De la Comisión Especial para combatir el uso de recursos ilícitos en los procesos electorales, de actividades para el periodo 2016-2017
Antecedentes
I. Acuerdo de creación. El artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos precisa que las comisiones son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales. Adicionalmente el artículo 42 del Reglamento de la Cámara de Diputados señala que el pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán. Cuando se haya agotado el objeto de una comisión especial o al final de la legislatura, el secretario general de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción.
El 29 de abril de 2016, se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se constituyen las comisiones especiales de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, entre las que se señala la Comisión Especial para combatir el uso de recursos públicos en procesos electorales.
II. Integrantes
Diputados: Juan Romero Tenorio (Morena), presidente; Abel Murrieta Gutiérrez (PRI), Juan Pablo Piña Kurczyn (PAN), Alberto Martínez Uriancho (PRD), secretarios; Marco Antonio Aguilar Yunes (PRI), Luis Ignacio Avendaño Bermúdez (PVEM), Alejandro González Murillo (PES), Delia Guerrero Coronado (PRI), Edith Yolanda López Velazco (PRI), Luis Fernando Mesta Soulé (PAN), Isaura Ivanova Pool Pech (PRD), Jorge Triana Tena (PAN) y Luis Felipe Vázquez Guerrero (PRI).
III. Objeto de la comisión. En el punto segundo de dicho acuerdo por el que se crean las comisiones especiales se indica que el objeto de éstas deriva de su denominación, en consecuencia se tiene que el objeto de esta comisión especial es la de combatir el uso de recurso públicos en procesos electorales.
IV. Glosario
Actos anticipados de campaña: Aquellos que se lleven a cabo por precandidatos, precandidatos electos o postulados, candidatos, partidos, coaliciones o cualquier persona y que tengan por objeto promover, publicitar o apoyar la aspiración de una persona, para ser postulada como candidato a un cargo de elección popular y que se realicen en cualquier momento previo al inicio de las campañas electorales de los partidos políticos, incluso dentro del proceso de selección interna de candidatos.
Actos anticipados precampaña: Aquellos que se lleven a cabo por aspirantes a candidatos o precandidatos o cualquier persona y que tengan por objeto promover, publicitar o apoyar la aspiración de una persona, para ser postulada como candidato a un cargo de elección popular y que se realicen en cualquier momento previo al inicio de las precampañas electorales de los partidos políticos, incluso dentro del proceso de selección interna de candidatos.
Administración pública federal: sirve de soporte para asumir las responsabilidades designadas al presidente de la República, quien se apoya para ello directamente en las secretarías y dependencias del Estado. Al sistema de administración del gobierno federal se le denomina administración pública federal, y opera a través de dependencias y entidades que dependen del poder ejecutivo.
Auditoría Superior de la Federación: Organismo de la Cámara de Diputados encargado de la fiscalización superior de la cuenta pública. Dicho órgano goza de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.
Autoridades electorales: un órgano encargado de cumplir algunas de las funciones del Estado relacionadas con la organización y vigilancia de los procedimientos democráticos de acceso al poder público. Las autoridades electorales administrativas son las encargadas de organizar las elecciones. Las autoridades electorales jurisdiccionales son las encargadas de resolver los conflictos derivados de la aplicación de las normas electorales.
Campañas electorales: es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto.
Casilla única: una casilla donde votarás tanto para diputados federales, locales, gobernadores, alcaldes o jefes delegacionales. Es decir ahora los votantes de las entidades donde se realicen elecciones coincidentes no tendrán que hacer una fila para la elección federal y otra para la local como antes. Ahora se hará una sola fila.
Comisiones: son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.
Comisiones especiales: están creadas para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán.
Servidor público: toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza para el Estado, mediante un nombramiento previamente expedido por el órgano administrativo competente.
Cuenta Pública: es el informe que integra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y presenta a la Cámara de Diputados para su revisión y fiscalización, contiene la información contable, presupuestaria, programática y complementaria de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los órganos autónomos y de cada ente público del sector paraestatal.
Fondos públicos: Son los ingresos provenientes de la aplicación de las leyes, reglamentos y disposiciones relativas a impuestos, tasas, derechos, compensaciones y otras contribuciones, así como los que resulten de operaciones comerciales, donativos o de cualquier otro título y que pertenezcan al gobierno central o a las instituciones o empresas estatales de carácter autónomo.
Gastos públicos. Los gastos que realiza el Estado para el cumplimiento de sus fines. En realidad, quienes realizan los gastos son los contribuyentes. Es la traslación del poder de compra de manos de los contribuyentes. A favor de los servidores y productores del Estado.
Observadores electorales: son los ciudadanos que tendrán derecho a realizar las actividades de observación de los actos de carácter público de preparación y desarrollo de los procesos electorales como: instalación de la casilla; desarrollo de la votación; escrutinio y cómputo de la votación en la casilla; fijación de resultados de la votación en el exterior de la casilla; clausura de la casilla; lectura en voz alta de los resultados en el consejo distrital, y recepción de escritos de incidencias y protesta.
Programa de trabajo: es el documento que establece, en términos generales, sus objetivos y orientaciones estratégicos, así como el plan de actividades básicas para alcanzarlos durante cierto periodo.
Proceso electoral. Es el conjunto de actos ordenados por la Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos, así como los ciudadanos, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo tanto federal como de las entidades federativas, los integrantes de los ayuntamientos en los estados de la República y los jefes delegacionales en el Distrito Federal.
Recursos públicos. Para efecto de los trabajos de esta comisión especial, consideraremos recurso público a todo tipo de patrimonio, coinversión, participación financiera, asignación, aportación, subsidio, aprovechamiento, mejora, contribución, bien, fideicomiso, mandato, fondo, financiamiento, patrocinio, copatrocinio, subvención, pago, prestación, multa, recargo, cuota, depósito, fianza, así como todo servidor público, en ejercicio de sus funciones en horario laboral, (cuando no esté autorizado por la ley, estarán impedidos para tener injerencia o actividad en los procesos electorales) y cualquier otra modalidad o figura análoga bajo la que se considere algún ingreso al Estado.
Función Pública: La Secretaría de la Función Pública.
Dependencias: Las secretarías, coordinaciones, órganos desconcentrados y demás unidades administrativas que dependan directamente del Poder Ejecutivo.
V. Estados donde se llevarán a cabo los procesos electorales en el 2017
Estados de México, Coahuila, Nayarit y Veracruz, se desarrollan procesos electorales locales para las elecciones siguientes:
Coahuila
Ayuntamientos: 38
Diputaciones de mayoría relativa: 16
Diputaciones de representación proporcional: 9
Gobernador.
Estado de México
Gobernador.
Nayarit
Ayuntamientos: 20
Diputaciones de mayoría relativa: 18
Diputaciones de representación proporcional: 12
Regidores de mayoría: 138
Regidores de representación proporcional: 59
Gobernador.
Veracruz
Ayuntamientos: 212
Totales
Ayuntamientos: 270
Diputaciones de mayoría relativa: 34
Diputaciones de representación proporcional: 21
Regidores de mayoría: 138
Regidores de representación proporcional: 59
Gobernadores: 3
* Ésta información se puede consultar en el siguiente link:
http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IF E-v2/DECEYEC/DECEYEC-ProcesosElectorales/Calendario-Docs/Mapa_PEL_2017. pdf
Las fases importantes de cada proceso se desarrollan con el siguiente calendario:
Coahuila
Inicio de proceso electoral: 1 de noviembre
Precampaña: 20 de enero al 28 de febrero
Registro de candidatos: 10 días antes del inicio de la campaña
Campaña: 2 de abril al 31 de mayo
Fecha elección: 4 de junio
Estado de México
Inicio de proceso electoral: 1-7 de septiembre
Precampaña: 20 de enero al 28 de febrero
Registro de candidatos: 29 de marzo de 2017
Campaña: 2 de abril al 31 de mayo
Fecha elección: 4 de junio
Nayarit
Inicio de proceso electoral: 7 de enero 2017
Precampaña: 23 de enero al 3 de marzo
Registro de candidatos: Diversas
Campaña: 3 de abril al 31 de mayo
Fecha elección: 4 de junio
Veracruz
Inicio de proceso electoral: 1-10 de noviembre
Precampaña: 5 de febrero al 12 de marzo
Registro de candidatos: 16 al 25 de abril
Campaña: 2 de mayo al 31 de mayo
Fecha elección: 4 de junio
VI. Catálogo de sujetos obligados. Los Poderes Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, los órganos jurisdiccionales que no formen parte del Poder Judicial, las dependencias, entidades de la administración pública federal, y sus homólogos de las entidades federativas, los municipios y las delegaciones o sus homólogos de la Ciudad de México y sus dependencias y entidades; la Procuraduría General de la República y las fiscalías o procuradurías locales, las empresas productivas del Estado y sus subsidiarias, así como cualquier otro ente sobre el que tenga control sobre sus decisiones o acciones cualquiera de los poderes, así como cualquier persona física, moral o Sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en cualquier orden de gobierno.
“Artículo 4, fracción IX, Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación”
VII. Entidades federales en las que se deberá vigilar el buen manejo de programas sociales, recurso público, humano y material
• Poder Ejecutivo
a) Secretarías que manejan programas sociales
Reglas de Operación 2017
Secretaria de Cultura
1 Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura
2 Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas
Secretaría de Economía
1 Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor
2 Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (Prosoft) y la Innovación
3 Reglas de Operación del Programa para la Productividad y Competitividad Industrial
4 Reglas de Operación del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario y a la Mujer Rural
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
1 Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
2 Reglas de Operación del Programa de Fomento Ganadero de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
3 Reglas de Operación de los Programas de Apoyo de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
4 Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
5 Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario.
6 Reglas de Operación del Programa de Concurrencia con las Entidades Federativas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
7 Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
8 Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Productividad Pesquera y Acuícola de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
9 Reglas de Operación del Programa de Fomento Ganadero de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
10 Reglas de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.
Secretaría de Salud
1 Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica
2 Reglas de Operación del Programa Calidad en la Atención Médica
3 Reglas de Operación del Programa de Apoyos para la Protección de las Personas en Estado de Necesidad
4 Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad
5 Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género
6 Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica
7 Reglas de Operación del Programa IMSS-Prospera
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
1 Reglas de Operación del Programa para Regularizar Asentamientos Humanos Irregulares
2 Reglas de Operación del Programa Apoyo a la Vivienda
3 Reglas de Operación del Programa de Infraestructura
4 Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas
5 Reglas de Operación del Programa de Prevención de Riesgos
6 Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales
7 Reglas Operativas para el otorgamiento del segundo crédito del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Secretaría de Desarrollo Social
1 Reglas de Operación del Programa 3 x 1 para Migrantes
2 Reglas de Operación del Programa de Empleo Temporal
3 Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia
4 Reglas de Operación del Programa Pensión para Adultos Mayores
5 Reglas de Operación del Programa Prospera, Programa de Inclusión Social
6 Reglas de Operación del Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas
7 Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas
8 Reglas de Operación del Programa de Abasto Rural de Diconsa
9 Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social
10 Reglas de Operación del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (FONART)
11 Reglas de Operación del Programa de Abasto Social de Leche LICONSA
12 Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social
13 Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles
Secretaría de Educación Pública
1 Reglas de Operación del Programa de Cultura Física y Deporte
2 Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo
• Poder Legislativo
• Congresos de los estados
• Auditoría Superior de los estados
• Poder Judicial
• Tribunal Superior de Justicia
• Órganos autónomos
• Tribunal Estatal Electoral
• Institutos Estatales Electorales
• Organismos descentralizados
• Fideicomisos
• Paraestatales
VIII. Vinculación institucional
El objeto de la comisión especial, así como la competencia constitucional y legal con las instituciones será únicamente coadyuvar con las autoridades encargadas de la vigilancia sobre el uso de los recursos públicos durante los procesos electorales, sin entorpecer ni intervenir en las facultades que la ley les confiere al:
A) Autoridades electorales Instituto Nacional Electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales
En el sistema normativo electoral interactúan tres instituciones el Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), con atribuciones para organizar, dirimir controversias y garantizar los procesos electorales. Así mismo, son competentes para conocer de irregularidades y delitos derivados del uso ilegal de recursos públicos en procesos electorales.
B) Organismo Públicos de los estados
Los organismos públicos locales (OPL) son los encargados de la organización de las elecciones en su entidad federativa para la designación de: gobernadores; diputados locales; presidentes municipales; integrantes de ayuntamientos. Para dar cumplimiento a lo previsto por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) se celebraron convenios de coordinación entre el Instituto Nacional Electoral y los Organismos Públicos Locales, que contemplan, en general, los siguientes apartados: Casilla única; Programas en materia registral; Sistemas informáticos relacionados con el proceso electoral; Acceso a Radio y Televisión y Fiscalización de los recursos de los partidos políticos.
Desde noviembre y diciembre de este 2016 y en 2017, se desarrollan procesos electorales en los Estados de Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz.
C) Sistema Nacional Anticorrupción
El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) es la instancia de coordinación entre autoridades de todos los órdenes del gobierno.
El nuevo marco legal del SNA1 cuenta con diversos mecanismos que buscan prevenir los actos de corrupción: Códigos de Ética, protocolos de actuación y mecanismos de autorregulación. Establece diversos instrumentos que permiten una rendición de cuentas clara y efectiva: La Plataforma Digital Nacional, conformada por el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses; el Sistema Nacional de servidores públicos y particulares sancionados; el Sistema Nacional de Fiscalización; el directorio de servidores públicos que participan en contrataciones públicas y las denuncias públicas por faltas administrativas y hechos de corrupción.
En la Ley General de Responsabilidades Administrativas se establecen los actos u omisiones en que pueden incurrir tanto servidores públicos como particulares; las faltas administrativas graves –competencia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa– y faltas administrativas no graves y actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves.
D) Instituto Nacional de Acceso a la Información y órganos garantes en los estados
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), es el órgano responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley, responsable para establecer las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de este derecho. En su funcionamiento se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.
1 Aguascalientes
Órgano garante: Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes
Página web: www.itea.org.mx
2 Baja California
Órgano garante: Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California
Página web: www.itaipbc.org.mx
3 Baja California Sur
Órgano garante: Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California Sur
Página web: www.itai.org.mx
4 Campeche
Órgano garante: Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Campeche
Página web: www.cotaipec.org.mx
5 Chiapas
Órgano garante: Instituto de Acceso a la Información Pública de Chiapas
Página web: www.iaipchiapas.org.mx
6 Chihuahua
Órgano garante: Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública
Página web: www.ichitaip.org.mx
7 Coahuila
Órgano garante: Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública
Página web: www.icai.org.mx
8 Colima
Órgano garante: Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos de Colima
Página web: www.infocol.org.mx
9 Distrito Federal
Órgano garante: Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal
Página web: www.infodf.org.mx
10 Durango
Órgano garante: Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
Página web: www.idaip.org.mx
11 Estado de México
Órgano garante: Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios
Página web: www.infoem.org.mx
12 Guanajuato
Órgano garante: Instituto de Acceso a la Información Pública de Guanajuato
Página web: www.iacip-gto.org
13 Guerrero
Órgano garante: Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Guerrero
Página web: www.itaig.org.mx
14 Hidalgo
Órgano garante: Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental de Hidalgo
Página web: www.iaipgh.org.mx
15 Jalisco
Órgano garante: Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco
Página web: www.itei.org.mx
16 Michoacán
Órgano garante: Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública de Michoacán
Página web: www.itaimich.org.mx
17 Morelos
Órgano garante: Instituto Morelense de Información Púbica y Estadística
Página web: www.imipe.org.mx
18 Nayarit
Órgano garante: Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Nayarit
Página web: www.itainayarit.org.mx
19 Nuevo León
Órgano garante: Comisión de Transparencia y Acceso a la Información de Nuevo León
Página web: www.ctainl.org.mx
20 Oaxaca
Órgano garante: Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca
Página web: www.cotaipo.org.mx
21 Puebla
Órgano garante: Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Puebla
Página web: www.caip.org.mx
22 Querétaro
Órgano garante: Comisión Estatal de Información Gubernamental de Querétaro
Página web: www.ceigqro.org.mx
23 Quintana Roo
Órgano garante: Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Quintana Roo
Página web: www.itaipqroo.org.mx
24 San Luis Potosí
Órgano garante: Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública San Luis Potosí
Página web: www.cegaipslp.org.mx
25 Sinaloa
Órgano garante: Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Sinaloa
Página web: www.ceaipes.org.mx
26 Sonora
Órgano garante: Instituto de Transparencia Informativa del Estado de Sonora
Página web: www.transparencia sonora.org.mx
27 Tabasco
Órgano garante: Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Página web: www.itaip.org.mx
28 Tamaulipas
Órgano garante: Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas
Página web: www.itait.org.mx
29 Tlaxcala
Órgano garante: Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Tlaxcala
Página web: www.caip-tlax.org.mx
30 Veracruz
Órgano garante: Instituto Veracruzano de Acceso a la Información
Página web: www.ivai.org.mx
31 Yucatán
Órgano garante: Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Nayarit
Página web: www.inaipyucatan.org.mx
32 Zacatecas
Órgano garante: Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Zacatecas
Página web: www.ceaip-zac.org
33 Federal
Órgano garante: Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
Página web: www.ifai.org.mx
Tiene competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicatos que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal; con excepción de aquellos asuntos jurisdiccionales que correspondan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. También conoce de los recursos que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los organismos autónomos especializados de las entidades federativas que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de la información.
Se colaborará con el Instituto Nacional Electoral como la autoridad encargada de ejercer materias específicas como la capacitación electoral, ubicación de casillas, integración de mesas directivas de casilla, entre otras atribuciones.
Se coadyuvará con los organismos públicos locales electorales de Nayarit, Coahuila, Veracruz y estado de México; para que vigile el desarrollo de las elecciones.
Se colaborará con las autoridades administrativas, a partir de los organismos públicos locales electorales en un primer momento, para después conocer los aspectos complementarios con el INE.
E) Autoridades jurisdiccionales
- Se coadyuvará atendiendo primordialmente a la esfera competencial de los tribunales electorales locales.
- Se coadyuvará interinstitucional con la Fepade mediante sesiones informativas para conocer el número y status de las incidencias que se presenten en los 4 procesos electorales.
- Fiscalías Generales de la República y de Justicia de los estados
Veracruz
Coahuila
Estado de México
Nayarit
- En cuanto a los órganos de control únicamente se les debe exhortará para que, en el ejercicio de los recursos económicos, materiales y humanos con los que cuentan, realicen un control responsable de los mismos. Y se permita auditar de manera clara el gasto público a través de los mecanismos jurídicos pertinentes.
F) Auditoría Superior de la Federación
El ámbito de actuación de la Auditoría Superior de la Federación fiscaliza la Cuenta Pública mediante auditorías que se efectúan al Poder Ejecutivo federal (que se divide en el Sector Central –integrado por las secretarías de Estado, la Oficina de la Presidencia, la Consejería Jurídica y los órganos reguladores coordinados–, y el sector paraestatal –organismos descentralizados, empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales de crédito, instituciones nacionales de seguros, de fianzas y los fideicomisos), que incluye también a los Poderes Legislativo (Cámara de Diputados y Cámara de Senadores) y Judicial (Suprema Corte de Justicia, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación, Consejo de la Judicatura, juzgados de Distrito, Tribunales Colegiados y de Circuito), a los órganos constitucionalmente autónomos, a particulares que empleen fondos públicos–, así como los estados y los municipios que hagan uso de recursos federales transferidos, incluyendo a los particulares. Conforme a su mandato legal, el propósito es verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en las políticas y programas gubernamentales, el adecuado desempeño de las entidades fiscalizadas, y el correcto manejo tanto del ingreso como del gasto público.
Entre las facultades conferidas a la ASF, sobresalen:
• Efectuar revisiones a los tres Poderes de la Unión, a los órganos federales constitucionalmente autónomos y, en general, a todas las instituciones públicas que ejercen recursos federales, incluyendo a estados, municipios, e inclusive particulares.
• Fincar directamente responsabilidades resarcitorias y aplicar multas y sanciones.
• Carácter público de sus informes, una vez entregados a la Cámara de Diputados.
• Solicitar, en situaciones excepcionales, información a los Poderes y entes auditados, para rendir informes correspondientes.
• Establecer normas y procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad y archivo de libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y gasto públicos.
IX. Programa de Trabajo
El programa de trabajo es el documento que establece, en términos generales, sus objetivos y orientaciones estratégicos, así como el plan de actividades básicas para alcanzarlos durante cierto periodo.
El programa de trabajo no tiene carácter vinculante, pero sirve de orientación para planear las actividades fundamentales de las comisiones para el cumplimiento de sus atribuciones y de conformidad con sus respectivos ámbitos de competencia.
Fundamento legal
El artículo 45, numeral 6, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que una de las tareas de las comisiones es la elaboración de su programa anual de trabajo. En este sentido, en cumplimiento con el artículo 158, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, la comisión especial deberá preparar su programa anual de trabajo. El artículo 161 del Reglamento establece que el programa anual de trabajo deberá:
• Ser aprobado por el pleno de la comisión.
• Programación de reuniones de trabajo.
• Criterios generales para la metodología de trabajo, como integración de subcomisiones o grupos de trabajo.
Programa de trabajo de la Comisión Especial para combatir el uso de recursos ilícitos en procesos electorales, en el segundo año de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados
1. Objetivo general
Que el uso de los recursos públicos sea transparente, responsable honesto y racional.
El objetivo general será coadyuvar con las diversas autoridades para combatir el uso indebido de recursos ilícitos en los procesos electorales. En el ámbito de la competencia de la Cámara de Diputados, a través de acciones de colaboración con las autoridades federales, estatales y municipales para contribuir a que, durante los procesos electorales locales de 2017, se haga uso transparente y sin fines políticos, personales, electorales o partidistas de los recursos humanos, físicos, presupuestales y tecnológicos de las dependencias, entidades de la administración pública federal, estatal, y municipal, paraestatal, y organismos constitucionalmente autónomos, de la infraestructura e instalaciones que dichas instituciones administran y que están orientadas al buen cumplimiento de sus funciones, actividades y responsabilidades; o de los programas sociales, los servicios o bienes públicos provistos, administrados o financiados por la administración pública federal, estatal y municipal, organizaciones sociales, personas físicas o personas morales que actúen en nombre o representación de los gobiernos federal, estatal y municipal.
2. Objetivos específicos
Promover que todas las autoridades que intervienen en los procesos electorales; en el en el ámbito de sus competencias, protejan, respeten y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En el ámbito de las atribuciones de la Cámara de Diputados, velar por el respeto irrestricto a los principios constitucionales para unas elecciones (libres periódicas y auténticas) a las características del voto (universal, libre, secreto, personal, directo e intransferible), el acatamiento a los principios rectores de la función electoral y el cumplimiento puntual de los principios de equidad electoral y neutralidad política.
Velar por el cumplimiento en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 108 al 114). Asimismo, se deberá actuar en base a lo previsto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se contienen principios de equidad y neutralidad en la contienda política electoral.
Artículo 134 constitucional
Los recursos económicos de que dispongan el gobierno federal y el gobierno del Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones públicas paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.
El manejo de recursos económicos federales se sujetará a las bases de este artículo.
Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.
En consecuencia, se deberá:
• Promover y fomentar la cultura de la legalidad, transparencia y rendición de cuentas en el uso de recursos públicos en procesos electorales.
• Colaborar en el combate del uso de recursos públicos en los procesos electorales locales en Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz.
• Promover la protección y transparencia de los programas sociales en periodos electorales, a través de propuestas de reformas legislativas para el desarrollo y ampliación de las capacidades institucionales y de los espacios de participación ciudadana que buscan regular y acotar los márgenes de discrecionalidad en la operación de los programas, minimizando los riesgos potenciales de manipulación político-electoral o de un uso distinto para el que fueron concebidos los programas sociales.
Los recursos económicos de los que dispongan el gobierno federal y el gobierno de la Ciudad de México, así como sus respectivas administraciones públicas paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.
El manejo de recursos económicos federales se sujetará a las bases de este artículo.
3. Líneas de acción
- Establecer el micrositio de la comisión especial en la página de internet de la Cámara de Diputados.
- Orientación en línea: buzon.cecurppe@gmail.com; se realizarán orientaciones de los casos recibidos en el buzón; en caso de contar con hechos en los que se presuma uso indebido de recursos públicos, se recabará la información y se citará a los integrantes de la comisión especial para reunión extraordinaria en la que se analizará el caso y mediante acuerdo se determinará a que autoridad competente se remitirá la información (en un lapso no mayor a tres días hábiles a partir de la reunión extraordinaria).
- Difundir el marco legal vigente para prevenir, investigar y sancionar el uso de recursos públicos en procesos electorales.
- Organizar Foros temáticos en coordinación de Congresos Locales y de autoridades competentes para vigilar el uso de recursos públicos en proceso electorales.
- Orientar las denuncias que se presenten a la Comisión, por el uso de recursos públicos en procesos electorales, a las autoridades electorales, judiciales y administrativas competentes.
- Coordinar actividades con autoridades electorales y de control para fomentar la cultura de la legalidad, transparencia y rendición de cuentas en el uso de recursos públicos en procesos electorales.
- Solicitar informes a los sujetos obligados del uso de recursos públicos en procesos electorales.
- Colaboración interinstitucional con la Fepade mediante sesiones informativas para conocer el número y status de las incidencias que se presenten en los 4 procesos electorales.
4. Actividades específicas
4.1. Audiencias públicas
En coordinación con los Congresos locales Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz, los integrantes de la comisión especial de ser necesario participarán en audiencias públicas, únicamente con la finalidad de promover la equidad e imparcialidad tomando en consideración los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, considerando el principio de definitividad.
Artículo 99 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Audiencia a organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos.
4.2. Observatorio del uso de recursos públicos en procesos electorales
Monitoreo de medios impresos.
Informes de autoridades electorales.
Seguimiento a la aplicación de reglas de operación de programas sociales
4.3. Del trámite de denuncias o quejas que se presenten a la comisión especial
4.3.1. Ventanilla electrónica.
A través del micrositio de la comisión especial establecer mecanismos para recibir por este medio, las quejas y denuncias que sean presentadas por infracciones a la normatividad electoral, para en su caso, canalizarlas a las autoridades correspondientes.
4.3.2. Formularios de quejas y denuncias.
Acceso a formatos y flujogramas para la presentación de quejas y denuncias.
4.3.3. Trámite de quejas y denuncias
Cuando la comisión especial tenga conocimiento por cualquier medio de acciones que pudiesen consistir en violaciones a la normatividad electoral, administrativa o penal por el uso de recurso públicos en procesos electorales, el presidente de la comisión especial, dará cuenta de ello a los integrantes de la misma y remitirá, en su caso, la denuncia o queja a la autoridad competente.
4.3.4. Informes
Solicitar información a los sujetos obligados del uso de recursos públicos en procesos electorales.
4.4. Foros
4.4.1. Tema: Marco normativo para el blindaje de programas sociales y recursos públicos en los procesos electorales locales 2016-2017, en Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz.
Instituciones y organismos que serán convocados:
• Instituto Nacional Electoral.
• Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
• Auditoría Superior de la Federación.
• Secretaría de la Función Pública
• Congresos de Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz.
• Organismos electorales de los estados de Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz.
• Organizaciones de la sociedad civil.
• Partidos políticos.
Fecha: 24 y 25 de abril 2017.
Sede: Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados
4.4.2. Foros estatales
Tema: Marco Normativo para el blindaje de Programas Sociales y Recursos Públicos en Procesos Locales
a) Coahuila
b) Estado de México
c) Nayarit
d) Veracruz
Fecha y lugar: Por definir.
4.5. Observadores electorales
Acreditar a los miembros de la comisión especial y a las diputadas y diputados interesados en observar los procesos electorales del martes 4 de julio de 2017 en Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz.
Coordinar curso de capacitación para la observación electoral en el Instituto Nacional Electoral y Organismos Públicos Locales, involucrados en los procesos electorales 2017.
Agenda de sesiones ordinarias
Para el segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año legislativo de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados.
Reuniones
Instalación el 23 de noviembre de 2016
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Primera el 8 de diciembre
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Segunda el 2 de febrero de 2017
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Tercera el 23 de febrero
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Cuarta el 6 de abril
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Quinta el 9 de mayo
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am.
Sexta el 1 de junio
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Séptima el 11 de julio
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am
Octava 31 de agosto
Junta directiva: 9:30 am
Plenaria: 10:00 am.
Nota: El programa de trabajo se hará del conocimiento de la Junta de Coordinación Política para efectos del trámite y autorización de recursos para las actividades que se proponen en las entidades con elecciones locales.
Para compartir cualquier información con ésta Comisión Especial para combatir el uso de recursos ilícitos en procesos electorales, serán mediante los correos electrónicos: juan.romero@congreso.gob.mx; kcopadodh@gmail.com
* Las reuniones señaladas en el calendario que antecede podrán sufrir cambios, derivado de las actividades legislativas no contempladas.
Nota
1 Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Establece las bases de coordinación del SNA, a nivel federal y local, así como las características del Sistema Nacional de Fiscalización y de la Plataforma Digital Nacional; Ley General de Responsabilidades Administrativas. Detalla las responsabilidades administrativas y la obligación de los servidores públicos, de presentar declaraciones patrimonial, de conflicto de intereses y fiscal; Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Su objetivo es fortalecer a la Auditoría Superior de la Federación para el combate de la corrupción; reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Crea al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Crea la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, como órgano autónomo para investigar y perseguir actos de corrupción; reformas al Código Penal Federal. Establece las sanciones que serán acreditables a quienes cometan actos de corrupción: servidores públicos y particulares; reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Fortalece a la Secretaría de la Función Pública para la prevención y combate de la corrupción.
Comisión Especial para combatir el uso de recursos ilícitos en los procesos electorales
Diputados: Juan Romero Tenorio (rúbrica), presidente; Alberto Martínez Uriancho (rúbrica), Abel Murrieta Gutiérrez (rúbrica), Juan Pablo Piña Kurczyn (rúbrica), secretarios; Luis Fernando Mesta Soulé (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Isaura Ivanova Pool Pech (rúbrica), Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, Moisés Guerra Mota, Alejandro González Murillo, Edith Yolanda López Velasco, Marco Antonio Aguilar Yunes, Delia Guerrero Coronado (rúbrica) y Luis Felipe Vázquez Guerrero.