De la Comisión de Justicia, relativa a la vigésima quinta reunión, celebrada el martes 4 de octubre de 2011
En la zona C del Edifico G, ubicado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a las 17:15 horas del martes 4 de octubre de 2011, se llevó a cabo la vigésima quinta reunión de trabajo de la Comisión de Justicia, que fue convocada bajo la siguiente orden del día:
1. Lista y verificación del quórum legal.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y en su caso aprobación de las actas de las reuniones vigésima tercera y vigésima cuarta.
4. Análisis de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide el Código Federal de Procedimientos Penales.
5. Asuntos generales.
6. Clausura y cita para la próxima reunión el 11 de octubre de 2011.
Se declaró la existencia del quórum legal.
Se dio inicio a la reunión 25 firmas de los siguientes diputados: Víctor Humberto Benítez Treviño, Sergio Lobato García, Óscar Arce Paniagua, Camilo Ramírez Puente, Ezequiel Retiz Gutiérrez, Juanita Arcelia Cruz Cruz, Eduardo Ledesma Romo, Ma. De Jesús Aguirre Maldonado, Luis Carlos Campos Villegas, Nancy González Ulloa, Leonardo Arturo Guillén Medina, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Gregorio Hurtado Leija, Israel Madrigal Ceja, Sonia Mendoza Díaz, Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, María Antonieta Pérez Reyes, Rodrigo Pérez-Alonso González, Norma Leticia Salazar Vázquez, Miguel Ángel Terrón Mendoza, Enoe Margarita Uranga Muñoz, Josué Cirino Valdez Huezo, J. Eduardo Yáñez Montaño, Arturo Zamora Jiménez.
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Esta sesión la vamos a dedicar a escuchar los planteamientos de cómo se fue gestando esta iniciativa que hoy vamos a analizar, tanto la que viene del presidente como dos iniciativas más, vamos a dictaminar tres iniciativas. No omito mencionarles que como lo dije hoy en el pleno, la Comisión de Justicia es un pleno, es un pequeño Congreso. Tenemos la opinión plural de 30 diputados. Si ustedes son los que van a decidir cuáles son las orientaciones de esta iniciativa. Por eso es muy importante que a partir del día de hoy nos hagan llegar sus comentarios, señores diputados, distinguidas diputadas, para que podamos dictaminar la iniciativa del Código Federal de Procedimientos Penales porque establece el sistema adjetivo de la justicia penal. Para ubicarnos, la reforma del 18 de junio de 2008 establece las nuevas características del nuevo sistema de justicia penal en el país. Es un tránsito entre el sistema inquisitivo y el sistema acusatorio.
Uno neorromanista que nosotros heredemos por nuestra tradición europea del derecho español, del derecho latino y el otro que es propio de los países anglosajones, del derecho consuetudinario. Entonces, es un sistema mixto el que estamos aplicando nosotros. No es netamente inquisitivo, no es netamente acusatorio, formalista, por un lado, pero por el otro lado abreviado, oral, adversarial, público y acusatorio. Siete entidades del pacto federal ya declararon el sistema adversarial acusatorio plenamente, estamos en el tránsito.
Y por eso es de la mayor importancia que nosotros lo analicemos, distinguidas diputadas, compañeros diputados, para que podamos tener ya un sistema que nos permita avanzar más rápidamente en el sistema de justicia mexicano. Si me permiten, yo en la mañana que estaba revisando la iniciativa, me acordaba de lo que decía Reyes Heroles, cuando se promulga la Constitución del 57. Decía: México ya no es lo que había sido, pero México todavía no es lo que debe de ser. De acuerdo con lo que hemos comentado con varios de ustedes, es muy importante en la sesión de hoy, para saber de dónde viene el Código. ¿Cuáles fueron las voces que alimentaron este sistema? El sistema en su conjunto, y aquí tenemos la participación del Consejo de la Judicatura, de la secretaría técnica, de organizaciones civiles, de mi universidad, la Universidad Nacional Autónoma de México, del Instituto Nacional de Ciencias Penales, que escuchemos la participación. Y después crear una subcomisión, si están ustedes de acuerdo.
Me han pedido Óscar Arce Paniagua y Arturo Zamora, más los que ustedes digan, que en un plazo de 8 días recibamos los comentarios de todos ustedes. Porque tenemos prisa y así hemos actuado, todos los productos que ha sacado esta comisión verdaderamente son históricos, para que nos puedan plantear al seno de la comisión sus propuestas como lo mejoramos, si hay que mejorar, en qué vamos a participar para dictaminarlo rápidamente por parte de la Comisión y enviarlo a la colegisladora para los efectos del artículo 72 constitucional.
La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz comentó: Francamente una semana no para una reforma, sino el planteamiento de un nuevo código me parece un tiempo muy reducido, desde luego comparto con toda la comisión por la preocupación por sí concretar en este periodo legislativo un documento se ha ofrecido al pleno, la voluntad nuestra está en ese ánimo. Sin embargo, yo querría que en todo caso, sin adelantarme, señalar que es imposible que sea en una semana que podamos entregar este ejercicio, sí señalar que sea un primer plazo, un plazo en términos del optimismo que acompaña al presidente en cuanto a los trabajos de esta comisión pero no un plazo acotado, cerrado, sino que al concluir esta semana veamos si todos fuimos capaces de integrar la tarea, y de no ser el caso, ampliar el plazo.
En concreto, presidente, le había yo comentado a usted, de manera informal, lo hago ahora de manera formal, la inquietud, porque pudiéramos recibir las opiniones de quienes en los estados ya están teniendo una experiencia directa con los juicios orales, y en particular la visión de las especialistas en el tema, dado que el asunto de las víctimas está resultando especialmente relevante la atención, por ello el proponer que en esta ruta crítica se incorpore a la voz de estos expertos connotados, destacados que ya tienen ustedes, la voz de expertas, estoy hablando con toda la intención, usted me conoce diputada, me conocen los demás compañeros. No puedo dejar de señalar que la lista de expertos que nos ha ofrecido, incluye solamente a niños, se les olvidaron las niñas...
Querría proponer que en un trabajo paralelo al que realicemos nosotros, pudiera considerarse la opinión que tendría que enviar por escrito, no estoy planteando de ninguna manera un evento de estas características, abogadas que están realizando este trabajo en estos estados. En concreto, propongo que se incorpore la opinión de la abogada Luz Estela Castro Rodríguez, es para quien no la ubiquen, la encargada de dar seguimiento a los casos de feminicidio en Chihuahua, propongo para que se incorpore su opinión también, la mirada de la maestra Fanny Sánchez Cabral, que es subprocuradora especializada de justicia para adolescentes del estado de Oaxaca. A la licenciada Ivete Estrada Garza, es parte del sistema de justicia penal del Distrito Federal Ivete Estrada Garza, es de la consejería jurídica del Distrito Federal e imparte una cátedra de justicia penal en la UNAM. La licenciada Minerva Nájera Nájera, que es coordinadora del Comité Latinoamericano en la defensa de los derechos humanos de las mujeres, es del estado de Baja California, Chihuahua, Oaxaca, Distrito Federal y Baja California, por las distintas experiencias que se están teniendo en este tema, se trata de hacer un ejercicio propositivo, por ello es que estamos haciendo un planteamiento de estos nombres, no en el ánimo de retrasar, sino que en paralelo al trabajo que estamos haciendo haya también las aportaciones que puedan ser consideradas para el análisis y en su caso para incorporar a la dictaminación, presidente.
Se instruyó a la Secretaría Técnica a elaborar los oficios correspondientes y enviarlos a la brevedad posible.
En el punto número dos del orden del día éste fue aprobado por unanimidad.
Continuando con el punto número tres, se sometió a votación la aprobación de las actas de la vigésima tercera y vigésima cuarta reunión y fueron aprobadas por unanimidad.
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: que se iniciaba con la participación del licenciado Felipe Borrego Estrada, secretario técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia. Dice que está ampliamente conocido y reconocido por todos ustedes. Distinguido zacatecano, ya fue diputado federal, fue magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, del estado de Zacatecas, en diciembre de 2008, por invitación del presidente Felipe Calderón, asumió el cargo de secretario técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, el cual ostenta hasta la fecha.
El licenciado Felipe Borrego Estrada comentó: Esta iniciativa surge, de acuerdo lo que he estado escuchando en estos momentos, antes de la sesión, de cómo surge la iniciativa, surge de un acuerdo del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma de junio de 2008, en el cual después de comentarios previos a la misma de discusiones abiertas, sobre todo los miembros de dicho consejo. Como todos ustedes saben, están representados los tres Poderes de la Unión, están representantes las conferencias de procuradores, de presidentes de tribunales y secretarios de seguridad pública de las entidades federativas, así como la sociedad civil y la academia. En esta etapa, las partes pueden recabar todos aquellos elementos aprobatorios para efecto de formular o no la acusación, el plazo máximo es hasta dos meses si se tratare de delitos, cuya pena máxima no exceda de dos años o hasta seis, si la pena excediera de ese tiempo. Después aparece la etapa intermedia, la fase tres, que es la audiencia intermedia, que es a partir de la formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio oral. Ahí en la audiencia intermedia deberá celebrarse en un plazo que no podrá exceder... no podrá ser menor a 20 ni exceder a 30 días. Ahí es el ofrecimiento de pruebas, admisión de pruebas, depuración de los hechos controvertidos que se dan en materia del juicio, los acuerdos probatorios y la emisión de auto de apertura a juicio.
Por último, el juicio oral, la fase cuarta, es la audiencia definitiva, donde se dan los alegatos iniciales, el desahogo de las pruebas ofrecidas por las partes, los alegatos de clausura, la decisión de las cuestiones esenciales del proceso, o sea, la absolución de la condena, y se realiza sobre los principios de la acusación.
Primero hablemos de algo importante en este código, que son los derechos de las víctimas u ofendidos del delito. No enumeramos en ésta lámina, todos, vamos a dar una de los importantes derechos que tiene la víctima en este juicio. La calidad de parte procesal, a contar con un asesor jurídico o abogado victimal, aún de juicio, encargado de hacer valer sus derechos en el procedimiento, a solicitar medidas cautelares para su protección y restitución de derechos a ejercer la acción penal particular, a tener acceso a los registros de procedimiento, tener copia de los mismos, al resguardo de su identidad, tratándose de menores de edad, delitos de violación, contra la libertad, a oponerse al criterio de oportunidad, a la abstención de investigar, al no ejercicio de la acción penal y a que se le reciban todos los datos, elementos de prueba, con los que cuenta. Son algunos de los derechos de las víctimas.
Los derechos del imputado se regulan desde la óptica del respeto a la presunción de inocencia y del debito proceso, luego la mayoría de los que vienen en la Constitución —voy a ser muy rápido— a ser considerado, tratado como inocente, a comunicarse con un familiar, con su defensor a declarar o guardar silencio, a declarar con asistencia de su defensor, entrevistarse previamente con él, a que su defensoría esté en el momento de su declaración, a que se le informe en el momento de su detención, con la comparecencia, los hechos que se le imputan, los derechos que le asisten, así como en su caso el motivo de la privación de la libertad, tener acceso a los registros de investigación, a que se le reciban los testigos y demás medios pertinentes de prueba, a tener una defensa adecuada por un licenciado en derecho, a no ser objeto de información por los medios de comunicación, sin su consentimiento o presentado como culpable, entre otros. Hay, aquí muy rápido, dos jueces centrales, el juez de control y el juez del juicio oral.
El juez de control, como principal función, recuerden que es el de garantizar los derechos de las víctimas y de los ofendidos y de los imputados y resolver sobre las medidas cautelares, las providencias precautorias, las técnicas de investigación, conocer de la prueba anticipada y conocer las formas anticipadas de terminación del proceso.
El juicio oral, que es el que preside el juicio en sí, la audiencia final donde se dan los alegados, el estado de pruebas, la sentencia y dictará e individualizará la pena correspondiente, la sentencia correspondiente. Existe una figura, llamada “la prueba anticipada”, se celebrará fuera de la audiencia de juicio y podrá tener el valor probatorio cuando se cumplan con todos los supuestos siguientes: Se ha practicado ante el juez del control, en su caso, ante el juez de juicio oral, cuando este sea antes de la celebración de la audiencia. Sea solicitada por alguna de las partes. Sea por motivos fundados y de extrema necesidad y para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio. Y se practique en audiencia previa y en cumplimiento de las reglas previstas para la práctica de las pruebas de juicio. Catálogo de delitos graves para la detención en caso urgente. Se establece de conformidad con el artículo 16, párrafo seis, constitucional, la posibilidad de que sólo en casos urgentes, el ministerio público podrá, bajo su responsabilidad y fundado y expresando los datos de prueba que motiven su proceder, ordenar la detención de una persona, siempre y cuando ocurran los siguientes supuestos: el imputado haya intervenido en la omisión de algunos delitos señalados como graves, para tal efecto en este código, exista riesgo fundado en que el imputado puede sustraerse de la acción de la justicia y que por razón de la hora, lugar o cualquier otra circunstancia no puede ocurrir ante la autoridad judicial. Se establece que la violación está a disposición, será sancionada penalmente. El criterio de oportunidad. El ministerio público podrá prescindir total o parcialmente del ejercicio de la acción penal, limitar a uno o varios hechos delictivos o imputado cuando, se trate de delito que no tenga pena privativa de libertad, que tenga pena alternativa o cuya penalidad máxima no exceda de tres años de prisión, y se hayan reparado los daños causados a la víctima u ofendido. El imputado haya realizado la reparación integral a entera satisfacción de la víctima u ofendido del daño causado en delitos culposos o de contenido patrimonial, sin violencia sobre las personas o el imputado como consecuencia del hecho delictivo, padezca una enfermedad terminal, de modo que fuera notoriamente innecesario o irracional.
Actuaciones de investigación y control judicial, se ven, son los anexos, y el proceso acusatorio en sí. Se distinguen dos estándares probatorios: el dato de prueba y la prueba en sí. O sea, son diferentes para tomar en consideración la prueba para la sentencia definitiva y los datos de prueba para la procedencia de las órdenes de aprehensión, para la formulación de imputación, para vinculación a proceso, para medidas cautelares y resoluciones de procedimientos abreviados o simplificados. Con estos nada más basta el dato de prueba para la sentencia, si... la prueba definitiva. Las medidas precautelares. Para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido, evitar la obstaculización del proceso, del procedimiento o asegurar el pago de la reparación del daño, deberán ser autorizados por el juez. Recuerden que aquí también la víctima puede solicitar las medidas cautelares. Se establece un amplio catálogo de medidas... prisión preventiva para el imputado y que tienden a garantizar su presentación.
Aquí se enumeran las mismas, que se las vamos a dejar. La prisión preventiva, discusiones generales, se plantea la prisión preventiva, de acuerdo a lo que dice la Constitución como una medida cautelar que implica la última... del nuevo proceso penal, existen los criterios de procedencia, por delito que merezca pena privativa de libertad y cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima o de los testigos o de la comunidad, o cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión. Esto es lo que dice la Constitución.
Segundo. Cuando se trate de delitos respecto de los cuales procede de manera oficiosa, la prisión preventiva, de conformidad con lo previsto por la Constitución. Acción penal por particulares. Existen dos acciones, dos modos de hacer la acción penal por particulares: la directa y la indirecta. La indirecta son aquellos delitos que se persiguen de oficio, en los cuales el ofendido puede ir directamente ante el juez de control con sus pruebas, sin necesidad de pasar por el ministerio público. Por otro, la acción penal particular indirecta, aquella en la cual, el ministerio público hubiere determinado el archivo temporal, la abstención de investigar el no ejercicio de la acción penal y que no existan elementos para resolver el ejercicio de la acción penal. Cuando determine cualquiera de estos cuatro supuestos, el ministerio público, y el particular, puede ejercitar la acción penal... ir directamente ante el juez de control, pero ahí sí tiene que acompañarlo ya obligatoriamente el ministerio público por la tutela de lo mismo. Hay medios alternos, que es el procedimiento abreviado, la suspensión condicional del proceso, el procedimiento simplificado y los acuerdos reparatorios. —Me voy a ir a uno por el tiempo que tengo—. El procedimiento abreviado que es cuando el ministerio público lo solicite y que el imputado consienta la aplicación de este procedimiento, admita el hecho y la acusación que le formule el ministerio público, garantice la reparación del daño y no se haya beneficiado anteriormente por cualquier procedimiento, determinación anticipada, salvo que haya sido absuelta o hayan transcurrido cinco años desde el cumplimiento de la resolución, sólo podrá aplicarse para delitos graves, así como aquellos delitos, cuya procedimiento queda excluida del procedimiento simplificado, de los otros, o de la suspensión condicional del proceso.
No procederá la aplicación. Tiene que tener la autorización del procurador General de la República o el titular de la Procuraduría General de la República, el beneficio el Ministerio Público solicitará la reducción hasta en una cuarta parta de la pena que le corresponda al delito por tal causa. Aquí están los delitos y existen las otras figuras, pero ya se me acabó el tiempo, nada más las voy a enunciar la suspensión condicional del proceso, el procedimiento simplificado donde aparecen también los acuerdos reparatorios, los medios de impugnación que como dijimos era la apelación y la revisión en caso de reconocimiento de inocencia... en términos generales estas son las figuras que creemos pueden ser novedosas.
El magistrado Juan José Olvera López comentó: La visión de servidor, la que corresponde ahora exponer la referiré al tema organizacional, porque justamente mi intervención es en función del consejo de la judicatura federal. Esta implementación trae tres rasgos muy importantes para el Poder Judicial de la Federación uno de ellos es que crea y replantea la figura del juez, crea a un juez de control y a un juez de juicio, de entrada vale la pena destacar que deja afuera al juez de ejecución, cual si fuera una figura secundaria que no lo es, en principio y que en términos de tiempo es prioritaria a este procedimiento, porque la ejecución ya está en vigor y este procedimiento todavía tiene algunos años por venir, para que termine de cristalizarse. De modo que lejos de dejarlo fuera bien valdría la pena considerarlo por delante, simplemente por los tiempos. De modo que este es un gran reto para el consejo de la judicatura federal, implementado juez de control y de juicio. También crea la figura, la figura del asesor jurídico, para que represente a la víctima cual si fuera defensor de oficio del inculpado.
Es decir, aquí se incorpora, se incrementa, la exigencia de capacidad de respuesta de la defensoría pública federal, porque así como hoy por hoy está obligado el consejo federal a suministrar a un defensor público para los inculpados, también se establece la obligación de que responda con un asesor jurídico para las víctimas, es decir, amplía la necesidad de cobertura de representación jurídica. Aquí el tema que ya no trae la reforma, pero que en una implementación sería, completa exigiría crear los centros de detención judicial o preliminar, como ustedes saben hoy la prisión preventiva así sea en la fase preliminar, aquella en la que el procedimiento se cumple en los centros de prisión preventiva cuando no en los centros de reclusión. En otras latitudes donde se ha llevado a plenitud esta reforma se exige que los centros de justicia, esto que llamamos juzgados, ahora, centros de justicia es algo mucho más complejo, hay un mismo en lugar de prisión preventiva en los casos que resulten eludibles según el propio código.
Es decir, tratar de suavizar los efectos nocivos de la prisión preventiva que esté en las áreas de dominio del juzgado y esto desde luego replantea la necesidad del diseño de los órganos jurisdiccionales y el principio de contradicción que también es un mandato constitucional que debe de aterrizarse en este procedimiento exige que así como el órgano acusador tiene todo un equipo institucional de investigación especializadas, servicios periciales quiero decir, también hablando en una situación ya no diría de idealidad, si no de elementos básicos es que la defensa como institución también tenga un centro de investigaciones y servicios periciales como se tiene otras latitudes. Es decir, aquí no se trata de innovar, si no de traer las mejores prácticas de la experiencia comparada que hoy por hoy ustedes lo saben cuando la defensa precisa litigar frente al Ministerio Público uno como... observa que para poder hacerse de prueba técnica tiene que pedirle al juez que interceda, para que le pida a su contrario que le proporcione la experiencia pericial, para que pueda litigar en su favor, lo cual de entrada es un contrasentido.
La defensa pidiéndole al contrario que le ayude a resolver su caso, esto en otras latitudes, hay experiencia comparada en donde se han creado y de entrada no representa un costo desproporcionado frente a la reforma, es algo que el principio de contradicción mejor conocido en nuevo lenguaje como de igualdad de armas, exige considerar poner una situación más o menos en la medida de lo posible semejante a la defensa frente a la fiscalía. Otro tema que es relevante, que para el Poder Judicial exige retos, retos serios es el de la implementación gradual de la reforma, la implementación gradual significa que en el ámbito federal se vaya implementando de diferentes maneras, no de un sopetón como se diría todo el sistema.
Aquí, la iniciativa privilegia el criterio de territorialidad y la iniciativa establece, confía la responsabilidad de esta gradualidad al Poder Judicial de la Federación al establecer que mediante acuerdos generales el consejo determine en qué circuitos irá poco a poco implementado la reforma. Esto que es un buen criterio y que el Poder Judicial de la Federación en tanto operador, en tanto con los podría ser muy encomiable que así quedara establecido, que el propio Poder Judicial de la Federación fuera estableciendo en qué regiones. Esto sugiere la reforma, valdría la pena reflexionar sobre otros criterios de gradualidad, por ejemplo, de mayor o menor impacto de los delitos. El de mayor o menor gravedad. En el derecho comparado la gradualidad es un tema esencial, en los países que se nos han adelantado en este esquema lo han hecho gradual y ha sido algo positivo, se han reducido los efectos nocivos del cambio sistema, para familiarizarse con un sistema bien vale la pena ir poco a poco. Y los países que entraron de manera más directa han tenido que establecer contrarreformas, lo que se llama incluso agenda corta y qué se yo, donde terminan reajustado por ley. Una de las nuevas ofertas de este nuevo sistema, esto presupone entonces no tomar conjunto de partida los números actuales de juicios, porque estamos partiendo de una base equivocada. Número dos, también reconocer que el menos la reforma lo exige, lo exige esta iniciativa y parece que es en ese sentido encomendable también reconocer que la alternatividad que ciertamente es una forma de solucionar de manera mucho más rápida con menos intervención judicial, con menos desgaste de recursos públicos, pero al final exige que todo transite así sea por una revisión final que todo transite por los jueces, que el derecho fundamental de acceso a la justicia se respete aún en los otros mecanismos alternativos que al final el juez termine por autorizar cualquier tipo de acuerdo, para evitar el abuso de los derechos entre las partes. Eso es una demanda, es una demanda de la reforma constitucional y que salvo su mejor opinión desde luego, ustedes puedan advertir que bien parece que se refleja en la iniciativa.
Tomó la palabra la ciudadana María Isabel Miranda de Wallace: l a primera es que precisamente, porque estamos, como bien lo acaba de enunciar el magistrado, transitando entre un sistema tradicional y un sistema nuevo oral que sí tengamos mucho cuidado en que este código sea eso.
Número dos, me preocupa como siempre el tema de las víctimas que se tome en cuenta para este código todo lo que se entregó aquí en la Cámara y tengo entendido ya la avalan todos ustedes que es un capítulo especial para víctimas, porque si bien es cierto que aquí en el código hay algunos elementos de protección a las víctimas, también lo es cierto que faltan muchisísimos otros elementos que habría que incorporar. También me gustaría que en este código se tome en cuenta, señores diputados, el hecho que haya un equilibrio entre el imputado y la víctima y lo digo textualmente por dos cosas que noté el código: Uno, precisamente lo que acaban de decir aquí de la acusación privada no se contempla, por ejemplo, el secuestro y pareciera que por qué es un secuestro que en términos de estadística no será tan importante, no se le esté dando esta importancia, para poder llevar a cabo la acusación privada.
Llevar la acusación privada en tema de secuestro es primordial, les pediría que por favor lo incluyeran, porque esto para nosotros las víctimas de secuestro es un tema toral, es el motivo por el cual muchos activistas estamos en estos temas de seguridad.
Habría que pedir el consentimiento de los dos, tanto a la víctima como al procesado. Finalmente, hay algunos temas ahí, algunos puntos que me permitiré hacer la entrega por escrito.
Tomó la palabra el doctor Gerardo Felipe Laveaga Rendón: Yo quiero hablar rápidamente de las ventajas que tiene este proyecto y de las áreas de oportunidad, como ahora se dice, del mismo proyecto. La primera ventaja es un código que abona al estado democrático, la gente, el pueblo que ustedes representan, no quieren larguísimos rituales judiciales, quieren que se les resuelvan sus problemas, y este código está diseñado para resolver problemas; en ese sentido yo lo aplaudo, abogo para que se le apruebe de la manera más pronta posible.
Se ajusta a los instrumentos internacionales, se ajusta a la visión judicial, y creo que cumple con todo ello, salvo los puntos que mencionaré. Uno y aquí es algo que me gustaría platicar con usted, licenciado Borrego-. Se dice que los principios que alientan en la etapa aprobatoria son los siguientes; los principios no son solamente para las pruebas, son para todo el procedimiento y parecería, por la lectura que hice de concentración, no son para las pruebas nada más, son para todo el procedimiento. Segundo. Yo creo que deben ampliarse los criterios de oportunidad y estoy proponiendo tres que desde luego comentaré con usted en su momento. Yo sé que ya hay tres, yo quisiera pensar en otros tres. Darle más facultades al Ministerio Público (MP), señor magistrado, para que los MP estén todavía más preocupados. No los menciono para no agotar aquí el punto. Tres. Yo sí creo, a pesar de lo que dije hace rato, de que el juez tiene mucho juego en el procedimiento, muchas decisiones, que hay un tema donde no se contempla la posición del juez. Las entregas vigiladas y las operaciones encubiertas no requieren autorización judicial y esto puede llevar a problemas. Porque qué tal si yo me siento agredido de que se me filtró a mi banda una persona y yo voy directamente con el juez y el señor cometió un delito. Y no se vale que digan, sí, pero tenía orden del procurador. Y el procurador con qué criterio le dio la autorización. Yo sí creo que debe introducirse, de alguna manera, la participación de un juez. Por lo menos avisarle. Habría que platicarlo. Es un tema que quizá debamos platicar. Los agentes infiltrados no tienen suficiente protección. Que habría también que revisar cómo proteger mejor al agente infiltrado.
Cinco y último. El tema que a mí me encanta, de suspensión condicional, es un poco confuso. Estuve revisando, lo leí cuatro veces, y si yo lo encontré confuso, quiero pensar que un juez también lo puede encontrar un poco confuso. No entendí, un delito mayor a cuatro años, si el señor decide cumplir con cierta conducta. Yo me comprometo a no acercarme a mi esposa. Le rompí la mano, la golpeé, le corté un brazo pero yo voy a cumplir con la condición de no acercarme mucho a la señora, ¿ya con eso me suspenden el procedimiento? No me quedó muy claro. Quizá no lo leí bien o quizá me faltó entender el contexto. Pero así como lo leí, creo que hay que puntualizarlo con más pulcritud.
Son cinco propuestas, señor diputado, doctor Benítez, que yo me comprometo a hacerle llegar el próximo lunes, rigurosamente detalladas, para que ustedes los señores diputados las contemplen.
Tomó la palabra el ciudadano Ernesto Canales Santos: Yo soy el carácter de presidente del patronato Renace, una institución de beneficencia privada que tiene 16 años trabajando para mejorar el sistema penal en el país, y que ha conformado lo que se ha conocido como la red de organizaciones civiles de apoyo a los juicios orales.
Tendríamos cinco puntos que quisiéramos expresar, uno tiene que ver con el principio de inmediatez y me refiero a la parte de la apelación, es decir, la segunda instancia. Nosotros consideramos que si la segunda instancia, se rompe ese principio de inmediatez, se cuela el sistema anterior y lo actuado en la primera instancia deja de tener la relevancia que amerita. Nosotros pediríamos, para dar tranquilidad de que se valoran los hechos en la primera instancia con suficiente amplitud, que sea un tribunal de tres jueces, un panel de tres jueces los que presidan la primera instancia y en cambio, la segunda instancia puede ser sólo un magistrado. Esto tiene que ver con la inmediatez, como decía, la segunda instancia no tendrá el beneficio de haber conocido los acusados, los peritos, los testigos, cómo se dieron las circunstancias, la historia del crimen. Y además, con un principio también de eficiencia.
Un segundo punto, igualmente importante es la prisión preventiva. Consideramos que la prisión preventiva, que ha sido fuente de extorsión y de corrupción y que se ha equiparado una condena previa y que la estadística, y que las cárceles, más de la mitad de los que están presos no han sido juzgados, no han sido condenados y que por tanto, el principio de presunción de inocencia no se cumple en nuestro sistema, pues debiéramos ser muy cuidadosos en su reglamentación en este nuevo código. Y lo que proponemos es, en parte ya lo decía Gerardo, es una mayor participación judicial, ya que el código contempla menores requisitos para vincular un caso a un proceso penal, si consideramos que para que se dé el siguiente, se tome la siguiente medida en una prisión preventiva sea mediante el criterio de necesidad. Es decir, pedimos que la prisión preventiva sea no sólo delito grave sino que se considere por el Ministerio Público, con la participación judicial necesaria para la tranquilidad social.
Un tercer punto, consideramos que debiera el Ministerio Público tener mayor flexibilidad en la etapa de investigación. Creo que el código contempla demasiados formalismos para que lleve a cabo su función. El cuarto punto es el gran tema de la prueba anticipada. Pensamos que debiera restringirse la posibilidad de introducir pruebas preconstituidas en las audiencias de los juicios orales y no cerrarlas pero limitarlas también a que hayan sido levantadas ante participación judicial o algunos casos de excepción. Y el cuarto punto, también coincido, ya mencionado por Gerardo, creemos que al Ministerio Público se le debiera otorgar mayor flexibilidad al juzgar cuándo va a ejercitar la acción penal. Puede un Ministerio Público, válidamente, considerar que aún de que ya tenga determinados elementos para vincular el proceso a ciertos delincuentes, le convenga no presentarlos al juez de control sino hasta esperar que reúna otros nuevos elementos que considera que ya están prácticamente cocinándose. Por mi parte son los puntos.
Tomó la palabra el doctor Elías Huerta Psihas: Me parece que aunque se ajusta en una gran medida, no ha tomado en cuenta, en su integralidad, lo que es la gran reforma al sistema constitucional contemporáneo que es la reforma de derechos humanos. Creo, en primer lugar, como una primera reflexión que yo me permitiría sugerir a los señores diputados de esta comisión, que le dieran una buena peinada al articulado, para que no hubiera alguno de los derechos humanos aquí que están tutelados hoy por más de 52. De que no podamos correr el riesgo de que el día de mañana veamos una cascada de jueces de amparo, porque hoy, con la reforma constitucional al juicio de amparo, que por aquí tienen ustedes todavía la ley pendiente de ser aprobada, un gran reto también que tienen enfrente, ya se elevaron a nivel constitucional, como ustedes saben, los derechos humanos, que se encuentran plasmados en todos los tratados internacionales de los que nuestro país es parte, de tal manera que estamos hablando de una cantidad enorme de derechos humanos, que ni siquiera yo los conozco, pero que habría que tener mucho cuidado. Ésa sería mi primera reflexión.
Una segunda reflexión tendría que ver con un tema que ya trató someramente el señor magistrado Olvera y es precisamente con el tema de los jueces de control, no de control, perdón, con los jueces de ejecución de penas. La exposición de motivos de la iniciativa con toda claridad dice que la idea de este código es hacer o presentar de una manera muy clara, para los operadores y para los usuarios del sistema, las nuevas normas que se presentan sobre el sistema penal acusatorio, dado que estamos, como ya se dijo, transitando de un modelo a otro, que implica un cambio completo de paradigma. En ese orden de ideas, creo que uno de los pasos fundamentales o de una de las figuras fundamentales a las que estamos transitando, es el pasar del juez de instrucción tradicional a tres jueces: el de control, el juez de juicio oral y el juez de ejecución de sanciones penales. Y el código es omiso en hablar de esta tercera figura.
Me parece que en el artículo 161 donde dice quienes son los jueces en este nuevo sistema, que habla de juez de control, de juez de juicio oral y también de los magistrados de circuito, no tiene ninguna referencia a lo que es este tercer juez. Y en el capítulo correspondiente a la ejecución de las sanciones penales, únicamente remite a la ley de la materia, que como también ya apuntaba el señor magistrado, tendría que estar ya en vigor, porque ahí el plazo era de tres años y entró el mes pasado y no tenemos, en la mayoría de las entidades federativas, ley de la materia. Creo que valdría la pena, aunque se remita a la ley de la materia, dejar claro para los operadores, para los usuarios, que existe este tercer juez, ponerlo con todas sus letras y decir cuáles van a ser sus atribuciones. Por otro lado, me parece también que es importante, que ya también lo abordó el señor magistrado, pero que no coincido con él, en cuanto a la previsión de la entrada en vigor escalonada y gradual. A mí me parece que hemos estado esperando largamente este momento, que llegara al Congreso de la Unión esta ley y que mientras tanto la gran fortaleza que tiene nuestro sistema judicial mexicano que es el Poder Judicial de la Federación ha venido lento. Ha venido lento, porque no tiene este instrumento. Creo que la mayor fortaleza del Poder Judicial de la Federación está en el Distrito Federal, en el Distrito Federal porque tenemos los jueces especializados, particularmente en materia penal, una muestra de ellos es que los jueces de control que no existen a nivel federal como tales, pero que a partir de la entrada en vigor de la Constitución, de la reforma constitucional en junio de 2008, inmediatamente el Poder Judicial de la Federal, mediante un acuerdo, creó a los seis jueces, entre comillas, de control, que tenemos en el país de nivel federal, que son jueces para otorgar medidas cautelares, cateos, arraigos, intervenciones telefónicas, son ya nuestros primeros seis jueces de control y están aquí expidiendo órdenes que le piden los ministerios públicos federales. De tal suerte, en función de ello me parece que por una política criminal, no quisiera decir de emergencia, pero necesidad, frente al problema grave de inseguridad de violencia que tenemos en el país, tendría que ser en primer lugar quien entra a la aplicación a nivel federal del sistema acusatorio, debería de ser el primer circuito judicial y de la mano, ésa es mi sugerencia respetuosa, los estados del norte de la república, donde ya viene operando el sistema penal acusatorio, Chihuahua, ahora en Baja California y también, como bien se dijo, en Nuevo León, y en eso también difiero del señor magistrado, yo propondría que fuera en todos los delitos, porque si bien es cierto que Nuevo León fue el que entró con el juicio oral antes inclusive que en Chihuahua, lo hizo por delitos menores, son delitos menores de hasta dos años de prisión y la realidad es que no hemos tenido, si no pierdo la cifra, más de 15 a 20 juicios orales en tres años.
De tal manera que ahí no está la fortaleza de este nuevo sistema, para que podamos acceder, si bien, no como la panacea para combatir los delitos más graves que está enfrentando la sociedad mexicana, los delitos vinculados al narcotráfico, a la delincuencia organizada. Sí estamos frente a la posibilidad de tener, en el nivel federal, un sistema de justicia más eficaz y sobre todo con menos posibilidades de que aún respetando las garantías individuales, se puedan eludir los delincuentes de delincuencia organizada.
Haría una reflexión al respecto: Hemos podido constatar cómo después de largos procesos y cuando se llega hasta las últimas instancias, son justamente los abogados de los grupos delincuenciales más poderosos los que tienen los recursos, los conocimientos para poder sacar después de un par de años a sus clientes con revisiones de amparo. Y no hay delito, se les regresan los bienes. Eso lo podemos ver por todos lados. De tal manera que empezar a aplicar el régimen especial contra la delincuencia organizada que se prevé en la Constitución en los estados en donde verdaderamente nos está afectando más la violencia y la inseguridad, sería una mejor receta.
Concluyo diciendo que sin lugar a dudas, aunque somos un país en el que cada vez hemos acercado más nuestras prácticas hacia un federalismo fortalecido, la verdad es que seguimos en la provincia y en gran parte de nuestra cultura esperando que las decisiones nos las vaya imponiendo el centro o que los modelos nos los vaya dando el centro.
Tomó la palabra la doctora Patricia Olamendi Torres: quiero primero saludar la propuesta muy significativa presentada por el Ejecutivo de los contenidos de este código. Quiero también saludar que por primera vez vemos reflejados muchos de los derechos de la víctima en este proyecto. Por lo tanto planteamos lo siguiente -y, la propuesta, quiero decirlo también, muchos de estos contenidos han sido presentados por varias legisladoras y legisladores en esta Legislatura, incluyendo una propuesta de usted, señor presidente, como Ley de Víctimas a la cual yo quisiera referirme de manera particular.
Después del 96, algunos estados legislaron para tener leyes de víctimas. El estado de México que es el más antiguo, tiene ya una Ley de Víctimas. El estado de Guerrero también, cuyos contenidos en general son muy buenos. Por lo tanto, nosotros creemos que esos derechos deben de estar en el Nuevo Código de Procedimientos Penales. Que también debe de existir una Ley de Víctimas, pero que esa Ley de Víctimas se enfoque sobre todo a los aspectos necesarios de asistencia social y a los fondos que tengan que crearse para efecto de reparación de daño. Esto sigue siendo un motivo de discusión, en el sentido de si los familiares son o no víctimas de un delito. Los organismos internacionales consideran que sí. Por lo tanto, nosotros pensamos que debemos reconocer esta calidad. Segundo, reconocer también que hay víctimas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o que son vulnerables. Es decir, atendiendo también a las tesis de la Corte en nuestro país, tenemos que reconocer que debe aplicarse el principio de igualdad, es decir reconociendo las diferencias que existen en las personas que son víctimas de un delito. De ahí que esta propuesta contiene un capítulo con respecto a niñas y niños que son objetos de violencia. Planteamos una serie de recomendaciones de asistencia y de apoyo. Pongo un ejemplo que en la actualidad está pasando en los estados donde se está aplicando ya los nuevos códigos. Un niño y una niña no pueden estar en una sala abierta frente a un auditorio para hablar de una posible violación o abuso sexual del cual fue objeto. Tiene que haber consideraciones especiales por su condición. Lo mismo sucede para las personas con discapacidad, en la actualidad prácticamente ningún juzgado tiene un espacio para que las personas tengan acceso a traductores, es lamentable que en nuestro país a casi 10 millones de personas se les niegue el derecho a poder hablar en su idioma y en su lengua materna. Lo considera el proyecto, pero nosotros creemos que debe de ponerse especial énfasis en esta situación.
También nos parece que de manera especial tenemos que hablar de lo que significa el derecho de la víctima un trato humano y digno situación que no la vemos reflejada en la actualidad. El acceso de las personas a la justicia y el derecho que tienen las victimas a la actuación con debida diligencia de los y las servidores públicos. Libres de discriminación y libres de estereotipos. Muchas fe las situaciones que nos enfrentamos, las personas son injustamente tratadas porque existen discriminación hacía ella.
También, el derecho de las víctimas a medidas de protección, no podemos seguir negando las medidas de protección y el derecho que las víctimas tienen a que se respete su vida, su integridad y dignidad. De la misma manera nosotros planteamos un capítulo completo para la reparación del daño. Si bien éste es un derecho de la víctima, hay que reconocer que prácticamente la sentencia no manda la reparación del daño. Por lo cual, nosotros recogemos las propuestas, sobre todo, del derecho internacional con nuevos criterios los contenidos de la reparación del daño y por supuesto que tienen las víctimas a oponerse a decisiones de Ministerio Público en cuanto al no ejercicio, que está considerado y poder llevar a cabo la acción penal privada y por último el derecho que tienen de asociarse para demandar y defender sus derechos. Nosotros nuevamente haremos entrega de esta propuesta, el día de ayer en reunión con varias organizaciones se acordó respaldar toda esta propuesta que exista de manera particular el capítulo denominado de los derechos de las víctimas del delito en este proyecto y en esta decisión final de nuevo código.
Tomó la palabra el licenciado Julio César Guillén Bonifaz: aplaudimos realmente este nuevo proyecto, porque vemos un trabajo más fino al establecer los derechos de los imputados y también los derechos de las víctimas. Sin embargo, seguimos viendo algunas intenciones que llevan hacia una carga algunas autoridades que pueden ser en algunos casos de imposible cumplimiento y que habíamos expresado esto con anterioridad. Tiene que ver con los derechos de toda persona detenida, en el artículo 117, nada más para poner un pequeño ejemplo dice; “toda la autoridad que ejecute o participe en la detención deberá respetar los derechos humanos que en su favor establezca la Constitución, los instrumentos internacionales y este código, creo que es un estándar muy alto para pedirle a un policía municipal que conozca cuáles son los derechos contenidos en instrumentos internacionales.
Creo que el trabajo realizado por la doctora Lamendi, de generar un marco definido y claro sobre los derechos de las víctimas. Es decir, no vamos a señalar en un código de procedimiento, las víctimas tienen todos los derechos reconocidos en todas las convenciones y tratados celebrados por el estado mexicano, sino hacer un trabajo como le hizo la doctora de definir cuáles son estos derechos y creo que al policía hay que señalarle que derechos debe de respetar específicamente y no hacer una simple mención de tratados, porque no sé si ellos pudieran llegar a interpretar y expresar el sentido del artículo 8o, del pacto de San José, por ejemplo. Por otra parte también identificamos en este mismo artículo 217, que dejan al policía como el responsable de garantizar el derecho a una defensa adecuada y eso nos preocupa de sobre manera porque la constitución es muy clara al señalar que los jueces serán los encargados de nombrar a un defensor público, cuando se le ha requerido al imputado, pero bajo ninguna circunstancia se le puede pedir a un policía municipal que tenga el teléfono, que tenga un medio de comunicación efectivo a la defensoría pública federal o en sus casos, tomando como ejemplo este código hacia los códigos que aún no se han elaborado en los estados que un política municipal llegue a hablar con un defensor público para que llegue en el momento de la detención, pero más aún que debe de permitirle una entrevista previamente con su abogado de manera privada. Creo que esto sí puede ser garantizado por el Ministerio Público, por los juzgadores, pero no por las policías y consideramos que esto hay que acotarlo. Para que también sea congruente con las prácticas que se tienen y podamos darle un marco de actuación de pleno respeto de derechos humanos a los policías. También, tenemos intención verdad de poder ver reflejado en el código que las medidas tomadas por los jueces de control en medidas cautelares, providencias predatorias y técnicas de investigación, se tenga como un principio el garantizar el derecho de los indiciados y de las víctimas, es decir que se vea reflejado el ponderar este principio de ponderación que sea efectivo por parte de los juzgadores. Respecto a los mecanismos alternativos de solución de controversias, nuestra preocupación se centra en que debe tener como uno de los objetivos generar igualdad de condiciones. En la negociación, porque hablando de los delitos cometidos en contra, de las mujeres, se necesita la presencia definitivamente o la supervisión del Ministerio Público o de los jueces, para garantizarles que estos mecanismos alternativos no están violentando los derechos de las víctimas, pero que tampoco que la están introduciendo estos mecanismos alternativos no están violentando los derechos de las víctimas, pero tampoco que las están introduciendo dentro de un mecanismo que puede generar una victimización secundaria. Por otra parte, en la construcción y aprobación del código, creemos que debe ser, como decía doña Isabel, una medida. Se deben de prever estas medidas de transición entre el sistema actual y el moderno, tomando en cuenta las instituciones, sobre todo a las personas que al final del día son los funcionarios que van a utilizar y aplicar este código.
No logramos observar, tampoco, en este Código, una vinculación fuerte entre ministerio público y policía. Creo que hay que fortalecer este vínculo a través, proponemos nosotros el definir una dirección jurídica de la investigación y una dirección operativa de la investigación. Es decir, que el Código sea un instrumento que coadyuve a la investigación de los delitos en términos del artículo 21 que sintéticamente se refiere a la coordinación de acciones y a la participación conjunta de policías y ministerios públicos.
Creo que sería innecesario colocar la confesión o una referencia a la confesión cuando se está hablando de entrevista. La confesión tiene reglas claras definidas en la Constitución sobre cómo se debe dar y en qué circunstancias se dan, y sería innecesario colocarlo en la entrevista porque nada más nos podría generar confusión y quizá en algunos casos, incitar a los policías a generar una confesión cuando la intención del artículo es precisamente nada más una entrevista, hacerse llegar de información. Uno de los elementos más delicados que vimos nosotros, fue respecto a las etapas del procedimiento y tiene que ver, también, con el texto constitucional. Señala este artículo que se considerará la etapa de la investigación formalizada que comprenderá desde que se notifique al imputado el auto de vinculación a proceso, hasta el vencimiento del plazo para formular la acusación. Es decir, estamos hablando de una pre-acusación o una simple imputación. Sin embargo, el artículo 19 constitucional señala claramente que ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de 72 horas a partir de que el indiciado sea puesto a disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará el delito que se le impute al acusado. Es decir, un auto de vinculación a proceso lleva implícito una acusación.
Identificamos acá, creo que es la fracción III, creo que es, que señala que primero se da una vinculación a proceso y luego se da una acusación. Y vemos, digamos, acá un elemento distinto en la Constitución. Por último, tenemos la acusación privada. En la acusación privada en materia de secuestro, la Ley General para Prevenir y Sancionar el Secuestro nada más están dejando los artículos del 12 al 19. Todos ellos tienen que ver, por ejemplo, con una liberación espontánea de la víctima, una simulación, después de la ejecución, la divulgación, pero no lo que se había, digamos, acordado en aquellas mesas de negociación en la Cámara de Senadores que era básicamente la investigación del secuestro por particulares, y esto debido al incremento que ha tenido el secuestro en el país y los resultados que se han obtenido de la autoridad. Y en cuanto a los delitos cometidos en contra de las mujeres. Es preocupante ver en acusación privada el abuso sexual, la violación, el incesto, el aborto y la violencia familiar. Esto porque creo que si hoy en día las mujeres no tienen un acceso igualitario a la justicia y tampoco cuenta con la atención debida por parte de los ministerios públicos, el que se le diga al ministerio público que la mujer puede realizar su propia investigación y acusar, por su parte, esto puede, también, ser mal interpretado al decir al ministerio público que puede dejar de investigar el delito y que las mujeres busquen los medios para llevar a los tribunales a sus victimarios.
Tomaron la palabra los siguientes diputados: Luis Carlos Campos Villegas comentó: Hacer referencia al concepto de la confesión. Yo creo que atendiendo los comentarios que se hacían hace unos minutos es muy importante resaltar que la intención de la redacción en el proyecto es que precisamente las policías no caigan en la tentación de estar buscando ellos obtener una confesión mediante métodos violentos y en consecuencia antijurídicos. Sino resaltar el valor de que la confesión, para que tenga el alcance y valor jurídico necesario en materia penal, debe ser obtenida voluntariamente sin presión, sin coacción y vertida ante el ministerio público con la presencia del defensor, ya sea particular o de oficio, y en su caso, desde luego, ante el juez competente. De tal manera que la anotación que se hace en el capítulo de entrevista, me parece que no lleva a ninguna confusión, simple y sencillamente es el espíritu que anima en un código eminentemente garantista que se contemple tal disposición.
La diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo comentó: nada más comentar, aquí existe el pleno conocimiento, a la presidencia de esta Comisión y de los demás compañeros, que el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática el 29 de marzo del 2011 presentó su propuesta de Código Federal de Procedimientos Penales y que es una propuesta que se encuentra aquí, turnada a esta comisión, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Alguno de los aspectos que nosotros, nuestra propuesta estamos señalando, son los siguientes: ahí se está estableciendo un amplio catálogo de derechos para las víctimas de los delitos. También una investigación científica de los delitos, control judicial para actos de molestia, medidas cautelares y para investigaciones policiales relevantes, respeto a los derechos humanos como eje rector en todas las etapas del proceso. Certificación obligatoria para el personal de las instituciones de seguridad pública que intervengan tanto en la investigación de los delitos como eje rector en todas las etapas del proceso. Certificación obligatoria para el personal de las instituciones de seguridad pública que intervengan tanto en la investigación de los delitos, como en el procedimiento. Invalidez de las pruebas obtenidas por violaciones a los derechos fundamentales, obligación del juez de estar presente en todas las audiencias, mecanismos alternativos de solución de conflictos para delitos de querella o leves.
El diputado Leonardo Arturo Guillén Medina comentó: Hoy estamos discutiendo, a iniciativa del presidente de la República, una iniciativa que contempla lo que en otras oportunidades no se da, que son experiencias. Entonces a mí me parece que estamos en un momento muy serio para que este nuevo código de procedimientos penales a nivel federal prospere. Yo confío en los trabajos, en la seriedad de esta comisión, diputado Benítez Treviño, y me parece que todo lo que aquí se ha mostrado, y que lo sabemos, que lo hemos comentado previamente que es darle ese equilibrio tanto a la protección de los derechos a la víctima, como al imputado, dar verdaderamente seguimiento a esos procedimientos, ser rector del procedimiento penal que marca en su mayoría el artículo 20 de la Constitución, que da esta pauta a la oralidad y al sistema acusatorio, hoy lo vemos reflejado en esta propuesta.
El doctor Elías Huerta Psihas comentó: La idea de este sistema es que el menor número posible de asuntos llegue a juicio. Perdón que insista en esto, pero si no tenemos una buena policía, y en esto han sido muy enfáticos mis compañeros, esto se nos va a caer, porque la gente no va a confesar. —Señor, hay pruebas de que usted mató a tal persona. Ahí está ésta y ésta. Tiene dos opciones: Si usted confiesa, la pena es menor; si usted no confiesa, nos vamos a juicio, pero si se le prueba que usted mató, la pena es enorme. Entre 40 años de prisión y entre 6 años de prisión, usted puede elegir. Esto asusta a muchas personas. ¿Qué va a hacer que una persona elija un camino u otro? Las pruebas que se tengan. Y si la policía no ha sido eficaz, esto se nos cae. Por eso tenemos que apoyarnos en el trabajo de la policía. Si la policía no trabaja bien, el MP no puede trabajar bien. Si el MP no trabaja bien, el juez no puede trabajar bien.
Es una escalera en que si se cae la primera parte, se cae todo lo demás, y la gente yo creo que va a confesar, que si a mí me tomaron fotos y si hay testigos y hay documentales y hay todo, pues: “—Señor, ¿sabe qué? Yo fui, señor juez. Yo lo digo. No quiero ir a juicio. Permítame, a través de un procedimiento abreviado, póngame la pena. Acepto que me pongan la pena, vamos a ponerle 6 años”. Y ya no hubo juicio. Esto asusta mucho. A mí me encanta, porque en la práctica para muchas personas sin recursos, señor diputado, eso ocurre también: —Mira, confiésate y ya con esto cumplimos el requisito. Ahora esto va a ser con supervisión de juez, va a ser con supervisión del MP y va a involucrar a una gran cantidad de personas, pero sí, esto funciona, perdón que insista, si la parte de los cimientos es firme.
Segundo tema de la apelación. Aquí lo contempla el 568, pero tenemos que tener más interés. En los países desarrollados se apela el 7 por ciento de las sentencias. La cita se de Alemania, por ejemplo. Aquí se pena el 80 por ciento. O, señor magistrado, usted tendrá un dato más claro que el mío. ¿Cuántos juicios se apelan?: 80 por ciento y la gente apela porque dice “voy a encontrar un error en alguna parte y eso me va perdiendo, detener, detener”. En los países desarrollados se apela solamente la sentencia final. Si en el camino me violan 14 veces mis derechos humanos, pero al final la sentencia me favorece, ya para qué apelo. Vamos a apelar sentencias nada más, eso sería lo ideal. Lo que a mí me entusiasma, en un proceso hoy día, no estoy pensando en el Código, se puede apelar todo, en cualquier momento del procedimiento apelo esto, reposición de esto, me amparo ante tal cosa, pero ese ya es un asunto de la Ley de Amparo, y que la gente se empiece a parar en cada momento, no los testigos, no los testimonios... Los juicios se prolongan al infinitum. La idea, y sería una gran aportación de la Comisión de Justicia, es que la apelación, tiene que ver con la Ley de Amparo más que con la Ley de Procedimientos, solamente sea para una sentencia.
El magistrado Juan José Olvera López comentó: En realidad como dejé entrever y quizás perdí la brújula en el camino, es la posición del Consejo de la Judicatura Federal, en este momento es tomar como punto de partida lo que está en la iniciativa, destacar lo que comprometería a ella y en todo caso lo que a ustedes les correspondía y eventualmente al Consejo, si se lo dejan al consejo por entero, es evaluar sobre las diferentes alternativas de gradualidad, acudiendo a la experiencia internacional y acudiendo a la experiencia de los estados que ya han adelantado camino en esto. Por supuesto que no pretendí establecer ni las bondades de las maldades de uno y de otro, era simplemente establecer que ese va a ser el reto, evaluar las diferentes opciones. Por lo que hace a la apelación, desde luego también en esta misma lógica claro que lo que pudiera decir es aquí a título personal. En modo alguno podría presentar la opinión del Poder Judicial de la Federación, por muchas razones.
Primero, porque no es a través de estos foros como el Poder Judicial de la Federación se puede estar posicionando.
Segundo, porque en el tema de la apelación, al interior mismo del Poder Judicial de la Federación, hay posiciones encontradas. Hay quienes estiman, juzgadores muy respetables, que establecen que la apelación es parte esencial del debido proceso y que éste, como derecho fundamental que es, no puede excluirse de un sistema, cualquiera que sea, ni éste. Su servidor por su parte considera que el debido proceso no establece la doble instancia, no la hace descansar en la apelación. Lo importante es que haya doble instancia y esa doble instancia se cumple frente a los compromisos internacionales y frente... por supuesto con la existencia del juicio de amparo. El juicio de amparo puede lo de la apelación y más. Y cuando digo “y más” es porque revisa procedimiento y decisión, revisa legalidad y constitucionalidad y sobre todo se compadece mejor con el nuevo sistema. El juicio de amparo por definición reenvía; encuentra un error, el juez de amparo le dice “aquí está este error, tú enjuiciaste, tú que presenciaste, tú que estuviste en la mediación, que es un punto fundamental del nuevo sistema, tú que estuviste ahí, yo no estuve, tú enmiéndalo, como resulte”. Esa es la lógica del juicio de amparo, la apelación por definición no.
La apelación puede menos que un juicio de amparo y además se entromete con el juicio. Te equivocaste, juez, bueno, yo enmiendo y esta forma de entender la apelación, es entender que el juez de apelación se va a sustituir en el que estuvo presente, rompiendo de esta manera uno de los principios fundamentales del nuevo sistema que es la inmediación. Y aquí se sugiere por organismos internacionales que han trabajado en otras latitudes, sobre cómo implementar, se sugiere eso, la gradualidad, explorar la necesidad de los recursos, si ya tienen ustedes por ejemplo un juicio de amparo. Y la reflexión obligada siempre es aquí porque ha sido también obligada en todos los foros donde ya se ha aterrizado, la reforma, es: que en Chile está funcionando muy bien.
Sí, desde luego, Chile no tiene apelación y ni juicio de amparo, Chile enfrenta ante la convencionalidad, enfrenta un problema de doble instancia; México no lo tendría, porque tiene juicio de amparo y para la convencionalidad no importa la naturaleza ordinaria o extraordinaria de segunda instancia. Aquí en este caso con el amparo y sin apelación enfrentaríamos mejor cualquier reclamo del orden internacional. No habría problema desde el punto de vista estructural; solamente aclaro, es una posición personal, también hay posiciones encontradas al interior mismo del Poder Judicial de la Federación.
El punto número cinco fueron asuntos generales donde se aprobó por unanimidad el informe semestral de la comisión.
Se acordó crear una subcomisión para el dictamen del Código Penal de Procedimientos Penales, integrada por los diputados Arturo Zamora Jiménez, Óscar Arce Paniagua, Israel Madrigal Ceja, para que tomando en cuenta todas las aportaciones, se tuviera un dictamen en 15 días.
Se citó para la próxima reunión que se llevará a cabo el martes 18 de octubre a las 17:00 horas.
El presidente agradeció a todos su participación y dio por clausurada la vigésima quinta reunión ordinaria siendo las 19:40 del martes cuatro de octubre del año 2011.
La Comisión de Justicia
Diputados: Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), presidente; Sergio Lobato García, Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Ezequiel Rétiz Gutiérrez (rúbrica), Juanita Arcelia Cruz Cruz, Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), secretarios.
De la Comisión de Justicia, correspondiente a la vigésima sexta reunión, llevada a cabo el martes 18 de octubre de 2011
En el mezzanine del edifico A, situado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a las 17:15 horas del 18 de octubre de 2011 se llevó a cabo la vigésima sexta reunión de trabajo de la Comisión de Justicia, que fue convocada bajo el siguiente orden del día:
1. Lista y verificación del quórum legal.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y en su caso aprobación del acta de la reunión anterior.
4. Análisis, discusión y en su caso aprobación del dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (en sentido positivo).
5. Análisis, discusión y en su caso aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de secuestro (en sentido positivo).
6. Análisis, discusión y en su caso aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e históricos, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, en materia de arte sacro (en sentido positivo).
7. Análisis, discusión y en su caso aprobación del de la Iniciativa con proyecto de decreto por virtud del cual se reforma y adiciona el artículo 381 del Código Penal Federal en materia de robo en transporte ferroviario (en sentido positivo).
8. Análisis, discusión y en su caso aprobación de las Conclusiones derivadas de las respuestas realizadas por el Secretario de Marina en relación a las Preguntas Parlamentarias formuladas en sesión del 22 de septiembre de 2011 por el Pleno de la Cámara de Diputados.
9. Análisis, discusión y en su caso aprobación del Proyecto de presupuesto de Egresos de la federación para 2012 Rubro: Justicia (comparativo del Presupuesto de Egresos de la Federación 2011-2012).
10. Aprobación del plan de trabajo 2011-2012.
11. Asuntos generales.
12. Clausura y cita para la próxima reunión el día 25 de octubre de 2011.
Se emite la presente en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día trece de octubre de 2011
Diputado Víctor Humberto Benítez TreviñoPresidente de la Comisión de Justicia
Se declaró la existencia del quórum legal.
Se dio inicio de la reunión de trabajo con 20 firmas de los siguientes diputados: Víctor Humberto Benítez Treviño, Miguel Ernesto Pompa Corella, Óscar Martin Arce Paniagua, Camilo Ramírez Puente, Ezequiel Rétiz Gutiérrez , Eduardo Ledesma Romo, María de Jesús Aguirre Maldonado, Luis Carlos Campos Villegas, Leonardo Arturo Guillén Medina, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Israel Madrigal Ceja, Rodrigo Pérez-Alonso González, Norma Leticia Salazar Vázquez, Cuauhtémoc Salgado Romero, Miguel Ángel Terrón Mendoza, Josué Cirino Valdez Huezo, Alma Carolina Viggiano Austria, Pedro Vázquez González, J. Eduardo Yáñez Montaño, Arturo Zamora Jiménez.
En el punto número dos del orden del día este fue aprobado por unanimidad.
Continuando con el punto número tres, se sometió a votación la aprobación del acta de la vigésima quinta reunión y fue aprobada por unanimidad.
El punto número cuatro, análisis, discusión, y en su caso aprobación del dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en sentido positivo.
Tomó la palabra el diputado Óscar Martín Arce Paniagua: En el contexto de la ley, nos encontramos, independientemente de tus aportaciones, Pedro, que las revisamos; muchas observaciones que venían desde cuestiones de mera gramática, y técnica legislativa consideramos que tenemos que cambiar.
Por ejemplo, las preposiciones conjuntivas, las utilizaban siempre en “y” a lo mejor tú lo revisaste, diputada, y eso hacía prácticamente inviable el tema que tenía que ver con la utilización de dinero en efectivo.
Por ejemplo, decía “monedas y billetes y divisas, y...” entonces, nunca se va a lograr una penalidad cuando está la preposición de ley que hace todos los supuestos para que se llegue a una.
De fondo, ¿qué observamos? Observamos algunas cuestiones que la Comisión de Hacienda le había quitado a la ley. Por ejemplo, que utilice las técnicas establecidas en el Código Federal de Procedimientos Penales, en la Ley Federal de Delincuencia Organizada —que así venía en la minuta—; que no sea ratificado el jefe de la unidad por parte del Senado, porque creemos que eso lo pondría en una cuestión muy superior, o a lo menos, en igualdad del procurador, cuando es una unidad de análisis, no la tiene por qué no estar dentro de las facultades, y no la tiene por qué lograr el Senado, a propuesta de, sino es un nombramiento directo del procurador o la procuradora.
Los montos que tú comentaste también, en algunos casos exclusivamente, específicamente en el tema de los joyeros, en el tema de los blindajes, en el tema de las cantidades mínimas para reportar consideramos el diputado Zamora y yo, y los que hicieron observaciones, que era muy bajo en muchos casos.
La idea es que la unidad tenga información valiosa en unidad que la unidad no esté recibiendo todo tipo de información. Inclusive veíamos algunas contradicciones en torno a la doble aplicación.
Hay una ley especial pero también en el Código Penal se establecen sanciones que son diversas.
El propio transitorio decía que se aplicaría la más alta, cosa que es inconstitucional.
Lo comentamos con el presidente en la mañana es algo básico para hacerlo. La propia vacatio legis que tenía nueve meses para echar a andar la ley, más 30 más para la unidad nos parecería absurdo, pues si en nueve meses haces la unidad ya la haces con todo. No tenemos que dar un plazo superior para la unidad.
Y como esas observaciones podríamos encontrar en la simplificación. En el caso por ejemplo de los notarios se simplifican todas las cuestiones que se ven en los incisos de si una sociedad mercantil, si vas a hacer alguna ampliación de capital, etcétera, todo se sujetaba al monto de 500 mil pesos, entonces el diputado Zamora propuso que dejemos todas las operaciones mayores a 500 mil pesos, porque se nos van a escapar muchísimas de manera muy genérica y no estarle metiendo a la ley cuestiones ahí una por una.
El único tema que habría que valorar y que ha sido un tema, es el tema de los montos. Es un tema que quedó pendiente. Si podemos tasarlos en salarios mínimos en lugar de cantidades, porque si no la ley se va a quedar obsoleta.
Ése sí era un tema que no lo alcanzamos a consensuar, lo pongo en la mesa, independientemente de que en la ley lo van a revisar y van a encontrar a la mejor algunos detalles que ustedes quisieran que se explicaran.
Entiendo tu posición, Pedro, por el tiempo para el análisis de la ley. Sí les debo de comentar que sí hay varios cambios, vuelvo a repetir, cerca de 70 cambios entre comas, puntos, acentos y estas cuestiones que acabamos de comentar. Esta es la esencia que le modificamos.
El diputado Arturo Zamora Gutiérrez comentó: Tomamos como base por supuesto el trabajo previo que realizó la Comisión de Hacienda.
Es un trabajo que sabemos no está votado porque precisamente el proceso legislativo establece que se trabajaría en comisiones unidas con la finalidad de votar el contenido de lo que nos envió en su momento el Senado.
Definitivamente tiene varias modificaciones, son modificaciones que tiene que ver primero con lo conceptual, después con la parte de procedimiento, con el tema incluso de suprimir un concepto que se establecía como operaciones riesgosas.
Estamos cambiando este concepto para evitar términos peyorativos o que incluso incidan negativamente en actividades que cotidianamente se realizan en el ámbito comercial en nuestro país por operaciones que estén sujetas a supervisión, para no anticipar y para no calificar este tipo de operaciones como según eso la gran mayoría que se consideraban en un momento dado como operaciones vulnerables, le estamos cambiando el concepto para hacerlo más amable, pero sin embargo sabemos que serían en todo caso operaciones que estarían sujetas a supervisión.
A partir de ahí estamos haciendo una serie de modificaciones que, como ya lo dijo el licenciado Arce Paniagua, tienen que ver precisamente con los montos. Por ejemplo en el caso de joyeros, ya era una operación sujeta a aviso el que se realizara una compra-venta de 20 mil pesos.
Estimamos que por los valores que tienen en el mercado los metales sobre todo en estos tiempos, definitivamente estaba quedando desfasada una actividad comercial con relación a otras actividades comerciales.
¿Cuál fue el criterio? El criterio fue buscar homologar efectivamente los montos que en un momento dado tendrían que ser sujetos de supervisión.
Hay la intervención de dos dependencias del gobierno federal fundamentalmente, una de ellas es la propia Secretaría de Hacienda y otra es la Procuraduría General de la República, y determinamos con cierta precisión cuáles son las atribuciones de una y de otra, fundamentalmente porque la Procuraduría General de la República –en todo caso- es la instancia que desde el punto de vista jurídico es la responsable en un momento dado de iniciar el ejercicio de las acciones penales cuando se detecten operaciones con recursos de procedencia ilícita, para dejar muy claro el marco de esta situación.
En el ámbito de las actividades de importación y exportación también estamos haciendo algunas modificaciones que tienen que ver con el tema de las armadoras de los automóviles para no impactar, para no frenar este tipo de actividad muy importante, porque ellos les venden fundamentalmente a los distribuidores de automóviles en el país.
Ellos de origen venden cantidades importantes, 20, 30 o varios cientos de automóviles y esa actividad entendemos que es una actividad normal comercial y luego ya baja esta actividad a la venta en detalle, que finalmente en algunos casos tendrán que ser operaciones que puedan estar sujetas a supervisión o a revisión.
Así, nosotros consideramos por el otro lado que el documento que nos presentó nuestro compañero diputado Pedro Vázquez González, por supuesto es atendible en varias de las cosas. Hay un tema que nosotros consideramos que tendríamos que comentarlo y discutirlo.
El documento que ahora se pudiera presentar no es más que un preproyecto de dictamen, es un método de trabajo. Esperemos que en una nueva revisión pudiéramos luego consensuar.
Una de ellas, una facultad general que se otorgaría a las autoridades federales para solicitar información a dos esferas de gobierno que son el municipal y el estatal, en el tema de información sobre los asuntos de catastro o los temas inmobiliarios.
Nosotros estamos salvando este punto en función de abrir la posibilidad de que el gobierno federal en su momento realice los convenios necesarios a fin de no impactar negativamente en lo que dispone el artículo 124 constitucional.
Por otro lado, se establecía también la obligación a los fedatarios públicos de proporcionar información de manera directa a las entidades federales. Esto es a Hacienda y en su momento a Ministerio Público.
Al hacer un análisis de la actividad que realizan los notarios públicos fundamentalmente en todas las operaciones, ellos están obligados a proporcionar copia debidamente certificada de cualquiera de sus actos a las tres instancias de gobierno.
Precisamente con el fin de pagar los impuestos municipales, estatales y federales, se les entrega a las instancias de gobierno no solamente la operación de compra-venta, sino también una copia certificada del documento donde participaron las partes.
Estamos estableciendo –ayer en la tarde noche lo decidimos- el candado de obligación en el sentido de que en todos los avisos que den los notarios públicos a esas entidades en las tres esferas de gobierno, se determine claramente la forma de realización de la operación.
Si es una operación que se realizó en efectivo; si es una operación que se realiza a través de un documento bancario, etcétera, para que así se establezca.
¿Con esto qué estamos realizando? La información, incluso, llega con mucho más oportunidad al gobierno federal de toda la república, a todas las entidades de la república, en virtud de que precisamente los notarios públicos, de alguna manera, prestan un servicio de carácter estatal.
No así en el caso de los corredores públicos en quienes sí dejamos nosotros esta obligatoriedad, en virtud de que los corredores públicos, al igual que los agentes aduanales y otras instancias, sí actúan bajo una permisión o autorización otorgada por el gobierno federal; y en consecuencia de que ellos realizan actividades directas por delegación parcial del poder del gobierno federal, a ellos sí permanece la obligación de proporcionar información de manera directa.
En los otros entes, estimamos nosotros que no hay ninguna obligación de esta naturaleza y creemos que de esta manera lo estamos salvando. Coincidimos en el tema del tiempo de vigencia de la ley. Creemos que debe de ser un año después de que se apruebe y coincidimos también en un esquema que tiene que ver con algunos artículos transitorios que hemos armonizado con el conjunto de la norma.
Acuerdo: La Secretaría Técnica circulara los documentos donde vienen incorporadas las sugerencias y que el próximo viernes nos hagan llegar las observaciones para tener ya un dictamen el próximo martes. Se sumaría a la subcomisión el diputado Pedro Vázquez González.
El punto número cinco: análisis, discusión y en su caso aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro, reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 constitucional, en materia de secuestro.
En sentido positivo.
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria comentó: Debo decir que fundamentalmente han sido muchas cosas de forma para mejorar su redacción, para mejorar su estructura, para darle mayor claridad, para poder tener una ley mucho más comprensible, más eficaz para su ejecución, para su cumplimiento.
Se reformaron, modificaron y adicionaron diversos artículos que —insisto— presentaban deficiencias de forma. Los principales cambios se ordenaron de manera lógica, diversas disposiciones que se encuentran ubicadas en sus artículos.
Se modificaron también los nombres de los capítulos y títulos, ya que la ley actual contiene disposiciones que no corresponden en su contenido a la denominación del capítulo que aglutinan.
También se perfeccionó el contenido de diversos numerales para garantizar respecto a las atribuciones constitucionales de las entidades federativas y del Distrito Federal, que fue una que más enfatizamos, de las que más señalamos con especial preocupación y que había un compromiso de corregir esa parte.
También se establecen sanciones diferenciadas para conductas que actualmente son castigadas con la misma penalidad, independientemente de la gravedad de las mismas.
Debo decir que a petición de nuestro compañero Óscar Arce incorporamos en el artículo 10 la pena vitalicia que se ha aprobado en la sesión anterior.
No obstante, yo quisiera dejar constancia y sobre todo exhortarlos a que en aras de respetar la práctica parlamentaria y de ser muy escrupulosos pudiésemos dejar que lo aprobado como tal en la sesión pasada pudiera correr su propio proceso y dejar este dictamen sin la existencia de ese artículo con su fracción respectiva para que pudiésemos dejar estrictamente todo lo que los demás compañeros han observado.
Para ser precisos es el artículo 10 fracción IV, que quiero poner a su consideración sea omitida del presente dictamen para que pueda contar con la unanimidad de votos de esta comisión.
Lo que estoy proponiendo es que podamos aprobar el presente dictamen, omitiendo esa fracción de ese artículo que yo puse, con toda atención, porque mi compañero Óscar Arce, quien ha sido parte de este dictamen, lo ha propuesto y yo quise traerlo a esta comisión para que ustedes fueran los que lo consideraran, porque al final del día se hace lo que la mayoría decide.
El diputado Pedro Vázquez González comentó: Fijaré la postura del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Estamos entonces dictaminando reformas a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de secuestro, ¿verdad? En primer lugar, yo quisiera recordar, es correcto tener memoria, que en el proceso de discusión de dictamen de la ley que ahora está en vigor, nuestro Grupo Parlamentario del PT y otros diputados de otros grupos parlamentarios presentamos observaciones, en su momento, y todas en su totalidad finalmente unos la retiramos, otras no fueron tomadas en cuenta, y en su momento señalamos que no es conveniente ni debe sentarse ningún precedente en ese sentido, de que tenemos que legislar con presiones.
Recordemos que aquí estaban personalidades, que no quiere decir que ustedes saben quiénes eran.
En su momento se dijo: es mejor avanzar en lo que tenemos para no detener la minuta, aprobarla en sus términos, y bueno como toda ley puede ser perfeccionada y mejorada, que es lo que estamos en este momento, de alguna manera abordando.
Parte de lo que en su momento se señaló como inconsistencias y opiniones diferentes.
Todos sabemos que la presente ley fue aprobada y publicada en el Diario Oficial el 30 de noviembre de 2010, apenas entrando en vigor en marzo de este año.
Desafortunadamente a lo largo y a lo ancho del país el tema del secuestro, el delito del secuestro se sigue cometiendo, lo recalco, se sigue cometiendo; y pareciera que las penas previstas en este ordenamiento, que son ya penas que en su momento criticamos por considerarlas demasiado altas, pues no han inhibido a los delincuentes de cometer el delito de secuestro.
Sin embargo, sí queremos dejar planteado que reconocemos el mérito de algunas propuestas que están contenidas aquí en el dictamen, es indudable que se está mejorando.
En particular, voy a señalar las que buscan una adecuada coordinación entre los niveles de gobierno federal y estatal y que permite la suma de esfuerzo en el combate a estas organizaciones delictivas poderosas, fuertes.
Para el Partido del Trabajo vuelve a hacerse manifiesta nuestra postura. No consideramos que el incremento de penas por sí mismo desaliente la comisión de los delitos. Y lo voy a tener que seguir diciendo, porque a lo largo de la legislatura y, en su momento, en la LIX que me tocó estar, fue una postura que como grupo parlamentario seguimos insistiendo. El aumentar las penas no inhibe la comisión de los delitos, desafortunadamente. Claro que esta discusión, en su momento, en el pleno la plantearemos de nueva cuenta; ahí haremos los planteamientos correspondientes.
Por último queremos señalar que estamos en contra de la pena de prisión vitalicia; también es un debate que ya hemos dado aquí, que seguramente lo volveremos a manifestar en el pleno, y ésta está prevista en los artículos 10, fracción IV y fracción XI del dictamen, en virtud de que seguimos sosteniendo que contraviene lo dispuesto por el artículo 18 constitucional, segundo párrafo de nuestra Constitución, que establece: la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir.
En todo caso, quienes estén a favor de la prisión vitalicia o cadena perpetua, pues es conveniente que presenten su reforma constitucional. Mientras tanto, seguimos sosteniendo que hay violación a la Constitución al incluir la pena vitalicia o cadena perpetua y no cumplir con lo que se establece, de tratar de que se readapten mediante el trabajo, la educación y la capacitación a los reos.
Creo que ésta es una discusión que ya hemos reiteradamente planteado, pero considero que es vigente. Mientras el artículo 18 constitucional, en su segundo párrafo tenga la redacción que estamos comentando, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, nos opondremos permanentemente a la prisión vitalicia.
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Soy el autor, como presidente del Congreso del estado de México, del incremento de la penalidad de 70 años, y siempre he estado consciente –y quiero compartirlo con ustedes- que solamente incrementando las penas no terminamos con la delincuencia ni con la impunidad, hay otros factores; pero éste tiene que ser uno de tantos. Estamos viviendo un momento de emergencia nacional, en la ecuación de seguridad pública y de justicia.
Son muchos otros factores, por eso la iniciativa de la diputada Viggiano y de su servidor, de ley para la prevención del delito, hay que retomar la escala de valores desde la familia y yo he estado insistiendo mucho en este aspecto, hay que sembrar el territorio nacional de centros educativos, de casas de la cultura y de bibliotecas, hay que sembrar centros contra las adicciones, hay que sembrar centros deportivos y espacios comunitarios.
Pero tenemos, Pedro, que romper el círculo vicioso. Coincidiendo en tu planteamiento, tenemos que romperlo. Por lo demás ya hemos sostenido que no se trata, es una posición personal, de establecer un estado del enemigo, como se ha estado mencionando. Siento que tenemos que proteger a la sociedad.
Si diseñáramos un sistema, yo lo he compartido con ustedes y me lo pregunto, sistema es unidad, eso significa sistema integral de justicia, no lo podríamos hacer. Estamos haciendo eslabones, no sé cuántos hagamos al final de cuentas, ojalá hagamos muchos y al final los vamos a unir, a ver si podemos integrar ese sistema que tanto necesitamos.
En la mañana, en la junta directiva hablábamos de que tenemos prisa en la comisión, nos falta la justicia para adolescentes, decía Ezequiel Rétiz; nos falta la Ley de Ejecución de Penas, Pedro; nos falta la extinción de dominio, nos falta el Código Penal, Nos falta el Código Federal de Procedimientos Penales; nos falta diseñar un sistema alternativo de la prisión preventiva. Faltan muchas cosas. Por eso les reconozco a todos ustedes su preocupación, su responsabilidad.
Estamos ocho días aquí en la comisión porque me hago una reflexión y la comparto con ustedes: yo no tengo otro país ni lo quiero, éste es el país de mis hijos; y ahora acaba de nacer mi segundo nieto, y cuando nació, mi hija me dijo: “Papá, qué vamos a hacer porque tu nieto tenga un mejor país que el que nosotros tenemos”.
Eso es lo que a mí me anima en la Comisión de Justicia, que hagamos un mejor esfuerzo, todos y yo sé que todos son muy responsables. Aquí nos hemos despojado de colores partidistas, de filiaciones políticas; aquí le estamos sirviendo a México y yo lo hago con una enorme convicción, con una gran responsabilidad.
Por eso coincidiendo en muchas de sus preocupaciones, vamos rompiendo el círculo vicioso y vamos creando los eslabones de un sistema hasta donde nos alcance, no sé hasta dónde nos va a alcanzar, pero conociendo la responsabilidad de todos ustedes, sé que vamos a llegar muy lejos.
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria comentó: Por supuesto que agradezco que me den la oportunidad, he incluido esta redacción que ha aportado mi compañero Óscar Arce, porque esta es una comisión que va a decidir en función de la mayoría y soy una mujer acostumbrada a vivir la democracia y, por supuesto, lo que resuelva la mayoría, eso es lo que va en esta comisión.
No obstante, quiero dejar muy claro que estoy en contra de la pena vitalicia que está referida en el artículo 10 fracción IV y el artículo 11, simple y sencillamente, porque va contra la Constitución y he vertido en la sesión anterior relacionada con este tema mis argumentos en ese sentido, también es violatorio de los derechos humanos, tampoco responde al espíritu de la Constitución de reinsertar socialmente a quienes están purgando alguna pena y por supuesto que también lo que han señalado a principio de esta discusión, tampoco el incrementar las penas está probado, en ningún lugar del mundo ha ayudado a disminuir el grado de delincuencia.
Por tanto, votaré en contra de la redacción de esos artículos, me queda muy claro que ya se ha expresado la mayoría en esta comisión a favor de la pena vitalicia, pero sí quiero señalarlo con especial atención, porque considero que esto nos va a llevar a muchos problemas vamos a tener sin duda en un futuro amparos y vamos a tener también críticas de organismos internacionales, también va contra los tratados internacionales entre otras cosas.
Por tanto votaré en contra de esa redacción e insisto he traído este dictamen con esa redacción, porque así lo ha propuesto un compañero que participó en la misma y he querido que aquí se decida cómo lo vamos a hacer.
El diputado Pedro Vázquez González comentó: Hago míos los argumentos de la diputada Carolina, siempre he sido de oposición, así que tengo claro que a las mayorías no siempre les asiste la razón y el derecho y aquí en este caso podrán construir una mayoría, pero no les asiste la razón y tampoco les asiste el derecho, es una clara violación al artículo 18 constitucional y a preceptos que tienen que ver con nuestro sistema penitenciario o carcelario y que en ese sentido no solamente estaríamos violentando lo que también nosotros hace poco tiempo, no hace tanto tiempo reformamos el artículo 1o. constitucional donde la piedra angular de nuestro sistema jurídico está basado en la protección a los derechos humanos y en preservar nuestras garantías constitucionales.
Por esas consideraciones, también, votaré en contra en lo particular del artículo 10 fracción IV y del artículo 11 del dictamen que estamos ahorita discutiendo.
El diputado Leonardo Arturo Guillén Medina comentó: En diciembre pasado, diputado presidente, cuando usted presentó, incluso creo que en el orden del día, eran iniciativas hechas por usted, que se sometieron a discusión de esta comisión, en la cual se ampliaban las penas de algunos delitos graves.
El comentario que le hacíamos en aquel entonces es que nos gustaría tener mayor información respecto a la incidencia que tenía en la disminución de la comisión de algunos delitos. Usted atendió y le agradezco esa sugerencia, esa atención, ese llamado, que nos coordináramos con el resto de las autoridades, en este caso la mayoría integrantes del Poder Ejecutivo.
Con esa información en las manos, primer es que le agradezco, usted como presidente de esta comisión, que ha atendido que tengamos los mayores datos para poder aquí tomar decisiones. Yo lo quiero comentar porque efectivamente nosotros teníamos como punto interesante de esto, la reflexión, es de utilidad o no.
Lo que la mayoría de nosotros nos cuestionamos aquí en esta Comisión de Justicia, la mayoría somos abogados, me parece muy delicado que descalifiquemos opiniones de minorías o de mayorías.
A final de cuentas nadie aquí, que yo sepa, es a la vez integrante del Poder Judicial, nadie aquí puede decir que algo es inconstitucional, nadie puede decir aquí que algo va contra la ley, que va contra el proceso legislativo, simple y sencillamente porque la mayoría no está con ellos.
Eso yo lo quiero dejar muy claro, porque me parecen muy respetables todos los argumentos, todos, los que estén a favor o en contra de un dictamen. Pero me parece también muy delicado que se descalifique también una mayoría.
Una mayoría aquí no está pronunciándose, todavía ni votamos el punto en lo particular, pero una mayoría aquí no lo está haciendo a capricho, no lo está haciendo por consigna, lo estamos haciendo de manera concienzuda.
Creo que estos meses de reflexión, estoy hablando de que hace nueve meses estamos con esta discusión, en unos temas por arriba del año, en esta comisión, no hablo de las anteriores Legislaturas.
Ha sido tiempo suficiente para que todos hagamos valer aquí los argumentos.
Entonces así como esta Cámara de Diputados, este Congreso de la Unión ha aprobado importantes reformas que fortalecen a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que fortalecen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que fortalecen las atribuciones de las autoridades encargadas de la Procuraduría de Justicia.
Hoy yo quiero hacer el llamado, diputado presidente, es a que respetemos los argumentos que se esgrimen en uno y otro sentido.
Lo único que coincidimos, creo yo, todos, independientemente cómo votemos, es que queremos que se proteja la sociedad, que se castigue de manera severa a los delincuentes y que los delitos, que la comisión de delitos no quede impune. Eso es lo que nos interesa a todos.
Y a los que voten a favor o los que voten en contra, mi total respeto y reconocimiento porque sé que ese es su interés, independientemente que pueda nublar un poco la razón, el hecho de que no se cuente con un voto mayoritario.
La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado comentó: He escuchado con mucha atención a todos mis compañeros, respeto mucho los argumentos de cada uno de los que han participado.
Estamos de acuerdo, los que somos abogados y que hemos leído a tantos tratadistas, que todos los estudiosos del derecho se han manifestado en contra del aumento de las sanciones y que dicen que el aumento de las sanciones no es la solución al problema.
Sin embargo, considero yo que no se está proponiendo una pena vitalicia como única sanción del delito, hay una pena mínima, hay una pena máxima y será el juzgador el que después de llevar todo un procedimiento penal decidirá sobre la pena mínima, sobre la pena media, sobre la pena máxima, los que hemos estado de alguna manera involucrados en los sistemas de justicia, lo sabemos, no necesariamente un juez se va a ir con la pena máxima, que en este caso se propone la pena vitalicia.
Ya se ha comentado aquí, incluso en la anterior sesión, el caso de Chihuahua, donde ya existen sentencias en este sentido, también considero que no es con penas laxas, como vamos a resolver el problema, quizá con penas como las que se están proponiendo.
Tampoco yo creo que nuestro sistema penitenciario, ya es necesario que revolucione, ya es necesario que entremos a otra etapa, pero mientras tanto las víctimas del delito, de los delitos de secuestro, de los delitos de homicidio, también requieren que nosotros estemos atentos para poder respaldar esta postura.
Mucho se ha discutido en cuanto a los derechos del acusado, mucho se ha discutido en los derechos de la víctima y pasaron muchos años para que se le reconocieran, a la víctima, sus derechos dentro de la Constitución. Es el comentario que quiero hacerles, yo votaré a favor, en congruencia con lo que votamos aquí hace dos, tres semanas, en la última sesión.
El diputado Eduardo Ledesma Romo comentó: Yo estoy a favor también de la redacción del artículo 10, de la fracción cuarta y el artículo 11, porque ya existe la jurisprudencia en la Suprema Corte que determina que con la prisión vitalicia no se contraviene el artículo 22 constitucional.
Además, el Poder Constituyente del 2005, 2008 y 2010 reformó el artículo 18 constitucional y no estableció como único fin la pena de prisión.
La socialización del sentenciado, de igual forma el Constituyente reformó el artículo 22 constitucional y no prescribió la prisión vitalicia, como lo hizo con la pena de muerte. Incluso, la vitalicia se consideró humanitaria.
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Antes de que pasemos a la votación, igualmente, reconocer el trabajo del diputado Alfonso Navarrete, que ha sido tomado en cuenta durante varias sesiones y hemos pospuesto la votación. Nosotros no somos empleados del Senado. Porque éste fue un argumento que estuvimos viendo durante 16 horas en Comisiones Unidas de Gobernación y de Puntos Constitucionales.
Entonces, nos decían, hay dos PRI el del Senado y el de la Cámara de Diputados. Por supuesto que hay dos PRI. Hay dos PAN. Hay dos PRD, por eso modificamos la minuta del Senado. Nosotros tenemos que ser la Cámara revisora, en el caso de la reforma política, me refiero. En este caso somos la Cámara de origen.
Que el Senado diga su verdad y ya veremos cómo nos encontramos. La pena vitalicia no es anticonstitucional.
La Corte se ha pronunciado, como aquí se ha dicho, en sendas resoluciones por contradicción. Tal parece que nosotros estamos aquí y lo digo antes de votar, antes de que tomemos una decisión. Tal parece que estamos incurriendo en un agravio constitucional. El artículo 133 establece el principio de supremacía constitucional.
Esta Constitución las leyes que emanan de ella, y los tratados que se celebren de acuerdo con la Constitución y que sean ratificados por el Senado serán la ley suprema de toda la Unión.
Ahora que reformamos el artículo 1, se inserta en el principio de supremacía constitucional.
Yo tengo una tesis muy clara en la interpretación del orden constitucional y les recuerdo que en griego la palabra interpretar significa explicar el contenido de la Constitución, quien lo ha respecto a la pena vitalicia ha sido la propia Corte. No somos los diputados.
Con esta salvedad, sí lo quiero dejar muy claro porque yo sigo pensando, como lo dijo nuestra compañera, la diputada María de Jesús, con toda sapiencia, que nosotros tenemos un mínimo y un máximo.
Si ustedes ven el artículo 10, el artículo 11, dice, de 35 años hasta la pena vitalicia.
Pero por qué estamos obligando a los jueces a que se vayan al máximo.
Ya tenemos cinco sentencias en el estado de Chihuahua, en donde se han sentenciado a pena vitalicia y no haya dicho nada. Vamos a ver qué dice la Corte en su momento. Por eso yo he estado insistiendo que tenemos que crear el tribunal constitucional y que la Corte debe ser el tribunal constitucional. Es otro tema, pero quién interpreta el orden constitucional de un país.
¿Somos los diputados, son los senadores? Es la Corte. Pues entonces vamos nosotros haciendo nuestro trabajo parlamentario y si la Corte en su momento nos diga si lo hicimos bien o lo hicimos mal.
Se sometió a votación y fue aprobado por mayoría con dos abstenciones
El punto número 6 es el análisis, discusión y en su caso aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e históricos, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, en materia de arte sacro.
Sentido positivo
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Para clarificar, en la mañana hicimos observaciones puntuales a la Secretaría Técnica, de las cuales el secretario técnico podría comentar y abundar ahorita, en donde vemos lo que decía el diputado Rétiz, duplicidad de normas, de algunas cuestiones que deben ir, consideramos, en otras leyes y en el sentido, ahorita que platicaba con el secretario, no estaría en condiciones de determinar, efectivamente, en las observaciones que hicimos.
Es decir, yo pediría que las observaciones se devolvieran a la comisión porque ya las ha revisado el secretario técnico y son de fondo. De lo contrario, tendríamos que votar en contra por las observaciones puntuales que tenemos. Si gusta las podemos debatir o si no, como decía el diputado Rétiz, nada más retirar el dictamen para su perfeccionamiento.
Inclusive, yo que se las hice llegar al secretario técnico, por el tiempo yo le pediría que si las circula, yo no tengo ningún problema, que las circule con los diputados para que las puedan analizar.
La diputada Mercedes del Carmen Guillén Vicente comentó: Para pedir el mismo tratamiento que tuvimos en el anterior, o sea, no creo que estemos postergando y postergando las cosas, tenemos esto desde 2010, o sea, circulan un dictamen, nosotros estamos suponiendo que pasó, señor presidente, por todos, para que lo estudiaran y lo vieran, se hace un grupo de trabajo y se toma esta decisión, y ahorita antes de empezar la sesión resulta que hay un diputado, varios diputados que no están de acuerdo otra vez con lo mismo.
Entonces, yo sí quisiera, no tengo ningún inconveniente, si alguno más de mis compañeros diputados opinan lo mismo, pero si de esto vamos a hacer una práctica común, señor presidente, o sea, no vamos a entrarle nunca a los temas y éste ni siquiera es polémico, éste se refiere al robo de arte sacro y estoy, como usted sabe, a petición concreta de un grupo de diputados que tienen interés en este tema y que ya no saben qué contestarle a sus representados.
Entonces, a mí sí, por lo menos externarle la molestia mía, en lo personal, porque esto yo lo he platicado con ustedes y se supone que este dictamen al que se le dio difusión había sido consensado o por lo menos eso se me había dicho. Entonces, era mi inquietud.
La diputada Norma Leticia Salazar Vázquez comentó: Yo no sé si este dictamen está previamente consensado en la Junta Directiva. Yo lo que quiero es externar mi punto de vista respecto al dictamen que nos circularon, que creo que técnicamente es inviable por algunas razones que comentaré en este momento y que coincido en que debería de estudiarse para la próxima semana.
Primero. Las reformas propuestas en la Ley General de Bienes son innecesarias, porque ya se encuentran reguladas en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas.
Ahora, también en el dictamen se establece un exhorto a la Secretaría de Educación Pública, que creo que es totalmente improcedente y que está fuera de lugar toda vez de que se trata de un dictamen y de un acto legislativo y no un exhorto, es decir, no se guarda armonía con la técnica legislativa.
Otro ejemplo que puedo poner es lo que atañe al artículo 82 y 83 de la Ley General de Bienes Nacionales, para el efecto de que se registren los bienes muebles históricos de las asociaciones religiosas.
También en esto ya existe una declaratoria de bien mueble único histórico y ya la misma se viene o se procede a inscribir en términos precisamente en la de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, por lo tanto resulta también innecesario que se repita en la Ley General de Bienes Nacionales.
Es decir, hay una serie de cosas que considero que son improcedentes, que ya cuando se hace el análisis no coincide y es un punto de vista que yo guardo, en todo caso si se vota, yo votaría en contra, toda vez de que creo que lo que se está pretendiendo establecer aquí ya viene regulada en otras leyes y además de que por técnica legislativa tampoco resulta procedente lo que se está estableciendo en este dictamen a través de un exhorto.
El diputado Pedro Vázquez González comentó: Porque este dictamen fue circulado el viernes por Internet ya por ahí de las siete u ocho de la noche. Nosotros tenemos, si se votara en estos términos, obviamente en los términos que viene el dictamen hay muchas inconsistencias, imprecisiones, hay muchas omisiones inclusive, y consideramos que no debe de dictaminarse y que nos permitan entregar.
Yo lo puedo hacer, ya tengo aquí las notas, es cuestión de darle formalidad a un oficio, mañana mismo se lo puedo llegar a la Secretaría Técnica, porque si hay cosas de fondo. Sí hay cosas de fondo que merecen ser revisadas.
El diputado Eduardo Yáñez Montaño comentó: Sólo para que pudiera considerarse la opinión de los proponentes en relación a las propias iniciativas de las que viene este dictamen.
Existen dos proponentes que coinciden en el sentido de proteger en cuanto al incremento del robo de arte sacro, y uno de ellos en la propia iniciativa se los señalo para que pudieran ser considerados, inclusive para opiniones posteriores en las que seguramente estará perfeccionándose este dictamen.
Quienes la considera como robo de arte sacro y lo complicado que representa expresar ese término de arte sacro, lo complicado que representaría por no estar considerado por una ley penal.
Y otro de los proponentes, en su propia iniciativa, solicita el incremento de la penalidad que pudiera ser considerada como delito grave.
Se consensó la opinión en relación a los dos y en razón a esa opinión de los dos se propone este dictamen que hoy, o hace poco, fue circulado hacia ustedes, pero los propios proponentes están en el ánimo de que pudiera ser perfeccionado.
Entonces, en ese mismo sentido yo creo que no hay ninguna objeción en que pudiera retirarse y que pudiera estarse presentando en la próxima sesión plenaria.
Se sometió a votación el retiro del dictamen para analizarlo nuevamente y fue aprobado por mayoría.
El punto número siete, análisis, discusión, y en su caso aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto, en virtud del cual se reforma y adiciona el artículo 381 del Código Penal Federal en Materia en Transporte Ferroviario.
Sentido positivo.
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Si ustedes recuerdan, este asunto ya lo habíamos dictaminado, pero para que vean cómo la Corte interpreta las leyes, se nos estaban yendo en la tipificación de este delito algunos imputados
El diputado Arturo Zamora Jiménez comentó: Efectivamente se trata de una iniciativa que promueve una modificación al Código Penal Federal en materia de Robo de Autotransporte Ferroviario, porque nos damos cuenta de que las resoluciones que se están emitiendo del dictamen que nosotros realizamos, en ellos no se está imputando la responsabilidad penal a quienes, de alguna manera sustraen o se apoderan de los bienes, de las mercancías y de los valores que se transportan por esta vía. De tal suerte, que lo único que estamos haciendo es una adecuación para evitar lo que se pudiera denominar la impunidad legislativa .
Ése es en síntesis en lo que consiste la modificación es muy sencilla, pero trata, de alguna manera evitar que se siga promoviendo la impunidad, sobre todo en una zona muy importante del territorio nacional, de donde es Pedro Vázquez, en donde los ferrocarriles y todas las mercancías que se transportan en los ferrocarriles son prácticamente sujetos de apoderamiento, de sustracción, por las pendientes que ya van llegando a la zona de las siderúrgicas, y en donde esto se ha convertido prácticamente en un modus vivendi , que finalmente se está aprovechando la delincuencia organizada de este vacío de la norma. Queremos cubrir esta laguna, queremos cubrir este vacío de la norma, a través de esta modificación.
El diputado Pedro Vázquez González comentó: Solamente señalar que estamos de acuerdo con el dictamen.
Es importante que hagamos las adecuaciones al marco jurídico porque son necesarias para proteger de manera efectiva la prestación de un servicio público de carácter federal, como es en este caso el que se está señalando, y de esa manera también garantizar el patrimonio de las empresas concesionarias o de particulares, que también hacen uso de este medio para el transporte de bienes y mercancías.
Con la reforma que ahorita estamos comentando, se les da certeza jurídica a los jueces federales, ya que se define de manera muy precisa, el tipo penal y así de esta manera, se evitará la impunidad en la que se ha caído respecto al robo sobre bienes transportados por conducto del sistema ferroviario.Por falta de especificación en el objeto material sobre el cual recae la conducta del apoderamiento.
Por eso sí consideramos importante precisar el tipo penal, y así ya los jueces tendrán los elementos para poder condenar, en caso de que sean responsables las personas que cometan estos ilícitos. Votaremos a favor del presente dictamen.
Se sometió a votación y fue aprobado por unanimidad en los términos del dictamen.
El punto número ocho, análisis, discusión y en su caso aprobación de las conclusiones derivadas de las respuestas realizadas por el secretario de Marina, en relación a las preguntas parlamentarias formuladas en sesión del 22 de septiembre de 2011, por el pleno de la Cámara de Diputados.
El diputado Pedro Vázquez González comentó: Yo creo que no solamente al Grupo Parlamentario del PT, yo creo que estoy convencido de que muchos legisladores también han expresado que las respuestas del secretario de Marina a las preguntas parlamentarias formuladas y acordadas por el pleno simple y sencillamente no responden a la preocupación y al hecho sucedido en contra de nuestro compañero diputado federal, Eduardo Bailey.
Persona a la que conocemos, entonces, aunque él es del PRI soy del PT, pero conocemos su trayectoria política, profesional, personal; hemos estado muy pendientes de los puestos que él ha desempeñado, ya fuimos compañeros en la Legislatura LIX, y la conducta del compañero Eduardo Bailey es una conducta intachable, honesta.
Nadie creo yo, que en sano juicio podría cuestionar o dudar sobre la honestidad del compañero Eduardo Bailey, por eso calificamos a las respuestas del secretario de Marina, como totalmente insuficientes, difusas, y confusas. Y son calificativos y adjetivos que señalamos que fueron de manera deliberada.
Voy a dar un ejemplo, en la pregunta cinco, la pregunta parlamentaria: “¿Con base en qué sustento legal lo hicieron?” El secretario de Marina responde: “Con base en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley Orgánica de la Armada de México, y el de intervenir en los casos de flagrante delito”.
Compañeros, cualquier estudiante de derecho, de cualquier universidad de nuestro país en la que se enseña que la fundamentación de un acto de autoridad, ella está obligada a invocar con precisión los preceptos legales. Artículo, fracción, inciso, párrafo y ley de la que se trate, sobre la cual fundamenta el acto que está realizando, y desde luego, que ni la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ni la Ley de la Armada de México le otorga facultades para catear domicilios.
No hay ninguna disposición que lo faculte para realizar un cateo, como fue el caso del compañero. Máxime que quedó acreditado debidamente, que el domicilio del diputado Bailey no se cometió delito alguno, por lo que no se actualiza la figura de flagrancia.
No tiene orden de cateo, no existía ningún hecho ilícito, entonces, tampoco la flagrancia le autorizaba para intervenir.
Además, la Secretaría de Marina pasa por alto el contenido del párrafo 11 del artículo 16 de la Constitución General de la República, la que señala que toda orden de cateo solo podrá ser expedida por autoridad judicial, a petición del Ministerio Público, y queda fehacientemente demostrado que no ocurrió este caso de esa manera.
Vuelvo a tomar como ejemplo la pregunta siete, “¿Se dio parte a alguna autoridad civil?” Es la pregunta parlamentaria, la respuesta del secretario es “No, por la hora, y por la urgencia que se creyó”.
Sin duda, la Secretaría de Marina pasa deliberadamente por alto, que la institución del Ministerio Público es de carácter civil y permanente, y que funciona las 24 horas del día, los 365 días del año.
Compañeras y compañeros diputados, desde luego que no podemos manifestar nuestra satisfacción por las respuestas que nos da la autoridad.
Este incidente que ocurrió en el domicilio del compañero Eduardo Bailey ha ocurrido en muchos otros casos, donde las autoridades sin fundamento legal alguno irrumpen en los domicilios de los particulares.
El día que estuvimos con el secretario de Gobernación, ahí se hicieron comentarios de otros diputados que también han sido allanados sus domicilios por autoridades militares.
Ellos no han querido proceder ni denunciar, pero sin lugar a duda esto es una muestra palpable que los elementos militares y de la Armada de México no deben desarrollar tareas que son propias de la autoridad civil.
Esta actuación de los elementos de la Armada de México y las respuestas del secretario nos confirman en nuestra convicción del riesgo que presentan las nuevas atribuciones que se les pretende dar a las Fuerzas Armadas con las reformas que se plantean –y que ojalá no se aprueben- a la Ley de Seguridad Nacional.
Por último, en lo que se refiere a las recomendaciones, en la primera también se debe solicitar al secretario que dé respuestas correctas no solamente las que vienen en el dictamen, sino también a las preguntas 5, 7 y 10.
Me parece que es insuficiente el que le pidamos que solamente dé respuesta a dos preguntas más.
Es que las otras tampoco fueron contestadas. Estamos hablando de las preguntas 5, 7 y 10.
Yo les pido a mis compañeros, y no porque sea el compañero –insisto- Eduardo Bailey, sino porque creo que esto no puede aceptarse, rechacemos por ya dije: imprecisas, difusas y confusas las explicaciones y respuestas que dio el secretario de Marina.
El diputado Óscar Martín Arce Paniagua comentó: En primer lugar, hemos manifestado y seguimos manifestando que estaremos en contra de cualquier ultraje, delito, exceso que se cometa en contra de cualquier diputado, independientemente del partido que sea.
Es una premisa que quiero dejar muy clara antes de emitir mi punto de vista a todos los que han participado aquí, precisamente porque representamos un poder y debemos disfrutar de las garantías individuales de todos los mexicanos, no solamente de las que nosotros tenemos.
El procedimiento legislativo lo estaba ahorita comentando con los secretarios, no podemos volver a pregunta al secretario; haríamos recomendaciones en torno a las preguntas que fueron contestadas.
Quiero dejar muy claro también que el secretario de Marina, como lo hacen todos los secretarios, como lo ha hecho en la historia de la Cámara, no están obligados a contestar lo que nosotros queremos que conteste.
El derecho de petición es muy claro y los limita a contestar el hecho.
Hay autoridades, fiscalías, otro tipo de autoridades que en el ámbito de sus competencias pueden interrogar, reinterrogar, repreguntar y satisfacer una respuesta en torno a un hecho que se ha dado.
Yo creo que si la comisión determina que no satisfacen las respuestas del secretario, ésa tendría que ser en los términos de Reglamento, que es recomendar al secretario y no volverle a emitir otras preguntas sobre el mismo tema para que vuelva a contestar exactamente lo mismo.
No hay ninguna obligación en ninguna ley que obligue al secretario a éste, a los anteriores y a los que vendrán, a tener que contestar, salvo que sea en un procedimiento estrictamente de orden judicial o estrictamente en una fiscalía sobre algo determinado, denunciado específico.
Hago la aclaración para que no nos vayamos nosotros a convertir en algo que no tenemos tampoco facultad, para que quede muy claro cuál sería la consecuencia.
Vuelvo a repetir. Yo condeno el acto del diputado, de todos los diputados, pero también subrayo el derecho que tiene el secretario almirante de contestar y las facultades que tenemos en la comisión, para ser muy puntuales, presidente.
La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado comentó: Me manifiesto completamente de acuerdo a lo expresado por el compañero diputado Pedro Vázquez. No solamente conozco al diputado Eduardo Bailey, sino me une una amistad con Blanca, su esposa. Conozco perfectamente a sus niños. Sé, porque he platicado con ellos, cómo acontecieron los hechos.
Yo creo que aquí no está en discusión el hecho de que sea un diputado federal al que se le hayan violentado de esa manera sus derechos, sino tenemos que ponernos en los zapatos de los ciudadanos que también han padecido de este tipo de violaciones a sus derechos.
Me manifiesto completamente a favor de lo solicitado por mi compañero Pedro Vázquez.
Es importante reconocer el trabajo que están realizando en Nuevo León las Fuerzas Armadas.
Eso lo quiero dejar muy claro.
La Marina de México también ha hecho un trabajo importante.
Pero creo que también debemos nosotros de señalar cuando nos equivocamos y debemos de reconocer cuando nos equivocamos, estemos en la trinchera en la que estemos.
Nada más quiero hacer este comentario porque tal cual fueron contestadas las preguntas parlamentarias, no van de acuerdo a los acontecimientos, sin embargo me uno a la petición de mi compañero Pedro Vázquez.
También me manifiesto a favor de que se vuelva a solicitar al secretario de Marina –de nueva cuenta- que responda a las preguntas parlamentarias que se han considerado por parte también de la comisión.
El diputado Josué Cirino Valdés Huezo comentó: Condenamos en el Grupo Parlamentario del PRI esta situación que ya ha sido tratada en el pleno, independientemente de la persona del señor diputado Bailey, sea quien sea, cualquier ciudadano que le sea infringido su domicilio, le pudiera presuntamente ser allanado, debe ser condenable.
Aquí el procedimiento parlamentario consideramos que las conclusiones y recomendaciones que está emitiendo la comisión se deben sujetar al artículo 203, a efecto de que se precise muy bien por parte del funcionario al cual se le están haciendo estas preguntas, pueda volver a contestar. Estamos de acuerdo en el Grupo Parlamentario del PRI en los términos del dictamen con las consideraciones que hace el diputado Pedro Vázquez, porque en todo caso si fuera como dice el diputado Óscar Arce, tendríamos que acudir en queja al superior jerárquico por ser lo que se establece en el Reglamento.
Consideramos que sería una medida muy drástica acudir al presidente de la República por no considerar satisfecha la respuesta parlamentaria. Consideramos prudente el volver a insistir al señor secretario de Marina en los términos que viene el dictamen para que aclare estas dudas que ya han sido manifestadas en el pleno.
Estamos en pro de cómo viene el dictamen con los agregados que propone el diputado Pedro Vázquez.
El diputado Leonardo Arturo Guillén Medina comentó: Me parece que no tenemos que ser tan drásticos en lo que aquí decidimos.
Me parece que estamos valorando —y lo digo con todo el respeto— las autoridades que están en la calle enfrentando a la delincuencia y sobre todo a la delincuencia organizada, efectivamente es el Ejército Mexicano, efectivamente es la Marina, pero también se ha dicho y se ha debatido mucho que hay competencia, tanto de las autoridades estatales y las autoridades municipales en este combate a la delincuencia.
La comparecencia que tuvo aquí el secretario de Marina, efectivamente, puede dejar satisfechos o no a algunos de los diputados que estamos en esta Legislatura, pero lo que me parece que no puede ser cuestionado es que a la gente no la podemos dejar sola; es decir, las autoridades que están enfrentando el problema de delincuencia organizada que hay en el país, las vamos a estar cuestionando tan severamente por una actividad que están realizando, me parece motivo de una reflexión seria de todos los diputados, no nada más de los integrantes de esta comisión.
Me parece muy buena la propuesta que se hace aquí en el sentido de pedir nuevamente si hay esa insatisfacción por alguna de las preguntas, hacerlo directamente con el titular.
Hay casos, y se los digo con conocimiento de causa, en alguna administración con el gobernador López Nogales, que fue gobernador priista allá en Sonora, desatendió alguna resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en una controversia constitucional y la consecuencia en ese desacato es iniciar un procedimiento penal y la separación del cargo.
La misma Corte en asuntos similares tiene cierta prudencia, ¿para qué? Simplemente y sencillamente para no convertir un problema que quizá puede ser de orden administrativo en un tipo de orden penal.
Yo aquí el comentario lo quiero dejar muy claro. Hay la disposición de la Secretaría de Marina, hay la disposición de su titular. Me parece un exceso, aún cuando valga la interpretación de lo que dispone el Reglamento, que acudamos directamente al presidente de la República; es decir, si hay esa disposición del secretario de Marina, creo que estamos en condiciones de citarlo, de mandarle el documento que corresponda, tendría el aval —yo creo— de la mayoría de los integrantes de esta comisión.
Pero acudir, en pocas palabras, a una queja al presidente de la República porque no nos deja satisfecho el secretario de Marina en los cuestionamientos que se están haciendo, me parece un exceso.
Efectivamente, tenemos que decidir algo, yo sugeriría, presidente, y me uno a la petición que se ha hecho, que de nueva cuenta se le convoque o se le mande por escrito las dudas que a lo integrantes de esta comisión todavía le queden.
El diputado Miguel Ernesto Pompa Corella comentó: Si mal no recuerdo, cuando se trató esto tanto en la fracción como en el pleno, se llegó al acuerdo de que íbamos a respetar lo que establecía el Reglamento, precisamente para no caer en lo que hoy estamos criticando.
Estábamos quejándonos de que tenemos elementos que, si bien es cierto, reconocemos todos el esfuerzo que están haciendo por proteger a nuestras familias, en este caso en específico cayeron en un exceso y en este caso en específico violentaron la garantía de una mexicano, independientemente de si es o no es diputado, aquí se vulneraron las garantías de un mexicano, los derechos humanos que tenemos todos aquí en México y particularmente los de un diputado preocupan más por la investidura que representa, la que tiene y también la preocupación por lo que hace al fuero que tenemos los diputados.
Dicho esto y alegado esto en el pleno se llegó a la conclusión —repito— de que se iba a respetar el Reglamento para no caer, nosotros también, en una violación a un orden normativo.
La manera en la que yo veo aquí es, si bien es cierto aquí todos estamos, bueno, cuando menos yo me uno, yo no estoy nada satisfecho con la respuesta que se dio, porque ni siquiera se atendió lo que fue la pregunta parlamentaria, fue muy ambiguo, ciertamente.
En todo caso, formular nosotros nuestra conclusión y recomendación a la Mesa Directiva y yo creo que ellos tendrán que poner en conocimiento de los diputados en el pleno y ellos tendrán que decidir o nosotros tendremos que decidir en el pleno si nos deja satisfecho o no, y si no nos deja nos vamos a la queja con el presidente, no hay de otra.
No es con la Marina, él ya nos respondió y no fue, si así lo deciden los diputados, no fue satisfactoria la respuesta que dio, y si no lo fue y así lo deciden la mayoría de los diputados en el pleno, tendremos que ir a la queja para dar cumplimiento al artículo 203 en su numeral tercero. Eso se vio y se alegó en el pleno ya.
Yo considero que en todo caso, nuestra función llega hasta el numeral 2 en este momento.
El diputado Josué Cirino Valdés Huezo comentó: Para clarificar la propuesta de un servidor es que con fundamento en el artículo 131, numeral 4, las conclusiones que están emanando de este proyecto de dictamen sean enviadas a la Mesa Directiva para que dé cuenta al pleno, estando de acuerdo con el contenido de este dictamen, con las adiciones del diputado Pedro Vázquez de que, en su momento, se vuelva a preguntar al secretario de Marina.
Acuerdo: Se instruye a la secretaría técnica para que elabore el dictamen final, con las conclusiones y recomendaciones que aquí se han vertido se sometió a votación y fue aprobado por mayoría con dos abstenciones.
El punto número nueve es el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2012 Rubro: Justicia (Comparativo del Presupuesto de Egresos de la Federación 2011 – 2012)
El presidente diputado Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Es darles a conocer el proyecto de Egresos de la Federación para el próximo año. Les habíamos pedido que hasta el día de hoy nos fijáramos como plazo, para que me mandaran todas sus propuestas. Y si les parece bien, ampliamos el plazo para el próximo viernes. Pero sí debo decirles, que yo no puedo solicitar recursos a la Comisión de Presupuesto si no tengo proyectos específicos.
Si vamos a tener un Centro de Reinserción Social, ¿dónde está ubicado? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuántas hectáreas tenemos? Por favor, se los ruego, porque in genere, me limitan, no puedo pedir recursos sin genere. Oye, que necesito para 10 centros en el estado de Guanajuato, por no poner el mío. ¿En dónde? No nada más es una primera aportación de 200 millones, ¿pero dónde? No, no, eso es para realizar los estudios preliminares, saben que me lo van a negar. Entonces, por favor, presupuestos, distinguidas compañeras y compañeros diputados, para que yo pueda hacer los míos y enviarlos como presidente de la comisión.
Acuerdo: Se haría llegar los presupuestos con proyectos específicos para el martes 22 de octubre.
El siguiente punto es la aprobación del plan de trabajo 2011-2012.
Se sometió a votación el plan de trabajo 2011-2012 y fue aprobado por unanimidad-
El siguiente punto en el orden del día fue asuntos generales.
El diputado Pedro Vázquez González comentó: Un detalle que tiene que ver con la ya polémica Ley de Amparo, que consideremos esto, si quieren discútanlo en mesa directiva, pero creo que debo dejar planteada aquí la necesidad de foros de consulta con especialistas, abrir un poco la discusión, porque hay tema que están verdaderamente encontrados y necesitamos buscar puentes, sobre todo con gente especialista en la materia, académicos, por qué no, también con el Poder Judicial, el intercambio mismo con los senadores, para que argumenten más las posturas que han sido planteadas por ellos y que están de alguna manera cuestionando lo que la minuta de la Cámara de Diputados envió para allá; dejar planteada la posibilidad de realizar, no sé, algunos foros de consulta o coloquios, conferencias, algo que nos dé también mayores elementos para no enfrascarnos en que lo que la Cámara dijo es lo bueno y lo que el Senado aprobó está mal. Entonces creo que aquí de lo que se trata es de que esta figura del amparo se fortalezca y realmente sirva a los intereses de los mexicanos y se evite violentar garantías individuales tanto individuales como colectivas. Ese es el espíritu de la propuesta. Ojalá y se pudiera considerar.
El diputado Óscar Martín Arce Paniagua comentó: Te refieres, Pedro a la nueva Ley de Amparo que acaba de votar el Senado. Sí. En la mañana discutimos en la comisión, si me permites, presidente, el tema de la nueva Ley de Amparo.
Recibimos una invitación del Senado, en la mesa directiva para incorporarnos a los trabajos, cuando ya estaban a punto de votarla, de votar la ley.
No íbamos a comparecer para validar algo en lo cual no hemos tenido conocimiento, pero entonces decidimos, fuimos, vimos que ya estaban en la votación y mejor nos retiramos, porque si... el proceso, obviamente tienes facultad de poder decidir y de intervenir y consideramos que de que no teníamos elementos para validar al Senado, fuimos el diputado Zamora, yo, a pesar de que... la mesa directiva a la reunión con el Senado. No, era para mesa directiva, nos hizo una invitación directamente el Senado pero al final no validamos la postura.
Es una ley complicada, porque también rompe muchos esquemas que creo que son muy buenos y en otros tiene muchos cuestionamientos. De hecho en la mañana platicamos con el presidente de hacer una reunión con los ministros de la Corte en donde invitaríamos a los diputados para escuchar de viva voz de parte de los ministros, tengo entendido que hay dos ministros encargados del tema, pero el presidente va a hacer la consulta y la cita, en eso quedamos, presidente.
El presidente Víctor Humberto Benítez Treviño comentó: Sí, en cuanto llegue. Ya inclusive, si me permites Óscar, entré en contacto con el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que tiene algunas preocupaciones. Entonces como le hicimos en el Código Federal de Procedimientos Penales, cuando nos llegue, invitamos a un grupo plural, para que nos dé sus puntos de vista. Yo creo que esto nos va a allanar el camino.
Se citó para la próxima reunión el día martes 25 de octubre de 2011 a las 17:00 horas.
El Presidente agradeció a todos su participación y dio por clausurada la vigésima sexta reunión ordinaria siendo las 20:10 del día martes diez y ocho de octubre del año 2011.