Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2643-I, jueves 27 de noviembre de 2008.


Comunicaciones
  • De la Mesa Directiva.
  • De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.
Oficios
  • Del Instituto Mexicano del Seguro Social, con el que remite el informe, correspondiente al tercer trimestre de 2008, sobre la composición y situación financiera de sus inversiones.
Iniciativas
  • Del Congreso de Chihuahua, que adiciona un tercer párrafo al artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Del Congreso de Tamaulipas, que reforma el párrafo segundo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.
Oficios II
  • De la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa que reforma y adiciona los artículos 15 y 38 de la Ley del Seguro Social, y las fracciones XX Bis y XXIX de los artículos 31 y 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del PRI.
Comunicaciones II
  • De la Junta de Coordinación Política.

 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DE LA MESA DIRECTIVA

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presentes

Esta Presidencia comunica que se recibieron dictámenes de proposiciones con punto de acuerdo, en sentido negativo, que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria el día 26 de noviembre del año en curso, de la

Comisión de Transportes

Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gremio transportista nacional a ajustarse a la NOM-012-SCT-2-2003, relativa al peso y a las dimensiones máximas con que los vehículos de autotransporte pueden transitar en la jurisdicción federal.

Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Veracruz a destinar recursos para la mejora de las carreteras estatales que conducen a la zona arqueológica del Tajín.

Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Puebla a implantar a través de las áreas correspondientes las medidas necesarias para agilizar la circulación vial y disminuir el tráfico vehicular en el centro histórico del municipio de Puebla de Zaragoza.

Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a otorgar, mediante las autoridades correspondientes, recursos para construir carriles reductores de velocidad en la carretera internacional que accede a Benjamín Hill, Sonora.

Solicito a ustedes que lo hagan del conocimiento de la honorable asamblea.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 27 de noviembre de 2008.

Diputado César Duarte Jáquez (rúbrica)
Presidente
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 179 aniversario del natalicio de Francisco Zarco Mateos para el 4 de diciembre, a las 10:00 horas, en el monumento erigido a su memoria, situado en las calles Francisco Zarco y Paseo de la Reforma, frente a la iglesia de San Hipólito, en la colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc.

Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes los nombres de los diputados de la honorable Cámara de Diputados que asistirán a la ceremonia.

Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Licenciada María Guadalupe Lozada León
Coordinadora
 
 






Oficios
DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, CON EL QUE REMITE EL INFORME, CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DE 2008, SOBRE LA COMPOSICIÓN Y SITUACIÓN FINANCIERA DE SUS INVERSIONES

México, DF, a 18 de noviembre de 2008.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Conforme a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 286 C de la Ley del Seguro Social, el Consejo Técnico del Instituto, en el punto 7 de la Norma de Inversiones Financieras, aprobada en acuerdo número 228 PDF, del 24 de septiembre de 2008, se establecen los dispositivos de información para que en forma periódica, oportuna y accesible se dé a conocer la composición y situación financiera de la inversión de las reservas financieras y del fondo laboral a través de informes trimestrales que se remitan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Banco de México, al Congreso de la Unión y a la Secretaría de la Función Pública, y que contengan la posición en inversión, evolución, estructura, rendimientos, cumplimiento de metas, medición y control de los riesgos financieros, entre otros.

De acuerdo con lo anterior, envío a usted un ejemplar del informe correspondiente al tercer trimestre de 2008, que fue revisado y aprobado por la Comisión de Inversiones Financieras del Instituto Mexicano del Seguro Social, en su sesión 387 del 12 de noviembre del presente año.

Atentamente
Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica)
Director General
 

Informe del tercer trimestre de 2008 sobre la composición y situación financiera de las inversiones del instituto

I. Introducción

a) Marco normativo En los artículos 286 C y 70, fracción XIII, de la Ley del Seguro Social (LSS) y del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, respectivamente, se ordena que en forma periódica, oportuna y accesible se dé a conocer al público en general la composición y la situación financiera de las inversiones del instituto, información que se deberá remitir trimestralmente a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, al Banco de México y al honorable Congreso de la Unión.

Considerando lo anterior, en el presente documento se informan los rendimientos obtenidos en el periodo correspondiente al tercer trimestre de 2008.

b) Proceso integral de inversión y gobierno corporativo Conforme a lo establecido en el artículo 286 C de la LSS, la Unidad de Inversiones Financieras, dependiente de la Dirección de Finanzas del Distrito Federal, es la unidad especializada que se encarga de la inversión de los recursos institucionales, que a través de la Comisión de Inversiones Financieras, establecida en 1999 con la expedición por decreto presidencial del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, en su Capítulo II, "De los Órganos Especializados de Inversión", articulo 3, propone las políticas y las directrices de inversión, así como la evaluación y supervisión de su aplicación para su aprobación ante el Consejo Técnico, que es el órgano de gobierno representante legal y administrador del instituto.

De acuerdo a la LSS, el instituto cuenta con una estructura completa de cuatro niveles de reservas que no forman parte de su patrimonio y con un fondo laboral para hacer frente a las obligaciones para con sus trabajadores.

? Reservas operativas (RO)
? Reserva de operación para contingencias y financiamiento (ROCF)
? Reserva general financiera y actuarial (RGFA)
? Reservas financieras y actuariales (RFA)*

? Seguro de invalidez y vida (SIV)
? Seguro de enfermedades y maternidad (SEM)
? Seguro de riesgos de trabajo (SRT)

? Fondo laboral

? Cuenta especial para el régimen de jubilaciones y pensiones, subcuenta 1 (RJPS1)
? Cuenta especial para el régimen de jubilaciones y pensiones, subcuenta 2 (RJPS2)

* Únicamente se presentan los seguros que tienen constituida una reserva

La unidad, para llevar a cabo el objetivo de inversión de los recursos institucionales, se apoya en cuatro coordinaciones que conjuntamente realizan el proceso integral de inversión, el cual se apega a las mejores prácticas en materia de inversión.

Coordinación de Asignación Estratégica de Activos, que considerando las expectativas económico-financieras en diferentes escenarios, la naturaleza del pasivo actuarial y las políticas de inversión autorizadas plantea la asignación estratégica de activos para las reservas y el fondo laboral, tal que se optimice la relación riesgo-rendimiento del portafolio de inversión.

Coordinación de Inversiones (mesa de dinero), que implanta las estrategias de inversión y la asignación táctica de activos.

Coordinación de Control de Operaciones, que confirma, asigna y liquida las operaciones de inversión a través del Servicio de Custodia de Valores, y procede a su registro contable.

Coordinación de Riesgos y Evaluación, que identifica, mide y controla los riesgos financieros a los que están expuestos los portafolios de inversión de las reservas y el fondo laboral, y se encarga de la evaluación del desempeño de las inversiones institucionales.


 
 



   


Iniciativas

DEL CONGRESO DE CHIHUAHUA, QUE ADICIONA UN TERCER PÁRRAFO AL ARTÍCULO 59 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Chihuahua, Chihuahua, a 4 de noviembre de 2008.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Para su conocimiento y efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 243/08 I P.O., así como del dictamen que le dio origen, por medio del cual la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado, remite al Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto por medio de la cual se propone adicionar un tercer párrafo, compuesto con las fracciones I, II y III al artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, relativo a repartir las horas de trabajo semanales, a fin de permitir a las personas que se encuentren estudiando cuenten con tiempo suficiente para realizar sus estudios.

Sin otro particular de momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Diputado Jorge Neaves Chacón (rúbrica)
Presidente de Honorable Congreso del Estado.
 

La Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, reunida en su primer período ordinario de sesiones, dentro del segundo año de ejercicio constitucional,

Acuerda

Artículo Único. Presentar ante el honorable Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto por medio de la cual se propone adicionar un tercer párrafo, compuesto con las fracciones I, II y III, al artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, relativo a repartir las horas de trabajo semanales a fin de permitir a las personas que se encuentren estudiando que cuenten con tiempo suficiente para realizar sus estudios, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 59. El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.

Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.

Con la limitación antes descrita, tomando como base el total de horas laborables en la semana y ajustándose siempre a lo previsto por el artículo 123 constitucional, de tal manera que los tiempos de descanso sean proporcionales a lo establecido en la presente ley, los trabajadores y el patrón, sin menoscabo de los derechos, prestaciones y conquistas laborales alcanzadas por aquéllos, podrán convenir en:

I. Repartir el tiempo de trabajo semanal, a fin de que las personas que se encuentren estudiando cuenten con el tiempo suficiente para realizar sus estudios;

II. Repartir las horas de trabajo mediante un sistema de banco de horas, a fin de permitir a las personas que se encuentren estudiando, disfruten de su día de descanso semanal, el día de la semana que mejor convenga al trabajador o cualquier otra modalidad equivalente que le favorezca para continuar sus estudios; y

III. Establecer horarios diversos, para que las personas que se encuentran estudiando puedan disfrutar de más días de descanso acumulados, así como intercambiar los días de descanso obligatorios para ampliar los descansos semanales o mensuales.

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil ocho.

Diputados: Jorge Neaves Chacón (rúbrica), Presidente; José Luis Cisneros Carlos (rúbrica), Irma Patricia Alamillo Calvillo (rúbrica), secretarios.
 
 


DEL CONGRESO DE TAMAULIPAS, QUE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 9-A DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 12 de noviembre de 2008.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Honorable Congreso de la Unión

Por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva, me permito comunicarle que, en sesión celebrada en esta fecha, el pleno legislativo del honorable Congreso del estado aprobó el punto de acuerdo número LX-39, mediante el cual se promueve ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el párrafo segundo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Al respecto, me permito anexar el punto de acuerdo de referencia, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin otro particular, nos es grato reiterar las seguridades de nuestra consideración más distinguida.

Atentamente

Diputada Norma Alicia Dueñas Pérez (rúbrica)
Secretaria

Diputado Raúl de la Garza Gallegos (rúbrica)
Secretario
 

La LX Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en uso de las facultades que le confieren los artículos 58, fracción LIX, de la Constitución Política local; y 119 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso de Tamaulipas, tiene a bien expedir el siguiente

Punto de Acuerdo

Número LX-39

Mediante el cual se promueve ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el párrafo segundo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Articulo único. La LX Legislatura Constitucional del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, propone ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el párrafo segundo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal, en los términos siguientes:

Decreto mediante el cual se reforma el párrafo segundo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo único. Se reforma el párrafo segundo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 9-A. La federación...

El 100 por ciento del monto total de los ingresos que se obtengan por la operación del puente de peaje del que se trate, luego de deducir los gastos de operación y mantenimiento, la aportación federal de los fondos mencionados, se distribuirá corno sigue: 50 por ciento a la federación, 25 por ciento a las entidades federativas y 25 por ciento a los municipios correspondientes. La entidad federativa deberá destinar el recurso a obras de impacto regional que beneficien directamente a la región en donde se ubique el cobro de peaje.

Para?

En el...

El aforo?

Lo señalado...

Transitorio

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Transitorios

Primero. El presente punto de acuerdo surtirá efectos a partir de su expedición.

Segundo. Remítase el presente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Salón de sesiones del honorable Congreso del estado.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 12 de noviembre de 2008.

Diputados: José Elías Leal, presidente (rúbrica); Norma Alicia Dueñas Pérez (rúbrica), Raúl de la Garza Gallegos (rúbrica), secretarios.
 
 






Oficios II

DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 15 Y 38 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, Y LAS FRACCIONES XX BIS Y XXIX DE LOS ARTÍCULOS 31 Y 109 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PRESENTADA POR EL SENADOR ADOLFO TOLEDO INFANZÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

México, DF, a 25 de noviembre de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Adolfo Toledo Infanzón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 15 y 38 de la Ley del Seguro Social, y las fracciones XX Bis y XXIX de los artículos 31 y 109, respectivamente, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados, y ésta se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

El suscrito, Adolfo Toledo Infanzón, senador de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, ejerciendo la facultad consagrada en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 15 y 38 de la Ley del Seguro Social, y las fracciones XX Bis y XXIX de los artículos 31 y 109, respectivamente, ambas de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En momentos convulsos como los que hoy vivimos, la creación de empleos es una actividad prioritaria del Estado mexicano, por lo que es importante incentivarla, teniendo en consideración que los esfuerzos para la creación de nuevos empleos implican, adicionalmente, lograr que las personas que accedan a un trabajo estable dentro de la economía formal tengan garantizados los derechos de la seguridad social que consagra la Constitución.

Según previsiones de los analistas, la recesión por la que hoy atraviesa la economía global se extenderá por lo menos un año más. Ello ha orillado que los encargados de formular políticas para diseñar paquetes que contengan estímulos fiscales, liquidez o recortes de tasas de interés, a fin de paliar en lo posible los desastrosos efectos que seguramente traerá consigo esta crisis económica mundial.

Ahora bien, desde tiempos inmemorables el hombre ha tenido la necesidad de emigrar hacia otras latitudes en busca de mejores condiciones de vida y un mejor desarrollo de sus habilidades.

La búsqueda de mejores condiciones de vida deriva casi siempre de hechos ajenos a la voluntad de los individuos, pues se ven en la imperiosa necesidad de mudarse a ciudades vecinas o inclusive hacia otros países, a raíz de infinidad de calamidades, como guerras, hambruna, regímenes totalitarios, desempleo, inseguridad, etcétera.

Lamentablemente, México no es la excepción. Por ejemplo, en Estados Unidos de América la comunidad mexicana constituye la primera minoría de inmigrantes radicados en aquél país. Es más que evidente, por tanto, que algo los orilló a dejar sus hogares en México.

Según un reciente estudio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), México ocupa el mayor nivel de desigualdad y pobreza entre los 30 países miembros de dicha organización, toda vez que la desigualdad de ingresos de los hogares mexicanos disminuyó más que en cualquier otro país de la OCDE, al pasar el ingreso medio del 10 por ciento de la población más pobre a menos de mil dólares.

Sin embargo, un reciente comunicado del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señala que de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, en México la tasa de emigración registra una disminución en el periodo 2006-2008, luego de que el año pasado sólo 814 mil mexicanos se fueron a residir a otro país, cifra menor comparada con el millón 26 mil del año 2006.

De esta forma, la inminente recesión económica en Estados Unidos de América y la creación de nuevas leyes para detener la entrada de trabajadores ilegales a ese país son factores que no sólo están afectando el flujo de migrantes hacia esa nación sino que inclusive ha orillado a nuestros connacionales a regresar a nuestro país ante la imposibilidad de mantener su empleo o de conseguir uno nuevo.

Por tanto, es urgente y necesario que el Poder Legislativo dedique toda su energía en la búsqueda de los instrumentos legales que le allanen el camino al gobierno federal en la creación de más empleos, y que este último no sólo se concrete a generar la friolera cantidad de 500 mil empleos que tiene previstos para el siguiente año.

Realmente, tengo la convicción de que cualquier Estado debe impulsar el desarrollo de su economía a tal grado que sea capaz de generar la cantidad de empleos que su población le demanda.

Lamentablemente, las políticas públicas en México también han orillado a que nuestros jóvenes universitarios emigren hacia otras ciudades del país en busca de mejores oportunidades de empleo y de vida.

Es realmente desolador ver cómo las familias mexicanas en no pocas ocasiones se desintegran luego de la necesidad de partir lejos aquellos jóvenes recién egresados de centros tecnológicos o universidades regionales que no encuentran ni las condiciones mínimas de trabajo ni la disposición por parte de autoridades y empleadores para contratar gente "sin experiencia" en sus lugares de origen.

Año con año se discute en la Cámara baja del Congreso de la Unión el Presupuesto de Egresos que habrá de ser aplicado por el Estado mexicano. En dicho presupuesto se proyectan una serie de gastos, etiquetados la mayoría de las veces, que hipotéticamente han de beneficiar en su totalidad a un rubro, entidad o núcleo poblacional concreto. Sin embargo, en muchas ocasiones el espíritu que anida las políticas públicas que subyacen de dicha programación se tergiversa o inclusive hasta desaparece.

Es realmente sintomático observar cómo el presupuesto para la educación, que al menos en teoría ha de servir para la formación profesional de miles de jóvenes en una ciudad o entidad federativa concreta, realmente es aprovechado por otra región del país que recibe en su industria y oficinas a esa gran cantidad de egresados universitarios que no encontraron otra opción que emigrar.

Es por ello que hoy someto a la voluntad de esta soberanía iniciativa con proyecto de ley que, de aprobarse, contribuirá a la generación de empleos en todos aquellos lugares en donde exista una carencia de éstos.

Recientemente, el gobierno federal ha anunciado un programa de apoyo a la economía que entre otras medidas prevé la creación de estímulos fiscales y descuentos en las aportaciones patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se prevé habrán de beneficiar a más de 400 mil pequeñas y medianas empresas. Implicaciones del programa que en términos de recursos asciende a 27 mil millones de pesos en descuentos a aportaciones al IMSS, descuentos en tarifas, estímulos fiscales y mayores erogaciones.

De aprobarse esta iniciativa, estaríamos creando una herramienta legal para que el gobierno federal reglamente un programa de empleo a universitarios, a fin de que nuestros jóvenes ingresen en el aparato productivo desde el último año de su carrera y tengan la oportunidad de conservar su empleo después de terminar con sus estudios profesionales.

En México, el problema del desempleo desafortunadamente se ha convertido en el caldo de cultivo para una retórica vacía y falaz. Es necesario tomar consciencia de la magnitud del problema económico que se avecina. Es necesario idear todas las opciones viables y posibles que puedan ayudar a mitigar los perniciosos efectos que traerá consigo la recesión económica que está en ciernes.

En México debemos de implicarnos y preocuparnos por la generación de más empleos y bien remunerados; empleos para nuestros connacionales que están por regresar; empleos para los que habrán de abandonar los centros penitenciarios próximamente; pero, sobre todo, más empleos para nuestros miles de jóvenes universitarios que afortunadamente no han vivido la calamidad de la inmigración ni la de la delincuencia.

No dejemos que nuestros jóvenes universitarios elijan alguna de estas dos opciones. Asumamos nuestra responsabilidad con México y con la juventud.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, se propone la discusión y, en su caso, aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforma el artículo 15 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 15. ?

I. a IX. ...

...

...

La disposición contenida en la fracción III no será aplicable tratándose de empleadores que cumplan con las previsiones del Programa de Empleo a Universitarios.

Segundo. Se adiciona un párrafo cuarto al artículo 38 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 38. ...

...

El patrón tendrá el carácter de retenedor de las cuotas que descuente a sus trabajadores y deberá determinar y enterar al instituto las cuotas obrero-patronales en los términos establecidos por esta ley y sus reglamentos. Esta disposición no será aplicable tratándose de trabajadores registrados en el Programa de Empleo a Universitarios.

Tercero. Se adiciona la fracción XX Bis al artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 31. ...

I. a XX. ?

XX Bis. Que tratándose de pagos efectuados por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado a trabajadores que tengan derecho al Programa de Empleo a Universitarios, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan a sus trabajadores en los términos del reglamento correspondiente.

El subsidio para el Programa de Empleo a Universitarios se calculará utilizando el mismo criterio aplicado en el subsidio para el empleo, pero aquél aumentará un 50 por ciento más con respecto a este último.

XXI. y XXII. ...

Cuarto. Se adiciona la fracción XXIX al artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 109. ...

I. a XXVIII. ...

XXIX. Los pagos efectuados por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado para aquellos trabajadores que tengan derecho al Programa de Empleo Universitario y en los términos del reglamento correspondiente.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El presidente de la República instruirá al secretario del Trabajo y Previsión Social para que elabore el Programa de Empleo a Universitarios en un plazo no mayor a 90 días contados a partir de la entrada en vigor de este decreto.

Salón de sesiones del Senado de la República, a 25 de noviembre de 2008.

Senador Adolfo Toledo Infanzón (rúbrica)
 
 







Comunicaciones II
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33 y 34, numeral, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicitamos atentamente que se someta a la consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de esta Cámara a emitir resolución respecto del proyecto de Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, que le fue remitido por la Presidencia de la Mesa Directiva el 12 de septiembre de 2008.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular.

Atentamente

Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia

Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Ricardo Cantú Garza
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Diputada Aída Marina Arvizu Rivas
Coordinadora del Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata
 
 

Inklusion
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