Reincorporaciones de ciudadanos legialadores

Reiincorporación del diputado Manuel Añorve Baños

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2015.

Diputado Julio César Moreno Rivera

Presidente de Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

Presente

Apreciable diputado:

Con base en lo dispuesto en el artículo 16, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito dirigirme a usted para informarle de mi reincorporación al cargo de diputado federal, por Guerrero, a partir de la fecha del presente.

Lo anterior, a efecto de estar en condiciones de reiniciar mi actividad legislativa y se realicen los trámites administrativos y legales conducentes.

Agradeciendo la atención que se sirva brindar al presente, quedo a sus órdenes.

Atentamente

Diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica)



Comunicaciones oficiales

De la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, sobre retiro de iniciativa

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2015.

Diputado Julio César Moreno Rivera

Presidente de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, párrafo segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito de la manera más atenta gire sus apreciables instrucciones para que sea retirada y borrada de todos los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 149 Ter del Código Penal Federal, y 9o. y 20 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, presentada por la suscrita, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, y publicada en la Gaceta Parlamentaria de esta soberanía el 9 de diciembre de 2014 y que fue turnada ése mismo día a las Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados para el dictamen correspondiente.

Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.

Atentamente

Diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica)

Del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con la que remite el documento Los docentes en México y el informe anual de gestión relativo a 2014

Diputado Julio César Moreno Rivera

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

México, DF, a 8 de abril de 2015.

Con fundamento en el artículo 73 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), me permito presentar a esta honorable Cámara de Diputados el estado que guardan los componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional, derivado de las evaluaciones, en el documento denominado Los docentes en México, así como el Informe Anual de Gestión del INEE 2014.

Sin otro asunto por el momento, reciba saludos cordiales.

Atentamente

Maestra Sylvia Schmelikes del Valle (rúbrica)

Consejera Presidenta de la Junta de Gobierno

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe anual de las concesiones otorgadas por la SCT en el ejercicio fiscal de 2014

México, DF, a 10 de abril de 2015.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por este medio y con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 2, fracción II, 8, 15, 16, 72 y 73 de la Ley General de Bienes Nacionales, me permito enviar copia del oficio número 5.1.103.303.031, signado por el licenciado Juan Ramón Ramos Cardona, director de Contabilidad y Cuenta Pública de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, mediante el cual envía el informe anual de las concesiones otorgadas durante el ejercicio fiscal 2014.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


México, DF, a 10 de abril de 2015.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaria de Gobernación

Presente

De conformidad con el artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales, las dependencias administradoras de inmuebles podrán otorgar a los particulares derechos de uso o aprovechamiento sobre los inmuebles federales, mediante concesión, para la realización de actividades económicas, sociales o culturales, sin perjuicio de leyes específicas que regulen el otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones sobre inmuebles federales, indicando que presentarán un informe anual a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión sobre las concesiones otorgadas en el periodo correspondiente.

En cumplimiento a la disposición antes mencionada, el director general de Aeronáutica Civil con fecha 17 de febrero del presente año, emitió el oficio No. 4.1.155, en el que se sirve enviarnos el informe de las concesiones vigentes que durante 2014 ha otorgado el gobierno federal por conducto de esta secretaría de conformidad con lo siguiente:

Lo anterior con objeto de que por su amable conducto se haga del conocimiento de la honorable Cámara de Diputados, para los efectos de los artículos 2, fracción II, 8, 15, 16, 72 y 73 de la Ley General de Bienes Nacionales y demás normatividad relativa aplicable.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Juan Ramón Ramos Cardona (rúbrica)

Director de Contabilidad y Cuenta Pública

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a reforzar las acciones de promoción de turismo médico en favor de diversos municipios de la frontera norte

México, DF, a 8 de abril de 2015.

Integrantes de la Mesa Directiva de la

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-3-5569, signado por el diputado Tomás Torres Mercado, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número SCR/075/2015, suscrito por el licenciado Francisco Maass Peña, subsecretario de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo reforzar las acciones de promoción de turismo de salud, a favor de diversos municipios ubicados en la frontera norte del país.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 8 de abril de 2015.

Maestro Valentín Martínez Garza

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a sus oficios SELAP/UEL/311/2109/14 y SELAP/UEL/311/355/15, por medio de los cuales informa que el honorable Congreso de la Unión emitió los puntos de acuerdo que a continuación se transcriben para pronta referencia:

• El Senado de la República solicita respetuosamente a la titular de la Secretaría de Turismo, informe a esta soberanía los avances de la estrategia para el desarrollo, posicionamiento y promoción de la industria de turismo de salud.

• El Senado de la República exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Turismo a impulsar el turismo de Salud en el Distrito Federal, los estados de Guerrero, Morelos, así como aquellos otros estados que cuenten con oferta de exportación en la materia.

• La Cámara de Diputados exhorta a las Secretarías de Salud, y de Turismo, con la finalidad de que se refuercen las acciones de promoción de turismo de salud, a favor de diversos municipios ubicados en la frontera norte del país.

Sobre el particular y toda vez que en el marco de las atribuciones encomendadas a la Subsecretaría de Calidad y Regulación, se ha designado a esta área como Enlace para la debida atención de las solicitudes de carácter legislativo que sean competencia de esta secretaría, le informo las acciones que esta dependencia ha llevado a cabo en materia de turismo de salud.

La Subsecretaría de Innovación y Desarrollo Turístico de esta dependencia realizó durante 2014 diversas acciones transversales con la Secretaría de Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el Consejo Nacional de Arbitraje Médico, el Banco de Comercio Exterior (Bancomext) y el Consejo de Promoción Turística de México (CPTM) en los quince clústers existentes y los dos próximos a formarse de turismo médico del país.

Con estas acciones conjuntas, se logró establecer y difundir una estrategia integrada, basada en tres vertientes:

Primera, ofrecer servicios de calidad, mediante la homologación de los estándares de certificación nacionales con la Joint Comission norteamericana, así como normar la prestación de los servicios y dar orden al establecimiento y crecimiento de los clústers.

Segunda, es el impulso de una campaña de promoción específica que contempla un catálogo de servicios en página web, la participación en diez eventos nacionales y dos internacionales y un pabellón de turismo médico en el Tianguis Turístico de Cancún donde se exhibió la oferta nacional privada.

Tercera, en conjunto con el Instituto de Competitividad Turística, la realización de un sistema de información y conocimiento, que contiene un protocolo de investigación, así como el diseño de estadísticas en el sistema Datatur, en conjunto con la Subsecretaría de P1aneación y Política Turística.

Se conjuntó el inventario de los prestadores de servicios de turismo médico, y por otro lado, se obtuvo un acuerdo para ofertar productos financieros especializados de Bancomext.

Durante 2015 se continuará con la coordinación de acciones para fortalecer esta línea de producto por medio de las estrategias y líneas de acción descritas, así como mediante la inclusión de la iniciativa privada al Gabinete Turístico a través del establecimiento del Consejo Consultivo de Turismo Médico.

La Dirección General de Certificación Turística está próxima a lanzar el Distintivo de Turismo Médico, certificación que está enfocada en el servicio y no sustituye a las certificaciones de la Secretaría de Salud.

Por lo que respecta al CPTM, las acciones que ha venido llevando a cabo, las ha implementado a través del programa Frontera Norte, donde por dos años consecutivos se han realizado inversiones para la promoción de los destinos de la frontera norte y con ellos se seleccionaron, en coordinación con los destinos, los productos a promover y uno de los seleccionados fue el producto de turismo médico durante 2013 y 2014.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Francisco Maass Peña (rúbrica)

Subsecretario de Calidad y Regulación

(Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a implantar acciones con motivo de la celebración del Día Mundial de la Diabetes

México, DF, a 8 de abril de 2015.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-7-5503, signado por el diputado Tomás Torres Mercado, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/730/2015, suscrito por el doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como los anexos que en el mismo se mencionan, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello, la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud, así como implementar acciones encaminadas a concientizar a los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanzar una mejor calidad de vida.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 6 de abril de 2015.

Oficina del Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio SELAP/UEL/311/378/15, de fecha 18 de febrero de 2015, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informó que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el día 17 de febrero del 2015 se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que implemente acciones encaminadas a concientizara los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanza una mejor calidad de vida.

Al respecto me permito acompañar oficio SPPS-CAS-0833-201S, suscrito por el doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; CCINSHAE-DGCINS-221-2015, suscrito por el doctor Simón Kawa Karasik, director general de Coordinación de los Institutos Nacionales de Salud, y oficio SIDSS/CAS/0246/2015, suscrito por la actuaria Sandra Orcí Gutiérrez, coordinadora de asesores de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviar le un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta (rúbrica)

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social


México, DF, a 10 de marzo de 2015.

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Presente

Por instrucciones del doctor Pablo Kuri Morales, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, me permito enviarle en documento anexo los comentarios al punto de acuerdo con número de oficio UCVPS/171/2015, que refiere:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que implemente acciones encaminadas a concientizara los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanza una mejor calidad de vida.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner (rúbrica)

Coordinador de Asesores


México, DF, a 9 de marzo de 2015.

Doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner

Coordinador de Asesores

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud

En respuesta al oficio SPPS-CAS-0675-2015, que hace referencia al oficio SELAP/UEL/311/378/15, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Cámara de Diputados, me permito enviarle en documento anexo los comentarios correspondientes al punto de acuerdo.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Felipe González Roldán (rúbrica)

Director General


Opinión al punto de acuerdo

En relación con la exposición de motivos al acuerdo legislativo que se expone en el oficio SPPS-CAS-0675-205, se desprenden los siguientes comentarios:

Sobre el punto primero: la Secretaría de Salud federal y las Secretarías de salud estatales ejecutan el Programa de Acción Específico de Diabetes Mellitus 2013-2018 a través del cual se realizan acciones de prevención, detección oportuna, ingreso a tratamiento, control y seguimiento de personas con diabetes mellitus. Además desde el año 2013 se ha implementado la estrategia nacional para la prevención y el control del sobrepeso, la prevención detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de las personas con factores de riesgo o que ya padecen esta enfermedad. Cada una de las 32 entidades federativas cuenta con una adecuación estatal de la estrategia nacional.

Cabe aclarar que el término erradicación no está contemplado en ninguna política, plan o programa de salud en diabetes mellitus, ya que en términos de salud pública y epidemiológica sólo se emplea en el manejo de las enfermedades infecciosas.

Sobre el punto segundo: en el primer nivel de atención, la Secretaría de Salud, a través del personal estatal, realiza detecciones de casos de diabetes mellitus, otorga el tratamiento adecuado y se da un seguimiento a cada caso con el fin de lograr el control metabólico y prevenir complicaciones. Además, por medio de las Unidades de Especialidades Médicas en Enfermedades Crónicas (Unemes EC), se atiende a personas sin complicaciones con diabetes mellitus reactivos a alcanzar metas de control metabólico en los centros de salud, otorgando una atención integral e interdisciplinaria de calidad. Dentro de las acciones de atención clínica tanto en el primer nivel de atención como en las Unemes EC, se concientiza a los pacientes para lograr un mejor apego al tratamiento y se les da un seguimiento personalizado, tanto a los pacientes como a sus familias.

Cada año se realizan acciones nacionales intensivas de forma permanente en septiembre y noviembre por la Semana Nacional del Corazón y de la Diabetes, cuyo objetivo principal es el fortalecer las acciones de prevención y promoción de la salud, que permitan crear conciencia sobre la diabetes y sus complicaciones, así como la importancia de una alimentación saludable para prevenir y controlar esta condición de forma efectiva.


México, DF, a 18 de marzo de 2015.

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Presente

Por instrucciones del titular de la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, doctor Guillermo M. Ruiz Palacios y Santos, hago referencia a su oficio número UCVPS/169/2015, mediante el cual hizo de nuestro conocimiento que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el día 17 de febrero de 2015 se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que implemente acciones encaminadas a concientizara los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanza una mejor calidad de vida.

Al respecto, anexo al presente encontrará copia simple del oficio s/n, suscrito por el doctor Sergio César Hernández Jiménez, coordinador del Centro de Atención Integral de Paciente con Diabetes Departamento de Endocrinología y Metabolismo del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Simón Kawa Karasik (rúbrica)

Director General de Coordinación de los Institutos Nacionales de Salud


México, DF, a 12 de marzo del 2015.

Doctor Simón Kawa Karasik (rúbrica)

Director General de Coordinación de los Institutos Nacionales de Salud

Presente

Estimado doctor Kawa:

Por instrucciones del doctor David Kershenobich Stalnikowitz, me permito hacer, de la manera más atenta, los siguientes comentarios al oficio número UCVPS/169/2015 sobre los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud.

Comentario: Como hemos analizado en el capítulo “Escrutinio de diabetes mellitus” del libro Acciones para enfrentar la diabetes. Documento de postura. Academia Nacional de Medicina. Primera edición, 2014: 59-74, se requieren acciones específicas que mencionamos a continuación:

a) En México, la mitad de los casos con diabetes desconoce su condición. El porcentaje es cinco veces mayor a lo descrito en Inglaterra. Una diferencia de tal magnitud limita la aplicación de medidas aplicadas en otros países y hace imperativo la creación de un programa que disminuya la tasa de no diagnóstico. Sin embargo, los programas de detección universal indiscriminada deben ser descartados.

b) Como primer paso para la identificación de pacientes en riesgo se debe utilizar una herramienta pronóstica (como la escala de predicción FINDRISC-FINnish Diabetes Risk SCore) o identificar la existencia de condiciones de riesgo para tener diabetes incidente (mediante la historia clínica V la antropometría) Los pacientes en riesgo alto deben ser sometidos a una prueba diagnóstica. La evidencia apoya en este momento el uso de la curva de tolerancia a la glucosa oral como el mejor instrumento para identificar y categorizar pacientes con diabetes y etapas tempranas. La hemoglobina glucosilada (HbA1c), a pesar de que probablemente identifica pacientes en estadios más avanzados de la enfermedad en comparación con la curva de tolerancia a la glucosa oral, es otra opción. La glucemia capilar no es recomendable para identificar pacientes en riesgo o con diabetes. La edad de inicio de detección debe ser 20 años en poblaciones con prevalencia alta como la nuestra en pacientes con riesgo alto y muy alto la frecuencia de detección debe ser anual, para los de menor riesgo existe controversia si debe ser cada 3 a 5 años.

c) Recomendamos implementar a nivel gubernamental un programa de detección de diabetes que inicie con una encuesta, como se menciona anteriormente. La aplicación de la encuesta debe ser en lugares de gran afluencia, al obtener la credencial de elector, en escuelas, etcétera. Se deben ofrecer las pruebas confirmatorias en forma gratuita o con precios preferentes.

d) El programa de escrutinio debe estar ligado a un programa estructurado de tratamiento y seguimiento. De no contar con este último, el escrutinio de la diabetes es un dispendio.

e) Se debe incrementar la información al públi.co en general de que el diagnóstico temprano mejora la calidad de vida y disminuye el riesgo de complicaciones, como lo demuestran los análisis de costo-efectividad.

f) Se debe asegurar que en los exámenes de certificación de medicina (general y de especialidad) se evalúe el conocimiento del diagnóstico oportuno de diabetes y etapas prediabetes y su tratamiento. Se debe sugerir que la diabetes (y las enfermedades crónico-degenerativas) sean una materia curricular en las escuelas de medicina y no parte de una materia y que se certifique el conocimiento de las mismas en los exámenes y de residencias.

g) Se debe incrementar el número de programas de evaluación de la calidad de los laboratorios.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que implemente acciones encaminadas a concientizara los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanza una mejor calidad de vida.

Comentario: Estamos de acuerdo y convencidos sobre la importancia de la cultura e información sobre la diabetes, por lo que apoyamos la creación de diversas estrategias educativas. Existen varias instancias de la Secretaría de Salud y organizaciones no gubernamentales que impulsan campañas de difusión sobre el aspecto preventivo y mejoramiento de la adherencia al tratamiento. Sin embargo, el éxito del tratamiento de diabetes depende de las elecciones cotidianas que hacen los pacientes con respecto a patrones de alimentación, actividad física, toma de medicamentos y la capacidad para controlar el estrés emocional o físico. El enfoque paternalista del profesional de la salud o la actitud sumisa y no participativa del paciente obstaculizarán la toma de decisiones adecuada. Basado en esto, emerge el término “empoderamiento” como el proceso por el cual los pacientes tienen los conocimientos, habilidades, actitudes y auto-conciencia necesaria para influir en su propia conducta y la de los demás con el fin de mejorar su calidad de vida. Este concepto fue incorporado al Plan Nacional de Mejora de los Servicios de Salud en 2004 Estados Unidos de América. En el Reino Unido, el Servicio Nacional para la Diabetes pidió un “enfoque por competencias para apoyar el autocuidado mediante la mejora de los conocimientos, la glucosa en sangre control, el peso y la gestión de la dieta, actividad física y el bienestar”. Como consecuencia, las directrices para la diabetes tipo 2 recomiendan que los pacientes deben recibir una educación estructurada y no impositiva. Se deben aplicar estrategias centradas en el paciente para lograr el empoderamiento individual.

Doctor Sergio César Hernández Jiménez (rúbrica)

Coordinador Centro de Atención Integral de Paciente con Diabetes Departamento de Endocrinología y Metabolismo

Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán


México, DF, a 18 de marzo de 2015.

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Presente

Me refiero a su oficio número UCVPS/170/2015, en relación al punto de acuerdo aprobado en la Sesión de la Cámara de Diputados celebrada el pasado 17 de febrero del año en curso, que a la letra dice:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a implementar un programa nacional mediante el cual se lleven a cabo pruebas de detección de diabetes con la finalidad de que los casos positivos inicien su tratamiento de manera inmediata, impidiendo con ello la presencia de casos de diabetes avanzada con severas afectaciones a la salud.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que implemente acciones encaminadas a concientizara los pacientes diagnosticados con diabetes de la importancia de cumplir cabalmente con el tratamiento ordenado por su médico, a fin de poder controlar su enfermedad y alcanza una mejor calidad de vida.

Al respecto, le comento que a fin de apoyar a lo propuesto por el legislativo en el presente punto de acuerdo, la Secretaría de Salud elaboró el Programa Sectorial de Salud 2013-2018, publicado el 12 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de Federación, y en él se establecieron las estrategias 1.2., 2.7 y 3.7, encaminadas a la prevención y control de sobrepeso, la obesidad y la diabetes,

En referencia al ámbito de competencia de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud a través de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, se lleva a cabo la acreditación de Unidades Médicas Especializadas en enfermedades crónico-degenerativas (UNEMES-ECD), en las cuales se atienden pacientes que padecen diabetes entre otras enfermedades, para ello de 2009 al 2014, se han acreditado 75 de 99 de este tipo de unidades que se encuentran prestando sus servicios en el territorio nacional.

En seguimiento a lo anterior durante 2015, se tienen programadas 10 visitas de acreditación a UNEMES-ECD en diversas entidades federativas, con el fin de mejorar la calidad de la atención a los usuarios que padecen diabetes mellitus u otro tipo de enfermedades crónico-degenerativas.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Actuaria Sandra Orcí Gutiérrez

Coordinadora de Asesores

(Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la discriminación que los menores de edad infectados con VIH sufren en los centros de educación básica y media superior

México, DF, a 10 de abril de 2015.

Integrantes de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-2-2040 signado por el diputado Tomás Torres Mercado, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 510/DGANC/2222/2015 suscrito por la ciudadana María Evangélica Villalpando Rodríguez, abogada general y comisionada para la Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Social, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 9 de abril de 2015.

Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al atento oficio número SELAP/300/753/15, por el cual se remitió el punto de acuerdo aprobado el 24 de marzo del año en curso, por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el que se exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano de la Juventud, entre otros, a promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior.

Al respecto, me permito adjuntar al presente copia simple del oficio número IMJ/DG/DAJ/433/2015, de fecha 7 de abril de 2015, signado por el maestro Pablo Gómez Jiménez, director de Asuntos Jurídicos del Instituto Mexicano de la Juventud, perteneciente a esta dependencia, mediante el cual se da contestación al punto de acuerdo de referencia.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

María Evangélica Villalpando Rodríguez (rúbrica)

Abogada General y Comisionada para la Transparencia


México, DF, a 7 de abril de 2015.

Alberto Cameras Woolrich

Director General Adjunto de Normatividad y Convenios de la Unidad de la Abogada General y Comisionada para la Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Social

Presente

En atención a su oficio número 510/DGANC/1896/2015 , dirigido al maestro José Manuel Romero Coello, director general del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), por el cual remite copia simple del oficio número SELAP/300/753/15 , mediante el cual la Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación hace del conocimiento, el punto de acuerdo aprobado el 24 de marzo del actual, por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el que se exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano de la Juventud a promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior; solicitando se formulen los comentarios pertinentes al acuerdo parlamentario citado, con la finalidad de estar en posibilidad de dar contestación al mismo, a más tardar, para el 7 de abril de 2015, a efecto de atender la solicitud de la Secretaría de Gobernación en tiempo y forma.

Al respecto, me permito informarle que en atención al oficio número D.G.P.L. 62-II-2-2040 , derivado del expediente número 6077 , suscrito por el diputado Tomás Torres Mercado, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, esta Dirección de Asuntos Jurídicos, envió mediante oficio número IMJ/DG/DAJ/432/2014 , la postura del Instituto Mexicano de la Juventud, respecto del punto de acuerdo referido con anterioridad, por lo que adjunto al presente copia simple del oficio citado.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para hacerle llegar un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Pablo Gómez Jiménez (rúbrica)

Director de Asuntos Jurídicos


México, DF, a 7 de abril de 2015.

Diputado Tomás Torres Mercado

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

En atención a su oficio número D.G.P.L. 62-II-2-2042 , relacionado con el expediente número 6077 , por medio del cual comunica que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, aprobó el acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, al Instituto Mexicano de la Juventud y a la Secretaría de Educación Pública a promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior.”

Sobre el particular, me permito informarle que mediante oficio número IMJ/DG/DAJ/410/2015 , ésta área jurídica en su calidad de enlace legislativo solicitó a la Dirección de Salud, Equidad y Servicios a Jóvenes que realizara los comentarios pertinentes al citado acuerdo; la cual tuvo a bien dar respuesta a la petición realizada, mediante oficio número DSEySJ/108/2015, mismo que anexo al presente para su consideración.

Por último, este instituto reconoce de suma importancia el acuerdo aprobado por la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y lo tomará en consideración para incluirlo dentro de sus políticas y programas en la medida de sus posibilidades, continuando con el esfuerzo que desde sus orígenes como organismo descentralizado se le encomendó, implementando políticas públicas en materia de juventud con el fin de promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Pablo Gómez Jiménez (rúbrica)

Director de Asuntos Jurídicos


México, DF, a 31 de marzo de 2015.

Maestro Pablo Gómez Jiménez

Director de Asuntos Jurídicos
Presente

En respuesta a su oficio número IMJ/DG/DAJ/410/2015 del 26 de marzo del presente, que hace referencia al oficio número D.G.P.L. 62-II-2-2042, derivado del expediente número 6077, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, el cual informa de la aprobación del punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve) –entre otras instancias del gobierno– a “...promover, implementar y supervisar las medidas y políticas, públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior”.

Al respecto le informamos que el Imjuve orienta sus acciones en un ámbito prioritariamente preventivo, por lo que su población es mayoritariamente aquellos adolescentes que aún no viven con el VIH. No obstante lo anterior, es de resaltar que sus acciones de carácter educativas no formales como pláticas, conferencias y talleres dirigidos a jóvenes de 12 a 29 años de edad, así como también la elaboración de materiales informativos de difusión tienen el objetivo de promover el respeto a los derechos de las personas que se encuentran en esta condición, la no discriminación, remarcando la importancia de la aceptación y apoyo a las personas que viven con VIH y para aquellas que ya han desarrollado SIDA.

Además, como parte del Comité de Prevención del Consejo Nacional para la Prevención y el Control del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Censida), se trabaja en coordinación con otras instancias gubernamentales y asociaciones civiles para llevar a cabo acciones de prevención, mejorar la atención de las personas que viven con VIH o SIDA, con especial atención a las poblaciones clave; así como dar seguimiento a los acuerdos que se establecen entre las instancias participantes.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Fernando Santibáñez Gutiérrez (rúbrica)

Director de Salud, Equidad y Servicios a Jóvenes

(Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, relativo a informar de la población rescatada en julio de 2014 en el albergue La Gran Familia, de Zamora, Michoacán

México, DF, a 7 de abril de 2015.

Maestro Valentín Martínez Garza

Encargado de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaria de Gobernación

Presente

En seguimiento de mi diverso número DGPPVCI/ DV/ 0110/ 2015, por el que se remitió la información relativa al punto de acuerdo aprobado por el Congreso de la Unión en sesión celebrada el día 21 de enero del año en curso y que en el resolutivo conducente señala, por lo que atañe a esta institución:

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de la República, el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia y los DIF estatales a informar a esta soberanía respecto al operativo llevado a cabo el 19 y 20 de julio de 2014 en Zamora, Michoacán, en el albergue La Gran Familia, así como al estado que guardan las personas rescatadas (sic).

Sobre el particular, y con fundamento en el artículo 89, fracciones X y XI, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, comunico a usted que la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad informó a esta de mi cargo que

* Las 536 personas que se hallaban en el albergue fueron

1. DIF Jalisco: 53.
2. DIF Estado de México: 52.
3. DIF Guanajuato: 14.
4. DIF Durango: 9.
5. DIF Nacional: 24.
6. DIF Tamaulipas: 3.
7. DIF Sinaloa: 6.
8. DIF Coahuila: 5.
9. DIF Puebla: 2.
10. DIF Querétaro: 4.
11. DIF Nayarit: 1.
12. DIF Guerrero: 7.
13. DIF Baja California: 2.
14. DIF Tabasco: 1.
15. DIF Morelos: 2.
16. DIF Morelia: 96.
17. Morelia Hotel: 11.
18. DF Albergue: 48.
19. CEAV: 6.
20. PGR: 190.

Total: 536.

Del total de mujeres, la clasificación por sexo y condición de edad es la siguiente:

Mujeres: 213.
Hombres: 323.
Mujeres menores: 133.
Mujeres mayores: 80.
Hombres menores: 235.
Hombres mayores: 88.

Total menores: 368.
Total mayores: 168.

Canalización y seguimiento de las víctimas

Las 48 personas trasladadas al Distrito Federal y las otras 6 que solicitaron el apoyo después fueron canalizados y se les ha dado seguimiento en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

La directora de Ayuda y Solidaridad con los Niños de la Calle, IAP, María Mar Estrada, y su equipo recibieron en sus instalaciones a las 48 personas y de ahí fueron canalizadas a distintos lugares.

En este lugar se quedaron 2 niñas menores de 18 años. Sin embargo, después se canalizaron otras 2 que no venían en el grupo de las 48.

A las mujeres con discapacidad mental o psicosocial se canalizó a la fundación Estancia Sagrado Corazón de Jesús, IAP, localizada en Topilejo, Distrito Federal.

A los hombres con discapacidad mental o psicosocial se canalizó a la Casa Hogar y Centro de Discapacitados de Amecameca, México, IAP.

Las mujeres de entre 17 y 22 años fueron canalizadas a Casa Hogar de la Santísima Trinidad, IAP; Fundación Dar y Amar, IAP; y ‘Asociación para la Defensa de la Mujer, IAP, donde se les ha apoyado para conseguir trabajo, capacitarse y continuar sus estudios.

Dos mujeres y las dos pequeñas hijas de una de ellas, a la Casa de la Mamá Soltera. La más pequeña ha estado enferma e internada en el Instituto Nacional de Pediatría y se le ha dado apoyo y seguimiento en coordinación con la CEAV y la organización de la sociedad civil Y Quién Habla por Mí.

Los jóvenes (hombres y mujeres) de entre 22 y 30 años fueron canalizados a Hermosillo, Sonora, a la Casa de los Muchachos y la CASA de las Muchachas. Dadas las condiciones generales y particulares de cada uno de estos jóvenes, se diseñó un programa especial para cada uno de ellos, cuyos ejes son su protección y reinserción social, con el propósito de desarrollar sus habilidades sociocognitivas y un comportamiento social funcional.

En el caso de estos jóvenes, el enfoque es la justicia restaurativa, traducida en un esfuerzo por construir la convivencia comunitaria, de hacer comunidad a partir del autoconocimiento de cada una de las víctimas y de su respectiva restauración individual y colectiva para que interpretaciones diferentes de la realidad encuentren puntos en común y se produzca así un acercamiento, de forma que el desencuentro se convierta en encuentro.

Hasta el momento, el programa ha implicado la creación de redes de atención en los diferentes ámbitos y se han realizado acciones para la atención de necesidades básicas: nutricional, vestido, ejercitación física, atención a la salud corporal (odontología, detección de todo tipo de enfermedades), psicológica y diagnósticos educativos, así como diversos tipos de terapia: individual, colectiva, equina, entre otras, y capacitación para el trabajo, a través del desarrollo de competencias laborales técnicas.

Los jóvenes con enfermedad psiquiátrica se canalizaron al hospital psiquiátrico Villa Ocaranza.

Un niño con discapacidad visual fue canalizado a la Casa Hogar para Varones Amanecer DIF Nacional y asistirá a la Escuela para Ciegos y Débiles Visuales.

Los jóvenes de entre 18 y 22 años se canalizaron a Mensajeros de la Paz, IAP, donde en coordinación con la PGR y la CEAV se les ha apoyado para conseguir trabajo, capacitarse y continuar los estudios.

Algunos fueron reintegrados a su medio social o familiar, después de haber sido localizados.

A las personas con mayor daño psicoemocional se ha dado un seguimiento constante, con apoyo del personal mencionado y de otras instituciones. Algunos han cambiado de institución porque han tenido crisis emocionales. Cuatro de ellos han sido internados en el hospital psiquiátrico Fray Bernardino y después canalizados a otra institución, donde se les da seguimiento.

Una mediadora da sesiones de mediación una vez por semana en la casa de Mensajeros de la Paz, donde habitan los jóvenes, lo cual ha ayudado a la convivencia entre ellos, pues estaban repitiendo las prácticas de maltrato que habían sufrido.

Se les ha dado seguimiento constante y continuo.

El 13 de diciembre se realizó una posada en Ayuda y Solidaridad, a la que llevamos a todas las personas de los distintos albergues.

La separación en los distintos albergues y estados de la república se hizo con base en criterios que no tenían que ver con esta unión emocional: se canalizaron al DIF que los había remitido al albergue La Gran Familia; se entregaron a sus padres o familiares que acreditaron haber sido ellos los que los llevaron personalmente al albergue y acreditaban poder cuidar de ellos y no existir en el hogar violencia intrafamiliar. Los adultos se fueron con redes de apoyo o familiares que acreditaron los mismos aspectos.

Con este trabajo se busca el retorno a una cotidianeidad sana, en condiciones dignas, que establezcan nuevas redes de apoyo con las personas que vayan conociendo en sus trabajos, en las distintas clases y actividades, en los distintos albergues.

Que sepan que tienen derecho a llevar una vida en la que ellos tomen sus decisiones, se dediquen a las actividades y lleven a cabo un trabajo que les guste y puedan ser felices.

Reciba un saludo afectuoso.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Maestro Jorge Nader Kuri (rúbrica)

Director General

(Se remite al promovente, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, relativo a concertar los conceptos de cobro por servicios educativos para el ciclo 2015-2016

México, DF, a 10 de abril de 2015.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-4-2069 signado por la senadora Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCE/0086/2015 suscrito por el maestro César Becker Cuéllar, titular de la Unidad de Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de Educación Pública, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a concertar con los particulares que prestan servicios educativos, los diversos conceptos de cobro para el ciclo escolar 2015-2016, atendiendo la opinión de quienes ejercen la patria potestad o tutela, conforme lo establece la fracción V del artículo 65 de la Ley General de Educación, con el propósito de coadyuvar a reducir el impacto inflacionario.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 23 de marzo de 2015.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio SELAP/UEL/311/125/15 del 22 de enero de 2015, con el cual el maestro Valentín Martínez Garza, encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo, hizo del conocimiento de esta unidad de coordinación ejecutiva, que con oficio número D.G.P.L.62-II-4-2069, la senadora Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, comunicó a esa secretaría el punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 21 del mismo mes y año, el que a continuación se transcribe:

Único. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, y a la Procuraduría Federal del Consumidor, a concertar con los particulares que presentan servicios educativos, los diversos conceptos de cobro para el ciclo escolar 2015-2016, atendiendo la opinión de quienes ejercen la patria potestad o tutela, conforme lo estable la fracción V del artículo 65 de la Ley General de Educación, con el propósito de coadyuvar a reducir el impacto inflacionario.”

Sobre el particular, me permito remitir a usted copia del oficio número DPJE/109/2015 del 20 de marzo de 2015, suscrito por el licenciado José Juan Guzmán Camacho, director de Proyectos Jurídicos Especiales de la Unidad de Asuntos Jurídicos de esta secretaría, mediante el cual señala lo siguiente:

“...me permito comentarle que en opinión de esta unidad el marco jurídico que regula el actuar de esta secretaría, no la faculta para realizar la concertación solicitada por la Comisión Permanente.”

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro César Becker Cuéllar (rúbrica)

Titular de la Unidad de Coordinación Ejecutiva


México, DF, a 23 de marzo de 2015.

Licenciado Adrián Guerra Yáñez

Coordinador de Enlace con el Congreso de la Unión

Presente

Hago referencia a su oficio número UR 120 UCE/CECU/0122/15 recibido en esta unidad el 3 de febrero pasado, mediante el cual solicita nuestra opinión respecto del siguiente punto de acuerdo de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión:

Único. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, y a la Procuraduría Federal del Consumidor, a concertar con los particulares que prestan servicios educativos, los diversos conceptos de cobro para el ciclo escolar 2015-2016, atendiendo la opinión de quienes ejercen la patria potestad o tutela, conforme lo establece la fracción V del artículo 65 de la Ley General de Educación, con el propósito de coadyuvar a reducir el impacto inflacionario”.

Sobre el particular, y por indicaciones del titular de esta unidad, me permito comentarle que en opinión de esta unidad el marco jurídico que regula el actuar de esta secretaría, no la faculta para realizar la concertación solicitada por la Comisión Permanente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

José Juan Guzmán Camacho (rúbrica)

Director

(Se remite al promovente, para su conocimiento.)

De la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la violación de derechos humanos de los 200 indígenas tarahumaras que laboraban en la empresa El Cerezo, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable

La Paz, Baja California Sur, a 8 de abril de 2015.

Diputado Tomas Torres Mercado

Vicepresidente de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo Federal

Presente

Silvestre de la Toba Camacho, en mi carácter de presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur, personalidad que acredito con el Boletín Oficial del gobierno del estado, tomo XLII, número nueve, de fecha 28 de febrero de 2015, que contiene el decreto número 2 mil 244, expedido por el honorable Congreso del estado, señalando para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el domicilio ubicado en boulevard Constituyentes de 1975 entre calle Cabrilla y calle Tiburón, fraccionamiento Fidepaz de la ciudad de La Paz, Baja California Sur; de manera respetuosa comparezco para exponer:

Por medio del presente escrito, en atención al contenido de su oficio número DGPL 62-II-8.5659 de fecha 25 de marzo de 2015, mediante el cual en el resolutivo segundo del acuerdo aprobado por esa soberanía popular, nos exhorta a investigar y en su caso, se apliquen las sanciones pertinentes por las autoridades competentes a los responsables de la violación de derechos humanos de los 200 indígenas tarahumaras que laboraban en condiciones de explotación en el municipio de Comondu, por parte de la empresa “El Cerezo Sociedad de producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; tengo a bien rendir el siguiente informe sobre la intervención de esta comisión respecto al caso que hoy nos ocupa, y al efecto se manifiesta lo siguiente:

Antecedentes

1. Acta circunstanciada de hechos de fecha 9 de marzo de 2015, suscrita por la visitadora adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en el municipio de Comondu, en la que hace constar que acudieron dos personas trabajadoras de la cosecha de papa a las instalaciones que ocupa la visitaduría adjunta de Derechos Humanos en Comondu para solicitar ayuda.

2. Acta circunstanciada de hechos de fecha 12 de marzo de 2015 suscrita por la visitadora adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en el municipio de Comondu, en la que hace constar que dando seguimiento, en un operativo conjunto, diversas autoridades se constituyeron en el lote 20 de la colonia Galeana de la Empresa Cerezo, SPR de RL de CV, con la finalidad de entrevistar a los trabajadores y observar las condiciones de vida y trabajo en ese centro agrícola.

3. Acta circunstanciada de hechos de fecha doce de Marzo de 2015 suscrita por la visitadora adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en el municipio de Comondu, en la que hace constar que se reunió con el delegado de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y personal de ésta del gobierno federal, con el fin de darle continuidad a las medidas y recomendaciones hechas a las empresas agrícolas sobre las condiciones de vida y trabajo que deben tener las y los jornaleros agrícolas.

4. Acta circunstanciada de hechos de fecha 21 de marzo de 2015 suscrita por la visitadora adjunta en el municipio de Comondu y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en la que hace constar que diversas autoridades, encabezadas por el gobernador del estado se constituyeron en el almacén de la empresa “El Cerezo” para brindar servicios médicos y apoyo para el traslado a su lugar de origen.

5. Acta circunstanciada de hechos de fecha 23 de marzo de 2015 suscrita por el presidente, la primera visitadora, el visitador adjunto de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California Sur, en la que hace constar que se constituyeron en el kilómetro 23 carretera al norte, donde se ubica la fitosanitaria con el propósito de esperar los tres camiones provenientes del municipio de Comondu transportando a cien jornaleros agrícolas para después trasladarlos al puerto de Pichilingue en donde abordarían el barco para ser llevados a Topolobampo.

6. Acta circunstanciada de hechos de fecha 20 de marzo de 2015 suscrita por la visitadora adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Guerrero Negro, en la que hace constar que realizo un operativo en conjunto con diversas autoridades del gobierno del estado, con el propósito de verificar las condiciones de vida y trabajo de los jornaleros agrícolas en los ranchos agrícolas: “Rancho Agrícola la Misión” o “El Silencio”, “Rancho Agrícola Baja” y el “Rancho Agrícola el consuelo”.

7. Acta circunstanciada de hechos de fecha veintitrés de marzo de 2015 suscrita por la visitadora adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Guerrero Negro, en la que hace constar que realizó un operativo en conjunto con diversas autoridades del gobierno del Estado, con el propósito de verificar las condiciones de vida y trabajo de los jornaleros agrícolas en el “Rancho agrícola San Enrique”.

8. Mediante oficio número STPS/0194/15 de fecha 27 de marzo de 2015 suscrito por el secretario del Trabajo y Previsión Social en el cual se comunica al ciudadano presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos sobre las acciones realizadas por esta secretaria.

9. Mediante oficio número STPS/0202/15 de fecha 30 de marzo de 2015 suscrito por el secretario del Trabajo y Previsión Social en el cual turna al ciudadano delegado federal del Trabajo, copia certificada de inspección en materia de condiciones generales y seguridad e higiene de la empresa agrícola: “El Cerezo, SPR de RL, de CV”.

10. Mediante oficio número STPS/0203/15 de fecha 30 de marzo de 2015 suscrito por el secretario del Trabajo y Previsión Social en el cual turna al ciudadano delegado federal del Trabajo copia certificada de informe de las visitas realizadas a trece ranchos agrícolas, en operativo conjunto y coordinado entre dependencias estatales la empresa agrícola: “El Cerezo, SPR de RL, de CV.

Informe

Como se desprende en los puntos supra referidos, esta honorable comisión tuvo conocimiento de los hechos a través de su visitaduría adjunta en el municipio de Comondu, la cual realizo todas y cada una de las actuaciones procedentes y conducentes, lo que se hace constar con las actas circunstanciadas de hechos y sets fotográficos que se anexan al presente informe, así como informes referentes al caso en comento, provistos por las instancias competentes que conocieron e intervinieron en el mismo.

Este organismo, intervino y fue participe de las actuaciones y diligencias realizadas para salvaguardar y proteger los Derechos Humanos de los 200 jornaleros agrícolas empleados en la Empresa agrícola: “El Cerezo, SPR de RL, de CV.

De la misma manera informo a usted que con fecha 13 de marzo de 2015 se interpuso denuncia ante el ministerio público del fuero común, adscrito en ciudad Insurgentes, por parte de la visitaduría adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en el municipio de Comondu contra quien resulte responsable por los hechos ocurridos en la empresa agrícola: “El Cerezo, SPR de RL, de CV.

Si bien es cierto esta honorable comisión no está facultada para aplicar sanciones, si lo está para mantenerse en observancia de que tales se apliquen, así como solicitar la intervención de las autoridades correspondientes, coadyuvar y trabajar en conjunto, y emitir recomendaciones cuando se acrediten violaciones a Derechos Humanos, lo cual tiene su fundamento en al artículo 102, Apartado B, de la Carta Magna, en relación con el artículo 85, Apartado B, de la Constitución Política del estado de Baja California Sur.

En relación con el tema que nos atañe este organismo en forma conjunta con otras instancias del Gobierno Estatal trabajara en total coordinación con la finalidad de proteger y salvaguardar los derechos humanos de los trabajadores agrícolas que se encuentren laborando en el estado.

Esperando haber rendido información clara y oportuna y sin otro particular por el momento, reitero a usted las muestras de mi distinguida consideración.

Atentamente

Licenciado Silvestre de la Toba Camacho (rúbrica)

Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur

(Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.)

Del Instituto Mexicano de la Juventud, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para prevenir y erradicar en los centros de educación básica y media superior la discriminación contra menores de edad infectados con VIH

México, DF, a 7 de abril de 2015.

Diputado Tomás Torres Mercado

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura, Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

En atención a su oficio número DGPL 62-II-2-2042, relacionado con el expediente número 6077, por medio del cual comunica que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, aprobó el acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, al Instituto Mexicano de la Juventud y a la Secretaría de Educación Pública a promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior.

Sobre el particular, me permito informarle que mediante oficio número IMJ/DG/DAJ/410/2015, ésta área jurídica en su calidad de enlace legislativa solicitó a la Dirección de Salud, Equidad y Servicios a Jóvenes que realizara los comentarios pertinentes al citado acuerdo; la cual tuvo a bien dar respuesta a la petición realizada mediante oficio número DSESJ/108/2015, que anexo al presente para su consideración.

Por último, éste instituto reconoce de suma importancia el acuerdo aprobado por la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y lo tomará en consideración para incluirlo dentro de sus políticas y programas en la medida de sus posibilidades, continuando con el esfuerzo que desde sus orígenes como organismo descentralizado se le encomendó, implementar políticas públicas en materia de juventud con el gin de promover, implementar y supervisar las medidas y políticas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para hacerle llegar un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Pablo Gómez Jiménez (rúbrica)

Director de Asuntos Jurídicos


México, DF, a 31 de marzo de 2015.

Maestro Pablo Gómez Jiménez

Director de Asuntos Jurídicos
Presente

En respuesta a su oficio número IMJ/DG/DAJ/410/2015 de 26 de marzo del presente, que hace referencia al oficio número DGPL 62-II-2-2042, derivado del expediente número 6077, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión; el cual, informa de la aprobación del punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano de la Juventud, Imjuve, –entre otras instancias del gobierno– “a promover, implementar y supervisar las medidas y políticas públicas necesarias para prevenir y erradicar la discriminación que sufren los menores de edad infectados con VIH en los centros de educación básica y media superior”.

Al respecto le informamos que el Imjuve orienta sus acciones en un ámbito prioritariamente preventivo, por lo que su población es mayoritariamente aquellos adolescentes que aún no viven con el VIH. No obstante lo anterior, es de resaltar que sus acciones de carácter educativas no formales como pláticas, conferencias y talleres dirigidos a jóvenes de 12 a 29 años de edad; así como, también la elaboración de materiales informativos de difusión contiene en sus contenidos el objetivo de promover el respeto a los derechos de las personas que se encuentran en esta condición y a la no discriminación, remarcando la importancia de la aceptación y apoyo a las personas que viven con el VIH y para aquellas que ya han desarrollado el sida.

Además. Como parte del Comité de Prevención del Consejo Nacional para la Prevención y el control del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, Censida, se trabaja en coordinación con otras instancias gubernamentales y asociaciones civiles para llevar a cabo acciones de prevención, mejorar la atención de las personas que viven con el VIH o sida, con especial atención a las poblaciones clave; así como, dar seguimiento a los acuerdos que se establecen entre las instancias participantes.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Fernando Santibáñez Gutiérrez (rúbrica)

Director de Salud, Equidad y Servicios a Jóvenes

(Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.)

Del Instituto Nacional de las Mujeres, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a establecer acciones con motivo de la celebración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres

México, DF, a 24 de marzo del 2015.

Diputado Tomás Torres Mercado

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Me refiero al oficio SELAP/300/491/15 mediante el cual, el licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos de la Secretaría de Gobernación, hace de nuestro conocimiento los puntos de acuerdo que el pleno del órgano legislativo emitió en sesión del 17 de febrero, mismos que transcribo a continuación:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública a efecto de que se fortalezcan los medios de información impartidos en las escuelas en materia de igualdad y respeto a las mujeres.

Segundo. La Cámara de diputados exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, (sic) a fin de que establezca, en coordinación con las autoridades de los tres niveles de Gobierno, las acciones necesarias para dar a conocer de manera eficaz los medios de defensa y denuncia con los que cuentan las mujeres víctimas de violencia, incentivando de esta manera la oportuna denuncia de hechos que pongan en peligro la integridad física y emocional de este sector poblacional.

Con relación al segundo punto de acuerdo, el cual compete a este Instituto, le comento que, desde el año 2009, el Instituto Nacional de las Mujeres, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ha impulsado las Jornadas de Acceso a la Justicia de Mujeres Indígenas, con el objetivo de informar a las mujeres indígenas sobre sus derechos, su respeto y ejercicio de los mismos, principalmente su derecho a vivir libre de violencia, asimismo estas jornadas contribuyeron a los procesos de profesionalización y sensibilización de los funcionarios públicos encargados de la procuración e impartición de justicia. Estas jornadas se llevaron a cabo en los estados de Yucatán, San Luis Potosí, Chiapas, Oaxaca. Guerrero, Hidalgo y Querétaro.

Derivado de lo anterior, se firmaron compromisos institucionales para el mejoramiento del acceso a la justicia de las mujeres indígenas por parte de los gobiernos sedes de las Jornadas. Para este año 2015 se llevarán a cabo estas jornadas en cinco entidades federativas, las cuales están por definirse.

Adicionalmente, mediante la firma de un convenio general de colaboración con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se impulsó el desarrollo de acciones para brindar una atención telefónica especializada, oportuna, eficaz y con altos estándares de calidad a mujeres en situación de violencia, mediante la vinculación de los centros de atención de llamadas de emergencia 066, ubicados en los Centros y Subcentros Estatales de Comunicación, Cómputo, Control y Comando, y en los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres de las entidades federativas.

Durante el 2014 se adhirieron a este convenio los estados de Colima, Chihuahua, Durango, Michoacán, San Luis Potosí y Veracruz, se espera que para este año se adhiera el Distrito Federal y cinco entidades federativas más.

Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente

Licenciada Lorena Cruz Sánchez (rúbrica)

Presidenta

(Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.)

Del Congreso de Morelos, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del tercer año, en materia de abandono de niños y pérdida de la patria potestad

Diputado Julio César Moreno Rivera

Presidente de la Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por instrucciones de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, se remite en copia el acuerdo parlamentario aprobado en sesión ordinaria de pleno celebrada el día de hoy, por medio del cual se da cumplimiento al exhorto por el cual la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a revisar sus Códigos Penales en materia de abandono de niñas y niños y de la perdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia; en consecuencia, se informa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que en el estado de Morelos, en el Código Penal para el Estado de Morelos, en materia de abandono de niñas y niños se encuentra tipificado el delito de omisión de cuidado y en el Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, la pérdida de la patria potestad, por lo que el objeto materia del exhorto se encuentra plenamente garantizado.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Maestro en Derecho Joaquín Roque González Cerezo (rúbrica)

Encargado de Despacho de la Secretaría de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos


La Quincuagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:

Antecedentes

En sesión de fecha 17 de marzo de 2015, los diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, integrantes de la LII Legislatura del Congreso del estado de Morelos, presentaron ante el pleno propuesta de acuerdo parlamentario por el que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los congresos de los estado y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus códigos penales en materia de abandono de niñas y niños y de la perdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia, informando a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que en el estado de Morelos, en el Código Penal para el Estado de Morelos, se encuentra en materia de abandono de niñas y niños tipificado el delito de omisión de cuidado y en el Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos la pérdida de la patria potestad. Por lo que el objeto materia al exhorto de cuenta se encuentra plenamente garantizado, bajo los siguientes términos:

I. Del proceso legislativo

a) Con fecha siete de enero de dos mil quince, mediante Oficio No. DGPL 62-II-5-2278, el Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, senador Javier Lozano Alarcón, remitió a este Congreso del Estado de Morelos, el punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus Códigos Penales en materia de abandono de niñas y niños y de la perdida de la patria potestad anteponiendo el interés superior de la infancia.

b) Con fecha doce de enero del dos mil quince, la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del estado de Morelos recibió el exhorto referido.

c) Con fecha quince de enero del dos mil quince, la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, presidenta de la Mesa Directiva y por acuerdo de la Diputación Permanente instruyó a turnar el exhorto de referencia a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación; para su respectivo estudio y cuenta.

II. Materia del exhorto

En síntesis, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los Congresos de los Estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus Códigos Penales en materia de abandono de niñas, y niños y de la pérdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia.

III. Contenido del exhorto

De la correspondencia recibida por esta soberanía se hace de nuestro conocimiento el siguiente punto:

[Se transcribe]

Único. La Comisión permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus Códigos Penales en materia de abandono de niñas, niños y de la perdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia.

IV. Respuesta al exhorto

De conformidad con el punto de acuerdo trasunto, los que integramos esta Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación hacemos del conocimiento de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, que en el Código Penal para el Estado de Morelos, se encuentran tipificado el delito de omisión de cuidado en el artículo 132 que señala:

Artículo 132. Al que abandone a una persona incapaz de valerse por sí misma, teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrá de uno a tres años de prisión.

Si del abandono resulta la muerte o lesiones, se aplicarán las penas que correspondan por homicidio calificado o por lesiones calificadas en razón del grado de éstas.

Por cuanto a la pérdida de la patria potestad, por tratarse de una medida de carácter civil, esta se encuentra comprendida en el artículo 247 del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos que señala:

“La patria potestad se pierde entre otras causas; cuando el que la ejerza no cumpla, cualquiera que sea la causa, los deberes inherentes al cargo, comprometiendo la salud, la seguridad o la moralidad de los sujetos a patria potestad, sin perjuicio de las sanciones penales que procedan; y por la exposición o el abandono que dure treinta días naturales en forma continua, del sujeto a patria potestad, por parte de quien ejerza ésta conforme a la Ley; porque se reúnan treinta días naturales de abandono por parte de quien ejerza la patria potestad conforme a la Ley, aun cuando sea en períodos discontinuos, siempre que tales periodos queden comprendidos dentro de un lapso de noventa días naturales.”

Por lo anterior y con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 53, 55, 60 fracción III, 66 y 75 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos; 51, 53, 54 fracción I, y 104 fracción II, del Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, en cumplimiento al exhorto mediante el cual la Comisión Permanente del Congreso de la Unión respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus Códigos Penales en materia de abandono de niñas y de la pérdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia, hacen del conocimiento del Senado de la Republica, en los términos expuestos en el cuerpo del presente, que en el estado de Morelos se encuentra en nuestra legislación penal tipificado el delito de omisión de cuidado, así mismo en el Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de -Morelos, en el artículo 247 se señalan las hipótesis por las cuales se pierde la patria potestad, lo anterior anteponiendo el interés superior de la infancia.

Por lo anteriormente expuesto, esta LII Legislatura aprueba el siguiente:

Acuerdo

En cumplimiento al exhorto por el cual la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los Congresos de los estado y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus códigos penales en materia de abandono de niñas y niños y de la perdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia, por lo anteriormente expuesto se somete a consideración lo siguiente:

Primero. Se somete a consideración del pleno el cumplimiento al exhorto por el cual la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respetuosa del pacto federal y de la soberanía plena de las entidades federativas, exhorta a los congresos de los estado y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus códigos penales en materia de abandono de niñas y niños y de la pérdida de la patria potestad, anteponiendo el interés superior de la infancia, informando a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que en el estado de Morelos, en el Código Penal para el Estado de Morelos, se encuentra en materia de abandono de niñas y niños tipificado el delito de omisión de cuidado y en el código familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos la pérdida de la patria potestad, por lo que el objeto materia al exhortó de cuenta se encuentra plenamente garantizado.

Segundo. Comuníquese a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el contenido del presente.

Recinto Legislativo a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil quince.

Atentamente

Los Ciudadanos Diputados integrantes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado


Diputada Lucía Virginia Meza Guzmán (rúbrica)

Presidenta

Diputada Erika Cortés Martínez (rúbrica)

Secretaria

Diputado Jordi Messeguer Gally (rúbrica)

Secretario

(Se remite al promovente, para su conocimiento.)

De la Cámara de Senadores, con la cual comunica que aprobó el dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de esta soberanía que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo

México, DF, a 7 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se expresa la conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo, con lo que su proceso legislativo queda concluido.

Atentamente

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente

De la Cámara de Senadores, con la cual comunica que aprobó el dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de esta soberanía que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

México, DF, a 7 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se expresa la conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto para reformar el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con lo que su proceso legislativo queda concluido.

Atentamente

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente

De la Cámara de Senadores, con la cual comunica que aprobó el dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de esta soberanía que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente

México, DF, a 7 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, Primera, por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto para adicionar la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente, con lo que su proceso legislativo queda concluido.

Atentamente

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente



Declaratoria de reforma constitucional

De reforma constitucional, sobre la aprobación del proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

México, DF, a 8 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Hago de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha la Cámara de Senadores realizó el escrutinio de 19 votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Presidencia dictó el siguiente trámite: “Comuníquese a la Cámara de Diputados para los efectos del segundo párrafo del artículo 135 constituciona1”.

En consecuencia, adjunto remito el expediente que contiene los votos aprobatorios de los Congresos de los estados de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas y Veracruz.

Atentamente

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de declaratoria

El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y Previa la aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados, declara reformada la fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma la fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

...

...

...

...

A. ...

I. y II. ...

III. Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.

IV. a VIII. ...

B. ...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las Legislaturas de las entidades federativas adecuarán sus respectivas Constituciones, así como la legislación correspondiente, conforme a lo dispuesto en el presente decreto en un plazo no mayor a 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

México, DF, a 8 de abril de 2015.

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica)

Secretaria



Solicitudes de licencia

De los diputados Carlos Augusto Morales López y Víctor Hugo Velasco Orozco

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de abril de 2015.

Diputado Julio César Moreno Rivera

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura

Presente

Sirva la presente para enviarle un cordial saludo, al tiempo que, con fundamento en lo establecido en el artículo 62 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en lo dispuesto en la fracción XVI, numeral 1, articulo 6, así como en la fracción III, numeral 1, artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento respetuosamente a usted mi solicitud de licencia por tiempo indefinido para separarme del cargo de diputado federal a partir del 13 de abril de 2015.

Lo anterior con el propósito de que sea sometida a consideración del pleno de esta soberanía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de citado reglamento de la Cámara de Diputados.

En espera de su apoyo y comprensión le reitero la seguridad de mi más distinguida consideración.

Atentamente

Diputado Carlos Augusto Morales López (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de abril de 2015.

Diputado Julio César Moreno Rivera

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura

Presente

El que suscribe, en mi carácter de diputado federal, integrante de esta LXII Legislatura y perteneciente al Grupo Parlamentario del PRI, por medio de la presente me permito exponer:

Que con base en lo establecido en los artículos 6o., fracción XVI; 12, fracción III, y 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito solicitar a usted licencia para separarme del ejercicio de mi cargo, a partir de hoy, 13 de abril de 2015 y por tiempo indefinido.

Por lo anteriormente expuesto, solicito se dé el curso legal que corresponda a mi solicitud. Sin más por el momento, agradezco su atención y quedo a sus órdenes para cualquier aclaración a este respecto.

Atentamente

Diputado Víctor Velasco Orozco (rúbrica)



Minutas

Con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para incorporar el principio de interés superior de la niñez

México, DF, 8 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Educación.

Atentamente

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Educación.

Artículo Único. Se reforman el primer párrafo del artículo 3o.; el primer párrafo del artículo 4o., y el primer párrafo del artículo 8o.; y se adicionan un segundo párrafo al artículo 3o., un segundo párrafo al artículo 4o., recorriéndose el subsecuente, un segundo párrafo al artículo 11, recorriéndose el subsecuente; un tercer párrafo al artículo 78, recorriéndose el subsecuente, y un cuarto párrafo al artículo 79, recorriéndose el subsecuente, todos de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Conforme al interés superior de la niñez, el Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la presente Ley.

Asimismo, la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios deberá basarse en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva que garantice el respeto a la dignidad humana de las personas, el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y que fortalezca la protección, el ejercicio y el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los tratados internaciones de los que el Estado mexicano sea parte.

Artículo 4o. Todos los habitantes del país tienen el derecho y la obligación de cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.

Atendiendo al principio rector del interés superior de la niñez, ningún interés podrá estar por encima del derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes que imposibilite el pleno ejercicio de este derecho o que impida su acceso y permanencia en los servicios educativos prestados por el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial.

...

Artículo 8o. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan –así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, media superior, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan– atenderá en todo momento el interés superior de la niñez; se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que se ejerce contra las mujeres y niños, debiendo implementar políticas públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno.

I. a IV . ...

Artículo 11 . ...

Las actuaciones y decisiones que tomen dichas autoridades deberán considerar, primordialmente, el interés superior de la niñez, cuando se trate de la educación que concierna a niñas, niños y adolescentes. Las autoridades establecerán los mecanismos necesarios para garantizar este principio.

...

I . a VI . ...

Artículo 78 . ...

...

Cuando se tome una decisión que afecte a educandos menores de edad, en lo individual o colectivo, las autoridades educativas y escolares deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales.

...

Artículo 79 . ...

...

...

Dicha resolución deberá considerar de manera primordial el interés superior de la niñez cuando se trate de decisiones sobre una cuestión que involucre a educandos menores de edad. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se elegirá la que satisfaga de manera más efectiva este principio rector.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 8 de abril de 2015.

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Lucero Saldaña Pérez (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

México, DF, 9 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (Rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Artículo Único. Se reforman los artículos 11, último párrafo; 27 y 28; y se adiciona el artículo 28 Bis, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para quedar como sigue:

Artículo 11 . ...

a) a l)...

...

Las de este destino, mediante la justificación de la necesidad, podrán autorizarse por la Secretaría de la Defensa Nacional, individualmente o como corporación, a quienes desempeñen empleos o cargos de la Federación, del Distrito Federal, de los estados o de los municipios, así como a servidores públicos extranjeros en los casos a que i se refieren-los artículos 28 y 28 Bis de esta ley.

Artículo 27 . A los extranjeros sólo se les podrá autorizar la portación de armas cuando, además de satisfacer los requisitos señalados en el artículo anterior, acrediten su calidad de residentes permanentes, salvo en los casos de permisos de licencia temporal para turistas con fines deportivos.

La Secretaría de la Defensa Nacional podrá expedir permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a servidores públicos extranjeros de migración o aduanas, en los casos y con los requisitos previstos en los artículos 28 y 28 Bis de esta ley, los cuales podrán cancelarse, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los casos que prevé el artículo 31 de la presente ley.

Artículo 28 .- Con base en el principio de reciprocidad, la Secretaría de la Defensa Nacional podrá autorizar la portación temporal de armas a los servidores públicos extranjeros de migración o aduanas, debidamente acreditados ante el Gobierno Federal, que participen en la revisión migratoria en los puntos de tránsito internacionales o el despacho conjunto de mercancías en las aduanas nacionales, respectivamente, conforme a la legislación aplicable y a los acuerdos interinstitucionales que deberán celebrarse para tal efecto.

La Secretaría de Gobernación o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según sea el caso, serán responsables de tramitar ante la Secretaría de la Defensa Nacional, cuando menos con 15 días de anticipación al inicio de la comisión, los permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego respectivos, proporcionando para tal efecto la siguiente información:

I. Copia del acuerdo interinstitucional a que se refiere el primer párrafo de este artículo;

II. Nombre y fecha de nacimiento del servidor público extranjero;

III. Local o instalación en que se realizará la comisión oficial;

IV. Duración de la comisión oficial;

V. Acciones que pretenda realizar el servidor público extranjero;

VI. Datos de las armas y calibres que pretenda portar el servidor público extranjero, incluyendo la huella balística, y

VII. Opinión de la Secretaría de Gobernación o de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según sea el caso.

Dichos permisos tendrán una vigencia de 6 meses; en caso de que la comisión sea mayor a este período podrán renovarse semestralmente.

Los servidores públicos extranjeros a que se refiere este artículo sólo podrán portar las armas que utilizan en su país de origen, como parte del equipamiento asignado por la institución a la que pertenecen, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático cuyo calibre no sea superior a .40” o equivalente.

La Secretaría de la Defensa Nacional determinará en los permisos extraordinarios el arma autorizada, el local o la instalación en que será válida la portación y los demás límites o restricciones que sean aplicables.

La Secretaría de Gobernación o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según sea el caso, serán responsables de dar aviso a la Secretaría de la Defensa Nacional, respecto del cambio de local o instalación, así como la finalización de la comisión, para los efectos correspondientes.

En el caso de servidores públicos mexicanos que, con base en el principio de reciprocidad y los acuerdos interinstitucionales a que se refiere el primer párrafo del presente artículo, participen en las actividades migratorias o aduaneras realizadas en instalaciones de países extranjeros, la Secretaría de Gobernación o la Secretaría de. Hacienda y Crédito Público, según sea el caso, serán responsables de dar aviso a la Secretaría de la Defensa Nacional respecto de’ la salida y retorno de las armas que porten dichos servidores públicos.

El personal y armamento considerado para prestar el apoyo en el extranjero deberá estar previamente incluido en la licencia oficial colectiva respectiva.

Artículo 28 Bis. La Secretaría de la Defensa Nacional podrá otorgar, con base en el principio de reciprocidad, permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a los servidores públicos extranjeros que acompañen como agentes de seguridad, en visitas oficiales, a jefes de estado, jefes de gobierno, ministros o equivalentes, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea superior a .40” o equivalente.

En casos excepcionales, se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional se justifique la necesidad de su uso.

La Secretaría de Relaciones Exteriores será responsable de tramitar dichos permisos ante la Secretaría de la Defensa Nacional, cuando menos con quince días de anticipación al inicio de la visita y a solicitud del Estado o sujeto de derecho internacional correspondiente, proporcionando para tal efecto la siguiente información:

I. Nombres y fechas de nacimiento de los servidores públicos extranjeros que fungirán como agentes de seguridad;

II. Duración y lugar de la visita oficial;

III. Datos de las armas y calibres que pretendan portar dichos servidores públicos extranjeros; y

IV. Opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores para conceder el permiso.

Dicho permiso tendrá una vigencia durante el tiempo que dure la comisión de la visita oficial.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de las presentes modificaciones y adiciones a la presente Ley se realizarán con cargo al presupuesto autorizado para tal fin a las dependencias de la administración pública federal que correspondan, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal de que se trate.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 9 de abril de 2015.

Senador José Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica)

Secretaria



Iniciativa de ley o decreto de senadores

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de servicios de guarderías, presentada por los senadores Eviel Pérez Magaña y Roberto Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del PRI

México, DF, 7 de abril de 2015.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Eviel Pérez Magaña y Roberto Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de servicios de guarderías.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, se turnara a .la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.

Atentamente

Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)

Vicepresidente


Los que suscriben, Eviel Pérez Magaña y Roberto Armando Albores Gleason, senadores de la República de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción I, 76, fracción I, 164, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta Cámara de Senadores, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México la situación económica y social ha cambiado en los últimos 40 años, y esto ha traído consigo el surgimiento de diferentes necesidades de la población; la clase trabajadora se ha trasformado, los roles han cambiado y la mujer tiene una presencia más activa en el campo laboral; la estructura y la dinámica de las familias en el país es diferente, por lo tanto, las necesidades también son diferentes. En específico se pueden destacar las necesidades de las niñas y niños cuyos padres trabajan y al no poder atenderlos durante el horario laboral se ven en la necesidad de requerir de un lugar para su cuidado y atención.i

La necesidad de cuidar y proteger a la niñez ha sido y seguirá siendo un tema prioritario en todas las sociedades del mundo. Uno de los derechos más importantes para su bienestar es el de recibir de sus padres la atención apropiada que incluye cuidados y alimentación, de manera que su ausencia no sea una limitante para su pleno desarrollo.

El futuro de cualquier sociedad es su niñez –el crecimiento de las sociedades depende en gran medida de las acciones que brinden todos los elementos para un buen desarrollo de capacidades a quienes se encuentran en esta etapa de la vida.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) menciona que la primera infancia (0 a los 5 años de edad), representa una etapa decisiva en el desarrollo de las capacidades físicas, intelectuales y emotivas de cada niña y niño, siendo la etapa más vulnerable del crecimiento. En esta fase se forman las capacidades y condiciones esenciales para la vida, la mayor parte del cerebro y sus conexiones. El amor y la estimulación intelectual permiten a las niñas y niños desarrollar la seguridad y autoestima necesarias. Para ello, su entorno y las condiciones de vida de la madre son fundamentales.ii

En nuestro país, los datos censales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) demuestran que en los últimos años la población infantil en la primera etapa de vida ha ido en incremento; en 2005 la población infantil de entre 0 a 4 años de edad fue de 10.2 millones, ya para 2010 esta población de fue de 10.5 millones, de los cuales 5.3 millones corresponden a niños y 5.2 millones a niñas.

En este mismo año del total de hogares en México 90.5% fueron de tipo familiar; y en el 64.7% de los hogares familiares hay por lo menos un niño menor a 15 años. De estos hogares, 7 de cada 10 jefas de hogar resultaron solteras, separadas, divorciadas o viudas, mientras que 94.4% de los jefes fueron casados o unidos.

Asimismo, se comentó que la mayor participación de las mujeres en aspectos económicos, políticos y culturales, se refleja en su presencia como jefas del hogar al que pertenecen, de ahí que 22.3% del total de hogares familiares son encabezados por ellas, aun cuando en la mayor parte de los hogares (77.7%) prevalece la jefatura masculina. Destaca que en los hogares constituidos por uno solo de los padres y sus hijos (mononucleares), el porcentaje de los que tienen jefatura femenina es predominante, 86.7%iii y su labor no se limita a sostener económicamente al hogar, ya que el 97.9% combina su trabajo con los quehaceres domésticos, se encarga del cuidado de los niños y, en algunos casos, hasta de la atención de adultos mayores.

En las últimas décadas el rol de las mujeres como amas de casa y responsables del cuidado de sus hijos ha sufrido cambios importantes. La tendencia es clara, cada vez más mujeres se incorporan al mercado laboral y contribuyen al sustento del hogar. Prueba de ello es la mayor participación de ellas en actividades económicas, que entre 1995 y 2009 subió de 36.8% a 40.8%.iv

Para el cuarto trimestre de 2014 el mismo Inegi con datos del Consejo Nacional de Población (Conapo) reporta respecto de la Población Económicamente Activa (PEA) de 49.8 millones de personas, que el género femenino va en incremento con 18.8 millones, contra el género masculino que ascendió a 31.0 millones. Analizando el comportamiento de la población femenina en las últimas tres décadas, podemos inferir que las mujeres han tomado mayor participación en la economía, y en algunos casos convirtiéndose en cabeza de familia (gráfica 1).

De la PEA (población económicamente activa) de mujeres femenina, más del 50% resultaron madres, por lo cual podemos interpretar, que este segmento de la población, tiene muchas probabilidades de requerir los servicios de atención y cuidado de sus hijos (gráfica 2). Además de trabajar y criar a sus hijos enfrentaban varias dificultades entre las que destaca que cuatro de cada cinco no contaba con el apoyo de guarderías y casi la mitad tenía un salario alrededor de 3 mil 900 pesos al mes o menos; y tres de cada cinco eran subordinadas.

Se destaca que del total de la población femenina un 98.14% tuvo derecho a algún servicio de salud, lo cual no implica necesariamente que tuviera derecho a los servicios de atención y cuidado infantil que otorgan las instituciones de seguridad social en el país.

Esto se constata con los resultados del Cuestionario de Ocupación y Empleo del mismo Instituto correspondiente al primer trimestre de 2012, que reveló que 81.4% de las madres no contaba con acceso a guardería, a pesar de que a escala nacional había más de 9 mil 500 estancias infantiles de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), que atienden anualmente a más de 250 mil menores de uno a cuatro años de edad cuyas madres no tienen acceso al servicio por parte del IMSS o del ISSSTE. Por lo cual podemos interpretar, que este segmento de la población, tiene muchas probabilidades de requerir los servicios de atención y cuidado de sus hijos.

El acceso a los servicios públicos (guarderías) de cuidado infantil puede actualmente ocurrir de dos formas: puede darse como una prestación de los trabajadores formales o, en algunos casos, puede ser resultado de un servicio abierto a toda la comunidad. La oferta pública de cuidado infantil está integrada por los servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Desarrollo Social, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, además de otras instituciones públicas que también proveen servicios de cuidado para sus trabajadores, tal es el caso algunas universidades públicas como la UNAM y el IPN, y de algunas empresas sectorizadas como Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad.

La Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social 2013 del Inegi destaca respecto a este cuidado realizado en guardería para la población que no es derechohabiente durante su jornada laboral, el hecho de que se da mayormente en otras instituciones públicas diferentes al IMSS (43%) y en privadas (27%) para la población que no es derechohabiente.v

Por el lado de los servicios del IMSS y el ISSSTE, a pesar de tener presencia en todas las entidades federativas, sólo atienden a un segmento limitado de la población: las trabajadoras formales que pueden acceder a dichas guarderías como parte de sus prestaciones laborales. Ejemplo de esto son cifras reportadas en 2008 que muestran que incluso dentro de la población cubierta, la oferta existente no fue suficiente para atender la demanda por los servicios de cuidado infantil, ya que los centros de cuidado de ambas instituciones operan casi al tope de su capacidad instalada -las estancias del ISSSTE de hecho la rebasan-, y existe un número significativo de solicitudes rechazadas.

Los lugares donde se ofrece el servicio de cuidado infantil se conocen como “Centros de Atención (CA)2, ya sean públicos, mixtos o privados, y deben estar encaminados para favorecer y garantizar el derecho que tienen las niña y los niños a formarse física, psíquica, emocional y socialmente en condiciones de igualdad, en apego a la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil1 (LGPSACDII), publicada el 24 de octubre de 2011 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual contiene los principios con los que éstos se deben regir tanto en las actividades de cuidado y como en la seguridad infantil.

En el marco de esta ley, el 30 de abril de 2014 se publicó en el DOF el Programa Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil (PNPS) 2014-2018 que contiene las disposiciones indispensables para el funcionamiento de los CA, acordes a las disposiciones legales aplicables y a la Convención sobre los Derechos del Niño.2

Esta Convención establece en su artículo 3 establece como base fundamental el interés superior del niño, especialmente en la prestación de, servicios de cuidado o de protección, señalando:

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas olas órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.

En este sentido el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos señala que “todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”.

La educación inicial debe brindar estas medidas de protección a las niñas y niños, que contribuyan en su desarrollo, brindando a los padres la certidumbre de que éstos recibirán formación en valores, educación y cuidado de su integridad física en ambiente sano y ético.

Hay que hacer énfasis en que la educación inicial en México contemplada dentro del Sistema Educativo Nacional –artículo 39 Ley General de Educación (LGE)– ha seguido un largo proceso de búsqueda para ser reconocida y valorada como parte del proceso educativo, porque contribuye al desarrollo y la educación de los niños en sus primeros meses y años de vida; y que por este mismo ordenamiento jurídico se estipula que “además de impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior, el Estado promoverá y atenderá directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial [...] necesarios para el desarrollo de la Nación [...]” (artículo 9 LGE).

Lo anterior en apego a nuestra Constitución que mandata que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades como la educación y el sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Sin dejar de mencionar que el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, señala en la Meta Nacional II “México Incluyente”, la línea de acción “Promover acciones de desarrollo infantil temprano”; y el Programa Sectorial de Salud, en el objetivo “Cerrar la brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regionales del país”, cita la línea de acción “Reforzar la acción comunitaria en el desarrollo infantil y la educación inicial”.

No obstante estos mandatos y metas, desafortunadamente un inconveniente con este tipo de oferta de servicios de cuidado y educativos infantiles que brinda el Estado, es que sólo cubren a una fracción limitada de la población demandante.

Por citar: la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social de 2004 del Inegi mostró que de los cerca de 2.5 millones de niños menores de 6 años que en ese año estuvieron al cuidado de terceros, sólo 7.6% asistía a la guardería y, de éstos, menos de una tercera parte acudía a una guardería pública, por lo que las madres y padres trabajadores que no laboran en el sector público se ven en la necesidad de contratar estos servicios a través de CA privados.vi

Sumado que, como ya se refirió aún las madres derechohabientes del IMSSS o ISSSSTE enfrentan problemas de acceso a los servicios de cuidado infantil, ya sea por el cupo limitado, la ausencia de guarderías en algunas zonas o la incompatibilidad de los horarios de servicio con las jornadas de trabajo, entre otras causas más.

Por otro lado, otro inconveniente para muchas madres de niños pequeños es la disyuntiva sobre la decisión de ingresar al mercado laboral y mejorar sus ingresos, que depende en buena medida de la disponibilidad de alternativas viables de cuidado infantil, que les permitan liberar el tiempo necesario para obtener y mantener un empleo, o bien, para estudiar o capacitarse. Hecho que contribuye a reproducir un círculo vicioso de bajo ingresos y baja participación, que a su vez conduce a una baja acumulación de experiencia laboral necesaria para crecer profesionalmente.

Entre las causas directas más importantes de este problema se identifican además de la insuficiente oferta pública, la incapacidad para pagar la oferta privada de cuidado infantil existente, por parte de las madres y los padres solos. En ocasiones los padres se ven obligados a dejar a sus hijos pequeños en condiciones poco favorables, que en ciertos casos pueden poner en riesgo la integridad de los menores.

Por la crisis económica que nos afecta uno de los sectores más vulnerable ha sido el educativo, no solo por los costos como inscripciones y colegiaturas, además de los costos asociados que genera, que representan un alto porcentaje del ingreso de padres y madres de familia. Tal es el caso del servicio de cuidado infantil a través de las guarderías –CA privados–, con lo cual sin duda se apoya al gobierno a satisfacer por cuenta de los jefes de familia estos servicios. Por lo que se considera que es indispensable que una forma compensatoria a este gasto, sería el otorgar mecanismos fiscales que permitan que parte de los servicios de cuidado contratados a través de guarderías privadas sean deducibles de impuestos, para atenuar los efectos económicos que su pago conlleva a los padres y madres de familia. Costos que hoy en día pueden llegar hasta los 8 mil pesos mensuales.

Como ejemplo de estos costos se puede citar un sondeo realizado por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) durante marzo y abril de 2004 a 245 guarderías privadas y algunas subsidiadas (5% de la muestra) en el área metropolitana de la Ciudad de México, el cual arrojó en ese entonces resultados diferentes significativos. Por ejemplo, en guarderías privadas en horarios típicos de cada una, se cobró al mes entre $501 y $5,348 para niños de 0 a 1 año; entre $533 y $4,925 en el caso de niños de 1 a 2 años; y de $653 a $3,777 en edades de 2 a 6 años.vii

El costo de las guarderías es un elemento muy importante al momento de decidir incorporarse al mercado laboral. Existe evidencia empírica en diversos países de que el costo del cuidado infantil tiene un impacto negativo y significativo tanto en la participación de la fuerza laboral como en el número de horas de trabajo ofertadas.

Un estudio para el caso de California, Estados Unidos, encontró que al disminuir en 10% el costo del cuidado infantil mediante la entrega de un subsidio, la participación laboral de las mujeres beneficiadas incrementa en 9%. Más aún, entre mujeres de bajos ingresos una reducción del costo del 100 % aumenta el empleo de las madres en 50%. Similarmente, un estudio en Canadá mostró que una disminución de 10% en el costo del cuidado infantil incrementa la participación laboral de las mujeres en 38% y las horas trabajadas en 32%

Sin embargo, en México es muy baja la proporción de mujeres que paga por el servicio de guardería: sólo 7.4% de las madres que no cuentan con la prestación de guarderías pagan por este servicio. Esto se debe a que para cubrir esta necesidad suelen encargar el cuidado de los niños a familiares o vecinos, así como a que los costos de las guarderías suelen ser altos. Este porcentaje es muy bajo comparado con otros países: en California, 69% de las madres ocupadas pagaban por algún servicio de cuidado infantil no subsidiado (Meyers, Heintze y Wolf, 2002).viii

En el caso mexicano, actualmente existe el apoyo del estímulo fiscal por concepto de deducciones para los niveles educativos de educación preescolar hasta bachillerato o equivalente otorgadas por Decreto del día 15 de marzo de 2011,3 a través de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) que contiene las disposiciones legales que regulan el sistema tributario, y que contempla lo referente a las deducciones personales para las personas físicas, pero desafortunadamente no contempla la educación inicial para niños de menores de 3 años

No olvidemos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) prevé que: “los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Además, señala que “los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos”.

Cabe destacar que la OCDE señaló que “México gasta menos del 1% del PIB en apoyo para familias con niños [...], además, el gasto asignado a la primera infancia es particularmente bajo, aproximadamente siete veces menor que el promedio de la OCDE ($39, 600 moneda nacional, por niños, comparado con $274, 700) (OECD, 2011).

De ahí que el objeto de la presente iniciativa sea adicionar una fracción al artículo 151 de la LISR para que un monto de los pagos por concepto de servicio de guarderías sean deducibles de impuestos, como deducción personal en la declaración anual de las personas físicas de sus ingresos percibidos en el ejercicio fiscal anual, hasta por un monto erogado diario de máximo al equivalente a un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente.

Lo anterior se considera una medida justa y equitativa para los jefes y jefas de familia contribuyentes que cubren por cuenta propia estos servicios de cuidado en guarderías de sus menores. Además que este estimulo será un incentivo para que las madres y padres que laboran en el sector informal se formalicen, lo que generará sin duda un beneficio económico para ellos y una compensación de gasto para el sector público.

Una incorporación de calidad y sustentable de los jefes de familia al mercado laboral depende de que ésta pueda disminuir de alguna manera su carga de trabajo no remunerado y de cuidados. Esto se puede lograr mediante la garantía de contar con el acceso a servicios de cuidado infantil.ix

La sociedad y el gobierno deben realizar el máximo esfuerzo posible para construir condiciones favorables a los infantes, a fin de que éstos puedan vivir y desplegar sus potencialidades, precisamente en ello encuentra la pertinencia del proyecto que se propone, apoyando a los padres y madres para que puedan dotar de las condiciones adecuadas a sus hijos que les permitan arribar a un desarrollo constante que contribuya en su educación y formación de valores, además de su cuidado de integridad física en ambiente ético y sano.

Por lo anteriormente expuesto y motivado, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único . Se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 151. ...

I . a VIII . ...

IX . Los pagos por concepto de servicios de guardería efectuados por el contribuyente para sus dependientes económicos de parentesco por consanguinidad en línea recta o sobre los que ejerza tutela, cuyo monto diario no exceda de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título y será deducible sólo hasta dos hijos.

En caso de que el contribuyente reciba como prestación social el apoyo para el pago de este servicio, solamente será deducible la proporción no cubierta por la prestación.

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Servicio de Administración Tributaria expedirá las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del presente decreto.

Notas

i Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, Programa Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil 2014-2018 (PNPS), 30 abril 2014, México. En línea: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5343090&fecha=30/04/2014

ii Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. Los primeros años.

En línea: http://www.unicef.org/mexico/spanish/ninos.html

iii Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Censo de Población y Vivienda 2010. Cuestionario básico. Consulta interactiva de datos. México, INEGI, 2011. Estadísticas a Propósito del Día Nacional de la Familia.

iv Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, Segundo trimestre de 1995 y Primero de 2009.

v Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social, Boletín de Prensa, núm. 155/14, 21 de abril de 2014, Aguascalientes, Ags., México.

vi Instituto Nacional de Estadística y Geografía- Instituto Mexicano del Seguro Social, Encuesta Nacional de Empleo 2004.

vii Procuraduría Federal del Consumidor, Para el cuidado de sus pequeños, guarderías.

En línea: http: www.profeco.gob.mx/revista/publicaciones/adelantos 04/guarderias_jul04.pdf

viii Secretaría de Desarrollo Social, Diagnóstico de la problemática de las madres con hijos pequeños para acceder o permanecer en el mercado laboral. En línea:

http: www.sedesol.gob.mx/work/models/SEDESOL/Sedesol/sppe/dgap/dianostico/Dia gnostico_PEI_VERSION_FINAL.pdf

ix Cepal, Panorama social de América Latina 2009, capítulo IV.

Agencias Notimex, Mayoría de mamás trabajadoras sin guarderías, 10 mayo 3013. En línea: http://sipse.com/mexico/mayoria-de-mamas-trabajadoras-sin-guarderias-30 741. html

Meyers, Marcia K, Theresa Heintze y Douglas A. Wolf. 2002. Child care subsidies and the employment of welfare recipients. Demography, Vol. 39, No. 1, Feb, pp. 165-179.

1 La LGPSACDII denomina a las niñas y niños como “sujetos de servicio”, señalando que la atención hacia ellos debe hacerse con un enfoque integral, resaltando las condiciones de calidad, seguridad, protección y respeto a sus derechos, sin embargo la realidad actual, permite identificar que los servicios otorgados no solo buscan el beneficio directo del niño, sino también atender las necesidades de la madre o padre trabajadores, o tutor.

2 Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de noviembre de 1989.

3 Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos, 15 febrero de 2011.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República 24 de marzo de 2015.

Senadores

Eviel Pérez Magaña, Roberto Armando Albores Gleason (rúbricas)
Inklusion
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