Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3187-I, miércoles 26 de enero de 2011



Comunicaciones

Del diputado Ardelio Vargas Fosado

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de enero de 2011.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar que se me conceda licencia por tiempo indefinido para separarme de mi cargo como diputado federal, a partir del 1 de febrero del año en curso.

Lo anterior, a efecto de que se realicen todos los trámites conducentes, en virtud de que el que suscribe es también Presidente de la Comisión de Defensa Nacional.

Al mismo tiempo, aprovecho la ocasión para agradecer el apoyo, la colaboración y las atenciones recibidas por parte de todas las diputadas y diputados de la LXI Legislatura.

Sin otro particular, le reitero mi consideración y respeto

Atentamente

Diputado Ardelio Vargas Fosado (rúbrica)

Del diputado Pablo Rodríguez Regordosa

México, DF, a 25 de enero de 2011.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en el artículo 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe, Pablo Rodríguez Regordosa, diputado federal por el Partido Acción Nacional, integrante de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con toda atención me dirijo por su conducto a esa honorable Cámara para solicitar que me sea concedida licencia por tiempo indefinido a partir del día 1 de febrero del año 2011.

Asimismo, una vez que sea aprobada por esta soberanía la citada solicitud de licencia, le pido respetuosamente que sea llamada la ciudadana María del Carmen Guzmán Lozano, quien se ha desempeñado como mi suplente, para ocupar el cargo durante mi ausencia.

Agradezco la atención que se brinde a la presente y quedo de usted.

Atentamente

Diputado Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica)

Del senador Luis Maldonado Venegas

México, DF, a 26 de enero de 2011.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Luis Maldonado Venegas, por mi propio derecho, con fundamento en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo noveno del acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el desarrollo de las sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXI Legislatura, informo a usted mi separación como senador de la república, con efectos a partir del 31 de enero de la presente anualidad.

Lo anterior, en virtud, de que he sido invitado a desempeñar una nueva responsabilidad en la administración pública estatal a partir del 10 de febrero del año en curso.

No omito dejar testimonio de gratitud y reconocimiento a la Mesa Directiva y a la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, y en general a mis compañeros Legisladores, que siempre me brindaron su apoyo para el respaldo de mis tareas parlamentarias.

Senador Luis Maldonado Venegas (rúbrica)

Del senador Luis Walton Aburto

México, DF, a 26 de enero de 2011.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Hago referencia a la comunicación enviada por el senador Luis Maldonado Venegas de fecha 26 de enero del presente año, mediante la cual comunica a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión su deseo de separarse del cargo de Senador de la República con efectos a partir del día treinta y uno de enero próximo, en virtud de que ha sido invitado a desempeñar una nueva responsabilidad en la administración pública estatal.

Por tal motivo, y de conformidad al artículo 14, numeral 2, del Reglamento del Senado de la República, y en mi carácter de senador propietario, comunico a usted mi reincorporación al ejercicio de mis actividades legislativas, a partir del primero de febrero de la presente anualidad.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Senador Luis Walton Aburto (rúbrica)



Oficios

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por el que informa que en el cuarto trimestre del ejercicio fiscal de 2010 no otorgó estímulos fiscales ni subsidios relacionados con la primera y segunda fracciones a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Ingresos de la Federación de 2010

México, DF, a 19 de enero de 2011.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Me refiero a lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, en el sentido de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá informar trimestralmente al Congreso de la Unión sobre el costo que representan para el erario federal por concepto de menor recaudación los diversos estímulos fiscales a que se refiere este artículo, así como los sectores objeto de este beneficio.

Sobre el particular, me permito informarle que durante el cuarto trimestre del ejercicio fiscal de 2010, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ejerció la facultad establecida en el artículo 17 de la citada ley, es decir, no se otorgaron estímulos fiscales ni subsidios relacionados con la primera y segunda fracción del artículo mencionado.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi distinguida consideración.

Atentamente

Ernesto Revilla Soriano (rúbrica)

El Jefe de la Unidad



Iniciativas

Del Congreso de Coahuila, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 79-A de la Ley de Radio y Televisión, y el numeral 2 del artículo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

El suscrito, diputado Jaime Russek Fernández, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, me permito hacer de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, 18 de enero de 2011, la Quincuagésima Octava Legislatura de este Congreso, trató lo relativo a un dictamen formulado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, conforme al cual se aprobó, por unanimidad, un acuerdo por el que se determinó presentar ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, una iniciativa para modificar la fracción II del artículo 79-A de la Ley Federal de Radio y Televisión y el numeral 2 del artículo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Atendiendo a los términos del citado acuerdo, en ejercicio de la facultad que a las legislaturas de los estados confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y con fundamento en el artículo 67, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, se presenta ante el Congreso de la Unión la iniciativa formulada conforme y para los efectos antes señalados, misma que se acompaña a este oficio.

Sin otro particular y al solicitar atentamente a usted, que tenga a bien disponer que a la mencionada iniciativa se le dé el trámite legal correspondiente, le protestamos las seguridades de nuestra consideración y respeto.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Saltillo, Coahuila, a 18 de enero de 2011.

Diputado Jaime Russek Fernández (rúbrica)

Presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Coahuila de Zaragoza

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presente

La Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio del derecho y la facultad que se establecen en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 67, fracción II, de la Constitución Política de Coahuila de Zaragoza, presentamos ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, una iniciativa de decreto en la que se propone modificar la fracción II del artículo 79-A de la Ley Federal de Radio y Televisión y el numeral 2 del artículo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa, se plantea en forma complementaria a una iniciativa que simultánea y separadamente ha presentado esta Legislatura ante la propia Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para proponer la modificación del segundo párrafo del Apartado C, de la fracción III, del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la motivación siguiente:

El federalismo en nuestro país ¿es una práctica retórica o es realmente una sistema gestado desde el interior de la organización estructural y normativa del Estado Mexicano?

La primera impresión que causa esta pregunta es de contrariedad, puesto que nuestra Carta Magna plasma una República Federal; sin embargo, en los últimos años, esta pregunta se hace con tanta frecuencia que nos obliga a reflexionar seriamente en un marco teórico de referencia sobre su existencia real, sobre todo a la luz de ciertos hechos que constituyen una realidad que debe sujetarse a la observación crítica.

En primer lugar hay que plantear que el federalismo no es solamente una división de competencia, como se puede estructurar una empresa; por el contrario, representa una forma de vida, vinculado irremediablemente a la conciencia de los habitantes y el gobierno de cada entidad federativa, que exigen dos aspectos prioritarios. Por un lado, un fortalecimiento al régimen interior que permita conseguir, conforme las particularidades de cada estado, esa justicia que asegure el desarrollo de sus pueblos; y por otro, un gobierno federal, fuerte hacia el exterior y cooperativo hacia el interior.

Desafortunadamente en los últimos años, esta idea de federalismo democrático ha sido sustituida por una suerte de política centralista, alejada de los principios legitimadores y democráticos liberales, dejando de lado el régimen interior de los estados en aras de una respuesta “nacional” a los problemas del país; en otras palabras, se trata de construir a México desde la federación, en lugar de construirlo desde sus cimientos mismos que son las entidades federativas.

El federalismo nació con Miguel Ramos Arizpe y se consolida en una Revolución Mexicana que surge, no en el centro, sino que viene del norte, con un Congreso de Coahuila que desconoce al gobierno central usurpador y encabeza la rebelión. Estas son raíces históricas que no hemos dejado de lado. Apenas hace unos años, en ocasión de la reforma electoral del 2007, votamos en contra de una reforma en materia electoral, que desde nuestro punto de vista, implicaba un severo retroceso a ese federalismo y que, estábamos seguros, generaría inconformidades y trastocaría los procesos electorales locales.

Con el paso del tiempo, esta reforma ha tenido un balance desfavorable, y si bien, este Congreso del estado, que se rige por el principio de legalidad, la ha cumplido a cabalidad, también es verdad que eso nos lleva a plantear ante el Constituyente Permanente, nuestra postura, que el día de hoy, se centra en la norma establecida en el artículo 41, fracción III, Apartado C, segundo párrafo de la Constitución federal, que en la parte que nos interesa a la letra dice:

“Articulo 41 ....

Apartado C. ...

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.”

De su lectura se desprende que la federación está impedida a difundir propaganda gubernamental tratándose de las campañas electorales que lleven a cabo las entidades federativas, lo cual resulta altamente conveniente. Hay que entender que los conflictos derivados de la propaganda gubernamental son inherentes a los procesos electorales y las propias sociedades democráticas y que por ende, debe tener el legislador, la capacidad para diseñar modelos institucionales que los prevengan, los solucione, o en su caso los sancione, de acuerdo a las circunstancias imperantes en cada tiempo y lugar.

Estos modelos institucionales plasmados en la Carta Magna, que en el caso que nos ocupa establecen limitaciones a las actividades propias de las entidades públicas, permiten un mejor desarrollo democrático; empero y esa es la parte más importante del fundamento de la presente iniciativa, la Constitución General de la República, lejos de ser un catálogo cerrado de funciones, constituye la base de un modelo generador de normas, mismo que hacia el régimen interior de los estados, puede ser ampliado y consolidado, claro en aras de hacer efectiva la norma en toda su extensión, sin que ello implique eliminar la garantía o hacer nugatorio su cumplimiento.

Lo anterior acontece de esta forma, al considerar el legislador coahuilense, que lo establecido en el artículo 41, fracción III, Apartado C, segundo párrafo de la Constitución federal, contenía la base mínima a partir de la cual las entidades federativas acatando lo dispuesto en dicho precepto, podían realizar un concepto ampliado y consolidado, lo cual se ve plasmado en el artículo 4, numeral 2 del Código Electoral del estado de Coahuila de Zaragoza, que al tenor literal en su parte respectiva señala lo siguiente:

“Articulo 4. ...

2. Durante el tiempo que comprendan las precampañas y campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, de cualquier ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.”

En ese orden de ideas, podemos advertir claramente como el legislador local consideró acertadamente que la suspensión de la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, debiera ser no solamente en las campañas, sino también en las precampañas, ya que las mismas forman igualmente parte del proceso electoral local, yen consecuencia, al difundirse propaganda gubernamental federal durante el desarrollo de las precampañas locales, puede influir en el resultado de la contienda electoral, en la que, en este caso, el Gobierno Federal emanado del Partido Acción Nacional, pueda obtener eventualmente ventaja respecto de los demás partidos políticos.

En ese sentido, se ha presentado recientemente un hecho, que por su propia naturaleza constituye una transgresión a este concepto de federalismo y de soberanía de las entidades federativas en lo que respecta a su régimen interior, en especial tratándose de la forma en que son electas sus autoridades de gobierno.

Con fecha 5 de enero de 2011, se recibió en este Congreso del estado, un oficio suscrito por la secretaria ejecutiva del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, donde se informaba que el miércoles 22 de diciembre de 2010 se había recibido a su vez, el oficio número DGI 10834 110-01 signado por el director general de Radio, Televisión y Cinematografía, de fecha 13 de diciembre de 2010, donde el funcionario federal señala haber recibido el acuerdo número 8312010, aprobado por el Consejo General de ese Instituto en cuyo punto segundo se comunicaba “a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, municipal, estatal y federal se abstengan de difundir en cualquier medio, propaganda gubernamental durante los periodos de precampaña y campaña electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial”, lo anterior con fundamento en los dispuesto por el artículo 4, numeral 2, del Código Electoral del estado de Coahuila.

En ese tenor, el funcionario en mención, precisa que dicho acuerdo, no era procedente, puesto que solamente se atendrían a lo dispuesto en la normatividad federal en la materia y de acuerdo a las instrucciones que el Instituto Federal Electoral mandata a través de las pautas correspondientes.

Como podemos apreciar las características del funcionario federal que responde en nombre del presidente de la República y del secretario de Gobernación, pueden resumirse en la idea de que los órdenes de gobierno no lo son, sino que representan niveles, lo cual en la teoría constitucional federal, es totalmente incorrecto.

El Poder Ejecutivo federal no tiene contemplado un poder absoluto con un amplio catálogo de mandatos generales, sino por el contrario, se impone como deber y obligación, el respeto a las entidades federativas, obligación derivada de la propia Constitución que precisa la soberanía estatal en su régimen interior, tal y como lo contempla el artículo 41, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su parte relativa establece:

“Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.”

Hechas las consideraciones anteriores, podemos advertir la falta de capacidad del gobierno federal de entender el artículo 41, fracción III, Apartado C, segundo párrafo de la Constitución federal, como una base mínima, dejando a las entidades federativas la posibilidad de ampliar y consolidar lo dispuesto en dicho precepto.”

Con base en las anteriores consideraciones, se estima pertinente realizar la adecuación del artículo 79-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, y el numeral 2 del artículo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en congruencia con la diversa propuesta de iniciativa de reforma al segundo párrafo del Apartado C, de la fracción III, del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, planteada anteriormente por esta legislatura, en la cual se propone que las entidades federativas podrán establecer las modalidades adicionales en todo lo relacionado a la propaganda gubernamental difundida durante los procesos electorales locales.

Por lo anterior, la LVIII Legislatura del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, plantea la siguiente iniciativa para la reforma del artículo 79-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, y el numeral 2 del artículo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, conforme al siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se modifica la fracción II del artículo 79-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 79-A. ...

I. ...

II. Suspender, durante el tiempo que comprendan las precampañas y campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, toda propaganda gubernamental, conforme a lo dispuesto por el párrafo 2, artículo 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales;

III. a VII. ...

Artículo Segundo. Se modifica el numeral 2 del artículo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

1. ...

2. Durante el tiempo que comprendan las precampañas y campañas electorales federales y hasta la conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

3. a 4. ...

Transitorio

Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila, a los 18 días del mes de enero del año 2011.

la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza

Diputado Jaime Russek Fernández (rúbrica)

Presidente

Diputado Ignacio Segura Teniente (rúbrica)

Vicepresidente

Diputado Rodrigo Rivas Urbina (rúbrica)

Vicepresidente

Diputada Cristina Amezcua González (rúbrica)

Secretaria

Diputada Cecilia Yanet Babún Moreno (rúbrica)

Secretaria

Del Congreso de Coahuila, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del Apartado C de la fracción III del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

El suscrito, diputado Jaime Russek Fernández, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, se permite hacer de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada hoy, 18 de enero de 2011, la Quincuagésima Octava Legislatura de este Congreso trató lo relativo a un dictamen formulado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, conforme al cual se aprobó por mayoría de votos un acuerdo por el que se determinó presentar ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión una iniciativa para modificar el segundo párrafo del Apartado C de la fracción III del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atendiendo a los términos del citado acuerdo, en ejercicio de la facultad que a las legislaturas de los estados confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y con fundamento en el artículo 67, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, se presenta ante el Congreso de la Unión la iniciativa formulada conforme y para los efectos señalados, la que se acompaña a este oficio.

Sin otro particular y al solicitar atentamente a usted que tenga a bien disponer que a la mencionada iniciativa se dé el trámite legal correspondiente, le protestamos las seguridades de nuestra consideración y respeto.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Saltillo, Coahuila, a 18 de enero de 2011.

Diputado Jaime Russek Fernández (rúbrica)

Presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Coahuila de Zaragoza

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

La Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio del derecho y la facultad que se establecen en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 67, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, presenta ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa de decreto en la que se propone modificar el segundo párrafo del Apartado C de la fracción III del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El federalismo en el país, ¿es una práctica retórica o es realmente un sistema gestado desde el interior mismo de la organización estructural y normativa del Estado mexicano?

La primera impresión que causa esta pregunta es de contrariedad, pues la Carta Magna plasma una república federal; sin embargo, en los últimos años, esta pregunta se hace con tanta frecuencia que nos obliga a reflexionar seriamente en un marco teórico de referencia sobre su existencia real, sobre todo a la luz de ciertos hechos que constituyen una realidad que debe sujetarse a la observación crítica.

En primer lugar hay que plantear que el federalismo no es sólo una división de competencia, como se puede estructurar una empresa; por el contrario, representa una forma de vida, vinculado irremediablemente a la conciencia de los habitantes y el gobierno de cada entidad federativa, que exigen dos aspectos prioritarios. Por un lado, un fortalecimiento del régimen interior que permita conseguir, conforme a las particularidades de cada estado, esa justicia que asegure el desarrollo de sus pueblos; y por otro, un gobierno federal, fuerte hacia el exterior y cooperativo hacia el interior.

Desafortunadamente, en los últimos años esta idea de federalismo democrático ha sido sustituida por una suerte de política centralista, alejada de los principios legitimadores y democráticos liberales, dejando de lado el régimen interior de los estados en aras de una respuesta “nacional” a los problemas del país; en otras palabras, se trata de construir a México desde la federación, en lugar de construirlo desde sus cimientos mismos: las entidades federativas.

El federalismo nació con Miguel Ramos Arizpe y se consolidó en una revolución mexicana que surge no en el centro sino que viene del norte, con un congreso de Coahuila que desconoce al gobierno central usurpador y encabeza la rebelión. Ésas son raíces históricas que no hemos dejado de lado; apenas hace unos años, en ocasión de la reforma electoral de 2007, votamos contra una reforma en materia electoral que, desde nuestro punto de vista, implicaba un grave retroceso a ese federalismo y que, estábamos seguros, generaría inconformidades y trastocaría los procesos electorales locales.

Con el paso del tiempo, esta reforma ha tenido un balance desfavorable, y si bien el congreso del estado, que se rige por el principio de legalidad, la ha cumplido a cabalidad, también es verdad que eso nos lleva a plantear ante el Constituyente Permanente nuestra postura, que hoy se centra en la norma establecida en el artículo 41, fracción III, Apartado C, segundo párrafo, de la Constitución federal, que en la parte que nos interesa a la letra dice:

Artículo 41. ...

Apartado C. ...

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones de lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

De su lectura se desprende que la federación está impedida para difundir propaganda gubernamental tratándose de las campañas electorales que lleven a cabo las entidades federativas, lo cual resulta sumamente conveniente. Los conflictos derivados de la propaganda gubernamental son inherentes a los procesos electorales y las propias sociedades democráticas, y por ende debe tener el legislador la capacidad para diseñar modelos institucionales que los prevengan, los solucione o, en su caso, los sancione, de acuerdo con las circunstancias imperantes en cada tiempo y lugar.

Estos modelos institucionales plasmados en la Carta Magna, que en el caso que nos ocupa establecen limitaciones a las actividades propias de las entidades públicas, permiten un mejor desarrollo democrático; empero, y ésa es la parte más importante del fundamento de la presente iniciativa, la Constitución General de la República, lejos de ser un catálogo cerrado de funciones, constituye la base de un modelo generador de normas, el que hacia el régimen interior de los estados puede ser ampliado y consolidado –claro, en aras de hacer efectiva la norma en toda su extensión–, sin que ello implique eliminar la garantía o hacer nugatorio su cumplimiento.

Lo anterior acontece de esa forma al considerar el legislador coahuilense que lo establecido en el artículo 41, fracción III, Apartado C, segundo párrafo, de la Constitución federal contenía la base mínima a partir de la cual las entidades federativas acatando lo dispuesto en dicho precepto podían realizar un concepto ampliado y consolido, lo cual se plasma en el artículo 4, numeral 2, del Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, que al tenor literal en su parte respectiva señala lo siguiente:

Artículo 4. ...

2. Durante el tiempo que comprendan las precampañas y campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, de cualquier ente público. Las únicas excepciones de lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

El legislador local consideró acertadamente que la suspensión de la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental debía ser no solamente en las campañas sino, también, en las precampañas, pues éstas forman igualmente parte del proceso electoral local, y en consecuencia, al difundirse propaganda gubernamental federal en el desarrollo de las precampañas locales, puede influir en el resultado de la contienda electoral, en la que, en este caso, el gobierno federal emanado del Partido Acción Nacional pueda obtener eventualmente ventaja respecto a los demás partidos políticos.

En ese sentido, se ha presentado recientemente un hecho que por su naturaleza constituye una transgresión de este concepto de federalismo y de soberanía de las entidades federativas respecto a su régimen interior, en especial tratándose de la forma en que son elegidas sus autoridades de gobierno.

Con fecha 5 de enero de 2011 se recibió en el congreso del estado un oficio suscrito por la secretaria ejecutiva del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, donde se nos informaba que el 22 de diciembre de 2010 se había recibido a su vez el oficio número DG/1 0834 110-01, signado por el director general de Radio, Televisión y Cinematografía, de fecha 13 de diciembre de 2010, donde el funcionario federal señala haber recibido el acuerdo número 83/2010, aprobado por el Consejo General de ese instituto, en cuyo punto segundo se comunicaba a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, municipal, estatal y federal, que se abstengan de difundir en cualquier medio propaganda gubernamental durante los periodos de precampaña y campaña electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial”; lo anterior, con fundamento en los dispuesto en el artículo 4, numeral 2, del Código Electoral del Estado de Coahuila.

El funcionario en mención precisa que dicho acuerdo no era procedente, pues se atendrían sólo a lo dispuesto en la normativa federal en la materia y de acuerdo con las instrucciones que el Instituto Federal Electoral dicta a través de las pautas correspondientes.

Las características del funcionario federal que responde en nombre del presidente de la República y del secretario de Gobernación pueden resumirse en la idea de que los órdenes de gobierno no lo son sino que representan niveles, lo cual en la teoría constitucional federal es totalmente incorrecto.

El Poder Ejecutivo federal no tiene considerado un poder absoluto con un amplio catálogo de mandatos generales; por el contrario, se impone como deber y obligación el respeto de las entidades federativas, obligación derivada de la Constitución, que precisa la soberanía estatal en su régimen interior, como considera el artículo 41, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en la parte relativa establece:

Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución federal y las particulares de los estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.

Hechas las consideraciones anteriores, podemos advertir la falta de capacidad del gobierno federal de entender el artículo 41, fracción III, Apartado C, segundo párrafo, de la Constitución federal como una base mínima, dejando a las entidades federativas la posibilidad de ampliar y consolidar lo dispuesto en dicho precepto.

Por lo anterior, la LVIII Legislatura del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza plantea la siguiente iniciativa, para la reforma del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme al siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se modifica el segundo párrafo del Apartado C de la fracción III del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 41. ...

...

I. a III. ...

Apartados A. a C. ...

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las entidades federativas podrán establecer las modalidades adicionales en todo lo relacionado con la propaganda gubernamental difundida durante los procesos electorales locales. Las únicas excepciones de lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Apartado D. ...

Transitorio

Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, en Saltillo, Coahuila, a 18 de enero de 2011.

La Mesa Directiva del Congreso de Coahuila de Zaragoza

Diputados: Jaime Russek Fernández, presidente; Ignacio Segura Teniente, Rodrigo Rivas Urbina, vicepresidentes; Cristina Amezcua González, Cecilia Yanet Babún Moreno, secretarias (rúbricas).

Del Congreso de San Luis Potosí, con proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

La Quincuagésima Novena Legislatura aprobó por unanimidad de votos, en sesión ordinaria de esta fecha, dictamen de la Comisión Legislativa de Puntos Constitucionales, mediante el que esta soberanía propone al honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 57, fracción II de la Constitución estatal, iniciativa con proyecto de decreto que plantea reformar el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

En observancia a lo establecido en el resolutivo segundo del dictamen se envía el instrumento parlamentario aludido para los efectos legales que procedan.

Por la Directiva del Honorable Congreso del Estado

Diputado José Guadalupe Rivera Rivera (rúbrica)

Primer Secretario

Diputado José Luis Montalvo Chávez (rúbrica)

Segundo Secretario

Diputados Secretarios de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado

Presentes

A la Comisión de Puntos Constitucionales, por acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2009, dictado en sesión ordinaria del honorable Congreso del estado de San Luis Potosí, le fue turnada la iniciativa presentada por el diputado Óscar Carlos Vera Fabregat, que propone reformar el artículo 44 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

En tal virtud, al entrar al análisis de las iniciativas en comento, los integrantes de las comisiones que suscriben, hemos valorado las siguientes

Consideraciones

Primera. La iniciativa se presentó con apego a lo establecido en el artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, correlativo del dispositivo 130 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, y satisface los requisitos que señalan los numerales 131 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la entidad, 61 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado.

Segunda. De conformidad con los artículos 98, fracción XV; y 113 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, es competencia de la Comisión de Puntos Constitucionales dictaminar la iniciativa señalada en el proemio de este dictamen.

Tercera. La iniciativa presentada por el diputado Óscar Carlos Vera Fabregat establece, en términos generales, que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores debe de ser un organismo de servicio social, acorde con lo establecido en el artículo 2o. de la propia ley, que sin embargo ha sido, en la práctica, transformado en una institución de crédito de carácter privado, homologándose a la actividad bancaria y financiera común. Señala el caso de un trabajador que adquirió su vivienda antes de 1994, con un valor de sesenta mil pesos de la que, después de ese año, se triplicó su valor y los descuentos en la nómina del trabajador, señala que originalmente oscilaban entre ciento ochenta y doscientos sesenta pesos, hoy oscilan entre seiscientos cincuenta y novecientos pesos; que además, dicho crédito fue otorgado originalmente a un plazo de veinte años y hoy se prorroga hasta treinta años; señala también que no podemos soslayar el encarecimiento de tales créditos, perdiéndose con ello su carácter eminentemente social, señala también que, en razón de lo anterior, el encarecimiento en la vivienda no corresponde a conceptos de plusvalía porque las unidades habitacionales del Infonavit, además de presentar una imagen ruinosa por falta de mantenimiento adecuado y oportuno, se han construido en zonas suburbanas de los centros de población por lo cual, la plusvalía no es un factor de equilibrio entre el encarecimiento y el valor real del inmueble.

Por lo anterior considera que, en un acto de equidad, se debe reorientar el carácter social que originalmente conservó la Ley del Infonavit y restablecer así el sentido social del propio instituto.

Cuarta. Que dentro del texto de la iniciativa que nos ocupa se expone que se presenta a la consideración de esta honorable soberanía la iniciativa de reforma al artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para que, previo su estudio y aprobación, dice, la haga suya y se envíe al honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 57, fracción II; y 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

Por lo que, al interpretar armónicamente esta fundamentación con los preceptos legales derivados de ésta, y al ser las legislaturas de los estados entes previstos para iniciar leyes de acuerdo con el numeral 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, resulta atinado analizar en el fondo los alcances de ésta.

Quinta. La iniciativa, que nos ocupa señala

Antecedentes

El marco del programa económico conocido como neoliberalismo ha sido incruento en su paso atropellado por ésta nación, arrasando lo que se encuentra a su paso, sacudiendo a las instituciones de carácter social y pulverizando logros que, en su momento, fueron perseverantemente conseguidos, que desde hace aproximadamente 15 años ha azotado inmisericordemente al territorio nacional.

La política económica del gobierno arrolló los más nobles propósitos del Constituyente de 1917, que logró incluir en la Constitución Política de los Estados Mexicanos las garantías sociales como lo es el artículo 123, bajo el título “del Trabajo y de la Previsión Social”. Entonces los constituyentes libraron trascendentes debates, prevaleciendo el objetivo social a favor de la clase trabajadora, apartándose así del criterio tradicional individualista que caracterizaba a las constituciones de la época, siendo los alcances sociales una de las metas del movimiento de 1910.

Los exabruptos del neo liberalismo se expresan en la pérdida de las garantías sociales de los sectores más desprotegidos de la sociedad como son los obreros y campesinos. Estos han tenido que pagar un alto costo por los experimentos de una política económica fría, indiferente y sin pasión alguna a favor de las mayorías que habitan ésta nación. Obsesionado el gobierno por controlar una inflación que sus mismas medidas han provocado, encaran sin consideración alguna, el saldo de cuarenta millones de mexicanos en la pobreza, diecisiete de ellos en los extremos de ésta, en cambio satisfacen a empresarios que, juntos, suman veinte individuos mexicanos que se encuentran entre los más ricos de México y del mundo, esto no puede ser una política económica que respete principios de orden social y de equidad.

Sexta. Del análisis de la propuesta de reforma presentada por el legislador Óscar Carlos Vera Fabregat se observa la intencionalidad de disminuir en lo posible el impacto económico sobre la clase trabajadora; impacto ocasionado por el financiamiento sobre créditos inmobiliarios obtenidos a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Es clara la preocupación de quien presenta la iniciativa respecto del impacto económico que ocasiona el encarecimiento de los créditos que, se supone, deben cumplir con una función social. Por ello, los integrantes de la comisión que dictamina estamos de acuerdo en cuanto al fondo de la propuesta, pues se considera que la actualización anual que sufren dichos créditos resulta bastante onerosa al calcularse además sobre el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal. Esto es así ya que en otras zonas del país el salario mínimo está muy por debajo del que se tiene como referencia para el ajuste anual; amen de lo anterior, se toma en cuenta el hecho de que dichos créditos devengan un interés que, de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 44 de la ley de la materia, es determinado por el Consejo de Administración y aplicado sobre el saldo ajustado de estos a una tasa no menor del cuatro por ciento anual sobre saldos insolutos; como se observa. Además de aplicar un interés sobre saldos ajustados, dichos créditos se incrementan cada año de acuerdo al aumento del salario mínimo que rige en el Distrito Federal, provocando con ello una doble carga económica al trabajador, aspecto este que incide en la esencia social del otorgamiento de este tipo de créditos; por estas razones, los integrantes de la comisión que dictamina consideramos pertinente elevar a la consideración del honorable Congreso de la Unión la propuesta de reforma al artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con las modificaciones a la propuesta original de la iniciativa en estudio que esta comisión consideró adecuado realizar en la forma y términos que finalmente se consigna en razón de que, como ya se dijo, el ajuste anual y el cobro de intereses se considera una doble carga económica; por ello se propone eliminar el ajuste anual de los créditos; que la tasa de interés sea aplicada sobre saldos insolutos y no sobre saldos ajustados; y que se establezca un tope máximo al porcentaje de la tasa correspondiente determinada por el Consejo de Administración y no un tope mínimo como ahora se establece.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, con fundamento en los artículos 85 y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, nos permitimos elevar a la consideración de esta honorable asamblea legislativa el siguiente

Dictamen

Primero. Es de aprobarse y se aprueba, con las modificaciones planteadas por la comisión dictaminadora, la iniciativa que propone que la LIX Legislatura del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, someta a la consideración del Congreso de la Unión, iniciativa que propone reformar el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Segundo. Remítase el presente documento parlamentario al honorable Congreso de la Unión para los alcances legales de mérito.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 57, fracción II, de la Constitución del Estado de San Luis Potosí; se eleva a consideración del honorable Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto que propone reformar el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional die la Vivienda para los Trabajadores.

Iniciativa con Proyecto de Decreto

Exposición de Motivos

En 1992 fueron aprobadas reformas a la Ley del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en especial al artículo 44, en contravención plena a lo que establece el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción II, a los artículos 136 y 137 de la Ley Federal del Trabajo, y al artículo 30 de la Ley del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Entre esas medidas económicas se encuentra el aberrante desvío al carácter social del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; este Instituto que de antemano nació tardíamente en 1971 para satisfacer el anhelo del Constituyente de 1917 y otorgar vivienda digna a los trabajadores como una significación solidaria a la clase trabajadora, estableciéndose en sus numerales correspondientes que las viviendas sean baratas, cómodas e higiénicas, tal como se contempla en la fracción XII del apartado A del artículo 123 constitucional, que establece textualmente:

“Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo estará obligada, según lo determinan las leyes reglamentarias, a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficientes para que adquieran en propiedad tales habitaciones.”

Por su parte, el artículo 137 de la Ley Federal del Trabajo establece textualmente lo siguiente:

“EI Fondo Nacional de la Vivienda tendrá por objeto crear sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad habitaciones cómodas e higiénica, para la construcción, reparación o mejoras en sus casas habitación y para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos.”

En el mismo sentido, el artículo 3o. de la Ley del Infonavit textualmente contiene lo siguiente:

“Artículo 3o. El Instituto tiene por objeto:

II. Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para:

a) La adquisici6n en propiedad de habitaciones c6modas e higiénicas,

b) La construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y

c) El pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores;

De los anteriores preceptos legales considerados, se concluye que las reformas a la Ley del Infonavit que fueron aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 24 de febrero de 1992 contravienen las disposiciones anteriormente invocadas, en especial la contenida en el artículo 44 de la Ley en comento, misma que en su texto en vigor señala:

“Artículo 44. El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción II del artículo 42, se revisará cada vez que se modifiquen los salarios mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal.

Asimismo, los créditos devengarán intereses sobre el saldo ajustado de los mismos, a la tasa que determine el Consejo de .Administración. Dicha tasa no será menor del cuatro por ciento anual sobre saldos insolutos.

Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de 30 años.

La vigencia de ésta disposición ha generado un encarecimiento de los créditos que ha otorgado el Infonavit a los trabajadores. Sus viviendas han sido encarecidas injustificadamente, los descuentos a sus nóminas han desequilibrado los exiguos ingresos de la clase obrera, intranquilizando su vida familiar.

El instituto, de ser un organismo de servicio social como lo defina el artículo 20 de la propia ley, ha sido transformado en una institución de crédito de carácter privado, homologándose a la actividad bancaria y financiera común. Tal es el caso que si un trabajador antes de 1994 adquirió su vivienda con un valor de sesenta mil pesos a través del crédito correspondiente, después de 1994 se triplicó su valor hasta ciento sesenta mil pesos y los descuentos en su nómina, que originalmente oscilaban entre ciento, ochenta y doscientos sesenta pesos, hoy oscilan entre seiscientos cincuenta y novecientos pesos. Siendo un crédito que fue otorgado a 20 años hoy se prorroga hasta 30 años; no podemos menos que admitir la existencia de un encarecimiento en la vivienda que no corresponde a conceptos de plusvalía o de otros órdenes, porque las unidades habitacionales del Infonavit, además de presentar una imagen ruinosa por falta de mantenimiento adecuado y oportuno, se han construido en zonas suburbanas de los centros de población, por lo cual la plusvalía no es un factor de equilibrio entre el encarecimiento y el valor real del inmueble.

Por lo anterior es necesario que, en un acto de congruencia con el ordenamiento constitucional, y en un acto de equidad, se retome el rumbo del carácter social que básicamente dio origen a la Ley del Infonavit y a restablecer el sentido social del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.

Para poder lograr tal fin se plantea el siguiente:

Proyecto de Decreto

Único. Se reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue

Artículo 44. El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción II del artículo 42, devengarán intereses sobre el saldo insoluto de los mismos a la tasa que determine el consejo de administración, dicha tasa no será mayor del siete por ciento anual sobre saldos insolutos. El plazo máximo para el otorgamiento de estos créditos será de 30 años.

Transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la sala Licenciado Luis Donaldo Colosio Murrieta, del edificio Presidente Juárez, del honorable Congreso del estado, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil diez.

Por la Comisión de Puntos Constitucionales

Diputados: Raquel Hurtado Barrera (rúbrica), presidenta; Jesús Ramírez Stabros, vicepresidente; Óscar Carlos Vera Fabregat (rúbrica), secretario; Alfonso José Castillo Machuca, Manuel Lozano Nieto (rúbrica), Griselda Álvarez Oliveros (rúbrica), Vito Lucas Gómez Hernández (rúbrica), vocales.



Oficios II

Del gobierno del Distrito Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados relativo a la Supervía Poniente

México DF, a 6 de enero de 2011.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

LXI Legislatura del Honorable

Congreso de la Unión

Presente

Por acuerdo del jefe de Gobierno del Distrito Federal y en atención a la solicitud de información realizada por diferentes miembros de esa honorable legislatura, relativa a apertura de un espacio al diálogo real, respetuoso y público, propuesto por el Frente Amplio contra la Supervía Poniente, a través de la Comisión Civil de Acompañamiento integrada por Luis Arriaga Valenzuela, Daniel Cazés Menche, Miguel Concha Malo, Manuel Fuentes Muñiz, Miguel Ángel Granados Chapa y Marcela Lagarde de los Ríos, me dirijo a ustedes muy respetuosamente, para hacer de su conocimiento lo siguiente:

El gobierno de la Ciudad de México ha sido y es respetuoso de los derechos de libertad de expresión, de manifestación, de reunión, de información, de participación, de seguridad jurídica y de acceso a un medio ambiente sano de todas y cada de las personas, en lo individual y en lo colectivo que han manifestado su oposición o su adhesión al proyecto de la Supervía Poniente.

A mayor abundamiento, sirva el detalle de las acciones que el gobierno de la Ciudad de México ha emprendido a favor de los derechos antes enumerados:

En materia de participación ciudadana, la legislación de la ciudad, garantiza ampliamente el derecho de los ciudadanos a participar en la toma de decisiones de las acciones de gobierno, mediante distintas figuras como la consulta ciudadana, la discusión de los programas de desarrollo urbano, la emisión de opiniones en el proceso de resolución de una manifestación de impacto ambiental, así como en reuniones directas de los ciudadanos con la autoridad.

En el caso concreto de la Supervía Poniente, estas garantías de participación, se concretaron a través de la Consulta Verde, de 2008, la discusión de los Planes General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, de las delegaciones Magdalena Contreras y Álvaro Obregón; la puesta en consulta y emisión de opinión del resumen de la manifestación de impacto ambiental; así como la realización de alrededor de 200 reuniones de trabajo con vecinos y personas interesadas, previo, incluso, a la emisión de la Declaratoria de Necesidad de Diciembre de 2009.

El tema del derecho al acceso a la información está garantizado por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que ha sido calificada como la más avanzada del país; a su amparo, los ciudadanos han ingresado, al día de hoy, más de 850 solicitudes de información pública, de las cuales, al 23 de diciembre de 2010, sólo se han recurrido 23; de éste número de recursos de protección al que recurrieron los ciudadanos, 9 fueron desechados, 4 se resolvieron a su favor y 10 se encontraban en trámite. De las que fueron resueltos a favor de los ciudadanos, se ha entregado la información en 3 y uno se encuentra en proceso de ser entregado.

Tanto las solicitudes de acceso a la información pública, como los recursos de revisión, han sido la fuente más importante para pulsar las necesidades de información que tienen los ciudadanos y, con base en ella, se ha construido el portal ciudadano Transparencia Autopista Urbana, en el que está publicada toda la información que al momento se ha generado y es pública, tanto por ministerio de Ley, como por decisión del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como aquella que el Gobierno de la Ciudad ha decidido hacer pública. La dirección del portal es http://www.transparenciaautopistaurbana.df.gob.mx.

El nivel de información publicado, y que seguirá incrementándose conforme avance, en su caso, la construcción de la supervía, no tiene precedente en el país, salvo el de la Línea 12 del Metro, la obra más grande del país y que se construye por el Gobierno del Distrito Federal.

Es por ello que permanentemente se ratifica el compromiso del Gobierno del Distrito Federal de hacer pública toda la información que sobre el proyecto se genere, en los plazos y con las modalidades que la propia Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal establece.

La información que se puede encontrar en el portal referido, incluye la relativa a los predios expropiados, en ese sentido, vinculado directamente con el derecho a la vivienda, se han respetado los derechos de las personas que resultaron afectadas por la expropiación de los 51 predios incluidos en el polígono cinco, descrito en el decreto expropiatorio del seis de abril de 2010, cuyos lindes se ubican dentro de la delegación Magdalena Contreras.

Los pagos realizados, al mes de septiembre de 2010; cuando se concluyó el pago de esos 51 predios sumaron 173 millones, pues los lotes se pagaron a valor comercial a los legítimos propietarios registrados en el padrón de contribuyentes, dándose garantías suficientes para que las personas que habitaban los inmuebles expropiados contaran con suficiente tiempo para desalojarlos.

Adicionalmente, en la Cuadragésima Octava Sesión del Comité del honorable Consejo Directivo del Instituto de Vivienda, se autorizaron hasta 70 créditos del programa de vivienda nueva progresiva con un techo presupuestal por acción de hasta 120 mil pesos, lo anterior para apoyar a las personas que, no siendo propietarios, vivían en los inmuebles expropiados.

Otro tema, quizá el más relevante, es el del impacto ambiental que la obra pudiera tener durante el proceso de construcción y una vez que entre en funcionamiento, pues impacta necesariamente en los derechos a un medio ambiente sano y a la salud pública ambiental, ya que en una urbe como la de México, los equilibrios ecológicos han sido profundamente alterados a lo largo de los últimos 500 años, pero de manera más acelerada a partir del crecimiento vivido en la segunda mitad del siglo pasado.

Es por ello que la autoridad ambiental de la ciudad, en estricto seguimiento de la normatividad aplicable, expidió una autorización condicionada, en su resolutiva a la manifestación de impacto ambiental, la cual incluye 133 condicionantes, que se pueden clasificar de la siguiente manera: 16 con fechas específicas de cumplimiento y 117 sin fecha específica de cumplimiento.

De las 16 condicionantes con fechas específicas, 11 han sido cumplidas en su totalidad, 2 son de seguimiento permanente y 3 están en proceso de verificación en su cumplimiento.

En tanto, de las 117 que no tienen fecha específica, 46 se consideran cumplidas completamente, 3 están sujetas a que inicie la obra, en 23 no se han dado condiciones para su cumplimiento; 24 están en proceso de cumplimiento y 11 son de seguimiento permanente.

El cumplimiento o el avance en el cumplimiento de las condicionantes, debe de ser informado de manera periódica por parte de la empresa concesionaria ante la Secretaría de Medio Ambiente y sujeto a evaluación y seguimiento permanente por parte de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT).

En este tema, resulta fundamental tanto el papel de la Secretaría de Medio Ambiente, como el de la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial, la primera en su carácter de autoridad reguladora y la segunda como defensora de los derechos ambientales de todos los habitantes de la Ciudad de México. Ambas cumplen con responsabilidades muy bien definidas, pues una vez recibido referido en el párrafo anterior en la Secretaría del Medio Ambiente (SMA), ésta debe de emitir sus consideraciones y actuar conforme a lo informado, e informarlo, a su vez, a la PAOT, quien verifica que la información proporcionada por la empresa cumpla con lo establecido en las condicionantes, tanto documentalmente como en visitas in situ

Adicionalmente, la PAOT realiza visitas de verificación a la zona de obra a petición de los ciudadanos, cada vez que éstos lo solicitan.

Es importante destacar que actualmente se encuentra en análisis el último informe presentad por la empresa concesionaria ante la SMA, el pasado mes de diciembre, los resultados de la verificación, se harán públicos de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y la normatividad ambiental aplicable.

En el ámbito estricto de la operación, no es cierto que por la supervía sólo circularán automóviles privados, pues está previsto que en toda la autopista urbana, incluida por supuesto la supervía, se prestará el servicio público de pasajeros con unidades de la Red de Transportes de Pasajeros del Gobierno del Distrito Federal, lo cual es también una condicionante de la Resolución emitida por la autoridad ambiental.

Una preocupación que ha sido reiteradamente señalada por quienes se oponen a la Supervía es que se permitirá el crecimiento de la mancha urbana, lo cual no ocurrirá, pues en el título de concesión, condición quinta, página nueve, se establece que no se permitirá la construcción de nuevas gazas de integración a asentamientos humanos.

Finalmente, en el tema ambiental, la supervía poniente permitirá desahogar el sistema vial actualmente existente, reduciendo la emisión de gases de efecto invernadero agilizando los más de 100 mil viajes diarios que en promedio ya se realizan en la zona.

En ese sentido, para garantizar la integridad física de todas las personas y los bienes, el gobierno de la Ciudad de México, ratifica y hace público su compromiso con el respeto a los derechos humanos de todas las personas que viven vio transitan por ella y se compromete a no usar la fuerza pública, salvo en las modalidades que la propia ley establece, es decir, para resguardar el orden público y la seguridad de las personas y los bienes; por lo que de ninguna manera iniciará o ejercerá acciones de fuerza que tuvieran por objeto limitar el ejercicio de los derechos de las personas que se oponen al proyecto de la Supervía Poniente.

En ese sentido, es de aclarar que la aceren del gobierno de la Ciudad de México, realizada el pasado 1 de enero de 2011, tenía como único fin ocupar los predios que fueron expropiados y que desde el mes de septiembre de 2010 habían sido definitivamente deshabitados por quienes fueron sus propietarios. La acción se hizo de conformidad con los procedimientos y formalidades requeridos, entre ellos, los dictámenes de protección civil emitidos por la autoridad delegacional; atendiendo además la petición de varios vecinos quienes manifestaron que dichos inmuebles, al estar deshabitados y semiderruidos, estaban siendo ocupados por personas desconocidas; además de que algunos inmuebles presentaban acumulación de desechos que favorecían la proliferación de fauna nociva.

La acción realizada, respetó en todo momento a las personas que se manifiestan pacíficamente en el plantón instalado en las cercanías de la zona expropiada, manteniendo intactas las instalaciones provisionales que lo sostienen, como muestra de ello es que el secretario de Obras y el coordinador de Proyectos Estratégicos, se apersonaron en el lugar para informar directamente a los manifestantes que se tomaría posesión de los inmuebles propiedad de la Ciudad de México, dejando a salvo la zona en la que se ha instalado el plantón, a pesar de lo cual, los servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal fueron agredidos por personas del plantón.

Lo anterior se sustenta en una grabación en video de la cual el gobierno de la ciudad tiene copia y que ha puesto a disposición de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) para su revisión y, en su caso, inclusión al expediente que actualmente integra con motivo de las diversas quejas presentadas ante el organismo defensor de los derechos humanos.

De igual manera, el Gobierno del Distrito Federal tuvo conocimiento de la queja de algunos vecinos que al momento de colocar las vallas que delimitarían la zona de los predios expropiados, se afectaron algunas entradas a los predios, por lo que de manera inmediata se giró la instrucción de corregir la ubicación de las vallas para permitir el libre tránsito que había sido parcialmente delimitado; por lo que desde el día 1 de enero de 2011 no existe obstrucción o limitación alguna al libre tránsito de los habitantes de la colonia La Malinche.

Por lo anteriormente descrito, el Gobierno del Distrito Federal considera acatadas puntualmente las medidas precautorias solicitadas por la CDHDF, pues las medidas específicamente establecían que el gobierno se abstuviera de realizar acciones de agresión, intimidación o discriminación; evitar el empleo de la fuerza, y en su caso, fundamentar y motivar cualquier acción en el campamento o sus inmediaciones; así como informar a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y a los integrantes del Frente de manera oportuna, en caso de que se decidiera retirar el campamento de los integrantes del frente, situación que evidentemente no ocurrió, pues al día de hoy, el campamento del frente aún permanece instalado.

Por lo que hace a la demanda de diálogo, es de señalar que el pasado 14 de diciembre de 2010, el secretario de Gobierno del Distrito Federal y el que suscribe sostuvieron una reunión con representantes de la Comisión Civil de Acompañamiento, la cual está integrada por Luis Arriaga Valenzuela, Daniel Cazés Menche, Miguel Concha Malo, Manuel Fuentes Muñiz, Miguel Ángel Granados Chapa y Marcela Lagarde de los Ríos, en dicha reunión se adoptaron dos acuerdos: a) la Secretaría de Gobierno gestionará una reunión de la Comisión Civil de Acompañamiento y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y b) la Comisión Civil de Acompañamiento realizaría una agenda con los puntos a tratar durante la reunión con el jefe de Gobierno.

En ese orden de ideas, la próxima reunión con la Comisión Civil de Acompañamiento se realizará el próximo 7 de enero de 2011, pues el pasado 4 de enero la Comisión Civil informó que ya cantaba con la agenda propuesta para la reunión con el jefe de Gobierno.

Por todo lo anterior, queda claro el compromiso del Gobierno del Distrito Federal de respetar plenamente los derechos humanos de todas las personas que se vean directa o indirectamente involucradas en la obra, sea como opositores, como adherentes, vecinos o ciudadanos en general.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Juan José García Ochoa (rúbrica)

Subsecretario de Gobierno

De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados relativo al caso del ciudadano Juan Ranulfo Martínez Pérez

Jorge Carlos Ramírez Marín

Avenida Congreso de la Unión número 66, edificio H-2, P-512

Colonia El Parque código postal 15960

Venustiano Carranza, Distrito Federal

En relación con su escrito de queja, recibido en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH, y al que fue asignado el número CNDH/1/2010/5933/Q, con base en el artículo 36 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; se determinó admitir dicha instancia, por lo que este organismo nacional de inmediato iniciará las investigaciones y trámites que corresponden.

El visitador adjunto, a quien se le ha encomendado el estudio de su caso es el licenciado Juan Jiménez Navarrete. Si desde este momento considera necesario entrar en contacto con el visitador antes mencionado, mucho le agradeceré solicite una cita al teléfono 56-81-81-25, extensiones 1112 y 1284. También tendremos mucho gusto en atenderlo a usted o a algún representante en las oficinas de esta comisión nacional.

En caso de que usted envíe cualquier información a la CNDH, favor de remitirla al domicilio de Periférico Sur, citado al rubro.

Informo a usted que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la formulación de su queja ante este organismo no afecta el ejercicio de otros derechos y medios de defensa que puedan corresponder al agraviado conforme a la ley, y no suspende ni interrumpe los plazos preclusivos, de prescripción o caducidad.

De conformidad con los artículos 77 y 97 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, todos sus servicios son gratuitos, y no es indispensable que cuente usted con un abogado o representante profesional, ya que este organismo se encargará autónomamente de tramitar, analizar y dictaminar sobre la queja planteada.

En términos del artículo 18 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el procedimiento de acceso a la información que esté en posesión de la comisión se substanciará conforme a lo establecido en el capítulo III del título segundo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. con las modalidades que establece ese Reglamento; asimismo, el tratamiento de la información o datos personales de particulares que integran el expediente de queja inclusive el suministro de la información a terceros que así lo soliciten, se encuentra sujeto a las disposiciones de la Ley y del Reglamento.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 9 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, toda la información en posesión de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes.

Los datos personales que la CNDH reciba de usted, serán manejados con fines exclusivamente de identificación y se les dará un tratamiento confidencial.

Atentamente

El Director General

Licenciado Fabrisio Bonilla Hernández (rúbrica)

Doctor Raúl Plascencia Villanueva

Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Presente

En sesión celebrada en esta fecha la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión/ aprobó el Punto de Acuerdo que a continuación se transcribe:

“Único . La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y al Poder Judicial federal a revisar y resolver en estricto apego a derecho, el caso del e Juan Ranulfo Martínez Pérez.”

Lo que comunicamos a usted para los efectos a que haya lugar.

México, DF, a 19 de octubre de 2010.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica)

Presidente

Diputado Carlos Samuel Moreno Terán (rúbrica)

Secretario

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la PGR, a la CNDH y al Poder Judicial federal, a revisar y resolver en estricto apego a derecho, el caso del ciudadano Juan Ranulfo Martínez Pérez

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estadas Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya las proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT, por lo que se somete a la consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Procuraduría General de la Republica, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y al Poder Judicial Federal, a revisa r y resolver en estricto apego a derecho el caso del ciudadano Juan Ranulfo Martínez Pérez.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de octubre de 2010.

Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica)

Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica) p.a

Coordinador del Gripo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica) p.a

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Juan José Guerra Abud

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Diputado Pedro Jiménez León

Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia

(Remítase a la Comisión de los Derechos Humanos.)

De la Secretaría de Gobernación, nueve con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados

México, DF, a 19 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-9-2219, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Herón Escobar García, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 112.-901/2010, suscrito por el ingeniero Jorge Zermeño González, coordinador general de Política Sectorial de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al fondo de emergencia para apoyar a los productores de algodón afectados por la viruela del algodonero.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, 13 de enero de 2011.

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Presente

En atención a su oficio número SEL/311/3583/10 del 29 de octubre de 2010, a través del cual nos remite punto de acuerdo aprobado en sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, por conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, destine un fondo de emergencia con apoyos directos por 315 millones de pesos para apoyar en forma urgente a los productores de algodón afectados por la viruela del algodonero, me permito hacerle llegar la siguiente documentación:

Fotocopia del oficio número 800.001280 del 6 de diciembre de 2010, elaborado por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria, informando que debido a que la etapa fenológica del cultivo dicha enfermedad ya no representa una amenaza fitosanitaria y, por ende, el riesgo de que se presente nuevamente en el ciclo de cultivo anual es bajo, aunado que actualmente la viruela del algodonero no puede considerarse cómo una contingencia fitosanitaria.

Sin más por el momento, le envió un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero Jorge Zermeño González (rúbrica)

Coordinador General

México, DF, a 6 de diciembre de 2010.

Ingeniero Jorge Zermeño González

Coordinador General de Política Sectorial

Municipio Libre 377

Planta Baja Ala B

Colonia Santa Cruz Atoyac

Código Postal 03310

México, DF

jorge.zermeno@sagarpa.gob.mx

En seguimiento a su similar número 112.-808/2010,con el que envía el oficio número SEL/UEL/311/3583/10, en donde se remite el punto de acuerdo aprobado en la sesión del honorable Congreso de la Unión, que contiene el resolutivo mediante el cual se exhorta al Ejecutivo federal para que, por conducto de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), se destine un fondo de emergencia con recursos directos por 315 millones de pesos para apoyar en forma urgente a los productores de algodón de la Comarca Lagunera de Coahuila y Durango, derivado de los efectos colaterales provocados por el huracán Alex en el estado de Coahuila, entre los cuales se tuvo como consecuencia un exceso de humedad en la Comarca Lagunera, provocado por las lluvias atípicas del citado huracán, creando de esta manera las condiciones propicias para que se presentara la enfermedad fungosa “viruela del algodonero” en este cultivo.

Al respecto, le comento que este Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) actualmente no cuenta con recursos para atender este tipo de contingencias. Asimismo, le comento que en fechas recientes se llevó a cabo la celebración de dos convenios de concertación celebrados entre la Sagarpa y el Senasica y Juntas Locales de Sanidad Vegetal de la Región Lagunera de Coahuila y Durango por un monto de 28 millones de pesos, con el objeto de realizar acciones de desvare y barbecho, a fin de reducir la fuente de inóculo del patógeno en base a la superficie establecida de este cultivo correspondiendo 21 millones de pesos a la Región Lagunera de Coahuila y 7 millones de pesos a la Región Lagunera de Durango.

Asimismo, le informo que derivado a que la etapa fenológica del cultivo dicha enfermedad ya no representa una amenaza filosanitaria y por ende, el riesgo de que se presente nuevamente en el ciclo de cultivo anual es bajo aunado que actualmente, la viruela del algodonero no puede considerarse como una contingencia fitosanitaria

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Médico Veterinario Zootecnista Enrique Sánchez Cruz (rúbrica)

Director en Jefe

(Remítase a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados para su conocimiento.)

México, DF, a 18 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 61-II-2-862, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María de Jesús Aguirre Maldonado, presidente y secretaria, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número DEP-0047/11 suscrito por Betina Claudia Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a los derechos humanos y a las garantías individuales de los con nacionales en proceso de repatriación.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 14 de enero de 2011.

Maestro Julián Hernández Santillán

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, y con fundamento en el artículo 16, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y con arreglo a las facultades de la subsecretaría bajo su digno cargo, me permito hacerle llegar los elementos de respuesta a la proposición con punto de acuerdo aprobada por el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 15 de diciembre de 2010, a través de la cual se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a hacer un llamado a las autoridades estadounidenses para garantizar el pleno respeto de los derechos humanos y de las garantías individuales de nuestros connacionales en proceso de repatriación, remitido a través del oficio número SEL/ UEL/ 311/ 4324/ 10, con fecha 20 de diciembre de 2010.

Elementos de respuesta

En atención del exhorto formulado por la Cámara de Diputados, la Secretaría de Relaciones Exteriores reiterará a las autoridades estadounidenses el llamado a garantizar el pleno respeto de los derechos individuales y de las garantías individuales de nuestros connacionales en proceso de repatriación.

Los procesos de repatriación de nacionales mexicanos son coordinados con los consulados en la región fronteriza, que contribuyen a garantizar el respeto de los derechos de los migrantes.

El trabajo de coordinación entre las autoridades consulares mexicanas y la Patrulla Fronteriza, así como el Immigration Control and Enforcement, promueve el pleno respeto de los derechos humanos y de las garantías individuales de los migrantes.

Cuando se presenta algún caso de violación de sus derechos humanos o garantías individuales, el consulado actúa de inmediato ante las autoridades solicitando la investigación de la queja presentada por el connacional.

Los funcionarios que se desempeñan en los departamentos de protección de la red consular están siempre atentos a cualquier requerimiento o queja de los connacionales o de sus familiares en materia de protección de sus derechos más elementales.

Le solicito de la manera más atenta que, de así considerarlo pertinente, se hagan llegar a través de su atento y gentil conducto los elementos de respuesta aquí presentados al presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Sin otro particular, le envío las seguridades de mi más alta consideración.

Atentamente

Betina Claudia Chávez Soriano (rúbrica)

Directora General de Coordinación Política

(Remítase a la Comisión de Relaciones Exteriores, de la Cámara de Diputados para su conocimiento.)

México, DF, a 20 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-11-4- signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Cora Cecilia Pinedo Alonso, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DEP-0055/11 suscrito por Betina C. Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a los migrantes mexicanos que luchan por sus derechos laborales y humanos en los Estados Unidos de América.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 17 de enero de 2011.

Maestro Julián Hernández Santillán

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, Embajadora Patricia Espinosa Cantellano, y con fundamento en el artículo 16, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en apego a las facultades de la Subsecretaría bajo su digno cargo, me permito hacerle llegar los elementos de respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a apoyar los esfuerzos de los migrantes mexicanos que luchan por sus derechos laborales y humanos en Estados Unidos, aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 15 de diciembre de 2010 y remitido para la consideración de esta secretaría mediante su comunicación SEUUEU311/4307/1 O, con fecha 20 de diciembre de 2010.

Elementos de respuesta

• La Secretaría de Relaciones Exteriores toma nota del exhorto y hace del conocimiento de esa honorable Cámara de Diputados que la protección a los derechos humanos de nuestros connacionales en el exterior, es una prioridad de nuestra política exterior que se instrumenta por medio de nuestra red consular, no sólo en Estados Unidos, sino en todo el mundo.

• Con relación a alentar una reforma migratoria integral, el gobierno de México ha venido trabajando, y lo seguirá haciendo, a favor del respeto a los derechos de los inmigrantes mexicanos en Estados Unidos. De manera reiterada ha señalado a sus contrapartes estadounidenses la importancia de que ambos gobiernos mantengan un diálogo abierto sobre este tema, que se sustente en el reconocimiento a la importante contribución que aquellos realizan en beneficio de la economía y la sociedad de ese país.

• En el mismo sentido, el gobierno de la República ha expresado su disposición para coadyuvar, en la medida de sus posibilidades y con pleno respeto a la soberanía y jurisdicción de esa nación, al debate de argumentos a favor de una reforma migratoria que reconozca los factores que propician ese fenómeno y lo aborde desde una perspectiva integral.

• La cancillería reitera su disposición para seguir trabajando con las autoridades estadounidenses en beneficio de nuestros compatriotas, a la vez que continuará desplegando sus mejores esfuerzos para ofrecerles los apoyos institucionales y la protección consular que requieran.

Le solicito de la manera más atenta que por su atento y gentil conducto se hagan llegar los elementos de respuesta aquí presentados al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, cuando así se estime pertinente.

Sin otro particular, le envío las seguridades de mi más alta consideración.

Atentamente

Betina Claudia Chávez Soriano (rúbrica)

Directora General

(Remítase a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su conocimiento.)

México, DF, a 17 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-8-701, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María Guadalupe García Almanza, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 170/UCVPS/DGAVS/0039/2011, suscrito por el licenciado Miguel Gutiérrez Hernández, director general adjunto de Vinculación Social de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en éste se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, en materia de adultos mayores .

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 13 de enero de 2011.

Licenciado Julián Hernández Santillán

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Hago referencia al punto de acuerdo aprobado el 14 de diciembre de 2010 sobre la Norma Oficial Mexicana NOM-167 -SSA 1-1997, en materia de adultos mayores, presentado el 23 de septiembre por el diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza (PAN).

Al respecto, me permito acompañar oficio número CAS/0016/11, suscrito por el maestro Ramiro Tamayo Rodríguez, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, quien emite sus comentarios respecto del punto de acuerdo referido.

Con base en lo anterior, he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Miguel Gutiérrez Hernández (rúbrica)

Director General Adjunto

México DF, a 7 de enero de 2011.

Licenciado Miguel Gutiérrez Hernández

Director General Adjunto de Vinculación Social

Presente

Por indicaciones de la doctora Maki Esther Ortiz Domínguez, subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y en atención a su oficio número 170/UCVPS/DGAVS/1760/2010, con fecha 14 de diciembre de 2010, mediante el cual solicita comentarios sobre punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSAl-1997, en materia de adultos mayores, presentado por el diputado federal Jesús Gerardo Cortez Mendoza (PAN). En el ámbito de competencia de esta subsecretaria, de manera anexa envío comentarios de dicha proposición, a fin de que la información recabada sea de utilidad para la mejor compresión del tema en cuestión.

Lo anterior para los efectos administrativos a que haya lugar.

Atentamente

Maestro Ramiro Tamayo Rodríguez (rúbrica)

Coordinador de Asesores

Secretaría de Salud

Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

Comentarios al punto de acuerdo por el cual la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, en materia de adultos mayores.

Antecedentes

La NOM-167-SSA1-1997, “Para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos mayores”, se publicó en el DOF el 17 de noviembre de 1999 y entró en vigor al día siguiente. El periodo de vigencia quinquenal, concluyó el 18 de noviembre de 2004, por lo que fue en el Programa Nacional de Normalización 2005 donde quedó inscrita como revisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-SSA1-1998, “Para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos mayores”.

En agosto de 2007 en la primera sesión ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud (CCNNIDTIS ) quedó instalado formalmente el Subcomité de Asistencia Social, el cual a partir de esa fecha se hace cargo de la revisión y actualización de las distintas NOM en esa materia. Dicho subcomité lo preside y coordina la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia con la asesoría y apoyo técnico de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

La Norma Oficial Mexicana NOM-167 -SSA 1-SSA 1-1998, “Para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos mayores”, se reprogramó en el Programa Nacional de Normalización 2008 publicado en el DOF el 14 de abril de ese mismo año como modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, “Para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos mayores”, para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA3-2007, “Para la prestación de servicios de asistencia social para menores, adultos y adultos mayores”.

El Subcomité de Asistencia Social determinó en 2008 que, a su vez, la NOM-013 se dividiera en 2 NOM distintas: una denominada NOM-031-SSA3-2008, “ Prestación de servicios de asistencia social para adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad; y otra, NOM-032-SSA3-2008, “Prestación de servicios de asistencia social niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad”, para contar con un instrumento regulatorio específico para cada grupo estario beneficiario de estos tipos de establecimientos. Las dos NOM fueron aprobadas por el CCNNIDTIS en la sesión del 27 de noviembre de 2008, por lo que con esas denominaciones se inscribieron en el Programa Nacional de Normalización 2009. Como resultado de lo anterior, la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA3-2007, “Para la prestación de servicios de asistencia social para menores, adultos y adultos mayores”, se inscribió para su cancelación en el mismo Programa Nacional de Normalización 2009.

Situación Actual

Como se señaló en el párrafo anterior, de la mencionada NOM-013 se generaron dos nuevas NOM que se encuentran en la siguiente fase:

La NOM-031-SSA3-2008, “Prestación de servicios de asistencia social para adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad”, se encuentra en fase de dictaminación por parte del área jurídica para proceder a su publicación como proyecto en el Diario Oficial de la Federación e inicie el periodo de consulta pública de 60 días, toda vez que ya cuenta con el dictamen favorable de la Cofemer.

La NOM-032-SSA3-2008, “Prestación de servicios de asistencia social a niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad”, se encuentra en proceso de publicación en el Diario Oficial de la Federación, la respuesta a los comentarios recibidos durante el periodo de consulta pública y posteriormente su publicación como NOM definitiva en el mismo órgano oficial, para iniciar su vigencia de cinco años.

Conclusiones

1. La Dirección General de Calidad y Educación en Salud, de conformidad con sus atribuciones, coordina la elaboración, revisión y actualización quinquenal de las normas oficiales mexicanas en materia de prestación de servicios de atención médica y de educación en salud; asimismo, brinda asesoría y apoyo técnico al Subcomité de Asistencia Social.

2. La Dirección General de Calidad y Educación en Salud, por los medios a su alcance, difunde la normatividad a través de los medios electrónicos disponibles, así como a través de la participación en congresos, seminarios y en general, en diversos eventos que son organizados por academias, federaciones, colegios y otras agrupaciones de profesionales del área de la salud.

3. La vigilancia y control de los diversos ordenamientos jurídico-sanitarios (Ley General de Salud, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que de ellos emanan), entre las cuales se encuentran las normas en materia de asistencia social, es facultad exclusiva de la Cofepris en su carácter de autoridad sanitaria de los gobiernos de las entidades federativas en sus respectivos ámbitos de competencia.

4. Se considera conveniente hacer del conocimiento de la Cofepris, el exhorto a la Secretaría de Salud, para su atención procedente.

(Remítase a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados para su conocimiento.)

México, DF, a 18 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 61-II-9-2439, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Herón Escobar García, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 4132, suscrito por el general de brigada diplomado de Estado Mayor Édgar Luis Villegas Meléndez, subjefe operativo del Estado Mayor de la Defensa Nacional de la Secretaría de la Defensa Nacional, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la seguridad en las carreteras del país.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Lomas de Sotelo, DF, a 17 de enero de 2011.

José Alfredo Labastida Cuadra

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

México, DF

Con fundamento en el artículo 27. fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y con relación a su oficio número SEL/ UEL/ 311/ 4273/ 10, del 16 de diciembre de 2010, en el que remite el punto de acuerdo donde la Cámara de Diputados del Congreso de 1 a Unión exhorta al Ejecutivo federal a establecer con las fuerzas de seguridad federales, estatales y municipales rutas de seguridad en las carreteras del país para garantizar la seguridad de visitantes y paisanos provenientes de Estados Unidos de América y de Canadá, hago de su conocimiento lo siguiente:

A. Esta secretaría, mediante el despliegue de puestos de control estratégicos, regionales fijos y móviles, colabora con las autoridades civiles para proporcionar seguridad en las carreteras del país y a las personas que transitan por las rutas donde se encuentran ubicados, sin suplirlas en sus funciones.

B. Corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública proporcionar y establecer rutas de seguridad en las vías de comunicación del país, a fin de dar certidumbre a visitantes y paisanos provenientes del extranjero que ingresan en México.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo y reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

General de Brigada DEM Édgar Luis Villegas

Meléndez (rúbrica)

Subjefe Operativo EMDN

(Remítase a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios para su conocimiento.)

México, DF, a 18 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-1-0832 signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María de Jesús Aguirre Maldonado, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 800-00­00-00-00-2011- 0072, suscrito por el ingeniero Juan José Bravo Moisés, administrador general de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a promover propuestas que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral en la región fronteriza norte.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 7 de enero de 2011.

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Subsecretaría de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Hago referencia a su oficio número SEL/UEL/311/4065/10 de fecha 8 de diciembre de 2010, dirigido a la Coordinación de Asesores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual hace del conocimiento que con oficio número D.G.P.L. 61-11-1-0832, los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María de Jesús Aguirre Maldonado, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, comunican el punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el martes 7 de diciembre de 2010, que señala lo siguiente:

“Único. La Cámara de Diputados solicita a los gobiernos locales, actores económicos y sociales de la región fronteriza norte, a reforzar y en su caso a promover propuestas que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral en sus regiones desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo.”

Al respecto, me permito informarle que a la fecha la Administración General de Aduanas no tiene propuestas sobre el tema planteado, sin embargo, esta unidad administrativa se encuentra en la mejor disposición de analizar aquellas propuestas realizadas en la esfera de sus funciones.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para hacerle patente la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Ingeniero Juan José Bravo Moisés (rúbrica)

Administrador General de Aduanas

(Remítase a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados.)

México, DF, a 20 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 61-II-9-2457, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María Dolores del Río Sánchez, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número GCP/ 179/ 2010, suscrito por la licenciada Rosalía Ramos Troconis, gerente senior consultiva y de Proyectos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a evitar la autorización de créditos para adquirir viviendas situadas en alguna zona de riesgo.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 17 de enero de 2011.

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Subsecretaría de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Por instrucciones del licenciado Jorge Pulido Vázquez, secretario general y de Asuntos Jurídicos del Infonavit, me permito dar atención a su oficio número SEL/ UEL/ 311/ 4250/ 10, por el cual nos informa del acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2010, por virtud del cual se exhorta respetuosamente a los organismos nacionales y a los estatales que otorgan financiamiento para vivienda a fin de que eviten autorizar créditos o subsidios para adquisición, construcción, ampliación o remodelación si se encuentran en alguna zona de riesgo.

Al respecto, hacemos los siguientes comentarios:

En el Infonavit se ha promovido una política de calidad en las viviendas a través del Registro Único de la Vivienda y de los procesos de verificación de obra que permiten documentar el cumplimiento de las normas aplicables tanto a escala nacional como local; lo anterior, a fin de garantizar el establecimiento de estándares mínimos de calidad para la habitabilidad, la existencia del equipamiento urbano y el acceso a los servicios públicos básicos.

No obstante lo anterior, consideramos fundamental tomar en cuenta que es facultad de los municipios la definición de los requerimientos que deben cumplir los proyectos de vivienda, así como la autorización de dichos proyectos, lo cual incluye las evaluaciones correspondientes al riesgo que pudiese haber en función de la ubicación de las viviendas.

Ahora bien, a pesar de que el instituto cuenta con procedimientos de validación que permiten asegurar el cumplimiento de la reglamentación local en materia de urbanización y desarrollo de vivienda, se han recibido reclamos de acreditados por daños a las viviendas que el Infonavit ha financiado, las cuales se encontraban en zonas declaradas como de riesgo o de riesgo potencial, resultando afectadas por desastres naturales, como sismos o inundaciones.

Cuando los desastres naturales se han dado fuera de cualquier límite razonable de previsión, el instituto ha procurado atender a los acreditados a través del ejercicio de las coberturas institucionales. En los casos en que se ha demostrado que las viviendas que se adquirieron se desarrollaron en zonas de riesgo, se ha corregido mediante el establecimiento de responsabilidades a los desarrolladores y constructores de vivienda para enfrentar la reparación de los daños o directamente mediante la oferta de soluciones a los trabajadores en sus créditos, e incluso a través de acuerdos con los municipios correspondientes.

Compartimos la preocupación que manifiesta la Junta de Coordinación Política a través del exhorto aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados respecto a la problemática que representan las viviendas situadas en alguna zona de riesgo. Por ello, actualmente el Comité de Riesgos del instituto estudia una propuesta de restricción del otorgamiento de crédito en zonas de riesgo, a partir de lo cual se elaborará y presentará el respectivo dictamen al Consejo de Administración del Infonavit para su valoración y, en su caso, aprobación.

Sin duda, es fundamental tomar acciones para evitar poner en riesgo la vida las familias, así como su patrimonio, por lo que reiteramos nuestra disposición para trabajar de manera coordinada con los actores involucrados en el tema y con las autoridades a efecto de implantar procedimientos que eviten la construcción de viviendas en zonas de riesgo.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciada Rosalía Ramos Troconis (rúbrica)

Gerente Senior Consultiva y de Proyectos

(Remítase a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados para su conocimiento.)

México, DF, a 21 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 61-II-5-1232 signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Balfre Vargas Cortez, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DEP-0017 suscrito por Betina C. Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al derrame de petróleo en el Golfo de México.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 18 de enero de 2011.

Maestro Julián Hernández Santillán

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, y con fundamento en el artículo 16, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en apego a las facultades de la subsecretaría bajo su digno cargo, me permito hacerle llegar los elementos de respuesta al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 7 de diciembre de 2010, remitido para la consideración de esta secretaría mediante su comunicación SEL/UEL/311/4075/10, con fecha del 8 de diciembre de 2010, cuyos resolutivos se citan a continuación.

“Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a girar instrucciones a la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas a fin de que lleve a cabo reuniones de trabajo con las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales de ambas Cámaras legislativas, a efecto de dar a conocer los acuerdos, medidas preventivas y acciones para el combate del impacto ecológico y medio ambientales ocasionados por el derrame de petróleo en el Golfo de México, tras la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolera Deepwater Horizon.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que por medio de las instancias correspondientes, continúen con los trabajos México-Estados Unidos para dar seguimiento puntual a los monitoreos de contaminación marina, atmosférica y terrestre tras el derrame de crudo en el Golfo de México, así como prevenir los posibles riesgos que el mismo pudiera ocasionar dentro del territorio mexicano.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a tener a bien presentar a este órgano legislativo los últimos informes relativos a las investigaciones en relación al impacto generado por el derrame petrolero ocurrido en el Golfo de México.”

Elementos de respuesta

• El gobierno de México, a través de la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas (Cimares) encabezada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), se encuentra en constante comunicación con las autoridades competentes de los Estados Unidos para dar seguimiento a los acuerdos alcanzados en Washington D.C., el 4 de agosto pasado, intercambiando información sobre el derrame, y ejecutando medidas de monitoreo, prevención, control y migración.

Lo anterior con la intención de que por su amable conducto se hagan llegar, de así considerarse conveniente, dichos elementos de respuesta a la presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi más alta consideración.

Atentamente

Betina C. Chávez Soriano (rúbrica)

Directora General

(Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.)

México, DF, a 21 de enero de 2011.

Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-7-743, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Balfre Vargas Cortez, presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 0182 suscrito por el general de división DEM Carlos Demetrio Gaytán Ochoa, subsecretario de la Defensa Nacional de la Secretaría de la Defensa Nacional, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al combate de la delincuencia organizada en las zonas fronterizas.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Lomas de Sotelo, DF, a 12 de enero de 2011.

Maestro Julián Hernández Santillán

Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Por medio del presente y por disposición del secretario de la Defensa Nacional, me es grato enviarle un cordial saludo y en atención al oficio número SEL/UEL/311/4299/10, de fecha 20 de diciembre de 2010, girado por el licenciado José Alfredo Labastida Cuadra, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de esa subsecretaría a su cargo, sobre el particular esta secretaría del Ejecutivo federal con base en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 23, 27, fracciones XIII y XIV, 29, fracción I, 30 Bis, fracciones I, IX y XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, 2o., 3o. y 6o. de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 5o., fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, y en relación con el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados, en el cual se exhorta a las Secretarías de Gobernación, de Seguridad Pública, de Defensa, y de Marina, y a la Procuraduría General de la República a la implantación y fortalecimiento de políticas públicas, estrategias y programas que garanticen la seguridad de las zonas fronterizas para combatir la delincuencia organizada, así como los delitos conexos; al respecto, le hago saber que el punto de acuerdo de referencia es estrictamente de la competencia de la Secretaría de Seguridad Pública y, en su caso, de la Procuraduría General de la República.

No obstante lo anterior, esta secretaría ya tomó nota del exhorto, haciéndolo del conocimiento de los comandantes de regiones y zonas militares fronterizas del país.

Sin otro particular, reciba las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

General de División DEM Carlos Demetrio Gaytán Ochoa (rúbrica)

Subsecretario de la Defensa Nacional

(Remítase a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, cinco con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Senadores

México, DF, a 20 de enero de 2011

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-1 P2A.-4570, signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DEP-0060/11 suscrito por Betina Claudia Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al derrame petrolero a consecuencia de la explosión de la plataforma Deepwater Horizon.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 16 de diciembre de 2010

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-1 P2A.-2262, signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.2010.DGE.0970, suscrito por José Antonio Torre Medina, coordinador de asesores del secretario de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la importación del tabaco.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 16 de diciembre de 2010

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-1P2A.-3169, signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.2010.DGE.0973, suscrito por José Antonio Torre Medina, coordinador de asesores del secretario de Economía, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la cultura de registro de patentes y derechos de autor.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 16 de diciembre de 2010

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-1 P2A.-1642, signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.2010.DGE.0972, suscrito por José Antonio Torre Medina, coordinador de asesores del secretario de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al tratado de libre comercio o acuerdo estratégico comercial con la República Federativa de Brasil.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 16 de diciembre de 2010

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-1 P2A.-1651, signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.201 0.DGE.0971, suscrito por José Antonio Torre Medina, coordinador de asesores del secretario de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a las empresas mineras dentro del territorio nacional.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación, tres con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente

México, DF, a 17 de enero de 2011

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número CP2R3A.- 2667, signado por el senador José González Morfín, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.201 0.DGE.0995, suscrito por José Antonio Torre Medina, coordinador de asesores del secretario de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la comercialización de la carne de cerdo de origen nacional.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 15 de diciembre de 2010

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número CP2R1A.-433, signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.201 0.DGE.0958, suscrito por José Antonio Torre Medina, coordinador de asesores del secretario de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la situación que guarda la investigación antidumping contra las importaciones de tubo de cobre de estados unidos versus México y China.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 21 de enero de 2011

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número CP2R1A.-1597 signado por el senador Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SPEDT/200.07.10 suscrito por el licenciado Carlos Petersen y Vom Bauer, subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Energía, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al derrame petrolero que afecta el Golfo de México.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


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