Iniciativas

Que reforma los artículos 141 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Araceli Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Araceli Guerrero Esquivel, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de esta LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 6, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 141 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y se adiciona un párrafo a la fracción VII del artículo 32, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el contexto de la globalización en la que México se encuentra inmerso, existe un conjunto de desafíos sociales que es importante estudiar y analizar para impulsar alternativas de solución que permitan mejorar las condiciones de vida de sectores sociales de la población mexicana, en situación vulnerable.

Por naturaleza jurídica, uno de los sectores sociales que el Estado está obligado a atender es el de la niñez y adolescencia. De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reportó que 39.2 millones de personas menores de 18 años vivían en México. De este universo, 50.6 por ciento son hombres, mientras que 49.4 por ciento son mujeres.

Este sector se encuentra distribuido de la siguiente forma: 32.4 por ciento son niñas y niños de 0 a 5 años de edad; 33.7 por ciento de 6 a 11 años y 33.9 por ciento de 12 a 17 años.

En 2014, 53.9 por ciento de niñas, niños y adolescentes eran pobres, de los cuales, 1 de cada 5 se encontraba en situación de pobreza extrema. De esta población, 62.6 por ciento presentó carencias de acceso a seguridad social; 27.6 por ciento, de acceso a la alimentación; 24.8 por ciento, de servicios básicos en sus viviendas; 16.7 por ciento, en la calidad o en los espacios de su vivienda; 16.2 por ciento en servicios de salud; y 8 por ciento, se encontraba con rezago educativo.

A partir de los resultados de la Encuesta Intercensal 2015, se ha estimado que de los 6.4 millones de niñas, niños y adolescentes que residían en los municipios de alta y muy alta marginación, 536 mil 310 habitaban en viviendas sin drenaje o excusado, 275 mil 630 sin energía eléctrica y un millón 120 mil 632 sin agua entubada en la vivienda.

El escenario de este sector es todavía más crítico si observamos que en 2010, el Censo de Población y Vivienda indicó que 6.1 millones de niñas, niños y adolescentes no acudían a la escuela.

La ausencia de este sector social en los centros de enseñanza responde a diversos factores; según el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés), su inasistencia se asocia con la persistencia de barreras, tales como la lejanía de los centros educativos de sus comunidades, la falta de docentes capacitados en la lengua materna de los niños y niñas, la falta de registro de nacimiento, la ausencia de maestros capacitados para incluir a niños y niñas con discapacidades o dificultades de aprendizaje, situación de violencia en la escuela e inequidad de género, así como la falta de recursos financieros para la compra de uniformes y materiales escolares (Programa Nacional de Desarrollo, PND, 2013-2018; p. 45).

En este renglón, los esfuerzos del gobierno de la República durante la presente administración han sido significativos a partir de la reforma constitucional, en materia educativa, promulgada en febrero de 2013 que implicó la creación de un nuevo marco legal, la profesionalización de la actividad docente, la obligación del estado de garantizar la educación de calidad para los niveles básico y medio superior, la creación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa y la autonomía del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).

El diagnóstico presentado en 2016 por UNICEF y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) encontró que más de la mitad de los cerca de 40 millones de personas menores de 18 años que vivían en México en 2014 se encontraban en situación de pobreza. La investigación encontró que 1 de cada 2 niños, niñas y adolescentes en México era pobre; mientras 1 de cada 9 se encontraba en pobreza extrema (UNICEF; 2016, p. 10).

De acuerdo con el reporte, aunque la pobreza extrema de niños y adolescentes disminuyó de 14.0 por ciento a 11.5 por ciento entre 2010 y 2014, la pobreza general de niños, niñas y adolescentes prácticamente no ha cambiado en ese periodo, colocándose en 53.9 por ciento en 2014, mientras que en 2010 fue de 53.7 por ciento.

En este esquema, tanto UNICEF como el Coneval resaltaron la necesidad de que la inversión en la infancia sea suficiente, oportuna, eficaz, equitativa y pertinente para atender los desafíos de cada etapa del ciclo de vida. (Comunicado, 2016).

En las últimas décadas la población de niñas, niños y adolescentes en nuestro país se encuentra en un contexto altamente vulnerable que va desde la violencia y maltrato en el interior de la familia, el acoso escolar en sus diferentes rostros, de la discriminación hasta la delincuencia organizada, manifiesta en el tráfico y esclavitud de este sector infantil y adolescente.

Derivado en gran parte por el escenario antes descrito, el Estado mexicano hoy tiene un problema más que atender, es el fenómeno conocido como los niños en situación de calle .

Encontramos que en las calles miles de niños, niñas y adolescentes son obligados a trabajar o pedir limosna, situación que los coloca en alto riesgo o vulnerabilidad de sufrir agresiones físicas y verbales o abusos sexuales, negligencia y explotación; es decir, los niños, niñas y adolescentes en situación de calle, se ven obligados a valerse por sí mismos, sufriendo abandono, hambre y pobreza; además, son víctimas de estigmas y prejuicios; asimismo, se ubican en alto riesgo de ser arrastrados al consumo de drogas, violencia y delincuencia.

Hay ocasiones en que las autoridades, incurren en actos negativos contra este sector, pues no sólo los detienen arbitrariamente, sino que los golpean, abusan de ellos y los maltratan.

Oficialmente, no hay datos que nos indiquen el número determinado de niñas, niños y adolescentes que desarrollan su vida en la calle; se ha dificultado realizar un conteo por el grado de movilidad que presentan tanto a nivel local como nacional y por los marcos conceptuales y metodológicos con los que han tenido lugar diversos esfuerzos (Garza; 2009), impulsados por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y el UNICEF, como se muestra en la siguiente tabla:

Como se observa en la tabla 1, los trabajos iniciaron en el año de 1990, esto en virtud de que el Estado mexicano no ha sido ajeno a la situación vulnerable en la que se encuentran la niñez y juventud nacionales; en aquel año México fue uno de los promotores de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, evento que dio lugar a la Declaración Mundial sobre Supervivencia y Desarrollo del Niño en la que el compromiso conjunto fue brindar a cada niño un mejor futuro (UNICEF, 1990).

En 1991, México ratificó su compromiso en la Convención sobre los Derechos del Niño y consecuentemente, en ese mismo año creó la Comisión Nacional de Acción a Favor de la Infancia con carácter intersectorial e interinstitucional e inmediatamente después, presentó el Programa Nacional de Acción en Favor de la Infancia.

Para el año 2000, México había mostrado avances significativos en la atención a la infancia ya que, de las 26 metas establecidas en la Cumbre Mundial de 1990, nuestro país había logrado 20. Aunque de 2000 a 2006 hubo esfuerzos importantes, no se observó el mismo desempeño de la década anterior y el esfuerzo fue menor de 2006 a 2012, tomando en cuenta que en éste último año se creó, por acuerdo presidencial, el Consejo Nacional para la Infancia y la Adolescencia. No obstante, los resultados fueron opacos. (Cfr. Cárdenas, 2016. pp. 44-45).

Durante la presente administración los avances alcanzados por los Poderes Ejecutivo y Legislativo, los gobiernos estatales, los órganos autónomos y la sociedad civil organizada, en la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes, han sido significativos.

El 4 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), ordenamiento que derivó en la promulgación de las leyes estatales en esta materia y en la creación del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, integrado por diversas dependencias del Ejecutivo federal, los gobernadores de las entidades federativas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Uno de los objetivos de la LGDNNA es crear y regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de que el Estado cumpla con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido vulnerados (artículo 1, fracción III).

De conformidad con el artículo 13 del mismo ordenamiento legal, son derechos, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:

I. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo;

II. Derecho de prioridad;

III. Derecho a la identidad;

IV. Derecho a vivir en familia;

V. Derecho a la igualdad sustantiva;

VI. Derecho a no ser discriminado;

VII. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral;

VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal;

IX. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social;

X. Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad;

XI. Derecho a la educación;

XII. Derecho al descanso y al esparcimiento;

XIII. Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura;

XIV. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información;

XV. Derecho de participación;

XVI. Derecho de asociación y reunión;

XVII. Derecho a la intimidad;

XVIII. Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso;

XIX. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes, y

XX. Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.

En esta tesitura y para brindar atención especial a la población infantil y adolescente en situación vulnerable, el Estado mexicano ha creado un marco legal específico, como la Ley de Asistencia Social, la cual establece que son sujetos de atención, todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentren en situación de riesgo o afectados por vivir en la calle (artículo 4, frac. I. inciso f).

Recientemente, la Ciudad de México realizó un censo de la población en situación de calle en el que encontró 4 mil 354 personas viviendo en vía pública y 2 mil 400 en albergues (Reforma , 2017).

Los resultados de este ejercicio plantean la necesidad de conocer detalladamente la situación de este sector social en toda la República, por ello, la presente iniciativa tiene como objetivo establecer que el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas Niños y Adolescentes realice un censo nacional de niñas, niños y adolescentes en situación de calle.

Adicionalmente, el conocimiento cuantitativo de este sector social vulnerable debe contribuir a la elaboración de políticas públicas de carácter nacional, que tengan como objetivo sacar adelante a esta población y sentar las bases para su inclusión social, desarrollo integral y el mejoramiento de su futuro.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 141 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y se adiciona un párrafo a la fracción VII del artículo 32, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Primero. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 141 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en los siguientes términos:

Artículo 141. ...

El Sistema Nacional de Protección Integral debe elaborar el Censo Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Calle en coordinación con las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Segundo . Se adiciona un segundo párrafo a la fracción VII del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para quedar como sigue:

Artículo 32. ...

Elaborar políticas públicas en coordinación con las dependencias integrantes del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del Censo Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Calle, con el objetivo de sentar las bases para la inclusión social, desarrollo integral y mejorar las condiciones de vida de esta población infantil y adolescente.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes tendrá seis meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para iniciar los trabajos relativos al Censo Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Calle.

Fuentes

• Cárdenas Miranda Elva Leonor. La situación de la infancia y la adolescencia en México, en Pérez Contreras, María de Montserrat. et. al. (2016). Temas selectos de vulnerabilidad y violencia contra niños, niñas y adolescentes. Serie Doctrina Jurídica, núm. 766. UNAM-IIJ.

• Garza Caligaris, Lourdes. (2009) ¿Alguien sabe cuántos son? Rayuela. Revista Iberoamericana sobre Infancia y Juventud en Lucha por sus Derechos. Año 1, Núm. 1. Noviembre. www.revistarayuela.ednica.org.mx

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4242 /1.pdf

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4242 /5.pdf

• Pérez Contreras, María de Montserrat. et. al. (2016). Temas selectos de vulnerabilidad y violencia contra niños, niñas y adolescentes. Serie Doctrina Jurídica, núm. 766. UNAM-IIJ.

• UNICEF, 1990. Declaración Mundial sobre Supervivencia y Desarrollo del Niño. https://www.unicef.org/wsc/declare.htm

• Velasco, Selene. 2017. Contabiliza CDMX población callejera. 10 de agosto. Periódico Reforma. Sección Ciudad. http://busquedas.gruporeforma.com/reforma/BusquedasComs.aspx

Marco legal

• Ley de Asistencia Social

• Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2018.

Diputada Araceli Guerrero Esquivel (rúbrica)

Que reforma y adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el propósito de instaurar la medalla “Acciones en favor de la niñez y la adolescencia”, a cargo de la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Sara Paola Gálico Félix Díaz, diputada a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás relativos, somete a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En una sociedad democrática como la nuestra, las ciudadanas y ciudadanos gozan de los derechos establecidos en el marco jurídico interno, y en los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano.

En ese orden, corresponde al Estado garantizar el ejercicio pleno de tales derechos, facilitando los mecanismos para demandarlos o para precisarlos. De igual manera, su difusión y la información aparejada a ellos juegan un papel de vital importancia.

De ahí que, sensibilizar, promover, estudiar, demandar y defender los derechos de niñas, niños y adolescentes, constituye una arista sobre una materia que concierne directamente a un sector poblacional de aproximadamente cuarenta millones de personas en el país, menores de dieciocho años. Tareas en que, la ciudadanía, los organismos de la sociedad civil, los académicos y diferentes personalidades, han realizado una encomiable tarea.

En ese tenor, la sensibilización , de manera específica al referirnos a los derechos de niñas, niños y adolescentes, establecidos en la ley general en la materia, juega un papel fundamental. De ahí que, se puede afirmar que, una amplia difusión y promoción de sus contenidos operaría a favor de concienciar y permitir una participación informada, con conocimiento de causa, de la sociedad.

Al respecto, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) señala, en el artículo 17, que los estados parte alentarán a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño, de conformidad con el espíritu del artículo 29.

Más aún, el Comité de los Derechos del Niños, recomendó –en las Observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto consolidados de México, junio de 2015–, la difusión amplia de los reportes, las respuestas y las observaciones finales:

IV. Aplicación y presentación de informes

A. Seguimiento y difusión

76. El Comité recomienda al estado parte que adopte todas las medidas necesarias para garantizar que las recomendaciones contenidas en las presentes observaciones finales se apliquen plenamente. El Comité recomienda también que los informes periódicos cuarto y quinto consolidados, las respuestas escritas del estado parte a la lista de cuestiones y las presentes observaciones finales se difundan ampliamente en los idiomas del país.”

De suyo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en diversos artículos establece:

• El derecho a la educación de calidad debe contribuir al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables (capítulo décimo primero, artículos 57).

• Establece que la educación tenga también como fines el difundir los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y las formas de protección con que cuentan para ejercerlos (artículo 58).

• Las autoridades competentes deberán garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a expresar su opinión libremente, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo y por cualquier medio, sin más limitaciones que las establecidas en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 64).

• Los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán la difusión de información y material que tengan por finalidad asegurar su bienestar social y ético, así como su desarrollo cultural y salud física y mental (artículo 65).

• Corresponde al Sistema Nacional de Protección Integral (SNPINNA) acordar los lineamientos generales sobre la información y materiales para difusión entre niñas, niños y adolescentes, conforme a lo dispuesto en esta Ley (segundo párrafo del artículo 65).

• Toca al SNPINNA difundir el marco jurídico nacional e internacional de protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes (I, artículo 125).

• Corresponde al SNPINNA realizar acciones de formación y capacitación de manera sistémica y continua sobre el conocimiento y respeto de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, principalmente con aquellas personas que trabajan desde los diversos ámbitos en la garantía de sus derechos (XVI, artículo 125).

• En tanto que, a la secretaría ejecutiva, le toca difundir entre las autoridades correspondientes y la población en general los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de perspectiva en la materia, desagregada por lo menos, en razón de edad, sexo, entidad federativa, escolaridad y discapacidad (X, artículo 130).

Además, la ley ordena que:

• Corresponde a las autoridades federales y locales, concurrentemente, impulsar el conocimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como la cultura de respeto, promoción y protección de los mismos, de conformidad con los principios rectores de [la] Ley (II, artículo 116).

• Las autoridades locales en sus respectivas competencias tienen la encomienda de difundir por todos los medios de comunicación el contenido de [la] ley (VI, artículo 118).

En lo concerniente a la promoción de derechos, de estrategias, programas y acciones, la presencia y desempeño de las organizaciones de la sociedad civil (OSC), debido a su naturaleza y orientación y experiencia, coadyuvan a fortalecer la acción gubernamental, toda vez que, con sus acciones, aportan soluciones prácticas a las problemáticas periódicas.

Visto en estos términos, las organizaciones de la sociedad civil son aliadas del Estado en la atención de la problemática que aqueja a niñas, niños y adolescentes, todo ello, en el marco de la democracia participativa.

Así, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) al establecer la creación de instituciones e instrumentos prevé la participación de las OSC; esto en los artículos 125, 127, 130 y 145. En consecuencia, en el reglamento respectivo, están presentes en los artículos 18, 19, 20, 21, 22 y 23, por citar algunos de ellos.

• El artículo 125 dispone que el Sistema Nacional de Protección Integral tiene como una sus atribuciones la de integrar la participación de los sectores público, social y privado y de la sociedad civil en la definición e instrumentación de políticas para la garantía y protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes (fracción II).

• El artículo 127 establece que dicho sistema estará integrado, también, por representantes de la sociedad civil que serán nombrados por el sistema, en los términos del reglamento de esta ley (inciso D).

• El artículo 130 establece que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional le corresponde fungir como instancia de interlocución con organizaciones de la sociedad civil, academia, y demás instituciones de los sectores social y privado (fracción XIV).

• El artículo 145 prevé que los sistemas nacional, locales y municipales contarán con órganos consultivos de apoyo, en los que participarán las autoridades competentes y representantes de los sectores social y privado, para la implementación y aplicación de los programas.

La normativa también establece que las autoridades realicen estudios donde es factible la participación de la academia :

• Las procuradurías de protección tienen entre otras actividades las de realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones a favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes, con el fin de difundirlos entre las autoridades competentes y los sectores público, social y privado para su incorporación en los programas respectivos (XV, artículo 122).

• A la secretaría ejecutiva, le corresponde realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones en favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes con el fin de difundirlos a las autoridades competentes y a los sectores social y privado para su incorporación en los programas respectivos (IX, artículo 130).

Así, tenemos que la concreción e implementación de la ley general, demanda el concurso no sólo de las instituciones del Estado, sino de las ciudadanas, ciudadanos, organismos de la sociedad civil y académicos de perfil multidisciplinario, así como personalidades prestigiadas y reconocidas por su actividad, quienes, mediante su compromiso y voluntad, contribuyen al conocimiento y exigencia de los derechos de las y los menores de edad, reconocidos en el orden jurídico.

Toda estrategia, programa o línea de acción que se formule e implemente favoreciendo el interés superior de la niñez, constituye un hecho que debe ser valorado positivamente en su justa dimensión a partir de las voluntades y responsabilidades institucionales y las coadyuvancias civiles que se conjunten a efecto de crear las condiciones necesarias que la hagan viable.

Por ello, apunto que, ante la ausencia de un reconocimiento que visibilice la labor permanente que realizan ciudadanos, organizaciones civiles, académicos, artistas, intelectuales, deportistas, etcétera, orientada a la protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, presento este proyecto de decreto a fin de subsanar tal omisión.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del pleno de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único . Se adiciona un numeral 5 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:

Capítulo II
De las Distinciones de la Cámara

Artículo 261.

1. (...)

2. (...)

3. (...)

4. (...)

5. La honorable Cámara de Diputados otorgará anualmente la medalla Acciones en Favor de la Niñez y la Adolescencia, a la ciudadana, ciudadano, académica, académico u organización de la sociedad civil, como reconocimiento a su destacada labor en pro de los derechos de niñas, niños y adolescentes, de conformidad con lo que establece el decreto de su creación, así como el reglamento que regule su entrega.

Transitorios

Primero . El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo . La Cámara de Diputados contará con un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para expedir el reglamento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2018.

Diputada Sara Paola Gálico Félix Díaz (rúbrica)

Que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Cynthia Gissel García Soberanes e integrantes del Grupo Parlamentario del PES

Quienes suscriben, Cynthia Gissel García Soberanes y José Alfredo Ferreiro Velasco, en nombre de las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa, en tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) constituye el programa anual de gastos. Es el documento que presenta de forma detallada la distribución del gasto público, bajo diferentes tipos de clasificación del presupuesto de egresos, las cuales incluyen la asignación del gasto por entidades e instituciones gubernamentales; su distribución por funciones públicas; por programas; e igualmente, la manera en que se distribuye el gasto por su destino en la adquisición de bienes y servicios necesarios para cumplir las funciones gubernamentales.

La Cámara de Diputados en términos del artículo 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene diversas facultades de carácter exclusivo en materia del Presupuesto de Egresos de la Federación, como son la aprobación anual del Presupuesto de Egresos: el análisis y discusión del Proyecto de Presupuesto formulado por el Ejecutivo federal; la realización de modificaciones al proyecto de presupuesto, en caso de que hubiera lugar a ello y la revisión de la Cuenta Pública del presupuesto que fue aprobado el año anterior.

El Ejecutivo federal integra y presenta la propuesta del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y se presenta a la Cámara de Diputados para ser revisada, examinada a partir del 8 de septiembre, y en años de inicio de administración, el 15 de diciembre.

Es decir, se otorga al ejecutivo que entra en funciones tiempo adicional para elaborar un proyecto de semejante magnitud, lo cual desde nuestro punto de vista es correcto, pero creemos que una consideración similar se tendría que tener cuando existe un cambio de legislatura en esta honorable Cámara de diputados, ya que los cambios y reacomodo del personal administrativo y de asesores, así como la novatez en cuanto a los trabajos y procedimientos legislativos de algunos compañeros, hace doblemente difícil la tarea de analizar y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación en el tiempo establecido.

Argumentos que lo sustentan

Durante mucho tiempo, más de setenta años, el procedimiento de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación no había representado mayor problema, pues al existir una mayoría parlamentaria afín al partido político al que pertenecía el presidente de la República, el proyecto de Presupuesto presentado por éste a la Cámara de Diputados apenas sufría cambio alguno, al punto de considerarlo como un mero trámite administrativo.

Sin embargo, la alternancia en el poder cambió el efecto de la mayoría partidista, cerrando un capítulo amargo de la historia y abriendo otro más satisfactorio para la democracia mexicana y, por tanto, para el derecho presupuestario, permitiendo que todas las fuerzas políticas pudiesen ejercer sus derechos constitucionales y así disputarle al gobierno federal el diseño y reparto del presupuesto.

El presupuesto tiene en el Estado moderno una importancia notable, porque es un instrumento poderoso para encauzar el desarrollo económico, y regular adecuadamente el proceso de planeación nacional. Entre los planes financieros del Estado, el presupuesto se destaca como un elemento coordinador adecuado al desarrollo económico.

Es así, como puede observarse la importancia vital que tiene este proceso de aprobación, que año con año se realiza en la Cámara de Diputados, ya que de acuerdo con la propia naturaleza del mismo, depende de éste, el desarrollo e impulso económico que se dé a los distintos sectores del país, y que deberá de verse reflejado posteriormente en un desarrollo y beneficio general para la población de todas y cada una de las entidades federativas que integran la República Mexicana.

En este sentido, la vigente fracción IV, del artículo 74 de la Constitución mandata a la Cámara de Diputados aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y en su caso modificación.

De esta forma, se ha observado en los últimos años que las sesiones del pleno de la Cámara de Diputados, destinadas a aprobar el PEF, tienden a extenderse por varias horas, alcanzando incluso la madrugada o la mañana del día siguiente, sucediendo esto de manera más acentuada en el año que existe cambio de legislatura, como sucedió en la reciente discusión del año 2015.

Tomando en cuenta, que el Presupuesto de Egresos es un documento de vital importancia para el desarrollo del país, que concentra las partidas en las que el gobierno podrá gastar para satisfacer las necesidades colectivas, así como servir de instrumento que orienta la actividad económica.

Es indispensable que su discusión y aprobación, se de en condiciones óptimas, no sólo de seguridad, instalaciones o las relacionadas con la normatividad en la materia, sino que además los legisladores deben de tener las condiciones físicas y mentales adecuadas para tener el máximo entendimiento de lo que están votando y discutiendo. Sin embargo, esta situación se ve afectada, cuando se somete al organismo a jornadas largas de trabajo sin mediación del sueño.

Está por demás comprobado en diversos estudios médicos y psicológicos, las alteraciones que se ocasionan al organismo cuando es sometido a lapsos prolongados de tiempo sin dormir, especialmente en lo concerniente a la actividad cerebral, dentro de las afectaciones más comunes se cuentan la disminución en la actividad mental y en la concentración, mareos, confusión mental, debilidad física, falta de rendimiento, ansiedad, jaqueca, impaciencia, irritabilidad, lagunas o falta de memoria, aumento notorio en el tiempo de reacción, entre otras.

Por lo que considerar que tomar una determinación de tanta trascendencia económica, política y social para el país, como es la aprobación del presupuesto, bajo el efecto de alguno de estos malestares es lo adecuado para cumplir con el mandato constitucional, es no dar la importancia suficiente y necesaria a tan grande encomienda.

De igual forma, en virtud de que el Presupuesto de Egresos es producto de la recaudación de los impuestos y, por tanto, es dinero aportado por los ciudadanos, su uso debe de ser el correcto, es decir, debe ser utilizado para satisfacer las necesidades primarias del país; por tal razón, su análisis, discusión y aprobación debe realizarse con pleno goce de facultades físicas y mentales.

Aunado a lo anterior, y derivado del cansancio generado por lo agobiante de la sesión, existe la falta de voluntad para analizar y discutir las reservas que presentan los compañeros legisladores, prueba de esto son las 278 reservas que fueron rechazadas por tan sólo una aprobada en la discusión del PEF 2015, además es probable que varias de estas pudieran representar un mayor presupuesto para programas o actividades de vital importancia o por el contrario, la reducción en otros rubros que por sus resultados o funciones lo ameriten.

Asimismo, no se debe pasar por alto que según el Artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83 (1 de octubre), el Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre”.

Es decir, se le otorga tiempo adicional por que se consideraba que quince días son insuficientes para elaborar un proyecto de semejante magnitud, lo cual desde nuestro punto de vista es correcto, pero consideramos que una consideración similar se tendría que tener cuando existe un cambio de legislatura en esta honorable Cámara de Diputados, ya que los cambios y reacomodo del personal administrativo y de asesores, así como la novatez en cuanto a los trabajos y procedimientos legislativos de algunos compañeros, hace doblemente difícil la tarea de analizar y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación en el tiempo establecido.

Si bien en la Cámara de Diputados, la construcción del Presupuesto de Egresos de la Federación constituye por sí mismo, un espacio incomparable para conjugar retos y posibilidades de viabilidad de políticas públicas que contribuyan a nuestra consolidación como una nación más justa y equitativa, para que esto sea así, es necesaria una escrupulosa verificación y fiscalización del ejercicio del gasto público.

Los instrumentos, la tecnología, la capacidad técnica y operativa con que hoy cuenta la Cámara de Diputados deben concentrarse en el desempeño de un control riguroso que ponga freno a la corrupción en todas sus manifestaciones.

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II y 72, inciso H) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 3, 78 y 102, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente:

Denominación del proyecto de decreto

Iniciativa con proyecto de decreto que por el que se reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único. Se reforma el párrafo segundo de la fracción IV, del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

I... a III. ...

IV...

El Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre y a más tardar el día 30 de noviembre los años que exista cambio de legislatura.

...

...

....

V. a IX. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2018.

Diputados:



Cynthia Gissel García Soberanes, José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbricas).
Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, relativo a los daños causados a la salud humana y al ambiente por las emisiones de gases generados por la central termoeléctrica de Lerma, Campeche, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Adriana del Pilar Ortiz Lanz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con puntos de acuerdo de urgente u obvia resolución , con relación a los daños ocasionados a la salud humana y al medio ambiente causados por las emisiones de gases generados por la Central Termoeléctrica de Lerma, en el estado de Campeche, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 9 de septiembre de 1976, el poblado de Lerma en el estado de Campeche se vio beneficiado con la instalación de una Central Termoeléctrica que en ese entonces la Comisión Federal de Electricidad traía en esa pequeña tierra de laboriosos pescadores ubicada a escasos kilómetros de esta ciudad capital del sureste mexicano.

Este gran complejo, instalado con la finalidad de proveer de suficiente energía a las entidades como Campeche y Quintana Roo, posicionaba a México ante el mundo como un país en vías de desarrollo con el uso de tecnologías avanzadas para la generación de energía eléctrica.

Lamentablemente, a poco más de 40 años de su puesta en marcha, no solo lejos de haber sido el detonante que catapultara a la población aledaña a esta central a mejores escenarios económicos, hoy se vive una realidad muy diferente al verse afectados en su salud y en sus actividades predominantemente marcadas en la pesca y en menor escala en el turismo.

Es evidente el grave impacto ambiental provocado por la contaminación derivada de la Central Termoeléctrica de Lerma en Campeche. Diversos estudios coinciden en que este tipo de industria ahora obsoleta, ha provocado daños irreversibles al ecosistema y a las especies que en el mismo habitan.

En 2004, derivado precisamente por la preocupación de las emisiones de sustancias contaminantes a la atmósfera en la región de América del Norte, es que los tres países que lo integran –Canadá, Estados Unidos de América y México- se reúnen en la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) de América del Norte para colaborar en el análisis de las emisiones atmosféricas de las centrales eléctricas a base de combustibles fósiles, como es el caso de la central de Lerma, y cómo contribuían a la contaminación en todo el subcontinente.

Cabe señalar que, entre otros, en este trabajo serio y responsable participaron importantes centros e investigadores de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, División de Calidad de Aire y Radiación; funcionarios del Ministerio de Medio Ambiente de Canadá, divisiones de Inventarios y Registro de Contaminantes, Prioridades en Emisiones Atmosféricas, y Electricidad y Combustión; funcionarios de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de México, Dirección de Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.

Dentro de sus principales resultados, se refiere la siguiente información que transcribo:1

“Dependiendo de los combustibles utilizados, las centrales eléctricas pueden emitir a la atmósfera contaminantes entre los que figuran: dióxido de azufre (SO2); óxidos de nitrógeno (NOX); mercurio (Hg); partículas suspendidas (incluidas PM2.5 y PM10); gases de efecto invernadero como metano (CH4), óxido nitroso (N2O) y dióxido de carbono (CO2); compuestos orgánicos volátiles (COV), y metales en niveles traza. Para dar una idea de la magnitud de las cantidades de contaminantes producidas durante la generación de electricidad, en el cuadro 3.2 se muestran las tasas de emisión promedio de CO2, SO2 y NOX de las unidades de generación eléctrica según el combustible fósil utilizado. Las tasas de emisión de partículas son muy variables, en particular para el combustóleo y el carbón, pues dependen mucho de la cantidad de cenizas producidas después de la combustión. En los siguientes apartados se presentan breves descripciones de los contaminantes abordados en este informe. La mayor parte de los contaminantes atmosféricos se generan durante la combustión, independientemente del tipo de combustible quemado. Sin embargo, la cantidad y las características de cada contaminante dependen en gran medida del combustible. Por ejemplo, las partículas suspendidas que genera la combustión de carbón son de mayor tamaño y contienen mayores cantidades de carbono orgánico y elemental que las partículas suspendidas generadas por los aceites combustibles residuales (combustóleo). Algunos elementos metálicos que son contaminantes tóxicos, como el plomo y el mercurio, se emiten a raíz de la combustión de carbón, mientras que la quema de combustóleo genera emisiones de vanadio y plomo, pero casi no de mercurio. El gas natural es —como ya se dijo— el más limpio de todos los combustibles fósiles: produce sobre todo emisiones de NOX, CO2 y cantidades muy pequeñas de otros contaminantes. En el cuadro 3.3 se indican los principales efectos para la salud humana y el medio ambiente de algunos contaminantes emitidos por las centrales eléctricas”.

Es preciso hacer mención que, con base en estos y otros datos aportados por las autoridades ambientales, el gobierno de Canadá ha anunciado cerrar la totalidad de sus termoeléctricas de carbón de aquí al 2030, con el fin de acelerar la reducción de sus emisiones de gases causantes del efecto invernadero.

Cabe adicionar que para el caso específico que nos ocupa, en el documento antes citado la Central Termoeléctrica de Lerma presenta las siguientes emisiones con respecto a los valores considerados como normales cuando se trata de combustóleo:

Como se puede observar, las tasas de emisión para dióxido de carbono y dióxido de azufre son considerablemente más altas respecto a los estándares normales. Estos contaminantes, durante 40 años, han impactado en la salud y en el medio ambiente, ocasionando los siguientes efectos en las personas y en el ecosistema.

Dentro de un entorno globalizado con alta competencia económica y responsabilidad ambiental, el titular del Ejecutivo federal con fecha 20 de diciembre de 2013 promulga la reforma energética, en cuya estrategia nacional se plantea que el 35 por ciento de la generación de electricidad para 2024 deberá llevarse a cabo con fuentes realmente limpias, las renovables, de energía: eólica, solar térmica de concentración, solar fotovoltaica, entre otras.

Paralelamente, y para dar cumplimiento a lo establecido, se dispuso ir retirando dentro de los próximos 15 años poco menos de la quinta parte de la energía en México dando paso a la privatización, sin perder la rectoría del Estado en el control del sistema eléctrico nacional, para restituir las pérdidas energéticas y sustituirlas con energías limpias.

Así quedó de manifiesto en el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2015-2029, documento estratégico del sector elaborado por la Secretaría de Energía del Gobierno Federal, donde se consideraba el retiro de la Central Termoeléctrica de Tipo Convencional de Lerma para el año 2015, tal y como se observa en la siguiente imagen:

Y se ratificó en el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2016-2030 elaborado por la misma dependencia federal donde se consideraba el retiro de la Central Termoeléctrica de Tipo Convencional de Lerma para un año más del originalmente convenido, tal y como se observa en la siguiente imagen:

En el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2017-2031 se establece nuevamente su retiro para el año de 2017 y se hace estricta mención por parte de la Secretaría de Energía del gobierno federal de la urgencia por la cual deben ser sustituidas las centrales termoeléctricas principalmente las conocidas como Convencionales derivado de sus altos contaminantes atmosféricos. Se transcribe a continuación texto extraído del Prodesen 2017-2031.

“...Las centrales termoeléctricas convencionales pueden utilizar gran variedad de combustibles, entre ellos: carbón, gas natural, y derivados del petróleo como el diésel y el combustóleo, que se caracterizan por su alto nivel de emisiones contaminantes”.

“En México, como en otros países, se ha optado por sustituir esta tecnología por otras de mayor eficiencia y con menor impacto ambiental, ya que una termoeléctrica convencional es 73 por ciento menos eficiente que un ciclo combinado, y emite en promedio 680 kilógramos de CO2 por cada MWh de energía eléctrica promedio”.3

Es preciso señalar que a la fecha la planta termoeléctrica de Lerma, Campeche, sigue generando estas emisiones dañinas sin considerar que, incluso como anteriormente se menciona, se ha ido programado su retiro desde el año de 2015 de manera paulatina junto con las que operan en otros estados de la República.

Es por eso que se hace un enérgico llamado para que este grave problema sea detenido inmediatamente para beneficio de la salud humana, las actividades como la pesca y el turismo en la zona, y del ecosistema que existe en la región.

Es claro que se ha hecho caso omiso a esta problemática, ya que a pesar de estar debidamente acreditado que dicho complejo termoeléctrico en sus actividades no ha sido cuidadoso para respetar los principios de un desarrollo sustentable eficiente, como señalan diversos ordenamientos como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente,4 el Reglamento para la Prevención y el Control de la Contaminación Atmosférica,5 y las “normas técnicas ecológicas” aplicables como son la NOM-085-SEMARNAT-2011 Contaminación atmosférica – Niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición, no se ha hecho el más mínimo esfuerzo para subsanar las lesiones directas e indirectas provocadas a la sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad para que en el marco del Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional tome las medidas necesarias a fin de mitigar las emisiones de gases por la generación de energía eléctrica de la Central Termoeléctrica de Lerma en el Estado de Campeche a través de la participación creciente de energías limpias.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que de manera coordinada con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitan las recomendaciones pertinentes que comprendan:

La elaboración de los estudios necesarios por parte de una institución académica o centro de investigación al complejo termoeléctrico de Lerma ubicado en el estado de Campeche a fin de determinar el grado de afectación a la salud humana y al medio ambiente ocasionado en la zona.

La implementación de programas en colaboración entre las dependencias estatales, municipales, y de la administración pública federal que establezcan las medidas necesarias para el cuidado y protección de los habitantes, estudiantes, pescadores y demás personas que realizan sus actividades en el poblado de Lerma y zonas aledañas, así como las correspondientes para la protección y recuperación del ecosistema en la región aledaña a la central termoeléctrica.

Notas

(1) Emisiones Atmosféricas de las Centrales Eléctricas en América del Norte. Comisión para la Cooperación Ambiental. 2011.

http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga /Libros2011/CD001603.pdf

(2) También se ha asociado a problemas de asma y bronquitis crónica, aumentando la morbilidad y mortalidad en personas mayores y niños. Los asmáticos y las personas con enfermedades pulmonares obstructivas crónicas (EPOC) y con problemas cardíacos son los más sensibles a los efectos del SO2.

(3) Prodesen, página 32. http://base.energia.gob.mx/prodesen/Prodesen2017/Prodesen-2017-2031.pdf

(4) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente.

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/l280188.h tml

(5) Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente para la Prevención y el Control de la Contaminación Atmosférica. http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/file/1157/1/reglamento_de_la_lge epa_en_materia_de_prevencion_y_control_de_la_contaminacion_de_la_atmosf era.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro.- Ciudad de México, a 4 de abril de 2018.

Diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a hacer públicas las medidas tomadas para investigar y sancionar las irregularidades encontradas en Exportadora de Sal, SA de CV, y las condiciones de venta del producto de la empresa, a cargo del diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito Macedonio Salomón Tamez Guajardo, diputado del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, y demás disposiciones aplicables, me permito poner a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base en los siguientes

Antecedentes

1. Exportadora de Sal, SA de CV (ESSA), es una sociedad anónima de capital variable, constituida de conformidad con las leyes mexicanas el 7 de abril de 1954, cuyo principal objeto social es la extracción de sal minera en la costa de Baja California, República Mexicana, y la venta y exportación de la misma, así como todos los actos que se relacionen directamente con su objeto social.

2. ESSA es una de las principales empresas productoras y proveedoras de sal para la industria del cloro-álcali en la cuenca del pacífico, participando también en mercados de deshielo de carreteras, suavizadores de agua e industria alimenticia de Norteamérica. De conformidad con sus propios informes, su participación en el mercado mundial es de aproximadamente el 28 por ciento.

3. La producción y exportación de sal de ESSA es de origen marino, la cual se obtiene de las grandes extensiones naturales de terrenos ubicados en Guerrero Negro, Baja California Sur; lugar en el que opera la salina más grande del mundo, con una capacidad de producción de 8 millones de toneladas anuales. La empresa también cuenta con instalaciones para carga de barcos en la Isla Cedros, en Baja California, con capacidad de recibir y cargar barcos de hasta 180,000 toneladas.

4. El capital social de la empresa se compone en un 51 por ciento por acciones del Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de un Fideicomiso de Fomento Minero, y en un 49 por ciento por la empresa japonesa Mitsubishi Corporation.

5. De conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como la Ley Federal de Entidades Paraestatales, ESSA es una empresa con Participación Estatal Mayoritaria, sectorizada a la Secretaría de Economía.

6. ESSA cuenta con cuatro concesiones mineras de explotación vigentes a 2013, así como dos prórrogas de concesión para el uso de zonas federales marítimo terrestres. Asimismo, cuenta con una prórroga de concesión para operar muelles e instalaciones portuarias.

7. Desde el año 2013 la ASF, en su informe del mismo año, sentenció que Mitsubishi actuaba como juez y parte en la determinación de precios y en la imposición de condiciones de los contratos de venta y distribución de sal de ESSA, por lo que se solicitó a la empresa que finalizará el monopolio operacional manejado por Mitsubishi.

Exposición de Motivos

En atención a los hechos expuestos en los antecedentes, en el año 2014, la ASF realizó la Auditoría Financiera y de Cumplimiento número 13-2-10KN-02-0030 con el objetivo de fiscalizar la gestión financiera realizada en el ejercicio fiscal 2013, para comprobar que los ingresos se obtuvieron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública, de acuerdo con las disposiciones legales y normativas, así como verificar la rentabilidad de la operación de la entidad.

De ella se advierte que el 28 de abril de 1977, ESSA celebró con Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation, empresas de capital extranjero, un contrato denominado “Contrato ESSA-MIC comisiones s/ventas de sal”, en cuya cláusula 7 establece que Mitsubishi Corporation gozará de los derechos de exclusiva de venta de los productos en Japón. Asimismo, en la cláusula 8 se estipula que ESSA nombra a Mitsubishi International Corporation agente y representante de ventas exclusivo para vender sus productos .

En el mismo sentido, la auditoría observa que el contrato del 28 de abril de 1977 y su convenio modificatorio del 18 de noviembre de 2010, asignan a Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation como únicos compradores, distribuidores y comercializadores en todo el mundo de la sal que produce ESSA .

Tomando en consideración que Mitsubishi Corporation es a su vez socio minoritario de ESSA, la auditoría advierte condiciones desfavorables para ESSA y beneficios a Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation en perjuicio del interés económico del accionista mayoritario que es el gobierno mexicano , esto en razón de que no se establecen condiciones equitativas, lo que limita la actuación de la entidad fiscalizada para acceder a nuevos mercados y evaluar otras alternativas para la venta de producto, a fin de maximizar la generación de valor para el estado mexicano.

La ASF específicamente recomendó revisar y modificar las condiciones del contrato referido, para modificar la estrategia de comercialización de la sal, estableciendo condiciones equitativas, de manera que ESSA pueda acceder a los mercados finales y buscar alternativas para la venta, distribución y comercialización. Ello con el fin de atender y corregir las prácticas monopólicas establecidas a través del contrato y convenio modificatorio que establecen y concentran las ventas para Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation . La ASF encontró que estas prácticas monopólicas ocasionan daños y perjuicios al patrimonio de ESSA.

Por otra parte, la ASF advirtió que ESSA vende la tonelada de sal a Mitsubishi entre los 10 y 26 dólares, sin contar con la determinación de precios de transferencia. Se advirtió que, de acuerdo con el “Perfil del Mercado de la Sal” elaborado por la Dirección General de Desarrollo Minero, el precio de la sal ronda en los 50 dólares por tonelada en el mercado global. En razón de ello es que la ASF recomendó que el Consejo de Administración fijará una política de precios que ajuste los precios por arriba del costo promedio de producción.

En los estados financieros de ESSA de 2013 se reportaron 1,691,847.5 miles de pesos de las ventas de sal industrial, de los cuales 1,691,531.0 miles de pesos, el 99.98 por ciento, correspondieron a ventas al extranjero y 316.5 miles de pesos, el 0.02 por ciento, a empresas mexicanas.1 Cabe resaltar que dentro de diversos contratos realizados, se estipulaban precios mucho menores a los establecidos dentro del mercado.2

En razón de lo anterior, se solicita que las autoridades responsables de dar seguimiento a estas irregularidades, remitan la actualización de los informes en los que se adviertan las medidas adoptadas para atender a las recomendaciones de la ASF .

Destacan particularmente las siguientes recomendaciones:

• La modificación de las condiciones de exclusividad en la compra, distribución y comercialización de la sal que produce ESSA por parte de su socio minoritario Mitsubishi.

• La revisión y modificación de las condiciones del contrato de venta principal y su convenio modificatorio u otros documentos derivados.

• La modificación de la estrategia de comercialización de la sal, para que ESSA pueda acceder a los mercados finales.

• Determinación del precio de la sal al menos por encima de los costos de producción, así como en concordancia con los precios de mercado.

• Investigación y determinación de responsabilidad administrativa sancionatoria para los funcionarios que con su actuar negligente han ocasionado daños y perjuicios a ESSA, en particular los miembros del Consejo de Administración de ESSA.

Asimismo, es importante precisar que, a pesar de que se emitieron diversas recomendaciones con relación a la determinación de responsabilidades, a la fecha no ha culminado efectivamente la investigación o sanción de los funcionarios públicos involucrados en estos eventos. En ese sentido, se solicita la actualización de los informes correspondientes a:

• El estado que guardan las investigaciones con relación a estos hechos.

• Los procesos de responsabilidades administrativas sancionatorias que hayan culminado efectivamente.

• El seguimiento a las recomendaciones al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con relación a los hechos.

• La investigación seguida por la Secretaría de la Función Pública

• La actualización de las investigaciones de la ASF para los ejercicios fiscales de 2014 y 2015.

Aunado a lo anterior, importante destacar que frente a la existencia de diversas denuncias, en específico la denuncia con el número de expediente DE-016-2015 contra las prácticas monopólicas de ESSA, la Cofece dio inicio a las investigaciones relativas al mercado de producción, distribución y comercialización al mayoreo de sal,3 por posibles vulneraciones a los artículos 10, fracciones I, V y/o XI, 11, 12 y 13 de la Ley Federal de Competencia Económica publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 1992;4 y los artículos 1, 2, 12, fracciones I y XXX, 28, fracciones II y XI, 54, 56, fracciones I, V y/o XI, 58, 59, 66, 69, fracción I, y 71, de la Ley Federal de Competencia Económica publicada en el DOF el 23 mayo 2014;5 y artículos 1, 2, 5, 7, 8, 54 y 55 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE.

Actualmente, dentro del portal de búsqueda de la Cofece no se encuentra disponible la resolución alguna sobre la investigación,6 existiendo solamente dos acuerdos de ampliación presentados el 01 de junio de 2016 y 30 de noviembre de 2016; y un Aviso de Inicio emitido el 01 de diciembre de 2015.7 En tal virtud se solicita información actualizada del estado que guarda la resolución de la denuncia en cuestión .

De lo expuesto es posible advertir que, pese a que Mitsubishi es el socio minoritario de ESSA, mantiene el control de los precios de transferencia en la empresa ; y que, aun contando con diversas investigaciones sobre las prácticas irregulares detectadas desde el año 2013, se siguen realizando las mismas sin modificación o sanción alguna, acentuando el monopolio dominante de la firma japonesa.

Al respecto destacar que se considera “monopolio” a la forma de mercado en la cual un solo vendedor controla la oferta de un producto o servicio, permitiendo fijar la cantidad ofrecida y su precio;8 por lo tanto, los actos anticompetitivos violentan la libre competencia y afectan el bienestar de los consumidores, el ambiente competitivo y a la sociedad,9 fungiendo como frenos a la inversión y a la innovación.10

El artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece explícitamente la prohibición de monopolios, prácticas monopólicas, estancos y exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, existiendo un castigo severo.

En el caso en cuestión, desde la conformación del “Contrato Original” es posible percibir las tendencias inequitativas y de control de la firma japonesa. El 28 de abril de 1977, se celebra el “Contrato ESSA-MIC comisiones s/ventas de sal”, entre ESSA con Mitsubishi Corporation (MSK) y Mitsubishi International Corporation (MIC), subsidiaria de MC. Dentro del mismo se estipula:

• Cláusula 7: “MSK gozará de los derechos de exclusiva de venta de los Productos en Japón”.

• Cláusula 8: “ESSA nombra a MIC su agente y representante de ventas exclusivo para que venda los Productos en Estados Unidos y Canadá, y para que funja, de cualquier otra forma, como el representante de ESSA.”

• Cláusula 10: “ESSA nombra a MSK su representante de ventas para que esta última venda los productos y funja como su representante en todos los lugares del mundo que se encuentren fuera de Japón, salvo los Estados Unidos y Canadá”.

Hasta el año 2013 se habían celebrado en relación al contrato dos memorándums, un acuerdo y un convenio modificatorio, mismos que contienen diversas irregularidades de forma, como firmas o nombres.

• Memorándum 22 julio 1987: Se modifica cláusula 18, inciso a, con la finalidad de incrementar del 2 por ciento al 3 por ciento del precio libre sobre los productos vendidos en Japón, la comisión pagadera a MC por sus servicios de agente y representante de ventas.

• Acuerdo 7 septiembre 1993: Se modifica cláusula 19 sobre la vigencia del contrato establecida hasta el 24 de enero de 1986, para extenderse por un periodo de 20 años finalizando el contrato cuando expira la concesión otorgada a ESSA.11

• Memorándum de Entendimiento 22 noviembre 2006: Se modifica cláusula 18 incisos c y d, para que el aumento del “Memorándum 22 julio 1987” aplicara hasta el 1 de enero de 1998, logrando que ESSA pagara una compensación superior a la establecida formalmente por el periodo previo a la emisión del memorándum.

• Convenio modificatorio del 18 de noviembre de 2010: se modifican las cláusulas 1, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18 y 20; y se denomina colectivamente al contrato del 28 de abril de 1977, al memorándum del 22 de julio de 1987, al acuerdo del 7 de septiembre de 1993 y al memorándum del 22 de noviembre de 2006, como “Contrato Original”. Además se estipula que ESSA y MC celebrarán ocasionalmente contratos de compraventa por escrito y por separado para la distribución de los productos en todas las zonas del mundo fuera de Japón, excepto Estados Unidos y Canadá.12

En el mismo sentido, el presente instrumento debe tener calidad de fundatorio para demostrar la urgencia que tenemos como Cámara de Diputados de nombrar a la persona que se desempeñará como la siguiente titular de la Auditoría Superior de la Federación, ya que situaciones de este tipo impactan en la competitividad económica del país y abonan al descrédito de las instituciones de México. Nosotras y nosotros, como representantes populares debemos salvaguardar la honorabilidad e integridad institucional de nuestra democracia constitucional.

Existe una compartida preocupación por el actuar de la Autoridades ante la situación de esta Empresa, por parte de diferentes diputados, razón por la que se han presentado diversas Proposiciones con Puntos de Acuerdo que exhorta a diversas autoridades para que informen sobre el estado que guardan las investigaciones con relación a los hechos, los procesos de responsabilidades administrativas sancionatorias; para que subsanen las irregularidades detectadas;13 e impidan la evacuación, eliminación, introducción o liberación de los productos residuales resultante de la producción de sal que efectúa la Exportadora.14

En virtud de lo anterior, se debe de actuar de inmediato para erradicar toda práctica monopólica en ESSA. En atención a ello se expresa el siguiente

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados solicita a la Comisión Federal de Competencia Económica a que de conformidad con sus facultades y obligaciones contenidas en la Ley Federal de Competencia Económica, remita un informe respecto al estado que guarda la denuncia identificada con el número de expediente DE-016-2015, por la posible comisión de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal.

Segundo. La Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de la Función Pública remita un informe respecto a las sanciones administrativas impuestas a funcionarios presuntamente responsables de irregularidades en la administración de la Empresa Exportadora de Sal, S.A. de C.V.

Tercero. La Cámara de Diputados solicita a la Procuraduría General de la República remita un informe respecto el estado que guardan los procesos penales en contra de funcionarios presuntamente responsables de irregularidades en la administración de la Empresa Exportadora de Sal, S.A. de C.V.

Notas

1 Grupo Funcional Desarrollo Económico. Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-2-10K2N-02-0030.

DE-112. Exportadora de Sal, S.A. de C.V. Ingresos por Venta de Bienes y Servicios. Página 7.

2 Ídem. Página 9.

3 Autoridad Investigadora. Comisión Federal de Competencia Económica. Aviso mediante el cual la autoridad investigadora de la comisión federal de competencia económica informa del inicio de la investigación por denuncia identificada con el número de expediente de-016-2015, por la posible comisión de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal.

4 Legislación Vigente al momento de la posible realización de los actos.

5 Legislación vigente al momento de dar inicio a la investigación.

6 Portal COFECE. Buscador de Investigaciones, Concentraciones, Concesiones, Declaratorias, Recursos de Reconsideración y Opiniones. http://www.cofece.mx/conocenos/pleno/resoluciones-y-opiniones/

7 Portal COFECE. Publicaciones de la Autoridad Investigadora. https://www.cofece.mx/cofece/index.php/cofece/autoridad-investigadora/p ublicaciones-de-la-autoridad-investigadora

8 Tamames, Ramón. La Lucha contra los monopolios. (1970) página 419

9 Fiscalía Nacional Económica. Sector Público y Libre Competencia. Evaluando sus actuaciones desde la perspectiva de la Competencia. Material de Promoción N. 4 página 4

10 Rubio Escobar, Jairo. La libre Competencia como mecanismo para expandir los Servicios Públicos. Intendencia de Industria y Comercio.

11 Concesión del Gobierno Federal a ESSA otorgada por un periodo de 50 años, correspondiente a la región salinera, venciendo el 22 de septiembre de 2043.

12 Grupo Funcional Desarrollo Económico. Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-2-10K2N-02-0030

DE-112. Exportadora de Sal, SA de CV, Ingresos por Venta de Bienes y Servicios, páginas 2-6

13 Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a subsanar las irregularidades detectadas en la Empresa de Participación Estatal Exportadora de Sal, SA de CV, y proceder conforma derecho, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario Morena.

14 Proposición con Punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semar, a impedir la disposición final de salmuera residual de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Exportadora de Sal, SA de CV (ESSA), en el complejo lagunar Ojo de Liebre-Guerrero Negro-Manuela

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2018.

Diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a desarrollar e implantar programas y acciones donde se promuevan talleres de vocación profesional, desde la educación básica, en específico a nivel secundaria, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Los diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La historia nos ha demostrado a lo largo de los últimos siglos que la educación es el factor clave para potenciar el desarrollo integral de las personas, la cual se ve reflejada en un mejor nivel de ingresos y la posibilidad de acceder a un mejor nivel de bienestar social.

Sin embargo, la educación en México aún presenta dificultades para cumplir con su cometido, el desarrollo integral del ser humano. La formación profesional de los mexicanos se ve inmovilizada por las diferencias que existen en los logros educativos, a pesar de que las nuevas generaciones cada vez reciben más enseñanza en comparación con las anteriores, dentro de cada generación persisten abismales disparidades en el nivel educativo alcanzado, partiendo del ingreso, la clase social y la ubicación geográfica. Situación que no corrige sino todo lo contrario, abona a las discordancias en cuestión de oportunidades de desarrollo y, por ende, de ingreso.

Si bien existe un claro aumento de la escolaridad media de los jóvenes en México, en comparación con la de sus padres, no se ha traducido en un mejoramiento de oportunidades laborales para este sector que proviene de los extractos sociales más vulnerables.

En este sentido, uno de los principales desafíos para nuestro país reside en la transición de la escuela al mercado laboral y la participación en la fuerza trabajadora de jóvenes de entre los 15 y 29 años, ya sea mientras continúan sus estudios o cuando logran terminar su educación formal.

Si tomamos en cuenta el informe Perspectivas de Políticas Educativas 2015: haciendo que las reformas sucedan, elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en materia de política educativa, encontraremos que, en promedio en los 34 países pertenecientes a este organismo, uno de cada cinco estudiantes de 15 años de edad no adquiere las habilidades mínimas necesarias para participar plenamente en la sociedad actual, pese a que concluyeron su educación básica.1

Ante esta situación, y con base en las progresivas demandas que impone el mundo laboral en cuanto a una mejor formación profesional, así como el aumento de las tasas de desempleo en los últimos años y las crecientes expectativas económicas de las personas, se ha dado una mayor importancia a los programas de educación técnica y vocacional en el ciclo final de la enseñanza básica, a nivel secundaria, en la educación media y superior.

En la mayoría de los países pertenecientes a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), especialmente los Europeos, con excepción de España y Portugal, la educación técnica y vocacional se imparte a partir de la educación media superior; la mitad de los estudiantes que cursan esta etapa de preparación están matriculados en programas técnico-vocacionales o de aprendices.ii Asimismo, en promedio, una sexta parte de los alumnos en escuelas técnico-vocacionales o sistemas de aprendices reciben capacitación con base tanto en la escuela como en el trabajo.iii

Uno de los ejemplos emblemáticos en materia de capacitación para el mercado del trabajo es el sistema dual de aprendices que existe en Alemania. El establecimiento de sistemas de este tipo en el nivel medio superior, adaptados adecuadamente a las realidades nacionales, está representando una solución para Alemaniaiv y, replicándolo, con las debidas adaptaciones de acuerdo a las circunstancias propias de que cada país, podría representar una solución para la expansión de la enseñanza técnica y para mejorar la dotación de personal calificado.

En nuestro país, debido al aumento de matrícula en la educación media y superior, se generan más aspirantes a los puestos de trabajo que los que puede absorber el mercado, de modo que los graduados, al no poder encontrar una colocación acorde con sus estudios, aceptan cualquier empleo que puedan encontrar o simplemente empiezan a formar parte de la fila de desempleados.

Éste sigue siendo el modelo básico para el cual se diseña la mayor parte de la política pública en México. Si bien es cierto que funcionó bien por muchos años, los egresados de todos los niveles son más numerosos que las oportunidades que ofrece el crecimiento del mercado del trabajo, de modo que el modelo ya no resulta sustentable.

Por su parte, entre los alumnos de secundaria que ingresan directamente al mercado del trabajo, los que estaban en programas técnicos se emplean en ocupaciones técnicas que exigen más que educación primaria, pero en las cuales las habilidades requeridas pueden aprenderse en el trabajo.

En razón de lo anterior, es que debemos adaptarnos al contexto actual e impulsar todas las acciones que conciban las herramientas necesarias que doten a este emergente sector de la sociedad a fin de generar oportunidades para el pleno desarrollo en igualdad de condiciones.

En medio de la implementación del nuevo modelo, que pretende que los jóvenes aprendan a aprender, convertir a las escuelas en comunidades de aprendizaje, la formación de los profesores, tener mayor equidad e inclusión, así como una coordinación de todas las autoridades educativas, lanzamos la presente propuesta para llevar a cabo los esfuerzos pertinentes y permanentes para trabajar en la eliminación de la brecha entre el sector educativo y laboral.

En Nueva Alianza estamos convencidos que la formación y profesionalización de los mexicanos es una de las vías para encontrar el desarrollo económico de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, respetuosamente sometemos a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con carácter de urgente y obvia resolución:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrolle e implemente programas y acciones donde se promuevan talleres de vocación profesional desde la educación básica, en específico a nivel secundaria, encaminados a eliminar la brecha existente entre el sector laboral y el educativo.

Notas

i Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (2015) Education Policy Outlook 2015: Making Reforms Happen Recuperado de

http://www.oecd.org/education/EPO%202015_Highlights.pdf

ii Carlson B. Educación y Mercado del trabajo en América Latina frente a la globalización. Revista de la CEPAL 77, 123-141. Recuperado de

http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/1082 8/1/077123141_es.pdf

iii Ibídem

iv Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes de abril de 2018.

Diputados:



Luis Alfredo Valles Mendoza, Mirna Isabel Saldívar Paz, Luis Manuel Hernández León, María Eugenia Ocampo Bedolla, Carlos Gutiérrez García, Karina Sánchez Ruiz, Ángel García Yáñez, Jesús Rafael Méndez Salas, Francisco Javier Pinto Torres, Melissa Torres Sandoval, Carmen Victoria Campa Almaral, Angélica Reyes Ávila. (Rúbrica)
Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Conacyt a eliminar el requisito de “exclusividad en los estudios” para los beneficiarios de sus becas, a fin de que éstos puedan además trabajar, a cargo del diputado Christian Alejandro Carrillo Fregoso, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Christian Alejandro Carrillo Fregoso, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

1. En una población de jóvenes denominados popularmente “ninis”, que ni estudian ni trabajan, es indispensable apoyar a los jóvenes “sisis”, que sí estudian y sí trabajan, pues siempre será mejor impulsar y alentar a quiénes están convencidos de avanzar y salir adelante por su propio esfuerzo y voluntad.

2. Para apoyar a los jóvenes que realizan estudios a nivel posgrado, existe el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que goza de autonomía técnica, operativa y administrativa.

3. El Conacyt, tiene por objeto ser la entidad asesora del Ejecutivo Federal y se especializa en articular políticas públicas del Gobierno Federal, con la finalidad de promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, así como la innovación, el desarrollo y la modernización tecnológica de nuestro país.

4. Se trata de una institución que se creó hace más de 47 años; desde entonces ha venido apoyando el desarrollo científico, tecnológico y de innovación del país, teniendo entre sus prioridades formar recursos humanos altamente capacitados, beneficiando el desarrollo profesional y bienestar de las personas.

5. A lo largo de estos años, el Conacyt ha favorecido el acceso, la permanencia, el egreso, la superación académica, la investigación, el desarrollo científico, tecnológico y de innovación, a través de la entrega de becas a personas que cumplen los requisitos de las universidades y de su programa de apoyo.

6. Entre las características que debe tener un Posgrado Nacional, para que el aspirante pueda ser beneficiado con una beca Conacyt es que el programa se encuentre registrado en el Programa Nacional de Posgrados de Calidad.

7. Lo anterior con la finalidad de garantizar la calidad en la educación que se imparte.

Los beneficiados con una beca nacional para estudiar un posgrado reciben la entrega del siguiente apoyo:

8. Por lo que hace a los Posgrados en el extranjero, el Conacyt, solicita que se realice en instituciones extranjeras de alta calidad internacional, preferentemente dentro de las áreas establecidas de en el Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, Ciencias Exactas y Naturales, Ingeniería, Ciencias Ambientales, Biotecnología y Ciencias Agropecuarias, Ciencias de la Salud y Energía.

9. De cubrir con el requisito anterior, el aspirante podrá ser beneficiado con una beca Conacyt, bajo el siguiente apoyo:

10. Es de reconocer que estos montos son insuficientes para estudiar un posgrado de calidad ya sean a nivel nacional o internacional, según sea el caso.

11. Además de ser una disposición que atenta contra la naturaleza de la Ciencia, tecnología e innovación, que de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), es determinante para el crecimiento económico, contribuye con 25 por ciento al crecimiento económico en los países en desarrollo y representa una herramienta fundamental para el combate de la pobreza y la desigualdad.

12. Ahora bien, en el supuesto de lograr ingresar a la Institución que imparte el posgrado, nos enfrentamos a otro supuesto: ¿La cantidad que entrega el Conacyt, es suficiente para cubrir las necesidades básicas de un estudiante, casado o soltero?

13. Entre los requisitos que establece el Conacyt en sus convocatorias de nivel posgrado, se encuentra la exclusividad en los estudios, es decir la prohibición de trabajar, lo que limita al estudiante a generar un ingreso adicional y su desarrollo profesional integral.

Asimismo, se solicita que los posgrados sean presenciales, razón que no permitiría a los estudiantes a emplearse en cualquier espacio laboral.

14. Los requisitos que se emiten en las convocatorias de posgrado del Conacyt, establecen que sus beneficiarios sólo se ocupen de estudiar, mantener un promedio mínimo de 8.0 y no reprobar ninguna materia, pero pasa por alto que muchos jóvenes no sólo tienen la necesidad de estudiar, sino que encuentran oportunidades idóneas para emplearse en aquello que están estudiando, por lo tanto, debería de dárseles esa oportunidad.

15. El día 7 de febrero de 2018, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a través de la ponencia del Ministro José Fernando Franco González resolvió amparar y proteger a un estudiante de nivel Maestría, a quien le fue quitado el beneficio de beca Conacyt.

La razón para retirarle la beca al alumno fue que “no se dedicaba de forma exclusiva a estudiar”, ya que se encontraba laborando y devengaba un salario.

Ante ese argumento, vale la pena preguntarse: ¿acaso no queremos más gente trabajadora que busca mejores oportunidades de desarrollo y progreso?

El joven en cuestión era un alumno destacado, con un promedio de 9.4, que estudiaba la maestría en derecho y que laboraba para una empresa que le había otorgado las facilidades para continuar su formación educativa.

16. La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que es posible generar un ingreso adicional al que proporciona la beca del Conacyt y si bien estas becas tienen como finalidad el generar un bienestar en la persona, ¿por qué no generar un bien común en donde se pongan en práctica los conocimientos adquiridos en nivel posgrado, con la finalidad de beneficiar a la sociedad mexicana?

17. Por todo lo anterior consideramos que es necesario garantizar el principio de progresividad, otorgado por nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, generando un mayor beneficio, a los becarios, pues es procedente pugnar porque las Convocatorias que emite el Conacyt, para nivel posgrado ya sean nacionales o extranjeras, eliminen el requisito de exclusividad en los estudios.

18. El Estado debe garantizar el derecho de beneficiarse de los apoyos que otorgue el Estado en materia de educación, como lo son las becas del Conacyt, derecho fundamental, localizado en el artículo 3o., fracción V, de la Constitución.

19. Asimismo, el Estado no puede ponderar el derecho de los mexicanos y decir a cuál tienen acceso y a cuál no, ya que la libertad a tener un empleo, también lo encontramos como un derecho humano fundamental en nuestra Constitución, artículo 5º, párrafos quinto y sexto.

20. En el mundo contemporáneo, el capital más importante de un país es su conocimiento. El conocimiento, no obstante, depende de la formación de las personas capaces de producirlo. En países como el nuestro, es de vital importancia que los incentivos estén alineados para que cada vez más personas se interesen en realizar estudios de posgrado y se deben remover los obstáculos (como el referido requisito de dedicación exclusiva) para lograr esto. Si se aprovecha bien este potencial, por medio de una educación de calidad, se puede convertir en una verdadera ventaja competitiva.

Como se ha señalado, entre los requisitos que se encuentran en las convocatorias para renovar la beca, se encuentra el no reprobar materia alguna y tener un promedio mayor a 8.

Lo anterior se traduce en que no cualquier persona podrá realizar ambas funciones, trabajar y estudiar, manteniendo el mismo promedio, por el nivel de exigencia que esto representa; sin embargo, es mejor que sean los beneficiarios quienes vean en la “exclusividad” una opción y no obligación, esto con la finalidad de generar mayores oportunidades en su preparación, pues de no hacerlo así, estaríamos limitando a las mentes brillantes y trabajadoras.

Por lo anteriormente expuesto se presenta esta proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, así como a la Dirección Adjunta de Posgrados y Becas con el objetivo de que sean modificadas las convocatorias de becas nacionales y extranjeras de nivel posgrado y eliminar el requisito de exclusividad en los estudios, tal y como la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo ha establecido.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública con el objetivo de que sean modificadas las convocatorias de becas nacionales y extranjeras de nivel posgrado y eliminar el requisito de exclusividad en los estudios, tal y como la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo ha establecido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el cuatro de abril de dos mil dieciocho.

Diputado Christian Alejandro Carrillo Fregoso (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a todos los gobiernos estatales y los municipales a cumplir las especificaciones técnicas de la cromática, el topónimo, el escudo, la representación gráfica y la tipografía institucionales respectivos, suscrita por la diputada Eloísa Chavarrías Barajas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputada Eloísa Chavarrías Barajas e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura de honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En fechas recientes los Congresos locales de los estados de Colima y Querétaro han votado leyes que regulan la utilización de colores y símbolos en bienes muebles e inmuebles del sector público.

Según lo dispuesto por la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, los alcaldes deben abstenerse de utilizar en edificios municipales, en la documentación oficial y en las páginas web oficiales, símbolos y colores asociados a los partidos políticos; en el caso de Querétaro, el ordenamiento que regula esta materia recibe el nombre de Ley que Regula la Utilización de Colores y Símbolos en Bienes Muebles e Inmuebles del Sector Público.

En el caso de Colima, esta legislación es acorde con el principio de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos, establecido en los artículos 134 de la Constitución federal y 138 de la Constitución del estado de Colima.

En ambas entidades, los alcaldes deben conservar una imagen municipal oficial que sea libre de todo contenido que promueva algún partido político, misma que deberá respetar el escudo oficial que identifica a cada municipalidad, así como los colores y lema del mismo.

Lo aprobado por las legislaturas estatales señala, además, que en la construcción, ampliación, adecuación, remodelación, conservación, mantenimiento o modificación de las obras públicas, así como en la planeación y el diseño de un proyecto urbano o arquitectónico, sólo podrá utilizarse la imagen institucional.

En nuestro país son gastados, cada tres o cada seis años, muchos recursos para poder “mudar de aires” las imágenes institucionales, todo esto con el exclusivo objetivo de hacer propaganda a la administración del partido gobernante en turno.

Y más allá de las discusiones e intereses partidistas, México ha invertido muchos recursos y sacrificios para dotar a la mayoría de los municipios y estados de simbología relativa a cada región, con el fin de lograr identidades locales, es decir, apego por sus regiones.

“La bandera, el escudo y el himno, representan los valores y la historia de los pueblos. Los cuales, sumados a las costumbres y tradiciones, van creando un sentido de pertenencia a la nación y contribuyen para consolidar nuestra identidad”.1

Lo anterior, que lo vemos reflejado a escala nacional, es similar en los estados y municipios, es una forma de identidad.

Sustituir los colores y símbolos regionales por los partidistas es alterar la tradición de nuestros pueblos y comunidades en beneficio de una administración temporal.

Durante décadas, en nuestras escuelas de estados y municipios se ha enseñado e inculcado el amor por los símbolos regionales, omitirlos y/o substituirlos es negar décadas de educación cívica.

De manera ilustrativa, podemos citar el ejemplo de una institución como la Universidad Nacional Autónoma de México:

Durante su rectorado, José Vasconcelos dotó a la Universidad de su actual escudo, en el cual el águila mexicana y el cóndor andino, cual ave bicéfala, protegen el despliegue del mapa de América Latina, desde la frontera norte de México hasta el cabo de Hornos, plasmando la unificación de los iberoamericanos: “Nuestro continente nuevo y antiguo, predestinado a contener una raza quinta, la raza cósmica, en la cual se fundirán las dispersas y se consumará la unidad”.2

Numerosas instituciones han destinado recursos a fin de crear manuales de identidad gráfica.

Este sentido de identidad no sólo se refleja en nuestras instituciones educativas, también es propio de casi todo tipo de congregación: cultural, religiosa, altruista, etcétera.

Otra alusión la podemos observar en el símbolo que representa el águila de la bandera nacional.

“El águila ha sido símbolo celeste, ave de luz y de iluminación, de la altitud y la profundidad del aire, debido a su capacidad de elevarse por encima de las nubes y acercarse al sol”.3

Es importante tener en cuenta las anteriores reflexiones, pues hay un motivo más fuerte que el económico, se trata de que nuestros gobiernos locales -por propia iniciativa- refuercen la identidad de sus poblaciones y no caigan en la tentación de imponer la visión de un partido político. Los intereses de la colectividad deben estar por encima de un ente que, si bien es de interés público, como lo es un partido político, representa solo a una porción de la sociedad.

Es por lo antes expuesto y de acuerdo a los artículos citados en el proemio, que se presenta ante esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos estatales y municipales de las 32 entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos a que, de conformidad con sus atribuciones, cumplan con las especificaciones técnicas de la cromática, el topónimo, escudo, representación gráfica y tipografía institucional de los gobiernos estatales, así como de los gobiernos municipales, con la finalidad de abstenerse de usar los de origen partidario en la construcción, ampliación, adecuación, remodelación y mantenimiento de las obras e inmuebles públicos, así como en la adquisición y adecuación de los mismos.

Segundo. El presente exhorto se aplica también a la imagen institucional expresada en la página web oficial y redes sociales oficiales.

Notas

1 Véase, “Conoce los Símbolos Nacionales, elementos fundamentales de nuestra identidad”, Archivo General de la Nación. Disponible en: https://www.gob.mx/agn/articulos/conoce-los-simbolos-nacionales-element os-fundamentales-de-nuestra-identidad

2 Véase, “Acerca de la UNAM; Identidad UNAM; Escudo”, Universidad Nacional Autónoma de México. Disponible en:

https://www.unam.mx/acerca-de-la-unam/identidad-unam/esc udo

3 Véase, “El águila real, símbolo de la identidad mexicana”, México Desconocido. Disponible en: https://www.mexicodesconocido.com.mx/el-aguila-real-simbolo-de-la-ident idad-mexicana.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 4 de abril de 2018.

Diputados Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Eloísa Chavarrías Barajas, Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios y Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profepa y el gobierno de Jalisco a atender la explotación de materiales pétreos y arena del río Verde, en Temacapulín, y zona aledaña, así como a cesar actos intimidatorios contra los pobladores, a cargo de la diputada María Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada federal María Candelaria Ochoa Ávalos, integrante de la LXIII Legislatura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El martes 6 de marzo de 2018, fueron citados y se presentaron a declarar en la Fiscalía Regional de Jalisco María Félix Rodríguez Reyes, Catalina Mejía Alvarado y José Gutiérrez Espinoza por su presunta participación en la manifestación pacífica realizada el miércoles 28 de febrero en la comunidad de Temacapulín contra la extracción de materiales pétreos, arena y rocas del lecho del río Verde.

En esta manifestación se impidió el paso de vehículos de carga tanto para entrar como para salir de la comunidad, pues la circulación de éstos ha creado problemas de contaminación en el pueblo, la vibración ha dañado las calles y los inmuebles y se ha puesto en peligro a los habitantes. También, los pobladores manifestantes argumentan que las afectaciones al lecho del río Verde por dicha extracción está causando daños ecológicos y medioambientales considerables e irreparables. Cabe mencionar que la comunidad en asamblea acordó por unanimidad el no paso a los areneros y el sí a la conservación del río Verde, y con ello se tomó como una resolución, por parte de la comunidad, la rescisión de cualquier concesión o acuerdo realizado con los areneros.

Los habitantes fueron citados luego de que un concesionario que no fue acreditado por el ministerio público impusiera una queja en su contra, iniciando una investigación por obstrucción de las vías de comunicación. Sin embargo, de los citados solo uno declaró pues las otras dos personas no se encuentran integradas dentro del expediente de investigación.

El citatorio es un acto de intimidación por parte del gobierno estatal en represalia por la resistencia que la comunidad de Temacapulín ha tenido a la construcción de la presa El Zapotillo desde hace más de 10 años

La construcción de la presa El Zapotillo fue anunciada en 2005.En el proyecto original se estableció la construcción de una cortina de 80 metros de altura. Con ello, la afectación a los poblados aledaños sería importante pero habría mecanismos de soporte y las comunidades no serían inundadas. Sin embargo, en 2007 el gobierno estatal modificó el plan original y subió la altura de la cortina a 105 metros de altura. Con esta modificación se condenaba a las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo a ser inundadas. A partir de ese momento se inició un movimiento de resistencia que se mantiene hasta el día de hoy.

Ante la presentación del caso, en 2013 la Suprema Corte de Justicia suspendió la construcción del proyecto con la modificación y permitió la construcción de la presa con la cortina de 80 metros, como estaba establecido en el plan original.

Aunado a esto, la modificación al proyecto original tampoco ha cumplido con los requisitos de ley, como el estudio de impacto ambiental ni la consulta a las comunidades afectadas. Y en términos del costo financiero la obra ha excedido con creces lo proyectado inicialmente. Se presupuestó la obra con un costo de 8 mil millones de pesos, sin embargo, a octubre de 2017 se han invertido 27 mil millones de pesos, lo que pone en cuestión su factibilidad financiera.

Construir la presa en contra de la voluntad de los habitantes de las comunidades, que implica procesos de privatización del agua, junto con el excesivo costo de la presa y los amparos interpuestos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y ahora la extracción de arena, son el conjunto de elementos que afectan la vida comunitaria y su estabilidad emocional, a pesar de ello, siguen defendiendo su territorio y mantienen su resistencia a la construcción de la presa.

A pesar de ello, el gobernador Aristóteles Sandoval anuncio en 2017 que se continuaría la obra con la cortina de 105 metros de altura. Esta decisión se basa, según lo dio a conocer, en un estudio realizado por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos y que el gobierno estatal financió. Los resultados del estudio no son vinculantes y sólo establece escenarios, siendo uno de los posibles el de la construcción de la cortina de la presa a los 80 metros como fue establecido en el proyecto inicial, sin embargo esta opción se desestimó por el gobierno estatal.

Ante el anuncio del reinicio de la obra se intensificó la explotación de arena del río Verde.

Los pobladores han iniciado la resistencia ante esta explotación basados en su derecho comunitario, en que la obra esta suspendida, por fallo de la Suprema Corte y en que hay aun procesos legales abiertos y en proceso de investigación para determinar la situación legal final del proyecto.

¡No a las presas, sí a los ríos!

Por ello, ante los acontecimientos sucedidos y la situación legal que aún guarda el proyecto, proponemos los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente investigue e intervenga sobre la explotación de materiales pétreos, arena y piedra que se realiza en el lecho del río Verde en la comunidad de Temacapulín y zonas aledañas.

Segundo. Se exhorta a las autoridades del estado de Jalisco a respetar la autonomía comunitaria y por tanto los acuerdos realizados por la comunidad de Temacapulín en torno a la extracción de materiales pétreos y arena del río Verde.

Tercero. Exhortamos al gobierno del estado de Jalisco y a la Fiscalía General del estado de Jalisco cese los actos de intimidación contra los habitantes de las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.

Cuarto. Se exhorta al gobernador del estado de Jalisco, Aristóteles Sandoval, a respetar la opinión de las y los habitantes de Temacapulín para detener la construcción de la presa El Zapotillo, porque el empeñó su palabra y prometió respetar su opinión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2018.

Diputada María Candelaria Ochoa Ávalos (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la SEP a dar a conocer las 22 lenguas indígenas a que serán traducidos los libros de texto correspondientes al ciclo escolar 2018-2019 y los criterios para elegirlas, a cargo del diputado Luis de León Martínez Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Luis de León Martínez Sánchez, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, fracción XX; 6, fracción I, numeral I; 62 y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública (SEP) para que dé a conocer las 22 lenguas indígenas a las que serán traducidos los libros de texto para el ciclo escolar 2018-2019 y los criterios con que se eligieron las mismas; y asimismo, para que en el marco del nuevo modelo educativo se traduzcan los libros de texto en todas las lenguas indígenas sin importar el número de hablantes y para todos los grados.

Consideraciones

En el caso de nuestro país, los derechos lingüísticos encuentran fundamento en el artículo 2o. constitucional, donde se reconoce la composición pluricultural de la nación sustentada en sus pueblos indígenas. Virtud de ello, el Estado Mexicano sustenta su interés de la preservación de las lenguas nacionales mediante la Ley General de Derechos Lingüísticos.

La referida norma, a su vez dio origen en el año 2003 al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, como órgano desconcentrado de la Administración Pública Federal que tiene como objeto promover, fortalecer y preservar el uso de lenguas indígenas que se hablan en el territorio nacional.

En ese sentido, las políticas rectoras en materia de lenguas se encuentran enmarcadas en el Programa Institucional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas 2014-2018, mismo que se deriva del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y del Programa Sectorial de Educación 2013-2018, en lo referente a lenguas indígenas y de sus hablantes.

De acuerdo con el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, en México se hablan 364 variantes lingüísticas, agrupadas en 68 agrupaciones lingüísticas y 11 familias lingüísticas, situación que lo hace uno de los países con mayor diversidad lingüística del continente.1

No obstante, actualmente en nuestro país las lenguas maternas muestran un diagnóstico alarmante: las 364 variantes de las lenguas indígenas nacionales están en peligro de desaparecer. Los niveles de riesgo son: muy alto, 64; alto, 43; riesgo mediano, 72, y riesgo no inmediato, 185.2 Cabe hacer mención que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, señala que en 2015 existían alrededor de casi 7 millones 382 mil 785 hablantes de lenguas indígenas, lo que representa el 6.5% de la población total del país.

Ante ello, la Secretaría de Educación Pública, a través del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali), ha puesto en marcha diversas estrategias para que no queden extintas, como la normalización, que es el rescate de la lengua que se habla en cada pueblo para ponerla en posición semejante a la lengua dominante, en este caso el español.3

Otra política pública que impulsa la SEP en el marco del nuevo modelo educativo y en aras de revitalizar el uso de las lenguas indígenas, es la traducción de libros de texto a 22 lenguas indígenas. Situación que plantea, que mediante la traducción de libros de texto en lenguas indígenas se fomente una sociedad más plural e incluyente y recuperar la diversidad lingüística. Según el Programa Institucional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Pronali), sólo 9 por ciento de las personas hablantes de lengua indígena las ocupa en el entorno escolar, 54 por ciento en actividades comerciales y 96 por ciento en el hogar.4

Como se puede observar; en nuestra sociedad sigue persistiendo poca valoración a la riqueza lingüística y cultural. El desuso de las lenguas maternas se ha agravado como resultado de las políticas de castellanización focalizada a poblaciones indígenas; más allá, de la exclusión social, la discriminación y la fragmentación de la identidad que cohíbe su uso entre generaciones, restringiéndola solo a espacios privados y ambientes propiamente familiares.

Si bien es cierto, con la creación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, se generó una aportación al ejercicio de los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas, mismos que ya son reconocidos plenamente como derechos humanos fundamentales, también es cierto que ha sido insuficiente el esfuerzo de esta institución para revitalizar el uso de las lenguas indígenas, como idiomas reconocidos con la misma validez que el español en el territorio nacional.

En este mismo esfuerzo de revitalizar el uso de las lenguas maternas, la SEP a través del Programa Especial de Educación Intercultural 2014-2018 incorpora el enfoque intercultural en los distintos componentes de la educación. Uno de estos espacios es el que se refiere al conocimiento, valoración, uso y desarrollo de las lenguas indígenas en la educación básica.

Dicho esfuerzo gubernamental propone impulsar la mejora en la calidad de la educación intercultural, tanto a la población indígena, afrodescendiente y migrante del país.

Incluso, la SEP a través de la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe, publicó la obra “Estrategias para el uso, desarrollo y aprendizaje de las lenguas indígenas en educación básica. Lecciones derivadas de la experiencia”, el cual, por medio de cinco estrategias didácticas, busca que maestros y alumnos conozcan, reconozcan y valoren su lengua y su cultura.5

De acuerdo con esta publicación, el lenguaje no sólo es un instrumento de comunicación, sino principalmente “la expresión de una manera de concebir el mundo”. Por lo que, dejar que se pierda la lengua de una comunidad implica la desaparición de una manera propia de concebir la realidad y una forma propia de pensar.6

Lo cierto es que la educación básica en México requiere cambios significativos para lograr una mejora sustancial de la calidad. Desde la perspectiva intercultural, la prioridad es fortalecer la pertinencia étnica, cultural y lingüística de la educación. Ello requiere atender la educación que se imparte a la población indígena y la educación intercultural para el resto de los habitantes del país.

Por ello, resulta poco comprensible que la SEP al dar a conocer que impulsa en el marco del nuevo modelo educativo revitalizar el uso de las lenguas indígenas, mediante la traducción y reproducción de libros de texto en únicamente 22 lenguas indígenas, se infiere, que el resto de las lenguas son excluidas y por tanto se acentúa su riesgo de desaparición. Cabe mencionar, que el Catálogo de Lenguas Indígenas Nacionales señala la existencia de 68 lenguas indígenas que representan 364 variantes, de las cuales 107 se encuentran en el rango de muy alto grado de extinción.

En dicha situación están particularmente 18 variantes lingüísticas como lo son: cucapá, kumiai, paipai, kiliwa, ku’ahl, mam, chocholteco, ixcateco, zoque, chontal de Oaxaca, chinanteco, tlahuica, matlatzinca, ayapaneco, oluteco, mixteco del Suroeste de Puebla, mixteco de Cañada central y náhuatl de Oaxaca. Estas lenguas se encuentran localizadas en 26 comunidades de 8 entidades federativas: Baja California, Chihuahua, Tabasco, estado de México, Chiapas, Oaxaca, Puebla y Veracruz.7

Sin duda, lo anterior expuesto obliga al Poder Legislativo a impulsar políticas públicas para fomentar el multilingüismo y la interculturalidad conformada por la población hablante de lenguas indígenas y preservar su uso a objeto de romper las tendencias que llevan a su desaparición.

Dado los razonamientos antes expuestos, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único: El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que dé a conocer las 22 lenguas indígenas a las que serán traducidos los libros de texto para el ciclo escolar 2018-2019 y los criterios con que se eligieron las mismas; y, asimismo, para que en el marco del nuevo modelo educativo se traduzcan los libros de texto en todas las lenguas indígenas sin importar el número de hablantes y para todos los grados.

Referencias

1-2. Instituto Nacional de Lenguas Indígenas. Lenguas indígenas nacionales en riesgo de desaparecer. www.inali.gob.mx

3. Secretaría de Educación Pública: Comunicación Social-Comunicado #77. www.gob.mx/sep.

4-7. Programa Institucional Inali logros 2015. www.inali.gob

5-6. Secretaría de Educación Pública: www.gob.mx/sep.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2018.

Diputado Luis de León Martínez Sánchez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se extiende un reconocimiento como “embajadores culturales” a los músicos e intérpretes de origen mexicano –o chicanos– radicados en EUA, quienes mediante sus obras han contribuido a fortalecer ahí los lazos de identidad nacional, suscrita por la diputada Eloísa Chavarrías Barajas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputada Eloísa Chavarrías Barajas e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura de honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Con el Tratado Guadalupe-Hidalgo llegaba a su fin la Guerra México-Estadounidense de 1847. Como resultado de lo anterior, nuestra nación perdía casi la mitad de su territorio, sin embargo, miles de mexicanos decidieron permanecer en el lugar donde residían, el cual se convirtió en suelo estadounidense.

A lo largo de las siguientes décadas, la migración de ciudadanos mexicanos hacia los territorios que antes de 1847 le pertenecían a nuestro país fue escasa y ésta solo se vio incrementada por las guerras internas en México, como la Revolución Mexicana y la Guerra Cristera. El más grande movimiento migratorio de México hacia Estados Unidos se dio con el programa Bracero, propiciado por los mismos Estados Unidos al incursionar en la II Guerra Mundial, el cual se prolongó hasta la época de la posguerra (1942-1962). Esta migración estaba controlada por acuerdos, lo que no ocurrió en las siguientes décadas, cuando los migrantes ilegales crecían a razón de aproximadamente 300 mil por año, siendo repatriados muchos de ellos.

La población mexicano-estadounidense conservó en buena medida costumbres e idioma, aunque paulatinamente las nuevas generaciones se incorporaban al sistema de vida de país vecino del norte.

Un ejemplo pretérito de esta forma de asimilación cultural, en la que a pesar de los diversos cambios que se presentan en el estilo de vida se conserva la identidad, lo encontramos en el llamado Maestro de América, nacido en Oaxaca el 28 de febrero de 1882. Nos referimos a José María Albino Vasconcelos, quien pasó su infancia en diferentes partes del país, en razón del trabajo de su padre como inspector de aduanas. Vasconcelos, quien realizó sus primeros estudios en Eagle Pass, en el estado de Texas, cuando su familia residía en la vecina ciudad de Piedras Negras, Coahuila, nos narra, en su obra Ulises Criollo , cómo se vivía a finales del siglo XIX en aquellas poblaciones fronterizas.

Sin embargo, es hasta la primera mitad del siglo XX que se comienza a usar el nombre de “chicano”.

El apelativo de “chicano ” se usa para definir a un estadounidense con ascendencia mexicana, término empleado de manera coloquial, principalmente, en los Estados Unidos para referirse a los mexicano-estadounidenses. En un inicio, se utilizó para referirse a los habitantes hispanos oriundos de los territorios estadounidenses que pertenecieron anteriormente a México (Texas, Arizona, Nuevo México, California, Utah, Nevada y partes de Colorado y Wyoming). Sin embargo, dependiendo de la fuente o el contexto, puede referirse a un ciudadano estadounidense de origen mexicano o a una persona nacida en Estados Unidos de origen mexicano.

Los mexicano-estadounidenses representaban en el año 2010 el 10.3 por ciento de la población de los Estados Unidos, con más de 26 millones 781 mil 547 habitantes, quienes figuraban como descendientes de mexicanos. Los mexicano-estadounidenses comprenden el 51 por ciento de todos los latinos e hispanos en los Estados Unidos.

Considerando que el actual gobierno de Estados Unidos de América no tiene la mejor disposición a reconocer los aportes de la comunidad chicana, se torna indispensable valorar a los mexicanos de una industria cultural como es la música, quienes han logrado una aportación importante en lo cultural y lo económico.

Citemos solo a algunos de ellos, en especial a los que se formaron en Estados Unidos y representan propiamente lo que es el ser chicano:

Anthony Quinn . Fue un escultor, pintor y consagrado actor mexicano de cine. Recibió múltiples galardones, entre ellos dos premios Oscar. Su padre había participado en la Revolución Mexicana y durante ella conoció a la mujer que sería su madre. En 1919, se trasladaron como inmigrantes a California.

Juan García Esquivel , más conocido como Esquivel (Tampico, Tamaulipas, 20 de enero de 1918-Jiutepec, Morelos, 3 de enero de 2002), fue un arreglista y pianista. Es conocido por crear un estilo de música ocasionalmente llamado lounge -de salón- o space age pop . Es considerado uno de los primeros músicos en experimentar con la música electrónica. Nacido en México, fue en Estados Unidos donde se popularizó su música. Aunque Juan García Esquivel nunca ganó un premio Grammy, sus discos fueron nominados al mismo en seis ocasiones.

Carlos Humberto Santana Barragán (Autlán de Navarro, Jalisco, 20 de julio de 1947) es un guitarrista mexicano que a fines de la década de 1960 fundó la agrupación Santana, pionera en fusionar la música latina con el rock. En 2003, la revista Rolling Stone lo ubicó en la posición número 20 en la lista de los 100 mejores guitarristas de todos los tiempos. Santana ha vendido más de 90 millones de álbumes en todo el mundo contando las ventas de su banda y su carrera en solitario. Ha ganado diez premios Grammy y tres premios Grammy Latino.

Domingo, Sam, Samudio (nacido el 28 de febrero de 1937 en Dallas, Texas), más conocido por su nombre artístico Sam the Sham, es un cantante de origen mexicano que obtuvo grandes éxitos.

Freddy Fender (4 de junio de 1937, San Benito, Texas-14 de octubre de 2006, Corpus Christi, Texas). Fue un cantante estadounidense de ascendencia mexicana, heredero de dos culturas diferentes. Se perfiló como exitoso intérprete de rock and roll, música country y pop. Fue conocido por los premios Grammy recibidos durante su trayectoria como solista e integrante de The Texas Tornados y Los Super Seven. Su nombre real fue Baldemar Huerta Medina. Hijo de inmigrantes mexicanos, viajó al lado de sus padres a lo largo de la Unión Americana. En el poblado de San Benito Texas, se abrió un museo en su honor.

Trini López (Trinidad López) nació el 15 de mayo de 1937 en Dallas, Texas. Es un músico y cantante estadounidense de ascendencia mexicana. Su primer gran éxito, que lo hizo conocido, fue su interpretación de la canción “If I Had a Hammer ”, grabada en 1962.

Eduardo, Lalo , Guerrero (Tucson, Arizona, 24 de diciembre de 1916-Palm Springs, California, 17 de marzo de 2005) fue un compositor y guitarrista mexicano-estadounidense, conocido como el padre de la música chicana. Fue reconocido por el Instituto Smithsoniano como un tesoro nacional del folk y recibió de Bill Clinton la Medalla Nacional de las Artes en 1996. En México es conocido por sus canciones con Las ardillitas, de Lalo Guerrero.

Ritchie Valens , Ricardo Steven Valenzuela Reyes, originario de la naranjera y jitomatera región de Pacoima, en California. Nacido un día 13 de mayo de 1941, se distinguió dentro del rock and roll por ser el primer gran exponente de ascendencia mexicana del género, con alta producción de composiciones originales para lo breve de su carrera.

En épocas más recientes podemos considerar actores y cantantes como:

* Jessica Alba
* Edward James Olmos
* Bobby Pulido
* Cheech Marin
* Selena
* Eva Longoria
* Demi Lovato
* Louis Hernández
* Jay Hernández

Y desde luego a los ganadores del premio Oscar a las Artes Cinematográficas: Guillermo del Toro, Alejandro González Iñárritu, Alfonso Cuarón y Emmanuel Lubezki, quienes, si bien nacieron en territorio nacional, han desarrollado gran parte de su carrera en los Estados Unidos.

La lista de intérpretes y músicos que residen en Estados Unidos y de alguna manera mantienen los lazos de identidad es larga.

“El movimiento chicano que nació a principios de la década de 1960 fue una protesta pacífica entre americanos de descendencia mexicana que promovió el empoderamiento étnico. Redefinió las nociones de orgullo por la herencia mexicana y también desafió a las instituciones que practicaban la discriminación contra los mexicanos”.

“Para poder sobrevivir en un mundo de hegemonía anglosajona, el chicano hace un esfuerzo para mantener costumbres, idioma, canciones, mitos, cuentos, leyendas, etcétera, aunque su conducta se viste de heterogeneidad, evidente en las manifestaciones de cultura chicana y anglosajona que coexisten”.

En el pensamiento chicano es posible encontrar muchas creencias vitales, perspectivas históricas y conceptos culturales derivados de la vida intelectual y popular mexicana.

En la visión histórica de los chicanos se hacen evidentes conceptos tomados de Octavio Paz, José Vasconcelos, Miguel León Portilla, David Alfaro Sequeiros, Diego Rivera, José Clemente Orozco, el Dr. Átl y, obviamente, el grabador José Guadalupe Posada.

Es muy probable que la Casa del Obrero Mundial, fundada por el Dr. Átl, sirviera como modelo e inspiración para los centros culturales chicanos.

Las aportaciones culturales de los chicanos son valoradas entre la población de Estados Unidos, por lo cual es imperativo que en nuestro país obtengan el mismo reconocimiento.

Valorar a los músicos e intérpretes chicanos es una forma de contrarrestar esa corriente que solo ve en nuestros migrantes un problema. Se trata de demostrar lo valioso de nuestras aportaciones a la vida y a la cultura popular en Estados Unidos y en el mundo entero.

Valorar a los chicanos es una magnífica oportunidad de promocionar a nuestro país y tener paradigmas de éxito en la cultura popular y en el ámbito económico. Es una forma de reconocer y premiar al talento que emigró por diversas circunstancias y que ha logrado triunfar en un país diferente.

Destacamos que son los músicos e intérpretes , a través de sus obras, quienes logran el mejor sentido de identificación y cohesión social, pues sus interpretaciones quedan en la conciencia colectiva de la comunidad, son parte de los festejos familiares y comunitarios, por lo cual es más fácil identificar su influencia.

La intención del presente punto de acuerdo es también hacer un llamado al retorno del talento, ahora que han concluido su vida laboral y que aún pueden realizar aportaciones a la vida económica y cultural de la nación.

En virtud de lo aquí expuesto, ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión extiende un reconocimiento como “embajadores culturales ” a los músicos e intérpretes de origen mexicano, conocidos coloquialmente como chicanos, radicados en los Estados Unidos de América y que han contribuido con sus obras a fortalecer los lazos de identidad mexicana en aquella nación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 4 de abril de 2018.

Diputados Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Eloísa Chavarrías Barajas, Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios y Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades municipales, las estatales y las federales a agilizar los dictámenes correspondientes para fincar responsabilidades con la mayor brevedad y reparar el daño a los afectados por el desplazamiento de tierra en Lomas del Rubí, Tijuana, BC, a cargo de la diputada María Luisa Sánchez Meza, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal María Luisa Sánchez Meza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracciones I, II y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

El derecho humano a tener una vivienda digna y decorosa para una parte de la población significa vivir en zona de riesgo. Existen asentamientos humanos que se encuentran en territorio inestable, en pendientes de laderas, que ante fenómenos naturales y sociales ven afectado su único patrimonio.

La autoridad municipal tiene la obligación de regular, controlar y vigilar las reservas, usos del suelo y destinos de áreas y predios, así como las zonas de alto riesgo en los centros de población que se encuentren dentro del municipio para que todo asentamiento humano cuente con elementos de habitabilidad, seguridad y calidad de materiales y servicios. Asimismo, tienen la responsabilidad de supervisar el estricto cumplimiento a la normatividad.

Por su parte, las autoridades estatales y federal, de acuerdo a su competencia, establecen toda una serie de normas sobre las condiciones y características de los espacios habitables y auxiliares y seguridad para los diferentes tipos de vivienda y de sus etapas de construcción.

Asimismo, en términos de la Ley General de Asentamiento Humanos, Ordenamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, tienen la obligación de identificar las zonas de alto riesgo ante los fenómenos perturbadores de origen natural y antropogénicos; así como prevenir y evitar la ocupación por asentamientos humanos en zonas de alto riesgo.

Sin embargo, a pesar de lo que establece nuestro marco normativo, diversas constructoras del país, por omisión o de forma deliberada, incumplen las disposiciones establecidas en la materia, lo que deriva en pérdida de la vivienda por daños estructurales o afectaciones graves que requieren ser solventadas para que las personas puedan habitar de forma segura sus hogares.

Tijuana, Baja California, es un municipio que se caracteriza por su topografía accidentada y que, sin embargo, alberga a cerca de dos millones de habitantes con potencial de un crecimiento acelerado, debido al dinamismo de su economía, el fenómeno migratorio que registra y las características propias de una frontera con los Estados Unidos.

Sus terrenos irregulares, los asentamientos en zonas de fallas geológicas y otros factores tal como fenómenos naturales o construcciones irresponsables han provocado el deslizamiento de tierra a lo largo de la historia de la ciudad; sin embargo el caso que acontece actualmente, registrado desde las primeras horas del pasado 3 de febrero tras el colapso de 84 viviendas en la colonia Lomas del Rubí cobra especial relevancia por tratarse de por lo menos 354 personas que perdieron su patrimonio prácticamente de la noche a la mañana.

De acuerdo a información proporcionada por el Ayuntamiento de Tijuana, el día 19 de enero se tuvo conocimiento de la presencia de grietas y deslizamiento del terreno en un sector de mencionada colonia, localizada al noroeste de la ciudad, mismo que fue atendido por el área de Protección Civil Municipal, además de proceder a la colocación de engomados amarillos y rojos en viviendas con riesgo de colapso o ya inhabitables.

Primeros análisis de las autoridades y testimonios de los afectados señalan que un factor que desencadenaría este deslizamiento y por ende el agrietamiento de calles y viviendas en un primer momento tendría su origen en la construcción del nuevo fraccionamiento Lomas del Pedregal, al pie del cerro que daba soporte a la zona afectada; fraccionamiento a cargo de la constructora Grupo Melo que en el año 2016 obtuvo permisos municipales para la construcción del mismo.1

Se sabe que el Grupo Melo contaba con el permiso para construir un nuevo fraccionamiento aledaño a la colonia en comento y que para reducir tiempo y costos hicieron procedimientos incorrectos que llevaron a debilitar el talud que sostenía el terreno de la Colonia Lomas del Rubí.

Protección Civil Municipal tras una supervisión en la zona refirió que eran 12 viviendas con daños estructurales a mediados del mes de enero; sin embargo, los movimientos de tierra continuaron y a la fecha se estima que son más de 90 viviendas afectadas por deslizamiento de tierra, 400 personas afectadas, entre ellas 110 niños.

Esta situación ha llevado a instalar mesas de trabajo permanentes entre las autoridades municipales y estatales para evaluar y mitigar daños, así como para atender las demandas de la población.

Entre las primeras acciones realizadas se encuentran estudios para determinar la causa de la afectación en la colonia toda vez que existe una falla geológica en la zona, hay alrededor de 30 descargas de drenaje y existen movimientos atípicos de la tierra que vienen presentándose desde hace más de un año pero se han agravado los últimos días.

Otras de las acciones emprendidas por el Municipio, es la instalación de albergues temporales para residentes de la Colonia Lomas del Rubí así como el pago de 15 mil pesos mensuales para que renten vivienda, toda vez que muchas casas están destruidas y otras son inhabitables. Siendo necesario el continuar con un avalúo de las viviendas dañadas.

Este apoyo, otorgado por la Alcaldía de Tijuana a través de la Secretaría de Desarrollo Social Municipal, ha alcanzado los 45 beneficiarios con corte hasta el 12 de febrero del año en curso por un monto que ascienda a los 540 mil pesos.2

No obstante, que existe un reconocimiento de que las autoridades municipales y estatales están trabajando en este incidente, los colonos demandan que se agilicen los dictámenes, se finquen responsabilidades a quienes resulten culpables y se repare el daño a los afectados, razón de este punto de acuerdo.

No hay que dejar de lado que la vivienda es un tópico prioritario establecido dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND)3 ya que de acuerdo al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social 2010, se tiene el registro de 2.8 millones de viviendas que necesitan ser reemplazadas y por lo menos 11.8 millones de viviendas más necesitan mejoramiento o ampliación.

Debemos actuar conforme a la Política Nacional de Vivienda, la cual promueve un modelo de desarrollo ordenado y en que haya una mejor regularización de la vivienda urbana; por ello es que, una vez que se hayan fincado responsabilidades y resarcido el daño a los afectados en la colonia Lomas del Rubí en la ciudad de Tijuana, es menester actualizar la información relativa a las zonas de alto riesgo ante fenómenos naturales y externos en mencionada ciudad así como solicitar el apoyo de las autoridades federales competentes para lo mismo.

Como integrante de la LXIII Legislatura, diputada federal por Baja California y representante del 06 Distrito al que pertenece la colonia Lomas del Rubí, es que hago un llamado a las autoridades de los tres niveles de gobierno para que coadyuven dentro de sus competencias a una resolución para estas familias, así como prevenir con el reforzamiento de la normatividad para que no vuelva a suceder una problemática similar, en el que por un error humano las personas pierden no sólo su patrimonio, sino años de esfuerzo materializados en su hogar.

Por lo anterior expuesto, se somete a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

De urgente u obvia resolución

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las autoridades municipales de Tijuana y estatales del Gobierno de Baja California para que agilicen los estudios y dictámenes correspondientes con el objetivo de fincar responsabilidades a la brevedad y reparar el daño a las personas afectadas que han quedado sin hogar de la Colonia Liberal Lomas del Rubí.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las autoridades municipales de Tijuana para que las constructoras cumplan con la normatividad correspondiente para garantizar a la población condiciones de habitabilidad, seguridad y calidad en las viviendas y desarrollos habitacionales.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las autoridades municipales, estatales y federales para que identifiquen las zonas de alto riesgo ante los fenómenos perturbadores de origen natural y antropogénicos y eviten la ocupación por asentamientos humanos en las zonas de alto riesgo.

Notas

1 El Universal, “Indagan en Tijuana a empresa por colapso de viviendas”, http://www.eluniversal.com.mx/estados/indagan-en-tijuana-empresa-por-co lapso-de-viviendas, consultado el 5 de febrero de 2018.

2 XXII Ayuntamiento de Tijuana, “Se han entregado 45 apoyos a familias de Lomas del Rubí”,
http://www.tijuana.gob.mx/noticia.aspx?idComunicado=18208, consultado el 14 de febrero de 2018.

3 Diario Oficial de la Federación, “Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018”, http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5299465, consultado en febrero de 2018.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abrilde 2018.

Diputada María Luisa Sánchez Meza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 32 gobiernos estatales y las coordinaciones metropolitanas a implantar conforme a sus atribuciones planes y estrategias para garantizar seguridad en bienes y personal a los usuarios del transporte público en las 74 zonas metropolitanas, suscrita por la diputada Eloísa Chavarrías Barajas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputada Eloísa Chavarrías Barajas e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura de honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En 2010 existían en nuestro país 59 Zonas Metropolitanas, que albergaban al 57 por ciento del total de la población en México. Sin embargo, de acuerdo al documento Delimitación de las Zonas Metropolitanas de México 2015 , el número de éstas aumentó a 74, mientras que la población residente en ellas pasó de 63.8 millones en 2010 a 75.1 millones de personas en 2015.1

Sin duda, las Zonas Metropolitanas son un nuevo paradigma en la urbanización y una apuesta al futuro, pero representan grandes retos en términos de provisión de servicios públicos, movilidad, vivienda, empleo y seguridad.

A la par de su crecimiento en todos los órdenes, aunado al hecho de contar con un coste sin impuesto para trasladarse al interior de las Zonas Metropolitanas, ha surgido en los últimos años un modus operandi del crimen organizado o de pandillas y es el asalto en los medios de transporte público.

Utilizar el transporte público en las Zonas Metropolitanas se ha convertido en un asunto de terror, esto va más allá de los problemas de saturación del mismo o del número de horas de vida pérdidas en los congestionamientos viales.

En la actualidad los asaltos, con y sin violencia, se han vuelto un tema cotidiano en las Zonas Metropolitanas.

Tan solo en la Zona Metropolitana del Valle de México el índice delictivo que reporta la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal indica que en 2017 se denunciaron 769 robos con violencia en el transporte público y 3 mil 240 sin violencia.

Sin embargo, estas cifras no muestran la totalidad de todos los asaltos que se cometen, pues se debe considerar que muchos de estos ilícitos no se denuncian.

Uno de los grandes temores de los ciudadanos es abordar el transporte público pues saben que en cualquier momento pueden ser asaltados.

Y no se habla de carteristas u otro tipo de delincuentes que actúan sin violencia. Se trata de bandas organizadas cuyo principal medio de ataque son las armas blancas y las armas de fuego, con las cuales realizan sus ilícitos y con las que pueden causar lesiones de gravedad a las víctimas e incluso privarlas de la vida.

Por otra parte, además de que es bien sabido que los asaltos y robos a usuarios son una constante en muchos medios de transporte de las ciudades, el funcionamiento del transporte colectivo de igual manera se ha caracterizado por la saturación de las rutas, la escasa capacitación de los operadores de las unidades, la irregularidad en el servicio, un parque vehicular obsoleto y rebasado por las nuevas demandas de la población e innumerables violaciones a la normatividad vigente.

Con estos datos se expone una realidad que viven muchos usuarios de manera constante en su movilidad; la vulnerabilidad de su integridad física, al momento de ser víctimas de asaltos a manos de delincuentes.

Asimismo, se pone de manifiesto que las percepciones respecto al tema de la seguridad en su mayoría son negativas, desmotivando al usuario a seguir utilizando los medios de transporte público e invitándolo a recurrir al transporte particular, a través de la adquisición de un automóvil con financiamientos que, a pesar de que muchas veces son muy caros y a largo plazo, les brindan a los ciudadanos la oportunidad de evitar el uso del transporte colectivo.

Aunado a esta realidad, se hace presente el hecho de que el irregular desarrollo del transporte público es una de los principales problemas a los que se enfrentan las Zonas Metropolitanas.

Es necesario que el Estado coordine políticas públicas eficientes en materia de transporte público en las grandes ciudades, a través de las cuales se puedan prevenir accidentes y brindar certeza a los usuarios, tanto en su seguridad como en sus bienes.

La necesidad de que el Estado realice una transformación profunda en materia de movilidad para garantizar condiciones de seguridad a los ciudadanos es evidente. Se deben adoptar medidas urgentes para evitar que existan más víctimas de robos en el transporte público. Es imperativo terminar con los acuerdos fácticos que hay con algunos transportistas, los cuales no permiten prestar un servicio público de calidad.

El crimen organizado ataca de manera reiterada a la población y es creciente el número de ciudadanos privados del bien más preciado: la vida.

Es por lo antes expuesto y de acuerdo a los artículos citados en el proemio, que se presenta ante esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos estatales de las 32 entidades federativas y a las coordinaciones metropolitanas a que, de conformidad con sus atribuciones, implementen planes y estrategias a fin de garantizarles seguridad, en sus bienes y en sus personas, a los usuarios del transporte público de cada una de las 74 zonas metropolitanas que existen en el país.

Nota

1 Véase, “Delimitación de las Zonas Metropolitanas de México 2015”, SEDATU, CONAPO, INEGI, México, 2018. Disponible en: https://www.gob.mx/conapo/documentos/delimitacion-de-las-zonas-metropol itanas-de-mexico-2015

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 4 de abril de 2018.

Diputados: Eloísa Chavarrías Barajas, Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios, Claudia Villanueva Huerta.


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