Declaratoria de publicidad de dictámenes

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el 3 de octubre de cada año como Día Nacional del Emprendedor

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara el 3 de octubre de cada año, “Día Nacional del Emprendedor”.

Esta Comisión, con fundamento en los artículos 39, y 45 numeral 6, incisos e) y f), así como numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; en relación a los diversos 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, bajo los siguientes:

I. ANTECEDENTES

En la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de junio de 2016, el diputado Alejandro Juraidini Villaseñor del Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 3 de octubre de cada año, “Día Nacional del Emprendedor”.

En fecha de 21 de julio de 2016, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictamen.

El expediente con la iniciativa de mérito fue turnado a la Comisión de Gobernación el 25 de julio de 2016, para efectos de su análisis y discusión.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

La iniciativa materia del presente dictamen tiene por objeto:

Declarar el día 3 de octubre de cada año como “Día Nacional del Emprendedor”.

Motivación:

El proponente señala que uno de los principales objetivos que busca la declaración del día 3 de octubre de cada año como Día Nacional del Emprendedor, es generar una cultura emprendedora para toda la sociedad mexicana, impulsando la creación de diversos empleos, aportando un crecimiento económico inigualable al país.

Define a los emprendedores como las mujeres y los hombres con inquietudes empresariales, en proceso de crear, desarrollar o consolidar una micro, pequeña o mediana empresa, a partir de una idea emprendedora o innovadora.

Argumenta que busca incidir en las transformaciones de innovaciones, ya sea en empresas establecidas o nuevas, siendo la innovación un proceso cuya finalidad es la resolución de un problema.

Menciona que es relevante innovar debido a los beneficios y ventajas importantes para la sociedad, lo cual surte como efecto la generación de retornos a la inversión, la creación y aumento de empleos, marcando tendencias dentro del mercado.

Señala que el primer reconocimiento formal de este término fue realizado por Alfred Marshall, en 1890, en su Tratado “Principios de Economía”, en el cual afirma que hay cuatro factores de producción: tierra, trabajo, capital y organización.

Expone que en la actualidad y en épocas de crisis, los emprendimientos suelen representar una salida (o, al menos, una posibilidad de crecimiento) para las personas que se encuentran en situación de desempleo. En un entorno de incertidumbre, el emprendedor puede equivocarse en sus presunciones; pero si acierta, la implicación es que ha encontrado un mejor uso para el recurso hasta entonces infravalorado y el mercado le premia con beneficios, si falla, ha malgastado ese recurso y no le queda más que soportar las pérdidas de su fallida actuación.

Enfatiza que las empresas son factores claves de un sistema nacional de innovación, porque utilizan los avances científicos y tecnológicos en la producción para desarrollar nuevos productos, procesos y mejorar los existentes, lo que permite aumentar la producción y la competitividad.

Destaca que, a junio de 2014, del total de emprendedores, el 71% fueron seriales, es decir tenían un segundo emprendimiento y generaron el 76% de los ingresos totales de las empresas; y solo el 14% de las conexiones entre emprendedores fue de inversión y de fondeo. En ese sentido, el objetivo primordial es apoyar a los emprendedores para así generar mecanismos que deriven la creación de empleos.

Reitera que el desarrollo es prioridad para México ya que éste tiene un efecto multiplicador en la economía, mayor a cualquier otro sector, ya que existe evidencia de una mayor productividad en las empresas que han sido apoyadas por capital emprendedor, las cuales logran crecer hasta 1.5 veces más rápido que las empresas tradicionales.

En consecuencia, manifiesta la necesidad de declarar el Día Nacional del Emprendedor para fomentar los mecanismos que deriven en la creación de empleos, así como en el desarrollo económico y social del país.

En virtud de lo anterior, una vez que han sido establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de la Comisión de Gobernación procedemos a formular las siguientes:

III. CONSIDERACIONES

Después de haber realizado un estudio de la propuesta que se dictamina esta Comisión coincide con el proponente en la importancia de declarar el 3 de octubre de cada año como el “Día Nacional del Emprendedor”, atendiendo a las siguientes consideraciones:

PRIMERA. La economía de nuestro país tiene diversos factores a través de los cuales se fortalece y desarrolla día a día, aunado a ello son los múltiples factores los que ponen en marcha estos elementos y sorprendentemente esta maquinaria no sólo es puesta a trabajar por los tres niveles de gobierno, sino principalmente por las y los mexicanos que deciden iniciar un negocio.

Ello resulta relevante, pues de acuerdo a cifras del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, alrededor de la mitad de la población se encontrará en edad de trabajar durante los próximos 20 años, lo que nos hace centrar esfuerzos en el apoyo a la juventud mexicana, para que ésta sea capaz de desarrollarse plenamente en materia laboral, sentando las bases para que en el futuro, este grupo de la sociedad, opte por el autoempleo a través de sus propias empresas.

Programas como Crédito Joven, han otorgado más de 426 millones de pesos, distribuidos en 1,094 proyectos, que en conjunto con proyectos como “Jóvenes Emprendedores Prosperando”, cuyo objetivo es impulsar a los jóvenes de PROSPERA de la Ciudad de México, Chiapas, Guerrero, Michoacán y Oaxaca a desarrollar proyectos productivos que les permitan mejorar el ingreso de sus familias, el cual, en solo 3 meses, ha apoyado 241 proyectos por un monto de 11.4 millones de pesos; los cuales permiten avanzar positivamente en el fomento a este sector, que por sus características especiales, se encuentra tradicionalmente en situación de desventaja frente a otros grupos sociales.

En ese mismo sentido, a principios de 2016 se estableció el Programa Mujeres PYME, “el cual ofrece financiamiento y asesoría a micro, pequeñas y medianas empresas formales lideradas por mujeres, tanto personas físicas como morales, de cualquier giro en comercio, industria o servicios en todo el país, complementando así a distintos programas de gobierno, como las convocatorias del Fondo Nacional Emprendedor que han apoyado 17,896 proyectos exclusivos de mujeres, por un monto de 602 millones de pesos.

Otro de los sectores de la población que se ha visto favorecido a través del desarrollo que provén los programas sociales encaminados al fortalecimiento de MIPYMES, es el sector rural, que a través del Programa de Asistencia Técnica al Micro financiamiento Rural (PATMIR), ha beneficiado a 41,763 localidades en 2,326 municipios del país.

SEGUNDA. Sea cual fuere la característica de la empresa que deciden comenzar, es a través de ella que el sistema económico del país se pone en marcha, ejemplo de ello son las famosas Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), que según datos de INEGI, representa aproximadamente 4 millones 15 mil unidades empresariales existentes en México, de las cuales 99.8% son Pequeñas y Medianas Empresas que generan 52% del Producto Interno Bruto (PIB) y 72% del empleo en el país.1

Lo anterior coloca a México en la necesidad de mantener el fomento a este tipo de empresas, prueba de ello es que, de acuerdo a lo señalado en el 4° Informe de Gobierno, “el 27 de octubre de 2015 se presentó el reporte “Doing Business 2016: midiendo la calidad y eficiencia regulatoria”, elaborado por el Banco Mundial (BM)”, el cual ubicó a México en el lugar 65 de 189 países en el tema “Apertura de una empresa”, tomando como parámetro de evaluación la regulación nacional y si estas favorecen o limitan la actividad empresarial, lo que constituye un adecuado parámetro para medir la competitividad de México a nivel global, indicando que si bien vamos por buen camino, es necesario mantener y generar nuevas políticas de Estado que promuevan el desarrollo de nuevas empresas, para posicionar a México en lugares más competitivos, generando mayor riqueza y estableciendo las bases para que la población tenga la oportunidad de desarrollarse plenamente.

TERCERA. Son las y los mexicanos que deciden establecer una sociedad mercantil a quienes conocemos como emprendedores y a quienes les debemos agradecer la fuerza económica de la nación y el impulso laboral que generan con las empresas, siendo necesario reconocer a todas aquellas personas que con su esfuerzo, logran generar riqueza y trabajo para cientos y miles de mexicanos, consolidando no solo una sociedad, sino los hogares de millones de personas, apoyando el desarrollo familiar y sobre todo emprendiendo un mejor presente para nuestro país.

En ese sentido, consideramos que los tres Poderes de la Unión, pero particularmente, el Poder Legislativo, debe propugnar siempre por mantener e impulsar el crecimiento de la economía nacional a través del apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas, generando y actualizando instrumentos legales como la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, enfocados a impulsar el desarrollo regional, así como fomentar la competitividad de este tipo de industrias, al ser conscientes de que la productividad es fundamental para ampliar y mejorar las oportunidades y la calidad de vida de las y los mexicanos, en aras de un crecimiento económico más equitativo.

CUARTA. Quienes dictaminamos, consideramos que a través del recordatorio permanente de este tipo de fechas, así como con la celebración de actividades como el “2º Taller de Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor 2016”, desde el Poder Legislativo, reforzamos la labor de instituciones como el Comité Nacional de Productividad (CNP), el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) y demás autoridades relacionadas, en un acto de responsabilidad social, pues los legisladores estamos al tanto del difícil panorama económico global y somos conscientes de que el establecimiento de este tipo de fechas contribuye directamente al fomento de las políticas públicas de promoción al desarrollo de proyectos emprendedores que innoven en la generación de nuevas tecnologías, y el inicio de cientos de historias de éxito en el autoempleo.

Mediante el recordatorio permanente de este tipo de efemérides, podremos propiciar una mayor cultura del emprendedor, que impacte positivamente en el actual ambiente de negocios, con la finalidad de fomentar el empleo y el bienestar social y económico de todos los participantes en la micro, pequeña y mediana empresa.

En virtud de las consideraciones expuestas, coincidimos en que es indudable que las MIPYMES constituyen un pilar fundamental para el sustento del mercado interno y el desarrollo social, al generar más empleos y ofrecer diversas oportunidades de crecimiento, siendo necesario establecer un día específico para reconocer los logros de cientos de emprendedores que han puesto su esfuerzo y recursos en su capacidad innovadora, considerando idóneo establecer tal conmemoración el 03 de octubre de cada año, en virtud de que tradicionalmente, los eventos para emprendedores son durante el mes de octubre, por lo que debe ser a principios de mes cuando se conmemore tal día, a efecto de darle promoción a las actividades antes señaladas.

Por lo antes expuesto, las y los integrantes de la Comisión de Gobernación, para los efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto por el que se declara el 3 de octubre de cada año, como “Día Nacional del Emprendedor”

Artículo Único. El Honorable Congreso de la Unión, declara el 3 de octubre de cada año, como “Día Nacional del Emprendedor”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 Disponible en: http://www.promexico.gob.mx/negocios-internacionales/pymes-eslabon-fund amental-para-el-crecimiento-en-mexico.html, fecha de consulta: 12 de septiembre de 2016.

Palacio Legislativo, 13 de septiembre de 2016.

La Comisión de Gobernación:

Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Érick Alejandro Lagos Hernández, David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), David Gerson García Calderón, Rafael Hernández Soriano, Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo, Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas, Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo, Juan Pablo Piña Kurczyn (rúbrica), Norma Rocío Nahle García, Carlos Sarabia Camacho, Édgar Spinoso Carrera, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara la primera de octubre de cada año como Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto que declara la primera semana del mes de octubre de cada año, como la “Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte”.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en el artículos 39, y 45 numeral 6, incisos f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 69, numeral 2, 80, numeral 1, fracción I, 81, numeral 1, 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, 173, 174 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en, los siguientes:

I. ANTECEDENTES

En sesión plenaria celebrada el 6 de septiembre de 2016, la diputada Jacqueline Nava Mouett, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó iniciativa con proyecto de decreto para declarar la primera semana del mes de octubre de cada año como la “Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte”.

En esa misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turno dicha iniciativa para su análisis y dictamen a esta Comisión, siendo recibida el día siguiente.

Las y los integrantes de la Comisión de Gobernación, una vez analizada la iniciativa objeto del presente dictamen, señalan el siguiente:

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

La iniciativa materia del presente dictamen tiene los siguientes objetivos:

• Declarar a la primera semana de mes de octubre de cada año, como la “Semana Nacional de la Cultura Fisca y el Deporte”.

Basada sustancialmente en lo siguiente:

Que “la “Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte” adoptada el 21 de noviembre de 1978 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su 20ª reunión en Paris, determina como finalidad la de “poner el desarrollo de la educación física y el deporte al servicio del progreso humano, favorecer su desarrollo y exhortar a los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales competentes, los educadores, las familias y los propios individuos a inspirarse en ella, difundirla y ponerla en práctica.”

Que “la práctica de la educación física y el deporte es un derecho fundamental para todos”, pues “la educación física y el deporte constituyen un elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación”, ya que “los programas de educación física y deporte deben responder a las necesidades individuales y sociales”, pues “la enseñanza, el encuadramiento y la administración de la educación física y el deporte deben confiarse a un personal calificado”, además de que “para la educación física y el deporte son indispensables instalaciones y materiales adecuados”.

Que “la investigación y la evaluación son elementos indispensables del desarrollo de la educación física y el deporte”; “La información y la documentación contribuyen a promover la educación física y el deporte”; “Los medios de comunicación de masas deberían ejercer una influencia positiva en la educación física y el deporte”.

Que “las instituciones nacionales desempeñan un papel primordial en la educación física y el deporte”, además de que “la cooperación internacional es una de las condiciones previas del desarrollo universal y equilibrado de la educación física y el deporte”.

Que “la Carta de las Naciones Unidas proclama la fe de los pueblos en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y por tanto, afirma su resolución de promover el progreso social y elevar el nivel de vida para las personas, con el énfasis en que una de las condiciones esenciales del ejercicio efectivo de los derechos humanos depende de la posibilidad brindada a todos y a cada uno de desarrollar y preservar libremente sus facultades físicas, intelectuales y morales y que en consecuencia se debería dar y garantizar a todos la posibilidad de acceder a la educación física y al deporte”.

Que la preservación y el desarrollo de las aptitudes físicas, intelectuales y morales del ser humano mejoran la calidad de la vida en los planos nacional e internacional, por ende la educación física y el deporte deben reforzar su acción formativa y favorecer los valores humanos fundamentales que sirven de base al pleno desarrollo de los pueblos subrayando, por consiguiente, que la educación física y el deporte han de tender a promover los acercamientos entre los pueblos y las personas, así como la emulación desinteresada, la solidaridad y la fraternidad, el respeto y la comprensión mutuos, y el reconocimiento de la integridad y de la dignidad humanas, y más aún, integrar la educación física y el deporte en el medio natural equivale a su enriquecimiento, inspira el respeto hacia los recursos del planeta y despierta el deseo de conservarlos y utilizarlos para el mayor provecho de la humanidad entera”.

Señala también que el “Informe Final de la V Conferencia Internacional de Ministros y Altos Funcionarios Encargados de la Educación Física y el Deporte”, determina compromisos y recomendaciones para los Estados, señalando en concreto que el acceso al deporte debe entenderse como un derecho fundamental para todos”.

Que se debe “fomentar la cultura física a través de actividades deportivas y recreativas para la población”, en pro de la “preservación de la salud física y mental, así como la prevención de enfermedades” y del delito, promoviendo “la erradicación del uso de sustancias tóxicas y nocivas para el cuerpo”.

Que mediante el establecimiento de “la Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte”, se persigue la “implementación de estrategias claras y periódicas mediante la coordinación institucional en la que se aprovechen de mejor manera los recursos públicos y privados”.

III. CONSIDERACIONES

Después de haber realizado un estudio de la propuesta que se dictamina esta Comisión coincide con la proponente en la importancia de garantizar por parte del Estado, la práctica permanente de la educación física y el deporte como un elemento esencial de nuestro sistema educativo.

De conformidad con el último párrafo del Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que hace énfasis al señalar que “Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte”. En tanto la Fracción XXIX-J del Artículo 73 Constitucional contempla que el acceso a la práctica del deporte y al desarrollo de la actividad física en instalaciones adecuadas es un derecho de todos los mexicanos. La promoción, así como el fomento al deporte y la cultura física son responsabilidades del Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), aunado a esto los beneficios de la salud que favorecen a la convivencia, cooperación y otros valores de la sociedad.

La importancia del dictamen no solo es la promoción dentro de las políticas públicas de salud al deporte, sino también la concientización de la población de un estado promotor que beneficie a la comunidad de manera integral.

Efemérides como ésta, vienen a sumarse a programas federales y locales que buscan disminuir las adicciones, la obesidad y el sobrepeso a nivel nacional; ejemplo de lo anterior es el Programa Muevete en 30 (30M), que desde 2015 promueve el deporte en la población de 4 a 65 años a través de la movilización mediante la actividad física, destinando y recuperando espacios públicos para darles un uso más social y responsable.

Consideramos que el establecimiento de este tipo de medidas son necesarias y urgentes en nuestro país, pues las estadísticas nacionales son alarmantes en materia de salud pública, ejemplo de lo anterior es la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2006, la cual arrojó cifras preocupantes, particularmente en niños y adolescentes, donde se observó que la prevalencia de sobrepeso y obesidad en preescolares fue de 16.7%; en escolares, de 26.2%, y en adolescentes, de 30.9%; de igual manera otorgó cifras sobre la prevalencia de sobrepeso y obesidad en adultos que fue de 39.7 y 29.9%, respectivamente.1

A partir de este tipo de diagnósticos, hemos podido identificar claramente la necesidad de contar con una política integral, y con una coordinación efectiva para lograr cambios en los patrones de alimentación y actividad física que permitan la prevención de enfermedades crónicas y la reducción de la prevalencia de sobrepeso y obesidad en la población.

En este sentido reconocemos la importancia de promover y fomentar la cultura del deporte con la participación de todos los sectores de la población.

Somos conscientes de que el trabajo por delante es mucho, sin embargo, también nos mantenemos positivos respecto a que es posible avanzar y disminuir en gran medida este tipo de problemáticas, pues la experiencia internacional demuestra que mediante el establecimiento de dicha clase de políticas públicas, se pueden lograr objetivos a largo plazo.

Por ejemplo, durante las pasadas olimpiadas de Río de Janeiro, fuimos testigos del éxito de los atletas del Reino Unido quienes superaron a China en medallas de oro, para quedar en segundo lugar de la tabla solo por detrás de Estados Unidos, cuando hace apenas 20 años, ello hubiera resultado imposible de imaginar.

Esta experiencia, sirve como ejemplo de la importancia de implementar políticas públicas efectivas, en las que participen los tres órdenes de gobierno, así como los tres Poderes de la Unión y la sociedad civil, para la consecución de objetivos comunes que repercutan en el bienestar social, físico y emocional de las y los mexicanos.

Todo ello pues consideramos que el deporte no solo es un asunto de salud, también es una herramienta efectiva en la educación, pues a través de él se fomentan valores y habilidades, y si bien, ya existen programas gubernamentales como el Programa Muévete Escolar, dirigido a niños y jóvenes, que durante 2015 ha atendido a casi 1.4 millones de alumnos de nivel básico y jóvenes de educación media superior, y superior de 6,002 escuelas en 21 entidades federativas a través de 533 promotores con el fin de promover e implementar una cultura física del deporte; es necesario mantener las acciones que impacten positivamente en generar una mayor cultura del deporte, particularmente en la niñez y juventud mexicana.

El deporte debe entenderse como una herramienta para la formación, desarrollo y mejoramiento de las capacidades físicas de una persona así como el mejor desarrollo para el manejo adecuado de sí mismo en su entorno, permitiendo la interacción de los aspectos sociales, emocionales y físicos.

Es por todo lo anterior que esta Comisión considera procedente y necesario, pronunciarse en sentido positivo respecto de la propuesta contenida en la Iniciativa que declara a la primera semana del mes de octubre de cada año, como la “Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte”.

Por lo antes expuesto, las y los integrantes de la Comisión de Gobernación, para los efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DECLARA A LA PRIMERA SEMANA DEL MES DE OCTUBRE DE CADA AÑO, COMO LA “SEMANA NACIONAL DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE”

ÚNICO. El Honorable Congreso de la Unión declara a la primera semana del mes de octubre de cada año, como la “Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte”.

TRANSITORIO

UNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 Disponible en: https://www.insp.mx/produccion-editorial/publicaciones-anteriores-2010/ 660-encuesta-nacional-de-salud-y-nutricion-2006-ensanutef-2006.html, fecha de consulta 12 de septiembre de 2016

Palacio Legislativo, 13 de septiembre de 2016.

La Comisión de Gobernación:

Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas, César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Érick Alejandro Lagos Hernández, David Sánchez Isidoro, Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), David Gerson García Calderón, Rafael Hernández Soriano, Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo, Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas, Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo, Juan Pablo Piña Kurczyn (rúbrica), Norma Rocío Nahle García, Carlos Sarabia Camacho, Édgar Spinoso Carrera, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I, Apartado B, del artículo 13, y se adiciona la fracción IV Bis 3 al artículo 3o. de la Ley General de Salud

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, minuta con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 13 fracción I y se adiciona la fracción IV Bis 3, al artículo 3o., en materia de salud bucodental.

Esta Comisión, con fundamento en los artículos 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 y 45, numeral 6, inciso f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y habiendo analizado el contenido de la minuta de referencia, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en la siguiente:

METODOLOGÍA

I. En el capítulo de “ANTECEDENTES”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la iniciativa y de los trabajos previos de las comisiones dictaminadoras.

II. En el capítulo correspondiente a “CONTENIDO DE LA MINUTA”, se sintetiza el alcance de las proposiciones de mérito.

III. En el capítulo de “CONSIDERACIONES”, la Comisión expresa los argumentos de valoración de la iniciativa y de los motivos que sustentan la resolución de la minuta.

ANTECEDENTES

1. Con fecha 5 de febrero de 2015, el senador Benjamín Robles Montoya, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1 bis; 3 y 6 de la Ley General de Salud.

2. En esa misma fecha la colegisladora, por instrucciones de la Mesa Directiva, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos, para su análisis y dictamen correspondiente. Misma que fue remitida mediante los oficios N° DGLP-2P3A.-400 y DGLP-2P3A.-401 a la presidencia de las comisiones correspondientes.

3. Con fecha 8 de abril de 2015 la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores emitió, con fundamento en el Artículo 214 del Reglamento del Senado de la República, excitativas mediante oficios N° DGPL-2P3A.-3185.59 y DGPL-2P3A.-3185.28 a las comisiones de Salud y de Estudios Legislativos a efectos de que presentan el dictamen correspondiente.

La Comisión de Salud con oficio de fecha 19 de mayo de 2015 N| CS/123/2015 dio respuesta y solicitó prórroga para el desahogo del asunto.

4. Con fecha 4 de agosto de 2015 mediante oficio N° DGPL-2R3A.-1128 la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, con fundamento el Artículo 212 del Reglamento del Senado, autorizó a la Comisión de Salud la prórroga solicitada, conforme lo prevé el párrafo 3 del citado artículo. Vía oficio DGPL-2R3A.-1129 la Mesa Directiva dio aviso a la Comisión de Estudios Legislativos sobre el particular.

5. Con fecha 1 de diciembre de 2015 se presentó el dictamen correspondiente, ante el Pleno de la Cámara de Senadores, quedando de primera lectura, mismo que pasó a discusión del Pleno el día del 8 de diciembre. El cual fue aprobado por 72 votos y se dictó su turno a la Cámara de Diputados mismo que fue recibido el día 10 de diciembre de 2015 con oficio N° DGPL-PA. -5092 de fecha 8 de diciembre para los efectos constitucionales correspondientes.

6. En sesión celebrada con fecha 10 de diciembre de 2015 y publicado en la Gaceta Parlamentaria, la Cámara de Diputados dio cuenta con número de expediente 1243, de la minuta con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 13 fracción I y se adiciona la fracción IV Bis 3, al artículo 3°, de la Ley General de Salud, en materia de salud bucodental.

II. CONTENIDO DE LA MINUTA

La iniciativa en estudio tiene por objeto la inclusión de la salud bucodental como materia de salubridad general. Para clarificar el contenido de la minuta, se exponen las consideraciones expuestas por las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos respecto del proyecto de decreto.

III. CONSIDERACIONES

A. Las Comisiones Unidas dictaminadoras de Salud y de Estudios Legislativos; hacen referencia al derecho a la protección de la salud que poseen todos los mexicanos acorde con el párrafo cuarto del artículo 4° de nuestro máximo ordenamiento legal, el cual a su vez faculta, a través de la fracción XVI del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a emitir leyes sobre salubridad general en la República, por lo que el ámbito de competencia de esta Soberanía se encuentra previamente establecido y reconocido para tratar el tema de salud bucodental.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el derecho a la salud significa que los gobiernos deben crear las condiciones que permitan a todas las personas vivir lo más saludable posible. Para ello, mediante el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966, se establece que entre las medidas que se deberán adoptar a fin de asegurar la plena efectividad del derecho a la salud, figurarán:

• La reducción de la mortalidad infantil y garantizar el sano desarrollo de los infantes;

• El mejoramiento de la higiene del trabajo y del medio ambiente;

• La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra Índole, y la lucha contra ellas;

• La creación de condiciones que aseguren el acceso de todos a la atención de la salud.

Aunado a lo anterior, en el 2000, dicho Pacto adoptó una Observación General, en la que se afirma que el derecho a la salud no sólo abarca la atención de salud oportuna, sino también los factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, nutrición adecuada, vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva.

B. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la salud bucodental puede definirse como la ausencia de dolor orofacial crónico, cáncer de boca o garganta, llagas bucales, defectos congénitos como labio leporino o paladar hendido, enfermedades periodontales, caries dental y pérdida de dientes entre otras enfermedades y trastornos que afectan la boca y la cavidad bucal.

Así mismo destaca que las dolencias bucodentales comparten factores de riesgo con las cuatro enfermedades crónicas más importantes, como las enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias crónicas y diabetes, ya que señala que se ven favorecidas por las dietas malsanas, el tabaquismo y el consumo nocivo de alcohol que va de la mano con otro factor de riesgo que es una higiene bucodental deficiente.

A nivel mundial, cifras de las OMS destacan la caries dental y las periodontopatías como las enfermedades más comunes, la primera tiene una prevalencia de entre el 60 y el 90% entre la población de los escolares de todo el mundo y la segunda, puede desembocar en la pérdida de dientes entre los adultos de edad madura, con una prevalencia de entre 5 y 20%.

Por ello, es que la OMS emite ciertas recomendaciones como la sensibilización de la población acerca de la salud bucodental, con la cual se pueden prevenir múltiples enfermedades.

C. En México, de acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, existen varias enfermedades en torno a una deficiente salud bucodental, ejemplo de ello y una de las más comunes, es la prevalencia de caries dental en escolares de entre 6 a 12 años de edad.

En promedio, a nivel nacional, es que el 60.37% de la población tiene caries, siendo los cinco estados con mayor prevalencia el Estado de México con 87.69%, el Distrito Federal con 77.52%, Tabasco con 76.45%, Morelos con 75.38% y Veracruz con 75.26% y el único estado por debajo de 40% de prevalencia, es Yucatán con 26.31%.

Lo anterior demuestra que el grueso de la población en México tiene problemas de caries, lo que se traduce en una deficiente salud bucodental que puede derivar en otras enfermedades como las ya mencionadas que pueden ser desde la pérdida de dientes hasta algún tipo de cáncer.

D. Actualmente ya se realizan acciones en torno al tema, ejemplo de ello, es el Programa de Salud Bucal, con el cual se busca disminuir la carga de morbilidad bucal en la población, a través de medidas para establecer, fortalecer y vigilar, políticas, estrategias y programas estatales e institucionales, así como evaluar las condiciones de salud bucal y ampliar equitativamente la atención odontológica con ética, calidad y eficiencia para mejorar la calidad de vida de la población.

Si bien a partir del Programa Sectorial de Salud Bucal se destacó la promoción, prevención y tratamiento en los preescolares y escolares, la cobertura aún es mucho menor que la de otros programas de atención a la infancia y adolescencia, como el programa de vacunación. Esto se hace evidente cuando sólo uno de cada diez adolescentes de entre 15 a 19 años (9.8%) mantienen una Óptima Salud Bucal. Los resultados aportan elementos para la implementación de nuevas acciones que favorezcan la ampliación de cobertura en los ámbitos local, jurisdiccional, estatal y nacional priorizando la promoción y prevención.

E. Además, a partir de los resultados del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Patologías Bucales, 2013, se concluyó que tan sólo 4% de la población que acude a los Servicios de Salud tiene una Óptima Salud Bucal. Sin embargo, es necesario reforzar la Ley con la finalidad de tener las herramientas que ayuden a la aplicación de estudios más detallados para explicar la salud bucodental en México y la creación de estrategias que reviertan la tendencia en nuestro país.

F. Por ende, es imperante que se legisle en la materia con la finalidad de que, al integrar dicho tema como materia de salubridad general, se logre concientizar a la población, a través de la elaboración de campañas y estrategias con objetivos específicos, que indiquen la importancia de una adecuada salud bucodental y los beneficios y enfermedades que se pueden prevenir.

G. No obstante, estas comisiones dictaminadoras consideran que no se advierte inconveniente que la salud bucal se incluya en materia de salubridad general, armonizando el término con la Ley General de Salud e incluirlo en el Artículo 13, como parte de los servicios que deberán organizar, operar, supervisar y evaluar los gobiernos de las entidades federativas.

H. La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados en la LXIII legislatura, previó, estudió, ponderó el asunto y, mediante este dictamen, determina aprobar en sus términos la minuta sobre el proyecto de decreto que reforma el artículo 13 fracción I y se adiciona la fracción IV bis 3. al artículo 3°, de la Ley General de Salud, en materia de salud bucodental.

I. En congruencia con el párrafo anterior, esta Comisión de Salud comparte las consideraciones expuestas por las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores en las cuales modifica la propuesta del promovente el Senador Ángel Benjamín Robles Montoya en las que, sin demérito de la propuesta y a efectos de dar viabilidad jurídica para su aplicación y evitar la duplicidad en la Ley General de Salud consideró que la salud bucal sea materia de salubridad general, armonizando el termino al incluirlo en al artículo 13, como parte de los servicios que deberán organizar, operar, supervisar y evaluar los gobiernos de la entidades federativas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta dictaminadora emite su dictamen y, para los efectos de lo dispuesto en la fracción A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN I, APARTADO B DEL ARTÍCULO 13 Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN IV BIS 3 AL ARTÍCULO 3o. DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único. Se reforma la fracción I, Apartado B del artículo 13 y se adiciona una fracción IV Bis 3 al artículo 3o. de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o. ...

I. a IV Bis 2. ...

IV Bis 3. Salud bucodental;

V. a XXVIII. ...

Artículo 13. ...

A. ...

I. a X. ...

B. ...

I. Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones II, II Bis, IV, IV Bis, IV Bis 1, IV Bis 2, IV Bis 3, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXVI Bis y XXVII Bis, del artículo 3o. de esta Ley, de conformidad con las disposiciones aplicables;

II. a VII. ...

C. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de mayo de 2016.

La Comisión de Salud

Diputados: Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra, Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina, José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez, Mariana Trejo Flores, Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), secretarios; Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado, Roberto Guzmán Jacobo, Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ana Laura Rodela Soto, Wendolín Toledo Aceves, Yahleel Abdala Carmona.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 212 de la Ley General de Salud

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de la LXIII Legislatura le fueron turnadas para dictamen las iniciativas que reforman el artículo 212 de la Ley General de Salud, presentadas por el diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; y por el diputado Juan Manuel Cavazos Balderas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Esta Comisión, con fundamento en los artículos 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 y 45, numeral 6, inciso f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y habiendo analizado el contenido de las iniciativas de referencia, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en lo siguiente.

METODOLOGÍA

I. En el capítulo de “ANTECEDENTES” se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de las referidas iniciativas y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capítulo correspondiente a “CONTENIDO DE LA INICIATIVA” se exponen los motivos y alcance de las propuestas de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “CONSIDERACIONES” la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar las iniciativas en análisis.

I. ANTECEDENTES

Con fecha 18 de febrero de 2016, el diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa que adiciona un párrafo tercero y se recorre el subsecuente del artículo 212, de la Ley General de Salud, para que la etiqueta frontal para los alimentos y bebidas no alcohólicas cuente con un sistema de semáforo nutricional de conformidad con los criterios que se establezcan, en términos de la fracción XII, del artículo 115 de esta Ley.

En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó a esta Comisión, con número de expediente 1705/LXIII para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición en comento.

En sesión celebrada con fecha 18 de noviembre de 2015, el diputado Juan Manuel Cavazos Balderas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa que adiciona un cuarto párrafo al artículo 212 de la Ley General de Salud.

En la misma fecha, la Mesa Directiva de este órgano legislativo, turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para su estudio y posterior dictamen, con número de expediente 1388/LXIII.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo 3° y se recorre el subsecuente del artículo 212 de la Ley General de Salud, presentada por el diputado Santiago Torreblanca Engell, pretende establecer una forma diferente de etiquetar alimentos.

La iniciativa en comento, señala que se debe instaurar un sistema de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas conocido como “Semáforo Nutricional” en el que se indique, mediante un esquema de colores, el contenido de grasas, azúcares, carbohidratos, sodio, etc., para así contribuir con el consumidor a tomar las mejores decisiones en cuanto a los productos que ingiera.

Para ello, el legislador propone adicionar un párrafo 3º al artículo 212, de la Ley General de Salud a efecto de ordenar que el etiquetado de alimentos incluya el sistema de semáforo nutricional, para quedar como sigue:

Por su parte, el diputado Juan Manuel Cavazos Balderas comenta que el problema de la obesidad y el sobrepeso ha rebasado la capacidad económica del Estado Mexicano para responder a sus efectos en la salud y bienestar de las personas por lo que propone regular los envases y empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas para que, además de la tabla nutricional contenga un semáforo a efecto de incidir, de una manera visual y sencilla, en las elecciones y hábitos de los consumidores para optar por productos más saludables.

Por estas razones sugiere adicionar un párrafo al artículo 212 de Ley General de Salud, para quedar como sigue:

IV. CONSIDERACIONES

1. Ambas propuestas de los Legisladores versan sobre el mismo contenido, orientado a la adición, en envases y empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas, de un sistema de semáforo nutrimental que alerte de manera visual al consumidor acerca del contenido calórico del producto; a fin de salvaguardar la salud de la población mexicana. Consecuentemente, esta comisión decidió atender ambos asuntos en un solo dictamen.

2. En relación con la exposición de motivos del legislador Santiago Torreblanca Engell, se señala que existe correlación entre el sobrepeso, la obesidad y el desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles, razón por la que es importante referir que tanto la Diabetes Mellitus, como la Hipertensión arterial sistémica, son enfermedades que dañan la salud de los mexicanos en virtud del incremento de los índices de obesidad.

3. Menciona también el legislador que la obesidad y el sobrepeso, como cualquier padecimiento de salud, producen costos personales entre los que se encuentran el pago de consultas médicas, medicinas y tratamientos, además de aquellos que, en la mayoría de los casos, no son considerados, como las horas dejadas de laborar, la baja en la productividad del enfermo, las afectaciones familiares, etc.

4. El Instituto Mexicano de Competitividad considera a la obesidad y al sobrepeso, como problemas que restan competitividad a nuestro país, dado que primero afectan al individuo y su familia, pero en conjunto al bajar la productividad de cada individuo, disminuyen la de empresas, sectores económicos y por último la competitividad del país.

5. Estadísticamente hablando, existen 8.6 millones de diabéticos a causa del sobrepeso y obesidad. El grupo de edad más afectado son los adultos en etapa productiva, entre 40 y 60 años; además en 2012 se registraron 59 mil muertes por diabetes atribuibles al sobrepeso y obesidad, para este indicador el grupo de edad más afectado fue el de 70-79 años de edad.

6. Esta dictaminadora coincide con el diputado en que los costos totales por diabetes atribuible al sobre peso y obesidad oscilan entre los 82 y los 98 mil millones de pesos, que representan la mayoría del gasto en salud (Ramo 12) en los años recientes.1 En los costos referidos no se consideran gastos adicionales en medicamentos o tratamiento de complicaciones, asumiendo que la vida laboral finaliza a los 65 años2 y la esperanza de vida promedio en nuestro país es de 72 años para las mujeres y 77 para los hombres, el Estado debe cargar con este pasivo, durante el resto de la vida de las personas.

7. Se destaca que parte considerable de la población con diabetes no está diagnosticada, el 66% no tiene acceso a servicios públicos de salud y por lo tanto existe gran riesgo de que las familias de ingresos medios caigan nuevamente en situación de pobreza y que se perpetúe esta condición en las familias más pobres.

8. Desde la experiencia internacional, se observa que desde 2012 en Gran Bretaña y Ecuador, países donde existe un sistema de etiquetado similar al del semáforo nutricional que propone el diputado, además de la información general y porcentajes de consumo diario recomendados, se sigue un sistema de semáforo que marca en rojo el cuadro de azúcar en cuanto alcanza cierto nivel. Ello resulta didáctico y eficaz porque visualmente se puede informar al consumidor de una forma clara y precisa la cantidad de grasas, sal, azúcar, grasas saturadas o calorías que contiene un producto, con el fin de saber si es aconsejable ingerirlo con mayor o menor moderación y así lograr que las personas puedan cambiar sus hábitos alimenticios por otros más saludables.

9. Esta dictaminadora coincide en retomar el convenio – marco celebrado entre el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) y el Sistema de Distribución CONASUPO, S.A. DE C.V (DICONSA), con la finalidad de instalar un “Semáforo Nutricional” en sus 26 mil tiendas comunitarias fijas y móviles que se encuentran en las 23 mil localidades donde ofrece sus servicios la paraestatal, medida que da claridad a la población en cuanto al alto, medio y bajo valor nutricional; dicho semáforo se formuló mediante uso de los colores rojo, verde y ámbar en los anaqueles donde se exhiben los productos para su venta al público.3

10. Si bien es cierto que esta dictaminadora coincide con el fondo de la propuesta acorde a lo expresado en la exposición de motivos, también lo es que consideramos prudente hacer correcciones ortográficas, gramaticales y de redacción al texto normativo, sin embargo, es menester mencionar que dichas modificaciones, no alteran el espíritu original de la iniciativa.

11. No escapa a esta dictaminadora mencionar que en la propuesta del diputado, se encuentra referenciada la fracción XII del artículo 115 de la Ley General de Salud, sin embargo, después de analizar la propuesta, esta fracción no existe, por lo que se llega a la conclusión de que debe ser sustituida y hacer referencia al artículo 115 de la Ley General de Salud, toda vez que dentro de este artículo se faculta a la Secretaría para realizar acciones en materia de nutrición y son varias fracciones en las que dicha dependencia puede actuar, respecto de la reforma en comento:

Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:

I. Establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de los trastornos de la conducta alimentaria;

II. Normar el desarrollo de los programas y actividades de educación en materia de nutrición, prevención, tratamiento y control de la desnutrición y obesidad, encaminados a promover hábitos alimentarios adecuados, preferentemente en los grupos sociales más vulnerables.

III. Normar el establecimiento, operación y evaluación de servicios de nutrición en las zonas que se determinen, en función de las mayores carencias y problemas de salud;

IV. Normar el valor nutritivo y características de la alimentación en establecimientos de servicios colectivos y en alimentos y bebidas no alcohólicas.

V. Promover investigaciones químicas, biológicas, sociales y económicas, encaminadas a conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población y establecer las necesidades mínimas de nutrimentos, para el mantenimiento de las buenas condiciones de salud de la población;

VI. Recomendar las dietas y los procedimientos que conduzcan al consumo efectivo de los mínimos de nutrimentos por la población en general, y proveer en la esfera de su competencia a dicho consumo;

VII. Establecer las necesidades nutritivas que deban satisfacer los cuadros básicos de alimentos. Tratándose de las harinas industrializadas de trigo y de maíz, se exigirá la fortificación obligatoria de éstas, indicándose los nutrientes y las cantidades que deberán incluirse.

VIII. Proporcionar a la Secretaría de Economía los elementos técnicos en materia nutricional, para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas.

IX. a XI. ...

12. Respecto a la propuesta del Legislador Juan Manuel Cavazos Balderas esta Comisión considera que es una propuesta noble y adecuada, ya que tiene el espíritu de fomentar una mejor cultura nutricional en los consumidores mexicanos, lo cual beneficiara la toma de decisiones para reducir los niveles de obesidad existentes en México.

13. El semáforo nutricional constaría de tres colores que identifica muy bien la sociedad: rojo, amarillo y verde. Se pone énfasis especial en la marca roja que indicaría que el producto tiene alto contenido calórico, de grasas, grasas saturadas, almidones, azúcares, sal y alto contenido de sodio, por lo que se emitirían leyendas o mensajes sobre las consecuencias negativas de su consumo.

14. Asimismo, el proyecto de adicionar un cuarto párrafo al artículo 212 de la Ley General de Salud, se considera inviable, toda vez que la adición de este cuarto párrafo carecería de coherencia lógica y sintáctica con relación a los anteriores.

15. Por lo tanto, los integrantes de esta Comisión de Salud consideran viable la reforma y adición de un tercer párrafo al artículo 212 de la Ley General de Salud. Así mismo, la propuesta es factible, toda vez que no tiene impacto presupuestal y contribuye de manera importante al perfeccionamiento de las opciones que tienen los consumidores.

16. La Comisión reflexiona el dar un tiempo a los empresarios para que puedan capacitar a su personal en temas del semáforo nutricional y reetiquetar los nuevos bienes existentes. Este será un periodo de seis meses para que actualicen dichos espacios y procesos.

17. Finalmente, esta Comisión de Salud, considera prudente hacer correcciones ortográficas, gramaticales y de redacción al texto normativo, sin alterar el espíritu original de la iniciativa.

Por las consideraciones que anteceden y el fundamento legal al que se alude para sustentarlas, los legisladores integrantes de la Comisión de Salud, someten a esta H. Asamblea el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 212 DE LA LEY GENERAL DE SALUD

Artículo Único. Se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose el actual para pasar a ser cuarto párrafo al artículo 212 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 212. ...

...

La etiqueta frontal para los alimentos y bebidas no alcohólicas, además de lo señalado en el párrafo anterior, deberá incluir un sistema de semáforo nutricional que alerte de manera visual al consumidor acerca del contenido calórico del producto, de conformidad con los criterios que se establecen en términos del artículo 115 de esta Ley y su Reglamento.

...

...

TRANSISTORIO

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Federación.

Segundo. El Ejecutivo Federal, dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, deberá realizar las adecuaciones necesarias a las normas reglamentarias correspondientes.

Notas:

1 PEF 2012, PEF 2013, PEF 2014 y PEF 2015.

2 Artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social (LSS), de edad laboral y retiro.

3 Instituto Nacional de Salud Pública. [en línea]: [fecha de consulta: 16 Diciembre 2015]: Información académica, boletín número 181 “INSP Y DICONSA COLABORAN” Disponible en:

http://www.insp.mx/informacion-academica/181-insp/para-r eutilizar/2212-diconsa-insp.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de mayo de 2016.

La Comisión de Salud

Diputados: Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica en abstención), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina, José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez, Mariana Trejo Flores, Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), secretarios; Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado, Roberto Guzmán Jacobo, Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ana Laura Rodela Soto, Wendolín Toledo Aceves, Yahleel Abdala Carmona.


Inklusion
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