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Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4568-II, miércoles 6 de julio de 2016
De la Comisión Permanente, con la que remite decreto por el que se convoca a la Cámara de Diputados a celebrar sesiones extraordinarias
Ciudad de México, a 29 de junio de 2016.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Para los efectos correspondientes, remito a ustedes copia del decreto aprobado por la Comisión Permanente en sesión de esta fecha, por el que se convoca a la Cámara de Diputados a celebrar sesiones extraordinarias, mismas que iniciarán el 6 de julio de 2016.
Atentamente
Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica)
Presidente
Decreto por el que se convoca a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a celebrar un periodo de sesiones extraordinarias
Artículo Primero. Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión que funciona durante el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura, convoca a la Cámara de Diputados a celebrar un periodo de sesiones extraordinarias.
Artículo Segundo. Las sesiones extraordinarias a que se refiere el presente decreto se realizarán a partir del 6 de julio 2016. La apertura de las mismas se efectuará a las 11:00 horas del mismo día.
Artículo Tercero. Durante el periodo de sesiones extraordinarias, la Cámara de Diputados se ocupará de resolver los siguientes asuntos:
1. Minuta del Senado de la República sobre las observaciones del Ejecutivo Federal al decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
2. Toma de protesta de diputadas y diputados federales.
3. Acuerdos de los órganos de gobierno.
Artículo Cuarto. La Presidencia de la Mesa Directiva convocará a sesiones en las fechas que sean necesarias, a fin de atender los asuntos previstos en el artículo tercero del presente decreto.
Artículo Quinto. La Cámara de Diputados realizará la correspondiente clausura del periodo de sesiones extraordinarias, una vez que se haya resuelto el procesamiento legislativo del proyecto de decreto motivo de esta convocatoria, en los términos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo Sexto. Conforme a lo dispuesto en el artículo quinto de este decreto, la declaratoria de clausura podrá realizarse mediante notificación del Presidente de la Mesa Directiva dirigida a las diputadas y diputados.
Artículo Séptimo. De conformidad con el artículo 72, inciso j), párrafo último, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 29 de junio de 2016.
Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica)
Presidente
Diputada Genoveva Huerta Villegas (rúbrica)
Secretaria
De la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con la que envía el informe acerca de los motivos de la convocatoria a sesiones extraordinarias de la Cámara de Diputadosa partir del 6 de julio de 2016
Ciudad de México, a 5 de julio de 2016.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos remito a ustedes el informe acerca de los motivos y razones que originaron la convocatoria a sesiones extraordinarias de esa Cámara a partir del 6 de julio del año en curso.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica)
Presidente
Informe del presidente de la Comisión Permanente a que obliga el párrafo primero del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Con fundamento en lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por su digno conducto, me dirijo a la Cámara de Diputados para informar acerca de los motivos y razones que originaron la convocatoria a sesiones extraordinarias de esa Cámara que inician el 6 de julio de 2016, lo que manifiesto en los siguientes términos:
Antecedentes
1. En la sesión de la Comisión Permanente del 29 de junio, la Comisión Permanente recibió del titular del Poder Ejecutivo federal las observaciones que hizo al decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en ejercicio de la facultad que le reconoce la fracción c) del artículo 72 constitucional y devolvió el referido decreto.
2. A dichas observaciones se les aplicó turno a las Comisiones Unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores, en observancia de lo establecido en el artículo 223, párrafo 3, del Reglamento del Senado.
3. Adicionalmente a las observaciones descritas, también se recibió una propuesta del Presidente de la República para someter a la consideración de la Comisión Permanente la posibilidad de una convocatoria a ‘un período extraordinario de sesiones de ambas Cámaras del Congreso de la Unión en el que se analizaran las observaciones que ya fueron descritas.
4. En la misma sesión de la fecha mencionada, la Comisión Permanente recibió de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados un acuerdo por el que resuelve solicitar a esa asamblea convocar a dicha Cámara a un período de sesiones extraordinarias.
5. A partir del contenido de las solicitudes recibidas, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente elaboró un proyecto de convocatoria, mismo que sometió a la consideración de la asamblea.
6. La Comisión Permanente aprobó por 32 votos a favor, uno en contra y una abstención, la convocatoria a sesiones extraordinarias, a partir del 6 de julio del año en curso.
7. El decreto aprobado por la Comisión Permanente establece que durante el periodo de sesiones extraordinarias, la Cámara de Diputados se ocupe de los siguientes asuntos:
I. Recibir, discutir y resolver la minuta del Senado de la República sobre las observaciones que el titular del Poder Ejecutivo federal hizo al decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
II. Toma de protesta de diputadas y diputados.
III. Acuerdos de los órganos de gobierno.
8. Para la adecuada organización de las sesiones extraordinarias, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados convocará a sesiones en las fechas que considere oportunas a fin de atender los asuntos antes descritos.
9. La clausura de las sesiones extraordinarias la realizará cuando considere atendidos los asuntos incluidos en el decreto. La declaratoria de clausura la podrá realizar a través de comunicación del Presidente, dirigida a sus integrantes.
Con lo anterior, doy cumplimiento a lo que me obliga el primer párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Unidos Mexicanos.
Atentamente
Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica)
Presidente
Ciudad de México, a 6 de julio de 2016.