Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Consejo General del INE a transparentar los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos, así como los procedimientos que desarrolle actualmente a fin de poner en práctica tales principios, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del Pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. COMPLEJIDAD DEL PROCESO ELECTORAL.

El proceso electoral 2017-2018 será el más complejo e inédito de la historia de la democracia, tanto por el número de cargos que se renovarán como por la fiscalización constante sobre los actos, gastos y sus consecuencias en los procesos electorales. Ante ello, la certeza sobre las reglas y su aplicación para garantizar la equidad en las contiendas, es una exigencia que tiene obligación de atender la autoridad electoral de fondo y no sólo de forma.

II. EL INE DEBE OTORGAR CERTIDUMBRE SOBRE CUÁLES SON LAS CONDUCTAS SANCIONABLES.

El INE debe estar a la altura de las circunstancias que la historia le demanda, su presidente y sus consejeros no pueden argumentar que lo intentaron, pero que se obstaculizó su pretendida actuación porque invadía facultades, y con ello permitir que diversos actores intenten burlar la ley y a la autoridad y sus consecuencias a partir de la indefinición sobre los elementos que constituyen un acto anticipado de precampaña y de campaña, los mecanismos necesarios para su detección, calificación y sanción.

III. ES INDISPENSABLE CONTAR CON LINEAMIENTOS CLAROS SOBRE LOS ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN UN ACTO ANTICIPADO DE CAMPAÑA, LOS MECANISMOS NECESARIOS PARA SU DETECCIÓN, CALIFICACIÓN Y SANCIÓN.

Es necesario que el INE conforme a sus facultades, recopile, sistematice, interprete y aplique los criterios emitidos por las autoridades jurisdiccionales y que han quedado firmes, con la finalidad de transparentar a los sujetos obligados y a la ciudadanía en general, reglas de valoración y fiscalización sobre actos anticipados de precampaña y campaña, los mecanismos para detectarlos y sancionarlos, así como los procedimientos desarrollados para poner en práctica dichos criterios a fin de que las consecuencias sean conocidas por todos y su aplicación sea contundente, para así evitar daños o ventajas indebidas de imposible reparación que pudieran afectar gravemente a la equidad en la contienda electoral, siendo ésta una principio rector de nuestra democracia.

Por lo anteriormente expuesto, proponemos la siguiente proposición con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- La Cámara de Diputados exhorta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de precampaña y de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 22 de noviembre de 2017.

Diputado César Camacho (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, el INAI y la PGR a tomar en el marco de sus facultades y competencias medidas para proteger a los usuarios de Uber, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos diputados, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados sometemos a la consideración de esta Soberanía, el presente punto de acuerdo con base en las siguientes:

Consideraciones

El martes 21 de noviembre, la empresa Uber dio a conocer que en octubre de 2016 fueron hackeados los datos de 57 millones de usuarios y 7 millones de choferes en todo el mundo.

El gerente general de la empresa, Dara Khosrowshasi, informó que la información robada correspondió a los nombres de los usuarios, sus correos electrónicos y números de teléfonos.

Sin embargo, aseguró que la información sobre los trayectos realizados, los números de tarjeta de crédito y cuentas bancarias, los números de seguridad social y las fechas de nacimiento de los usuarios no habrían sido pirateados.

Khosrowshahi explicó que después del incidente, de inmediato se tomaron las medidas necesarias medidas para proteger los datos de los usuarios y poner fin al acceso ilegal de información, se identificaron a los maleantes y se obtuvieron garantías de que los datos sustraídos se destruirían.

De acuerdo con la agencia Bloomberg, Uber pagó 100 mil dólares a los piratas para que destruyeran la información sin divulgar a los usuarios o conductores que sus datos estaban en riesgo.

De acuerdo con la información de El Financiero , un vocero de Uber en México aseguró que la empresa está en proceso de notificar a varias autoridades regulatorias y gubernamentales sobre estos hechos, y que esperamos tener un diálogo continuo con ellas para esclarecerlos.

Recordó que tras el incidente de 2016, se implementaron medidas de seguridad para restringir el acceso y fortalecer los controles en las cuentas de almacenamiento de datos basadas en la nube de la compañía.

En julio de 2017, el director global de Uber, David Richter, destacó que la Ciudad de México es la segunda ciudad con más presencia de la firma en el mundo.

La declaración se hizo en el marco del anuncio de una inversión de 6 mil 850 millones de pesos para iniciativas y promociones, nuevas funciones para mejorar la seguridad y experiencia, y procesos para fortalecer un soporte continuo virtual y presencial durante el uso de la aplicación.

Por su parte, Federico Ranero, director de la empresa en México, dijo que actualmente Uber tiene 230 mil socios conductores activos en México y que la firma tenía la intención de duplicar dicha cifra en un periodo de año y medio.

Por lo anteriormente expuesto se presenta esta proposición de urgente y obvia resolución con

Puntos de acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a que, en el marco de sus atribuciones y facultades, refuerce la protección de todos los usuarios de Uber y haga un llamado a dicha empresa para garantizar la salvaguarda y seguridad de la información de sus clientes en todas sus plataformas.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que, en el marco de sus facultades y atribuciones constitucionales, oriente a los usuarios de Uber para proteger sus datos personales y exija a la empresa actualizar su aviso de privacidad y reforzar la seguridad cibernética de sus plataformas.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República a que, en el marco de sus facultades y competencias, inicie una investigación de oficio por probables delitos cibernéticos que se hayan cometido en contra de los clientes de la empresa Uber.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de noviembre de 2017.

Diputados del Grupo Parlamentario del PAN (Rúbricas)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo, que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe Arturo Santana Alfaro Diputado Federal del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 79 numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente Punto de Acuerdo de Urgente y Obvia resolución al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES

El Salario Mínimo de acuerdo con lo estipulado por el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.

Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtención de satisfactores.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el salario mínimo es la suma mínima que deberá pagarse al trabajador, que no puede ser disminuida, ni por acuerdo individual ni colectivo, que está garantizada por la ley y puede fijarse para cubrir las necesidades mínimas del trabajador y de su familia; teniendo en consideración las condiciones económicas y sociales de los Países.

Por otra parte, en el artículo 123 Apartado A fracción VI de la Carta Magna se establece que los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.

En base al informe emitido en el año 2014, por parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el sueldo mínimo en México fue de 146,15 dólares al mes, ubicándose en los últimos lugares de la región según dicho informe. Igualmente la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), situó al País como el único con el salario mínimo inferior al umbral de la pobreza, y un 14% de los trabajadores reciben un ingreso aún inferior a éste.

El 20 de octubre pasado, el Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos recibió escrito del Secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida,  por medio del cual le hace llegar la solicitud de revisión de los salarios mínimos que le presentaron el Presidente del Congreso del Trabajo, el Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y los Representantes de los Trabajadores ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en uso de la facultad que les confiere la fracción II del artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo; escrito en el que además se hace constar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se ha cerciorado que dicha solicitud satisface el requisito de que los solicitantes representan, por lo menos, el 51% de trabajadores sindicalizados como lo establece el inciso a) fracción II del artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo.

El Consejo de Representantes después de estudiar la solicitud y decidir si los fundamentos que la apoyaban fueron suficientes para iniciar el proceso de revisión, resolvió afirmativamente la continuación de dicho proceso. Para este efecto, el Presidente de la CONASAMI ordenó a la Dirección Técnica de la misma la preparación de un Informe que considere el movimiento de los precios y sus repercusiones en el poder adquisitivo de los salarios; así como los datos más significativos de la situación económica nacional para que el Consejo de Representantes pueda disponer de la información necesaria para revisar el salario mínimo general vigente y fijar, en su caso, el que deba establecerse.

El pasado 23 de junio de 2017 el Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México Mtro. Salomón Chertorivski se pronunció por un aumento urgente de $14 pesos al salario mínimo, debido a que el salario mínimo en México hoy no alcanza ni siquiera para que un adulto y un dependiente puedan comer, y esto provoca lamentablemente que una decisión de 40 años de un aumento en el salario ha generado trabajos formales que a pesar de hacerlo se vive en la pobreza.

Es claro que el aumento salarial de acuerdo a los especialistas no tendría un impacto importante en inflación pero si a efectos positivos para la economía de nuestro país, que permitirá vivir de una manera digna a toda la clase trabajadora, en donde su esfuerzo se verá retribuido.

La acción de la CONASAMI llega con retraso de casi cinco meses sobre la medida propuesta por COPARMEX para empatar el SMG a la Línea de Bienestar establecida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). Ello implicaría que a partir de noviembre de 2017, el SMG pase de 80.04 pesos (vigente desde el 1º de enero de 2017) a 95.24 pesos.

Es importante resaltar, que en diciembre de 2017 se debería realizar la revisión de los salarios mínimos profesionales, en la que la inflación observada en el último período anual, sería como ha ocurrido tradicionalmente, el principal criterio de ajuste a los mismos, y que permitiría ajustarlos a partir de enero de 2018.

Por otro lado y no obstante algunas posturas dogmáticas de la Secretaria de Hacienda y el Banco de México, que en privado alarmaron a diversos actores del sector privado con los riesgos de un incremento de la inflación y les amagaron con el posible encarecimiento de las tasas de interés como consecuencia de la movilidad salarial, no existe ninguna evidencia que los incrementos salariales de principios de 2017 hayan tenido una incidencia significativa en la inflación.

El anuncio del día 21 de noviembre mediante comunicado de prensa se dio a conocer que, el Presidente del Congreso del Trabajo y Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México y de los Representantes de los Trabajadores ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) y con el respaldo del sector patronal y del Gobierno de la República, el Consejo de Representantes de la CONASAMI resolvió revisar el monto actual del salario mínimo general dónde menciona un aumento salarial pasando de $80.04 a $88.36

Llevar a $100.00 pesos el SMG en Noviembre de 2017, sería un paso más inscrito en la Nueva Cultura Salarial, una evolución progresiva de los sueldos, que preservando la estabilidad, induzca el crecimiento económico y al desarrollo social.

La viabilidad de la economía de mercado con estabilidad social en el mediano y largo plazo, solo es posible si amplios sectores de la población encuentran en ella una vida digna. Apostarle a la pobreza permanente y al crecimiento de la desigualdad, en realidad es apostar contra la economía del mercado y la libertad.

Lo anterior, va acorde con lo señalado por el Vicepresidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) Jonathan Heath, quien asegura que “existe un amplio margen para aumentar el mínimo sin perjuicio a la inflación o al desempleo”.

Es claro que sí se puede hacer un aumento considerable en el salario mínimo diario en nuestro País, ya que no existe como lo señalan los diversos expertos una lógica con lo que dice el Gobierno Federal, que se debe de aumentar la productividad y que en base a eso el salario pueda aumentarse.

De la misma forma, se plantea que el salario mínimo debe ser igual al costo de la canasta alimentaria y cubrir las necesidades básicas de una familia.

El crecimiento de los sueldos para trabajadores sindicalizados y no sindicalizados para 2018 será mínimo con respecto a lo que aumentaron en 2017, lo que representa una pérdida en el poder adquisitivo al estar por debajo de la inflación con la que se espera cerrar el año (6.3 por ciento), según el pronóstico de la empresa consultora Aon México.

Es preciso que en cualquier economía sean inevitables las modificaciones a los salarios mínimos diarios, que garanticen una calidad de vida para todas las familias mexicanas. Con esto se estaría consagrando verdaderamente el derecho universal al salario mínimo.

En el artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, se encuentra plasmado otro principio fundamental que sustenta en que consiste un salario digno; el cual menciona que: a. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. b. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

La anterior, postura, sostiene que el salario es un derecho humano económico y por lo cual tiene que ser satisfactorio, ya que sirve al trabajador para sobrevivir.

Por lo tanto, es necesario que el Gobierno Federal trabaje de la mano con los empresarios, la clase trabajadora y el Presidente de la CONASAMI, para llevar a cabo el procedimiento señalado en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente.

Ante la inacción y la simulación gubernamental, el pueblo de México espera una respuesta inmediata del legislativo.

Por ello sostengo que es momento de tomar decisiones y dar respuesta a la clase trabajadora y otorgar un incremento al salario mínimo para llegar a estabilizar el poder adquisitivo y lograr un mejor y fácil acceso a la línea de bienestar por parte de la clase trabajadora.

Como Diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, estoy preocupado por la clase trabajadora de nuestro País, la cual hasta el día de hoy se encuentra en un total estado de indefensión, y que hoy, necesita que todos apoyemos para que puedan tener verdaderamente un salario digno para ellos y sus familias. Y de esta forma perciban lo suficiente para que puedan cubrir las necesidades más elementales para sobrevivir.

No obstante por lo manifestado por la COPARMEX, en donde se propone un salario mínimo de $95.24 considero que a pesar de los esfuerzos, no sería suficiente para cubrir las necesidades primarias de una familia, que contempla la línea de bienestar propuesta por el CONEVAL.

Con la propuesta de aumento del salario mínimo se podría combatir de manera eficaz la pobreza que aqueja hoy en nuestro País.

Con esto lograríamos ponernos a la par con Países como Paraguay en donde a la clase trabajadora le alcanza el salario perfectamente para vivir con las necesidades básicas y con esto el esfuerzo de cada uno de los trabajadores es verdaderamente recompensado.

De manera poco seria el presidente Enrique Peña Nieto, refiere que no es menor el incremento salarial y nosotros le decimos que no es menor el agravio que le hace a la clase trabajadora y al pueblo de México, con ese ofensivo incremento y más aún si va acompañado de otro gasolinazo o incremento descontrolado a los productos de la canasta básica.

Es momento de escuchar a la clase trabajadora y sin dejar de lado la opinión de la clase patronal para tratar de estabilizar paulatinamente el salario mínimo hasta que este sea tangible para la clase trabajadora.

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO: La Cámara de Diputados exhorta al Gobierno Federal y a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo, que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que entrara en vigor a partir del primero de enero de 2018, y convoque a todos los sectores que participan para tal efecto como lo son los Sindicatos, y el sector patronal.

Palacio Legislativo, a 22 de noviembre de 2017

Diputado Arturo Santana Alfaro (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conapesca a establecer medidas homogéneas de maniobra para la carga de los principales productos marinos, en particular sardina y atún de aleta azul, a fin de evitar el escape o vertimiento de combustibles, químicos u otros agentes contaminantes en las zonas marítimas de Baja California, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal Marco Antonio García Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del PRI a la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La actividad pesquera de sardina en el estado de Baja California, encabeza la producción de cualquier otra especie, ligeramente por encima del atún de aleta azul, las cual generan una importante derrama económica y que en el año de 2016 la captura de sardina generó una producción por encima de las 51 mil toneladas, de acuerdo a la Secretaría de Pesca y Acuacultura del Estado de Baja California.

En días pasados, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), atendió una denuncia ciudadana, además de la que se generó a través de las redes sociales debido a que en playas de Ensenada, Baja California se hallaron ejemplares de sardina monterrey, los cuales que se encontraban muertos y en estado de descomposición.

En un primer momento, no se detectaron indicios de contaminación que pudieran originar la muerte de los ejemplares de esta especie, sólo se ha considerado como hipótesis que dos embarcaciones mayores por algunas malas prácticas al cargar el producto marino, provocó el vertimiento de ejemplares de sardina al mar.

El hallazgo masivo de estos ejemplares de peces muertos se localizó en la playa de nombre “El Pabellón” ubicada en el, municipio de Ensenada, Baja California.

De manera rápida, personal de la Profepa atendió la situación en donde encontraron, en una franja de litoral de mil 250 metros de largo y un ancho de 0.5 metros, ejemplares de peces muertos, los cuales al ser revisados, el personal de dicha instancia corroboró que se trataba de la especie de Sardinops sagax o como comúnmente se le conoce, sardina monterrey.

Tras la realización de diversos recorridos en la zona de la playa “El Pabellón”, y con el propósito de detectar contaminantes, se buscó el indicio de la presencia de combustibles, productos químicos o de marea roja que pudieran haber originado la muerte de dichos organismos, sin que se encontrara algún agente causante de estos hechos.

Al descartarse la existencia de contaminantes, la versión final consiste en que dos embarcaciones, localizadas en el sistema satelital de rastreo de embarcaciones de la Comisión Nacional de Pesca (Conapesca), posiblemente realizaron malas maniobras de captura de sardina a poca distancia del lugar del suceso.

Ante esta situación, se hace un atento llamado a la Comisión Natural de Acuacultura y Pesca para que fortalezca sus acciones a efecto de que las embarcaciones pesqueras cumplan con las mejores prácticas de captura, carga y descarga de la producción marítima de especies en el estado de Baja California.

Por ello, en el presente punto de acuerdo se solicita a la Conapesca establezca medidas homogéneas de maniobra para la carga de los principales productos marinos, en particular de la sardina y el atún de aleta azul, para evitar el escape o vertimiento combustibles, químicos u otro agentes contaminantes en las zonas marítimas de Baja California y sobre las especies capturadas para consumo humano.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Conapesca establezca medidas homogéneas de maniobra para la carga de los principales productos marinos, en particular de la sardina y el atún de aleta azul, para evitar el escape o vertimiento combustibles, químicos u otro agentes contaminantes en las zonas marítimas de Baja California y sobre las especies capturadas para consumo humano.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de noviembre de 2017.

Diputado Marco Antonio García Ayala (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos a informar a la opinión pública sobre las actividades y el desempeño de los sistemas de administración del sector, de conformidad con los artículos 5o. y 15 de la ley que la rige, a cargo del diputado Ulises Ramírez Núñez, del Grupo Parlamentario del PAN

Ulises Ramírez Núñez, diputado federal de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados; someto a la consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Asea), para que haga público, a la brevedad, e informe a la opinión pública de actividades y de desempeño de los sistemas de administración del sector, de conformidad con el artículo quinto y 15 de la Ley de la Asea, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 20 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía 1 y en el artículo décimo noveno transitorio de dicha reforma, se estableció la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Asea ) en los siguientes términos:

Décimo Noveno. Dentro del plazo previsto en el transitorio cuarto del presente Decreto, el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones al marco jurídico para crear la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del ramo en materia de Medio Ambiente, con autonomía técnica y de gestión, que disponga de los ingresos derivados de las contribuciones y aprovechamientos que la ley establezca por sus servicios para financiar un presupuesto total que le permita cumplir con sus atribuciones.

La Agencia tendrá dentro de sus atribuciones regular y supervisar, en materia de seguridad industrial, operativa y protección al medio ambiente, las instalaciones y actividades del sector hidrocarburos, incluyendo las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones, así como el control integral de residuos. En la organización, funcionamiento y facultades de la Agencia, se deberá prever al menos:

a) Que si al finalizar el ejercicio presupuestario, existiera saldo remanente de ingresos propios excedentes, la Agencia instruirá su transferencia a un fideicomiso constituido por la Secretaría del ramo en materia de Medio Ambiente, donde una institución de la banca de desarrollo operará como fiduciario.

b) Que la Agencia instruirá al fiduciario la aplicación de los recursos de este fideicomiso a la cobertura de gastos necesarios para cumplir con sus funciones en posteriores ejercicios respetando los principios a los que hace referencia el artículo 134 de esta Constitución y estando sujeta a la evaluación y el control de los entes fiscalizadores del Estado.

El fideicomiso no podrá acumular recursos superiores al equivalente de tres veces el presupuesto anual de la Agencia, tomando como referencia el presupuesto aprobado para el último ejercicio fiscal. En caso de que existan recursos adicionales, éstos serán transferidos a la Tesorería de la Federación.

El fideicomiso a que hace referencia este transitorio estará sujeto a las obligaciones en materia de transparencia derivadas de la ley. Asimismo, la Agencia deberá publicar en su sitio electrónico, por lo menos de manera trimestral, los recursos depositados en el fideicomiso, así como el uso y destino de dichos recursos.

La Cámara de Diputados realizará las acciones necesarias para proveer de recursos presupuestales a la Agencia, con el fin de que ésta pueda llevar a cabo su cometido. El presupuesto aprobado deberá cubrir los capítulos de servicios personales, materiales y suministros, así como de servicios generales, necesarios para cumplir con sus funciones.

Los argumentos que soportaron la decisión del Constituyente Permanente para crear la Asea fueron los siguientes:2

La conformación de una nueva arquitectura institucional del Sector Energético tiene alcances trascendentales para fortalecer la seguridad energética del país, aumentar la competencia en el sector y la competitividad de las empresas productivas del Estado, generar desarrollo económico y empleos, así como aumentar notablemente los ingresos del Estado a mediano y largo plazo. Por lo anterior, se considera de suma importancia contar con instituciones fuertes que garanticen su implementación y posterior consolidación, de modo que sus beneficios se extiendan a toda la sociedad a lo largo del tiempo.

La Agencia se creará como un órgano que deberá especializarse en las materias de seguridad industrial y de protección al medio ambiente.

La seguridad industrial y la protección al medio ambiente son actividades con alto grado de complejidad, por lo que su implementación y seguimiento necesitan de instituciones especializadas en estas materias. La creación de la Agencia permite al Estado Mexicano contar con una institución cuyo objetivo primordial sea velar por el cumplimiento de dichas materias.

La Agencia debe crearse considerando la coordinación y colaboración que debe establecer, en primer lugar, con las unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Estas unidades administrativas tienen experiencia en la regulación, supervisión y trámites administrativos relacionados con las actividades industriales en materia de medio ambiente y dentro de éstas se encuentran las del sector hidrocarburos.

Por lo anterior, si bien la Agencia será la responsable de emitir los actos administrativos que se señalan expresamente en la Ley, será conveniente que tome en consideración la experiencia adquirida por otras autoridades en la materia.

Por otro lado, será necesario que la Agencia establezca una coordinación cercana con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Marina y la Secretaría de Gobernación, ya que tienen un interés común al velar por la seguridad de las personas, instalaciones y medio ambiente, cada una en sus respectivos ámbitos de competencia.

Asimismo, al regular y supervisar el sector hidrocarburos, deberá crear espacios comunes de entendimiento con la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía, a efecto de que se promueva la inversión y las actividades del sector sin poner en riesgo el mandato incontrovertible de proteger la vida y salud de las personas, el medio ambiente y las instalaciones petroleras.

La Agencia deberá elaborar un informe anual de desempeño de los sistemas de administración con el fin de actualizar la regulación de su competencia o establecer las medidas correctivas que sean necesarias.

A partir de lo anterior y dando cumplimiento al mandato constitucional, el 11 de agosto de 2014 se publicó en el DOF la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

Dicha ley establece en su artículo primero que la Asea será la instancia responsable de la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos a través de la regulación y supervisión.

Para fines del presente punto de acuerdo debemos señalar que la ley establece que en el ejercicio de sus funciones, la Asea tomará en consideración criterios de sustentabilidad y de desarrollo bajo en emisiones, así como atenderá lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y demás ordenamientos aplicables.

Por su parte, la fracción XXVIII del artículo quinto, establece que la Agencia tendrá como atribución la publicación de un informe anual sobre sus actividades. 3

Además, el artículo 15 de la Ley de la Agencia también obliga a esta instancia a elaborar un informe anual de desempeño de los Sistemas de Administración del Sector, con el objeto de actualizar la normatividad en la materia de su competencia, conforme a las mejores prácticas y estándares internacionales.

Si bien es cierto, la Asea es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y en el quinto informe de labores (2016-17)4 de dicha secretaría se sintetiza en un párrafo el trabajo realizado por la Asea a lo largo de todo un año de trabajo, en los siguientes términos:

“La Asea efectuó 928 visitas de inspección con el fin de verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable al sector hidrocarburos; de ellas, 132 fueron inspecciones motivadas por contingencias. Del total de inspecciones, 568 estuvieron fuera del programa inicial debido a que se atendieron denuncias, incidentes u otro acontecimiento no anticipado”.

Lo más grave de esta situación es que en la página oficial de la Asea, en el renglón de informes, no existe documento alguno que detalle el trabajo realizado por la Agencia desde su creación. Lo único que se identifica es la siguiente leyenda, con fecha de publicación 15 de julio de 2016:

http://104.209.210.233/gobmx/Rendicion

“El informe de labores se encuentra en revisión por la Dirección Ejecutiva para su aprobación y previa publicación”.

Como integrante del Partido Acción Nacional , estoy convencido que la creación de un órgano especializado responsable de la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos, exige la mayor de las transparencias, por lo que se considera un error que resuman en unas cuantas líneas el trabajo realizado por este importante organismo a lo largo de doce meses. La sociedad y el sector exigen un órgano lo suficientemente transparente en el ejercicio de sus funciones y que tenga la capacidad para informar en un formato pormenorizado cada acción encaminada a la protección del medio ambiente.

Bajo este contexto, resulta urgente que se haga público, a la brevedad, los informes correspondientes a cada año desde su creación.

Si en la reforma constitucional en materia energética el Constituyente Permanente consideró trascendental la existencia de un organismo con capacidad suficiente para regular y proteger el medio ambiente, no podemos permitir que la Asea siga trabajando en la opacidad y que nadie sepa que se está haciendo, cómo se está trabajando y qué resultados se han obtenido en beneficio del cuidado del medio ambiente y la protección de las personas.

Por lo tanto, se exhorta a la Asea a que haga pública en su portal de internet la información relativa al informe anual de actividades y el informe anual de desempeño de los Sistemas de Administración del Sector, de conformidad con el artículo 5 y 15 de la Ley de la Agencia.

Dicho lo anterior, se somete a la consideración de la asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Asea), para que haga público, a la brevedad, los informes anuales de actividades y de desempeño de los Sistemas de Administración del Sector, de conformidad con el artículo quinto y 15 de la Ley de la Asea.

Notas

1 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5327463&fecha=20/12/2013

2 http://www.senado.gob.mx/comisiones/energia/dictamenes.php

http://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-17 -1/assets/documentos/4_Dictamen_Hidrocarburos.pdf

3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LANSI_110814.pdf

4 http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/trendici on.html
http://www.semarnat.gob.mx/sites/default/files/documento s/programas/informes/5_Informe_Labores_SEMARNAT.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputado Ulises Ramírez Núñez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a suspender la autorización para el proyecto Gran Solaris, en Benito Juárez, Quintana Roo, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en el artículo 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta honorable soberanía el presente punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

A partir del día 6 de noviembre del presente año en el domicilio ubicado en SM 00B, Manzana 53, Lote 52-01, Zona Hotelera, Municipio Benito Juárez, Quintana

Roo se iniciaron los trabajos del proyecto Gran Solaris,1 consistente en la construcción de un hotel all Inclusive de 450 habitaciones y una suite; en un predio de 18,844.31 m² ubicado en la parte Sur de la Zona Hotelera de Cancún. El proyecto estará compuesto por un edificio de 14 niveles superiores, planta baja y dos sótanos, así como las áreas exteriores que constan de albercas, restaurante grill, asoleaderos, áreas verdes, gazebo de bodas, cancha deportiva multiusos, entre otras amenidades; desarrollado por la empresa Villas Solaris, S de RL de CV.

Dicho proyecto fue Autorizado por la Delegación Federal de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el día 7 de julio del presente año, dicha autorización está condicionada con vigencia de 12 meses para la preparación, 10 años para la construcción y hasta 50 años para la operación y mantenimiento.2

Por su parte, a través de diversos medios de comunicación locales, Francisco Javier Zubirán Padilla Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo y también suplente del Presidente Municipal Remberto Estrada Barba, señalo enfáticamente en relación al inicio de las obras del proyecto Gran Solaris que “Ese es un terreno privado que los duen?os tienen licencia desde hace mucho tiempo y ahorita acaban de sacar otros permisos”; sin que el funcionario presentara o indicará el tipo de permisos al que se refiere.

Esta declaración de parte del Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología es importante, toda vez que la empresa Villas Solaris, S de RL de CV, presentó dentro de la manifestación de impacto ambiental (MIA) la constancia de uso de suelo SMEYDUDGDU-DPNU/02203/2015 y en la Autorización otorgada por la Delegación Federal de Semarnat se cita la constancia SMEYDU/DGDU/DPU/CUS/0019/2017; es decir, que a la empresa se le extendieron dos constancias de uso de suelo para el mismo fin aun cuando ambas se basan en el mismo Programa de Desarrollo Urbano, no obstante ambas fueron desechadas por la Delegación Federal de la Semarnat como se establece en el oficio de Autorización 04/SGA/1019/17.

La Delegación Federal que emite la autorización del proyecto Gran Solaris Cancún toma como base el uso de suelo turístico hotelero (TH)/15/P, de 15 niveles y densidad de 240 cuartos por hectárea, y teniendo como punto de partida la densidad bruta y no la densidad neta. En la zona hotelera se tiene como base la densidad neta, lo que significa que el número de unidades, de población o vivienda, por unidad de superficie, siendo ésta última la del predio en que se emplaza el proyecto, descontada la superficie destinada a equipamientos, áreas verdes y otras superficies no destinadas a uso habitacional excede por más del doble la cantidad de habitaciones a construir, pues el resultado de este análisis justificaría autorizar hasta 180 habitaciones y no las 450 pretendidas en el proyecto, pero esta consideración no está contenida en la Autorización.

Los hechos presentes que giran alrededor de un Proyecto que pretende construir un edificio de diez y siete niveles con 450 habitaciones, eliminando la cubierta vegetal de la duna costera ubicada en el predio, esto sin mencionar la eliminación del mirador, ponen de manifiesto la posibilidad de que ocurran acciones ciudadanas como las de los Proyecto Dragón Mart y Tajamar.3 Por lo que sería deseable tener en cuenta los aspectos sustantivos del Proyecto y considera la opinión de los ciudadanos como debió preverse para realizar una consulta pública de mayor alcance.

La MIA fue presentada a la Delegación Federal de Semarnat para su estudio y autorización el 17 de noviembre del 2016, fue registrada con clave 23QR2016TD115 y publicada en la Gaceta Ecológica número DGIRA 059/16. Posteriormente fue puesta a Consulta Pública a través de la Gaceta número DGIRA 62/16, en la cual se señala que sólo en el caso de que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental considerara la celebración de una reunión pública esta se difundiría en un periódico de amplia circulación en el Estado de Quintana Roo,4 lo que trajo como consecuencia una escaza difusión del proyecto y por ende, una limitada participación de la sociedad civil.

En suma, los aspectos más relevantes a considerar son los que se derivan de la cubierta vegetal, misma que tanto la MIA5 como el propio estudio de impacto ambiental convinieron en considerar sobre el proyecto Gran Solaris, que este no contenía ningún inconveniente dada la carencia de vegetación arbórea. Sin embargo, esta interpretación omite las consideraciones de la fracción X del Artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, pues los ecosistemas deben estudiarse así como los posibles impactos por la actividad antropogénica como un sistema, tal es el caso del sistema lagunar Nichupté.6 En este sentido es falso suponer que no existe impacto ambiental sobre la cubierta vegetal, pues se debe considerar que la vegetación existente es vital para la estabilización de las dunas costeras presentes en la zona.

Pero más aún, las dunas costeras, particularmente las que resguardan sistemas lagunares como el de Nichtupé son considerados de importancia estratégica, como lo señala la propia Semarnat7 en su informe sobre Quintana Roo del 2014. Esta importancia se refleja en las recomendaciones que realiza la propia Semarnat para adecuar la actividad turística a las necesidades de conservación de las dunas costeras, su particular vegetación e importancia biológica en el Paso Nizuc-Cancún8 y de la zona hotelera, como es el caso de Playa Delfines, última ventana al mar en 21 kilómetros de Playa de Cancún.

Poner un edificio de tal magnitud y eliminar la cubierta vegetal existente pone en riesgo las dunas costeras, a lo que se debe agregar que es la zona de mayor desove, anidación y emergencia de tortuga marina, lugar público para la recreación de las familias que visitan esta zona, sin mencionar la importancia que tiene para el paisaje el Mirador y la cercana zona arqueológica.

Un último aspecto que se debe considerar es que, al verificar el anexo del Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Benito Juárez, se puede observar como en la zona de realización del Proyecto, se encuentran señaladas importantes áreas verdes de valor ambiental.9 Aun cuando fuera posible que el proyecto Gran Solaris pudiera minimizar el impacto de la obra civil, no podrá evitar los daños que se ocasiones por la sobre carga vehicular.

De acuerdo con la tabla número 2 de los anexos del Reglamento de Construcciones del Municipio de Benito Juárez, aprobada por el Cabildo el 15 de agosto de 2016 y publicada en el Periódico Oficial del Estado el 25 de octubre de ese mismo año, el requerimiento de cajones de estacionamiento en los establecimientos de alojamiento tipo hoteles, tan sólo para huéspedes, es de 1 cajón por cada dos huéspedes para las primeras 20 habitaciones y de 1 cajón por cada 4 habitaciones por las subsecuentes. Lo que requeriría para el proyecto Gran Solaris de 108 cajones de estacionamiento; pero el proyecto sólo considera 50 cajones de estacionamiento, queda claro que la capacidad será rebasada y los vehículos terminarán invadiendo un área mayor de la prevista.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a suspender la autorización condicionada otorgada a la empresa Villas Solaris, S de RL de CV, para la realización del proyecto Gran Solaris a fin de poder llevar a cabo una consulta apropiada como se señala en la fracción III del Artículo 34 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental.

Segundo. Que la Procuraduría Federal de Protección Ambiental inicie la investigación respectiva de los hechos ocurridos a partir del 6 de noviembre en Playa Delfines y los que con anterioridad se han hecho público sobre el otorgamiento de la autorización del proyecto Gran Solaris en el cuidado del interés jurídico indicado en el Artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental y establezca las medidas precautorias incluyendo la suspensión definitiva de la construcción del proyecto Gran Solaris.

Notas

1 Manifestación de Impacto Ambiental. Proyecto Gran Solaris. Pág. II-1.

2 Como se detalla en el Oficio de Autorización 04/SGA/1019/17 numerales Primero, Segundo y Séptimo; Págs. 83-85.

3 Como se señala en el informe Malecón Tajamar. Desarrollo responsable apegado a derecho publicado en el 2016 por Semarnat y FONATUR. Pág 38.

4 Pág. 38.

5 Manifestación de Impacto Ambiental. Proyecto Gran Solaris. Pág. III-4

6 Área de protección de flora y fauna Manglares de Nichupté. Programa de Manejo. 2014. Semarnat CENAP. Pág. 62.

7 Moreno-Casasola, Patricia, et. Al. 2014. Tipos de duna en: Semarnat Quintana Roo. Pág. 257.

8 Jiménez-Osorio Oscar, et. All. 2014. Necesidades de Conservación. Semarnat; Págs. 97-102.

9 Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Benito Juárez. Anexo. Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, fecha 16 de octubre del 2014.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Isaura Ivanova Pool Pech (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senado de la República a dictaminar la minuta en materia de nombramiento de titulares de órganos internos de control en organismos constitucionales autónomos, a cargo del diputado Rogerio Castro Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena

Consideraciones

El 27 de abril de 2017, el pleno de la Cámara de Senadores recibió de la colegisladora la minuta con “proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017; y la turnó a las Comisiones Unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, y de Estudios Legislativos, Primera.

A la fecha han transcurrido más de 130 días hábiles desde que el asunto pasó a las comisiones; es decir, han pasado en exceso mucho más de los 20 días que tienen las comisiones del Senado para dictaminar, en términos de lo que indica el artículo 67, numeral 1, inciso G, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Considerando que

1. De esa reforma depende que la Cámara realice los nombramientos correspondientes a los titulares de los órganos internos de control de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación;

2. Se trata de una resolución de suma importancia para la nación, pues los funcionarios señalados constituyen la piedra angular del Sistema Nacional Anticorrupción; y

3. Un dictamen positivo y oportuno daría una señal clara del Poder Legislativo hacia la sociedad del compromiso de éste con los objetivos del Sistema Nacional Anticorrupción.

Por lo expuesto, con fundamento en lo que dispone el artículo 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, con el debido respeto y en el marco de colaboración entre las Cámaras del Congreso de la Unión, exhorta a la Cámara de Senadores a agilizar el proceso de dictamen de la minuta con “proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.

Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2017.

Diputado Rogerio Castro Vázquez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Querétaro a indultar a la ciudadana Dafne Mcpherson Veloz, acusada de homicidio calificado, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Laura Nereida Plascencia Pacheco, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Desde junio de 2015 Dafne McPherson Veloz se encuentra privada de su libertad, acusada injustamente por un delito que no cometió, que ni siquiera debería de existir en pleno siglo XXI.

Los principios en materia de derechos humanos derivados de la reforma constitucional de 20111 aún están muy lejos de ser una realidad para las mujeres en muchas entidades del país.

Dafne esta presa por “supuestamente”, en palabras de la fiscalía de Querétaro, “haber asesinado a su hija”2 al provocarse intencionalmente un aborto.

Lo que en realidad sucedió, según las pruebas científicas con las que cuenta la defensa, es que se trató de un parto accidental o aborto espontaneó, en un baño de una tienda departamental donde Dafne laboraba.

No obstante que Dafne padece hipotiroidismo y obesidad, lo que provoco que nunca se diese cuenta de que estaba embarazada, ahora ella se encuentra acusada de “homicidio calificado”, con una sentencia de 16 años de prisión de los que ya lleva dos recluida, privada ilegalmente de su libertad.

Según testimonios recabados y las pruebas documentales dadas a conocer a la opinión pública, el Ministerio Publico utilizó prejuicios morales y estereotipos durante la investigación y posterior acusación para inculparla de un delito que no cometió. Esto quedo de manifiesto durante las audiencias orales en las que participó el fiscal de Querétaro Gustavo Dolores Acosta encargado de la acusación en contra de Dafne y que expuso que la acusada actuó “peor que una perra”. Como se puede apreciar, el agente del Ministerio Publico utilizo argumentos subjetivos, así como consideraciones sociales y personales para sustentar una investigación que tenía que haber incluido la perspectiva de género, lo que se traduce en una falta de capacidad para desempeñar su cargo de manera diligente y en estricto apego a derechos humanos, basta decir que su actuación incurre en violencia que ameritan su suspensión y la posibilidad de que se le finquen responsabilidades, todo esto derivó en una clara violación de los derechos humanos de Dafne y su privación ilegal de la libertad.

Sobre este tema el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, en sus 52° Periodo de sesiones del 7 de agosto de 2012, en relación con los informes séptimo y octavo combinados de México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051a y 1052a, en sus observaciones finales, señaló como temas de preocupación los siguientes:

32. El Comité observa que en la Ciudad de México el aborto está despenalizado, mientras que en el resto del país solo es legal en caso de violación. Observa también incongruencias en cuanto a otros motivos jurídicos para practicar abortos en los marcos jurídicos de los 32 estados. Le preocupa que las enmiendas introducidas en las constituciones locales que protegen la vida desde el momento de la concepción hayan puesto en peligro el disfrute por la mujer de su salud y derechos sexuales y reproductivos, aun cuando esas enmiendas no hayan modificado los motivos jurídicos ya establecidos para practicar un aborto. Otro motivo de preocupación son los casos en que los proveedores de servicios médicos y trabajadores sociales han denegado el acceso al aborto legal a embarazadas que cumplían los restrictivos criterios reglamentarios y, a continuación, las denunciaron ante las autoridades judiciales, quienes a su vez las condenaron a largas penas de prisión por infanticidio o asesinato.3

En este sentido el mismo Comité realizó una serie de recomendaciones al estado mexicano, entre las cuales destaca la siguiente:

33. El Comité pide al Estado parte que:

a) Armonice las leyes federales y estatales relativas al aborto a fin de eliminar los obstáculos que enfrentan las mujeres que deseen interrumpir un embarazo de forma legal y amplíe también el acceso al aborto legal teniendo en cuenta la reforma constitucional en materia de derechos humanos y la recomendación general núm. 24 (1999) del Comité;4

Consideramos que este tipo de casos ponen de manifiesto la deficiencia legislativa, de investigación e impartición de justicia que persiste en las entidades federativas de nuestro país, principalmente por consideraciones de tipo moral, religioso o personal que detentan los servidores públicos encargados de estas áreas y que se percibe claramente en las constituciones locales cuyos preceptos fundamentales muestran una visión patriarcal en contra de las mujeres.

Es muy grave que Dafne sea condenada por una ideología y no por un delito, por conductas que deberían ya de encontrarse extintas de nuestra legislación.

En realidad, el caso de Dafne no es extraordinario o poco común, se presentan con una regularidad que no debe ser silenciada, ya que no solo a ella sino a cualquier mujer le puede suceder una situación de esta naturaleza, pero en el caso de ella lo que resalta su importancia es el hecho de que ella desconocía su condición de embarazo.

Ante esta situación, exigimos urgentemente que:

1. El gobernador del Estado Libre y Soberano de Querétaro le otorgue el indulto, para que Dafne sea puesta en libertad de manera inmediata.

2. Al Poder Judicial del Estado de Querétaro para que aplique el protocolo para juzgar con perspectiva de género de forma obligatoria en todos los casos, así como capacitar a las y los jueces y magistrados en la materia.

3. A la Fiscalía General del Estado para que destituya al Fiscal Gustavo Dolores Acosta para que sea separado de su encargo, toda vez que sus declaraciones y actuar son una clara violación a los derechos humanos, así como abrir una carpeta de investigación para deslindar responsabilidades por sus actuaciones y declaraciones.

De ahí que consideramos fundamentales estas acciones para restituir los daños ocasionados a Dafne y salvaguardar el respeto a sus derechos humanos, con el afán de que pueda recobrar su libertad.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Querétaro, a efecto de que otorgue el indulto a la ciudadana Dafne McPherson Veloz para su inmediata liberación.

Segundo. Se exhorta al Poder Judicial del Estado de Querétaro para que aplique el protocolo para juzgar con perspectiva de género en todos los casos de delitos cometidos por y en contra de mujeres, así como capacitar a las y los jueces y magistrados en la materia

Tercero. Se exhorta a la Fiscalía General del Estado para que destituya y sea separado de su encargo al fiscal Gustavo Dolores Acosta, toda vez que sus declaraciones constituyen una forma de discriminación y una clara violación a los derechos humanos, así como abrir una carpeta de investigación para deslindar responsabilidades por sus actuaciones y declaraciones.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente, al gobernador y a la Fiscalía General del Estado de Querétaro para que capacite a todas y todos los funcionarios en materia de derechos humanos, perspectiva de género y no discriminación.

Notas

1 http://www2.scjn.gob.mx/red/constitucion/10Junio.html

2 http://www.animalpolitico.com/2017/10/dafne-presa-parto-accidental-acus an-mato-bebe/

3 Disponible en http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/recomm-sp.htm

4 Ibídem.

Referencias

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

4ª.A, XIII/92, SJF, Octava Época, tomo IX, abril de 1992, p. 106.

http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/r ecomm-sp.htm

http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Documentos/Tesis/1011/1011102.pdf

http://www.milenio.com/policia/fiscal_acuso_dafne-actuar
_peor_perra-sera_sancionado-queretaro-milenio_0_1051695078.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Sedesol a establecer lineamientos específicos a fin de evitar que los programas sociales dejen de operar de manera regular en Zacatecas o sean usados para fines políticos y electorales, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Mariana Trejo Flores, de la LXIII Legislatura Federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo los siguientes

Antecedentes

Las condiciones de desigualdad y pobreza que imperan en el país, se han agudizado con el establecimiento de políticas económicas y sociales que se convierten en patrones de reproducción ampliada de la desigualdad. Las políticas públicas mexicanas sólo han administrado la pobreza, basados en que México no ha podido disminuir los índices de pobreza moderada y pobreza extrema, aun con los esfuerzos empleados por el gobierno central, a través de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol).

La Sedesol, está en deuda con la nación. Su trabajo es sin duda, una necesidad actual para mitigar los efectos que la pobreza ha generado en las últimas décadas en las entidades del país y, los programas operados por la Secretaría, dirigidos a diversos y variados sectores de la sociedad mexicana, garantizan que por lo menos, la sociedad en condiciones vulnerables pueda tener acceso a la alimentación y a un ingreso económico que permita a las nuevas generaciones seguir con sus estudios de nivel básico.

La utilización política de éste tipo de programas y proyectos sociales ha vulnerado la credibilidad que la sociedad tiene en la institución, poniendo en riesgo la utilización de recursos públicos que se exponen al desvío y la malversación de fondos, siendo este gasto, uno de los más importantes en cada presupuesto de egresos anual, para hacer frente a una condición que en pleno Siglo XXI sigue siendo una deuda histórica con los mexicanos.

Los programas Prospera, Adultos Mayores, Instancias Infantiles, Comedores Comunitarios, Abasto Rural, Fomento a la Economía Social, 3X1 para Migrantes y Vivienda Social, son programas de gran relevancia en el entorno rural nacional, para el caso específico del estado de Zacatecas, muchos de éstos programas se han visto detenidos por condiciones inexplicables, lo cual pone en riesgo a comunidades completas que son beneficiarias de éste tipo de actividades impulsadas por la Sedesol.

El uso político de los programas en la entidad zacatecana, han sido denunciados ante las autoridades correspondientes sin que se dé una respuesta favorable a la ciudadanía. Desde la perspectiva anterior, municipios siguen en espera de que los recursos públicos lleguen a la sociedad y exigen que se implemente una nueva fase de reestructuración estatal de empadronamiento de beneficiarios, principalmente en los programas de Prospera, Adultos Mayores y 3X1.

Habitantes de las comunidades Estancia de Guadalupe y El Chiquihuitillo, del municipio de Pinos, Zacatecas, denunciaron distintas irregularidades del Programa Prospera, así como la nula atención que reciben por parte de los enlaces de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) en el ayuntamiento.

Vocales que integran las 233 comunidades aseguraron que nunca han sido informadas del por qué en el retraso en sus pagos y los descuentos que se les aplican, así como las dadas de baja de persona sin aparente razón alguna.

“A muchas de las comunidades sí las dejaron fuera y cuando uno les pregunta no saben dar razón, lo mismo pasa con los ahorros: o nos cambian a un concepto que se denominaba de esquema diferenciado y nos llega muy poco dinero”, sentenciaron.1

Manifestaron también su inconformidad por la falta de una revisión continua por parte del personal de la Sedesol; “muchas de las beneficiadas tienen hasta casas de dos pisos y a sus maridos en Estados Unidos”, motivos que consideran claros para que les sea retirado el apoyo.

Según datos de este padrón, aplicado desde su arranque de abril-mayo 2013, se refiere que existen 233 comunidades beneficiadas, en su mayoría hogares con hasta 63 integrantes (San Antonio de Jarillas).

El 50 por ciento de los beneficiarios declaró comer tres veces al día, utilizar la cocina como dormitorio, sólo ocupar dos habitaciones para dormir o que sus baños son letrinas, ya que no cuentan con drenaje.

En Zacatecas, alrededor de 98 mil familias están afiliadas al Prospera, lo que representa un aproximado de 450 mil habitantes, casi el 30% del total de la población del estado.

El padrón de Prospera se ha modificado en la entidad y, más de 1800, según datos de la propia institución, revelan que han sido retirados por no cumplir con las especificaciones técnicas para ser beneficiarios. Muchas de éstas familias viven en condiciones de pobreza y, el retiro del programa les coloca aún en condiciones de mayor vulnerabilidad, por lo cual es necesario dar una revisión profunda de lo operación del programa. Otra queja recurrente es que los pagos llegan retrasados o en algunas comunidades y municipios, dejaron de llegar, estas denuncias se hacen principalmente en los municipios más alejados y las autoridades no les dan una respuesta. La sociedad teme que sean venganzas de tipo político.

En materia del apoyo de adultos mayores, los representantes de Sedesol en los municipios de Zacatecas, ha retirado apoyos y no ha generado cobertura a la necesidad de ingreso de nuevos folios, quedándose muchos adultos mayores sin el apoyo que por ley les corresponde. Las denuncias ciudadanas al respecto se han dirigido a las instancias estatales, sin embargo, la respuesta ha sido nula y la efectividad queda en duda.

Habitantes de Lomas de Bracho, quienes no tienen agua desde hace más de un año, también denunciaron que los apoyos del programa Prospera, que opera la Secretaría de Desarrollo Social Zacatecas, son comprometidos a cambio de dinero y favores políticos.

Valente Delgado Quintero, líder de la segunda sección de Lomas de Bracho, reclamó que también fueron retirados los apoyos para adultos mayores (65 y más), Seguros de Vida para Jefas de Familia y el Programa de Abasto Social de Leche Liconsa.2

“Llega el personal de Prospera y nos dicen que se van a acabar los apoyos, entonces las 80 familias que corresponden a esta sección de Lomas de Bracho, se ponen bajo amenaza y estos apoyos los necesitamos, pero que no vengan a comprometerlos la gente de Sedesol”, afirmó.

Destacó que los trabajadores del programa los amedrentan con retirarlos de los padrones, “se aprovechan de que somos pobres y no conocemos cómo opera de verdad esto. Nos sentimos molestos y queremos una explicación”.

Respecto a la ayuda alimentaria de la leche Liconsa, Delgado Quintero afirmó que los colonos tienen que desplazarse hasta la colonia Díaz Ordaz para poder llevársela a sus hijos.3

“Al principio de que empezó el proceso electoral habían dicho los de Sedesol que abrirían una lechería aquí en Bracho, pero todo quedó en promesas y nada más llegaron al poder y se olvidaron de todos aquí”, agregó.

El líder social amagó con paralizar el tránsito del boulevard Centenario en ambos sentidos, “si prevalece la situación de que nos amenaza el personal de Prospera con quitarnos los apoyos, entonces las 80 familias de Lomas de Bracho vamos a manifestarnos y hasta que no se nos dé un trato respetuoso no nos vamos a quitar”.

La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) denunció ante la Procuraduría General de la República (PGR) a 493 promotores del Programa de Pensión para Adultos Mayores, que desviaron recursos por alrededor de 19 millones de pesos.

Ayer, en la primera conferencia de prensa que da desde que asumió el cargo, el titular de la dependencia, Luis Enrique Miranda Nava, resaltó que en el actual sexenio se han presentado siete denuncias por diversas irregularidades detectadas en los esquemas sociales.

De las auditorías que en su caso ordenó, dijo que se desprendieron hechos presumiblemente constitutivos de faltas administrativas y/o conductas delictivas, cometidas por personal que tiene como responsabilidad el registro de los adultos mayores en el padrón, así como la acreditación de su supervivencia.

Los promotores denunciados realizaron 3 mil 989 registros utilizando su huella para cobrar la pensión en 30 entidades. Es decir, precisó el secretario, se auto promovían como adulto mayor.4

Varios son los problemas que Sedesol tiene en Zacatecas y, sería prioritario establecer un mecanismo de control para poder dar el cauce correcto a los programas federales en la entidad.

Robo, desvío de recursos, utilización política, retención del dinero de los programas, condicionamiento de la entrega de apoyos, abuso sexual por parte de los promotores hacia los y las beneficiarios, humillación, malos tratos, cambio de programas a cambio de votos por algún partido político, injerencia del gobierno estatal y municipales en la distribución de los programas, personal operativo sin capacitación, etc. Así opera Sedesol en Zacatecas, por lo cual, acudimos directamente al Secretario de la dependencia, para que tome acciones inmediatas en la materia, buscando con ello, la operación óptima de los programas y el desarrollo pleno de las actividades de la secretaría en la entidad zacatecana.

Por lo anteriormente expuesto e invocado en el proemio, someto a consideración de éste pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura federal, exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno federal, en la capacidad de sus atribuciones, a establecer mecanismos de control y vigilancia en la operación, entrega, desarrollo y ejecución de los programas sociales de Sedesol en los 58 municipios del estado de Zacatecas para evitar uso político, malos manejos, desvío de recursos y retención de programas y dinero público.

Notas

1 http://ntrzacatecas.com/2017/04/24/denuncian-corrupcion-en-prospera-en- pinos/

2 http://ntrzacatecas.com/2017/05/01/denuncian-que-dan-apoyos-por-favores -politicos-en-lomas-de-bracho/

3 Ibídem

4 http://www.jornada.unam.mx/2016/12/10/politica/008n1pol

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Mariana Trejo Flores (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a reconocer públicamente que la defensa de los derechos humanos y de las víctimas de violaciones de éstos no es sólo una actividad legítima sino fundamental para fortalecer el estado de derecho, y la rendición de cuentas ante la justicia y la democracia en el país, suscrita por los diputados Cuitláhuac García Jiménez, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez y Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena

Cuitláhuac García Jiménez, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez y Alfredo Basurto Román, en nuestra calidad de diputados federales, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero. El día 13 de noviembre de 2017, en el 6o. foro nacional “Sumemos Causas. Por la Seguridad, Ciudadanos + Policías”, organizado por la agrupación Causa en Común, el presidente de la república escuchó un diagnóstico de la situación de seguridad por parte de organizaciones sociales, y del jefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, con cuestionamientos al nuevo sistema penal acusatorio.

Ahí en el discurso de clausura, el presidente de la república, Enrique Peña Nieto, señalo que resolver los distintos problemas de la seguridad:

“Nos exige el actuar de todos, todos en un mismo sentido, todos actuando con corresponsabilidad, demandando y haciendo, demandando y dando, porque sólo así podremos alcanzar el México de paz que todos queremos”

Desde el inicio de esta administración uno de los ejes centrales es: “trabajar por un México en Paz, poniendo este tema en la agenda central del Gobierno de la República”.

En materia de justicia, se transitó al nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio. Lograr la eficacia en la entrada de su vigencia ha significado un enorme reto.

Nuestro compromiso debe estar “en actuar con responsabilidad y con enorme corresponsabilidad, porque esto no sólo debe ser tarea de una sola entidad, un solo orden de Gobierno o un solo Poder, sino de todos los que están involucrados en que este modelo realmente funcione, y funcione adecuadamente”

El Gobierno de la República estableció una estrategia que ha permitido robustecer a las instituciones que tiene el Estado mexicano, particularmente en materia de prevención policiaca y de procuración de justicia.

El tema de la seguridad debe seguir siendo de la más alta prioridad para el gobierno, que es el principal responsable, y para la sociedad misma.

En 2016 y 2017 han sido años donde lamentablemente la delincuencia y la inseguridad han cobrado nuevamente mayores espacios.

No hemos llegado a las condiciones de seguridad a las que aspiramos, y por el contrario se está revirtiendo.”

Hizo “un llamado a que si la sociedad civil como lo merece y lo hace, para demandar hay que dar, y debe estar dispuesta a dar y a reconocer cuando hay una buena actuación, cuando se logran objetivos deseados”

Es importante reconocer lo bueno, enriquecer lo que hace falta y aportar ideas que permitan realmente tener el mejor entramado para hacerle frente a la delincuencia organizada.

“Se ha neutralizado a 108 objetivos, delincuentes de alta peligrosidad, de los 122 que el Gobierno tenía identificados al principio de la Administración”.

“Las cifras no son nada alentadoras, pero tampoco son alentadores los esfuerzos que entre Gobierno y sociedad hemos alcanzado, y mucho podemos hacer todavía en favor de esta causa”.1

Sin embargo el mismo Presidente, Enrique Peña Nieto, también cuestionó que se escuchen más las voces de la sociedad civil que condenan, critican y hacen bullying sobre el trabajo de las instituciones del Estado mexicano, y muy pocas reconozcan la tarea de las fuerzas armadas2 y dijo:

“un trabajo responsable y eficaz de las instituciones a las que todos los días pretendemos desmoronar, descalificar, especialmente a los integrantes de las fuerzas armadas”.3

“cuando se pone en duda lo que hacen las fuerzas armadas y de seguridad pública, nadie sale a hablar por ellas, nadie sale a defenderlas ni respalda el trabajo de las policías”.4

Pareciera, indicó, que “estuviéramos conminando a nuestras fuerzas policiacas y armadas a que la inacción sea la mejor forma de actuar”.

Precisó que no eran regaños, sino parte de una conversación constructiva.

“No vine a ser crítico, sino a hacer observaciones, apuntó. Hay mucho por hacer, ya que es un tema crítico, pero todos tenemos que abonar y aportar. Reconocer lo bueno, enriquecer lo que hace falta y aportar las ideas que nos permitan realmente tener el mejor entramado para hacer frente a la delincuencia organizada”.5

Se refirió a que “no queremos militarizar al país, pero sin duda estamos muy lejos de tener corporaciones policiacas robustas y solidas en la nación . Reconoció que la Ciudad de México es un ejemplo, pero advirtió que en varios municipios hay policías que no ganan más de 5 mil pesos al mes, ¿de verdad esperamos que den su vida y todo por enfrentar al crimen organizado? Creo que la respuesta es no”.

Peña Nieto propuso sancionar a quienes no cumplan con su tarea: “veamos los gobiernos de los estados que han sido eficaces y los que no; a veces se pretende descargar toda la responsabilidad al orden federal. Las cifras no son alentadoras, tampoco lo son los esfuerzos que entre gobierno y sociedad se han alcanzado”.

Segundo. De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, un “defensor o defensora de derechos humanos” es aquella persona que realiza acciones en favor de la promoción y defensa de éstos, sin importar su profesión, edad, pertenencia a una organización civil, que cuente con reconocimiento público o reciba una remuneración económica”.6

“Se distinguen por la aceptación de la universalidad e interdependencia de los derechos humanos y actúan en favor de derechos tan diversos como la vida, alimentación, agua, el nivel más alto posible de salud, una vivienda adecuada, un nombre y una nacionalidad, educación, libertad de tránsito y la no discriminación, entre otros. Algunas veces defienden los derechos de grupos específicos de personas como, por ejemplo, los derechos de la mujer, la niñez, los indígenas, los refugiados y desplazados internos, así como de minorías nacionales, lingüísticas o sexuales”.

Algunas de las actividades que realizan las y los defensores de derechos humanos en el ejercicio de sus labores son las siguientes: 1) Difundir y promover información con la finalidad de fomentar la cultura de derechos humanos; 2) Realizar acciones de capacitación en materia de derechos humanos; 3) Denunciar o analizar una violación o, en su caso, una práctica sistemática de violaciones a los derechos humanos; 4) Documentar e investigar casos en que haya tenido lugar una violación a los derechos humanos; 5) Realizar labores de campo, acudir a los lugares en que se cometen presuntas violaciones de derechos humanos, entrevistar a las víctimas y testigos de los hechos, así como requerir información a las autoridades; Brindar apoyo a las víctimas de estas violaciones, por medio de asistencia profesional o representación en los procesos, así como a través de asesoramiento y apoyo para su rehabilitación; Dar seguimiento, analizar y visibilizar los avances o retrocesos en políticas públicas, legislación y otros elementos que constituyen la política de Estado en materia de derechos humanos, entre otras.

A través de estas actividades, las y los defensores de derechos humanos se constituyen en una base importante sobre la que se apoyan las víctimas del delito, la sociedad civil y las organizaciones que acuden a ellos con la intención de hacer efectivo el derecho al acceso a la justicia y que los hechos delictivos no queden en la impunidad.

De igual manera, al demandar y hacer públicos los abusos, las y los defensores contribuyen a mejorar las condiciones sociales, económicas, políticas y jurídicas de la sociedad, pues impelen a las autoridades a rendir cuentas respecto de la observancia y cumplimiento de las normas que tutelan los derechos humanos.

Cabe señalar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos en su informe El derecho a defender. Informe especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos en México, en el capítulo de las conclusiones señalo:

“Conclusiones

Primera. El reconocimiento de las personas que realizan actividades de promoción y protección de derechos humanos y los riesgos que enfrentan durante el ejercicio de sus actividades, así como la sensibilización respecto de la importancia de éstas para la consolidación de una sociedad democrática, constituye ya de por sí una forma de prevención y protección de los derechos humanos de los integrantes de este grupo, así como de quienes acuden a ellos en búsqueda de ayuda, por lo que es necesario que las autoridades de los tres órdenes de gobierno sumen esfuerzos para el efectivo reconocimiento y protección de las y los defensores.

Segunda. Las y los defensores de derechos humanos constituyen un grupo en condiciones de especial riesgo de vulnerabilidad que con frecuencia recibe ataques y amenazas de los sectores para quienes sus actividades resultan incómodas. Además, existen defensores civiles expuestos a un mayor número de riesgos, en razón de los casos específicos y temas que atienden, de la población a la que defienden y de las zonas de riesgo en las que desempeñan sus actividades.

Tercera. Existe un marco jurídico nacional e internacional que protege los derechos de las y los defensores, particularmente de aquellos que se encuentran estrechamente vinculados con las actividades que realizan, por lo que las víctimas pueden hacer efectivos los mecanismos universales, regionales y nacionales, en aquellos supuestos en que determinen denunciar violaciones a sus derechos humanos.

Cuarta. A pesar del subregistro de datos respecto de los delitos y violaciones a derechos humanos cometidas en perjuicio de defensores, del año 2005 a la fecha existe un elevado número de denuncias y quejas presentadas, respectivamente, ante las instancias de procuración de justicia y las comisiones de derechos humanos, en razón de crímenes y agresiones cometidos contra quienes conforman este grupo en especial situación de vulnerabilidad.

Quinta. Los ataques a defensores atentan, en su mayoría, contra sus derechos humanos a la vida, integridad, seguridad y libertad personales, al acceso a la justicia, libertad expresión, asociación, honra y privacidad, así como libertad de tránsito y propiedad.

Sexta. Los actos de intimidación, amenazas, hostigamientos, así como las detenciones arbitrarias y la negativa de acceso a la justicia, constituyen los principales obstáculos a que se enfrentan las y los defensores de los derechos humanos.

Séptima. El subregistro de datos respecto de los delitos y violaciones cometidas contra defensores obstaculiza la elaboración de un diagnóstico completo sobre las condiciones en que realizan sus actividades.

Octava. La participación de las y los defensores en los mecanismos y políticas públicas de promoción y protección de sus libertades fundamentales resulta indispensable para que se generen mecanismos que garanticen de manera efectiva sus derechos humanos.

Novena. Es necesario que las autoridades de los tres ámbitos de gobierno construyan un frente común en la prevención y protección de los derechos de los defensores, a través de la implementación de acciones eficaces que les permitan ejercer libremente sus actividades.

Décima. El derecho a defender no se agota en el deber del Estado de abstenerse de interferir o restringir los derechos y actividades de los defensores, sino que supone la obligación positiva de generar medidas legislativas, administrativas, judiciales, económicas, sociales y culturales, para evitar que otras personas o entidades privadas impidan a este grupo la realización de sus labores.”

Tercero. Al respeto cabe señalar que Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha señalado la importancia de reconocer la importancia de la labor de las defensoras y defensores y ha señalado que la falta de un debido reconocimiento por parte de las autoridades coloca a las y los defensores en una situación de vulnerabilidad. El hecho que la labor de las y los defensores no esté debidamente valorada y reconocida por parte de las autoridades y de la sociedad en general representa uno de los principales desafíos para la defensa de los derechos humanos.7

En virtud de ello la CIDH considera indispensable para la protección global a defensoras y defensores la promoción de una cultura que reconozca pública e inequívocamente el papel fundamental que ejercen las defensoras y defensores de derechos humanos para la garantía de la democracia y, que el ejercicio de la protección y promoción de los derechos humanos es una acción legítima que propende al fortalecimiento del Estado de Derecho y la ampliación de los derechos y garantías de todas las personas. 8

La comisión considera que, si bien los Estados tienen la obligación de adoptar políticas efectivas de prevención y protección para las defensoras y defensores a fin de que puedan ejercer su trabajo en un ambiente seguro, y libre de ataques y hostigamientos, es de particular relevancia que no solamente funcionarios públicos y entidades públicas reconozcan la importancia de la labor de defensoras y defensores, sino que todos los sectores de la sociedad, incluidos dirigentes políticos, sociales, religiosos, empresariales y medios de comunicación, contribuyan a legitimar la labor de defensoras y defensores.9

En virtud de ello la CIDH considera indispensable que las políticas globales de protección a defensoras y defensores contemplen el reconocimiento de la importancia de la labor de defensoras y defensoras para la garantía de la democracia y el Estado de Derecho y, el cual constituye un componente esencial para asegurar la protección de las defensoras y defensores10 en cualquier política nacional de derechos humanos ya que contribuye a eliminar la estigmatización en contra de las defensoras y defensores y a disminuir los riesgos de ataques al hacer ver a la sociedad la importancia de su labor para dar efectividad a los derechos humanos de los habitantes de la región americana. La Comisión estimula y apoya a las defensoras y defensores de derechos humanos y reconoce que éstos son el enlace entre la sociedad civil en el plano interno y el sistema de protección de los derechos humanos en el plano internacional. Su papel en la sociedad es fundamental para la garantía y salvaguarda de la democracia y del Estado de derecho.11

En este orden de ideas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomienda a los Estados Americanos:12

“1) Asegurar que las autoridades o terceros no manipulen el poder punitivo del Estado y sus órganos de justicia con el fin de hostigar a defensoras y defensores de derechos humanos. Los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para evitar que mediante investigaciones judiciales se someta a juicios injustos o infundados a las defensoras y defensores.

2) Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias para asegurar que efectivamente se garanticen los derechos y libertades consagrados en la Convención Americana y en particular el derecho a defender los derechos. Para lograr estos objetivos, la CIDH insta a los Estados a cumplir con las siguientes recomendaciones específicas:

A . Reconocer el trabajo de defensores y defensoras de derechos humanos y su rol en las sociedades democráticas

Con miras a reconocer el trabajo de las y los defensores de derechos humanos, los Estados deben:

3) Reconocer pública e inequívocamente el papel fundamental que ejercen las defensoras y defensores de derechos humanos para la garantía de la democracia y del Estado de Derecho en la sociedad, cuyo compromiso se refleje en todos los niveles estatales, sea municipal, estadual o nacional y en todas las esferas de poderes –ejecutivo, legislativo o judicial . Ello se puede lograr a través de programas especiales, el otorgamiento de premios, ceremonias, comunicados de prensa o medidas de otra índole que visibilicen el trabajo de las personas defensoras, y que demuestren su valor e importancia para la sociedad.

4) Realizar actividades de educación y divulgación dirigidas a todos los agentes del Estado, a la sociedad en general y a la prensa, para concientizar acerca de la legitimidad del trabajo de la promoción y defensa de los derechos humanos, así como de la importancia y validez del trabajo de las defensoras y defensores de derechos humanos y de sus organizaciones, ya que sus acciones no debilitan al Estado, sino que lo fortalecen , tomando en cuenta para ello los instrumentos internacionales que se refieren a la materia 472.

5) Instruir a las autoridades gubernamentales para que desde el más alto nivel se generen espacios de diálogo abierto con las organizaciones de derechos humanos para recibir su retroalimentación con respecto a políticas existentes y la afectación de dichas políticas en su trabajo, así como sobre vacíos legislativos. Las organizaciones de derechos humanos también deben ser consultadas sobre políticas propuestas para recibir insumos y opiniones.

6) Fortalecer la protección para el derecho de la participación de las y los defensores de derechos humanos, así como de las personas afectadas, o quienes podrían estar afectadas, en proyectos de desarrollo que impactan en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.

Para la CIDH, es sumamente importante contar con dicha participación antes de iniciar el proyecto, así como en todas las fases de su ejecución.

7) Abstenerse de hacer declaraciones que estigmaticen a las defensoras y defensores y que sugieran que estas y estos así como las organizaciones de derechos humanos actúan de manera indebida o ilegal, solo por el hecho de realizar sus labores de promoción o protección de derechos humanos. En el mismo sentido, dar instrucciones precisas a sus funcionarios a este respecto y sancionar disciplinariamente a quienes no cumplan con dichas instrucciones.

Por último, facilitar una vía pública de rectificación donde defensoras y defensores puedan responder a las declaraciones estigmatizantes efectuadas por funcionarios en su perjuicio .”13

Cuarto. Asimismo, es necesario señalar que el 6 de abril de 2016, 3 expertos de la ONU, incluidos el Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Forst, el Relator Especial sobre libertad de opinión y de expresión, David Kaye, y el Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai,14 pidieron a México contrarrestar la campaña de desprestigio y respaldar a los defensores de derechos humanos , y exhortaron hoy al Gobierno de México a expresar su completo respaldo al trabajo de los defensores y las organizaciones de derechos humanos de la sociedad civil, y a que contrarreste activamente la actual campaña de estigmatización que busca socavar su trabajo como promotores de las libertades fundamentales en el país. 15

“Las autoridades mexicanas deberían reconocer públicamente que la defensa de los derechos humanos y de las víctimas de violaciones de derechos humanos no es sólo una actividad legítima, sino fundamental para fortalecer el estado de derecho, la rendición de cuentas ante la justicia y la democracia en el país”.

El trabajo que llevan a cabo los defensores de los derechos humanos y la sociedad civil en México ha contribuido activamente a la promoción del acceso de las víctimas a la justicia y a la verdad, y es especialmente importante en un contexto en el que ocurren graves violaciones de derechos humanos que en gran parte permanecen en la impunidad.

Cualquier atentado contra el trabajo que llevan a cabo los defensores de derechos humanos crea un efecto disuasivo, silenciando otros puntos de vista y expresiones de disenso por parte de quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica y de asociación.

El gobierno debe contrarrestar tales ataques y tomar las medidas necesarias para garantizar un ambiente seguro para las personas y la sociedad civil, libre de cualquier tipo de acoso”.

El llamado de los expertos se dio en el contexto de una ola de críticas en diversos medios mexicanos contra defensores de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales y miembros de organismos internacionales de derechos humanos que está empeorando el clima para la promoción y protección de los derechos humanos en el país, en donde a través de una campaña mediática, varios defensores y organizaciones de derechos humanos de la sociedad civil han sido acusados de fraude y corrupción, de defender presuntos delincuentes y de promover la impunidad realizando falsas denuncias de tortura.

Por ejemplo las organizaciones nacionales e internacionales y expertos involucrados en la investigación del caso de la desaparición forzada de los estudiantes de Ayotzinapa, incluido el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, fueron objeto de campañas para desacreditar su trabajo y los resultados de sus investigaciones.

Quinto. En razón de su participación en la lucha a favor de los derechos humanos, las y los defensores se ven expuestos, en un creciente número de ocasiones, a amenazas, abusos, actos de hostigamiento, intimidación y ataques a sus libertades fundamentales, por parte de autoridades o agentes no gubernamentales, lo que los constituye en un grupo en especial situación de vulnerabilidad.

La labor que se realiza no es fácil, pues las denuncias que formulan respecto de los abusos cometidos contra grupos de personas o individuos en particular, así como su constante combate por la aplicación de la legislación nacional e internacional, resultan en ocasiones incómodas para algunos sectores, particularmente para los propios transgresores de los derechos que las y los defensores promueven y protegen.

A cuatro años de la publicación de la Ley Federal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, el 25 de junio de 2012 , por la que se creó el mecanismo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas, los resultados demuestran que éste no ha logrado conseguir un cambio significativo en la situación de las personas defensoras y periodistas y pone en evidencia las problemáticas que requieren atención inmediata para garantizar la seguridad de ambos colectivos.

Se ha ubicado la ausencia de respaldo político, financiero y de recursos humanos del mecanismo, seguido de la falta de reconocimiento de la labor de las personas defensoras y periodistas ; la descoordinación y falta de voluntad de las autoridades competentes de los distintos niveles de gobierno; las limitaciones en la investigación, y el desinterés en activar las herramientas que por ley se definieron para prevenir los abusos y ataques contra esta población.

En este sentido, es fundamental que el estado y sus instituciones visibilicen y respalden la legítima actividad de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas, reconociendo públicamente su valía para la vida democrática del país.

Adicionalmente debe considerarse que el artículo primero constitucional establece la obligación de todas las autoridades, incluida por supuesto esta Cámara de Diputados, de “promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Titular del Ejecutivo Federal a reconocer públicamente que la defensa de los derechos humanos y de las víctimas de violaciones de derechos humanos no es sólo una actividad legítima, sino fundamental para fortalecer el estado de derecho, la rendición de cuentas ante la justicia y la democracia en el país.

Notas

1 Presidencia. 6º Foro Nacional “Sumemos Causas. Por la Seguridad, Ciudadanos + Policías” 13 noviembre de 2017.

https://www.gob.mx/presidencia/es/articulos/
6-foro-nacional-sumemos-causas-por-la-seguridad-ciudadanos-policias-134260?idiom=es

2 Lamenta Peña Nieto que se descalifique el trabajo de las fuerzas armadas y policiacas. http://www.jornada.com.mx/2017/11/14/politica/005n1pol

3 Ídem.

4 Ibídem.

5 Ibídem.

6 http://www2.ohchr.org/spanish/issues/defenders/who.htm

7 CIDH, Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en:

México, OEA/Ser.L/V/II.Doc./48/13, 30 de diciembre de 2013, párr. 276.
http://www.oas.org/es/cidh/migrantes/docs/pdf/informe-migrantes-mexico-2013.pdf

8 CIDH, Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas, OEA/Ser.L/V/II.124 Doc. 5 rev.1, 7 de marzo 2006, recomendación 2.
http://www.cidh.org/countryrep/defensores/defensoresindice.htm

9 ONU, Asamblea General, Consejo de Derechos Humanos, A/HRC/22/L.13, Protección de los defensores de los derechos humanos, Recomendación 18.
http://protectionline.org/files/2013/06/A-HRC-22-L13_HRD_Resolution_SP.pdf

10 ONU, Asamblea General, Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos, Protección de los defensores de los derechos humanos, A/HRC/RES/13/13, 15 de abril de 2010, pág. 2.
https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G10/129/03/PDF/G1012903.pdf?OpenElement

11 CIDH, Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas, OEA/Ser.L/V/II.124 Doc. 5 rev.1, 7 de marzo 2006, párr. 330.
https://www.cidh.oas.org/countryrep/Defensores/DEFENDERS.SPANISH.pdf

12 COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Criminalización de la labor de las defensoras y los defensores de derechos humanos 2015. http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/criminalizacion2016.pdf

13 La CIDH considera que los Estados deben proveer a las defensoras y defensores un recurso adecuado cuando son objeto de declaraciones estigmatizantes que pueden afectar su reputación, comprometer su integridad personal, y dar pie a o facilitar su criminalización. En este sentido el artículo 14 de la Convención Americana establece que “toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley”. Por ello, la CIDH considera que cuando los funcionarios efectúan declaraciones estigmatizantes en contra de defensoras y defensores debe habilitarse a las defensoras y defensores la vía de la rectificación o respuesta, sin perjuicio de adoptar las medidas disciplinarias que correspondan.

14 El Sr. Michel Forst, Relator Especial sobre la situación de defensores de derechos humanos, el señor David Kaye, Relator Especial sobre libertad de opinión y de expresión y el Sr. Maina Kiai, Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, son parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los ‘Procedimientos Especiales’ son el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, que reúne a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.

15 Expertos de la ONU piden a México contrarrestar la campaña de desprestigio y respaldar a los defensores de derechos humanos http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=19784&LangID=S

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputados:

Con punto de acuerdo, relativo a los trabajadores migratorios ex braceros del periodo 1942-1964, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, Modesta Fuentes Alonso, Delfina Gómez Álvarez, Mariana Trejo Flores, Mario Ariel Juárez Rodríguez y Jesús Serrano Lora, diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en esta LXIII Legislatura federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes y Consideraciones

1. El 21 de agosto de 1942, los gobiernos de Estados Unidos y México suscribieron un Convenio Internacional de Trabajadores Temporales que tenía como finalidad hacer posible la entrada a los Estados Unidos de trabajadores mexicanos, para cubrir el déficit de mano de obra originado a raíz de la participación de este país en la Segunda Guerra Mundial. Dicho convenio estuvo vigente en términos formales hasta 1964, aunque existen documentos que prueban que se los siguió contratando hasta 1967. En todo este periodo, fueron más de 4.6 millones de trabajadores mexicanos los que trabajaron como braceros en los Estados Unidos, en la construcción de vías férreas y en la producción de alimentos en los campos agrícolas; es decir, en dos de los sectores que fueron clave para mantener en pie la economía de guerra estadounidense.

2. En la cláusula quinta del Convenio de Trabajadores Temporales, suscrito por Estados Unidos de América y México, se acordó que se haría una deducción de un 10 por ciento en los salarios de los trabajadores mexicanos braceros, para la constitución del llamado ‘Fondo de Ahorro Campesino’, y que dicho ahorro les sería devuelto una vez que hubiesen regresado a su país y a sus comunidades de origen.

3. Aun cuando el gobierno estadounidense envió esos recursos con toda puntualidad al gobierno mexicano, éste nunca se los entregó a los trabajadores ex braceros, originándose así el que quizá haya sido el segundo robo más grande de nuestra historia, sólo superado por el saqueo que la corona española llevó a cabo a lo largo de los 300 años que duró la dominación colonial. Si se considera: a) que ese descuento se hizo a todos y cada uno de los trabajadores braceros mexicanos; b) que era una deducción en dólares ; c) que en todo el período sumaron más de 4 millones 600 mil braceros; y d) que fue un período de por lo menos 22 años, de 1942 a 1964; no puede concluirse otra cosa, sino que fue un robo enorme, colosal, de dimensiones realmente históricas. Más aún, a ese robo inicial hay que agregarle los intereses bancarios y las actualizaciones por la inflación que correspondan por los 75 años que ya han transcurrido desde que inició el ‘Programa Bracero’ en 1942.

El Centro de Análisis Multidisciplinario (CAM) de la Facultad de Economía de la UNAM, estimó en 2008 que el monto de la deuda del Estado mexicano con los trabajadores ex braceros, ascendía a más de 5 billones de pesos.

4. A partir de 1998 comenzaron a constituirse por diferentes rumbos del país organizaciones de lucha de los trabajadores ex braceros para exigir al gobierno federal la restitución de sus fondos de ahorro, más los accesorios legales respectivos. Desde ese año y hasta aproximadamente 2004, su lucha fue en ascenso: demandas legales en Estados Unidos, marchas, plantones, cierres de carreteras y de líneas fronterizas, tomas de edificios públicos, etcétera, hasta culminar con la irrupción de varios miles de braceros en el rancho de Vicente Fox en 2004, en San Francisco del Rincón, Guanajuato.

5. Ante el empuje del movimiento, dos de los tres poderes del Estado mexicano: el Ejecutivo y el Legislativo federales, fraguaron una supuesta solución, que más bien iba encaminada a mediatizar y minimizar la lucha de los trabajadores ex braceros. En ese sentido, se aprobó la llamada Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos , publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2005, mediante la cual se creó un fideicomiso (2106, hoy 10230) a efecto de otorgar a los trabajadores ex braceros que laboraron en Estados Unidos en el período señalado o a sus beneficiarios, un apoyo social por 38 mil pesos por única ocasión. De 2005 a la fecha, se ha pagado ese apoyo a un poco más de 190 mil beneficiarios, que representan apenas un 6.1 por ciento del total de los ex braceros o sus beneficiarios existentes;1 y a pesar de que estas cifras significan un avance mínimo en relación con el objetivo del fideicomiso, en el sexenio actual no se ha asignado un solo centavo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para dar continuidad a este programa.

6. Afortunadamente un buen número de organizaciones y de trabajadores ex braceros no se han dejado confundir y se han mantenido firmes en la lucha por la restitución íntegra del 10%, Fondo de Ahorro Campesino, más sus accesorios legales respectivos; y al cabo de una lucha de más de 18 años, el 29 de febrero de 2016 obtuvieron un triunfo importantísimo, cuando el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México , a cargo de la Lic. Paula María García Villegas Sánchez Cordero, les concedió, en el expediente 1558/2015, el amparo y la protección de la justicia federal para los efectos de que, una vez que dicha sentencia cause ejecutoria:

a) “...se emita un nuevo oficio, congruente, debidamente fundado y motivado, donde resuelva favorablemente respecto de la solicitud de pago de las cantidades que por concepto de fondo de ahorro campesino, descuento semanal a razón de un 10 por ciento del salario de los quejosos, durante el tiempo que laboraron en Estados Unidos de América, bajo el Programa Bracero, entre 1942 y 1964 [...]; asimismo, deberán devolverles la cantidad de numerario que les corresponde de dicho fondo”;

b) “Se cree un banco de datos “censo” con todos los datos y nombres de los exbraceros y beneficiarios de éstos, a efecto de determinar qué personas tienen derecho al pago del fondo de ahorro, creado a través del Programa Bracero, entre 1942 y 1964”;

c) “Se otorgue el certificado de identidad correspondiente, para lo cual se instruye a las autoridades responsables que proporcionen todas las facilidades a todos los exbraceros y sus beneficiarios para poder obtener la documentación que necesitan a efecto de acreditar el derecho al pago de tal ahorro...”;

d) “Que las autoridades responsables realicen una investigación exhaustiva con el gobierno de los Estados Unidos de América, a efecto de determinar los nombres, cuentas, y cantidades que ahorró cada uno de los migrantes mexicanos llamados «braceros», entre 1942 y 1964, debiendo rendir cuentas exactas y transparentes respecto del destino de sus ahorros con la colaboración de los bancos norteamericanos a efecto de evitar pretextar el cumplimiento de este punto bajo el argumento de que derivado de los sismos de septiembre [de] 1985 se destruyó la documentación correspondiente”;

e) “El gobierno federal deberá gestionar a través de las autoridades del servicio exterior mexicano, la posibilidad de que a través de los consulados, todos los connacionales que residan en los Estados Unidos de América, y que tengan la calidad de ex braceros o beneficiarios, puedan acceder al beneficio del pago del fondo de ahorro, creado a través del Programa Bracero, entre 1942 y 1964, a través del consulado mexicano”.2

Es decir, la juzgadora dictó una sentencia ejemplar, que va hasta la raíz de esta gran injusticia histórica, y ordena al titular del Ejecutivo federal pagar a los quejosos el 10 por ciento histórico, más los accesorios legales correspondientes. En las fojas 146 y 147 de la mencionada sentencia, hace referencia al estudio realizado en el CAM de la Facultad de Economía de la UNAM en 2008; dice:

“De acuerdo con sus cálculos, el dinero retenido, más los intereses ganados en 65 años, da un total de 5 billones 90 mil 231 millones 275 mil pesos. Los estudiosos estiman que considerando este monto y dividiéndolo entre el número de contratos, a cada trabajador le correspondería en promedio un millón 96 mil pesos” (las negritas son propias).

7. La Presidencia de la República interpuso un recurso de revisión en virtud del cual el caso fue turnado al décimo primer Tribunal Colegiado de la Ciudad de México; y cuando éste estaba a punto de resolver, la Procuraduría General de la República, a nombre del Ejecutivo federal, solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), atraer el caso.

Aunado a lo anterior, el 26 de octubre de 2016, la Segunda Sala de la Suprema Corte acordó por unanimidad, ejercer la facultad de atracción respecto al mismo.

En enero del presente año fue nombrado como ponente el ministro Javier Laynez Potisek, por lo que es probable que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación esté en condiciones de sesionar para dictar su resolución final sobre este asunto, en el expediente de amparo en revisión 1252/2016.

8. En el caso de que la Corte ratifique la sentencia que ya fue dictada por la jueza de distrito, ello significaría prácticamente el inicio del triunfo definitivo de la lucha de los trabajadores ex braceros; en caso de que la revocase, dicha resolución sería un revés para dicho movimiento social.

Por otro lado, la Corte tiene también la posibilidad de modificar los términos de la sentencia que ya fue dictada por el Juzgado de Distrito citado. Pero sin duda alguna, en cualquiera de estas posibles hipótesis, la resolución que dicte la Suprema Corte será de trascendencia histórica, y afectará, para bien o para mal, a todos los trabajadores ex braceros, a sus familias, sus organizaciones, y el futuro del movimiento.

9. Nuestra Carta Magna establece varios principios que, sin duda alguna, permitirían caracterizar como ilícita la apropiación que el Estado mexicano hizo de los fondos de ahorro de los trabajadores ex braceros, entre ellos:

a) el artículo quinto constitucional dice textualmente que “nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”; y a pesar de ello, más de 4 millones 600 mil trabajadores braceros fueron privados del 10 por ciento de sus salarios sin que mediara resolución judicial alguna;

b) por otra parte, en su artículo 14 nuestra Constitución establece que “nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio...”; esto es, la única forma en que el Estado mexicano podría apropiarse legalmente de los fondos de ahorro de los trabajadores ex braceros, sería, previa demanda, venciéndolos en juicio, cosa que desde luego no ha sucedido, ni hay forma alguna de que suceda; y

c) en su artículo primero, nuestra Constitución señala que “en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección [...]”, y que “todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos [...] En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley” (las negritas son propias).

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, nos permitimos proponer los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Esta honorable Cámara de Diputados exhorta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolver conforme a derecho el expediente de Amparo en Revisión 1252/2016, promovido por varios miles de trabajadores mexicanos ex braceros o sus beneficiarios, esto es, que ratifique en todos y cada uno de sus términos la sentencia emitida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México el pasado 29 de febrero de 2016, y en consecuencia ordene al Ejecutivo federal restituya a los quejosos el equivalente del 10 por ciento de sus salarios que les fue retenido mientras trabajaron en Estados Unidos de América, más los accesorios legales correspondientes por todos los años que han transcurrido desde el inicio del llamado ‘Programa Bracero’.

Segundo. Esta soberanía exhorta a la Secretaría de Gobernación para que realice un censo y elabore la base de datos respectiva con todos los datos y nombres de los exbraceros y beneficiarios de éstos, a efecto de determinar qué personas tienen derecho al pago del fondo de ahorro, creado con el ‘Programa Bracero’, entre 1942 y 1964.

Tercero. Esta soberanía exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que realice una investigación exhaustiva con el gobierno de Estados Unidos de América, a efecto de determinar los nombres, cuentas, y cantidades que ahorró cada uno de los migrantes mexicanos llamados ‘braceros’, entre 1942 y 1964, debiendo rendir cuentas exactas y transparentes respecto del destino de sus ahorros con la colaboración de los bancos norteamericanos.

Cuarto. Esta honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que se otorgue a los trabajadores exbraceros que hoy día ya no tienen documentos probatorios originales el Certificado de Identidad respectivo, ello con el objetivo de que los ex braceros y sus beneficiarios puedan obtener la documentación que necesitan a efecto de acreditar el derecho al pago de tal ahorro.

Notas

1 Según un estudio de impacto presupuestal realizado en 2008 por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, se estimaba que existían 3 millones 233 mil 755 ex braceros o beneficiarios de ellos en condiciones de reclamar legalmente el pago de ese apoyo social. Véase CEFP, “Impacto Presupuestario ‘Programa Bracero’ 1942-1964”, México, Palacio Legislativo de San Lázaro, marzo de 2008, p. 12.

2 Sentencia de veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, dictada en el Juicio de Amparo número 1558/2015, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputados:

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a garantizar el abasto del material de osteosíntesis en el Seguro Popular, a cargo del diputado Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Roberto Guzmán Jacobo, diputado integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Una de las principales quejas en el Seguro Popular es el tiempo de espera a que son sometidos los pacientes para ser operados por falta de prótesis, tornillos, placas y material de osteosíntesis cubierto por el Catálogo Universal de Servicios.

La osteosíntesis es la intervención quirúrgica de las fracturas del sistema esquelético. La cirugía se aplica para mejorar los resultados que se obtendrían con un simple enyesado. La operación tiene como objetivo estabilizar los fragmentos óseos mediante implantes fabricados en acero de grado médico o de otros materiales biocompatibles, los cuales se implantan en contacto directo con el tejido óseo y tiene como finalidad recuperar la función de los huesos lo más rápidamente posible.1

Los pacientes con fracturas esperan en los hospitales semanas y en algunos casos meses, y no los operan. A la falta de material de osteosíntesis se suma la falta de quirófanos o de turnos quirúrgicos, lo que ha generado una sobredemanda y el rezago de las cirugías en el área de traumatología. Este problema ha llevado a los funcionarios del Seguro Popular a considerar la posibilidad de ampliar los contratos de subrogación con hospitales privados, a fin de atender las cirugías que no son posibles de realizar en las instituciones públicas.

Muy probablemente, la falta de materiales para atender a los pacientes se encuentra vinculada a la corrupción existente en el Seguro Popular en la adquisición de equipo y medicamentos.

Hasta el año 2003 el material de osteosíntesis lo adquiría el hospital que atendía al paciente afiliado al Seguro Popular, pero se detectaron diversas irregularidades como materiales de mala calidad, compras de prótesis idénticas, a precios diferentes, la adquisición con sobreprecio de diversos artículos o bien solicitar al paciente una marca en especial o que los adquiriera en determinada empresa.2

A partir de 2004, el Seguro Popular es el responsable de proveer los materiales necesarios a los pacientes que sufrieron un accidente o presentan problemas de tipo ortopédico y necesitan una prótesis.

A pesar de esta medida el problema no se ha solucionado, por el contrario, de acuerdo con el Informe de Resultados de la Cuenta Pública 2016, elaborado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en la mayoría de los estados de la república se cometen irregularidades en la compra de materiales y medicinas.

Los gobiernos estatales compran productos que no están incluidos en el Catálogo Universal de los Servicios de Salud (CAUSES), los medicamentos se adquieren a un precio superior al de referencia, las cantidades que se compran son superiores al porcentaje autorizado y la documentación que sustenta la compra carece de los requisitos fiscales.

Otras de las irregularidades, detectadas desde el año 2011, consisten en que no se consultan los precios a la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros insumos para la salud; y no existen controles para la identificación del medicamento caduco, próximo a caducar, de lento o nulo movimiento.

Aún y cuando existen orientaciones y criterios para reducir los costos en la compra de medicamentos, muchas empresas encuentran poco atractivo participar en las licitaciones porque los precios son más bajos que los existentes en el mercado y se termina por subrogar el medicamento a determinados laboratorios.

La falta de medicinas y materiales no es el único problema que aqueja al Seguro Popular. A trece años de su creación se encuentra en crisis.

De acuerdo a la revisión de la, realizada por la Auditoría Superior de la Federación, las irregularidades más comunes en 28 de las 32 entidades del país son:

* Falta de documentación que justifique y compruebe el gasto realizado. Las entidades aseguran haber gastado “pero se desconoce en qué” o “no hay documentos suficientes que lo comprueben”.

* Irregularidades en las remuneraciones al personal. Sueldos pagados sin tener contrato de trabajo, pagos en exceso, sueldos duplicados, e incluso posteriores a la baja; pagos a personal que no se encontró involucrado directamente en la prestación del servicio de atención médica y personal que no se localizó en el lugar de trabajo.

* Transferencias de recursos a cuentas no autorizadas para ejercer el presupuesto, y los intereses generados por esta irregularidad no son reintegrados a la cuenta del Seguro Popular;

* Subejercicios y posibles desvíos de recursos.3

En siete de los estados de la república se concentra el mayor número de irregularidades: Michoacán, Ciudad de México, Oaxaca, Guanajuato, Chiapas, Sinaloa y Morelos son las entidades que registran los mayores montos de posibles daños al erario como consecuencia del mal manejo de los recursos transferidos por el gobierno federal a los gobiernos estatales para otorgar el Seguro Popular.

La Auditoría Superior de la Federación ha presentado denuncias ante la Secretaría de la Función Pública para que proceda contra los responsables.

La corrupción, los recortes presupuestales al sector salud, la falta de aportaciones y los adeudos de los estados han dado como resultado la disminución de los programas y han frenado la cobertura del Seguro Popular.

La insuficiencia de recursos para el sector salud es reconocida incluso por el Banco Mundial que ha reconocido que el gasto público en México representó el 3.1 por ciento del PIB, y el promedio de los países miembros de la OCDE fue de 6.9”.4 La falta de recursos afecta de manera directa en la calidad de los servicios y en una cobertura limitada de los servicios médicos en las zonas rurales más desfavorecidas.

El titular de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, Gabriel O’Shea, ha reconocido que “la falta de recursos ha impedido que los tratamientos de diálisis y hemodiálisis sean cubiertos por el Seguro Popular. A la fecha, hay trece enfermedades en lista de espera de cobertura, pero sin dinero no se pueden incluir”.5

Los recursos para la atención de la salud de la población sin seguridad social son insuficientes, afectan directamente en la calidad de los servicios y en una cobertura limitada de los servicios médicos en las zonas rurales más desfavorecidas y han impedido que el derecho constitucional a la salud para todos los mexicanos sea una realidad.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar a esta honorable Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud a que se garantice el abasto del material de osteosíntesis en el Seguro Popular, con la finalidad atender oportunamente a los pacientes que requieren una intervención quirúrgica.

Notas

1 Entorno Sanitario. Cirugía Ortopédica y Traumatología en zonas de menor desarrollo. Disponible en

http://www.urv.cat/media/upload//arxius/URV_Solidaria/COT/Contenido/
Tema_2/2.5._tecnicas_de_tratamiento_de_las_fracturas.pdf Consultado con fecha 26 de octubre de 2017.

2 “Costeará Seguro Popular prótesis para pacientes de ortopedia”. Informador de Jalisco

https://www.informador.mx/Jalisco/Costeara-Seguro-Popula r-protesis-para-pacientes-de-ortopedia-20140113-0020.html Consultado con fecha 26 de octubre de 2017.

3 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 disponible en:
https://www.asf.gob.mx/uploads/56_Informes_especiales_de_auditoria/
Recurrencia_Seguro_Popular.pdf Consultado con fecha 26 de octubre de 2017.

(4) Ibid.

(5) “Limita recorte programas de salud”. Diario Reforma 06-08-2017
http://www.reforma.com/edicionimpresa/aplicacionei/Pagina.html?c=a Consultado con fecha 26 de octubre de 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputado Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a establecer un sitio de internet de acceso libre donde se publique la información señalada en el artículo 161 de la Ley de la Industria Eléctrica respecto a las empresas productivas del Estado de la industria eléctrica, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Rocío Nahle García, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados. Integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79 y 6, numeral 1, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

En lo referente a la información pública, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 6, establece el principio de máxima publicidad y también que toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna.

En el caso específico de la industria eléctrica, lo anterior ha quedado incorporado en el artículo 157 de la Ley de la Industria Eléctrica, mismo que dispone que el principio de máxima publicidad regirá en la información relacionada con las actividades empresariales, económicas, financieras e industriales que desarrollen las empresas productivas del Estado, sus empresas productivas subsidiarias y empresas filiales que realicen actividades en la industria eléctrica.

Como parte de los medios para llevar a cabo la publicidad referida, el artículo 161 de la Ley de la Industria Eléctrica dispone:

Artículo 161. La Secretaría establecerá un sitio de internet, de acceso libre al público en general, en el cual se publicarán y se mantendrán actualizados:

I. Los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios que las empresas productivas del Estado, sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales en México o en el extranjero celebren con los Participantes del Mercado en relación con cualquier producto incluido en el Mercado Eléctrico Mayorista;

II. Los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios que las empresas productivas del Estado, sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales en México o en el extranjero celebren para la adquisición, disposición, comercialización, transporte, manejo o administración de combustibles en relación con la industria eléctrica;

III. Los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios que las empresas productivas del Estado, sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales en México o en el extranjero celebren para la construcción, adquisición u operación de obras de generación, transmisión, distribución o comercialización, y

IV. La demás información que determine la Secretaría.

No se considerará como información confidencial o reservada aquella contenida en los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios contemplados en el presente artículo.”

Continuando con la normatividad que rige el tema que nos ocupa, el Reglamento Interior de la Secretaría de Energía (DOF 31-10-2014) asigna su cumplimiento a la Dirección General de Seguimiento y Coordinación de la Industria Eléctrica de dicha Secretaría, conforme al artículo 12 de dicho Reglamento fracción V, que dispone:

Artículo 12. Corresponde a la Dirección General de Seguimiento y Coordinación de la Industria Eléctrica, el ejercicio de las facultades siguientes:

I a IV ...

V. Establecer un sitio de internet, de acceso libre al público en general, en el cual se publicarán y se mantendrán actualizados los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios que las empresas productivas del Estado, sus empresas subsidiarias o filiales en México o en el extranjero celebren en relación con el Mercado Eléctrico Mayorista, combustibles, obras de generación, transmisión, distribución o comercialización, y la demás información que determine la Secretaría;

...

Si bien la letra de esas disposiciones es encomiable, no tiene su correlativo en la práctica, pues a más de tres años de promulgada la Ley de la Industria Eléctrica (DOF 11-08-2014), la Secretaría de Energía aún no establece el sitio de internet a lo que la obliga el citado artículo 161.

Al ser requerida esa información, incluso a través del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Secretaría contesta que aún no tiene configurado dicho sitio y que la Ley de la Industria Eléctrica, no establece un plazo máximo para la creación de dicho sitio.

Esa respuesta se juzga desatinada y atentatoria del derecho constitucional a la información pública de manera libre y oportuna.

Por lo anteriormente expuesto, someto ante esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Energía a establecer el sitio de internet, previsto en el artículo 161 de la Ley de la Industria Eléctrica, a la brevedad posible y fijando entonces un plazo máximo, con el objeto de cumplir con el principio de máxima publicidad en los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios, que las Empresas Productivas del Estado, sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales en México o en el extranjero celebren en relación a todas las actividades relacionadas con adquisición, disposición, comercialización, transporte, manejo o administración de combustibles en relación con la industria eléctrica; la construcción, adquisición u operación de obras de generación, transmisión, distribución o comercialización, así como con los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista y la demás información que determine la Secretaría.

San Lázaro, Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Auditoría Superior de Zacatecas a hacer público el informe del seguimiento de las observaciones formuladas sobre a la Cuenta Pública estatal del ejercicio fiscal de 2015, a cargo del diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Alfredo Basurto Román, en mi calidad de diputado federal del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, fracción II, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

Primera. Miguel Alonso Reyes fue electo gobernador del estado de Zacatecas para el periodo 2010-2016, asumiendo la titularidad del cargo el 12 de septiembre de 2010.

Segunda. Con respecto al ejercicio fiscal 2015 del estado de Zacatecas, la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas fiscalizó la Cuenta Pública de 2015, con fecha 12 de agosto de 2016; este órgano de fiscalización presentó el informe respectivo, el cual contiene: 42 pliegos de observaciones, 159 solicitudes de intervención de los Órganos Internos de Control, que derivaron en 381 acciones de tipo correctivo y 376 acciones preventivas.

Tercera. El Congreso del estado de Zacatecas publicó el dictamen en la Gaceta oficial del estado el día 12 de septiembre de 2017, mismo que presentó a las Comisiones Legislativas de Vigilancia y de Presupuesto y Cuenta Pública. La propuesta fue avalada por 14 votos a favor, 11 en contra y 3 abstenciones.

Cuarta. De acuerdo a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas el Congreso del estado tiene facultad para expedir las leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior del Estado.

En el artículo 65, fracciones XV y XXXI, sobre las facultades exclusivas del Congreso local, que a la letra dicen:

“XV. Expedir las leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior del Estado y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los poderes del estado, municipios y sus respectivos entes públicos, así como expedir la ley sobre el Sistema Estatal Anticorrupción, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la presente Constitución y demás leyes aplicables;

Evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la Auditoría Superior del Estado, en los términos que disponga la ley. Al efecto, podrá requerirle informes sobre la evolución de los trabajos de fiscalización;”

“XXXI. Revisar y resolver dentro de los siete meses siguientes a la recepción del Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas del gobierno estatal, de los municipios y de sus entes públicos paraestatales y paramunicipales, correspondientes al año anterior. Para el cumplimiento de las metas fijadas en los programas y proyectos de los presupuestos de egresos, podrá realizar auditorías sobre el desempeño.

Para la revisión de las Cuentas Públicas, la Legislatura se apoyará en la Auditoría Superior del Estado. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas, o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos, o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley. Respecto de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la ley;

A su vez el artículo 71:

“Para dar cumplimiento a las facultades de la Legislatura en materia de revisión de cuentas públicas se apoyará en la Auditoría Superior del Estado, la cual tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley”.

En la fracción II del artículo en comento, se dice:

“II. Entregar a la Legislatura, dentro de los seis meses posteriores a su presentación, el informe individual de cada Cuenta Pública, así como el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, el cual se someterá a la consideración del pleno de la Legislatura. El Informe General Ejecutivo será de carácter público y tendrá el contenido que determine la ley; éste último incluirá como mínimo el dictamen de su revisión, un apartado específico con las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, así como las justificaciones y aclaraciones que, en su caso, los entes fiscalizados hayan presentado.

Para tal efecto, de manera previa a la presentación del Informe General Ejecutivo y de los informes individuales de auditoría, se darán a conocer a los entes fiscalizados la parte que les corresponda de los resultados de su revisión, a efecto de que éstas presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan, las cuales deberán ser valoradas por la Auditoría Superior del Estado para la elaboración de los referidos informes.

La Auditoría Superior del Estado enviará a los entes fiscalizados los informes individuales de auditoría que les corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles posteriores a que haya sido entregado el informe individual de auditoría respectivo a la Legislatura, mismos que contendrán las recomendaciones y acciones promovidas que correspondan para que, en un plazo de hasta 20 días hábiles, presenten la información y realicen las consideraciones que estimen pertinentes, en caso de no hacerlo, se harán acreedores a las sanciones establecidas en la ley.

Lo anterior no aplicará a las promociones de responsabilidades ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas, las cuales se sujetarán a los procedimientos y términos que señale la ley.

La Auditoría Superior del Estado deberá pronunciarse, mediante el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, en un plazo de 90 días hábiles sobre las respuestas emitidas por los entes fiscalizados, en caso de no hacerlo, se tendrán por atendidas las recomendaciones y acciones promovidas.

En el caso de las recomendaciones, los entes fiscalizados deberán precisar ante la Auditoría Superior del Estado, las mejoras realizadas, las acciones emprendidas o, (sic) su caso, justificar su improcedencia.

La Auditoría Superior del Estado deberá entregar a la Legislatura dentro de los primeros tres días de los meses de mayo y noviembre de cada año, un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, correspondientes a cada uno de los informes individuales de auditoría que haya presentado en los términos de esta fracción. En dicho informe, el cual tendrá carácter público, la Auditoría incluirá los montos efectivamente resarcidos a la Hacienda Pública o al patrimonio de los entes públicos locales o municipales, como consecuencia de sus acciones de fiscalización, las denuncias penales presentadas y los procedimientos iniciados ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado.

La Auditoría Superior del Estado deberá guardar reserva de sus actuaciones y observaciones hasta que rinda el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública a que se refiere este artículo.

La ley establecerá las sanciones aplicables a quienes infrinjan esta disposición.”

De la transcripción de este artículo se observa que la Auditoría Superior del Estado está obligada a rendir un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por el órgano fiscalizador.

Por las consideraciones antes expuestas, en mi calidad de diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del partido Morena de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a la consideración de este pleno el siguiente:

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior del estado de Zacatecas a hacer público el informe sobre el seguimiento de las observaciones realizadas a la Cuenta Pública del gobierno del estado de Zacatecas relativa al Ejercicio Fiscal 2015, durante el gobierno de Miguel Alonso Reyes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputado Alfredo Basurto Román (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNDH a contribuir a garantizar un ámbito de protección de los derechos humanos, libertad, debido proceso y patrimonio en favor de Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, diputado a la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral I, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El buen funcionamiento de un país depende de un estricto respeto a la cultura de la legalidad que implica, entre otras cosas, el puntual cumplimiento del orden jurídico vigente (incluyendo tratados internacionales y normas secundarias). Para ello, es indispensable que imperen principios de transparencia en todos los actos del poder público. Por desgracia, en el estado de Chiapas, diversas estadísticas han demostrado la ineficacia en la procuración de justicia, una de las responsabilidades esenciales del Estado. De acuerdo con el Índice Global de Impunidad México 2016, Chiapas se encuentra en el grupo 2 con un grado de impunidad media, alcanzando una cifra negra de 93.1 por ciento1 . Cabe destacar que dicho estudio fue realizado tomando en cuenta 17 indicadores de seguridad pública, gobierno e impartición de justicia. Estos señalamientos, agravados por los altos índices de corrupción que posee Chiapas, no son más que el reflejo de un estado carente de legalidad, donde impera la opacidad en la aplicación de la ley y el abuso de la autoridad.

Aprobado desde junio de 2008, el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio se implementó a partir de una reforma constitucional que, debido a sus características, requirió para su entrada en vigor en cada una las entidades federativas, su armonización paulatina acorde con cada uno de los órdenes jurídicos locales vigentes. En este contexto, Chiapas fue uno de los primeros estados en implementarlo, entrando en vigor desde 2012. No obstante, de acuerdo con estimaciones del Centro de Investigación para el Desarrollo, AC (Cidac), a octubre de 2014 la entidad mantenía sólo 86 por ciento de avances en la armonización normativa, ocupando el décimo segundo lugar, por su grado de implementación, a nivel nacional2 .

En este sentido, es inquietante encontrar, por un lado, declaraciones como las pronunciadas por del presidente del Poder Judicial del Estado de Chiapas, Rutilio Escandón Cadenas, durante su cuarto Informe de Actividades ante diputados y diputadas de la LXVI Legislatura del Congreso del Estado, con las que indicaba que “impartir justicia va más allá de una sentencia; es estar con la gente, con su sufrimiento, respetando sus derechos; en otras palabras, hacer justicia para todas y para todos”3 , mientras que, por otro, se publican y difunden cientos de notas periodísticas en donde ciudadanos y ciudadanas de Chiapas denuncian la impunidad y arbitrariedad ejercida por parte de las autoridades judiciales a la hora de impartir justicia.

En este contexto, ante las crecientes arbitrariedades sufridas, representantes de los pueblos tzotziles, tzeltales y zoques denunciaron, en el marco del segundo Encuentro de Pueblos en Resistencia ante la Amenaza de Despojo por Megaproyectos, el modo en que “el Estado usa el sistema de impartición de justicia para criminalizar a sus movimientos”4 . Durante el encuentro participantes señalaron que los pueblos indígenas han sido víctimas de actos de represión, intimidación, amenazas, persecuciones, encarcelamientos y asesinatos de defensores y defensoras comunitarias y de derechos humanos en Chiapas, no sólo por parte de la delincuencia organizada, sino por empresarios y por el propio estado, que se ha encargado de manipular la justicia en favor de intereses particulares.

Otro caso emblemático que permite entrever como en el estado de Chiapas, las autoridades estatales parecen impartir justicia de forma selectiva es el correspondiente a la restricción de los derechos humanos, a través del tráfico de influencias, en contra de dos integrantes de un prominente grupo empresarial en el estado conformado por más de treinta sociedades mercantiles, perteneciente a los hermanos Jorge Alberto, Manuel Enrique y Marden José Camacho Rincón, que fungen como accionistas en partes iguales.

Desde 2015, Marden José Camacho Rincón ha emprendido diversas acciones penales y mercantiles con la finalidad de despojar a sus hermanos, Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón, de la posesión de las empresas Grupo Avimarca, SA de CV, Porcimarca, SA de CV, Ganamarca, SA de CV, Servicios y Energéticos del Sureste, SA de CV, Energéticos y Servicios de Ocozocuautla, SA de CV y Transportes Herca de Ocozocuautla, SA de CV, entre otras. Para dar cauce a sus acciones, Marden José Camacho Rincón solicitó el apoyo del gobierno del estado, tanto del gobernador Manuel Velasco Coello como del secretario del campo, José Antonio Aguilar Bodegas, a cambio de ofrecerles respaldo económico para financiar las próximas acometidas electorales de Aguilar Bodegas.

El sólo intento de incidir, mediante el tráfico de influencias, en los procesos judiciales iniciados por Marden Camacho, en que habrían incurrido en connivencia estos personajes constituiría por sí sólo una grave violación a los derechos humanos de Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón y sus familias, de conformidad con lo establecido en el artículo 1o. constitucional, párrafo primero, que versa:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Por desgracia, el asunto ha escalado hasta alcanzar actos de intimidación, poniendo en peligro la vida e integridad física de los indiciados y pasando por alto las reglas procedimentales penales, pudiendo identificarse como un caso de persecución por parte del Estado.

En 2015, el señor Marden José Camacho Rincón presentó denuncia ante el Juzgado Tercero del Ramo Penal de Cintalapa de Figueroa en contra de los suscritos Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón, conformando la causa penal 236/2015. Dicha instancia resolvió el 19 de septiembre, librar orden de aprehensión por el delito de despojo agravado en contra de los indiciados. En su defensa, los hermanos Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón promovieron un juicio de amparo del cual conoció el honorable Segundo Tribunal Colegiado de Circuito, con expediente 209/2016, mismo que se concedió al considerar la completa inexistencia del delito.

En el mismo año se realizó una nueva denuncia ante el Juzgado Primero del Ramo Penal de Cintalapa de Figueroa que originó la causa penal 198/2015, esta vez por el delito de homicidio calificado en agravio de dos personas. De esta denuncia se desprendió una nueva orden de aprehensión en contra de Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón el 10 de septiembre de 2015.

Como medio de defensa los indiciados acudieron nuevamente a las instancias de amparo. Esta ocasión, por razones de turno, previno el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo y Juicios Federales del Estado de Chiapas, con el expediente 2-A-1748/2015. Al igual que en el proceso anterior, también se resolvió en favor de los quejosos por la inexistencia de la responsabilidad penal, es decir, el juez negó la orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público. Finalmente, se determinó devolver el expediente a la Procuraduría Estatal de Justicia a fin de continuar con la investigación. No obstante, durante este periodo, Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón fueron objeto de distintas amenazas por parte del señor Marden Camacho, dejando entrever su alianza con el gobierno estatal.

Ante el escalamiento de las agresiones y a fin de prevenir mayores violaciones a sus derechos humanos, el agraviado Jorge Alberto Camacho Rincón se apersonó ante la Procuraduría General de Justicia y por escrito solicitó estar presente en todos los actos de prueba, sin embargo, la autoridad hizo caso omiso a tal solicitud, infringiendo el precepto constitucional contenido en el artículo 1o., párrafo tercero, de nuestra Carga Magna, en donde se establece que:

“Artículo 1o. ...

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

Ante estos hechos, Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón promovieron un nuevo juicio de amparo mediante el cual solicitaron la suspensión provisional del ejercicio de la acción penal, que sería concedido por el Juzgado Cuarto del Distrito de Amparo y Juicios Federales con residencia en Tuxtla Gutiérrez y número de expediente 2178/2016. Empero, la Procuraduría General de Justicia haría caso omiso de tales determinaciones a fin de ejercitar nuevamente acción penal por el delito de homicidio calificado contra los multicitados, ahora con la participación de un supuesto testigo aleccionado. En esta ocasión, la novedad consistiría en el señalamiento único a Manuel Enrique Camacho Rincón, quien ya había sido deslindado por vía federal del delito de despojo agraviado, con el objeto de evitar que el indiciado reclamara los derechos accionarios de Jorge Alberto Camacho Rincón. Estos hechos derivarían nuevamente en la liberación de una orden de aprehensión contra Manuel Enrique y Jorge Alberto por homicidio calificado, a pesar de haberse estimado su no responsabilidad penal. Ante semejantes reiteraciones, es preciso señalar la persistente violación a lo dispuesto por el artículo 23o. constitucional:

“Artículo 23. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.”

Frente a esta secuencia de acontecimientos, es posible concluir que el gobierno del estado de Chiapas ha incurrido repetidamente en ejercicio indebido de sus funciones, violando preceptos constitucionales y tratados internacionales como el de la Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José , que establece en su capítulo II, artículo 25, numeral 2, inciso c, lo siguiente:

“Artículo 25. Protección Judicial

1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.

2. Los estados parte se comprometen:

a) A garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso;

b) A desarrollar las posibilidades de recurso judicial, y

c) A garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.”

Plenamente conscientes de la persecución judicial en su contra, los insidiados optaron por recurrir nuevamente a la justicia mediante juicio de amparo, en donde conoció el Juzgado de Cuarto de Distrito de Amparo y Juicios Federales del Estado de Chiapas, con número de expediente 46/2017. Una vez más, la resolución se concedería en favor Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón, así como de Jaime Alonso Miceli Mendoza. Dicho dictamen ordenaba al juez que fungió como autoridad responsable que determinará la no demostración de la comisión del delito por el que se acusaba a los quejosos y, por tanto, desistiera en las órdenes de aprehensión en su contra.

Pese a la protección brindada por la Justicia de Amparo, las amenazas por parte de Marden Camacho Rincón no cesaron, manteniéndose impunes gracias a su complicidad con autoridades estatales. Estas amenazas escalarían hasta convertirse en intimidaciones directas contra las familias de los perseguidos, entre los que se incluye la práctica de un supuesto cateo llevado a cabo por personal policiaco que no portaba el uniforme oficial, armados y con lujo de violencia; estos supuestos agentes entraron al domicilio del señor Manuel Enrique Camacho Rincón, en donde actualmente sólo habitan sus hijos, sin identificarse, ni hacer constar que estaban en ejecución de un mandato jurisdiccional; violando lo dispuesto en el artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dicta:

“Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.”

Es preciso aclarar que hasta este momento sigue sin haber resolución alguna dentro de dicho expediente. Aunado a lo anterior, se giró una nueva orden de aprehensión, derivado de la causa penal 3575/2017; por la supuesta comisión del delito de homicidio en contra del señor Roberto Rodríguez, contador de la empresa Grupo Avimarca; en donde se otorgó nuevamente la protección del amparo a favor de los imputados, sin embargo, pese a esto el mismo juez de amparo, 14 días posteriores a su resolución y mediante audiencia privada, indebidamente la contradijo, aceptando la procedencia de dicha orden de aprehensión por el delito de homicidio calificado, lo cual queda señalado en el amparo a cuyo expediente corresponde el número VII-A-789/2017.

Como ya se había mencionado, el artículo 1o. de nuestra ley suprema refiere a la obligación de las autoridades estatales de velar permanentemente por el cumplimiento y ejercicio de los derechos humanos de las y los mexicanos. Expuesto en términos simples, describe la naturaleza de un estado de derecho que debe garantizarse. En este sentido, la Organización de las Naciones Unidas ha definido estado de derecho como el principio de gobierno según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio estado, están sometidas a unas leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos. Asimismo, exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, rendición de cuentas ante la ley, equidad en la aplicación de la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, y transparencia procesal y legal5 .

Para enriquecer la comprensión de dicho concepto, es útil tomar en cuenta las nociones elaboradas por el jurista Elías Díaz, quien señala como elementos necesarios del estado de derecho los siguientes:

a) Imperio de la ley: ley como expresión de la voluntad general;

b) División de Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial;

c) Legalidad de la Administración: actuación según ley y suficiente control judicial y

d) Derechos y libertades fundamentales: garantía jurídico-formal6 .

Las irregularidades que, en materia judicial, han caracterizado el desarrollo de este caso, nos obligan a subrayar los graves errores cometidos por el gobierno del estado de Chiapas que, junto con autoridades jurisdiccionales, ha permitido prevalecer el abuso de poder y otras omisiones alevosas en contra de Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón y sus familias. Es así como, en este caso, se han violado demasiados preceptos constitucionales y transgredidos suficientes acuerdos internacionales, todo por el capricho de un particular que se ha aprovechado de la fragilidad y corrupción que se extiende por las estructuras institucionales del gobierno del estado.

En el marco de la garantía de estado de derecho destacan varios elementos que las autoridades chiapanecas se han encargado de romper, como la igualdad ante la ley, la equidad en la aplicación de la ley, la legalidad, la no arbitrariedad y la transparencia procesal. Asimismo, el actuar de las instancias judiciales chiapanecas ha menoscabado el imperio de la ley y el ejercicio irrestricto de los derechos y libertades fundamentales. Por lo anterior, es correcto señalar que estos actos van más allá del pleito mercantil entre los accionistas de las empresas pertenecientes a los hermanos Camacho Rincón. Basta reconocer que en este preciso momento la vida de estas personas continúa en peligro, mientras que su libertad de tránsito sigue siendo limitada por el temor a la persecución judicial. De seguir manteniendo una actitud permisiva ante estos hechos, sólo se vulnera la vigencia de la cultura de la legalidad, resultando en un grave estado de indefensión de los derechos humanos que afecta por igual a todas y todos los chiapanecos.

Por todo lo expuesto y fundando, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que coadyuve a garantizar un ámbito de protección a los derechos humanos, en favor de los ciudadanos Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón, a fin de cesar con imputaciones injustificadas en su contra por la comisión de delitos.

Segundo. Se exhorta al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas para que garantice, en la medida de su competencia, la aplicación de las reglas procedimentales previstas en el Código Nacional de Procedimientos a favor de los ciudadanos Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón.

Notas

1 Universidad de las Américas Puebla. Índice Global de Impunidad México. 2016.

2 Proyecto Justicia. Perfil de seguridad y justicia de Chiapas. 2014.

3 El Heraldo de Chiapas. Impartir justicia va más allá de una sentencia. 29 de diciembre de 2016.

4 Pronunciamiento del Segundo Encuentro de Pueblos en Resistencia ante la amenaza de despojo por los megaproyectos. Chicomuselo, Chiapas. 06 de mayo de 2017.

5 Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. El Estado de derecho y la justicia de transición en las sociedades que sufren o han sufrido conflictos. Informe del Secretario General. 2004.

6 Díaz, E. Estado de Derecho y Democracia. 1966. 9ª Ed. (2010).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a atraer el caso relacionado con el homicidio del ombudsman de Baja California Sur, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Norma Xóchitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario del Morena a la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, a atraer el caso relacionado con el homicidio del ombudsman de Baja California Sur.

Lo anterior, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete, el analista de seguridad, Alejandro Hope, publicó en El Universal que en los últimos meses, Baja California Sur ha experimentado una enorme oleada de violencia. En enero, 55 personas fueron asesinadas en la entidad, lo que equivale a un incremento de 685 por ciento respecto al mismo mes de 2016. Es decir, el número de homicidios se multiplicó por ocho de un año a otro.

La escalada inició en agosto de 2016, cuando el número de víctimas de homicidio pasó de 12 a 34 en un sólo mes. La causa, según fuentes locales, es una disputa entre una facción del Cártel de Sinaloa y el Cártel de Jalisco. Las amenazas públicas de uno y otro grupo han proliferado en semanas recientes, hace unos días, una narcomanta apareció en Cabo San Lucas, en la cual un grupo se atribuyó el homicidio de dos policías ministeriales y amenazó al resto de autoridades estatales y federales.

Los actos de violencia y atentados en contra de autoridades han sido, entre otros estados y otros contextos, señales de guerra amplia y prolongada entre bandas criminales. Y eso parece estar sucediendo en Baja California Sur. Enero bien podría ser el primero de muchos meses muy sangrientos en la entidad.

Hay además dos agravantes. La primera, el estado tiene relativamente pocos recursos para hacer frente a una escalada de violencia de esta magnitud. Entre corporaciones estatales y municipales, cuenta con menos de dos mil policías, la mayoría de los cuales están mal pagados, mal equipados, mal entrenados y mal capacitados. La segunda, Baja California Sur es tan lejano y tan pequeño que no genera suficiente atención para detonar una respuesta federal vigorosa.1

Saira Gómez menciona que arrancamos el 2017 con un número alto de ejecuciones en México, tan sólo en enero se rompieron todos los récords, fue el mes más violento del año actual, con mil 387, relacionadas con el crimen organizado, basándome en los datos de la consultora Lantia, especializada en seguridad.

Baja California Sur y Veracruz tienen algo en común, están lejos geográficamente pero cerca en niveles de inseguridad; en cuanto a la distribución regional de la violencia, las entidades con mayor número de ejecutados en enero fueron Guerrero, con 164; Guanajuato con 125; Michoacán con 112; Baja California, 98; Veracruz, 84 y Colima, 74.

Aterrizando a nivel municipal, las ejecuciones han regresado con fuerza a Tijuana, que superó a Acapulco como el municipio más violento de México en enero, con un total de 79. Guerrero quedó en segundo lugar con 62; seguido de García, Nuevo León, con 57; Culiacán 34; Chihuahua 33 y Los Cabos 30.

De acuerdo a una nota publicada en Reforma, en el reporte de inteligencia federal en Baja California Sur, la confrontación la protagonizan grupos de narcomenudistas alineados a la organización Pacífico, y células afines a la alianza Arellano Félix, cuyos integrantes se disputan el control de los municipios de Los Cabos, La Paz y Mulegé.

El aumento de los homicidios se vincula a las confrontaciones territoriales entre estos grupos. El Cártel Jalisco Nueva Generación está tratando de arrebatarle el control de Baja California Sur a la organización Pacífico. Haciendo contacto con los municipios se han llegado a manejar hasta toques de queda, la gente no confía en la policía, y por más que ha salido el subsecretario de seguridad pública de Baja California Sur, a decir que hagan caso omiso a esos mensajes, la población no es lo que necesariamente quiere escuchar.

La cabecera municipal es San José del Cabo, pero la ciudad más importante es Cabo San Lucas, a 33 kilómetros de la cabecera. Este municipio es uno de los destinos turísticos más importantes de México.2

La redacción de Reporte Nivel 1 publica que el gobernador de Baja California Sur, admitió que su estado pasa por una oleada de violencia que se ha visto recrudecida por la batalla entre grupos del crimen organizado que se están disputando plazas.

Las declaraciones del mandatario vienen luego de que Estados Unidos emitiera una alerta de viaje a destinos del país como Los Cabos y La Paz, en dicho estado. En su alerta, el Departamento de Estado advierte que, según cifras oficiales, Baja California Sur ha presentado un alza en las tasas de homicidio durante el último año.3

En Excélsior se publicó que en comparación con el primer trimestre de 2016, los homicidios dolosos, las extorsiones, el secuestro y el robo a negocio presentan un aumento durante los tres primeros meses de 2017, según datos de Semáforo Delictivo.

Los homicidios dolosos aumentaron 29 por ciento, las extorsiones 30 por ciento, secuestro 18 por ciento, y el robo a negocio 47 por ciento.

Los datos de la organización muestran que en el caso del homicidio se ha presentado un incremento constante desde enero. En el primer mes del año se reportaron mil 930 crímenes; en febrero, mil 825 y en marzo, dos mil 20, para sumar cinco mil 775 asesinatos, cifra superior a los cuatro mil 460 registrados en el primer trimestre de 2016.

Los estados con más muertes dolosas en los tres primeros meses del año son Guerrero, 550; Estado de México, 478; Baja California, 409; Chihuahua, 384; Veracruz, 372; Sinaloa, 344; Michoacán, 338; Jalisco, 291 y Guanajuato, 262.

El director del Semáforo Delictivo mencionó que “el 60 por ciento de los homicidios que se han cometido en estos tres meses están concentrados en nueve estados Guerrero, Estado de México, Baja California, Chihuahua, Veracruz, Sinaloa, Michoacán, Jalisco y Guanajuato”.

Según las cifras, el 75 por ciento de los homicidios en el primer trimestre del año fueron cometidos por el crimen organizado en las 32 entidades federativas del país. En Baja California Sur los homicidios relacionados con el crimen organizado representan un aumento del 682 por ciento. Le siguen Colima, Guerrero, Baja California, Sinaloa y Chihuahua.

El director del Semáforo Delictivo, Santiago Roel, aseguró que el aumento de la inseguridad en el país puede ser mayor a los niveles registrados en 2011, año donde se presentó más incidencia delictiva del país en los últimos años.

Según la organización, uno de los factores que ha originado el incremento es que la política del gobierno se ha centrado en la captura de líderes de grupos criminales, lo que ha llevado a una atomización de los cárteles; mencionó que “es la misma estrategia y peligrosa que desde 2006 estamos viviendo.” En el país no sólo existe un grave deterioro en los niveles de seguridad, sino que este 2017 será el peor año, comparado con 2011, afirmó el director de la organización no gubernamental.

En entrevista con Pascal Beltrán del Río para Imagen Radio, afirmó que “si 2016 fue malo, este va a ser pésimo, vamos a acercarnos al peor año que tuvimos que fue el 2011” en materia de violencia e inseguridad; indicó que la estrategia de seguridad “ha sido un fracaso rotundo” y afirmó que “es muy peligroso insistir en más de lo mismo, porque es una estrategia fallida”.4

Por su parte, La Jornada menciona que la capital de Baja California Sur fue una de las ciudades más seguras y tranquilas del país, ahora ocupa ahora el lugar 25 entre las más violentas, de acuerdo con la Secretaría de Gobernación. En este municipio se cometió la gran mayoría de los 201 asesinatos reportados en Baja California Sur de enero a noviembre de 2016.

En 2011 se integraron 38 averiguaciones previas por homicidio doloso en el estado; en 2012 sumaron 35, y en 2013, 56. La escalada de asesinatos vinculados al crimen organizado comenzó el 31 de julio de 2014, cuando fueron hallados los cuerpos de tres personas en la carretera a Los Planes, municipio de La Paz.

A partir de esa fecha y hasta el 21 de noviembre de ese año se documentaron 43 ejecuciones, y en dos años el acumulado fue de 364, según la Procuraduría General de Justicia del Estado.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reportó 84 crímenes dolosos en 2014; 175 en 2015, y 201 entre enero y noviembre de 2016. En los primeros siete meses de 2016, el número de homicidios disminuyó en comparación con el mismo periodo del 2015, pero a partir de agosto repuntó.

De acuerdo con el portal Crimen en México, que difunde estadísticas del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Consejo Nacional de Población, en noviembre pasado se perpetraron 35 homicidios en Baja California Sur; en el mismo periodo, en todo el país se cometieron poco más de 2 mil.

Sin embargo, debido a la escasa población de la entidad (796 mil 434 habitantes), la tasa de estos delitos por cada 100 mil habitantes fue de 52.7 por ciento, contra la nacional, de 19.7. En los primeros 11 meses de 2016 se abrieron 116 averiguaciones previas por asesinatos dolosos, más del doble de las registradas en 2013, según Crimen en México.

En noviembre pasado, el secretario de Gobernación, dijo que entre los problemas de seguridad de Baja California Sur destacan el trasiego de drogas por mar y tierra, narcomenudeo y otras actividades del crimen organizado.

El gobernador del estado, que asumió el cargo en septiembre del 2015, reconoció que la inseguridad es uno de los mayores problemas de su gobierno, y en su primer informe de labores afirmó que la violencia generalizada en el país golpeó a Baja California Sur, donde “lamentablemente ha arrebatado vidas inocentes”.

El aumento de los homicidios en La Paz provocó que el Departamento de Estado de Estados Unidos emitiera una alerta de viaje para esa ciudad, pero la medida no disminuyó el número de visitantes, informó el secretario de Turismo, Genaro Ruiz.

El empresario Eduardo Sánchez Navarro, director del grupo Questro, consideró que la seguridad es fundamental para mantener de pie al sector turístico y señaló que tanto el gobernador como los presidentes municipales de La Paz, Armando Martínez Vega, y Los Cabos, Arturo de la Rosa Escalante, han reconocido el problema de violencia.

Desde que se inició la escalada de inseguridad en La Paz, elementos de las fuerzas armadas y corporaciones policiacas de la Federación y el estado recorren la capital del estado. Aunque según las autoridades se han desarticulado bandas criminales, y se han decomisado armas y drogas, los ajustes de cuentas entre grupos rivales no cesan.5

El Mundo Digital de Baja California Sur, menciona que entre 2011 y 2017, en la entidad los homicidios aumentaron 295 por ciento, lo que la coloca entre las cuatro entidades más violentas de México.

De acuerdo a un estudio del Instituto de Economía de La Paz, en Baja California Sur, sufrió un deterioro particular en la tasa de crímenes de la delincuencia organizada. Las extorsiones casi se duplicaron entre 2011 y 2016, y las tasas de secuestros y delitos relacionados con narcóticos aumentaron 83 por ciento y 32 por ciento, respectivamente.

Baja California Sur se ha consolidado como el cuarto estado más violento en el país, sólo superado por Colima, Zacatecas y Michoacán, principalmente en delitos de alto impacto como el homicidio, secuestro, robo con violencia, entre otros que tienen en un vilo a la sociedad sudcaliforniana.

De acuerdo a un estudio del Instituto de Economía de La Paz, que monitorea las estadísticas que generan los tres niveles de Gobierno, destaca hasta antes del 2011, Baja California Sur ocupaba en sitio once en el ranking del estado menos pacifico del país.

Lamentablemente del 2011 al 2017 ha sufrido, revela el estudio, un deterioro de 60 por ciento en el nivel de paz; la segunda mayor reducción en el índice. La tasa de homicidio registró el mayor aumento relativo de los cinco estados con mayores deterioros, al aumentar más de cuatro veces, llegando a 295 por ciento.

Baja California Sur bajó de la cuarta menor tasa de homicidio a ocupar el sitio 24 en este indicador. El estado sufrió un deterioro particular en la tasa de crímenes de la delincuencia organizada. Las extorsiones casi se duplicaron entre 2011 y 2016, y las tasas de secuestros y delitos relacionados con narcóticos aumentaron 83 por ciento y 32 por ciento, respectivamente.

La tasa de delitos con violencia de Baja California Sur subió 18 por ciento entre 2011 y 2016, con aumentos en los tres componentes. La tasa de asaltos se elevó 41 por ciento en 2016, y los robos y violaciones aumentaron 14 por ciento y 8 por ciento, respectivamente.6

Peninsular Digital menciona que se dieron a conocer los datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre violencia, y no estos no son nada buenos para Baja California Sur. La media península presenta en la que fue recabada, incrementos importantes al comparar de enero de 2016 al mismo mes de este año, un 685 por ciento más de víctimas de homicidios de lo que se había vivido en ese periodo, y también, más grave aún, que haya un aumento considerable en víctimas de homicidios dolosos.

Otro tema que preocupa, es lo referente a la desaparición de personas, ya que es uno de los métodos de una violencia extrema y está asociada con otras conductas delictivas, esto para zafarse de una sanción se desaparece a la víctima, y se indica que en la entidad este ilícito ha estado a la alza.

Se acusa en los datos del Sistema de Seguridad Pública que el Estado no se está buscando correctamente a los desaparecidos, y que se está permitiendo que los familiares que no tienen idea de qué sucedió con su ser querido, lo busquen para subsanarlo a través de otras formas, pues por un lado se han integrado unidades ciudadanas que hacen que la autoridad se desentienda del problema y quieran investigar, para después echarle la culpa a esos grupos porque dicen “que no hubo un adecuado resguardo de la evidencia, entonces no podemos investigar”.

Esto, que se marca en el estudio realizado por el Sistema de Seguridad Pública, es un fenómeno que tiene que ver con la alta presencia de la delincuencia organizada, y Baja california Sur es ejemplo nacional de ello, sentencia un párrafo del mismo.7

El incremento exponencial de la violencia devino en que, por primera vez en la historia, un ombudsman fue asesinado en México. Así, la noche del lunes 20 de noviembre murió Silvestre de la Toba Camacho, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California Sur. De acuerdo con la Procuraduría General del Estado, un grupo de personas armadas disparó contra el auto donde viajaba el ombudsman y su familia.

El crimen ocurrió en La Paz, capital del estado. No se conocen las razones del atentado. Silvestre de la Toba murió en el sitio del ataque, una céntrica avenida de la ciudad, junto con su hijo Fernando. La esposa e hija del presidente de la Comisión quedaron heridas de gravedad.

Cierto es que en los últimos años han ocurrido ataques y homicidios de activistas de derechos humanos en México. Sin embargo, es la primera vez desde que se creó la figura de ombudsman, en 1990, que un responsable institucional de proteger los derechos humanos es asesinado.8

De acuerdo con El Universal, el homicidio ocurrió alrededor de las 19 horas mientras circulaba en su camioneta, cuando dos sujetos a bordo de otro vehículo se le acercaron y dispararon varias ráfagas de fuego.9

El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, manifestó su más amplia y enérgica condena al artero asesinato del presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Baja California Sur, y de su joven hijo Fernando de la Toba Lucero; así como del estado grave en el que se encuentran su esposa y su hija.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos exige a las autoridades estatales y federales realizar una investigación inmediata y a fondo que ubique a los asesinos y los ponga ante la autoridad correspondiente para que este crimen no quede impune.

El ombudsman nacional envió su más sentido pésame, condolencias y solidaridad a los familiares y compañeros de la Comisión Estatal de Baja California Sur, así como a los amigos del licenciado Silvestre de la Toba Camacho.

Además, informó que se han emitido medidas cautelares para garantizar la seguridad de los familiares del licenciado de la Toba Camacho y de todo el personal de ese organismo local, previo acuerdo con la persona que sea designada para hacerse cargo del despacho del ombudsman de Baja California Sur.

Por las consideraciones anteriormente vertidas, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de la República, a atraer el caso del homicidio del ombudsman de Baja California Sur, debido a la incapacidad del gobernador derivado del incremento de la violencia en la entidad federativa.

Notas

1 http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/columna/alejandro-hope /nacion/2017/02/27/la-cosa-pinta-feo-en-baja-california-sur

2 https://www.sdpnoticias.com/nacional/2017/03/02/baja-california-sur-rep unta-en-inseguridad

3 http://www.reporteniveluno.mx/2017/08/23/baja-california-sur-acepta-inc remento-la-violencia-pide-ayuda-federal/

4 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/04/26/1159840

5 http://www.jornada.unam.mx/2017/01/03/estados/024n1est

6 http://elmundodigital.mx/entre-2011-y-2017-en-bcs-los-homicidios-aument aron-295/

7 http://peninsulardigital.com/extra/se-dispara-la-incidencia-delictiva-b cs/214480

8 http://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-42063073

9 http://www.huffingtonpost.com.mx/2017/11/21/
matan-a-tiros-a-silvestre-de-la-toba-camacho-ombudsman-de-baja-california-sur_a_23284060/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Norma Xóchitl Hernández Colín (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de una comisión especial para investigar la legalidad y el destino de los recursos públicos que maneja el fideicomiso Evercore, a cargo del diputado Alejandro Armenta Mier, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Alejandro Armenta Mier, diputado de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

La transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos públicos, tanto federales como estatales, ha sido una de las principales preocupaciones de la actual legislatura. El Congreso aprobó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como un paquete de leyes que conforman el Sistema Nacional Anticorrupción. Con esta operación jurídica se busca abatir el flagelo de la corrupción y de la impunidad que han provocado un daño profundo a la actividad económica y a la credibilidad de la ciudadanía en las instituciones.

A pesar de este avance, aún falta mucho por hacer en materia de transparencia. Una de las tareas pendientes es acabar con la opacidad con la que operan los fideicomisos creados para manejar, a discreción, recursos públicos. Un caso emblemático de opacidad e ilegalidad es el fideicomiso Evercore.

Evercore tiene como antecedente el fondo de capital privado Protego, este fondo se fundó en 1996 “con el objetivo de obtener recursos en los mercados mexicanos e internacionales para empresas con alto potencial de crecimiento. Protego es el líder en colocaciones privadas de capital en México”1 . En agosto de 2006, Protego se fusionó con Evercore Partners, el banco de inversión (boutique) líder en transacciones de fusiones y adquisiciones en Estados Unidos de América (EUA) y con quien comparte los mismos valores.

Esta empresa privada también ofrece asesorías en fusiones y adquisiciones; proyectos de energía; banca de inversión; financiamiento inmobiliario y finanzas públicas. En cuanto a finanzas públicas e infraestructura, Evercore creó un equipo especializado en 2002 y se ostenta como líder absoluto en la asesoría al sector durante el periodo 2005-2008, con más de 48 transacciones por más de 97 mil millones de pesos. En esta empresa figura como miembro del consejo de administración el ex secretario de Hacienda, Pedro Aspe Armella, quien ha sido señalado de estar involucrado en diversas irregularidades en la época en que se llevaron a cabo las privatizaciones de empresas públicas, haciendo un uso abusivo de su posición como funcionario público para influir de manera directa en los procesos de adquisición.

En cuanto a financiamiento de proyectos de infraestructura, Evercore asesora a los gobiernos locales para reformar su marco legal, a efecto de detonar la inversión en infraestructura en la entidad a través de esquemas de financiamiento con participación privada. Asimismo asesora a los gobiernos locales en los procesos de licitación de concesiones y proyectos de prestación de servicios (PPS) de obras y/o servicios de infraestructura. A la fecha, el Equipo de Finanzas Públicas e Infraestructura de Evercore, ha asesorado a siete entidades federativas en la reforma a su marco legal para la implementación de proyectos PPS. Además, ofrece asesoría en la obtención de financiamiento tanto bancario como bursátil (deuda a largo plazo, bursatilización de activos) así como en el refinanciamiento o reestructura de la deuda.

Para el caso particular de Puebla, el gobierno de Rafael Moreno Valle endeudó a la entidad por cerca de 22 mil millones de pesos, deuda disfrazada en obras otorgadas a Higa, OHL y otras empresas privadas, vía licitaciones amañadas y sobrecostos. Moreno Valle consiguió la aprobación de la Ley de Proyectos para la Prestación de Servicios. Durante esta gestión, se aseguraron los pagos que se deberán hacer a los contratistas, el Fideicomiso Evercore recabará los recursos del impuesto sobre nómina del gobierno del estado de Puebla por tiempo indefinido, debido a que el convenio señala que “el estado renuncia expresamente a su derecho de revocar el presente fideicomiso, en virtud de que se trata de un fideicomiso irrevocable”.

Este esquema denominado PPS (proyectos para prestación de servicios) fue una invención del grupo de tecnócratas salinistas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el sexenio de Felipe Calderón, para comprometer o hipotecar las participaciones federales de estados y municipios. En poco tiempo el mecanismo ha llevado a la quiebra a varios gobiernos locales. Con este mismo esquema público-privado, el otrora gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, otorgó un contrato al Grupo Higa para edificar el Museo Internacional del Barroco con un presupuesto estimado de 12 mil millones de pesos; un costo altísimo si se compara, por ejemplo con el Museo Guggenheim de Bilbao, que es de casi la mitad.

Por otra parte, el académico Ricardo Raphael ha observado diversos elementos que a todas luces concluyen que este fideicomiso es contrario a la Constitución. Si estos recursos económicos son públicos, entonces el fideicomiso debe ser público, de acuerdo con la legislación vigente en materia de transparencia, esto quiere decir que todo lo que ocurre en él debe publicitarse y por tanto no opera el secreto fiduciario. Dado que hipoteca los flujos de ingreso durante periodos indeterminados, el fideicomiso viola el principio de anualidad que obliga a los congresos a aprobar año con año leyes para definir el origen y destino de los recursos. En conclusión, el fideicomiso es contrario al principio constitucional que obliga a los estados a endeudarse si y sólo si los recursos obtenidos se dedican a inversiones productivas.

Por lo anteriormente expuesto, en términos de los preceptos legales invocados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se crea la Comisión Especial para investigar la legalidad y destino de los recursos públicos que maneja el fideicomiso Evercore en el estado de Puebla.

Segundo. El objetivo de la comisión creada será emprender una investigación exhaustiva de todas las operaciones realizadas por el fideicomiso Evercore al amparo de los recursos públicos que maneja para obras de infraestructura del estado de Puebla.

Tercero. La comisión especial se integrará por diputadas y diputados pertenecientes a todos los grupos parlamentarios, con base en el criterio de proporcionalidad e inclusión, entre la integración del pleno y su conformación. Los recursos técnicos y financieros para el funcionamiento de esta comisión especial deberán ser aprobados por la Junta de Coordinación Política.

Cuarto. La comisión especial deberá presentar semestralmente un informe de actividades ante el pleno de la Cámara de Diputados, o bien, ante la Comisión Permanente del Congreso.

Quinto. La comisión especial estará vigente hasta el 31 de agosto de 2018, o en tanto quede agotado su objeto, si esto sucediera antes.

Nota

1 Obtenido de: www.evercore.com.mx/2sobreProtego.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputado Alejandro Armenta Mier (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la delegación Cuajimalpa a transparentar los recursos públicos etiquetados en el PEF de 2017, y se solicita a la ASF que realice la auditoría conducente en el ámbito de sus atribuciones, a cargo de la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Sara Paola Galico Félix Díaz, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I; así como 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Consideraciones

Tal y como lo señala la teoría económica y financiera, el gobierno requiere recursos para poder cumplir con sus funciones, a los cuales se les denomina “gasto público”. La orientación, destino y tipo de gasto se detalla en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), documento jurídico y financiero que establece las erogaciones que realizará el gobierno federal entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, y el cual es votado por la Cámara de Diputados.1

Así, el PEF especifica el monto y destino de los recursos económicos que el gobierno requiere durante un ejercicio fiscal, es decir, que los ejecutores del gasto tienen un año para obtener los resultados comprometidos y demandados por los diversos sectores de la sociedad.

Para los efectos de la presente proposición, es de fundamental importancia recordar que la principal fuente de financiamiento del presupuesto es la contribución ciudadana por concepto de impuestos, el pago de derechos y productos, aprovechamientos e ingresos por venta de bienes y servicios públicos.

La información sobre el gasto público en el PEF es de manera ordenada y sistemática, estos recursos se clasifican en Gasto No Programable y Gasto Programable, a saber:

El Gasto No Programable se destina al cumplimiento de obligaciones y apoyos determinados por la Ley como la deuda pública, las participaciones a entidades federativas y municipios, lo que significa que no financia la operación de las instituciones del gobierno federal.2

El Gasto Programable se refiere al que soporta la operación de las instituciones del gobierno federal para que éstas proporcionen servicios como: educación, salud, carreteras, entre otros.3

El 30 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017,4 en el que se etiquetaron a la delegación Cuajimalpa de Morelos, entre otros los siguientes recursos:

El buen manejo de las finanzas públicas es un requisito para el desarrollo económico, así como para propiciar el bienestar de las familias, por lo que cada peso del erario debe llegar a su destino con puntualidad y transparencia. Así, todos y cada uno de los ejecutores del gasto están obligados a rendir cuentas sobre los recursos públicos.

Los habitantes de la delegación Cuajimalpa de Morelos han manifestado expectativas e interés sobre los beneficios y mejoras derivados de los proyectos que fueron autorizados y en consecuencia etiquetados en el PEF para el Ejercicio Fiscal 2017.

La falta de información acerca de lo etiquetado en el PEF para el Ejercicio Fiscal 2017 deja dudas sobre el debido ejercicio de los recursos públicos otorgados a la demarcación, lo que se traduce en ineficiencia y desconfianza, cuando los ciudadanos tienen el derecho de saber los avances de lo etiquetado para la construcción de un mejor lugar para vivir.

De ahí que, a través de un cabal ejercicio de rendición de cuentas, el jefe delegacional debe dar la información suficiente a la ciudadanía, en aras de objetivar su derecho a la información y de propiciar mecanismos de interlocución, donde los vecinos de la delegación tengan certeza jurídica sobre el uso de los recursos públicos.

La rendición de cuentas es fundamental en una democracia consolidada, es una forma de vincular permanentemente a gobernados y gobernantes, implica informar, explicar y justificar sobre las acciones de los servidores públicos en el cumplimiento de sus obligaciones y en el manejo de recursos, así como determinar las sanciones que se deriven de su ejercicio.5

La rendición de cuentas y la transparencia presupuestaria van de la mano. Esta última implica contar con normas y prácticas claras que guíen las diversas etapas del proceso del presupuesto. Asimismo, significa tener acceso a información oportuna, útil, clara y exhaustiva respecto a las finanzas públicas y sus diferentes componentes. La rendición de cuentas y la transparencia en el presupuesto representan, cuando están bien coordinadas, una sinergia que contribuye a mejorar la eficiencia y la calidad del gasto público.6

Por lo anteriormente expuesto y debido a la gran responsabilidad de ejercer los recursos públicos de forma transparente y responsable, ponemos a consideración de esta asamblea, la presente proposición con

Punto de acuerdo

Primero. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al jefe delegacional de Cuajimalpa de Morelos, Miguel Ángel Salazar, con el objeto de que, bajo el principio de transparencia y máxima publicidad, dé a conocer a la opinión pública y a la ciudadanía el manejo y destino de los recursos públicos etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, para:

* Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal (Anexo 20.2).

* Ampliaciones para Proyectos de Desarrollo Regional (Anexo 20.3).

* Ampliaciones a Cultura, Proyecto Festival “Rosa Mexicano” (Anexo 44.1).

Segundo. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación que, en base a sus atribuciones, lleve a cabo la auditoría correspondiente a los recursos públicos etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 a la delegación Cuajimalpa de Morelos, para:

* Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal (Anexo 20.2).

* Ampliaciones para Proyectos de Desarrollo Regional (Anexo 20.3).

* Ampliaciones a Cultura, Proyecto Festival “Rosa Mexicano” (Anexo 44.1).

Notas

1 www.shcp.gob.mx/EGRESOS/PEF/Tutorial/rsp01.pdf

2 http://www.shcp.gob.mx/EGRESOS/PEF/Tutorial/rsp04.pdf

3 Ídem

4 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2017.pdf

5 http://www.fundar.org.mx/mexico/pdf/transparenciafiscalypresupuestaria. pdf

6 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Sara Paola Galico Félix Díaz (rúbrica)



Cuitláhuac García Jiménez (rúbrica), Roberto Alejandro Cañedo Jiménez (rúbrica) y Alfredo Basurto Román. Modesta Fuentes Alonso, Delfina Gómez Álvarez, Mariana Trejo Flores, Mario Ariel Juárez Rodríguez, Jesús Serrano Lora (rúbricas).
Efemérides

Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena

El 25 de noviembre conmemoramos una vez más el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

La violencia contra las mujeres es la forma más extrema de discriminación y, en los casos más graves, esa violencia puede provocar la muerte. De acuerdo a datos del Informe del Secretario General de Naciones Unidas “Progresos en el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible”, que recolecta datos en 87 países entre 2005 y 2016, 19 por ciento de las mujeres de entre 15 y 49 años de edad dijeron que habían experimentado violencia física o sexual, o ambas, a manos de su pareja en los 12 meses anteriores a ser preguntadas sobre este asunto. En 2012, casi la mitad de las mujeres víctimas de un homicidio intencional en todo el mundo fueron asesinadas por su pareja o un familiar, en comparación con 6 por ciento de los varones.1

El caso de México es similar, de acuerdo a la encuesta ENDIREH 2016, el promedio nacional de mujeres que han sufrido violencia es de 66.1 por ciento. Es decir, 30.7 millones de mujeres han padecido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o de discriminación en los espacios escolar, laboral, comunitario, familiar o en su relación de pareja. Las entidades donde las mujeres se enfrentan más a situaciones de violencia son: la Ciudad de México, donde el 79.8 por ciento de las mujeres ha sufrido algún tipo de violencia; en el estado de México con 75.3 por ciento.2

Los datos muestran que en los últimos 10 años la violencia contra las mujeres en México no ha disminuido: en 2006 se estimó en 67 por ciento el porcentaje de mujeres que han vivido algún episodio de violencia a lo largo de sus vidas; en 2011 el indicador fue de 62.8 por ciento, pero en 2016 se registró un nuevo incremento para ubicarse en 66.1 por ciento.3 Por su parte, organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales señalan que siete mexicanas son asesinadas cada día y sólo 25 por ciento de los casos son investigados como feminicidios.4

Como lo estableció Marcela Lagarde hace más de diez años, la violencia contra las mujeres es:

“el conjunto de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del estado de derecho que favorece la impunidad. Es decir, la impunidad constituye un problema de carácter estructural que se manifiesta en la ausencia de investigación y sanción de la mayoría de los actos de violencia contra las mujeres, lo que contribuye al fracaso de la función disuasoria y sancionadora del sistema penal y a la consecuente perpetuación de un contexto de violencia contra la mujer.”5

El problema es de tal magnitud, que de los nueve casos contra México que existen ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuatro son sobre violencia contra las mujeres: Campo Algodonero, Rosendo Cantú y otra vs. México, Fernández Ortega y otros vs. México, y Caso Selvas Gómez y otras vs. México (en proceso). Lo anterior refleja la violencia generalizada, estructural e institucional que existe en el país contra las mujeres, así como la falta de acciones por parte del Estado mexicano que sirvan para efectivamente erradicar la violencia contra las mujeres.

Como ya lo han establecido los instrumentos internacionales en la materia, las causas de cualquier forma de violencia contra las mujeres se encuentran en patrones socioculturales de prejuicios y en prácticas que replican y refuerzan estereotipos de género. De tal forma que uno de los mecanismos de mayor efectividad para erradicar la violencia contra las mujeres, sobre todo en un contexto generalizado de violencia como el de México, es mediante acciones de prevención las cuales ante el contexto del país, exigen la debida investigación y sanción de responsables.

No prevenir y atender la violencia contra las mujeres tiene como resultado el menoscabo del ejercicio de sus derechos humanos y de la plena participación en la vida pública del país, ya que la violencia afecta sus posibilidades de desarrollo, modifica su comportamiento y limita su movilidad.

En Morena seguiremos priorizando la protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes, en específico su derecho a una vida libre de violencia.

Notas

1 ONU, “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, 25 de noviembre”, disponible en
http://www.un.org/es/events/endviolenceday/

2 ENDIREH 2016, disponible en http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2017/endireh/endireh2017 _08.pdf

3 Mario Luis Fuentes, “México social: la violencia contra las mujeres”, 7 de noviembre de 2017, disponible en http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/11/07/1199605

4 Feminicidios en México, en el país, disponible en https://elpais.com/especiales/2017/feminicidios-en-mexico/

5 UNETE, La regulación del delito de femicidio/feminicidio en América Latina y el Caribe, disponible en
http://www.un.org/es/women/endviolence/pdf/reg_del_femicicidio.pdf

Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Concepción Villa González (rúbrica)

Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

A escala mundial, las cifras de violencia contra la mujer son impresionantes, desafortunadamente cada año van en aumento. Por eso, la Organización de las Naciones Unidas, en su Asamblea General del 17 de diciembre de 1999, estableció el 25 de noviembre como el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, el cual busca concientizar y hacer que la sociedad participe impulsando iniciativas sobre lo importante que es erradicar la violencia contra la mujer a escala mundial.

¿Dónde comenzó este movimiento?

Ente movimiento se remonta y tiene su origen en República Dominicana, un 25 de noviembre de 1960, cuando un feminicidio alarmó a la comunidad de ese país y a toda Latinoamérica. Se trataba del asesinato de tres hermanas por parte del dictador Rafael Leónidas Trujillo.1

Esto desembocó en que, para el año de 1981, el movimiento feminista latinoamericano comenzara distintos movimientos en defensa de la mujer. Con múltiples campañas en favor de la erradicación de la violencia hacia el género femenino, por parte de los gobiernos en muchos países y diferentes ONG para abordar este problema social que lastimaba a toda la sociedad a escala mundial.2

Revisando las estadísticas, nos damos cuenta que la violencia hacia la mujer sigue siendo muy inquietante, ya que éstas nos muestran que una de cada tres féminas ha padecido de violencia por parte de su conyugue o pareja.

Otra estadística nos revela que de las alrededor de 4.5 millones de las victimas que sufren de explotación sexual, el 98 por ciento son mujeres y niñas. También nos revela que de los feminicidios que sucedieron en el 2012, uno de cada dos lo cometió un familiar cercano o la pareja sentimental.

En nuestro país, las cifras no son muy alentadoras, ya que las mujeres de 15 años o mayores han padecido algún tipo de violencia.

La violencia contra la mujer en México no ha disminuido, esto lo demuestran los datos que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía proporcionó, en los que menciona que en los últimos 10 años, de 2006 a 2016, el porcentaje de violencia hacia la mujer es muy similar. Dicho reporte manifiesta que en el 2006, 67 por ciento de las mujeres había sido víctimas de algún hecho de violencia en su vida. Para el 2011, el porcentaje disminuyó relativamente a 62.8, pero para el 2016 desafortunadamente la violencia hacia la mujer se incrementó a 66.1. Con esos datos, el Inegi asume que los porcentajes de 2006 a 2016 son similares.3

Otro dato que el Inegi proporciona es que sólo hay nueve estados en nuestro país donde el índice de violencia contra las mujeres ha disminuido.

En primer lugar, se encuentra Nayarit donde la reducción fue de 9.3 puntos porcentuales, pasando de 64.7 en 2011 a 58.1 por ciento en el 2016. En segundo lugar, está Sonora donde el índice bajó 7 puntos pasando de 68.1 a 61.1 por ciento en el mismo periodo. En tercer lugar, está Campeche que registró una disminución de 5.5 puntos, de 59.1 a 53.6 por ciento el índice de violencia hacia la mujer.

También menciona otros estados donde se produjo una mejora en el porcentaje de violencia hacia la mujer: Nuevo León, San Luis Potosí, Colima, Veracruz, Tlaxcala y Baja California Sur, mencionando que en los dos últimos estados la reducción fue menor a un punto porcentual.

Los estados sin cambios en sus porcentajes fueron Baja California y Chihuahua, y los que tuvieron un mínimo de incremento fueron Tabasco y Tamaulipas, ambos registrando menos de un punto porcentual.4

Por eso es urgente que el gobierno federal, en conjunto con los gobiernos estatales, implemente mecanismos para ayudar a las mujeres que se encuentran en indefensión por la violencia que mantienen sus parejas sobre de ellas.

Notas

1 W Radio, 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Penélope Duran, 25 de noviembre de 2013.
http://wradio.com.mx/radio/2013/11/25/nacional/1385399940_023924.html

2 Wikipedia, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
https://es.wikipedia.org/wiki/D%C3%ADa_Internacional_de_la_Eliminaci%C3%B3n_de_la_Violencia_contra_la_Mujer

3 Excelsior, “México social: La Violencia contra las Mujeres”, Mario Luis Fuentes, 7 de noviembre de 2017.
http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/11/07/1199605

4 Excelsior, “México social: La Violencia contra las Mujeres”, Mario Luis Fuentes, 7 de noviembre de 2017.
http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/11/07/1199605

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.

Diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica)


Inklusion
Loading