Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Ssa a actualizar cada año las guías de práctica clínica mexicanas conforme a las internacionales, así como a promover acciones y estrategias que contribuyan a difundirlas de manera sencilla y funcional para todos los prestadores de servicios de salud, a cargo de la diputada Carmen Medel Palma, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Carmen Medel Palma , diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. En la práctica clínica, la toma de decisiones es un proceso intelectual complejo y con interminables opciones diagnósticas, pronosticas y terapéuticas.

La experiencia clínica lleva a su vez un proceso de aprendizaje e integración del conocimiento que requiere tiempo y que va perfeccionándose hasta obtener las habilidades diagnósticas y terapéuticas para un mejor cuidado de los pacientes. Esta experiencia, se adquiere a través de los libros o la consulta con los pares, sin embargo, aunque muy valiosa, las revisiones descriptivas contenidas en el material bibliográfico pueden contener sesgos importantes, como obstaculizar la incorporación de nuevas tecnologías en la práctica clínica cotidiana y con ello, ocasionar que las conclusiones a las que se lleguen, sean equivocadas.

En ese sentido, es menester destacar que, cada año se publican más de 30 mil estudios clínicos controlados en todo el mundo,1 lo que hace imposible para el médico, mantenerse actualizado día con día. Pues no sólo basta con tener acceso a este mundo de información científica, sino, llevar a cabo una lectura crítica de lo publicado, toda vez que no todos los comités editoriales de revistas consultadas realizan una evaluación metodológica como para confiar en las conclusiones de los mismos.

Por lo anterior, es que se introdujo el concepto de la medicina basada en evidencia (MBE), la cual y de acuerdo con el profesor e investigador David Sackett, implica el uso concienzudo, explícito y juicioso de la mejor evidencia disponible para la toma de decisiones en el cuidado individual de los pacientes. Es decir, la práctica de la medicina basada en evidencia, requiere la integración de la experiencia clínica individual con la mejor evidencia médica disponible obtenida de la investigación sistemática y de los valores y circunstancias del paciente.2

En ese contexto, al inicio de la década de los noventa, se dio impulso a las Guías de Práctica Clínica (GPC) como un instrumento clave de la medicina basada en evidencia. Siendo el Instituto de Medicina de Estados Unidos, el primero en estandarizar su concepto y características.3

Segunda. En virtud de lo anterior, las Guías de Práctica Clínica (GPC) son un conjunto de recomendaciones basadas en evidencia científica, que ayudan a los profesionales de la salud y a los pacientes, en la toma de decisiones sobre la atención médica más apropiada, seleccionando las opiniones diagnósticas y terapéuticas más adecuadas en el abordaje de un problema de salud o condición clínica específica.4

Éstas surgen de la necesidad de responder a los retos que enfrentan los servicios de salud, como los son: 1) Asegurar una mayor calidad al otorgar y recibir atención médica; 2) Homologar las frecuentes variaciones en la práctica entre médicos, clínicas y regiones geográficas con la consecuente sub y sobreutilización de recursos y tecnologías5 y 3) Controlar los riesgos clínicos y legales, así como de costos y el uso inadecuado de los recursos.

Ahora bien, de manera general y para la elaboración de las Guías de Práctica Clínica, se requiere que un grupo multidisciplinario y con profesionales de todos los niveles de atención realice la búsqueda sistemática, evaluación crítica y clasificación de la bibliografía científica, de acuerdo con los criterios de evidencia establecidos. Posteriormente, con base en la información seleccionada, la experiencia clínica de los expertos y tomando en cuenta los recursos de los servicios, se elaboran por consenso las recomendaciones en forma explícita en texto y algoritmo. La primera versión de las GPC es revisada por cada uno de los integrantes del grupo de trabajo y posteriormente discutida en conjunto para preparar la segunda versión, que es revisada nuevamente por el grupo para su versión final. Esta última se someta a validación por un grupo externo de expertos del tema y de metodología que no hayan participado en el proceso de desarrollo inicial.6

Sin embargo, para que las guías sean confiables y se asegure un nivel adecuado de calidad, éstas deberán cumplir ciertas características en su desarrollo y el contenido de la versión final. Por ello, a nivel internacional se han realizado esfuerzos para garantizarlo; uno de los más difundidos fue la creación del “Agree” (Apraissal of Guidelines Research and Evaluation for Europe ) que tiene como objetivo evaluar la calidad de la información y recomendaciones en las Guías de Práctica Clínica; o también está la del 2002, que dio origen a la Red Internacional de Guías de Práctica Clínica (Guidelines International Network ) como una red de colaboración que actualmente comprende más de 100 organizaciones de 48 países que forman parte de la comunidad mundial para la mejor toma de decisiones a través del desarrollo, adaptación e implementación de GPC a nivel global.

Tercera. En México, la regulación de las Guías de Práctica Clínica corresponde a la Secretaría de Salud, a través de la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del sector salud, quien por conducto del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica (Cenetec) las difunde, implementa y evalúa, como se establece en el artículo 41 del Reglamento Interno de la Secretaría de Salud que a la letra dice :

Artículo 41. Corresponde al Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud:

I. Difundir de forma sistemática y objetiva información sobre dispositivos médicos, telesalud, guías de práctica clínica y evaluación de tecnologías para la salud, con el fin de promover su uso apropiado, seguro y eficiente como instrumento para la toma de decisiones en beneficio de la población y la excelencia en la práctica clínica;”

Aunado a lo anterior, en el 2008 se creó el Comité Nacional de Guías de Práctica Clínica (CNGPC) que funge como el órgano asesor de la Secretaría de Salud y que tiene como finalidad la elaboración de las guías de práctica clínica por medio de una metodología estandarizada con la que se garantice la calidad y la viabilidad de las mismas, como a la letra se señala:

Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Guías de Práctica Clínica

Artículo 1. Se crea el Comité Nacional de Guías de Práctica Clínica, como un órgano asesor de la Secretaría de Salud, que tiene por objeto unificar los criterios de priorización, elaboración, actualización, integración, difusión y utilización de guías de práctica clínica y protocolos de atención médica en las instituciones del Sistema Nacional de Salud, así como para proponer los criterios necesarios para evaluar su aplicación.”7

Es decir, para la elaboración de las Guías de Práctica Clínica en el país se requiere de un trabajo de colaboración entre ambas instituciones para posteriormente ser publicadas en el Catálogo Maestro de Guías de Práctica Clínica. Actualmente se cuenta con 439 guías de práctica clínica publicadas.

Cuarta. Sin embargo y a pesar de la importancia que las Guías de Práctica Clínica representan para los profesionales de la salud, éstas presentan graves problemáticas que perjudican el desempeño de su profesión, como lo es la falta de actualización.

Para que las Guías de Práctica Clínica sean útiles necesitan ser actualizadas periódicamente, pues los cambios en la tecnología terapéutica y diagnóstica disponible, los recursos disponibles en el sistema de salud, así como la documentación de daños en terapias establecidas y que sólo se identifican a través del tiempo y la experiencia clínica, generan la necesidad de actualizarlas.

En términos generales, éstas deben ser revisadas mínimo cada tres años, aunque la necesidad de que sea en lapso de tiempo más corto acrecienta en temas donde hay avances científicos más rápidos.

Por ejemplo, la Guía de Práctica Clínica que enmarca el tratamiento para la taquicardia supraventricular, se propone que para pacientes sin cardiopatía estructural significativa, el tratamiento antiarrítmico inicial para fibrilación auricular (FA) o fluter auricular (FLA) puede elegirse a partir de la flecainida y sotalol, medicamentos que, en la práctica, no se encuentran abastecidos en el país, o en el caso de la Guía de Práctica Clínica de Preeclampsia en donde se establece que se debe considerar el labetalol como fármaco antihipertensivo, el cual no se encuentra disponible en el sector salud de México.

Y así como estos casos, muchos más que requieren ser revisados con atención por hacer referencia a medicamentos que o no son abastecidos en el país, otros que ya han sido superados o demostrados de las contraindicaciones en los pacientes u algunas otra más que indican tratamientos basados en medicamentos que ya no existen.

Quinta. Aunado a lo anterior, la importancia de las guías de práctica clínica también radica en que éstas son de obligatoriedad de acuerdo a la NOM 004 – SSA3- 2012 a través del Modelo de Evaluación del Expediente Clínico Integrado, el cual puede representar un mecanismo de defensa jurídico para el médico.

Y en el caso de que exista alguna duda sobre la pertinencia del diagnóstico y el tratamiento implementado por algún profesional de la salud, lo primero que pueda ser demostrado sea su apego a las guías de práctica clínica y con ello, a un diagnóstico basado en la evidencia científica, así como a la decisión médica más apropiada para el caso. Evitando con ello demandas por “mala práctica”.

Tal es el caso de lo que enmarcado en la recomendación No. 26/2017 que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) realizó sobre la violación a los Derechos Humanos la Protección de la Salud y a la vida en agravio de una mujer embarazada en el centro de salud de San Miguel Coatlán, Oaxaca. En virtud de que la mujer se presentó el 6 de marzo del 2017 en el centro de salud en mención para dar a luz; horas después su esposo fue informado que la paciente se encontraba enferma y delicada, motivo por el cual, debía ser trasladada en ambulancia al Hospital Rural 24 del Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS).

Una vez atendida, a las 6 horas del siguiente día, el esposo fue notificado del fallecimiento de la paciente, motivo por el cual se inició el expediente de queja por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y se solicitó la información y copia de los expedientes clínicos respectivos al IMSS.

De lo que se concluyó que la paciente fue recibida por un pasante quien al no apegarse a lo establecido en las guías de práctica clínica, omitió una serie de estudios y tratamientos que descartaran patologías en el embarazo y corroboraran el bienestar materno fetal; así como las complicaciones pos parto y que se evitase las complicaciones hemorrágicas que evitaran las complicaciones hemorrágicas, concluyendo que las recomendaciones no fueran tomadas en cuenta por el Centro de Salud, hecho que condicionó un mal pronóstico de vida, como a la letra se señala:

“.... En la nota suscrita a las 23:20 del 6 de marzo de 2016, SP1, SP2, SP3 y SP4 refirieron que V1 llegó al Hospital Rural en ambulancia comunitaria sin personal médico, y acompañada únicamente por V3. En ese sentido, la Guía de Práctica Clínica “Diagnóstico y tratamiento de la hemorragia obstétrica en la segunda mitad del embarazo y puerperio inmediato” señala que en caso de sangrado activo se deberá enviar a la paciente en ambulancia de manera urgente, a una unidad médica especializada con canalización de vía venosa periférica y con un médico para su vigilancia en el traslado; sin embargo, tales recomendaciones no fueron tomadas por el Centro de Salud, lo que condicionó un mal pronóstico de vida...” 8

Sexta. Finalmente y a pesar de que la importancia de las guías de práctica clínica está más que demostrada, en entrevista con algunos de los profesionales de la salud, se ha indicado que el principal motivo de la no utilización de las guías se debe al desconocimiento por parte del personal de salud; mientras que también consideraron que lo que podría mejorar su utilización sería si primero se capacitara al personal en la utilización de éstas, y se realizaran acciones que contribuyeran a su difusión y por otro lado, si el personal pudiera participar en alguna actividad de este tipo.9

En virtud de lo anterior y tomando en cuenta que la vida de las Guías de Práctica Clínica no termina en el desarrollo de la misma, sino que requieren su constante actualización por ser esta una importante herramienta que contribuye a cerrar la brecha entre el conocimiento científico que se genera continuamente y la toma de decisiones clínicas, así como generar una repercusión positiva en la calidad de la atención médica, es que someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Salud a actualizar cada año las Guías de Práctica Clínica mexicanas y conforme a las buenas prácticas internacionales.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Salud a promover acciones y estrategias que contribuyan a la difusión de las Guías de Práctica Clínica de una manera sencilla, práctica y adaptada a las condiciones en las que se encuentran todos los prestadores de los servicios de salud en la República Mexicana.

Notas

1 D.J. Koehler, N. Harvey (Eds). Blackwell Handbook of Judgment and Decision Making, Blackwell Publishing , Malden, MA(2004), pp. 585-604.

2 D.L.Sackett,W.M. Rosenberg, J.A. Gray, R.B. Haynes, W.S. Richardson Evidence based medicine: What it is and what it isn’t

3 Field MJ, Lohr MJ, eds. Guidelines for Clinical Practice.Washington, DC: National Academies Press, 1992.

https://doi.org/10.17226/1863

4 CENETEC. Guías de Práctica Clínica. [Electrónico].(Recopilado de world wide web el 20 de octubre de 2018 http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/GUIAS_DE_PRACTICA_CLINICA .pdf)

5 Woolf S, Grol R, Hutchinson A, Eccles M, Grim- shaw J. Clinical guidelines: potential benefits, limitations, and harms of clinical guidelines . BMJ 1999;318(7182):527-530.

6 National Institute for Health and Clinical Excellence. Guideline development methods. [Electrónico].(Recopilado de world wide web el 20 de octubre de 2018
http://www.nice.org.uk/search/searchresults.jsp?eywords=Guideline+Develoment+Methods& searchType=all)

7 Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Guías de Práctica Clínica. [Electrónico].(Recopilado de world wide web el 20 de octubre de 2018 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5044767&fecha=13/06/2008)

8 CNDH. (2018). Recomendación NO. 26 /2017. [Electrónico].(Recopilado de world wide web el 20 de octubre de 2018

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/201 7/Rec_2017_026.pdf)

9 Salud Pública de México.(2017). Calidad y cumplimiento de guías de práctica clínica de enfermedades crónicas no transmitibles en el primer nivel.[Electrónico].(Recopilado de World Wide Web el 20 de octubre de 2018

http://saludpublica.mx/index.php/spm/article/view/8285)

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 25 de octubre de 2018.

Diputada Carmen Medel Palma (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de realizar acciones para hacer visible, divulgar y crear conciencia entre la población sobre el denominado “impuesto rosa” como forma de discriminación contra las mujeres, y emprender medidas a fin de combatirlo y erradicarlo, a cargo del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Justino Eugenio Arriaga Rojas , diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presento a consideración de esta asamblea, la proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través del titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, realice las acciones pertinentes para visibilizar, divulgar y concientizar a la población sobre el denominado “impuesto rosa” como forma de discriminación que sufren las mujeres; y de igual manera, emprenda inmediatamente las acciones necesarias para combatir y erradicar este fenómeno, mediante la eliminación o prohibición de estos sobreprecios en productos destinados al sector femenino , al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

I. Antecedentes

1. Desde hace algunos años, en países desarrollados se estudió el fenómeno pink tax o “impuesto rosa”, que es el sobre costo que tienen que pagar las mujeres para adquirir la versión femenina (mujeres y niñas) de ciertos productos.

Estos productos son iguales a los que van dirigidos a varones, pero con algún agregado como el color, etiquetas o ilustraciones que indican que son productos para las mujeres y niñas; dichos elementos diferenciadores -de carácter accesorio y no sustancial- son los que encarecen los productos.

2. Un estudio realizado por el Departamento de Asuntos del Consumidor en Nueva York en 2015 mostró variaciones de precios entre los productos para mujeres de los que son para hombres; estos sobre precios oscilaron entre un 4 por ciento en ropa infantil, un 7 por ciento en juguetes, un 8 por ciento en ropa de adultos y un 13 por ciento en elementos de cuidado personal, entre otros.1

Como por ejemplo en los productos del cuidado del cabello, se encontró que para mujeres cuestan en promedio un 48 por ciento más que los mismos productos para hombres.

Las rasuradoras para mujer son un 11 por ciento más caras que las de los hombres. Los pantalones vaqueros cuestan un 10 por ciento más. Incluso los juguetes comercializados para niña son un 11 por ciento más caros en comparación con los de los niños.

El informe del Departamento de Asuntos del Consumidor de Nueva York comparó alrededor de 800 productos (versiones femeninas y masculinas) de más de 90 marcas vendidas en Nueva York, en línea y en tiendas. Encontró que las mujeres pagan más en el 42 por ciento de los casos.

“Los hallazgos de este estudio sugieren que las mujeres están pagando miles de dólares más a lo largo de sus vidas por adquirir productos similares a los de los hombres”, dice el estudio.2

3. La versión “femenina” de diferentes productos suele distinguirse por el empleo del color rosa, sin embargo, existen otros factores que los hacen sobresalir de aquellos que son “para hombres” o bien, unisex, entre los que destaca el precio, el cual suele ser más alto.

De acuerdo con el Departamento de Asuntos sobre el Consumo de Estados Unidos, un mismo producto cuesta en promedio 7 por ciento más cuando está empaquetado bajo el título “para mujeres”, en comparación con aquellos que son para ambos sexos o para hombre. Hay que destacar que esto ya había sido señalado con anterioridad por la organización feminista francesa Georgette Sand .

La organización francesa señala que en dicho país la mujer paga 0.8 centavos más que los hombres por cinco afeitadoras, pues, en el caso de ellos, este mismo suele traer cinco afeitadoras adicionales. Este suceso suele conocerse como “impuesto rosa”.

Cabe mencionar que regiones como Florida encontraron el mismo fenómeno, ahora en productos de cuidado personal como rastrillos, jabones y desodorantes. Un factor que vale la pena mencionar es que el “impuesto rosa” no tiene alguna relación con el efecto oferta-demanda, pues el caso más claro se indica justo en los rastrillos.3

4. En Londres, la cadena farmacéutica británica Boots se vio obligada a bajar los precios de algunos artículos después de una campaña en línea que le hacía un llamado para detener la injusta fijación de precios. La petición demostró que la misma crema de la marca Boots cuesta 9,99 libras (14,50 dólares) para las mujeres y 7,29 libras (10,60 dólares) para los hombres. Las rasuradoras en cuestión tenían un precio de 2,29 libras (3,30 dólares) por un paquete de ocho rasuradoras para mujeres y de 1,49 libras (2,20 dólares) por un paquete de 10 rasuradoras para hombres.

Boots, que opera más de 2 mil 500 tiendas en todo el Reino Unido, dijo que las diferencias de precios eran una “excepción”. “Nunca hemos aplicado un sistema de precios que discrimina a las mujeres por lo que nos quedamos sorprendidos y decepcionados”, dijo la compañía en un comunicado.

Las protestas están cobrando impulso. La fijación de precios basada en el género se debatió en el Parlamento británico y una congresista se refirió a la práctica como una “explotación”.

“A las mujeres les pagan menos y esperan que gasten más en productos y servicios... les cobran más simplemente por ser mujeres”, dijo Paula Sherriff, del Partido Obrero, durante el debate. Ella citó la investigación que Development Economics llevó a cabo en el 2012, la cual encontró que las mujeres pagan un promedio de 200 libras (291 dólares) más al año por bienes de consumo que son comercializados como productos de índole más femenino.4

5. Otro estudio realizado en Buenos Aires encontró que los productos para mujeres muestran precios más caros. A modo de ejemplo: mochilas escolares para nenes $549, para nenas $679; chupetes celestes, $219, chupetes rosas, $235; colonias infantiles para varones $95,31, para nenas $113,45.5 El estudio puso de relieve una diferencia de precios escandalosa.

6. Por consiguiente, las versiones femeninas de productos de cuidado personal, calzado y de juguetes cuestan más que las versiones masculinas .

Lo anterior adquiere mayor relevancia si se considera que en las mujeres recaen -en su gran mayoría- las decisiones sobre qué comprar para los miembros de la familia, incluyendo la ropa o accesorios de los varones de la familia. Conforme a estudios del Banco Mundial el 70 por ciento de las compras en el mundo son decididas por mujeres. 6

Según la revista Harvard Business Review , las mujeres toman las decisiones en el 94 por ciento de las compras de muebles, 91 por ciento de las viviendas, 60 por ciento de los automóviles y 51 por ciento en electrónica. Esto las convierte en un “objetivo central” del marketing en todo el mundo. Así fue como surgió la costumbre de elaborar productos especiales para mujeres.7

II. Consideraciones

1. El “impuesto rosa” entendido como el sobreprecio que pagan las mujeres por productos destinados al mercado femenino -cuando estos tienen un similar para hombres- es una forma de discriminación por género que además, incrementa la llamada “brecha salarial” existente entre hombres y mujeres, ya que es una realidad que aunque desempeñen un mismo puesto y realicen las mismas tareas o trabajos, una mujer percibirá un salario menor a que ganará un hombre, pese a que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra expresamente la igualdad de hombre y mujer ante la ley, y del mismo modo, el artículo 1o. prohíbe la discriminación por cuestión de género.

De acuerdo al último estudio disponible de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en 2017 esta diferencia salarial era de 16.49 por ciento.8

En ese tenor, el “impuesto rosa” es un fenómeno que se erige en otra forma de discriminación de género ; circunstancia grave si se considera que en el mundo las mujeres no sólo ganan menos que los hombres por el mismo trabajo, sino que además, son las que dedican más tiempo a las actividades domésticas y de cuidados no remunerados como el cuidado de los niños pequeños, los enfermos, las personas discapacitadas y los ancianos; y más aún, deben pagar más por productos sustancialmente iguales a los de los varones.

Entonces, quienes menos ganan son castigadas con productos especialmente “preparados” para ellas pero que son más caros.

2. Generalmente, los estudios sobre la desigualdad de género tienden a enfocarse en la representatividad en espacios políticos, así como en el porcentaje de ocupación de puestos de dirección gerencial en empresas por parte de mujeres, pero no se ocupan de la discriminación en los ingresos y en el gasto ; una especie de discriminación que sufren las mujeres al pagar el sobreprecio de artículos femeninos.

Dicho sobreprecio no es menor, pues llega a ser -en algunos casos- de hasta de tres veces el valor en productos femeninos respecto a su equivalente masculino. 9 Los fabricantes esgrimen como justificación que existen factores que hacen que los productos femeninos sean más caros, a saber: “se gastan más recursos en el empaque, diseño del producto y la parte publicitaria para hacerlos atractivos”;10 circunstancia por demás falsa y errónea , pues de una mera revisión de esa clase de productos, se observa que son sustancialmente iguales , de ahí que no se justifica el sobreprecio.

En el mercado mexicano, los productos “rosas” suelen ser más caros, de acuerdo con un recorrido a supermercados realizado por Forbes México. De cinco productos tomados al azar en la categoría de higiene y cuidado personal de diferentes marcas (en su equivalente para hombres y mujeres), se pudo constatar que un tratamiento para el crecimiento del cabello para dama es hasta 264 por ciento más caro que uno para caballero (más del triple).

De igual manera, una máquina para afeitar (rastrillo) de la marca Gillete, de dos piezas para mujer, es 52.50 por ciento más caro que un Gillete Prestobarba de hombre.11

Estos sobreprecios quedan de manifiesto en un ejercicio comparativo de productos sustancialmente iguales que cuestan más a las mujeres, como se expone enseguida:

Un perfume de la misma marca cuesta 29 por ciento más si es para dama ($1,400 contra $1,800), el mismo modelo de lentes solares está 23 por ciento más caro en la versión femenina ($2,180 contra $2,680). En cuanto a la ropa de adulto, también son más caros para las mujeres. Un saco y un traje de baño del mismo material, misma marca y de acabados similares son aproximadamente 30 por ciento más caros en la versión femenina.12

Tal como lo pusieron de manifiesto los estudios llevados a cabo en Nueva York y Buenos Aires, esta situación discriminatoria inicia desde la infancia, con la diferencias de precios en juguetes dirigidos a niños y niñas.

Habiendo consultado precios actuales de tiendas departamentales en México, se encontró lo siguiente:13

Como podemos observar, existen disparidades en precios evidentes lo que denota la gravedad de la situación que padecen las mujeres: la misma bicicleta en color rosa es sensiblemente más cara que la azul, al igual que un disfraz.

Un mameluco para bebé del mismo material y talla es también más caro si tiene color rosa o una flor de estampado que aquel destino a los niños ($180 contra $250). El conjunto de bautizo para niña cuesta 76 por ciento más que el de niño ($1,280 pesos contra $2,250); y un juego de LEGO con el mismo número de piezas es 79 por ciento más caro si es de princesas ($560 contra $1,000).14

3. A diferencia de otras manifestaciones de desigualdad, tratándose de aquella que afecta el gasto, no hay ninguna institución o norma de atención o protección en caso de discriminación por género. En México el único órgano encargado de asuntos relacionados con los consumidores es la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuyo margen de acción en este sentido aún es limitado.

Se impone avanzar hacia lo que han hecho otro países en el sentido de penalizar a las empresas que cobran injustificadamente más a las mujeres y que la hacerlo, incurren en una política de discriminación de precios por género.

Si consideramos la discriminación por doble vía que sufren las mujeres, es decir, por menor ingreso y por mayor gasto, en relación a los hombres, quedan de manifiesto dos situaciones, por un lado, el fomento a los estereotipos de género, y por el otro, la profundización en la brecha de poder de compra en detrimento de las mujeres.

Esta situación se traduce a su vez en una menor capacidad de ahorro, a una mayor precariedad económica de las mujeres, especialmente para aquellas que son jefas de familia, y en suma, a mantener la desigualdad económica por cuestión de género.

Ante esta problemática, es urgente la actuación de la Profeco para hacer visible este fenómeno entre la población, de forma que conozca y tome conciencia de esta situación, y de la misma forma, emprenda las acciones necesarias para erradicar estas prácticas de abuso por parte de los proveedores de bienes y servicios en perjuicio de un sector de consumidores, en este caso, el sector femenino.

4. Sobre el particular, debe considerarse que el artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, dispone con claridad que es un ordenamiento de orden público e interés social y de observancia en toda la República; y que su objeto es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad , certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

5. Asimismo, en su artículo 7 BIS establece que los proveedores están obligados a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor; dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito; empero, de ninguna forma autoriza a considerar una monto adicional o sobre precio por razón de género, lo que evidencia que esta diferenciación en precios es injustificada, arbitraria e ilegal.

6. Por ello, la Profeco está obligada a actuar en términos del artículo 8 Bis de la misma Ley; a cumplir con sus responsabilidades e investigar esta práctica ilegal, así como difundir la información cierta que permita fomentar una cultura de consumo responsable e inteligente, consciente, informado, crítico, saludable, sustentable, solidario y activo, a fin de que los consumidores estén en la posibilidad de realizar una buena toma de decisiones.

7. Asimismo, al confirmar que los proveedores incurren en este tipo de prácticas indebidas e ilegal, deberá sancionarlos ejemplarmente en términos de la propia Ley, independientemente de obligarlos a la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Cabe apuntar que existe prohibición expresa en el artículo 10 de la Ley, en el sentido de que los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios.

8. Por consiguiente, la Profeco deberá actuar de manera inmediata para implementar una política de protección al público femenino consumidor, adoptando medidas que erradiquen este tipo de prácticas y en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 24, en las siguientes fracciones:

I. Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores;

II. Procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan;

III. Representar individualmente o en grupo a los consumidores ante autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ante los proveedores

VI. Orientar a la industria y al comercio respecto de las necesidades y problemas de los consumidores ;

VII. Realizar y apoyar análisis, estudios e investigaciones en materia de protección al consumidor;

IX. Promover nuevos o mejores sistemas y mecanismos que faciliten a los consumidores el acceso a bienes y servicios en mejores condiciones de mercado;

XIII. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de precios y tarifas establecidos o registrados por la autoridad competente y coordinarse con otras autoridades legalmente facultadas para inspeccionar precios para lograr la eficaz protección de los intereses del consumidor y, a la vez evitar duplicación de funciones;

XX. Requerir a los proveedores o a las autoridades competentes a que tomen medidas adecuadas para combatir, detener, modificar o evitar todo género de prácticas que lesionen los intereses de los consumidores , y cuando lo considere pertinente publicar dicho requerimiento;

Por eso, se formula el presente exhorto para que la Profeco visibilice y divulgue esta forma de discriminación que sufren las mujeres y tome las medidas y acciones inmediatas que permitan combatirla y erradicarla, mediante la eliminación o prohibición de estas diferencias de precios en productos que solo difieren en su color o presentación. Así se evitarán estos abusos y se garantizará la igualdad de costo en productos iguales.

III. Proposición

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable Asamblea, proposición con el siguiente punto de Acuerdo:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través, del titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, realice las acciones pertinentes para visibilizar, divulgar y concientizar a la población sobre el denominado “impuesto rosa” como forma de discriminación que sufren las mujeres; y de igual manera emprenda inmediatamente las acciones necesarias para combatir y erradicar este fenómeno, mediante la eliminación o prohibición de estos sobreprecios en productos destinados al sector femenino.

Notas

1 Bianco, Mabel, Impuesto rosa: un castigo económico inmerecido, Clarín, Sección Tribuna, 10 de abril de 2018, https://www.clarin.com/politica/impuesto-rosa-castigo-economico-inmerec ido_0_SybM52tjG.html

2 https://cnnespanol.cnn.com/2016/02/04/el-impuesto-rosa-enoja-a-mujeres- desde-nueva-york-hasta-londres/

3 https://www.merca20.com/impuesto-rosa-la-relacion-mercadotecnia/

4 https://cnnespanol.cnn.com/2016/02/04/el-impuesto-rosa-enoja-a-mujeres- desde-nueva-york-hasta-londres/

5 Bianco, Mabel, Impuesto rosa: un castigo económico inmerecido, Clarín, Sección Tribuna, 10 de abril de 2018, https://www.clarin.com/politica/impuesto-rosa-castigo-economico-inmerec ido_0_SybM52tjG.html

6 Ídem.

7 Aradhna Krishna, Pink Tax: Gender and Other Price Discrimination Factors, Harvard Business Review, 25 de julio de 2016, consultable en https://hbr.org/product/pink-tax-gender-and-other-price-discrimination- factors/W04C92-PDF-ENG

8 OCDE (2018), Gender wage gap (indicator). doi:

10.1787/7cee77aa-en (Accessed on 08 October 2018).

9 https://www.forbes.com.mx/impuesto-rosa-cuando-las-mujeres-pagan-mas-qu e-los-hombres-por-lo-mismo/ (Consultado el 6 de octubre de 2018)

10 OCDE (2018), Gender wage gap (indicator). doi:10.1787/7cee77aa-en (Accessed on 08 October 2018).

11 https://www.forbes.com.mx/impuesto-rosa-cuando-las-mujeres-pagan-mas-qu e-los-hombres-por-lo-mismo/

12 Impuestos rosas, la desigualdad de precios por género, IDC On line, 3 de octubre de 2018,

https://idconline.mx/corporativo/2018/10/03/impuestos-ro sas-la-desigualdad-de-precios-por-genero

13 Fuente: elaboración propia a partir de precios publicados en portales de compra en línea.

14 Impuestos rosas, la desigualdad de precios por género, IDC On line, 3 de octubre de 2018,

https://idconline.mx/corporativo/2018/10/03/impuestos-ro sas-la-desigualdad-de-precios-por-genero

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018

Diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a agilizar la entrega de recursos financieros y materiales para atender a los damnificados por el huracán Willa y la depresión tropical Vicente, reestablecer los servicios básicos y rehabilitar la infraestructura dañada, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que agilice la entrega de recursos financieros y materiales para atender a los damnificados afectados por el huracán “Willa” y la depresión tropical “Vicente”, y se restablezcan los servicios básicos y rehabilite la infraestructura dañada, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México se encuentra dentro de los países susceptibles a los ciclones tropicales en ambos litorales, es decir, a lo largo de la temporada se experimentarán diversos fenómenos naturales de esta naturaleza. Ante este panorama, debemos contar con las capacidades de protección civil y las políticas públicas necesarias que nos permita la rápida protección de la población y la atención de damnificados.

Es importante destacar que de acuerdo con el Manual del Sistema de Alerta Temprana para ciclones tropicales (SIAT-CT), los ciclones tienen al menos 5 niveles de alerta, los primeros tres (azul, verde y amarilla) son catalogados como informativos, sin embargo, los últimos dos son de emergencia (alerta naranja y roja).

El Sistema de Alerta Temprana para Ciclones Tropicales ha permitido pronosticar el posible trayecto y la zona de impacto, elementos indispensables para instrumentar las medidas preventivas de protección a la ciudadanía.

En particular con el huracán Willa, llegó a considerarse dentro de la categoría 5, lo cual daba cuenta de que era un fenómeno “potencialmente catastrófico”, ya que a 215 kilómetros de Cabo Corrientes, en el estado de Jalisco y a 280 kilómetros de las Islas Marías, en Nayarit. En ese momento, presentaba vientos superiores a los 260 kilómetros por hora, rachas de 315 kilómetros por hora y desplazamiento hacia el norte a 11 kilómetros por hora.

No obstante, cuando tocó tierra el pasado 23 de octubre Willa estaba considerado dentro de la “categoría 3”. Sin embargo, provocó fuertes lluvias, inundaciones y desbordamientos de ríos en entidades como Nayarit, Jalisco Colima, Michoacán, Sinaloa, Durango y Baja California Sur.1 Por su parte, la tormenta tropical Vicente impactó las costas de Michoacán y Colima, principalmente.

Entre las afectaciones generadas, destacan las siguientes:

• Se ha denunciado la inundación de viviendas en Punta Perula en Jalisco y la evacuación de comunidades tales como Ipala, Villa del Mar, Mayto y Aquiles Serdán a consecuencia de las fuertes lluvias.

• Reblandecimientos carreteros y la caída de árboles en la red carretera del estado de Jalisco, particularmente en los tramos El Tuito-Melaque-Cabo Corrientes y en el de Autlán- La Huerta-Barra de Navidad. Así como, por lo menos 24 derrumbes entre ellos los trayectos Guadalajara-Zacatecas y Guadalajara-Jiquilpan.2

• En Sinaloa se reportaron cortes de energía eléctrica y la caída de árboles, espectaculares, postes de luz y de teléfono en diversas comunidades. Uno de los espacios públicos más afectados fue el Hospital de Escuinapa, en donde se desprendieron plafones y los vidrios en ventanales se quebraron.3

• Desde el pasado fin de semana, de manera preventiva se cerraron las playas en Colima, ante ello, los prestadores de servicios se han visto afectados, ya que el turismo es su principal fuente de ingresos.4

• En las entidades por las que pasaron estos fenómenos naturales se han denunciado problemas en el suministro eléctrico y de agua potable; daños en escuelas, centros de salud y edificios públicos, así como daños a la infraestructura carretera en Sinaloa.

• Los caudales de los ríos han crecido contantemente. Esta situación se ha reportado en los ríos de Acaponeta, Ameca, Baluarte, Mascota, Presidio, Quelite, San Pedro y Santiago en los estados de Jalisco, Nayarit y Sinaloa.

Para atender la emergencia y apoyar a la sociedad damnificada, de acuerdo con el titular de la Comisión Nacional del Agua se han emitido por lo menos 12 emergencias extraordinarias en diversos municipios de Nayarit, así como y en el estado de Sinaloa.5

Durante esta contingencia como en otros momentos, el Ejercito Mexicano y las coordinaciones de Protección Civil han sido de vital importancia en el apoyo de las personas perjudicadas y la recuperación de su patrimonio a través de la instrumentación del Plan DN-III-E.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente Proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal para que agilice la entrega de recursos financieros y materiales para atender a los damnificados afectados por el huracán Willa y la depresión tropical Vicente, se restablezcan los servicios básicos y rehabilite la infraestructura dañada.

Notas

1 El Universal. (2018). Muralla de huracán “Willa” se encuentra sobre Sinaloa. 24 de octubre de 2018. Sitio web: http://www.eluniversal.com.mx/estados/muralla-de-huracan-willa-se-encue ntra-sobre-sinaloa

2 El Universal. (2018). “Willa” y “Vicente” provocan derrumbes en carreteras federales de Jalisco. 24 de octubre de 2018, Sitio web:

https://www.eluniversal.com.mx/estados/willa-y-vicente-p rovocan-derrumbes-en-carreteras-federales-de-jalisco

3 Marcos Vizcarra. (2018). Causa “Willa” daños y cortes en Sinaloa. 24 de octubre de 2018, de El Reforma Sitio web:

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/
default.aspx?id=1523272&md5=c22d466bf3fdb305a9bf1d0a6776c6a2&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe

4 Abraham Acosta. (2018). Cierran playas en Colima por ‘Willa’ y ‘Vicente’. 24 de octubre de 2018, de Excélsior Sitio web:

https://www.excelsior.com.mx/nacional/cierran-playas-en- colima-por-willa-y-vicente/1273643

5 Ernesto Méndez. (2018). ‘Willa’ y ‘Vicente’ impactarán de manera simultánea territorio nacional. 24/10/2018, de Excélsior Sitio web:
https://www.excelsior.com.mx/nacional/willa-y-vicente-impactaran-de-manera-simultanea-territorio-nacional/1273304

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 25 de octubre de 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a agilizar el trámite de declaratoria de zona de desastre respecto a Morelia, Michoacán, derivada de las tormentas causadas por el huracán Willa, a cargo del diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la secretaría de gobernación a agilizar el trámite de declaratoria de zona de desastre a la ciudad de Morelia, Michoacán, derivado de las tormentas causadas por el huracán Willa al tenor de las siguientes

Consideraciones

A consecuencia del huracán Willa, la ciudad de Morelia sufrió intensas lluvias lo que provocó inundaciones afectando a cientos de viviendas, escuelas e infraestructura pública, además de presentarse árboles caídos, vehículos varados, e incluso personas atrapadas.

El número de colonias afectadas por la tromba que azotó Morelia en la madrugada de este lunes, hasta el momento, subió a 42 por lo que las autoridades estatales y municipales solicitaron a la federación la declaratoria de emergencia para la capital Michoacana y que se declare zona de desastre. Entre las colonias más afectadas según el levantamiento realizado por la Dirección Estatal de Protección Civil están: Carlos Salazar, Prados Verdes, Leandro Valle, M. Riva Palacio, Del Empleado, Félix Ireta, Sentimientos de la Nación, Manantiales, Primo Tapia Oriente, Unidad Santa Cruz, Centro, Industrial, Ejido Emiliano Zapata, Héroes de Bajan, Ignacio Zaragoza, Tres Puentes, Tlalpujahua, Villas de Morelia, Granjas de la Huerta, Fidel Velázquez, Héroes Republicanos y Ejidal Ocolusen.

El agua alcanzó niveles de 60 centímetros hasta un metro de altura en algunas partes, derivado de que los ríos y los drenajes se encontraban al 100 por ciento de su capacidad y se desbordaron en algunos puntos críticos.

El Ejército implementó el Plan DN-III y la Secretaría de Seguridad Pública del Estado informó que 250 elementos brindan auxilio en las labores de rescate, limpieza, primeros auxilios y desazolve, entre otros.

Durante la sesión de comité de emergencias del estado de Michoacán conformado por autoridades de los 3 niveles de gobierno, se informó que el número de colonias afectadas son 42 en 27 distintos puntos de Morelia.

Debido a la contingencia aún no se tiene el censo de familias afectadas, pero se confirmó que no se tiene reportes de pérdidas humanas o personas lesionadas, aunque sí grandes daños materiales en casa habitación y vehículos por las inundaciones.

Las autoridades declararon alerta permanente ya que se prevé que el huracán Willa genere más lluvias de considerable magnitud que complicarían el desazolve y permitirían nuevamente altos niveles en la corriente de agua de drenes y arroyos.

Por lo anterior, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a agilizar el trámite de declaratoria de zona de desastre a la ciudad de Morelia, Michoacán, derivado de las tormentas causadas por el huracán Willa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Sonora a acelerar los procesos institucionales para cumplir cabalmente el Plan Estatal del Programa Anual de Atención a Víctimas, a cargo de la diputada Ana Gabriela Guevara Espinoza, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Ana Gabriela Guevara Espinoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta respetuosamente al gobierno de Sonora a acelerar los procesos institucionales para cumplir cabalmente el Plan Estatal del Programa Anual de Atención a Víctimas, y contar con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y el fondo de ayuda correspondiente, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Sonora es ejemplo de modelo gubernamental en el país. Diversas miradas especializadas en el tema de gobernabilidad han puesto su atención en el trabajo de la presente administración pública dados los avances en materias de economía, campo y pesca, seguridad, familia, desarrollo social, salud, infraestructura, jóvenes, Gobierno y educación respecto a los gobiernos anteriores.

Sin embargo, diversos estudios y organizaciones ciudadanas sonorenses han centrado su atención en temas de seguridad específicamente. No podemos negar que el país, hasta estas fechas se encuentra en una crisis total de inseguridad y las instituciones federales, estatales y municipales se encuentran en un dilema ante el desborde del crimen organizado.

Y precisamente, debido a la crisis de inseguridad que es incontenible, se ha disparado naturalmente el número de víctimas. Sabemos que las instituciones sonorenses, incluido el gobierno estatal y los gobiernos municipales, están al tanto de los trabajos de especialistas, de abogados, de colegios y del Poder Judicial respecto a las víctimas.

Nuestra propuesta de punto de acuerdo reside precisamente en las vivencias de las víctimas y su recepción institucional. Y sí, recibimos información de que el gobierno de Sonora exhibe retraso en la atención de víctimas.

Para ello reiteremos lo que ya es muy sabido: Nos apoyamos en el célebre texto Modelos de atención a víctimas de delitos: revisión conceptual y observación de la experiencia de tres centros de victimoasistencia en la ciudad de Bogotá, Daniel Fernando Bocanegra Bayona, Dary Lucía Esperanza Nieto Súa.

“La víctima y su recuperación: los centros de victimoasistencia Dussich (2007) afirma que la forma más reciente de atención a las víctimas son los “centros de asistencia a víctimas” o las oficinas de “victimoasistencia”, que han tenido una expansión importante. Se afirma que los orígenes de estos centros se remontan a Nueva York cuando en 1969 se estableció una unidad especial de la alcaldía contra el abuso y el abandono infantil; paralelo a los inicios en Norteamérica, se estaban concretando en Gran Bretaña, los Países Bajos y Alemania servicios de asistencia a víctimas subvencionados por entidades federales. Posteriormente, en la década de 1980, surgen en países como Australia, Canadá, Nueva Zelanda y en la década de los noventa surgen estos centros en Latinoamérica, en países como México y Argentina, más recientemente, en 2001, se inauguró en Chile, por mandato presidencial, el primer centro de asistencia a víctimas de delitos violentos.

Si bien el desarrollo de las iniciativas de victimoasistencia ha estado íntimamente ligado con la legislación, se perciben también otras dos razones que llevan a su surgimiento: razones morales y científicas. Las razones morales implican que los principios éticos de beneficencia y cooperación humana aparecen como esencia de las iniciativas de apoyo a seres humanos que hayan sufrido daño, esta convicción moral se solapa con disposiciones de orden religioso y cultural en la medida que la norma social básica estaría a favor de la cooperación.

Las razones científicas implican que la comunidad científica de las ciencias sociales o humanas toma como objeto de estudio la explicación no sólo del evento que produjo el daño, sino también de las condiciones científicas en las que se puede asistir a las víctimas para lograr su recuperación (Dussich, 1999). En tal sentido Rodríguez (2006, página 408) afirma que: La victimoasistencia puede ser definida como el conjunto de actuaciones dirigidas a ofrecer a la víctima la ayuda inmediata necesaria para resolver o atenuar problemas psicológicos, sociales, jurídicos o económicos que se derivan de su victimización. Se trata de brindar una ayuda integral a la víctima del delito dirigida a reducir la victimización primaria, y en la medida de lo posible, también la secundaria.

Intervención clínica en victimoasistencia. Algunos centros han surgido con el deseo de dar apoyo psicológico a aquellas personas “víctimas” que han sufrido un trauma. Viene entonces el concepto de trauma como elemento fundamental para atender a las víctimas. Trauma como concepto, tiene diversas acepciones: encontramos la definida por el DSM IV (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, cuarta edición, 1996) “El individuo ha vivido un acontecimiento que se encuentra fuera del marco habitual de las experiencias humanas y que es marcadamente angustiante, como una amenaza grave contra la propia vida o integridad física...” También la propuesta conceptual de Beristain C. (1999, página 277): El choque emocional producido por una experiencia violenta y que deja una impresión duradera y caracterizada por uno o más hechos duraderos que representan un estrés negativo extremo, que produce un gran sentimiento de desamparo e impotencia y supone la ruptura de la propia existencia. Según Lira, Becker y Castillo (2008) se debe tener especial atención en la consideración de las descripciones objetivas del trauma, en tanto que la presencia de eventos con valoración lesiva para la construcción y estabilidad de la salud mental, o el estado subjetivo de bienestar del sujeto, es lo que demarca la posibilidad de ser denominados traumáticos.

Al respecto afirman: Con todo, la sintomatología observada, por severa que sea, no da cuenta de la especificidad del trauma. ... no todas las situaciones de stress severo y de sufrimiento son traumáticas. Sólo se puede hablar de situación traumática si se produce la desestructuración psíquica como reacción ante el hecho amenazante (Lira, Becker y Castillo, 2008, página 113). El estrés es otro concepto utilizado desde la mirada clínica individual para explicar el efecto de situaciones violentas o acontecimientos que dejan víctimas. Es comprendido como “un estado de tensión psicológica y física como resultado de una amenaza, un desafío o cambio en el propio ambiente que excede los recursos de la persona” (Beristain, 1999. página 80).

Sin embargo, esta perspectiva desde la salud mental individual no permite generalización de los efectos negativos de un evento traumático, el impacto y sus efectos dependen de cada persona y de la intensidad de la situación. Al respecto, Beristain (1999) y Martín-Baró (1990) plantean que la presencia de determinados efectos psicológicos y emocionales no significa siempre la existencia de un trastorno o enfermedad. También Molina, B., Agudelo, M. E., De los Ríos. A., Builes M. V., Ospina, A., Arroyave R. (2005), en el estudio de los efectos de la estructura familiar ante el delito de secuestro, muestran cómo no sólo se afectan las relaciones entre los miembros, sino también, por ejemplo, las creencias religiosas.

En la mayoría de los centros de asistencia a la población víctima de delitos, tanto aquellos revisados teóricamente como los revisados empíricamente, se encuentra que ofrecen como estrategia de intervención, acciones desde una visión psicosocial que tiene como objetivo brindar espacios de expresión y reconocimiento del impacto emocional que los hechos violentos les han ocasionado. Incluye el apoyo terapéutico para disminuir el sufrimiento emocional, la reconstrucción de los lazos sociales, el desarrollo de las potencialidades individuales y la promoción de las capacidades locales, que permiten el restablecimiento de los derechos de las víctimas y el desarrollo de un proyecto de vida sostenible con estabilidad socioeconómica (Organización Panamericana de la Salud, 2001).

El acompañamiento psicosocial parte de una comprensión global de la ayuda humanitaria, de sus aspectos socio-afectivos y valora la víctima como sujeto activo de su recuperación. Siguiendo con este análisis, un modelo de atención debe considerar una clara conceptualización de la víctima, entendida desde los factores de riesgo hasta los factores de reparación que la lleven a dejar de ser víctima, lo que significa que tanto la conceptualización en la que se fundamente el modelo como marco conceptual y cada estrategia definida para el logro de los objetivos procure el restablecimiento de los derechos vulnerados. Para ello se necesitan unas políticas no sólo institucionales sino de Estado que permitan: garantizar una reglamentación interna para la acción de cada institución de victimoasistencia, además de una reglamentación nacional que asegure que estos centros conozcan y cuenten con elementos y mecanismos de ordenamiento de ayuda para garantizar la atención de las víctimas.

Por tanto, el modelo debe garantizar profesionales con una clara formación especializada en los derechos humanos, procesos judiciales, además, conocedores y sensibles a las dinámicas que presenta una víctima por el hecho victimizante y el ámbito jurídico del que hace parte (Lima, 2003). La valoración de la efectividad y el establecimiento de mecanismos de seguimiento a la intervención no es una estrategia encontrada en los centros analizados, ya que la atención parece estar sólo durante el contacto entre la víctima y el centro, sin tener líneas de acción claras respecto a la autoevaluación o la evaluación externa que permita conocer el impacto de las intervenciones por medio de su seguimiento.

En la mayoría de los casos, la evaluación de efectividad se deriva de un balance económico de costo-cobertura donde se evalúa más que el impacto, la utilización y racionalidad en la destinación de los recursos invertidos por los centros, en relación con la cobertura lograda.

Por lo anterior, se puede afirmar que un modelo de atención debe contar con una clara “epistemología” de víctima y su proceso de desvictimización, una normatividad suficiente que ofrezca un contexto de seguridad, apoyo y entendimiento, tanto a la víctima como al asesor y, por tanto, unos procedimientos o protocolos que faciliten y minimicen los riesgos de revictimización.

A partir del conocimiento adquirido en las entrevistas y en la revisión teórica y análisis de los resultados se plantea que ser psicólogo, abogado o trabajador social no garantiza por sí mismo la atención adecuada a las víctimas. Se requiere específicamente un modelo de atención a víctimas definido dentro del marco psicojurídico y con claras connotaciones desde la victimología. Es decir, en unas guías conceptuales y epistemológicas de la dinámica que se establece en el proceso de ruptura de la condición de seguridad personal y respeto por los derechos humanos.

No se habla necesariamente del psicólogo jurídico, se habla de intervención psicojurídica que amplíe la conceptualización de la víctima como una clase particular de situación generada a partir de la práctica de un delito. La propuesta para la atención a las víctimas de delitos planteada desde una perspectiva psicojurídica busca disminuir los temores y dificultades que la víctima tiene para encontrar ayudas “reparadoras” desde el reconocimiento de sus derechos hasta el ser vista nuevamente como capaz de seguir su proyecto de vida ya no desde su situación de víctima.

2. Recapitulemos para sustento de este exhorto: “El enfoque de intervención psicojurídica puede tener varios propósitos: el primero de ellos, el bienestar de la víctima dentro del proceso jurídico encaminado a la búsqueda de la justicia personal, otro más amplio orientado a combatir la impunidad y el más importante, hacer de la experiencia de litigio, en la que su situación victimizante la pone, sea una experiencia en sí misma reparadora por estar dentro del marco de la defensa de los derechos humanos.

Atender a víctimas requiere elementos para un adecuado diagnóstico general victimológico en el que se describen las lesiones y daños físicos causados por la victimización. Esto estaría ubicado en una categoría de trabajo que podría denominarse valoración al daño. Sin embargo, valorar el daño es diferente a reconocerlo, que es el primer paso en la identificación de las necesidades que frente a la intervención poseen las víctimas.

Distinguir entre daño psicológico y daño moral permite la reconstrucción de proyectos de vida laboral, económica y social. El daño se entiende a lo largo del proceso jurídico y no sólo a partir de la ocurrencia del delito. Por tanto, se debe tener en cuenta la percepción subjetiva del concepto de reparación de la víctima. Otro elemento esencial en el modelo de atención psicojurídica es el manejo de la información del caso, bien sea obtenida a través de las entrevistas o aquella recogida por documentación que soporta el hecho.

Ello hace que se requiera definir procedimientos adecuados para garantizar la “cadena de custodia” de dicha información. Sumado a esto deben ser revisadas las estrategias de validación de logros y avances en los procedimientos establecidos en cualquier centro de victimoasistencia, de tal forma que haya una constante valoración que señale de manera particular los avances y las nuevas necesidades de las víctimas con un claro horizonte de desvictimización, para esto es inminente la necesidad de creación de indicadores de impacto de la desvictimización.

Proponer el enfoque psicojurídico para los modelos de atención en los centros de victimoasistencia busca que la persona afectada se sienta parte activa del proceso de desvictimización. Se plantea que cada acción conjunta entre el asesor y el sujeto (individual o colectivo) que ha sido victimizado logre recuperar y desarrollar las competencias necesarias frente a la exigibilidad de sus derechos en sus entornos particulares para su propio desarrollo.

Ayudar a la víctima requiere además evaluar lo pertinente y lo adecuado, es iniciar o continuar con el proceso jurídico; cómo percibe el hecho de que su historia sea o no escuchada en la corte; cuáles son sus temores, sus posibilidades económicas, los recursos afectivos y de apoyo con los que cuenta en caso de ser parte de un proceso”.

Ahora bien, atendemos a la demanda ciudadana que enfatiza que las víctimas de delitos se encuentran en una situación de alta vulnerabilidad ante la falta de atención por parte de las autoridades sonorenses. Se acusa que no se han llevado a cabo los trabajos correspondientes para contar con una comisión ejecutiva estatal de atención a víctimas, ni un fondo de ayuda, incumpliendo así la normatividad.

La normatividad sirve para reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones de derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia. Tampoco se ha cumplido el Plan Estatal del Programa Anual de Atención a víctimas.

Conminamos a cerrar este circuito de debilidad institucional ante las experiencias de las víctimas. Estamos seguros de que esto se atenderá con celeridad.

Por lo expuesto y fundado me permito someter a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno de Sonora acelerar los procesos institucionales para cumplir cabalmente el Plan Estatal del Programa Anual de Atención a Víctimas, y contar con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y el fondo de ayuda correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Ana Gabriela Espinoza Guevara (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, la PGR y la CNS a revisar la aplicación del artículo 381 Ter del Código Penal Federal para combatir el abigeato, a cargo del diputado Eduardo Ron Ramos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado federal Eduardo Ron Ramos, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición-con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, al encargado del despacho de la Procuraduría General de la República y al Comisionado Nacional de Seguridad a revisar la aplicación del artículo 381 Ter del Código Penal Federal a fin de combatir de manera eficaz el delito de abigeato, al tenor de los siguientes

Considerandos

La ganadería representa un pilar fundamental en el desarrollo económico y social de nuestro país, se trata de una actividad histórica que ha sido sustento de las familias mexicanas y que ha brindado la oportunidad de exportar productos ganaderos. En la actualidad, la ganadería representa una de las mayores actividades económicas de autoconsumo y de intercambio comercial por lo que su protección ante los índices de robo de ganado es una tarea fundamental en el quehacer legislativo.

De acuerdo con datos de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el PIB primario se integra por la agricultura (63.4 por ciento), la ganadería (30.6 por ciento), el aprovechamiento forestal (3.1 por ciento), la pesca (2.6 por ciento) y los servicios relacionados (0.3 por ciento), por lo que es evidente el papel que juega la ganadería para la economía de nuestro país y pone de manifiesto la importancia de cuidar a los productores de posibles pérdidas de su ganado debido a la ola de inseguridad y violencia que se vive en nuestro país.

El Código Penal Federal define al delito de abigeato como aquel que consiste en el robo de animales de cría, o cuatrerismo, por lo que atenta directamente al patrimonio de los productores ganaderos.

Los altos índices del delito registrados desde hace más de una década motivaron la reforma al Código Penal Federal en 2017, mediante la cual el abigeato es considerado como un delito y se especifica la sanción para quien lo cometa:

Artículo 381 Ter. Comete el delito de abigeato, quien por sí o por interpósita persona se apodere de una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellas.

Se considerará ganado, para los efectos de este delito, a las especies: bovina, caballar, asnal, mular, ovina, caprina, porcina o de una o más colonias de abejas en un apiario; así como aquél domesticado, bravo, de pezuña, ganado mayor o ganado menor, independientemente de la actividad típica del animal.

Por tal delito, se impondrán de dos a diez años de prisión.

Se equiparará al delito de abigeato y se sancionará con la misma pena que éste, el sacrificio de ganado sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo.

Pese a la reforma de 2017 el delito de abigeato no ha disminuido, por el contrario, la cifra sigue aumentando. De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, perteneciente a la Secretaría de Gobernación (Segob), los robos violentos de ganado aumentaron de 12 a 30 denuncias diarias, lo que significa 150 por ciento más que en el primer semestre del 2017.

Durante el primer semestre de 2018, los cinco estados con más robos a ganado fueron Tabasco (265), Veracruz (258), Aguascalientes (224), Jalisco (220) y Guanajuato (214). Además, en los datos de la Segob se observa que, respecto a 2017, el robo de ganado en 2018 creció 8.2 por ciento, ya que hasta agosto del presente año se han registrado 97 casos.

Cabe destacar que el delito de abigeato afecta directamente al sector ganadero que está constituido por aproximadamente siete millones de mujeres y hombres quienes con su trabajo contribuyen con el 8 por ciento del producto interno bruto que representa el sector primario.

En ese tenor, el pasado 22 de octubre, la Asociación Mexicana de Criadores de Cebú levantó la voz y a través de un comunicado publicado en el periódico Reforma (página 5) y La Razón (página 17) manifestó su inconformidad ante la omisión, por parte de las autoridades competentes, de perseguir y castigar el delito del abigeato.

Asimismo, denuncian que a pesar de que la reforma del 2017 fue un avance en materia de tipificación del delito, aun no se han desarrollado las herramientas necesarias para que los productores ganaderos puedan protegerse ante los constantes robos.

Es así que se hace evidente la necesidad de que tanto el titular del Ejecutivo federal, así como el Encargado del Despacho de la Procuraduría General de la República y al Comisionado Nacional de Seguridad asuman la responsabilidad y el compromiso de vigilar y sancionar los delitos que afectan directamente al sector ganadero.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, al encargado del despacho de la Procuraduría General de la República y al Comisionado Nacional de Seguridad a que revisen la aplicación del artículo 381 Ter del Código Penal Federal a fin de combatir de manera eficaz el delito de abigeato.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputado Eduardo Ron Ramos (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE a evaluar la extinción del visado para los ciudadanos de la zona especial República de China-Taiwán y favorecer así el incremento de las relaciones económicas y culturales Taiwán-México, a cargo del diputado Francisco Javier Guzmán de la Torre, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Francisco Javier Guzmán de la Torre, integrante de la LXIV Legislatura federal, y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, que somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones:

Primera

México y su liderazgo regional; breve introducción

México, durante décadas, ha encontrado en los mercados internacionales el soporte y, el respaldo necesario para potenciarse como una de las 15 economías más fuertes del planeta.1 Ranking que coloca a nuestro país como uno de los destinos más importantes para la inversión extranjera directa.

Durante casi todo el Siglo XX, la economía mexicana, lideró a los países de América Latina. Hemos sido, como nación, pioneros en exportaciones, producción, distribución y, consumo de bienes y servicios que nos consolidaron como una potencia económica regional para los países del continente. Empero, con el estancamiento económico, así como políticas públicas y económicas erráticas, nuestro país ha cedido el liderazgo en el terreno económico, dando oportunidad para que economías emergentes como la nuestra, ocupen el espacio vacío en los mercados internacionales. Brasil ha logrado colocarse como una economía en crecimiento que ha rebasado a las expectativas mexicanas, ello, por ajustes en su política económica, principalmente en la política exterior, que ha permitido que el país sudamericano se convierta en un atractivo para las inversiones extranjeras en rubros diferentes a la maquila y a la producción de bienes manufacturados. Brasil ha apostado por la inversión en materia energética y tecnológica, hasta alcanzar con ello un crecimiento de su producto interno bruto (PIB), que supera al nuestro y, una transferencia de tecnología que logra posicionarse como uno de los países más competitivos del mundo.

México se ha rezagado en la última década, sin embargo, por la posición geoestratégica y, el potencial propio del país, sigue siendo un referente a nivel mundial como destino de inversiones y, plataforma de seguridad para los mercados internacionales. México es, sin duda, una nación con un potencial inconmensurable, con las condiciones óptimas para el desarrollo de nuevas oportunidades de crecimiento y liderazgo y, nos perfilamos, con los ajustes necesarios en materia de política económica y, nuestras relaciones exteriores, a ocupar el sitio de privilegio en el continente para los países latinoamericanos.

Segunda

Las relaciones económicas entre México y Taiwán; integración amistosa y ordenada en crecimiento durante décadas

La construcción de acuerdos y relaciones bilaterales entre Taiwán y México han estado sujetas a estrategias diplomáticas de cordialidad y respeto mutuo que consolidan un futuro prometedor en el plano económico, donde se observan crecimientos significativos de los flujos de inversión de Taiwán a México en términos favorables para los mexicanos, siendo una nación de no más de 30 millones de habitantes, un potencial de inversiones que a 2018 se colocan como el noveno país que más invierte en México.

La relación económica se ha consolidado de tal manera que, en la actualidad, el capital de Taiwán en México ha marcado un crecimiento que ubica a la República de China2 como el séptimo proveedor y, el noveno socio comercial de México.

Se calcula que, un aproximado de 350 empresas taiwanesas se han establecido en el territorio nacional, generando la inercia para la consolidación de más de 45 mil empleos directos y, más de 150 mil empleos indirectos para los mexicanos.

La inversión de las empresas taiwanesas alcanzó los 500 millones de dólares en el 2017.3

Tercera

¿Qué sucedería si entre México y Taiwán se exenta el requisito de visado?

Países como Estados Unidos y, el propio Brasil, han tomado medidas de exentar de visado a los ciudadanos taiwaneses, fortaleciendo con ello, el respeto a acuerdos existentes firmados en tratados internacionales que permiten la libertad de movilidad de los ciudadanos de éstos países entre ellos, lo anterior con el objetivo de fomentar y fortalecer relaciones comerciales favorables. Estas medidas han tenido impactos positivos en los mercados de capitales y, en el mercado en inversiones, con lo anterior, la circulación de los flujos de capitales ha logrado consolidarse una relación de sociedad con tasas crecientes entre los países antes mencionados.

México es un país amigable y respetuoso de la soberanía de todas las naciones del planeta, el principio de la “Doctrina Estrada” ha sido ejecutado como soporte principal de la política exterior mexicana, lo cual ha generado que nuestro país sea considerado como una Nación amigable desde el exterior. Fiel a los principios de la no intervención,4 principio fundamental del derecho internacional público y, un derecho inalienable de los pueblos, que se sustentan en la Carta Magna Mexicana (artículo 89, fracción X) y que, además forman parte de la visión que la SRE desea alcanzar en el futuro, México se convierte en un país atractivo para la firma de convenios, acuerdos y tratados internacionales en materia de comercio y cooperación.

Algunos estudios realizados por especialistas en las relaciones de México y Taiwán, aseguran que la existencia de un acuerdo entre ambos países para exentar el visado, podría generar de manera inmediata; un incremento del 100% del flujo de inversiones de Taiwán hacia México y, un porcentaje equiparable en materia de turismo del país asiático hacia nuestra nación, lo que representaría, en el medio plazo, una inversión cercana a los un mil millones de dólares de IED y, la generación de 45 mil a 50 mil empleos directos en el mediano plazo en el territorio nacional,5 así como una afluencia anual con perspectiva creciente de las visitas turísticas de Taiwaneses a México, un una línea creciente con tasa base de 12 mil a 15 mil viajes turísticos de Taiwán a México por año una vez eliminado el requisito de la visa.

Con la medida de erradicar el visado entre México y Taiwán, el capital asiático podría generar entre 95 mil y 120 mil empleos directos en el corto y medio plazo, así como los 300 mil empleos indirectos en diversos estados de la República Mexicana.

México se encuentra en un momento inigualable para la explotación de su potencial competitivo y, con ello, reforzar las líneas del crecimiento y desarrollo económico, compartiendo con socios estratégicos, la apertura de nuevos mercados para las inversiones mexicanas en el exterior y, siendo un destino privilegiado para la captación de Inversión Extranjera Directa (IED).

Cuarta

El caso específico de China y Taiwán; consideraciones diplomáticas

En el caso de China y Taiwán, el gobierno de México se apega al principio de “una sola China”, es decir, que México reconoce a Taiwán como parte integral de la República Popular de China, aunque nuestro gobierno les reconoce como una región especial, de la misma manera como se reconoce a Hong Kong y a Macao.

En estas dos regiones administrativas especiales se aplica el modelo administrativo conocido como un “país, dos sistemas”, Además del sistema económico, estas dos regiones mantienen un sistema administrativo y judicial independiente, e incluso su propio sistema de aduanas y fronteras externas, así como la diferencia de pasaportes expedidos en cada región.

Cabe señalar que Hong Kong y Macao, cuentan con el privilegio de la exención del visado mexicano, mientras que el socio más importante de esas tres regiones mencionadas, sigue siendo víctima de exclusión por la política exterior mexicana que no ha evaluado la importancia económica y relevancia estratégica que implica la exención de visado para una región como Taiwán, la cual podría potenciar el desarrollo económico y la apertura entre ambos mercados, generando una inercia de consolidación de México en la región asiática comprendida por el grupo de países y regiones llamados “Tigres Asiáticos”.

Las ventajas competitivas y comparativas que México podría aprovechar en una relación bilateral con Taiwán, son un universo positivo que podrán catapultar a nuestra economía a consolidar un liderazgo regional en el mediano plazo, en concordancia con otros países que han desarrollado actividades comerciales con el país en comento. En lo anterior radica la importancia de exentar de visa a los ciudadanos taiwaneses que deseen invertir o viajar por el territorio mexicano.

Es de notar que, de acuerdo con la normatividad vigente para los Estados Unidos Mexicanos, los turistas y visitantes de negocios de Taiwán pueden permanecer en México hasta por 180 días, el doble de tiempo de lo que otorgan los países del espacio Schengen”.

El Acuerdo de Schengen, firmado en 1985 entre Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos, tiene por objeto eliminar progresivamente los controles en las fronteras comunes y establecer un régimen de libre circulación para todos los nacionales de los Estados signatarios, de los otros Estados de la Comunidad o de terceros países. Los términos del tratado pueden suspenderse transitoriamente por consideraciones de seguridad excepcionales.

El Convenio de Schengen completa el acuerdo y define las condiciones y las garantías de aplicación de esta libre circulación. Este convenio, firmado el 19 de junio de 1990 por los mismos Estados miembros, no entró en vigor hasta 1995.

El tema de la temporalidad de estancia en el espacio Schengen no se relaciona con la exención del visado de parte del gobierno mexicano a los viajeros taiwaneses.

Se menciona que los extranjeros portadores de visa Estados Unidos de América: Las personas provenientes de Taiwán pueden viajar a México sin necesidad de solicitar una visa mexicana, de contar con la residencia o una visa válida y vigente para Estados Unidos (Canadá, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña y los países que integran el espacio Schengen), y se agrega que los empresarios taiwaneses también pueden recurrir a la Tarjeta de Viaje para Personas de Negocios de APEC (APEC Business Travel Card) para visitar México.6

Tocante a este punto sobre exención de visa, si se cuenta con visado estadounidense, Taiwán es ya incluido dentro del Visa Waiver Program, con el objetivo de estimular el turismo y las relaciones comerciales.

(El Programa de Exención de Visado, VWP, es un programa del gobierno de Estados Unidos, EEUU, que permite a los ciudadanos de determinados países para viajar a Estados Unidos de turismo o de negocios por hasta 90 días sin tener que obtener un visado. El programa se aplica a los 50 estados de EEUU, así como los territorios de Estados Unidos de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EEUU en el Caribe, con una aplicación limitada a otros territorios de Estados Unidos. Los países seleccionados por el gobierno de EEUU son economías de ingresos altos con un muy alto índice de desarrollo humano y, son considerados como países desarrollados. Como es el caso de Taiwán, que los ciudadanos no requieren de visa para poder viajar a Estados Unidos de Norte América de turistas o de negocios.

Derivado de lo anterior y, con la dinámica comercial actual, algunos países han optado por hacer valer el reconocimiento de la tarjeta APEC, la cual no sustituye al pasaporte, pero si a la visa y, los países miembros han girado instrucciones para que empresarios taiwaneses puedan utilizar esta tarjeta como un tipo de visa, sin embargo, para el caso exclusivo de México, este tipo de requisito se vuelve un trámite lento y complejo, debido a que es necesario que los 21 países miembros acuerden el trámite y, eso no ha sido posible.

Se ha objetado que los empresarios taiwaneses también pueden recurrir a la Tarjeta de Viaje para Personas de Negocios de APEC (APEC Business Travel Card) para visitar México.

Es una tarjeta que permite a las personas de negocios entrar a las economías de APEC, que son parte del esquema y hayan autorizado su ingreso, presentado únicamente esta tarjeta y su pasaporte, sin necesidad de obtener un visado en el país de origen.

México en las últimas décadas ha exentado de visa a Japón, Corea del Sur y Singapur, pero el tema de Taiwán sigue pendiente como un debate a discutir en las mesas de relaciones exteriores, que en ésta Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura, consideramos prioritario para buscar la apertura de México con el mundo y, estar en concordancia con los países que han logrado legalmente extinguir las visas entre sus países y Taiwán.

Señalamos que aproximadamente 40 países europeos, entre ellos Francia, Italia, Alemania, España y, Reino Unido, han eliminado la visa con Taiwán. En América, Estados Unidos, Canadá, Brasil, Panamá, Colombia y Perú, entre otros, han logrado eliminar el requisito de visa.

México y Taiwán, pueden ser socios estratégicos y, es el momento de comenzar a sentar las bases de relaciones bilaterales con esa región especial, eliminando en un primer momento el requisito de visa para los ciudadanos taiwaneses, lo cual será correspondido con un incremento sustancial en las relaciones comerciales que se mantienen hasta ahora.

Por lo anteriormente expuesto y esgrimido en el proemio, se somete a consideración del pleno de ésta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura federal, exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, de la manera más respetuosa y en la facultad de sus atribuciones, para que considere la viabilidad de la extinción del requisito de visa a los ciudadanos taiwaneses en favor de una integración comercial entre México y la región especial de Taiwán como política estratégica para el año 2019 dentro del esquema de apertura de nuestro país con el resto del mundo.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura federal, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que, en la facultad de sus atribuciones, coordine las acciones necesarias y, establezca los lineamientos de diálogo que permitan establecer una ruta de construcción de acuerdos para la eliminación del requisito de visa entre Taiwán y los Estados Unidos Mexicanos.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura federal, exhorta a la Secretaría de Economía, así como a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a fortalecer lazos de cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la región especial de Taiwán, con el objetivo de consolidar una ruta que permita incrementar la dinámica económica, el intercambio cultural y el hermanamiento de nuestros pueblos en el corto, mediano y largo plazo.

Notas

1 http://www.bancomundial.org/es/country/mexico/overview

2 Taiwán. Nombre que se da al territorio donde se localiza el país citado en este documento.

3 Según datos de Forbes México.

4 Doctrina Estrada.

5 Licenciado Miguel Vargas Mendoza, Análisis económico de las relaciones comerciales entre México y Taiwán.

6 Fragmento íntegro del punto de acuerdo similar presentado en la LXIII Legislatura federal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputados:

Con punto de acuerdo, relativo a aplicar el artículo 25 de la Ley General de Educación y destinar a gasto en el sector y servicios educativos al menos 8 por ciento del PIB en el PEF de 2019, a cargo del diputado Óscar Daniel Martínez Terrazas, del Grupo Parlamentario del PAN

Óscar Daniel Martínez Terrazas, diputado federal, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, fracción I, 62, numeral 3, 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

1. De acuerdo con Joseph E. Stiglitz (2000: 450), existen diversos enfoques teóricos que explican la importancia de la educación. Particularmente, la teoría del capital humano sustenta una tesis económica, a través de la cual se afirma que la educación aumenta las calificaciones de los individuos y, por lo tanto, sus salarios. Desde esta perspectiva, se considera que la inversión en las personas es semejante a la inversión en capital: cuando mayor es la inversión, mayor es su productividad.

Joseph E. Stiglitz (2000: 446) agrega que durante la década de los ochenta, en Estados Unidos, se presentaron dos acontecimientos que suscitaron la preocupación por la educación: la baja productividad y el aumento de la inequidad.

Aunque no se sabe a ciencia cierta a que se debió la desaceleración de la productividad, muchos economistas responsables de la política económica coincidieron en que la mejora del capital humano podría ser la clave para mejorar el crecimiento de la productividad; y se consideró que una buena educación era fundamental para alcanzar este objetivo.

Respecto a la equidad, en Estados Unidos se registró un importante cambio en la pauta de distribución de la renta: el aumento en la desigualdad podría estar relacionada en gran parte con la educación. Se consideró que la manera de aumentar las oportunidades y reducir la desigualdad era dando mejor educación y conseguir que una mayor proporción de la población realice estudios universitarios, porque son estas personas las que disfrutan de una renta más alta, y contribuyen a subir los salarios en el mercado de trabajadores no calificados.

Adicionalmente, con la globalización económica, las naciones han maximizado la relación educación-competitividad para obtener los más altos beneficios de este proceso. La apertura del comercio y el tránsito hacia las sociedades de la información hacen que las sociedades nacionales dependan cada vez más de su competitividad externa y ésta, a su vez, de la incorporación de inteligencia y conocimiento renovado al sistema productivo. Por lo mismo, el desarrollo requiere de grandes y veloces cambios educativos. Los eslabonamientos entre la educación formal y los desafíos laborales plantean hoy interrogantes mayúsculas que definen el bienestar y el crecimiento.

La Cepal y la UNESCO (2005: 12), en el marco de la globalización económica, advertían hace casi dos décadas que, al convertirse el conocimiento en el elemento central del nuevo paradigma productivo, la transformación educativa pasa a ser un factor fundamental para desarrollar la capacidad de innovación y la creatividad, a la vez que la integración y la solidaridad, aspectos claves tanto para el ejercicio de la moderna ciudadanía como para alcanzar altos niveles de competitividad.

Del conjunto de bienes públicos que provee el Estado, la educación Pública es una de las más importantes, porque además de la formación del individuo, persigue como objetivo fundamental la igualdad entre los miembros que forman nuestra sociedad.

Para Karl E. Case y Ray C. Fair (1997: 417), las economías producen y suministran bienes públicos y privados. Los mecanismos de mercado son capaces de asignar eficientemente los recursos para producir los bienes privados. Sin embargo, en el caso de los bienes públicos, tales mecanismos son incapaces de obligar a los individuos a revelar sus preferencias, esto puede conducir a que los agentes privados destinen recursos insuficientes para su producción. Para corregir esta falla de mercado, el Estado debe intervenir a través de la asignación de los recursos presupuestarios para la suficiente producción y suministro de los bienes públicos.

La educación reúne los atributos de los bienes privados, o definida de una manera más estricta, de acuerdo con la teoría del sector público, no es un bien público puro, porque el costo marginal de educar a un niño dista de ser cero; de hecho, los costos marginales y medios son (al menos en gran escala) aproximadamente iguales. Y no es difícil cobrar a un individuo por el uso de este servicio.

Si la educación tiene las propiedades de un bien privado, ¿por qué participa el Estado en su suministro? Joseph E. Stiglitz (2000: 448), responde a este cuestionamiento que los que tratan de justificar a la educación pública aduciendo a que existe un fallo en el mercado, centran la atención en la importancia de las externalidades: una sociedad en la que todo el mundo sepa leer puede funcionar con mucha más armonía que una sociedad en la que pocos sepan leer.

Para Harvey S. Rosen (2002: 49), las escuelas pueden ser un importante factor de socialización, así como un vehículo de adoctrinamiento político que potencia la afinidad de los ciudadanos con los gobiernos, contribuyendo de esta manera a la estabilidad política. Agrega: estos argumentos de apoyo a la intervención pública en el mercado educativo guardan relación con la eficiencia económica

Por su parte Josep E. Stiglitz (2000: 449) puntualiza que puede haber una razón por la que los individuos no inviertan en educación tanto como les gustaría. Los bancos no están dispuestos en su mayoría a prestar para financiar la educación; es comprensible que teman no recuperar su dinero. Por lo tanto, los que carecen de fondos propios (o de fondos de su familia) no pueden acceder a la educación superior sin alguna ayuda del Estado.

Agrega que existe otra razón por la que es posible que no se invierta lo suficiente en educación. En la enseñanza elemental y secundaria, los padres toman las decisiones en nombre de los hijos. Aunque es posible que la mayoría vea de una manera altruista los gastos que realizan en sus hijos, es posible que algunos no. En un sistema de enseñanza privada, los hijos de esos padres podrían no recibir suficiente educación. Por lo tanto, uno de los argumentos a favor de la financiación pública de la Enseñanza Primaria y Secundaria es distributivo : se cree en general que el acceso de los niños a la educación no debe depender de la capacidad económica de los padres o de su altruismo. De hecho, esas consideraciones distributivas constituyen el principal motivo para que intervenga el Estado en la educación, en la financiación de la enseñanza elemental y secundaria y en la ayuda económica general a la enseñanza superior.1

2. La UNESCO dice, que la educación debe de transformar las vidas, para consolidar la paz, por lo tanto, erradicar, la pobreza e impulsar el desarrollo sustentable.

La UNESCO considera que la educación es un Derecho Humano para todos, a lo largo de toda la vida, y que el acceso a la instrucción debe ir acompañado de la calidad. La UNESCO es la única organización de las Naciones Unidas que dispone de un mandato para abarcar todos los aspectos de la educación. De hecho, se le confió la coordinación de la Agenda de educación Mundial 2030 en el marco del “Objetivo de Desarrollo Sostenible 4”.2 La hoja de ruta para la consecución de este objetivo es el Marco de Acción de educación 2030 (FFA, por sus siglas en inglés).

La UNESCO ejerce el liderazgo mundial y regional en materia de educación, refuerza los sistemas educativos en el mundo entero y responde a los desafíos mundiales mediante la enseñanza, con la igualdad de género como principio subyacente.

Su labor abarca el desarrollo educativo, del preescolar a la educación Superior e incluso más allá.

En la cumbre de Oslo, Noruega; sobre la educación para el desarrollo que se llevó a cabo en julio del 2015, se acordó que es necesario incrementar considerablemente la financiación de la educación, sostenida, innovadora y bien orientada con acuerdos eficaces de aplicación, para conseguir la educación de calidad para todos en todos los niveles. Los financiamientos deberán de ser internas, por lo que se alienta para que México, pueda fijar metas de gasto apropiado para cada uno de ellos en materia de educación. Los indicadores internacionales constituyen puntos de regencia fundamentales:

• Asignar por lo menos entre el 4 por ciento y el 6 por ciento del producto interno bruto a la educación ; y

• Asignar por lo menos entre el 15 por ciento y el 20 por ciento del gasto público para la educación .

3. En México , para el ejercicio fiscal 2018, el gasto público aprobado por la Cámara de Diputados , para esta función representó el 3.10 por ciento del PIB , siendo las dos fuentes de financiamiento más importantes los recursos aprobados para la Secretaría de Educación Pública que concentró el 1.14 por ciento del PIB y los Fondos de Aportaciones del Ramo 33 del PEF que obtuvo el 1.70 por ciento del PIB. (véase el cuadro número 1.).

Por destino del gasto, representó el 3.10 por ciento del PEF, siendo las dos fuentes de financiamiento más importantes los recursos aprobados para el Ramo 33 Fondos de Aportaciones del Ramo 33 del PEF que obtuvo el 7.36 por ciento del PEF. Y el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo 6.99 por ciento del PEF. El análisis nos evidencia que la Subfunción Educación Básica sigue siendo el rubro más importante donde se canalizan más recursos de esta función, su gasto aprobado para el año 2018 es equivalente al 8.68 por ciento. (véase el cuadro número 2).

4. En el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “se establece la obligatoriedad del Estado de otorgar la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, así como impartir todos los tipos de modalidades educativas (incluyendo la educación inicial y la educación superior), necesarios para el desarrollo de la nación”.3

Como podemos ver, el estado deberá de proveer los recursos suficientes y necesarios para que todas las instituciones educativas, puedan realizar el derecho a la educación que tiene toda la población.

5. Con fecha 13 de julio del año 1993, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Educación, en donde el legislador, considero entre otros fines, que la educación debería de ser un componente fundamental de desarrollo, que fuera suficientemente social y con una calidad apropiada para los años 90´s.

En la Iniciativa emitida por el encargado del Poder Ejecutivo , se propuso entre otras causales, “precisar la garantía implícita del derecho a la educación; recoger la obligación del Estado de impartir la preescolar, la primaria y la secundaria”.4

Asimismo, se propuso ampliar la escolaridad obligatoria, es decir, la educación Básica debería de comprender a la educación Primaria y la educación Secundaria ; incorporar el precepto que faculta a la autoridad educativa nacional a determinar los planes y programas de la educación Primaria, Secundaria y Normal que deberán ser observados en toda la República Mexicana.5

Se propuso, también en la Iniciativa, que la Ley General de Educación, la cual tendría como fin, atender a las condiciones y necesidades de la época de los 90’s, referente a los servicios educativos, conservando y ampliando los principios sociales, educativos y democráticos. La Ley propuesta conserva el carácter de Ley Reglamentaria del artículo Tercero Constitucional y su aplicación a todo el Sistema Educativo Nacional .

Otro objetivo de la Iniciativa, es que la Ley General de Educación, conforme a la garantía de libertad de creencias, dice que la educación que imparta el Estado seria laica y, por tanto, ajena a cualquier doctrina religiosa. Y lo más importante de la Ley propuesta, era ratificar que toda la educación que el Estado imparta seria gratuita.

El espíritu de la Ley en comento, era reconocer el desempeño del maestro en la educación. Por ello se reconocería al educador como promotor, coordinador y agente directo del proceso educativo. En consecuencia, se reiteraría que el Estado otorgará remuneración justa para que los educadores de los planteles del propio Estado alcancen un nivel de vida decoroso para su familia.

Por ello, se dedica una “tercera sección para el financiamiento de la educación” que en forma concurrente deben realizar el gobierno federal y los gobiernos de cada entidad federativa. De hecho, la Iniciativa señala que se procurará destinar recursos presupuestarios crecientes para la educación pública. Es oportuno destacar que estas disposiciones se fundan en el artículo tercero constitucional, así como en el carácter prioritario que tiene la educación pública para los fines del desarrollo nacional.6

Sección Tercera
Del Financiamiento a la educación

Artículo 25 . El Ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las correspondientes disposiciones de ingresos y gasto público que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de los servicios educativos.

Los recursos federales recibidos para ese fin por cada entidad federativa no serán transferibles y deberán aplicarse exclusivamente en la prestación de servicios y demás actividades educativas en la propia entidad.

El Gobierno local prestará todas las facilidades y colaboración para que, en su caso, el Ejecutivo Federal verifique la correcta aplicación de dichos recursos.

En el evento de que tales recursos se utilicen para fines distintos, se estará a lo previsto en la legislación aplicable sobre las responsabilidades administrativas, civiles y penales que procedan.7

6. Con fecha 14 de septiembre de 2000, el Partido de la Revolución Democrática, presento una Iniciativa, con el efecto de destinar un monto anual equivalente a 8 por ciento del PIB al gasto de educación:

“De decreto que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación (para destinar un monto anual equivalente a 8 por ciento del producto interno bruto del país al gasto público federal en educación), a cargo de la diputada Hortensia Aragón Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Presentada en la sesión del jueves 14 de septiembre de 2000”.8

La iniciativa, consiste en reformar el artículo 25 de la Ley General de Educación, para reforzar el compromiso presupuestal del gobierno; se propone señalar que el “Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las correspondientes disposiciones de ingresos y gasto público que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de la educación Pública, y que el monto que anualmente destine la Federación no será menor del 8 por ciento del Producto Interno Bruto del país”.9

La Iniciativa debería de permitir a la Cámara de Diputados aprobar o destinar al gasto en educación pública y en los servicios educativos, no menores a ese monto. También, obligará al Estado a asumir un compromiso creciente con el sostenimiento de la tarea Educativa y a colocarla en el primer orden de prioridades.

Según la Exposición de Motivos de la Iniciativa, en el año 2000, se registró un 4.2 del PIB para la educación y para lograr este monto, se debería de reorientar varios renglones de la política económica y presupuestal por lo que propuso en los artículos transitorios del Decreto que la meta del 8 por ciento del PIB para gasto en educación sea alcanzada en el año 2004. Es decir, que a partir del ejercicio fiscal del año 2001 se destine un punto porcentual del PIB adicional a lo invertido durante el 2000 hasta llegar al monto recomendado por la UNESCO . Esto permitirá realizar los ajustes necesarios al presupuesto de egresos y tomar las medidas de política económica indispensables para no afectar otros renglones del gasto social.

Dicho grupo parlamentario, sometió a consideración del Congreso de la Unión , el proyecto de Decreto que reformaría el artículo 25 de la Ley General de Educación, tal y como sigue:

Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 25 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 25 . El Ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las correspondientes disposiciones de ingresos y gasto público que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de la educación pública. El monto anual que la Federación destine al gasto en educación pública no podrá ser menor al 8 por ciento del Producto Interno Bruto del país.10

El Congreso del Unión , aprobó dicha iniciativa, la cual fue publicada en el diario Oficial dela Federación el día 30 de diciembre del 2002, en donde el Decreto, quedo como sigue:

Artículo Único. Se reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Sección 3. Del financiamiento a la educación

Artículo 25. El Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las disposiciones de ingresos y gasto público correspondientes que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de la educación pública y de los servicios educativos. El monto anual que el Estado -Federación, entidades federativas y municipios-, destine al gasto en educación pública y en los servicios educativos, no podrá ser menor a ocho por ciento del producto interno bruto del país, destinado de este monto, al menos el 1 por ciento del producto interno bruto a la investigación científica y al desarrollo tecnológico en las Instituciones de educación Superior Públicas.

...

...

...

Transitorios

Primero . ...

Segundo. - Para dar cabal cumplimiento a esta disposición, los presupuestos del Estado, contemplaran un incremento gradual, anual, a fin de alcanzar en el año 2006, recursos equivalentes al 8 por ciento del Producto Interno Bruto, que mandata la presente reforma.11

7. De acuerdo a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público , en los Presupuestos Públicos Federales, el Gobierno Federal, no ha dado cabal cumplimiento, desde el año 2007, hasta el 2018, solo se ha destinado en promedio 3.52 por ciento del PIB, para financiamiento de la educación Pública y de los Servicios Educativos. El único año en que tuvo más del 4 por ciento fue en el 2010 con un 4.17 por ciento, (véase el cuadro número 3.)

Por lo antes expuesto, a usted ciudadano presidente de la Mesa Directiva, solicito se tenga por presentado el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de aplicar lo establecido en el artículo 25 de la Ley General de educación: destinar para el gasto en educación pública y en los servicios educativos, cuando menos el ocho por ciento del producto interno bruto, en el Presupuesto público federal para el año fiscal 2019.

Notas

1 Documento elaborado en coordinación con la Dirección General de Servicios de Documentación; Información y Análisis SAE-ISS-07-18. Función Educación. 2017-2018.

2 Declaración de Incheon y Marco de Acción para la realización del Objetivo de Desarrollo Sostenible. Oficina de la UNESCO. Oficina Regional de educación para América Latina y el Caribe. 2018. Ver en: https://es.unesco.org/node/266395.

3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf

4 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lge/LGE_orig_13jul93_ima.pdf

5 http://cronica.diputados.gob.mx/Iniciativas/55/139.html

6 http://cronica.diputados.gob.mx/Iniciativas/55/139.html

7 Ídem.

8 sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/.../asun_619_20000914_827040.pdf

9 Ídem.

10 http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2011/11/asun_2816617_ 20111108_1320781295.pdf

11 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=717011&fecha=30/12/2 002

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

Diputado Óscar Daniel Martínez Terrazas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a garantizar, proteger y promover los derechos humanos de las personas en situación de calle y generar programas de reinserción social, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de la Ciudad de México para que fortalezca las estrategias necesarias para dar atención médica, educación, salud y trabajo digno a las personas en situación de calle, ante el aumento exponencial de dicho sector poblacional, al tenor de las siguientes

Consideraciones:

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) señala que, actualmente existen en el mundo hasta 150 millones de niños de la calle.1

La población callejera es un grupo social diverso, conformado por niñas, niños, personas jóvenes, mujeres, hombres, familias, personas adultas mayores o personas mayores, personas con discapacidad y otras con diversos problemas de salud y adicciones.2 Viven en esta condición porque son desplazados por la violencia, el abuso de drogas y alcohol, la muerte del padre o la madre, crisis familiares, guerras, desastres naturales o por cuestiones económicas.

Para el caso de México, el Censo de Poblaciones Callejeras 2017, publicado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México, señala que en la capital del país hay 4 mil 354 personas en situación de calle, de las cuales el 87.2 por ciento son hombres y el 12.7 por ciento son mujeres.3

Por grupos de edad, el 82.66 por ciento son hombres de 18 a 59 años de edad, 1.9 por ciento son niños y niñas, el 11.29 son mujeres de 18 a 59 años y 3.74 son personas adultas que se encuentran en las calles.

Las causas por las que se integran las poblaciones callejeras en la capital del país son las siguientes: 39 por ciento, por problemas familiares; 28 por ciento, por problemas económicos; 14 por ciento, por adicciones y 5 por ciento, por problemas de salud física o mental.

Sin embargo, es evidente que estos grupos de la población ven vulnerados sus derechos fundamentales, su calidad de vida y están privados de disfrutar de necesidades básicas como alimentación, educación, vestido, salud y el acceso a una vivienda digna, a la vez que tienen que enfrentar situaciones de intolerancia, estigmatización, discriminación e incluso criminalización.

La Comisión de los Derechos Humanos de la Ciudad de México dio a conocer que en lo que va de 2018, se han iniciado al menos 20 quejas de malos tratos contra personas en situación de calle, la mayoría por parte de policías de la Ciudad de México.4

Diversos medios periodísticos indican que en los últimos tres años aumentó alrededor del 42 por ciento la violencia física en contra de las personas en situación vulnerable en la Ciudad de México.5

Tan sólo de enero de 2009 a abril de 2017, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) recibió 322 quejas por presuntas violaciones de derechos humanos contra de poblaciones callejeras o de personas en riesgo de vivir en la calle.6

Del total de dichas quejas, 51 denuncias fueron por la presunta vulneración de derechos de la niñez. En 14 de esos casos, la queja contra las autoridades se presentó por la separación de padres e hijos sin causa o justificación legal o por separación injustificada.

En el caso de Jalisco, de acuerdo con la Universidad de Guadalajara, el fenómeno de las personas en situación de calle se ha expandido por toda la Zona Metropolitana de Guadalajara y la disputa por los espacios se ha recrudecido con expresiones cada vez más violentas.7

En Puebla, tan solo en la capital del estado se estima que existen 616 personas en situación de calle, de acuerdo con el DIF municipal, de los cuales 5.5 por ciento son adultos mayores, 85.5 son adultos y 8.9 por ciento son menores de edad.8

En Nuevo León, de acuerdo con notas periodísticas, se estima que en las calles de la zona metropolitana de Monterrey hay entre 8 mil y 10 mil personas en situación de calle. Al menos el 30 por ciento padece alguna enfermedad mental.9

En el estado de Morelos, el registro promedio que tiene la Procuraduría de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es de al menos 320 menores en situación de calle, en las zonas metropolitanas de Cuernavaca y Cuautla.10 En el estado de Querétaro, la directora del DIF, indicó que existen aproximadamente 800 personas en situación de calle.11

La población en situación de calle es un grupo social diverso que se enfrenta a la discriminación, a la violencia y al rechazo, sin embargo, se carece de datos y estadísticas sobre las condiciones reales de esta población.

Ante este panorama, resulta necesario que los gobiernos de las entidades federativas emprendan acciones para garantizar y proteger los derechos humanos de las personas que viven en situación de calle y generen programas de inclusión social.

Hacer visibles las condiciones en las que vive la población en situación de calle permitirá desarrollar políticas públicas para procurar su incorporación al seno familiar, laboral y social.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno de las 32 entidades federativas para que, en el marco de sus atribuciones, garanticen, protejan y promuevan los derechos humanos de las personas que viven en situación de calle y generen programas de inclusión social.

Notas

1 http://www.unesco.org/new/es/social-and-human-sciences/themes/fight-aga inst-discrimination/education-of-children-in-need/street-children

2https://copred.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/5 a1/ef8/35a/5a1ef835a79ba819774826.pdf

3 http://189.240.34.179/Transparencia_sedeso/wp-content/uploads/2017/Pree liminares.pdf

4 https://lopezdoriga.com/nacional/aumentan-quejas-por-agresiones-contra- personas-en-situacion-de-calle-por-parte-de-policias/

5 http://diariobasta.com/2018/10/09/aumenta-violencia-fisica-42/

6 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/igualdad-genero/2018-06/
REPORTAJE%20ESCRITO%20PRIMER%20LUGAR%20Maternidad%20en%20las%20calles_0.pdf

7 http://www.udg.mx/es/noticia/fenomeno-personas-situacion-calle-se-ha-di spersado-recrudecido

8 http://www.lajornadadeoriente.com.mx/noticia/puebla/en-puebla-hay-616-p ersonas-en-situacion-de-calle-se-concentran-en-cuatro-zonas-senalo-el-d if_id_21472.html

9 https://www.publimetro.com.mx/mx/monterrey/2012/08/08/se-duplican-indig entes-area-metropolitana-monterrey.html

10 https://www.launion.com.mx/morelos/sociedad/noticias/98089-por-lo-menos -hay-en-las-calles-de-morelos-300-ninos-sin-hogar.html

11 https://queretaro.quadratin.com.mx/hay-800-personas-en-situacion-de-cal le-dif/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 25 de octubre de 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias federales, estatales y municipales a no requerir al público actas de nacimiento certificadas actualizadas en diversos trámites, a cargo de la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 30 de enero de 1857, el presidente Ignacio Comonfort decretó la Ley Orgánica del Registro Civil. La Ley estableció la obligatoriedad de todos los habitantes de la República a inscribirse en el Registro Civil. Comprendía los nacimientos, la adopción y arrogación de personas; los matrimonios, los votos religiosos y los fallecimientos; establecía las bases para la expedición de las actas correspondientes que debían estar a cargo de un oficial del estado civil.

El 28 de julio de 1859, el presidente Benito Juárez, al exponer los motivos de la ley, subrayó la idea de separar cabalmente al Estado respecto de la Iglesia, delimitando el papel que le corresponde a cada uno y reafirmando las tareas que son inherentes al Estado como la más alta organización de la sociedad. Por lo tanto, dicha ley establece el derecho humano a la identidad individual, al nombre, al estado civil de las personas y a la seguridad jurídica.

La UNICEF1 ha señalado que el acta de nacimiento es además un documento esencial para la identidad ciudadana y jurídica de las personas, para el ejercicio de sus derechos y obligaciones y, por lo tanto, un instrumento de protección de la persona.

Esta Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional por la que se adicionó un octavo párrafo al artículo Cuarto Constitucional, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de Julio de 2014.

La enmienda constitucional establece:

Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

El Código Civil Federal señala que tienen obligación de declarar el nacimiento , el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos y, en su defecto, los maternos, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.

Debido a las necesidades y demandas de actas de nacimiento a nivel nacional, principalmente en la Secretaria de Gobernación, se han tomado diversas acciones por parte del gobierno federal, con el objetivo de facilitar el trámite del acta de nacimiento, evitar largas filas y agilizar su expedición, las autoridades federales y estatales encargadas del registro de población aplican a nivel nacional el Programa de Expedición de Actas de Nacimiento por Internet.

El Registro Nacional de Población a través de la página de internet: https://www.gob.mx/tramites/ficha/expedicion-de-la-copia-certificada-de l-acta-de-nacimiento-en-linea/RENAPO187 tiene en operación el programa: Expedición de la copia certificada del acta de nacimiento en línea.

El programa señala que, para tramitar la copia certificada del acta de nacimiento en línea, se debe contar con los siguientes datos:

• CURP

• Nombre completo

• Fecha de nacimiento

• Entidad de registro

• Sexo

• Nombre completo de madre o padre)

• Para pago en línea, tarjeta de crédito o débito o contar con impresora para imprimir el formato de pago

De suma importancia, resulta recordar que el director del Registro Civil ha enfatizado que, al ser un programa a nivel nacional, el documento de identidad impreso desde Internet en hoja de papel bond es válido en todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal.

También se han llevado a cabo diversas acciones y políticas públicas para concientizar a los habitantes del país sobre la importancia del registro de nacimiento de niñas y niños antes del año de edad para así acceder a sus derechos como mexicanos.

Datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática a 2013, indican que en 2003 nacieron 2 millones 393 mil bebés, pero sólo 1 millón 951 mil fueron registrados antes de su primer cumpleaños. Los otros 442 mil obtuvieron su acta de nacimiento cuando tenían entre uno y diez años de edad. Esto significa que 18 por ciento de la generación no fue registrada oportunamente.

De acuerdo con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, en 2014 había 14 millones de mexicanos que no contaban con acta de nacimiento

Be Foundation, ha señalado que el derecho a la identidad es el segundo por excelencia, solamente después del derecho a la vida; es la llave que abre al resto de los derechos humanos. “Sin éste no existes, eres un mexicano invisible”. Esta fundación apunta que 4 millones de niños no tienen acta de nacimiento.

Estamos en una etapa de cambios y es necesario que dichos cambios repercutan directamente en las clases más necesitadas, las autoridades federales, estatales y municipales han establecido en sus normas el solicitar en sus trámites actas certificadas con por lo menos tres meses de antigüedad, expedidas por el registro civil, dichas acciones impactan negativamente en la economía de los mexicanos el tener que desembolsar parte de su ingreso familiar ya muy lastimado en el pago de derechos de las actas requeridas por las instituciones públicas, también el costo de cualquier acta certificada varía según el estado donde este el registro de la persona, en Aguascalientes por ejemplo el costo es de aproximadamente $65.00, mientras que en la mayoría de los estado sobre pasa los 100.00 pesos.

El impacto de dichas disposiciones es más evidente en la Secretaria de Educación Pública que, dentro de sus requisitos de inscripción a cualquier nivel escolar, exigen actas de nacimiento actualizadas, con menos de tres meses de antigüedad en su expedición, lo cual es un impacto negativo en la economía de la mayoría de familias mexicanas y más aún en aquellas que tienen más de dos o hasta 5 hijos en edad escolar, lacerando así de manera muy significativa su economía familiar.

El artículo 94 de la Ley General de Población establece que: “Las autoridades de la Federación, de los estados y de los municipios, serán auxiliares de la Secretaría de Gobernación en las funciones que a ésta correspondan en materia de registro de población”.

De ahí la necesidad de exhortar a los gobiernos federal, estatal y local, para tomar las medidas necesarias y girar indicaciones a quien corresponda para que dentro de la documentación requerida para algún trámite, las actas de nacimiento, solo tengan el requisito de ser claras y legibles, ya que una copia certificada de cualquier acta expedida por el registro civil competente carece de cualquier caducidad, y de no acatar dichas indicaciones las autoridades dentro de sus atribuciones realicen acciones de sanciones al personal que se niegue a realizar algún trámite por no presentar una acta certificada de cualquier índole que no sea reciente.

De ahí la trascendencia de la presente proposición, a través del cual se busca no lacerar más la de por sí muy débil economía familiar.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, respetuosa de las soberanías estatales y municipales, exhorta las diferentes dependencias de los tres niveles de gobierno, en la medida de lo posible, no se requerirá actas de nacimiento certificadas actualizadas como requisito de trámites que impliquen un derecho de la persona.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que evite en lo posible solicitar el requisito de acta de nacimiento en las Reglas de Operación de los programas sociales, y que impliquen un derecho de las personas.

Nota

1 https://www.unicef.org/mexico/spanish/proteccion_6991.htm

Dado en la Sede de la Cámara de Diputados, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Carolina García Aguilar (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México a coordinarse de forma inmediata y prioritaria con las autoridades salientes y las electas de Ecatepec de Morelos para cumplir a plenitud el derecho constitucional de los habitantes al agua, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada María Eugenia Hernández Pérez, integrante del Grupo Parlamentario Morena en esta LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Como si no bastase la pandemia de feminicidios que asola a Ecatepec desde hace varios años, o que en su jurisdicción se registra la cantidad más alta de robos de automóvil con violencia en el país, o que en él se asienta el mayor número de personas en situación de pobreza y de pobreza extrema en la entidad, otra grave calamidad castiga a sus habitantes: la falta casi crónica o permanente del servicio de agua potable.

De acuerdo con información publicada en fuentes oficiales, académicas y periodísticas, se considera que alrededor del 60 por ciento de los habitantes de este municipio, cuya población en el 2015 fue de 1 millón 677 mil 678 habitantes (de acuerdo al INEGI) tiene ya varios años que no recibe de forma regular y suficiente el abasto de agua potable, con lo que se incumple este derecho fundamental consagrado en nuestra Constitución Política, así como en diversos tratados internacionales.

Las autoridades municipales y directivos de la Comisión del Agua del Estado de México (CAEM) han indicado que se cuenta con una infraestructura de 81 pozos de los que se ha reportado que no funcionan 17, así como del apoyo del Sistema Cutzamala que comprende una red de tuberías de 200 kilómetros que conducen agua de presas del sur del estado hacia 13 municipios conurbados a la capital del país entre los que se ubica Ecatepec y también, al funcionamiento de sistemas autónomos o independientes como el de la comunidad ejidal de Santa María Tulpetlac.

Pese a todo ello, en el municipio se registra un déficit de 2 mil litros de agua por segundo , lo cual impacta severamente en la vida cotidiana de decenas de miles de familias asentadas en las colonias, fraccionamientos y comunidades del territorio municipal y resulta verdaderamente alarmante el que se esté convirtiendo además en un serio problema de salud pública. Al respecto y para darnos mayor idea de la trascendencia del déficit citado líneas arriba, en la actualidad el promedio de consumo por habitante en nuestro país, según el Consejo Consultivo del Agua, A.C., es de 350 litros por día.

Entre las causas que han generado esta problemática sobresalen entre otras, el acelerado crecimiento poblacional y la falta de planeación urbana y de previsión del abasto eficiente y oportuno que experimenta el municipio y la región oriente del Estado desde hace varias décadas; la competencia desmedida y desigual con los parques y zonas industriales en las que se ubican empresas de capital nacional y transnacional de importancia.

Asimismo, una anquilosada y deficiente red de distribución, cuyo deterioro se agrava por fracturas y hundimientos del suelo, presentando fugas que provocan, según estimaciones oficiales y de organizaciones vecinales, la pérdida del 40 por ciento del abasto de agua.

No obstante, estudios realizados por organismos como el CONACYT, han revelado que la problemática de la carencia del agua en el municipio obedece sobre todo a la forma de administrar el servicio de agua potable. El señalamiento específico es que hay una incompleta y deficiente gestión de los recursos hídricos, desconocimiento del territorio y de las limitantes administrativas que repercuten negativamente en la organización y operación del servicio, así como en el mantenimiento y reparación de la red de agua potable por parte de la institución responsable, ya sean los organismos operadores estatales o del municipio, o hasta los comités autónomos o independientes.1

Ante este estado de cosas, las organizaciones ciudadanas y vecinales del municipio se han estado manifestando en innumerables ocasiones, sin que la autoridad estatal o municipal realice alguna acción determinante para atenderlo y resolverlo, por lo que, como representante popular de una de las zonas más afectadas, me veo precisada a solicitar el apoyo de esta H. Asamblea a fin de que el gobierno estatal y las autoridades municipales intervengan de forma urgente y prioritaria.

Lo anterior, en razón a que, de conformidad con la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, sobre todo en sus artículos 13, 15, 17 y 34, las autoridades responsables de la ejecución del Sistema Estatal del Agua son, entre otros, el gobernador del Estado, los Municipios y la Comisión del Agua (CAEM), los cuales deberán satisfacer las necesidades de agua potable de los usuarios, en los términos y bajo las modalidades previstas en la Ley citada.

De igual forma, el gobernador del estado está facultado, entre otros temas, para dictar la política hídrica estatal y emitir el programa hídrico de la entidad; en tanto que los municipios pueden prestar directamente los servicios a que se refiere la Ley mencionada, o por conducto de cualquiera de otros prestadores de servicios como los organismos descentralizados municipales o intermunicipales, la CAEM o personas jurídicas colectivas concesionarias.

En este orden de ideas, considero que están dadas las condiciones para que, de forma concertada entre los diversos órdenes de gobierno, empecemos a transformar el estado de cosas injusto, desigual y violento en el que han estado viviendo nuestros conciudadanos.

Por lo anteriormente expuesto, me permito poner a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Gobierno del Estado de México, a que a través de la Comisión del Agua del Estado de México se coordine de forma inmediata y prioritaria con las autoridades tanto salientes como electas del municipio de Ecatepec de Morelos, para que se diseñe y lleve a cabo un plan integral de abasto del agua potable, que vaya más allá del tandeo y de la entrega de agua a través de pipas, para que se pueda cumplir de forma plena con el derecho constitucional al agua de los habitantes de dicho municipio.

Nota

1 “La escasez de agua potable en el estado de México”. Conacyt. Por Citlalli A. Becerril-Tinoco. 13 de mayo de 2017. Periódico La Crónica de Hoy.

(http://www.cronica.com.mx/autor.php?id=135)

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputada María Eugenia Hernández Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la colegisladora a aprobar la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 19, fracción II, y 30, fracción XXVIII, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, aprobada por esta soberanía el 31 de marzo de 2016, suscrita por el diputado Ricardo Flores Suárez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Ricardo Flores Suárez, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Raúl Gracia Guzmán, Isabel Margarita Guerra Villarreal, José Martín López Cisneros, Víctor Manuel Pérez Díaz, Ernesto Alfonso Robledo Leal y Hernán Salinas Wolberg, diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El jueves 31 de marzo de 2016, las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Deporte de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, sometieron a consideración y aprobación del pleno, el dictamen proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 19 y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del Diputado José Adrián González Navarro integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La citada reforma tiene por objeto que la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte establezca, conforme al programa sectorial, el impulso de políticas específicas en materia de cultura física y deporte destinadas al desarrollo e integración de las personas adultas mayores. De igual forma, que la citada dependencia en el ámbito de sus atribuciones, formule programas que promuevan la cultura física y deporte entre las personas de 60 años y más.

Lo anterior, derivado de la radiografía estadística en materia de adultos mayores que revela que en México, uno de cada diez personas tiene 60 años o más de edad, lo que constituye un total de 10, 055, 379 adultos mayores y representan 9.06 por ciento de la población. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), entre el año 2000 a 2010, la población de personas adultas mayores creció una tasa anual de 3.8 por ciento y derivado de la tasa de crecimiento en la década señalada se tiene previsto que esta población se duplique en 18.4 años por lo que en 2029 tendremos por lo menos 20 millones de personas en ese rango de edad y para 2050 la cuarta parte de nuestra población se integrará con este sector.

De este segmento de población por cada 100 mujeres hay 87 hombres, indicador que confirma la sobre mortalidad masculina en dicha población. Respecto de la dependencia por vejez; por cada 100 personas en edad productiva hay 9.7 personas dependientes por tener 60 años o más. Por lugar de residencia, el citado censo del Inegi, evidenció que 74.0 por ciento de la población adulta mayor vive en localidades urbanas y 26.0 por ciento en rurales; las entidades federativas con el mayor número de habitantes adultos mayores son el Distrito Federal con 11.3 por ciento, seguido por Oaxaca con 10.7 por ciento y Veracruz con 10.4 por ciento y los estados de la República que menos concentran población adulta mayor son Baja California Norte con 6.8 por ciento de población, Baja California Sur con 6.6 por ciento y Quintana Roo con 4.8 por ciento.

Y, tomando en consideración el Perfil epidemiológico del adulto mayor en México 2010 de la Secretaría de Salud, se concluye que este grupo poblacional es altamente vulnerable debido a la edad avanzada, las enfermedades no transmisibles o crónicas (ENT) y las discapacidades que tienen como efecto la disminución o pérdida de las facultades físicas y mentales.

En este marco, se coincide con el reto que debe asumir el Estado mexicano en el sentido de garantizar una vejez activa y saludable a la población con 60 años o más y con ello, transitar del envejecimiento discapacitador a un modelo de envejecimiento activo.

Al respecto, el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), en su calidad de organismo rector de la política nacional en materia de derechos de las personas adultas mayores, cuenta con una serie de servicios como el de asesoría jurídica; capacitación para el trabajo y ocupación del tiempo libre; servicios de atención médica de primer nivel (detección, control y seguimiento de enfermedades comunes en las personas adultas mayores); centros culturales; clubes INAPAM; albergues y residencias diurnas; vinculación laboral para personas adultas mayores y educación para la salud. Sin embargo, en ninguno de los citados servicios se contempla el relativo a la práctica de algún deporte.

Por lo anterior, se considera fundamental garantizar a las personas adultas mayores que viven en nuestro país, un envejecimiento activo a través del impulso de políticas específicas en materia de cultura física y deporte destinadas a su desarrollo e integración.

En tal virtud y tomando en consideración que desde el 05 de abril de 2016 la Mesa Directiva del Senado de la República turnó a las comisiones de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera, la citada minuta se encuentra pendiente de discusión y en su caso, aprobación por lo que desde la Cámara de Diputados hacemos un respetuoso exhorto para que a la brevedad, se discuta y en su caso, apruebe la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 19 y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte a cargo del diputado José Adrián González Navarro, en aras de garantizar a las personas adultas mayores en México, un envejecimiento activo a través del impulso de políticas específicas en materia de cultura física y deporte destinadas a su desarrollo e integración.

Por lo expuesto, sometemos a la consideración de este órgano legislativo, la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Senado de la República, para que discuta y en su caso, apruebe la Minuta proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 19 y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de programas deportivos para personas adultas mayores, aprobado por esta soberanía desde el 31 de marzo de 2016.

Dado en la sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 24 de octubre de 2018.

Diputados:

Con punto de acuerdo, relativo a instaurar una estrategia integral para proteger las abejas y fortalecer el sector apícola del país, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de la honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y los gobiernos de las entidades federativas, instrumente una estrategia integral para la protección de las abejas y se fortalezca al sector apícola del país, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que las abejas y los polinizadores como mariposas, los murciélagos y los colibríes, se ven cada vez más amenazados por actividades humanas. Un mundo sin polinizadores equivaldría a un mundo sin diversidad alimentaria.1

Dicho organismo indica que los polinizadores permiten que muchas plantas, incluidos muchos cultivos alimentarios se reproduzcan. Los polinizadores no sólo contribuyen directamente a la seguridad alimentaria, sino que son indispensables a la hora de conservar la biodiversidad, un pilar esencial para el desarrollo sostenible.

La polinización es un proceso fundamental tanto en los ecosistemas terrestres naturales como en los humanos. Es indispensable para la producción de alimentos y sustentos humanos y vincula directamente los ecosistemas silvestres con los sistemas de producción agrícola.

Las abejas son reconocidas como parte medular para el equilibrio del medio ambiente, ya que, al obtener el alimento de las flores, fomentan en las plantas la capacidad de fecundarse, por lo que las plantas generan el oxígeno suficiente para la vida y, además, aumentan el rendimiento en los cultivos, generando un incremento en alimentos de origen vegetal e insumos agropecuarios.

Los insectos invasores, los pesticidas, los cambios en el uso de la tierra y los monocultivos son factores que pueden reducir los nutrientes disponibles y suponer una amenaza para las colonias locales.

Para dimensionar la importancia de este asunto, la ONU señala que la mayoría de las 25 mil a 30 mil especies de abejas son polinizadores efectivos y junto con polillas, moscas, avispas, escarabajos y mariposas, constituyen la mayoría de las especies polinizadoras.2

Para reproducir un kilogramo de miel, las abejas deben visitar 4 millones de flores y volar cuatro veces la distancia alrededor de la tierra. Esta especie contribuye a la polinización de más de 170 mil tipos de plantas.

En el caso de México, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) identificó 316 especies de plantas (286 se destinan para la alimentación y 80 como insumos para la industria), de las cuales el 80 por ciento dependen de un polinizador para su producción.3

En México, la apicultura genera alrededor de 100 mil empleos directos, Actualmente el sector apícola cuenta con 1.9 millones de colmenas para producción miel que generaron un total de 51 mil 65 toneladas del dulce y mil 618 toneladas de cera de abeja.4

De acuerdo con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), hasta el año 2016 ocupábamos el sexto lugar como productores, siendo los estados de Yucatán y Campeche los que más miel producen.5

Sin embargo, el uso de insecticidas está provocando que millones de abejas mueran, sufriendo severas pérdidas en el número de su población. Ante este tipo de casos, diversas organizaciones de la sociedad civil, han llamado a que se tomen las medidas necesarias para proteger a las diversas especies de abejas que se encuentra a lo largo del territorio nacional.

Las abejas son clave para la conservación de la biodiversidad, la polinización de cultivos para la alimentación y fuente de trabajo para muchos apicultores. Por ello, es necesario que se refuercen las acciones para el control de plagas, con el objeto de prevenir la muerte de millones de abejas y demás polinizadores.

De ahí la trascendencia del presente punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, en coordinación con los gobiernos de las 32 entidades federativas, instrumente estrategias de conservación y protección de las abejas y otros polinizadores, en todo el país.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y los gobiernos de las entidades federativas, instrumente una estrategia integral para la protección de las abejas y se fortalezca al sector apícola del país.

Notas

1 Organización de las Naciones Unidas (2018). Día Mundial de las Abejas. 23/10/2018, de ONU. Sitio web:

http://www.un.org/es/events/beeday/background.shtml

2 Organización de las Naciones Unidas. (2018). Día Mundial de las Abejas. 23/10/2018, de ONU Sitio web:

http://www.un.org/es/events/beeday/background.shtml

3Comisión Nacional para el conocimiento y uso de la Biodiversidad (2009). Capital natural de México. 23/10/2018, de Conabio. Sitio web:

https://www.biodiversidad.gob.mx/pais/pdf/CapNatMex/Capi tal%20Natural%20de%20Mexico_Sintesis.pdf

4 https://www.gob.mx/sagarpa/articulos/la-apicultura-mexicana-un-sector-f ortalecido?idiom=es

5 La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa). (2017). Miel “Hecho en México”, símbolo de calidad y sabor en el marco del Día Mundial de las Abejas. 23/10/2018, de Sagarpa. Sitio web: https://www.gob.mx/sagarpa/zacatecas/es/articulos/miel-hecho-en-mexico- simbolo-de-calidad-y-sabor-en-el-marco-del-dia-mundial-de-las-abejas-14 1038?idiom=es

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, al día 25 de octubre del año 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a atender la masiva solicitud de refugio en la frontera México-Guatemala, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario del PES

La que suscribe, diputada María Rosete, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Cuarta Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a esta Soberanía para su resolución, proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que se destinen mayores recursos y personal para atender la masiva solicitud de refugio en la frontera de México con Guatemala; se establezcan rutas de vigilancia para garantizar la integridad y la seguridad de los migrantes de la caravana centroamericana de migrantes; se dispongan de medidas necesarias para el retorno seguro y ordenado a los migrantes que decidan volver a sus respectivas naciones, y se observen diversos compromisos y pactos internacionales firmados por México en la materia, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde la consolidación de México como nación independiente, en el Congreso de Querétaro se estableció en el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana de 1824, la tradición constitucional de nuestro país de considerar a las relaciones con otros países como pilar fundamental para diseñar nuestro orden jurídico, confiriendo la misma jerarquía a los tratados internacionales que conforman nuestro marco jurídico.

La política exterior mexicana por tradición ha sostenido que ninguna nación tiene derecho a intervenir en los asuntos internos de otra.

A lo largo de nuestra historia, nos hemos abstenido de hacer uso de la fuerza para dirimir controversias, por el contrario, hemos participado en el establecimiento de canales de comunicación efectivos y en la elaboración de propuestas para la solución pacífica y negociada de los conflictos internacionales a través de nuestra actuación diplomática.

El diálogo político es la única opción para garantizar la paz y el respeto en la comunidad internacional; las prácticas de fuerza propician una relación de sometimiento que altera el orden natural de la convivencia humana y sólo pueden complicar el conflicto.

Desafortunadamente, durante los últimos tres sexenios la política exterior y las relaciones internacionales de México se han visto alteradas y deformadas por visiones basadas en el mercado, en los intereses económicos, en las relaciones comerciales, y esto ha provocado que nuestro país pierda el liderazgo que tuvimos por muchos años que representó un factor de unidad y solidaridad.

Perdimos ese gran baluarte de ser portavoz de las injusticias que han vivido nuestras hermanas naciones latinoamericanas; en ocasiones, les dimos la espalda en lugar de apoyarlas para encontrar soluciones a sus conflictos.

Dejamos de ser punto de equilibrio frente a los gobiernos de Estados Unidos para no contravenir sus intereses, aun a costa de lo que resultara.

Recurrimos hasta cancilleres aprendices que solo presumían una amistad con familiares políticos de mandatarios norteamericanos. Como si fuera suficiente.

Es evidente que estamos viviendo en una comunidad de países sujetos a una interdependencia cada vez más intensa y compleja que genera la proliferación de conflictos, pero la posición pacificadora de México se debe seguir guiando por el ejercicio de su responsabilidad política.

¿Por qué si durante la historia del país, nuestra política exterior fue objeto de presiones que pretendían desviarla de sus objetivos, ahora cedemos, sin cortapisas, a ocurrencias, descalificaciones y medidas que nos agreden, aunque nuestras autoridades nos hagan ver lo contrario y traten de convencernos que están trabajando correctamente?

Dónde quedó la firmeza, dignidad, orgullo y responsabilidad de los principios que otorgaron a nuestra nación el respeto de la comunidad internacional.

Tenemos que levantar la voz con Estados Unidos para demandar trato justo conforme a derecho, así como reciprocidad en todas las áreas. Con los países en desarrollo, debemos proyectar nuestra solidaridad en la defensa de intereses comunes.

Debemos mantenernos firmes en la exigencia de que los conflictos internacionales se solucionen a través del Derecho. Aceptar la fuerza como medio de resolver conflictos, es incitar a la violencia.

En momentos adversos para otros países hemos abierto nuestras puertas a hombres y mujeres que lo han solicitado, quienes han encontrado en nuestro país seguridad y la posibilidad de reconstruir sus vidas; esta tradición histórica nos ha enorgullecido.

La población que se ha asilado en México ha tenido la garantía de gozar de la igualdad que otorga el estado de derecho a todo extranjero que se encuentra en el país.

Por ello y en apego a nuestra tradición humanitaria que hemos extendido a nuestros hermanos centroamericanos que, con la calidad de asilados se han establecido en el territorio nacional, ahora atendamos el problema que se nos presenta con la llegada de la caravana de migrantes centroamericanos, que incluye a migrantes de Guatemala, Honduras y El Salvador, y que huyen de la miseria, de la violencia incontrolable, de la creciente y constante corrupción política y la desesperanza popular que aqueja a esas naciones desde hace muchos años, con la esperanza de encontrar oportunidades en Estados Unidos.

Así como hemos convenido con el gobierno de Guatemala métodos y programas para repatriación gradual, con absoluto respeto a la libre decisión de los emigrados, ahora hagámoslo con otros mandatarios de la región involucrados, invitando a la Organización de las Naciones Unidas para que nos apoye.

Debemos ser conscientes que mientras no existan procesos democratizadores de los países centroamericanos, ni existan condiciones para impulsar el desarrollo económico y social, una buena cantidad de habitantes de esta región irán abandonando sus patrias por los niveles de pobreza, injusticia e inseguridad.

No podemos permanecer inermes e indiferentes a este problema. Es momento de que todas las naciones reconozcan sus compromisos en la resolución justa y equitativa de este fenómeno de la migración, y se trabaje paralelamente en políticas públicas que eviten que la población emigre, y a quienes ya lo han hecho, se les garantice seguridad y protección consular.

Encontradamente, existen inconformidades por esta problemática, y se cuestiona ¿Por qué comprometer al país en conflictos que no son nuestros? y ¿por qué prestarnos a esfuerzos que no nos competen directamente, cuando adentro hay tantos problemas?

Pero si no respondemos, también puede ser un problema que crezca ante las desigualdades sociales que caracterizan a esa región, con todo y sus consecuencias económicas, humanas y de inseguridad, que indudablemente nos perjudicarían.

Nuestra posición geográfica y vecindad con América Central y nuestra tradición política nos obligar a apoyarlos en la medida de lo posible, a tenderles la mano, a ofrecerles seguridad y respeto a sus derechos humanos.

Somos un país de tránsito en el mayor de los casos; desafortunadamente, la frontera sur de México es muy porosa y la infraestructura en todo sentido no es suficiente para contrarrestar los efectos nocivos que se han establecido a lo largo de la frontera con Guatemala. El grado de delincuencia es muy alto, pero, aun así, esto no ha logrado frenar el paso de los migrantes centroamericanos y de otros países por nuestra frontera sur. El mismo fenómeno se da en nuestra frontera norte, aunque de diferentes enfoque y prácticas.

Ante la problemática de la Caravana de Centroamérica, en donde participan niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, adultos y adultos mayores, no debemos caer en decisiones precipitadas y que violen los derechos de las personas. Es un fenómeno difícil de contrarrestar, pero no debemos actuar de acuerdo con presiones del presidente de Estados Unidos, Donald Trump.

Hemos sido testigos de cómo el presidente estadunidense amenazó, el jueves 18 de octubre, con cerrar su frontera sur y enviar militares si México no impedía el flujo de los migrantes de la caravana con destino a la Unión Americana. Además, señaló que, para él, este tema era mucho más importante que el nuevo acuerdo comercial entre Estados Unidos, México y Canadá, y llamó “delincuentes” a los integrantes de la Caravana.

Cabe destacar que estas amenazas se producen a menos de tres semanas de las elecciones para renovar la mayoría en el Congreso estadunidense, y el presidente de esa nación quiere reposicionar a su partido, el Republicano, culpando a los demócratas de no autorizar sus propuestas para construir el muro en la frontera con nuestro país, y al gobierno de México por no impedir el paso de los migrantes.

Para presionar aún más, el secretario de Estado estadounidense, Mike Pompeo, enviado por Donald Trump, se reunió con el presidente de México, Enrique Peña Nieto; con el secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso, y con el futuro canciller, Marcelo Ebrard. Durante estas reuniones, el representante diplomático estadounidense exigió que, dentro de la cooperación bilateral, se cortara de tajo la migración ilegal centroamericana que atraviesa por México en su intento de llegar a Estados Unidos.

Como respuesta, el gobierno mexicano colocó vallas y envió un grupo de antimotines de la Policía Federal al puente fronterizo que conecta a Ciudad Hidalgo, México, con Tecún Umán, Guatemala, para inhibir el ingreso ilegal de los migrantes de la caravana; sin embargo, debido a la cantidad de personas y la presencia policiaca, se dieron enfrentamientos sin llegar a consecuencias mayores ni lesiones graves. Por su parte, la Policía Nacional de Guatemala, en Tecún Umán, cerró la puerta del puente.

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, en su afán protagonista y sin respeto alguno a la soberanía mexicana, señaló que la contención de la caravana de migrantes centroamericanos en Chiapas se llevó a cabo porque México respeta el liderazgo de esa nación. “Quiero agradecer a México. ¡México ha sido increíble! ¡Y los líderes de México! Y ¿saben por qué? Porque ahora México respeta el liderazgo de Estados Unidos. Gracias México, grandioso, lo apreciamos”.

Sin embargo, el lunes 22 de octubre arremetió contra las autoridades mexicanas al calificarlas de incapaces por no detener a la caravana de migrantes: “Tristemente, parece que la policía y los militares de México son incapaces de detener la caravana que se dirige a la frontera sur”.

Además, aseguró que entre la caravana se encuentran “criminales y ciudadanos desconocidos de oriente medio”, por lo que se vio forzado a alertar a la Patrulla Fronteriza y las Fuerzas Armadas ante una emergencia nacional.

El secretario de Gobernación de México comentó el día 19 de octubre, que el gobierno de Estados Unidos ofreció 20 millones de dólares, a manera de recaudaciones de fondos privados, para frenar la llegada de caravanas de personas indocumentadas a nuestro país, pero la propuesta fue rechazada.

Los mandatarios de Honduras, Guatemala y El Salvador también han sido amenazados por el presidente norteamericano, de poner fin a la ayuda financiera que se les concede, si no detienen la caravana.

En un comunicado el gobierno mexicano informó que toda persona que quiera ingresar a nuestro país solo podrá hacerlo si cuenta con los documentos de viaje y la visa correspondiente que expide la autoridad respectiva de México. Además, señaló que la persona que ingrese al país puede solicitar, de manera individual, el estatus de refugiado.

El presidente mexicano se comprometió con los mandatarios de Guatemala, Jimmy Morales, y de Honduras, Juan Orlando Hernández, a observar el Pacto Global por la Migración, en el sentido de garantizar una migración segura, regular y ordenada, aunque éste aún no ha sido ratificado.

El Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular fue aprobado por 191 países en julio pasado en la Sede de Naciones Unidas, y será ratificado por los jefes de Estado y de gobierno en una conferencia que se llevará a cabo los días 10 y 11 de diciembre de 2018, en Marruecos.

Este pacto plantea 23 objetivos para alcanzar una migración segura, ordenada y regular, entre los que destacan:

• Suministrar información en todos los estadios de la migración.

• Facilitar las vías para una migración regulada.

• Facilitar condiciones de trabajo dignas.

• Salvar vidas y establecer esfuerzos internacionales coordinados sobre los migrantes desaparecidos.

• Combatir el tráfico de personas.

• Administrar las fronteras de manera integrada, segura y coordinada.

• Utilizar la detención de migrantes solo como último recurso y trabajar en alternativas.

• Proveer a los migrantes de servicios básicos.

Paralelamente, en junio pasado la ONU emitió el borrador final de un Pacto Global sobre Refugiados.

Este Pacto Mundial se divide en cuatro partes de acuerdo con el texto de la reunión:

I. Una introducción que establece los antecedentes del pacto, sus principios rectores y sus objetivos, y aborda el tema crucial de la prevención y las causas subyacentes.

II. El Marco de Respuesta Integral para los Refugiados, adoptado por los Estados Miembros de la ONU en la Declaración de Nueva York.

III. Un programa de acción que apoya la puesta en marcha de las respuestas integrales, al establecer medidas que los Estados y otras partes interesadas pertinentes puedan tomar para compartir mejor la responsabilidad y cooperar más efectivamente en respuesta a los grandes movimientos de refugiados y a las situaciones prolongadas de las personas refugiadas.

IV. Una sección de seguimiento y revisión, que incluye el desarrollo de indicadores, el balance del progreso y la presentación de informes.

El 26 de octubre de 2017, se suscribió la Declaración de San Pedro Sula entre Belice, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México y Panamá.

En esta reunión, llevada a cabo en Honduras, se acordó, entre otros objetivos:

• Diseñar una respuesta integral que atienda las causas que originan los movimientos migratorios, así como fortalecer la protección y la asistencia para atender las necesidades diferenciadas de las personas refugiadas.

• Atender eficientemente los movimientos migratorios de personas, asegurando el respeto de los derechos humanos de las personas refugiadas y solicitantes de la condición de refugiado, de conformidad con el derecho internacional de los refugiados, el derecho internacional de los derechos humanos y los marcos convencionales vigentes en la región, así como el compromiso de fortalecer la cooperación regional en la materia.

• Incrementar las medidas para la prevención y el combate a los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, así como la atención a las personas víctimas de trata.

• Implementar procedimientos de asilo justos, diferenciados y eficientes, que tengan en cuenta las necesidades particulares de las personas en mayor riesgo y con vulnerabilidad específica, entre ellos, niñas, niños y adolescentes no acompañados y separados, grupos familiares, víctimas de violencia sexual y de género, entre otros.

• Asegurar una atención eficaz y previsible a las personas refugiadas, contribuyendo así de manera significativa a los esfuerzos para la adopción del Pacto Mundial para los Refugiados.

• Atender los factores multicausales que originan estos movimientos, así como la urgencia de impulsar acciones que fomenten condiciones de bienestar y seguridad para las poblaciones en un marco de responsabilidad compartida y cooperación internacional.

Por su parte, el próximo presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, quien siempre se ha preocupado por la problemática migratoria y por ser nativo de una entidad con frontera en el sur de México, se ha comprometido a partir del 1 de diciembre, a impulsar y fortalecer el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular que ya se mencionó, además de trabajar en un acuerdo económico de 30 mil millones de dólares con Estados Unidos para invertir en proyectos productivos en Centroamérica, y de ofrecer visas de trabajo una vez que México cuente con una “tasa cero de desempleo”.

México requiere de una Centroamérica estable y plural que pueda integrarse a los esquemas de cooperación y enriquezca la actividad y el desarrollo regional. Esa es nuestra convicción y así lo expresaremos en todos los foros.

Es momento de oponernos con firmeza a intereses políticos y económicos externos que pretendan intervenir en asuntos internos de los países y los sigan dañando. Por el contrario, tendamos la mano a aquellas naciones que siguen siendo víctimas de la miseria, de la violencia e inseguridad, de la corrupción política.

México mantuvo una política exterior congruente con sus intereses nacionales durante muchos años; por tanto, no permitamos que se rompa con su continuidad y consistencia; que no se convierta en una política exterior que cambie según las circunstancias o que se altere de acuerdo con coyunturas. No aceptemos la injerencia.

Por lo anteriormente expuesto, solicito a esta soberanía sea aprobado los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Titular del Ejecutivo Federal para que, en coordinación con las distintas fuerzas de seguridad federales, estatales y municipales, se establezcan rutas de vigilancia en los municipios y localidades que habrá de seguir la Caravana Centroamericana de Migrantes, para garantizar la integridad y la seguridad de los migrantes y personas sujetas a protección internacional que transitan por nuestro territorio.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, se dispongan las medidas necesarias para el retorno seguro y ordenado a los migrantes que decidan volver a sus respectivas naciones.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, se le dé puntual seguimiento al Pacto Global sobre Migración, que deberá ser adoptado por jefes de Estado y de gobierno en una conferencia a celebrarse los días 10 y 11 de diciembre de 2018, en Marruecos.

Cuarto . La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que, impulse y observe los objetivos planteados en la Declaración de San Pedro Sula, firmada el 26 de octubre de 2017 entre los países de Belice, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México y Panamá.

Se somete este punto de acuerdo a consideración de esta soberanía, para su resolución.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 25 de octubre de 2018.

Diputada María Rosete (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a diseñar e implantar –en aras del mejoramiento de las condiciones de productividad y competitividad nacionales– políticas destinadas a superar los retos derivados de los objetivos no concretados en la negociación del nuevo acuerdo comercial entre Norteamérica y que pudieran afectar la economía del país, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe la diputada Dolores Padierna Luna , integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Según ha trascendido, el próximo 30 de noviembre se firmará un nuevo acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), después de que a finales de septiembre terminó su renegociación, lo que no implica necesariamente que se convierta en realidad ya que faltaría su ratificación por los congresos de los tres países y aún subsiste la posibilidad de que Estados Unidos no lo firme e incluso que una vez firmado, el presidente Trump se salga de él, como ya sucedió con el Tratado de Asociación Transpacífico (TPP).

La conclusión de las negociaciones fue tomada como un logro importante por los negociadores de los tres países, pero no así por los mercados. Así, por ejemplo, se anticipaba que limitaría la volatilidad del tipo de cambio e incluso produciría una revaluación del peso. Sin embargo, a casi un mes de su conclusión, la volatilidad del tipo de cambio ha continuado y el peso se ha depreciado 50 centavos, equivalentes al 2.6 por ciento.1 El índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores ha caído 4.2 por ciento.2

En octubre de 2018, las expectativas de los especialistas en economía del sector privado revisaron a la baja sus estimaciones para 2018 y 2019, en relación con el mes previo.

Aunque las diferencias son marginales, muestran que el haber llegado a un acuerdo comercial no es suficiente para estimar un mejor comportamiento de la economía nacional.

Un aspecto importante que es necesario señalar es que cuando se iniciaron las negociaciones, el gobierno mexicano había dicho que en esta ocasión las negociaciones, de manera especial con Estados Unidos, no sólo se limitarían a aspectos comerciales, sino que serían integrales ya que también incluirían otros temas álgidos como seguridad y migración, lo que aparentemente no sucedió, aunque hay algunos indicios de que hubo acuerdos paralelos en algunos temas como por ejemplo en la participación de México para limitar las migraciones centroamericanas hacia Estados Unidos.

El pasado viernes, la Secretaría de Economía publicó los textos definitivos en español del acuerdo, lo que permitirá el análisis completo y detallado de su contenido.

Por lo pronto, en la medida en que han ido conociendo los detalles del nuevo acuerdo comercial, surgen algunos aspectos que pueden afectar a México y otros que pudieran ser positivos. Dentro de los primeros destacan los siguientes:

1. Productores de medicamentos genéricos mexicanos advirtieron que con el T-MEC se extienden por 10 años más las patentes para fabricar y vender fármacos biológicos, lo que muy probablemente afectará a las instituciones públicas de salud que compran estos medicamentos y a los consumidores que los adquieren directamente.

Hay que señalar que casi la totalidad de las patentes pertenecen a empresas transnacionales ya que en México la inversión en desarrollo tecnológico en general y en especial en este sector es muy reducida.

Moisés Kalach, director del Consejo Consultivo de Negociaciones Internacionales del Consejo Coordinador Empresarial, señaló que el acuerdo: “Podría iniciar el camino para atraer inversión extranjera directa en el sector farmacéutico e incrementar la producción, comercialización e investigación”,3 lo que parece muy optimista ya que no son claros los incentivos para que ello suceda.

En el mejor de los escenarios lo único que pudiera ser atractivo para las empresas transnacionales sería producir en México, pero no investigar y desarrollar, es decir generar patentes, lo que mantendría la tendencia maquiladora del país, lo que, a todas luces es insuficiente para lograr un desarrollo económico vigoroso y sostenido.

2. En el nuevo acuerdo también se estableció que el tope para evitar aranceles en compras por medio de comercio electrónico o paquetería (‘minimis’) es de 100 dólares estadounidenses en la región, lo que según los expertos beneficia más a Pymes de Estados Unidos y Canadá debido a que cuentan con mayor capacidad logística que las empresas mexicanas.

3. Uno de los temas que más preocupación despierta son las nuevas reglas de origen en autos, ya que en opinión de los expertos son rígidas y complejas y en consecuencia representarán un reto importante para la exportación de automóviles y autopartes.

En el acuerdo se establecen lo siguiente:

a. En un plazo de cinco años, se incrementará el contenido regional de los automóviles del 62.5 por ciento actual al 75.0 por ciento.

b. El 40 por ciento del valor de los automóviles deberá provenir de los países en los que se paga un salario de 16 dólares por hora, es decir de Estados Unidos y Canadá, ya que en México el salario es de aproximadamente 4 dólares.4

c. En un acuerdo paralelo se establece un límite de 2.6 millones de vehículos ligeros que se podrán importar por Estados Unidos sin aranceles. Si se rebasa este tope, el arancel podría llegar a 25 por ciento.

4. Los acereros advierten sobre el riesgo que hay por los aranceles fijados por Estados Unidos a este producto mexicano, vigentes desde junio, aspecto que no se resuelve en el nuevo acuerdo.

5. Con el nuevo acuerdo comercial no todas las empresas de Estados Unidos que inviertan en México, y viceversa, podrán acceder al mecanismo de solución de controversias “Inversionista-Estado”. El TLCAN plantea en su Capítulo 11 que si una empresa de alguno de los tres países es víctima de una acción gubernamental que dañe su inversión, ésta puede llevar a alguno de los tres gobiernos ante un tribunal especializado para la solución del conflicto.

En el nuevo acuerdo, sólo las compañías de Estados Unidos y México pertenecientes a los sectores de petróleo, gas, electricidad, telecomunicaciones e infraestructura, tendrán acceso a este mecanismo de resolución de controversias, según establece el ahora Capítulo 14. El resto, incluida la industria manufacturera, sólo estará protegida en tres de las seis disciplinas que se contemplan en el mecanismo: trato nacional, trato de nación más favorecida y expropiación directa.

Para las tres restantes (expropiación indirecta, nivel mínimo de trato y requisitos de desempeño), las empresas sólo podrán acceder al mecanismo Estado-Estado, es decir, si son víctimas de una de las tres conductas deberán recurrir a los gobiernos de sus países para que comiencen un proceso en contra de la otra nación.

6. Se establece un periodo de vigencia del acuerdo de 16 años, con revisiones cada seis años, de cuyos resultados se puede ampliar por otros 16 años. Aunque se considera que esto es un avance importante en relación con la propuesta original de Estados Unidos de limitar su vigencia a sólo cinco años, sigue siendo una restricción para dar seguridad de largo plazo a las inversiones.

7. En el Capítulo 32 se establece que los países firmantes se comprometen a no celebrar acuerdo comercial alguno con países que no sean economías de mercado, lo que implícitamente impide cualquier posibilidad de hacerlo con China, lo que en el caso de México es muy importante debido al volumen y valor de las importaciones de ese país y del potencial que tendrían las inversiones de China en México.

Dentro de los aspectos positivos destacan:

1. Se modernizan varios aspectos en relación con el TLCAN actual, derivados de los cambios tecnológicos que ha habido durante los últimos 25 años. Así, por ejemplo, incluye disposiciones para regular el comercio digital y la protección de datos de los consumidores; facilitar el acceso a los servicios financieros e incentivar el desarrollo futuro del sector de las telecomunicaciones. Al respecto cabe mencionar que estos aspectos son prácticamente los mismos que se acordaron en el TPP.

2. Hay un avance importante en materia de combate a la corrupción, ya que establece sanciones comerciales a países que incurran en prácticas corruptas.

3. En cuanto a los aspectos laborales, las partes se comprometen a respetar los acuerdos contenidos en la Declaración 1998 de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, como: garantizar el derecho de los trabajadores a participar en las negociaciones colectivas, combate al trabajo forzoso y a la discriminación de género.

Aunque México ya se ha comprometido a respectar estos derechos, adhiriéndose a la declaratoria de la OIT, el ratificarlo en el T-MEC es un incentivo adicional para su cumplimiento.

Se puede decir que el T-MEC contiene algunos avances, respecto al TLCAN, pero también implica retos derivados de que no se pudieron lograr todos los objetivos planteados al inicio de la negociación. Ante el escenario de que el acuerdo sea ratificado por los congresos de los tres países y en especial del Senado mexicano, es muy importante que se diseñen políticas públicas que permitan mitigar sus posibles afectaciones y aprovechar de mejor manera sus ventajas. Para ello es importante hacer una revisión de lo que se dejó de hacer durante la vigencia del TLCAN y que limitó sus beneficios para modificar el rumbo.

Cuando se firmó y aprobó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en 1993, las expectativas sobre su impacto en el desarrollo del país fueron muy optimistas: atraería una enorme cantidad de inversiones, crearía muchos empleos bien remunerados y finalmente produciría un crecimiento suficiente y sostenido.

En 2016, la Secretaría de Economía publicó “La Evaluación de los Resultados del TLCAN”5 limitándose a la evolución del comercio entre los tres países, lo que es a todas luces insuficiente para una verdadera evaluación.

De manera específica, el documento destaca que el TLCAN es la zona de libre comercio más competitiva del mundo, ya que:

1. Representa un comercio trilateral de 2 mil 800 millones de dólares diarios.

2. México exporta a sus socios del TLCAN 36 millones de dólares cada hora.

3. En 2015, México proveyó a sus socios del TLCAN el 12 por ciento de sus exportaciones contra el 5 por ciento que representaban en 1993.

4. Entre 1999 y el segundo trimestre de 2016, México recibió de Estados Unidos y Canadá, 232 mil 742 millones de dólares de inversión extranjera directa, el 52 por ciento de la total.

5. Entre 1993 y 2015, el comercio total entre los tres países creció 468 por ciento, equivalente al 7.6 por ciento anual.

A pesar de estos aparentemente buenos resultados en materia comercial, a 24 años de su puesta en marcha, la realidad nacional quedó muy por debajo de las expectativas.

1. Entre 1993 y 2018, la inversión creció 2.3 por ciento en promedio anual y se mantuvo constante en alrededor del 21 por ciento del PIB.6

2. Entre 2003 y 2017 (periodo para el cual se dispone de cifras comparables), los puestos de trabajo remunerados aumentaron 1.5 por ciento en promedio anual y las remuneraciones reales por trabajador sólo crecieron 0.8 por ciento.7

3. Entre 1993 y 2018 el crecimiento promedio del PIB fue de 2.5 por ciento, que restado el crecimiento de la población equivale a un muy bajo crecimiento de sólo 1.0 por ciento por habitante.8

4. Entre 1992 y 2016, la población en situación de pobreza por ingresos pasó de 46 a 62 millones de personas, el 53 y el 51 por ciento de la población total, respectivamente.9

No se debe atribuir al TLCAN estos pobres resultados. El problema ha sido que en México no se han aplicado las acciones necesarias para aprovecharlo de mejor manera. Dentro de lo que dejó de hacerse destaca:

1. El abandono de una política industrial que permitiera fomentar la integración de cadenas productivas para incrementar el contenido nacional de la producción y de manera especial de las exportaciones.

2. Las insuficientes acciones para mejorar la competitividad del país y por lo menos acercarse a sus principales socios comerciales. Entre 2001 y 2017, Estados Unidos se mantuvo en el segundo lugar a nivel mundial en el Índice de Competitividad Global del Foro Económico Mundial. Canadá cayó del lugar 3 al 14 y México también cayó del lugar 42 al 51.

De acuerdo con la nueva metodología aplicada por el Foro Económico Mundial, en 2018 México ocupa el lugar 46 de 140 países, contra el 1 de Estados Unidos y el 12 de Canadá.

En algunos aspectos México está muy mal calificado, como, por ejemplo: seguridad pública (130), capital social (108), corrupción (113), independencia judicial (110), derechos de propiedad (85), educación (86) y mercado laboral (100).

Todos estos aspectos no son producto de las relaciones comerciales, aunque si las afectan, sino del descuido de los gobiernos para atender su problemática.

3. La productividad total de los factores se ha mantenido prácticamente estancada. En su libro “Esfuerzos mal recompensados”, Santiago Levy atribuye el estancamiento de la productividad a una deficiente asignación de recursos, lo que significa que parte de las inversiones se han canalizado a empresas de baja productividad, limitando los recursos de las empresas más productivas, lo que a su vez es ocasionado por deficientes políticas públicas; es decir, por la ineficiencia del gobierno.

De lo anterior se desprende que, si bien es cierto que las relaciones comerciales con el exterior y de manera relevante con los socios de Norteamérica son importantes, no han tenido ni tendrán un impacto significativo en el desarrollo social y económico si no se toman las medidas pertinentes para mejorar el funcionamiento de las instituciones, de tal manera que mejoren la asignación de recursos para elevar la productividad y la competitividad del país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Economía a que, en aras del mejoramiento de las condiciones de productividad y competitividad nacionales, diseñe e implemente políticas públicas que permitan superar los retos derivados de los objetivos que no se concretaron en la negociación del nuevo acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá, y que pudieran representar afectar la economía de nuestro país.

Notas

1 Banco de México. Tipo de Cambio FIX

2 Banco de México. Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores

3Blanco, Daniel. Sector farmacéutico detonaría con USMCA: Kalach. El Financiero 4 de octubre de 2018. Disponible en:

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/mas-ied-farmaceu tica-podria-llegar-a-mexico-con-firma-de-usmca-kalach

4 Cálculos propios con base en INEGI. Industria Manufacturera, Maquiladora de Servicios a la Exportación (IMMEX)

5Secretaría de Economía, evaluación de resultados del TLCAN, noviembre de 2016. disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/166615/2._Evaluaci_n_Res ultados_TLCAN_Senado__9nov2016_.pdf consultado el 23 de octubre de 2018

6 Inegi. Sistema de Cuentas Nacionales

7 Ibidem

8 Ibidem

9 Coneval. Evolución de la Pobreza por la Dimensión del Ingreso 1992-2016.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Dolores Padierna Luna (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo al bloqueo económico de EU contra Cuba, a cargo de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con los artículos 6 fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

En el marco del día de hoy, a 73 años de lucha por la paz, se conmemora el aniversario de la entrada en vigor en 1945 de la Carta de las Naciones Unidas reconociendo a la asociación más importante a nivel global y que desde entonces lucha por la paz y seguridad entre sus Estados miembros.

Es por ello que hoy quiero hablar de un tema sensible, que desde hace más de 50 años vulnera la soberanía de Cuba, viola sus derechos y rompe la autonomía de su país.

La Asamblea General de las Naciones Unidas que contiene la declaración relativa a los principios de Derecho Internacional establece que:

“Ningún Estado puede aplicar o fomentar el uso de medi­das económicas, políticas o de cualquier otra índole para coaccionar a otro Estado a fin de lograr que subordine el ejercicio de sus derechos soberanos y obtener de él venta­jas de cualquier orden. Todo Estado tiene derecho inalienable de elegir su sistema político, económico, social y cultural sin injerencia en ninguna forma por parte de ningún otro Estado.”

El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América en contra de la Isla de Cuba desde hace 50 años es el más largo en la historia de la humanidad, es la expresión más elevada de una política cruel e inhumana, carente de legalidad y legitimidad que está diseñada deliberadamente para provocar hambre, enfermedades y desesperación en la población cubana.

El 1 de enero de 1959 la lucha revolucionaria en Cuba contra el régimen dictatorial de Fulgencio Batista culminó victoriosamente y llegó al poder el movimiento revolucionario liderado por Fidel Castro. Las medidas adoptadas por el gobierno revolucionario destinadas a recuperar las riquezas del país y a ponerlas al servicio del pueblo afectaron los intereses de los grandes monopolios norteamericanos que por más de medio siglo habían saqueado los recursos de la isla e influido en su política interna.

Guillermo Prieto, escritor y político mexicano, rescata un concepto de valoración estratégica de la independencia cubana referido a la República Mexicana la cual emerge una difícil prueba de intervención extrajera, a su vez retoma los planteamientos postindependentistas en su doble aspecto político-económico, y así lo manifestó:

“Si son los americanos los que ayudan a los cubanos, la anexión será inevitable y la anexión sería fatal para nosotros. Conviene por lo mismo que sean los pueblos iberos del pueblo colombino los que tomen parte de la contienda para que la perla de las Antillas no pase a formar parte de la vecina federación. Cuba que ha sido llamada y con razón la llave del golfo mexicano debe ser independiente porque sólo así dejará de ser funesta para nosotros... Que los mexicanos estudien, que el gobierno piense y no olvidemos sobre todo que el tiempo urge y que apremien las circunstancias.”

Dichas acciones se encaminan literalmente a aislar, asfixiar e inmovilizar a Cuba con objetivos políticos claros de imponer un nuevo gobierno basado en los principios del liberalismo económico y su doctrina del libre mercado.

Recordamos la invasión a la Bahía de Cochinos en 1961, cuyo objetivo era desestabilizar a un gobierno emanado de la Revolución Cubana, por medio de actos de sabotaje, terrorismo, asesinatos de líderes cubanos, ataques militares y espionaje.

Según la resolución 71/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada “Necesidad de ponerle fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba”. Los daños acumulados por el bloqueo durante casi seis décadas de aplicación alcanzan la cifra de 822 mil 280 millones de dólares.

En el año 2016 y 2017 el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden de 4 mil 305.4 millones de dólares. Para poner en perspectivas esta cifra, según estimaciones realizadas por el Ministerio de Economía y Planificación de Cuba, el país requiere entre 2 mil y 2 mil quinientos millones de dólares de inversión extranjera directa anual para alcanzar su desarrollo económico. En otras palabras, el costo del bloqueo anual representa para Cuba alrededor del doble de lo necesario para el desarrollo total de su economía.

En noviembre de 2017, La Asamblea General de la ONU aprobó con 191 votos a favor una resolución que solicita el levantamiento del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a Cuba por Estados Unidos. En esta votación Estados Unidos e Israel fueron los dos países que votaron en contra del documento.

Samantha Power, exembajadora estadounidense ante la ONU, expresó que durante más de 50 años Estados Unidos mantuvo una política destinada a aislar a Cuba, pero en realidad a quien se aisló fue a Washington en el seno de la ONU. Dicho argumento fue retomado por 10 senadores demócratas estadounidenses quienes instaron al presidente Donald Trump de abstenerse respecto a la resolución del bloqueo y lo calificaron de fallido y condenado por la comunidad internacional.

Varios países, incluyendo Estados Unidos, han reconocido el éxito de Cuba en la esfera de la salud y han manifestado que el sistema de salud cubano es superior al de otros países en desarrollo y compite con el de muchos países desarrollados; pese a todas las limitaciones materiales a las que se ha enfrentado, no ha sido consecuente con ponerle fin a este bloqueo.

En la actualidad Cuba es vanguardia en diferentes campos y este es el legado de Fidel Castro al mundo.

1. Cuba tiene convenio con 67 países en materia de salud, deporte, educación, etcétera.

2. Más de 65 mil cooperantes cubanos laboran en 89 países, sobre todo en las esferas de la salud y la educación.

3. Se han graduado en la isla 68 mil profesionales y técnicos de 157 países; de ellos, 30 mil de la salud.

4. Las brigadas cubanas han brindado atención médica al pueblo haitiano desde 1998.

5. Su trabajo en la erradicación del cólera, el ébola y otras epidemias ha sido calificado como heroico por la ONU.

Por lo que se refiere a avances significativos, Cuba se ha convertido en el único país de América Latina y el Caribe que no presenta el grave problema de la desnutrición infantil severa, de acuerdo con el reporte Progreso para la infancia, un balance sobre la nutrición publicado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) señaló, en 2014, que “Cuba se ha convertido en un referente de la seguridad alimentaria en América Latina y el Caribe, ya que es uno de los ocho países de la región que han logrado erradicar el hambre, que implica, que el hambre sí puede ser superada si un pueblo entero, una nación, sus ciudadanos y el gobierno deciden decir no más hambre.”

El presidente cubano Raúl Castro ha señalado en diversos espacios que los establecimientos de las relaciones diplomáticas han sido el inicio de un proceso hacia la normalización. No obstante, esta normalización no será posible mientras exista el bloqueo, mientras no se devuelva el territorio ilegalmente ocupado por la base militar de Guantánamo, mientras persistan las transmisiones radiales y televisivas violatorias de las normas internacionales, y mientras no haya compensación justa a nuestro pueblo por los daños económicos y humanos que ha sufrido. “No hay sector en Cuba que no sufra las consecuencias del bloqueo.

La aplicación de esta política afecta los servicios, la salud, la educación, la economía, los precios, los salarios, la alimentación y la seguridad social. No hay elemento en la vida cotidiana del cubano en que no esté presente el impacto del bloqueo”, así lo manifestó el diario Granma.

“El bloqueo daña al pueblo cubano. Carencias y privaciones son el diario de las familias cubanas”

Por otro lado, la ONU condenó el bloqueo contra Cuba por vigesimosexta ocasión consecutiva y demandó el levantamiento del cerco aplicado por Washington a la isla hace más de medio siglo. Por lo que respecta al representante de la Celac (Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños), expresó que ese mecanismo regional lamenta la persistencia del bloqueo y afirmó que los países latinoamericanos lamentan la nueva política estadounidense que busca recrudecer el bloqueo y que constituye un retroceso en las relaciones diplomáticas entre Cuba y Estados Unidos.

En este tiempo es importante hacer un llamado para reflexionar sobre el significado que adquiere el siguiente pensamiento:

“Ayudar al que lo necesita no sólo es parte del deber sino de la felicidad, por ello desde diversas trincheras se debe buscar la justicia equilibrada que permita que los cubanos no sean limitados ni excluidos del mundo globalizado.”

José Martí

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión con pleno respeto a los principios de política exterior consagrados en nuestra Constitución, se pronuncia en contra del bloqueo comercial, económico y financiero impuesto por Estados Unidos en contra de la República de Cuba.

Segundo . La Cámara de Diputados expresa una respetuosa petición al Congreso de Estados Unidos de América, de ponerle fin al bloqueo económico en contra de la República de Cuba y a que sea consecuente con el proyecto de resolución cubano “Necesidad de poner fin al bloqueo económico comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba”, de la Asamblea General de la ONU de fecha 27 de octubre de 2015.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la necesidad de garantizar derechos para la caravana migrante, a cargo de la diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, secretaria de la Comisión de la Frontera Sur de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con base en lo siguiente:

A siete años de la reforma constitucional en materia de derechos humanos que consagró el espectro de derechos fundamentales para todas las personas sin discriminación, estableciendo obligaciones para el Estado mexicano de proteger, promover, respetar y garantizar los derechos humanos; es deber que desde el Poder Legislativo federal realicemos esfuerzos para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones por las autoridades públicas en cumplimiento del mandato establecido por sufragio efectivo de nuestras y nuestros representados.

Con relación a la caravana de migrantes centroamericanos que huyen de sus contextos de exclusión, violencia y muerte en busca de una oportunidad de trabajo en los Estados Unidos de América (EUA), en mi carácter de integrante de la Comisión de Asuntos Fronterizos Sur Sureste de esta Cámara de Diputados realizo este respetuoso exhorto considerando que migrar no es un delito, migrar es un derecho. Y estos derechos son particularmente aplicables en un contexto de vulnerabilidad social como es la condición de migrante. El marco de derechos que protege a las y los integrantes de la Caravana Migrante lo establecen el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador, así como la Convención sobre Derechos del Niño y la Convención Interamericana para Prevenir y Eliminar la Violencia contra la Mujer. Todos los anteriores completan el marco legal de protección que establecen el artículo primero, cuarto, 7, 8, 9, 14 y 16 constitucionales.

En consecuencia, y para garantizar los Principios Pro Persona, del Interés Superior del Niño así como los derechos de mujeres y hombres integrantes de la Caravana Migrante:

Puntos de Acuerdo

Primero . Exhorto a los secretarios de Gobernación, así como de Relaciones Exteriores, a urgir las gestiones ante el Alto Comisionado para los Refugiados de la Organización de las Naciones Unidas para dar una salida humanitaria a esta crisis y privilegiar el diálogo y el cumplimiento del marco de derechos para los integrantes de la Caravana Migrante descartando soluciones autoritarias y propias del siglo pasado.

Segundo . Exhorto al titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a desplegar personal de visitadurías en los puntos de presencia policiaca y militar de la frontera sur por donde pasara la Caravana Migrante para cumplir con su función constitucional de velar por el respeto a los derechos humanos de las y los migrantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a llevar a cabo acciones para emitir la declaratoria de desastre natural por las lluvias atípicas suscitadas el presente mes en el oriente del Istmo oaxaqueño, a cargo de la diputada Rosalinda Domínguez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Rosalinda Domínguez Flores, diputada federal a la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o. y el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

Desde mediados del mes de octubre del año en curso, en el estado de Oaxaca se han presentaron lluvias que por su intensidad resultaron atípicas, dejando en varios municipios de la zona oriente del Istmo de Oaxaca serias afectaciones a las viviendas, a la infraestructura urbana y a las vialidades federales.

Hasta el momento, como saldo de este desastre natural, se tienen decenas de miles de damnificados, municipios como Santa María Chimalapa, San Pedro Tapanatepec, San Miguel Chimalapa, Santo Domingo Zanatepec, Santiago Niltepec y Reforma de Pineda, por mencionar tan solo algunos de ellos, se encuentran con casas inundadas, ríos desbordados, cosechas perdidas, derrumbes en las carreteras y caminos que en algunos casos dejan comunidades incomunicadas o de muy difícil acceso, por lo que en varias partes los víveres comienzan a escasear.

Las personas de estas comunidades requieren ayuda de manera urgente, de tal forma que es necesario poner en marcha los mecanismos para acceder al Fondo de Desastres Naturales (Fonden), ya que éste está destinado a la atención de los efectos de Desastres Naturales, imprevisibles, cuya magnitud supere la capacidad financiera de respuesta de la dependencias y entidades paraestatales, así como de las entidades federativas, como es el caso que nos ocupa.

Pero para que estos fondos se liberen y por medio de ellos se pueda brindar a las personas afectadas la ayuda que necesitan, se requiere que los gobiernos municipales, el gobierno estatal y el federal, desde sus respectivas atribuciones lleven a cabo una serie de diligencias.

Por lo expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a los gobiernos municipales de los 41 municipios de la zona oriente del Istmo de Oaxaca, al gobierno estatal del mismo estado y a la Secretaría de Gobernación de la federación, a que de inmediato y desde sus respectivas competencias, lleven a cabo las acciones necesarias a fin de emitir la Declaratoria de Desastre Natural por las lluvias atípicas del presente mes de octubre, que se han presentado en el oriente del Istmo oaxaqueño, se liberen los recursos que para estas situaciones tiene asignado el Fondo de Desastres Naturales y se preste el auxilio que requieren los habitantes de dicho municipio.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2018.

Diputada Rosalinda Domínguez Flores (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a garantizar los derechos de los centroamericanos que cruzan el territorio nacional en la caravana migrante, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario de Morena

Lorenia Iveth Valles Sampedro, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esa soberanía la siguiente proposición de punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base en los siguientes

Considerandos

Primero. Que México tiene una tradición histórica de hospitalidad, asilo y refugio para las personas de origen extranjero que buscan mejores condiciones de vida y que sus Estados no les otorgan y, por consecuencia, tienen la única opción de migrar por diversas razones, incluidas las de seguridad y las económicas.

Segundo. Que el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, reiteró su exigencia de que se les garantice a los migrantes centroamericanos la protección necesaria y nada de mal trato ya que no queremos que ellos sufran lo padecen nuestros compatriotas sufren cuando desean migrar a los Estados Unidos, exigencia que es congruente con las disposiciones constitucionales, legales y de los instrumentos jurídicos internacionales.

Tercero. Que la Ley de Migración establece en su artículo 2 una serie de principios generales que sustentan la política migratoria, dentro de los que se encuentran:

• El respeto irrestricto de los derechos humanos de los migrantes, nacionales y extranjeros, sea cual fuere su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y situación migratoria, con especial atención a grupos vulnerables como menores de edad, mujeres, indígenas, adolescentes y personas de la tercera edad, así como a víctimas del delito. En ningún caso una situación migratoria irregular preconfigurará por sí misma la comisión de un delito ni se prejuzgará la comisión de ilícitos por parte de un migrante por el hecho de encontrarse en condición no documentada.

• La congruencia de manera que el Estado mexicano garantice la vigencia de los derechos que reclama para sus connacionales en el exterior, en la admisión, ingreso, permanencia, tránsito, deportación y retorno asistido de extranjeros en su territorio.

• El enfoque integral acorde con la complejidad de la movilidad internacional de personas, que atienda las diversas manifestaciones de migración en México como país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes, considerando sus causas estructurales y sus consecuencias inmediatas y futuras.

• La responsabilidad compartida con los gobiernos de los diversos países y entre las instituciones nacionales y extranjeras involucradas en el tema migratorio.

• La hospitalidad y solidaridad internacional con las personas que necesitan un nuevo lugar de residencia temporal o permanente debido a condiciones extremas en su país de origen que ponen en riesgo su vida o su convivencia, de acuerdo con la tradición mexicana en este sentido, los tratados y el derecho internacional.

• La equidad entre nacionales y extranjeros, como indica la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, especialmente en lo que respecta a la plena observancia de las garantías individuales, tanto para nacionales como para extranjeros.

• La unidad familiar e interés superior de la niña, niño y adolescente, como criterio prioritario de internación y estancia de extranjeros para la residencia temporal o permanente en México, junto con las necesidades laborales y las causas humanitarias, en tanto que la unidad familiar es un elemento sustantivo para la conformación de un sano y productivo tejido social de las comunidades de extranjeros en el país.

• El Poder Ejecutivo determinará la política migratoria del país en su parte operativa, para lo cual deberá recoger las demandas y posicionamientos de los otros Poderes de la Unión, de los gobiernos de las entidades federativas y de la sociedad civil organizada, tomando en consideración la tradición humanitaria de México y su compromiso indeclinable con los derechos humanos, el desarrollo y la seguridad nacional, pública y fronteriza.

Cuarto. Que ese mismo ordenamiento jurídico establece un título específico sobre derechos y obligaciones de los migrantes de los cuales destacan los siguientes:

Artículo 6. El Estado mexicano garantizará el ejercicio de los derechos y libertades de los extranjeros reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano y en las disposiciones jurídicas aplicables, con independencia de su situación migratoria.

Artículo 7. La libertad de toda persona para ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional tendrá las limitaciones establecidas en la Constitución, los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.

El libre tránsito es un derecho de toda persona y es deber de cualquier autoridad promoverlo y respetarlo. Ninguna persona será requerida de comprobar su nacionalidad y situación migratoria en el territorio nacional, más que por la autoridad competente en los casos y bajo las circunstancias establecidos en la presente ley.

Artículo 8. Los migrantes podrán acceder a los servicios educativos provistos por los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria y conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Los migrantes tendrán derecho a recibir cualquier tipo de atención médica, provista por los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Los migrantes independientemente de su situación migratoria, tendrán derecho a recibir de manera gratuita y sin restricción alguna, cualquier tipo de atención médica urgente que resulte necesaria para preservar su vida.

En la prestación de servicios educativos y médicos, ningún acto administrativo establecerá restricciones al extranjero, mayores a las establecidas de manera general para los mexicanos.

Artículo 9. Los jueces u oficiales del Registro Civil no podrán negar a los migrantes, independientemente de su situación migratoria, la autorización de los actos del estado civil ni la expedición de las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte.

Artículo 10. El Estado mexicano garantizará a los migrantes que pretendan ingresar de forma regular al país o que residan en territorio nacional con situación migratoria regular, así como a aquéllos que pretendan regularizar su situación migratoria en el país, el derecho a la preservación de la unidad familiar.

Artículo 11. En cualquier caso, independientemente de su situación migratoria, los migrantes tendrán derecho a la procuración e impartición de justicia, respetando en todo momento el derecho al debido proceso, así como a presentar quejas en materia de derechos humanos, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Constitución y demás leyes aplicables.

En los procedimientos aplicables a niñas, niños y adolescentes migrantes, se tendrá en cuenta su edad y se privilegiará el interés superior de los mismos.

Artículo 12. Los migrantes, independientemente de su situación migratoria, tendrán derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano.

Artículo 13. Los migrantes y sus familiares que se encuentren en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos tendrán derecho a que se les proporcione información acerca de:

Sus derechos y obligaciones, conforme a la legislación vigente;

Los requisitos establecidos por la legislación aplicable para su admisión, permanencia y salida, y

La posibilidad de solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, del otorgamiento de protección complementaria o de la concesión de asilo político y la determinación de apátrida, así como los procedimientos respectivos para obtener dichas condiciones.

La Secretaría adoptará las medidas que considere apropiadas para dar a conocer la información mencionada, de conformidad con la legislación aplicable.

Artículo 14. Cuando el migrante, independientemente de su situación migratoria, no hable o no entienda el idioma español, se le nombrará de oficio un traductor o intérprete que tenga conocimiento de su lengua, para facilitar la comunicación.

Cuando el migrante sea sordo y sepa leer y escribir, se le interrogará por escrito o por medio de un intérprete. En caso contrario, se designará como intérprete a una persona que pueda entenderlo.

En caso de dictarse sentencia condenatoria a un migrante, independientemente de su condición migratoria, las autoridades judiciales estarán obligadas a informarle de los tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de traslado de reos, así como de cualquier otro que pudiera beneficiarlo.

Artículo 15. El Estado mexicano promoverá el acceso y la integración de los migrantes que obtengan la condición de estancia de residentes temporales y residentes permanentes, a los distintos ámbitos de la vida económica y social del país, garantizando el respeto a su identidad y a su diversidad étnica y cultural.

Quinto. Que son autoridades auxiliares en materia de atención a migrantes, quienes tienen atribuciones específicas de acuerdo con la Ley de Migración, y que deben cumplir ante este fenómeno migratorio la Secretaría de Salud, la PGR, el DIF nacional y los sistemas estatales y de la Ciudad de México y el Instituto Nacional de las Mujeres.

Sexto. Que también esta Ley cuenta con un Título específico sobre la protección de migrantes que transitan sobre el territorio nacional, que a continuación se definen:

Artículo 66. La situación migratoria de un migrante no impedirá el ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, así como en la presente ley.

El Estado mexicano garantizará el derecho a la seguridad personal de los migrantes, con independencia de su situación migratoria.

Artículo 67. Todos los migrantes en situación migratoria irregular tienen derecho a ser tratados sin discriminación alguna y con el debido respeto a sus derechos humanos.

Artículo 68. La presentación de los migrantes en situación migratoria irregular sólo puede realizarse por el Instituto en los casos previstos en esta ley; deberá constar en actas y no podrá exceder del término de 36 horas contadas a partir de su puesta a disposición.

Durante el procedimiento administrativo migratorio que incluye la presentación, el alojamiento en las estaciones migratorias, el retorno asistido y la deportación, los servidores públicos del Instituto deberán de respetar los derechos reconocidos a los migrantes en situación migratoria irregular establecidos en el Título Sexto de la presente ley.

Artículo 69. Los migrantes que se encuentren en situación migratoria irregular en el país tendrán derecho a que las autoridades migratorias, al momento de su presentación, les proporcionen información acerca de:

I. Sus derechos y garantías de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable y en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano;

II. El motivo de su presentación;

III. Los requisitos establecidos para su admisión, sus derechos y obligaciones de acuerdo con lo establecido por la legislación aplicable;

IV. La notificación inmediata de su presentación por parte de la autoridad migratoria, al consulado del país del cual manifiesta ser nacional, excepto en el caso de que el extranjero pudiera acceder al asilo político o al reconocimiento de la condición de refugiado;

V. La posibilidad de regularizar su situación migratoria, en términos de lo dispuesto por los artículos 132, 133 y 134 de esta ley, y

VI. La posibilidad de constituir garantía en los términos del artículo 102 de esta Ley.

Artículo 70. Todo migrante tiene derecho a ser asistido o representado legalmente por la persona que designe durante el procedimiento administrativo migratorio. El Instituto podrá celebrar los convenios de colaboración que se requieran y establecerá facilidades para que las organizaciones de la sociedad civil ofrezcan servicios de asesoría y representación legal a los migrantes en situación migratoria irregular a quienes se les haya iniciado un procedimiento administrativo migratorio.

Durante el procedimiento administrativo migratorio los migrantes tendrán derecho al debido proceso que consiste en que el procedimiento sea sustanciado por autoridad competente; el derecho a ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga, a tener acceso a las constancias del expediente administrativo migratorio; a contar con un traductor o intérprete para facilitar la comunicación, en caso de que no hable o no entienda el español y a que las resoluciones de la autoridad estén debidamente fundadas y motivadas.

Artículo 71. La Secretaría creará grupos de protección a migrantes que se encuentren en territorio nacional, los que tendrán por objeto la protección y defensa de sus derechos, con independencia de su nacionalidad o situación migratoria.

La Secretaría celebrará convenios de colaboración y concertación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas o municipios, con las organizaciones de la sociedad civil o con los particulares, con el objeto de que participen en la instalación y funcionamiento de los grupos de protección a migrantes.

Artículo 72. La Secretaría celebrará convenios con las dependencias y entidades del Gobierno Federal, de las entidades federativas y de los municipios para implementar acciones tendientes a coadyuvar con los actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes que realizan las organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas.

Artículo 73. La Secretaría deberá implementar acciones que permitan brindar una atención adecuada a los migrantes que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de vulnerabilidad como son las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, las mujeres, las víctimas de delitos, las personas con discapacidad y las adultas mayores.

Para tal efecto, la Secretaría podrá establecer convenios de coordinación con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas o municipios y con las organizaciones de la sociedad civil especializadas en la atención de personas en situación de vulnerabilidad.

Artículo 74. Cuando así convenga al interés superior de la niña, niño o adolescente migrante extranjero no acompañado, dicho niño, niña o adolescente será documentado provisionalmente como visitante por razones humanitarias en términos del artículo 52, fracción V, de esta Ley, mientras la Secretaría ofrece alternativas jurídicas o humanitarias temporales o permanentes al retorno asistido.

En el Reglamento se establecerá el procedimiento que deberá seguirse para la determinación del interés superior de la niña, niño o adolescente migrante no acompañado.

Artículo 75. La Secretaría celebrará convenios de colaboración con dependencias y entidades del Gobierno Federal, de las entidades federativas y de los municipios para el efecto de establecer acciones de coordinación en materia de prevención, persecución, combate y atención a los migrantes que son víctimas del delito.

Artículo 76. El Instituto no podrá realizar visitas de verificación migratoria en los lugares donde se encuentre migrantes albergados por organizaciones de la sociedad civil o personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes.

Séptimo. Que la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político también establece el marco normativo que favorece a las personas migrantes para este caso y que deben observarse a cabalidad.

Octavo. Que es responsabilidad de las autoridades mexicanas hacer cumplir los principios humanitarios y los instrumentos internacionales que protegen a las personas migrantes, sin demora y bajo el principio pro persona.

Noveno. Que el 19 de septiembre de 2016 la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración de Nueva York para Refugiados y Migrantes, escogiendo a México y Suiza como coordinadores para la redacción del Pacto Global en la materia que va a ser aprobado en diciembre próximo en Marruecos. Esto implica que a México se le reconoce su tradición hospitalaria hacia los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo que no puede defraudar frente a esta situación particular con los migrantes centroamericanos. Una decisión errónea puede minar el respeto que nos ha conferido la comunidad internacional.

Décimo. Que nuestro país debe salvaguardar el proceso de internación de los migrantes centroamericanos y evitar cualquier afectación que atente contra la vida de los migrantes como ya ha ocurrido anteriormente como la matanza de migrantes en San Fernando, Tamaulipas en 2010.

Undécimo. Que esta soberanía se congratula con la sociedad mexicana que está apoyando y ayudando de manera humanitaria a los migrantes centroamericanos porque se trata de una situación de condición humana.

Duodécimo. Que el gobierno federal no debe verse presionado ni aceptar amenaza alguna vertidas por ningún mandatario de país extranjero y, a través de las facultades que le confiere la Constitución al presidente de la República, debe velar por los principios de la doctrina Estrada, en particular el de no intervención, en particular a no involucrarse en los procesos electorales de otras naciones por cualquier medio, directa o indirectamente.

Decimotercero. Que las autoridades mexicanas están obligadas a hacer públicas todas las acciones y medidas adoptadas para cumplir con la legislación migratoria y de refugio anteriormente señaladas.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter al pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión rechaza todo uso de violencia y criminalización hacia las personas migrantes y hace un respetuoso pero enérgico exhorto a los titulares de las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, a la autoridad migratoria y sus autoridades auxiliares para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, cumplan con los principios generales, la salvaguarda de los derechos de las personas migrantes, el ejercicio de las competencias de las autoridades auxiliares, la protección de los migrantes que transitan por el territorio nacional, y demás aplicables que establece la Ley de Migración, así como las disposiciones aplicables de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, en beneficio de las personas migrantes de la llamada “caravana migrante” originarios de Honduras, El Salvador, Nicaragua y Guatemala que han venido ingresando al territorio nacional desde el 19 de octubre próximo pasado y emplaza a dichas autoridades que hagan público en un plazo no mayor a quince días un informe pormenorizado sobre las acciones realizadas, la aplicación de los artículos y títulos de la ley referidos y las medidas que ha de tomar como consecuencia de este fenómeno migratorio.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a formar una mesa de trabajo entre la concesionaria y las autoridades municipales, estatales y federales para analizar y solucionar finalmente la reubicación de las vías férreas y evitar así que éstas atraviesen la zona conurbada Zacatecas-Guadalupe, a cargo del diputado Óscar Rafael Novella Macías, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado federal, Óscar Rafael Novella Macías, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Regeneración Nacional en esta LXIV legislatura y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3, y 79, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución , para que se conforme una mesa de trabajo entre la empresa concesionaria Ferromex y las autoridades municipales, estatales y federales; asimismo, para que se etiqueten recursos para este fin, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Desde finales del siglo XIX y principios del XX, y hasta la actualidad, las vías férreas han sido fundamentales para el desarrollo económico de nuestro país, ya que al mismo tiempo del desarrollo del sistema ferroviario, se presenta el crecimiento industrial y económico. Sin embargo, el hecho de que las vías que actualmente recorren nuestro país pasan prácticamente por los mismos lugares por los que pasaban a principios del siglo pasado, así como el crecimiento geográfico y demográfico natural de las ciudades, ha creado un grave problema social de seguridad y de calidad de vida de los habitantes de las ciudades por donde pasa el tren, como es el caso de la zona conurbada que comprende las ciudades de Zacatecas y Guadalupe donde este problema ya ha cobrado varias vidas, tan solo en los últimos años.

Según la Carpeta informativa del CESOP con fecha de junio de este año titulada “El Transporte Ferroviario en México”, el sistema ferroviario del país está compuesto por 23 mil 389 kilómetros de vías férreas que actualmente se encuentran en operación,1 y según la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, hasta finales del año pasado, el personal que se dedica a actividades ferroviarias en México ascendía a 15 mil 736 personas.2 En 2017 se transportaron 126 millones de toneladas de diversos productos industriales, agrícolas, minerales, químicos, forestales y animales, a través de este medio de transporte.3

Todas estas cifras nos dejan ver que el ferrocarril es de gran importancia para la economía y el desarrollo del país, y si consideramos que el transporte en tren puede llegar a ser hasta 42 por ciento más económico en comparación con otros tipos de transporte,4 sería imposible negar que este medio ha permitido a las empresas reducir costos, asimismo, permite que sus mercancías lleguen a donde otros medios de transporte no pueden hacerlo.

Por todo lo anterior, reconozco la importancia que representa el sistema ferroviario para la economía, sin embargo, el hecho de que el tren transite por zonas habitacionales y de gran flujo social en las ciudades de Zacatecas y Guadalupe, ha traído como consecuencia diversos problemas graves como descarrilamientos, choques, atropellamientos, volcaduras que afectan a la población de esta región.

Por ejemplo el 30 de abril de este 2018 la desatención de este asunto arrebató la vida a cuatro personas, entre ellas un menor de edad, y dejó herido de gravedad a otro.5 El pasado 8 de mayo una persona fue arrollada sobre el tramo ferroviario situado a un costado de la avenida Nueva Celaya, frente al centro comercial Plaza Futura.6 El 5 de octubre del año pasado se descarrilaron 13 vagones en el crucero Nueva Celaya-San Marcos,7 causando fuertes daños y pérdidas materiales, afortunadamente este accidente ocurrió en horas que no es muy transitado dicho crucero, pues en ese mismo lugar, el 3 de octubre del 2015, una persona ya había perdió la vida al ser alcanzado en su vehículo por seis vagones cargados de grava y arena.8 El 23 abril de este 2018, 10 vagones se salieron de las vías y cinco más volcaron en la curva de la Araña, ubicado entre las colonias Alma Obrera y Honorable Ayuntamiento, de la capital zacatecana.9 También este año en la colonia Pánfilo Natera se presentó un percance que dejo daños en el tren y en dos vehículos particulares, afortunadamente, el siniestro no dejó personas lesionadas.

Estos son sólo algunos ejemplos de las molestias y peligros a los que se exponen los habitantes y visitantes de Zacatecas-Guadalupe, y si consideramos que frecuentemente el tren transporta material peligroso, una tragedia mayor no ha sucedido sencillamente por suerte y por la pericia y entrega de los operarios.

La exigencia de la población de la zona conurbada Zacatecas-Guadalupe de reubicar las vías del tren del tramo antes señalado, actualmente concesionado a la empresa Ferromex, se trata de una petición legítima, tanto por el riesgo constante de que ocurra uno de los siniestros antes mencionados, como por los daños estructurales en los edificios y casas cercanas a las vías, además de la terrible contaminación auditiva que provoca.

Además, según el estudio del CESOP antes citado, el robo de elementos de vía durante el primer trimestre de este año, se incrementó 131 por ciento respecto al último trimestre del 2017, lo que aumenta de manera significativa el riesgo de descarrilamiento. Y si analizamos el caso particular de Zacatecas podemos observar que los 42 robos que se han dado sólo entre enero y marzo del 2018 ya superaron los 35 que ocurrieron en todo 2017. 10 Como se ha dicho, esto potencializa las posibilidades de un accidente, y si el tren transportase material peligroso, como productos químicos contaminante o inflamables, estaríamos hablando de que una catástrofe a gran escala es un riesgo permanente.

¿Para qué esperar a que pase una tragedia que pueda cobrar miles de vidas?

Al respecto, quiero mencionar que ya se han presentado diversas propuestas legislativas para la reubicación de las vías del tren, sin embargo, estas no han tenido eco en el gobierno federal, ya que el tren sigue pasando por la mancha urbana. Lo único que se ha hecho al respecto es que se ha reducido en dicho tramo la velocidad, lo que evidentemente no ha solucionado el problema, y sólo ha aumentado los costes para transportar las diferentes mercancías.

En ese orden de ideas y atendiendo a las reflexiones realizadas en el presente punto de acuerdo, es que acompañamos el sentir la población de Zacatecas y Guadalupe, y nos sumamos a la demanda para que se reubiquen las vías del tren, ya sea en el tramo señalado o añadiendo otros que también representen zonas de riesgo.

Por lo anteriormente expuesto y bajo los argumentos de brindar una mejor seguridad y una mejor calidad de vida de los zacatecanos y guadalupenses, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que conforme y coordine una mesa de trabajo en la que participen autoridades municipales de Zacatecas y Guadalupe, autoridades estatales y autoridades federales, así como representantes de Ferromex, para analizar y dar finalmente una solución a la problemática, de tal manera que se reubiquen las vías férreas y no atraviesen más la zona conurbada Zacatecas-Guadalupe.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2019, se destinen recursos para reubicar las vías del tren que pasan por la Zona conurbada Zacatecas-Guadalupe.

Notas

1 file:///C:/Users/Usuario/Downloads/CESOP-IL-72-14-Trans porteFerroviario-220618.pdf

2 Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, “Anuario Estadístico Ferroviario 2017”, SCT, México, 2017.

3 file:///C:/Users/Usuario/Downloads/CESOP-IL-72-14-TransporteFerroviario -220618.pdf

4 Plan Nacional de Desarrollo, 2013-2018, “Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes”, Presidencia de la República, México, 2014

5 https://www.elsoldezacatecas.com.mx/local/
camion-recolector-de-basura-quiso-ganarle-al-tren-hay-cuatro-muertos-1653004.html

6 http://ntrzacatecas.com/2018/05/08/muere-arrollado-p

7 http://ntrzacatecas.com/2017/10/05/trabajan-en-remocion-de-vagones-desc arrilados/

8 https://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2015/10/3/
muere-victima-de-descarrilamiento-de-tren-en-zacatecas

9 https://www.zacatecas.gob.mx/
descarrilamiento-del-tren-en-zacatecas-no-afecto-viviendas-ni-personas-comandante-caldera/

10 file:///C:/Users/Usuario/Downloads/CESOP-IL-72-14-TransporteFerroviario -220618.pdf

Palacio legislativo de San Lázaro, 25 de octubre de 2018.

Diputado Óscar Rafael Novella Macías (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Infonavit a implantar opciones en los esquemas de pago de créditos hipotecarios, en favor de trabajadores, donde se dé prioridad a la restructuración del adeudo en la modalidad más benéfica para éstos y que genere la pronta liquidación, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, César Agustín Hernández Pérez, diputado federal integrante de la LXIV Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 59, 65, numeral 4, 79, numeral 2, fracción III, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Con la finalidad de dar cumplimiento al derecho humano a la vivienda de los trabajadores, establecido en los artículos 4o. y 123, apartado A, fracción XII, de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 21 de abril de 1972 se promulgó la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la cual dio origen al Infonavit, organismo que en su momento representó una de las instituciones más nobles del país, buscando siempre esquemas en beneficio de la clase trabajadora y siendo uno de los grandes soportes de la economía en México.

Para 1987, el Infonavit comienza a fijar los créditos hipotecarios en veces el salario mínimo mensual, del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, lo que implica que cada año el crédito tenga un ajuste de acuerdo con la inflación, ocasionando que tanto la mensualidad como el saldo remanente del crédito se modifiquen, volviéndose con el paso del tiempo deudas impagables, que en la gran mayoría de los casos rebasan, y en exceso, el costo real de la vivienda. Aquel trabajador que tiene contratado un crédito en veces salario mínimo, tiene un gran inconveniente, ya que cada vez que se actualiza el salario mínimo, la base sobre la cual se habrá de actualizar los intereses, también se incrementan, y al ser créditos a largo plazo, prácticamente las personas no amortizan a capital y al no hacerlo y tener una base variable, cada año su deuda es mayor al crédito inicial.

A partir del 2014, el Infonavit se ha visto en la necesidad de crear programas que permitan que los créditos sean fijados en pesos para todos los rangos salariales, lo que permite mantener un esquema de pago fijo durante la vida del crédito. Sin embargo, ello no ha sido suficiente, pues hay muchos créditos que a la fecha aún no han sido restructurados. El Infonavit debe tener presente que el dinero que presta a los trabajadores para la adquisición de un crédito de vivienda, proviene de sus propios ahorros, no obstante ello; una vez otorgado el crédito de vivienda se les cobra una tasa de interés que es de las más altas del mercado en México, inclusive superior a la de algunas instituciones bancarias.

A partir de 2017, el Infonavit acordó que el saldo y pago del crédito se actualizará conforme al incremento porcentual que resulte menor entre el salario mínimo y la Unidad de Medida y Actualización, UMA,1 lo cual no es suficiente, ya que el saldo del crédito sigue actualizándose y subiendo hasta que se liquida el mismo, pagando saldo más intereses y actualizaciones por un plazo de hasta 30 años.

Los trabajadores muestran su inconformidad, ya que una vez que les es otorgado su crédito de vivienda, su pago mensual se va una parte a capital y otra a intereses, lo que les origina pagar una cantidad en la mayoría de los casos mucho mayor a la suma recibida en un primer momento.

Desde su creación y hasta el 31 de diciembre de 2017 el Infonavit ha formalizado 9 millones 891 mil 878 de créditos. Específicamente, durante 2017, se otorgaron 533 mil 792 créditos, lo cual representa 77 mil 792 soluciones de financiamiento para la vivienda por encima de lo programado.2

Al adquirir un crédito, el trabajador asume obligaciones de pago que deben ser atendidas en tiempo y forma, sin embargo; debido a la situación económica que actualmente impera en nuestro país, muchos trabajadores están pasando por situaciones financieras complicadas ya sea por la disminución de sus ingresos o en el peor de los casos la pérdida de su empleo e incluso la inseguridad en la zona donde se encuentra la vivienda, que los está orillando a dejar de cubrir oportunamente sus créditos y con ello, el riesgo de ser acreedores al pago de intereses moratorios e inclusive pueden perder sus viviendas o dejarlas abandonadas, lo cual está generando inseguridad y preocupación entre los beneficiados con el crédito de vivienda.

Existen datos que señalan que en los últimos catorce años, la cartera vencida del Infonavit aumentó en un 164 por ciento.3 Al mes de junio 2018, el total de la cartera vencida del Instituto ascendía a la cifra de 105,864.28.4

Entre las alternativas que utiliza el Infonavit para la cobranza de créditos se encuentra la de recuperación de los mismos a través de los proveedores de soluciones de cobranza, es decir; despachos externos que apoyan al Instituto en las diferentes etapas de la recuperación de créditos.

Al respecto, el artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores resalta que “con el objeto de preservar y fortalecer el ahorro de los derechohabientes depositado en su subcuenta de vivienda y atendiendo los balances necesarios que su naturaleza social exige, el Instituto brindará opciones que ayuden a los acreditados a conservar su patrimonio, por lo que el Instituto llevará a cabo la recuperación de los créditos que hubiera otorgado partiendo de un esquema de cobranza social aprobado por el Consejo de Administración.”

El Infonavit, en su carácter de organismo con profunda vocación social, debe reconocer en todo momento los derechos fundamentales de los acreditados y dar seguimiento puntual a los lineamientos de servicio en materia de cobranza de crédito que establecen las conductas que deben practicar los proveedores de soluciones de cobranza, en estricto apego al Código de Ética del Infonavit, así como en el Modelo de Cobranza Social del organismo.5 Sin embargo, el Infonavit en lugar de reestructurar o negociar el adeudo con los trabajadores, en ocasiones transfiere los créditos en cartera vencida a despachos externos, sin mediar algún seguimiento de cómo se tramitan y ejecutan los juicios.

En el rubro de la vivienda, las familias que han adquirido una casa habitación de interés social a costos desmedidos a su valor real, viven en la zozobra, toda vez que el Infonavit ha venido cometiendo atropellos otorgando créditos basados en veces salarios mínimo mensual, VSM, y no en pesos, así, como contratando despachos de cobranza particulares quienes lejos de dar seguimientos a los lineamientos establecidos por el Instituto realizan cobros con altos cargos y tasas de interés, dejando a los trabajadores en un estado de indefensión y sin certeza patrimonial al no tener la posibilidad de pagar dichos créditos, siendo en ocasiones las familias objeto de amenazas extra judiciales de desalojo; no debemos olvidar que el Estado debe garantizar el derecho a la vivienda y fortalecer la de interés social.

Lamentablemente, a 46 años de la fundación del Infonavit, ya no queda nada de esa institución noble que favorecía a miles de mexicanos.

Con base en lo expuesto, es por lo que presento este punto de acuerdo con carácter de urgente u obvia resolución, a fin de solicitar en un primer punto que el Infonavit valore las alternativas de crédito y los esquemas de pago de crédito de cada trabajador, y en un segundo petitorio, pedir al Instituto sean fortalecidos los mecanismos de cobranza que actualmente realizan los proveedores de soluciones de cobranza, con la finalidad de que den estricto seguimiento a los lineamientos establecidos por el Instituto.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Infonavit, a implementar alternativas en los esquemas de pago de créditos hipotecarios, en favor de aquellos trabajadores que por alguna razón tengan algún adeudo, priorizando la restructuración del crédito a la modalidad que más beneficie al trabajador y que genere la pronta liquidación del crédito.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Infonavit, a vigilar y fortalecer el esquema de cobranza social que actualmente deben ejecutar los proveedores de soluciones de cobranza contratados por dicho Instituto, a efecto de que éstos den estricto cumplimiento a los lineamientos establecidos por el Instituto y a su Código Ética, ofreciendo alternativas a los trabajadores que estén en cartera vencida, priorizando la liquidación del patrimonio del trabajador.

Notas

1 La Unidad de Medida y Actualización, la fija El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y lo hace tomando como base el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el cual mide la inflación. En este año 2018, conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, equivale a $ 80.60 pesos mexicanos. Es decir, la cuantía para que sea impuesta la sanción administrativa de inhabilitación permanente, debe ser superior a los 16,523 pesos mexicanos.

2 Infonavit. Historia 2018. Consultado el 24 de septiembre de 2018. Visible en
http://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/infonavit/el%20instituto/
el_infonavit/historia.?WCM_PI=1&WCM_Page.db4a6076-5361-45e3-b31b-276f5ad0e085=5&WCM_PageSize.db4a6076-5361-45e3-b31b-276f5ad0e085=10

3 Consultado el 2 de octubre de 2018 en http://www.sinembargo.mx/03-08-2018/3451525

4 Infonavit. Indicadores operativos de cartera.portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/
connect/9e8b6538-7e70-481e-99d0-6623e0b34e64/Junio_2018.pdf?MOD=AJPERES&CONVERT_TO=
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5 Infonavit. Lineamientos de servicio en materia de cobranza de crédito. Consultado 1 de octubre de 2018.

http://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/376639af-6ff5-482b-9884-4c64f96281ba/
Lineamientos_de_cobranza.pdf?MOD=AJPERES&CVID=m24Hitw&CVID=m24Hitw&CVID=m24Hitw&CVID=
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Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 25 días de octubre de 2018.

Diputado César Agustín Hernández Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de que la Segob emita la declaratoria de emergencia respecto a los 14 municipios del distrito federal número 17 y se tenga acceso a recursos del Fonden para atender a las familias afectadas por los eventos climáticos a consecuencia de los frentes fríos en Veracruz, a cargo del diputado Valentín Reyes López, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe diputado Valentín Reyes López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se solicita a la Secretaría de Gobernación federal emita la declaratoria de emergencia para los 14 municipios que integran el distrito federal número 17 y se accedan a recursos del Fondo de Desastres Naturales para la atención de las familias afectadas por los eventos climáticos a consecuencia de los frentes fríos que han dañado al estado de Veracruz, por lo que también se exhorta al gobernador Miguel Ángel Yunes Linares a atender con prontitud la emergencia a través del Consejo Estatal de Protección Civil.

Exposición de motivos

En días recientes, los eventos climáticos registrados en el estado de Veracruz han dejado a miles de familias con graves afectaciones, no tan solo en su patrimonio sino también en la infraestructura pública, las fuertes lluvias a consecuencia del paso del frente frío numero 6 combinado con la tormenta tropical Vicente han sido los factores que dejaron a su paso daños incalculables hasta este momento.

Aquí hablo de tres valles, Otatitlán, Tlacojalpan, Chacaltianguis, Tuxtilla, Cosamaloapan, Carlos A. Carrillo, Ixmatlahuacan, Acayucan, Juan Rodríguez Clara, José Azueta, Playa Vicente, Isla y Santiago Sochiapan, siendo las más afectadas del distrito federal 17 a quienes represento ante esta soberanía, en esta zona de la cuenca del Papaloapan contamos más 429 mil personas y con 12 ríos, los cuales en temporada de lluvias se desbordan provocando inundaciones que ponen en peligro la vida de los habitantes, causando la muerte de ganado, animales de granja, arrasan con cultivos y dañan caminos, entre los daños más frecuentes según los reportes de las autoridades de las unidades municipales de protección civil.

Uno de los 12 ríos de respuesta inmediata a las lluvias es el “río Valle Nacional” en el último reporte oficial indica que su caudal es en promedio de mil 200 metros cúbicos por segundo, la fuerza de esta corriente pone en riesgo a los habitantes en un perímetro geográfico desde el municipio de Chacaltianguis hasta el municipio de Tlacotalpan, por lo que se mantiene un monitoreo constante para evacuar a las familias en riesgo de desastre.

Además de las inundaciones se han registrado daños en infraestructura carretera, entre ellos el corte parcial a la circulación en el tramo comprendido de la carretera interestatal 175 que comunica del municipio de Cosamaloapan, Veracruz, a Tuxtepec, en el estado de Oaxaca, a la altura del municipio Otatitlán en donde colapsó un carril de circulación, lo que pone en riesgo a la ciudadanía.

Otro de los daños en infraestructura es en el puente “San Isidro”, con dirección al municipio de Tlacojalpan, el cual registra brotaduras y derrumbe parcial con riesgo de colapso total, de manera provisional se han colocado señalamientos del peligro, aunque esto no es la solución al problema, el riesgo es inminente en caso de que no se repare con prontitud.

En el municipio de José Azueta se registra la creciente del “río Tesechoacan” registra el desbordamiento que ha provocado incomunicación en la autopista La Tinaja a Cosoleacaque, a la altura del kilómetro 106, entre Isla y Cosamaloapan.

En la limítrofe por consecuencia se evacuó a la población a los refugios temporales, de acuerdo a los boletines emitidos por la comisión nacional del agua, el río Tesechoacan es el más peligroso de esta zona.

Es por ello la importancia de este llamado para atender a nuestra gente, de igual forma ocupo este espacio para solidarizarme con los diputados y su gente del distrito 20 con cabecera en Cosoleacaque, del distrito 19 con cabecera en san Andrés Tuxtla en el estado de Veracruz y del distrito 1 con cabecera en Tuxtepec, Oaxaca, que igual se encuentran en situación crítica.

Solicito que de manera inmediata sean declarados estos 14 municipios como zona de desastres naturales y permitan la llegada de los recursos y apoyos a los que más lo necesitan.

Por lo antes fundado y expuesto me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: Se solicita a la Secretaría de Gobernación que emita la declaratoria de emergencia para los 14 municipios que integran el distrito federal número 17 y se accedan a recursos del Fondo de Desastres Naturales para la atención de las familias afectadas por los eventos climáticos a consecuencia de los frentes fríos que han dañado al estado de Veracruz, por lo que también se exhorta al gobernador Miguel Ángel Yunes Linares a atender con prontitud la emergencia a través del Consejo Estatal de Protección Civil.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputado Valentín Reyes López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México a sujetarse estrictamente –en uso de sus facultades y con plena autonomía– al artículo 35, inciso b), numeral 9, de la CPEUM y respetar el principio de no reelección durante la cambio del presidente de ese órgano, a cargo de la diputada Laura Martínez González, del Grupo Parlamentario de Morena

Laura Martínez González, diputada de la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso y la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo los siguientes

Considerandos

Primero . Que conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México es uno de los Poderes en que se divide para su ejercicio el Poder público, según lo establecen el artículo 122, el cual señala:

“Artículo 122 . La Ciudad de México es una entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa.

A. El gobierno de la Ciudad de México está a cargo de sus poderes locales, en los términos establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual se ajustará a lo dispuesto en la presente Constitución y a las bases siguientes:

I. La Ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático y laico. El poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

La Constitución Política de la Ciudad de México establecerá las normas y las garantías para el goce y la protección de los derechos humanos en los ámbitos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de esta Constitución.

II. a III. ...

IV. El ejercicio del Poder Judicial se deposita en el Tribunal Superior de Justicia , el Consejo de la Judicatura y los juzgados y tribunales que establezca la Constitución Política de la Ciudad de México, la que garantizará la independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones . Las leyes locales establecerán las condiciones para el ingreso, formación, permanencia y especialización de quienes integren el poder Judicial.

Los magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México deberán reunir como mínimo los requisitos establecidos en las fracciones I a V del artículo 95 de esta Constitución. No podrán ser magistrados las personas que hayan ocupado en el gobierno de la Ciudad de México el cargo de secretario o equivalente o de procurador general de Justicia, o de integrante del Poder Legislativo local, durante el año previo al día de la designación.

Los magistrados durarán en el ejercicio de su encargo el tiempo que establezca la Constitución Política de la Ciudad de México ; podrán ser reelectos y, si lo fueren, sólo podrán ser privados de sus puestos en los términos que establecen esta Constitución, así como la Constitución y las leyes de la Ciudad de México. Los magistrados y los jueces percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo.

V. a IX. ...

B. ...”

Asimismo, la Constitución Política de la Ciudad de México establece que el poder público se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, tal y como lo señala su artículo 28.

“Artículo 28. Del poder público de la Ciudad de México

La Ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático y laico. El poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial . No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

Segundo . Es el caso que el anterior presidente del Tribunal Superior de Justicia, del entonces Distrito Federal, fue ocupado por once años por la misma persona; el actual embajador en los Países Bajos, Édgar Elías Azar, quien por tres veces compitió para permanecer en la silla del Poder Judicial capitalino.

Situación que llevo al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) a sufrir una severa crisis de credibilidad y autonomía. Esa situación fue severamente cuestionada, en su momento, por académicos, abogados, representantes de organizaciones civiles, defensores de derechos humanos, y legisladores.

El conflicto de interés que surgió en noviembre de 2015 en el seno del pleno de magistrados, se dio entre quienes elegían al expresidente, se expresó al momento en que gente que se benefició de la presidencia del magistrado Édgar Elías, al ser nombrados por él como magistrados por ministerio de ley, votaron por él a modo de pago.

En su momento, el Grupo Parlamentario de Morena en la Asamblea Legislativa, reprobó rotundamente las aspiraciones de reelección del todavía presidente del TSJDF.

César Cravioto, en ese entonces, coordinador de los diputados de Morena en la Asamblea Legislativa, dejó en claro que Elías Azar pasa por alto no sólo la Ley Orgánica del Tribunal sino el alma misma de la Revolución Mexicana y en consecuencia, envía el peor mensaje a la ciudadanía y al resto de los Poderes de la Unión.

“Eso es lo menos democrático que hay, que haya reelección tras reelección, él ya se religió una vez le modificaron la ley orgánica del tribunal para que se pudiera reelegir, antes de él no existía la reelección, se la modifican a contentillo, lo reeligen y ahora otra vez se quiere reelegir (...) que mal mensaje que desde el Poder Judicial quieran torcer la ley, hay una ley que dice tres años y una reelección”.1

Es el caso que diversas notas periodísticas ubican al actual embajador Édgar Elías Azar, fuera de sus labores diplomáticas y en la Ciudad de México con el pretendido objeto de influir en la próxima elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

“En los últimos días, distintos medios de comunicación afirmaron que el embajador de México en los Países Bajos, Édgar Elías Azar, se encontraba en nuestro país para cabildear la elección del nuevo presidente del Tribunal Superior de Justicia capitalino, con la intención de mover la balanza en favor del actual titular del Poder Judicial, Álvaro Augusto Pérez Juárez”.2

“Tal Parece que el embajador de México en los Países bajos, Édgar Elías Azar, no quiere perder el control en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, del que fue presidente por tres periodos.”3

Es decir, fuera de toda norma y con un ánimo intervencionista busca hacer valer el mencionado conflicto de interés para imponer a una persona manipulable que le permita seguir obteniendo beneficios dentro del poder judicial.

Como servidor público en funciones, específicamente como diplomático y miembro del Servicio Exterior Mexicano, Édgar Elías Azar, debería permanecer en su asignación y a su regreso a territorio nacional debe notificar a sus superiores. Así lo establece el Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano señala en su artículo 97 que:

“Artículo 97 . Los miembros del Servicio Exterior que se encuentren adscritos en el extranjero, cuando viajen a México por cualquier motivo, deberán dar aviso oportuno a la Dirección General de la fecha de llegada y de salida y del lugar donde podrán ser localizados.

Asimismo, el jefe o titular de Representación deberá dar aviso oportuno a la Secretaría de las salidas y llegadas del personal del Servicio Exterior adscrito a sus oficinas ”.4

En este sentido, la Cancillería debe brindar una explicación pública del regreso del diplomático y las razones que lo impulsan. No debe permitirse que se extralimite en sus funciones ni que presione a sus antiguos subordinados.

Tercero . Ante esta abuso desmedido del poder, y a fin de evitar un nuevo fraude a la ley , el Congreso constituyente de la Ciudad de México estableció una serie de disposiciones en la primera Constitución de la Ciudad de México, aprobada el 5 de febrero de 20175 , a fin de evitar que mediante chicanas legales e interpretaciones a modo de quienes deben aplicar la ley, se vuelva a vulnerar el principio de no reelección , para quien ocupe la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Así lo establecieron en los artículos 35 inciso B) numeral 9 y los transitorios primero, décimo primero, vigésimo noveno y trigésimo de Constitución de la Ciudad de la México los cuales a la letra señalan:

“Artículo 35. Del Poder Judicial

A. De la función judicial

La función judicial se regirá por los principios de legalidad y honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas.

B. De su integración y funcionamiento

1. El Poder Judicial de la Ciudad de México se deposita en un Tribunal Superior de Justicia que contará con una Sala Constitucional; un Consejo de la Judicatura y Juzgados.

2. a 8. ...

9. Las y los magistrados integrantes del pleno del Tribunal Superior de Justicia elegirán por mayoría de votos en sesión pública, y mediante sufragio secreto, a la persona que lo presidirá. Quien lo presida durará en su encargo un año sin posibilidad de reelección alguna, sea sucesiva o alternada, independientemente de la calidad con que lo haya ostentado.

Los transitorios

“Primero . La Constitución Política de la Ciudad de México entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018 , excepto por lo que hace a la materia electoral, que estará vigente a partir del día siguiente al de su publicación, y a los supuestos expresamente establecidos en los artículos transitorios siguientes.

Décimo Primero . Se faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que, una vez publicada la Constitución Política de la Ciudad de México y a más tardar el 31 de diciembre de 2017, expida las leyes constitucionales relativas a la organización y funcionamiento de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad de México, así como para expedir las normas necesarias para la implementación de las disposiciones constitucionales relativas a la organización política y administrativa de la Ciudad de México y para que sus autoridades ejerzan las facultades que establece esta Constitución.

Las leyes relativas al Poder Legislativo entrarán en vigor el 17 de septiembre de 2018; las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Poder Judicial el 1 de junio de 2019, con excepción de las disposiciones relativas al Consejo Judicial Ciudadano y al Consejo de la Judicatura, las cuales deberán iniciar su vigencia a partir del 1 de octubre de 2018; así como las de la Sala Constitucional, que deberán iniciar su vigencia a partir del 1 de enero de 2019.

La I Legislatura del Congreso emitirá la convocatoria a que se refiere el artículo 37 de esta Constitución, a fin de que el Consejo Judicial Ciudadano quede constituido a más tardar el 31 de diciembre de 2018.

Vigésimo Noveno . A partir del inicio de la vigencia de esta Constitución, todas las autoridades de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, estarán obligadas a adecuar su actuación conforme a los principios y derechos reconocidos por la misma .

Trigésimo . Las normas del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y los ordenamientos legales aplicables a la entidad federativa que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de esta Constitución, continuarán aplicándose hasta que inicie la vigencia de aquellos que los sustituyan, siempre que no contravengan lo establecido en ésta.”

Cuarto . Sin embargo, el 22 de octubre de 2018, el pleno de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, emitieron un acuerdo que determina las Bases que se Observarán en la Elección de Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (2019-2021), el cual permite que el actual presidente del tribunal pueda participar en el proceso de elección, lo cual violenta lo establecido por la Constitución de la Ciudad de México.

El acuerdo, a la letra señala:

“Bases

Registro

Primera. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México interesados en presentar su candidatura para ser Presidente de este Tribunal por el período comprendido de enero dos mil diecinueve a diciembre dos mil veintiuno, deberán registrarse en las oficinas de la Primera Secretaría de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, los días 23, 24, 25 de octubre de dos mil dieciocho, en un horario de las nueve las dieciocho horas, debiendo manifestar por escrito en un máximo de cinco cuartillas las razones por las que pretenden ocupar el magistrado decano, para que este verifique que se encuentren reunidos en cada caso los requisitos que establece la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal referidos en el considerando I, de este Acuerdo, hecho lo anterior, se tendrán por registrados los que satisfagan los mismos.

La Primera Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México entregara un acuse de recibo que acredite la realización del trámite de registro, que incluirá el número de folio. Dicha Secretaria formara un expediente por duplicado de cada aspirante en lo individual. Además el viernes 26 de octubre, la secretaria de acuerdos de Presidencia circulara a todos los integrantes del Pleno los escritos de 5 cuartillas señalados.

En ningún caso se aceptara la entrega de documentos a quien se presente fuera del plazo y horario establecidos para el registro. Tampoco se aceptara la entrega de solicitudes y escritos a través de fax, o cualquier otro medio electrónico.

Una vez calificadas las candidaturas, el magistrado decano entregara a los candidatos una carpeta con información relevante en los aspectos financieros, fiscal, administrativa y jurisdiccional para que estos elaboren sus planes de trabajo, entrega que será a las doce horas del día veintiséis de octubre en su oficina.

Exposición de programa

Segunda. El Magistrado Decano de este Tribunal, convocara a un Pleno Privado que se llevara a cabo, el día 8 de noviembre a las diez horas, en el que los aspirantes registrados expondrán, en el orden determinado por sorteo y hasta por treinta minutos, un extracto del programa de trabajo que proponen, distribuyendo entre sus pares el material que considere pertinente.

El programa, de los aspirantes deberá considerar los proyectos y, acciones de trabajo institucional tendentes a mejorar la administración e impartición de Justicia.

Acorde a los principios de prudencia, templanza y tolerancia contemplados en el Código de Ética del Tribunal Superior de Justicia del Distrito, hoy Ciudad de México, los aspirantes deberán conducirse con honorabilidad y respeto evitando denostar a sus pares.

Tercera. Al concluir la exposición de cada aspirante, cada integrante del Pleno podrá formularle en forma respetuosa hasta tres preguntas.

El aspirante englobara las preguntas y dará respuesta a todas ellas en un tiempo que no exceda de treinta minutos, el magistrado que considere que no se le dio cabal respuesta, podrá hacer uso de su derecho de réplica por una sola vez.

Concluido lo anterior, se convocara a una sesión de pleno público que se llevara a cabo el día 15 de noviembre a las doce horas en donde se llevara a cabo la votación para la designación de Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Votación

Cuarta . Ocupará el cargo de Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, es aspirante que, como resultado de la votación, obtenga la mayoría de votos de los magistrados presentes en el Pleno, como lo establece el artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

La Secretaria de Acuerdos del Pleno después de pasar lista de presentes, deberá informar cual es el número de votos necesario para que exista la mayoría a que se refiere el artículo 29 antes citado.

Cualquier votación dentro del proceso de elección de presidente que no sea nominal, se deberá mantener la mano alzada para establecer el número de votos.

Quinta . En caso de que el proceso de elección de Presidente, participe como aspirante el magistrado que se encuentre ejerciendo la Presidencia del Tribunal, deberá excusarse de presidir los plenos en que aquel se desarrolle incluyendo el de votación, con el propósito de garantizar la imparcialidad, transparencia, legalidad y equidad en dicho proceso.

En el supuesto anterior, el magistrado decano presidirá las sesiones del Pleno en que se desarrolle el proceso de elección, conforme a lo previsto por la fracción I del artículo 73 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Sexta . Para llevar a cabo el escrutinio secreto previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; veinticuatro horas antes del día de la elección, la Primera Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno en conjunto con los contenidos o el representante de cada uno de ellos previamente designado, elaboraran boletas necesarias para la elección. Las que deberán ser cruzadas en el espacio del aspirante de su preferencia al momento de la votación.

Asimismo, las citadas personas determinan el bolígrafo, plumón o crayón que deberá ser utilizado para marcar su voto el día de la sesión pública señalada, el cual se colocara en la mesa de votación.

Al momento de votar, se prohíbe utilizar aparatos electromagnéticos, cámaras, celulares así como marcadores distintos al que parecerá en la mesa de votación.

Séptima . La mecánica para la votación será la siguiente:

Cada magistrado será llamado por orden alfabético para que deposite su voto en la urna transparente, y quien presida la sesión, será el último en ser nombrado.

Una vez hecho lo anterior, los magistrados escrutadores procederán a extraer de la urna transparente uno a otro los sufragios para dar lectura del favorecido, mostrando públicamente y ante una cámara cada boleta, de lo que dará fe la Primera Secretaria de Acuerdos del Pleno.

Acto seguido, los magistrados escrutadores, en presencia de la Primera Secretaria de Acuerdos del Pleno harán el conteo de votos que cada aspirante hubiere obtenido, y el resultado se hará constar en el acta del Pleno correspondiente, en la que asentaran los votos obtenidos, así como anularlos.

Si un candidato alcanza la mayoría de votos de los magistrados presentes en Pleno, automáticamente quedara electo como Presidente, por tanto el proceso se dará por concluido.

En el caso de que ninguno de los candidatos alcance la mayoría de votos magistrados presentes en el Pleno, se hará una nueva votación con los magistrados que hayan obtenido el mayor número de votos, hasta que uno alcance dicha mayoría.

Se estimara que un voto queda anulado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

a) Que la boleta contenga más de una marca;

b) Que la boleta no haya sido marcada;

c) Que la boleta contenga un voto a favor de una persona que haya hecho su procedimiento de registro en términos de la base SEXTA.

Octava . Las situaciones no previstas en este acuerdo serán resueltas por mayoría del Pleno de Magistrados.

Protesta

Novena. Concluido el procedimiento de votación, se hará la declaratoria formal de Presidente, quien rendirá la protesta de Ley en la primera sesión de su administración.

Este acuerdo fue aprobado por el Honorable Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en la Sesión del Pleno Privado, celebrada el día 22 de octubre de 2018.”

Quinto . El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Álvaro Augusto Pérez Juárez, logró 42 votos de 80 para competir por el puesto, por su reelección, con otros cuatro magistrados: Celia Marín Sasaki, Rosalba Guerrero Rodríguez, Manuel Díaz Infante y Rafael Guerra.6

Pero esa mayoría de votos no está exenta de críticas. Entre los 38 magistrados que votaron en contra afirman que el artículo 35 de la nueva Carta Magna de la Ciudad de México establece que el presidente del tribunal “durará en su encargo un año sin posibilidad de reelección alguna”, lo que imposibilitaría a Pérez Juárez a buscar el puesto y seguir los pasos de su antecesor y promotor, Édgar Elías Azar, quien lo hizo en dos ocasiones para permanecer al frente de la institución durante nueve años.

Por su parte el magistrado Álvaro Augusto Pérez Juárez basó sus aspiraciones en el artículo décimo primero transitorio de la misma Constitución que establece que las leyes relativas al Poder Judicial entrarán en vigor hasta el primero de junio de 2019. En sus palabras, esto le brinda la oportunidad de una reelección hasta por tres años. Con este argumento logró la mayoría de votos.

Los magistrados inconformes manifestaron que se viola el artículo trigésimo transitorio de la Constitución capitalina que establece que “los ordenamientos legales aplicables a la entidad federativa que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de la Constitución, continuarán aplicándose hasta que inicie la vigencia de aquellos que los sustituyan, siempre que no contravengan lo establecido en ésta”. Estos magistrados afirman que la posible reelección podría convertirse en la primera violación flagrante “tanto al espíritu como a la letra” del texto constitucional.7

En este orden de ideas, de concretarse la reelección del actual presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el magistrado Álvaro Augusto Pérez Juárez, violentaría de manera grave lo establecido en la Constitución de la entidad.

Este hecho, contraviene el juramento establecido en el artículo 128 de la Carta Magna8 , para hacer respetar la Constitución Política los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanan y que a la letra reza:

Artículo 128 . Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen .”

Por otra parte, debe considerarse que el Código Penal de la Ciudad de México establece como un delito, que cometen los servidores públicos “cuando una o varias personas impiden que se cumpla alguna ley o algún reglamento”.

Este sería precisamente el supuesto en que se caería, si la mayoría de los magistrados vota a favor de que el actual presidente del Tribunal se reelija al frente del encargo. Toda vez que a través de una conducta es de acción, uno o varios servidores públicos, desplieguen de actos materiales para conseguir una unión con otros; Esto implicaría un hacer, tal como impedir la aplicación y la ejecución de la Constitución local de la Ciudad de México.

El artículo 266 del Código señalado, a la letra señala:

“Capítulo IV
Coalición de Servidores Públicos

Artículo 266. A los servidores públicos que, con el fin de impedir o suspender las funciones legislativas, administrativas o jurisdiccionales , se coaliguen y tomen medidas contrarias a una ley, reglamento o disposición de carácter general, impidan su aplicación, ejecución o dimitan de sus puestos, se les impondrá prisión de dos a siete años y de cien a trescientos días multa.”9

Adicionalmente los magistrados que han sido nombrados por ministerio de ley, deben abstenerse de participar en el proceso de elección de presidente, toda vez que representa un conflicto de interés, ya que le deben el encargo al actual presidente del Tribunal y no a una nominación como la establece la ley.10

Los funcionarios y servidores públicos están prohibidos de mantener conflictos de intereses. Los funcionarios y servidores públicos están impedidos de realizar coordinaciones donde sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de sus deberes y funciones propios del cargo.

En ese sentido, los funcionarios y servidores públicos no deben intervenir o participar en el nombramiento, contratación, promoción, sanción o resolución del contrato de un funcionario o servidor público. Tampoco deben intervenir cuando exista un interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pudiera obtener alguna ventaja o beneficio a su favor o de terceras personas.

En este sentido el Código de Ética del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, establece:

“Artículo 37. El servidor público no podrá mantener ni aceptar situaciones en las que sus intereses personales pudieran entrar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.”

Por los razonamientos y argumentos legales señalados presento ante esta soberanía, como de urgente u obvia resolución la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los magistrados integrantes del pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que en uso de sus facultades y con plena autonomía, se apeguen estrictamente a lo establecido en el artículo 35, inciso B, numeral 9, la Constitución Política de la Ciudad de México y se respete el principio de no reelección durante la elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que haga público un informe de las razones jurídicas y de trabajo que motivaron el viaje de regreso a México del embajador adscrito a los Países Bajos, Édgar Elías Azar.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México para que inicie de oficio una carpeta de investigación por el delito de coalición de servidores públicos por la comisión de actos y medidas contrarias a una disposición de carácter general, tendientes a impedir su aplicación y ejecución en la próxima elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Notas

1 MVS Noticias. 13 octubre 2015. Arrecian críticas a Edgar Elías Azar por intento de doble reelección en TSJDF https://mvsnoticias.com/#!/noticias/arrecian-criticas-a-edgar-elias-aza r-por-intento-de-doble-reeleccion-en-tsjdf-337

2 Excélsior , 23 de octubre 2018 Reporte Alerta. https://www.excelsior.com.mx/opinion/el-santo/reporte-alerta/1273404

3 El Universal , 23 de octubre de 2018.

https://www.pressreader.com/category/readerschoice

4 Diario Oficial de la Federación 28-04-17. Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. file:///C:/Users/Usuario/Downloads/leysem0405%20(5).pdf

5 Gaceta Oficial de la Ciudad de México . Vigésima época, 5 de febrero de 2017 https://www.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/59a/588/5d9/59a5885d 9b2c7133832865.pdf

6 Pérez Juárez busca su reelección. Milenio Diario . 18.10.2018 http://www.milenio.com/opinion/jesus-rangel/estira-afloja/perez-juarez- busca-su-reeleccion

7 Ídem.

8 Diario Oficial, Órgano del Gobierno Provisional de la República Mexicana, tomo V 4ª época México, lunes 5 de febrero de 1917 4ª época número 30.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum/CPEUM_ orig_05feb1917.pdf

9 Código Penal para el Distrito Federal.

http://www.aldf.gob.mx/archivo21599f6673552b084ee03e147d 9ab3ab.pdf

10 Los magistrados nombrados por Ministerio de Ley son Diana Ivonne Carmona Rosete, María del Rosario Tirado Gutiérrez, Edmundo Vázquez Martínez, Judith Cova Castillo, Francisco Sergio Lira Carreón, Héctor Flores Reynoso.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2018.

Diputada Laura Martínez González (rúbrica)



Francisco Javier Guzmán de la Torre, Carmina Yadira Regalado Mardueño (rúbricas). Ricardo Flores Suárez (rúbrica), Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Raúl Gracia Guzmán, Isabel Margarita Guerra Villarreal, José Martín López Cisneros, Víctor Manuel Pérez Díaz, Ernesto Alfonso Robledo Leal y Hernán Salinas Wolberg.
Efemérides

Con motivo del 25 de octubre, Día Nacional de las Personas de Talla Baja, a cargo de la diputada Martha Garay Cadena, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, con fundamento en los artículos 62, numeral 2, y 76, numeral 1, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía la siguiente efeméride:

“Día Nacional de las Personas de Talla Baja”, 25 de octubre de 2018.

De acuerdo con la página del Consejo Nacional para la Inclusión de Personas con Discapacidad (Conadis), el 25 de octubre de cada año, se recordará como el Día Mundial de las Personas de Talla baja que se inició en México.

Organizaciones civiles como Gran Gente Pequeña estiman que entre 11 mil y 13 mil mexicanos integran este sector actualmente. Además, el Conadis reportó que la incidencia de este trastorno varía entre uno de cada 25 mil a uno de cada 40 mil bebés nacidos

Se sabe que se debe a una mutación en el gen FGFR3 que proporciona las instrucciones para la formación del factor receptor de crecimiento fibroblástico tipo 3, una proteína relacionada con el control de los procesos de crecimiento de las células cartilaginosas.

Lo que provoca una disminución en la proliferación y crecimiento de estas células que lleva a un menor crecimiento longitudinal de los huesos produciendo los síntomas característicos de esta condición.

Me enorgullece mencionar el compromiso que mi partido ha adoptado como bandera de lucha hacia estas nobles causas, cabe recordar los esfuerzos que se hicieron por la promulgación de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad que se encuentra actualmente vigente y las muchas iniciativas que se han presentado para hacerla más integra.

Por tal motivo, se han aprobado iniciativas que garanticen la identidad de las personas de talla baja, tal es el caso de la iniciativa que se aprobó el 24 de octubre de 2014 con la finalidad de conmemorar el Día Nacional de las Personas de Talla Baja que hoy nos ocupa.

Además, aprobamos otra iniciativa donde se reconoce a las personas de talla baja dentro de la conceptualización establecida en la Ley General de las Personas con Discapacidad, esto brinda la certeza jurídica para que gocen de los derechos y obligaciones que como ciudadanos mexicanos tienen desde su nacimiento.

Por último, y para cerrar con broche de oro, es para mí un honor contar con el apoyo de mi querida amiga y suplente, Cynthia del Carmen Molano Serna, una persona de talla baja a quien públicamente le reitero mi apoyo y cariño.

El trabajo continúa y debe ser constante, por ello, los invito a que juntos consideremos la manera de percibir una nueva realidad donde todos convivamos sin limitaciones, mucho menos, por algún tipo de discapacidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2017.

Diputada Martha Hortencia Garay Cadena (rúbrica)


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