Acuerdos

De la Junta de Coordinación Política, relativo a los lineamientos que regulan su funcionamiento interno y procedimientos

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, 33 Y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y

Considerando

I. Que en consonancia con el artículo 77, fracción 1, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada una de las Cámaras puede, sin intervención de la otra, dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior.

II. Que la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara y, por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.

Adicionalmente, tiene atribuciones administrativas y jurídicas que son fundamentales para el funcionamiento interno de la Cámara de Diputados, tanto en el ámbito de los grupos parlamentarios como de la estructura administrativa de ésta..

III. Que este órgano de gobierno se integra por los coordinadores de los grupos parlamentarios y fue instalado el 31 de agosto de 2012, como lo dispone al artículo 35, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

IV. Que la Junta de Coordinación Política requiere dotarse de lineamientos claros y precisos, con objeto de que sus integrantes conozcan la mecánica de su funcionamiento, así como los procedimientos que en su seno se desarrollan, lo anterior en el marco de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, la Junta de Coordinación Política emite los siguientes

Lineamientos que regulan su funcionamiento interno y procedimientos

Disposiciones Generales

Artículo Primero. Los presentes lineamientos tienen por objeto regular la estructura y el funcionamiento internos, así como los procedimientos que se desarrollan en la Junta de Coordinación Política, con el propósito de estructurar sus trabajos, agilizar sus reuniones y facilitar el ejercicio de sus atribuciones, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Segundo. Para efectos de estos lineamientos se entenderá por:

I. Cámara: Cámara de Diputados del Congreso de la Unión;

II. Ley: Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;

III. Junta: Junta de Coordinación Política;

IV. Mesa: Mesa Directiva;

V. Conferencia: Conferencia para la Dirección y. Programación de los Trabajos Legislativos;

VI. Órganos de gobierno: la Junta de Coordinación Política, la Mesa Directiva y la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

VII. Presidente: Presidente de la Junta de Coordinación Política;

VIII. Grupos: Grupos parlamentarios;

IX. Coordinadores: Coordinadores de los grupos parlamentarios; y

X. Vicecoordinadores: Vicecoordinadores de los grupos parlamentarios.

XI. Secretario ejecutivo: El secretario ejecutivo de la Junta de Coordinación Política;

De las Reuniones

Artículo Tercero. La Junta sesionará por lo menos una vez a la semana durante los periodos de sesiones y con la periodicidad que acuerde durante los recesos.

Corresponde a su presidente convocar y presidir las reuniones de trabajo que celebre.

Artículo Cuarto. El procedimiento para la convocatoria a reuniones de la Junta es el siguiente:

a) Se expedirá convocatoria por escrito dirigida a sus integrantes al menos con 24 horas de antelación a la hora de la cita. Excepcionalmente, se podrá convocar con carácter de urgente cuando así sea requerido; y

b) El citatorio respectivo deberá ir acompañado de la propuesta de los asuntos a tratar.

Artículo Quinto. La junta podrá celebrar sus reuniones con la participación de los coordinadores de los grupos, que por sí mismos representen el cincuenta por ciento más uno de la totalidad de los miembros de la Cámara.

Artículo Sexto. Durante los periodos de sesiones, la Junta procurará celebrar sus reuniones a las 13:00 horas.

Las reuniones de la Junta de Coordinación Política tendrán una duración de dos horas durante las cuales se desahogarán los asuntos incluidos en el orden del día de la sesión.

Artículo Séptimo. En las reuniones de la Junta, además de sus integrantes, podrán participar:

a) Hasta dos diputados acreditados por cada uno de los tres grupos parlamentarios con mayor número de diputados;

b) Un diputado acreditado por cada uno de los demás grupos parlamentarios;

c) El secretario general, sólo con voz;

d) El secretario de Servicios Administrativos y Financieros, sólo con voz;

e) El secretario de Servicios Parlamentarios, sólo con voz;

f) El secretario ejecutivo de la Junta, sólo con voz;

g) El secretario técnico de la Mesa Directiva, sólo con voz;

h) Los funcionarios que, por su área de competencia, sean requeridos por la Junta, sólo con voz; y

i) El presidente del Comité de Administración, sólo con voz.

Artículo Octavo. Cada grupo parlamentario podrá acreditar a un enlace ante la Junta de Coordinación Política.

El Enlace de los grupos parlamentarios podrá ingresas a las reuniones de la junta con el propósito de que los auxilie en el desarrollo de sus trabajos.

La Secretaría General podrá acreditar los asistentes que estime necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

De la Secretaría Ejecutiva

Artículo Noveno. Para el auxilio de las tareas de la Junta, ésta contará con una Secretaría Ejecutiva, cuyo titular será designado por el presidente, así como del personal de apoyo necesario para el cumplimiento de sus trabajos.

Artículo Décimo. Corresponden a la Secretaría Ejecutiva, en coordinación con la Secretaría General, las siguientes funciones:

a) Organizar y preparar las reuniones de la Junta;

b) Alistar los asuntos, temas y documentación que los integrantes de la junta requieran para el desempeño de sus funciones;

c) Presentar a la consideración del presidente el orden del día y temas que se incluirán en las reuniones de la Junta;

d) Fungir como enlace con los grupos parlamentarios para tratar los temas relacionados con las funciones de la Junta;

e) Preparar los oficios y comunicaciones que el presidente debe remitir a los coordinadores o, en su caso, a las instancias correspondientes, sobre los acuerdos y decisiones que el órgano de gobierno emita;

f) Supervisar los preparativos para que las reuniones puedan celebrarse en óptimas condiciones;

g) Dar seguimiento, así como llevar el registro y minutario de los asuntos, así como de las delegaciones nacionales o internacionales que se designen en representación de la Cámara;

h) Establecer y mantener actualizado el registro de trámites y documentación que reciba o turne la Junta; y

i) Las demás que el presidente le instruya para el adecuado funcionamiento de la Junta.

Del orden del día de las reuniones

Artículo Undécimo. La Junta abordará en sus reuniones los temas de su competencia, y lo hará, preferentemente, de acuerdo con el siguiente orden:

a) Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día de la reunión;

b) Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior;

c) Acuerdos de la Junta de Coordinación Política;

d) Integración de las propuestas de los grupos parlamentarios para incluir en el orden del día de las sesiones ordinarias de la Cámara de Diputados;

e) Temas de carácter internacional;

f) Temas de carácter nacional;

g) Asuntos administrativos;

h) Informes; e

i) Asuntos generales.

De sus acuerdos y actas de sus reuniones

Artículo Duodécimo. La Junta adoptará sus decisiones por mayoría absoluta, mediante el sistema de voto ponderado, en el cual los respectivos coordinadores representarán tantos votos como integrantes tenga su grupo, de conformidad con el numeral 1 del artículo 35 de la ley.

Artículo Decimotercero. Sólo los coordinadores o sus sustitutos o, en su caso, tendrán voto en las decisiones que adopte la Junta.

Artículo Decimocuarto. El proyecto de acta de las reuniones de la junta que elabore la Secretaría General será circulado por la Secretaría Ejecutiva entre los coordinadores con oportunidad, a efecto de que los grupos envíen sus comentarios u observaciones y pueda ser aprobada en la reunión que corresponda.

Disposiciones complementarias

Artículo Decimoquinto. Corresponderá a la Junta la interpretación y la aplicación de los presentes lineamientos, los cuales se sujetarán a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso, los acuerdos parlamentarios y a las normas y disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. Los presentes lineamientos entrarán en vigor el día de su aprobación por la Junta de Coordinación Política.

Segundo. Publíquense en la Gaceta Parlamentaria.

Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica)

Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional


Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional


Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática


Diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica p.a.)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México


Diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.)

Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano


Diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo


Diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica)

Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza



Invitaciones

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

A investigadores y estudiosos de la realidad mexicana, al Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública, segunda edición, 2012.

Objetivo

Fomentar la generación y difusión de investigaciones y estudios de calidad en materia social, de desarrollo económico y de opinión pública que coadyuven con el trabajo legislativo.

Participantes

Los estudios o investigaciones pueden ser elaborados por una o más personas físicas, de nacionalidad mexicana o extranjeros.

Exclusiones

• Los trabajos patrocinados por entidades públicas o por empresas de carácter mercantil y aquellas obras cuyos derechos no son propiedad del autor.

• Asimismo, no podrán participar los estudios elaborados por personal adscrito al Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP).

Bases

Pueden participar todos los interesados que presenten investigaciones que apoyen el trabajo legislativo en México a partir de las siguientes categorías y temas:

A) Estudios sociales:

• Legislación y políticas públicas para el desarrollo social.

• Legislación y políticas públicas para el desarrollo económico de las regiones.

B) Opinión pública:

• Políticas públicas y agenda legislativa.

Los trabajos deberán cumplir con alguna de las siguientes modalidades:

a) Comparativos o de caso;

b) Que apoyen el desarrollo de la cultura política y la vida democrática;

c) De aplicación al marco jurídico.

Los trabajos deben cumplir las siguientes características:

• Contribuir al conocimiento para el desarrollo económico o social del país o a la construcción de políticas públicas de alcance nacional.

• Estar redactados en español.

• Contener un planteamiento claro y objetivo, con rigor analítico y metodológico.

• Iniciar con un prólogo que explique el tema, desarrollo y terminar con una sección de conclusiones.

• Las obras deben ser investigaciones terminadas e inéditas.

• Deberán presentarse en tamaño carta, con tipografía Arial de 12 puntos e interlineado de 1.5.

• Margen izquierdo de 2.5 cm y derecho de 3 cm.

• Tener una extensión de 20 a 30 cuartillas (hasta 10 mil palabras).

• Los cuadros, mapas y gráficas deberán cumplir con las siguientes características: Tipografía Arial de 10 puntos, con figuras (barras, columnas, líneas, pasteles) en colores blanco, negro y grises, o con tramas de líneas o puntos; dichos elementos deberán ser presentados tanto integrados al texto, como en un archivo (Excel) anexo y su presentación deberá ser clara, precisa e incluir, en todos los casos, su respectiva fuente.

• Para las referencias bibliográficas deberá utilizarse la pauta estadounidense en la que, entre paréntesis, se escriba el apellido del autor, el año de la publicación y la página o páginas citadas; ejemplo: (López, 2007: 8-13). Es importante presentar la información completa de las referencias, mismas que deberán ser verificadas de manera cruzada con la sección de bibliografía. Se recomienda la siguiente forma de elaborar dicha sección:

– Libros: apellido y nombre del autor, año entre paréntesis, título en cursivas, país, editorial, páginas.

– Capítulos de libro: apellido y nombre del autor, año entre paréntesis, título entre comillas, nombre(s) de autor(es), título del libro en cursivas, lugar o país, editorial.

– Revistas: apellido y nombre del autor, año entre paréntesis, título entre comillas, nombre de la revista en cursivas, tomo o volumen, número, lugar o país.

– Internet: apellido y nombre del autor, año entre paréntesis, título, nombre del sitio web, dirección URL completa y fecha del artículo o, en su caso, de la consulta.

– La bibliografía se presentará en orden alfabético conforme a los apellidos de los autores.

Las investigaciones se presentarán impresas en seis sobres cerrados, cada uno de ellos rotulados con pseudónimo del participante y título del trabajo e indicarán claramente la categoría, tema y modalidad al que se inscriben. Estos sobres no deberán contener ningún otro dato que permita identificar al o a los concursantes.

Cada uno de estos seis sobres deberá contener un ejemplar impreso del total de la obra, así como resumen de la misma.

En forma separada, se acompañará un séptimo sobre cerrado con pseudónimo. En su interior deberán incluirse los datos personales del participante o participantes que incluyan correo electrónico, dirección postal y los teléfonos o los medios para contactarlo(s).

Deberá incluirse, también por separado un CD rotulado con seudónimo del participante y título del trabajo e indicarán claramente la categoría, tema y modalidad al que se inscriben. Este CD contendrá los archivos electrónicos PDF y Word, y en su caso, gráficas en Excel.

La entrega de los trabajos y su inscripción al Premio pueden ser en forma personal en horas hábiles o por paquetería con acuse de recibo certificado en las instalaciones del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP) de la Cámara de Diputados, situadas en el edificio I, primer piso, avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, código postal 15960, México, Distrito Federal.

Los trabajos que no cumplan con estas bases serán descalificados.

Jurado

Por invitación se convocará a académicos y personalidades destacadas en estudios sociales, económicos y de políticas públicas para colaborar en la dictaminación de los trabajos presentados.

El jurado valorará, además de la calidad de los escritos, su originalidad y aportación al trabajo legislativo.

Premios

• Primer lugar: 130 mil pesos.

• Segundo lugar: 50 mil pesos.

• Tercer lugar: 25 mil pesos.

De acuerdo con el criterio del jurado calificador, los premios podrán declararse desiertos.

De acuerdo a la calidad de los trabajos, el jurado otorgará el número de menciones honoríficas que considere pertinente.

El fallo del jurado será inapelable.

Cualquier aspecto no considerado en la presente convocatoria será resuelto por el jurado calificador.

Publicación

Los mejores trabajos serán publicados y podrán ser difundidos en cualquier otro medio que determine el CESOP. En todos los casos se dará el crédito respectivo a los autores.

Calendario

La convocatoria se abrirá a partir del 16 de julio y la fecha límite para la entrega de los trabajos será el 14 de septiembre de 2012.

La decisión del jurado se dará a conocer a través de la página web del CESOP: www.diputados.gob.mx/cesop y por correo electrónico a los participantes.

Informes

Para aclaraciones y detalles de información en general se puede dirigir a los correos electrónicos gustavo.meixueiro@congreso.gob.mx y angeles.mascott@congreso.gob.mx o a los números telefónicos 5036 0000 y 01800 1226272, extensiones 55238 y 55237.

Atentamente

Doctora María de los Ángeles Mascott Sánchez

Directora General

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

A la conferencia Avances en la implementación del juicio penal acusatorio, que se llevará a cabo el miércoles 19 de septiembre, a las 12:00 horas, en los salones de usos múltiples 1 y 2 del edificio I.

Conferencista: Licenciado Felipe Borrego Estrada, secretario técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal.

Atentamente

Maestro César Becker Cuéllar

Director General

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

A la conferencia Hacia una nueva hacienda pública, que se llevará a cabo el miércoles 3 de octubre, a las 12:00 horas, en los salones de usos múltiples números 1 y 2 del edificio I.

Doctor Rodolfo Becerril Straffon, ponente.

Atentamente

Maestro César Becker Cuéllar

Director General

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

Al seminario internacional Pobreza y vulnerabilidad social: mercado de trabajo, salud, educación y vivienda que, con el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social del gobierno del estado de México, tendrá lugar el miércoles 7 y el jueves 8 de noviembre, de las 9:00 a las 15:00 horas, en e l salón de usos múltiples número 4 del edificio I.

Atentamente

Doctora María de los Ángeles Máscott Sánchez

Directora General

Del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Al Premio Nacional de Finanzas Públicas, sexta edición, 2013.

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

El Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Convocan

Al Premio Nacional de Finanzas Públicas, sexta edición, 2013

Objetivo

Impulsar la cultura de las finanzas públicas en México y disponer de un acervo de investigaciones y estudios de calidad en materia de finanzas públicas y economía que coadyuven con el trabajo legislativo.

Bases

Podrán participar todos los interesados que cumplan los estudios enmarcados en las siguientes modalidades:

a) Teóricos, cuando contribuyan a expandir la frontera del conocimiento del campo de las finanzas públicas.

b) Comparativos o de caso, siempre que tengan como principal referente las finanzas públicas de México.

Participantes

Los estudios o las investigaciones pueden ser elaborados por una o más personas físicas, de nacionalidad mexicana o extranjera.

Características del trabajo

Los trabajos deben cumplir las siguientes características:

• Las obras deben ser investigaciones terminadas.

• Contener un planteamiento y análisis claro y objetivo, con rigor científico y metodológico.

• Iniciar con un prólogo que explique el tema y terminar con un capítulo de conclusiones, además de contener el índice de la investigación.

• Estar redactados en idioma español, con una extensión máxima de 50 cuartillas, sin considerar tablas, gráficas y anexos; en tamaño carta, a espacio y medio; letra Arial 12, en Word o en formato Adobe Acrobat (PDF).

• Incluir en el ensayo, después de la carátula, un resumen, con extensión máxima de tres cuartillas.

• Los ensayos deben ser firmados con un seudónimo y en ninguna parte del documento deberá incluirse el nombre verdadero del participante.

• Por lo anterior se entregará un sobre o paquete que contenga lo siguiente: 1. El trabajo en tres tantos impresos, empastados o engargolados, los cuales deben contener en la carátula exclusivamente el título de la investigación, el seudónimo y la leyenda “Premio Nacional de Finanzas Públicas 2013”; 2. Tres discos compactos con los archivos electrónicos; y 3. Se acompañará un sobre cerrado y sellado con los datos personales del participante: nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfonos y curriculum vitae (resumido), además del título de la investigación y el seudónimo. El sobre cerrado debe ir rotulado con el seudónimo al frente.

• La entrega de los trabajos corre al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en la Gaceta Parlamentaria y se cierra el 30 de abril de 2013, a las 19:00 horas.

• La entrega de los trabajos puede ser en forma personal, en un horario de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, de lunes a viernes, en las instalaciones del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, sitas en el Palacio Legislativo de San Lázaro, edificio I, primer piso, avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, código postal 15960, delegación Venustiano Carranza, México Distrito Federal.

• Los participantes que radiquen en la República Mexicana o en el extranjero deberán enviar su trabajo por paquetería especializada con acuse de recibo con el siguiente destinatario: “Premio Nacional de Finanzas Públicas 2013. Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. Palacio Legislativo de San Lázaro, edificio I, primer piso, avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, código postal 15960. Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal”. (La recepción de los trabajos por mensajería no serán considerada si se tiene en el matasellos postal fecha posterior al 30 de abril de 2013).

• Los trabajos participantes que no cumplan lo dispuesto en estas bases serán automáticamente descalificados.

• Los trabajos no premiados y los sobres cerrados con los datos de los participantes serán destruidos una vez concluida la ceremonia de premiación y, por tanto, no serán devueltos.

Exclusiones

• Los trabajos patrocinados por entidades públicas o por empresas de carácter mercantil y obras cuyos derechos no son propiedad del autor.

• No podrán participar los estudios elaborados por personal adscrito al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Jurado

• Por invitación se convocará a académicos y personalidades destacadas del mundo de las finanzas públicas a colaborar en esta noble actividad, en aras de estimular la investigación y la producción intelectual.

• El fallo del jurado será inapelable.

• El jurado podrá otorgar menciones honoríficas si lo considera necesario.

• Cualquier caso no considerado en la presente convocatoria será resuelto por el jurado calificador.

Premio

Primer lugar: 125 mil pesos y diploma.

Segundo lugar: 50 mil pesos y diploma.

Tercer lugar: 25 mil pesos y diploma.

Publicación

Las investigaciones premiadas serán publicadas en la revista Finanzas Públicas del CEFP, en el número inmediato a la entrega de los estímulos y reconocimientos.

Calendario

La convocatoria se abrirá el 15 de agosto de 2012 y se cerrará el 30 de abril de 2013.

La decisión del jurado se dará a conocer a partir del 15 de julio de 2013, a través de las páginas electrónicas www.diputados.gob.mx y www.cefp.gob.mx, así como vía telefónica a los ganadores y por correo electrónico al resto de los participantes.

En el comunicado de los resultados de la deliberación del jurado se informará de la fecha de realización de la ceremonia de premiación.

Informes

Para aclaración y detalles de información, dirigirse a admin.cefp@congreso.gob.mx, teléfono 5036 0000, extensiones 55220 y 55218.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de agosto de 2012.

Atentamente

Maestro Édgar Díaz Garcilazo

Director General


Inklusion
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