Que adiciona una fracción al artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, presentada por Juanita Cruz Cruz, en nombre propio y de María Araceli Vázquez Camacho, diputadas del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 11 de mayo de 2011
La que suscribe, María Araceli Vázquez Camacho, diputada del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La violencia familiar, también conocida como “violencia doméstica”, era considerada hace apenas dos décadas asunto privado. Ahora, la violencia en la familia, perpetrada particularmente contra las mujeres, es considerada una violación de los derechos humanos, una crisis en materia de salud pública y una amenaza para la seguridad humana, el desarrollo y la paz. La violencia familiar es un asunto de interés público, pues su atención va directamente encaminada a procurar el bienestar de la familia, evitar su desintegración y garantizar el respeto de la dignidad y de los derechos de sus miembros.
La violencia genera efectos devastadores en quien la sufre de manera directa o indirecta. Entre las consecuencias de la violencia podemos contar el incremento de los problemas de salud física y mental, y el incremento de la posibilidad de constituir un elemento proclive a la detonación de problemas de farmacodependencia y alcoholismo.
La violencia en la familia constituye un factor criminológico importante. El fenómeno ocasiona en los individuos inseguridad y pérdida de la autoestima que, en el transcurso de los años, puede llevarlos a incurrir en conductas delictivas.
La violencia desintegra la familia, lo que resulta en la expulsión de menores a la calle, llegando a considerar que la calle es un lugar mucho más seguro que la casa. La violencia familiar, al constituirse como un agente de erosión social, genera un efecto sustantivo en la integración social.
La violencia hacia las mujeres en la familia genera costos en la economía de los países. Según las estimaciones del Banco Interamericano de Desarrollo, los costos de la violencia contra las mujeres oscilan entre 1.6 y 2 por ciento del producto interno bruto de los países de Latinoamérica.
En el país se ha comenzado a actuar en favor de la atención y prevención de la violencia familiar, en virtud de que suscribió y ratificó diversos instrumentos internacionales, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en 1993, y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia, de 1994. En estos instrumentos se ha recomendado a los Estados parte legislar sobre violencia familiar, introduciendo e incrementando las sanciones penales, civiles, laborales y administrativas que garanticen el acceso a la justicia y la reparación del daño, reconociendo que la violencia contra la mujer en la familia es una violación de los derechos humanos.
El papel de actores y de las organizaciones de la sociedad civil ha sido importante por su reiterada demanda de adopción de medidas legislativas e implantación de políticas públicas y procedimientos judiciales que garanticen el derecho a una vida libre de violencia en el ámbito familiar, sobre todo a los miembros de la familia que más la padecen, como las mujeres.
A pesar de que las estadísticas reportan que en el Distrito Federal, 96 de cada 100 personas que viven la violencia en la familia son mujeres, esta entidad federativa es también precursora en legislar e implantar políticas públicas centradas en la problemática que nos ocupa, dando cumplimento a los instrumentos internacionales a que se hace referencia en este documento.
El Distrito Federal fue la primera entidad federativa en contar con una ley de asistencia y prevención de la violencia intrafamiliar. La expresión “violencia intrafamiliar” fue la denominación original del fenómeno social que, después de algún tiempo, se reconoció como “violencia familiar”. También en esta entidad federativa por primera vez se tipificó la violencia familiar como delito y se situó como causal de divorcio.
No obstante los avances, la violencia familiar, en particular hacia las mujeres, continúa siendo un problema por resolver. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, aplicada en 2003, dio cuenta de que 47 por ciento de las casi 19 mil 500 mujeres que fueron encuestadas había sufrido al menos 1 incidente de violencia de pareja en los últimos 12 meses y 38 por ciento de éstas reportó violencia emocional (insultos, chantajes, amenazas, control, humillaciones...), 29 por ciento reportó violencia económica (control de ingresos familiares, condicionamiento económico, prohibición para realizar trabajos remunerados...), 9 por ciento reportó violencia física (agresiones dirigidas a dañar o lastimar el cuerpo) y 8 por ciento reportó haber sufrido al menos 1 incidente de violencia sexual (violación, prácticas sexuales no deseadas...).
En la Encuesta Nacional sobre Violencia contra las Mujeres, aplicada en 2003 a 26 mil 42 mujeres, 25 por ciento afirmó haber experimentado alguna vez una relación violenta, cuyo principal agresor fue la pareja en 74 por ciento de los casos; conforme a este ejercicio, las entidades federativas que reportaron mayor incidencia de violencia en la pareja fueron Quintana Roo, Tlaxcala, Coahuila, Nayarit y Oaxaca.
En la actualidad no se cuenta con estudios ni con cifras exactas del número de muertes que representan la manifestación más extrema de este problema. La existencia de algunos datos sobre el número de muertes que se originan a causa de la violencia que se vive en la familia nos indican la gravedad del problema: La Secretaría de Salud anota, en el tema de homicidios contra mujeres en el Distrito Federal durante 1996, que 44 por ciento fue a consecuencia de efectos tardíos de lesiones ocasionadas por un tercero; en el hogar ocurrió 35 por ciento de las muertes femeninas y un tercio de las víctimas fatales lo había sido previamente de violencia. Estos datos indican que la pérdida de estas mujeres, reducidas a números, pudo prevenirse.
La violencia contra los seres más sensibles de la sociedad se ha vuelto cotidiana en el país. Nos hemos hecho indolentes al sufrimiento de terceras personas. Esta situación no sólo atenta contra la función del legislador, que debe procurar la armonización del grupo social a través de la ley, sino contra la calidad de ente social, con sentido gregario, de comunidad. Las mujeres y los niños de nuestra sociedad son golpeados por el fuete de la indolencia, de la mano que se yergue como ariete destructor de proyectos de vida.
La violencia de género ha crecido durante los últimos años debido a la proliferación de armas en México, y muchas mujeres mueren cada día en el país a causa de esta problemática.
México cuenta con sólo 14 refugios para mujeres en situación de violencia, la mayoría situados en zonas urbanas, mientras que en Estados Unidos hay unos 4 mil.
Es necesario unificar criterios para la atención integral de las mujeres y de sus hijos.
El incremento en la violencia de género es por amenazas con armas de fuego, y esto es muy delicado, por lo que se necesita una más estricta regulación no sólo para el tráfico de armas sino también para las armas legales.
Es común que, en los humos de algún enervante, individuos, que se sienten empoderados por el uso de un arma, levanten acero para demostrar su estatus en el grupo social. Fatal es cuando el acero, alimentado por el poder del fuego de la pólvora, eclipsa una vida; pero también lo es cuando la sola amenaza, la sola exhibición de instrumentos de muerte destruye la personalidad, la esperanza de un proyecto de vida, en terceras personas.
El uso de un arma no da derecho a afectar física, psíquica o emocionalmente a persona alguna; en nuestros días se subraya la necesidad de determinar el uso de un arma como una obligación, con la vida y la sociedad. Debemos evitar que seres violentos, corrosivos de los derechos de la sociedad, tengan acceso a las armas.
Es importante subrayar que la violencia, ejercida en la familia o contra las mujeres, constituye en sí misma un riesgo para la vida de quien la padece; este riesgo aumenta significativamente cuando se involucra el uso de un arma. De acuerdo con las cifras de la Red Internacional de Acción contra las Armas Ligeras, un arma aumenta las posibilidades de muerte 12 veces en comparación con otros medios de violencia. En Francia, donde hay 30 armas por cada 100 personas, la proporción se eleva a 66 por ciento. En Sudáfrica, 1 mujer es asesinada a disparos por su pareja cada 6 horas.
En México no se cuenta con cifras oficiales sobre el particular. Solamente tenemos algunas estadísticas de asociaciones no gubernamentales sobre el número de armas en posesión de civiles, como la encuesta aplicada por el Colectivo de Análisis de Seguridad con Democracia, AC, que da cuenta de que 15 por ciento de los adultos con credencial para votar posee armas; es decir, 11.5 millones de mexicanos aceptan que ellos o su familia tienen armas de fuego. La Encuesta de Armas Pequeñas de 2004, Derechos en Riesgo, realizada por el Instituto de Posgrado de Altos Estudios Internacionales en Ginebra, sostiene que la evidencia respalda la conclusión de que en México hay mucho más armas pequeñas y armamentos ligeros de los que las cifras oficiales indican y señala que estimaciones extraoficiales (armas sin registro) las sitúan entre 2 y 15 millones. Las armas de fuego en manos de militares se estiman extraoficialmente en 1 millón y las detenidas por oficiales de policía en 425 mil.
De acuerdo con las cifras de la Dirección General de Armas de Fuego y Control de Explosivos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), “el número de armas de fuego registradas en México, a enero de 2003, era de 4 millones 492 mil 692 armas. Esta cifra acusa que, aun considerando que no haya tenido incremento o modificaciones para 2005 y que sólo exista 1 arma por hogar, 17.68 por ciento de los hogares mexicanos cuenta con una; sin embargo, en consideración del flujo ilegal y, a veces, ‘controlado’ por Estados diferentes del mexicano, esta cifra se ubica en una posición distante de la realidad”.
Las anomalías del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos se hicieron más evidentes en 2001, cuando en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2001, presentada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), se encontraron los registros de sólo 2 millones 121 mil 384 armas, entre 1972 y diciembre de 2001, en los informes mensuales y trimestrales sobre la emisión de licencias y permisos, así como los registros de armas de fuego que son remitidos al Estado Mayor Presidencial y a la Inspección y Contraloría General. En 2002, la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos había reportado a la ASF que, desde que entró en vigor la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, vigente entre 1972 y 2001, el Registro Federal de Armas de Fuego contaba con 5 millones 443 mil 574 licencias. Entre 2000 y 2001 no se actualizaron altas en el registro y no hay tampoco coherencia entre los movimientos, al contabilizarse 94 mil 135 movimientos de armas en un documento y registrándose sólo 62 mil 397 en esos años.
Una nueva cifra se desprende de una sección del sitio de Internet de la Sedena que, con base en la ley de transparencia, responde a las preguntas de los ciudadanos. Ante la pregunta consistente en el número de armas de fuego registradas por personas físicas y morales, públicas o privadas, desde la entrada en vigor de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos al 13 de septiembre de 2003, la Sedena respondió 1 millón 494 mil 321 armas.
El panorama no es alentador; pero es premisa del grave riesgo que significa poseer armas en el domicilio, cuando desafortunadamente el fenómeno de la violencia familiar y la dirigida contra las mujeres en la familia se encuentra tan difundido. Es necesario reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos a efecto de garantizar que los que han ejercido la violencia en la familia no puedan poseer armas en el domicilio ni obtener licencia para portarlas.
Por las razones expuestas, propongo adicionar al artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos una fracción IX, con lo que se recorre la subsiguiente, a efecto de que se establezca como causal de cancelación de licencia el ejercicio de la violencia contra la mujer o algún miembro de la familia.
Proyecto de Decreto
Único. Se adiciona una fracción al artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para quedar como sigue:
Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
...
Artículo 31. Las licencias de portación de armas podrían cancelarse, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los siguientes casos:
I. a VIII. ...
IX. Cuando sus poseedores ejerzan violencia contra alguna mujer o contra algún miembro de la familia.
X. ...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la sede de la Comisión Permanente, a 11 de mayo de 2011.
Diputada María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Defensa Nacional. Mayo 11 de 2011.)