Acuerdos
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y
Considerando
II. Que el artículo 34, numeral 1, inciso b), del citado ordenamiento establece que la Junta de Coordinación Política tiene la atribución de presentar a la Mesa Directiva y al pleno proyectos de acuerdo;
III. Que en el combate de las adicciones es importante centrar acciones y políticas públicas en lo concerniente a la prevención, y no solamente en el aspecto punitivo;
IV. Que la evolución del fenómeno de consumo de drogas en el país se ha ido agravando, y la proporción de personas que progresaron del uso al abuso y a la dependencia de sustancias ilegales se incrementó en más de 300 por ciento, ocasionando un fenómeno alarmante de salud pública;
V. Que en materia preventiva, es importante aprovechar el potencial de la sociedad civil, que en el tema del tratamiento y la prevención de adicciones cuenta con muchas organizaciones y experiencia, pero que trabaja sin el apoyo firme del Estado;
VI. Que en función de lo anterior, la Junta de Coordinación Política considera indispensable la integración de un grupo de trabajo de alto nivel entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para impulsar una estrategia y un programa eficaz en materia de atención y prevención de las adicciones.
Acuerdos
Primero. Se cite a los titulares de las Secretarías de Educación Pública, de Salud, de Seguridad Pública, de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público, de la Procuraduría General de la República, del Servicio de Administración Tributaria y del Consejo Nacional contra las Adicciones para integrar un grupo de trabajo interinstitucional entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo a fin de impulsar la elaboración de un nuevo y eficaz programa nacional contra las adicciones, que comprometa a todas las instituciones y niveles de gobierno.
Segundo. En dicho grupo de trabajo de alto nivel participarán 14 diputados: 2 integrantes de las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, de Salud, de Seguridad Pública, de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Juventud y Deporte, con la siguiente distribución proporcional a la representación de los grupos parlamentarios: 5 del Grupo Parlamentario del PRI, 3 del Grupo Parlamentario del PAN, 2 del Grupo Parlamentario del PRD y 1 de cada uno de los Grupos Parlamentarios del PVEM, del PT, de Nueva Alianza y de Convergencia.
La integración del grupo será definida por los coordinadores de los grupos parlamentarios y comunicada a la Junta de Coordinación Política.
Tercero. El grupo de trabajo tendrá entre sus atribuciones, y en el marco de sus respectivas competencias legales y jurisdicciones, el impulso de la elaboración de un nuevo y eficaz programa nacional para la atención y prevención integral de las adicciones.
Dicho programa considerará acciones en los rubros de educación, salud, comunicación, participación social, justicia, seguridad pública, una estrategia de financiamiento y la creación de estímulos fiscales a la acción de la sociedad civil, además de las adecuaciones administrativas que se consideren necesarias.
En lo relativo al Poder Legislativo, se analizarán las reformas legales que se estimen convenientes para fortalecer la lucha contra las adicciones.
Cuarto. El programa acordado deberá contar con instrumentos de verificación de resultados de corto, mediano y largo plazos, consistentes, entre otros, en indicadores de resultados y calendario de acciones, compromisos y responsables.
Quinto. El grupo plural de trabajo no contará con recursos técnicos, administrativos o financieros para el desarrollo de sus actividades.
Sexto. Las labores del grupo de trabajo estarán vigentes hasta el 31 de agosto de 2012. Para estos efectos deberá presentar de manera periódica un informe de actividades ante el pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2010.
Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
(Aprobado; comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE HACE UN ATENTO EXHORTO AL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, PARA QUE AUMENTE LOS APOYOS ECONÓMICOS Y A LA PRODUCCIÓN DE CAMPESINOS AFECTADOS POR LAS LLUVIAS EXCESIVAS PRESENTADAS EN 2010, A FIN DE ACELERAR LA RECUPERACIÓN DE LOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Carlos Luis Meillón Johnston, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a la consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Único. Se hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que aumenten los apoyos económicos y a la producción a campesinos afectados por las lluvias excesivas presentadas durante 2010, a fin de acelerar la recuperación de los productores agrícolas.
Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
(Aprobado; comuníquese. Febrero 23 de 2010)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE EXHORTA A LAS SECRETARÍAS DE GOBERNACIÓN, Y DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A DECLARAR A ARIO Y COTIJA COMO ZONAS DE DESASTRE Y A LIBERAR DE INMEDIATO LOS RECURSOS DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES Y DE LOS PROGRAMAS PARA CONTINGENCIAS CLIMATOLÓGICAS ADMINISTRADOS POR DIVERSAS SECRETARÍAS, PARA LA ATENCIÓN OPORTUNA DE LOS AFECTADOS POR LAS LLUVIAS DEL 3 Y 4 DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado José Manuel Hinojosa Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Único. Esta soberanía exhorta a las Secretarías de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público a declarar los municipios de Ario y Cotija, pertenecientes a Michoacán, como zonas de desastre, y a liberar de manera inmediata los recursos del Fondo de Desastres Naturales y de los programas para contingencias climatológicas administrados por diversas secretarías, para la atención oportuna de los afectados por las lluvias del 3 y 4 de febrero del año en curso.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2010.
Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de Convergencia
(Aprobado; comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE EXHORTA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL A CUMPLIR LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 18, FRACCIÓN III, DE LA LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA TRATA DE PERSONAS, EL ABUSO SEXUAL Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, QUE VERSA SOBRE LA RESPONSABILIDAD DEL TRIBUNAL DE IMPLANTAR PROCESOS DE ACTUALIZACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN EN LOS CONOCIMIENTOS RESPECTO AL ORDENAMIENTO POSITIVO NACIONAL E INTERNACIONAL, Y A LA DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA EN MATERIA DE LOS DELITOS DE TRATA DE PERSONA, ABUSO SEXUAL Y EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL, ASÍ COMO LAS MODALIDADES DE LA EXPLOTACIÓN COMERCIAL INFANTIL
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que formula la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a cumplir lo establecido en el artículo 18, fracción III, de la Ley para prevenir y erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal, que versa sobre la responsabilidad del tribunal de implantar procesos de actualización y especialización en los conocimientos respecto al ordenamiento jurídico positivo nacional e internacional, y a la doctrina y jurisprudencia en materia de los delitos de trata de trata de persona, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil, así como las modalidades de la explotación comercial infantil, evitando así que criminales queden en libertad debido al poco conocimiento de algunos jueces sobre estos delitos.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2010.
Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a cumplir de inmediato lo establecido en el artículo 18, fracción III, de la Ley para prevenir y erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal, que versa sobre la responsabilidad del tribunal de implantar procesos de actualización y especialización en los conocimientos respecto al ordenamiento jurídico positivo nacional e internacional, y a la doctrina y jurisprudencia en materia de los delitos de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil, así como las modalidades de la explotación sexual comercial infantil
La suscrita, diputada a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
El Poder Judicial en el país tiene como misión garantizar la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial, que permitan el funcionamiento de juzgados de distrito y tribunales de circuito y aseguren su autonomía, así como la objetividad, honestidad, profesionalismo e independencia de sus integrantes, a fin de coadyuvar a que la sociedad reciba justicia pronta, completa, gratuita e imparcial. Por ende, debe ser un órgano de administración confiable, transparente y de excelencia, que asegura medios y elementos de calidad en la impartición de justicia, dando certeza en la atención de los servicios que brinda tanto a los tribunales y juzgados federales como a la sociedad, en un ámbito de eficiencia y eficacia, y que contribuye a lograr una justicia que da respuesta y garantiza la seguridad jurídica de los gobernados.
La Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, que entró en vigor el 27 de noviembre de 2007, establece en el artículo 50:
Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, no se requerirá acreditación de los medios comisivos.
El Código Penal para el Distrito Federal establece en el artículo 188 Bis que se entenderá por trata de personas
Al que promueva, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba para sí o para un tercero a una persona para someterla a cualquier forma de explotación sexual, trabajos o servicios impuestos de manera coercitiva, o para que le sea extirpado cualquiera de sus órganos, tejidos o sus componentes, dentro del territorio del Distrito Federal, se le impondrá prisión de diez a quince años y de diez mil a quince mil días de multa.
Cuando la víctima del delito sea persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o de persona que no tiene capacidad de resistir la conducta, se aumentarán las penas hasta en una mitad.
El delito de trata ha ido en incremento, y se ha convertido en un negocio de gran rentabilidad, que atenta directamente contra la dignidad de las personas, lo cual demerita la calidad del ser humano, pues lastima el sentido más profundo de la dignidad de las personas, privándolas de la libertad y sometiéndolas a explotación laboral o sexual. Ésta es una modalidad contemporánea de esclavitud que no puede ser tolerada por ninguna persona ni institución y mucho menos por el Estado mexicano o entidades federativas.
En los procesos judiciales es imprescindible tratar el tipo de delito con sumo cuidado, pues es común que se confunda con elementos de lenocinio solamente de manera aislada, o bien, que en el desarrollo procesal el presunto delincuente argumente la comisión de otros delitos en su afán de defensa, buscando una sentencia más favorable para obtener beneficios de preliberación, o arraigarse a delitos cuya pena es menor para alcanzar fianza.
De manera ejemplar se exponen dos casos:
Este acusado acudía a Oaxaca al mercado donde la víctima vendía comida y donde él comía todos los días. De esa manera logró cortejarla hasta relación amorosa con la víctima, con engaños logró llevársela. No sólo la atacó sexualmente varias semanas para después trasladarla a la Ciudad de México sino que la obligó a prostituirse en varios hoteles y, en caso, de que se negase a entregarle la cantidad que le imponía como cuota, la agredía físicamente.
La víctima logró escapar en dos ocasiones y regresó a Oaxaca. Sin embargo, en ambas ocasiones el sujeto fue por ella y, con violencia, la regresó a prostituirse en el Distrito Federal. Finalmente, la víctima logró tener contacto con su hermano, quien finalmente la rescató y convenció para presentar denuncia.
El probable responsable fue consignado el 24 de octubre de 2009 y actualmente es procesado por el juez décimo de lo penal, con sede en el reclusorio varonil norte. Sin embargo, aunque las declaraciones de la víctima son contundentes, el juez considera que no hay el delito de trata de personas.
2. La averiguación previa número CUH-6rr2/0330/09-03. Este caso se desprende de una averiguación previa que realizó la Policía Cibernética de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, donde se detectó una red de pornografía infantil, que culminó con el desmantelamiento de una red integrada por ciberpederastas en siete estados, que entre ellos difundían, distribuían, compartían y almacenaban fotografías y videos de pornografía que involucraba a niños. El principal proveedor y distribuidor de este material era Rafael Muñiz López, alias "Lobo Siberiano".
Se ejercitó acción penal contra este individuo como probable responsable de los delitos de delincuencia organizada simple y pornografía infantil agravada, ya que se consideró que formaba parte con otros cinco individuos de una red de pedófilos debidamente organizada que lesionaban el libre desarrollo psicosexual de la personalidad infantil.
En junio de 2009, el juez 44 de lo Penal en el Distrito Federal le dictó auto de formal prisión por considerar que este señor almacenó y distribuyó a través de Internet imágenes, fotografías y videos donde se apreciaba que facilitaban, inducían y obligaban a menores de edad a realizar actos sexuales.
Sin embargo, el juez consideró de manera infundada que lo que se afectaba era la moral pública y no el libre desarrollo de la personalidad psicosexual de la infancia.
Considerando
Único. El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal es un órgano que asegura medios y elementos de calidad en la impartición de justicia, dando certeza a la población de que los delincuentes serán procesados de acuerdo con el marco normativo correspondiente que, en el caso de referencia, se considera la tipificación del delito de trata de personas.
Por lo expuesto y fundado, y dadas la importancia y gravedad de lo referido, someto a consideración de la Cámara de Diputados, como de urgente y obvia resolución, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a cumplir de inmediato lo establecido en el artículo 18, fracción III, de la Ley para prevenir y erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal, que versa sobre la responsabilidad del tribunal de implantar procesos de actualización y especialización en los conocimientos respecto al ordenamiento positivo nacional e internacional, y a la doctrina y jurisprudencia en materia de los delitos de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil, así como las modalidades de la explotación sexual comercial infantil, evitando así que criminales queden en libertad debido al poco conocimiento de algunos jueces sobre estos delitos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2010.
Diputada Rosi Orozco (rúbrica)
(Aprobado; comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE EXHORTA AL DOCTOR JUAN MOLINAR HORCASITAS, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, PARA QUE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONCEDEN LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS DE SU SECTOR SUSPENDA EL PROYECTO TERMINAL MULTIMODAL Y DE CONTENEDORES HASTA EN TANTO SE TENGAN LAS AUTORIZACIONES EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Miguel Martín López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a la consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al doctor Juan Molinar Horcasitas, titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que en ejercicio de las facultades que le conceden los ordenamientos jurídicos de su sector suspenda el proyecto terminal multimodal y de contenedores hasta en tanto se tengan las autorizaciones en materia de impacto ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al maestro Juan Rafael Elvira Quesada, titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que analice el impacto ambiental que tendrá el desarrollo del proyecto convocado por la administración portuaria integral Tuxpán y, en consecuencia, promueva todo tipo de acciones para dotar de certeza jurídica el concurso público a desarrollarse en la materia que le corresponde.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2010.
Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
(Aprobado, comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO DE MICHOACÁN A ABROGAR EL DECRETO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL JUEVES 31 DE DICIEMBRE DE 2009, CON EL QUE SE ABROGA EL DECRETO DEL 19 DE AGOSTO DE 1993 QUE DECLARÓ ÁREA NATURAL PROTEGIDA LA LOMA DE SANTA MARÍA Y SUS DEPRESIONES ALEDAÑAS
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a la consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero. Se exhorta al gobierno de Michoacán a abrogar el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el jueves 31 de diciembre de 2009 con el que se abroga el decreto del 19 de agosto de 1993 que declaró área natural protegida la Loma de Santa María y sus depresiones aledañas.
Segundo. Se exhorta al ayuntamiento de Morelia a elaborar un proyecto alternativo de acceso vial a Santa María que respete el área natural protegida y que tome en cuenta la opinión de los ciudadanos.
Tercero. Se exhorta al ayuntamiento de Morelia a catalogar las 232.8 hectáreas del área natural protegida como zona de preservación ecológica y a evitar la construcción de cualquier inmueble en dicho lugar.
Cuarto. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a rechazar el cambio de uso de suelo forestal de la zona, así como a denegar la autorización en materia de impacto ambiental del proyecto de vialidad referido.
Quinto. Se exhorta a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a declarar las 232.8 hectáreas de la Loma de Santa María y depresiones aledañas como un área natural protegida de la federación.
Sexto. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación a realizar un estudio técnico de protección civil para determinar los riesgos de la construcción de túneles y puentes sobre la cañada de los filtros viejos de Morelia y la falla geológica que ahí se encuentra.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2010.
Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de Convergencia
(Aprobado; comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE CREAN SEIS COMISIONES ESPECIALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA LXI LEGISLATURA
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33, 34, numeral uno, inciso c); y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno el siguiente proyecto de acuerdo, con base en las siguientes:
Consideraciones
Primera. Que en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política tiene la facultad para presentar al pleno de la Cámara de Diputados proyectos de puntos de acuerdo;
Segunda. Que el artículo 42 de la Ley Orgánica otorga al pleno la facultad de acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico y que, en términos del artículo 34, numeral 1, inciso c), del mismo ordenamiento, a la Junta de Coordinación Política corresponde proponer al pleno la integración de las comisiones;
Tercera. Que para la integración de las comisiones especiales la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones, cuidando que al hacerlo se incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el pleno;
Cuarta. Que la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura está integrada por siete grupos parlamentarios compuestos a su vez de la siguiente forma: Partido Revolucionario Institucional, 237 diputados, Partido Acción Nacional, 143 diputados; Partido de la Revolución Democrática, 69 diputados; Partido Verde Ecologista de México, 21 diputados; Partido del Trabajo, 13 diputados; Nueva Alianza, 9 diputados y Partido Convergencia, 8 diputados;
Quinta. Que la Junta de Coordinación Política ha estimado conveniente presentar al pleno un acuerdo para la integración de seis comisiones especiales;
Y con fundamento en las disposiciones referidas en el proemio, se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero. Se constituyen las siguientes seis comisiones especiales de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura:
Nombre de la comisión especial
2. Para la familia
3. Con la finalidad de dar cuenta y atención de la problemática que aqueja a la cuenca del Sistema Cutzamala
4. De ganadería
5. Para dar seguimiento y supervisión de los resultados y avances del proyecto "Aceite del terciario del Golfo, en el paleocanal Chicontepec
6. De energías renovables
Las comisiones especiales contarán con una mesa directiva, que se conformará por un presidente y tres secretarios.
No podrán designarse como secretarios a los diputados y diputadas que ostentan hasta dos secretarías de comisiones ordinarias.
Tercero. Las seis comisiones especiales se integrarán de la siguiente manera:
La designación de la totalidad de integrantes de cada comisión, deberá ser comunicada por los grupos parlamentarios a la Junta de Coordinación Política.
Tercero. El objeto de las Comisiones Especiales será el que se deriva de su denominación.
Cuarto. Para el cumplimiento de su objetivo, dichas comisiones especiales podrán allegarse de la información que consideren pertinente, así como reunirse, cuando lo estimen necesario, con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, organizaciones civiles, y desempeñar cualquier otra acción, de conformidad al marco normativo aplicable.
Igualmente, podrán solicitar y recibir los archivos de legislaturas anteriores que existan sobre la materia de trabajo que deban atender.
Quinto. Los recursos técnicos y financieros para el funcionamiento de las comisiones especiales serán aprobados por el Comité de Administración.
Sexto. Las comisiones especiales estarán vigentes hasta el 31 de agosto de 2012. Para estos efectos deberá presentar de manera periódica un informe de actividades ante el pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Transitorios
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno y deberá ser publicado de inmediato en la Gaceta Parlamentaria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2010.
Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Convergencia
(Aprobado; comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL PARA DAR SEGUIMIENTO A LA PROBLEMÁTICA SURGIDA DE LOS CONFLICTOS MINEROS EN EL PAÍS
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33, 34, numeral uno, inciso c), y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno el siguiente proyecto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. Que en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política tiene la facultad para presentar al pleno de la Cámara de Diputados proyectos de puntos de acuerdo.
Segunda. Que el artículo 42 de la Ley Orgánica otorga al pleno la facultad de acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico y que, en términos del artículo 34, numeral 1, inciso c), del ese ordenamiento, a la Junta de Coordinación Política corresponde proponer al pleno la integración de las comisiones.
Tercera. Que para la integración de las comisiones especiales la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones, cuidando que al hacerlo se incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el pleno.
Cuarta. Que la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura está integrada por siete grupos parlamentarios compuestos a su vez de la siguiente forma: Partido Revolucionario Institucional, 237 diputados; Partido Acción Nacional, 143 diputados; Partido de la Revolución Democrática, 69 diputados; Partido Verde Ecologista de México, 21 diputados; Partido del Trabajo, 13 diputados; Nueva Alianza, 9 diputados; Partido Convergencia, 8 diputados.
Quinta. Que el pasado 23 de septiembre de 2009, el diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, manifestó su interés y preocupación por la problemática surgida por el conflicto minero en Cananea, Sonora; Taxco, Guerrero; y Sombrerete, Zacatecas; la cual reiteró el 16 de febrero de 2010, solicitando en ambas ocasiones la creación de una comisión especial que de seguimiento a estos conflictos laborales y sociales.
Sexta. Que, con base en lo anterior, esta Junta de Coordinación Política ha estimado indispensable crear una comisión especial para dar seguimiento a la problemática surgida de los conflictos mineros en el país;
Y con fundamento en las disposiciones referidas en el proemio, se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero. Se crea la Comisión Especial para dar seguimiento a la problemática surgida de los conflictos mineros en el país, con la siguiente integración y distribución proporcional por grupo parlamentario:
La presidencia de esta comisión será rotatoria bajo el siguiente esquema:
Segundo. La integración de esta comisión especial será definida por los coordinadores de los grupos parlamentarios y comunicada a la Junta de Coordinación Política.
En la conformación de su mesa directiva no podrán designarse como secretarios a los diputados que ostentan hasta dos secretarías de comisiones ordinarias.
Tercero. Para el cumplimiento de su objetivo, esta comisión especial podrá allegarse de la información que consideren pertinente, así como reunirse, cuando lo estimen necesario, con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, organizaciones civiles, y desempeñar cualquier otra acción, de conformidad al marco normativo aplicable.
Igualmente, podrán solicitar y recibir los archivos de legislaturas anteriores que existan sobre la materia de trabajo que deban atender.
Cuarto. Los recursos técnicos y financieros para el funcionamiento de esta comisión especial serán aprobados por el Comité de Administración.
Quinto. La comisión especial estará vigente hasta el 31 de agosto de 2012. Para estos efectos deberá presentar de manera periódica un informe de actividades ante el pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Transitorio
Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno y deberá ser publicado de inmediato en la Gaceta Parlamentaria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2010.
Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
(Aprobado, comuníquese. Febrero 23 de 2010.)
DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, QUE REGULA SU FUNCIONAMIENTO
Artículo 1
Para los efectos de este acuerdo, se entiende por:
Comisión: La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Conferencia: La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de la Cámara de Diputados.
Grupo: Grupo de trabajo de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Mesa Directiva: La mesa directiva de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Pleno: Asamblea de los integrantes de la Comisión.
Presidente: Presidente de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Secretario o Secretarios: El secretario o los secretarios de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
La Comisión, es el órgano legislativo de la Cámara que contribuye a que ésta cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales, mediante dictámenes, informes, opiniones y resoluciones, en las materias en las que tiene facultad para hacerlo.
Artículo 3
La Comisión, está facultada para
II. Dictaminar las propuestas que se presenten en esta materia y en lo referente a las distinciones que se otorguen en nombre de la Cámara de Diputados, así como de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores; y
III. Impulsar y realizar los estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes y prácticas parlamentarias.
La Comisión tiene la obligación de:
II. Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia;
III. Organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que debe ser entregado a la legislatura siguiente;
IV. Sesionar cuando menos una vez al mes;
V. Resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne;
VI. Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia; y
VII. Realizar las actividades que se deriven de 1a Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de los acuerdos tomados por el Pleno de la Cámara y los que adopte por sí misma la Comisión con relación a la materia o materias de su competencia.
El pleno es el máximo órgano de resolución; se reunirá mediante cita del Presidente de la misma y se tendrá por integrado con la mayoría de los diputados que conforman legalmente la Comisión. El Pleno está facultado para tomar todas las decisiones finales de la Comisión.
Artículo 6
Los miembros de la Comisión están obligados a acudir puntualmente a sus reuniones y sólo podrán faltar por causa justificada y debidamente comunicada.
Artículo 7
En el día, hora y lugar señalados para la sesión, se dará un tiempo de treinta minutos para la integración del quórum; en caso de que no concurra la mayoría requerida para realizar la sesión, el presidente y/o los integrantes de la Mesa Directiva harán la declaratoria de no integrado el quórum y se levantará acta circunstanciada de ello; los diputados presentes podrán realizar trabajos sin carácter resolutivo.
Artículo 8
La mesa directiva es el órgano de conducción y dirección de los trabajos de la Comisión; se conforma con un presidente y dos secretarios y está facultada para proponer al pleno:
II. La propuesta sobre el programa anual de trabajo;
III. La propuesta del acta de la sesión anterior;
IV. La propuesta sobre integración de los grupos;
V. La propuesta de informe semestral;
VI. La propuesta de dictamen, cuando así lo acuerde aquel;
VII. Las propuestas de acuerdos autónomos; y
VIII. Las propuestas de foros, seminarios, talleres, conferencias, investigaciones, estudios y cualquier otra actividad destinada al cumplimiento de las facultades y obligaciones de la Comisión.
La Mesa Directiva se reunirá una vez a la semana, mediante convocatoria de su presidente. En caso de ausencia del presidente, se pueden reunir los Secretarios; el objetivo de estas reuniones es preparar y resolver las propuestas que se deben someter a consideración del Pleno, así como organizar los asuntos que debe atender aquel.
Artículo 10
Son atribuciones del presidente:
II. Informar de las sesiones de la Comisión a la Conferencia;
III. Convocar a los grupos;
IV. Solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que le corresponde, y
V. Dar a cada asunto el curso que corresponda.
Son obligaciones del presidente:
II. Vigilar la debida integración de los expedientes de los asuntos que sean turnados;
III. Informar a los diputados que integran la Comisión, de todos los asuntos turnados, y
IV. Velar por que en las sesiones impere la cordura la prudencia, el respeto y la tolerancia.
Son obligaciones de los secretarios:
II. Sustituir al presidente en las reuniones de la Comisión en caso de inasistencia, y
III. Asistir a las reuniones de la mesa directiva cuando sean convocados.
Las convocatorias a sesiones de pleno o de grupo deben hacerse con anticipación de al menos veinticuatro horas durante los periodos de sesiones, o de cuarenta y ocho horas durante los recesos, salvo urgencia que amerite sesión extraordinaria.
Artículo 14
Cualquier diputado integrante de la Comisión puede solicitar a la mesa directiva que convoque a sesión de pleno o de grupo; la Mesa Directiva acordará lo conducente.
Artículo 15
Las convocatorias a reuniones deben publicarse en la Gaceta Parlamentaria con la anticipación señalada, salvo urgencia.
Artículo 16
Si el presidente se niega a realizar la convocatoria, ésta se podrá expedir y será válida con la firma de los secretarios.
Artículo 17
Si el presidente no concurre a la sesión, la presidirá uno de los secretarios, previo acuerdo entre sí, salvo en el caso de reunión extraordinaria.
Artículo 18
La convocatoria debe incluir:
II. Fecha, lugar y hora de su programación;
III. Tipo de reunión, ya sea ordinaria, extraordinaria, de comisiones unidas o de conferencia;
IV. Propuesta de orden del día, y
V. Relación de los asuntos a tratar.
El orden del día de las sesiones debe contener, cuando menos:
II. La fecha a que corresponde;
III. El registro de asistencia y declaración de quórum;
IV. La lectura, discusión y aprobación del orden del día;
V. La lectura y discusión del acta de la reunión anterior;
VI. Apartado de asuntos específicos a tratar;
VII. Apartado de asuntos generales a trata, y
VIII. Clausura de la sesión y cita para la próxima.
La Comisión debe sesionar en pleno una vez al mes, cuando menos. Se procurará no realizar reuniones los martes ni los jueves en las horas en que sesione la Cámara, salvo urgencia que amerite una reunión extraordinaria.
Artículo 21
Las sesiones de la Comisión pueden ser ordinarias, extraordinarias y permanentes.
Artículo 22
Son sesiones ordinarias, las que se celebren conforme al calendario acordado.
Artículo 23
Son sesiones extraordinarias las que se celebren fuera de las fechas acordadas en el calendario acordado.
Artículo 24
Son sesiones permanentes aquellas en que la Comisión decida mantenerse en estado de alerta para una resolución, en razón de la urgencia o la importancia de un asunto. Cada vez que se decrete un receso, el Presidente deberá señalar la hora en la que habrá de continuar la sesión, asegurando que todos los integrantes sean notificados de la decisión. Esta sesión culminará hasta que el presidente declare que se han agotado los asuntos anotados en el orden del día.
Artículo 25
En las reuniones de Comisión, los asuntos se tratarán, preferentemente, en el orden siguiente:
II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior;
III. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, de las propuestas de dictamen;
IV. Presentación de propuestas de dictamen para conocimiento;
V. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de propuestas de acuerdo, y
VI. Asuntos generales.
Todo asunto turnado por la Cámara a la Comisión debe informarse a los diputados integrantes en sesión plenaria y turnarse a un grupo.
Artículo 27
El turno es la resolución de trámite que toma la mesa directiva durante las sesiones, para enviar los asuntos que se presentan ante el pleno a un grupo, a fin de que realice las actividades pertinentes para poner el asunto en estado de resolución ante el pleno.
Artículo 28
El procedimiento para turnar un asunto es el siguiente:
II. La presidencia, atendiendo a la competencia de los grupos, anuncia el envío del asunto al que corresponda, y
III. La secretaría hace constar por escrito el trámite.
Los asuntos se pueden turnar a uno o varios grupos en atención a la competencia de los mismos y al criterio de la mesa directiva.
Artículo 30
Los asuntos se pueden turnar para efecto de:
II. Opinión, y
III. Conocimiento.
El turno para efectos de dictamen procede para enviar a los grupos las minutas de la Cámara de Senadores, las iniciativas legislativas y las proposiciones no legislativas.
Artículo 32
El turno para efectos de opinión de un dictamen procede para enviar a los grupos los asuntos turnados por el Pleno de la Cámara, a efecto de que estos emitan un punto de vista institucional de la Comisión, sin carácter vinculatorio.
Artículo 33
El turno para conocimiento procede para enviar a los grupos las comunicaciones, peticiones de particulares, solicitudes de consulta y todos los asuntos que no sean ni iniciativas ni proposiciones y que no requieran de una resolución que deba conocer la Cámara.
Artículo 34
El turno se puede modificar para rectificarlo o ampliarlo. La rectificación del turno es la corrección del trámite dado al asunto. La ampliación del turno es el envío del asunto a uno o varios grupos adicionales a que se había turnado originalmente el asunto.
Artículo 35
La modificación o rectificación del turno solamente la puede hacer la Mesa Directiva a solicitud por escrito.
Artículo 36
Están facultados para solicitar la modificación o rectificación del turno:
II. Los integrantes de un grupo.
La solicitud de modificación o rectificación de turno se debe hacer en la sesión de mesa directiva posterior al turno. La mesa directiva debe resolver lo conducente en esa sesión.
Artículo 38
Los grupos son órganos especializados temáticamente, instaurados para conocer, estudiar y poner en estado de resolución los asuntos turnados a la Comisión.
Artículo 39
En el proceso de dictamen el grupo debe:
II. Contar con un reporte de investigación que incluya los antecedentes legislativos, la doctrina, la jurisprudencia y el derecho comparado del caso en estudio, y
III. Realizar o recabar reportes de impacto económico, regulatorio, social y de opinión pública, cuando sea procedente.
Para efectos de lo anterior, el Grupo puede solicitar el apoyo de los servicios de investigación de los centros de estudio y demás servicios de investigación con que cuenta la Cámara, así como de otras organizaciones u organismos académicos especializados.
Artículo 41
El Grupo puede realizar audiencias, en las que escuche:
II. La opinión de los especialistas en la materia;
III. A los sectores interesados, si los hubiere, y
IV. Las opiniones de los ciudadanos.
Las propuestas de resolución o de dictamen que formulen los grupos serán enviados a la mesa directiva para que sean programadas en la siguiente sesión del pleno.
Artículo 43
Cuando el grupo no llegue a un acuerdo o no elabore la propuesta de resolución, el pleno podrá resolver el retiro del asunto del grupo y la asignación del mismo a la mesa directiva.
Artículo 44
Por regla general, la comisión toma sus decisiones por mayoría de votos de los presentes, salvo en el caso de los dictámenes, en los que se considera que hay resolución cuando la mayoría de los integrantes de la Comisión expresen su voto en un sentido u otro por escrito.
Artículo 45
Las propuestas de dictamen de los grupos deberán entregarse a la Mesa Directiva cuando menos con cuarenta y ocho horas de antelación a la expedición de la convocatoria del pleno para que se difunda entre los integrantes veinticuatro horas previas a la realización de la sesión, salvo que el pleno considere que una propuesta de dictamen es urgente.
Artículo 46
El dictamen es un acto legislativo colegiado, a través del cual la Comisión presenta a la Cámara una opinión calificada, por escrito, para aprobar o desechar el asunto turnado.
Artículo 47
El dictamen puede atender uno o varios asuntos o iniciativas, siempre que trate el mismo tema. Puede proponer la aprobación total o parcial del asunto o asuntos que le dieron origen, o bien, proponer su desecho. Cuando proponga la aprobación parcial, se entenderá que se propone que el resto del asunto sea desechado.
Artículo 48
El dictamen debe contener:
II. Nombre de la comisión que lo presenta;
III. Fundamento legal para emitir dictamen;
IV. Antecedentes del procedimiento;
V. Nombre del iniciador;
VI. Contenido del asunto o asuntos, destacando los elementos más importantes, entre ellos el planteamiento del problema;
VII. Proceso de análisis, señalando si se realizaron algunas actividades como entrevistas, comparecencias, audiencias públicas o foros, con el fin de tener mayores elementos para dictaminar;
VIII. Análisis y valoración de las razones del autor que sustentan el asunto o asuntos;
IX. Análisis y valoración de los textos normativos propuestos, en su caso, explicando si se aprueban, modifican o desechan;
X. Denominación del proyecto de ley o decreto; en su caso, y sólo si se aprueba;
XI. Texto normativo que se somete a la consideración del Pleno, en su caso, y sólo si se aprueba;
XII. Artículo o artículos transitorios, en su caso, y sólo si se aprueba;
XIII. Voto aprobatorio de la mayoría de los diputados que integran la Comisión, que debe constar mediante firma autógrafa, y
XIV. Lugar y fecha de la reunión de Comisión en que se emite.
El grupo elegirá a un diputado para exponer la propuesta de dictamen ante el pleno.
Artículo 50
En las reuniones, el presidente moderará el debate haciendo un listado de los oradores que soliciten la palabra, auxiliado por los secretarios.
Artículo 51
Una vez que hayan tomado la palabra todos los que la hubieran solicitado, el presidente preguntará si el asunto está suficientemente discutido. Si la respuesta fuera negativa se continuará la discusión, siempre que haya oradores enlistados, pero después de tres intervenciones, el presidente preguntará de nuevo sí el asunto se encuentra suficientemente discutido y así en lo sucesivo.
Artículo 52
Considerada suficientemente discutida la propuesta de dictamen, el presidente la someterá a votación en lo general, designando a un secretario para tomar la afirmativa y otro para la negativa.
Artículo 53
Una vez tomada la resolución, se circulará el dictamen en el acto, para que los diputados estampen su firma y el sentido de su voto.
Artículo 54
Los diputados que voten en contra de un dictamen deben hacerla constar en el mismo.
Artículo 55
El dictamen debe presentarse firmado por la mayoría de los integrantes de la comisión, si alguno disiente del parecer de la mayoría, puede presentar voto particular por escrito.
Artículo 56
Los votos particulares, deberán presentarse a la mesa directiva en la sesión en la que se discuta en definitiva una propuesta de dictamen de un grupo.
Artículo 57
Cuando algún diputado tenga interés personal en algún asunto, se abstendrán de votar y firmar el dictamen y lo avisará por escrito al presidente.
Artículo 58
En caso de empate en la votación de una propuesta de dictamen o resolución debe repetirse la votación en la misma sesión, y si resulta empate por segunda vez, se debe discutir y votar de nuevo el asunto en la sesión inmediata, pero si el empate persiste, el asunto debe ser resuelto en definitiva por el pleno de la Cámara.
Artículo 59
La Comisión debe realizar un acta de sus sesiones en la que conste:
II. Hora de inicio;
III. Asistentes;
IV. Inasistentes;
V. Asuntos tratados;
VI. Resoluciones tomadas;
VII. Una relación sucinta de los hechos más relevantes;
VIII. Hora de término, y
IX. Firma de la mesa directiva.
Una vez aprobadas por el pleno, las copias de las actas deben comunicarse a la Mesa Directiva de la Cámara y publicarse en la Gaceta Parlamentaria.
Artículo 61
Son causas justificadas de inasistencia;
II. Asistencia a reunión de otra comisión de la que sea integrante o cuando no sea integrante pero se discuta un asunto del que sea autor;
III. Asistencia a una reunión de Junta o de Conferencia, y
IV. Cumplimiento de encomiendas oficiales autorizadas por la Mesa Directiva, la Junta o el Pleno.
La justificación de inasistencia por incapacidad médica o estado de gravidez debe acreditarse ante la mesa directiva, con una copia fotostática de constancia médica.
Artículo 63
La justificación por asistencia a reunión de otra comisión de la que sea integrante, debe acreditarse con la convocatoria respectiva.
Artículo 64
La justificación de inasistencia por desempeño de encomienda oficial autorizada, debe acreditarse mediante solicitud dirigida al presidente de la Comisión, a la cual se acompañará comprobante de asistencia al evento.
Artículo 65
El presidente debe hacer constar en el acta las solicitudes para justificar inasistencias fundadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 8 de febrero de 2010.
Diputados: Jesús María Rodríguez Hernández (rúbrica), presidente; Gabriel Ávila Ruiz (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (rúbrica), secretarios.
DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE GRUPOS DE TRABAJO
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en ejercicio de la facultad autónoma señalada en el artículo 45 párrafo 6, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y
Considerando
Primero. Que la división del trabajo ha demostrado ser un instrumento eficaz para el desarrollo de las tareas de la Asamblea, al permitir la especialización, el diálogo, el debate y la preparación de las propuestas de resolución;
Segundo. Que la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en el artículo 44, cuarto párrafo, la facultad de las Comisiones para establecer grupos de trabajo para el cumplimiento de sus tareas; y
Tercero. Que el Programa Anual de Trabajo, aprobado en la primera sesión ordinaria de esta Comisión, establece que para acometer sus labores, la comisión organizará tres grupos de trabajo.
Acuerda
Artículo 1.
Se instauran tres grupos de trabajo que son:
b) Grupo de Trabajo de Reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y
c) Grupo de Trabajo de Reformas al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
El Grupo de Trabajo de Reformas Constitucionales se integra con los diputados:
b) Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, (PRI)
c) Rosalina Mazari Espín, (PRI)
d) Alba Leonila Méndez Herrera, (PAN)
e) Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, (PRD)
El Grupo de Trabajo de Reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se integra con los diputados:
b) Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, (PRI)
c) José Antonio Arámbula López, (PAN)
d) Luis Felipe Eguia Pérez, (PRD)
e) Carlos Alberto Ezeta Salcedo, (PVEM)
f) Alma Carolina Viggiano Austria, (PRI)
El Grupo de Trabajo de Reformas al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se integra con los diputados:
b) Sami David David, (PRI)
c) José Luis Jaime Correa, (PRD)
d) Héctor Guevara Ramírez, (PRI)
e) Jesús Alfonso Navarrete Prida, (PRI)
f) Pedro Vázquez González, (PT)
El objetivo de cada grupo de trabajo es conocer, estudiar y poner en estado de resolución los asuntos turnados a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, dentro de su área de competencia.
Artículo 6.
Cada grupo de trabajo se reunirán al menos una vez al mes, los miércoles, a las 11:00 horas convocados por el presidente o la mesa directiva de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, salvo cuando haya sesión de la Cámara de Diputados, en cuyo caso se procurará sesionar en horas distintas a las de sesiones del pleno de la Cámara.
Artículo 7.
El Grupo de Trabajo de Reformas Constitucionales se reunirá preferentemente el primer miércoles del mes; el Grupo de Trabajo de Reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano se reunirá preferentemente el tercer miércoles del mes y el Grupo de Trabajo de Reformas al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se reunirá preferentemente el cuarto miércoles del mes.
Artículo 8.
Los grupos de trabajo sesionan con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes, en primera convocatoria y pueden hacerla con los integrantes que concurran en segunda convocatoria. Entre cada convocatoria deben mediar quince minutos, cuando menos.
Artículo 9.
Los grupos de trabajo procesarán sus propuestas de dictamen mediante el sistema de ponente responsable de elaborar la propuesta de dictamen. La responsabilidad de fungir como ponente, debe ser equitativa e igualitaria entre todos los integrantes del grupo.
Artículo 10.
Los diputados integrantes de cada grupo de trabajo podrán presentar documentos con sus comentarios u opiniones al interior de los propios grupos, antes de la realización de la reunión en que se trate el tema, que deben ser tomadas en consideración.
Artículo 11.
El equipo de asesoría de la comisión auxiliará al ponente y a sus asesores, en la medida de sus posibilidades, para, que estos cuenten con elementos de juicio y análisis para la elaboración de la propuesta de dictamen.
Grupo de Trabajo de Reformas Constitucionales
Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, (PRI)
Rosalinda Mazari Espín (PRI)
Alba Leonila Méndez Herrera (PAN)
Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (PRD)
Grupo de Trabajo de Reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Fermín Gerardo Alvarado Arroyo (PRI)
José Antonio Arámbula López (PAN)
Luis Felipe Eguía Pérez (PRD)
Carlos Alberto Ezeta Salcedo (PVEM)
Alma Carolina Viggiano Austria (PRI)
Grupo de Trabajo de Reformas al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Sami David David (PRI)
José Luis Jaime Correa (PRD)
Héctor Guevara Ramírez (PRI)
Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI)
Pedro Vázquez González (PT)
Atentamente
Diputado Jesús María Rodríguez Hernández
Presidente