Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3348-VI, miércoles 14 de septiembre de 2011
Proposiciones
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría General, a la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros y a la Dirección General de Recursos Humanos de esta soberanía a instruir para que se otorgue la base sindical a los veintinueve trabajadores de confianza con discapacidad que laboran aquí, a cargo de la diputada Nely Edith Miranda Herrera, del Grupo Parlamentario del PRI
Argumento
Luis Donaldo Colosio decía: “Quien tiene un empleo, eleva su autoestima ante la propia familia y su comunidad, puede alimentar a los suyos, puede cuidar de la salud familiar, puede educar a sus hijos, puede divertirse sanamente.
En suma, empleo es ingreso y el ingreso es capacidad para cumplir con la familia, con la sociedad y con México”.
Para las personas con discapacidad, contar con un empleo que le garantice permanencia y superación en el mismo, es exactamente lo que decía Luis Donaldo Colosio. Sin embargo, esta legítima aspiración, para quienes tenemos limitaciones físicas, sensoriales o mentales, es nuestro desafío más difícil de alcanzar.
Y es muy difícil de alcanzar, no por las limitaciones que naturalmente nos impone la discapacidad, sino por el rechazo y la fuerte discriminación que a diario encontramos en el mercado laboral cada vez que solicitamos un empleo, ya sea en el sector privado o en el sector público.
El pasado 12 de abril de este año, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, presentó los resultados de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México correspondiente al 2010; la cual señala, que el desempleo en las personas con discapacidad, es una consecuencia de la discriminación y que por ello, enfrentamos segregación y negación de oportunidades. Al respecto, el estudio arrojó los siguientes datos:
El 27.5 por ciento de las personas encuestadas, señalan que el principal problema al que se enfrenta una persona con discapacidad es al desempleo, el 20.4 por ciento dijo que a la discriminación, y el 15.7 por ciento señala que a no ser autosuficientes.
Es muy importante destacar, que para esta Honorable Cámara de Diputados, la plena integración laboral de las personas con discapacidad, ha sido y es, un tema de permanente preocupación y atención; y tan es así, que en diciembre de 1997, este órgano legislativo aprobó una proposición con punto de acuerdo, para que en su planta laboral sean incluidas personas con discapacidad, en un porcentaje no menor al uno por ciento.
Gracias a la aprobación de este punto de acuerdo, actualmente en esta Cámara de Diputados, se encuentran laborando 51 personas con discapacidad; y según datos de la Dirección General de Recursos Humanos, la relación laboral que existe con este órgano legislativo, es la siguiente: eventual 1, de confianza 29, base 4, base sindicalizados 12, de honorarios 1 y mando medio o similar 4.
No obstante este importante avance, es muy necesario señalar, que la sola integración laboral de las personas con discapacidad como servidores públicos, no es suficiente; se requieren también, amplias garantías para la conservación del empleo y mejores posibilidades de progresar en el mismo.
El Convenio sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas de la Organización Internacional del Trabajo, también conocido como Convenio 159 de la OIT, y del cual México forma parte, en su artículo 1, dispone lo siguiente:
“A los efectos del presente Convenio, todo Miembro deberá considerar que la finalidad de la readaptación profesional es la de permitir que la persona inválida obtenga y conserve un empleo adecuado y progrese en el mismo, y que se promueva así la integración o la reintegración de esta persona en la sociedad”.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es otro tratado internacional del cual México forma parte, y en su artículo 27 que se refiere al trabajo y empleo, dispone, que los Estados parte deberán adoptar medidas pertinentes, como la indicada en el inciso c) del mismo artículo, que a la letra dice:
“Asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos laborales y sindicales, en igualdad de condiciones con las demás”.
La propia Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en el artículo 6o. dispone que son trabajadores de base e inamovibles, los de nuevo ingreso después de seis meses de servicios sin nota desfavorable en su expediente.
Y el mismo ordenamiento, en el artículo 10 puntualiza que son irrenunciables los derechos que la presente ley otorga.
Aquí en la Cámara de Diputados trabajan 29 servidores públicos con discapacidad, cuya relación laboral es de confianza, que ya rebasan por mucho los seis meses de servicio establecidos en la ley, que no tienen notas desfavorables en su expediente, y quienes de acuerdo con la legislación en vigor, ya deberían tener la base laboral, o incluso la base sindical; pero desafortunadamente, hasta el momento no es así.
El que los trabajadores de confianza con discapacidad tengan la base sindical, les otorga, entre otras ventajas, las siguientes:
1o. Mejores garantías de conservar su empleo y de progresar en el mismo. Lo que representa la ventaja más importante para los trabajadores con discapacidad.
2o. Mejoramiento del salario a través de la ayuda sindical.
3o. Ampliación de prestaciones a través del otorgamiento de becas escolares para sus hijos, premio por puntualidad, pago de días económicos, incremento de los periodos vacacionales y un viaje con transporte y hospedaje gratuito cada año.
4o. Reconocimiento y premio en efectivo por antigüedad después de los diez años de servicio como trabajadores.
5o. Otorgamiento de licencias para ausentarse de su empleo, lo que servirá para aprovechar mejores oportunidades de trabajo y con la certeza de poder regresar a su empleo aquí en Cámara de Diputados.
Considerando lo ya citado en el Convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo, en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; y tomando en cuenta, que los 29 trabajadores de confianza con discapacidad, son responsables de los gastos de una familia, que la mayoría de ellos representan la única fuente de ingreso familiar, que han demostrado capacidad en el desempeño de su trabajo, y que son uno de los grupos más vulnerables de la sociedad; y que jurídicamente, está plenamente justificada la necesidad de darles ya la base sindical, a fin de que cuenten con mejores prestaciones como trabajadores y sobre todo, con mejores garantías para que conserven su empleo y para que progresen en el mismo. Compañeras diputadas y compañeros diputados, de manera respetuosa, solicito su apoyo para la aprobación de la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Secretaría General, a la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros y a la Dirección General de Recursos Humanos de la honorable Cámara de Diputados a girar las instrucciones pertinentes para que a los veintinueve trabajadores de confianza con discapacidad que laboran en este órgano legislativo se les otorgue la base sindical.
La presente proposición con punto de acuerdo deberá ser verificada en su cumplimiento por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables en un plazo no mayor de seis meses.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2011.
Diputada Nely Edith Miranda Herrera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del gobierno del DF, integrantes de la Conago, a dar a conocer los resultados de las operaciones y –con base en esa información– acordar la intensificación de las de carácter permanente de combate de la trata de personas, a incrementar las acciones de coordinación interinstitucional y participación social que contribuyan a prevenir este grave delito, y a intensificar las medidas de los gobiernos de los estados fronterizos y de zonas turísticas con el INM para instaurar dispositivos de vigilancia y supervisión en terminales aéreas, marítimas y terrestres, así como en los establecimientos con giros de clubes privados, bares, discotecas, centros de masajes o similares, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Rosi Orozco, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2 y 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de los siguientes
Antecedentes
1. La Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago) se constituyó en julio de 2002, con la participación de titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas de la República Mexicana, cuyo objetivo es desarrollar en conjunto con la federación, políticas públicas incluyentes que satisfagan las demandas de seguridad, justicia, bienestar social, democracia y transparencia para los gobiernos estatales, además de promover los procesos de descentralización.
2. La Conago, es un foro permanente de diálogo, concertación y encuentro entre los titulares de los ejecutivos estatales y otros actores, con el compromiso de impulsar una visión democrática y federalista desde el seno de las entidades federativas, a fin de fortalecer los espacios institucionales y privilegiar los acuerdos que incidan en el desarrollo y bienestar de todos los mexicanos.
Como espacio de deliberación, mantiene cuatro características: 1. Todos y cada uno de los titulares de los ejecutivos estatales y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal participan de manera voluntaria; 2. Se sustenta en una relación entre pares; 3. Todas y cada una de las decisiones de sus miembros se toman por consenso; 4. La Conago es una instancia que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 117 constitucional, inciso I, que indica que los "Estados no podrán en ningún caso celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con potencias extranjeras", delibera y toma decisiones no vinculantes pero sí propositivas, que se sustentan en el compromiso y voluntad política que suscita el encuentro de los titulares de los ejecutivos estatales.
3. Al interior de la Conago se integran comisiones que son grupos temáticos deliberativos, constituidos por el pleno de la misma, para el análisis y discusión de los temas relacionados con sus objetivos.
Estas se integran con la participación voluntaria de los miembros de la Conago: un gobernador coordinador y uno vicecoordinador, elegidos por el pleno; atienden y desarrollan agendas temáticas particulares y desahogan puntos coyunturales que el pleno les confiere. Los acuerdos en Comisiones se construyen a través de consensos. Así, desde el 27 de febrero de 2004 la Conago integró su Comisión de Seguridad Pública.
4. Acordó la realización del Operativo Conago 1, con la finalidad de que las diversas Entidades Federativas demostraran fuerza suficiente para enfrentar a la delincuencia, a efectuarse en el período del 13 al 19 de junio de 2011.
El operativo, arrojó los siguientes resultados: tres mil 918 detenciones, mil 534 vehículos recuperados, 892 mandamientos judiciales cumplimentados, 170 armas recuperadas, así como el desmantelamiento de 37 bandas dedicadas principalmente a delitos contra la salud (2), robo a repartidor (1), robo a negocio (2), corrupción de menores (1), y clonación de tarjetas (1).
5. El 20 de junio, el pleno de la Conago acordó que el operativo sea permanente, que quincenalmente se informe de los resultados, a través de la página http://wwwconago.org.mx; la Comisión de Seguridad Pública de la Conago, sea la responsable de facilitar las acciones y concentrar la información que se obtenga del operativo, en una base de datos común, misma que se radicará en el Sistema de Incidencia Delictiva Conago.
Indicó además dicho pleno, que se enfocaría principalmente, a delitos de alto impacto contenidos en el catálogo de la Conago: homicidio doloso, extorsión, robo de vehículos, robo en vía pública y robo con violencia, secuestro y trata de personas.
A la fecha, a excepción de los resultados del Operativo Conago 1, no se ha subido a la página de referencia ningún reporte quincenal posterior.
6. El delito de trata de personas atenta contra bienes altamente preciados por la sociedad, como son la vida, la libertad y la seguridad de las personas.
7. En México se han creado y puesto en marcha, políticas públicas, acciones y proyectos, que han ido introduciendo la perspectiva de los derechos humanos, vinculados a la trata de personas e diversas instancias de la administración pública federal. Y en los últimos cinco años, los tres niveles de gobierno, han desarrollado un proceso de creación de leyes y tareas administrativas, para prevenir, tipificar, castigar y combatir el delito de trata de personas.
8. La trata de personas, entendida como la venta de seres humanos con sus tres modalidades: explotación sexual, explotación laboral y extracción de órganos, encuentra sus antecedentes históricos, en prácticas ancestrales de sometimiento de la persona. Las dos primeras modalidades, se remontan, por una parte a la esclavitud, y por otra, al comercio de mujeres para la explotación sexual.
9. Diversos instrumentos internacionales también han condenado estas violaciones. En el año 2000, en Palermo, Italia, en respuesta a la Convocatoria de la Organización de las Naciones Unidas, representantes de 117 países firmaron la Convención de Naciones Unidas en contra de la Delincuencia Trasnacional, y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños, importante y eficaz herramienta para combatir este delito. México lo firmó el 13 de diciembre-de-2000 y lo ratificó el 4 de marzo de 2003.
Con estos instrumentos, por primera vez se acepta una definición del tipo penal de la trata de personas, que incluye actividades, medios comisivos y fines, que en forma genérica abarca las tres modalidades referidas en el antecedente anterior.
Asimismo, señalan medidas para perseguir y sancionar el delito, se incluyen acciones para salvaguardar los derechos de las víctimas, entre ellas, las que prescriben para su prevención, protección y asistencia.
10. A partir del 27 noviembre de 2007, México cuenta con su Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, de aplicación federal. Por su parte la mayoría de Entidades Federativas, prohíben penalmente diferentes aspectos de la trata de personas, pero solo unas cuantas tienen una ley específica, entre ellas, Chihuahua, Tamaulipas y el Distrito Federal.
11. El Protocolo de Palermo establece que la política para combatir la trata de personas en el orden internacional, presenta las siguientes vertientes: 1) Prevención mediante la detección de los factores que la originan, los actores del proceso y campañas de sensibilización e información, 2) Protección y asistencia a víctimas, 3) Impulsar la armonización legislativa al interior de los Estados partes del Protocolo de Palermo, 4) Cooperación internacional para recibir asistencia técnica, 5) Trabajo conjunto de autoridades con organizaciones de la sociedad civil especializadas e instituciones académicas.
12. El 13 de julio de 2011, se promulgó la reforma constitucional modifica los artículos 19, 20 y 73, fracción XXI, para facultar al Congreso de la Unión, a. expedir la legislación que permita armonizar los contenidos de las Leyes. Ordinarias de las Entidades Federativas y fortalezca la coordinación entre los tres niveles de gobierno, la defensa y protección a las víctimas de trata Establece un plazo para que el referido Órgano expida su Ley General, que es de ciento ochenta días.
13. El 28 de julio de 2011, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dio a conocer los lugares que ha identificado con mayor incidencia de casos de trata de personas en las fronteras norte y sur, en destinos turísticos, así como en ciudades del centro del país. De acuerdo con el Diagnóstico de las Condiciones de Vulnerabilidad que Propicia la Trata de Personas en México, los lugares que más preocupan son:
Nogales, Sonora; Acapulco, Guerrero; Tapachula, Chiapas; Tijuana y Mexicali, en Baja California; Ciudad Juárez, Chihuahua; Nuevo Laredo y Matamoros en Tamaulipas; Cancún, Quintana Roo; Guadalajara y Puerto Vallarta en Jalisco.
También, se han documentado casos en Tlaxcala, Puebla, estado de México, Guanajuato, Veracruz, Querétaro y el Distrito Federal.
14. En el Diagnóstico, destaca la coordinación entre los diversos órdenes de gobierno y sociedad civil, a través de 13 Comités Regionales, distribuidos en el territorio nacional para promover políticas públicas en materia de prevención, persecución y atención a víctimas; campañas para evitar el enganche de niñas, niños y jóvenes por internet; el cumplimiento de las leyes contra la trata de personas; impulsar la capacitación a servidores públicos encargados de la procuración y administración de justicia, personal médico, de corporaciones policiales y militares para dar un trato digno y adecuado a víctimas. Asimismo, para fomentar la cultura de la denuncia, ha suscrito convenios de colaboración con prestadores de servicios turísticos y transportación.
15. Se calcula que en México hay (a noviembre de 2010), un millón doscientas mil personas víctimas de trata de personas, de acuerdo con la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina. Con ello, se ubica al país en el quinto lugar de América Latina entre los países donde más gente es víctima de explotación, después de República Dominicana, Haití, Brasil y Argentina. La propia Coalición, calcula que de cada diez personas que son víctimas de explotación dos son menores de edad; que ha aumentado la cantidad de personas originarias de Rusia y Bulgaria, explotadas sexualmente en el país.
Con cifras de la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración, desde 2008 y hasta el mes de marzo de 2011, la Dependencia del Ejecutivo Federal, ha ofrecido atención a 100 mil 400 niños, niñas y adolescentes migrantes, de los cuales, 59 mil 898 viajaban sin ninguna compañía. De esos infantes y jóvenes que emigraban solos, 51 mil 20 son mexicanos y 8 mil 878 son extranjeros, menores migrantes no acompañados o separados de su familia, a quienes el crimen organizado los secuestra para reclutarlos en sus filas, destinarlos la trata de personas, y la explotación sexual. En algunas ocasiones llegan a privarlos de la vida, como en el caso de los setenta y dos migrantes encontrados muertos en Tamaulipas, de los cuales siete eran adolescentes.
16. Estudio realizado por la investigadora Fabiola Vargas Valencia del Colegio de la Frontera Norte, refiere que cada semana, en la madrugada, por cinco rutas distintas, llegan a Tijuana autobuses y aviones con decenas de niñas y mujeres de 3 a 65 años de edad para ser forzadas a prostituirse.
La investigación, identificó cinco rutas de tratantes de personas:
I. La primera inicia en Sudamérica, llega al Distrito Federal o Puerto Vallarta, Jalisco, y de ahí va hacia Baja California, a través de Los Cabos. Las mujeres, la mayor parte indocumentadas, son explotadas en bares o table dance.
II. La segunda inicia en Centroamérica hasta Tijuana directamente, con vertientes como el traslado desde El Salvador a Veracruz y de Guatemala a Chiapas. Las víctimas llegan con contactos que establecieron en sus lugares de origen y las trasladan a hoteles, donde son obligadas a prostituirse para pagar las “deudas” del viaje, el hospedaje y la comida.
En reunión sostenida por integrantes de la caravana Paso a Paso por la Paz, con el relator especial sobre trabajadores migratorios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Felipe González, el sábado 30 de julio de 2011, denunciaron los riesgos que corren los indocumentados en las rutas migratorias de México, especialmente en Tierra Blanca, Veracruz, considerada ciudad muy peligrosa para ellos, por el número de desapariciones y secuestros en la zona.
III. La tercera ruta se ubica en el interior de Baja California, desde Tijuana a Mexicali, Ensenada, Playas de Rosarito, Tecate. Se explota a mujeres deportadas o que no pudieron cruzar la frontera por falta de dinero. Se les ofrecen hasta 400 dólares diarios en la prostitución.
IV. La cuarta ruta es trazada desde Tijuana hasta Ciudad Juárez y Sonora pasando por Nogales, Caborca y Agua Prieta. Testigos consultados por la citada investigadora, refieren que algunas de esas mujeres fueron asesinadas en Ciudad Juárez.
V. La quinta ruta parte de Tijuana hacia Estados Unidos, por San Diego. En ella están involucrados “polleros” y los puntos donde opera la red son Vista, en La Escondida; Las Antenas, en Carlsbad; Carrizales, en Oceanside, Del Mar y Los Gatos en Valley Center. Los polleros trasladan a mujeres, niños y niñas con documentos falsos o de forma indocumentada por la sierra o escondidos en cajuelas o consolas delanteras de autos y camionetas, en ocasiones, con la complicidad de la Patrulla Fronteriza.
17. Mediante Oficio número INM/334/2010, de 3 de septiembre de 2010, la entonces Comisionada del Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Gobernación, profesora Cecilia Romero Castillo, instruye a los delegados regionales, subdelegados regionales, delegados locales, directores, subdirectores y jefes de departamento, del referido instituto, acerca del procedimiento que se deberá seguir en la detección, identificación y atención de personas de nacionalidad extranjera víctimas del delito.
18. La Ley de Migración del 25 de mayo de 2011, establece entre los principios en los que debe sustentarse la política migratoria del Estado Mexicano el respeto irrestricto de los derechos humanos de los migrantes, nacionales y extranjeros, sea cual fuere su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y situación migratoria, con atención especial a grupos vulnerables como menores de edad, mujeres, indígenas, adolescentes y personas de la tercera edad, así como a víctimas del delito.
Otro principio es el de unidad familiar e interés superior de la niña, niño y adolecente, como criterio prioritario de internación y estancia de extranjeros para la residencia temporal o permanente en México junto con las necesidades laborales y las causas humanitarias, en tanto que la unidad familiar es un elemento sustantivo para la conformación de un sano y productivo tejido social de las comunidades de extranjeros en el país.
Asimismo, la precitada Ley, de los artículos 159 a 162, regula los delitos en materia migratoria, que prevén diversas hipótesis relacionadas con la trata de personas, previendo incremento en la penalidad cuando las víctimas sean niñas, niños y adolescentes.
Considerandos
Primero. Que la Conferencia Nacional de Gobernadores, es un espacio político que integra representaciones políticas estratégicas, propicio para transformar la convivencia social, en el tema que más interesa resolver a todas y todos los mexicanos: la inseguridad pública.
Segundo. Que aun cuando en México se han creado y puesto en marcha, políticas públicas, acciones y proyectos, que han ido introduciendo la perspectiva de los derechos humanos, vinculados a la trata de personas, por atentar contra bienes altamente preciados por la sociedad, como su vida, libertad y seguridad; y que se han realizado esfuerzos por los tres niveles de gobierno, Comisiones de Derechos Humanos Nacional, locales e internacionales, no han logrado resultados que se reflejen en la disminución de este grave delito.
Tercero. Que las acciones aisladas y dispersas, carentes de una visión integral y coordinada, son insuficientes e ineficaces, para combatir la trata de personas. Ya que es un delito que se comete sobre todo al amparo de la invisibilidad y de la impunidad, debido a que la gran mayoría de las víctimas provienen de contextos en los que pueden conocer a plenitud sus derechos y exigir su cumplimiento, más aun tratándose de niñas, niños y adolescentes.
Cuarto. Que hay factores sociales, que en su conjunto hacen a una persona más vulnerable a una situación de trata y disminuye la posibilidad de pedir ayuda o denunciar. Entre esos factores están pobreza, falta de educación formal, falta de orientación sobre los derechos humanos, discriminación, racismo, clasismo, xenofobia y misoginia, entre otros. También inciden en esa vulnerabilidad, el status particular ante el sistema jurídico, o a que dentro del sector en que convive, es aceptada o al menos ignorada la explotación.
Quinto. Que el 27 de noviembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de la Materia, cuyo objeto es la prevención y sanción del ilícito así como la protección, atención y asistencia a las víctimas con la finalidad de garantizarles el respeto al libre desarrollo de su personalidad; y de posibles víctimas, residentes o trasladadas al territorio nacional, así como a las personas mexicanas en el exterior; por ello, las autoridades federales, como el Instituto Nacional de Migración, en coordinación con las autoridades locales, deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la protección y asistencia a las víctimas u ofendidos del delito de trata de personas.
Sexto. Que en cuanto a México, las y los migrantes indocumentados de diferentes nacionalidades que realizan su trayecto por territorio nacional, en particular los que transitan por zonas fronterizas, son enormemente vulnerables, debido a que viajan en medios de transporte de alto riesgo, utilizan caminos de extravío y en general lugares solitarios; pernoctan en sitios abiertos; desconocen zonas por las que pasan; evitan contacto con autoridades, desconocen sus derechos, o bien, prefieren no ejercerlos, si ello implica volverse visibles; se encuentran lejos de los entornos de protección, no saben a quién acudir en caso de necesidad y desconocen las leyes del país.
Séptimo. Que la situación de indocumentados los hace presa fácil de delincuentes.
Su intención de cruzar a Estados Unidos, los hace vulnerables a falsas promesas y ofertas de trabajo o de traslado hasta su destino. Con frecuencia, son víctimas del crimen organizado. Las mujeres migrantes, ven acentuada su condición de vulnerabilidad al ser víctimas de los secuestradores, aunado a abusos sexuales y violaciones. En otras ocasiones, las mujeres migrantes están expuestas a la amenaza de ser prostituidas o vendidas con fines sexuales a los tratantes de personas, riesgos que al convertirse en realidad, constituyen actos reprobables de victimización múltiple y continuada que hay que prevenir y castigar.
Octavo. Que aunque significa un avance importante la facultad constitucional para que el Congreso federal legisle los contenidos de una Ley General, atendiendo a la política para combatir la trata de personas que establece el Protocolo de Palermo, que entre otros, hará posible la armonización legislativa, a fin de fortalecer la coordinación de acciones entre los tres niveles de gobierno, por otra parte, las características y enorme incidencia de este delito, hacen indispensable que las autoridades competentes, tomen medidas de inmediato. Sin dejar de lado, la relevante tarea de elaborar la referida legislación general, que oriente los contenidos de las legislaciones ordinarias en las entidades federativas.
Noveno. Que la Ley de Migración de 25 de mayo de 2011, contiene importantes previsiones normativas que posibilitan prevenir detectar y castigar la trata de personas, entre ellas, regula los delitos en materia migratoria, que contempla diversas hipótesis relacionadas con trata, previendo incremento en la penalidad cuando las víctimas sean niñas, niños y adolescentes. Por tanto, las competencias que prevé para las autoridades del Instituto Nacional de Migración, permiten un sólido frente de coordinación con la autoridades de las ciudades y entidades federativas donde la Comisión Nacional de Derechos Humanos mayor incidencia, detalladas en el punto 13 de antecedentes del presente punto de acuerdo.
Décimo. Que los establecimientos con giros de clubes privados, bares, discotecas, centros de masajes, o similares, son espacios que facilitan la explotación sexual comercial, o laboral, por lo que a efecto de proteger los derechos humanos e identificar a quienes son autores de estos ilícitos, deben continuarse e intensificarse los operativos del Programa Permanente contra "giros negros", en las diversas Entidades Federativas, a través de las oficinas regionales del Instituto Nacional de Migración, en coordinación con autoridades Estatales y Municipales. Con especial atención en zonas fronterizas. Así como continuar con el procedimiento que debe aplicar el propio Instituto Nacional de Migración, en la detección, identificación y atención de personas de nacionalidad extranjera víctimas del delito, conforme al Oficio No. INM/334/2010, de 3 de septiembre de 2010.
Undécimo. Que la Conferencia Nacional de Gobernadores es espacio propicio para asumir compromisos y acciones entre autoridades políticas, cuyas atribuciones en el ámbito de su correspondiente territorio, posibilitan incrementar acciones de coordinación interinstitucional, con autoridades de los tres niveles de gobierno; con las Comisiones Nacional y locales de Derechos Humanos; involucrar a los sectores público, privado y social, en la prevención del delito de trata de personas, así como acordar la intensificación de acciones de los gobiernos estatales de estados fronterizos y zonas turísticas, con autoridades del Instituto Nacional de Migración, para la realización de operativos de vigilancia y supervisión de lugares estratégicos donde se facilita o realiza la conducta delictiva.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a los gobernadores y al jefe de gobierno del Distrito Federal, integrantes de la Conferencia Nacional de Gobernadores, a que a través del coordinador de la Comisión de Seguridad Pública den a conocer, en los períodos acordados, los resultados de operativos permanentes de los delitos de alto impacto social, en particular, sobre la trata de personas. Y a que en el seno de la misma, acuerden intensificar en el ámbito de su respectiva competencia, los operativos permanentes de combate al referido delito.
Segundo. Se exhorta también a la Conago, a que acuerde el incremento de las acciones interinstitucionales, entre los tres niveles de gobierno, las Comisiones Nacional y Locales de Derechos Humanos y los sectores público, privado y social, que contribuya a la prevención de este grave delito.
Tercero. Se exhorta al Instituto Nacional de Migración y a los gobernadores y jefe de gobierno del Distrito Federal, para que en el seno de la Conago, asuman el compromiso de intensificar las acciones de los gobiernos estatales de estados fronterizos y de zonas turísticas, para la realización de operativos de vigilancia y supervisión en terminales aéreas, marítimas y terrestres, así como en los establecimientos con giros de clubes privados, bares, discotecas, centros de masajes o similares, a fin de detectar y castigar a quienes cometan esos ilícitos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2011.
Diputada Rosi Orozco (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Conapesca a atender la problemática generada en la zona de la bahía de San Quintín, playas de Santa María y El Playón, Baja California, por el desorden prevaleciente en la explotación de la almeja generosa, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, diputado federal a la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
De acuerdo con la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable decretada en 2007, se estableció que la Comisión Nacional de Pesca se encargaría de regular la actividad pesquera y acuícola del territorio nacional con el fin de contar con un aprovechamiento sustentable mediante el Programa Nacional de Ordenamiento Pesquero.
Dicho Programa contemplaba revisar de manera exhaustiva los permisos de aprovechamiento pesquero otorgados hasta el momento para reasignarlos a los pescadores que viven en las comunidades aledañas a los cuerpos de agua, mejorar su calidad de vida y hacerlos partícipes de los trabajos de monitoreo y vigilancia para evitar la pesca furtiva. Los trabajos del ordenamiento pesquero ribereño iniciaron en 2008 en los estados de Baja California, Guerrero, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán.
Por otro lado, de acuerdo con los datos de la Carta Nacional Pesquera, el Inapesca reconoce que la capacidad pesquera llegó a su máximo nivel sostenible, por lo que se ha limitado la expedición del número de permisos, sin embargo, esto ha ocasionado que los pescadores que se quedaron sin permisos se han dedicado a la pesca furtiva.
Lo anterior, ha generado que los pescadores ilegales vendan sus productos a los permisionarios a precios muy bajos, lo que ha provocado que se lleve a cabo una sobreexplotación de los recursos pesqueros y la prevalencia de la pobreza de las comunidades pesqueras.
El conflicto que prevalece hasta el día de hoy en la zona de Bahía de San Quintín, playas de Santa María y el Playón, en el estado de Baja California, se debe a que dentro de la revisión de permisos se excluyeron de nueva cuenta a los pescadores que viven en las comunidades aledañas, puesto que se continúa privilegiando a permisionarios que ni siquiera son de la región, debido principalmente a actos de corrupción entre las autoridades que otorgan los permisos.
Es por ello que las Sociedades de Producción Rural de Responsabilidad Limitada, conformadas por 150 buzos y pescadores en “Unidad Regional de Producción Pesquera Venustiano Carranza”, “Pescadores del Pabellón”, “Buzos y Pescadores del Nueva Odisea” y “Pescadores Ribereños Osuna”, asentados en las comunidades de los ejidos Venustiano Carranza y Nueva Odisea, delegación San Quintín, municipio Ensenada, Baja California; reclaman su derecho de aprovechamiento de los recursos naturales que se encuentran en las zonas marítimas y costeras conforme lo establecen los artículos 43 y 47 de la Ley General de Pesca y Acuacultura.
Los pescadores plantean a las autoridades estatales y federales que se lleve a cabo el ordenamiento pesquero, con el fin de que los permisos sean otorgados a los verdaderos pescadores, puesto que son ellos los más interesados en que se lleve a cabo una pesca sustentable en la zona, que les permita cuidar sus recursos, principalmente los que actualmente tienen una mayor demanda como la almeja generosa, por lo que no se está cumpliendo con los estándares del tamaño que se pueden pescar.
A partir de los conatos de violencia que se desataron durante el mes de julio del año en curso en Bahía de San Quintín se acordó establecer una mesa trabajo entre las autoridades y los pescadores organizados, con el fin de resolver el conflicto que prevalece en la zona. Nos preocupa sobremanera que esta situación se salga de control, es por ello que se exhorta a las autoridades estatales y federales a que tomen cartas en el asunto para evitar la escalada de violencia en la región.
Con base en las consideraciones previas, someto al pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al comisionado de Conapesca, Ramón Corral Ávila, para que se realice una revisión de los permisos de aprovechamiento pesquero en la zona de Bahía de San Quintín, playas Santa María y El Playón, con el fin de otorgar a los pescadores que habitan las zonas aledañas, los permisos y concesiones correspondientes para el aprovechamiento sustentable para la extracción de la almeja generosa. Así como sancionar a los funcionarios que asignaron permisos de manera fraudulenta.
Segundo. Se exhorta a los funcionarios estatales y federales responsables del aprovechamiento pesquero que participen en la mesa de trabajo que se estableció recientemente para que, en uso de sus atribuciones, solucionen el conflicto generado en la zona, con el fin de beneficiar a los pescadores y garantizar el uso sustentable de los recursos pesqueros.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 14 de septiembre de 2011.
Diputado José Narro Céspedes (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León a incorporar el municipio de Pesquería en la zona metropolitana de Monterrey y beneficiarlo de ese modo con los recursos del Fondo Metropolitano, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos, María de Jesús Aguirre Maldonado y Rogelio Cerda Pérez, diputados federales por el estado de Nuevo León e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Consideraciones
Uno de los fenómenos demográficos más visibles en el país es el crecimiento y desarrollo de sus zonas metropolitanas, lo que provoca una serie de modificaciones estructurales en la planeación de las zonas urbanas e impacta de forma importante en las zonas periféricas que las componen.
México cuenta con 56 zonas o áreas metropolitanas, de acuerdo con la Delimitación de las zonas metropolitanas de México 2005, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Dichas áreas generan 75 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), por ello es necesario hacer una eficiente gestión y administración, además de un esfuerzo mayor en aras de lograr su correcta evaluación y delimitación y así aprovechar de mejor manera sus recursos.
El desarrollo formativo de las zonas metropolitanas se caracteriza en que se han conurbado a varios municipios más pequeños gracias al proceso de urbanización de las mismas, pues dichas áreas son los sitios de trabajo o lugares de residencia de trabajadores que se vinculan con las distintas actividades económicas que sustentan el crecimiento económico y social del municipio central, en éste caso Monterrey.
Una zona metropolitana “es el conjunto de dos o más municipios donde se localiza una ciudad de 50 mil o más habitantes, cuya área urbana, funciones y actividades rebasan el límite del municipio que originalmente la contenía, incorporando como parte de sí misma o de su área de influencia directa a municipios vecinos, predominantemente urbanos, con los que mantiene un alto grado de integración socioeconómica;” 1 como es el caso del municipio de Pesquería, con relación al área metropolitana de Monterrey.
Por lo anterior, es preciso establecer mecanismos que incentiven un desarrollo equitativo en toda la zona metropolitana de Monterrey (ZMM) para evitar la aglomeración de población en regiones específicas y que se deteriore la calidad de vida de los habitantes, ello mediante la inyección de recursos que incentiven el desarrollo de ciudades como Pesquería.
El incremento poblacional y de sectores como el industrial y los servicios obligan a establecer programas y políticas públicas que atiendan los nuevos retos y problemas que afectan a los pobladores que habitan la ZMM. Por ello, es necesario que se atiendan demandas sociales propias del desarrollo metropolitano como son seguridad pública, infraestructura, agua potable, electricidad, alcantarillado, vivienda, educación, salud, carreteras, pavimentación, planeación urbana, estética urbana etcétera. Por lo cual son necesarios los recursos federales dirigidos a dicha causa.
Entrando en materia, el municipio de Pesquería colinda al sur con Apodaca y con Cadereyta de Jiménez, tiene una población de poco más de 25 mil habitantes y se ubica a 36 kilómetros de Monterrey.
En éste municipio se ha dado un crecimiento poblacional gradual gracias al desarrollo industrial vinculado con las actividades socioeconómicas propias de la zona metropolitana de Monterrey.
De los 316 mil millones que conforman el valor agregado de la economía de Pesquería, 273.5 mil millones corresponden a la industria manufacturera, la cual es el principal sostén del municipio y un pujante centro de procesamiento que complementa el sector secundario de la ZMM. 2
La fabricación de productos a base de minerales no metálicos, la industria metálica, papelera y química dan trabajo a la mayoría de las familias de Pesquería, hecho que se traduce en que 4 mil 194 de los 4 mil 249 trabajadores que componen la población económicamente activa estén ocupados. 3
Esta situación demanda la provisión de más y mejores servicios que permitan mejorar las comunicaciones y vialidades del municipio, desarrollar proyectos de infraestructura y servicios que permitan el desarrollo del aparato industrial y mejorar el espacio urbano, además de atender las necesidades de salud y educación.
Este último rubro es importante, ya que la oferta educativa no corresponde con las necesidades que exige el sector industrial, pues la mayor parte de las y los trabajadores se desempeñan en labores técnicas y el municipio no cuenta con planteles de educación técnico - científica, por lo que los jóvenes y personas que laboran y estudian tienen que desplazarse a las ciudades de Monterrey, Cadereyta o Apodaca.
También es necesario contar con oferta de suelo eficiente y adecuada para el establecimiento de zonas habitacionales, centros de distribución, y oficinas, es decir, fuentes de trabajo acordes a las oportunidades económicas de la ZMM y que coadyuvan a cubrir la demanda de servicios.
Por tales motivos es importante que se considere a Pesquería dentro de la ZMM y aproveche los recursos presupuestales que ello implica. En éste sentido, es importante recordar que el instrumento económico más substancial con el que cuentan las zonas metropolitanas del país para realizar todas estas mejoras es el Fondo Metropolitano.
El Fondo Metropolitano es un recurso federal que apoya a las entidades federativas y a sus municipios para “financiar programas, proyectos y obras públicas de infraestructura con base en la planeación del desarrollo urbano metropolitano, con la finalidad de impulsar la competitividad económica y las capacidades productivas de las zonas metropolitanas; el aprovechamiento óptimo de la ventajas comparativas derivadas de su consolidación urbana e influencia económica y regional, así como reducir la vulnerabilidad de las mismas ante contingencias urbanas y contribuir al ordenamiento territorial de su expansión, entre otras.” 4
Políticas adecuadas y recursos públicos como el del Fondo Metropolitano ayudarán a Pesquería a mejorar las condiciones de vida de sus ciudadanos y coadyuvarán a mejorar la competitividad de los diferentes sectores productivos del municipio.
Finalmente, es pertinente recordar que en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2011 se etiquetaron de 7 mil 846 millones de pesos 5 para 46 de las 56 Zonas Metropolitanas delimitadas en 2005, dichos recursos son distribuidos a través del Fondo Metropolitano.
Para la ZM de Monterrey se destinaron 770 millones, lo que equivale al 9.8 por ciento del presupuesto asignado para los fondos metropolitanos, que tienen como objetivo mejorar las condiciones urbanas y de desarrollo socioeconómico de la región y que sin lugar a dudas podrán favorecer al municipio de Pesquería si éste se incluye dentro de dicha zona metropolitana.
Por lo anteriormente expuesto propongo ante el pleno de esta honorable Cámara el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al gobierno del estado de Nuevo León para que incorpore el municipio de Pesquería a la zona metropolitana de Monterrey y de este modo sea beneficiado con los recursos del Fondo Metropolitano.
Notas
1 N/A, Delimitación de las zonas metropolitanas , Inegi, México, 2005.
2 Perfil de Pesquería, Sistema Estatal de Información para el DRS, Nuevo León, 2008
3 Ídem.
4 Fondo Metropolitano.
5 Presupuesto de Egresos de la Federación 2011.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2011.
Diputados: María de Jesús Aguirre Maldonado, Rogelio Cerda Pérez (rúbricas).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de los estados identificados por la CNDH como los de mayor incidencia de trata de personas a intensificar acciones de coordinación interinstitucional que contribuyan a prevenir y combatir ese grave delito; y al INM, a organizarse con las autoridades de los estados fronterizos y de zonas turísticas para realizar operaciones de vigilancia y supervisión en terminales aéreas, marítimas y terrestres, así como en los establecimientos con giros de clubes privados, bares, discotecas, centros de masajes o similares, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Rosi Orozco, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, numerales 2 y 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de los siguientes
Antecedentes
1. El delito de trata de personas atenta contra bienes altamente preciados por la sociedad, como son la vida, la libertad y la seguridad de las personas.
2. En México se han creado y puesto en marcha, políticas públicas, acciones y proyectos, que han ido introduciendo la perspectiva de los derechos humanos, vinculados a la trata de personas e diversas instancias de la administración pública federal. Y en los últimos cinco años, han desarrollado un proceso los tres niveles de gobierno, de creación de leyes, para prevenir, tipificar, castigar y combatir el delito de trata de personas.
3. La trata de personas, entendida como la venta de seres humanos con sus tres modalidades: explotación sexual, explotación laboral y extracción de órganos, encuentra sus antecedentes históricos, en prácticas ancestrales de sometimiento de la persona. Las dos primeras modalidades, se remontan, por una parte a la esclavitud, y por otra, al comercio de mujeres para la explotación sexual.
4. Diversos instrumentos internacionales también han condenado estas violaciones. En el año 2000, en Palermo, Italia, en respuesta a la convocatoria de la Organización de las Naciones Unidas, representantes de 117 países firmaron la Convención de Naciones Unidas en contra de la Delincuencia Trasnacional, y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, importante y eficaz herramienta para combatir este delito. México lo firmó el 13 de diciembre de 2000 y lo ratificó el 4 de marzo de 2003.
Con estos instrumentos, por primera vez se acepta una definición del tipo penal de la trata de personas, que incluye actividades, medios comisivos y fines, que en forma genérica abarca las tres modalidades referidas en el antecedente anterior.
Asimismo, señalan medidas para perseguir y sancionar el delito, se incluyen acciones para salvaguardar los derechos de las víctimas, entre ellas, las que prescriben para su prevención, protección y asistencia.
5. A partir del 27 noviembre de 2007, México cuenta con su Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, de aplicación federal. Por su parte la mayoría de entidades federativas, prohíben penalmente diferentes aspectos de la trata de personas, pero solo unas cuantas tienen una ley específica, entre ellas, Chihuahua, Tamaulipas y el Distrito Federal.
6. El Protocolo de Palermo establece que la política para combatir la trata de personas en el orden internacional, presenta las siguientes vertientes: 1) Prevención mediante la detección de los factores que la originan, los actores del proceso y campañas de sensibilización e información; 2) Protección y asistencia a víctimas; 3) Impulsar la armonización legislativa al interior de los Estados partes del Protocolo de Palermo; 4) Cooperación internacional para recibir asistencia técnica; 5) Trabajo conjunto de autoridades con organizaciones de la sociedad civil especializadas e instituciones académicas.
7. El 13 de julio de 2011, se promulgó la reforma constitucional que modifica los artículos 19, 20 y 73, fracción XXI, para facultar al Congreso de la Unión, a expedir la legislación que permita armonizar los contenidos de las leyes ordinarias de las entidades federativas y fortalezca la coordinación entre los tres niveles de gobierno, la defensa y protección a las víctimas de trata Establece un plazo para que el referido órgano expida su ley general, que es de ciento ochenta días.
8. El 28 de julio de 2011, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dio a conocer los lugares que ha identificado con mayor incidencia de casos de trata de personas en las fronteras norte y sur, en destinos turísticos, así como en ciudades del centro del país. De acuerdo con el Diagnóstico de las condiciones de vulnerabilidad que propicia la trata de personas en México, los lugares que más preocupan son:
Nogales, Sonora; Acapulco, Guerrero; Tapachula, Chiapas; Tijuana y Mexicali, en Baja California; Ciudad Juárez, Chihuahua; Nuevo Laredo y Matamoros, en Tamaulipas; Cancún, Quintana Roo; Guadalajara y Puerto Vallarta, en Jalisco. También, se han documentado casos en Tlaxcala, Puebla, estado de México, Guanajuato, Veracruz, Querétaro y el Distrito Federal.
9. En el mismo diagnóstico, destaca la coordinación entre los diversos órdenes de gobierno y sociedad civil, a través de 13 comités regionales, distribuidos en el territorio nacional para promover políticas públicas en materia de prevención, persecución y atención a víctimas; campañas para evitar el enganche de niñas, niños y jóvenes por Internet; el cumplimiento de las leyes contra la trata de personas; impulsar la capacitación a servidores públicos encargados de la procuración y administración de justicia, personal médico, de corporaciones policiales y militares para dar un trato digno y adecuado a víctimas. Asimismo, para fomentar la cultura de la denuncia, ha suscrito convenios de colaboración con prestadores de servicios turísticos y transportación.
10. Se calcula que en México hay (a noviembre de 2010), un millón doscientas mil personas víctimas de trata de personas, de acuerdo con la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina. Con ello se sitúa al país en el quinto lugar de América Latina entre los países donde más gente es víctima de explotación, después de República Dominicana, Haití, Brasil y Argentina. La propia coalición calcula que de cada diez personas que son víctimas de explotación dos son menores de edad; que ha aumentado la cantidad de personas originarias de Rusia y Bulgaria, explotadas sexualmente en el país.
Con cifras de la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración, desde 2008 y hasta marzo de 2011, la dependencia del Ejecutivo federal ha ofrecido atención a 100 mil 400 niños, niñas y adolescentes migrantes, de los cuales 59 mil 898 viajaban sin ninguna compañía. De esos infantes y jóvenes que emigraban solos, 51 mil 20 son mexicanos y 8 mil 878 son extranjeros, menores migrantes no acompañados o separados de su familia, a quienes el crimen organizado los secuestra para reclutarlos en sus filas, destinarlos la trata de personas, y la explotación sexual. En algunas ocasiones llegan a privarlos de la vida, como en el caso de los setenta y dos migrantes encontrados muertos en Tamaulipas, de los cuales siete eran adolescentes.
11. Estudio realizado por la investigadora Fabiola Vargas Valencia, del Colegio de la Frontera Norte, refiere que cada semana, en la madrugada, por cinco rutas distintas, llegan a Tijuana autobuses y aviones con decenas de niñas y mujeres de 3 a 65 años de edad para ser forzadas a prostituirse.
La investigación identificó cinco rutas de tratantes de personas:
I. La primera inicia en Sudamérica, llega al Distrito Federal o Puerto Vallarta, Jalisco, y de ahí va hacia Baja California, a través de Los Cabos. Las mujeres, la mayor parte indocumentadas, son explotadas en bares o table dance.
II. La segunda inicia en Centroamérica hasta Tijuana directamente, con vertientes como el traslado desde El Salvador a Veracruz y de Guatemala a Chiapas. Las víctimas llegan con contactos que establecieron en sus lugares de origen y las trasladan a hoteles, donde son obligadas a prostituirse para pagar las “deudas” del viaje, el hospedaje y la comida.
En reunión sostenida por integrantes de la Caravana Paso a Paso por la Paz, con el relator especial sobre Trabajadores Migratorios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Felipe González, el sábado 30 de julio de 2011 denunciaron los riesgos que corren los indocumentados en las rutas migratorias de México, especialmente en Tierra Blanca, Veracruz, considerada ciudad muy peligrosa para ellos, por el número de desapariciones y secuestros en la zona.
III. La tercera ruta se sitúa en el interior de Baja California, desde Tijuana a Mexicali, Ensenada, Playas de Rosarito, Tecate. Se explota a mujeres deportadas o que no pudieron cruzar la frontera por falta de dinero. Se les ofrece hasta 400 dólares diarios en la prostitución.
IV. La cuarta ruta es trazada desde Tijuana hasta Ciudad Juárez y Sonora pasando por Nogales, Caborca y Agua Prieta. Testigos consultados por la citada investigadora refieren que algunas de esas mujeres fueron asesinadas en Ciudad Juárez.
V. La quinta ruta parte de Tijuana hacia Estados Unidos, por San Diego. En ella están involucrados “polleros” y los puntos donde opera la red son Vista, en La Escondida; Las Antenas, en Carlsbad; Carrizales, en Oceanside; Del Mar y Los Gatos, en Valley Center. Los polleros trasladan a mujeres, niños y niñas con documentos falsos o de forma indocumentada por la sierra o escondidos en cajuelas o consolas delanteras de autos y camionetas, en ocasiones, con la complicidad de la Patrulla Fronteriza.
12. Mediante oficio número INM/334/2010, del 3 de septiembre de 2010, la entonces Comisionada del Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Gobernación, profesora Cecilia Romero Castillo, instruye a los delegados regionales, subdelegados regionales, delegados locales, directores, subdirectores y jefes de departamento, del referido instituto, acerca del procedimiento que se deberá seguir en la detección, identificación y atención de personas de nacionalidad extranjera víctimas del delito.
13. La Ley de Migración del 25 de mayo de 2011, establece entre los principios en los que debe sustentarse la política migratoria del Estado mexicano el respeto irrestricto de los derechos humanos de los migrantes, nacionales y extranjeros, sea cual fuere su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y situación migratoria, con atención especial a grupos vulnerables como menores de edad, mujeres, indígenas, adolescentes y personas de la tercera edad, así como a víctimas del delito.
Otro principio es el de unidad familiar e interés superior de la niña, niño y adolescente, como criterio prioritario de internación y estancia de extranjeros para la residencia temporal o permanente en México junto con las necesidades laborales y las causas humanitarias, en tanto que la unidad familiar es un elemento sustantivo para la conformación de un sano y productivo tejido social de las comunidades de extranjeros en el país.
Asimismo, la precitada ley, de los artículos 159 a 162, regula los delitos en materia migratoria, que prevén diversas hipótesis relacionadas con la trata de personas, previendo incremento en la penalidad cuando las víctimas sean niñas, niños y adolescentes.
Considerandos
Primero. Que aun cuando en México se han creado y puesto en marcha, políticas públicas, acciones y proyectos, que han ido introduciendo la perspectiva de los derechos humanos, vinculados a la trata de personas, por atentar contra bienes altamente preciados por la sociedad, como su vida, libertad y seguridad; y que se han realizado esfuerzos por los tres niveles de gobierno, Comisiones de Derechos Humanos Nacional, locales e internacionales, no han logrado resultados que se reflejen en la disminución de este grave delito.
Segundo. Que hay factores sociales, que en su conjunto hacen a una persona más vulnerable a una situación de trata y disminuye la posibilidad de pedir ayuda o denunciar. Entre esos factores están pobreza, falta de educación formal, falta de orientación sobre los derechos humanos, discriminación, racismo, clasismo, xenofobia y misoginia, entre otros. También inciden en esa vulnerabilidad, el status particular ante el sistema jurídico, o a que dentro del sector en que convive, es aceptada o al menos ignorada la explotación.
Tercero. Que el 27 de noviembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de la Materia, cuyo objeto es la prevención y sanción del ilícito así como la protección, atención y asistencia a las víctimas con la finalidad de garantizarles el respeto al libre desarrollo de su personalidad; y de posibles víctimas, residentes o trasladadas al territorio nacional, así como a las personas mexicanas en el exterior; por ello, las autoridades federales, como el Instituto Nacional de Migración, deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la protección y asistencia a las víctimas u ofendidos del delito de trata de personas.
Cuarto. Que en cuanto a México, las y los migrantes indocumentados de diferentes nacionalidades que realizan su trayecto por territorio nacional, en particular los que transitan por zonas fronterizas, son enormemente vulnerables, debido a que viajan en medios de transporte de alto riesgo, utilizan caminos de extravío y en general lugares solitarios; pernoctan en sitios abiertos; desconocen zonas por las que pasan; evitan contacto con autoridades, desconocen sus derechos, o bien, prefieren no ejercerlos, si ello implica volverse visibles; se encuentran lejos de los entornos de protección, no saben a quién acudir en caso de necesidad y desconocen las leyes del país.
Quinto. Que la situación de indocumentados los hace presa fácil de delincuentes. Su intención de cruzar a Estados Unidos, los hace vulnerables a falsas promesas y ofertas de trabajo o de traslado hasta su destino. Con frecuencia, son víctimas del crimen organizado. Las mujeres migrantes, ven acentuada su condición de vulnerabilidad al ser víctimas de los secuestradores, aunado a abusos sexuales y violaciones. En otras ocasiones, las mujeres migrantes están expuestas a la amenaza de ser prostituidas o vendidas con fines sexuales a los tratantes de personas, riesgos que al convertirse en realidad, constituyen actos reprobables de victimización múltiple y continuada que hay que prevenir y castigar.
Sexto. Que la trata de personas es un delito que se comete sobre todo al amparo de la invisibilidad y de la impunidad, debido a que la gran mayoría de sus víctimas provienen de contextos en los que difícilmente pueden conocer plenamente sus derechos y exigir su cumplimiento, más aún tratándose de niñas, niños y adolescentes.
Séptimo. Que aunque significa un avance importante la facultad constitucional para que el Congreso federal legisle los contenidos de una ley general, atendiendo a la política para combatir la trata de personas que establece el Protocolo de Palermo, que entre otros, hará posible la armonización legislativa, a fin de fortalecer la coordinación de acciones entre los tres niveles de gobierno, por otra parte, las características y enorme incidencia de este delito, hacen indispensable que las autoridades competentes, tomen medidas de inmediato. Sin dejar de lado, la relevante tarea de elaborar la referida legislación general, que oriente los contenidos de las legislaciones ordinarias en las entidades federativas.
Octavo. Que la Ley de Migración de 25 de mayo de 2011, contiene importantes previsiones normativas que posibilitan prevenir detectar y castigar la trata de personas, entre ellas, regula los delitos en materia migratoria, que contempla diversas hipótesis relacionadas con trata, previendo incremento en la penalidad cuando las víctimas sean niñas, niños y adolescentes. Por tanto, las competencias que prevé para las autoridades del Instituto Nacional de Migración, permiten un sólido frente de coordinación con las autoridades de las Ciudades y Entidades Federativas donde la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha identificado mayor incidencia, detalladas en el punto 8 de “antecedentes” del presente punto de acuerdo.
Noveno. Que los establecimientos con giros de clubes privados, bares, discotecas, centros de masajes, o similares, son espacios que facilitan la explotación sexual comercial, o laboral, por lo que a efecto de proteger derechos humanos e identificar a quienes son autores de estos ilícitos, deben continuarse e intensificarse los operativos del programa permanente contra “giros negros”, en las diversas entidades federativas, a través de las oficinas regionales del Instituto Nacional de Migración, en coordinación con autoridades estatales y municipales. Con especial atención en zonas fronterizas. Así como continuar con el procedimiento que debe aplicar el propio Instituto Nacional de Migración, en la detección, identificación y atención de personas de nacionalidad extranjera víctimas del delito, conforme al oficio número INM/334/2010, del 3 de septiembre de 2010.
Décimo. Que es indispensable en estas acciones, el trabajo de autoridades de la mano con organizaciones de la sociedad civil especializadas e instituciones académicas, así como con la Comisión Nacional de Derechos Humanos y las Comisiones Locales de Derechos Humanos, ya que por las características de este delito, todos los sectores sociales deben involucrarse.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a los gobernadores de los estados identificados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como los de mayor incidencia de casos de trata de personas, a que en su correspondiente ámbito de competencia, intensifiquen las acciones de coordinación interinstitucional, que contribuyan a la prevención y combate a este grave delito.
Segundo. Se exhorta al Instituto Nacional de Migración a que en el ámbito de sus atribuciones se coordine con los gobernadores y municipios de los estados fronterizos y de zonas turísticas, para la realización de operativos de vigilancia y supervisión en terminales aéreas, marítimas y terrestres, así como en los establecimientos con giros de clubes privados, bares, discotecas, centros de masajes o similares, a fin de detectar y castigar a quienes cometan esos ilícitos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2011.
Diputada Rosi Orozco (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se da a conocer la disposición indebida de recursos federales y su canalización a la obra legalmente no ejecutable Acueducto Independencia, en Sonora, mediante la cual se pretende extraer aguas de la cuenca del río Yaqui, concretamente de la presa Plutarco Elías Calles-El Novillo, hacia la cuenca del río Sonora para beneficiar a Hermosillo, a cargo del diputado Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, y en ejercicio de su derecho constitucional de iniciativa, consagrado por los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., numeral 1, inciso I, 77, 78 y 102, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se da a conocer la disposición indebida de recursos federales y su canalización hacia una obra legalmente no ejecutable denominada “Acueducto Independencia” cuyo proceso de construcción se verifica en Sonora y mediante el cual se pretende extraer aguas de la cuenca del río Yaqui, concretamente de la presa Plutarco Elías Calles “El Novillo” a la cuenca del río Sonora para beneficiar a la ciudad de Hermosillo. De acuerdo a las siguientes
Consideraciones
Como fue conocido por la honorable legislatura de la que formo parte, en noviembre de 2010, fue aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011. En el mismo se asignaron 400 millones de pesos moneda nacional, para el proyecto del Acueducto Independencia al que antes me he referido.
Sin embargo, y en razón del conocimiento que teníamos en ese momento, de que la mencionada obra no contaba con los permisos y autorizaciones necesarias para su ejecución y que además legalmente se encontraba bajo el impedimento de las órdenes de un juez federal que, habiendo concedido la suspensión provisional en diversos amparos, ordenó que el proceso de licitación de dicha obra no fuera fallado y consecuentemente, ni se contratara la obra y mucho menos se ejecutara.
Ante esta situación y en razón de las necesidades de concluir las negociaciones relativas a la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, se convino en asignar los recursos federales citados, sujetándolos al cumplimiento de una serie de condicionantes previstas en el artículo vigésimo tercero transitorio del mencionado Presupuesto.
En el punto de acuerdo, quedó condicionada la liberación de los recursos públicos a que se contara con el proyecto ejecutivo correspondiente que en esos momentos ni siquiera existía, además, que las autoridades competentes resolvieran favorablemente el manifiesto de impacto ambiental, el manifiesto de impacto regulatorio, la prevención, mitigación y compensación de los daños a la ecología y al medio ambiente, y el estudio geológico necesario para la ejecución de la obra, siendo también condición que se acreditara ante las autoridades federales correspondientes “el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para la realización de la obra” y que además, se contara con los títulos de posesión de los derechos de vía para la ejecución de la obra.
Lamentablemente, nos hemos enterado de que el gobierno de Sonora, no obstante que existe, desde meses antes de ser aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación, la suspensión de los actos reclamados en dos juicios de amparo, que como ya se dijo le impedían fallar el proceso licitatorio, desobedeciendo las órdenes del juez federal, emitió el fallo, asignó la obra a la empresa ganadora de dicha licitación y se hanejecutado parcialmente los trabajos del Acueducto al parecer con recursos federales ejercidos de manera indebida.
Existe un documento de fecha 30 de mayo del 2011, en el que el Fondo de Operación de Obras Sonora Si, por conducto de su coordinador general, interpone un recurso de queja en el que en un apartado denominado Tercer Agravio (páginas 16 y 17), textualmente expresa: “Asimismo, mediante el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación el Congreso de la Unión autorizó para este ejercicio presupuestal recursos económicos, mismos que ya fueron entregados y ejercidos por el gobierno del estado, por lo que de realizarse la suspensión de la obra lesiona los intereses del Congreso de la Unión del Poder Legislativo federal, pues los recursos económicos también fueron otorgados por la propia federación.”
Con esta manifestación que hace el ciudadano Enrique Alfonso Martínez Preciado, en su carácter de coordinador general del organismo mencionado, se evidencia de manera contundente y clara que el gobierno del estado ha dispuesto de los recursos federales, violando con ello el punto vigésimo tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación, puesto que en tanto no cumpliera cabalmente con los requisitos legales para la realización de la obra, no puede ejercer recursos federales.
Es de llamar la atención que el gobierno de Sonora, conociendo de las suspensiones de los actos reclamados, que le impiden legalmente realizar la obra, haya desconocido éstas y por supuesto, haya falseado la información necesaria para ejercer la partida presupuestal que se cita, todo ello en una clara violación de las normas que rigen el ejercicio presupuestal y las obligaciones y condiciones que le fueron impuestas al asignar los recursos que se mencionan, constituyendo ello una responsabilidad, para lo cual se propone los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dé cuenta de manera detallada a la opinión pública, a través de la difusión de la documentación necesaria para acreditarlo, del procedimiento de elaboración, aprobación, ejecución y control presupuestario que permitió que al Gobierno del Estado de Sonora le fueran liberados recursos para la construcción del Acueducto Independencia en Sonora sin haber dado cumplimiento cabal al punto vigésimotercero del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Segundo. Que la Secretaría de la Función Pública Federal ejerza las acciones conducentes a efecto de que determine el ejercicio indebido de los recursos públicos relacionados con el proyecto del Acueducto Independencia al gobierno del estado de Sonora y, en su caso, emita las sanciones a quien corresponda por el ejercicio indebido de sus funciones al haber liberado recursos que legalmente no era factible que así se hiciera.
Tercero. Que el gobierno de Sonora dé cuenta de manera detallada a la opinión pública, por qué razón ha ejercido recursos públicos federales en desacato de las órdenes de un juez federal consignadas en las suspensiones de los actos reclamados en diversos juicios de amparo, especificando con qué recursos está ejecutando las obras relativas al proyecto denominado Acueducto Independencia, acompañando las documentales que así lo acrediten.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2011.
Diputado Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica)