Gaceta Parlamentaria, año XVIII, número 4216-V, martes 17 de febrero de 2015
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Gaceta Parlamentaria, año XVIII, número 4216-V, martes 17 de febrero de 2015
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Ssa a realizar una campaña informativa para combatir las enfermedades alérgicas respiratorias en la población mexicana
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6 incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con puntos de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada el pasado 13 de noviembre del 2014, la diputada María del Carmen García de la Cadena Romero y el diputado Leobardo Alcalá Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud, a fin de realizar una campaña de información para combatir las enfermedades alérgicas respiratorias en la población mexicana.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición se turnara a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con puntos de acuerdo
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud para que realice campañas de información a la población, como medida preventiva contra las enfermedades alérgicas respiratorias y se esté en posibilidad de evitar la automedicación.
IV. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Las enfermedades respiratorias crónicas (ERC) son enfermedades crónicas que comprometen al pulmón y/o a las vías respiratorias. Dentro de ellas se encuentra el asma, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la rinitis alérgica, las enfermedades pulmonares de origen laboral y la hipertensión pulmonar.
Tercera. Según datos de la Organización Mundial de la Salud, cientos de millones de personas sufren cada día las consecuencias de una enfermedad respiratoria crónica (ERC). Según estimaciones recientes de la OMS (2004), actualmente hay unos 235 millones de personas que padecen asma, 64 millones que sufren enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), y muchos millones de personas más que sufren rinitis alérgica y otras ERC que a menudo no llegan a diagnosticarse.
Cuarta. ¿Cuáles son sus causas?
Los factores de riesgo más importantes de las ERC son los siguientes:
• Fumar
• Contaminación del aire en espacios cerrados, por ejemplo la exposición pasiva al humo de tabaco.
• Contaminación ambiental
• Exposición a alérgenos
• Inhalación de polvo y productos químicos en el medio laboral
• Antecedentes familiares de asma u otras alergias.
Quinta. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) detalló que el número de infecciones en vías respiratorias superiores en promedio para un individuo al año oscila entre 2 y 6, y de ellos 64 por ciento ocurre cuando se registran cambios bruscos de temperatura. La principal complicación de una infección respiratoria de vías superiores se encuentra constituida por la presencia de neumonía, la cual constituye la cuarta causa de muerte a nivel general y de la totalidad de defunciones aproximadamente 50 por ciento ocurre en niños menores de 5 años, indicó.1
Sexta. La automedicación es el uso irracional y descontrolado de fármacos sin ningún tipo de precaución ni respaldo farmacéutico. También existe “la automedicación responsable” que, según la Organización Mundial de la Salud, es la práctica mediante la cual los individuos tratan sus enfermedades y condiciones con medicamentos que están aprobados y disponibles sin prescripción, y que son seguros y efectivos cuando se usan según las indicaciones. Tiene diversas consecuencias si no se tienen conocimientos sobre los fármacos, el historial médico del paciente y forma de metabolizar los medicamentos
De acuerdo con una encuesta de la Universidad del Valle de México (UVM), el 78 por ciento de los mexicanos recurren a la automedicación, principalmente por usos y costumbres en el seno familiar y entre amigos que se recomiendan los tratamientos.
Especialistas del sector salud y académico, junto con autoridades sanitarias, advierten que con la práctica de la automedicación, de la cual no existen estadísticas oficiales, se pone en peligro la vida, pues incluso una intoxicación por el mal uso de medicamentos puede provocar un shock y morir.
Señalaron que los principales problemas o síntomas de salud por los que se recurre a la automedicación, son dolores, enfermedades respiratorias, diarreas y falta de sueño, siendo los antiinflamatorios y analgésicos los que registran más abuso, aunque también resaltaron que en el caso de los diabéticos, se sabe que un 40 por ciento ha recurrido a esta práctica.
Por anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud para que realice campañas de información a la población, como medida preventiva contra las enfermedades alérgicas respiratorias y se esté en posibilidad de evitar la automedicación.
Nota
1 http://pulsoslp.com.mx/2014/11/28/reporta-issste-alza-en-enfermedades-r espiratorias/#sthash.1dMtvtCv.dpuf.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Ssa, en su calidad de presidenta de la Conadic, y al comisionado nacional contra las Adicciones, a difundir los datos relativos a los resultados de las políticas instauradas para garantizar el derecho a la salud, el tratamiento y la rehabilitación de los consumidores problemáticos del país
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 11 de noviembre de 2014, el diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud, en su calidad de presidenta de la Comisión Nacional contra las Adicciones, así como al Comisionado Nacional contra las Adicciones de la Secretaría de Salud, para que difundan los datos relativos a los resultados de las políticas instrumentadas para garantizar el derecho a la salud, tratamiento y rehabilitación de los consumidores problemáticos del país.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo, se turnara a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido
Se exhorta a la doctora Mercedes Juan López, presidenta de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), así como al doctor Manuel Mondragón y Kalb, secretario ejecutivo de la Comisión Nacional contra las Adicciones de la Secretaría de Salud, a que hagan públicos los datos que en la comparecencia que ya se ha tramitado ante la Junta de Coordinación Política, así como a la junta directiva de la Comisión de Salud de ésta Cámara de Diputados, para conocer los resultados de las políticas que han sido instrumentadas para cumplir con la obligación Constitucional de garantizar el derecho a la salud y por tanto brindar tratamiento y rehabilitación a los consumidores problemáticos del país.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. El abuso de substancias psicotrópicas, constituye uno de los problemas de salud pública de nuestra época, que se presenta tanto a nivel nacional como internacional.
Este fenómeno de salud afecta, sin distinción de género, incidiendo principalmente en niños y adolescentes, de cualquier estrato social y de todas las regiones de nuestro país.
Asimismo, y con el fin de brindar una mejor atención a la prevención y tratamiento a las adicciones en 2011 se crearon la Comisión Nacional Contra las Adicciones, Conadic, entidad que tiene a su cargo la elaboración y vigilancia de las políticas públicas, la coordinación intersectorial y la observancia de los compromisos internacionales y el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones, Cenadic, cuyo propósito es propiciar la calidad de los servicios de atención y tratamiento de las adicciones.
Para el caso de México según la Encuesta Nacional de Adicciones, entre 2003 y 2012 han fallecido 31 mil 905 personas por trastornos mentales y del comportamiento por consumo de sustancias sicotrópicas. Así también se muestra que más del 50 por ciento de los fumadores de mariguana son menores de edad y que cada vez se empieza a consumir cocaína y crack a una edad más temprana.
Tercera. A nivel mundial la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito indica que el consumo de drogas sigue causando un daño considerable, reflejado en la pérdida de vidas valiosas y años productivos de muchas personas. En 2012 se informó de un total aproximado de 183 mil muertes relacionadas con las drogas (margen de variación: 95 mil a 226 mil). Esa cifra se corresponde con una tasa de mortalidad de 40.0 (margen de variación: 20.8 a 49.3) muertes por millón en la población de entre 15 y 64 años. Aunque ese cálculo es inferior al de 2011, dicha reducción puede atribuirse al número menor de fallecimientos que indicaron algunos países de Asia.
A nivel mundial, se calcula que en 2012 entre 162 y 324 millones de personas, es decir del 3.5 por ciento al 7.0 por ciento de la población de entre 15 y 64 años, consumieron por lo menos una vez alguna droga ilícita, principalmente sustancias del grupo del cannabis, los opioides, la cocaína o los estimulantes de tipo anfetamínico.
Cuarta. Con fecha de 27 de octubre de 2014 el doctor Manuel Mondragón y Kalb tomó posesión formalmente de la Comisión Nacional Contra las Adicciones. En ese sentido fue convocado con fecha de 6 de noviembre por el diputado federal Fernando Belaunzarán Méndez a través de la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados a fin de mostrar los resultados de la política que se instrumentan en el país para atender los problemas de salud derivados del consumo de problemático de estupefacientes, así como conocer todo lo relativo al tratamiento y rehabilitación de las personas que padecen ésta enfermedad.
Con fecha 10 de noviembre la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados en el oficio JCP/SACAMF/0460/1011214 determina solicitarle al doctor Manuel Mondragón y Kalb una reunión de trabajo en su calidad de comisionado nacional Contra las Adicciones a fin de atender el asunto en cuestión.
Con fecha 13 de noviembre de 2014 se le solicita al doctor Mondragón a través de la junta directiva de la Comisión de Salud, una reunión de trabajo, la cual fue llevada a cabo el miércoles 26 de noviembre a las 17:00 en la sala 3 del edificio I de la Cámara de Diputados.
En dicha reunión de trabajo, los diputados presentes cuestionaron al comisionado doctor Mondragón sobre la importancia de sensibilizar y desarrollar la conciencia de la población para ser partícipes en las políticas públicas establecidas por el estado para controlar el problema de las personas adictas.
El comisionado indicó que las instituciones públicas de educación deben garantizar que en los espacios educativos se instruya a los niños y jóvenes para evitar el consumo de sustancias nocivas, ya que en los últimos años la edad poblacional que mayor consume pertenece a estos grupos. Así bien se consideró la importancia de la participación de los gobiernos estatales y locales para concientizar y prevenir la adicción a las sustancias nocivas.
Quinta. Se considera según las estimaciones de la Encuesta Nacional de las Adicciones el problema latente del consumo problemático de sustancias nocivas con una tendencia hacia cada vez mayor para los jóvenes y niños. Esto mismo fue expuesto por el doctor Mondragón en la reunión de trabajo celebrada en la Cámara de Diputados. Ahora bien, el proponente indica que los datos presentados por el comisionado deben ser presentados públicamente, cuestión que no genera ningún inconveniente para ser dictaminada a favor por ésta Comisión de Salud, en ese sentido queda a disposición del pleno lo siguiente:
Acuerdo
Único. Se exhorta a la doctora Mercedes Juan López, presidenta de la Comisión Nacional contra las Adicciones, así como al doctor Manuel Mondragón y Kalb, secretario ejecutivo de la Comisión Nacional contra las Adicciones de la Secretaría de Salud, a que hagan públicos los datos que en la comparecencia que ya se ha tramitado ante la Junta de Coordinación Política, así como a la junta directiva de la Comisión de Salud de ésta Cámara de Diputados, para conocer los resultados de las políticas que han sido instrumentadas para cumplir con la obligación constitucional de garantizar el derecho a la salud y por tanto brindar tratamiento y rehabilitación a los consumidores problemáticos del país.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la titular de la Ssa a implantar diversas acciones con motivo de la celebración del Día Mundial de la Diabetes
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con puntos de acuerdo” se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada el pasado 13 de noviembre del 2014, el diputado Astudillo Suárez Ricardo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Salud, para que implemente diversas acciones con motivo de la celebración del Día Mundial de la Diabetes.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición, se turnara a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con puntos de acuerdo
La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello, la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud, en este mismo sentido se implementen acciones encaminadas a concientizar a los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanzar una mejor calidad de vida.
IV. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Según la Organización Mundial de la Salud, la diabetes es una enfermedad crónica que aparece cuando el páncreas no produce insulina suficiente o cuando el organismo no utiliza eficazmente la insulina que produce. La insulina es una hormona que regula el azúcar en la sangre. El efecto de la diabetes no controlada es la hiperglucemia (aumento del azúcar en la sangre), que con el tiempo daña gravemente muchos órganos y sistemas, especialmente los nervios y los vasos sanguíneos.
Diabetes de tipo 1
La diabetes de tipo 1 (también llamada insulinodependiente, juvenil o de inicio en la infancia). Se caracteriza por una producción deficiente de insulina y requiere la administración diaria de esta hormona. Se desconoce aún la causa de la diabetes de tipo 1, y no se puede prevenir con el conocimiento actual.
Sus síntomas consisten, entre otros, en excreción excesiva de orina (poliuria), sed (polidipsia), hambre constante (polifagia), pérdida de peso, trastornos visuales y cansancio. Estos síntomas pueden aparecer de forma súbita.
Diabetes de tipo 2
La diabetes de tipo 2 (también llamada no insulinodependiente o de inicio en la edad adulta). Se debe a una utilización ineficaz de la insulina. Este tipo representa el 90 por ciento de los casos mundiales y se debe en gran medida a un peso corporal excesivo y a la inactividad física.
Los síntomas pueden ser similares a los de la diabetes de tipo 1, pero a menudo menos intensos. En consecuencia, la enfermedad puede diagnosticarse sólo cuando ya tiene varios años de evolución y han aparecido complicaciones.
Hasta hace poco, este tipo de diabetes sólo se observaba en adultos, pero en la actualidad también se está manifestando en niños.
Diabetes gestacional
La diabetes gestacional es un estado hiperglucémico que aparece o se detecta por vez primera durante el embarazo.
Sus síntomas son similares a los de la diabetes de tipo 2, pero suele diagnosticarse mediante las pruebas prenatales, más que porque el paciente refiera síntomas.
Tercera. La Organización Mundial de la Salud estima que en el mundo hay 346 millones de personas con diabetes, cifras que muy probablemente, de no mediar intervención alguna, para 2030 se habrá más que duplicado. Cada hora se diagnostican 38 nuevos casos de diabetes. Casi el 80 por ciento de las muertes por diabetes se producen en países de ingresos bajos o medios.
Cuarta. La población en México de personas con diabetes fluctúa entre los 6.5 y los 10 millones y ocupa el primer lugar en número de defunciones por año, las tasas de mortalidad muestran una tendencia ascendente en ambos sexos con más de 70 mil muertes y 400 mil casos nuevos anuales. Cada dos horas mueren 5 personas a causa de complicaciones originadas por la diabetes. De cada 100 pacientes con diabetes, 14 presenta alguna complicación renal. El 30 por ciento de los problemas de pie diabético termina en amputación. De cada cinco pacientes con diabetes, 2 desarrollan ceguera y problemas cardiovasculares.
Quinta. Los datos de la Ensanut 2012 arrojan que del total de diabéticos diagnosticados, 14.2 por ciento (poco más de 900 mil), dijeron no haber acudido al médico para el control de la diabetes en los 12 meses previos a la entrevista, es decir, se puede considerar que no se encuentran en tratamiento y por lo tanto están retrasando acciones de prevención de complicaciones.
Sexta. Es importante mencionar que la Federación Internacional de la Diabetes y la Organización Mundial de la Salud, lanzaron una campaña para el periodo 2009-2013, llamada: “Educación y la Prevención de la Diabetes”. Dicha campaña se dirige a través de cuatro objetivos:
1. Todos los gobiernos deben implementar estrategias y políticas efectivas para la prevención y el control de la diabetes.
2. Todas las personas con diabetes deben recibir educación basada en evidencia que les ayude a controlar la diabetes.
3. Todo el mundo debe conocer los signos de alerta de la diabetes, cómo prevenir y retrasar las complicaciones, y qué acciones deben adoptar para prevenir o retrasar la diabetes tipo 2.
4. Todos los países deben celebrar el Día Mundial de la Diabetes.
Séptima . Esta comisión considera que el punto de acuerdo en estudio es viable, toda vez que la diabetes representa uno de los principales problemas de salud pública, ya que durante las últimas décadas el número de personas que la padecen se ha incrementado y actualmente figura entre las primeras causas de muerte en el país, ante ello es indispensable que el gobierno federal refuerce los mecanismos implementados hacia la prevención y control de dicho padecimiento.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello, la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que implemente acciones encaminadas a concientizar a los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanzar una mejor calidad de vida.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo relativo a impulsar el aumento del personal médico y de enfermería en el país
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
Con fecha 6 de noviembre de 2014 la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Gupo Parlamentario de la Revolución Democrática, presentó punto de acuerdo relativo a impulsar el aumento del personal médico y de enfermería en el país.
Con misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente proposición a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Salud, y de Educación Pública y de los gobiernos de los entidades federativas, a los integrantes del sistema nacional de salud, así como a las universidades públicas y privadas, en pleno respeto a la autonomía en éstas; para que de manera coordinada, revisen a fondo las políticas en materia de salud y educativas, a fin de impulsar de manera fundamental y planificada la formación de calidad y en número suficiente de médicos y enfermeras en el país, con condiciones dignas de estudio y/o trabajo, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo, como elemento indispensable para hacer realidad el derecho humano a la salud a favor de todos los mexicanos.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La Ley General de Salud establece en el artículo 3o., que será materia de salubridad general, la promoción de la formación de recursos humanos para la salud.
En este mismo sentido, el artículo 6o., fracción VI, menciona que el Sistema Nacional de Salud tiene entre sus principales objetivos impulsar un sistema racional de administración y desarrollo de los recursos humanos para mejorar la salud.
Tercera. Por otra parte el artículo 7o. fracción XI y XII de la misma ley, establece que la coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta apoyar la coordinación entre las instituciones de salud y las educativas, para formar y capacitar recursos humanos para la salud, así como también coadyuvar a que la formación y distribución de los recursos humanos para la salud sea congruente con las prioridades del Sistema Nacional de Salud.
Cuarta. La Ley General de Salud establece es su Capitulo III denominado “Formación, capacitación y actualización del personal” lo siguiente:
Artículo 89. Las autoridades educativas, en coordinación con las autoridades sanitarias y con la participación de las instituciones de educación superior, recomendarán normas y criterios para la formación de recursos humanos para la salud.
Las autoridades sanitarias, sin perjuicio de la competencia que sobre la materia corresponda a las autoridades educativas y en coordinación con ellas, así como con la participación de las instituciones de salud, establecerán las normas y criterios para la capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud.
Artículo 90. Corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades educativas en la materia y en coordinación con éstas:
I. Promover actividades tendientes a la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos que se requieran para la satisfacción de las necesidades del país en materia de salud;
II. Apoyar la creación de centros de capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud;
III. Otorgar facilidades para la enseñanza y adiestramiento en servicio dentro de los establecimientos de salud, a las instituciones que tengan por objeto la formación, capacitación o actualización de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud, de conformidad con las normas que rijan el funcionamiento de los primeros, y
IV. Promover la participación voluntaria de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en actividades docentes o técnicas.
Artículo 91. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán con las autoridades e instituciones educativas, cuando éstas lo soliciten, en:
I. El señalamiento de los requisitos para la apertura y funcionamiento de instituciones dedicadas a la formación de recursos humanos para la salud, en los diferentes niveles académicos y técnicos, y
II. En la definición del perfil de los profesionales para la salud en sus etapas de formación.
Artículo 92. Las Secretarías de Salud, y de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán y fomentarán la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para los servicios de salud, de conformidad con los objetivos y prioridades del Sistema Nacional de Salud, de los sistemas estatales de salud y de los programas educativos.
Artículo 93. La Secretaría de Educación Pública, en coordinación con la Secretaría de Salud, promoverá el establecimiento de un sistema de enseñanza continua en materia de salud.
De la misma manera reconocerá, respetará y promoverá el desarrollo de la medicina tradicional indígena. Los programas de prestación de la salud, de atención primaria que se desarrollan en comunidades indígenas, deberán adaptarse a su estructura social y administrativa, así como su concepción de la salud y de la relación del paciente con el médico, respetando siempre sus derechos humanos.
Artículo 94. Cada institución de salud, con base en las normas oficiales mexicanas que emita la Secretaría de Salud establecerá las bases para la utilización de sus instalaciones y servicios en la formación de recursos humanos para la salud.
Artículo 95. Los aspectos docentes del internado de pregrado y de las residencias de especialización, se regirán por lo que establezcan las instituciones de educación superior, de conformidad con las atribuciones que les otorguen las disposiciones que rigen su organización y funcionamiento y lo que determinen las autoridades educativas competentes.
La operación de los programas correspondientes en los establecimientos de salud, se llevará a cabo de acuerdo a los lineamientos establecidos por cada una de las instituciones de salud y lo que determinen las autoridades sanitarias competentes.
Quinta. La OMS estima que los países con menos de 23 profesionales de atención de salud (incluidos únicamente médicos, enfermeras y parteras) por cada 10 mil habitantes, probablemente no alcancen las tasas de cobertura adecuadas para las intervenciones clave de atención primaria de salud que son prioritarias en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Sexta. La salud, pese a ser un derecho fundamental desde el punto de vista constitucional, es todavía un logro difícil de cristalizar para nuestra población. Y, en contraste con el crecimiento económico evidenciado en nuestro país en las últimas décadas, aún somos testigos de una gran carga de enfermedad ligada con la pobreza y condiciones sanitarias no justificables. Si bien es cierto que la infraestructura, disponibilidad de insumos y accesibilidad a los servicios de salud y fármacos son componentes fundamentales para brindar una atención sanitaria adecuada, el recurso humano en salud sigue siendo un elemento de extraordinaria importancia para garantizar una atención de calidad. Lamentablemente, este ha sido un aspecto generalmente poco considerado. Los salarios insuficientes, las condiciones laborales inapropiadas, la falta de acceso a la información, corrupción y la falta de reconocimiento, son factores que inciden en la motivación de muchos trabajadores.
Séptima. Esta realidad, a la que se enfrenta el personal de salud en la actualidad, ha sido abordada en el informe sobre la Salud en el Mundo 2006 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el que se hace una profunda reflexión sobre el valor del capital humano en una industria de servicios como es la atención de la salud, en la que los trabajadores sanitarios personifican los valores esenciales del sistema: curan y atienden a las personas, alivian el dolor y el sufrimiento, previenen enfermedades y mitigan los riesgos; siendo el vínculo humano entre el conocimiento y la acción sanitaria.
En este informe la OMS también hace énfasis en la necesidad de que las personas tengan acceso a profesionales sanitarios motivados, calificados y bien respaldados; considerándola como una necesidad inmediata para reducir las desigualdades de salud en el mundo; alertando a los países sobre una inminente crisis de personal de salud en los años venideros si no se tomas las medidas pertinentes.
Derivado de que los datos sobre los recursos disponibles para los sistemas de salud son esenciales para que los gobiernos puedan determinar la mejor manera de satisfacer las necesidades relacionadas con la salud de la población, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Salud y de Educación Pública y, de los gobiernos de los entidades federativas, a los integrantes del sistema nacional de salud, así como a las universidades públicas y privadas, en pleno respeto a la autonomía en éstas; para que de manera coordinada, revisen a fondo las políticas en materia de salud y educativas, a fin de impulsar de manera fundamental y planificada la formación de calidad y en número suficiente de médicos y enfermeras en el país, con condiciones dignas de estudio y o trabajo, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo, como elemento indispensable para hacer realidad el derecho humano a la salud a favor de todos los mexicanos.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Ssa a promover y vigilar las acciones y medidas de prevención y atención neonatal para eliminar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros en México
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y el turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido” se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo, en la que se resumen su contenido, motivos y alcances.
En “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
I. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 6 de noviembre de 2014, Leslie Pantoja Hernández y Mario Alberto Dávila Delgado, diputados del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, presentaron un punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a promover y vigilar las acciones y medidas de prevención y atención neonatal a fin de eliminar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros en México.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo se turnase a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para el estudio y dictamen correspondientes.
II. Contenido
El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a promover y vigilar entre las instituciones de salud que forman parte del Sistema Nacional de Salud las acciones y medidas de prevención y atención neonatal necesarias para eliminar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros en México, con especial énfasis en las complicaciones respiratorias que pudieran sufrir como consecuencia de haber nacido antes de las 37 semanas de gestación.
III. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los instrumentos y las acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo éste uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud es social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. De acuerdo con el Banco Mundial,1 la tasa de mortalidad neonatal es el número de recién nacidos que mueren antes de alcanzar 28 días de edad, determinado por el índice de mortalidad neonatal el cual está constituido a través de la división entre la cantidad de muertes en recién nacidos por cada mil nacimientos con vida. Con este índice, las cifras revelan para el caso de México lo siguiente:
En 2010, el valor del índice fue de 8; cayó y se mantuvo constante en 7 para 2011, 2012 y 2013.
Tercera. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que aproximadamente 210 millones de mujeres se embarazan cada año y que 529 mil mueren a raíz de complicaciones asociadas. En el periodo inmediatamente posterior al parto, las sepsis y hemorragias son la causa más común de muerte materna. De estas muertes maternales, 99 por ciento ocurre en países en desarrollo. De la misma manera, 99 por ciento de las 4 millones de muertes estimadas de neonatos ocurre en países en desarrollo. Las infecciones severas causan más de un tercio de las muertes. Éstas no siempre se registran de manera adecuada; sin embargo, los cuadros más comunes son sepsis, neumonía, tétano y diarrea.
Para el caso de los nacimientos prematuros, la OMS indica que en el mundo nacen aproximadamente 15 millones de niños que no cumplieron 37 semanas de gestación en el vientre materno, recalcando que estos casos van en aumento. En ese sentido, mueren cada año más de 1 millón de bebés debido a las complicaciones en el parto. Así bien se considera que este tipo de nacimiento es la principal causa de mortalidad entre los recién nacidos y la segundo causa de muerte en niños menores de 5 años, sólo por debajo de la neumonía.
Para esto, la OMS indica que este tipo de fallecimientos pueden evitarse con las intervenciones actuales, eficaces y con muy bajo costo, incluso sin la necesidad de recurrir a cuidados intensivos. Por otro lado, en los 184 países analizados por la OMS, la tasa de nacimientos prematuros oscila entre 5 y 18 por ciento de los recién nacidos.2
Cuarta. También en México constituye la primera causa de muerte y explica la mitad de las defunciones infantiles. A pesar de ello, su tendencia ha disminuido durante los últimos diez años, ya que entre 2000 y 2010 se ha registrado 26 por ciento de muertes menos (de 19 mil 394 a 14 mil 337), a pesar de que no ha variado su peso relativo respecto al total. Entre las causas directas que conforman este grupo se encuentran, en orden de importancia, la dificultad respiratoria del recién nacido (4 mil 11 defunciones), la sepsis bacteriana (2 mil 663), los trastornos relacionados con la corta duración de la gestación y con el bajo peso al nacer (mil 268), la asfixia del nacimiento (mil 123) y la neumonía congénita (892). La tasa de mortalidad infantil por esta causa, en 2010, se ubica en 746 muertes por cada cien mil nacimientos.3
Quinta. Siendo una de las principales causas de muerte para los recién nacidos y un peligro latente para las madres, la Ley General de Salud contempla lo siguiente en materia de atención materno-infantil:
Artículo 61. El objeto del presente capítulo son la protección materno-infantil y la promoción de la salud materna, que abarca el período que va del embarazo, parto, posparto y puerperio, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer y el producto.
La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende, entre otras, las siguientes acciones:
I. La atención integral de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio, incluyendo la atención psicológica que requiera;
I Bis. La atención de la transmisión del VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual, en mujeres embarazadas a fin de evitar la transmisión perinatal;
II. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento, desarrollo integral, incluyendo la promoción de la vacunación oportuna, atención prenatal, así como la prevención y detección de las condiciones y enfermedades hereditarias y congénitas, y en su caso atención, que incluya la aplicación de la prueba del tamiz ampliado, y su salud visual;
III. La revisión de retina y tamiz auditivo al prematuro;
IV. La aplicación del tamiz oftalmológico neonatal, a la cuarta semana del nacimiento, para la detección temprana de malformaciones que puedan causar ceguera, y su tratamiento, en todos sus grados; y
V. La atención del niño y su vigilancia durante el crecimiento y desarrollo, y promoción de la integración y del bienestar familiar.
Por tanto, hay entonces certeza jurídica para la protección de la salud y la atención oportuna de los nacimientos prematuros, así como de la madre.
Sexta. Por otro lado, existe la aplicación y atención reglamentaria establecida en la Norma Oficial Mexicana 034 para la prevención y control de los defectos de nacimiento la cual señala que los defectos al nacimiento son un conjunto de patologías que alteran la estructura anatómica, la fisiología de la misma, los procesos del metabolismo y del crecimiento y desarrollo de los fetos y neonatos. Algunos de estos defectos pueden ser prevenibles, diagnosticados y manejados oportunamente; esta última acción permite ofrecer a la madre atención con calidad al momento de la resolución obstétrica y, al neonato, posibilidades de una mejor condición de vida.
En los últimos años, los logros obtenidos en el campo de la genética y del diagnóstico prenatal han tenido gran trascendencia, y se orientan a proporcionar la detección temprana de alteraciones fetales o complicaciones maternas que colocan en riesgo al binomio madre-hijo, así como a plantear estrategias dirigidas a reducir el riesgo de recurrencia.
En esta norma oficial mexicana se incluyen los principales defectos prevenibles o susceptibles de diagnóstico temprano, así como las medidas de prevención y control que puedan tener un impacto epidemiológico prioritario en las tasas de morbilidad y mortalidad perinatal durante un periodo no mayor de cinco años.
Séptima. La OMS indica que el nacimiento prematuro es la principal causa de muerte para los recién nacidos, lo mismo para el caso de México, siendo las dificultades respiratorias la principal causa. Aun así, el número de muertes ha disminuido, sin embargo, el nacimiento prematuro ha aumentado en términos relativos. Por otro lado, se modifica el acuerdo del proponente, pues la Comisión de Salud considera que según los datos mencionados es imposible eliminar por completo las causas de mortalidad entre neonatos por cuestiones exógenas, así bien el término correcto sería mitigar el efecto con la probabilidad de disminuirlo. Por tanto, la aprobación de esta comisión dictaminadora sería a favor con modificaciones, quedando de la siguiente manera:
Acuerdo
Único. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a promover y vigilar, entre las instituciones de salud que forman parte del Sistema Nacional de Salud, las acciones y medidas de prevención y atención neonatal necesarias para mitigar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros en México, con especial énfasis en las complicaciones respiratorias que pudieran sufrir como consecuencia de haber nacido antes de las 37 semanas de gestación.
Notas
1 Level & Trends in Child Mortality. Report 2011. Estimates Developed by the UN Inter-agency Group for Child Mortality Estimation (UNICEF, WHO, World Bank, UN Desa, UNPD).
2 Organización Mundial de la Salud, nota descriptiva número 363, noviembre de 2013.
3 Principales causas de mortalidad infantil en México: tendencias recientes. Sonia B. Fernández Cantón, Gonzalo Gutiérrez Trujillo, Ricardo Viguri Uribe, 2012: 2.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo sobre la situación que guarda el hospital general de Cuetzalan del Progreso, Puebla
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82 numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:
I. Metodología
La Comisión de Salud, encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y el turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo” se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo, en la que se resumen su contenido, motivos y alcances.
En “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 13 de noviembre de 2014, Zuleyma Huidobro González, Ricardo Monreal Ávila e integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano presentaron punto de acuerdo ente el pleno de la Cámara de Diputados para exhortar a la Secretaría de Salud a realizar en el ámbito de su competencia las investigaciones correspondientes respecto a la operación, la planificación y el servicio del hospital regional de Cuetzalan del Progreso.
Asimismo, exhortan al gobierno de Puebla a dotar de recursos humanos, técnicos y materiales al hospital regional de Cuetzalan del Progreso a fin de que pueda prestar de manera eficiente y óptima los servicios para los que fue creado.
2. Con misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente proposición a la Comisión de Salud, para el estudio y dictamen correspondientes.
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Se exhorta a la Secretaría de Salud y al gobierno de Puebla a informar a esta soberanía sobre la situación que guarda el hospital general de Cuetzalan del Progreso para que, en el ámbito de su competencia, realicen las investigaciones correspondientes respecto a la operación, la planificación y el servicio de dicho hospital.
Asimismo, para que en dicho hospital doten de recursos humanos, técnicos y materiales necesarios al hospital regional de Cuetzalan del Progreso, Puebla, a fin de que pueda prestar de manera eficiente y óptima los servicios para los que fue creado.
IV. Consideraciones
Primera: El artículo 4o. constitucional reconoce el derecho de todos los mexicanos a la protección a la salud y de manera más reciente la obligación a cumplimentar el ejercicio progresivo de los derechos humanos, la fragmentación del sistema de salud no ha permitido el ejercicio universal e igualitario de este derecho persistiendo entre la población brechas de desigualdad.
Para que avancemos en la construcción de un sistema que se enfoque en los derechos humanos, se requiere de una mayor precisión jurídica del concepto de protección de la salud y sus alcances en los términos de las obligaciones y responsabilidades, bajo un contexto unificado y sin segmentación de los prestadores, para los tres órdenes de gobierno y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Actualmente, los problemas de salud a escala nacional afectan de manera considerable a los grupos más desprotegidos de la población mexicana. El gran desinterés de las autoridades encargadas de velar por el derecho a la salud, es la difícil situación por la que atraviesan los pobladores de Cuetzalan, Puebla, pues se construyó un elefante blanco, inoperante e ineficiente.
Es evidente la falta de planeación y omisión por el gobierno del estado, no sólo por el sobreprecio con que se adquirió dicho hospital sino, también, por las negligencias en su construcción, ya que dicho inmueble se edificó en un terreno pantanoso lo que lo convierte en una bomba de tiempo tanto para los trabajadores como para los pacientes ante su evidente fragilidad.
Existe la posibilidad de que el hospital sea causante de un daño ecológico en la comunidad, al carecer de un sistema de drenaje, así como de tratamiento de aguas residuales, así mismo no solo son los únicos servicios de los que carece, pues difícilmente tienen acceso a otros como lo son agua potable, electricidad, vitales para el correcto desarrollo de las actividades del hospital.
Tercera. La gran problemática que enfrentan en el hospital es la falta de especialistas de las cuatro ramas básicas de la medicina: cirugía, pediatría, medicina interna y ginecoobstetricia, ya que es sumamente grave, así como plazas para enfermeras, laboratoristas, personal administrativo, de cocina, lavandería e intendencia.
Cuarta. Se trata de un hospital que atiende a muchísimos habitantes de aproximadamente 150 comunidades indígenas de la región, incluso del Estado de Veracruz, ya que se trasladan hasta Cuetzalan para recibir la atención médica de forma gratuita.
Se considera que es un tema que se tiene que atender, a efecto de que ciudadanos de las poblaciones más vulnerables de nuestro país, en especial de las comunidades de Puebla y Veracruz no se vean afectadas por la falta de servicios y atención médica en tan importante institución hospitalaria, ya que es una realidad que en nuestro país no se tenga acceso para regular a los servicios básicos de salud y, por ende, los ciudadanos tengan que recurrir a servicios privados a los cuales en ocasiones es imposible acceder.
Con base en las consideraciones mencionadas, los integrantes la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno los siguientes
Acuerdos
Primero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud a realizar en el ámbito de su competencia las investigaciones correspondientes respecto a la operación, la planificación y el servicio del hospital regional de Cuetzalan del Progreso.
Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta al gobierno de Puebla a dotar de recursos humanos, técnicos y materiales al hospital regional de Cuetzalan del Progreso a fin de que pueda prestar de manera eficiente y óptima los servicios para los que fue creado.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo relativo a la reformulación del abordaje de la fibromialgia
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numerales 6 incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 30 de septiembre de 2014, el diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrito por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, ambos diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano presentaron un punto de acuerdo relativo a la reformulación del abordaje de la fibromialgia.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo, se turnara a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido
Se exhorta al titular del Ejecutivo a implementar, mediante sus secretarías, las políticas necesarias para establecer programas y nuevos esquemas sociales y educativos para garantizar los derechos de los enfermos de fibromialgia, encefalomielitis miálgica-Síndrome de Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple, y emprender campañas para dar mayor difusión e informar a la población respecto a dichas enfermedades.
Se exhorta a la Comisión Nacional de Derechos Humanos a implementar programas que erradiquen la discriminación hacia los enfermos de fibromialgia, encefalomielitis miálgica-Síndrome de Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple.
Se exhorta a la Secretaría de Salud para conformar un consenso multidisciplinario integrado por expertos nacionales y extranjeros para garantizar la protocolización de la atención, tratamiento, investigación biomédica progresista, formación de especialistas, creación de unidades especializadas para poder contener y, en su caso, mitigar los daños verificados en esta patología.
Se exhorta a la Secretaría de Salud para que dentro de su reglamento se reconozca la fibromialgia, el Síndrome de Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple como enfermedades que generan invalidez permanente absoluta y estén armonizadas con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, misma que México ha ratificado.
IV. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La fibromialgia es una enfermedad que atrofia las zonas musculares y articulares, causante de intensos dolores generalizados, en ese sentido, también es considerada como un síndrome que se manifiesta a través de un estado doloroso crónico generalizado no articular, con afección de los músculos y que presenta una exagerada sensibilidad en múltiples puntos definidos, sin alteraciones orgánicas demostrables.
El Síndrome de Fibromialgia es un trastorno de los mecanismos de percepción del dolor que condicionan a una hiperalgesia a estímulos mecánicos. Los criterios diagnósticos incluyen la existencia de 11 o más de 18 puntos sensibles (definidos como dolor moderado o grave) en presencia de un dolor generalizado de más de tres meses de evolución1 . Es también considerada como una enfermedad idiopática, puesto que se desconoce su causa o proviene de una irrupción espontánea.
Tercera. Una de las cuestiones más importantes a considerar es que la fibromialgia sea reconocida como una enfermedad. Revisando la clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud en su versión tercera, emitido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), efectivamente se encontró que la fibromialgia está considerada como una enfermedad en la clasificación M79.72 . Además también fue reconocida en 1994 por la Asociación Internacional para el Estudio del Dolor (IASP) y clasificada con el código x33x8a.
Cuarta. De acuerdo con la Investigación realizada por el Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (Cenetec)3 en México 9 de cada 10 pacientes con fibromialgia son mujeres y las principales causas son expuestas a través de la disfunción del sistema nervioso central. Éste, después de un golpe, provoca cambios que causan un desbalance entre las vías prodolor y antidolor, de tal manera que las vías prodolor se fortalecen mucho y las antidolor se debilitan. Esto genera que estímulos muy pequeños que no debería de doler, provocan dolor y es causa común el síndrome de intestino irritable, migrañas, dolor lumbar, entre otros”.
Lo síntomas son los siguientes:
• Dolor crónico generalizado
• Insomnio y cuando duermen no descansan
• Fatiga
• Rigidez matutina
• Cambios en el estado de ánimo con tendencia a la depresión
• Dolor de cabeza
• Periodos menstruales dolorosos
• Sensación de hormigueo o adormecimiento en las manos y los pies
• Falta de memoria o dificultad para recordar4
Quinta. Es preciso señalar que la enfermedad, al ser considerada como obstaculizadora para realizar algunas actividades de la vida cotidiana, repercute en las relaciones sociales, sobre todo en el ámbito familiar y laboral, por lo cual, el rendimiento a la productividad cae considerablemente y por ende el ingreso, esto considerando que el tratamiento de la enfermedad sea en función de la medicación o procedimientos terapéuticos tal y como indica la Cenetec.
Por otro lado, los profesionales de la salud considerados para dar tratamiento a la enfermedad son los siguientes: Médicos familiares, médicos internistas, reumatólogos, geriatría, medicina física y rehabilitación (Cenetec, 2009). Sin embargo, la afección y sus consecuencias ameritan mayor especialización y calificación de la fuerza laboral en salud, de modo tal que se dé prioridad a la investigación para determinar las posibles causas de la enfermedad.
Sexta. Dentro de la Ley General de Salud, se desprende el artículo 27 el cual considera los servicios básicos para la protección de la salud.
“III. La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.”
Asimismo en el capítulo 2 referente a la atención médica se expresa lo siguiente:
“Artículo 32. Se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud, la cual podrá apoyarse de medios electrónicos de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que al efecto expida la Secretaría de Salud.
...
IV. Paliativas, que incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.”
Al no conocer las causas fundamentales de la enfermedad y considerándose como un trastorno musculoesquelético y neuropsiquiátrico, la OMS no la considera como una enfermedad contagiosa. La hipótesis conduce a que son problemas asociados con la genética, psicosomáticos, ambientales. En ese sentido, puede estar catalogada dentro de la Ley General de Salud como una enfermedad no trasmisible, señalando lo siguiente:
“Artículo 158. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de prevención y control de las enfermedades no transmisibles que las propias autoridades sanitarias determinen.
Artículo 159. El ejercicio de la acción de prevención y control de las enfermedades no transmisibles comprenderá una o más de las siguientes medidas, según el caso de que se trate:
I. La detección oportuna de las enfermedades no transmisibles y la evaluación del riesgo de contraerlas;
II. La divulgación de medidas higiénicas para el control de los padecimientos;
III. La prevención específica en cada caso y la vigilancia de su cumplimiento;
IV. La realización de estudios epidemiológicos, y
V. La difusión permanente de las dietas, hábitos alimenticios y procedimientos que conduzcan al consumo efectivo de los mínimos de nutrimentos por la población general, recomendados por la propia Secretaría, y
VI. Las demás que sean necesarias para la prevención, tratamiento y control de los padecimientos que se presenten en la población.”
Séptima. La OMS considera a la fibromialgia como una enfermedad desde 1992 según la CIE con el código M79.7, sin embargo, para el caso de México ésta ha sido relativamente poco analizada y estudiada, ya que no existe suficiente evidencia que ayude a dilucidar el problema. Los pacientes que sufren fibromialgia tienden a excluirse de las relaciones sociales y las actividades económicas, provocando marginación y bajos con ingresos con costos de tratamiento y rehabilitación altos. En ese sentido, los integrantes de esta comisión no ven ningún inconveniente para aprobar en sentido positivo con modificaciones, ya que se contiene sobre el acuerdo único, todas las disposiciones de tratamiento y resolución del problema planteado por el proponente.
Por lo expuesto anteriormente, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno lo siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo a implementar, mediante sus secretarías, las políticas necesarias para establecer programas y nuevos esquemas sociales y educativos para garantizar los derechos de los enfermos de fibromialgia, encefalomielitis miálgica-Síndrome de Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple, y emprender campañas para dar mayor difusión e informar a la población respecto a dichas enfermedades.
Notas
1. Fundación Mexicana para la Fibromialgia A.C.
2. Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud, Tercera Edición del 2008.
3. Diagnóstico y tratamiento de fibromialgia en el adulto, CENETEC 2009
4. Asociación Mexicana de Fibromialgia y Fatiga Crónica A.C. (AMEFFAC)
Palacio Legislativo, a los 10 días del mes de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Ssa a implantar medidas específicas en materia de atención y acceso para tratar la problemática de las enfermedades raras en México
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 8 y 73 constitucionales, lo establecido en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrolló el trabajo de análisis, estudio y dictamen conforme los siguientes lineamientos:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado “Contenido de la proposición”, se exponen los objetivos del exhorto y se hace una descripción que resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
En sesión celebrada con fecha 30 de octubre de 2014, los diputados Francisco Javier Fernández Clamont y Rosalba Gualito Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, Mario Dávila Delgado e Isaías Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Eva Diego Cruz y Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática; Ruth Zavaleta Salgado y Carla Alicia Padilla Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura, presentaron la proposición con punto de acuerdo a través de la cual exhorta al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Salud para que implemente medidas específicas en materia de atención y acceso para tratar las problemáticas de las enfermedades raras en México.
Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y dictamen correspondiente
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Exhortar a la Secretaría de Salud para que implante políticas públicas específicas en materia de enfermedades raras mismas que se harán de conocimiento de la Cámara de Diputados.
De igual modo, señala que se fomente la disponibilidad de medicamentos huérfanos permitiendo que éstos cuenten con acceso preferencial al Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud.
Finalmente, considera que la Secretaría de Salud tome las medidas necesarias para que los medicamentos huérfanos sean asequibles a la población.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción xvi del artículo 73 de esta Constitución.
En torno a los preceptos establecidos en la Carta Magna deben girar las normas jurídicas de todo el sistema mexicano; para el caso concreto, el mandato constitucional de protección a la salud la consagra como un bien jurídico tutelado que es menester vigilar por todos los órganos que integran el Estado mexicano.
Franz von Liszt señala que todo interés respecto de un bien proviene de la vida, y debe ser consagrado en el orden jurídico y social, ya que todos los bienes jurídicos son intereses vitales del individuo o de la comunidad+1 .
En ese orden de ideas la salud como un bien jurídico, su protección, garantía y acceso es una responsabilidad de procuración compartida entre el gobierno, la sociedad y el individuo
Segunda. De acuerdo con datos publicados por la Organización Mundial de la Salud, OMS, se encuentran registradas entre siete y ocho mil tipos de enfermedades denominadas raras o de baja prevalencia que afectan a un significativo número de la población mundial cuyos síntomas y orígenes, son mayormente desconocidos y requieren tratamientos específicos.
Este mismo organismo internacional estima que los padecimientos de esta naturaleza afectan a un porcentaje del 7 por ciento alrededor del mundo cuyos orígenes son, en su mayoría, genéticos donde los síntomas pueden observarse desde la infancia, no obstante más del 50 por ciento de los pacientes con enfermedades de baja prevalencia son diagnosticados hasta la edad adulta.
La OMS considera que parte de la complejidad de estos padecimientos estriba si en la baja prevalencia pero además en el diagnóstico toda vez que entre la aparición de los primeros síntomas y el diagnóstico suele transcurrir un período de entre 5 y 10 años con las consecuentes circunstancias adversas para los pacientes que van desde no recibir un tratamiento adecuado, no tener acceso a un tratamiento, provocar el agravamiento de la enfermedad y hasta la muerte.
Tercera. En México entre el 6 y 8 por ciento de la población se encuentra afectada por un padecimiento de esta naturaleza. Este sector poblacional requiere ser apoyado a través del suministro de medicamentos denominados “huérfanos”, lo que representa una circunstancia impostergable de atender no sólo para garantizar una mejor calidad de vida sino para preservarla entre quienes padecen una enfermedad rara.
Por otra parte la Ley General de Salud establece:
Artículo 224 Bis. Medicamentos huérfanos: A los medicamentos que estén destinados a la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades raras, las cuales tienen una prevalencia de no más de 5 personas por cada 10 mil habitantes.
Artículo 224 Bis 1. La Secretaría de Salud implementará las medidas y acciones necesarias a efecto de impulsar y fomentar la disponibilidad de los medicamentos huérfanos, haciéndolos asequibles para la población. Asimismo, la Secretaría de Salud podrá emitir recomendaciones a los Institutos Nacionales de Salud para la investigación y el desarrollo de medicamentos con potencial en su efectividad.
Al cobijo de esta legislación, el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Salud tiene la obligación de implementar las medidas necesarias para que los pacientes con enfermedades raras tengan acceso a un tratamiento que garantice su salud.
No obstante, en nuestro contexto acceder a un medicamento huérfano complica las ya de por sí adversas circunstancias de atención para los pacientes con una enfermedad de baja prevalencia.
De acuerdo con el portal Orphanet2 , los medicamentos huérfanos van dirigidos a tratar afecciones tan infrecuentes que se complica su proceso de distribución y comercialización lo que deriva en la falta de acceso que compromete severamente la vida de los pacientes.
De esta forma, el acceso al cuidado sanitario se vuelve cada vez más lejano para un paciente diagnosticado con una enfermedad rara bajo un esquema que limita el suministro de medicamentos especiales en el Sistema de Salud.
Cuarta. Si bien la Carta Magna establece como una garantía el derecho a la protección de la salud, también establece en su Artículo 1º párrafo Tercero el prohibir toda discriminación motivada por origen étnico, nacional, género, edad, discapacidades, condición social y condiciones de salud entre otros factores.
Siguiendo los preceptos establecidos en la Constitución Mexicana, resulta imperativo que las autoridades competentes promuevan estrategias dirigidas a la cobertura integral para los pacientes con enfermedades raras en el país, toda vez que se garantiza la no discriminación contra los ciudadanos mexicanos.
En este sentido, más de un ciudadano ve vulnerada esta garantía cuando el sistema de salud no considera ni siquiera medidas especiales para garantizar, cuando menos, un diagnóstico oportuno.
Bajo este orden de ideas, el Sistema de Salud Pública tiene como prerrogativa coadyuvar y no constituir un obstáculo para el acceso a los servicios óptimos, diagnóstico y tratamiento al que la población tiene derecho y donde es menester incluir al sector que en México vive con una enfermedad rara.
Quinta. Asimismo, por la complejidad que caracteriza estos padecimientos, y en función del alto costo que implican los tratamientos que constituyen para estos pacientes un soporte de vida, es preciso que la población afectada cuente con el apoyo del Estado Mexicano en una situación que provoca gastos catastróficos, ya que la ausencia de esta asistencia pone en peligro su vida.
A esto se compromete el Estado en su norma máxima como lo es la Constitución pero además también ha sido un compromiso ante organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas por interlocución de la Organización Mundial de la Salud, donde se han suscrito convenios que garantizan la salud como un derecho fundamental del ser humano.
Por lo tanto, el sistema mexicano sustentado en su orden jurídico pero además comprometido ante organismos internacionales tiene la responsabilidad de garantizar una atención sanitaria oportuna, aceptable, asequible y de calidad satisfactoria.
Sexta. La Ley General de Salud en su Artículo 1º establece la obligación regular el acceso a los servicios de salud, así como la concurrencia en términos de operatividad de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
Asimismo, este ordenamiento estipula la responsabilidad del Estado para fomentar y asegurar la disponibilidad de medicamentos e insumos para la salud. De igual modo, establece la obligación de las autoridades competentes en la materia para brindar atención médica integral de carácter preventivo, curativo, paliativo y de rehabilitación así como de garantizar el acceso igualitario a toda la población para recibir la atención médica que requiera.
En este sentido, es menester implementar políticas públicas específicas dirigidas al sector de la población mexicana que padece algún tipo de enfermedad rara o de baja prevalencia donde se considere como prioridad el derecho a un diagnóstico y tratamiento adecuados a las necesidades de cada paciente.
Séptima. Durante los últimos años en nuestro país no se han registrado inclusiones en materia de medicamentos huérfanos en Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos, insumos imprescindibles para brindar tratamiento y atención oportuna en pacientes con enfermedades raras o de baja prevalencia.
Por esta razón, las políticas públicas a cargo del sector competente deben incluir un reforzamiento a los cauces institucionales para que el Consejo de Salubridad General valore la necesidad respecto de la inclusión de medicamentos huérfanos y establezca así un acceso preferencial a los mismos, toda vez que por sus particularidades de registro y administración es necesario garantizar su disponibilidad permanente de tal modo que las instituciones de salud puedan suministrarlos ante casos necesarios presentados por sus derechohabientes.
Octava. De acuerdo con lo difundido por el Gobierno Federal en los dos recientes informes así como por lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 se define como prioridad de esta administración garantizar el acceso universal a los servicios de salud.
Con base en lo anterior y adicional a la implementación de acciones necesarias que aseguren estos objetivos, tienen que considerarse los sectores poblacionales que padecen enfermedades de baja prevalencia de manera particular, en el sentido de que las autoridades competentes también garanticen para ellos el acceso a servicios de salud a cabalidad, atención oportuna e insumos conforme sus necesidades.
Con base en las consideraciones antes mencionadas, los integrantes la comisión dictaminadora de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno los siguientes
Acuerdos
Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a que conforme a lo establecido por el artículo 224 Bis 1 de la Ley General de Salud, implemente políticas públicas específicas en materia de enfermedades raras, mismas que se harán del conocimiento de la Cámara de Diputados.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a que conforme a lo establecido en el artículo 224 Bis 1 de la Ley General de Salud, fomente la disponibilidad de medicamentos huérfanos, permitiendo que estos cuenten con acceso preferencial al Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, siempre y cuando cumplan con las normativas aplicables por el Consejo de Salubridad General.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a que conforme a lo establecido en el artículo 224 Bis 1 de la Ley General de Salud, tome las medidas necesarias para que los medicamentos huérfanos sean asequibles para la población.
Notas
1 Von Liszt Franz “Tratado de derecho penal”, traducido por Luis Jiménez de Asúa, Ed Reus, Madrid, 1992, tomo II.
2 www.orpha.net. Consulta realizada el 28 de noviembre de 2014.
Palacio Legislativo a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la titular de la Ssa a difundir las causas de que se encuentre detenida la obra del proyecto Construcción y Equipamiento del Servicio Clínico para Pacientes con VIH/Sida y Coinfección por Enfermedades de Transmisión Aérea, en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Doctor Ismael Cosío Villegas
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido” se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
I. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 14 de octubre de 2014, los diputados José Luis Muñoz Soria, Roberto López Suárez y Guillermo Sánchez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron un punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Ssa, para que difunda las causas por las que se encuentra detenida la obra del proyecto denominado “construcción y equipamiento del servicio clínico para pacientes con VIH/sida y coinfección por enfermedades de transmisión aérea”, en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias “Dr. Ismael Cosío Villegas”.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo, se turnara a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.
II. Contenido
Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud, doctora Mercedes Juan López para que haga del conocimiento público las causas por la que se encuentra detenida la obra del proyecto denominado “Construcción y equipamiento del servicio clínico para pacientes con VIH/sida y coinfección por enfermedades de transmisión aérea”, para la atención clínica científica de pacientes en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias “Doctor Ismael Cosío Villegas”, por tratarse de un proyecto aprobado por el Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud, mismo que contó con la autorización de recursos del Fondo de Protección contra gastos catastróficos-industria tabacalera por 7.5 millones de pesos. Infraestructura y de instalaciones médicas necesarias que garanticen la contención de agentes infecciosos y la bioseguridad del hospital.
III. Consideraciones
Primera. El acceso a la información es pública, así lo determina el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en donde se expresa lo siguiente:
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la federación, los estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es publica y solo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinara los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.
...
V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicaran, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.
Así bien, existe la plena garantía a través de la ley suprema constitucional el acceso a la información de la utilización de recursos públicos para la implementación de programas en cualquiera de los ámbitos de gobierno.
Segunda. Por otro lado, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental permite establecer los principales lineamientos sobre los cuales se determinarán las características del derecho al acceso a la información:
Artículo 2. Toda la información gubernamental a que se refiere esta ley es pública y los particulares tendrán acceso a la misma en los términos que ésta señala.
En el artículo 3o. de la misma ley se constituye la definición de los documentos que serán establecidos como públicos, sin agraviar lo establecido por la fracción VI del mismo artículo:
III. Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;
En esta misma ley se establecen las obligaciones a las cuales estarán sujetas los organismos públicos que utilicen recursos públicos.
Artículo 7. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el Instituto o la instancia equivalente a que se refiere el Artículo 61, entre otra, la información siguiente:
...
VI. Las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;
...
IX. La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución, en los términos que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación. En el caso del Ejecutivo federal, dicha información será proporcionada respecto de cada dependencia y entidad por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la que además informará sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, en los términos que establezca el propio presupuesto;
Tercera . El Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) Ismael Cosío Villegas es un organismo descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el Sector Salud, que tiene por objeto principal en el campo de padecimientos del aparato respiratorio, la investigación científica, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad, cuyo ámbito de competencia es todo el territorio nacional.
En la siguiente imagen extraída de la página web del instituto se muestra el esquema orgánico establecido por jerarquías y líneas de mando.
Asimismo, en la siguiente tabla la cual es extraída del informe de labores 2013 se muestra en función del Clasificador por Objeto del Gasto por conceptos la distribución del gasto ejercido para el 2012 y el 2013.
Se muestra que para el capítulo 6000 correspondiente a “Inversión Pública” presenta un subejercicio por 112 mil 291.7 pesos, de los cuales 112 mil 155.4 pesos corresponden a recursos provenientes de fideicomisos del sistema de protección social en salud conforme se van ejerciendo al avance de la obra ejecutada del proyecto de construcción de la unidad de investigación en enfermedades infecciosas y crónico degenerativas y 136.3 pesos de recursos no captados.
En ese sentido, se muestran 2 proyectos de inversión en infraestructura los cuales corresponden a “Construcción y Equipamiento de la Unidad de Investigación en Enfermedades Infecciosas y Crónico Degenerativas” y “Ampliación del Departamento de Investigación en Tabaquismo y EPOC”, los cuales son representados en el siguiente cuadro:
Sin embargo, de acuerdo con la explicación del proponente, en ninguna parte del informe de actividades del 2013 presentadas por el INER no menciona el gasto ejercido en el programa “Construcción y equipamiento del servicio clínico para pacientes con VIH/SIDA y coinfección por enfermedades de transmisión aérea” el cual fue aprobado por el comité técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud del INER.
Cuarta. El acceso a la información pública es un derecho ciudadano para medir y evaluar la efectividad del gasto público en las instituciones gubernamentales. Por tratarse de un proyecto público de inversión en infraestructura, sin transgresión de los artículos referentes a la protección de datos personales y demás, la Comisión de Salud considera que los elementos anteriormente mostrados sirven de base para la aprobación del punto de acuerdo del proponente en donde se muestre la situación por la cual no se ha continuado con la construcción de la obra. Asimismo, los integrantes de ésta comisión dictaminadora dan su aprobación en sentido positivo con modificaciones a esta proposición sometiendo a consideración del pleno lo siguiente
Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud, doctora Mercedes Juan López, a informar a esta soberanía del estado que guarda el proyecto denominado “Construcción y equipamiento del servicio clínico para pacientes con VIH/sida y coinfección por enfermedades de transmisión aérea”, para la atención clínica científica de pacientes en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias “Doctor Ismael Cosío Villegas”.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Salud, y de Turismo a reforzar las acciones de promoción de turismo médico en favor de diversos municipios de la frontera norte
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 25 de noviembre de 2014, la Diputada Adriana Fuentes Téllez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó Punto de Acuerdo por el que se exhorta a las secretarías de Salud y de Turismo, para que refuercen las acciones de promoción de turismo médico, a favor de diversos municipios ubicados en la frontera norte del país.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo, se turnara a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido
La Cámara de Diputados exhorta a las Secretarías de Salud, y de Turismo, con la finalidad de que se refuercen las acciones de promoción de turismo en salud, a favor de diversos municipios ubicados en la frontera norte del país.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción xvi del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La Ley General de Salud es explícita en relación a la protección social en salud que garantiza el derecho de los mexicanos a recibir este beneficio sin importar su condición social.
Artículo 77 Bis 1. Todos los mexicanos tienen derecho a ser incorporados al Sistema de Protección Social en Salud de conformidad con el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin importar su condición social.
La protección social en salud es un mecanismo por el cual el Estado garantizará el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, costo, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social. Como mínimo se deberán contemplar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de: medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención.
...
Así bien, para incrementar y mejorar la calidad en la prestación de servicios del sector salud se estipula lo siguiente:
Artículo 77 Bis 9. Para incrementar la calidad de los servicios, la Secretaría de Salud establecerá los requerimientos mínimos que servirán de base para la atención de los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud. Dichos requerimientos garantizarán que los prestadores de servicios cumplan con las obligaciones impuestas en este título.
La Secretaría de Salud y las entidades federativas, promoverán las acciones necesarias para que las unidades médicas de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que se incorporen al Sistema de Protección Social en Salud provean como mínimo los servicios de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, de acuerdo al nivel de atención, y acrediten previamente su calidad.
La acreditación de la calidad de los servicios prestados deberá considerar, al menos, los aspectos siguientes:
I. Prestaciones orientadas a la prevención y el fomento del autocuidado de la salud;
II. Aplicación de exámenes preventivos;
III. Programación de citas para consultas;
IV. Atención personalizada;
V. Integración de expedientes clínicos;
VI. Continuidad de cuidados mediante mecanismos de referencia y contrarreferencia;
VII. Prescripción y surtimiento de medicamentos, y
VIII. Información al usuario sobre diagnóstico y pronóstico, así como del otorgamiento de orientación terapéutica.
Tercera. En el Programa Sectorial de Salud (PROSESA) se establece como uno de los objetivos fundamentales asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad, a través de la creación y fortalecimiento de redes de servicios integrales, sustentadas en un modelo de atención primaria más homologado y resolutivo, para mejorar el acceso efectivo con calidad.
Además, la Organización Mundial de la Salud ha convocado a todos los países a la mejora de la calidad de la atención como la principal vía para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio, entendiendo esta mejora como todo proceso o herramienta dirigida a reducir la brecha a nivel sistémico y organizacional bajo los principios básicos de la calidad, que incluyen la atención centrada en la persona, la mejora continua de los procesos y la seguridad del paciente como prioridades para el fortalecimiento de los sistemas de salud.
En seguimiento a este llamado, las prioridades señaladas son materia sustantiva de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud de la Secretaría de Salud, que en conjunto con las principales instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, han generado desde hace más de 13 años, políticas nacionales en materia de calidad en salud que han sentado las bases de una cultura de calidad en los servicios de salud.1
Cuarta. La promoción de la calidad de los establecimientos que ofrecen servicios de salud, mejora la imagen del sector salud en el país. Así mismo es importante señalar la correlación que realiza el proponente con respecto al turismo y el ofrecimiento de mejores prestaciones de calidad en los servicios de salud, sobre todo por la derrama económica que esto puede generar al externalizar el beneficio.
México ocupa el segundo lugar a nivel mundial en la llamada industria de turismo de salud, en donde unos 7 millones de personas al año viajan fuera de su país de origen en busca de tratamientos médicos y operaciones quirúrgicas, dentales, oftalmológicas y hasta estéticas o cosméticas, atraídas por tecnología avanzada, enfoques científicos de vanguardia, calidad en el servicio y sobre todo menores costos.
Así también, en el boletín 294/2013 de la Secretaría de Turismo indica que México es líder en turismo de salud comprendiendo tres principales líneas de acción:
1. La configuración de una oferta integral de turismo de salud que permita contar con productos exportables de Turismo Médico y de Bienestar.
2. El fortalecimiento de la imagen de México como proveedor de servicios de Turismo de Salud mediante campañas que promuevan al país como un destino atractivo y competitivo.
3. La generación de un sistema de información e intercambio de conocimiento de la industria que permita contar con estadísticas confiables para medir el flujo y el impacto económico del turismo de salud en el país, así como el intercambio de mejores prácticas.
El impacto económico de la industria del Turismo de Salud en el mundo registra tasas de crecimiento de hasta el 20 por ciento anual. Según datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, tiene un valor entre los 40 mil millones y los 60 mil millones de dólares al año.
Por su parte, la Global Spa & Wellness Summit calcula el valor global de la industria del Turismo de Bienestar, en 438 mil millones de dólares.
Quinta. En México existen un millón de turistas que buscan servicios de salud, la mayoría estadunidenses de origen hispano y provenientes de los estados de California, Arizona y Texas, lo cuales colindan con las ciudades de la frontera norte del país, esto es el punto clave de la propuesta del proponente.
La razón principal por la cual hay una gran cantidad de turismo en salud en el país es el precio de los factores. En el caso de México, los pacientes de Estados Unidos y Canadá llegan a pagar entre 36 y hasta 89 por ciento menos por operaciones y tratamientos médicos que van desde cirugías estéticas de nariz (rinoplastia) hasta remplazos de cadera o de válvula cardiaca, principalmente en Nuevo León, las Baja Californias, Sonora, Tamaulipas, Chihuahua, Jalisco, Quintana Roo y Yucatán.
Por otro lado, el principal motivo por el cual se promueve el fortalecimiento de las acciones para desarrollar el turismo de salud en la frontera norte, es por la cercanía relativa en términos geográficos con Estados Unidos y el gran desarrollo económico de éstos que se dio después de la apertura comercial del TLCAN.
Sin embargo, la preocupante detonación de la inseguridad en la frontera norte termina por socavar los avances en materia de turismo que se tuvieron en los estados colindantes con los Estados Unidos. Así bien, siendo la situación geográfica un factor para el desarrollo de ésta actividad turística en materia de salud, los integrantes de la Comisión de Salud consideramos conveniente aprobar en sentido positivo el punto de acuerdo, por 3 razones 1. Explotar el factor geográfico de la frontera norte 2. Aprovechar el desarrollo tecnológico en materia de capital humano y físico que se tiene en el área salud. 3. Incentivar el desarrollo de otras actividades para generar derrama económica.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno lo siguiente
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a las Secretarías de Salud, y de Turismo con la finalidad de que se refuercen las acciones de promoción de turismo en salud, a favor de diversos municipios ubicados en la frontera norte del país.
Nota
1 Secretaria de Salud; Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Sistema Integral de Calidad en Salud, para el ejercicio fiscal 2014.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre del 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la titular de la Ssa a diseñar y ejecutar instrumentos de toma de conciencia respecto a la importancia de las acciones preventivas que permitan la detección temprana de cualquier modificación de la salud, principalmente de los padecimientos relativos al cáncer de mama
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la Proposición con Punto de Acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 21 de octubre 2014, los diputados Arturo Escobar y Vega, Rubén Acosta Montoya, Héctor Narcia Álvarez, Ricardo Astudillo, Suárez. Ernesto Núñez Aguilar, Enrique Aubry de Castro Palomino, Nabor Ochoa López, Felipe Arturo Camarena García, Javier Orozco Gómez, Carlos Octavio Castellanos Mijares, Carla Alicia Padilla Ramos, Antonio Cuéllar Steffan, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, Mónica García de la Fuente, Rosa Elba Pérez Hernández, Ana Lilia Garza Cadena, David Pérez Tejada Padilla, Mario Francisco Guillén Guillén, Bárbara Gabriela Romo Fonseca, Federico José González Luna Bueno, Tomás Torres Mercado, Lourdes Adriana López Moreno, Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo, Laura Ximena Martel Cantú, Martha Edith Vital Vera, Gabriela Medrano Galindo, Ruth Zavaleta Salgado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentaron proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Ssa, a diseñar y ejecutar instrumentos de concienciación sobre la importancia de las acciones preventivas que permitan detectar de manera temprana cualquier alteración de la Salud, principalmente padecimientos relacionados con el cáncer de mama.
2. Con misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente Proposición a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Señalan los diputados proponentes en el punto de acuerdo objeto del presente dictamen lo siguiente:
1. El cáncer de mama, es entendido como un tumor maligno que invade los tejidos de la mama, dentro de los principales tipos de cáncer de mama, se encuentra el inicial, considerado como el menos invasivo y con un alto porcentaje de ser curable; el invasivo, definido como aquel que se ha diseminado más allá de los conductos y ha llegado al tejido circundante y ganglios linfáticos contiguos y, por último, el metastásico, aquel que se ha diseminado a otras regiones del organismo, como ganglios linfáticos distantes, huesos, pulmones, hígado o cerebro.
2. A nivel mundial, este padecimiento es responsable de un número importante de muertes, la propia Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que para 2030, la tasa de mortalidad aumentará a 13.1 millones.
3. Datos del Inegi señalan que de cada 100 mil mujeres de 25 años y más, el 15.81 por ciento padecen cáncer mamario; al respecto la Unión Internacional Contra el Cáncer (UICC), señala que el cáncer es la tercera causa de muerte en nuestro país y estima que cada año se detectan 128 mil casos nuevos.
4. Hasta la fecha se desconoce con certeza cuales son los factores que producen el cáncer, sin embargo, lo que si está bien definido son los factores predisponentes, tales como la edad avanzada, la primera menstruación a temprana edad, edad avanzada en el momento del primer parto y antecedentes genéticos con esta enfermedad.
5. El aumento constante de la mortalidad por este cáncer durante las últimas décadas, ha llevado a estudiar a fondo diversos métodos de detección oportuna con la finalidad de contribuir a la disminución de la tasa de mortalidad.
6. Sin embargo, aún nos seguimos enfrentando a la negativa de las mujeres, principalmente, a asistir a una exploración médica, elevando con ello la posibilidad de detectar tardíamente un padecimiento como éste.
7. Sumado a lo anterior, debemos asumir una realidad propia de nuestro país, pues incluso la Organización Mundial de la Salud señala que la mayoría de las muertes se producen en los países de ingresos bajos y medios, debido a la falta de concientización sobre la detección temprana y las dificultades para acceder a los servicios de salud.
8. Se estableció el 19 de octubre de cada año, como el Día Mundial del Cáncer de Mama; precisamente con el objetivo de sensibilizar a la población sobre los alcances de esta enfermedad, la necesidad de su detección y su impacto en la población; pues sirve de paso aclarar, que si bien dicho padecimiento tiene mayor incidencia en las mujeres, ello no es exclusivo de género, pues los hombres también pueden padecerlo.
9. Son muchas las estrategias vislumbradas, algunas ya se implementan exitosamente, pues sin duda la finalidad primaria es la detección de los signos y síntomas iniciales que permitan disminuir e incluso erradicar los casos de cáncer avanzado con pocas o nulas posibilidades de cura; sin embargo, habrá mucho más que hacer pues, siempre que existan casos de cáncer de mama avanzados, habrá la oportunidad de diseñar más y mejores programas de atención que saque del peligro de padecer dicha enfermedad a las mujeres y hombres de nuestro país.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda . La Ley General de Salud, en el artículo 6º, establece que el Sistema Nacional de Salud tiene como uno de sus objetivos el de proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción, implementación e impulso de acciones de atención integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas.
Tercera. El cáncer de mama es actualmente el cáncer más frecuente y el de mayor mortalidad entre las mujeres del mundo. El número de fallecimientos por esta causa se ha duplicado en 22 años, y afecta tanto a los países industrializados como a los menos desarrollados. El panorama epidemiológico de esta patología en la población mexicana se transformó en los últimos 50 años y el cáncer mamario ha pasado a ser un problema de salud pública. Sus principales factores de riesgo conocidos están asociados a la exposición prolongada a estrógenos, son indicadores de estilos de vida y patrones reproductivos, y por esto resultan difíciles de modificar. Reducir la mortalidad requiere, entonces, mejorar la detección temprana y las estrategias de tratamiento.1
Cuarta. En 2003 se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2002, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, que abre la posibilidad para un programa de escrutinio poblacional que instrumente el uso de las mamografías como herramienta de detección.
También establece que la población de 20 años y más debe realizarse la autoexploración; a partir de los 25 años, una exploración clínica anual por un profesional de la salud (médico o enfermera capacitados); de los 40 a 69 años una mastografía cada dos años; y en las de 70 años y más, mastografías de seguimiento en las mujeres con antecedentes de cáncer de mama o bien por indicación médica.2
Quinta. Sin embargo, en México, el cáncer de mama constituye a partir de 2006, la primera causa de muerte por neoplasia maligna entre las mujeres mayores de 25 años de edad con más de 4 mil defunciones registradas y una tasa de mortalidad de 15.8 fallecimientos por cien mil mujeres, lo que representa un incremento de 9.7 por ciento en relación con el año 2000.
Las defunciones en números absolutos, continúan en ascenso. En seis años han aumentado 28.5%, al pasar de 3455 en el año 2000, a 4461 en 2006, lo anterior significa que en promedio fallecieron 12 mexicanas por día, es decir, una cada dos horas.
Sexta. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la aplicación sistemática de pruebas de tamizaje, pero si es de diagnóstico temprano, por lo que se deben instrumentar programas de educación a la población dirigidos a sensibilizar a la mujer sobre la importancia de conocer las características normales de sus mamas y demandar atención médica si descubre anormalidades, enfatizando que únicamente la mastografía reduce las tasas de mortalidad por este tumor.
Los estudios sobre la autoexploración y la exploración clínica de la mama y su impacto en la mortalidad no ha sido consistente por lo que el tamizaje del cáncer de mama se dirige a mujeres sanas y asintomáticas, por lo que es una obligación ética de los servicios de salud proporcionar información equilibrada, honesta, adecuada, veraz, basada en evidencias, accesible, respetuosa y adaptada a las necesidades individuales, presentada de una manera apropiada e imparcial que permita la decisión completamente informada sobre participar o no en la detección.
Séptima. Desde la perspectiva de la salud pública la disminución de la prevalencia de factores de riesgo en la comunidad, implicados en la causalidad del cáncer, puede tener un impacto significativo en la disminución de la morbilidad y la mortalidad,
Octava. Por lo anterior, deben incluirse campañas de comunicación y educación a la población que favorezcan hábitos de vida saludables para reducir el riesgo de cáncer de mama, estos incluyen la alimentación adecuada y el ejercicio físico, evitar el sobrepeso y la obesidad, así como el consumo excesivo de alcohol.
Pese a los avances en equidad de género que han ocurrido en algunos sectores de la población, se ha documentado que existen grupos o familias donde las decisiones para que una mujer tenga acceso a la detección, diagnóstico o tratamiento del cáncer dependen del hombre, en detrimento de la salud y bienestar de la mujer.
Bajo este contexto, es indispensable aplicar el concepto de equidad de género de la salud, ya que ambos sexos deben tener la misma oportunidad de gozar de las condiciones de vida y servicios que le permitan estar en buena salud, sin enfermar, discapacitarse o morir por causas que son injustas y evitables como es el cáncer de mama.
Novena. Para concluir cabe mencionar que en el hombre también se encuentra el cáncer de mama en proporciones muy baja, 1 por 100, con factores de riesgo como hepatopatías, enfermedades que aumentan los niveles de estrógenos circulantes, algunos casos de carcinoma prostático tratados con hormonas y en personas expuestas a radiaciones ionizantes. El incremento del uso de sustancias para mejorar el rendimiento físico en gimnasios y actividades deportivas puede ser otra causa de ginecomastia. Este cáncer es tratado mediante mastectomía radical en cualquiera de sus estadios.
Décima. En ese sentido, esta comisión coincide plenamente con la proposición planteada, ya que si bien existen políticas y programas que actualmente atienden la detección temprana del cáncer de mama es evidente que debido a la gran problemática, que enfrenta nuestro país en la materia se deben redoblar esfuerzos, con una atenta planificación sostenible que garantice la coordinación, continuidad y calidad de las intervenciones de este padecimiento.
Con base en las consideraciones antes mencionadas, los integrantes la comisión dictaminadora de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente:
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que diseñe y ejecute mecanismos eficientes y permanentes de concientización y prevención, que permitan la detección temprana del cáncer de mama, asimismo resulta indispensable que se impulsen campañas informativas que incluyan a los hombres.
Notas
1 Detección del cáncer de mama: estado de la mamografía en México. María Esther Brand y Yolanda Villaseñor Navarro Edc. (2006)
2 Ver 7.1 de la NOM-041-SSA2-2002 vigente.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz, Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los cuales se exhorta a las Secretarías de Salud, y de Educación Pública a establecer acciones de difusión que garanticen la toma de conciencia entre los pobladores sobre la enfermedad pulmonar obstructiva crónica
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, primer párrafo, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Metodología
Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
I. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 25 de noviembre de 2014, el diputado Aubry de Castro Palomino Enrique presentó Punto de Acuerdo por el que se exhorta a las secretarias de Salud y de Educación Pública, para que implementen diversas acciones de difusión que garanticen la concientización a la población, sobre la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Proposición con Punto de Acuerdo, se turnara a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.
II. Contenido
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a diseñar e implantar con la de Educación Pública instrumentos eficientes de difusión de información que garantice la concienciación de la población sobre la enfermedad pulmonar obstructiva crónica y sus fatales consecuencias, así como los medios preventivos de ésta, haciendo especial hincapié en el sector poblacional con mayor presencia en la adicción al tabaco, así como en los estudiantes de educación secundaria, el sector de la población más susceptible de incidir en dicha adicción, como principal causa de la EPOC.
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a impulsar con las autoridades e instituciones que considere pertinentes campañas dirigidas a las personas fumadoras, cuya finalidad es crear conciencia sobre las afectaciones a los fumadores pasivos, exhortando al consumo responsable de tabaco
III. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4°:
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Se comprende también que en la Ley General de Salud, lo siguiente en materia de salubridad general.
Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
...
XX. El programa contra el tabaquismo;
...
XII. La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo;
...
También se considera lo siguiente en la Ley General para el Control del Tabaco.
Artículo 5. La presente Ley tiene las siguientes finalidades:
I. Proteger la salud de la población de los efectos nocivos del tabaco;
II. Proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100% libres de humo de tabaco;
III. Establecer las bases para la protección contra el humo de tabaco;
...
V. Instituir medidas para reducir el consumo de tabaco, particularmente en los menores;
VI. Fomentar la promoción, la educación para la salud, así como la difusión del conocimiento de los riesgos atribuibles al consumo y a la exposición al humo de tabaco;
VII. Establecer los lineamientos generales para el diseño y evaluación de legislación y políticas públicas basadas en evidencia contra el tabaquismo;
VIII. Establecer los lineamientos generales para la entrega y difusión de la información sobre los productos del tabaco y sus emisiones, y
IX. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
Considerando que la adicción al tabaco representa un 80% del total de las EPOC el proponente indica que es necesario hacer conciencia con respecto al consumo del tabaco.
En este sentido se muestra lo siguiente de la misma Ley:
Artículo 7. La aplicación de esta Ley estará a cargo de la Secretaría en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Economía, la Procuraduría General de la República y otras autoridades competentes.
Artículo 9 . La Secretaría coordinará las acciones que se desarrollen contra el tabaquismo, promoverá y organizará los servicios de detección temprana, orientación y atención a fumadores que deseen abandonar el consumo, investigará sus causas y consecuencias, fomentará la salud considerando la promoción de actitudes y conductas que favorezcan estilos de vida saludables en la familia, el trabajo y la comunidad; y desarrollará acciones permanentes para disuadir y evitar el consumo de productos del tabaco principalmente por parte de niños, adolescentes y grupos vulnerables.
Artículo 10. Para efectos de lo anterior, la Secretaría establecerá los lineamientos para la ejecución y evaluación del Programa contra el Tabaquismo , que comprenderá, entre otras, las siguientes acciones:
I. La promoción de la salud;
II. El diagnóstico, prevención, tratamiento y rehabilitación del tabaquismo y de los padecimientos originados por él;
|III. La educación sobre los efectos del tabaquismo en la salud, dirigida especialmente a la familia, niños y adolescentes, a través de métodos individuales, colectivos o de comunicación masiva, incluyendo la orientación a la población para que se abstenga de fumar al interior de los espacios libres de humo de tabaco que establezca esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables;
IV. La elaboración periódica de un programa de seguimiento y evaluación de metas y logros del Programa contra el Tabaquismo que incluya al menos las conductas relacionadas al tabaco y su impacto en la salud;
V. El diseño de programas, servicios de cesación y opciones terapéuticas que ayuden a dejar de fumar combinadas con consejería y otras intervenciones, y
VI. El diseño de campañas de publicidad que promuevan la cesación y disminuyan las probabilidades de iniciarse en el consumo de los productos del tabaco.
De esta manera se establecerán las políticas necesarias de acción y promoción contra la adicción al tabaco para evitar que la población, en este caso la más vulnerable o propensa, padezca de enfermedades relacionadas con el tabaquismo como lo es la EPOC.
Tercera. En términos de reglamentación y operatividad para contener las enfermedades pulmonares (EPOC) se encuentra la NORMA Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, en la cual, tiene por objeto establecer los procedimientos y criterios para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.
Cuarta. La enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) se caracteriza por un bloqueo persistente del flujo de aire. Se trata de una enfermedad subdiagnosticada y potencialmente mortal que altera la respiración normal y no es totalmente reversible. Los términos bronquitis crónica y enfisema están obsoletos, quedando englobados en el diagnóstico de EPOC.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que la principal causa de la EPOC es el humo del tabaco (fumadores activos y pasivos).
En la actualidad, afecta casi por igual a ambos sexos, en parte debido al aumento del consumo de tabaco entre las mujeres de los países de ingresos elevados.
La EPOC no es curable, pero el tratamiento puede retrasar su progresión. Se prevé que, en ausencia de intervenciones para reducir los riesgos, y en particular la exposición al humo del tabaco, las muertes por EPOC aumenten en más de un 30% en los próximos 10 años.1
Quinta. En México y países como Nepal, Nueva Guinea y Colombia, la exposición al humo de leña es también causa de EPOC. La inhalación en el ambiente laboral de polvos, gases, humos y sustancias químicas constituyen otros factores de riesgo.
En Estados Unidos el 19% de los pacientes con EPOC tenían una exposición laboral. Las industrias más frecuentes son las manufactureras como la del caucho, plástico, piel, de la construcción, fábricas textiles, fuerzas armadas y la elaboración de productos alimenticios.
Sexta. El tabaquismo y su adicción son considerados como un problema de salud pública, mismo que ocasiona la proliferación de EPOC. Los grupos vulnerables son los más jóvenes, ya que el consumo se ha extendido en los últimos años a este sector de la población sin distinción de género. Por tal motivo es fundamental implementar estrategias que sirvan para concientizar a la población sobre las afectaciones de la adicción al tabaco y sus consecuencias. En este sentido, el punto de acuerdo del proponente se dictamina en sentido positivo.
Por lo expuesto anteriormente, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno lo siguiente:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a diseñar e implantar con la de Educación Pública instrumentos eficientes de difusión de información que garantice la concienciación de la población sobre la enfermedad pulmonar obstructiva crónica y sus fatales consecuencias, así como los medios preventivos de ésta, haciendo especial hincapié en el sector poblacional con mayor presencia en la adicción al tabaco, así como en los estudiantes de educación secundaria, el sector de la población más susceptible de incidir en dicha adicción, como principal causa de la EPOC.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a impulsar con las autoridades e instituciones que considere pertinentes campañas dirigidas a las personas fumadoras, cuya finalidad es crear conciencia sobre las afectaciones a los fumadores pasivos, exhortando al consumo responsable de tabaco.
Nota
1 Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) Nota descriptiva N°315 Octubre de 2014
Palacio Legislativo, a los 10 días del mes de Diciembre del 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Conapred a establecer acciones para prevenir y eliminar la discriminación de los despachadores de gasolina
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, le fue turnado para su correspondiente análisis y dictamen el expediente número 5331, que contiene la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Conapred, a implantar acciones para prevenir y eliminar la discriminación de los despachadores de gasolina, presentada por el diputado Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, del Grupo Parlamentario del PRI.
Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 87, 157, numeral 1, fracción 1, 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente dictamen con base en la siguiente
Metodología
Esta comisión, responsable del análisis y dictamen del punto de acuerdo que nos ocupa, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
I. En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y del recibo de turno de esta comisión para emitir el dictamen correspondiente.
II. En el apartado titulado “Contenido” se resume el objetivo del punto de acuerdo turnado por la Mesa Directiva.
III. En el apartado “Consideraciones” las y los integrantes de esta comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
IV. En la parte de “Impacto presupuestario” se incluye una valoración del posible impacto por parte del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.
Antecedentes
Primero. Con fecha 28 de octubre de 2014 se presentó en el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred a implantar acciones para prevenir y eliminar la discriminación de los despachadores de gasolina, por parte del diputado Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, del Grupo Parlamentario del PRI.
Segundo. Con fecha 28 de octubre de 2014 dicho punto de acuerdo fue turnado por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente, mediante oficio número DGPL 62-II-4-1818.
Contenido
Se exhorta respetuosamente al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a implantar acciones a fin de prevenir y eliminar la discriminación de los despachadores de gasolina, por medio de incluir en sus programas la atención al personal de las gasolineras para conocer su situación salarial y laboral.
Lo que se propone es proteger a uno de los gremios de trabajadores más vulnerables del país, como lo son las personas que laboran en las gasolineras como despachadores, quienes tienen jornadas de labores injustas, poco retribuidas, carecen de seguridad social, prima de riesgo y pocas oportunidades de capacitación. El proponente considera que este grupo sufre de marginación extrema.
Consideraciones
Primera. Esta comisión dictaminadora coincide con el proponente en que las personas que laboran en las gas0lineras como despachadores son uno de los gremios de trabajadores más vulnerables del país. Sin embargo, en el debate dentro de la comisión se presentó una posición que considera que no se configura la discriminación como tal, es decir, no es discriminación motivada por origen étnico o nacional, de género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales o el estado civil.
Por supuesto estos trabajadores sufren condiciones de desigualdad frente a otros trabajadores mexicanos, que tienen que ser atendidas con urgencia, ya que se afectan sus derechos laborales ven ese sentido, el Estado tiene la obligación de procurar que los derechos humanos sean respetados, protegidos y garantizados.
Entonces, estamos frente a una situación que atenta contra la dignidad humana, una actividad que menoscaba los derechos y libertades de las personas, tal como lo establece el artículo primero constitucional:
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Por esta razón es procedente el punto de acuerdo, en tanto al objetivo de resolver las injustas condiciones en que laboran los despachadores de las gasolineras, eliminar distinciones o exclusiones laborales arbitrarias, que están prohibidas por el principio de igualdad y no discriminación.
Segunda. Las diputadas y los diputados de la comisión presentamos este dictamen en sentido positivo, pero no consideramos que el Conapred sea la instancia indicada para indagar cuáles son las jornadas a que están sometidos estos trabajadores, en qué condiciones higiénicas desempeñan su trabajo, si tienen algún apoyo para alimentación y vivienda, seguridad social, oportunidades de educación y capacitación.
Sí procede la intervención del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación para que se atienda si son respetados sus derechos humanos. En específico la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación le da como objeto al Consejo, en su artículo 17, llevar a cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación, así como formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en territorio nacional.
De la misma manera, la ley la faculta a intervenir en este asunto, ya que el artículo 9, fracción IV, define como discriminación el establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales, y en la fracción XIII, aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atente contra la igualdad, dignidad e integridad humana;
El artículo 20, fracción XXIV puntualiza que el Conapred debe verificar que los poderes públicos federales e instituciones y organismos privados, adopten medidas y programas para prevenir y eliminar la discriminación.
También señalamos que artículo 73 de la ley en comento, faculta al Consejo para efectuar la investigación a que se refiere el proponente, por medio de:
I. Solicitar a las autoridades o particulares a los que se atribuyen los hechos motivo de queja la remisión de informes complementarios y documentos relacionados con el asunto materia de la investigación;
II. Solicitar a otras personas físicas o morales, personas servidoras públicas o poderes públicos federales que puedan tener relación con los hechos o motivos de la queja, la remisión de informes o documentos vinculados con el asunto.
Para realizar la investigación no será impedimento el carácter confidencial o reservado de la información, sin embargo, el Consejo deberá manejar ésta en la más estricta confidencialidad y con apego a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
III. Practicar inspecciones en el o los lugares en que se presume ocurrieron los hechos, así como en los archivos de particulares, de las autoridades, personas servidoras públicas o entidad de los poderes públicos imputados. En su caso, se asistirá de personal técnico o profesional especializado;
Tercera. En este caso existe violación de los derechos humanos y laborales, por lo que debe exhortarse al Instituto Mexicano del Seguro Social para que en el uso de sus facultades de verificación y comprobación investigue acerca de la situación laboral, salarial, riesgos de trabajo, seguro de vida, licencias de maternidad, guarderías, retiro por cesantía por edad avanzada, invalidez, condiciones de seguridad social en general que les corresponden cumplir a los concesionarios de Pemex.
Cuarta. El Estado tiene la obligación de procurar que los derechos humanos sean respetados, protegidos y garantizados, por lo que esta comisión considera oportuno exhortar también a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que en uso de sus facultades de verificación y comprobación revisen la situación fiscal y pago de impuestos de las gasolineras concesionadas por Pemex.
Lo anterior debido a que, en general, al momento de la prestación de un servicio personal subordinado se causa el impuesto sobre ingresos por salarios, situación que debe regularizarse en la gasolineras, para resolver la situación de desigualdad planteada por el proponente, como para que la autoridad pueda incrementar sus porcentajes de recaudación, que finalmente repercute en el bienestar social de nuestro México.
Impacto presupuestario
De conformidad con lo previsto en el artículo 85, fracción VIII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, un dictamen debe incluir, en su caso, una valoración de impacto presupuestal, por lo que se solicitó al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas dicha valoración.
Dicho centro remitió como respuesta que la implementación de acciones para prevenir y eliminar la discriminación de los despachadores de gasolina, no tendría impacto presupuestario alguno, pues esta se realizaría como parte de la función principal que el Conapred debe llevar a cabo, por lo que ya existen recursos provisionados para el cumplimiento de este precepto.
Lo antes descrito fue considerado, estudiado y valorado por los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, quienes se han pronunciado a favor de la propuesta con modificaciones, para ser sometida a la aprobación del pleno de esta Cámara de Diputados.
Por lo expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno esta honorable asamblea, los siguientes
Acuerdos
Primero. Se exhorta respetuosamente al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a implantar acciones, a fin de prevenir y eliminar la discriminación de los despachadores de gasolina.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social para que verifique la situación laboral y seguridad social de los despachadores de gasolina.
Tercero. Se exhorta respetuosamente Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que en uso de sus facultades de verificación y comprobación revisen la situación fiscal, pago y o entero de impuestos de las gasolineras concesionadas por Pemex.
Así lo acuerdan los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de diciembre de 2014.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
Diputados: Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas, María Esther Garza Moreno, Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña, Roberto López Rosado, Leticia Mejía García (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo.
De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general de Cafupe a intensificar las acciones de reparación en la autopista Tijuana-Ensenada
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente se hace un atento llamado al director general de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), licenciado Benito Neme Sastré, a que se intensifiquen las acciones en la reparación de la autopista Tijuana-Ensenada y a la mayor brevedad posible se restablezca de forma segura por esta ruta, la comunicación vía terrestre entre ambas ciudades del estado de Baja California a cargo del diputado Jaime Bonilla Valdez, del Grupo Parlamentario del PT y suscrita por los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte.
La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:
Antecedentes
1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 23 de octubre de 2014, el diputado Jaime Bonilla Valdez, del Grupo Parlamentario del PT y suscrita por los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte, presentó proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente se hace un atento llamado al director general de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), licenciado Benito Neme Sastré, a que se intensifiquen las acciones en la reparación de la autopista Tijuana-Ensenada y a la mayor brevedad posible se restablezca de forma segura por esta ruta, la comunicación vía terrestre entre ambas ciudades del estado de Baja California.
2. En la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados para su estudio y dictamen correspondiente.
Contenido de la proposición con punto de acuerdo
El proponente expone que parte importante de la red carretera del estado de Baja California es la autopista que conecta a la ciudad de Tijuana con la ciudad de Ensenada, teniendo gran importancia por sus actividades turísticas, pesqueras y portuarias.
El pasado 26 de diciembre, a consecuencia de un sismo de 4.6 grados en la escala de Richter, que tuvo su epicentro en la zona de Camalú, a 70 kilómetros de Ensenada, en esta importante vía se presentó un desnivel de apenas 30 centímetros, pero, para el día 28 del mismo mes, lo que originalmente era un pequeño desnivel en el kilómetro 93+500 se convirtió en un hundimiento de más de 40 metros de profundidad y 300 metros de largo.
El autor de la proposición expresa que las reparaciones de la mencionada carretera ya comenzaron, pero que éstas han sido lentas y su finalización se ha ido retrasando. Al comienzo de las obras la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que sería reabierta el próximo 15 de septiembre, pero días antes de llegar a esta fecha, Capufe, organismo público descentralizado del gobierno federal, encargado de los caminos y puentes de cuota, anunció que la apertura se dará hasta mayo de 2015.
Comenta que la ciudad de Ensenada no está incomunicada, ya que existen alternativas para trasladarse desde Tijuana a esta ciudad portuaria, sin embargo estas rutas alternas presentan inconvenientes, el tráfico ligero puede optar por la carretera libre Tijuana-Ensenada, que es de menor calidad que la autopista afectada, al tráfico pesado, es decir, los camiones con cargas superiores a las tres toneladas se les hace ir por la carretera federal (Tecate-Ensenada).
Pero esta solución plantea problemas, pues como se mencionó, la carretera libre es de calidad inferior, lo que repercute en el tiempo y seguridad de los viajeros. Por otra parte, desviar el tráfico pesado hacia la ciudad de Tecate, Baja California, crea problemas serios en esta población, además de hacer el viaje de las mercancías más largo y por lo mismo más costoso.
Por lo tanto el cierre de la autopista Tijuana–Ensenada, repercute desfavorablemente en lo social y en lo económico. En lo social merma la calidad de vida de los habitantes de Tijuana y Ensenada, ya sea para los que por distintos motivos se trasladan de una ciudad a otra, o los que tienen que adquirir productos a un precio más alto por el aumento en los costos de traslado de las mercancías, sin olvidar que los turistas tienen mayor dificultad en acceder desde el norte a Ensenada y esto repercute seriamente en la economía de un importante número de habitantes. En lo económico, el cierre de la carretera se traduce en mermas millonarias, en el sector turístico, los hoteleros han reportado una baja en su ocupación de 20 por ciento, y se estima que sus pérdidas rondan alrededor de los 100 millones de dólares, con la consecuente caída en las divisas que entran a nuestro país y que no sólo afectan a Baja California, sino a todo México.
El diputado menciona, que el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) de Ensenada estima que las mermas económicas ascienden a 750 mil pesos diarios, tan sólo en el traslado de mercancías y los transportistas calculan que sus pérdidas económicas van de 20 a 25 por ciento con respecto al año pasado.
Por todo lo anterior presentó la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente hace un atento llamado al director general de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, licenciado Benito Neme Sastré, a que se intensifiquen las acciones en la reparación de la autopista escénica Tijuana-Ensenada, y a la brevedad posible se restablezca de forma segura por esta ruta la comunicación vía terrestre entre ambas ciudades del estado de Baja California.
Consideraciones
La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.
Esta comisión dictaminadora coincide con el diputado proponente Jaime Bonilla Valdez, respecto a que se intensifiquen las acciones en la reparación de la autopista escénica Tijuana-Ensenada así como que a la brevedad se restablezca de forma segura por esta ruta la comunicación vía terrestre entre ambas ciudades del estado de Baja California. Por ver que dicha carretera era de gran utilidad y después del sismo quedó devastada al igual que por leer algunas noticias en periódicos del 29 de diciembre de 2013, en donde comentan que dicho incidente del colapso en la carretera escénica Ensenada-Tijuana es dramático, debido a que por los 300 metros desplomados de la carretera ésta quedó inutilizable, cerrando el tránsito de norte a sur desde La Fonda y de sur a norte desde el entronque con la carretera libre Ensenada-Tijuana, en donde la recomendación general para los conductores era circular por la carretera libre Ensenada-Tijuana debido a que la de cuota estaba completamente clausurada, esto genera un grave problema porque además de que el viaje es más largo por lo mismo representa más costo.
Es importante comentar que la información proporcionada por el CCE de Ensenada respecto a las pérdidas económicas de 750 mil pesos diarios, y pérdidas económicas de los transportistas por el traslado de sus mercancías de 20 a 25 por ciento con respecto al año pasado, son de transcendental importancia para el estado de Baja California; debido a tal colapso de dicha carretera escénica, impacta de forma negativa en los factores social y económico.
El artículo 23 de la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal establece que:
“No podrán ejecutarse trabajos de construcción o reconstrucción en los caminos y puentes concesionados, sin la previa aprobación por la secretaría, de los planos, memoria descriptiva y demás documentos relacionados con las obras que pretendan ejecutarse.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo precedente, los trabajos de urgencia y de mantenimiento que sean necesarios para la conservación y buen funcionamiento del camino concesionado.
Para los trabajos de urgencia, la secretaría indicará los lineamientos para su realización. Una vez pasada la urgencia, será obligación del concesionario la realización de los trabajos definitivos que se ajustarán a las condiciones del proyecto aprobado por la secretaría.”
En su párrafo segundo menciona que debe darse un trabajo de mantenimiento que sea necesario para la conservación y buen funcionamiento del camino concesionado.
Por otro lado el decreto de fecha 24 de noviembre de 1993 que reestructura la organización y funcionamiento del organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos en su artículo primero fracción II establece que:
“Artículo Primero. El organismo descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, creado por decreto del Ejecutivo federal de 27 de junio de 1963, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 del mismo mes y año, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en la ciudad de Cuernavaca, estado de Morelos, tendrá por objeto:
II. Llevar a cabo por sí o a través de terceros, la conservación, reconstrucción y mejoramiento de dichas vías con cargo a su patrimonio.”
Por lo antes expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes emiten el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente hace un atento llamado al director general de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, licenciado Benito Neme Sastré, a que se intensifiquen las acciones en la reparación de la autopista escénica Tijuana-Ensenada, y a la brevedad posible se restablezca de forma segura por esta ruta la comunicación vía terrestre entre ambas ciudades del estado de Baja California.
Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 11 diciembre de 2014.
La Comisión de Transportes
Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara, Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Valentín González Bautista (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Abel Guerra Garza (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín, María del Rosario Merlín García, Jesús Morales Flores (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz, Humberto Armando Prieto Herrera, Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero, José Soto Martínez (rúbrica), Jorge Terán Juárez.
De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobierno federal a realizar y emitir por distintas dependencias lineamientos específicos para la prevención, la detección temprana, la curación y el tratamiento paliativo del cáncer, especialmente el de próstata
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 29 de octubre 2014, la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a realizar y emitir por distintas dependencias lineamientos específicos para la prevención, la detección temprana, la curación y el tratamiento paliativo del cáncer, especialmente de próstata
2. Con misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente proposición a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen correspondiente.
3. Con fecha 27 de noviembre 2014, la diputada María del Carmen García de la Cadena Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a realizar y emitir por distintas dependencias lineamientos específicos para la prevención, la detección temprana, la curación y el tratamiento paliativo del cáncer, especialmente de próstata.
4. Con misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente proposición a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Señala la diputada proponente en el Punto de Acuerdo objeto del presente dictamen lo siguiente:
1. Según la Unión Internacional contra el Cáncer, UICC, tiene en el cáncer la tercera causa de muerte y estima que cada año se detectan 128 mil casos nuevos, basado en datos de la Secretaría de Salud, Ssa, particularmente de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, SPPS.
2. Que según dio a conocer la Organización Mundial de la Salud, OMS, el cáncer es un proceso de crecimiento y diseminación incontrolados de células. Puede aparecer prácticamente en cualquier lugar del cuerpo. El tumor suele invadir el tejido circundante y puede provocar metástasis en puntos distantes del organismo.
3. Que para 2008, el cáncer de próstata se colocó como el tipo de cáncer de mayor prevalencia en todo el país, según cifras de Globocan.
4. Que lo grave del cáncer de próstata radica en que entre el 70 y 80 por ciento de los pacientes buscan tratamiento en etapas avanzadas, ya que es una enfermedad silenciosa que no muestra manifestaciones en sus inicios.
5. Que el programa surge luego de identificar que en las primeras etapas de la enfermedad, el cáncer se limita a la próstata y no suele ser mortal; las acciones de detección oportuna son una herramienta que permite incorporar al paciente al tratamiento radical a tiempo, e impide la progresión de la enfermedad.
6. Prevenir o retardar la aparición de cáncer de próstata, mediante acciones de promoción de la salud, la detección y el tratamiento oportuno de la enfermedad, con el propósito de disminuir la mortalidad por esta causa y elevar la calidad de vida en los pacientes con hipertrofia prostática y cáncer de próstata.
Es necesario captar la atención de la población masculina realizando una serie de actividades, un símil con las campañas contra el cáncer de mama, iniciando con acciones fuertes de información y creación de conciencia.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción xvi del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La Ley General de Salud, en el artículo 6o., establece que el Sistema Nacional de Salud tiene como uno de sus objetivos el de “proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción, implementación e impulso de acciones de atención integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas”.
Tercera. El cáncer de próstata es reconocido como el tumor maligno más frecuente del varón mayor de 50 años. El promedio de vida del mexicano en el año 2008 fue de 75 años, con lo que aumenta la incidencia y la mortalidad por cáncer de próstata, representa la primera causa de muerte (en el hombre) por cáncer en México con una tasa de mortalidad de 13 por 100 mil habitantes (0.0132). 70 por ciento de los pacientes fallece en su casa. Los principales factores de riesgo son la herencia, raza, dieta con alto contenido en grasas animales. Una de las complicaciones frecuentes son las metástasis Oseas. 25 por ciento de los casos son asintomáticos.
A partir de la década de 1980 con la introducción del antígeno prostático específico se ha logrado diagnosticarlo en etapas más tempranas.
Cuarta. La OMS y el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer, organismo especializado que depende de ella, colaboran con otras organizaciones de las Naciones Unidas y asociados con el fin de:
• aumentar el compromiso político con la prevención y el control del cáncer;
• coordinar y llevar a cabo investigaciones sobre las causas del cáncer y los mecanismos de la carcinogénesis en el ser humano;
• elaborar estrategias científicas de prevención y control del cáncer;
• generar y divulgar conocimientos para facilitar la aplicación de métodos de control del cáncer basados en datos científicos;
• elaborar normas e instrumentos para orientar la planificación y la ejecución de las intervenciones de prevención, detección temprana, tratamiento y atención;
• facilitar la formación de amplias redes mundiales, regionales y nacionales de asociados y expertos en el control del cáncer;
• fortalecer los sistemas de salud locales y nacionales para que presten servicios asistenciales y curativos a los pacientes con cáncer;
• prestar asistencia técnica para la transferencia rápida y eficaz de las prácticas óptimas a los países en desarrollo.
Quinta. En ese sentido, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 es el instrumento mediante el cual el gobierno de la República formula las estrategias y acciones con las que se propone alcanzar los objetivos que en materia de salud se han establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, como documento sectorial rector, el cual establece como una de sus estrategias consolidar la promoción, la protección de la salud y la prevención de las enfermedades, particularmente para reducir el impacto negativo de las conductas y hábitos no saludables.
Asimismo, contempla la Estrategia 2.5. Mejorar el proceso para la detección y atención de neoplasias malignas, principalmente cáncer cervicouterino, de mama y próstata.
Sexta. Esta comisión sensible con el tema y en aras de aportar medidas sobre la problemática del cáncer de próstata y fomentar la prevención y el cuidado de la salud realizó el foro El cáncer en el hombre: impacto social e importancia de la investigación de soluciones innovadoras, el pasado 26 de noviembre de 2014, en el cual se enfatizó en que en uno de los principales obstáculos para abatir el número de enfermos y muertes es la carencia de una cultura de cuidado de la salud, en ese tenor, se busca, detectarlo en sus etapas tempranas para erradicarlo.
Además se deben realizar estudios cada año, a partir de los 45 años de edad y desde los 40 si existe algún antecedente familiar, de acuerdo lo señalado por el Instituto de Cancerología.
Séptima. Por lo anterior, esta comisión coincide en que deben promoverse campañas de comunicación y educación a la población, que induzcan, a tener hábitos de vida saludables para reducir el riesgo de cáncer de próstata, toda vez que indudablemente que es un problema creciente en nuestro país.
Con base en las consideraciones antes mencionadas, los integrantes la comisión dictaminadora de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal, para que a través de la Secretaría de Salud, se emitan lineamientos específicos a nivel nacional para la prevención, detección temprana y tratamiento paliativo del cáncer de próstata.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal, para que a través de la Secretaría de Salud, se promueva un programa de difusión a nivel nacional para sensibilizar a la población masculina a realizarse pruebas de detección temprana de cáncer de próstata.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el cual se exhorta a los titulares de los gobiernos federal, por la Ssa, y de Aguascalientes a realizar un diagnóstico en salud pública en Calvillo para conocer la problemática actual de las altas tasas de incidencia y prevalencia de la enfermedad renal crónica en el municipio, a fin de que se ejecuten las acciones pertinentes en el ámbito de sus competencias
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la Proposición con Punto de Acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 9 de octubre de 2014, el diputado federal Raudel López López, integrante del Grupo Parlamentario de Partido Acción Nacional, presentó punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno de Aguascalientes a realizar un diagnóstico de salud pública de Calvillo para conocer la gran incidencia y prevalencia de la enfermedad renal crónica en el municipio.
2. Con misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente proposición a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno de Aguascalientes a realizar un diagnóstico de salud pública de Calvillo para conocer la gran incidencia y prevalencia de la enfermedad renal crónica en el municipio.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o., párrafo tercero, que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, y esta misión depende del Estado, en este caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, que tiene un mandato legal para ser el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional, para todos los mexicanos. Es decir, el aumento en la cobertura de la población se persigue como un mandato constitucional, con un sentido social.
Segunda. La insuficiencia renal crónica, es una enfermedad que irreversible en los riñones en la que el organismo pierde la capacidad de filtrar las sustancias tóxicas de la sangre. Las personas que la sufren requieren tratamiento de sustitución de la función renal (diálisis o trasplanté) para conservar la vida.
Se ha percibido desde hace años un incremento al índice de casos de insuficiencia renal crónica en niños provenientes de Calvillo, municipio de Aguascalientes, por lo que se decidió investigar la prevalencia y las características de la enfermedad renal en este municipio.
Desde hace algunos años, un grupo interinstitucional de especialistas de diversas instituciones médicas y de investigación trabaja de manera conjunta en la identificación del problema que ha propiciado la elevada prevalencia de padecimientos renales entre los habitantes del municipio de Calvillo.
Tercera. El proponente resalta que es originario de este municipio, y conoce de cerca el drama que viven no sólo los pacientes sino, también, sus familias al enfrentarse a esta enfermedad. Este desgaste se podría si no subsanar, sí ayudar para dar con los causantes.
Asimismo, en el punto de acuerdo, se menciona que los pacientes con insuficiencia renal deben sobreponerse a condiciones muy adversas. No olvidemos que además de las molestias físicas y del drama emocional que supone padecerla, estas personas deben hacer frente a muchos obstáculos sociales tales como: la posibilidad de perder su trabajo; ser estigmatizados como personas obsoletas e incapaces de reintegrarse a alguna actividad productiva; sufrir una continua tensión familiar; y sobre todo luchar contra el miedo y la incertidumbre de un pronóstico perennemente reservado.
Respecto a su economía y patrimonio se ven totalmente afectados, y en muchos de los casos se pierde por el largo proceso de esta enfermedad, ya que afrontarla, significa un largo proceso y tratamiento largos, que muchas de las veces, deja sin respaldo económico a los afectados.
Cuarta. Esta comisión dictaminadora considera que los pacientes que viven con insuficiencia renal crónica requieren toda la atención y dirigir esfuerzos en aras de mejorar las condiciones de estas personas, resaltando que como legisladores hay un compromiso ético con los grupos más vulnerables de la sociedad, por lo que se debe allanar el camino de los pacientes con enfermedad renal crónica para devolver certeza y garantizar condiciones de bienestar para quienes lamentablemente padecen esta enfermedad.
Con el propósito que contar con un estudio actual para saber los padecimientos en enfermedades renales en Calvillo, Aguascalientes, para su análisis y en consecuencia las acciones pertinentes por el estado, se realiza este exhorto, que no es más que un compromiso que tenemos los legisladores en velar por la salud de los ciudadanos.
Con base en las consideraciones antes mencionadas, los integrantes la comisión dictaminadora de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno, el siguiente
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Salud, y del estado de Aguascalientes a realizar un diagnóstico en salud pública en el municipio de Calvillo, para conocer la problemática actual de las altas tasas de incidencia y prevalencia de la enfermedad renal crónica en el municipio, a fin de que se realicen las acciones pertinentes en el ámbito de sus competencias.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Ssa a desplegar campañas informativas nacionales y permanentes dirigidas a las mujeres para prevenir, tratar y erradicar el sobrepeso, la obesidad y los desórdenes alimenticios
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.
En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 30 de septiembre de 2014, los diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron un punto de punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a desplegar campañas informativas de carácter nacional y permanente dirigidas a las mujeres para prevenir, tratar y erradicar el sobrepeso, la obesidad y los desórdenes alimenticios.
Con la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la presente proposición a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
Se exhorta a la Secretaría de Salud a desplegar campañas informativas de carácter nacional y permanente dirigidas a las mujeres para prevenir, tratar y erradicar el sobrepeso, la obesidad y los desórdenes alimenticios.
IV. Consideraciones
Primera. En México la obesidad y el sobrepeso se han convertido en un serio problema de salud pública impresionante grave., no obstante, ocupamos el primer lugar mundial de población con sobrepeso y obesidad.
Ha sido ampliamente abordado el tema de las consecuencias que esta situación genera, tanto en términos individuales, como detonante e diversos padecimientos, enfermedades y muerte; como en términos sociales, en cuanto a la carga que significa para el sistema de salud el costo de la atención de dichas enfermedades.
Se sabe que algunas consecuencias de padecer obesidad y sobrepeso son delicadas y entre ellas hay una mayor predisposición a padecer diabetes,
Segunda. Es importante mencionar que el gobierno federal en su actual administración, ha efectuado acciones para combatir la obesidad y el sobrepeso, presentando este año la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control de la Obesidad y la Diabetes.
Dicha estrategia nacional inicia con un enfoque integral, pues al mismo tiempo, en la vertiente preventiva, fomenta estilos de vida y alimentación saludables, mientras que, mediante instrumentos de política fiscal, genera dispositivos para menoscabar el consumo de productos o alimentos asociados con el sobrepeso y la obesidad, con énfasis en la población infantil.
Pero se considera que dicha estrategia no es suficiente ya que las acciones para la protección, prevención y promoción de la salud de la población pero en específico de las mujeres requieren de planes, programas y políticas públicas específicas, que atiendan los cambios de cada etapa de su vida, desde el punto de vista de los contextos fisiológicos y socioculturales.
Por consiguiente las estadísticas sobre las principales causas de muerte en las mujeres mexicanas ponen de manifiesto la necesidad de atender con urgencia y especial atención este problema.
Más aún, estudios a nivel nacional señalan que en las mujeres mexicanas adolescentes de todo el país sin excepción alguna, la prevalencia hacia la obesidad y el sobrepeso registro un aumento del 2.4 por ciento, es decir paso del 33.4 por ciento al 35.8 por ciento del total de la población en este rubro de edad en sólo seis años (de 2006 a 2012).
Para el caso de las mujeres mexicanas de más de 20 años de edad, se registra un aumento de la prevalencia de estos problemas, pues en mismo periodo de tiempo, se incrementó el porcentaje en un 1.1 por ciento para posicionarse en un 73 por ciento de la población total señalada. La información anterior es alarmante, a pesar de que se puede decir que los aumentos son mínimos estadísticamente; la realidad nos dice lo contrario porque estamos hablando de la población futura y en edad económicamente activa.
En nuestro país las mujeres representan el 51.17 por ciento de la población total, es decir son poco más de 57 millones de mujeres con una expectativa de vida de 78 años.
Es trascendental señalar que estudios a nivel nacional señalan que, de 2006 a 2012, la prevalencia de la obesidad y el sobrepeso en las adolescentes mexicanas, registró un aumento del 2.4 por ciento, al pasar de 33.4 por ciento al 35.8 por ciento. En el grupo de las mexicanas de más de 20 años de edad, en el mismo periodo, se registró un aumento de 1.1 por ciento porcentual, que ubica el indicador de población afectada en 73 por ciento. Además, el 27 por ciento del total de las mujeres en el país están en el rango considerado de “edad productiva” que se encuentra entre los 15 y 49 años de edad y no más de la mitad cuenta con los beneficios de la seguridad social en materia de salud.
Tercera. Asimismo, los proponentes consideran que es una necesidad en nuestro país es atender y prevenir con particularidad la obesidad y el sobrepeso en la mujer a nivel nacional, ya que representan uno de los grupos más vulnerables en nuestro país. Es por ello que se busca que el gobierno federal a través de la Secretaría de Salud, preste atención especial y de manera específica a elaborar campañas de información encaminadas a prevenir, atender y erradicar la obesidad y sobrepeso, enfocadas a las mujeres en nuestro país.
Es necesario e indispensable que las niñas, adolescentes, amas de casa, profesionistas, activas o no económicamente o en el mercado laboral, mujeres maduras o adultas mayores; deben contar con la información oportuna para la detección, atención y cuidados de trastornos de la conducta alimentaria, así mismo que en su integración consideren los criterios correspondientes a las diferencias tanto fisiológicas como sociales, culturales y psicológicas, propias de la edad.
El presente punto de acuerdo busca aprovechar una oportunidad invaluable para ser más efectivos en el combate a estos males silenciosos que tanto daño están haciendo a nuestra población; la obesidad y el sobrepeso.
Cuarta. De tales consideraciones se desprende la importancia de la aplicación correcta de los servicios de salud y la garantía en términos jurídicos que tienen los mexicanos para poder recibir la protección en salud. Por consiguiente, los integrantes de Comisión de Salud vemos factible la aprobación del punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a desplegar campañas informativas de carácter nacional y permanente dirigidas a las mujeres para prevenir, tratar y erradicar el sobrepeso, la obesidad y los desórdenes alimenticios.
Por lo expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno federal a desplegar campañas nacionales y permanentes de información para la prevención, tratamiento y erradicación del sobrepeso, obesidad y desórdenes alimenticios, dirigidas a las mujeres, que consideren, de manera diferenciada, las condicionantes específicas de cada etapa de su vida.
Palacio Legislativo, a 10 de diciembre de 2014.
La Comisión de Salud
Diputados: Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Mónica Clara Molina, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los tres órdenes de gobierno a crear programas y campañas destinados a fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad y su derecho a la accesibilidad
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 85, 87, 88, 152, 180, numeral 2, fracción I, 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, al tenor de los siguientes:
Antecedentes
I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 25 de noviembre de 2014, el diputado Román Alfredo Padilla Fierro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a los tres órdenes de gobierno, a fin de crear programas y campañas destinadas a fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad y su derecho a la accesibilidad.
II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades, instruyó el turno de la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su dictamen.
III. La Presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables turnó el mismo día el expediente a la Subcomisión de las Personas con Discapacidad, para el predictamen correspondiente, con fundamento en el artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV. Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura procedió al análisis del asunto y la elaboración del presente pre dictamen.
Contenido de la proposición
El diputado proponente expone que considera “necesario hacer conciencia en la población, principalmente en los niños, para que se enseñen a respetar los lugares señalados para personas con discapacidad y las rampas de las banquetas, podría pensarse que son problemas mínimos, pero pensemos como muchos ciudadanos discapacitados al intentar bajar una rampa de banqueta obstruida o un lugar señalizado para auto de discapacitado ocupado por alguien que realmente no lo necesita y tristemente hasta se burlan cuando se les hace la observación de que es un lugar para discapacitados. Es momento de ser más duros con estas personas aplicándoles las sanciones correspondientes haciéndoles valer las leyes para que aprendan a respetar y hagan conciencia de lo indebido”.
Explica que la Cámara de Diputados tiene el deber de exhortar a tres órdenes de gobierno, a fin de crear programas y campañas destinadas a fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad y su derecho a la accesibilidad.
Consideraciones
1. El diputado Román Alfredo Padilla Fierro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó conforme al Reglamento, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los tres órdenes de gobierno, a fin de crear programas y campañas destinadas a fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad y su derecho a la accesibilidad.
2. Es menester de los tres órdenes de gobierno cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanan, por tanto es pertinente exhortarles para observar criterios de inclusión y accesibilidad a favor de las personas con discapacidad y el dar las condiciones para su desarrollo personal.
3. La inclusión y la accesibilidad, consagrados en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es una garantía para las personas con discapacidad y una obligación del Estado.
Por lo expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura, someten a la consideración de esta asambles el siguiente
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los tres órdenes de gobierno, a fin de crear programas y campañas destinadas a fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad y su derecho a la accesibilidad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de diciembre de 2014.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
Diputados: Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas, María Esther Garza Moreno, Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña, Roberto López Rosado, Leticia Mejía García (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo.
De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo relativos a los abusos cometidos por policías de tránsito y operadores de grúas en la Ciudad de México
Honorable Asamblea:
La Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción 1, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
1. En sesión del pleno del jueves 6 de noviembre de 2014, el diputado José Antonio Hurtado Gallegos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen.
2. El 7 de noviembre de 2014, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó con número de oficio DGPL 62-II-5-2085, dicha proposición con punto de acuerdo a la Comisión del Distrito Federal para su estudio y dictamen correspondiente.
3. La Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 2 de diciembre de 2014, se reunió para analizar, discutir y aprobar el dictamen que hoy presenta.
II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo
1. Expone el diputado Hurtado Gallegos que derivado de las múltiples irregularidades que existían en el uso y operación de las grúas del Distrito Federal, el gobierno del Distrito Federal en 2006 puso en marcha un programa de modernización de estos vehículos que consistiría principalmente en equipar con una cámara de video las grúas que transitaban por toda la Ciudad de México, a fin de grabar todos los procesos de arrastre, eliminando los abusos cometidos por los operadores.
2. Que con esta disposición se lograría inhibir los actos de corrupción entre los propietarios de los vehículos y los operadores de las grúas; además de que los primeros tendrían acceso directo a la grabación por internet. Sin embargo esto no se cumple.
3. Indica el legislador promovente que las sanciones más comunes para los conductores que violan el reglamento vial de la Ciudad de México es el traslado de sus vehículos a uno de los 37 depósitos vehiculares con los que cuenta la Secretaría de Transporte y Vialidad.
4. Señala además que las delegaciones de Tlalpan, Cuauhtémoc, Coyoacán y Miguel Hidalgo se encuentran entre las principales demarcaciones donde día con día miles de vehículos particulares son arrastrados a los diferentes corralones de la ciudad.
5. Asimismo, es creciente la discrecionalidad con la que actúan miles de policías para colocar el inmovilizador conocido como araña, remitir al corralón o imponer una multa escudarse bajo el Reglamento de Tránsito.
6. A decir del legislador, el Reglamento de Tránsito Metropolitano nunca se ha aplicado cabalmente por la autoridad competente; por lo que miles de ciudadanos inconformes pasan horas tratando de comprobar que su sanción no ameritaba corralón, sin embargo, nunca son escuchados. La única manera de recuperar su vehículo es a través del pago de su multa, la cual oscila entre los 800 y mil pesos.
7. Que no obstante lo anterior, éstos no son los únicos abusos que se cometen durante los arrastres de los vehículos, se conocen casos de niños recién nacidos y de personas de la tercera edad que han sido trasladadas a los depósitos dentro de los vehículos por la irresponsabilidad de los policías.
8. Que el arrastre de los vehículos de la Ciudad de México a los depósitos vehiculares se ha convertido en un negocio muy redituable tanto para el gobierno el Distrito Federal como para las empresas concesionarias encargadas de prestar el servicio
9. Finalmente el diputado promovente señala que derivado de lo expuesto el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hace un exhorto al gobierno del Distrito Federal para que implemente exámenes de confianza y programas de capacitación a los policías de tránsito que permitan mejorar el servicio de grúas en la Ciudad de México, a fin de eliminar los constantes abusos a ciudadanos.
10. Se exhorta al titular del gobierno del Distrito Federal, doctor Miguel Ángel Mancera, a que en el marco de sus facultades implemente políticas de regularización a los policías de tránsito y operadores de grúas equipadas para la detección, levantamiento y retiro de vehículos estacionados en vía pública, que permita inhibir prácticas irregulares a la hora de aplicar los criterios establecidos en el Reglamento de Tránsito Metropolitano.
11. Se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a que en un plazo no mayor a 30 días implemente exámenes de confianza a todos los policías de tránsito y vialidad, a fin de disminuir la corrupción y la discrecionalidad de aplicar el Reglamento de Tránsito Metropolitano.
12. Se exhorta al gobierno del Distrito Federal a que en un plazo no mayor a 30 días haga pública la información referente al destino de los recursos obtenidos por concepto de multas de tránsito.
13. Se exhorta al titular del gobierno del Distrito Federal a implementar programas de capacitación a los policías de tránsito para lograr tener el personal competente que permita mejorar el servicio de grúas en la Ciudad de México, a fin de eliminar los constantes abusos a ciudadanos de la ciudad.
III. Análisis y valoración de los argumentos y textos propuestos
Primero. Que la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente para dictaminar la proposición con punto de acuerdo por la se hace un exhorto al gobierno del Distrito Federal para que implemente exámenes de confianza y programas de capacitación a los policías de tránsito que permitan mejorar el servicio de grúas en la Ciudad de México, a fin de eliminar los constantes abusos a ciudadanos.
Segundo. La Comisión del Distrito Federal realizó el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo en tratamiento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos y con la información pública disponible al momento de su dictamen.
IV. Considerando
Primero. Esta comisión coincide con el exhorto expuesto por el diputado José Antonio Hurtado Gallegos, toda vez que contribuye a reforzar las medidas de control y supervisión, para evitar abusos y corrupción de los policías de tránsito y los operadores del servicio concesionado de grúas en el Distrito Federal.
Segundo. Esta dictaminadora considera además que la proposición con punto de acuerdo promovida por el diputado Hurtado Gallegos contiene un sentido congruente con las atribuciones contenidas en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en el sentido de coordinar y supervisar los programas, acciones y operativos en materia de vialidad y tránsito, además de dirigir, coordinar, llevar a cabo y calificar, los procesos de evaluación que se realicen a los elementos de la Policía para comprobar el cumplimiento de los perfiles médico, ético y de personalidad necesarios para realizar las actividades policiales.
Al respecto, uno de los puntos petitorios de la proposición hace mención a exhortar al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a que en un plazo no mayor a 30 días implemente exámenes de confianza a todos los policías de tránsito y vialidad, a fin de disminuir la corrupción y la discrecionalidad a la hora de aplicar el Reglamento de Tránsito Metropolitano.
En ese sentido, la mayoría de los integrantes de la comisión no coincide con la propuesta en el sentido de establecer a una dependencia local un plazo perentorio para implementar cualquier tipo de acción; más aún cuando es del conocimiento que los exámenes de control de confianza se están llevando a cabo. En tal caso, lo que se considera pertinente es exhortar que se concluya a la brevedad dicho proceso.
Tercero. Los integrantes de la Comisión del Distrito Federal consideran que en cumplimiento de las funciones que le competen a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y respecto del orden legal, se hace necesario que las corporaciones policiales y de tránsito actúen en forma ordenada y sistematizada en todos sus protocolos, lo que garantiza además del cumplimiento del orden legal, la implementación del modelo de conducta y actuación uniforme para todo el personal policial lo que mejora sus niveles de eficiencia y eficacia en el desarrollo de la función, y elimina los riesgos de discrecionalidad que pueden derivar en fuente directa del incumplimiento al orden legal.
Cuarto. A decir del proponente en el periodo de 2009 a 2012 se recaudaron más de 500 millones de pesos por concepto de multas de tránsito.
Quinto. De lo anterior, indica el diputado Hurtado Gallegos que aún no se tiene claro el monto de esos ingresos y cuál es el porcentaje que reciben las empresas concesionadas por prestar el servicio.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión resuelve lo siguiente:
Es de aprobarse con modificaciones la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado José Antonio Hurtado Gallegos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por lo que somete a consideración de esta soberanía el siguiente
Dictamen relativo a los abusos cometidos por policías de tránsito y operadores de grúas en la Ciudada de México
Primero. Se exhorta al titular del gobierno del Distrito Federal a que en el marco de sus facultades, establezca acciones que inhiban prácticas irregulares en la aplicación del Reglamento de Tránsito Metropolitano que llevan a cabo policías de tránsito y operadores de grúas equipadas para la detección, levantamiento y retiro de vehículos estacionados en vía pública; conforme también a los considerandos primero y tercero de este dictamen.
Segundo. Se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a que se concluya con brevedad el proceso de exámenes de confianza a todos los policías de tránsito y vialidad, a fin de disminuir la corrupción y la discrecionalidad en la aplicación del Reglamento de Tránsito Metropolitano.
Tercero. Se exhorta al gobierno del Distrito Federal a informar a esta soberanía la información referente al destino de los recursos obtenidos por concepto de multas de tránsito.
La Comisión del Distrito Federal
Diputados: Alejandra del Moral Vela (rúbrica), presidenta; María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Karen Quiroga Anguiano (rúbrica), José Antonio Hurtado Gallegos, René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Gerardo Maximiliano Cortázar Lara, Antonio Cuéllar Staffan (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), María de las Nieves García Fernández, Carlos Augusto Morales López (rúbrica), Israel Moreno Rivera (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger, Flor de María Pedraza Aguilera, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica).
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales a difundir y conmemorar el 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, el documento fundamental de donde emana la preservación de éstos
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada para el análisis y dictamen correspondientes la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales a difundir y conmemorar el 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, por realizarse este 20 de noviembre.
La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes
Antecedentes
Primero. Con fecha 25 de noviembre de 2014, Verónica Beatriz Juárez Piña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales a difundir y conmemorar el 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, por realizarse este 20 de noviembre.
Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para análisis y dictamen.
Contenido de la proposición
La diputada proponente señala que el momento más relevante respecto al reconocimiento de las niñas, los niños y los adolescentes y sus derechos fue cuando la Asamblea General de la ONU, el 20 de noviembre de 1989, adoptó en Nueva York la Convención sobre los Derechos del Niño, la que se registra como el tratado más confirmado de la historia, convirtiéndose así en el instrumento de derechos humanos más ampliamente refrendado por la humanidad.
Indica que la Convención sobre los Derechos del Niño, otorga la misma relevancia a todos y cada uno de los derechos de las niñas y los niños. No existe ningún derecho “pequeño” ni tampoco una jerarquía en los derechos humanos. Todos los derechos enunciados en la convención –tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos económicos, sociales y culturales– son indivisibles, están relacionados entre sí, y su objetivo principal es que el Estado proteja y desarrolle la personalidad integral de la niña y del niño. Éste es el verdadero desafío a que hoy nos enfrentamos.
Muestra de ello se encuentra en la siguiente información; el estudio Pobreza y derechos sociales de niñas, niños y adolescentes en México 2008-2010, indica que los niveles de pobreza de los niños y de las niñas en los años contemplados por el estudio, fueron superiores a los de la población total: la pobreza en niñas y niños fue de 53.5 por ciento en 2008, y de 53.8 en 2010. Este último año afectaba a 46.2 por ciento de la población. El informe recalca que: la diferencia entre los niveles de pobreza de la población infantil y adolescente, y aquellos de la población general es la primera evidencia de las mayores restricciones que enfrenta la población de menos de 18 años para desarrollarse en un entorno de respeto de sus derechos plenos.
• 21.4 millones de menores de edad viven en pobreza
• 56 por ciento de niñas y niños de 5 años es pobre
• 7 de cada 10 niñas y niños indígenas son pobres
• 3 de 4 niñas y niños menores de 17 años presentan alguna carencia de sus derechos sociales
Lo anterior muestra que la infancia es el grupo poblacional que más enfrenta y reciente la inequidad, la pobreza y la injusticia social, en temas como; la violencia familiar, el problema del narcotráfico en las comunidades, la prostitución infantil, la pornografía, el tráfico de personas, la migración de las y los niños no acompañados, la explotación laboral infantil, niñas y niños en instituciones de cuidados alternativos y en conflicto con la ley, niños y niñas con discapacidad y con VIH/sida, entre otros.
Determina categóricamente que la convención, con la reforma constitucional en materia de derechos humanos, representa un cambio sin precedentes para el sistema jurídico mexicano en general y, en particular, para las legislaturas de los estados, que tienen el deber y la obligación de armonizar sus leyes para hacer efectivo el ejercicio de sus derechos y para promover la equidad al ser de carácter vinculante directo, y de interpretación que concede deberes y obligaciones al Estado a los que México se ha comprometido.
Precisa que la convención ha sido históricamente la base jurídica internacional para las modificaciones y la creación de la reciente Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la que sin duda, será la punta de lanza para la realización del cambio cultural y social que requiere nuestro país, para concretar un verdadero estado de derecho en favor de la niñez y la adolescencia.
Por ello se hace un respetuoso llamado a los legisladores de los congresos locales para que, desde la Cámara de Diputados, se trabaje conjuntamente y se logre que la convención y la nueva ley general respondan a las exigencias y necesidades de la sociedad a que se aboca.
Reconocemos la importancia de la convención, pues desde hace 25 años se nos ha brindado la oportunidad de cambiar el rumbo de la historia de las niñas, los niños y los adolescentes del país.
Pese al largo camino que queda por recorrer, es importante que los congresos de los estados celebren acontecimientos como éste, pues ello muestra la voluntad común de legislar en favor de la infancia, para que el espíritu y la letra de la Convención sobre los Derechos del Niño, se conviertan en una realidad, sin excepciones, para todas las y los niños de nuestro país, permitiéndonos construir una mejor sociedad y promover una cultura de paz y armonía entre todas y todos.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los congresos de los estados a difundir y conmemorar el 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, por realizarse el 20 de noviembre del presente año, por ser el documento fundamental de donde emana la preservación de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes.
Consideraciones
Primera. El artículo 133 constitucional establece que la Carta Magna, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con ella, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión.
Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis jurisprudencial emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que a la letra dice:
Tratados internacionales, son parte integrante de la ley suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de las leyes generales, federales y locales, interpretación del artículo 133 constitucional. La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos permite identificar la existencia de un orden jurídico superior, de carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados internacionales y las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los principios de derecho internacional dispersos en el texto constitucional, así como con las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho, se concluye que los tratados internacionales se ubican jerárquicamente debajo de la Constitución Federal y por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado Mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre los Estado y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario pacta sunt servanda, contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo demás una responsabilidad de carácter internacional.1
Este precepto enuncia el principio de supremacía constitucional por medio del cual se establece que la Constitución es la ley suprema de toda la Unión y es la cúspide de todo orden jurídico; señalando de igual forma a los tratados celebrados entre Estado o Estados y organismos internacionales.
Con la reforma aprobada respecto al artículo 1o. constitucional, la jerarquía de los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales es de igual condición a aquellos establecidos en la Constitución. La incorporación de los tratados al derecho interno se da generalmente de manera automática, es decir, no se requiere un acto de producción normativa interna, ya que una vez celebrado por el presidente y ratificado por el Senado, se crean derechos y obligaciones de las partes que celebren el tratado.
El país cuenta con diversos instrumentos y mecanismos de reconocimiento y protección a los derechos humanos. Uno de estos instrumentos, es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la que se establece: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.
Asimismo, señala en su artículo cuarto, párrafo noveno que el Estado en todas sus decisiones y actuaciones deberá velar y cumplir con el principio del interés superior de la niñez, con el fin de garantizar de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Diversos instrumentos internacionales establecen el marco de principios y obligaciones relativos al principio del interés superior de la niñez, entre los que se encuentra: la Convención sobre los Derechos del Niño. Este instrumento internacional, del que el país es parte, contiene un catálogo de derechos, que deben ser cumplidos y garantizados por el Estado por ser una obligación con la comunidad internacional.
De ahí que el cuerpo de normas más relevante es la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue suscrita y ratificada por el Estado mexicano en 1990, instrumento que precisa que se deben tomar las medidas legislativas necesarias para garantizar el pleno desarrollo de la infancia y la adolescencia, atendiendo siempre al principio del interés superior de la niñez, y para garantizarlo, es necesario trasladar las provisiones y demás principios contenidos en esta norma internacional a la realidad nacional para tener más amplio el panorama en materia de protección de derechos de la niñez.
Segunda. Esta comisión dictaminadora coincide con la proponente al indicar que la convención otorga la misma relevancia a todos y cada uno de los derechos de las niñas y niños. Por tanto, no existe ningún derecho “pequeño” ni tampoco una jerarquía en los derechos humanos. Todos los derechos enunciados en la convención –tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos económicos, sociales y culturales- son indivisibles, están relacionados entre sí, y su objetivo principal es proteger y desarrollar la personalidad integral de las niñas y los niños.
La convención representa el consenso de diferentes sistemas jurídicos de diversos países alrededor del mundo en aspectos tan esenciales para la sociedad como la relación del niño con la familia; los derechos y deberes de los padres y del Estado; y las políticas sociales dirigidas a la infancia.
Asimismo, la convención cobra gran relevancia debido a la situación que viven niñas, niños y adolescentes en el país, pues muchos de ellos, enfrentan vulnerabilidad de sus derechos por causas como la pobreza, la discriminación, la violencia o la inseguridad.
Basta mencionar algunos datos, sobre la realidad a la que se enfrentan los 40.4 millones2 de niñas, niños y adolescentes en el país.
Por ejemplo, 26.6 por ciento de la población menor de 18 años en México vive en zonas rurales, mientras que 73.4 vive en zonas urbanas. Para la población en general, la proporción es de 23.2 y 76.8 por ciento, respectivamente y para la población indígena, 52.8 y 47.2, respectivamente. Las niñas y los niños menores de 18 años habitan principalmente en localidades de más de 100 mil habitantes (42.3 por ciento).3
Más de 3 millones de niños de entre 5 y 17 años no asisten a la escuela; cerca de 3 millones de niños, niñas y adolescentes trabajan; 36 por ciento de los niños indígenas de entre 6 y 14 años de edad trabajan el doble que el promedio nacional, calculado en 15.7 por ciento, según un estudio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, sobre el trabajo infantil; 12.7 por ciento corresponde a la prevalencia de desnutrición crónica en el país, lo que equivale a 1 millón 200 mil niñas y niños menores de cinco años en esta condición; del total de niñas y niños que viven en zonas rurales, casi 27 por ciento padece pobreza extrema, la tasa de mortalidad infantil en este grupo es de 70 por ciento; la tasa de analfabetismo entre los pueblos indígenas se estima que es de 26 por ciento en la población entre 15 años y más, lo que significa que es cuatro veces más alta que la del promedio nacional (7.4 por ciento); 6 de cada 10 niñas, niños y adolescentes han vivido directamente alguna forma de violencia en su casa o en la escuela; en 2010, 520 mil niños, reportó tener alguna discapacidad; miles de niños, niñas y adolescentes dejan su hogar cada año para intentar llegar a Estados Unidos y reencontrarse con sus padres, estudiar y tener una vida mejor.
Tercero. Resulta importante mencionar que la convención sirvió en el país como ejemplo y base jurídica para la redacción de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada en el Congreso de la Unión, y promulgada por el titular del Poder Ejecutivo, el 3 de diciembre del año en curso.
Es de reconocer que las acciones legislativas realizadas, son un gran paso en la construcción de una sociedad mexicana más fuerte y con más oportunidades, pues al garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes y velar por su interés superior, se procura por el presente y futuro del país.
Sin embargo, es fundamental hacer un reconocimiento a la importancia que tiene la Convención sobre los Derechos del Niño en nuestro sistema jurídico, en los ámbitos federal y local, no sólo por sus 25 años de creación, sino que los mismos congresos de las entidades federativas tienen el mandato de difundir los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como adecuar a sus legislaciones locales, el contenido del tratado internacional en comento para armonizarlo con la nueva Ley General de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los congresos de los estados a difundir y conmemorar el 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, por ser el documento fundamental de donde emana la preservación de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes.
Notas
1 Tesis P.IX/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, pleno; tomo XXV, abril de 2007, página 6.
2 Datos obtenidos del Consejo Nacional de Población, 2012.
3 CNN, México. http://mexico.cnn.com/nacional/2014/07/16/gobernacion-impedira-entrada- a-migrantes-centroamericanos-sin-papeles
Palacio Legislativo de San Lázaro, diciembre de 2014.
La Comisión de Derechos de la Niñez
Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Cinthya Noemí Valladares Couoh, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares, Isela González Domínguez (rúbrica), Mirna Velázquez López, Alberto Anaya Gutiérrez, Leopoldo Sánchez Cruz.