Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 3915-V, miércoles 27 de noviembre de 2013
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Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 3915-V, miércoles 27 de noviembre de 2013
Que adiciona el artículo 163 Bis a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Leobardo Alcalá Padilla, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito Leobardo Alcalá Padilla, diputado de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Partido Revolucionario Institucional con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 163 Bis a la Ley General de Salud, para incorporar dentro de su apartado de “accidentes” la mención de los accidentes de tránsito y aquellos que involucren a usuarios vulnerables, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En las últimas décadas pequeñas ciudades se han convertido en metrópolis y urbes. Sin embargo, los servicios públicos y los presupuestos para el mantenimiento y desarrollo de infraestructura no siempre han acompañado ese crecimiento, sino que han quedado rezagados en detrimento de la calidad de vida de los ciudadanos.
En menos de 15 años, la población total de la región aumentó en más de 100 millones de personas, de acuerdo con cifras de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal). Es de esperarse que este salto demográfico venga acompañado por una serie de factores que no pueden desestimarse al momento de hacer proyecciones sobre el futuro de la región. El fuerte crecimiento de las principales urbes ha tenido un impacto importante en los sistemas viales, la congestión vehicular, el estado del transporte, los servicios públicos y los índices de accidentes.
Las estimaciones demográficas describen un crecimiento aún mayor para las próximas décadas. Se calcula que en 2020 habrá 90 millones de habitantes adicionales en los principales centros urbanos latinoamericanos.
México es el undécimo país más poblado del planeta y el tercero de América. Nuestro país cuenta con 115 millones 618 mil 330 habitantes (Conapo, 2011). 78 por ciento de los habitantes se concentran en las zonas urbanas y suburbanas (Inegi, 2010). La mayor parte de los vehículos que circulan en el país se concentran en las zonas urbanas. En 2011 había registrados 33 millones 262 mil 998, 5.1 por ciento más que en 2010. Se calcula que por cada mil habitantes circulan 287.7 vehículos. Esta cifra es un indicador de la alta interacción que existe entre los vehículos y las personas. Si bien los vehículos de motor representan una ventaja en la vida de las personas, también generan accidentes. De hecho, según datos del Centro Nacional para la Prevención de Accidentes (Cenapra), durante 2011, 94 por ciento de estos se registraron en zonas urbanas y suburbanas y 6 por ciento en carreteras de jurisdicción federal.
El Banco de Desarrollo de América Latina publica que la composición del parque vehicular de nuestro país y el mundo se está transformando, en algunos países el número de motocicletas sobrepasa al 50 por ciento del parque automotor total y en todos los países está creciendo año con año.
Durante los últimos años, en México se ha presentado un constante crecimiento en el parque vehicular de motocicletas. De las 722 mil 309 motocicletas que circulaban en 2006, el número aumentó a un millón 589 mil 708 en 2012 (Inegi, 2012); se trata de un incremento de más de 81 por ciento que supera por mucho a los automóviles, cuyo parque vehicular aumento poco más de 33 por ciento en el mismo periodo; fenómeno que se ha globalizado debido al aumento del tránsito urbano.
Respecto a vehículos de motor no se debe equiparar un automóvil con una motocicleta, ya que poseen características totalmente diferentes, y si hablamos de usuarios y seguridad vial, los motociclistas son usuarios especialmente vulnerables. Según datos arrojados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se ha calculado que el riesgo de morir en accidente de tránsito es al menos 18 veces mayor para el conductor de motocicleta que para un conductor de automóvil. Por este motivo la preocupación por la siniestralidad vial de los motoristas se ha convertido durante los últimos años en un fenómeno global.
Actualmente los accidentes de tránsito son la octava causa de muerte en el mundo. La OMS reportó que aproximadamente 1.24 millones de personas mueren a causa de accidentes de tránsito. Dado que los últimos 20 años se ha mostrado que existe una tendencia de aumento en el número de muertos, la OMS estima que de no realizarse ninguna acción, para 2020 el número de muertos ascenderá a 1.9 millones.
Los peatones, ciclistas y motociclistas son usuarios vulnerables de las vialidades, quienes cuentan con menos protección que los ocupantes de los automóviles.
En México, el panorama es muy similar al mundial. En 2011 los accidentes de tránsito fueron la octava causa de muerte. En el país, ocurrieron 61 mil 145 accidentes en los que estuvieron involucrados usuarios vulnerables. En 58 por ciento de los accidentes estuvieron involucradas motocicletas, en 30 por ciento peatones y 12 por ciento bicicletas. Lamentablemente 36 por ciento de las defunciones que se registran en el país por accidentes de tránsito corresponden a peatones, ciclistas y motociclistas (Cenapra, 2013).
La experiencia internacional como Centers for Disease Control and Prevention nos señala la importancia de que los conductores de motocicletas utilicen equipo protector, destacando que el casco es el aditamento más importante:
• En un estudio llevado a cabo en los Estados Unidos de América, por Centers for Disease Control and Prevention se documentó el porcentaje de fallecimientos por heridas en la cabeza en accidentes de motocicletas: 12 por ciento en entidades que tenían leyes de uso universal de cascos; 64 por ciento en estados con leyes que exigían el uso parcial de cascos (donde solamente se exige su uso para grupos específicos, tales como los jóvenes); 79 por ciento en estados donde no existían leyes que ordenaran el uso de cascos.
• En un reporte de la Unión Europea, por European Commission , concluyó que el uso de cascos puede reducir las heridas mortales de los motociclistas en 44 por ciento.
• En la región de Romagna, Italia, a través de Injury Prevention , a raíz de introducción de legislación, el uso del casco se incrementó de menos de 20 por ciento en 1999 a más de 96 por ciento en 2001, y se vio que el uso del casco era una medida efectiva para prevenir heridas cerebrales en cualquier edad.
• El Global Road Safety Partnership nos muestra en el Reino Unido, que gracias a la legislación y a las campañas de concientización, el uso del casco es casi universal.
• La Asociación de Cirugía del Este de Estado Unidos , recomendó que todos los motociclistas usaran cascos para reducir la incidencia de heridas severas en la cabeza después de un choque.
La Constitución Política de los Estados Unido Mexicanos dispone que cada estado y cada uno de sus municipios tengan la facultad de expedir reglamentos de tránsito. Esto permite que cada uno de los 2 mil 457 municipios del país tenga su propio ordenamiento. Lamentablemente esto no ha sido de esa manera y si bien existen municipios que cuentan con reglamento, se circunscriben a cuestiones meramente técnicas dejando de lado la previsión de medidas de seguridad vial como obligación para usuarios de las vialidades y autoridades, las cuales deben tener como prioridad a los usuarios vulnerables.
Al analizar los reglamentos o leyes de tránsito para cada uno de los estados de la república, se observa que en la totalidad de ellos se consideran las mismas medidas de control, tales como:
• Funcionamiento de luces y frenos.
• Uso de casco para el conductor y acompañante.
Definitivamente es muy importante considerar a los grupos vulnerables dentro del marco regulatorio de tránsito en México considerando que las motocicletas son vehículos que requieren un trato diferente a los automóviles o transporte pesado y de pasajeros. Es necesario establecer medidas de control particulares tomando como fundamento la seguridad vial, además de la cultura de respeto por parte de los automovilistas al compartir las vialidades.
En otros países destacan las acciones para la prevención de accidentes, existe un control mayor que incide principalmente sobre los factores de riesgo como la infraestructura, segmentación del tránsito por tipo de vehículo, velocidad y control de alcohol.
Estudios realizados por European Commission en ciudades como Madrid, Valencia, Sevilla y Vigo el uso del casco, la autorización para utilizar el carril exclusivo del bus por parte de las motos y la creación de zonas de aparcamiento específico para motocicletas redujo la cifra de siniestralidad considerablemente, del año 2011 al 2012 descendió en 20 por ciento.
En estas ciudades, gracias a éstas medidas, la motocicleta ha demostrado un excelente comportamiento, reduciendo las cifras de siniestralidad de años anteriores, una tendencia que se mantiene constante desde 2007, año respecto al que se ha reducido la cifra en un excelente 56 por ciento (Ministerio del Interior, España, enero 2013).
Tras una revisión a los reglamentos y leyes de tránsito estatales veo un gran vacío jurídico, ya que no se menciona el término “usuarios vulnerables” y al incorporarlo se lograría un avance significativo ya que al utilizar el mencionado término se sentarían las bases para que la seguridad vial sea elemento prioritario y transversal en materia de prevención de accidentes, principalmente de los “usuarios vulnerables” de las vialidades.
Sin embargo, es conveniente agregarlo no a la legislación en materia de tránsito, sino considerarla desde la Ley General de Salud, en el capítulo de “accidentes” para así obligar a todos los estados de la república el agregar la definición y fortalecer sus leyes y reglamentos de tránsito. Con esto se atendería a uno de los principales desafíos para el país: reducir de forma considerable los accidentes viales. El desafío es precisamente la participación armoniosa de todos los usuarios en las vialidades, compartiendo y respetando especialmente a los usuarios vulnerables.
El objetivo de la presente iniciativa es reformar la Ley General de Salud para incluir a los accidentes viales, esto debido al incremento en las muertes por ésta causa implicando sobre todo a los usuarios vulnerables, y en segundo lugar, establecer la definición de accidentes de tránsito y de usuarios vulnerables esto con el objetivo de disminuir sus desventajas con otros usuarios de las vialidades.
Por lo expuesto y fundado someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un artículo 163 Bis a la Ley General de Salud
Artículo Único . Se adiciona un artículo 163 Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 163 Bis . Los accidentes viales y aquellos que involucren a usuarios vulnerables formarán parte de las acciones de prevención y control de accidentes.
Para efectos de este artículo se entenderá por:
I. Accidente vial. Como el perjuicio ocasionado a una persona o bien material en un determinado trayecto de movilización o transporte, debido a la acción riesgosa, negligente o irresponsable de un conductor, de un pasajero o de un peatón, a fallas mecánicas repentinas, errores de transporte de carga, a condiciones ambientales desfavorables y a cruce de animales durante el tráfico o a deficiencias en la estructura de tránsito (errores de señaléticas y de ingeniería de caminos y carreteras).
II. Usuario vulnerable. Aquella persona física que se trasporta en las vialidades o sus inmediaciones a pie o en vehículo de dos o tres ruedas que puede o no ser impulsado por un motor y el cual no cuenta con habitáculo por lo cual el conductor queda expuesto a colisiones.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica)
Que reforma el artículo 14 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Alberto Rodríguez Calderón, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, José Alberto Rodríguez Calderón, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y miembro de la LXII Legislatura, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 6, fracciones I y IV, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Con fecha 3 de abril de 2013, entro en vigor la nueva Ley de Amparo, la cual es Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por ser el juicio de amparo una institución jurídica de la mayor trascendencia del Estado mexicano, fue necesario que se llevaran a cabo diversos cambios y modificaciones para modernizarlo y fortalecerlo, armonizando además la ley que lo regula con la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011.
En ese sentido la estructura de este nuevo ordenamiento jurídico está compuesta por cinco títulos: El Título Primero Reglas Generales , constituido por once capítulos; el Título Segundo De los Procedimientos de Amparo , integrado por dos capítulos; el Título Tercero Cumplimiento y Ejecución de siete capítulos; el Título Cuarto Jurisprudencia y Declaración General de Inconstitucionalidad de seis capítulos; y el Título Quinto Medidas Disciplinarias y de Apremio, Responsabilidades, Sanciones y Delitos integrado por tres capítulos.
El objeto de establecer un orden metodológico es para facilitar el entendimiento y manejo de la norma, es por ello que los títulos agrupan capítulos, que contienen partes claramente diferenciadas, pero con una estructura coherente que evita la presencia de reiteraciones, contradicciones y vacíos normativos.
En ese sentido, tenemos que en el Título Primero, Reglas Generales , Capítulo Segundo, que se refiere a la capacidad y personería, en el artículo 14 en su párrafo segundo establece:
“Artículo 14. [...]
“Si el promovente del juicio posteriormente carece del carácter con el que se ostentó, el órgano jurisdiccional de amparo le impondrá una multa de cincuenta a quinientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de realizarse la conducta sancionada y ordenará la ratificación de la demanda al agraviado dentro de un término de tres días”.
Ante ello, podemos afirmar que estamos en presencia de una reiteración o duplicidad en la regulación, toda vez que la multa a que se hace alusión, se contempla ya en el Título Quinto denominado Medidas Disciplinarias y de Apremio, Responsabilidades, Sanciones y Delitos , pues el Artículo 241. Señala:
“Artículo 241. Tratándose de lo previsto en el artículo 14 de esta ley, si quien afirma ser defensor no lo demuestra, se le impondrá una multa de cincuenta a quinientos días”,
Si bien, en este caso ambas disposiciones son coincidentes pues no existe diferencia o contradicción en el contenido de ambas, relacionado con la multa aplicable, consideramos que es incorrecto conservar la redacción actual del artículo 14, en razón de que lo más adecuado, siguiendo la metodología con la que se creó la nueva Ley de Amparo, es que la sanción se prevea en el capítulo correspondiente.
En consideración a lo anterior se propone reformar el contenido del párrafo segundo del artículo 14 de la Ley de Amparo, para quedar en los siguientes términos:
“Artículo 14. ...
Si el promovente del juicio, posteriormente carece del carácter con el que se ostentó, el órgano jurisdiccional de amparo ordenará la ratificación de la demanda al agraviado dentro de un término de tres días, debiéndose estar en este caso a lo previsto por el artículo 241 de la presente ley”.
...
Texto vigente
Artículo 14. Para el trámite de la demanda de amparo indirecto en materia penal bastará que el defensor manifieste, bajo protesta de decir verdad, tener tal carácter. En este caso, la autoridad ante quien se presente la demanda pedirá al juez o tribunal que conozca del asunto, que le remita la certificación correspondiente.
Si el promovente del juicio posteriormente carece del carácter con el que se ostentó, el órgano jurisdiccional de amparo le impondrá una multa de cincuenta a quinientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de realizarse la conducta sancionada y ordenará la ratificación de la demanda al agraviado dentro de un término de tres días.
...
Texto propuesto
Artículo 14. Para el trámite de la demanda de amparo indirecto en materia penal bastará que el defensor manifieste, bajo protesta de decir verdad, tener tal carácter. En este caso, la autoridad ante quien se presente la demanda pedirá al juez o tribunal que conozca del asunto, que le remita la certificación correspondiente.
Si el promovente del juicio posteriormente carece del carácter con el que se ostentó, el órgano jurisdiccional de amparo ordenará la ratificación de la demanda al agraviado dentro de un término de tres días, debiéndose estar en este caso a lo previsto por el artículo 241 de la presente ley.
...
Con ello se respeta la estructura con la que fue diseñada la nueva Ley de Amparo y se conserva la congruencia y la concordancia en sus disposiciones, remitiendo un artículo al otro de modo consistente.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, me permito poner a la consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa de
Decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 14 de la Ley de Amparo
Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 14. ...
Si el promovente del juicio posteriormente carece del carácter con el que se ostentó, el órgano jurisdiccional de amparo ordenará la ratificación de la demanda al agraviado dentro de un término de tres días, debiéndose estar en este caso a lo previsto por el artículo 241 de la presente ley .
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a la SHCP, a la Sedesol y a la Sectur a implantar un programa de empleo temporal en materia turística, agrícola y de pesca en los municipios declarados zona de desastre por los fenómenos meteorológicos acontecidos en el país, a cargo del diputado Rodimiro Barrera Estrada, del Grupo Parlamentario del PRI
Rodimiro Barrera Estrada, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 1o., 2 o. y 4 o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 76, fracción IV, 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones II, III, IV, V y VI, 80, 81, 84, y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de este honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo, a la Secretaría de Hacienda y crédito público, y a la Secretaría de Gobernación, para que implementen un programa de empleo temporal en materia turística, agrícola y de pesca ante la difícil situación en todos los municipios de las entidades que fueron declaradas zonas de desastres, para que implemente un programa de restauración de los ecosistemas afectados, por los recientes fenómenos meteorológicos acontecidos en nuestro país, al tenor de las siguientes consideraciones:
El pasado 15, 16 y 17 de septiembre de 2013, varios estados de la República Mexicana, entre ellos los estados de Guerrero y Michoacán, experimentaron un fenómeno meteorológico inusual provocado por la depresión tropical Manuel y el huracán Ingrid, formados por el lado del Océano Pacífico y Atlántico, respectivamente, y que provocaron lluvias severas con una precipitación de más de 100 milímetros de agua, acumulados en menos 24 horas, según el Servicio Meteorológico Nacional, siendo que en el estado de Guerrero la estación más importante de lluvia alcanzó según la Conagua los 729.5 milímetros, situación histórica pues en menos de 24 horas los estados de Guerrero y Michoacán fueron golpeados severamente por la naturaleza, lo que trajo como consecuencia inundaciones severas, deslaves de carreteras y desbordamientos de ríos y presas, que han puesto a la población en una situación muy vulnerable y de grave peligro, pues no sólo han perdido en su totalidad sus bienes sino que también se ha puesto en riesgo su integridad física, y hasta su vida, fenómenos meteorológicos, uno proveniente del Océano Pacífico y el otro del Océano Atlántico; los cuales afectaron a más de de dos terceras partes del territorio nacional, un equivalente total de veintiséis entidades federativas.
De acuerdo a La Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, señala que este fenómeno es ocasionado, directa o indirectamente, por la actividad humana lo que provoca que se altere la composición de la atmósfera mundial y que se modifique la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables.
De igual forma un estudio sobre Agua y Clima: elementos para la adaptación al cambio climático, realizado por la Semarnat y la UNAM, señala que en México cerca de 22 millones de personas están expuestas en mayor medida a los fenómenos meteorológicos, tales como ciclones tropicales, lluvias extremas, inundaciones pluviales, fluviales, costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y descargas eléctricas, heladas, sequías, ondas cálidas y gélidas, así como tornados; un alto porcentaje de esta población en riesgo vive en condiciones de pobreza. Cerca de 8 millones de personas están expuestas a los efectos adversos de huracanes, aproximadamente 6 millones a lluvias intensas y más de 8 millones pueden sufrir directamente daños por sequías. Cerca del 80 por ciento de esta población vive bajo condiciones de alta y muy alta marginación.
En este sentido, con base en los recientes fenómenos meteorológicos, más de diecinueve estados y tres cientos ochenta y seis municipios fueron declarados zonas de desastres, entre los cuales destacan los estados de Guerrero, Michoacán, Chihuahua, Colima, Puebla Veracruz, Chiapas, Zacatecas, entre otros.
Hasta el momento las estadísticas son apabullantes, ya que la suma de víctimas asciende a 145 fallecidos, 248 mil 477 personas afectadas y 59 mil personas desalojadas, y actualmente se atiende a 52 mil 433 personas en 392 albergues en 19 estados. Además se reporta que han sido afectados 552 municipios de 26 estados del País y que se ha emitido declaratoria de desastre para 312 municipios.
De las 312 declaratorias de emergencia para municipios correspondientes a 26 entidades federativas, y de acuerdo con los datos proporcionados por el Comité Nacional de Emergencia, se han reportado afectaciones de diversas magnitudes en 552 de sus municipios, encontrándose en los 26 estados los daños de mayor gravedad, afectando cientos de viviendas, caminos (carretas, autopistas, calles, puentes), e infraestructura general. De lo cual se tiene más de 53 mil viviendas afectadas, 33 carreteras averiadas; se han atendido a 31 mil 613 personas que resultaron afectadas por la tormenta tropical Manuel; que se han rescatado a 14 mil 217 personas que se encontraban en zonas de riesgo o incomunicadas, a consecuencia de las afectaciones generadas por la tormenta tropical, entre otros muchos datos que se pueden dar al respecto.
En síntesis, podemos afirmar extraoficialmente que el número de afectados cada día es mayor, y ya rebasa 1 millón de personas; y que las viviendas afectadas son por lo menos 50 mil.
Esto da como resultado la urgencia de que el gobierno promueva ahora el restablecimiento de la infraestructura en los diferentes rubros, la reactivación inmediata de la economía, de la cual el sector turístico es sin duda un detonante económico en esta zona del país, en virtud de que la mayoría de los destinos turísticos y su respectivo comercio fueron colapsados, por lo que es necesario incentivar esta actividad, en razón de que la mayoría de los habitantes de esta zona se han quedado sin nada, lo cual no les permite por el momento acceder aun el empleo que les provea solventar sus necesidades.
Hasta el momento no se han podido cuantificar con exactitud los daños y perjuicios que se ocasionaron contra la población, particularmente de origen indígena y negra, lo cierto es también que las pérdidas y afectaciones que se reportan son deslaves de cerros y montañas, ríos y barrancas desbordadas; caída de puentes; casas derribadas; hundimientos de suelo; encharcamientos de agua; caminos rurales y pavimentados destrozados; personas desaparecidas; heridos y enfermos desatendidos; pérdidas y afectación de cosechas, sembradíos; personas heridas, y desafortunadamente muchas pérdidas humanas.
Ahora bien, atendiendo la naturaleza jurídica de nuestro federalismo, en cuanto al trabajo coordinado que debe de existir entre los distintos órdenes de gobierno, y de las cuales existen diversas facultades como:
Facultades coincidentes : Aquellas que tanto la Federación como las Entidades Federativas realizan, juntas o por separado, por disposición constitucional.
Facultades coexistentes : Cuando una parte de la misma facultad corresponde a la Federación y la otra a las entidades federativas.
Facultades de auxilio : Las que se presentan cuando una autoridad ayuda o auxilia a la otra, por disposición constitucional.
Y atendiendo a las atribuciones contempladas en los artículos 27, Fracciones I y XII, 31 Fracciones XIV y XVI, 32 Fracciones I, incisos a), b) y c), V y X, 42 Fracciones I, XIII, XVIII y XIX, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal los cuales establecen que:
“Artículo 27. A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Coordinar, por acuerdo del Presidente de la República, a los Secretarios de Estado y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del Titular del Ejecutivo Federal ... (sic)
XII. Formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes ;... (sic)
Artículo 31. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XIV. Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional;
XVI. Normar, autorizar y evaluar los programas de inversión pública de la administración pública federal;
Artículo 32. A la Secretaría de Desarrollo Social corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos, de las políticas siguientes:
a) Combate efectivo a la pobreza;
b) Atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos y marginados de las áreas urbanas; y
c) Atención a los derechos de la niñez; de la juventud; de los adultos mayores, y de las personas con discapacidad;
V. Evaluar la aplicación de las transferencias de fondos a entidades federativas y municipios, y de los sectores social y privado, que se deriven de las acciones e inversiones convenidas en los términos de este artículo;
VI. Coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado;
Artículo 42. A la Secretaría de Turismo corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional;
XIII. Formular y difundir la información oficial en materia de turismo; coordinar la publicidad que en esta materia efectúen las entidades del gobierno federal, las autoridades estatales y municipales y promover la que efectúan los sectores social y privado;
XVIII. Promover y apoyar la coordinación de los prestadores de servicios turísticos;
XIX. Proyectar, promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura turística y estimular la participación de los sectores social y privado;
(Lo resaltado con negritas es nuestro.)
Y de acuerdo a los datos proporcionados por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados informó que del billón 735 mil 708 millones del PEF destinado para el primer semestre, el gobierno federal no ha ejercido 100 mil 309.6 millones. Mientras, para los ramos administrativos se consideraron 350 mil 113.3 millones, de los que se han gastado sólo 312 mil 99.7 millones.
Es que vengo a proponer de manera urgente que la Secretaría de Gobernación, que con base en lo dispuesto por el artículo 5, fracción VII, de las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales y, coordine y garantice el cumplimiento de un programa de empleo temporal en materia turística, agrícola y de pesca en todos los municipios de las entidades que fueron declaradas zonas de desastre, entre los cuales se encuentran los municipios de Aquila, Arteaga, Coahuayana, Huetamo, Lázaro Cárdenas, Tacámbaro, Tepalcatepec, Turicato, Tumbiscatio, todos pertenecientes al estado de Michoacán de Ocampo , para se asignen recursos para la implementación de un programa de empleo temporal, que tenga como objetivo la reconstrucción o restitución de los bienes que fueron afectados por los recientes fenómenos meteorológicos , a través de normas de diseño o construcción que reduzca su vulnerabilidad ante futuras amenazas; así como asegurar la oportuna asignación y aplicación de los recursos a proyectos preventivos y a solventar aspectos prioritarios y urgentes relacionados o derivados de fenómenos naturales perturbadores.
Por otro lado, es de urgente intervención que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, para que proyecte, calcule y autorice el o los programas de empleo temporal en materia turística, agrícola y de pesca, específicamente en todos los municipios de las entidades que fueron declarados zonas de desastre, para beneficio de las personas que fueron afectadas por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel, y que tienen como actividad primordial se subsistencia el turismo.
De la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal, para que de atención a todas las personas que fueron afectadas por los fenómenos meteorológicos antes mencionados y que tienen como actividad primordial el turismo, la actividad agrícola y de pesca.
De igual forma para que coordine, concrete y ejecute conjuntamente con la Secretaría de Gobernación y demás autoridades estatales y municipales los programas o el programa temporal en las materias antes expuestas que previamente haya sido aprobado por la Secretaria de hacienda y Crédito Público, para ayudar a las personas afectadas por los recientes fenómenos meteorológicos.
De la Secretaria de Turismo, para que formule, difunda y promueva el o los programas de empleo temporal, que autorice la Secretaria Hacienda y Crédito Público en todos los municipios de las entidades del país que fueron declarados zonas de desastre.
En virtud de lo anterior, presento a esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. El pleno de la Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, que coordine y garantice el cumplimiento de un programa de empleo temporal en materia turística, agrícola y de pesca, en todos los municipios de las entidades que fueron declaradas zonas de desastre.
Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, para que proyecte, calcule y autorice el o los programas de empleo temporal en materia turística, agrícola y de pesca en todos los municipios de las entidades que fueron declarados zonas de desastre, para beneficio de las personas que fueron afectadas por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.
Tercero. El pleno de la Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno Federal, para que de atención a todas las personas que fueran afectadas por los fenómenos meteorológicos antes mencionados y que tienen como actividad primordial el turismo, la agricultura y la pesca.
Cuarto. El pleno de la Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaria de Turismo, para que formule, difunda y promueva el o los programas de empleo temporal, que autorice la Secretaria Hacienda y Crédito Público en todos los municipios de las entidades que fueron declarados zonas de desastre.
Diputado Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal, de la Sener y de Pemex a instaurar acciones para cumplir la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos y el Programa de Introducción de Etanol en la matriz energética del país, a cargo del diputado Javier Orihuela García, del Grupo Parlamentario del PRD
El diputado Javier Orihuela García, y diputados y diputadas de la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución con base en la siguiente
Exposición de Motivos
La transición energética, sin duda, es una estrategia fundamental para nuestro país y por lo mismo es de muy alta prioridad poder cumplir con cada uno de los compromisos que nuestro país asume de cara a la sustitución de combustibles de origen fósil, principalmente petróleo, de manera paulatina pero sin dudas.
Avanzar en este sentido es fundamental.
Sin embargo actualmente no hemos podido lograr este objetivo, situación que nos llama mucho la atención y más cuando se cuenta con todos los elementos normativos que nos orientan sobre la materia, que establecen objetivos y metas claras que cumplir y que por diversos pretextos se ha tenido que revisar en más de una ocasión
Si observamos los planteamientos de la estrategia del Programa de Introducción de Etanol Anhidro en su argumentación establece las bases precisas y las metas por lograr, señalando claramente que
El gobierno federal tiene como prioridad asegurar el desarrollo sustentable del país, mediante el establecimiento de políticas públicas que permitan aprovechar racionalmente nuestros recursos y atender los retos que enfrenta la humanidad por los efectos adversos del cambio climático.
En ese sentido, la Secretaría de Energía ha establecido acciones para fomentar el aprovechamiento de fuentes renovables de energía, como estrategia para diversificar las fuentes de energía disponibles en el país y asegurar un suministro confiable, de calidad y a precios competitivos, de los energéticos que demandan los consumidores. Esto permite cumplir con los objetivos establecidos en la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética y en la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.
Tal es el caso del Programa de Introducción de Bioenergéticos presentado en 2009, el cual establece metas específicas para la introducción de etanol anhidro como oxigenante en las gasolinas que se utilizan en las zonas metropolitanas de Guadalajara, Monterrey y Valle de México, como estrategia para cumplir con el objeto de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos. En efecto, el propósito de las leyes es coadyuvar a la diversificación energética y el desarrollo sustentable, como condiciones que permiten garantizar el apoyo al campo mexicano.
Dentro del mismo programa se establecen metas, que no se han cumplido, y que detallamos a continuación:
Con fundamento en el artículo 12, fracción VIII de dicha Ley, la Secretaría de Energía estableció el Programa de Introducción de Bioenergéticos, el cual prevé metas específicas para la introducción de etanol anhidro en las zonas metropolitanas de Guadalajara, Monterrey y Valle de México.
En cumplimiento de dicho programa, y como una primera etapa del mismo, en octubre de 2009, Petróleos Mexicanos lanzó la licitación pública nacional 18576112-022-09, cuyo objeto fue adquirir etanol anhidro para oxigenar las gasolinas de la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco, conforme a las siguientes cantidades y plazos:
Licitación que por razones no plenamente aclaradas se declaró desierta y no se procedió al cumplimiento de lo propuesto por la ley en mención argumentando en el acta de notificación de fallo, emitida por Pemex Refinación, que el concurso que pretendía abastecer de gasolinas ecológicas o “verdes” sólo a Oaxaca y Chiapas fue declarado desierto porque los únicos dos concursantes ofertaron cotizaciones mayores en más de 50 por ciento a las que la paraestatal pretendía pagar.
Los precios que ofreció la paraestatal en la licitación que lanzó en febrero estaban conformados por un precio base de referencia y un porcentaje adicional, al cual llamó “premio tope”, que sumaron 9.19 pesos por litro para la Terminal de Abastecimiento y Reparto (TAR) en Salina Cruz, Oaxaca, y 9.39 pesos para la de Tapachula, Chiapas.
Los precios que ofertaron las empresas Alcoholera de Zapopan, en Salina Cruz, y azucarera La Fe y Zucrum, en Tapachula, fueron de 14.50 pesos y 14.20 pesos por litro, respectivamente.
A raíz de lo anterior se procedió a revisar los alcances y metas de dicho proceso, cabe señalar que a la baja, y se plantó dentro del programa que
Acción 1.1
Introducción de etanol anhidro en la matriz energética
1.1.1. Petróleos Mexicanos adquirirá etanol anhidro para introducirlo en la matriz energética, conforme a los volúmenes y plazos que a continuación se señalan:
Y se oriento el programa solamente a la zona metropolitana de Guadalajara que se encuentran publicadas en el sitio electrónico de la Sener:
Sin embargo actualmente sabemos que todos los esfuerzos por parte de Pemex no han podido concretar con el cumplimiento de estas disposiciones.
Aunado a que para el ciclo 2013 en México se van a producir alrededor de 5 millones 668,000 toneladas de azúcar el próximo año, lo que superará en 12.3 por ciento la producción del año anterior. Este cálculo se basa en una encuesta realizada por la Conadesuca (Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar).
Pero no sólo México va a producir más azúcar el próximo año, en EU se estima que la producción para 2013 será de 8 millones 825,000 toneladas, un 4 por ciento más que en 2012. En esta previsión del Departamento de Agricultura de EU vislumbran que las importaciones de azúcar se reducirán un 10.5 por ciento, para llegar a 3 millones 249 mil toneladas, lo que va a impactar de manera negativa a los precios del producto.
Es por esto que las diputadas y diputados de la LXII Legislatura y por lo anteriormente expuesto sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Por el que, en el marco de cooperación entre poderes, se exhorta al Ejecutivo federal, al secretario de Energía y al director de Pemex para que de manera inmediata se instrumenten acciones para cumplir con el mandato de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos en el artículo 1o., numerales I, II, III, IV y V, y para cumplir con las metas establecidas en el Programa de Introducción de Etanol en la matriz energética de nuestro país.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado Javier Orihuela García (rubrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de la Función Pública a proceder con diligencia y agilizar las investigaciones relativas a los asuntos de ex servidores públicos, como Alejandra Sota Mirafuentes y Mony de Swaan Adatti, para ofrecer resultados con la mayor brevedad y aplicar, en su caso, las sanciones correspondientes, a cargo de Ricardo Monreal Ávila y suscrita por Ricardo Mejía Berdeja, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, Apartado 1, fracción I; y 79, Apartados 1, fracción II, y 2, fracciones I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permiten someter a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En fechas recientes, el secretario de la Función Pública, Julián Olivas Ugalde, reconoció públicamente que la dependencia a su cargo sigue algunas líneas de investigación contra la ex portavoz presidencial Alejandra Sota Mirafuentes, quien durante su gestión presumiblemente entregó contratos de la Presidencia de la República a empresas de funcionarios y amigos suyos, lo que, de confirmarse, constituiría un caso evidente de aprovechamiento del encargo público para favorecer intereses personales, en clara violación de la ley.
De igual forma, se refirió a la indagatoria contra el ex presidente de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones Mony de Swaan Adati, a quien se vincula como asesor de empresas con las que tuvo relación directa como funcionario, lo cual igualmente constituiría una fragrante violación de lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Se trata de dos casos que han sido ventilados ampliamente por la opinión pública y que ameritan la más exhaustiva, expedita e imparcial investigación de las autoridades para llegar al fondo de los hechos y proceder conforme a la ley, pues no puede haber complacencia, actitudes omisas ni lentitud de la autoridad cuando hay información contundente que se ha ventilado ante una sociedad que exige información y respuestas claras sobre posibles conductas irregulares de servidores públicos.
El caso de la ex vocera presidencial se conoce ampliamente al menos desde agosto pasado, con elementos que detallan un modus operandi claramente ventajoso y selectivo en la asignación de contratos, canalizados desde la coordinación de estrategias y mensaje gubernamental del entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa.
De acuerdo con información periodística que no ha sido desmentida, desde la Presidencia de la República se asignaron contratos –para realizar encuestas– a las empresas Defoe Experts y Milenio Consultores, propiedad de José Alonso Arango Pérez y Yamil Nares Feria, respectivamente, quienes fueron compañeros de estudios de Sota en el ITAM; incluso, en el caso de Nares Feria, fue subdirector de Opinión Pública de Los Pinos.
Se habla de otros 11 contratos otorgados por diferentes dependencias del gobierno federal de Defoe Experts, que implicarían al menos 45 millones de pesos en 3 años, desde mediados de 2009 hasta noviembre de 2012, cuando la empresa era de reciente creación y sin experiencia en la materia.
En cuanto a Mony de Swaan Addati, ex presidente de la Cofetel, se informó que éste otorgó la autorización a la empresa Virgin Mobile para operar en México y el 18 de noviembre de 2011, apenas un año y meses después, favoreció a la consultora McKinsey con un contrato de 100 millones de pesos para que elaborara un informe sobre la conveniencia de crear una red abierta de telecomunicaciones en la banda de 700 megahercios, propiedad del Estado mexicano. A unas semanas de haber dejado la Cofetel, De Swaan comenzó a trabajar con McKinsey en la asesoría de las empresas Virgin y Tresalia.
En clara muestra de desconocimiento de la ley, De Swaan sostuvo que era flaso que las leyes vigentes le prohibieran trabajar en el sector telecomunicaciones.
El inciso b) del artículo 9o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos indica que “(el funcionario) no usará en provecho propio o de terceros la información o documentación a que haya tenido acceso en su empleo, cargo o comisión”. Además, los artículos 8o., fracción XII, y 9o., inciso a), de la misma ley impiden a los funcionarios públicos trabajar en el sector donde tuvieron influencia durante un año posterior al fin de sus actividades, lo cual es evidente que De Swan no cumplió.
Entendemos que las investigaciones que deben seguirse en estos casos demandan la mayor seriedad y el tiempo necesario para integrar los expedientes con el debido arreglo a las normas y los procedimientos de ley, pero también sabemos que la sociedad demanda con justificada razón que ese tipo de asuntos sea resuelto con la mayor celeridad y, sobre todo, que tenga los efectos legales de rigor y no duerma el sueño de los justos.
Por eso proponemos a esta asamblea, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular a cargo de la Secretaría de la Función Pública, licenciado Julián Olivas Ugalde, a efecto de que actúe con la mayor diligencia y agilice las investigaciones relativas a los casos de ex funcionarios públicos Alejandra Sota Mirafuentes y Mony de Swaan Adatti para ofrecer resultados con la mayor brevedad y aplicar, en su caso, las sanciones que correspondan.
Dado en el Palacio Legislativo, a 27 de noviembre de 2013.
Diputados: Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno de Guerrero a restablecer el diálogo con las organizaciones sociales e indígenas para diseñar un modelo de seguridad comunitaria y prevención del delito con participación social, a cargo del diputado Carlos de Jesús Alejandro, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, 76 y 79 numeral 1, fracción I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Guerrero ha sido uno de los escenarios de hechos de violencia que se manifiestan en gran parte del territorio nacional, en donde a los casos de delincuencia común, se han sumado los emanados del crimen organizado y los derivados de la violación de los derechos fundamentales de las comunidades y pueblos indígenas. En este sentido se ha registrado numerosos asesinatos, desapariciones, secuestros, extorsiones, ejecuciones extrajudiciales y los desplazamientos forzados; hechos que sin duda, han generado zozobra en las regiones afectadas.
Lo preocupante, es que el rasgo común de todos ellos, ha sido la impunidad. A las decenas de miles de muertos por el crimen organizado, se suman los crímenes contra activistas políticos y defensores de derechos humanos, y el desplazamiento forzado de pobladores de las comunidades que huyen de la delincuencia. A La impunidad, se agrega, además la omisión, la indiferencia, el disimulo y muchas veces la colaboración de instancias policiacas; dejándose con ello crecer el problema de la inseguridad pública que se caracteriza por su crueldad, que desde décadas tendió sus redes y que ahora amenaza a la seguridad nacional y la democracia que nos hemos dado.
Además, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha pedido al gobierno mexicano crear políticas específicas para cuantificar y atender a la población que ha sido forzada a huir de sus hogares y localidades, por la violencia derivada del narcotráfico. Este problema se ha venido acrecentando en Michoacán y particularmente en Guerrero, donde los desplazados internos dejan sus tierras en condiciones de vulnerabilidad para enfrentar nuevas carencias y falta de oportunidades y de servicios públicos en los poblados en donde se refugian.
El mismo gobierno federal, a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, ha reconocido ante la CIDH que la violencia en algunas partes del país ha generado una situación de desplazamientos internos. Por su parte, el relator para México de esa comisión, Rodrigo Escobar, ha criticado que el Estado mexicano no tenga un registro exacto de los desplazados y que no haya un marco legal y políticas coordinadas para atender la problemática, que ha afectado a miles de familias, especialmente desde 2007.
Bajo esta atmósfera de inseguridad, fundados en su cultura de cohesión social, idiosincrasia y formas de organización que reconocen nuestras leyes nacionales, numerosas comunidades se han organizado para darse seguridad y salvaguardar sus vidas. Además, pugnan por proteger su tejido social y la defensa de su patrimonio ante permanentes actos de hostigamiento por la delincuencia organizada.
Una de esas organizaciones ha sido y lo es, la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), organización comunitaria con presencia en más de 20 municipios, que ha privilegiado el diálogo con todas las instituciones del Estado, que lucha por los derechos civiles y sociales de sus integrantes desde los marcos legales que nos da nuestra democracia. Tiene un trabajo de más tres años pero se hizo visible en el contexto de la violencia y el miedo que se instaló en la región que bajo este clima, no les permitía avanzar en su desarrollo. La violencia trastornó sus vidas cotidianas, desajustando la armonía, por lo que las acciones ilícitas de los grupos delincuenciales se manifestaron con todos sus excesos y azotaron a sus comunidades.
En los primeros meses de este año perdieron el miedo y ahora están en el camino de la reconstrucción del tejido social de sus comunidades. Su fuerza radica en las asambleas abiertas y públicas. Es cierto, crearon sus policías ciudadanas con la participación masiva de mujeres y hombres, pero estas estructuras sociales son temporales. Nada tienen que esconder, todas sus acciones son conocidas por las asambleas comunitarias, y han invitado a las autoridades estatales y federales a verificar y a acompañar sus acciones por un objetivo común: devolver la paz a sus pueblos y la de todos los mexicanos. Es un movimiento muy amplio de cientos de comunidades que se organizaron para solucionar problemas no para generarlos.
Como todo, en un Estado democrático, buscan ante todo la negociación y el diálogo con las autoridades federales y estatales, como instrumentos poderosos para combatir la inseguridad pública. Lejos están de implantar “su ley”, sino ante todo el poder de su cultura democrática ancestral, de participación abierta, en asambleas generales como máxima autoridad, alejados de los beneficios personales y privilegiando siempre los intereses de las comunidades marginadas históricamente.
En este tenor, las comunidades organizadas en la UPOEG han tenido acercamientos con representantes del gobierno federal y estatal para buscar la creación de la Comisión de Armonía y Desarrollo del Estado de Guerrero, con el objetivo de que sea un órgano de coordinación interinstitucional en donde confluyan la sociedad civil, organizaciones sociales y pueblos indígenas, con los tres niveles de gobierno: federación, estado y municipio.
Es decir, se trata de construir un canal de interlocución y colaboración entre la sociedad y el gobierno para el diálogo, análisis, discusión y conciliación de los conflictos sociales y para la elaboración de estrategias, planes y proyectos que den solución a las problemáticas y respuesta a las demandas de la población de manera eficaz y coordinada con los gobiernos de los tres niveles.
Estamos convencidos que el diálogo permanente y constructivo es la llave para coadyuvar en la solución de los conflictos sociales, y atender las causas que las originan, así como la búsqueda de soluciones consensuadas dentro del Estado de Derecho y a través de las vías institucionales, atendiendo en todo momento al respecto irrestricto de los derechos humanos.
Prevalece el compromiso de privilegiar la política por sobre las acciones de fuerza, a través de la consolidación, la participación de las comunidades y la construcción de un sistema de seguridad comunitaria mediante un programa de desarrollo integral, incluyente y participativo.
Esta representación popular de la que formamos parte, debe tener la convicción en la preeminencia del diálogo constructivo como el único instrumento para construir una ruta verdadera que combata la inseguridad pública.
No olvidemos que las comunidades indígenas, por décadas o incluso siglos, se han dado un sistema de justicia comunitaria construida bajo los usos y costumbres compartidos por los pueblos e incluso en consenso con los poderes formales, siempre con el propósito de construir modelos menos rígidos pero con resultados inmediatos, como es el de brindar seguridad a sus integrantes.
La seguridad pública debe ser garante de la gobernabilidad y el sano funcionamiento de la democracia, y la mejor forma es mediante el consenso con el gobierno y las comunidades indígenas, a través de sus organizaciones sociales representativas como es el caso de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), entre otras.
En razón de lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable Asamblea, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a diseñar y formular una estrategia de seguridad pública comunitaria, considerando la participación activa de la sociedad civil, organizaciones sociales y comunitarias de derechos humanos; a fin de contribuir a preservar la armonía y fortalecimiento del tejido social de las comunidades indígenas en materia de seguridad pública y prevención del delito, con pleno respeto a los derechos humanos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales que nuestro país ha suscrito y ratificado.
Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al gobierno del estado y al Congreso del Estado de Guerrero a crear la Comisión de Armonía y Desarrollo del Estado de Guerrero, como un órgano de coordinación interinstitucional, canal de interlocución y colaboración para el diálogo, análisis, discusión y conciliación de los conflictos sociales y la elaboración de estrategias, planes y proyectos que den solución a problemáticas y respuestas a las demandas de la población en general y en particular de las comunidades indígenas de forma eficaz y coordinada con los gobiernos de los tres niveles.
Palacio Legislativo, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales y a la ALDF a iluminar de color naranja sus sedes, en el marco de la campaña del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra mujeres, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del PRD, y suscrita por diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad de Género
Con fundamento en el artículo 79, párrafo 2, fracción, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las diputadas que suscriben, integrantes de la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, presentan ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes
Considerandos
La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró en 1993, que las violencias contra las mujeres y las niñas constituyen una violación a sus derechos humanos y las libertades, por ello se requiere que los estados y la comunidad internacional lleven a cabo estrategias para su erradicación.
Debe tenerse presente que la violencia contra las mujeres es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, es decir, son violaciones a los derechos humanos de las mujeres producto de un sistema de género que las subordina.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida también como Convención Belém do Pará1 destaca el reconocimiento expreso del derecho que tienen todas las mujeres a “una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado” (artículo 3o.).
La Constitución Política de los Estados Unidos2 mexicanos hace un reconocimiento expreso a los derechos humanos, contenidos en los tratados internacionales en la materia, de los cuales el Estado mexicano es y por lo tanto, las autoridades tienen la obligación de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos. Teniendo en cuenta que, desde hace seis años contamos con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (lgamvlv)3 que define los tipos y modalidades de la violencia contra las mujeres y establece las bases de coordinación de la federación, los estados y los municipios para a prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres, asimismo, que en el Código Penal Federal4 se tipificó el feminicidio cuando se prive de la vida a una mujer por razones de género, la violencia contra las mujeres es una constante en nuestro país.
En el marco de la Cuarta Conferencia de la Mujer5, celebrada en Beijing, China, se recomendó a los estados parte a organizar y financiar campañas de información para “sensibilizar a las niñas y los varones, a las mujeres y los hombres, acerca de los efectos personales y sociales negativos de la violencia en la familia, la comunidad y la sociedad; enseñarles a comunicarse sin violencia...”.
En ese sentido, el secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, ha exhortado a los dirigentes mundiales a impulsar la puesta en marcha de campañas nacionales para poner fin a la violencia contra las mujeres.
La campaña del secretario general Unete para poner fin a la violencia contra las mujeres, proclamó el 25 de cada mes como el Día Naranja . Por lo que se propone usar este color para crear la imagen simbólica de un futuro brillante y positivo en el que las mujeres y las niñas de nuestro planeta vivan libres de violencias durante todos sus ciclos de vida, en el marco de respeto a su vida, libertad, seguridad y dignidad.
Esta campaña plantea, entre otras actividades, proyectar luces anaranjadas sobre monumentos y edificios públicos y todas aquellas que contribuyan a la concientización para erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas.
Por lo anteriormente expuesto, dada su importancia para asegurar el derecho de las niñas y las mujeres a una vida libre de cualquier forma de violencia, y en virtud de que el 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, ponemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. El pleno del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos de las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a unirse a la campaña Unete para poner fin a la violencia contra las mujeres, y que iluminen sus respectivas sedes de los congresos de color naranja en la fecha que corresponde del 25 de noviembre al 10 de diciembre.
Segundo. Se exhorte a los congresos de las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que los días 25 de cada mes, hasta el final de sus respectivas legislaturas, se iluminen de naranja las sedes de sus congresos.
Tercero. Exhortar respetuosamente a todas las dependencias de la administración pública federal, estatal y municipal para que se unan a esta campaña, e iluminen los edificios públicos de color naranja.
Notas
1. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Adoptada por la Asamblea de la Organización de Estados Americanos el 9 de junio de 1994. Publicada el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 1999.
2. Constitución Política de los Estados Unidos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917.
3. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero del 2007.
4. Código Penal Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 1931.
5. Cuarta Conferencia de la Mujer, celebrada en Beijing, China de 4 al 15 de septiembre de 1995.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.
Diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel(rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo(rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Maricruz Cruz Morales, Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Erika Yolanda Funes Velázquez, María Esther Garza Moreno, Patricia Elena Retamoza Vega, Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda, Alliet Mariana Bautista Bravo, Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Baja California a consultar a los pueblos indígenas de la entidad sobre los megaproyectos eólicos, a cargo del diputado Carlos de Jesús Alejandro, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado indígena por la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y secretario de la Comisión de Asuntos Indígenas, Carlos de Jesús Alejandro, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía, proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
México cuenta con uno de los potenciales más altos de generación de energía eólica a nivel mundial que permite visualizar al país como un importante productor de infraestructura eólica con un crecimiento de mil 400 megawatts (MW) al cierre de 2012 que equivale a la energía que requiere una ciudad como Puebla, previendo que para 2020 alcance los 12 mil MW. De acuerdo con el National Renewable Energy Laboratory de Estados Unidos, se estima que el potencial que tiene México en el caso de la energía eólica es superior a los 40 GW (actualmente hay una capacidad instalada de 185 MW).
Otras organizaciones como el Instituto de Investigaciones Eléctricas, Vestas, y el Centro Nacional de Energías Renovables de España, afirman que México cuenta con un potencial eólico superior a los 50 GW con factores de carga superiores al 20 por ciento.
Particularmente la región del istmo de Tehuantepec presenta velocidades de viento ideales para este tipo de generación con uno de los mayores potenciales de generación de energía eólica en todo el mundo, calculado entre 5 mil y 7 mil MW de capacidad anual, suficiente como para abastecer a 18 millones de habitantes del medio urbano. Tan sólo en la zona de La Ventosa, Oaxaca, se produce la misma cantidad de energía eólica que en España, la cuarta nación que más energía de este tipo genera en el mundo.
El Consejo Mundial para la Energía Eólica establecen que para el 2025 más de la tercera parte de la energía que se consuma en el planeta provendrá del viento, por lo que el gobierno mexicano ha comenzado un ambicioso programa para construir plantas eólicas en dos principales zonas del país: la costa noreste (en Tamaulipas) y el istmo de Tehuantepec (en Oaxaca). Por otro lado, estados como Zacatecas y Chihuahua, así como el litoral de la península de Baja California, presentan condiciones favorables para desarrollar el potencial que permitiría producir hasta 71 mil megawatts de energía eólica.
México, país rico en petróleo, durante mucho tiempo, no estaba muy convencido con el desarrollo de las renovables. Sin embargo, en los últimos años han sido varios los grandes proyectos puestos en marcha en parte gracias a la promulgación de dos importantes leyes sobre eficiencia energética y energías renovables. De hecho, México puede presumir ahora de haber puesto en marcha Eurus, el mayor parque eólico de toda América Latina.
En este tenor y dadas las proyecciones de costos de la energía eólica y de los Combined Cycle Gas Turbine (CCGTS ), se ha propuesto el desarrollo de un Plan Nacional que permita el aprovechamiento de 12 GW eólicos hacia el año 2020 y se calcula que la inversión pública en energía eólica para el período 2006-2015 en México será de 791 millones de dólares.
Esta proyección de aprovechamiento de 12 GW eólicos implicaría un impacto en el producto interno bruto de 167 mil millones de pesos, lo que equivale al 1.1 por ciento del PIB del año 2011, con lo cual se generarían alrededor de 48 mil empleos, de manera directa o indirecta sobre prácticamente la totalidad de los sectores de la economía mexicana. Beneficios que impactarán incluso más allá de 2020, que se planteó como meta para la generación de los 12GW eólicos, pues el impacto de dicho proyecto se dará al corto, mediano y largo plazo
En este tenor, la CFE tiene pendiente de licitar 1.5 GW eólicos en servicio público para los próximos 5 años:
• Sureste I y II; abril de 2013.
• Rumorosa I y II; junio de 2014.
• Sureste III; abril 2015.
• Rumorosa III; junio 2015.
• Sureste IV; abril de 2016.
La generación de energía eólica se presenta como una de las mejores alternativas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que causan el cambio climático global y reemplazar el uso de combustibles fósiles en la generación de energía eléctrica. Sin embargo, a pesar de que la producción de energía eólica genera beneficios ambientales, sociales, económicos y energéticos que no es posible alcanzar con la producción de los combustibles fósiles, la planeación y desarrollo de a misma es un asunto más complejo, ya que involucra diversos factores desde impactos ambientales leves hasta el conflicto por la propiedad de la tierra donde se ubica el recursos eólico. El problema central es que los estudios oficiales de impacto ambiental de los parques eólicos elaborados para determinar su viabilidad ambiental, ignoran la complejidad, los riesgos y la incertidumbre cognitiva y ética que subyace en el reciente uso de tecnologías eólicas. Por lo tanto, los beneficios reales y potenciales de la producción de energía eólica en México podrían ser menores a los estimados.
En particular, en el país se encuentra subestimado el valor de la tierra lo que trae consigo serios conflictos sociales entre los poseedores de la tierra, pueblos y comunidades indígenas, y los gobiernos municipales, estatales y el federal, así como con las empresas desarrolladoras de energía eólica.
Este es el caso del pueblo yumano de Baja California, específicamente, del pueblo del ejido Tribu Quilihuas, ubicado en una zona rocosa y árida del valle de la Trinidad de Ensenada, en las estribaciones norteñas de la sierra de San Pedro Mártir, quien celebró el 29 de mayo de 1994, con la empresa Fuerza Eólica, SA de CV, un contrato de promesa de arrendamiento para la instalación y operación de aéreogeneradores, para la construcción de un parque eólico. No obstante dicha manifestación de voluntad, el pueblo se encuentra confrontado ante la intención de unos cuantos por la celebración de un Convenio de Transacción que modifica la promesa de Arrendamiento celebrada el 29 de mayo de 1994 y que pretende de despojarles de las 26,910 hectáreas que consta su ejido para el desarrollo de tan sólo 30MW con 8 aerogeneradores estableciendo una cláusula de exclusividad sobre la totalidad de la tierra, el impedimento de establecer actividades económicas si estorban al proyecto eólico así como la negación de que el ejido sea un asociado dentro del proyecto.
De acuerdo con el estudio de manifiesto de impacto ambiental con fecha de resolución del 14 de julio de 2011 y con clave 02BC2010E0010, el área autorizada equivale a 250 hectáreas de las cuales sólo 6.7 hectáreas podrán ser utilizada para el desarrollo del proyecto (colocación de aerogeneradores, cableados, caminos, etc.) donde tan sólo 4 hectáreas se afectarán de forma permanente, lo que representa menos del 1 por ciento del total del áreas requerida y autorizada para desarrollar el proyecto, lo que hace innecesario enajenar casi 27 mil hectáreas.
Por otro lado, el contrato también fija una remuneración muy por debajo de los que las normas internacionales establecen (entre el 1 y el 4 por ciento de las utilidades brutas anuales), no presenta la viabilidad financiera, ni los plazos en los que debe elaborarse cada etapa del proyecto.
Estos actos no solo han provocado en los últimos meses divisiones en el ejido y confrontaciones entre los indígenas Quilihuas por la falta de representatividad del pueblo en el nuevo convenio en comento, sino que también van en contra del Protocolo de Actuación de los derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, que establece en el apartado 6 Participación, Consulta y Consentimiento Frente a Cualquier Acción que los Afecte, además de que los Pueblos Indígenas deben ser consultados, proceso que no existió ni existe en la comunidad, lo siguiente:
1. Que existen derechos derivados de la tenencia y usos indígenas de la tierra, el territorio y los recursos naturales;
2. Que existe la obligación del Estado de consultar (en su idioma) a estos puelos en relación con las actividades que les afecten y las responsabilidades conexas de las empresas, incluyendo entre otros temas: estudios de impacto, distribución de beneficios y medidas de mitigación;
3. Que existe la obligación de no tomar medidas contrarias a lo expresado libremente por los pueblos.
Por otro lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que en lo que respecta a estudios previos de impacto social y ambiental:
• 245. Un “estudio previo de impacto social y ambiental” debe ser llevado a cabo por “entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión del Estado” en el contexto de los proyectps de desarrollo e inversión y actividades extractivas en territorios indígenas. Los estudios de impacto social y ambiental responden a la finalidad última de “preservar, proteger y garantizar la relación especial” de los pueblos indígenas con sus territorios y garantizar su subsistencia como pueblos.
La energía basada en el viento es una opción para la llamada transición energética que nos permitiría reducir nuestra dependencia a los combustibles fósiles como el petróleo, cada vez más escaso y caro de conseguir. Sin embargo, se vuelve inviable si el Estado mexicano es incapaz de garantizar la cohesión y el pleno respeto a los derechos humanos de los pueblos indígenas. Nunca debe disfrazarse la inversión con el abuso a las comunidades y el Estado mexicano debe velar por los intereses de las mismas por encima de la de los particulares.
Si las comunidades participan en proyectos para mitigar el cambio climático se deben reconocer y respetar los derechos contemplados en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en el artículo 26 de la Declaración de la ONU sobre los derechos indígenas, en especial, el derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado, y el derecho a la consulta de los pueblos indígenas, a fin de que las decisiones tomadas por los pueblos represente de manera efectiva a las mayorías, lo cual se alcanza en la medida que la participación sea bajo el principio de consentimiento, libre, previo e informado para llegar a acuerdos.
Frente a estas situaciones el reto es fortalecer los instrumentos normativos existentes, en esta materia, y su debido cumplimiento, a fin de salvaguardar los derechos humanos de las personas, las comunidades y de los pueblos indígenas. Lo que significa dar certeza jurídica a sus derechos humanos y a la autonomía otorgada en la constitución para, entre otros, preservar la integridad de sus tierras.
El punto de acuerdo propone que las autoridades garanticen el derecho a la consulta de los pueblos indígenas bajo la premisa del principio del consentimiento, libre, previo e informado, en concomitancia con el derecho internacional, a fin de salvaguardar sus tierras, sus fuentes de agua y las actividades productivas como la agricultura y ganadería de los pueblos indígenas; así como el cumplimiento de las exigencias que establece la SCJN respecto al desarrollo de proyectos en tierra indígena.
El llamado que nos ocupa tiene como fin último evitar reacciones de desaprobación de parte de los pueblos indígenas hacia los proyectos y acciones del Estado que se asuman por decisiones unilaterales, en base a las cuales se llega incluso a implementar megaproyectos, pese a la vulneración del derecho humano de los pueblos indígenas a ser consultados en los términos reconocidos por diversos Tratados Internacionales.
El derecho humano de los pueblos indígenas a la consulta con consentimiento libre, previo e informado está garantizado en diversos instrumentos internacionales, tales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. De ahí que, en consistencia con lo dispuesto en el artículo 1o. constitucional, los tres órdenes de gobierno tienen a su cargo la obligación de interpretar éste derecho humano de la consulta a los pueblos indígenas, de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales en comento favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de los pueblos indígenas.
Es por ello que vemos la urgente necesidad de fortalecer y salvaguardar las disposiciones de nuestro ordenamiento supremo, a fin de dar certeza jurídica al derecho a la consulta bajo el principio de consentimiento, libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas, como un medio para garantizar el ejercicio de la autonomía consagrada en dicho apartado. Derecho que no solo es una obligación adquirida en el marco jurídico internacional sino que se ha instaurado como un mecanismo cada vez más recomendado como estándar de desarrollo mínimo que ayuda a armonizar la relación entre Estado, inversionistas nacionales o internacionales y los pueblos indígenas.
Por lo expuesto, se somete a consideración los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Energía, y a la Comisión Reguladora de Energía para que dentro de las atribuciones establecidas en la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética dé certeza jurídica al derecho humano de consulta del pueblo Quilihua de Baja California bajo el principio de consentimiento, libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas establecido en el principio pro-persona y de convencionalidad establecido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de la Secretaría de Gobernación, para que coordine conjuntamente con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas el diseño e implementación de la consulta al pueblo Quilihua de Baja California sobre los proyectos de inversión de energía eólica en sus tierras, de acuerdo a lo estipulado en los tratados y convenios internacionales que México ha firmado, con base en los cuales la inclusión de los habitantes de las comunidades en las decisiones de gobierno es fundamental para el diseño y aplicación de políticas públicas.
Tercero. Se exhorta respetuosamente al gobierno de Baja California para que colabore y otorgue las facilidades necesarias en la implementación de la consulta al pueblo Quilihua sobre los proyectos eólicos que se piensen implementar en tierras de éstos.
Cuarto. Se propone a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados la creación de una comisión especial que cuente con suficiencia presupuestal, humana y material que permita el seguimiento al diseño, implementación y ejecución de la consulta en pueblos y comunidades indígenas en salvaguarda a sus derechos humanos consagrados en la legislación nacional y en los tratados internacionales suscritos por nuestro país.
Palacio Legislativo, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del gobierno del Distrito Federal a realizar campañas de difusión masiva respecto a las penalidades federales por la comisión del delito de pornografía infantil, a cargo del diputado Israel Moreno Rivera, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado Israel Moreno Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo.
Consideraciones
La trata de personas o comercio de personas es el comercio ilegal de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud.
Es un delito internacional de lesa humanidad y viola los derechos humanos, también se lo denomina la esclavitud del siglo XXI.
Es una violación a los derechos humanos que atenta contra la libertad y la dignidad de las víctimas consagradas en nuestra constitución. Esto envuelve la capitulación y el transporte ilegal de humanos.
El Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños1 (más conocido como Protocolo contra la trata de personas) fue adoptado en Palermo Italia en el 2000, y es un acuerdo internacional adjunto a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. El Protocolo contra la trata de personas es uno de los tres protocolos aplicados para complementar la Convención.
Ahora bien, se denomina pornografía infantil a toda representación de menores de edad de cualquier sexo en conductas sexualmente explícitas. Puede tratarse de representaciones visuales, descriptivas (por ejemplo en ficción) o incluso sonoras.
El acceso a contenidos pornográficos en general ha evolucionado los distintos medios; literatura, fotografía, video, cine, DVD, dibujos de animación y en los últimos años Internet.
En el protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de Organización de las Naciones Unidas, en su artículo 342 cita:
“Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:
a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;
b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;
c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.”.
Hoy en día las imágenes explícitamente sexuales de menores de edad están prohibidas prácticamente en todo el mundo y su producción se restringe casi en su totalidad a producciones independientes o caseras facilitadas en gran medida por la masificación de la fotografía y el vídeo digital. Al contrario de lo que suele creerse comúnmente, estas colecciones fabricadas en casa rara vez son objeto de transacciones comerciales, siendo usualmente material de intercambio entre personas que comparten un interés de carácter marcadamente erótico o sexual por los niños o niñas.
Internet ha generado innumerables formas de permitir este intercambio, a través de grupos de noticias, foros o también con el uso de aplicaciones. En la actualidad, la producción comercial se limita a moverse al borde de lo permitido por la ley: imágenes eróticas y de desnudo, que están en el límite legal de lo sexualmente explícito.
Sexting (contracción de sex y texting) se refiere a mensajes de texto a través de texto con connotación sexual entre dos personas, ya sea a través de Internet o de teléfonos móviles. Es una práctica común entre jóvenes, y cada vez más entre adolescentes.
Actualmente, Facebook ha superado los 800 millones de usuarios, Twitter cuenta con 200 millones, y Google+ registra 62 millones. La red española Tuenti alcanzó en febrero de este año los 13 millones de usuarios.
En abril de 2012, en México había 40.9 millones de usuarios de Internet y 44.7 millones de usuarios de computadora. De los usuarios de la Internet, el grupo de 12 a 34 años es el que más utiliza la Internet, con una participación del 64.1%. Los usos más recurrentes de la Internet son la comunicación y la búsqueda de información, con una frecuencia del 60% respectivamente en el total de usuarios de la Internet.3
Ahora bien, en la encuesta “Hábitos de los usuarios de internet en México, 2013”, que presentaron la Asociación Mexicana de Internet y Televisa,4 los datos son:
• Distribución de usuarios de internet (Grupos de edad 2013): 6-11 años ocupan el 11%
• Distribución de usuarios de internet (Grupos de edad 2013): 12-17 años ocupan el 22%
Lo cual nos refleja que los usuarios de internet entre los 6 y 17 años ocupan el 33% de la población en México. En cuanto a las principales actividades online acceder a redes sociales ocupa el tercer lugar con el 82%, enviar y recibir mensajes instantáneos el 61%.
En nuestro país la red social más utilizada sin duda es Facebook. En la cual cuando un menor desea registrarse para obtener una cuenta miente en su edad y con ello tiene acceso. Miles de menores lo hacen día con día. Algunos tienen el consentimiento de sus padres, pero la gran mayoría obtienen una cuenta sin que sus padres estén enterados de que dicho requisito (ser mayor de edad) es necesario. A lo anterior se suma que existen filtros para que el perfil sea restringido y no todo sea público, pero igualmente los menores, quienes están en una edad en la que desean ser “populares” no establecen éste tipo de filtros a fin de que su información personal como datos generales y fotografías sean vistas por cualquier usuario.
A través de los medios de información es que nos hemos enterado de muchos casos en los cuales menores son atraídos a costa de engaños y manipulaciones para que trabajen a cambio de un buen salario,5 se diviertan ingiriendo bebidas alcohólicas,6 los invitan a formar parte de un grupos delictivos,7 extorsionar a otros menores;8 y para rematar quienes son vulnerables por los cambios psicológicos y emocionales por los que están pasando terminan con sus vidas o sufriendo bullying.
En la última década los niños y jóvenes tienen un mucho más fácil acceso a la Internet. En cualquier establecimiento público (café internet) podemos encontrar a los muchachos o niños conectados chateando con sus amigos, intercambiando información y la mayoría de ellos ya pertenecen a alguna red social. Lo cual destaca que los dueños de dichos locales comerciales desconocen también los requisitos para que un menor pueda obtener una cuenta o hacen caso omiso ya que no son responsables del tipo de información o actividad que realicen mientras están rentando el servicio.
Tampoco se trata de prohibir el uso del internet o de las redes sociales. De lo que se trata de que se informe a la población en general de las penalidades que están vigentes para que se realicen las denuncias, averiguaciones y sentencias correspondientes a la infracción de la ley. Se trata de que los adultos, quienes son responsables de los menores estén informados y adicionalmente podamos impulsar que tengan una mejor comunicación con los menores para que conozcan del tipo de actividades que realizan mientras están en internet: chateando, el tipo de información que buscan, las redes sociales a las que pertenecen, el tipo de personas con las cuales se relacionan.
Por todo lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal a instruir al Procurador General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, a fin de que se realicen campañas de difusión masiva permanentes incluyendo establecimientos mercantiles con el giro mercantil de café Internet y papelería; de las penalidades federales a quien cometa el delito de pornografía infantil.
Segundo. Se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal a instruir a los delegados de cada una de las demarcaciones territoriales; para que en alcance de sus facultades se implementen operativos permanentes para la detención de quienes resulten responsables de acuerdo al Código Penal del Distrito Federal, en cuanto a pornografía infantil.
Tercero. Se exhorta a la Asamblea del Distrito Federal a que en el ámbito de su competencia legisle y actualice el texto correspondiente a pornografía, para evitar que se sigan cometiendo la conducta ilícita en virtud de que consideramos que tanto en el Código Penal del Distrito Federal (Artículo 188), así como la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, existe una laguna jurídica particularmente a las sanciones en cuanto a la comisión del delito de pornografía infantil.
Notas
1 http://www2.ohchr.org/spanish/law/pdf/protocoltraffic_sp.pdf
2 http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Programas/Discapaci dad/Conv_DNi%C3%B1o.pdf
3 http://www.cft.gob.mx:8080/portal/wp-content/uploads/2012/11/Comunicado -conjunto-COFETEL-INEGI-Nov-29-2012.pdf
4 http://www.amipci.org.mx/
5 http://www.aztecanoticias.com.mx/notas/estados/148696/cae-tratante-de-m enores-por-facebook-en-chiapas
6 http://www.lapoliciaca.com/nota-roja/organizaron-fiesta-para-menores-po r-facebook-fueron-arrestados/
7 http://noticias.univision.com/narcotrafico/noticias/article/2013-07-03/ asesinan-a-dos-menores-por-bullying-contra-hijo-de-narco-mexico#axzz2e8 e4pZFY
8 http://www.larednoticias.com/noticias.cfm?n=111712
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado Israel Moreno Rivera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Salud federal y locales a atender de inmediato las propuestas del informe emitido por la CNDH sobre los hospitales psiquiátricos dependientes de los gobiernos federal y locales, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, diputado José Luis Muñoz Soria, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del honorable pleno, punto de acuerdo con base en las siguientes
Antecedentes y consideraciones
1. Desde el 2008 se han realizado diversos análisis de la situación que prevalece entre las personas que presentan algún tipo de padecimiento mental y se encuentran internadas en las diversas unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica del país. Sin que después de dichos análisis se haya dado verdadera solución a los problemas observados.
2. El 27 de junio de 2008, se emitió el informe 4/2008 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura sobre los Hospitales Psiquiátricos que dependen del Gobierno Federal, dirigido al Secretario de Salud federal y al Director del IMSS, en cual se dio a conocer los actos de violación de derechos humanos de las personas con padecimientos mentales especializados, la ilegalidad y inseguridad jurídica que enfrentan estas personas.
3. En el 2011 se publicó la Evaluación del Sistema de Salud Mental en México, utilizando el Instrumento de Evaluación para Sistemas de Salud Mental de la Organización Mundial de la Salud, los datos del informe fueron recopilados en el 2009 y 2010 y están basados en el año 2008. Esta evaluación fue realizada por integrantes del Instituto de Psiquiatría Juan Ramón de la Fuente con apoyo del asesor subregional de Salud Mental de Centroamérica, México y Caribe hispano de la Organización Mundial de la Salud.
4. Los datos que se desprenden de esta evaluación reflejan que méxico no cuenta con una política pública en materia de salud mental, además de tener infraestructura y servicios insuficientes para el número de su población. Asimismo, informa diversos datos estadísticos que revelan la situación precaria de los servicios hospitalarios de psiquiatría.
5. Con el propósito de constatar y conocer la situación que prevalece en los hospitales psiquiátricos, durante 2011 y 2012, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, efectuó visitas de supervisión a 41 hospitales que brindan atención intrahospitalaria, ubicados en el Distrito Federal y Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima Durango, estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
El objetivo de estas visitas, consistió en verificar el respeto a los derechos humanos de los pacientes hospitalizados que padecen un trastorno mental. En la evaluación se abarcaron varios rubros como: la normatividad que los rige, aspectos que garantizan el respeto a los derechos humanos del paciente relacionados con su situación jurídica, la protección de la salud, la vinculación social, la integridad personal y el trato digno de personas que pertenecen a otro grupo social en situación de vulnerabilidad.
6. De la información recabada durante las visitas, se advirtió la existencia de hechos que contravienen diversas normas nacionales e internacionales en materia de derechos humanos en agravio de las personas con padecimientos mentales internos en hospitales psiquiátricos.
7. El informe advierte las deficiencias que existen en materia de salud mental al evidenciar diversos temas como: la inexistencia de establecimientos para albergar a pacientes crónicos que no cuentan con familiares, condiciones inadecuadas de las instalaciones, alimentación precaria, falta de abastecimiento de vestido y calzado, restricciones en la comunicación con sus familiares, omisión de notificación al Ministerio Público acerca de los ingresos involuntarios, irregularidades en el registro de pacientes y en el consentimiento informado, personal médico y de seguridad insuficiente, deficiencias en el servicio, equipo y abasto de medicamentos falta de reglamentos y manuales de procedimientos, ausencia de capacitación en materia de derechos humanos, acceso restringido a la protección de salud, negativa del servicio a las personas que padecen VIH, trato digno, legalidad y seguridad jurídica.1
8. El informe presenta en su conclusión una serie de 15 propuestas puntuales para corregir la violación flagrante de derechos humanos que sufren las personas con padecimientos mentales internadas en las unidades psiquiátricas de atención intrahospitalaria. Estos 15 puntos únicamente solicitan el cabal cumplimiento de lo que está contenido en diversos ordenamientos jurídicos vigentes en materia de salud mental.
Es preciso que en tanto se emitan modificaciones a los ordenamientos jurídicos en materia de salud mental los sujetos involucrados y por tanto obligados a ejecutar las acciones y estrategias para la atención de los problemas relacionados con estas unidades hospitalarias, proporcionen soluciones eficaces a las deficiencias señaladas en los informes de los múltiples análisis realizados en relación a este tema.
Es evidente que en nuestro país no existe una verdadera política pública en salud mental, más allá de corregir los errores del actual sistema de salud, se deben ejercitar acciones que promuevan la readaptación al ámbito social de las personas con esta clase de enfermedades. A diferencia de otros países, la atención de la salud mental en México descansa en los hospitales psiquiátricos, en consecuencia los costos de atención resultan elevados y la mayoría de los recursos no se destinan a los establecimientos de primer nivel de atención. El desarrollo del componente de salud mental dentro de los hospitales generales es muy escaso, lo que imposibilita la detección temprana y continua de los trastornos mentales y su comportamiento.
Las debilidades del sistema de salud en la materia comprenden varios aspectos, siendo uno de los principales la carencia de un programa nacional de salud mental específico para la niñez, lo que obstaculiza la detección y atención tempranas de los trastornos. La falta de una verdadera integración, de la atención de las enfermedades mentales a los programas de atención a la salud en general, deriva en un insuficiente trabajo multidisciplinario.
En resumen los servicios de salud mental son insuficientes para la población, es ineludible, ejercitar acciones contundentes para atender realmente las necesidades de la población.
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud a nivel federal así como a las Secretarías de Salud de los estados a que corrijan de forma expedita, a dar atención inmediata a las propuestas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos contenidas en su Informe especial sobre los hospitales psiquiátricos que dependen del gobierno federal y de los estados. Asimismo hagan del conocimiento público las acciones llevadas a cabo para atender las propuestas.
Nota
1 Información contenida en el Informe especial sobre los hospitales psiquiátricos que dependen del gobierno federal y de los estados de la República Mexicana, publicado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos el 30 de octubre de 2013.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.
Diputado José Luis Muñoz Soria (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita al presidente de la Condusef que difunda las medidas que se están tomando para proteger a los usuarios ante las fallas generalizadas en los sistemas de las instituciones financieras y bancarias, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito diputado José Luis Muñoz Soria, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 3o., fracción XVIII; 6o., numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numerales 1, fracción II y 2, fracciones I y III; y, 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al titular de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores haga del conocimiento público las medidas que está tomando para proteger a los usuarios de las fallas generalizadas que presentan las instituciones financieras y bancarias en sus sistemas (fallas en sucursales, cajeros, banca en línea y telefónica).
Consideraciones
A) Estadísticas de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios financieros (Conducef) muestran que en un periodo de enero a junio del 2013 se presentaron 2.2 millones de reclamaciones en contra de 30 bancos, las cuales representan 8% más de las presentadas en el año pasado. Los 5 primeros lugares los ocupan Bancomer, Banamex, Santander, Banorte/Ixe y HSBC.
B) Pese a las fallas que se presentan en los sistemas bancarios, los usuarios deben realizar los pagos de algún producto contratado al día, de no cubrirlos, estos presentaran cargos por el retraso de pagos a terceros, cargos que deben pagar los usuarios por fallas propias de las instituciones; situación que presenta un atropello para los usuarios al tener que hacerse responsable de las fallas de las instituciones bancarias y financieras.
C) La Comisión Nacional Bancaria y de Valores reportó que entre enero y septiembre los bancos que operan en el país generaron para los accionistas utilidades por 75 mil millones de pesos, cantidad que aumento en 16 por ciento a las que se obtuvieron en el mismo periodo del año pasado; lo que demuestra la posibilidad que poseen las instituciones de asumir los cargos generados por pagos no efectuados.
D) De conformidad con la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, articulo 5o. “la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros tendrá como finalidad promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los usuarios frente a las instituciones financieras...”
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno:
Punto de Acuerdo
Único. Que el titular de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros haga del conocimiento público las medidas que está tomando para proteger a los usuarios de las fallas generalizadas que presentan las instituciones financieras y bancarias en sus sistemas (fallas en sucursales, cajeros, banca en línea y telefónica).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 noviembre de 2013.
Diputado José Luis Muñoz Soria. (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía solicita al director general de Desarrollo Urbano y Suelo que difunda el avance del programa Impulso al Desarrollo Regional y Territorial respecto al presupuesto aprobado para 2013, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado federal José Luis Muñoz Soria, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada en los artículos 3o., fracción XVIII; 6o., numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y III; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo, haga del conocimiento público el avance del Programa de Impulso al Desarrollo Regional y Territorial, en relación con el presupuesto de 7.6 millones de pesos aprobado para el ejercicio fiscal 2013.
Consideraciones
a) La Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo es la unidad responsable del Programa de impulso al desarrollo regional y territorial, dirección de la que está al frente el Arquitecto José Luis Llovera Abreu , pertenece al ramo Desarrollo Agrario Territorial, y Urbano, dicho programa canaliza recursos a los fideicomisos para el desarrollo regional que tienen como objeto fomentar y canalizar apoyos a estudios y proyectos que hayan sido identificados por los fideicomitentes, como detonadores del desarrollo económico y social de sus regiones, también genera mecanismos de planeación, gestión, concertación y/o coordinación de acciones para el desarrollo regional sustentable, así como la elaboración de estudios, planes y programas regionales. Proporciona información territorial para la planeación y evaluación regional a las entidades federativas. Los principales beneficiarios son los integrantes de la población rural que está dispersa, con un nivel de pobreza superior al promedio de la región.
b) De conformidad con el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, artículo 13 de las atribuciones genéricas de los titulares de Unidades, Coordinación General y Direcciones Generales, fracción VI. “Proporcionar información, datos y la cooperación que sea requerida al área de su competencia, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así como atender y desahogar las peticiones que le formulen...” y fracción XVI. “Instrumentar la operación de los programas a su cargo, supervisar el ejercicio de los recursos...”.
c) Dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación 2013 se identifica con la clave presupuestaria U-002, al no ser un programa sujeto a reglas de operación, se desconoce los lineamientos bajo los cuales se erogan los recursos presupuestarios a los beneficiarios y por ende el cumplimiento del programa en relación al recurso presupuestario, la única manera de conocer información sobre el programa es por medio del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), que de acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, permite realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permiten conocer el impacto social de los programas y de los proyectos.*
* Esta información fue elaborada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien ha autorizado su uso gratuito.
d) En los Lineamientos emitidos por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para la revisión, actualización, calendarización y seguimiento de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) de los Programas presupuestarios 2013, en la fracción II establece que los lineamientos son de observancia obligatoria para las dependencias y entidades que tengan a cargo programas presupuestarios de las modalidades “U” correspondiente a “Otros subsidios”, lo cual obliga a la unidad responsable del presente programa a tener MIR, sin embargo en la dirección electrónica http://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Portal/transform.nodo?id= 4.0&transformacion=s&excel=n&zip=n¶mts=0=L511581, que corresponde al Portal de Transparencia de la SHCP no se presenta.
e) En la dirección electrónica antes citada, aparece el siguiente gráfico sobre el presupuesto aprobado versus el ejercido para el ejercicio fiscal 2013, mostrando que no se ha ejercido nada del presupuesto.
f) De conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria artículo 214. “...Las dependencias y entidades, a través de los servidores públicos competentes para ejercer recursos presupuestarios y los titulares de las unidades administrativas que hayan gestionado el otorgamiento de los recursos, serán responsables de llevar el seguimiento del ejercicio y destino de las aportaciones, subsidios y donativos otorgados a fideicomisos, mandatos y análogos...”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno
Puntos de Acuerdo
Primero. Que el Titular de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público haga de conocimiento público las razones por las cuales no se presenta la Matriz de Indicadores de Resultados en su portal de transparencia presupuestaria respectiva al Programa impulso al desarrollo territorial y regional.
Segundo. Que el Titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano haga de conocimiento público, los motivos por los que no se ha ejercido nada del presupuesto 2013 que asciende a 7.6 millones de pesos aprobado para el ejercicio fiscal 2013, pese al calendario de gasto establecido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2013.
Diputado José Luis Muñoz Soria (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SHCP y de la Sagarpa, así como a los directores en jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria y general de Financiera Rural, a no utilizar o aceptar los fondos del Fideicomiso de Recuperación de Apoyos del Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de Cafeticultura para fines distintos de los que dieron origen a éste, a cargo de la diputada Angélica Rocío Melchor Vásquez, del Grupo Parlamentario del PRD
La que suscribe, Angélica Rocío Melchor Vásquez, diputada por Oaxaca a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP, al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Sagarpa, al director en jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria y al director general de Financiera Rural, a que por ningún motivo utilicen o acepten los fondos del “Fideicomiso de recuperación de apoyos del fondo de estabilización, fortalecimiento y reordenamiento de la cafeticultura” para otros fines que no sean los de que originalmente dieron origen al citado fideicomiso, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El pasado 14 de agosto del presente año la que esto suscribe presentó ante la Comisión Permanente una proposición con un punto de acuerdo referente al Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura (Fircafe), que fue turnado para su estudio y dictamen a la Tercera Comisión, desafortunadamente debido a los tiempos legislativos esta comisión no concluyó dicho dictamen, motivo por el cual lo vuelvo a presentar ante el pleno de esta honorable soberanía.
La cafeticultura en México es una actividad de gran contenido social, se calcula que en el país existen algo más de 500 mil productores y el sector genera alrededor de 3 millones de empleos indirectos, siendo una alternativa económica de importancia en varias zonas marginadas del medio rural, además, está actividad tradicionalmente ha sido de importancia para la generación de divisas, ya que es un producto orientado principalmente al mercado externo, generando en el ciclo 2011-2012 exportaciones con valor de alrededor de los 880 millones de dólares.
De manera histórica los precios en el mercado internacional del café se han caracterizado por presentar un patrón cíclico, en el que se tienen períodos de precios bajos seguidos por períodos con precios altos. Durante los períodos de precios bajos los productores del aromático ven seriamente mermados sus ingresos, al grado de que algunos literalmente quiebran y los más afortunados tienen que reducir drásticamente sus gastos de mantenimiento de los cafetales.
Esto motivó que en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002 la Cámara de Diputados determinó la asignación de recursos públicos para constituir un fondo de estabilización para atender la grave crisis que en ese momento enfrentaba el sector cafetalero, de tal forma que en el año 2002 el gobierno federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Sagarpa, constituyó el Fondo de Estabilización del Café, publicando en el Diario Oficial de la Federación del 25 de febrero de 2002 las Reglas de Operación del mencionado fondo.
El Fondo de Estabilización del Café fue ideado como un mecanismo permanente de promoción y apoyo a los productores de café durante los ciclos cafetaleros en que el precio internacional fueran bajos, mediante la entrega de recursos económicos a los productores, recuperables en las épocas en que el precio del aromático alcanzara niveles que permitieran la rentabilidad suficiente para que éstos pudieran reintegrar los apoyos recibidos.
El 25 de julio del año 2003, aparece en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones por las que el Fondo de Estabilización del Café pasa a ser el Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura, nombre que conservaría hasta su última modificación del 2006. En el artículo 110 de las modificaciones del 2003 se especifican los objetivos generales del fondo, que ya no sufrirán cambios por las modificaciones siguientes y que a la letra dicen:
Artículo 110. Objetivo general. Otorgar certidumbre a los productores con viabilidad en el sector mediante apoyos compensatorios a sus ingresos en las épocas de bajos precios internacionales en el momento de su comercialización, recuperables en las épocas de altos precios, así como contribuir a mejorar la imagen y calidad del café de México mediante el retiro de café de calidades inferiores y la promoción del consumo. Como objetivos específicos se consideran:
I. Compensar parcialmente los ingresos de los productores para garantizarles un ingreso objetivo en la comercialización de su producción.
II. Fortalecer el mecanismo permanente de revolvencia de los recursos económicos para garantizar el apoyo a los productores en las temporadas en que el precio internacional del café se ubique debajo de los niveles previstos en estas Reglas.
III. Generar certidumbre entre los productores que reúnan las condiciones potenciales que garanticen la rentabilidad económica del cultivo de café en condiciones normales de mercado, para su permanencia en la actividad.
IV. Contribuir al mejoramiento de los precios del café mediante la promoción de acciones que incentiven el consumo del aromático y el mejoramiento de la calidad del café de México.
En el año de 2005, con los recursos del Fondo la Sagarpa en unión con el Consejo Nacional de Organizaciones de Productores de Café crearon el Fideicomiso de Recuperación de Apoyos del Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura (Fircafe), quedando lo concerniente a la administración del Fircafe en manos de su comité técnico, con representación de algunas organizaciones nacionales de productores de café y funcionarios públicos del gobierno federal.
El contrato del Fircafe, fechado el 20 de mayo de 2005, nombra como fideicomitente al Consejo Mexicano del Café y como parte de los fideicomisarios al propio Consejo Mexicano del Café y al gobierno federal por conducto de la Sagarpa o por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
De igual forma el mencionado contrato especifica que el comité técnico del Fircafe estará constituido de la siguiente manera:
Cargo: Presidente
Dependencia: Titular de la Sagarpa
Cargo: Presidente suplente
Dependencia: Subsecretario de Agricultura de la Sagarpa
Cargo: Secretario
Dependencia: Presidente ejecutivo del Consejo Mexicano del Café, AC.
Cargo: Vocal
Dependencia: Coordinador general de Apoyos Directos de Aserca.
Cargo: Vocal
Dependencia: Titular de la Dirección General de la Sagarpa que tenga a su cargo la coordinación del Sistema Producto Café.
Para los fines de éste escrito es de importancia hacer hincapié en que la quinta cláusula del mencionado contrato del Fircafe imposibilita el que los recursos del propio fideicomiso sean invertidos de forma riesgosa, ya que a la letra esta cláusula señala:
Quinta. Inversión y administración del patrimonio del fideicomiso: el fiduciario invertirá exclusivamente en valores gubernamentales de máxima seguridad y rendimiento, conforme a las instrucciones que por escrito reciba del comité técnico. En caso de no haber instrucciones, el fiduciario invertirá de acuerdo a la última instrucción recibida y en el supuesto de que el fiduciario no haya recibido instrucción alguna por parte del comité técnico, el fiduciario invertirá en cualquiera de los valores gubernamentales de máxima seguridad y rendimiento y a los plazos más convenientes para el cumplimiento de los fines del fideicomiso.
En 2006 se constituyó la Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, AC, (Amecafe), como brazo ejecutor del Comité Nacional Sistema Producto Café, integrada por las organizaciones de los principales actores. En el mismo año, el Consejo Mexicano del Café, que en ese momento se encontraba en liquidación, cede los derechos y obligaciones del Fircafe a la Amecafe, como fideicomitente. Pero esta situación no conlleva a cambios en cuanto a la situación de Sagarpa, de Aserca y de la SHCP en el Contrato del fideicomiso Fircafe.
Es de destacarse que por una parte lo que ha permitido la continuidad primero del Fondo y posteriormente del Fircafe ha sido de hecho el que los propios productores cafetaleros por medio de sus aportaciones han logrado consolidar estos mecanismos de apoyo para las épocas en que el precio del café es muy bajo, es decir, el Fircafe ha funcionado como una caja de ahorros para los malos tiempos originados por la baja internacional en el precio del café. Por otra parte, en el Fircafe hay fondos provenientes del erario público, por lo cual no debe de haber inconveniente legal para que el mismo fideicomiso sea auditado por la Auditoría Superior de la Federación.
Todo lo expuesto en el presente escrito viene a colación porque actualmente en el medio cafetalero se maneja la idea de que los recursos que han aportado más de 300 mil productores cafetaleros y que actualmente se encuentran en el Fircafe, a propuesta de algunos productores serán utilizados por la Financiera Rural y Sagarpa-Aserca, como fondos de garantía para financiar algunos proyectos.
Esto ha generado una justa protesta por parte de varios productores, quienes argumentan que esto implica un alto riesgo financiaron que puede derivar en la perdida de los fondos, además de que a su decir, los verdaderos dueños de estos recursos no han sido consultados al respecto y ni siquiera han sido considerados en los procesos crediticios.
Todos los interesados en el sector cafetalero concordamos en que se requieren apoyos para sacar adelante al sector, también es cierto que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable prevé está situación y crea el Programa Especial Concurrente (PEC), como el medio adecuado para entre otras cosas apoyar las actividades productivas del campo, dicho PEC año con año es contemplado en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
A raíz de esta situación, los productores inconformes desde nuestro punto de vista piden de manera acertada piden que se respeten los recursos del Fircafe y que sólo se empleen para lo que fueron proveídos, o en su caso, de utilizarse estos como fondo de garantía, se les reintegren sus aportaciones con sus intereses devengados.
Por lo expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, al director en jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria y al director general de Financiera Rural, a que por ningún motivo utilicen o acepten los fondos del Fideicomiso de Recuperación de Apoyos del Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura, para otros fines que no sean los de que dieron origen al citado fideicomiso.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, mandata a la Auditoría Superior de la Federación a que de conformidad con sus atribuciones audite al Fideicomiso de Recuperación de Apoyos del Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2013.
Diputada Angélica Rocío Melchor Vásquez (rúbrica)