Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4150-VI, jueves 6 de noviembre de 2014
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Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4150-VI, jueves 6 de noviembre de 2014
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a colaborar por sus dependencias con las autoridades de Jalisco para llevar a cabo las investigaciones conducentes a deslindar responsabilidades, aplicar sanciones y subsanar el daño ambiental ocasionado a la laguna de Cajititlán, a cargo del diputado Abel Octavio Salgado Peña y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI y por Enrique Aubry de Castro Palomino, del PVEM
Los suscritos, diputados federales de Jalisco por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a colaborar por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Comisión Nacional del Agua y todas las autoridades competentes de la administración pública federal con las autoridades de Jalisco para llevar a cabo las investigaciones necesarias a fin de que se deslinden responsabilidades, se apliquen las sanciones y se subsane el daño ambiental ocasionado a la laguna de Cajititlán, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La laguna de Cajititlán, en Tlajomulco de Zúñiga, cerca del lago de Chapala, tiene 9 kilómetros de longitud y 2 de ancho. Es pequeña, comparada con el lago de Chapala, pero se le considera la laguna de la zona metropolitana de Guadalajara por su majestuosidad y atractivo turístico.
Formada con el agua de lluvia proveniente de las serranías que la rodean, la laguna de Cajititlán es un lugar único y muy especial para los tapatíos y todos los jaliscienses.
Hoy, desgraciadamente, nuestra bella laguna está sufriendo los embates de los cambios climáticos o, peor aún, de posibles actos de negligencias y violencia ambiental.
Según la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial de Jalisco, hasta el domingo 31 de agosto se habían extraído más de 30 toneladas de peces muertos. Para el martes ya se contabilizaban más de 50 toneladas.
Debemos reconocer que las autoridades han puesto su empeño para detectar la causa de la muerte de la gran cantidad de peces en la laguna.
Aparentemente se desconoce si es un fenómeno natural o se trata de un evento provocado por conductas perniciosas de ciertos individuos.
La secretaria de Medio Ambiente en Jalisco, Magdalena Ruiz, informó que ya se han enviado brigadas de trabajadores para apoyar a los pescadores locales en la retirada de los peces muertos, así como técnicos para evaluar la situación de las plantas de tratamiento de aguas de la ribera de la laguna.
De acuerdo con el doctor Manuel Guzmán Arroyo, director del Instituto de Limneología de la Universidad de Guadalajara, se trata de un problema provocado por el nivel de agua de la laguna, “que resulta demasiado bajo para cubrir las necesidades de oxígeno de los peces”.
El especialista explicó que “el lago tiene problemas porque le sacan demasiada agua. Una ventisca fuerte puede remover el fondo se levantan los sedimentos, se mezcla y se agota el oxígeno en el agua”.
Otra explicación que se ha dado es que la ausencia de agua suficiente y de oxígeno obedece al riego del valle adyacente y la existencia de un canal de adiestramiento para deportes acuáticos que también extrae agua de la laguna.
Durante estos días, la Secretaría de Medio Ambiente de Jalisco ya dio a conocer que estableció un mando único para la atención de la contingencia ambiental. La Profepa y la Comisión Estatal del Agua han tomado importantes medidas de coordinación para que la contingencia ambiental se estabilice de manera positiva, se recupere el equilibrio ecológico de la zona y, desde luego, se subsane en lo posible el daño ambiental ocasionado.
En resumen:
(i) La recurrente crisis ambiental en la laguna de Cajititlán –cuatro periodos de muertes masivas de peces– puede tener su causa en cuestiones cíclicas u ocasionadas por la acción irresponsable del hombre; y
(ii) Ante estos hechos, hay instancias gubernamentales competentes para investigar el hecho y las formas de resarcir el daño ocasionado, buscando a su vez a los responsables y sancionándolo conforme a las leyes que nos hemos dado.
Nuestra posición como diputados al Congreso de la Unión es coadyuvar con las autoridades locales para resolver, de acuerdo con nuestras atribuciones, los problemas que pudiesen afectar a nuestros representados.
Hoy, las niñas, los niños, las mujeres y los hombres de Jalisco están sufriendo una afectación ambiental que merece toda la atención, tanto de las autoridades locales como federales. Merece que nos dispongamos a revisar las leyes en materia ambiental, tanto por lo que toca al Congreso de Jalisco, como lo que corresponde al Congreso de la Unión. Deben provocar toda nuestra atención y, desde luego, la coordinación de todas las autoridades competentes al efecto de deslindar responsabilidades, encontrar y sancionar a los culpables y, más importante aún, lograr reestablecer el equilibrio ecológico en la zona afectada y prevenir nuevas afectaciones.
Por lo expuesto, sometemos a consideración de la Cámara de Diputados el presente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a colaborar por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Comisión Nacional del Agua y todas las autoridades competentes de la administración pública federal con las autoridades de Jalisco para llevar a cabo las investigaciones necesarias a fin de que se deslinden responsabilidades, se apliquen las sanciones y se subsane el daño ambiental ocasionado a la laguna de Cajititlán.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputados: Abel Salgado Peña (rúbrica), Enrique Aubry de Castro Palomino (rúbrica), Leonardo Alcalá Padilla (rúbrica), Salvador Arellano Guzmán (rúbrica), Salvador Barajas del Toro, Marco Antonio Barba Mariscal, Sergio Armando Chávez Dávalos, Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la secretaria de Salud a fortalecer la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y los instrumentos destinados a crear conciencia, prevenir y alertar a la población sobre la prevalencia de factores epidemiológicos que se acentúan en esta temporada en diversas partes del país, a cargo del diputado Rubén Benjamín Félix Hays, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
El que suscribe, Rubén Benjamín Félix Hays, diputado de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 3, fracción XVIII; 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, respetuosamente somete a consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
El derecho a la salud, en su máxima expresión y alcance, fue consagrado por primera vez en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS)1 de 1946, al señalarse que “...el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión ideología política o condición económica o social...”.
Desde entonces, este derecho humano se ha expresado en la Declaración Universal (artículo 25) y Americana (artículo 11) de Derechos Humanos en 1948; afianzado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 y reiterado en la Declaración de Alma-Ata de 1978 y en la Declaración Mundial de la Salud de 1998.
En tal sentido, el acceso a los bienes, servicios y oportunidades destinados a satisfacer las necesidades de salud es un derecho humano fundamental y es la clave para que las personas puedan disfrutar de otros derechos humanos fundamentales.
Indudablemente, en México se ha avanzado sustantivamente en la construcción de una cultura de derechos humanos, misma que ha comprendido procesos de armonización legislativa con los más altos estándares internacionales, de fortalecimiento institucional e instrumentación de políticas públicas específicas en la materia.
A nivel constitucional y en sus leyes secundarias, la protección y acceso pleno al derecho a la salud de las y los mexicanos está garantizado y existe una muy amplia cobertura de servicios de salud para la población que lo necesita.
No obstante estos avances, es menester que el Estado mexicano redoble esfuerzos en aquellas áreas que puedan, por la naturaleza de sus elementos y factores, generar mayor susceptibilidad y riesgos entre la población del país, de tal manera que se salvaguarde la plena vigencia de derecho humano a la salud, atendiendo prioridades de orden local y nacional.
La propia Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda a todos los países ser capaces de detectar, comprobar rápidamente y responder de forma adecuada a las amenazas de enfermedades emergentes y con tendencia a producir epidemias, a fin de reducir al mínimo su impacto en la salud y la economía de la población local y mundial.
Consistente con esta recomendación, la OMS mantiene un sistema de vigilancia epidemiológica que da seguimiento a la evolución de enfermedades infecciosas en el mundo, alertando cuando es necesario, compartiendo conocimientos técnicos, y articulando las respuestas necesarias para proteger a las poblaciones de las consecuencias de las epidemias, cualquiera que sea su origen y dondequiera que se declaren.
De manera correspondiente, en el país contamos con el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) el cual ha demostrado su eficacia en la materia, al alertar con prontitud y de manera sumamente responsable una de las mayores contingencias sanitarias que haya ocurrido en el país en los últimos años.
Entre marzo y abril de 2009, cuando el entonces Sistema de Vigilancia Epidemiológica identificó el virus que se denominó como Influenza A (H1N1), se pusieron en marcha diversas acciones en materia de salubridad a fin de controlar la epidemia, prevenir nuevos contagios y combatir el virus existente; asimismo, se pusieron en marcha campañas oportunas de vacunación e información.
Por las acciones realizadas durante dicha contingencia, México recibió amplio reconocimiento a nivel internacional: en la 62ª Asamblea Mundial de la Salud, efectuada del 18 al 22 de mayo de 2009, en Ginebra, Suiza, el país fue calificado como ejemplo de cooperación internacional y durante la 49ª Reunión del Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), celebrada del 28 de septiembre al 2 de octubre de 2009, en Washington, D.C., se otorgó un reconocimiento al trabajo del Gobierno mexicano por su labor frente a la contingencia epidemiológica, destacando la transparencia que se tuvo en el manejo de información.
La situación epidemiológica mundial y regional nos obliga a retomar la pasada experiencia y ser muy responsables en la vigilancia y monitoreo que se realice a los factores epidemiológicos internacionales, además de estar alerta a los del orden nacional.
Basta recordar que la alerta sobre el brote de enfermedad por el virus del ébola del pasado 30 de agosto del año en curso en Senegal transitó a la generación de una alerta regional para África Occidental en menos de una semana (4 de septiembre de 2014), coincidiendo con el reporte de dos casos de infección humana por virus de la gripe aviar A(H7N9) en la República Popular de China, confirmada mediante pruebas de laboratorio.
En el caso de China, su gobierno, atendiendo protocolos sanitarios internacionales, tomó las siguientes medidas de vigilancia y control:
a) fortalecimiento de la vigilancia y el análisis de la situación;
b) fortalecimiento de la atención clínica y el tratamiento médico;
c) comunicación pública del riesgo y difusión de información.
En el caso del ébola, según la OMS en uno de sus últimos comunicados, su brote en el África Occidental es el peor en la historia. El número de muertes por el virus asciende a más de 3 mil y el número de casos de personas infectadas alcanzó ya los 6 mil 553.
Esta enfermedad se caracteriza por la aparición súbita de fiebre, debilidad intensa, mialgias, cefalea y odinofagia, seguido de vómitos, diarrea, conjuntivitis, erupciones cutáneas, disfunción renal, hepática y en algunos casos, sangrado gastrointestinal y coagulación intravascular diseminada.
Dada la cobertura mediática que ha tenido en los últimos días hemos tenido conocimiento de su ingreso al continente americano, específicamente mediante un caso comprobado de un paciente en el estado de Texas, en los Estados Unidos de América.
La primera persona en ser diagnosticada con ébola en territorio estadounidense acudió a una sala de emergencias la última semana del mes de septiembre pasado, pero no fue internado por el personal del hospital a pesar de que indicó que había viajado a Liberia.
Tal razón obedeció a que basados en sus síntomas, los médicos tratantes indicaron que no había razón para internarlo cuando se presentó por primera ocasión en la sala de emergencias, el pasado jueves 25 de septiembre por la noche.
Tres días después, el hombre regresó al centro médico, en donde se determinó que probablemente tenía ébola. Fue en ese momento que se decidió aislarlo.
En una reunión de alto nivel, convocada por el Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, el mandatario estadunidense, Barack Obama, urgió al mundo a convertir en una “prioridad” la lucha contra el brote de ébola en África Occidental y advirtió que puede causar una “catástrofe humanitaria” en la región y es una “creciente amenaza a la seguridad global”.
Por su cobertura mediática, como advertíamos líneas arriba, y la falta de información y estrategias de comunicación oficial entre la población, el ébola ya ha caudado confusión y alerta en el país.
La llegada, el pasado 1 de octubre del año en curso, de un paciente africano de origen ghanés, al Hospital General doctora María del Socorro Quiroga Aguilar, en Ciudad del Carmen Campeche, con síntomas similares al virus del ébola, generó pánico entre el personal que ahí labora y familiares de los pacientes que se encontraban en el área de urgencias.
La Secretaría de Salud de Campeche, ese día informó del ingreso al citado hospital de un paciente de origen ghanés con un cuadro clínico que corresponde a un síndrome febril, sin asociación epidemiológica con el virus del ébola.
En el reporte se lee que el paciente masculino, de 52 años de edad, se encuentra aislado, como marca el protocolo ante cualquier cuadro clínico de este tipo. Asimismo, se realizan estudios de laboratorio para descartar enfermedades infecciosas, tales como dengue, chikungunya, paludismo, leptospira, toxoplasma, rubeola y citomegalovirus.
Un día antes, el pasado martes 30 de septiembre, la Secretaria de Salud federal, la Médico Cirujano Mercedes Juan López, afirmó, en el marco de su participación en la 53 reunión de la Organización Panamericana de la Salud en Washington, DC, que el país tiene los recursos necesarios para el diagnóstico y manejo de cualquier sospecha de ébola.
Se ha indicado que México es considerada una nación de muy bajo riesgo dada la localización geográfica y el escaso flujo migratorio del país con la zona de riesgo; no obstante, a las personas que abordan aviones en la zona del brote se les revisa si sufren fiebre, pero los síntomas pueden comenzar hasta 21 días después de la exposición.
El ébola no es contagioso hasta que comienzan los síntomas, y se necesita un estrecho contacto con los fluidos corporales de un enfermo para que se propague.
De ahí la importancia de que se difunda, de manera clara, pertinente y oportuna la información sobre los efectos, síntomas y acciones a seguir en casos infecciosos como el ébola.
Sin embargo, a nivel local, en el país tenemos otros casos altamente epidemiológicos que atender.
Mientras que la posibilidad de que el virus del ébola llegue es extremadamente remota, es un hecho que el chikungunya 2 llegará al país.
El subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud federal, doctor Pablo Kuri, indicó desde el pasado mes de agosto a un medio de comunicación nacional que “...hay un caso importado, es decir, no se contagió aquí, se contagió en las islas del Caribe, pero como tenemos el vector y hay mucho tránsito entre mexicanos a la zona donde hay casos seguramente va a llegar, la pregunta es ¿cuándo y dónde?, no sabemos, pero hay que estar atentos para cuando llegue”.3
En la misma entrevisto dejó ver que se desconocen los alcances que podría tener el brote una vez que el virus comience a circular, por lo que recomendó tomar las medidas preventivas para evitar la proliferación del mosquito transmisor.
Las personas contagiadas de chikungunya presentan fiebre, dolores articulares, dolores musculares, dolores de cabeza, náuseas, cansancio y erupciones cutáneas, según la Organización Mundial de la Salud.
La enfermedad puede presentarse entre tres y siete días después de la picadura del mosquito infestado, y las manifestaciones clínicas pueden durar entre dos y 12 días.
Clínicamente es difícil su diferenciación con dengue, sin embargo en la infección por virus chikungunya el dolor es mucho más intenso y localizado en las articulaciones y tendones, y en algunos casos pude ser incapacitante. Se debe distinguir chikungunya del dengue, que puede tener una evolución más tórpida, ocasionando inclusive la muerte.
No existe ningún antivírico específico para tratar la fiebre chikungunya; e l tratamiento consiste principalmente en aliviar los síntomas, entre ellos el dolor articular, con antipiréticos, analgésicos óptimos y líquidos. No hay comercializada ninguna vacuna contra el virus chikungunya.
Aunque la afección llamada chikungunya generalmente no es fatal, la epidemia ha rebasado la capacidad de atención de los hospitales y mermado la productividad económica de varios países de Sudamérica y el Caribe y se ha manifestado con notables efectos en Colombia, Ecuador, Brasil y Venezuela y con mucha proximidad en El Salvador, Nicaragua, Belice y Guatemala.
La República Dominicana es el país más afectado por el virus debido a que tiene la mitad de los casos en el continente americano; según la Organización Panamericana de la Salud, el chikungunya se ha propagado a mínimo 24 países y territorios en el hemisferio occidental desde que se registró el primer caso, a finales del 2013, en la parte francesa de la isla caribeña de San Martín, contabilizándose hasta el pasado mes de mayo de 2014, más de 4 mil 500 infectados en el continente Americano.
Por otro lado, el escenario reportado sobre una enfermedad epidemiológica en los últimos Informes Epidemiológicos semanales por la Dirección de Información Epidemiológica, dependiente de la Secretaría de Salud, llama poderosamente la atención del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Nos referimos en caso concreto con el avance y daños que está generando la fiebre hemorrágica por dengue en el país, hasta el pasado 29 de septiembre de 2014.
Si bien los reportes confirman un descenso de los registros en el 2014, respecto del año precedente, en un 64 por ciento de los casos estimados y del 55 por ciento de los confirmados, es notorio el incremento y tendencia de casos confirmados, por cada 100 mil habitantes, en entidades como Baja California Sur (204.58), Colima (74.17), Sinaloa (53.81), Campeche (41.49) y Oaxaca (36.43).
La estadística anterior nos permite dimensionar el problema; sin embargo, atendiendo la información sobre el número de personas registradas por casos confirmados de dengue, el panorama es sumamente desalentador.
5 entidades del país acumulan el 50 por ciento: Veracruz, con 2 mil 160 personas; Sinaloa, con 1,591; Baja California Sur, con 1 mil 519; Oaxaca, registra 1,452 y Guerrero 1 mil 286 . Conviene recordar que los datos anteriores pueden ser mayores, pues derivan de la confirmación de casos probables, después de practicados diversos análisis de laboratorio
En el país, en lo que va del año, se han registrado 16,092 casos confirmados de personas afectadas por el virus del dengue y se encuentran bajo análisis otros 24,959 más; sin embargo, en cinco entidades, el incremento porcentual en las últimas cinco semanas ha rebasado al 50 por ciento.
Así, estados como Veracruz, con 2,160 casos (78.7 por ciento); Sinaloa, con 1,591 (57.2 por ciento); los 1,519 de Baja California (164.2 por ciento), así como los 1,452 enfermos de Oaxaca (59.2 por ciento) y los 549 registrados en Morelos (61.0 por ciento) nos deben de movilizar a la acción, urgiendo que las autoridades sanitarias actúen con prontitud ante este mal que es sustancialmente prevenible, mediante acciones concretas, probadas y coordinadas entre el nivel Federal, estatal y municipal.
Ya van 22 decesos en este 2014 y aunque la tendencia sea menor que los 40 fallecimientos registrados en el 2013, la letalidad es 28.2 por ciento mayor que la registrada el año pasado; si se previene y se actúa oportunamente, no deberemos lamentar un fallecimiento más.
Es importante recalcar que aunado a una efectiva política pública en materia sanitaria que contribuya con acciones concretas a prevenir y reducir los daños que el virus del dengue llegase a ocasionar en la salud de las y los mexicanos, también debe prevalecer una absoluta transparencia en el manejo de la información, además de que esta debe ser suministrada a la ciudadanía de manera oportuna.
El dengue históricamente en el país, ha presentado una tendencia de mayor incidencia entre los meses de julio a octubre, coincidiendo con la temporada de lluvias y las condicionantes que propician su proliferación.
No obstante la preparación y capacidad probada de las instituciones del sector salud sobre la detección, tratamiento y medidas preventivas, entidades como Baja California Sur, Sonora y Sinaloa presentan un mayor grado de alerta por las condiciones de salubridad en que quedaron después del paso de Odile por esa región, al grado que la incidencia fue la mayor del país en Baja California Sur, alcanzando 327.95 por cada 100 mil habitantes.
En Nueva Alianza coincidimos en que el derecho a la salud debe ser visto como el derecho a un sistema de salud efectivo e integrado , que abarque la asistencia médica y los determinantes subyacentes de salud, que responda a las prioridades locales y nacionales , y que esté al acceso de todos; por ello, las instituciones responsables de la salud de millones de mexicanos debe brindar información más precisa sobre aquellos padecimientos que por su impacto en la salud pública requieren de una vigilancia estrecha y la difusión oportuna de información.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
De urgente y obvia resolución
Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que fortalezca los mecanismos, protocolos e instrumentos implementados para la vigilancia epidemiológica en el país, de tal manera que ante la presencia de un agente epidemiológico relevante, las instituciones del Sector Salud respondan con pertinencia y eficacia a las contingencias sanitarias que se presenten a lo largo del país.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que en el ámbito de sus atribuciones y facultades, dicte las medidas necesarias a efecto de que en los medios masivos de comunicación informe a la ciudadanía sobre la sintomatología más relevante del ébola y con ello, coadyuve a la proliferación de un clima social sano, responsable y ordenado, evitando desinformación y psicosis social.
Tercero. Finalmente, se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud federal y a las instituciones de salud estatal para que refuercen la vigilancia epidemiológica, la atención médica y las medidas preventivas ante los incrementos focalizados del dengue en el país, principalmente en los estados de Baja California Sur, Colima y Sinaloa que tienen un mayor registro de casos de dengue hemorrágico.
Notas
1 Documentos Básicos, 43ª edición. Organización Mundial de la Salud, Ginebra 2001. La Constitución fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional de 1946.
2 La palabra chikungunya proviene de la lengua makonde de Tanzania, en el este de África, y podría traducirse como “lo que dobla”, en referencia al severo dolor en las articulaciones que hace que los enfermos se contorsionen.
3 Preocupa más chikungunya que el ébola, Laura Toribio. http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/08/06/974750
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2014.
Diputado Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Profeco a proteger y asesorar a usuarios de Telcel perjudicados por el cambio de la política de datos e investigar prácticas abusivas para que, en su caso, se sancione a la empresa, suscrita por los diputados Juan Pablo Adame Alemán, Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Juan Bueno Torio y Arturo de la Rosa Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN
Los suscritos, diputados federales Juan Pablo Adame Alemán, Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Juan Bueno Torio y Arturo de la Rosa Escalante, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
A través de diversos medios de comunicación y redes sociales, se ha hecho del conocimiento público que a una cantidad importante de usuarios de planes tarifarios de pospago del concesionario de telecomunicaciones Radiomóvil Dipsa, SA de CV –que opera bajo la marca comercial “Telcel”–, han manifestado su molestia debido al cambio sobre las políticas que dicha empresa aplica en el caso de llegar a la totalidad de los datos transferidos dentro del límite del periodo mensual del plan contratado.
Consigna el diario Reforma en la sección “Negocios” del viernes 17 de octubre del presente año que a una buena cantidad de usuarios la compañía telefónica les cargó más del doble del importe de su renta mensual por “uso extra de datos de internet”.
La práctica ordinaria con aquellos clientes era el ponerles como límite de uso de datos el de aquellos megabytes de transferencia incluidos en el importe del pago mensual, requiriendo la contratación por única ocasión de paquetes extras de datos para poder continuar accediendo a internet desde el dispositivo móvil.
A partir del 15 de septiembre, el operador de telecomunicaciones citado cambió su política, y permitió a los clientes continuar consumiendo el servicio de transferencia de datos con un costo a granel mayor a $1.00 por MB consumido hasta por 1GB –1,024 MB–, sorprendiendo de ese modo a los usuarios con cobros excesivos al recibir su último recibo.
A consulta por parte de los usuarios, la compañía argumenta que la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada por este honorable Poder Legislativo hace unos pocos meses, prohíbe a los concesionarios y autorizados de telecomunicaciones “bloquear, interferir, discriminar, entorpecer o restringir arbitrariamente el derecho de cualquier usuario del servicio de acceso a internet”, interpretación por demás ventajosa ya que en el espíritu de esta Cámara y de nuestra colegisladora estaba precisamente el proteger a los usuarios contra prácticas abusivas de los operadores.
El caso del artículo 298, inciso B, fracción I, el cual cita la empresa defendiendo el cambio de prácticas, busca proteger a los usuarios ante amenazas a la neutralidad de lo transferido en las redes públicas de telecomunicaciones (cuyas obligaciones están descritas en los artículos 145 y 146 de la LFTR), mediante la imposición de una multa por el equivalente de 1 hasta 3 por ciento de los ingresos del concesionario o autorizado por “bloquear, interferir, discriminar, entorpecer o restringir arbitrariamente el derecho de cualquier usuario del servicio de acceso a internet”, artículo que no es aplicable a los límites en el consumo sino a la discriminación de los datos transferidos cuando el servicio se encuentra activo.
En todos los casos, consideramos que la interpretación de los preceptos jurídicos de esta Reforma debe ser acorde al espíritu del mayor beneficio al usuario final, a quien pusimos como el destinatario y sujeto tutelado por buena parte de esta legislación.
En contraparte a lo argumentado por la empresa concesionaria, el Artículo 191 describe con claridad el catálogo de los derechos que los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y sus mecanismos de protección. En ese sentido, la fracción VIII enumera como derecho de los usuarios el “...ser notificado por cualquier medio, incluido el electrónico, de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas...”, texto aplicable a la situación que se describe puesto que el concesionario ha modificado sus políticas de facturación de datos sin previo aviso, dejando sin posibilidad al usuario final de poder ejercitar ante el operador su derecho dispuesto en la fracción IX del artículo citado: “...a exigir el cumplimiento forzoso del contrato cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originalmente contratadas y en caso de que no las cumpla a rescindir del mismo...”.
En ese sentido, en la reforma en materia de telecomunicaciones, dejamos a la Profeco la defensa de los consumidores ante violaciones a sus derechos como usuarios de servicios de telecomunicaciones. Dispone así el párrafo sexto del artículo 191 de la LFTR que “...corresponde a la Profeco promover, proteger, asesorar, defender, conciliar y representar a los usuarios y consumidores, frente a los concesionarios o autorizados de servicios de telecomunicaciones...”. También en el artículo 297 de dicha ley, respecto al régimen de sanciones, establece el párrafo tercero que “...las infracciones a los derechos de los usuarios establecidos en esta ley, cometidas por los concesionarios o autorizados, serán sancionadas por la Profeco en términos de lo establecido en los artículos 128 y, en su caso, del artículo 128 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor...”.
A su vez es aplicable lo dispuesto en el transitorio vigésimo primero del decreto de reforma a la legislación secundaria en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 14 de julio de 2014 que dice a la letra “Vigésimo Primero: Para la atención, promoción y supervisión de los derechos de los usuarios previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco deberá crear un área especializada con nivel no inferior a Subprocuraduría, así como la estructura necesaria para ello...”.
Visto lo anterior, es que sometemos a consideración de esta honorable soberanía, en calidad de asunto de urgente y obvia resolución la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que a través de su área especializada en la atención de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, y en el marco de sus atribuciones, proteja y asesore a los usuarios de Telcel que se han visto perjudicados por el cambio de políticas de dicha compañía sobre la transferencia de datos excedentes a los contratado en el plan, así como investigue posibles prácticas abusivas para, en su caso, sancionar de manera ejemplar a dicha empresa por su comisión.
Palacio Legislativo, a 6 de noviembre de 2014.
Diputados: Juan Pablo Adame Alemán, Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Juan Bueno Torio, Arturo de la Rosa Escalante, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Humberto Armando Prieto Herrera, Alfredo Rivadeneyra Hernández, Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbricas).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Segob a realizar por el Sistema Nacional de Protección Civil una campaña informativa sobre medidas de seguridad ante tormentas eléctricas, a cargo del diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y de conformidad con lo previsto en el artículo 79, fracción segunda, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Nuestro país es afectado por diversos tipos de fenómenos hidrometeorolígicos que pueden provocar la pérdida de vidas humanas o daños materiales.
Los fenómenos hidrometeorológicos son generados “por la acción violenta de los fenómenos atmosféricos, siguiendo los procesos de la climatología y del ciclo hidrológico”,1 es decir, aquellos que involucran la relación entre el elemento agua y el clima.
El territorio mexicano, principalmente se ve expuesto a lluvias, inundaciones, granizadas, nevadas, heladas, tornados y tormentas eléctricas.
Las tormentas eléctricas son provocadas por la formación de nubes cumulonimbus, que son aquellas que tienen una gran carga de humedad y energía, pero que además sufren un proceso de electrificación debido a la colisión de las partículas de granizo y cristales de hielo, en presencia de las gotas de agua sobre-enfriadas.2
Estas tormentas, en su mayoría, ocurren entre los meses de mayo y octubre, principalmente en los estados de Sinaloa, Sonora, Jalisco, Michoacán, México, Chiapas y Guerrero.
La característica fundamental de éste fenómeno se refleja en la generación de descargas de electricidad que se manifiestan a través de un resplandor breve, denominado rayo, y por un ruido seco o estruendoso, denominado trueno.
Por más increíble que parezca, México ocupa el primer lugar a nivel mundial en el número de muertes ocasionadas por rayos, pues de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) este fenómeno natural cobra la vida de aproximadamente 223 personas al año.3 Las entidades federativas con mayor índice de muertes a causa de los rayos son el estado de México, Michoacán, Guanajuato, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Yucatán y Chiapas.
Como podemos observar, los estados con mayor mortalidad por esta causa, tienen un alto porcentaje de población rural, lo cual evidencia que éste sector es el más vulnerable a padecer ésta clase de incidentes, debido a que en mucho casos desconoce qué hacer en caso de tormentas y realizan actividades al aire libre.
Existen dos casos que nos hacen reaccionar ante esta problemática. El primero sucedió durante un partido de futbol, en el municipio de Progreso, Yucatán, en el cual un joven murió y otro quedó lesionado y; el segundo, aconteció en el municipio de San Juan Chamula, Chiapas, donde tres niñas perdieron la vida al ser alcanzadas por un rayo cuando se protegían de un aguacero debajo de un árbol.4
Es por lo anterior, que aunque ya se haya presentado una proposición con punto de acuerdo por parte del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática5 en relación con éste tema, en el cual se solicita tener una reacción reactiva con la colocación de pararrayos en lugares propensos a éstas tormentas, nosotros procuramos ir más allá, en un sentido más social, y arraigar una cultura de prevención y protección en los pobladores de las zonas rurales.
Lo que se pretende es que la gente conozca mejor el fenómeno y sus consecuencias, así como las medidas de protección, ya que se muestra un desconocimiento total sobre este acontecimiento, lo que los impulsa a correr hacia lugares equivocados para cubrirse de la lluvia durante una tormenta.
Para lograr este objetivo se necesita realizar una campaña informativa, con difusión nacional y local, que contenga las medidas de protección ante las tormentas eléctricas, que por mencionar algunas, se enuncian las siguientes:
• Apartarse de terrenos abiertos, por ejemplo, campos de cultivo, deportivos, praderas o estacionamientos;
• No protegerse debajo de un árbol o una roca, tampoco en edificios pequeños como chozas, cobertizos, tiendas de campaña;
• Evitar el contacto con los ríos, lagos, mar, albercas; y
• Alejarse de los lugares altos, como cumbres, lomas, cimas y refugiarse en zonas bajas.6
Son acciones básicas que los habitantes de estas zonas deberían conocer para evitar los riesgos que corren ante estos fenómenos naturales y así disminuir las muertes causadas por la caída de rayos.
Por lo anteriormente expuesto, y con la finalidad de proteger a la población más vulnerable, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Gobernación, a efecto de que, a través del Sistema Nacional de Protección Civil, se difunda una campaña informativa referente a medidas de protección ante tormentas eléctricas.
Notas
1 Consultado en <http://proteccioncivil.guanajuato.gob.mx/atlas/hidrometeorologico/m arco_conceptual.php>, el 27 de octubre de 2014, a las 18:01.
2 Consultado en <http://www.unamiradaalaciencia.unam.mx/download/pdf_prensa/unamirad a_381.pdf>, el 27 de octubre de 2014, a las 18:02.
3 Consultado en <http://investigaciondel05rayos.blogspot.mx/2013_11_01_archive.html>, el 27 de octubre de 2014, a las 18:04.
4 Consultado en <http://www.fundacionunam.org.mx/ciencia/fulminados-por-rayos/>, el 27 de octubre de 2014, a las 18:05.
5 Consultado en <http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2014/06/asun_3118097_20140604_1401913972.pdf>, el 27 de octubre de 2014, a las 18:06.
6 Consultado en <http://www.colpos.mx/wb_pdf/Proteccion-Civil/Tormentas_s.pdf>, el 27 de octubre de 2014, a las 18:07.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a promover y vigilar las acciones preventivas y de atención neonatal para eliminar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros, suscrita por los diputados Leslie Pantoja Hernández y Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscriben, diputados Leslie Pantoja Hernández y Mario Alberto Dávila Delgado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, a promover y vigilar entre las instituciones de salud que forman parte del sistema nacional de salud las acciones y medidas de prevención y atención neonatal necesarias para eliminar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros en México, con especial énfasis en las complicaciones respiratorias que pudieran sufrir, como consecuencia de haber nacido antes de las 37 semanas de gestación.
Exposición de motivos
Las metas establecidas por los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), compromiso adquirido por el gobierno de México desde el año 2000, comprometen en sus puntos 4 y 5 reducir en dos terceras partes la mortalidad de menores de cinco años y reducir en tres cuartas partes la mortalidad materna, respectivamente, entendiendo que si esto se lograra, tan sólo en 2015 significaría salvar la vida de cuatro millones de niños y alrededor de 190 mil mujeres en el mundo.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala el nacimiento prematuro como la principal causa de mortalidad neonatal en el mundo (durante las primeras cuatro semanas de vida) y la segunda causa de muerte entre los niños menores de cinco años, después de la neumonía.
La salud de las mujeres y los niños ha sido reconocida como un derecho humano fundamental en tratados ratificados por el gobierno de México como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos reconoce la obligación de los Estados miembros promover acciones para reducir la mortalidad infantil y garantizar el acceso del niño y su familia a los servicios básicos de salud, incluida la atención prenatal y posnatal de las madres.
De acuerdo con cifras de la OMS, un bebé prematuro es aquel que nace vivo antes de se hayan cumplido 37 semanas de gestación; siendo el caso de bebés prematuros extremos, aquellos casos con menos de 28 semanas de gestación; muy prematuros, los que nacen entre las semanas 28 y 32, y prematuros moderados o tardíos, aquellos que nacen entre las semanas 32 y 37.1
Cada año, unos ocho millones de niños mueren por causas evitables y más de 350 mil mujeres fallecen por complicaciones previsibles relacionadas con el embarazo y el parto.
Por ello, Ban Ki-Moon, secretario general de las Naciones Unidas, destacó en la Estrategia Mundial de Salud de las Mujeres y los Niños que “se tiene que hacer más en favor de los recién nacidos que sucumben a una infección debido a que no reciben un tratamiento y por las madres que padecen complicaciones durante el embarazo y el parto”.
Datos del Observatorio Mundial de la Salud señalan que hay tres causas responsables de más del 85 por ciento de la mortalidad neonatal: las complicaciones de la prematurez, las muertes neonatales relacionadas con el parto y las infecciones neonatales.2
De éstas, el nacimiento prematuro es la principal causa de mortalidad entre los recién nacidos y la segunda causa de muerte entre los niños menores de cinco años, después de la neumonía.
Que la OMS estima que cada año nacen alrededor de 15 millones de niños prematuros, cifra que va en aumento. De ellos, más de un millón muere debido a complicaciones en el parto y los que logran sobrevivir corren el riesgo de sufrir algún tipo de discapacidad de por vida; en particular, las relacionados con el aprendizaje, problemas visuales y auditivos.
En los países de ingresos bajos, un promedio de 12 por ciento de los niños nace antes de tiempo, frente al 9 por ciento en los países de ingresos más altos. Incluso, dentro de un mismo país, las familias más pobres corren un mayor riesgo de parto prematuro.3
La Secretaría de Salud (SSA) dio a conocer en 2011 que el 6.8 por ciento del total de los nacimientos fueron prematuros.4 Entre las entidades con mayor proporción de nacidos vivos prematuros son: Distrito Federal, Aguascalientes y Nuevo León; en contraste, la proporción más baja de nacidos vivos prematuros es en Chiapas y Oaxaca. Destacando que en nuestro país, la prematurez y el bajo peso representan la segunda causa de mortalidad neonatal.
Entre las causas más frecuentes del parto prematuro figuran los embarazos múltiples, las infecciones, las enfermedades crónicas como la diabetes y la hipertensión, la edad de la madre y el tabaquismo.
Además, factores externos como el nivel socioeconómico de los padres, la calidad y cantidad de servicios de salud a los que se tiene acceso, los cuidados a la salud de la madre y su patrón reproductivo, así como las características de la vivienda en la que se habita, tienen incidencia tanto en la prematurez como en la mortalidad neonatal.
En comparación con los bebés nacidos a término, los prematuros tienen un riesgo mayor de desarrollar complicaciones de salud. Cuanto antes nazca el bebé, menos desarrollado estará su organismo y mayor será el riesgo de sufrir complicaciones médicas.
Entre estas se incluyen la parálisis cerebral, discapacidades motoras y sensoriales, trastornos del aprendizaje y la conducta y, frecuentemente, problemas pulmonares provocados por el virus sincicial respiratorio (VSR), el síndrome de dificultad respiratoria (SDR) y la displasia broncopulmonar.
Ante esto, es necesario dirigir las acciones necesarias que permitan prevenir los nacimientos prematuros, a fin de evitar problemas futuros de salud de los bebés, mejorando su calidad de vida.
De ahí que los costes del nacimiento prematuro no se limitan a los gastos incurridos durante la estancia del recién nacido en la unidad hospitalaria de cuidados intensivos neonatales debido a que algunos de los problemas de salud que surgen en este momento pueden persistir durante años e incluso de por vida, además de que se perturban todos los aspectos de la vida familiar.
Frente a ello, el acceso, calidad y equidad en la atención de la salud debe ser una medida prioritaria para lograr una mayor sobrevida y mejor calidad de vida de los bebés prematuros.
Por lo anteriormente expuesto los legisladores proponen el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. El pleno de la honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a promover y vigilar, entre las instituciones de salud que forman parte del Sistema Nacional de Salud, las acciones y medidas de prevención y atención neonatal necesarias para eliminar las causas de mortalidad entre neonatos prematuros en México, con especial énfasis en las complicaciones respiratorias que pudieran sufrir, como consecuencia de haber nacido antes de las 37 semanas de gestación.
Notas
1 OMS. Nacimientos prematuros. http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs363/es/
2 Every Newborn Action Plan. OMS. http://www.who.int/maternal_child_adolescent/topics/newborn/every-newbo rn-action-plan-draft-es.pdf
3 Nacidos demasiado pronto. Informe de acción Global sobre Nacimientos Prematuros. http://www.who.int/pmnch/media/news/2012/borntoosoon_execsum_es.pdf
4 Avances y temas pendientes de la política de salud en México. CIDE. Enero 2013. http://seguropopular.cide.edu/documents/130486/196024/Avances%20y%20tem as%20pendientes%20en%20salud.pdf
Dado en el salón de plenos del Congreso de la Unión, a 6 de noviembre de 2014.
Diputada Leslie Pantoja Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a distintas dependencias federales y al gobierno de Sinaloa a cumplir la fracción B del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando el derecho correspondiente a la comunidad de Cuitaboca, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, Yesenia Nolasco Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración el presente punto de acuerdo, conforme al tenor de las siguientes
Consideraciones
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 2o. señala “La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.”1
Sin embargo, la pobreza, falta de los servicios de salud, vivienda, alimentación, agua, electricidad e instituciones de justicia, son el inicio de un proceso de discriminación que enfrentan los indígenas en nuestro país.
Que según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el margen de pobreza basado en un estudio centrado en la población indígena, reportó que en este sector para el año 2013 era de 72 por ciento, lo que equivalía a 8.2 millones de ciudadanos.
Que de 72 por ciento, 45.4 por ciento corresponde a indígenas en pobreza moderada y 26.6 por ciento a indígenas en pobreza extrema2 .
Que la zona noreste de nuestro país es conocida por una diversidad cultural indígena vasta, en donde los procesos históricos de cada grupo étnico se basan en invasiones y conflictos sociales, resultando algunos en su desaparición como grupo étnico, integrándose totalmente a la población rural; otros reafirmando su identidad, defendiéndola contra todo devenir y solidificando su estructura social que da vida y cohesión a su cultura. Algunos más, se encuentran en una lucha cultural abierta, ante un sistema que cuestiona su identidad y que, día a día, los confronta de forma violenta y agresiva3 .
Que la discriminación indígena radica en la negativa del derecho a conservar territorios, cultura y recursos naturales, así como la práctica de sus costumbres, esto sobre la igualdad de derechos que la ley les confiere.
Que el estado de Sinaloa, particularmente de la comunidad de Cuitaboca, en los primeros días del mes de octubre, cerca de 200 habitantes de la sierra Tarahumara realizaron una marcha pacífica por las calles de la cabecera municipal en demanda de mejores condiciones de vida.
Que los habitantes de Cuitaboca reclaman por falta de atención médica, solicitando al gobierno que destine recursos para la creación de hospitales y carreteras, además de escuelas bilingües.
Que la comunidad de Cuitaboca realza su pobreza al estar incrustada entre grandes empresas mineras de extracción de oro y plata.
Así como Cuitaboca se encuentran comunidades como Cacalotán, Las Lajitas, Los Manguitos, Talayote, Las Vallas, etcétera.
Que este grupo indígena tarahumara tiene un gran rezago en el índice de marginación, entendiendo éste, como un fenómeno multidimensional y estructural originado, en última instancia, por el modelo de producción económica expresado en la desigual distribución del progreso, en la estructura productiva y en la exclusión de diversos grupos sociales, tanto del proceso como de los beneficios del desarrollo, según lo define el Consejo Nacional de Población (Conapo).4
Que el Coneval ha referido que la población con algún rasgo de pertenencia étnica se encuentra en mayor precariedad que las personas que no lo presentan. Entre más “estructural” sea el rasgo que da la pertenencia étnica, mayor es la pobreza.
Asimismo, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) dio a conocer los resultados sobre una encuesta en la que según 44.1 por ciento de los mexicanos considera que no se respetan los derechos de los pueblos indígenas.
Lo anterior va en contra de los preceptos constitucionales establecidos en el artículo 2o. fracción B que señala:
“La federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.
Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de:”5
I. a IX. ...
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en conjunto con el gobierno del estado de Sinaloa y el municipio de Sinaloa de Leyva, den cumplimiento a lo establecido en la fracción B del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando el derecho que corresponde a la comunidad de Cuitaboca.
Notas
1. http://info4.juridicas.unam.mx/
2. www.coneval .gob.mx/
3. http://clasesdelprofecarlos.blogspot.mx/
4. http://www.conapo.gob.mx/
5. www.ordenjuridico.gob.mx/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputada Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Coahuila y al presidente municipal de Saltillo a realizar acciones para garantizar justicia y la reparación del daño al menor agredido por policías de esa localidad, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta soberanía la siguiente proposición con puntos de acuerdo como de urgente u obvia resolución, conforme a las siguientes
Consideraciones
Las juventudes hoy en México son detenidas no porque comentan delitos, sino por su forma de vestir, por su forma de hablar, por su forma de comportarse, por pertenecer a un grupo de construcción de identidad, que conduce a la violencia y a la discriminación en su contra.
Operando bajo este sistema, un gran segmento de la población de jóvenes mexicanos tiene rostro persecutorio, lo cual profundiza los actos ilegales y las violaciones que se cometen en contra de ellos.
Hay un desprecio notable de la clase política hacia los jóvenes porque no son considerados sujetos activos para la transformación de país, son demasiado subversivos para entenderlos en una dimensión profunda, y suelen manifestar su inconformidad con los gobiernos de manera pública y firme.
Por eso, hoy se da con tanta facilidad que se asalta, se detiene, se criminaliza a los jóvenes. Criminalizar a los jóvenes implica colocarles no sólo estereotipos, sino también etiquetamiento y estigmas, que son tres categorías distintas, todas en su perjuicio.
Aunque la criminalización es una construcción social de carácter sociológico, tiene implicaciones en el tema de la seguridad pública, por ejemplo, en diversas entidades se ha tenido conocimiento de que los policías detienen a personas jóvenes simplemente por la percepción de la policía, pues al preguntar “porqué lo detuvo”, las respuestas son, “porque tenía una actitud sospechosa, me pareció sospechoso, veía de manera sospechosa, su mirada implicaba un acto criminal”.
Es verdad, jóvenes están matando jóvenes, pero no porque vayan pasando en la calle, hay una disputa en el mercado de las drogas, un abandono casi total a la profundización del alcance de la educación pública y gratuita a niveles profesionales, y tasas de desempleo abrumadoras que perjudican directamente a este sector.
No han sido pocos los casos en los que se ha logrado demostrar el abuso policial en contra de los jóvenes, mismo que culmina con detenciones arbitrarias, procesos ilegales y encarcelamientos injustos.
Durante las movilizaciones por la toma de protesta de Enrique Peña Nieto, diversos jóvenes fueron sometidos a proceso, y liberados posteriormente cuando se acreditó que fueron detenidos en un lugar, y acusados de violencia cometida en otros puntos de la ciudad.
Lo mismo sucedió meses después, cuando Ernesto Aguilar, estudiante de doctorado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) e integrante de la Red Feminista de Defensoras de Derechos de las Mujeres (Red No Están Solas), fuera detenido acusado de la comisión de un delito sexual, como consecuencia de haber documentado la detención y agresión de su amigo Claudio González Sánchez, que sucedieron esa misma noche dentro de una estación del Sistema de Transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México.
En este caso, como en la mayoría de esta índole, no se ha respetado el derecho al debido proceso, se consignó a la víctima casi a las 24 horas de ser detenido, cuando la ley establece que el tiempo es de 48 horas.
La madrugada del martes fue trasladado al Reclusorio Preventivo Norte, donde lo culpan de delito sexual, acusación que no tiene derecho a fianza. El comité creado en defensa del estudiante de la UNAM, denuncia que el proceso en el que se encuentra sujeto, está plagado de irregularidades y violaciones a sus derechos humanos. “No hubo respeto al derecho del debido proceso de Ernesto, fue consignado casi a las 24 horas de ser detenido, cuando la ley fija un plazo de 48 horas.
La violencia física, ha sido otra constante, pues en muchos casos las juventudes que han sido agredidas son golpeadas severamente, generando fracturas, contusiones e incluso pérdida de órganos.
El fin de semana pasado, cuando regresaba de ver a su novia en la colonia de al lado, un menor fue atacado sin motivo por policías municipales, que en un acto salvajismo le quebraron las piernas, enviándolo directamente al hospital en Saltillo, Coahuila.1
Eran las 21:00 horas cuando César caminaba entre las calles de la colonia El Rodeo luego de haber convivido con su pareja durante toda la tarde, por lo que ya regresaba a su domicilio para ayudar a sus padres en las actividades que tenían planeadas.Justo cuando se encontraba en el bulevar Mitología, el joven fue sorprendido por elementos de la unidad 12728 de la Policía Municipal que perseguían a los participantes de una riña, deteniéndose frente a él para cuestionarlo sobre su estancia en el lugar.
Minutos después, familiares del menor acudieron en su ayuda pero fueron atacados por los uniformados, quienes desde lejos vigilaban lo que ocurría con el agredido, retirándose del lugar para perderse entre las calles del sector sin que nadie les hiciera frente.
Posteriormente, paramédicos de la Cruz Roja que atendieron al menor lesionado, lo trasladaron al Hospital General donde le diagnosticaron fractura expuesta de tibia y peroné.
La mañana del 3 de noviembre, familiares del menor acudieron ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) para realizar la denuncia de hechos contra quien resulte responsable, exigiendo justicia.
Fundado y motivado en las consideraciones antes expuestas, sometemos a su consideración los siguientes
Puntos de Acuerdo
La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión:
Primero. Exhorta al gobernador de Coahuila, Rubén Ignacio Moreira Valdez, a que en el marco de sus facultades gire instrucciones a fin de que investigue y sancione a los responsables de la agresión física a la que fue sujeto César y le sea garantizado el acceso a la justicia y a la reparación del daño.
Segundo. Exhorta al presidente municipal de Saltillo, Coahuila, Isidro López Villarreal, a que en el marco de sus facultades gire instrucciones para que se investiguen los hechos relacionados con los actos de violencia cometidos en contra de César y se sancione a los responsables, y a que se efectúen controles de evaluación, así como acciones de supervisión y capacitación en materia de debido proceso y derechos humanos a los cuerpos policiales del municipio.
Nota
1 http://www.zocalo.com.mx/seccion/articulo/policias-le-rompen-las-pierna s-a-menor-1415078610
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a publicar el reglamento de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El director ejecutivo para las Américas de Human Rights Watch ha declarado que “las desapariciones representan una crisis de derechos humanos de enormes proporciones para México”. Sin embargo, el gobierno de Peña Nieto está muy lejos de cumplir con su compromiso de esclarecer que le sucedió a las miles de personas cuyo paradero se desconoce, y ahora incluso recorta el presupuesto de la unidad especial de la PGR que este gobierno creó para ocuparse de estos casos.
En fechas recientes la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales –de la Procuraduría General de la República– anunció que el número de personas no localizadas es de 22 mil 322. Sin embargo no se sabe cómo se obtuvo dicha información, cual fue la metodología utilizada para recabar dicha cifra.
El diario estadounidense Washington Post indicó que 25 mil 276 personas se encuentran registradas en calidad de desaparecidas, según documentos de la Procuraduría General de la República.
Además, la cifra puede ser mayor, ya que hay varios casos de desapariciones que no son denunciados ante las autoridades por temor a represalias o porque no confían en las dependencias de seguridad pública del país.
Amnistía Internacional señala que el gobierno de México “no ha demostrado que está atendiendo debidamente a los reclamos de los familiares de personas desaparecidas en México”.
El Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas ha concluido que los familiares que sufren angustia y estrés a resultas de la desaparición de un ser querido son también víctimas de la violación del derecho a no ser sometido a tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Como respuesta a la preocupación de la sociedad, el Poder Legislativo creó un marco jurídico para establecer un registro nacional de personas desaparecidas o extraviadas.
La Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2012.
La citada ley –en su artículo 2– establece la creación de un Registro Nacional de Datos de personas con el propósito de organizar y concentrar la información en una base de datos electrónica, sobre personas extraviadas o desaparecidas; así como de aquellas que se encuentren en establecimientos de atención, resguardo, detención o internación y de las que se desconociesen sus datos de filiación, identificación y domicilio, con el objeto de proporcionar apoyo en las investigaciones para su búsqueda, localización o ubicación de su familia y lugar de residencia.
Se reconoce dos tipos de personas: la extraviada y la desaparecida; la persona extraviada es la que por circunstancias ajenas a su voluntad, desconoce o no recuerda sus datos de filiación, identidad y domicilio.
Ahora bien reconoce la calidad de persona desaparecida, que es toda persona que con base en información fidedigna de familiares, personas cercanas o vinculadas a ella, la hayan dado por desaparecida de conformidad con el derecho interno, lo cual puede estar relacionado con un conflicto armado internacional o no internacional, una situación de violencia o disturbios de carácter interno, una catástrofe natural o cualquier situación que pudiera requerir la intervención de una autoridad pública competente.
Sin embargo de que sirve que una ley cumpla con todo el proceso legislativo hasta culminar en la publicación, si se convierte en letra muerta en el momento que el Poder Ejecutivo no publica el reglamento respectivo.
En el entendido que es importante el reglamento derivado que es donde se plasma la manera de coordinación entre autoridades para dar la eficacia a una ley.
Asimismo, deben establecerse las reglas claras a que se sujetarán para el suministro, intercambio y sistematización de la información del registro de personas desaparecidas.
Los artículos transitorios son fundamentales en la legislación, de ahí que el artículo segundo mandate a las autoridades competentes a emitir el citado reglamento, por lo general se establece un tiempo en este caso en particular no debía exceder de seis meses de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Para el caso que nos ocupa, la fecha se cumplió y con un margen amplio, ya que el plazo se venció en octubre de 2012, es decir hace dos años y el reglamento duerme el sueño de los justos.
A continuación se plasma el transitorio de la ley que nos ocupa:
Artículo Segundo. Las autoridades competentes deberán emitir las leyes, reglamentos y otras disposiciones para instrumentar en todo el país lo establecido en esta Ley, en un plazo que no exceda de seis meses, a partir de la publicación a que se refiere el artículo anterior.
De acuerdo las organizaciones como Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, y Servicios y Asesoría para la Paz afirman que persisten deficiencias y confusión sobre las bases de datos y las cifras sobre personas desaparecidas. Si bien el Estado hizo pública la dicha definitiva de personas desaparecidas como resultado de un proceso de depuración, no fue producto de la búsqueda e investigación. Además, no se ha hecho pública la metodología utilizada para la depuración y persiste la falta de lineamientos claros para saber cómo se reciben las denuncias y cómo se clasifican.
Los hechos acontecidos en Iguala, Guerrero vuelven a poner en .duda la eficacia de las instituciones y de las leyes en el país. Aunado al actuar de las autoridades que en muchas ocasiones es negligente. La Organización de Naciones Unidas señaló que en México las desapariciones persisten debido a la impunidad generalizada, la falta de veracidad y protocolos de investigación, además de la falta de protección a familiares de víctimas.
Las desapariciones de ciudadanos rebasan cualquier acción emprendida por el gobierno, por lo que no basta con la promulgación de la ley, sino que esta debe aplicarse en forma amplia, contundente y eficaz mediante la emisión del respectivo reglamento.
Por lo que, se torna indispensable la publicación del Reglamento respectivo de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, ya que sin dicho reglamento dificulta el actuar de las autoridades en el registro y búsqueda de las personas que se encuentran desaparecidas o extraviadas.
Asimismo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 89, fracción I, como facultad y obligación del titular del Ejecutivo federal, proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de la leyes, lo que consiente en la facultad reglamentaria y de emisión de normatividad que contribuya a la aplicación de la leyes de manera más específica; y que por ellos la falta de su expedición deviene en afectar la certeza jurídica.
Por lo que solicitamos que el Ejecutivo federal cumpla con sus facultades y publique la norma, ya que se ha visto que en ocasiones presionan al poder legislativo para emitir la legislación correspondiente, sin embargo dejan la tarea a medias logrando que esta ley y otras leyes se conviertan en letra muerta por la falta de su reglamento.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y al secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que publiquen a la brevedad el Reglamento correspondiente a la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat a difundir las acciones realizadas por la Profepa en cuanto a la implantación, ejecución o adhesión a los planes de manejo de residuos peligrosos por los sujetos obligados de la industria farmacéutica, suscrita por integrantes de la Comisión Especial para el desarrollo sustentable
Los suscritos, diputados federales de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes de la Comisión Especial para el desarrollo sustentable, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, para su discusión y aprobación, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a hacer del dominio público las acciones que ha realizado la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para dar cabal cumplimiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en cuanto a la implementación, ejecución o adhesión a los planes de manejo de los residuos peligrosos por los sujetos obligados de la industria farmacéutica.
Al tenor de las siguientes
Consideraciones
En México se recolectan diariamente un promedio de 86 mil 343 toneladas de residuos sólidos y tan sólo en cinco entidades, se recoge casi la mitad de los residuos del país; el Distrito Federal, por ejemplo, registra la mayor proporción con 19.7% del total nacional, siguiendo al Estado de México con 9.6%, Jalisco, Veracruz, entre otros, sin embargo, de acuerdo con el Inegi, tan sólo el 11% de estos residuos, son adecuadamente separados.
Ahora bien, tomando en cuenta la amenaza que representa la generación y disposición inadecuada de un volumen cada vez mayor de residuos, se realizó una clasificación, dentro de ésta se encuentran los Residuos de Manejo Especial, los cuales, se encuentran definidos en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos y son considerados como aquellos generados en los procesos productivos que no reúnen las características para ser considerados residuos sólidos urbanos.
Como parte de ellos, se encuentran los Residuos Peligrosos, los cuales y acorde a la NOM-052-ECOL-93, se les considera como:
“Aquél residuo generado por la actividad humana y procesos productivos que en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, y explosivas, tóxicas, inflamables, venenosas o biológico-infecciosas, representan un peligro para el equilibrio ecológico.”
Mismos que por sus características, requieren de especial atención por la autoridad.
En 1994, el Instituto Nacional de Ecología, realizó los primeros estudios para estimar el volumen de residuos peligrosos generados en el país, a partir de entonces, las cifras se han basado fundamentalmente en la información reportada por las empresas que generan este tipo de residuos y que se han registrado en el Padrón de Generadores de Residuos Peligrosos (PGRP) a la Semarnat, por lo que de acuerdo al registro en mención, para el periodo de 2004 -2011, únicamente las 68 733 empresas registradas, generaron 1.92 millones de toneladas, situación que deja en incertidumbre respecto al monto real no cuantificado y no regulado por las empresas que aún no se encuentran en el padrón y que de igual manera generan residuos pero de los que se desconoce su destino final.
1
En el mismo sentido y con la información recabada en el padrón, se concluyó que las industrias generadoras de Residuos Peligrosos que mayores volúmenes produjeron entre 2004 y 2011, fueron la química con 201 782t, lo que equivale al 10.5% del total de residuos peligrosos, como se muestra a continuación:
2De lo anterior y examinando la generación en función a la categoría del generador (micro, pequeño y gran generador), para el periodo de 2004- 2011 se concluyó que de las pocas empresas afiliadas, se produce el mayor porcentaje de toneladas de Residuos Peligrosos de las 10 948 toneladas, por lo que resulta imperante una adecuada supervisión de la ejecución y adhesión de los Planes de Manejo de todo el sector, pues únicamente de esa manera, se salvaguardará la salud y el Medio Ambiente.
La trascendencia de las externalidades negativas que los Residuos Peligrosos generan, en especial los de la industria química farmacéutica, toman su relevancia en el hecho de que en nuestro país la apertura comercial de los medicamentos, han incidido no solo en una la cantidad de consumo y la apertura de un mayor mercado, sino los desechos han incrementado, ya que anualmente se producen 3 mil 100 millones de unidades de medicamentos, de los cuales, el 9% de ellos representan un riesgo para la salud y el Medio Ambiente, ya que el 4% están caducos y no son destruidos de manera correcta, mientras que el 6% restante se encuentran en el mercado ilegal e informal, de acuerdo a datos de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Situación que torna alarmante al considerar que muchas personas han encontrado su mina de oro al lucrar con la salud de miles de asistentes a estos concurridos tianguis, pues comercializan antibióticos de toda clase como patentes, similar y genéricos, medicamentos ya caducos y maltratados, pero a menor precio generando un gran problema de salud entre los consumidores, los cuales ven en este comercio un posible alivio a sus males y su bolsillo, sin pensar que están jugando con su vida.
En cuanto al marco regulatorio de la materia, el 8 de octubre de 2006 se promulgó la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su reglamento, se publicó el 30 de noviembre de 2006.
En dicha normatividad, en el artículo 2º, se establece la obligación de contar con un Plan de Manejo, por ser este el instrumento que minimiza la generación y verifica y comprueba el manejo integral de los residuos peligrosos, como a la letra lo indica:
Artículo 2.- En la formulación y conducción de la política en materia de prevención, valorización y gestión integral de los residuos a que se refiere esta Ley, la expedición de disposiciones jurídicas y la emisión de actos que de ella deriven, así como en la generación y manejo integral de residuos, según corresponda, se observarán los siguientes principios:
XXI. Plan de Manejo: Instrumento cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de residuos sólidos urbanos, residuos de manejo especial y residuos peligrosos específicos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, con fundamento en el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos, diseñado bajo los principios de responsabilidad compartida y manejo integral, que considera el conjunto de acciones, procedimientos y medios viables e involucra a productores, importadores, exportadores, distribuidores, comerciantes, consumidores, usuarios de subproductos y grandes generadores de residuos, según corresponda, así como a los tres niveles de gobierno;
Más adelante, en el cuerpo de la misma ley, se reitera la obligación de la Federación, por conducto de la Secretaría, de realizar los actos jurídicos necesarios con los gobiernos de las entidades federativas a fin de llevar el control pormenorizado de los residuos peligrosos que estén sujetos a planes de manejo, así como la actualización de los registros y la imposición de las sanciones ante el incumplimiento, esto debido a la corresponsabilidad que debe haber en todos los niveles de gobierno para el tratamiento de los Residuos y la observancia de la ley:
“Artículo 12.- La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir con los gobiernos de las entidades federativas convenios o acuerdos de coordinación, con el propósito de asumir las siguientes funciones, de conformidad con lo que se establece en esta Ley y con la legislación local aplicable:
...
II. El control de los residuos peligrosos que estén sujetos a los planes de manejo, de conformidad con lo previsto en la presente Ley;
III. El establecimiento y actualización de los registros que correspondan en los casos anteriores, y
IV. La imposición de las sanciones aplicables, relacionadas con los actos a los que se refiere este artículo.”
De igual manera, en el artículo 28º, se establece quiénes serán los sujetos obligados a la formulación y ejecución de estos planes de manejo, reforzando el argumento con el artículo 31 de la ley, en el que se especifica que la industria química farmacéutica estará obligada a cumplir con el principio de Responsabilidad Compartida, al manejo integral para los Residuos Peligrosos derivados de sus actividades industriales, así como a la disposición final de los que desechan los consumidores:
“...Artículo 28.- Estarán obligados a la formulación y ejecución de los planes de manejo, según corresponda:
I. Los productores, importadores, exportadores y distribuidores de los productos que al desecharse se convierten en los residuos peligrosos a los que hacen referencia las fracciones I a XI del artículo 31 de esta Ley y los que se incluyan en las normas oficiales mexicanas correspondientes;...”
“...Artículo 31.- Estarán sujetos a un plan de manejo los siguientes residuos peligrosos y los productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados como tales en la norma oficial mexicana correspondiente:
I. ...VII.
VIII. Fármacos;
IX. ... XI...”
Cabe destacar que en cuanto al Reglamento de la ley en comento, en el artículo 17º como el 20º, se reafirman a los sujetos obligados la formulación y ejecución de los planes de manejo o en su caso, a la adhesión a uno ya establecido, esto debido a la necesidad de que los sujetos inmersos en el tema tengan opciones para dar cabal cumplimiento a lo que enmarca la legislación y no se exponga a la sociedad y al Medio Ambiente por la peligrosidad que éstos representan.
“Artículo 17.- Los sujetos obligados a formular y ejecutar un plan de manejo podrán realizarlo en los términos previstos en el presente reglamento o las norma oficiales mexicanas correspondientes, o bien adherirse a los planes de manejo establecidos.
La adhesión a un Plan de Manejo establecido se realizará de acuerdo a los mecanismos previstos en el propio Plan de Manejo siempre que los interesados asuman expresamente todas las obligaciones previstas en él.”
“Artículo 20.- Los sujetos que, conforme a la Ley, estén obligados a la elaboración de planes de manejo podrán implementarlos mediante la suscripción de los instrumentos jurídicos que estimen necesarios y adecuados para fijar sus responsabilidades. En este caso, sin perjuicio de lo pactado por las partes, dichos instrumentos podrán contener lo siguiente.
I. Los residuos objeto del plan de manejo, así como la cantidad que se estima manejar de cada uno de ellos;
II. La forma en que se realizará la minimización de la cantidad, valorización o aprovechamiento de los residuos;
III. Los mecanismos para que otros sujetos obligados puedan incorporarse a los planes de manejo, y
IV. Los mecanismos de evaluación y mejora del plan de manejo.”
Mientras, en el artículo 154 del mismo reglamento, se faculta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), por conducto de la Semarnat, para realizar los actos de inspección y vigilancia de dicha normatividad, como a continuación se establece:
Artículo 154.- La Secretaría, por conducto de la Procuraduría, realizará los actos de inspección y vigilancia a que se refiere el artículo 101 de la Ley, así como los relativos al cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento y las que del mismo se deriven, e impondrá las medidas de seguridad, correctivas o de urgente aplicación y sanciones que resulten procedentes.
La Procuraduría podrá realizar verificaciones documentales para confrontar la información contenida en los planes de manejo, las autorizaciones expedidas por la Secretaría y los informes anuales que rindan los generadores y los prestadores de servicios de manejo de residuos peligrosos, para tal fin, revisará la información que obre en los archivos de la Secretaría.
Como se puede ver, la legislación es muy clara en cuanto a distribución de facultades, pues en el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), también se establecen las facultades operativas de inspección y vigilancia de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de residuos peligrosos que tendrá la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa)
Artículo 45. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente estará a cargo de un Procurador y tendrá las facultades siguientes:
I. Programar, ordenar y realizar visitas u operativos de inspección, para vigilar y evaluar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la restauración de los recursos naturales, a la preservación y protección de los recursos forestales, de vida silvestre, quelonios, mamíferos marinos y especies acuáticas en riesgo, sus ecosistemas y recursos genéticos, bioseguridad de organismos genéticamente modificados, especies exóticas que amenacen ecosistemas, hábitats o especies, el uso y aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, playas marítimas y terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, las áreas naturales protegidas, a la prevención y control de la contaminación de la atmósfera, suelos contaminados por materiales y residuos peligrosos, actividades altamente riesgosas, residuos peligrosos , impacto ambiental, emisión y transferencia de contaminantes, descargas de aguas residuales a cuerpos de aguas nacionales, ordenamiento ecológico y auditoría ambiental, de conformidad con las disposiciones aplicables; así como establecer políticas y lineamientos administrativos para tal efecto;
La problemática de la irregular inspección u omisión en la vigilancia por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente respecto el adecuado seguimiento a la ley, pero específicamente en cuando a la implementación, ejecución o adhesión a los planes de manejo, se ve reflejada en hechos como los que ocurrieron el pasado 4 de agosto del presente año en Oaxaca, en donde se dio a conocer la clausura temporal de un almacén de la Secretaría de Salud del Estado, en el que se depositaron de manera inadecuada 10 toneladas de medicamentos caducos y material de curación.
De acuerdo a los informes de la delegación Federal de la Profepa en la entidad, derivada de una visita de inspección en el Almacén General de Medicamentos y Materiales de Curación del Programa Seguro Popular, a cargo del Régimen Estatal de Protección Social en Salud (REPSS), se encontraron enterrados medicamentos caducos como carbamazepina, ranitidina y cápsulas de amoxicilina en un área de 100 m2, además de vendas, jeringas y soluciones para curación y algunos otros que se encontraron en cajas y bolsas depositados al interior del almacén que llevaban años en ese lugar y que jamás habían tenido un adecuado manejo y disposición final.
A consecuencia de ello, fue que se ordenó la clausura del almacén y la orden de enviar a disposición final las 10 toneladas de medicamentos encontrados, sanción que sería levantada hasta que se hubieran dispuesto adecuadamente los residuos y se diera cumplimiento a la normatividad.
El hecho de trascendencia es que una vez más, debido a la falta en el cumplimiento de la ley en la materia, no sólo se puso en riesgo la salud de la población y se generaron externalidades al Medio Ambiente, sino que aunado a ello se realizó la clausura de uno de los centros más importantes de abastecimiento de medicamentos en la zona, dejando en estado de indefensión a la población aledaña que requiere de esos productos.
Derivado de lo anterior, en la Comisión Permanente de la LXII Legislatura, se presentó una proposición con punto de acuerdo en el que se exhortó a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS), informara a las comisiones de salud de ambas cámaras, sobre las acciones instrumentadas en el caso de los medicamentos caducos abandonados en Oaxaca. Hecho que reafirma la necesidad de una labor conjunta de todas las autoridades en este sentido y a su vez, la necesidad de que en este caso, se aplique el reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y todas las disposiciones relacionadas que de manera clara y precisa establecen las facultades de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
Los compromisos sobre la materia no se limitan a un ámbito nacional, pues México, ha adoptado diversos instrumentos que refuerzan el deber por velar y promover el adecuado manejo de residuos peligrosos por las externalidades que éstos generan en la salud de la población y el Medio Ambiente, como lo es el Convenio de Rótterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Informado Previo que entró en vigor el 24 de febrero de 2004 y en el que el objetivo está:
“Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características y estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes...”
Situación que como Estado Mexicano, refrenda el compromiso sobre la puntual vigilancia en los productos químicos peligrosos, tanto en lo interno, como en lo externo, así como la salvaguarda de la salud humana y el Medio Ambiente frente a éstos.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Honorable soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales a hacer del domino público las acciones que ha realizado la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para dar cabal cumplimiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en cuanto a la implementación, ejecución o adhesión a los planes de manejo de los residuos peligrosos por los sujetos obligados de la industria farmacéutica.
Notas
1 Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas. (2012). Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental. Semarnat. [Electrónico]. (Recopilado de World Wide Web http://app1.semarnat.gob.mx/dgeia/informe_12/07_residuos/cap7_3.html)
2 Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas. (2012). Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental. Semarnat. [Electrónico]. (Recopilado de World Wide Web http://app1.semarnat.gob.mx/dgeia/informe_12/07_residuos/cap7_3.html)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputados: René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Ricardo Medina Fierro (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez (rúbrica), Rafael González Reséndiz, Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Irazema González Martínez Olivares (rúbrica), Roxana Luna Porquillo, Francisco González Vargas, Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SEP a instaurar acciones para establecer un sistema nacional de matrícula única en educación básica, a cargo del diputado Martín de Jesús Vásquez Villanueva, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Martín de Jesús Vásquez Villanueva, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 3, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 76, fracción IV; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; y 113 todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Uno de los propósitos expresos del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y del plan sectorial correspondiente, es el de garantizar la educación de calidad con equidad a todos los mexicanos, mediante los proyectos y las acciones que desarrolle el gobierno federal en el marco de los instrumentos de la política pública mencionados.
Para lograr lo anterior, el Poder Ejecutivo federal promovió la reforma de los artículos 3o. y 73 constitucionales, así como las de la Ley General de Educación y la promulgación de las Leyes General del Servicio Profesional Docente, y del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, para garantizar el marco legal adecuado para las acciones mencionadas.
En el artículo 12, fracción X, de la Ley General de Educación se establece el Sistema de Información y Gestión Educativa (Siged), y que por ley el Registro Nacional de Alumnos, Maestros y Escuelas (Rename), forma parte del Siged.
La información del Rename tiene carácter de información de interés nacional de acuerdo con el Inegi mediante el acuerdo publicado el 8 de agosto de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, y por lo cual será oficial y de uso obligatorio para la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios de acuerdo con el artículo 6 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
Es del todo viable y necesario que los registros de matrícula del Siged den lugar a un instrumento para fortalecer la operación del sistema educativo nacional; pero sobre todo para dar garantía al ejercicio del derecho a la educación.
Lo anterior se plantea como una necesidad a satisfacer, debido a las frecuentes violaciones al derecho a la educación de los mexicanos y a las deficiencias que al respecto aún tiene el marco normativo vigente.
Las violaciones no sólo derivan de la falta de claridad y precisión acerca de en qué condiciones se puede hablar de violación del derecho a la educación sino, además, a las actuales características de instrumentos legales como el juicio de amparo, que presenta serias deficiencias al respecto y donde se sigue exigiendo que se pruebe un acto de la autoridad dirigido directa y personalmente contra el quejoso; que muchas veces no es el caso.
En el marco de la actual reforma educativa, es factible la creación de la matrícula nacional única , para todos los escolares que se incorporen y registren en algunos de los servicios de educación básica, pública o privada que operan en la república mexicana.
Dicha matrícula nacional única daría identidad jurídica al sujeto cuyo derecho a la educación tutela el marco normativo vigente.
La base de datos asociada al registro de la matrícula nacional única, integraría información psicopedagógica de todos y cada uno de los escolares que asistan a los servicios de educación establecidos, que complementaría la información del Siged a través del Rename, cuya información tiene carácter estratégico y obligatorio para todas las entidades que operen en el sistema educativo nacional.
Comprendería también la ubicación actualizada de los escolares, relativa al centro educativo al que asisten e incluso el historial de su trayectoria escolar, tan útil para el caso de los niños que emigran con sus familias por motivos económicos o sociales.
Dicha información será de gran utilidad para conocer y actuar bajo el propósito de garantizar una educación con calidad, equidad e inclusión a todos los mexicanos.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al secretario de Educación Pública a considerar, en uso de sus facultades y atribuciones, el diseño y la instauración de acciones orientadas al establecimiento de un sistema nacional de matrícula única para el nivel básico de los servicios de educación pública y particular, en los estados, Distrito Federal y municipios de la República Mexicana.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a retirar a los servidores públicos de la Policía Federal y del INM instalados en las garitas clausuradas, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Carlos Alberto García González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, correspondiente a la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I, y el artículo 79, numeral I, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, como de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a que retire a los servidores públicos de la Policía Federal y del Instituto Nacional de Migración que se encuentran instalados en las garitas clausuradas, en especial de la garita de Las Yescas, ubicada en el kilómetro 59 de la carretera Matamoros-Ciudad Victoria, municipio de Matamoros, con base en las siguientes
Consideraciones
El 28 de noviembre de 2013, el Ejecutivo federal presentó el Programa de Apoyo a la Zona Fronteriza,1 con el objetivo de resarcir de alguna manera el daño económico y social que se generó con motivo del incremento del impuesto al valor agregado (IVA) en la franja y región fronteriza.
El cierre de las garitas de la franja fronteriza es una de las estrategias que se implementaron con este programa, según el Ejecutivo federal se busca promover el libre flujo de las personas y las mercancías para fomentar el comercio, el turismo, las inversiones, la generación de empleos y, en general, la reactivación de la economía de las zonas fronterizas.
Estas garitas, en su momento, cumplían con las funciones de hacer revisiones aduanales a las mercancías y vehículos que cruzaban de la franja y región fronteriza hacia el interior del país, para evitar el contrabando de mercancías extranjeras o que eran adquiridas a menor tasa del IVA, así como la introducción de vehículos de procedencia extranjera.
Ante la homologación del IVA en todo el país, las garitas no tienen razón de existir por la eliminación de las tasas diferenciadas de este impuesto.
Desde que se anunció la clausura de las garitas, hasta la fecha, han sido cerradas 26 de un total de 40 que se encontraban en operación:
• El 28 de noviembre de 2013, fueron cerradas las garitas de Mututicachi, en Sonora; Viva México, Tzimol y Quija, en Chiapas; Ciudad Mier, Parás, Arcabuz y Batalla de Santa Tamaulipas, en Tamaulipas; y Samalayuca, Puerto de Janos, La Mula y El Pegüis, en Chihuahua;
• El 24 de febrero de 2014, fue cerrada la garita de San Gregorio Chamic de Chiapas;
• El 7 de mayo de 2014, fueron cerradas las garitas de Nuevo Xcan, Tepich, Dziuché y Caobas de Quintana Roo; y
• El 15 de septiembre de 2014, fueron cerradas las garitas de Coahuila, Km 23; en Sonora, Cabullona, Agua Zarca, y San Antonio; en Nuevo León, Camarón y Km 30; en Tamaulipas, Km 26 de Reynosa, Las Yescas y kilómetro 26 de Nuevo Laredo.2
Pese a la instrucción presidencial, ahora personal de la Policía Federal, del Ejército y del Instituto Nacional de Migración se han establecido en las instalaciones de las garitas clausuradas, con la finalidad de llevar a cabo revisiones a las personas y a los vehículos que pasan por esos lugares, entorpeciendo su tránsito.
En el caso concreto de Matamoros, municipio al que represento, las cámaras empresariales y los ciudadanos han denunciado que autoridades policiales y migratorias están utilizando la garita de Las Yescas, ubicada en el kilómetro 59 de la carretera Matamoros-Ciudad Victoria, municipio de Matamoros , para realizar inspecciones físicas y documentales a las mercancías, a los transportes, a los vehículos y a las personas que tienen que circular por esa carretera, y ante cualquier pretexto, duda o inconsistencia son extorsionados o chantejados para que puedan continuar hacia su destino y conservar sus pertenencias.
Reconocemos que las autoridades de seguridad pública, como una medida para combatir a la delincuencia, ha instalado retenes para la revisión de las personas y vehículos que circulan por las calles y carreteras de nuestro país, por los problemas de inseguridad que persisten en el país y, en especial, en el estado de Tamaulipas.
Sin embargo, estas autoridades están extralimitando sus facultades y abusando del desconocimiento de las personas, ya que el Servicio de Administración Tributaria, a través de la Administración General de Aduanas, es la única autoridad facultada en exclusiva para revisar la procedencia de las mercancías y los vehículos en tránsito, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Aduanera.
Por lo anterior, consideramos por demás necesario que las autoridades migratorias y de seguridad pública del orden federal y estatal, se retiren de las garitas que han sido clausuradas, para evitar actos de corrupción y de extorsión de parte de malos servidores públicos, ya que su cierre fue precisamente para facilitar el tránsito de las personas y de las mercancías en las regiones fronterizas.
En consecuencia, solicitamos respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a que instruya a los servidores públicos de la Policía Federal y del Instituto Nacional de Migración a que se retiren de las instalaciones de las garitas clausuradas, en especial de la garita de Las Yescas del municipio de Valle Hermoso del estado de Tamaulipas.
Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre Poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a retirar a los servidores públicos de la Policía Federal y del Instituto Nacional de Migración que se encuentran instalados en las garitas clausuradas, en especial de la garita de Las Yescas, ubicada en el kilómetro 59 de la carretera Matamoros-Ciudad Victoria, municipio de Matamoros.
Notas
1 Presidencia de la República. 6 Acciones estratégicas del Programa de Apoyo a la Zona Fronteriza. http://www.presidencia.gob.mx/6-acciones-estrategicas-del-programa-de-a poyo-a-la-zona-fronteriza/
2 Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014 y su Anexo 25.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5360308&fecha=15/09/2014
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado Carlos Alberto García González (rubrica)
Con punto de acuerdo, relativo a impulsar el aumento del personal médico y de enfermería en el país, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, en los siguientes términos
Consideraciones
La salud es el bien más preciado, después de la vida; aunque muchas veces ambas son sinónimos. Luego, un Estado que se digne de serlo, debe tener como prioridad la tutela del derecho humano a la salud, no sólo en disposiciones legales, sino en la vida real y cotidiana de las personas, lo cual no sólo libera a éstas de infinitos sufrimientos sino es la base para su pleno desarrollo como personas, e indispensable igualmente para el desarrollo de la Nación toda. Podemos decir, que la justicia y democracia de un país, camina en la misma proporción en que se respeta, en que se da facticidad, al derecho humano a la salud.
En el sector púbico de salud del país, cuando se habla de salud se piensa, y las autoridades han aceptado tal aberración, que ante todo es sinónimo de tabiques y cemento, de grandes construcciones, de hospitales y clínicas, entre otras; lo cual se presta para fines mediáticos y políticos. Razón por la cual, se ha descuidado, ha quedado al margen el desarrollo de los recursos humanos de la salud, destacadamente de los médicos y enfermeras, tanto en suficiente cantidad como en su formación de calidad, lo que provoca que muchos hospitales y clínicas no funcionen al cien por ciento, o se transformen en elegantes elefantes blancos, debido a la insuficiencia de médicos y enfermeras. En suma, nuestro país tiene un déficit crónico y creciente de médicos y enfermeras.
En México, existen aproximadamente 350 mil médicos y cada año se gradúan alrededor de 10 mil médicos y médicas, lo cual sin embargo es insuficiente, pues reduciendo de éste número los médicos que se jubilan o retiran de manera anual, y el crecimiento de la población, tenemos una proporción de 3 médicos por cada 2 mil habitantes, cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda de 2 a 3 médicos por cada mil habitantes. Tampoco México, cumple con la recomendación de la OMS de que existan 3 enfermeras (os) por cada médico; actualmente hay una enfermera por cada doctor.
En cuanto a los médicos especialistas, el déficit es mayor. La Secretaría de Salud ha señalado que a nivel nacional, hay 0.8 especialistas por cada 100 habitantes; en algunos estados esta desproporción es aún mayor.
Esto se agrava por la falta de médicos especialistas en algunas áreas, sobre todo, en geriatría, radiología, neumólogos, oncólogos, nefrología, medicina familiar, entre otros; esto, ante los cambios demográficos y epidemiológicos en el país. En suma, a lo largo y ancho del país, hay miles y miles de vacantes para médicos, destacadamente en algunas especialidades. Lo mismo sucede respecto a las y los enfermeros.
Esta grave quiebra en nuestro sistema de salud, responde a varios factores:
a) El rechazo anual de miles y miles de jóvenes que buscan estudiar en las universidades la carrera de medicina, ante la falta de suficiente cupo y la carencia del número de escuelas necesarias. Tampoco hay suficientes escuelas de enfermería.
b) El trato indigno, contrario a sus derechos humanos de que son víctimas las y los médicos en las universidades y en los hospitales donde realizan sus residencias. Ante la ciencia y paciencia de las autoridades de las universidades, de las autoridades de salud, de la Secretaría del Trabajo.
c) La impunidad que existe en el país, contra profesores y médicos que maltratan a los jóvenes en las universidades y residencias. Lo que lleva a que muchos deserten (es inadmisible que algo tan noble como la formación de médicos, se transforme en un tormento). Los médicos no dejan de ser seres humanos, cuyos derechos también humanos deben ser respetados puntualmente.
d) El escaso número de médicos que son aceptados en las residencias médicas.
e) Las pésimas, casi criminales condiciones de trabajo que sufren los médicos jóvenes en las residencias, y en los centros de trabajo en que son contratados laboralmente. Pareciera que les hicieran un favor, en detrimento de una de las carreras más largas, sacrificadas y riesgosas. Se sacrifican sus derechos en aras del negocio de la medicina.
f) La violencia que asfixia algunas zonas del país, es también un grave obstáculo, de manera que algunos médicos han sido víctimas de diversos delitos de parte de los grupos de la delincuencia organizada, incluido el asesinato.
g) El que no existe la planificación necesaria para que se estudien las especialidades cada vez más necesarias ante los cambios demográficos y epidemiológicos en el país, como antes ya lo hemos referido.
h) Otro aspecto, es la inadecuada distribución geográfica de los médicos en el país.
i) Se relega la contratación de los médicos generales frente a los especialistas, cuando aquellos siguen siendo fundamentales. A los médicos generales se les debe dar una formación más integral para que cumplan con humanismo y más calidad su insustituible tarea.
Esta realidad es muy grave, si partimos de que son los médico, con el apoyo del personal de enfermería, los que realizan las tareas esenciales en el campo de salud: desde luego la atención médico-quirúrgica, pero también la prevención y promoción de la salud y la rehabilitación. Los médicos son pilares para alcanzar la equidad en los sistemas de salud, igualmente su eficacia y calidad; así como proponer políticas públicas para hacer los cambios necesarios, entre otras. Déficit que desde luego ha llevado a una sobrecarga inhumana para muchos médicos, a la complicación de los padecimientos o inclusive a la muerte de pacientes por la falta de suficientes médicos que los atiendan.
En suma, que es vital para el país, la formación de más recursos humanos en el campo de la medicina y enfermería, en el marco de una adecuada planificación y en respeto a los derechos humanos.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Salud y de Educación Pública y, de los gobiernos de los entidades federativas, a los integrantes del sistema nacional de salud, así como a las universidades públicas y privadas, en pleno respeto a la autonomía en éstas; para que de manera coordinada, revisen a fondo las políticas en materia de salud y educativas, a fin de impulsar de manera fundamental y planificada la formación de calidad y en número suficiente de médicos y enfermeras en el país, con condiciones dignas de estudio y/o trabajo, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo, como elemento indispensable para hacer realidad el derecho humano a la salud a favor de todos los mexicanos.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 6 de noviembre de 2014.
Diputada María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sedesol, la SFP y la PGR a investigar y, en su caso, sancionar a los funcionarios involucrados en un posible daño patrimonial contra Liconsa, SA de CV, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
El Programa de Abasto Social de Leche inició en 1944 con la inauguración de la primera lechería de la empresa pública Nacional Distribuidora y Reguladora, SA de CV (Nadyrsa). Por disposición del gobierno federal en 1961 se constituyó la Compañía Rehidratadora de Leche CEIMSA, SA; en 1963 esta empresa cambió su denominación por la de Compañía Rehidratadora de Leche Conasupo, SA. Posteriormente, en 1972, se modificó su razón social para quedar como Leche Industrializada Conasupo, SA de CV.
A partir de 1994, el programa se resectorizó, de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial a la Secretaría de Desarrollo Social. Ese cambio determinó su desincorporación como filial del Sistema Conasupo, y por tanto, la sustitución de su razón social a la actual Liconsa, SA de CV.
Desde el inicio de la gestión del presidente Enrique Peña Nieto hemos señalado la falta de compromiso por parte del gobierno que encabeza, con realmente atacar el problema de corrupción que día a día lacera a la sociedad y que es cometida por servidores públicos de los tres órdenes de gobierno.
Derivado de esta situación, los hechos de corrupción de los cuales hemos tenido conocimiento en el ejercicio de nuestra de función como representantes populares, han sido denunciados desde la más alta tribuna de esta soberanía, incluso también hemos llegado a hacerlo ante la Procuraduría General de la República.
En ese sentido, no es menor recordar para el caso de la empresa Liconsa SA de CV y su programa de abasto de leche, como parte de la tan afamada por el gobierno federal Cruzada Nacional contra el Hambre, se hicieron de conocimiento público hechos cometidos por el director de esta empresa, Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, mismos que consideramos podrían ser tipificados, ante el Ministerio Público, como delitos, y que fueron denunciados por diputados federales en abril pasado ante la Procuraduría General de la República (PGR) y que se investigan bajo la averiguación previa AP/PGR/UEIDCSPCAJ/SP/SP/M-VI/060/2014 .
Ahora bien, no obstante ello, hemos tenido conocimiento de nuevos actos de corrupción que se han suscitado en dicha dependencia, en especifico en la gerencia del Programa de Abasto de Leche en el estado de Guanajuato, derivado de la revisión de los estados financieros de los meses marzo, abril, mayo, junio y julio del año en curso, y en los cuales se detectaron faltantes físicos de producto, que se presume nunca llegaron a los centros de acopio de esta entidad, sin embargo sí se registraron en los libros e informes contables causando daño patrimonial por el orden de quince millones de pesos.
Este desfalco, que fue denunciado en su momento por el gerente de este programa en el estado, el licenciado Benjamín Francisco Rojas Bolaños, ante la delegación de la Procuraduría General de la República en el estado de Guanajuato, el 18 de agosto del año en curso radicada bajo la averiguación PASGTO/SAF/JJDR/082/2014 , por un primer desfalco en un centro de acopio por casi once millones de pesos, que a su vez originó la destitución de dos funcionarios de la gerencia y que de manera extraña fueron reinstalados por órdenes de oficinas centrales, mientras que el titular del Programa de Abasto de Leche en el estado de Guanajuato fue destituido de su encargo por denunciar el desfalco y una posible red de corrupción en la institución.
Cabe mencionar que derivado de esta acción por parte de la dirección general de Liconsa, el funcionario destituido quedó en la imposibilidad de presentar más denuncias penales por diversos daños patrimoniales detectados en otros centros de acopio de leche del estado de Guanajuato.
Por lo antes expuesto y fundado sometemos a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la secretaria de Desarrollo Social, licenciada Rosario Robles Berlanga, así como también al encargado del despacho de la Secretaría de la Función Pública, licenciado Juan Alfonso Ugalde Olivas y al procurador general de la República, licenciado Jesús Murillo Karam, para que en el ámbito de sus respectivas competencias investiguen y, en su caso, se sancionen a los funcionarios involucrados en un posible daño patrimonial millonario en perjuicio de la empresa Liconsa, SA de CV.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Gobernación, y de Justicia de esta soberanía a integrar la subcomisión de examen previo para sustanciar la solicitud de juicio político contra los ciudadanos Ángel Heladio Aguirre Rivero, Jesús Murillo Karam y Miguel Ángel Osorio Chong, a cargo del diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2 fracciones II, III y IV; 100; y 113, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que respetuosamente se exhorta a las Comisiones de Gobernación y Justicia de la Cámara de Diputados, para que a la brevedad posible integren la Subcomisión de Examen Previo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para efecto de sustanciar la solicitud de Juicio Político en contra de los ciudadanos Ángel Heladio Aguirre Rivero, Jesús Murillo Karam y Miguel Ángel Osorio Chong, con base a las siguientes
Consideraciones
1. Que el artículo 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, establece que en los términos del primer párrafo del artículo 110 de la Constitución General de la República, son sujetos de juicio político los servidores públicos que en él se mencionan, así como los gobernadores de los Estados y los Diputados a las Legislaturas Locales por violaciones graves a la Constitución General de la República, a las Leyes Federales que de ella emanen.
2. Que los artículos 6o. y 70 del mismo ordenamiento, determinan que es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho, señalando, entre otros, a los siguientes: (I) El ataque a las instituciones democráticas; (II) El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal; (III) Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales; (VI) Cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la Federación, a uno o varios Estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones; (VII)Las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior. Que compete al Congreso de la Unión valorar la existencia y gravedad de los actos u omisiones a que se han señalado.
3. Que cualquier ciudadano, conforme al artículo 9o. de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, bajo su más estricta responsabilidad podrá formular por escrito, denuncia contra un servidor público ante la Cámara de Diputados por las conductas a las que se refiere el artículo 7o, por las conductas que determina el párrafo segundo del artículo 5 ambos de la misma ley.
4. Que corresponde a la Cámara de Diputados sustanciar el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano instructor y de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como Jurado de Sentencia. Para lo cual, la Cámara de Diputados sustanciará el procedimiento de juicio político por conducto de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, quienes al momento de su instalación designarán a cinco miembros de cada una de ellas para que en unión de sus Presidentes y un Secretario por cada Comisión, integren la Subcomisión de Examen Previo de denuncias de juicios políticos que tendrá competencia exclusiva para los propósitos contenidos en el Capítulo II de esta Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
5. Que el veinte de octubre de dos mil catorce, ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados presenté por escrito denuncia de juicio político en contra del ciudadano Ángel Heladio Aguirre Rivero, gobernador constitucional del estado de Guerrero y del ciudadano Jesús Murillo Karam, procurador general de la República, aportando pruebas que acreditan su responsabilidad administrativa por la violación grave y sistemática de garantías constitucionales, entre otros, en agravio de estudiantes normalistas de Ayotzinapa, Guerrero y otros ciudadanos.
6. Que el veintidós de octubre de dos mil catorce, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12, inciso a), de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos ratifique el escrito presentado el veinte de octubre de dos mil catorce, ampliando la solicitud de Juicio Político en contra del C. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación del Poder Ejecutivo federal.
7. Que el veintiocho de octubre de dos mil catorce, solicité al Presidente de la Junta de Coordinación política de la Cámara de Diputados se requiriera a los Presidentes de las Comisiones de Gobernación y de Justicia para que procediera a la mayor brevedad a designar a los integrantes de la Subcomisión de Examen Previo.
8. Que el mismo día, veintiocho de octubre de dos mil catorce, el Director General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados, me informó que se hizo del conocimiento, mediante tarjetas informativas, a la Presidencia de la Mesa Directiva; Junta de Coordinación Política; Coordinadores de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción nacional, Partido de la Revolución Democrática, Partido Verde Ecologista de México, Partido del Trabajo, Partido Movimiento Ciudadano y Partido Nueva Alianza. Asimismo, que se hizo del conocimiento de los Presidentes de las Comisiones de Gobernación y de Justicia, quienes de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, deben integrar la Subcomisión de Examen Previo. Que hecho lo anterior se remitirá el escrito presentado y sus anexos a dicho órgano legislativo a efecto de que se atienda el juicio como dispone el artículo 10 de la citada Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
9. Que el treinta de octubre de dos mil catorce, la Secretaría de Servicios Parlamentarios a través del ciudadano Juan Carlos Delgadillo Salas, secretario, me informó que la Junta de Coordinación Política solicitaría a la Secretaría General, remitiera la solicitud de juicio político que presenté en contra de Ángel Heladio Aguirre Rivero, Jesús Murillo Karam y Miguel Ángel Osorio Chong, se remitiría a las Comisiones de Gobernación y Justicia de la honorable Cámara de Diputados.
10. Que las disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, son de orden público y observación general, mismas que obligan a una actuación imparcial de la Cámara de Diputados en el trámite de solicitud de Juicio Político que conoce a petición de un ciudadano que aporta pruebas para acreditar la responsabilidad de servidores públicos. En ese sentido, el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, obliga a esta Cámara de Diputados para que, en el ámbito de su competencia, promueva, respete, proteja y garantice los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en consecuencia, deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Por lo expuesto, someto a este honorable pleno de la Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, en los términos siguientes:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente, a las Comisiones de Gobernación, y de Justicia de la Cámara de Diputados para que a la brevedad posible integren la Subcomisión de Examen Previo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para efecto de sustanciar la solicitud de Juicio Político presentado en contra de los ciudadanos Ángel Heladio Aguirre Rivero, Jesús Murillo Karam y Miguel Ángel Osorio Chong, por omisiones que implican responsabilidad administrativa en los hechos sucedidos los días veintiséis y veintisiete de septiembre de dos mil catorce, en el municipio de Iguala, Guerrero.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a reconocer por la SRE la competencia del Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada para recibir comunicaciones de víctimas, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, diputados Carlos de Jesús Alejandro, Miguel Alonso Raya, Trinidad Morales Vargas, Víctor Reymundo Nájera Medina, Elena Tapia Fonllem, María de Lourdes Amaya Reyes, Roxana Luna Porquillo, Gloria Bautista Cuevas, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 62, 65, 76, 79, 82, 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución con base en las siguientes
Consideraciones
En los últimos años y a raíz de la llamada “guerra contra el narcotráfico” se ha registrado de forma grave y reiterada el delito de la desaparición forzada o involuntaria de personas, que manifiesta la gravedad de esta situación con la desaparición de 43 estudiantes de la escuela normal rural Raúl Isidro Burgos, del estado de Guerrero. Hecho que ha merecido la condena nacional e internacional por todos los sectores de la población y que nos reclama tomar medidas urgentes y necesarias, armonizando nuestra normatividad con la legislación internacional en materia de derechos humanos y particularmente, el reconocimiento de la jurisdicción de diversas instancias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), entre ellas, del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias.
La desaparición forzada de personas es considerado como delito grave que agravia a la humanidad, y tiene su antecedente en México en la llamada “guerra sucia” desde la época de los años 60, desde una óptica de política de “terrorismo de estado”, durante los gobiernos de Gustavo Díaz Ordaz, Luis Echeverría y José López Portillo, quienes persiguieron, encarcelaron, torturaron y desaparecieron a cientos de personas por las fuerzas de seguridad y militares.
Pero este fenómeno ominoso se agravó durante el gobierno de Felipe Calderón Hinojosa, con su llamada “guerra contra el narcotráfico”, con un saldo de más 83 mil personas asesinadas o ejecutadas presuntamente por estar relacionados con el crimen organizado, y más de 26 mil desapariciones forzadas de personas, actos conocidos comúnmente como “levantones”.
Sin duda, es un grave fenómeno que debemos atender con urgencia porque día con día se observan y se generan víctimas por acción directa del Estado mexicano en sus tres niveles de gobierno o por agentes externos con la aquiescencia de algunas instituciones del estado.
Así, los estudiantes normalistas de Ayotzinapa, acribillados y desaparecidos presuntamente por elementos de la policía municipal de Iguala, generaron protestas y repudios de la sociedad civil y organismos internacionales como la Oficina de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU, quien exhortó a las autoridades a investigar de manera efectiva, pronta, imparcial y expedita los hechos, al mismo tiempo que pidió al gobierno mexicano que reconozca la competencia del Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada para recibir comunicaciones de parte de víctimas, según lo estipula el artículo 31 de la Convención Internacional para la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas.
Es necesario puntualizar que el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, es el más antiguo de los procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos instituidos por diversos órganos de Naciones Unidas, que está encargado expresamente desde 1980 del examen y la vigilancia en nombre la comunidad internacional del fenómeno a nivel mundial de las desapariciones forzadas, y tiene la misión de informar de forma pública y periódica del estado del respeto de los derechos humanos, y alertar a los gobiernos o activar a la comunidad internacional para defender a las víctimas.
El grupo de trabajo también ha elaborado informes de asesoría, sobre las medidas que se deberían tomar en cuenta para los distintos órganos de Naciones Unidas, que han servido para la preparación de las resoluciones de la asamblea general, por las que se aprobaron la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de 1992 y la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de 2006.
Dicho grupo de trabajo, fue instaurado por la resolución CDH 20 (XXXVI) de la Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos el 19 de febrero de 1980, para examinar cuestiones relativas a desapariciones forzadas o involuntarias de personas. Desde entonces, el mandato y las atribuciones del mencionado grupo de trabajo han sido renovados por la comisión y aprobados por el consejo económico y social cada año. Desde 1986 esto se ha hecho bienalmente y, desde 1992, cada tres años. La última resolución por la que se renueva el mandato del grupo de trabajo, A/HRC/7/12, fue adoptada por el Consejo de Derechos Humanos en 2008.
Otro de los mandatos fundamentales del grupo de trabajo es ayudar a los familiares de las personas desaparecidas, a averiguar la suerte y el paradero de dichas personas. Con este objeto, el grupo recibe y examina los informes presentados por los parientes de las personas afectadas o por organizaciones de derechos humanos que actúan en su nombre.
Tras verificar si esos informes cumplen determinados criterios, el grupo de trabajo transmite los distintos casos a los gobiernos de que se trate, pidiéndoles que realicen indagaciones y que le informen sobre sus resultados. El grupo se ocupa de cada uno de los numerosos casos de violaciones de los derechos humanos, sobre una base puramente humanitaria, independientemente de que los gobiernos en cuestión hayan ratificado alguno de los instrumentos jurídicos existentes que establecen procedimientos para la formulación de denuncias particulares.
Actúa esencialmente como cauce de comunicación entre las familias de las personas desaparecidas y los gobiernos, y viene sosteniendo con éxito un diálogo con la mayoría de los gobiernos interesados, con miras a resolver los casos de desaparición. Con la adopción en 1992 por la asamblea general de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el grupo de trabajo fue encomendado para que siga el progreso de los estados en cumplir con sus obligaciones derivadas de la declaración así como para que proporcione a los gobiernos asistencia en su implementación.
El grupo de trabajo llama la atención a los gobiernos y a las organizaciones no gubernamentales sobre diferentes aspectos de la declaración y hace recomendaciones sobre cómo superar los obstáculos para el cumplimiento de sus disposiciones. En esta capacidad, el grupo de trabajo tiene una función preventiva, la cual se lleva a cabo mientras se realizan visitas a países donde se proporciona asistencia, si así se solicita.
La Convención Internacional sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas sienta las bases para la creación de un Comité sobre las Desapariciones Forzadas para llevar a cabo las funciones de la convención. El comité está compuesto por 10 expertos independientes que son elegidos por votación a partir de una lista de personas nominadas por los estados parte para un mandato de cuatro años.
El grupo de trabajo se rige por la Convención Internacional sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas que es un tratado internacional firmado por el Estado mexicano el 20 de diciembre de 2006, y ratificado el 18 de septiembre de 2010 y en entró en vigor para México el 23 de diciembre de 2010 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2011. Sin lugar a dudas este hecho es relevante, sin embargo, hasta el momento el gobierno mexicano no ha reconocido la competencia del Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada, para recibir comunicaciones de parte de víctimas, según lo estipula el artículo 31 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Las funciones del comité, insistimos, son de vital importancia porque examina informes realizados por los estados que han ratificado la convención, para buscar y encontrar personas desaparecidas mediante el procedimiento internacional de habeas corpus .
Los recientes hechos de violencia, represión, asesinato y desaparición forzada de estudiantes normalistas de Ayotzinapa en Iguala, Guerrero, exigen al Estado y gobierno mexicano una definición clara y contundente, para que a la brevedad posible, se reconozca la competencia del Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada para recibir comunicaciones de parte de víctimas.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicitamos a esta soberanía se apruebe, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo del gobierno federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que en términos de las leyes y facultades correspondientes inicie los trámites para reconocer y aceptar la competencia del Comité de la Organización de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada e Involuntaria de las Personas, para recibir comunicaciones de parte de víctimas, según lo estipula el artículo 31 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Fuente:
http://www.ohchr.org/SP/Issues/Disappearances/Pages/Disa ppearancesIndex.aspx
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputados: Carlos de Jesús Alejandro, Miguel Alonso Raya, Trinidad Morales Vargas, Víctor Reymundo Nájera Medina, Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Lourdes Amaya, Roxana Luna Porquillo, Gloria Bautista, Guadalupe Moctezuma Oviedo.
Con punto de acuerdo, a fin de garantizar el derecho a la protección de la salud del ciudadano Darío Carrasco Santiago y, en su caso, sancionar los presuntos actos de negligencia médica que ha padecido, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
En Oaxaca, a Darío Carrasco Santiago, quien padece de un tumor cerebral, debieron operarlo en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desde hace más de un año.
Desde 2013, Darío y su familia, quienes viven en Santo Domingo Barrio Alto, en Etla, han sufrido un tortuoso proceso esperando citas en el IMSS, infinidad de estudios; dos negativas de operación a pesar de estar internado en el hospital, una por “falta de camas” y otra porque faltaba otro estudio. Por estas omisiones y actos de negligencia Darío ya perdió la vista, padece fuertes dolores de cabeza todo el tiempo, por lo que ya no puede trabajar.
En 2013, Carrasco Santiago empezó a perder los reflejos de la vista. Acudió a la Unidad Médica Familiar 57 del IMSS en Etla, Oaxaca, donde le dieron una cita con el oftalmólogo para dos meses después.
En la cita, el médico le solicitó realizarse unos estudios en el hospital de especialidades de Puebla, pero para obtener una cita ahí fue imposible: lo hicieron ir diversas veces y cuando se quería solicitar información vía telefónica, no había respuesta. Así pasaron más de seis meses.
Cansado y harto por la falta de respuesta, Darío prefirió esperar a recibir su aguinaldo para ir con un médico oftalmólogo particular, quien detectó que el problema no era de la vista, sino que era algo más serio.
Los siguientes estudios se cubrieron con sus propios recursos, hasta que la doctora mandó una carta al IMSS diciendo que era urgente que un neurocirujano lo atendiera en menos de dos meses.
No obstante, le dieron una cita para enero de 2014 y como resultado de la revisión volvieron a mandarle estudios en Puebla. De nuevo, no hubo respuesta.
Durante esa nueva espera, Carrasco Santiago presentó fuertes dolores de cabeza que lo llevaron a la pérdida total de la vista y, con eso, se vio obligado a dejar de trabajar.
En marzo pasado fue internado de emergencia y los resultados arrojaron un problema de tiroides, pero aún faltaba que fuera atendido por un neurocirujano del IMSS, la cita nunca llegó y nuevamente fue con un médico particular, quien le mandó una tomografía.
El diagnóstico: un macroadenoma de hipófisis por operarse con urgencia. Sin embargo, cuando solicitó la cirugía al IMSS, le dijeron que “no había espacio ni camas para él”.
El director del hospital general de zona 1 del IMSS de Oaxaca, doctor Jorge Hernández, tomó el caso y le ayudó a obtener una cita con el neurocirujano en el hospital de Puebla para abril.
En lugar de operarlo, le mandaron muchos estudios ‘“de protocolo”, proceso que tomó cinco meses y posteriormente su cirugía fue programada para el pasado 10 de octubre.
Al llegar al hospital le dijeron que no lo operarían porque no había camas disponibles en el área de terapia intensiva. Darío esperó una semana y estando en el quirófano, el anestesista se percató de que había un estudio incompleto, y sin esa información no podría proceder.
Lo dieron de alta y lo regresaron a Oaxaca para que solicitara una cita urgente con el endocrinólogo, pero éste estaba (y sigue) de vacaciones. El 4 de noviembre es la fecha para que el doctor programe el último estudio previo a la cirugía que después de todo el dolor físico y anímico está aún sin realizarse.
Darío y su familia no pueden seguir esperando citas que no llegan, no pueden seguir dando vueltas y no pueden estar llegando al hospital y les nieguen camas; resulta inhumano que lleven más de un año esperando atención urgente.
De manera desafortunada, este caso se suma a los miles que, de manera habitual, ocurren en el país y que violan los derechos humanos de los mexicanos, a quienes se deniega el acceso a los servicios de salud con argumentos absurdos que ponen en riesgo su vida.
Por ello se presenta a esta asamblea, con carácter de urgente y obvia resolución, el siguiente resolutivo con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a Mercedes Juan López, secretaria de Salud; a José Antonio González Anaya, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social; y a Víctor Octavio Pérez del Valle Ibarra, delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social en Oaxaca, a garantizar el derecho a la protección de la salud del ciudadano Darío Carrasco Santiago.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca a investigar y sancionar los presuntos actos de negligencia médica que Darío Carrasco Santiago ha padecido por más de un año.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a los abusos cometidos por policías de tránsito y operadores de grúas en la Ciudad de México, a cargo del diputado José Antonio Hurtado Gallegos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
José Antonio Hurtado Gallegos, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Derivado de las múltiples irregularidades que existían en el uso y operación de las grúas del Distrito Federal, el gobierno del Distrito Federal en 2006, puso en marcha un programa de modernización de estos vehículos que consistiría principalmente en equipar con una cámara de video las grúas que transitaban por toda la Ciudad de México, a fin de grabar todos los procesos de arrastre, eliminando los abusos cometidos por los operadores.
Con esta disposición se lograría inhibir los actos de corrupción entre los propietarios de los vehículos y los operadores de las grúas; además de que los primeros tendrían acceso directo a la grabación por internet. Sin embargo no se cumple.
Las sanciones más comunes para los conductores que violan el reglamento vial de la Ciudad de México es el traslado de sus vehículos a uno de los 37 depósitos vehiculares con los que cuenta la Secretaría de Transporte y Vialidad (Setravi).
Algunas delegaciones como Tlalpan, Cuauhtémoc, Coyoacán y Miguel Hidalgo se encuentran entre las principales demarcaciones donde día con día miles de vehículos particulares son arrastrados a los diferentes corralones de la ciudad.
Sin embargo, aún no nos ha sido posible identificar cuáles son los criterios utilizados por los policías de tránsito para remolcar o no a un automóvil.
La discrecionalidad con la que actúan miles de policías para colocar la araña, remitir al corralón o imponer una multa de transito se modifica constantemente, según la consideración del policía a cargo.
De esta manera el Reglamento de Tránsito Metropolitano nunca es aplicado cabalmente por la autoridad competente. Miles de ciudadanos inconformes pasan horas tratando de comprobar que su sanción no ameritaba corralón, sin embargo, nunca son escuchados. La única manera de recuperar su vehículo es a través del pago de su multa, la cual oscila entre los 800 y mil pesos.
Sin embargo, estos no son los únicos abusos que se cometen durante los arrastre de los vehículos, se conocen casos de niños recién nacidos y de personas de la tercera edad que han sido trasladados a los depósitos dentro de los vehículos por la irresponsabilidad de los policías.
Un caso reciente que conmocionó a la población y que da fe de la ineficacia de lo que planteamos es el del domingo 10 de agosto en el que un automóvil Tsuru, conducido a alta velocidad, volcara en el circuito interior Río San Joaquín, ahí la ambulancia número 10 de la Cruz Roja acudió a atender la volcadura, y cuando lo paramédicos auxiliaban a uno de los heridos, una grúa la enganchó bajo el pretexto de que obstaculizaba la circulación; A los operadores de la grúa, con número económico 201136 de la Secretaría de Seguridad Pública del DF, poco les importó que el estado de salud del accidentado se reportara grave, pues, argumentaban sólo recibir órdenes superiores de “Bruno siete” o “Cronos siete”. Minutos después, y tras las protestas de los vecinos, la ambulancia fue liberada, pero el herido grave que transportaban, murió antes de llegar al hospital. Y nos preguntamos hasta donde llegará tanta impunidad, y hasta cuándo habrá personal calificado para atender dichas anomalías.
Pareciera que el arrastre de los vehículos de la Ciudad de México a los depósitos vehiculares se ha convertido en un negocio muy redituable tanto para el gobierno del Distrito Federal como para las empresas concesionarias encargadas de prestar el servicio.
Ejemplo de ello es que en el periodo de 2009 a 2012 se recaudaron más de 500 millones de pesos por concepto de multas de tránsito.
Sin embargo, aún no se tiene claro a donde van a parar esos ingresos, y cuál es el porcentaje que reciben las empresas concesionadas por prestar el servicio.
Es por eso que el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hace un enérgico exhorto al gobierno del Distrito Federal para que implementen exámenes de confianza y programas de capacitación a los policías de tránsito para lograr tener el personal competente que permita mejorar el servicio de grúas en la ciudad de México, a fin de eliminar los constantes abusos a ciudadanos de la ciudad.
Derivado de lo anterior, someto a consideración del pleno los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al titular del gobierno del Distrito Federal, doctor Miguel Ángel Mancera, a que en el marco de sus facultades implemente políticas de regularización a los policías de tránsito y operadores de grúas equipadas para la detección, levantamiento y retiro de vehículos estacionados en vía pública, que permita inhibir prácticas irregulares a la hora de aplicar los criterios establecidos en el Reglamento de Transito Metropolitano.
Segundo. Se exhorta al titular de la secretaría de Seguridad Pública a que en un plazo no mayor a 30 días implemente exámenes de confianza a todos los policía de tránsito y vialidad, a fin de disminuir la corrupción y la discrecionalidad a la hora de aplicar el Reglamento de Transito Metropolitano.
Tercero. Se exhorta al gobierno del Distrito Federal a que en un plazo no mayor a 30 días haga pública la información referente al destino de los recursos obtenidos por concepto de multas de tránsito.
Cuarto. Se exhorta al titular del gobierno del Distrito Federal a implementar programas de capacitación a los policías de tránsito para lograr tener el personal competente que permita mejorar el servicio de grúas en la Ciudad de México, a fin de eliminar los constantes abusos a ciudadanos de la ciudad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos federal y del DF a considerar la construcción de dos centros de atención integral de la salud en Tlalpan, a cargo del diputado José Antonio Hurtado Gallegos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Diputado José Antonio Hurtado Gallegos integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de la siguiente.
Exposición de Motivos
La finalidad de la política general de desarrollo social establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, y que aún sigue vigente, es que cada mexicano, sin importar su condición socioeconómica, su origen étnico, preferencia religiosa y sexual o ideología política tenga las mismas oportunidades para desarrollar a plenitud sus aspiraciones y mejorar así sus condiciones de vida; siendo la salud una condición fundamental para lograrlo, así como para impulsar el desarrollo económico y reconstruir el entramado social. Esto sin olvidar que la salud es un derecho tutelado por nuestra Constitución Política, así como por los acuerdos internacionales signados por México.
Con datos del foro La salud como responsabilidad del Estado, celebrado en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el México actual continúa enfrentando complejos desafíos en materia de salud. De los más de 100 millones de mexicanos, sólo 14 millones 842 mil 350 tienen acceso al IMSS, y 9.7 millones son beneficiarios del ISSSTE, lo que revela la enorme brecha que nuestro país necesita recorrer para que todos los mexicanos estén integrados en el sistema de salud.
En contraste con estos datos, el Sexto Informe de Gobierno del Ejecutivo Federal, destaca que gracias al incremento presupuestal al sector salud que se situó en 7% del PIB para 2012, se logró un incremento de 10.9% en el presupuesto para el IMSS, 12% al ISSSTE y 12.6% para la Secretaría de Salud. Si bien México incrementó los recursos al rubro de salud, pasando de 5.8% del PIB en 2000 a 6.4% en 2011, esta cifra sigue por debajo del promedio latinoamericano, y del resto de los países pertenecientes a la OCDE que destinan entre 8 y 10% del PIB, a la par de Canadá, Alemania, Japón y Nueva Zelanda. (cuadro1), muy por debajo de Estados Unidos con 17.4% que se ubica en primer lugar.
Al considerar la proporción del gasto en salud con respecto al Gasto Programable, se puede apreciar que lo canalizado a atender demandas de salud no sólo no ha crecido, sino que disminuyó en los últimos años. En 2005, de cada 100 pesos gastados 15.1 pesos se destinaban a salud, proporción que para el año 2010 disminuyó a 13.8 pesos por cada 100.2
En Movimiento Ciudadano consideramos que para alcanzar el nivel de inversión que permita atender las necesidades de salud de los mexicanos, se requieren recursos crecientes que se administren a través de estrategias innovadoras y sustentables de ampliación y redistribución del gasto público en salud. La cuidadosa atención a estas necesidades lleva implícitas garantías que suponen una oferta de servicios oportunos, seguros y efectivos.
En el informe de la Auditoría Superior de la Federación a la Cuenta Pública 2010 se detectó que en cuanto al gasto per cápita en salud, México ocupa también uno de los últimos lugares de la OCDE, al destinar sólo 918 dólares al año, muy por debajo del promedio de la organización que es de 3 mil 233 dólares; Estados Unidos destina 7 mil 960 dólares e inclusive Chile, eroga 1 mil 186 dólares anuales a este rubro.
Asimismo, en 2012 México continuaba siendo el país en donde los ciudadanos cubren el porcentaje más alto del gasto en los servicios de salud, básicamente explicado por los recursos que erogan para la adquisición de medicamentos e infraestructura hospitalaria necesaria para su rehabilitación.
Otro factor fundamental que sustenta el presente Punto de Acuerdo, se refiere a la infraestructura hospitalaria. México tiene la más baja entre los países de la OCDE, cuenta con 1.7 camas en los hospitales por cada mil habitantes, tiene 2 médicos por cada mil habitantes, cuando el promedio para la OCDE es de 3.1; se cuenta con 2.5 enfermeras por cada mil habitantes, siendo el promedio actual de 8.6.
En el informe del Ejecutivo federal se anuncia como un “hecho sin precedente el impulso otorgado en materia de infraestructura física en salud. Menciona que en el periodo de 2007 a 2012 se han invertido más de 28 mil 360.5 millones de pesos, dando pie a la construcción de mil 18 obras (en proceso y terminadas). Se menciona que durante este periodo se concluyeron 630 obras nuevas distribuidas en las 32 entidades federativas, cuya inversión total fue de 12 mil 978 millones de pesos, de los cuales 10 mil 502.1 provinieron de fuentes federales, dos mil 454.7 fueron recursos estatales, 9.3 municipales y 11.9 derivaron de otra fuente de financiamiento.
A pesar que las cifras pueden resultar cautivadoras, el sector de hospitales en México es heterogéneo, en función de la calidad, de su distribución geográfica y del tipo de instalaciones. Algunos de los hospitales especializados en el sector público ofrecen servicios de alta calidad, comparables a los prestados en Estados Unidos y Canadá, no obstante, no todos los mexicanos tienen acceso a esta modalidad y deben conformarse con la atención de primer nivel que se ofrece en sus comunidades.
La muestra contundente de los argumentos que hemos sustentado se centra en los resultados del brazo operador del Sistema Nacional de Salud en México, me refiero al Seguro Popular. La administración pública federal señala que a junio de 2011 la cobertura de los servicios de salud atendía a 48.5 millones de personas, representando, según las cifras de su dependencia, un avance de 94.5% con relación a la meta estimada para llegar a la cobertura universal.
Al respecto, quiero compartir los resultados de las investigaciones realizadas por la Fundación Nacional para la Salud (Fundsalud), la Organización Mundial de la Salud y la OCDE, donde este programa presenta importantes irregularidades:
1. El Seguro Popular No cubre problemas de salud que ocupan las primeras causas de morbilidad y mortalidad, como es el caso de enfermedades isquémicas del corazón, enfermedad cerebro vascular, cirrosis, enfermedades hipertensivas, nefrosis, tumor maligno de tráquea, bronquios, pulmón, estómago, próstata, hígado, y de cuello de útero, entre otras.
2. El estudio de percepción de los afiliados al Seguro Popular, realizado por la Auditoría Superior de la Federación, constató que el 94.8 por ciento de los afiliados encuestados adquiere con sus propios recursos los medicamentos que les faltan; 48.1 por ciento no está satisfecho con el tiempo de espera para recibir atención médica; 29.9 por ciento consideró que no es fácil conseguir una cita médica, y 23.6 por ciento manifestó no estar conforme con las instalaciones y el equipamiento de la unidad de salud.
3. De acuerdo con el estudio actuarial proporcionado por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS) a la ASF, para el periodo 2009-2025 los ingresos totales que se destinarán al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos disminuirán en una tasa promedio anual de 1.8 por ciento, al pasar de 14,151.9 millones de pesos en 2009 a 10,511millones de pesos en 2025, en tanto que la suficiencia presupuestal pasará de un superávit de 5,233.3 millones de pesos a un déficit de 4,171.6 en el periodo; situación que pone en riesgo el acceso efectivo, oportuno y de calidad a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios del Seguro Popular.
4. Respecto del padrón de beneficiarios del Seguro Popular, la ASF en la fiscalización de la Cuenta Pública 2009 reporta que la Comisión Nacional de Protección Social en Salud no acreditó con la evidencia documental correspondiente a las bases de datos de los padrones estatales y no acreditó las gestiones pertinentes para ordenar las evaluaciones a los padrones. La ASF determinó un porcentaje de choque de 14.2% ya que 4 millones 426mil 660 beneficiarios del Seguro Popular se encontraban registrados en los padrones de las instituciones de seguridad social.
Compañeras y compañeros legisladores, como podemos observar, los datos son contundentes y revela que el eje rector de la política de salud en nuestro país, el Seguro Popular, no ha logrado articularse y a siete años de iniciada su operación no ha dado cumplimiento a los objetivos de su creación donde “cada mexicano, sin importar su condición socioeconómica u origen étnico, tenga las mismas oportunidades para desarrollar a plenitud sus aspiraciones y mejorar así sus condiciones de vida”.
En Movimiento Ciudadano ratificamos nuestro compromiso por impulsar el proceso que nos permita transitar hacia un sistema de salud integrado, que garantice el financiamiento de todos los servicios, para todos los habitantes; que pondere el derecho a la salud como una garantía fundamental e indispensable para el logro de los demás derechos; enfatizando en la obligación constitucional que tiene el estado Mexicano en la protección del derecho a la salud.
En este sentido estamos preocupados y muy interesados en que en este periodo logremos conjuntar esfuerzos y lograr los consensos más oportunos para ampliar la infraestructura hospitalaria de la Ciudad de México, específicamente en la delegación Tlalpan, en virtud de las siguientes consideraciones:
Tlalpan es una demarcación sumamente polarizada y si bien es considerada “La Ciudad de la Salud” en virtud de la infraestructura hospitalaria que alberga. Sin embargo, ésta no representa una solución viable para sus habitantes ya que poco más de 25 millones tienen ingresos mensuales de entre uno y tres salarios mínimos, esto es, menos de 5 mil pesos al mes, por lo que la población tiene grandes rezagos en sus necesidades básicas, lo cual afecta de manera directa la condición de su salud.3 Los centros de salud en Tlalpan, en su gran mayoría, no cuentan con los servicios básicos como: dental, rayos X, ortopedistas, terapeutas, ginecólogos ni pediatras, por lo que los habitantes que necesitan estos servicios, tendrán que absorber el costo del servicio en una institución privada o arriesgarse a no tener acceso a los servicios de una institución especializada debido a la falta de recursos, la carencia de ambulancias y los problemas de tránsito vehicular que hacen prácticamente imposible la vialidad a determinadas horas del día.
Esta demarcación desde los sesenta fue una zona para el crecimiento poblacional, aunque en terrenos no aptos al Desarrollo Urbano y de poca accesibilidad, debido a sus características orográficas como la zona de lomas en donde se ubica el Suelo de Conservación que corresponde a la Sierra del Ajusco, Sierra Chichinautzin; lugar de los poblados rurales.
Los niveles más bajos de ingreso corresponden a casi el 75% de la población de Tlalpan. Estos rangos están ligados con la existencia de mayor o menor grado de los satisfactores urbanos, así como a la consolidación de las diferentes zonas de la Delegación.
Como en el resto del país, en la Ciudad de México se expresa la devastación social de casi dos décadas de ajuste y cambio estructural. Es una ciudad polarizada entre los pocos favorecidos y los muchos perjudicados por este proyecto de nación. A pesar de sus riquezas, el Distrito Federal alberga al 21.3% de su población, en zonas de muy alta marginación, con una profunda degradación del ambiente social y ecológico así como con serias carencias de servicios.
Para Julio Boltvinik, la pobreza no se circunscribe a los territorios de miseria. Según el método de “medición integrada de la pobreza“, 3.3 millones de capitalinos viven en pobreza extrema (38.3%) y otros 2.3 millones (26.6%) en pobreza moderada. Es decir, que casi el 65% de la población de la capital puede ser considerada como pobre.
Por lo tanto, la premisa a la base de estos retos es hacer realidad el derecho a la protección a la salud y avanzar en la vigencia de la gratuidad, la universalidad y la integralidad en la atención de la salud, mediante una política de salud que construya el camino para asegurar este derecho a partir del fortalecimiento de los servicios públicos y su financiamiento solidario.
Debemos considerar que la estructura demográfica de México ha cambiado considerablemente en las últimas décadas. En los años treinta del siglo pasado, uno de cada cinco niños mexicanos moría antes de cumplir un años y la mitad de las mujeres adultas fallecía antes de los 35 años de edad; esta tendencia se modificó, ya que actualmente casi el 97% de los recién nacidos alcanzan su primer año de vida y una proporción importante de mujeres puede llegar a vivir incluso más de 80 años. Este incremento en la esperanza de vida ha pasado de 49.6 años en 1950, a 74.6 años en 2005 y 75.4 en 2010.
Lo anterior implica una mayor participación de los adultos mayores en la estructura poblacional y en consecuencia una mayor carga en los servicios de salud, lo que impactará de manera decisiva en las finanzas públicas; a lo que se suma la transición epidemiológica derivada del envejecimiento de la población.
Probablemente la Secretaría de Salud del Distrito Federal, que es la encargada de atender las necesidades de este sector, no ha incrementado el número de hospitales, medicamentos y personal en la misma proporción en que aumentó el número de demandantes al servicio, por lo que los habitantes de la delegación Tlalpan reciben un servicio de salud insuficiente.
En este marco, todos los esfuerzos orientados a entender y medir la exclusión en salud y a instrumentar políticas y acciones de lucha en su contra, así como a evaluarlas, son dignos de apreciarse. Tal es el caso de la significativa labor planteada por la Organización Panamericana de la Salud por avanzar en el conocimiento de la magnitud de la exclusión en salud, de los factores que la originan y del perfil de los excluidos. Afán planteado en la doble perspectiva de lograr, con el intermedio de acuerdos políticos, un acceso igualitario a los cuidados de la salud para todas las personas, asegurando una cobertura efectiva para los que carecen y están excluidos de los beneficios de los sistemas de protección de salud; así como de construir una herramienta de análisis para evaluar las intervenciones destinadas a mejorar el estado actual de la salud de América Latina (OPS, 2001).
Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Que esta soberanía exhorte al Ejecutivo federal, y al gobierno del Distrito Federal, para considerar poner en marcha la construcción de dos centros de atención integral a la salud (de primer contacto) en la delegación Tlalpan en la zona del Ajusco medio.
Notas
1 Presupuesto Autorizado para el SPS más el presupuesto autorizado para Ramo 12 Salud, suman el total del presupuesto autorizado al Ramo Administrativo 12 Salud, cifras en millones de pesos.
Fuente : SS, DGPOP. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
2 Memoria de los trabajos de análisis al Informe del Resultado dela Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 20120. Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la federación. H. Cámara de Diputados LXI Legislatura, México, mayo 2012.
3 http://www.jornada.unam.mx/2011/02/27/sociedad/033n2soc
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2014.
Diputado José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica)