Comunicaciones oficiales

Del diputado Arturo de la Rosa Escalante

Palacio Legislativo, a 12 de diciembre de 2012.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo que establece el artículo 79, numeral 2, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión me permito solicitar a usted retire la proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Sagarpa, expida una norma oficial mexicana que regule la simulación de la pesca incidental a fin de evitar dicha práctica entre los pescadores comerciales y ribereños, presentada por el que suscribe, el 9 de octubre de 2012.

Sin otro particular, reiteramos a usted la seguridad de nuestras distinguidas consideraciones.

Atentamente

Diputado Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica)

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que informa que en noviembre de 2012 el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó únicamente mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y no transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

México DF, a 17 de diciembre de 2012.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por medio del presente y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 145, penúltimo párrafo, de la Ley Aduanera vigente, le informo que el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras que son las unidades competentes para dar destino a las mercancías de comercio exterior, durante el mes de noviembre de 2012, únicamente destinaron mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquellas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Entre los bienes que fueron destinados por las autoridades aduaneras, se encuentran los siguientes:

• Alimentos y bebidas sin alcohol; artículos de limpieza y aseo; baterías y encendedores; pinturas, barnices, solventes y lubricantes; productos agrícolas y agropecuarios; productos farmacéuticos y material de curación; productos químicos, entre otros.

El total de bienes destinados en noviembre de 2012 por las autoridades aduaneras fue de 9 mil 896 bienes; los cuales se encuentran contabilizados en unidades de medida tales como: kilogramo, litro y pieza, se anexa al presente el informe respectivo.

Sin otro asunto por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Oliver Arredondo Gálvez (rúbrica)

Administrador Central de Destino de Bienes

De la Secretaría de Salud de Tamaulipas, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a las acciones de prevención, atención, control y erradicación del dengue clásico y hemorrágico

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 11 de diciembre de 2012.

Diputado Francisco Arroyo Vieyra

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del

Congreso de la Unión

México, DF

Por este conducto me permito dirigirme a su distinguida persona; y aprovecho para informarle que por instrucciones del gobernador de Tamaulipas, ingeniero Egidio Torre Cantú, estamos dando atención prioritaria a la recomendación emitida por la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura mediante la cual nos exhorta a intensificar las acciones para la prevención y control del dengue en el estado.

Desde principios de 2012, el sistema de inteligencia epidemiológica identificó un alto riesgo y la probabilidad de que se registrara durante el presente año una epidemia por dengue, lo que motivó la implantación de un programa y plan para su prevención, el cual ha logrado a través de acciones intensivas y permanentes dar atención a este problema de salud pública. Entre las acciones destacan las siguientes:

• Desarrollo de cuatro semanas intensivas de lucha contra el dengue.

• Operaciones permanentes de descacharrización con apoyo de las presidencias municipales.

• Campaña de medios para promover medidas preventivas contra el dengue.

• Jornadas intensivas de fumigación con máquinas pesadas y motomochila en sectores de mayor riesgo.

• Fortalecimiento de la Red Estatal de Vigilancia Epidemiológica para la detección, el estudio y el seguimiento de pacientes.

• Verificaciones sanitarias en establecimientos de riesgo y jornada de saneamiento básico.

• Acreditación de escuelas libres de dengue.

• Activación, reactivación y capacitación de comités de salud.

• Reuniones de coordinación con estados que forman la región de las Huastecas.

• Acreditación de unidades hospitalarias seguras contra el dengue.

• Implantación del Plan de Contingencia Hospitalaria.

• Reuniones de coordinación del Consejo Estatal de Salud, Comité Estatal y Jurisdiccionales de Seguridad en Salud.

• Capacitación del personal de salud de las unidades de primero, segundo y tercer niveles.

• Elaboración y distribución a todas las unidades del sector salud de la Guía práctica clínica de dengue.

• Adquisición de parque vehicular para fumigar áreas con transmisión y de mayor riesgo.

• Contratación de brigadistas para apoyar la lucha antilarvaria vectorial y la eliminación de criaderos.

Como resultado de estas acciones se mantiene el control epidemiológico del dengue en el estado, pues de la incidencia nacional, la cual acumula 45 mil 257 casos al 7 de diciembre, sólo mil 620, lo cual representa 3.5 por ciento, son aportados por la entidad.

De los casos, 93.4 por ciento se concentran en 7 municipios de Tamaulipas, entre los que destacan Reynosa, Altamira, Tampico, Madero, Matamoros, Aldama y Victoria. Tal situación evidencia que la transmisión es focalizada y circunscrita sólo en 16 por ciento de los municipios.

La proyección epidemiológica de casos para 2012 en un escenario de epidemia la cual teóricamente debió haberse registrado en la entidad consideró la posibilidad de que se registrara un número importante de casos. Por ello, el estimado era de 5 mil 645 casos y 10 defunciones, lo cual fue posible evitar dado el trabajo realizado por los tres órdenes de gobierno.

Actualmente, el comportamiento epidemiológico del dengue observa un descenso importante y una franca reducción, por lo que la transmisión de la enfermedad se encuentra en etapa de desaceleración.

En Tamaulipas, la salud es prioridad de prioridades. Por lo mismo, el gobierno del estado dará permanencia a cada una de las acciones que permita atender los problemas emergentes y reemergentes de salud pública, con objeto de blindar la salud de los tamaulipecos.

Sin otro asunto en particular, hago propicia la ocasión para ponerme a sus órdenes.

Atentamente

Doctor Norberto Treviño García Manzo (rúbrica)

Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Tamaulipas



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Con proyecto de decreto, que adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se envía anexo al presente la iniciativa proyecto de decreto que formula la Quincuagésimo Octava Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, por virtud de la cual se adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior para los efectos administrativos y legales a los que haya lugar.

Sin otro particular, le reiteramos la seguridad de nuestra distinguida consideración.

Atentamente

Heroica Puebla de Zaragoza, a 4 de diciembre de 2012.

Mesa Directiva del Congreso del Estado


Diputado Enrique Nacer Hernández (rúbrica)

Presidente

Diputado Jesús Salvador Zaldívar Benavides (rúbrica)

Vicepresidente

El honorable Quincuagésimo Octavo Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla

Considerando

Que en sesión pública ordinaria celebrada con esta fecha, vuestra soberanía tuvo a bien aprobar, para los efectos del artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el proyecto de decreto emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, por virtud de la cual se adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Que la protección de los derechos de los adultos mayores debe ser una prioridad para el Estado, teniendo como base un marco legal que establezca los derechos fundamentales, para lo cual necesariamente debe generar respuestas institucionales y sociales, valorando las aportaciones que han realizado y establecer todas las acciones a su alcance, buscando su plena inserción en la vida familiar, social, comunitaria, económica y política del país.

Que es necesario establecer las reglas que deben cumplir tanto sociedad civil, como gobierno, para promover la educación, el esparcimiento, la prevención de las enfermedades y, en su caso, la creación de fuentes de empleo, dirigidas a los adultos mayores, de tal forma que la calidad de vida sea la adecuada para fortalecer sus conocimientos y sus diversas capacidades.

Que la promoción de una cultura de la vejez a partir de los derechos previstos en el marco normativo de las personas adultas mayores es, sin duda, uno de los retos más importantes en México.

Que la salud, educación, alimentación y el desarrollo de una vida de bienestar de las personas adultas mayores debe ser una garantía individual que forme parte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, derechos que continuamente ya se consideran en los planes, programas y acciones de gobierno.

Que parte fundamental es el de crear los medios y las instancias adecuadas para mantener productivos a los adultos mayores, mediante la capacitación, el empleo, el otorgamiento de créditos, así como subsidio parcial en el pago de los servicios públicos que prestan las dependencias o entidades de la administración pública de los tres órdenes de gobierno.

Que la creación de planes, programas y demás lineamientos que se establezcan a favor de los adultos mayores deben ser congruentes, integrales y uniformes en todas las entidades federativas, de tal forma que se logre el desarrollo integral de este importante sector.

Que los adultos mayores han sido los generadores del desarrollo social, económico y político del país, siendo responsabilidad de toda la población activa y del gobierno proporcionarles los medios adecuados para integrarlos a una vida activa, de respeto, de esparcimiento y de plenitud.

Que precisamente la política pública dirigida a los adultos mayores, debe ser congruente con las diversas normas que tienen entre sus objetivos principales el de garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual de las personas adultas mayores.

Que la uniformidad y congruencia de las normas secundarias depende de la actualización de nuestra norma suprema, la cual debe considerar la prevención, protección y determinación de las medidas generales que deberán cumplirse por el gobierno federal y los gobiernos locales.

Debemos impulsar transformaciones profundas en las formas de organización social y económica, pero fundamentalmente, en las instituciones que hasta hoy han sido las encargadas de marcar las pautas en esta materia, para lograr esto deberán establecerse los lineamientos fundamentales como garantía constitucional de derechos a los adultos mayores.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto 1, 71, fracción III, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 44, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 48, fracción I, inciso c), del Reglamento Interior del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa proyecto de

Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar en los términos siguientes:

Artículo 4.

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El Estado establecerá las condiciones necesarias para la satisfacción de las necesidades de alimentación, salud, educación, esparcimiento, deporte, cultura y trabajo de los adultos mayores, teniendo como objetivo el desarrollo integral de los hombres y mujeres adultos mayores, integrándolos al desarrollo social, económico y político del país.

Artículos Transitorios

Primero. Envíese al honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa minuta proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. Envíese a las legislaturas de las entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el propósito de que tengan a bien considerar la presente adición y se adhieran a la misma.

Tercero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cuarto. Las legislaturas de los estados, en su caso, deberán realizar las adecuaciones a sus ordenamientos legales correspondientes.

Quinto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la Heroica Ciudad de Puebla de Zaragoza, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil doce.

Diputado Enrique Nacer Hernández (rúbrica)

Presidente

Diputado Jesús Salvador Zaldívar Benavides (rúbrica)

Vicepresidente

Diputado Alejandro Oaxaca Carreón (rúbrica)

Secretario

Diputado Jorge Gómez Carranco (rúbrica)

Secretario


Inklusion
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