Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la secretaria de Salud que fije medidas para garantizar por obligatoriedad que todo el personal prestador de servicios de atención, cuidado y desarrollo integral infantil en guarderías cuente con estudios específicos en la materia comprobables y certificados por la institución educativa correspondiente, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada federal María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., apartado 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución para solicitarle respetuosamente a la Secretaría de Salud del Gobierno federal a que realice las medidas pertinentes para garantizar por obligatoriedad que todo el personal dedicado a la prestación de servicios de atención, cuidado y desarrollo Integral infantil en las guarderías, cuente con los estudios específicos en la materia, comprobables y certificados por la institución educativa correspondiente, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde hace poco más de dos décadas la familia mexicana ha sufrido cambios en su organización, la gran mayoría motivados básicamente por la necesidad de proveer el sustento.

Es así que tenemos hogares donde cada vez más ambos padres trabajan, o bien hay padres solos que son el único sostén de la familia como por ejemplo madres solteras o jefas de familia que tienen que equilibrar el tiempo que destinan a su trabajo con el que le brindan a sus hijos y encontrar entre éstos dos un espacio donde sus hijos estén bien.

Cifras al respecto aportadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi)1 indican, que tan sólo en el inicio de la década del año 2000 cerca del 35 por ciento de mujeres activas económicamente tuvieron que abandonar sus trabajos ya sea en el sector servicios o comercio, por no contar con alguien que cuidara a sus hijos. Desgraciadamente éste porcentaje no ha dejado paulatinamente de incrementarse a la fecha.

De igual manera, tenemos que más del 40 por ciento de la población económicamente activa son mujeres que se encuentran entre 25 y 39 años2 (edad de plenitud laboral o profesional, que coincide con la etapa de maternidad planeada) y muchas de ellas son la cabeza y el único sustento económico de más de 5 millones de hogares en el país.

Sin embargo; independientemente de la estructura organizacional y de funcionamiento económico de la familia, la realidad es que la demanda de las estancias denominadas “infantiles” o “guarderías”; que son espacios en donde se reciben a los menores de 43 días de nacidos y hasta los 5 años 11 meses de edad, para cuidarlos el tiempo necesario para que sus padres cumplan con su jornada laboral –generalmente todo el día–, se ha incrementado y no solo son necesarias, sino incluso imprescindibles.

En México se ha detectado lo anterior y se han hecho esfuerzos institucionales para otorgarle la debida atención al asunto. Parte de estos esfuerzos radican en la identificación plena de sus características; por ejemplo existen tres modalidades de estancias infantiles:

• Las subsidiadas por alguna institución pública local o una organización civil;

• Las destinadas a trabajadores derechohabientes de institutos de salud o empresas; y

• Las privadas o también consideradas particulares.

Así como también se han definido sus objetivos, su misión y sus obligaciones; al respecto la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil publicada el 24 de octubre del 2011, es muy clara y en ella se expresa lo siguiente:

• Encomienda:

“Artículo 1. La presente ley es de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional y tiene por objeto establecer la concurrencia entre la Federación, los Estados, los Municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, así como la participación de los sectores privado y social, en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, garantizando el acceso de niñas y niños a dichos servicios en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuadas, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos.”

• Organización:

“Artículo 11. El Ejecutivo federal por conducto de sus dependencias y entidades, los Poderes Ejecutivos de los estados, del Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales y los municipios garantizarán, en el ámbito de sus competencias, que la prestación de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil se oriente a lograr la observancia y ejercicio de los siguientes derechos de niñas y niños:

I. A un entorno seguro, afectivo y libre de violencia;

II. Al cuidado y protección contra actos u omisiones que puedan afectar su integridad física o psicológica;

III. A la atención y promoción de la salud;

IV. A recibir la alimentación que les permita tener una nutrición adecuada;

V. A recibir orientación y educación apropiada a su edad, orientadas a lograr un desarrollo físico, cognitivo, afectivo y social hasta el máximo de sus posibilidades, así como a la comprensión y el ejercicio de sus derechos;

VI. Al descanso, al juego y al esparcimiento;

VII. A la no discriminación;

VIII. A recibir servicios de calidad y con calidez, por parte de personal apto, suficiente y que cuente con formación o capacidades desde un enfoque de los derechos de la niñez; y

IX. A participar, ser consultado, expresar libremente sus ideas y opiniones sobre los asuntos que les atañen y a que dichas opiniones sean tomadas en cuenta.”

• Funcionamiento:

“Artículo 12. Con el fin de garantizar el cumplimiento de los servicios a que se refiere esta ley, en los centros de atención se contemplarán las siguientes actividades:

I. Protección y seguridad;

II. Supervisión e inspección efectiva en materia de protección civil;

III. Fomento al cuidado de la salud;

IV. Atención médica en caso de urgencia, la cual podrá brindarse en el centro de atención o a través de instituciones de salud pública o privadas;

V. Alimentación adecuada y suficiente para su nutrición;

VI. Fomento a la comprensión y ejercicio de los derechos de niñas y niños;

VII. Descanso, esparcimiento, juego y actividades recreativas propias de su edad;

VIII. Apoyo al desarrollo biológico, cognoscitivo, psicomotriz y socio-afectivo;

IX. Enseñanza del lenguaje y comunicación;

X. Información y apoyo a los padres, tutores o quienes tengan la responsabilidad del cuidado o crianza, para fortalecer la comprensión de sus funciones en la educación de niñas y niños.”

Con estos esfuerzos, se pretendió institucionalizar la seguridad y la integridad de los menores a los que les asiste éste derecho y además garantizar para la tranquilidad de sus padres o tutores, que el desarrollo de sus hijos se brindaría bajo las mejores condiciones.

Si bien, se ha logrado avanzar al respecto en materia de ordenamiento, regulación operacional, medidas de seguridad, prevención de accidentes y protección civil en la zona circundante a las instalaciones; todavía no se ha obtenido lo deseable por encima de lo posible.

Aún queda mucho por hacer en la materia.

Por ejemplo, no se ha logrado contabilizar el número exacto del total de guarderías y estancias infantiles que operan en el país, existe una cifra aproximada que rebasa las 9 mil instalaciones sin embargo se tiene conocimiento que hay muchos lugares irregulares que ofrecen sus servicios de manera doméstica; es decir utilizan sus hogares acondicionándolos de manera improvisada.

Pero además, se ha dejado de lado un factor determinante para que todo lo anterior en materia de funcionamiento y regulación se cumpla a cabalidad y conforme se exige y se requiere.

No se ha establecido en la ley la profesionalización del personal que labora en las guarderías o estancias infantiles en el país.

En algunos casos, se exige que el personal deba de contar con la preparación requerida y además certificada por las autoridades educativas correspondientes; pero son casos excepcionales; no corresponde a una obligación.

Esta situación es inadmisible, si en contraparte nos hemos esforzado por garantizar que estos espacios sean lo mejor posible para el cuidado de nuestros hijos. Incluso ha favorecido el establecimiento masivo de lugares irregulares o improvisados. Que prosperan como un foco latente de accidentes, porque los padres tienen irremediablemente que salir a trabajar y buscan la opción más cercana a su casa, la más barata y la que en el horario les convenga para dejar a sus hijos por un lapso que puede variar entre las 4 y 9 horas diarias; dejando en último término la preparación, certificación y experiencia de las personas que se quedan como responsables de sus hijos.

En contraparte encontramos, que lo único que se mencione al respecto sea en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en su artículo 8 que dice:

“Artículo 8. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a VI. ...

VII. Prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo Integral infantil: Aquellas personas físicas o morales que cuenten con permiso, licencia o autorización, emitido por la autoridad competente, para instalar y operar uno varios Centros de Atención en cualquier modalidad y tipo;

VIII. a XV...”

Pero como se puede apreciar, únicamente define; pero no establece los criterios de preparación y certificación de habilidades que deban de tener obligatoriamente para prestar sus servicios.

Olvidamos u omitimos qué tan importantes son las condiciones de las instalaciones como también lo son las capacidades del personal que opera en ellas.

Si bien es cierto que aún falta mucho por hacer para tener la plena garantía de que tragedias como la sucedida en Sonora donde 49 menores perdieron la vida de manera trágica, jamás se vuelva a repetir.

Garantizar la profesionalización del personal que preste sus servicios en las guarderías y además difundir esta acción, no solo tendrá efectos inmediatos en la mejora de su organización y funcionamiento, sino también tendría un efecto positivo contra la proliferación de las estancias consideradas irregulares; ya que los padres de familia estarán conscientes y por lo tanto en condiciones de exigir que se cumpla la ley y que sin excepción alguna todo el personal que labore en esos lugares cuente con los documentos que acrediten su formación y preparación para tal efecto.

Esto es un propósito posible además de necesario, contamos con el personal calificado a lo largo de todo el país que cada año egresa con las aptitudes, conocimientos y preparación para atender el propósito del presente punto de acuerdo.

Atenderlo, tampoco representa un impacto presupuestal, ni mucho menos en materia de costos para las estancias que operan actualmente.

Lo anterior tiene una especial relevancia, por tratarse en específico de un sector de la población altamente vulnerable: nuestros niños.

Y esta soberanía, es y deberá ser garante en todo momento del adecuado desarrollo de todos ellos.

Por lo expuesto, se somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente resolución

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno federal a que:

1. Realice un ordenamiento y regularización de todas las estancias infantiles y/o guarderías del país.

2. Realice las medidas pertinentes para garantizar por obligatoriedad que todo el personal dedicado a la prestación de servicios de atención, cuidado y desarrollo Integral infantil en las guarderías, cuente con los estudios específicos en la materia, comprobables y certificados por la institución educativa correspondiente.

3. Difunda mediante una campaña publicitaria a nivel nacional, la obligatoriedad de la profesionalización del personal dedicado a la prestación de servicios de atención, cuidado y desarrollo Integral infantil en las guarderías.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2010.

2 Censo Económico, Inegi. 2009.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2014.

Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a diseñar e implantar por el gabinete de seguridad nacional, con el gobierno del estado de México, una estrategia integral de seguridad pública para enviar fuerzas federales que contribuyan a restituir la paz, la seguridad y la confianza de las familias en Tlalnepantla, Cuautitlán Izcalli, Los Reyes-La Paz y Ecatepec, a cargo del diputado Alberto Díaz Trujillo, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Alberto Díaz Trujillo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y artículo 79, fracción II, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo con carácter de urgente u obvia resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

La seguridad pública es parte esencial del bienestar de una sociedad, un Estado de derecho, genera las condiciones que permitan al individuo realizar sus actividades cotidianas con la confianza que su vida, su patrimonio y sus bienes estén exentos de todo peligro, daño o riesgo, es una función del Gobierno que implica que los ciudadanos de una misma región puedan convivir en armonía, cada uno respetando los derechos individuales del otro.

Mejorar las condiciones de seguridad pública en el país para que los mexicanos transiten con seguridad, sin temor, ejerciendo sus derechos y garantías en un marco de libertades, es un quehacer que obliga al Estado a llevar a cabo acciones conjuntas con los tres órdenes de gobierno, asimismo requiere de la participación de diversas instancias e instituciones, para la protección de la persona en contra de actos lesivos de otros individuos.

El 19 de octubre de 2011 se promulgó la Ley de Seguridad del Estado de México, que establece el concepto de Seguridad Ciudadana, y coloca como eje central de su atención a la persona, asegurando el ejercicio de su ciudadanía, sus libertades y derechos fundamentales. De esta manera, se busca disponer espacios de participación social armónica, propiciando la solución pacífica de los conflictos interpersonales y sociales, fortaleciendo las instituciones y propiciando condiciones que permitan a los ciudadanos desarrollar de forma permanente sus capacidades en un ambiente de certeza. Con este fin, se creó la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).

Cabe mencionar que la Ley de Seguridad del Estado de México otorga a esta Secretaría nuevas y mayores responsabilidades en materia de prevención y combate especializado del delito, de reinserción social, de participación ciudadana, de seguridad privada y pirotecnia, entre otras, lo cual obliga al fortalecimiento de su estructura orgánica para cumplir a cabalidad con los imperativos legales vigentes, preceptos que a la fecha no han dado resultados en la labor de combatir la inseguridad, sino por el contrario, los índices delictivos han incrementado, lo cual pone en evidencia la falta de control territorial por parte de las autoridades municipal y estatal.

Los recientes sucesos, el incremento de la incidencia delictiva y los lamentables acontecimientos que han surgido en el Estado de México, donde se han perdido vidas humanas, son reflejo de los delitos que presentan un aumento en los últimos tres años como son el secuestro, los homicidios, el robo a bancos, el robo de vehículos, el robo a transportistas, el robo con violencia en general y los delitos sexuales; Según cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en el Estado de México no sólo se ha incrementado el secuestro 46% en un año, sino también otros delitos clasificados de alto impacto como el hurto de automóviles, el robo a transporte e incluso asalto a bancos, además de las lesiones.

Sí comparamos el 2012 con el 2013 en homicidios tenemos un aumento del 15 por ciento, en secuestro del 26 por ciento. Si comparamos enero del 2013 con enero del 2014, tenemos en homicidio un aumento 17 por ciento y en secuestro del 35 por ciento.

Es de condenarse la ola de violencia que en los últimos días se ha manifestado con asesinatos de personas inocentes, en el Estado de México, en los primeros 10 días de este año, 28 personas fueron asesinadas, en su mayoría en ejecuciones múltiples, el pasado viernes, se registraron al menos 14 asesinatos y cinco personas heridas en cuatro municipios de esa entidad: Tlalneplantla, Cuautitlán Izcalli, Los Reyes La Paz y Ecatepec.

Las condiciones actuales que vive el Estado de México, obliga a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, a fortalecer los esquemas de protección y actuación institucional para salvaguardar la integridad de los Mexiquenses, en Acción Nacional estamos conscientes del peligro que implica la creciente actividad delictiva del crimen organizado en la entidad, por ello hacemos un enérgico llamado al Ejecutivo Federal y al Gobernador, para que implementen operativos, refuercen la seguridad y restablezcan el orden.

Para materializar las aspiraciones de seguridad y justicia de los mexiquenses, se requiere de la concurrencia de los tres Poderes de Gobierno y resulta de particular relevancia la colaboración del Ejecutivo Estatal a través de sus órganos de seguridad y procuración de justicia.

En Acción Nacional, buscamos fomentar la cultura de la legalidad que ha de redundar en una mayor protección de las personas y de las familias, una mejor atención a las víctimas del delito, y a la persecución y captura de los delincuentes. El respeto a la eminente dignidad humana, implica el conocimiento de los derechos y su exigencia, así como de los deberes y su cumplimiento.

Por ello hacemos un enérgico llamado a las autoridades Federales y Estatales para que emprendan acciones inmediatas en materia de seguridad encausadas a proteger la vida y el patrimonio de todos los mexiquenses, velando por su tranquilidad. Reconocemos los problemas y sus consecuencias, por ello pedimos se cumplan con los compromisos de bienestar y se materialicen con acciones que conduzcan a la consolidación de la paz anhelada.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea, con carácter de urgente u obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se hace un llamado respetuoso al Ejecutivo federal para que a través del Gabinete de Seguridad Nacional, conjuntamente con el gobierno del estado de México, diseñe e implemente una estrategia integral de seguridad pública, para el envío de fuerzas federales que coadyuven a restituir la paz, la seguridad y la confianza de las familias Mexiquenses, en los municipios de Tlalnepantla, Cuautitlán Izcalli, Los Reyes la Paz y Ecatepec.

Diputado Alberto Díaz Trujillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los titulares de la SEP, de la STPS y de la SHCP a analizar y resolver el problema que afecta a los jubilados del Colegio de Bachilleres, en reconocimiento del origen de la prestación descrita en la cláusula 68 del contrato colectivo de trabajo, a cargo del diputado Roberto López Suárez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Roberto López Suárez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Todas las autoridades del país, deben tener como una de sus tareas centrales, la consecución de la legalidad y la justicia, como instrumento indispensable para restablecer el tejido social y, por tanto, a la nación toda.

En 2004, dada la revisión del contrato colectivo de trabajo entre los trabajadores del Colegio de Bachilleres y la institución, los trabajadores decidieron estallar la huelga. Después de 12 días de negociaciones, las partes acordaron modificar la cláusula 68 de dicho Contrato Colectivo, reforma que para los trabajadores representaba la posibilidad de obtener un mayor ingreso en su jubilación, dado que la institución cumplía 30 años de haber sido creada y se preveía el que muchos de los trabajadores fundadores estarían en las posibilidades de concluir su vida laboral, así, la institución presentó la siguiente redacción de la citada cláusula, misma que motivó a los trabajadores levantar la huelga.

Cláusula 68

Terminación de la relación laboral:

En caso de terminación de la relación laboral de un trabajador, por renuncia, incapacidad o jubilación, “El Colegio” se compromete a entregarle el finiquito legal con salario integrado que en su caso le corresponda, incluido lo establecido en el artículo 162 de la ley Federal del Trabajo, cuando proceda, en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha de dicha terminación, como se estipula en los Contratos Colectivos de Trabajo del Colegio de Bachilleres a partir de la firma 2004-2006 hasta el último 2012-2014.

De igual manera se compromete a entregar a los beneficiarios del trabajador que fallezca el finiquito legal con salario integrado que en su caso corresponda, incluido lo establecido en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, dentro del mismo plazo, siempre y cuando el trabajador haya designado ante el Colegio a su beneficiarios. De no haberlo hecho así, lo entregará dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se determine, por parte de la autoridad jurisdiccional correspondiente, quien resulte ser el o los beneficiarios.

El plazo a cargo de “El Colegio” no regirá cuando, por causas imputables al trabajador, no pueda llevarse a cabo alguna etapa del procedimiento.

Es de considerar, que en ese mismo año, varios trabajadores y trabajadoras iniciaron su trámite de jubilación, observándose que la clausula en su redacción, estaba sujeta a dos interpretaciones, una de ellas fue el que la prima de antigüedad se debía pagar con el cálculo del salario integrado, y otra que la misma debía pagarse conforme a lo que establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 162, esto es, al doble del salario mínimo general. Para la institución, a pesar que en su momento signó la cláusula 68, la interpretación válida ha sido la segunda y para los trabajadores la primera, ocasionando con ello la generación de un conflicto laboral.

Como resultado de ello, en los juicios laborales no ha existido un criterio unificado acerca de quién tiene la razón legal, ya que ambas partes en diferentes colegiados, han obtenido sentencias en los dos sentidos, a favor de los trabajadores a favor de la institución.

Resulta trascendental no perder de vista que este conflicto laboral tiende a crecer, por el hecho de que cada año se incrementa el número de trabajadores jubilados y que el problema esta sobrepasando las facultades de la institución, y que en un momento determinado no es sólo un problema de carácter económico sino de credibilidad en el cumplimiento de los acuerdos bilaterales por parte de “El Colegio” ante sus trabajadores jubilados, es por ello necesario dar una solución adecuada a este conflicto laboral y considerar la participación y coordinación interinstitucional entre la dependencias gubernamentales de la Secretaría de Educación pública, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Todo lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía, con el carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a los secretarios de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público a instalar con la mayor brevedad una mesa de acuerdo y resolución que proceda a realizar el pago a los trabajadores jubilados del Colegio de Bachilleres para que reciban la prima de antigüedad, misma que es de 12 días de salario por cada año prestado a la institución con salario integrado, esto en reconocimiento del origen de la prestación que se describe en la cláusula 68 del contrato colectivo de trabajo, pactado entre el Colegio de Bachilleres y sus Trabajadores, asumiendo que dicha cláusula contractual adquirió este sentido y fue el motivo principal para que los trabajadores levantarán la huelga que llevaban a cabo en 2004.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2014.

Diputados: Roberto López Suárez (rúbrica), Socorro Ceseñas Chapa, Flor Pedroza Aguilera, Elena Margarita Tapia Fonllen, Karen Quiroga Anguiano, Luis Manuel Arias Pallares, Javier Salinas Narváez.



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los rectores y a los directores de las facultades y escuelas de economía, derecho, administración y trabajo social a incorporar en los planes de estudio el conocimiento del sector social de la economía y del cooperativismo, a cargo de la diputada Silvia Márquez Velasco, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Silvia Márquez Velasco, e integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la Carta Magna, en el artículo 25, se reconoce con toda claridad la importancia del sector social de la economía, señalando en su párrafo tercero:

Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

A su vez, en el párrafo quinto apunta:

Asimismo podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo.

En el sexto:

Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.

Y en el séptimo

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

Esto es, el precepto constitucional prevé que el Estado instrumentará los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de las actividades realizadas por las organizaciones, sociedades y empresas que integran el denominado tercer sector de la economía, tales como son los ejidos; las organizaciones conformadas por los trabajadores para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses; las sociedades cooperativas, sea cual fuere el objeto de su constitución; las comunidades agrícolas; las empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores; y, en general, cualquier forma de organización e integración social que tenga como finalidad la producción, distribución y el consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

Sin embargo, a diferencia de lo que sucede en el caso de las empresas privadas o de la administración pública, cuya normatividad, administración y desarrollo recibe atención de la mayoría de las universidades y escuelas de economía, administración y derecho, la atención que brindan esas mismas instituciones a la problemática del sector social se limita en muchos casos al estudio de los aspectos al análisis y diseño de políticas públicas que rayan en la investigación del asistencialismo y la pobreza. En ese contexto, el cooperativismo, la figura asociativa emblemática del sector social, no recibe la atención necesaria para promover su desarrollo, como una alternativa que ha demostrado su capacidad de superar las adversidades, incluso en momentos de crisis.

Es necesario insistir en que el estudio de las cooperativas requiere un enfoque que no se limite a la descripción, sino que profundice en varios de los aspectos que le son característicos y determinantes de su comportamiento, así como de su impacto en la economía y en la sociedad.

No se trata de aislar a la organización cooperativista del entorno en el que predomina una forma de organización, la empresa privada, que compite con ella y que, por su propia naturaleza, tratará de desplazarla incluso con prácticas especulativas, en beneficio del capital privado.

En ese sentido, el estudio del sector social de la economía y de las cooperativas deberá considerar la necesidad de analizar, comprender y mejorar la organización interna de la cooperativa, encontrar la forma de fortalecer la cohesión, solidaridad y colaboración, en fin, el compromiso de los socios con la organización y con su entorno social, retroalimentando y formando nuevas generaciones.

Asimismo, es importante el estudio de los mecanismos que deben permitir a las cooperativas generar valor agregado de manera competitiva, poniendo en marcha conceptos como comercio justo, rentabilidad social y responsabilidad con el entorno, cumpliendo con sus obligaciones, destinando recursos para reinversión y manteniendo esquemas de beneficios para sus socios.

Y en esa propuesta, se debe considerar el diseño y la propuesta para su puesta en marcha del sistema de redes de productores de bienes y servicios, de consumidores rurales y urbanos e instancias de financiamiento, así como sus instituciones y la protección de su patrimonio, que le permitan consolidarse y superar el nivel de subsistencia en que ha permanecido el sector social y de casi desconocimiento en que se encuentran las cooperativas.

Alcanzar esos objetivos requiere contar con un marco legal coherente, específico, que le dé visibilidad institucional y normas que le permitan lograr la flexibilidad de operación que le permitan tener un mejor desempeño en un mercado adverso y el cumplimiento de sus responsabilidades sociales y con sus socios.

No es algo sencillo. Sabemos que algunas universidades ya cuentan con áreas de estudio de la economía social y el cooperativismo. En la Universidad Nacional Autónoma de México, en las Facultades de Economía y Derecho; en la UAM; en la Universidad Autónoma Chapingo; en la Iberoamericana de Puebla. Sin embargo, eso no es suficiente.

Finalmente, nos parece importante destacar que en la mayoría de los países se está haciendo un reconocimiento del papel que debe desempeñar la economía social y las cooperativas en el fortalecimiento de las comunidades, la generación de empleo y riqueza, que en su caso implican una distribución más equitativa, contribuyendo a reducir la desigualdad y a fortalecer la soberanía alimentaria, la sustentabilidad ambiental y la estabilidad económica y social.

En ese sentido, es importante considerar la Recomendación 193 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Dicha recomendación postula que en ningún caso las políticas fiscales que se fijen a las empresas de los sectores público y privado pueden ser más favorables que las que se establezcan para las cooperativas.

A lo anterior hay que agregar las directrices de diferentes instancias multinacionales, como la Organización de Naciones Unidas (ONU) y en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), que han destacado la importancia de las cooperativas y la economía social en general, en la conformación de una alternativa productiva, generadora de empleos a partir de una organización sostenible capaz de superar los efectos de la especulación con productos básicos; también como una alternativa sustentable, amable con el medio ambiente y con amplias posibilidades de hacer frente a los efectos del cambio climático, para cubrir las crecientes necesidades de la población de cada economía y de la población mundial.

Por todos estos argumentos, es que propongo la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, con absoluto respeto a la autonomía de las instituciones de educación superior, exhorta a sus rectores y a los directores de las facultades y escuelas de economía, derecho, administración y trabajo social a incorporar en sus planes de estudio el conocimiento del sector social de la economía y del cooperativismo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2014.

Diputados: Silvia Márquez Velasco (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova, Gaudencio Hernández Burgos, Brasil Alberto Acosta Peña, Luis Olvera Correa, Mariana Dunyaska García Rojas, Érick Marte Rivera Villanueva, María del Rosario Merlín García, Gloria Bautista Cuevas, José Antonio León Mendívil, José Arturo López Candido, Juan Luis Martínez Martínez, Jesús Morales Flores, Gisela Raquel Mota Ocampo, Cesario Padilla Navarro, Alejandro Rangel Segovia.

Con punto de acuerdo, para solicitar al Poder Judicial de la Federación que el Trigésimo Segundo Circuito con residencia en Colima resuelva los juicios de amparo interpuestos contra la eliminación del régimen de pequeños contribuyentes, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Martha Leticia Sosa Govea, diputada federal de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado 11 de diciembre de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. En el decreto en mención, se expidió la Ley del Impuesto sobre la Renta, en donde se aprecia la ausencia del Régimen de Pequeños Contribuyentes y la adición del Régimen de Incorporación, el cual se encuentra descrito en los artículos 100 a 113 de dicho ordenamiento.

Es de destacar que de la eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes, los quejosos del amparo han manifestado la violación a sus garantías constitucionales, las cuales se sustentan en la violación al principio de competitividad, equidad y proporcionalidad tributaria.

De la lectura de los artículos 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desprende el principio de competitividad, el cual ha sido mermado no sólo a los colimenses, sino a todos los mexicanos que se encontraban en el anterior régimen fiscal.

Esto es, las modificaciones emprendidas por la política fiscal del Ejecutivo Federal, no garantiza que el desarrollo económico sea haga más integral y sustentable; es más, se aprecia que no ha logrado hasta la fecha fortalecer el sistema de recaudación, la base gravable y el crecimiento de la economía.

Actualmente, las condiciones económicas y arancelarias son mejores en los países vecinos que en México, ya que con las modificaciones realizadas al régimen fiscal no se encuentra un incentivo hacia los pequeños comerciantes para que sigan realizando sus operaciones.

El efecto indirecto que ha provocado la eliminación del régimen de pequeños contribuyentes redunda en el hecho de que se generaron gastos adicionales a los comerciantes para adquirir equipos de cómputo, servicios de internet, asesorías contables, aparte del consecuente aumento de obligaciones fiscales tales como las declaraciones informativas, etcétera.

La eliminación del régimen de pequeños contribuyentes ocasiona un perjuicio a la competitividad del país debido a que como se ha señalado previamente ocasiona un agravio directo al sector de la economía de los pequeños contribuyentes.

Es importante destacar que la eliminación del citado régimen resulta a la vista de expertos en política fiscal, en perjuicio de millones de mexicanos y que, si bien es cierto, esta decisión de política tributaria atiende a un fin recaudatorio, representa un impacto evidente a economía y rentabilidad de miles de comerciantes que se encontraban tributando en el extinto régimen.

Siendo así, el pasado trece de febrero de dos mil catorce, diversos ciudadanos residentes en estado de Colima, que alegaron que sus derechos constitucionales habían sido violados, y encontrándose en legal tiempo y forma presentaron diversas demandas de amparo de manera colectiva, mismas que fueron admitidas, recayéndoles los números de expediente 184/2014, 256/2014 a las radicadas en el Juzgado Primero de Distrito y el expediente 288/2014 radicado en el Juzgado Segundo de Distrito, ambos del Trigésimo Segundo Circuito con residencia en el estado de Colima.

Por lo tanto, al alegar los quejosos que los dispositivos legales cuya inconstitucionalidad solicitan daña de manera grave sus derechos, es por lo que se pide respetuosamente y reconociendo en todo momento el principio de división de poderes, se resuelvan de manera pronta y expedita los Amparos presentados ante dichos órganos jurisdiccionales.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto a la autonomía y la división de poderes, al Poder Judicial de la Federación del Trigésimo Segundo Circuito con residencia en Estado de Colima, para que con estricto apego a derecho y de manera pronta y expedita, resuelva los Juicios de Amparo interpuestos por diversos Quejosos en contra de la eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2014.

Diputada Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México a realizar una mesa de diálogo con el del Distrito Federal para evitar la emigración de vehículos del segundo territorio al primero, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD

La presente, diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática del estado de Oaxaca de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete ante esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución al tenor de las siguientes.

Consideraciones

Que los vehículos automotores son una de las principales fuentes de contaminación del aire, generando considerables daños ambientales y a la salud, considerables, en el mediano y largo plazo.

Que en nuestro país existen en algunos Estados –específicamente Distrito Federal y estado de México–, como herramienta para contrarrestar los efectos negativos del uso de los automotores, un programa denominado Programa de Verificación Vehicular.1

Que el programa denominado “Hoy No Circula”, del estado de México fue concebido en 1990 como una medida regulatoria de restricción vehicular para controlar la demanda de gasolinas y reducir las emisiones vehiculares en beneficio de la salud de la población.2

Para el caso del Distrito Federal, dentro del parque vehicular que circula en la ciudad, existen vehículos cuya tecnología o estado mecánico ya no permite garantizar un mínimo de emisiones contaminantes. El porcentaje de este tipo de vehículos disminuye año con año; sin embargo, para evitar que estos vehículos tengan un impacto significativo en la calidad del aire, se limita su circulación una vez a la semana de lunes a viernes y un sábado de cada mes, dicho programa se conoce como “Hoy No Circula”3

Que de acuerdo con la Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de México, en los tres últimos años, más de 523 mil vehículos automotores pasaron de ser registrados en el DF al estado de México.

Que una de las causas principales que han motivado la presente migración es que en el Distrito Federal el trámite de verificación requiere el pago obligatorio de las tenencias, mientras que el Gobierno Mexiquense no promueve esa restricción.

Que para el año 2012 el Gobierno Capitalino registró 4 millones 282 mil 906 verificaciones, el estimado para el cierre de 2013, prevé una disminución considerable.4

Que en el año 2011 el registro de automóviles emigrados del DF al estado de México, fue de 230 mil 479, esta cifra se acrecentó paralelamente a que en el Gobierno Capitalino se introdujo la tarjeta de circulación con chip, el no contar con dicha tarjeta hace propicio a una sanción monetaria y el auto es llevado al corralón.

En la Ciudad de México el proceso de verificación es más moderno y complejo, lo que dificulta que un vehículo que no cumple con las normas mínimas cumpla con el requisito.

La ciudad capital dejó de utilizar los equipos de verificación CAM97, arropando equipos más seguros, confiables y por consiguiente caros.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno del estado de México para que, en el ámbito de su competencia, realice una mesa de diálogo con el gobierno de la ciudad de México para evitar la emigración de vehículos del Distrito Federal al estado mexiquense, en lo relacionado a los trámites vehiculares, evitando daños a las finanzas de ambas entidades.

Notas

1 En el caso del Distrito Federal, según la Secretaría de Medio Ambiente local estipula que este programa es de carácter obligatorio para todos los autos matriculados en el Distrito Federal, porque además de asegurar una menor contaminación, fomenta también el mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo.

2 http://portal2.edomex.gob.mx/sma/

3 http://www.sedema.df.gob.mx/sedema/

4 http://maspormas.com

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de Marzo del 2014.

Diputada Yesenia Nolasco Ramírez

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir por su secretariado técnico la convocatoria para la tercera sesión ordinaria de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada Rosa Elba Pérez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático (CICC) fue creada mediante acuerdo, mismo que se publicó el 25 de abril de 2005 en el Diario Oficial de la Federación, con carácter permanente. Esa comisión intersecretarial tenía como objetivo coordinar a las secretarías competentes para el cumplimiento de los compromisos suscritos por México en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y los demás instrumentos derivados de ella, particularmente el Protocolo de Kioto. Posteriormente, su estructura y atribuciones quedaron reguladas por el capítulo II de Ley General de Cambio Climático, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012.

La CICC está compuesta por 13 integrantes:

1. Secretaría de Gobernación,

2. Secretaría de Relaciones Exteriores,

3. Secretaría de Marina,

4. Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

5. Secretaría de Desarrollo Social,

6. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales,

7. Secretaría de Energía,

8. Secretaría de Economía,

9. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,

10. Secretaría de Comunicaciones y Transportes,

11. Secretaría de Educación Pública,

12. Secretaría de Salud y

13. Secretaría de Turismo.

Además, es de carácter permanente y es presidida por el titular del Ejecutivo federal; corresponde a la CICC coordinar las acciones de las dependencias y entidades de la administración pública federal en materia de cambio climático así como formular e instrumentar políticas nacionales para la mitigación y adaptación al cambio climático. La CICC es sin duda alguna, el referente de coordinación de acciones entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de cambio climático.

Entre las funciones de la CICC está aprobar la Estrategia Nacional de Cambio Climático, designar a los integrantes del Consejo Consultivo de Cambio Climático, participar en la elaboración e instrumentación del Programa Especial de Cambio Climático y determinar los grupos de trabajo que requiera para coadyuvar en el cumplimiento de sus objetivos.

El 26 de febrero de 2013, la CICC sesionó por vez primera y las dependencias integrantes acordaron iniciar de inmediato los trabajos tendientes a la elaboración de la Estrategia Nacional de Cambio Climático. En su segunda sesión ordinaria, celebrada el 29 de mayo de 2013, la CICC aprobó la Estrategia Nacional de Cambio Climático, que fue publicada el 3 de junio de 2013.

No obstante lo anterior, la CICC no ha vuelto a sesionar y es motivo de este punto de acuerdo hacer un llamado al Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría Técnica de la CICC emita convocatoria para una nueva reunión a fin de continuar con el esfuerzo de coordinación con las entidades de la administración pública federal y con ello dar certeza a la formulación de la política nacional para la mitigación y adaptación al cambio climático.

Someto a la consideración de la asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a que emita convocatoria por conducto de su Secretariado Técnico a la tercera sesión ordinaria de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los dieciocho días del mes de marzo de 2014.

Diputada Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de Coahuila de Zaragoza, Durango, Jalisco, estado de México y San Luis Potosí a revisar sus legislaciones en materia penal y, en su caso, derogar los delitos de adulterio, a cargo de la diputada María de Jesús Huerta Rea, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe María de Jesús Huerta Rea, diputada de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de Coahuila de Zaragoza, Durango, Jalisco, Estado de México y San Luis Potosí con el objetivo de que revisen con perspectiva de género sus legislaciones en materia penal y en su caso deroguen los delitos de adulterio y los que sancionan con una penalidad menor los homicidios que se cometan por cónyuges cuando sorprendan al otro en el acto carnal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La mujer a lo largo de la historia ha desempeñado un papel central en movimientos tanto sociales como políticos y económicos de México, además su creciente inserción en el mercado laboral, así como su participación cada vez más cotidiana en puestos de toma de decisiones, ha logrado que se cada vez más evidente e insoslayable la aportación que las mujeres realizan en favor de la sociedad.

En la esfera internacional México ha adoptado múltiples compromisos, como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Convención de Belém do Pará, entre otros, que principalmente tienen como objetivo eliminar la violencia en detrimento de la mujer motivada por su género.

Por lo que una vez más se destaca, que es responsabilidad de los legisladores, tanto del ámbito federal como local, la elaboración y aprobación del marco jurídico que prevenga y erradique la violencia en contra de las mujeres y la homologación en los Estados de dicha perspectiva, principalmente en la derogación del delito de adulterio que claramente es un delito cultural que busca menoscabar la libertad sexual, así como tomar las medidas legislativas conducentes para robustecer y fomentar los derechos fundamentales de la mujer en nuestra sociedad, y destacar la necesidad de políticas públicas encaminadas a eliminar la violencia motivada por el género en todos los ámbitos tanto el público como el privado.

Es de esta forma que se deben de generar estrategias suficientes que puedan combatir este problema que ha sido recurrente en la legislación penal a lo largo de nuestro país, por lo que es impostergable la actualización y armonización con el Código Penal Federal de leyes dentro de las Legislaturas Estatales, con el objetivo de tener un orden jurídico que garantice la seguridad y los derechos fundamentales de las mujeres.

Lo que se pretende es que se suprima de los Códigos Penales Locales de Coahuila de Zaragoza, Durango, Jalisco, Estado de México y San Luis Potosí, únicas entidades donde subsiste la penalización del adulterio, todo capítulo que tipifique como delito las relaciones sexuales extramaritales en aras de reivindicar la libertad y dignidad de las mujeres de un vergonzoso delito que se construyó culturalmente en su contra. Vale la pena recordar que en 2011 se aprobó la reforma que derogó el Capítulo IV del título XV del Libro Segundo del Código Penal Federal, que tipificaba el adulterio como delito.

Técnicamente es prácticamente imposible que en la práctica se configure el delito, pero hay razones de peso para derogar ese tipo penal, además de las ya expuestas, pues se trata de un ordenamiento jurídico generado a partir de una perspectiva machista para mantener como propiedad a las mujeres, también resulta ineficaz y obsoleto.

Es un tipo penal que sólo puede configurarse en el lecho conyugal o con escándalo, su direccionamiento de género es obvio así como su oprobio. Es menester recordar los registros con que se cuenta sobre la penalización del adulterio, ya que en el Código español de mil ochocientos veintidós se otorgaba al cónyuge varón la capacidad de imponer la pena contra su cónyuge mujer en caso de infidelidad, obviamente no se aplicaba esto en sentido contrario.

Insisto, es un delito cultural que se configura por la necesidad absurda de los hombres para proteger su honor; no el de los seres humanos en general, sino su honor como género, creyendo ser dueños del cuerpo y de los pensamientos de las mujeres. Las prácticas sexuales extramaritales masculinas tienen otra lectura cultural, es cuestión de orgullo atendiendo a una perspectiva corta y sexista como amos y conquistadores, situación que incluso se ha llevado a una idealización mediática en el estereotipo dominante de género.

Cuando se habla de adulterio vienen a la mente conceptos generales relacionados con la moral y el deber recíproco sobre la dignidad entre dos personas que celebran un matrimonio, pero no son bienes jurídicos de la más alta jerarquía en derecho penal, y en cualquier ponderación racional en conflicto con el derecho a la libertad y al ejercicio de los derechos civiles y políticos pareciera que la fidelidad marital se debilita como bien tutelado frente a estos.

Debe considerarse que de acuerdo con los elementos del delito que se exhorta a derogar: “en el domicilio conyugal” y: “con escándalo”, en el adulterio, exclusivamente son estas dos conductas las que determinan su configuración. Bajo estas circunstancias, en la norma que lo consigna no es verdad que se tutele la “fidelidad marital” o “el derecho a la fidelidad recíproca” de los cónyuges en su vínculo matrimonial, porque si así lo fuera, cualquier infidelidad sería delito. Por lo tanto, es sensato concluir que lo que realmente se busca proteger, desde una perspectiva machista, y se sanciona es el buen nombre, el prestigio y el honor del cónyuge inocente, cuando las relaciones sexuales se sostuvieren en el domicilio conyugal; o bien, en cualquiera otra parte, pero con publicidad o exhibición, es decir este delito es una satisfacción a aquellos referidos vulgarmente como “cornudos” que trasciende el ámbito civil a uno penal en función de una perspectiva cultural sesgada.

Ante lo expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de La Unión exhorta respetuosamente a los Congresos de Coahuila de Zaragoza, Durango, Jalisco, Estado de México y San Luis Potosí con el objetivo de que revisen con perspectiva de género sus legislaciones en materia penal y en su caso deroguen los delitos de adulterio y los que sancionan con una penalidad menor los homicidios que se cometan por cónyuges cuando sorprendan al otro en el acto carnal.

Diputada María de Jesús Huerta Rea (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer por la Secretaría de Salud y la Comisión Nacional de Bioética condiciones administrativas para que con las instituciones de educación superior diseñe y aplique un programa nacional de formación y capacitación en materia de bioética, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I a III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El 14 de diciembre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona el artículo 41 Bis de la Ley General de Salud, en el cual se establece la obligatoriedad de los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud, de contar con comités hospitalarios de bioética; asimismo, se indica que la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Bioética (Conbioética), expedirá las disposiciones necesarias para la integración y funcionamiento de los comités hospitalarios de bioética.

El ordenamiento en comento dispone que los comités hospitalarios de bioética se sujetaran a la legislación vigente y a los criterios que establezca la Comisión Nacional de Bioética. Serán interdisciplinarios y deberán estar integrados por personal médico de distintas especialidades y por personas de las profesiones de psicología, enfermería, trabajo social, sociología, antropología, filosofía o derecho que cuenten con capacitación en bioética, siendo imprescindible contar con representantes del núcleo afectado o de personas usuarias de los servicios de salud, hasta el número convenido de sus miembros, guardando equilibrio de género, quienes podrán estar adscritos o no a la unidad de salud o establecimiento.

En virtud del decreto señalado, el 31 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se emiten las disposiciones generales para la integración y funcionamiento de los comités hospitalarios de bioética, en el que se indican las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética.

En ese tenor, es de señalar que los comités hospitalarios de bioética constituyen espacios de análisis, reflexión y estudio para auxiliar al personal de salud en el ejercicio de la atención médica y a los pacientes y familiares que requieren de la acción de dicho personal. Es decir, son la instancia especializa, que analiza de manera sistematizada los conflictos éticos que surgen durante el desarrollo de la atención clínica; en tal virtud resulta sumamente necesario que cada establecimiento, ya sea público, social o privado, que tenga como finalidad la atención de enfermos que se internen para su diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, cuente con un comité hospitalario de bioética, como se dispuso en la ley sustantiva.

Asimismo, puede considerarse que los comités de bioética son resultado de la necesidad de los profesionales de la salud de tener un enfoque más profundo sobre las disyuntivas que se les presentan en la práctica día con día; puesto que las consideraciones que un profesional de la materia debe hacer, rebasan el ámbito de lo clínico, lo científico y lo estrictamente médico. Por ello, de conformidad con la normativa sustantiva, deben conformarse grupos de carácter interdisciplinario para analizar los casos y las perspectivas de solución, desde diversos puntos de vista, que enriquezcan el debate para tomar la mejor decisión en los establecimientos referidos en el párrafo que antecede.

No obstante lo anterior, de conformidad con la información de la Conbioética, únicamente se han registrado en la República Mexicana 275 comités hospitalarios de bioética, de los cuales 229 corresponden a establecimientos públicos y 46 a establecimientos privados, como se aprecia en la siguiente concentrado:1

Lo anterior obedece a que, como se ha expuesto en párrafos anteriores, de conformidad a la legislación de la materia deberán estar integrados por personal médico de distintas especialidades y por personas de las profesiones de psicología, enfermería, trabajo social, sociología, antropología, filosofía o derecho que cuenten con capacitación en bioética. Siendo el caso que en la actualidad, si bien es cierto en México la enseñanza de la Bioética se ha extendido en los últimos años, a través de programas educativos formales a nivel de maestría y doctorado, en diferentes universidades públicas y privadas, cuyo fin es formar recursos humanos altamente capacitados en este campo, aún no se cuenta con suficientes profesionistas con capacitación en bioética que puedan satisfacer el universo de comités hospitalarios de bioética que deben formarse.

Pues es de precisar que de conformidad, a la investigación realizada por la Conbioética para identificar centros académicos con estudios superiores en bioética, que si bien todavía no es posible ser concluyentes, lo hasta ahora recabado permite adelantar algunas reflexiones:

Fuente: Gaceta Conbioética, Año II, número 8, junio de 2013.

Asimismo, a la fecha en el apartado “Oferta Académica” del portal electrónico de la Conbioética, se enlistan algunos cursos en la materia, tal y como se aprecia a continuación:

Fuente: http://www.conbioetica-mexico.salud.gob.mx/interior/cursos/cursos.html

En ese tenor, de conformidad a la información que antecede, se destaca:

1. En comparación con otras disciplinas, la oferta académica en esta materia, si bien es cierto ha prosperado, aun no es tan amplia.

2. La oferta académica existente se concentra en las ciudades de mayor tamaño; lo cual merece atención y esfuerzo para que la oferta académica y profesionalización de la bioética llegue a todas las entidades del país.

3. Otro punto a subrayar es el carácter complementario de la formación en la disciplina ya que los cursos que se ofrecen suponen una formación profesional previa.

4. Por otro lado, los programas de doctorado en bioética no son suficientes, si se considera la necesidad de realizar investigaciones de alto nivel profundidad en la materia, éste es un aspecto fundamental para su consolidación como campo de estudio atractivo en la comunidad académica del país.

Por lo anterior resulta necesario conjugar esfuerzos a fin de impulsar a la bioética como disciplina, diseñando y poniendo en marcha un programa de capacitación a nivel nacional en esta materia. Lo anterior, a fin de que se cuente con los profesionistas suficientes para la correcta integración y funcionamiento de los comités hospitalarios de bioética a los que se refiere el artículo 41 Bis de la Ley General de Salud.

Además de lo anterior, cabe destacar que tal y como se expuso en el artículo denominado Oferta Académica en Bioética,2 hoy más que nunca es apremiante la necesidad de contar con profesionales formados en bioética. No solamente por la obligatoriedad en cuanto a la existencia de los comités hospitalarios de bioética sino, también, por el papel de la bioética como catalizador de la inclusión del diálogo y la deliberación crítica en la toma de decisiones relativas a la vida y la salud, que en cierto sentido nos concierne a todos.

Por lo expuesto me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Secretaria de Salud y la Comisión Nacional de Bioética acciones administrativas para que en coordinación con las instituciones de educación superior diseñe y aplique un programa nacional de formación y capacitación en materia de bioética, a fin de que el sistema nacional de salud cuente con profesionales suficientes para la correcta integración y funcionamiento de los comités hospitalarios de bioética a los que se refiere el artículo 41 Bis de la Ley General de Salud.

Notas

1 http://www.conbioetica-mexico.salud.gob.mx/

2 http://www.conbioetica-mexico.salud.gob.mx/descargas/Gaceta_virtual/Gac eta_8/gaceta8.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de marzo de 2014.

Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos federal y estatales a implantar por la PGR y las Procuradurías locales estrategias de prevención del delito en favor de los trabajadores del medio periodístico, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración el presente punto de acuerdo conforme al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 6O. garantiza que:

Articulo 6. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el estado.

En ese mismo sentido el artículo 7o. de nuestra Carta Magna señala que:

Articulo 7. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Que en los últimos años la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), ha integrado una serie de expedientes y emitido recomendaciones por agresiones o amenazas contra periodistas, reportando una fuerte incidencia de ataques contra comunicadores.

Según la organización internacional Artículo 19, en nuestro país, durante el gobierno de Luis Echeverría murieron asesinados 6 periodistas; con José López Portillo fueron 12; con Miguel de la Madrid 34; en el sexenio de Carlos Salinas de Gortari 46; en el periodo presidencial de Ernesto Zedillo Ponce de León 22 y con el ex presidente Vicente Fox 31 periodistas.

En la actualidad las agresiones contra los periodistas se sustentan en amenazas, lesiones, homicidios y desapariciones con un actuar de total impunidad por parte de las autoridades.

México es miembro firmante de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que en su artículo 13, dicta que:

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.1

Diversas asociaciones internacionales han establecido que México es el segundo país en el mundo, más inseguro para el ejercicio de la libertad de expresión.

Que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en el año de 1991 dio a conocer el Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos, mediante el cual se otorga atención personalizada a los colaboradores de los medios de comunicación y miembros de los organismos civiles de derechos humanos, con la finalidad de fortalecer la creación de un frente común en la defensa de los derechos humanos.2

Que la CNDH en su comunicado No. 36 del día 05 de Febrero de 2014, hizo de conocimiento del inició de un oficio de investigación por el caso de la desaparición del periodista Gregorio Jiménez en Veracruz.

El día 30 de enero de 2014 la comisión que preside el doctor Raúl Plascencia Villanueva, solicitó medidas cautelares al gobierno del estado de Quintana Roo, a favor del periodista Sergio Caballero, corresponsal de la revista Proceso en Cancún, Quintana Roo, por los ataques cometidos en su contra.

Que la CNDH en su comunicado número 24 del día 24 de enero de 2014, inició una investigación por el caso del homicidio del periodista guerrerense Miguel Ángel Guzmán Garduño, ultimado en la ciudad de Chilpancingo.

Que el 31 de diciembre de 2013 en su comunicado No. 377 la CNDH, citó que el pluralismo y la diversidad de pensamiento son elementos clave para el derecho de la ciudadanía a ser informada; promoverlos y no limitarlos es, en gran parte, responsabilidad del Estado y de los profesionales de la información.

La comisión el día 10 de diciembre de 2013, en su comunicado 355, inició de oficio un expediente de queja por el caso de la desaparición de la periodista del medio Línea Informativa, Zoila Márquez Chiu.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su comunicado No. 316 del día 5 de Noviembre de 2013, inició una investigación de oficio por el caso del periodista sonorense Alberto Angulo Gerardo, quien, de acuerdo con información publicada en diversos medios, fue privado de la vida cuando se desplazaba con su familia por una carretera en la zona central de Sinaloa.

Que el día 17 octubre del 2013 la CNDH, en su comunicado informa sobre el inició de oficio de una investigación por el caso de las agresiones de que fueron objeto una periodista y un camarógrafo del programa “Punto de Partida”.

Que según el Comité para la Protección de Periodistas, del año 2010 a la fecha, han sido asesinados 31 periodistas en nuestro país, de los cuales una tercera parte fueron cometidos en Veracruz.

El mismo comité señala que del año 1992 a la fecha, en México han sido asesinados 73 reporteros, de los cuales el 88 % siguen impunes y sólo un 8 % se ha logrado esclarecer.

Que a inicios de este año periodistas de varios países se dirigieron al Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para solicitar medidas ante el creciente número de reporteros asesinados en el mundo.3

En la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, fue creada la Comisión Especial para dar seguimiento a las agresiones contra periodistas y medios de comunicación, quedando instalada definitivamente el 21 de diciembre del 2006.

El objeto de la comisión era garantizar y fortalecer la libertad de expresión, ejerciendo el derecho constitucional consagrado en la CPEUM.

Según la organización artículo 19, los Estados con mayor número de periodistas asesinados son en primer lugar Veracruz, seguido por Chihuahua y Guerrero.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Procuraduría General de la Republica y a los gobiernos de los estados para que a través de las procuradurías de las entidades federativas, implementen en conjunto estrategias de prevención del delito en favor de los trabajadores del medio periodístico.

Notas

1 www.oas.org/

2 www.cndh.org.mx/

3 www.newsweek.mx/

Palacio Legislativo de San Lázaro a 13 de Marzo del 2014.

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la SCT y a la Profeco que revisen a fondo la cancelación del programa Tijuana-Tecate Frecuente, respecto al aumento de la cuota de la autopista Tijuana-Tecate y los problemas derivados del uso del sistema de pago IAVE, a cargo del diputado David Pérez Tejada Padilla, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, David Pérez Tejada Padilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8o. y 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

El flujo de vehículos, mercancías y personas que transitan por la autopista Tijuana-Tecate es prueba del importante vínculo comercial y social existente entre estas dos localidades, unidas por un tramo carretero que mide poco menos de 30 kilómetros, y cuyo costo era, hasta hace poco, razonable para los habitantes de estas ciudades ubicadas en la frontera norte del país.

Como antecedente del esfuerzo por fomentar la competitividad de la región a partir de acuerdos generados entre la administración pública y las necesidades de los habitantes de los municipios de Tecate y Tijuana, en agosto de 2009 se implementó un sistema de pago por distancia, en beneficio de los usuarios de la autopista que conecta estos dos municipios, reduciendo en 44 por ciento el costo de la cuota establecida para automotores. Este sistema de pago, “Tijuana-Tecate Frecuente”, se diseñó para beneficiar a tres mil usuarios diariamente, quienes circulan constantemente en ambos sentidos, incluyendo alumnos que asisten a centros educativos ubicados en los municipios referidos.

Este sistema de pago por distancia fue aceptado como una respuesta derivada de considerar el alto costo que significa el pago del viaje de ida y vuelta para los habitantes de Tijuana y Tecate, quienes durante el periodo comprendido entre agosto de 2009 y diciembre de 2014 se vieron beneficiados con el pago de 90 pesos diarios en viajes redondos, en vez de los 170 m/n que establecía en ese entonces el tabulador de cuotas para usuarios que no fueran residentes de alguno de los dos municipios que conecta la autopista a la cual hago referencia.

La reducción del costo en la caseta de cobro para los usuarios con residencia permanente en Tijuana o en Tecate, representa un estímulo para el uso de la autopista de cuota como opción para reducir el tiempo de traslado, lo que repercute en costos de transporte en cuanto a personas y mercancías. El sistema de pago por distancia no fue una decisión meramente política y populista, sino que fue resultado de la búsqueda de alternativas que beneficiaran a una población que no demandaba gratuidad en el servicio, sino el pago apropiado determinado por el recorrido que no rebasa 30 kilómetros.

En congruencia con mi postura como representante de los ciudadanos de Baja California y atendiendo sus necesidades, es mi deber el objetar la modificación de la tarifa de pago aprobada para la caseta de la autopista Tecate-Tijuana, la cual se incrementó al pasar de 85 pesos por viaje que costaba en 2009 a 101 en 2014. Este aumento contempla la cancelación del sistema de pago por medio del Programa Tijuana-Tecate Frecuente, y la integración de los usuarios de este programa al sistema IAVE, el cual ha presentado problemas en su operación, detectándose dos en particular:

1. La imposibilidad de verificar el pago en términos reales al pasar por la caseta de cuota, puesto que no existe un tablero que muestre la cantidad erogada, ni tampoco se emite comprobante alguno.

2. Restricción de paso a usuarios a quienes, aun teniendo saldo en el sistema IAVE, no se les permite acceder por el carril exclusivo de esta forma de pago, argumentando fallas en el sistema.

La oposición de los habitantes de ambos municipios es razonable, puesto que la autopista que conecta a Tecate y Tijuana es considerada como una de las más caras del país, y la eliminación de la cuota diferenciada para los residentes repercute en la economía familiar y del sector productivo de la región, como resultado de los altos costos que se aplicaron a inicios del año. El aumento en la caseta de cobro se suma a la incertidumbre causada por las deficiencias del sistema IAVE en cuanto al pago que se realiza en cada ocasión que se utiliza el carril exclusivo para este sistema.

Si bien hay una vía libre, el uso de ésta incide en el aumento de inversión en tiempo y dinero necesarios para transportarse entre los dos municipios, lo que contraviene a las líneas de acción en materia de competitividad referidas en el Plan Nacional de Desarrollo, en las cuales se menciona la necesidad de implementar políticas de fomento económico que contemplen el diseño y desarrollo de agendas sectoriales y regionales que permitan el impulso para la generación de capital humano innovador, así como también es necesaria la articulación regional de proyectos orientados a fortalecer la competitividad del país, con la participación de los tres órdenes de gobierno, la iniciativa privada y otros sectores.1

Asimismo, es de interés público conocer los mecanismos utilizados para definir las cuotas en la caseta de cobro de la autopista Tecate-Tijuana, considerando que la tarifa no parece adecuada en términos de la relación distancia recorrida y costo, estimando que la elasticidad en la relación entre demanda y precio permitiría reducir las tarifas incrementado el aforo vehicular.

Por lo expuesto que me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a identificar y establecer con una metodología con capacidad analítica una tarifa óptima para la autopista Tecate-Tijuana, la cual permita cumplir los compromisos financieros y las exigencias sociales. Sugerimos un estudio centrado en el aforo vehicular y la posibilidad de aumentar el mismo como consecuencia de la reducción en la tarifa,2 como se hizo con el programa Tecate-Tijuana Frecuente.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor a considerar la investigación de las irregularidades mencionadas en el sistema IAVE, a fin de generar confianza entre los usuarios de dicha forma de pago.

Notas

1 PND, 2013-2018, página 139.

2 http://www.piarc.org/ressources/documents/328,7.5-Rico-Galindo-0405C11. pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2014.

Diputado David Pérez Tejada Padilla (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para que se implanten medidas precautorias que garanticen el correcto desempeño de la Policía Federal, sector caminos, a cargo del diputado Raudel López López, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal Raudel López López, integrante de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; la fracción IV, numeral 1, artículo 76; y la fracción II del numeral 1 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En Aguascalientes, por varios años se ha vivido un clima de paz y tranquilidad, siendo uno de los estados con menor índice de delincuencia, esto por consecuencia del buen trabajo generado entre la sociedad y el estado, sin embargo a últimas fechas, este índice ha ido a la baja, empezando a generar un problema en las carreteras federales tanto del estado como del país, a raíz del aumento de numerosas extorsiones por parte de la policía federal división caminos, provocando una inconformidad cada vez mayor ante la actitud de los responsables de estos abusos, sumándole además el tiempo perdido en una revisión, estimulando retrasos en el tránsito de los ciudadanos y ocasionando su irritación en un gran número de casos, pérdidas económicas del comercio por entregas fuera de tiempo en productos, al tener que esperar para la misma.

La revisión a la que son sometidos miles de ciudadanos a diario por la policía federal causan, sin duda, actos de molestia, en menoscabo de las garantías individuales de legalidad y seguridad jurídica consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 14, segundo párrafo, y 16, primer párrafo, que a la letra establecen:

Artículo 14, segundo párrafo:

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Artículo 16, primer párrafo:

Nadie pude ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

De lo anterior, podemos manifestar que los actos de autoridad que cometen la policía federal, constituyen actos de corrupción y molestia al ciudadano que se traducen en la imposición de cuotas para su libre traslado, restricciones provisionales de sus garantías individuales, pues se realizan revisiones en bienes personales, como equipaje o carga de particulares, sin orden girada por autoridad competente que funde y motive la razón que le da origen a tal procedimiento, violando los dispositivos constitucionales citados anteriormente, particularmente porque, al no tener la orden señalada, se actualiza el supuesto de la falta de atribución de la autoridad para realizar tales actos.

Existen diversas denuncias en varios estados del país para constatar el abuso de la policía federal en carreteras, líderes de confederaciones de transportistas federales como estatales han denunciado estos hechos.

Ahora bien, no es menester de esta proposición pugnar por la eliminación de una correcta revisión vehicular pero si es imperiosa la necesidad de llevar a cabo los operativos encaminados a la erradicación de la corrupción en estas vías de comunicación y consideramos que debe de enfocarse en ayudar con la lucha contra tráfico de enervantes, de armas de fuego e indocumentados, y considerando que estos operativos han reportado importantes golpes al narcotráfico, al tráfico de armas y de humanos, disminuyendo la delincuencia organizada en el país.

En cambio, se considera necesario que se establezcan mecanismos que ayuden a la prevención del robo de vehículos, el correcto apoyo federal para el cambio de unidades, ya que las reglas de operación actuales, generan grandes pérdidas económicas.

Es de conocimiento público que el objetivo que tiene el gobierno federal es mejorar la eficacia y la seguridad en las carreteras del país, y el objetivo de que sea la policía federal sector caminos el encargado de apunta a que debe de garantizar la seguridad y tranquilidad de la sociedad, y no sea cosa contraria.

La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en su título tercero, capítulo I, artículo 47 fracción XV dice al calce:

XV. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notoriamente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII, y que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión;

Así también en la misma ley, en el mismo artículo 47, fracción XVI, dice:

XVI. Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;

Por ello, para colocarnos a la vanguardia en esta lucha, pero sin continuar violentando nuestras garantías constitucionales, es urgente efectuar acciones que minimicen los contras que desgastan la tranquilidad y confianza de los ciudadanos; más aún cuando perturban la paz y fomentan la corrupción, así como también provocan cuantiosas pérdidas económicas a los sectores industriales y agrícolas del país y de Aguascalientes.

En dicho tenor, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición de

Punto de Acuerdo

Único. E l Congreso de los Estados Unidos Mexicanos exhorta respetuosamente al secretario de Gobernación para que instruya al titular de la Policía Federal, Sector Caminos, para que se implementen medidas precautorias a fin que se garantice el correcto desempeño de la Policía Federal, sector Caminos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de marzo de 2014.

Diputado Raudel López López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a llevar a cabo acciones a fin de detectar, prevenir y contener la producción de cítricos por la propagación del huanglongbing, o “dragón amarillo”; y al de la Segob, a establecer medidas que aseguren el traslado de productos citrícolas en Colima y Michoacán para evitar el incremento de precios, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Karen Quiroga Anguiano, diputada a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, 100 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a llevar a cabo acciones de detección, prevención y contención en la producción de cítricos ante la propagación de la plaga HLB (Huanglongbing), o dragón amarillo, así como a la Secretaría de Gobernación, para que en el ámbito de su competencia, lleve a cabo acciones que aseguren el trasiego de productos citrícolas en los estados de Colima y Michoacán, a fin de evitar el incremento presente y futuro de sus precios.

Consideraciones

Según la Revista Mexicana de Agronegocios, México en 2010, a pesar de estar ubicado en el primer lugar mundial en la producción de limones y limas, también se coloca en el tercer lugar en el volumen de las exportaciones con 413 mil 860 toneladas con una participación de 15.7 por ciento, muy por debajo de España que envía al mercado internacional 782 mil 700 toneladas, lo que lo sitúa como el primer lugar de la producción en el mundo con 29.6 por ciento de las exportaciones mundiales para el mismo año.

En el escenario de los frutales en México, el cultivo del limón mexicano es uno de los principales frutales dentro de los 112 reportados por el Sistema de Información Agroalimentaria de Consulta (Siacon) después de la naranja sin clasificar y la naranja valencia, encontrándose en el tercer lugar con una superficie cosechada de 84 mil 321 hectáreas y con una participación de 7.0 por ciento.

Sin embargo, a la fecha, la producción de limón mexicano en el estado de Colima ha registrado una merma de 52 por ciento aproximadamente, pues de producir anualmente 550 mil toneladas, de las 1.5 millones de toneladas de producción nacional , en la actualidad difícilmente se alcanzan las 270 mil toneladas, de las cuales 30 por ciento son de exportación. Todo esto ocasionado por la presencia de la bacteria HBL (Huanglongbing) o de dragón amarillo.

Dicha bacteria se detectó por primera vez en julio de 2009 el estado de Yucatán. En México, el patógeno asociado a esta enfermedad es la bacteria Candidatus Liberabacter asiaticus , la cual vive en el floema de las plantas y es transmitida por el insecto Diaphorina citri , conocido comúnmente como Diaforina.

En nuestro país el síntoma más común del HLB en el limón persa y limón mexicano, es un moteado irregular que se presenta en las hojas maduras de 40 a 60 días de edad y que en su etapa inicial se manifiesta como pequeños puntos de color amarillo. Y desafortunadamente, esta enfermedad es considerada como la más destructiva para los cítricos en el mundo, debido a la severidad de los efectos sobre la productividad, la rapidez con la que se dispersa y porque afecta a todas las especies de cítricos. Como en el caso de Arabia Saudita, donde desaparecieron todas las plantaciones de mandarinas y naranja dulce durante la década de 1975 a 1985, mientras que en Taiwán se reporta que gran parte de la citricultura ha sido destruida por esta enfermedad, e igualmente la industria citrícola de la India está siendo destruida lentamente por el HLB.

Recientemente, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a través de su director, hizo manifiesto que al tratarse de una plaga incontrolable habrá que aprender a convivir con ella, pues no sólo tiene como hospedero la naranja o el limón, sino toda una subfamilia de 50 especies, muchas de éstas ornamentales.

Es importante señalar entonces que el limón fue el producto que más golpeó a los bolsillos de los mexicanos durante febrero, pese a que en ese mes la inflación se desaceleró a 4.23 por ciento, el producto agrícola registró un alza de 68.10 por ciento, respecto a enero, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), con precios de hasta 60 pesos en algunas zonas del país.

Ante esta alza de los precios, el historiador Ilán Semo publicó el 20 de julio un texto en el periódico La Jornada , en el que subraya la conexión que hay entre extorsiones a agricultores, precios, y creación de autodefensas, donde se manifiesta que desde 2011, año de renovación de los poderes locales en el estado de Michoacán, los cárteles del crimen organizado empezaron a extender sus dominios al control de las cosechas y la comercialización de los prósperos cultivos de limón y aguacate en el fértil territorio donde habitan los pobladores de La Ruana, Bellavista y Tepalcatepec, además de que en un breve lapso, lograron establecer quién, cuánto y cuándo sembraba qué cultivo en la región y, sobre todo, el pago de onerosas cuotas para entregar las cosechas a los transportistas.

Ilán Semo, en su artículo igualmente revela que: “Los pagos por derecho de aduana para comercializar los frutos pronto se reflejaron en los precios al consumidor. Si el limón y el aguacate llegaron a costar durante ¡dos años! cuatro o cinco veces más de su valor habitual, esto no se debió únicamente al cambio de las condiciones climáticas o a demandas de exportación –que son explicaciones en las que incluso las amas de casa creen en la actualidad–, sino también al aumento del costo producido por la extorsión a los agricultores. Las cientos de denuncias enviadas al gobierno de Felipe Calderón por los vecinos de La Ruana fueron inútiles, como también lo fueron las que enviaron al gobierno federal en los primeros meses de su gestión”1 .

Por lo tanto, es de absoluta relevancia no sólo brindar a los productores apoyo en materia de planeación y asesoramiento para el manejo del brote de la bacteria, también implica salvaguardar el trasiego de los productos citrícolas a fin de evitar desajustes en la economía de la gente.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a llevar a cabo acciones de detección, prevención y contención en la producción de cítricos ante la propagación de la plaga HLB (Huanglongbing), o dragón amarillo, a fin de evitar el incremento presente y futuro de sus precios.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que en el ámbito de su competencia lleve a cabo acciones que aseguren el trasiego de producto citrícolas en los estados de Colima y Michoacán.

Nota

1. http://www.jornada.unam.mx/2013/07/20/opinion/017a2pol

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2014.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que fiscalice a la Sedesol, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, el Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Mariana Dunyaska García Rojas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que realice una auditoría a la Secretaría de Desarrollo Social, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 21 de enero del año 2013, el actual representante del gobierno federal en el municipio de las Margaritas, Chiapas, presentó ante los mexicanos la Cruzada contra el Hambre (Sin Hambre). En éste se comprometió a eliminar de manera masiva el hambre en el territorio nacional.

Esta cruzada es una estrategia de carácter nacional, que busca garantizar la seguridad alimentaria y la nutrición de los 7.3 millones de mexicanos que hoy viven en condición de pobreza extrema, contribuyendo al ejercicio pleno de su derecho a la alimentación.

Entre los objetivos de esta cruzada, según lo establecido por el acuerdo que la crea, y mismos que se establecen en la página de la Secretaría de Desarrollo Social se encuentran los siguientes:

1. Cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada para los mexicanos en extrema pobreza y con carencia alimentaria severa.

2. Eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de crecimiento de niños y niñas en la primera infancia.

3. Aumentar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas, entre otras,

En el mismo acuerdo, se determina que la creación de dicha cruzada se deriva de la firma del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el cual México forma parte desde 1981, en donde se establece que los Estados parte, reconocen el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, debiéndose adoptar las medidas necesarias para mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos.

Asimismo, y derivado de lo anterior el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, emitió la observación general número 12, en la que establece que el derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño tiene acceso físico y económico, en todo momento a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla.

De igual manera el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del que nuestro país es parte desde 1995, establece que toda persona tiene derecho a una nutrición adecuada que le asegure la posibilidad de gozar del mas alto nivel de desarrollo físico, emocional e intelectual.

Por lo tanto en México la Ley General de Desarrollo Social tiene entre otros objetivos, el de propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades y entre tales derechos, se encuentra la alimentación.

Es por eso que el Estado mexicano ha desplegado en años anteriores cuantiosos recursos para atender la problemática alimentaria del país, persistiendo en el mismo una alta incidencia de personas que experimentan situaciones de hambre, obviamente entre la población mas pobre, teniendo en ellos efectos negativos en el desarrollo tanto físico y mental, limitando notablemente la calidad de vida y desarrollo de las mimas, prohibiendo en la realidad el acceso a los derechos sociales y de justicia.

Siendo uno de los objetivos fundamentales de cualquier gobierno el de garantizar el acceso al derecho universal de la alimentación, el desarrollo e igualdad de oportunidades en el tejido social.

En el programa Sin Hambre los beneficiarios, con su tarjeta (tipo Monex) intercambian su crédito por 13 productos básicos, básicos seleccionados por nutriólogos, con valor de 638 pesos en las tiendas Liconsa.

A una año de la creación de esta cruzada, la Secretaria de Desarrollo Social, declara que ha alcanzado una meta de 3.5 millones de mexicanos y ha contemplado alrededor de 400 municipios prioritarios, más del 50 por ciento de los municipios considerados como prioritarios son indígenas; en Oaxaca, están 133 de las 400 localidades que integran la Cruzada Nacional contra el Hambre en todo el país, y en Chiapas, 55.

Sin embargo, no todo es miel sobre hojuelas, el 30 de abril de 2013, la secretaria de Desarrollo Social (Sedesol) se anotó la puntada de realizar un concierto denominado “Compartamos la música, erradiquemos el hambre”, en donde participaron destacadas artistas tales como Ely Guerra, La Gusana Ciega, DLD, y Ruido Ros, mismo que pretendió impulsar la “Cruzada Nacional contra el Hambre”.

Entre los gastos generados en dicho concierto, se destacan la renta del Auditorio Nacional con 1 millón 263 mil 847 pesos, pago al elenco artístico con 5 millones 588 mil 162 pesos, pago al personal de producción por una cantidad de 471 mil 524 pesos y renta de equipo de audio y luz por 1 millón 670 mil 893, otros gastos asociados a la producción por 1 millón 467 mil 54 pesos.

Haciendo un gran total de 10.4 millones de pesos, para un evento dedicado a erradicar el hambre en México.

No hace falta ser un erudito para entender que si esos 10.4 millones de pesos hubieran sido entregados a los mexicanos con extrema pobreza nos daríamos cuenta que se hubiesen podido beneficiar a aproximadamente 16 mil 300 mexicanos que siguen sufriendo de hambre, mientras la Sedesol bailaba al ritmo de la música.

Sería necesario conocer quiénes fueron los beneficiarios de dicho concierto, y si con la música elevaron su condición de hambre.

No solo eso, sino que la Sedesol violentó lo que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al no entregar la información solicitada por un ciudadano, ya que intentó esconder la información.

Es por eso que es indispensable que la Secretaría de Desarrollo Social rinda cuentas claras sobre el gasto excesivo en los festejos del primer aniversario de tan mencionada Cruzada contra el Hambre, y explique a la sociedad el sentido de su actuar.

Con este punto de acuerdo se busca primeramente solicitar a la Auditoría Superior de la Federación a que fiscalice los recursos erogados para tan incomprensible evento, y que determine quienes fueron los beneficiados y a quien fue dirigido tan citado evento.

En segundo término, es necesario exhortar a la secretaria de Desarrollo Social para que destine los recursos públicos en beneficio de los mexicanos que padecen esta condición.

Y solicitar la información de a cuánto ha excedido los recursos federales destinados a este tipo de innecesarios eventos.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a que en el ejercicio de sus atribuciones, evalué el ejercicio de los recursos del Ramo 20, Desarrollo Social, exclusivamente en lo relacionado a transparentar los recursos utilizados en el evento realizado el 30 de abril de 2013, “Compartamos la música, erradiquemos el hambre”.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2014.

Diputada Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la adquisición y operación de los detectores moleculares GT200, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Marino Miranda Salgado, diputado de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, y 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete al pleno la siguiente proposición con puntos de acuerdo, con el trámite de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El pasado 20 de agosto, la Corte Criminal Central de Londres declaró culpable de fraude a Gary Bolton, dueño de la empresa Global Technical, LTD, por fabricar y comercializar a distintos países del mundo, incluyendo al mexicano, artefactos falsos, entre ellos el detector molecular GT200, dispositivo que durante la administración pasada fue uno de los elementos clave para la búsqueda de drogas en México. Tras conocer el veredicto, el gobierno mexicano dio a conocer que el detector molecular GT200 ya no se utilizaría en ninguna institución federal del país.

II. El seudoinstrumento bautizado por el Ejército Mexicano como la “Ouija del Diablo”, con un costo cercano a los 290 mil pesos por unidad –pero por el cual, gobiernos estatales llegaron a pagar hasta 800 mil pesos–, detectaba, según su fabricante, moléculas emitidas por las sustancias componentes de municiones, explosivos, drogas, oro, marfil, billetes de banco, tabaco y cuerpos humanos. Para cada detección, era requerida una tarjeta especial de programación con la información sobre las sustancias que detectarían, lo cual permitiría a la antena dar la ubicación. El GT200 tenía, además, la supuesta capacidad de detectar estos materiales hasta a 700 metros de distancia en la superficie, a profundidades de hasta 60 metros bajo tierra o de 800 metros bajo el mar, e incluso en el interior de un aeroplano que volara a cuatro mil metros de altura. No usaba ningún tipo de batería y su vendedor aseguraba que se nutría de la energía electrostática de la persona que lo manipulaba.

III. A pesar de que el aparato carecía de respaldo científico que avalara su funcionamiento y eficacia, la empresa Global Technical, LTD, vendió a México 1,112 artefactos a diversas instituciones federales –entre ellas la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), la Secretaría de Marina (Semar) y el Ejército Mexicano (EM)– y a 27 gobiernos estatales, así como a gobiernos municipales, por cerca de 450 millones de pesos de acuerdo con información proporcionada por el IFAI.

Más aún, mediante información proporcionada por este mismo instituto, el gobierno mexicano no sólo invirtió cuantiosos recursos públicos en la compra de aparatos de seguridad nacional que carecían de toda certificación técnica, sino que al inquirirles si habían sometido a evaluación científica al aparato, previa compra o, bien, previo a ser utilizados, la Sedena respondió que “no se localizó la información solicitada”; mientras que, sorprendentemente, el Estado Mayor Presidencial contestó que “antes de decidir la compra de los equipos GT200, éstos fueron probados por personal experto en explosivos perteneciente a este órgano técnico militar” –El Universal, 27 de julio de 2013.

Es decir, el principal comprador en México, con más de 740 aparatos adquiridos por un monto total de más de 200 millones de pesos, reconoció haber realizado la erogación referida, pero sobre todo haber basado la eficacia de operativos, retenes, inspecciones –incluso éstas sin órdenes judiciales– un dispositivo que carecía de todo rigor o evaluación científica. En otras palabras, reconoció implícitamente haber puesto en riesgo, por omisión deliberada, el objetivo de su labor: la seguridad de la ciudadanía. Esto es así, ya que, como lo mostraron estudios científicos posteriores, la probabilidad de un “falso negativo” (no indicar la ubicación de, por ejemplo, explosivos o armas buscadas) era superior a la de sus aciertos, es decir, que el aparato funcionaba con base en el mero azar, lo que se traduce, precisamente, en haber confiado a ésta la ubicación de armas o explosivos que posiblemente –seguramente– fueron utilizados con posterioridad. Tal como sucedió en Irak.

IV. Fue precisamente en Irak donde el GT200 comenzó a dar indicios del fraude de que se trataba. En dicho país era usado para detectar bombas y explosivos, pero mostró una eficiencia dudosa cuando los atentados se multiplicaron en aquel país en 2010. A raíz de estos incidentes, el Departamento de Defensa británico puso a prueba el artefacto a petición de la Oficina de Comercio y concluyó que “no tenía credibilidad como un detector de explosivos”.

En el mismo año, la BBC de Londres mostró que el equipo era un gran fraude, a través de un reportaje en el que expertos desarmaron un GT200 y encontraron que no tenía ningún componente electrónico o de cualquier otro tipo y que el “sensor” –o tarjetas de programación– era, literalmente, dos pedazos de cartón con una hoja de cartulina entre ambos.

El detector fue retirado en Reino Unido e Irak y México fue advertido por el gobierno de Gran Bretaña sobre la ineficacia de estos aparatos. De hecho, al año siguiente el gobierno británico demandó por fraude a dicha empresa, al tiempo que el entonces presidente de la Academia Mexicana de Ciencias (AMC), doctor en física por la UNAM, Arturo Menchaca, declaró al periódico Reforma que el GT200 era una burla: “A todo ese concepto le llaman la radiestesia, y pareciera ser toda una charlatanería paranormal”. No obstante, el gobierno mexicano siguió asegurando su efectividad.

Luego en octubre de 2011, el físico Luis Mochán, investigador de la UNAM, exhibió una radiografía del GT200 “donde se aprecia que su interior está vacío, no cuenta con ningún dispositivo, sólo se mueve de acuerdo con los deseos, conscientes o no, del operador. La ciencia no puede comprender de qué manera funcionan; entendemos por qué no funcionan: no son detectores”.

Esto, a partir de un experimento en el que de ocho cajas de cartón puestas en fila en un galerón, una contenía enervantes y cartuchos. El Ejército designó a un soldado que desconocía el contenido de las cajas y que operaría el artefacto. De 20 intentos, el detector molecular falló 17, es decir, sólo tuvo tres aciertos. En otras palabras, funcionaba a partir del mero azar.

Lo anterior, lo habría sabido el Gobierno Mexicano de haber aceptado la oferta de la Academia Mexicana de Ciencias, la cual desde marzo 2011, le ofreció su apoyo para probar los equipos, a fin de determinar si servían o no, pero la oferta fue rechazada.

“El Estado Mayor no accedió... por los términos legales de los contratos de compra-venta de los equipos”, indicó el físico Luis Mochán.

V. El uso de este aparato en tareas de seguridad pública y nacional en el marco de la implementación de la “Guerra contra el Narcotráfico”, a partir de la administración de Felipe Calderón, ha representado un mecanismo más para la violación institucional de las garantías y los derechos humanos de los ciudadanos.

Esto es así, debido a que el GT200 ha sido utilizado so pretexto para la realización de inspecciones a casas y escuelas, en muchas ocasiones, sin una orden judicial, así como en retenes a lo largo y ancho del país, de los cuales han derivado detenciones, encarcelamientos y juicios, cuya principal evidencia acusatoria ha radicado en haber sido inculpados por el aparato.

Uno de los casos emblemáticos fue el de Ernesto Cayetano, quien en enero de 2011 viajaba en un autobús con destino a Coatzacoalcos para visitar a su hijo. El Ejército detuvo el coche para hacer una inspección de rutina en busca de droga. En la revisión, un perro halló un paquete con marihuana a cuatro asientos de distancia del lugar de Cayetano. Los militares pidieron a todos los pasajeros que bajaran del autobús y pasaron frente a ellos con una caja negra conectada a una antena que señaló directamente a Cayetano. Derivado de ello, Cayetano pasó ocho meses en una cárcel de Veracruz porque este supuesto detector de drogas apuntó hacia él. El experimento realizado por el físico Luis Mochán, en octubre de 2011, sirvió de fundamento al juez que llevaba el caso para considerar que la evidencia carecía de validez y declarar su libertad.

Otro caso fue el de María de Jesús Nieto Domínguez y Laura Cuevas Pineda, quienes viajaban en un autobús cuando fueron detenidas por militares que les aplicaron el detector GT200, no obstante, ninguna de ellas tenía droga en su poder, ambas fueron consignadas porque, cuando los militares les pasaron el detector, éste se “activó”.

En este contexto, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) calificó desde hace tiempo a este instrumento como fraudulento y poco confiable, toda vez que desde la puesta en marcha del detector molecular se triplicaron las quejas por cateos ilegales, retenes militares y policiacos. En cuanto a los primeros, Raúl Plascencia, titular de la CNDH, ha señalado la existencia de 3 mil 159 quejas por cateos ilegales, recibidas entre enero de 2008 y mayo de 2011, entre las cuales, la tercera parte, provenientes de Durango, Michoacán, Tamaulipas, Chihuahua y Sinaloa, está relacionada con el uso del GT200. Por lo anterior, dicha Comisión hizo un exhorto al gobierno federal, en 2011, para retirar el uso de estos aparatos.

No obstante, fue hasta agosto de 2012 que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para determinar si es válido el uso de un “detector molecular” –que científicos han calificado de fraudulento– para descubrir a presuntos narcotraficantes y presentar acusaciones ante tribunales. Esto, a raíz de una apelación presentada por la Procuraduría General de la República (PGR) contra la resolución de un juez federal de Veracruz que canceló la causa penal contra María de Jesús Nieto Domínguez y Laura Cuevas Pineda por considerar que los resultados que arrojó el detector GT200 no eran confiables y carecían de sustento científico. El Tribunal Supremo ordenó a la Sedena hacer pruebas sobre la utilidad del detector, las cuales nunca se realizaron porque la PGR desistió en sus acusaciones contra ambas mujeres y quedaron en libertad.

VI. De acuerdo con testimonios del proceso legal británico, el fraude de Gary Bolton en México pudo concretarse gracias a la colaboración de Timothy Giles Paxman, ex embajador de Reino Unido en México y especialista en asuntos europeos –hoy embajador de dicha nación en España–. En efecto, de acuerdo con los testimoniales, desde la Embajada Británica se promovió y respaldó la venta del producto, la cual utilizó la sede diplomática para concretar los intercambios comerciales entre clientes estatales y Global Technical, LTD, o su distribuidora mexicana, Seguridad e Inteligencia con Tecnología de Vanguardia (Segtec).

Por lo anteriormente expuesto, y en términos de los preceptos legales invocados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero . Se exhorta a la Procuraduría General de la República a iniciar, de forma inmediata, las investigaciones correspondientes para determinar, en su caso, la responsabilidad de los servidores públicos que hayan autorizado la adquisición de equipos GT200:

a) Los procesos de revisión de los términos de referencia técnicos proporcionados por Global Technical, LTD, o por su distribuidora en México, Seguridad e Inteligencia con Tecnología de Vanguardia (Segtec), así como de ordenar y validar sus pruebas de funcionamiento.

b) La adjudicación para la compra de los dispositivos, así como la autorización de los contratos de compra-venta con la empresa vendedora en México, Segtec.

Segundo. Se exhorta a la Procuraduría General de la República a iniciar las investigaciones correspondientes en torno a la participación de la empresa vendedora en México del dispositivo GT200, Segtec, en el fraude cometido en contra del gobierno mexicano.

Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República a dar a conocer el número de detenidos, indiciados y consignados a la fecha, en cuyos casos esté involucrado el GT200 como parte de la evidencia acusatoria.

Cuarto. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a solicitar una investigación al gobierno británico sobre la participación del ex embajador de Reino Unido en México, Timothy Giles Paxman, en la promoción y respaldo a la compra-venta del equipo GT200, por parte de autoridades federales y locales en México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2014.

Diputado Marino Miranda Salgado (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a convocar al gobierno de Zacatecas, a la Semarnat, a la Sedatu, a los representantes de la minera Frisco Tayahua y a los pobladores de Salaverna, en Mazapil, a instalar una mesa de trabajo ante el inminente riesgo de la seguridad de los habitantes de la comunidad ocasionado por las detonaciones, las explosiones y la contaminación que generan las actividades de la empresa, suscrita por las diputadas María del Socorro Ceseñas Chapa y Gisela Raquel Mota Ocampo, del Grupo Parlamentario del PRD

Las que suscriben, integrantes de los Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que nos confiere la fracción I del artículo 6 y el 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes:

Consideraciones

La riqueza que se extrae del subsuelo de Zacatecas contrasta de manera obscena con la pobreza de los habitantes de los pueblos mineros.

En Zacatecas existen actualmente 70 proyectos mineros con inversión extranjera, los cuales superan los 2 mil 344 millones de dólares, de acuerdo con cifras oficiales.

La minería es un conjunto de actividades del sector industrial que incluye operaciones de exploración, explotación y beneficio de minerales, es una actividad económica primaria, porque los minerales se toman directamente de la Naturaleza.

Sin embargo, toda esta riqueza no se refleja en municipios como Mazapil, donde sus casi 16 mil habitantes carecen de servicios básicos, donde se encuentra la localidad de Salaverna, a una altitud de 2680 metros; esta cuenta con 150 hombres y 145 mujeres aproximadamente, el porcentaje de analfabetismo entre los adultos es del 6.1%. Mazapil es el municipio más grande del estado de Zacatecas y el décimo tercer municipio más grande de la República Mexicana, la superficie es el doble del estado de Aguascalientes.

El problema que más nos preocupa en la localidad de Salaverna hasta hace meses se encontraban cerca de 90 familias. En el lugar se encuentra instalada la Minera Frisco Tayahua propiedad de Carlos Slim, cuyo aval para iniciar operaciones lo recibió de la Semarnat, haciendo público que la minera Frisco Tayahua, cada año y durante una década, usará 97 mil toneladas de ácido sulfúrico, sustancia corrosiva y tóxica. También ocupará cada año 850 toneladas de explosivos de nitrato de amonio (Tovex 700), así como mil 200 metros cúbicos de queroseno.

Actualmente solo quedan 20 familias, la mayoría de ellas fueron desalojadas y reubicadas a viviendas que la minera construyó prometiendo que serían de su propiedad, pero en realidad sólo se las dieron en comodato, mismas que al terminar las actividades, se les privarán de ese derecho. Los representantes legales del magnate minero Carlos Slim amenazan constantemente con desalojarlos argumentando que están en severo peligro derivado de las detonaciones y explosiones, las 20 familias que se han negado a abandonar sus propiedades, sostienen que la propuesta de los empresarios es una burla, ellos son los únicos dueños de ese territorio cuyos títulos agrarios se encuentran en su poder amparando así la propiedad de sus parcelas.

En noviembre de 2009, Grupo Frisco Tayahua contrató a la empresa Servicios de Agua y Mejora Ambiental para elaborar el manifiesto de Impacto Ambiental que presentaría a la Semarnat a fin de que la minera Frisco Tayahua, que desde 1985 estaba en el subsuelo, operara a cielo abierto.

Previamente Grupo Frisco adquirió en la Secretaría de Economía los derechos de exploración y explotación minera y obtuvo una concesión de 300 hectáreas en los alrededores de Tayahua, polígono en el cual se encuentra la comunidad de Salaverna, donde la Minera espera extraer diariamente 43 toneladas métricas de cobre catódico de alta pureza.

La minería es una de las industrias que mayor impacto ambiental produce, durante todo el procesamiento de extracción del mineral. Existen varios elementos de riesgo de contaminación al ambiente, debido a que la extracción y tratamiento para su comercialización es muy complejo; los niveles de contaminación producidos son muy elevados, depende también del tipo de extracción que se realice, subterránea o, a cielo abierto y tipo de mineral.

Pero es la contaminación producida por la extracción subterránea, la que más perjudica al ambiente, ésta se puede dar de diversas formas, al agua, suelo, disminución de la biodiversidad o malas condiciones de salud para los trabajadores. En cuanto a la contaminación del agua, la industria minera representa un gran riesgo para el ambiente, si los procesos no son llevados a cabo de manera responsable, sobre todo en el tratamiento de los desechos, la contaminación se puede dar por diversas causas; excavación de grandes rocas subterráneas con minerales reactivos, que son expuestas al aire o al agua y que producen grandes cantidades de ácido sulfúrico, causando acidez en el agua provocando mayor contaminación. Por otra parte los solventes utilizados pueden infiltrarse a las capas profundas de la tierra provocando contaminación de los mantos acuíferos por la presencia de los metales pesados provenientes de las rocas. Otro tipo de contaminación surge por el desecho de los productos químicos utilizados en la separación de los metales, dichos desechos suelen ser vertidos directamente a los ríos, lagos o lagunas, lo cual es una intensa contaminación que acaba con la biodiversidad de la zona afectada.

De acuerdo con la Secretaría de Economía, la producción minera de Zacatecas en los últimos tres años ha generado ganancias de cerca de 70 billones de pesos, equivalentes a 43 por ciento del valor nacional en el sector.

Sin embargo, a los verdaderos dueños del territorio de la comunidad de Salaverna, los empresarios mineros los quieren despojar de todos sus bienes a cambio de una pequeña casa de interés social cuyo valor oscila entre los 200 mil pesos, dejándolos en total abandono, envueltos en un clima de hostigamiento feroz a causa de amenazas y por las severas explosiones que dejan con grietas enormes a sus humildes casas. Y para conminarlos a abandonar sus viviendas, la Minera Frisco Tayahua en coordinación con el Gobierno del Estado, les cerraron las escuelas, primaria, telesecundaria, el hospital del Seguro Social, y los privaron hasta de los servicios religiosos, porque desmantelaron la iglesia del lugar, violentando garantías constitucionales que rezan así:

Artículo 1. En los Estados Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Fracción III. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Artículo 3. Fracción I. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

Artículo 4. ...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Finalmente, quiero comentarles que de cada mil pesos en minerales que se obtienen en Zacatecas, sólo 98 centavos se quedan en el estado, según una investigación del Centro de Estudios para el Desarrollo de la Universidad Autónoma de Zacatecas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Economía para que convoque al gobierno del estado de Zacatecas, a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Sedatu, a los representantes de la minera Frisco Tayahua, propiedad de Carlos Slim, así como a los pobladores de la comunidad de Salaverna del municipio de Mazapil, Zacatecas, a instalar de manera urgente una mesa de trabajo, en la búsqueda de una solución adecuada y satisfactoria para los involucrados, ante el inminente riesgo de la seguridad de los habitantes de Salaverna, por daños ocasionados por las detonaciones, explosiones y la contaminación que se derivan por las actividades propias de la minera, que repercuten en la salud de los habitantes de esa comunidad y el conflicto social que ello pudiera generar.

Segundo. Se solicita a la Comisión Especial de Minería, de Economía, de Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Reforma Agraria, de Derechos Humanos de la H. Cámara de Diputados y a las demás que tengan Tayahua, interés, para que realicen una visita de trabajo y supervisión a las instalaciones de la Minera Frisco ubicada en la Comunidad de Salaverna, del Municipio de Mazapil, Zacatecas a fin de que su opinión coadyuve en la resolución de este delicado conflicto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2014.

Diputada Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica)

Diputada Gisela Mota Ocampo (rúbrica)


Inklusion
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