Gaceta Parlamentaria, año XXI, número 4295-VII, martes 12 de diciembre de 2017
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Gaceta Parlamentaria, año XXI, número 4295-VII, martes 12 de diciembre de 2017
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los ayuntamientos a destinar mínimo 5 por ciento del ingreso predial a material deportivo y fomento del deporte en general de los planteles escolares de sus comunidades, a cargo del diputado Ramón Villagómez Guerrero, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado federal Ramón Villagómez Guerrero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, fracción XIX, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a todos los municipios a destinar cuando menos el 5 por ciento del ingreso predial en material deportivo y fomento al deporte en general a los planteles escolares, bajo las siguientes
Consideraciones
1. La reforma constitucional del 12 de octubre de 2011, estableció, en el último párrafo del artículo 4o., el derecho que tiene toda persona de gozar y disfrutar de cualquier actividad que fomente la cultura física y la práctica del deporte. Asimismo, contempla la obligación del Estado de fomentar y estimular su desarrollo mediante las leyes de la materia.
2. De igual manera, derivado de la reforma antes mencionada, se faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de cultura física y deporte, estableciendo la concurrencia entre la Federación, los Estados, la Ciudad de México y los municipios; así como de la participación de los sectores social y privado.
3. En cumplimiento al mandato constitucional, el 7 de junio de 2013 se publicó la Ley General de Cultura Física y Deporte, cuyo principal objeto es fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones.
4. Asimismo, como elemento integrador, es importante destacar la reforma constitucional en materia educativa que presentó el Ejecutivo federal el 10 de diciembre de 2012, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación fue el 26 de febrero de 2013. Lo anterior toda vez que de entre las diversas medidas que refiere la mencionada reforma, está la de la creación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa, además del fortalecimiento del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE o Instituto) mediante el otorgamiento de su autonomía constitucional y la ampliación de sus facultades, incluidas las necesarias para llevar a cabo el desarrollo y mejoramiento del sistema educativo a través de la evaluación de componentes, procesos y resultados, que como consecuencia, entre otros, las escuelas dispongan de la infraestructura y los recursos escolares necesarios para funcionar, y en un futuro genere un sistema nacional de evaluación educativa justo y técnicamente confiable con una importante y buen uso en la inversión de recursos públicos. Por ende, se mejore e implemente de manera eficaz la infraestructura adecuada para el pleno desarrollo del deporte en las áreas educativas.
5. Atendiendo a una de las metas de la reforma constitucional educativa, que es la de ofrecer un desarrollo óptimo de los niños y en un ambiente saludable, el gobierno federal se vio obligado a en el año 2013, en el proyecto de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, contemplar dos reformas adicionales, una de las cuales fue la reforma hacendaria, que entre otros supuestos, tuvo por objeto reformar la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), que busca gravar el consumo de alimentos que contienen un alto nivel calórico. Lo anterior busca prevenir y erradicar la obesidad entre hombres, mujeres, niños, niñas y adolescentes y tiene sustento en los derechos a la alimentación y a la protección de la salud previstos en la Constitución.
6. El 30 de abril de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte 2014-2018, mismo que propone impulsar condiciones adecuadas en cuanto a infraestructura y programas atractivos que operen con eficiencia y eficacia. En el citado Programa, el gobierno de la República busca que la práctica y la incorporación de la actividad física y el deporte, como una prioridad fundamental, mejore la capacidad funcional y la calidad de vida. El Programa Nacional se sustenta en diez perspectivas diferentes que pretende desarrollar y mejorar, tres de las cuales, que son las que interesan para efectos de la presente iniciativa, son las de deporte escolar, infraestructura del deporte y capacitación en el deporte.
Exposición de Motivos
La primera declaración expresa que consagró la práctica del deporte como un derecho humano se da el 21 de noviembre de 1978, de manos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La Carta o Estatuto Internacional de la Educación Física y el Deporte, publicada por la ONU, estableció en su artículo primero que “todo ser humano tiene el derecho fundamental de acceder a la educación física y al deporte, que son indispensables para el pleno desarrollo de su personalidad”. Los derechos humanos en el deporte se refieren a un mandato genérico que abarca una serie de derechos relacionados entre sí. La base del movimiento a favor de los derechos radica en aceptar el concepto fundamental de que el deporte y el tiempo libre son un derecho de todos los seres humanos, necesario para su desarrollo, su salud y para el bienestar tanto de los individuos como de la sociedad. El deporte es un lenguaje universal con la capacidad de superar diferencias y fomentar valores esenciales para una paz duradera. Es una herramienta poderosa para liberar tensiones y facilitar el diálogo.
El Estado mexicano ha mantenido una tradición de cooperación internacional en diversos temas que involucran a toda la comunidad internacional. En algunos casos ha sido el principal promotor de acuerdos y convenios internacionales y ha adoptado otros más sobre la orientación de políticas en diversas materias, como derechos humanos, educación, salud, desarrollo, ciencia y tecnología, así como en materia de juventud y deporte, entre otros temas. El Informe sobre Juventud 2005 evalúa las acciones emprendidas a partir de 1995 de acuerdo a las prioridades indicadas en el Programa de Acción Mundial para los Jóvenes hasta el año 2000 y años subsiguientes, siendo éste los ejes más determinantes de la políticas de juventud a nivel mundial.1
Así, en el Informe se menciona que en dicho Programa se consideraron diez cuestiones que afectaban a los jóvenes de acuerdo al diagnóstico del año en que fue elaborado y que en el año 2003 se agregaron otras cinco cuestiones de relevancia para la juventud de acuerdo a las nuevas realidades. Así, en conjunto son quince líneas del Programa, agrupadas en tres grupos, de las cuales se recomiendan acciones en la planeación sobre políticas de la juventud. Dentro del primer grupo, sobre la juventud en la economía mundial, se prevé el tema de la educación.
México ha ratificado 9 instrumentos internacionales, y que por consiguiente ha modificado el ordenamiento legal, en materia de deporte. Sin embargo, los instrumentos más relevantes en la materia son las dos Cartas o Estatutos sobre la Educación Física y el Deporte, la primera como ya se había mencionado de 1978 y, la segunda del 18 de noviembre de 2015 denominada “Carta internacional de la educación física, la actividad física y el deporte”, ambos redactados por la ONU. Durante la 38 sesión de la Conferencia General de la UNESCO, se redactó el actual convenio internacional, de la cual México es parte, que establece los principios y estándares éticos y cualitativos de la educación física, la actividad física y el deporte.
Es importante mencionar, que de manera complementaria y para dar sentido a la Carta Internacional de la Educación Física, en el Período Extraordinario de Sesiones de las Naciones Unidas sobre la Infancia, en mayo del 2002, los líderes mundiales se comprometieron a promover la salud física, mental y emocional de los niños, incluidos los adolescentes, por medio del juego, los deportes. Asimismo, recomienda incorporar y proporcionar instalaciones y oportunidades de acceso a actividades deportivas y de recreación en las escuelas y comunidades. Lo anterior también con fundamento en lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos del Niño, específicamente en su Principio VII, así como en la Convención sobre los Derechos del Niño, ateniendo en lo particular a los artículos 27, 29, 30, 31 que buscan promover el derecho de los niños a jugar.
Ahora bien, el tema de los derechos de los niños en el deporte requiere consideración especial, principalmente en el sector salud en donde el deporte debe de tener mayor injerencia y estímulo, toda vez que actualmente en nuestro país cuenta con altos niveles de obesidad y enfermedades derivadas de ésta, por falta de fomento en la educación de una debida cultura física. Lo anterior, es necesario que se atienda y erradique con prontitud, ya que de acuerdo al INEGI sobre las estadísticas de mortalidad en México, la segunda causa de muerte es la Diabetes o enfermedades cardiovasculares. Además, en nuestro país se diagnosticaron de enero a noviembre de 2014, 323 mil 110 casos nuevos de obesidad. De acuerdo a cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social, la gravedad del problema es todavía peor, toda vez que en 2015 hubo más de 21 mil muertes debido a la diabetes.
México se posiciona como líder en obesidad infantil, siendo las principales causas las siguientes: poca o nula actividad física y la ingesta de alimentos hipercalóricos que son ricos en grasa, sal y azúcares pero pobres en vitaminas y minerales. La obesidad ocasiona, no solo en una crisis de salud pública. Promover la actividad física es una excelente manera de prevenir las enfermedades crónicas y, desde el punto de vista de los países, una estrategia económica para mejorar la salud pública.
Asimismo, es importante mencionar que enfermedades como diabetes, hipertensión y cardiovasculares, acaban con el recurso Federal y en las entidades federativas. Por ejemplo, según el Instituto Mexicano del Seguro Social estimó que el tratamiento de la diabetes en el 2015 consumió 42 776 millones de pesos en seguro social. Por lo tanto, es necesario comenzar a corregir y prevenir desde la etapa escolar, fomentando y estimulando de manera efectiva el deporte en las escuelas, para así anticipar problemas mayores.
El pasado 14 de noviembre de 2016, por primera vez en la historia del país, la Secretaría de Salud emitió una declaratoria de emergencia sanitaria por diabetes y obesidad, confirmando los graves problemas de salud que se padecen en México. La declaratoria de emergencia se debió, principalmente, al repunte de los casos de diabetes en las personas, y que sigue ocasionando grandes cifras de decesos al año. Es por ello, que con motivo de la declaratoria, se pretende implementar una estrategia de atención médica pronta, oportuna y de fácil acceso para todas las personas. Sin embargo, es importante resaltar la gravedad del asunto que se trata, toda vez que debido al estilo de vida de la gran mayoría de los mexicanos es sedentaria o de nula actividad física. Tal y como lo demuestra el Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico, elaborado por el INEGI en noviembre del 2013, en donde de acuerdo el 56.2 por ciento de la población mexicana de 18 años y más en área urbana es inactiva físicamente o con hábitos de alimentación poco saludable. De este universo, el 42 por ciento son hombres y el 58 por ciento mujeres. Por ende, es necesaria la implementación de un hábito o educación deportiva en todos los planteles escolares, de todos los niveles, en donde se puede evitar de manera temprana la afectación de esta enfermedad a muchas personas.
Lo anterior no se considera una obligación actual por parte del Estado, toda vez que además de ya encontrarse a nivel constitucional en el artículo 4, por todo lo antes mencionado se estima necesario igualmente contemplarse en el artículo 3, siendo así que se lleve de manera integral la meta de alentar y fortalecer la práctica del deporte en la educación, privada o pública, a fin de evitar males como la diabetes o hipertensión. De igual manera, ya se encuentra contemplado en la Ley General de Cultura Física y Deporte, en el artículo 2, fracción IV, como uno de los fines de esa ley, que dice: “IV. Fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio importante en la preservación de la salud y prevención de enfermedades;”. Asimismo, en el artículo 3 y 88 de la referida ley, establece que la cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles y grados de educación y enseñanza del país como factor fundamental del desarrollo armónico e integral del ser humano. Lo anterior, para que sirva como fundamento, además lo estipulado en diversos instrumentos internacionales, para que se pueda y deba contemplarse en la Constitución como obligación o meta a nivel escolar.
La infraestructura de los planteles educativos comprende aquellos servicios y espacios que permiten el desarrollo de las tareas educativas. A través de los Exámenes de la Calidad y el Logro Educativos y de las Guías de Cotejo de Recursos Materiales, llevadas a cabo en 2005 por el INEE en escuelas de nivel preescolar, se pudo concluir que aproximadamente 80 por ciento de las escuelas urbanas en contexto favorable cuenta con área de juegos en condiciones de uso, mientras que en las modalidades comunitarias e indígenas 20 por ciento o menos de las escuelas cuenta con ésta.
Fomentar la práctica del deporte, no solo evita o previene problemas para el ámbito o sector salud, sino que también sirve como medio para la prevención del delito. Es así, que si se incluye al deporte a nivel escolaridad, como una meta con fundamento en la Constitución, generará incentivos para que las niñas, niños y adolescentes se interesen en el deporte y se motiven en salir adelante, así como desarrollar talentos que a su vez será un instrumento para conseguir cualquier tipo de becas o ayuda para poder tener acceso a universidades. Por lo tanto, si se genera una conciencia deportiva, se evita que los menores puedan caer en vicios que conlleven a cometer delitos.
Ahora bien, la situación del concepto de deporte en la Constitución, no solo se encuentra previsto en el artículo 4, sino que el Constituyente reconoce expresamente que el deporte es un mecanismo que permite la reinserción de la persona privada de la libertad en cumplimiento de una sentencia penal. Sin embargo, y como se ha venido mencionando, no aparece como un elemento formativo del ser humano en edad temprana en el contexto formal constitucional del sistema educativo mexicano, ni tampoco como un elemento a calificar o evaluar, y en consecuencia alguna condición para efecto de estimular a las instituciones públicas que impulsen el deporte en los niños, lo que entre otros aspectos permite reconocer “niños con talento deportivo”, al igual que como se hace en el tema de “niños genios” en el ámbito estrictamente educativo. El deporte en el artículo 18 de nuestra Carta Magna establece lo siguiente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 18. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.
El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley . Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.
Por otra parte, el artículo primero de la Carta Magna dispone en su tercer párrafo que:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
En esa tesitura, habido dado cuenta de que el deporte es un derecho humano, que debe ser garantizado a toda persona, y que los menores de edad son quienes en todos los ámbitos, particularmente el educativo en el que el gobierno puede y debe incidir positivamente en su educación, debemos ofrecerles y garantizarles el acceso a este derecho. Por lo que resulta de interés superlativo que todas las autoridades, garanticen y otorguen incentivos y mecanismos para que este derecho humano esté al alcance del menor.
Es por esto que, observando que el primer orden de competencias y de proximidad es el municipio, éste debe incentivar al fomento al deporte en los planteles escolares de su comunidad, por lo que, una acción concreta es el destinar recursos a dichos planteles, etiquetados a este objeto.
Por lo antes expuesto, se considera necesario exhortar a los municipios, a fin de que, a través de los ingresos obtenidos a través del ingreso predial, éstos destinen cuando menos el 5 por ciento en material deportivo y fomento al deporte en genera a los planteles escolares de sus comunidades.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único . Se exhorta a todos los municipios a destinar cuando menos el 5 por ciento del ingreso predial en material deportivo y fomento al deporte en general de los planteles escolares de sus comunidades.
Nota
1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, “Contexto internacional”, en Juventud y Deporte [Actualización: 16 de mayo de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputado Ramón Villagómez Guerrero (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a establecer en la NOM-041-SSA2-2002, “para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento, el control y la vigilancia epidemiológica del cáncer de mama”, una segunda lectura de un especialista en radiología y oncología respecto al diagnóstico establecido en las mastografías, a cargo del diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía, del Grupo Parlamentario del PAN
Elías Octavio Íñiguez Mejía, diputado de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congresos de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Generalidades
1. El Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) define al cáncer de mama o adenocarcinoma como “una enfermedad maligna en donde la proliferación acelerada, desordenada y no controladas de las células pertenecientes a diversos tejidos de la glándula mamaria forman un tumor que invade los tejidos vecinos y metastatiza a órganos distantes del cuerpo”.1
Estadísticas de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud, establecen que, en el año 2012, más de 408 mil mujeres fueron diagnosticadas con cáncer de mamá en las Américas, y un aproximado de 92 mil falleció por la misma causa.2
2. Trasladándonos al ámbito nacional, México en 2012, registro 5 mil 403 defunciones en mujeres con una tasa de 16.3 defunciones por cada 100 mil mujeres. Este mal es la principal causa de muerte en mujeres en nuestro país, asimismo, las entidades federativas que registraron mayor mortalidad por causas de cáncer de mama, fueron Coahuila, Sonora y Nuevo León.3
3. Las principales causas de riesgo que generan cáncer de mama en las mujeres son:4
• Envejecimiento
• Genes
• Antecedentes familiares de cáncer de mama
• Antecedentes personales recientes de padecer cáncer de mama
• Exposición a estrógenos y progesterona a lo largo de su vida
• Antecedentes de anomalías mamarias benignas
• Factores geográficos y sociales
• Radioterapia de la mama durante la niñez o adolescencia
• Sobrepeso y obesidad
• Consumo de alcohol y tabaquismo
4. Para establecer un diagnóstico oportuno de cáncer de mama, es necesaria la correlación entre hallazgos clínicos, mastográficos e histopatológicos. Toda mujer que tenga sospecha de padecer cáncer de mama se le debe realizar el siguiente procedimiento:5
• Historia clínica completa enfocada en la búsqueda de los factores de riesgo que generen cáncer de mama.
• Examen clínico completo con énfasis en las glándulas mamarias y zonas linfoportadoras (ganglios axilares y supraclaviculares).
• Mastografía y/o ultrasonido, según la edad, hallazgos y detección de factores de riesgo.
• En caso de sospecha de malignidad a la exploración clínica y/o estudio de imagen (mastografía), se envía al siguiente nivel de atención, en los casos necesarios.
• Diagnóstico histopatológico.
• Diagnóstico anatomopatológico.
Planteamiento del problema
6. La mala aplicación por partes de las autoridades de la salud y la insuficiencia de algunas disposiciones establecidas en la Norma Oficial Mexicana-041-SSA2-2002, podrían resultar en severas afecciones a la salud de nuestras mujeres mexicanas. Algunos especialistas en el sector médico oncológico se basan conforme a los resultandos direccionados por las mastografías, sin embargo, las interpretaciones de las mastografías son sumamente delicadas y complejas de analizar, ya que algunas lesiones emitidas pueden ser variables y por tanto requieren otro nivel de comprensión, siendo en este tenor de ideas, que algunos especialistas sugieren una segunda lectura por parte de otro especialista radiólogo u oncológico, que emita similitudes en los resultados arrojados.
Cabe señalar que el instrumento por excelencia para detectar anomalías mamarias, son las mastografías, pero como se mencionó anteriormente, es necesario contar con personal especializado para dilucidar sus resultados, ya que existe cuenta de que han existido falsos resultados emitidos tanto por la propia prueba mamográfica, así como de los intérpretes de dichos análisis.
7. Países como Estados Unidos, China, Suiza, Japón, Inglaterra y España, recomiendan en sus ordenamientos salubres en materia de cáncer de mama, realizar una segunda o doble lectura por radiólogo que dé fe de los resultados antes analizados y que el mismo documento de diagnóstico conste de ambas firmas por parte de los especialistas, para que en el debido caso de que exista similitud de conforme a la interpretación, se proceda a llevar el tratamiento y protocolos clínicos que determinan las autoridades sanitarias.
8. La Organización Mundial de la Salud cuenta con una guía actualizada, para que los países miembros puedan optar por medidas de buenos diagnósticos tempranos al cáncer de mama, y para ello recomienda:
a) Sensibilizar al público acerca de los síntomas del cáncer y alentarlo a recurrir a la asistencia médica cuando los detecte.
b) Invertir en el fortalecimiento y el equipamiento de los servicios de salud y la formación del personal sanitario para que se realicen diagnósticos exactos y oportunos.
c) Velar porque las personas con cáncer tengan acceso a un tratamiento seguro y eficaz, con inclusión del alivio del dolor, sin que ello les suponga un esfuerzo personal o financiero prohibitivo, así como la adopción de medidas conducentes que garanticen el correcto diagnóstico de los canceres sin que haya afección a la salud del paciente.6
9. Otro problema que se genera al momento de conocer el diagnóstico de las mastografías, es que las instituciones de lectura del sector salud público, llegan a generar retardos o desasistir las peticiones de sus resultados que a efecto de conocimiento de su problemática, desean entender, por ello, es que es de suma pertinencia que los resultados esgrimidos por los especialistas radiólogos u oncológicos le sean otorgados con la prontitud y entrega personal a las mujeres que se sometieron a la realización de dicha prueba.
Marco Jurídico aplicable
10. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4o. establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la propia Constitución.
11. La Ley General de Salud en su artículo 3o., fracción XVI, determina que es considerado materia de salubridad general “La prevención y control de enfermedades no transmisibles”.
12. En cuanto al requerimiento del diagnóstico de las mastografías, el artículo 6o. de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sostiene lo siguiente:
“...El estado garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier entidad, autoridad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos; así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito de la federación, de las entidades federativas y los municipios.”
El cáncer de mama como se dejó en claro al principio de este instrumento, es la principal causa de muerte en las mujeres mexicanas, pero cabe señalar que, si el diagnóstico se hace de manera oportuna y temprana, se cuenta con grandes oportunidades de rehabilitación y curación de dicho mal, por lo que empero en la necesidad de adecuar las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana-041-SSA2-2002, para que las mujeres tengan de derecho a contar con una segunda lectura por parte de un especialista en sus mastografías.
Por los argumentos antes mencionados, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Secretaría de Salud, para que establezca en la Norma Oficial Mexicana-041-SSA2-2002, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, la obligación de emitir una segunda lectura de un especialista en radiología y oncología, respecto del diagnóstico establecido en las mastografías.
Segundo. Se exhorta a las instituciones públicas de la salud, en su calidad de sujetos obligados, para que de manera oportuna, pronta y expedita y de conformidad con Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, entreguen los resultados de las mastografías a los usuarios que lo requieran.
Notas
1 Instituto Nacional de Salud Pública. (2008). Cáncer de Mama. 16/10/2017, de Secretaría de Salud Sitio web: http://www.inppares.org/sites/default/files/Cancer%20de%20mama.PDF
2 Organización Mundial de la Salud. (2016). Cáncer de mama. 16/10/2017, de Publicaciones Sitio web:
3 Organización Mundial de la Salud. (2014). Información Estadística-Cáncer de mama. 16/10/2017, de Acciones y Programas Sitio web:
https://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/informacio n-estadistica
4 Fundación contra el Cáncer, AC (2012). Cáncer de mama: Guía para pacientes. 16/10/2017, de European Society for Medical Oncology Sitio web:
https://www.esmo.org/content/download/6594/114963/file/E S-Cancer-de-Mama-Guia-para-Pacientes.pdf
5 Secretaría de Salud. (2001). Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2002, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. 16/10/2017, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:
http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/041ssa202.html
6 Organización Mundial de la Salud. (2017). El diagnóstico temprano del cáncer salva vidas y reduce los costos de tratamiento. 16/10/2017, de Comunicados de prensa Sitio web:
http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2017/early- cancer-costs/es
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Pemex a pagar inmediatamente el aguinaldo completo a todos los trabajadores a su servicio y poner fin a los descuentos injustificados de su salario, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Norma Rocío Nahle García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto el numeral 1, fracción I, del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra un conjunto de derechos de los trabajadores del campo y la ciudad, fruto de décadas de lucha de la clase obrera mexicana. Como se ha sostenido en la doctrina jurídica, plasmada en diversas iniciativas de modificación de dicho precepto, con la creación del artículo 123 constitucional se materializó la existencia de un derecho del trabajo que robusteció el conjunto de derechos sociales recogidos en nuestra Carta Fundamental. Un derecho protector de la clase trabajadora sustentado en principios básicos: la concepción del trabajo como un derecho y un deber sociales, la libertad e igualdad en el trabajo, la irrenunciabilidad de los derechos que la Constitución y las leyes otorgan y la estabilidad en el empleo. La defensa de estos derechos es una de las razones principales de la organización gremial, y del diseño institucional que el Estado mexicano se ha dado a lo largo de su historia.
El contenido del artículo constitucional citado y su desarrollo en la legislación secundaria, plasman derechos de primer orden para el trabajador: la duración máxima de la jornada de trabajo, los días de descanso obligatorio, normas protectoras para el trabajo de las mujeres, pago de salarios mínimos, vacaciones, prima de antigüedad, aguinaldo, participación en las utilidades de las empresas, pago de tiempo extra, vivienda, capacitación, seguridad social, higiene y seguridad, entre otros. En materia de derechos colectivos los mencionados preceptos establecen el derecho de los trabajadores a organizarse en sindicatos, reclamar la firma de contratos colectivo de trabajo y a la huelga en caso de que sus condiciones de trabajo se vean afectadas.
Alrededor de estos derechos se han erigidos instituciones del Estado para dirimir conflictos entre trabajadores y patrones, así como para materializar estas normas protectoras y de protección social como la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, la Procuraduría de Defensa del Trabajo, las Juntas de Conciliación y Arbitraje -que por reforma reciente se extinguirán para dar paso a tribunales de naturaleza judicial-, así como los institutos de seguridad social como el IMSS y el ISSSTE.
Segunda. No obstante, como lo ha expuesto el Grupo Parlamentario de Morena en diversos puntos de acuerdo, varios de esos derechos han sido desconocidos en distintos centros de trabajo como ocurre actualmente en Petróleos Mexicanos. En efecto, producto de la reforma energética privatizante, se ha impuesto una política criminal de despidos que ha afectado a miles de trabajadores y sus familias, se ha deteriorado el servicio médico de calidad que disfrutaban los trabajadores petroleros y ahora se desconoce el pago del aguinaldo completo en zonas petroleras del país.
Trabajadores de las secciones 11 y 16, de Nanchital y Villa Cuichapa respectivamente, del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, han denunciado que les fue pagado incompleto su aguinaldo en abierta violación a la Ley Federal de Trabajo y al Contrato Colectivo de Trabajo que rige a esta Empresa Productiva del Estado. El supuesto “error” en el pago tendría como fin, según lo ha denunciado los propios trabajadores afectados, apoyar las campañas electorales del PRI en los procesos local y federal en curso.
Como ellos mismos lo declaran:
“Seguro ese supuesto error fue planeado para desvío de dinero a las campañas, porque en Pemex Comalcalco les dijeron a los trabajadores que se los van a devolver hasta abril de 2018:”1
En este caso, el descuento fue de 15 días de un total de 60 días de aguinaldo al que tienen derecho. En otros casos de denuncia que ha recibido la suscrita, como representante popular de una zona petrolera, se habla de descuentos para apoyar la reconstrucción de viviendas dañadas por los sismos de septiembre pasado o de descuentos injustificados por concepto de seguridad social que han ido a parar a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), sin consentimiento de los trabajadores.
El aguinaldo es una prestación irrenunciable de los trabajadores; es concebida como un pago de fin de año que estos reciben por su trabajo y está protegida por las leyes laborales, tanto para los trabajadores al servicio de empresas privadas como de empresas públicas como Pemex. La falta de cumplimiento en el pago o su pago incompleto puede ser demandado ante las Juntas de Conciliación, así como ante los tribunales especializados en materia laboral. Por ello, no hay razón alguna para que Petróleos Mexicanos incumpla íntegramente con una disposición legal y contractual.
Frente a estas arbitrariedades e injusticias hacia los trabajadores petroleros, pilar de una industria estratégica para el desarrollo del país, Morena considera que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión debe manifestarse enérgicamente.
Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración de esta Soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a Petróleos Mexicanos a pagar inmediatamente el aguinaldo completo a todos los trabajadores a su servicio, así como poner fin a los descuentos injustificados a su salario.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a impedir, en el ámbito de sus atribuciones, que se lesionen los derechos de los trabajadores de Pemex en el pago del aguinaldo, de conformidad con la legislación laboral y el Contrato Colectivo de Trabajo que rige a la empresa, así como aplicar las sanciones que corresponda.
Nota
1 http://www.carmenenlinea.com/noticias/locales/error-de-recursos-humanos -deja-sin-salarios-a-cientos-de-trabajadores-petroleros/10-12-17.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, 12 de diciembre de 2017
Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNS y la Policía Federal a evaluar la viabilidad de agilizar los lineamientos de operación para revisar, analizar y autorizar los programas de capacitación con un periodo de respuesta máximo de dos meses, a cargo de la diputada Paola Iveth Gárate Valenzuela, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Paola Iveth Gárate Valenzuela, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Seguridad, la Policía Federal y la Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial (Sidepol), para que evalúen la viabilidad de reducir los tiempos de análisis de propuestas de los cursos de capacitación y profesionalización del Sistema Integral de Desarrollo Policial, con el objeto de que las y los integrantes del servicio activo de la policía federal se capaciten y actualicen en el menor tiempo posible, con el fin de generar la promoción y los méritos de los integrantes para cumplimentar con el procedimiento permanente y progresivo de formación para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes de las instituciones policiales y por ende les permita un crecimiento en la carrera policial.
Exposición de Motivos
Dentro de las atribuciones de la Policía Federal se encuentran las de salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos; prevenir los delitos e investigar para prevenir la comisión de delitos; investigar los delitos bajo la dirección jurídica del Ministerio Público; cumplimentar mandamientos de autoridades jurisdiccionales y ministeriales; coordinarse con autoridades de los tres órdenes de gobierno para el ejercicio de sus respectivas funciones, entre otras, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo; 123, apartado B, fracción XIII, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2 y 8 de la Ley de la Policía Federal.
La Policía Federal se segmenta actualmente en siete divisiones: Inteligencia; Investigación; Seguridad Regional; Científica; Antidrogas; Fuerzas Federales y Gendarmería (Cámara de Diputados, 2010), las cuales generan las propuestas y sugerencias a las academias e institutos de formación policial acerca de los programas de formación, capacitación específica y especialización que requieran los integrantes adscritos a su unidad administrativa; las cuales son enviadas para análisis, correcciones y posterior aprobación al Sistema Desarrollo Policial (Sidepol), como se señala en el artículo 7, fracción XXVIII, del Reglamento de la Policía Federal que es la coordinación encargada de dicho trámite.
El Sistema de Desarrollo Policial trabaja bajo una serie de lineamientos establecidos en un conjunto de reglas y procedimientos estructurados y enlazados entre sí que comprenden la Carrera Policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario de los integrantes de las instituciones policiales de las áreas de operación y servicios, con el objeto de garantizar el desarrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades que pretenden elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio pero sobre todo cumplir con los principios constitucionales del artículo 6 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, lo anterior fomenta un desarrollo profesional con estabilidad laboral que incluye mejores salarios, movilidad horizontal, ascensos dentro de la estructura y permanencia, lo anterior establecido en los artículos 45 y 85 fracción IV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Cámara de Diputados, 2009).
En el mismo tenor de ideas, los artículos 7, fracción II; 8, fracciones II y IV; 17; 33, 34 y 35 del Reglamento de la Ley de la Policía Federal, prevén la facultad para que los coordinadores de las Divisiones de la Policía Federal, establezcan lineamientos, criterios, sistemas y procedimientos que deban regir en las unidades administrativas que tengan adscritas pero sólo tienen la libertad de autorizar sus programas internos de capacitación sin la emisión del certificado necesario para ascensos y promociones, ya que para obtener dichos certificados los programas de los cursos son enviados a la Sidepol específicamente a la Dirección General de Formación y Profesionalización para revisión y autorización lo que se traduce en mayor tiempo de espera llegando a ser periodos de 6 hasta 24 meses, tiempo excesivo para las y los miembros activos que esperan por dichos cursos.
En cuanto a la formación continua para desarrollar en forma permanente las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes de las instituciones policiales, se instrumentó un proceso de formación continua que incluye cursos de actualización, especialización, promoción y alta dirección.
En la preparación de los elementos operativos de la Policía Federal destacan los cursos de actualización que incluyen actividades como tiro con arma larga; metodología y técnicas de investigación; operaciones encubiertas; respuesta inmediata ante amenaza de bomba, y defensa personal. Asimismo, tomando en cuenta que el combate de delitos como el tráfico de drogas, el lavado de dinero, el secuestro y la extorsión requiere conocimientos y habilidades específicas, los elementos de la Policía Federal reciben capacitación permanente y especializada en temas como panorama jurídico sobre delincuencia organizada; técnicas de investigación financiera; prevención y detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita; análisis y tratamiento de la información; técnicas avanzadas de entrevista y comunicación no verbal, y formación de agentes encubiertos.
El curso de Gestión Operativa, dirigido a suboficiales, oficiales y subinspectores, comprende temas como tráfico de armas, narcotráfico, trata de personas y lavado de dinero. Este curso tiene por objeto la formación de elementos con capacidad de asumir posiciones de liderazgo y mayor responsabilidad dentro de la institución.
En cuanto al curso de Alta Dirección, dirigido a altos mandos, su objetivo es desarrollar conocimientos, capacidades y destrezas para la planeación, administración y evaluación de los recursos humanos y materiales. Como parte de este curso se imparten temas de relevancia como delincuencia organizada en México, desarrollo institucional, técnicas y tácticas policiales, gestión y operación policial y comunicación estratégica.
Por otra parte, los elementos de la Policía Federal reciben capacitación en derechos humanos, ya que este tema es un componente fundamental de la política institucional. Entre las acciones impulsadas destaca la firma de dos convenios firmados con la Cruz Roja Internacional, el primero de ellos el 12 de junio de 2008 y el segundo el 14 de febrero de 2011, mismos que se suscribieron con el fin de brindar capacitación en derechos humanos y principios humanitarios a los miembros de la institución (García, 2012).
Es importante destacar que los integrantes de la Policía Federal pueden tomar cursos de capacitación en el extranjero siempre y cuando los programas académicos y/o cursos de capacitación que se pretenda tomar estén directamente vinculados o relacionados con la función que el aspirante desarrolla en la institución, para lo que éste deberá presentar una carta de exposición de motivos donde resalte dicha situación, dicho curso deberá tener como objetivo el fortalecimiento de sus capacidades y habilidades, destrezas o conocimientos del aspirante relacionados directamente con las actividades o área de trabajo que desarrolla en la institución (Diario Oficial de la Federación DOF, 2013).
Lo anterior se establece en el Programa Rector de Capacitación y Profesionalización, que es el conjunto de contenidos encaminados a la profesionalización de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública (artículo 61 y 5, fracción XII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública) los cuales son actualizar los planes y programas curriculares por perfil, de acuerdo con las competencias que se requieren para el desarrollo de las funciones encomendadas al personal de las instituciones policiales; y desarrollar y fortalecer el sistema de profesionalización para hacer posible la implementación de nuevos planes y programas de estudios, de los cuales se desprenden una serie de lineamientos para validación de programas de formación continua:
1. Todos los planes y programas de estudio vinculados a la seguridad pública deberán ser sometidos a la validación del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
2. Asimismo, el SESNSP integrará las modificaciones y/o contenidos propuestos por las Instituciones de Seguridad Pública del orden federal: Comisionado Nacional de Seguridad (CNS), Policía Federal (PF) y Sistema Integral de Desarrollo Policial de la Policía Federal (SIDEPOL).
3. Con la finalidad de incorporar contenidos locales, regionales y específicos, las academias e institutos de seguridad pública, procuración de justicia y del sistema penitenciario podrán agregar el número de horas y contenidos que consideren necesarios, toda vez que se respeten los contenidos y cargas horarias mínimas que establece el programa de formación inicial que desea modificar.
4. Las academias o institutos podrán contratar docentes cuando se trate de conocimientos especializados, pero se abstendrán de contratar empresas para que impartan la formación inicial.
5. La validación y registro de planes y programas de estudio deberá realizarse ante la Dirección General de Apoyo Técnico del SESNSP, de acuerdo con lo establecido en los Criterios de Implementación del Programa Rector de Profesionalización.
6. Los contenidos de los planes y programas de estudio de la formación inicial y continua tendrán que estar alineados con los programas integrales de capacitación de las instituciones de seguridad pública de los diferentes organismos que componen el SNSP, con la finalidad de promover el desarrollo integral de los elementos, evitar duplicidad en contenidos y promover un uso adecuado de los recursos disponibles en materia de formación y capacitación.
7. Las academias o institutos podrán ampliar el número de horas para cada perfil en función de sus necesidades. El programa propuesto deberá ser sometido a la validación de la Dirección General de Apoyo Técnico del SESNSP, de acuerdo con los Criterios de Implementación del Programa Rector.
Las áreas de conocimiento que establece el marco general para el desarrollo y contenido de los planes.
México requiere de fuerzas policiales capacitadas para estar a la vanguardia en seguridad que incrementen continuamente sus capacidades para prevenir y combatir los delitos de orden federal.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la aprobación de la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Seguridad, Policía Federal (PF) y Sistema Integral de Desarrollo Policial de la Policía Federal (Sidepol) para que evalúen la viabilidad de agilizar los lineamientos de operación para revisar, analizar y autorizar los programas de capacitación con un periodo de respuesta máximo de dos meses, esto para el fortalecimiento de la policía federal.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputada Paola Iveth Gárate Valenzuela (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa y la Sedesol a intensificar las campañas existentes e implantar nuevos instrumentos para combatir la desnutrición entre menores de cinco años, a cargo del diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía, del Grupo Parlamentario del PAN
Elías Octavio Íñiguez Mejía, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. El Unicef define desnutrición como “un estado patológico resultante de una dieta deficiente en uno o varios nutrientes especiales o de carácter esencial, así como de la mala asimilación de los alimentos por parte del organismo”.1
Hay tres clases de desnutrición: aguda, crónica y global.
a) Desnutrición aguda: Deficiencia de peso para altura, delgadez extrema, resultante de una pérdida de peso asociada con periodos recientes de hambruna o enfermedad que se desarrolla rápidamente y es limitada en el tiempo;
b) Desnutrición crónica: Retardo de altura para la edad, asociada normalmente a situaciones de pobreza, con consecuencias para el aprendizaje y menos desempeño económico; y
c) Desnutrición global: Deficiencia de peso para la edad, radica en que, existen una insuficiencia ponderal que se encuentra compuesta por las desnutriciones aguda y crónica.
El mismo organismo internacional indica que a escala mundial, casi cada cuatro niños menores de cinco años de edad sufren desnutrición crónica, y una tercera parte de las muertes en este grupo es atribuible a la desnutrición.
2. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe, organismo comisionado perteneciente a la Organización de las Naciones Unidas, sostiene que en México la desnutrición crónica ha causado más de 2 millones de muertes prematuras en los últimos 65 años y se calcula que aproximadamente 1 de cada 6 infecciones respiratorias agudas y entre 3 y 4 por ciento de los episodios de diarrea en niños se atribuyen a la desnutrición, generando que en último supuesto algunos de estos niños fallezcan por deshidratación debido a la diarrea y su mal estado inmune.2
3. Las oficinas del Unicef en México determinan que el país, pese a los grandes avances que ha experimentado en los últimos años, la desnutrición y la obesidad infantiles siguen siendo un problema irresuelto.3
4. El grupo más vulnerable en el ámbito de la desnutrición en México son los niños de cinco a catorce años de edad, donde las zonas urbanas representan 7.25 por ciento mala alimentación y un estimado del porcentaje al doble en las zonas rurales del país.
La desnutrición afecta de un modo impresionante las regiones del sur de México, mientras que la obesidad lo hace en el territorio norte del país, siendo menester que el Estado mexicano continúe con los esfuerzos para promover una dieta saludable y equilibrada para los todos los grupos de edad, pero poniendo sumo énfasis en nuestras niñas, niños y adolescentes.
Un dato relevante: el riesgo de que un niño o una niña indígena fallezca por diarrea debido a la desnutrición y las infecciones intestinales que está apareja es tres mayor entre la población no indígena.4
5. La desnutrición y la malnutrición son la principal causa de morbilidad en México. Las entidades federativas que presentaron incremento de este problema son Colima, que de 2006 a 2012 incrementó en 5.2 por ciento en casos de desnutrición, seguido por Nuevo León, donde pasó de 0.7 a 3.2; y por último Campeche, Chiapas y Guerrero, que registraron un aproximado del 1.4 de casos de desnutrición infantil.5
6. La prevalencia de desnutrición moderada en zonas rurales pasó de 1.5 por ciento en 2006 a 1.4 en 2012. En las zonas urbanas se redujo de 1.6 a 1.1 en el mismo periodo. La prevalencia de desnutrición grave presentó cambios mínimos: pasó de 0.7 en 2006 a 0.6 en 2012 en zonas rurales, mientras que en el estrato urbano se mantuvo en 0.4.6
7. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o. que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la propia Constitución.
8. La Declaración Universal de los Derechos Humanos determina en el artículo 22:
... Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
9. La Ley General de Salud determina en el artículo 3o., fracción XII, que son materia de salubridad general “la prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria...”
10. La Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, “Servicios de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar atención”, tiene por objeto el establecer los criterios que deben seguirse para orientar a la población en materia de alimentación.
11. La Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA3-2013, “Para la asistencia social alimentaria a grupos de riesgo”, tiene por objeto el establecer las características y especificaciones mínimas que deberán observar las instituciones públicas, sociales y privadas, que otorguen asistencia social alimentaria a grupos de riesgo.
Por lo enunciado, empero la necesidad de fortalecer las políticas públicas nutricionales y de salud que aborden a la desnutrición y la malnutrición en el país, dándole un enfoque multicausal y propiciar la participación ciudadana para poder hacer frente a este gran problema en salud pública.
Ante los argumentos expresados, someto a consideración de esta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a las Secretarías de Salud, y de Desarrollo Social a intensificar en el ámbito de sus facultades y competencias los programas encaminados a erradicar la desnutrición en niños menores de cinco años, así como a implantar nuevos mecanismos que consideren las recomendaciones hechas por el Unicef y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe a fin de combatir este mal.
Notas
1 Unicef (2012). Desnutrición, 13 de octubre de 2017, de Unidos por la Niñez. Sitio web: https://www.unicef.org/lac/glosario_malnutricion.pdf
2 Rodrigo Martínez, de Cepal (2008). Modelo de análisis del impacto social y económico de la desnutrición infantil en América Latina. Santiago, Chile: Naciones Unidas.
3 Unicef (2014). El doble reto de la malnutrición y la obesidad, 13 de octubre de 2017, de Salud y Nutrición. Sitio web:
https://www.unicef.org/mexico/spanish/17047.htm
4 Ibídem.
5 Secretaría de Salud (2016). Informe sobre la salud de los mexicanos, 13 de octubre de 2017, de Ssa. Sitio web:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/64176/INF ORME_LA_SALUD_DE_LOS_MEXICANOS_2015_S.pdf
6 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la implantación de medidas y acciones a fin de dar pronta solución al conflicto entre las comunidades de Chalchihuitán y Chenalhó, y garantizar el apoyo para los desplazados por la violencia en Los Altos, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, diputado a la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El vasto y bello territorio chiapaneco cuenta con una superficie total de 73 211 kilómetros cuadrados (km²), a su vez, cuenta con una población de 5 millones 217 mil 908 habitantes1 que pertenecen a distintas etnias y pueblos regidos por usos y costumbres propios. El abanico de comunidades, así como la inclusión de éstas a otro sistema normativo sin el diálogo y análisis adecuado, ha hecho de Chiapas, un estado caracterizado por la constante presencia de problemáticas sociales, políticas y agrarias, que han desembocado en acciones tales como la toma de dependencias gubernamentales, bloqueos carreteros y constantes enfrentamientos.
En este momento, es de necesidad inmediata atender lo que está sucediendo en los Altos de Chiapas, donde desde octubre del presente año se ha presentado un conflicto entre Chalchihuitán y Chenalhó, ambos municipios indígenas chiapanecos. La magnitud del conflicto aumenta día con día al punto de considerarse una auténtica situación de emergencia humanitaria. Con tal de evitar ser asesinados o verse envueltos como daños colaterales de un conflicto armado, niños, mujeres embarazadas y adultos mayores no tienen otra opción que huir y buscar escondite en medio de las montañas, careciendo de alimento, servicios sanitarios y médicos, techo y abrigo, soportando las crudas temperaturas, para sobrevivir la riña que ha llegado al nivel paramilitar.
Una situación así no es nueva. Los antecedentes son evidentes y se remontan a los famosos y desoladores casos del levantamiento zapatista (1994) y el de Acteal (1997). Pese a esto, ni el transcurrir de los años, ni la sucesión de los diversos gobiernos han atendido ni detenido esta clase de conflictos, al contrario, siguen suscitándose sin encontrar las soluciones, pues son consecuencia de la falta de respuesta de las mismas autoridades a las problemáticas tanto locales como estatales.
Sin embargo, aun con el antecedente, el conflicto entre Chalchihuitán y Chenalhó es ya conocido y antiguo en el estado. El conflicto se remonta a 1973, momento en el que la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), lleva a cabo la división geográfica del territorio, ignorando los acuerdos generados entre diversas comunidades de ambos municipios, como la falta de tacto y del vínculo humano de la comunicación al establecer los límites de ambos territorios, pues se omitió que, previamente, las comunidades ya habían pactado como límite natural al río San Pablo.
Como resultado de la acción de la SRA en 1975, Chalchihuitán, obtiene el reconocimiento y titulación de bienes comunales el cual es llevado a cabo cinco años más tarde, lo que desembocó en la entrega de 17 mil 948 hectáreas y benefició a mil 787 campesinos; este reparto fue la principal causa de descontento entre los habitantes del municipio vecino, Chenalhó. Por su parte, los habitantes de Chalchihuitán deciden alambrar y construir muros de concreto dentro del territorio comunal de Chenalhó pese a los acuerdos. Los pobladores de Chenalhó responden destruyendo los límites físicos construidos.
Los trámites para la ejecución de la resolución presidencial se retoman hasta el año 2000, cuando Chalchihuitán demanda a Chenalhó ante el Tribunal Unitario Agrario la restitución de más de 58 hectáreas, y Chenalhó contrademanda solicitando anular la ejecución parcial de esta resolución. A partir de entonces la violencia entre ambas partes va en aumento hasta el punto de causar heridos, desplazados y muertos.
En 2008, la disputa sigue sin ser debidamente atendida y se crea el grupo multidisciplinario que se encargaría de prestar la suficiente atención para analizar y dar la resolución correcta al conflicto agrario. En 2010 este grupo emite un informe que señala que es responsabilidad de la SRA resarcir el daño provocado, pues históricamente el territorio que se disputa corresponde a Chenalhó y se tendría que recompensar a Chalchihuitán.
El gobierno del estado y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), en 2014, al no reconocer el acuerdo de 1976 ni el informe del grupo multidisciplinario, señala que quienes deben recibir la compensación a cambio de las tierras era Chenalhó.
Aunado a esto, en 2015, la alcaldesa de Chenalhó, Rosa Pérez Pérez, simpatizante del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), fue restituida después de numerosas protestas en su contra por formar grupos armados para agredir e intimidar a la población Chalchihuitán y Aldama, además del mismo Chenalhó.
Así, con el conflicto latente y sin el mínimo interés por parte de la administración chiapaneca, el pasado 18 de octubre fue asesinado Samuel Luna Girón, habitante de Chalchihuitán, en una parcela que es área de disputa con Chenalhó. Posteriormente, en noviembre se reportó que hombres armados atacaron a habitantes de siete comunidades de Chalchihuitán, dejando un herido y una casa quemada.
Desde esa fecha, 5 mil 23 personas de las comunidades de Ch’en Mut, Pom, Tomoltón, C’analumtic, Bejeltom, Tulantic, Vololch’ojon, Cruz C’ac’alnam y Cruzton sobreviven en condiciones precarias, bajo improvisadas carpas, sin comida, ropa y soportando temperaturas de hasta tres grados por las noches.
Tras el desplazamiento de los pobladores de las comunidades Kanalumtic, Bejelton, Pom y Chen Mut, municipio de San Pablo Chalchihuitán, el gobierno del estado se reúne con los presidentes municipales de las respectivas comunidades en busca de un diálogo que permita resolver las diferencias. Ambos alcaldes acuerdan respetar las resoluciones judiciales sobre el conflicto agrario.
Así, las autoridades chiapanecas acuerdan en formar una Base de Operaciones Mixtas (BOM) para resguardar la seguridad de los límites entre ambos municipios. Además, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (Frayba) emite una “acción urgente” por la “emergencia” causada por la respuesta violenta y la situación de los desplazados ante el conflicto territorial.
Ante el ambiente de violencia al que las familias de las comunidades colindantes se enfrentan, el desplazamiento hacia la montaña, ha sido una de las principales soluciones que los pobladores han encontrado para ponerse a salvo y alejarse de, lo que podría resultar, según testimonios de organizaciones como el Frayba, en una matanza peor que la de Acteal. Además, la situación se ha tornado más complicada, dado que grupos armados tomaron la carretera y bloquearon los accesos a las comunidades del municipio de Chalchihuitán, con el objetivo de mantener incomunicada a la población y así obtener el control del municipio.
El director del Frayba, Pedro Faro, preocupado por evitar que se repita otra masacre como la de Acteal, señaló que desde el sexenio de Pablo Salazar (2000-2006), Juan Sabines (2006-2012) y el actual de Manuel Velasco (2012-2018) sólo se ha hablado de acuerdos que darían solución al conflicto pero sólo se quedan en el discurso: “No se sabe qué intereses puede haber ahí para que esa zona se vuelva zona de guerra, nuestra explicación, hasta donde podemos lograr ver, es que desde la masacre de Acteal se ha dejado crear un clima de impunidad, donde los actores que están ligados al gobierno, actúan de manera impune y hacen lo que quieren en la zona. No hay pues un estado de derecho”, dice Faro y, añade que “el gobierno lo único que ha anunciado es la creación del BOM conformada por cuerpos policiacos y militares del gobierno estatal y federal, similar a la que estaba cerca de la masacre de Acteal en 1997, y nunca previno para evitar el multihomicidio”.
Según la información proporcionada por el Frayba, las comunidades en mayor riesgo son Tzacucum, Codo de Río, Balumpi, Chacotom, Chimcruz, Zacatón, Tzeleltic, Tzantechen, Pajalton, Xaltom, Ceranichimtic, Zanajo, Shcumun, Naptic, Nuctsu, Maxilo, Nichkacanam, Tzomolton, Cruz Kakalnam, Bololchojon, Tulantik, Pom, Chenmut, Kanalumtik, Canech, Cotolchij, Lobolaltik, Pacanam, Pat Canteal, Tzununil, Chiquinshulum y Joltelal. Aproximadamente 7 mil personas afectadas por la violencia.
Así, la organización no gubernamental (ONG) demuestra que las medidas implementadas por la actual administración del gobierno de Chiapas, lejos de ser mediáticas, sólo aumentan el clima de violencia que podría llegar a peores consecuencias de no ser correctamente atendido. Las violaciones a los derechos humanos de los habitantes de Chalchihuitán y Chenalhó, así como la paz social y el libre tránsito requieren atención inmediata.
A pesar de que dicho conflicto tiene más de 40 años de existencia, la falta de soluciones por parte de los gobiernos han desembocado en enfrentamientos que hasta la actualidad no han cesado, pues desde 2014, ante la ausencia de propuestas para darle salida al problema del reparto agrario, habitantes de Chenalhó declaran, que harán justicia por mano propia y, como se ha visto, han tomado acción de sus palabras.
Por su parte, el comunicado oficial emitido por el gobierno de Chiapas, puntualiza que las familias desplazadas han contado con el apoyo del gobierno, asimismo se revela que el actual gobernador Manuel Velasco Coello, ordenó atender con todos los recursos a las familias desplazadas contando con el apoyo del Ejército Mexicano en la distribución de despensas entre los afectados. Asimismo, se pretende que existan medidas cautelares y precautorias con el objetivo de salvaguardar los derechos humanos y la integridad física de las comunidades afectadas y las comunidades vecinas.
En el mismo comunicado, el secretario de Protección Civil, Luis Manuel García Moreno, dio a conocer que “se envió a Chalchihuitán mil despensas y artículos de higiene personal, así como 500 cobertores y colchonetas, en coordinación con la parroquia de Simojovel...”. En contraste, existe un comunicado hecho por medio del Centro de Derechos Humanos Frayba, en el que se dio a conocer que la situación de los desplazados es distinta, pues no se ha recibido ningún tipo de apoyo por parte de las autoridades, por lo que la situación ha comenzado a empeorar, lo que alerta al centro, por la inminente violación a los derechos humanos.
Con todo lo anterior, se exige al gobierno del estado que dé una pronta resolución al conflicto inicial, basado en el reparto de las tierras respetando los acuerdos tomados por los habitantes de ambos municipios, además, se solicita que se deje de mentir a la población que se encuentra al tanto del conflicto en Chiapas.
Por otra parte, es importante mencionar que en el aspecto legal, existe una denuncia ante el Tribunal Unitario Agrario 03, con sede en Tuxtla Gutiérrez, que hasta la fecha no ha sido resuelta, además de la inacción por parte de la SRA, han dejado ver que se busca el confrontamiento entre las comunidades, y que se evita de todas las formas darle solución inmediata al problema que aqueja a los chiapanecos.
Como puede observarse con lo anteriormente expuesto, la respuesta por parte del Estado mexicano ha sido nula, pues el único hecho verídico es que estamos ante una situación en la que una parte de la población chiapaneca se enfrenta a la falta de comida, gasolina y una latente amenaza de la suspensión de los servicios de energía eléctrica, además de la preocupación constante por balaceras e incendios en distintas comunidades, por no mencionar lo más grave: comunidades desplazadas, seres humanos huyendo de su suerte, escondidos y con miedo a ser asesinados, mientras carecen de alimento y servicios básicos, atentando contra su calidad de vida y derechos humanos.
Por todo lo expuesto y fundando, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación para que intervenga y dé solución al conflicto agrario entre Chalchihuitán y Chenalhó, municipios del estado de Chiapas.
Segundo. Teniendo en cuenta la gravedad del conflicto, se hace un llamado al Tribunal Unitario Agrario, 03 de Tuxtla Gutiérrez para que atienda el expediente 181/2005 a la mayor brevedad posible.
Tercero. Se solicita atención inmediata a la crisis humanitaria que enfrentan más de cinco mil personas expulsadas de su comunidad de origen y que se encuentran en una situación que trasgrede su calidad moral, humana y de vida.
Cuarto . Se solicita la creación de una Comisión de Diputados especializados en el caso para que atiendan con el suficiente tacto y neutralidad la delicada situación entre Chalchihuitán y Chenalhó y se llegue al mejor acuerdo posible.
Nota
1. Inegi. Cuéntame. 2015
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa federal y las locales a diferenciar los tipos de diabetes en sus programas de acción específicos de prevención y control de la mellitus, a cargo del diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía, del Grupo Parlamentario del PAN
Elías Octavio Íñiguez Mejía, diputado federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congresos de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
1. La Organización Mundial de la Salud define a la diabetes como: “una enfermedad crónica que aparece cuando el páncreas no produce insulina suficiente o cuando el organismo no utiliza eficazmente la insulina que produce. El efecto de la diabetes no controlada es la hiperglucemia (aumento del azúcar en la sangre).1
Según estimaciones de este organismo internacional, 422 millones de adultos en todo el mundo tenían diabetes en el año 2014, frente a 180 millones que fueron calculados en el año la década de los 80’s.2
Como pudimos dilucidar, el registro de personas que han sufrido diabetes en los últimos años se han acrecentado de manera exponencial, ello debido a diversos factores que han generado la proliferación de la enfermedad, de los que podemos mencionar los siguientes:3
• Complicaciones infecciosas en el páncreas.
• Genética y factores ambientales.
• Sobrepeso y la obesidad.
• Resistencia a la insulina.
• El embarazo.
• Enfermedades hormonales.
2. Estadios de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2016 (ENSANUT), sostiene que la prevalencia de la diabetes mellitus en el país paso de un 9.2 por ciento en 2012 a 9.4 por ciento en 2016, así mismo es pertinente subrayar que:
I. Las mujeres reportan mayores valores de diabetes (10.3 por ciento) que los hombres (8.4 por ciento). Esta tendencia se observa tanto en localidades urbanas (10.5 por ciento en mujeres y 8.2 por ciento en hombres) como en rurales (9.5 por ciento en mujeres, 8.9 por ciento en hombres).
II. La mayor prevalencia de diabetes se observa entre los hombres de 60 a 69 años (27.7 por ciento), y las mujeres de este mismo rango de edad (32.7 por ciento) y de 70 a 79 años (29.8 por ciento).
III. El 87.7 por ciento de los adultos con diabetes recibe un tratamiento para controlar la diabetes, cifra que aumentó ligeramente de la cifra de 85 por ciento en 2012.
IV. Las complicaciones reportadas por los adultos diabéticos fueron: visión disminuida (54.5 por ciento), daño en la retina (11.2 por ciento), pérdida de la vista (9.9 por ciento) y úlceras (9.1 por ciento) en una de cada 10 personas diagnosticadas. Las amputaciones se observaron en 5.5 por ciento.4
3. En México, la diabetes mellitus ocupa el primer lugar en número de defunciones por año, tanto en hombres como en mujeres las tasas de mortalidad muestran una tendencia ascendente en ambos sexos con más de 70 mil muertes y 400,000 casos nuevos anuales cabe señalar que según la Dirección General de Información en Salud en el 2007 hubo un número mayor de defunciones en el grupo de las mujeres (37,202 muertes) comparado con el de los hombres (33,310), con una tasa 69.2 por 100,000 habitantes en mujeres y de 64 en hombres, diferencias importantes a considerar en las acciones preventivas, de detección, diagnóstico y tratamiento de este padecimiento. La diabetes no es un factor de riesgo cardiovascular. Es un equivalente de enfermedad cardiovascular debido a que el riesgo de sufrir un desenlace cardiovascular es igual al de la cardiopatía isquémica.
4. Dentro de la diabetes mellitus existen varios grupos fundamentales respecto de este tema:
a) Diabetes tipo 1: Conocida anteriormente como diabetes juvenil o diabetes insulinodependiente, misma que se diagnostica inicialmente en niños, adolescentes y jóvenes, debido a que las células beta del páncreas ya no producen la suficiente insulina, porque el sistema inmunitario del cuerpo las ha atacado y destruido.
b) Diabetes tipo 2: Siendo la diabetes más frecuente y pudiendo aparecer a cualquier edad, tiene su génesis cuando existe resistencia a la insulina, haciendo que las células de grasa, musculares y del hígado no utilicen la insulina adecuada.
c) Diabetes gestacional: Es aquella que desarrollan las mujeres y se materializa durante las últimas etapas del embarazo, desapareciendo semanas después del parto, sin embargo, una mujer que haya sufrido diabetes gestacional tiene mayor probabilidad de presentar diabetes tipo 2 en un futuro.
5. Como se mencionó anteriormente, la diabetes mellitus es un grave problema de salud pública en el país, coincidiendo con afirmaciones del INEGI y de la propia Secretaría de Salud, quienes sostienen que la lucha contra la diabetes es el tercer problema primordial en la salud pública de los mexicanos.
Asimismo la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, estipula que México ha presentado una dimensión crítica, toda vez que se encuentra ubicado en el primer lugar de prevalencia de diabetes mellitus en la población entre 20 y 79 años.5
6. El titular del Poder Ejecutivo federal, licenciado Enrique Peña Nieto en conjunto con el Secretario de Salud, José Narro Robles en el año 2013 presentaron la “Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes”, misma que tiene como eje rector principal el disminuir las complicaciones ocasionadas por el sobrepeso, la obesidad y la diabetes mellitus.
7. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4o establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la propia Constitución.
8. La Ley General de Salud en su artículo 3º, fracción XVI determina que es considerado materia de salubridad general “La prevención y control de enfermedades no transmisibles”.
9. La Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus, tiene por objetivo el establecer los procedimientos para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus, así como sus complicaciones, así mismo, la observancia de dicha norma obligatoria en el territorio nacional para los establecimientos y profesionales de la salud de los sectores público, social y privado que presten servicios de atención a la diabetes en el Sistema Nacional de Salud.
Por los argumentos esgrimidos con anterioridad, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud federal para que se diferencie los diversos tipos de diabetes en su Programa de Acción Específico, Prevención y Control de la Diabetes Mellitus 2013-2018, así como en sus Estrategias de combate a esta enfermedad, con la finalidad de garantizar el adecuado tratamiento y control de complicaciones de estos padecimientos.
Segundo . Se exhorta respetuosamente a las 32 entidades federativas de la República Mexicana para que diferencien los diversos tipos de diabetes en sus Programas de Prevención y Control de la Diabetes Mellitus, así como en sus Estrategias de combate a esta enfermedad, con la finalidad de garantizar el adecuado tratamiento y control de complicaciones de estos padecimientos.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal y a las 32 entidades federativas a que se establezcan metas específicas en estos instrumentos para la atención y control de la diabetes mellitus tipo 1.
Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal a incorporar dentro de los criterios que se contemplan para el Registro de pacientes de diabetes, hipertensión, obesidad y dislipidemia, del Sistema de Información en Enfermedades Crónicas del Observatorio Mexicano de Enfermedades no Transmisibles la diferenciación de los tipos de diabetes.
Notas
1 Organización Mundial de la Salud. (2016). Diabetes. 17/10/2017, de Temas de Salud Sitio web:
http://www.who.int/topics/diabetes_mellitus/es/
2 Organización Mundial de la Salud. (2015). Informe Mundial sobre la Diabetes. 17/10/2017, de who Sitio web:
http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/204877/1/WHO_NM H_NVI_16.3_spa.pdf
3 Ibídem.
4 Instituto Nacional de Salud Pública. (2017). Encuesta Nacional de Salud y Nutrición. 17/10/2017, de Oment, sitio web:
http://oment.uanl.mx/ultimas-cifras-de-diabetes-en-mexic o-ensanut-mc-2016/
5 Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, Health at a Glance 2011: OECD Indicators, OECD Publishing, 2011
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputado Elías Octavio Iñiguez Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la delegación Cuajimalpa de Morelos a implantar acciones para incrementar la seguridad de los habitantes y evitar que continúe la justicia por propia mano, a cargo de la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena
Las suscrita, Sara Paola Gálico Félix Díaz, diputada federales de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I, así como 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Consideraciones
Las y los vecinos de la delegación Cuajimalpa de Morelos, cada vez más, forman parte de las estadísticas delictivas, siendo víctimas de diversos actos de violencia, como son: asaltos, robos y extorsiones que se cometen a plena luz del día, todos los días. Estos hechos, han generado el hartazgo en la sociedad por la falta de seguridad que prevalece en las calles de la demarcación.
La delegación Cuajimalpa de Morelos, está muy lejos de ser una delegación pacífica, amigable, habitable y segura.
El hartazgo de la sociedad deja ver a un gobierno socavado por la pérdida de autoridad (en todos los sentidos), reflejo de su ineficiente e ineficaz intervención, incapaces de poner orden en la demarcación ante la presencia de los delincuentes, genera que las y los pobladores de dicha delegación tomen la justicia por propia mano.
Cuando las autoridades no pueden cumplir con su función de salvaguardar, preservar y proteger el orden público, así como, cuidar la integridad personal y los bienes de las personas, los pobladores pasan por encima de las mismas. Situación que trae consigo diversos problemas, siendo uno de ellos, los linchamientos.
De acuerdo con especialistas, linchar es un actuar colectivo, que pretende restituir el orden frente a una omisión o por desconfianza hacia las autoridades.1
Estos actos de justicia por propia mano de las y los pobladores, reflejan el hastió, la inconformidad y el descontento de la sociedad, llevándolos a actuar en contra de los delincuentes de forma violenta, lo que muchas veces llega al grado de intentar lincharlos. El último de este tipo de hechos, se suscitó en el pueblo de San Lorenzo Acopilco de la delegación Cuajimalpa de Morelos, el pasado 23 de noviembre del presente año.
El intento de linchamiento de uno de los tres presuntos asaltantes (dos lograron huir) que despojaron del dinero de la cuenta a los tripulantes de un camión repartidor de gas, se inició cuando pobladores del pueblo de San Lorenzo Acopilco se percataron de los hechos, cercando la camioneta en la que intentaban darse a la fuga los agresores, causándole daños al vehículo y amagando al sujeto que se encontraba en el interior, al grito de que estaban cansados de tanta delincuencia y que las autoridades no hicieran nada. A base de fuerza, los uniformados rodearon la camioneta y lograron sacar al ladrón.2
El hecho de violencia, terminó en una confrontación entre habitantes de San Lorenzo Acopilco, delegación Cuajimalpa de Morelos, y granaderos, quienes ante la multitud enardecida tuvieron que arrojar gas lacrimógeno para tratar de controlar la situación.3
Los intentos de linchamiento, son una clara señal de la ineficiencia del combate a la delincuencia, resultado de la indiferencia de las autoridades delegacionales, quienes se preocupan más por otros temas que por brindar seguridad a los vecinos de Cuajimalpa de Morelos.
No se puede permitir que la delincuencia continúe creciendo, que tengan que ser los mismos pobladores quienes se cuiden entre ellos, aplicando su propia ley y ejerciendo justicia por propia mano.
Se deben procurar acciones de participación ciudadana, profesionalización de las instituciones policiales, así mismo, aprovechar las tecnologías en materia de seguridad pública, que contribuyan a prevenir la comisión de delitos en la demarcación, permitiendo bajar los índices de delincuencia en la delegación Cuajimalpa de Morelos.
Es necesario que la población se sienta tranquila, por lo que las autoridades competentes deben de hacer lo necesario para mantener el orden público, garantizar la seguridad de las y los vecinos de Cuajimalpa de Morelos. Es tiempo de que el jefe delegacional, Miguel Ángel Salazar, atienda con responsabilidad y de manera frontal, el problema de la delincuencia que es cada vez mayor en la demarcación.
No podemos dar la espalda a las y los ciudadanos, ni hacer oídos sordos a sus demandas.
Desde el ámbito de nuestra competencia, es necesario visibilizar su problemática, y hacer lo conducente para que sus voces sean escuchadas. No sólo por un asunto de elemental justicia, sino también, porque es nuestra responsabilidad ética como representantes populares.
Por lo anteriormente expuesto y debido a la gravedad del problema, ponemos a consideración de esta asamblea, la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al jefe delegacional de Cuajimalpa de Morelos, Miguel Ángel Salazar, para que implemente las políticas, programas, estrategias y acciones necesarias, a efecto de garantizar la seguridad de los habitantes de dicha demarcación, y evitar así que, continúen haciéndose justicia por propia mano, ante el clima de violencia e inseguridad que están padeciendo.
Notas
1 https://www.maspormas.com/especiales/justicia-propia-o-venganza/
2 Ídem.
3 http://www.jornada.unam.mx/2017/11/24/capital/039n1cap
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de diciembre de 2017.
Diputada Sara Paola Galico Félix Díaz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la implantación en toda la república de acciones coordinadas para prevenir, detectar y atender las enfermedades infectocontagiosas de vías respiratorias entre la población en la temporada invernal 2017-2018, a cargo del diputado José Máximo García López, del Grupo Parlamentario del PAN
Proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Salud de manera conjunta con la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Gobernación, la Secretaria de la Defensa Nacional y la Secretaria de Marina se implementen en toda la República acciones coordinadas para la previsión, detección y atención médica de las enfermedades infectocontagiosas de vías respiratorias para toda la población mexicana durante la temporada invernal 2017-2018, que presenta el diputado Federal José Máximo García López integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
El suscrito diputado José Máximo García López del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3 fracción XX, 6 numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a consideración de esta tribuna, proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes
Considerandos
A fines del mes de octubre del 2017, el titular de la Secretaría de Salud como parte de las estrategias formuladas en cumplimento con lo establecido en los artículos 5, 7, 13 y demás relativos de la Ley General de Salud declaró el inicio de la temporada invernal 2017-2018, con lo anterior convocó a las instancias responsables a involucrarse en las estrategias de atención en el tema de las enfermedades de las vías respiratorias en apoyo con los objetivos trazados por la propia dependencia en forma adicional con el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, Ismael Cosío Villegas (INER) especialista en la medicina del ramo en el Plan para el 2017, aprobado el pasado 3 de abril del presente año trazaron un muy completo planteamiento de eventos para dar respuesta a la ciudadanía.
Es notoria la calidad con que se ha buscado no solo afrentar los grandes retos de generar los instrumentos legales, factores humanos, logísticos y científicos destinados a emprender la lucha contra las llamadas enfermedades infectocontagiosas invernales de los mexicanos adicionales a las gripes que el propio Instituto Nacional de Estadística y Geografía ha destacado son las presentadas en un porcentaje de alrededor de dos a tres ocasiones al año y son más grandes las probabilidades de contraer en el periodo de noviembre a marzo de cada temporada en sus datos compilados al mes de abril del 2016 y los datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), hallamos:
Las principales enfermedades invernales infectocontagiosas en México son las enfermedades cerebrovasculares, la cantidad de mexicanos que pierden la vida ante los padecimientos que vasos sanguíneos por la dificultad que presenta lograr la norma respiración por la bajas temperaturas, como dificultad de circulación en la temporada hasta 31 mil 902 víctimas, tema que se agrava máxime que a esta fecha no se ha desplegado una campaña de exhortación a la población para vacunarse.
Las enfermedades pulmonares obstructivas con riesgo de conversión crónica, dañan los climas fríos con el progresivo avance de la merma a la sistema respiratorio del paciente como el caso del EPOC porque le disminuye la capacidad de inhalar aire y desencadena tos persistente, lo que puede manifestarse como bronquitis crónica, o neumonía, que llegan a cobrar hasta fallecimientos con un índice de 18 mil 531 casos.
La influenza provocada por un virus que infecta las vías respiratorias muy contagiosa hasta lograr cobrar vidas, registrando más de 15 mil 700 pacientes que perdieron la vida por esta causa, así como las enfermedades provocadas por el tabaquismo que es un factor que facilita el ingreso de esta disminución de la salud letal haciendo más graves los padecimientos del corazón o la presión arterial.
Como podemos ver, las acciones que demanda la ciudadanía en un país con más de 80 millones de personas que están inmersas a fenómenos del medio ambiente poco favorables que son factores de riesgo y en tal sentido es la Secretaría de Salud la encargada de propiciar de manera transversal actos de campañas para hacer frente a esta tendencia, sin embargo existe un gran estatus de incertidumbre de una visible carencia globalización del fenómeno en los ámbitos de acción de las estructuras del gobierno federal por mantenerse como eje coordinador de las estrategias a emprender en las esferas de los tres niveles de gobierno de manera correlacionada con los órganos que deben ser involucrados en el tema que a estas fechas y es una prioridad en para la población que empieza a resentir los embates naturales de la época.
Tan solo el presente mes de noviembre del 2017, no han sido como en otros años recibidos mensajes de difusión o actos por parte del gobierno federal destinados hacia la prevención, información de actos relativos la detección y atención médica que se brindará, así como sus niveles de en de las enfermedades infectocontagiosas de vías respiratorias se atenderá a la gente y no solo es el aspecto de la tardía manifestación de estrategias lo que da lugar al presente punto de acuerdo, sino la latente falta de involucramiento a la Secretaría de Gobernación y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaria de la Defensa Nacional y la Secretaria de Marina por armonizar sus acciones en torno a este problema de salud pública que los congresos locales en este tema han hecho latente de manera preocupada al exhortar a sus gobiernos a realizar los actos tendientes a dar este cúmulo de atención pero solo en su territorio.
Basta ver que solo en el sitio de la Secretaría de Salud se han publicado medidas de prevención para estas enfermedades en cinco pasos para aminorar riesgos de contagio, pero ello ya parte de la hipótesis de estado ya presente el problema, no así de prevención, como se ha hecho ver en el ejemplo del llamando que se hizo la pasada sesión del 24 de noviembre en la Asamblea Legislativa a la Comisión Ambiental de la Megalópolis y la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México para hacer presencia para atender de fondo el problema de la contaminación que se incrementará por las bajas temperaturas en el próximo invierno y generen protocolos ambientales para encarar las posibles contingencias que podrían afectar la salud de la población y el ambiente, tema que sin duda es de salud pública que no solo afecta una sola urbe sino todo México, debido al aumento de los principales agentes contaminantes como el ozono y el óxido de nitrógeno que provocan inflamaciones, dermatitis, sequedad y envejecimiento, así como hipoxia tisular, que es una carencia de aporte de oxígeno a los tejidos, aumentando la necesidad de brindar las herramientas capaces de generar protocolos ambientales, lo cual es observable en una gran parte de las regiones de todo el país y no solo de la zona centro.
Es decir, es una problemática de federalizar las acciones que deben ser materia de involucramiento por parte del gobierno federal el dar tangible respuesta en su marco de actuar y competencias sumarse a hacer frente a todos los acontecimientos de la política nacional sanitaria por ser un deber establecido en el ordenamiento y plan de acción citados de tal forma que no solo se genere una transversal toma de conciencia del deber que no se está oportunamente atendiendo como la misma Ley Fundamental se lo ordena al estado mexicano en su artículo 4, dado que no es una responsabilidad de las 32 entidades federativas dar la cara por la población en el entorno sino de toda la República, por ello es que convoco a esta asamblea a sumarnos en pro de la vida y los derechos humanos del país.
Por lo expuesto y fundado
Único. Se solicita al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Salud de manera conjunta con la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Gobernación, la Secretaria de la Defensa Nacional y la Secretaria de Marina se implementen en toda la República acciones coordinadas para la previsión, detección y atención médica de las enfermedades infectocontagiosas de vías respiratorias para toda la población mexicana durante la temporada invernal 2017-2018.
Dado en el Salón de Plenos de la Cámara de Diputados, a 12 de diciembre de 2017.
“Por una patria ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos”
Diputado José Máximo García López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno de la Ciudad de México a evitar cualquier medida que ocasione el incremento de la contaminación y la consiguiente violación de los derechos humanos de los habitantes de la megalópolis, suscrita por los diputados Juan Romero Tenorio y María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena
Juan Romero Tenorio y María Chávez García diputados federales de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea, como de urgente u obvia resolución la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primero. El Programa de Verificación Vehicular nació en 1996 y su objetivo consiste en revisar cada semestre los niveles de emisión de contaminantes de los vehículos particulares, de carga, de transporte de pasajeros y taxis, matriculados o que circulan en la Ciudad de México.
Este programa es relevante porque facilita la operación del Programa Hoy no Circula que, a su vez, se hizo de carácter obligatorio y permanente en 1990, fecha en que sólo se restringía la circulación a 20 por ciento del parque vehicular particular y al transporte público durante un día laboral y a un horario específico. Así operó hasta 1997, toda vez que el 30 de diciembre de 1996 se publicó una actualización al acuerdo establecido en 1990 y ahí fue cuando se definieron las condiciones para exentar la restricción a la circulación.
De esta forma, los vehículos a gasolina modelo 1993 y posteriores así como los automotores pesados a diésel modelos 1998 y posteriores podían circular todos los días siempre y cuando presentaran bajos niveles de emisión, los cuales eran fiscalizados a través de la aplicación del Programa de Verificación Vehicular;1 así se han ido modificando los parámetros con que opera, siendo su actualización más reciente la anunciada el 30 de Junio de 2017.
Es así que el programa Hoy No Circula adquirió una doble función, por un parte evitaba la emisión de contaminantes provenientes del parque vehicular que debía descansar un día a la semana y por otro lado permitía reducir la tasa de emisión de contaminantes de los vehículos que entraban en los distintos programas para exentar la restricción a la circulación.
Las acciones que se impulsaron utilizando como incentivo la exención al programa Hoy No Circula fueron: la utilización en vehículos de gas licuado de petróleo y gas natural en sustitución de la gasolina y diésel, la autorregulación de unidades a diésel pertenecientes a flotillas de transporte de pasajeros y mercancías, la sustitución de convertidores catalíticos en mal estado, el cumplimiento acelerado de estrictas normas ambientales, e incluso el mejorar el programa de verificación de emisiones vehiculares de algunos Estados de la zona centro del país.
La aplicación de las medidas mencionadas en el párrafo anterior permitió abatir con gran éxito las emisiones vehiculares, pero al mismo tiempo propiciaron que el programa Hoy No Circula perdiera cobertura afectando paulatinamente la eficiencia del mismo y poniendo, hacia finales de la década pasada, en riesgo la continuidad de éste.
En el año 2003 se estimó en 3.2 millones el número de vehículos que conformaban a la flota vehicular matriculada en las dos entidades que integran la Zona Metropolitana del Valle de México. De esta flota vehicular, 1.8 millones de unidades estaban exentos del programa Hoy No Circula, lo que significa que diariamente dejaban de circular el 8.6 por ciento de la flota vehicular (276 mil vehículos), en lugar del 20 por ciento originalmente planteado.
La pérdida de cobertura del programa Hoy No Circula se debió al gran número de vehículos nuevos que anualmente se vendían en la ZMVM (cerca de 300,000 unidades), mismos que por sus emisiones vehiculares quedaban exentos de la restricción a la circulación.
Ello impacta negativamente en las condiciones de tránsito y en la velocidad de desplazamiento. La separación física entre los lugares de residencia y los denominados destinos funcionales –como los empleos, las escuelas o los servicios de salud– también son un factor importante, pues obligan a las personas a pasar más tiempo transportándose.2
A ello se suman los desplazamientos internos, que en conjunto generan embotellamientos y consumo ineficaz de combustible. De acuerdo con el Índice de Tráfico TomTom, la Ciudad de México es la más congestionada del mundo, pues en relación con una situación de flujo libre, los tiempos de viaje se incrementan hasta 59 por ciento.3 Esto es, la velocidad promedio en horas pico oscila entre 8 y 11 km/h.4
Segundo . Los centros de verificación vehicular son los responsables de prestar el servicio de verificación y están obligados a contar con la infraestructura necesaria para evaluar las emisiones vehiculares de los vehículos que utilizan gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo y otros combustibles alternos, de acuerdo a lo que establece en las Normas Oficiales Mexicanas y el Programa de Verificación Vehicular .
En el año del 2009, la Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México, creo el diseño de los Nuevos Equipos de verificación Vehicular denominado equipo GDF-2009, con Nuevos prototipos de analizadores, nuevos proveedores de equipo, obligando a los 83 verificentros existentes a cambiar línea por línea. Así como en el año de 2010 la Secretaria del Medio Ambiente, a su vez, realizó el Software con el que trabajan actualmente los verificentros de esta Ciudad, que es propiedad del Gobierno de la Ciudad de México.
Asimismo, en el año de 2014, se crea el (CIVAR) Centro de Inspección y Vigilancia Ambiental remota, desde donde en tiempo real, se vigila segundo a segundo las instalaciones y la operación de los verificentros de la Ciudad de México.
Con lo que se demuestra que los verificentros de la Ciudad de México que actualmente han actualizado semestre a semestre, con actualización en sus equipos de verificación vehicular, y NO tienen una antigüedad de veinte años como lo señala la Secretaria del Medio Ambiente.
Sin embargo, por una mala decisión en materia de política ambiental se está poniendo en riesgo la continuidad del Programa de Verificación Vehicular y con ello la salud de millones de habitantes de la Ciudad de México y la Zona Metropolitana del Valle de México.
Esto en razón que a partir de enero, los 74 verificentros que actualmente operan en la Ciudad de México se verán obligados a cerrar sus puertas , según informó la Secretaría de Medio Ambiente de la ciudad (Sedema) y en su lugar entrarán en operación 55 nuevos verificentros, que tendrán tecnología de punta, aunque aún no están listos y se desconoce cuál es el Plan y/o Nuevo Programa, así como la Nueva Tecnología, ya que las Bases para autorizar a estos nuevos verificentros, el equipo de verificación vehicular es el mismo. Solo se agrega la inspección físico mecánica “Revista” que es competencia de la Secretaria de Movilidad, misma que no debe ser aplicada en los verificentros de la Ciudad de México.
Por esta razón, el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, planteó la posibilidad de dar una prórroga para verificar vehículos a partir de enero. Esta prórroga aplicaría hasta que los 55 nuevos verificentros estén completamente listos.
“O sea, no podemos arrancar por arrancar ni mucho menos causarles molestia a las personas de que verifiquen y luego vuelvan a verificar. Hay que darle certeza, certidumbre y eso lo está trabajando la Secretaría de Medio Ambiente. Una opción puede ser que se hiciera una prórroga de verificación hasta el tanto no esté perfectamente establecido el sistema”.5
Debido a que los nuevos verificentros, que sustituirán a los 74 en operación, aún no están equipados, Mancera dijo que se valora prórroga a verificación.
“Una opción puede ser esa, que se hiciera una prórroga de verificación hasta el tanto no esté perfectamente establecido el sistema”.6
Mancera expuso que los nuevos verificentros no entrarán en operaciones si no se tiene certeza de que están al 100 por ciento para ofrecer el servicio.
“Decirle a la ciudadanía que vamos a cuidar que no tengan ningún problema, ninguna molestia eso es lo primero, segundo tenemos que ser muy responsables con la implementación”.7
“Se está hablando con la Came (Comisión Ambiental de la Megalópolis), ahora la Ciudad de México ha venido dando y sobre todo si nosotros homologamos, imagínate homologamos verificaciones con Michoacán, homologamos verificaciones con Guanajuato, estamos en la homologación de verificaciones con Querétaro, entonces debemos ser muy puntuales y muy responsables de los equipos y de los procedimientos”.8
En tanto, la Secretaria de Medio Ambiente, Tanya Müller, agregó que se está revisando el tema y se mantiene en comunicación permanente con la Came.
La Sedema aclaró que el 31 de diciembre vencen las autorizaciones para operar los 74 verificentros que hay en la ciudad. Explicó que esto lo contempla la convocatoria para obtener autorizaciones para establecer y operar nuevos centros de verificación vehicular en el Distrito Federal, que en 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la entonces Dirección de Ecología de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal. Esta convocatoria estableció que el permiso para operar verificentros vence el último día de este año, según la Secretaria de Medio Ambiente.
Es totalmente falso que la Convocatoria del año 1995, establezca que se vencen los permisos al 31 de diciembre del año 2017. En virtud, de que dicha convocatoria NO tiene vencimiento, al contrario establece que los verificentros que sean aprobados deberán revalidar sus concesiones por periodo de cinco (5) años. Revalidaciones que los gobiernos de la Ciudad de México, respetaron hasta el año de 2015. Que fue cuando Sedema, tomo la determinación de Revalidar la Autorizaciones de los verificentros actuales solo por dos (2) años. Con lo que se demuestra que el vencimiento al 31 de diciembre del año 2017 lo impuso Sedema y No la Convocatoria de 1995.
Por tal motivo, el 14 de marzo de 2017, la Sedema publicó en la Gaceta Oficial9 el Aviso por el cual se da a conocer la convocatoria pública para obtener la autorización para establecer y operar centros de verificación vehicular en la Ciudad de México
La convocatoria tuvo como propósito principal otorgar 55 autorizaciones para establecer y operar verificentros con una vigencia de 10 años, prorrogable por un periodo igual
Sin embargo los propietarios de los centros de verificación vehicular en la Ciudad de México (verificentros) señalan que lo que se buscó era beneficiar a un grupo de empresarios ligados al Gobierno de la Ciudad y dejarlos fuera mediante la emisión amañada de la convocatoria respectiva y de manuales de operación infralegales, que en los hechos les impiden refrendar su concesión a pesar de que cuentan con la tecnología de punta más avanzada del país, personal capacitado, gozan de derechos adquiridos y han realizado inversiones cuantiosas en todos y cada uno de los verificentros.
Señalan que se viola la Ley al otorgarles concesiones a quienes no cumplían con los requisitos, desde no contar con los inmuebles apropiados, hasta no contar con las líneas de verificación, lo que se constata con el hecho de que no son operativos a la fecha y que solo podrán estarlo dentro de 6 meses.
Señalan que no se les ha notificado formalmente la resolución y que carece de publicidad las empresas ganadoras, por lo que han recurrido la Justica Federal en busca de protección en vista de que el pasado 19 de octubre del presente año, la Sema, publicó el “Acuerdo por el que se modifica el aviso por el que se da a conocer el manual para la operación y funcionamiento de los equipos, instrumentos, instalaciones, y demás elementos necesarios para la adecuada operación y funcionamiento de los equipos y sistemas de verificación vehicular, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de agosto 2015.
Único. Se dejan sin efectos los numerales 6.2 y 6.3 del apartado 6. Operación y mantenimiento de los centros de verificación vehicular del Manual para la Operación y Funcionamiento de los Equipos, Instrumentos, Instalaciones y demás Elementos necesarios para la adecuada Operación y Funcionamiento de los Equipos y Sistemas de verificación vehicular, para quedar como sigue;
Contenido...
6....
6.1...
6.2. Se deja sin efectos.
6.3. Se deja sin efectos.
Transitorios
Primero . Publíquese el presente Acuerdo en la gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Segundo. El presente acuerdo entra vigor al día siguiente de su publicación.
Tercero. El presente acuerdo no surtirá efecto respecto del quejoso del juicio de Amparo 589/2017, tramitado ante el Juzgado Octavo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, con motivo de la suspensión definitiva que le fue concedida, hasta en tanto quede sin efecto dicha medida cautelar.
Dado en la Ciudad de México, el día 18 de octubre del 2017.”(SIC).
En donde la Sedema deja sin efectos el procedimiento de revalidación 6.2, y ratificación 6.3 del Manual de Operación, con la finalidad de no revalidar a los verificentros existentes, motivos por los que, se interpusieron amparos y se han obtenido al menos 3 suspensiones definitivas en juicios de amparo en los expedientes 1358/2017, interpuesto ene l juzgado Quinto de Distrito En Materia Administrativa de la Ciudad de México, 1557/2017 y 1558/2017, interpuestos en el Juzgado Novenos de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, así como la suspensión definitiva en contra de la “ Convocatoria Pública para las personas físicas y morales que se interesen en el procedimiento para obtener 55 Autorizaciones para Establecer y Operar Centros de Verificación Vehicular en la Ciudad de México. Publicada el 14 de marzo del 2017, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Convocada y emitida ilegalmente por la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire de la Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México.”, en el amparo l 589/2017 en el juzgado Octavo de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, contra de la violación al derecho a Revalidar sus autorizaciones, siendo la intención de impedirles continuar prestando el servicio, y además en los otros 71 casos se encuentran sub iúdice ,10 es decir pendiente de resolución judicial.
Incluso acusan a funcionarios del gobierno de la ciudad de extorsión abierta al imponerles un pago de $20.00 pesos (veinte pesos 00/100 moneda nacional) por cada vehículo que era sometido a revisión y lo que da un total de al menos $80,000,000.00 (ochenta millones de pesos 00/100 moneda nacional) al año.
En este orden de ideas, el día 5 de diciembre, unos dos mil empleados de los centros de medición ambiental protestaron por el inminente cierre de sus centros de trabajo y demandaron extender la autorización y continuar en operación durante el primer semestre de 2018.11
Ante ello, la Secretaría de Medio Ambiente dela Ciudad de México se vio obligada a publicar un comunicado12 en el que, en otros puntos, señala:
Con relación a la inconformidad que públicamente han expresado trabajadores de los Centros de Verificación Vehicular de la Ciudad de México, quienes manifiestan que el gobierno local les negó permiso para operar a partir de enero, la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) aclara que:
Dicho argumento es inexacto. Lo que realmente ocurre es que el 31 de diciembre de 2017 vencen las autorizaciones para Operar verificentros en la CDMX.
Así lo contempla la Convocatoria para obtener Autorizaciones para establecer y operar nuevos Centros de Verificación Vehicular en el Distrito Federal que en 1995 publicó en el Diario Oficial de la Federación la entonces Dirección de Ecología de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal.
Por tal motivo, el 14 de marzo de este año, la Sedema publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el cual se da a conocer la convocatoria pública para obtener la autorización para establecer y operar centros de Verificación Vehicular en la Ciudad de México.
...
El aviso hace hincapié en que únicamente se otorgaría autorización a los participantes que reunieran todos y cada uno de los requisitos establecidos tanto en la convocatoria como en las Bases de Participación.
Una vez analizadas las propuestas de los participantes, el 12 de mayo la Sedema notificó los resultados, mismos que pueden ser consultados en el enlace:
http://www.data.sedema.cdmx.gob.mx/convocatoria-verific entros/resultados.html
...”
Cabe señalar que la “convocatoria”, resulta ilegal en vista de las siguientes consideraciones.
1. No existe la declaratoria previa del jefe de Gobierno ante un cambio de los verificentros de la Ciudad de México, ante la Necesidad de Nueva tecnología y/o la necesidad de implementar Nuevos verificentros en la Ciudad de México. Violando el estatuto de Gobierno artículo 93.
2. La convocatoria fue lanzada, emitida y pública por la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire, que carece de facultades legales para convocar una Nueva Licitación de verificentros Nuevos. Tal facultad es de la Secretaria del Medio Ambiente.
3. Resulta ilegal que se establezcan procedimientos en los Nuevos verificentros de la competencia de la Secretaria de Movilidad como lo es establecer la “Revista” a particulares.
Es importante señalar que los resultados de la convocatoria no están fundados ni motivados, no se describe la idoneidad de su propuesta, la capacidad técnica de los nuevos concesionarios, la ubicación física delos inmuebles donde se prestara él servicio de verificación, en suma cuales son las razones técnicas para considerarlos como ganadores de este concurso público, y en cambio y solamente contiene un listado de los ganadores, sin que medie acuerdo alguno.
Tercero. El párrafo cuarto del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina el derecho a un medio ambiente sano.
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de Salubridad General, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos”.
El párrafo quinto del mismo ordenamiento señala:
“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.
Es así que en consideración a lo establecido en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se señala que “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”, el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, tiene la obligación de garantizar el respeto a este derecho.
Al suspender el servicio de verificación vehicular por el período de seis meses en el “Programa de Verificación Vehicular para el primer Semestre del Año 2018”, la Secretaria del Medio Ambiente, generará un daño y deterioro al Medio Ambiente, lo que dará motivo a un daño irreparable y grave en la Salud Pública de los habitantes de esta Ciudad.
El artículo 1° fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece como parte de su objeto el “garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar”.
Asimismo, el artículo 131 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, señala como criterios para la protección a la atmósfera las políticas y programas de las autoridades ambientales, las cuales deben de estar dirigidas a garantizar que la calidad del aire sea satisfactoria en la Ciudad de México , y que las emisiones de todo tipo de contaminantes a la atmósfera, sean de fuentes fijas o móviles, deben ser prevenidas, reguladas, reducidas y controladas , para asegurar una calidad del aire satisfactoria para la salud y bienestar de la población y el mantenimiento del equilibrio ecológico.
Motivos por los que, fue creado el “Programa de Verificación Vehicular Hoy No Circula”, el cual, se ha tenido a lo largo de los años como la medida adoptada por el Gobierno de la Ciudad de México, para prevenir, combatir, mitigar la contaminación ambiental, derivada de la medición de los máximos permisibles de emisiones contaminantes de los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México.
La aplicación del Programa de verificación vehicular, ha generado enormes beneficios a la población que reside en esta Ciudad, y el mismo es actualizado semestre a semestre, en coordinación con los Estados Aledaños, por lo que resulta ser un programa metropolitano, de interés general.
Siendo que, de suspender la verificación vehicular por un periodo de seis meses en la Ciudad de México, el “Programa de verificación Vehicular para el Primer Semestre del 2018”, en época invernal, donde el incremento de emisiones de los gases de efecto invernadero, aumenta, de forma considerable, viola en perjuicio de la población en general lo establecido en los artículos, 25 y 28 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia la salud y el bienestar.
Es evidente que, al No existir la Fundamentación y Motivación, de los argumentos válidos para la suspensión de la verificación vehicular por un periodo de seis meses determinado el “Programa de Verificación” aludido, se está en presencia de una afectación grave a la Salud de las personas, y de su bienestar.
Así como el actuar, sin consultar y sin dar a conocer las medidas preventivas y/o alternativas, o propuestas ambientales para la justificación de la Suspensión del Servicio de Verificación Vehicular por un periodo de seis meses, otorgando una “prorroga en la verificación vehicular”, situación que el jefe de Gobierno, manifestó en declaraciones a los medios de comunicación, implica estar frente a un actuar a discrecionalidad y de poder, sin importar el daño al Medio Ambiente de la Ciudad de México, al caos vial que esto implica y el daño grave e irreparable a la Salud de los habitantes de la Ciudad de México.
El jefe de Gobierno de la Ciudad de México en protección a la Secretaria del Medio Ambiente, anteponen intereses muy personales, en vista de existir la violación al artículo 93 del Estatuto de Gobierno de la Ciudad de México, al permitir como ejecutivo de esta Ciudad se realice un Nueva “Convocatoria Pública para verificentros de la Ciudad de México”, sin la Declaratoria Previa de la Necesidad del aumento y/o cambio de tecnologías en la verificación vehicular, y así autorizar establecer a 55 (cincuenta y cinco) Nuevos verificentros que solo son un proyecto ficticio que No existe, anteponiendo una “Convocatoria fallida” a la Salud Pública y del Medio Ambiente.
Motivos por los que, se pretende suspender la verificación vehicular por el término de seis meses, para la instalación de los verificentros Nuevos. Aunado a la falta de un “proyecto real” en materia de verificación vehicular y mitigación de la contaminación ambiental en la Ciudad de México.
Al establecer una “prorroga” de seis meses sin la aplicación del servicio de verificación vehicular en el primer semestre del año 2018, implica que los propietarios o poseedores de vehículos automotores en circulación matriculados en la Ciudad de México no sometan sus unidades a la verificación de emisiones contaminantes, en los centros de verificación vehicular denominados “verificentros”, autorizados por la Secretaría del Medio Ambiente dentro del periodo que les corresponda, en su caso, reparar los sistemas de emisión de contaminantes y sustituir los equipos y dispositivos que no funcionen adecuadamente, así como no reparar las fallas que hubiesen propiciado la no aprobación de las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes en lo relacionado a la emisión de gases en el escape, gases volátiles, en los términos que determine el Programa de Verificación correspondiente.
Es evidente, que al no ser verificados por el periodo de seis meses, resulta muy grave y violatorio a lo establecido en el artículo 140 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, y el artículo 5 del Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular.
Siendo que, los propietarios No someterán a revisión y mantenimiento los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México, lo que generara un incremento en los niveles de Contaminantes de compuestos orgánicos volátiles y los óxidos de nitrógeno (NOx) , que son precursores de ozono, ambos contaminantes de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud tienen impactos graves en la salud de la población y el Medio Ambiente de la Ciudad.
El ozono es un contaminante de extremo peligro en la Ciudad de México, de acuerdo a registros del propio Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México, de la Secretaria del Medio Ambiente, el cual rebasa los estándares de Buena Calidad del Aire definidos en la NOM-020-SSA1-2014. Motivos por los que, para reducir los niveles de ozono y de partículas finas, es necesario reducir las emisiones de los contaminantes en los vehículos automotores como principal fuente de emisión de óxidos de nitrógeno y compuestos orgánicos volátiles.
En este orden de ideas, no debe suspenderse el servicio de la verificación vehicular, el cual se encarga de la medición de las partículas suspendidas y de medir los máximos permisibles de emisiones contaminantes.
Tal situación resulta muy grave, al ser de interés primordial para la sociedad, proteger el derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de la población, la salud y la calidad de vida, a través de la prevención, control y minimización de la emisión de contaminantes, por lo que resulta evidente que la colectividad en su conjunto se encuentra interesada en la implementación de las acciones que contribuyan al objetivo de ese interés público de preservar la salud de los habitantes de la Ciudad de México colectivo .
CUARTO. El derecho a la salud se refiere a un estado completo de bienestar que abarca factores determinantes entre los que figura el disfrute de un medio ambiente sano13 en sí mismo, es decir, propicio para la vida y libre de enfermedades que impidan su sostenibilidad y equilibrio.14
Por el contrario, la contaminación del medio ambiente sería la introducción por el hombre de sustancias o energía que producen efectos perjudiciales.15
En este contexto, el derecho a la salud implica una protección viable contra los peligros naturales y la ausencia de contaminación.
Así pues, los Estados deben adoptar medidas para mejorar todos los aspectos del medio ambiente,16 particularmente formular y aplicar políticas para reducir y suprimir la contaminación del aire, incluida aquélla causada por metales pesados.17
Por el contrario, siempre que omita hacerlas cumplir, estaría faltando a su obligación de protección. Por ello, se considera que la protección del medio ambiente es una condición sine qua non para numerosos derechos humanos, entre ellos los derechos a la vida y a la salud (véase cuadro 5). En opinión de Antonio Cancado, el derecho a un medio ambiente sano es una extensión natural de ambos derechos, en tanto protege no sólo la existencia física de las personas sino las condiciones y calidad en que ésta se da.18
A la fecha, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se ha pronunciado en dos ocasiones sobre la calidad del aire. En la primera de ellas, la Comisión examinó la información que se otorga a la población sobre la calidad del aire, los parámetros para medir e informar sobre el tema y las acciones adoptadas para enfrentarla.
En una segunda oportunidad se pronunció sobre la persistencia de las condiciones de contaminación atmosférica, considerada una violación continua a los derechos humanos, y sobre la omisión de las autoridades para implementar acciones para prevenirla, así como para aplicar sanciones a las empresas que las incumplieran.
La CNDH pasó de considerar el medio ambiente como una condición para el disfrute del derecho a la vida y la salud, a valorar el derecho a un medio ambiente sano de forma autónoma.
En el Informe especial sobre el derecho a un medio ambiente sano y la calidad del aire en la ciudad de México, la CDHDF advirtió que las personas perciben como afectaciones a la calidad del aire, las actividades de los talleres y las fábricas que generan humo; la falta de planificación de obras viales; la deficiencia en el mantenimiento de vehículos de transporte público, y las actividades de los particulares que generan malos olores y contaminantes. 19
Doctrinalmente ha quedado establecido que el ser humano es parte del medio ambiente y que por ello debe ser salvaguardado. Esta idea surgió el reconocimiento del derecho a un medio ambiente sano, que puede definirse como la existencia de un entorno favorable para el desarrollo de las personas, que les asegure salud, bienestar y una vida digna.
En un inicio se partió de la visión que concebía la protección del ambiente como medio para garantizar los derechos a la vida y la salud, pero luego se reconoció que éste merece protección por su propio valor y no sólo porque las personas puedan disfrutar de él.
A la par de este cambio de paradigma, la comunidad mundial consolidó avances en torno a la definición de las formas en que debe darse tal protección. En un inicio solamente se consideraron acciones para reducir los impactos de las actividades humanas en el medio ambiente, sin embargo, después se entendió que para lograrlo deben observarse otros derechos humanos.
Con base en esta concepción son obligaciones del Estado, entre otras: el diseño de una estrategia o plan de acción para preservar la calidad del aire ; la evaluación de las afectaciones que las actividades públicas y privadas puedan acarrear al aire, antes de su implementación; la definición y actualización de normas sobre la calidad del aire que se apeguen a los parámetros internacionales; la generación y difusión de información sobre la calidad del aire, y la creación de condiciones y mecanismos para la participación en materia ambiental.
Quinto. El Programa para mejorar la calidad del aire en la zona metropolitana del Valle de México 2011-2020 (PROAIRE III) elaborado con la colaboración de los gobiernos del entonces Distrito Federal y del Estado de México, así como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Secretaría de Salud, miembros de la todavía Comisión Ambiental Metropolitana, organizaciones de la sociedad civil (OSC) y la academia, partió de la consideración que la ZMVM es un ecosistema complejo en el que el desarrollo urbano determina la emisión de contaminantes y, al mismo tiempo, influyen los horarios laborales, escolares y de servicios; las normas formales e informales de las empresas; las tecnologías de la información; la productividad y la competitividad.20
Baste señalar que las acciones contenidas en el Proaire III, en materia de Movilidad se encuentran, entre otros puntos: 1) Modernizar equipos en centros de verificación vehicular; 2) Homologar los procedimientos y criterios de verificación de los vehículos con placas federales y locales; 3) Actualizar el Programa Hoy No Circula ., 4) Poner en operación una red de monitoreo que informe en tiempo real sobre la situación de los flujos vehiculares; 5) Actualizar la información ambiental de calidad del aire que se ofrece a los medios de comunicación. 6) Fomentar la participación ciudadana en la gestión de la calidad del aire.
Por su parte, el 1 de marzo de 2017 el gobierno federal, a través de la Semarnat, presentó la Estrategia Nacional de Calidad del Aire la cual establece el l nuevo marco rector para la gestión de la calidad del aire, en donde se enumeran las acciones anunciadas por la propia secretaría, en el contexto de la crisis ambiental del primer semestre de 2016.
La Estrategia Nacional de Calidad del Aire es importante porque se trata del instrumento rector, con proyección a 2030, para la planificación de las acciones orientadas a controlar, mitigar y prevenir la emisión y concentración de contaminantes; y cuyo propósito es proteger la salud de la población , la flora y la fauna de los ecosistemas, así como contribuir al desarrollo económico sostenible.21
Los cinco ejes que estructuran dicha estrategia pueden resumirse así: i) gestión integral, que contempla la coordinación entre las instituciones que inciden en la calidad del aire; ii) instituciones eficientes, es decir, que dispongan de capital humano para instrumentar políticas, presupuestos para gestionarlas e indicadores para evaluarlas; iii) empresas comprometidas con la calidad del aire, que establece el impulso a procesos productivos amigables con el ambiente y el desarrollo de un mercado de bienes y servicios sustentables; iv) producción de datos comparables sobre calidad del aire y el fortalecimiento de la investigación para la fundamentación de las políticas públicas, y v) divulgación de información para que las personas evalúen el impacto de la contaminación en su salud y los ecosistemas, con el propósito de incentivar su participación.22 La Estrategia Nacional de Calidad del Aire viene a ser la nueva hoja de ruta para la gestión de la calidad del aire, anuncia acciones destacables en términos de derechos humanos , entre ellas:
1. La intención de divulgar las obligaciones y los derechos exigibles en materia de salud y medio ambiente, y las responsabilidades de las autoridades que inciden en la calidad del aire;
2. El fortalecimiento del sistema de denuncias de derechos humanos en tanto mecanismo de justiciabilidad para asuntos relacionados con la calidad del aire;
3. El diseño de una metodología para la implementación y evaluación de los Proaire;
4. La constitución de un mecanismo permanente para su coordinación, seguimiento y evaluación, con la participación de la ciudadanía.
En consecuencia, con los argumentos y razones arriba señalados, es que presento ante este pleno como de urgente u obvia resolución la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión considera que la protección, preservación y mejora de la calidad del aire en la Ciudad de México afecta los Derechos Humanos de los habitantes de la Ciudad de México, que en consecuencia las medidas que se adopten en la materia por el Gobierno de la Ciudad deben observar y cumplir con las obligaciones constitucionales, legales y convencionales que garanticen los derechos a un medio ambiente sano, a la salud, a un nivel de vida adecuado y a la movilidad de los mismos.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, a evitar cualquier medida que traiga como consecuencia la elevación de los índices de contaminación y la consecuente violación a los derechos humanos de los habitantes dela Ciudad de México y la megalópolis.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para que en ejercicio de sus atribuciones, jerarquía y competencia administrativa no suspenda el servicio de verificación vehicular por el periodo de seis meses, comprendidos entre el primero de enero al 31 de junio del 2018.
Notas
1 Secretaría del Medio Ambiente, Gestión ambiental del aire en el Distrito Federal. Avances y propuestas 2000-2006. http://www.aire.cdmx.gob.mx/descargas/publicaciones/gestion-ambiental-a ire-memoria-documental-2001-2006/descargas/gaa_avances_propuestas_2000_ 2006.pdf
2 Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos, “Movilidad”
http://es.unhabitat.org/temas-urbanos/movilidad/
3 TomTom Traffic Index, “Measuring congestion worldwide”. http://www.tomtom.com/es_mx/traffi cindex/
4 Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos/Grupo de Parlamentarios Mexicanos para el Hábitat y Senado de la República, Reporte Nacional de Movilidad Urbana en México 2014-2015, México, ONU Hábitat/Grupo de Parlamentarios Mexicanos para el Hábitat, p. 42.
5 Evalúan suspender temporalmente verificación vehicular. El Asertivo, 6 de diciembre de 2017.
http://www.elasertivo.com/cdmx/evaluan-suspender-tempora lmente-verificacion-vehicular/
6 Evalúa CDMX dar prórroga en verificación. Zócalo 6 de diciembre de 2017. http://wap.zocalo.com.mx/reforma/detail/evalua-cdmx-dar-prorroga-en-ver ificacion
7 Ídem.
8 Ibídem.
9 Gaceta Oficial Ciudad de México. 14 de Marzo 2017. Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria Pública para obtener la Autorización para Establecer y Operar Centros de Verificación Vehicular en la Ciudad de México.
http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/ga cetas/d8bb85bea68508e8a12f1cd32c334b99.pdf
10 Real Academia Española. Sub iúdice. Loc. lat. (pron. corriente [sub-yúdise, sub-yúdize]; pron. latinizante [sub-yúdike]) que significa literalmente ‘bajo el juez’. Se usa con el sentido de ‘pendiente de resolución judicial’: «El tema se encuentra sub iúdice» (País [Esp.] 1.12.88). También puede escribirse con la grafía sub júdice: «Un Consejo de Ministros en el que tiene asiento un funcionario sub júdice» (Tiempo [Col.] 31.10.96).
http://lema.rae.es/dpd/srv/search?id=HSwdK8CYmD6GoR53ig
11 Evalúa CDMX dar prórroga en verificación. Zócalo 6 de diciembre de 2017. Ob cit.
12 El 31 de diciembre vencen las autorizaciones otorgadas en 1995 para operar verificentros en el entonces DF.
http://www.sedema.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/el-31-de -diciembre-vencen-las-autorizaciones-otorgadas-en-1995-para-operar-veri ficentros-en-el-entonces-df
13 Comité desc, Observación General núm. 14. El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, E/C.12/2000/4, aprobada en el 22º periodo de sesiones, 2000, párr. 4.
14 Comisión de Derechos Humanos, Los derechos humanos y el medio ambiente. Informe final de la Relatora Especial, Sra. Fatma Zohra Ksentini, doc. cit., párr. 180.
15 Ibídem, párr. 183.
16 Véase artículo 12.2, inciso b, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2200 A (XXI), 16 de diciembre de 1966.
17 Comité desc, Observación General núm. 14. El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, doc. cit., párr. 36.
18 Antonio Cancado Trindade, Medio ambiente y desarrollo: formulación e implementación del derecho al desarrollo como un derecho humano, San José, iidh (serie Para ong, núm. 8), 1993, p. 43.
19 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Los derechos humanos y el medio ambiente. Informe final de la Relatora Especial, Sra. Fatma Zohra Ksentini, Op. Cit., pp. 8 y 9.
20 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales et al., Programa para mejorar la calidad del aire de la zona metropolitana del valle de México 2011-2020, op. cit., pp. 157 y 158.
21 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Estrategia Nacional de Calidad del Aire. Visión 2017-2030, op. cit., p. 15. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/195809/Estrategia_Nacion al_Calidad_del_Aire.pdf
22 Ídem, páginas 25 y 26.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro el día 12 de diciembre de 2017
Diputados:Con punto de acuerdo, relativo a la problemática de la cartera vencida en el sector agropecuario, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, Minerva Hernández Ramos, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:
Consideraciones
I. Problemática de cartera vencida en el sector agropecuario
1. En el 2011 se presentaron una serie de heladas negras atípicas en diversas entidades federativas como Tlaxcala, Puebla, Hidalgo, México, Guerrero entre otras, lo que ocasionó la pérdida del 90 por ciento de los cultivos de los pequeños y medianos productores.
2. Durante el periodo 2012-2013 nuevamente se presentaron siniestros en una gran parte de los municipios de estado Tlaxcala, aunado a las sequías que redujeron de manera considerable la producción y calidad de los granos, ocasionando así, el crecimiento de la deuda de los productores al no tener la capacidad de pago para reestructurar sus créditos del 2011, 2012 y 2013.
3. En el 2014 las pérdidas descapitalizaron a los productores debido a que perdieron sus créditos, se redujo el financiamiento otorgado, así como pérdidas en la parte que ellos aportaron en los costos de la siembra y renta de terrenos. Se estima que esta pérdida ascendió a mil millones de pesos.
4. En 2015, al no obtener financiamientos, los productores redujeron hasta en un 70 por ciento la capacidad de siembra y la producción pecuaria, lo que agravó aún más el panorama para hacerle frente a los pagos de los créditos reestructurados, lo que generó una cartera vencida por casi 480 millones de pesos, por lo que se iniciaron diversos procesos judiciales a más de 11 mil productores directos.
Estos fenómenos ocasionaron que los productores fueran calificados como malos sujetos de crédito lo que provocó que ninguna institución financiera pueda otorgarles crédito, de manera particular el panorama en el estado de Tlaxcala es desolador, debido a que la mayoría de estos pequeños productores han tenido pérdidas que van desde su hogar hasta bienes de los que han sido despojados mediante procesos judiciales.
5. Actualmente la Sofom ANEC, es una institución de servicios del Sistema Financiero Mexicano, que cuenta con el respaldo de la Banca de Desarrollo y Fomento Mexicana, para atender eficiente y eficazmente el Sector Rural, proporcionando créditos a tasas competitivas, con la finalidad de impulsar proyectos productivos y de inversión.
De acuerdo con datos de esta Sofom, el tamaño del problema de la cartera vencida es preocupante, considerando que el capital de origen es de 480 millones de pesos distribuidos en varios estados:
II. Mecanismos de financiamiento
Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (en adelante, FIRA), son cuatro fideicomisos públicos de Fomento, Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO); Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA); Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA); Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), que tienen el carácter de entidades de la Administración Pública Federal, en los que funge como fideicomitente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y como fiduciario el Banco de México.
Así, FIRA tiene por objeto promover el financiamiento integral a los productores del sector agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y del medio rural, por medio de productos financieros especializados con acompañamiento técnico y mitigación de riesgos, con el fin de elevar su productividad y su nivel de vida, desde una perspectiva de desarrollo regional, sustentabilidad ambiental y de equidad de género.
De acuerdo con datos del documento Memorias de Sostenibilidad 2016 dado a conocer por FIRA, el saldo total de financiamiento apoyado por FIRA ascendió a 146 mil 733 millones de pesos, destacando que el estado de Tlaxcala es la entidad federativa que recibe menor financiamiento.
Del total de los productores atendidos, el 98 por ciento corresponde a los estratos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa.
Asimismo, de acuerdo con datos del Informe de Actividades de FIRA 2016, la Dirección Regional Sur que integra con las Residencias Estatales de Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Oaxaca, Estado de México, Hidalgo, Morelos y Guerrero, logró un saldo total de financiamiento de 26 mil 555.1 millones de pesos lo que representó un crecimiento real de 16.3 por ciento respecto a 2015. Se canalizó un flujo total de financiamiento por 33 mil 922.6 millones de pesos.
La distribución del saldo total de financiamiento por rama se presenta a continuación:
No obstante, en su Programa Institucional 2013-2018, FIRA estableció que se comprometería a:
* La atención de los pequeños y medianos productores y empresas del medio rural;
* El financiamiento para el incremento de la productividad;
* El desarrollo regional equilibrado;
* El desarrollo sostenible, medidas para mitigar el cambio climático y programas para aliviar los efectos de desastres naturales;
* La estabilidad de precios de los productos agropecuarios, y
* La innovación y las mejores prácticas, entre otros.
Cabe mencionar que, para el 2018, la Cámara de Diputados le aprobó un presupuesto por el orden de los 300 millones de pesos.
Por otro lado, el Fondo Nacional de Garantías de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural (en adelante, Fonaga), se constituye con recursos aportados por el gobierno federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (en adelante, Sagarpa) para facilitar que productores que no cuentan con garantías suficientes, puedan obtener un crédito de los Intermediarios Financieros, que operan con FIRA.
El Fonaga otorga garantías crediticias para aquellas personas físicas y morales del sector rural que requieren financiamiento, para el desarrollo de actividades económico-productivas. En otras palabras, es una garantía complementaria para facilitar el acceso al crédito formal a los productores de menor desarrollo ante Bancos y otros Intermediarios Financieros.
Su propósito es incrementar el otorgamiento de crédito formal a los productores de ingresos medios y bajos de los sectores agropecuario, forestal, pesquero y demás actividades que se desarrollen en localidades de hasta 50 mil habitantes.
El Fonaga constituye un respaldo al Intermediario Financiero para la recuperación de los créditos.
De acuerdo con datos del Informe de Actividades de FIRA 2016, en 2016 el gobierno federal, a través de Sagarpa, aportó 560.8 millones de pesos para el Fonaga, con la finalidad de otorgar garantía complementaria y facilitar a productores, que no cuentan con garantías suficientes, a obtener crédito formal destinado al desarrollo de actividades productivas, en localidades rurales (hasta 50 mil habitantes), y con necesidades de financiamiento por socio activo de hasta 160 mil UDIS para capital de trabajo o inversión fija y de hasta 500 mil UDIS de crédito prendario.
Asimismo, el Fonaga garantizó créditos por 21 mil 141.1 millones de pesos, mediante los cuales se indujo el financiamiento. La colocación acumulada del Programa desde abril de 2008 al 31 de diciembre de 2016 fue por 190 mil 377.7 millones de pesos.
El 69 por ciento del crédito total garantizado por Fonaga, fue para los productores con proyectos en los municipios de la Cruzada Nacional Contra el Hambre (CNCH), a los cuales se apoyó con créditos garantizados por 13 mil 997.3 millones de pesos; el resto del financiamiento por 7 mil 143.8 millones de pesos, se orientó a municipios que tienen amplia vocación agropecuaria.
Por tipo de institución financiera, a través de bancos se cubrieron créditos por 13 mil 232.1 millones de pesos, en tanto que 4 mil 219.8 millones de pesos correspondieron a la Financiera Nacional de Desarrollo y 3 mil 689.2 millones de pesos con Intermediarios Financieros No Bancarios.
Las principales cadenas productivas apoyadas por Fonaga fueron las siguientes: maíz, carne, sorgo, caña de azúcar, trigo, carne-leche, frijol y café.
Ante los siniestros presentados de 2011 a 2015, y con la finalidad de sanear la cartera vencida que se ha venido presentando en diversas entidades federativas como también en Tlaxcala, es necesario e imperativo que –a la brevedad– el Fondo Nacional de Garantías de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural se aplique a todos los créditos ya vencidos, no solamente para reestructurar la cartera vencida, sino también para que pueda haber una reducción en las deudas de los productores y que, por ende, no se vean más afectados con la pérdida de sus bienes y patrimonio.
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice un diagnóstico y valore la adecuación presupuestal del Fondo Nacional de Garantías de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, con la finalidad de diseñar un esquema de reestructuración para apoyar a los pequeños productores cuyos créditos se encuentren actualmente en cartera vencida y evitar que pierdan su patrimonio.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura para que, en el ámbito de sus atribuciones en la implementación de sus estrategias de cobranza administrativa y extrajudicial del crédito, establezca mecanismos para el otorgamiento de una adecuada asesoría legal a los pequeños productores permitiendo la atención de aquellos que no tengan acceso a la contratación de servicios profesionales en defensa de su proceso.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Tlaxcala para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente a la brevedad los programas y apoyos necesarios contemplados en los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, consistentes en el otorgamiento de apoyos de los productores del sector rural para la transformación y comercialización de su producción y la reactivación económica de este sector.
Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Diputada Minerva Hernández Ramos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la implantación de acciones para garantizar el suministro de agua potable en Atizapán de Zaragoza, México, suscrita por el diputado Román Francisco Cortés Lugo e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Quienes suscribimos, Román Francisco Cortés Lugo, Ingrid Krasopany Schemelensky Castro, Minerva Hernández Ramos, Luis Gilberto Marrón Agustín, Angélica Moya Marín, Ulises Ramírez Núñez, Claudia Sánchez Juárez y Carlos Bello Otero, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, y al gobierno del estado de México, por conducto de la Comisión de Aguas del Estado de México, para que, en el ámbito de sus competencias, implementen las acciones necesarias tendientes a garantizar el suministro de agua potable en el municipio de Atizapán de Zaragoza, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
A partir de este milenio, los conflictos por el agua se han extendido en el estado de México, desde aquellos que suceden a escala municipal hasta las tensiones que involucran grandes regiones hidrológicas. Estos conflictos no se explican únicamente por las condiciones de escasez y deterioro hidrológico, sino también por los determinantes sociopolíticos del régimen de gestión del agua prevaleciente en el país. Aquí se reflexiona en torno a la tipología de conflictos por agua y los procesos de mediación política en el manejo del recurso y de organización de grupos de interés.
Cabe destacar que el razonamiento simplificador respecto a los conflictos por el agua establece que a mayor crecimiento demográfico y económico, menor disponibilidad por habitante, lo cual supone directamente mayor competencia, tensiones y conflictos por el líquido.
Esta apreciación alcanzó su clímax cuando a mediados de la década de 2000, funcionarios del Banco Mundial afirmaron que las guerras del siglo XXI serían por el agua. “Los conflictos por el recurso no surgen por fuerza donde técnicamente hay escasez. Numerosos estudios respecto a las relaciones entre el deterioro hidrológico y los conflictos por el agua muestran que una situación no implica necesariamente a la otra, sino que el vínculo es mucho más complejo, las relaciones de causalidad son multidimensionales. Incluso llegan a concluir que históricamente son más los caos en que se produce un poderoso incentivo para la cooperación debido a la problemática en torno al agua, en tanto las partes interesadas se ven obligadas a conciliar sus puntos de vista divergentes, en lugar de permitir que los intereses opuestos degeneren en enfrentamientos perjudiciales que puedan poner en peligro el suministro de agua” (Unesco, 2000).1 En el caso de nuestro estado, es difícil estimar la tendencia creciente de los conflictos por el agua, más aun cuantificarla, ya que no se lleva un registro de ellos, sino de manera fragmentada desde distintas instituciones involucradas en la movilización, controversias jurídicas entre distintos tipos de usuarios o entre usuarios e instituciones, a pesar de que esto pudiera ser un indicador del desarrollo de nuestro arreglo institucional del agua.
En distintas evaluaciones hechas con base en información de tipo hemerográfico, es significativo el incremento, en las últimas dos décadas, de la problemática del agua evidenciada a través de la movilización y la acción verbal o directa de distintos grupos sociales. Es difícil medir la magnitud del aumento, ya que no se cuenta con una metodología que permita cuantificar un fenómeno tan evasivo, y tampoco es de fácil acceso la información respecto a las acciones que realizan los usuarios del agua ante instituciones como la Conagua, la Procuraduría Agraria o los Tribunales de distinto tipo (agrarios, civiles, administrativos, etcétera), CAEM, Organismos Descentralizados de carácter Municipal en los que se dirimen asuntos del agua. Dichos estudios solo reflejan la conflictividad puntual, organizada o estructurada en un ámbito más que local, entre grupos sociales, económicos y políticos y las instituciones de distinto orden de gobierno, los que son capaces de llevarla a los medios de comunicación y hacerla pública. La evidencia nos dice que son cada vez más públicos estos problemas.
En las últimas décadas se ha conformado un área de investigación sobre los conflictos por agua en las disciplinas sociales que reclaman para sí su estudio, en tanto que los conciben como construcciones sociales, ya que somos seres humanos quienes les damos significado y desempeñamos un papel activo en sus condiciones de existencia como recurso, al igual que establecemos reglas de control socioespacial mediante normas de muy distinta clase. Existe, en la mayoría de los casos, una fuerte disociación entre el daño ambiental afirmado por los científicos y la importancia que este tiene de la conciencia pública y de los instrumentos gubernamentales para enfrentarlo; también se presentan importantes discrepancias al respecto en el llamado mundo de los expertos sobre la magnitud, importancia y jerarquía de los problemas ambientales y conflictos asociados.
A más de 15 años de este hecho social, el reclamo ciudadano continúa escuchándose y exigiendo no solo mayor abasto sino corresponsabilidad entre las autoridades de los distintos ámbitos de gobierno y las diferentes instancias vinculadas al abasto de agua en nuestro país.
Cabe destacar que se encuentra consagrado en nuestra Carta Magna el derecho humano al agua, plasmado en el artículo 4, por el que se establece que toda persona tiene el derecho al acceso al agua para uso y consumo doméstico y que el Estado garantizara este derecho.
Artículo 4. ...
... “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”....
Asimismo la Gobernanza del Agua:
Se refiere
“... a la interacción de los sistemas políticos, sociales, económicos y administrativos que entran en juego para regular el desarrollo y gestión de los recursos hídricos y la provisión de servicios de a agua a diferentes niveles de la sociedad. Es así que la gobernanza del agua existe donde las organizaciones estatales encargadas de la gestión del recurso establecen una política efectiva, junto con el marco legal apropiado para regular y gestionar el agua, de forma tal que responda a las necesidades ambientales, económicas, sociales y políticas del Estado, con la participación de todos los agentes sociales.(Hacia una buena gobernanza para la gestión integrada de los Recursos Hídricos, Procesos regional de las Américas, VI Foro Mundial del Agua, Marsella 2012)
Ante el reto de una gestión integral del agua y de garantizar su acceso como un derecho humano, los distintos sectores sociales no pueden permanecer indiferentes en un país en el que 75 por ciento de los cuerpo de agua están contaminados en algún grado, en el que la actividad agrícola consume 75 por ciento del agua y desperdicia 51 por ciento, en el que se tiene el quinto lugar mundial en el índice de deforestación de bosques y selvas, en un México en el que los pobres pagan el agua más cara y reciben la más contaminada, y en el que las mujeres y niñas de algunas comunidades tienen que acarrear el agua por más de 10 kilómetros, y en algunas ciudades hay que conducirla por más de 200 kilómetros, despojando de sus recursos hídricos a regiones cada vez más lejanas y ampliando el desequilibrio hidrológico.”
Particularmente el desabastecimiento de agua en el estado de México se ha acentuado alarmantemente; municipios del área conurbada entre ellos Atizapán de Zaragoza, sufren la falta del vital líquido en tres de los siete días de la semana debido a que la Planta Potabilizadora Berros, abastecida por 3 presas a cargo de la CAEM (Macrocircuito), ha reducido considerablemente el estiaje de 1000 Lts./Seg. a 600 Lts./Seg. Lo que ha traído graves consecuencias dejando sin el suministro a la zona norte del municipio abarcando un número considerable de comunidades que no cuentan a diario con agua en cada uno de los domicilios. De acuerdo con la Conagua, para los municipios del estado de México el problema del desabasto de agua es la contaminación del Cutzamala, pero qué se hace al respecto para seguir evitando su deterioro; cuál es la vida útil con que cuenta este importante sistema para el estado de México; qué alternativas de políticas públicas para reabastecer las presas, si nos encontramos en una zona mala para extraer acuíferos y, que la base de volumen comprometido para cada municipio alcance a suministrar todos los días; cómo generar fuentes propias (pozos), y que los Organismos del Sistema de Agua Potable y Saneamiento Municipal tengan operatividad todos los días y no estar sujetos al tandeo en días y horarios determinados.
En resumen, de abril a septiembre de 2017 la presencia y crecimiento de la contaminación en los filtros del Sistema Cutzamala ha tapado considerablemente el suministro de agua al municipio de Atizapán de Zaragoza, estado de México, —sin que llegue el vital líquido a la región norte del municipio donde la explosión demográfica aumentado considerablemente—.
No desconocemos los avances en la materia; sin embargo, los organismos descentralizados de carácter municipal se encuentran en un total estado de indefensión ante el usuario que bimestral y puntualmente realiza su pago y que le exige resolver el problema de desabasto en su comunidad y domicilio.
Cada día la falta de agua en municipios metropolitanos principalmente en: Atizapán de Zaragoza, Naucalpan, Tlalnepantla de Baz, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Coacalco de Berriozábal; Huixquilucan, Nicolás Romero y Jilotzingo, aumenta. La reducción del 40 por ciento de estiaje cada vez deja a más habitantes sin este derecho indispensable para la subsistencia y sumado a esto, la mayoría de los hogares no cuenta con cisterna para su almacenamiento y así acumular para cuando no hay suministro.
El vital líquido es de primera necesidad además de ser una prioridad de cada familia en sus domicilios. Se requiere comenzar un cambio en sus modelos de gestión para encontrar el rumbo apropiado para detener el deterioro de los recursos hídricos; e impactar considerablemente la organización en torno a la distribución, financiamiento y las externalidades positivas y negativas del agua. Hoy, una cuarta parte de los habitantes del municipio de Atizapán de Zaragoza, estado de México está en zonas de desabasto de agua, y en un futuro estaremos hablando de más de la mitad de la población en tales condiciones. Para hacer frente apropiadamente al desafío debemos adaptar las leyes, las organizaciones gubernamentales, las instituciones estatales en coordinación con los municipios, para una alternativa eficaz que brinde un servicio de suministro de agua todos los días.
Es tiempo de exigir decididamente ante este panorama, los diputados federales del Partido Acción Nacional del estado de México, consideramos que el gobierno federal, por conducto de la Conagua, y el estatal, a través de la CAEM, deben efectuar acciones creando programas de sustentabilidad y gestión de los servicios hídricos. Trabajemos institucionalmente para enfrentar los retos con soluciones integrales y que de las familias mexiquenses eviten un eventual colapso hídrico.
Por todo lo anterior, sometemos a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a las autoridades de los gobiernos federal y del estado de México para que, en el ámbito de sus competencias, implementen las acciones necesarias para abastecer de agua y drenaje a los habitantes de dicha demarcación a través de una gestión sustentable del agua y en especial para los habitantes del municipio de Atizapán de Zaragoza, estado de México, los cuales sufren de desabasto a causa de la contaminación que obstruye los filtros del Sistema Cutzamala, del cual se abastecen.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular del gobierno del estado de México a través de la Comisión de Aguas del Estado de México (CAEM), para que elabore y haga públicos indicadores de gestión, sociales e institucionales que permitan determinar el avance efectivo en las acciones y el alcance de metas anuales con el fin de hacer más eficiente el servicio público de suministro de agua, tanto en calidad como en disponibilidad. Dichos indicadores deberán ser auditables por la autoridad competente.
Tercero. Se exhorta respetuosamente al titular del gobierno del estado de México, a través de la CAEM para que efectué el plan Agua para el Futuro, Estado de México , donde incluya un importante paquete de obras y acciones que serán los objetivos por alcanzar durante la actual administración del gobierno estatal, dando especial atención a la problemática de desabasto.
Nota
1 Revista H2O Gestión del Agua
Abril-junio 2014/ Número 2.
Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a los 12 días del mes de diciembre del 2017.
Diputados:Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo a clasificar como pesquero el puerto de Lerma, Campeche, en términos del artículo 9o., fracción II, inciso c), de la Ley de Puertos, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, diputada federal Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Mediante decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintiuno de julio de mil novecientos noventa y siete se habilitó el puerto de Lerma Campeche (ubicado en las latitudes norte 19º 48’ 22’’ y oeste 90º 36’ 14’’) como puerto de cabotaje y altura, es decir un puerto enfocado a atención de embarcaciones, personas y bienes en navegación entre puertos o puntos nacionales e internacionales.
Tal habilitación, de acuerdo a la exposición de motivos del referido decreto, obedeció entre otras cosas a la necesidad de dar impulso básico y sustentable de todos los sectores de la economía nacional.
Sin embargo, la habilitación del puerto de Lerma, Campeche, no ha variado la actividad económica preponderante para la que éste es utilizado. En efecto, las actividades que se desarrollan en Lerma, Campeche, continúan hasta la presente fecha consistiendo en el manejo de embarcaciones y productos específicos de la captura y del proceso de la industria pesquera.
Lo que se ha modificado con motivo de la expedición del decreto mencionado son las tarifas por el uso de la infraestructura portuaria para embarcaciones pesqueras. De la actividad pesquera para la cual funciona preponderantemente el puerto depende el sustento de un número importante de familias campechanas, que han visto mermado su ingreso por el incremento de obligaciones contributivas como para con la Administración Portuaria Integral que a su cargo tiene el puerto de Lerma, Campeche.
En diversas ocasiones los pescadores han enfrentado problemas con las autoridades portuarias al no contar con los ingresos necesarios para pagar las obligaciones tarifarias que les impone el uso de un puerto clasificado como de cabotaje y altura, llegándose al extremo de impedirles la realización de sus actividades.
Aunque loable la intención de promover el desarrollo de infraestructura portuaria de nuestro país, que dio origen a la habilitación del puerto de Lerma como de cabotaje y altura, este tipo de acciones debe estar acompañado necesariamente de acciones afirmativas tendientes a mejorar también la situación general de la población de la localidad y, específicamente, de quienes de manera ordinaria utilizan la infraestructura portuaria.
En ese orden de ideas, es deseable que, reconociendo la realidad imperante en la zona y la actividad que preponderantemente es realizada en el puerto, se reclasifique el puerto de Lerma, Campeche, como puerto pesquero, a fin de que las tarifas por su uso sean acordes y adecuadas a la capacidad contributiva de los pecadores que habitualmente lo utilizan.
Sin perjuicio de lo anterior, el gobierno federal podría realizar la inversión necesaria para dotar a la infraestructura portuaria y a la localidad de Lerma, Campeche, de las condiciones necesarias para que en un futuro, el referido puerto puedo evolucionar hacia una clasificación que permita alcanzar niveles de eficiencia internacional que propicien mayores oportunidades de empleo y mejoren las condiciones de vida de los trabajadores del lugar.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a clasificar el puerto de Lerma, Campeche, como puerto pesquero, en términos del artículo 9, fracción II, inciso c), de la Ley de Puertos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2017.
Diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata (rúbrica)
Con motivo del 9 de diciembre, Día Internacional contra la Corrupción, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El 31 de octubre de 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, que entró en vigencia en diciembre de 2005, y pidió al secretario general que designase a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito como la secretaría para la Conferencia de los Estados Partes de la Convención 58/4. En la misma asamblea, Naciones Unidas eligió el 9 de diciembre como Día Internacional contra la Corrupción.1
La corrupción es uno de los fenómenos más complejos tanto social, político como económico, que no se han podido diluir en todo el mundo, al contrario, día con día la corrupción se va expandiendo y haciendo cotidiano en la vida de las personas. Porque se hace fácil corromper desde el policía de la esquina, hasta las más altas autoridades.
La corrupción es un delito grave que frena el desarrollo económico y social en todas las sociedades, es una amenaza latente. Porque ningún país, región o comunidad está exento de no tener problemas de corrupción.
Estadísticas que proporcionan la Oficina de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito, y el Programa del as Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), dicen que, cada año se paga un billón de dólares en sobornos y se calcula que se roban 2.6 billones de dólares anuales mediante la corrupción, esta suma es equivalente a más de 5 por ciento del producto interior bruto mundial. El PNUD calcula que en los países en desarrollo las pérdidas por corrupción, superan 10 veces lo que se dedica a la asistencia para el desarrollo.2
No hay cosa que más moleste a los mexicanos que corrupción. Ya sea por los casos históricos de corrupción en el régimen de 70 años de gobiernos priistas, previo a la alternancia, o por los que han salido a la luz por el cada vez mayor escrutinio que se ha dado en el México de la alternancia.
La corrupción es un tema que toca lo más sensible de los ciudadanos desatando rechazo enfado, repulsión y hartazgo generalizados.
Una de las conversaciones que más se escucha diariamente es, sin duda, la gran molestia y desánimo que causan todos los casos de corrupción, como el tráfico de influencias, los indiscutibles conflictos de interés y el desvío de recursos (materiales, económicos y humanos) y servicios públicos para usos privados.
Transparencia Internacional indica que México está situado en el lugar 53 de 176 en la escala de corrupción. En 2008 México estaba en el lugar 81 estamos hablando que nuestro país ha caído 28 sitios en la clasificación mundial de corrupción. Otros que da Transparencia Internacional, son que México ocupa el último lugar en la OCDE, la posición 18 en el G20 y en América Latina está en el puesto 30 de 32 naciones que la forman.
El país es de las 20 mejores economías, pero también es de las 20 naciones con los servicios públicos más corruptos.
Un dato más que muestra Transparencia Internacional acerca de México es que, es el numero125 desviando recursos públicos, y el 124 en el tráfico de influencias o, dicho de otra manera, en el pago de favores. Esto, en la evaluación que hizo el Foro Económico Mundial a 138 países.3
Transparencia Internacional informa que México es el primer lugar respecto de la población que pagó un soborno para poder hacer un trámite de algún servicio público, de entre las 20 naciones de la región de América Latina y el Caribe. También indica que es el primer lugar en haber sobornado a algún servidor público.4
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con el Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno, da cifras de que de cada 100 delitos de corrupción que se cometen, solo 11 se denuncian, 6 se investigan y solamente 3 se resuelven. Eso da un resultado de 96 por ciento de impunidad.5
Por eso es de suma importancia que se designe con la brevedad el fiscal anticorrupción, para que este problema empiece a tener solución. Ya que, si se sigue sin tener titular en la recién creada fiscalía anticorrupción, seguirá creciendo esta lacra llamada corrupción.
Notas
1 Naciones Unidas en Perú, Día Internacional contra la Corrupción, 9 de diciembre de 2016.
http://onu.org.pe/dias-internacionales/dia-internacional -anticorrupcion/
2 Diagramconsultores.com, Día Internacional contra la Corrupción, 9 de diciembre de 2016.
http://www.diagramconsultores.com/dia-internacional-cont ra-la-corrupcion-9-de-diciembre/
3 Milenio.com, Firmas, La percepción de la corrupción en México, 21 de agosto de 2017.
http://www.milenio.com/firmas/hector_raul_solis_gadea/
mexico-corrupcion-economia-pib-banco_mundial-inegi_18_1015878459.html
4 El Economista, “7 datos sobre la corrupción en México, según Transparencia Internacional”, 14 de octubre de 2017.
https://www.eleconomista.com.mx/politica/
7-datos-sobre-la-corrupcion-en-Mexico-segun-Transparencia-Internacional-20171014-0001.html
5 Milenio.com, Firmas, La percepción de la corrupción en México, 21 de agosto de 2017.
http://www.milenio.com/firmas/hector_raul_solis_gadea/
mexico-corrupcion-economia-pib-banco_mundial-inegi_18_1015878459.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 diciembre de 2017.
Diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica)