Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3472-VIII, jueves 15 de marzo de 2012



Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Mesa Directiva, relativo a la vacante de diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 63 y 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 10 del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes:

Considerandos

I. Que en términos de lo dispuesto en los artículos 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, numeral 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 11 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la vacante de miembros electos por el principio de representación proporcional en la Cámara de Diputados será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.

II. Que en sesión de fecha 06 de septiembre de 2011, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la solicitud de licencia por tiempo indefinido presentada por la diputada Josefina Vázquez Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para separarse del cargo de diputada federal a partir de esa misma fecha. Al respecto, la Presidencia de la Mesa Directiva instruyó llamar al suplente.

III. Que la Presidencia de la Mesa Directiva recibió el 07 de septiembre de 2011 comunicación del diputado Miguel Novoa Gómez, suplente de la diputada Josefina Vázquez Mota, por la que manifiesta que por así convenir a sus intereses y en razón de que ostenta el cargo de Abogado General de la Secretaría de Desarrollo Social, declina asumir el cargo de diputado federal a la LXI Legislatura.

IV. Que la diputada con licencia Josefina Vázquez Mota, ha sido designada por su partido político, precandidata a la Presidencia de la República, por lo que no se reincorporará a los trabajos de la Cámara de Diputados en el lapso que resta de la actual legislatura.

V. Que en razón de que los ciudadanos Josefina Vázquez Mota y Miguel Novoa Gómez, diputados propietaria y suplente, respectivamente, del Partido Acción Nacional, electos en la Cuarta Circunscripción Plurinominal, no asumirán el cargo de diputado federal, se configura el supuesto de vacante, por lo cual resulta necesario actuar conforme a lo dispuesto en el artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 20, numeral 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Expuestos los considerandos anteriores, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas, se somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. En razón de que los ciudadanos Josefina Vázquez Mota y Miguel Novoa Gómez, diputados federales propietaria y suplente, respectivamente, del Partido Acción Nacional, electos en la Cuarta Circunscripción Plurinominal, no se incorporarán a sus labores como diputados federales a la LXI Legislatura en el lapso que resta de ésta, se considera vacante dicha fórmula, por lo que resulta necesario actuar conforme a lo previsto en el artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

“...la vacante de miembros de la Cámara de Diputados, electos por el principio de representación proporcional, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido;....”

Así como, de conformidad con lo señalado en el artículo 20, numeral 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que a la letra dice:

“3. Las vacantes de miembros propietarios de la Cámara de Diputados, electos por el principio de representación proporcional, deberán ser cubiertas por los suplentes de la fórmula electa respectiva. Si la vacante se presenta respecto de la fórmula completa, será cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.”

De igual forma el artículo 11 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece:

1. Las vacantes de diputados o diputadas electos por el principio de mayoría relativa o representación proporcional, se cubrirán conforme a lo dispuesto en la Constitución, en sus artículos 63, primer párrafo y 77, fracción IV.

Segundo. Dese cuenta al Instituto Federal Electoral, a efecto de que dicho órgano informe a esta soberanía de la fórmula de candidatos que siga en el orden de la lista regional de la Cuarta Circunscripción Plurinominal del Partido Acción Nacional, para efectos de que los miembros de dicha fórmula puedan ser llamados a ocupar el cargo de diputado federal a la LXI Legislatura.

Tercero. Notifíquese a los ciudadanos Josefina Vázquez Mota y Miguel Novoa Gómez.

Cuarto. Publíquese el presenta Acuerdo en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 15 días del mes de marzo de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica)

Presidente

Diputada Juanita Arcelia Cruz Cruz (rúbrica)

Vicepresidenta

Diputado Jesús María Rodríguez (rúbrica)

Vicepresidente

Diputado Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica)

Vicepresidente

Diputada Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica)

Secretaria

Diputada Gloria Romero León (rúbrica)

Secretaria

Diputado Balfre Vargas Cortez (rúbrica)

Secretario

Diputado Carlos Samuel Moreno Terán

Secretario

Diputado Herón Agustín Escobar García (rúbrica)

Secretario

Diputada Cora Pinedo Alonso

Secretaria

Diputada Laura Arizmendi Campos (rúbrica)

Secretaria


Inklusion
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