chocholteco, ixcateco, lacandón, mochó, seri, náhuatl de Jalisco, náhuatl de Tabasco, náhuatl de Tetelcingo, kiliwa, paipai, mixteco del sureste central, otomí de Ixtenco, otomí de Tilapa, totonaco de Misantla.
De igual modo, significa poner en riesgo a todas las comunidades que subsisten por medio de su trabajo artesanal, beneficiadas a través de los proyectos productivos que se destinan por medio del instituto. Con ese recorte presupuestal tan alto, estos programas serán afectados, por lo que las comunidades no recibirán los apoyos necesarios.
Como legisladores y mexicanos, no podemos permitir que esto suceda, y menos cuando la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas declaró 2019 como Año Internacional de las Lenguas Indígenas.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta asamblea los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados y en específico a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que dentro de la discusión y aprobación del PEF de 2020 destine los recursos suficientes al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para que dicho monto sea igual o mayor que el presupuestado en el ejercicio fiscal de 2019, alcanzando la cantidad de 6 mil 180.5 mdp.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que durante el ejercicio presupuestal de 2020 erogue los recursos presupuestales suficientes al INPI para el debido cumplimiento de sus funciones.
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, durante el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, a 24 de septiembre de 2019.
Senadora Nuvia Mayorga Delgado (rúbrica)
Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el marco de la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020, se asigne un presupuesto de cuando menos 5 millones de pesos para cada uno de los planteles del bachillerato intercultural en el país, en especial a los 8 planteles de Guerrero.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
El que suscribe, Manuel Añorve Baños, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 276, numerales 1) y 2), del Reglamento del Senado de la República, se permito someter a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En el ciclo escolar 2005-2006 se creó la propuesta del bachillerato intercultural (BI) en los estados con mayor índice de población indígena.
Desde sus inicios se planteó como una forma de atender la diversidad cultural del país desde un enfoque intercultural y como un proyecto educativo complejo donde, entre otros aspectos, se trata de modificar las consecuencias de partir de una cultura dominante que determina todo lo que se espera saber o conocer mediante el acto educativo.
El bachillerato intercultural es un modelo educativo destinado a los egresados del último nivel de la educación básica, centrado en una visión pluralista de la sociedad.
Dicho modelo parte del principio de que las personas, las comunidades y las culturas que componen la nación son diversas, por lo que merecen reconocimiento y trato equitativo.
La disminución de hablantes de lenguas indígenas, el crecimiento de la escolaridad y el deterioro de la vida comunitaria sitúan hoy a los jóvenes que habitan en las regiones indígenas en condiciones difíciles para reproducir sus formas de vida y sus visiones del mundo.
El BI, como modelo educativo de inclusión social
1. Incorpora los saberes de los pueblos indígenas y establece un diálogo con los contenidos del currículum nacional;
2. Es de alto desempeño, en la medida en que ofrece un fortalecimiento académico y de nivelación, sin descuidar las exigencias de este tipo educativo;
3. Es pertinente porque atiende a las necesidades de los jóvenes provenientes de regiones indígenas;
4. Es flexible porque se articula plenamente con las competencias planteadas en el marco curricular común para el ingreso al sistema nacional de bachillerato (SNB);
5. Es multilingüe porque plantea el uso de una lengua indígena, del español y del inglés como instrumentos de comunicación social, como parte de la formación integral;
6. Cuenta con un perfil docente de alta calidad disciplinaria y pedagógica con dominio del enfoque intercultural;
7. El mapa curricular, desarrollado por especialistas y expertos en el enfoque intercultural, establece campos disciplinarios acordes con las exigencias del SNB; y
8. Asimismo, plantea dos vertientes de especialización: una propedéutica y otra de formación profesional técnica, que lo complementan y enriquecen.
Los bachilleratos interculturales que operan en la actualidad tienen como intencionalidad educativa explícita propiciar el fortalecimiento de la identidad y de la pertenencia cultural de los estudiantes, así como revitalizar las lenguas indígenas, el diálogo de saberes entre las culturas y la formación profesional técnica como una herramienta de apoyo para el estudiante (https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file1250924/BachilleratoInte rcultural.pdf).
En Guerrero, los 8 planteles del BI atienden a 700 alumnos de las zonas indígenas de la Montaña, en Acatepec, Copanatoyac, San Luis Acatlán, Metlatnoc, Ometepec y Xalpatlahuac.
Año con año, estos planteles del bachillerato intercultural han venido formando a jóvenes guerrerenses, con un servicio educativo con pertenencia cultural, favoreciendo el desarrollo de competencias multilingües y privilegiando el manejo de las TIC, permitiendo así que los estudiantes tengan acceso a la educación superior y a una opción profesional técnica.
Por lo anterior es necesario que el gobierno federal asigne en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020 por lo menos 5 millones de pesos a cada uno de los 8 planteles del bachillerato intercultural de Guerrero para mejoramiento de su infraestructura y para su equipamiento.
Además, se requieren 700 tabletas electrónicas para los alumnos, pues en este ciclo escolar la SEP confirmó que ya no se editaron los libros de texto para los bachilleratos interculturales del país y solo se cuenta con un disco compacto que contiene los planes de estudio, pero los alumnos del BI de Guerrero no cuentan con computadoras o tabletas donde se les pueda compartir la información.
No es secreto que nuestros pueblos originarios han sido olvidados por el gobierno federal, y la única manera de liberarlos de la ignorancia y la pobreza es justamente a través de programas de educación integral, como el bachillerato intercultural.
Estamos a tiempo de enmendar la plana y dotar a los jóvenes de herramientas para salir adelante y construir un mejor futuro para ellos, sus familias y sus comunidades.
Resulta necesario y urgente exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el marco de la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020, se asignen a la SEP recursos para atender a todos los planteles del bachillerato intercultural en el país, en especial a los 8 de Guerrero.
Por las razones vertidas se somete a consideración del pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. El Senado de la República exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el marco de la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020, se asigne un presupuesto de cuando menos 5 millones de pesos para cada uno de los planteles del bachillerato intercultural en el país, en especial a los 8 planteles de Guerrero; y se prevean los recursos necesarios para la adquisición de 700 tabletas electrónicas para los 700 alumnos del bachillerato intercultural en Guerrero.
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a 26 de septiembre de 2019.
Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica)
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Marco Antonio Gama Basarte, Mauricio Kuri González, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, María Leonor Noyola Cervantes, y José Narro Céspedes, de diversos grupos parlamentarios, presentaron proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, durante el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, asigne recursos necesarios para el fortalecimiento del sector cañero.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
Los que suscriben Marco Antonio Gama Basarte, Mauricio Kuri González, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, María Leonor Noyola Cervantes, y José Narro Céspedes, senadores de la República e integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional, Verde Ecologista de México y Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción II; 95, 108 y 276, numeral 1, fracción I y numeral 2, del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, por el cual se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, que durante el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, asigne recursos necesarios para el fortalecimiento del sector cañero tanto para el estado de San Luis Potosí como para el resto del país, bajo las siguientes
Consideraciones
Los fenómenos naturales rompen cada vez con mayor frecuencia con sus ciclos normales convirtiéndose en desastres climatológicos, tanto de lluvia como de sequía en todo el mundo, sin duda en consecuencia del calentamiento global, efecto que nos hace presenciar eventos cada vez más graves, siendo el ejemplo que nos ocupa la extrema sequía que se ha vivido en México, en el caso particular del estado de San Luis Potosí, nos encontramos ante una de las sequías más severas de la historia.
San Luis Potosí al igual que otras entidades están enfrentando un riguroso estiaje, reportes de la Coordinación General de Protección Civil, Conagua y Comisión Estatal del Agua, han registrado más de 40 municipios de la zona huasteca con severos problemas de sequía grave, lo que ha ocasionado que se reporte desabasto para la atención de actividades agropecuarios y localidades en las que empieza a escasear el vital líquido para el consumo humano.
Este problema se viene presentando desde el mes de diciembre del año pasado, si bien es cierto se implementaron programas de prevención, estos no han sido suficientes, pues las altas temperaturas y falta de lluvia desde el mes de mayo ha generado un panorama crítico. De ahí que uno de los sectores que se está viendo seriamente afectado por la prolongada sequía que se vive desde 2018, son los ingenios azucareros.
En San Luis Potosí el titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos del gobierno del estado, Alejandro Cambeses Ballina confirmó, el pasado 13 de agosto del presente año, una afectación en la producción de caña de entre 35 al 40 por ciento de pérdida de la producción para el siguiente ciclo azucarero.
Tal es la situación que el pasado 2 de julio de 2019 la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) emitió y publicó en el Diario Oficial de la Federación, la declaratoria de desastre natural en el sector agrícola, pecuario, acuícola y pesquero a consecuencia de la sequía ocurrida en los meses de enero a mayo de 2019 en 44 municipios en el estado de San Luis Potosí.
Ahora, si bien es cierto que se emitió la declaratoria de desastre natural, en virtud de los daños ocasionados por dicho fenómeno meteorológico a los activos productivos elegibles de los productores agrícolas, pecuarios, acuícolas y pesqueros, del medio rural de bajos ingresos, que no cuenten con algún tipo de aseguramiento público o privado agropecuario, en el estado de San Luis Potosí.
La mencionada declaratoria se expide exclusivamente para efecto de ejercer los recursos con cargo al presupuesto del Subcomponente Atención a Siniestros Agropecuarios y de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación, es aquí donde radican los recursos que podrán ser considerados y autorizados para apoyar este tipo de eventualidades en favor de nuestros productores cañeros, generadores de fuentes de empleo.
En ese orden de ideas y a petición expresa de un grupo de representantes de cañeros que integraron una mesa de trabajo con los firmantes del presente, misma que se llevó acabo en las instalaciones del Senado de la República, haciendo de nuestro conocimiento su preocupación por no contar con apoyos suficientes para dar respuesta a estas crisis de sequía a consecuencia del cambio climático que los deja en estado de incertidumbre, pues al no contar con recursos para poder realizar el riego de forma manual a falta de lluvia, al ser un método que resulta muy caro.
Incluso han señalado que aun cuando utilizan el riego de emergencia por su propia cuenta, éste no es suficiente para poder salvar la siembra y aun cuando han invertido sus propios recursos se ven en la necesidad de recurrir a los prestamos estando como garantía la cosecha y si la misma no se da, entonces quedan endeudados y sin recursos para poder iniciar de nuevo el ciclo azucarero, esto genera pérdidas para los productores, desempleo en los ingenios azucareros.
Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta honorable asamblea, para que sea aprobado, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. El Senado de la República solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, que durante el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, asigne los recursos necesarios para el fortalecimiento del sector cañero en el país.
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.
Senadores:
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Juan Quiñónez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que, en el marco de la discusión del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2020, se asignen mayores recursos económicos al estado de Durango en el programa hidráulico tanto en los subsidios administración y agua potable como en los subsidios hidroagrícolas para abordar de manera efectiva e integral las necesidades en materia hídrica para la entidad.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
El que suscribe, Juan Quiñonez Ruiz, senador de la República integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
“El agua es uno de los recursos más importantes para la vida en el planeta. Los seres humanos dependemos de su disponibilidad no sólo para el consumo doméstico, sino también para el funcionamiento y la continuidad de las actividades agrícolas e industriales”,1 no obstante, es innegable que el panorama del vital líquido es preocupante, principalmente porque se estima que una sexta parte de la población a nivel mundial no tiene garantizado el acceso al agua potable y un gran porcentaje de personas no cuenta con servicios básicos de saneamiento.
En este mismo sentido, es importante hacer especial énfasis que la escasez de agua, es un problema real y es una cuestión que afecta a todos, México no está exento de ello, tan es así que de más de 30 millones hogares con cuatro habitantes como mínimo, 10 millones de hogares no tienen suministro diario de agua.
Aunado a la -ya de por sí preocupante- crisis latente del agua, se vuelve inherente la decreciente consideración presupuestario que año con año, ha sido evidente que en cada proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación los recursos federales para el agua y el saneamiento en zonas urbanas y rurales han ido a la baja y para mayor ejemplo, se relaciona a continuación un comparativo del PEF 2014 al PPEF 2020.
Como se puede observar a partir de 2014 ha ido a la baja para tener un ligero incremento en el 2018 del 3 por ciento respecto al año anterior 2017.
Cierto es que los datos vertidos, hacen evidente una preocupación generalizada, dadas las necesidades y rezagos que en materia de infraestructura hidráulica se tiene a nivel nacional. Basta revisar los niveles de eficiencia con que opera la mayor parte de la infraestructura que brinda los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la población.
Situación similar se reporta en el uso del agua en actividades agrícolas, donde la falta de mantenimiento y modernización de la infraestructura de los canales primarios, secundarios y a nivel parcelario, hace que se tengan pérdidas por fugas en las mismas proporciones incluso superando 50 por ciento, lo que agrava la situación en este sector.
Por otra parte, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2020 refiere en su anexo 30 sobre el Programa Hidráulico: subsidios para entidades federativas que el estado de Durango contará con una variación porcentual negativa tanto en Subsidios Administración del Agua y Agua Potable como en los Subsidios Hidroagrícolas para quedar como sigue:
Es a todas luces un presupuesto restringido y limitante con el que contará el estado de Durango durante el ejercicio 2020, el cual, no permitirá cumplir con las metas trazadas por ambos subsidios, por ejemplo, el que se refiere al Hidroagrícola no tendrá la capacidad integral para “reservar y mejorar la infraestructura hidroagrícola federal y particular; además de ampliar la superficie bajo riego, para contribuir a mantener la producción en la agricultura de riego y de temporal tecnificado; así como el desarrollo hidroagrícola en zonas de atención prioritaria, bajo el considerando que dicha infraestructura constituye un elemento esencial para alcanzar los objetivos nacionales en seguridad alimentaria, agua para las poblaciones rurales, generación de empleos, vías de acceso a la infraestructura y a las comunidades, así como incremento del ingreso y mejoramiento del nivel de vida de los productores y habitantes en el medio rural”.2
Asimismo, el recurso para “responder a las necesidades de la creciente demanda por fortalecer y desarrollar el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento para un número mayor de habitantes de las zonas urbanas y rurales de las entidades federativas del país, mediante el apoyo a la infraestructura y mejoramiento de las eficiencias, con ello, los Organismos Operadores puedan ofrecer un servicio con eficiencia y calidad”3 en la entidad se verá fuertemente mermado en casi un 50% en relación al presupuesto aprobado para el ejercicio 2019.
Los últimos años, han sido complicados para Durango en materia del vital líquido, situación a la que no abona el proyecto de Presupuesto entregado por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera a la Cámara de Diputados el pasado 8 de septiembre del presente, que reduce cualquier aspiración para atender adecuadamente la política hídrica para la entidad.
Cabe mencionar que el presupuesto contemplado para la Comisión Nacional del Agua representa una violación al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del cual México es firmante. La Observación general N.º 15 establece lo que a la letra dice:
“Por lo que se refiere al derecho al agua, los Estados Partes tienen la obligación especial de facilitar agua y garantizar el suministro necesario de agua a quienes no disponen de medios suficientes, así como de impedir toda discriminación basada en motivos sobre los que internacionalmente pesen prohibiciones en el suministro de agua y los servicios de abastecimiento de agua”.
Recordemos que el presupuesto público siempre reflejará las prioridades de un gobierno y sobre todo en cómo atenderá las necesidades más inmediatas de la población, hoy nos queda claro que, para el gobierno federal, el tema en materia de agua “no es preponderante”.
Por lo expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que en marco de la discusión del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2020, se asignen mayores recursos económicos al estado de Durango en el Programa Hidráulico tanto en los Subsidios Administración del Agua y Agua Potable como en los Subsidios Hidroagrícolas para abordar de manera efectiva e integral las necesidades en materia hídrica para la entidad.
Notas
1 Agua Semarnat. [en línea]. [consultado el 18 de septiembre de 2019]. Disponible en:
https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/dgeia/informe_12/pdf/Cap6_agua.pdf
2 Reglas de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2019. DOF: 26/02/2019
3 Reglas de operación para el Programa de agua potable, drenaje y tratamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2019. DOF: 26/02/2019
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a los 23 días del mes de septiembre de 2019.
Senador Juan Quiñonez Ruiz (rúbrica)
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados a que adopte las medidas pertinentes para fortalecer e incrementar los recursos para el Fondo Metropolitano en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
La suscrita, Patricia Mercado Castro, senadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como demás relativos y aplicables, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
I. El fenómeno metropolitano a nivel global ha implicado un desafío para que los gobiernos de todos los niveles diseñen mecanismos para una cooperación efectiva, en que las autoridades de diversas jurisdicciones funcionen de manera articulada. Como explica Ely Chahín López, “[d]erivado de la importancia del crecimiento metropolitano en nuestro país y reconociendo la necesidad de coordinación fue creado el Fondo Metropolitano en 2005, año en que los legisladores federales asignaron una partida presupuestal en el Ramo 23 destinada a la zona metropolitana de la Ciudad de México”,1 por lo que, “[a] partir de entonces “el Fondo Metropolitano se ha incrementado año con año y poco a poco ha incorporado a un mayor número de zonas metropolitanas”,2 por lo que, “[t]ras 10 años de operación del Fondo Metropolitano, [...] [se podía] observar un crecimiento constante en los recursos asignados a éste en cada ejercicio fiscal”,3 en respuesta “a las necesidades de recursos que mantienen los gobiernos locales”.4 Como indica el cuadro que acompaña el presente Punto de Acuerdo, en el período comprendido del año 2010 a 2016 los recursos públicos asignados al Fondo Metropolitano tuvieron un incremento de 39.5 por ciento, llegando a 10 mil 400 millones 284 715 pesos. Sin embargo, en el año 2017 se inicia una fuerte caída para en seguida aterrizar en un estancamiento que ya lleva tres años; y por lo que podemos ver en el Presupuesto de Egresos de la Federación, PAF, 20020 se pretende que continúe esta situación durante un año más.
Fondo Metropolitano
2010-2020
Año Monto
2010 7,455,000,000
2011 7,846,000,000
2012 8,331,900,000
2013 8,616,058,106
2014 9,943,468,314
2015 10,381,546,235
2016 10,400,284,715
2017 3,240,170,830
2018 3,268,695,777
2019 3,300,000,000
2020 3,300,000,000
Fuente: Elaboración propia con base en el Presupuesto de Egresos de la Federación (2010-2020)
Es verdad que los recursos de dicho fondo no siempre fueron utilizados para proyectos metropolitanos, también lo es que fueron distribuidos de forma centralista, e inequitativa, puesto que el 44 por ciento del total de los recursos se asignaron al Estado de México y a la Ciudad de México,5 empleados, principalmente, para financiar proyectos de infraestructura vial tradicional.
Para completar esta breve evaluación del uso y distribución de los recursos del Fondo Metropolitano, también es indispensable destacar que, aun con esta gestión errática, algunas zonas metropolitanas sí hicieron un uso adecuado de los pocos recursos que les tocaron, y con ello lograron consolidar buenos proyectos e iniciar procesos innovadores de planeación, ordenamiento territorial y gobernanza.
Ese buen uso de los recursos es el que hay que rescatar y generalizarlo a la mayoría de las 74 zonas metropolitanas. O, como afirma la Diputada Pilar Lozano Mac Donald, “los recursos del Fondo Metropolitano se han convertido en un incentivo, con los que cuentan los municipios para coordinarse, a fin de realizar obra pública e infraestructura metropolitana de gran envergadura que difícilmente podrían construir por su cuenta”.6
II. Lo que podemos observar en los Lineamientos de Operación del Fondo Metropolitano para el Ejercicio Fiscal 2019 -como en la llamada hojas de dictaminación para el presente año- es un cambio interesante en la ruta para lograr una mejor distribución de los recursos, y con una orientación distinta para valorar los programas y proyectos metropolitanos.
En efecto, se indica que “Para valorar los programas y proyectos considerados se empleará la siguiente hoja de dictaminación compuesta por rubros básicos y complementarios:
1. Movilidad urbana sustentable: Infraestructura para los sistemas de transporte público masivo (BRT, Metro, corredores, estaciones multimodales, paraderos, sistemas de orientación e información, entre otros).
2. Infraestructura ciclista (Paradores, ciclovías, ciclocarriles, estacionamientos para
bicicletas, proyectos de pacificación de tránsito, módulos de transferencia).
3. Infraestructura peatonal (intervenciones en entornos estratégicos, andadores peatonales, pasos y cruces viales seguros).
4. Calles completas.
5. Manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial: construcción, ampliación, rehabilitación, mantenimiento y/o clausura de rellenos sanitarios o de confinamientos de residuos peligrosos y de manejo especial”.7
Dentro de este mismo documento oficial se valora positivamente a los proyectos para solicitar financiamiento con los recursos del fondo que cuenten con el respaldo de la Comisión de Ordenamiento Metropolitano o de Conurbación. Este punto es muy relevante para vislumbrar un mayor impulso al trabajo de estas instancias que son
responsables de la gobernanza metropolitana.
III. En la ruta de aprovechar el incentivo para la gobernanza metropolitana que significa el Fondo, es hora de incorporar a los gobiernos municipales que forman parte de las zonas metropolitanas en los consejos para el desarrollo metropolitano de las entidades federativas, que presiden los titulares de los poderes ejecutivos.
Es necesario modificar los Lineamientos de Operación del Fondo Metropolitano para incorporar de alguna manera a los gobiernos municipales, y por esta vía a los Institutos Municipales de Planeación, que en estas instancias son las que deciden sobre las propuestas de proyectos metropolitanos y la aplicación de los recursos.
Para evitar que vuelvan las prácticas erráticas del pasado en la asignación y gestión de los recursos del Fondo Metropolitano, es indispensable que el orden municipal de gobierno forme parte de estos organismos. La existencia de contrapesos y la pluralidad son principios indeclinables para garantizar una adecuada asignación y gestión de los recursos públicos del Fondo Metropolitano.
IV. El cambio positivo en la forma para determinar los proyectos a ser financiados, la buena gestión de una buena parte de las zonas metropolitanas, más la incorporación de los presidentes municipales a los Consejos para el Desarrollo Metropolitano, son la mejor garantía de una gestión adecuada de estos recursos públicos. Por ello es necesario e indispensable que se incremente el Fondo Metropolitano en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020.
De ese modo, se propone exhortar a la Cámara de Diputados, a fin que adopte las medidas pertinentes para fortalecer e incrementar en un 52 por ciento, respecto del Ejercicio Fiscal 2019, los recursos para el Fondo Metropolitano en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, para que se inicie la recuperación de los recursos destinados a dicho Fondo y, también, exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que en conjunto con las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano a través del Comité Técnico del fideicomiso público de administración y pago denominado Fondo Metropolitano (constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público) asuman el compromiso de incluir y aprobar, en su caso, los programas y proyectos metropolitanos que propongan directamente los gobiernos municipales y los de las alcaldías.
Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta asamblea, la aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. El Senado de la República exhorta, respetuosamente, a la Cámara de Diputados a fin que adopte las medidas pertinentes para fortalecer e incrementar los recursos para el Fondo Metropolitano en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 en al menos un 52 por ciento respecto al ejercicio fiscal 2019.
Segundo. El Senado de la República exhorta, respetuosamente, a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y en su carácter de integrantes del Comité Técnico del fideicomiso público de administración y pago denominado Fondo Metropolitano, incluyan y en su caso, aprueben, los proyectos metropolitanos que propongan directamente los gobiernos municipales y de las alcaldías.
Notas
1 Chahín López, Ely, “El Fondo Metropolitano ¿Una herramienta para la coordinación?”, Centro de Investigación y Docencia Económicas. Disponible en: http://repositorio-digital.cide.edu/bitstream/handle/11651/1484/153239. pdf?sequence=1&isAllowed=y (consultado el 19 de septiembre de 2019).
2 Ibídem.
3 Ibídem.
4 Ibídem.
5 Del total de recursos del Fondo Metropolitano en el periodo del 2010 al 2017 el 44 por ciento fue para las zonas metropolitanas de Toluca y Valle de México. Fuente: Elaboración propia con datos del Presupuesto de Egresos de la Federación.
6 Mac Donald Lozano, Pilar, “PEF 2020. Urge fortalecer el Fondo Metropolitano para generar desarrollo e impacto regional”, El Universal. Disponible en:
https://www.eluniversal.com.mx/opinion/pilar-lozano-mac- donald/pef-2020-urge- fortalecer-el-fondo-metropolitano-para-generar (consultado el 19 de septiembre de 2019).
7 Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Fideicomiso del Fondo Metropolitano, Hoja de Dictaminación 2019. En el documento se aclara que es un documento resultado de las aportaciones realizadas por los representantes del Comité Técnico del Fideicomiso Fondo Metropolitano, que incluye a la SHCP, Sedatu y Semarnat.
Senadora Patricia Mercado Castro (rúbrica)
Ciudad de México, a 3 de octubre de 2019
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con, punto de acuerdo que exhorta a la honorable Cámara de Diputados, así como a su Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, se contemple una partida presupuestal especial suficiente, para cubrir el monto correspondiente de realizar la recategorización de puestos a favor de los trabajadores del área química de la Secretaría de Salud, a fin de que reciban la remuneración adecuada por el desempeño de sus funciones profesionales.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
El suscrito, Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, senador de la República del Congreso General de la Unión en la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta Asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados, así como a su Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, se contemple una partida presupuestal especial suficiente para cubrir el monto correspondiente de realizar la recategorización de puestos a favor de los trabajadores del área química de la Secretaría de Salud a fin de que reciban la remuneración adecuada por el desempeño de su funciones profesionales, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El 18 de agosto de 1931, durante el mandato del presidente Pascual Ortiz Rubio, se promulgó la primera Ley Federal del Trabajo en México, que estableció la obligación del Estado para crear una institución que determinara el salario mínimo; sin embargo, no fue sino hasta 1934 cuando en México el presidente de la República, Abelardo L. Rodríguez, fundó la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
A partir de ese momento, se instrumentalizó jurídicamente el presupuesto social que había contemplado el articulo 123 de la constitución de 1917 en materia de derechos de los trabajadores, sin embargo, durante todo el siglo XX y las primeras dos décadas del siglo XXI dicha legislación ha sido objeto de innumerables reformas y adiciones consecuencia de la constante dinámica social.
El primero de abril de 1970 se promulgó la nueva Ley Federal de Trabajo con la que se pretendió generar mayor certidumbre en el ámbito laboral teniendo como propósito que México se posicionaría a nivel mundial como un país moderno y en condiciones de ser industrializado y capaz de recibir grandes sumas de inversión extranjera, sin embargo, un elemento que se ha mantenido casi inmutable en el texto normativo de la materia es el de compensación contractual por vía del salario.
El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo y debe de cumplir con ciertas características, entre ellas la de ser remunerador y no ser menor al mínimo establecido en la Ley, además de que se instaura el principio de igualdad en el salario, el cual establece que, a trabajo igual, salario igual, sin importar el sexo, preferencias, o características físicas de la persona.
Los salarios son tan antiguos como el trabajo mismo. Aunque es evidente que en aquel entonces no se pagaba de la misma forma como en la actualidad. La información más remota de la cual existe testimonio sobre los salarios se refiere a los trabajadores agrícolas en el poblado de Eschuna, Mesopotamia, a principios del segundo milenio a.C. y que, según las narraciones, se pagaba una unidad de trigo como forma de pago por jornal: era el salario que ganaba una persona por cada día de labores.
En nuestro país durante la época precortesiana, el salario que recibían los miembros del calpulli era en especie y representaba la parte que les correspondía por la repartición en el trabajo comunal. No existía un salario por una actividad específica, sino simplemente se le daba sustento y vestido al jefe de la familia, además de una porción de tierra para cultivar.
Actualmente en nuestro sistema constitucional se establecen dos distintitos regímenes laborales debido a la naturaleza del trabajo que se realiza. Se ubican por un lado los trabajadores al servicio del Estado o del aparatado B como coloquialmente se les conoce, y por el otro, todos los demás trabajadores entre los que pueden inscribirse trabajadores de minas, del hogar, del campo, de autotransporte, entre otros, conocidos como los trabajadores del apartado A, esto en referencia a los apartados que conforman el artículo 123 constitucional.
Independientemente de lo anterior, todos son trabajadores y tienen derecho a las condiciones mínimas de trabajo. Aunque se establecen reglas y condiciones diferentes para cada uno debido a la naturaleza del trabajo, en tratándose del salario este cumple las mismas reglas y principios, aunque la forma de establecerlo en ambos apartados es, como ya ha quedado establecido, distinta.
Actualmente en la Secretaría de Salud federal existe un proceso de recategorización de los tabuladores salariales que ha sido perjudicial para varios sectores de profesionales adscritos a dicha dependencia, entre los que se encuentran los químicos profesionales de la salud.
Desde que se llevó a cabo el Acuerdo para la Descentralización de los Servicios de Salud y el Acuerdo de Coordinación que celebraron las Secretarías de Salud, de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo y los Estados de la República, con la participación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, se otorgaron plazas de base al interior de la Secretaría y se presentaron problemas en la asignación de Códigos Funcionales de nivel técnico o inferiores a profesionales de la salud, acentuándose dicha problemática en el año dos mil catorce, cuando las Subcomisiones Estatales para la Formalización Laboral de los Trabajadores de la Secretaría de Salud, decidieron asignar códigos funcionales de auxiliares de laboratorio, técnicos laboratoristas, despachadores de farmacia, citotecnólogos, microscopistas y demás códigos funcionales inferiores, a profesionales del área química, los cuales ostentan estudios de nivel profesional realizados en instituciones universitarias con registros oficiales y avalados por la Secretaría de Educación Pública.
Dicha situación laboral, afecta gravemente a los trabajadores del área química, ya que a pesar de contar con el perfil exigido por el Catálogo Sectorial de Puestos de la Secretaría de Salud, de tener la capacidad profesional para obtener el código mencionado, y de desempeñar las mismas actividades, asumen las mismas responsabilidades y riesgos de trabajo de los compañeros que ostentan el Código Funcional M02001 Químico “A” y perciben salarios inferiores, lo que ocasiones que sus emolumentos y prestaciones laborales estén por debajo del margen debido, situación que es totalmente violatoria de lo dispuesto en el texto de la Constitución y de la legislación secundaria.
Los sistemas de compensación dan forma a la cultura organizacional, afectan la motivación, la satisfacción y el comportamiento de los empleados y ayudan a entender lo que una organización valora, por ello, consideramos prioritario que se lleven a cabo las gestiones y diligencias necesarias a fin de obtener en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 2020, una partida presupuestal específica para resolver el grave problema de pasivo laboral aquí expuesto, y la Secretaría de Salud pueda entonces hacer las modificaciones administrativas al interior de la dependencia, encaminadas a obtener la nivelación salarial, de emolumentos, prestaciones y recodificación de puestos laborales, con la asignación del Código Funcional M02001 Químico “A” a los afectados.
Por todo lo anteriormente expuesto, respetuosamente someto a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud a que realice la recategorización de puestos a favor de los trabajadores del área química de la Secretaría de salud a fin de que reciban la remuneración adecuada por el desempeño de sus funciones profesionales.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados y a su Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, se contemple una partida presupuestal especial suficiente para cubrir el monto correspondiente de realizar la recategorización de puestos a favor de los trabajadores del área química de la Secretaría de salud a fin de que reciban la remuneración adecuada por el desempeño de sus funciones profesionales.
Senado de la República, a 9 de septiembre de 2019.
Senador Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo (rúbrica)
Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ricardo Velázquez Meza, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Educación Pública y del honorable Congreso de la Unión, para que se consideren y sean asignados recursos federales, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020, a los proyectos de extensión de instalaciones universitarias y al proyecto de instalación de celdas fotovoltaicas de la Universidad Autónoma de Baja California Sur.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
El suscrito, senador de la República, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 95, numeral 1, 175, numeral 1, y 276, numeral 1, fracción I, del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS) inició sus actividades académicas el día 15 de marzo del 1976, derivado de la iniciativa de ley presentada ante el Congreso del estado, por el entonces gobernador del estado, licenciado Ángel Cesar Mendoza Arámburo, en diciembre de 1975.
Inicialmente, al no contar con infraestructura propia, se ubicó en las instalaciones de la escuela primaria federal 18 de marzo, en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, con un primer semestre integrado por 220 alumnos y 4 maestros.
De acuerdo a la información proporcionada por la Dirección de Planeación y Programación Universitaria y el Sistema Integral de Información Administrativa de dicha universidad, con corte al 13 de marzo de 2019, la UABCS cuenta con una matrícula de 7 mil 450 alumnos,1 distribuidos entre sus 47 programas educativos, constituidos por 3 tecnicaturas superiores universitarias, 32 licenciaturas, 9 maestrías y 3 doctorados,2 los cuales se organizan en 9 departamentos académicos, siendo la única institución de educación superior con presencia en los 5 municipios del estado de Baja California Sur.
A 43 años de su fundación, la infraestructura con la que cuenta la UABCS consiste en 94 edificios, 184 aulas, 208 cubículos de profesores y cuerpos académicos, 3 bibliotecas, 63 laboratorios, 12 auditorios, 11 centros de cómputo, 1 poliforo cultural universitario, 2 salas para juicios orales, 1 hospital veterinario, 1 unidad médica, 1 posta zootécnica, 1 unidad de acuacultura, 1 unidad de rescate de megafauna marina y 1 centro de acopio de materiales peligrosos, los cuales se encuentran distribuidos en los 5 municipios del estado de Baja California Sur.
Ahora bien, en cuanto al presupuesto asignado a la UABCS, tenemos que en el periodo de 2015 a 2018, el Congreso del estado de Baja California Sur y la federación a través de diferentes programas de financiamiento extraordinario para infraestructura universitaria, han colaborado para sostener un presupuesto promedio anual de $557’ 000,000.00 (quinientos cincuenta y siete millones de pesos 00/100 M.N.), ya que en 2015, la asignación presupuestal fue de $530’ 397,445.00 (quinientos treinta millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M. N.); en 2016, el presupuesto fue de $555’ 212,330.00 (Quinientos cincuenta y cinco millones doscientos doce mil trescientos treinta pesos 00/100 M.N.); en 2017, fue por la cantidad de $562’ 767,763.00 (quinientos sesenta y dos millones setecientos sesenta y siete mil setecientos sesenta y tres pesos 00/100 M.N.), mientras que en el 2018, le fueron asignados $580’ 094, 146.00 (quinientos ochenta millones noventa y cuatro mil ciento cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.)3 .
Ahora bien, de la asignación de los presupuestos anteriores, se obtiene que en el periodo 2015-2019, para desarrollar la infraestructura universitaria, en los rubros de construcción, adecuación y mantenimiento, la UABCS contó con el apoyo de la federación, la cual a través de diversos fondos y programas, le asignó la cantidad de $152’ 319,544.82 (ciento cincuenta y dos millones, trescientos diecinueve mil quinientos cuarenta y cuatro pesos 821100 M.N.), de los cuales $78’769,393.18 (setenta y ocho millones setecientos sesenta y nueve mil trescientos noventa y tres pesos 18/100 M.N.), fueron asignados por el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM), mientras que el Programa Escuelas al CIEN (Certificados de Infraestructura Educativa Nacional), le destinó la cantidad de $53’ 330,094.00 (cincuenta y tres millones trescientos treinta mil noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.), en tanto que, a su vez, la UABCS recibió del Fondo de Desastres Naturales (Fonden), la cantidad de $20’220,057.64 (veinte millones doscientos veinte mil cincuenta y siete pesos 64/100 M.N.)4
Por otra parte, es importante destacar, que desde su arribo al gobierno federal, el presidente Andrés Manuel López Obrador, ha sido enfático en fortalecer la educación superior en nuestro país y, en el periodo de la transición, celebró una reunión con rectores de 191 universidades, integrantes de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior, en la que se comprometió con firmar un acuerdo que incluya ampliar el presupuesto destinado a la educación e incrementar de manera paulatina la cobertura en este nivel educativo.5
En ese contexto, esa reunión redundó en incluir en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, la intención del Ejecutivo Federal de rescatar la educación superior en nuestro país, siendo agregado en el aparatado derecho a la educación, el cual establece literalmente lo siguiente:
“Derecho a la educación
Durante el periodo neoliberal el sistema de educación pública fue devastado por los gobiernos oligárquicos; se pretendió acabar con la gratuidad de la educación superior, se sometió a las universidades públicas a un acoso presupuestal sin precedentes, los ciclos básico, medio y medio superior fueron vistos como oportunidades de negocio para venderle al gobierno insumos educativos inservibles y a precios inflados, se emprendió una ofensiva brutal en contra de las escuelas normales rurales y en el sexenio pasado se operó una mal llamada reforma educativa que era en realidad una contrarreforma laboral, contraria a los derechos laborales del magisterio y orientada a crear las condiciones para la privatización generalizada de la enseñanza.
Esta estrategia perversa se tradujo en la degradación de la calidad de la enseñanza en los niveles básico, medio y medio superior y en la exclusión de cientos de miles de jóvenes de las universidades. En los hechos, el derecho constitucional a la educación resultó severamente mutilado y ello no sólo privó al país de un número incalculable de graduados, sino que agravó el auge de la delincuencia y las conductas antisociales. En el sexenio anterior la alteración del marco legal de la educación derivó en un enconado conflicto social y en acciones represivas injustificables.
Ante esta circunstancia, el gobierno federal se comprometió desde un inicio a mejorar las condiciones materiales de las escuelas del país, a garantizar el acceso de todos los jóvenes a la educación y a revertir la mal llamada reforma educativa. La Secretaría de Educación Pública tiene la tarea de dignificar los centros escolares y el Ejecutivo federal, el Congreso de la Unión y el magisterio nacional se encuentran en un proceso de diálogo para construir un nuevo marco legal para la enseñanza.”
En ese contexto, conforme al propio Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, se desprende la intención del Ejecutivo federal de mejorar las condiciones materiales de las escuelas del país.
Así pues, se hizo llegar a esta representación senatorial el oficio SG-567/19, signado por el doctor Dante Arturo Salgado González, rector de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, en el que se exponía la necesidad de desarrollar dos proyectos de infraestructura necesaria para la operación de la universidad, mismo que tenía como anexos los anteproyectos de infraestructura antes mencionados.
El primer proyecto hace referencia a la necesidad de construcción de las instalaciones universitarias en la extensión de la UABCS en Ciudad Insurgentes, municipio de Comondú, Baja California Sur, ya que en la actualidad la universidad renta oficinas administrativas y presta sus servicios en aulas de una escuela secundaria, no contando con infraestructura propia para sus fines educativos.
En este proyecto que menciono, la UABCS tiene considerado realizar las siguientes construcciones:
1. Urbanización de instalaciones.
2. Dos edificios de 18 aulas cada uno.
3. Edificio administrativo.
4. Laboratorio de Cómputo.
5. Laboratorio para investigación.
6. Edificio con 15 cubículos para planta académica.
7. Biblioteca.
8. Unidad Deportiva.
9. Unidad Médica.
10. Auditorio.
11. Cafetería.
12. Centro cultural.
13. Barda perimetral.
La inversión proyectada para esta extensión académica es por el orden de $293’000,000.00 (doscientos noventa y tres millones de pesos 00/100 M.N.), con lo cual se estaría ampliando la cobertura de atención educativa superior en el municipio de Comondú, además de beneficiar a los municipios de Loreto y Mulegé, colindantes con el primero.
El segundo de los proyectos entregados consiste en la instalación de un Sistema Fotovoltaico en la UABCS Campus La Paz, para el abastecimiento de energía eléctrica para todas las instalaciones universitarias en el estado de Baja California Sur, constante de 8 mil 560 paneles solares en 192 racks, en una superficie construida de 34,756.51 m2.
La inversión proyectada es por la cantidad de $8’331,750.00 USD (ocho millones trescientos treinta y un mil setecientos cincuenta dólares estadounidenses), contando este proyecto con el título de permiso para la generación de energía eléctrica E/1253/GEN/2014, de fecha 13 de julio de 2017, que le otorgó a la UABCS la Comisión Reguladora de Energía (CRE), y con ello se estaría generando, a favor de la universidad, de un ahorro anual estimado de $210,800.00 USD (doscientos diez mil ochocientos dólares estadounidenses) y al final de 25 años, se estima un ahorro superior a los $15’ 000,000.00 USD (quince millones de dólares estadounidenses).
Es de reconocerse los avances que ha tenido la UABCS desde su creación hasta la actualidad, tanto en lo académico como en su infraestructura física-educativa, no obstante, se requiere continuar mejorando la calidad y volverla más competitiva, así como para ampliar la cobertura y hacerla más equitativa, ofreciendo posibilidades de acceso por igual, a jóvenes de todos los estratos sociales y sobre todo en la parte norte del Estado.
En ese contexto, con la finalidad de atender y dar solución a la demanda educativa en el estado de Baja California Sur y atender la necesidad de crecimiento de infraestructura física-educativa por parte de la UABCS, se propone exhortar a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Educación Pública, con la finalidad de que, se considere incluir los proyectos de la citada Universidad, a través de los apoyos correspondientes a programas y fondos de participación federal con los que cuentan estas secretarías.
De igual manera, resulta necesario exhortar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que, a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, los proyectos de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, mencionados en el presente punto.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, el suscrito senador del Grupo Parlamentario de Morena, somete a consideración de esta honorable asamblea, la aprobación de los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. El Senado de la República del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Educación Pública, con la finalidad de que se considere incluir los proyectos de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, a través de los apoyos correspondientes a programas y fondos de participación federal con los que cuentan estas secretarías, consistentes en la construcción de las instalaciones universitarias en la extensión de la Universidad Autónoma de Baja California Sur en Ciudad Insurgentes, municipio de Comondú, Baja California Sur, así como la instalación de un Sistema Fotovoltaico en la Universidad Autónoma de Baja California Sur, Campus La Paz, para el abastecimiento de energía eléctrica para todas las instalaciones universitarias en el estado de Baja California Sur, constante de 8 mil 560 paneles solares en 192 racks, considerando los montos proyectados y especificados en este acuerdo.
Segundo. El Senado de la República del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que, a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, los proyectos de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, mencionados en el presente acuerdo y hasta por los montos programados.
Salón de sesiones del Senado de la República.- Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019.
Notas
1 Anuario Estadístico 2015-2019 de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, página 23.
2 Ibídem página 18.
3 Ibídem página 86.
4 Ibídem páginas 100 a 103.
5 “Firmaré acuerdo con universidades antes de diciembre: AMLO”. Laura Poy y Emir Olivares, publicado en La Jornada el 15 de agosto de 2018. Última consulta, 19 de septiembre de 2019.
https:/ /www.jornada.com.mx/ultimas/2018/08/15/firmare-acuerdo-con-universidade s-antes-de- diciembre-amlo151.html
Atentamente
Senador Ricardo Velázquez Meza (rúbrica)
Grupo Parlamentario de Morena
Del Congreso de Tamaulipas, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V y se adiciona la VI, y se recorre la subsecuente, al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 29 de septiembre de 2019.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Ciudad de México
Con fundamento en el artículo 22, párrafo 1, inciso k), de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, me permito comunicarle que en la sesión pública del pleno legislativo celebrada en esta propia fecha, se emitió el punto de acuerdo número LXIII-392, mediante el cual la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, con pleno respeto a la esfera de competencia, presenta ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la fracción V y se adiciona la fracción VI, recorriéndose en su orden natural la subsecuente, al artículo 6 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Al respecto, se anexa punto de acuerdo, para los efectos conducentes, de acuerdo al artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin otro particular, me es grato reiterar la seguridad de mi consideración más distinguida.
Atentamente
Diputado Glafiro Salinas Mendiola (rúbrica)
Presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Tamaulipas
La Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en uso de las facultades que le confieren los artículos 58, fracción LXI, de la Constitución Política local, y 119 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, tiene a bien expedir el siguiente:
Punto de Acuerdo número LXIII-392
Artículo Único. La Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, con pleno respeto a la esfera de competencia, presenta ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la fracción V y se adiciona la fracción VI, recorriéndose en su orden natural la subsecuente, al artículo 6, de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en los términos siguientes:
Iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la fracción V y se adiciona la fracción VI, recorriéndose en su orden natural la subsecuente, al artículo 6 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Artículo Único. Se reforma la fracción V y se adiciona la fracción VI, recorriéndose en su orden natural la subsecuente, al artículo 6, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 6. Los ...
I. a la IV. ..
V. La violencia sexual. Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto;
VI. Violencia cibernética. Cualquier acción que lesione, denigre o ponga en riesgo el honor, la dignidad, la seguridad, la libertad o la integridad de las mujeres y niñas mediante la publicación y difusión de mensajes, imágenes, audios o videos con connotación sexual u otro aspecto en la vida privada de una mujer, a través del uso de tecnologías de la información y comunicación, redes sociales, páginas web, correos electrónicos, blogs, mensajes de texto, videos o cualquier otro medio similar, y
VII. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Transitorio
Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Transitorios
Artículo Primero. El presente punto de acuerdo surtirá efectos a partir de su expedición.
Artículo Segundo. El presente punto de acuerdo se remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adjuntando la iniciativa, el Dictamen y la versión estenográfica de la sesión de su aprobación.
Salón de sesiones del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
Ciudad Victoria, a 29 de septiembre de 2019.
DiputadosCon proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción XXVII al artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del Grupo Parlamentario del PVEM
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXVII al artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Del senador Raúl Bolaños-Cacho Cué que firma al calce, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona la fracción XXVII al artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
En México existen diversas brechas de desigualdad que marcan grandes contrastes entre las 32 entidades federativas: brechas laborales, de género, de ingreso, de inclusión financiera, educativas y salud, que son los principales diques que imposibilitan la movilidad social y están estrechamente vinculados con la marginación y la pobreza.
En un estudio realizado por el Colegio de México sobre las desigualdades se refiere que las expectativas salariales de los trabajadores mexicanos son muy distintas dependiendo de la entidad en la que laboran. Por ejemplo, mientras que el ingreso laboral mediano mensual de un trabajador de Querétaro fue de 6 mil 657 pesos, la remuneración en Puebla fue de 4 mil 748 pesos en 2017. El contraste es aún mayor si comparamos Chiapas (3 mil 708 pesos) con Nuevo León (7 mil 371 pesos). Refiere el informe que los mercados laborales en los estados del sur presentan los salarios más bajos y no se observa que se acerquen sustancialmente a los niveles de remuneración de las entidades con mayor desarrollo económico. Los estados con los salarios más altos son Baja California Sur, Ciudad de México, Nuevo León y Querétaro. Además, hay una caída en los ingresos laborales entre 2002 y 2017 en siete entidades: Baja California, Ciudad de México, Jalisco, México, Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas.1
Estos datos son concordantes con el Informe de Evaluación de la Política de Desarrollo Social que realizó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) en donde refieren que las entidades federativas con los porcentajes más altos de población en pobreza se encuentran en el sur del país: Chiapas (77.1 por ciento), Oaxaca (70.4 por ciento), Guerrero (64.4 por ciento), Veracruz (62.2 por ciento) y Puebla (59.4 por ciento), es decir 8 de cada 10 chiapanecos y 7 de cada 10 oaxaqueños viven en condiciones de pobreza lo cual está vinculado con el bajo nivel de ingreso.
Aunque en términos absolutos, el Estado de México es el que concentra más pobres (8.3 millones de personas), en estos cinco estados viven cerca de 24 millones de mexicanos, que representan el 45 por ciento del total de la población en pobreza. Un dato muy relevante es que 58.2 por ciento de la población en pobreza (40.8 por ciento en pobreza moderada y 17.4 por ciento en pobreza extrema) vive en zonas rurales representando alrededor de 6 de cada 10 mexicanos.2
Lo anterior nos da un panorama general sobre la vinculación que existe sobre la pobreza y la desigualdad y el medio rural y la población indígena. Cabe destacar que este sector se ha subestimado porque representan aproximadamente el 10 por ciento de la población nacional; participan en 6 mil 830 ejidos y comunidades del país que representan 22.9 por ciento de los núcleos agrarios. Son dueños de 22 millones 624 mil hectáreas de propiedad ejidal y comunal, y cinco millones de propiedad privada, lo que representa 15.5 por ciento del total de la superficie rústica, es decir, cinco puntos más que lo que significa la población indígena para el país.
En términos de propiedad de la tierra de los 196 millones de hectáreas que comprende el país, 41 por ciento es propiedad privada que poseen 1.9 millones de predios rurales, con una extensión media de 40.2 hectáreas por predio. El 43.4 por ciento corresponde a la propiedad ejidal y está distribuida entre 3.8 millones de ejidatarios y 697 mil posesionarios, con una extensión media por sujeto de 18.2 hectáreas. El 9.1 por ciento corresponde a comunidades agrarias que está en manos de 993 mil comuneros con predios promedio de 17.4 hectáreas.3
Un estudio realizado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) refiere que en los últimos 25 años los derechos sobre la tierra en ejidos y comunidades han transformado la realidad al interior de los núcleos agrarios. Actualmente se observa la presencia de nuevos sujetos agrarios (posesionarios y mujeres) con derechos sobre la tierra; la presencia de los indígenas como dueños de un número importante de tierras en donde existen importantes recursos naturales y captadoras de agua; una nueva conflictividad asociada a los derechos individuales y al interés de empresas por explotar los recursos minerales y naturales que existen en las tierras rústicas del país. Este organismo considera que la agricultura a pequeña escala, acompañada de estrategias e inversiones públicas, tiene la capacidad de contribuir de manera efectiva a la seguridad alimentaria y, en consecuencia, al crecimiento económico, la generación de empleo, la reducción de la pobreza, la emancipación de grupos desatendidos y marginados y la reducción de las desigualdades espaciales y socioeconómicas.4
En este sentido, el Coneval ve un área de oportunidad en las políticas públicas que buscan generar las condiciones, mecanismos o canales para que las personas o los distintos sectores de la economía produzcan mayor valor económico. Incluso hace referencia al “Programa para Democratizar la Productividad”, publicado en el Diario Oficial de la Federación en agosto de 2013, que tiene como propósito coordinar las acciones de gobierno cuya finalidad es eliminar los obstáculos que limitan el potencial productivo de los ciudadanos y las empresas, impulsar el uso eficiente de los recursos productivos y analizar de manera integral la política de ingresos y gastos públicos para que las estrategias y los programas del gobierno induzcan la formalidad.5
Por estas razones consideramos que las personas que viven en ejidos y comunidades rurales representan un importante sector económico que ha sido subestimado y tienen un enorme potencial de crecimiento y desarrollo. Durante los últimos años, las empresas comunales, que se dedican principalmente al aprovechamiento sustentable de sus recursos y realizan actividades económicas de impacto local como ecoturismo, elaboración de artesanías y muebles, aserraderos y venta de madera, granjas acuícolas, por mencionar, algunas, han logrado desarrollar importantes fuentes de empleo e ingresos.
En el municipio de Ixtlán de Juárez, Oaxaca con el apoyo de las seis empresas comunitarias se construyó 90 por ciento del palacio municipal. Además de que han apoyado a la construcción de banquetas y techados para las escuelas públicas, pavimentación, obras de drenaje y agua potable, restauración del templo católico, incluso han contribuido con el parque vehicular del ayuntamiento.
Sin embargo, cuando estas empresas comunales comienzan a desarrollar cadenas productivas o industrializan sus actividades, la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR) les aplica el mismo tratamiento que a cualquier empresa privada, lo cual tiene un impacto considerable en sus ingresos, máxime cuando el objeto de estas empresas es el beneficio social. Por ejemplo, cuando una empresa comunal realiza alguna actividad de tequio, como apoyar a la realización de trabajos de reforestación y cuidado del bosque, estas actividades no son facturables y, por tanto, tampoco deducibles de impuestos.
Cabe destacar que en 1991 se adicionó un artículo 10-B a la LISR que exentaba el pago de impuestos a las personas morales dedicadas a las a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras de la siguiente manera:
Artículo 10-B.- Las personas morales que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de las mismas, siempre que no excedan en el ejercicio de veinte veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año, por cada uno de sus socios o asociados. La exención referida en ningún caso excederá, en su totalidad, de 200 veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica de la persona moral elevado al año.6
Posteriormente, el 31 de diciembre del 2000 se reformó dicho artículo en donde se exentó del pago del impuesto sobre la renta por los ingresos que ejidos, uniones de ejidos y empresas sociales por el beneficio, conservación, comercialización, almacenamiento e industrialización de sus productos, quedando de la siguiente forma:
Artículo 10-B. ...
Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable a los ingresos que obtengan las sociedades cooperativas de producción de bienes.
Por los ingresos que excedan a la cantidad señalada en el primer párrafo de este artículo, los contribuyentes pagarán el impuesto en los términos de este Título y efectuarán sus deducciones en la proporción que guarden los ingresos gravables del ejercicio respecto del total de ingresos obtenidos en el mismo.
No pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos que obtengan por el beneficio, conservación, comercialización, almacenamiento e industrialización de sus productos, las personas morales que se señalan a continuación:
a) Ejidos y comunidades.
b) Uniones de ejidos y de comunidades.
c) La empresa social, constituida por avecindados e hijos de ejidatarios con derechos a salvo.
d) Asociaciones rurales de interés colectivo.
e) Unidad agrícola industrial de la mujer campesina.
f) Colonias agrícolas y ganaderas.
Las asociaciones rurales de interés colectivo, para gozar de la exención a que se refiere este artículo, estarán obligadas a llevar contabilidad simplificada en los términos del Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.7
Sin embargo, con la abrogación y la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta de 2002 sin razón alguna, se eliminó este artículo y con ello este importante beneficio fiscal. Cabe destacar que las Sociedades Rurales son asociaciones conformadas por sujetos de derecho social, con la finalidad de coordinar actividades productivas, de asistencia mutua y comercialización en sus núcleos agrarios.
El artículo 108 de la Ley Agraria señala que “los ejidos y comunidades podrán establecer empresas para el aprovechamiento de sus recursos naturales o de cualquier índole, así como a la prestación de servicios. En ellas podrán participar ejidatarios, grupos de mujeres campesinas organizadas, hijos de ejidatarios, comuneros, avecindados y pequeños productores”. De acuerdo con esta ley existen 4 diferentes tipos de sociedades rurales:
1. Unión de Ejidos o Unión de Ejidos y Comunidades. Se pueden integrar por más de dos ejidos o comunidades.
2. Asociación Rural de Interés Colectivo (ARIC). Podrán constituirse por dos o más ejidos, comunidades, uniones de ejidos o comunidades, sociedades de producción rural o uniones de producción rural.
3. Sociedades de Producción Rural (SPR). Se constituyen por dos o más personas físicas.
4. Unión de Sociedades de Producción Rural (USPR). Dos o más sociedades de producción rural podrán constituir uniones con personalidad jurídica propia.
Actualmente de acuerdo con el Registro Agrario Nacional están inscritas 34 mil 281 sociedades rurales en todo el país. Entre los estados con mayor número de sociedades rurales registradas se encuentran: Oaxaca con 5 mil 520; Chiapas, 4 mil 119; Veracruz, 3 mil 659; Sinaloa, 3 mil 452; Sonora, mil 987; Yucatán, mil 572; Puebla, mil 569; Campeche, mil 405; Hidalgo, mil 122; Michoacán, mil 99 y Tabasco mil 17.
Otros estados con una cifra importante son Morelos, 969; Durango, 924; San Luis Potosí, 847; Guerrero, 759; Nayarit, 677; Tlaxcala, 532, Tamaulipas, 637, y Jalisco con 312.8
Como podemos dar cuenta, en los estados del sur-sureste se concentra la mayoría de este tipo de sociedades con 16 mil 620. Lo anterior se vuelve relevante porque es en esos estados en donde se tienen los índices de desarrollo más bajos del país, y estas empresas sociales podrían contribuir al desarrollo local y nacional volviendo a tener ese beneficio fiscal.
Por estas razones, en el marco de la firma del “Pacto Oaxaca. Hacia un Sur Sureste del Futuro”, suscrito por el presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, los gobernadores de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, grupos empresariales y académicos para generar políticas y acciones que contribuyan al desarrollo regional, consideramos reformar la ley en comento con la finalidad de que las asociaciones rurales de interés colectivo, las sociedades de producción rural, las uniones de ejidos y comunidades y las uniones de sociedades de producción rural no paguen el impuesto sobre la renta por los ingresos que obtengan por el beneficio, conservación, comercialización, almacenamiento e industrialización de sus productos y los servicios.
Por lo expuesto, fundado y motivado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por la que se adiciona la fracción XXVII al artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Único. Se adiciona la fracción XXVII al artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 79. No son contribuyentes del impuesto sobre la renta, las siguientes personas morales:
I. a XXVI. ...
XXVII. Las Asociaciones rurales de interés colectivo, las Sociedades de producción rural, las uniones de ejidos y comunidades y las uniones de sociedades de producción rural, constituidas en los términos de la Ley Agraria.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 El Colegio de México. Desigualdades en México 2018. Red de estudios sobre desigualdades. México. 2018. Página 56.
2 Coneval. Informe de Evaluación de la Política de Desarrollo Social 2018. México. 2018. Páginas 25-27.
3 FAO. México rural del Siglo XXI. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. México. 2018, página 14
4 Coneval. Informe de Evaluación de la Política de Desarrollo Social 2018. Obra citada Páginas 14-15.
5 Ibídem. Página 62.
6 Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ley del Impuesto sobre la Renta. Sistema de Consulta de Ordenamientos. Página 24. En línea, fecha de consulta: 23 septiembre de 2019. Disponible en:
http://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/AbrirDocArticulo.aspx?q=
yAXvrfi27NPw2NvUW7tF0VANlPN4gCDJ8UfFfNy++TVqIAcJzJ1/+oR4zM73r96ec4IQgF01tjQTtX/E3vjDAg==
7 Ídem. Página 24.
Salón de sesiones del Senado de la República del honorable Congreso de la Unión, a 24 de septiembre de 2019.
Senador Raúl Bolaños-Cacho Cué (rúbrica)
Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 5, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por la senadora Freyda Marybel Villegas Canché, del Grupo Parlamentario de Morena
Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2019.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Freyda Marybel Villegas Canché, del Grupo Parlamentario Morena, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b, numeral 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
La que suscribe, senadora Freyda Marybel Villegas Canché, integrante del Grupo Parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional de la LXIV Legislatura, integrante de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en los artículos 71, fracción, 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción 1, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El comercio de bienes y servicios ambientales ha logrado mostrar su importancia en el mundo gracias a que son un camino para (1) el combate al deterioro del medio ambiente, (2) el empoderamiento de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme) y, por tanto, (3) impulsar el desarrollo económico y social de las regiones más necesitadas.
Desde los años 90 se iniciaron las discusiones para impulsar y promover este comercio para mejorar la calidad de vida de las personas. En esta época, el comercio de bienes y servicios ambientales se agrupó dentro de una industria (la industria ambientalista), la cual, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) se define como “el conjunto de actividades que producen bienes y servicios para medir, prevenir, limitar, minimizar o corregir el daño ambiental al agua, aire y tierra, así como problemas relacionados a la basura, ruido y eco-sistemas. Esto incluye tecnologías, productos y servicios más limpios que reduzcan el riesgo ambiental y minimicen la contaminación y el uso de recursos.”1
Gracias a las nuevas tendencias del milenio, la industria ambienta lista a nivel mundial, hoy en día, ha reportado ganancias de 1.16 billones de dólares con una tasa de crecimiento de 3.5 por ciento anual. Los principales mercados han sido Estados Unidos de América (EUA), China, Japón y los Estados miembros de la Unión Europea (UE), sin embargo, los países en desarrollo han también logrado formar parte de esta industria, principalmente en la parte de proveeduría agroalimentaria, gracias a que la mayoría de estos países cuentan con las condiciones climatológicas y naturales para generar estos productos.2
El comercio entre estas regiones ha dado resultados muy positivos, no solo porque ofrece a los consumidores la posibilidad de contar con productos libres de químicos, sino porque los proveedores o productores (de países en desarrollo) están recibiendo ganancias extras derivadas de la entrada de divisas, que el mercado local no lograría satisfacer.3
Las grandes instituciones de comercio, como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD, por sus siglas en inglés), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), la Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM, por sus siglas en inglés), la Organización Mundial de Comercio (OMC), entre otros organismos, han creado diversas iniciativas para estimular a los gobiernos para la generación de herramientas que permitan facilitar el comercio de productos orgánicos.
Al fomentar esto de manera interna, se cumplen los compromisos que van directamente relacionados con los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) que buscan erradicar la pobreza, proteger el planeta y garantizar el goce de paz y prosperidad para las personas.
Los desafíos del comercio ambientalista
Los productos ambientales se dividen en dos categorías de acuerdo a su propósito)4 : 1. tradicionales, si están encaminados a resolver un problema ambiental; y, 2. productos preferentemente ambientalistas, cuando son productos alternos o similares a un producto no- ambientalista. Esta categoría está dividida de la siguiente forma: (2 .1) Producción; (2 .2) Consumo; y, (2 .3) disposición.
A nivel internacional, la mayoría de los productos de la Categoría 1 se encuentran protegidos y liberalizados en acuerdos plurilaterales como el Anexo C promovido por el Foro de Cooperación Económica Asia- Pacifico (APEC, por sus siglas en inglés) o la lista del Acuerdo de Bienes Ambientales (EGA, por sus siglas en inglés) de la OMC; sin embargo, los productos de la Categoría 2 no han podido recibir el trato especializado y diferenciado que se requiere para promover el comercio ambientalista. Los más afectados han sido los productos “orgánicos” y “biodegradables”.
Los productos orgánicos son productos convencionales que fueron elaborados con ingredientes y métodos alternos a los que utilizan empresas industrializadas (Sugathan, M. 2007). Los productos orgánicos no son productos innovadores o nuevos como los tecnológicos, que vienen a revolucionar el modo de vida de las personas; estos productos buscan sustituir al producto convencional y es por esta razón que la categoría es muy amplia, y comprende desde ropa, pasta de dientes, bolsas de supermercado hasta productos más sofisticados, como métodos anticonceptivos, entre muchos otros.
En 2016, el valor de este mercado fue de 90 mil millones de dólares5 , que pese a la volatilidad de los precios en los alimentos y las crisis económicas, ha demostrado una creciente estabilidad y gran atractivo para los comerciantes de todo el mundo, tal y como se muestra en la gráfica 1.
Gracias a los efectos causados por la industrialización como el calentamiento global y daño a la salud, los productos orgánicos empezaron a ser vistos como una solución o una protesta ante esta situación, convirtiéndose en los favoritos de los consumidores del perfil “millenial” 6 .
Estudiar y analizar los productos orgánicos ha sido una tarea difícil porque existe un bajo reconocimiento en el comercio tanto local como mundial, como sucede en las leyes fiscales como en el sistema de clasificación arancelario de la Organización Mundial de Aduanas (OMA); muchos productos orgánicos se encuentran en categorías genéricas lo que dificulta obtener un mejor trato comercial como producto orientado a reducir el cambio climático y a generar un beneficio tanto como social como económico.
México y la producción orgánica
México está posicionado como un país líder en la producción orgánica: es el cuarto productor más importante a nivel mundial de estos alimentos y se encuentra entre los 20 principales países exportadores, abasteciendo a países como EUa, Japón y Estados miembros de la UE.7
En la última década el número de productores de alimentos orgánicos en México creció 5 veces, al pasar de 33 mil 587 a 169 mil 570, generando un valor de mercado de 600 millones de dólares. Los principales productos orgánicos de México son el café, el maíz azul y blanco, ajonjolí, agave, hierbas aromáticas, entre una gran variedad de frutas y verduras. Los productos de origen animal también se incluyen en esta categoría.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) pronostica que esta industria siga creciendo en los próximos años, impulsada por los productos mencionados en el párrafo anterior y también de productos que sustituyen a los convencionales, como la goma de mascar orgánica y biodegradable.
Así como fue con la industria mexicana de la vainilla y el cacao, la industria de la goma de mascar orgánica-biodegradable ha logrado destacar como un producto emblemático de la cultura mexicana, ya que su elaboración se remonta en la época de los mayas. Pese al paso de los siglos, la producción de este producto permanece en México, principalmente en la región sur del país.
Gracias a que este producto, la goma de mascar orgánica-biodegradable, ha resultado muy atractivo para los consumidores de países desarrollados (como los citados en párrafos anteriores), su valor como sector industrial ha sido importante para el comercio de México y el internacional porque aumenta la competitividad de la región e impulsa a otros sectores del mismo ramo orgánico- biodegradable a expandirse.
La promoción estratégica de productos clave puede mejorar la eficiencia y competitividad de otras industrias, especialmente si disminuye el costo de adaptación de los procesos sustentables y ambientalistas. También, puede mejorar la competitividad de importantes sectores que dependan también de una imagen ecológica-orgánica-biodegradable para ingresar a nuevos mercados o que busquen soluciones nuevas para reducir los costos en producción. Un ejemplo es la industria turística en Quintana Roo, o bien, el café orgánico producido en Chiapas.
Un sector en crecimiento
La producción de la goma de mascar orgánica-biodegradable deriva de la industria de la goma de mascar y de la industria orgánica, las cuales tienen una perspectiva de crecimiento de mercado. Para la goma de mascar, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en el 2018, esta industria crecerá 4 por ciento mientras que el crecimiento de la industria orgánica será de 10 por ciento (Sader, 2018).
De acuerdo con un reciente estudio de Euromonitor en 2018, en México el valor de venta de la goma de mascar ha crecido a una tasa de 5 por ciento anual en los últimos 5 años mientras que el volumen de venta tiene una tasa negativa de -2 .1 por ciento. Esto se debe a que las nuevas generaciones se muestran poco interesadas en el consumo de goma de mascar por lo que la industria ha buscado y logrado generar nuevos formatos que puedan sostener la producción del4% que señala Inegi.
El rechazo a la goma de mascar convencional se debe a los efectos causados al medio ambiente ya que para la fabricación de la goma de mascar se emplea una gran de cantidad de petroquímicos que dañan a la capa de ozono, y para su consumo, la goma de mascar presenta un problema de contaminación ambiental y visual por la cantidad de desperdicios que se generan por no ser depositada adecuadamente después de ser utilizada.
La goma de mascar cuando es empleada o masticada, por lo general, se tira al pavimento y no en contenedores especiales, lo que ha llevado a gobiernos de diferentes países a invertir recursos económicos para limpiar las calles, como ha sucedido en Londres y Nueva York, que han tenido que modificar sus reglamentos para poder multar a quienes lleven a cabo estas acciones. En casos más drásticos como el de Singapur, el uso de la goma de mascar ha quedado totalmente prohibido. Por esta razón, la goma de mascar orgánica - biodegradable ha logrado crecer tanto en volumen como en valor de las ventas, gracias a que es un producto que aporta un valor agregado al consumidor actual que busca nuevas opciones y que le genere un beneficio extra.
Industrias paralelas
Para poder entender la diferencia entre estos productos, a continuación se presentará una serie de características de la goma de mascar orgánica-biodegradable que muestran que se trata de un producto completamente diferente al convencional pese a que comparten la misma función.
A continuación, se presenta un cuadro que remarca las diferentes entre ambos productos y ambas industrias desde diferentes factores:
Efectos en la salud humana y medio ambiente
De manera separada, se presenta un análisis sobre los impactos que causan ambos productos tanto a la salud como al medio ambiente:
Comercio en México de la goma de mascar orgánica-biodegradable
La industria de la goma de mascar orgamca - biodegradable satisface tanto al mercado nacional como internacional, distribuyendo sus ventas en 33 por ciento en México y el 67% en países como Inglaterra, Italia, Francia, Japón, Canadá, EUA, entre otros. La Tabla 1 en conjunto con la Gráfica 2 muestra el importante crecimiento que ha tenido esta industria en los últimos años gracias a los beneficios que aportan, tanto al medio ambiente como a la salud de las personas.
De acuerdo los datos de la tabla 1, las ventas de la industria chiclera del sur ha crecido 81 por ciento: en el mercado nacional han tenido un importante crecimiento acumulado de 256 por ciento en los últimos años, para el mercado internacional el porcentaje de crecimiento también ha sido positivo de 13 por ciento.
Si se consideran los datos mostrados en las gráficas 2 y 3, el valor de ventas de esta industria representó para 2018, 0.01 por ciento del valor total de ventas de la goma de mascar en general y el 0.07 por ciento de volumen total (ver tabla 2).
Pese a que la participación de la industria de la goma de mascar orgánica biodegradable es baja en cuanto a la industria en general, a nivel estatal y regional esta industria tiene un importante papel en cuanto a su participación en la industria alimentaria en general y en las exportaciones la cual supera más de 60 por ciento en ambos casos.
La producción de la goma de mascar orgánica - biodegradable se concentra en la Selva Maya por ser la única región en el mundo donde crece el árbol de chicozapote. Esta industria sólo ocupa 1.3 millones de hectáreas de los 14 millones de hectáreas que representa este ecosistema en los estados de Quintana Roo, Campeche, Tabasco y Chiapas, de lado de México, incluyendo a Belice y Guatemala, como se muestra en la siguiente imagen:
Por tanto, la industria actualmente sólo emplea 9 por ciento de la superficie total de la Selva Maya teniendo una oportunidad de seguir creciendo y generar empleo en el resto de las comunidades en Quintana Roo, así como de los estados aledaños con posible extensión a Belice y Guatemala que podrían beneficiarse a través del Plan de Desarrollo de Centroamérica.
Trato comercial en México
De acuerdo con el Codex Alimentarious de la FAO el chicle, o la goma de mascar, forma parte del concepto de alimento:
Se entiende por “alimento” toda sustancia, elaborada, semielaborada o bruta, que se destina al consumo humano, incluyendo las bebidas, el chicle y cualesquiera otras sustancias que se utilicen en la fabricación, preparación o tratamiento de los alimentos, pero no incluye los cosméticos ni el tabaco ni las sustancias utilizadas solamente como medicamentos.18
En México, la mayoría de los alimentos se encuentran exentos del impuesto al valor agregado (IVA); el chicle o la goma de mascar gozaba de este trato hasta 2013, cuando se expide el decreto DOF 11/12/2013 para reformar la Ley del IVA:
Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes: b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación a excepción de: 5. Chicles o gomas de mascar
Las razones que motivaron a que este producto se gravase con IVA es por la contaminación que genera en la vía pública y el empleo de recursos públicos que requieren invertirse para removerlo, incluso, en 2016, se buscó que la goma de mascar estuviera sujeta también al pago del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) pero la propuesta no tuvo éxito y por ahora el producto solo está sujeto al pago del IVA.
La industria de la goma de mascar orgánica-biodegradable se ve severamente afectada por este tipo de medidas, que si bien son aplicadas para recompensar el daño 1 costo que genera, el producto se ve discriminado porque, de forma contraria, representa un ahorro y una prevención para el gobierno y los ciudadanos, al no generar los mismos impactos ambientales y de salud pública que la goma de mascar convencional.
El producto de hecho encaja con lo que se indica en el artículo 2-A de la Ley de IVA y la descripción del artículo 6 el Reglamento de Ley de IVA:
Ley de IVA
Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa de 0 por ciento a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes: l. La enajenación de: a) Animales y vegetales que no estén industrializados, salvo el hule, perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar.
Reglamento de la Ley de IVA
Artículo 6. Para los efectos del artículo 2o. -A, fracción 1, inciso a) de la ley, se considera que los animales y vegetales no están industrializados por el simple hecho de que se presenten cortados, aplanados, en trozos, frescos, salados, secos, refrigerados, congelados o empacados ni los vegetales por el hecho de que sean sometidos a procesos de secado, limpiado, descascarado, despepitado o desgranado.
Tal y como se ha señalado en los párrafos anteriores, la goma de mascar hecha con resina del chicozapote sufre de un trato discriminatorio al igual que una serie de productos orgánicos cuya función es igual que uno convencional, pero con menor impacto al medio ambiente. La única forma de que estos productos puedan recibir un mejor trato, y con esto se adopten mejores medidas de mitigación dentro del comercio, es a través de un reconocimiento explícito dentro de la ley.
Legislación mexicana
En los artículos 21 y 22 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente (LGEEPA) se plantean los instrumentos económicos que pueden ser empleados por la Federación para promover el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental. De forma más específica, en la fracción VI del artículo 22 Bis, la Ley permite generar estímulos fiscales, de forma prioritaria, a los productos certificados ambientalmente, como en el caso de la goma de mascar orgánica-biodegradable.
Asimismo, dentro del artículo 4o de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS) se reconoce la importancia de impulsar actividades económicas relacionadas a la conservación y mejoramiento de. los recursos naturales a través de actividades productivas y de desarrollo social. Por tanto, se reconoce a la industria de la goma de mascar orgánica-biodegradable como una actividad productiva que eleva la competitividad de la región sur del país y que debe ser impulsada para generar el desarrollo sustentable que se busca en la LDRS.
Dentro de los artículos 5o y 6o de la LDRS, como complemento del artículo 4o, se encomienda al gobierno impulsar industrias, como la de goma de mascar orgánica - biodegradable, para cumplir con los objetivos descritos en las fracciones 1, 11, IV y V del mismo artículo, las cuales hacen mención al bienestar social y económico, la reconvención productiva, el aprovechamiento sustentable y la valoración cultural de diferentes manifestaciones de la agricultura nacional.
La Ley de Productos Orgánicos (LPO) tiene como objetivo promover la comercialización de productos producidos orgánicamente, por lo que faculta y obliga a la Sader de ser la institución pública encargada de impulsar las industrias de productos orgánicos, cuando éstos se relacionen con los objetivos descritos en el artículo 1 de la LPO.
De esta manera se establecería que la industria de productos orgánicos debe promoverse por ser un sector comprometido a proteger los recursos naturales del país, que son una parte importante del patrimonio mexicano, y de promover el desarrollo rural inclusivo en la región sur del país, que se encuentra más económicamente vulnerable.
La goma de mascar orgánica-biodegradable cumple, como industria y producto emblemático del patrimonio cultural de México, con todos los requisitos necesarios para respaldar su trato especial y diferenciado, por lo que debe ser reconocida.
Compromisos internacionales
Dentro de la Declaración Ministerial de la Ronda de Doha, se estableció un capítulo de Comercio y Medio Ambiente, cuyos Artículos 31 y 32 reconocen la importancia de apoyar el medio ambiente por medio del comercio a través de la promoción de productos y servicios cuyo uso o propósito sea ambientalista:
Artículo 31. Con miras a aumentar el apoyo mutuo del comercio y el medio ambiente, acordamos negociaciones, sin prejuzgar sobre su resultado, sobre:
(i) la relación entre las normas existentes de la OMC y las obligaciones comerciales específicas establecidas en los acuerdos ambientales multilaterales (AAM). Las negociaciones tendrán un alcance limitado a la aplicabilidad de las normas vigentes de la OMC como entre las partes en el AMUMA en cuestión. Las negociaciones no prejuzgarán los derechos de la OMC de ningún Miembro que no sea parte en el AMUMA en cuestión;
(ii) los procedimientos para el intercambio regular de información entre las secretarías de los AMUMA y los comités pertinentes de la OMC, y los criterios para otorgar la condición de observador;
(iii) la reducción o, según corresponda, la eliminación de los obstáculos arancelarios y no arancelarios a los bienes y servicios ambientales.
Observamos que las subvenciones a la pesca forman parte de las negociaciones previstas en el párrafo 28.
Artículo 32. Encomendamos al Comité de Comercio y Medio Ambiente que, al proseguir el trabajo sobre todos los puntos del orden del día dentro de su mandato actual, preste especial atención a:
(i) el efecto de las medidas ambientales en el acceso a los mercados, especialmente en relación con los países en desarrollo, en particular los menos adelantados, y las situaciones en las que la eliminación o reducción de las restricciones y distorsiones comerciales beneficiaría el comercio, el medio ambiente y el desarrollo
(ii) las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio; y
(iii) requisitos de etiquetado para fines ambientales.
...
33. Reconocemos la importancia de la asistencia técnica y la creación de capacidad en la esfera del comercio y el medio ambiente para los países en desarrollo, en particular los menos adelantados. También alentamos a que la experiencia y la experiencia se compartan con los miembros que deseen realizar revisiones ambientales a nivel nacional. Se preparará un informe sobre estas actividades para la quinta sesión.
El inciso (iii) del artículo 31 (“...eliminación de los obstáculos arancelarios y no arancelarios a los bienes y servicios ambientales.”) ofrece una oportunidad a la industria ambientalista de pedir a las autoridades apoyo para facilitar el comercio de dichos productos.
La Convención Marco sobre Cambio Climático (CMCC) hace un llamado a los Estados miembros de tener en cuenta al mayor número de sectores económicos para la creación de estrátegias de medio ambiento y de crecimiento económico, con el fin de cumplir combatir el cambio climático y la pobreza al mismo tiempo, reconociendo de esta manera la falta de medidas que encaminen el comercio ambiental. Esto se menciona en los párrafos 3, 4 y 5 del mismo artículo (artículo 3):
3. Las partes deberían tomar medidas de precaución para prever, prevenir o reducir al mínimo las causas del cambio climático y mitigar sus efectos adversos. Cuando haya amenaza de daño grave o irreversible, no debería utilizarse la falta de total certidumbre científica como razón para posponer tales medidas, tomando en cuenta que las políticas y medidas para hacer frente al cambio climático deberían ser eficaces en función de los costos a fin de asegurar beneficios mundiales al menor costo posible. A tal fin, esas políticas y medidas deberían tener en cuenta los distintos contextos socioeconómicos, ser integrales, incluir todas las fuentes, sumideros y depósitos pertinentes de gases de efecto invernadero y abarcar todos los sectores económicos. Los esfuerzos para hacer frente al cambio climático pueden llevarse a cabo en cooperación entre las partes interesadas.
4. Las partes tienen derecho al desarrollo sostenible y deberían promoverlo. Las políticas y medidas para proteger el sistema climático contra el cambio inducido por el ser humano deberían ser apropiadas para las condiciones específicas de cada una de las Partes y estar integradas en los programas nacionales de desarrollo, tomando en cuenta que el crecimiento económico es esencial para la adopción de medidas encaminadas a hacer frente al cambio climático.
5. Las partes deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional abierto y propicio que condujera al crecimiento económico y desarrollo sostenibles de todas las partes, particularmente de las partes que son países en desarrollo, permitiéndoles de ese modo hacer frente en mejor forma a los problemas del cambio climático. Las medidas adoptadas para combatir el cambio climático, incluidas las unilaterales, no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción encubierta al comercio internacional.
Para seguir impulsando estos compromisos, en el 2015 la Asamblea General de la Organización de la Naciones Unidas (ONU) adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual consiste en una lista de 17 objetivos a favor de las personas y el medio ambiente empleando diversos ejes como el comercio; por tanto, los objetivos que apoyan a la industria orgánica - biodegradable son los siguientes:
Objetivo 3. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades.
Objetivo 8. Promover el crecimiento econom1co sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
Objetivo 9. Construir infraestructuras resilientes, promover la industdalización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación.
Objetivo 12. Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles.
Objetivo 13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos.
Experiencia comparada
Algunos países han implementado medidas para incentivar la producción orgánica gracias al potencial comprobado que tiene dentro del comercio y por ser una industria noble que promueve el desarrollo económico y social y que también protege al medio ambiente. Algunos ejemplos sobre estas medidas se explicarán a continuación:
• En 2006, el gobierno de Francia lanzó un programa de crédito fiscal para productores orgánicos con el propósito de otorgar incentivos a los agricultores que tienen espacios de cultivo reducidos y, de los cuales, no tendrían alguna otra forma de recibir una ayuda significativa del área de subvenciones. El crédito fiscal está reservado para los productores que, por lo menos, 40 por ciento de sus ingresos agrícolas totales provenga de la producción orgánica certificada.
El pago fijo es de 2 mil 500 euros. Sin embargo, el crédito fiscal puede ser únicamente mezclado con subvenciones si el total no excede los 4 mil euros por granja. Para 2009, el gobierno de Francia también permitió a las municipalidades eximir a las tierras que tengan certificado orgánico del impuesto sobre bienes inmuebles por un periodo de 5 años, con la obligación de que los terratenientes transmitan la cantidad total de la exención tributaria a sus arrendatarios en caso de que la tierra sea rentada.
• El gobierno de Argentina anunció en marzo de 2016 la eliminación completa de los impuestos a la exportación de productos orgánicos de origen vegetal con el fin de promover las exportaciones de orgánicos. Este tratamiento solo aplica a los productos orgánicos que cuenten con certificación bajo la Ley Orgánica Nacional.
• Noruega también fue un país que también redujo sus aranceles a la importación de ciertos productos orgánicos, como vegetales procesados, jugos y alimento para bebé, en comparación a los productos convencionales que mantuvieron la tarifa arancelaria.
• India ha hecho modificaciones en su legislación nacional para hacer a los productos orgánicos- biodegradables más accesibles a los consumidores para que pueda haber una sustitución de compra. Estos productos han sido desde platillos desechables biodegradables hasta toallas sanitarias.
La experiencia señala que las medidas que ejercen los gobiernos a la industria orgánica son a través de exenciones tributarias y las razones han sido en gran parte por el costo- beneficio que ofrecen. De acuerdo con el IFOAM, las exenciones tributarias enfocadas a los productores orgánicos son una manera de incentivar la industria ambientalista y la inversión privada (y potencialmente atraer inversión extranjera) en operaciones relacionadas con la industria, tomando en cuenta las externalidades positivas del mismo mercado ambientalista.
Las ventajas políticas, económicas y sociales que ofrecen dichas exenciones sobre alguna industria ambientalista, como lo es la industria de la goma de mascar orgánica-biodegradable, son las siguientes:
1. No distorsionan la producción y a la industria, y otorgan la libertad de invertir con base en las oportunidades mercado.
2. Es una manera de incrementar el rendimiento en el capital y el empleo; y, por tanto, promover más inversión, así como la creación de trabajos en la industria.
3. Un régimen de impuestos bajos en la industria ambientalista y en los sectores subyacentes también tiene como efecto incrementar la competitividad a nivel internacional y, por tanto, favorecer las exportaciones o la sustitución de importaciones sin afectar los compromisos internacionales como las medidas que imponen la OMC.
4. No requiere de gastos provenientes de fondos públicos. Pese a que el impacto económico de un gasto público y la pérdida de una entrada por impuestos deben ser equivalentes, por cuestiones políticas y otras razones, es más fácil para el Gobierno acordar beneficios fiscales para esta industria que acordar la asignación de presupuesto para invertir en dicho sector, especialmente por la situación que se encuentra México por el tema de finanzas públicas. Es decir, es mejor dar una exención tributaria que otorgar un subsidio monetario.
5. Mejora la imagen del país al posicionarlo como un país comprometido a tener una economía más “verde”.
En el caso de la industria de la goma de mascar orgánica-biodegradable, gravar con IVA a tasa cero a este producto no generará un impacto negativo en las finanzas públicas sino un impacto positivo porque ese dinero se emplearía para inversión, crecimiento de la industria y generación de empleos en la región del sur en México, sin que se necesite colocar fondos especiales que implican largos procesos. Si se toma como muestra la Tabla 2, los 500mil pesos que se recaudan a través del IVA son incluso inferiores a los montos de apoyo que ofrecen instituciones públicas como Aserca (Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios) que superan, en su mayoría de los casos, montos de $1,000,000.00 MXN.
Esta situación representa una importante oportunidad para México para seguir fortaleciendo el sector agropecuario de valor agregado; además, considerando la situación actual con la región de Centroamérica, que también posee árboles de chicozapote, se podría desarrollar una cadena productiva que genere empleo en más lugares y personas en condiciones vulnerables se vean beneficiadas.
Tanto Quintana Roo como el país se posicionaría de forma más estratégica como referente de producción orgánica, fortaleciendo de forma paralela a otros cultivos u otras industrias, como la del turismo, y que también estimula a la población a un consumo más saludable y a un desarrollo económico y social más estable.
De acuerdo con lo anterior, la presente iniciativa reconoce los siguientes puntos:
• Es injusto tratar productos ambientales que fomentan el desarrollo de la misma manera que se trata a productos que no benefician al medio ambiente, sino que también ocasionan daños sociales.
• La goma de mascar orgánica-biodegradable como un producto diferente al convencional, cuyo propósito es reducir la contaminación ambiental y visual que se genera día con día y que afecta de forma directa a la salud de las personas y a los ecosistemas, debe recibir un trato especial para que el mercado tanto internacional como nacional, principalmente, logren identificarlo por medio de mecanismos vinculantes como la Ley de IVA o la Ley de Impuestos Generales a la Importación y Exportación (LIGIE).
• El reconocimiento de la goma de mascar orgánica como un producto diferente logrará estimular al sector industrial por optar materias primas que sean más del tipo ambientalista, sin tener que incurrir a altos impuestos excesivos que desalientan a los industriales y que lleva a una reducción en las ganancias y repercute en el desempleo y una desaceleración de la economía del país. Esta medida podrá ser replicada en los países donde se exporta actualmente este producto ya que cuentan con instrumentos legales que permitan otorgar incentivos a este tipo productos; sin embargo, es importante que el endoso venga por parte de México de donde es originario el producto.
• El marco regulatorio de México, así como los compromisos internacionales suscritos, establecen que se debe incentivar estas industrias en la medida que sea posible. Por tanto, se propone modificar la Ley de IVA para que se reconozca a la emblemática goma de mascar orgánica-biodegradable y reciba el trato como producto ambientalista.
A continuación, se presenta un cuadro en el que se compara el texto vigente de la Ley del IVA con la propuesta de reforma planteada en la presente iniciativa:
Por lo expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Único. Se reforma el artículo 2o.- A, fracción I, inciso b, numeral 5, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa de 0 por ciento a los valores a que se refiere esta ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
I. La enajenación de:
a)...
b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación a excepción de:
1. a 4. ...
5. Chicles o gomas de mascar, excluyendo el orgánico biodegradable fabricado con resina del árbol manilkara zapota (chicozapote).
6. ...
c) a i)...
II. a IV. ...
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 OCDE (1999). The Environmental Goods & Services lndustry: Manual for data collection and analysis. OECD Publications Service: Paris, Francia. Publicación en línea. Extraído el 12 de diciembre 2018 de https://unstats.un. org/unsd/envaccounting/ ceea/arch ive/EP EA/Envl ndustry Manual_for_data_collection.PDF
2 Bailey, J. (2017). Global Environmentallndustry Generates Revenues of $1.16 Trillion in 2016. Environmental Business Council: San Diego, California. [Publicación en línea]. Publicado el25 de agosto 2017 y extraído el 10 de noviembre 2018 del sitio http :// ebcne.org/ news/ global-envi ron mental-i nd ustry-generates-revenues-of-1-16- trillion-in-2016/
3 Goma (2012). Let the good products flow. Global Organic Market Access in 2012 and Beyond-Presented by FAO 1 Ifoam 1 UNCTAD: Nuremberg, Alemania. Documento en línea. Extraído el 3 de septiembre 2018 del sitio http://www.fao .org/docrep/015/an455e/an455eOO.pdf
4 Sugathan, M. (2007). Promoting Trade in Environmental Goods: How can RTA’s contribute?. Workshop on Regional Trade Agreements and the Environment OECD-UNU-IAS and Ministry of Environment: Tokyo, Japan. Presentado el 19 de junio 2007 y consultado el 30 de agosto 2018.
5 Greene, C. (2017). The outlook for organic agriculture. 94th Annual USDA Agricultura, Outlook Forum: Crystal City, VA. Documento en línea. Extraído el 5 de septiembre 2018 del sitio https://www.usda .gov/oce/forum/2018/speeches/Catherine Greene.pdf
6 Los millenials son aquellas personas nacidas entre 1981 y 1995 (aproximadamente) que comparten características propias de una personalidad. Muchos estudios lo relacionan con el uso intensivo de tecnologías así como con ser consumidores más consientes con el medio ambiente.
7 Sader (2017). Producción de alimentos orgánicos, tendencia exitosa para México. Blog de SAGARPA Publicación en línea. Publicado el 6 de julio 2017 y extraído el 2 de agosto 2018 del sitio https://www.gob.mx/sagarpa/articulos/produccion-de-alimentos-organicos- tendencia-exitosa-paramexico ?idiom=es
8 Broom, S.; lsern, M.; Peña, A. (2016). Panorama hispanohablante Volumen 2. Pag. 100. Cambridge University Press: Cambridge, Reino Unido. ISBN 978-1-316-50418.5.
9 La goma de mascar orgánica se degrada convirtiéndose en polvo que no afecta al medio ambiente.
10 Valdez, l. (2014). Cuesta 1 millón de pesos quitar chicles en la Plaza de la República. Milenio. Publicación en línea. Publicado el 18 de junio del 2014 y extraído el 2 de septiembre del 2018 del sitio http://www.milenio.com/ estados/cuesta-1-md p-quitar-chicles-plaza-republica
11 El Correo del Sol, 2018. Obtenido en línea a través de: https://elcorreodelsol.com/articulo/los-41-aditivos-mas-peligrosos
12 Mercola (14 de agosto, 2017). El riesgo cerebral oculto en los alimentos y cosméticos. Obtenido en línea a través de https://articulos. mercola.com/sitios/articulos/archivo/2017 /08/14/productos-con-na napa rticu 1 as-dedioxido- de-titanio.aspx
13 Mendoza, R. (14 de mayo, 2018) . Cuidado con la tartrazina, un colorante enemigo en las loncheras. Diario Correo Perú. Obtenido en línea de https://diariocorreo.pe/peru/cuidado-con-la-tartrazina-un-colorante-dec uidado- 572886/
14 Aditivos alimentarios (2018). Obtenido en línea a través de https://www.aditivosalimentarios.com/2016/01/E133.html
15 Vida lucida (2018). La goma de mascar contiene la sustancia más tóxica en el supermercado. Obtenido en línea a través de https://www.lavidalucida.com/la-goma-de-mascar-la -sustancia-mas.html
16 Global Healing Center (2014). Los riesgos para la salud del titanio. Obtenido en línea a través de https://www.globalhealingcenter.net/salud-natural/riesgos-del-titanio.h tml
17 Valdez, l. (2014). Cuesta 1 millón de pesos quitar chicles en la Plaza de la República. Milenio. Publicación en línea. Publicado el18 de junio del 2014 y extraído el 2 de septiembre de 2018 del sitio http://www.milenio.com/ estados/cuesta-1-mdp-quitar-chicles-plaza-republica
18 FAO (1997). Comisión del Codex Alimentarius: Manual de procedimiento-Décima edición. Secretaría del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias: Roma, Italia. [Documento en línea]. Extraído el 20 de junio 2019 del sitio
http://www.fao.org/3/w5975s/w5975s00.htm#Contents
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a los 3 días del mes de septiembre de 2019.
Senadora Freyda Marybel Villegas Canché (rúbrica)
Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos, presentada por la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, del Grupo Parlamentario del PAN
Ciudad de México, a 3 de octubre de 2019
Secretario de la Cámara de Diputados
Presente
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
La suscrita, senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 8, numeral I, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, presenta a consideración de esta soberanía: iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18-A, de la Ley Federal de Derechos, con la siguiente
Exposición de Motivos
El sargazo pelágico (Sargassum natans y Sargassum fluitans) , son algas pardas perteneciente al grupo de las feofitas, estas completan su ciclo completo de vida flotando a la deriva en la superficie marina, agrupadas en masas flotantes muy extensas, formando grandes manchas alargadas con forma de estrías de varios kilómetros de largo y sumando todas ellas millones de toneladas de biomasa a la deriva.
Sin embargo, su arribo masivo a las costas y playas del Caribe mexicano, durante los últimos años, es ocasionado por las corrientes marinas y vientos, y el aumento en su volumen se piensa que es ocasionado por el aumento tanto de nutrientes, como de la temperatura del agua marina.
En 2013, se reportó el primer análisis de imágenes de satélite realizadas por investigadores canadienses, esto aunado a otras investigaciones realizadas por oceanógrafos de la Universidad Nacional Autónoma de México y teóricos de todo el Caribe, el origen del arribo masivo a las playas del Caribe mexicano se encuentra en el océano Atlántico, entre Brasil y África, punto en donde coinciden las vertientes de las arenas del Sahara y la desembocadura del Amazonas.
El arribazón de las dos especies a las costas es un fenómeno natural relativamente común, sin embargo, este arribo masivo a las playas se ha incrementado de manera atípica en cantidad, frecuencia, extensión y duración, desde 1970.
Durante el verano de 2011 ocurrió un arribazón masivo de sargazo, considerado un evento de “escala oceánica”, abarcando las costas este del mar Caribe (sur de Cuba y las Antillas Menores) y el oeste de África (desde Sierra Leona hasta Ghana)1 .
En el verano de 2013 en el Caribe mexicano se reportó la llegada de grandes cantidades de estas macroalgas a las costas; esto continuó de forma esporádica durante los siguientes meses, hasta que a finales de 2014 y durante 2015, (año de mucha intensidad en el arribo de sargazo), esta situación se volvió recurrente, con un reporte masivo en el año 2018.
A principios de 2015 la presencia de grandes cantidades de sargazo en las playas se convirtió en un problema persistente y grave. Los arribazones en las playas de Quintana Roo afectaron prácticamente a la totalidad de playas y costas de los cinco municipios, y en una escala masiva sin precedentes, en los meses de julio a noviembre, por lo que tuvieron que redoblarse esfuerzos para su retiro en las playas y tomar algunas medidas urgentes en el mar para contener su arribo a las playas.
En 2015, el fenómeno natural del sargazo se consideró masivo por las grandes cantidades que arribaron a las costas, cuantificado en 320 metros cúbicos de sargazo por cada kilómetro de playa por día, sólo durante agosto.
La contención, retiro y limpieza de sargazo fueron las actividades que prioritariamente se atendieron en esa temporada, pues se removió un promedio de 320 metros cúbicos por kilómetro de costas y playas al día, siendo necesario el empleo de más de 4 mil 400 trabajadores para remover el sargazo, la inversión de 60 millones de pesos por parte del gobierno para contratar maquinaria para removerlo de las playas, la participación de los empresarios hoteleros con recursos económicos y humanos; un gran esfuerzo con el cual apenas limpiaron 10 por ciento de las playas afectadas. Pese a lo anterior, los impactos ambientales no se evitaron, pues la remoción del sargazo provocó la erosión de las playas y diversos daños al ecosistema costero2. Ante estos hechos las autoridades, empresarios y ciudadanía se vieron rebasados económica y materialmente para hacerle frente al fenómeno del sargazo.
En 2015 el sargazo se presentó con mayor volumen, pero nunca en la cantidad y con la duración que presentó durante 20183 . Durante los meses de marzo, abril, mayo y junio del 2018, se presentó la llegada anormal a las costas y playas de cientos de toneladas a diferentes playas de Quintana Roo4 originando una severa afectación a todo el ecosistema costero. Durante el primer semestre del 2019, el Caribe mexicano nuevamente fue golpeado por el recale del sargazo causando daños al ecosistema y a la industria turística similares a los de 2018. Gracias al monitoreo satelital de la Universidad de Florida, Estados Unidos, se sabe de la existencia de masas flotantes en océano abierto, a gran escala, con la gran probabilidad de que llegarán a nuestras playas.
De acuerdo con la investigadora Brigitta Ine Van Tussenbroek de la Unidad Académica Sistemas Arrecifales, Puerto Morelos, del Instituto de Ciencias del Mar y Limnología, de la UNAM, menciona que “no tenemos idea de la capacidad de resiliencia del entorno ante este evento, y ya ha recibido mucha materia orgánica sin precedentes”. Asimismo, ha señalado que para resolver este problema son necesarios mayores recursos y esfuerzos, pues la solución no es sencilla.
Al respecto, en septiembre de 2018, el gobierno del estado instaló el Consejo Técnico Asesor de Sargazo (CTA-S), el cual, se integra por más de 60 personas pertenecientes a centros de investigación regionales, universidades, institutos de educación, asociaciones civiles, grupos ambientalistas, autoridades de los sectores de medio ambiente y ecología, áreas naturales protegidas, pesca, educación, y del Consejo Quintanarroense de Ciencia y Tecnología. Dicho consejo tiene como objetivo general asesorar al gobierno del estado en el diseño, gestión, aplicación y evaluación de un Plan de Acción de Manejo Sustentable del Sargazo en el Caribe Mexicano (Plansarg).
Vale la pena resaltar que, a inicios de febrero del presente año, durante la visita del presidente de la República a Quintana Roo, se llevó a cabo una reunión entre autoridades federales, autoridades de la entidad y autoridades municipales, así como de empresarios hoteleros de Quintana Roo, con la finalidad de presentar parte de la estrategia para atender el problema. Entre las instituciones participantes en la iniciativa del Consejo Técnico Asesor de Sargazo (CTA-S) son: Instituto Politécnico Nacional, representado por el Centro de Educación Continua Unidad Cancún, por el Centro Interdisciplinario de Investigaciones y Estudios Sobre Medio Ambiente y Desarrollo, por el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (Cinvestav-Mérida), El Colegio de la Frontera Sur (Ecosur-Unidad Chetumal), el Centro de Investigación Científica de Yucatán-Unidad Ciencias del Agua (CICY-UCA), el Instituto de Ciencias del Mar y Limnología-Unidad Puerto Morelos de la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad del Caribe, el Instituto Tecnológico de Cancún, así como autoridades ambientales estatales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), del Instituto Nacional de Pesca (Inapesca), de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA), la Secretaría de Educación de Quintana Roo, el Consejo Quintanarroense de Ciencia y Tecnología, asociaciones civiles como el Centro de Innovación e Investigación para el Desarrollo Sustentable, el Centro Ecológico Akumal (CEA), Grupo Tortuguero del Caribe y Unidos por Quintana Roo, y ciudadanos interesados en la problemática del sargazo.
Este es el contexto del fenómeno del sargazo. De acuerdo con Hernández Arana, en el “Análisis a corto plazo del arribo masivo de macroalgas marinas en el Caribe mexicano”, realizado por el Colegio de la Frontera Sur para la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, “los arribos masivos de macroalgas del género Sargassum empezaron a ser una preocupación para las autoridades ambientales y el sector turístico a partir de 2014.
Con estos acontecimientos atípicos el fenómeno natural del sargazo comenzó a perturbar y a adquirir tonos de desastre económico, social y ecológico, ya que sus consecuencias recaen de manera inmediata en dos sectores el ambiental y el turístico.
El sector turístico se ve afectado directamente debido a las grandes cantidades de sargazo que llegan y se acumulan por metro cuadrado en las playas, el desagradable aspecto y olor por la acumulación, el proceso de descomposición a lo largo de las playas y la dificultad humana y material para retirarlo de las mismas.
Los turistas buscan las playas del Caribe mexicano de arena blanca y mar turquesa que, con frecuencia, miran en fotografías, y se sienten decepcionados al encontrarse con el aspecto originado por el sargazo, el cual cada vez es más constante.
Durante el foro de la Organización de los Estados Americanos, realizado en 2017, el gobernador de Quintana Roo, Carlos Joaquín González, mencionó que “el turismo es la principal actividad económica de la entidad, su ubicación privilegiada en las costas del Caribe mexicano coloca al estado como líder a nivel Latinoamérica en este sector”.
De acuerdo con información reciente de la Secretaría de Turismo del gobierno federal, el principal destino nacional del turismo internacional que visita nuestro país es Cancún con el 47.9 por ciento, a donde acuden principalmente por su belleza natural, por su fina arena blanca y el color turquesa del mar.
A nivel nacional el turismo en México se ha convertido en uno de los sectores más grandes e importantes que tiene nuestra economía. De acuerdo con un estudio realizado por el Centro de Estudio de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, durante los primeros meses de 2018, el turismo se ubicó como tercer sector generador de divisas a nivel nacional, por debajo de la industria automotriz y las remesas, y por encima de la industria petrolera.
Actualmente el sector turístico representa 8.8 por ciento del producto interno bruto nacional; 77 por ciento de las exportaciones de servicios del país; y genera 10 millones de empleos directos e indirectos, lo que hace de esta actividad una verdadera palanca de desarrollo, generadora de bienestar directamente para todas aquellas regiones que brindan el servicio e indirectamente para todo el país, al ser un motor en la reactivación de la economía nacional.
A nivel mundial el documento “Panorama OMT del Turismo Internacional 2017”, sitúa a México en el sexto lugar por concepto de arribo de turistas internacionales con 39.3 millones de turistas extranjeros5 teniendo como principal destino las playas del Caribe mexicano.
Por ello, la aparición masiva de sargazo en las costas y playas nacionales, principalmente del Caribe mexicano, tiene repercusiones tan peligrosas para la estabilidad económica de los estados con playas, y del país en general.
Sin embargo, la contaminación visual y odorífera y sus afectaciones al turismo no es la única preocupación por el fenómeno del sargazo. De acuerdo con la antropóloga Regina López Luna, en su Diagnóstico situacional sobre el impacto socioeconómico que el arribo de sargazo ha ocasionado en la población quintanarroense , realizado en 20186 , se han ocasionado graves afectaciones ecológicas: “durante la descomposición se libera ácido sulfhídrico... y vapores corrosivos”. Como consecuencia del proceso de descomposición que se lleva a cabo sobre la línea costera “los lixiviados que se generan...están afectando las lagunas arrecifales”.
Las grandes cantidades de estas algas producen un cambio en el color del agua, haciéndola turbia, e impiden que la luz solar penetre a las zonas de arrecife, por lo que no permite el desarrollo de la fotosíntesis y ocasiona un cambio en la cantidad de oxígeno en el agua, así como en su PH, poniendo en peligro la vida de los corales.
Estos arribazones atípicos están “provocando cambios en la dinámica natural de los ecosistemas de las lagunas arrecifales modificando la zona litoral de las costas del Caribe mexicano” .
De acuerdo con una investigación realizada por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), destacan las siguientes afectaciones ambientales7 :
• Reducción de luz y oxígeno (zonas afóticas, hipoxia y anoxia).
• Acidificación por producción de ácido sulfhídrico (H2S).
• Muerte y daño de corales.
• Aumento en las concentraciones de nitrógeno y fósforo (eutroficación).
• Aumento en la concentración de materia orgánica particulada (POM).
• Pérdida de pastos marinos: reemplazo por comunidades algales.
• Afectación a las poblaciones de tortugas marinas.
• Impacto en especies de fauna asociadas al sargazo durante las actividades de remoción en el mar.
• Pérdida de playa como consecuencia de la desaparición de praderas de pastos marinos y por actividades de remoción del sargazo en la playa.
En otro ámbito, las afectaciones ambientales no se limitan a la playa, sino que han permeado ya en el ecosistema marino al verse afectado el arrecife, los peces de la zona, la temperatura del agua y los manglares.
Regina López Luna señala que la acumulación y descomposición del sargazo en playas y aguas litorales afecta a los ecosistemas costeros, incluyendo arrecifes y peces. Además, afecta, en muchas ocasiones, la salud humana, ya que puede provocar alergias cutáneas o problemas respiratorios ocasionados por la descomposición de estas algas8 .
De acuerdo con la investigación de la antropóloga, se ha deducido que las afectaciones a la salud se dan por la exposición permanente a las algas en descomposición, por lo que no solo representan un foco de infección para visitantes, sino para las personas que se ven expuestas de manera continua, las cuales tienden a presentar distintos síntomas.
Por otro lado, en el Socioeconomic Assessment Of Punta Allen: A tool for the management of a coastal community Sian Ka’an Biosphere Reserve (Solares-Lea, Alvarez-Gil. 2003) se menciona que las pequeñas comunidades rurales de la costa quintanarroense dependen, para su subsistencia alimentaria, del mar y lo que este tiene para ofrecerles.
En efecto, el sector rural depende, en su mayoría, del océano como principal fuente de materias primas. Debido a ello, las comunidades rurales se están viendo afectadas dentro de sus necesidades básicas de subsistencia.
En este contexto la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales recientemente ha señalado que la llegada de esta macroalga a las costas de Quintana Roo es una situación de emergencia, misma que debe atenderse con la participación conjunta de los gobiernos, la academia, la ciencia y todos los sectores involucrados9 .
Para tratar de hacerle frente al fenómeno del sargazo en Quintana Roo, donde ha impactado con mayores afectaciones, durante los últimos años participan activamente gobiernos municipales, estatal y federal, así como empresarios turísticos, comunidad científica y ciudadanía organizada.
Se cuenta con un plan estratégico de atención integral a la invasión de sargazo, el cual se ha reforzado bajo el liderazgo de la Secretaría de Marina del gobierno federal, el cual contempla diversas acciones para contener el sargazo en altamar, y áreas cercanas a la costa; para mitigar los impactos existentes en ecosistemas e infraestructura y sectores afectados; para adaptar a la población y sectores económicos ante un fenómeno más constante; para restaurar las zonas afectadas, playas, dunas, pastos, arrecifes, etcétera; para prevenir mayores impactos; así como para educar y concientizar a la población.
Con la participación activa de todos estos actores y con un plan estratégico se ha hecho frente al fenómeno natural del sargazo, sin embargo, ante la presencia del fenómeno anormal de los últimos años, los esfuerzos y los recursos económicos invertidos han resultado insuficientes para evitar los daños ecológicos en el mar, costas y playas; para la restauración de los ecosistemas; para la limpieza y preservación de las costas y playas; para evitar los daños a la salud de las poblaciones que se ven afectadas de manera directa, así como para evitar el impacto negativo al sector turístico del cual dependen directamente millones de personas, y en consecuencia el impacto negativo a toda la economía regional.
Estimaciones realizadas por el gobierno de Quintana Roo evidencian que se requiere de una inversión de mil millones de pesos para combatir la llegada del sargazo a las costas y playas de Quintana Roo.
Sin duda alguna se trata de un problema mayor que demanda un plan de atención integral y permanente, el cual debe contar con un financiamiento constante.
Con la intención de garantizar el financiamiento de la estrategia contra el sargazo el pasado mes de marzo presenté una iniciativa que propone un paquete de modificaciones a la Ley General de Protección Civil, a la Ley Federal de derechos y a la Ley General de Cambio Climático.
La Ley Federal de Derechos contempla un diseño mediante el cual se establecen contribuciones en la modalidad de derechos, a través de las cuales la Federación se allega de recursos económicos para hacer frente a los gastos públicos.
De acuerdo con la fracción IV del artículo 2 del Código Fiscal de la Federación, replicado por el artículo 1 de la propia Ley Federal de Derechos en estudio, los derechos “son las contribuciones establecidas en esta Ley Federal de derechos, por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado”.
Así, la Ley Federal de Derechos contempla la recaudación de recursos mediante el cobro de derechos a las personas físicas y morales que usen, gocen y aprovechen las playas, la zona federal marítimo terrestre, y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, y plantea una clasificación por zonas de los municipios de las entidades federativas, a fin de establecer los valores que servirán de base para el cobro de dichos derechos.
En ese sentido, se planteó una reforma a dicha ley con el objetivo de aprovechar un porcentaje de la recaudación lograda por el cobro de derechos en aquellos municipios cuyas playas y costas son afectadas por el fenómeno del sargazo, para destinarlo a enfrentar el sargazo que afecta severamente las playas y el ecosistema costero, sin embargo a la fecha la iniciativa no ha sido analizada ni dictaminada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de diputados a donde fue turnada originalmente.
Por ello, en virtud de la urgencia de encontrar alternativas viables de financiamiento para la estrategia permanente contra el sargazo, lidereada por la Secretaría de Marina del gobierno federal en coordinación con el gobierno de Quintana Roo y los municipios costeros, así como por el sector empresarial afectado y la sociedad organizada, y dado que estamos a unos días de aprobar el Paquete Económico para el ejercicio fiscal de 2020, dentro del cual se contemplan modificaciones a la Ley Federal de Derechos, resulta totalmente oportuno e idóneo plantear la propuesta legislativa siguiente a fin de contribuir con tal propósito.
La fracción I del artículo 8 de la Ley Federal de Derechos contempla una imposición para los extranjeros que visitan México, se trata del derecho de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, cuyo motivo de viaje puede ser turismo, negocios u otros. Ha esta contribución se le conoce como Pago de derecho de no residente (DNR), que es el cobro que pagan los extranjeros al ingresar a México bajo la condición de estancia de “Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, por las vías de internación aérea, marítima y terrestre.
Esta imposición se creó con la finalidad de contar con un fondo de recursos que se destinarían para impulsar la promoción en el exterior del turismo en México, fundamentalmente, es decir, con la finalidad de impulsar el crecimiento del turismo.
De esta manera, en el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos se estableció que los recursos recaudados por la hacienda federal se destinarían anualmente, en 80 por ciento en promedio, al Consejo de Promoción Turística México (CPTM), única empresa de participación estatal encargada de promover la marca México en el exterior.
Con la desaparición legal de CPTM (de la Ley General de Turismo), como una empresa de participación estatal, y la extinción formal de los programas y acciones que realizaba para la promoción de México en el exterior, se queda sin asignación la bolsa de recursos recaudados por el cobro del Derecho de No Residente la cual, cuando menos durante los últimos cinco años, anualmente ha ido al alza alcanzando, durante el 2018, una recaudación promedio de 7 mil millones de pesos.
No debemos olvidar que la naturaleza del cobro de este derecho es la promoción del turismo, por lo que es justo reencausar el destino de los recursos hacia acciones tendientes a seguir impulsando el sector turístico de nuestro país.
En ese sentido, ante los problemas y retos que enfrenta el sector turístico, y de manera particular el grave problema que durante los últimos años presenta el Caribe mexicano por el fenómeno del sargazo, que de acuerdo con los especialistas continuará afectando con mayor intensidad, con inminentes daños ecológicos, al sector turístico y a la economía de la región, vengo a proponer una redistribución de los recursos que se recaudan por el cobro del DNR:
Se trata de un acto de justicia social para el Caribe mexicano, se trata de regresarle a Quintana Roo una parte de los ingresos que genera por el cobro del derecho de no residente. Quintana Roo es el principal destino turístico a nivel nacional y uno de los principales destinos a nivel internacional, alberga 47 por ciento de los turistas internacionales que llegan a México, y genera en la misma proporción los ingresos procedentes del turismo a nivel nacional.10
Por lo anterior, en un acto de justicia propongo que 15 por ciento de los recursos recaudados por el cobro del derecho de no residente se destinen para combatir el fenómeno del sargazo que afecta gravemente al Caribe mexicano.
Considerando que durante 2018 se recaudaron recursos por 7 mil millones de pesos en promedio, de los cuales 20 por ciento, es decir 1 mil 400 millones de pesos se destinaron al Instituto Nacional de Migración, para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y 80 por ciento, es decir 5 mil 600 millones de pesos se destinaron al Consejo de Promoción Turística del país (en términos de lo previsto en el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos), la propuesta plantea destinar 80 por ciento a los siguientes fines:
Un 15 por ciento para la operación de la estrategia de atención contra el sargazo, lo que estaría garantizando un fondo de cuando menos 1 mil millones de pesos anuales para hacerle frente al fenómeno; una bolsa que resolvería el problema del financiamiento demandado por autoridades estatales y federales para contar con todas las herramientas que permitirían hacerle un frente eficaz al sargazo.
Un 10 por ciento estaría destinado para el Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país, tal y como está previsto en la ley vigente, garantizando un fondo de recursos para tales fines, ya que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2020, no contempla recursos para este rubro.
Asimismo, se plantea destinar 55 por ciento restante para la promoción turística del país y de las entidades federativas, garantizando un fondo de recursos mínimos para ese efecto, que serán de mucho apoyo ya que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2020, no se contemplan recursos para ese fin.
La propuesta concreta es la siguiente:
Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos
Artículo Único. Se reforma el artículo 18-A, primer párrafo, y se deroga el 18-A párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:
Artículo 18-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción I del artículo 8o. de la presente ley, por lo que se refiere a los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingersen al paíos con fines turísticos, se destinarán para los siguientes fines:
a) Un 20 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona.
b) Un 15 por ciento para la operación de la estrategia de atención contra el sargazo;
c) Un 10 por ciento al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que este determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país y.
d) Un 55 por ciento para la promoción turística del país y de las entidades federativas.
Se deroga el párrafo.
Se deroga el párrafo.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Conacyt. https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/convocatorias-y-resulta dos-conacyt/convocatorias-fondos-sectoriales-constituidos/convocatoria- sectur-conacyt-1/convocatoria-abierta-sectur/18-02-sectur/18380-demanda -del-sector-2018-2/file
2 Demanda específica realizada por la Sectur y el Conacyt, basada en el Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo.
https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/convocatorias-y-resultados-conacyt/
convocatorias-fondos-sectoriales-constituidos/convocatoria-sectur-conacyt-1/
convocatoria-abierta-sectur/18-02-sectur/18380-demanda-del-sector-2018-2/file
3 Regina López Luna, “Diagnóstico situacional sobre el impacto socioeconómico que el arribo de sargazo ha ocasionado en la población quintanarroense”.
4 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
5 Sectur. https://www.gob.mx/sectur/prensa/
mexico-sexto-lugar-del-ranking-mundial-en-arribo-de-turistas-internacionales-confirma-omt
6 Regina López Luna, “Diagnóstico situacional sobre el impacto socioeconómico que el arribo de sargazo ha ocasionado en la población quintanarroense”.
7 Conacyt. Fondo sectorial para la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en turismo. “Sargazo” https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/convocatorias-y-resulta dos-conacyt/convocatorias-fondos-sectoriales-constituidos/convocatoria- sectur-conacyt-1/convocatoria-abierta-sectur/18-02-sectur/18380-demanda -del-sector-2018-2/file
8 Mesa de trabajo: “Análisis del fenómeno natural del sargazo y su impacto en la actividad turística de Quintana Roo, propuestas, retos y soluciones”.
9 Semarnat. https://www.gob.mx/semarnat/prensa/encabezara-la-semarnat-comision-inte rinstitucional-para-atender-arribo-del-sargazo-a-playas-de-quintana-roo ?idiom=es
10 Véase: https://www.qroo.gob.mx/
eje-1-desarrollo-y-diversificacion-economica-con-oportunidades-para-todos/diversificacion-y
Senado de la República, a 30 de septiembre de 2019.
Senadores: Mayali Latifa Martínez Simón, Kenya López Rabadán, Josefina Vázquez Mota, Gustavo Enrique Madero Muñoz, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Martha Cecilia Márquez Alvarado, Berta Xóchitl Gálvez Ruiz, Marco Antonio Gama Basarte, Víctor Fuentes Solís, Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, Nadia Navarro Acevedo, María Guadalupe Saldaña Cisneros, Damián Zepeda Vidales, Julen Rementería del Puerto, Roberto Juan Maya Clemente, Juan Manuel Zepeda Hernández, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Gina Andrea Cruz Blackledge, Mauricio Kuri González, Indira Rosales San Román, José Erandi Bermúdez Méndez y María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbricas).
Con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación; y de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y General de Cambio Climático, presentada por los senadores Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Minerva Hernández Ramos, Emilio Álvarez Icaza Longoria, Eduardo Enrique Murat Hinojosa, Nancy de la Sierra Arámburo y Gerardo Novelo Osuna, de los Grupos Parlamentarios de Movimiento Ciudadano, PRI, PAN, PVEM, PT y Morena
Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Minerva Hernández Ramos, Emilio Álvarez Icaza Longoria, Eduardo Enrique Murat Hinojosa, Nancy de la Sierra Arámburo y Gerardo Novelo Osuna, integrantes de diversos grupos parlamentarios, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y la Ley General del Cambio Climático.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 76, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
Los Senadores que suscriben, Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Minerva Hernández Ramos, Emilio Álvarez Icaza Longoria, Eduardo Enrique Murat Hinojosa, Nancy de la Sierra Arámburo y Gerardo Novelo Osuna integrantes de la LXIV Legislatura de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72, fracción H, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, 56, 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, punto 1, fracción I, 164, 169, 172, 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo l, y 178 del Reglamento del Senado de la República, ocurro a presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley General del Cambio Climático, en materia de movilidad eléctrica; lo anterior, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Según datos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el transporte de personas y bienes son las causantes de más de un cuarto de las emisiones relacionadas con el uso de energía. Y de acuerdo a las proyecciones a 2050, se estima que sea el transporte el responsable al mayor crecimiento de emisiones con un aproximado al 70 por ciento; aunado a las proyecciones vinculadas con la migración urbana en la que la población mundial habitante de ciudades incrementará de un 55 a un 70 por ciento para el año 2050, lo cual incrementará la exigencia por servicios de movilidad urbana.1
Al tomar en consideración la estrecha relación entre el sector transporte y el desarrollo sustentable, la movilidad urbana se posiciona un componente estratégico para combatir el aumento de 1.5°C y contribuir a la disminución de gases de efecto invernadero (GEI) provenientes, principalmente, del uso de vehículos de combustión interna con uso de combustible fósil. De acuerdo con las estimaciones de la ONU, la movilidad eléctrica es una alternativa estratégica en la disminución de CO2, con posibilidad de disminuir en el periodo 2016-2050 1.4 giga toneladas de CO2 y generar un ahorro de combustible cercano a 85 mil millones de dólares americanos.2
Los vehículos automotores propulsados por motores de combustión interna producen, en general, tres tipos de emisiones de gases contaminantes: (i) emisiones evaporativas, (ii) emisiones por el tubo de escape, y (iii) emisiones de partículas por el desgaste de los frenos y de las llantas. Éstas consisten en lo siguiente:
1. Emisiones evaporativas. Son las causadas por la evaporación de combustible y que ocurren cuando el vehículo está en circulación y también cuando está estacionado, mismas que comprenden a los hidrocarburos (CxHx). Su magnitud depende de las características del vehículo, factores geográficos y meteorológicos, la altura, la temperatura ambiente y, principalmente, de la presión de vapor del combustible. La variedad de procesos por los que se presentan emisiones evaporativas en los vehículos incluyen:
a. Emisiones diurnas. Son generadas en el sistema de combustible del vehículo debido a los cambios de temperatura a través de las 24 horas del día.
b. Emisiones del vehículo recién apagado con el motor caliente. Se presentan una vez que se apaga el motor, debido a la volatilización del combustible por su calor residual.
c. Emisiones evaporativas en circulación. Se presentan cuando el motor está en operación normal.
d. Emisiones evaporativas del vehículo en reposo con el motor frío. Ocurren principalmente debido a la permeabilidad de los componentes del sistema de combustible.
e. Emisiones evaporativas durante el proceso de recarga de combustible. Consisten de fugas de vapores del tanque de combustible durante el proceso de recarga; se presentan mientras el vehículo está en las estaciones de servicio y para efectos de inventarios de emisiones, son tratadas típicamente como fuente de área.
2. Emisiones por el tubo de escape. Son producto de la quema del combustible, sea éste gasolina, diesel u otros (como gas licuado o biocombustibles), y comprenden a una serie de contaminantes, tales como: monóxido de carbono (CO), bióxido de carbono (CO2), los hidrocarburos (CxHx), óxidos de nitrógeno (NxOy), óxidos de azufre (SOx) y partículas (carbono negro, hollín y PMx). Además, ciertos contaminantes presentes en el combustible como el azufre (S) y, hasta hace algunos años, el plomo (Pb) se liberan al ambiente a través del proceso de combustión. Las emisiones por el tubo de escape dependen de las características del vehículo, su tecnología y su sistema de control de emisiones; los vehículos más pesados o más potentes tienden a generar mayores emisiones por kilómetro recorrido y las normas que regulan la construcción de vehículos determinan tanto su tecnología, así como la presencia o ausencia de equipos de control de emisiones, como los convertidores catalíticos. El estado de mantenimiento del vehículo y los factores operativos, la velocidad de circulación, la frecuencia e intensidad de las aceleraciones y las características del combustible juegan un papel determinante en las emisiones por el escape.3
El sector del transporte es una pieza fundamental en la disminución de emisiones CO2, CO2 debido a los niveles de consumo de energía que representa, y al tipo de energía empleada, la cual es altamente contaminante. Actualmente, acumula el 28 por ciento del consumo de energía a nivel mundial y 46 por ciento a nivel nacional.4
En México, al año 2017, habían poco más de 40 millones de automóviles, autobuses y camiones registrados en circulación, mientras que las ventas anuales en el país son cercanas a los 1.6 millones de unidades.
La contribución de las emisiones provocadas por el uso de vehículos automotores en México a las emisiones totales a nivel nacional es considerable. De acuerdo con el primer Inventario Nacional de Emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero (INEGCEI), en 1990 los datos fueron los siguientes:
Lo anterior implica que en 1990, del total de 296,566.74 gg en CO2e, 92,456.609 gg en CO2e de ellos son por autotransporte, fabricación de petróleo y quemado de petróleo y gas (respectivamente 86,094.45, 10,750.21 y 5,286.949).
De acuerdo con el último Inegcei, en 2015 los datos fueron los siguientes:
Lo anterior implica que en 2015, del total de 534,725.28 gg en CO2e, 296,566.74 gg en CO2e de ellos son por autotransporte, fabricación de petróleo y quemado de petróleo y gas (respectivamente 159,975.83, 10,343.33 y 15,828.07).
Los datos expuestos muestran que en el periodo de 1990 a 2015, 26 años, las emisiones de contaminantes estudiadas aumentaron de la siguiente forma:
1. Emisiones totales. En 1990 fueron 296,566.74 gg en CO2e de emisiones totales y en 2015 aumentó a 534,725.28 gg en CO2e, 10 que implica un aumento de 1.8031 veces en la cantidad de emisiones totales en estos 26 años.
2. Emisiones por transporte.
a. En general. En 1990 fueron 93,558.41 gg en CO2e de emisiones por transporte en general y en 2015 aumentó a 171,386.81 ggen CO2e, lo que implica un aumento de 1.8319 veces en la cantidad de emisiones por transporte en general en estos 26 años.
b. Por autotransporte. Del número anterior (de emisiones por transporte en general) se tiene que las emisiones por autotransporte en 1990 fueron 86,094.45 gg en CO2e de emisiones y en 2015 aumentó a 159,975.83 gg en CO2e, 10 que implica un aumento de 1.8581 veces en la cantidad de emisiones por autotransporte en estos 26 años.
3. Emisiones fugitivas por fabricación de combustible.
a. En general. En 1990 fueron 23,995.99 gg en CO2e de emisiones fugitivas por fabricación de combustible en general y en 2015 aumentó a 44,422.91 gg en CO2e, 10 que implica un aumento de 1.8513 veces en la cantidad de emisiones fugitivas por fabricación de combustible en general en estos 26 años.
b. Por fabricación de petróleo. Del número anterior (de emisiones fugitivas por fabricación de combustible en general) se tiene que las emisiones por fabricación de petróleo en 1990 fueron 86,094.45 ggen CO2e y en 2015 aumentó a 159,975.83 ggen CO2e, lo que implica un aumento de 1.8581 veces en la cantidad de emisiones por fabricación de petróleo en estos 26 años.
c. Por quemado de petróleo y gas. Asimismo, del número de emisiones fugitivas por fabricación de combustible en general, se tiene que las emisiones por quemado de petróleo y gas en 1990 fueron 5,286.949 gg en CO2e y en 2015 aumentó a 15,828.07 gg en CO2e, lo que implica un aumento de 2.994 veces en la cantidad de emisiones por quemado de petróleo y gas en estos 26 años.
Los datos de la tabla anterior se traducen en que, en el año 2015 (últimos datos disponibles), se generaron 534,725.28 gg en CO2e de emisiones totales (es decir, la suma de CO2, CH4, N20, HxFxCx, CxFx, SF6 y carbono negro). De esas 534,725.28 gg en CO2e de emisiones totales, el 32.051 por ciento fueron emisiones por transporte y el 08.308 por ciento fueron emisiones fugitivas por fabricación de combustible. Es decir, las emisiones que giran en torno a los vehículos (en conjunto las emisiones por transporte y las fugitivas por fabricación de combustible) representan el 40.359 por ciento de las emisiones totales de contaminantes en México.
Esta problemática puede resolverse mediante la transición hacia una movilidad diferente, buscando dejar atrás los combustibles que generan todas estas emisiones contaminantes.
El plano internacional ha demostrado que la importancia del transporte incrementa junto con la población en términos de reducciones de tiempo. En consecuencia, los usuarios optan por alternativas de transporte, priorizando los tiempos de traslado, abriéndose así una oportunidad para promover el uso de alternativas de transporte sustentable y efectivas.
Derivado de que el sector transporte es uno de los principales contribuyentes de GEI, sobre todo en zonas urbanas, su electrificación ofrece la oportunidad de combatir estratégicamente las emisiones contaminantes. Sin embargo, el reto no es menor: hoy en día, existe una demanda creciente por vehículos particulares; la cual se ha visto acompañada de una serie de intervenciones que, lejos de ofrecer alternativas de movilidad sustentables, han privilegiado el uso del vehículo privado motorizado. Esta situación, no sólo ha aumentado la congestión vial y el tiempo de los traslados, sino que ha provocado una serie efectos negativos en las ciudades mexicanas, particularmente en la calidad del aire y en la salud de sus habitantes, así como en sus posibilidades de desarrollo.17
Los retos en materia de movilidad y desarrollo sustentable ofrecen la oportunidad de implementar medidas innovadoras, alineadas con las tendencias internacionales en materia de combate al cambio climático y mejoramiento de la calidad de vida de las personas.
Una innovación sería transitar hacia una movilidad eléctrica. La movilidad eléctrica puede definirse como un sistema de transporte terrestre, basado en vehículos cuya propulsión se realiza de manera única o combinada con energía eléctrica. Su principal característica es que es una modalidad de transporte que disminuye considerablemente (en el caso de los vehículos híbridos) o elimina completamente (en el caso de los vehículos eléctricos) las emisiones de bióxido de carbono (CO2), entre otras sustancias contaminantes.
La Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica, con visión al 2030, tiene como objetivo llevar a la nación hacia el cumplimiento de las metas establecidas en nuestra Ley General de Cambio Climático,18 incluidas las de la contribución determinada a nivel nacional (NDC, por sus siglas en inglés), y apoyar el cumplimiento de aquellas en la Ley de Transición Energética,19 la meta es que la movilidad eléctrica trascienda a convertirse en una acción ambiental prioritaria del Estado Mexicano. Para el 2050, la idea es que el 100 por ciento de las ventas de vehículos ligeros y pesados sean eléctricos.20
En este sentido, es determinante y estratégico apoyar desde una visión federal la movilidad eléctrica con el propósito de incentivar la inversión en el mejoramiento de los sistemas de transporte público, tanto en términos de calidad como del uso de tecnologías sustentables. La movilidad eléctrica es una estrategia que debe estar relacionada con el sector energético, buscando consolidar acciones conjuntas que permitan mitigar su impacto en el medio ambiente.
En el contexto internacional, la movilidad eléctrica es una realidad y cada vez más los incentivos se alinean para continuar con el fortalecimiento de la creciente tendencia. América Latina cuenta con un contexto particular para expandir sus incentivos, además que su producción de energía tiene el potencial de ser generada con energías renovables, tradicionales y no convencionales. Países como Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, México y Uruguay, han implementado diversas combinaciones de incentivos, adecuados principalmente a su contexto y a la etapa de desarrollo en que la movilidad eléctrica se encuentra.21
Alrededor del mundo, las ciudades han cobrado conciencia sobre la importancia de introducir flota eléctrica para transporte público, basado principalmente en las preocupaciones por la calidad del aire, las emisiones de carbono y los potenciales ahorros operativos. De acuerdo con O’Donovan, Frith, McKerracher (2018), el momento para los autobuses eléctricos de pasajeros, se concentra en la sustitución de flota de transporte público en los distintos municipios; principalmente de aquellas ciudades con mayores emisiones de CO2.22
La labor ha sido protagonizada por China y los países europeos que han cobrado mayor conciencia sobre la importancia del tipo de tecnología empleada en las flotas de transporte público. En 2017, el 99 por ciento de los autobuses eléctricos vendidos se adquirieron en China; donde de 2015 a 2016 el total de unidades vendidas pasó de 69 mil a 132 mil, respectivamente. Actualmente, la flota de autobuses eléctricos es del 17 por ciento en el país, cuando en 2011 sólo era del 00.6 por ciento. Mientras que, en Europa, el número acumulado de autobuses eléctricos alcanzó las 2,100 unidades en 2017; siendo Reino Unido el país con la flota híbrida y eléctrica más grande del continente en términos absolutos, seguido por Alemania y los Países Bajos.23
Durante 2017, países como Holanda, Reino Unido y Francia declararon que su proporción de ventas de vehículos eléctricos se encontró entre el 1.8 y 1.9 por ciento del total anual de ventas; en este sentido, países como Israel e India alcanzaron el 0.1 por ciento del total de ventas. No obstante, Noruega ya cuenta con casi el 40 por ciento de vehículos eléctricos del total de ventas; lo cual, en términos reales, es veinte veces menor que el 0.1 por ciento de vehículos de India que asciende hasta los 3.2 millones de vehículos.24 Ello demuestra la oportunidad de incrementar el impacto de este mercado en países con alta densidad o tasa vehicular.
Durante el periodo de 2016 a 2018, los países mencionados anunciaron que para el horizonte 2025, 2030 o 2040 serán establecidos límites de vehículos de combustión interna (ICE por sus siglas en inglés). Sobre esta medida, Noruega será el país que implementará la medida con mayor prontitud, buscando así incentivar el cambio modal y la adopción de nuevas tecnologías, más sustentables.25
Aterrizando el tema de los vehículos híbridos, híbridos enchufables y eléctricos al caso de México, se tiene que, según la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), actualmente el sector de vehículos ligeros está altamente concentrado en los vehículos con motor de combustión interna; en 2017, al menos el 99 por ciento de vehículos ligeros vendidos en México utilizaban gasolina o diesel como combustible y sólo el 00.67 por ciento eran híbridos, híbridos enchufables y el 00.02 por ciento eléctricos.27
Ahora bien, de acuerdo con la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), de enero a noviembre de 2018, se habían comercializado en México 15,694 unidades híbridas, híbridas enchufables y eléctricas, siendo que en este mismo lapso del año 2017 las ventas alcanzaron 9,203 unidades. Ello quiere decir que el crecimiento anual de 2017 a 2018 fue de 70.5313 por ciento.28
Cuando se desglosan los números entre los correspondientes a híbridos, híbridos enchufables y los correspondientes a eléctricos, se tiene (i) que de los 9,203 vehículos eléctricos e híbridos que se vendieron en 2017,8,979 son híbridos e híbridos enchufables y sólo 264 son eléctricos, y (ii) que de los 15,694 vehículos eléctricos e híbridos que se vendieron en 2018, 15,517 son híbridos e híbridos enchufables y sólo 177 son eléctricos. Estos datos demuestran lo siguiente:
1. Si bien la cantidad de vehículos híbridos y eléctricos (en conjunto) aumentó de 2017 a 2018 en un 70.5313 por ciento, desglosadamente, la cantidad de vehículos híbridos aumentó un 72.814 por ciento y la de eléctricos disminuyó un 67.045 por ciento.
2. Esto es un indicador de que la tendencia es que aumente la compra de vehículos híbridos y disminuya la de vehículos eléctricos, aun y cuando la existencia de híbridos únicamente se justifica como transición hacia los eléctricos.
3. Esto se debe a que actualmente ambos tipos de vehículos tienen el mismo trato legal preferencial por sobre los de combustión fósil, y siendo que los vehículos eléctricos son más costosos, es entendible que las personas prefieran adquirir un vehículo híbrido a uno eléctrico.
Los datos demuestran que la diferencia entre las ventas de vehículos híbridos y eléctricos se debe principalmente a la disparidad en el precio que enfrentan ambos tipos de tecnologías; el cual impacta en las preferencias de los consumidores, además de otras implicaciones en la infraestructura de carga eléctrica. Asimismo, el trato preferencial hacia los vehículos híbridos en los mismos términos que a los eléctricos, impacta en la preferencia de los usuarios por los híbridos. Dicho de otro modo, si sale más barato en costo comprar un vehículo híbrido que uno eléctrico y comprar uno híbrido le da al usuario el mismo trato preferencial (legal) que comprar uno eléctrico, es lógico que se prefiera comprar uno híbrido (aunque éste genere emisiones contaminantes (aunque pocas) y aquél no).
No es positiva la tendencia que existe a que aumente la compra de vehículos híbridos y disminuya la de vehículos eléctricos. En primera instancia, porque la razón de existir de los híbridos es que funjan como transición a los eléctricos, no que trunquen dicha transición.
A continuación, se exponen las diferencias entre los vehículos híbridos y los eléctricos:
1. Condiciones técnicas.
a. Vehículos híbridos. En cuanto a su propulsión, son unidades de motor eléctrico con motor de combustión interna (ICE). Como sistema de energía, utilizan batería, ultra condensador y unidad generadora ICE. Tienen control, optimización y gestión de múltiples fuentes de energía. En cuanto a sus características particulares, los híbridos tienen mayor economía de combustible en comparación con los vehículos ICE, son de mayor costo en comparación con los vehículos ICE, implican un aumento del ahorro de combustible y disminución de las emisiones en función del nivel de potencia del motor y la batería, así como del ciclo de conducción y están comercialmente disponibles. A su vez, en cuanto a su fuente de energía, infraestructura y otras características, hay diferencias entre los dos tipos de híbridos: los híbridos simples (HEVS) y los híbridos enchufables (PHEvs). Para los HEvs, su fuente de energía e infraestructura es una estación de gasolina.
b. Vehículos Híbridos Enchufables (Phevs), En cuanto a su propulsión, son unidades que combinan un motor de combustión interna (ICE) con un motor eléctrico con un paquete de baterías que pueden recargarse enchufando el vehículo en el sistema de suministro eléctrico. Su fuente de energía e infraestructura es una estación de gasolina y una instalación de carga de red eléctrica. Algunas características particulares que los diferencian son que los HEvs generan bajas emisiones en el tubo de escape, mientras que los PHEVS generan muy bajas emisiones en el tubo de escape, y que los HEVS tienen dependencia del petróleo crudo, mientras que los PHEVS no.
c. Vehículos eléctricos. En cuanto a su propulsión, son unidades de motor eléctrico. En cuanto a lo demás, se diferencian los vehículos eléctricos de batería (BEVS) y los eléctricos de rango extendido (BEV+RExs). Los BEVS utilizan como sistema de energía batería y ultra-condensador; los BEV+RExs utilizan batería, ultra-condensador y motor de combustión interna que no genera propulsión, sino que solamente genera carga eléctrica cuando es accionado por el usuario o el sistema. Como fuente de energía e infraestructura, los BEVs utilizan instalación de carga de la red eléctrica, mientras que los BEV+RExs, además de eso, utilizan estación de gasolina. En cuanto a características particulares que comparten, se tiene que ambos tienen alta eficiencia energética, están comercialmente disponibles, tienen un alto costo inicial y un rango de manejo limitado. En cuanto a las características particulares que los diferencian, se tiene que los BEVS generan cero emisiones en el tubo de escape, mientras que los BEV+REXS generan cero emisiones en el tubo de escape sólo cuando el REx no es accionado; asimismo, los BEVS tienen cero dependencia de los crudos, mientras que los BEV+RExs tienen un motor de combustión interna de bajas emisiones que no da propulsión, sino que carga la batería cuando ésta se acaba.
2. Consecuencias de su uso.
a. Vehículos híbridos enchufables. De acuerdo con Samaras y Meisterling (2008)29 y con Safaei Mohamadabadi, Hossein, Tichkowsky y Kumar (2009),30 los vehículos híbridos enchufables (PHEvs) reducen un 32 por ciento las emisiones de GCEI en comparación con los convencionales (de combustión); este porcentaje sería menor tratándose de vehículos híbridos simples (HEVS). En cuanto a la eficiencia, se tiene que son algo más eficientes que los convencionales (aunque no se tiene el dato de exactamente en cuánto porcentaje los superan en eficiencia).
b. Vehículos eléctricos. De acuerdo con Huo, Wu y Wang (2009),31 los vehículos eléctricos reducen las emisiones contaminantes de tipo GCEI en un 90 por ciento y las PMx en un 40 por ciento. En cuanto a la eficiencia, se tiene que los vehículos eléctricos pueden triplicar en eficiencia a los convencionales (de combustión), según Jantzen (2008).32
En virtud de dichas diferencias, se tiene que los vehículos eléctricos son mejores que los híbridos, porque los eléctricos reducen las emisiones contaminantes al triple que los segundos y son el triple de eficientes que los convencionales, mientras que los segundos reducen sus emisiones solamente en un 32 por ciento más que los convencionales y son solamente poco más eficientes que los tradicionales.33
Por ello, la intención de esta iniciativa con proyecto de decreto es incentivar fiscalmente la compra y el uso de vehículos eléctricos y vehículos híbridos enchufables, no así los híbridos.
Nuestro país tiene un compromiso internacional y nacional con la sociedad en garantizarles un futuro con visión verde y libre de contaminantes.
En la esfera internacional, se tiene la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, misma que se aprobó el 14 de junio de 1992 en Río de Janeiro, Brasil y que consta de 27 principios. Algunos de ellos son los siguientes:
“Principio 1. Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
Principio 4. A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.
Principio 12. Los Estados deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.34
También, en lo internacional se tiene que en el Acuerdo de París, firmado el 12 de diciembre de 2015, pero entrado en vigor hasta el 4 de noviembre del 2015, México estableció los “Compromisos de Mitigación y Adaptación del Cambio Climático para el periodo 2020-2030,35 con objetivos para reducir las emisiones de GEI, tales como homologar los estándares ambientales de los vehículos dentro de la región de Norteamérica, proveer combustibles bajos en azufre y limpios, modernizar el parque vehicular, etcétera. De conformidad con dicho acuerdo:
“(...) La adopción de estilos de vida y pautas de consumo y producción sostenibles, en un proceso encabezado por las Partes que son países desarrollados, es una contribución importante a los esfuerzos por hacer frente al cambio climático (...)36
México tiene el compromiso, en virtud de la Estrategia de Reducción de Emisiones de Gases Efecto Invernadero al 2050 que presentó en la 223 Conferencia de las Partes de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 22) en el año 2016, de disminuir en 51 por ciento las emisiones nacionales de carbono negro, medidas en miles de toneladas métricas; así como en 22 por ciento las emisiones nacionales de GEI.37 Esto, siendo que, actualmente, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), nuestro país gasta casi 40,000 millones de dólares americanos en costos de salud causados por la contaminación, y la mitad de estos son atribuibles directamente al sector transporte.38
Parte de la solución a esta problemática se encuentra en incentivos fiscales, lo cual no es novedad, países como Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Uruguay y Estados Unidos ya han implementado diversas combinaciones exenciones.39
Ejemplo de lo anterior, es el estado de California en Estados Unidos de América: Ahí existe algo llamado “Moving California”, que es parte del programa estatal denominado “California Climate Investments”, el cual invierte miles de millones de dólares en capitalización y comercio para reducir las emisiones de GEI, fortalecer la economía y mejorar la salud pública y el medio ambiente, especialmente en las comunidades marginadas o desfavorecidas. “Moving California” se enfoca en aumentar el nivel de educación y conciencia en la población sobre las opciones que hay de transporte limpio, así como en potenciar los éxitos del programa y brindar orientación sobre cómo las comunidades y los habitantes de California pueden beneficiarse y acceder a oportunidades de este tipo de transporte (limpio).40 Asimismo, el programa estatal “Clean Vehicle Rebate Project” (CVRP) promueve la adquisición de vehículos limpios”41 al ofrecer reembolsos de hasta $7,000 USD para la compra o el alquiler de vehículos nuevos y elegibles de emisiones cero, incluidos los vehículos eléctricos, eléctricos híbridos enchufables y de celda de combustible. Mientras haya fondos disponibles, los residentes elegibles de California pueden seguir un procedimiento simple para solicitar un reembolso de CVRP después de comprar o arrendar financieramente uno de los vehículos aplicables o elegibles.42 En este sentido, en California se brindan los siguientes beneficios a los propietarios de vehículos eléctricos:
1. Descuentos importantes de aseguradoras a conductores particulares.
2. Estacionamiento y uso de la estación de recarga gratis en hoteles participantes.
3. Green Decals, que son calcomanías que permiten circular por carriles exclusivos de alta ocupación y da paso libre en ciertos caminos de cuota urbanos para quienes la portan.
4. Devoluciones en efectivo (o su equivalente en crédito) de $1,500 hasta $3,500 dólares, en el caso de los híbridos enchufables, y de $2,500 hasta $4,500 dólares, en el caso de los eléctricos, al hacer una compra o arrendamiento financiero de un vehículo de este tipo (en el caso de los vehículos de hidrógeno, el reembolso puede ascender a $7,000 dólares).
5. Hasta 1,500 dólares en devolución al entregar el vehículo definitivamente a un deshuesad ero para su reciclaje y reutilización de partes.
6. Descuentos, préstamos y tarifas preferenciales en el costo de la electricidad cuando ésta se utiliza en específico para cargar un vehículo verde.
Ahora bien, además de los compromisos internacionales que el Estado Mexicano ha adquirido, se tiene en lo doméstico que en el. artículo 4, párrafos cuarto y quinto, de nuestra Constitución Política para los Estados Unidos Mexicanos se establece la responsabilidad del Estado para garantizar los derechos tanto a la protección a la salud de las personas como al medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar:
“Artículo 40. (...)
( )
( )
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)”43
Lo anterior se correlaciona con el artículo 25, párrafos primero y séptimo, del mismo Pacto Federal que ordena la rectoría del Estado en el desarroi1o nacional, integral y sustentable, estableciendo las áreas prioritarias de desarrollo, privilegiando el bien común, con los sectores social y privado de la economía, bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad, cuidando la conservación de los recursos y del medio ambiente:
“Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.
(...)
(...)
(...)”44
Así, los derechos humanos a la protección de la salud y al medio ambiente sano y la obligación del Estado de garantizar un desarrollo nacional integral y sostenible se han desarrollado un poco más a través de los criterios judiciales. Al respecto, se tienen tres tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y dos de Tribunales Colegiados de Circuito, mismas que se citan a continuación.
La SCJN, órgano revisor constitucional, ha determinado lo siguiente:
“Derecho humano a un medio ambiente sano. La vulneración a cualquiera de sus dos dimensiones constituye una violación a aquél. El derecho humano a un medio ambiente sano pasee una doble dimensión, la primera denominada objetiva o ecologista, que preserva al medio ambiente como un bien jurídico en sí mismo, no obstante su interdependencia con otros múltiples derechos humanos. Esta dimensión protege a la naturaleza y al medio ambiente no solamente por su utilidad para el ser humano o por los efectos que su degradación podría causar en otros derechos de las personas, como la salud, la vida o la integridad personal, sino por su importancia para los demás organismos vivos con quienes se comparte el planeta, también merecedores de protección en sí mismos. La segunda dimensión, la subjetiva o antropocéntrica, es aquella conforme a la cual la protección del derecho a un medio ambiente sano constituye una garantía para la realización y vigencia de los demás derechos reconocidos en favor de la persona, por lo que la vulneración a cualquiera de estas dos dimensiones constituye una violación al derecho humano al medio ambiente, sin que sea necesaria la afectación de otro derecho fundamental.”45
“Derecho humano a un medio ambiente sano. Su núcleo esencial. El derecho a vivir en un medio ambiente sano es un auténtico derecho humano que entraña la facultad de toda persona, como parte de una colectividad, de exigir la protección efectiva del medio ambiente en el que se desarrolla, pero además protege a la naturaleza por el valor que tiene en sí misma, lo que implica que su núcleo esencial de protección incluso va más allá de los objetivos más inmediatos de los seres humanos. En este sentido, este derecho humano se fundamenta en la idea de solidaridad que entraña un análisis de interés legítimo y no de derechos subjetivos y de libertades, incluso, en este contexto, la idea de obligación prevalece sobre la de derecho, pues estamos ante responsabilidades colectivas más que prerrogativas individuales. El paradigma ambiental se basa en una idea de interacción compleja entre el hombre y la naturaleza que toma en cuenta los efectos individuales y colectivos, presentes y futuros de la acción humana,”46
“Derecho humano a un medio ambiente sano. El Estado tiene la obligación de tomar las medidas positivas tendientes a protegerlo contra actos de agentes no estatales. El derecho humano referido no se agota con el simple mandato de que las autoridades estatales se abstengan de afectar indebidamente el ambiente –deber de “respetar”–, sino que conlleva también la diversa obligación de tomar todas las medidas positivas tendientes a protegerlo contra los actos de agentes no estatales que lo pongan en peligro –deber de “proteger”–. En efecto, el deber del Estado de ofrecer protección contra los abusos cometidos por agentes no estatales, forma parte del fundamento mismo del régimen internacional de derechos humanos, y dicho deber exige que el Estado asuma una función esencial de regulación y arbitraje de las conductas de los particulares que afecten indebidamente el medio ambiente, por ejemplo, adoptando medidas apropiadas para prevenir, investigar, castigar y reparar esos abusos mediante políticas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento a la justicia. Sobre esa base, se concluye que el Estado mexicano tiene el deber de proteger a las personas no sólo mediante una legislación ambiental adecuada y aplicada de manera efectiva, sino también ofreciendo protección contra posibles actuaciones nocivas de agentes privados, pues permitir que terceros puedan incidir de manera desmedida en el medio ambiente, no se encuentra a la altura de la conducta mínima esperada de un gobierno.”47
A su vez, hay un par de tesis interesantes de Tribunales Colegiados de Circuito que indican lo siguiente:
“Medio ambiente sano. Su relación con el desarrollo sustentable y otros derechos fundamentales que intervienen en su protección. Los principios 2; 3, 4, 7 Y 15 de la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, surgida de la Conferencia de las Naciones Unidas reunida en Rio de Janeiro, Brasil, del3 al14 de junio de 1992, así como el informe Brundtland en materia de desarrollo sostenible, brindan herramientas que permiten establecer la incorporación intrínseca de la sustentabilidad en el contexto del derecho humano a un medio ambiente sano, reconocido en el artículo 40., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre un marco económico y social del desarrollo. Así, el principio constitucional de protección al medio ambiente sano y la obligación de garantizar su pleno ejercicio, conllevan incorporar un entendimiento central del concepto de sustentabilidad ecológica con trascendencia jurídica, a fin de garantizar la utilización de los recursos naturales para las generaciones presentes y futuras, en la inteligencia de que su importancia vital radica en evitar su deterioro, como una condición necesaria para el disfrute de otros derechos fundamentales. En consecuencia, la obligación del Estado de proteger dicha prerrogativa y disponer que sus agentes garanticen su respeto, implica compaginar metas fundamentales entre el desarrollo económico y la preservación de los recursos, mediante el desarrollo sustentable, que persigue el logro de los objetivos esenciales siguientes: (i) la eficiencia en la utilización de los recursos y el crecimiento cuantitativo; (ii) la limitación de la pobreza, el mantenimiento de los diversos sistemas sociales y culturales y la equidad social; y, (iii) la preservación de los sistemas físicos y biológicos -recursos naturales, en sentido amplio- que sirven de soporte a la vida de los seres humanos, con lo cual se tutelan diversos derechos inherentes a las personas, como los relativos a la vida, la salud, la alimentación y al agua, entre otros.”48
“Medio ambiente sano. Principios aplicables a su protección, constitucionalmente reconocida. El derecho ambiental es una disciplina jurídica en pleno desarrollo y evolución, catalogado como de tercera y cuarta generaciones. Su propósito es conservar o preservar los recursos naturales, así como mantener el equilibrio natural y optimizar la calidad de vida de las personas en el presente y en el futuro, bajo normas regulatorias de relaciones de derecho público o privado regidas por principios de observancia y aplicación obligatoria, como son: a) prevención, b) precaución, e) equidad intergeneracional, d) progresividad, e) responsabilidad, t) sustentabilidad y g) congruencia, tendientes a disciplinar las conductas en orden al uso racional y de conservación del medio ambiente. En sede nacional, dichos principios se incorporaron al artículo 40., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce la protección al medio ambiente sano, lo cual revela un inescindible vínculo con los derechos humanos, al prever que toda persona ti ene derecho a su conservación y preservación moderada y racional para su .desarrollo y bienestar, irradiando con ello todo el ordenamiento jurídico de manera transversal, al establecer la obligación del Estado de proteger dicha prerrogativa y disponer que sus agentes deben garantizar su respeto y determinar consecuencias para quien provoque su deterioro.49
Estos criterios coinciden en que la protección al medio ambiente sano se justifica en sí misma y en virtud de su necesidad para garantizar otros derechos humanos (como la salud), así como la sustentabilidad es fundamental para garantizar el derecho humano al medio ambiente sano. Por ello, cobra relevancia la urgencia de revertir la gran cantidad de emisiones contaminantes, sobre todo las que genera el transporte (principalmente por el combustible), a través de alternativas sostenibles de transporte limpio.
En congruencia con todo lo expuesto, esta Iniciativa con Proyecto de Decreto busca reformar el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPAF) y la Ley General del Cambio Climático (LGCC), de la siguiente forma:
En síntesis, esta iniciativa con proyecto de decreto propone las siguientes reformas:
1. Actualmente, en el CFF se maneja un coeficiente para determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes a la que se refiere la LISR de 15 por ciento para el caso de automóviles. Se propone dejar ese porcentaje para los automóviles cuya propulsión utilice combustible y agregar a los vehículos eléctricos en el apartado que les aplica un coeficiente de 12 por ciento, es decir, 3 por ciento menos.
2. Se propone agregar en la LISR los gastos efectuados por la adquisición de vehículos eléctricos como susceptibles de deducciones.
3. Se propone dejar vigente en la LISR la disposición que marca que los automóviles de combustión pueden deducir hasta $200.00 pesos diarios y los híbridos hasta $285.00 pesos diarios, pero agregar que los vehículos eléctricos pueden deducir una cantidad hasta $1,000.00 pesos.
4. Se propone agregar en la LISR en los por cientos máximos autorizados tratándose de activos fijos a los vehículos eléctricos, vehículos cuyo motor accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables.
5. En la LISR, se propone dejar vigente la disposición que marca que las inversiones en automóviles pueden ser deducibles hasta $175,000.00 pesos diarios y los híbridos hasta $250,000.00 pesos diarios, pero agregar que los vehículos eléctricos, vehículos cuyo motor accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables pueden deducir el total del valor del vehículo.
6. Se propone agregar en la LIV A como actividad susceptible de tasa 0 por ciento a la adquisición de vehículos eléctricos, vehículos cuyo motor sea accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables, así como exentar del pago del impuesto la enajenación de vehículos eléctricos, vehículos cuyo motor sea accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables.
7. En la LCP AF, se propone establecer que la Secretaría podrá requerir, al otorgar concesiones, toda clase de medidas sustentables, incluidas las dirigidas a facilitar y fomentar la circulación de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, vehículos cuyo motor sea accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables, así como el acceso a estaciones de carga.
8. Se propone en la LCP AF agregar que si un permisionario realiza la prestación de los servicios de autotransporte federal con vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un
motor eléctrico vehículos cuyo motor accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables, estará exento del pago de tarifas.
9. En la LGCC se propone agregar que en la formulación de la política nacional de cambio climático y en los objetivos de las políticas públicas de mitigación, se deben incentivar la adquisición y el uso de vehículos eléctricos, vehículos cuyo motor este accionado por hidrógeno o vehículos híbridos enchufables.
10. Por último, en la LGCC se propone modificar la disposición que indica que la Federación, los Estados y los Municipios deben diseñar e implementar políticas que tengan por objeto disminuir el uso del automóvil, para especificar que únicamente en el caso de los automóviles que utilicen combustible, así como se propone agregar que deben promover e incentivar la adquisición y uso de vehículos eléctricos o vehículos híbridos enchufables.
Así, se pone a consideración del honorable Congreso de la Unión el siguiente Proyecto de:
Decreto
Primero. Se reforman por modificación del tercer párrafo de la fracción II y del primer párrafo de la fracción III del artículo 58 del Código Fiscal de la Federación; para quedar como sigue:
Artículo 58. Las autoridades fiscales, para determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán aplicar a los ingresos brutos declarados o determinados presuntivamente, el coeficiente de 20% o el que corresponda tratándose de alguna de las actividades que a continuación se indican:
I. (...)
II. Se aplicará 8% en los siguientes casos:
Industriales: (...)
Comerciales: Abarrotes con venta de granos, semillas y chiles secos, azúcar, carnes en estado natural; cereales y granos en general; leches naturales, masa para tortillas de maíz, pan; billetes de lotería y teatros; vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico.
Agrícolas: (...)
Ganaderas: (...)
III. Se aplicará 20 por ciento a los giros siguientes:
Comerciales: Abarrotes con venta de vinos y licores de producción nacional; salchichonería, café para consumo nacional; dulces, confites, bombones y chocolates; legumbres, nieves y helados, galletas y pastas alimenticias, cerveza y refrescos embotellados, hielo, jabones y detergentes, libros, papeles y artículos de escritorio, confecciones, telas y artículos de algodón, artículos para deportes; pieles y cueros, productos obtenidos del mar, lagos y ríos, substancias y productos químicos o farmacéuticos, velas y veladoras; cemento, cal y arena, explosivos; ferreterías y t1apalerías; fierro y acero, pinturas y barnices, vidrio y otros materiales para construcción, llantas y cámaras, automóviles cuya propulsión utilice combustible, camiones, piezas de repuesto y otros artículos del ramo, con excepción de accesorios.
Agrícolas: (...)
Pesca: (...)
IV. a IX. (...)
(...)”
Segundo. Se reforman por adición de una fracción XI al artículo 25 y por modificación del tercer párrafo de la fracción XIII del artículo 28, de la fracción XIV del artículo 34, de la fracción VI del artículo 35 y de la fracción II del artículo 36 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; para quedar como sigue:
Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
I. a X. (...)
XI. Los gastos realizados por la adquisición de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico o un vehículo híbrido enchufable.
(...)
Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:
I. a XII. (...)
XIII. (...)
(...)
Tratándose de automóviles de combustión interna, sólo serán deducibles los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles hasta por un monto que no exceda de $200.00, diarios por automóvil o $1,000.00, diarios por automóvil cuya propulsión utilice baterías eléctricas recargables y motor de combustión interna o motor accionado por hidrógeno, o $1,000.00, diarios por vehículo cuya propulsión sea exclusivamente a través de baterías eléctricas recargables, siempre que además de cumplir con los requisitos que para la deducción de automóviles establece la fracción II del artículo 36 de esta Ley, los mismos sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de arrendadoras, siempre que los destinen exclusivamente al arrendamiento durante todo el periodo en el que le sea otorgado su uso o goce temporal.
XIV. a XXXI. (...)
(...)
Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
I. a XIII. (...)
XIV. 100% para bicicletas convencionales, bicicletas, motocicletas, vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de baterías eléctricas recargables y vehículos con tecnología híbrida enchufable.
Artículo 35. Para la maquinaria y equipo distintos de los señalados en el artículo anterior, se aplicarán, de acuerdo a la actividad en que sean utilizados, los por cientos siguientes:
I. a V. (...)
VI. 30% en infraestructura fija para el transporte, almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos, en plataformas y embarcaciones de perforación de pozos, y embarcaciones de procesamiento y almacenamiento de hidrocarburos.
VII. a XIV. (...)
(...)
Artículo 36. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:
I. (...)
II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00. Tratándose de inversiones realizadas en automóviles cuya propulsión utilice baterías eléctricas y motor de combustión interna o motor accionado por hidrógeno, sólo serán deducibles hasta por un monto de $250,000.00. Tratándose de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, motor accionado por hidrógeno o vehículo hibrido enchufable serán deducibles por el monto total del valor del vehículo.
III. a VII. (...)
Tercero. Se reforman por adición de una fracción V al artículo 2o.-A y de una fracción X al artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; para quedar como sigue:
Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
I. a IV. (...)
V. La adquisición de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, motor accionado por hidrógeno o vehículo hibrido enchufable.
(...)
Artículo 9o. _ No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:
I. a IX. (...)
X. Vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, motor accionado por hidrógeno o vehículo hibrido enchufable.”
Cuarto. Se reforman por adición de un artículo 21 Bis y por modificación del quinto párrafo del artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; para quedar como sigue:
Artículo 6o. (...)
(...)
(...)
(...)
Para otorgar las concesiones a las que el presente artículo se refiere, la Secretaría podrá requerir la utilización de materiales reciclados, así como el uso de energías renovables, y en general, toda clase de medidas sustentables y que contribuyan con la protección al medio ambiente, incluidas las dirigidas a facilitar y fomentar la circulación de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico motor accionado o un vehículo hibrido enchufable, así como el acceso a estaciones de carga.
Artículo 21 Bis. Si un permisionario realiza la prestación de los servicios de autotransporte federal con vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, estará exento del pago de las tarifas a que se refieren este Capítulo.
Quinto. Se reforman por adición de una fracción III Bis al artículo 33 y por modificación de la fracción IX del artículo 26 y del inciso d) de la fracción II del artículo 34 de la Ley General de Cambio Climático; para quedar como sigue:
Artículo 26. En la formulación de la política nacional de cambio climático se observarán los principios de:
I. a VIII. (...)
IX. El uso de instrumentos económicos en la mitigación, adaptación y reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático incentiva la protección, preservación y restauración del ambiente; el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, además de generar beneficios económicos a quienes los implementan. Entre otras cosas, se incentivará la adquisición y el uso de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, motor accionado por hidrógeno o vehículo hibrido enchufable;
X. a XIII. (...)
(...)
Artículo 33. Los objetivos de las políticas públicas para la mitigación son:
I. a III. (...)
III Bis. Promover a través de todo tipo de incentivos la adquisición y uso de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico motor accionado por hidrógeno o vehículo hibrido enchufable;
IV. a XVI. (...)
(...)
Artículo 34. Para reducir las emisiones, las dependencias y entidades de la administración pública federal, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de su competencia, promoverán el diseño y la elaboración de políticas y acciones de mitigación asociadas a los sectores correspondientes, considerando las disposiciones siguientes:
I. (...)
II. Reducción de emisiones en el Sector Transporte:
a) (...)
b) Diseñar e implementar sistemas de transporte público integrales, y programas de movilidad sustentable en las zonas urbanas o conurbadas para disminuir los tiempos de traslado, el uso de automóviles particulares cuya propulsión utilice combustible, los costos de transporte, el consumo energético, la incidencia de enfermedades respiratorias y aumentar la competitividad de la economía regional. Asimismo, promover a través de todo tipo de incentivos la adquisición y uso de vehículos cuya propulsión sea exclusivamente a través de un motor eléctrico, motor accionado por hidrógeno o vehículo hibrido enchufable.
c) a g) (...)
III. a VI. (...)”
Transitorios
Primero. Ei presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Segundo. El Poder Ejecutivo Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberá adecuar los reglamentos, disposiciones administrativas y demás normas de carácter general a lo establecido en el presente decreto en un plazo no mayor a 60 días hábiles.
Notas
1 División de Desarrollo Sostenible del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales. Temas de Desarrollo Sostenible: Energía. Estados Unidos de América: ONU, 2017. Disponible en línea: <http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/documents/docs_sdissues_energ y.htm>
2 División de Desarrollo Sostenible del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales. Temas de Desarrollo Sostenible: Energía. Op. Cit.
3. Emisiones por desgaste de llantas y frenos. Como su nombre lo indica, son producto del desgaste de las llantas y los frenos y comprenden partículas contaminantes (PMx).
3. Emisiones por desgaste de llantas y frenos. Como su nombre lo indica, son producto del desgaste de las llantas y los frenos y comprenden partículas contaminantes (PMx).
3 Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Guía Metodológica para la Estimación de Emisiones Vehiculares: 1. Los vehículos automotores como fuentes de emisión. México: INECC, 2015. Disponible en línea: <http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/618/vehiculos. pdf>.
4 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica: Visión 2030. México:
3 Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Guía Metodológica para la Estimación de Emisiones Vehiculares: 1. Los vehículos automotores como fuentes de emisión. México: INECC, 2015. Disponible en línea: <http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/618/vehiculos. pdf>.
4 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica: Visión 2030. México: Semarnat, 2018.
5 Instituto Nacional de Estadística. Geografía e Informática. Datos: Parque vehicular. México: Inegi, 2017. Disponible en línea: <https://www.inegi.org.mx/temas/vehiculos/>.
6 Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Inventario Nacional de Emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero: Datos de los años 1990 a 2015 por categoría, fuente y subfuente de emisión. México: INECC, 2015. Disponible en línea:
http://datos.abiertos.inecc.gob.mx/Datos_abiertos_INECC/
Inventario_Nacional_de_Gases_de_Efecto_Invernadero/INEGyCEI_20l5/INEGyCEI%201990_2015_IPCC2006.xlsx
7 Gg en CO2e: “gigagramos en dióxido de carbono equivalente”. El “gigagramo” es una unidad de medida de masa equivalente a 109 gramos. El “dióxido de carbono equivalente” es una medida en toneladas de la huella de carbono. La huella de carbono es el nombre dado a la totalidad de la emisión de gases de efecto invernadero.
8 Vienen juntos estos datos, por lo que no pueden separarse los datos para quemado de petróleo y quemado de gas.
9 Dióxido de carbono.
10 Metano.
11 Monóxido de dinitrógeno.
12 Hidrof1uorocarburos.
13 No hay datos.
14 Perfluorocarburos.
15 Hexafluoruro de azufre.
16 Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Inventario Nacional de Emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero: Datos de los años 1990 a 2015 por categoría, fuente y subfuente de emisión. Op. Cit.
17 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica: Visión 2030. Op. Cit.
18 Ley General de Cambio Climático. P.O. Junio 06, 2012IJulio 13,2018.
19 Ley de Transición Energética. P.O. Diciembre 24, 2015.
20 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica: Visión 2030. Op. Cit.
21 División de Desarrollo Sostenible del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales. Temas de Desarrollo Sostenible: Energía. Estados Unidos de América: ONU. 2017. Disponible- en línea: <http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/documents/docs_sdissues_energ y.htm>.
22 O’Donovan, A.; Frith, 1.; McKerracher, C. Electric Buses in Cities: Driviog Towards Cleaner Air and Lower CO2. Estados Unidos de América: Bloomberg New Energy Finance, 2018.
23 Ídem.
24 O’Donovan. A.; Frith, J.; Mckerracher. C. Electric Buses in Cities: Driviog Towards C1eaner Air and Lower CO2. Op. cit.
25 Ídem.
26 Ídem.
27 Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores. Reporte del Mercado Interno de Automotores 2017. México: AMDA, 2019. Disponible en línea:
http://www.amia.com.mxlboletin!hyell18.pdt.
28 Asociación Mexicana de la Industria Automotriz. Reporte de venta de vehículos híbridos y eléctricos. México: AMIA, 2019. Disponible en línea:
http://www.amia.com.mx/boletinlhyeI118.pdt.
29 Samaras, Constantine; Meisterling, K. Life cycle assessment of greenhouse gas emissions from piug-in hybrid vehicles:
Implications for policy. Estados Unidos de América: Environmental Science and Technology v°42 n°9, 2008.
30 Safaei Mohamadabadi, Hossein; Tichkowsky, G.; Kumar, A. Development of a multi-criteria assessment model for ranking of renewaLle and non-renewable transportation fuel vehicles. Suiza: Energy Econpapers v°34 n°1, 2009.
31 Huo, Hong; Wu, Y.; Wang, M. Total versus urban: Well-to-wheels assessment of criteria pollutant emissions from various vehicle/fuel systems. Países Bajos: Atmospheric Environment v°43 n°10, 2009.
32 Jantzen, M. Dawning a new age. Alemania: Photon Intemational n°9, 2008.
33 Nota: Los porcentajes dependen del modelo de los vehículos comparados, por lo que son cifras aproximadas.
34 Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. P.O. Junio 14, 1992.
35 Gobierno de la República. Compromisos de Mitigación y Adaptación del Cambio Climático para el periodo 2020-2030. P.O. Septiembre 23, 2014. Disponible en línea:
https://www.gob.mxlcms/uploads/attachmentlfile/162974/2015_indc_esp.pdf
36 Acuerdo de París. P.O. Diciembre 12,2015.
37 Gobierno de la República. Estrategia para Medio Siglo. México: COP 22. 2016. Disponible en línea: <https://www.gob.mxlsemarnat/prensa/mexico-presento-en-la-cop22-su-e strategia-de-cambio-climatico-al-2050>.
38 López, G.; Galarza, S. Movilidad eléctrica: Oportunidades para Latinoamérica. Unión Europea: ONU, 2017.
39 Ídem.
40 California Climate Investments. Moving California. Estados Unidos de América: CCI, 2016. Disponible en línea:
<https://www.arb.ca.gov/msprog/lct/movingca.htm>
California Vehicle Codeo P.O. Septiembre 18, 1959/Septiembre 17,2014.
41 Vehículos híbridos, eléctricos o de hidrógeno.
42 Junta de Recursos del Aire de California. Clean Vehicle Rebate Project. Estados Unidos de América: CVRP, 2019. Disponible en línea: <https://cleanvehiclerebate.org/en>.
43 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. P.O. Febrero 5, 1917/Agosto 27, 2018.
44 Ídem.
45 Derecho humano a un medio ambiente sano. La vulneración a cualquiera de sus dos dimensiones constituye una violación a aquél. Tesis aislada. Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Clave: 1a.CCLXXXVIII/2018. Número de registro: 2018633. SJF y su Gaceta: Décima Época., Libro 61, diciembre de 2018, Tomo 1. p. 308.
46 Derecho humano a un medio ambiente sano. Su núcleo esencial. Tesis aislada. Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Clave: 1a. CCLXXXIXl2018. Número de registro: 2018636. SJF y su Gaceta: Décima Época, Libro 61, diciembre de 2018, Tomo 1. p. 309.
47 Derecho humano a un medio ambiente sano. El estado tiene la obligación de tomar las medidas positivas tendientes a protegerlo contra actos de agentes no estatales. Tesis aislada. Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Clave: 2a.III/20 18. Número de registro: 2016009. SJF y su Gaceta: Décima Época, Libro 50, enero de 2018, Tomo I. p. 532.
48 Medio ambiente sano. Su relación con el desarrollo sustentable y otros derechos fundamentales que intervienen en su protección. Tesis aislada. Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito. Clave: XXVlI.30.16-CS. Número de registro: 2017255. SJF y su Gaceta: Décima época, Libro 55, junio de 2018. Tomo IV. p. 3093.
49 Medio ambiente sano. Principios aplicables a su protección, constitucionalmente reconocida. Tesis aislada. Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito. Clave: XXVJI.3o.15-CS. Número de registro: 2017255. SJF y su Gaceta: Décima Época Libro 55, junio de 2018. Torno IV. p. 3092.
Ciudad de México, al día 30 de abril de 2019
Senadores: Indira Kempis Martínez (rúbrica), Verónica Martínez García (rúbrica), Minerva Hernández Ramos, Emilio Álvarez Icaza Longoria, Eduardo Enrique Murat Hinojosa, Nancy de la Sierra Arámburo, Gerardo Novelo Osuna, Raúl Bolaños Cacho Cué, Américo Villarreal Anaya, (rúbricas), María Leonor Noyola Cervantes, Alejandra Lagunes Soto Ruiz, Verónica Delgadillo Garvía, Rocío Abreu Artiñano, Nadia Navarro Acevedo, Martha Cecilia Márquez Alvarado, Xóchitl Gálvez Ruiz, Verónica Noemí Camino Farjat, Rogelio Israel Zamora Guzmán, Gabriela Benavides Cobos, Juan Quiñonez Ruiz, Patricia Mercado Castro, Dante Delgado, Juan Manuel Zepeda Hernández, Miguel Ángel Mancera Espinosa, Manuel Añorve Baños, Mario Zamora Gastélum, Gustavo Enrique Madero Muñoz, Víctor Oswaldo Fuentes Solís, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Clemente Castañeda Hoeflich, Samuel García Sepúlveda, Noé Castañón Ramírez, Vanessa Rubio Márquez, Geovanna Bañuelos de la Torre (rúbricas)
Con proyecto de decreto, por el que se reforma el primer párrafo de la fracción V del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Roberto Juan Moya Clemente, del Grupo Parlamentario del PAN
Ciudad de México, a 1 de octubre de 2019
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Roberto Juan Moya Clemente, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo de la fracción V del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
El suscrito, senador Roberto Juan Moya Clemente, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, representado en esta LXIV Legislatura, correspondiente al Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción I; 164, numeral 1, y 169, numeral 1, del Reglamento del Senado de la República, tiene a bien someter a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo, de la fracción V, del artículo 151, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducciones personales por concepto de aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la cual se funda y motiva al tenor y bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
1. La Ley del Impuesto sobre la Renta señala en el artículo 151 que las personas físicas que obtengan ingresos de los señalados en el Título IV de la misma ley, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada capítulo que les correspondan, las relativas a los pagos por honorarios médicos, dentales, servicios profesionales en materia de psicología, nutrición, gastos funerarios, donativos, intereses por créditos hipotecarios, de gastos médicos, transportación escolar, ingresos por salarios, entre otros.
Sin embargo, la ley toral regula en el primer párrafo de la fracción V, del artículo 151, la hipótesis normativa referente a las deducciones personales que se realicen por concepto de aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción, teniendo un monto de la deducción correspondiente topado hasta el 10 por ciento de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.
2. Conforme a lo anterior, la presente iniciativa tiene como finalidad incrementar el porcentaje de deducciones personales, por concepto de aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, pasando precisamente del 10 por ciento a 15 por ciento.
3. Al respecto, resulta indispensable aclarar que dicha fracción continúa intocada, tratándose de la hipótesis referente al hecho de que cuando los recursos invertidos en las subcuentas de aportaciones complementarias de retiro, en las subcuentas de aportaciones voluntarias o en los planes personales de retiro, así como los rendimientos que ellos generen, se retiren antes de que se cumplan los requisitos establecidos en esta fracción, el retiro se considerará ingreso acumulable en los términos del Capítulo IX de ese Título.
4. En este sentido, resulta pertinente mencionar y aclarar que el hecho de incrementar el porcentaje del 10 al 15 por ciento en materia de deducciones personales por concepto de aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, permitirá obtener, entre otros, los beneficios siguientes:
• Siempre resulta redituable aumentar el ahorro del trabajador;
• Con este ahorro voluntario, se podrá rebasar la pensión mínima garantizada;
• Es un mecanismo individual de ahorro, complementario al ahorro para el retiro;
• El Estado mexicano también se beneficia al obtener mayores ingresos;
• El trabajador se garantiza para sí, una pensión más amplia;
• El pensionado contará con mayores recursos que ofrecer a su núcleo familiar.
• El Estado debe de incentivar el ahorro de los trabajadores;
5. Aunado a lo anteriormente manifestado, resulta necesario recordar que este Senado de la República recientemente ha dado pasos firmes e importes en el apoyo, beneficio y fomento al ahorro de los trabajadores y, para tal efecto, resulta pertinente mencionar que el pasado día miércoles 25 de septiembre del año en curso, aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda, correspondiente a la Minuta con proyecto de Decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, turnándose para los efectos constitucionales a la Cámara de Diputados.
En dicho dictamen, el Senado de la República decidió apoyar a los trabajadores, al aprobar, entre otras reformas, los ajustes realizados al artículo 37 de dicha Ley, en el cual se contempló que para promover una mayor pensión y una mayor competencia en favor de los trabajadores, las comisiones por administración de las cuentas individuales solo podrán cobrarse aplicando una comisión única integrada por un componente calculado como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados y un componente adicional calculado sobre el rendimiento que obtengan los trabajadores por encima de la referencia que establezca la Comisión mediante disposiciones de carácter general.
La junta de gobierno deberá autorizar la metodología que se establezca para el cálculo de ambos componentes, incluida la referencia antes señalada.
Para que la Junta de Gobierno autorice la metodología señalada deberá contar con la opinión favorable del Comité de Análisis de Riesgos respecto del componente adicional calculado sobre el rendimiento. así como sobre la referencia.
Conforme a las reformas anteriores, se acredita que el Senado de la República trabaja en beneficio y en favor de los trabajadores, por lo que se estima que la presente iniciativa, al contener un fin similar al dictamen aprobado antes mencionado, encontrará un buen resultado en favor del ahorro y de las aportaciones voluntarias para el retiro.
6. Por otro lado, y respecto de los beneficios fiscales que acarrea el ahorro voluntario para el retiro, Financial Group Forbes México1 mencionó lo siguiente:
El ahorro voluntario genera un impacto positivo en los ingresos de una persona en dos maneras, según el Departamento de Estudios de Principal Financial Group México:
• Aprovechamiento de las deducciones fiscales, efecto inmediato en la presentación de la declaración anual de impuestos.
• Rendimientos derivados de su inversión, efecto obtenido en el largo plazo hacia el momento de la jubilación.
Si lo que en realidad se desea es una pensión adecuada, aproximadamente del 70 por ciento del último sueldo, es necesario que las personas ahorren para su retiro entre 14 y 16 por ciento de su ingreso total bruto.
En México, la esperanza de vida al retiro entre la población femenina es de 84 años, en tanto que en los varones es de 82 años. Lo que representa que, con una edad de retiro a los 65 años, son necesarios ahorros para cubrir en promedio 18 años de vida inactiva.
“El ahorro para el retiro te ofrece la oportunidad de apostar a tu futuro, la oportunidad de brindarle seguridad financiera a tu familia y la posibilidad de vivir plenamente durante tu vejez”, agregó Financial Group en el documento.
7. Resulta necesario impulsar no sólo el apoyo al ahorro voluntario, sino que dicho ahorro, además, sea incentivado a través del incremento en el porcentaje del 10 al 15 por ciento en materia de deducciones personales por concepto de aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Lo anterior podría ser alcanzado, tomando en consideración que durante el presente ejercicio fiscal, el ahorro voluntario ha mantenido una constante en su incremento, tal y como así lo ha reconocido y lo ha dado a conocer la propia Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), la cual el día 23 de septiembre del año en curso, hace unos pocos días, publicó en su portal de internet un artículo intitulado “Ahorro Voluntario en las AFORE mantiene crecimiento en 2019”,2 en el cual menciona lo siguiente:
Al cierre del segundo cuatrimestre de 2019, el Ahorro Voluntario total en el sistema de pensiones (ahorro voluntario + ahorro solidario) alcanzó la cifra de $84,440.1 millones de pesos (mdp), un incremento de 18.9 por ciento en términos reales respecto al mismo mes del año 2018.
En el transcurso de los últimos seis años (agosto 2013-agosto 2019) el ahorro voluntario creció 126 por ciento, al pasar de 20.7 mil millones a 84.4 mil millones de pesos.
Desagregando por concepto, al cierre del segundo cuatrimestre de 2019, el ahorro voluntario alcanzó $ 56,877.3 (mdp), un crecimiento de 21.6 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior y de 126 por ciento respecto al de hace 6 años.
Durante el segundo cuatrimestre de 2019 se logró una captación de $3,522.8 millones de pesos de Ahorro Voluntario (sin incluir solidario).
8. Se debe de incentivar el ahorro voluntario de los trabajadores, con la finalidad de garantizarles un retiro digno y económicamente sostenible. En la actualidad, la tasa de contribución obligatoria, en el caso del IMSS, es de 6.5 por ciento. Sin embargo, la OCDE determina que este nivel de contribución podría resultar en una tasa de reemplazo3 de aproximadamente 26 por ciento. El objetivo es poder alcanzar una tasa de reemplazo cercana al 50 por ciento con la finalidad de que la estabilidad y el bienestar económico de los trabajadores no se vea perjudicado después de su jubilación.
Por lo tanto, para alcanzar la meta anterior, bajo una probabilidad de éxito entre el 75 y 90 por ciento, se deben de realizar contribuciones por 40 años en donde éstas representen cerca del 13 al 18 por ciento de los ingresos de los trabajadores. No obstante, este incremento en el porcentaje de contribuciones se debe de hacer de manera paulatina y mediante políticas públicas que incentiven a los trabajadores a ahorrar más, como es el objetivo de esta iniciativa.
Con base en el Inegi,4 en 2016 la esperanza de vida, en promedio, de las mujeres y de los hombres fue de 78 y 73 años, respectivamente. Es por esto, que tenemos que encontrar nuevos mecanismos institucionales que induzcan a que el ahorro voluntario de los trabajadores aumente, ya que el periodo de vida laboralmente inactiva se incrementa a medida que pasa el tiempo.
Por consiguiente, se debe de mencionar que el promedio histórico, de agosto de 1997 a julio de 2019, de los rendimientos generados por las Afore fue de 11.11 por ciento nominal anual y 5.32 por ciento real anual, en promedio. Por otro lado, el promedio de las tasas de interés nominales de los Cetes a 28 y 91 días fueron, durante el mismo periodo de tiempo, de 8.29 por ciento y 8.65 por ciento, respectivamente.5 Por lo tanto, si comparamos los rendimientos generados por las AFORE con las tasas de interés nominales de los Cetes a 28 y 91 días, vemos que claramente han generado mayores rendimientos las instituciones encargadas del ahorro para el retiro de los trabajadores. Por consecuente, las Afore son actualmente el medio más eficiente y accesible para el ahorro de los trabajadores y, por ende, se debe de fortalecer mediante la creación de incentivos fiscales para que los trabajadores continúen ahorrando por medio de estas instituciones.
Con base el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, fracción V, el monto máximo de deducibilidad es:6
9. Por lo tanto, la presente iniciativa, además de aumentar el porcentaje de deducibilidad, pretende aumentar el monto máximo de deducción anual en un 20 por ciento, es decir, se propone, además, que este monto ahora sea igual a seis veces el salario mínimo anual. Esto ocasionaría que las personas que tienen un patrón de ahorro mayor al de cinco veces el salario mínimo anual, ahora tengan un mayor estímulo para invertir en su fondo de ahorro ya que este le generaría beneficios fiscales mediante la deducción de sus aportaciones.
En la actualidad, con base en la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo,7 1,831,552 mexicanos ganan más de cinco veces el salario mínimo. Por consiguiente, a una gran proporción de estos mexicanos podremos ayudar mediante el aumento del monto máximo de deducción anual por aportaciones voluntarias.
A continuación, se muestran algunos datos8 en torno a la situación de la distribución del ingreso laboral de la población ocupada9 en el país.
10. De igual manera, es fundamental hacer un gran énfasis en torno al resto de los trabajadores que ganan menos de cinco veces el salario mínimo pues esta masa laboral representa, aproximadamente el 78 por ciento de la población ocupada10 en el país.
Por consiguiente, el beneficio fiscal que se le otorgará a estas personas, al incrementar el porcentaje de deducción del 10 al 15 por ciento, hará que tengan un efecto riqueza11 positivo pues una vez que se hayan deducido dichas aportaciones, esto generará que las personas tengan más dinero para gastar en torno a otras necesidades, por ende, esto catalizará el consumo de bienes y servicios en el mercado interior. Esto último es sumamente importante para la economía mexicana pues se ha visto, con base en los datos, el pobre crecimiento en la demanda de consumo por parte de los individuos.
A continuación, se muestra el comportamiento anual en torno al consumo privado del mercado mexicano.12
11. El hecho de que el indicador del consumo privado en el mercado mexicano haya crecido tan sólo 0.342 por ciento13 de enero a junio en el presente año, puede ser una posible causa del descenso en los ingresos tributarios provenientes del impuesto al valor agregado (IVA). En concreto, de enero de 2019 a agosto de 2019, los recursos provenientes por el IVA disminuyeron en 1.7 por ciento,14 en términos reales.
En este sentido, con la presente iniciativa de ley se podrá generar un mayor bienestar en torno a los trabajadores, ya que tendrán una mayor capacidad para deducir gastos al aumentar el porcentaje de deducción del 10 al 15 por ciento en torno a sus aportaciones voluntarias. De igual manera, al aumentar el límite máximo de deducción a seis veces el salario mínimo, se incentivará el ahorro de una importante proporción de la población económicamente ocupada. Ambos resultados podrán causar un impacto positivo en torno a la situación económica de México, ya que por una parte se incrementaría el ahorro de los trabajadores, lo cual generaría una situación de sostenibilidad económica para el futuro del país, y que a medida que las aportaciones complementarias de este ahorro aumenten y sean deducibles, entonces los trabajadores tendrán un efecto positivo en torno a sus ingresos ya que contarán, de manera directa o indirecta, con una mayor capacidad de gasto.
Finalmente, el gobierno no tiene por qué perder recursos al permitir el hecho de que se aumente la capacidad de deducción, ya que esto redundará en una mayor demanda de consumo por parte de los individuos, dado el aumento de su capacidad de gasto por medio de la deducibilidad de sus aportaciones. Esto, sin lugar a dudas, podría ayudar a catalizar el crecimiento económico del país en el corto plazo pues existiría un incremento en el consumo, y en el largo plazo la economía mexicana se beneficiará por el aumento en los niveles y en las tasas de ahorro de los individuos. Además, las finanzas públicas no tienen por qué desequilibrarse pues, si bien es cierto que el gobierno puede dejar de percibir recursos debido al aumento en los gastos que están sujetos a ser deducibles, por otro lado, recibirían una mayor cantidad de recursos provenientes de la tributación en torno a los servicios y bienes de consumo.
12. Ahora bien, con la finalidad dejar en claro el fin que se persigue con la presente iniciativa, el cual consiste en incrementar el porcentaje de deducciones personales por concepto de aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, pasando del 10 por ciento a 15 por ciento, a continuación, se muestra un cuadro comparativo del primer párrafo, de la fracción V, del artículo 151, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual incluye el texto vigente y la propuesta de reforma.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, me es grato someter a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el primer párrafo de la fracción V del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo de la fracción V, del artículo 151, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar en los términos siguientes:
Artículo 151. ...
I. a IV. ...
V. Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será de hasta el 15% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a seis salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.
...
...
...
VI. a VIII. ...
Artículos Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Quedan sin efectos todas las disposiciones que contravengan el presente decreto.
Notas
1 https://www.forbes.com.mx/beneficios-fiscales-del-ahorro-voluntario-par a-el-retiro/
2 https://www.gob.mx/consar/articulos/ahorro-voluntario-en-las-afore-mant iene-crecimiento-en-2019-218426?idiom=es
3 “Se define la tasa de reemplazo (o de sustitución) como el porcentaje de ingresos en la jubilación respecto a los ingresos previos como trabajadores en activo”. Fuente: Instituto BBVA de Pensiones. (2019). ¿Qué es la tasa de reemplazo de las pensiones? 15 de septiembre de 2019, de BBVA. Sitio web: https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/que-es-la-tasa-de-reemplazo-d e-las-pensiones.html
4 Inegi. (2016). Esperanza de vida. 26 de septiembre de 2019, de INEGI Sitio web:
http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/esperanza.aspx?tema=P
5 Cálculo hecho con base en: Sistema de Información Económica. (2019). Valores Gubernamentales - (CF107). 26 de septiembre de 2019, de Banco de México. Sitio web:
https://www.banxico.org.mx/SieInternet/
consultarDirectorioInternetAction.do?sector=22&accion=consultarCuadro&idCuadro=CF107& locale=es
6 El monto máximo de deducibilidad para cada área geográfica se calculó multiplicando por 5, y 6 en el escenario propuesto por esta iniciativa, el salario mínimo de cada zona, y nuevamente se multiplicaron por 365 las respectivas cantidades. Es importante resaltar el hecho de que estas cantidades no son oficiales y que, por lo tanto, pueden ser diferentes.
7 Obtuvimos esta información a partir de la siguiente base de datos proporcionada por el Inegi:
Inegi. (2019). Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo. 26 de septiembre de 2019, de Inegi
Sitio web: https://www.inegi.org.mx/sistemas/olap/proyectos/bd/encuestas/hogares/e noe/2010_pe_ed15/po.asp?s=est&proy=enoe_pe_ed15_ po&p=enoe_pe_ed15#
8 Ibídem (6).
9 La población ocupada la define de la siguiente manera el INEGI: “Personas de 15 y más años de edad que en la semana de referencia
realizaron alguna actividad económica durante al menos una hora. Incluye a los ocupados que tenían trabajo, pero no lo desempeñaron
temporalmente por alguna razón, sin que por ello perdieran el vínculo laboral con este; así como a quienes ayudaron en alguna actividad económica sin recibir un sueldo o salario”.
10 La población ocupada la define de la siguiente manera el Inegi: “Personas de 15 y más años de edad que en la semana de referencia realizaron alguna actividad económica durante al menos una hora. Incluye a los ocupados que tenían trabajo, pero no lo desempeñaron temporalmente por alguna razón, sin que por ello perdieran el vínculo laboral con este; así como a quienes ayudaron en alguna actividad económica sin recibir un sueldo o salario”.
11 Con base en la teoría microeconómica, el efecto riqueza es aquél que cambia la demanda por bienes y servicios de los consumidores, dado que estos experimentan un efecto positivo en torno a su ingreso, es decir, aumenta el poder adquisitivo de los consumidores.
12 Inegi. (2019). Consumo Privado en el Mercado Interior. 26 de diciembre de 2019, de Inegi. Sitio Web:
https://www.inegi.org.mx/temas/imcp/default.html#Informacion_general
13 Esta cifra la obtuvimos de la siguiente manera:
14 Grupo Expansión. (2019). La recaudación tributaria en México baja 7.5% en julio. 27 de septiembre de 2019, de Grupo Expansión Sitio web: https://expansion.mx/economia/2019/08/30/la-recaudacion-tributaria-en-m exico-baja-7-5-en-julio
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a los 30 días del mes de septiembre de 2019.
Senador Roberto Juan Moya Clemente (rúbrica)