Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4425-II, lunes 14 de diciembre de 2015
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Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4425-II, lunes 14 de diciembre de 2015
De la Comisión de Derechos de la Niñez, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Sonora a aplicar o intensificar los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a los funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niñas, niños o adolescentes
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXIII Legislatura le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora para que gire sus instrucciones a quien corresponda a fin de que se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a aquellos funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niñas, niños o adolescentes, presentada por la diputada Angélica Reyes Ávila del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza , presentada el 8 de septiembre de 2015 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45, numeral 6 inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82, 84, 85, 157, numeral 1, fracción 1, 158, numeral 1 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Derechos de la Niñez, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el dictamen relativo al punto de acuerdo antes citado, el cual se realiza bajo los siguientes:
Antecedentes
1. La proposición con punto de acuerdo motivo de este dictamen fue presentada por la diputada Angélica Reyes Ávila, en la sesión del 8 de septiembre de 2015 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.
2. La proposición con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez, para efectos de análisis y elaboración del dictamen en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 82, 85 y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Contenido de la proposición
La diputada proponente señala que el robo de menores de edad en México es una realidad que alcanza cifras preocupantes, la mayor de ellos con fines de explotación sexual y pornografía infantil, dentro de las principales causas del robo de infantes se encuentra el tráfico o la trata de personas, operación que se caracteriza por el reclutamiento, traslado y alojamiento de cualquier persona, considerando a su vez el secuestro, engaño, fraude; así como el abuso de autoridad.
Esta actividad se ha convertido en un ejercicio muy lucrativo para la delincuencia, tanto común como organizada, que opera desde el ámbito particular y gubernamental.
En ese sentido, señala que nuestro marco jurídico, contempla figuras y procedimientos legales que permiten disfrazar una conducta en principio delictiva, para llegar a un resultado ajustado a derecho. Nos referimos concretamente al sistema de adopción vigente en nuestro país.
La adopción es tan solo una faceta del estado civil de las personas humanas, que se traduce en un mecanismo que legitima la entrega de la patria potestad a los padres no biológicos, que acuden a este camino legal para llenar un vacío en su existencia cuando se les ha negado, por la naturaleza o por otro factor, su capacidad de procreación.
Precisan que, tal y como lo maneja el Código Civil de Familia para el Estado de Sonora, la adopción es una forma de parentesco civil y resulta del acto jurídico, por el cual una persona o la pareja de cónyuges o concubinos asumen, respecto de uno o varios menores o incapacitados, los derechos y obligaciones inherentes a un hijo biológico.
El procedimiento para adoptar a un menor se encuentra regulado de manera genérica en todas las disposiciones jurídicas de las entidades federativas, con algunas diferencias, tal proceso se desarrolla de la manera siguiente:
Basta la presentación de una solicitud al juez competente; que sea benéfica para el adoptado; que los adoptantes acrediten tener los medios bastantes para proveer a las subsistencia y educación del menor o del incapacitado, como si se tratara de hijo propio, que son personas de buenas costumbres; además que gozan de buena salud física y mental, entre otras.
De manera general se expresa que en el procedimiento de esta figura concurren numerosos intereses, empezando por el principal como lo es el interés superior de la niñez, previsto y consagrado en el artículo 4o. de nuestra Constitución Política.
Añaden que, es oportuno mencionar que en la adopción hecha por extranjeros o por mexicanos que residan en otro país de manera permanente, se regirá por las disposiciones de la Ley General de Población; la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño; la Convención Interamericana sobre el Conflicto de Leyes en Materia de Adopción de Menores; la Convención de La Haya sobre Protección de Menores y Cooperación en materia de Adopción Internacional, así como cualquier otro instrumento de derecho internacional vigente en la República Mexicana.
En pocas palabras, el procedimiento de adopción está diseñado con tanta complejidad, (por sus características, por el número de requisitos, trámites y autoridades que intervienen), que parece imposible que pudiera cometerse alguna anomalía, para favorecer intereses mezquinos, o que alguno de los intervinientes, opere con tanta simulación que no pudiera ser percibido por todos los actores.
Sin embargo, lamentablemente algunas autoridades se aprovechan del cargo, para que en contubernio con particulares logren burlar los mecanismos legales para lograr una adopción fraudulenta de menores de edad o, en su caso, proceder a la suplantación de padres para proceder a su registro como progenitores legítimos.
Esta situación se presentó en el caso de una red de funcionarios del estado de Sonora, quienes tenían responsabilidad de custodiar y proteger a los menores de edad. En lugar de cumplir con dicha responsabilidad, algunos funcionarios se asocian con particulares para cometer los delitos de robo y venta de niños a personas que esperaban adopciones. Operación que les redituó grandes ganancias por la desesperación de las familias de adoptar a un menor de edad.
Añaden que, la Procuraduría estatal, desarrolló un plan estratégico para descubrir a los autores de los hechos delictivos, pero el daño es mayor porque se presenta una afectación a identidad de las víctimas. Quienes en muchos de los casos, acumulan años de vivir con sus padres afectivos, relación que propicia lazos de amor, comprensión y desarrollo, lo que resulta muy doloroso en el proceso de devolver a los pequeños a sus progenitores biológicos.
Precisan que el problema que podemos percibir es la deshonestidad con la que fungieron dichos servidores públicos. Deshonestidad y falta de profesionalismo que atenta contra la vocación de servicio público. Es pertinente resaltar la importancia que tienen los controles de confianza hacia estos funcionarios que tienen a su cargo tareas tan sensibles como es la custodia de menores de edad. Estos controles de confianza deben proveer de elementos para la aceptación o no de personas en estas funciones.
Ante lo expuesto, la proposición que nos ocupa establece los siguientes puntos resolutivos:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al gobernador de Sonora a instruir a quien corresponda para que se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a los funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niños o adolescentes y se prevengan con ello violaciones de los derechos humanos de ese sector vulnerable de la sociedad.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la procuradora general de la República a atraer la investigación de los hechos ocurridos en Sonora y que involucran a diversos integrantes de esa administración estatal vinculados a la venta y el tráfico de niños.
Consideraciones
Primera. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen, coincidiendo con la preocupación de la proponente respecto a intensificar las medidas de control de confianza a las que se someten los servidores de los gobiernos estatales, con actividades vinculadas con la protección y custodia de niñas, niños o adolescentes.
Segunda. Tal y como lo consagra el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado, éste velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación, crecimiento en un seno familiar adecuado, y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la protección de la niñez.
En este sentido, nuestro país ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que establecen el marco de principios y obligaciones relativos a la garantía de los derechos de los niños y de las niñas. Entre los instrumentos internacionales encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas y los niños, a saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.
Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis jurisprudencial emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que a la letra dice:
9a. Época; 1a. Sala; SJF y su Gaceta; Tomo XXXIII, Abril de 2011; página 310
Interés superior del niño. Es un principio de rango constitucional implícito en la regulación de los derechos de los menores previstos en el artículo 4o. constitucional.
“De acuerdo a una interpretación teleológica, el interés superior del niño es principio de rango constitucional, toda vez que en el dictamen de la reforma constitucional que dio lugar al actual texto del artículo 4o., se reconoce expresamente que uno de los objetivos del órgano reformador de la Constitución era adecuar el marco normativo interno a los compromisos internacionales contraídos por nuestro país en materia de protección de los derechos del niño. En este sentido, el interés superior del niño es uno de los principios rectores más importantes del marco internacional de los derechos del niño. En el ámbito interno, el legislador ordinario también ha entendido que el interés superior es un principio que está implícito en la regulación constitucional de los derechos del niño, ya que es reconocido expresamente en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como un principio rector de los derechos del niño”.
Primera Sala
Amparo directo en revisión 1187/2010. 1o. de septiembre de 2010. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Javier Mijangos y González.
Tercera. Es importante destacar que las necesidades sociales de nuestra época no son privativas o características de un determinado país, si no que la intensa intercomunicación ha hecho que éstas sean las mismas en todas las latitudes y por tanto, no debemos de ignorar ni menospreciar, las soluciones que podemos implementar a hechos tan desagradables como los descritos en la propuesta.
Es de desearse que en un próximo futuro se reestructure y mejore el marco normativo para proteger a las niñas, niños y adolescentes, en especial cuidar a aquellos que han sufrido algún abuso y no caigan de nuevo en este tipo de violencia por la avaricia y la mal control por parte de la autoridad al no cuidar el actuar de los servidores públicos que tienen estrecha vinculación con la protección y custodia de los menores.
Cuarta. Consideramos necesario tomar medidas enérgicas para poder realizar la comprobación del cuerpo del delito y de la probable responsabilidad de aquellos servidores que aprovechándose de sus cargos públicos han realizado cualquier acto con el propósito de que una persona menor de edad sea dada en adopción sin cumplirse las disposiciones legales correspondientes.
Esta comisión dictaminadora comparte las inquietudes de la proponente, sin embargo, no podemos realizar otra solicitud, ya que el pasado 10 de septiembre de 2015 se presentó ante el pleno de esta Cámara de Diputados, un punto de acuerdo de urgente y obvia resolución relativo a la investigación sobre una presunta red de tráfico de menores en el estado de Sonora, propuesto por la diputada Sylvana Beltrones Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, mismo que fue aprobado, para que se remitiera a las autoridades competentes.
Asimismo, durante la discusión del punto de acuerdo presentado por la diputada Sylvana Beltrones Sánchez, los diputados del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza se adhirieron al mismo y la diputada Angélica Reyes Ávila solicitó a la proponente la incorporación del primer punto resolutivo referente a que “se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a los funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niños o adolescentes y se prevengan con ello violaciones de los derechos humanos de ese sector vulnerable de la sociedad”.
La adición fue aceptada en votación económica por el pleno de la Cámara de Diputados, como consta en el Diario de los Debates de la sesión del pleno del 10 de septiembre de 2015.
Quinta. En ese orden de ideas, el pasado 16 octubre de 2015, se publicó en la Gaceta Parlamentaria la respuesta del maestro Íñigo Fernández Baptista, director general de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, al punto de acuerdo de la diputada Silvana Beltrones Sánchez, respecto de los hechos ocurridos en el estado de Sonora, dando, con ello, respuesta al exhorto.
En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el mismo ha sido atendido de acuerdo a lo expresado líneas arriba y por lo tanto ha quedado sin materia.
Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, para que gire sus instrucciones a quien corresponda a fin de que se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a aquellos funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niñas, niños o adolescentes.
Segundo. Archívese el expediente relativo como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2015.
La Comisión de Derechos de la Niñez
Diputados: Jesús Salvador Valencia Guzmán (rúbrica), presidente; Juana Aurora Cavazos Cavazos (rúbrica), Julieta Fernández Márquez (rúbrica), Alicia Guadalupe Gamboa (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Mónica Rodríguez Della Vecchia (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), María Antonia Cárdenas Mariscal (rúbrica), Angélica Reyes Ávila (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán, Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Jorge Álvarez Maynez, Mariana Arámbula Meléndez (rúbrica), Érika Lorena Arroyo Bello, Ana María Boone Godoy, Paloma Canales Suárez (rúbrica), José Hernán Cortés Berumen (rúbrica), Martha Lorena Covarrubias Anaya (rúbrica), Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Virginia Nalleli Gutiérrez Ramírez, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Irma Rebeca López López (rúbrica), Rocío Matesanz Santamaría (rúbrica), Ariadna Montiel Reyes (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra, Jaqueline Nava Mouett, Ximena Tamariz García, María Luisa Beltrán Reyes (rúbrica), María Concepción Valdés Ramírez, Araceli Guerrero Esquivel (rúbrica).
De la Comisión de Derechos de la Niñez, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a formalizar la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, como establece el artículo sexto transitorio del decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXIII Legislatura le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), a formalizar la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; como lo establece el artículo Sexto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por el diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena , presentada el 6 de octubre del 2015 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45, numeral 6 inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82, 84, 85, 157, numeral 1, fracción 1, 158, numeral 1 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Derechos de la Niñez, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el dictamen relativo al Punto de Acuerdo antes citado, el cual se realiza bajo los siguientes:
Antecedentes
1. La proposición con punto de acuerdo motivo de este Dictamen fue presentada por el diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, en la Sesión del 6 del mes de octubre del 2015 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.
2. La proposición con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez, para efectos de análisis y elaboración del dictamen en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 82, 85 y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Consecuente con lo anterior, la proposición con punto de acuerdo mencionada en el proemio de este dictamen tiene por turno a la Comisión de Derechos de la Niñez, con carácter de Comisión única y le corresponde en exclusiva rendir el dictamen relativo.
Contenido de la proposición
El proponente señala que el pasado 4 de diciembre de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; en esta nueva Ley se reconoce a las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; esto significa que para los destinatarios de esta norma se reconocen todos los derechos de menores de edad, sea que deriven de fuente nacional o de tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano.
Destaca que, nuestro país ya cuenta con un marco jurídico más sólido para avanzar hacia una efectiva protección de los derechos de la infancia y adolescentes que viven en México; así como de instituciones más fuertes y coordinadas para responder a los enormes desafíos que representa el efectivo y equitativo acceso a sus derechos, es de resaltar que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2010, en México había un total de población de 112 millones 336 mil 538 mexicanos, de los cuales, 43 millones 541 mil 908 mexicanos eran niñas, niños y adolescentes.
Por otra parte señala que, de acuerdo con la UNICEF, entre los desafíos que aún enfrentan la infancia y adolescencia en el país están:
• Poco más de la mitad de los niños, niñas y adolescentes en México (21 millones) vivían en pobreza en 2012, y de ellos casi 5 millones padecían pobreza extrema.
• Todavía hay 6.1 millones de niños entre 3 y 17 años que no asisten a la escuela, a pesar de que la cobertura en educación básica y el promedio de escolaridad han aumentado. La tasa de mortalidad en menores de 5 años (por cada mil nacidos vivos) sigue siendo alta en estados como Guerrero (19.4), Chiapas (19.5), Puebla (19.7) y Oaxaca (20), a pesar de que la tasa nacional ha disminuido considerablemente (de 41 en 1990 a 16 en 2012) por cada mil nacidos vivos.
• Seis de cada 10 niños, niñas y adolescentes, han vivido directamente alguna forma de violencia en su casa o en la escuela.
• En 2013 fueron repatriados de Estados Unidos a México, 15 mil 561 niños, niñas y adolescentes que migraban solos, expuestos a toda clase de peligros y violaciones a sus derechos.
• 2.5 millones de niños, niñas y adolescentes trabajan, a pesar de los esfuerzos en los últimos años por reducir la tasa de trabajo infantil.
Es de suma importancia reconocer que ante escenarios como estos, la nueva Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, constituye un avance sin precedentes en México en términos normativos, ya que esta ley ordena por primera vez en la historia la creación de un Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Se destaca la creación de Procuradurías de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que de acuerdo con el artículo 121, establece que:
Para una efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, la federación, dentro de la estructura del Sistema Nacional DIF, contará con una Procuraduría de Protección... integral y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las Procuradurías de Protección deberán establecer contacto y trabajar conjuntamente con las autoridades administrativas de asistencia social, de servicios de salud, de educación, de protección social, de cultura, deporte y con todas aquellas con las que sea necesario para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes”; asimismo, “Las entidades federativas deberán contar con Procuradurías de Protección.
Complementa que, el artículo 122 señala que las Procuradurías de Protección, en sus ámbitos de competencia, tendrán las atribuciones siguientes:
I. Procurar la protección integral de niñas, niña y adolescente que prevé la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, esta ley y demás disposiciones aplicables. Dicha protección integral deberá abarcar, por lo menos:
II. Prestar asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio Público, así como intervenir oficiosamente, con representación coadyuvante, en todos los procedimientos jurisdiccionales y administrativos en que participen niñas, niños y adolescentes, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley y demás disposiciones aplicables;
III. Coordinar la ejecución y dar seguimiento a las medidas de protección para la restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, a fin de que las instituciones competentes actúen de manera oportuna y articulada;
IV. Fungir como conciliador y mediador en casos de conflicto familiar, cuando los derechos de niñas, niños y adolescentes hayan sido restringidos o vulnerados, conforme a las disposiciones aplicables. La conciliación no procederá en casos de violencia; entre otras.
Lo anterior, de acuerdo al artículo Sexto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y mandata que el “Sistema Nacional DIF deberá reformar su Estatuto Orgánico”, a fin de que en un plazo no mayor a noventa días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, se formalice la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con sus respectivas unidades administrativas.”
Destaca que, a la fecha, ya han transcurrido más de los noventa días naturales y no se ha formalizado la creación de la mencionada Procuraduría; o sea, hasta esta fecha, ya han pasado alrededor de 200 días naturales, y no se ha reformado el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Es por ello, que finalidad de la propuesta presenta es la de impulsar las acciones que ordena la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, poniendo el interés superior del menor y de los adolescentes.
Ante lo expuesto, la proposición que nos ocupa establece el siguiente punto resolutivo:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados, exhorta al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), a formalizar la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; como lo establece el artículo Sexto transitorio del Decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Consideraciones
Primera. La Comisión Dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la Proposición, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente Dictamen.
Segunda. Hay que tomar en cuenta que el artículo Sexto Transitorio de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicado el 4 de diciembre de 2014 en el Darío Oficial de la Federación, establece a la letra que:
Sexto. La Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes deberá constituirse a partir del siguiente ejercicio presupuestal a la publicación del presente Decreto. Para efectos del párrafo anterior, el Sistema Nacional DIF deberá reformar su Estatuto Orgánico, a fin de que en un plazo no mayor a noventa días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, se formalice la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con sus respectivas unidades administrativas.
Este transitorio establece claramente la obligación del Sistema Nacional del DIF para crear la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en un plazo no mayor a noventa días naturales.
Un tema fundamental que tomó en consideración la dictaminadora es que con fecha dos de abril de 2015 , se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un Acuerdo mediante el cual se expide el “Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia” , el cual claramente da cumplimiento a lo establecido en el artículo Sexto Transitorio de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, lo cual da pie a la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con todas y cada una de sus respectivas unidades administrativas.
En este sentido el Acuerdo establece que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes dependerá de la estructura orgánica del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, a fin de procurar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, que prevé la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales, la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y demás disposiciones aplicables.
Consecuentemente, los diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez, considera que no ha lugar a aprobar el punto de acuerdo materia de este dictamen toda vez que la materia del presente ya existe y, por ende, que procede el archivo del expediente como asunto definitivamente concluido.
En mérito de lo expuesto, la Comisión de Derechos de la Niñez se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se desecha la proposición con Punto de Acuerdo materia del Presente Dictamen por el que se exhorta al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), a formalizar la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; como lo establece el artículo sexto transitorio del decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Segundo. Archívese el expediente relativo como asunto total y definitivamente concluido
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre del 2015.
La Comisión de Derechos de la Niñez
Diputados: Jesús Salvador Valencia Guzmán (rúbrica), presidente; Juana Aurora Cavazos Cavazos (rúbrica), Julieta Fernández Márquez (rúbrica), Alicia Guadalupe Gamboa (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Mónica Rodríguez Della Vecchia (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), María Antonia Cárdenas Mariscal (rúbrica), Angélica Reyes Ávila (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Jorge Álvarez Maynez, Mariana Arámbula Meléndez (rúbrica), Erika Lorena Arroyo Bello, Ana María Boone Godoy, Paloma Canales Suarez (rúbrica), José Hernán Cortés Berumen (rúbrica), Martha Lorena Covarrubias Anaya (rúbrica), Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Virginia Nalleli Gutiérrez Ramírez, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Irma Rebeca López López (rúbrica), Rocío Matesanz Santamaría (rúbrica), Ariadna Montiel Reyes (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra, Jaqueline Nava Mouett, Ximena Tamaris García, María Luisa Beltrán Reyes (rúbrica), María Concepción Valdés Ramírez, Araceli Guerrero Esquivel (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a decretar el 19 de noviembre “Día de Duelo Nacional” con motivo de los acontecimientos ocurridos el 19 de noviembre de 1984 en la comunidad de San Juan Ixhuatepec, en Tlanepantla de Baz, México
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal decrete el 19 de noviembre “Día de Duelo Nacional” con motivo de los acontecimientos ocurridos ese día de 1984 en la comunidad de San Juan Ixhuatepec en Tlalnepantla de Baz, estado de México.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de Punto de Acuerdo somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 18 de noviembre de 2015, la diputada Karen Hurtado Arana, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal decrete el 19 de noviembre “Día de Duelo Nacional” con motivo de los acontecimientos ocurridos el 19 de noviembre de 1984 en la comunidad de San Juan Ixhuatepec en Tlalnepantla de Baz, estado de México.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó el mencionado punto de acuerdo a esta comisión, el cual fue recibido en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 19 de noviembre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
La proponente realiza una remembranza histórica de los eventos ocurridos en la comunidad de San Juan Ixhuatepec en el municipio de Tlalnepantla de Baz, estado de México, el 19 de noviembre de 1984; señalando que “una serie de 16 explosiones con distintos niveles en los estallidos arrasaron la comunidad de San Juan Ixhuatepec, como resultado de una fuga de gas licuado en la planta de Pemex y que afectó en cadena a empresas gaseras particulares como Unigas, Gas Presto y Gas Metropolitano entre otras.”
Señala que “incontables pérdidas humanas se derivaron de esos lamentables hechos, que los medios de la época cuantifican en alrededor de 500, pero como suele suceder en estos casos, las cifras oficiales tienden a ser imprecisas; se reportaron 4,500 heridos, 200 mil damnificados y 1 millón 200 mil evacuados.”
Que “las colonias más afectadas fueron El Arenal, El Copal, Lázaro Cárdenas (La Presa), Constitución de 1917, San José, San Isidro, La Laguna, Marina Nacional, División del Norte, Unidad habitacional CTM, El Risco-CTM, San Juanico, Lomas de San Juanico, San José de Los Lavaderos, Urbana lxhuatepec, Ticomán, entre otras.”
Que “en cuanto a las pérdidas materiales las cifras oficiales reportaron que 30 casas quedaron totalmente derruidas, 105 casas registraron daños estructurales lo que las hacía inhabitables, 470 se afectaron en menor medida; todos los cristales de ventanas y puertas de las viviendas de las comunidades aledañas quedaron destrozadas.”
Que “31 años han pasado, la tragedia es recordada por todas las familias que habitan en la región.”
Que “es muy importante no olvidar, ni a los caídos, ni la solidaridad de los mexicanos, ni la capacidad de nuestro país a sobreponerse ante las más difíciles situaciones.”
En virtud de lo anterior, la proponente formuló el siguiente punto de acuerdo:
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dirige un respetuoso exhorto al titular del Ejecutivo federal para que decrete el 19 de noviembre “Día de Duelo Nacional” con motivo de los acontecimientos ocurridos el 19 de noviembre de 1984 en la comunidad de San Juan Ixhuatepec en Tlalnepantla de Baz, estado de México.
Consideraciones
Los integrantes de la Comisión de Gobernación consideramos que el objeto de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen ha quedado rebasado.
Ello debido a que desde los trágicos eventos acaecidos hace poco más de 31 años, se ha realizado un importante avance en torno a la seguridad con la que se deben desarrollar esta clase de actividades, destacando para tales efectos, disposiciones normativas que regulan la manera en la que habrá de conducirse una planta de este tipo.
Señalando al efecto los siguientes instrumentos legales y su fecha de publicación:
• Ley de Hidrocarburos, DOF: 11/08/2014.
• Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, DOF 11/08/2014
• Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, DOF: 05/12/2007.
• Lineamientos para realizar Análisis de Riesgos de Proceso, Análisis de Riesgos de Ductos y Análisis de Riesgos de Seguridad Física, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 10/08/2010.
• Lineamientos para la programación, planeación, ejecución, evaluación y control de los simulacros de los planes de respuesta a emergencias. 06/09/2011
De los cuales conviene transcribir a la letra algunas disposiciones en ellos contenidos, relativos al tema de la seguridad y la contingencia de emergencias:
Ley de Hidrocarburos
Artículo 66. El Centro Nacional de Control del Gas Natural es el gestor y administrador independiente del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural y tiene por objeto garantizar la continuidad y seguridad en la prestación de los servicios en ese sistema para contribuir con la continuidad del suministro de dicho energético en territorio nacional, así como realizar las demás actividades señaladas en la presente Ley y en el respectivo Decreto del Ejecutivo federal.
Artículo 129. Corresponde a la Agencia (Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos) emitir la regulación y la normatividad aplicable en materia de seguridad industrial y operativa, así como de protección al medio ambiente en la industria de Hidrocarburos, a fin de promover, aprovechar y desarrollar de manera sustentable las actividades de la industria de Hidrocarburos
Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Artículo 1, segundo párrafo:
La agencia tiene por objeto la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos a través de la regulación y supervisión de:
I. La seguridad industrial y seguridad operativa;
II. Las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones, y
III. El control integral de los residuos y emisiones contaminantes.
Artículo 5o. La Agencia tendrá las siguientes atribuciones:
II. Participar con los distintos órdenes de gobierno, dependencias y entidades competentes, en el diseño y atención de los planes nacionales e internacionales para prevenir y atender situaciones de emergencia en las actividades del sector;
XV. Promover la colaboración entre Regulados con el objetivo de optimizar el uso de recursos para la atención de contingencias, emergencias, prevención y mitigación de riesgos;
De los artículos transcritos se observa que el Congreso de la Unión ha tomado cartas respecto a la seguridad en materia de hidrocarburos, así como en el manejo que se le da a los mismos, diseñando además instituciones que vigilan de manera específica el desarrollo de estas actividades, como es el caso de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, que se encarga de velar por la protección de las personas y del medio ambiente.
Por otra parte, no debe perderse de vista que el establecimiento de efemérides en este tipo de asuntos, tiene como objeto el recordar acontecimientos notables a manera de concientización por hechos generales que dada su naturaleza, laceran a la sociedad por las repercusiones que generan en la colectividad, haciendo necesario un recordatorio permanente que logre erradicar de la generalidad dichas conductas lascivas.
Aunado a lo anterior, debe mencionarse que en 1984, la Cámara de Diputados instaló una comisión especial, constituida para atender el problema de San Juan Ixhuatepec, la cual agotó su objeto sin producir efeméride alguna; por lo que esta comisión considera que a pesar de que es necesario seguir recordando el 19 de noviembre como un día trágico en la colectividad mexicana, no es necesario el establecimiento de un día de luto nacional, puesto que el objetivo buscado ha quedado rebasado.
Por lo expuesto, con fundamento en los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, a 1 de diciembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez, Érick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez, Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo, Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas, Martha Hilda González Calderón, Sofía González Torres (rúbrica), María Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa (rúbrica), David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Jorge Triana Tena, Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica), Armando Luna Canales.
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus respectivas competencias, a publicar la declaratoria de emergencia para los municipios de Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos, y entregar los recursos del Fonden al municipio de Mulegé, como consecuencia de las afectaciones presentadas por las lluvias severas registradas en los meses de septiembre y octubre en el estado de Baja California Sur
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público, para que en el ámbito de sus respectivas competencias lleven a cabo la publicación de la declaratoria de emergencia para los municipios de Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos y se haga la entrega de los recursos del Fonden al municipio de Mulegé, como consecuencia de las afectaciones presentadas por las lluvias severas registradas en los meses de septiembre y octubre en el estado de Baja California Sur.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición con punto de acuerdo somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 6 de octubre de 2015, la diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público, para que en el ámbito de sus respectivas competencias lleven a cabo la publicación de la declaratoria de emergencia para los municipios de Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos y se haga la entrega de los recursos del Fonden al municipio de Mulegé, como consecuencia de las afectaciones presentadas por las lluvias severas registradas en los meses de septiembre y octubre en el estado de Baja California Sur.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada iniciativa a esta comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 9 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
La proponente señala que durante las fechas del 18 al 20 de septiembre, y 3 de octubre del presente, los habitantes del estado de Baja California Sur, experimentaron lluvias intensas generadas como consecuencia de un fenómeno hidrometereológico inusual, provocado por la depresión tropical 16-E y los remanentes del huracán Marty, lo que trajo como consecuencia inundaciones, deslaves y corridas de arroyos.
Asimismo manifiesta que dichas situaciones pusieron en un estado de vulnerabilidad y de grave peligro a los habitantes de los municipios de Mulegé, Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos y que si bien, el pasado 30 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la correspondiente declaratoria de emergencia para el municipio de Mulegé; las declaratorias relativas a Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos, aún no han sido publicadas.
En virtud de lo anterior, la proponente formuló los siguientes puntos de acuerdo:
“Primero. La Cámara de Diputados exhorte respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, a que lleve a cabo la publicación en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos, pertenecientes al estado de Baja California Sur, para que dichos municipios puedan acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias (Fonden).
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Gobernación para que liberen de manera urgente los recursos considerados en el Fondo para la Atención de Emergencias (Fonden) para la atención del municipio de La Paz, capital del estado de Baja California Sur, afectado y ya declarado en estado de emergencia a causa de la presencia de las lluvias severas de septiembre y octubre del año en curso.”
Consideraciones
Los integrantes de la Comisión de Gobernación consideramos que el objeto de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen ha quedado sin materia, toda vez que la Secretaría de Gobernación realizó las declaratorias tanto de emergencia como de desastre natural, los pasados 6, 16 y 19 de octubre del presente, para los municipios de Mulegé, Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos, e incluso se han emitido los avisos de término de la emergencia en fechas 12, 16 y 27 de octubre, de acuerdo a lo dispuesto en el Diario Oficial de la Federación de las mencionadas fechas.
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Érick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), María Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a declarar zona de desastre a diversos municipios de la Sierra de Zongolica, en la región montañosa del estado de Veracruz
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que declare zona de desastre a diversos municipios de la Sierra Zongólica, en la región montañosa del estado de Veracruz.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de punto de acuerdo somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 24 de septiembre de 2015, el diputado Carlos Federico Quinto Guillén, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que declare zona de desastre a diversos municipios de la sierra Zongólica, en la región montañosa del estado de Veracruz.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada proposición a esta comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 8 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
El proponente solicita a la Secretaría de Gobernación, declarar zona de emergencia los municipios de Veracruz afectados por el azote de las tormentas que derivaron en el desgajamiento de cerros y la incomunicación de diversas localidades; así como, el que se liberen los recursos de apoyo a la población del Fondo Nacional de Desastres y se amplíe la atención hacia estas localidades.
Consideraciones
El proponente señala que derivado de las intensas lluvias acaecidas en lo que va del mes de septiembre en el estado de Veracruz, se ha provocado un sin número de afectaciones en las únicas vías de comunicación terrestre en la zona denominada Sierra Zongólica.
Los municipios pertenecientes a la región de la Sierra Zongólica, quedaron incomunicados al desgajarse un cerro sobre la carretera Fortín-Huastusco debido a las intensas lluvias registradas en los últimos días, razón por la cual las localidades de Magdalena Tilapan y Rafael Delgado resultaron las más afectadas al quedar completamente incomunicadas.
Un total de 13 municipios fueron afectados, siendo la Sierra Zongólica una de las regiones más pobres del estado, en donde se asientan los municipios de Astacinga, Atlahuilco, Magdalena, Mixtla de Altamirano, Los Reyes, San Andrés Tenejapan, Soledad Atzompa, Tehuipango, Tequila, Texhuacan, Tlaquilpan, Xoxocotla y Zongólica.
Existe un riesgo latente de que treinta mil personas resulten vulnerables por la temporada de lluvias en la zona afectada; y podría extenderse a la zona de Orizaba que comprende municipios como Orizaba, Nogales, Ixtaczoquitlán, Mendoza, La Perla, Atzacan, Ixhuatlancillo, Magdalena, Tlilapan.
Por ello se solicita de manera urgente declarar como zona de desastre la Sierra Zongólica, atendiendo de emergencia las localidades de Magdalena, Tilapan y Rafael Delgado.
En ese orden de ideas, y tomando en consideración que en fecha 15 y 25 de octubre; 1, 7 y 12 de noviembre del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de Emergencia derivada de la presencia de lluvia severa en diversos municipios del estado de Veracruz, esta comisión dictaminadora considera que la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Carlos Federico Quinto Guillén, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, ya se encuentra atendida.
Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, a 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Érick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), María Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo a instruir al secretario de Gobernación para que inicie un proceso de consulta pública entre las organizaciones de la sociedad civil con objeto de formar una terna de candidatos y candidatas a ocupar la presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con Punto de Acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo a que instruya al Secretario de Gobernación a iniciar un proceso consulta pública entre las organizaciones de la sociedad civil con el objeto de conformar una terna de candidatos y candidatas a ocupar la presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Esta Comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de Punto de Acuerdo somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 6 de octubre de 2015, el diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo a que instruya al secretario de Gobernación a iniciar un proceso consulta pública entre las organizaciones de la sociedad civil con el objeto de conformar una terna de candidatos y candidatas a ocupar la presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada iniciativa a esta Comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 09 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
El proponente señala que el pasado 10 de septiembre, la Secretaría de Gobernación informó que Ricardo Bucio Mojica había renunciado a la presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; por lo que de conformidad con el artículo 27, fracciones V, X, XI y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, exhortaba al Titular del Poder Ejecutivo para que instruyera al Secretario de Gobernación a iniciar un proceso consulta pública entre las organizaciones de la sociedad civil con el objeto de conformar una terna de candidatos y candidatas a ocupar la presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Consideraciones
Toda vez que el pasado 17 de noviembre de 2015, el Secretario de Gobernación informó mediante boletín número 657, publicado en la página de dicha Secretaría, que el presidente de la República nombró a la ciudadana Alexandra Haas Paciuc como presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, esta Comisión ha llegado a la conclusión de que la proposición de mérito ha quedado sin materia.
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Érick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidro, Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez, Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera, Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón, Sofía González Torres, María Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal, Jorge Triana Tena, Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a declarar la región de tierra caliente de Guerrero como zona de desastre natural, por la pérdida de cosechas que ha provocado la sequía de las últimas semanas
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para que declare a la Región de Tierra Caliente de Guerrero, como zona de desastre natural, por la pérdida de cosechas que ha provocado la sequía de las últimas semanas.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de punto de acuerdo somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 15 de septiembre de 2015, la diputada Silvia Rivera Carbajal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para que declare a la Región de Tierra Caliente de Guerrero, como zona de desastre natural, por la pérdida de cosechas que ha provocado la sequía de las últimas semanas.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada proposición a esta comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 8 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
La proponente solicita se exhorte al gobierno federal para que declare a la Región de Tierra Caliente de Guerrero, como zona de desastre natural, por la pérdida de cosechas que ha provocado la sequía de las últimas semanas.
Consideraciones
La proponente señala que la Región de Tierra Caliente de Guerrero, representa una de las de mayor producción de maíz en la entidad.
En 2014, “Guerrero registró una producción de un millón y medio de toneladas de maíz, situación que implica la autosuficiencia de la entidad en la producción de maíz, además de que una buena parte se utiliza para la comercialización”.
En ese sentido, refiere que la Secretaría de Desarrollo Rural en Guerrero, ha informado que debido a la sequía de las últimas semanas, alrededor de 75 por ciento de los cultivos de maíz se perdieron en la mayoría de los municipios de la zona en comento.
Derivado de lo anterior, los campesinos y ganaderos solicitaron el apoyo del gobierno del estado de Guerrero, a fin de que emita la declaratoria de emergencia por sequía ante el Fondo de Desastres Naturales.
Refiere la proponente, que la Secretaría de Protección Civil de Guerrero, advirtió que la sequía prevalecerá por lo menos hasta mediados del mes de septiembre, continuando con la temporada de huracanes, es decir, tendrá una duración mínima de 40 días.
Por último, hace énfasis en que el cultivo de maíz representa para la Región de Tierra Caliente una de las principales actividades productivas que satisfacen las necesidades alimentarias de la región, sino que además es una de las principales fuentes de empleo, la cual se ha visto afectada en las últimas semanas.
En ese orden de ideas, y en atención a que en fecha 2 de septiembre del año que transcurre se emitió la Declaratoria de Desastre Natural en el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, a consecuencia de la sequía ocurrida del 1 de junio al 31 de agosto de 2015 en 32 municipios del estado de Guerrero, mismos que a continuación se detallan: Acapulco de Juárez, Ahuacuotzingo, Ajuchitlán del Progreso, Arcelia, Atlamajalcingo del Monte, Atoyac de Álvarez, Ayutla de los Libres, Chilapa de Álvarez, Copala, Coyuca de Benítez, Coyuca de Catalán, Cuautepec, Florencio Villarreal, General Canuto A. Neri, José Joaquín de Herrera, Juan R. Escudero, La Unión de Isidoro Montes de Oca, Marquelia, Mochitlán, Pedro Ascencio Alquisiras, Pilcaya, Pungarabato, Quechultenango, San Luis Acatlán, San Marcos, Tecoanapa, Tetipac, Tixtla de Guerrero, Tlapehuala, Zapotitlán Tablas, Zirándaro de los Chávez y Zitlala, declaratoria emitida a efecto de ejercer los recursos con cargo al presupuesto del Componente Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero y de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Tomando en consideración lo anteriormente vertido, esta comisión dictaminadora considera que la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Silvia Rivera Carbajal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, ya se encuentra atendida.
Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente
Acuerdo
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 1 de diciembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados:Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez, Érick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez, Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo, Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas, Martha Hilda González Calderón, Sofía González Torres (rúbrica), María Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa (rúbrica), David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Jorge Triana Tena, Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica), Armando Luna Canales (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias de la administración pública federal a realizar acciones en materia de seguridad nacional
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias de la Administración Pública Federal, a realizar acciones en materia de seguridad nacional.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de Punto de Acuerdo somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 19 de noviembre de 2015, el Diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias de la Administración Pública Federal, a realizar acciones en materia de seguridad nacional.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó el mencionado Punto de Acuerdo a esta Comisión, el cual fue recibido en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 20 de noviembre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
El proponente señala que el “pasado viernes 13 de noviembre se registraron diversos atentados terroristas en puntos de la ciudad de París dejando una ola de miedo e inseguridad. Los ataques costaron la vida de 129 personas y centenas de heridos, muchos de ellos de gravedad.”
Que “se han efectuado por parte de las autoridades francesas 23 arrestos a personas presuntamente relacionadas con actividades ligadas al terrorismo y 104 arrestos domiciliarios.”
Que “ese mismo día, el presidente Francois Hollande decretó el estado de emergencia y el cierre de todas las fronteras.”
Que “países como Estados Unidos, Rusia y la propia Francia han unido fuerzas para detener y evitar otros atentados terroristas que pongan en riesgo la vida de inocentes.”
Que el “Estado mexicano ha emitido por medio de la Secretaria de Relaciones Exteriores una alerta de viaje a Francia, evitando desplazamientos innecesarios, así como de ejercer extrema precaución en lugares públicos y actuar con prudencia, siguiendo las indicaciones de las autoridades locales.”
Que “el Estado mexicano se encuentra bajo las amenazas del terrorismo, enfrentando nuevos obstáculos como el Narcoterrorismo con sospechas de que existen vínculos con los grupos terroristas como Hezbollah, el grupo Hamas y Al Qaeda con el fin de utilizar a México como trampolín para infiltrarse al territorio de Estados Unidos.”
Que “los Estados Unidos Mexicanos tiene la encomienda constitucional de proteger la vida y la seguridad de sus ciudadanos, aun residiendo fuera del territorio nacional, por medio de las embajadas en otros países.”
Que “como miembro de organismos internacionales a favor de la paz como la Organización de las Naciones Unidas, tiene el deber de mantener las acciones necesarias que provean de espacios libres y de seguridad para los mexicanos.”
Que “es necesario considerar las posibles repercusiones que estos ataques pudieran tener en el precio de los barriles de petróleo a nivel internacional.”
Que “el Fondo Monetario Internacional calcula que 6 países de la región tendrán un déficit de 700,000 millones de dólares en los próximos 5 años, afectado por la caída del precio del petróleo y el conflicto en Siria durante el conflicto surgido este año.”
Que “las tasas de crecimiento se desplomaron junto con la caída de cerca del 60% en los precios del petróleo desde junio de 2014, causando enormes daños en las finanzas públicas. Esto tuvo una repercusión crucial en México, mismo que aceptó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con respecto al déficit provocado por el conflicto en Medio Oriente.”
Que “es necesario que se establezcan con claridad los controles económicos y contingencias necesarias con el fin de prever efectos o impactos no previstos en las finanzas públicas del Estado Mexicano y evitar cualquier afectación a la población.”
En virtud de lo anterior, el proponente formuló los siguientes puntos de acuerdo:
“1. Se exhorta a los titulares de la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores a activar los protocolos de seguridad y demás Estrategias contempladas por el Estado Mexicano a bien de asegurar la integridad de los mexicanos, así como establecer los registros puntuales de ingreso y salida de personas dentro y fuera del territorio nacional.
2. Se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que informe al pueblo de México sobre los impactos que como consecuencia de este conflicto se pudiera ocasionar en el sistema económico nacional con respecto a los ingresos petroleros, e informar las acciones que llevará a cabo esta autoridad a fin de evitar cualquier tipo de afectación económica a la población.”
Consideraciones
Los integrantes de la Comisión de Gobernación consideramos que el objeto de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen ha sido atendido.
Ello debido a que el pasado 26 de noviembre, en el marco del Encuentro Nacional de Procuración de Justicia, el Comisionado Nacional de Seguridad Renato Sales Heredia, señaló que el Estado mexicano ya toma medidas preventivas orientadas a puntos específicos como en el caso de aeropuertos, puertos, Embajadas y en la zona fronteriza, para evitar que sean vulneradas por el Estado Islámico.
Ahora bien, por lo que respecta a la solicitud del proponente en torno a que se exhorte a la Secretaría de Relaciones Exteriores para activar los protocolos de seguridad y demás estrategias contempladas por el Estado mexicano; así como al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que informe al pueblo de México sobre los impactos que como consecuencia de este conflicto se pudiera ocasionar en el sistema económico nacional con respecto a los ingresos petroleros, e informar las acciones que llevará a cabo esta autoridad a fin de evitar cualquier tipo de afectación económica a la población; en términos de lo dispuesto por el artículo 39, numeral 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a los diversos 71 y 72 del Reglamento de la Cámara de Diputados, remítase el expediente de mérito a la Mesa Directiva para efecto de modificar el turno a las Comisiones competentes.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha el primer punto de la proposición con punto de acuerdo, en lo que toca a la competencia de esta Comisión, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Remítase el expediente de mérito a Mesa Directiva para los efectos señalados.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 01 de diciembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez, Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez, Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo, Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas, Martha Hilda González Calderón, Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa (rúbrica), David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Jorge Triana Tena, Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica), Armando Luna Canales.
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a emitir la declaratoria de desastre para mitigar los efectos de la tormenta tropical Marty e iniciar la reconstrucción en las comunidades y municipios afectados de Guerrero
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación emita declaratoria de desastre para mitigar los efectos de la tormenta tropical Marty e iniciar el proceso de reconstrucción, en las comunidades y municipios afectados del estado de Guerrero.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de Punto de Acuerdo somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 13 de octubre septiembre de 2015, los diputados Lluvia Flores Sonduk y Leonardo Amador Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Partido de la Revolución Democrática, presentó la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación emita declaratoria de desastre para mitigar los efectos de la tormenta tropical Marty e iniciar el proceso de reconstrucción, en las comunidades y municipios afectados del estado de Guerrero.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada proposición a esta Comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 15 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposión
El proponente, solicita a la Secretaría de Gobernación, emita declaratoria de desastre para mitigar los efectos de la tormenta tropical Marty, asignando los recursos necesarios para enfrentar, desde el enfoque participativo de las comunidades, el desastre ocurrido en el Estado de Guerrero.
Consideraciones
El proponente señala que derivado de la tormenta tropical “Marty”, se originaron diversas afectaciones a las comunidades más pobres del estado de Guerrero.
Según reportes de protección civil, en los últimos días confluyeron diversos fenómenos y situaciones que incrementaron las condiciones de vulnerabilidad de miles de habitantes del estado de Guerrero.
Destacan deslizamiento y hundimientos de cerros, desbordamientos de ríos, caídas de puentes, interrupción de luz eléctrica y servicio de telefonía, caminos y casas habitación dañadas.
El promovente señala que los lugares más afectados son los ubicados en la Región de Costa Grande son los Municipios de Coyuca de Benítez, San Jerónimo, Tecpan y el municipio de Tierra Colorada.
De igual forma, el reblandecimiento de la tierra provocado por las lluvias generó el colapso de viviendas y bardas en los municipios de Tecpan de Galeana y en la capital, Chilpancingo. Además se reportan por lo menos 11 derrumbes carreteros en las regiones de la montaña y la sierra.
En ese orden de ideas, y tomando en consideración que en fecha 30 de septiembre de 2015 se dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil, declaró en emergencia en diversos municipios del estado de Guerrero por la presencia del Huracán “Marty” ocurrido los días 28 y 29 de septiembre de 2015, publicándose tal Declaratoria de Emergencia en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2015.
Posteriormente, en fecha 10 de octubre de 2015, la Dirección General de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten; por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los lineamientos, en opinión de la propia Dirección General de Protección Civil, se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la cual fue emitida.
Tomando en cuenta las consideraciones anteriores, esta Comisión Dictaminadora considera que la proposición con punto de acuerdo presentada por los diputados Lluvia Flores Sonduk y Leonardo Amador Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Partido de la Revolución Democrática, ya se encuentra atendida.
Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el siguiente:
Acuerdo
Primero . Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo . Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica en contra), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a realizar la declaratoria de desastre natural de los municipios de Colima, Jalisco y Nayarit afectados por el huracán Patricia el 23 y 24 de octubre de 2015
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, realice la declaratoria de desastre natural de los estados de Colima, Jalisco y Nayarit afectados por el huracán Patricia, el pasado 23 y 24 de octubre de 2015.
Esta Comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de Punto de Acuerdo somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 27 de octubre de 2015, los Diputados Juan Romero Tenorio y María Antonia Cárdenas Mariscal del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, presentaron la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, para que realice la declaratoria de desastre natural de los estados de Colima, Jalisco y Nayarit afectados por el huracán Patricia, el pasado 23 y 24 de octubre de 2015.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada proposición a esta Comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 28 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
Los proponentes, solicitan se exhorte a la Secretaría de Gobernación, realice la declaratoria de desastre natural de los estados de Colima, Jalisco y Nayarit afectados por el huracán Patricia, el pasado 23 y 24 de octubre de 2015.
Consideraciones
Los proponentes señalan que los pasados 23 y 24 de octubre del año que transcurre, llegó a las costas de los Estados Unidos Mexicanos el huracán Patricia, provocando precipitaciones intensas en las costas de Colima, el occidente y sierra de Jalisco, así como el sur de Nayarit.
Al momento de tocar tierra, el Centro Nacional de Huracanes, confirmó que el huracán Patricia era considerado como categoría 5 en la escala de Saffir-Simpson y lo catalogó como “extremadamente peligroso”.
Según afirmaciones del director de la Comisión Nacional del Agua, el huracán Patricia es el más intenso que se haya registrado en la historia de México.
Manifiesta, que el huracán Patricia se degradó rápidamente a nivel de “tormenta tropical”, el número 1 de la escala de Saffir-Simpson al momento de ingresar a territorio nacional, sin embargo dejó severos daños en los estados de Colima, Jalisco y Nayarit.
En ese orden de ideas, y ante los hechos ocurridos, el pasado 30 de octubre, se emitió la Declaratoria de Emergencia Extraordinaria para los municipios de Arandas, Atengo, Atotonilco el Alto, Atenguillo, Autlán de Navarro, Ayutla, Cabo Corrientes, Cihuatlán, Cuautla, Cuautitlán de García Barragán, El Salto, El Limón, Ejutla, El Grullo, Guadalajara, Ixtlahuacán de los Membrillos, Ixtlahuacán del Río, Juchitlán, La Huerta, Mascota, Ocotlán, Puerto Vallarta, San Gabriel, Tenamaxtlán, Tlaquepaque, Tolimán, Tomatlán, Tonaya, Tonila, Tuxcacuesco, Tuxpan, Unión de Tula, Zapopan y Zapotitlán de Vadillo del Estado de Jalisco, por la inminencia y alta probabilidad de impacto del huracán Patricia.
De igual forma, en la misma fecha se declaró como zona de desastre por lluvia severa e inundación a los municipios de Manzanillo y Tecomán y por lluvia severa a los municipios de Armería, Colima, Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán y Villa de Álvarez del Estado de Colima.
Asimismo, en la fecha se referencia se declaró Emergencia Extraordinaria para los municipios de Ahuacatlán, Amatlán de Cañas, Bahía de Banderas, Compostela, Ixtlán del Río, Jala, San Pedro Lagunillas, Santa María del Oro, Santiago Ixcuintla, San Blas, Tecuala y Xalisco del Estado de Nayarit, por la inminencia y alta probabilidad de impacto del huracán Patricia.
Dichas declaratorias fueron emitidas en tu totalidad con el fin de que los municipios afectados puedan acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Tomando en consideración lo anteriormente vertido, esta Comisión Dictaminadora considera que la proposición con punto de acuerdo presentada por los Diputados Juan Romero Tenorio y María Antonia Cárdenas Mariscal del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, ya se encuentra atendida.
Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a declarar zona de desastre diversos municipios de Jalisco
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, para que declare como zona de desastre a diversos municipios del estado de Jalisco.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, habiendo analizado el contenido de la proposición de Punto de Acuerdo somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
Antecedentes
En sesión plenaria celebrada el 27 de octubre de 2015, la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, para que declare como zona de desastre a diversos municipios del estado de Jalisco.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la mencionada proposición a esta Comisión, la cual fue recibida en las oficinas de la Comisión de Gobernación el pasado 28 de octubre, iniciándose un proceso de análisis a efecto de elaborar el presente dictamen que se somete a su consideración.
Contenido de la proposición
La proponente, solicita se exhorte a la Secretaría de Gobernación, declare zona de emergencia diversos municipios del estado de Jalisco, así como se liberen los recursos de apoyo a la población del Fondo Nacional de Desastres (Fonden).
Consideraciones
La proponente señala que derivado de los monitoreos de diversos institutos meteorológicos encargados de rastrear el comportamiento de los fenómenos hidrometeorológicos, destaca el reporte dado a conocer por la Comisión Nacional del Agua, a través del cual informan que el huracán Patricia es considerado dentro de la clasificación 5, siendo este el más peligroso y más intenso; haciendo incapié en “que nunca hemos visto en el territorio nacional, no existe un antecedente de los huracanes que hemos tenido en el territorio nacional de esta magnitud, de esta intensidad ”
De igual forma refiere que las zonas que se prevé serán las afectadas son aquellas que se encuentran en la costa, principalmente del estado de Jalisco.
En ese orden de ideas, y ante los hechos ocurridos, el pasado 30 de octubre, se emitió la Declaratoria de Emergencia Extraordinaria para los municipios de Arandas, Atengo, Atotonilco el Alto, Atenguillo, Autlán de Navarro, Ayutla, Cabo Corrientes, Cihuatlán, Cuautla, Cuautitlán de García Barragán, El Salto, El Limón, Ejutla, El Grullo, Guadalajara, Ixtlahuacán de los Membrillos, Ixtlahuacán del Río, Juchitlán, La Huerta, Mascota, Ocotlán, Puerto Vallarta, San Gabriel, Tenamaxtlán, Tlaquepaque, Tolimán, Tomatlán, Tonaya, Tonila, Tuxcacuesco, Tuxpan, Unión de Tula, Zapopan y Zapotitlán de Vadillo del Estado de Jalisco, por la inminencia y alta probabilidad de impacto del huracán Patricia, declaratoria emitida con el fin de que dichos municipios puedan acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias Fonden de la Secretaría de Gobernación.
Tomando en consideración lo anteriormente vertido, esta Comisión Dictaminadora considera que la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ya se encuentra atendida.
Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha el asunto origen del presente dictamen, toda vez que el objeto del mismo ya ha sido satisfecho.
Segundo . Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
Notifíquese a la Mesa Directiva para los efectos legales correspondientes.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica en contra), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Igualdad de Género, por el que se desechan, por temporalidad, las proposiciones con punto de acuerdo relativas a exhortar al titular del Poder Ejecutivo a presentar dos ternas integradas en su totalidad por mujeres en el proceso de designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Honorable Asamblea:
La Comisión de Igualdad de Género de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, y 167 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la H. Asamblea el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Igualdad de Género encargada del análisis y dictamen de los puntos de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de las proposiciones con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de las proposiciones en las que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la Comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 8 de octubre de 2015, las diputadas Claudia Sofía Corichi García y Cecilia Guadalupe Soto González, de los Grupos Parlamentarios Movimiento Ciudadano y del Partido de la Revolución Democrática, respectivamente, presentaron ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a presentar dos ternas integradas en su totalidad por mujeres, en el proceso de designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN);
2. Con fecha 8 de octubre de 2015, la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y al Senado de la República, a fin de promover acciones afirmativas de género en la integración de la SCJN;
3. Con fecha 13 de octubre de 2015, el diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo relativo al principio de equidad de género en la integración de la SCJN;
4. Con fecha 15 de octubre de 2015 la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo a fin de que la terna que envíe el Ejecutivo Federal para integrar la SCJN, se consideren criterios para avanzar en un representación paritaria de dicho órgano, y;
5. Con fecha 15 de octubre de 2015, la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República, para que en la elección de ternas de Ministros de la SCJN, se considere la paridad de género.
2. Fecha en que la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dichas proposiciones con punto de acuerdo fueran turnadas a la Comisión de Igualdad de Género, para su análisis y Dictamen correspondiente.
2.1. En fecha 12 de octubre de 2015, se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
2.2. En fecha 12 de octubre de 2015, se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
2.3. En fecha 15 de octubre de 2015, se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
2.4. En fecha 16 de octubre de 2015, se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
2.5. En fecha 16 de octubre de 2015, se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
III. Contenido de las proposiciones con punto de acuerdo
Las proposiciones con punto de acuerdo, en su conjunto tiene por objeto, exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a presentar dos ternas integradas en su totalidad por mujeres, y a considerar respectivamente la promoción de acciones afirmativas de género, sustentadas en los principios de igualdad y de paridad en el proceso de designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se deberá cubrir las vacantes que a partir del 30 de noviembre de 2015 dejarán la Ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García de Villegas y el Ministro Juan N. Silva Meza, por lo que como acción afirmativa de género, en cumplimiento a los Tratados Internacionales de los que nuestro país es parte, se sugiere que quienes se propongan por parte del Ejecutivo Federal para ocupar dichos cargos, sean mujeres con una trayectoria profesional y sólida en el Poder Judicial Federal preferentemente, y a su vez los integrantes del Senado de la República, tal y como lo mandata la Constitución, designen a las mujeres que cumplan con el perfil requerido y con ello generar las condiciones de paridad e igualdad en la conformación de nuestro máximo tribunal de justicia.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su artículo primero la tutela de los derechos humanos reconocidos en ella y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte:
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.1
Es decir, el marco constitucional define la protección de los derechos de todas las personas, para gozar de los derechos humanos que establece la carta magna, así como los tratados internacionales, constituyéndose con ello el principio de igualdad en su más amplio sentido universal.
Asimismo, en el artículo 4o. de la ley suprema en referencia, establece el principio de igualdad en los siguientes términos:
El varón y la mujer son iguales ante la ley...2
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, como un derecho humano interrelacionado, interdependiente e indivisible, que tutela la garantía de igualdad.
El derecho a la igualdad, es un derecho social y universal, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre hombres y mujeres.
Segunda. Ahora bien en lo referente a la terna que el Ejecutivo Federal tiene que enviar al Senado de la República, para la designación de los Ministros de la Suprema Corte cabe hacer las siguientes apreciaciones:
En primer término es de suma importancia el diferenciar lo que se debe entender por Igualdad, equidad y paridad, para ilustrar el fin que se pretende con la ejecución de la acción afirmativa que garantice la reivindicación y empoderamiento de las mujeres en la participación activa dentro del Poder Judicial de Federación, con la designación de dos mujeres ministras.
Así, la igualdad es un concepto que incluye el empoderamiento y el mismo trato de oportunidades; la equidad, significa reconocer la necesidad de un trato diferenciado en razón de las condiciones de vulnerabilidad o desventaja; y, la paridad, debe entenderse como el equilibrio en la igualdad de oportunidades entre ambos sexos, en especial en lo que se refiere a los espacios públicos como el que nos ocupa, dentro del máximo Tribunal de Justicia de nuestro país.
Es decir; en el caso que nos ocupa, hablamos de establecer la paridad que debe prevalecer en la integración de los 11 ministros que constituyen el pleno de la Corte, dando cumplimiento a la recomendación de la CEDAW, que en el cuerpo del presente dictamen se refiere.
Ahora bien, partimos de la idea de que si bien es cierto que el artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece los requisitos que se deben cumplir para ser electo Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siendo estos los siguientes:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
II. Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación;
III. Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello;
IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
V. Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación; y
VI. No haber sido secretario de Estado, fiscal general de la República, senador, diputado federal ni gobernador de algún Estado o jefe de gobierno del Distrito Federal, durante el año previo al día de su nombramiento.
Los nombramientos de los ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”.3
Concatenado a ello el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece:
Las facultades y obligaciones del presidente, son las siguientes:
...
XVIII. Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado;
En ese sentido cobra relevancia el analizar el contenido del artículo 1o. de la Carta Magna, con la finalidad de establecer la relevancia por dar cumplimiento a los Tratados Internacionales de los que nuestro país es parte, al ser instrumentos legales vinculantes que obligan al Estado Mexicano al cumplimiento de sus recomendaciones, en los siguientes términos:
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”. Aunado a que el artículo 133 de nuestra ley suprema, a la letra dice: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. 4
Segunda. Que en el derecho interno mexicano rige la Ley General de Igualdad entre Mujeres y hombres, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2006, y que tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional.
Tercera. En dicho contexto; si tomamos en consideración que el 23 de marzo de 1981, el Senado de la República de nuestro país ratifico la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, CEDAW, por sus siglas en inglés, tratado internacional de carácter vinculante que obliga al Estado mexicano en su artículo 7 a, a lo siguiente:
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a: a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas; b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales; c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país”.
De igual manera el Comité de la CEDAW, en relación al sexto Informe de México, en su recomendación numero 29 establece:
El Comité recomienda al Estado parte que fortalezca las medidas para aumentar el número de mujeres en puestos directivos a todos los niveles y en todos los ámbitos, conforme a lo dispuesto en su recomendación general 23, relativa a las mujeres en la vida política y pública. 5
Por su parte la Plataforma de Acción de Beijing de 1995 dentro de sus Objetivos Específicos establece:
G.1. Adoptar medidas para garantizar a la mujer igualdad de acceso y plena participación en las estructuras de poder y en la adopción de decisiones”.
De igual forma las Nuevas Acciones emitidas en Beijing+5, XXIII Periodo de Sesiones AGNU de 2000, entre otras cosas establece:
66.a) Establecer y promover el uso de objetivos expresos a corto y largo plazo u objetivos medibles y, en los casos pertinentes, cuotas para promover el avance hacia el equilibrio entre los géneros, incluida la plena participación y acceso de la mujer, en pie de igualdad con el hombre, en todos los ámbitos y niveles de la vida pública, especialmente en los puestos de adopción de decisiones ...6
Cuarta. Es de considerarse también que fue en la cumbre de Atenas hace ya 24 años, donde diversas ministras y ex ministras pusieron sobre la mesa la reivindicación de la democracia paritaria; es decir, la incursión y participación de las mujeres en los órganos de decisión. En dicha cumbre se señaló que la igualdad formal y real entre mujeres y hombres es un derecho fundamental del ser humano y declaraban la necesidad de lograr un reparto equilibrado de los poderes públicos y políticos entre mujeres y hombres.
En concordancia con distintos informes de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de las Mujeres, CEDAW, por sus siglas en inglés, los cuales arrojan datos, de que aun la brecha de desigualdad en el empoderamiento de las mujeres en cargos superiores o de influencia en la toma de decisiones en nuestro país es amplia con relación al empoderamiento del que gozan los hombres.
El Apartado B del artículo 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres establece:
Que los Estados deben tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política del país y, en particular, garantizar a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales. 7
El Estado mexicano dentro de su marco jurídico cuenta con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, cuyo objeto es regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres; así como, proponer los lineamientos y mecanismos que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la Igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, fomentando y promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo.
Quinta. Aunado a ello, derivado de la reforma política de 2014, que garantiza que los partidos políticos en la postulación de sus candidatos, deberán garantizar la paridad de género 50/50; la participación democrática de las mujeres en la toma de decisiones se ha garantizado, sin embargo, en lo que respecta a la participación de las mujeres en cargos de la administración de justicia, aun es lenta pero está en proceso, aun cuando hoy en día existen destacadas mujeres con trayectorias de mucho mérito en la ocupación de aquellos servicios públicos como el de la administración de justicia, haciendo carrera judicial en el inequitativo mercado de competencia por un espacio en el máximo Tribunal, dado que de un total de 395 jueces federales de distrito, solamente 96 son mujeres y los restantes 299 son hombres. En tanto que magistrados de circuito, de un total de 740, son hombres 610 y solo 130 son mujeres. En el caso de la Integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de un total de 11 ministros, tan sólo 2 son mujeres, lo que representa el 18 por ciento. Desde la primera designación de una mujer como ministra en nuestro país han pasado 54 años, y hasta la fecha solo 9 mujeres han podido acceder a un lugar dentro de la integración del pleno de la Corte con el cargo de Ministra, lo que refleja la brecha tan significativa, para lograr un verdadero empoderamiento de la mujer en órganos constitucionales tan importantes como lo es la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Sexta. Al respecto la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos recomienda lo siguiente, a efecto de que en los criterios para la designación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y garantizar la paridad e igualdad de la participación de las mujeres: “que en los criterios y el procedimiento de selección se garantice que la integración del poder judicial, las fiscalías y defensorías, pueda reflejar la diversidad de las sociedades y, en particular lograr que los grupos pertenecientes a minorías o grupos insuficientemente representados, estén adecuadamente representados”. Agrega el informe: “En este sentido, por ejemplo, la Comisión Interamericana observa con preocupación la desigual participación de las mujeres en las entidades de justicia”8
Séptima. Al hablar en el presente dictamen que en la designación que el Senado de la República realice, derivado de las ternas que el Ejecutivo federal le remita para el nombramiento de los ministros de la Corte, que deberán ocupar sus cargos derivado de la conclusión del periodo de dos ministros; se considera que con la finalidad de garantizar una participación en condiciones de paridad y equidad ante la constitución del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por parte de las mujeres, toda vez que actualmente de los 11 ministros que la integran, solo dos son mujeres y de ese total, una de ellas concluye su periodo el próximo 30 de noviembre de 2015, quedando solo una mujer al frente; y en cumplimiento a la recomendación de la CEDAW, Tratado Internacional del que nuestro país es parte y por ende se encuentra obligado a dar cumplimiento a la recomendación número 29 ya descrita en el cuerpo del presente. Y bajo el argumento de que con la consolidación de que el Ejecutivo federal tenga a bien hacer llegar al Senado de la República, las ternas integradas en su totalidad por mujeres destacadas en el ámbito jurídico reuniendo el perfil que señala el último párrafo del artículo 95 constitucional, constituiría la ejecución de una acción afirmativa, bajo el entendido, de que ésta constituye una estrategia destinada a alcanzar la igualdad de oportunidades a través de medidas que permitan contrastar o modificar aquellas discriminaciones que son resultado de prácticas, roles o estereotipos de género, creando un precedente que tiende a convertirse en una realidad para el empoderamiento de las mujeres dentro de la participación del máximo tribunal de nuestro país.
Octava. Como marco referencial a continuación un artículo que refleja la transición por la que ha pasado el roll de la mujer jurisconsulta en el Poder Judicial de la Federación; denominado “La historia de las mujeres en la Suprema Corte” del abogado y colaborador de la ponencia del ministro José Ramón Cossío Díaz en la Suprema Corte, Julio Martínez Rivas,9 publicado en la revista Nexos el 7 de octubre de 2015, donde da una reseña la cual se transcribe a continuación:
La primer ministra de la Suprema Corte fue María Cristina Salmorán de Tamayo (1918-1993), quien sería designada en 1961.
Cuando la ministra Salmorán se incorporó a la Cuarta Sala de la Corte, entre abogados corría la tonta broma de estar ligado ante la “Suprema Corte y Confección”. Para contextualizar la designación de esta ministra, vale recordar que en 1955, apenas seis años antes, México celebró las primeras elecciones en las cuales la mujer pudo ejercer su derecho al voto.
La ministra Salmorán cursó la licenciatura en derecho en la Escuela Nacional de Jurisprudencia, titulándose con la tesis “La condición de las mujeres en el derecho del trabajo”. Desde entonces consagró su vida entera al derecho laboral, asumiendo diversos cargos en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, hasta que en 1954 fue designada presidenta de la misma (cargo que por primera vez ejerció una mujer).
La siguiente mujer designada fue la abogada de Pemex, Livier Ayala Manzo (1915-1976), quien lamentablemente, nunca pudo resolver ni una solo sentencia en el tribunal constitucional. En 1976, al día siguiente de habérsele notificado su designación, la ministra Ayala falleció.
También en 1976 el presidente López Portillo designó a otra mujer al cargo: Gloria León Orantes (1916-1984) quien hasta entonces se había desempeñado como agente del Ministerio Público y juez del fuero común en el Distrito Federal.
A finales de los años 40, la Suprema Corte enfrentaba un enorme problema de rezago. A fin de combatir dicho problema, en 1951 se reformó la Constitución para incorporar a la Corte cinco ministros supernumerarios, los cuales no participaban en las decisiones del Pleno sino únicamente en aquellas de la Sala Auxiliar. Al llegar a la Corte, la ministra León Orantes quedó adscrita a ésta, aunque en 1979 sería designada numeraria y miembro de la Tercera Sala.
En 1983, a propuesta del presidente De la Madrid, fue designada Fausta Moreno Flores. La ministra Moreno, adscrita a las Salas Segunda y Cuarta, había sido Secretaria de Estudio y Cuenta en la propia Corte, así como Juez de Distrito en materia administrativa.
En 1985, se propuso al cargo a la ministra Victoria Adato Green, abogada penalista muy activa. Antes de llegar a la Corte, la ministra Adato Green trabajó como agente del Ministerio Público, juez y magistrada penal en el Distrito Federal, subprocuradora y, posteriormente, procuradora de Justicia de la Ciudad de México.
Tras la reforma constitucional de 1994 la ministra Adato Green se retiró de la Suprema Corte, incorporándose como investigadora al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y asesora de la CNDH.
Si bien en 1985, la ministra Adato Green fue designada ministra numeraria, el mismo año se integró a la Corte como supernumeraria la agrarista Martha Chávez Padrón, primera doctora en derecho con mención honorifica de la UNAM. Además de haber fungido como asesora en materia agraria de varios presidentes de la República y órganos públicos, la ministra Chávez Padrón fue senadora y diputada federal por el PRI.
También como supernumeraria se integró en 1987 a la Corte la ministra Irma Cué Sarquís de Duarte. Al igual que la ministra Chávez Padrón, Cué fue diputada federal por el PRI, así como dirigente de la CNOP y Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional del mismo partido.
El presidente De la Madrid propuso para el cargo de ministro de la Suprema Corte a un total de cinco mujeres de las cuales fue Clementina Gil Guillén de Léster en 1988. Gil Guillén fue también una ministra de carrera judicial, al haber recorrido casi cada uno de los peldaños del escalafón judicial del fuero común, de secretaria auxiliar a magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
La siguiente mujer designada como ministra fue Olga Sánchez Cordero, reconocida como “abogada” de los derechos de las mujeres. La ministra Sánchez Cordero, al igual que todas sus antecesoras, estudió la licenciatura en derecho en la UNAM y, después, cursó estudios de posgrado en la University College of Swansea. Antes de incorporarse a la Corte, Sánchez Cordero fue la primera mujer notario en el Distrito Federal y magistrada del Tribunal Superior de Justicia de la misma entidad.
Así, la última mujer designada al cargo (y quien continuará en funciones hasta 2019) es Margarita Luna Ramos, mujer chiapaneca formada completamente en el Poder Judicial de la federación; ha sido oficial, actuaria, secretaria de juzgado, secretaria de tribunal colegiado, secretaria de estudio y cuenta, juez de distrito, magistrada de circuito y consejera de la Judicatura Federal10 .
Novena. Si bien la Suprema Corte enfrenta un gran desequilibrio11 en cuanto a la participación de las mujeres en su integración, la futura salida de la ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas agudiza aún más este desequilibrio; es por ello que se considera viable el ejercicio de exhortar respetuosamente al Ejecutivo Federal para que la terna que tenga a bien enviar al Senado de la Republica se integre en su totalidad por mujeres que cumplan con el perfil que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues es justo en el Poder Judicial Federal donde se presentan infinidad de los reflejos sociales, culturales e interinstitucionales con respecto a la discriminación por motivo de género, donde se debe reforzar la participación de las mujeres, como una Acción Afirmativa encausada al empoderamiento de las mujeres y lograr el anhelado equilibrio democrático participativo, bajo el principio de la Igualdad. Toda vez que los mecanismos de Acción Afirmativa son medidas establecidas por organismos internacionales y nacionales, a fin de acelerar la igualdad de facto entre ambos sexos, buscando compensar la discriminación sufrida por las mujeres y brindando igualdad de oportunidades con respecto a los hombres en los procesos de toma de decisiones.
Décima. Es por ello que esta Comisión considera procedente el que la Cámara de Diputados exhorte de manera respetuosa y en respeto a la División de Poderes, al Ejecutivo Federal, a efecto, de que en la presentación de las dos ternas para ocupar el cargo de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sea considerado única y exclusivamente mujeres y con ello ejecutar una acción afirmativa en cumplimiento a la suscripción de los Tratados Internacionales de los que nuestro país forma parte y que a su vez, el Senado de la República nombre a las mujeres que cumplan con el perfil para el cargo, tal como lo mandata el último párrafo del artículo 95 de nuestra Carta Magna.
Undécima. Dentro de la exposición de motivos, las y los legisladores promoventes hacen mención:
La participación de las mujeres en los tres Poderes que integran la República, para el caso del Estado mexicano, ha sido históricamente débil, no en la calidad de sus participaciones, sino en la cantidad de espacios públicos de decisión a los que pueden acceder y en los que pueden incidir.
El Poder Judicial no ha sido la excepción, sobre todo en el caso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde ha sido limitado el número de mujeres que han tenido el honor de llegar a ser ministras.
El poder de nominar candidatos a ministros compete al presidente de la República. El precepto, en su configuración original de 1917, confería dicho poder a las legislaturas de los estados. No obstante, el alto número de candidatos que el sistema permitía en los hechos, motivó el establecimiento de un filtro que estipulaba una votación previa entre los diputados y senadores, con el objeto de que sólo los dos aspirantes que hubieren obtenido el mayor número de votos pudieran ser considerados para la elección y designación definitivas. El sistema se modificó en 1928, confiriendo al presidente el poder de nominar a un único candidato para ocupar la vacante existente.
La reforma constitucional de 1994 estableció los perfiles actuales del sistema. Mantuvo la nominación presidencial pero modificó su forma, la nominación individual se transformó en una nominación compuesta que propicia que cada vez que se produzca una vacante, el Presidente deberá enviar al Senado una lista con el nombre de tres personas para que éste elija y nombre a quien deberá ocupar la toga respectiva.
El sistema de termas vigente comenzó a utilizarse en noviembre de 2003. Con este método se han nombrado a seis ministros.
Cabe precisar que a diferencia de las cuotas, la paridad es una medida permanente que tiene como finalidad lograr la representación descriptiva y simbólica de las mujeres en los órganos de decisión de los rumbos que debe tomar el país. Parte de un entendimiento inclusivo de la democracia y de un enfoque integral de la igualdad. El objetivo de la paridad es reflejar en los órganos democráticos y de toma de decisiones la composición de la población, la cual debe cumplirse dentro de todas aquellas instituciones públicas en las que se toman decisiones por ende dentro de la conformación del Poder Judicial, en el caso particular que nos ocupa; en las ternas que el Ejecutivo Federal mandará para aprobación del Senado de la República, en las que de considerarlo procedente, deberán integrarse exclusivamente por mujeres.
Decimosegunda. La comisión dictaminadora ve con optimismo las propuestas de las y los legisladores proponentes por los razonamientos vertidos en el cuerpo del presente dictamen, por lo que;
Decimotercera. Esta comisión considera que los puntos de acuerdo en estudio son viables; toda vez, que con ellos se lograría reivindicar la paridad de género al interior del Poder Judicial de la Federación, al colocar en el máximo tribunal del país a dos ministras sumando en total tres con la que está en ejercicio del cargo actualmente, lo que representaría el 27 por ciento en la participación de las mujeres dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con el cargo de ministras.
Decimocuarta. Por lo que respecta a la pretensión del exhorto al Ejecutivo Federal con la finalidad de presentar dos ternas integradas en su totalidad por mujeres, cabe hacer mención que con fecha 13 de noviembre del año 2015, por conducto del consejero jurídico, Humberto Castillejos Cervantes, el referido Ejecutivo Federal remitió al Senado de la República las dos ternas de las y los candidatos que propone para ocupar los cargos de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, base del presente dictamen.
Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Igualdad de Género de la LXIII Legislatura, pone a consideración los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desechan las proposiciones con punto de acuerdo relativas a exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal para presentar dos ternas integradas en su totalidad por mujeres, en el proceso de designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, enunciadas en el apartado de antecedentes.
Segundo. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.
Notas
1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5http://www.inmujeres.gob.mx/inmujeres/images/stories/ce daw/cedaw/ca_08.pdf
6 Ibídem
7http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention .htm
8 6 Disponible en: http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/OTROS%2010.p df
9 https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/documents/publicaciones/Que-PJF.p df (Qué es el Poder Judicial de la Federación).
10 “La historia de las mujeres en la Suprema Corte”, del abogado y colaborador de la ponencia del ministro Cossío en la Suprema Corte, Julio Martínez Rivas, publicado en la revista Nexos, el 7 de octubre de 2015.
11 http://equidad.scjn.gob.mx/
Palacio Legislativo, a los 26 días del mes de noviembre del 2015.
La Comisión de Igualdad de Género
Diputados: Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica), Sofía del Sagrario de León Maza (rúbrica), Carolina Monroy del Mazo (rúbrica), Érika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Guadalupe González Suástegui (rúbrica), Janette Ovando Reazola, Karen Orney Ramírez Peralta (rúbrica), María Candelaria Ochoa Ávalos (rúbrica), Angélica Reyes Ávila, Sasil Dora Luz de León Villard (rúbrica), Lucely del Perpetuo Socorro Alpízar Carrillo (rúbrica), Érika Lorena Arroyo Bello (rúbrica), Ana María Boone Godoy (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Patricia García García (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Irma Rebeca López López (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Flor Estela Rentería Medina (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica).
De la Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la sentencia dictada en contra de Leopoldo Eduardo López Mendoza, líder venezolano de la oposición, en virtud de que no es definitiva y se encuentra sub judice
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados le fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo respecto a la sentencia dictada en contra del disidente venezolano Leopoldo Eduardo López Mendoza.
La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, 82 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente dictamen en sentido negativo, de conformidad con los siguientes apartados:
I. Antecedentes.
II. Contenido de la proposición.
III. Punto de acuerdo propuesto.
IV. Consideraciones.
V. Punto de acuerdo.
Antecedentes
I. Con fecha 29 de septiembre de 2015, el diputado Hugo Éric Flores Cervantes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 6, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó a la consideración de esta Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo relativo a la sentencia judicial decretada al líder opositor venezolano Leopoldo Eduardo López Mendoza.
II. En la misma fecha, la proposición con punto de acuerdo mencionada fue turnada a esta comisión para su estudio y dictamen.
Contenido de la proposición
El legislador proponente señala expresamente en sus consideraciones lo siguiente:
“Desde el 2014, la organización no gubernamental Amnistía Internacional, emitió un pronunciamiento en torno a las múltiples violaciones a los derechos humanos que prevalecían en la República Bolivariana de Venezuela, señalando “la grave situación por la que atraviesa el país”.
Dicha organización, denunció y documentó casos de tortura, abusos, detenciones arbitrarias, indefensión y violaciones de los derechos humanos contra los opositores al gobierno del presidente Nicolás Maduro, durante las protestas en el estado de Táchirael el 12 de febrero de 2014. De acuerdo con los datos de Amnistía Internacional, hasta marzo de año 2014, las manifestaciones habían dejado un saldo de al menos 39 muertes, más de 550 personas heridas y 2 mil 157 detenidos.
Tras las manifestaciones iniciadas en febrero de 2014, el gobierno Venezolano señaló a Leopoldo López como responsable de los “actos de violencia y de la muerte de tres jóvenes”, imputándole cargos de “terrorismo, homicidio, instigación pública, daños a la propiedad y asociación para delinquir”.
El 18 de febrero de 2014, Leopoldo López decidió entregarse a la justicia. En una entrevista exclusiva vía telefónica que realizó la cadena televisiva CNN en Español, Leopoldo López habló sobre su encarcelamiento, denunciando las duras condiciones penitenciarias que ha soportado en su primer año como preso político pues se ha enfrentado a tortura y a situaciones inhumanas.
Del proceso contra Leopoldo López, ha trascendido que se trata de un proceso plagado de irregularidades y violaciones a sus derechos humanos. Pese a que él es un civil, pasó 17 meses y 5 días en una prisión militar antes de iniciar su juicio.
Se puede resumir que Leopoldo López fue injustamente condenado a 13 años y 9 meses en la cárcel militar de Ramo Verde, a las afueras de Caracas, supuestamente por instigación a la violencia, cuando el mundo fue testigo de la represión del gobierno venezolano en contra de manifestantes, lo que provocó que 43 personas perdieran la vida, más de 1,000 terminaran heridos y casi 4,000 detenidos.
En octubre de 2014, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU pidió al gobierno de Venezuela la liberación de Leopoldo López. En 2014, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, señaló que no encontró justificación para el arresto y encontró que el derecho de Leopoldo López para ser presentado ante un tribunal fue violado. El grupo afirmó que el proceso en su contra fue debido a su posición política, por lo que su detención es considerada como arbitraria.
Que según lo establecido en el artículo 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo debe dirigir la política exterior de nuestro país según los siguientes Principios Normativos:
“la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proposición de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales”.
Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos indica que nadie puede ser detenido arbitrariamente (artículo 9) y que toda persona tiene derecho, en condiciones de igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos indica que nadie puede ser sometido a una detención o prisión arbitraria y debe ser presentado sin demora delante de un juez (artículo 9); que toda persona privada de la libertad debe ser tratada humanamente y con el debido respeto a su dignidad (artículo 10); que toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial; además, que toda persona acusada de un delito tiene derecho a la presunción de inocencia (artículo 14); y que nadie puede ser molestado a causa de sus opiniones teniendo derecho a la libertad de expresión (artículo 19).
Que la Resolución 60/251 del 15 de marzo de 2006 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, indica que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU es responsable de promover el respeto universal por la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, y ocuparse de las situaciones en que se violen los derechos humanos, incluidas las violaciones graves y sistemáticas y hacer recomendaciones al respecto.
Que el pasado 18 de septiembre, el Senado de la República condenó la injusta sentencia dictada al líder opositor Leopoldo López y hace suya la Resolución del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la ONU que ha señalado violaciones en el debido proceso. En este sentido, exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a pronunciarse sobre la injusta sentencia dictada al líder opositor Leopoldo López; a través de una proposición con punto de acuerdo que a continuación se describe:
“Compañeros y compañeras legisladores, no podemos permanecer indiferentes ante tal contravención de los derechos humanos e inobservancia de la democracia en nuestro continente en pleno siglo XXI”.
Es por esto que coincidiendo en posturas y en respaldo al punto de acuerdo propuesto en el Senado el pasado 18 de septiembre, someto de esta soberanía, la siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados expresa su desaprobación ante la sentencia judicial decretada al líder venezolano Leopoldo Eduardo López Mendoza.
Segundo. Solicita respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores emita su pronunciamiento sobre la sentencia judicial decretada al líder Leopoldo López, y se une, en la medida de sus posibilidades, a coadyuvar para que la Secretaría cumpla su visión de “hacer de México un país con una presencia constructiva en el mundo, a través de una política exterior responsable y activa y no permanecer impasibles en el presente caso”.
Consideraciones
I. Los diputados integrantes de esta comisión, en la primera reunión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2015, analizamos, discutimos y determinamos el sentido en el que se dictaminaría la proposición con punto de acuerdo sometida por el diputado Hugo Éric Flores Cervantes.
II. La Comisión de Relaciones Exteriores, al analizar el punto de acuerdo de mérito, valoró el hecho de que la sentencia a que se refiere la proposición fue recurrida por el agraviado, Leopoldo E. López Mendoza y, por lo tanto, la resolución se halla en revisión por el Tribunal de Casación de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, la sentencia hoy impugnada no es definitiva y, por lo tanto, esta honorable Cámara de Diputados está impedida para pronunciarse al respecto.
III. Según lo establecido en el artículo 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Poder Ejecutivo en la conducción de la Política Exterior, deberá observar los siguientes principios normativos:
• La no intervención, la autodeterminación de los pueblos, la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacional.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta comisión dictaminadora someten a consideración de la honorable asamblea el siguiente:
Acuerdo
Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo, relativa a la sentencia dictada en contra de Leopoldo Eduardo López Mendoza, líder venezolano de la oposición, en virtud de que dicha sentencia no es definitiva y se encuentra sub judice . Archívese como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro. -México, Distrito Federal, a 8 de diciembre de 2015.
La Comisión de Relaciones Exteriores
Diputados: Víctor Manuel Giorgana Jiménez (rúbrica), presidente: María Marcela González Salas y Petricoli (rúbrica), María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbrica), Maricela Emilse Etcheverry (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo, Martha Cristina Jiménez Márquez, Claudia Sofía Corichi García (rúbrica), Sasil Dora Luz de León, Héctor Javier García Chávez, Lilian Zepahua García (rúbrica), Alfredo Anaya Orozco, Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Francisco Escobedo Villegas (rúbrica), Salomón Majul González, Carlos Federico Quinto Guillén (rúbrica), Jasmine María Bugarín Rodríguez (rúbrica), Gina Andrea Cruz Blackledge (rúbrica), Patricia García García, Arlette Ivette Muñoz Cervantes (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Alicia Barrientos Pantoja (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorgina Gaxiola Lezama, Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Cecilia Guadalupe Soto González (rúbrica).
De la Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la solicitud de no enviar al Senado, para su aprobación, el Convenio Bilateral de Transportes Aéreos entre México y Estados Unidos
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputado le fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta al titular del Ejecutivo federal, licenciado Enrique Peña Nieto a que no sea enviado para su ratificación al senado de la República el convenio bilateral de transportes aéreos entre México y Estados Unidos.
La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, 82 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Pleno el presente Dictamen, en sentido negativo , de conformidad con lo siguiente:
I. Antecedentes.
II. Contenido de la proposición.
III. Punto de acuerdo propuesto.
IV. Consideraciones.
V. Punto de acuerdo.
Antecedentes
I. Con fecha 3 de septiembre de 2015, los diputados Mario Ariel Juárez Rodríguez y Concepción Villa González, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 6, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó a la consideración de esta Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo relativo a la ratificación del convenio Bilateral de Transportes Aéreos entre México y Estados Unidos.
II. En la misma fecha, 3 de septiembre de 2015, la proposición con punto de acuerdo mencionada fue turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio y dictamen. Por lo que en ese acto se emite el Dictamen correspondiente, de conformidad con lo siguiente:
Contenido de la proposición
El legislador proponente del punto de acuerdo que se dictamina, señala expresamente en sus consideraciones:
“El Convenio de Chicago, sobre aviación civil internacional firmado en 1944 tuvo por objeto actualizar las normas de aviación. Firmado después de la Segunda Guerra Mundial, este convenio regulaba de manera liberal los aspectos de navegación y tráfico aéreo. En este documento se establecieron las cinco primeras “libertades del aire”, en la actualidad existen nueve. Estas libertades, en Derecho Aeronáutico, son una serie de derechos relativos a la aviación comercial que garantizan a las aerolíneas de un país entrar en el espacio aéreo de otro país y aterrizar en éste.
1) Libertades Técnicas:
• Primera Libertad: El derecho de volar sobre el territorio de otro estado sin aterrizar.
• Segunda Libertad: El derecho de aterrizar en el territorio de otro estado por razones técnicas.
2) Libertades Comerciales:
• Tercera Libertad: El derecho de desembarcar pasajeros, correo y carga, tomado en el territorio del país cuya nacionalidad posee la aeronave.
• Cuarta Libertad: El derecho de tomar pasajeros, correo y carga destinados al territorio del país cuya nacionalidad posee la aeronave.
• Quinta Libertad: El derecho de tomar y el de desembarcar pasajeros, correo y carga con destino o procedente de terceros estados.
3) Otras Libertades:
• Sexta Libertad: El derecho a que el operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial entre otros dos estados vía su propio territorio.
• Séptima Libertad: El derecho a que el operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial enteramente fuera de su territorio.
• Octava Libertad: El derecho a que el operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial dentro del territorio de otro estado (cabotaje).
• Novena Libertad: Permiso referido a aerolíneas de un estado para operar en régimen de 7° libertad a partir del tercer estado más allá de su territorio.
En noviembre de 2014 los gobiernos de México y E.U., modificaron el Convenio Bilateral en Materia de Aviación. Tras su firma, se estableció que las aerolíneas cargueras de Estados Unidos y de México eliminaran restricciones al aplicar la quinta y séptima libertad; con esto, podrán despegar desde Estados Unidos, cargar mercancía en México y continuar volando hacia un tercer país, esquema conocido como quinta libertad del aire. Del mismo modo, podrán partir desde México hacia un tercer país, sin haber estado previamente en Estados Unidos; dicho esquema se conoce como séptima libertad del aire. Las aerolíneas mexicanas tendrán los mismos beneficios para operar en Estados Unidos.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) declaró que no se autorizarán la 8ª y 9ª Libertades Internacionales (cabotaje), es decir, vuelos entre ciudades mexicanas operados por aerolíneas estadounidenses. Este Convenio modificado tiene que ser ratificado en el Senado y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2016.
A partir del anuncio de las modificaciones al Convenio Bilateral de Transportes Aéreos, varias organizaciones sindicales y colegios en esta materia, formaron el Frente por la Defensa de la Aviación Nacional (FDAN). Ellos declaran estar en contra del convenio aéreo bilateral porque las nuevas libertades, se autorizarán con menos restricciones y porque esto representa, en la práctica, la autorización de la política de cielos abiertos.
La quinta libertad aérea representa la posibilidad de que, cualquier aerolínea, tanto de Estados Unidos como de México, pueda realizar servicios aéreos desde cualquier punto, o varios puntos, entre ambos países y continuar a un destino posterior. Eso significa para las aerolíneas estadounidenses una mayor ventaja competitiva, ya que, además de poseer una mayor flota, podrían realizar y vender, vuelos que vengan de EU y aterricen en la Ciudad de México -por citar sólo un ejemplo- a cualquier destino de Centro o Sudamérica.
La Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT), emitió un comunicado con fecha del 23 de septiembre de 2015, en donde niega que este convenio bilateral contemple la apertura de cielos. En el mismo sentido, aseguró que se mantendrían las libertades aéreas ya autorizadas, mientras que las nuevas se autorizarían, estudiándose caso por caso, y sin perjudicar a la industria aérea nacional. Sin embargo, han omitido mencionar que en un acuerdo paralelo fechado el día 28 de mayo de 2015, el gobierno de México y el de Estados Unidos se ofrecen y otorgan más libertades aéreas, de las que se habían negociado en el texto del memorándum de consulta.
La SCT afirma que solo se busca flexibilizar el tráfico aéreo para, “aumentar la conectividad y el crecimiento económico de las naciones”. De igual manera, declara que: “el convenio generará oportunidades significativas, tanto para que las aerolíneas cargueras mexicanas incrementen su penetración en mercados internacionales, como para que el país aproveche su ubicación estratégica y esto sirva como una plataforma logística donde, además de que se reciban y envíen un mayor número de mercancías, se añada un valor agregado a las mismas”.
El Instituto de Investigaciones Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) junto con el Colegio de Pilotos Aviadores de México, A.C., realizaron un estudio sobre las condiciones de competencia en la industria aérea nacional. De acuerdo con los resultados, México no está en condiciones de competir con las aerolíneas estadounidenses. La liberalización del Convenio Binacional de Transportes Aéreos entre México y Estados Unidos, requiere que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, garantice equidad para que la industria aérea nacional esté en condiciones de competir en igualdad de circunstancias.
Ante la gravedad de la situación y el riesgo que representa la intervención de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en los casos de investigación al sector aéreo, el Frente por la Defensa de la Aviación Nacional (FDAN), señaló: “Si la Cofece está considerando la entrega del control de slots, o sea, horarios de despegue y aterrizaje, puertas de salida y otras concesiones, en el Aeropuerto Internacional de la ciudad de México (AICM) a competidores estadounidenses a través del nuevo convenio bilateral, se estaría poniendo en grave riesgo la fuente de empleo de cientos de trabajadores de la aviación nacional”. Nos oponemos a una política de “cielos abiertos”, pues la aviación nacional no está en condiciones de competir con la de Estados Unidos, la cual tiene una flota mucho mayor al igual que oferta de asientos; ellos cuentan con 75.3% del mercado y México solo el 24.7%, Estados Unidos posee siete mil aviones, a diferencia de México que solo cuenta con 350 aviones en su flotilla.
El FDAN declara que el Convenio Bilateral no cumple con las salvaguardas de seguridad de temporalidad, gradualidad y posibilidad de concretar alianzas profundas (antitrust immunity). De igual manera asume el compromiso de establecer y mantener las políticas internacionales de asignación de horarios de despegue y aterrizaje en el AICM, que en principio exigieron y a las que se comprometieron a cumplir los dos países. Este convenio será presentado en las semanas siguientes ante el Senado para su ratificación.
De aprobarse el Acuerdo Bilateral en materia de Aviación en los términos en que actualmente se está negociando por los Estados parte, se otorgarían facilidades a la industria estadounidense para entregarles slots y rutas que pondrían en riesgo miles de empleos de la industria aeronáutica nacional. Estadísticas señalan que por cada avión que deje de volar se perderían aproximadamente 120 empleos directos. Debido a ello, es necesario se respeten las salvaguardas de equidad entre los dos países y se establezcan en el Convenio antes de su ratificación.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo, Lic. Enrique Peña Nieto a que no sea enviado para su ratificación al Senado de la República, el Convenio Bilateral de Transportes Aéreos entre México y Estados Unidos, hasta que el Gobierno Estadounidense cumpla el compromiso de garantizar las condiciones de equidad para la industria aérea mexicana mediante acuerdos de alianzas profundas (Antitrust Immunity).”
Consideraciones
I. Los Diputados y Diputadas, integrantes de esta Comisión, en la Primera Reunión Ordinaria de la misma, celebrada el 28 de octubre de 2015, discutimos y determinamos el sentido en el que se dictaminaría la proposición con Punto de Acuerdo sometida por los diputados Mario Ariel Juárez Rodríguez y Concepción Villa González.
II. Es importante considerar que el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su parte relativa, señala como facultad exclusiva del Senado analizar la política exterior y aprobar, en su caso, los tratados internacionales, por lo que se entiende que, una vez analizado el tratado de marras, el Senado habrá de contar con los elementos suficientes para su dictamen, ya sea en sentido positivo o negativo. Por lo tanto, esta Soberanía no está en aptitud de hacer la solicitud al Ejecutivo en el sentido de que deje de enviar al Senado, para su análisis, el citado tratado internacional.
A mayor abundamiento, el artículo 76 constitucional, antes citado, en su parte relativa expresa:
“Art. 76.- Son facultades exclusivas del Senado:
I.- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal...
Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo Federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos...”
I. Debido a lo anterior, esta Comisión considera de suma importancia que las comisiones facultadas de dicha cámara legislativa realicen su labor de análisis y dictamen de tratados correspondiente.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, los legisladores integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, someten a consideración de esta Soberanía el siguiente:
Acuerdo
Único. Se desecha la solicitud de mérito, en virtud de que, por disposición constitucional, el Ejecutivo Federal tiene la ineludible obligación de presentar los tratados internacionales al Senado para su análisis y posible aprobación. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 8 de diciembre de 2015.
La Comisión de Relaciones Exteriores
Diputados: Víctor Manuel Giorgana Jiménez (rúbrica), presidente; María Marcela González Salas y Petricoli (rúbrica), María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbrica), Maricela Emilse Etcheverry (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo, Martha Cristina Jiménez Márquez, Claudia Sofía Corichi García (rúbrica), Sasil Dora Luz de León, Héctor Javier García Chávez, secretarios; Lilian Zepahua García (rúbrica), Alfredo Anaya Orozco, Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Francisco Escobedo Villegas (rúbrica), Salomón Majul González, Carlos Federico Quinto Guillén (rúbrica), Jasmine María Bugarín Rodríguez (rúbrica), Gina Andrea Cruz Blackledge (rúbrica), Patricia García García, Arlette Ivette Muñoz Cervantes (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Alicia Barrientos Pantoja (rúbrica en abstención), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica en abstención), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorgina Gaxiola Lezama, Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Cecilia Guadalupe Soto González (rúbrica).
De la Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se desechan proposiciones con puntos de acuerdo relativos a la solicitud al Ejecutivo federal para que retire la nominación del señor Claude Heller Rouassant como candidato de México a formar parte del Comité contra la Tortura de la ONU
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados le fueron turnadas, para su estudio y dictamen, dos proposiciones con punto de acuerdo, mediante las que se solicita al Ejecutivo Federal el retiro de la nominación del Señor Claude Heller Rouassant como candidato de México para la elección de los integrantes del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas.
La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, 82 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Asamblea presente Dictamen, en sentido negativo , de conformidad con los siguientes apartados:
I. Antecedentes.
II. Contenido de la Proposición.
III. Punto de Acuerdo propuesto.
IV. Consideraciones.
V. Punto de Acuerdo.
Antecedentes
I. Con fecha de 29 de septiembre y 13 de octubre de 2015, los Diputados Héctor Javier García Chávez y Guadalupe Acosta Naranjo, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 6, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentaron a consideración de esta Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo por la que se solicita al titular del Ejecutivo Federal el retiro de la nominación del Señor Claude Heller Rouassant como candidato de México para la elección de los integrantes del Comité contra la Tortura de la Organización de Naciones Unidas. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo se turnara, para su estudio y dictamen, a la Comisión de Relaciones Exteriores por lo que en este acto se emite el Dictamen correspondiente, en sentido negativo .
II. En virtud de que, una vez revisadas las dos proposiciones con punto de acuerdo, se advirtió de que se trata de la misma proposición, se emite un solo dictamen de conformidad con lo siguiente:
Contenido de la proposición
Los proponentes señalan expresamente en sus consideraciones:
1. “El Estado mexicano nominó, el pasado 29 de abril, a Miguel Sarre Iguíniz, como candidato de México para participar en la elección de integrantes del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas.
2. Experto reconocido, con amplia experiencia e independencia en materia de tortura y derechos humanos, su propuesta para ser integrante del Comité contra la Tortura responde a que su trayectoria cuenta con haber sido miembro del Subcomité para la Prevención de la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, un órgano emanado de un tratado internacional del sistema de protección a los derechos humanos de ONU (sic).
3. Por ello, la notificación, sin justificación alguna, que el pasado 16 de junio de 2015 envió el Gobierno mexicano al Comité contra la Tortura a través de la Cancillería para retirar la candidatura de Miguel Sarre Iguíniz, nominando en su lugar al Señor Claude Heller Rouassant, generó gran extrañeza e indignación entre las organizaciones de sociedad civil que defienden los derechos humanos y acompañan a víctimas de tortura.
– Es así que el 23 de junio y 10 de julio, del presente año, enviaron sendas cartas al entonces Secretario de Relaciones Exteriores, Dr. José Antonio Meade Kuribeña. Ya la embajadora de Austria en México, respectivamente, en las que expresaban su malestar por el retiro de la candidatura de Miguel Sarre Iguíniz y la nominación de Claude Heller Roussant.
4. Así también, más de 80 organizaciones, 75 de ellas integrantes de la Red Nacional de Organizaciones Civiles de Derecho Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos”, que trabaja por los derechos humanos en 21 estados de la República Mexicana, emitieron una comunicación pública en el mismo sentido.
5. Por compartir las preocupaciones expresadas en estos tres documentos, queremos unirnos a la solicitud que han planteado al Titular del Ejecutivo Federal a través de la Cancillería y vamos a transcribir sus principales argumentos en relación con el retiro de la candidatura de Miguel Sarre Iníguez y la nominación de Claude Heller Roussant:
a) ...las organizaciones de la sociedad civil firmantes expresamos nuestro rechazo por el retiro y sustitución de candidaturas que el gobierno mexicano ha realizado en la elección de integrantes del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas.
b) El Comité contra la Tortura es un órgano creado por la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Dicho Comité tiene entre otras facultades la de llevar a cabo revisiones periódicas a Estados parte de la Convención y la de conocer casos contenciosos que víctimas de tortura y otros malos tratos presentan en contra de Estados que han reconocido la competencia del Comité en este rubro. México es Estado parte de la Convención y aceptó la competencia contenciosa del Comité.
c)... el Comité adoptó sus observaciones finales en la última revisión realizada al Estado mexicano. En 2012, en las que formuló diversas recomendaciones dados los niveles de incidencia de la tortura en México y la impunidad en torno a esta grave violación a los derechos humanos. Asimismo, el Comité ya se encuentra conociendo casos contenciosos presentados en contras del Estado Mexicano, mismos que se encuentran pendientes de ser resueltos por dicho órgano.
Exponen entre sus argumentos las directrices de Addis Abeba que establecen la importancia de la independencia y la imparcialidad de quienes integren los comités, relatorías y demás instrumentos que se han creado a partir de los tratados de derechos humanos:
Los miembros de los órganos creados en virtud de tratados no solo serán independientes e imparciales, sino que deberán parecerlo a juicio de un observador razonable.
Asimismo, las directrices exponen que:
Los conflictos de intereses y el incumplimiento de los requisitos de independencia e imparcialidad, ya sean reales o aparentes, pueden ser consecuencia de diversos factores, como la nacionalidad del miembro o su lugar de residencia, su empleo actual o anterior, la pertenencia o afiliación a una organización o las relaciones familiares o sociales [...]
6) Es importante comentar, que hay un reconocimiento de las organizaciones que firman las cartas y el comunicado de que el señor Claude Heller ha sido un diplomático mexicano de carrera con larga trayectoria, quien ha desempeñado varios cargos como embajador y representante de México ante organismos internacionales. Sin embargo, señalan que de la revisión de esa trayectoria no se encuentra ninguna experiencia ni especialización en materia de tortura, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, por lo que consideran que:
a) ... su cargo como Embajador Eminente de México pone en tela de juicio la independencia que, de acuerdo a lo antes señalado en las Directrices de Addis Abeba que deben tener los integrantes del Comité contra la Tortura frente a los Estados parte de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes;
Manifiestan su inquietud de que:
b)... con el manejo político de las nominaciones, el Estado Mexicano busque tener un mayor control sobre el Comité contra la Tortura, afectando la independencia del organismo, lo que a su vez produciría efectos negativos no solamente en la protección de la integridad personal de la población en México, sino en la protección de todos los Estados parte de la Convención señalada;
Y recuerdan, la postura de confrontación con el Relator Especial sobre Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de la ONU, Juan Méndez, que mantuvo el Gobierno Federal cuando éste presentó su Informe:
En mayo de 2014, tras una visita a México, el relator especial de la ONU sobre la tortura observó: “Aún persiste una situación generalizada del uso de tortura y malos tratos”.
c) ....no pasamos por alto que este actuar del Gobierno Federal se enmarca en la presentación del informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratados o penas crueles, inhumanos o degradantes a raíz de su visita a México en 2014, en el cual señaló que la tortura continúa siendo una práctica recurrida por las autoridades mexicanas en todos los niveles de gobierno y manifiestan su preocupación de que ante los constantes señalamientos de organismos internacionales sobre la incidencia de dichos organismos a fin de invisibilidad el problema de la tortura en México, esto en lugar de acatar las recomendaciones de dichos organismos y promover un mayor escrutinio de los mismo sobre la situación de la tortura en México.
Solicitan a Cancillería que revise:
d)... la situación de las nominaciones del Estado Mexicano en la integración de órganos internacionales, a fin de promover perfiles expertos e independientes para la elección de integrantes del Comité contra la Tortura y de futuras elecciones en otros órganos internacionales de protección a los derechos humanos y que el Gobierno Mexicano señale las razones por las que se retiró la candidatura del señor Miguel Sarre Iguíniz y remitirlas a las organizaciones firmantes de la presente comunicación.
Informan que han solicitado a los países miembros de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes NO respaldar la candidatura propuesta por el Gobierno Mexicano;
Y por último: solicitan al Presidente Enrique Peña Nieto retire la candidatura del Sr. Claude Heller para integrar el Comité contra la Tortura.
7. Órganos de derechos humanos de la ONU, han emitido desde principios de 2007, diversas recomendaciones al Gobierno Mexicano para cuestionar el paradigma militarizante de la seguridad pública que ha traído como consecuencia directa el incremento de las violaciones a derechos humanos, especialmente la tortura, as desapariciones y las ejecuciones extrajudiciales y han exigido legislación conforme estándares internacionales del uso legítimo de la fuerza que permitan contar con medidas de control para que no se cometan arbitrariedades y abusos por agentes del Estado, es decir, para prevenir la tortura.
8. Por otra parte, en 2014, Amnistía Internacional presentó su informe Fuera de Control: tortura y otros malos tratos en México. En ese informe dan cuenta del aumento de 600 por ciento en el número de denuncias recibidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos entre el periodo 2003 a 2013.
Refiere que de 2010 a 2013 la propia CNDH reportó la recepción de más de 7 mil quejas por tortura; estableciendo que fue a partir de 2006, periodo en que inició Felipe Calderón la militarización de la seguridad para desplegar su guerra contra los grupos de narcotraficantes y aumentó expansivamente la violencia, aunado a la reforma que, en 2008, elevó a rango constitucional el arraigo, que es en sí mismo una violación a la presunción de inocencia; de 2008 a 2013, se arraigó a 8 mil quinientas noventa y cinco presuntos delincuentes.
El informe de marras señala que la impunidad es casi total pues, según datos del Consejo de la Judicatura Federal, entre 2005 y 2013, a nivel federal el poder Judicial tramitó tan sólo 123 enjuiciamientos y apenas se lograron 7 sentencias con condena. La inadecuada aplicación del examen médico psicológico conocido como Protocolo de Estambul ha impedido que se investigue con certeza científica la comisión del delito de tortura y por ello, la pertinencia de contar con servicios forenses autónomos e independientes.
9. El Comité contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de la ONU ha convocado a su 15ªReunión para el 8 de octubre de 2015, con el objetivo de elegir, de conformidad con el artículo 17, párrafos 1 a 5, de la Convención Internacional en la materia, a cinco miembros del Comité contra la Tortura cuyo mandato termina el 31 de diciembre de 2015; es por ello, que estamos presentando tanto en esta Cámara de Diputados como en el Senado esta proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.
Por todo lo anterior, en ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados, con pleno respeto a la división de poderes, solicita al titular del Ejecutivo federal, licenciado Enrique Peña Nieto, el retiro de la nominación del señor Claude Heller Rouassant como candidato de México para la elección de los integrantes del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas.”
Consideraciones
I. Los diputados y diputadas, integrantes de esta Comisión, en la Primera Reunión Ordinaria de esta Comisión, celebrada el 28 de octubre del año en curso, analizamos, discutimos y determinamos el sentido en el que se dictaminarían las proposiciones con punto de acuerdo presentadas por los diputados Héctor Javier García Chávez y Guadalupe Acosta Naranjo.
II. En las proposiciones con punto de acuerdo referidas, que hacen el mismo planteamiento, solicitan que se retire la nominación del señor Claude Heller para ser electo como integrante del Comité contra la Tortura de la ONU. Sin embargo, desde el pasado 8 de octubre del presente año el señor Claude Heller fue electo por el propio Comité contra la Tortura de la ONU, de entre 14 candidatos. Por lo tanto, y dado que la elección ya fue realizada por el propio Organismo, se determina que las proposiciones con punto de acuerdo han quedado sin materia.
Por lo anteriormente expuesto, los legisladores integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, someten a consideración de esta soberanía el siguiente
Acuerdo
Único. Se desechan las proposiciones con punto de acuerdo, en virtud de que han quedado sin materia. Por lo tanto, archívense las mismas como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a 8 de diciembre de 2015.
De la Comisión de Relaciones Exteriores
Diputados: Víctor Manuel Giorgana Jiménez (rúbrica), presidente; María Marcela González Salas y Petricoli (rúbrica), María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbrica), Maricela Emilse Etcheverry (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo, Martha Cristina Jiménez Márquez, Claudia Sofía García (rúbrica), Sasil Dora Luz de León, Héctor Javier García Chávez, secretarios; Lilian Zepahua García (rúbrica), Alfredo Anaya Orozco, Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Francisco Escobedo Villegas (rúbrica), Salomón Majul González, Carlos Federico Quinto Guillén (rúbrica), Jasmine María Bugarín Rodríguez (rúbrica), Gina Andrea Cruz Blackledge (rúbrica), Patricia García García, Arlette Ivette Muñoz Cervantes (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Alicia Barrientos Pantoja (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorgina Gaxiola Lezama, Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Cecilia Guadalupe Soto González (rúbrica).
De la Comisión de Salud, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Salud que declare alerta epidemiológica por rickettsiosis en Mexicali, Baja California
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Antecedentes
Con fecha 15 de septiembre de 2015, el diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud declare alerta epidemiológica por rickettsiosis, en Baja California y que en coordinación con el gobierno de Baja California, vigilen la aplicación y cumplimiento de la norma oficial mexicana NOM-032-SSA2-2010, de manera específica, de todos y cada uno de los procedimientos de vigilancia epidemiológica rutinaria y especial, en relación con el brote epidemiológico de rickettsiosis, en Mexicali, Baja California.
El 15 de septiembre de 2015, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y dictamen correspondiente, con número de expediente 087.
II. Planteamiento del problema y contenido del asunto
1. El diputado proponente comenta que la muerte por el brote epidemiológico de rickettsiosis, en Mexicali, Baja California se ha incrementado, lo que resulta muy preocupante
2. Subraya que es necesario que se aplique lo establecido en la norma oficial mexicana NOM-032-SSA2-2010, de manera específica de todos y cada uno de los procedimientos de vigilancia epidemiológica rutinaria y especial y la alerta sanitaria implementada en el estado para controlar el brote epidemiológico de rickettsiosis, en Mexicali, Baja California.
El resolutivo propuesto es el siguiente:
Primero. Esta Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud para que declare alerta epidemiológica por rickettsia, en el estado de Baja California, y para que vigile la aplicación de la norma oficial mexicana NOM-032-SSA2-2010, de manera específica de todos y cada uno de los procedimientos de vigilancia epidemiológica rutinaria y especial en relación con el brote epidemiológico de rickettsiosis, en la ciudad de Mexicali, Baja California.
Segundo. Esta Cámara de Diputados exhorta al gobierno de Baja California, para que aplique lo estipulado en la norma oficial mexicana NOM-032-SSA2-2010, de manera específica de todos y cada uno de los procedimientos de vigilancia epidemiológica rutinaria y especial y la alerta sanitaria implementada en el estado para controlar el brote epidemiológico de rickettsiosis, en la ciudad de Mexicali, Baja California.
III. Proceso de análisis
La Comisión de Salud examinó los méritos de la proposición con base en una revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, además de la discusión del mismo en su reunión ordinaria.
IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la propuesta
a) En cuanto a los argumentos del autor.
1. Según datos de la Secretaría de Salud el primer caso documentado de rickettsia en Mexicali, se presentó en 2009; desde su aparición, los casos detectados y los fallecimientos a causa de la enfermedad han ido en aumento; como lo demuestran las cifras del sector salud:
En 2009: Fallecieron 9 Personas; 2010: 12 Personas; 2011: 8 Personas; 2012: 15 Personas; 2013: 19 Personas; 2014: 25 Personas; y a septiembre 2015, ya se reportan 20 decesos a causa del padecimiento.
2. Por lo antes expuesto estas enfermedades se han convertido en un fenómeno preocupante en Baja California, particularmente en el municipio de Mexicali, aunque a la fecha ya se han presentado casos en los municipios de Ensenada y Tecate.
3. Por otra parte, la Ley General de Salud establece en su artículo 181 que en caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud; así mismo, que el Ejecutivo Federal podrá declarar, mediante decreto, la región o regiones amenazadas que quedan sujetas, durante el tiempo necesario, a la acción extraordinaria en materia de salubridad general.
b) En cuanto a los resolutivos propuestos:
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud”... “Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.
2. En materia de tratados internacionales, el derecho a la salud significa que los gobiernos deben crear las condiciones que permitan a todas las personas vivir lo más saludablemente posible, como ejemplo se citan los tratados de las Naciones Unidas sobre derechos humanos.
3. En México, a través del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, Sinave, se realiza la recolección sistemática, continua, oportuna y confiable de información relevante y necesaria sobre las condiciones de salud de la población y sus determinantes.
4. La Ley General de Salud contempla como materia de salubridad general la vigilancia epidemiológica, y que la Secretaría de Salud establece los criterios, especificaciones y directrices de operación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, mediante las disposiciones establecidas en la norma oficial mexicana NOM-017-SSA2-2012, Para la vigilancia epidemiológica.
5. La norma oficial mexicana NOM-017-SSA2-2012 define una alerta epidemiológica como el “comunicado de un evento epidemiológico que representa un daño inminente a la salud de la población y o de trascendencias social, frente al cual es necesario ejecutar acciones de salud inmediatas y eficaces, a fin de minimizar o contener su ocurrencia.” Las condiciones de presencia de la rickettsia en Baja California, aún no cumplen con las normas oficiales para la declaratoria de emergencia epidemiológica con fundamento en el Sinave 2015 como se explica a continuación;
6. Se definió la alerta como un evento epidemiológico inminente que representa un daño a la salud de la población y o de trascendencia social, dichos eventos pueden ser:
• La aparición súbita de riesgos que requieran intervención inmediata por representar potencial daño a la salud de la población.
• Cualquier evento que genere exposición humana a substancias tóxicas u otro agente o substancia.
• Ocurrencia de brotes, independientemente de su naturaleza o causa; de padecimientos transmisibles o no.
• Identificación de enfermedades de declaración obligatoria, como: casos de cólera, sarampión, fiebres hemorrágicas, poliomielitis, entre otras.
• Enfermedades relacionadas con liberación intencional de agentes químicos o biológicos.
• Padecimientos que sean de elevada trascendencia y vulnerabilidad a la salud de la población como; influenza estacional o aviar; peste o fiebre amarilla.
• Las que consideren los titulares de los comités de vigilancia epidemiológica en el ámbito estatal y nacional.
7. Las alertas epidemiológicas se emiten en diferentes niveles: Nivel local. Es el nivel en el que generalmente se detecta y actúa ante la emisión de una alerta. No está facultado para emitir alertas. Nivel jurisdiccional. Constituye el primer nivel de análisis de riesgos potenciales a la salud de la población para su mitigación. Estos pueden ser de índole local o con potencial de dispersión a otras áreas. Las alertas a este nivel deberán ser elaboradas en el seno del Comité Jurisdiccional de Vigilancia Epidemiológico y avaladas por el nivel estatal. Nivel Estatal. Este nivel tendrá competencia para la emisión de alertas que involucren eventos que afecten solamente su ámbito de administrativo (local, jurisdiccional y estatal de acuerdo con la estructura organizacional de cada entidad federativa). Las alertas deberán ser elaboradas en el seno del Comité Estatal de Vigilancia y enviar copia al Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica para verificar que cumpla con los lineamientos específicos. Nivel Federal. Las alertas en este nivel son elaboradas y avaladas en el seno del Conave, comité único facultado para la emisión de alertas de orden nacional o internacional. El Diputado proponente, solicita se exhorte a la Secretaría de Salud para que haga la declaratoria de alerta epidemiologia y la aplicación de la NOM-032-SSA2-2010, sin contemplar los lineamientos establecidos dentro del protocolo de declaratoria de alerta epidemiológica en ninguno de los niveles establecidos por la norma oficial mexicana.
8. Ahora bien, dentro de la exposición de motivos del punto de acuerdo que hoy nos ocupa, se hace mención que en muchas ocasiones no se da el tratamiento adecuado y oportuno a enfermedades difíciles de identificar en sus síntomas, lo cual contribuye de manera directa a su agravamiento, ya que genera repercusiones de mayor gravedad en la salud del paciente, que incluso pueden llevarlo a la muerte.
9. También se considera en la propuesta la necesidad de declarar alerta epidemiológica de las medidas por rickettsia en Baja California y que a la vez se observe el cumplimiento de la norma oficial mexicana NOM-032-SSA2-2010, para la vigilancia epidemiológica de las medidas tomadas para el control del brote de ricketsiosis, en la ciudad de Mexicali.
10. En la misma norma a que hace referencia el diputado proponente, se define como rickettsiosis al grupo genérico de enfermedades producidas por el vector (garrapata café del perro) que transmite el parásito ricketsia y que causa estas enfermedades, denominado por la misma ley como rickettsiosis. Para este padecimiento la norma oficial mexicana considera un esquema de tratamiento para pacientes, precauciones especiales que la ciudadanía debe arraigar con el objeto de controlar el aumento de padecimientos, de los cuales primordialmente se desprenden dos acciones: Sanitarias de tratamiento de la enfermedad y Sanitarias de higiene para prevención de la misma.
11. Actualmente la Secretaría de Salud de Baja California está llevando a cabo una campaña intensa, tanto en medios electrónicos y de manera física sobre el combate de la rikettsia, concientizando a la gente a que tome las precauciones necesarias a fin de proteger a la gente de este padecimiento.
12. Como resultado del análisis esta comisión dictaminadora, considera que el punto de acuerdo en estudio no es viable ya que, como se resaltó anteriormente, el gobierno estatal de Baja California y el gobierno federal con base en el Programa de Acción, Prevención y Control de las Rikettsiosis, se le ha dado seguimiento con el objetivo de incrementar los esfuerzos, estudios, programas, campañas, entre otras acciones necesarias de primera instancia para atender el tema en relación con el brote epidemiológico que se está presentando en la ciudad de Mexicali, así como también en otras áreas afectadas del país1 .
13. Aunado a lo anterior, y para darle más veracidad al argumento antes esgrimido, la Secretaría de Salud por medio de la Dirección General de Epidemiologia, elaboró los Lineamientos para la Vigilancia Epidemiológica de la Rickettsioisis por Laboratorio, en los que se especifica puntualmente la clasificación de la enfermedad y su debida atención, a la cual se le ha dado suficiente publicidad por ambos órdenes de gobierno.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud sometemos a consideración de esta asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud declare alerta epidemiológica por rickettsiosis, en Baja California, y a la par con el gobierno de Baja California, vigilen la aplicación y cumplimiento de la norma oficial mexicana NOM-032-SSA2-2010, de manera específica de todos y cada uno de los procedimientos de vigilancia epidemiológica rutinaria y especial, en relación al brote epidemiológico de rickettsiosis, en la ciudad de Mexicali, Baja California, a cargo del diputado federal José Alfredo Ferreiro Velazco.
Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
Nota
1 http://www.cenaprece.salud.gob.mx/descargas/pdf/PAE_PrevencionControlRi ckettsiosis2013_2018.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.
La Comisión de Salud
Diputados: Elías Octavio Iñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), secretarios; Yahleel Abdala Carmona (rúbrica), Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Wendolin Toledo Aceves (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).
De la Comisión de Salud, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la atención médica del licenciado Sebastián Lerdo de Tejada, en el hospital regional Adolfo López Mateos
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:
I. Antecedentes
1. El 6 de octubre de 2015 , el diputado Alberto Martínez Urincho , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática , presentó proposición con punto de acuerdo relativo a la atención médica del licenciado Sebastián Lerdo de Tejada, en el hospital regional Adolfo López Mateos.
2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó a esta comisión, con número de expediente 423/LXIII para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Proposición en comento.
II. Planteamiento del problema y contenido de la proposición
El proponente considera que el derecho a la salud debe ser progresivo, de acuerdo al nivel de desarrollo y de los recursos disponibles para llegar a la satisfacción del mismo. Sin embargo, estima que hoy se ha convertido en una materia recurrente en la violación de los derechos humanos en México.
Señala que para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la violación al derecho a la salud presume: a) el abandono de paciente; b) el aislamiento hospitalario o penitenciario por tener la condición de seropositivo o enfermo de VIH; c) la deficiencia en los tramites médicos; d) la falta de notificación de estado de salud de VIH; e) la investigación científica ilegal en seres humanos; f) la negativa de atención médica; g) la negativa de atención médica por tener la condición de seropositivo o enfermo de VIH; h) la negativa o inadecuada prestación de servicio público; i) la negligencia médica y j) la violación del derecho a la protección a la salud.
Además señala que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos menciona que “las instituciones encargadas de proteger el derecho a la salud en nuestro país muestran profundos problemas para atender las demandas de la población mexicana, lo cual se observa en las diversas quejas que al respecto recibe dicha Comisión. Las más frecuentes son la omisión de proporcionar atención médica, negligencia médica, abandono del paciente, aislamiento hospitalario, integración irregular de expedientes clínicos, deficientes trámites médicos, violencia obstétrica, suministro de medicamentos, servicios de hospitalización, información sobre el estado de salud e implementación de infraestructura necesaria para una adecuada prestación de los servicios de salud, entre otros”.
El diputado cita el informe del ISSSTE sobre el fallecimiento de su Director General, el licenciado Sebastián Lerdo de Tejada, publicado en el boletín de prensa, de fecha 23 de mayo de 2015, señala que tras su muerte, el 4 de septiembre de 2015, circuló un video donde claramente se observa que se se violan los protocolos de atención médica (NOM 027-SSA-2013).
El legislador expone en su proposición que el ISSSTE informó que se investigará la muerte de su Director, Sebastián Lerdo de Tejada y que la prestación de sus servicios médicos “responde a protocolos generales de atención” por lo que darían seguimiento al caso por la supuesta falta de su implementación.
El diputado considera que tras el lamentable fallecimiento del director del ISSSTE, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se encuentra habilitada para iniciar una Queja de Oficio sobre el caso, según lo previene el Artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 3°, primer párrafo, 4°, 6°, fracciones II y VII, y 15, fracciones I y III de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como el artículo 89 de su Reglamento Interno.
Finalmente formula los siguientes
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita a la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que con fundamento en los artículos 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., primer párrafo, 4o., 6o., fracciones II y VII, y 15, fracciones I y III, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como el 89 de su Reglamento Interno, inicie una queja de oficio donde se investigue la presunta violación de los derechos humanos del entonces director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, licenciado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias , durante su atención médica en el hospital regional “Adolfo López Mateos”.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita al director de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado que haga pública la investigación relacionada a la revisión de los protocolos de actuación médica sobre la atención recibida por el licenciado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias , en el hospital regional “Adolfo López Mateos” el día de su fallecimiento.
III. Proceso de análisis
Esta Comisión de Salud examinó los méritos de la proposición con base en la revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, y se enriqueció con la discusión del mismo en su reunión ordinaria.
IV. Consideraciones
1. Esta comisión dictaminadora coincide con el proponte en la necesidad de que las instituciones del estado mexicano, especialmente las que tienen a su cargo la salud, velen por la protección integral de este derecho de conformidad con el cuarto párrafo del a rtículo 4o. de nuestra Constitución.
2. De igual manera, los diputados integrantes de esta Comisión expresan su convicción de que en todas las instituciones de salud debe eliminarse cualquier práctica que pueda vulnerar o poner en peligro este derecho, tales como las que menciona el proponente: a) el abandono de paciente; b) el aislamiento hospitalario o penitenciario por tener la condición de seropositivo o enfermo de VIH; c) la deficiencia en los tramites médicos; d) la falta de notificación de estado de salud de VIH; e) la investigación científica ilegal en seres humanos; f) la negativa de atención médica; g) la negativa de atención médica por tener la condición de seropositivo o enfermo de VIH; h) la negativa o inadecuada prestación de servicio público; i) la negligencia médica y j) la violación del derecho a la protección a la salud.
1. Esta comisión coincide con la importancia de que la práctica y la atención médica se realicen de acuerdo a estándares de servicios adecuados.
2. Ahora bien, en el caso concreto del licenciado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, existen circunstancias que pudieran ameritar su revisión por parte del ente involucrado y, en ese sentido, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) informó mediante comunicado el 4 de septiembre de 2015 lo siguiente:
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Publicado el viernes, 4 de septiembre 2015 13:25
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México, D. F., a 4 de septiembre de 2015.
La prestación de los servicios médicos en el ISSSTE responde a protocolos generales de atención. El seguimiento de los mismos es de cumplimiento obligado por quienes están involucrados.
En razón de lo anterior, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) informa que el Comité de Quejas Médicas, órgano colegiado y de conformación interdisciplinaria, así como la Comisión de Vigilancia y el Órgano Interno de Control, han iniciado una investigación para revisar el cumplimento de dichos protocolos durante la atención recibida por el licenciado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, en el Hospital Regional “Adolfo López Mateos” el día de su fallecimiento.
El ISSSTE reitera su respeto irrestricto al personal médico y de apoyo en materia de salud que diariamente pone su vocación y su trabajo al servicio de sus más de doce millones de derechohabientes.
En razón de lo anterior esta Comisión considera que primero se debe desahogar el procedimiento administrativo de investigación por parte de la autoridad administrativa a fin de que se esclarezcan los hechos y en su caso se deslinden responsabilidades. Revisadas las conclusiones por los posibles afectados y de considerar que existió una violación a los derechos humanos, tendrán la libertad de presentar en cualquier momento queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de la propia Comisión.
Por las consideraciones que anteceden y el fundamento legal que las sustenta, los legisladores integrantes de la Comisión de Salud, someten a esta Honorabls. Asamblea los siguientes:
IV. Resolutivos
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo, presentada por el diputado Alberto Martínez Urincho , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.
La Comisión de Salud
Diputados: Elías Octavio Iñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de J. Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), José G. Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), secretarios; Yahleel Abdala Carmona, Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz, José R. Sandoval Rodríguez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Wendolin Toledo Aceves (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).
De la Comisión de Salud, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a considerar los riesgos de autorizar el cultivo, transporte y consumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Antecedentes
1. Con fecha 4 de noviembre de 2015 , el diputado Alfredo Ferreiro Velazco , del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social , presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar de manera respetuosa a la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que, con pleno respeto a sus facultades y división de poderes, considere los posibles riesgos que se corren en el país si en la resolución del amparo en estudio, se autoriza el cultivo, transporte y consumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos.
2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó a esta comisión, con número de expediente 798/LXIII para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición en comento.
II. Planteamiento del problema y contenido del asunto
Desde hace 27 años, la marihuana se ha mantenido como la primera droga de consumo en el país. Esto lo reflejan datos proporcionados por el gobierno federal y organizaciones civiles que se han dedicado a documentar estos procesos.
Asimismo, de los datos obtenidos en las últimas tres Encuestas Nacionales de Adicciones y la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia (Ecopred) 2014, se observa que esta planta es más consumida que otras sustancias como la cocaína, inhalables, alucinógenos y anfetaminas, siendo los hombres sus principales usuarios.
Conjuntamente, la agencia de investigación Parametría, en su más reciente encuesta nacional en vivienda (2014), muestra que la mayoría de los mexicanos continúa oponiéndose a la legalización de la marihuana pese a los comentarios a favor de la despenalización de algunos políticos, ex gobernantes, académicos, analistas y organismos internacionales.
Cuatro de cada cinco mexicanos (79 % de la población) a nivel nacional está en contra de la legalización de la marihuana, esta opinión se mantiene desde hace un año; sólo uno de cinco entrevistados (17 %) se declara a favor de regular su uso, dos puntos porcentuales menos que en 2012.
En el Distrito Federal por dar un ejemplo, la oposición a la regulación es similar, pero la aprobación es mayor en comparación con la tendencia nacional: 22 % de los habitantes de la capital avalan la despenalización.
Finalmente, formula el siguiente punto de acuerdo:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que, con pleno respeto a sus facultades y a la división de poderes, considere los posibles riesgos que se corren en el país si en la resolución del amparo en estudio, se autoriza el cultivo, transporte y consumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos.
III. Proceso de análisis
Esta Comisión de Salud examinó los méritos de la proposición con base en la revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, y se enriqueció por la discusión del mismo en su reunión ordinaria.
IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la propuesta
1. En sesión de 4 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 237/2014, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En este asunto se determinó que debe otorgarse autorización a los quejosos para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.
2. La sentencia del Ministro Arturo Zaldívar consideró que efectivamente el derecho fundamental en cuestión permite que las personas mayores de edad decidan, sin interferencia alguna, qué tipo de actividades recreativas o lúdicas desean realizar, al tiempo que también permite llevar a cabo todas las acciones o actividades necesarias para poder materializar esa elección. Lo que no significa que tal derecho no pueda ser limitado con la finalidad de perseguir objetivos protegidos por la Constitución mexicana, como la salud y el orden público.
Sin embargo, se encontró que el sistema de prohibiciones tal y como está configurado no es una medida necesaria para proteger la salud y el orden público, pues existen otras alternativas para alcanzar dichos objetivos que afectan en un menor grado el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
3. Además, en claro contraste con las escasas afectaciones en la salud y el orden público que protege el sistema de prohibiciones administrativas al consumo de marihuana, se ubica la intensa afectación al derecho al libre desarrollo de la personalidad que supone dicha medida legislativa. Así, a pesar de que se reconoce que el legislador puede limitar el ejercicio de actividades que supongan afectaciones a los derechos que protege nuestra Constitución, no se encontró que tales afectaciones fueran de una gravedad tal que ameriten una prohibición absoluta a su consumo, por lo que la prohibición resulta inconstitucional.
4. La resolución enfatiza que no se minimizan los daños que puede ocasionar la marihuana en el consumidor mayor de edad, sin embargo, entiende que la decisión sobre su uso sólo le corresponde tomarla a cada individuo. Así, la posibilidad de decidir responsablemente si se desea experimentar los efectos de esa sustancia a pesar de los daños que esta actividad puede generarle a una persona, pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Cabe aclarar que la sentencia sólo beneficia a los quejosos y tiene como efecto que se les otorgue la autorización que solicitaron para la realización de las actividades relacionadas con el autoconsumo, sin incluir la comercialización, en el entendido de que el ejercicio del derecho no debe perjudicar a terceros.
5. Esta Comisión de Salud considera que queda sin efecto el punto de acuerdo propuesto por el legislador, por extemporáneo, toda vez que con fecha 4 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 237/2014, determinando que debe otorgarse autorización a los quejosos para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.
Por las consideraciones que anteceden y el fundamento legal que se alude para sustentarlas, los legisladores integrantes de la Comisión de Salud, someten a esta honorable asamblea los siguientes
V. Resolutivos
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar de manera respetuosa a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que con pleno respeto a sus facultades y división de poderes, considere los posibles riesgos que se corren en el país si en la resolución del amparo en estudio, se autoriza el cultivo, transporte y consumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos, presentada por el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.
La Comisión de Salud
Diputados: Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), secretarios; Yahleel Abdala Carmona (rúbrica), Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Wendolín Toledo Aceves (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).
De la Comisión de Salud, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a realizar estudios e investigaciones sobre los efectos del uso de cigarrillos electrónicos
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Antecedentes
1. Con fecha 4 de noviembre de 2015 , el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional , presentó proposición con punto de acuerdo para solicitarle respetuosamente a la Secretaría de Salud que en ejercicio de sus facultades, realice los estudios pertinentes y las investigaciones sobre los efectos y las consecuencias en la salud, en el corto y largo plazo, derivadas del uso de los llamados “cigarros electrónicos” y que, con base en los resultados, se emitan los lineamientos y la reglamentación específica para regular, en su caso, su uso adecuado.
2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó a esta Comisión, con número de expediente 800/LXIII para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Proposición en comento.
II. Planteamiento del problema y contenido del asunto
La proposición refiere que, hoy en día, las adicciones han cobrado un especial interés público no sólo en el ámbito estricto de la salud, sino también en otros aspectos que van desde los económicos hasta los sociales. Lo anterior derivado, en parte, de su cada vez más alta incidencia entre la población y, peor aún, también por su cada vez más temprana aparición entre la juventud del país.
No obstante lo anterior, se han desarrollado “alternativas” en el tratamiento para combatir el tabaquismo. En el 2003 apareció, desde el mercado chino, un producto llamado “cigarro electrónico”, dispositivo que, en primer lugar, se ofreció como una alternativa moderna para dejar de fumar, para después evolucionar a conveniencia y convertirse en una alternativa para “fumar” en los lugares prohibidos gracias al desconocimiento real e informado de su funcionamiento y sus implicaciones.
La realidad es que en nuestro país, cualquier persona –incluso adolescente– los puede adquirir a costos muy bajos que van desde 100 pesos hasta más de mil pesos por pieza o bien con cartuchos de carga que cuestan desde 20 pesos la unidad. De igual manera los pueden conseguir con gran facilidad porque se expenden vía internet, en lugares establecidos o bien en puestos ambulantes o semifijos de la vía pública, todo ellos, sin control alguno.
Por todo lo expuesto, es obligación de la presente soberanía incidir en el asunto, como una medida de protección y garantía de la salud de quienes los utilizan, asimismo de quienes por su juventud están inducidos directa o indirectamente a adquirirlo o bien, de quienes de manera transversal están expuestos a sus emisiones. Afortunadamente contamos con las instituciones y la capacidad para solicitar que mediante estudios profesionales, científicos y absolutamente serios, el dilema existente, el desconocimiento prevaleciente y la polémica sobre su uso, se aclare.
Finalmente, formula el siguiente punto de acuerdo:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud a que en ejercicio de sus facultades, realice los estudios pertinentes y las investigaciones, sobre los efectos y las consecuencias en la salud, en el corto y largo plazo, derivadas del uso de los llamados “cigarros electrónicos” y que con base en los resultados que se obtengan, se emitan los lineamientos y la reglamentación específica; para regular, en su caso, su uso adecuado.
III. Proceso de análisis
Esta Comisión de Salud examinó los méritos de la proposición con base en la revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, y se enriqueció con la discusión del mismo en su reunión ordinaria.
IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la propuesta
1. Actualmente México es uno de los países en los que la venta de cigarros electrónicos se encuentra prohibida por el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco , en el que se estipula que se prohíbe “Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco”.
2. En este mismo sentido, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ha emitido comunicados de prensa donde recuerda que los e-cigs “no cuentan con registro sanitario como medicamentos o dispositivos médicos”, por lo que su uso supuestamente terapéutico no ha sido comprobado por dicha institución.
3. En cumplimiento del artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, fracción VI, la COFEPRIS ha realizado decomisos y suspensión de actividades de establecimientos que se dedican a producir y comercializar estos cigarros electrónicos. De manera preventiva, la policía sanitaria ha aplicado las medidas de seguridad por no contar con la documentación legal que establece la ley general y su reglamento.
4. Esta Comisión de Salud considera que queda sin efecto el punto de acuerdo propuesto por el legislador, toda vez que la Secretaría de Salud en coordinación con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), ya se encuentra realizando actividades para erradicar la venta de dichos cigarros, como lo son supervisiones y cateos a establecimientos mercantiles, con base en el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, lo anterior, para detener la venta de este producto en el mercado mexicano.
Por las consideraciones que anteceden y el fundamento legal al que se acude para sustentarlas, los legisladores integrantes de la Comisión de Salud, someten a esta asamblea los siguientes
V. Resolutivos
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para solicitarle respetuosamente a la Secretaría de Salud para que en ejercicio de sus facultades, realice estudios pertinentes e investigaciones, sobre los efectos y las consecuencias en la salud en el corto y largo plazo, derivadas del uso de los llamados “cigarros electrónicos” y, con base en los resultados que se obtengan, se emitan los lineamientos y la reglamentación específica para regular en su caso, su uso adecuado; presentada por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.
La Comisión de Salud
Diputados: Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), secretarios; Yahleel Abdala Carmona (rúbrica), Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Wendolín Toledo Aceves (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).
De la Comisión de Salud, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la definición de la agenda, los modos y los medios del debate sobre el uso individual y lúdico de la marihuana
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Antecedentes
1. Con fecha 10 de noviembre de 2015 , la diputada María Elena Orantes López integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano , presentó proposición con punto de acuerdo para que esta Soberanía proponga una agenda tras la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno al uso individual y lúdico de marihuana; y para que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo federal a realizar y hacer pública una estimación del impacto que tendría la eventual liberalización del uso lúdico de la mariguana en los ingresos tributarios y el Presupuesto de Egresos de la Federación, tomando como referencia el paquete económico de 2016 y las estimaciones de la Encuesta Nacional de Adicciones sobre el número de consumidores de cannabis.
2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó a esta Comisión, con número de expediente 885/LXIII para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Proposición en comento.
II. Planteamiento del problema y contenido del asunto
La diputada promovente señala que el tema de la liberalización de la marihuana, abordado con una visión de Estado, no puede discutirse sin considerar daños sociales, costos económicos, ni ajeno a la libertad del individuo para definir su modo de vida. La Corte ya se pronunció y los derechos de los individuos fueron reivindicados sobre la perspectiva prohibicionista, ahora toca definir un debate responsable y responsabilizarnos como sociedad, ciudadanos y representantes populares, mandantes y mandatarios.
Añade que la eventual liberalización del consumo de cannabis podría propiciar un replanteamiento en los equilibrios en el mercado, entre las distintas organizaciones delictivas, pero que no se cuenta con información pública que permita anticipar reacciones. Toda apertura en consumo de drogas, planeada o improvisada, implica un aumento en el consumo durante etapas primigenias y una disminución paulatina posterior hasta llegar a una estabilización de la prevalencia.
Destaca la necesidad de añadir al debate la estimación de la redistribución y costos presupuestales, así como las posibles ganancias tributarias, a partir de un escenario de responsabilidades políticas reales.
Finalmente, formula el siguiente punto de acuerdo:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados se pronuncia por la definición de la agenda, modos y medios del debate en torno al uso lúdico de la marihuana.
Segundo. Esta Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal para que instruya la coordinación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Desarrollo Social para que en un periodo no mayor a 6 meses, elabore y haga público un estudio en el que, tomando como referencia el Paquete Económico de 2016 y el número de consumidores de marihuana reconocido en la Encuesta Nacional de Adicciones 2011, se estime el impacto hipotético que hubiese tenido la liberalización del consumo lúdico de cannabis, tanto en los ingresos por concepto de impuestos como en el presupuesto de 2016. Ello, a partir del gasto que se podría anticipar en salud, educación, desarrollo social, seguridad pública y procuración de justicia para contener el riesgo de una crisis epidemiológica de consumo de marihuana.
Tercero. Esta soberanía, a partir de la información que elabore y haga pública el Ejecutivo federal, referida en el artículo segundo de este acuerdo, y en ejercicio del artículo 35, fracción VIII, numeral 1, apartado b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someterá a votación entre sus integrantes la posibilidad de convocar a consulta popular para definir entre mantener el esquema vigente sobre límites al consumo de marihuana o impulsar una liberalización más amplia del consumo de cannabis. Ello, a partir de conocer los costos y preparar la infraestructura y la capacitación necesarias para evitar un problema de salud pública.
Cuarto. Esta soberanía exhorta al Poder Ejecutivo para que diseñe de manera urgente una política pública para atender los impactos potenciales y previsibles de tan trascendental decisión.
III. Proceso de análisis
Esta Comisión de Salud examinó los méritos de la proposición con base en la revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, y se enriqueció con su discusión en reunión ordinaria.
IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la propuesta
1. En sesión de 4 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 237/2014, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En este asunto se determinó que debe otorgarse autorización a los quejosos para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.
2. Algunos legisladores están de acuerdo en abrir la discusión sobre el uso lúdico de la marihuana, a fin de dejar claro en la ley cómo, cuánto y bajo qué circunstancias se puede emplear esta hierba, establecer reglas claras para garantizar el consumo lúdico o recreativo y, desde luego, para fines terapéuticos.
3. Los diferentes grupos parlamentarios que integran está Cámara, han hecho pronunciamientos sobre la discusión en el consumo de la marihuana y han afirmado que este tema debe estar en las agendas legislativas a partir del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
4. El Poder Legislativo emprenderá las acciones para que, en coordinación con el Ejecutivo federal, se debata este tema, en el que participen autoridades en materia de salud, educación, justicia de menores y otras involucradas con la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
5. Esta Comisión considera que los diferentes grupos parlamentarios están realizando los trabajos para una agenda legislativa que incluya el tema del uso de la marihuana para efectos lúdicos, por lo que no se considera necesario aprobar el primer resolutivo del punto de acuerdo en cuestión. Asimismo, estimamos que ya se están realizando los trabajos necesarios para allegarse de la información que permita contar con un mayor panorama sobre el tema de la eventual legalización de la marihuana para uso lúdico.
6. El Ejecutivo federal, a través de su titular el presidente Enrique Peña Nieto convocó el nueve de noviembre del año en curso a la realización de un debate especializado a través del cual sociólogos, médicos, académicos, legisladores y la sociedad civil conocedora, ayuden a definir cuáles deberán ser las políticas públicas que México asuma frente al tema de la marihuana y su consumo, por lo que la propuesta de la diputada promovente ha quedado sin objeto.
7. Esta Comisión de Salud considera que no es viable aprobar el punto de acuerdo propuesto por la legisladora, toda vez que con fecha 4 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 237/2014, determinando que debe otorgarse autorización únicamente a los quejosos para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos, así mismo los puntos que solicita la promovente se basan en datos hipotéticos, lo que nos dejaría en un estado de indefensión al no contar con datos concretos sobre la materia de la legalización de la marihuana.
8. Finalmente, consideramos que convocar a una consulta popular para determinar el esquema vigente sobre el uso de la marihuana, no es materia de un punto de acuerdo. Si bien el artículo 35, fracción VIII, numeral 1 apartado b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, faculta a la Cámara de Diputados para llevar a cabo este plebiscito, no es éste el medio idóneo para solicitarlo.
Por las consideraciones que anteceden y el fundamento legal al que se alude para sustentarlas, los legisladores integrantes de la Comisión de Salud, someten a esta honorable asamblea los siguientes
V. Resolutivos
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para que esta soberanía proponga una agenda tras la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno al uso individual y lúdico de marihuana y para que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo federal a realizar y hacer pública una estimación del impacto que tendría la eventual liberalización del uso lúdico de la mariguana en los ingresos tributarios y el Presupuesto de Egresos de la Federación, tomando como referencia el paquete económico de 2016 y las estimaciones de la Encuesta Nacional de Adicciones sobre el número de consumidores de cannabis, presentada por la diputada María Elena Orantes López integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano .
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 09 de diciembre de 2015.
La Comisión de Salud
Diputados: Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), secretarios; Yahleel Abdala Carmona (rúbrica), Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Wendolín Toledo Aceves (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).
De la Comisión de Salud, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, José Antonio González Anaya, y al delegado del mismo instituto en Sinaloa, José Adalberto Castro Castro, a hacer público un informe sobre las causas de muerte de 12 recién nacidos en el hospital regional de Culiacán, en las últimas dos semanas
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Antecedentes
El 27 de septiembre de 2015, la diputada Claudia Sofía Corichi García, integrante de la LXIII Legislatura federal del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó punto de acuerdo para exhortar al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, José Antonio González Anaya y al delegado del mismo instituto en Sinaloa, José Adalberto Castro Castro, a hacer público un informe sobre las causas de muerte de 12 recién nacidos en el hospital regional de Culiacán, en las últimas dos semanas.
El 27 de septiembre de 2015, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y dictamen correspondiente, con número de expediente 342.
II. Planteamiento del problema y contenido del asunto
Esta proposición tiene por objeto exhortar a funcionarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a informar las causas de muerte de los 12 recién nacidos acaecidos durante la segunda quincena del mes de septiembre de 2015, en el Hospital Regional del IMSS en Culiacán, Sinaloa.
El resolutivo propuesto es el siguiente:
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, José Antonio González Anaya, y al delegado del mismo instituto en Sinaloa, José Adalberto Castro Castro, a hacer público lo antes posible un informe sobre las causas de muerte de 12 recién nacidos en el Hospital Regional del IMSS en Culiacán en las últimas dos semanas.
Segundo. La Cámara de Diputados exige justicia para las familias de los recién nacidos fallecidos y agraviados en el Hospital Regional del IMSS en Culiacán en las últimas dos semanas.
III. Proceso de análisis
Esta Comisión de Salud examinó los méritos de la proposición con base en la revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, además de la discusión del mismo en su reunión ordinaria.
IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la propuesta
a) En cuanto a los argumentos del autor.
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la información en el artículo 6, apartado A, numeral I.
2. La diputada proponente refiere que “la información que hasta ahora han declarado las autoridades competentes en la materia, señala que la causa de estos agravios es un supuesta contaminación bacteriana,” argumento con el que se da cumplimiento al derecho constitucional de acceso a la información, reconociendo la propia proponente que la muerte de 12 recién nacidos en el Hospital Regional de Culiacán fue a causa de una bacteria, lo que deja sin objeto la petición de informe dado que, además, en diversos medios se ha respaldado dicha información.
3. Por lo que hace al segundo resolutivo mediante el cual se “exige justicia para las familias de los recién nacidos fallecidos y agraviados en el Hospital Regional del IMSS en Culiacán en las últimas semanas”, es de subrayarse que hablar de justicia y sobre todo tratar de llegar a una definición uniforme de la misma resulta ser un tema que han tratado de esclarecer los estudiosos del derecho desde antaño hasta nuestro días. La justicia es un tema por demás polémico, la diputada proponente omite precisar cómo y con qué se lograría hacer justicia. Su propuesta de exhorto resulta ser imprecisa al no señalar qué tipo de justicia solicita.
4. Respecto a la “exigencia” esta comisión precisa que de acuerdo con el reglamento por el qué se rige esta Cámara de Diputados, las proposiciones de las cuales podrá conocer el pleno se deben regir por el artículo 79, el cual señala en su numeral 2, fracción I, que “deberán presentarse a través de un escrito fundado, con una propuesta clara de resolutivo”.
5. La diputada proponente informa que la causa de muerte de los niños recién nacidos en el Hospital de Culiacán se dio por la contaminación de una bacteria, al respecto y mediante un proceso de investigación realizado por la comisión dictaminadora, el 23 de septiembre en entrevista con medios de comunicación, el director general del IMSS informó de manera extra oficial, que el deceso de dos recién nacidos en el hospital antes mencionado se debió a la presencia de una bacteria que se manifestaba en recién nacidos internados en terapia intermedia. Agregó el director del IMSS que la bacteria sólo se presentaba en 2 de los 12 bebes que presuntamente perdieron la vida en el hospital. Sin embargo, José Antonio González Anaya, recalcó que no se puede asociar la muerte de los menores a la presencia de la bacteria, debido a que los dos menores contaminados se encontraban en terapia intermedia, es decir que eran prematuros, de bajo peso y presentaban otros padecimientos que pudieron ser la causa del lamentable fallecimiento. El funcionario mencionó que otros tres menores se encontraban graves, sin mencionar que se tuviera la presencia de la bacteria, 6 más en vigilancia médica y 6 dados de alta1 .
6. El director general del IMSS indicó que en el Hospital I del IMSS, en Culiacán, se han aplicado y se siguen aplicando los protocolos de investigación y que, además, un equipo de investigación en Culiacán está realizando las investigaciones pertinentes para el esclarecimiento de lo sucedido en dicho nosocomio y minimizar los riesgos sanitarios.
b) En cuanto a los resolutivos propuestos:
7. Analizando detalladamente la proposición con punto de acuerdo, la diputada proponente solicita: “La Cámara de Diputados exhorta al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, José Antonio González Anaya, y al delegado del mismo instituto en Sinaloa, José Adalberto Castro Castro, a hacer público lo antes posible un informe sobre las causas de muerte de 12 recién nacidos en el Hospital Regional del IMSS en Culiacán en las últimas dos semanas”.
Sin embargo, José Antonio González Anaya ha informado de manera oficial que desde el viernes 18 de septiembre se detectó la presencia de una bacteria en algunos bebés que se encontraban en el área de terapia intermedia. El director del IMSS informó que como parte del Protocolo de Investigación fue enviado al Hospital de Culiacán el Pediatra director del Centro Médico de Occidente, José de Jesús Arriaga Dávila, para encargarse de la investigación, según reportes del IMSS. También se trasladó el jefe de Epidemiología del Centro Médico Nacional la Raza, Gustavo Sánchez, así como un equipo técnico de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), quienes dictaminaron que la situación de contaminación no era la causa de muerte de los bebes, sino, las condiciones de salud de los recién nacidos en terapia intermedia2 . Álvaro Pérez, comisionado de Operaciones Sanitarias y Rocío Alatorre, la comisionada de Evidencia de Riesgo, que llegaron a Culiacán desde el 19 de septiembre, descartaron que posiblemente se hayan contaminado con el ingreso de otra persona infectada y tomaron las muestras correspondientes que fueron notificadas a la ciudadanía el 23 de septiembre; efectivamente se corroboró la presencia de una bacteria en dos de los bebes fallecidos, según el informe del director general del IMSS3.
8. Respecto a la segunda parte de la proposición con punto de acuerdo: “La Cámara de Diputados exige justicia para las familias de los recién nacidos fallecidos y agraviados en el Hospital Regional del IMSS en Culiacán en las últimas dos semanas”.
9. Esta comisión dictaminadora no ha encontrado el sentido de origen y de orientación a lo que la diputada proponente se refiere con justicia, por no existir claridad en la proposición y en la solicitud integrada en sus resolutivos.
10. El 22 de septiembre de 2015, fue presentado en el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del IMSS a difundir las causas del deceso de 11 recién nacidos en el hospital regional número 1 de Culiacán, Sinaloa, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del PES . Turnado para su dictaminación con esa misma fecha a la comisión correspondiente.
11. En esa misma fecha, 22 de septiembre, se presentó otra proposición con punto de acuerdo en el Senado con las siguientes características: proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución en la cual se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud y del Instituto Mexicano del Seguro Social para rendir un informe detallado de las causas del deceso de doce recién nacidos en las últimas dos semanas en el Hospital Regional I del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la ciudad de Culiacán, Sinaloa; así como también indicar las medidas a realizar a fin de evitar que siga incrementándose el número de muertes de neonatos en este nosocomio . Firmado por el senador Francisco Salvador López Brito y, enviado ese mismo día a comisión para dictaminación.
12. El diputado local, Víctor Díaz Simental, presidente de la Comisión de Salud del Congreso de Sinaloa, informó desde el 23 de septiembre que al interior del Congreso Local se conformó una comisión especial para hacer una investigación sobre el caso de los fallecimientos en el IMSS de Culiacán. Considerando irresponsable no hacerlo4 .
Por lo anterior, los integrantes de esta comisión consideran que el punto de acuerdo es inviable dadas las consideraciones plasmadas con antelación, dado que ya existen declaraciones oficiales al respecto, así como puntos de acuerdo dictaminados en sentido positivo en el mismo tenor.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXIII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente:
Resolutivo
Primero. Se desecha el punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta al titular del Instituto Mexicano de Seguridad Social, José Antonio González Anaya, y al delegado del mismo Instituto en Sinaloa, José Adalberto Castro Castro, a hacer público un informe sobre las causas de muerte de 12 recién nacidos en el hospital regional de Culiacán en las últimas dos semanas. Por ya existir declaraciones oficiales al respecto, así como puntos de acuerdo dictaminados en sentido positivo en el mismo tenor.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Notas
1 http://lasillarota.com/mueren-dos-bebes-asociados-a-una-bacteria-en-ims s-de-culiacan#.Vk-ANNIvdBw
2 www.proceso.com.mx/?p=416181
3 http://www.debate.com.mx/culiacan/Cofepris-llega-a-Culiacan-para-revisa r-IMSS-20150919-0241.html
4 www.almomento.mx/investigan-muerte-de-12-recien-nacidos-en-hospital-del -imss-en-sinaloa/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.
La Comisión de Salud
Diputados: Elías Octavio Íñiguez Mejía (rúbrica), presidente; Sylvana Beltrones Sánchez (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), José Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica), Melissa Torres Sandoval (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), secretarios; Yahleel Abdala Carmona (rúbrica), Xitlalic Ceja García (rúbrica), Román Francisco Cortés Lugo (rúbrica), Rocío Díaz Montoya (rúbrica), Pablo Elizondo García (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbrica), Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica), Alberto Martínez Urincho (rúbrica), Evelyn Parra Álvarez (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Wendolín Toledo Aceves (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).