Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4108-IV, martes 9 de septiembre de 2014
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4108-IV, martes 9 de septiembre de 2014
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a la Semarnat y demás dependencias competentes a revisar y determinar si las obras realizadas en el rancho Pozo Nuevo, en Sonora, propiedad del licenciado Guillermo Padrés Elías y su familia, se ajustaron a lo establecido en la ley, a cargo del diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos diputados federales del estado de Sonora, integrantes del Partido Revolucionario Institucional, Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares y Faustino Félix Chávez, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 62, numeral 3; artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2; artículos 100 y 113, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y demás dependencias competentes del gobierno federal a efecto de que revise y determine si las obras realizadas en el rancho Pozo Nuevo, propiedad del licenciado Guillermo Padrés Elías y su familia, se realizaron conforme a lo que establece la ley, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El 4 de septiembre del año en curso, el programa denominado Punto de Partida, que conduce la periodista Denise Maerkeri dio a conocer a través de una investigación realizada por Fátima Monterrosa y Marco Tinoco, que el gobernador de Sonora, licenciado Guillermo Padrés Elías, y su familia tienen en su rancho una presa hidráulica con capacidad de contener varios millones de metros cúbicos de agua.
Se trata del rancho Pozo Nuevo, ubicado a cinco kilómetros del pueblo de Bacánuchi, de tres mil 670 hectáreas, para la siembra y riego de nogal, que luce imponente con la presa El Titanic, como la conocen los ejidatarios, construida a finales de 2011 y principios de 2012, sin el título de concesión que otorga la Comisión Nacional del Agua, ni la autorización de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Para entender lo anterior, la Ley de Aguas Nacionalesii señala en su artículo 3o., fracción XIII lo siguiente:
XIII. “Concesión”: Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de “la Comisión” o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado, excepto los títulos de asignación”.
De igual forma, el artículo 3o. de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambienteiii señala que:
XXI. Manifestación del impacto ambiental: El documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo;
La construcción de la presa El Titanic y la perforación de seis pozos en el Rancho Pozo Nuevo de Guillermo Padrés, a partir de febrero de 2012, está escriturada a nombre de Guillermo Padrés Elías, de su hijo Guillermo Padrés Dagnigo, de su hermano Miguel Padrés Elías, y de su sobrino Miguel Padrés Molina; coinciden con la caída en el suministro de agua para el resto de los poco más de 200 habitantes de Bacanuchi, sobre todo en estos momentos, por la contaminación que están padeciendo los Río Sonora y el propio río Bacanuchi.
El embalse, de 120 metros de longitud y una cortina de 80 metros de altura, tiene capacidad para almacenar cuatro millones de metros cúbicos de agua que llega del río Manzanal, como lo dio a conocer Excélsiori en su edición del viernes 5 de septiembre.
De igual forma es deber de la Cámara de Diputados, investigar y llegar hasta las últimas consecuencias en el caso que nos ocupa para saber y determinar el origen de los recursos que el Gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, utilizó para la construcción de la Presa y las inversiones millonarias que ha realizado en los últimos años para modernizar el Rancho Pozo Nuevo.
En la entrevista que le realizan a Guillermo Padrés Elías, en el programa Punto de Partida, existe que hay un “represo que tiene más de 60 años que ya estaba en una comunidad minera” y termina justificando “que hay muchos, incluyendo el rancho nuestro”...
Sin embargo, en la Ley de Aguas Nacionales no existe el término represo; sin embargo el artículo 3 en su fracción XVII, establece lo que es un “cuerpo receptor” dentro del que se menciona a la presa:
XVII. “Cuerpo receptor”: La corriente o depósito natural de agua, presas, cauces, zonas marinas o bienes nacionales donde se descargan aguas residuales, así como los terrenos en donde se infiltran o inyectan dichas aguas, cuando puedan contaminar los suelos, subsuelo o los acuíferos;
Y el artículo 113 del propio ordenamiento indica que la administración de los bienes nacionales que se enumeran quedarán a cargo de la Comisión, entendiéndose por ésta a la Comisión Nacional del Agua:
...
VI. Las islas que existen o que se formen en los vasos de lagos, lagunas, esteros, presas y depósitos o en los cauces de corrientes de propiedad nacional, excepto las que se formen cuando una corriente segregue terrenos de propiedad particular, ejidal o comunal, y
VII. Las obras de infraestructura hidráulica financiadas por el gobierno federal, como presas, diques, vasos, canales, drenes, bordos, zanjas, acueductos, distritos o unidades de riego y demás construidas para la explotación, uso, aprovechamiento, control de inundaciones y manejo de las aguas nacionales, con los terrenos que ocupen y con las zonas de protección, en la extensión que en cada caso fije “la Comisión”.
En cuanto a los recursos económicos que se han erogado para la construcción de la presa y el auge del rancho Pozo Nuevo, hasta el momento, no se han especificado ni tampoco se han dado a conocer pues la opacidad, la corrupción y la falta de rendición de cuentas ha sido el común denominador del Gobierno del Estado de Sonora, ¿Cómo se podrá justificar las inversiones millonarias que han sido realizadas sobre el Rancho en los últimos años?
Es evidente que no existe, ni habrá explicación alguna para justificar las inversiones millonarias que han sido realizadas sobre el Rancho en los últimos años, y exigimos a las instancias legales que correspondan que lleguen hasta las últimas consecuencias; pues el video que detonó la gravedad de la situación que padecen los habitantes de Bacanuchi, con la escasez de agua, del problema de contaminación por el derrame que realizó la Mina Buenavista, de la muerte de ganado y cosecha, nos ha dejado ver que el Rancho Pozo Nuevo en el año 2008 no tenía imágenes ni rastros de la obra de la Presa; sin embargo en imágenes tomadas en el año 2012 se puede ver la obra de la Presa ya construida, misma que fue verificada con las mismas coordenadas por los propios investigadores del Programa Punto de Partida.
Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados los presentes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua para que revise, si la presa que se encuentra ubicada en el rancho Pozo Nuevo y la construcción de la cortina que tiene la misma, no representa un riesgo para las poblaciones aledañas, derivado del volumen de metros cúbicos de agua almacenada.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que dé a conocer públicamente, si la presa ubicada en el Rancho Pozo Nuevo cuenta con Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) y con título de concesión correspondiente; así como si el desmonte para realizar dicha obra cuenta con autorización para el cambio de uso de suelo forestal, ambos debidamente autorizados.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a las demás dependencias competentes del gobierno federal, a efecto de que se revise y determine si las obras realizadas en el Rancho Pozo Nuevo, propiedad del licenciado Guillermo Padrés Elías y familia, están dentro de la legalidad.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Notas
i www. http://noticieros.televisa.com/programas-punto-de-partida/
ii http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_110814.pdf
iii http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/148.pdf
iv www.excelsior.com.mx, viernes 5 de septiembre de 2014, lunes 8 de septiembre 2014.
Diputados: Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), Faustino Félix Chávez, Flor Ayala Robles Linares (rúbrica).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la PGR a emprender acciones para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas de los casos de desaparición forzada; y a los congresos locales, a legislar en la materia, conforme a lo establecido en los estándares internacionales, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 fracción I, y 79 numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados presentan ante la Cámara de Diputados punto de acuerdo conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Según la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, (en adelante Convención) adoptada a partir de 2006, por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas.
Se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del estado, seguida de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o de ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley1 .
Asimismo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha enlistado una serie de derechos tanto civiles o políticos, económicos, sociales y culturales, que podrían ser violados por el hecho de una desaparición.
Entre ellos se encuentran el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica; el derecho a la libertad y seguridad de la persona; el derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; el derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida; el derecho a una identidad; el derecho a un juicio imparcial y a las debidas garantías judiciales; el derecho a un recurso efectivo, con reparación e indemnización; el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición; y, en caso de que la víctima de desaparición forzada sea el sostén económico de la familia, ésta podría quedar en un estado de vulnerabilidad permeando así derechos como el derecho a la protección y a la asistencia a la familia; el derecho a un nivel de vida adecuado; el derecho a la salud o el derecho a la educación.2
Por otro lado, respecto a las acciones que los estados parte deberán cumplir para la prevención de la desaparición forzada, la Convención prevé:
“La prohibición expresa de la detención en lugares secretos y se pide a los estados que garanticen unas normas jurídicas mínimas sobre la privación de libertad, como el mantenimiento de registros oficiales de las personas privadas de libertad con un mínimo de información y la autorización para comunicarse con su familia, un abogado o cualquier otra persona de su elección.”
En la Convención se establece que cada estado parte tomará las medidas necesarias para establecer su jurisdicción sobre los delitos de desaparición forzada en los casos en que el presunto autor se halle en cualquier territorio bajo su jurisdicción, salvo que dicho estado lo extradite o lo entregue a otro estado conforme a sus obligaciones internacionales, o lo transfiera a una jurisdicción penal internacional cuya competencia haya reconocido3 .
Por su parte, en México, se ha establecido por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la Agenda Nacional de Derechos Humanos que
“La desaparición de personas constituye una de las violaciones más graves a los derechos humanos. El estado es el primero obligado a combatirla, y desde el momento en que éste deja de reconocer su responsabilidad en los hechos o se niega a proporcionar información para la localización de las víctimas, conocer su suerte o destino final, se actualiza una violación de lesa humanidad que afecta sustancialmente la integridad, seguridad, libertad y vida de las personas.”
Sin embargo, como se podrá observar más adelante, la Comisión señalada ha sido rebasada por la situación que se vive en el país en materia de desapariciones forzadas, por lo que su actuación al respecto ha sido objeto de fuertes críticas por parte de activistas y especialistas.
En el marco del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, a partir de 2011, conmemorado el 30 de agosto, algunas de las voces con mayor trayectoria en la atención y análisis de estos hechos, como Amnistía Internacional y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, criticaron al gobierno mexicano por la falta de claridad en las cifras que han dado a conocer.
Cifras oficiales aportadas por la Secretaría de Gobernación el 22 de mayo hablaban de 8 mil personas desaparecidas. Sin embargo, el 16 de junio las autoridades explicaron que en realidad se trataba de 16 mil personas, cuando el 21 de agosto de 2014, la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República (PGR), anunció que el número de personas no localizadas sobre las que se presentó una denuncia suman 22 mil 3224 .
Para Amnistía Internacional “no existe ningún documento oficial que explique claramente el proceso de depuración de datos y el porqué las cifras han variado de forma tan drástica en tan poco tiempo. Tampoco hay claridad en cuanto a las personas localizadas después de haber sido reportadas como sustraídas por la fuerza.”5 Por su parte
La alta comisionada en esta materia, Navi Pillay, en un comunicado [...] hizo eco de los legítimos reclamos de las familias de las víctimas que exigen verdad y justicia. Asimismo, pidió al gobierno mexicano que reconozca la competencia del Comité de la Organización de la Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada, quien en su informe más reciente exigió a México políticas para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas6 .
En el mismo sentido, Ariel Dulitzky, quien encabezó la misión del grupo de trabajo de Desapariciones Forzadas de la ONU en México, ha realizado una revisión seria de los avances y pendientes que el gobierno federal presenta en la materia, por lo que ha concluido en que la falta de transparencia y de una metodología acorde en la elaboración de la base de datos de personas no localizadas a nivel nacional, aunado a las carencias que presentan los protocolos de búsqueda e identificación de personas desaparecidas a nivel local; entre otros elementos7 , han provocado que los casos de desapariciones sigan siendo una constante en nuestro país.
Respecto a la actuación de la CNDH, el doctor José Antonio Guevara Bermúdez, director ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, dio a conocer en el coloquio Evaluación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos , realizado en la Cámara de Diputados el pasado 18 de agosto, que la comisión ha emitido desde 2006, sólo diez recomendaciones sobre desaparición forzada.
Dichas recomendaciones involucran a 26 personas víctimas de desaparición forzada, sin embargo durante la actual administración encabezada por Enrique Peña Nieto, no se ha emitido ninguna recomendación a pesar del creciente número de casos de desapariciones en el país.
En dicho tenor, debe mencionarse que:
“La desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.
La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de represión política de los oponentes.”8
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República, a que emprendan, en el marco de sus atribuciones, las acciones para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas de los casos de desaparición forzada.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a los congresos locales a legislar en materia de desaparición forzada, considerando lo establecido en los estándares internacionales, con la finalidad de contar con un marco jurídico acorde.
Notas
1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”, [en línea], Dirección URL: http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm
2. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, Folleto informativo No. 6/Rev.3 “Desapariciones forzadas o involuntarias”, p.p. 3, 4, [en línea], Dirección URL: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet6Rev3_sp.pdfhttp:/ /www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet6Rev3_sp.pdf
3. Ibid., p. 9
4. Sin Embargo, “La desaparición de personas es una crisis para México, advierten Amnistía y la ONU; los casos van en aumento, dicen”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.sinembargo.mx/31-08-2014/1102849
5. La Jornada, “Incoherentes, las cifras oficiales de desaparecidos: AI”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/08/30/gobierno-ha-dejado-que-pr evalezca-la-confusion-sobre-desaparecidos-ai-2707.html
6. StarMedia México, “ONU solicita a México elaborar Ley General para personas desaparecidas”, [en línea], México, Dirección URL: http://noticias.starmedia.com/mexico/onu-solicita-mexico-elaborar-ley-g eneral-para-personas-desaparecidas.html
7. Animal Político, “Tres fallas de Peña Nieto contra la desaparición forzada, según experto”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.animalpolitico.com/2014/08/tres-fallas-de-pena-nieto-contra- la-desaparicion-forzada-segun-experto/#axzz3Bsu0Ouk4
8. Naciones Unidas, “Día Internacional de las Víctimas”, [e
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de septiembre de 2014.
Diputados: Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de los Ejecutivos federal y estatales, así como al jefe del gobierno del Distrito Federal, a exponer de modo exacto y detallado por las Secretarías de Finanzas o de Hacienda correspondientes el estatus de la deuda pública de cada estado durante las dos últimas administraciones, en particular lo referente a los pasivos generados por los sistemas de pensiones y seguridad social, a cargo del diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, diputado en la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 79, numeral 1, fracciones II, III y IV, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con carácter de urgente resolución, bajo las siguientes
Consideraciones
1. Según un análisis de la deuda pública de las entidades federativas y municipios realizado por la Auditoría Superior de la Federación,1 diversas entidades federativas han contraído elevados montos de deuda no registrada que ha sido identificada por el Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero por medio de fuentes secundarias, como las instituciones bancarias y la Bolsa Mexicana de Valores.
2. Al 31 de diciembre de 2011 y de acuerdo con la información publicada por la SHCP, con base en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de las Entidades Federativas y Municipios, el saldo de la deuda subnacional ascendió a 390 mil 777.5 mdp, con un crecimiento nominal de 92.4% respecto a los 203,070.2 mdp al cierre de 2008, y que en términos reales es de 67.9%. De 2008 a 2011 las variaciones reales con los montos más altos se presentaron en 11 entidades:
Campeche (2,420.5%); Coahuila (1,639.2%); Tamaulipas (552.9%); Morelos (412.9%); Zacatecas (406.0%); Quintana Roo (312.4%); Nayarit (213.7%); Yucatán (199.1%); Veracruz (165.9%); Chihuahua (139.9%), y Baja California Sur (114.9%).
Al analizar los saldos de la deuda pública de las entidades federativas incluidos los municipios, conforme a lo registrado ante la SHCP, entre 2008 y 2011 se tiene un aumento en términos absolutos de 187,707.3 mdp, del cual 10 entidades concentran el 76.5% del total, como sigue:
Coahuila (18.5%); Nuevo León (11.0%); Veracruz (10.0%); Jalisco (6.4%); Chihuahua (5.9%); Distrito Federal (5.7%); Quintana Roo (5.5%); Tamaulipas (5.2%); Michoacán (4.5%), y Chiapas (3.8%).
3. Con base en los datos del Inegi y de manera acumulada para las 32 entidades federativas, se observa que 18 tenían déficit primario en el periodo 2006-2010, entre las que resaltan Coahuila (8,089.1 mdp); Jalisco (7,497.5 mdp); Tamaulipas (7,203.2 mdp); Veracruz (5,019.5 mdp); Chihuahua (3,339.2 mdp), y Nayarit (2,965.1 mdp), que en conjunto suman 70.1% del déficit primario acumulado en este lapso por 48,683.6 mdp. Veracruz contrato una deuda en monto superior a su superávit acumulado (7,087.5 millones de pesos), ya que su endeudamiento en el periodo de 2006 a 2010, fue de 15,985.6 millones de pesos.2
Por entidad federativa y con datos del INEGI disponibles al cierre de 2010, el indicador Deuda/Ingresos Garantizables mantuvo valores por arriba del valor nacional (54.0%) en 11 entidades federativas, distribuidas como sigue: Quintana Roo (127.3%), Nuevo León (130.1%), Sonora (105.5%), Veracruz (70.4%), Chihuahua (70.3%), Jalisco (67.1%), Tamaulipas (63.2%) Michoacán (62.0%), Coahuila (61.9%), Baja California (60.9%) y Nayarit (58.7%). Este indicador muestra que 15 entidades tienen comprometida más de la mitad de sus ingresos garantizables en el pago de su deuda.
Según datos aportados por la publicación de Contralinea con el pretexto de resolver las urgencias administrativas, en el sexenio pasado, las entidades federativas y los municipios se consolidaron como uno de los principales clientes de la banca privada.
Actualmente, más del 60 por ciento de las deudas se concentra en tres instituciones, revelan datos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Se trata de las firmas mexicanas Banorte e Interacciones y de la española BBVA Bancomer.3
Aunque la deuda total de entidades y municipios que reporta la Comisión al cierre de junio de 2013 no coincide con la que registra la Secretaría de Hacienda, sí refleja la composición de este mercado: de la cartera total en el ámbito privado por 282 mil 675 millones, el 28 por ciento, 79 mil 184 millones, fue prestado por Banorte; el 20.7 por ciento, 58 mil 530 millones, por BBVA Bancomer, y el 15.5 por ciento, 44 mil 34 millones, por Interacciones.
Otros bancos que mantienen carteras multimillonarias con estados y municipios son Banamex, con 19 mil 935 millones de pesos; Multiva, con 18 mil 476 millones; Inbursa, con 15 mil 562 millones; Banco del Bajío, con 12 mil 691 millones; HSBC, con 10 mil 466 millones, y Santander, con 9 mil 265 millones.
Juan José Dávalos, académico de la Facultad de Economía de la UNAM, señala que los bancos tienen responsabilidad respecto de las deudas contratadas con las entidades federativas y los ayuntamientos: las instituciones financieras no deben dar créditos chatarra, deben asegurarse de que el cliente es solvente y les va a pagar.
Hasta junio de 2014, la deuda de estados y municipios llegó a un saldo máximo de 489 mil 643.4 millones de pesos, del cual el Distrito Federal, Nuevo León, Chihuahua, Veracruz y estado de México concentran casi 50 por ciento.
Datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) muestran que el endeudamiento de los gobiernos locales creció 1.4% respecto al saldo del cierre de 2013 (482 mil 807.2 millones de pesos), y 10.5% en relación con junio del año pasado (443 mil 38.9 millones).
Señala que las obligaciones financieras de estados y municipios representó 3.0 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) estatal, porcentaje ligeramente menor al de 3.1 por ciento en diciembre de 2013, pero superior al de 2.8 por ciento en junio de año pasado.
Las entidades más endeudadas a junio de 2014 fueron Distrito Federal (61 mil 402.8 millones de pesos), Nuevo León (58 mil 443.9 millones), Chihuahua 41 mil 603.1 millones), Veracruz (40 mil 767.4 millones) y estado de México (39 mil 124.1 millones).
En conjunto, estas cinco entidades sumaron 241 mil 341.4 millones de pesos, monto que representa 49.28% del total de la deuda local, según las cifras de la Secretaría de Hacienda.4
Por lo anteriormente expuesto y en base a lo estipulado en el artículo 26. De la Constitución refiere que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.5
El artículo 117 Constitucional, en su fracción VIII, estipula que los Estados no pueden, en ningún caso:
VIII. Contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o particulares extranjeros, o cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.
Los Estados y los Municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas, inclusive los que contraigan organismos descentralizados y empresas públicas, conforme a las bases que establezcan las legislaturas en una ley y por los conceptos y hasta por los montos que las mismas fijen anualmente en los respectivos presupuestos. Los ejecutivos informarán de su ejercicio al rendir la cuenta pública.
De la misma manera el artículo 134. De ese ordenamiento refiere en sus párrafos primero, quinto y séptimo que los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
El manejo de recursos económicos federales por parte de los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se sujetará a las bases de este artículo y a las leyes reglamentarias. La evaluación sobre el ejercicio de dichos recursos se realizará por las instancias técnicas de las entidades federativas a que se refiere el párrafo segundo de este artículo.
Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
Según lo dispuesto en el Artículo 6o. apartado A. fracciones I III y IV de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos el cual a la letra dice que para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.
III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.
IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece esta Constitución.
En el artículo 79, fracción I, constitucional, en su segundo párrafo refiere que también fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia e otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.
Artículo 1 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, menciona que los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal y los Ejecutivos de los estados así como al jefe de gobierno del Distrito Federal a fin de que expongan de manera exacta y detallada, por conducto de sus Secretarías de Finanzas o de Hacienda que correspondan, sobre el estatus de la deuda pública que tiene cada Estado de la Republica durante las dos últimas administraciones y en particular lo referente a la los pasivos generados por los sistemas de pensiones y seguridad social.
Notas
1 http://www.asf.gob.mx/uploads/56_Informes_especiales_de_auditoria/1._An alisis_de_Deuda_Publica_Agosto_2012.pdf agosto 2012
2 Comparativo entre los balances presupuestario y primario, con el endeudamiento
3 http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2013/09/22/estados-mu nicipios-las-deudas-se-ven-pero-se-pagan/ 1-09-14.
4 17 de agosto, 2014 El Economista.
5 Artículo 26 A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Párrafo reformado DOF 05-06-2013.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 3 de septiembre de 2014.
Diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía extiende su reconocimiento y felicitaciones a los participantes que obtuvieron medallas en los Juegos Olímpicos de la Juventud 2014, efectuados en Nanjing, China, a cargo del diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Jesús Valdés Palazuelos, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a esta soberanía el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El significado de la palabra deporte etimológicamente proviene del verbo deportare, que para los romanos tenía dos dignificados. El primero es el de transportar, mientras que el segundo hacía referencia a una celebraciones de tipo triunfal (deportae lauream) en la que los generales rendían honores a Júpiter y llevaban una corona de laurel.1
El deporte a través del tiempo ha significado el desarrollo de actividades que se traducen en actividades físicas ya sea por distracción, educación y pasatiempo, constituyendo un fenómeno sociocultural y educativo de alcances globales.
Los Juegos Olímpicos en los que intervienen deportistas de diferentes naciones, es el evento nato en el que se efectúe el deporte competitivo, el cual consiste en superar o vencer a un contrario o a sí mismo. Es una celebración que se remota a la antigua Grecia.
Derivado del desarrollo de los Juegos Olímpicos, surgió la inquietud de efectuar otros eventos deportivos de acuerdo a las características de los deportistas y las disciplinas que practican. Tenemos, por ejemplo, los Juegos Paralímpicos, los Juegos Olímpicos de Invierno y los Juegos Olímpicos de la Juventud.
Estos últimos se celebraron por primera vez en Singapur en 2010, en el cual participaron atletas cuya edad oscilaba entre los 14 y 18 años de edad. Su origen surge de la necesidad de incluir a los jóvenes en actividades deportivas así como la preocupación constante de reducir la obesidad infantil. Asimismo, se considera un evento que permite el intercambio cultural y un desarrollo benéfico para los jóvenes en aras de su crecimiento.
La segunda edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud se celebró en días recientes en Nanjing, China, cuyo resultado fue la reunión de tres mil 600 atletas representando a cerca de 200 naciones, quienes obtuvieron 684 medallas.
El evento se celebró del 16 al 28 de agosto, tiempo en el que los atletas que representan a nuestro país obtuvieron 14 medallas, de las cuales 1 fue de oro, 6 de plata y 7 de bronce.
El resultado fue un avance significativo debido a que en los Juegos Olímpicos celebrados en 2010, los competidores mexicanos obtuvieron 6 medallas, es decir, 5 de bronce y 1 de plata.
Los deportes en los que se obtuvieron medallas fueron en los clavados, canoa de velocidad, marcha, prueba de rifle, lanzamiento de bala, futbol femenil, pentatlón moderno, halterofilia, taekwondo, deportes en los que se debe seguir impulsando su práctica, pero sobre todo de aquellos en los que participaron pero no se logró una calificación dentro de los primeros lugares.
El esfuerzo de los jóvenes mexicanos que participaron en la segunda edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud debe ser reconocido, ya que no sólo es el resultado obtenido en el evento deportivo mundial, sino que es una suma de actividades desarrolladas en múltiples competencias en las que confrontaron a los nacionales y que fueron calificados para participar en competencia con atletas de otras naciones.
El logro de los jóvenes competidores se tradujo en la obtención de medallas por posicionarse en los tres primeros lugares de las competencias, debido al esfuerzo de cada uno de los atletas, los cuales van en representación de nuestro país: México.
Por ello, esta Soberanía reconoce la dedicación y el profesionalismo de los jóvenes deportistas que obtuvieron medallas en los Juegos Olímpicos de la Juventud 2014, quienes auguramos que mediante su constante preparación lograran una participación en los Juegos Olímpicos, pero que también serán un impulso que motive a las nuevas y futuras generaciones la práctica de los diversos tipos de deporte existentes.
Es menester fomentar la actividad física desde la infancia porque permitirá que nuestros niños y adolescentes acompañen su crecimiento con prácticas que eleven su calidad de vida.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, presento a esta Soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados extiende su reconocimiento y felicitaciones a los jóvenes que obtuvieron medallas en los Juegos Olímpicos de la Juventud 2014, efectuados en Nanjing, China.
Nota
1 Robles Rodríguez José. Concepto, características, orientaciones y clasificaciones del deporte. www.efdeportes.com
Palacio Legislativo, a 9 de septiembre de 2014.
Diputado Jesús Valdés Palazuelos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la comisión especial de seguimiento para la construcción del nuevo aeropuerto en la Ciudad de México, a cargo del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 3, fracción XIX; 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado día 2 de septiembre del presente, el presidente Enrique Peña Nieto, durante su mensaje con motivo del Segundo Informe de Gobierno, anunció la creación de un nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México que sustituirá las operaciones del actual aeropuerto Benito Juárez. Al día siguiente, en la residencia oficial de Los Pinos se dio cuenta de los detalles específicos de la obra en una zona federal de 3 mil hectáreas; se hará una inversión total de 169 mil millones de pesos y que tendrá la capacidad de transportar en una primera fase a 50 millones de pasajeros, y concluida la obra, a 120 millones proyectada para el año 2020.
Sin duda alguna, la construcción de una nueva terminal aeroportuaria de las dimensiones y capacidad previstas puede generar un impacto positivo para la economía de nuestro país. No obstante, sin una adecuada planeación y una visión integral, la obra traerá consigo consecuencias negativas y probablemente irreversibles en materia ambiental, urbana y social, así como en la operatividad a largo plazo del propio aeropuerto.
En primer lugar, preocupa mucho la obra en materia de ingeniería. Los terrenos en donde se planea construir el aeropuerto, en la parte norte del actual, son suelos altamente salitrosos que no aguantarían de forma estable una construcción de la magnitud que se está considerando, tanto de las pistas, como del edificio; aunado a ello los hundimientos por la excesiva extracción de agua en la zona. Por su condición natural se trata de suelos inestables sobre los que muy difícilmente se pueden llevar a cabo construcciones seguras por la alta acumulación de agua que ahí deriva. De hecho, estos terrenos estaban previstos para ser parte del proyecto ecológico “Parque de Texcoco” que no se llevó a cabo. Para dar un ejemplo de la inestabilidad de estos suelos de la zona, baste con observar los hundimientos del Circuito Exterior Mexiquense y las constantes reparaciones que se le han hecho y que han sido muy costosas. Lo mismo podría ocurrir con el nuevo aeropuerto, que más allá de la inversión total para la ejecución de la obra, sus costos de mantenimiento se eleven para hacer reparaciones no contempladas originalmente.
De igual forma hay que considerar un aspecto muy relevante: el tiempo de vida útil de esta nueva terminal. Tomando en cuenta otras experiencias, el aeropuerto de Kansai, localizado en la bahía de Osaka, Japón, se construyó sobre una isla artificial sobre el mar. Una obra proyectada para dar servicio por un aproximado de sesenta años, tuvo que reducir su expectativa de vida útil a 30 años, debido a que los cálculos de ingeniería no fueron precisos y la isla artificial mostraba hundimientos de ocho metros más de lo previsto, lo que produjo un costo sustancialmente mayor al originalmente presupuestado.
En segundo lugar hay que tomar en cuenta el impacto de esta obra en materia ambiental. La zona del Lago de Texcoco estaba proyectada para ser el centro de un programa de sustentabilidad hídrica para el Valle de México en función de la grave situación del agua, debido al agotamiento de los acuíferos, el hundimiento constante del suelo y al no contar ya con zonas de regulación, con zonas inundables. Se trata de la última zona lacustre del Valle de México. Este proyecto tenía previsto la construcción de lagunas de regulación, de captación, pero también de amplias áreas deportivas y de recreación para los habitantes del Distrito Federal y del Estado de México. De igual forma, la zona es receptora de diversas especies de aves migratorias que seguramente se verán afectadas debido a la incompatibilidad del tránsito aéreo con el vuelo de las aves.
En tercer término hay que tener presente las condiciones urbanísticas de la obra. Los terrenos previstos para la construcción del aeropuerto se encuentran en una zona de confluencia de todos los drenajes, sin tratamiento, del río de la Compañía, de río Churubusco, del río Mixcoac, del río de la Piedad, y del río de los Remedios, por lo que también habrá que hacer obra de infraestructura pública en el lugar ante el desafío de las inundaciones. También es importante revisar la forma en que se construirán las vías de acceso al aeropuerto. La Ciudad de México tiene una gran problemática en materia vial y de transporte público. Los conflictos viales y la mala calidad en los servicios públicos de transporte también tendrán que ser solventados como parte del proyecto integral de la obra.
En materia social se deben tener en consideración otro tipo de incentivos. La zona, en la que confluye el oriente del Distrito Federal y los municipios de Ecatepec, Nezahualcóyotl, Chimalhuacán y Texcoco, que creció exponencialmente sobre la base de una mala planeación urbana y la ocupación irregular de los terrenos; son lugares deprimidos socialmente. Será importante integrar un plan de desarrollo que integre a estos municipios con la infraestructura y el desarrollo del Valle de México.
Y algo que es muy importante conocer es el plan para la renovación y el uso del terreno que hoy ocupa el aeropuerto Benito Juárez de aproximadamente 460 hectáreas. Se corre el riesgo de centrar la vista en la construcción del nuevo aeropuerto y dejar a un lado lo que pueda pasar con esta importante área dentro de la gran urbe que puede convertirse, con un plan bien diseñado, en un foco de desarrollo sustentable realmente importante para la vida, la salud, la educación la recreación y la cultura de los habitantes de la zona metropolitana.
En resumen, y reconociendo que la construcción de un nuevo aeropuerto para la Ciudad de México traerá consigo múltiples beneficios particularmente en materia económica, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional considera importante y necesario dar un seguimiento puntual al desarrollo y la ejecución del proyecto y velar por la transparencia del mismo.
Derivado de lo anterior, es que se propone a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política, para que con fundamento en los artículos 34, incisos b) y d), y 42 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, determine la creación de la Comisión Especial de seguimiento para la construcción del nuevo aeropuerto en la Ciudad de México, y una vez realizado lo anterior, lo someta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados.
Segundo. El objeto de la comisión especial será emprender lo que se deriva de su denominación.
Tercero. La Comisión Especial estará integrada por los miembros que determine la Junta de Coordinación Política, en forma proporcional a la representación en la Cámara de Diputados.
Cuarto. Para el cumplimiento de su objetivo, la comisión especial podrá allegarse de la información que considere pertinente; así como reunirse cuando lo considere necesario con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, y desempeñar cualquier otra acción para el cumplimiento de su objetivo, en el ámbito de sus competencias.
Quinto. La comisión especial objeto del presente punto de acuerdo, funcionará de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, contando con la asignación de los recursos humanos, económicos y materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.
Sexto. La duración máxima de los trabajos que realice la Comisión Especial, será por tiempo indefinido, hasta cumplir el objetivo para el cual fue creada.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 8 de septiembre de 2014.
Diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la comisionada nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres a hacer del conocimiento público por qué no se ha emitido la declaratoria de alerta de género en el estado de México, así como la justificación del subejercicio en los presupuestos de 2012 y 2013, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
Los suscritos diputados, José Luis Muñoz Soria, Roberto López Suárez y Guillermo Sánchez Torres, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 3o., fracción XIX; 6o., numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numerales 1, fracción II y 2, fracciones I y III; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo con base en las siguientes:
Antecedentes
1. El Programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres 2014–2018” establece una política nacional de promoción de la igualdad y combate a la discriminación de las mujeres y las niñas, cuyo objetivo es garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas. Para ello, establece acciones de sensibilización, concientización y capacitación en el sector educativo y en los centros de trabajo de detección oportuna de la violencia, así como de seguridad ciudadana para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas en la comunidad.
Con el propósito de asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción, el Programa prevé acciones 4 orientadas a mejorar la calidad de la implementación de la respuesta judicial, garantizando la debida diligencia en la procuración de justicia para mujeres en situación de violencia y fortaleciendo los servicios de justicia para la reparación del daño. La unidad operante es la Comisión Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, Conavim a cargo de la Secretaría de Gobernación.
2. Sus objetivos son:
A. Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar la transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres;
B. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas;
C. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia;
D. Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción;
E. Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
3. Entre sus atribuciones se encuentra:
I. Declarar la alerta de violencia de género y notificarla al Titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente, con excepción del supuesto previsto en el artículo 39 del Reglamento de la Ley;
II. Elaborar el Programa en coordinación con las demás autoridades que integran el Sistema Nacional; entre otras.
4. La Conavim se crea en el 2009, mediante decreto publicado en el DOF 01/06/09 , desde su creación únicamente se le ha practicado una Auditoría de Desempeño a cargo de la ASF 040/2011 , dicho órgano fiscalizador considera que en términos generales la Conavim no cumplió con las disposiciones normativas aplicables en el diseño y coordinación de la política de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres, a efecto de avanzar en su erradicación, desde aquel momento verificó que, después de cuatro años de la publicación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a 2011 la Conavim no realizó el Diagnóstico Nacional sobre todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en todos los ámbitos, por lo que no contó con información objetiva para la elaboración de políticas gubernamentales en la materia.
5. En la Cuenta Pública de 2013, la Conavim , reporta el apoyo a Entidades Federativas interesadas en la creación y/o fortalecimiento de Centros de Justicia para las Mujeres, otorgando subsidios por 102,842.6 millones de pesos, un porcentaje de ejercicio del 84.6% con relación al presupuesto aprobado, incluso reporta el doblaje de la meta a este respecto, a razón del 233.3 % pasando de 3 a 7 Entidades Federativas apoyadas para la construcción de dichos Centros, si bien duplico la meta para este objetivo, dejo de atender los otros 4 objetivos estratégicos, sobremanera de abandonar acciones para la prevención y/o erradicación, lo que significa que el Programa oriento todo el presupuesto para crear la Infraestructura geográfica coadyuvante para la atención de la violencia en 8 estados.
6. La evolución del presupuesto para el Programa “Promover la atención y prevención de la violencia contra la mujer” E015 , ha sido de la siguiente manera:
Consideraciones
1. No obstante de que en el “análisis del Presupuesto de Egresos y su vinculación con las metas y objetivos de la planeación nacional” de la Cuenta de la Hacienda Pública para 2013 se refiere un cumplimiento de la meta por arriba del 230%, apoyando a 7 entidades federativas entre las que se destaca Campeche, Chihuahua, Chiapas, Guerrero, estado de México, Oaxaca, Puebla. Entidades en donde el índice de mujeres violentadas no es tan alto a reserva de Chihuahua, Puebla y Estado de México, siendo éste último el estado en donde 45 de cada 100 mujeres sufren violencia, reportando 1’515, 746 casos de mujeres violentadas, de acuerdo al Panorama de violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos” Edición 2013, ENDIREH, INEGI.
A este respecto la Conavim no ha rendido cuentas de la declaración de alerta de violencia de género, en el Estado de México, la ASF verificó que el procedimiento para aprobar o negar la investigación para emitir alertas de violencia de género careció de criterios objetivos, claros y transparentes para que los integrantes del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres emitan su voto razonado con base en las causas presentadas por los solicitantes.
2. A la fecha, la Conavim no ha dado seguimiento al cumplimiento de 4 de los 5 objetivos estratégicos, siendo estos:
A. Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar la transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres;
B. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas;
C. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia;
D. Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Salvo el “D. Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción” que la Cuenta Pública 2013 señala en el Análisis de presupuesto de egresos, respecto de la puesta en marcha de los 7 Centros de Justicia, omitiendo acciones relevantes como la erradicación y prevención, a fin del aumento de la violencia en contra de las mujeres en el Estado de México, relativo a ello el INEGI señala que tal entidad han reportado 1´515, 746 casos de violencia hacia las mujeres, “Panorama de violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos, ENDIREH 2011”
3. La ASF¸ señala que en relación con la coordinación de la política integral con los tres órdenes de gobierno, en el ámbito federal, la Conavim no promovió ni suscribió convenios de coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ni a nivel municipal, tampoco realizó acciones de esta naturaleza con ninguno de los 2,440 gobiernos municipales y, en el ámbito estatal, suscribió convenios con 4 (12.5%) de las 32 entidades federativas.
4. El marco legal de actuación para la Conavim haya sustento en la: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, Criterios para la elaboración y revisión de la Matriz de Indicadores para Resultados de programas presupuestarios incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2011, Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
5. Es menester señalar en los presupuestos asignados a la Conavim para 2012 y 2013, presentan subejercicios como se ilustra en el cuadro de la evolución del presupuesto, dejando de cumplir con ello lo que señala el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “los recursos económicos se administrarán con eficiencia y eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.
6. Lo anteriormente expuesto en observancia a lo señalado en los Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Por lo anteriormente fundado y motivado, solicito sea aprobado de urgente y obvia resolución el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, master Alejandra Negrete Moraytta a efecto de que haga del conocimiento público, porque no se ha emitido la declaratoria de alerta de género en el estado de México, dado que el INEGI ha publicado la cifra de mujeres violentadas a razón de 1’515,746 casos, así como la justificación del subejercicio en los presupuestos asignados para 2012 y 2013, mismos que ascienden a 115, 283.3 y 121, 634.2 millones de pesos respectivamente.
Diputados: José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Roberto López Suárez, Guillermo Sánchez Torres.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a diseñar e implantar programas permanentes de alfabetización, dirigidos principalmente a los sectores de la población más vulnerables, a cargo del diputado Enrique Aubry de Castro Palomino, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Enrique Aubry de Castro Palomino, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1 fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En la actualidad resulta difícil aceptar la idea de que más de 793 millones de adultos en el mundo no saben leer ni escribir, datos aportados por el Informe de Seguimiento de la Educación para Todos en el Mundo realizado en 2011, reveló que las principales regiones donde se ubica gran parte de la población analfabeta se encuentra en África subsahariana, Asia meridional y occidental, y la región de los estados árabes.
Ello no excluye a México de las estadísticas como uno de los países con un alto índice de personas analfabetas. La Secretaría de Educación Pública señala que una de cada tres personas tiene rezago educativo, es decir, de los 85 millones de habitantes mayores de 15 años, 5.5 millones (6 por ciento) son analfabetas, mientras que 10.1 millones (11.8 por ciento) no han terminado la educación primaria y 16.4 millones (19.8 por ciento) estudió hasta la educación secundaria; sin dejar de considerar a los 8 millones de analfabetas funcionales, entendiéndose como aquellos que aprendieron a leer y escribir, pero que por no usar esas habilidades las olvidaron y regresan al analfabetismo.
Estos datos sin duda evidencian la crítica situación del sector educativo no sólo en la que se encuentra actualmente nuestro país, sino en la que se ha estacionado por décadas y la cual no se ha podido erradicar o al menos disminuir.
Las razones son muchas, principalmente el bajo nivel económico, que en la mayoría de los casos obliga a las personas a abandonar los estudios con la finalidad de integrarse a la vida laboral para poder solventar sus necesidades más básicas; sin embargo, ello no debe representar justificación alguna, pues la educación es un derecho humano que debe ser garantizado a todas las personas sin ninguna prerrogativa, además de que, es a través de la preparación y la profesionalización, que las personas podrán integrarse a un mundo laboral más competitivo y con mayores beneficios para ellos.
Como se ha dicho, el analfabetismo no es un tema particular de nuestro país, por ello, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) desde 1996 celebra el 8 de septiembre como el Día Internacional de la Alfabetización, con el objetivo de exaltar la importancia del derecho a la educación en el desarrollo de las naciones y la necesidad de redoblar esfuerzos para erradicar el analfabetismo en el mundo.
De igual manera, y ante tan preocupante y grave realidad, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), recalca la importancia de crear sociedades alfabetizadas, siendo éstas esenciales para erradicar la pobreza, reducir la mortalidad infantil, poner límite al crecimiento de la población, lograr la igualdad de género, alcanzar la paz y la democracia de cualquier país.
Sin duda, el tema debe ser considerado con la relevancia que requiere, pues aun cuando se establecen programas de trabajo permanentes que buscan erradicar la alta tasa de analfabetismo, lo cierto es que lograrlo aún es una meta muy lejana, debido a una combinación de factores como el trazado de metas demasiado ambiciosas, los esfuerzos insuficientes o descoordinados y la subestimación de la magnitud y complejidad de la tarea.
Los trabajos realizados los últimos años han servido para dimensionar la gravedad y conocer los requerimientos no sólo de voluntad, sino del compromiso para crear un verdadera política renovadora que contemple la efectiva utilización de recursos financieros y un sólido programa que atienda las diversas variables pedagógicas, sociales y políticas que intervienen en esta problemática.
Por lo que hace a nuestro país, se anunció el arranque de la Campaña Nacional de Alfabetización y Abatimiento del Rezago Educativo que atenderá a más de 7.5 millones de mexicanos en esta situación durante los próximos cuatro años, con la que se pretende reducir el rezago educativo 60 por ciento al finalizar el sexenio actual; lo que sin duda aporta de forma positiva para lograr erradicar cualquier situación de rezago que impida el desarrollo exitoso de nuestro país.
En el marco de la celebración del Día Internacional de la Alfabetización, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública a efecto de que diseñe e implemente programas permanentes de alfabetización, principalmente dirigidos a los sectores de población más vulnerables, con la finalidad de disminuir las tasas de analfabetismo en nuestro país.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputado Enrique Aubry de Castro Palomino (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la armonización de las leyes estatales con la General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a cargo de Zuleyma Huidobro González y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Zuleyma Huidobro González y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano correspondiente a la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta asamblea proposición con punto de acuerdo de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La muerte de 49 pequeños en el incendio de una guardería privada, que funcionaba bajo el modelo de subrogación del Instituto Mexicano del Seguro Social, la tarde del 5 de junio de 2009, fue una tragedia inimaginable que sacudía al país.
La guardería ABC no contaba con las más elementales medidas de seguridad, se tuvo conocimiento de esto según las investigaciones oficiales.
La pena, el luto y la indignación social crecieron en forma proporcional al conocimiento de los múltiples hechos de negligencia y omisión que habían dado lugar al incendio. Solo el gobierno parecía no conmoverse frente a la tragedia que había cobrado 49 vidas apenas iniciadas.
Proteger a los responsables directos e indirectos más cercanos a la tragedia fueron las primeras acciones del gobierno, en todos sus niveles.
Por ello el incendio de la guardería ABC ha quedado grabado en la conciencia colectiva como una marca de profunda tristeza pero, sobre todo, como el más claro ejemplo de la impunidad.
Ciertamente, el reclamo de justicia de los padres y madres de los pequeños llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo informe reconoció la existencia de 19 funcionarios involucrados en los hechos por negligencia y omisión.
El pasado 5 de junio un grupo de padres de los 49 niños fallecidos en el Incendio de la guardería ABC arribaron al Zócalo del Distrito Federal, después de una marcha desde el Ángel de la Independencia y colocaron fotografías de sus hijos frente a Palacio Nacional.
El tema solo se toma como bandera partidista y pasan las campañas y se olvida, pero los padres no olvidan, siguen exigiendo se castigue a los responsables, lo cual no sucede a la fecha.
El incendio de la guardería ABC, representa una de las más grandes tragedias ocurridas en el país, por ello, se creó la norma que establece los lineamientos generales en materia de protección civil en las guarderías sujetas a reglamentos locales.
La ley del “5 de Junio” es una iniciativa ciudadana promovida por los papás y mamás de los menores muertos y heridos por el incendio en la guardería ABC, para evitar que dicha tragedia se repitiera.
Dicho ordenamiento contiene la política estatal en materia de prestación de servicios de los centros de desarrollo integral infantil, distribución de competencias, registro estatal de los centros, modalidad y tipos, obligaciones, usuarios, medidas de seguridad y protección civil, autorización, capacitación y certificación de personal, participación de los sectores social y privado, inspección y vigilancia, evaluación, medidas precautorias, infracciones y sanciones.
El 24 de octubre del 2011, fue promulgada la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
El artículo quinto transitorio de dicha ley estipula que las Entidades Federativas contarán con un plazo de un año para expedir sus respectivas leyes en la materia o adecuar las ya existentes conforme a la ley, a partir del día en que entró en vigor el decreto.
El objeto de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil es: “establecer la concurrencia entre la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, así como la participación de los sectores privado y social, en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil”.
A casi de tres años de la publicación, los avances más importantes en adecuación de las leyes locales con la “Ley 5 de junio” son Colima, Sonora, el estado de México, Puebla, Yucatán, Baja California, Jalisco, el Distrito Federal y Tabasco.
En Sonora su ley local se publicó en julio de 2013, la del estado de México en febrero de 2014, la de Jalisco en marzo de 2014, la de Puebla en noviembre de 2013, la de Colima en agosto de 2013, la de Baja California en septiembre de 2013 y la de Yucatán en marzo de 2014. Por lo que son siete los estados que ya cuentan con una nueva legislación, pero sólo Jalisco la ha reglamentado.
En el Distrito Federal, en agosto de 2011 se publicó una ley para regular los centros de atención y cuidado infantil, la cual está en proceso de armonizarse con la ley federal. Tabasco también está armonizando su ley local.
A cinco años de la tragedia de la guardería ABC, es poca la sensibilidad que se muestra en los estados y el Distrito Federal, al no armonizar la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Han cambiado gobiernos a nivel nacional, estatal y municipal, pero el reclamo de justicia sigue sin ser atendido; no solo eso, los responsables de estos indignantes hechos siguen gozando de impunidad, siguen gozando, incluso, de presencia en la vida política del país, como si nada hubiera pasado.
La sociedad ha pedido el castigo a los responsables, pero sobre todo el reclamo de proteger la vida de todos los pequeños en las guarderías del país mediante los cambios legales e institucionales imprescindibles para ello.
La armonización en por parte de los gobiernos locales y del Distrito Federal, significa más control en los Centros de Cuidado de los infantes, no esperemos más tragedias, es nuestra obligación la protección a los menores.
Por lo expuesto, sometemos a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a los gobiernos locales, a los Congresos estatales, al gobierno y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que a la brevedad armonicen su legislación, con la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SE a ejecutar acciones para proteger la industria azucarera, tras la aplicación de cuotas compensatorias a la exportación de azúcar por Estados Unidos de América, suscrita por los diputados Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Maricela Velázquez Sánchez y Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, diputados Alejandro Moreno Cárdenas, Maricela Velázquez Sánchez y Jesús Valdés Palazuelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y de conformidad con lo previsto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
México ha tenido grandes avances a nivel internacional, forjando su presencia en todo el mundo, tal como lo demuestra el segundo informe del Ejecutivo federal recientemente presentado a esta soberanía. Por lo que respecta a América del Norte, nuestro país consolidó su relación con Estados Unidos y Canadá a partir de una visión integral promoviendo la competitividad y la convergencia de la región.
En materia económica nuestro país a signado diversos tratados y acuerdos con países como Australia, China, India, Israel, Japón, la Unión Europea, Argentina, Brasil, El Salvador, Honduras, Uruguay, Estados Unidos y Canadá, por mencionar algunos: hasta ahora uno de los convenios más importantes de México es el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), firmado en 1993 y entrando en vigor en 1994, el cual tiene como principal objetivo formar una zona de libre comercio, estableciendo reglas claras y permanentes para el intercambio comercial, que permita el incremento de flujo comercial e inversión, así como nuevas oportunidades de empleo y mejores niveles de vida.1
Al ser México un país rico en productos agrícolas, artesanías, de manufactura, industriales, etcétera, se exportan gran cantidad de estos productos, tal como lo revela la Subsecretaría de Comercio Exterior, señalando que de enero a mayo de 2014 se registró un total de 159, 204,389,095 productos exportados al mundo.2 Respecto a Estados Unidos de América en este mismo periodo se han exportado 126,501,024,593 productos entre los que se encuentran teléfonos celulares, computadoras, pantalla plan, cerveza de malta, artesanías, ropa pintada a mano, frutas, pescado fresco, aceite de ajonjolí, etcétera.3
Por lo que respecta a un producto ahora muy controvertido como es el azúcar, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) afirma que en 2012 hubo un aumento en la exportación de azúcar del 140 por ciento, por lo que la venta de azúcar pasó de 600 mil toneladas a un millón 500 mil toneladas;4 en 2013 aumentó a 2.3 millones de toneladas, lo cual hace a esta industria una de las más importantes del país.
A pesar de esta continua exportación del producto azucarero a Estados Unidos de América, el pasado 26 de agosto el gobierno de este país, decidió establecer una cuota compensatoria por subsidios al azúcar mexicana de entre 2.9 por ciento y 17 por ciento, por lo que los productos mexicanos del endulzante tendrán que buscar nuevos mercados para 200 0 300 mil toneladas de este agroproducto.5
Estas medidas arancelarias al azúcar por parte de Estados Unidos fueron el resultado de un estudio que realizó su Departamento de Comercio. Estas cuotas, señaló el vocero de la American Sugar Alliance, Phillip Hayes, se establecieron porque los azucareros estadounidenses afrontan pérdidas superiores a mil millones de dólares por las importaciones desde México a precios inferiores. Asimismo afirmó que “México ha colapsado al mercado estadunidense y está exportando cada vez más a Estados Unidos.”6
Las medidas compensatorias aprobadas por la Comisión de Comercio de Estados Unidos fueron iniciativa de la Coalición Estadounidense del Azúcar, la cual asegura que México ha incurrido en la práctica comercial desleal conocida como dumping, que consiste en la exportación de grandes volúmenes de un determinado bien a un precio por debajo de los costos reales de producción.7
Respecto de estas medidas al azúcar mexicana, el presidente de la Cámara Nacional de la Industria Azucarera y Alcoholera, Juan Cortina, señaló que habría una afectación para 1.7 millones de toneladas que se exportan a Estados Unidos, por lo que aseguró que “está totalmente en desacuerdo con cualquier cobro que imponga Estados Unidos al Azúcar”.8
El secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal, señaló en un comunicado que el establecimiento de cuotas compensatorias representa un retroceso en la integración y delicado balance de los mercados de edulcorantes en México y Estados Unidos, lograda a través del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).9 Asimismo, confirmó que el gobierno de México seguirá apoyando en forma activa y decidida la defensa del caso, de la mano con la industria mexicana, y agotará las instancias legales a su alcance para proteger los intereses de México en el marco del TLCAN y de la Organización Mundial de Comercio (OMC).1o
Es por la importancia de la industria azucarera para nuestro país que el gobierno federal debe tomar cartas en el asunto, ya que al afectar la producción de este endulzante, se afecta a los trabajadores de la industria la cual genera 930 mil empleos directos y aproximadamente 2.2 millones de empleos indirectos. En el ámbito económico se espera un fuerte impacto ya que esta industria considera un estimado de producción de 27 millones de pesos anuales que representa el 0.4 por ciento del producto interno bruto (PIB) nacional, el 11.6 por ciento del PIB primario y el 2.5 por ciento del PIB manufacturero, según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Cabe precisar que la agroindustria nacional de la caña de azúcar se desarrolla en 15 entidades federativas y 227 municipios.11
Es por esto que las autoridades federales tienen el deber de buscar los medios necesarios para que la industria azucarera siga trabajando en total normalidad y no afecta a los millones de trabajadores mexicanos quienes día a día colaboran por el desarrollo del ingenio azucarero.
Por muchos años el gobierno federal ha logrado consolidar acuerdos bilaterales con Estados Unidos, de tal suerte que, conforme a la diplomacia que siempre ha caracterizado a nuestro país, se deben de buscar convenios que no afecte a ninguna de las partes, siempre con el firme respeto al Tratado de Libre Comercio de América del Norte que a lo largo de los años ha logrado consolidar un firme vínculo comercial.
Es por lo anteriormente expuesto que se somete a esta soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a las Secretarías de Economía, y de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a otorgar el apoyo necesario a la industria azucarera tras la aplicación de cuotas compensatorias impuestas a la exportación de azúcar por parte de Estados Unidos de América.
Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Economía para que en el marco de lo dispuesto en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, convoque al establecimiento de un panel binacional que busque la eliminación de las cuotas compensatorias a la exportación de azúcar mexicana.
Notas
1 Resumen General del TLCAN http://s3.esoft.com.mx/esofthands/include/upload_files/4/Archivos/1 por ciento20Resumen.pdf 2 de septiembre de 2014
2 http://187.191.71.239/sic_php/pages/estadisticas/mexicojun2011/TTppx_e. html 2 de septiembre de 2014 18:33 horas.
3 http://187.191.71.239/sic_php/pages/estadisticas/mexicojun2011/G8ppx_e. html 2 de septiembre de 2014 18:40 horas.
4 http://www.sagarpa.gob.mx/saladeprensa/boletines2/Paginas/2012B672.aspx 2 de septiembre de 2014 16:53 horas.
5 http://www.sdpnoticias.com/columnas/2014/08/31/la-amarga-guerra-del-azu car-entre-mexico-y-estados-unidos 2 de septiembre de 2014 19:01 horas.
6 http://www.dineroenimagen.com/2014-05-09/36935 2 de septiembre de 2014 19:07 horas.
7 http://www.sdpnoticias.com/columnas/2014/08/31/la-amarga-guerra-del-azu car-entre-mexico-y-estados-unidos 2 de septiembre de 2014 19:28 horas.
8 http://www.eluniversal.com.mx/finanzas-cartera/2014/eu-aranceles-azucar -1033108.html 2 de septiembre de 2014 19:23 horas.
9 http://aristeguinoticias.com/2708/mexico/gobierno-mexicano-lamenta-aran celes-al-azucar-en-eu-llama-a-lograr-acuerdo/ 2 de septiembre de 2014 19:24 horas.
10 Ídem.
11 Ídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputados: Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), Jesús Valdés Palazuelos.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Nuevo León a diseñar un programa de austeridad y tomar medidas eficaces para disminuir la deuda pública del estado, a cargo del diputado José Arturo Salinas Garza, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, José Arturo Salinas Garza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, conforme a los siguientes
Antecedentes
Desde hace varios años, el tema del endeudamiento descontrolado de estados y municipios ha estado a la vista de todos, casos sonados como los del estado de México y Coahuila son ejemplos claros de gobiernos irresponsables que han multiplicado las deudas de estas entidades.
El problema ha llegado a ser tan grave que este Congreso de la Unión aprobó el 16 de julio de este año reformas que modifican diversas disposiciones de la Constitución para establecer principios, controles y lineamientos que promuevan un uso ordenado y sostenible del financiamiento para las entidades federativas y evitar el uso incorrecto de los recursos obtenidos vía deuda pública.
Si bien contratar créditos para financiar necesidades relativas al gasto público es un derecho de los tres órdenes de gobierno, ésta no debe ser sujeta a caprichos o intereses electorales de los gobernantes.
Consideraciones
Actualmente, en Nuevo León es preocupante el nivel de endeudamiento que guardan las finanzas públicas ya que al cierre de 2013 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la lista de las obligaciones financieras de los estados, donde Nuevo León ocupó el segundo lugar, con una deuda de 51 mil 911.9 millones de pesos, con un incremento de 4 mil 959 millones en dicho ejercicio, superado sólo por el Distrito Federal.
Hoy, cuatro años después del arranque de la administración de Rodrigo Medina en el gobierno de Nuevo León, se ha casi duplicado la deuda que heredó de gobiernos anteriores que ascendía a 27 mil 070 millones aproximadamente, de igual manera es preocupante que la Secretaría de Finanzas y la Tesorería del estado no manejen cifras exactas sobre la cantidad de la deuda; en noviembre del año 2012 informaba de una deuda de 49, mil 300 millones de pesos; a finales del 2013, una deuda de 46 mil millones de pesos; y en el primer trimestre de 2014 una deuda de casi 54 mil millones.
Aunado a las cifras arriba señaladas habría que sumar otros elementos de la deuda como el pago de proveedores y los contratos de asociaciones públicas privadas que se financian y se pagan con deuda; por lo que la cifra de deuda en el estado asciende aproximadamente a 83 mil millones; en pocas palabras el estado de Nuevo León no solo es el estado más endeudado del país en términos generales sino que es el primer lugar en deuda per cápita ya que la Secretaría de Hacienda indica que la deuda del Distrito Federal equivale a 6 mil pesos por habitante, mientras que en Nuevo León es de aproximadamente 12 mil pesos: lo doble que un habitante de la Ciudad de México.
El actual gobernador, Rodrigo Medina, ha adoptado no sólo el modelo de administración del ex gobernador de Coahuila Humberto Moreira, sino que también ha adoptado el mismo discurso para tratar de ocultar la mala administración, justificando el derroche económico en supuesto beneficio de la gente, en el cual solo se han observado proyectos fallidos como por ejemplo la Ecovía, con un costo aproximado de mil 700 millones de pesos y que a la fecha no satisface plenamente las expectativas de la población y podría continuar con una larga lista de proyectos fallidos, lo que ha originado que al gobernador Rodrigo Medina esté hundido en una crisis de desaprobación y rechazo por parte de los habitantes del estado.
El gobernador Medina, en 2013, presentó el Programa de Ordenamiento y Fortalecimiento Integral de las Finanzas Públicas, mediante el cual prometió realizar ahorros por aproximadamente 4 mil millones de pesos en rubros como los siguientes:
• Recursos humanos;
• Equipo de transporte;
• Rentas;
• Gastos de representación;
• Fondo revolvente;
• Telefonía; y
• Encuentros.
Pese a presentar y prometer de forma estelar estos supuestos ahorros, ha quedado a la vista de todos que no fue real ya que la Cuenta Pública de 2013 arroja un presupuesto ejercido de 107 mil 864 millones de pesos, cuando el presupuesto aprobado fue de 62 mil millones, lo que demuestra que sigue existiendo un déficit alarmante y según reportes de la Bolsa Mexicana de Valores, el Gobierno de Nuevo León registró un aumento de 27.8 por ciento en sus partidas de gasto corriente en el primer semestre de 2013 en comparación con el mismo periodo en 2012, pese al supuesto Programa de Ordenamiento y Fortalecimiento Integral de las Finanzas Públicas, el estado erogó 15 mil 921 millones de pesos en las partidas “Transferencias”, “Servicios personales”, “Servicios generales” y “Materiales y suministros”.
Como legisladores, comprendemos que adquirir deuda es una forma de financiamiento de los estados y los municipios que hace posible realizar proyectos en beneficio de la población que con los ingresos cotidianos no sería posible llevar a cabo; sin embargo el adquirir deuda de forma desmedida y sin control como la que está adquiriendo Nuevo León puede ser dañina en las finanzas y afectarlas en gran medida ya que se deja de gastar en inversión productiva, la cual podría ser utilizada para impulsar el desarrollo económico, educación, etcétera, llegando a tal punto de que no sea posible financiar o solventar necesidades futuras, lo que provocaría una enorme ruptura económica y social, sin recursos inmediatos para subsanarlas.
En la actual administración de Nuevo León se ha conferido prioridad a realizar obras llamativas electoralmente rentables, respondiendo a intereses de particulares debido a las innecesarias inversiones hechas, pero dejando la obligación de la operación, mantenimiento y pago de deuda a subsecuentes administraciones. Es inaceptable que la deuda actualmente represente 4.3 por ciento del PIB y 200 por ciento de las participaciones federales, cuando muchos municipios del país dependen financieramente del Presupuesto federal.
Haciendo notar a esta soberanía la problemática que aqueja a Nuevo León en materia financiera y sin que haya efectos positivos en la disminución de la deuda en comento, lo cual afecta, y lo hará por mucho tiempo, a la población Neoleonesa, tras la exposición factual del asunto, tomando en cuenta que como representantes populares tenemos la obligación de velar por los intereses del pueblo y como parte de las instituciones de este país, hacer valer el estado de derecho que en todo momento debe prevalecer, someto a consideración del pleno de esta asamblea la presente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León, con la colaboración de sus dependencias, a diseñar y publicar un programa de austeridad más estricto, tomando medidas eficaces para sanear las finanzas del estado, con el objeto de disminuir su deuda pública y evitar que se acrecenté el daño económico de dicha entidad.
Segundo. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León para que la deuda pública que se contrate se realice con las mejores condiciones de mercado y se destine estrictamente a inversiones productivas o bien a su refinanciamiento o reestructuración conforme lo señala la fracción VII del artículo 117 de la Constitución Política y a las bases que establece la legislatura local.
Tercero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León para que de acuerdo con los criterios que establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental publique y transparente en los medios oficiales de información, las obligaciones de pasivo, directas o contingentes derivadas de financiamientos de la entidad, durante el periodo comprendido de octubre de 2009 a junio de 2014, así como la relación de proyectos a los que se ha destinado el recurso.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputado José Arturo Salinas Garza (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la PGR a hacer del conocimiento público las causas y la justificación del subejercicio del programa E002, “Investigar y perseguir los delitos del orden federal”, de 2009 a 2013, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
Los suscritos, José Luis Muñoz Soria, Roberto López Suárez y Guillermo Sánchez Torres, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 3o., fracción XIX; 6o., numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y III; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, con base en los siguientes
Antecedentes
1. La Procuraduría General de la República (PGR) es una institución situada en el ámbito del Poder Ejecutivo federal, la cual tiene entre otras facultades la investigación de los delitos del orden federal, así como su seguimiento ante los tribunales de la federación.
Su actuación no se restringe exclusivamente a los delitos contra la salud (tráfico de drogas); le compete además toda la gama de ilícitos penales federales como los derivados de la delincuencia organizada, entre otros.
La institución, a través de sus unidades, fiscalías especializadas y órganos, combate de manera integral y regional este tipo de delitos, con estricto respeto de los derechos humanos de los indiciados.
2. La PGR, mediante el programa “Investigar y perseguir los delitos del orden federal”, con clave presupuestaria E002, tiene como propósito investigar y perseguir a quienes incurran en los delitos del orden federal (previstos en las leyes federales y en los tratados internacionales de que México es parte).
3. Asimismo, el programa señalado contribuye al cumplimiento del objetivo “Garantizar un sistema de justicia penal eficaz, expedito, imparcial y transparente”, considerado en la meta nacional 1, “México en paz”, del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, así como a los objetivos del Programa Nacional de Procuración de Justicia: “Lograr una procuración de justicia eficaz y eficiente”, y “Reducir la impunidad”.
4. En cuanto a los presupuestos asignado y ejercido en el programa presupuestario “Investigar y perseguir los delitos del orden federal”, se detecta que éste ha ido en incremento, con excepción del ejercicio 2008, como se muestra a continuación:
Consideraciones
A. De conformidad con lo reportado en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2013, el programa presupuestario E002, “Investigar y perseguir los delitos del orden federal”, a cargo de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, erogó recursos por 9 mil 37.15, millones de pesos, 0.2 por ciento menos con relación al presupuesto aprobado. Estos recursos representaron 59.4 del presupuesto erogado durante el ejercicio por la PGR. Durante 2013, en este programa presupuestario se incluyen las delegaciones de la PGR en los estados de la república, unidades responsables sustantivas de la institución, las cuales atienden directamente las averiguaciones previas y las áreas auxiliares que coadyuvan al cumplimiento de investigaciones, tal es el caso de la Policía Ministerial y la Coordinación General de Servicios Periciales.
B. Concatenado con lo anterior, se observa que el programa en comento presenta recurrencia en cuanto a subejercicios desde 2009, como ejemplo se destaca que en 2012 se le asignó un presupuesto de 8 mil 700.51 millones de pesos, de los cuales se ejercieron 7 mil 976.06 millones. La diferencia de esas cantidades corresponde a 724.45 millones, que representa un subejercicio equivalente ese año a 8.32 por ciento del presupuesto asignado.
C. Asimismo, durante 2013, para la investigación y persecución de delitos federales no se gastaron 508.50 millones de pesos, de los 9 mil 53.13 que fueron entregados a la PGR, donde sólo se gastaron 8 mil 544.63 millones de pesos, para un porcentaje de 5.61 de subejercicio. Al respecto se presenta la gráfica de la matriz de indicadores para resultados (MIR) siguiente:
D. Adicionalmente, del ejercicio de los recursos del programa presupuestario, la MIR de 2013 da cuenta los siguientes indicadores:
a) El porcentaje de sentencias condenatorias obtenidas a favor de la sociedad en materia de delitos del fuero federal fue menor que el aprobado y modificado, como se observa en la siguiente tabla:
Al respecto, la MIR reportó que al concluir el ejercicio fiscal de 2013 se dictaron 18 mil 494 ejecutorias de sentencias condenatorias en materia federal de un universo de 31 mil 748 averiguaciones previas despachadas por consignación al Poder Judicial, lo que representó un factor de 58.25 por ciento, la disminución de la meta alcanzada radicó principalmente en el menor número de expedientes remitidos al Poder Judicial derivado del análisis exhaustivo que realizó cada uno de los Ministerios Públicos Federales a fin de poner a disposición de los jueces federales, todos los elementos de prueba en cada expediente de averiguación previa, con el propósito de sancionar a los probables responsables. En el ejercicio fiscal de 2013, a fin de poner mayores elementos de prueba al Poder Judicial, se llevó a cabo la supervisión técnico-jurídica de los procesos penales federales en las delegaciones, buscando mejorar el desempeño de los Agentes del Ministerio Público Federal. Por tal motivo disminuyó el número de expedientes consignados al Poder Judicial, influyendo directamente en el cumplimiento del indicador, toda vez que se consignaron 31 mil 748 expedientes de averiguaciones previas, cifra que representó 85.81 por ciento de la meta planeada en el año que consistió en 37 mil 000 expedientes; sin embargo, no se justifica el hecho de que se dejaron de atender 5 mil 252 expedientes de averiguaciones previas y por ende únicamente se dictaron 18 mil 494 ejecutorias de sentencias condenatorias en materia federal.
b) El porcentaje de expedientes de averiguaciones previas despachadas respecto a los expedientes en trámite en materia del orden federal también fue menor que el aprobado y modificado, como se observa a continuación:
En el ejercicio de sus atribuciones y dentro del marco legal, la PGR combatió la impunidad de los delitos federales, al concluir el ejercicio de 2013 despachó 101 mil 504 expedientes de averiguaciones previas de 152 mil 480 que se encontraban en trámite, lo que representó 66.6 por ciento del total en trámite de averiguaciones previas en la materia, por lo que dejó de atender 50 mil 976 expedientes de averiguaciones previas. Estos resultados no incluyen expedientes en materia de delincuencia organizada, delitos federales de carácter especial y delitos electorales.
E. Aunado a lo anterior, la MIR señala que el desempeño del programa presupuestario E002, “Investigar y perseguir los delitos del orden federal”, a la fecha presenta un desempeño medio bajo.
F. La Procuraduría General de la República es una institución situada en el ámbito del Poder Ejecutivo federal que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que al Ministerio Público de la Federación y al procurador general de la República les atribuyen los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, su Reglamento, así como los demás ordenamientos aplicables;
G. La Procuraduría General de la República tiene entre sus atribuciones la de investigar y perseguir los delitos del orden federal, promover la pronta, expedita y debida procuración de justicia, vigilar la observancia de la constitucionalidad y legalidad en el ámbito de su competencia, velar por el respeto de los derechos humanos.
H. El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los recursos económicos se administrarán con eficiencia y eficacia economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el Distrito Federal, con objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo anterior.
I. Los artículos 1 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria disponen que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, y que los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad;
J. La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental indica en el artículo 7, fracción IX, que la información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución, en los términos que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación. En el caso del Ejecutivo federal, dicha información será proporcionada respecto de cada dependencia y entidad por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la que además informará sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, en los términos que establezca el propio presupuesto; asimismo la fracción XVII; señala que con excepción de la información reservada o confidencial, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, la información de utilidad o que se considere relevante, además de la que con base en la información estadística responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
También se proporcionara la información a que se refiere el artículo anterior en su segundo párrafo, la cual deberá publicarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.
K. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria define en el artículo 2 el subejercicio como las disponibilidades presupuestarias que resultan, con base en el calendario de presupuesto, sin cumplir las metas contenidas en los programas o sin contar con el compromiso formal de su ejecución.
El segundo párrafo de este artículo define que los calendarios autorizados tienen como propósito la oportuna ejecución de los recursos para el mejor cumplimiento de los objetivos de los programas, dando prioridad a los sociales y de infraestructura.
Por lo fundado y motivado, solicito que sean aprobados de urgente y obvia resolución los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al procurador general de la República, ciudadano Jesús Murillo Karam, a hacer del conocimiento público las causas y justificación del subejercicio respecto a su presupuesto original, que ha presentado el programa presupuestario E002, “investigar y perseguir los delitos del orden federal”, de 2009 a 2013.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al procurador general de la República, ciudadano Jesús Murillo Karam, a fortalecer los procedimientos y mecanismos de control del programa presupuestario E002, “investigar y perseguir los delitos del orden federal”, a fin de dar cabal cumplimiento a las metas programadas y hacer eficiente dicho programa, en razón de que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2013 registró porcentajes de cumplimiento por debajo de lo programado 85.81 y 89.75 por ciento, en cuanto a la atención a las ejecutorias de sentencias condenatorias en materia federal y a las averiguaciones previas en materia de delitos federales, respectivamente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputados: José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Roberto López Suárez, Guillermo Sánchez Torres.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los jefes delegacionales a permitir en el marco de las leyes electorales la labor de afiliación que los partidos con registro nacional efectúen al respecto, a cargo del diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, Carlos Octavio Castellanos Mijares, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numerales 1, fracción II y 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Planteamiento del problema
El Estado mexicano está reconocido en el artículo 40 constitucional como una república representativa, laica y federal; asimismo, se reconoce, de acuerdo al artículo 41 de la Constitución, la existencia de un sistema de partidos, los cuales atendiendo las reglas impuestas por las leyes electorales y las autoridades de la misma materia, deben participar como entidades de interés público en la vida cívica y política del país; en este mismo contexto deben en todo momento cumplir con las disposiciones exigidas por las leyes electorales para mantener su existencia como persona jurídica de este tipo.
La Constitución, norma fundante del orden jurídico, le concede al ciudadano mexicano prerrogativas, que deben siempre respetarse, tales como su libre asociación, su libertad política, su derecho de petición, su voto pasivo, activo, libre y secreto.
La conjugación de todos los anteriores elementos descritos permiten un sistema libertario; por el contrario, la falta de respeto a los dispositivos aludidos son propios de contextos autoritarios o hegemónicos que se desarrollan siempre en perjuicio del régimen de derechos fundamentales de las personas, contraviniendo así tanto la Carta Magna como los dispositivos internacionales de los cuales México es parte.
Es el caso de algunos funcionarios delegacionales en la Ciudad de México, quienes sin una justificación jurídica, fundada y motivada, tal como lo exige la Constitución, y en su caso las leyes federales de procedimiento administrativo, impiden a las instituciones políticas cumplir con el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que, en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-RAP-570/2011, se aprueban los lineamientos para la verificación del padrón de afiliados de los partidos políticos nacionales para la conservación de su registro CG617/2012.
Los partidos políticos cuentan con el derecho implícito de poder trabajar en el proceso de afiliación derivado del acuerdo antes mencionado, sin embargo, ciertas autoridades delegacionales han optado por hacer uso de la fuerza y del aparato administrativo para reprimir dicha labor.
Tal es el caso de las delegaciones de Xochimilco, Iztacalco, Coyoacán, La Magdalena Contreras, Tláhuac y Venustiano Carranza quienes haciendo uso de la prepotencia y de los verificadores con que cuenta, han impedido llevar a cabo la función de afiliar simpatizantes.
Argumentación
Es un derecho de las entidades de interés público, reconocidas como partidos políticos, llevar a cabo procesos de afiliación; asimismo también es una prerrogativa ciudadana poder afiliarse. Ambas labores son complementarias y llevan implícitas otras actividades, como por ejemplo que el instituto político en cuestión dé a conocer sus planes de acción y sus declaraciones de principios, asimismo publicitar sus medios para la filiación correspondiente, en el mismo sentido, el ciudadano debe analizar a conciencia su voluntad de afiliación y, en su caso, acudir de modo espontáneo a la suscripción del compromiso de afiliación.
Es un hecho, no todos los ciudadanos de las entidades federativas, incluyendo los de la Ciudad de México conocen las representaciones nacionales y locales de los partidos políticos, por lo cual es labor de las entidades de interés público, aludidas en el artículo 41 constitucional, dar a conocer, en los espacios públicos, sus procesos permanentes de afiliación y, si las intervenciones de esta naturaleza son pacíficas, de modo respetuoso y sin alterar el orden público, es menester de cualquier autoridad no bloquear esos procesos cívicos y políticos, de lo contrario se estaría atentando contra los derechos fundamentales de asociación, de reunión, de expresión política y se actualizaría un régimen faccioso del poder .
Las actitudes indeseables aludidas en la parte final del anterior párrafo, son una manifestación constante llevadas a cabo por funcionarios delegacionales en donde es gobierno el partido de la Revolución Democrática, tal es el caso de Xochimilco, Iztacalco, La Magdalena Contreras, Coyoacán, Tláhuac, y Venustiano Carranza.
Todo lo anterior lo manifestamos, pues diversas brigadas del Partido Verde Ecologista de México, con el único afán de afiliar a quien así lo desee, han sido agredidos, remitidos al juzgado cívico sin cometer falta administrativa alguna, y tratados con desprecio por diversos funcionarios delegacionales, siendo que estos últimos jamás han fundado ni motivado las razones de su actuar, actualizando así una especie de persecución política en contra de todas las fuerzas políticas que no comulgan con sus principios o colores.
Las agresiones van desde empellones, levantamiento de pequeñas mesas propiedad del partido, robo de folios donde se asientan las respectivas afiliaciones, despojo del material de trabajo, hasta el sometimiento de mujeres embarazadas que laboran en las respectivos tareas de afiliación.
En la delegación de Xochimilco los verificadores de vía pública, sin mandamiento judicial ni administrativo, con uso de la fuerza han agredido a las brigadas del Partido Verde Ecologista de México, incluso amedrentando con golpes y empujones.
Siendo que en ningún caso han dado razón precisa de su comportamiento de barbarie, solamente expresando que atienden a las órdenes de un tal Tito Arístides Cruz Alvarado, o de José Luis Sánchez Barquera Solís, quienes fungen respectivamente como director de Gobierno y jefes de Departamento de Vía Pública en la delegación en cuestión, siendo que la brigada siempre se ha dirigido respetuosamente e incluso, por un afán de consideración hacia las autoridades han manifestado por escrito los sitios donde llevarán a cabo las labores cívicas, al respecto, las autoridades delegacionales jamás han dado contestación alguna, por escrito, fundado o motivando su proceder, pero en cambio sí se asientan en los sitios donde la brigada en cuestión operará para impedirles su colocación y proceder a su retiro y, en su caso, sometimiento.
Es imposible que un partido político predominante en los gobiernos locales como el de la Revolución Democrática que se proclama de izquierda, haga una labor de persecución y no atienda al régimen de libertades que impone el orden jurídico mexicano.
Con actitudes de este tipo se deja ver que el discurso democrático de los gobiernos delegacionales en las citadas demarcaciones, son simplemente una careta pues afectan así no sólo al instituto político en cuestión, sino a las personas, a las instituciones electorales federales y locales así como un incumplimiento severo de la ley.
El Instituto Nacional Electoral ha establecido diversos acuerdos donde se aprueba los lineamientos para la verificación del padrón de afiliados de los partidos políticos nacionales para la conservación de su registro, el último fue el CG 617/2012, en donde se estipula la labor de actuar de los partidos políticos para su afiliación y renovación de su planta de afiliados, la cual sólo tiene la finalidad de promover la participación del pueblo en la vida democrática; de igual modo, el artículo 9 de la Constitución, autoriza la asociación y prohíbe coartar ese derecho, el artículo 35 de la misma disposición constitucional permite la asociación individual y libre de los ciudadanos para tomar parte de forma pacífica en los asunto del país.
El inciso ff) del artículo 44 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, determina que el consejo general establecerá los acuerdos y modalidades que deberán cumplir los partidos políticos para tener actualizado su padrón de afiliados.
Como se aprecia, las autoridades delegacionales violentan los compromisos democráticos y las disposiciones normativas, así como los acuerdos generales de las autoridades electorales, notándose así una actitud sátrapa y autoritaria.
En virtud de lo aquí expuesto pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a los jefes delegacionales a permitir, en el marco de las leyes electorales, la labor de afiliación que lleven a cabo los diversos partidos políticos con registro nacional y a no impedir con actitudes violentas dichas labores.
Segundo. La Cámara de Diputados hace un pronunciamiento al Instituto Nacional Electoral para que verifique en las delegaciones Xochimilco, Iztacalco, La Magdalena Contreras, Coyoacán, Tláhuac y Venustiano Carranza los impedimentos que los respectivos gobiernos en las demarcaciones están llevando a cabo para impedir la labor de afiliación a los partidos políticos con registro nacional.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y al jefe del gobierno del Distrito Federal a dirigir o instruir la investigación y sanción de quienes ocuparon la Plaza de la Constitución como estacionamiento durante el segundo Informe de Gobierno del Ejecutivo federal, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, conforme a las siguientes
Consideraciones
El pasado 1 de septiembre, Enrique Peña Nieto envió su segundo Informe de Gobierno al Congreso de la Unión, para dar cumplimiento mínimo al requisito de rendir cuentas ante las y los representantes de la población y los estados, en un ejercicio repetitivo de ausencia del presidente, ante posibles reclamos por parte de las legisladoras y legisladores, quien ante este tipo de acciones siguen perdiendo facultades, ante un congreso silente.
Un día después, en Palacio Nacional, mediante un acto bien estructurado y planificado, y frente a sus invitadas e invitados especiales, Enrique Peña Nieto ofreció con lujo de detalle el informe que no rindió de manera personal ante el Congreso de la Unión.
Mientras tanto, al exterior de Palacio Nacional, uno de los actos más oprobiosos ocurría, cuando la Plaza de la Constitución comenzó a llenarse poco a poco de vehículos estacionados, mismos que pertenecían a las y los invitados que escuchaban el informe de Peña Nieto.
El 3 de septiembre, el secretario de Gobierno del Distrito Federal, Héctor Serrano, declaró que fueron alrededor de 250 automóviles y camionetas los que ocuparon la Plaza de la Constitución como estacionamiento, acción que “el gobierno de la ciudad descalifica”.
“Tenemos identificados por cámaras, los vehículos que estuvieron en la plancha del Zócalo. Es algo que el secretario de Seguridad Pública (Jesús Rodríguez Almeida) está revisando, él tendrá que informar respecto de las acciones que tomarán por la ocupación, evidentemente es una infracción estacionarse en la plancha”, afirmó en dicho momento, responsabilizando a Rodríguez Almeida de la imposición de las multas.
Con estas declaraciones, hechas de manera pública durante una entrevista en el antiguo Palacio del Ayuntamiento, Serrano aseguró que el Gobierno de la ciudad desconocía que el Zócalo sería utilizado como estacionamiento para dichos vehículos.
Un día después, el jueves 4 de septiembre, Rodríguez Almeida aclaró “muy respetable su aseveración (de Serrano), y lo vuelvo a reiterar, no hay ningún reglamento que esté por encima de las leyes federales, locales y de la Constitución”.
El mando policial argumentó que “por jerarquía de leyes”, en este caso el Reglamento de Tránsito Metropolitano no se puede aplicar a los automóviles en los que llegaron la clase política y los invitados especiales de Peña Nieto.
“En el sistema jurídico mexicano, existe la Constitución, las leyes federales y secundarias, la Ley Federal de Seguridad Pública, así como el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, y la Ley de Seguridad Pública del DF, y su respectiva ley orgánica que, en este caso, avalan la actuación de los uniformados en la ciudad capital durante los acontecimientos del pasado 2 de septiembre. Por jerarquía de leyes, no es aplicable el Reglamento de Tránsito Metropolitana”, dijo.
Explicó que “lo fundamental en el estado de derecho, es la cooperación y coordinación entre gobiernos, fincadas en el respeto a la norma jurídica, por lo que ningún reglamento está por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Luego, el titular de la SSP-DF reiteró que por solicitud del gobierno federal le cedió la operación, seguridad y logística de la Plaza de la Constitución, contradiciendo de manera directa a Héctor Serrano, quien tan sólo un día antes había afirmado que el GDF desconocía del todo el uso que se haría del Zócalo.
El martes pasado, agregó: la función de la policía capitalina fue la de “ser auxiliar en una zona perimetral para evitar desorden público y para generar la condiciones para que el gobierno federal pudiera efectuar el evento bajo su logística, seguridad y operatividad”.
El vocero del gobierno de la República, Eduardo Sánchez, reconoció en su cuenta de twitter que fue una “decisión equivocada”, asumió la responsabilidad y dijo que tomaría “medidas al respecto”. Sin embargo, hasta el momento, no ha informado nada sobre el tema.
Aunado a esta declaración, un comunicado fue emitido afirmando que “quienes estaban a cargo del acceso vehicular a la Plaza de la Constitución decidieron abrir la plancha del Zócalo para el estacionamiento de vehículos.”
El comunicado menciona que esta situación “fue, desde luego, una decisión equivocada de quienes controlaban el acomodo vehicular.”
“El gobierno de la República asume la responsabilidad, ofrece una disculpa por el uso incorrecto del Zócalo, y asegura que adoptará las medidas al respecto para que esta situación no se vuelva a repetir”, finaliza el breve texto enviado a medios de comunicación.
Por su parte, la empresa relacionada con la prestación del servicio de “valet parking” fue Código Valet Parking, quien a través de su director, Raúl Alvarado, afirmó que los invitados fueron atendidos por 50 acomodadores de la empresa, en un horario de 6:00 a 17:00 horas, especificando que quienes estacionaron los vehículos en la plancha del Zócalo fueron los choferes o escoltas y agregó que “todo estaba a cargo de la Policía Militar y Estado Mayor Presidencial”.
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito Metropolitano, la multa por estacionarse en un sitio prohibido, como la Plaza de la Constitución, es de 10 a 15 días de salario mínimo, lo que equivaldría de 672.9 a mil 9 pesos, así como la remisión del vehículo al depósito vehicular.
Por su parte, el artículo 9 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, establece que en festividades cívicas o ceremonias oficiales en que esté presente la Bandera Nacional, deberán rendírsele los honores que le corresponden en los términos previstos en esta ley y los Reglamentos aplicables; honores que, cuando menos, consistirán en el saludo civil simultáneo de todos los presentes, de acuerdo con el artículo 14 de esta ley.
El mismo ordenamiento en su artículo 16, establece que la Bandera Nacional se izara diariamente en los edificios sede de los Poderes de la Unión, en las oficinas de Migración, aduanas, capitanías de puerto, aeropuertos internacionales; en las representaciones diplomáticas y consulares en el extranjero y en el asta monumental de la Plaza de la Constitución de la capital de la República.
En tanto, el artículo 35 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos menciona que “son monumentos históricos los bienes vinculados con la historia de la nación, a partir del establecimiento de la cultura hispánica en el país, en los términos de la declaratoria respectiva o por determinación de la ley”.
A diferencia del discurso de justificación impartido por Rodríguez Almeida, la supremacía de las Constitución no puede ser empleada como discurso de justificación ante lo sucedido en el Zócalo capitalino, pues no solamente se violó un reglamento de tránsito, sino que se violaron claramente leyes federales, reglamentarias de artículos constitucionales, violaciones que presuntamente cometieran particulares que asistían con las invitadas e invitados de Enrique Peña Nieto a Palacio Nacional.
No pueden justificar que presumían la ausencia de uno de nuestros más grandes símbolos patrios en la Plaza de la Constitución, y la ignorancia no exime del cumplimiento de las leyes federales que violaron, hecho que reconocieran tanto el gobierno federal, como el gobierno local y que hasta el momento se mantiene sin sanciones.
El Zócalo capitalino, sede política de dos de los Poderes de la Unión, y que ha representado en diversas ocasiones un centro de luchas cívicas y políticas no puede ser reducido a ser el patio trasero de un presidente que claramente no da importancia al Congreso, ni a los símbolos patrios, ni a los lugares históricos de su país. Permitir que este hecho pase al olvido sin siquiera sancionar con las ínfimas multas que establece el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
No se puede alegar supremacía de leyes para eximir de sanciones a unos, mientras a cada ciudadana o ciudadanos se le vigila exhaustivamente, para poder cobrarles multas a la mínima infracción.
Fundado y motivado en las consideraciones antes expuestas, sometemos a su consideración el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, a que por medio de sus facultades, y en cumplimiento a lo establecido por la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, se castigue según la gravedad y condición de los infractores, a las personas que ocuparan la Plaza de la Constitución como estacionamiento, durante un acto del Presidente de la República, y a quienes dieran los permisos necesarios para que tal hecho se consumara.
Segundo. Exhorta al jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, a que en el marco de sus facultades, instruya a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, a emplear la información que pueda obtenerse de las cámaras de vigilancia establecidas en el perímetro del Zócalo capitalino, a fin de establecer las multas correspondientes por las infracciones al Reglamento de tránsito de quienes ocuparon el Zócalo capitalino como estacionamiento durante el segundo informe de gobierno de Enrique Peña Nieto, así como a las funcionarias y funcionarios que dieran autorización para que tal hecho se consumara.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los secretarios de Educación Pública federal y de Chiapas a hacer del conocimiento público el avance del programa Escuelas de Tiempo Completo del estado en relación con el PEF de 2012 y de 2013, así como del primer semestre de 2014, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
Los suscritos diputados, José Luis Muñoz Soria, Roberto López Suárez y Guillermo Sánchez Torres, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 3o., fracción XIX; 6o., numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numerales 1, fracción II y 2, fracciones I y III; y, 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo con base en los siguientes
Antecedentes
1. En el año 2007, por iniciativa del entonces presidente de la República, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, surge el programa Escuelas de Tiempo Completo (PETC), con el cual prometió ofrecer una plataforma básica con estrategias de gestión y organización escolar para lograr la ampliación gradual del horario escolar en las escuelas públicas de nivel básico.1
2. El programa Escuelas de Tiempo Completo tuvo como propósito de origen, contribuir al cumplimiento de los objetivos 9, 10, 11 y 12 del numeral 3.3 Transformación Educativa del Eje 3 Igualdad de Oportunidades, establecidos para la educación básica en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (Plan Nacional de Desarrollo del expresidente Felipe de Jesús Hinojosa) y 1, 3 y 4 del Programa Sectorial de Educación 2007-2012 de la alianza por la calidad de la educación; así como contribuir a mejorar las oportunidades de aprendizaje reflejadas en el logro académico de los alumnos de las escuelas públicas de educación básica, mediante la ampliación de la jornada escolar y mejorar las oportunidades de aprendizaje de las alumnas y los alumnos de escuelas públicas.
3. El programa Escuelas de Tiempo Completo, para su planeación e implementación, se fundamentó en observaciones de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco por sus siglas en ingles), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE por sus siglas en ingles) y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI); tales organismos internacionales identifican puntos de referencia importantes para el mejoramiento de la calidad educativa, entre los que destacan: la duración de la jornada escolar, el número de días de trabajo efectivo del calendario escolar anual, el uso efectivo del tiempo escolar en actividades con sentido educativo, así como el reconocimiento de las necesidades sociales relacionadas con los diversos cambios en la estructura familiar (madres trabajadoras, familias uniparentales, etcétera.)
4. El programa Escuelas de Tiempo Completo inició su operación en el ciclo escolar 2007-2008 beneficiando a más de 130 mil niños y niñas de 500 escuelas de educación primaria en 15 de las 32 entidades federativas del país.
5. Con la puesta en marcha, el programa se propuso:
• Beneficiar preferentemente a escuelas públicas de educación básica con un solo turno ubicadas en zonas urbanas, así como las que presentan bajos resultados educativos.
• Oportunidades para diversificar las actividades escolares y profundizar en el estudio del currículo con la ampliación de la jornada escolar planteada en el programa Escuelas de Tiempo Completo.
• La incorporación de más tiempo en la jornada escolar, acompañado de un uso intensivo y orientado a los aprendizajes, permitiría desarrollar las competencias esperadas en ambientes motivadores y seguros.
6. El programa Escuelas de Tiempo Completo cuenta con instrumentos normativos que articulan y definen: la planeación de las acciones y los procesos operativos para el logro de sus objetivos; la transparencia en el ejercicio de los recursos federales transferidos; y la eficiente y efectiva rendición de cuentas, con los cuales el entonces presidente, Felipe Calderón Hinojosa, pretendía tener bajo control el programa; entre estos instrumentos destacan:
I. Convenio Marco de Coordinación.
II. Acuerdo 592 para la Articulación de la Educación Básica.
III. Reglas de operación publicadas anualmente en el Diario Oficial de la Federación, y
IV. Lineamientos para el otorgamiento de apoyos económicos a directivos y docentes emitidos anualmente por la Coordinación Nacional del PETC.
7. Los recursos asignados mediante el Presupuesto de Egresos de la Federación y ejercidos en el programa Escuelas de Tiempo Completo con clave presupuestal S-221, ha tenido la evolución siguiente:
Consideraciones
A) La Secretaría de Educación Pública tomó en cuenta para la implementación del programa Escuelas de Tiempo Completo, programas y puntos de vista de organizaciones internacionales que se encuentran muy por encima de México en cuestiones de desarrollo educativo, razón fundamental por lo que el programa en nuestro país no ha logrado resultados similares a los de aquellos países, aunado a la mala planeación, se encuentra la falta de infraestructura educativa en los planteles que se encuentran incorporados al programa.
B) El programa Escuelas de Tiempo Completo surgió como un programa de nivel nacional, y el resultado arrojado al final del sexenio impulsor del programa (2007–2012), fue que solamente 6 mil escuelas se encontraban operándolo; cuando a nivel nacional existe un universo de más de 200 mil escuelas de educación básica, lo que representó que al cierre de 2012, 3 por ciento del total de escuelas del país contaban con el programa Escuelas de Tiempo Completo en operación.
C) Dentro del 3 por ciento de escuelas que contaron con el programa Escuelas de Tiempo Completo en operación, se registraron alrededor de 76 horarios distintos de funcionamiento, al existir un descontrol total entre la plantilla de personal docente que no cuenta con plaza de tiempo completo, sino que pertenece a un turno o al otro (matutino o vespertino), violentando las reglas de operación del programa, así como los lineamientos para apoyos económicos de directivos y docentes.
D) El programa Escuelas de Tiempo Completo no cuenta con un proyecto educativo definido, al contemplar un plan de estudios muy similar al de las escuelas de un solo turno; solamente incrementado por la incorporación del idioma inglés, sobre el cual hace falta capacitación del personal docente, ya que no lo domina y a razón de que no forma parte del plan de estudios de algunas de las universidades y escuelas normales encargadas de formar profesionistas para la educación básica competentes para que estos a su vez, contribuyan a la adecuada formación educacional de los infantes mexicanos.
E) El origen del programa Escuelas de Tiempo Completo se vio afectado por una inadecuada planeación desde su origen, al ser vislumbrado como un espacio para “retener” a los niños, a fin de evitar que estuvieran solos en sus casas o fuera de supervisión de sus padres o tutores (se visualizó como un programa de seguridad infantil); en lugar de ser planeado como un espacio de educación integral con diversidad de actividades curriculares y extracurriculares para el correcto desarrollo infantil.
F) De conformidad con los presupuestos de egresos de la federación, entre los años 2009 y 2012, se invirtieron 5 mil 413 millones de pesos, a razón de un promedio de 201 mil pesos al año por plantel incorporado.
G) En el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio de 2013, se destinó un importe de 6 mil 102.9 millones de pesos para el programa Escuelas de Tiempo Completo, sin que la base de datos de las escuelas incorporadas al programa sea actualizada en el portal de Internet de la Subsecretaría de Educación Básica, en el que se muestran datos de las escuelas incorporadas al programa, con fecha de actualización al 12 de diciembre del 2012.2
H) El Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2014, canalizó al programa de Escuelas de Tiempo Completo (PETC) un presupuesto de 12 mil 000.4 millones de pesos, lo que representa un incremento de 96.63 por ciento con respecto al Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio de 2013; siendo que al cierre de 2012 solo 3 por ciento del total de escuelas del país contaban con el programa Escuelas de Tiempo Completo en operación, por lo que no se ve reflejada la erogación del presupuesto, en beneficio del programa en comento.
I) Por otra parte, cabe señalar que en el Informe de Resultados de la Cuenta Pública de 2012, la Auditoría Superior de la Federación se abstuvo de pronunciar dictamen en la Auditoría de Desempeño número 12-0-11100-07-0291, que tuvo como objetivo fiscalizar el programa Escuelas de Tiempo Completo para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas; toda vez que en 2012, el programa Escuelas de Tiempo Completo tuvo el objetivo de contribuir a mejorar las oportunidades de aprendizaje reflejadas en el logro académico de los alumnos de las escuelas públicas de educación básica, mediante la ampliación de la jornada escolar. En ese año, el PETC benefició a 6 mil 460 escuelas públicas de educación básica, que representaron 3.2 por ciento de las 199 mil 442 escuelas de educación básica determinada como población potencial.
J) Las 6 mil 460 escuelas beneficiadas contaron con una matrícula de mil 323.6 miles de alumnos; sin embargo, la Secretaría de Educación Pública (SEP) no sustentó la información requerida para efectuar esta auditoría, ya que no dispuso de información sobre la implementación de la propuesta pedagógica en las 6 mil 460 escuelas de tiempo completo, en términos de las seis líneas de trabajo que la integran y que están enfocadas al fortalecimiento de los aprendizajes; el desarrollo de habilidades digitales; el arte y cultura; la recreación y el desarrollo físico; el aprendizaje de inglés, y la vida saludable, ni sobre las acciones realizadas en cada uno de los componentes del programa, referentes a la actualización del personal directivo, docente y de apoyo; el seguimiento y acompañamiento de las escuelas; la adquisición de material didáctico y equipo informático para uso educativo; el servicio de alimentación de alumnos y docentes; el pago de personal directivo, docente y de apoyo para la atención del horario escolar ampliado, y el acondicionamiento y equipamiento de espacios escolares. Además, careció de información sobre el número de alumnos que permanecieron durante la jornada de tiempo completo y sobre la distribución de los recursos que se otorgaron por cada escuela beneficiada.
En relación con el diseño del PETC, la dependencia no estableció la duración de la jornada que deberían cumplir las escuelas, ni la obligatoriedad de la permanencia de los alumnos durante toda la jornada de tiempo completo; no definió de manera clara los criterios para identificar a la población objetivo del programa; no definió los montos financieros mínimos y máximos que deberían recibir las escuelas beneficiadas del programa, ni los criterios que se aplicarían para su asignación; no determinó en qué consisten las acciones en las que se podrían aplicar los apoyos económicos, tanto para los servicios de alimentación como para el acondicionamiento y equipamiento de los espacios escolares de las escuelas de tiempo completo; tampoco estableció las características de la infraestructura y el equipamiento necesario para que las escuelas operaran de tiempo completo, ni identificó el perfil de la plantilla docente necesaria para desarrollar las líneas de trabajo educativo de la propuesta pedagógica del PETC durante la jornada ampliada; no determinó la obligación de elaborar un diagnóstico de las necesidades y las condiciones de las escuelas de tiempo completo, y no estableció las acciones específicas en materia de control y vigilancia de la operación del programa.
La SEP no realizó el seguimiento, ni la evaluación de la implementación del PETC, respecto de la actualización del personal directivo, docente y de apoyo; la adquisición de material didáctico y equipo informático; el servicio de alimentación de los alumnos, ni el acondicionamiento y equipamiento de espacios escolares.
Los resultados de la prueba Enlace del ciclo escolar 2011-2012 mostraron que el logro educativo en matemáticas y español de las escuelas beneficiadas y no beneficiadas por el PETC no fue estadísticamente significativo, por lo que no existe evidencia que sugiera que el programa está influyendo en la mejora del logro educativo de los alumnos de las escuelas beneficiadas.
Respecto de la meta de lograr que para el año 2025 la totalidad de las escuelas de educación básica sea de tiempo completo, se estimó que, de continuar con la misma tendencia del periodo 2007-2012, la meta se cumpliría en el año 2191, considerando las 199 mil 442 escuelas existentes en 2012, y en el año 2210, tomando en cuenta las 219 mil 982 escuelas proyectadas a 2025.
Asimismo, se determinó que el presupuesto necesario para que las 199 mil 442 escuelas de educación básica operaran como escuelas de tiempo completo sería de 77,452,702.4 miles de pesos, monto superior en 107.1 por ciento al presupuesto ejercido de 37,390,594.6 miles de pesos en la Subfunción 01 Educación Básica en 2012; mientras que el presupuesto necesario para que las 219 mil 982 escuelas que se calcula existirán a 2025 operen con jornada escolar de tiempo completo, sería de 85,429,349.7 miles de pesos, superior en 128.5 por ciento al presupuesto ejercido en la Subfunción 01 de Educación Básica en 2012.
La SEP no estableció indicadores suficientes para evaluar el desempeño del programa y no presentó información suficiente en los instrumentos de rendición de cuentas para evaluar el cumplimiento del objetivo y las metas del programa.
Derivado de la Auditoría de Desempeño número 12-0-11100-07-0291, la Auditoría Superior de la Federación determinó 13 observaciones de las cuales generaron 25 recomendaciones al desempeño a la SEP y que a la fecha no se han atendido 18, mismas que se señalan a continuación:
12-0-11100-07-0291-07-002
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública adopte las medidas necesarias, a fin de que en las reglas de operación del programa Escuelas de Tiempo Completo se definan de manera clara y precisa los criterios de selección de la población objetivo.
12-0-11100-07-0291-07-003
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública adopte las medidas necesarias para que en las reglas de operación del programa de Escuelas de Tiempo Completo se especifiquen los montos de los apoyos financieros y los criterios para su asignación en las escuelas, a fin de asegurar la transparencia en la distribución de los recursos del programa.
12-0-11100-07-0291-07-004
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública adopte las medidas necesarias, a fin de que en las reglas de operación del programa de Escuelas de Tiempo Completo se establezcan las características de la infraestructura y equipamiento necesario para la operación del programa, así como el perfil de la plantilla docente necesaria para desarrollar las líneas de trabajo educativo de la propuesta pedagógica.
12-0-11100-07-0291-07-006
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública adopte las medidas necesarias, a fin de que en las reglas de operación del programa de Escuelas de Tiempo Completo se establezcan indicadores que permitan evaluar el desempeño del programa en términos de eficiencia, impacto y calidad.
12-0-11100-07-0291-07-007
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública revise y actualice los objetivos e indicadores que se incluyen en la Matriz de Indicadores para Resultados del Programa Escuelas de Tiempo Completo, a fin de que su diseño cumpla con la metodología de marco lógico, y permita evaluar la eficiencia y calidad del desempeño del programa.
12-0-11100-07-0291-07-011
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública elabore un estudio sobre la factibilidad de lograr que antes de 2021 todas las escuelas que funcionen en el turno vespertino dispongan de edificios propios y transiten de la escuela de medio tiempo a escuelas de tiempo completo, a fin de que, en su caso, se realicen las adecuaciones necesarias a la meta establecida.
12-0-11100-07-0291-07-012
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública elabore un estudio sobre la factibilidad de lograr que para el año 2025 la totalidad de las escuelas de educación básica sean de tiempo completo, a fin de que, en su caso, se realicen las adecuaciones necesarias a la meta establecida.
12-0-11100-07-0291-07-014
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública realice un estudio, a fin de identificar las causas por las que los resultados del logro educativo de las escuelas beneficiadas por el programa Escuelas de Tiempo Completo no son estadísticamente significativos, respecto de las escuelas no beneficiadas.
12-0-11100-07-0291-07-015
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública realice un estudio que le permita valorar el impacto de las acciones del programa Escuelas de Tiempo Completo en el logro educativo, a fin de medir el mejoramiento del logro académico de los estudiantes de las escuelas beneficiadas.
12-0-11100-07-0291-07-016
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública realice un estudio que le permita valorar los programas presupuestarios que son similares o concurrentes al programa de Escuelas de Tiempo Completo, a fin de determinar acciones enfocadas a potencializar sus resultados.
12-0-11100-07-0291-07-017
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública investigue las causas por las que se carece de la información, respecto de la implementación de la propuesta pedagógica en las escuelas beneficiadas por el programa Escuelas Tiempo Completo y, con base en ello, realice las acciones necesarias para contar con un sistema de información sobre criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, a fin de generar información sobre la implementación de la propuesta pedagógica, en términos de las líneas de trabajo que la integran.
12-0-11100-07-0291-07-018
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública fortalezca sus sistemas de control, a fin de garantizar la confiabilidad de las cifras sobre la sistematización del seguimiento del programa Escuelas de Tiempo Completo que se consignen en los reportes de Seguimiento de Metas de la Matriz de Indicadores para Resultados.
12-0-11100-07-0291-07-019
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública investigue las causas por las que siete entidades federativas no cumplieron con la entrega de los informes técnicos trimestrales y, con base en ello, establezca los mecanismos de control necesarios para corregir esa omisión, evitar su recurrencia y asegurar el cumplimiento de la normativa correspondiente.
12-0-11100-07-0291-07-021
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública diseñe e instrumente un sistema de información sobre criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, con mecanismos de actualización permanente, para generar información sobre las acciones que se lleven a cabo en la operación del programa Escuelas de Tiempo Completo, a fin de realizar el seguimiento por entidad federativa de la implementación del programa en las escuelas de educación básica.
12-0-11100-07-0291-07-022
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública adopte las medidas necesarias, a fin de evaluar los resultados de la implementación de la propuesta pedagógica y la gestión del programa Escuelas de Tiempo Completo.
12-0-11100-07-0291-07-023
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública investigue las causas por las que no se registró la información de los montos totales ejercidos en el programa Escuelas de Tiempo Completo, por entidad federativa, en la Plataforma de Registro de Avance Financiero y Físico de Programas y Proyectos (PRAFFIPP) y, con base en ello, implemente las acciones de mejora necesarias, a fin de fortalecer sus mecanismos de control y supervisar la ministración y ejercicio de los recursos federales.
12-0-11100-07-0291-07-024
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública diseñe e instrumente un sistema de información sobre criterios de utilidad, confiabilidad y oportunidad, a fin de determinar los gastos incurridos de las escuelas de educación básica beneficiadas por el programa Escuelas de Tiempo Completo.
12-0-11100-07-0291-07-025
Recomendación: para que la Secretaría de Educación Pública incluya en los documentos de rendición de cuentas información suficiente y competente sobre los resultados del programa Escuelas de Tiempo Completo, a fin de evaluar el cumplimiento de su objetivo.
L) Por otra parte, cabe señalar en específico en el estado de Chiapas la existencia de un presunto mal manejo y desvío de recursos económicos que se ha venido dando desde el ejercicio de 2009, correspondiente al programa Escuelas de Tiempo Completo; tales como:
a) La alteración de las matrículas de los alumnos y docentes, dando como resultado que los montos de recursos económicos destinados para la alimentación y compensación de cada escuela sean alterados, con el fin de obtener más recursos para beneficios propios.
b) Recursos federales transferidos pero no ejercidos por 12.74 millones de pesos.
c) Irregularidades en la emisión de 4 cheques expedidos por la cantidad de 0.92 millones de pesos cada uno dando un total por 3.69 millones de pesos, para la adquisición de ficheros didácticos.
d) Reintegro de los recursos económicos a la coordinación del programa por indicaciones del titular debido a que se alteran datos del SAECH.
e) En algunas escuelas la existencia de manipulación por parte del coordinador estatal del PETC.
f) Reintegros a la cuenta 0884967914 de Banorte, SA (por lo que se deberá investigar dicha cuenta).
M) Los recursos que se le han asignado al estado de Chiapas al rubro de Educación mediante el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) ha sido el siguiente:
Al respecto, del presupuesto asignado al FAEB se desconoce el porcentaje que es destinado al PETC, por lo que es necesario en materia de transparencia hacer del conocimiento público el presupuesto asignado y ejercido en dicho programa.
N) La SEP precisa que los recursos que se transfieren a los estados para la implementación de cada programa son considerados subsidios federales, debiendo sujetarse al artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables en la materia, y podrán ser apoyos técnicos o financieros.
O) Asimismo las escuelas beneficiadas deberán rendir cuentas ante sus autoridades educativas y su comunidad escolar sobre los logros educativos obtenidos y sobre el ejercicio de los recursos asignados con apoyo de la supervisión escolar y la autoridad educativa local (AEL).
P) El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los recursos económicos se administrarán con eficiencia y eficacia economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el Distrito Federal, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo anterior.
Por lo anteriormente fundado y motivado, solicito sean aprobados los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública, ciudadano Emilio Chuayffet Chemor, y al secretario de Educación Pública del estado de Chiapas, ciudadano Ricardo Aguilar Gordillo, a que hagan del conocimiento público el avance del programa Escuelas de Tiempo Completo del estado de Chiapas, en relación con el Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios de 2012, 2013 y primer semestre de 2014; así como lo siguiente:
• El total de escuelas y ubicación que a la fecha se encuentran incorporadas al PETC, y cuántas de ellas han sido desincorporadas.
• Recursos destinados a cada escuela incorporada para la implementación del programa, señalando su ubicación y, en su caso, clave, de 2009 a la fecha.
• El procedimiento y control que aplican para la transferencia de recursos del PETC.
• La plantilla de personal docente que labora en las PETC; así como el personal que pidió licencia desde su creación hasta la fecha y del que se encuentra con licencia.
• El total de alumnos beneficiados por el PETC por escuela y ubicación, de 2009 a la fecha.
• Cuántas escuelas cuentan con la infraestructura para funcionar como escuelas de tiempo completo, y cuántas se pretenden adecuar y en qué tiempo.
• Informen si han detectado desfalcos y cuántas denuncias penales y procedimientos administrativos han iniciado por el probable uso inadecuado de los recursos otorgados al PECT y en qué estatus se encuentran.
• Cuáles son los mecanismos de control que ha implementado en el PETC a fin de evitar las malas prácticas y costumbres en el manejo de los recursos económicos que se han venido dando desde el ejercicio de 2009; toda vez que se advierte de la presunta alteración de las matrículas de los alumnos y docentes a fin de obtener más recursos destinados para la alimentación y compensación de cada escuela, para beneficios propios de la coordinación estatal.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública, ciudadano Emilio Chuayffet Chemor, y al secretario de Educación Pública del estado de Chiapas, ciudadano Ricardo Aguilar Gordillo, a que hagan del conocimiento público en su portal oficial de Internet toda la información relativa a lo enunciado en el primero.
Tercero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública, ciudadano Emilio Chuayffet Chemor, a que dé a conocer las acciones que ha realizado con la finalidad de atender las 25 recomendaciones al desempeño generadas por la Auditoría Superior de la Federación en la Auditoría de Desempeño número 12-0-11100-07-0291.
Notas
1. I Noticias Reforma 27 de julio de 2013 (SEP reconoce fallas en escuelas de tiempo completo).
2. Presupuesto de Egresos de la Federación 2013.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputados: José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Roberto López Suárez, Guillermo Sánchez Torres.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los estados y a los municipios a realizar programas y acciones permanentes para fomentar la gestión integral de los residuos de manejo especial, a cargo de la diputada Martha Edith Vital Vera, del Grupo Parlamentario del PVEM
La que suscribe, Martha Edith Vital Vera, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario Verde Ecologista de México, perteneciente a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo conforme a las siguientes
Consideraciones
Hoy en día, la generación de residuos (sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos) son consecuencia directa de la infinidad de actividades desarrolladas por el hombre; hace años, muchos de los residuos eran reutilizados y se les daban diversos usos; sin embargo, actualmente nos encontramos en una sociedad de consumo que genera grandes cantidades y una variedad de residuos procedentes de un amplio abanico de actividades. La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) en el artículo 5o. fracción XXX define a los Residuos de Manejo Especial como “aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos”. De acuerdo a datos del “Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos 2012” de la Semarnat, en nuestro país anualmente se generan 84 millones de toneladas de Residuos de Manejo Especial.1 Asimismo, el artículo 19 señala la clasificación de estos y en la fracción IX menciona que dentro de los residuos de manejo especial están las “pilas que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo, zinc, o cualquier otro elemento que permita la generación de energía en las mismas, en los niveles que no sean considerados como residuos peligrosos en la norma oficial mexicana correspondiente”.2
El aumento en la tecnología portátil es sin duda el principal detonante en la demanda y el desecho de pilas y baterías en el mundo ya que son utilizadas diariamente en juguetes, linternas, radios, relojes, celulares, cámaras fotográficas, etc. Una pila o batería puede contaminar el planeta por más de 10 siglos y contaminan principalmente las aguas subterráneas del planeta; más del 30% de las pilas del mundo, sobre todo las pilas chinas, tienen compuestos tóxicos como: mercurio, plomo, litio, cadmio y níquel. Lo más alarmante es que en México cada habitante usa aproximadamente 10 pilas al año, de las cuales el 40% son altamente contaminantes3 (muchas de ellas “piratas”, las cuales son adquiridas por tener menor precio, no obstante, son las que tienen sustancias químicas que generan en mayor medida problemas graves a la salud y al ambiente”).
Son uno de los objetos más contaminantes, por la lenta degradación y toxicidad de sus componentes y son clasificadas en diversos grupos. Con base en la duración de la carga, las pilas se clasifican en primarias (no recargables) y secundarias (recargables), la mayoría de los artículos eléctricos y electrónicos portátiles que no requieren de alimentación continua de suministro de corriente alterna pueden funcionar con pilas primarias y secundarias. Estas contienen uno o más metales como el mercurio (Hg), cadmio (Cd), litio (Li), plomo (Pb), níquel (Ni), Manganeso (Mn) y Zinc (Zn) los cuales son tóxicos para la salud y el ambiente. También contienen un medio conductor de corriente eléctrica, que puede ser un electrodo de carbón o un electrolito a base de hidróxido (de potasio o sodio) y cloruro de sodio, entre otros; por último, contienen plástico, papel y lámina metálica, los cuales son materiales que recubren y protegen la pila. Las pilas también se clasifican con base en su tecnología y sus componentes principales para fines técnicos y comerciales. Las pilas primarias se pueden clasificar en pilas de carbón-zinc, alcalinas, de óxido de mercurio, de zinc-aire, dióxido de plata o de litio. Por otra parte, las pilas secundarias pueden clasificarse como pilas de níquel-cadmio, pilas de níquel-hidruro metálico, acumuladores y pequeñas pilas selladas de plomo-ácido y pilas de ión-litio; pueden encontrarse en diversas presentaciones comerciales, las más comunes son las pilas cilíndricas de tamaños AA, AAA, C y D; de prisma cuadrangular se seis y nueve voltios y por último las de botón que se encuentran en varios tamaños.4
Regularmente cuando las pilas ya no sirven, son tiradas a la basura doméstica o a cielo abierto y ahí se derraman o incendian y los contaminantes se van al aire, al agua, al suelo y de regreso a nuestro entorno; convirtiéndose en un residuo tóxico y sus componentes químicos-tóxicos se modifican en el ambiente, volviéndose en algunos casos incluso más tóxicos.
Respecto a los daños que ocasiona aunque la Semarnat señala que “no se tienen documentados casos de efectos directos de las pilas sobre la salud humana, sí se cuenta con evidencia de que algunas sustancias que se pueden liberar en el proceso de descomposición de las pilas, pueden causar daños a la salud. Por ejemplo, el metilmercurio (que se produce a partir del mercurio en presencia del agua), puede atravesar la placenta y provocar daños irreversibles en el cerebro de los fetos. En los lactantes, a través de la leche contaminada, puede provocar problemas de retraso en el desarrollo mental, falta de coordinación, ceguera y convulsiones. La exposición al cadmio puede ocasionar daños severos a pulmones, riñones, hígado, aparato digestivo y próstata. El plomo puede dañar los huesos, las articulaciones y el sistema nervioso central y periférico. El níquel es potencialmente carcinógeno y alergénico.”5 Además de estos efectos, diversos componentes de las pilas provocan otros daños a la salud y al medio ambiente. En la siguiente tabla se señalan los principales daños.
Por otra parte, la contaminación que las sustancias químicas generan al agua es inimaginable: a)Una pila de mercurio puede contaminar 600 mil litros de agua (relojes y aparatos de sordera); b)Una alcalina puede contaminar 167 mil litros de agua (juguetes, radios, cámaras, etc.); c)Una de óxido de plata puede contaminar 14 mil litros (celulares, computadores y equipos de comunicación); d)Una de zinc-aire puede contaminar 12 mil litros (celulares, computadores y equipos de comunicación); e)Una de carbón-zinc puede contaminar 3 mil litros (juguetes, radios, cámaras, etc., casi tienen el uso que las alcalinas, pero es menos común su distribución y venta).6
No obstante, a pesar de que es sabido que causan problemas en la salud y medio ambiente, las pilas primarias son mayormente utilizadas, y se generan miles de residuos anuales. Según el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos 2012, se estima que entre 2006 y 2012 se generaron en el país en promedio anualmente cerca de 34 122 toneladas de pilas, es decir, aproximadamente 1 534 millones de piezas. Esto significa que, considerando la población de 112 millones 336 mil 538 habitantes reportada por el INEGI en el Censo de Población y Vivienda 2010, cada habitante del país genera en promedio al año el equivalente a 307 gramos de pilas. Del total de pilas generado en el periodo, el 74.07% correspondió a pilas de zinc, 19.03% a pilas alcalinas, 6.22% a pilas de litio y el restante 0.68% a pilas de óxido de mercurio, zinc-aire y óxido de plata.7 Tal como se aprecia en las siguientes gráficas:
Como se aprecia se generan toneladas excesivas de residuos de pilas, las cuales tienen una errónea recolección, traslado, tratamiento, y disposición final, ya que como se mencionó, la mayor parte de residuos son depositados en la basura doméstica y no tienen un manejo especial adecuado. Respecto a la prevención y gestión integral de los residuos, el artículo 26 de la mencionada ley señala que “Las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con la Federación, deberán elaborar e instrumentar los programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, de conformidad con esta Ley, con el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos y demás disposiciones aplicables...” y considerando que “generalmente, las pilas son arrojadas junto con el resto de los residuos domiciliarios en tiraderos a cielo abierto, rellenos sanitarios, terrenos baldíos o cauces de agua, que cuando sus cubiertas se corroen, ya sea por sus componentes internos o por factores externos, tales como la lluvia, los cambios de temperatura y el proceso de descomposición de la basura puede producirse el derrame de los electrolitos internos, liberándose entonces diversas sustancias, como los metales pesados (mercurio, níquel, cadmio y litio) que pueden contaminar el suelo y el agua”;8 que hay escasos depósitos para la recolección de pilas en lugares públicos; que el proceso de descomposición de las pilas causa daños en la salud y el medio ambiente y que tiendas departamentales han llevado a cabo acciones para separar, recuperar y valorizar diversas corrientes de residuos las cuales han resultado factibles pero poco accesibles a toda la población, se estima necesario que las Entidades Federativas y los Municipios lleven a cabo acciones urgentes por medio de las cuales se fomente la prevención y gestión integral de las pilas (principalmente primarias) mediante campañas informativas acerca de los riesgos que implican para la salud al no disponer adecuadamente de las pilas que ya no tienen usos, así como una recolección selectiva y efectiva por medio de la instalación de contenedores permanentes de fácil acceso a la población, y acciones eficaces para el aprovechamiento de materiales valorizables ya que como señalan los investigadores Jesús Torres y Alfredo Flores Valdés, del CINVESTAV Unidad Saltillo “...si en lugar de desechar las pilas alcalinas éstas se reutilizaran, no sólo se evitaría la contaminación, sino que se podrían generar productos útiles para la industria...”9 todo esto con la finalidad de disminuir efectos negativos en la salud y en el medio ambiente.
Derivado de lo anterior someto a consideración de esta honorable Soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las entidades federativas y municipios para que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen acciones permanentes por medio de las cuales se fomente la gestión integral de las pilas que han concluido su vida útil con el fin de disminuir daños a la salud y al medio ambiente provocados por estos residuos.
Notas
1 INECC, Semarnat. (2012).Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos. México. 2013. p.11
2 DOF. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos. México, 2014.
3 Madre Tierra., Revista virtual. Número 1, Año 1.Noviembre y Diciembre de 2009. Extraído de: http://www.mexicodiplomatico.org/madre_tierra/0001.pdf, agosto 2014.pp.2-3.
4 Gavilán A., Rojas L. & Barrera J. (2009). Las pilas en México: un diagnóstico ambiental. México: Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC). p. 5.
5 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2012). “La problemática de las pilas” en Capítulo 7 Residuos. Informe de la Situación del Medio Ambiente en México 2012. México. p.335-336.
6 Madre Tierra., Revista virtual. Número 1, Año 1.Noviembre y Diciembre de 2009. Extraído de: http://www.mexicodiplomatico.org/madre_tierra/0001.pdf, agosto 2014.pp.2-3.
7 Ibídem. INECC, SEMARNAT (2012). pp.85-86.
8 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2012). “La problemática de las pilas” en Capítulo 7 Residuos. Informe de la Situación del Medio Ambiente en México 2012. México. p.335.
9 Centro de Investigación y de Estudios Avanzados. Unidad Saltillo. (CINVESTAV). (2013). Alertan por contaminación con pilas. Extraído de http://comunicacion.cinvestav.mx/Prensa/Alertanporcontaminaci%C3%B3ncon pilas.aspx, agosto 2014.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 9 de septiembre de 2014.
Diputado Martha Edith Vital Vera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a investigar y resolver los casos de personas detenidas antes de julio de 2014 por operar sin permiso radios comunitarias, considerando la legislación vigente al momento de su detención, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Según la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc), “la radio comunitaria es radio en la comunidad, para la comunidad, cerca de la comunidad y por la comunidad”.
Las radios comunitarias son el espejo del contexto en el que se desarrollan. Esto abarca aspectos culturales como el lenguaje, las tradiciones, la música popular y al mismo tiempo refleja la cultura hablada, escrita, artística y trata de encontrar soluciones a problemas sociales con el apoyo de la comunidad. La clave de las radios comunitarias está en la comunicación participativa.1
En México hay mil 483 emisoras de radio comercial a lo largo de todo el país, 77.2 por ciento son comerciales y 22.79 por ciento de uso cultural o educativo. 10 grupos de radiodifusión controlan el 72 por ciento de las estaciones: Radiorama con 190, ACIR con 159, Radiocima con 92, OIR con 89, Somer con 77, Promosat con 62, RASA con 57, MVS Radio con 51 y Ramsa-Radio Fórmula con 43. En cambio solo hay 20 radios comunitarias que operan con permiso.2
De manera desafortunada, uno de los aspectos que quedaron relegados en la reforma en materia de telecomunicaciones, es el relativo a las radios comunitarias y sociales, ya que, entre otras cosas, estableció los siguientes puntos:
Sostenibilidad económica: A los medios comerciales se les permite incrementar el tiempo de comercialización, a los medios sociales se les prohíbe la posibilidad de transmitir publicidad y patrocinios, a pesar de que una resolución la SCJN había admitido esta posibilidad.
Además de imponérseles la figura de donatarias autorizada para recibir donativos, la cual es difícil de acreditar por los requisitos excesivos a cumplir.
Se pretende zanjear esta prohibición dotándolas con el 1 por ciento de publicidad oficial del presupuesto total para comunicación social de las instancias federales. Porcentaje distribuido entre todas las emisoras, sin reglas claras para la asignación y la transparencia.
La ley contempla un procedimiento para la asignación de las concesiones sociales incierto, el artículo 85 señala que “...el interesado deberá presentar ante el Instituto solicitud que contenga al menos la siguiente información” es decir, la autoridad podrá pedir más requisitos que los que establece el propio artículo, violando el principio de certeza jurídica.
La ley confina a los medios sociales en las altas frecuencias para la banda de FM, restricción que violenta el principio de igualdad ante la ley y por tanto se considera como discriminatoria.
A nivel técnico, debido a la orografía en donde están situadas estas emisoras, las altas frecuencias impiden la transmisión de señales con calidad y/o que los radioescuchas tengan problemas para sintonizarlas.
La ley somete de forma velada a las emisoras indígenas al tutelaje de la Comisión Nacional del Desarrollo de los Pueblos Indígenas, pues le da a esa institución injerencia en el otorgamiento de las concesiones para ese tipo de medios, violentando la autonomía de los pueblos originarios y el artículo 2o. de la Constitución Mexicana, así como múltiples tratados internacionales que reconocen los derechos de las comunidades y pueblos indígenas para acceder a las frecuencias.
La ley establece multas millonarias para quien abra una radio sin permiso, mantiene la confiscación de bienes y equipos en contravención del artículo 7o. constitucional y, lo más grave, continúa la criminalización pues persiste la posibilidad de usar la vía penal para comunicadoras y comunicadores que sin posibilidades reales de acceder a una frecuencia deciden operar sin permiso.3
En resumen, la AMARC mediante un comunicado de prensa denunció que:
La Ley Telecom violenta el principio de certeza jurídica negando un procedimiento equitativo para acceder a las frecuencias de radio, transgrede los derechos de pueblos y comunidades indígenas al sojuzgarlos veladamente a la Comisión de Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, discrimina a los medios sociales al obligarlos a permanecer en las altas frecuencias.
Además de que les niega el acceso a recursos para su sostenibilidad económica.4
Asimismo, se establecieron sanciones drásticas a quienes violen las disposiciones para contar con un permiso de operación de radio comunitaria, hecho que ha provocado la detención de, al menos, cuatro personas, por operar radios comunitarias sin permiso en lo que va del año.
Tal es el caso de Alma Delia Olivares, detenida el 28 de febrero. Olivares era locutora de la radio “La Cabina”, en el municipio de Omealca, Veracruz; a ella se suman Salvador Medina y Leslie Saavedra, ambos de Tonalá, Oaxaca, a quienes se les iniciaron procesos penales por operar una radio comunitaria sin permiso; o el caso de Paola Ochoa a quien se le sentenció a dos años de prisión en el municipio de Paso del Macho, Veracruz; cabe decir que su esposo, Juan José Hernández, terminará el mismo proceso el mes que viene.5
Es necesario reconocer que dichas medidas pudieran ser utilizadas como forma de represión o censura, más allá de lo que la propia legislación marca, violando así los derechos humanos de las y los mexicanos y formando un modelo de Estado represor y totalitario, en donde no tienen cabida expresiones diferentes a la llamada “oficial”.
En dicho tenor, en Movimiento Ciudadano reconocemos la importancia de que medios sociales, como lo son las radios comunitarias, cuenten con los mecanismos garantes para su desarrollo, hecho que la ley en materia de telecomunicaciones restringió al establecer elementos que impiden su cabal funcionamiento; es por ello y por lo previamente expuesto que presentamos a esta asamblea el siguiente resolutivo con
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República a investigar y resolver los casos de personas detenidas antes de julio del presente año, por operar radios comunitarias sin permiso, considerando la legislación vigente al momento de su detención.
Notas
1 UDLAP, Capitulo III, “Radio Comunitaria”, [en línea], México, http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lco/mendez_r_jj/capitu lo3.pdf
2 Animal Político, “Van cuatro detenidos por operar radios comunitarias sin permiso en lo que va de año”, [en línea], México, http://www.animalpolitico.com/2014/08/van-cuatro-detenidos-por-operar-r adios-comunitarias-sin-permiso-en-lo-que-va-de-ano/#axzz3CjsXUPw6
3 AMARC, “La #LeyTelecom, un retroceso para los medios sociales”, [en línea], México, http://www.amarcmexico.org/index.php/component/k2/item/303-la-#leytelec om-un-retroceso-para-los-medios-sociales&Itemid=724
4 AMARC, “Comunicado: Diputados consolidan trato discriminatorio contra las comunitarias”, [en línea], México, http://bit.ly/1pqJCr4
5 Animal Político, Op. Cit.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a modificar la NOM-010-SSA2-2010, “Para la prevención y el control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana”, a fin de garantizar el acceso a la prueba y la entrega de resultados de VIH/sida a los jóvenes que lo soliciten con o sin la autorización del padre, la madre, el tutor o el representante legal, a cargo de la diputada Crystal Tovar Aragón, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, Crystal Tovar Aragón, diputada federal en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Que en México, según la reforma realizada en 2011 al artículo primero constitucional en materia de derechos humanos, donde se establece que toda persona goza de los derechos y de los mecanismos de garantía reconocidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales, además se incorpora el principio de interpretación propersona, el cual supone que cuando existan distintas interpretaciones posibles de una norma jurídica se debe elegir la que proteja de mejor manera a los titulares de un derecho humano. También contempla la obligación del Estado mexicano de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
El Sistema Nacional de Salud, conforme a los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está obligado a garantizar la protección de la salud para todas y todos, así como en materia de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana, que desde el punto de vista epidemiológico y con base en los consensos internacionales la prevención debe focalizarse.
Que en nuestro país la población infantil y adolescente, entre cero y 18 años, tiene un peso poblacional muy relevante. Según proyecciones derivadas del Conteo de Población 2005, en 2008 este grupo representa el 36.8 por ciento de la población total, lo que equivale a 39.7 millones de personas, de las cuales 19.1 millones son hombres y 18.5 mujeres.
En México, como en la mayoría de los países en desarrollo, la distribución desigual de ingresos, la migración de hombres y mujeres, la falta de empleo y de oportunidades de vida, el estigma, la discriminación, la homofobia, la desigualdad de género y la falta de educación sexual, entre otros factores, aumentan la vulnerabilidad de la población para contraer el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y desarrollar el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida).
Que la infección producida en los seres humanos por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana continúa presentado estadísticas en aumento en todo el mundo, fenómeno del que México no es una excepción y por tanto, es un problema de salud pública a nivel mundial.
Según datos de la encuesta Situación de la familia y la Infancia en México realizada por el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, revela que las y los jóvenes, el 15 por ciento de la población entrevistada entre 12 y 17 años declara tener una vida sexual activa; de los cuales 84 por ciento la iniciaron a los 15 años o antes y 47 por ciento ha tenido dos o más parejas.
También la encuesta destaca que un amplio sector de esta población no tiene prácticas sexuales seguras y ha padecido enfermedades y embarazos no deseados. Así, entre los adolescentes sexualmente activos, 50 por ciento expresó que no utiliza anticonceptivos; 25 por ciento no cuenta con métodos para evitar enfermedades venéreas; 30 por ciento expresó haber tenido alguna enfermedad de transmisión sexual.1
Que según documento elaborado por la Secretaría de Seguridad Pública, indica que en el segundo censo, efectuado durante 1995, organizado por UNICEF y la oficina local del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF-DF), se contabilizaron 13 mil 373 niños y niñas menores de 18 años en situación de calle. De acuerdo a este documento 85.40 por ciento eran varones y 14.60% mujeres. Sobre el inicio de vida en la calle, el 40 % de ellos comentó que ocurrió entre los 5 y 9 años y el 60 por ciento entre los 10 y 14 años.2 Las y los jóvenes de 12 a 18 años que se encuentren en situación de calle, estando en una constante posibilidad de riesgo ante es improbable que se les pueda garantizar.
A nivel mundial el número estimado de personas que vivían con el VIH en 2007 alcanzó los 33,2 millones.3 México ocupa el tercer lugar en el continente americano en prevalencia de VIH, sólo precedido por Brasil y Estados Unidos. La estimación sobre el número de personas viviendo con VIH/SIDA, a finales del 2007, era de 204,900 según cifras del CENSIDA.
La Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010 para la prevención y el control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana, establece en su apartado 6.9 que en la vigilancia epidemiológica y en el seguimiento de contactos se deben tomar en cuenta los criterios siguientes: 6.9.1 Cuando el paciente sea mayor de edad, se obtendrá la información directamente de él. En el caso de menores de edad, se puede obtener la información del padre, la madre, tutor o representante legal.4
Según lo establece la Norma que nos ocupa, el Sistema Nacional de Salud, conforme a las garantías individuales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está obligado a proporcionar protección a la salud en materia de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana. Desde el punto de vista epidemiológico y con base en los consensos internacionales, la prevención debe focalizarse, de manera específica, al segmento poblacional en mayor riesgo y vulnerabilidad por sus prácticas y/o contextos como son los hombres que tienen sexo con otros hombres (HSH); trabajadoras y trabajadores del sexo comercial (TSC); usuarios de drogas inyectables (UDI’s); personas privadas de su libertad, niñas y niños en situación de calle, lo cual no obsta para garantizar el acceso a pruebas de detección y garantizar la calidad de la educación sexual basada en evidencia realizando acciones de prevención en el resto de la población, como jóvenes, hombres y mujeres, asegurar el acceso a medidas de prevención para estas poblaciones (condones masculinos y femeninos).
Es urgente fortalecer la prevención, atención y control del Virus de Inmunodeficiencia Humana y el Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida a través de la promoción de la salud, mediante acciones tendientes a desarrollar actitudes favorables para la salud, generar entornos propicios, reforzar la acción comunitaria, reorientar los servicios de salud e impulsar políticas públicas en la materia; así como brindar un servicio de atención integral de las personas con VIH/SIDA.
Según lo establecido en la Norma que nos ocupa, la infección por VIH es causada por los retrovirus VIH-1 y VIH-2 y una de las maneras en que se transmite es por vía sexual a través del contacto sexual no protegido o no seguro con personas infectadas por el VIH.
Además establece que los factores de riesgo para adquirir la infección por VIH/SIDA son todas las prácticas sexuales sin condón o barrera mecánica de protección, independientemente de la preferencia sexual de una persona; y toda práctica sexual sin protección con el antecedente y/o la presencia de una ITS, incluido el VIH.
Según lo establecido en la Norma, el diagnóstico de la infección por VIH se hace mediante métodos indirectos determinando la presencia de anticuerpos anti-VIH por inmunoanálisis enzimático EIA (antes ELISA) o mediante pruebas rápidas.
La prevención de la infección por VIH se debe llevar a cabo por los órganos competentes de Salud y Educación de los tres niveles de gobierno, así como por las instituciones públicas, privadas y sociales que integran el Sistema Nacional de Salud.
Es obligación de todos los servicios de salud que integran el Sistema Nacional de Salud ofrecer la prueba de detección del VIH a todas las personas de manera voluntaria y confidencial para el cuidado de su salud.
Con el acceso oportuno y sin restricciones al derecho a la salud para las y los jóvenes, incluidos los menores de edad que están o hayan estado en situación de riesgo, y para los que viven con el VIH pueden detectar a tiempo la enfermedad y realizar acciones para no propagar el contagio y acceder a los servicios médicos de atención.
Con una detección oportuna se puede evitar el avance y propagación de la infección, lo cual a destiempo debilita la eficacia del tratamiento del VIH y facilita la propagación continua del virus.5
Por ello se debe promover un diálogo continuo multisectorial, a fin de dirigir los recursos existentes hacia estrategias de prevención y promoción de la salud que se focalicen en los grupos de mayor riesgo en el país, como son los hombres que tienen sexo con hombres; las trabajadoras y trabajadores sexuales; y los usuarios de drogas inyectables, pero además las y los jóvenes que a temprana edad inician el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, por ello se requiere reforzar acciones de prevención y atención que alejen y protejan a las generaciones de hoy y del mañana, de comportamientos de riesgo que puedan comprometer su salud en el contexto de la epidemia que nos ocupa.
Es urgente implementar estrategias innovadoras y con alto nivel de penetración social que minimicen, hasta llegar a la erradicación, las epidemias sociales del estigma, la discriminación, la homofobia, la transfobia y la violencia, cuya asociación potencializa negativamente la epidemia del VIH/SIDA; y son fuertes obstáculos para el acceso a servicios de atención, cuidados integrales y prevención.
Ante este contexto, es necesario garantizar el acceso a la salud, como un derecho humano, para la aplicación de la prueba y la entrega de resultados también a menores de edad de entre los 12 y los 18 años que estén o hayan estado en situación de riesgo, logrando con ello concientizar y prevenir sobre la posible infección, evitando la transmisión y propagación de la epidemia.
Atendiendo el llamado de la Organización Mundial de la Salud ante la emergencia de la epidemia de VIH/SIDA, en México se creó el Consejo Nacional para la Prevención y Control del Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida. Las disposiciones específicas para la prevención control y atención del VIH/SIDA en México, se encuentran previstas en diversas normas oficiales mexicanas, en las cuáles se establecen las medidas, lineamientos y criterios que deben ser observados por todos los establecimientos para la atención médica de los sectores público, social y privado del país y por las autoridades responsables de la prevención, el control y la atención médica del VIH/SIDA.
Estas normas y acuerdos regulan cuestiones referentes al tratamiento de los pacientes; la confidencialidad de los datos; el debido acceso y uso de la información; el acceso a los medicamentos; el deber de crear programas y campañas específicas de información, educación y comunicación para la prevención del VIH/SIDA; la prohibición y reducción del estigma y la discriminación de los pacientes con VIH/SIDA, entre otras.
Que los programas nacionales y estatales deben impulsar cambios de conducta y proporcionar servicios de información y capacitación sobre salud sexual y reproductiva, adecuadas a las diferencias entre los géneros y edades. Incluyendo un mayor acceso a los servicios de salud apropiados para la juventud que ofrezcan orientación y apoyo, pruebas de detección, programas de divulgación, sistemas de remisión de casos y tratamientos contra las infecciones transmitidas por la vía sexual; así como prevención de la transmisión del VIH, incluyendo medidas para reducir los riesgos.
Los jóvenes son particularmente vulnerables a la epidemia del VIH/SIDA en cuanto a su transmisión e impacto, por ello es urgente tomar acciones para contrarrestar la falta de conocimientos y los altos índices de infecciones de transmisión sexual, la violencia basada en el género y el limitado acceso a los servicios.
Considerando que no existe una vacuna que proteja de la infección del VIH, ni tampoco se puede curar el SIDA, la única forma de no contraerlo es evitar el contacto con el VIH. Por ello un diagnóstico a tiempo de la infección, acompañado de un tratamiento temprano es necesario para maximizar los beneficios de la terapia antirretroviral.
Que las y los jóvenes son potenciales agentes de cambio y tienen la capacidad de detener la epidemia del SIDA. Siguiendo modelos positivos de comportamiento y teniendo acceso a oportunidades, estos pueden cambiar la trayectoria del SIDA en el nivel global, regional y nacional.
Ante este contexto la postura institucional debe ser accesible, inclusiva y no limitativa, corresponsable junto con algunos de las y los jóvenes activos sexualmente, y siendo las prácticas sexuales uno de los principales vía de riesgo, la minoría de edad en estos casos no debe de ser limitante para acceder a la prueba de detección, con las respectiva consejería que reciba la persona a la entrega del resultado, según lo indica la Norma, ya que en su apartado 6.3.7 establece que toda persona que se someta al análisis tiene derecho a recibir consejería en el momento de acudir a hacerse la prueba y consejería a la entrega del resultado.
Ante los hechos contundentes de la realidad social, los derechos humanos, y concretamente los relativos a la vida y a la salud de las personas, se justifican excepciones a la patria potestad.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta soberanía para su discusión y aprobación, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Exhortar a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal para que a la brevedad modifique la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010 para la Prevención y el Control de la Infección por virus de la inmunodeficiencia humana, para garantizar el acceso a la prueba y la entrega de resultados de VIH/SIDA a las y los jóvenes de 12 a 18 años de edad que lo soliciten con o sin la autorización del padre, la madre, tutor o representante legal.
Notas
1 http://cesop.blogspot.mx/2011/11/encuesta-situacion-de-la-familia-y-la. html
2http://www.ssp.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/B EA%20Repository/1214172//archivo
3 http://www.censida.salud.gob.mx/descargas/epiupdate07.pdf
4 http://www.censida.salud.gob.mx/descargas/drhumanos/NOM-010-SSA2-2010.p df
5 http://www.unaids.org/en/media/unaids/contentassets/documents/unaidspub lication/2013/JC2484_treatment-2015_es.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.
Diputada Crystal Tovar Aragón (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a atraer y resolver por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión el caso de las agresiones en agravio de la periodista Karla Janeth Silva Guerrero, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Alrededor de las 17:30 horas del pasado 4 de septiembre, en Silao, Guanajuato, la periodista Karla Janeth Silva, del periódico El Heraldo, fue agredida en las instalaciones del diario, por un grupo de sujetos quienes la golpearon y amenazaron.
Tras estos hechos, personal de El Heraldo indicó que la periodista había recibido diversos reclamos por parte del alcalde del municipio, Enrique Benjamín Solís Arzola, debido a las críticas que ella hace hacia su administración.
“Karla Silva ha sido crítica con la pésima administración que encabeza Benjamín Solís Arzola, al denunciar la carencia de servicios municipales, la inseguridad, falta de transparencia y el derroche de recursos en ese municipio, lo que ya le había valido reclamos directos y el bloqueo a su trabajo por parte de funcionarios municipales. La periodista reiteradamente había comentado, en ocasiones anteriores, su temor por ser víctima de represalias”, escribió El Heraldo en su página web.1
Cabe mencionar que Karla Janeth Silva, de 24 años de edad, había comentado a uno de sus compañeros, la mañana de ese día, que “varios individuos de mal aspecto habían acudido a buscarla a su oficina y advirtió que temía que fuera a ocurrirle algo malo”.2
A la par dos días antes, dos hombres fueron a las oficinas del periódico aproximadamente a las ocho de la noche y preguntaron por ella, sin embargo, el lugar ya estaba cerrado, por lo que se les indicó desde adentro que no se encontraba.
La reportera atiende la fuente del gobierno municipal, y la temática que aborda se relaciona exclusivamente con la labor del alcalde y gobierno municipal, según informó personal de El Heraldo de León, del que depende la oficina en Silao, donde ella se desempeña como reportera desde hace poco más de un año.3
Tras haber recibido atención médica en un hospital en León, Karla rindió declaración ante las autoridades competentes, en la que comentó:
“Entonces uno se me dejó venir y me comenzó a lanzar golpes. Yo estaba en mi escritorio, y lo que hice fue tirarme al piso. Traían cuchillos, pero no me hirieron con ellos. Me protegí con brazos y piernas, por eso tengo varios golpes en ellas. Me metí debajo del escritorio y el hombre me trató de sacar, pero como no pudo, le gritó a mi compañera: “Le dices que le baje a sus notas...”4
Estos hechos, lamentablemente se suman a los cientos de casos en donde periodistas y personas relacionadas con el gremio sufren de amenazas, agresiones, hostigamiento o cualquier tipo de violencia, a causa del ejercicio de su profesión; tan sólo para dimensionar la situación cabe decir que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (Feadle) de la Procuraduría General de la República (PGR) registró 102 homicidios de periodistas desde enero de 2000 hasta el 30 de abril de 2014.
En este sentido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, afirma que la libertad de expresión es en sus múltiples formas y manifestaciones un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas y no una concesión.
Cabe señalar que en el informe sobre libertad de prensa publicado en 2009 por el Instituto Internacional de Prensa, ya desde entonces señalaba a México como uno de los países en América Latina con más asesinatos de periodistas, la mayoría de los cuales permanece en la impunidad.5
Es por ello que, y reconociendo la urgencia para que el Estado mexicano garantice los derechos y la seguridad de quienes se dedican al ejercicio periodístico, presentamos a esta Asamblea el siguiente resolutivo con
Punto de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República a que por medio de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos en contra de la Libertad de Expresión atraiga y resuelva el caso de las agresiones en contra de la periodista Karla Janeth Silva.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas a establecer las medidas de protección a favor de la periodista Karla Janeth Silva.
Notas
1 El Universal, “Irrumpen en redacción y golpean a reportera de Silao”, [en línea], México, dirección URL: http://bit.ly/1qxcQUM
2 Ídem
3 Proceso, “Hombres armados golpean a reportera en instalaciones del Heraldo de Silao”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.proceso.com.mx/?p=381374
4 Ídem.
5 CDHDF, “La libertad de expresión en México, un derecho en riesgo”, Revista de Derechos Humanos, mayo 2013, [en línea], México, Dirección URL: http://dfensor.cdhdf.org.mx/DFensor_05_2014.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 9 días del mes de septiembre de 2014.
Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobierno de Guanajuato que formule e implante una debida investigación y garantías de seguridad para Karla Janeth Silva Guerrero, corresponsal del periódico El Heraldo en Silao, Guanajuato, quien enfrentó violencia psicológica y física en el ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, diputada federal Martha Lucía Mícher Camarena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, a tenor de la siguiente
Exposición de motivos
Violencia contra mujeres periodistas en México
México es considerado desde 2010 como el país más peligroso para ejercer el periodismo en América Latina y el segundo en el mundo según Catalina Botero, Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, organismo autónomo de la Organización de Estados Americanos) y Frank de la Rue, Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), debido al alto número de personas periodistas asesinadas, intimidadas, amenazadas, secuestradas y los atentados a las instalaciones de las empresas periodísticas.
Como producto de esta situación de violencia hacia el gremio periodístico en nuestro país, han surgido en los últimos diez años numerosos informes e iniciativas que detallan el contexto y los casos que se han suscitado, sin embargo, los casos de violencia contra mujeres periodistas y las formas de violencia basadas en su género que se aplican para inhibir o silenciar su labor periodística pueden ser naturalizados, considerados como “gajes del oficio” y acentuar la vulnerabilidad de ellas.
Esta invisibi1ización representaba un riesgo para ellas, en tanto que en el registro y documentación de casos se les omite y discrimina, 10 que produce una exclusión de la protección y acceso a la justicia, al derecho de una debida investigación Y a la reparación integral de los daños personales y profesionales generados por estos ataques. La invisibilidad es violencia y un riesgo en sí mismo.
De 2002 a 2013 la organización civil Comunicación e Información de la Mujer, AC (CIMAC), registro y documentó 184 casos de violencia contra mujeres periodistas en México, de los cuales 96 por ciento ocurrieron en los últimos siete años, de un modo más alarmante entre 2010 y 2013, 2014 sigue mostrando una tendencia a la alza ya que basta lo que va del año se han registrado más de 40 casos de violencia contra mujeres periodistas.
Más del 60 por ciento de los agresores han sido y son servidores públicos, administrativos y policías. Ejerciendo en todos los casos violencia psicológica que de acuerdo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es definida como: Cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, evaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su auto estima e incluso al suicidio.
En segundo lugar la violencia física. Este tipo de violencia se ejerció a partir de la vía institucional principalmente y en segundo lugar a través de la violencia de la comunidad “Capítulo III, artículo 16: son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación o exclusión en el ámbito público”. Todo este tipo de violencia se realiza a través de amenazas, detenciones arbitrarias, delitos de difamación, calumnia o injuria e intimidación o presión.
11 de estos ataques contra mujeres periodistas, son delitos de feminicidio y todos los casos registrados por CIMAC se encuentran en un estado de impunidad.
Reporteras alrededor de los 30 años de edad y de las cuales el 54 por ciento tiene entre 1 y 3 hijas o hijos ocupan el 56 por ciento de las periodistas agredidas en estos dos años.
Karla Janeth Silva Guerrero
El pasado 4 de septiembre de 2014 alrededor de las 17:30 horas Karla Janeth Silva Guerrero corresponsal en Silao, Guanajuato, del periódico El Heraldo, fue atacada psicológica y físicamente por un grupo de personas no identificadas que ingresaron a la oficina de redacción del medio para intimidar y golpear a la reportera haciendo referencia a su labor periodística que se sumaron a actos previos de vigilancia declarados por Silva Guerrero.
Además de lo anterior, la reportera refiere haber recibido amenazas previas de Enrique Benjamín Solís Arzola, presidente municipal de Silao, Guanajuato que hacían referencia a que dejara de publicar notas sobre la administración de dicho servidor público en las que denuncia la carencia de servicios municipales, la falta de transparencia y el derroche de recursos.
Estos actos contravienen a las funciones del gobierno mexicano que según la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es denominada como violencia institucional inscrita en actos perpetrados por funcionarios públicos además de ser una violación al artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, relacionado al derecho a la comunicación; al artículo tercero de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en el cual se señala que los estados Partes “tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre”; y el artículo tercero de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) referente al derecho a una vida libre de violencia, y a los objetivos estratégicos del Capitulo J de la Plataforma de Acción de Beijing referente a impulsar la participación de las mujeres en los medios de comunicación así como las recomendaciones hechas al Estado mexicano sobre el tema en la CEDAW en 2012, Examen Periódico Universal en 2013 y la Relataría para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) en 2013.
Por lo anterior, hacemos un llamado al gobierno de Guanajuato para garantizar la seguridad de la periodista y su familia, asegurar una debida reparación del daño, el compromiso de no repetición y el pleno ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Guanajuato a formular e implementar una debida investigación y garantías de seguridad para la periodista Karla Janeth Silva Guerrero, corresponsal en Silao, Guanajuato, del periódico El Heraldo, quien enfrentó violencia psicológica y física como consecuencia del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo. Asimismo exhorta a los gobiernos estatales y federales a tomar medidas urgentes para detener la creciente violencia contra mujeres periodistas y proteger y garantizar sus derechos a la vida, libertad y libre expresión.
Palacio Legislativo, a 9 de septiembre de 2014.
Diputada Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que realice gestiones para emitir el decreto expropiatorio del predio ocupado por el centro cultural Polyfórum Siqueiros, a cargo de Zuleyma Huidobro González y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Zuleyma Huidobro González y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano correspondiente a la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta asamblea proposición con punto de acuerdo de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
1. De conformidad con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.
2. El artículo 1o., fracción IV, de la Ley de Expropiación establece como causa de utilidad pública para que proceda la ejecución de una expropiación: La conservación de los lugares de belleza panorámica, de las antigüedades y objetos de arte, de los edificios y monumentos arqueológicos o históricos, y de las cosas que se consideran como características notables de nuestra cultura nacional.
3. De acuerdo a lo establecido en los artículos 2 y 4 de la Ley de Expropiación, es competencia del Ejecutivo Federal, emitir la declaratoria de utilidad y publicar el decreto en el Diario Oficial de la Federación.
4. La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, prevé en su artículo 38 que las zonas de monumentos estarán sujetas a la jurisdicción de los Poderes Federales en los términos prescritos por esa ley y su Reglamento.
5. El 18 de julio de 1980, mediante decreto emitido por el entonces presidente de la República José López Portillo, el Polyforum Siqueiros fue declarado Monumento Artístico Nacional, el cual a la letra reza:
Decreto por el que se declara monumento artistico la obra de David Alfaro Siqueiros
Artículo 1o. Se declara monumento artístico nacional la totalidad de la obra del artista mexicano David Alfaro Siqueiros, incluyendo la del caballete, la obra gráfica, los murales y los documentos técnicos, sean de propiedad nacional o de particulares.
Artículo 2o. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura será el organismo competente para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos y Reglamento, respecto de la obra de David Alfaro Siqueiros, declarada monumento artístico por del presente decreto.
Artículo 3o. Los propietarios o poseedores de obras realizadas por David Alfaro Siqueiros tendrán las siguientes obligaciones:
I. Inscribirlas en el registro público de monumentos y zonas artísticas, dependiente del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura;
II. Dar aviso al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura;
a) Del cambio del propietario o poseedor de las obras de su enajenación y de cualquier transacción que sobre ellos se realice. Tratándose de operaciones translativas de dominio, deberán hacerse constar en escritura pública;
b) De todo cambio de lugar en que se depositen las obras, aun cuando el cambio sea solamente temporal.
Artículo 4o. Los propietarios o poseedores de las obras a que se refiere este decreto sólo podrán llevar a cabo reparaciones o restauraciones en las miomas, mediante autorización que al efecto expida el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, por lo que se deberán dar aviso al propio instituto de cualquier alteración, cambio o deterioro que observen en ellas.
Artículo 5o. La reproducción de las obras objeto de la presente declaratoria solo podrá hacerse con autorización del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura. Si dicha reproducción se hace con fines comerciales, el Instituto fijara los derechos que deban cubrirse y en su caso se estará a lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos de Autor.
Artículo 6o. Queda prohibida la exportación de las obras del artista mexicano David Alfaro Siqueiros. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura podrá autorizar excepcionalmente la exportación temporal de una o de varias de dichas obras, siempre que se otorguen las garantías necesarias para asegurar su reingreso al país; o bien, de manera definitiva cuando sean adquiridas por museos o galería de exposiciones de reconocido prestigio, con el fin de ser exhibidas públicamente en condiciones convenientes para el interés cultural de México.
Artículo 7o. La falta de cumplimiento a las disposiciones del presente decreto será sancionada en los términos de los preceptos legales aplicables.
El problema comenzó porque durante el sexenio pasado, la administración del INBA le dio a Suárez Ruiz un permiso para reubicar los murales del Polyforum y construir un nuevo complejo,1 de igual manera se dio a conocer, la intención de querer mover el los murales de David Álfaro Siqueiros y construir en su lugar una torre con uso comercial de 57 pisos.2 Esto a pesar de existir más de 35 mil firmas ciudadanas que buscan, primero, impedir el daño a una monumental obra artística, y segundo, frenar el crecimiento desmedido de una zona a punto de colapsar.
El proyecto que pretende levantarse en el lugar, y que gracias a la ciudadanía organizada ha sido ventilado, busca convertir este centro de eventos en un edificio de 48 pisos (más nueve de estacionamiento). Contará con departamentos, hotel, oficinas y comercios, según se detalla en el documento que tiene acuse de recibo de la Dirección General de Regulación Ambiental del Gobierno del Distrito Federal.3
Por otra parte, ha dado a conocer que en la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del gobierno del Distrito Federal, se han realizado dos solicitudes de certificado único de zonificación de uso de suelo, respecto del predio donde se encuentra el Polyforum Siqueiros, en fecha 12 de marzo de 2013 y 10 de abril de 2014, respectivamente.
A decir de los dueños del terreno donde se alberga la obra mural, no cuentan con los recursos necesarios para el mantenimiento del inmueble y de la obra, parte de ello se debe a que ha funcionado como institución privada y que, después de más de cuatro décadas resulta insostenible.4
6. Al respecto el Instituto Nacional de Bellas Artes, señala que el espacio creado por el artista plástico David Alfaro Siqueiros (1986-1974) es una obra de interés público en una propiedad privada, “por lo que es importante conciliar el patrimonio público con el derecho privado”.
7. Es necesario que el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, a través del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura preserve jurídica y materialmente las obras declaradas como monumento artístico, como es el caso del Polyforum Siqueiros, por tratarse de una institución federal normativa responsable de salvaguardar la obra David Alfaro Siqueiros.
8. Con fecha 31 de mayo de 2014, se dio a conocer en diversos medios de comunicación que Alfredo Suárez Ruiz, propietario del Polyforum Cultural Siqueiros, interpuso un amparo indirecto en contra de la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos del Instituto Nacional de las Bellas Artes, para defender sus derechos como propietario, al cual por razón de turno le correspondió el número de expediente 646/2014, mismo que fue radicado ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, debiendo señalar al respecto, que con fecha 11 de agosto del año en curso se emitió sentencia la cual tuvo como principales resolutivos los siguientes:
Primero. Se sobresee el presente juicio de amparo....
Segundo. La justicia de la Unión no ampara ni protege a....
Notifíquese y personalmente a la parte quejosa.
Haciendo mención que la justicia de la Unión no amparó ni protegió al quejoso C. Alfredo Gerardo Suarez Ruiz ya que no acreditó una autorización previa, para el cambio de ubicación de dicho monumento artístico.5
9. Con fecha 25 de junio del año en curso, mediante oficio número CP2R2A.-1256, el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, hizo del conocimiento de la suscrita el oficio de la Coordinación de Enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, la respuesta al acuerdo de la Comisión Permanente, de fecha 28 de mayo de 2014, relativo a la preservación del Polyforum Cultural Siqueiros, del cual se desprende entre otras cosas lo siguiente:
“... 2. Con base en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos y su Reglamento, así como en la declaratoria mencionada, corresponde al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (Inba) su protección y preservación).
3. El Polyforum Cultural Siqueiros es un inmueble indivisible de la obra artística a la que está asociada. Por lo tanto, el inmueble como los murales interiores y exteriores están declarados Monumento Artístico Nacional.
4. El 28 de octubre de 2013, Alfredo Suárez Ruiz presentó ante la Subdirección General de Patrimonio Artístico Mueble del Inba, un proyecto para desplazar el Polyforum 30 metros hacia insurgentes con la intención de desarrollar un proyecto inmobiliario dentro del predio.
5. En fecha 14 de marzo de 2014, la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos, emitió opinión con base en los dictámenes técnicos de las áreas correspondientes, en sentido de la no pertinencia de mover el monumento artístico, opinión que le fue notificada al interesado por el subdirector general de Patrimonio Artístico Inmueble, mediante oficio sin número de la fecha.
6. Con fecha 24 de abril de 2014 el juez primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal notificó al Inba la demanda de amparo promovida por Alfredo Suarez Ruiz, quien señaló como autoridades responsables a la directora general y al subdirector general de Patrimonio Artístico Inmueble, así como a la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos, por considerar que existe violación a sus derechos, en virtud de que la opinión emitida por la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos revoca una supuesta autorización otorgada el 30 de noviembre de 2012.”...
10. En enero de 2014, la Subdirección General de Patrimonio Artístico Inmueble, el Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble del Instituto Nacional de Bellas Artes realizaron un análisis de las condiciones técnicas para la restauración del Polyforum Siquieros, del cual se informan entre otras cosas lo siguiente:
“... Se pudo concluir que la mayor problemática está en los daños que presentan los distintos materiales de soporte, lo que pone en riesgo la conservación de la obra a mediano plazo. Iniciando con la cubierta, es importante mencionar que la película de fibra de vidrio original se encuentra en malas condiciones, lo que motivó la aplicación de espuma de poliuretano en el intradós de la bóveda, mientras al exterior se instaló hace ya varios años una lona, que no solucionó efectivamente las filtraciones, además que por el calor y la humedad se ha adherido a la superficie, causando el levantamiento de la capa pictórica por efecto strappa.
De tal manera, las filtraciones de agua pluvial provenientes de la cubierta, han alcanzado varias áreas interiores, ocasionando la afectación de los paneles con daños significativos.
Respecto a los murales interiores, se conservó de manera general que el intradós de la bóveda acusa los escurrimientos provenientes de la cubierta y también probablemente de la condensación por el uso del espacio, lo que ha ocasionado deformaciones y abombamientos del soporte, así como deposiciones calcáreas y escamas en áreas puntuales.
...se observaron algunos desfasamientos y fracturas diseminadas en las placas de asbesto, derivadas de las multiples perforaciones para colocar el sistema de anclaje a la estructura metálica, tanto en los paneles, como de las esculturas. Otro aspecto observado, es la acumulación de polvo, así como salpicadura en el faldón metálico y pequeños golpes y zonas con abrasión, ocasionadas probablemente por el contacto por el espectador.”6
11. En este orden de ideas y derivado de que se trata de una causa de orden público y de interés social por tratarse del Patrimonio Artístico y Cultural de la Nación, se conmina al Ejecutivo Federal para que emita el Decreto Expropiatorio en términos de la Ley de Expropiación vigente y demás ordenamientos legales aplicables, respecto del predio en el cual se alberga el Polyforum Cultural Siqueiros, toda vez que, en él se encuentra la obra mural de David Alfaro Siqueiros, es decir, se encuentra parte de la historia mural de nuestro país y con ello parte de la identidad cultural a través de la historia plasmada en un murales, (en grave estado de deterioro) ya que al término de la Revolución Mexicana, surgió un movimiento artístico denominado “muralismo” que proponía plasmar la realidad mexicana en obras monumentales, entre sus principales protagonistas se encontraban Diego Rivera, José Clemente Orozco y David Alfaro Siqueiros, los cuales con cada uno de sus estilos y técnicas distintas, constituyeron la crónica de la lucha y la historia del pueblo mexicano, influyendo de manera decisiva en la plástica contemporánea iberoamericana.
Con lo anterior, el muralismo en México no sólo representó una expresión artística, sino una falange de la Revolución de 1910 y su idealismo sociopolítico. Con el propósito de que existiera un espacio que albergará la obra cumbre del muralista mexicano y en el que se llamará a los hombres a establecer la libertad, el bienestar y la justicia sobre la tierra por medio del arte, se construyó un espacio exclusivamente para el pintor, al cual se le denominaría como Polyforum Siqueiros.
Desde entonces, el centro cultural Polyforum Siqueiros, se ha convertido en custodio del legado histórico del muralista mexicano por más de 40 años y promotor de la cultura en nuestro país.
Los diputados de Movimiento Ciudadano coincidimos que “la cultura es concebida como el conjunto de rasgos que caracterizan e identifican a una sociedad o un grupo social dentro de los cuales destacan las diversas manifestaciones artísticas, cosmovisiones, modos de vida, tradiciones, creencias, festividades, formas de interacción y sistemas de valores y forma parte del patrimonio de la sociedad en su conjunto7 ”, como lo representan los murales del gran artista David Alfaro Siqueiros.
México está comprometido con él gran David Alfaro Siqueiros, y por ende con su obra la cual por todo su peso histórico-artístico y político de nuestro país, es narrador plástico de momentos fundamentales para nuestra patria, por lo tanto, consideramos que es deber y obligación de los diputados representar los intereses de los ciudadanos y de la nación en términos del artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo anterior y ante la nueva evidencia que existe y derivada de los informes que se han dado a conocer del Polyforum Cultural Siqueiros, donde se demuestra que el señor Alfredo Suárez Ruiz los tiene en estado de deterioro y no piensa en su cuidado sino en negocios personales, los suscritos diputados insistimos que se trata de un asunto de urgente y obvia resolución, ya que es inminente que el presente punto de acuerdo es un paso para tratar de preservar el patrimonio artístico y cultural del país, anteponiendo el interés público, sobre los intereses un particular, por lo que:
Por lo expuesto, sometemos a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al titular del Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, para que emita decreto expropiatorio, en términos de la Ley de Expropiación vigente y demás ordenamientos legales aplicables, respecto del predio en el cual se alberga el Polyforum Cultural Siqueiros.
Notas
1 http://fernanda-familiar.com/noticias/dueno-del-polyforum-se-ampara-con tra-el-inba-para-defender-sus-derechos-como-propietario/
2 http://vivebj.com/documentacion-sobre-el-polyforum-siquieros/
3 http://www.razon.com.mx/spip.php?page=columnista&id_article=214280
4 http://ferriz.com.mx/metropoli/el-polyforum-siqueiros-estudia-alternati vas-para-preservar-obra-del-muralista/
5 http://sise.cjf.gob.mx/SiseInternet/Reportes/VerCaptura.aspx?TipoAsunto =1&Expediente=646%2F2014& Buscar=Buscar&Circuito=1&CircuitoName=Primer+Circuito&Organ ismo=10&OrgName=Juzgado+Primero+de+Distrito+en+Materia+Administrati va+en+el+Distrito+Federal&TipoOrganismo=2&Accion=1
6 Análisis de las condiciones técnicas para la restauración del Polyrum Siquieros. Enero de 2014
7 Gaceta Oficial del Distrito Federal, 20 de septiembre de 2013, Decima Séptima Época, número 1695.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 3 días del mes de septiembre de 2014.
(Rúbrica)
Con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, a cargo del diputado Samuel Gurrión Matías, del Grupo Parlamentario del PRI
La diversidad cultural hace de nuestro país un lugar de permanente construcción, sustentada en los diferentes grupos étnicos-sociales que lo componen, hombres y mujeres que hacen de este lugar un espacio multicultural, donde convergen diferentes raíces, miradas, lenguas y diferentes formas de verse y pensarse en el mundo.
Un mundo en el cual existen más de 370 millones de personas que se reconocen como parte de un grupo indígena; en México, aproximadamente más del 10 por ciento de la población total, se reconoce como parte de un pueblo originario, de éste número más del 50 por ciento son mujeres, mujeres de maíz, de tierra, de valentía, de coraje y de lucha constante.
Hoy por hoy, las mujeres pertenecientes a pueblos originarios son las mayores dadoras y portadoras de la herencia cultural de nuestro país, aquellas que en el día a día enseñan la lengua materna a las próximas generaciones, representando un papel indispensable en la lucha contra la muerte de las lenguas originarias, la pobreza, la exclusión, la discriminación, buscando rescatar y preservar las diferentes cosmovisiones que caracterizan a México como un pueblo diverso. En los últimos años las mujeres indígenas han ganado espacios de liderazgo y representación social y política dentro y fuera de sus comunidades, asimismo han incursionado en el mundo de las letras, el arte y demás espacios de la vida actual, sin embargo; no es oculto que aún se sigue sufriendo una triple discriminación, la primera por ser mujer, la segunda por ser indígena y la tercera, como consecuencia, por ser considerada como objeto de protección y no como sujeto de derecho en igualdad de condiciones con el resto de la población.
El 5 de septiembre debe verse, sí como un espacio de celebración al Día Internacional de la Mujer Indígena, pero también como un momento crucial en la reflexión y acción de diferentes espacios que urgen ser repensados en el proceso de reivindicación del papel de la mujer indígena como parte fundamental de la construcción de un México equitativamente más justo.
En nuestro país sólo 10 de cada 100 indígenas termina la primaria y 2 de cada 100 llegan a concretar estudios a nivel superior, la situación se agrava cuando hablamos de las mujeres, pues éstas representan a las dos terceras partes de la población analfabeta del país, 36 por ciento de las mujeres indígenas mayores de 15 años nunca han asistido a la escuela, lo cual limita el ejercicio de uno de los derechos fundamentales de todo individuo y a partir del cual se pueden ejercer los demás derechos humanos, es por eso que requerimos de una política pública en educación, sobretodo, encaminada hacia los pueblos originarios con pertinencia cultural y de género.
No es oculto que la población indígena se encuentra entre la población económicamente más excluida del país y entre ellas las mujeres, según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, 9 de cada 10 indígenas, viven en condiciones de pobreza , asimismo, las mujeres tienen el 41 por ciento de participación en la economía del país, de este porcentaje la minoría se compone por mujeres indígenas, he ahí la importancia de dotar de recursos para la producción, encaminados hacia un desarrollo económico por parte de las mujeres y con ello abatir una de las grandes problemáticas que enfrentan, la cual se refleja en la falta de oportunidades laborales.
En cuestiones de impartición de justicia, en 2010 tres mujeres indígenas fueron liberadas, después de 4 años en prisión, acusadas injustamente de secuestrar a seis agentes federales, Jacinta Francisco, Teresa González y Alberta Alcántara, en 2012 existen 8 mil 502 indígenas encarcelados sin recibir un proceso adecuado de impartición de justicia, la realidad es que no se sabe cuántas Jacintas, Teresas y Albertas hay entre este número y en diferentes partes de la República Mexicana, de ahí la importancia de considerar los derechos de acceso a la justicia social e impartición de la misma de forma equitativa y pronta, hacía las mujeres indígenas.
En materia de salud, existen deudas profundas y pendientes, las cuales se reflejan en la falta de instituciones de salud en las comunidades de origen, falta de programas, asistencia médica oportuna y de calidad, así como una legitimación del derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y salud.
Las tareas pendientes hacia las mujeres indígenas son interminables, podemos apuntar que se requiere caminar hacia un México más justo y equitativo.
Palacio Legislativo, a 9 de septiembre de 2014.
Diputado Samuel Gurrión Matías