Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a diversas autoridades a realizar acciones para contener, prevenir y sancionar la ola de feminicidios que afectan a Oaxaca, a cargo de la diputada Mariana Benítez Tiburcio, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Mariana Benítez Tiburcio, integrante de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La primera persona que utilizó el término “femicide” directamente vinculado a la violencia de género fue Diana Russell en 1976 ante el Primer Tribunal Internacional de Crímenes contra Mujeres. Desde entonces, su contenido y alcance ha variado. La propia Diana Russell lo definió inicialmente junto con Jane Caputi como el “asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de la mujer”. Posteriormente, junto con Hill Radford lo describió como “el asesinato misógino de mujeres realizado por hombres”.

Si bien el concepto sobre el delito de feminicidio no surgió en América Latina, es en nuestra región donde este debate ha alcanzado mayor auge debido a las implicaciones de su tipificación para el sistema de justicia penal, en la importancia de visibilizar el asesinato de mujeres por razones de género y sobre todo, ha puesto énfasis en la revictimización de las mujeres dentro del sistema de justicia y en la responsabilidad del Estado por la impunidad y la repetición de los hechos criminales, convirtiéndose este delito en un asunto que el Estado debe considerar como prioritario para no ser cómplice del mismo.

Las omisiones y negligencias de las autoridades, la falta de voluntad política de los estados para enfrentar la violencia contra las mujeres y la impunidad, no sólo quebrantan los principios del Estado de derecho, sino que además, constituyen un problema de carácter estructural que se manifiesta en la ausencia de investigación y sanción de la mayoría de los actos de violencia contra las mujeres, lo que contribuye al fracaso de la función disuasoria y sancionadora del sistema penal y a la consecuente perpetuación de un contexto de violencia contra la mujer. Las expertas en el tema afirman que la impunidad incluso en las “pequeñas” agresiones aumenta el poder del agresor y le permite llegar hasta el asesinato.

En fechas recientes, en el estado que represento, Oaxaca, hemos visto con lastimosa preocupación el aumento en el número de casos de violencia feminicida, que no sólo parecen no tener fin, sino que al contrario, muestran una clara tendencia a ir en aumento, circunstancia a la que, sin duda, contribuye la impunidad en el castigo a estos abominables delitos.

El delito de feminicidio fue tipificado por el Congreso del Estado en 2012, con sanciones que van desde los 40 a los 60 años de prisión para quien lo cometa. Desde entonces, el Poder Judicial del Estado sólo ha sentenciado a cinco personas por este delito, esto de acuerdo a declaraciones realizadas en octubre de 2015 por la directora del Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO), Anabel López Sánchez.

Por otra parte, según informes de la propia Subprocuraduría de Atención a Delitos contra la Mujer perteneciente a la Fiscalía del Estado de Oaxaca, de los 341 feminicidios ocurridos de diciembre de 2010 a abril de 2015, sólo el 45% de los casos había sido resulto.

Pero las cifras más escalofriantes son las que dan las organizaciones de la sociedad civil:

De acuerdo con datos del Observatorio Nacional Ciudadano en su estudio “Homicidio Una Mirada a la Violencia en México”, Oaxaca ocupó el primer lugar en feminicidios en el 2014 con 129 casos , siendo la región de la Costa la más riesgosa con 41; seguida de los Valles Centrales y Mixteca con 17 cada una; Istmo 16; Cuenca 11; Cañada 10; Sierra Sur 11 y Sierra Norte con 6.

Por su parte, el Movimiento Amplio de Mujeres afirma que desde 2010 a la fecha en Oaxaca se han registrado 458 feminicidios, durante la administración de Gabino Cué Monteagudo, de los cuales 84 ocurrieron en 2015.

Durante el sexenio anterior fueron asesinadas en total 256 mujeres, lo que representa un 90 por ciento menos de los casos que actualmente se han presentado, faltando todavía 11 meses para terminar el periodo del gobierno de la alternancia.

El “Informe Ciudadano Ausencias. Violencia Feminicida y Feminicidio en Oaxaca”, coordinado por Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad de Género y respaldado por más de 30 organizaciones, colectivos y redes oaxaqueñas, dado a conocer hace unos días, afirma que la violencia feminicida en Oaxaca supera a varios países de Europa y América Latina: mientras en Oaxaca fueron más de 129 asesinatos de mujeres en 2014, en España se contabilizaban 102, Chile 44, Perú 93, República Dominicana 88 y Nicaragua 75 casos.

El mismo reporte informa que de los feminicidios ocurridos en el 2014, el 51%, es decir 5 de cada 100 y por lo menos dos de éstos fueron cometidos dentro del hogar. Por otro lado, se alertó que los asesinatos de mujeres se están realizando en su mayoría con armas de fuego lo que impera la necesidad de que la Procuraduría General de la República y la Fiscalía General del Estado revisen a situación en el uso ilegal de armas.

De igual forma, las propias organizaciones denuncian que son mayoría los ministerios públicos y jueces que aún desconocen el tipo penal del feminicidio, circunstancia que complica la consignación de los casos de asesinatos contra mujeres bajo este tipo penal. En este sentido, la crudeza de la realidad del Estado, refleja que más allá de discursos, es completamente inaceptable que el Gobierno Estatal siga menospreciando la violencia que padecemos las mujeres, y que opte por dejar solas a las oaxaqueñas. Por todo ello, instamos a las autoridades de los tres Poderes del Estado a poner el máximo énfasis y atención en el terrible fenómeno que se está dando en Oaxaca respecto del aumento de homicidios violentos cometidos en contra de las mujeres y que implementen de manera urgente acciones mínimas para combatirlo, como las que a continuación enumero:

1. Es preciso que la Fiscalía del Estado revise los protocolos de actuación que guían a sus ministerios públicos y peritos, a fin de que se consignen adecuadamente este tipo de delitos, para lo cual por supuesto la capacitación es muy importante.

2. Asimismo, el Gobierno del Estado debe cumplir cabalmente con la transversalización de la perspectiva de género en las políticas públicas, así como en la implementación de programas permanentes que permitan la reducción de los asesinatos de mujeres en la entidad.

3. El Tribunal Superior de Justicia del Estado debe asegurarse de que sus juzgadores se encuentren lo suficientemente sensibilizados y capacitados para resolver en este tipo de asuntos, a fin de asegurar que la ley se aplique eficazmente.

4. El Congreso del Estado solicite un informe a las autoridades competentes para que en el ámbito de sus atribuciones indiquen cuáles han sido los avances realizados desde 2012, fecha de la tipificación del delito de feminicidio en materia de prevención, investigación y persecución así como sanción del delito de feminicidio.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición de urgente y obvia resolución

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los poderes del Estado de Oaxaca, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a la Fiscalía General del estado de Oaxaca, a implementar de manera urgente, en el ámbito de sus competencias, las acciones necesarias para prevenir, investigar y sancionar los feminicidios que afectan a las mujeres en la entidad así como reparar los daños a las víctimas de dichos delitos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes de febrero de 2016.

Diputada Mariana Benítez Tiburcio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Procuraduría de Justicia de Nuevo León a continuar con los recursos legales a su alcance respecto a posibles errores en el procedimiento de administración de justicia que derivaron en la liberación de cuatro presuntos secuestradores y asesinos de Damián González del Río, suscrita por las diputadas Adriana Sarur Torre y Alma Lucía Arzaluz Alonso, del Grupo Parlamentario del PVEM

Las suscritas, Adriana Sarur Torre y Alma Lucía Arzaluz Alonso, diputadas del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, integrantes de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El secuestro es el delito más lacerante de la sociedad que en los últimos años ha adoptado el rostro más perverso de la criminalidad no respetando la vida, la integridad ni la tranquilidad de las personas o la legalidad sobre la cual está soportado nuestro sistema de justicia, generando así percepciones de impunidad, injusticia y desconfianza hacia las instituciones, las corporaciones policiacas o la fuerza del estado.

El secuestro exprés, secuestro de migrantes, secuestro de periodistas, secuestro con fines de explotación sexual, secuestro simulado o cualesquiera otra de las modalidades que adopta este delito, lo que daña de raíz el tejido social no sólo por el estigma de violencia que se siembra en la sociedad sino por el fenómeno de impunidad que nos obliga como sociedad a debatir sin censura las medidas que tendremos que tomar para defendernos de un mal que amenaza la libertad, la seguridad y el libre desarrollo de las personas, baste decir que el secuestro se ha convertido en un negocio rentable pues en México 60 por ciento de los casos no se denuncian y el otro 40 por ciento restante, aunque se denuncie no cuenta con las garantías suficientes para llegar a la fijación del castigo a los responsables.

Desafortunadamente estas fallas del sistema se traducen en un déficit de gobernabilidad, de confianza en las policías encargadas de perseguirlo sin estar profesionalizadas para el mismo como se evidenció con el caso de la reciente liberación de cuatro secuestradores y homicidas del empresario Damián González del Río, por considerar que se violaron sus derechos fundamentales del debido proceso, coalición de derechos que consternó a la sociedad neolonesa pues a su juicio se liberaran peligrosos criminales que ponen en riesgo la paz y la seguridad en ese estado, a pesar de las justificaciones que diera el juez segundo penal en Monterrey, Raymundo Martínez, en su sentencia, como consecuencia se propone el presente punto de acuerdo mediante el cual se exige se revise con lupa la sentencia y actuaciones del Juez que otorgó la liberación de estos criminales1 , y se revoque el sentido apelando a la justicia para la víctima, sus feudos y la sociedad, asimismo se exhorte a las autoridades jurisdiccionales a abstenerse a liberar a criminales encontrados culpables sin causa justificada ya que se inhibe el déficit de justicia frente a los fallos judiciales que terminan por ofrecer una salida fácil a los delincuentes del sistema penitenciario.

Asimismo, recordemos que es en este contexto en el que secuestradores, homicidas buscan los huecos de la ley, “los tecnicismos” para escapar de la justicia lo que motivó que en los últimos tres sexenios se hayan implementado reformas y estrategias para formar un frente común entre los legisladores, la Secretaría de Gobernación (Segob), la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), el Consejo Nacional de Seguridad Pública, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y las organizaciones de la sociedad civil Alto al Secuestro, Causa Común, entre otras organizaciones no gubernamentales (ONG) para hacer frente a este flagelo y alcanzar una mayor efectividad en la persecución del delito, la justicia, y la equidad hacia las víctimas y sus derechos. Se destacan más sanciones, mayores mecanismos de actuación y la especialización de las unidades de investigación y persecución de este delito en los estados.

Es público que en 2012 las tasas de secuestro en nuestro país aumentaron 400 por ciento y ello motivó a una generación de legisladores a proponer mayores sanciones para este delito y presentar soluciones más efectivas para este fenómeno delictivo.

En este marco, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) promovió la Ley Antisecuestro, con sanciones ejemplares para quien privara de la vida a otro ser humano, para evitar que una mente perversa que se atreve a mutilar, abusar sexualmente e incluso asesinar, quedara impune frente a una sociedad que clama justicia y exige estado de derecho. Se avanzó con convicción en sancionar hasta con 40 años de prisión, prácticamente prisión vitalicia para los secuestradores que violen, torturen, mutilen o asesinen a sus víctimas.

La propuesta del PVEM en materia de secuestro logró avances significativos, consiguió establecer una mayor coordinación entre autoridades, que el gobierno federal focalizara el combate a este delito a través de la Coordinación Nacional Antisecuestro y la creación de fiscalías especializadas en los estados para la persecución de este delito, del mismo modo propone un fondo para las víctimas de este delito.

En este mismo orden de ideas una segunda generación de reformas y acuerdos de coordinación en el gobierno actual lograron abatir significativamente este delito, cifras proporcionadas por las autoridades estatales y federales, de enero a noviembre de 2015, precisan que este delito disminuyó 27 por ciento en comparación con el mismo periodo de 2014, lo que evidencia un avance; sin embargo hay que continuar combatiendo este delito hasta alcanzar el objetivo es reducirlo a tasa cero, en esa misma dirección fortalecer los fallos judiciales que castigan con ejemplaridad a estos peligrosos delincuentes.

Los resultados son alentadores, sin embargo una realidad lacerante se impone ante este flagelo, los índices bajan pero la credibilidad en el sistema de administración y procuración en este delito también, se denuncia menos, se multiplican las bandas criminales y se cometen errores en los procedimientos que terminan por desplomar la armadura del estado frente a este delito. En el caso que motiva este punto de acuerdo es por una resolución judicial donde todos los esfuerzos para sancionar a cuatro secuestradores y homicidas se vienen abajo en claro detrimento de la credibilidad de las instituciones y la confianza en las autoridades.

Es por esto que en el caso de la reciente liberación de cuatro sujetos que fueron sentenciados por secuestro y homicidio de su víctima en Nuevo León, nos obliga a exhortar a la procuraduría a defender sus procedimientos en vista de que la sociedad se ha manifestado con preocupación y repudio por la medida jurisdiccional, para evitar que se traicione su confianza en la justicia y en la contundencia del sistema penal en su conjunto.

Estos hechos de liberar culpables claramente merece la condena de la sociedad pues el bien jurídico lesionado es la seguridad de las personas, el orden público y la paz, que exigen de autoridades, policías e impartidores de justicia una mayor responsabilidad al momento de liberar a secuestradores y homicidas que han sido señalados como culpables después de haberse aplicado los procedimientos y las leyes.

En suma, el secuestro es un delito de alto impacto que rebasa a jueces, ministerios públicos, policías, e instituciones encargadas de la procuración de justicia, porque la inseguridad que estamos enfrentando compra conciencias, armas, voluntades y hasta resoluciones a favor de sus causas.

Es por esto que el PVEM llama, para la protección de la vida y seguridad de las personas, que el estado extreme acciones y esfuerzos para restituir la justicia en el caso de los asesinos del empresario mexicano.

Los mexicanos no merecen vivir con el temor a ser secuestrados, a ser privados de la vida o la integridad por un tecnicismo que termina por liberar a los captores y responsables de la privación de la vida de un miembro respetable de la sociedad.

Son nuestros actos como legisladores, como ciudadanos, los que sabrán elegir por vencer al estado de impunidad, de malos hábitos de ministerios públicos o policías que terminan por aumentar la inseguridad.

Es por esto que es oportuno este punto de acuerdo, ya que en los últimos días se ha sacudido al estado de Nuevo León por una exoneración que opaca el criterio judicial, el PVEM hace un llamado de vida a la Procuraduría del Estado de Nuevo León para que rectifique a través de la apelación el sentido de la resolución que estableció la libertad de los captores, y así revertir la espiral de impunidad al escudo de una garantía constitucional como el debido proceso para que no se replique este caso y en el largo plazo encuentren la vía mayores grupos de la delincuencia organizada para salir libres o se traduzca en la exoneración de las bandas criminales que imperan en el país.

Consecuentemente alzamos la voz para que la resolución definitiva de este caso sirva para desarticular las bandas criminales, para advertir que no se permitirá avasallar las leyes que sancionan el secuestro ni continuar con la impunidad que subyace de los fallos judiciales que exoneran a estos delincuentes por falta, acción o, en el caso, omisión del estado.

Reiteramos, este caso coaliciona varios derechos entre “víctimas y victimarios” a partir de la resolución del juez segundo penal en Monterrey, Raymundo Martínez, que debe ser revisada pues no hay razón ética en los defensores o en los jueces que alcance para liberar a los cuatro sentenciados por el plagio y la muerte del ciudadano Damián González del Río, sin explicar cómo y por qué se violaron sus derechos fundamentales del debido proceso.

En los hechos para la sociedad neolonesa se evidencia:

a) Que un empresario dedicado a la construcción fue plagiado el 30 de julio de 2012 por hombres que irrumpieron en su negocio en Santa Catarina y se lo llevaron con el objetivo de pedir rescate.

b) Que pese a que su familia pagó en tres ocasiones el rescate, sus captores decidieron quitarle la vida al empresario de 31 años.

c) Que el cuerpo del empresario fue hallado el 4 de agosto de 2012, con signos evidentes de violencia y

d) Que el 17 de agosto de 2012, luego de las investigaciones, se llevó a cabo la detención de los probables responsables:

Diego Zárate Ibarra, de 30 años, alias “El Negro”;

José Fidencio Armendáriz Guardiola, de 20, alias “El Perro” o “El Monstruo”;

José Antonio Porras Ramírez, de 43, alias “El hecho Garras”, y

José Ángel Álvarez Lázaro, de 36, alias “El Gogy” o “El Pelón”.

e) Que los acusados de plagio y homicidio, los cuatro fueron sentenciados en dos ocasiones -en 2013 y en 2015-, y en ambos casos recibieron condenas de hasta 90 años de cárcel.

f) Que no se ha responsabilizado a los policías o a los agentes ministeriales cuyas fallas de actuación han derivado en la liberación de los sentenciados por estos delitos de secuestro, homicidio, entre otros delitos.

Este fallo evidenció la fragilidad del Nuevo Sistema de Justicia Penal, que por una parte avanzó en profundizar derechos fundamentales de máxima importancia en el tema de derechos humanos, al tiempo de dar mayores responsabilidades a quienes intervienen en la aplicación de las leyes en un proceso penal para fundar sus resoluciones, pero que deja en sospecha el actuar de las autoridades, siendo:

1) Que el juez asumió la responsabilidad de liberar por tecnicismos a los cuatro sujetos y ahora podría enfrentar responsabilidad ante la judicatura por ese fallo.

2) Que el Ministerio Público, que integró deficientemente la averiguación previa, dio continuidad a los errores que provenían desde la detención de los inculpados.

3) Que México aún no cuenta con policías capacitados para aplicar criterios tan estrictos como los establecidos en el nuevo sistema penal; que cientos de criminales pudieran salir libres por errores cometidos por los policías y, como en el caso, que no existen procedimientos para sancionarlos por sus errores u omisiones; evidenciando que el mando de policía requiere capacitación y certificación.

4) Que las víctimas, sus deudos y la sociedad en general, se encuentra indignados pues se libera a cuatro sujetos cuya culpabilidad fue demostrada no obstante su consternación por la resolución y el criterio de los jueces al liberar a cuatro secuestradores y asesinos en detrimento de la paz social.

5) Que la representación del estado ha sido insuficiente, que se debe apelar a su intervención pues la sociedad demanda una explicación profunda de por qué se están liberando estos asesinos que fueron sentenciados conforme a los procedimientos y las leyes aplicables; y cuestionar si la sentencia del juez segundo penal en Monterrey, Raymundo Martínez González, fue apegada a derecho.

6) La judicatura que debe revisar que los jueces estén capacitados y sean sujetos, en su caso, a procedimientos ante un grave desvío de la justicia y, en su caso, sancionar los errores u omisiones.

Recordemos, la impunidad es una de las más graves amenazas a nuestro sistema de justicia, ya que sólo 7 por ciento de los delitos son denunciados, y de ese porcentaje sólo el uno por ciento es castigado, ya sea por deficiencias en el respeto a los derechos fundamentales, por ciertos abusos por parte de las autoridades de investigación o instrucción y en ese sentido hemos optado por uno más garantista de protección de los derechos de las víctimas y sus familiares, especialmente frente al paradigma de derechos humanos.

Por lo aquí expuesto, ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Procuraduría del Estado de Nuevo León continúe con los recursos legales a su alcance para proteger a la sociedad neolonesa de errores en el procedimiento de administración de justicia que derivaron en la liberación de los cuatro secuestradores y asesinos del ciudadano Damián González del Río, y hagan público el resultado de sus actuaciones.

Nota

1 Las reformas constitucionales del 18 de junio de 2008 modifican el artículo 21 de nuestra Carta Magna para quedar, en su párrafo tercero, de la siguiente manera: “... La imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial.”

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputadas Adriana Sarur Torre (rúbrica), Alma Lucía Arzaluz Alonso.

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a instruir al titular de la Sedena a fin de que cumpla los compromisos internacionales con la CIDH para brindar asistencia técnica al Estado mexicano en el caso del ataque a los normalistas de la escuela rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa, en Iguala, Guerrero, acaecido el 26 de septiembre de 2014, suscrita por los diputados Araceli Damián González y Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena

Araceli Damián González y Roberto Guzmán Jacobo, en nuestra calidad de diputados federales de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero. Que el 12 de noviembre de 2014, se firmó el “Acuerdo para la Incorporación de Asistencia Técnica Internacional desde la Perspectiva de los Derechos Humanos en la Investigación de la Desaparición Forzada de 43 Estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero, dentro de las Medidas Cautelares MC/409/14 y en el Marco de las Facultades de Monitoreo que la CIDH Ejerce Sobre la Situación de los Derechos Humanos en le Región”, entre el Estado Mexicano, los representantes de los familiares de los estudiantes desaparecidos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.1

En este “Acuerdo para la Incorporación de Asistencia Técnica Internacional” en su punto 6, a la letra dice:

“6. Análisis técnico de las líneas de investigación para determinar responsabilidades penales .

6.1 Analizar si en la investigación se está agotando correctamente todas las líneas de investigación particularmente los vínculos entre la delincuencia organizada y actores estatales, empleando las figuras legales adecuadas para el encuadre de los ilícitos y de la responsabilidad penal.

6.2 De ser el caso y conforme a los más altos estándares internacionales y a las mejores prácticas regionales, recomendar que acciones deben implementarse para garantizar que la investigación agote cabalmente y en los distintos niveles de responsabilidad las líneas de investigación.

6.3 El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes estará facultado para actuar como coadyuvante en las investigaciones , así como presentar las denuncias penales para la persecución del delito que corresponda ante las autoridades competentes, de conformidad con la normatividad mexicana vigente.”

Segundo . Que el 6 de septiembre de 2015 el Grupo Internacional de Expertos Independientes nombrado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó informe sobre el caso Ayotzinapa en el cual en sus recomendaciones vinculadas con la investigación y búsqueda señalaba en su punto 3:

“3. Llevar a cabo gestiones y diligencias pendientes.

Agotar todas las declaraciones testimoniales que han sido solicitadas por le GIEI y que aún no se han realizado...”2

Asimismo, el punto número 8 refiere:

“8. Determinar otras responsabilidades.

Investigar si la actuación de todos los cuerpos de seguridad que estuvieron presentes en los hechos fue acorde a derecho y si cumplieron con sus respectivos protocolos de actuación, especialmente con la obligación de proteger a los ciudadanos.”3

Tercero . Que entre el 28 de septiembre y el 2 de octubre de 2015 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó una visita In Loco a México, en la cual observó en terreno la situación de derechos humanos en el país, con particular énfasis en desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y tortura, así como la situación de inseguridad ciudadana, el acceso a la justicia e impunidad, y la situación de periodistas, defensores de derechos humanos y otros grupos especialmente afectados por el contexto de violencia en el país.

Durante esta visita In Loco, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se pronunció en torno al caso Ayotzinapa y señalo:

“La Comisión respalda el trabajo realizado por el GIEI hasta la fecha en todos sus aspectos y acompaña los informes presentados por el Grupo. Con base en estos informes, la Comisión Interamericana urge al Estado mexicano a tener en cuenta el informe presentado por el GIEI el 6 de septiembre de 2015 a fin de reorientar el curso de la investigación para esclarecer la verdad de los hechos y determinar las responsabilidades penales correspondientes. Específicamente, con base en el informe del GIEI, la Procuraduría General de la República debe adoptar en forma urgente las siguientes medidas fundamentales e indispensables: pasar la responsabilidad de la investigación de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) a la Subprocuraduría de Derechos Humanos y Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad (SDHPDSC); designar, en consulta con el GIEI, un nuevo Fiscal especial a cargo de la investigación; renovar por completo a todos los miembros del equipo que investiga el caso, quienes deben ser seleccionados respetando los principios de imparcialidad, autonomía e independencia a través de procesos transparentes; y reorientar la investigación a fin de seguir las líneas que surgen del informe del informe del GIEI, las cuales se distancian de la hipótesis bajo la cual se han realizado las investigaciones de la PGR hasta el momento. Finalmente, la CIDH urge al Estado mexicano a brindar acceso a los expertos del GIEI a entrevistar a todos los testigos, incluyendo los integrantes del 27 Batallón de Infantería que estuvieron presentes en Iguala los días 26 y 27 de septiembre de 2014, tal y como lo ha solicitado dicho Grupo.”4

Que el 19 de octubre de 2015 el Estado Mexicano y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) firmaron un acuerdo para dar seguimiento al trabajo sobre el caso Ayotzinapa, mismos que fue dado a conocer durante la audiencia pública del 20 de octubre de 2015 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington D.C. en los Estados Unidos de América, y que en sus puntos 4 y 5 a la letra señalan:

“Acuerdo entre el GIEI y el Estado mexicano

A partir de la publicación del Informe Ayotzinapa el 6 de septiembre de 2015, el GIEI propone al Estado los siguientes acuerdos que considera básicos para llevar a cabo su mandato:

4. Integrar el informe del GIEI en la investigación del caso . Esto significa: a) evaluar las implicaciones del informe en la investigación de los hechos, b) dar seguimiento a las recomendaciones para la investigación. El GIEI colaborará en las recomendaciones y orientaciones para dicho equipo tanto sobre las cuestiones que se encuentran en su informe Ayotzinapa, como otras que están siendo deliberadas por el Grupo.

5. A partir de dichas condiciones, planificar de forma conjunta una ruta de investigación tomando en cuenta las informaciones existentes y las nuevas líneas incluidas en el informe . Se establecerá un mecanismo de coordinación periódico, incluyendo:

a) la información sobre diligencias a realizar que sean relevantes para el caso y las líneas de investigación acordadas,

b) la observancia o participación del GIEI en las cuestiones que estime relevantes y que decrete la PGR, según el marco legal y el papel de coadyuvancia en algunas de ellas,

c) la evaluación del conjunto de las nuevas diligencias, peritos y peritajes y declaraciones para establecer los nuevos hechos probados o las hipótesis del caso y los pasos a dar en nuevas consignaciones.” 5

El acuerdo fue firmado de parte del Estado mexicano por: Roberto Campa Cifrián, Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación; Eber Omar Betanzos Torres, Subprocurador de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la República y Miguel Ruiz-Cabañas Izquierdo, Subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos.

De parte del Grupo Internacional de Expertos Independientes fue suscrito por: Claudia Paz y Paz, Alejandro Valencia Villa, Ángela Buitrago y Carlos Martín Beristaín.

Cuarto. Sin embargo hasta el momento ha existido una franca oposición de la Secretaría de Defensa Nacional para permitir que el Grupo Internacional de Expertos Independientes se entreviste con los militares del 27 batallón de infantería apostado en Iguala, Guerrero, y que se encontraban en el lugar de los hechos, particularmente con quienes acudieron en una patrulla de reconocimiento hacia el hospital “Cristina” y tuvieron contacto con los estudiantes atacados, con los miembros de inteligencia militar que presenciaron los ataques y con el personal del ejército adscrito en el C4, quienes vigilaron la trayectoria de los estudiantes normalistas desde el momento en que estos salieron de la normal rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa.

Esta negativa no permite avanzar en los trabajos de la Comisión Internacional de Expertos Independientes toda vez que con ello se incumple lo establecido en el punto 5 inciso b del acuerdo para dar seguimiento al trabajo sobre el caso Ayotzinapa que establece“la observancia o participación del GIEI en las cuestiones que estime relevantes” y “el papel de coadyuvancia en alguna de ellas”. Esta negativa pone en riesgo la posibilidad de que se conozca la verdad de los hechos, se haga justicia y se garantice la reparación integral a las víctimas.

Quinto. Es necesario precisar que el convenio firmado por el Estado Mexicano y el Grupo de Expertos Independientes, nombrado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para “dar seguimiento al trabajo sobre el caso Ayotzinapa” es un acuerdo del Estado Mexicano, del cual las fuerzas armadas forman parte, y en ese sentido los compromisos que ha suscrito el Estado Mexicano a través del Ejecutivo mandatan a que el Ejército los cumpla conforme a los como principios democráticos que rigen nuestra nación. En este orden de ideas, las fuerzas armadas, al igual que todas las autoridades del país, están obligadas a cumplir con lo dispuesto por el artículo primero de la Constitución que señala:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.6

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 89, fracción VI, establece las facultades del Presidente de la República en relación al Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, lo siguiente:

“Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.”7

Lo anterior está reglamentado por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en lo referido al mando supremo que ostenta el presidente de la República sobre la totalidad de las fuerzas armadas, y que en el capítulo segundo en los artículos 11 y 13 del mencionado ordenamiento refiere:

“Capitulo II
Mando Supremo

Artículo 11. El Mando Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, corresponde al Presidente de la República, quien lo ejercerá por sí o a través del Secretario de la Defensa Nacional; para el efecto, durante su mandato se le denominará Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas .

Artículo 13. El Presidente de la República dispondrá del Ejército y Fuerza Aérea, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 Fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con lo cual puede observarse que es la autoridad civil quien ejerce el mando sobre los elementos castrenses, quienes en un régimen democrático de derecho, se encuentran supeditados a la supremacía de la Constitución y las Leyes que de ella emanan, por lo que debe considerarse que es el Ejecutivo federal quien ejerce en todo momento el mando supremo sobre aquellas.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición, de urgente u obvia resolución, con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo Federal para que en su calidad de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas instruya al Secretario de la Defensa Nacional cumpla con los compromisos internacionales con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para brindar asistencia técnica al Estado Mexicano en el caso del ataque a los normalistas de la escuela rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, en Iguala, Guerrero, acaecido el 26 de septiembre de 2014 y en consecuencia permita al Grupo Internacional de Expertos Independientes (GIEI) se entrevisten libremente y sin interferencias con los miembros del Ejercito Mexicano que consideren puedan tener información relacionada al caso y por razones de su encargo hubiesen tenido conocimiento previo, durante o después de los ataques o hubieren estado presentes durante los mismos en cualquier circunstancia.

Notas

1 Acuerdo de asistencia técnica con México

http://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiMgbLlldvKAhUCuoMKHeZdDrIQFggeMAA&url=http%3A%2F%2Fwww.oas.org%2Fe%2Fcidh%2Fmandato%2Fdocs%2FAcuerdo-Addendum-MexicoCIDH.pdf&usg=AFQjCNG7E3leBVIVi9G9MlZCsqUni-JcUg

2 Informe Ayotzinapa. Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa. Resumen. Grupo Interdisciplinario de expertos Independientes (GIEI) pág. 27. https://drive.google.com/open?id=0B1ChdondilaHeURxcXRMQTNiUHM

3 Ídem pág. 28

4 Observaciones preliminares de la visita In Loco de la CIDH en México.

https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwi829zA19zKAhVJ42MKHTyJDGwQFggdMAA&url=http%3A%2F%2Fwww.oas.org%2Fes%2Fcidh%2Fprensa%2Fcomunicados%2F2015%2F112A.asp&usg=AFQjCNGylhaftqFHPPAhPew88iRUDROnAA

5 Firman Estado mexicano y GIEI compromisos para dar seguimiento al trabajo sobre el caso Ayotzinapa.

6 Párrafo adicionado, Diario Oficial de la Federación 10 de junio de 2011.

7 Fracción reformada, Diario Oficial de la Federación 5 de abril de 2004.

Palacio legislativo de San Lázaro a 18 de febrero de 2016.

Diputados: Araceli Damián González (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo.



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, la Comisión Reguladora de Energía y la CFE a verificar y, en su caso, modificar las tarifas de electricidad para consumo doméstico en diversos municipios de Nuevo León, a cargo del diputado Édgar Romo García, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Édgar Romo García, diputado de la LXIII Legislatura al honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los diversos 58, 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los arábigos 6, numeral 1, fracción I; 79, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo mediante el cual se solicita exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Comisión Reguladora de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad, para que revisen, verifiquen y, en su caso, modifiquen las tarifas de energía eléctrica para consumo doméstico de 1B a 1C, o a las tarifas a que haya lugar, en los municipios del norte del estado de Nuevo León, particularmente en Marín, Juárez, Los Ramones, Los Aldamas, Pesquería, Mina, El Carmen y Anáhuac, de conformidad con lo siguiente:

Exposición de Motivos

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) es la empresa gubernamental encargada de la prestación de servicio público de este tipo de energía, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el diverso 5 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.

En tanto, la Comisión Federal de Electricidad, tiene la responsabilidad de brindar el suministro, generar, transportar, modificar, distribuir y abastecer el recurso eléctrico en todo el Estado Mexicano.

Diversos grupos de clientes son los que aprovechan este tipo servicio público, tales como los domésticos, agrícolas, industriales, comerciales y de servicios, constituyendo entre ellos, el 100% de los consumidores de energía eléctrica en el ámbito nacional.

En consecuencia, la diferencia entre el tipo de clientes y el consumo obliga a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) determine finalmente la tarifa que los distintos usuarios del servicio eléctrico deban pagar. Sin embargo, en la expedición, aplicación y determinación de la regulación tarifaria a la que se sujeta los costos del suministro de energía eléctrica también participan en el proceso tanto la Comisión Reguladora de Energía como la propia Comisión Federal de Electricidad, esto de conformidad con los artículos 12, 137, 138, 139 de Ley de la Industria Eléctrica, el diverso Décimo Séptimo Transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, así como las demás disposiciones legales aplicables.

En esa guisa, por una parte, la Comisión Reguladora de Energía aplica las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas, las tarifas máximas de los suministradores de último recurso y las tarifas finales del suministro básico, esto con datos proporcionados de la propia Comisión Federal de Electricidad, y por su parte, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público puede determinar un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales determinadas por la Comisión Reguladora de Energía, para determinados grupos de usuarios del suministro básico.

Ahora bien, en el caso de las tarifas destinadas a los hogares, la cual es la que nos ocupa en el presente Punto de Acuerdo, estas se clasifican por el nivel de consumo en ocho rangos (1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E, 1F y DAC) de los cuales los siete primeros están relacionados con la temperatura media de cada región; es decir, los precios son diferentes en las distintas entidades federativas debido a los subsidios aplicables en las regiones más cálidas del país (debido a la demanda de energía en refrigeración, climas, abanicos, etc.), además existe una variación en los precios dependiendo la época de verano o invierno. Por su parte, la tarifa doméstica de alto consumo (DAC) tiene relación con la demanda de utilización de electricidad, por lo que este cobro aplica cuando excede el límite establecido para la localidad del usuario en el consumo mensual promedio en el último año.

Además de la temperatura promedio, el monto de la tarifa del servicio eléctrico considera el consumo de kw/h (kilowatss-hora) para establecer con ello la escala del consumo.

Para una mejor ilustración sobre la determinación de las tarifas eléctricas domésticas, resulta indispensable puntualizar las siguientes tablas relativas a lo anteriormente referido:

• Relación entre tarifas y temperatura promedio en el servicio doméstico.

Clasificación

CFE Temperatura

1 Servicio domestico

1A Media mínima de 25ºC.
1B Media mínima de 28ºC.
1C Media mínima de 30ºC.
1D Media mínima de 31ºC.
1E Media mínima de 32ºC.
1F Media mínima de 33ºC.

DAC Aplica cuando excede el límite establecido.1

• Relación entre tarifas y consumo de kw/h.

Clasificación CFE

Consumo de kw/h

1

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda.

Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Cargos por energía consumida:

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 65 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

1A

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 25 grados centígrados como mínimo. Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 25 grados centígrados, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1 Temporada de verano

Consumo básico: $0.711 por cada uno de los primeros 100 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.839 por cada uno de los siguientes 50 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

2.2 Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 75 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

1B

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 28 grados centígrados como mínimo. Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 28 grados centígrados, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1 Temporada de verano

Consumo básico: $0.711 por cada uno de los primeros 125 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.839 por cada uno de los siguientes 100 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

2.2 Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 100 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

1C

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 30 grados centígrados como mínimo. Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 30 grados centígrados, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1 Temporada de verano

Consumo básico: $0.711 por cada uno de los primeros 150 kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo: $0.839 por cada uno de los siguientes 150 kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto: $1.071 por cada uno de los siguientes 150 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

2.2 Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 100 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

1D

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 31 grados centígrados como mínimo. Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 31 grados centígrados, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1 Temporada de verano

Consumo básico: $0.711 por cada uno de los primeros 175 kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo: $0.839 por cada uno de los siguientes 225 kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto: $1.071 por cada uno de los siguientes 200 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

2.2 Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 125 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

1E

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 32 grados centígrados como mínimo. Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 32 grados centígrados, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1. Temporada de verano

Consumo básico: $0.595 por cada uno de los primeros 300 kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo: $0.741 por cada uno de los siguientes 450 kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto: $0.967 por cada uno de los siguientes 150 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

2.2. Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 125 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

1F

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 33 grados centígrados como mínimo. Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 33 grados centígrados, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1 Temporada de verano

Consumo básico: $0.595 por cada uno de los primeros 300 kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo: $0.741 por cada uno de los siguientes 900 kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto: $1.804 por cada uno de los siguientes 1,300 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

2.2 Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 125 kilowatts-hora.

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora.

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.2

Como se puede observar, depende de muchos factores o elementos el cuantificar la tarifa doméstica, los cuales están relacionados con temas de temperatura media mensual, épocas del año, subsidios, consumo de energía, entre otros; además de que dicha fórmula para determinar la tarifa de energía eléctrica doméstica es un tanto técnico.

No obstante lo anterior, es menester señalar, que existe un enérgico reclamo de la ciudadanía así como de las autoridades municipales, el que se revisen, verifiquen y en consecuencia se modifiquen las tarifas domésticas de energía eléctrica en aquellos lugares en que se cumplan con los supuestos previstos en la Ley para con ello obtener un costo justo respecto de las tarifas que se pagan en materia de electricidad.

Los motivos y razones de nuestros representados al peticionar lo anterior, en el presente caso particular de los habitantes y autoridades municipales del Norte del Estado de Nuevo León, tales como: Marín, Juárez, Los Ramones, Los Aldamas, Pesquería, Mina, El Carmen y Anáhuac, son las siguientes: las condiciones de pobreza de sectores sociales agravadas por la incidencia de la crisis económica que ha resentido la mayoría de las economías mundiales; los elevados niveles de las tarifas eléctricas para uso habitacional; el elevado consumo de energía eléctrica derivado de condiciones climáticas adversas en regiones con elevadas temperaturas ambientales, las cuales dan lugar a una intensificación de la sensación de calor; así como también el que las altas temperaturas que sufre la población supera ampliamente el límite establecido por la Ley como criterio en la definición de las tarifas aplicadas para el consumo de energía eléctrica en algunas regiones, resaltando en este punto, que las mediciones que realizan las Autoridades en las estaciones meteorológicas no son las adecuadas así como además de que las ubicaciones de las mismas estaciones para considerar sus mediciones no reflejan fielmente las condiciones imperantes del calor.

Cabe enfatizar, que respecto a la temperatura como elemento para determinar las Tarifas Reguladoras de Energía Eléctrica, debemos advertir que muchos de nosotros somos testigos de que en distintas regiones del País se rebasa los grados que requiere la media mínima mensual para cumplir con lo previsto en la Ley y con ello poder modificar la tarifa que se tiene a la que se debiera tener, sin embargo, por cuestiones ajenas a la temperatura, ya sea por las ubicaciones de las estaciones meteorológicas o simplemente por la infraestructura con la que se cuenta para la medición de la misma, se establecen criterios irreales, los cuales perjudican a la ciudadanía de esa región.

Así las cosas, la mayoría de las localidades están sujetas a las mediciones que se realizan en las estaciones convencionales, donde se registra la temperatura máxima y mínima durante el día y se obtiene la temperatura media con el promedio de dichos registros, mientras que las localidades que cuentan con una estación climatológica automatizada o un observatorio meteorológico, disponen de registros en las diferentes horas del día, lo que permite determinar la temperatura media en forma más precisa, pero esto sólo ocurre en una pequeña parte del territorio nacional; por tanto, ante estas diferencias y discrepancias, muchas de las localidades se encuentran obstaculizadas para acceder a tarifas eléctricas debidas y justas, lo que ocasiona que los habitantes de esas regiones sufran altos costos del servicio público de electricidad.

Así también, al efectuarse las mediciones, en algunos casos varias localidades son cubiertas por una sola estación de medición, aun cuando en las localidades contiguas o cercanas las condiciones climatológicas son diferentes, por lo que al ser cubiertas con una misma estación no es posible registrar dichas diferencias. No obstante que se ha procurado minimizar esta situación con el apoyo técnico de la Comisión Nacional del Agua (CNA), es de advertirse que aún persisten casos en los que la temperatura de las localidades no puede recabarse de manera adecuada con la infraestructura existente.

Al respecto, tales son los casos de los referidos Municipios de Norte de Nuevo León, en donde las Autoridades que fijan las tarifas eléctricas tienen datos que distan mucho de la realidad que presentan, lo que conlleva a establecerles en su perjuicio tarifas fuera de su realidad; a manera de verbigracia, la mayoría de estos Municipios tienen una tarifa de 1B pero lo correcto es que deberían tener la tarifa 1C.

Por tanto, hasta se considera conveniente e indispensable el que los Titulares o Responsables de fijar las tarifas eléctricas domesticas (Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Comisión Reguladora de Energía y Comisión Federal de Electricidad), comparezcan ante esta Soberanía, a fin de detallar una explicación sobre el procedimiento de determinación de dichas tarifas, para con ello, esta Cámara de Diputados cuente con la certeza y seguridad de que las tarifas se están determinando conforme a derecho a los Municipios del Norte del Estado de Nuevo León.

En tal virtud, y por los referidos motivos y razones, nosotros los legisladores tenemos la obligación de gestionar y colaborar en las demandas y problemáticas que refieren nuestros representados para con ello buscar una salida, respuesta y solución a las mismas, por tanto, en el presente Proposición con Punto de Acuerdo se tiene bien exhortar a las Autoridades Competentes de la materia a fin de que se revise, verifique, y en su caso se modifique las tarifas eléctricas de 1B a 1C, o las tarifas a que haya lugar, en los Municipios del Norte de Nuevo León en mención.

Por lo antes expuesto, motivado y fundado, me permito someter a la elevada consideración de esta Soberanía Nacional, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Comisión Reguladora de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad, para que revisen, verifiquen y, en su caso, modifiquen las tarifas de energía eléctrica para consumo doméstico de 1B a 1C, o a las tarifas a que haya lugar, en los municipios del norte del estado de Nuevo León, particularmente en Marín, Juárez, Los Ramones, Los Aldamas, Pesquería, Mina, El Carmen y Anáhuac.

Notas

1 Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Acuerdo 015/2014 por el que se establecen las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos, Publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 01 de Enero de 2015.

2 Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Acuerdo 015/2014 por el que se establecen las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos, Publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 01 de Enero de 2015.

Ciudad de México, Distrito Federal, a 15 de Febrero del 2016.

Diputado Édgar Romo García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los titulares de la Consar y la Condusef a tomar medidas para que las Afore entreguen de manera ágil e íntegra los recursos correspondientes a la cuenta individual de los trabajadores del IMSS en Sinaloa, suscrita por los diputados Jesús Antonio López Rodríguez y Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, diputado Jesús Antonio López Rodríguez y diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya, integrantes de la LXIII Legislatura, miembros del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) tiene la obligación de regular y supervisar eficazmente el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) para que cada ahorrador construya y conserve su patrimonio pensionario. Por otro lado, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) tiene como tarea prioritaria la protección de los intereses de los ahorradores mexicanos mediante la supervisión y regulación a las instituciones financieras; de igual forma, debe ofrecer servicios de asesoría y apoyo en la defensa de los derechos de usuarios de la banca, y conforme a la Reforma Financiera del 2014, también tiene competencia para intervenir en contra de las ilegalidades cometidas por las Afores.

Dentro de las leyes del Seguro Social, de 1973, así como en la vigente a partir julio de 1997, en caso de trabajadores que hayan cotizado en ambos regímenes tienen la opción de elegir el que más convenga a sus interés; tratándose del régimen de 1973, se prevén los supuestos en que las y los trabajadores tienen derecho a disponer en una sola exhibición de los recursos de su Cuenta Individual por concepto de:

• SAR IMSS (Retiro 92),

• SAR Infonavit (Vivienda 92, siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente),

• SAR IMSS 97 (Retiro 97, siempre y cuando hayas seguido trabajando después del 1° de julio de 1997),

• SAR Infonavit 97 (siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente).

Pese a este ordenamiento legal, persiste la denuncia del grupo de pensionados de Sinaloa ante la negativa y el trato inadecuado e ineficiente que reciben de parte de las Afores al momento en que van a reclamar el pago íntegro de sus ahorros aportados durante su etapa laboral activa, lo cual resulta ofensivo si tomamos en cuenta que estos trabajadores pensionados están conscientes de sus derechos y obligaciones.

La persistencia de esta problemática de los pensionados, además de ser ilegal, es inhumana, ya que se les está negando el acceso a las aportaciones ahorradas en su Afore durante años de trabajo, y la falta de acceso a estos ahorros de la cuenta individual, se equipara a dejar sin alimentos a los pensionados, ya que estos recursos les resultan indispensables para su subsistencia y, en muchos casos, de sus familias.

Esto significa que las Afore, además de cobrar onerosas comisiones, utilizan argucias para retener los ahorros de las y los trabajadores, que restan en sus cuentas individuales al momento de su retiro.

Estas irregularidades incluso se han hecho llegar mediante demandas que han presentado los trabajadores ante la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo, en las cuales solicitan el pago inmediato e íntegro de sus ahorros.

De acuerdo a las denuncias hechas públicas en medios de comunicación, algunos pensionados tienen retenidos hasta 40 por ciento de sus ahorros, sin que la compañía haya ofrecido explicaciones concretas, ni plazos fatales para la entrega total de los recursos, que son de los trabajadores y no de los administradores de las Afore.

Por lo expuesto y fundado someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: La honorable Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para que, en el marco de sus respectivas atribuciones, implemente las medidas necesarias a fin de que las administradoras de fondos para el retiro, denominadas Afores, hagan entrega inmediata, ágil e íntegra a los trabajadores, o sus beneficiarios, de los ahorros que tienen en su cuenta individual, garantizando que estos reciban un trato digno. Asimismo, se solicita que se inicien las investigaciones que procedan para deslindar responsabilidades respecto al retraso y negativa para realizar los pagos correspondientes a los trabajadores pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social en el estado de Sinaloa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016

Diputados: Jesús Antonio López Rodríguez, Víctor Ernesto Ibarra Montoya. (Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita al gobernador de Nuevo León que difunda información respecto al estado del transporte público local de pasajeros, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito diputado federal, Waldo Fernández González, integrante de la LXIII Legislatura, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, somete a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El transporte indudablemente es un detonador de desarrollo de las comunidades, el grado de modernización y calidad del mismo dice mucho del grado de desarrollo de los países, en el nuestro por lo visto estamos muy alejados de ello, pues se sigue viendo al transporte particular como la mejor forma de trasladarse dejando en el rezago al transporte público de pasajeros.

El ser humano tiene la necesidad de desplazarse de un punto a otro para la realización de sus actividades diarias, siendo una de estas sus trabajos. Los usuarios del transporte público de pasajeros tienen el derecho de transitar de una forma segura y con las mejores condiciones de calidad, no obstante lo anterior, en algunas ciudades y poblados de nuestro país, las condiciones de este servicio son deplorables tanto por el estado de las unidades que brindan el servicio, como por la actitud de los choferes, su nula pericia al conducir, así como la falta de rutas, la frecuencia de paso y la cortedad de estas.

Es una constante a nivel nacional el pésimo estado que guardan las unidades que prestan el servicio público de transporte de pasajeros; en el caso de Nuevo León es de los que menor calidad tiene y está lejos de cubrir las necesidades de la población. Aun a pesar de la creación de la Agencia para la Racionalización y Modernización del Sistema de Transporte Público, en 2003.

Dicha agencia, de acuerdo a la información de su página de internet su misión es: “proporcionar a la comunidad un servicio de transporte público eficiente, cómodo, seguro y confiable, de calidad clase mundial, lo cual fomente el transporte público y propicie la disminución del uso del automóvil particular, para con ello lograr un desarrollo urbano sustentable, esto a través de planear, normar, supervisar y regular su desarrollo y operación”1 .

Nada más alejado de la realidad, pues de acuerdo con testimonios de los usuarios del sistema de transporte de la Entidad, señalan que los servicios que se prestan son caros, de pésima calidad, las rutas son cortas y el costo del pasaje es de los más caros del país.2

Un ejemplo del deterioro en el transporte público, es lo que sucedió el pasado 7 de julio de 2015 cuando fue embestido Alberto Carlos Rayas Armendáriz, por un camión del transporte urbano de la ruta 99, en este accidente se asegura que el camión presentó una falla mecánica. Este percance ocasionó la amputación de sus dos piernas, una pierna fue amputada en el lugar del suceso y otra en el hospital en el que fue atendido.

Cabe destacar, que hasta el momento ni el concesionario de la ruta ni la aseguradora se han hecho responsables de la atención médica respectiva ni ha sido indemnizado por este suceso.

Según información del Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo, la demanda de transporte público en el área metropolitana ha ido cayendo en los últimos 29 años, de 68 por ciento de la participación de usuarios en 1986, a 35 por ciento en 2015. Ello como consecuencia del aumento en el tiempo de viaje en una proporción de una hora en transporte masivo contra 25-27 minutos en autos particulares.3

El titular de la agencia señaló que el servicio de transporte en el área metropolitana consta de 321 rutas de camiones, dos líneas de Metrorrey, 10 rutas de Transmetro, Metrobús y la Ecovía. Las rutas se dividen en radiales y periféricas y el costo oscila entre los 10 y 12 pesos, con excepción del metro que tiene un costo de 4. 50 pesos.4

Los usuarios gastan un porcentaje importante de sus ingresos en trasladarse para la realización de sus actividades diarias, sobre todo de sus viviendas a sus centros de trabajo, “según datos oficiales, en el año 2005, la longitud promedio de una ruta radial era de 40.44 kilómetros. Mientras que la longitud promedio de una ruta periférica era de 54.15. La existencia de estas largas rutas se debe a la mala planificación de ellas y a la falta de adaptación a una zona urbana que ha crecido en forma extensiva. Es decir, las viviendas de la población trabajadora de bajos ingresos, quienes son los que más necesitan del transporte público, están muy alejados de sus centros de trabajo, de educación, de salud y de los espacios públicos de convivencia.”5

Según el Colegio de la Frontera Norte los pasajeros en la metrópoli gastan aproximadamente 30 por ciento de sus ingresos en movilizarse en la zona metropolitana, lo que sin duda representa un detrimento importante en sus recursos para hacer frente a sus necesidades primarias y sostenimiento de las familias neolonesas; a decir los usuarios el costo del pasaje no se ve reflejado en lo más mínimo en la calidad del servicio de estos.

Día a día los usuarios se enfrentan a un vía crucis, más aquellas personas con discapacidad pues no hay espacios destinados para ellos en las unidades de transporte público de pasajeros.

Por lo expuesto, se pone a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al titular del Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, a que se haga del conocimiento público la información sobre el estado que guarda el transporte público de pasajeros en esa entidad federativa.

Notas

1 Información obtenida de: http://www.nl.gob.mx/transporte. Fecha de consulta 14 de febrero de 2016.

2 Información obtenida de:
http://www.jornada.unam.mx/2013/01/17/estados/030n2est Fecha de consulta 15 de febrero de 2016.

3 Información obtenida de: http://eleconomista.com.mx/estados/2015/10/08/se-desacelero-demanda-tra nsporte-publico-monterrey fecha de consulta 15 de febrero de 2016

4 Ídem.

5 Información obtenida del Colegio de la Frontera Norte: http://www.colef.mx/opinion/el-transporte-publico-en-monterrey/ fecha de consulta 15 de febrero de 2016

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Waldo Fernández González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Ssa campañas permanentes de toma de conciencia sobre la importancia de donar órganos, tejidos y células para trasplante, suscrita por los diputados Modesta Fuentes Alonso, Mariana Trejo Flores y Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena

Los suscritos, Modesta Fuentes Alonso, Mariana Trejo Flores y Roberto Guzmán Jacobo, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La donación es el acto de dar un órgano, tejido o células de sí mismo a otra persona que lo necesita para mejorar su salud. En el proceso de donación se involucran aspectos médicos, sociales, psicológicos, éticos y legales.

Inmersos en una época de grandes cambios económicos, políticos y sociales y ante las asombrosas expectativas que los avances científicos y tecnológicos prometen día a día en el contexto de la salud, nuestro país enfrenta el reto de lograr soluciones justas y equitativas para los problemas de salud que presenta nuestra población.

La donación de órganos es un tema no conocido por todos los mexicanos pues la falta de información y los mitos generados en torno a la transferencia de órganos ha hecho que la mayoría de las personas se nieguen a ser donadores, por lo que es importante dar una breve explicación de los procesos de donación que existen.

Existen dos procesos de donación: en vida y de personas fallecidas, ésta última se puede dar por muerte encefálica o por paro cardiorrespiratorio.

La donación en vida , consiste en que una persona pueda donar algún órgano o porción de órgano sin que afecte su salud, por ejemplo, el donar un riñón o un segmento hepático.

Generalmente, cuando una persona requiere de un trasplante, se pregunta a la familia si existe alguien que tenga la voluntad de donarle el órgano requerido, éste procedimiento requiere de valoración médica y de una serie de estudios de compatibilidad que arrojarán si el trasplante es viable o no, además de que la Ley General de Salud en su artículo 333 establece una serie de requisitos que se deben cumplir para poder ser donador:

Artículo 333. Para realizar trasplantes entre vivos deberán cumplirse los siguientes requisitos respecto del donante:

I. Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales;

II. Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura;

III. Tener compatibilidad aceptable con el receptor;

IV. Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido, por un médico distinto de los que intervendrán en el trasplante;

V. Haber otorgado su consentimiento en forma expresa, en términos de los artículos 322 y 323 de esta ley; y

VI. Los trasplantes se realizarán, de preferencia, entre personas que tengan parentesco por consanguinidad, civil o de afinidad. Sin embargo, cuando no exista un donador relacionado por algún tipo de parentesco, será posible realizar una donación si se cumplen los siguientes requisitos:

a) Obtener resolución favorable del comité de trasplantes de la institución hospitalaria donde se vaya a realizar el trasplante, previa evaluación médica, clínica y psicológica;

b) El interesado en donar deberá otorgar su consentimiento expreso ante Notario Público y en ejercicio del derecho que le concede la presente Ley, manifestando que ha recibido información completa sobre el procedimiento por médicos autorizados, así como precisar que el consentimiento es altruista, libre, consciente y sin que medie remuneración alguna. El consentimiento del donante para los trasplantes entre vivos podrá ser revocable en cualquier momento previo al trasplante; y

c) Haber cumplido todos los requisitos legales y procedimientos establecidos por la secretaría para comprobar que no se está lucrando con esta práctica.

Asimismo, para realizar trasplantes entre vivos, cuando el receptor o el donador sean extranjeros, deberá además de cumplir lo previsto en el presente artículo y demás disposiciones aplicables, acreditar su legal estancia en el país con la calidad migratoria específica que corresponda, y el establecimiento en el que se vaya a realizar el trasplante, deberá inscribir al paciente al Registro Nacional de Trasplantes con una antelación de al menos quince días hábiles si se trata de un trasplante entre familiares por consanguinidad, civil o de afinidad hasta el cuarto grado.

Cuando no exista el parentesco a que se refiere el párrafo anterior, el receptor del órgano deberá tener un historial clínico en el país de al menos seis meses.

Los establecimientos de salud en los que se realicen trasplantes a los que se refieren los dos párrafos anteriores deberán constatar que no existan circunstancias que hagan presumir una simulación jurídica o comercio de órganos y tejidos.

Es importante mencionar que la donación en vida se lleva a cabo mediante un exhaustivo protocolo médico en el que deben cubrirse todos los requisitos solicitados, pues ni la donación ni los estudios previos ponen en riesgo al donante.

La donación de personas fallecidas por paro cardiorrespiratorio o muerte encefálica se da cuando se cuenta con el consentimiento de la familia, se trata de una donación cadavérica.

En el caso de muerte encefálica se establece la causa del fallecimiento y se diagnostica clínicamente la muerte encefálica mediante un estudio que demuestre en forma documental la ausencia de flujo encefálico arterial.

Posteriormente, se elabora el certificado de pérdida de vida y es en éste momento cuando debe informarse a los familiares sobre la posibilidad de la donación de órganos, el tiempo es crucial, pues con la muerte encefálica el corazón continua latiendo y distribuyendo sangre a todo el cuerpo, lo cual permite que los órganos sigan funcionando, de haber un paro cardiaco, se disminuye la posibilidad de donar algunos órganos.

Si la respuesta de la familia es positiva, se continúa con una valoración para conocer qué órganos se pueden donar. Si el hospital realiza trasplantes, los órganos serán designados para sus propios pacientes, en caso contrario, se comunica al comité interno del hospital para que comience con la distribución de los órganos hacia otros hospitales.

Una vez concluido el proceso, se entrega el cadáver a la familia.

Ahora bien, si la muerte del paciente se da por paro cardiorrespiratorio independientemente de la enfermedad que cause el cese de las funciones del corazón, sólo se pueden donar tejidos como las córneas.

Es importante destacar que no todos los órganos que se pueden donar son el corazón, los riñones, el hígado, el páncreas y los pulmones. Los tejidos que se pueden donar son córneas, piel, hueso, médula ósea, válvulas cardiacas, cartílago, tendones, arterias y venas.

En México hay una demanda considerable de trasplantes, pues cada día son más las personas que requieren un órgano o un tejido, según datos del Centro Nacional de Trasplantes las estadísticas de las personas que requieren un trasplante son las siguientes (http://www.cenatra.salud.gob.mx/interior/trasplante_estadisticas.html) :

Al día de hoy existen 20 mil 244

Se distribuyen de la siguiente manera:

12 342 personas esperan recibir un trasplante de riñón

7423 personas esperan recibir un trasplante de córnea

397 personas esperan recibir un trasplante de hígado

59 personas esperan recibir un trasplante de corazón

11 personas esperan recibir un trasplante de páncreas

9 personas esperan recibir un trasplante de riñón-páncreas

2 personas esperan recibir un trasplante de hígado-riñón

1 persona espera recibir un trasplante de corazón-pulmón

Fuente: Registro Nacional de Trasplantes

Si bien el trasplante es una alternativa de vida posible cuando todas las puertas se cierran, las estadísticas indican que, más allá de las buenas intenciones, sólo una de cada 100 personas que mueren podrá transformarse en donante de órganos . De ahí la importancia de la donación y la educación de la comunidad para desterrar mitos y conocer el valioso alcance de este acto.

La cultura de la donación de órganos debe ir acompañada además del impulso a la formación de médicos trasplantólogos en las universidades que les forjen los principios éticos, humanos y jurídicos de esta actividad.

La donación de órganos se encuentra plagada de mitos que no permiten que las personas se animen a dar su consentimiento para ser donadores. Algunos de ellos:

• “Me contaron la historia de un hombre que se levantó una mañana tras una fiesta y se encontró en una bañera llena de hielo. Alguien le había robado los riñones y los había vendido en el mercado negro”.

• “Si sufro un accidente y el hospital sabe que soy un donante de órganos, los médicos no tratarán de salvarme la vida”.

• “Mi religión no aprueba la donación de órganos”.

• “Mi historial médico está lleno de enfermedades. Mis órganos no son suficientemente buenos para ser donados”.

• “La donación de órganos y tejido me dejará el cuerpo mutilado y no presentable para el funeral o el servicio funerario”.

Es necesario crear conciencia en la población para acabar con los mitos en torno al trasplante de órganos, no basta con salir a las calles y colocar “mesas” en dónde tomen los niveles de glucosa y presión arterial, es importante dar a conocer los alcances que tiene una donación, cualquier persona puede necesitar de un órgano pero si no existe un donante, las posibilidades de que sobreviva serán mucho menores.

Por lo anterior someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Salud se coordine con las autoridades locales con objeto de realizar campañas permanentes de concienciación sobre la importancia de la donación de órganos, tejidos y células para fines de trasplante.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputados: Modesta Fuentes Alonso, Mariana Trejo Flores, Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a suspender la ejecución de la planta hidroeléctrica Las Cruces, en Nayarit, suscrita por los diputados José Clemente Castañeda Hoeflich y Moisés Guerra Mota, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, Clemente Castañeda Hoeflich y Moisés Guerra Mota, diputados del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que tome las medidas necesarias para suspender la ejecución de la planta hidroeléctrica Las Cruces, en el estado de Nayarit, en tanto no se reconozca el derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas Cora, Wixárika, Tepehuanos y Mexicaneros, se tomen en consideración sus exigencias, y se acredite el respeto pleno a los derechos colectivos y culturales de los pueblos indígenas reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. El gobierno federal anunció en 2014 la construcción de la planta hidroeléctrica Las Cruces, en el Estado de Nayarit, cuyo costo asciende a 576 millones de dólares, con una capacidad de producción de 751 GWh/año, lo equivale al 77 por ciento de la demanda energética anual de dicho estado. La obra supone una cortina de 185 metros de altura y casi 2.4 millones de metros cúbicos de agua.1

Esta planta se ubicará sobre el caudal del Río San Pedro Mezquital, en los municipios de Ruíz y Rosa Morada, y podría derivar en diversas afectaciones ecológicas, socioeconómicas y culturales para la región, ya que el afluente es indispensable para las actividades económicas de las comunidades indígenas Cora (Náyeri), Huicholes (Wixárica), Tepehuanos y Mexicaneros que se encuentran en ese lugar, debido a que actividades como la pesca, la ganadería, la silvicultura, la agricultura, la acuicultura, el turismo, entre otras, son las fuentes principales de ingresos para más de 12 mil familias2 y que anualmente benefician de manera directa a poco más de 10 mil productores con 1 mil 297 millones de pesos.3

II. Las implicaciones ambientales en torno a la construcción de la presa generarían un gran desequilibrio del ecosistema, en especial en los manglares que se encuentran en esta zona, pues la disminución tanto del volumen como de la calidad del agua dulce ocasionaría un cambio en su densidad y distribución, siendo esto muy significativo pues el 20 por ciento de los manglares existentes en México se encuentran en esta área, de entre los cuales destaca el mangle blanco que está en peligro de extinción.4

La presa retendrá en su cortina el 90 por ciento de los sedimentos que hacen fértiles las tierras agrícolas en la cuenca media y que son fundamentales para reserva de la biosfera Marismas Nacionales en Nayarit, el principal bosque de manglar en el Pacífico Mexicano. Los manglares tienen una capacidad de absorción de carbono en el suelo del 49 al 98 por ciento según la profundidad, lo que representa una mayor cantidad de carbono almacenado en comparación con otros ecosistemas boscosos en el mundo, también funcionan como filtros biológicos pues mejoran la calidad del agua al atrapar nutrientes, así como contaminantes provenientes de la agricultura y de las descargas urbanas e industriales, además de su productividad pesquera.

Por otro lado la acumulación de materia orgánica en la presa liberaría gases de efecto invernadero por su descomposición, afectando directamente al medio ambiente y a las especies acuáticas vecinas. Sumado a lo anterior los humedales que se encuentran en él son una más de las áreas cuyo valor ecológico se verá afectado por la edificación del proyecto hidroeléctrico, pues forman parte de la Reserva de la Biosfera de Nayarit la cual es una zona reconocida internacionalmente y es la que provee refugio de conservación para la flora y fauna que habita en él y para las poblaciones que viven a su alrededor, ya que anualmente recibe cantidades masivas de aves migratorias.

III. En cuanto a los derechos de los pueblos indígenas, debe considerarse que el desarrollo de este proyecto hidroeléctrico afectaría cerca de 14 sitios sagrados como La Muxatena, que es una formación rocosa considerada como sitio sagrado para la comunidad Nayeri y Huichol, en donde se celebran diversas ceremonias religiosas.5

Los derechos de los pueblos indígenas tienen que ser garantizados en el desarrollo de cualquier proyecto de inversión, pues la conservación y preservación de sus tierras son reconocidos constitucionalmente, además de que el impulso del desarrollo regional de las zonas indígenas debe realizarse con el propósito de fortalecer su economía y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, lo cual debe llevarse a cabo con la participación de las comunidades y los órganos de gobierno, preservando todos los elementos que constituyan la cultura e identidad de los indígenas como se establece en el artículo 2 de la Constitución Mexicana.

El artículo 2 la Constitución Mexicana reconoce el derecho a preservar los elementos que constituyan la cultura e identidad de los pueblos indígenas, a conservar el hábitat y la integridad de sus tierras, además de reconocer el derecho a la consulta para la realización de los proyectos.

Por ello, consideramos que el proyecto de la planta hidroeléctrica Las Cruces debe suspenderse en tanto no se reconozca y acredite plenamente el derecho a la consulta de los pueblos indígenas, y se tomen en consideración sus exigencias, ya que el desplazamiento forzoso al que se les busca someter y la negación de sus derechos culturales y colectivos, representa una violación a nuestro marco constitucional y a los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración el siguiente

Punto De Acuerdo

Único. Se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo federal para que tome las medidas necesarias para suspender la ejecución de la planta hidroeléctrica Las Cruces, en el estado de Nayarit, en tanto no se reconozca el derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas cora, wixárika, tepehuanos y mexicaneros, se tomen en consideración sus exigencias, y se acredite el respeto pleno a los derechos colectivos y culturales de los pueblos indígenas reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Notas

1 “CFE planea hidroeléctrica en Nayarit”, El Universal (22 de octubre de 2013), recuperado de:
http://archivo.eluniversal.com.mx/finanzas-cartera/2013/impreso/cfe-planea-hidroelectrica-en-nayarit-105778.html

2 “La cuenca del río San Pedro Mezquital, en riesgo por la hidroeléctrica Las Cruces”, (2014), Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, recuperado de: http://www.aida-americas.org/es/project/la-cuenca-del-r%C3%ADo-san-pedr o-mezquital-en-riesgo-por-la-hidroel%C3%A9ctrica-las-cruces#sthash.myRg o7GN.dpuf

3 “Se alza la voz para que se cancele la presa Las Cruces”, (2015), Melóncoyote, recuperado de: http://www.meloncoyote.org/issue_v6_n1/pagina10.html

4 “Tesoro ecológico en riesgo. Los manglares de Marismas Nacionales”, ¿Cómo ves? Revista de divulgación científica de la UNAM, (noviembre de 2011), recuperado de: http://www.comoves.unam.mx/numeros/articulo/156/tesoro-ecologico-en-rie sgo-los-manglares-de-marismas-nacionales

5 “indígenas advierten de proyectos que afectan a manglares de Nayarit”, Excélsior (3 de febrero de 2016), recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=PyhxkFWPIyY

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputados: Clemente Castañeda Hoeflich, Moisés Guerra Mota (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a modificar el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo a efecto de agilizar la acreditación de los derechos de agua y la respuesta de las autoridades a los trámites de renovación o regularización, a cargo del diputado Alex Le Barón González, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Diputado Alex Lebaron González, perteneciente a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en el artículo 79, numeral 1, fracción, II; numeral 2, fracciones I, II y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de ésta soberanía el presente punto de acuerdo, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

El 29 de noviembre de 2001 el diputado César Duarte Jáquez, presentó en nombre de diputados de diferentes grupos parlamentarios, la iniciativa de Ley de Energía para el Campo, que fue aprobada con el propósito de contar con un instrumento jurídico que ordenara, regulara, impulsara y promoviera la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias, por medio de precios estratégicos preferenciales, en los hidrocarburos y energéticos que se usan en dicha actividad.

Las disposiciones de la Ley de Energía para el Campo están dirigidas a coadyuvar con el desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad, como medidas de apoyo tendientes a reducir las asimetrías con respecto a otros países, de conformidad con lo que establece el artículo 13 fracción IX y demás disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

La Ley de Energía para el Campo obliga al Poder Ejecutivo Federal a establecer un programa, mediante precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios. Los programas que se otorgarán a los productores, impulsarán la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias.

Lo anterior para que el sector primario fuera reactivado y se mantuviera vigente, procurando un mayor desarrollo y mayor competencia dentro del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, TLCAN, y como consecuencia, reducir las asimetrías con respecto a otros países y contar con argumentos de defensa ante la feroz globalización.

En la actualidad, los procedimientos que enfatiza el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo impiden que la ley se traduzca en el apoyo efectivo a los productores agrícolas para el cual fue creada, dejando rezagados a los productores del campo en una materia tan importante donde nuestros socios comerciales, sí aplican una política especial para el fomento de la agricultura, con lo que apoyan, financian y subsidian, los costos reales de su propia actividad agropecuaria, obteniendo así grandes cosechas superavitarias, que luego exportan y venden en nuestros mercados a precios muy baratos, dejando a los productos mexicanos sin posibilidades para competir.

En 2014 los subsidios al productor en Estados Unidos ascendieron a 46 mil 500 millones de dólares, mientras que en Canadá fueron de 5 mil 700 millones y en México tan sólo de 5 mil 500 millones de dólares. Es de destacar que en 2006 en que Estados Unidos otorgó subsidios directos e indirectos, también incrementó su valor total de producción a más de 265 mil millones de dólares.

En cambio, nuestra política fiscal ha provocado una baja considerable en la producción nacional y en la participación del sector agropecuario en el producto interno bruto total; tan sólo en 1988 representaba 7.9 por ciento, en 2005 su participación fue solamente 3.4 por ciento y hoy en día ha caído a menos de 3 por ciento, lo que ha agrava el desequilibrio estructural de la economía mexicana y la soberanía alimentaria.

Actualmente enfrentamos a los altos costos en los hidrocarburos que usamos para la agricultura, mismos que van aumentando constantemente; en 2002 se contaba con el apoyo al diésel agropecuario que subsidiaba el 40 por ciento de su precio, que era de 4.50 pesos; para 2012 se retiró el apoyo por completo, mientras su precio se incrementó hasta 11.17 pesos por litro.

Por otra parte, cabe mencionar que los fertilizantes en los últimos cinco años han llegado a tener un incremento de hasta 56 por ciento.

El 74.1 por ciento de los empleos del sector agropecuario son generados por los productores agrícolas; esto significa que al desintegrarse el campo, se afecta directamente a la población del campo, ya que la mayoría de los trabajadores agrícolas son los pilares que llevan el sustento a la familia.

En ese sentido, es necesario argumentar que el Reglamento correspondiente restringe la aplicación de la Ley de Energía para el Campo y sus beneficios hacia la población objetivo, ya que establece trámites burocráticos, fija requisitos basados en estudios, estadísticas, cantidades y medidas que son prácticamente imposibles de recopilar por parte del productor, y qué solo encarecen, rompen y desgastan el proceso agrícola-alimentario.

Lamentablemente los productores se están convirtiendo en gestores y poco a poco van descuidando sus actividades agrícolas por tratar de cumplir con los requisitos y trámites que se le pide para acceder a los beneficios de la ley.

Por otro lado, existe una gran cantidad de productores que no pueden tener acceso a los beneficios y estímulos de esta ley y en cuyos derechos se ven vulnerados los agricultores.

Nuestros productores necesitan oportunidades de defensa ante la negativa de alguna autoridad de otorgarles algún apoyo; esto lo podemos conseguir mediante el procedimiento administrativo con el cual pueda impugnar esas determinaciones.

Por el contrario, debemos instrumentar políticas encaminadas a facilitar los apoyos a los campesinos, porque de ellos dependemos en nuestra soberanía alimentaria.

Un problema real es la gran cantidad de productores que no pueden acreditar sus derechos de agua ya que no cuentan con un título de concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, lo que les impide no estar inscritos en el registro público de derechos de agua; otro ejemplo claro es que infinidad de agricultores no tienen una acreditación sobre los derechos de posesión parcelaria o sentencias agrarias favorables definitivas que avale que se encuentran explotando sus tierras.

Por ellos es conveniente que el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo contemple en este rubro aceptar acuses de recibido que hagan constar que sus derechos se encuentran sujetos a un trámite en proceso dentro de la Comisión Nacional del Agua.

A manera de ejemplo, podemos mencionar la necesidad de cambiar y extender el tiempo para tramitar un beneficio solicitado para darle un enfoque de alta rentabilidad a la actividad agropecuaria y el productor se avoque a su actividad, ya que actualmente está convertido en un tramitador para la obtención de algún apoyo, lo que repercute gravemente el proceso agrícola-alimentario.

El Reglamento de la Ley de Energía para el Campo, se extralimita al sobre regular las disposiciones de la propia ley, por eso es necesario exhortar al titular del Ejecutivo federal para que, por medio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, modifique el Reglamento correspondiente, con el fin de facilitar el acceso a los beneficios y estímulos de dicha ley, evitando las dificultades para los agricultores en la acreditación de los derechos de agua y la incapacidad de la autoridad para resolver en tiempo y forma los trámites de renovación o regularización que estos productores le solicitan.

En virtud de que lo solicitado en el presente se encuentra en reglamento y conforme al artículo 92 de nuestra constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es facultad del Titular del Ejecutivo firmar y expedir los reglamentos, y en virtud de que es de interés público y directo de los productores y agricultores del país, propongo a esta Soberanía, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción, II; numeral 2, fracciones I, II y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, para que, por medio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación realice modificaciones que sean necesarias al Reglamento de la Ley de Energía para el Campo, a efecto de agilizar la acreditación de los derechos de agua y la respuesta de la autoridad frente a los trámites de renovación o regularización que los productores del campo le solicitan.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Alex LeBaron González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, el Senado de la República y esta soberanía a convocar a un debate sobre la iniciativa del Ejecutivo en materia de seguridad y justicia, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, Omar Ortega Álvarez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La incapacidad del gobierno mexicano para abatir la violencia generada por el crimen organizado, es una realidad indiscutible. Frente a esta problemática, la respuesta del Ejecutivo Federal, ha sido buscar la centralización de la seguridad pública, como lo hizo Felipe Calderón con su “Policía Acreditable”, y Peña Nieto con la Gendarmería Nacional, y ahora con el llamado “mando único”.

Fracaso tras fracaso y millones tras millones invertidos, la violencia en el país no ha disminuido; la injusticia e impunidad permanecen arraigadas en nuestro sistema mexicano, arropando criminales y a sus cómplices, agravando la crisis humanitaria que sufrimos.

En este contexto, la discusión sobre el “mando único”, que es una Iniciativa Presidencial de Reforma Constitucional en materia de seguridad y justicia, ha sido reanimada; sin embargo, la propuesta del Titular del Ejecutivo Federal atenta contra los municipios, base fundamental e histórica del Federalismo mexicano así como en contra de los gobiernos estatales, al violar su autonomía e independencia.

Aunado a esto, la propuesta no atiende las necesidades específicas de cada uno de los municipios y criminaliza a las autoridades municipales, al caracterizarlas de facto como corruptas y al servicio de la delincuencia organizada, cuando los datos estadísticos indican, sin lugar a dudas, que NO se justifica una acción de intervención generalizada en contra de las autoridades municipales; de igual forma, aunque la iniciativa acusa a las policías municipales no las elimina del todo sino que las agrega al marco operativo del “mando único”, con lo cual únicamente se abona para la administración centralizada de la delincuencia.

En este mismo sentido, no se puede omitir que la iniciativa del Ejecutivo excluye la corruptibilidad de otras instituciones de seguridad como de las Policías Estatales, quienes fueron las responsables de la desaparición de cinco jóvenes en Veracruz, o la propia Policía Federal, involucrada en múltiples hechos delictivos.

Debemos señalar, también, que la generalidad de las experiencias internacionales y en las entidades federativas en las cuales se ha implementado el mando único, indican sin lugar a dudas, que no es este el camino a seguir, dado que no han disminuido los índices de violencia ni la incidencia delictiva en esos territorios. Como lo han señalado expertos en gobiernos municipales, la seguridad de los municipios debería realizarse a través de esquemas mixtos de coordinación. Estos esquemas han resultado ser casos de éxito en países como Colombia o en el mismo México (Cherán), los cuales a través de ceder el mando a la ciudadanía y las alcaldías, lograron reducir la violencia hasta en un 90%.

En el Grupo Parlamentario del PRD, estamos plenamente convencidos de que, en el marco de esta discusión, deben garantizarse, en primera instancia, la actuación institucional, apegada a derecho y con pleno respeto a los derechos humanos, de todas y todos los integrantes de las instituciones de seguridad pública, por lo anterior, también creemos conveniente que el Congreso se avoque a la discusión de las leyes generales en materia de violaciones graves a los derechos humanos, como la de desaparición forzada y tortura, para después dar un nuevo rostro a las capacidades institucionales de estos cuerpos.

Es por ello que en lugar de hablar de un mando único, deberíamos discutir la implementación de un nuevo esquema de coordinación entre los tres ámbitos de gobierno, que garantice la gobernabilidad y el fortalecimiento de las capacidades municipales en la materia, garantizando el respeto a los derechos humanos.

Frente a la crisis de gobernabilidad democrática asociada a la inseguridad y la violencia, estamos en un momento histórico para transformar las inservibles y fallidas políticas de seguridad pública apostando por la coordinación y no por la sustitución, por el fortalecimiento y no por la disolución, por la institucionalidad y los derechos humanos y no por el centralismo corrupto.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a convocar a un debate amplio, incluyente y objetivo en torno a la iniciativa de decreto por el que se reforman los artículos 21, 73, 104, 105, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de seguridad y justicia, presentada el pasado 10 de diciembre de 2014.

Palacio Legislativo, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senado de la República a aprobar el Convenio 98 de la OIT, relativo a la aplicación de los principios de sindicación y de negociación colectiva, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Los suscritos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México se ha distinguido por el gran número de instrumentos internacionales signados en derechos humanos, lo que viene a cobrar especial relevancia con la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 que introduce al orden jurídico nacional todos los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales ratificados por nuestro país, resulta altamente significativo que todos esos derechos tengan ahora la jerarquía máxima del ordenamiento constitucional.

Entre dichos tratados destacan los relativos a la materia laboral, considerando tanto los documentos internacionales generales como los específicos en donde encontramos los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) creada en 1919.

“Las razones fundamentales por las que se constituyó la OIT son:

I. Porque la paz universal debe basarse necesariamente en la justicia social.

II. Hay condiciones de trabajo en el mundo que evidencian un estado de miseria y de injusticia social y es urgente cambiar tal panorama.

III. Si algún país o nación no adopta un régimen de trabajo realmente humano, eso sería un obstáculo a los pueblos del mundo que desean mejorar sus condiciones de vida.”1

En la presente proposición nos referiremos particularmente al tema de la libertad sindical, derecho fundamental de los trabajadores para organizarse y defender sus intereses, se trata de un derecho humano esencial, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las leyes reglamentarias de los apartados A y B del artículo 123 de la Carta Magna y desde luego en diversos instrumentos internacionales ratificados por nuestro país:

• En la Constitución Federal

- Artículo 9. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto... No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto o una autoridad...”.

- Artículo 123, apartado A, fracción XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera.

- Artículo 123, apartado B, fracción X. Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes...

En la Ley Federal del Trabajo

- Artículo 356. Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

- Artículo 357. Los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa. Cualquier injerencia indebida será sancionada en los términos que disponga la ley.

- Artículo 358. A nadie se puede obligar a formar parte de un sindicado o a no formar parte de él...

• En la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 constitucional

- Artículo 67. Los sindicatos son las asociaciones de trabajadores que laboran en una misma dependencia, constituidas para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses comunes.

En cuanto a declaraciones y tratados internacionales ratificados por México:

• Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

- Artículo 20.

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 22.- 1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses...

• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

? Artículo 8.

1. Los estados parte en el presente pacto se comprometen a garantizar:

a) El derecho de toda persona a fundar sindicatos y afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatutos de la organización correspondiente, para promover y proteger sus intereses económicos y sociales. No podrán imponerse otras restricciones al ejercicio de este derecho que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos;

b) El derecho de los sindicatos a formar federaciones o confederaciones nacionales, y el de éstas a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas;

c) El derecho de los sindicatos a funcionar sin obstáculos y sin otras limitaciones que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público o para la protección de los derechos y libertades ajenos;

d) El derecho de huelga, ejercido de conformidad con las leyes de cada país.

• Convención Americana sobre Derechos Humanos

- Artículo 16.

1. Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole...

• Protocolo adicional a la Convención Americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, Protocolo de San Salvador

- Artículo 8.

1. Los estados parte garantizarán:

a. el derecho de los trabajadores a organizar sindicatos y a afiliarse al de su elección, para la protección y promoción de sus intereses. Como proyección de este derecho, los estados parte permitirán a los sindicatos formar federaciones y confederaciones nacionales y asociarse a las ya existentes, así como formar organizaciones sindicales internacionales y asociarse a la de su elección. Los estados parte también permitirán que los sindicatos, federaciones y confederaciones funcionen libremente...

• Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación número 87 de la OIT

- Este importante instrumento que consta de un preámbulo y 21 artículos divididos en cuatro partes (libertad sindical, protección del derecho de sindicación, disposiciones diversas y disposiciones finales), fue adoptado en San Francisco, California, el 9 de julio de 1948, en el marco de la 31 reunión del Consejo de Administración de la OIT, y ratificado por nuestro país desde 1950.

• Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo

- Por medio de esta declaración adoptada en 1998, los estados miembros de la OIT se comprometen (hayan o no ratificado los convenios pertinentes), a respetar y promover principios y derechos entre los que se encuentran la libertad de asociación, la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

Todo este andamiaje jurídico en materia de libertad sindical se vería fortalecido si le fuera incorporado el Convenio número 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, el cual ha pasado por un largo y complicado proceso en busca de su ratificación; cabe mencionar que este convenio es complementario del número 87.

“El Convenio 98 plantea su esencia en dos artículos iniciales; en el primero establece que los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo. El segundo, protege a las organizaciones en su constitución, funcionamiento o administración. Su segundo párrafo parece diseñado para nuestro país: Se consideran actos de injerencia las medidas que tiendan a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una organización de empleadores, o a sostener económicamente, o en otra forma, organizaciones de trabajadores, con objeto de colocar estas organizaciones bajo el control de un empleador o de una organización de empleadores.”2

Este convenio contiene disposiciones expresas dirigidas a la protección de los trabajadores a efecto de que éstos puedan ejercer libremente su derecho de asociación, esto es a pertenecer o no a un sindicato, sin ser despedidos o discriminados por ejercer este derecho. El convenio 98 también resulta muy importante al imponer a los estados parte la obligación de proteger a las organizaciones de trabajadores de actos de injerencia y control por parte del patrón, así como para fomentar y proteger la negociación colectiva.

El principal argumento que se esgrimía para no ratificar el convenio en comento, tenía que ver con el hecho de que las disposiciones de este instrumento internacional discrepaban con la disposición prevista en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, conocida como cláusula de exclusión, que obligaba a los patrones a separar de su empleo a aquellos trabajadores que fueran expulsados o bien que quisieran desafiliarse del sindicato contratante, cuando en el contrato colectivo existiera dicha cláusula. Para abril de 2001 el máximo tribunal de nuestro país estimó como inconstitucional esta disposición, que fue finalmente derogada en la reforma laboral de 2012.

Así, desde finales de 2012 el Convenio 98 de la OIT y la Ley Federal del Trabajo se encontraron armonizados y estaba plenamente superado el impedimento argumentado para negar la ratificación del citado instrumento internacional. Sin embargo al Ejecutivo federal, que conforme a la fracción X del artículo 89 constitucional, le corresponde la celebración de tratados internacionales, parecía no importarle el incorporar el Convenio 98 de la OIT a nuestro ordenamiento jurídico. Ello fue motivo para que desde la Comisión Permanente del Congreso de la Unión y desde el Senado de la República se presentaran proposiciones con punto de acuerdo para urgir y exhortar al titular del Ejecutivo federal a efecto de que el Convenio 98 de la OIT fuera sometido a consideración del Senado de la República para continuar con el proceso tendiente a su ratificación sobre el particular tenemos que:

- El 22 de mayo de 2013, en la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la senadora María Alejandra Barrales Magdaleno, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la propuesta con punto de acuerdo por el que: “Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a que realice las acciones conducentes a efecto de reencausar el procedimiento para la ratificación del Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación colectiva número 98, de la Organización Internacional del Trabajo”.

- El 18 de junio de 2013, en la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la diputada Luisa María Alcalde Luján y el diputado Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentaron la propuesta con punto de acuerdo por el que: “La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a someter al Senado de la República el Convenio número 98 de la Organización Internacional del Trabajo para su aprobación”.

- El 19 de septiembre de 2013, en la sesión del Senado de la República, la senadora María de los Dolores Padierna Luna, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la propuesta con punto de acuerdo por el que: “Se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a efectuar y llevar a buen término las consultas con los interlocutores sociales y las autoridades eventualmente encargadas de la aplicación de las disposiciones del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, a fin de culminar la ratificación del mismo...”

Finalmente el 30 de noviembre de 2015 fue recibido en la Cámara de Senadores el comunicado por el cual el titular del Ejecutivo federal somete a la aprobación del Senado, el Convenio 98 de la OIT, asimismo se hizo llegar copia certificada de dicho convenio y copia simple del dictamen elaborado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Lo anterior se hizo del conocimiento del pleno de la Cámara de Senadores en su sesión celebrada el 1 de diciembre de 2015, siendo el asunto turnado para su análisis y dictamen a las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales; de Relaciones Exteriores; y de Trabajo y Previsión Social.

Un asunto que por su trascendencia e importancia tendría que haber sido dictaminado inmediatamente, permanece aún en comisiones del Senado, y es que realmente ya no hay mucho qué analizar, la aprobación del Convenio 98 de la OIT significa fortalecer el marco de los derechos humanos laborales, significa para México ser consecuente con el cumplimiento de sus obligaciones respecto a la protección, defensa y promoción de los derechos humanos.

Incluso la Comisión de Relaciones Exteriores Organismos Internacionales del Senado de la República, en el dictamen de las proposiciones con punto de acuerdo presentadas por las senadoras Alejandra Barrales y Dolores Padierna, (a las que se hizo referencia anteriormente), señaló lo siguiente: “Para la comisión dictaminadora México debe construir un ámbito sindical más fuerte, por medio de las libertades individuales de filiación, con total transparencia interna, con rendición de cuentas de los líderes sindicales, es decir, sindicatos democráticos, por lo que considera que con la aprobación del convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva número 98 se dará un paso adelante en la búsqueda de mejores reglas, mejores sindicatos y, sobre todo, mejores condiciones laborales para los mexicanos..”3

El Senado de la República tiene en la aprobación del Convenio 98 de la OIT la gran oportunidad para que se garantice el pleno goce y ejercicio del derecho de sindicación y de negociación colectiva a la clase trabajadora, por lo que no puede seguir retrasando o negando la plena incorporación de estos derechos a nuestro ordenamiento jurídico interno, por la oposición de ciertos sectores como es el caso del Consejo Coordinador Empresarial que en recientes declaraciones ha rechazado contundentemente la ratificación del Convenio 98 de la OIT: “La estructura sindical en México y el marco jurídico actual son incompatibles con el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por lo que el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) rechaza esta propuesta que alteraría la productividad.

Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente del organismo privado, advirtió que una eventual ratificación del Convenio 98 de la OIT sería contraria a los intereses nacionales. Así que instó al Congreso a revisar a fondo las implicaciones que deriven.

Nos preocupa que pueda confirmarse, porque puede suscitar un rompimiento de los equilibrios y la paz laboral, así como mermar la productividad. Constituiría un estímulo a la simulación en la celebración de los contratos colectivos”, reviró.

En su mensaje semanal, el líder empresarial afirmó que la legislación vigente en México “ya cubre amplia y fundamentalmente el principio de protección al derecho a la sindicación y de negociación colectiva”.

Los empresarios aglutinados en el CCE levantaron la voz al sostener que de ser avalado dicho convenio, llevaría a que sindicatos sin representatividad entre los trabajadores interfieran indebidamente en la administración de las empresas, además de que habría fueros injustificables.”4

Las instituciones debemos de estar siempre al servicio del pueblo, sin olvidar la obligación que tenemos y que se encuentra prevista en el tercer párrafo del artículo 1o. de nuestra Carta Magna: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

La aprobación de este tratado internacional, sin duda alguna, vendría a robustecer la libertad sindical, se contaría con un instrumento que protegería el derecho a la sindicación en nuestro país, lo que permitiría al mismo tiempo hacer frente a problemas laborales como la proliferación de los contratos de protección. No podemos dejar de mencionar que México es el único país de Latinoamérica que no ha ratificado el Convenio 98 de la OIT, no obstante que conforme a la clasificación hecha por el Consejo de Administración de la OIT, este convenio es considerado como uno de sus convenios fundamentales, al contener precisamente derechos humanos fundamentales. Reiteramos que es menester que el Senado de la República haciendo uso de la facultad conferida en la fracción I del artículo 76 constitucional, proceda a la inmediata aprobación del convenio referido ampliamente en estas consideraciones.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Comisiones de Relaciones Exteriores Organismos Internacionales; de Relaciones Exteriores; y de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Senadores, para que dictaminen y aprueben lo antes posible el Convenio 98 relativo a la aplicación de los principios de sindicación y de negociación colectiva, adoptado en Ginebra, Suiza, el 1 de julio de 1949, en el marco de la trigésima segunda reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo.

Notas

1 Dávalos, José. Derecho del Trabajo I. Porrúa, México, 9ª ed., 1999, p. 46

2 Alcalde Justiniani, Arturo. “¿Y el Convenio 98 de la OIT, para cuándo?”
http://www.jornada.unam.mx/2013/04/06/politica/021a2pol

3 http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2014/03/asun_3081118_20140313_1394724925.pdf

4 http://eleconomista.com.mx/industrias/2015/12/08/cce-rechaza-ratificaci on-convenio-98

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, la Profedet, el DIF y la Sedesol a redoblar esfuerzos en la sensibilización, detección y atención del problema del trabajo infantil, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la Procuraduría Federal del Trabajo, del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y de la Secretaría de Desarrollo Social para redoblar esfuerzos en la sensibilización, detección y atención del problema social, implícito en el trabajo infantil, con base en las siguientes

Consideraciones

El trabajo infantil es considerado una violación a los derechos de los niños, ya que impide su sano crecimiento y detiene el desarrollo escolar, de acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef).

Trabajar a temprana edad, de acuerdo con el organismo internacional, impide que las personas obtengan las competencias necesarias para emplearse en la fuerza laboral en el futuro. Además, es un factor clave en la transmisión de la pobreza entre las generaciones, pues elimina la oportunidad de progreso.

La legislación de nuestro país establece que ningún menor de 14 años puede trabajar; mientras que los mayores de 14 y menores de 16 deben haber acabo la educación secundaria y contar con el permiso de sus padres para poder hacerlo.

El trabajo infantil es tanto un resultado de la pobreza como una forma de perpetuarla. Por esto, el objetivo de eliminarlo está contenido en innumerables acuerdos y documentos firmados por la mayoría de los países, incluido México.

En México, de acuerdo a cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) 2.5 millones de menores de edad trabajan, esto a pesar de lo establecido en la Ley Federal del Trabajo para sancionar a quienes contraten a menores de edad.

México ha sido parte de los instrumentos internacionales que tienen como objetivo, no sólo reducir, sino eliminar el trabajo infantil.

En el año 2010 se llevó a cabo la Conferencia Mundial sobre Trabajo Infantil, realizada en La Haya. Al final de esa conferencia se creó un compromiso por parte de los 450 delegados de 80 países para consensuar la Hoja de Ruta hacia 2016. Es un documento que regirá las acciones por la erradicación del trabajo infantil en los próximos seis años y hace un llamado a gobiernos, interlocutores sociales y organizaciones de la sociedad civil para afianzar el acceso a la educación, la protección social y el trabajo decente.

La Hoja de Ruta hacia 2016 llama específicamente a los gobiernos a evaluar el impacto de políticas sobre las peores formas de trabajo infantil. Para ello, deberá considerarse el género y la edad, la implementación de medidas preventivas y de duración determinada, y poner a disposición los recursos financieros adecuados para la lucha contra las peores formas de trabajo infantil, inclusive a través de la cooperación internacional.

El trabajo infantil es un problema muy serio y complejo que requiere esfuerzos coordinados tanto de las instituciones del Estado mexicano como de la sociedad civil. Aun cuando en materia legislativa existen avances, es necesario seguir tomando medidas para garantizar, desde ese punto de vista, un mejor y más amplio acceso a los derechos de niños y niñas en nuestro país.

El trabajo infantil tiene serias repercusiones sobre el acceso a la educación de niños y niñas cuyas familias requieren del ingreso extra que pueden proporcionar. Esta necesidad limita seriamente el derecho a la educación, que es sumamente relevante para el desarrollo y el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas. Limitar este derecho es restringir seriamente las posibilidades de acceder a un mejor futuro.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del gobierno de la República, a implementar campañas de supervisión en centros de trabajo con la finalidad de inspeccionar que no laboren menores.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular de la Procuraduría Federal del Trabajo para mejorar los mecanismos para salvaguardar los derechos de las niñas y los niños en centros laborales.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la Procuraduría Federal del Trabajo y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para que mejoren los mecanismos de coordinación en la detección y atención del problema social, implícito en el trabajo infantil, dentro y fuera de los centros laborales.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Desarrollo Social para redoblar esfuerzos en la sensibilización sobre el impacto del trabajo infantil en el desarrollo social.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las secretarías de Estado federales y los órganos desconcentrados a certificarse con la norma mexicana en igualdad laboral y no discriminación, a cargo de la diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la lxiii legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y numerales 1 fracciones II y 2, fracción III, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la reforma del 10 de junio de 2011, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos, reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales, en los que el Estado Mexicano sea parte, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Que este mismo numeral constitucional, en su párrafo segundo, establece el principio pro homine, que mandata que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con nuestra Constitución y los tratados internacionales de la materia, principio de constitucionalidad y convencionalidad, respectivamente, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Considerando que en cumplimiento al instrumento internacional denominado Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), mandata en su artículo 11, numeral 1, incisos b), c) y d) que la mujer tiene el derecho a las mismas oportunidades de empleo, a la aplicación de los mismos criterios de selección, el derecho de ascenso, la estabilidad laboral y todas las prestaciones que deriven de la relación laboral con igualdad de trato y con igual remuneración que los hombres.

Que tanto el artículo 4o. de la Constitución, como la Ley General de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres regula, protege y garantiza el cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad sustantiva entre la mujer y el hombre, así como mandata el establecimiento de acciones y mecanismos institucionales que establezcan criterios y orienten a las autoridades competentes de la administración pública federal en el cumplimiento de ésta.

Así también, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres (Proigualdad) 2013-2018, promueve acciones afirmativas para garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres y evitar la discriminación de género, para el goce de derechos de nin?as, adolescentes y jo?venes, para erradicar la discriminacio?n de mujeres indi?genas, discapacitadas, migrantes, pobres, adultas mayores y reclusas, dotar de identidad civil a nin?as, adolescentes, jo?venes, adultas mayores indi?genas y no indi?genas, discapacitadas y migrantes en todas sus formas, elaborar protocolos y co?digos de conducta para prestadores de servicios en relacio?n a proporcionar atencio?n a las mujeres sin discriminacio?n ni misoginia, difusio?n de derechos de las personas en condicio?n de vulnerabilidad, incorporar enfoque de ge?nero e intersectorialidad en el programa de promocio?n y defensa de los derechos humanos, asi? como promover las cuotas de ge?nero en los sindicatos para asegurar la representación de las mujeres en negociaciones contractuales colectivas, en relación a las comunidades indígenas, fomentar la participación femenina en la planeación y gestión del desarrollo con enfoque de interculturalidad.

En ese sentido, y considerando que la discriminación de género hacia las mujeres se manifiesta en el ámbito laboral y que se sigue produciéndose de manera recurrente en nuestra sociedad, es por lo que se requieren nuevos esfuerzos y acciones para enfrentar y erradicar dicha desigualdad especialmente en su acceso en condiciones de igualdad de trato para contar con un empleo laboral que garantice su derecho consagrado en nuestro marco jurídico para la igualdad.

Por tal motivo en el 2015, se aprobó la norma mexicana NMX-R-025-SCFI.2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación impulsada por el presidente de la República, licenciado Enrique Peña Nieto, que establece los requisitos para que los centros de trabajo públicos, privados y sociales, integren, implementen y ejecuten dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación.

Por lo anterior, la norma mexicana NMX-R-025-SCFI.2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación promueve los principios fundamentales de la inclusión laboral que entre otros destaca: 1. El empleo digno 2. La accesibilidad arquitectónica 3. El acceso a los bienes y recursos institucionales 4. La comunicación de las oportunidades de manera equitativa para todo el personal, sin pasar por alto el tema de la formación y capacitación en sus áreas de trabajo.

Especialmente, lograr la Igualdad laboral representa consolidar la cultura directiva y laboral en la que se respeta la diversidad, la inclusión y se proporciona igualdad de trato, de oportunidades, de remuneración y acceso equitativo a todos los beneficios de la política laboral.

Significa también, contar con prácticas laborales que facilitan la corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal que fortalecen la participación de las mujeres en la ocupación de los puestos de mayor toma de decisiones y mayor ingreso.

Así, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres se logra eliminando la discriminación de género que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de las personas y su condición diferenciada en la vida laboral.

De allí, la importancia de la eliminación de las brechas de género, entendida como la distancia que separa a mujeres y hombres, respecto a las oportunidades de acceso y control de los recursos económicos, sociales, culturales y políticos.

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a las y los titulares de las secretarías de Estado del gobierno federal así como a los órganos desconcentrados a certificarse con la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y no Discriminación

Segundo. Se exhorta respetuosamente a las y los titulares de las secretarías de Estado del gobierno federal así como a los órganos desconcentrados a establecer e implementar medidas de igualdad de trato y de oportunidades para las mujeres en el marco de su política laboral con perspectiva de género.

Palacio Legislativo, a 18 de febrero de 2016.

Diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Oaxaca a dotar de personal y equipo técnico la unidad médica rural de Cerro Concha, en Santa María Jacatepec, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del PRD

Natalia Karina Barón Ortiz, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Oaxaca tiene un importante número de habitantes indígenas, por lo tanto es preocupante que no se atienda a las comunidades a través de servicios médicos adecuados para garantizar el derecho a la salud conforme a lo establecido en el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Unidad Médica de Cerro Concha, municipio de Santa María Jacatepec del Estado de Oaxaca no tiene el personal médico ni la infraestructura para lograr los cometidos de salud para la comunidad.

El municipio de Santa María Jacatepec se localiza en la región del Papaloapan del Estado y pertenece al distrito Tuxtepec. Limita con los municipios de San Juan Bautista Tuxtepec, San José Chiltepec y San Lucas Ojitlán; en la zona este con Santiago Jocotepec, al sur con Ayotzintepec y al oeste limita con el municipio de San Juan Bautista Valle Nacional y reúne a las siguientes comunidades:

La comunidad de Cerro Concha en el municipio tiene 480 habitantes, de los cuales 219 son hombres y 261 mujeres; el porcentaje de analfabetismo entre los adultos es del 20por ciento (18.72por ciento en los hombres y 21.07 por ciento en las mujeres) y el grado de escolaridad es de 3.72 años (3.72 en hombres y 3.72 en mujeres); y el 80.83 por ciento de los adultos habla alguna lengua indígena.

La comunidad de El Guayabo tiene 129 habitantes de los cuales 57 son hombres y 72 mujeres; el porcentaje de analfabetismo entre los adultos es del 26.36 por ciento (28.07por ciento en los hombres y 25 por ciento en las mujeres) y el grado de escolaridad es de 3.14 (3.03 en hombres y 3.23 en mujeres); y el 82.95 por ciento de los adultos habla alguna lengua indígena.

La comunidad de Cinco de Oros tiene 129 habitantes de los cuales 61 son hombres y 68 mujeres; el porcentaje de analfabetismo entre los adultos es del 15.5 por ciento (11.48 por ciento en los hombres y 19.12 por ciento en las mujeres) y el grado de escolaridad es de 4.75 años (5.55 en hombres y 4.08 en mujeres); el 83.72 por ciento de los adultos habla alguna lengua indígena.

La comunidad de Rancho Gavilán tiene 112 habitantes de los cuales 61 son hombres y 51 mujeres; el porcentaje de analfabetismo entre los adultos es del 12.5 por ciento (6.56 por ciento en los hombres y 19.61 por ciento en las mujeres) y el grado de escolaridad es de 4.03 años (4.77 en hombres y 3.21 en mujeres); y el 84.82 por ciento de los adultos habla alguna lengua indígena.

Esta honorable asamblea ha considerado apoyar y ayudar a las comunidades indígenas para no permitir la exclusión en el goce de sus derechos especialmente en los referidos a la protección de la salud. Es lamentable que, en comunidades apartadas del estado de Oaxaca, la infraestructura médica no se encuentre disponible o bien en el peor de los descuidos además de la carencia del personal médico que no goza de los sueldos y prestaciones que le permitan desahogar con profesionalismo el desarrollo de sus actividades, especialmente para los integrantes de los pueblos indígenas quienes, lamentablemente, sufren más la carencia de los servicios básicos necesarios para el desarrollo integral.

En este sentido, se considera necesario el exhorto a la Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca para dotar de recursos necesarios y suficientes a fin de que la comunidad de Cerro Concha del municipio de Santa María Jacatepec cuente con una mejor Unidad Médica Rural con personal médico bien pagado e infraestructura y equipo para su funcionamiento óptimo. La asignación de estos recursos por parte de la Secretaría de Salud del Estado beneficiará a los pobladores de las comunidades de Cerro Concha, El Guayabo, Cinco de Oros y Rancho Gavilán pertenecientes del municipio de Santa María Jacatepec.

Por lo anterior expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo del estado de Oaxaca para que a través de la Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca a fin de dotar de personal médico y equipo técnico a la unidad médica rural de la comunidad Cerro Concha, municipio de Santa María Jacatepec, distrito de Tuxtepec, del estado de Oaxaca.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero del 2016.

Diputada Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Banxico a difundir un diagnóstico de los posibles efectos en el mercado crediticio interno de la participación de bancos transnacionales y la aplicación de la reforma regulatoria internacional en las condiciones de debilidad e incertidumbre de esas instituciones en sus países de origen, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Juan Romero Tenorio, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado viernes 12 de febrero, se observó en los mercados europeos un comportamiento muy volátil en el precio de las acciones de importantes bancos de esa región, entre los que se encontraban, por ejemplo, HSBC, BBVA y Santander, con pérdidas en el año de 21.6%, 22.2% y 27.4%. No obstante, esos bancos que tienen importantes filiales operando en México, son de los que menos pérdidas registraron en comparación con otros bancos con operaciones trasnacionales.

Esta situación obliga a recordar la advertencia que hicieron funcionarios del Banco de México, en la reunión del Centro de Estudios Monetarios y Latinoamericanos, en Washington, D.C., en diciembre de 2013.

En esa ocasión se analizó la importancia que tienen las instituciones financieras de capital extranjero en países emergentes y las posibilidades que tienen de influir en la disposición de recursos y el costo del dinero para los usuarios del crédito, tomando en cuenta las disposiciones que se acordaron a escala mundial, con el propósito de evitar una nueva crisis como la que estalló en 2008, considerada la más grave desde la gran depresión.

El Banco de México participó en las discusiones internacionales y durante 2012 contribuyó en la discusión y diseño de las reformas regulatorias al sistema financiero internacional que se analizaron en el Consejo de Estabilidad Financiera (FSB en inglés), que tienen el propósito de coordinar las actividades de las autoridades financieras de los países y de los organismos que elaboran las normas y las políticas de regulación y supervisión estabilidad financiera global.

Entre las discusiones se revisaron las prácticas e iniciativas de supervisión entre aquellos países que son origen y destino de filiales financieras; los efectos de las recientes reformas regulatorias globales sobre los mercados emergentes y las economías en desarrollo; el impulso de la transparencia, para identificar de forma exclusiva a las contrapartes en las operaciones financieras; la necesidad de incrementar la intensidad y la efectividad de la supervisión de instituciones financieras y aseguradoras sistémicamente importantes.

El análisis, la explicación de esas medidas regulatorias y sus posibles efectos sobre las economías en desarrollo fue expuesto por los Gobernadores de los bancos centrales de la región en una reunión en Washington a mediados de mayo. El Banco de México señaló que la reforma regulatoria internacional tiene el propósito de aumentar la solidez del sistema financiero y la capacidad de respuesta ante situaciones de crisis.1

Banxico apunta que entre otras medidas, se propusieron esquemas para incrementar la cantidad y calidad del capital, limitar el apalancamiento; mejorar la supervisión y el marco de resolución para instituciones financieras; cooperar para a regular las instituciones financieras de importancia sistémica e, incrementar la transparencia y gestión de riesgos en los mercados de derivados

En consecuencia, la exposición del Banco de México estimó que dichas reformas tendrían repercusiones en los bancos globales que se verían obligados redimensionar sus operaciones, reorientando sus líneas prioritarias de negocios.

También, debido a que se establecieron mayores índices de capitalización, se podría observar una disminución de las actividades de financiamiento de esas instituciones al comercio exterior y a proyectos de infraestructura y decidirán una menor toma de riesgos en mercados financieros.

Por lo tanto advertía que podría haber una revaluación de los riesgos soberanos, llevándolos a preferir la deuda de los gobiernos locales.

Así, aunque las propuestas de reforma del sistema financiero internacional están diseñadas para atender problemas identificados en países avanzados, donde comenzó la crisis, las medidas pueden tener efectos no deseados en economías emergentes, en donde no se podrían registrar probables impactos, sea que las medidas acordadas se apliquen nivel local o que se lleven a cabo en los países de las matrices.

En particular, Banxico considera que la reforma internacional y las prácticas de administración de riesgos propiciarán en los bancos globales un sesgo a favor de las exposiciones de riesgo en activos de su país de origen.

Por eso, el Banco de México concluyó que es necesario tomar en cuenta los impactos potenciales que las políticas de gestión de riesgo consolidado, en conjunción con las nuevas reglas de capital, pueden tener en los mercados de deuda soberana de economías emergentes. Y, no está de más señalar que nuestro país sería uno de los más expuestos a esos efectos, tomando en cuenta el predominio que han alcanzado las instituciones con matriz en el extranjero, en el sistema financiero nacional.

Ahora, se puede decir que estamos en el escenario anticipado por Banxico. En sus países de origen los bancos tienen problemas por el aumento de su cartera vencida y por las dificultades para capitalizarse.

No obstante, encontramos que, por lo menos en el caso de BBVA, la aportación de México le permite tener una operación relativamente sana. De acuerdo con el informe de 2015, la participación de México en el ingreso bruto del corporativo fue de 29.6% y su participación en los beneficios fue de 46.1%. Sin duda, la operación en México brinda a BBVA la posibilidad de estar en mejores condiciones que las de sus competidores.

Lo que no se puede establecer, por la insuficiencia de información, es el impacto que tiene la reforma financiera internacional en ese comportamiento, así como en los demás bancos trasnacionales que operan en el país y si hay que esperar un efecto adicional sobre el mercado crediticio.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . Se exhorta al Banco de México para que, en el ámbito de su responsabilidad, dé a conocer un diagnóstico de los efectos que puede tener en el mercado crediticio nacional, la participación de bancos trasnacionales, por la aplicación de la reforma regulatoria internacional en las condiciones de debilidad e incertidumbre de esas instituciones en sus países de origen, lo que se refleja en la caída en los precios de sus acciones en sus mercados de valores.

Nota

1 El impacto de la reforma regulatoria financiera internacional en las economías emergentes, XCV Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), Washington, DC, 15 y 16 de mayo de 2013.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, la CNDH y el Conapred a implantar acciones para erradicar la discriminación laboral por edad, a cargo del diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Jonadab Martínez García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El párrafo quinto del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe la discriminación motivada por la edad, y el párrafo primero del artículo 5o. establece que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

Estos dos derechos humanos, reconocidos a las personas, lamentablemente en la práctica cotidiana el Estado sólo las reconoce y tutela, pero desafortunadamente son infringidas en perjuicio de millones de mexicanos.

Sin embargo, al igual que el género, la raza, la religión o la discapacidad; la edad se ha considerado como un factor que puede contribuir a la diferenciación arbitraria en el actuar social.

La edad es la cantidad de años que un ser ha vivido desde su nacimiento, por lo que no es una condición que pueda ser alterada, y tarde o temprano una persona llegará a una edad determinada, y no podrá evitar tal condición, lo ideal sería que tal hecho no fuera un factor que perjudicara la vida de las personas, pero definitivamente si lo es, y esto ocurre al margen de la ley.

Como es sabido, la discriminación representa una explícita interdicción de determinadas diferencias históricamente muy arraigadas y que han situado, tanto por la acción de los poderes públicos como por la práctica social, a sectores de la población en posiciones no sólo desventajosas, sino contrarias a la dignidad de la persona.

Discriminar, en su sentido literal, es la acción de separar o distinguir unos elementos de otros atendiendo a un criterio específico, pero por lo general, cuando se habla de discriminación, suele emplearse el término en un sentido ofensivo, que alude al trato en condiciones de inferioridad, y que se da a una persona o grupo.

En el ámbito laboral, se trata de una situación en la cual la persona recibe un trato desfavorable en relación con el resto de los trabajadores, a causa de algún tipo de prejuicio, bien sea de orden social, religioso, económico, racial, o por muchas otras condiciones que enfatizan las diferencias.

En las últimas décadas han aparecido nuevas formas de maltrato laboral, una de las cuales es la discriminación por motivos de edad, situación que afecta a mujeres y hombres por igual, y que se expresa a veces de manera sutil, como por ejemplo, cuando se rechaza a un candidato que compite por una plaza vacante, por estar “sobre calificado”, y otras veces de forma abierta, cuando se especifica un límite de edad para la contratación.

Otras formas de discriminación es cuando se limita a partir de cierta edad, al acceso a programas de formación y promoción o se obliga a jubilarse, para no ser permanentemente relegado en sus funciones y oportunidades de desarrollo.

No poder obtener un empleo estable, a partir de los 30 años, es un atentado a la dignidad de las personas, ya que esta negación a poder desempeñar una actividad remunerada, impacta de manera negativa no solo en la que la padece, sino en el núcleo familiar.

Tan es así, que el desempleo es una de las principales causas de suicidio entre los jóvenes de México, aseguró la farmacéutica Eli Lilly, convirtiéndose así en un problema de salud pública.

En un comunicado, informó que en el país 79.6 por ciento de los suicidios ocurre en jóvenes entre los 15 y 24 años, así como en adultos mayores de 45 que carecen de empleo y lo ven como una salida a sus problemas.1

Agregó que este fenómeno social se ha convertido en una de las primeras 10 causas de muerte en adolescentes y adultos jóvenes.

De acuerdo con la Asociación por la no Discriminación Laboral por la Edad o Género, ser mayor de 35 años en México es motivo de discriminación laboral.

Hoy, en México la escolaridad ya no es un factor primordial que determine o aumente la probabilidad que tienen las personas de obtener un empleo formal, sino la edad. Lo anterior, tiene por efecto que los individuos no tengan como prioridad el graduarse, ya que ello no les garantiza algo, es decir no existen motivaciones para estudiar.

Según cifras del Inegi, en 2011 sólo 12 millones de personas en México contaban con una licenciatura y menos de 1 millón han estudiado un posgrado (conocimiento avanzado).

De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos correspondientes a 2013, en México se gradúa sólo 25 por ciento de quienes cursan estudios a nivel licenciatura, y de este último universo, 81.5 por ciento de los estudiantes de licenciatura considera que su carrera le servirá para obtener algún empleo, percepción que de obtenerse en el mejor de los casos debe ser antes de los 30 años.

En 2014 se graduaron 21 mil 734 estudiantes de nivel licenciatura y 8 mil 676 especialistas, maestros o doctores. Aunado a lo anterior, en el presente año (2015) sólo la UNAM cuenta con 28 mil 18 estudiantes de posgrado y 201 mil 206 de licenciatura, que sólo tienen hasta los 30 años para obtener un empleo estable con todas las prestaciones.

En promedio, 55 de cada 100 egresados de las instituciones de educación superior del país trabajan en un área diferente a la que estudiaron.

Los profesionales con alto nivel educativo (y por ende de alta calidad en cuanto a producción) se enfrentan en nuestro país, a una economía que no solo no abre los espacios laborales necesarios, sino que los pocos que existen los limita por cuestiones de edad.

El 90 por ciento de las vacantes ofrecidas en el país descartan a la población de más de 30 años. La oferta para ese segmento se reduce a empleos de menor salario y nula oportunidad de crecimiento, según el informe Ofertas laborales en México, del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

De acuerdo con este informe

En 10 por ciento de las vacantes que se ofrecen, son empleos de bajo salario que no tienen que ver con el perfil académico del solicitante.

En 46 por ciento de los casos de discriminación laboral, la edad es el motivo.

En 27 por ciento de los casos es la apariencia física, y

En 10 por ciento es la preferencia u orientación sexual de la persona.

La situación se recrudece para los mayores de 60 años:

En 90 por ciento de las vacantes laborales ofrecidas, se deja fuera a los mayores de 35 años.

El 81.6 por ciento de las personas mayores de 60 años con empleo carece de prestaciones laborales.

El 76.7 por ciento de los jóvenes de entre 14 y 19 años de edad con empleo carece de prestaciones laborales.

De las personas de entre 50 y 59 años con empleo, 63.9 por ciento carece de prestaciones laborales.

Es claro que ser mayor de 35 años en México es motivo de discriminación laboral, aunque el talento de estos profesionales sea un gran soporte para las empresas, advierten especialistas en recursos humanos.

El mercado laboral enfrenta una contradicción: demanda perfiles para cubrir puestos que requieren gran especialización, pero “castiga” a los empleados más experimentados al no contratarlos, por no querer pagar su trayectoria o bien por un prejuicio de no poseer la misma capacidad de adaptación.

Así entonces, otro aspecto preocupante, es el nivel salarial de los profesionistas en nuestro país, aunado a la escasez de opciones de contratación.

Existen áreas donde el relevo generacional se acerca y no aprovechar al talento de mayor edad será en un error. Las áreas de manufactura, transporte, energía y salud tienen proporcionalmente un gran número de trabajadores veteranos, a comparación de otros sectores, por lo que enfrentarán una escasez significativa de personal calificado cuando se jubilen.

En los próximos 10 años, 50 mil especialistas y técnicos en petróleo, refinación, petroquímica, transporte y comercialización de hidrocarburos que laboran en Pemex, podrán jubilarse y sus relevos no están listos, según un informe de la paraestatal. La cifra de egresados en ingeniería petrolera no llega a mil estudiantes en el país, de acuerdo con datos de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

Las pequeñas y las medianas empresas son un foro atractivo para ese segmento, porque buscan a personal “más veterano” para dar formación interna a los jóvenes y aplicar su experiencia laboral (conocimientos preexistentes no siempre académicos, o saber cómo hacer las cosas) en el crecimiento del negocio.

Los empleados más jóvenes, a su vez, pueden aprovechar al máximo los conocimientos dados por la experiencia de sus colegas mayores.

La Encuesta Nacional sobre la Discriminación en México nos arroja que en general, la población de adultos mayores opina (en 40 por ciento) que la sociedad es el principal enemigo, el segundo lugar (con 35 por ciento) lo tiene el gobierno, y el tercer lugar (con 12 por ciento) lo ocupan las personas no mayores. El restante 13 por ciento se divide entre las otras opciones.

Las altas tasas de desempleo han intensificado la competencia por toda clase de puestos de trabajo, y las personas de edad quedan cada vez más excluidas de las oportunidades de empleo. Además, los obstáculos que deben sortear las personas mayores para encontrar trabajo son altos, y una vez que estos pierden su trabajo, les resulta difícil encontrar otro.

En México hay un elevado grado de discriminación cuando se busca empleo, señala la Asociación por la no Discriminación Laboral por Edad o Género, quien expuso que 85 por ciento de las empresas privadas y del Gobierno hacen distinción de género para otorgar un trabajo, mientras que sólo 15 por ciento hacen caso omiso de ese requisito. Asimismo, 55 por ciento exige que la edad tope sea los 35 años, mientras que sólo 10 por ciento acepta personas cuya edad máxima oscile entre 48 y 50 años.2

Sobre esto sostiene que es una contradicción, pues ahora las empresas exigen experiencia, pero al mismo tiempo limitan la edad del aspirante. “La experiencia sólo se consigue con el tiempo, y aunque es verdad que muchos de los jóvenes que ahora egresan de las universidades tienen mayores conocimientos, también carecen de práctica”.

El proceso de envejecimiento en México va a ser un fenómeno demográfico de mayor importancia durante el siglo XXI. Este incremento en la población envejecida necesariamente debe evaluarse en razón de las consecuencias sociales, económicas y de salud. No debe olvidarse que las características que definen la vejez radican en la vulnerabilidad en cuanto a salud, capacidad física, desempeño mental y dificultades de adaptabilidad a nuevos entornos sociales y económicos. Estas desventajas hacen que la población envejecida sea objeto de prejuicios, estereotipos y discriminación.

Parte de los planes de una sociedad es evaluar las características de su población que envejece para dar justa dimensión a sus defectos y virtudes, de manera que no sólo se eviten injusticias y discriminación, sino que se armonicen las cambiantes estructuras demográficas en busca del bienestar común.

En Latinoamérica, pocos países han actualizado las leyes conforme a las últimas manifestaciones discriminatorias. Éstos son algunos ejemplos de nuevas leyes y reformas:

• En Argentina se creó la Ley 20.744, vigente desde 1974, que incluye expresamente el tema de la edad como forma de discriminación laboral.

• En Venezuela, la Constitución de la República, adoptada el 15 de diciembre de 1999, especifica en el artículo 89, quinto principio, la misma prohibición de discriminación laboral por edad, así como en Ley del Trabajo, en el artículo 26.

• En 2001, Chile promulgó la Ley 19.739 que sanciona la discriminación por edad y por estado civil.

• La Carta Magna de México considera en el artículo 1o. la prohibición de cualquier tipo de discriminación laboral, y hace mención concreta a la motivada por la edad. De igual manera procede la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación promulgada en 2003, en el artículo 4o.

• En Colombia, el cambio en las leyes se efectuó en el 2004, con la Ley 931, específica contra la discriminación en el trabajo.

• Perú promulgó la Ley 28867 en 2006, que introduce reformas a las leyes vigentes, incluyendo la edad, como uno de los motivos de discriminación a ser combatidos.

El marco jurídico considera la protección de los derechos fundamentales otorgados en la Carta Magna, y el máximo tribunal constitucional defiende los derechos en ella consagrados, el análisis de las conductas discriminatorias en el ámbito laboral puede abarcar las diferentes fases del trabajo, es decir: el acceso, la contratación, la retribución, las condiciones laborales y la extinción del contrato.

Si bien la primera fase, previa a la contratación, es la más susceptible de consideraciones subjetivas, no puede sostenerse que esta fase está exenta de control, bajo el argumento de que la relación laboral no se ha materializado en sentido estricto al no haberse plasmado la aceptación de las condiciones en el contrato de trabajo. Afirmar lo anterior sería contrario a la obligación que tienen los órganos judiciales de maximizar la interpretación de los derechos fundamentales y nos arrojaría a un escenario absurdo en el cual los aspirantes a un puesto de trabajo se verían despojados de sus derechos en el proceso de selección y sólo podrían recobrar dicha protección al momento en el que se transforman en trabajadores.

Esta conclusión también se ve reflejada en las previsiones de la Ley Federal del Trabajo, en la cual, desde la reforma de 2012, se estableció, tanto en las llamadas “obligaciones de los patrones” –artículo 133– como en las “condiciones de trabajo” –artículo 56–, que los empresarios tienen prohibido negarse a aceptar a un trabajador por razón de su edad, entre muchos otros motivos.

Por las consideraciones vertidas y en congruencia con el compromiso adquirido con la ciudadanía mexicana, expongo a su consideración la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a ejecutar acciones para cumplir y hacer cumplir la ley, conforme a sus facultades, obligaciones y responsabilidades, para erradicar completamente la discriminación laboral por edad en nuestro país; al margen del artículo 1o. constitucional, que dicta la prohibición en México de cualquier tipo de discriminación.

Notas

1 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/09/10/980990

2 La discriminación y la búsqueda de trabajo, ensayo de Alonso Ismael García López.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Jonadab Martínez García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a incorporar la perspectiva de género en la formulación de los contenidos de los libros de texto gratuitos, a cargo de la diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sistema educativo es la columna vertebral del proceso democrático en México. Hoy más que nunca la educación adquiere gran importancia, ya que es la escuela el ámbito clave de formación de nuestras futuras generaciones, como agente de socialización tiene la responsabilidad de trasmitir saberes, conocimientos, valores y principios de nuestra sociedad, así como establecer normas de comportamiento y relación entre las personas.

No obstante; es urgente construir modelos educativos más igualitarios e incluyentes que contribuyan a superar los esquemas estructurales machistas, y discriminatorios. Como sociedad, es nuestra responsabilidad construir nuevos esquemas educativos orientados a generar una nueva cultura de igualdad, democrática, equitativa e incluyente para que como sociedad alcancemos la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Así, las generaciones de niñas y niños, mujeres y hombres jóvenes en formación que cursan la primaria y la secundaria, especialmente deben contar con herramientas e instrumentos educativos que promuevan la nueva cultura de la igualdad de género y más aún, que garanticen su formación sobre la base de los principios de respeto, igualdad y no discriminación para construir la sociedad que queremos todas y todos los mexicanos.

En México, han sido muchos los avances en derechos humanos de las mujeres, que progresivamente hemos adquirido a nivel mundial y que han sido armonizados en nuestras leyes federales y estatales para hacer de la igualdad sustantiva una realidad. Ejemplo de ello, es el mandato del Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018 que incorpora como eje transversal la perspectiva de género en la formulación e implementación de todos los programas y acciones de la Administración Pública Federal y que desde el año 2008 se expuso en los objetivos estratégicos del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2008-2012 “Eliminar los estereotipos sexistas y discriminatorios de los libros de texto, métodos de enseñanza, materiales didácticos, prácticas educativas y, profesionalizar al magisterio en perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres”.

Sin embargo, a pesar de que nuestro país cuenta con un marco jurídico fuerte en derechos humanos de las mujeres, en la práctica persiste la discriminación y la desigualdad y resulta que es en el ámbito de la educación en donde se reproduce, y en donde las mujeres seguimos siendo invisibles. Más aún, somos las ausentes en la historia de los libros de texto educativos.

Así, prevalece una cultura sexistas y discriminatoria contra las mujeres, la cultura machista que sigue reproduciendo roles tradicionales y estereotipados que le son asignados a mujeres y hombres, y que se refleja en los libros de texto escolares y en la cultura institucional docente que permea nuestras aulas.

Por ello, es urgente revisar y analizar nuestros libros de texto, incorporar la perspectiva de género y asegurar que la formación de nuestras hijas e hijos sea sobre la base de los principios de la igualdad sustantiva.

Contar con libros de texto que contribuyan a potenciar capacidades y habilidades de nuestras hijas e hijos para desarrollarse en la vida y enfrentar en su vida cotidiana los retos de superar las desigualdades de género que persisten en nuestra sociedad y así, progresivamente construir la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Por lo anterior, los libros de texto de las asignaturas que cursan nuestras hijas e hijos; como por ejemplo el de historia, español, formación cívica entre otros; requieren una revisión profunda, requieren un Re diseño, es urgente incorporar la perspectiva de género en su formulación y estructura.

Es prioritario central el tema en la elaboración rigurosa y sistemática de sus contenidos, instrumentos y técnicas didácticas que incorpore la perspectiva de género como una categoría de análisis diagnóstica de la desigualdad de género, que permita la elaboración de contenidos sobre la base de la vida real de las mujeres y hombres, identificando las desigualdades y ofreciendo alternativas para superarlas y que promueva los principios de respeto, diversidad, inclusión, igualdad y la equidad de género.

Así también, crear mecanismos e indicadores de seguimiento y evaluación de sus contenidos, y de la aplicación de los docentes para garantizar a las futuras generaciones una educación de excelencia, con calidad, incluyente y democrática.

Por lo antes mencionado; es importante preguntarnos:

¿Cuáles son los obstáculos que impiden incorporar la perspectiva de género en la elaboración de los contenidos de los libros de textos?

El lenguaje, como parte de la cultura y herramienta de la comunicación, juega un papel fundamental para superar el lenguaje machista que invisibiliza, nulifica, excluye, diluye, degrada y silencia el trabajo y participación de las mujeres.

Lo cierto es que hoy todavía nos cuesta trabajo superar esta cultura machista que se caracteriza por un lenguaje discriminatorio y entender la relevancia de combatir la omisión y la desigualdad hacia las mujeres.

Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea, la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaria de educación pública a incorporar la perspectiva de género en el diseño y formulación de los libros de texto gratuitos, así como a implementar mecanismos e indicadores de seguimiento para evaluar sus contenidos.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaria de educación pública a capacitar a las y los docentes de educación básica en materia de perspectiva de género y lenguaje incluyente.

Dado en el salón del pleno del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los partidos políticos y las autoridades locales a cumplir los criterios de paridad de género en las candidaturas de los comicios por desarrollarse en 2016, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno la presente Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

1. A partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se establecieron las condiciones de igualdad de derechos de todas las personas y los principios básicos para ejercerlos. En ese contexto, cada país estableció lineamientos para acceder a los derechos y prerrogativas reconocidas en sus constituciones, surgiendo el concepto de ciudadanía que, en términos generales, se refiere a la condición que adquieren las personas para gozar de los derechos y estar sujetas a las obligaciones que se contienen en los ordenamientos jurídicos.

2. Al hablar que una persona ejerce su ciudadanía, se debe traducir en el acceso pleno de los derechos que le son reconocidos; desgraciadamente, en el caso de las mujeres, dicha ciudadanía se ve limitada por los esquemas culturales, de poder político y económico en el que se ha desarrollado nuestra sociedad. La ciudadanía plena no es sólo reconocer el derecho al voto de la mujer mexicana, eso no es suficiente para el ejercicio de su ciudadanía. Sin embargo, este concepto implica que exista un disfrute de los derechos no sólo políticos, sino, también de los sociales, económicos y culturales, situación que aún no es una realidad en México.

3. La participación de las mujeres en la vida política se puede documentar desde la época antigua; muchas de ellas accedieron a dirigir ejércitos y gobernar ciudades. Mujeres que ocuparon su puesto con base al reconocimiento, la fortuna o el azar, pero que su trabajo y desempeño, así como la utilización de una diplomacia, la fuerza y la inteligencia dejaron plasmado un estilo de ejercer el poder.

4. Con la fundación del Estado moderno, las mujeres quedamos excluidas; principalmente con la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789. Sin embargo los principios de Libertad, Igualdad y Fraternidad quedaron presentes en el pensamiento de muchas pensadoras y activistas que vieron en el pensamiento moderno una oportunidad de reivindicar nuestros derechos y es así como Olimpia de Gouges escribió la “Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana” en 1791.

5. Pasaron alrededor de 100 años para que un movimiento tuviera éxito y en 1879 Nueva Zelanda aprueba la participación de las mujeres en la vida política a través del ejercicio del voto. A partir de ahí las exigencias por parte de las mujeres y su capacidad de organización lograron incorporar en la primera parte del siglo XX en las legislaciones de Estados el derecho al voto. La importancia del reconocimiento del voto radica en que nos igualó con los hombres en un ámbito público. Y durante los últimos 50 años del siglo XX y principios del XXI la participación de las mujeres y su reconocimiento legal se ha desarrollado exponencialmente.

6. La igualdad de condiciones en el ámbito político impacta y modifica las normas, usos y costumbres de hacer política, también transforma el contenido de la agenda política. En materia política existen 3 tipos de acciones encaminadas a fomentar la igualdad:

Las constitucionales, en el caso de nuestro país el artículo 4o. constitucional establece la igualdad entre hombres y mujeres ante la ley.

Las legislativas, es decir leyes federales y locales en materia electoral, en este sentido, con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, LEGIPE, y la Ley General de Partidos Políticos, LGPP, existen las nuevas condiciones para ser electas en los cargos de representación popular. En particular, respecto a la paridad de género en la LEGIPE se hicieron modificaciones en el artículo 14, numeral 4 y 5; artículo 233, artículo 234 y artículo 364, artículo 26, numeral 4; artículo 7, numeral 1, artículo 232, numeral 3 y 2; artículo 232, numeral 4, artículo 241, donde se obliga a los partidos a presentar fórmulas del mismo género y garantizar la paridad entre géneros.

Las partidarias, en los estatutos de cada partido se definen los lineamientos y reglas de la vida interna. Estos tienen al menos 3 etapas en las que se puede intervenir en cuanto a la elección de candidaturas: La elección por designación directa, por representación proporcional y el registro. En el caso de las 9 instituciones partidarias del país, estás reconocen en sus estatutos la importancia de fomentar la paridad e igualdad de oportunidades, estableciendo tanto en la integración de sus órganos internos, comisiones y los procesos de elección de candidaturas, reglas para evitar la sobre-representación de un género.

7. El 5 de junio de 2016, se elegirán 12 gubernaturas, 388 diputaciones locales y 965 presidencias municipales en Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, además de la elección de la asamblea constituyente de la Ciudad de México con 60 personas que la integrarán; si bien existen la normas que obligan a los partidos políticos a integrar a mujeres y hombre por igual en los cargos de elección popular y sus estatutos lo reconocen, lo cierto es que existe un gran incumplimiento, ya que seguimos conservando una serie de patrones culturales que hacen de la discriminación y la exclusión por motivos de género una realidad consentida.

8. Por mencionar algunos ejemplos, tenemos los siguientes:

• En 2015 en Chiapas; los partidos políticos violaron la ley. No propusieron candidaturas acordes con lo establecido por lo que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó mediante sentencia (SUP-REC-294/2015) cumplir con la paridad de género a todos los partidos.

• También en 2015 pero en el Distrito Federal, todos los partidos políticos propusieron a mujeres en los distritos con menor votación (perdedores), se postuló el equivalente a 62 por ciento de mujeres y a 38 por ciento de hombres, dando a los hombres los distritos ganadores. En otras palabras, se cumplió con la reglamentación pero, en los hechos, fueron los candidatos hombres quienes tuvieron mayor oportunidad de ganar.

• Otro caso es cuando las propuestas de los equipos de trabajo al interior de los partidos tienen la obligación de postular mujer y todas las propuestas son varones. La decisión recae sobre las esposas, hijas o parientes del dirigente y no de los cuadros políticos mujeres en formación.

9. Cabe mencionar los criterios y lineamientos de las autoridades electorales que se han pronunciado al respecto de avanzar en términos de paridad de género por lo que hace a la postulación de candidaturas, al respecto, tenemos lo siguiente:

• El Instituto Nacional Electoral en sesión del Consejo General de 8 de febrero de 2016 emitió los lineamientos para obligar a la paridad de género en el registro de candidaturas a todos los cargos de elección popular y en sus dimensiones vertical y horizontal para ayuntamientos y congresos, incluso que deben aplicarse por encima de las constituciones locales, a través de la aprobación del Acuerdo INE/CG63/2016 mediante el cual se ejerce la facultad de atracción para establecer criterios que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes y Organismos Públicos Locales para garantizar el cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular en el ámbito local.

• La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de 6 de mayo de 2015, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia siguiente y la declaró formalmente obligatoria, la cual fue publicada en la Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 8, Número 16, 2015, páginas 24, 25 y 26:

Paridad de género. Debe observarse en la postulación de candidaturas para la integración de órganos de representación popular, federales, estatales y municipales. La interpretación sistemática y funcional del derecho a la participación política en condiciones de igualdad, a la luz de la orientación trazada por el principio pro persona, reconocido en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; lleva a considerar que la inclusión del postulado de paridad en el artículo 41 de la norma fundamental, tratándose de candidaturas a legisladores federales y locales, se enmarca en el contexto que delinean los numerales 2, 3, 25, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1, 23, 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1, 2, 3 y 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; I, II y III, de la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer; 4, inciso j); y 5 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; esquema normativo que conforma el orden jurídico nacional y que pone de manifiesto que la postulación paritaria de candidaturas está encaminada a generar de manera efectiva el acceso al ejercicio del poder público de ambos géneros, en auténticas condiciones de igualdad. En ese sentido, el principio de paridad emerge como un parámetro de validez que dimana del mandato constitucional y convencional de establecer normas para garantizar el registro de candidaturas acordes con tal principio, así como medidas de todo tipo para su efectivo cumplimiento, por lo que debe permear en la postulación de candidaturas para la integración de los órganos de representación popular tanto federales, locales como municipales, a efecto de garantizar un modelo plural e incluyente de participación política en los distintos ámbitos de gobierno.

Recurso de reconsideración. SUP-REC-46/2015. Recurrente: Partido Socialdemócrata de Morelos. Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en el Distrito Federal. 13 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Constancio Carrasco Daza. Secretarios: José Luis Ceballos Daza, Marcela Elena Fernández Domínguez y Carlos Eduardo Pinacho Candelaria.

Recurso de reconsideración. SUP-REC-85/2015. Recurrente: María Elena Chapa Hernández. Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León. 29 de abril de 2015. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Disidentes de la sentencia pero a favor del criterio contenido en la presente jurisprudencia: María del Carmen Alanís Figueroa y Manuel González Oropeza. Secretario: Sergio Dávila Calderón.

Recurso de reconsideración. SUP-REC-90/2015 y acumulado. Recurrentes: Leticia Burgos Ochoa y otras. Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la primera circunscripción plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco. 29 de abril de 2015. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Disidentes de la sentencia pero a favor del criterio contenido en la presente jurisprudencia: María del Carmen Alanís Figueroa y Manuel González Oropeza.

Secretario: Víctor Manuel Rosas Leal.

10. Tanto el marco normativo, como la justificación social de la participación política de las mujeres son la base suficiente para que la voluntad de los partidos políticos no limite, restrinja y pretenda vulnerar los derechos de las mujeres en los procesos electorales del 2016 que se van a llevar a cabo en diversas entidades federativas y la Ciudad de México.

Por lo expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los partidos políticos de los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas y de la Ciudad de México a que cumplan los criterios de paridad de género en el registro de las candidaturas a los procesos electorales que se desarrollan en 2016 en sus respectivas entidades.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades electorales para que vigilen el estricto cumplimiento de los criterios de paridad de género en el registro de las candidaturas a los procesos electorales que se desarrollan en 2016 en de los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas y de la Ciudad de México.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 18 de febrero de 2016.

Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno de Oaxaca a ajustar las investigaciones del asesinato de Bernardino Elizalde Vicente al protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género, y a brindar garantías de seguridad y no discriminación en el estado, suscrita por los diputados Sandra Luz Falcón Venegas, Sergio René Cancino Barffuson y Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena

Sergio René Cancino Barffusón, Sandra Luz Falcón Vengas y Alfredo Basurto Román en mi calidad de diputado del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. El día 9 de febrero de 2016 fue asesinado Bernardino Elizalde Vicente, ocurrido en días pasados en la ciudad de Oaxaca. Las autoridades informaron que tras la necropsia de ley que presentaba 24 heridas causadas por arma blanca en cuello y tórax.

El perito médico dictaminó que la causa de la muerte fue “hemorragia intensa interna y externa con laceración de paquete vascular y nervioso consecutivo a heridas por instrumento punzocortante penetrante de tórax”.1

Por las características de saña con que fue cometido, ejemplificado con el número de heridas con un arma punzo cortante que le fueron provocadas a la víctima es dable caracterizar este homicidio como un crimen de odio motivado por la identidad de género, es decir Transfobia.

Los crímenes de odio son aquellos cometidos cuando una persona ataca a otra y la elige como víctima en función de su pertenencia a un determinado grupo social, según su edad, género, identidad de género, religión, raza, etnia, nacionalidad, ideología o afiliación política, discapacidad u orientación sexual.2

“Un delito de odio es una conducta violenta motivada por prejuicios”,3 esta forma de agresión debe entenderse como una forma de violencia dirigida a personas que pertenecen a un grupo específico, ya sea social, racial o étnico o que tengan una tendencia sexual o religiosa catalogada como “diferente”. La unificación y la repetición de los prejuicios creados por la sociedad son una forma de legitimar los actos violentos realizados por algunos grupos específicos.

En este orden de ideas la población Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTTI) debe considerarse como un grupo vulnerable toda vez que enfrenta distintas formas de exclusión, discriminación y negación de acceso pleno a sus derechos fundamentales. Estas conductas antisociales, se deben principalmente a la difusión y aceptación normalizada de prejuicios acerca de la diversidad sexual, que en lo cotidiano se traducen en diferentes formas de violencia y discriminación en ámbitos sociales, culturales, religiosos, laborales, legales y políticos.

Segundo. El día 10 de febrero de 2016 varias organizaciones de la sociedad civil oaxaqueña se manifestaron para exigir el esclarecimiento de este asesinato.

Señalaron que este asesinato es el segundo en lo que va del año con características de homofobia, y que se suma a los 15 ocurridos en 2015 y que la Fiscalía de Oaxaca no ha realizado las investigaciones correspondientes de estos hechos los que se han registrado en regiones como la costa, Itsmo y valles centrales. 4

Representantes de 5 organizaciones, manifestaron que hay un lenguaje con sesgo de agresión contra la comunidad lésbico, gay, transexual, transgénero, travesti e intersexual. Lamentaron que no exista una investigación como crimen de odio y las autoridades solamente lo reducen a un homicidio simple.5

Mediante una carta los integrantes del Comité Organizador de la marcha Calenda por la Diversidad Sexual e Identidad de Género en Oaxaca, integrado por Católicas por el Derecho a decidir A.C, Red Nacional Católica de Jóvenes por el Derecho a Decidir, Redefine Oaxaca, Colectivo Kinsey, Conquistando Corazones, entre otras organizaciones expresaron:

“Estamos aquí para exigir igualdad social independientemente de la religión (o ausencia de esta), de la etnia, de la orientación sexual, de la identidad de género y el color de piel.

Una vez más exhortamos al gobierno de nuestro país a que tome en cuenta nuestras peticiones, que nos otorgue lo que por derecho nos corresponde, que dirija su atención a la situación real de nuestro país en materia de derechos humanos.

Convocamos también a toda la sociedad a abrir sus mentes y sus corazones. Es necesario comenzar a mirar que los discursos de odio y segregación social comienzan desde la más tierna infancia. Que los chistes y mofas sobre mujeres, sobre homosexuales, lesbianas, transgénero e intersexuales comienzan una cadena que acaba en todo tipo de violencias e inclusive en asesinatos masivos.

A nuestros pares LGBTTTI a que sigamos uniendo fuerzas y continuar con esta lucha. A no bajar la guardia, a hoy más que nunca a estar alertas, a tomar conciencia y recuperar nuestra memoria histórica como grupo oprimido, vulnerado y perseguido por milenios ... perseguida, cazada, usada para mofas y chistes, invisibilizada y considerada como ciudadanía de segunda.

El asesinato de nuestra compañera, de nuestra amiga, de nuestra hermana, no es un caso aislado, no es un crimen “pasional ”, dejemos de pensar que la culpa es de la víctima, rompamos con esa doble moral que exime al victimario y culpa a factores como la vestimenta, la hora del día, el alcohol o la identidad de género. La caída de nuestra compañera, el segundo y esperemos el último crimen de odio de 2016 se une a los más de 15 casos del año pasado relacionados a la homofobia, lesbofobia, transfobia, interfobia y bifobia...

Es forzoso comenzar a visibilizar la necesidad de que se nos deje de violentar en los espacios públicos y de esparcimiento... Exigimos que el Estado comience una férrea vigilancia y regulación de estos lugares en donde operan los abusos por parte de trabajadores y la delincuencia que además, no dejamos de recalcar, tiene como particularidades tintes de homofobia, lesbofobia, transfobia y demás.

Le pedimos a nuestros compañeros y compañeras periodistas que respeten el dolor de las víctimas, que se unan al cambio del paradigma social y cultural con notas amigables, sensibles, lejos de amarillismos y elementos que continúen legitimando el prejuicio, la ignorancia y los estereotipos que ya de por sì pesan sobre nuestras poblaciones LGBTI”.6

Tercero .- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido un “Protocolo de Actuación para quienes Imparten Justicia en Casos que Involucren la Orientación Sexual o la Identidad de Género”.7 Dicho Protocolo parte del presupuesto que la expresión de la orientación sexual y la identidad de género resultan protegidas por el libre desarrollo de la personalidad.

En este orden de ideas y considerando que la libertad es uno de los grandes fundamentos del régimen constitucional, derivado de la dignidad humana, se encuentra el libre desarrollo de la personalidad, el derecho que tiene toda persona “para elegir en forma libre y autónoma como vivir su vida”.

Por tanto, todos aquellos que procuran e imparten justicia tienen la obligación de informarse de la identidad de género y la orientación sexual, acudiendo a instrumentos de derechos humanos y documentos científicos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la igualdad y no discriminación como un principio fundante de nuestro régimen democrático y derecho transversal. Así el artículo 1º de nuestra carta magna establece:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte , así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales , el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

Además de lo señalado el derecho a la no discriminación se encuentra contemplado en instrumentos internacionales en los que el Estado mexicano es parte y ende se encuentra obligado a cumplir, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 2 y 26; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales artículo 2; Convención Americana de Derechos Humanos, artículos 1 y 24; Principios de Yogiakarta, principio 2.

Por su parte la Ley General de Víctimas establece en su artículo 5 referido a los mecanismos, medidas y procedimientos establecidos en esa norma deberán atender, entre otros, al principio de Buena fe, es decir el que “Las autoridades presumirán la buena fe de las víctimas. Los servidores públicos que intervengan con motivo del ejercicio de derechos de las víctimas no deberán criminalizarla o responsabilizarla por su situación de víctima”8 y deberán “respetar y permitir el ejercicio efectivo de sus derechos”; La No criminalización, referida a que Las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de la víctima ni tratarla en ningún caso como sospechosa o responsable de la comisión de los hechos que denuncie... La estigmatización, el prejuicio y las consideraciones de tipo subjetivo deberán evitarse”,9 y a la Victimización secundaria, prohibiendo que “Las características y condiciones particulares de la víctima no podrán ser motivo para negarle su calidad”.10

Por su parte el artículo 7 de la misma Ley en sus fracciones I y V a letra dice:

“Artículo 7 . Los derechos de las víctimas que prevé la presente Ley son de carácter enunciativo y deberán ser interpretados de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, los tratados y las leyes aplicables en materia de atención a víctimas, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de sus derechos.

Las víctimas tendrán, entre otros, los siguientes derechos:

“I. A una investigación pronta y eficaz que lleve, en su caso, a la identificación y enjuiciamiento de los responsables de violaciones al Derecho Internacional de los derechos humanos, y a su reparación integral;

...

V. A ser tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos por parte de los servidores públicos y, en general, por el personal de las instituciones públicas responsables del cumplimiento de esta Ley, así como por parte de los particulares que cuenten con convenios para brindar servicios a las víctimas”;

Luego entonces, el crimen cometido en contra de Bernardino Elizalde Vicente no debe ser minimizado al ser tratado como un homicidio simple sino debe ser considerado, por las circunstancias que lo rodean, como un crimen de odio basado en las preferencias e identidad de género de la víctima.

Por tanto a las autoridades ministeriales de la Fiscalía General del estado de Oaxaca les corresponde garantizar su derecho a no ser revictimizado ni estigmatizado por sus preferencias e identidad de género, en concordancia con el Protocolo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los tratados internacionales de los que es parte el estado mexicano y las leyes que de ellos emanan.

En razón de los argumentos antes expuestos pongo a consideración de esta soberanía, como de urgente u obvia resolución la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero . Se exhorta a la Fiscalía General del estado de Oaxaca para que las investigaciones del asesinato de Bernardino Elizalde Vicente sean realizadas apegándose al Protocolo de Actuación para quienes imparten Justicia en Casos que Involucren la Orientación Sexual o la Identidad de Género por tratarse de un integrante de la comunidad de personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Travestis, Transgénero e Intersexuales.

Segundo. Se exhorta al gobernador del estado de Oaxaca, para que en el ámbito de su competencia brinde las garantías de seguridad y no discriminación a todos los integrantes de la comunidad Lésbico, Gay, Transexual, Travesti, Transgénero, Transexual e Intersexual que habitan o circulan por esa entidad y adopte las medidas legales, reglamentarias y administrativas pertinentes al efecto.

Notas

1 Oaxaca día a día, 10 de febrero de 2016. Violenta muerte dan a travesti.

https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=4&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwi9hdO9hPjKAhVINSYKHZ5nAj8QFggtMAM&url=http%3A%2F%2Foaxacadiaadia.com%2F2016%2F02%2F10%2Fviolenta-muerte-dan-a-travesti%2F&usg=AFQjCNEZBEH63aRszDFUd3Jrp0EbpZT5UQ

2 Stotzer, R.: Comparison of Hate Crime Rates Across Protected and Unprotected Groups, The Williams Institute, 06-2007.

3 “Los usos jerárquicos y excluyentes de la violencia” María Mercedes Gómez.

4 Piden activistas por la diversidad sexual investiguen crímenes de odio.

https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=4&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjR77vcxfjKAhVHQCYKHbJIBZYQFggvMAM&url=https%3A%2F%2Foaxaca.quadratin.com.mx%2FPiden-activistas-por-la-diversidad-sexual-investiguen-crimenes-de-odio%2F&usg=AFQjCNEf182ezn7kiiRxxEZzw2ZcM_qJ_Q

5 Ídem

6 Oaxaca día a día, viernes 12 de febrero de 2016 Exigen esclarecimiento de asesinato de transgénero.

https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjb8pn3xPjKAhXK4yYKHXq3C3cQFggbMAA&url=http%3A%2F%2Foaxacadiaadia.com%2F2016%2F02%2F12%2Fexigen-esclarecimiento-del-asesinato-de-transgenero%2F&usg=AFQjCNFyCheb4JcnVvfJ6-dUlAZk2j4WHA

7 Protocolo de Actuación para quienes Imparten Justicia en Casos que Involucren la Orientación Sexual o la Identidad de Género, Suprema Corte de Justicia de la Nación 2014.
https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiXs_KU5_jKAhVHVyYKHVNxAgcQFggbMAA&url=http%3A%2F%2Fwww.sitios.scjn.gob.mx%2Fcodhap%2Fsites%2Fdefault%2Ffiles%2Farchivos%2Fpaginas%2
FPROTOCOLO_DE_ACTUACION_PARA_QUIENES_IMPARTEN_JUSTICIA_EN_CASOS_QUE_INVOLUCREN
_LA_ORIENTACION_SEXUAL_O_LA_IDENTIDAD_DE_GENERO_0.pdf&usg=AFQjCNHo1ivZNGztd64IOFn4paNpYEuD4g

8 Ley General de Víctimas Artículo 5. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 03/05/2013

9 Ídem

10 Ibídem.

Ciudad de México a 18 de febrero de 2016.

Diputados: Sergio René Cancino Barffusón (rúbrica) Sandra Luz Falcón Vengas (rúbrica), Alfredo Basurto Román.

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al jefe del gobierno de la Ciudad de México y el director general del Metro a realizar acciones para que el domingo haya servicio de las 6:00 a las 24:00 horas, a cargo del diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Jonadab Martínez García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 6 numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe de Gobierno de la Ciudad de México y al director general del Sistema de Transporte Colectivo Metro, para realizar las acciones necesarias a fin de que el horario el día domingo, de esta modalidad de transporte, sea de las 06:00 a 24:00 horas.

Consideraciones

En sesión del Pleno de esta Soberanía, el 8 de septiembre de 2015 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de misma fecha, la Diputada María de la Paz Quiñones Cornejo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal y al Sistema de Transporte Colectivo Metro a sumar esfuerzos con el fin de mejorar el servicio de éste.

La proposición aludida fue turnada a la Comisión del Distrito Federal, para efectos de análisis y elaboración del dictamen correspondiente, mismo que se presentó a discusión del Pleno de esta Cámara de Diputados, en sesión ordinaria del 01 de diciembre de 2015, y que fue aprobado en votación económica. (19)

De igual manera, los senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura Federal, presentaron el mes pasado un punto de acuerdo en relación al Sistema de Transporte Colectivo Metro, mencionando en el apartado de “Consideraciones” que: “El Metro constituye un medio de transporte fundamental para el desarrollo de las actividades cotidianas de una gran parte de la población de la Ciudad de México, es, incluso, el único medio de transporte para miles de usuarios, por lo que las fallas en su funcionamiento impactan no sólo en la economía de las familias sino en la vida de millones de ciudadanos”. (20)

Celebramos la preocupación del Grupo Parlamentario aludido, por los millones de usuarios que a diario utilizan esta modalidad de transporte.

Lo anterior, sienta un antecedente positivo en el sentido de que el Poder Legislativo se interesa y preocupa por la movilidad de la mayoría de los habitantes de la Ciudad de México.

Es por ello, que la presente propuesta es puntual, a fin de propiciar un cambio concreto y alto impacto en el funcionamiento del Sistema de Transporte Colectivo (ferrocarril destinado al transporte de personas por el interior de las grandes ciudades y de sus áreas metropolitanas) el cual encuadra dentro de lo que se reconoce como sistemas integrados de transporte.

De acuerdo con el Diagnóstico de Movilidad que elaboró el Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad (PUEC) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en comparación con los 1.2 millones de autos particulares que circulan en el Distrito Federal, mismos que saturan todos los días el 85% del espacio vial en la capital del país, a pesar de que son responsables de solo 3 de cada 10 traslados (15 millones de traslados ocurren cada día en el Distrito Federal) (6). Consideramos que el Metro de la Ciudad de México es un transporte público eficiente, cómodo, seguro, accesible, económico y principalmente rápido.

El Metro de la Ciudad de México, cuenta con uno de los mayores flujos anuales de pasajeros en el mundo, superando a los subterráneos de Nueva York, Paris o Londres, de acuerdo a los datos de usuarios de este tipo de transporte en cada país.(2)

De los diferentes medios de transporte con los que cuentan los habitantes de la Ciudad de México, el Metro (fundado en 1969) es el servicio más usado y el que goza de la mejor opinión, ya que un 98% de los entrevistados por la firma Parametría, en enero de 2013, dijo haberlo utilizado (12)

Además, esta modalidad promueve nuevas opciones de trasporte, como lo es a través del programa “Los domingos y días festivos, tu bici viaja en Metro”, mediante el cual pueden ingresar bicicletas al Sistema, con la finalidad de apoyar el desplazamiento de ciclistas, lo cual nos parece una acción seria y concreta en beneficio de las personas que adoptan a la bicicleta como medio de transporte. (4)

Algunos datos relacionados con la operación diaria del Sistema de Transporte Colectivo Metro, generados durante 2014, son los siguientes:

• Total de pasajeros transportados: 1,614 millones 333 mil 594 usuarios.

• Estación de menor afluencia: Tlaltenco, perteneciente a la línea 12, con 148 mil 671 usuarios.

• Estación de mayor afluencia: Indios Verdes, perteneciente a la Línea 3; con 44 millones 066 mil 501 usuarios.

• Kilómetros de la Red en servicio: 226,488.

• Kilómetros recorridos: 43 millones 949 mil 422.75

• Servicio: 365 días del año.

El Sistema de Transporte Colectivo Metro cuenta con 12 líneas y 195 estaciones, de estas, las líneas de mayor afluencia de pasajeros durante 2014 fueron: la línea 1 con 263, 708,660 pasajeros, la línea 2 con 289, 240,742 pasajeros; y la línea 3 con 237, 395,295 pasajeros respectivamente. (1).

Las estaciones que concentran el mayor número de pasajeros de cada línea, suelen ser las terminales (donde comienza o concluye la línea) o las de correspondencia. (2). Así entonces, tres de las doce líneas del Sistema (la 1,2 y 3) concentran casi el 50% de la afluencia del Sistema.

La utilización del Sistema de Transporte Colectivo Metro, trastoca para bien o para mal, la vida de millones de personas, que lo utilizan como medio de transporte para llevar a cabo sus actividades diarias.

Es necesario admitir que existen deficiencias en el transporte público de la ciudad de México, cuya capacidad en cuatro delegaciones: Cuauhtémoc, Benito Juárez, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza; ha sido superada por el número de usuarios que requieren traslado durante todo el día. (6)

En este sentido, el Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad, elaborado por la Universidad Nacional Autónoma de México, considera que ya están superadas en capacidad las líneas 1, 2, 3 y B del Sistema de Transporte Colectivo Metro, la del Trolebús en Eje Central y la línea 1 del Metrobús. (6)

Lo anterior es preocupante si consideramos que el 80% de los habitantes de la Ciudad de México, utilizan el transporte público para trasladarse . (11)

Esto nos lleva al razonamiento de que el Metro de la Ciudad de la México es el medio de transporte más utilizado por la mayoría de la población, independientemente del día de que se trate.

Ligado a lo anterior, y siendo el asunto puntual que nos ocupa, actualmente el horario de servicio de esta modalidad de transporte es los días laborales de las 05:00 a las 24:00 horas; el día sábado de las06:00 a las 24:00 horas y el día domingo y días festivos de 7:00 a las 24:00 horas.

El objetivo preciso de este punto de acuerdo, es que el horario de servicio para el día domingo del Sistema de Transporte Colectivo Metro, sea también de las 06:00 a las 24:00 horas.

Solamente quien vive las experiencias puede dar cuenta de lo que sucede en la realidad, y en este sentido, es un hecho que gran cantidad de personas requieren del Metro para transportarse a sus lugares de trabajo en día domingo.

Es importante comparar la presente propuesta con otra modalidad de transporte que ha mejorado la movilidad en la Ciudad de México, y nos referimos al Metrobús.

950 mil pasajeros son los que transporta al día el Metrobús, comparados con 1,614 millones 333 mil 594 usuarios, que viajaron en el Sistema de Transporte Colectivo Metro durante 2014, es decir un promedio diario de 4 millones 421 mil 917 pasajeros, representando el 13.6% de los viajes diarios realizados en el Distrito Federal. (3)(13) (14)

El Metrobús se ha expandido hasta los 105 kilómetros, distribuidos en cinco Líneas; y llegará a los 125 kilómetros con la puesta en marcha de la Línea 6 que cubrirá de Aragón a El Rosario. (15)

En relación con el tema que nos ocupa, en cuanto al horario de servicio; las autoridades de este medio de transporte, con el objetivo de maximizar el servicio del Metrobús, y de acuerdo a los estudios de demanda de usuarios del mismo, diseñaron diversas rutas de servicio o recorridos dentro de cada una de las líneas (existen actualmente 5), a fin de reducir los tiempos que se utilizan en los traslados.

El horario de servicio de este medio de transporte, es de lunes a sábado de las 04:30 a 24:00 horas; y domingos y días festivos de las 05:00 a las 24:00 horas . (16)

En esta modalidad de transporte, el horario de salida inicial promedio el día domingo es a las 05:15 de la mañana.

Consideramos que el Sistema de Transporte Colectivo Metro, debería también de realizar este tipo de estudios, a fin de conocer la opinión de los usuarios, y determinar si es o no necesario iniciar el servicio el día domingo a las 06:00 de la mañana, tomando en cuenta que su afluencia de usuarios es 365% superior a la del Metrobús.

Las personas que lo requieren el día domingo, son personas dedicadas al comercio, a la construcción, a las áreas de servicios, y por lo tanto también, quienes menores ingresos perciben por su trabajo. Trasportarse en domingo a las 06:00 de la mañana en la mayoría de los casos, se hace por necesidad, no por gusto.

El no contar con el Sistema de Transporte Colectivo Metro para transportarse en el horario y día referidos, implica problemas para las personas, ya que deben buscar una opción que les permita trasladarse y cumplir con sus responsabilidades laborales, lo que requiere utilizar otras modalidades, en ocasiones más costosas (taxis), perjudicando con ello la economía personal y familiar.

Como sustento de lo anterior, tenemos que las zonas centrales están mucho mejor interconectadas que la periferia, el acceso a transporte público se reduce en la periferia de las urbes, llevándonos nuevamente a una cuestión de desigualdad, ya que el 25% de los hogares de más bajos ingresos gastan en promedio el 18% de su ingreso en trasladarse, mientras que el 25% con mayores ingresos gasta sólo el 6% de su ingreso en transporte. Paradójicamente, el grupo de ingreso más alto también tiene el 80% de los vehículos privados de la ciudad. (6)

Se estima que la ciudad de Londres tiene una población de 8 millones 630 mil habitantes, (17) en donde diariamente se realizan 26 millones de traslados en transporte público.

En cambio, en la Ciudad de México, con una población de 20 millones 843 mil habitantes en el año 2014, convirtiéndola en la cuarta ciudad más poblada del mundo, (18) el 70% de la población utiliza el transporte público para trasladarse, y el 30% restante utiliza el automóvil privado para tal fin, donde el promedio de pasajeros por viaje es de 1 persona.

La Ciudad de México, es sin duda alguna una urbe de vanguardia, en relación a la defensa de los derechos de los distintos grupos sociales que la conforman, su gobierno se caracteriza por identificar las problemáticas que se presentan y resolverlas, no solo discutirlas; por lo que ajustar el horario del servicio del Metro, seria precisamente solucionar una deficiencia en relación a la movilidad en la ciudad, en beneficio de millones de sus habitantes, de personas que viven en los municipios que la rodean y que vienen a trabajar a esta Ciudad el día domingo desde muy temprano. Solucionar la movilidad de un trabajador el día domingo para llegar a tiempo a su trabajo, es ayudar a toda su familia, no hablamos de miles de personas, nos referimos a millones de ellas.

Es por ello, que establecer un horario de 06:00 a 24:00 horas para el día domingo, sería en beneficio de todas aquellas personas que en un día inhábil también van a trabajar.

El Estado tiene la obligación de generar las condiciones adecuadas para el desarrollo de los gobernados en todas las esferas, y en este sentido, el facilitar la movilidad de la población económicamente activa es una responsabilidad que debe adecuarse a la realidad presente.

En relación a lo anterior, el año pasado se celebró en la Ciudad de México el Gran Premio de México de la Fórmula 1, en el Autódromo Hermanos Rodríguez, y el Metro inicio su servicio una hora antes de lo habitual los días sábado 31 de octubre y domingo 1 de noviembre, lo anterior “en apoyo” a las más de 100 mil personas que se estimó asistirían al evento, es decir “en apoyo” de miles de personas que se irían a divertir a un evento sumamente caro.

En este evento, las 12 líneas de la red iniciaron labores el sábado 31 de octubre a las 05:00 horas y concluyeron a las 24:00 horas, en tanto, el domingo 1 de noviembre, las personas pudieron hacer uso del metro a partir de las 06:00 horas y hasta la medianoche. (9)

Lo anterior, deja más que claro que la medida se puede tomar, porque existen los recursos materiales y humanos para llevarla a cabo, y si en esa ocasión pudo instaurarse para que pudieran trasladarse miles de personas a fin de divertirse, también podría considerarse de manera permanente, a fin de que millones de personas puedan viajar por la red en día domingo a partir de las 06:00 de la mañana a fin de ir a trabajar.

Otra arista del tema que nos ocupa y que debe considerarse como un argumento de peso para aprobar el presente punto de acuerdo, es el origen de las personas que trabajan el día domingo en la Ciudad de México, pero que viven en el Estado de México; en este sentido y según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en la zona metropolitana del Valle de México – que incluye toda la Ciudad de México, 59 municipios del Estado de México y uno de Hidalgo – viven poco más de 20 millones de habitantes. En el Distrito Federal viven casi 9 millones, mientras que en los casi 60 municipios mexiquenses que forman parte de esta zona habitan más de 11 millones de personas. (7)

La Ciudad de México es una de las entidades que tiene el mayor número de emigrantes. Casi el 80% de las personas que decidieron dejar de vivir en ella lo hicieron para mudarse a algún municipio del Estado de México, pero trabajan en esta Ciudad. (7)

Así entonces, una persona que vive en el Estado de México, pero que trabaja en la Ciudad de México, debe levantarse a las 04:30 de la mañana, para llegar a su centro de trabajo a las 07:00. El individuo además requiere de tomar en promedio tres modalidades de trasporte para llegar a su destino, entre ellos el Metro. (7)

El promedio de tiempo de traslado de estas personas a su centro de trabajo es de 2 a 3 horas, dependiendo del destino, tiempo que se incrementa si no hay servicio del Sistema de Transporte Colectivo Metro.

En este sentido, una encuesta de IBM Commuter Pain Survey, reveló que el tránsito afecta negativamente el desempeño laboral del 56% de las personas que viven o trabajan en la Ciudad de México, (7) por lo que también podemos encuadrar la presente propuesta a fin de paliar un tema de salud pública.

El día domingo, la persona que trabaja debe levantarse a la misma hora que entre semana, y afrontar un pequeño inconveniente, el Metro está cerrado, por lo que su tiempo de traslado será mayor y su costo se incrementara.

Por lo anterior, si nos referimos a la movilidad enmarcada en una perspectiva de los derechos humanos, ésta debe poseer: calidad, disponibilidad y accesibilidad, por lo que este punto de acuerdo busca fortalecer la segunda característica.

Es correcto planear el futuro, pero primero debemos resolver el presente. Todo lo relacionado con la movilidad es un asunto público que no debe politizarse, y que debe enfocarse al bienestar de las personas que utilizan hoy el transporte público para trasladarse.

El gobierno de la Ciudad de México, ha mencionado la importancia del desarrollo urbano orientado al transporte, con el cual se busca reducir la distancia de los viajes entre los hogares, los lugares de trabajo, las escuelas y centros de convivencia, y que la responsabilidad de las autoridades es con la gente.(6) Por lo anterior, estamos seguros que la presente propuesta será bien recibida por las autoridades correspondientes, ya que es en beneficio de millones de personas que solo requieren de condiciones óptimas para desplazarse e ir el día domingo a trabajar.

El presente punto de acuerdo busca mejorar las condiciones de movilidad de las personas que trabajan el día domingo, lo cual permita ahorrar tiempo y dinero en transportación, mejorando con ello la calidad de vida de las familias, la infraestructura existe, solo falta la voluntad, misma que estamos seguros tendrá el Gobierno de la Ciudad de México.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único: Por el que se exhorta al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y al Director General del Sistema de Transporte Colectivo Metro, para realizar las acciones necesarias a fin de que el horario de servicio el día domingo, de esta modalidad de transporte, sea de las 06:00 a las 24:00 horas.

Referencias

(1)http://www.metro.df.gob.mx/operacion/cifrasoperacion. html

(2) http://archivo.eluniversal.com.mx/periodismo-datos/2014/-articulos-8547 7html-85477.html

(3) http://ciudadanosenred.com.mx/saturacion-la-cruda-realidad-del-metro-ca pitalino/

(4) http://www.24-horas.mx/manana-horario-de-dia-festivo-en-el-metro-podras -viajar-con-tu-bici/

(5) http://lajornadajalisco.com.mx/2013/02/en-mexico-28-9 -millones-de-personas-trabajan-en-sector-informal-inegi/

(6) http://www.animalpolitico.com/2013/10/en-el-df-3-de-cada-10-viajes-se-h acen-en-autos-particulares-que-ocupan-el-85-del-espacio-vial/#

(7) http://mexico.cnn.com/nacional/2011/04/08/8-de-cada-1 0-personas-que-salen-del-df-se-van-a-vivir-al-estado-de-mexico

(8) http://viajemosentren.com/2010/06/30/de-paris-a-londr es-en-el-tren-eurostar/

(9) http://www.excelsior.com.mx/adrenalina/2015/10/30/105 4299

(10) http://www.onuhabitat.org/
Reporte%20Nacional%20de%20Movilidad%20Urbana%20en%20Mexico%202014-2015%20-%20Final.pdf

(11) http://www.metrobus.df.gob.mx/faq.html#cuatro

(12) http://www.parametria.com.mx/DetalleEstudio.php?E=4539

13) http://www.elgrafico.mx/al-dia/19-06-2015/metrobus-in suficiente-10-anos-de-existencia

(14) http://www.metro.df.gob.mx/operacion/cifrasoperacion .html

(15) http://www.elgrafico.mx/al-dia/19-06-2015/metrobus-i nsuficiente-10-anos-de-existencia

(16) http://www.metrobus.df.gob.mx/rutas.html

(17) https://es.wikipedia.org/wiki/Londres

(18) http://www.animalpolitico.com/2014/07/la-ciudad-de-mexico-la-4a-mas-pob lada-del-mundo-confirma-la-onu/

(19) http://sitl.diputados.gob.mx/LXIII_leg/dictameneslxiii_pa.php?tipot=%20 &pert=&idacut=22

(20) http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2016/ene/20160107-III.html#Pro posicion45

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado Jonadab Martínez García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita al gobierno federal que remita a la Cámara de Senadores las listas de candidatos a magistrados del Tribunal Superior Agrario y tribunales unitarios agrarios, suscrita por integrantes de todos los grupos parlamentarios

Los suscritos, integrantes de la Comisión de Reforma Agraria de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El ámbito urbano y agrario de México debe mantenerse en armonía. Mientras se impulsa la planeación y regulación de los centros de población, se debe incentivar el desarrollo agrario a partir de programas y acciones que fomenten la regularización de la propiedad social y la certeza en la tenencia de la tierra, para que sea posible fomentar el desarrollo y acceso a servicios públicos en localidades rurales; solucionar los conflictos agrarios y asegurar la paz en el campo.

Y es que el 51% del territorio nacional (más de un millón de kilómetros cuadrados) son tierras de propiedad social en las que viven casi 26 millones de mexicanos. En total hay 31,893 ejidos y comunidades con 8.1 millones de sujetos agrarios para cuya atención se requieren políticas encaminadas a fomentar su desarrollo a partir de la tenencia de la tierra, desarrollar capacidades técnico-productivas de sus habitantes y preservar la gobernabilidad en el sector agrario.

Según los datos del Inegi, en 2010 existían en México 188,596 localidades rurales en las que viven casi 26 millones de habitantes. Estas pequeñas localidades constituyen la población rural de México y reflejan un modo de vida con pocas instituciones, un alto nivel de aislamiento, pocas oportunidades de desarrollo, una baja división social del trabajo y un alto predominio por las actividades productivas asociadas al autoconsumo.

Los ejidos y comunidades representan también un componente fundamental en la estructura de la propiedad de los recursos naturales en el país, con importante incidencia en su utilización productiva, en su relación con la inversión en el campo, en la generación de empleo y autoempleo, en la distribución del ingreso y en la sostenibilidad ambiental de las actividades económicas.

Cabe señalar que México enfrenta un fenómeno de empobrecimiento del sector rural que es necesario revertir; en 2012, de acuerdo con cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el 40.1% de los habitantes en zonas rurales se encontraban en situación de pobreza y el 21.5% en pobreza extrema.

Un importante número de familias mexicanas emigran de centros de población en los que ya no encuentran oportunidades para su desarrollo debido a que no cuentan con derechos agrarios, y se asientan de manera informal en tierras comunales o ejidales sin uso, apartadas y distantes de centros y núcleos urbanizados, y con carencias en el acceso a servicios de agua potable, drenaje y electricidad.

En materia de procuración e impartición de justicia agraria, durante las últimas dos décadas se han privilegiado los procesos de conciliación. No obstante los avances, aún existen cerca de 50 mil asuntos en trámite en los Tribunales Agrarios. Estados como Chiapas, Oaxaca, Michoacán, Veracruz y Tabasco presentan mayor conflictividad.

Los Tribunales Agrarios se componen de un Tribunal Superior y 56 Tribunales Unitarios Agrarios. El Tribunal Superior se integra por cinco magistrados numerarios, mientras que los Tribunales Unitarios están a cargo de un magistrado numerario.

Son precisamente estos Tribunales los responsables de resolver las controversias por límites de terrenos entre dos o más núcleos de población ejidal o comunal, y de éstos con pequeños propietarios, sociedades o asociaciones; la restitución de tierras, bosques y aguas a los núcleos de población o a sus integrantes; el reconocimiento del régimen comunal; los juicios de nulidad contra resoluciones dictadas por las autoridades agrarias que alteren, modifiquen o extingan un derecho o determinen la existencia de una obligación; las controversias en materia agraria entre ejidatarios, comuneros, posesionarios o avecindados entre sí; así como las que se susciten entre éstos y los órganos del núcleo de población; y las controversias relativas a la sucesión de derechos ejidales y comunales.

También son competentes para conocer de las nulidades previstas en las fracciones VIII y IX del artículo 27 constitucional, así como las resultantes de actos o contratos que contravengan las leyes; las omisiones en que incurra la Procuraduría Agraria y que deparen perjuicio a ejidatarios, comuneros, sucesores, pequeños propietarios, avecindados o jornaleros agrícolas; los negocios de jurisdicción voluntaria en materia agraria; las controversias relativas a los contratos de asociación o aprovechamiento de tierras ejidales; las reversiones a que se refiere el artículo 97 de la Ley Agraria; la ejecución de los convenios a que se refiere la fracción VI del artículo 185 de la Ley Agraria, así como de la ejecución de laudos arbitrales en materia agraria, entre otros.

Por su parte el Tribunal Superior Agrario es el responsable de resolver los recursos de revisión en contra de las sentencias dictadas por los tribunales unitarios; los conflictos de competencia entre los tribunales unitarios; y el establecimiento de jurisprudencia, entre otros.

La presente Proposición con Punto de Acuerdo obedece a que actualmente los Tribunales Agrarios presentan un preocupante rezago debido a que desde hace varios años existen dos vacancias en el Tribunal Superior y 14 Tribunales Unitarios están acéfalos, aunado a que siete Magistrados ya concluyeron su periodo y tampoco ha sido sometida al Senado su ratificación.

Distritos como el 15 de Guadalajara, el 17 de Morelia, los Distritos de Colima, Chilpancingo, Ixtapa - Zihuatanejo, Culiacán, Mazatlán, Hermosillo, La Paz, Jalapa, Tampico, Comitán y Tapachula, no cuentan con titular desde hace años con el consecuente rezago en la emisión de autos y resoluciones en perjuicio de miles de campesinos y haciendo nugatorio el derecho a una justicia pronta y expedita.

El artículo 15 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios establece que “...los magistrados serán designados por la Cámara de Senadores y, en los recesos de ésta por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a propuesta del Presidente de la República. El Presidente propondrá una lista de candidatos, de la cual la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, deberá elegir a los magistrados...”

No obstante esta disposición legal, el Presidente de la República, por razones que se desconocen, no ha enviado a la Cámara de Senadores las listas correspondientes con los candidatos a cubrir estas vacantes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente y obvia resolución:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Gobierno Federal remita a la Cámara de Senadores, a través de los canales correspondientes, las listas de candidatos a Magistrados del Tribunal Superior Agrario y de los Tribunales Unitarios Agrarios, a efecto de que este órgano jurisdiccional federal, pueda abatir el enorme rezago que presenta en materia de impartición de justicia agraria.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputados: Jesús Serrano Lora (rúbrica), presidente; Antonio Amaro Cancino, José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), Óscar García Barrón, Heidi Salazar Espinosa, Carlos Bello Otero, Patricia García García (rúbrica), Moisés Guerra Mota (rúbrica), Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, Efraín Arellano Núñez (rúbrica), René Mandujano Tinajero, David Mercado Ruiz (rúbrica), Héctor Barrera Marmolejo (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez, Iveth Bernal Casique, Oswaldo Guillermo Cházaro Montalvo (rúbrica), Lilia Arminda García Escobar (rúbrica), Cirilo Vázquez Parissi, Fernando Galván Martínez (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a difundir las razones y los efectos ambientales del proyecto “Construcción de un sitio para el reciclaje, tratamiento y confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados”, en General Cepeda, Coahuila, a cargo del diputado René Cervera García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado René Cervera García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, que exhorta a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, al gobierno del estado de Coahuila y al gobierno municipal de General Cepeda, Coahuila, se haga la difusión pública de las razones y los impactos ambientales del proyecto denominado “Construcción de un sitio para el reciclaje, tratamiento y confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados” en el municipio de General Cepeda y den respuesta a los recursos jurídicos que se han interpuesto ante ellos por parte de la ciudadanía para este asunto, con fundamento en la siguiente

Exposición de Motivos

El 18 de julio de 2014 los habitantes del municipio de General Cepeda, Coahuila, conocieron que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, en la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, en la Semarnat había autorizado la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto Construcción de un sitio para el reciclaje, tratamiento y confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados, de la Sociedad Ecológica del Norte, SA de CV.

Esta fue una noticia sorprendente dado que General Cepeda, también conocido como Villa de Patos, no tiene actividad industrial alguna que sea fuente de desechos peligrosos o de alto riesgo, ya que se trata de una región íntegramente dedicada a actividades agropecuarias y de turismo paleontológico. Una noticia aciaga porque se trata de un proyecto de basurero tóxico. Sí, un confinamiento de residuos peligrosos que expone a potenciales daños ecológicos al medio ambiente y al subsuelo del lugar, amenazando con provocar consecuencias dañinas irreversibles en perjuicio de los habitantes del lugar.

Una vez que se revisa el documento de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, es posble darse cuenta que los considerandos y términos en los cuales se funda su resolución no es sino una relación de información acomodada para justificar, sin evaluar con rigor científico y jurídico, dicha autorización.

En el resolutivo, se omite decir que expresamente está prohibido el confinamiento de residuos peligrosos en estado líquido, cuando en el proyecto sólo se describe de manera ambigua “un confinamiento controlado de residuos peligrosos estabilizados”, sin precisar que nunca habrá en estado líquido.

También se omite en su análisis que las potenciales fuentes de desechos peligrosos y de alto riesgo están en las zonas industriales de los municipios de Ramos Arizpe y Saltillo, y que para tal efecto precisamente en 2004, la misma Dirección General autorizó la construcción y operación de un CIMARI (Centro Integral para el Manejo y Aprovechamiento de Residuos Industriales) en sus demarcaciones, en una superficie de 6 mil hectáreas, y que dichas instalaciones tienen capacidad para el tratamiento de los residuos de ambos municipios para los siguientes 50 años.

Esta claro que la propuesta del basurero tóxico no corresponde a lógica alguna y por el contrario, si los residuos son provenientes de Ramos Arizpe y Saltillo, su traslado por más de 80 kilómetros por carretera, significaría la inevitable contaminación esparcida de toneladas de desechos, resultando por lo tanto absurdo e incosteable abrir nuevos depósitos lejanos cuando los próximos a las zonas industriales resultan sobrados de capacidad para prestar el servicio.

Por otro lado, si el traslado se realiza por tren, la única explicación para ubicarlo en General Cepeda es que se querrá importar residuos riesgosos, e incluso radioactivos de los Estados Unidos, lo cual ya se intentó hace 15 años por el entonces titular del Instituto Nacional de Ecología Gabriel Quadri de la Torre, pretendiendo hacerlo en el ejido San José de la Paila.

Resulta extraño que para la emisión del resolutivo de dicha Dirección General de la Semarnat no hayan opinado la Universidad Autónoma de Coahuila, la Dirección General de Vida Silvestre, la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial, la Dirección General del Organismo de la Cuenca de Río Bravo. Tampoco lo hizo la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.

Considerandos

Que ante esta situación los habitantes de la Villa de Patos se han inconformado, organizado y movilizado, y han manifestado un rechazo total al proyecto del basurero, presentando desde 2014 un recurso jurídico ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a cargo de Juan José Guerra Abud y el titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, Alfonso Flores Ramírez, y que lamentablemente, este recurso ha sido ignorado y aún no se tiene respuesta por las autoridades señaladas.

Que de la misma forma, el propio Rubén Moreira Valdez, gobernador del estado de Coahuila, Rodolfo Zamora Rodríguez, alcalde de General Cepeda, regidores del municipio y Eglentina Canales Gutiérrez, Secretaría del Medio Ambiente en el estado de Coahuila, han dejado incontestada la denuncia.

Que por ello, la ciudadanía cepedense ha recurrido a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y el 29 de enero de 2015, ha presentado una “denuncia popular” para que revise exhaustivamente la autorización de la Semarnat, se le concedan las medidas cautelares para la suspensión de cualquier avance en las instalaciones del confinamiento y para que el doctor Guillermo Haro Bélchez, procurador federal denuncie ante el Ministerio Público federal los delitos ambientales que se pretendan consumir o que estén consumados en grado de tentativa, así como la demanda de responsabilidades administrativas y patrimoniales que procedan, y en su caso, dada su notoria improcedencia, ordene también la revocación inmediata del proyecto.

Que dado que se va a cumplir un año, y aún no hay respuesta de esta Procuraduría y dado que como medidas complementarias, los habitantes de Villa de Patos y de otros municipios de Coahuila, y con el apoyo de organizaciones no gubernamentales, se han expresado ya en las calles y carreteras de manera pacífica, y que apenas el pasado domingo concluyeron una caminata de 4 días y 92 kilómetros.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la misma Secretaría, contesten el recurso jurídico del 4 de junio de 2014 que contiene la inconformidad y el rechazo total a la autorización que la empresa Sociedad Ecológica del Norte S.A de C.V ha solicitado para la construcción de un centro de confinamiento en el ejido La Noria de la Sabina, municipio de General Cepeda, suscrito por el comisariado ejidal del ejido Hipólito del municipio de Ramos Arizpe Coahuila, Marcelino López Alcalá, por el Consejo de Vigilancia Santiago Martínez Alemán, el secretario Raúl Marines González, el juez auxiliar Santiago Martínez y 89 nombres con firma de los habitantes del mismo ejido. Dicho recurso fue recibido con folio COHH/2014-0000154.

Segundo. Se solicita a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la misma Secretaría se hagan públicas detalladamente, y con rigor y sustento jurídico y científico, la autorización (oficio número S.G.P.A./DGIRA/DG.06159 de fecha 18 de julio de 2014) de la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto “Construcción de un sitio para el reciclaje, tratamiento y confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados”, de la Sociedad Ecológica del Norte, SA de CV, con pretendida ubicación en el municipio de General Cepeda, Coahuila, determinándolo ambientalmente viable.

Tercero. Se solicita a los titulares del gobierno del estado de Coahuila y del gobierno del municipio de General Cepeda, Coahuila, hagan la difusión pública de las razones y los impactos ambientales del proyecto “Construcción de un sitio para el reciclaje, tratamiento y confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados” en el municipio de General Cepeda y den respuesta al recurso jurídico (sello de recepción de fecha 19 de diciembre de 2014) que se ha interpuesto ante ellos por parte de la ciudadanía para este asunto.

Cuarto. Se solicita al titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que responda el recurso jurídico del 29 de enero de 2015 denominado “denuncia popular” en el que se le solicita que revise exhaustivamente la autorización dada por la Semarnat, desahogue y resuelva por su carácter de obvio y especial pronunciamiento, los rechazos hechos con anticipación por diversos ejidos, que no han sido debidamente substanciados, se le conceda a los promoventes del recurso las medidas cautelares para la suspensión de cualquier avance en las instalaciones del confinamiento, denuncie ante el Ministerio Público federal los delitos ambientales que se pretendan consumir o que estén consumados en grado de tentativa, así como la demanda de responsabilidades administrativas y patrimoniales que procedan, y en su caso, dada su notoria improcedencia, ordene también la revocación inmediata del proyecto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado René Cervera García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y el gobierno de Veracruz a emprender acciones para atender la situación de inseguridad en el estado, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Norma Rocío Nahle García, diputada del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El estado de Veracruz vive una crisis de inseguridad provocada por una violencia criminal desbordada. El gobierno de Javier Duarte de Ochoa ha sido incapaz de detener este clima insostenible y devolver a los veracruzanos la tranquilidad que tanto anhelan.

En los últimos meses las noticias dan cuenta de la gravedad de la situación, así en la cuenca del Papaloapan, entre finales de julio y principios de agosto de 2015 fueron halladas al menos 9 personas ejecutadas en la carretera Isla-Playa Vicente, todas las cuales fueron previamente “levantadas” con violencia; en otras zonas del estado la situación de violencia se repite: el 22 de julio fue encontrada una persona decapitada en una playa de Alvarado; el 12 de agosto fue asesinado un líder de manifestantes en Tixtepec; el 2 de diciembre fueron hallados cuatro cuerpos en la autopista Acayucan-Cosoleacaque; el 3 de diciembre fueron asesinadas tres personas de origen poblano en la carretera Tinaja-Cosoleacaque; el 11 de diciembre dos hombres fueron asesinados en un paraje de la carretera Villa Azueta-San Jerónimo en el municipio de José Azueta. Sin dejar de recordar los violentos robos que se registran en todas las carreteras de la entidad, como los sucedidos a principios de diciembre pasado en la carretera Tinaja-Cosoleacaque que dejaron un saldo de dos pasajeros muertos.

De hecho Veracruz ocupa el primer lugar nacional en asaltos en carreteras, esto de acuerdo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública:

“En la totalidad de esos robos se ha usado la violencia y los asaltantes han causado lesiones a los pasajeros; incluso hay denuncias de que en esos atracos se han cometido ultrajes contra mujeres.

En el reporte sobre incidencia delictiva de 2014, se sitúa a la entidad gobernada por Javier Duarte de Ochoa como el estado en donde más delitos en carretera se dieron en todo el país, con 48 reportes en total.

Estos robos significan no sólo que la ciudadanía está más expuesta a viajar por la noche, sin importar que usen líneas de primera clase como la de ADO, sino el fracaso en materia de seguridad pública en carreteras para el secretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita, y también para cada comisaría de la Policía Federal de la división Caminos en la entidad.

En esos robos se concentra, por ejemplo, los más de 15 asaltos a camiones de pasajeros registrados a lo largo del año pasado en carreteras del sur del estado; los tramos más peligrosos fueron la federal 180 por el lado de Acayucan, Jáltipan y Minatitlán.”1

De la violencia no queda exenta la capital del estado en donde desde octubre pasado por “el alto índice de violencia, la empresa Servicio Urbano de Xalapa (SUX) suspendió su ingreso en seis colonias de la ciudad después de las 21:00 horas. Además de que han implementado diversos protocolos de seguridad con la finalidad de proteger a los choferes.... En estos sectores poblacionales desde julio a la fecha incrementaron los asaltos a conductores y pasajeros por sujetos con armas de fuego u objetos punzocortantes.”2

El pasado 11 de enero se reportó la desaparición de cinco jóvenes en el municipio de Tierra Blanca, Veracruz, se trata de José Benítez de la O, de 24 años de edad; Mario Arturo Orozco, de 27 años; Alfredo González Díaz y Bernardo Benítez Arroniz, ambos de 25 años de edad; así como Susana Tapia Garibo de 16 años; diversos medios de comunicación han dado cuenta de este acontecimiento que resulta doblemente preocupante si se considera que fueron policías estatales quienes los detuvieron y fue desde ese momento que se desconoce su paradero, así lo señalaron diversos testimonios. Los jóvenes desaparecidos se dirigían del Puerto de Veracruz, en donde pasaron su periodo vacacional, hacía Playa Vicente su lugar de origen; el vehículo en el que viajaban fue localizado abandonado en la congregación Paso del Toro, municipio de Medellín de Bravo, ubicado a unos 100 kilómetros de Tierra Blanca.

El fiscal general del estado de Veracruz, Luis Ángel Bravo Contreras, ha confirmado la detención de cuatro elementos de la policía adscritos a la Delegación de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) con base en Tierra Blanca, como presuntos responsables de la desaparición forzada de los cinco jóvenes, el funcionario estatal dio cuenta de la existencia de videos que incriminan a los elementos policiacos en esta desaparición.

Estamos ante la presencia de un lacerante caso más de desaparición forzada que la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, define como “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del estado, seguida de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”3

Según datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2015, en Veracruz aumentó la incidencia de los delitos de extorsión, robo y fraude; sabemos que cualquier cifra y estadística en materia delictiva nunca nos expondrá lo que acontece realmente, es un hecho que la gran mayoría de los ilícitos no son denunciados por temor de las víctimas, no es difícil imaginar el terror que sienten los familiares de las víctimas de secuestros o desapariciones forzadas el cual les impide denunciar, de hecho la misma encuesta estima que para el 2014 en el estado de Veracruz se denunció sólo 13.7 por ciento de los delitos, esto significa que 86.3 por ciento de los delitos cometidos no se denunciaron, además del miedo, otro factor que inhibe la denuncia es el alto índice de desconfianza que hay en las autoridades encargadas de la administración y procuración de justicia.

El clima de inseguridad que se vive en Veracruz es percibido por todas y todos, hasta los más pequeños, de acuerdo con el resultado de la Consulta Infantil y Juvenil 2015, que realizó el Instituto Nacional Electoral (INE) el 7 de junio pasado, de los 88 mil 139 niños veracruzanos que participaron en la primer categoría (de seis a nueve años), 66 mil 516 de ellos dijeron sentirse inseguros en la calle. La Envipe citada anteriormente revela que el nivel de percepción sobre inseguridad pública en Veracruz en 2015 es de 80.5 por ciento, además 53.2 por ciento de la población de 18 años y más considera a la inseguridad como el problema más importante que aqueja hoy en día a la entidad, y es que “de acuerdo con cifras del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la entidad concentra altos índices de delitos, en particular entre 2010 y 2015, periodo del gobernador Javier Duarte, según este sistema nacional, Veracruz es de las entidades que registra mayor número de denuncias por amenazas en el país, además de altos índices de homicidios dolosos, ataques sexuales y secuestros desde el 2010 a la fecha”.4

Así, en Veracruz la inseguridad es un problema que ha rebasado a las autoridades, siendo las extorsiones, el secuestro y la desaparición forzada los delitos que desafortunadamente comienzan a prevalecer en esta entidad, a pesar de que en ella se ha comenzado a instrumentar el mando único policial.

La región en la que se dio la desaparición de los cinco jóvenes es ya considerada por muchos de sus habitantes como una región de terror, y es que en efecto la cuenca del Papaloapan ha sido agobiada los últimos años por el crimen y la violencia, la cuenca del Papaloapan se integra por municipios de Veracruz, Puebla y Oaxaca, entre los municipios veracruzanos encontramos Playa Vicente, Tierra Blanca y Tres Valles, recordamos que en este último municipio a mediados de 2014 fueron halladas 13 fosas clandestinas de donde se extrajeron al menos 32 cuerpos y diversos reportes dan cuenta de la desaparición de más de 80 personas en esta región, también recordamos que en mayo de 2015, el reportero veracruzano Armando Saldaña Morales fue hallado en los límites de Oaxaca y Veracruz, en Cosolapa, con al menos cuatro impactos de bala.

Sobre lo que acontece en estos momentos en Playa Vicente por la desaparición de cinco de sus habitantes, diversos medios dan cuenta de la consternación de familiares de los desaparecidos y de vecinos en general de este municipio:

“Tener desaparecido a un familiar es la agonía más grande que te puedas imaginar, tu vida se acaba en ese instante. No hay palabras para describirte el dolor que uno siente. Puedes tener todo el oxígeno, y tú te ahogas”, sentencia María, una mujer que solicita ser llamada así para dar su testimonio.

María es habitante de Playa Vicente, ella junto a otras personas que son amigos y familiares de los cinco jóvenes desaparecidos en Tierra Blanca, protestan en la Plaza Lerdo, frente al palacio de gobierno donde despacha Javier Duarte de Ochoa.

“Todos los que estamos aquí, es porque hemos pasado por situaciones similares. Ya no queremos más desaparecidos. ¿Cómo crees que se siente nuestro pueblo?”, cuestiona. La mujer pasó una experiencia similar con una de sus hijas, desaparecida desde hace tres años.

“No tengo miedo, tengo coraje, tengo impotencia. Me duele ver que por un rato que tú salgas por necesidad o gusto, pases por equis lugar y te suceda esto”.

Aunque no quiere entrar en mayores detalles, María mantiene la esperanza que estos chicos sí sean devueltos a sus casas, con sus familias.

“Lo que queremos es ahorita, si no se resolvió aquello que se resuelva esto”, suplica”5

La ola de violencia que azota al estado de Veracruz ciertamente es consecuencia del aumento de la pobreza y del crecimiento de la delincuencia organizada, pero paradójicamente otro factor que se menciona como responsable de esta escalada de violencia y particularmente del aumento de desapariciones forzadas es la inusual presencia de policías y militares en esta entidad, en la cual como ya se mencionó se ha instrumentado el llamado “mando único policial” en al menos 60 de sus municipios, así en opinión de diversas organizaciones:

“Las desapariciones forzadas han aumentado en el estado como consecuencia de las acciones que en materia de seguridad pública detentan hoy las fuerzas armadas y la policía estatal, las cuales y de acuerdo con cifras proporcionadas por el Colectivo por la Paz son responsables de la desaparición de 665 personas, entre las cuales se encuentran 122 menores de edad. Ya desde 2012, la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos (Províctima) colocó al estado de Veracruz como una de las cinco entidades que concentran la mitad de las víctimas del dicho delito. En los primeros cinco meses de 2013, el Sistema Nacional de Alerta de Violación a los Derechos Humanos, creado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), ubicó a Veracruz en el primer lugar nacional, con 12 expedientes abiertos. Por su parte, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) tiene registrados, entre 2011 y 2013, al menos 388 desapariciones forzadas”6

Esta alarmante situación nos lleva invariablemente a cuestionar la efectividad de las políticas militares que se han venido impulsando para combatir la criminalidad y en el mismo sentido la aplicación del Mando Único Policial como estrategia de combate al crimen organizado, que ya se ha visto no ha logrado ni siquiera reducir los índices delictivos sino todo lo contrario; es evidente que el mando único no ha logrado frenar la infiltración de las policías, las que siguen siendo afectadas por el fenómeno de la corrupción. El gobernador de Veracruz Javier Duarte en entrevista telefónica para “Xeu Noticias” refirió: “La seguridad pública por parte del gobierno de Veracruz está en todo el estado (...) En 67 municipios nosotros tenemos la responsabilidad de la seguridad pública, es decir 67 alcaldes no se tienen que preocupar por la seguridad pública, pueden dormir tranquilamente porque el que es el responsable en estos 67 municipios es un servidor”.7

Estas declaraciones han puesto de manifiesto la incapacidad y el incumplimiento del gobernador para con el tema de la seguridad pública, ya que ni los alcaldes, ni los veracruzanos “pueden dormir tranquilos” ante el clima de inseguridad que existe en la entidad.

“Según información recabada por Amnistía Internacional, la mayoría de las desapariciones han tenido lugar en estados donde en los últimos años ha habido elevados índices de violencia delictiva y se ha intensificado la presencia de la policía y las fuerzas de seguridad.”8

La desaparición forzada de personas es sin duda uno de los crímenes más crueles que puede cometerse, la comunidad internacional ha coincidido en calificarlo como delito de lesa humanidad, si se considera además que las víctimas y sus familias son por este delito torturadas continua y prolongadamente. Aunque nuestro país ha signado tratados internacionales para prevenir y erradicar la desaparición forzada, ésta va en aumento y lo que resulta también más delicado es el alarmante grado de impunidad que impera en estos casos.

El 9 de octubre pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo de la procuradora general de la República por el que se crea la Fiscalía Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la cual será competente para dirigir, coordinar y supervisar las investigaciones para la búsqueda y localización de personas desaparecidas y, en su caso, su identificación forense, así como para perseguir los delitos relacionados con la desaparición de personas; entre las facultades del titular de esta fiscalía se encuentra la de ejercer la facultad de atracción de los delitos del orden común relacionados con su ámbito de competencia.

Amnistía Internacional en su documento Enfrentarse a una pesadilla . La Desaparición de personas en México , refiere que “Entre 2006 y 2012 se registró en México a más de 26 mil personas como desaparecidas o no localizadas. No está claro cuántas continúan desaparecidas actualmente. Algunas son víctimas de desapariciones forzadas en las que hay funcionarios públicos implicados...

A pesar del número escalofriante, las autoridades han fracasado de manera sistemática en investigar y aclarar la gran mayoría de los casos, incluso los muchos cientos de desapariciones en las que hay evidencia de detención o privación de la libertad por parte de agentes del estado o bandas de delincuentes. El fracaso sistemático por parte de las autoridades federales y estatales de tomar en serio las crecientes denuncias de desapariciones ha contribuido a crear un clima de tolerancia hacia estos crímenes.”9

Desde esta Comisión Permanente hacemos un llamado a las autoridades para que no fracasen en la investigación y aclaración de este caso de los cinco jóvenes desaparecidos en Tierra Blanca, Veracruz. Exigimos que este caso no quede impune, como han quedado muchos otros, exigimos a las autoridades realicen los esfuerzos suficientes para presentar con vida y cuanto antes a los desaparecidos, que se sancione a los responsables y se garantice el derecho a la verdad y a la reparación del daño a las víctimas directas y a sus familias.

Sin duda que este caso que traemos a esta tribuna nos hace recordar inmediatamente la desaparición forzada de 43 estudiantes de la escuela normal rural de Ayotzinapa en el estado de Guerrero, perpetrada el 26 de septiembre de 2014 por agentes de la policía municipal; no queremos bajo ninguna circunstancia que estas infames desapariciones comiencen a ser la constante.

Un gremio muy afectado por la violencia que se vive en Veracruz es el de los periodistas, así entre 2011 y 2015 han sido asesinados 15 de ellos, sin duda ejercer el periodismo en Veracruz es una profesión de alto riesgo. Condenamos el artero asesinato de la reportera Anabel Flores Salazar, quien recordamos, apenas el pasado 8 de febrero fue sustraída violentamente de su domicilio.

Las mujeres también son víctimas de la violencia que se vive en Veracruz, los feminicidios van a la alza, lo que ha dado lugar a que se solicite la declaratoria de alerta de género para la entidad. Sin dejar de mencionar la situación que vive la población homosexual y transexual, Veracruz es una de las entidades que registra un alto índice de crímenes de odio por homofobia y transfobia, los cuales en su gran mayoría han quedado impunes, no existe atención por parte de las autoridades estatales para erradicar la violencia contra este sector de la población.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo Federal y al titular del Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para que de manera inmediata y urgente establezcan una coordinación en la que intervengan por parte de la federación la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional de Seguridad y la Procuraduría General de la República; y por parte del estado de Veracruz, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Pública y la Fiscalía General, con la finalidad de emprender acciones para atender la grave situación de inseguridad que ha venido prevaleciendo en el estado de Veracruz, que amenaza la paz pública, el estado de derecho y que ha puesto en peligro a la sociedad veracruzana.

Segundo. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal y al titular del Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a considerar entre las acciones a realizar las siguientes: una intensa y permanente campaña de prevención del delito en todos los municipios de la entidad; revisar y rediseñar la estrategia de mando único implementado en diversos municipios de la entidad; establecer presencia policiaca permanente en las zonas del estado que presentan altos índices delictivos; fortalecer los operativos de vigilancia en todas las carreteras de la entidad para frenar los robos con violencia; acelerar las investigaciones sobre los delitos de desaparición forzada que se han cometido en la entidad durante los últimos cinco años, para que dichos ilícitos se esclarezcan y no queden impunes y brindar medidas de protección al gremio periodístico ante la violencia extrema de que han sido víctimas varios de sus miembros.

Notas

1 http://eldelsur.com/2015/02/22/ocupa-veracruz-primer-lugar-nacional-en- asaltos-carreteras-de-acuerdo-al-sesnsp/

2 http://eldelsur.com/2015/10/13/
suspenden-urbanos-servicios-en-6-colonias-de-xalapa-por-elevados-indices-de-inseguridad/

3 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ConventionCED.aspx

4 http://eleconomista.com.mx/sociedad/2015/08/05/veracruz-tierra-amenazas -homicidios-violaciones

5 http://e-veracruz.mx/nota/2016-01-15/estado/caso-tierra-blanca-un-famil iar-desaparecido-la-agonia-mas-grande

6 http://www.rebelion.org/noticidada.php?id=182041

7 http://www.xeu.com.mx/nota.cfm?id=744874

8 http://www.animalpolitico.com/2013/06/autoridades-involucradas-en-el-55 -de-las-desapariciones-ai/

9 http://amnistia.org.ar/sitio2/2015/category/documentos/page/4/?id=80

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SFP, la Sedesol y la SHCP a transparentar el ejercicio de 2016 del presupuesto del programa nacional México sin Hambre 2014-2018, a cargo del diputado René Cervera García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado René Cervera García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de la Función Pública, a la Secretaría Desarrollo Social y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, transparenten el ejercicio de 2016 del presupuesto del programa nacional México Sin Hambre 2014-2018, con la publicación de reportes bimestrales de la información física y financiera a nivel municipal concentrada de todos los programas que participan en dicho programa con fundamento en la siguiente

Exposición de Motivos

El programa nacional México Sin Hambre 2014-2018 carece de presentación específica como parte de los anexos del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016 publicados en el Diario Oficial de la Federación. La omisión es mayor porque el gobierno federal sostiene que corresponde a una estrategia de trabajo coordinado para atender la pobreza extrema de alimentación de poco más de 7 millones de personas, desde una perspectiva multidimensional y teniendo como eje la carencia de alimentación.

Se necesita la transparencia en este programa nacional tan importante para conocer con certeza y de manera integrada el total de programas federales que forman parte de este programa nacional, así como también se necesita conocer los municipios donde aplicará para el presente ejercicio presupuestal anual de 2016 y los montos precisos que se autorizan.

A pesar de los avances en transparencia de información pública, en el país aún persiste un alto grado de opacidad o incluso simulación de algunas dependencias públicas. Hoy se vuelve a sentir la necesidad de avanzar más en materia de transparencia, porque sólo así se contribuye a revertir las opiniones y los indicadores como el reciente reporte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre la corrupción en México.

La situación macroeconómica nacional afectada por la combinación de la alta volatilidad del peso frente al dólar y del precio del barril de petróleo ocasiona que el presupuesto en su diseño 2016 publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) aparente una gran fragilidad que signifiquen eminentes recortes o reorientaciones de recursos.

La rendición de cuentas tan necesaria e impulsada por el gobierno federal tiene que proporcionar la información suficiente para asegurar que los presupuestos de este tipo de programas nacionales se mantengan al margen del calendario electoral de 2016. Que los presupuestos no sean reorientados a los estados y municipios donde haya elecciones, que se queden donde y para lo que fueron aprobados.

Sobre el diseño del presupuesto base cero aprobado, resulta sustantivo generar información física, financiera y de operación más detallada que permita observar al bimestre el ritmo de ejercicio que llevan los programas y dimensionar las causas de los retrasos, ya sea por falta de eficiencia en la operación por parte de las áreas administrativas federales o por la incorrecta observancia de las reglas de operación de los ejecutores, porque ambas son bases para la reorientación de los recursos.

El presupuesto aprobado genera fuertes expectativas, especialmente en las autoridades municipales una vez publicado en el DOF, más en programas sociales como el México Sin Hambre. Se debe garantizar que los recursos aprobados sean ejercidos en los montos, municipios y modalidades especificadas.

Los habitantes y sus familias también levantan expectativas cuando conocen los beneficios del programa social, más cuando se trata de ayudar a la economía de la familia. Ellos esperan que los beneficios sean entregados como se les informa, poco entenderán de reorientaciones y recortes presupuestales por situaciones macroeconómicas.

Considerandos

Que el decreto por el que se aprueba el programa nacional México Sin Hambre 2014-2018 determina que la Secretaría de Desarrollo Social, con la participación que conforme a sus atribuciones les corresponde a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, dará seguimiento a la implementación de las acciones y al cumplimiento de los objetivos establecidos en este programa nacional, y reportará los resultados obtenidos con base en las metas e indicadores correspondientes.

Que el mismo decreto por el que se aprueba el programa nacional determina en su numeral VIII. Transparencia y Rendición de Cuentas, que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el uso de los recursos de los programas incluidos en la estrategia del programa nacional se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Que además determina que en apego a la Ley Federal de Transparencia, el programa nacional México Sin Hambre considera mecanismos para: transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información que generan los sujetos obligados; y favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de la Función Pública y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que transparenten el ejercicio de 2016 del presupuesto del programa nacional México Sin Hambre (PNMSH) 2014-2018, con la publicación de reportes bimestrales de la información física y financiera a nivel municipal concentrada de todos los programas que participan en el PNMSH. Para cada reporte, se anexe una nota sobre las insuficiencias operativas que impacten en el ejercicio.

Segundo. Que los reportes bimestrales se presenten y publiquen los primeros diez días terminado el bimestre de ejercicio, en los portales web de cada una de las tres secretarías de estado.

Tercero. La Secretaría de Desarrollo Social se asegurará también del correcto y puntual seguimiento e integración de esos reportes bimestrales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputado René Cervera García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Segob y la PGR a recibir a los familiares de Nestora Salgado García y José Manuel Mireles Valverde para estudiar las condiciones que deriven en su liberación, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Rocío Nahle García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

México está inmerso en una crisis humanitaria que no tiene precedentes en la historia reciente. Las autoridades han sido rebasadas y suplantadas por el poder fáctico del crimen organizado, mismo que se ha infiltrado en varias esferas de la vida política en todos sus niveles. Este cuadro se extiende por casi todo el territorio nacional y es evidente la incapacidad de brindar las garantías más básicas de seguridad por parte de las instancias de los gobiernos federales, estatales y municipales; de esta manera se puede resumir que se trata de un Estado fallido que ha renunciado a la capacidad de respetar lo más elemental que representa la vida de sus ciudadanos.

En el Informe Mundial 2015: México, elaborado por la reconocida organización de derechos humanos Human Rights Watch, revela que en nuestro país existe una grave crisis humanitaria, en la cual se identifican diversas problemáticas como: las desapariciones forzadas, la impunidad de abusos militares, la práctica común de la tortura, el deficiente sistema de justicia penal, las precarias condiciones en los centros de detención, la constantemente amenazada libertad de los medios de comunicación y la integridad de sus miembros, la violencia de género y la dramática situación de los migrantes.1 Las cifras abren en nuestro país un pasaje de verdaderas atrocidades donde la complicidad entre autoridades y crimen organizado es cada día más evidente. Sobra decir que el imperio de la ley en este país solo protege a los criminales y deja al desamparo a millones de ciudadanos que demandan seguridad y justicia.

El retrato internacional de nuestro país se encuentra caracterizado por uno de los países más inseguros de América Latina, según el portal de Forbes y el más corrupto de entre los miembros de la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo Económicos.

Ante este escenario que se ha impuesto a sangre y fuego, habitantes de comunidades de Guerrero, Michoacán y Jalisco han ejercido y construido mecanismos de protección y vigilancia comunitarios, recurriendo a las armas en defensa propia, cansados de los crímenes y abusos del crimen organizado frente a la inacción o complicidad de los gobiernos.

José Manuel Mireles Valverde, originario del municipio de Tepalcatepec y líder de las autodefensas en Michoacán, fue detenido el 27 de junio de 2014 con otras 45 personas en Lázaro Cárdenas, Michoacán por las autoridades mexicanas por violar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Esta acción ocurrió una semana después de una entrevista de televisión en Canal 13 que se vio interrumpida como consecuencia de una llamada telefónica de ordenar la terminación de la entrevista, en la que Mireles estaba denunciando la participación del presidente de México, en las irregularidades de Michoacán.

La situación actual de José Manuel Mireles Valverde muestra el grado de incapacidad por parte de este gobierno para garantizar la seguridad de sus ciudadanos y para proteger a aquellos que emprenden acciones desde sus comunidades para protegerse y defenderse del crimen organizado que se ha infiltrado en todos los ámbitos de la vida política nacional.

El académico Carlos Fazio, especialista en temas de seguridad, apunta: los hechos son que Mireles está preso por un delito formal que, si se persiguiera en forma equitativa y regular, llenaría las cárceles del país; que los grupos delictivos a los que el “doctor” combatía no han sido desmantelados; que en lo que va del actual sexenio las expresiones más lacerantes de la delincuencia organizada –el homicidio y la desaparición forzada–, lejos de disminuir con respecto al “calderonato” –de por sí cruento y violento–, se han incrementado, lo que indica la persistente ausencia de Estado en materia de seguridad pública y que la ciudadanía, en consecuencia, se encuentra más expuesta y amenazada que durante la administración pasada.

Hasta hoy, no se han llevado a cabo las investigaciones pertinentes para encontrar a los responsables de la captura arbitraria e imputación injustificada de delitos contra Mireles. Elementos que constituyen ejemplos evidentes de una mala procuración e impartición de justicia. Preguntamos ¿Por qué no se ha investigado la actuación de Alfredo Castillo Cervantes como comisionado para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán? Y por el contrario, se le ha nombrado –como si se tratase de un premio– titular de la Comisión Nacional del Deporte. La impunidad se extiende y persiste como la forma de hacer política de este gobierno.

Nestora Salgado García, Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias y su Policía Comunitaria, en el Estado de Guerrero, comandante de la Policía Comunitaria de Olinalá, comunidad ubicada en la región de La Montaña, al oriente de la entidad. Fue encarcelada desde el 23 de agosto de 2013, bajo los cargos de secuestro, asociación delictuosa, robo y homicidio; todos estos procesos se han llevado a cabo con plenas irregularidades y múltiples contradicciones. Las personas que la acusan no se han presentado a los careos y el proceso sigue alargándose, acumulándose nuevos cargos, donde los presuntos acusadores ni siquiera mencionan su nombre en las declaraciones.

Ambos casos constituyen uno de los procesos autonómicos más importantes en el país, particularmente en lo que se refiere a sus prácticas de justicia y seguridad, basadas en las asambleas comunitarias como máximos órganos de autoridad y decisión, y en los denominados sistemas normativos, pluralismo jurídico de hechos, derecho consuetudinario propio de estas comunidades indígenas. El ilustre antropólogo mexicano Gilberto López y Rivas2 apunta que el funcionamiento de esta Policía se basa en la visión de prestación de servicios comunitarios que los indígenas tienen en su organización social y política. Esta característica cultural ha permitido construir espacios de autonomía que respondan a sus necesidades y sobre todo, que las respuestas sean satisfactorias.

Desde que el ex presidente Felipe Calderón declaró la guerra contra el narcotráfico, en el país se incrementaron los índices de violencia de forma exponencial. Los estragos de esta política de seguridad que persiste generan dominaciones autoritarias, facilitando las formas más radicales de violencia represiva. La llamada guerra contra el crimen recurre a una organización jurídica y penitenciaria que conduce al encierro de personas, en especial jóvenes y pobres, en aras de la supuesta seguridad interior del Estado.

La policía comunitaria ha trastocado intereses encubiertos tras los contubernios establecidos entre las fuerzas de seguridad y el narcotráfico. Hoy en día no es una novedad entender el negocio redondo que representa la seguridad pública para quienes la controlan y para aquellos que, como policías o militares, cobran un sueldo a cargo del erario y se dedican a organizar bandas criminales. Por eso mismo, la policía comunitaria ha sido atacada virulentamente por los gobiernos federal y estatal y el Ejército, a tal grado que varios de sus miembros se encuentran actualmente encarcelados por prestar un servicio a sus pueblos.

Diversas organizaciones sociales en varios países se han pronunciado por la liberación de Nestora Salgado y de José Manuel Mireles Valverde respectivamente.

En estos días el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas pidió al gobierno de México la liberación inmediata de Nestora Salgado García así como proporcionarle una compensación apropiada, luego de concluir que la detención y la posterior privación de libertad fueron ilegales y arbitrarias y que su proceso judicial ha sido injusto. En la resolución 56/2015 publicada el martes 2 de febrero, el organismo de Naciones Unidas informó que ya dio vista de este caso al Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y al que atiende casos de tortura, a fin de que se aseguren de que la señora Salgado no sea victimizada nuevamente. A manera de conclusión, el numeral 42 de dicha resolución, menciona: “pareciera que la señora Salgado habría sido perseguida debido a su lucha por los derechos de la población indígena, e incluso es un patrón que se ha observado en los últimos años.

Por lo que respecta a Manuel Mireles Valverde, diferentes medios nacionales e internacionales han manifestado que dicho proceso se ha visto envuelto en una serie de irregularidades que demuestran que la detención obedece más a tintes políticos, que a delitos cometidos en flagrancia, por lo que exigen su pronta liberación.

Por lo expuesto someto a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong y a la titular de la Procuraduría General de la República, Areli Gómez González, reciban urgentemente a los familiares de Nestora Salgado García y José Manuel Mireles Valverde, para estudiar las condiciones de su inmediata liberación.

Notas

1 Véase: www.hrw.org/es/world-report/2015/country-chapters/

2 Véase:

http://www.jornada.unam.mx/2014/03/28/opinion/024a1pol

Dado en el Palacio Legislativo a 18 de febrero de 2016.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del 19 de febrero, Día del Ejército Mexicano, a cargo de la diputada Flor Estela Rentería Medina, del Grupo Parlamentario del PRI

Compañeras y compañeros diputados, el día de mañana celebramos a quizá una de las instituciones de mayor credibilidad en nuestro México: el Ejercito Mexicano. Una institución que cumple 103 honrosos años.

El Ejército Mexicano es uno de los símbolos más importantes de nuestro país, ya que enarbola en un solo organismo el espíritu nacional de solidaridad, la valentía férrea de los héroes que nos dieron patria, y la entrega máxima al servicio de su país.

El actual Ejercito Mexicano tiene su origen en el Ejército Constitucionalista, nacido del seno mismo del pueblo en su oposición inquebrantable e histórica a la tiranía y a todo aquello que atente contra la democracia, al pretender Victoriano Huerta instaurar una dictadura militar y declararse presidente el 19 de febrero de 1913

En su intención de quebrantar a la voluntad del pueblo de México a través de la intimidación y las armas, el usurpador Huerta se topó contra Venustiano Carranza, entonces gobernador de Coahuila, quien decidido a mantener el estado de derecho y la voluntad constitucional, hizo un llamado enérgico a los hombres y mujeres libres de nuestro país a alzarse y luchar por la democracia que tanta sangre y tantas vidas ya le había costado a nuestra joven patria.

Este Ejército Constitucionalista, orgullosamente coahuilense, es lo que hoy se ha convertido en el gran Ejército Mexicano; un ejército que se agrupo no por un sueldo, no por un ánimo bélico o por una intención violenta, sino por defender lo que es de todos y de todas, la libertad y la democracia.

Un ejército que se formó no de elementos castrenses disciplinados y entrenados a las usanzas europeas de esos tiempos, sino de hombres y mujeres valientes, que subsanaban su falta de experiencia militar con su gran amor a México y su férrea determinación de impedir ver a su patria nuevamente bajo el yugo opresor de un gobierno antidemocrático.

Quizá es por eso que para nadie resulta extraño ver a nuestros valientes soldados en labores humanitarias, toda vez que no podemos negar, compañeras y compañeros diputados, que el Ejército Mexicano nació por el gran amor que hombres y mujeres libres tenían a México, y sin importar nada ni nadie, decidieron darlo todo por asegurar a las futuras generaciones la libertad y la justicia que nadie jamás debe negar.

Nuestro Ejército Mexicano es a la vez escudo al exterior y al interior, es seguridad, es ayuda, es entrega, es disciplina, es pasión. Hoy honramos entonces a aquel Ejército Constitucionalista de 1913, pero sobretodo, a los valientes hombres y mujeres que han decidido hacer suya esa encomienda histórica, esa herencia de lucha y gallardía, de ser el baluarte de la libertad, la democracia y el estado de derecho en México.

Recordemos entonces, a ese Ejército Constitucionalista, que no es otro sino nuestro Ejército Mexicano de hoy, que continua como el primer día, nacido de la voluntad del pueblo y entregado hasta el final a ese mismo pueblo, que cumplen 103 años en eterna vigilia, y que nos permiten, a las mexicanas y mexicanos, vivir en democracia y en paz.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Atentamente

Diputada Flor Estela Rentería (rúbrica)

Con motivo del 21 de febrero, Día Internacional de la Lengua Materna, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

A través del idioma se viabiliza el cambio y el progreso en las sociedades, ya que resulta esencial para todos los tipos de comunicación.

Con el objetivo de promover el multilingüismo y la diversidad cultural, desde noviembre de 1999 se proclamó por la UNESCO este día como el Día Internacional de la Lengua Materna.1

A nivel mundial, México es uno de los países con mayor diversidad lingüística e intercambio cultural2 ya que existen en nuestro país 68 agrupaciones lingüísticas, las cuales se derivan de 11 familias lingüísticas y tienen 364 variantes.3

Se consideran en nuestro país como lenguas originarias, el náhuatl que fue la lengua franca; el otomí, mixteco, zapoteco y mazahua. México está catalogado como país pluricultural, esto con fundamento en sus pueblos originarios.

Desafortunadamente este día es más de fracasos que de logros, ya que como mexicanos parecemos no respetar y sentir orgullo de nuestros orígenes, pues los pueblos indígenas han sido ignorados y castigados por el gobierno y la sociedad orillándolos a vivir en la marginación, siendo tal que el 89.7 % se encuentran por debajo de la línea de pobreza.

Las raíces de toda la problemática son muy conocidas por todos y tienen que ver con la historia de México y el racismo que se ha ubicado en nuestras leyes, disposiciones y procedimientos según las instituciones.

Alrededor de 64 variantes lingüísticas, de las 364 que existen en el país están en un alto peligro de desaparecer, ya que hay menos de 100 personas que lo hablan.4 Esto es debido a la falta de transmisión de padres a hijos y al agrietamiento del medio social de sus hablantes, ya que es un sector económicamente castigado que lucha con problemas sociales como lo es la migración, que trae como consecuencia este desplazamiento lingüístico.

Todas las lenguas viven un proceso de deslizamiento y a su vez, de resistencia, el cual hace que se conserven a pesar de todas las situaciones externas a las que han sido exhibidas. Debido a todos estos signos, en nuestro país se aturde el proceso de entrega a todas las nuevas generaciones, por lo cual muchos jóvenes en la actualidad no hablan sus lenguas.

Impartir la educación en lengua materna es primordial para el desarrollo provechoso de los ciudadanos, ampliando la educación para todos con base en la igualdad. Sin embargo la realidad es otra y los pueblos indígenas se encuentran en rezago y ocupan los últimos lugares, comparados a otros sectores de la población, como sea que se cataloguen.

Referente a educación; dos de cada tres niños de entre 6 y 14 años de edad, que no asisten a la escuela, son indígenas y entre los años 2005 y 2010, los muestrarios de la población que habla alguna lengua indígena disminuyeron del 34 a 27%.5

Es esencial implementar y retomar lo políticas lingüísticas nacionales.6 No dejemos morir nuestra propia historia y empecemos pues a educarnos para vivir con las lenguas indígenas, y verlas pues como herencia y no como un lastre. Seamos responsables y demos la importancia pertinente a la conservación de todas las lenguas y dialectos que nuestro país tiene.

Luchemos por poner en práctica estrategias pedagógicas y revisar los programas de enseñanza, dando especial atención a la formación de los docentes para que estos puedan promover el uso de la lengua materna en el aula.

Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación de calidad, y la enseñanza de idiomas resulta fundamental para que ellos se instruyan a lo largo de su existencia y tengan acceso a la información, ya que la utilización o desconocimiento de determinadas lenguas puede hoy representar la apertura u obstáculo a diversas oportunidades en nuestra sociedad.

Estemos orgullosos de nuestras raíces, de nuestros orígenes y enaltezcamos nuestra valiosa lengua materna, sea cual sea.

Notas

1 http://www.un.org/es/events/motherlanguageday/backgroun d.shtml

2 https://es.wikipedia.org/wiki/Lenguas_de_M%C3%A9xico

3 https://www.google.com.mx/
webhp?sourceid=chrome-instant&ion=1&espv=2&ie=UTF-8#q=catalogo%20de%20lenguas%20indigenas

4 http://www.elfinanciero.com.mx/sociedad/hay-64-lenguas-indigenas-en-rie sgo-de-extincion.html

5 Ídem.
http://www.inegi.org.mx/RDE/RDE_08/RDE_08_Art1.html

6 http://www.un.org/es/events/motherlanguageday/backgroun d.shtml

Diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (rúbrica)

Con motivo del 20 de febrero, Día Internacional de la Justicia Social, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

“Igual que la verdad es la virtud central en la ciencia, el valor principal de la sociedad es la justicia”, así es como inicia Jonh Rawls, filósofo y politólogo nacido en Estados Unidos, la teoría de la justicia social, en donde establece a la justicia como el más importante de los conceptos sociales.

Si se piensa en una sociedad que es próspera, que tiene crecimiento pero no es justa, entonces quedará la sensación de que falla gravemente, y es que la justicia forma parte de nuestras convicciones más extendidas de sentido común pero también de las nociones más complejas al intentar implementarla en una sociedad contemporánea; no basta solo con el crecimiento económico, sino que es necesario una distribución equitativa de la riqueza.

Rawls retoma el concepto de justicia propuesto por Aristóteles que en términos generales es abstenerse de la pleonexia , esto es, obtener ventaja apoderándose de lo que le pertenece a otro.

Partiendo de esta posición imaginaria y las premisas descritas, los individuos deben pactar los principios que deberán de ser los que rijan a la sociedad, la herramienta central para negociar y pactar estos principios será la racionalidad, y por tanto Rawls concluye que estos individuos llegarían a pactar por la vía de la razón dos principios centrales de la justicia: mismas libertades e igualdad de oportunidades.

Iris Marion Young (1990, 2000, 2010) plantea abiertamente la diferencia entre los diferentes grupos sociales, unos son privilegiados y otros son oprimidos. La Justicia Social demanda el reconocimiento explícito atendiendo a estas diferencias de grupo en orden a eliminar esta opresión. Se aleja, por tanto, del punto de vista rawlsiano sobre la justicia distributiva. En realidad se plantea una situación no puramente distributiva sino de eliminación de la injusticia institucionalizada. El reconocimiento es una necesidad vital humana, con dos tipos: igual dignidad para todos, y la política de la diferencia, donde cada uno es reconocido por su particular identidad. Por tanto, se demanda ser universalmente iguales, en derechos y libertades. Esta petición de igual reconocimiento se extiende más allá de la declaración del igual valor que todos los humanos potencialmente tenemos para convertirlo en un hecho real. Aunque minoritario, la Justicia Social como participación es el tercer gran enfoque. La idea es que no es suficiente quedarse en la mera redistribución de bienes si estos no van acompañados por una igualdad de oportunidades en el acceso al poder, en la posibilidad de participar en diferentes espacios públicos o en el acceso al conocimiento. Con ello, se ha de ampliar este planteamiento y entender la justicia social como un procedimiento o proceso en la medida que se convierte en una herramienta para lograr una justicia distributiva y un reconocimiento político.1

“La justicia social es un principio fundamental para la convivencia pacífica y próspera, dentro y entre las naciones.

Defendemos los principios de justicia social cuando promovemos la igualdad de género o los derechos de los pueblos indígenas y de los migrantes.

Promovemos la justicia social cuando eliminamos las barreras que enfrentan las personas por motivos de género, edad, raza, etnia, religión, cultura, orientación sexual o discapacidad.

Para la Organización de las Naciones Unidas, la búsqueda de la justicia social es el núcleo de la misión global para promover el desarrollo y la dignidad humana.

La Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre la justicia social para una globalización equitativa, es sólo un ejemplo reciente del compromiso del sistema de las Naciones Unidas para la justicia social.

La Declaración se centra en garantizar resultados equitativos para todos a través del empleo, la protección social, el diálogo social, y los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 20 de febrero Día Mundial de la Justicia Social en 2007 (A/RES/62/10 Documento PDF), al invitar a los Estados Miembros a dedicar este día especial a promover, a nivel nacional, actividades concretas que se ajusten a los objetivos y las metas de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social y el vigésimo cuarto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General.”2

Hoy, Día Mundial de la Justicia Social, queremos aprovechar para recordar que en nuestras manos está el poder para provocar la transformación social, es imprescindible buscar los caminos necesarios que nos capaciten pare llevar esta justicia social a todos, erradicando la pobreza y promoviendo el empleo pleno y el trabajo decente, la igualdad entre los sexos y el acceso al bienestar social.

Desafortunadamente en México es una tarea pendiente.

Notas

1 https://www.uam.es/personal_pdi/stmaria/jmurillo/arts/r eice/vol9num4_art1.pdf

2 Día Mundial de la Justicia Social;
http://www.un.org/es/events/socialjusticeday/

Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica)

Con motivo del aniversario de la tragedia ocurrida en la mina Pasta de Conchos, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Han pasado 10 años desde que en la madrugada del 19 de febrero de 2006, aproximadamente a eso de las 2:30 am, 65 mineros que trabajaban dentro de la mina de Pasta de Conchos en Coahuila, quedaran sepultados ante toneladas de escombros en uno de los que se conoce como los peores desastres mineros en México.

Por increíble que parezca, 63 cuerpos de los mineros fallecidos permanecen en ese lugar a pesar de las demandas de familiares y amigos por justicia, y de la esperanza de estos últimos por recuperar los restos de quienes aún viven en su memoria.

Hasta la fecha no existen una versión concreta sobre las causas que llevaron a la explosión de la mina 8 de carbón en Pasta de Conchos, propiedad de Grupo México, una de las empresas mineras más grandes del país y dirigida por el ahora galardonado con la medalla Belisario Domínguez, Alberto Bailleres, así como por el magnate Germán Larrea; quienes lejos de haber rendido cuentas ante la Ley han sido premiado por los gobiernos federales priistas y panistas con diversas concesiones.

Por aquel entonces cabe recordar, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la primera de sus recomendaciones al respecto, mediante la cual daba cuenta sobre la violación de derechos humanos cometida por servidores públicos de la Delegación Federal del Trabajo en Coahuila, toda vez que la autoridad tenía pleno conocimiento de las deficiencias existentes en materia de seguridad e higiene en la mina, por lo que su omisión en la exigencia del cumplimiento de la normatividad fue señalada como la causante de la tragedia. Dicha Recomendación fue aceptada el 27 de julio de 2006 por la STPS que era presidida por Francisco Javier Salazar Sáenz, segundo Secretario del Trabajo con Felipe Calderón.

Tiempo después, la Secretaría de la Función Pública (SFP) señalaría a través de un informe publicado en 2008 que funcionarios de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) habían sido omisos en clausurar parcial o totalmente la mina desde el 12 de julio de 2004, fecha en que hubo una revisión en la que se hallaron evidencias de riesgo para los mineros. La SFP halló que los servidores públicos ignoraron hasta 48 medidas de seguridad con las que no cumplía la empresa.

Cómo si la historia no pecara de ironía, cuando sucedió esta terrible tragedia, la gubernatura de Coahuila estaba en manos del priista Humberto Moreira, quien hoy además de ser señalado por la justicia de otros países, dejó huella en la política mexicana por su abierta y desvergonzada corrupción. Es decir, este cáncer que hoy se ha vuelto una sentencia para México.

Poco tiempo después, producto de la presión generada por la CNDH y por la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la STPS expidió en materia de seguridad en las minas subterráneas de carbón, la NOM-032-STPS-2008 cuya entrada en vigor se dio el 23 de marzo de 2009.

Sin embargo las demandas de viudas y familiares no han sido acalladas incluso el día de hoy, mientras que del otro lado de la moneda, Industrial Minera México, ex concesionaria de la mina Pasta de Conchos, continúa siendo beneficiada por “múltiples recursos legales”, para evitar la ejecución de un peritaje por parte de la Procuraduría General de la República (PGR), que podría determinar si es posible o no recuperar los restos de 63 trabajadores atrapados en la excavación desde 2006.

A lo largo de estos 10 años, los familiares de la víctimas han tocado las puertas de todas las autoridades en el país y han acudido a distintas instancias internacionales, buscando al menos un pedazo de justicia... recuperar los cuerpos de 63 mineros de los que aún no existe certeza sobre sus causas de muerte. La labor del Poder Legislativo en coadyuvar al esclarecimiento de estos lamentables hechos, ha sido también importante en la búsqueda de justicia.

El 28 de febrero de 2006, la Cámara de Diputados acordó la creación de un Grupo de Trabajo integrado por diputados de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social de la LIX Legislatura, con objeto de investigar las condiciones de trabajo y de seguridad e higiene en la mina Pasta de Conchos después de la terrible explosión, siendo publicado el informe de sus investigaciones el 13 de julio de 2006 en la Gaceta Parlamentaria.

Durante la LX Legislatura, el Congreso de la Unión, acordó dar seguimiento a la labor de dicho grupo de trabajo, por lo que se aprobó la constitución de la Comisión Especial para conocer las responsabilidades y origen de la tragedia de la mina Pasta de Conchos, que en su informe final señaló contundentemente que la explosión en la mina se trató de un suceso originado por negligencia y omisión de las autoridades.

Durante la LXI Legislatura, se emitieron diversos Puntos de Acuerdo sobre la materia, con la finalidad sobre todo de exhortar a que se atendieran las Recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, relativas al mismo caso. La misma voluntad se ha expresado durante la LXII Legislatura donde un rastreo evidencia la presentación de Puntos de Acuerdo que demandan justicia para los familiares de las víctimas, así como el castigo para los responsables.

Sin embargo, hasta la fecha el Estado mexicano sigue incumpliendo su obligación de proporcionar acceso a la justicia y de reparar el daño, que a la fecha se ha reducido a una sola acción: recuperar los restos de los mineros caídos.

Ante la CIDH, el Estado mexicano ha manifestado, su “compromiso de encontrar un mecanismo que permita lograr el ingreso a la mina y el rescate de los cuerpos de los mineros”, voluntad reflejada en el oficio número OS/057/13, emitido el 11 de febrero de 2013 por Alfonso Navarrete Prida, Secretario del Trabajo y Previsión Social, y dirigido a la PGR donde se solicita entre otras cosas evaluar la realización de un nuevo peritaje que abunde en dar mayor certidumbre sobre las posibilidades técnicas de realizar la recuperación de los cuerpos sin poner en riesgo la integridad física o la vida de los rescatistas y en su caso, dar continuidad a la averiguación previa correspondiente.

El 19 de febrero de 2006 ha quedado marcado en la mente de las y los mexicanos como un día catastrófico para la sociedad, y más aún para el sector trabajador de nuestro país.

Nuestra labor en esta décima conmemoración de los mineros fallecidos, no sólo está en recordar que se trata de una violación a los Derechos Humanos, que permanece en la impunidad, sino de recalcar que desde hace 10 años, los actos de corrupción han sido detonadores de graves catástrofes en el país, de las que parece sólo vislumbramos como sociedad, algunas de sus causales.

A lo largo de este tiempo, no sólo es memoria de las víctimas lo que demandamos, sino que las autoridades actúen conforme a derecho para castigar a quienes son responsables de tales omisiones, pues todas y todos los mexicanos estamos hartos de dilaciones. Mientras los culpables sigan sueltos y mientras las autoridades no obliguen a Grupo México a hacer todo lo posible por recuperar los cuerpos de los mineros fallecidos, no sólo estaremos siendo omisos como sociedad, sino que abundaremos a ese terrible mal que carcome al país, la corrupción.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes de febrero de 2016.

Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)

Con motivo del 21 de febrero de 2016, Día Internacional de la Lengua Materna, a cargo de la diputada Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El Día Internacional de la Lengua Materna, fue proclamado por la Conferencia General de la UNESCO en noviembre de 1999. Anualmente, desde febrero de 2000, esta fecha es observada con el objetivo de promover el multilingüismo y la diversidad cultural.1

La conmemoración del Día Internacional de la Lengua Materna, resulta de vital importancia para lograr una plena igualdad de derechos de todos los ciudadanos, incluidas quienes forman parte de las comunidades indígenas que integran nuestro país.

De acuerdo a cifras actuales del Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, en nuestro país existen 11 familias de lenguas indígenas, y de éstas se desprenden 68 lenguas y 464 dialectos. De aquí radica la necesidad de reconocer, primero, la composición multicultural de nuestro país y que, con cada uno de los 464 dialectos hay no sólo una forma de comunicarse sino también de pensar y comprender la vida misma.

Actualmente, las comunidades indígenas, a pesar de ser nuestros ancestros y parte fundamental de nuestra historia, son quienes sufren en mayor medida las grandes desigualdades que experimentamos, a través de la segregación, la exclusión y, en muchos de los casos, la constante discriminación por parte de nuestra sociedad y las mismas instituciones públicas que, lejos de garantizarles sus plenos derechos que les concede la Constitución, terminan por coartarlos.

Es por esto que, en Movimiento Ciudadano, consideramos necesario conmemorar este día para generar conciencia de lo mucho que nos falta por hacer para lograr integrar a las comunidades indígenas respetando sus derechos humanos, incluidos el de su lengua; porque estamos conscientes de los históricos reclamos por parte de estas comunidades; porque estamos conscientes de que, sólo respetando y garantizando la inclusión de todos, pondremos a México en la dirección correcta.

Notas

1 Organización de las Naciones Unidas, Día Internacional de las Naciones Unidas. URL: http://www.un.org/es/events/motherlanguageday/background.shtml. Consultada en línea el día 15 de Febrero de 2016.

2 Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, Catálogo de Lenguas Indígenas Nacionales. URL: http://www.inali.gob.mx/clin-inali/ . Consultada en línea el día 15 de Febrero de 2016.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2016.

Diputada Verónica Delgadillo García (rúbrica)


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