Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, la Conagua, y los gobernadores de Puebla y Tlaxcala a agilizar las acciones tendentes al saneamiento de los ríos Atoyac, Xochiac y Zahuapan, y sus afluentes, a cargo del diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Víctor Manuel Giorgana Jiménez, diputado federal por el estado de Puebla, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Desde el año 2011, habitantes de los estados de Puebla y Tlaxcala han denunciado reiteradamente la contaminación ambiental de la sub-cuenca hidrológica del Alto Atoyac, particularmente de los ríos Atoyac y Xochiac, y sus afluentes, presuntamente derivado del desarrollo industrial y crecimiento desmesurado de la región.

Refieren que el río Atoyac recibe numerosas descargas de aguas residuales a lo largo de su recorrido, tanto industriales como municipales, con nulo o deficiente tratamiento, que incluyen compuestos tóxicos provenientes del Corredor Industrial Quetzalcóatl, de la petroquímica de Pemex y del Parque Industrial San Miguel. Relatan la presencia de campos de cultivo en los bordes del río Atoyac y sus afluentes, presumiblemente regados con esa misma agua contaminada, teniendo altas repercusiones en la calidad de los productos de la zona y las consecuentes afectaciones a la salud por la ingesta de los mismos.

La problemática de la contaminación ambiental en la cuenca del Alto Atoyac se encuentra documentada, tanto por autoridades federales, estatales y locales. Incluso existen datos oficiales de las estaciones de monitoreo operadas por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), los cuales indican que el agua del río Atoyac no presenta valores compatibles con la normatividad en vigor para garantizar la protección de la vida acuática.

Aunado a lo anterior, la Comisión Estatal de Salud y Protección contra Riesgos Sanitarios del estado de Tlaxcala hizo públicos los resultados de un muestreo de agua y lodos del mencionado río, afirmando la presencia de plomo. De igual manera, los quejosos refirieron la existencia de un estudio elaborado por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), organismo público descentralizado federal, coordinado por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y el asesor técnico de la Conagua, quien al haber investigado las descargas industriales realizadas al río Atoyac en el estado de Puebla, encontró que el 78 por ciento de éstas no cumplen con lo establecido en la normatividad ambiental aplicable.

Por otra parte, cabe señalar que un estudio realizado en el río Atoyac por el Instituto de Ingeniería de la UNAM, denominado “Informe Técnico de los Estudios Realizados en el Cauce del Río Atoyac y Comunidades”, que incluyó un estudio epidemiológico, y de cuyos estudios se identificó la presencia de COV, sustancias químicas no contempladas para su regulación en la normativa mexicana en materia de aguas.

La situación de profunda contaminación de la subcuenca del Alto Atoyac ha provocado severos daños a la salud de los residentes de los municipios de Huejotzingo y San Martín Texmelucan, en el estado de Puebla; e lxtacuíxtla de Mariano Matamoros, Nativitas y Tepetitla de Lardizábal, en el estado de Tlaxcala, los cuales están expuestos cotidianamente a los compuestos tóxicos antes señalados, y en consecuencia, se han presentado cuadros patológicos que incluyen irritación, lagrimeo y dolores de cabeza, así como casos de anemia, leucemia y púrpura trombocitopénica y que las personas que habitan la zona, presentan niveles altos de daño genotóxico.

Derivado de lo anterior, el 29 de julio de 2011, habitantes de los estados de Puebla y Tlaxcala presentaron ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) un escrito de queja en contra de autoridades federales, estatales y locales, por actos y omisiones en perjuicio de los habitantes de los municipios a los que anteriormente se hace referencia, por la contaminación ambiental de la sub-cuenca hidrológica del Alto Atoyac, particularmente de los ríos Atoyac, Xochiac, y sus afluentes. Dicha queja fue resuelta por la CNDH el pasado 21 de marzo de 2017, y si bien es cierto, sus resoluciones no tienen carácter vinculante, es urgente que las autoridades señaladas den cumplimiento a las recomendaciones emitidas por ella, ya que de hacerlo abonaría con la solución del problema planteado y el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4 constitucional, párrafo sexto, que reconoce el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. Dicho artículo establece que es el Estado quien garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Es preciso señalar que, derivado de la urgencia del saneamiento de los referidos ríos, la Conagua ha realizado procedimientos administrativos en contra de los municipios de San Martín Texmelucan, Huejotzingo, Tepetitla de Lardizábal, Nativitas e lxtacuixtla de Mariano Matamoros, por descarga en incumplimiento con la normatividad.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) por su parte, ha promovido ante el Juzgado Tercero de Distrito en Tlaxcala, Tlaxcala, la Acción Colectiva difusa 176/2014 en contra de 38 municipios del estado de Tlaxcala, incluyendo a los municipios del estado de Tlaxcala materia de la queja, a fin de que se garantice el cumplimiento del derecho consagrado en el artículo 4 de la CPEUM.

La Profepa reclamó que los municipios demandados se encuentran realizando el vertimiento de aguas residuales sin tratar o con tratamiento inadecuado, que devienen en la contaminación de la cuenca del Atoyac; por lo que esa Procuraduría solicitó al Juzgado que investigue el grado de responsabilidad económica y jurídica de los daños ocasionados al medio ambiente de cada uno de los municipios demandados, así como a la salud de quienes habitan en los alrededores de dicho recurso hídrico; y se les imponga la obligación de reparar el daño de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

La Profepa ha emitido diversas recomendaciones a todos los municipios de los estados de Puebla y Tlaxcala que bordean los márgenes del río Atoyac, luego de acreditarse la contaminación del agua del mencionado río, derivado de las descargas de aguas residuales sin tratar o tratadas inadecuadamente, provenientes del drenaje y alcantarillado municipal y por el vertimiento que directamente realizan las industrias, sin observar la normatividad ambiental aplicable en la materia; teniendo repercusiones en la salud humana, al medio ambiente y los recursos naturales.

En dicha recomendación, la Profepa exhortó a los municipios a los que les fue dirigida, entre otras acciones: a realizar la caracterización de las descargas que desemboquen a los sistemas de drenaje y alcantarillado; a realizar inspecciones con el fin de obtener el inventario de puntos de descarga, verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable, y en su caso, realizar las denuncias correspondientes; a operar en óptimas condiciones las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales con las que cuente y de no contar con ellas, realizar la construcción de las mismas.

A lo largo de los años, a partir de 2011, los gobiernos de Puebla y Tlaxcala comenzaron el rescate de los ríos Zahuapan y Atoyac, teniendo el apoyo financiero de la Comisión Nacional del Agua. En ese entonces, el gobierno del estado anunció la aplicación de mil 700 millones para emprender la segunda etapa de modernización de las cuatro plantas de tratamiento de aguas residuales. El propósito era limpiar hasta 3.5 metros cúbicos por segundo de aguas residuales que corren por las riberas para que tengan un tratamiento adecuado y se rescate el lago de Valsequillo. Sin embargo, a la fecha, los ríos a que hago referencia siguen requiriendo urgente atención para asegurar a los habitantes, el saneamiento que requieren.

La Organización Mundial de la Salud ha señalado que las enfermedades diarreicas por un saneamiento deficiente son la tercera causa de muerte entre menores de cinco años (340 mil muertes al año). Asimismo, se estima que alrededor de 161 millones de niños sufren retraso del crecimiento o malnutrición crónica, provocados por cuadros diarreicos, repercutiendo en un retraso cognitivo y un rendimiento escolar más bajo, afectando indirectamente otros derechos de los niños y niñas. Asimismo, las niñas y los niños son especialmente vulnerables a los efectos negativos en la salud por la exposición a contaminantes químicos, tanto por la carga química transmitida por la madre durante el embarazo como por la exposición directa a fuentes alimenticias y de agua contaminadas. Por lo que resulta urgente que de manera coordinada, las autoridades correspondientes urjan al saneamiento y aseguren el derecho a la salud consagrado en la Constitución.

Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 79 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la Asamblea los siguientes

Puntos de acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, al director general de la Comisión Nacional del Agua, así como a los titulares del Poder Ejecutivo de los estados de Puebla y Tlaxcala, a agilizar las acciones tendientes para el saneamiento de los ríos Atoyac, Xochiac, Zahuapan y sus afluentes.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Comisión Nacional del Agua, a los presidentes municipales de los honorables ayuntamientos de Tepetitla de Lardizábal, Nativitas e lxtacuixtla de Mariano Matamoros, en el estado de Tlaxcala, y de San Martín Texmelucan y Huejotzingo, en el estado de Puebla, a dar cumplimiento a la Recomendación número 10/2017 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, sobre la violación a los derechos humanos a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información, en relación con la contaminación de los ríos Atoyac, Xochiac y sus afluentes; en agravio de quienes habitan y transitan en los estados de Puebla y Tlaxcala.

Palacio Legislativo, 21 de noviembre del 2017.

Diputado Víctor Giorgana Jiménez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia a desarrollar trabajos encaminados a estandarizar, homologar y actualizar los criterios y montos inherentes a la fijación de las medidas y providencias de carácter real, a cargo del diputado José Máximo García López, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado José Máximo García López, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3 fracción XX, 6 numeral 1, fracción I, y 79 del reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a consideración de esta tribuna, proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

En la Segunda Sección del Diario Oficial de la Federación, el miércoles 5 de marzo de 2014, se publicó el Código Nacional de Procedimientos Penales con la finalidad de marcar el camino para una transformación radical del procedimiento penal. Se trata de una norma que sustituye a los 33 códigos de procedimientos penales que estaban en vigor en el país y que generaban un descontrol procesal dado lo diverso de la legislación.1

Este Código tiene su antecedente en la importante reforma constitucional del 18 de junio de 2008 que incorpora principios modernos para la justicia penal y obliga a que existan juicios orales en todo el país y contiene una detallada regulación sobre los derechos de víctimas y procesados, a la vez que exige altos niveles de preparación técnica (cosa que hoy aún no sucede a cabalidad, puesto que muchos litigantes, defensores públicos y ministerios públicos tienen un nivel profesional que ha dejado mucho que desear) y prevé lo relativo a las salidas alternativas al juicio con el objetivo de darle agilidad a muchos casos de delitos leves que deben ser arreglados antes de llegar ante un juez.2

El Código enuncia una serie de derechos de aquellos sujetos, que se traducen en medidas destinadas a proteger sus legítimos intereses. Es el caso de las “medidas de protección y providencias precautorias” (artículos 137 y 138).3

Artículo 138. Providencias precautorias para la restitución de derechos de la víctima

Para garantizar la reparación del daño, la víctima, el ofendido o el Ministerio Público, podrán solicitar al juez las siguientes providencias precautorias:

I. El embargo de bienes, y

II. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero.

El juez decretará las providencias precautorias, siempre y cuando, de los datos de prueba expuestos por el Ministerio Público y la víctima u ofendido, se desprenda la posible reparación del daño y la probabilidad de que el imputado será responsable de repararlo.

Decretada la providencia precautoria, podrá revisarse, modificarse, sustituirse o cancelarse a petición del imputado o de terceros interesados, debiéndose escuchar a la víctima u ofendido y al Ministerio Público.

Las providencias precautorias serán canceladas si el imputado garantiza o paga la reparación del daño; si fueron decretadas antes de la audiencia inicial y el Ministerio Público no las promueve, o no solicita orden de aprehensión en el término que señala este Código; si se declara fundada la solicitud de cancelación de embargo planteada por la persona en contra de la cual se decretó o de un tercero, o si se dicta sentencia absolutoria, se decreta el sobreseimiento o se absuelve de la reparación del daño.

La providencia precautoria se hará efectiva a favor de la víctima u ofendido cuando la sentencia que condene a reparar el daño cause ejecutoria. El embargo se regirá en lo conducente por las reglas generales del embargo previstas en el Código Federal de Procedimientos Civiles.”4

Por otro lado, tal como se desprende del artículo 153 y 155 del CNPP, las circunstancias de aplicación de las medidas cautelares, así como los tipos de medidas:

“Artículo 153. Reglas generales de las medidas cautelares

Las medidas cautelares serán impuestas mediante resolución judicial, por el tiempo indispensable para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o evitar la obstaculización del procedimiento.

Corresponderá a las autoridades competentes de la Federación y de las entidades federativas, para medidas cautelares, vigilar que el mandato de la autoridad judicial sea debidamente cumplido.”

“Artículo 155. Tipos de medidas cautelares

A solicitud del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, el juez podrá imponer al imputado una o varias de las siguientes medidas cautelares:

I. La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe;

II. La exhibición de una garantía económica;

III. El embargo de bienes;

IV. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero;

V. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez;

VI. El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada;

VII. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares;

VIII. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa;

IX. La separación inmediata del domicilio;

X. La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos;

XI. La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral;

XII. La colocación de localizadores electrónicos;

XIII. El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga, o

XIV. La prisión preventiva.

Las medidas cautelares no podrán ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o como sanción penal anticipada.”

En este sentido, de la práctica cotidiana, se desprende que una de las medidas cautelares con mayor presencia en el proceso penal, son las medidas de carácter real, como la exhibición de la garantía económica, las se actualizan atendiendo las características del procedimiento penal pero siempre debe ir encaminada a resarcir los intereses económicos de la víctima u ofendido asesorada y representada por el Ministerio Público ante el órgano jurisdiccional.

No obstante lo anterior, en el proceso no se dan las condiciones de aplicación similar entre un caso y otro, lo que hace que las garantías reales decretadas sean distintas (a veces radicalmente) entre un caso y otro, lo que genera inequidad en los justiciables.

Por lo expuesto y fundado;

Único. Se exhorta de manera atenta y respetuosa a la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia a desarrollar los trabajos encaminados a la estandarización, homologación y actualización de los criterios y montos inherentes a la fijación de las medidas y providencias de carácter real, a efecto de que se puedan cumplir los objetivos constitucionales de dichas medidas.

Notas

1 Cfr. Carbonell, M. (n.d.). “Un Código para todo México”. El Universal . Retrieved October 03, 2017, from

http://www.miguelcarbonell.com/articulos_periodicos/Un_C _digo_para_todo_M_xico.shtml

2 Ídem.

3 García Ramírez, Sergio. (n.d.). Comentario sobre el Código Nacional de Procedimientos Penales de 2014. Retrieved October 03, 2017, from

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-86332014000300011

Scientific Electronic Library Online. Boletín mexicano de derecho comparado versión On-line ISSN 2448-4873 versión impresa ISSN 0041-8633 Bol. Mex. Der. Comp. vol.47 no.141 México sep./dic. 2014

4 Código Nacional de Procedimientos Penales.

Dado en el Salón de Plenos de la Cámara de Diputados el 21 de noviembre del 2017

Diputado José Máximo García López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 2 mil 457 ayuntamientos de la república a efecto de que consideren proyectar y promover acciones, programas y la ejecución de obra pública, en materia de prevención de riesgos de desastres, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los integrantes de los 2 mil 457 ayuntamientos que integran la República Mexicana para que en sus respectivos proyectos de Presupuesto de Egresos para 2018 consideren proyectar y promover acciones, programas y la ejecución de obra pública, en materia de prevención de riesgos de desastres, con base en las siguientes

Consideraciones

Los sismos de junio y septiembre de 2017 ocasionaron pérdidas humanas y materiales que de acuerdo con el titular del Ejecutivo federal, al 7 de noviembre del presente se contabilizan aproximadamente 184 mil viviendas dañadas, 14 mil comercios, 16 mil escuelas con distintos daños parciales o totales, afectaciones al patrimonio cultural con mil 821 edificios e iglesias dañados, 175 unidades médicas y hospitales, así como 140 carreteras que reportan afectaciones1 .

Hoy nos queda claro que el proceso de reconstrucción del país se vislumbra largo y complicado para las familias que aún viven bajo una manta, para quienes su patrimonio se redujo a una improvisada tienda de campaña o para quienes no han podido recuperar sus pertenencias en los edificios que están a punto de derrumbarse pero aún no han sido demolidos. Ello, se agrava para aquellos que por omisiones y negligencia de algunos servidores públicos de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, no fueron tomados en cuenta en los censos para la reconstrucción.

Aunado a lo anterior, podemos encontrar escuelas que a estas alturas no cuentan con un dictamen técnico o que debido la premura del proceso de regreso a clases fueron clasificadas como “habitables” al no contar con daños visibles pero que generan desconfianza en los padres de familia, quienes prefieren no enviar a sus hijos a la escuela o inclusive cambiarlos de plantel educativo.

Todo lo anterior, nos permite apreciar que los fenómenos sísmicos dejaron en la población temor, frustración e incertidumbre, pero también una importante lección para gobierno y sociedad, sobre la importancia de la prevención de riesgos. Por estos motivos, la Organización de las Naciones Unidas ha promovido la perspectiva de la prevención como mecanismo para disminución de pérdidas humanas y costos materiales en los desastres, a través de mecanismos como el Marco Sendai para la Reducción de Riesgo de Desastres 2015-2030.2

Es este sentido, toda vez que las autoridades municipales son las primeras respondientes ante un desastre o fenómeno perturbador, supondríamos que son la rama de gobierno que debería estar más interesada en tomar acciones preventivas y de mitigación de riesgos para evitar que se generen daños importantes ante la ocurrencia de algún evento o fenómeno perturbador. Estas instancias de gobierno enfrentarán el primer plano de la difícil tarea de la reconstrucción pero tienen la responsabilidad adicional de acompañar esa reconstrucción de acciones de fortalecimiento de las capacidades de prevención de sus municipios, pues no es posible saber cuándo volveremos a enfrentar este tipo de retos y nuestra sociedad debe estar preparada.

En consecuencia, propongo a esta soberanía realizar un exhorto a los ayuntamientos para que en su proyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2018 consideren la oportunidad de destinar una parte importante de su presupuesto para la ejecución de obra pública en materia de prevención y mitigación de riesgos como pueden ser la construcción del colectores pluviales, bordos de contención, tratamiento de grietas y oquedades; construcción, ampliación de drenaje pluvial y sanitario; pozos de absorción, presas de gavión, estabilización de rocas, obras geológicas como la estabilización de taludes y laderas, entre otras obras que dependiendo de las condiciones geológicas, hidrológicas, meteorológicas y poblacionales de cada municipio sean tendentes a reducir los efectos y consecuencias derivadas de dichos eventos y desastres.

Asimismo, sería deseable que impulsaran acciones como la elaboración o actualización de los atlas de riesgos que permiten desarrollar protocolos, reglamentos y planes comunitarios y familiares de protección civil que, ante una eventualidad, indiscutiblemente son una herramienta útil para salvar vidas, asignar roles y establecer responsabilidades.

Por lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los integrantes de los 2 mil 457 ayuntamientos que integran la República Mexicana a considerar en sus respectivos proyectos de Presupuesto de Egresos para 2018 proyectar y promover acciones, programas y la ejecución de obra pública en materia de prevención de riesgos de desastres.

Notas

1 Boletín de prensa de la Presidencia de la Republica de fecha 7 de noviembre de 2017, que puede consultarse en

https://www.gob.mx/presidencia/es/prensa/epn-palabras-13 3262?idiom=es

2 Véase https://www.unisdr.org/files/43291_spanishsendaiframeworkfordisasterri. pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad y la Sedesol a instaurar acciones específicas que atiendan las necesidades de la zona serrana sinaloense, a cargo del diputado Germán Escobar Manjarrez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, German Escobar Manjarrez, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía la presente propuesta con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Que actualmente las políticas públicas en materia de Seguridad, están dirigidas a la cooperación en el ejercicio de sus atribuciones entre los tres órdenes de gobierno; lo que en materia de Seguridad pública lo convierte en un elemento indispensable, siendo una herramienta noble para hacer frente a la inseguridad que se genera en las diversas regiones del país.

Que, sin embargo, es urgente reforzar los mecanismos que actúan en contra de la inseguridad que día a día existe en la zona más apartada del país, como es el caso de la región Serrana de Sinaloa, principalmente en los municipios de Concordia y San Ignacio, que, como consecuencia de la presencia de diversos grupos delictivos, vienen provocando flujos migratorios y como consecuencia trastocan las actividades económicas de la región y del Estado y la paz social de la región.

De acuerdo a los reportes sobre seguridad pública, la violencia ha obligado a centros educativos a cerrar sus espacios al estudiantado, así como empresas que contribuían a la actividad económica como lo es la minería, provocando inestabilidad social y económica.

Actualmente el gobierno estatal ha hecho esfuerzos con la finalidad de apoyar a la gente que ha sido desplazada por la violencia, además de buscar estrategias que controlen o eliminen la problemática que se vive; por ello se debe reforzar la coordinación entre los gobiernos federal, estatal y municipal, focalizada a la prevención como eje central para mantener los indicadores de paz a corto plazo.

Es necesario crear políticas públicas integrales para aquellas familias desplazadas con programas que generen economías para los desplazados o que se vieron afectados en sus actividades, uno de los sectores más afectados es el primario, no solo por la migración de familias de las zonas rurales a causa de la violencia, si no por el temor que continúe la incertidumbre social.

Debo señalar que, de acuerdo con cifras de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado, en el mes de octubre, reporto que 336 familias se encontraban en condiciones de desplazadas, lo que esto representa a mil 301 personas, de las cuales 933 corresponde al municipio de Concordia, municipio que pertenece a mi distrito electoral.

La implementación de una estrategia de seguridad eficiente e integral que se enfoque a la recuperación o adaptación de espacios donde la violencia no permee y se pueda continuar con las labores que ejercen de forma normal, que la juventud este abierta a realizar actividades que generen el fomento al deporte a la educación y demás actividades lúdicas propias de la cultura de la región, amén de fomentar las buenas acciones de su entorno, causa que motivara devolver la confianza a la población y turistas a crear las condiciones de la región como tierra de oportunidades.

Por todo lo expuesto anteriormente, me permito someter a la atenta consideración de esta Honorable Asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad, con el objeto de implementar convenios de colaboración con el gobierno estatal a fin de implementar una estrategia de seguridad pública orientada a la prevención, control y erradicación a la violencia que se vive en la zona serrana de Sinaloa.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaria de Desarrollo Social a fin de que focalice sus programas a atender a las poblaciones de la región, implementando un programa emergente destinado al desarrollo integral de los desplazados de la zona serrana de Sinaloa.

Palacio Legislativo, a 21 de noviembre del 2017.

Diputado Germán Escobar Manjarrez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la planeación institucional e interinstitucional de la educación superior, con los objetivos, los lineamientos y las prioridades demandados por el desarrollo integral del país y los convenios para el fomento y desarrollo armónico de la educación superior entre la federación, los estados y los municipios, a cargo del diputado Joaquín Jesús Díaz Mena, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Joaquín Jesús Díaz Mena, diputado federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Actualmente nuestro país se encuentra saturado de profesionistas egresados de instituciones de educación superior públicas o privadas, cuya realidad los enfrenta al desempleo o, en su caso, a subemplearse en actividades que poco o nada tienen en común con sus estudios profesionales.

Muchas de las carreras que se ofertan, tanto en instituciones públicas o privadas, se encuentran obsoletas; quienes se preparan en las mismas, al terminar sus estudios, se enfrentan a la realidad de que no hay mercado de trabajo para el área en que han sido preparados.

Según el Inegi, para agosto de 2017 el porcentaje de personas sin ocupación laboral a nivel nacional con estudios de nivel medio superior y superior alcanzaba el 50.72% del total de desempleados del país.

Consideraciones

El artículo 8 de la Ley General de Educación establece en su fracción VI, que la educación “Será de calidad, entendiéndose por ésta la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo, conforme a las dimensiones de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad”.

Establece también en su artículo 22 que “Las autoridades educativas, en sus respectivas competencias, revisarán permanentemente las disposiciones, los trámites y procedimientos, con objeto de simplificarlos, de reducir las cargas administrativas de los maestros, de alcanzar más horas efectivas de clase y, en general, de lograr la prestación del servicio educativo con mayor pertinencia, calidad y eficiencia”.

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 incluye como una de sus metas nacionales la de “México con Educación de Calidad”, dentro del mismo se incluye como su objetivo 2, Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo, a fin de que contribuyan al desarrollo de México. De acuerdo al mismo, “La importancia que se da a la productividad como eje para el desarrollo económico debe facilitar una mayor vinculación de las escuelas con las necesidades sociales y productivas. Una mayor diversidad de la oferta educativa y nuevos modelos de cooperación para facilitar los aprendizajes, las estancias y la empleabilidad deberán contribuir a dichos propósitos. Las posibilidades de este tipo de cooperación son mayores en los sectores altamente productivos que requieren de un mayor uso y desarrollo del conocimiento. Este esfuerzo debe ser complementado con estudios del mercado laboral y de seguimiento de egresados, nuevas métricas para medir el alcance de la vinculación y nuevas formas de reconocimiento de las competencias adquiridas.”i

Como podemos apreciar, el término “pertinencia” es un tema muy importante y constantemente citado como fundamento para la educación en México.

El doctor Carlos Tünnerman Berhein, miembro del Comité Científico para América Latina y el Caribe de la UNESCO, señala que “el concepto de pertinencia de la Educación Superior ha evolucionado hacia una concepción amplia de la misma y a su estrecha vinculación con la calidad, la equidad, la responsabilidad social, la diversidad, el diálogo intercultural y los contextos en que se desenvuelve. Todo esto apunta a fortalecer la convicción que las instituciones de educación superior tienen una ineludible responsabilidad social y no solo académica y profesional. Y, lo más importante, es que dicha responsabilidad social, en última instancia, es la que realmente determina su pertinencia y calidad”.ii

La Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), como parte de los postulados orientadores y visión al año 2000 del Sistema de Educación Superior (SES), establece el de la “Pertinencia en relación con las necesidades del país”, en donde señala que las Instituciones de Educación Superior (IES) se deben a la sociedad que las hace posibles y las necesita, de cuyas necesidades y preocupaciones no pueden estar al margen. Por ello, la docencia, la investigación y la difusión deberán planearse y llevarse a cabo, en buena medida, buscando atender la problemática del entorno de cada IES.iii

Este documento incluye también el Postulado denominado “Compromiso con la construcción de una sociedad mejor”, mismo que declara que el compromiso con los valores de pertinencia, equidad y los demás a que se refieren estos postulados, llevan a la conclusión de que el quehacer de las IES deberán tener como una orientación fundamental la de contribuir a que México llegue a ser una sociedad más acorde con esos mismos valores, sin olvidar que el trabajo de las IES en esta dirección deberá hacerse respetando su naturaleza de instituciones académicas que establece el postulado arriba mencionado.

De conformidad al Acuerdo 286iv de la Secretaría de Educación Pública, se denomina Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) al acto administrativo de la autoridad educativa o al dictamen de la Institución Autorizada, a través del cual se otorga validez oficial a aquellos estudios realizados fuera del sistema educativo nacional, siempre y cuando sean comparables con estudios realizados dentro de dicho sistema. Existen casi cuatro mil instituciones con RVOE federal a nivel medio superior y hay más de once mil reconocimientos federales a nivel superior. En el caso del RVOE federal, las encargadas de la vigilancia son la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) y la Subsecretaría de Educación Superior (SES).

No obstante lo anterior y que a través del tiempo se han realizado diversas acciones para dotar de pertinencia a la educación superior en nuestro país, todavía queda un largo camino para que la misma pueda ser compatible con los requerimientos que la sociedad y el sector económico exigen en este momento; de hecho existen universidades e instituciones de educación superior que cuentan con planes y programas de estudio obsoletos, y cuyos estudiantes egresan con un título que no le proporciona las cualidades y calificaciones requeridas por la sociedad, el sector empresarial, y en muchas ocasiones, por los mismos órganos de gobierno.

Es por ello, que es tan importante la constante y permanente revisión de los Planes y Programas de estudio a nivel superior, a fin de que la Secretaría de Educación compruebe que los planes y programas de estudio a nivel superior sean pertinentes con las necesidades sociales que se presentan actualemnte y en el caso de aquellos que se encuentran fuera del sistema educativo nacional mantengan también las condiciones bajo las cuales les fue otorgada la revalidación.

Nuestro sistema educativo debe evolucionar y transformarse de tal manera que permita que las IES sean generadoras de profesionales de alto nivel, cuyos conocimientos igualen o superen los estándares internacionales, instituciones que impartan sus conocimientos a través a través de un sistema de pertinencia, en una búsqueda constante por mejorar su calidad; logrando con ello, brindar a México profesionistas ampliamente calificados en su área de estudio, con acceso a trabajos bien remunerados, en donde sus perfiles han sido previamente identificados y su preparación se ha desarrollado en torno a las necesidades que su entorno requiere.

Con base en lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único . Se exhorta respetuosamente al poder Ejecutivo federal, para que a través de la secretaría de educación pública promueva, fomente y coordine las acciones programáticas necesarias que vinculen la planeación institucional e interinstitucional de la educación superior de las universidades y demás instituciones de educación superior, con los objetivos, lineamientos y prioridades que demande el desarrollo integral del país; y asimismo, apoye la celebración y aplicación de convenios para el fomento y desarrollo armónico de la educación superior, entre la federación, los estados y los municipios.

Notas

i Véase Programa Sectorial de la Educación 2013-2018. https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/1cdecf9e-9e0c-44f7-bcb 8-d600fbe08588/programa_sectorial_educacion_2013_2018.pdf

ii Véase Nuevas Perspectivas de la Pertinencia y Calidad de la Educación Superior.

http://www.iesalc.unesco.org.ve/index.php?option=com_con tent&view=article&id=2029%3Anuevas-perspectivas-de-la-pertinenc ia-y-calidad-de-la-educacion-superior&catid=126%3Anoticias-pagina-n ueva&Itemid=712&lang=es

iii Véase La educación superior en el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES http://publicaciones.anuies.mx/pdfs/revista/Revista113_S5A2ES.pdf

iv Acuerdo 286, SEP.

http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/12234/4/ images/Nuevo_acuerdo286.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro el día 21 de noviembre de 2017.

Diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita al alcalde y el ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, que se dictamine la iniciativa por la que se decreta el parque Eça do Queiros área de valor cultural popular y parte del paisaje tradicional del municipio, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Mirza Flores Gómez, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En el marco de la COP 13, el Gobierno Federal anunció la creación de 65 millones de hectáreas de áreas naturales protegidas que, sumadas a las ya existentes, permiten que México cuente con 91 millones de hectáreas de su territorio bajo un esquema de conservación.

Los beneficios de contar con áreas naturales protegidas es de importancia para la conservación de la biodiversidad y el equilibrio ecológico, cumplen un papel fundamental en la captación y filtración del agua, en la limpieza del aire y producción de oxígeno, evitan la erosión del suelo y forman parte del paisaje de la comunidad.

También son susceptibles de ser explotadas y obtener beneficios de sus productos, como las maderas o de sus atractivos (turismo sostenible) con pleno respeto a los derechos de los pueblos originarios. Por eso, resulta importante la promoción de la creación de territorios para destinarlos a la conservación y uso sostenible desde la esfera local, en el Estado de Jalisco, la legislación permite la creación de áreas naturales protegidas de competencia estatal y municipal.

El artículo 45 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Jalisco define la figura jurídica “parques ecológicos municipales” como aquellas áreas de uso público constituidas por los gobiernos municipales, que contienen representaciones biogeográficas en el ámbito municipal de uno o más ecosistemas, cuya belleza escénica es representativa, tienen valor científico, educativo y de recreo, y valor histórico para el municipio, por la existencia de flora y fauna y sus posibilidades de uso ecoturístico.

Y de acuerdo a la legislación en los parques ecológicos municipales sólo podrá permitirse la realización de actividades relacionadas con la protección de sus recursos naturales, el incremento de su flora y fauna y en general con la preservación de los ecosistemas y sus elementos, así como con la investigación, recreación, ecoturismo y educación ambiental.

En este contexto, para los ciudadanos y ciudadanas de Zapopan, el predio denominado “Parque Eça do Queiros” constituye un patrimonio de valor intangible debido a la gran biodiversidad que alberga además de las actividades al aire libre que permite a los vecinos y visitantes realizar.

Es un área aproximada de 10 hectáreas (90,989.64 metros cuadrados, de los cuales 70,684.33 son propiedad del municipio), donde habitan más de 60 especies de aves tales como: pájaros carpinteros, calandrias, lechuzas, colibríes, patos, entre otros, además de peces y tortugas.

Se encuentra ubicado en la cuenca Atemajac (conocida también como Cuenca Colomos), sobre la calle Eça do Queiros, las Avenidas Patria y Juan Palomar y Arias, en la Colonia Jardines Universidad. Además de la diversidad en cuanto a fauna, el Parque Eça do Queiros alberga gran diversidad de plantas como pinos, encinos, eucaliptos, jacarandas, fresnos, aguacates, así como helechos, palmas y variedad de arbustos.

La conservación de los parques, las zonas verdes o el arbolado son elementos clave para mantener una buena calidad de vida en las ciudades y favorecer el bienestar de las personas. El contacto con los enclaves naturales en la ciudad nos permite reflexionar, sentirnos libres, relajarnos o reducir el estrés. Por eso, la Organización Mundial de la Salud considera que los espacios verdes urbanos son imprescindibles por los beneficios que aportan en el bienestar físico y emocional.

Los espacios verdes regulan la temperatura y la humedad de la zona, producen oxígeno y filtran la radiación: además, absorben los contaminantes y amortiguan los ruidos. También son lugar de paseo, relajamiento o pasatiempo.

Pero más allá de su valor intrínseco (su buena organización, calidad o el grado de protección), muchas veces es su dimensión simbólica la que los convierte en lugares apreciados, tal es el caso del Parque Eça do Queiros para los habitantes del municipio de Zapopan.

En este sentido, el pasado 07 de julio de 2016, el Regidor Oscar Javier Ramírez Castellanos, en uso de sus facultades constitucionales y atendiendo a la demanda de la ciudadanía propuso ante el pleno del Ayuntamiento la iniciativa para declarar que el “Parque Eça do Queiros tiene un valor cultural popular y forma parte del paisaje tradicional del municipio de Zapopan, Jalisco.”

El contenido de la iniciativa refiere a que las áreas verdes son de importancia para la conservación del equilibrio ecológico porque funcionan como sumideros de carbono, fungen como regulador de la temperatura y reducen la erosión y compactación del suelo.

También reconoce que el municipio de Zapopan cuenta con 3 áreas naturales protegidas, sin embargo, la iniciativa no pretende declarar el Parque Eça do Queiros como ANP sino área de Valor Cultural Popular y que forma parte del Paisaje Tradicional y alude que en la administración del Presidente Pablo Lemus autorizó en 2016, la protección del arbolado del fraccionamiento Bugambilias, corroborando la disposición del Ayuntamiento de Zapopan en la preservación de los recursos naturales y la recuperación de espacios públicos.

Por lo anterior, someto a consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se solicita respetuosamente al presidente municipal de Zapopan, Jalisco, licenciado Jesús Pablo Lemus Navarro y al pleno del honorable ayuntamiento, para que dictaminen la iniciativa por la que se decreta el parque Eça do Queiros como área de valor cultural popular y forma parte del paisaje tradicional del municipio.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a implantar en sus unidades de trabajo áreas de descanso y capacitación del personal a partir de la implantación de cursos, talleres o seminarios relacionados con el manejo de estrés, la falta de motivación y el mejoramiento de las relaciones interpersonales, a cargo del diputado David Mercado Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado David Mercado Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción i, y 79 del reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que implemente, en sus unidades de trabajo, áreas de descanso, capacitación al personal a partir de la implementación de cursos, talleres o seminarios relacionados con el manejo de estrés, la falta de motivación y el mejoramiento de las relaciones interpersonales, así como del clima laboral y el desarrollo de la comunicación asertiva entre colegas y entre el profesional de la salud y el usuario del servicio (paciente), bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El síndrome de fatiga crónica o también conocido por su término anglosajón como “burnout” es un padecimiento que se ha ido presentando cada vez con mayor frecuencia en el personal que trabaja en el sector de los servicios a la salud, afectando principalmente, al personal de enfermería y al personal a cargo de servicios administrativos; lo anterior es así debido a la exposición prolongada al estrés, así como al desequilibrio entre las demandas profesionales y la capacidad para llevarlas a cabo.

La actividad laboral puede considerarse, en sí misma, como una actividad causante de estrés, puesto que, en el desarrollo propio de las actividades de trabajo, se expone al empleado a diversos estresores que, dependiendo de la forma en que éstos sean afrontados, determinan una respuesta individual, que bien puede ser adaptativa, la cual implicará un aprendizaje, o bien, desadaptativa y, en este caso, supondrá un desgaste e insatisfacción.1

Se ha señalado en diversos estudios que existen determinadas características que influyen en la salud del trabajador; entre las que sobresalen: el tamaño de la empresa, la responsabilidad que se tiene, las disfunciones de rol y la falta de participación en la toma de decisiones. De suerte que, a partir de la relación estrés-trabajo pueden crearse en el trabajador exigencias como son: la necesidad de satisfacción, autoestima y realización personal, tales exigencias juegan un rol importante para poder encontrarle sentido a la actividad que se realiza. Conforme con esto, puede decirse e ntonces que; el estrés laboral es el desequilibrio percibido por el trabajador/a entre las demandas propias de la actividad laboral y la capacidad de la persona para llevarlas a cabo.2

Existen dos vías para abordar el síndrome de fatiga crónica o burnout, por un lado, se tiene la perspectiva clínica y, por otro, un enfoque psicosocial, con base en este último, los doctores Maslach y Jackson lo definieron como un síndrome tridimensional de agotamiento emocional, despersonalización y baja realización personal en el trabajo. Desde esta visión, se entiende que este síndrome es una respuesta al estrés laboral crónico que afecta a las personas cuyo trabajo es ayudar y apoyar a otros, lo que produce en el trabajador síntomas que van del agotamiento físico, mental y emocional, hasta relaciones conflictivas interpersonales.

Asimismo, con base en los estudios de Maslach y Jackson, desde una perspectiva psicosocial, el síndrome de burnout: es un estrés crónico producido por el contacto con los clientes, el cual lleva a extenuación y distanciamiento emocional con los beneficiarios de su trabajo derivando en una pérdida gradual de preocupación y de todo sentimiento emocional hacia las personas con las que uno trabaja; esta pérdida conlleva un aislamiento o deshumanización. 3 Cabe mencionar que dicho estado es completamente contrario al concepto de salud señalado por la Organización Mundial de la Salud, que ha definido la salud como: “el estado de bienestar físico, psíquico y social tanto del individuo, como de la colectividad”.

Así, encontramos que, entre los elementos básicos que constituyen el síndrome de burnout están: el cansancio emocional, la despersonalización y la disminución de la realización personal.4 El cansancio emocional implica síntomas de pérdida de energía, agotamiento físico y psíquico, fatiga y desgaste. Esto sucede cuando la fuerza emocional del trabajador se va consumiendo, de manera que, se va agotando su capacidad de entrega a los demás, no sólo en un nivel físico, sino también psicológico.

Por otro lado, la despersonalización conlleva la aparición de comportamientos y actitudes negativas en torno a los sujetos con quienes se trabaja, generando irritabilidad y rechazo hacia los mismos, derivado de un distanciamiento emocional que se produce paulatinamente. Este proceso puede devenir en la deshumanización de los trabajadores frente a los usuarios que atienden. En lo que se refiere a la disminución de la realización personal de los trabajadores, la consecuencia puede resultar en una descalificación y/o agresión hacia las personas con quienes se trabaja.

De acuerdo con un estudio realizado en Cartagena5 se indica que los trabajadores encargados del área de enfermería, así como aquellos que se encargan de labores administrativas, son los más expuestos a situaciones estresantes en los servicios asignados, como es el caso de las unidades de cuidados intensivos, un área que, constantemente, requiere la toma de decisiones de importancia capital en la atención de urgencia del paciente.

Igualmente, se ha advertido que, en múltiples ocasiones, tanto el personal de enfermería como el de asuntos administrativos asumen responsabilidades que no son de su competencia total debido a la ausencia del personal médico,6 sobre todo, en situaciones de emergencia, lo que incrementa el grado de exposición a padecer el síndrome de burnout por la responsabilidad del trabajo.

Existen otras causas vinculadas con aspectos de infraestructura, tales como: iluminación deficiente en las jornadas nocturnas, espacios inadecuados o insuficientes para las labores que se encomiendan, ambigüedad en la asignación de funciones de las enfermeras, falta de personal para proporcionar la atención adecuada a los pacientes/usuarios, entre otros factores.

En el caso del personal de enfermería, se estima que; durante su desempeño laboral diario realizan actividades que las exponen con frecuencia a sufrir lesiones músculo-esqueléticas y traumatismos por sobrecarga física. Por ejemplo: en las áreas quirúrgicas los riesgos se relacionan con el lugar de trabajo: iluminación, radiaciones, riesgo biológico, ergonomía, estrés, la adopción de posturas físicas incómodas en intervenciones muy complicadas o trabajar encima de una tarima con material pesado en torsión.

En el caso de los servicios de terapia intensiva, se corre el riesgo de contraer enfermedades infecto-contagiosas debido al manejo integral de pacientes con problemas de esta naturaleza. Cabe señalar la existencia de un porcentaje significativo de accidentes relacionados a las denominadas lesiones de esfuerzo, que surgen por la movilización continua de pacientes para la realización de estudios o cambios de posición en la cama.7

Se estima que, aproximadamente 33.8 por ciento del personal en los hospitales de la Secretaría de Salud y del ISSSTE ha padecido o se encuentra en riesgo de padecer el síndrome de burnout o fatiga crónica, un porcentaje alto en términos comparativos con estudios realizados en otras clínicas y hospitales en diversas partes del mundo,8 lo cual, claramente se contrapone con lo establecido en la Ley General de Salud, que en su artículo 130, estipula: “La Secretaría de Salud, en coordinación con las autoridades laborales y las instituciones públicas de seguridad social, y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, promoverán desarrollarán y difundirán investigación multidisciplinaria que permita prevenir y controlar las enfermedades y accidentes ocupacionales, y estudios para adecuar los instrumentos y equipos de trabajo a las características del hombre .”

En este contexto, el riesgo de la afectación del síndrome de burnout o fatiga crónica en los trabajadores a cargo de los servicios de salud, pone de manifiesto la necesaria creación de un programa de fortalecimiento para el personal tanto del área de enfermería como el personal a cargo de los servicios administrativos que funcione a nivel nacional, estatal y municipal, que permita mejorar las condiciones laborales del personal de salud, que contemple áreas de descanso; capacitación al personal a partir de la implementación de cursos, talleres o seminarios relacionados con el manejo de estrés, la falta de motivación y el mejoramiento de las relaciones interpersonales, así como del clima laboral y el desarrollo de la comunicación asertiva entre colegas y entre el profesional de la salud y el usuario del servicio/paciente; asimismo, dicho programa debe contemplar apoyo psicológico y terapéutico y, finalmente, alcanzar una mayor identificación institucional.

Finalmente, en el ánimo de contribuir a aminorar los efectos estresantes del trabajo derivado de los servicios al cuidado de la salud, mejorar la condición laboral, física, emocional y psicológica de los trabajadores de este sector, y lograr una disminución en la aparición del síndrome de burnout o fatiga crónica en los profesionales y trabajadores al servicio de la salud, a efecto de que éstos alcancen el máximo desarrollo de su potencial, en las mejores condiciones posibles y brinden a la sociedad mexicana un servicio de excelencia, el suscrito pone a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud para que implemente, en sus unidades de trabajo, un programa de fortalecimiento de clima laboral, dirigido, principalmente, al personal del área de enfermería así como al personal a cargo de los servicios administrativos que permita mejorar las condiciones laborales del personal en mención y que contemple: áreas de descanso, capacitación al personal a partir de la implementación de cursos, talleres o seminarios relacionados con el manejo de estrés, la falta de motivación y el mejoramiento de las relaciones interpersonales, el desarrollo de la comunicación asertiva entre colegas y entre el profesional de la salud y el usuario del servicio (paciente) a fin de disminuir los índices del síndrome de burnout o fatiga crónica en el sector salud.

Notas

1 Carmona F, Sanz L, Marin D. Síndrome de Burnout y reactividad al estrés en una muestra de profesionales de Enfermería en una unidad de cuidados críticos. [En línea]. Octubre 2000. Disponible en http://www.uninet.edu/cimc2000/abstracts/028/Burnout.htm Citado en Miranda-Lara VR, Monzalvo-Herrera G, Hernández-Caballero B, Ocampo-Torres M. Prevalencia del síndrome de burnout en personal de enfermería de dos instituciones de salud. RevEnfermInstMex Seguro Soc. 2016;24(2):115-22.

2 Cruz C, Fernández L. Estrés: entenderlo es manejarlo. D.F. Mexico: Alfa Omega; 2001 Citado en: Miranda-Lara VR, Monzalvo-Herrera G, Hernández-Caballero B, Ocampo-Torres M. Prevalencia del síndrome de burnout en personal de enfermería de dos instituciones de salud. RevEnfermInstMex Seguro Soc. 2016;24(2):115-22.

3 Maslach C, Jackson S. Maslach Burnout Inventory. Journal of OccupationalBehaviour. 1997:99-113. Citado en: Miranda-Lara VR, Monzalvo-Herrera G, Hernández-Caballero B, Ocampo-Torres M. Prevalencia del síndrome de burnout en personal de enfermería de dos instituciones de salud. RevEnfermInstMex Seguro Soc. 2016;24(2):115-22.

4 Meneses, S. Síndrome del desgaste profesional (Burnout) en personal de enfermería de la Secretaría de Salud. 2009, Revista Científica electrónica de Psicología. Citado en: Miranda-Lara VR, Monzalvo-Herrera G, Hernández-Caballero B, Ocampo-Torres M. Prevalencia del síndrome de burnout en personal de enfermería de dos instituciones de salud. RevEnfermInstMex Seguro Soc. 2016;24(2):115-22.

5 Cogollo Z, Batista E, Cantillo C, Jaramillo A, Rodelo D, Meriño G. Desgaste profesional y factores asociados en personal de enfermería de servicios de urgencias de Cartagena, Colombia. Aquichan. 2010;10(1):43-51. Disponible en http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=74116244005

6 Calera A, Segura A. Incapacidad temporal y riesgos específicos en enfermería hospitalaria. [En línea] 1997. Disponible en: http:// ccoohospitalsantamaria.files.wordpress.com/2010/01/baixa-i-infermeria-h ospitalaria-ponencia-istas.pdf [Consultado el 21 de enero del 2014].

7 Miranda-Lara VR, Monzalvo-Herrera G, Hernández-Caballero B, Ocampo-Torres M. Prevalencia del síndrome de burnout en personal de enfermería de dos instituciones de salud. RevEnfermInstMex Seguro Soc. 2016;24(2):115-22.

8 Ramírez Chávez, María Inés (2016), Síndrome Burnout en organización pública de salud multinivel del Estado de Guanajuato, Tesis para obtener el grado de doctor en administración y gestión doctoral. Celaya, Guanajuato, México. Editorial propia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputado David Mercado Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF a iniciar un proceso de fiscalización de la Cuenta Pública de Tecate, Baja California, de los ejercicios de 2014 a 2016, correspondientes a la administración del vigésimo primer ayuntamiento, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, María del Rosario Rodríguez Rubio, diputada de la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que otorga el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 6 numeral 1 fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta soberanía punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación para que inicien un proceso de fiscalización a la Cuenta Pública del Municipio de Tecate, Baja California, de los años 2014 al 2016, correspondientes a la administración del XXI Ayuntamiento de Tecate, a fin de conocer el manejo de los recursos federales utilizados durante su administración, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En diciembre de 2013, el ingeniero César Rafael Moreno González, tomó protesta como presidente municipal de la ciudad de Tecate, Baja California. Es a partir de 2015 que se empiezan a hacer denuncias públicas y legales en contra del entonces alcalde de Tecate. Esas denuncias se han realizado por grupos de ciudadanos residentes de la ciudad de Tecate, Baja California, derivadas de ciertas investigaciones realizadas por ellos.

Las investigaciones realizadas se derivan del conocimiento del dictamen 273 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la XXI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, el cual se aprobó en pleno el 9 de diciembre de 2015, mediante el cual se autorizó al XXI Ayuntamiento de Tecate, la contratación de un financiamiento hasta por la cantidad de 160 millones de pesos. En dicho dictamen se desprende que el destino del crédito deberá utilizarse únicamente para el refinanciamiento y/o reestructura del crédito contratado con Financiera Local SA de CV, Sofom E.N.R., por la cantidad de $71,619.045.00, adquirido con anterioridad; asimismo, se establece que el restante de $88,380,955.00, será utilizado para las 29 obras públicas mencionadas en el dictamen correspondiente.

Posteriormente, en fecha 8 de septiembre de 2016, el ayuntamiento aprobó un dictamen mediante emitido por la Comisión de Hacienda y Administración Pública, en el cual se cambiaron los destinos de los recursos del financiamiento aprobados por el Congreso del Estado de Baja California, violentando el artículo 5, fracción IV, de la Ley de Deuda Pública del Estado de Baja California y sus municipios, que prohíbe utilizar recursos provenientes de operaciones de financiamiento que constituyan deuda pública para un objeto distinto al que sustentó la autorización correspondiente. Y en caso de modificaciones de financiamientos, deben seguir los mismos requisitos y formalidades relativas a su autorización, como lo establece en el artículo 29 de la misma ley.

En razón del financiamiento antes mencionado, un grupo de ciudadanos se dieron a la tarea de hacer una inspección física y presencial de las 29 obras aprobadas por el Congreso del estado, para revisar si efectivamente había aplicación del recurso en dichas obras. En consecuencia, el grupo de ciudadanos se percató que de las 29 obras, sólo una estaba en ejecución; sin embargo, no queda claro si la obra se ejerció con recurso del financiamiento aprobado por el Congreso del estado, ya que mediante comunicado de fecha 28 de julio de 2016, se hizo pública la información de que con una inversión de 3 millones 822 mil pesos, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbana (Sedatu), apoyó con la remodelación del parque Adolfo López Mateos, de la ciudad de Tecate, Baja California.

Lo anterior, deja en evidencia una serie de irregularidades en relación a la Cuenta Pública de la administración concerniente al entonces alcalde de Tecate, ingeniero César Rafael Moreno González, y de ese modo, ese grupo de ciudadanos de Tecate, presentaron el 16 de junio de 2017, ante la Procuraduría de Justicia del Estado de Baja California, una denuncia en contra del ciudadano César Rafael Moreno González de Castilla, entonces presidente municipal del XXI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, por los delitos de peculado impropio, coalición de servidores públicos y abuso de autoridad.

Derivado de todo lo anterior, el grupo de ciudadanos tecatenses, se acercaron a su servidora, a fin de que como su representante, le dé seguimiento a las investigaciones que se han llevado a cabo en relación a la Cuenta Pública de la administración del XXI Ayuntamiento de Tecate, Baja California; de este modo, se hizo una revisión a la fiscalización que el Órgano de Fiscalización del Estado de Baja California, de los tres años correspondientes al periodo de gobierno municipal encabezado por el ingeniero César Rafael Moreno González de Castilla.

En la Cuenta Pública 2014, del análisis realizado por el órgano fiscalizador, la opinión estimó procedente la aprobación de las Cuentas Públicas de Ingresos, Egresos y Deuda Pública al honorable Ayuntamiento de Tecate, Baja California, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, sin hacer observaciones a la misma; asimismo, procedió a negar la aprobación de la Cuenta Pública de Patrimonio haciendo diversas observaciones.

En la Cuenta Pública de 2015, el análisis realizado por el Órgano de Fiscalización del Estado de Baja California, se estimó que respecto a las auditorías coordinadas tratándose de recursos federales, se considera procedente la aprobación de las Cuentas Públicas de Ingresos, Egresos y Deuda Pública del honorable Ayuntamiento de Tecate, Baja California, por el periodo del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015; respecto a las auditorías coordinadas tratándose de recursos federales, consideró procedente negar la aprobación de la Cuenta Pública de Patrimonio, haciendo diversas observaciones.

Sin embargo, la parte más delicada de las fiscalizaciones realizadas al XXI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, fue la realizada a la Cuenta Pública 2016, ya que ese análisis arrojó diversas irregularidades relacionadas al financiamiento de 160 millones de pesos aprobados durante 2015.

En la Cuenta Pública de 2016, relativa a la deuda pública, se encontró la omisión de registro de comisiones y penas convencionales por pagar de crédito bancario, además se encontraron situaciones derivadas del crédito bancario BASI a largo plazo por la cantidad de 160 millones de pesos; entre lo que se encontró fue una violación al artículo 46, fracción I, inciso g), subinciso i) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 9, fracción I, inciso g) de la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el estado de Baja California y sus Municipios; además se incumplió con los artículos 14, fracción XVI y 28, fracción I, de la Ley de Deuda Pública para el Estado de Baja California y sus Municipios.

Otra de las observaciones fue que cumplió parcialmente con uno de los destinos del crédito relativo al refinanciamiento del crédito contratado, relativo al pago del crédito correspondiente; también se incumplió con el otro destino del crédito, el que corresponde a proyectos de inversión pública productiva, consistente en la ejecución de 29 obras, debido a durante 2016 el recurso fue transferido a cuentas bancarias de pago de sueldos, compensaciones y prestaciones al personal, cuentas específicas de Fortamun 2016 y de manejo de recursos de obras públicas de programas provenientes de ejercicios anteriores denominados: Contingencias Económicas 2015, PREP 2014 y 2015, Construyendo una Mejor Ciudad 2013, Fondo de Aportaciones y Productividad (FAIP 2015), Habitat 2015, FAIS 2014 y 2016, Reencarpetado 2014, de los cuales de acuerdo al ejercicio de que se trate ya habían sido recibidos los recursos correspondientes a través de la federación para llevar a cabo su ejecución.

Por lo anteriormente mencionado, queda en evidencia el manejo inadecuado de los recursos que durante el XXI ayuntamiento de Tecate, se le dio, incluidos los recursos recibidos por la federación, a lo que ante las evidentes irregularidades observadas por el Órgano Fiscalizador local, es indispensable que exista una investigación de la Auditoría Superior de la Federación, respecto de los recursos federales utilizados durante la administración municipal de 2014 a 2016, en el municipio de Tecate, Baja California.

El Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California (OFSBC), es un órgano del Congreso del estado, con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones para decidir sobre su organización interna, recursos, funcionamiento y resoluciones; cuyas atribuciones y responsabilidades se desarrollan conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, reguladas por la Constitución Política del Estado y por la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios.

De conformidad con lo establecido por el artículo 37, fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como lo dispuesto por los artículos 98 y 100 de la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios, el OFSBC cuenta con las atribuciones para fiscalizar la administración, manejo, custodia y aplicación de fondos, subsidios y recursos de los poderes del estado y de las entidades públicas estatales, incluyendo a los municipios, organismos dotados de autonomía y particulares, cuando manejen recursos de origen público; así como de emitir opinión jurídica respecto a iniciativas y reformas a leyes, acuerdos y decretos en materia hacendaria, que le sean solicitadas por el Congreso del estado o sus comisiones.

Con las facultades que el mencionado órgano tiene, fue que realizó la fiscalización de la Cuenta Pública del municipio de Tecate, Baja California, relativas a los años 2014, 2015 y 2016; siendo estos análisis legales y confiables. De este modo, debe tomarse en cuenta para cualquier investigación que se lleve a cabo con relación al manejo de los recursos durante la administración del XXI Ayuntamiento de Tecate.

Es así que con base en la información antes mencionada y recaba de los análisis a la Cuenta Pública del municipio de Tecate, es que su servidora, solicito que la Auditoría Superior de la Federación inicie una investigación a la Cuenta Pública de la administración dirigida durante el XXI ayuntamiento de Tecate, por el ingeniero César Rafael Moreno González de Castilla, a fin de verificar el uso efectivo de los recursos federales utilizados durante esa administración; y de esa forma, hacer del conocimiento de la ciudadanía, en caso de irregularidades en la misma.

La Auditoría Superior de la Federación es competente para realizar una fiscalización a cualquier municipio del país, ya que es el órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación para que inicien un proceso de fiscalización a la Cuenta Pública del municipio de Tecate, Baja California, de los años 2014 al 2016, correspondientes a la administración del XXI Ayuntamiento de Tecate, a fin de conocer el manejo de los recursos federales utilizados durante su administración.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputada María del Rosario Rodríguez Rubio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía y la Profeco a fortalecer las medidas y estrategias encaminadas a proteger a los productores de leche en todo el país, a cargo del diputado David Mercado Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado David Mercado Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor a fortalecer las medidas y estrategias dirigidas a proteger a los productores de leche en todo el país, a efecto de que en todo el etiquetado y publicidad relacionada con productos lácteos se especifique si se trata de leche, de productos lácteos combinados, de fórmulas lácteas o el tipo de producto de que se trate, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El sector lechero es considerado como un sector estratégico en el ámbito agroalimentario mexicano por su relevancia económica y su contribución al desarrollo y a la fijación de la población rural. Un gran número de países en el mundo considera la producción y abasto de leche como una prioridad nacional, razón por la que, en ocasiones se establecen políticas proteccionistas para el sector. En nuestro país, la producción de leche representa la quinta parte del valor total de la producción nacional pecuaria, siendo la tercera en importancia superando a la producción de cerdo y huevo.

A nivel mundial nuestro país ocupa la octava posición con una participación de 2.4 por ciento en la producción mundial de leche de vaca. Lo anterior se debe a la estabilidad de la economía mexicana de los últimos años que ha permitido un crecimiento de la producción de leche, que si bien es importante, aún no podemos decir que es insuficiente para disminuir la brecha entre producción y consumo.

Así, en la última década el consumo de la leche a nivel mundial se incrementó debido al aumento de la población, de ahí que, alrededor del 70 por ciento del aumento en la demanda de la leche se atribuye a ese factor, en tanto que el 30 por ciento restante es explicado por el aumento del consumo per cápita. En p aíses como Estados Unidos y los de la Unión Europea, se producen grandes volúmenes de leche, por lo cual, sus excedentes terminan vendiéndolos en el mercado internacional con grandes subsidios, distorsionando fuertemente los precios del producto en los mercados mundiales. En las últimas décadas el consumo mundial de leche y sus derivados se ha ido incrementando principalmente en los países en desarrollo. Se estima que la población mundial consume anualmente cerca de 500 millones de toneladas en equivalente leche en diversas presentaciones para alimento humano.

El 85 por ciento corresponde a leche de vaca y el resto a otras especies (búfala 11 por ciento, cabra 2 por ciento y otras 2 por ciento). En los últimos diez años, el consumo humano total de leche ha crecido a una tasa media anual del 1.6 por ciento observándose dos comportamientos paralelamente, el de los países desarrollados y el de los países en desarrollo. Los países desarrollados tienden a una ligera disminución de sus consumos per-cápita, Holanda 329 kilogramos, EUA 254 kilogramos, Nueva Zelanda 210 kilogramos. Actualmente consumen en promedio el equivalente a 200 kilogramos de leche por habitante al año.

En los países en desarrollo el consumo per-cápita tiende a incrementarse por arriba del crecimiento demográfico. Hoy día, el consumo está muy por debajo de los 188 kilogramos recomendado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura –FAO, por sus siglas en inglés -, tenemos entonces una amplia diversidad en el consumo, como en el caso de China con 8 kilogramos, Indonesia con 5 kilogramos, Perú con 55 kilogramos, en México 97 kilogramos y Brasil 128 kilogramos, mientras que el promedio de consumo por habitante es de 44 kilogramos, menos de la cuarta parte de la cantidad recomendada.1

Ahora bien, en el caso concreto de México, en el 2016 se produjeron aproximadamente 11,608 millones de litros de leche, concentrándose la producción, principalmente, en las siguientes Entidades Federativas: Jalisco produjo el 19.2 por ciento, Coahuila el 12.2 por ciento, Durango el 9.8 por ciento, Chihuahua alrededor del 9.1 por ciento, Guanajuato el 7.1 por ciento y Veracruz el 6.1 por ciento. De conformidad con datos aportados por el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), tan solo entre 2013 y 2016 la producción nacional de leche aumentó a una tasa promedio anual de 1.9 por ciento, por lo que, el consumo incrementó hasta 3.4 por ciento, al ubicarse en 14,683 millones de litros. En dicho volumen se considera la leche fluida, evaporada, condensada y en polvo, convertidas a su equivalente en leche líquida.2

De acuerdo con lo anterior, advertimos que el sector lácteo es de suma trascendencia para la economía mexicana por su participación en el PIB nacional, toda vez que, la elaboración de productos lácteos participa con alrededor del 10 por ciento del Producto Interno Bruto de la agroindustria del país, por su participación en la canasta familiar y por el número de empleos que genera en la producción de leche, según datos aportados por la Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC), se tienen alrededor de 87,445 personas ocupadas en la industria de la leche y derivados, lo cual, lo convierte en un sector destacado y necesario para el impulso de la economía mexicana.

Por lo anterior, reconociendo la importancia de la leche y de los productos lácteos para la economía de nuestro país, desde el punto de vista de la producción, el comercio y el consumo; reconociendo la necesidad de mantener los precios a un nivel equitativo y el interés mutuo de productores, consumidores, así como de los exportadores y los importadores. Y, con la firme convicción de realizar todos los esfuerzos necesarios para que se tenga una mejor perspectiva en el crecimiento de esta cadena productiva, se fomente la competitividad del sector, evitando prácticas desleales de comercio, se proteja a la industria lechera en nuestro país y, de manera preponderante, con la finalidad de que los consumidores diferencien la leche de los productos que no lo son y paguen un precio justo , el suscrito pone a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor a fortalecer las medidas y estrategias dirigidas a proteger a los productores de leche en todo el país, a efecto de que, en todo el etiquetado y publicidad relacionada con productos lácteos, se especifique sin margen de error ni tendencia al engaño o a la confusión si se trata de leche, productos lácteos combinados, fórmulas lácteas o el tipo de producto de que se trate, indicando las denominaciones comerciales exactas de los diferentes tipos de producto que se comercializan en el país señalando, con precisión, aquellos que no sean leche.

Notas

1 Análisis del Sector Lácteo en México . Secretaría de Economía. Dirección General de Industrias Básicas Disponible en: http://www.economia.gob.mx/files/comunidad_negocios/industria_comercio/ informacionSectorial/analisis_sector_lacteo.pdf Consultado el 01 de noviembre de 2017

2 Gaucín, Darío, El mercado de lácteos II, Disponible en https://www.eleconomista.com.mx/opinion/El-mercado-de-lacteos-II-201705 16-0011.html Consultado el 01 de noviembre 2017

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputado David Mercado Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Nuevo León a adecuar el ordenamiento jurídico estatal para exentar a usuarios de los centros comerciales del pago por estacionamiento, a cargo de la diputada Brenda Velázquez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Brenda Velázquez Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79, fracción II, numeral 2, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

1. México ha experimentado el mayor crecimiento de su historia en los últimos diez años, esto lo posiciona como un país líder en América Latina en cuanto al número de centros comerciales, lo que se traduce en una mayor inversión.

2. El crecimiento de los centros comerciales se ha convertido en una necesidad de las nuevas generaciones, que los utilizan como áreas de esparcimiento, en las que sin duda alguna se pueden reunir familias, amigos, compañeros de trabajo, etcétera, por el número de servicios que ofrecen.

3. El cobro que se hace por el uso de estacionamiento al interior de estas plazas puede ir desde los 5 pesos con un boleto sellado, hasta los 48 pesos por hora, sin olvidar los costos que se podrían generar por un boleto extraviado, que puede ir desde los 100 pesos, hasta los 260 pesos, lo que genera un gasto adicional para los usuarios que consumen al interior de estas plazas o centros comerciales.

4. En nuestro país, entidades federativas han legislado en beneficio de los usuarios de los centros comerciales, con la finalidad de exceptuar el pago de estacionamiento, así encontramos los siguientes ejemplos:

5. En el estado de Nuevo León se han presentado iniciativas con la finalidad de eliminar el cobro que hacen los centros comerciales por el uso de los espacios de estacionamiento desde 2013 a la fecha, sin que exista dictamen alguno que beneficie a los usuarios.

6. El interés de un consumidor al concurrir a estos establecimientos es consumir bienes o servicios y no utilizar servicios de estacionamientos.

7. Los vacíos jurídicos que existen en las distintas entidades federativas generan que no todos los habitantes del país puedan gozar del derecho de uso de estacionamiento gratuito en los centros comerciales y que además de pagar por un bien o servicio, se tenga que pagar de forma adicional, por el uso de estacionamiento.

Por lo anteriormente expuesto se presenta esta proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Congreso del estado de Nuevo León con la finalidad de adecuar el ordenamiento jurídico estatal para eliminar el cobro por concepto de estacionamiento a los usuarios de centros comerciales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputada Brenda Velázquez Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita al Congreso de Veracruz que realice una sesión solemne en abril de 2018 con motivo de la celebración de los 400 años de la fundación de Córdoba, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción I del numeral 1 del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo para solicitar al honorable Congreso del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la realización en el mes de abril de 2018, de una sesión solemne con motivo de la celebración de los cuatrocientos años de la fundación del municipio de Córdoba, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Es importante resaltar que en el mes de abril de 2018 se conmemoran cuatrocientos años de la fundación de municipio de Córdoba, Veracruz, por ello, es indispensable que se celebre sesión solemne con motivo de la celebración de tal acontecimiento histórico de gran envergadura.

El municipio de Córdoba, Veracruz, fue fundado el 26 de abril de 1618, como la Villa de Córdoba, este acontecimiento se realizó durante el reinado de Felipe III, quien la honro con su propio escudo “Infignia regis Villae de Corduva nobiliffimun dectis quia concupivit rex decore fuu” “Porque el rey deseo su honra; el nobilísimo blasón de la Villa de Córdoba son las armas del rey”1

La región donde se fundó la villa en el siglo XVII perteneció al partido de Santiago Huatusco, en la época precolombina fue una zona indígena considerable, integrada por estados nahuas: Teohzaltpatlan, Tlatchtelco, Totollan y Tucizonco, con una población aproximadamente de veinte mil casas tan sólo en Tlatchtelco. Para 1521, la zona fue sometida por tropas de los conquistadores Gonzalo de Sandoval y Juan López de Ximena, vecino de Veracruz, a quien el rey le dio tierras e indios en recompensa por sus servicios.2

Es preciso recordar que en el Siglo XVII eran frecuentes los asaltos a caravanas y viajeros que transitaban del puerto de Veracruz a Orizaba y viceversa. Por lo que, en el Gobierno de don Diego Fernández de Córdoba, Marqués de Guadalcázar y XIII Virrey de la Nueva España, se consideró la necesidad de fundar un poblado que contara con una guarnición permanente destinada a proteger el trayecto. Don Juan de Miranda, don García de Arévalo, don Andrés Núñez de Illescas y don Diego Rodríguez, terratenientes avecindados en San Antonio Huatusco, presentaron esa petición ante la corte en la capital. Satisfechos los trámites concernientes, don Diego Fernández de Córdoba, en nombre del entonces monarca español Felipe III, otorgó la licencia para la fundación de la Villa el 29 de Noviembre de 1617. Por la expresa orden del Rey, la población había de tener por nombre “Villa de Córdoba” tomando el apellido del virrey.3

El 26 de abril de 1618 se congregaron las primeras familias en el pueblo de Amatlán, donde después de oír misa se dirigieron a una choza, habilitada como Sala Capitular, en sesión presidida por el Alcalde Mayor de Huatusco, don Francisco Soto Calderón. Cumplidas las formalidades y lecturas preliminares de ley, nombraron a los cuatro primeros regidores, honroso cargo adjudicado a don Alonso de Galván, don García de Arévalo, don Diego Rodríguez y don Manuel Fernández, quienes a su vez, designaron a don Cristóbal de Miranda y a don Andrés Núñez de Illescas como alcaldes ordinarios. Al día siguiente, los 17 Fundadores y sus familias se trasladaron al lomerío de Huilango a realizar el trazo de la nueva Villa, mismo que se hizo a cordel, asimismo, se eligió el sitio de la Plaza Mayor reservando un espacio para la iglesia y enfrente de ella, el de las Casas Reales para las autoridades y dejando los lados para los portales de los tianguis. Trazaron además, las calles en forma reticular, tal como se planeaban y se hacían las poblaciones de España: de facto, la Villa se fundó el 27 de abril de 1618.4 A los fundadores de la villa se les otorgó el título de hijosdalgos, sinónimo de nobleza y honor.

Con dicha fundación se obtuvo la independencia administrativa y económica, así como una considerable dotación de extensión de tierra, lo que ocasiono avances agrícolas y económicos en la región.

El municipio de Córdoba ha sido de relevancia en la historia de nuestro país, es oportuno recordar que a finales del movimiento de independencia, el 30 de marzo de 1821, las fuerzas insurgentes al mando del teniente coronel José Joaquín de Herrera tomaron sin mucho esfuerzo a Orizaba y de inmediato se aprestaron a hacer lo propio con Córdoba. La guarnición realista de esta última, sin fuerza suficiente y legitimidad alguna para convocar a la población en la defensa de la villa, decidió entregar la plaza sin entablar combate. El 1 de abril de 1821, Córdoba se encontró por primera vez en una larga década de guerra civil en manos de la insurgencia. En un intento por retomar el control de la ruta al altiplano, el temido Francisco Hevia regresó a la región con la encomienda de retomar la villa cordobesa.5

Al mando de más de mil hombres, contando con cien caballos y numerosa artillería, el apodado León ibérico se aprestó a volver por sus fueros aplastando una vez más a los insurgentes, sin embargo, la historia fue diferente. El vecindario cordobés se ofreció masivamente para la defensa, así como contingentes de poblaciones vecinas, entre los que se destacaron los indígenas de Amatlán. Herrera aportó 200 hombres regularmente pertrechados y cien caballos. La población fortificó en lo posible las entradas a la villa y se dispuso a enfrentar al temido realista. El 15 de mayo iniciaron las hostilidades, los realistas lograron ingresar hasta la plaza de San Sebastián donde emplazaron su mayor cañón; los defensores improvisaron trincheras con numerosos tercios de tabaco. Se dice que Hevia, enojado porque sus artilleros se mostraban incapaces de atinar sus proyectiles en la llamada casa de la Botica, intentó él mismo apuntar la pieza; en eso estaba cuando un indígena de Amatlán lo mató de certero balazo en la cabeza. El desaliento de los atacantes fue notorio al ver caído a su comandante.6

El 21 de mayo de 1821, se retiraron, dando como resultado que el último intento español por controlar militarmente al Veracruz central constituyó prácticamente el fin de la larga guerra civil y abrió paso a la firma de la independencia nacional.

Ante tal escenario, y una vez que el recién nombrado virrey Juan O’Donojú arribó al puerto de Veracruz,7 solicito al general Santa Anna que gestionara ante Agustín de Iturbide la posibilidad de trasladarse a un lugar con clima más benigno; al tiempo envió cartas en las que proponía la negociación final del conflicto de guerra civil. Iturbide aceptó de inmediato y propuso la villa de Córdoba como lugar de encuentro. Antonio López de Santa Anna escoltó al virrey hasta allí y después de formalidades, cortesías y asistencia a misas, se firmaron el 24 de agosto de 1821,8 en la Casa de los Condes de Ceballos, los célebres Tratados de Córdoba9 que pusieron fin a 300 años de dominación colonial, abrieron la etapa del México independiente.

Otros datos de suma relevancia a expresar son que en el año de 1880 la legislatura del estado expidió decreto declarando Heroica a la ciudad de Córdoba, y en el año de 1916, se declaró a Córdoba como capital del Estado de Veracruz.

Ante tal situación histórica, el municipio de Córdoba se convirtió en el lugar donde se plasmaron los cimientos de la nacionalidad mexicana. Desde su fundación el municipio ha ocupado un lugar protagónico entre las poblaciones y los asentamientos del territorio nacional y del estado de Veracruz, al constituirse en un espacio productor de riqueza cultural e histórica siendo un lugar singular de nuestro México.

Por todo lo anteriormente expresado, presento ante el pleno de esta Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en pleno respeto al principio de soberanía, solicita al honorable Congreso del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a realizar una sesión solemne en el mes de abril de 2018, con motivo de la celebración de los cuatrocientos años de la fundación del municipio de Córdoba.

Notas

1 Escudo de Cuarteles. En el primer cuartel de la derecha las armas de Castilla y de León; en el segundo a la izquierda, las Barras de Aragón, con dos águilas coronadas; escusón con las armas de Portugal y abajo las armas de Granada. En el tercer cuartel a la derecha, en la parte superior, campo de gules y banda de plata; en la inferior dos bandas de oro en azul con gules; en los últimos dos lises de Borgoña, el León español; por lambrequín el collar de la orden del Toisón de Oro y la corona real arriba del escudo, para un abigarrado barroquismo. Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal, Enciclopedia de los municipios y delegaciones de México, Estado de Veracruz-Llave,

http://siglo.inafed.gob.mx/enciclopedia/EMM30veracruz/mu nicipios/30044a.html

2 Naveda Chávez-Hita, Adriana, “De las Lomas de Huilango a la Villa de Córdoba,” en Florescano, Enrique, Historia General de Córdoba y su Región, Universidad Veracruzana, 2013, p. 13

3 De la Mora Herrera, Rafael, Fundación de la Villa de Córdoba, Crónicas de Córdoba, Segunda época, número 4, abril 2017, pp. 4-5.

4 Varios personajes de poder que habitaban en la región en los inicios del siglo XVII pidieron al virrey la fundación de una villa señalando para ello el paraje denominado Zacatepeque en las lomas de Quilango. Domínguez Loyo, Miguel, “Rebeliones negras y la fundación de Córdoba,” en Lecturas Históricas Mexicanas , tomo IV, UNAM, México, 1990, p. 102.

5 González Sierra, José, “Córdoba en el México Independiente, 1821 – 1870,” en Florescano, Enrique, Historia General de Córdoba y su Región, Universidad Veracruzana, 2013, pp. 63-64

6 Ibídem

7 Al percatarse O’Donojú de que prácticamente todas las tropas en México se habían adherido al Plan de Iguala, no vio sentido en resistir, pero tampoco quiso regresar a su patria como un fracasado. Se la permitió quedarse en México y disfrutar de una generosa pensión vitalicia, que jamás recibió, pues murió al poco tiempo. Crespo, José Antonio, Contra la historia oficial, De bolsillo, México, 2010, p. 109.

8 A los pocos días de haber llegado de España Juan O’Donojú, con el cargo de virrey; acepto negociar con Iturbide y puso su firma, el 24 de Agosto de 1821, en el Tratado de Córdoba, que ratifica en lo esencial el Plan de Iguala. González, Luis, El periodo formativo, en Historia mínima de México, El Colegio de México, México, 1994, p. 94

9 Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México (1808–1975), Porrúa, México, 1975, p. 116-119

Ciudad de México, a 21 de noviembre de 2017.

Diputado Marco Antonio Aguilar Yunes (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la armonización legislativa por los congresos estatales para la guarda y custodia de vehículos automotores que ingresan en los depósitos vehiculares por infracciones del reglamento, a cargo de la diputada María Verónica Agundis Estrada, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, María Verónica Agundis Estrada, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los gobiernos de los estados, de las 32 entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos, para que de conformidad con sus atribuciones, se adecúe la legislación estatal, para la guarda y custodia de vehículos automotores que ingresan a los depósitos vehiculares por la comisión de infracciones previstas en el reglamento, y por los programas que el gobierno establezca, por una temporalidad de 45 días naturales, para la enajenación de vehículos en condición de abandono al tenor de lo siguiente;

Exposición de Motivos

Los depósitos vehiculares también llamados “corralones”, enfrentan grandes problemas de hacinamiento, deterioro de sus instalaciones, pésima infraestructura, personal insuficiente, inseguridad, condiciones insalubres, saturación de espacios y apilamiento de automotores y más.

Esta circunstancia también tiene que ver con la corrupción existente en las policías locales, en las que en algunos casos, los altos mandos de las corporaciones, obligan a los oficiales a remitir e ingresar a los “corralones” de 2 a 6 vehículos por día.

Tan sólo en la Ciudad de México existen 32 depósitos vehiculares también llamados “corralones”, en los cuales entran un promedio de 80 unidades diarias y salen 30 aproximadamente en un plazo mínimo, esto puede suponer que el abandono puede llegar a ser de un promedio de 40 por ciento a 50 por ciento o más por distintas causas.

Otro ejemplo claro es el estado de México, que en el Código Administrativo del Estado1 , el abandono es declarado a los tres meses de la notificación a excepción de los que se encuentren en proceso judicial; el mismo caso aplica en el municipio de Puebla en su artículo 162 Bis del Código Fiscal y presupuestario2 y así, sucesivamente en diferentes órdenes jurídicos de múltiples municipios de todo el país.

Sin embargo, la sobre saturación de los corralones traen consigo varios factores negativos tales como; costos administrativos de entre cuarenta y cincuenta pesos diarios por unidad, contaminación ambiental y visual, riesgos sanitarios por acumulación de basura y agua que crean mosquitos, roedores y otras especies dañinas para la salud, además de posibles siniestros al contener gasolinas y aceites flamables, sin dejar de lado el deterioro de los vehículos por el paso del tiempo y la rapiña ilegal que genera cuantiosas ganancias puesto que, a pesar de que al entrar a las instalaciones de los depósitos se realiza un inventario, por encontrarse muchas veces sin protección limítrofe individuos externos e internos aprovechan la oportunidad en beneficio propio o grupal.

Otro dato importante es que muchas veces los propietarios o representantes no logran acreditar la propiedad, o cuando sí lo hacen son tan elevadas las multas que son mayores al valor del vehículo y prefieren perderlo o no reclamarlo.

De tal manera que, al dejarlo abandonado sin aviso aunado al paso del tiempo, lapso que puede ir desde 6 meses hasta cinco y diez años la rapiña, los vehículos inservibles y la chatarra son casos sumamente comunes, que lo único que la autoridad puede recuperar para remate son fierros viejos que no valen nada.

Si bien es cierto, el abandono se puede dar por diversas causas tales como la falta de acreditación de la propiedad, por haber sido parte de un robo o remarcado y revendido ilegalmente, por desconocimiento del paradero del propietario, por cuestiones económicas, acumulación de multas, por corrupción entre otros.

Lo antes expuesto puede mantener hasta por “diez años” un vehículo en depósito que cuando las autoridades tienen la facultad de adjudicarlo y venderlo ya sólo es chatarra inservible que pierde su valor hasta en un 95%.

Con este punto de acuerdo se pretende disminuir los tiempos de enajenación, que en la mayoría de los casos son de 3 meses y disminuirlo a 45 días naturales y aun así, el proceso burocrático para alcanzar la enajenación podría superar los 365 días.

En el mismo tenor, está modificación a las normativas correspondientes en la realización de transferencia y destino de las unidades podrían traer ciertos beneficios como; la reducción de costos administrativos y por almacenamiento, desalojo de los corralones, reutilización de unidades para el bien común de la localidad y/o subasta pública avalada por un consejo ciudadano, entre otras.

Cabe mencionar, que esta propuesta sería aplicable sólo en los casos en los que el dueño o representante legal no se presente o que en 45 días naturales no logre comprobar la propiedad del vehículo o que se encuentre en algún proceso legal o administrativo para su retiro.

Por su parte, como lo establece la norma federal, se sugiere la clasificación de las unidades por vehículos, vehículos aptos para circular y vehículos chatarra, con el objeto de obtener las mejores condiciones económicas de valor estimado que aporten al erario público en favor de las mismas localidades, los fondos recaudados podrían ser utilizados para la adquisición de camiones de basura, patrullas, ambulancias o carros de bomberos o unidades utilitarias tan necesarias en todas las localidades.

Finalmente, en el caso de los automotores considerados chatarra se podrían realizar convenios a través de las empresas recicladoras debidamente certificadas de comercialización de fierros, plásticos, aluminio, baterías, piezas automotrices y llantas para evitar conflictos en ventas directas de posibles vehículos robados.

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos citados, pongo a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos de los estados, de las 32 entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos, para que de conformidad con sus atribuciones, se adecúe la legislación estatal, para la guarda y custodia de vehículos automotores que ingresan a los depósitos vehiculares por la comisión de infracciones previstas en el reglamento, y por los programas que el gobierno establezca, por una temporalidad de 45 días naturales, para la enajenación de vehículos en condición de abandono.

Notas

1http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edom ex.gob.mx/files/files/pdf/cod/vig/codvig008.pdf

2 file:///C:/Users/JoseLuis/Downloads/codigo_fiscal_y_presupuestario_para _el_municipio_de_puebla.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de noviembre de 2017.

Diputada María Verónica Agundis Estrada (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del Día Mundial en recuerdo de las Víctimas de los Accidentes de Tráfico, cada tercer domingo de noviembre, a cargo del diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

“Gobernar es prevenir.”

Émile de Girardin(Periodista francés 1806-1881)

El 26 de octubre de 2005, la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio de la resolución 60/5, invita a los estados miembros y a la comunidad internacional a reconocer el tercer domingo de noviembre de cada año como Día Mundial en recuerdo de las víctimas de los accidentes de tráfico.

Esta fecha se ha convertido en un referente importante de los esfuerzos desplegados en todo el mundo para reducir las muertes por accidentes de tráfico, y nos ofrece una oportunidad de desviar la atención y comulgar con la devastación económica y emocional causada a las víctimas de estos hechos, ya sea de manera directa o indirecta.

Esta conmemoración dio lugar a distintas acciones a fin de atender la crisis global de seguridad vial existente, siendo estas:

• En noviembre de 2009, se celebra la primera Conferencia Ministerial Mundial sobre Seguridad Vial, en la ciudad de Moscú;

• En marzo de 2010, la resolución A/64/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el periodo 2011-2020 como el Decenio de Acción para la Seguridad Vial, el cual cuenta con un plan mundial que sirve como documento orientativo que facilite la consecución de sus objetivos, y los cuales se fundamentan cinco pilares: gestión de la seguridad vial, la infraestructura vial, la seguridad de los vehículos, el comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito y la atención después de los accidentes;

• El 12 de mayo de 2011, se firma en nuestro país la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020, alineada a los cinco pilares de acción descritos, documento que es publicado en el Diario Oficial de la federación el 6 de junio de 2011, y

• En julio de 2011, la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), por unanimidad en la sesión 41 de dicha conferencia, aprobó su adhesión a la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020.

Desgraciadamente y a pesar de lo anteriormente descrito, las cifras de víctimas fatales y de lesionados en el mundo siguen siendo alarmantes.

• Los accidentes de tráfico ocasionan la muerte de alrededor de 1.25 millones de personas por año, y 90 por ciento de esas personas se encuentran en países de ingresos medianos y bajos;

• Son la principal causa de muerte de los jóvenes de entre 15 y 29 años y casi la mitad de la totalidad de las víctimas fatales son peatones, ciclistas y motociclistas.

En nuestro país las acciones y objetivos descritos en párrafos precedentes se enfrentan cotidianamente a la falta de una legislación especializada que coordine a los diferentes sectores involucrados en la seguridad vial y a los tres órdenes de gobierno en sus respectivas competencias, a fin de disminuir al máximo las muertes, lesiones y discapacidades ocasionadas por accidentes de tráfico. Es decir, contamos con la estrategia, pero carecemos del marco normativo idóneo , por lo cual estos sucesos le cuestan al año a nuestro país alrededor de 150 mil millones de pesos, representando 1.7 por ciento del producto interno bruto (PIB) y a su vez estos hechos son la primera causa de muerte de niños de entre 5 y 9 años de edad; y las lesiones derivadas de estos accidentes son la segunda causa de muerte en el grupo de edad comprendido entre los 20 y 29 años.

Esta conmemoración nos invita a ser conscientes de la importancia del derecho a la vida y la salud, los bienes más preciados de todo ser humano, y que todo gobierno tiene la obligación de salvaguardarlos; los cuales no deberían de ser vulnerados por un accidente de tráfico, porque éste siempre podrá ser prevenible .

Debo mencionar que a pesar de que ésta no es una efeméride oficial, no podemos ignorar la necesidad de contar con una Ley General de Seguridad Vial, afortunadamente la iniciativa con proyecto de decreto que propone expedirla ya se ha presentado a esta soberanía y que está en proceso de dictamen, por tal motivo aprovecho en el marco de esta conmemoración para hacer un respetuoso llamado a esta asamblea, a fin de discutir y, en su caso, aprobar esta ley que sin dudas protegerá la vida e integridad física de las personas y de sus bienes en sus desplazamientos y sobre todo tendrá un enfoque de prevención que disminuya los factores de riesgo a través de la generación de sistemas viales seguros.

Un accidente de trafico significa temor, desesperanza y tristeza; sentimientos que en ocasiones se experimentaran en menor o mayor intensidad a lo largo de toda la vida de quienes lo padecen, y lo cual es contrario a la alegría y sentimiento de libertad que puede producir un traslado en cualquier modo de transporte.

Un traslado es un círculo que implica la alegría de la partida y la celebración del regreso, desgraciadamente para millones de personas en el mundo, este círculo un día no se completó, dejando en la desolación a quienes los esperaban.

No ignoremos que cualquiera de nosotros podríamos convertirnos en una víctima, y la vida que hoy disfrutamos y que damos por sentado, podría cambiar para siempre por un hecho que siempre podrá ser prevenible.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.

Diputado Jonadab Martínez García (rúbrica)


Inklusion
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